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REPUBLICA DE COLOMBIA £ " 'e ldei 2ZS MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL RESOLUCIÓN NÚMERO : 11987 DE 2017 14 JUN 2017 Por la cual se Liquida Unilateralmente el Contrato de Aporte No. 501 de 2014, celebrado entre el Ministerio de Educación Nacional - MEN y la Unión Temporal Nutrillano. EL VICEMINISTRO, DE EDUCACIÓN PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA En ejercicio de las facultades legales conferidas por la Constitución Politica, el articulo 12 de la Ley 80 de 1993, el articulo 11 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 0147 del 31 de enero de 2017, debidamente posesionado, facultado para liquidar contratos conforme a la Resolución número 0040 del 06 de enero de 2017 y. CONSIDERANDO Que el articulo 209 de la Constitución Politica establece que la "función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...)" Que el Ministerio de Educación Nacional en cumplimiento de su misión institucional, celebró con la Unión Temporal Nutrillano (constituida por la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA DEL RESTAURANTE ESCOLAR GENERAL SANTANDER DEL MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO con un porcentaje de participación del 95% y la CORPORACIÓN HORIZONTE con un porcentaje de participación del 5%). el Contrato de Aporte No. 501 de 2014, cuyo objeto fue "Implementar el Programa de Alimentación Escolar, a través del cual se brinda un complemento alimentario a los' niños, niñas y adolescentes de la matricula oficial, en el departamento de Meta, durante el segundo semestre del año 2014, acorde con los lineamientos técnico administrativos y estándares del programa de alimentación escolar del Ministerio de Educación Nacional". / Que de acuerdo al desarrollo del contrato las condiciones generales del mismo fueron las siguientes: ' pervisor: Mattha Elena Herrera Cifuentes Valor inicial: S746.574624 Fecha de Inicio: 12 de agosto de 2014 Fecha de Terminación: 15 de diciembre de 2014 / Valor total Ejecutado: S746.574.624 Saldo del Contrato: S20.738.184 Garantia de Cumplimiento: Que de conformidad con el Estado Presupuestal del Contrato el Balance Financiero del mismo fue el siguiente: Concapto Valor Valor inktil dol contrato $ 45.574.6Z4 Valor Adcones $ Uboración de R.cursos $ - Valor Toial dat Contrato $ 746 574.624 Valor pagado $ 725138.440 Valor causado quo no se ha pagado (Vator a pagar Factura) $ Valor total 4su1ado $ Valor pagado + Valor causado no pagado $ Saldo del contrato Valor Totil del Contrato - Valor Total Eiocutado $ *131.164 Valor aRatntograr por ELCONTRATlSTA $

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REPUBLICA DE COLOMBIA

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2ZS

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

RESOLUCIÓN NÚMERO : 11987 DE 2017

14 JUN 2017 Por la cual se Liquida Unilateralmente el Contrato de Aporte No. 501 de 2014, celebrado entre el

Ministerio de Educación Nacional - MEN y la Unión Temporal Nutrillano.

EL VICEMINISTRO, DE EDUCACIÓN PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA

En ejercicio de las facultades legales conferidas por la Constitución Politica, el articulo 12 de la Ley 80 de 1993, el articulo 11 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 0147 del 31 de enero de 2017, debidamente posesionado, facultado para liquidar contratos conforme a la Resolución número 0040 del 06 de enero de 2017 y.

CONSIDERANDO

Que el articulo 209 de la Constitución Politica establece que la "función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...)"

Que el Ministerio de Educación Nacional en cumplimiento de su misión institucional, celebró con la Unión Temporal Nutrillano (constituida por la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA DEL RESTAURANTE ESCOLAR GENERAL SANTANDER DEL MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO con un porcentaje de participación del 95% y la CORPORACIÓN HORIZONTE con un porcentaje de participación del 5%). el Contrato de Aporte No. 501 de 2014, cuyo objeto fue "Implementar el Programa de Alimentación Escolar, a través del cual se brinda un complemento alimentario a los' niños, niñas y adolescentes de la matricula oficial, en el departamento de Meta, durante el segundo semestre del año 2014, acorde con los lineamientos técnico administrativos y estándares del programa de alimentación escolar del Ministerio de Educación Nacional". /

Que de acuerdo al desarrollo del contrato las condiciones generales del mismo fueron las siguientes: '

pervisor: Mattha Elena Herrera Cifuentes Valor inicial: S746.574624 Fecha de Inicio: 12 de agosto de 2014

Fecha de Terminación: 15 de diciembre de 2014 / Valor total Ejecutado: S746.574.624 Saldo del Contrato: S20.738.184 Garantia de Cumplimiento:

Que de conformidad con el Estado Presupuestal del Contrato el Balance Financiero del mismo fue el siguiente:

Concapto Valor

Valor inktil dol contrato $ 45.574.6Z4

Valor Adcones $

Uboración de R.cursos $ -

Valor Toial dat Contrato $ 746 574.624

Valor pagado $ 725138.440 Valor causado quo no se ha pagado (Vator a pagar Factura) $

Valor total 4su1ado $ Valor pagado + Valor causado no pagado

$ Saldo del contrato

Valor Totil del Contrato - Valor Total Eiocutado

$ *131.164

Valor aRatntograr por ELCONTRATlSTA $

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RESOLUCIÓN NUMERO 1. ji3i DE 2017 HOJA No, 2

Que de acuerdo con el antenor estado de cuenta, el saldo a liberar a favor del MEN, Contrato d Aporte No. 501 de 2014, es la suma de VEINTE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO PESOS ($20.738.184). que se encuentra amparada de la siguiente manera:

Rubro 1 C.630.710-2 1 CDP 140114 Conpromlso 0 14 6810 Centros de 1 1 Valor j $20738184 Presupuostal 1 No. 1 RegIstro 1 costo 1liberar 1 Fuente de Recursos MEN 1 Total a

liberar $20738184

Que al no haberse ejecutado la suma de VEINTE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO PESOS ($20.738.184) durante la vigencia 2014, la misma ya expiró tal y como lo prevé el articulo 7 del Decreto 4836 de 2011- Estatuto Orgánico de Presupuesto.

Que, según el Informe Final presentado por Martha Elena Herrera Cifuentes, en su calidad de supervisora del Contrato de Aporte No. 1507 de 2013, y la solicitud de liquidación presentada por Diana Marcela Rueda Salvador, Subdirectora de Permanencia, el contrato se ejecutó hasta la fecha de terminación y el saldo reflejado:en el balance financiero corresponde que en algunas instituciones no hubo actividad académica durante algunos dias, lo que implica una disminución de raciones entregadas.

Que igualmente la supervisora dejó constancia en su informe, que durante la ejecución del contrato verificó el cumplimiento por parte el contratista, de las obligaciones relacionadas con el Sistema de Seguridad Social Integral.

Que teniendo en cuenta lo anterior, la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional proyectó el acta de liquidación del Contrato de Aporte No. 501 de 2014 para la firma de las partes, teniendo como fundamento el Informe Final de Supervisión y la Solicitud de Liquidación presentada a la Subdirección de Contratación con radicado 2016-IE-048377.

Que el proyecto de Acta de Liquidación fue enviado el 05 de abril de 2017 mediante radicado 2017-EE-059291, mediante correo fisico a la Carrera 24 No. 3913-1 8, barrio el Emporio en Villavicencio, dirección registrada por el contratista para efectos de notificaciones. Adicionalmente, se fijó como plazo máximo para la suscripción y posterior envio a la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional, un término de cinco (5) días hábiles a partir del recibo, informado que que en el evento en que el acta no fuese firmada y enviada a la Subdirección de Contratación en el término plasmado, o no se allegasen las observaciones a la misma, se adelantaría la liquidación del contrato de manera unilateral.

Que segün gula PC000219079C0 de la empresa 4-72 Servicios Postales Nacionales S.A., el proyecto de acta de liquidación fue devuelto por la causal "cerrado, y se desconoce otra dirección de notificación.

Que adelantada la gestión para realizar la liquidación del Contrato de Aporte No, 501 de 2014 de manera bilateral, y al no existir manifestación alguna por parte del contratista, el Ministerio de Educación Nacional procede a la liquidación unilateral.

Que el articulo 11 de la Ley 1150 de 2007, tratándose del plazo para la liquidación de los contratos estatales, estipuló lo siguiente:

Articulo 11. Del plazo para la liquidación de los contratos. La liquidación de los contratos se hará de mutuo acuerdo dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o dentro del que acuerden las paiíes para el efeejo. De no existir tal témlino. la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o e la fecha del acuerdo que la disponga.

En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que_le haja la entidad, o las oartes no lleauen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidpr en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 136 del C. C. A.

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RESOLUCIÓN NUMERd 11987

DE 2017 HOJA No. 3

Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liauidación. la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos años siguientes al vencimiento del término a que se refieren los incisos anteriores, de mutuo acuerdo o umlateraimento. sin perjuicio de lo nrevisto en el artIculo 136 del C. C.

Los contratistas tendián derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo p:ocederá en relacón con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo.

Que conforme a lo anterior, es procedente la expedición del presente acto administrativo.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

PRIMERO: Liquidar Unilateralmente el Contrato de Aporte No. 501 de 2014, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL - MEN y la UNIÓN TEMPORAL NUTRILLANO, con NIT 900.576.293-8, cuyo objeto fue 'Implementar el Programa de Alimentación Escolar, a través del cual se brinda un complemento alimentario a los niños, niñas y adolescentes de la matricula oficial, en el departamento de Meta, durante el segundo semestre del año 2014, acorde con los lineamientos técnico administrativos y estándares del programa de alimentación escolar del Ministerio de Educación Nacional°, con el siguiente Balance Financiero:

Vaot VAO Micul * OOO $ 74457&$Z4

$

'V~ ToU4 del Coago $ V4S474.R4

ato pagado $ o. coalado q'.. no n 110 pOgado

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o pd.pgcae poo It. cOI4RAU3TA 11

SEGUNDO: Notificar, del contenido del presente acto administrativo a la Unión Temporal Nutrillano, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,

TERCERO: Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) dlas hábiles siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso.

CUARTO: Una vez en firme, remitir copia del presente acto administrativo y de la constancia de notificación y ejecutoria a la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional para lo de su competencia

QUINTO: Publicar el contenido del presente acto administrativo en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP. www.colombiacomoraaov.co.

SEXTO: El presente Acto Administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C. a los 14 JIJN 21117 NOTIFiQUEE, PUBLiQUESY CÚMPLASE

PABL JARAMtI1O.QUINTERO 'Vicemstrode \ducación Preescolar,

lo ca y Media

Proyectó: Jéssika Andrea MerchAn Lópe,. Revsó Hernán Lozano Toana Aprebó: St&Ia Qutones 8enavtdes

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®M1NEDUCACIÓN TODOSPORUN NUEV-. pps,

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONA1-013,142017 4:3434 PM Al conMLMQ&ANDi?.iE.onM FOL:O ANEX:O Otgen: sURGEtaønitotac6n DesUno: Unidad de AtcniÓn el Ciudadano 1 DORA INES OJEDA RONCANdO Aaunto: RESOLUCION POR tA CUAL SE UOtJIDA UNILATERALMENTE

DE : STELLA QUINNES'BEN1WIUES Subdirectora de contratación

PARA : DORA INÉS OJEDA RONCANCIO Asesora Unidad de Atención al Ciudadano

ASUNTO : Notificación de actos administrativos proceso contratación

FECHA : 14 de junio de 2017

Cordial saludo,

Me permito adjuntar el acto administrativo relacionado en el siguiente cuadro, para su numeración y debida notificación:

No. ADMINISTRATIVO ANEXOS DATOS NOTIFICACIÓN -

CONTRATISTA: ASOCIACIÓN SWEET FOOD

PERSONA A NOTIFICAR: STEELE BOWOEN ADLIN

Resolución por la cual se liquida DIRECCIÓN: unilateralmente el contrato No. 3 folios Carrera 3 No. 00-47 barrio Obrero. Archipiélago de San 760 de 2014. Andrés

E-MAIL: ASSWEETF000©YAHOO.COM

TELÉFONO: SIN

Una vez del tad ite, copia del mencionado documento de sebe remitir a esta Subdirección.

S1:a.LA DES

/O Proyectó: Jéssika Andrea Merchin LÓ

A

,Revisó: He

Calle 43 N 57-14 Centro Administrativo Nacional. CAN, Bogotó, D.C. PBX: +57 (1) 222 2800. Fax 222 4953

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