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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 a DE COLOMBIA GOBIEPNO t z ) MININTEPIOR MINISTERIO DEL INTERIOR 1 O 4 3 1 2 OCT 2018 CERTIFICACIÓN NÚMERO - - - DE "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a rearizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el articulo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 del 28 de agosto de 2018, y Acta de Posesión del 28 de agosto de 2018 y, CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 04 de octubre de 2018, el oficio con radicado externo EXTMI18-41063, por medio del cual la señora MAOLA BARRIOS ARRIETA, identificado con cédula de ciudadanía No. 64.566.408, en calidad de Coordinadora GIT Social de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA - ANI, con NIT. 830125996-9, solicita certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORIA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURIDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca. A continuación se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación: on -- l -- ... ..., ., ..~ - — —. - -- .14W~ Wi al 11.1.A - --- - 1' —. ,,,, , ..... "C _ W l entszaide 4 ,- _ -- _. . ,-,.. .. 4., ....„. . _. .._ ... Fuente: Suminist ada por el solicitante' radicado e orno EXTM118-41063 del 04 de octubre de 2018. Página 1 de 6

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REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP-2500

a DE COLOMBIA GOBIEPNO

tz) MININTEPIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR

1 O 4 3 1 2 OCT 2018 CERTIFICACIÓN NÚMERO - - - DE

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a rearizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el articulo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 del 28 de agosto

de 2018, y Acta de Posesión del 28 de agosto de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 04 de octubre de 2018, el oficio con radicado externo EXTMI18-41063, por medio del cual la señora MAOLA BARRIOS ARRIETA, identificado con cédula de ciudadanía No. 64.566.408, en calidad de Coordinadora GIT Social de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA - ANI, con NIT. 830125996-9, solicita certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORIA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURIDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca.

A continuación se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

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Fuente: Suminist ada por el solicitante' radicado e orno EXTM118-41063 del 04 de octubre de 2018. Página 1 de 6

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1043. • DE _un

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, ii) cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca, iii) fotocopia de la cédula de ciudadanía de la solicitante, y iv) un (1) CD con shape del área del proyecto.

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (ANT 2018), ji) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (ANT 2018), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2018), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2018), y) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2018).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 04 de octubre del 2018 en el cual se estableció lo siguiente:

"Concepto técnico 1:

Se digitalizó en la base de datos de la Dirección de Consulta Previa las coordenadas del área aportada por el solicitante, en coordenadas planas origen oeste del Datum Magna, para el proyecto "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ".

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2018 lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción de los Municipios de JAMUNDÍ, VILLA RICA, Departamento de VALLE DEL CAUCA, por lo tanto, es posible continuar con el trámite de la solicitud.

ACTIVIDADES

El proyecto localizado en el Departamento del Cauca y Valle del Cauca, corresponde al doblamiento de la

calzada existente partiendo de la Ye de Villa Rica (Ruta2504) a la altura del intercambiador PR 91+217 y

se dirige de oriente a occidente, hasta finalizar en el municipio de Jamundí, aproximadamente a la altura

del PR 104+252 en la calzada derecha, y en el PR 104+260 en la calzada Izquierda. En este punto final, se

proyecta una Glorieta que servirá corno intersección para la transición de la doble calzada proyectada a

la calzada sencilla existente.

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VescrlocI ' ID Corredor

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FI alcance definido para este trama es la el doblamiento de calzada de la actual vía en el sector que va desde la Ye de Villa Rica a la altura del bite:temblador PR 91+217 y se dirige desde oriente a occidente, hasta finalizar en el municipio de larrundf, aprosimadamente a la altura del PR

Construcción de la segunda Calzada desde la Ye de Villa Rica hasta lamundil'i 104+252 en la calzada derecha, yen el PR 1041-260

en la calzada izquierda. En este punto, se Proyecta una Glorieta que servirá como intersección para la transición de la doble calzada proyectada a la calzada sencilla existente; ad como la operación y manteniudenio del corredor una vez finalizada la construcción.

Se resalta, que debido a la longitud del trazado proyectado en segunda calzada de aproximadamente

13,03 km de longitud, se tiene previsto desarrollar cuatro retornos, situados a aproximadamente a la

altura de los PR95+970, PF196+250, PR101+430 y PR101+730.

Como parte de las actividades propias que hacen parte de la construcción de la segunda calzada, se

Incluyen todas aquellas actividades asociadas para la ejecución del proyecto como son la construcción y/o

adecuación de instalaciones de apoyo (plantas industriales de trituración, asfalto y concreto, etc.) así

como los campamentos, centros de control y operación y las Zonas de Disposición de Materiales

Sobrantes y Estériles —ZODMES.

os. El proyecto también Incluye la operación y mantenimiento de la doble calzada una vez se termine su • construcción.

Cabe destacar que para la realización de este proyecto y conforme a lo establecida en el Decreto No. 1076 de 2015 en su articulo 2.2.2.5.1.g, numeral 20, parágrafo 2, como parte de la Estructuración, se radicó solicitud de pronunciamiento a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA, para determinar si las obras de construcción de la dable calzada podian ser consideradas como "Actividades de Mejoramiento". (Ver Anexo

El alcance propuesto para el corredor 3, corresponden a lo siguiente:

Concepto técnico 2:

Como resultado de la consulta de las bases de datos (espacial y no espacial) de comunidades étnicas con que cuenta la Dirección de Consulta Previa (relacionadas en el cuadro anterior) y del análisis cartográfico realizado a partir del cruce de dicha información con el proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", se evidenció que el proyecto de la referencia se traslapa con la siguiente comunidad étnica.

CONSEJO COMUNITARIO DEL CORREGIMIENTO DE SAN ISIDRO, registrado en las bases de datos de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombienes, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, con resolución 10-295 del 17 de marzo de 2010 y resolución 17-275 del 11 de diciembre de 2017; localizado en el municipio de Jamundl departamento del Valle de Cauca.

De acuerdo con lo anterior, se establece que se registra presencia de la comunidad étnica antes nombrada en el área de/proyecto "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ".

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no se registra presencia de Comunidades Indígenas, en el área del proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 3 . ..DE

12 OCT 2018

AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca.

A continuación se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

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Fue te: Sumini trada por el solicitante; radicado externo EXTMII8-41063 del 04 de octubre de

SEGUNDO. Que se registra presencia del CONSEJO COMUNITARIO DEL CORREGIMIENTO DE SAN ISIDRO, en el área del proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca.

A continuación se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

Fuente: Suministr da por el solicitante: radicada externo EXTM118-41063 del 04 de octubre de 2018..

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TERCERO. Que no se registra presencia de Comunidades Rom, en el área del proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LA YE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca.

A continuación se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartografico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la p esente certificación:

Fuente: Suminist ad por el solicitante: radicado externo EXTMI18-41063 del 04 de octubre de 2018.

CUARTO. La información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica especificamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI18- 41063 del 04 de octubre de 2018, para el proyecto: "CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 490 DE 2017 CELEBRADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EL CONSORCIO ICEACSA-BONUS, EL CUAL TIENE POR OBJETO "LA CONSULTORÍA ESPECIALIZADA PARA LA ESTRUCTURACIÓN INTEGRAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, PREDIAL, AMBIENTAL, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA, PARA EL PROYECTO DE APP DE INICIATIVA PÚBLICA NUEVA MALLA VIAL DEL VALLE DEL CAUCA". CORREDOR 3: CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DESDE LAVE DE VILLA RICA HASTA JAMUNDÍ", localizado en jurisdicción de los Municipios de Jamundí y Villa Rica, en el Departamento de Valle del Cauca.

A continuación se presenta el área objeto de certificación (mapa) cuyas coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente certificación:

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI18-41063 del 04 de octubre de 2018

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QUINTO. Conforme a lo anterior si la parte interesada decide ejecutar el proyecto de que trata esta certificación, deberá solicitar a la Dirección de Consulta Previa el inicio del proceso de consulta conforme a los lineamientos del artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y 7 de la ley 21 de 1991, el artículo 76 de la Ley 99 de 1993 y la Directiva Presidencial 10 de 2013

SEXTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

LUI FERNANDO STID S REYES Director de Consulta revia

Elaboró: Mg_ Marco L iva Takemiche Revisión Técnica: Carolina Ortiz - Área de Certificadon Revisión Juridlea: Nazly Luengas Peña VI,' Aprobó: Do Luis Fernando Esencias Reyes.

T.R.D. 2501225.44 EXTM118-41063

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