'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... ·...

14
Ministerio de Economía y Finanzas 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3 SumlJla: Es pasible de sand6n el postor que no cuenta con el registro naciOfliJI de proveedoresvigente a la presentaciónde propuestas. Lima, O5 SET. 201& VISTO, en sesión de fecha 5 de setiembre de 2016 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente N° 662/2016.TCE, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa PRAYAGASOLUTIONS S.A.C., por su responsabilidad al no contar con la inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores a la fecha de presentación de propuestas en el Concurso Público N° 0006-2013-FUNc'ONPE- Primera Convocatoria, convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE,'para la "Contratación del seNido de Desarrollo del Sistema de Información Geográfica y Business Inteliigence-Func~ y atendiendo a los siguientes: Organismo ANTECEDENTES: I SupervisOr de las -_ ! e :1""7lt;tr:n"c:; 1. El28 ce agosto de2013, la Oficina Nacional de ProcesosElectorales~ ONPE,en adelante la .Entidad, convocó ._eT' ConcurSo Públic6'L N°' 0006-2013-FUNC.ONPE-OPrimera Convocatoria, para la "Contratación del servicio de Desarrollo del Sistema de Información Geográfica y Business Inteliigence-Func'; por un valor referencial ascendente a SI. 1'855,754.00 (Un millón ochocientos cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles),en adelante el proceso de selección. " Dicho proceso de selección fue convocado bajo la vigencia de la ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo NO 1017, modificada por ley NO 29873, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo NO 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo NO138-2012-EF YDecreto Supremo NO080-2014-EF, en delante el Reglamento. Con fecha 22 de octubre de 2013, se llevó a cabo el acto público de presentación de propuestas, acto al cual se presentó la empresa PRAYAGASOlUTIONS S.A.C., en 10 s sivo el Postor, como único postor. n fecha 25 de octubre de 2013, se adjudicó la buena pro a la empresa PRAYAGA OLLJTIONSS.A.C.Sin embargo, mediante Aeta N° 09 1 de Sesióndel Comité Especialdel 26 de octubre de 2016, se dejó constancia que, al intentar registrar la Buena Pro a favor del Postor en el SEACE,éste informa que dicho Postor tiene la condición de "no admitido" - "no inscrito en el Registro Nacional de Proveedores-RNP"¡ razón por la cual el Comité Espec" I acordó postergar la publicación de la Buena Pro por, problemas de registro en el SEA I hasta el 28 de octubre de 2013. brante a fojas 971 del expediente administrativo Página 1 de 14

Transcript of 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... ·...

Page 1: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

Ministeriode Economiacutea y Finanzas

Resofuciacuteoacuten JI[O 2115-2016- TCE-S3

SumlJla Es pasible de sand6n el postor que nocuenta con el registro naciOfliJI deproveedoresvigente a la presentacioacutendepropuestas

Lima O 5 SET 201amp

VISTO en sesioacuten de fecha 5 de setiembre de 2016 de la Tercera Sala del Tribunal deContrataciones del Estado el Expediente Ndeg 6622016TCE sobre el procedimientoadministrativo sancionador iniciado contra la empresa PRAYAGASOLUTIONS SAC por suresponsabilidad al no contar con la inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores ala fecha de presentacioacuten de propuestas en el Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNcONPE-Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPEparala Contratacioacuten del seNido de Desarrollo del Sistema de Informacioacuten Geograacutefica y BusinessInteliigence-Func~ y atendiendo a los siguientes

OrganismoANTECEDENTES I SupervisOr de las

- _ e 17lttrnc1 El 28 ce agosto de 2013 la Oficina Nacional de Procesos Electorales ~ ONPEen adelante

la Entidad convocoacute _eT ConcurSo Puacuteblic6L Ndeg 0006-2013-FUNCONPE-O PrimeraConvocatoria para la Contratacioacuten del servicio de Desarrollo del Sistema de InformacioacutenGeograacutefica y Business Inteliigence-Func por un valor referencial ascendente a SI1 85575400 (Un milloacuten ochocientos cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatrocon 00100 Soles) en adelante el proceso de seleccioacuten

Dicho proceso de seleccioacuten fue convocado bajo la vigencia de la ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo NO 1017 modificada por ley NO 29873 enadelante la Ley y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 184-2008-EFmodificado por Decreto Supremo NO138-2012-EF Y Decreto Supremo NO080-2014-EF endelante el Reglamento

Con fecha 22 de octubre de 2013 se llevoacute a cabo el acto puacuteblico de presentacioacuten depropuestas acto al cual se presentoacute la empresa PRAYAGASOlUTIONS SAC en 10s sivo el Postor como uacutenico postor

n fecha 25 de octubre de 2013 se adjudicoacute la buena pro a la empresa PRAYAGAOLLJTIONSSAC Sin embargo mediante Aeta Ndeg 091 de Sesioacuten del Comiteacute Especial del26 de octubre de 2016 se dejoacute constancia que al intentar registrar la Buena Pro a favordel Postor en el SEACEeacuteste informa que dicho Postor tiene la condicioacuten de no admitido- no inscrito en el Registro Nacional de Proveedores-RNPiexcl razoacuten por la cual el ComiteacuteEspec I acordoacute postergar la publicacioacuten de la Buena Pro por problemas de registro en elSEA I hasta el 28 de octubre de 2013

brante a fojas 971 del expediente administrativo

Paacutegina 1 de 14

Mediante Resolucioacuten Jefatural Ndeg 230-2013-JjONPE2 del 30 de octubre de 2013 laEntidad resuelve declarar la nulidad de oficio del acto de otorgamiento de la Buena Prodel proceso de seleccioacuten y dispone retrotraer el proceso hasta la etapa de presentacioacuten depropuestas

2 Mediante Formulario de Aplicacioacuten de Sancioacuten - Entidad presentado elIde marzo de2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado en adelante elTribunal la Entidad informoacute sobre la supuesta infraccioacuten en la que habriacutea incurrido elPostor para lo cual adjuntoacute entre otros documentos el Informe Legal Ndeg 000005-2016PPONPEJ del 26 de febrero del 2016 en el cual sentildealoacute lo siguiente

i El otorgamiento de la buena pro no pudo ser registrado en el SEACEal aparecerel mensaje NO ADMITIDO-NO INSCRITO EN EL RNP lo que fue informado a laOficina General de Administracioacuten de ONPEpor el Presidente del Comiteacute Especialmediante Informe Ndeg03-2013-CESDIGBIiexclONPE en el cual se sentildealoacute que el Postoradjudicatario de la buena pro a la fecha de presentacioacuten de propuestas nocontaba con inscripcioacuten vigente en el RNP

ii En tal sentido se tuvo acceso al link del Registro Nacional de Proveedores en lapaacutegina web del OSeEhttp wwwosee90bpeconsultasenlinearnpconsultaProveedoreslnscritosas yse verificoacute que el Postor tuvo suspendida la vigencia de su Inscripcioacuten en el RNPpara ser participante postor y contratista en el periodo del 10 al 24 de octubre de2013 por lo que conforme a lo dispuesto en el artiacuteculo 56 de la Ley medianteResolucioacuten Jefatural W 230-2013-JjONPE del 30 de octubre de 2013 se decretoacutela uacutefidad de oficio del acto de otorgamiento de la buena pro del proceso deleccioacuten retrotrayeacutendose el mismo a la etapa de presentacioacuten de propuestas

Concluye que el Postor habriacutea incurrido en la comisioacuten de la infraccioacuten prevista enel literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley vigente al momento de loshechos y que se halla recogida tambieacuten en el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la actual Ley de Contrataciones del Estado - Ley W 30225

3 Con d reto del 10 de marzo de 2016 previamente al inicio del procedimientoadmi rativo sancionador se requirioacute a la Entidad que cumpla con subsanar suca lcacioacuten debiendo remitir un Informe Teacutecnico Legal de su asesoriacutea sentildealando defa clara y precisa si el documento denominado - Anexo Ndeg 3 Declaracioacuten Jurada (Art(jel Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado) del 22 de octubre 2013nstituiriacutea un documento falso o informacioacuten inexacta otorgaacutendosele el plazo de diez10) diacuteas haacutebiles bajo responsabilidad y apercibimiento de resolver con la documentacioacutenobrant en autos y de poner en conocimiento de su Oacutergano de Control Institucional enel sup esto caso de incumplimiento del requerimiento

ante a fojas 1001-1004 del expediente administrativorante a fojas 7-9 del expediente administrativo

Paacutegina 2 de 14

bull

~ -

Mtnisterio -de Economiacutea YFinanzas

Rpoundso[uciacuteoacuten No 2115-2016- TCE-S3

Asimismo se solicitoacute al Registro Nacional de Proveedores informar si el documentodenominado Constancia de Inscripcioacuten para ser Participante Postor y Contratistapresentado por el Postor como parte de su propuesta teacutecnica en el marco del proceso deseleccioacuten constituiriacutea un documento falso o informacioacuten inexacta toda vez que de laverificacioacuten del mismo se aprecia que dicho documento fue impreso el 28 de agosto de2013 sentildealaacutendose en su contenido que a dicha fecha se encontraba ya aprobado eltraacutemite de Renovacioacuten Anticipada desde el 16 de setiembre 2013 hasta el 16 de setiembrede 2014 lo cual no se condice con la informacioacuten de Vigencia de Bienes y Servicios (cuyacopia se adjunta) en donde se constata que el traacutemite de Renovacioacuten de Inscripcioacuten soloseriacutea del 16 setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 existiendo diferencia con elintervalo de fechas sentildealadas en el documento cuestionado asimismo deberaacute sentildealar si el22 de octubre de 2013 contaba con su inscripcioacuten vigente en el RNP ya que en dichafecha tuvo lugar el acto de presentacioacuten de Propuestas Teacutecnicas otorgaacutendosele el plazode diez (10) diacuteas haacutebiles

4 Mediante Memorando Ndeg 492-2016jDRNP1 presentado el 18 de abril del 2016 ante laMesa de Partes del Tribunal la Direccioacuten del Registro Nacional de Proveedores diorespuesta al pedido de informacioacuten adicional manifestando lo siguiente

Y 9 Onilil 110Se tiene que laconsroncia oeinscripcioacuten dela empresa PRAYAGASOLUTIONSSAe contiene inforf1adoacuten congruente con la base de datos delRNP a la feChade su impresioacuten ~e128082013 asimismoprecisa que enJecha posterior el10102013 la vigencia para ser participante postor y contratista de la citadaempresa corresponde al peflodo 16092013 al 16092014 fue susPendida alno haber subsanado las observaciones efectuadas al traacutemite habieacutendoselevantado dichas observaciones el 24102013 por lo que con la suspenSioacuten dela vigencia antes descrita el periodo quedoacute compuesto de la siguiente manera

Del 16092013 al 09102013 yDel 25 102013 al 16092014

Asimismo la Subdireccioacuten de Servicios de Informacioacuten Registral yFideJiacutezacioacuten del Proveedor informa que al 22102013 la empresa enconsulta no contoacute con inscripcioacuten vigente para ser participante postory contratista en los registros de proveedores de bienes y servicios (Elresaltado es nuestro)

5 e escrito presentado el 22 de abril de 2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal laE I d presentoacute la informacioacuten solicitada remitiendo entre otros documentos elf rme Teacutecnico Legal Ndeg 000009-2016-PPjONPE del 21 de abril de 2016 en el cualnsigna lo siguiente

bull La Constancia de Inscripcioacuten para ser Participante Postor y Contratista es undocumento emitido por el Registro Nacional de Proveedores y en tal sentidocorresponde a dicho oacutergano informar si la Constancia presentada por Prayaga

obrante a fojas 1016 del expediente administrativo

Paacutegina 3 de 14

Solutions sAC a la ONPE en el marco dei Concurso Puacutebiiacuteco Ndeg 0006-201)FUNC-ONPE constituye un documento falso o en todo caso contieneinformacioacuten inexada~

6 Mediante decreto del 5 de mayo de 2016 se dispuso el inicio del procedimientoadministrativo sancionador contra la empresa PRAYAGASOLLfTIONS SAC por supresunta responsabilidad al haber presentado su propuesta teacutecnica sin contar coninscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores-RNP en el marco del procesode seleccioacuten infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley otorgaacutendosele el plazo de diez (lO) diacuteas para que presente sus descargosbajo apercibimiento de resolver con la documentacioacuten obrante en autos

7 Mediante Formulario de Presentacioacuten de Descargos y escrito del 28 de mayo de 20165presentados el 30 de mayo de 2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal el Postorpresentoacute sus descargos sentildealando lo siguiente

bull Reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosu inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutesmanifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado subandeja de mensajes electroacutenica de forma oportunaiexcl en consecuencia nosubsanoacute las observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten deinscripcioacuten dentro del plazo concedido ocasionando con ello la suspensioacutende su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

bull Asimismo sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores no es una conducta tipificada como infraccioacutenque el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley (norma anterior)y el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley NCI 30225 (normavigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacuten de propuestas sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores mas no lapresentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad ydebido proceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna Enconsecuencia refiere que no le corresponde la imposicioacuten de sandoacuten porhaber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosuspendida su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

Mediante decreto dei 31 de mayo del 2016 se tuvo por apersonado al Postor y se remitioacuteel expediente a la Tercera Sala del Tribunal para que resuelva

Medi e decreto del 15 de julio de 2016 se programoacute Audiencia Puacuteblica para ellO deagos de 2016 la cual fue frustrada por no haber concurrido ninguna de las partes

s Documento obrante a fojas 1045-1056 del expediente administrativo

Paacutegina 4 de 14

- - Ministerio ~ -_ _ de Economiacutea y Finanzas

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

FUNDAMENTACIOacuteN

1 El caso materia de autos estaacute referido a la supuesta responsabilidad del Postor por haberpresentado su propuesta al proceso de seleccioacuten sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e)6 delnumeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley norma vigente al momento de la ocurrencia de loshechos

Naturaleza de la infraccioacuten

2

3

4

Conforme se indicoacute anteriormente la causal de infraccioacuten imputada al Postor seencontraba tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley dispositivovigente al momento de suscitarse los hechos materia del presente procedimientoadministrativo sancionador

De acuerdo a lo expuesto dicha causal de infraccioacuten estableciacutea que se impondraacute sancioacutena los proveedores que se registren como participantes presenten propuestas osuscribancontrato o Convenio MarcOsin contarcon-inscrlpdoacuten vigente en el Registro _NacionaldeProveedores (RNP) J-UVIj 1 u I t ~

lJl ~ I C(mjratamnesSobre JI partIcular eI_numeral 91 del articulo 9 -deJa Ley dispqma que para serparticipante postor yo contratista se requiere estar InsCrito en elReglstro Nacional deproVeedores y no estar Impedido sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado

Por otro lado el artiacuteculo 252 del Reglamento de la Ley disponiacutea que () La inscripcioacutenen los Registros tendraacute validez de un (1) antildeo a partir del diacutea siguiente de su aprobacioacutenpudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovacioacuten dentro de lossesenta (60) diacuteas calendarios anteriores a su vencimiento () (resaltado ysubrayado son nuestros)

Asimismo el citado dispositivo legal estableciacutea que Losproveedores seraacuten responsablesde que su inscripcioacuten en el Registro corresoon(iiente del RNP se encuentre vigente alregistrarse comO participante en la presentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la8 en P la uscri Ioacuten cfI ntr tooLas Entidades deberaacuten verificar la vigencia de lai iexclpekiacuten en el RNPen el portal institucional del OSeE (subrayadO es agregado)

n ese sentido de una lectura sistemaacutetica de los acotados dispositivos se desprende quees obligacioacuten de los postores mantener vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional de

iculo 51- Infracciones V sanciones administrativas51 1 Infra iones

se i ndraacute sancioacuten administrativa a los proveedores participantes postores ylo contratistas que[e e registren como pltlrticipantes presenten propuesta o suscriban un contrato o acuerdo de Converlio

rco sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)iexcl)

Paacutegina 5 de 14

7

8

Proveedores en los siguientes momentos (i) al registrarse como participante (ii) alpresentar ofertas (iii) durante el otorgamiento de la buena pro y (iv) en elperfeccionamiento del contrato respectivo a fin de mantener su capacidad legal paracontar con la condicioacuten de participantes postores o contratistas habilitados en el procesode seleccioacuten

En este punto cabe precisar que en materia sancionadora el literal e) del numeral 511del articulo 51 de la ley estableciacutea como causal de sancioacuten que los participantespostores y contratistas no mantengan vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores en los siguientes momentos (i) registro como participante (ii)presentacioacuten de propuestas y (iii) suscripcioacuten del contrato respectivo a fin demantener su capacidad legal para contar con la condicioacuten de participantes o postoreshabilitados en el proceso de seleccioacuten

En el marco de lo expuesto corresponde determinar si el Postor habriacutea incurrido en lainfraccioacuten imputada es decir si durante los momentos antes citados contaba coninscripcioacuten vigente en el RNP

Asimismo cabe indicar que el artiacuteculo 52 del Reglamento estableciacutea que Yapersonanatural o jurldica que desee participar en un proceso de seleccioacuten deberaacute registrarsecomo participante conforme a las reglas establecidas en las Bases para cuyo efecto debecontar con inscripcioacuten vigente en el RNP conforme al objeto de la convocatoria

Teniendo en cuenta lo anterior se advierte que para participar en el proceso de seleccioacutenno basta con tener inscripcioacuten vigente en los tres momentos antes indicados sino queademaacutes la inscripcioacuten en el RNPdeberaacute encontrarse acorde al objeto de la contratadoacuten

Configuracioacuten de la infraccioacuten

11 Ahora bien en el caso materia de anaacutelisis la imputacioacuten efectuada contra el Postor estaacutereferida al hecho que no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP al momento depresentar su propuesta en el proceso de seleccioacuten

Al r pecto es pertinente indicar que de acuerdo a la informacioacuten que obra en elS ma Electroacutenico de Contrataciones del Estado -SEACE la presentacioacuten de propuestasI presente proceso de seleccioacuten tuvo lugar el 22 de octubre de 2013

Asimismo de la informacioacuten obrante en autos consta que el Postor presentoacute suspropuestas teacutecnica y econoacutemica en acto puacuteblico el 22 de octubre de 2013seguacuten consta en el Acta de Comiteacute Especial de Presentacioacuten de Propuestas del 22 deoctubre de 20137

12 En tal sentido corresponde determinar si el Postor en la fecha de presentacioacuten depropuestas contaba con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores

1 Docu nto obriexclmte a fojas 963 del expediente administrativo

Paacutegina 6 de 14

bullbull~iexclniexcls~~o0 bull =~

de Economiacutea y Finanzas

Resouciacuteoacuten JI(O 2115-2016- TCE-S3

13 Sobre el particular puede apreciarse que de la informacioacuten de la Base de Datos del RNPrespecto de la vigencia de la inscripcioacuten en el Registro de Proveedores de Serviciosdel Postor se aprecia la siguiente informacioacuten

Traacutemite Fecha Inicio Fin Vigencia Estadoaprobacioacuten Vigencia

( )RENOVACION DE CONTROL DE

3 INSCRIPCION EN El RNP- 15092012 15092012 15092013 REQUISITOSSERVICIOS ( 2012-1599847 ) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE4 INSCRIPCION EN EL RNP- 15092013 16092013 09102013 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3500S03) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE5 INSCRIPCION EN EL RNP- 25102013 25102013 16092014 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3600503) CONFORME

En tal sentido conforme se puede apreciar de la Base de Datos del Registro Nacional deProveedores el Postor tuvo su inscripcioacuten vigente como proveedor de servicios del 16de setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 (Traacutemite NO2013-3600503) Y del 25de octubre de 2013 al 16 de setiembre de 2014 (Traacutemite Ndeg 2013-3600503) es decirel Postor no contoacute con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores del 10al 24 de octubre de 2013

RENOVAOON DE6 INSCRIPCION EN EL-RNP-

SERVICIOS (2014-5348755)

RENOVAOON DE7 INSCRIPOON EN E[ RNP~

SERVICIOS (2015-7430275)

CONROL 0EnOREQUISITOSCONfORME ~pr lasCc1ltrirt OrleAPROBACION la-AUTOMATICA

En esa liacutenea de anaacutelisis de conformidad a la informacioacuten obrante en el RNP se apreciaque a la fecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) el Postor nocontoacute con inscripcioacuten vigente en el mencionado registro

15 En es e punto es importante traer a colacioacuten lo argumentado por el Postor en susdesc gas donde reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacutente ndo su inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutes

nifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado su bandeja deensajes eiectroacutenica de forma oportuna en consecuencia no subsanoacute las

observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten de inscripcioacuten dentro del plazoconcedido ocasionando con ello la suspensioacuten de su inscripcioacuten en el Registro Nacionalde Proveedores

o el Postor sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el Registro Nacionalveedores no es una conducta tipificada como infraccioacuten que el literal e) del

Paacutegina 7 de 14

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 2: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

Mediante Resolucioacuten Jefatural Ndeg 230-2013-JjONPE2 del 30 de octubre de 2013 laEntidad resuelve declarar la nulidad de oficio del acto de otorgamiento de la Buena Prodel proceso de seleccioacuten y dispone retrotraer el proceso hasta la etapa de presentacioacuten depropuestas

2 Mediante Formulario de Aplicacioacuten de Sancioacuten - Entidad presentado elIde marzo de2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado en adelante elTribunal la Entidad informoacute sobre la supuesta infraccioacuten en la que habriacutea incurrido elPostor para lo cual adjuntoacute entre otros documentos el Informe Legal Ndeg 000005-2016PPONPEJ del 26 de febrero del 2016 en el cual sentildealoacute lo siguiente

i El otorgamiento de la buena pro no pudo ser registrado en el SEACEal aparecerel mensaje NO ADMITIDO-NO INSCRITO EN EL RNP lo que fue informado a laOficina General de Administracioacuten de ONPEpor el Presidente del Comiteacute Especialmediante Informe Ndeg03-2013-CESDIGBIiexclONPE en el cual se sentildealoacute que el Postoradjudicatario de la buena pro a la fecha de presentacioacuten de propuestas nocontaba con inscripcioacuten vigente en el RNP

ii En tal sentido se tuvo acceso al link del Registro Nacional de Proveedores en lapaacutegina web del OSeEhttp wwwosee90bpeconsultasenlinearnpconsultaProveedoreslnscritosas yse verificoacute que el Postor tuvo suspendida la vigencia de su Inscripcioacuten en el RNPpara ser participante postor y contratista en el periodo del 10 al 24 de octubre de2013 por lo que conforme a lo dispuesto en el artiacuteculo 56 de la Ley medianteResolucioacuten Jefatural W 230-2013-JjONPE del 30 de octubre de 2013 se decretoacutela uacutefidad de oficio del acto de otorgamiento de la buena pro del proceso deleccioacuten retrotrayeacutendose el mismo a la etapa de presentacioacuten de propuestas

Concluye que el Postor habriacutea incurrido en la comisioacuten de la infraccioacuten prevista enel literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley vigente al momento de loshechos y que se halla recogida tambieacuten en el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la actual Ley de Contrataciones del Estado - Ley W 30225

3 Con d reto del 10 de marzo de 2016 previamente al inicio del procedimientoadmi rativo sancionador se requirioacute a la Entidad que cumpla con subsanar suca lcacioacuten debiendo remitir un Informe Teacutecnico Legal de su asesoriacutea sentildealando defa clara y precisa si el documento denominado - Anexo Ndeg 3 Declaracioacuten Jurada (Art(jel Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado) del 22 de octubre 2013nstituiriacutea un documento falso o informacioacuten inexacta otorgaacutendosele el plazo de diez10) diacuteas haacutebiles bajo responsabilidad y apercibimiento de resolver con la documentacioacutenobrant en autos y de poner en conocimiento de su Oacutergano de Control Institucional enel sup esto caso de incumplimiento del requerimiento

ante a fojas 1001-1004 del expediente administrativorante a fojas 7-9 del expediente administrativo

Paacutegina 2 de 14

bull

~ -

Mtnisterio -de Economiacutea YFinanzas

Rpoundso[uciacuteoacuten No 2115-2016- TCE-S3

Asimismo se solicitoacute al Registro Nacional de Proveedores informar si el documentodenominado Constancia de Inscripcioacuten para ser Participante Postor y Contratistapresentado por el Postor como parte de su propuesta teacutecnica en el marco del proceso deseleccioacuten constituiriacutea un documento falso o informacioacuten inexacta toda vez que de laverificacioacuten del mismo se aprecia que dicho documento fue impreso el 28 de agosto de2013 sentildealaacutendose en su contenido que a dicha fecha se encontraba ya aprobado eltraacutemite de Renovacioacuten Anticipada desde el 16 de setiembre 2013 hasta el 16 de setiembrede 2014 lo cual no se condice con la informacioacuten de Vigencia de Bienes y Servicios (cuyacopia se adjunta) en donde se constata que el traacutemite de Renovacioacuten de Inscripcioacuten soloseriacutea del 16 setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 existiendo diferencia con elintervalo de fechas sentildealadas en el documento cuestionado asimismo deberaacute sentildealar si el22 de octubre de 2013 contaba con su inscripcioacuten vigente en el RNP ya que en dichafecha tuvo lugar el acto de presentacioacuten de Propuestas Teacutecnicas otorgaacutendosele el plazode diez (10) diacuteas haacutebiles

4 Mediante Memorando Ndeg 492-2016jDRNP1 presentado el 18 de abril del 2016 ante laMesa de Partes del Tribunal la Direccioacuten del Registro Nacional de Proveedores diorespuesta al pedido de informacioacuten adicional manifestando lo siguiente

Y 9 Onilil 110Se tiene que laconsroncia oeinscripcioacuten dela empresa PRAYAGASOLUTIONSSAe contiene inforf1adoacuten congruente con la base de datos delRNP a la feChade su impresioacuten ~e128082013 asimismoprecisa que enJecha posterior el10102013 la vigencia para ser participante postor y contratista de la citadaempresa corresponde al peflodo 16092013 al 16092014 fue susPendida alno haber subsanado las observaciones efectuadas al traacutemite habieacutendoselevantado dichas observaciones el 24102013 por lo que con la suspenSioacuten dela vigencia antes descrita el periodo quedoacute compuesto de la siguiente manera

Del 16092013 al 09102013 yDel 25 102013 al 16092014

Asimismo la Subdireccioacuten de Servicios de Informacioacuten Registral yFideJiacutezacioacuten del Proveedor informa que al 22102013 la empresa enconsulta no contoacute con inscripcioacuten vigente para ser participante postory contratista en los registros de proveedores de bienes y servicios (Elresaltado es nuestro)

5 e escrito presentado el 22 de abril de 2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal laE I d presentoacute la informacioacuten solicitada remitiendo entre otros documentos elf rme Teacutecnico Legal Ndeg 000009-2016-PPjONPE del 21 de abril de 2016 en el cualnsigna lo siguiente

bull La Constancia de Inscripcioacuten para ser Participante Postor y Contratista es undocumento emitido por el Registro Nacional de Proveedores y en tal sentidocorresponde a dicho oacutergano informar si la Constancia presentada por Prayaga

obrante a fojas 1016 del expediente administrativo

Paacutegina 3 de 14

Solutions sAC a la ONPE en el marco dei Concurso Puacutebiiacuteco Ndeg 0006-201)FUNC-ONPE constituye un documento falso o en todo caso contieneinformacioacuten inexada~

6 Mediante decreto del 5 de mayo de 2016 se dispuso el inicio del procedimientoadministrativo sancionador contra la empresa PRAYAGASOLLfTIONS SAC por supresunta responsabilidad al haber presentado su propuesta teacutecnica sin contar coninscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores-RNP en el marco del procesode seleccioacuten infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley otorgaacutendosele el plazo de diez (lO) diacuteas para que presente sus descargosbajo apercibimiento de resolver con la documentacioacuten obrante en autos

7 Mediante Formulario de Presentacioacuten de Descargos y escrito del 28 de mayo de 20165presentados el 30 de mayo de 2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal el Postorpresentoacute sus descargos sentildealando lo siguiente

bull Reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosu inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutesmanifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado subandeja de mensajes electroacutenica de forma oportunaiexcl en consecuencia nosubsanoacute las observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten deinscripcioacuten dentro del plazo concedido ocasionando con ello la suspensioacutende su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

bull Asimismo sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores no es una conducta tipificada como infraccioacutenque el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley (norma anterior)y el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley NCI 30225 (normavigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacuten de propuestas sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores mas no lapresentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad ydebido proceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna Enconsecuencia refiere que no le corresponde la imposicioacuten de sandoacuten porhaber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosuspendida su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

Mediante decreto dei 31 de mayo del 2016 se tuvo por apersonado al Postor y se remitioacuteel expediente a la Tercera Sala del Tribunal para que resuelva

Medi e decreto del 15 de julio de 2016 se programoacute Audiencia Puacuteblica para ellO deagos de 2016 la cual fue frustrada por no haber concurrido ninguna de las partes

s Documento obrante a fojas 1045-1056 del expediente administrativo

Paacutegina 4 de 14

- - Ministerio ~ -_ _ de Economiacutea y Finanzas

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

FUNDAMENTACIOacuteN

1 El caso materia de autos estaacute referido a la supuesta responsabilidad del Postor por haberpresentado su propuesta al proceso de seleccioacuten sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e)6 delnumeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley norma vigente al momento de la ocurrencia de loshechos

Naturaleza de la infraccioacuten

2

3

4

Conforme se indicoacute anteriormente la causal de infraccioacuten imputada al Postor seencontraba tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley dispositivovigente al momento de suscitarse los hechos materia del presente procedimientoadministrativo sancionador

De acuerdo a lo expuesto dicha causal de infraccioacuten estableciacutea que se impondraacute sancioacutena los proveedores que se registren como participantes presenten propuestas osuscribancontrato o Convenio MarcOsin contarcon-inscrlpdoacuten vigente en el Registro _NacionaldeProveedores (RNP) J-UVIj 1 u I t ~

lJl ~ I C(mjratamnesSobre JI partIcular eI_numeral 91 del articulo 9 -deJa Ley dispqma que para serparticipante postor yo contratista se requiere estar InsCrito en elReglstro Nacional deproVeedores y no estar Impedido sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado

Por otro lado el artiacuteculo 252 del Reglamento de la Ley disponiacutea que () La inscripcioacutenen los Registros tendraacute validez de un (1) antildeo a partir del diacutea siguiente de su aprobacioacutenpudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovacioacuten dentro de lossesenta (60) diacuteas calendarios anteriores a su vencimiento () (resaltado ysubrayado son nuestros)

Asimismo el citado dispositivo legal estableciacutea que Losproveedores seraacuten responsablesde que su inscripcioacuten en el Registro corresoon(iiente del RNP se encuentre vigente alregistrarse comO participante en la presentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la8 en P la uscri Ioacuten cfI ntr tooLas Entidades deberaacuten verificar la vigencia de lai iexclpekiacuten en el RNPen el portal institucional del OSeE (subrayadO es agregado)

n ese sentido de una lectura sistemaacutetica de los acotados dispositivos se desprende quees obligacioacuten de los postores mantener vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional de

iculo 51- Infracciones V sanciones administrativas51 1 Infra iones

se i ndraacute sancioacuten administrativa a los proveedores participantes postores ylo contratistas que[e e registren como pltlrticipantes presenten propuesta o suscriban un contrato o acuerdo de Converlio

rco sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)iexcl)

Paacutegina 5 de 14

7

8

Proveedores en los siguientes momentos (i) al registrarse como participante (ii) alpresentar ofertas (iii) durante el otorgamiento de la buena pro y (iv) en elperfeccionamiento del contrato respectivo a fin de mantener su capacidad legal paracontar con la condicioacuten de participantes postores o contratistas habilitados en el procesode seleccioacuten

En este punto cabe precisar que en materia sancionadora el literal e) del numeral 511del articulo 51 de la ley estableciacutea como causal de sancioacuten que los participantespostores y contratistas no mantengan vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores en los siguientes momentos (i) registro como participante (ii)presentacioacuten de propuestas y (iii) suscripcioacuten del contrato respectivo a fin demantener su capacidad legal para contar con la condicioacuten de participantes o postoreshabilitados en el proceso de seleccioacuten

En el marco de lo expuesto corresponde determinar si el Postor habriacutea incurrido en lainfraccioacuten imputada es decir si durante los momentos antes citados contaba coninscripcioacuten vigente en el RNP

Asimismo cabe indicar que el artiacuteculo 52 del Reglamento estableciacutea que Yapersonanatural o jurldica que desee participar en un proceso de seleccioacuten deberaacute registrarsecomo participante conforme a las reglas establecidas en las Bases para cuyo efecto debecontar con inscripcioacuten vigente en el RNP conforme al objeto de la convocatoria

Teniendo en cuenta lo anterior se advierte que para participar en el proceso de seleccioacutenno basta con tener inscripcioacuten vigente en los tres momentos antes indicados sino queademaacutes la inscripcioacuten en el RNPdeberaacute encontrarse acorde al objeto de la contratadoacuten

Configuracioacuten de la infraccioacuten

11 Ahora bien en el caso materia de anaacutelisis la imputacioacuten efectuada contra el Postor estaacutereferida al hecho que no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP al momento depresentar su propuesta en el proceso de seleccioacuten

Al r pecto es pertinente indicar que de acuerdo a la informacioacuten que obra en elS ma Electroacutenico de Contrataciones del Estado -SEACE la presentacioacuten de propuestasI presente proceso de seleccioacuten tuvo lugar el 22 de octubre de 2013

Asimismo de la informacioacuten obrante en autos consta que el Postor presentoacute suspropuestas teacutecnica y econoacutemica en acto puacuteblico el 22 de octubre de 2013seguacuten consta en el Acta de Comiteacute Especial de Presentacioacuten de Propuestas del 22 deoctubre de 20137

12 En tal sentido corresponde determinar si el Postor en la fecha de presentacioacuten depropuestas contaba con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores

1 Docu nto obriexclmte a fojas 963 del expediente administrativo

Paacutegina 6 de 14

bullbull~iexclniexcls~~o0 bull =~

de Economiacutea y Finanzas

Resouciacuteoacuten JI(O 2115-2016- TCE-S3

13 Sobre el particular puede apreciarse que de la informacioacuten de la Base de Datos del RNPrespecto de la vigencia de la inscripcioacuten en el Registro de Proveedores de Serviciosdel Postor se aprecia la siguiente informacioacuten

Traacutemite Fecha Inicio Fin Vigencia Estadoaprobacioacuten Vigencia

( )RENOVACION DE CONTROL DE

3 INSCRIPCION EN El RNP- 15092012 15092012 15092013 REQUISITOSSERVICIOS ( 2012-1599847 ) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE4 INSCRIPCION EN EL RNP- 15092013 16092013 09102013 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3500S03) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE5 INSCRIPCION EN EL RNP- 25102013 25102013 16092014 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3600503) CONFORME

En tal sentido conforme se puede apreciar de la Base de Datos del Registro Nacional deProveedores el Postor tuvo su inscripcioacuten vigente como proveedor de servicios del 16de setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 (Traacutemite NO2013-3600503) Y del 25de octubre de 2013 al 16 de setiembre de 2014 (Traacutemite Ndeg 2013-3600503) es decirel Postor no contoacute con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores del 10al 24 de octubre de 2013

RENOVAOON DE6 INSCRIPCION EN EL-RNP-

SERVICIOS (2014-5348755)

RENOVAOON DE7 INSCRIPOON EN E[ RNP~

SERVICIOS (2015-7430275)

CONROL 0EnOREQUISITOSCONfORME ~pr lasCc1ltrirt OrleAPROBACION la-AUTOMATICA

En esa liacutenea de anaacutelisis de conformidad a la informacioacuten obrante en el RNP se apreciaque a la fecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) el Postor nocontoacute con inscripcioacuten vigente en el mencionado registro

15 En es e punto es importante traer a colacioacuten lo argumentado por el Postor en susdesc gas donde reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacutente ndo su inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutes

nifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado su bandeja deensajes eiectroacutenica de forma oportuna en consecuencia no subsanoacute las

observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten de inscripcioacuten dentro del plazoconcedido ocasionando con ello la suspensioacuten de su inscripcioacuten en el Registro Nacionalde Proveedores

o el Postor sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el Registro Nacionalveedores no es una conducta tipificada como infraccioacuten que el literal e) del

Paacutegina 7 de 14

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 3: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

~ -

Mtnisterio -de Economiacutea YFinanzas

Rpoundso[uciacuteoacuten No 2115-2016- TCE-S3

Asimismo se solicitoacute al Registro Nacional de Proveedores informar si el documentodenominado Constancia de Inscripcioacuten para ser Participante Postor y Contratistapresentado por el Postor como parte de su propuesta teacutecnica en el marco del proceso deseleccioacuten constituiriacutea un documento falso o informacioacuten inexacta toda vez que de laverificacioacuten del mismo se aprecia que dicho documento fue impreso el 28 de agosto de2013 sentildealaacutendose en su contenido que a dicha fecha se encontraba ya aprobado eltraacutemite de Renovacioacuten Anticipada desde el 16 de setiembre 2013 hasta el 16 de setiembrede 2014 lo cual no se condice con la informacioacuten de Vigencia de Bienes y Servicios (cuyacopia se adjunta) en donde se constata que el traacutemite de Renovacioacuten de Inscripcioacuten soloseriacutea del 16 setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 existiendo diferencia con elintervalo de fechas sentildealadas en el documento cuestionado asimismo deberaacute sentildealar si el22 de octubre de 2013 contaba con su inscripcioacuten vigente en el RNP ya que en dichafecha tuvo lugar el acto de presentacioacuten de Propuestas Teacutecnicas otorgaacutendosele el plazode diez (10) diacuteas haacutebiles

4 Mediante Memorando Ndeg 492-2016jDRNP1 presentado el 18 de abril del 2016 ante laMesa de Partes del Tribunal la Direccioacuten del Registro Nacional de Proveedores diorespuesta al pedido de informacioacuten adicional manifestando lo siguiente

Y 9 Onilil 110Se tiene que laconsroncia oeinscripcioacuten dela empresa PRAYAGASOLUTIONSSAe contiene inforf1adoacuten congruente con la base de datos delRNP a la feChade su impresioacuten ~e128082013 asimismoprecisa que enJecha posterior el10102013 la vigencia para ser participante postor y contratista de la citadaempresa corresponde al peflodo 16092013 al 16092014 fue susPendida alno haber subsanado las observaciones efectuadas al traacutemite habieacutendoselevantado dichas observaciones el 24102013 por lo que con la suspenSioacuten dela vigencia antes descrita el periodo quedoacute compuesto de la siguiente manera

Del 16092013 al 09102013 yDel 25 102013 al 16092014

Asimismo la Subdireccioacuten de Servicios de Informacioacuten Registral yFideJiacutezacioacuten del Proveedor informa que al 22102013 la empresa enconsulta no contoacute con inscripcioacuten vigente para ser participante postory contratista en los registros de proveedores de bienes y servicios (Elresaltado es nuestro)

5 e escrito presentado el 22 de abril de 2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal laE I d presentoacute la informacioacuten solicitada remitiendo entre otros documentos elf rme Teacutecnico Legal Ndeg 000009-2016-PPjONPE del 21 de abril de 2016 en el cualnsigna lo siguiente

bull La Constancia de Inscripcioacuten para ser Participante Postor y Contratista es undocumento emitido por el Registro Nacional de Proveedores y en tal sentidocorresponde a dicho oacutergano informar si la Constancia presentada por Prayaga

obrante a fojas 1016 del expediente administrativo

Paacutegina 3 de 14

Solutions sAC a la ONPE en el marco dei Concurso Puacutebiiacuteco Ndeg 0006-201)FUNC-ONPE constituye un documento falso o en todo caso contieneinformacioacuten inexada~

6 Mediante decreto del 5 de mayo de 2016 se dispuso el inicio del procedimientoadministrativo sancionador contra la empresa PRAYAGASOLLfTIONS SAC por supresunta responsabilidad al haber presentado su propuesta teacutecnica sin contar coninscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores-RNP en el marco del procesode seleccioacuten infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley otorgaacutendosele el plazo de diez (lO) diacuteas para que presente sus descargosbajo apercibimiento de resolver con la documentacioacuten obrante en autos

7 Mediante Formulario de Presentacioacuten de Descargos y escrito del 28 de mayo de 20165presentados el 30 de mayo de 2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal el Postorpresentoacute sus descargos sentildealando lo siguiente

bull Reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosu inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutesmanifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado subandeja de mensajes electroacutenica de forma oportunaiexcl en consecuencia nosubsanoacute las observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten deinscripcioacuten dentro del plazo concedido ocasionando con ello la suspensioacutende su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

bull Asimismo sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores no es una conducta tipificada como infraccioacutenque el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley (norma anterior)y el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley NCI 30225 (normavigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacuten de propuestas sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores mas no lapresentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad ydebido proceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna Enconsecuencia refiere que no le corresponde la imposicioacuten de sandoacuten porhaber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosuspendida su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

Mediante decreto dei 31 de mayo del 2016 se tuvo por apersonado al Postor y se remitioacuteel expediente a la Tercera Sala del Tribunal para que resuelva

Medi e decreto del 15 de julio de 2016 se programoacute Audiencia Puacuteblica para ellO deagos de 2016 la cual fue frustrada por no haber concurrido ninguna de las partes

s Documento obrante a fojas 1045-1056 del expediente administrativo

Paacutegina 4 de 14

- - Ministerio ~ -_ _ de Economiacutea y Finanzas

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

FUNDAMENTACIOacuteN

1 El caso materia de autos estaacute referido a la supuesta responsabilidad del Postor por haberpresentado su propuesta al proceso de seleccioacuten sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e)6 delnumeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley norma vigente al momento de la ocurrencia de loshechos

Naturaleza de la infraccioacuten

2

3

4

Conforme se indicoacute anteriormente la causal de infraccioacuten imputada al Postor seencontraba tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley dispositivovigente al momento de suscitarse los hechos materia del presente procedimientoadministrativo sancionador

De acuerdo a lo expuesto dicha causal de infraccioacuten estableciacutea que se impondraacute sancioacutena los proveedores que se registren como participantes presenten propuestas osuscribancontrato o Convenio MarcOsin contarcon-inscrlpdoacuten vigente en el Registro _NacionaldeProveedores (RNP) J-UVIj 1 u I t ~

lJl ~ I C(mjratamnesSobre JI partIcular eI_numeral 91 del articulo 9 -deJa Ley dispqma que para serparticipante postor yo contratista se requiere estar InsCrito en elReglstro Nacional deproVeedores y no estar Impedido sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado

Por otro lado el artiacuteculo 252 del Reglamento de la Ley disponiacutea que () La inscripcioacutenen los Registros tendraacute validez de un (1) antildeo a partir del diacutea siguiente de su aprobacioacutenpudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovacioacuten dentro de lossesenta (60) diacuteas calendarios anteriores a su vencimiento () (resaltado ysubrayado son nuestros)

Asimismo el citado dispositivo legal estableciacutea que Losproveedores seraacuten responsablesde que su inscripcioacuten en el Registro corresoon(iiente del RNP se encuentre vigente alregistrarse comO participante en la presentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la8 en P la uscri Ioacuten cfI ntr tooLas Entidades deberaacuten verificar la vigencia de lai iexclpekiacuten en el RNPen el portal institucional del OSeE (subrayadO es agregado)

n ese sentido de una lectura sistemaacutetica de los acotados dispositivos se desprende quees obligacioacuten de los postores mantener vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional de

iculo 51- Infracciones V sanciones administrativas51 1 Infra iones

se i ndraacute sancioacuten administrativa a los proveedores participantes postores ylo contratistas que[e e registren como pltlrticipantes presenten propuesta o suscriban un contrato o acuerdo de Converlio

rco sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)iexcl)

Paacutegina 5 de 14

7

8

Proveedores en los siguientes momentos (i) al registrarse como participante (ii) alpresentar ofertas (iii) durante el otorgamiento de la buena pro y (iv) en elperfeccionamiento del contrato respectivo a fin de mantener su capacidad legal paracontar con la condicioacuten de participantes postores o contratistas habilitados en el procesode seleccioacuten

En este punto cabe precisar que en materia sancionadora el literal e) del numeral 511del articulo 51 de la ley estableciacutea como causal de sancioacuten que los participantespostores y contratistas no mantengan vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores en los siguientes momentos (i) registro como participante (ii)presentacioacuten de propuestas y (iii) suscripcioacuten del contrato respectivo a fin demantener su capacidad legal para contar con la condicioacuten de participantes o postoreshabilitados en el proceso de seleccioacuten

En el marco de lo expuesto corresponde determinar si el Postor habriacutea incurrido en lainfraccioacuten imputada es decir si durante los momentos antes citados contaba coninscripcioacuten vigente en el RNP

Asimismo cabe indicar que el artiacuteculo 52 del Reglamento estableciacutea que Yapersonanatural o jurldica que desee participar en un proceso de seleccioacuten deberaacute registrarsecomo participante conforme a las reglas establecidas en las Bases para cuyo efecto debecontar con inscripcioacuten vigente en el RNP conforme al objeto de la convocatoria

Teniendo en cuenta lo anterior se advierte que para participar en el proceso de seleccioacutenno basta con tener inscripcioacuten vigente en los tres momentos antes indicados sino queademaacutes la inscripcioacuten en el RNPdeberaacute encontrarse acorde al objeto de la contratadoacuten

Configuracioacuten de la infraccioacuten

11 Ahora bien en el caso materia de anaacutelisis la imputacioacuten efectuada contra el Postor estaacutereferida al hecho que no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP al momento depresentar su propuesta en el proceso de seleccioacuten

Al r pecto es pertinente indicar que de acuerdo a la informacioacuten que obra en elS ma Electroacutenico de Contrataciones del Estado -SEACE la presentacioacuten de propuestasI presente proceso de seleccioacuten tuvo lugar el 22 de octubre de 2013

Asimismo de la informacioacuten obrante en autos consta que el Postor presentoacute suspropuestas teacutecnica y econoacutemica en acto puacuteblico el 22 de octubre de 2013seguacuten consta en el Acta de Comiteacute Especial de Presentacioacuten de Propuestas del 22 deoctubre de 20137

12 En tal sentido corresponde determinar si el Postor en la fecha de presentacioacuten depropuestas contaba con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores

1 Docu nto obriexclmte a fojas 963 del expediente administrativo

Paacutegina 6 de 14

bullbull~iexclniexcls~~o0 bull =~

de Economiacutea y Finanzas

Resouciacuteoacuten JI(O 2115-2016- TCE-S3

13 Sobre el particular puede apreciarse que de la informacioacuten de la Base de Datos del RNPrespecto de la vigencia de la inscripcioacuten en el Registro de Proveedores de Serviciosdel Postor se aprecia la siguiente informacioacuten

Traacutemite Fecha Inicio Fin Vigencia Estadoaprobacioacuten Vigencia

( )RENOVACION DE CONTROL DE

3 INSCRIPCION EN El RNP- 15092012 15092012 15092013 REQUISITOSSERVICIOS ( 2012-1599847 ) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE4 INSCRIPCION EN EL RNP- 15092013 16092013 09102013 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3500S03) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE5 INSCRIPCION EN EL RNP- 25102013 25102013 16092014 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3600503) CONFORME

En tal sentido conforme se puede apreciar de la Base de Datos del Registro Nacional deProveedores el Postor tuvo su inscripcioacuten vigente como proveedor de servicios del 16de setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 (Traacutemite NO2013-3600503) Y del 25de octubre de 2013 al 16 de setiembre de 2014 (Traacutemite Ndeg 2013-3600503) es decirel Postor no contoacute con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores del 10al 24 de octubre de 2013

RENOVAOON DE6 INSCRIPCION EN EL-RNP-

SERVICIOS (2014-5348755)

RENOVAOON DE7 INSCRIPOON EN E[ RNP~

SERVICIOS (2015-7430275)

CONROL 0EnOREQUISITOSCONfORME ~pr lasCc1ltrirt OrleAPROBACION la-AUTOMATICA

En esa liacutenea de anaacutelisis de conformidad a la informacioacuten obrante en el RNP se apreciaque a la fecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) el Postor nocontoacute con inscripcioacuten vigente en el mencionado registro

15 En es e punto es importante traer a colacioacuten lo argumentado por el Postor en susdesc gas donde reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacutente ndo su inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutes

nifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado su bandeja deensajes eiectroacutenica de forma oportuna en consecuencia no subsanoacute las

observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten de inscripcioacuten dentro del plazoconcedido ocasionando con ello la suspensioacuten de su inscripcioacuten en el Registro Nacionalde Proveedores

o el Postor sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el Registro Nacionalveedores no es una conducta tipificada como infraccioacuten que el literal e) del

Paacutegina 7 de 14

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 4: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

Solutions sAC a la ONPE en el marco dei Concurso Puacutebiiacuteco Ndeg 0006-201)FUNC-ONPE constituye un documento falso o en todo caso contieneinformacioacuten inexada~

6 Mediante decreto del 5 de mayo de 2016 se dispuso el inicio del procedimientoadministrativo sancionador contra la empresa PRAYAGASOLLfTIONS SAC por supresunta responsabilidad al haber presentado su propuesta teacutecnica sin contar coninscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores-RNP en el marco del procesode seleccioacuten infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley otorgaacutendosele el plazo de diez (lO) diacuteas para que presente sus descargosbajo apercibimiento de resolver con la documentacioacuten obrante en autos

7 Mediante Formulario de Presentacioacuten de Descargos y escrito del 28 de mayo de 20165presentados el 30 de mayo de 2016 ante la Mesa de Partes del Tribunal el Postorpresentoacute sus descargos sentildealando lo siguiente

bull Reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosu inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutesmanifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado subandeja de mensajes electroacutenica de forma oportunaiexcl en consecuencia nosubsanoacute las observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten deinscripcioacuten dentro del plazo concedido ocasionando con ello la suspensioacutende su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

bull Asimismo sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores no es una conducta tipificada como infraccioacutenque el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley (norma anterior)y el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley NCI 30225 (normavigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacuten de propuestas sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores mas no lapresentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad ydebido proceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna Enconsecuencia refiere que no le corresponde la imposicioacuten de sandoacuten porhaber presentado su propuesta al proceso de seleccioacuten teniendosuspendida su inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores

Mediante decreto dei 31 de mayo del 2016 se tuvo por apersonado al Postor y se remitioacuteel expediente a la Tercera Sala del Tribunal para que resuelva

Medi e decreto del 15 de julio de 2016 se programoacute Audiencia Puacuteblica para ellO deagos de 2016 la cual fue frustrada por no haber concurrido ninguna de las partes

s Documento obrante a fojas 1045-1056 del expediente administrativo

Paacutegina 4 de 14

- - Ministerio ~ -_ _ de Economiacutea y Finanzas

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

FUNDAMENTACIOacuteN

1 El caso materia de autos estaacute referido a la supuesta responsabilidad del Postor por haberpresentado su propuesta al proceso de seleccioacuten sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e)6 delnumeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley norma vigente al momento de la ocurrencia de loshechos

Naturaleza de la infraccioacuten

2

3

4

Conforme se indicoacute anteriormente la causal de infraccioacuten imputada al Postor seencontraba tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley dispositivovigente al momento de suscitarse los hechos materia del presente procedimientoadministrativo sancionador

De acuerdo a lo expuesto dicha causal de infraccioacuten estableciacutea que se impondraacute sancioacutena los proveedores que se registren como participantes presenten propuestas osuscribancontrato o Convenio MarcOsin contarcon-inscrlpdoacuten vigente en el Registro _NacionaldeProveedores (RNP) J-UVIj 1 u I t ~

lJl ~ I C(mjratamnesSobre JI partIcular eI_numeral 91 del articulo 9 -deJa Ley dispqma que para serparticipante postor yo contratista se requiere estar InsCrito en elReglstro Nacional deproVeedores y no estar Impedido sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado

Por otro lado el artiacuteculo 252 del Reglamento de la Ley disponiacutea que () La inscripcioacutenen los Registros tendraacute validez de un (1) antildeo a partir del diacutea siguiente de su aprobacioacutenpudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovacioacuten dentro de lossesenta (60) diacuteas calendarios anteriores a su vencimiento () (resaltado ysubrayado son nuestros)

Asimismo el citado dispositivo legal estableciacutea que Losproveedores seraacuten responsablesde que su inscripcioacuten en el Registro corresoon(iiente del RNP se encuentre vigente alregistrarse comO participante en la presentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la8 en P la uscri Ioacuten cfI ntr tooLas Entidades deberaacuten verificar la vigencia de lai iexclpekiacuten en el RNPen el portal institucional del OSeE (subrayadO es agregado)

n ese sentido de una lectura sistemaacutetica de los acotados dispositivos se desprende quees obligacioacuten de los postores mantener vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional de

iculo 51- Infracciones V sanciones administrativas51 1 Infra iones

se i ndraacute sancioacuten administrativa a los proveedores participantes postores ylo contratistas que[e e registren como pltlrticipantes presenten propuesta o suscriban un contrato o acuerdo de Converlio

rco sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)iexcl)

Paacutegina 5 de 14

7

8

Proveedores en los siguientes momentos (i) al registrarse como participante (ii) alpresentar ofertas (iii) durante el otorgamiento de la buena pro y (iv) en elperfeccionamiento del contrato respectivo a fin de mantener su capacidad legal paracontar con la condicioacuten de participantes postores o contratistas habilitados en el procesode seleccioacuten

En este punto cabe precisar que en materia sancionadora el literal e) del numeral 511del articulo 51 de la ley estableciacutea como causal de sancioacuten que los participantespostores y contratistas no mantengan vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores en los siguientes momentos (i) registro como participante (ii)presentacioacuten de propuestas y (iii) suscripcioacuten del contrato respectivo a fin demantener su capacidad legal para contar con la condicioacuten de participantes o postoreshabilitados en el proceso de seleccioacuten

En el marco de lo expuesto corresponde determinar si el Postor habriacutea incurrido en lainfraccioacuten imputada es decir si durante los momentos antes citados contaba coninscripcioacuten vigente en el RNP

Asimismo cabe indicar que el artiacuteculo 52 del Reglamento estableciacutea que Yapersonanatural o jurldica que desee participar en un proceso de seleccioacuten deberaacute registrarsecomo participante conforme a las reglas establecidas en las Bases para cuyo efecto debecontar con inscripcioacuten vigente en el RNP conforme al objeto de la convocatoria

Teniendo en cuenta lo anterior se advierte que para participar en el proceso de seleccioacutenno basta con tener inscripcioacuten vigente en los tres momentos antes indicados sino queademaacutes la inscripcioacuten en el RNPdeberaacute encontrarse acorde al objeto de la contratadoacuten

Configuracioacuten de la infraccioacuten

11 Ahora bien en el caso materia de anaacutelisis la imputacioacuten efectuada contra el Postor estaacutereferida al hecho que no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP al momento depresentar su propuesta en el proceso de seleccioacuten

Al r pecto es pertinente indicar que de acuerdo a la informacioacuten que obra en elS ma Electroacutenico de Contrataciones del Estado -SEACE la presentacioacuten de propuestasI presente proceso de seleccioacuten tuvo lugar el 22 de octubre de 2013

Asimismo de la informacioacuten obrante en autos consta que el Postor presentoacute suspropuestas teacutecnica y econoacutemica en acto puacuteblico el 22 de octubre de 2013seguacuten consta en el Acta de Comiteacute Especial de Presentacioacuten de Propuestas del 22 deoctubre de 20137

12 En tal sentido corresponde determinar si el Postor en la fecha de presentacioacuten depropuestas contaba con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores

1 Docu nto obriexclmte a fojas 963 del expediente administrativo

Paacutegina 6 de 14

bullbull~iexclniexcls~~o0 bull =~

de Economiacutea y Finanzas

Resouciacuteoacuten JI(O 2115-2016- TCE-S3

13 Sobre el particular puede apreciarse que de la informacioacuten de la Base de Datos del RNPrespecto de la vigencia de la inscripcioacuten en el Registro de Proveedores de Serviciosdel Postor se aprecia la siguiente informacioacuten

Traacutemite Fecha Inicio Fin Vigencia Estadoaprobacioacuten Vigencia

( )RENOVACION DE CONTROL DE

3 INSCRIPCION EN El RNP- 15092012 15092012 15092013 REQUISITOSSERVICIOS ( 2012-1599847 ) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE4 INSCRIPCION EN EL RNP- 15092013 16092013 09102013 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3500S03) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE5 INSCRIPCION EN EL RNP- 25102013 25102013 16092014 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3600503) CONFORME

En tal sentido conforme se puede apreciar de la Base de Datos del Registro Nacional deProveedores el Postor tuvo su inscripcioacuten vigente como proveedor de servicios del 16de setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 (Traacutemite NO2013-3600503) Y del 25de octubre de 2013 al 16 de setiembre de 2014 (Traacutemite Ndeg 2013-3600503) es decirel Postor no contoacute con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores del 10al 24 de octubre de 2013

RENOVAOON DE6 INSCRIPCION EN EL-RNP-

SERVICIOS (2014-5348755)

RENOVAOON DE7 INSCRIPOON EN E[ RNP~

SERVICIOS (2015-7430275)

CONROL 0EnOREQUISITOSCONfORME ~pr lasCc1ltrirt OrleAPROBACION la-AUTOMATICA

En esa liacutenea de anaacutelisis de conformidad a la informacioacuten obrante en el RNP se apreciaque a la fecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) el Postor nocontoacute con inscripcioacuten vigente en el mencionado registro

15 En es e punto es importante traer a colacioacuten lo argumentado por el Postor en susdesc gas donde reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacutente ndo su inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutes

nifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado su bandeja deensajes eiectroacutenica de forma oportuna en consecuencia no subsanoacute las

observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten de inscripcioacuten dentro del plazoconcedido ocasionando con ello la suspensioacuten de su inscripcioacuten en el Registro Nacionalde Proveedores

o el Postor sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el Registro Nacionalveedores no es una conducta tipificada como infraccioacuten que el literal e) del

Paacutegina 7 de 14

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 5: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

- - Ministerio ~ -_ _ de Economiacutea y Finanzas

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

FUNDAMENTACIOacuteN

1 El caso materia de autos estaacute referido a la supuesta responsabilidad del Postor por haberpresentado su propuesta al proceso de seleccioacuten sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e)6 delnumeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley norma vigente al momento de la ocurrencia de loshechos

Naturaleza de la infraccioacuten

2

3

4

Conforme se indicoacute anteriormente la causal de infraccioacuten imputada al Postor seencontraba tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley dispositivovigente al momento de suscitarse los hechos materia del presente procedimientoadministrativo sancionador

De acuerdo a lo expuesto dicha causal de infraccioacuten estableciacutea que se impondraacute sancioacutena los proveedores que se registren como participantes presenten propuestas osuscribancontrato o Convenio MarcOsin contarcon-inscrlpdoacuten vigente en el Registro _NacionaldeProveedores (RNP) J-UVIj 1 u I t ~

lJl ~ I C(mjratamnesSobre JI partIcular eI_numeral 91 del articulo 9 -deJa Ley dispqma que para serparticipante postor yo contratista se requiere estar InsCrito en elReglstro Nacional deproVeedores y no estar Impedido sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado

Por otro lado el artiacuteculo 252 del Reglamento de la Ley disponiacutea que () La inscripcioacutenen los Registros tendraacute validez de un (1) antildeo a partir del diacutea siguiente de su aprobacioacutenpudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovacioacuten dentro de lossesenta (60) diacuteas calendarios anteriores a su vencimiento () (resaltado ysubrayado son nuestros)

Asimismo el citado dispositivo legal estableciacutea que Losproveedores seraacuten responsablesde que su inscripcioacuten en el Registro corresoon(iiente del RNP se encuentre vigente alregistrarse comO participante en la presentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la8 en P la uscri Ioacuten cfI ntr tooLas Entidades deberaacuten verificar la vigencia de lai iexclpekiacuten en el RNPen el portal institucional del OSeE (subrayadO es agregado)

n ese sentido de una lectura sistemaacutetica de los acotados dispositivos se desprende quees obligacioacuten de los postores mantener vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional de

iculo 51- Infracciones V sanciones administrativas51 1 Infra iones

se i ndraacute sancioacuten administrativa a los proveedores participantes postores ylo contratistas que[e e registren como pltlrticipantes presenten propuesta o suscriban un contrato o acuerdo de Converlio

rco sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)iexcl)

Paacutegina 5 de 14

7

8

Proveedores en los siguientes momentos (i) al registrarse como participante (ii) alpresentar ofertas (iii) durante el otorgamiento de la buena pro y (iv) en elperfeccionamiento del contrato respectivo a fin de mantener su capacidad legal paracontar con la condicioacuten de participantes postores o contratistas habilitados en el procesode seleccioacuten

En este punto cabe precisar que en materia sancionadora el literal e) del numeral 511del articulo 51 de la ley estableciacutea como causal de sancioacuten que los participantespostores y contratistas no mantengan vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores en los siguientes momentos (i) registro como participante (ii)presentacioacuten de propuestas y (iii) suscripcioacuten del contrato respectivo a fin demantener su capacidad legal para contar con la condicioacuten de participantes o postoreshabilitados en el proceso de seleccioacuten

En el marco de lo expuesto corresponde determinar si el Postor habriacutea incurrido en lainfraccioacuten imputada es decir si durante los momentos antes citados contaba coninscripcioacuten vigente en el RNP

Asimismo cabe indicar que el artiacuteculo 52 del Reglamento estableciacutea que Yapersonanatural o jurldica que desee participar en un proceso de seleccioacuten deberaacute registrarsecomo participante conforme a las reglas establecidas en las Bases para cuyo efecto debecontar con inscripcioacuten vigente en el RNP conforme al objeto de la convocatoria

Teniendo en cuenta lo anterior se advierte que para participar en el proceso de seleccioacutenno basta con tener inscripcioacuten vigente en los tres momentos antes indicados sino queademaacutes la inscripcioacuten en el RNPdeberaacute encontrarse acorde al objeto de la contratadoacuten

Configuracioacuten de la infraccioacuten

11 Ahora bien en el caso materia de anaacutelisis la imputacioacuten efectuada contra el Postor estaacutereferida al hecho que no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP al momento depresentar su propuesta en el proceso de seleccioacuten

Al r pecto es pertinente indicar que de acuerdo a la informacioacuten que obra en elS ma Electroacutenico de Contrataciones del Estado -SEACE la presentacioacuten de propuestasI presente proceso de seleccioacuten tuvo lugar el 22 de octubre de 2013

Asimismo de la informacioacuten obrante en autos consta que el Postor presentoacute suspropuestas teacutecnica y econoacutemica en acto puacuteblico el 22 de octubre de 2013seguacuten consta en el Acta de Comiteacute Especial de Presentacioacuten de Propuestas del 22 deoctubre de 20137

12 En tal sentido corresponde determinar si el Postor en la fecha de presentacioacuten depropuestas contaba con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores

1 Docu nto obriexclmte a fojas 963 del expediente administrativo

Paacutegina 6 de 14

bullbull~iexclniexcls~~o0 bull =~

de Economiacutea y Finanzas

Resouciacuteoacuten JI(O 2115-2016- TCE-S3

13 Sobre el particular puede apreciarse que de la informacioacuten de la Base de Datos del RNPrespecto de la vigencia de la inscripcioacuten en el Registro de Proveedores de Serviciosdel Postor se aprecia la siguiente informacioacuten

Traacutemite Fecha Inicio Fin Vigencia Estadoaprobacioacuten Vigencia

( )RENOVACION DE CONTROL DE

3 INSCRIPCION EN El RNP- 15092012 15092012 15092013 REQUISITOSSERVICIOS ( 2012-1599847 ) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE4 INSCRIPCION EN EL RNP- 15092013 16092013 09102013 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3500S03) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE5 INSCRIPCION EN EL RNP- 25102013 25102013 16092014 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3600503) CONFORME

En tal sentido conforme se puede apreciar de la Base de Datos del Registro Nacional deProveedores el Postor tuvo su inscripcioacuten vigente como proveedor de servicios del 16de setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 (Traacutemite NO2013-3600503) Y del 25de octubre de 2013 al 16 de setiembre de 2014 (Traacutemite Ndeg 2013-3600503) es decirel Postor no contoacute con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores del 10al 24 de octubre de 2013

RENOVAOON DE6 INSCRIPCION EN EL-RNP-

SERVICIOS (2014-5348755)

RENOVAOON DE7 INSCRIPOON EN E[ RNP~

SERVICIOS (2015-7430275)

CONROL 0EnOREQUISITOSCONfORME ~pr lasCc1ltrirt OrleAPROBACION la-AUTOMATICA

En esa liacutenea de anaacutelisis de conformidad a la informacioacuten obrante en el RNP se apreciaque a la fecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) el Postor nocontoacute con inscripcioacuten vigente en el mencionado registro

15 En es e punto es importante traer a colacioacuten lo argumentado por el Postor en susdesc gas donde reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacutente ndo su inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutes

nifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado su bandeja deensajes eiectroacutenica de forma oportuna en consecuencia no subsanoacute las

observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten de inscripcioacuten dentro del plazoconcedido ocasionando con ello la suspensioacuten de su inscripcioacuten en el Registro Nacionalde Proveedores

o el Postor sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el Registro Nacionalveedores no es una conducta tipificada como infraccioacuten que el literal e) del

Paacutegina 7 de 14

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 6: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

7

8

Proveedores en los siguientes momentos (i) al registrarse como participante (ii) alpresentar ofertas (iii) durante el otorgamiento de la buena pro y (iv) en elperfeccionamiento del contrato respectivo a fin de mantener su capacidad legal paracontar con la condicioacuten de participantes postores o contratistas habilitados en el procesode seleccioacuten

En este punto cabe precisar que en materia sancionadora el literal e) del numeral 511del articulo 51 de la ley estableciacutea como causal de sancioacuten que los participantespostores y contratistas no mantengan vigente su inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores en los siguientes momentos (i) registro como participante (ii)presentacioacuten de propuestas y (iii) suscripcioacuten del contrato respectivo a fin demantener su capacidad legal para contar con la condicioacuten de participantes o postoreshabilitados en el proceso de seleccioacuten

En el marco de lo expuesto corresponde determinar si el Postor habriacutea incurrido en lainfraccioacuten imputada es decir si durante los momentos antes citados contaba coninscripcioacuten vigente en el RNP

Asimismo cabe indicar que el artiacuteculo 52 del Reglamento estableciacutea que Yapersonanatural o jurldica que desee participar en un proceso de seleccioacuten deberaacute registrarsecomo participante conforme a las reglas establecidas en las Bases para cuyo efecto debecontar con inscripcioacuten vigente en el RNP conforme al objeto de la convocatoria

Teniendo en cuenta lo anterior se advierte que para participar en el proceso de seleccioacutenno basta con tener inscripcioacuten vigente en los tres momentos antes indicados sino queademaacutes la inscripcioacuten en el RNPdeberaacute encontrarse acorde al objeto de la contratadoacuten

Configuracioacuten de la infraccioacuten

11 Ahora bien en el caso materia de anaacutelisis la imputacioacuten efectuada contra el Postor estaacutereferida al hecho que no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP al momento depresentar su propuesta en el proceso de seleccioacuten

Al r pecto es pertinente indicar que de acuerdo a la informacioacuten que obra en elS ma Electroacutenico de Contrataciones del Estado -SEACE la presentacioacuten de propuestasI presente proceso de seleccioacuten tuvo lugar el 22 de octubre de 2013

Asimismo de la informacioacuten obrante en autos consta que el Postor presentoacute suspropuestas teacutecnica y econoacutemica en acto puacuteblico el 22 de octubre de 2013seguacuten consta en el Acta de Comiteacute Especial de Presentacioacuten de Propuestas del 22 deoctubre de 20137

12 En tal sentido corresponde determinar si el Postor en la fecha de presentacioacuten depropuestas contaba con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores

1 Docu nto obriexclmte a fojas 963 del expediente administrativo

Paacutegina 6 de 14

bullbull~iexclniexcls~~o0 bull =~

de Economiacutea y Finanzas

Resouciacuteoacuten JI(O 2115-2016- TCE-S3

13 Sobre el particular puede apreciarse que de la informacioacuten de la Base de Datos del RNPrespecto de la vigencia de la inscripcioacuten en el Registro de Proveedores de Serviciosdel Postor se aprecia la siguiente informacioacuten

Traacutemite Fecha Inicio Fin Vigencia Estadoaprobacioacuten Vigencia

( )RENOVACION DE CONTROL DE

3 INSCRIPCION EN El RNP- 15092012 15092012 15092013 REQUISITOSSERVICIOS ( 2012-1599847 ) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE4 INSCRIPCION EN EL RNP- 15092013 16092013 09102013 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3500S03) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE5 INSCRIPCION EN EL RNP- 25102013 25102013 16092014 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3600503) CONFORME

En tal sentido conforme se puede apreciar de la Base de Datos del Registro Nacional deProveedores el Postor tuvo su inscripcioacuten vigente como proveedor de servicios del 16de setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 (Traacutemite NO2013-3600503) Y del 25de octubre de 2013 al 16 de setiembre de 2014 (Traacutemite Ndeg 2013-3600503) es decirel Postor no contoacute con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores del 10al 24 de octubre de 2013

RENOVAOON DE6 INSCRIPCION EN EL-RNP-

SERVICIOS (2014-5348755)

RENOVAOON DE7 INSCRIPOON EN E[ RNP~

SERVICIOS (2015-7430275)

CONROL 0EnOREQUISITOSCONfORME ~pr lasCc1ltrirt OrleAPROBACION la-AUTOMATICA

En esa liacutenea de anaacutelisis de conformidad a la informacioacuten obrante en el RNP se apreciaque a la fecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) el Postor nocontoacute con inscripcioacuten vigente en el mencionado registro

15 En es e punto es importante traer a colacioacuten lo argumentado por el Postor en susdesc gas donde reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacutente ndo su inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutes

nifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado su bandeja deensajes eiectroacutenica de forma oportuna en consecuencia no subsanoacute las

observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten de inscripcioacuten dentro del plazoconcedido ocasionando con ello la suspensioacuten de su inscripcioacuten en el Registro Nacionalde Proveedores

o el Postor sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el Registro Nacionalveedores no es una conducta tipificada como infraccioacuten que el literal e) del

Paacutegina 7 de 14

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 7: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

bullbull~iexclniexcls~~o0 bull =~

de Economiacutea y Finanzas

Resouciacuteoacuten JI(O 2115-2016- TCE-S3

13 Sobre el particular puede apreciarse que de la informacioacuten de la Base de Datos del RNPrespecto de la vigencia de la inscripcioacuten en el Registro de Proveedores de Serviciosdel Postor se aprecia la siguiente informacioacuten

Traacutemite Fecha Inicio Fin Vigencia Estadoaprobacioacuten Vigencia

( )RENOVACION DE CONTROL DE

3 INSCRIPCION EN El RNP- 15092012 15092012 15092013 REQUISITOSSERVICIOS ( 2012-1599847 ) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE4 INSCRIPCION EN EL RNP- 15092013 16092013 09102013 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3500S03) CONFORME

RENOVACION DE CONTROL DE5 INSCRIPCION EN EL RNP- 25102013 25102013 16092014 REQUISITOS

SERVICIOS (2013-3600503) CONFORME

En tal sentido conforme se puede apreciar de la Base de Datos del Registro Nacional deProveedores el Postor tuvo su inscripcioacuten vigente como proveedor de servicios del 16de setiembre de 2013 al 09 de octubre de 2013 (Traacutemite NO2013-3600503) Y del 25de octubre de 2013 al 16 de setiembre de 2014 (Traacutemite Ndeg 2013-3600503) es decirel Postor no contoacute con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores del 10al 24 de octubre de 2013

RENOVAOON DE6 INSCRIPCION EN EL-RNP-

SERVICIOS (2014-5348755)

RENOVAOON DE7 INSCRIPOON EN E[ RNP~

SERVICIOS (2015-7430275)

CONROL 0EnOREQUISITOSCONfORME ~pr lasCc1ltrirt OrleAPROBACION la-AUTOMATICA

En esa liacutenea de anaacutelisis de conformidad a la informacioacuten obrante en el RNP se apreciaque a la fecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) el Postor nocontoacute con inscripcioacuten vigente en el mencionado registro

15 En es e punto es importante traer a colacioacuten lo argumentado por el Postor en susdesc gas donde reconoce haber presentado su propuesta al proceso de seleccioacutente ndo su inscripcioacuten suspendida en el Registro Nacional de Proveedores ademaacutes

nifiesta que desconociacutea de este hecho por cuanto no habiacutea revisado su bandeja deensajes eiectroacutenica de forma oportuna en consecuencia no subsanoacute las

observaciones realizadas a su traacutemite de renovacioacuten de inscripcioacuten dentro del plazoconcedido ocasionando con ello la suspensioacuten de su inscripcioacuten en el Registro Nacionalde Proveedores

o el Postor sostiene que la suspensioacuten de la inscripcioacuten en el Registro Nacionalveedores no es una conducta tipificada como infraccioacuten que el literal e) del

Paacutegina 7 de 14

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 8: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

numeral 511 del artiacuteculo 51 de la ley (norma anterior) y el literal j) del numeral 501 delartiacuteculo 50 de la ley Ndeg 30225 (norma vigente) tipifican como infraccioacuten la presentacioacutende propuestas sin contar con inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedoresmas no la presentacioacuten de propuestas estando con la inscripcioacuten suspendida en dichoRegistro por lo tanto y en meacuterito a los principios de tipicidad legalidad y debidoproceso sostiene que no habriacutea cometido infraccioacuten alguna En consecuencia refiereque no le corresponde la imposicioacuten de sancioacuten por haber presentado su propuesta alproceso de seleccioacuten teniendo suspendida su inscripcioacuten en el Registro Nadonal deProveedores

16 Al respecto cabe indicar que la Directiva NO012-2012-0SCECD sobre Procedimiento yplazos para la inscripcioacuten y renovacioacuten de inscripcioacuten de proveedores de bienes yoservicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) aprobada mediante ResolucioacutenNdeg 287~2012-0SCEPREdel 18 de setiembre de 2012 vigente a la fecha de comisioacuten dela infraccioacuten estableciacutea en su numeral 621 que Las notificaciones al proveedor serealizaraacuten a su bandeja de mensajes y opcionalmente a cualquiera de los correoselectroacutenicos consignados en el formulario oficial presentado para la realizacioacuten deltraacutemite

Asimismo en la citada Directiva se regula entre otros asuntos que el traacutemite es deaprobacioacuten automaacutetica y que dentro del plazo maacuteximo de treinta (30) diacuteas haacutebiles eleferido traacutemite pasaraacute un Control de Requisitos ademaacutes dispone que dentro de esteplazo los administrados recibiraacuten una notificacioacuten electroacutenica en la bandeja de mensajescon el resultado de dicho Control de Requisitos precisaacutendose que si el traacutemite tuvieraalguna observacioacuten se le enviaraacute una notificacioacuten a su Bandeja de Mensajes teniendo unplazo de treinta (30 diacuteas) diacuteas haacutebiles para subsanar las observaciones

En ese sentido el Postor en sus descargos pone en manifiesto su falta de diligenciadurante el procedimiento de su renovacioacuten de inscripcioacuten en el Registro Nacional deProveedores al admitir que no revisoacute de forma oportuna su bandeja de mensajeselectroacutenica lo cual le impidioacute tomar conocimiento de las observaciones realizadas a sutraacutemite y dentro del plazo otorgado ocasionando con ello la suspensioacuten de la vigencia desu inscripcioacuten en el Registro Nacional de Proveedores del 10 al 24 de octubre de 2013

Ahora bien el numeral 7119 de la mencionada Directiva establece lo siguiente Con lainscripcioacuten suspendida el proveedor no podraacute ser participante postor Yo contratistabajo sancioacuten de ser inhabilitado conforme a lo prescrito en la ley y su Reglamento conlo cu I se desvirtuacutea la falta de tipicidad alegada por el Postor

17 consecuencia conforme se aprecia la falta de seguimiento del Postor al traacutemite deenovacioacuten de su inscripcioacuten como proveedor de servicios en el RNPdeterminoacute que a lafecha de presentacioacuten de propuestas (22 de octubre de 2013) su inscripcioacuten comoproveedor de servicios en el RNP no se encuentre vigente pese a que la normativa decontra ciones estatales estableciacutea expresamente en el artiacuteculo 252 del Reglamento quelos p veedores son responsables de que su inscripcioacuten en el Registrocorre ondiente en el RNP se encuentre vigente al registrarse como participantesen I esentacioacuten de propuestas en el otorgamiento de la buena pro y la

Paacutegina 8 de 14

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 9: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

O _ _

~~iexclnist~ri~-~~_-~-~ 07

de Eco1o~ay FiDa~zas

Resouciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

suscripcioacuten del contrato pudiendo renovar su inscripcioacuten dentro de los sesenta (60) diacuteascalendarios anteriores a su vencimiento

18 En este contexto es importante sentildealar que lo establecido en el numera1918 del artiacuteculo9 de la Ley demanda un obrar diligente del proveedor que participa en un proceso deseleccioacuten lo cual implica para eacutel no soacutelo realizar su traacutemite de inscripcioacuten en el RegistroNacional de Proveedores (RNP) de manera oportuna sino ademaacutes efectuar seguimientoa su traacutemite de inscripcioacuten yo renovacioacuten revisando yo empleando los canales decomunicacioacuten y notificacioacuten establecidos para tal efecto los cuales son de suconocimiento Cabe considerar que el cumplimiento exitoso del traacutemite no soacutelodeterminaraacute su inscripcioacuten vigente en dicho registro sino la posibilidad de acceder(registraacutendose como participante presentando propuestas yo suscribiendo un contrato)a cualquier proceso de seleccioacuten que se convoque en el Estado

19 En atencioacuten a lo expuesto este Colegiado considera que en el caso de autos se haconfigurado la infraccioacuten que estuvo tipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo51 de la Ley y por su efecto corresponde Imponer sancioacuten administrativa al Postor

En cuanto a la aplicacoacuten del principio d~ retroactiacutevidad benigna3 iexclSrr~- J - -1 -

En este punto en reladoacuten a la sancioacutenJmponible cabe indicar qiqueste ~r laoomfsioacute~d~-Iainfraeacutecioacuten incurrida por el Postor sehabia previstouumlnasancioacuten de inhabilitadoacuten temporalpara contratar coQel Estado porun periodo no menora seis (6)meses n mayor atres (3) antildeos ~ ~ DenSe ()

iexclJ~Ahora bien cabe mencionar que a partir del 9 de enero de 2016 se encuentra vigente laLeyNdeg 30225 Ley de Contrataciones del Estado en lo sucesivo la Ley Ndeg 30225 en cuyotexto normativo se ha tipificado la causal de infraccioacuten referida a que el Postor se registrecomo participante presente propuestas o suscriba contrato o Acuerdos Marcos sin contarcon inscripcioacuten vigente en el Registro Nacional de Proveedores de forma conjunta a la desuscribir contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratacioacuten o enespecialidades distintas a las autorizadas por el RNP

Sobre e articular respecto de la causal de infraccioacuten referida a presentar propuestas sincanta on inscripcioacuten vigente en el RNPel literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de laLey 30225 establece lo siguiente

501 El Tribunal de Contrataciones del Estado sandona a los proveedoresparticipantes postores yo contratistas y en los casos que se refiere el literal a)del articulo 5de la presente Ley cuando incurran en las siguientes infracciones

()

~ Ley de Con rataclones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley Ndeg29873Articulo 991P~r~(RNP) y

Paacutegina 9 de 14

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 10: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

j) Se registren como participantes presenten propuestas o suscribancontrato o Awerdos Marco sin contar con inscripcioacuten vigente en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) o suscriban contrato por montosmayores a su capacidad libre de contratacioacuten o en especialidades distintas alas autorizadas por el RNPn (El resaltado es nuestroy

Conforme a lo sentildealado en el texto precitado se aprecia que la referida causal deinfraccioacuten a prima facie no ha tenido mayores variaciones en relacioacuten con el supuestotipificado en el literal e) del numeral 511 del articulo 51 de la Ley

No obstante ello cabe resaltar que la consecuencia juriacutedica de cometer dicha infraccioacuten siha sufrido variacioacuten pues de acuerdo a lo previsto en el litera a) del numeral 502 dearticulo 50 de la Ley Ndeg 30225 los proveedores que incurran en dicha causal deinfraccioacuten son pasibles de recibir como sancioacuten la imposicioacuten de una multa entendidacomo la obligacioacuten pecuniaria generada para el infractor de pagar un monto econoacutemicono menor del cinco por ciento (5 ) ni mayor al quince por ciento (15) de la propuestaeconoacutemica o del contrato seguacuten corresponda en favor del Organismo Supervisor de lasContrataciones del Estado (OSCE)

La misma norma precisa que la resolucioacuten que imponga la multa debe establecer comomedida cautelar la suspensioacuten del derecho de participar en cualquier procedimiento deseleccioacuten procedimientos para implementar o mantener Cataacutelogos Electroacutenicos deAcuerdo Marco y de contratar con el Estado en tanto no sea pagada por el infractor porun plazo no mayor a dieciocho (18) meses Dicho periodo de suspensioacuten dispuesto por lamedida cautelar no se considera para el coacutemputo de la inhabilitacioacuten definitiva

22 En este escenario es pertinente traer a colacioacuten el principio de irretroactividadcontemplado en el numeral 5 del artiacuteculo 230 de la Ley Ndeg 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General modificada por Decreto Legislativo Ndeg 1029 del 24 de junio de2008 en lo sucesivo la LPAG seguacuten el cual son aplicables las disposicionessancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta asancionar salvo que las posteriores le sean maacutes favorables

En este sentido en los procedimientos sancionadores como regla general la normaaplicable es aquella que se encontraba vigente al momento de la comisioacuten de lainfraccioacuten Sin embargo como excepcioacuten se admite que si con posterioridad a lacOffilsioacute de la infraccioacuten entra en vigencia una nueva norma que resulta maacutesbenefi osa para el administrado sea porque con la misma se ha eliminado el tipoinfr or o porque conservaacutendose eacuteste se contempla ahora una menor sancioacuten o una

cioacuten de naturaleza menos severa resultaraacute eacutesta aplicable

Por lo tanto considerando que para la conducta objeto del presente anaacutelisis la Leyhabiacutea previsto exclusivamente una sancioacuten de inhabilitacioacuten temporal un periacuteodo nomenor a~s (6) meses ni mayor a tres (3) antildeos mientras que en el literal a) denumeral 5 2 del articulo 50 de la Ley Ndeg 30225 se preveacute una multa y solo comomedda ca

I01 una suspenoacuten del deeeho de parop en peceesos de eontcataoacuten

Pagma 10 de 14

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 11: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

-~inist~fo~-h~~7- -

de Econo~iacuteay_finanz~5

Reso[uciacuteoacuten N2115-2016- TCE-S3

en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna en el presente caso la sancioacuten aimponerse seraacute la prevista en el literal a) del numeral 502 del artiacuteculo 50 de la Ley Ndeg30225

24 Sobre la base de lo expuesto considerando que el monto de la propuesta econoacutemicaofertada por el Postor para el proceso de seleccioacuten asciende a SI 1 57018000 (Unmilloacuten seiscientos setenta mll ciento ochenta con 00100 Soles)9 la multa a imponerse nopuede ser inferior al cinco por ciento (5) de dicho monto (S 8350900 Soles) nimayor al quince por ciento (15) del mismo (5 25052700 Soles)

Graduacioacuten de la sancioacuten

25 Conforme a lo antes indicado en aplicacioacuten del principio de retroactividad benigna seconsideraraacuten como criterios de determinacioacuten gradual de la sancioacuten 105 previstos en elartiacuteculo 226 del Reglamento de la Ley Ndeg 30225 aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF tal como se expone a continuacioacuten

41 _ _ I OI1J(liITIOa)Naturalezade la Infraccioacuten debe considerarse que por disposicioacuten legal todo

proveedor que contrate corfel Estado debe encontrarse inscrlto (y ~mantenerlbvigente) en el Registro Nadohalde proyeedores-a efectos~que- cumplacon)os

requisitos y condiciones establecidas en la normativa correspondiente con lo cualse garantiza que el contratista se encuentra en-la poslbilidad V capaacutecidad deasumir la prestacioacuten encomendada

Intencionalidad del infractor es importante tomar en consideracioacuten laconducta de Postor pues no se puede obviar el hecho que con anterioridad a lapresentacioacuten de sus propuestas el infractor se encontraba obligado a verificar elestado de la vigencia de su inscripcioacuten en el RNP accioacuten que todo proveedordiligente se encuentra llamado a realizar mientras participa en un proceso deseleccioacuten maacutexime cuando tal omisioacuten podriacutea acarrear la eventual configuracioacuten dela infraccioacuten administrativa prevista en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51de la Ley

c) Dantildeo causado el Postor fue adjudicado con la Buena Pro del proceso deseleccioacuten toda vez que durante la presentacioacuten de propuestas el Comiteacute Especial

o verificoacute que el infractor no contaba con inscripcioacuten vigente en el RNP hecho delcual tomoacute conocimiento recieacuten cuando se intentoacute registrar la adjudicacioacuten de laBuena Pro en el SEACE razoacuten por la cual se declaroacute nulo el procesoretrotrayeacutendolo hasta la etapa de presentacioacuten de propuestas

Antecedentes de sancioacuten o sanciones impuestas por el Tribunal deconformidad con el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado seobserva que el Postor no cuenta con antecedentes de haber sido sancionado con

reciade su propuestaeconoacutemicaobrantea fs 962 del expedienteadministrativo

Paacutegina 11 de 14

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 12: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

inhabilitacioacuten en sus derechos de participar en procesos de seleccioacuten y contratarcon el Estado

e) Reconocimiento de la infraccioacuten cometida antes de que sea detectada enel presente caso no se reconocioacute la infraccioacuten antes de su deteccioacuten

f) Conducta procesal debe considerarse que el Postor se apersonoacute al presenteprocedimiento y presentoacute sus descargos

26 De forma congruente con ello resulta importante traer a colacioacuten el principio deRazonabilidad consagrado en el numeral 14 del artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de laLPAG por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adaptarse dentro de losliacutemites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcioacuten entre los medios aemplear y los fines puacuteblicos que deba tutelar a fin que respondan a lo estrictamentenecesario para la satisfaccioacuten de su cometido principio que seraacute considerado al momentode fijar la sancioacuten a ser impuesta al Postor

Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que corresponde imponer al Postoruna multa ascendente a SI 8350900

Finalmente se precisa que la fecha de la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvo tipificadael literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley por parte del Postor tuvo lugar

el 22 de octubre de 2013 fecha en la que el Postor presentoacute su propuesta sin contarcon inscripcioacuten vigente en el RNP

Procedimiento y efectos del pago de la multa

28 De otro lado para el pago de la multa antes indicada de conformidad con elprocedimiento establecido en la Directiva Ndeg Oll-2016-0SCEiexclCD - Uneamientos para laEjecucioacuten de Multa Impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado aprobadamediante Resolucioacuten Ndeg 018-2016-0SCEiexclPRE publicada el 12 de enero de 2016 en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional del OSCE

bull eacutelor sancionado cuenta con un plazo maacuteximo de siete (7) diacuteas haacutebilesdos desde el diacutea siguiente de haber quedado firme la presente

cioacuten para pagar la multa impuesta y comunicar dicho pago al OSCE aveacutes de la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas

esconcentradas presentando debidamente llenado el formulario denominadoComunicacioacuten de Pago de Multa al cual deberaacute adjuntar el comprobante depago original El pago se efectuacutea mediante depoacutesito en la Cuenta Corriente Ndeg0000-870803 del OSeE en el Banco de la Nacioacuten

bull vez transcurrido el plazo sentildealado sin que la comunicacioacuten de pago hayapresentada operaraacute la medida cautelar establecida quedando el proveedorionado automaacuteticamente suspendido en sus derechos para participar en

Paacutegina 12 de 14

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 13: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

Reso[uciacuteoacuten NO 2115-2016- TCE-S3

cualquier procedimiento de seleccioacuten en procedimientos para implementar omantener Cataacutelogos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado

bull la extincioacuten de la obligacioacuten de pago de la multa Y en su caso el levantamientode la suspensioacuten operan desde las 0000 horas del diacutea siguiente de verificado elpago por la Oficina de Administracioacuten del OSeE lo cual debe llevarse a cabo enel plazo de tres (3) diacuteas haacutebiles contados desde la correcta presentacioacuten de lacomunicacioacuten de pago o de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten delproveedor sancionado establecido como medida cautelar en tanto no comuniqueel pago de la multa impuesta

Disp er que el pago de la multa impuesta se realice en la cuenta del OSCENdeg 0000-870 3 en el Banco de la Nacioacuten En caso el administrado no notifique el pago al OSeEde o de los siete (7) diacuteas haacutebiles siguientes de haber quedado firme la presente

~

Por estos fundamentos de conformidad con el informe de la Vocal Ponente VioletaLucero Ferreyra Coral y con la intervencioacuten de JosVocales Joseacute Antonio Corrales Gonzales enremplazo de la Vocal Mariela Sifuentes Huamaacuten por ausencia justificada y Peter PalominoFigueroa seguacuten el Rol de Turnos de Presidentes de Sala vigente y en ejercicio de lasfacultades conferidas en el artiacuteculo 59 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por LeyNdeg 30225 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO 3S0-201S-EF asiacute como losartiacuteculos 20 y 21 del Reglamento de Organizacioacuten y Funciones del OSCEaprobado por DecretoSupremo NO 076-2016-EF del 7 de abril de 2016 -analizados_los antecedentesyiexclluego deagotado el debate corresppndiente Poacuter unanImidad - iexcl bull ~ f I

d )uiexclJe-fVsOr tieuro as

e ConlldtaciomSALA RESUELVE c del [-ta-ia

1 Sancionar a la empresa PRAYAGA SOLUTlONS SAC con RUC NO20524271002 con una multa ascendente a 5 8350900 (Ochenta V tres milquinientos nueve con 00100 soles) por la comisioacuten de la infraccioacuten que estuvotipificada en el literal e) del numeral 511 del artiacuteculo 51 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Decreto Legislativo Ndeg 1017 modificada por Ley NO29873 ahoratipificada en el literal j) del numeral 501 del artiacuteculo 50 de la Ley de Contrataciones delEstado aprobada por Ley NO30225 en el marco del Concurso Puacuteblico Ndeg 0006-2013-FUNCONPE- Primera Convocatoria convocado por la Oficina Nacional de ProcesosElectorales - ONPE El procedimiento para la ejecucioacuten de la multa se iniciaraacute luego deque haya quedado firme la presente resolucioacuten por haber transcurrido el plazo de cinco(5) diacuteas haacutebiles sin que se haya interpuesto el recurso de reconsideracioacuten contra aquellao cuan habieacutendose presentado el recurso eacuteste fue desestimado

2 Di oner como medida cautelar la suspensioacuten del derecho de la empresap YAGA SOLUTIONS SAC con RUC NO 20524271002 de participar enu quier procedimiento de seleccioacuten procedimientos para implementar o mantenertaacutelagos Electroacutenicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado por el plazoaacuteximo de seis (6) meses en tanto no se realice y comunique el pago de la multa a

que alude el numeral precedente

Paacutegina 13 de 14

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014
Page 14: 'Resofucíón :JI[O 2115-2016- TCE-S3prodapp1.osce.gob.pe/portaltribunal-uiwd-pub/Download... · Mtniste'rio ". -" "de Economía Y,Finanzas 'R£so[ucíón:No 2115-2016- TCE-S3 Asimismo,

resolucioacuten la suspensioacuten decretada como medida cautelar operaraacute automaacuteticamenteUna vez comunicado el pago efectuado el OSCEtiene un plazo maacuteximo de tres (3) diacuteashaacutebiles para verificar la realizacioacuten del depoacutesito en la cuenta respectiva La obligacioacuten depagar la multa se extingue al diacutea haacutebil siguiente de verificado el depoacutesito respectivo alOSCEo al diacutea haacutebil siguiente de transcurrido el periodo maacuteximo de suspensioacuten previstocomo medida cautelar

Regiacutestrese comuniacutequese y publiacutequese

PRESID

Corrales Gonz esFerreyra CoralPalomino Figu roa

Firmado en dos (2) juegos originales en virtud del Memorando NO

Paacutegina 14 de 14

  • 00000001
  • 00000002
  • 00000003
  • 00000004
  • 00000005
  • 00000006
  • 00000007
  • 00000008
  • 00000009
  • 00000010
  • 00000011
  • 00000012
  • 00000013
  • 00000014