RESEÑA

5
El haber realizado esta lectura del autor Roberto Blanco Valdés, en la cual nos habla de la Revolución Norteamericana y la Construcción de la Supremacía de la Constitución, nos hace navegar por un mundo histórico jurídico que nos muestra la manera en la cual se da la creación de la constitución en Norteamérica, luego de haber sido declarada su independencia y posterior a ello, haberse dado su revolución. Por lo que este análisis que hace el autor participa de la historia política y del análisis jurídico, condiciones necesarias para mostrar con claridad y profundidad la evolución del constitucionalismo en nuestros días. Ahondar sobre la separación de poderes, en el esquema de experiencia revolucionaria estadounidense. Por otro lado quiere tratar sobre la supremacía de la constitución, en donde expresa que “más vale conceder el poder de cambiar la Constitución del pueblo de unos hombres que representan imperfectamente las voluntades del pueblo que a otros que no representan más que así mismos (Blanco, p. 204)” 1 El autor nos plantea: ¿Llega a existir de manera adecuada la separación de poderes y rigidez constitucional y así mismo la supremacía de la constitución en Norteamérica? 2 Se debe resaltar a lo largo de esta reseña; primero, Del porque la creación de una Constitución escrita e imperante para una 1 Roberto Blanco Valdés, 2006, la Revolución Norteamericana y la Construcción de la Supremacía de la Constitución, Alianza Editorial, El valor de la constitución separación de poderes , supremacía de la ley y control de constitucionalidad en los orígenes del Estado Liberal, (p. 204) Madrid España. 2 Roberto Blanco Valdés, 2006, la Revolución Norteamericana y la Construcción de la Supremacía de la Constitución, Alianza Editorial, El valor de la constitución separación de poderes , supremacía de la ley y control de constitucionalidad en los orígenes del Estado Liberal, (pp. 101-204) Madrid España.

Transcript of RESEÑA

Page 1: RESEÑA

El haber realizado esta lectura del autor Roberto Blanco Valdés, en la cual nos habla de la

Revolución Norteamericana y la Construcción de la Supremacía de la Constitución, nos hace

navegar por un mundo histórico jurídico que nos muestra la manera en la cual se da la creación

de la constitución en Norteamérica, luego de haber sido declarada su independencia y posterior a

ello, haberse dado su revolución. Por lo que este análisis que hace el autor participa de la

historia política y del análisis jurídico, condiciones necesarias para mostrar con claridad y

profundidad la evolución del constitucionalismo en nuestros días. Ahondar sobre la separación

de poderes, en el esquema de experiencia revolucionaria estadounidense. Por otro lado quiere

tratar sobre la supremacía de la constitución, en donde expresa que “más vale conceder el poder

de cambiar la Constitución del pueblo de unos hombres que representan imperfectamente las

voluntades del pueblo que a otros que no representan más que así mismos (Blanco, p. 204)”1

El autor nos plantea: ¿Llega a existir de manera adecuada la separación de poderes y rigidez

constitucional y así mismo la supremacía de la constitución en Norteamérica?2

Se debe resaltar a lo largo de esta reseña; primero, Del porque la creación de una Constitución

escrita e imperante para una nación; segundo, quien tiene del pueblo alguna importancia de

participación constitucional en una nación; tercero, era o no importante la separación de poderes

en Norteamérica y en si en cualquier nación; y cuarta ver el verdadero legado de la revolución

para la nación.

Por lo cual, en el presente trabajo se busca resaltar algunas ideas tanto del autor, como de

algunos de los autores recomendados, tratando así los acontecimientos presentados en

Norteamérica a nivel constitucional, luego de conseguir su independencia.

En el último cuarto del Siglo XVIII se sucedieron en el mundo dos acontecimientos que

transformaron radicalmente el orden político constitucional imperante, los cuales se

desarrollaron con muy pocos años de diferencia entre uno y otro, pues fueron sólo 13 años los

que separaron la Revolución Americana en 1776, de la Revolución Francesa de 1789.

Esas dos revoluciones, que trastocaron el constitucionalismo de la época, toda vez que

Norteamérica, fue uno de los primeros en la historia política en consagrarse como un Estado

independiente.

1 Roberto Blanco Valdés, 2006, la Revolución Norteamericana y la Construcción de la Supremacía de la Constitución, Alianza Editorial, El valor de la constitución separación de poderes , supremacía de la ley y control de constitucionalidad en los orígenes del Estado Liberal, (p. 204) Madrid España.2 Roberto Blanco Valdés, 2006, la Revolución Norteamericana y la Construcción de la Supremacía de la Constitución, Alianza Editorial, El valor de la constitución separación de poderes , supremacía de la ley y control de constitucionalidad en los orígenes del Estado Liberal, (pp. 101-204) Madrid España.

Page 2: RESEÑA

De igual manera el autor nos propone verificar diferentes autores, es decir, que no pretende que

nos quedemos con una sola idea de lo manifestado en su obra, algunos de los autores propuestos

son: Robert Eugene Cushman, Edward Corwin, Ralph Ketcham, Javier Pérez Royo, etc. (Blanco,

p. 101-204)

Por lo tanto buscare dar la mejor interpretación a todas y cada uno de las conclusiones

presentadas por el autor a través la lectura, con ello conseguir una mejor comprensión y un buen

manejo del tema.

Se nos muestra en la lectura que aquellos acontecimientos establecieron las bases del Estado de

Derecho, que justamente surge en la historia constitucional a finales del siglo XVIII, dejaron un

rico legado al constitucionalismo moderno, y el cual se puede resumir en los siguientes aportes

políticos fundamentales:

En primer lugar, la idea de la existencia de una Constitución como una carta política escrita,

emanación de la soberanía popular, de carácter rígida, permanente, contentiva de normas de

rango superior, inmutable en ciertos aspectos y que no sólo organiza al Estado, es decir, no sólo

tiene una parte orgánica, sino que también tiene una parte dogmática, donde se declaran los

valores fundamentales de la sociedad y los derechos y garantías de los ciudadanos. Hasta ese

momento, esta idea de Constitución no existía, y las Constituciones, a lo sumo, eran cartas

otorgadas por los Monarcas a sus súbditos.

En segundo lugar, de esos dos acontecimientos surgió también la idea política derivada del

nuevo papel que a partir de ese momento se confirió al pueblo, es decir, el papel protagónico del

pueblo en la constitucionalización de la organización del Estado. En los Estados Unidos de

América, las Asambleas coloniales asumieron la soberanía, y en Francia, la soberanía se trasladó

del Monarca al pueblo y a la Nación.

En tercer lugar, además, dentro de la misma línea de limitación al poder público para garantizar

la libertad de los ciudadanos, las Revoluciones Francesa y Americana aportaron al

constitucionalismo la idea fundamental de la separación de poderes. Esta se formuló, en primer

lugar, en la Revolución Americana, razón por la cual la estructura constitucional de los Estados

Unidos en 1787, se montó sobre la base de la separación orgánica de poderes. El principio, por

supuesto, se recogió aún con mayor fuerza en el sistema constitucional que resultó del proceso

revolucionario francés, donde se le agregaron como elementos adicionales, el principio de la

supremacía del Legislador resultado de la consideración de la ley como expresión de la voluntad

Page 3: RESEÑA

general; y el de la prohibición a los jueces de interferir en cualquier forma en el ejercicio de las

funciones legislativas y administrativas (Pérez Royo, 1987).3

En cuarto lugar, en particular respecto de la Revoluciones Americana, surgió otro principio del constitucionalismo moderno que fue el rol que asumieron los jueces en materia de control de la constitucionalidad de las leyes (Ketcham, Pp. 120-125).4; derivado de la idea de que la Constitución, como norma suprema, tenía que tener algún control, como garantía de su supremacía, y ese control se atribuyó al Poder Judicial.

CONCLUSIÓN

Gracias a las transformaciones constitucionales originadas por la Revolución Americana y de la

Revolución Francesa que tuvieron mayor influencia y de forma directa en la construcción inicial

del sistema constitucional de hoy, quizás llegaremos a entender adecuadamente algún día

nuestras propias instituciones.

Toda vez que para que esa Constitución sea efectivamente la ley suprema de una sociedad en un

momento dado de su historia, es indispensable que sea en realidad el producto de esa misma

sociedad, globalmente considerada, como resultado de la manifestación de la voluntad popular,

sin imposiciones externas ni internas.

BIBLIOGRAFIA

Roberto Blanco Valdés, 2006, la Revolución Norteamericana y la Construcción de la

Supremacía de la Constitución, Alianza Editorial, El valor de la constitución separación

de poderes , supremacía de la ley y control de constitucionalidad en los orígenes del

Estado Liberal, (pp. 101-204) Madrid España.

Javier Pérez Royo, La Reforma de la Constitución, Congreso de los Diputados, Madrid,

1987, p.20.

Ralph Ketcham, The Anti-Federalist Papers, Cit. Pp. 120-125.

3En diferentes cartas estatales se puede distinguir entre el poder de reforma y legislativo ordinario: exigiendo mayorías cualificadas (Constitución de

Delaware, art.30) Cit. En Javier Pérez Royo, La Reforma de la Constitución, Congreso de los Diputados, Madrid, 1987, p.20. 4 Extracto de la Sesión de la Convención del 21 de Julio de 1787en Ralph Ketcham, The Anti-Federalist Papers, Cit. Pp. 120-125.