RESOLUCIÓN N°: 192/15 ASUNTO · Res. 192/15 Buenos Aires, 07 de abril de 2015 Carrera Nº...

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“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES” 1 Res. 192/15 Buenos Aires, 07 de abril de 2015 Carrera Nº 21.003/13 VISTO: la solicitud de acreditación de la carrera de Especialización en Terapia Intensiva, de la Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Ciencias Médicas, Centro Formador Sanatorio del Salvador, que se dicta en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, el informe del Comité de Pares, la respuesta a la vista de la institución y lo dispuesto por la Ley 24.521, las Resoluciones del Ministerio de Educación Nº 51/10 y Nº 160/11, la Ordenanza N° 045 CONEAU, la Resolución N° 1143 - CONEAU - 12, y CONSIDERANDO: Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución. Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- ACREDITAR la carrera de Especialización en Terapia Intensiva, de la Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Ciencias Médicas, Centro Formador Sanatorio del Salvador, que se dicta en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, por un periodo de 6 años, con los compromisos que se establecen en el artículo 3º. ARTÍCULO 2º.- CATEGORIZAR la mencionada carrera como C. ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER los siguientes compromisos para el mejoramiento de la calidad de la carrera: I- Se desagregue en el plan de estudios la carga horaria correspondiente a las guardias. RESOLUCIÓN N°: 192/15 ASUNTO: Acreditar con compromisos de mejoramiento la carrera de Especialización en Terapia Intensiva, de la Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Ciencias Médicas, Centro Formador Sanatorio del Salvador, que se dicta en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.

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“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

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Res. 192/15

Buenos Aires, 07 de abril de 2015

Carrera Nº 21.003/13

VISTO: la solicitud de acreditación de la carrera de Especialización en Terapia

Intensiva, de la Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Ciencias Médicas, Centro

Formador Sanatorio del Salvador, que se dicta en la ciudad de Córdoba, Provincia de

Córdoba, el informe del Comité de Pares, la respuesta a la vista de la institución y lo dispuesto

por la Ley 24.521, las Resoluciones del Ministerio de Educación Nº 51/10 y Nº 160/11, la

Ordenanza N° 045 – CONEAU, la Resolución N° 1143 - CONEAU - 12, y

CONSIDERANDO:

Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN

Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- ACREDITAR la carrera de Especialización en Terapia Intensiva, de la

Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Ciencias Médicas, Centro Formador Sanatorio

del Salvador, que se dicta en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, por un periodo de 6

años, con los compromisos que se establecen en el artículo 3º.

ARTÍCULO 2º.- CATEGORIZAR la mencionada carrera como C.

ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER los siguientes compromisos para el mejoramiento de la

calidad de la carrera:

I- Se desagregue en el plan de estudios la carga horaria correspondiente a las guardias.

RESOLUCIÓN N°: 192/15

ASUNTO: Acreditar con compromisos de

mejoramiento la carrera de Especialización en

Terapia Intensiva, de la Universidad Nacional

de Córdoba, Facultad de Ciencias Médicas,

Centro Formador Sanatorio del Salvador, que

se dicta en la ciudad de Córdoba, Provincia de

Córdoba.

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Res. 192/15

II- Se asegure la implementación institucional de un registro específico de las actividades

prácticas en el Centro Formador y en todos los ámbitos de rotación externa que incluya las

siguientes dimensiones: fecha, nº de historia clínica, tipo de actividad de formación práctica,

cantidad, carga horaria, lugar, docente de la carrera responsable de la supervisión y su firma.

III- Se garantice que los trabajos científicos se ajusten al estándar ministerial.

ARTÍCULO 4º.- RECOMENDAR:

- Se incremente el número de docentes especialistas universitarios en terapia intensiva.

- Se fortalezcan los mecanismos de seguimiento de alumnos de la carrera y se implementen

modalidades de seguimiento de egresados.

ARTÍCULO 5º.- A partir del año próximo, el plan de estudios aprobado por Resolución CS

Nº 1349/14 se aplicará a todos los Centros Formadores en los que se dicte esta carrera.

ARTÍCULO 6º.- Al vencimiento del término expresado en el Art. 1º, la institución deberá

solicitar una nueva acreditación, conforme a las convocatorias que establezca la CONEAU.

La vigencia de esta acreditación se extiende hasta que se resuelva al respecto. En esa

oportunidad, la CONEAU verificará el cumplimiento de los compromisos y analizará la

situación de la carrera según los estándares de calidad establecidos en la normativa vigente.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 192 - CONEAU - 15

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Res. 192/15

ANEXO

EVALUACIÓN ANTERIOR DE LA CARRERA

Esta carrera fue evaluada anteriormente y resultó acreditada con categoría C mediante

Resolución CONEAU Nº 295/10 y su ampliatoria Resolución CONEAU Nº 852/12. Las

recomendaciones efectuadas en esa oportunidad fueron:

CRITERIOS RECOMENDACIONES

Formación Práctica Se amplíen las rotaciones por otros servicios.

Seguimiento de alumnos Se implementen políticas destinadas a lograr que los alumnos culminen sus

estudios.

De acuerdo con la información presentada por la carrera, se han realizado una serie de

modificaciones que a continuación se consignan:

CRITERIOS MODIFICACIONES

Estructura de gestión y

antecedentes de sus

integrantes

Se designó a un nuevo Director del Centro Formador.

Plan de estudios Se modificó el plan de estudios.

Formación Práctica Se ampliaron las rotaciones externas.

I. INSERCIÓN, MARCO INSTITUCIONAL Y ESTRUCTURA DE GESTIÓN

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Res. 192/15

Inserción institucional y marco normativo

La carrera de Especialización en Terapia Intensiva, de la Universidad Nacional de

Córdoba, Facultad de Ciencias Médicas, Centro Formador Sanatorio del Salvador, se inició en

el año 2004 en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, posee una modalidad de dictado

presencial y de carácter continuo.

Se observa vinculación de la carrera con carreras de grado y posgrado que se dictan en

la Facultad. En este marco, la carrera tiene estrecha vinculación con otras especializaciones a

través de rotaciones que deben realizar los alumnos. Se han adjuntado asimismo acuerdos

para el desarrollo de las actividades prácticas.

Se presenta la siguiente normativa: Resolución Consejo Superior (CS) Nº 199/92 que

aprueba la creación de la Carrera, Res. CS Nº 223/10 que aprueba las modificaciones al

Reglamento para el Otorgamiento del Título de Especialista (ROTE). Además se presentan:

Res. Consejo Directivo (CD) Nº 514/13 que prorroga la designación del Director Académico,

Res. CD Nº 660/13 que designa al Director del Centro Formador y Res. Decanal ad

referéndum Nº 1963/13 que prorroga la nómina de profesionales que integran el Consejo

Académico de la Carrera. En la respuesta al informe de evaluación, la institución presenta la

Res. CD Nº 1568/14 que aprueba las modificaciones en el plan de estudios (ratificada por

Res. CS Nº 1349/14). Asimismo, la institución adjunta la Res. Decanal Nº 3922/14 que

renueva el reconocimiento del Centro Formador de la Carrera, Sanatorio del Salvador.

Se presenta un convenio específico entre la Facultad de Ciencias Médicas de la UNC y

el Sanatorio del Salvador. Dicho convenio establece que el Sanatorio aportará todas las

instalaciones necesarias para el desarrollo de la Carrera y la infraestructura a ser utilizada para

la implementación de la misma; en tanto que la Facultad tendrá a su cargo la tutoría

académica de la Carrera. Asimismo se presentan planes de rotación de prácticas profesionales

celebrados entre el servicio de Terapia intensiva del Sanatorio Salvador y los servicios en

donde los alumnos realizan las rotaciones internas y externas: servicio de Anestesia y el

servicio de Traumatología del Sanatorio Salvador, servicio de Emergentología del Hospital de

Urgencia, servicio de Unidad de Terapia intensiva (UTI) del Hospital Córdoba, servicio de

Neuroimágenes del Instituto Oulton, servicio de Terapia intensiva del Hospital Materno

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Res. 192/15

Neonatal y servicio de Nefrología del Hospital Militar. En los planes de rotación presentados

se establece en la cláusula tercera que el ámbito de rotación debe autorizar el acceso a las

instalaciones sanitarias, de las comisiones o grupo de cursantes de la Carrera, al mismo

tiempo, que los estudiantes deben ser acompañados por un docente-instructor que tendrá a su

cargo el proceso de aprendizaje según el plan de estudios.

En la respuesta a la vista se aclara que dichos acuerdos se firman para asegurar los

ámbitos de práctica que deberá utilizar el Centro formador para realizar las actividades de

rotación exigidas por el plan de estudios.

Estructura de gestión y trayectoria de sus integrantes

La estructura de gobierno está conformada por un Director académico, un Director del

Centro Formador y un Consejo Académico integrado por un representante de la Secretaría de

Graduados en Ciencias de la Salud y por otros 3 -o más miembros- que podrán representar a:

Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba (u otra entidad deontológica, si la carrera no

fuera Medicina), Escuela de Formación de Especialistas de la Provincia de Córdoba y

Sociedad Científica correspondiente.

A continuación, se enumera la información presentada sobre el Director del Centro

Formador de la carrera:

Director del Centro Formador de la carrera

Información referida a los títulos obtenidos

Médico cirujano y Especialista en Terapia Intensiva,

(ambos títulos fueron otorgados por la UNC) y

Especialista en Medicina interna (Universidad

Nacional de Tucumán).

Información referida a los cargos que desempeña en

la actualidad

Profesor adjunto de la Cátedra Medicina III, de la

Universidad Católica de Córdoba.

Informa antecedentes en la docencia universitaria Sí

Informa antecedentes en ámbitos no académicos Sí

Informa desempeño en centros de salud Sí. Es Jefe del servicio de Terapia intensiva del

Sanatorio del Salvador.

Informa participación en proyectos de investigación Sí

Informa producción en los últimos 5 años

Sí. Ha efectuado una publicación en una revista con

arbitraje, 3 en medios sin arbitraje y ha presentado 3

trabajos en reuniones científicas.

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Res. 192/15

Informa haber integrado jurados de concursos

docentes y/o de tesis, ha sido convocado a instancias

de evaluación y/o acreditación de carreras, ha

conformado comités editoriales y ha participado en

la evaluación de becarios, investigadores, proyectos

o programas

Sí. Informa haber integrado jurados de tesis.

La estructura de gobierno es adecuada. El Director tiene el título que otorga la carrera y

de otra especialidad afín. Del análisis de su trayectoria se observa que cuenta con suficientes

antecedentes en docencia, asistenciales, informa producción científica reciente y ha

participado en proyectos de investigación; de modo tal que posee los méritos para dirigir la

carrera.

Los integrantes del Consejo Académico cuentan con experiencia en el ámbito

académico y no académico.

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

Se consigna la siguiente información respecto del plan de estudios:

Plan de estudios

Aprobación del Plan de Estudios por Res. CD Nº 1568/14 (ratificada por Res. CS Nº 1349/14)

Tipo de actividad curricular Cantidad Carga horaria

Módulos Teóricos 11 398 horas

Cursos Complementarios 7 192 horas

Formación práctica (incluye talleres, internado-guardias y rotaciones) 12018 horas

Carga horaria total de la carrera 12608 horas

Duración de la carrera: 4 años

Organización del plan de estudios:

El dictado de la carrera se organiza durante 4 años a través de módulos teóricos (11) y trayectos de formación

práctica. Se requiere además la realización de cursos complementarios (7).

II. PLAN DE ESTUDIOS

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Res. 192/15

Los objetivos generales y específicos del programa son consistentes y coherentes con el

perfil del graduado y con la denominación de la carrera. Los contenidos abarcan los aspectos

principales para que el alumno adquiera las competencias necesarias de la especialidad.

Se observa que la carga horaria total y la duración de la carrera, ambas estipuladas en el

nuevo plan de estudios, son adecuadas dado que permiten que las actividades de formación

práctica se realicen con la intensidad correspondiente y, por consiguiente, garantizan que el

egresado adquiera las habilidades y destrezas previstas por los objetivos de la carrera.

La bibliografía de los distintos módulos es consistente con los objetivos de los mismos

y la literatura es actualizada, menor a 5 años.

En la respuesta a la vista se informa acerca de la reestructuración docente en el dictado

de algunas actividades curriculares, con el fin de evitar la concentración de materias en pocos

docentes. Asimismo se informa el docente responsable de la rotación por Gineco-obstetricia y

se cambiaron los docentes responsables de los siguientes módulos: Endocrinología,

Infectología y Bioética y Neurointensivismo y rotación por Trauma. Los mismos tienen perfil

idóneo para dictar las actividades curriculares.

Actividades de formación práctica

Horas prácticas incluidas en la carga horaria total de la carrera 12039 horas

Se consignan expresamente en la Res. de aprobación del Plan de Estudios: SÍ

Los alumnos cursan su formación teórico-práctica en el Sanatorio Salvador. Para el

dictado de los cursos complementarios se utilizan las aulas de la Secretaría de Graduados en

Ciencias de la Salud (SGCS), de la Facultad de Ciencias Médicas (FCM).

De acuerdo al nuevo plan de estudios, las rotaciones son: en 1º año por diferentes

servicios, en 2º año por Anestesiología y Nefrología, en 3º año por Infectología y Unidad

Coronaria y recuperación de cirugía cardiovascular, en 4º año por Quemados, Traumatología

y Gineco-Obstetricia. Asimismo, en el marco de las actividades de formación práctica

establecidas en el plan de estudios se consigna la carga horaria asignada a la realización de

internado-guardias: en el 1º año 2926 horas, en el 2º año 2834 horas, en el 3º año 2854 horas y

en el 4º 2814 horas. Cabe señalar que se debe desagregar en el plan de estudios la carga

horaria correspondiente a las guardias.

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En la respuesta a la vista se informa que los ámbitos de rotación son aquellos de los

cuales se presentan los planes de rotación de prácticas profesionales celebrados entre el

servicio de Terapia intensiva del Sanatorio Salvador y los servicios en donde los alumnos

realizan las rotaciones internas y externas: servicio de Anestesia y el servicio de

Traumatología del Sanatorio Salvador, servicio de Emergentología del Hospital de Urgencia,

División Quemados del servicio de Unidad de Terapia intensiva (UTI) del Hospital Córdoba,

servicio de Neuroimágenes del Instituto Oulton, servicio de Terapia intensiva del Hospital

Materno Neonatal, y servicio de Nefrología del Hospital Militar. Se presentan las fichas de

dichos ámbitos de práctica. Del análisis de dichas fichas se observa que la infraestructura y la

casuística informada resultan suficientes para que los alumnos realicen su formación práctica.

Asimismo, se tuvo en cuenta la recomendación de la acreditación anterior de ampliar las

rotaciones por otros servicios.

El tipo de prácticas que deben realizar los alumnos y los servicios por donde tienen que

rotar están adecuadamente reglamentados en el plan de estudios. Las prácticas resultan

suficientes para que el alumno adquiera las destrezas necesarias en su formación de

especialista.

Con respecto a los registros de las prácticas realizadas por los alumnos, la institución

responde que a partir de lo observado se comenzó a implementar una planilla de seguimiento

de las actividades teóricas y prácticas, las cuales están registradas en el libro de actas del

servicio. Se adjuntan 3 registros de alumnos. Cabe señalar que se debe asegurar la

implementación institucional de un registro específico de la carrera que registre las

actividades prácticas en el Centro Formador y en todos los ámbitos de rotación externa que

incluya las siguientes dimensiones: fecha, nº de historia clínica, tipo de actividad de

formación práctica, cantidad, carga horaria, lugar, docente de la carrera responsable de la

supervisión y su firma.

Requisitos de admisión

Para el ingreso al posgrado se exige que el aspirante posea título de Médico.

Los requisitos y mecanismos de admisión son suficientes.

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Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

Asimismo, se establecen los siguientes compromisos:

- Se desagregue en el plan de estudios la carga horaria correspondiente a las guardias.

- Se asegure la implementación institucional de un registro específico de la carrera que

registre las actividades prácticas en el Centro Formador y en todos los ámbitos de rotación

externa que incluya las siguientes dimensiones: fecha, nº de historia clínica, tipo de actividad

de formación práctica, cantidad, carga horaria, lugar, docente de la carrera responsable de la

supervisión y su firma.

III. CUERPO ACADÉMICO

El cuerpo académico se compone de 29 docentes:

Docentes Título de

Doctor

Título de

Magíster

Título de

Especialista

Título de

Grado

Otros

Estables: 29 7 3 11 8 -

Invitados: - - - - - -

Mayor dedicación en la institución 11

Residentes en la zona de dictado la

carrera

29

De acuerdo con los antecedentes informados, el plantel docente presenta las siguientes

características:

Áreas disciplinares en las que se han formado los docentes

Farmacología,

Nefrología, Salud

Pública, Ortopedia y

Traumatología, Medicina

Interna, Terapia

intensiva,

Anestesiología,

Infectología, Fisiología,

Cardiología

Cantidad de docentes con antecedentes en la dirección de tesis 9

Cantidad de docentes con producción en los últimos 5 años 11

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Cantidad de docentes con participación en proyectos de investigación 10

Cantidad de docentes adscriptos a organismos de promoción científico-

tecnológica 7

Cantidad de docentes con trayectoria profesional ajena al ámbito académico 21

En la respuesta a la vista, se incrementó la cantidad de integrantes del cuerpo

académico. Todos los docentes tienen un vínculo estable con la Institución. Se observa que 21

de los 29 poseen un nivel de titulación igual o mayor al que otorga la carrera; al mismo

tiempo que los restantes tienen título de grado y, además, poseen certificados de especialidad

otorgados por instituciones no universitarias.

El cuerpo académico es suficiente en número y los docentes guardan relación con las

especialidades afines con la Terapia intensiva, como ser Cardiología, Nefrología,

Oncohematología y Endocrinología. En la respuesta al informe de evaluación, la institución

responde que del total del cuerpo académico hay 8 docentes que poseen la formación de la

especialidad, de los cuales 2 cuentan con el título que otorga la carrera. A partir de lo

informado, se sugiere incrementar el número de docentes especialistas universitarios en

terapia intensiva.

El cuerpo académico informado tiene antecedentes suficientes en la actividad docente y

asistencial para desempeñar las funciones que le competen. La cantidad de docentes con

antecedentes en la dirección de trabajos finales resulta suficiente.

Supervisión del desempeño docente:

Existen mecanismos de seguimiento del desempeño docente.

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

Asimismo, se efectúa la siguiente recomendación:

- Se incremente el número de docentes especialistas universitarios en terapia intensiva.

IV. ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN VINCULADAS A LA CARRERA

Total de actividades de investigación informadas 3

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Las actividades de investigación informadas son de interés para el área de cuidados

intensivos, sus temáticas resultan pertinentes y de actualidad. Además hay participación de

docentes y alumnos de la carrera.

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

V. EVALUACIÓN FINAL / REQUISITOS PARA LA GRADUACIÓN

Características

La modalidad de evaluación final consiste en un examen teórico, un examen práctico y

un trabajo final integrador. Este último es un trabajo científico que considera la integración de

conocimientos específicos del área en formación.

Se presentó la copia de un trabajo final, como así también 2 fichas. Se observa que

dicho trabajo tiene más de un autor y fue defendido por 2 estudiantes antes de la modificación

del plan de estudios que establece que es de carácter individual para adecuarse a lo

establecido en la Resolución Ministerial Nº 160/11.

La modalidad de evaluación final es adecuada. A partir de lo observado, se debe

garantizar que los trabajos científicos que se presenten se ajusten al estándar ministerial.

Directores de evaluaciones finales

Los docentes que informan antecedentes en la dirección de trabajos finales son 9.

La cantidad de directores de trabajo final informada es suficiente. Los antecedentes de

los mismos resultan adecuados, porque cuentan con trayectorias docentes y asistenciales.

Seguimiento de alumnos y de egresados

En la respuesta de la institución se actualiza la información correspondiente a los

alumnos ingresantes y graduados. Los ingresantes a la carrera, desde el año 2004 hasta el año

2013, han sido 6. En la entrevista, se comunica que la carrera cuenta con 4 graduados y que en

Cantidad de actividades vigentes a la fecha de presentación (y hasta el año anterior) 2

Participación de docentes de la carrera Sí

Participación de alumnos de la carrera Sí

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el año 2014 ingresaron 3 alumnos. La duración total de la carrera desde el ingreso hasta la

defensa del trabajo final es de 4 años.

Considerando la duración teórica de la carrera especificada en la normativa y la

cantidad de ingresantes de las cohortes que ya han cumplido el plazo para la presentación del

trabajo final, se puede concluir que la cantidad de graduados es suficiente. Asimismo, con

respecto a la evolución de las cohortes se podría afirmar que existe desgranamiento.

Cabe señalar que la carrera debe fortalecer sus propios mecanismos de seguimiento de

alumnos, además de los del Comité de Capacitación y Docencia del Centro Formador.

Asimismo se aclara que no existen modalidades institucionales de seguimiento de egresados.

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

Asimismo, se establece el siguiente compromiso:

- Se garantice que los trabajos científicos se ajusten al estándar ministerial.

Se efectúa la siguiente recomendación:

- Se fortalezcan los mecanismos de seguimiento de alumnos de la carrera y se

implementen modalidades de seguimiento de egresados.

VI. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

Los alumnos disponen en el servicio de Terapia intensiva del Sanatorio Salvador de

acceso a monitores multiparamétricos, ventiladores mecánicos microprocesados, poliductos

con aire comprimido, oxígenos y sistema de aspiración, luces vigía y luces para examen

clínico. Las camas son rodantes con cabeceras rebatibles, existen carros de paro desfibrilador

cardíaco externo y electrocardiograma a disposición de los médicos. Además hay acceso a

diferentes drogas como así a un carro de paro, el cual está abastecido de drogas utilizadas en

la reanimación.

La infraestructura y el equipamiento del servicio de Terapia intensiva del Sanatorio del

Salvador son adecuados, porque aportan el soporte material suficiente para que los alumnos

realicen sus actividades de formación teórico-práctica.

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Res. 192/15

En la respuesta a la vista se presentan todas las fichas de los ámbitos de práctica de

rotación externa. Del análisis de las mismas se desprende que los ámbitos de rotación tienen

infraestructura adecuada para que los alumnos realicen sus actividades prácticas.

Asimismo se completa en el formulario electrónico la cantidad de volúmenes del fondo

bibliográfico vinculados con la temática del posgrado, los cuales son 18. Se consigna que se

dispone de suscripciones a revistas especializadas y de acceso a bases de datos y bibliotecas

virtuales.

El acervo bibliográfico disponible es suficiente.

Asimismo, corresponde a la Universidad asumir plenamente su responsabilidad en

cuanto a los aspectos de seguridad concernientes al ámbito en el que se desarrolla la carrera,

así como en todo aquello que hace al cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente

con respecto a las condiciones de higiene, seguridad y riesgos del trabajo.

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

CONCLUSIONES

Esta carrera fue evaluada anteriormente y resultó acreditada con categoría C mediante

Resolución CONEAU Nº 295/10 y su ampliatoria Resolución CONEAU Nº 852/12.

En la actual evaluación se pudo constatar que la estructura de gobierno es adecuada.

En cuanto al plan de estudios, está estructurado adecuadamente. Los requisitos de

admisión son suficientes y las prácticas a desarrollar resultan adecuadas para la formación del

especialista. Existe consistencia entre denominación de la carrera, sus objetivos, el plan de

estudios y perfil del graduado a lograr. Asimismo, se debe desagregar en el plan de estudios la

carga horaria correspondiente a las guardias y asegurar la implementación institucional de un

registro específico de la carrera que registre las actividades prácticas en el Centro Formador y

en todos los ámbitos de rotación externa que incluya las siguientes dimensiones: fecha, nº de

historia clínica, tipo de actividad de formación práctica, cantidad, carga horaria, lugar,

docente de la carrera responsable de la supervisión y su firma.

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Res. 192/15

El cuerpo académico cuenta con un perfil idóneo y los mecanismos de supervisión de

docentes son suficientes. Se sugiere incrementar la cantidad de docentes especialistas

universitarios en terapia intensiva.

Las actividades de investigación informadas son pertinentes.

La modalidad de evaluación final es adecuada, pero se debe garantizar que los trabajos

científicos que se presenten se ajusten al estándar ministerial. La cantidad de graduados es

suficiente. Se sugiere que la carrera fortalezca sus propios mecanismos de seguimiento de

alumnos, además de los del Comité de Capacitación y Docencia del Centro Formador.

Asimismo, no existen modalidades institucionales de seguimiento de egresados.

La infraestructura y el equipamiento son adecuados. El acervo bibliográfico resulta

actualizado.