RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019...

25
Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333 RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL. Área de Organización del Trabajo y Compensaciones.- San José a las trece horas del dos de diciembre del dos mil diecinueve. Considerando: 1. Que el Artículo 191 de la Constitución Política dispone que un Estatuto de Servicio Civil, será el cuerpo jurídico que regulará las relaciones entre el Estado y los servidores, con el propósito de garantizar la eficiencia de la Administración Pública. 2. Que para dar cumplimiento a este mandato constitucional, se dota a la Dirección General de Servicio Civil como un órgano desconcentrado en grado máximo, a la cual el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento le otorga atribuciones propias en materia de clasificación, selección y valoración del empleo público. 3. Que siendo la Dirección General de Servicio Civil titular en dicha materia, de conformidad con lo dispuesto en los incisos c) y d) del Artículo 13 del Estatuto de Servicio Civil, así como del Artículo 100 de su Reglamento, está llamada a promover la implementación de un sistema moderno de administración de personal y a establecer los procedimientos e instrumentos técnicos necesarios para una mayor eficiencia en la administración pública; así como de mantener actualizado el sistema clasificatorio que servirá de base para la valoración de puestos, el reclutamiento y selección, la capacitación y otras áreas de la administración de recursos humanos. 4. Que como parte de dicho instrumental técnico, la Dirección General de Servicio Civil creó mediante el Decreto Ejecutivo Nº 25592-MP, del 15 de noviembre de 1996, el Manual General de Clasificación de Clases, el cual contempla el conjunto de descripciones y especificaciones de clases, de uso para todos los puestos presentes en las instituciones que conforman el Régimen de Servicio Civil. 5. Que de conformidad con el Artículo 104 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, para la aplicación e interpretación del Manual General de Clasificación de Clases se contará con instrumentos auxiliares. 6. Que esta Dirección General de Servicio Civil ha establecido como instrumentos auxiliares al Manual General de Clasificación de Clases, el Manual Descriptivo de Clases Anchas, los Manuales de Clases Institucionales, el Manual Descriptivo de Especialidades y el Diccionario de Competencias, para las clases de puestos que conforman el Título I del Estatuto de Servicio Civil. 7. Que producto del desarrollo organizacional y las nuevas necesidades del entorno, se hace necesario promover nuevos instrumentos técnicos que complementen la interpretación de requisitos académicos de clases específicas actuales del Título I, y colaboren a asegurar la continuidad y eficiencia en el

Transcript of RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019...

Page 1: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

RESOLUCIÓN DG-181-2019

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL. Área de Organización del

Trabajo y Compensaciones.- San José a las trece horas del dos de diciembre del dos mil diecinueve.

Considerando:

1. Que el Artículo 191 de la Constitución Política dispone que un Estatuto de Servicio Civil, será el cuerpo jurídico que regulará las relaciones entre el

Estado y los servidores, con el propósito de garantizar la eficiencia de la Administración Pública.

2. Que para dar cumplimiento a este mandato constitucional, se dota a la Dirección General de Servicio Civil como un órgano desconcentrado en grado

máximo, a la cual el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento le otorga atribuciones propias en materia de clasificación, selección y valoración del empleo público.

3. Que siendo la Dirección General de Servicio Civil titular en dicha materia, de

conformidad con lo dispuesto en los incisos c) y d) del Artículo 13 del Estatuto de Servicio Civil, así como del Artículo 100 de su Reglamento, está llamada a promover la implementación de un sistema moderno de administración de

personal y a establecer los procedimientos e instrumentos técnicos necesarios para una mayor eficiencia en la administración pública; así como de mantener

actualizado el sistema clasificatorio que servirá de base para la valoración de puestos, el reclutamiento y selección, la capacitación y otras áreas de la administración de recursos humanos.

4. Que como parte de dicho instrumental técnico, la Dirección General de

Servicio Civil creó mediante el Decreto Ejecutivo Nº 25592-MP, del 15 de noviembre de 1996, el Manual General de Clasificación de Clases, el cual

contempla el conjunto de descripciones y especificaciones de clases, de uso para todos los puestos presentes en las instituciones que conforman el Régimen de Servicio Civil.

5. Que de conformidad con el Artículo 104 del Reglamento del Estatuto de

Servicio Civil, para la aplicación e interpretación del Manual General de Clasificación de Clases se contará con instrumentos auxiliares.

6. Que esta Dirección General de Servicio Civil ha establecido como instrumentos auxiliares al Manual General de Clasificación de Clases, el Manual Descriptivo

de Clases Anchas, los Manuales de Clases Institucionales, el Manual Descriptivo de Especialidades y el Diccionario de Competencias, para las clases de puestos que conforman el Título I del Estatuto de Servicio Civil.

7. Que producto del desarrollo organizacional y las nuevas necesidades del entorno, se hace necesario promover nuevos instrumentos técnicos que

complementen la interpretación de requisitos académicos de clases específicas actuales del Título I, y colaboren a asegurar la continuidad y eficiencia en el

Page 2: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 2 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

servicio público, de conformidad con el Artículo 4º de la “Ley General de la Administración Pública”, Ley N° 6227.

8. Que esta Área de Organización del Trabajo y Compensaciones, con miras a

responder a estas nuevas necesidades que han surgido de personas y entes usuarios, para ejecutar y gestionar distintos movimientos de los procesos de la Gestión del Recurso Humano, como lo es el reclutamiento y la selección de

personal, y con el fin de mantener actualizado el Sistema Clasificatorio, ha logrado determinar la necesidad de mejorar el modelo actual de clasificación

de puestos, integrando un instrumento auxiliar más al Manual General de Clasificación de Clases, el cual tiene como finalidad establecer las Formaciones

respectivas a las que las clases de puesto especificas del Título I se relacionan y a su vez dentro de las mismas, las formaciones académicas, o bien ocupaciones requeridas para dicho campo.

9. Que con el Decreto Ejecutivo Nº 41564-MIDEPLAN-H, “Reglamento del Título

III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N° 9635”, se aclara en su Artículo 22 la aplicación y disposiciones de dicha Ley y las competencias institucionales, siendo que para nuestros efectos, en el párrafo

tercero a dicho artículo, se cita:

“(…) La Dirección General del Servicio Civil, continuará emitiendo las resoluciones técnicas en materia de valoración de puestos, de acuerdo con lo que disponen los artículos 13º y 48º del Estatuto de

Servicio Civil, así como 1º, 4º y 11º de la Ley de Salarios de la Administración Pública, siendo el único órgano dentro del Poder

Ejecutivo con facultades para valorar los puestos dentro del Régimen de Servicio Civil así como las demás resoluciones que le corresponda emitir según su ámbito de competencia.”.

10. Que con miras a la actualización del Modelo de Clasificación de Puestos del

Régimen de Servicio Civil, se emitió el Informe Técnico AOTC-UOT-INF-018-2019, de fecha 30 de setiembre del 2019, en el cual se establece la Propuesta de un nuevo Instrumento Auxiliar al Manual General de

Clasificación de Clases, denominado Catálogo de Formaciones para las clases Específicas del Título I del Estatuto de Servicio Civil.

11. Que conforme a los resultados del estudio efectuado y plasmado en el

informe AOTC-UOT-INF-018-2019 citado en el considerando precedente, se

establece la articulación que dicho Catálogo requiere, así como la forma con la cual el mismo será sujeto de actualización; determinándose en

consonancia con esto la necesidad de modificar requisitos académicos de clases de puesto específicas del Título I, para que de esta forma se visualice la articulación entre los distintos instrumentos del sistema clasificatorio.

Page 3: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 3 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Por tanto,

El Director del Área de Organización del Trabajo y Compensaciones

En uso de las facultades conferidas en concordancia con el Acuerdo Nº 001-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 53 del 15 de marzo del 2019.

Resuelve:

Artículo 1º.- Crear el Catálogo de Formaciones, adjunto en el Anexo N°1 de la

presente resolución, como un instrumento auxiliar al Manual General de Clasificación de Clases, de aplicación en el Sistema Clasificatorio de Puestos del Régimen de Servicio Civil, para las clases Específicas que conforman el Título I

del Estatuto de Servicio Civil.

Artículo 2º.- Este Catálogo de Formaciones para las clases Específicas del Título I del Estatuto de Servicio Civil, contiene las carreras u ocupaciones requeridas para ejercer las clases de puesto respectivas, de conformidad con los requisitos

que cada una de estas clases establece.

Artículo 3º.- El Catálogo de Formaciones para las Clases Específicas del Título I del Estatuto de Servicio Civil, será de uso obligatorio para las instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil.

Artículo 4º.- Las Formaciones contenidas en este Catálogo, indican las

respectivas carreras u ocupaciones asociadas, no siendo éstas limitativas, por lo que en caso de surgir la necesidad de crear nuevas Formaciones, las Oficinas de Gestión Institucional de Recursos Humanos del Régimen de Servicio Civil,

elaborarán y presentarán por medio de Informe Técnico, la correspondiente propuesta ante esta Área de Organización el Trabajo y Compensaciones.

Artículo 5º.- Las Oficinas de Gestión Institucional de Recursos Humanos del Régimen de Servicio Civil, de igual forma podrán actualizar las Formaciones

existentes, para lo cual el procedimiento técnico administrativo que permitirá la adecuada actualización, divulgación y comunicación del Catálogo para la

inclusión y/o eliminación de carreras u ocupaciones en las Formaciones, será por medio de Dictamen Técnico. El formulario a utilizar se presenta en el Anexo N° 2 de esta Resolución, el cual se podrá actualizar según los procedimientos internos

del Área de Organización del Trabajo y Compensaciones.

Artículo 6º.- Las instituciones que cuentan con Manuales de Clases Institucionales, que contienen clases bajo la modalidad de Clases Específicas, y éstas no están consideradas en el Catálogo de Formaciones, deberán analizar

este Instrumento con el fin de que establezcan las Formaciones con las que se articulan las clases específicas de dichos manuales; y realizar las propuestas de

ajuste respectivas ante esta Área de Organización del Trabajo y

Page 4: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 4 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Compensaciones, para incorporar las carreras u ocupaciones relacionadas con las Formaciones existentes, modificar los requisitos de las clases y/o bien crear la

Formación que se ajuste a sus requerimientos, o determinar la acción respectiva en esta materia.

Artículo 7º.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º al 4º de la presente resolución, modifíquense los requisitos académicos de las siguientes

clases con sus respectivos grupos, y así se mantenga el grado académico requerido, articulado con la formación respectiva:

a) Enfermera (o) 1:

Donde dice Léase

Licenciatura en la carrera de

Enfermería

Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

b) Enfermera (o) 2:

Donde dice Léase

Licenciatura, bachillerato o diplomado en enfermería

Licenciatura, Bachillerato o diplomado, según el grupo respectivo, en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

c) Enfermera (o) 2:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en enfermería.

Código: 0303346

Grupo B: Bachillerato en enfermería.

Código: 0401347

Grupo C: Licenciatura en enfermería.

Código: 0403251

Grupo A: Diplomado en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0303346

Grupo B: Bachillerato en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0401347

Grupo C: Licenciatura en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0403251

Page 5: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 5 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

d) Enfermera (o) 3:

Donde dice Léase

Licenciatura o bachillerato y capacitación específica en el área de docencia

Licenciatura o Bachillerato, según el grupo respectivo, en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería y capacitación específica en el área

de docencia

e) Enfermera (o) 3:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en

enfermería*. Código: 0303348

Grupo B: Bachillerato en

enfermería. Código: 0401349

Grupo C: Licenciatura en

enfermería. Código: 0403252

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece

el artículo 24 del Reglamento del Estatuto de Servicios de Enfermería.

Grupo A: Diplomado en una

carrera contemplada en la Formación Enfermería* Código: 0303348

Grupo B: Bachillerato en una

carrera contemplada en la Formación Enfermería Código: 0401349

Grupo C: Licenciatura en una

carrera contemplada en la Formación Enfermería

Código: 0403252

*Únicamente para efectos

salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del Estatuto de Servicios de

Enfermería.

f) Enfermera (o) 4:

Donde dice Léase

Licenciatura o bachillerato en Enfermería

Licenciatura o Bachillerato, según el grupo respectivo, en

una carrera contemplada en la Formación Enfermería

g) Enfermera (o) 4:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en enfermería*.

Grupo A: Diplomado en una carrera contemplada en la

Page 6: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 6 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Código: 0303350

Grupo B: Bachillerato en

enfermería. Código: 0402351

Grupo C: Licenciatura en

enfermería. Código: 0403253

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece

el artículo 24 del Reglamento del Estatuto de Servicios de

Enfermería.

Formación Enfermería*

Código: 0303350 Grupo B: Bachillerato en una

carrera contemplada en la Formación Enfermería

Código: 0402351 Grupo C: Licenciatura en una

carrera contemplada en la Formación Enfermería

Código: 0403253

*Únicamente para efectos

salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del

Estatuto de Servicios de Enfermería.

h) Enfermera (o) 5:

Donde dice Léase

Licenciatura o bachillerato en

Enfermería

Licenciatura o Bachillerato,

según el grupo respectivo, en una carrera contemplada en la Formación Enfermería

i) Enfermera (o) 5:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en enfermería*.

Código: 0303352

Grupo B: Bachillerato en enfermería.

Código: 0402353

Grupo C: Licenciatura en enfermería.

Código: 0403254

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del

Grupo A: Diplomado en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería* Código: 0303352

Grupo B: Bachillerato en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0402353

Grupo C: Licenciatura en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0403254

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece el

Page 7: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 7 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Estatuto de Servicios de

Enfermería.

artículo 24 del Reglamento del

Estatuto de Servicios de Enfermería.

j) Enfermera (o) 6:

Donde dice Léase

Licenciatura o bachillerato en

Enfermería

Licenciatura o Bachillerato,

según el grupo respectivo, en una carrera contemplada en la Formación Enfermería

k) Enfermera (o) 6:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en enfermería*.

Código: 0303354

Grupo B: Bachillerato en enfermería.

Código: 0402355

Grupo C: Licenciatura en enfermería.

Código: 0405255

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del

Estatuto de Servicios de Enfermería.

Grupo A: Diplomado en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería* Código: 0303354

Grupo B: Bachillerato en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0402355

Grupo C: Licenciatura en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0405255

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece el

artículo 24 del Reglamento del Estatuto de Servicios de

Enfermería.

l) Enfermera (o) 7:

Donde dice Léase

Licenciatura en Enfermería Licenciatura en una carrera contemplada en la Formación

Enfermería

Page 8: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 8 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

m) Enfermera (o) 7:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en enfermería*. Código: 0303356

Grupo B: Bachillerato en enfermería. Código: 0402357

Grupo C: Licenciatura en enfermería. Código: 0405256

*Únicamente para efectos

salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del Estatuto de Servicios de

Enfermería.

Grupo A: Diplomado en una carrera contemplada en la Formación Enfermería*

Código: 0303356

Grupo B: Bachillerato en una carrera contemplada en la Formación Enfermería

Código: 0402357

Grupo C: Licenciatura en una carrera contemplada en la Formación Enfermería

Código: 0405256

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del

Estatuto de Servicios de Enfermería.

n) Enfermera (o) 7A:

Donde dice Léase

Licenciatura en Enfermería Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

o) Enfermera (o) 7A:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en enfermería*.

Código: 0303358

Grupo B: Bachillerato en enfermería.

Código: 0402359 Grupo C: Licenciatura en

enfermería. Código: 0405257

*Únicamente para efectos

Grupo A: Diplomado en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería* Código: 0303358

Grupo B: Bachillerato en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0402359

Grupo C: Licenciatura en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0405257

Page 9: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 9 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

salariales tal como lo establece

el artículo 24 del Reglamento del Estatuto de Servicios de Enfermería.

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del

Estatuto de Servicios de Enfermería.

p) Enfermera (o) 8:

Donde dice Léase

Licenciatura en Enfermería Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

q) Enfermera (o) 8:

Donde dice Léase

Grupo A: Diplomado en enfermería*.

Código: 0303360

Grupo B: Bachillerato en enfermería.

Código: 0402361

Grupo C: Licenciatura en enfermería.

Código: 0405258 *Únicamente para efectos

salariales tal como lo establece el artículo 24 del Reglamento del

Estatuto de Servicios de Enfermería.

Grupo A: Diplomado en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería* Código: 0303360

Grupo B: Bachillerato en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0402361

Grupo C: Licenciatura en una carrera contemplada en la

Formación Enfermería Código: 0405258

*Únicamente para efectos salariales tal como lo establece el

artículo 24 del Reglamento del Estatuto de Servicios de Enfermería.

r) Estadístico de Servicio Civil 1:

Donde dice Léase

Bachiller universitario en Estadística

Bachillerato en una carrera contemplada en la Formación Estadística

Page 10: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 10 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

s) Estadístico de Servicio Civil 2:

Donde dice Léase

Bachiller en Estadística Bachillerato en una carrera contemplada en la Formación Estadística

t) Estadístico de Servicio Civil 3:

Donde dice Léase

Licenciatura en Estadística o

Bachiller y Maestría en

Estadística con o sin énfasis

Licenciatura en una carrera contemplada en la Formación Estadística

o

Bachillerato y Maestría en una carrera contemplada en la Formación Estadística

u) Farmacéutico 1, Farmacéutico 2, Farmacéutico 3, Farmacéutico 4, Farmacéutico 5, Farmacéutico 6 y Farmacéutico 7:

Donde dice Léase

Licenciado en Farmacia Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Farmacia

v) Inspector de Inocuidad Grupo B:

Donde dice Léase

Bachiller en Enseñanza Media y Título de Técnico Medio con

especialidad “Agropecuaria en producción pecuaria” o “Agroindustria en producción

pecuaria”

Bachiller en Enseñanza Media y Título de Técnico o Técnico Medio

en una ocupación o carrera contemplada en la Formación Inocuidad alimentaria

w) Inspector de Inocuidad Grupo C:

Donde dice Léase

Segundo año de carrera universitaria en Producción

Animal o Diplomado en Asistencia Veterinaria o en

Producción Animal” o “Bachiller en Enseñanza Media y título de Técnico Medio con especialidad

Segundo año o Diplomado en una carrera contemplada en la

Formación Inocuidad alimentaria

o

Bachiller en Enseñanza Media y

Page 11: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 11 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Agropecuaria en producción

pecuaria o Agroindustria en producción pecuaria…

título de Técnico o Técnico Medio

en una ocupación o carrera contemplada en la Formación Inocuidad alimentaria…

x) Director de Departamento o Programa, Director de Servicios de

Salud, Médico Asistente General, Médico Especialista, Médico Jefe, Médico Jefe de Sección de Departamento, Jefe de Servicios

de Salud, Subdirector de Departamento o Programa, Subdirector de Región, Supervisor Médico Regional, Médico de la Presidencia de la República:

Donde dice Léase

Médico Cirujano ó Licenciatura en Medicina y Cirugía ó

Licenciatura en Medicina

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Medicina

y) Microbiólogo 1, Microbiólogo 2, Microbiólogo 3, Microbiólogo 4,

Microbiólogo 5, Microbiólogo 6:

Donde dice Léase

Licenciado en Microbiología Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación Microbiología y

Química Clínica

z) Nutricionista 1, Nutricionista 2, Nutricionista 3, Nutricionista 4,

Nutricionista 5 y Nutricionista 6:

Donde dice Léase

Licenciatura en Nutrición o Licenciatura en Nutrición

Humana y Dietética

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Nutrición

aa) Odontólogo 1, Odontólogo 2, Odontólogo 3, Odontólogo 4,

Odontólogo 5, Odontólogo 6:

Donde dice Léase

Cirujano Dentista Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación Odontología

Page 12: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 12 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

bb) Operador de Computador 1, Operador de Computador 2 y Operador de Computador 3:

Donde dice Léase

Segundo año de una carrera universitaria atinente con el

puesto

Segundo año en una carrera contemplada en la Formación

Operación y Programación de Computadoras

cc) Programador de Computador 1:

Donde dice Léase

Tercer año aprobado de una carrera universitaria atinente

con el puesto; o

Segundo año de una carrera

universitaria atinente con el puesto…

Tercer año en una carrera contemplada en la Formación

Operación y Programación de Computadoras;

o

Segundo año en una carrera contemplada en la Formación Operación y Programación de

Computadoras…

dd) Programador de Computador 2 y Programador de Computador 3:

Donde dice Léase

Tercer año de una carrera de

enseñanza superior atinente con el puesto…;

o Segundo año de una carrera de enseñanza superior atinente con

el puesto…

Tercer año en una carrera

contemplada en la Formación Operación y Programación de

Computadoras…

o

Segundo año en una carrera

contemplada en la Formación Operación y Programación de Computadoras….

ee) Secretario de Servicio Civil 1:

Donde dice Léase

Título de Técnico en Secretariado

Técnico o Técnico Medio en una ocupación o carrera contemplada en la Formación Secretariado

Page 13: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 13 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

ff) Médico Veterinario 1, Médico Veterinario 2, Médico Veterinario 3, Médico Veterinario 4, Médico Veterinario 5, Médico Veterinario 6,

Médico Veterinario 7, Médico Veterinario 8 y Médico Veterinario 9:

Donde dice Léase

Licenciatura en Medicina Veterinaria o en Medicina y

Cirugía Veterinaria

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Veterinaria

gg) Jefe Departamento de Diagnóstico Veterinario – MAG,

Profesional Microbiólogo – MAG y Profesional Microbiólogo Coordinador – MAG:

Donde dice Léase

Licenciatura universitaria en Microbiología

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación Microbiología y

Química Clínica

hh) Coordinador de Área Grupo B – INCIENSA:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera de Enseñanza Superior afín al

puesto, según el detalle de atinencias que se indica en al

apartado siguiente

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación que se asocia al grupo de actividad respectivo, según se

detalla a continuación:

Grupo C: Formación Enfermería

Código: 0405196

Grupo E: Formación Odontología Código: 0405197

ii) Coordinador de Centro de Referencia Grupo C – INCIENSA:

Donde dice Léase

Licenciatura en Enfermería Licenciatura en una carrera contemplada en la Formación

Enfermería

Page 14: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 14 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

jj) Investigador – INCIENSA:

Donde dice Léase

Grupo A Nivel 3: Código: 0403178 Licenciatura en Enfermería.

Nivel 4: Código: 0403179

Licenciatura en Microbiología.

Nivel 5: Código: 0403180 Licenciatura en Odontología.

Nivel 6: (Resol. DG-324-2005, 21/11/05) Código: 0403181

Médico Cirujano ó Licenciatura en Medicina y Cirugía ó

Licenciatura en Medicina. Grupo B

Nivel 3: Código: 0403182 Licenciatura en Enfermería.

Nivel 5: Código: 0403183

Licenciatura en Odontología.

Grupo C

Nivel 3: Código: 0403184 Licenciatura en Enfermería.

Nivel 4: Código: 0403185 Licenciatura en Microbiología.

Grupo A Nivel 3: Código: 0403178 Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

Nivel 4: Código: 0403179 Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación Microbiología y

Química Clínica

Nivel 5: Código: 0403180

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Odontología

Nivel 6: (Resol. DG-324-2005,

21/11/05) Código: 0403181 Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación Medicina

Grupo B Nivel 3: Código: 0403182

Licenciatura en una carrera contemplada en la Formación

Enfermería

Nivel 5: Código: 0403183

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Odontología Grupo C

Nivel 3: Código: 0403184 Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

Nivel 4: Código: 0403185 Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la

Page 15: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 15 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Nivel 5: Código: 0403186 Licenciatura en Odontología.

Nivel 6: (ver Resol. DG-324-

2005, 21/11/05) Código: 0403187

Médico Cirujano ó Licenciatura en Medicina y Cirugía ó Licenciatura en Medicina.

Grupo D Nivel 3: Código: 0403188

Licenciatura en Enfermería.

Nivel 4: Código: 0403189 Licenciatura en Microbiología.

Nivel 5: Código: 0403190

Licenciatura en Odontología.

Nivel 6: (ver Resol. DG-324-

2005, 21/11/05) Código: 0403191

Médico Cirujano ó Licenciatura en Medicina y Cirugía ó Licenciatura en Medicina.

Grupo E

Nivel 3: Código: 0403192 Licenciatura en Enfermería.

Formación Microbiología y

Química Clínica

Nivel 5: Código: 0403186

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Odontología Nivel 6: (ver Resol. DG-324-

2005, 21/11/05) Código: 0403187

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación Medicina

Grupo D

Nivel 3: Código: 0403188 Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

Nivel 4: Código: 0403189

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación Microbiología y

Química Clínica

Nivel 5: Código: 0403190 Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Odontología

Nivel 6: (ver Resol. DG-324-2005, 21/11/05) Código: 0403191

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Medicina Grupo E

Nivel 3: Código: 0403192 Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

Page 16: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 16 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Nivel 4: Código: 0403193 Licenciatura en Microbiología.

Nivel 5: Código: 0403194 Licenciatura en Odontología.

Nivel 6: (ver Resol. DG-324-2005, 21/11/05) Código:

0403195 Médico Cirujano ó Licenciatura

en Medicina y Cirugía ó Licenciatura en Medicina

Nivel 4: Código: 0403193

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación Microbiología y

Química Clínica

Nivel 5: Código: 0403194 Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Odontología

Nivel 6: (ver Resol. DG-324-2005, 21/11/05) Código: 0403195

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación Medicina

kk) Profesional de Centro Nacional de Referencia - INCIENSA:

Donde dice Léase

GRUPO A REQUISITOS

A 3: Licenciatura en Enfermería. Código: 0403217

A 5: Licenciatura en Odontología.

Código: 0403218

GRUPO B REQUISITOS

B 3: Código: 0403219 Licenciatura en Enfermería.

B 5: Código: 0405220

Licenciatura en Odontología GRUPO C

REQUISITOS C 3: Código: 0404221

Licenciatura en Enfermería. C 6: Código: 0404222

GRUPO A REQUISITOS

A 3: Código: 0403217 Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

A 5: Código: 0403218 Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación Odontología

GRUPO B REQUISITOS

B 3: Código: 0403219

Licenciatura en una carrera contemplada en la Formación Enfermería

B 5: Código: 0405220

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación Odontología

Page 17: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 17 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Médico Cirujano ó Licenciatura

en Medicina y Cirugía ó Licenciatura en Medicina. (Resol. DG-324-2005,

21/11/05)

GRUPO C REQUISITOS

C 3: Código: 0404221 Licenciatura en una carrera

contemplada en la Formación Enfermería

C 6: Código: 0404222 Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación Medicina

ll) Profesional de Unidad Técnica Asesora - INCIENSA:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera de

Enseñanza Superior afín al puesto, según el detalle de atinencias que se indica en al

apartado siguiente. Para efectos salariales se dividirá en

los siguientes grupos de actividad

C: Del área de Enfermería D: Del área de Microbiología E:

Del área de Odontología

Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación que se asocia al grupo de actividad respectivo, según se

detalla a continuación:

Grupo C: Formación Enfermería Grupo D: Formación

Microbiología y Química Clínica

Grupo E: Formación Odontología

mm) Director de Nivel Central de la Salud - Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera

propia del área temática del puesto

Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación que se asocia al grupo de actividad respectivo, según se

detalla a continuación:

Grupo A: Formación Enfermería Código: 0405171

Grupo B: Formación Microbiología y Química Clínica

Código: 0405172

Page 18: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 18 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Grupo C: Formación Farmacia

Código: 0405173 Grupo D: Formación

Odontología Código: 0405174

Grupo F: Formación Medicina Código: 0501176

nn) Director Regional de la Salud - Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Título de Médico Cirujano o Licenciatura en Medicina o Licenciatura en Medicina y

Cirugía o título equivalente

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación Medicina

oo) Jefe de Unidad de Nivel Central de la Salud - Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera que faculte para el desempeño del

puesto

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación que se asocia al grupo de actividad respectivo, según se

detalla a continuación:

Grupo A: Formación Enfermería

Código: 0405198

Grupo B: Formación Microbiología y Química Clínica Código: 0405199

Grupo C: Formación Farmacia

Código: 0405200 Grupo D: Formación

Odontología Código: 0405201

Grupo F: Formación Medicina Código: 0405203

Page 19: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 19 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

pp) Jefe de Unidad de Nivel Regional de la Salud - Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera que faculte para el desempeño del

puesto

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la

Formación que se asocia al grupo de actividad respectivo, según se

detalla a continuación: Grupo A: Formación Enfermería

Código: 0405204

Grupo B: Formación Microbiología y Química Clínica Código: 0404205

Grupo C: Formación Farmacia

Código: 0404206 Grupo D: Formación

Odontología Código: 0404207

Grupo F: Formación Medicina

Código: 0405209

qq) Director de Área - Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Título de Médico Cirujano o Licenciatura en Medicina o Licenciatura en Medicina y

Cirugía o título equivalente

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación Medicina

rr) Profesional Licenciado de la Salud 3- Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera que faculte para el desempeño del puesto

Licenciatura o su equivalente en una carrera contemplada en la Formación que se asocia al grupo

de actividad respectivo, según se detalla a continuación:

Grupo A: Formación Enfermería Código: 0404239

Page 20: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 20 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

Grupo B: Formación Microbiología y Química Clínica Código: 0404240

Grupo C: Formación Farmacia

Código: 0404241 Grupo D: Formación

Odontología Código: 0404242

Grupo F: Formación Medicina Código: 0404244

ss) Profesional Licenciado de la Salud 2- Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera que

faculte para el desempeño del puesto

Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación que se asocia al grupo de actividad respectivo, según se

detalla a continuación:

Grupo A: Formación Enfermería Código: 0403233

Grupo B: Formación Microbiología y Química Clínica

Código: 0403234 Grupo C: Formación Farmacia

Código: 0403235

Grupo D: Formación Odontología Código: 0403236

Grupo F: Formación Medicina

Código: 0404238

tt) Profesional Licenciado de la Salud 1- Ministerio de Salud:

Donde dice Léase

Licenciatura en una carrera que

faculte para el desempeño del puesto

Licenciatura o su equivalente en

una carrera contemplada en la Formación que se asocia al grupo

Page 21: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 21 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

de actividad respectivo, según se

detalla a continuación: Grupo A: Formación Enfermería

Código: 0403227

Grupo B: Formación Microbiología y Química Clínica Código: 0403228

Grupo C: Formación Farmacia

Código: 0403229 Grupo D: Formación

Odontología Código: 0403230

Grupo F: Formación Medicina

Código: 0403232

Artículo 8º.- Elimínese de las siguientes clases con sus respectivos grupos, los apartados que se detallan para cada una de éstas, por cuanto la información

contenida en el mismo fue incorporada como parte del requisito académico:

a) Operador de Computador 1, Operador de Computador 2 y

Operador de Computador 3:

El apartado denominado

Atinencias Académicas

b) Programador de Computador 1, Programador de Computador 2 y

Programador de Computador 3:

El apartado denominado

Atinencias Académicas

c) Coordinador de Área Grupo B – INCIENSA

El apartado denominado

Atinencia Académica para el Grado de Licenciatura

Page 22: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 22 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

d) Coordinador de Área Grupo B – INCIENSA

La Nota que indica

“para el grupo F debe entenderse Médico Cirujano ó Licenciatura en

Medicina y Cirugía ó Licenciatura en Medicina. (ver Resol. DG-324-2005, 21/11/05)”, por cuanto dicho grupo fue eliminado para esta clase mediante la resolución DG-722-2008 de fecha 18 de diciembre de 2008.

e) Coordinador de Centro de Referencia Grupo C – INCIENSA

El apartado denominado

Atinencia Académica

f) Investigador – INCIENSA:

El apartado denominado

Atinencias Académicas

g) Profesional de Centro Nacional de Referencia - INCIENSA:

El apartado denominado

Atinencia Académica

h) Profesional de Unidad Técnica Asesora - INCIENSA:

El apartado denominado

Atinencia Académica

i) Director de Nivel Central de la Salud - Ministerio de Salud:

El apartado denominado

GRUPOS OCUPACIONALES De conformidad con la legislación vigente, los siguientes conforman

los grupos por campo de especialidad que se determinan para las áreas temáticas de los diferentes puestos contenidos en la clase; de

forma que los requisitos académicos anteriores deben ser interpretados en función del grupo específico de interés:

A: Profesionales en Enfermería Código: 0405171 B: Profesionales en Microbiología y Química Clínica Código: 0405172

C: Profesionales en Farmacia Código: 0405173 D: Profesionales en Odontología Código: 0405174

Page 23: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 23 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

F: Profesionales en Medicina Humana Código: 0501176

j) Jefe de Unidad de Nivel Central de la Salud - Ministerio de Salud:

El apartado denominado

GRUPOS OCUPACIONALES

De conformidad con la legislación vigente, los siguientes conforman

los grupos por campo de especialidad que se determinan para las áreas temáticas de los diferentes puestos contenidos en la clase; de forma que los requisitos académicos anteriores deben ser

interpretados en función del grupo específico de interés:

A: Profesionales en Enfermería Código: 0405198 B. Profesionales en Microbiología y Química Clínica Código: 0405199 C: Profesionales en Farmacia Código: 0405200

D: Profesionales en Odontología Código: 0405201 F: Profesionales en Medicina Humana Código: 0405203

k) Jefe de Unidad de Nivel Regional de la Salud - Ministerio de Salud:

El apartado denominado

GRUPOS OCUPACIONALES

De conformidad con la legislación vigente, los siguientes conforman los grupos ocupacionales según campo de especialidad que se

determinan para las áreas temáticas de los diferentes puestos contenidos en la clase; de forma que los requisitos académicos anteriores deben ser interpretados en función del grupo específico

de interés:

A: Profesionales en Enfermería Código: 0405204 B. Profesionales en Microbiología y Química Clínica Código: 0404205 C: Profesionales en Farmacia Código: 0404206

D: Profesionales en Odontología Código: 0404207 F: Profesionales en Medicina Humana Código: 0405209

l) Profesional Licenciado de la Salud 3- Ministerio de Salud:

El apartado denominado

GRUPOS OCUPACIONALES

De conformidad con la legislación vigente, los siguientes conforman los grupos ocupacionales según campo de especialidad que se determinan para las áreas temáticas de los diferentes puestos

contenidos en la clase; de forma que los requisitos académicos

Page 24: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 24 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

anteriores deben ser interpretados en función del grupo específico

de interés: A: Profesionales en Enfermería Código: 0404239

B: Profesionales en Microbiología y Química Clínica Código: 0404240 C: Profesionales en Farmacia Código: 0404241

D. Profesionales en Odontología Código: 0404242 F: Profesionales en Medicina Humana Código: 0404244

m) Profesional Licenciado de la Salud 2- Ministerio de Salud:

El apartado denominado

GRUPOS OCUPACIONALES

De conformidad con la legislación vigente, los siguientes conforman los grupos ocupacionales según campo de especialidad que se determinan para las áreas temáticas de los diferentes puestos

contenidos en la clase; de forma que los requisitos académicos anteriores deben ser interpretados en función del grupo específico

de interés: A: Profesionales en Enfermería Código: 0403233

B: Profesionales en Microbiología y Química Clínica Código: 0403234 C: Profesionales en Farmacia Código: 0403235

D: Profesionales en Odontología Código: 0403236 F: Profesionales en Medicina Humana Código: 0404238

n) Profesional Licenciado de la Salud 1- Ministerio de Salud:

El apartado denominado

GRUPOS OCUPACIONALES

De conformidad con la legislación vigente, los siguientes conforman los grupos ocupacionales según campo de especialidad que se determinan para las áreas temáticas de los diferentes puestos

contenidos en la clase; de forma que los requisitos académicos anteriores deben ser interpretados en función del grupo específico

de interés: A: Profesionales en Enfermería Código: 0403227

B: Profesionales en Microbiología y Química Clínica Código: 0403228 C: Profesionales en Farmacia Código: 0403229

D: Profesionales en Odontología Código: 0403230 F: Profesionales en Medicina Humana Código: 0403232

Artículo 9º.- La modificación contenida en los artículos 7º y 8º precedentes, lo es para cada caso en particular únicamente en cuanto a la redacción del requisito

Page 25: RESOLUCIÓN DG-181-2019 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO …cidseci.dgsc.go.cr/datos/R-DG-181-2019 Catálogo de Formaciones Cl… · R-DG-181-2019 Página 5 de 25 Web: Central Telefónica:

02 de diciembre de 2019 R-DG-181-2019

Página 25 de 25

Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333

académico establecido, para que éste se relacione con el Catálogo de Formaciones. Por lo tanto, cada clase mantiene los requisitos de experiencia y

demás, asociados al requisito primario o bien a la alternativa de requisitos establecida.

Artículo 10º.- Rige a partir de su publicación en el diario oficial.

Publíquese,

MSc. Francisco Chang Vargas

DIRECTOR

Elaborado por:

Gabriela Serrano Chinchilla Revisado por:

Yolanda Campos Arce

FChV/GSC/YCA/KRU