Requisitos para pertenecer al repeco
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REQUISITOS PARA PERTENECER AL REPECO
Es un régimen opcional para las personas físicas de baja capacidad económica y administrativa, con mínimas obligaciones fiscales por cubrir.
Requisitos:
Ser persona física. Realizar actividades empresariales, es decir, comerciales, industriales, de autotransporte o
agropecuarias. Vender los bienes o prestar los servicios únicamente al público en general. Haber tenido ingresos en el año anterior de hasta $2'000,000.00 por las actividades citadas. Cuando inicien actividades y estimen que sus ingresos no excederán de $2'000,000.00, podrán
elegir la opción de tributar en este régimen. En caso de que el año de inicio de actividades sea menor a doce meses, para determinar si el
año siguiente estarán dentro del límite de $2’000,000.00 efectuarán lo siguiente:
Se dividirán los ingresos del año de inicio de operaciones entre el número de días que comprendió dicho año; después se multiplicará el resultado por 365, y la cantidad que se obtenga deberá compararse contra $2’000,000.00.
Si el resultado es mayor a esta cantidad, no podrán tributar en el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
CALENDARIO FISCAL 2013
Presentamos el calendario fiscal para abril, donde podrá visualizar de una manera más ágil y sencilla los días de vencimiento de las obligaciones fiscales de este mes con solo dar clic en los días resaltados.
Abril
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Recuerde que la declaración anual se prepara durante todo el añoSi se mantiene al corriente durante el año en sus obligaciones fiscales, tendrá los elementos para presentar su declaración anual de manera ágil, rápida y sin contratiempos.
Sólo siga estos pasos:
1. ( 1.66 mB) Imprima la Bitácora de información básica y anote en ella cada mes sus ingresos y gastos
2. Solicite factura de las compras o gastos3. Solicite facturas o recibos de honorarios4. Presente puntualmente sus pagos mensuales
Prepare desde hoy su declaración anual, el ser un contribuyente cumplido tiene sus ventajas.
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Consulte las obligaciones de 2013
CLAVE DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA CONFIDENCIAL CIEC
La CIEC es un mecanismo de acceso, formado por su RFC y una contraseña elegida por usted mismo; se utiliza para el acceso a diversas aplicaciones y servicios que brinda el SAT a través de su Portal de Internet. Algunos de estos servicios son:
Portal privado del contribuyente
Declaraciones y Pagos (DyP)
Declaraciones informativas de razones por las cuales no se realiza el pago (Avisos en cero)
Declaración Informativa Múltiple
Envío de declaraciones anuales
DeclaraSAT en línea
Declaraciones de corrección de datos
Consulta de transacciones
Consulta de comprobantes aprobados a impresores autorizados
Envío de solicitudes para la generación de Certificados de Sello Digital para Comprobantes Fiscales Digitales
Descarga de Certificados de Sello Digital, así como de Firma Electrónica Avanzada
Obtención de la CIEC a través de Internet
Obtención de la CIEC en los módulos de Servicios al Contribuyente
Video tutorial para obtener la CIEC si se cuenta con Fiel
Si tramitó su CIEC pero no la recuerda, entonces puede acceder a la opción Obtención de la CIEC a través de Internet y modificarla o acudir a cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente con una identificación oficial y solicitar una actualización de la misma.
La Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) es de uso personal e intransferible y no puede ser solicitada por un tercero.
¿NECESITA FACTURAR?
Usted puede elegir entre dos opciones para expedir facturas:
Facturas Electrónicas (CFDI) solo siga estos pasos:
1. Tramite un certificado de sello digital, con su Fiel
2. Acuda con un proveedor de Factura Electrónica, o utilice la herramienta gratuita ofrecida por el SAT
Facturas impresas en papel con código de barras, siempre que sus ingresos anuales no sean mayores a 4 millones de pesos, siga estos pasos:
1. Solicite en el Sistema de Comprobantes Fiscales (Sicofi) el código de barras y la aprobación de folios, con su Fiel
2. Genere o imprima su comprobante. Guia ( 410 kB)Word, ( 506 kB)PDF
DECLARACIÓN ANUAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2012
En la Declaración Anual, que deben presentar los contribuyentes, se realiza el cálculo definitivo del ISR y del IETU, se informa sobre el monto de los ingresos obtenidos durante el ejercicio, las deducciones y las retenciones relacionadas con sus actividades económicas, además de los pagos provisionales que se efectuaron durante el año.
Pasos para presentar la declaración
1. Ingrese a la Declaración automática o bien descargue e instale el programa DeclaraSAT. Le recomendamos utilizar la Declaración automática ya que contiene información precargada.
2. Capture los datos e información que le solicite el programa.
3. Firme su declaración y envíela utilizando su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) o su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), según sea el caso.
Después de enviar la declaración recibirá un aviso confirmando la recepción de la información y se le enviará, por correo electrónico, un acuse de recibo con el número de operación, la fecha de presentación y sello digital.
Si su declaración resultó en ceros o con saldo a favor, aquí termina el procedimiento ¡cumplió con su obligación!
El saldo a favor en su Declaración Anual puede recuperarlo mediante devolución o compensación.
Declaración anual en ceros por teléfono
Si en 2012 no obtuvo ingresos puede declarar por teléfono llamando a INFOSAT 01 800 46 36 728, desde Estados Unidos y Canadá marque 1 877 44 88 728.
El servicio de Declaración Anual por teléfono aplica solo para quienes estén inscritos en el RFC por honorarios, arrendamiento o en ambos.
AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA Y OBLIGACIONES FISCALES POR INTERNET Ó EN SALAS DE INTERNET DE LAS ALSC
¿Quiénes lo presentan?Personas físicas que realicen en forma adicional otra actividad económica o que dejen de realizar alguna de éstas.
¿Dónde se presenta?
En la página de Internet del SAT ó en la sala de Internet de cualquier ALSC.
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo con sello digital entre otros datos, la fecha de presentación y el número de folio del aviso.Tratándose de un aumento de obligaciones, en su caso, se obtiene la Cédula de Identificación Fiscal y la Guía de Obligaciones
¿Cuándo se presenta?Dentro del mes siguiente al día en que se inicien las actividades económicas adicionales a las que se venían realizando o al día en que se deje de realizar las actividades económicas cuyas obligaciones se disminuyen.
Compromisos de servicio InternetDisponibilidad permanenteEmisión inmediata de acuse de solicitud de inscripciónHorario.
Pasos a seguir para realizar el trámite.
Internet:
1. Ingrese al menú "Mi Portal" en la opción “Actualización de obligaciones“.2. Llene el cuestionario electrónico de su actualización, y envíe trámite3. Imprima y conserve su acuse
Disposiciones jurídicas aplicables. Art. 27 CFF, Art. 25 y 26 Reglamento del CFF. Regla II.2.4.1. RMF.
Requisitos:
Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF.
INICIO CATÁLOGO DE SERVICIOS Y TRÁMITES REGISTRO DE TRÁMITES FISCALES ANEXO 1-A 38. AVISO DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES POR INTERNET Ó EN SALAS DE INTERNET DE LAS ALSC
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AVISO DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES VÍA INTERNET Ó EN SALAS DE INTERNET DE LAS ALSC
¿Quiénes lo presentan?Personas físicas que interrumpan todas las actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas o cuando cambien de residencia fiscal.
¿Dónde se presenta?A través de la página de Internet del SAT ó en la sala de Internet de cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita.
Consulte las intrucciones contenidas en la ( 4 mB) Guía para presentar el Aviso de suspensión de actividades por Internet.
¿Qué documentos se obtienen?Acuse de recibo con sello digital incluyendo entre otros datos, la fecha de presentación y el número de folio del aviso.
¿Cuándo se presenta?Dentro del mes siguiente a aquel en que se interrumpan todas las actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas. Cuando se trate de cambio de residencia fiscal se presentará con no más de dos meses de anticipación.
Requisitos:
Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el menú "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF.
Nota: La cédula de identificación fiscal que corresponda al contribuyente quedará sin efectos en forma automática.
Compromisos de servicioInternet:Disponibilidad permanenteEmisión inmediata de acuse de la actualizaciónHorario: 24 horas, de los 365 días del año
Pasos a seguir para realizar el trámiteINTERNET: 1. Ingrese al menú "Mi Portal" en la opción “Suspensión de actividades“.2. Llene el cuestionario electrónico de la actualización.3. Obtenga hoja previa, número de folio y envíe el trámite 4. Realizado el envió Imprima y conserve su acuse de recibo
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 27 CFF, Arts. 25, 26 Reglamento del CFF. Regla II.2.4.2. RMF.
AVISO DE SUSPENSIÓN/REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES DE ASALARIADOS.
¿Quiénes lo presentan?Persona Física o moral en su carácter de empleador o patrón
¿Dónde se presenta?De manera personal ante cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita.
¿Qué documentos se obtienen?Escrito libre firmado como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?Cuando se dé, el supuesto.
Requisitos:
Escrito libre (duplicado)
En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público.
Disco compacto, cuyas etiquetas externas contengan cuando menos los siguientes datos:
R.F.C. del contribuyente. Nombre, Denominación o Razón Social. Número de discos que presenta.
La información de los archivos deberá contener siete campos delimitados por pipes “|”, de conformidad con lo siguiente.1. Sin tabuladores.2. Únicamente mayúsculas.3. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII), sin importar el nombre de dicho archivo. ● Primera columna.- Clave de R.F.C. del asalariado a 13 posiciones. ● Segunda columna.- Clave C.U.R.P. a 18 posiciones del asalariado. ● Tercera columna.- Apellido paterno del asalariado. ● Cuarta columna.- Apellido materno del asalariado. (No obligatorio) ● Quinta columna.- Nombre (s) del asalariado. ● Sexta columna.- Fecha de suspensión o reanudación del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA. ● Séptima columna.- Marca del indicador de la suspensión o reanudación del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1 ó 2) 1. Suspensión de asalariados. 2. Reanudación de asalariados ● Octava columna.- Clave de R.F.C. del patrón a 12 ó 13 posiciones, según corresponda Persona Moral o Persona Física. ● Novena columna.- Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6.) 1. Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00. 2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00. 3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00. 4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00. 5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos mayores a
$400,000.00. 6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos menores o iguales a $400,000.00.
Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercer columna.
Compromisos de servicio Atención Personal:Duración máxima: 40 minutos.Espera máxima: 5 minutos.Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casosHorario: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:30 hrs
Pasos a seguir para realizar el trámitePERSONAL:1. Reúna los documentos y requisitos para realizar la actualización2. Acuda a cualquier ALSC con la documentación del trámite3. Entregue la documentación y solicite le realicen su trámite4. Concluido su trámite reciba escrito libre como acuse de recibo
Disposiciones jurídicas aplicablesArt. 27 CFF quinto párrafo CFF. Art. 26 del Reglamento del CFF.
AVISO DE SUSPENSIÓN/REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES DE ASALARIADOS.
¿Quiénes lo presentan?Persona Física o moral en su carácter de empleador o patrón
¿Dónde se presenta?De manera personal ante cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita.
¿Qué documentos se obtienen?Escrito libre firmado como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?Cuando se dé, el supuesto.
Requisitos:
Escrito libre (duplicado) En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad
del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público.
Disco compacto, cuyas etiquetas externas contengan cuando menos los siguientes datos:
R.F.C. del contribuyente. Nombre, Denominación o Razón Social. Número de discos que presenta.
La información de los archivos deberá contener siete campos delimitados por pipes “|”, de conformidad con lo siguiente.1. Sin tabuladores.2. Únicamente mayúsculas.3. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII), sin importar el nombre de dicho archivo. ● Primera columna.- Clave de R.F.C. del asalariado a 13 posiciones. ● Segunda columna.- Clave C.U.R.P. a 18 posiciones del asalariado. ● Tercera columna.- Apellido paterno del asalariado. ● Cuarta columna.- Apellido materno del asalariado. (No obligatorio) ● Quinta columna.- Nombre (s) del asalariado. ● Sexta columna.- Fecha de suspensión o reanudación del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA. ● Séptima columna.- Marca del indicador de la suspensión o reanudación del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1 ó 2) 1. Suspensión de asalariados. 2. Reanudación de asalariados ● Octava columna.- Clave de R.F.C. del patrón a 12 ó 13 posiciones, según corresponda Persona Moral o Persona Física. ● Novena columna.- Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6.) 1. Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00. 2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00. 3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00.
4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00. 5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos mayores a $400,000.00. 6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos menores o iguales a $400,000.00.
Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercer columna.
Compromisos de servicio Atención Personal:Duración máxima: 40 minutos.Espera máxima: 5 minutos.Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casosHorario: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:30 hrs
Pasos a seguir para realizar el trámitePERSONAL:1. Reúna los documentos y requisitos para realizar la actualización2. Acuda a cualquier ALSC con la documentación del trámite3. Entregue la documentación y solicite le realicen su trámite4. Concluido su trámite reciba escrito libre como acuse de recibo
Disposiciones jurídicas aplicablesArt. 27 CFF quinto párrafo CFF. Art. 26 del Reglamento del CFF.
PERSONA FÍSICA, DOCUMENTOS A PRESENTAR
Registro Federal de Contribuyentes. Comprobante del domicilio del centro de trabajo. Identificación oficial del patrón. Clave Única de Registro de Población del patrón. En caso de contar con representante legal, además de lo
anterior deberá presentar: Poder notarial para actos de administración del representante legal. Identificación oficial del Representante Legal. Registro Federal de Contribuyentes del Representante Legal. Clave Única de Registro de Población del Representante Legal.
www.imss.gob.mxInicio
Contacto y DirectoriosMapa del Sitio
EnglishCAPTURA DE DATOS
Solicitud de Número de Registro PatronalPersonas Fisicas en el Régimen Obligatorio
Datos Opcionales (*)
Fecha de presentación de este aviso
Fecha a partir de la cualsurte efectos este movimiento
Datos generales del patrón o sujeto obligadoApellido paterno
Apellido materno
Nombre (s) RFC
CURP Nombre Comercial
Domicilio fiscalCalle Número y/o letra exterior Número y/o letra interior Entre la calle de Y la calle de Entidad Federativa
Municipio o Delegación Código Postal
09-04-2013
Colonia Localidad
Teléfono fijo conclave de largadistancia (*)
Extensión(*)
Teléfono fijo2 conclave de largadistancia (*)
Extensión(*)
Dirección de correoelectrónico (*) Representante legalPoder para Actos de administraciónApellido paterno
Apellido materno
Nombre(s) RFC CURP Teléfono fijo con clave de largadistancia(*)
Extensión(*)
Teléfono móvil con clave de largadistancia (*)
Dirección de correo electrónico (*)
Datos del centro de trabajo por el que solicita el registro patronalDomicilio Si es el mismo que el domicilio fiscalCalle Número y/o letra exterior
Número y/o letra interior
Entre la calle de Y la calle de Entidad Federativa
Municipio o Delegación Código Postal
Colonia Localidad
Teléfono fijo conclave de largadistancia (*)
Extensión(*)
Teléfono fijo2 conclave de largadistancia (*)
Extensión(*)
Dirección de correoelectrónico (*)
Datos de las personas autorizadas para presentar avisos de afiliación (hasta 3) Apellido paterno
Apellido materno
Nombre(s) RFC (*)CURPTeléfono fijo conclave de largadistancia(*)
Extensión(*)
Teléfono móvil con clave de largadistancia (*)
Dirección de correo electrónico (*)
Ap. Paterno
Ap. Materno Nombre(s) RFC CURP Teléfono
fijo Extensión Teléfono movil
Correo Electronico
Clasificación de actividad económica para el registro en el Seguro de Riesgos de Trabajo, manifestada por el patrón
Especificar su Giro
Presta servicios de personal
Indique el número de centros de
trabajo
Solicita Registro Patronal por Clase:
El Registro Patronal por Clase aplica únicamente para empresas "outsourcing" o prestadoras de servicio de personal, e implica cumplir con las disposiciones establecidas en los artículos 15 A y 75, de la Ley del Seguro Social, y proporcionar la información descrita en los numerales 74, 75, y 76, del Instructivo de llenado del formato ARP Sólo podrá marcar este campo de Registro Patronal por Clase al acudir a la subdelegaciónClasificación conforme al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación,
Clasificación de Empresas, Recaudación y FiscalizaciónClasificación Clave DescripciónDivisión Económica
Grupo
Fracción
Clase:Prima Media:
Datos de la actividad económica que declaró
Principales productos elaborados o servicios prestados (máximo diez)
Descripción
Descripción
Principales materias primas y materiales utilizados (máximo diez)
Descripción
Descripción
Maquinaria y equipos utilizados [excepto equipo de transportes] Número de Unidades Nombre
Uso Capacidad o Potencia
Tipo
# Nombre Uso Capacidad TipoEquipos de transporte utilizado Número de Unidades Nombre
Uso Capacidad o Potencia
Combustible o Energía # Nombre Uso Capacidad TipoProcesos de trabajo de la actividad del patrón o sujeto obligado
Procesos Iniciales (Descripción)
Procesos Intermedio (Descripción)
Procesos Finales (Descripción)
Personal Número de Trabajadores
Oficio u ocupación
# Oficio u ocupaciónActividades complementarias a la principalDistribución o entrega de mercancías
Con transporte propio Servicios de instalación, reparación o mantenimiento para otras personas.
Con transporte ajeno No distribuye, ni entrega
mercancías
TRÁMITE DEL DISPOSITIVO MAGNÉTICO
Introducción Dispositivos magnéticos o Módulo de afiliación del SUA:
Trámite: (a través de dispositivos magnéticos-DISPMAG (Descargas) o módulo de afiliación del SUA):
Reingresos, Modificaciones de salario y Bajas
Tiempo de respuesta:
El mismo día
Usuarios:
Patrón o representante legal
Requisitos y comprobantes a obtener:
Entrega de dispositivo, listado de respaldo y Forma AFIL-10 "Aviso para presentar reingresos, modificaciones y bajas mediante Dispositivo Magnético.
El patrón recibe dispositivo magnético, reporte de movimientos operados, reporte de errores, cifras control y factura.
Lugar del trámite:
Oficinas administrativas o Departamento de Afiliación y Vigencia de la Subdelegación de control del patrón.
Horario de atención:
De 8:00 a 15:30 hrs.
Fundamento legal:
Ley del Seguro Social: Artículos 15, 27, 28, 34
Reglamento de Afiliación: Artículos 3, 4, 16, 21, 25
Observaciones:
Las altas, reingresos y bajas se deberán presentar en un plazo máximo de 5 días hábiles. En los dos primeros casos, a partir del inicio de la relación de trabajo. En el tercer caso a partir del día siguiente del término de la relación de trabajo.
Las modificaciones de salario deberán presentarse en los siguientes plazos:
Tratándose de salarios fijos en un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha en que cambie el salario. También podrán presentarse el día hábil anterior al que surte efectos la modificación.
Para salarios variables, dentro de los primeros 5 días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
En caso de salarios de naturaleza mixta, si es el elemento variable el que se modifica, dentro del plazo previsto en el párrafo anterior; cuando sea el elemento fijo, dentro de un plazo de 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió el cambio.
También se pueden presentar un día hábil anterior al cambio.
En caso de acciones u omisiones de los patrones, considerados como infracciones a la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, se sancionarán de acuerdo a lo previsto en la propia Ley.
Los patrones que presenten en una sola exhibición 5 o más movimientos de afiliación, deberán hacerlo a través de dispositivo o telecomunicación.
El patrón deberá presentar un dispositivo por cada registro patronal.
Las especificaciones técnicas de los dispositivos para la presentación de movimientos, serán proporcionadas en los Servicios de Afiliación Vigencia de la Subdelegación respectiva.
DISPMAG (Descargas)
RÉGIMEN VOLUNTARIO
Los asegurados del punto 5 tienen sus períodos de aseguramiento, cotizan y se controlan del mismo modo que los del régimen obligatorio, pero los demás cotizan por anualidades anticipadas y tienen el inicio de servicios médicos el primer día del mes siguiente al de la inscripción. La base de cotización es de un salario mínimo del D. F. excepto los de los puntos 2 y 5, que su base de cotización es su salario real. En todos los casos se aplican restricciones por
enfermedades preexistentes y excluyentes de aseguramiento, las cuales están contenidas en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. La continuación voluntaria al régimen obligatorio es para aquellos trabajadores que han dejado de pertenecer al régimen obligatorio por carecer de una relación laboral, pero desean continuar cotizando para acumular semanas para cumplir los requisitos para obtener el derecho a una pensión.
No comprende servicios médicos, por lo que si el interesado desea continuar acumulando semanas y adicionalmente quiere tener derecho a la atención médica del IMSS, deberá contratar además de la continuación voluntaria al régimen obligatorio, el Seguro de Salud para la Familia. El Régimen Voluntario comprende el Seguro de Salud para la Familia, que permite al interesado contratar los servicios médicos del Instituto, en este caso no hay beneficiarios legales, sino que cada miembro de la familia debe aportar sus cuotas cotizando cada individuo según su rango de edad, por anualidad anticipada y el inicio de servicios es el primer día del mes siguiente al de la contratación.
RÉGIMEN VOLUNTARIO
Comprende a las siguientes modalidades con los seguros que se indican:
1. Los trabajadores en industrias familiares, y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie) Invalidez y Vida Retiro y Vejez
2. Los trabajadores domésticos y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Riesgos de Trabajo (sólo prestaciones en especie) Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie) Invalidez y Vida Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
3. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie) Invalidez y Vida Retiro y Vejez
4. Los Patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Riesgos de Trabajo Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie) Invalidez y Vida Retiro y Vejez
5. Los trabajadores al servicio de las Administraciones Públicas de la Federación, Entidades Federativas y Municipios que estén excluidos o no comprendidos en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Riesgos de Trabajo Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie) Invalidez y Vida Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez