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1 REPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS DE VALORES Y A OTROS PARTICIPANTES DEL MERCADO, POR EL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016” Clave de Pizarra: AGCCK. Serie: 12. Fideicomiso: Fideicomiso Irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles número F/306916 de fecha 28 de junio de 2012, celebrado entre Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (anteriormente denominada NGEM México S. de R.L. de C.V., misma que previamente a su transformación, era AGC Controladora, S.A.P.I. de C.V.) como fideicomitente; HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su carácter de fiduciario; y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común de los Tenedores. Primer Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso: Con fecha 26 de agosto de 2013, se celebró el primer convenio modificatorio al Contrato de Fideicomiso entre Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (previamente denominada NGEM México S. de R.L. de C.V.) como fideicomitente; HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su carácter de fiduciario; y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común de los Tenedores. Segundo Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso: Con fecha 5 de mayo de 2014, se celebró el segundo convenio modificatorio al Contrato de Fideicomiso Irrevocable entre Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (antes NGEM México S. de R.L. de C.V., misma que previamente a su transformación, era AGC Controladora, S.A.P.I. de C.V.) como fideicomitente; HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su carácter de fiduciario; y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común de los Tenedores. Fiduciario: HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria. Fideicomitente: Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. Administrador: NGM, L.L.C., o cualquier otra persona que lo sustituya en términos del Fideicomiso y del Contrato de Administración. Representante Común: Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero. Fideicomisarios en Primer Lugar: Los Tenedores, respecto de las cantidades que tengan derecho a recibir de conformidad con los Certificados Bursátiles y el Contrato de Fideicomiso, representados para todos los efectos del Contrato de Fideicomiso por el Representante Común. NGM, L.L.C. ADMINISTRADOR HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria FIDUCIARIO Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero REPRESENTANTE COMÚN

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REPORTE ANUAL 2016

“REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

APLICABLES A LAS EMISORAS DE VALORES Y A OTROS PARTICIPANTES DEL MERCADO, POR EL EJERCICIO

TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016”

Clave de Pizarra: AGCCK. Serie: 12. Fideicomiso: Fideicomiso Irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles número

F/306916 de fecha 28 de junio de 2012, celebrado entre Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (anteriormente denominada NGEM México S. de R.L. de C.V., misma que previamente a su transformación, era AGC Controladora, S.A.P.I. de C.V.) como fideicomitente; HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su carácter de fiduciario; y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común de los Tenedores.

Primer Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso:

Con fecha 26 de agosto de 2013, se celebró el primer convenio modificatorio al Contrato de Fideicomiso entre Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (previamente denominada NGEM México S. de R.L. de C.V.) como fideicomitente; HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su carácter de fiduciario; y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común de los Tenedores.

Segundo Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso:

Con fecha 5 de mayo de 2014, se celebró el segundo convenio modificatorio al Contrato de Fideicomiso Irrevocable entre Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (antes NGEM México S. de R.L. de C.V., misma que previamente a su transformación, era AGC Controladora, S.A.P.I. de C.V.) como fideicomitente; HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su carácter de fiduciario; y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común de los Tenedores.

Fiduciario: HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria.

Fideicomitente: Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. Administrador: NGM, L.L.C., o cualquier otra persona que lo sustituya en términos del

Fideicomiso y del Contrato de Administración. Representante Común: Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero. Fideicomisarios en Primer Lugar:

Los Tenedores, respecto de las cantidades que tengan derecho a recibir de conformidad con los Certificados Bursátiles y el Contrato de Fideicomiso, representados para todos los efectos del Contrato de Fideicomiso por el Representante Común.

 

NGM, L.L.C.

ADMINISTRADOR

HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División

Fiduciaria

FIDUCIARIO

Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero

REPRESENTANTE COMÚN

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Fideicomisario en Segundo Lugar:

Significa NGM, L.L.C., respecto a las cantidades que tenga derecho a recibir de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso.

Depositario: S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V. Bolsa en que se encuentran listados:

Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.

Tipo de Valor: Certificados bursátiles fiduciarios de los denominados “Certificados de Capital de Desarrollo”, a los que se refiere el Artículo 7, fracción II, inciso c) de la Circular Única de Emisoras y la disposición 4.007.03 del Reglamento Interior de la BMV, emitidos por el Fiduciario bajo el mecanismo de llamadas de capital conforme a lo establecido en la Cláusula Séptima del Fideicomiso, el Acta de Emisión, la LMV, la Circular Única de Emisoras y demás disposiciones aplicables, a ser inscritos en el RNV y listados en la BMV.

Valor Nominal: Sin expresión de valor nominal. Plazo de Vigencia de la Emisión de los Certificados Bursátiles de la emisión original:

10 (diez) años, equivalente a 3,652 (tres mil seiscientos cincuenta y dos) días aproximadamente; en el entendido que dicho plazo podrá ser prorrogada por 1 (un) periodo de 5 (cinco) años y 2 (dos) períodos adicionales de 2 (dos) años cada uno. Conforme a lo anterior, cualquier prórroga a la vigencia de la Emisión deberá ser aprobada por la Asamblea de Tenedores.

Fecha de Vencimiento de los Certificados Bursátiles:

3 de julio de 2022, en el entendido que la Asamblea de Tenedores podrá aumentar el plazo de la vigencia del Contrato de Fideicomiso, con el objeto de cumplir con los fines del mismo, prórrogas que podrán ser aprobadas (i) por un período adicional de 5 (cinco) años, y (ii) por 2 (dos) períodos adicionales de 2 (dos) años cada una; y serán aplicables igualmente a los títulos que amparen los Certificados Bursátiles.

Patrimonio del Fideicomiso: El Patrimonio del Fideicomiso estará integrado de la siguiente manera: (a) por la Aportación Inicial; (b) por el monto insoluto de los Compromisos Totales; (c) por los Recursos Netos que obtendrá el Fiduciario como producto de la Emisión Inicial de los Certificados Bursátiles; (d) por los Recursos Netos que obtendrá el Fiduciario como producto de las Emisiones Subsecuentes de los Certificados Bursátiles; (e) por los títulos representativos del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio que el Fideicomiso adquiera con motivo de las Inversiones, (f) otros títulos emitidos por los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio cuando se otorguen créditos puente y otros títulos convertibles en acciones (u otros derechos similares) representativas del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio en un plazo máximo de 5 (cinco) años a partir de la fecha en que se realice la Inversión de que se trate, así como por los derechos que a su favor se establezcan en los Contratos de Inversión y en los Contratos de Desinversión; (g) por los Flujos; (h) por las Inversiones Permitidas en que se invierta el Efectivo Fideicomitido y sus rendimientos; y (i) por las demás cantidades, bienes y/o derechos de que, actualmente o en el futuro, sea titular el Fiduciario por cualquier concepto de conformidad con el Fideicomiso o documentos relacionados.

Fines del Fideicomiso: Los Fines del Fideicomiso son los siguientes: (a) Que el Fiduciario reciba, conserve, mantenga y en su oportunidad, enajene la propiedad de los bienes y derechos que conforman el Patrimonio del Fideicomiso y distribuya y administre los recursos que ingresen al mismo, derivado de la Emisión o por cualquier otra causa, en cada una de las Cuentas de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso; (b) que el Fiduciario constituya la Reserva para Gastos y la Reserva para Gastos de Asesoría Independiente, y abra, administre y mantenga abiertas las Cuentas en las instituciones de crédito que el Comité Técnico le instruya, de conformidad con lo previsto

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en el Contrato de Fideicomiso; (c) que el Fiduciario realice la Emisión de los Certificados Bursátiles conforme a los términos y condiciones que al efecto le instruya el Comité Técnico, y efectúe los pagos que se establecen en el Título que ampare los mismos, así como que el Fiduciario realice (i) la Emisión Inicial, (ii) las Llamadas de Capital, y (iii) las Emisiones Subsecuentes; (d) que en términos de la LMV y demás disposiciones aplicables, el Fiduciario suscriba los documentos y realice los actos necesarios a fin de llevar a cabo la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles, incluyendo, sin limitar, el Acta de Emisión, el Título que ampare los Certificados Bursátiles, el Contrato de Administración y el Contrato de Colocación, y solicite y obtenga de la CNBV, la BMV, el Indeval y cualquier otra Autoridad, las autorizaciones necesarias para llevarlas a cabo; (e) que el Fiduciario, previa instrucción por escrito del Fideicomitente, celebre con el Intermediario Colocador el Contrato de Colocación conforme a los términos y condiciones que al efecto le instruya, y cumpla con las obligaciones previstas en el mismo; (f) que el Fiduciario celebre con el Administrador el Contrato de Administración y, previa aprobación del Comité Técnico, el Fideicomiso realice las Inversiones con cargo al Componente de Flujo, de conformidad con la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso; (g) conforme a los Contratos de Inversión, llevar cabo Inversiones en el capital de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio no listadas en bolsa al momento de la inversión, y participar en su consejo de administración u órgano equivalente, para promover su desarrollo, así como otorgarles financiamiento; (h) que el Fiduciario otorgue al Administrador un poder general para que éste realice las Inversiones y Desinversiones en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, y celebre los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión en nombre y por cuenta del Fideicomiso; en el entendido que, el Administrador estará sujeto a que previo a la realización de las Inversiones y Desinversiones en nombre y por cuenta del Fideicomiso, se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando éstas representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstas representen el 20% o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Período de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola; (i) que el Fiduciario celebre los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión y cumpla con los términos y condiciones previstos en los mismos; en el entendido que el Fiduciario estará sujeto a que previo a la celebración de los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión correspondientes, se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando las Inversiones y Desinversiones representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstas representen el 20% o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Período de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola; (j) que el Fiduciario invierta el Efectivo Fideicomitido depositado en las Cuentas en Inversiones Permitidas de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso; (k) que el Fiduciario contrate al Auditor Externo y, en su caso, lo sustituya de conformidad con las instrucciones que al efecto emita el Comité Técnico otorgadas en una sesión en la que los miembros designados por el

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Administrador que no sean Miembros Independientes, se abstendrán de votar respecto de dicho punto; (l) que el Fiduciario contrate al Valuador Independiente autorizado para efectos de lo dispuesto en la Cláusula Vigésima Segunda del Contrato de Fideicomiso y, en su caso, lo sustituya en cualquier momento y de acuerdo con los términos establecidos en el Contrato, de conformidad con las instrucciones que al efecto emita el Comité Técnico otorgadas en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, se abstendrán de votar respecto de dicho punto; (m) que el Fiduciario pague, con cargo al Patrimonio del Fideicomiso y hasta donde éste baste y alcance, todas las obligaciones a su cargo de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, el pago de las cantidades adeudadas a los Tenedores de conformidad con el Título que ampare Certificados Bursátiles, los Gastos de Emisión y Colocación, los Gastos de Mantenimiento y los Gastos de Inversión; (n) que el Fiduciario prepare y proporcione toda aquella información relevante relacionada con el Fideicomiso, que de conformidad con el Contrato de Fideicomiso, la LMV, la Circular Única de Emisoras, el Reglamento Interior de la BMV y las demás disposiciones aplicables, deba entregar a las Autoridades, a la BMV, al Comité Técnico, al Representante Común, a los Tenedores, a los Proveedores de Precios y al Valuador Independiente, a través de los medios establecidos para tal efecto y dentro de los plazos previstos en las mismas disposiciones, así como toda información que le sea solicitada o deba entregar de conformidad con el Contrato de Fideicomiso; (o) Que el Fiduciario, previas instrucciones del Comité Técnico, de la Asamblea de Tenedores o del Administrador, según corresponda en términos del Fideicomiso, tome las demás acciones o lleve a cabo los actos necesarios para el adecuado cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, incluyendo, sin limitar, la celebración de cualquier otro contrato o convenio, contratación de cualquier crédito o préstamo con cargo al Patrimonio del Fideicomiso, cuyos montos no deberán exceder en su conjunto del 30% del Patrimonio del Fideicomiso, y el retiro y depósito de cualquier cantidad en las Cuentas, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso; en el entendido que, la contratación de cualquier crédito a cargo del Patrimonio del Fideicomiso, estará sujeta a que previamente se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando éstos representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstos representen el 20% o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas operaciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un período de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola; (p) que en lo no previsto en el Contrato, el Fiduciario lleve a cabo o suscriba todos los actos que sean necesarios para el debido cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, de conformidad con las instrucciones del Comité Técnico; (q) que el Fiduciario otorgue los poderes generales o especiales que se requieran para la consecución de los Fines del Fideicomiso o para la defensa del Patrimonio del Fideicomiso de conformidad con lo dispuesto en el Contrato y con las instrucciones escritas que reciba del Comité Técnico y de conformidad con el Anexo “F” del Contrato de Fideicomiso; y (r) que una vez concluida la vigencia del Contrato de Fideicomiso y que se hayan cubierto todas las cantidades pagaderas bajo los Certificados, el Fiduciario distribuya los bienes, derechos y cualquier otro activo que forme parte del Patrimonio del Fideicomiso en ese momento, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso y dé por extinguido el Fideicomiso, otorgando al

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Fideicomitente el finiquito más amplio que en su derecho corresponda. El Fideicomitente reconoce que el Fiduciario no estará obligado a realizar acto alguno en contravención al Fideicomiso o a la regulación aplicable. Asimismo, las Partes acuerdan que el Fiduciario y el Administrador no serán responsables por aquellos actos que realicen en seguimiento de las instrucciones que el Comité Técnico o el Administrador, según sea el caso, les entreguen conforme a lo previsto en el Contrato de Fideicomiso.

Fecha de Pago: Significa cualquiera de las siguientes fechas en las que el Fiduciario deba pagar el Efectivo Distribuible a los Tenedores conforme al Contrato de Fideicomiso: (i) cualquier Fecha de Cálculo, (ii) el Día Hábil que el Fiduciario y/o el Administrador señalen como tal de conformidad con la Sección 12.2 del Contrato de Fideicomiso, y (iii) la Fecha de Vencimiento, en el entendido que si cualquiera de dichos días no es un Día Hábil, entonces la Fecha de Pago será el Día Hábil inmediato siguiente.

Lugar y forma de pago: Los montos pagaderos a los Tenedores de los Certificados Bursátiles se pagarán el día de la Fecha de Pago respectiva, y se llevarán a cabo mediante transferencia electrónica a través del Indeval, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Paseo de la Reforma No. 255 3er. Piso, Col. Cuauhtémoc, contra las constancias o certificaciones que para tales efectos expida el Indeval o contra la entrega del título cuando se trate de la amortización total o el último pago de principal.

Fuente de Pago: Los Certificados se pagarán exclusivamente con los recursos disponibles que integren el Patrimonio del Fideicomiso

Llamadas de Capital:

Significa la solicitud que realice el Fiduciario, de conformidad con las Instrucciones de Llamada de Capital que le entregue el Administrador, a efecto de que cada Tenedor que sea titular Certificados Bursátiles al cierre de operaciones de la Fecha de Registro correspondiente, suscriba y pague los Certificados Bursátiles que le corresponda suscribir de una Emisión Subsecuente mediante el pago de la Contribución Adicional.

Derechos que Confieren a los Tenedores:

Los Certificados Bursátiles darán a sus Tenedores el derecho a recibir, en estricto apego a lo dispuesto en el Fideicomiso, las Distribuciones a los Tenedores en cada Fecha de Pago, en términos de lo dispuesto en la Sección 12.2 del Fideicomiso. Asimismo, los Certificados otorgan a sus Tenedores los siguientes derechos de conformidad con las fracciones II, III y IV del Artículo 63 de la Ley de Mercado de Valores: (i) el derecho a una parte de los frutos, rendimientos y, en su caso, al valor residual de los bienes o derechos afectos con este propósito en el Fideicomiso; (ii) el derecho a una parte del producto que resulte de la venta de los bienes o derechos que formen el patrimonio fideicomitido; y (iii) a participar en una parte de los flujos o rendimientos de los bienes o derechos de la venta de bienes o derechos que forman parte del Fideicomiso, hasta el valor residual de los mismos.

Valuación de los Certificados Bursátiles:

Los Certificados Bursátiles deberán estar valuados por un Valuador Independiente. El Fiduciario deberá contratar por instrucciones del Comité Técnico, al Valuador Independiente, en sesión en la cual los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, deberán abstenerse de votar respecto de dicho asunto. La determinación del precio actualizado de valuación deberá llevarse a cabo cuando menos trimestralmente, con cifras del último Día Hábil correspondiente a los meses de abril, julio, octubre y enero (con datos al último día de marzo, junio, septiembre y diciembre) de cada año respectivamente, o bien, cuando se produzcan actos, hechos o acontecimientos que hagan variar significativamente la valuación de sus activos objeto de inversión, supuesto en el cual el Administrador deberá informar oportunamente al Representante Común para que éste a su vez informe a los Tenedores a través de EMISNET de tal circunstancia y al mercado en términos de la Ley

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del Mercado de Valores y de la Circular Única de Emisoras dentro de los 20 (veinte) Días Hábiles siguientes a la terminación de cada uno de los primeros trimestres del ejercicio social y dentro de los 40 (cuarenta) Días Hábiles siguientes a la conclusión del cuarto trimestre. Cuando se presenten hechos o acontecimientos que hagan variar significativamente la valuación de sus activos objeto de inversión, el Administrador deberá dar el aviso a que se refiere la Cláusula Décima del Fideicomiso, y el Valuador Independiente deberá basar su metodología en lineamientos internacionales para la valuación de capital privado y de riesgo, pudiendo utilizar al efecto, los Lineamientos Internacionales de Valuación de Capital privado y de riesgo, los reconocidos por la European Venture Capital Association (“Asociación Europea de Venture Capital” ó “EVCA”) o la Financial Accounting Standards Board (“Junta de Estándares de Contabilidad Financiera” o “FASB”), que incluyen de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes métodos: (i) valor contable, (ii) múltiplos de mercado, y (iii) flujos de efectivo descontados. Dichos Lineamientos pueden ser consultados por los inversionistas en el portal de internet http://www.privateequityvaluation.com/.

Régimen Fiscal: El Fideicomiso pretende estar sujeto al régimen contenido en los artículos 192 y 193 de la LISR, y en las reglas administrativas respectivas, por lo que, sujeto al cumplimento de los requisitos correspondientes, no tributaría conforme a lo señalado en el Artículo 13 de dicha ley. En ese caso, por los ingresos que obtenga el Fideicomiso, serán los Tenedores de los Certificados Bursátiles quienes causarán el impuesto sobre la renta que les corresponda en los términos de la LISR. Cuando los Tenedores sean personas físicas residentes en el país o personas residentes en el extranjero, la institución fiduciaria y/o los intermediarios financieros deberán retener el impuesto que proceda por el tipo de ingreso que les sea entregado, en los términos del Título IV o V de la LISR, respectivamente, o en su caso, conforme a lo dispuesto en los convenios para evitar la doble imposición fiscal celebrados por México con los países en que residan las personas residentes en el extranjero que reciban los ingresos. Respecto de la cesión de los Certificados Bursátiles que pudieran llevar a cabo los Tenedores, se debe atender a lo dispuesto por el Artículo 9 de la LISR, y considerar que la ganancia en la enajenación de los mismos califica como interés, toda vez que se encontrarán colocados entre el gran público inversionista. De conformidad con la LIETU, los ingresos por intereses, dividendos y/o ganancia en la enajenación de acciones de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio que genere el Fideicomiso no son objeto del impuesto empresarial a tasa única; no obstante lo anterior, se causará dicho impuesto en la medida en que participen Tenedores de los Certificados Bursátiles que sean residentes en México para efectos fiscales y que califiquen como integrantes del sistema financiero, o bien, su actividad exclusiva sea la intermediación financiera en los términos de dicha Ley, en cuyo caso los ingresos por concepto de intereses serían objeto de gravamen para dichos Tenedores.

“OBLIGACIÓN DE PAGO: NO EXISTE OBLIGACIÓN DE PAGO DE PRINCIPAL NI DE INTERESES EN TÉRMINOS DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES. LOS CERTIFICADOS PODRÍAN NO TENER RENDIMIENTO ALGUNO E INCLUSIVE SER ESTE NEGATIVO. LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES (I) OTORGAN EL DERECHO A RECIBIR PARTE DE LOS FRUTOS, RENDIMIENTOS Y, EN SU CASO, EL VALOR RESIDUAL DE LOS BIENES AFECTOS AL FIDEICOMISO, LOS CUALES SERÁN VARIABLES E INCIERTOS, (II) OTORGAN EL DERECHO A UNA PARTE DEL PRODUCTO QUE RESULTE DE LA VENTA DE LOS BIENES O

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DERECHOS QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO, CUYOS TÉRMINOS SERÁN VARIABLES E INCIERTOS, Y (III) PODRÍAN NO TENER LIQUIDEZ EN EL MERCADO. LOS CERTIFICADOS ÚNICAMENTE RECIBIRÁN DISTRIBUCIONES DERIVADAS DE LOS RENDIMIENTOS GENERADOS POR LAS INVERSIONES. ÚNICAMENTE SE PAGARÁN DISTRIBUCIONES EN LA MEDIDA QUE EXISTAN RECURSOS QUE INTEGREN EL PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO PARA DICHOS EFECTOS.” “LOS CERTIFICADOS ESTÁN SUJETOS AL MECANISMO DE LLAMADAS DE CAPITAL. SOLO LOS TENEDORES QUE SEAN TITULARES DE CERTIFICADOS EN LA FECHA DE REGISTRO QUE SE ESTABLEZCA EN LAS LLAMADAS DE CAPITAL, PODRÁN PAGAR LOS CERTIFICADOS SUBSECUENTES QUE SE EMITAN EN CADA EMISIÓN SUBSECUENTE CONFORME A SU COMPROMISO TOTAL. SI UN TENEDOR NO CUMPLE EN TIEMPO Y FORMA CON LAS CONTRIBUCIONES ADICIONALES DE LAS LLAMADAS DE CAPITAL Y NO PAGA LOS CERTIFICADOS SUBSECUENTES QUE SE COLOQUEN CONFORME A SU COMPROMISO, SE VERÁ SUJETO A UNA DILUCIÓN PUNITIVA, YA QUE EL MONTO QUE HAYA APORTADO DICHO TENEDOR AL FIDEICOMISO NO SERÁ PROPORCIONAL AL NÚMERO DE CERTIFICADOS QUE TENDRÁ DICHO TENEDOR DESPUÉS DE LA EMISIÓN SUBSECUENTE RESPECTO DE LA CUAL NO PAGO LOS CERTIFICADOS CONFORME A SU COMPROMISO.” “EXISTE LA POSIBILIDAD DE QUE UNO O MÁS DE LOS TENEDORES NO ATIENDAN A LAS LLAMADAS DE CAPITAL, LO QUE PUDIERA IMPEDIR EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE NEGOCIOS Y DEL PERIODO DE INVERSIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL PROSPECTO Y EN EL FIDEICOMISO, E INCIDIR NEGATIVAMENTE EN LA RENTABILIDAD DE LOS CERTIFICADOS. ESTE HECHO CONSTITUYE UN RIESGO ADICIONAL A AQUELLOS DERIVADOS DE LA INVERSIONES QUE REALICE EL FIDEICOMISO QUE SE ESTABLECEN EN EL PLAN DE NEGOCIOS Y EL PERIODO DE INVERSIÓN. NO OBSTANTE LA EXISTENCIA DE LAS DILUCIONES PUNITIVAS MENCIONADAS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR Y DE LA POSIBILIDAD DE TRANSFERIR LOS CERTIFICADOS A UN TERCERO QUE SI PUEDA ACUDIR A LA LLAMADA DE CAPITAL, NO EXISTE GARANTÍA ALGUNA EN QUE LAS LLAMADAS DE CAPITAL SERÁN ATENDIDOS EN TIEMPO Y FORMA. NO EXISTE OBLIGACION ALGUNA POR PARTE DEL FIDEICOMITENTE, EL ADMINISTRADOR, EL REPRESENTANTE COMÚN, EL FIDUCIARIO NI DE CUALESQUIERA DE SUS AFILIADAS O SUBSIDIARIAS DE CUBRIR EL FALTANTE QUE SE GENERE SI UN TENEDOR NO ATIENDE A LAS LLAMADAS DE CAPITAL.” “EL FIDEICOMISO EMISOR ES UN MECANISMO DE INVERSIÓN EN UN VEHICULO DE INVERSIÓN DE CAPITAL PRIVADO SIN ANTECEDENTES OPERATIVOS, QUE PUEDE NO ALCANZAR SUS OBJETIVOS DE INVERSIÓN Y QUE INVERTIRÁ PRINCIPALMENTE EN ENTIDADES PRIVADAS CUYA INFORMACIÓN ES LIMITADA, INCLUSIVE NO AUDITADA Y CON INFORMACIÓN PÚBLICA ESCASA. DICHA INVERSIÓN SE HARÁ CONJUNTAMENTE CON UN VEHÍCULO DE INVERSIÓN DE CAPITAL PRIVADO, AMBOS SIENDO ADMINISTRADOS POR NORTHGATE. LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES PODRÍAN NO TENER RENDIMIENTO ALGUNO E INCLUSIVE SER ESTE NEGATIVO. LA ESTRATEGIA DE INVERSIÓN IMPLICA CIERTOS RIESGOS QUE PODRÍAN AFECTAR EL VALOR DE LOS CERTIFICADOS, MISMOS QUE PODRÁN RESULTAR EN LA PERDIDA DE LA TOTALIDAD DEL CAPITAL INVERTIDO.” “LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES NO CUENTAN CON UN DICTAMEN SOBRE LA CALIDAD CREDITICIA DE LA EMISIÓN, EMITIDO POR UNA INSTITUCIÓN CALIFICADORA DE VALORES AUTORIZADA CONFORME A LAS DISPOSICIONES APLICABLES.” “NO EXISTE UN CALENDARIO PREESTABLECIDO PARA PODER REALIZAR LAS INVERSIONES Y DESINVERSIONES, POR LO TANTO, SE DESCONOCE LA FECHA EN LA QUE LOS TENEDORES RECIBIRÁN LAS DISTRIBUCIONES CORRESPONDIENTES.”

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“LAS PERSONAS PARTICIPANTES EN LA EMISIÓN, INCLUYENDO AL FIDUCIARIO, EL FIDEICOMITENTE, EL ADMINISTRADOR, EL INTERMEDIARIO COLOCADOR Y EL REPRESENTANTE COMÚN, NO TIENEN RESPONSABILIDAD ALGUNA DE PAGO DE LAS CANTIDADES ADEUDADAS BAJO LOS CERTIFICADOS, CON EXCEPCIÓN, EN EL CASO DEL FIDUCIARIO, DE LOS PAGOS QUE DEBA HACER CON CARGO AL PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO. EN CASO DE QUE EL PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO RESULTE INSUFICIENTE PARA PAGAR ÍNTEGRAMENTE LAS CANTIDADES ADEUDADAS BAJO LOS CERTIFICADOS, LOS TENEDORES DE LOS MISMOS NO TENDRÁN DERECHO ALGUNO QUE RECLAMAR A DICHOS PARTICIPANTES EN LA EMISIÓN.” Los Certificados Bursátiles fueron inscritos inicialmente con el No. 0173-1.80-2012-015 en el Registro Nacional de Valores y se encuentran listados en el listado correspondiente de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. La referida inscripción no implica certificación sobre la bondad de los valores, solvencia de la emisora o sobre la exactitud o veracidad de la información contenida en el presente reporte anual, ni convalida los actos que, en su caso, hubieren sido realizados en contravención de las leyes.

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ÍNDICEI. INFORMACIÓN GENERAL

1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y DEFINICIONES 2. RESUMEN EJECUTIVO 3. DOCUMENTOS DE CARÁCTER PÚBLICO

II. ESTRUCTURA DE LA OPERACIÓN

1. PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO 1.1 Evolución de los bienes, derechos o activos fideicomitidos, incluyendo sus

ingresos

1.2 Desempeño de los valores emitidos 1.3 Contratos y Acuerdos

2. CUMPLIMIENTO AL PLAN DE NEGOCIOS Y CALENDARIO DE INVERSIONES Y, EN SU CASO, DESINVERSIONES

3. VALUACIÓN 4. COMISIONES, COSTOS Y GASTOS DEL ADMINISTRADOR U OPERADOR 5. INFORMACIÓN RELEVANTE DEL PERIODO 6. OTROS TERCEROS OBLIGADOS CON EL FIDEICOMISO O LOS TENEDORES

DE LOS VALORES

7. ASAMBLEAS GENERALES DE TENEDORES 8. AUDITORES EXTERNOS 9. OPERACIONES CON PERSONAS RELACIONADAS Y CONFLICTOS DE

INTERÉS

III. EL FIDEICOMITENTE

1. HISTORIA Y DESARROLLO DEL FIDEICOMITENTE 2. DESCRIPCIÓN DEL NEGOCIO

2.1 Actividad principal 2.2 Canales de distribución 2.3 Patentes, licencias, marcas y otros contratos 2.4 Principales clientes 2.5 Legislación aplicable y situación tributaria 2.6 Recursos humanos 2.7 Información de mercado 2.8 Estructura corporativa 2.9 Descripción de los principales activos 2.10 Procesos judiciales, administrativos o arbitrales 2.11 Acciones representativas del capital social 2.12 Dividendos 2.13 Reestructuraciones societarias

3. ADMINISTRADORES Y ACCIONISTAS 4. ESTATUTOS SOCIALES Y OTROS CONVENIOS 5. AUDITORES EXTERNOS 6. OPERACIONES CON PERSONAS RELACIONADAS Y CONFLICTOS DE

INTERÉS

IV. INFORMACIÓN FINANCIERA

1. INFORMACIÓN FINANCIERA SELECCIONADA 2. INFORMACIÓN FINANCIERA SELECCIONADA DE LAS SOCIEDADES

RESPECTO DE LAS CUALES EL FIDEICOMISO INVIERTA O ADQUIERATÍTULOS REPRESENTATIVOS DE SU CAPITAL SOCIAL, QUE NO SE CONSOLIDEN EN LAINFORMACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMISO

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V. INFORMACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMITENTE

1. INFORMACIÓN FINANCIERA SELECCIONADA 2. COMENTARIOS Y ANÁLISIS DE LA ADMINISTRACIÓN SOBRE LOS

RESULTADOS DE OPERACIÓN Y SITUACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMITENTE

VI. PERSONAS RESPONSABLES

1. EL FIDUCIARIO 2. EL ADMINISTRADOR 3. EL REPRESENTANTE COMÚN VII. ANEXOS

1. ESTADOS FINANCIEROS DICTAMINADOS DEL FIDEICOMISO NÚMERO F/306916 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016

2. DICTAMEN DE VALUACIÓN EMITIDO POR 414 CAPITAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016

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I. INFORMACIÓN GENERAL 1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para los efectos del presente Reporte Anual, los términos que inician con mayúscula tendrán el significado que se les atribuye a continuación, mismos que serán aplicables tanto al singular como al plural de los términos definidos: TÉRMINOS DEFINICIONES

“Acta de Emisión” Significa el acta de emisión que el Fiduciario suscribió en relación con la Emisión, según se modifique, adicione o reforme periódicamente.

“Administrador” Significa NGM, L.L.C., o cualquier otra persona que lo sustituya en términos del Contrato de Fideicomiso y del Contrato de Administración. En adición a otras disposiciones del Contrato de Fideicomiso y del Contrato de Administración, el Administrador será responsable del control y la gestión de las Inversiones que realice el Fideicomiso, incluyendo el desarrollo e implementación de las estrategias de inversión del Fideicomiso y la propuesta al Comité Técnico de las decisiones importantes de inversión y financiamiento.

“Afiliada” Significa, respecto de cualquier Persona en particular, la Persona que, directa o indirectamente, Controle, sea Controlada o esté bajo Control común de dicha Persona.

“Aportación Inicial” Significa la cantidad que el Fideicomitente aportó al Patrimonio del Fideicomiso al momento de su constitución, consistente en la cantidad de $1.00 (un Peso 00/100).

“Aportación Mínima Inicial”

Significa la aportación que realizaron los Tenedores al Patrimonio del Fideicomiso en la Fecha de Emisión Inicial, mediante la adquisición de los Certificados Bursátiles Originales por el 20% del Compromiso Total de cada Tenedor.

“Asamblea de Tenedores”

Significa la reunión de Tenedores que en términos del Contrato de Fideicomiso, la LMV y la LGTOC, cumpla con los requisitos aplicables para ser considerada como tal.

“Asesor Legal Independiente”

Significa Basila Abogados, S.C.

“Auditor Externo” Significa PricewaterhouseCoopers, S.C., o cualquier otra persona que lo sustituya en términos del Contrato de Fideicomiso.

“Autoridades” Significa la CNBV, y cualquier otra autoridad con la que el Fiduciario necesite realizar alguna gestión conforme al Fideicomiso o a los Documentos de la Operación.

“BMV” Significa la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.

“Capital Semilla” Significa el tipo de capital privado consistente en financiamiento de empresas que no han establecido operaciones comerciales, y que están en la etapa de investigación y desarrollo de producto.

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“Certificados Bursátiles” o “Certificados”

Significa los certificados bursátiles fiduciarios (incluyendo los Certificados Bursátiles Originales y los Certificados Bursátiles Subsecuentes) de los denominados “Certificados de Capital de Desarrollo”, a los que se refiere el Artículo 7, fracción II, inciso c) de la Circular Única de Emisoras y la disposición 4.007.03 del Reglamento Interior de la BMV, a ser emitidos por el Fiduciario bajo el mecanismo de llamadas de capital conforme a lo establecido en la Cláusula Séptima del Fideicomiso, el Acta de Emisión, la LMV, la Circular Única de Emisoras y demás disposiciones aplicables, a ser inscritos en el RNV y listados en la BMV.

“Certificados Bursátiles Subsecuentes” o “Certificados Subsecuentes”

Significa los certificados bursátiles fiduciarios que sean emitidos por el Fiduciario por virtud de las Llamadas de Capital conforme a lo establecido en la Cláusula Séptima del Contrato de Fideicomiso, la LMV y demás disposiciones aplicables, con la intervención del Intermediario Colocador, en las Fechas de Emisión Subsecuentes, que sean inscritos (mediante la correspondiente actualización de la inscripción de los Certificados Bursátiles) en el RNV y listados en la BMV; en el entendido que los Certificados Subsecuentes incluirán (i) el monto de Certificados Originales suscritos y pagados, y (ii) el monto de Certificados Subsecuentes suscritos y pagados en Emisiones Subsecuentes anteriores.

“Certificados Bursátiles Originales” o “Certificados Originales”

Significa los certificados bursátiles fiduciarios colocados por el Fiduciario en la Fecha de Emisión Inicial conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso y, en términos de la LMV y demás disposiciones aplicables, a ser inscritos en el RNV y listados en la BMV.

“Circular 1/2005” Significa las “Reglas a las que deberán sujetarse las instituciones de crédito; casas de bolsa; instituciones de seguros; instituciones de fianzas, sociedades financieras de objeto limitado y la Financiera Rural, en las operaciones de fideicomiso”, emitidas por el Banco de México de fecha 17 de junio de 2005.

“Circular Única de Emisoras”

Significa las “Disposiciones de Carácter General aplicables a las Emisoras de Valores y a otros Participantes del Mercado de Valores”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de marzo de 2003, según las mismas han sido y sean modificadas.

“CNBV” Significa la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

“Comisión de Administración”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 9.7 del Fideicomiso.

“Comisiones por Incumplimiento”

Significa las comisiones que deberán pagar, antes de la terminación del Período de Cura, los Tenedores (u otros terceros que adquieran Certificados con posterioridad a la Fecha de Registro correspondiente), como resultado del incumplimiento a sus obligaciones derivadas de las Llamadas de Capital con la finalidad de subsanar dicho incumplimiento, mismas que serán calculadas con base en la fecha en la cual el incumplimiento haya ocurrido y la fecha que el pago correspondiente sea realizado.

“Comisiones por Servicios Adicionales”

Significan las comisiones que reciba el Administrador por la prestación a los Vehículos de Inversión del Portafolio y a las Compañías del Portafolio de servicios adicionales a los establecidos en el Contrato de Fideicomiso y en el Contrato de Administración, entre los cuales se encuentran, de manera enunciativa, más no limitativa, Servicios de Banca de Inversión, cierre de operaciones, asesoría, consultoría y monitoreo; en el entendido que las

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retribuciones y/o reembolso de gastos que reciban los miembros del Administrador por su participación en los consejos de administración y como funcionarios de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, no serán consideradas como Comisiones por Servicios Adicionales.

“Comité Técnico” Significa el órgano creado en términos del Artículo 80 de la LIC de conformidad con la Cláusula Décima Séptima del Contrato de Fideicomiso.

“Compañías del Portafolio”

Significan las sociedades que cumplan con los Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio y con las Políticas de Inversión (incluyendo las subsidiarias en las que invierta la Sociedad Controladora conforme al Contrato de Fideicomiso), y en las que el Fideicomiso invierta el Componente de Flujo, las cuales deberán estar constituidas, y ser residentes para efectos fiscales, en México.

“Componente de Flujo” Significa el flujo de efectivo que sea depositado en la Cuenta de Flujo que estará disponible para ser invertido en los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio.

“Componente de Flujo Invertido”

Significa, en cualquier fecha, una cantidad equivalente a la porción del Componente de Flujo que haya sido efectivamente pagada como contraprestación de las Inversiones (sin actualizaciones de ningún tipo) que, en dicha fecha, aún no hayan sido objeto de Desinversión (incluyendo los Gastos de Inversión relativos a dichas Inversiones), así como los montos comprometidos o reservados, y aprobados por el Comité Técnico para ser destinados a realizar Inversiones Adicionales en los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio.

“Compromiso del Fideicomitente”

Tiene el significado que se atribuye a dicho término en la Sección 3.2 del Fideicomiso.

“Compromiso por Certificado”

Significa el número de Certificados Bursátiles a ser emitidos en una Emisión Subsecuente que un Tenedor debe suscribir por cada Certificado del que sea titular en la Fecha de Registro correspondiente, que se determinará según se describe en la Sección 7.7.1 del Fideicomiso.

“Compromisos de Capital”

Significa el Monto de Inversión que se aportará en cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio, que sea aprobado por el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso (de requerirse la aprobación de dichos órganos según el porcentaje que represente el Monto de Inversión), el cual deberá estar pactado en los Contratos de Inversión; en el entendido que, dicho Monto de Inversión podrá ser aportado por el Fideicomiso a los Vehículos de Inversión del Portafolio en varias exhibiciones conforme a las llamadas de capital que realicen éstos, directa o indirectamente a través de la Sociedad Controladora.

“Compromiso Total” Tiene el significado que se atribuye a dicho término en la Sección 7.2 del Fideicomiso.

“Contribuciones Adicionales”

Tiene el significado que se atribuye a dicho término en la Sección 7.2 del Fideicomiso.

“Contribuciones Iniciales”

Tiene el significado que se atribuye a dicho término en la Sección 7.2 del Fideicomiso.

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“Consorcio” Significa el conjunto de Personas vinculadas entre sí por una o más personas físicas que integrando un grupo de personas, tengan el control de los primeros.

“Contrato de Administración”

Significa el contrato de administración en términos del cual NGM, L.L.C., funge como el Administrador. Anexo “D” del Contrato de Fideicomiso.

“Contrato de Colocación”

Significa el contrato de colocación, celebrado entre el Fiduciario, el Fideicomitente y el Intermediario Colocador, en los términos establecidos en la Cláusula Séptima del Contrato de Fideicomiso. Anexo “E” del Contrato de Fideicomiso.

“Contratos de Desinversión”

Significa todos y cada uno de los contratos, convenios, resoluciones, actas o documentos, y demás actos jurídicos, cualquiera que sea el nombre con el cual se les denomine, que evidencie el acuerdo de voluntades entre el Fiduciario y las demás partes de los mismos, y en los cuales se establezcan los términos y condiciones bajo los cuales aquél se obligará a llevar a cabo una Desinversión, incluyendo, sin limitación, contratos de compraventa de acciones (u otros derechos similares) y contratos relacionados con la venta de las mismas a través de la BMV.

“Contrato de Fideicomiso”, “Fideicomiso” o “Contrato”

Significa el contrato de fideicomiso irrevocable emisor de certificados bursátiles fiduciarios y sus respectivos anexos, tal y como unos y otros sean modificados de tiempo en tiempo, celebrado entre Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (antes AGC Controladora, S.A.P.I. de C.V.), como fideicomitente, HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, como fiduciario, y con la comparecencia de Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común.

“Contratos de Inversión”

Significa todos y cada uno de los contratos, convenios, resoluciones, actas o documentos y demás actos jurídicos, cualquiera que sea el nombre con el cual se les denomine, que evidencie el acuerdo de voluntades entre el Fiduciario y las demás partes de los mismos, y en los cuales se establezcan los términos y condiciones bajo los cuales aquél se obligará a llevar a cabo una Inversión, incluyendo, sin limitación, contratos de compraventa de acciones (u otros derechos similares, contratos de sociedad, estatutos sociales, convenios entre accionistas, contratos de crédito y pagarés.

“Control” Significa la capacidad de una Persona o grupo de Personas, de llevar a cabo cualquiera de los actos siguientes: (i) imponer, directa o indirectamente, decisiones en las asambleas generales de accionistas, de socios u órganos equivalentes, o nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o sus equivalentes, de una Persona moral; (ii) mantener la titularidad de derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del 50% del capital social de una Persona moral; o (iii) dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de una Persona moral, ya sea a través de la propiedad de valores, por contrato o de cualquier otra forma.

“Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 8.1.2 del Fideicomiso.

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“Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 8.1.1 del Fideicomiso.

“Cuenta de Contribuciones Fondeadas”

Significa la cuenta establecida por el Fiduciario de conformidad con el Contrato de Fideicomiso, donde se depositarán los montos que requiera el Administrador a través de las Llamadas de Capital, para realizar Inversiones y pagar Gastos del Fideicomiso

“Cuenta de Flujo” Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 11.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Cuenta General” Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 11.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Cuenta del Fideicomisario en Segundo Lugar”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 11.2.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Cuentas” Significa de forma conjunta, la Cuenta General, la Cuenta de Flujo, la Cuenta de Contribuciones Fondeadas, la Subcuenta de Distribución, la Cuenta del Fideicomisario en Segundo Lugar, la Subcuenta de Reserva para Gastos y la Reserva de Gastos de Asesoría Independiente.

“Desinversiones”

Significa, ya sea directamente o a través de una Sociedad Controladora, (i) la venta o enajenación de las acciones (o derechos similares) emitidas por los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, de las que el Fiduciario sea titular, (ii) la amortización de las acciones (o derechos similares) representativas del capital de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, (iii) las disminuciones de capital de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, o (iv) cualquier recuperación de las Inversiones realizadas por el Fideicomiso, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, el pago de dividendos en efectivo y financiamientos (tanto principal, intereses y comisiones) otorgados por el Fideicomiso o los Vehículos de Inversión del Portafolio o las Compañías del Portafolio; en el entendido que, el concepto “Desinversión” comprenderá la enajenación de activos, bienes o derechos.

“Destitución del Administrador con Causa”

Tiene el significado que a dicho término se le atribuye en la Sección 9.6.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Destitución del Administrador Sin Causa”

Tiene el significado que a dicho término se le atribuye en la Sección 9.6.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Día Hábil” Significa cualquier día que no sea sábado o domingo y en el cual las instituciones de crédito del país abran sus puertas al público, de acuerdo con el calendario que al efecto publica la CNBV.

“Distribuciones a los Tenedores”

Significa, para cualquier Fecha de Pago, el pago a los Tenedores de Efectivo Distribuible, según corresponda, en términos del Contrato de Fideicomiso.

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“Distribución por Cambio de Administrador”

Significa la distribución que el Fideicomisario en Segundo Lugar tendrá derecho a recibir del Fiduciario en caso de Destitución del Administrador Sin Causa, la cual será calculada de la misma manera que la Distribución Excedente, considerando como si (i) todas las Inversiones hubieren sido Desinvertidas al Valor de las Inversiones, según el mismo sea determinado por el Valuador Independiente dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se decida la Destitución del Administrador Sin Causa, y (ii) los recursos obtenidos de dichas Desinversiones hubieren sido distribuidos en términos de la Sección 12.2 del Contrato de Fideicomiso en la fecha en que se decida la Destitución del Administrador Sin Causa, con independencia de la fecha efectiva de la destitución de que se trate.

“Distribución Excedente”

Significa el porcentaje de los Flujos que corresponde al Fideicomisario en Segundo Lugar de conformidad con la Sección 12.2.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Distribución no Preferente”

Significa el porcentaje de Flujos que corresponde al Fideicomisario en Segundo Lugar de conformidad con la Sección 12.2.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Distribución Preferente”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 12.2.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Documentos de la Operación”

Significa el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Administración, los Certificados Bursátiles, los Contratos de Inversión, los Contratos de Desinversión y los anexos de cada uno de dichos documentos, así como cualquier otro contrato, convenio o documento que deba suscribirse o celebrarse en virtud de los documentos que aquí se mencionan.

“Dólares” o “US” Significa la moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.

“EBITDA” Significa las ganancias antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización (“Earnings Before Interest, Taxes, Depreciation and Amortization”, por su traducción al inglés).

“Efectivo Distribuible” Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 12.3 del Contrato de Fideicomiso.

“Efectivo Excedente” Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 17.7.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Efectivo Fideicomitido”

Significa las cantidades en efectivo depositadas en las Cuentas o que se encuentren invertidas en Inversiones Permitidas, en tanto no sean retiradas de dichas Cuentas, que se utilizará, entre otras cosas, para crear y mantener reservas (incluyendo, pero sin limitar, para fondear la Reserva para Gastos), pagar gastos corrientes, llevar a cabo Distribuciones a los Tenedores, así como para realizar los demás depósitos, pagos o Inversiones previstos en el Contrato.

“Emisión” Significa la emisión de los Certificados Bursátiles que el Fiduciario lleve a cabo de conformidad con las estipulaciones del Fideicomiso y en términos de la LMV y demás disposiciones aplicables, incluyendo los Certificados Originales correspondientes a la Emisión Inicial, y los Certificados Subsecuentes correspondientes a las Emisiones Subsecuentes.

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“Emisión Inicial” Significa la Aportación Mínima Inicial que se realice respecto de los Certificados Bursátiles que correspondan a la emisión y colocación de los Certificados Bursátiles Originales por medio de oferta pública a través de la BMV que sea realizada en la Fecha de Emisión Inicial, con intervención del Intermediario Colocador.

“Emisiones Subsecuentes”

Significan las actualizaciones de la Emisión conforme a las cuales se adherirán Certificados Subsecuentes a los Certificados Originales emitidos en la Fecha de Emisión Inicial, lo anterior cada que vez que se realice una Llamada de Capital, mediante las correspondientes actualizaciones de la inscripción en el RNV; en el entendido que las Emisiones Subsecuentes, junto con la Emisión Inicial, serán hasta por el Monto Máximo de la Emisión.

“EMISNET” Significa el Sistema Electrónico de Comunicación con Emisoras de Valores a cargo de la BMV.

“Exceso de Distribución Excedente”

Significa, en cualquier momento, el exceso que exista en la cantidad que haya sido transferida a la Cuenta del Fideicomisario en Segundo Lugar en concepto de Distribución de Excedente respecto de la cantidad que a dicha fecha debería de haberse transferido a la Cuenta del Fideicomisario en Segundo Lugar en dicho concepto, tomando en cuenta la totalidad de las operaciones realizadas al amparo del Fideicomiso a la fecha de cálculo.

“Euro” Significa la moneda de curso legal en los países que forman parte de la Unión Europea.

“Evento de Sustitución del Administrador”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 9.6.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Fecha de Cálculo” Significa cada Día Hábil en el que los Flujos Brutos asociados a los Flujos Netos que deban depositarse en la Subcuenta de Distribución conforme al Fideicomiso, alcancen una cantidad igual o superior a $5’000,000.00 (cinco millones de Pesos 00/100).

“Fecha de Depósito” Significa la fecha en la que el Fiduciario deberá realizar el depósito de la cantidad que el Administrador le instruya a efecto de realizar las Inversiones de conformidad con el Fideicomiso.

“Fecha de Emisión Inicial”

Significa la fecha de emisión, colocación, liquidación y cruce de los Certificados Bursátiles Originales, misma que será señalada en el Título.

“Fechas de Emisión Subsecuentes”

Significa las fechas de emisión, colocación, liquidación de los Tenedores de sus Contribuciones Adicionales derivada de las Llamadas de Capital, así como el cruce de los Certificados Bursátiles Subsecuentes.

“Fecha de Pago” Significa cualquiera de las siguientes fechas en las que el Fiduciario deba pagar el Efectivo Distribuible a los Tenedores conforme al Contrato de Fideicomiso: (i) dentro de los 7 (siete) Días Hábiles siguientes a cualquier Fecha de Cálculo, (ii) el Día Hábil que el Fiduciario y/o el Administrador señalen como tal de conformidad con la Sección 12.2 del Contrato de Fideicomiso, y/o (iii) la Fecha de Vencimiento, en el entendido que si cualquiera de dichos días no es un Día Hábil, entonces la “Fecha de Pago” será el Día Hábil inmediato siguiente.

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“Fecha de Registro” Significa, indistintamente, la fecha identificada antes de cada Fecha de Pago y el segundo Día Hábil previo a la Fecha Límite de Suscripción, según sea el caso, en la cual se determinarán aquellos Tenedores que (i) recibirán una Distribución o cualquier pago al amparo de los Certificados, o (ii) tengan el derecho a y la obligación de suscribir los Certificados Subsecuentes que se emitan conforme a una Emisión Subsecuente, según corresponda.

“Fecha de Vencimiento” Significa el 3 de julio de 2022, en el entendido que si dicho día no es un Día Hábil, entonces la “Fecha de Vencimiento” será el Día Hábil inmediato siguiente.

La Asamblea de Tenedores podrá aumentar el plazo de la Emisión, con el objeto de cumplir con los Fines del Fideicomiso; en el entendido de que las prórrogas podrán ser aprobadas (i) por un periodo adicional de 5 (cinco) años, y (ii) por 2 (dos) periodos adicionales de 2 (dos) años cada uno; y será aplicable igualmente a los títulos que amparen los Certificados Bursátiles. En dicho caso, el Fiduciario deberá sustituir el Título depositado en el Indeval por el nuevo título que refleje le Fecha de Vencimiento, y se deberá solicitar a la CNBV la actualización de la inscripción en el RNV.

“Fecha Ex-Derecho” Significa la fecha que ocurra el segundo Día Hábil antes de cada Fecha de Registro.

“Fecha Límite de Suscripción”

Significa la fecha que ocurra el segundo Día Hábil antes de cada Fecha de Emisión Subsecuente, en la cual cada Tenedor que al cierre de operaciones de la Fecha de Registro especificada en la Llamada de Capital respectiva, sea titular de Certificados en términos de la legislación aplicable, deberá ofrecer suscribir los Certificados que le corresponda suscribir conforme a dicha Llamada de Capital en base al Compromiso por Certificado correspondiente al número de Certificados de los que sea titular al cierre de operaciones de la Fecha de Registro.

“Fideicomisarios” Significa conjuntamente los Fideicomisarios en Primer Lugar y el Fideicomisario en Segundo Lugar.

“Fideicomisarios en Primer Lugar”

Significa los Tenedores, respecto de las cantidades que tengan derecho a recibir y demás derechos a su favor establecidos de conformidad con los Certificados Bursátiles y el Contrato de Fideicomiso.

“Fideicomisario en Segundo Lugar”

Significa NGM, L.L.C., respecto a las cantidades que tenga derecho a recibir de conformidad con lo establecido en el Contrato.

“Fideicomitente” Significa Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V.

“Fiduciario” Significa HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria.

“Flujo Bruto” Significa los Flujos que originalmente sean pagaderos al Fiduciario o, en su caso, a la Sociedad Controladora, sin tomar en cuenta las retenciones, enteros o pagos de impuestos que el Fiduciario, la Sociedad Controladora o la persona que pague dichos Flujos deba hacer conforme a la legislación aplicable.

“Flujo Neto” Significa los Flujos que sean depositados en la Subcuenta de Distribución una vez que todas las retenciones, enteros o pagos de impuestos que deban hacerse de conformidad con la legislación aplicable hayan sido efectuados.

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“Flujos”

Significa los recursos que de tiempo en tiempo reciba el Fideicomiso (i) en su calidad de tenedor de las acciones o títulos representativos del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio,(ii) en cumplimiento de los Contratos de Inversión o en ejercicio de sus derechos bajo los mismos, (iii) con motivo de las Desinversiones que de tiempo en tiempo se efectúen, y (iv) en cumplimiento de los Contratos de Desinversión o en ejercicio de sus derechos bajo los mismos.

“Funcionarios Clave”

Significa los señores Mark Harris, Brent Michael Jones, Hosein Khajeh-Hosseiny, Jared Stone, Thomas Arthur Vardell, Eduardo Mapes Sánchez, y cualquier otra persona que sea designada con tal carácter conforme a la Cláusula Novena del Contrato de Fideicomiso.

“Gastos de Emisión y Colocación”

Significa las comisiones, gastos, cuotas, derechos y demás erogaciones que se generen con motivo de la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles (incluyendo la Emisión Inicial y las Emisiones Subsecuentes), incluyendo, sin limitación, el pago de los derechos que deban ser cubiertos por el registro y listado de los Certificados Bursátiles en el RNV y a la BMV, los pagos que deban hacerse al Indeval por el depósito del Título, los pagos iniciales al Representante Común y al Fiduciario por la aceptación de sus respectivos cargos, así como los honorarios del Auditor Externo; otros auditores, consultores externos, asesores fiscales y abogados, incluyendo cualquier asesor contratado para beneficio de los posibles Tenedores; los honorarios y gastos pagaderos al Intermediario Colocador de conformidad con el Contrato de Colocación (incluyendo gastos legales); mismos que deberán ser cubiertos por el Fiduciario con cargo a los recursos que se obtengan con dicha Emisión y Colocación, a los cuales se les agregará, en su caso, cualquier monto de Impuesto al Valor Agregado.

“Gastos del Fideicomiso”

Significa conjuntamente los Gastos de Emisión y Colocación, los Gastos de Inversión y los Gastos de Mantenimiento.

“Gastos de Inversión” Significa todos los gastos que por instrucción del Administrador, el Fiduciario deba erogar para que el Fideicomiso pueda llevar a cabo las Inversiones y Desinversiones, y para mantener y monitorear las Inversiones y Desinversiones, incluyendo, la Comisión de Administración y los honorarios y gastos legales y/o de asesores financieros, fiscales y contables; la celebración de los Contratos de Inversión, gastos de viaje y otros gastos relacionados con la ejecución, el monitoreo y el mantenimiento de las Inversiones, y la celebración de los Contratos de Desinversión, los cuales adicionarán, en su caso, cualquier monto de Impuesto al Valor Agregado que el Fiduciario hubiere pagado en relación con lo anterior.

“Gastos de Mantenimiento”

Significa las comisiones, honorarios, gastos, derechos y demás erogaciones que se generen o sean necesarias para el mantenimiento de la Emisión, los cuales adicionarán, en su caso, cualquier monto de Impuesto al Valor Agregado que el Fiduciario hubiere pagado en relación con lo anterior, e incluyendo, los Seguros de Responsabilidad Profesional, los gastos necesarios para mantener el registro de los Certificados en el RNV, el listado de los mismos en la BMV, así como aquellos que sean directos, indispensables y necesarios para cumplir con las disposiciones legales aplicables; los honorarios del Fiduciario, los honorarios del Representante Común, los honorarios del Auditor Externo y los honorarios del Valuador Independiente; los gastos derivados del otorgamiento de poderes conforme al Contrato de Fideicomiso; los cargos por el realizar transferencias a bancos nacionales ($8.00 (ocho Pesos 00/100)), transferencias al extranjero (USD$ 25.00 veinticinco dólares Moneda de Curso Legal en los Estados Unidos

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de América), anualidad por los servicios de la Conexión Empresarial (“CEI”) por internet ($6,500.00 (seis mil quinientos Pesos 00/100 )), consultas de movimientos a través de la CEI (de 1 – 100 consultas $3.00 (tres Pesos 00/100 ); más de 100 consultas $1.50 (un Peso 50/100)), activación de cada usuario para la CEI ($20.00 (veinte Pesos 00/100)); así como otros honorarios y cualquier otro pago que el Fiduciario deba hacer de conformidad con el Contrato de Fideicomiso con cargo al Patrimonio del Fideicomiso; en el entendido que el término “Gastos de Mantenimiento” no incluye los Gastos de Inversión; en el entendido, además, que los montos establecidos en el Fideicomiso respecto a Gastos de Mantenimiento, podrán variar durante el plazo de la Emisión; en el entendido, además, que los montos establecidos en el Fideicomiso respecto a Gastos de Mantenimiento, podrán variar durante el plazo de la Emisión.

“Incubación de Empresas”

Significa los programas designados para acelerar el desarrollo exitoso de nuevas empresas. La incubadora facilita a sus empresas incubadas acceso a servicios y recursos de negocios, y libera tiempo y recursos de los emprendedores para que se dediquen al proceso productivo de su compañía.

“Indeval” Significa el S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V.

“Instrucción de Llamada de Capital”

Significa la solicitud que deberá entregar el Administrador al Fiduciario y al Representante Común, en términos de lo establecido en la Sección 7.7.1 del Contrato de Fideicomiso, previó a la realización de una Llamada de Capital.

“Intereses de la Cuenta de Flujo”

Significa los intereses que se generen por la inversión del Efectivo Fideicomitido depositado en la Cuenta de Flujo en Inversiones Permitidas, conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Tercera del Contrato de Fideicomiso.

“Intermediario Colocador”

Significa Vector Casa de Bolsa, S.A. de C.V.

“Instrumento” Significa los Certificados Bursátiles, los cuales otorgan a los Tenedores, en términos de la Circular Única de Emisoras, el derecho a participar en una parte de los frutos o rendimientos; de los bienes o derechos, o de la venta de los bienes o derechos que forman parte del Patrimonio del Fideicomiso, hasta el valor residual de los mismos, con el objeto de destinarlos a las Inversiones, que permita la adquisición de títulos representativos de capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio.

“Inversión” Significa, conjuntamente, las inversiones que realice el Fideicomiso con cargo al Componente de Flujo, directamente o a través de una Sociedad Controladora, en los Vehículos de Inversión del Portafolio y en las Compañías del Portafolio, en términos del Contrato de Fideicomiso, ya sea (i) inversiones en acciones (o derechos similares); y/o (ii) el otorgamiento de financiamiento con vencimiento menor a 12 (doce) meses a los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio; en el entendido que tratándose de dichos préstamos, el objetivo final en todo caso será invertir en el capital social de dichos Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, por lo que, además del derecho de recibir el principal y los intereses derivados de los mismos, el Fideicomiso deberá tener el derecho de suscribir acciones (o derechos similares) representativas del capital social de dichos Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio y pagar las mismas capitalizando el monto adeudado a su favor, o bien (iii) mediante la inversión en títulos convertibles forzosamente en acciones representativas (o derechos similares) del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en un plazo

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máximo de 5 (cinco) años a partir de la fecha en que se realice la Inversión de que se trate; en el entendido que el concepto de “Inversión”, comprenderá cualquier adquisición de activos, bienes o derechos.

“Inversiones Adicionales”

Significa el incremento en la participación en el capital de alguno de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio en las cuales se haya realizado una Inversión previamente.

“Inversionista Institucional”

Significa la persona que conforme a las leyes federales mexicanas, tenga dicho carácter o sea entidad financiera, incluyendo cuando actúen como fiduciarias al amparo de fideicomisos que conforme a las leyes se consideren como inversionistas institucionales, según dicho término se define en la LMV.

“Inversiones Permitidas”

Tendrá el significado que a dicho término se atribuye en la Cláusula Décima Tercera del Contrato de Fideicomiso.

“INEGI” Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

“IVA” Impuesto al Valor Agregado

“LGTOC” Significa la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

“LIC” Significa la Ley de Instituciones de Crédito.

“LIETU” Significa la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.

“LISR” Significa la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

“LIVA” Significa la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

“LMV” Significa la Ley del Mercado de Valores.

“Llamadas de Capital” Significa la solicitud que realice el Fiduciario, de conformidad con las Instrucciones de Llamada de Capital que le entregue el Administrador, a efecto de que cada Tenedor que sea titular Certificados Bursátiles al cierre de operaciones de la Fecha de Registro correspondiente, suscriba y pague los Certificados Bursátiles que le corresponda suscribir de una Emisión Subsecuente mediante el pago de la Contribución Adicional.

“Mayoría Calificada” Significa un porcentaje de votación igual o mayor al 75% (setenta y cinco por ciento) respecto de la totalidad de los derechos de voto existentes bajo cualquier esquema de participación en una Inversión.

“México” Significa los Estados Unidos Mexicanos.

“Miembro Independiente”

Significa aquella Persona que se ajuste a lo previsto en los artículos 24, segundo párrafo y 26 de la LMV; en el entendido de que la independencia se calificará respecto del Fideicomitente, del Administrador, de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio, conforme a lo establecido en la Circular Única de Emisoras.

“Monto Adicional Requerido”

Significa el monto total de las Contribuciones Adicionales a ser aportadas por los Tenedores en cada Llamada de Capital; en el entendido que los Montos Adicionales Requeridos estarán limitados al Compromiso Total de cada Tenedor.

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“Monto Destinado a Inversiones”

Significa la cantidad destinada al Componente de Flujo, depositada en la Cuenta de Flujo en la Fecha de Emisión Inicial y en cada Fecha de Emisión Subsecuente.

“Monto de Inversión” Significa, respecto de cada Inversión, el monto dispuesto de la Cuenta de Flujo para realizar dicha Inversión.

“Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo”

Significa para cualquier fecha en que sean calculadas las distribuciones conforme a la Sección 12.2 del Contrato, la suma de (i) los Montos de Inversión, (ii) los Gastos de Inversión, y (iii) cualquier otra cantidad dispuesta de la Cuenta de Flujo a dicha Fecha de Cálculo.

“Monto Inicial de Emisión”

Significa la cantidad total, sin deducciones, que tenga derecho a recibir el Fiduciario en la Fecha de Emisión Inicial como resultado de la Emisión Inicial.

“Monto Máximo de la Emisión”

Significa el monto que resulte de multiplicar por 5 (cinco) el Monto Inicial de Emisión; en el entendido que el Monto Máximo de la Emisión será reducido por el monto de una Emisión Subsecuente que no haya sido aportado al Fideicomiso respecto de dicha Emisión Subsecuente.

“Northgate” o “Northgate Capital”

Significa, conjuntamente, el Fideicomitente, el Administrador, el Vehículo Paralelo, Northgate Capital, L.L.C., así como cualquier Afiliada de éstas.

“Parte Indemnizada” Tiene el significado que se le atribuye en la Cláusula Octava del Contrato de Administración.

“Parte Relacionada” Significan, conforme a lo establecido en la fracción XIX del Artículo 2 de la LMV, respecto de cualquier Persona, según sea aplicable: (i) las personas que Controlen o tengan “influencia significativa” (según dichos términos se definen en la LMV) en dicha Persona o en una Persona moral que forme parte del “grupo empresarial” (según dicho término se define en la LMV) o Consorcio al que la Persona pertenezca, así como los consejeros o administradores y los directivos relevantes de dicha Persona o de las Personas integrantes del “grupo empresarial” o Consorcio; (ii) las Personas que tengan “poder de mando” (según dicho término se define en la LMV) en dicha Persona o en una Persona moral que forme parte de un “grupo empresarial” o consorcio al que pertenezca dicha Persona; (iii) el cónyuge, la concubina o el concubinario, y las Personas con parentesco por consanguinidad o civil hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercer grado, con Personas físicas que se ubiquen en alguno de los supuestos señalados en los incisos (i) y (ii) anteriores, así como socios y copropietarios de dichas Personas físicas mencionadas en dichos incisos con los que mantengan relaciones de negocios; (iv) las Personas morales que sean parte del “grupo empresarial” (según dicho término se define en la LMV) o Consorcio al que pertenezca la Persona; y (v) las Personas morales sobre las cuales alguna de las personas a que se refieren los incisos (i) a (iii) anteriores, ejerzan el Control o “influencia significativa” (según dicho término se define en la LMV).

“Partes” Significa el Fideicomitente, el Administrador, el Fiduciario, los Fideicomisarios y el Representante Común.

“Participantes en la Operación”

Significa conjuntamente, el Fiduciario, el Fideicomitente, el Administrador, los Fideicomisarios, el Representante Común, el Intermediario Colocador, el Administrador, el Auditor Externo, el Asesor Legal Independiente y, en su caso, cualquier otra persona con la que el Fiduciario celebre un convenio para el cumplimiento de los Fines del Fideicomiso.

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“Patrimonio del Fideicomiso”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Cláusula Quinta del Contrato de Fideicomiso.

“Período de Cura” Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 7.7.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Periodo de Desinversión”

Significa el periodo de tiempo que iniciará una vez concluido el Periodo de Inversión y que concluirá en la Fecha de Vencimiento.

“Periodo de Inversión” Significa el período de tiempo que concluirá en el quinto aniversario de vigencia del Fideicomiso.

“Persona” Significa una persona física, sociedad, asociación, persona moral, fideicomiso o cualquier otra entidad u organización.

“Pesos” Significa la moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos.

“PIB” Significa Producto Interno Bruto.

“Plan de Continuidad” Significa el documento que deberá presentar el Administrador al Comité Técnico en caso de que (i) durante el Periodo de Inversión, 3 (tres) de los Funcionarios Clave no se encuentren dedicando sustancialmente su atención a los asuntos del Fideicomiso y del Vehículo Paralelo, y (ii) durante el Periodo de Desinversión, 3 (tres) de los Funcionarios Clave no se encuentren dedicando sustancialmente su atención a los asuntos del Fideicomiso y del Vehículo Paralelo; en el cual se detallará la forma en que se continuará con la realización y administración de las Inversiones, y la realización de las Desinversiones.

“Políticas de Inversión” Significan las siguientes restricciones indicativas con las cuales deberán cumplir el Fiduciario y el Administrador, para la realización de las Inversiones: (i) no comprometer o invertir más del 20% del Patrimonio del Fideicomiso en un único Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio; (ii) no vender valores a, o comprar valores del Administrador o sus Afiliadas; y (iii) no participar en ninguna operación con el Administrador o sus Afiliadas.

La restricción mencionada en el numeral (i) anterior, únicamente podrá dispensarse con la aprobación de la Asamblea de Tenedores.

“Precio Total” Significa los fondos obtenidos de la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles.

“Proveedor de Precios” Significa el proveedor de precios autorizado por la CNBV y que deberá comprobar el valor del Componente de Flujo determinado por el Valuador Independiente.

“PYMES” Significa las pequeñas y medianas empresas.

“Recursos Netos” Significa el Precio Total menos los Gastos de Emisión y Colocación.

“Reembolso del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 12.2 del Contrato de Fideicomiso.

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“Reglamento Interior de la BMV”

Significa el Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores, publicado en el Boletín Bursátil de la BMV el 24 de octubre de 1999, según el mismo ha sido modificado.

“Rendimiento Preferente”

Significa el rendimiento que conforme a lo establecido en la Sección 12.2 del Contrato de Fideicomiso, deberá ser pagado a los Tenedores con prelación a las distribuciones que corresponden al Fideicomisario en Segundo Lugar, consistente en un monto equivalente a la Tasa Interna de Retorno (la “TIR”) compuesta anual, con base en el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV, más 500 puntos base, calculada sobre las Inversiones; en el entendido que, en todo caso, la Distribución Preferente deberá ser de al menos el 5% anual compuesto.

El Administrador será responsable de realizar el cálculo de la TIR, misma que una vez concluido el Periodo de Inversión, se dará a conocer a través de EMISNET de manera trimestral; en el entendido que en caso de que, durante el Periodo de Inversión existan variaciones significativas en la TIR, el Administrador deberá informarlo a los Tenedores tan pronto como sea posible a través del EMISNET.

“Reporte Anual” Significa el presente reporte anual que se presenta de acuerdo con el Artículo 33 de la Circular Única de Emisoras.

“Reporte de Distribuciones”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 20.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Reporte de Gastos de Mantenimiento”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 20.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Reporte de Gestión” Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 20.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Reporte de Inversiones”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 20.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Reporte de Rendimientos”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 20.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Reporte de Saldos en las Cuentas”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 20.2 del Contrato de Fideicomiso.

“Reportes” Significa conjuntamente, el Reporte de Distribuciones, el Reporte de Gastos de Mantenimiento, el Reporte de Gestión, el Reporte de Inversiones, el Reporte de Rendimientos y el Reporte de Saldos en las Cuentas.

“Representante Común” Significa Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, o sus sucesores, cesionarios o quien sea posteriormente designado como representante común de los Tenedores de los Certificados Bursátiles, quien tendrá la obligación general de ejercer los actos necesarios a fin de salvaguardar los derechos de los Tenedores.

“Reserva para Gastos” Tiene el significado que a dicho término se le atribuye en la Sección 11.1.1 del Contrato de Fideicomiso.

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“Reserva para Gastos de Asesoría Independiente”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 11.1.2 del Contrato de Fideicomiso.

“RNV” Significa el Registro Nacional de Valores.

“Seguro de Responsabilidad Profesional”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 17.6 del Contrato de Fideicomiso.

“Servicios de Banca de Inversión”

Significa aquellos Servicios Adicionales que el Administrador prestaría a los Vehículos de Inversión del Portafolio y a las Compañías del Portafolio en materia de asesoría para el financiamiento e inversión, de conformidad con la experiencia y trayectoria del Administrador.

“SIEFORES” Significa las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro.

“Sociedad Controladora”

Significa cualquier persona moral en la que el Fideicomiso realice una Inversión, y que la misma sea a su vez tenedora de acciones (u otros derechos similares) y controladora de otra u otras sociedades, o vehículos, en el entendido de que sólo estas últimas, pero no la Sociedad Controladora, deberán cumplir con las características previstas para los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso.

“Subcuenta de Distribución”

Tiene el significado que a dicho término se atribuye en la Sección 11.2.1 del Contrato de Fideicomiso.

“Tenedores” Significa las personas físicas o morales propietarios de uno o más Certificados Bursátiles.

“Tipo de Cambio” Significa el tipo de cambio que sea publicado por el Banco de México y el Diario Oficial de la Federación.

“Título” Significa el título único que ampare los Certificados Bursátiles de las Emisiones, el cuál cumplirá con los requisitos establecidos en los artículos 63 y 64 de la LMV y será suscrito y emitido en los términos del Artículo 282 de la LMV.

“UDIs” Significa la unidad de cuenta llamada “Unidades de Inversión” que se establecen en el “Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de abril de 1995.

“Valor de las Inversiones”

Significa el más reciente valor de mercado de las Inversiones determinado por el Valuador Independiente de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso.

“Valuador Independiente”

Significa la sociedad valuadora autorizada por la CNBV para otorgar el servicio de valuación, o bien el tercero independiente que sea contratado por el Fiduciario, por instrucciones del Comité Técnico, en términos de la Cláusula Vigésima Segunda del Contrato de Fideicomiso.

“Vehículos de Inversión del Portafolio”

Significa los vehículos de inversión de capital privado (cuyos valores no se encuentren listados en el RNV), fideicomisos u otros vehículos de inversión de capital privado y capital emprendedor (Venture Capital), primarios, secundarios,

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“emproblemados”, mezzanine y de situaciones especiales, que cumplan con los Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio y con las Políticas de Inversión, en los cuales el Fiduciario invierta el Componente de Flujo.

“Vehículo Paralelo” Significa Northgate Mexico, L.P., una asociación limitada a ser establecida en Canadá.

“Venture Capital” Significa el tipo de capital privado consistente en invertir en pequeñas y medianas empresas emergentes con perspectivas de alto crecimiento y potencialmente rentables; en el entendido que el término “Venture Capital”, excluye el Capital Semilla o Incubación de Empresas, así como empresas listadas en la BMV o con valores inscritos en el RNV.

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2. RESUMEN EJECUTIVO Este resumen no pretende contener toda la información que pueda ser relevante para tomar decisiones de inversión sobre los valores que aquí se mencionan. Por lo tanto, el público inversionista deberá leer todo el Reporte Anual, incluyendo la información financiera y las notas relativas, antes de tomar una decisión de inversión. El resumen siguiente se encuentra elaborado conforme, y está sujeto, a la información detallada y los estados financieros contenidos en este Reporte Anual. Se recomienda prestar especial atención a la sección de "Factores de Riesgo" del prospecto, para determinar la conveniencia de efectuar una inversión en los valores emitidos por la Emisora. A continuación se muestra información financiera seleccionada del desempeño del Fideicomiso 306916:

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos 2016 2015 2014 2013 2012

Activos totales 2,243,956 1,191,860 441,991 494,598 526,055

Total ingresos 307,243 48,606 62,595 - -

Total Gastos de Administración

73,287 72,698 122,779 50,219 38,461

Resultado integral

246,494 (21,781) (53,517) (31,370) (27,250)

A continuación, se muestra información financiera seleccionada de las empresas promovidas durante el ejercicio 2016:

Concepto CIB/2291 CIB/2244 CIB/600 CIB/2433 CIB/2540

Total Activo 2016 313,673,513

429,271,219

453,963

200,057,115

500,158,086

Total Patrimonio 2016

313,673,513

429,271,218

258,963

200,057,115

500,158,087

Total Resultado del Ejercicio 2016 ganancia / (pérdida)

2,902

3,722

(176,206,881)

57,115

158,086 2.1 Constitución del Fideicomiso Mediante la celebración de un Contrato de Fideicomiso, Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. constituyó un fideicomiso irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles, y designó a HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, como fiduciario, quien a su vez aceptó expresamente su cargo en los términos y condiciones establecidos en dicho contrato y se obliga a dar cabal cumplimiento a los fines para los cuales es creado el Fideicomiso. El Fideicomitente entregó al Fiduciario como aportación inicial la cantidad de $1.00 (un Peso 00/100), para que dé cumplimiento a los fines que le son encomendados. El Fiduciario otorgó por la Aportación Inicial al Fideicomitente el recibo más amplio que en derecho proceda. La aportación anterior se tiene considerada por las partes que en él intervienen como inventario de los referidos bienes materia del Contrato de Fideicomiso, para todos los efectos legales a que haya lugar.

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2.2 Compromiso del Fideicomitente Por virtud del Contrato de Fideicomiso, el Fideicomitente se obliga a que él mismo, o cualquier Afiliada o socio que pertenezca al mismo Consorcio, invierta a través del Vehículo Paralelo un monto equivalente al 1% del Monto Máximo de la Emisión, invirtiendo en cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que el Fideicomiso realice una Inversión en la fecha en que se lleve a cabo la misma, proporcionalmente y a prorrata la cantidad que corresponda; en el entendido que la inversión que realice el Fideicomitente conforme al presente párrafo se realizará en los mismos términos que la Inversión que realice el Fideicomiso. Lo anterior en el entendido que dicho monto de inversión incluirá lo siguiente: (i) la parte proporcional que al Fideicomitente le corresponda de los gastos del Vehículo Paralelo, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, gastos de organización, operación y administración; y (ii) la participación en los gastos de inversión e indemnizaciones que deban ser pagados por el Fideicomitente y el Vehículo Paralelo. Dicha obligación de coinversión del Fideicomitente cesará a la conclusión del Periodo de Inversión, tomando en cuenta para tal efecto, aquellos montos aprobados por el Comité Técnico y comprometidos o reservados en los Contratos de Inversión para la realización de Inversiones Adicionales. La Inversión que se realice conforme a lo anterior deberá llevarse a cabo en los mismos términos y condiciones que lo haga el Fideicomiso, debiendo mantenerla en tanto no se realice la Desinversión correspondiente. El Fideicomitente deberá acreditar tal Inversión ante el Comité Técnico mediante copia de los contratos que al efecto haya celebrado en los mismos términos que el Contrato de Inversión respectivo o, en su defecto, presentando una certificación emitida por el secretario del consejo de administración (u órgano competente) del Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio de que se trate.

En caso que el Fideicomitente incumpla con su obligación establecida en la Sección 3.2 del Fideicomiso, conforme a lo establecido en el inciso H de la Sección 9.6.1 del Contrato de Fideicomiso se presentará un Evento de Sustitución del Administrador. 2.3 Descripción del Fideicomiso El Fideicomiso con base en el cual se realizará la presente Emisión es un fideicomiso irrevocable emisor de Certificados Bursátiles del tipo Certificados de Capital de Desarrollo. Su rendimiento, se vincula a activos fideicomitidos que otorgan derechos sobre sus frutos o productos. Los Certificados podrán no tener rendimiento alguno e inclusive ser éste negativo. Para alcanzar dicho fin, el Fiduciario emitirá Certificados Bursátiles que contarán con un Componente de Flujo en el cual tendrá como subyacente las acciones (u otros derechos similares) de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio que adquiera el Fideicomiso, así como otros títulos convertibles emitidos por los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio y otros títulos emitidos por las mismas cuando se otorguen a las mismas créditos puente conforme al Fideicomiso, así como por los derechos que a su favor se establezcan en los Contratos de Inversión y en los Contratos de Desinversión. Asimismo, el Fideicomiso es un vehículo de inversión cuyo propósito es, entre otros, invertir el Componente de Flujo en capital privado. Para tal efecto, el Fiduciario contrató a NGM, L.L.C. como Administrador de las Inversiones, con el fin de que tome las decisiones de inversión y a través de él, previa aprobación del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores según sea el caso, el Fideicomiso realice las Inversiones en el capital de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, y lleve a cabo las Desinversiones. El objetivo de las Inversiones es incrementar el valor a largo plazo del Componente de Flujo, principalmente por la vía de participaciones en el capital de vehículos de inversión en capital privado y sociedades elegibles dentro de un portafolio diversificado. El Fideicomiso adquirirá participaciones de tenencia mayoritaria o minoritaria en Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en operación, generalmente en conjunto con sus socios preestablecidos, que busquen el crecimiento en los ingresos y márgenes de sus negocios.

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2.4 Estructura de la Transacción Los Certificados objeto de la presente Emisión contarán con un Componente de Flujo con base en el cuál se generarán las distribuciones excedentes en favor de los Tenedores, conformado por activos fideicomitidos que otorgan derecho sobre sus frutos y/o productos las acciones o títulos representativos del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio- y a los cuales se atribuye el rendimiento de los Certificados. Estos podrían no tener rendimiento alguno e inclusive ser este negativo. Los recursos que de tiempo en tiempo reciba el Fideicomiso (i) en su calidad de tenedor de las acciones (u otros derechos similares) representativas del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, (ii) en cumplimiento de los Contratos de Inversión o en ejercicio de sus derechos bajo los mismos, (iii) con motivo de las Desinversiones que de tiempo en tiempo se efectúen, (iv) en cumplimiento de los Contratos de Desinversión o en ejercicio de sus derechos bajo los mismos, y/o (v) por cualquier razón distinta a los intereses derivados de las Inversiones Permitidas, dichas cantidades, en conjunto, los “Flujos”, serán depositados en la Subcuenta de Distribución, y serán distribuidos de conformidad con las reglas establecidas al efecto en el Fideicomiso, en favor del Fideicomisario en Segundo Lugar y de los Tenedores, respectivamente. Las Inversiones podrán realizarse directamente o a través de una Sociedad Controladora, mediante: (i) inversiones en acciones (o derechos similares); y/o (ii) el otorgamiento de financiamiento (incluyendo deuda preferente, deuda subordinada, deuda capitalizable, deuda convertible), sujeto a cualquier restricción o limitación legal o regulatoria, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, las contenidas en las disposiciones de carácter general emitidas por Banco de México y demás restricciones establecidas en el Contrato de Fideicomiso. De manera general se manifiesta que el otorgamiento de financiamiento por parte del Fideicomiso, no contraviene la regulación emitida por el Banco de México. En ningún supuesto el Fideicomiso invertirá el Efectivo Fideicomitido en la adquisición de instrumentos o valores de cualquier especie emitidos directamente o garantizados por cualquiera de las Afiliadas, subsidiarias o controladora del Fideicomitente, salvo que se trate de llevar a cabo aumentos de capital. A continuación se presenta un diagrama que muestra la estructura de la operación:

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Fuente: Northgate Conforme al diagrama anterior, la estructura de la transacción será la siguiente:

1. Con fecha 3 de julio de 2012 se llevó a cabo la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles, por medio de la cual los Tenedores adquirieron los Certificados e ingresan al Patrimonio del Fideicomiso los recursos necesarios para invertir el Componente de Flujo y para constituir la Reserva para Gastos de Mantenimiento.

2. El Administrador instruye al Fiduciario que, previa aprobación del Comité Técnico o la

Asamblea de Tenedores según sea el caso, realice la Inversión del Componente de Flujo en el capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio.

3. El Administrador deberá instruir al Fiduciario para que realice las Desinversiones y conforme

a lo establecido en el Fideicomiso, pague a los Tenedores y al Fideicomisario en Segundo Lugar las cantidades que les correspondan de conformidad con las reglas de distribución establecidas en la Cláusula Décima Segunda del Fideicomiso.

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4. Asimismo, el Fideicomiso coinvertirá con el Vehículo Paralelo.

El Periodo de Inversión será consistente con el Periodo de Inversión del Vehículo Paralelo. El Fideicomiso solo podrá realizar nuevas Inversiones durante el Periodo de Inversión; en el entendido que una vez que el Periodo de Inversión haya expirado, el saldo del Monto Destinado a Inversiones no invertido en Inversiones podrá ser utilizado, a discreción del Administrador, para: (i) pagar Gastos de Inversión y otras obligaciones relacionadas con cualquier Inversión, (ii) crear reservas para gastos, obligaciones, pasivos y deudas (incluyendo, según sea aplicable, para el pago de la Comisión de Administración), (iii) completar Inversiones y otras operaciones que se encontraban en curso o comprometidas previamente a la finalización del Periodo de Inversión, (iv) realizar Inversiones Adicionales, y (v) hacer frente a obligaciones de indemnización o reembolso a cargo del Fideicomiso. En cada Fecha de Pago, con base en las instrucciones que le sean entregadas por el Administrador al Fiduciario, éste deberá distribuir el Efectivo Distribuible derivado de las Inversiones, mediante la realización del depósito correspondiente en la Subcuenta de Distribuciones, de conformidad con lo siguiente:

Esquema de Distribuciones

El Efectivo Distribuible derivado de lasInversiones en Vehículos de Inversión del

Portafolio será pagado por el Fiduciario deconformidad con las instrucciones del

Administrador en el siguiente orden deprelación:

REEMBOLSO DE MONTODISPUESTO DE LA CUENTA

DE FLUJO

RENDIMIENTOPREFERENTE A LOS

TENEDORES

DISTRIBUCIÓN NO PREFERENTE

DISTRIBUCIONES EXCEDENTES 

La totalidad de los Flujos Netos deberán ser pagados a losTenedores hasta que la suma de la totalidad de los Flujos BrutosAsociados a dichos Flujos Netos, junto con todos los demás FlujosBrutos que anteriormente hayan sido generados, y cuyos FlujosNetos hayan sido distribuidos, sean igual al 100% del MontoDispuesto de la Cuenta de Flujo

Los Flujos Netos sobrantes después de pagadas las cantidadesestablecidas en el punto anterior serán pagadas a los Tenedoreshasta que la suma de los Flujos Brutos asociados a los Flujos Netosque hayan recibido los Tenedores, acumulen una TIR compuestaanual con base en el Índice de Precios y Cotizaciones, más 500(quinientos) puntos base sobre el Monto Dispuesto de la Cuenta deFlujo en el entendido que, en todo caso el Retorno Preferentedeberá ser de al menos el 5% anual compuesto. 

Una vez pagadas las cantidades descritas en los puntos anteriores, latotalidad de los Flujos Brutos deberán ser pagados alFideicomisario en Segundo Lugar hasta que los recursosdistribuidos conforme al presente punto equivalgan al 5% de (i) latotalidad de los montos distribuidos conforme a los puntoanteriores, más (ii) la totalidad de los montos distribuidos conformeel presente punto

  Cualesquier otros Flujos Brutos remanentes después de pagadas lascantidades establecidas en los puntos anteriores, deberán serpagados en los porcentajes que se señalan a continuación: (i) 95%de los Flujos Brutos remanentes será pagado a los Tenedores; y (ii)5% de los Flujos Brutos remanentes será pagado al Fideicomisarioen Segundo Lugar

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El Fiduciario deberá depositar, administrar y distribuir los recursos obtenidos de la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles de conformidad con las siguientes reglas:

El Efectivo Distribuible derivado de las Inversiones en las Compañías del Portafolio

será pagado por el Fiduciario de conformidad con las instrucciones del Administrador en el

siguiente orden de prelación:

REEMBOLSO DE MONTO DISPUESTO DE LA CUENTA

DE FLUJO

RENDIMIENTO PREFERENTE A LOS

TENEDORES

DISTRIBUCIÓN NO PREFERENTE

DISTRIBUCIONES EXCEDENTES

La totalidad de los Flujos Netos deberán ser pagados a losTenedores hasta que la suma de la totalidad de los Flujos BrutosAsociados a dichos Flujos Netos, junto con todos los demás FlujosBrutos que anteriormente hayan sido generados, y cuyos FlujosNetos hayan sido distribuidos, sean igual al 100% del MontoDispuesto de la Cuenta de Flujo.

Una vez pagadas las cantidades descritas en los puntos anteriores, latotalidad de los Flujos Brutos deberán ser pagados alFideicomisario en Segundo Lugar hasta que los recursosdistribuidos conforme al presente punto equivalgan al 20% de (i) latotalidad de los montos distribuidos conforme a los puntoanteriores, más (ii) la totalidad de los montos distribuidos conformeel presente punto

Cualesquier otros Flujos Brutos remanentes después de pagadas lascantidades establecidas en los puntos anteriores, deberán serpagados en los porcentajes que se señalan a continuación: (i) 80%de los Flujos Brutos remanentes será pagado a los Tenedores; y (ii)20% de los Flujos Brutos remanentes será pagado al Fideicomisarioen Segundo Lugar

Los Flujos Netos sobrantes después de pagadas las cantidadesestablecidas en el punto anterior serán pagadas a los Tenedoreshasta que la suma de los Flujos Brutos asociados a los Flujos Netosque hayan recibido los Tenedores, acumulen una TIR compuestaanual con base en el Índice de Precios y Cotizaciones, más 500(quinientos) puntos base sobre el Monto Dispuesto de la Cuenta deFlujo en el entendido que, en todo caso el Retorno Preferentedeberá ser de al menos el 5% anual compuesto.

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Aplicación de Flujos y Recursos

2.5 Northgate El Administrador del Fideicomiso es NGM, L.L.C. una filial de Northgate Capital, LLC. El Fideicomiso coinvertirá con Northgate México, L.P., una sociedad limitada (limited partnership) Canadiense administrada por NGM, L.L.C. Actualmente, Northgate Capital cuenta con varios profesionales a cargo de inversiones, responsables de administración y finanzas y diversos asesores, a través de sus oficinas dedicadas a inversiones en capital privado en los Estados Unidos, México, Reino Unido, Hong Kong, India, Australia e Israel. Northgate gestiona en la actualidad más de US$4 mil millones en activos. Northgate México ya cuenta con 7 profesionales. El equipo de profesionales a cargo de inversiones será responsable de identificar las inversiones de cartera, de la ejecución del due diligence correspondiente, y los demás asuntos relacionados con las Inversiones del Fideicomiso, tales como valuaciones y análisis de sensibilidad. Los miembros del equipo de administración serán los mismos que los que conforman el equipo de inversión de otros vehículos administrados por Northgate. El comité de inversión de Northgate está conformado por los señores Alfredo Alfaro Pavón, Brent Michael Jones, Hosein Khajeh-Hosseiny, y Thomas Arthur Vardell. Los miembros del mencionado comité de inversión del Administrador cuentan con un amplio conocimiento en el desarrollo del capital privado, así como en la administración y operación de Compañías y vehículos de capital privado a nivel nacional como internacional. Tres miembros del comité mencionados anteriormente han trabajado juntos durante nueve años, y los 2 fundadores durante trece.

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Northgate Capital considera que los factores clave que históricamente han contribuido a su éxito y que serán aún más relevantes en la obtención de rendimientos superiores en México, son:

La evaluación continua a profundidad de los factores clave de éxito en un mercado global y nacional volátil, de velocidad incremental y competencia en aumento;

La negociación con vehículos de capital privado y otras entidades referente a los términos de las inversiones así como, a las prácticas y procesos de inversión y su consecuente gestión, y al desarrollo de habilidades y capacidades en dichos vehículos y Compañías;

El monitoreo proactivo y el soporte del desarrollo evolutivo de los vehículos de capital privado, identificando e implementando las mejores prácticas a nivel global; y

La gestión del perfil de flujo de fondos de las inversiones balanceando los retornos de corto y largo plazo.

Northgate cuenta con experiencia, profesionales, organización, procesos, los sistemas de información, la cultura y los valores para cumplir con los cuatro factores clave de éxito mencionados anteriormente. 2.6 Estrategia de Inversión El principal objetivo del Fideicomiso es el alcanzar un rendimiento que represente un mejor desempeño relativo al de la alternativa de invertir en los mercados públicos de valores. El rendimiento esperado en el caso base es de 500 puntos base sobre el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV. El Fideicomiso coinvertirá con Northgate México, L.P., una sociedad limitada (limited partnership) Canadiense administrada por NGM, L.L.C. Northgate México, L.P buscará promover principalmente a diversos mercados y sectores exclusivamente dentro de México, a través de la realización de inversiones en, entre otros (i) los vehículos de inversión, fideicomisos u otros vehículos de inversión de capital privado y capital emprendedor, primaria, secundaria, activos emproblemados, deuda mezzanine y con situaciones especiales, y (ii) las Inversiones directas en empresas incorporadas, y residentes a efectos fiscales, en México. Las Inversiones sólo podrán realizarse en México. Northgate seguirá las siguientes tres estrategias para sus inversiones:

A. Invertir en los mejores Vehículos de Inversión de Capital Privado actualmente presentes en México;

B. Invertir directamente en compañías; e C. Invertir en inversionistas experimentados y operadores estableciendo Vehículos de Inversión

de Capital Privado.

Siguiendo esta estrategia, se anticipa que Northgate invertirá hasta un 20% del Patrimonio del Fideicomiso por cada Vehículo de Inversión del Portafolio y por cada Compañía del Portafolio directamente en México. En un escenario base, se estima que durante el periodo de inversión Northgate invertirá un mínimo de 75% del capital comprometido en inversiones directas y un máximo de 25% del capital comprometido en experimentados operadores de fondos y fondos establecidos. Northgate se enfocará en la inversión en compañías en un rango de entre $300 a 800 millones de pesos. Northgate cuenta con un equipo de profesionales de inversión con una amplia e inigualable experiencia local en este segmento, habiendo ya analizado, invertido y desinvertido en compañías devolviendo atractivos retornos a sus respectivos inversionistas.

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Northgate cree que la fuente más confiable para la creación de valor en capital privado es la “transformación activa” de sus compañías en cartera. Esta “transformación activa” consiste en proactivamente añadir valor mediante:

Mejoras operacionales: implementando un número limitado de iniciativas realmente enfocadas y que transformen el desempeño significativamente;

Posicionamiento estratégico: enfocándose en los segmentos de consumidores de mayor valor y en los respectivos productos y servicios; y

Preparación para la salida de la inversión: profesionalizando los procesos, incluyendo mejores prácticas de gobierno corporativo y la gestión de riesgos y fortaleciendo las capacidades de la dirección de las empresas.

En general e independientemente del tipo de oportunidad de inversión que se presente, las empresas potenciales en las que se busca invertir, ya sea directamente o a través de vehículos de inversión, comparten las siguientes características:

Múltiples palancas para añadir valor; Capacidad de influencia y alineación de intereses; Claro camino hacia la liquidez; y Administración con experiencia.

Las Inversiones que realice el Fiduciario se efectuarán simultáneamente con el Vehículo Paralelo en proporción a los recursos con que cada uno cuente para invertir al momento en que se vaya a realizar la Inversión correspondiente. Para determinar la proporcionalidad de la coinversión deberá tomarse el Tipo de Cambio vigente de Dólares a Pesos de los recursos de que dispongan en la fecha de Inversión. Asimismo, todas las Inversiones contarán, de forma directa o indirecta, con el apoyo del Equipo de Administración, en virtud de su obligación de aportar, a través del Vehículo Paralelo, un monto equivalente al 1% del Monto Máximo de la Emisión, invirtiendo en cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que el Fideicomiso realice una Inversión en la fecha en que se lleve a cabo la misma, proporcionalmente y a prorrata la cantidad que corresponda. Una vez que el Administrador identifique una Inversión y obtenga las autorizaciones internas correspondientes, se lo notificará al Comité Técnico y al Fiduciario para que éstos, en su caso, procedan a la autorización y asignación de los recursos necesarios para la consecución de dicha Inversión. La autorización de cualesquier Inversión se sujetará a lo siguiente: (i) si el monto de la Inversión no represente más del 5% del Patrimonio del Fideicomiso, será autorizada directamente por el comité de inversión del Administrador, (ii) si el monto de la Inversión se encuentre dentro del 5% al 20% del Patrimonio del Fideicomiso, deberá ser autorizada por el Comité Técnico, o (iii) si el monto de la Inversión fuere superior al 20% del Patrimonio del Fideicomiso, deberá ser aprobada por la Asamblea de Tenedores que para dicho efecto convoque el Representante Común. En cualquier caso, las Inversiones que realice directamente el Administrador las hará en nombre y por cuenta del Fideicomiso. Salvo por lo que respecta a las Inversiones Adicionales, las Inversiones deberán ser realizadas por el Fiduciario dentro del Periodo de Inversión. Las decisiones de inversión, tanto del Administrador como del Comité Técnico, deberán apegarse a lo establecido en este Reporte Anual, en el Contrato de Fideicomiso y en el Contrato de Administración. Toda Inversión se realizará de conformidad con los Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio y con los Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio, y se procurará se realicen dentro del Periodo de Inversión.

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2.7 Criterios de Inversión

2.7.1 Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio. El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones en los Vehículos de Inversión del Portafolio sólo si éstos cumplen con los siguientes criterios de elegibilidad:

A. Deberá tratarse de vehículos de inversión de capital privado, fideicomisos u otros vehículos

de inversión de capital privado y capital emprendedor (Venture Capital), primarios, secundarios, “emproblemados”, mezzanine y de situaciones especiales.

B. Que la rentabilidad esperada de la Inversión en cada uno de los Vehículos de Inversión del

Portafolio estimada por el Administrador, a su juicio, alcance cuando menos el Rendimiento Preferente e idealmente que sea superior.

C. Que las sociedades en que invierta cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio

conforme a su régimen de inversión, cumplan con lo siguiente: (i) desarrollar su actividad productiva principal en México;(ii) ser residentes para efectos fiscales en México;(iii) no tener sus acciones listadas en la BMV u otros mercados reconocidos al momento de realizar la Inversión; y (iv) no ser una Parte Relacionada del Fideicomitente, el Administrador o de cualquiera de los Funcionarios Clave.

El criterio enumerado en el sub-inciso (iv) de este inciso C podrá dispensarse por el Comité Técnico a propuesta del Administrador.

D. Que los Vehículos de Inversión del Portafolio no se encuentren listados en la BMV u otros mercados reconocidos por la CNBV al momento de realizar la Inversión.

E. Que las sociedades en que invierta cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio

conforme a su régimen de inversión, cumplan con las prohibiciones, restricciones, normas de desempeño ambiental, principios, convenciones, protocolos y en general con los lineamientos establecidos en el Anexo “H” del Fideicomiso, incluyendo, sin limitar, la restricción para invertir en vehículos de inversión que a su vez inviertan en los sectores de bienes raíces e infraestructura.

En el caso de las actividades que conforme al Anexo “H” del Fideicomiso requieran de alguna certificación, dichas sociedades deberán contar con la certificación correspondiente, o bien, encontrarse en proceso de obtenerla, para lo cual deberá tener un plan de trabajo y, en su caso, validarse por el certificador o tercero independiente que el Administrador designe al efecto.

F. Que sus políticas y procedimientos prevean el cumplimiento con sus obligaciones fiscales y

laborales (incluyendo las de seguridad social). G. Que realicen actividades lícitas. H. El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones sólo si se cumple con el parámetro de

diversificación consistente en que el Componente de Flujo Invertido en un solo Vehículo de Inversión del Portafolio, no podrá exceder el 20% del Patrimonio del Fideicomiso. Dicho criterio de diversificación no podrá ser modificado por acuerdo del Comité Técnico. No obstante lo anterior, la Asamblea de Tenedores tendrá la facultad de aprobar cualquier Inversión que represente más del 20% de los activos del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

I. Que de conformidad con la opinión del Comité Técnico, no exista un conflicto de interés para la realización de la Inversión de que se trate o, que aun existiendo dicho conflicto, el Comité Técnico, haya aprobado dicha Inversión, en sesión en la cual los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, deberán abstenerse de votar respecto a dicho asunto.

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J. Que no se trate de vehículos de inversión que a su vez realicen inversiones en empresas en

los cuales entidades Afiliadas de dichos vehículos de inversión hayan realizado inversiones previamente, salvo que se cuente con la aprobación del comité asesor u órgano competente de dichos vehículos de inversión en los cuales Northgate participe; en el entendido que, Northgate deberá verificar que los documentos del Vehículo de Inversión del Portafolio respectivo contengan dichas restricciones, y en todo caso deberá realizar los esfuerzos razonables para incluirlas, pero en ningún caso Northgate será responsable en caso de que una vez que el Fiduciario realice la Inversión correspondiente, dicha restricción no sea incluida; en el entendido que el criterio enumerado en el presente inciso J, únicamente podrá dispensarse por el Comité Técnico a propuesta del Administrador; en el entendido, además, que cualquier cambio en las Políticas de Inversión o en los Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio, se deberá aprobar por el Comité Técnico, y adicionalmente, según el porcentaje que represente del Patrimonio del Fideicomiso, inclusive deberá contar con la autorización de la Asamblea de Tenedores.

En ningún caso el Fideicomiso invertirá en valores inscritos en el RNV o listados en bolsa, directa o indirectamente. Tanto los criterios de elegibilidad como los parámetros de diversificación previstos en la presente Sección, serán aplicables a todas las Inversiones que realice el Fideicomiso en los Vehículos de Inversión del Portafolio.

2.7.2 Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio. El Fideicomiso podrá llevar a

cabo Inversiones en las Compañías del Portafolio sólo si éstas cumplen con los siguientes criterios de elegibilidad:

A. Que la rentabilidad esperada de la Inversión en cada una de las Compañías del Portafolio estimada

por el Administrador, a su juicio, alcance cuando menos el Rendimiento Preferente e idealmente que sea superior.

B. Ser preferentemente una sociedad sujeta al régimen de sociedades anónimas promotoras de

inversión de conformidad con la LMV. C. Las Compañías del Portafolio deberán, al momento de realizar la Inversión: (i) desarrollar su

actividad productiva principal en México;(ii) ser residentes para efectos fiscales en México;(iii) no tener sus acciones listadas en la BMV u otros mercados reconocidos al momento de realizar la Inversión; y (iv) no ser una Parte Relacionada del Fideicomitente, el Administrador o de cualquiera de los Funcionarios Clave.

El criterio enumerado en el sub-inciso (iv) de este inciso C, podrá dispensarse por el Comité Técnico a propuesta del Administrador.

D. Cumplir con las prohibiciones, restricciones, normas de desempeño ambiental, principios, convenciones, protocolos y en general con los lineamientos establecidos en el Anexo “H” del Fideicomiso, incluyendo, sin limitar, la restricción para invertir en compañías de los sectores de bienes raíces e infraestructura.

En el caso de las actividades que conforme al Anexo “H” del Fideicomiso requieran de alguna certificación, la Compañía del Portafolio deberá contar con la certificación correspondiente, o bien, encontrarse en proceso de obtenerla, para lo cual deberá tener un plan de trabajo y, en su caso, validarse por el certificador o tercero independiente que el Administrador designe al efecto.

E. Deberán contar con expectativas de crecimiento positivas por lo que se excluyen empresas en

quiebra o que hayan solicitado y aún se encuentren en concurso mercantil. F. Que sus políticas y procedimientos prevean el cumplimiento con sus obligaciones fiscales y

laborales (incluyendo las de seguridad social). G. Que realicen actividades lícitas.

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H. Que al momento de realizarse la Inversión, ninguno de los Tenedores que sea Inversionista

Institucional, tenga una participación en el capital social de la Compañía del Portafolio de que se trate o, en caso de tratarse de entidades financieras, que ninguno de los Tenedores forme parte del mismo grupo financiero, o tenga relación patrimonial con entidades financieras que pertenezcan al mismo grupo financiero que la Compañía del Portafolio, y que ésta no tenga relación patrimonial con una entidad financiera que a su vez tenga participación en alguno de los Tenedores. Lo anterior se verificará directamente con los socios y accionistas de las Compañías del Portafolio dentro del análisis que se realice previo a la auditoría legal y financiera, e igualmente se incluirá dentro del reporte de la auditoría y en el Memorándum de Inversión.

I. El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones sólo si se cumple con el parámetro de

diversificación consistente en que el Componente de Flujo Invertido en una sola Compañía del Portafolio no podrá exceder el 20% del Patrimonio del Fideicomiso. Dicho criterio de diversificación no podrá ser modificado por acuerdo del Comité Técnico. No obstante lo anterior, la Asamblea de Tenedores tendrá la facultad de aprobar cualquier Inversión que represente más del 20% de los activos del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

J. Que de conformidad con la opinión del Comité Técnico, no exista un conflicto de interés para la

realización de la Inversión de que se trate o, que aun existiendo dicho conflicto, el Comité Técnico haya aprobado dicha Inversión, en sesión en la cual los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, deberán abstenerse de votar respecto de dicho asunto.

En ningún caso el Fideicomiso invertirá en valores inscritos en el RNV o listados en bolsa, directa o indirectamente. Tanto los Criterios de Elegibilidad como los parámetros de diversificación previstos en esta Sección, serán aplicables a todas las Inversiones que realice el Fideicomiso en Compañías del Portafolio.

2.8 Otros Valores Emitidos por el Fideicomiso No aplica, ya que no existen otros valores emitidos por el Fideicomiso.

2.9 Eventos Relevantes durante el periodo

Durante el ejercicio 2016 se realizaron dos inversiones, así como inversiones subsecuentes en las siguientes empresas promovidas:

Con fecha 14 de enero de 2016 se publicó el evento relevante referente a la cuarta llamada de capital del Fideicomiso con clave de cotización AGCCK, con un monto total de certificados subsecuentes de 22,531,200 con un importe total de la llamada de capital de $140,820,000 (ciento cuarenta millones ochocientos veinte mil pesos 00/100)

Se realizó una inversión en AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V. el pasado 15 de febrero de 2016 por un monto de $140,820,000 MXP, inversión que fue aprobada a través de la Sesión del Comité Técnico el día 9 de noviembre de 2015. ´

Con fecha 23 de febrero de 2016 se publicó el evento relevante referente a la quinta llamada de capital del Fideicomiso con clave de cotización AGCCK con un monto total de certificados subsecuentes de 69,544,800 con un importe total de la llamada de capital de $217,327,500 (doscientos diecisiete millones trescientos veintisiete mil quinientos pesos 00/100 M.N.)

Con fecha 1 de marzo de 2016 el evento relevante correspondiente al envío de la valuación trimestral del cuarto trimestre de 2015 incluida en el reenvío de los estados financieros el cuarto trimestre de 2015 sin presentar modificaciones o actualizaciones a las cifras publicadas anteriormente.

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Con fecha 27 de abril de 2016 se publicó evento relevante referente al aviso de extemporaneidad de entrega del reporte del primer trimestre de 2016 solicitando una prórroga para presentar la información en un plazo no mayor a dos días hábiles.

Con fecha 29 de abril de 2016 se publicó evento relevante con el reenvío de estados financieros trimestrales del 4T 2015 sin presentar actualizaciones ni modificaciones en las cifras presentadas anteriormente.

Con fecha 20 de mayo de 2016 se publicó evento relevante a través del cual se hace publico lo acordado el 19 de mayo de 2016 conforme a la autorización del Comité Técnico, llevar a acabo la inversión, junto con Northgate México LP y otro Coinversionista en Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. por un monto de MXP$ 500 Millones

Con fecha 25 de mayo de 2016 se publicó evento relevante a través de la cual se realiza la sexta llamada de capital con un monto total de certificados subsecuentes de 161,117,856 con un importe total de la llamada de capital de $ 251,746,650 (doscientos cincuenta y un millones setecientos cuarenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.)

Con fecha 13 de junio de 2016 se publicó evento relevante a través del cuál se reenvía el reporte anual 2015 con el fin de presentar la constancia del administrador correcta y para desahogar un requerimiento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Lo anterior, sin presentar modificaciones o actualizaciones a las cifras publicadas para el reporte anual presentado.

Con fecha 21 de junio de 2016 se publicó evento relevante a través de la cuál se notifica la inversión suscricpción de acciones junto con Northgate Mexico LP y otro converionista en la sociedad mexicana Grupo Estancias Extendidas S.A. de C.V. La inversión del AGCCK 12 fue por un monto de 231,520,000 MXP, inversión que fue aprobada a través de la Sesión del Comité Técnico el pasado 25 de abril de 2016.

Con fecha 30 de junio de 2016 se publicó evento relevante con el reenvío de Información Trimestral del Fideicomiso correspondiente al Cuarto Trimestre de 2015 con el fin de presentar la constancia del administrador correcta y para desahogar un requerimiento de la CNBV, en el entendido de que dicho alcance no implica modificación o actualización alguna de las cifras publicadas en dicha Información Financiera Trimestral del Fideicomiso correspondiente al Cuarto Trimestre de 2015.

Con fecha 5 de julio de 2016 se publicó evento relevante con el reenvío de la Reporte Anual 2015 para desahogar un requerimiento de la CNBV. Lo anterior, sin presentar modificaciones o actualizaciones a las cifras publicadas para el mismo periodo reportado.

Con fecha 4 de agosto de 2016 se publicó evento relevante con el reenvío de información trimestral para realizar precisiones correspondientes a eventos referentes al desempeño de empresas promovidas. Lo anterior, sin presentar modificaciones o actualizaciones a las cifras publicadas para el mismo periodo reportado.

Con fecha 8 de agosto de 2016 se publico evento relevante con el reenvío del reporte anual para (i) enriquecer la información financiera respecto a las sociedades de las cuales el Fideicomiso invierte, así como del Fideicomitente y (ii) desahogar un requerimiento de la CNBV. Lo anterior, sin presentar modificaciones o actualizaciones a las cifras publicadas para el mismo periodo reportado.

Con fecha 8 de agosto de 2016 se publicó evento relevante a través de la cual se realiza la séptima llamada de capital con un monto total de certificados subsecuentes de 250,604,800 con un importe total de la llamada de capital de $ 195,785,000 (ciento noventa y cinco millones setecientos ochenta y cinco mil 00/100 M.N.)

Con fecha 5 de septiembre se publicó evento relevante a través de la cual se informa la formalización de una nueva inversión en Linio a través de una sociedad controladora, la cuál suscribió los documentos necesarios para ejecuta dicha inversión junto con Northgate Mexico LP. Conforme a la aprobación de la Sesión del Comité Técnico celebrada el 8 de julio de 2016, se aprobó una inversión adicional en TIN jade GmbH – Linio.

Con fecha 8 de septiembre de 2016 se publicó evento relevante con el reenvío de información correspondiente al segundo trimestre de 2016, pues se hicieron precisiones correspondientes a información descrita referente a las empresas promovidas. Lo anterior, sin presentar modificaciones o actualizaciones a las cifras publicadas para el mismo periodo reportado

Con fecha 29 de septiembre de 2016 se publicó evento relevante a través de la cuál se entregó de nueva cuenta el reporte correspondiente al segundo trimestre de 2016, puese hicieron precisiones

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correspondientes a información descrita referente a las empresas promovidas. Lo anterior, sin presentar modificaciones o actualizaciones a las cifras publicadas para el mismo periodo reportado

Con fecha 26 de octubre de 2016 se publicó evento relevante a través del cuál se solicita a la CNBV la y a la BMV prórroga para presentar la información trimestral correspondiente al tercer trimestre de 2016 en un plazo no mayor a cinco días hábiles. Durante el cuarto trimestre de 2016, se realizó una inversión adicional en Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V. por $18.5 millones MXP de acuerdo a lo establecido en la aprobación de la inversión y derivado del buen desempeño de la Compañía que sobrepasó el plan establecido durante los doce meses subsecuentes a la inversión realizada por Northgate.

Con fecha 3 de marzo de 2017 se publicó evento relevante a través de la cual se realiza la octava llamada de capital con un monto total de certificados subsecuentes de 345,531,136 con un importe total de la llamada de capital de $134,973,100 (ciento treinta y cuatro millones novecientos sententa y tres pesos 00/100 M.N.)

Con fecha 13 de febrero de 2017, se publicó evento relevante a través de la cual se realiza la novena llamada de capital con un monto total de certificados subsecuentes de 129,854,054 con un importe total de la llamada de capital de $25,362,120 (veinticinco millones trescientos sesenta y dos mil ciento veinte pesos 00/100 M.N.)

Con fecha 3 de abril de 2017 se publicó evento relevante a través de la cual se entregó de nueva cuenta la información correspondiente al reporte del cuarto trimestre de 2016, pues se sustituyó información referente al reporte de valuación que se adjunta a dicho reporte.

2.10 Cambios significativos a los derechos de los valores inscritos en el Registro No existen cambios a los derechos de los valores inscritos en el Registro.

2.11 Destino de Fondos

Vehículo de Inversión / Compañía del Portafolio

Fecha Inversión /Llamado de

Capital Inicial

Monto de Inversión a diciembre 2016

Compromiso de Capital

Alta Growth Capital, Mexico Fund II

Sep 2013 MXP$ 162,515,505 US$15,000,000.00

Venture Innovation Fund II, L.P.

Sep 2014 MXP$ 101,155,679 US$10,000,000.00

Alsis Mexico Fund II Dic 2015 MXP$ 232,675,952 US$15,000,000.00 Tin Jade GmbH – Linio May 2014 Euros $ 16,782,013 N/A Elara Comunicaciones Julio 2015 MXP$ 330,081,254 N/A

Grupo Diniz Julio 2015 MXP$ 246,047,861 N/A ABC Leasing Feb 2016 MXP$ 140,820,000 N/A

Grupo Estancias Extendidas Jun 2016 MXP$ 231,520,000 N/A

2.12 Factores de Riesgo

3.1 Factores de los riesgos financieros

Las actividades del Fideicomiso lo podrían exponer a una diversidad de riesgos financieros, tales como: el riesgo de mercado, el riesgo crediticio y el riesgo de liquidez. La Administración del Fideicomiso tiene como objetivo minimizar los efectos negativos potenciales derivados de la impredicibilidad de los mercados en el desempeño financiero del Fideicomiso.

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El Fideicomiso identifica, evalúa y cubre los riesgos financieros en estrecha cooperación con sus unidades operativas. La administración tiene políticas generales relativas a la administración de riesgos financieros, así como políticas sobre riesgos específicos, como: el riesgo cambiario, el riesgo de las tasas de interés, el riesgo crediticio y la inversión de excedentes de fondos.

1. Riesgo de mercado

a. Riesgo de tipo de cambio

El riesgo de tipo de cambio es el riesgo de que el valor de un instrumento financiero fluctúe debido a movimientos en los tipos de cambio de divisas extranjeras. Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, el Fideicomiso tuvo activos en dólares americanos (Dlls.), por lo que estuvo expuesto al riesgo de tipo de cambio. En el cuadro siguiente se muestra la concentración de la exposición de riesgo de tipo de cambio al 31 de diciembre de 2016 y 2015. El tipo de cambio al 31 de diciembre de 2016 y 2015 fue de $20.7020 y $17.3755 pesos por dólar, respectivamente y de $ 21.8930 y 18.9983 pesos por euro al 31 de diciembre de 2016 y 2015.

2016 2015

Moneda Extranjera Pesos Moneda

Extranjera Pesos Inversiones en fondos de capital privado Dlls. 27,271,809 $ 564,581 Dlls. 8,651,837 $ 150,330 Inversiones en fondos de capital privado Euros 2,895,341 $ 63,388 Euros 1,498,385 $ 28,467

Al 31 de diciembre de 2016 y de 2015 el fideicomiso no tuvo pasivos denominados en moneda extranjera.

Un posible incremento / decremento razonable en el tipo de cambio de pesos por dólar de +/- 20%, daría lugar a un incremento / decremento en la valuación de + / - $112,916 y + / - $30,066 al 31 de diciembre de 2016 y 2015, respectivamente y un posible incremento / decremento razonable en el tipo de cambio de pesos por euro de +/- 20% daría lugar a un incremento / decremento en la valuación de +/- 15,206,002.

La Administración del Fideicomiso monitorea continuamente las inversiones en fondos de capital, que son realizadas en Dlls., para que éstas se realicen con base a lo establecido en el contrato de fideicomiso, el cual establece el invertir un máximo de 25% de los activos netos atribuibles a los tenedores.

b. Riesgo de los precios

El riesgo de precio es el riesgo de que el valor de un instrumento financiero fluctúe como resultado de los cambios en los precios del mercado, ya sea que esos cambios sean causados por factores específicos del valor particular o de su emisor o factores que afecten a todos los valores negociados en el mercado. La exposición de riesgo de cambios en los precios de títulos de capital del Fideicomiso es limitado debido a que tiene inversiones en empresas privadas y en fondos que invierten en empresas privadas, las cuales son clasificadas como activos financieros medidos a valor razonable.

La política del Fideicomiso para administrar el riesgo de precio es a través de la diversificación eficiente y cuidadosa selección de las inversiones en títulos de capital que realiza, con principal objeto de maximizar los rendimientos para los tenedores de los certificados bursátiles. De acuerdo al contrato de Fideicomiso, se espera comprometer un máximo de 25% de los activos netos atribuibles a

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los tenedores en vehículos de inversión y se buscará invertir un mínimo de 75% de los activos netos atribuibles a los tenedores directamente en compañías, debiendo cumplir con los criterios de elegibilidad de los vehículos de inversión y compañías del portafolio y términos permitidos de acuerdo al contrato de Fideicomiso y con la aprobación del Comité Técnico y la Asamblea de Tenedores.

En ningún caso el Fideicomiso invertirá en valores inscritos en el RNV o listados en bolsa, directa o indirectamente.

Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, el valor razonable de las inversiones es como sigue

En ningún caso el Fideicomiso invertirá en valores inscritos en el RNV o listados en bolsa, directa o indirectamente.

2016 2015

Acciones $ 1,592,041 $ 873,835

Fondos de capital privado 564,581 150,330

Instrumentos financieros medidos a valor razonable $ 2,156,622 $ 1,024,165  

Para la contratación de cualquier crédito o préstamo con cargo al Patrimonio del Fideicomiso por parte del Fiduciario, cuyos , cuyos montos no podrán exceder en su conjunto del 30% (treinta por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso, estará sujeta a que previamente se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando éstos representen el 5% (cinco por ciento) o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstos representen el 20% (veinte por ciento) o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas operaciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola

El Fideicomiso 306916 se ajustará nivel de apalancamiento calculado de conformidad con lo establecido en el artículo 7o., fracción VI, inciso a), numeral 4.1.; y cumplirá con el índice de cobertura de servicio de la deuda calculado de conformidad con lo establecido en el artículo 7o., fracción VI, inciso a), numeral 4.2., de las Circular Única para Emisoras; las consecuencias que se generan en su caso, por el incumplimiento al plan correctivo; las implicaciones en los derechos de los tenedores de los títulos fiduciarios ante la asunción de los créditos, préstamos o financiamientos; el destino de los recursos producto de la asunción de los créditos, préstamos o financiamientos de así presentarse.

Al día de hoy, el Fideicomiso Irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios número F/306916 no cuenta con ningún tipo de deuda o apalancamiento

3. DOCUMENTOS DE CARÁCTER PÚBLICO

El Fideicomiso pone este Reporte Anual a disposición de la comunidad financiera y otros interesados, a través de su divulgación en las siguientes páginas electrónicas en la red mundial (internet): (i) http/www.bmv.com.mx, y (ii) http/www.cnbv.gob.mx. Asimismo, los inversionistas podrán obtener copia del presente Reporte Anual, solicitándolo por escrito a la atención de:

Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V.

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Avenida Paseo de las Palmas 405 piso 18 Colonia Lomas de Chapultepec,

Ciudad de México, C.P. 11000

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO Joaquim Gimenes [email protected] +52 (55) 5202-3200

Eduardo Mapes Sánchez [email protected] +52 (55) 5202-3200

Asimismo, se podrán solicitar el Reporte Anual al Fiduciario contactando a la siguiente persona:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO Samantha Barquera Betancourt [email protected] +52-(55) 5721-6049

Y finalmente, al Representante Común:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO Jesus Abraham Cantú Orozco [email protected] +52 (55) 5231 0588

Alejandra Tapia Jiménez [email protected] +52 (55) 5231 0161

Este Reporte Anual contiene información preparada por el Fideicomitente, el Administrador y por otras fuentes. Ni el Fideicomitente, ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni el Representante Común han verificado que la información proveniente de otras fuentes o los métodos utilizados para su preparación sean correctos, precisos, o no omitan datos relevantes.

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II. ESTRUCTURA DE LA OPERACIÓN 1. PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO 1.1 Evolución de los bienes, derechos o activos fideicomitidos, incluyendo sus ingresos

1.1.1 Desempeño de los activos

El Fideicomiso emitió 5,528,000 (cinco millones quinientos veintiocho mil) Certificados Bursátiles Originales por $552,800,000.00 (quinientos cincuenta y dos millones ochocientos mil Pesos 00/100), mismos que fueron emitidos el 28 de junio de 2012. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $100.00 (cien Pesos 00/100) cada uno, y fueron inscritos con el No. 0173-1.80-2012-015 en el RNV y listados en la BMV. Con fecha 2 de marzo de 2015, la CNBV emitió el oficio número 153/5109/2015, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV, con el número 0173-1.80-2015-028. El Fideicomiso realizó una primera llamada de capital en la cual emitió 12,443,211 (doce millones cuatrocientos cuarenta y tres mil doscientos once) Certificados Bursátiles Originales por $622,160,550 (seiscientos veintidós millones ciento sesenta mil quinientos cincuenta Pesos 00/100), mismos que fueron emitidos el 22 de julio de 2015. Los Certificados Bursátiles Adicionales, tuvieron un precio de colocación de $50.00 (cincuenta Pesos 00/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. Con fecha 9 de julio de 2015, la CNBV emitió el oficio 153/5517/2015, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fideicomiso realizó una segunda llamada de capital en la cual emitió 5,660,007 (cinco millones seiscientos sesenta mil siete) Certificados Bursátiles Originales por $141,500,175.00 (ciento cuarenta y un millones quinientos mil ciento setenta y cinco Pesos 00/100), mismos que fueron emitidos el 28 de agosto de 2015. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $25.00 (veinticinco Pesos 00/100 M.N.) cada uno, y fueron inscritos y listados en la BMV. Con fecha 18 de agosto de 2015, la CNBV emitió el oficio número 153/5642/2015 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fidecomiso realizó una tercera llamada de capital en la cual emitió 2,127,996 (dos millones ciento veintisiete mil novecientos noventa y seis) Certificados Bursátiles Originales por $26,599, 950 (veintiséis millones quinientos noventa y nueve mil novecientos cincuenta Pesos 00/100), mismos que fueron emitidos el 18 de diciembre de 2015. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $ 12.50 (doce Pesos 50/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. La CNBV emitió el oficio número 153/6067/2015 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fidecomiso realizó una cuarta llamada de capital en la cual emitió 22,531,196 (veintidos millones quinientos treinta y un mil ciento noventa y seis) Certificados Bursátiles Originales por $140,819,975 (ciento cuarenta millones ochocientos diecinueve mil novecientos setenta y cinco Pesos 00/100), mismos que fueron emitidos el 5 de febrero de 2016. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $6.25 (seis pesos 25/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. La CNBV emitió el oficio número 153/105205/2016 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fidecomiso realizó una quinta llamada de capital en la cual emitió 69,544,796 (sesenta y nueve millones quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y seis) Certificados Bursátiles Originales por $217,327,487.50 (doscientos diecisiete millones trescientos veintisiete mil cuatrocientos ochenta y siete pesos 50/100), mismos que fueron emitidos el 15 de marzo de 2016. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $3.125 (tres pesos 125/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. La CNBV emitió el oficio número 153/105316/2016 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fidecomiso realizó una sexta llamada de capital en la cual emitió 161,117,851 (ciento sesenta y un millones ciento diecisiete mil ochocientos cincuenta y un) Certificados Bursátiles Originales por $251,746,642.19 (doscientos cincuenta y un millones setecientos cuarenta y seis mil seiscientos cuarenta y dos pesos 19/100),

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mismos que fueron emitidos el 15 de junio de 2016. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $1.5625 (un peso 5625/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. La CNBV emitió el oficio número 153/105638/2016 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fidecomiso realizó una séptima llamada de capital en la cual emitió 250,604,794 (doscientos cincuenta millones seiscientos cuatro mil setecientos noventa y cuatro) Certificados Bursátiles Originales por $195,784,995.32 (ciento noventa y cinco millones setecientos ochenta y cuatro mil novecientos noventa y cinco pesos 32/100), mismos que fueron emitidos el 29 de agosto de 2016. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $0.7813 (cero pesos 7813/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. La CNBV emitió el oficio número 153/105854/2016 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fidecomiso realizó una octava llamada de capital en la cual emitió 345,531,131 (trescientos cuarenta y cinco millones quinientos treinta y un mil ciento treinta y un) Certificados Bursátiles Originales por $134,973,098.05 (ciento treinta y cuatro millones novecientos setenta y tres mil noventa y ocho pesos 05/100 ), mismos que fueron emitidos el 24 de enero de 2017. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $0.390625 (cero pesos 390625/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. La CNBV emitió el oficio número 153/9911/2017 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. El Fidecomiso realizó una novena llamada de capital en la cual emitió 129,854,050 (ciento veintinueve millones ochocientos cincuenta y cuatro mil cincuenta) Certificados Bursátiles Originales por $25,362,119.15 (veinticinco millones trescientos sesenta y dos ciento diecinueve pesos 15/100), mismos que fueron emitidos el 6 de marzo de 2017. Los Certificados Bursátiles Originales tuvieron un precio de colocación de $0.1953125 (cero pesos 1953125/100) cada uno y fueron inscritos y listados en la BMV. La CNBV emitió el oficio número 153/10028/2017 mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV. En virtud de lo anterior, a la fecha de presentación del presente Reporte Anual existen 1,004,943,032 (mil cuatro millones novecientos cuarenta y tres mil treinta y dos) Certificados Bursátiles en circulación, por un monto total de $2,309,074,922.21 (dos mil trescientos nueve millones setenta y cuatro mil novecientos veintidos pesos 21/100). Los precios de colocación de cada uno de los certificados emitidos, se describen en párrafos anteriores. El balance del Fideicomiso, al 31 de diciembre de 2016, 2015, 2014, 2013 y 2012, estaba compuesto de la siguiente manera:

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En el Capítulo “III. El Fideicomitente” del presente Reporte Anual, contiene una descripción del comportamiento que han tenido, en el pasado, vehículos de inversión administrados por Afiliadas de Northgate, a fin de exponer la experiencia de Northgate en la administración de vehículos de inversión de capital privado. Lo anterior en el entendido de que dicha información no es indicativa del desempeño de las Inversiones, ni de los rendimientos que los Tenedores recibirán, y que los bienes descritos en dicha sección no formarán parte del Patrimonio de Fideicomiso.

Activo: 2016 2015 2014 2013 2012

ACTIVO CIRCULANTE:

Efectivo y equivalentes de efectivo

$ 78,701 $160,645 $76,861 $489,971 $526,055

Cuentas por cobrar $8,633 $4,932 $0 $0 $0

Anticipo a proveedores $0 $0 $0 $40 $0

Pagos anticipados $0 $0 $0 $1 $0

$87,334 $165,577 $76,861 $490,012 $526,055

ACTIVO NO CIRCULANTE:

Cuentas por cobrar - Neto $0 $2,118 $27,386 $0 $0

Instrumentos financieros medidos a valor razonable

$2,156,622 $1,024,165 $337,744 $4,586 $0

$2,156,622 $1,026,283 $365,130 $4,586 $0

Total activo $2,243,956 $1,191,860 $441,991 $494,598 $526,055

Pasivo:

Cuentas por pagar $0 $77 $1,328 $418 $505

Total de pasivo $0 $77 $1,328 $418 $505

Activos netos atribuibles a los tenedores

$2,243,956 $1,191,783 $440,663 $494,180 $525,550

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos

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1.1.2 Composición de la totalidad de los activos al cierre del periodo

Las cifras financieras están expresadas en miles de pesos mexicanos.

De conformidad con la Cláusula Quinta del Contrato de Fideicomiso, el Patrimonio del Fideicomiso estará integrado de la siguiente manera (el “Patrimonio del Fideicomiso”):

A. Por la Aportación Inicial. B. Por el monto insoluto de los Compromisos Totales.

C. Por los Recursos Netos que obtendrá el Fiduciario como producto de la Emisión Inicial

de los Certificados Bursátiles.

D. Por los Recursos Netos que obtendrá el Fiduciario como producto de las Emisiones Subsecuentes de los Certificados Bursátiles.

E. Por los títulos representativos del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio que el Fideicomiso adquiera con motivo de las Inversiones.

F. Otros títulos emitidos por los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio cuando se otorguen créditos puente y otros títulos convertibles en acciones (u otros derechos similares) representativas del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio en un plazo máximo de 5 (cinco) años a partir de la fecha en que se realice la Inversión de que se trate, así como por los derechos que a su favor se establezcan en los Contratos de Inversión y en los Contratos de Desinversión.

Activo: 2016 2015 2014 2013 2012

ACTIVO CIRCULANTE:

Efectivo y equivalentes de efectivo

$ 78,701 $160,645 $76,861 $489,971 $526,055

Cuentas por cobrar $8,633 $4,932 $0 $0 $0

Anticipo a proveedores $0 $0 $0 $40 $0

Pagos anticipados $0 $0 $0 $1 $0

$87,334 $165,577 $76,861 $490,012 $526,055

ACTIVO NO CIRCULANTE:

Cuentas por cobrar - Neto $0 $2,118 $27,386 $0 $0

Instrumentos financieros medidos a valor razonable

$2,156,622 $1,024,165 $337,744 $4,586 $0

$2,156,622 $1,026,283 $365,130 $4,586 $0

Total activo $2,243,956 $1,191,860 $441,991 $494,598 $526,055

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos

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G. Por los Flujos.

H. Por las Inversiones Permitidas en que se invierta el Efectivo Fideicomitido y sus rendimientos.

I. Por las demás cantidades, bienes y/o derechos de que, actualmente o en el futuro, sea titular el Fiduciario por cualquier concepto de conformidad con el Fideicomiso o documentos relacionados.

Patrimonio del Fideicomiso al 31/12/2016 Importe

Compromiso total 2,764,000

Aportación inicial (552,800)

Monto insoluto de los Compromisos Totales 615,260

Activos netos atribuibles a los Tenedores 2,243,956

Total 2,859,216 1.1.1 Composición de la totalidad de los activos al cierre del periodo

1.1.2 Variación en saldo y en número de activos

Durante el periodo iniciado el 1 de enero de 2016 y concluido al 31 de diciembre de 2016 la variación en saldos se reportarán.

CONCEPTO IMPORTE

Flujos netos de efectivo al inicio del periodo 160,645 Flujos netos de efectivo utilizados en actividades en operación

(94,482)

Inversiones en instrumentos financieros 12,538 Efectivo y equivalentes de efectivo al fin del año 78,701

1.1.3 Estado de los activos por grado o nivel de cumplimiento

Los excedentes de efectivo del Fideicomiso se invierten en depósitos a plazos menores de 12 meses y títulos negociables del gobierno federal los cuales se consideran como Inversiones en instrumentos financieros disponibles para la venta. Durante el ejercicio 2016 se realizaron dos inversiones, así como inversiones subsecuentes en las siguientes empresas promovidas:

2016

Inversión Sector

Costo de Adquisición

Valor Razonable

% de Participación

Tin Jade GmbH - Linio E-commerce 306,408 462,935 4.41Alta Growth Capital Mexico Fund II, L. P. Diversos 162,515 222,500 9.85Venture Innovation Fund II, L.P. Diversos 101,156 112,262 48.96Elara Comunicaciones S.A. de C.V. Telecomunicaciones 330,081 363,089 77.92Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V. Entretenimiento 246,048 393,677 49.00Alsis Mexico Fund Diversos 232,676 229,819 9.85AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V. Arrendamiento 140,820 140,820 39Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. Hospitality 231,520 231,520 37.70Total 1,751,224 2,156,622

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Se realizó una inversión en AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V. el pasado 15 de febrero de 2016 por un monto de$ 140,820,000 MXP, inversión que fue aprobada a través de la Sesión del Comité Técnico el día 9 de noviembre de 2015.

Se realizó una inversión en Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. el pasado 20 de junio de 2016 por un monto de $ 231,520,000 MXP, inversión que fue aprobada a través de la Sesión del Comité Técnico el pasado 25 de abril de 2016.

A través de la Sesión del Comité Técnico celebrada el 8 de julio de 2016, se aprobó una inversión adicional en TIN jade GmbH – Linio. El primer tranche de esa inversión adicional fue realizada durante el tercer trimestre de 2016 por un monto de $ 2.8 millones de euros.

Durante el cuarto trimestre de 2016, se realizó una inversión adicional en Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V. por $ 18.5 millones MXP de acuerdo a lo establecido en la aprobación de la inversión y derivado del buen desempeño de la Compañía que sobrepasó el plan establecido durante los doce meses subsecuentes a la inversión realizada por Northgate.

A continuación, se describe el desempeño de las empresas promovidas: Venture Innovation Fund II, LP Venture Innovation Fund II, LP. (VIF) es un fondo de venture capital cuya estrategia de inversión es la de invertir en Pequeña y Mediana empresas que tengan proyectos escalables e innovadores en sectores que se beneficien las tendencias demográficas, culturales y macroeconómicas en México. Los principales sectores en los que invierte VIF son e-commerce, salud y servicios financieros. Alta Growth Capital Mexico Fund II LP

Alta Growth Capital (“AGC”) es una firma de capital privado con base en México. La firma administra fondos enfocados a portafolios diversificados de empresas medianas que operan en México. Los principales sectores en los que invierte AGC son: consumo, servicios financieros, vivienda, salud, educación, entretenimiento, manufactura e industrial

Las empresas objetivo del Fondo son aquellas que se encuentran en la etapa de expansión, que cuentan con algún producto comercializable y necesitan capital para su modernización, expansión y/o consolidación. La inversión de capital se puede dar para el crecimiento, para adquisiciones, para darles liquidez a los dueños y/o aportando capital para realizar management buyouts. Alsis Mexico Housing Opportunities Fund Offshore II, L.P. Alsis es un fondo dirigido al financiamiento mezzanine para vivienda en México Alsis tiene con un sólido historial de ejecución con rendimientos similares a private equity con una protección contra riesgo proyecto. Está enfocado en el mercado mexicano de vivienda, el cual presenta una atractiva oportunidad de inversión debido a la creciente demanda de hogares detonada por: Crecimiento poblacional Crecimiento de la clase media y consumo Déficit de 9 millones de viviendas Alsis fue fundado en 2006 y la mayoría de los directivos han trabajado de manera exitosa por más de 18 años juntos. El equipo tiene una gran experiencia en el sector de vivienda en México financiando a los desarrolladores en sus proyectos y en la administración de activos.

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TIN JadeGmbH – Linio (Linio)

Resumen de la Empresa

Linio es una de las principales plataformas de comercio electrónico de América Latina, con operaciones en México (sede), Colombia, Perú, Venezuela, Chile, Argentina, Ecuador y Panamá. Hoy en día, Linio opera una de las plataformas de mercado más grandes de la región, ofreciendo una base de productos cada vez mayor con más de 60 categorías, a través de una red de rápido crecimiento de vendedores profesionales.

Linio ofrece un servicio de clase mundial adaptado a las necesidades del cliente. Linio también ofrece, siete diferentes formas de pago (a través de la página de Lino y medios alternativos), asistencia telefónica durante y después de la compra, devolución de productos sin costo, así como plazos de entrega rápido.

Estrategia y Desempeño de la Empresa

• Linio tiene un buen posicionamiento de mercado, a través de la penetración de mercado que ha alcanzado gracias al crecimiento que ha provocado el uso de los teléfonos celulares inteligentes y tabletas, razón por la cual ha decidido invertir en mejorar las aplicaciones para dispositivos móviles.

Elara Comunicaciones S.A.P.I. de C.V.

Resumen de la Empresa

Elara es proveedor de servicios de telecomunicaciones y tecnología satelital en México y América Latina. La compañía proporciona conectividad de misión crítica, permitiendo a sus clientes enviar y recibir voz, Wi-Fi y celular a través de acceso satelital en regiones donde las telecomunicaciones terrestres tradicionales no son ni accesibles ni viables.

Estrategia y Desempeño de la Empresa

• Elara opera con varios satélites que le permiten dar cobertura a las necesidades de cada uno de sus clientes. Cuenta con más de seis mil VSATs operando con transmisión y recepción de tráfico corporativo (voz, datos y video).

Recórcholis (Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V.)

Resumen de la Empresa

Recórcholis es una empresa de entretenimiento familiar, con atracciones en los centros comerciales de alto tráfico en lugares densamente poblados. En julio de 2015, fecha de inversión, la compañía operaba 37 Centros de Entretenimiento Familiar (FEC) en 13 estados diferentes (hoy 43). Cada FEC es una instalación de multi entretenimientos con atracciones que incluyen áreas de juego para niños pequeños, juegos de habilidad, simuladores, boliche, pistas de hielo, videojuegos, entre otros.

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Estrategia y Desempeño de la Empresa

• La Compañía buscará continuar su rápido crecimiento durante los próximos años.

• Recórcholis está implementando iniciativas para el reconocimiento de marca a través de programas de lealtad, mejorando la relación con clientes, mejora en los programas con patrocinadores, implementación de nuevos sistemas operativos para juegos, entre otros.

• La Compañía abrió un Playbox (áreas especializadas para niños pequeños de entre uno y siete años) en Tecamac, Estado de México.

AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V.

Resumen de la Empresa

ABC leasing, fundada en 2004 en Guadalajara, México, es un proveedor independiente de soluciones de arrendamiento. La empresa opera dos líneas principales de negocio:

a) Arrendamiento automotriz / automotriz (PROCAAR), orientado a PYMEs y personas físicas con actividades empresariales.

b) Arrendamiento Empresarial, enfocado al arrendamiento de activos productivos (principalmente maquinaria y equipo industrial) para PYMEs.

Estrategia y Desempeño de la Empresa

• ABC Leasing tiene una estrategia de crecimiento a través de la ampliación de su red de oficinas y ejecutivos de venta, así como a través de alianzas comerciales estratégicas con bancos, agencias distribuidoras de automóviles y fabricantes de equipo.

• ABC Leasing planea abrir dos oficinales regionales para ampliar la cobertura a nivel nacional.

• Fitch otorgó recientemente una calificación de AAFC3+ (Mex) a ABC Leasing.

Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. (Extended Suites)

Resumen de la Empresa

Extended Suites fue fundada en 2009 después de identificar un enorme potencial en un segmento de mercado desatendido de viajeros de negocios que buscan alternativas de alojamiento de larga duración. Extended Suites es la primera cadena hotelera en México enfocada exclusivamente en atender el segmento de mercado de bajo costo y larga estancia, con un concepto fácilmente replicable en múltiples mercados. La Compañía operaba al momento de la inversión tres hoteles ubicados en Monterrey (Nuevo León), Coatzacoalcos (Veracruz) y Ciudad del Carmen (Campeche).

Estrategia y Desempeño de la Empresa

• Dado el crecimiento del mercado de hospedaje extendido que experimenta México, Extended Suites espera capturar una gran parte del mercado. Como resultado, la Compañía tiene un plan para adquirir y operar al menos 8 nuevos hoteles.

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• La Compañía va muy avanzada con la construcción de tres nuevos hoteles en Mexicali y Tijuana (Baja California) y Ciudad Juárez (Chihuahua), con fechas de apertura tentativas durante mayo de 2017. Asimismo, recientemente se compró la tierra para abrir el siguiente hotel en Celaya (Guanajuato).

1.1.4 Garantías sobre los activos

No aplica, toda vez que no existen garantías constituidas sobre los activos fideicomitidos.

1.1.6. Cargas y limitaciones

No hay cargas ni limitaciones aplicables al Fideicomiso.

1.2 Desempeño de los valores emitidos

Durante el periodo del presente Reporte Anual (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016) no hubo distribuciones a los Tenedores Para la serie única AGCCK 12 se tiene la siguiente información:

PERIODO SALDO INSOLUTO CERTIFICADOS BURSÁTILES EN CIRCULACIÓN

PRECIO DE CERTIFICADOS BURSÁTILES EN CIRCULACIÓN

Inicio 1 de enero de 2015

2,211,200,000 5,528,000 100.00

Cierre 31 de marzo de 2015

2,211,200,000 5,528,000 100.00

Cierre 30 de junio de 2015

2,211,200,000 5,528,000 100.00

Cierre 30 de septiembre de

2015

1,447,539,275 5,528,000 12,443,211 5,660,007

100.00 50.00 25.00

Cierre 31 de diciembre de 2015

1,420,939,325 2,127,996 12.50

31 de marzo de 2016 1,062,791,863 22,531,196 69,544,796

6.25 3.125

30 de junio de 2016 811,045,213 161,117,851 1.5625

30 de septiembre de 2016

615,260,218 250,604,794 0.7813

31 de diciembre de 2016

615,260,218 No hubieron llamados de capital

No hubieron llamados de capital

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1.3 Contratos y acuerdos

1.3.1 Resumen del Contrato de Fideicomiso Descripción General Constitución El Fideicomitente ha constituido un fideicomiso irrevocable de emisión de Certificados Bursátiles, y designó a HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria como Fiduciario, quien a su vez aceptó expresamente su cargo en los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Fideicomiso y se obliga a dar cabal cumplimiento a los Fines del Fideicomiso y las disposiciones del Contrato de Fideicomiso. El Fideicomiso será irrevocable y por lo tanto sólo podrá ser terminado de conformidad con lo expresamente pactado, una vez que se hayan cumplido los Fines del Fideicomiso y demás disposiciones del Contrato de Fideicomiso. Compromiso del Fideicomitente Por virtud del Contrato de Fideicomiso, el Fideicomitente se obliga a que él mismo, o cualquier Afiliada o socio que pertenezca al mismo Consorcio, invierta a través del Vehículo Paralelo un monto equivalente al 1% del Monto Máximo de la Emisión, invirtiendo en cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que el Fideicomiso realice una Inversión en la fecha en que se lleve a cabo la misma, proporcionalmente y a prorrata la cantidad que corresponda (el “Compromiso del Fideicomitente”); en el entendido que la inversión que realice el Fideicomitente conforme al presente párrafo se realizará en los mismos términos que la Inversión que realice el Fideicomiso. Lo anterior en el entendido que dicho monto de inversión incluirá lo siguiente: (i) la parte proporcional que al Fideicomitente le corresponda de los gastos del Vehículo Paralelo, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, gastos de organización, operación y administración; y (ii) la participación en los gastos de inversión e indemnizaciones que deban ser pagados por el Fideicomitente y el Vehículo Paralelo. Dicha obligación de coinversión del Fideicomitente cesará a la conclusión del Periodo de Inversión, tomando en cuenta para tal efecto, aquellos montos aprobados por el Comité Técnico y comprometidos o reservados en los Contratos de Inversión para la realización de Inversiones Adicionales. La Inversión que se realice conforme a lo anterior deberá llevarse a cabo en los mismos términos y condiciones que lo haga el Fideicomiso, debiendo mantenerla en tanto no se realice la Desinversión correspondiente. El Fideicomitente deberá acreditar tal Inversión ante el Comité Técnico mediante copia de los contratos que al efecto haya celebrado en los mismos términos que el Contrato de Inversión respectivo o, en su defecto, presentando una certificación emitida por el secretario del consejo de administración (u órgano competente) del Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio de que se trate. En caso que el Fideicomitente incumpla con su obligación establecida en la Sección 3.2 del Fideicomiso, conforme a lo establecido en el inciso H de la Sección 9.6.1 del Contrato se presentará un Evento de Sustitución del Administrador. Partes en el Fideicomiso Son partes del Fideicomiso las siguientes:

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Fideicomitente Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V.

Fideicomisarios en Primer Lugar

Los Tenedores, respecto de las cantidades que tengan derecho a recibir de conformidad con los Certificados Bursátiles y el Contrato de Fideicomiso, representados para todos los efectos del Contrato de Fideicomiso por el Representante Común.

Fideicomisario en Segundo Lugar

Significa NGM, L.L.C., respecto a las cantidades que tenga derecho a recibir de conformidad con lo establecido en el Contrato.

Fiduciario HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria.

Representante Común Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero

En el Fideicomiso no se permitirá la adhesión de terceros una vez constituido y efectuada la Emisión Inicial. Patrimonio del Fideicomiso El Patrimonio del Fideicomiso estará integrado de la siguiente manera:

A. Por la Aportación Inicial. B. Por el monto insoluto de los Compromisos Totales. C. Por los Recursos Netos que obtendrá el Fiduciario como producto de la Emisión Inicial de los

Certificados Bursátiles. D. Por los Recursos Netos que obtendrá el Fiduciario como producto de las Emisiones

Subsecuentes de los Certificados Bursátiles. E. Por los títulos representativos del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio

y de las Compañías del Portafolio que el Fideicomiso adquiera con motivo de las Inversiones. F. Otros títulos emitidos por los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del

Portafolio cuando se otorguen créditos puente y otros títulos convertibles en acciones (u otros derechos similares) representativas del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio en un plazo máximo de 5 (cinco) años a partir de la fecha en que se realice la Inversión de que se trate, así como por los derechos que a su favor se establezcan en los Contratos de Inversión y en los Contratos de Desinversión.

G. Por los Flujos.

H. Por las Inversiones Permitidas en que se invierta el Efectivo Fideicomitido y sus

rendimientos.

I. Por las demás cantidades, bienes y/o derechos de que, actualmente o en el futuro, sea titular el Fiduciario por cualquier concepto de conformidad con el Fideicomiso o documentos relacionados.

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Fines del Fideicomiso

A. Que el Fiduciario reciba, conserve, mantenga y en su oportunidad, enajene la propiedad de los bienes y derechos que conforman el Patrimonio del Fideicomiso y distribuya y administre los recursos que ingresen al mismo, derivado de la Emisión o por cualquier otra causa, en cada una de las Cuentas de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso.

B. Que el Fiduciario constituya la Reserva para Gastos y la Reserva para Gastos de Asesoría

Independiente, y abra, administre y mantenga abiertas las Cuentas en las instituciones de crédito que el Comité Técnico le instruya, de conformidad con lo previsto en el Contrato de Fideicomiso.

C. Que el Fiduciario realice la Emisión de los Certificados Bursátiles conforme a los términos y

condiciones que al efecto le instruya el Comité Técnico, y efectúe los pagos que se establecen en el Título que ampare los mismos, así como que el Fiduciario realice (i) la Emisión Inicial, (ii) las Llamadas de Capital, y (iii) las Emisiones Subsecuentes.

D. Que en términos de la LMV y demás disposiciones aplicables, el Fiduciario suscriba los

documentos y realice los actos necesarios a fin de llevar a cabo la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles, incluyendo, sin limitar, el Acta de Emisión, el Título que ampare los Certificados Bursátiles, el Contrato de Administración y el Contrato de Colocación, y solicite y obtenga de la CNBV, la BMV, el Indeval y cualquier otra Autoridad, las autorizaciones necesarias para llevarlas a cabo.

E. Que el Fiduciario, previa instrucción por escrito del Fideicomitente, celebre con el

Intermediario Colocador el Contrato de Colocación conforme a los términos y condiciones que al efecto le instruya, y cumpla con las obligaciones previstas en el mismo.

F. Que el Fiduciario celebre con el Administrador el Contrato de Administración y, previa

aprobación del Comité Técnico, el Fideicomiso realice las Inversiones con cargo al Componente de Flujo, de conformidad con la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso.

G. Conforme a los Contratos de Inversión, llevar cabo Inversiones en el capital de los Vehículos

de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio no listadas en bolsa al momento de la inversión, y participar en su consejo de administración u órgano equivalente, para promover su desarrollo, así como otorgarles financiamiento.

H. Que el Fiduciario otorgue al Administrador un poder general para que éste realice las

Inversiones y Desinversiones en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, y celebre los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión en nombre y por cuenta del Fideicomiso; en el entendido que el Administrador estará sujeto a que previo a la realización de las Inversiones y Desinversiones en nombre y por cuenta del Fideicomiso, se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando éstas representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstas representen el 20% o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

I. Que el Fiduciario celebre los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión y cumpla

con los términos y condiciones previstos en los mismos; en el entendido que el Fiduciario estará sujeto a que previo a la celebración de los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión correspondientes, se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando las Inversiones y Desinversiones representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstas representen el 20% o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

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J. Que el Fiduciario invierta el Efectivo Fideicomitido depositado en las Cuentas en Inversiones

Permitidas de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso. K. Que el Fiduciario contrate al Auditor Externo y, en su caso, lo sustituya de conformidad con

las instrucciones que al efecto emita el Comité Técnico otorgadas en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, se abstendrán de votar respecto de dicho punto.

L. Que el Fiduciario contrate al Valuador Independiente autorizado para efectos de lo dispuesto

en la Cláusula Vigésima Segunda del Contrato de Fideicomiso y, en su caso, lo sustituya en cualquier momento y de acuerdo con los términos establecidos en el Contrato de Fideicomiso, de conformidad con las instrucciones que al efecto emita el Comité Técnico otorgadas en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, se abstendrán de votar respecto de dicho punto.

M. Que el Fiduciario pague, con cargo al Patrimonio del Fideicomiso y hasta donde éste baste y

alcance, todas las obligaciones a su cargo de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, el pago de las cantidades adeudadas a los Tenedores de conformidad con el Título que ampare Certificados Bursátiles, los Gastos de Emisión y Colocación, los Gastos de Mantenimiento y los Gastos de Inversión.

N. Que el Fiduciario prepare y proporcione toda aquella información relevante relacionada con

el Fideicomiso, que de conformidad con el Contrato de Fideicomiso, la LMV, la Circular Única de Emisoras, el Reglamento Interior de la BMV y las demás disposiciones aplicables, deba entregar a las Autoridades, a la BMV, al Comité Técnico, al Representante Común, a los Tenedores, a los Proveedores de Precios y al Valuador Independiente, a través de los medios establecidos para tal efecto y dentro de los plazos previstos en las mismas disposiciones, así como toda información que le sea solicitada o deba entregar de conformidad con el Contrato de Fideicomiso.

O. Que el Fiduciario, previas instrucciones del Comité Técnico, de la Asamblea de Tenedores o

del Administrador, según corresponda en términos del Fideicomiso, tome las demás acciones o lleve a cabo los actos necesarios para el adecuado cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, incluyendo sin limitar, la celebración de cualquier otro contrato o convenio, contratación de cualquier crédito o préstamo con cargo al Patrimonio del Fideicomiso, cuyos montos no deberán exceder en su conjunto del 30% del Patrimonio del Fideicomiso, y el retiro y depósito de cualquier cantidad en las Cuentas, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso; en el entendido que, la contratación de cualquier crédito a cargo del Patrimonio del Fideicomiso, estará sujeta a que previamente se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando éstos representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstos representen el 20% o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas operaciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

P. Que en lo no previsto en el Contrato de Fideicomiso, el Fiduciario lleve a cabo o suscriba

todos los actos que sean necesarios para el debido cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, de conformidad con las instrucciones del Comité Técnico.

Q. Que el Fiduciario otorgue los poderes generales o especiales que se requieran para la

consecución de los Fines del Fideicomiso o para la defensa del Patrimonio del Fideicomiso de conformidad con lo dispuesto en el Contrato de Fideicomiso y con las instrucciones escritas que reciba del Comité Técnico y de conformidad con el Anexo “F” del Contrato de Fideicomiso.

R. Que una vez concluida la vigencia del Contrato de Fideicomiso y que se hayan cubierto todas

las cantidades pagaderas bajo los Certificados, el Fiduciario distribuya los bienes, derechos y cualquier otro activo que forme parte del Patrimonio del Fideicomiso en ese momento, de conformidad con lo establecido en

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el Contrato de Fideicomiso y dé por extinguido el Fideicomiso, otorgando al Fideicomitente el finiquito más amplio que en su derecho corresponda. El Fideicomitente reconoce que el Fiduciario no estará obligado a realizar acto alguno en contravención al Fideicomiso o a la regulación aplicable. Asimismo, las Partes acuerdan que el Fiduciario y el Administrador no serán responsables por aquellos actos que realicen en seguimiento de las instrucciones que el Comité Técnico o el Administrador, según sea el caso, les entreguen conforme a lo previsto en el Contrato de Fideicomiso. Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios Emisión En cumplimiento a lo establecido en los artículos 61, 62, 63 y 64 de la LMV, así como del Contrato de Fideicomiso, el Acta de Emisión y el Título, el Fiduciario emitirá Certificados Bursátiles hasta por un monto máximo de $2,764,000,000.00 (dos mil setecientos sesenta y cuatro millones de Pesos 00/100), siendo la Aportación Mínima Inicial de $552,800,000.00 (quinientos cincuenta y dos millones ochocientos mil Pesos 00/100), equivalentes al 20% del Monto Máximo de la Emisión, de conformidad con las instrucciones que al efecto le entregue el Comité Técnico. Aportación Mínima Inicial En la Fecha de Emisión Inicial los Tenedores deberán suscribir y pagar 5,528,000 (cinco millones quinientos veintiocho mil) Certificados Bursátiles Originales por un monto total de $552,800,000.00 (quinientos cincuenta y dos millones ochocientos mil Pesos 00/100), mismos que representan el 20% del Monto Máximo de la Emisión, y por la mera suscripción de los Certificados Bursátiles, estarán comprometidos a lo siguiente: (i) invertir un monto determinado en la Fecha de Emisión Inicial ( la “Contribución Inicial”), el cual deberá representar el 20% del Compromiso Total de cada Tenedor; y (ii) asumir la obligación de realizar contribuciones adicionales hasta alcanzar el Monto Máximo de la Emisión (las “Contribuciones Adicionales”, y en conjunto con la Contribución Inicial, el “Compromiso Total”); lo anterior bajo el mecanismo de Llamadas de Capital que se describe más adelante en la Cláusula Séptima del Fideicomiso y conforme a la Circular Única de Emisoras. Emisión Inicial; Inscripción y Listado de los Certificados Originales El Fiduciario se obliga a celebrar con el Intermediario Colocador el Contrato de Colocación bajo la modalidad de mejores esfuerzos de acuerdo con los términos y condiciones que el Comité Técnico le instruya. En la Fecha de Emisión Inicial, el Fiduciario, con la intervención del Intermediario Colocador colocará los Certificados Originales entre el público inversionista a través de oferta(s) pública(s) autorizada(s) por las Autoridades competentes. Para lo anterior, el Fiduciario se obliga a llevar a cabo aquellos actos necesarios para la inscripción de los Certificados Bursátiles Originales en el RNV y para su listado en la BMV y demás registros similares o en otras jurisdicciones, según le sea instruido por el Comité Técnico. La Emisión Inicial deberá realizarse por el Monto Inicial de Emisión, el cual deberá representar, por lo menos, el 20% (veinte por ciento) del Monto Máximo de la Emisión, para lo cual los Tenedores deberán suscribir y pagar el número de Certificados Bursátiles correspondientes a su Contribución Inicial.

Emisiones Subsecuentes; Actualización de la Emisión De conformidad con los artículos 62, 63 y 64 de la LMV y en los términos y condiciones que en su momento emita el Administrador, el Fiduciario colocará, sujeto a la actualización de su inscripción en el RNV, Certificados Subsecuentes en cada fecha en que se lleve a cabo una Emisión Subsecuente conforme al mecanismo de Llamadas de Capital, sin que sea necesario consentimiento alguno de los Tenedores, la celebración de una Asamblea de Tenedores o la modificación del Acta de Emisión; en el entendido que, el

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Fiduciario no podrá llevar a cabo Emisiones Subsecuentes cuyo monto acumulado, junto el monto de la Emisión Inicial, sea mayor al Monto Máximo de la Emisión. El Fiduciario deberá solicitar a la CNBV la actualización de la inscripción de los Certificados en el RNV, con anterioridad a la Llamada de Capital correspondiente en términos del Artículo 14, fracción II, tercer párrafo de la Circular Única de Emisoras, a fin de contar con dicha actualización antes de que se lleve a cabo la Emisión Subsecuente correspondiente. Al solicitar la actualización de la inscripción en el RNV, el Fiduciario deberá presentar a la CNBV un aviso con fines informativos que contenga las características de la Llamada de Capital de que se trate, así como las resoluciones del Comité Técnico en que se apruebe cada una de las Emisiones Subsecuentes. Asimismo, el Fiduciario deberá canjear el Título en Indeval, sin que sea necesaria la aprobación de la Asamblea de Tenedores, y dicho Título deberá modificarse únicamente para actualizar el número de Certificados Bursátiles que amparará, pero los demás términos y condiciones no podrán ser modificados, incluyendo, sin limitar, la Fecha de Vencimiento, clave de pizarra y Fecha de Emisión Inicial; en el entendido que, el proyecto del Título a ser depositado en sustitución del anterior, deberá ser presentado en Indeval a más tardar en la Fecha de Registro correspondiente. Adicionalmente, a más tardar el Día Hábil anterior a que el Administrador entregue al Fiduciario una Instrucción de Llamada de Capital, la Asamblea de Tenedores deberá reunirse para aprobar el destino de los recursos obtenidos con cada Llamada de Capital, cuando sean al menos iguales o mayores al 20% (veinte por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso, con base en la información financiera del Fideicomiso revelada el trimestre anterior. Títulos Los Certificados Bursátiles emitidos por el Fideicomiso estarán documentados mediante un solo Título que amparará todos los Certificados Bursátiles (el “Título”). Dicho Título será sustituido en cada fecha en que se lleve a cabo una Emisión Subsecuente por un nuevo título que represente todos los Certificados Bursátiles en circulación hasta e incluyendo dicha fecha. Los Certificados Bursátiles darán a sus Tenedores el derecho a recibir, en estricto apego a lo dispuesto en el Fideicomiso, las Distribuciones a los Tenedores en cada Fecha de Pago, en términos de lo dispuesto en la Sección 12.2 del Fideicomiso. Acta de Emisión El Fiduciario deberá realizar la Emisión de los Certificados Bursátiles con base en el Acta de Emisión, de la cual formará parte el Título correspondiente, y deberá contener los requisitos mínimos establecidos en la Circular Única de Emisoras. Llamadas de Capital Durante la vigencia del Fideicomiso, el Fiduciario podrá realizar Llamadas de Capital a los Tenedores con la finalidad de que realicen Contribuciones Adicionales que serán utilizadas por el Fiduciario para los propósitos que el Administrador determine, que podrán ser, (i) la realización de Inversiones, (ii) el pago de Gastos de Mantenimiento y Gastos de Inversión (incluyendo el fondeo de la Reserva para Gastos), (iii) la realización de Inversiones Adicionales, y (iv) cumplir con los Compromisos de Capital asumidos por el Fideicomiso en términos de los Contratos de Inversión. Todos los Tenedores están obligados a acudir a una Llamada de Capital. El Administrador podrá decidir a su entera discreción el momento en que deben realizarse las Llamadas de Capital, en el entendido que el Administrador podrá instruir al Fiduciario realizar dichas Llamadas de Capital

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aun cuando mantenga, en el Patrimonio del Fideicomiso, cantidades derivadas de la Emisión Inicial o Llamadas de Capital anteriores que el Administrador haya determinado utilizar para alguno de los propósitos establecidos en el Contrato de Fideicomiso. Asimismo, el Administrador, a su sola discreción, podrá mantener en las Cuentas del Fideicomiso recursos hasta por un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso, dicho 2% (dos por ciento) será calculado tomando como base el balance del semestre inmediato anterior; en el entendido que, el Comité Técnico podrá en cualquier momento aprobar la modificación de dicho porcentaje. Una vez que se haya llevado a cabo el pago de los Certificados Subsecuentes por parte de los Tenedores, el Fiduciario entregará los Certificados Subsecuentes a los Tenedores, con la finalidad de reflejar su Contribución Adicional. Los recursos obtenidos de las Contribuciones Adicionales se depositarán en la Cuenta General para ser aplicados conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso. Procedimiento para las Llamadas de Capital Previo a la realización de una Llamada de Capital, con al menos 16 (dieciséis) Días Hábiles de anticipación a la Fecha de Emisión Subsecuente, el Administrador deberá entregar al Fiduciario y al Representante Común una Instrucción de Llamada de Capital, que deberá incluir, cuando menos, la siguiente información: (i) el número de Llamada de Capital; (ii) la Fecha de Registro, la Fecha Ex-Derecho, la Fecha Límite de Suscripción y la Fecha de Emisión Subsecuente; (iii) el Monto Adicional Requerido por cada Certificado Bursátil en circulación, en el entendido que, la suma de los Montos Adicionales Requeridos, y el resto de los Montos Adicionales Requeridos como resultado de Llamadas de Capital anteriores, no deberá exceder el Compromiso Total de cada Tenedor; (iv) la fecha en que cada Contribución Adicional deberá estar disponible la cual será en la Fecha de Emisión Subsecuente; (v) el precio de colocación de cada Certificado Subsecuente; y (vi) el número de Certificados Subsecuentes que cada Tenedor tendrá derecho a recibir derivado de su Contribución Adicional; lo anterior mediante el registro que deberá llevar el Fiduciario conforme a la Sección 2.7 del Acta de Emisión. El Fiduciario, con al menos 15 (quince) Días Hábiles de anticipación a la Fecha de Emisión Subsecuente, deberá notificar a los Tenedores sobre la Llamada de Capital correspondiente, mediante la publicación del anuncio respectivo a través de EMISNET, mismo que deberá incluir la información mencionada en el párrafo anterior; en el entendido que dicha Llamada de Capital deberá ser anunciada nuevamente en EMISNET cada 2 (dos) Días Hábiles contados a partir de la primera notificación y hasta la Fecha Límite de Suscripción. El Fiduciario deberá entregar copia de dicho anuncio al Indeval, a la BMV y al Representante Común a más tardar el siguiente día al que se realice la Llamada de Capital correspondiente. Asimismo, con la misma anticipación de 15 (quince) Días Hábiles establecida en el párrafo anterior, el Fiduciario deberá notificar por escrito a cada uno de los Tenedores de los Certificados Bursátiles que tenga registrados en términos de la Sección 2.7 del Acta de Emisión, sobre la Llamada de Capital correspondiente, indicando los puntos enumerados en el primer párrafo de la presente Sección.

Cada Tenedor que al cierre de operaciones de la Fecha de Registro especificada en la Llamada de Capital respectiva, sea titular de Certificados Bursátiles en términos de la legislación aplicable, (i) deberá ofrecer suscribir, a más tardar en la Fecha Límite de Suscripción, los Certificados Subsecuentes que le corresponda suscribir conforme a dicha Llamada de Capital en base al Compromiso por Certificado correspondiente al número de Certificados Bursátiles de los que sea titular al cierre de operaciones de la Fecha de Registro, y (ii) deberá pagar dichos Certificados Subsecuentes en la Fecha de Emisión Subsecuente; en el entendido que, el número de Certificados Subsecuentes que cada Tenedor deberá ofrecer suscribir y pagar, se determinará multiplicando el Compromiso por Certificado por el número de Certificados Bursátiles de los que sea titular dicho Tenedor al cierre de operaciones de la Fecha de Registro, redondeado al entero inferior más próximo. El Fiduciario únicamente emitirá los Certificados Bursátiles Subsecuentes que los Tenedores hayan ofrecido suscribir en o antes de la Fecha Límite de Suscripción y se hayan pagado (o aquellos que se hayan suscrito y pagado dentro del Periodo de Cura a que hace referencia la Sección 7.7.2 del Fideicomiso). Sólo tendrán derecho a suscribir los Certificados Bursátiles Subsecuentes que se emitan en una Emisión Subsecuente, los Tenedores de Certificados Bursátiles con base en el Compromiso por Certificado correspondiente al número de

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Certificados Bursátiles de los que sea titular en la Fecha de Registro o aquellos que adquieran Certificados Bursátiles con posterioridad a la Fecha Límite de Suscripción, dentro del Periodo de Cura establecido en la Sección 7.7.2 del Fideicomiso. La suscripción se considerará realizada en la fecha en que se lleve a cabo la Emisión Subsecuente y se haya pagado la Contribución Adicional. En caso que un Tenedor no suscriba y pague los Certificados Subsecuentes que le corresponda, ya sea en su totalidad o en una porción, se verá sujeto a la dilución punitiva que se describe en la Sección 7.7.3 del Fideicomiso. Considerando los mecanismos de operación de la BMV, cualquier Persona que adquiera Certificados Bursátiles con posterioridad a la Fecha Ex-Derecho especificada en la Llamada de Capital respectiva, no tendrá derecho a suscribir y pagar los Certificados Subsecuentes que se emitan en la Emisión Subsecuente correspondiente y, como consecuencia, también se verá sujeta a la dilución punitiva que se describe en la Sección 7.7.3. Por otro lado, el Tenedor que transfiera Certificados Bursátiles con posterioridad a la Fecha Ex-Derecho, podrá ofrecer suscribir en o antes de la Fecha Límite de Suscripción, los Certificados Subsecuentes que le corresponda suscribir conforme a dicha Llamada de Capital con base en el Compromiso por Certificado correspondiente al número de Certificados Bursátiles de los que era titular en dicha Fecha Ex-Derecho, aún si en la fecha de la Emisión Subsecuente ya no es titular de los mismos.

De conformidad con la Sección 2.7 del Acta de Emisión el Fiduciario deberá mantener, con la asistencia y con la información que le proporcione el Administrador, un registro en el que conste el monto de las aportaciones recibidas por el Fideicomiso como resultado de la Emisión Inicial y de cada Emisión Subsecuente por cada Tenedor, las Contribuciones Adicionales restantes de los Tenedores, el número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que correspondió emitir en cada Emisión Subsecuente que se hubiera realizado a esa fecha, y el Compromiso por Certificado correspondiente a cada Certificado Bursátil en circulación para cada Emisión Subsecuente que se hubiera realizado a esa fecha. Los Certificados Bursátiles que se emiten en la Fecha de Emisión Inicial, tienen un precio de $100.00 (cien Pesos 00/100) cada uno, y se considera que cada Tenedor aporta $100.00 (cien Pesos 00/100) al Fideicomiso por cada Certificado Bursátil adquirido en la Fecha de Emisión Inicial. En virtud de lo anterior, el número de Certificados Originales de la Emisión Inicial es igual al Monto Inicial de Emisión dividido entre 100 (cien). El número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que correspondería emitir en una Emisión Subsecuente, asumiendo que todos los Tenedores han suscrito y pagado todos los Certificados Bursátiles que les hubiera correspondido suscribir conforme a las Llamadas de Capital previas a la fecha de cálculo respectiva, se determinará utilizando la siguiente fórmula (en el entendido que el número de Certificados Subsecuentes que efectivamente se emitan en una Emisión Subsecuente podrá ser ajustado para reflejar el monto que haya sido efectivamente pagado en la Fecha de Emisión Subsecuente correspondiente, o dentro del Periodo de Cura que se establece en la Sección 7.7.2 siguiente, y que dicho ajuste no afectará los cálculos siguientes):

Xi = (2n

) (Yi/100)

Donde: Xi = al número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que correspondería emitir en la Emisión

Subsecuente correspondiente, asumiendo que todos los Tenedores han suscrito y pagado todos los Certificados Bursátiles que les hubiera correspondido suscribir conforme a las Llamadas de Capital previas a la fecha de cálculo respectiva

Yi = al monto de la Emisión Subsecuente correspondiente

n = al número de Llamada de Capital correspondiente i = identifica el número de Llamada de Capital para cada factor

El precio a pagar por Certificado Bursátil Subsecuente en cada Emisión Subsecuente se determinará utilizando la siguiente fórmula:

Pi = Yi / Xi

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Donde: Pi = al precio por Certificado Bursátil Subsecuente en la Emisión Subsecuente correspondiente;

en el entendido que, para calcular Pi se utilizarán hasta diez puntos decimales

El número de Certificados Bursátiles Subsecuentes a ser emitidos en una Emisión Subsecuente que un Tenedor debe suscribir por cada Certificado Bursátil del que sea titular en la Fecha de Registro correspondiente, se determinará utilizando la siguiente fórmula:

Xi

Ci = ____________

n ∑ Xi - 1

1 Donde: Ci = al Compromiso por Certificado

Lo anterior en el entendido que, el número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que deberá ofrecer suscribir y pagar cada Tenedor se determinará multiplicando dicho Compromiso por Certificado por el número de Certificados Bursátiles de los que sea titular dicho Tenedor en la Fecha de Registro, redondeado al entero inferior más próximo.

De manera ilustrativa, a continuación se desarrollan las fórmulas para determinar el Compromiso por Certificado para la primera, la segunda y la tercera Llamada de Capital:

1. En la primera Llamada de Capital, el Compromiso por Certificado se determinará utilizando

la siguiente fórmula:

X1

C1 = ______

X0

Donde: X1 = al número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que correspondería emitir respecto de la

primera Llamada de Capital X0 = al número de Certificados Bursátiles correspondientes a la Emisión Inicial

2. En la segunda Llamada de Capital, el Compromiso por Certificado se determinará utilizando

la siguiente fórmula:

X2

C2 = ___________

X0 + X1

Donde: X2 = al número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que correspondería emitir respecto de la

segunda Llamada de Capital, asumiendo que todos los Tenedores han suscrito y pagado todos

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los Certificados Bursátiles que les hubiera correspondido suscribir conforme a la primera Llamada de Capital

3. En la tercera Llamada de Capital, el Compromiso se determinará utilizando la siguiente

fórmula:

X3

C3 = ______________

X0 + X1 + X2

Donde: X3 = al número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que correspondería emitir respecto de la

tercer Llamada de Capital, asumiendo que todos los Tenedores han suscrito y pagado todos los Certificados Bursátiles que les hubiera correspondido suscribir conforme a la primera y segunda Llamadas de Capital

El monto de la aportación que realice cada Tenedor al Fideicomiso será igual al monto que resulte de multiplicar el número de Certificados Bursátiles Subsecuentes que suscriba dicho Tenedor en la Emisión Subsecuente correspondiente, por el precio por Certificado Bursátil Subsecuentes de la Emisión Subsecuente correspondiente. Los montos que reciba el Fiduciario respecto de la Emisión Inicial y las Emisiones Subsecuentes, serán recibidos en la Cuenta General y estarán sujetos a los procedimientos que se establecen en las Cláusulas Décima Primera y Décima Segunda del Fideicomiso. Período de Cura El Fiduciario deberá otorgar un periodo de 20 (veinte) días naturales siguientes a la Fecha de Emisión Subsecuente (el “Periodo de Cura”), en caso de que los Tenedores incumplan con el pago de las Contribuciones Adicionales en tiempo y forma, para que remedien dicho incumplimiento. En la fecha de terminación del Periodo de Cura, es decir, el vigésimo día natural siguiente a la Fecha de Emisión Subsecuente respectiva, dichos Tenedores deberán pagar (i) el Monto Adicional Requerido y; (ii) una Comisión por Incumplimiento que será calculada conforme a lo establecido en el siguiente párrafo. Cualquier otra persona que haya adquirido los Certificados después de la Fecha Límite de Suscripción respectiva, podrá subsanar el incumplimiento antes de la terminación del Periodo de Cura mediante la realización del pago de (i) el Monto Adicional Requerido y (ii) una Comisión por Incumplimiento calculada sobre saldos insolutos diarios desde la fecha del incumplimiento y hasta el vigésimo día natural siguiente a la Fecha de Emisión Subsecuente respectiva, resultado de multiplicar por 2 (dos) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (la “TIIE”) a plazo de hasta 28 (veintiocho) días que sea publicada por el Banco de México en dicha fecha (las “Comisiones por Incumplimiento”). El cálculo de las Comisiones por Incumplimiento se efectuará utilizando el procedimiento de días naturales efectivamente transcurridos entre 360 (trescientos sesenta) días. En caso que la TIIE deje de ser determinada o publicada, las Comisiones por Incumplimiento se calcularán con base en la tasa más alta de certificados de la tesorería (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días, en el periodo que corresponda, de acuerdo a las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación o en algún diario de circulación nacional, ajustándose a la tasa así determinada de acuerdo con las variaciones mensuales de dicha tasa. Las Comisiones por Incumplimiento deberán ser utilizadas por instrucción del Administrador para (i) pagar al Fiduciario y al Administrador los gastos incurridos durante el Periodo de Cura como resultado del incumplimiento del Tenedor, (ii) para aumentar los montos que se encuentren depositados en las Cuentas del Fideicomiso, y (iii) según sea el caso, para realizar Distribuciones a los Tenedores y distribuciones al Fideicomisario en Segundo Lugar.

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A más tardar el Día Hábil siguiente a la Fecha de Emisión Subsecuente correspondiente, el Fiduciario deberá notificar a los Tenedores sobre el inicio del Periodo de Cura, mediante la publicación del anuncio respectivo a través de EMISNET, con base en la información que le proporcione el Representante Común respecto a los Tenedores (o en su caso, de los custodios correspondientes, para que estos a su vez sean quienes notifiquen a los Tenedores). El Fiduciario deberá entregar copia de dicho anuncio al Indeval, a la BMV y al Representante Común a más tardar el siguiente Día Hábil al que se realice la notificación correspondiente. Asimismo, con la misma anticipación establecida en el párrafo anterior, el Fiduciario deberá notificar por escrito a cada uno de los Tenedores de los Certificados Bursátiles que tenga registrados, con base en la información que le proporcione el Representante Común, y que hayan incumplido con la Llamada de Capital, sobre el inicio del Periodo de Cura, indicando, cuando menos, la siguiente información: (i) el Monto Adicional Requerido por cada Certificado Bursátil en circulación; en el entendido que, la suma de los Montos Adicionales Requeridos, y el resto de los Montos Adicionales Requeridos como resultado de Llamadas de Capital anteriores, no deberá exceder el Compromiso Total de cada Tenedor; (ii) la fecha en que cada Contribución Adicional deberá estar disponible, que en todo caso será el vigésimo día natural siguiente a la Fecha de Emisión Subsecuente respectiva; (iii) el precio de colocación de cada Certificado Subsecuente; (iv) el número de Certificados Subsecuentes que cada Tenedor deberá recibir derivado de su Contribución Adicional; y (v) el monto de la Comisión por Incumplimiento que deberá ser pagado por los Tenedores. En lo no previsto en la presente Sección, se estará sujeto al procedimiento establecido en la Sección 7.7.1 del Fideicomiso. Consecuencias para los que incumplan con las Llamadas de Capital Conforme al mecanismo de Llamadas de Capital descrito en la Cláusula Séptima, si un Tenedor existente no suscribe y paga los Certificados Bursátiles Subsecuentes que se emitan en una Emisión Subsecuente (o en su caso, concluido el Periodo de Cura) conforme a una Llamada de Capital, se verá sujeto a una dilución punitiva, ya que el monto aportado por dicho Tenedor al Fideicomiso no será proporcional al número de Certificados Bursátiles que tendrá después de la Emisión Subsecuente respecto de la cual no suscribió y pagó Certificados Bursátiles Subsecuentes conforme a su Compromiso por Certificado. En otras palabras, el porcentaje que representen los Certificados Bursátiles de los que sea titular antes de la Emisión Subsecuente respecto de los Certificados Bursátiles en circulación después de la Emisión Subsecuente, disminuirá más allá del monto proporcional que debía haber aportado al Fideicomiso respecto de la Emisión Subsecuente conforme a su Compromiso por Certificado, y la parte proporcional acrecentará en beneficio de los Tenedores que si suscribieron y pagaron los Certificados Bursátiles Subsecuentes que se emitieron en la Emisión Subsecuente. Dicha dilución punitiva para el Tenedor que no acuda a una Llamada de Capital y beneficio incremental para los Tenedores que si lo hagan, se verá reflejada en lo siguiente:

A. En las Distribuciones a los Tenedores que realice el Fiduciario conforme a la Cláusula Décima Segunda del Fideicomiso, y cualquier otro pago que tengan derecho a recibir los Tenedores respecto de los Certificados Bursátiles (incluyendo Efectivo Excedente), ya que dichas Distribuciones a los Tenedores y pagos, se realizarán con base en el número de Certificados Bursátiles en circulación al momento en que se lleven a cabo;

B. En los derechos de voto en las Asambleas de Tenedores y otros derechos relacionados a las Asambleas de Tenedores, ya que las resoluciones de las Asambleas de Tenedores se toman, y los derechos relacionados a las Asambleas de Tenedores se ejercen, con base en el número de Certificados Bursátiles en circulación al momento que se realicen las Asambleas de Tenedores o en el momento en que se ejerzan dichos derechos;

C. En los derechos para designar y mantener la designación de miembros del Comité Técnico, toda vez que dichos derechos se calculan con base en el número de Certificados Bursátiles en circulación al momento de la designación o en el momento en que se vaya a celebrar una sesión del Comité Técnico; y

D. En el derecho a suscribir Certificados Bursátiles Subsecuentes que se emitan en Emisiones Subsecuentes, ya que dicho derecho se basa en el número de Certificados Bursátiles de los que sea titular cada

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Tenedor en la Fecha de Registro que se establezca en la Llamada de Capital correspondiente, y no en el número de Certificados Bursátiles que adquirió dicho Tenedor respecto de la Emisión Inicial. Adicionalmente a lo establecido en los párrafos anteriores, los montos contribuidos por los Tenedores que hayan incumplido con el pago de una Contribución Adicional hasta la Fecha de Emisión Subsecuente correspondiente (o, en su caso, concluido el Periodo de Cura), continuarán formando parte de la Cuenta en que se encuentren depositados en dicha fecha sin que proceda su devolución. De conformidad con lo descrito en la presente Sección, existe la posibilidad de que uno o más Tenedores no atiendan a las Llamadas de Capital. Si alguno de los Tenedores no acude a una Llamada de Capital y no paga los Certificados Subsecuentes que se coloquen en una Emisión Subsecuente conforme a su Compromiso Total, el Fideicomiso podría verse imposibilitado en cumplir con el plan de negocios y Periodo de Inversión que se establece en el prospecto, e incidir negativamente en la rentabilidad de los Certificados Bursátiles. Adicionalmente, se podría perder la posibilidad de realizar la Inversión correspondiente y el Fideicomiso podría tener que pagar penas y gastos al respecto. Estos hechos constituyen un riesgo adicional a aquellos derivados de las Inversiones que realice el Fideicomiso que se establecen en el plan de negocios. Ninguno de los Tenedores tendrá la obligación de suscribir y pagar Certificados Subsecuentes por un monto mayor al Compromiso Total que haya adquirido a la Fecha de Emisión Inicial o que le derive de la adquisición posterior de Certificados Bursátiles. En caso de que algún Tenedor incumpla con el pago de una Contribución Adicional, los Certificados Subsecuentes que le corresponderían a dicho Tenedor serán cancelados, sin que se genere una obligación de los demás Tenedores de adquirir dichos Certificados Subsecuentes. Cualquier modificación a las penas establecidas en la presente Sección, implicará la modificación del Contrato de Fideicomiso, y por ende, del Acta de Emisión, lo anterior sujeto a lo establecido en la Cláusula Vigésima Cuarta del Fideicomiso, es decir, mediante la aprobación de la Asamblea de Tenedores, para lo cual se requerirá del voto favorable de los Tenedores que representen el 75% de los Certificados Bursátiles en circulación en dicho momento. Restricciones a la Transferencia de los Certificados Las disposiciones establecidas en la presente Sección, no deberán considerarse como, y el Comité Técnico no adoptará, medidas que hagan nugatorio el ejercicio de los derechos patrimoniales de los Tenedores, ni que contravengan lo previsto en la LMV, por lo que en ningún caso podrán establecerse condiciones que restrinjan en forma absoluta la transmisión de los Certificados Bursátiles. A fin de evitar la adquisición de los Certificados Bursátiles, que pudiere limitar el cumplimiento de las obligaciones y funciones del Administrador en perjuicio de los Tenedores minoritarios, la Persona o grupo de Personas que, con posterioridad a la Fecha de Emisión Inicial pretendan enajenar, así como aquéllos que pretendan adquirir, por cualquier medio la titularidad del 5% (cinco por ciento) o más de los Certificados Bursátiles en circulación, ya sea en forma directa o indirecta, dentro o fuera de alguna bolsa de valores, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas, sin límite de tiempo, requerirán de la previa autorización del Comité Técnico para llevar a cabo dicha enajenación o adquisición, para lo cual se deberá contar con el voto favorable de la mayoría de los miembros del Comité Técnico designados por el Administrador. La Persona o grupo de Personas interesadas en enajenar, y aquéllas interesadas en adquirir, Certificados Bursátiles, deberán presentar por escrito una solicitud de autorización dirigida al Presidente y el Secretario del Comité Técnico, la cual deberá indicar lo siguiente: (i) el número de los Certificados que sean propiedad de la Persona o grupo de Personas que pretenden realizar la adquisición o, en su caso, hacer mención respecto a que dicha Persona no es Tenedor a la fecha de la solicitud; (ii) el número de Certificados que pretenda adquirir y la fecha en que pretenda adquirirlos; (iii) el nombre, nacionalidad e información general de cada uno de los potenciales adquirentes; y (iv) manifestación sobre si existe la intención de adquirir un porcentaje mayor al 20% (veinte por ciento) de los Certificados; en el entendido que el Comité Técnico podrá solicitar de la Persona o Personas interesadas información adicional que considere necesaria o conveniente para adoptar una resolución, siempre y cuando sea consistente con la información que se pudiera requerir para evaluar la solicitud

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de autorización y no se imponga una carga significativa a la Persona o grupo de Personas que presenten la solicitud de autorización correspondiente. Una vez que el Presidente o el Secretario del Comité Técnico hayan recibido la solicitud de adquisición de los Certificados Bursátiles, contarán con un plazo de 3 (tres) Días Hábiles siguientes para convocar a una sesión del Comité Técnico. El Comité Técnico deberá emitir su resolución en un plazo no mayor a 90 (noventa) días calendario contados a partir de la fecha en que se haya notificado la solicitud de adquisición de los Certificados Bursátiles. A efectos de emitir su resolución, el Comité Técnico deberá considerar los siguientes aspectos: (i) si la adquisición que se pretenda llevar a cabo es en el mejor interés de los Tenedores, incluyendo respecto de la capacidad de que se cumplan los Fines del Fideicomiso, incluyendo, en su caso, la realización de Distribuciones a los Tenedores; y (ii) si la adquisición de los Certificados Bursátiles pudiere resultar en la limitación del cumplimiento de las obligaciones y funciones del Administrador en perjuicio de los Tenedores minoritarios; en el entendido que en todo caso se estará sujeto a lo establecido en el primer párrafo de la presente Sección. Cualquier Persona o grupo de Personas que adquieran Certificados Bursátiles en violación a lo establecido en la presente Sección, no podrán (i) ejercer los derechos a designar a miembros del Comité Técnico, (ii) solicitar convocatoria alguna en términos del Contrato de Fideicomiso, de la LMV y de la Circular Única de Emisoras, (iii) votar en las Asambleas de Tenedores, por lo que hace a los Certificados Bursátiles que hayan adquirido en violación a dichas reglas (no así respecto de los Certificados Bursátiles correspondientes a la participación que anteriormente mantengan dichos Tenedores), en tanto se encuentren en el supuesto de incumplimiento, siendo, en consecuencia, nulos los actos realizados por dichos Tenedores. Para efectos de lo anterior, el Comité Técnico deberá mantener informado al Fiduciario sobre la adquisición de Certificados Bursátiles en violación a lo aquí previsto, así como respecto a los procesos de aprobación que se encuentre realizando. Inversiones Una vez que el Fiduciario haya abierto las Cuentas y depositado las cantidades señaladas en la Cláusula Décima Segunda de éste Contrato, el Fiduciario deberá invertir el Componente de Flujo conforme a lo previsto en esta Cláusula Octava. El Administrador deberá supervisar la gestión de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio, así como de los consejeros que al efecto hayan designado, y elaborar de manera periódica el Reporte de Gestión conforme a lo previsto en la Sección 20.1 inciso C del Contrato de Fideicomiso. Los recursos que de tiempo en tiempo reciba el Fideicomiso (i) en su calidad de tenedor de las acciones o títulos representativos del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio, (ii) en cumplimiento de los Contratos de Inversión o en ejercicio de sus derechos bajo los mismos, (iii) con motivo de las Desinversiones que de tiempo en tiempo se efectúen, (iv) en cumplimiento de los Contratos de Desinversión o en ejercicio de sus derechos bajo los mismos, y/o (v) por cualquier razón distinta a los intereses derivados de las Inversiones Permitidas (dichas cantidades, en conjunto, los “Flujos”), serán depositados en la Subcuenta de Distribución en tanto no son distribuidos de conformidad con el Contrato. El Administrador podrá subcontratar los servicios a que se refiere la Cláusula Octava del Fideicomiso en términos de lo dispuesto en el Contrato de Administración, con cualquier persona, incluyendo aquellas que pertenezcan al mismo Consorcio que el Administrador; en el entendido que en todo caso será responsable ante el Fiduciario por la actuación de los terceros con los que haya subcontratado, como si él mismo hubiere realizado los actos de que se trate. En caso de tratarse de la subcontratación de personas que pertenezcan al mismo Consorcio del Administrador, se requerirá de la aprobación del Comité Técnico por tratarse de operaciones con Partes Relacionadas. Lineamientos de Inversión y Políticas de Inversión Las Inversiones deberán cumplir, al momento de realizar la Inversión, con lo siguiente:

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A. Las Inversiones podrán realizarse directamente o a través de una Sociedad Controladora, mediante: (i) inversiones en acciones (o derechos similares); (ii) el otorgamiento de financiamiento (incluyendo deuda preferente, deuda subordinada, deuda capitalizable y deuda convertible), sujeto a cualquier restricción o limitación legal o regulatoria; y/o (iii) mediante la inversión en títulos convertibles forzosamente en acciones (u otros derechos especiales) representativas del capital social de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio en un plazo máximo de 5 (cinco) años a partir de la fecha en que se realice la Inversión de que se trate.

B. Las Inversiones podrán realizarse en Sociedades Controladoras, siempre que su subsidiaria o subsidiarias cumplan con los Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio o con los Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio; en el entendido que en todos los casos el Fiduciario deberá contar con la mayoría del capital social de dichas Sociedades Controladoras.

C. Los Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio y los Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio, son los mismos criterios establecidos para el Vehículo Paralelo, por lo que el Administrador procurará, hasta donde sea posible y conveniente para los Tenedores, presentar para aprobación (o en caso que no sea necesaria la aprobación de las mismas, realizar) las Inversiones bajo las mismas condiciones, simultáneamente y a prorrata, en aquellos Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que el Vehículo Paralelo invierta capital, y se asegurará que el ejercicio de los derechos corporativos y patrimoniales del Fideicomiso y del Vehículo Paralelo en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, se ejerzan de manera coordinada. Sin perjuicio de lo anterior, el régimen y documentos constitutivos del Vehículo Paralelo no son vinculantes para el Fiduciario y el Administrador, quienes sólo están obligados en términos del Contrato de Fideicomiso.

D. El Administrador se asegurará que las Inversiones que lleve a cabo el Fideicomiso, y las inversiones que lleve a cabo el Vehículo Paralelo, se realicen en términos económicos que no sean más favorables para uno que los recibidos por el otro; asimismo, los Gastos de Inversión y las indemnizaciones que en su caso deban pagarse al Administrador en relación con las inversiones conjuntas del Fideicomiso y del Vehículo Paralelo serán pagadas de forma proporcional. El Memorándum de Inversión que prepare el Administrador, deberá indicar el monto de la inversión que realizará el Vehículo Paralelo en el Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio de que se trate. Asimismo, el Administrador deberá instruir al Fiduciario para llevar a cabo las Desinversiones del Fideicomiso, y llevar a cabo las Desinversiones del Vehículo Paralelo, de forma simultánea, lo anterior sin perjuicio de que, por alguna razón que no sea imputable al Administrador, ciertas Desinversiones podrían no realizarse simultáneamente.

E. Las participaciones que se realicen en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañía del Portafolio podrán ser mayoritarias o minoritarias. En caso de que la participación sea minoritaria, los Contratos de Inversión respectivos deberán establecer mecanismos de protección de derechos de minoría, incluyendo, sin limitación, derechos de veto o la toma de decisiones mediante Mayoría Calificada para cualquier decisión estratégica u operativa relevante (por ejemplo, opciones de compra y venta, acuerdos entre accionistas, ofertas públicas, etc.). En adición a lo anterior, el Fiduciario y el Administrador deberán cumplir con las siguientes Políticas de Inversión para la realización de las Inversiones: (i) no comprometer o invertir más del 20% del Patrimonio del Fideicomiso en un único Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio; (ii) no vender valores a, o comprar valores del Administrador o sus Afiliadas; y (iii) no participar en ninguna operación con el Administrador o sus Afiliadas. Todas las Inversiones deberán cumplir las Políticas de Inversión, a menos que de otra forma sea aprobado por el Comité Técnico o, en su caso, por la Asamblea de Tenedores. Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones en los Vehículos de Inversión del Portafolio sólo si éstos cumplen con los siguientes criterios de elegibilidad:

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A. Deberá tratarse de vehículos de inversión de capital privado, fideicomisos u otros vehículos de inversión de capital privado y capital emprendedor (Venture Capital), primarios, secundarios, “emproblemados”, mezzanine y de situaciones especiales.

B. Que la rentabilidad esperada de la Inversión en cada uno de los Vehículos de Inversión del

Portafolio estimada por el Administrador, a su juicio, alcance cuando menos el Rendimiento Preferente e idealmente que sea superior.

C. Que las sociedades en que invierta cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio conforme a su régimen de inversión, cumplan con lo siguiente: (i) desarrollar su actividad productiva principal en México; (ii) ser residentes para efectos fiscales en México; (iii) no tener sus acciones listadas en la BMV u otros mercados reconocidos al momento de realizar la Inversión; y (iv) no ser una Parte Relacionada del Fideicomitente, el Administrador o de cualquiera de los Funcionarios Clave. El criterio enumerado en el sub-inciso (iv) de este inciso C, podrá dispensarse por el Comité Técnico a propuesta del Administrador.

D. Que los Vehículos de Inversión del Portafolio no se encuentren listados en la BMV u otros mercados reconocidos por la CNBV al momento de realizar la Inversión.

E. Que las sociedades en que invierta cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio conforme a su régimen de inversión, cumplan con las prohibiciones, restricciones, normas de desempeño ambiental, principios, convenciones, protocolos y en general con los lineamientos establecidos en el Anexo “H” del Fideicomiso, incluyendo, sin limitar, la restricción para invertir en vehículos de inversión que a su vez inviertan en los sectores de bienes raíces e infraestructura. En el caso de las actividades que conforme al Anexo “H” del Fideicomiso requieran de alguna certificación, dichas sociedades deberán contar con la certificación correspondiente, o bien, encontrarse en proceso de obtenerla, para lo cual deberá tener un plan de trabajo y, en su caso, validarse por el certificador o tercero independiente que el Administrador designe al efecto.

F. Que sus políticas y procedimientos prevean el cumplimiento con sus obligaciones fiscales y laborales (incluyendo las de seguridad social).

G. Que realicen actividades lícitas.

H. El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones sólo si se cumple con el parámetro de diversificación consistente en que el Componente de Flujo Invertido en un solo Vehículo de Inversión del Portafolio, no podrá exceder el 20% (veinte por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso. Dicho criterio de diversificación no podrá ser modificado por acuerdo del Comité Técnico. No obstante lo anterior, la Asamblea de Tenedores tendrá la facultad de aprobar cualquier Inversión que represente más del 20% (veinte por ciento) de los activos del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

I. Que de conformidad con la opinión del Comité Técnico, no exista un conflicto de interés para la realización de la Inversión de que se trate o, que aun existiendo dicho conflicto, el Comité Técnico haya aprobado dicha Inversión, en sesión en la cual los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, deberán abstenerse de votar respecto de dicho asunto.

J. Que no se trate de vehículos de inversión que a su vez realicen inversiones en empresas en los cuales entidades Afiliadas de dichos vehículos de inversión hayan realizado inversiones previamente, salvo que se cuente con la aprobación del comité asesor u órgano competente de dichos vehículos de inversión en los cuales Northgate participe; en el entendido que, Northgate deberá verificar que los documentos del Vehículo

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de Inversión del Portafolio respectivo contengan dichas restricciones, y en todo caso deberá realizar los esfuerzos razonables para incluirlas, pero en ningún caso Northgate será responsable en caso de que una vez que el Fiduciario realice la Inversión correspondiente, dicha restricción no sea incluida; en el entendido que el criterio enumerado en el presente inciso J, únicamente podrá dispensarse por el Comité Técnico a propuesta del Administrador; en el entendido, además, que cualquier cambio en las Políticas de Inversión o en los Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio, se deberá aprobar por el Comité Técnico, y adicionalmente, según el porcentaje que represente del Patrimonio del Fideicomiso, inclusive deberá contar con la autorización de la Asamblea de Tenedores. En ningún caso el Fideicomiso invertirá en valores inscritos en el RNV o listados en bolsa, directa o indirectamente. Tanto los criterios de elegibilidad como los parámetros de diversificación previstos en la presente Sección, serán aplicables a todas las Inversiones que realice el Fideicomiso en los Vehículos de Inversión del Portafolio. Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones en las Compañías del Portafolio sólo si éstas cumplen con los siguientes criterios de elegibilidad:

A. Que la rentabilidad esperada de la Inversión en cada una de las Compañías del Portafolio estimada por el Administrador, a su juicio, alcance cuando menos el Rendimiento Preferente e idealmente que sea superior.

B. Ser preferentemente una sociedad sujeta al régimen de sociedades anónimas promotoras de inversión de conformidad con la LMV.

C. Las Compañías del Portafolio deberán, al momento de realizar la Inversión: (i) desarrollar su actividad productiva principal en México; (ii) ser residentes para efectos fiscales en México; (iii) no tener sus acciones listadas en la BMV u otros mercados reconocidos al momento de realizar la Inversión; y (iv) no ser una Parte Relacionada del Fideicomitente, el Administrador o de cualquiera de los Funcionarios Clave. El criterio enumerado en el sub-inciso (iv) de este inciso C, podrá dispensarse por el Comité Técnico a propuesta del Administrador.

D. Cumplir con las prohibiciones, restricciones, normas de desempeño ambiental, principios, convenciones, protocolos y en general con los lineamientos establecidos en el Anexo “H” del Fideicomiso, incluyendo, sin limitar, la restricción para invertir en compañías de los sectores de bienes raíces e infraestructura. En el caso de las actividades que conforme al Anexo “H” del Fideicomiso requieran de alguna certificación, la Compañía del Portafolio deberá contar con la certificación correspondiente, o bien, encontrarse en proceso de obtenerla, para lo cual deberá tener un plan de trabajo y, en su caso, validarse por el certificador o tercero independiente que el Administrador designe al efecto.

E. Deberán contar con expectativas de crecimiento positivas por lo que se excluyen empresas en quiebra o que hayan solicitado y aún se encuentren en concurso mercantil.

F. Que sus políticas y procedimientos prevean el cumplimiento con sus obligaciones fiscales y laborales (incluyendo las de seguridad social).

G. Que realicen actividades lícitas.

H. Que al momento de realizarse la Inversión, ninguno de los Tenedores que sea Inversionista Institucional, tenga una participación en el capital social de la Compañía del Portafolio de que se trate o, en caso de tratarse de entidades financieras, que ninguno de los Tenedores forme parte del mismo grupo financiero,

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o tenga relación patrimonial con entidades financieras que pertenezcan al mismo grupo financiero que la Compañía del Portafolio, y que ésta no tenga relación patrimonial con una entidad financiera que a su vez tenga participación en alguno de los Tenedores. Lo anterior se verificará directamente con los socios y accionistas de las Compañías del Portafolio dentro del análisis que se realice previo a la auditoría legal y financiera, e igualmente se incluirá dentro del reporte de la auditoría y en el Memorándum de Inversión.

I. El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones sólo si se cumple con el parámetro de diversificación consistente en que el Componente de Flujo Invertido en una sola Compañía del Portafolio no podrá exceder el 20% (veinte por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso. Dicho criterio de diversificación no podrá ser modificado por acuerdo del Comité Técnico. No obstante lo anterior, la Asamblea de Tenedores tendrá la facultad de aprobar cualquier Inversión que represente más del 20% (veinte por ciento) de los activos del Patrimonio del Fideicomisocon base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas inversiones o adquisiciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

J. Que de conformidad con la opinión del Comité Técnico, no exista un conflicto de interés para la realización de la Inversión de que se trate o, que aun existiendo dicho conflicto, el Comité Técnico haya aprobado dicha Inversión, en sesión en la cual los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, deberán abstenerse de votar respecto de dicho asunto. En ningún caso el Fideicomiso invertirá en valores inscritos en el RNV o listados en bolsa, directa o indirectamente. Tanto los Criterios de Elegibilidad como los parámetros de diversificación previstos en esta Sección 8.1.2, serán aplicables a todas las Inversiones que realice el Fideicomiso en Compañías del Portafolio. Proceso de Inversión y Desinversión A más tardar en la Fecha de Emisión Inicial, el Fiduciario celebrará con el Administrador el Contrato de Administración, con base en el cual el Administrador instruirá al Fiduciario para llevar a cabo las Inversiones en los Vehículos de Inversión del Portafolio y en las Compañías del Portafolio, de conformidad con las reglas establecidas a continuación:

A. El Administrador deberá investigar, analizar y estructurar las inversiones potenciales, y tomar otras acciones requeridas con el fin de concretar dichas oportunidades de inversión, en el entendido que cada una de dichas inversiones potenciales deberán cumplir con los requisitos previstos en la Cláusula Octava del Fideicomiso.

Conforme a lo anterior, el Administrador deberá elaborar un Memorándum de Inversión que cubra por lo menos lo siguientes aspectos: (i) un análisis del mercado, (ii) descripción del negocio, (iii) evaluación financiera de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, (iv) términos de la Inversión, (v) riesgos de la Inversión, y (vi) estados financieros históricos de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio. Cada Memorándum de Inversión que el Administrador elabore deberá estar a disposición de la CNBV, del Comité Técnico y del Representante Común en representación de los Tenedores.

B. El Memorándum de Inversión deberá ser presentado al Comité Técnico previo a que sean

celebradas las sesiones respectivas, respetando los siguientes plazos: (i) en caso de posible existencia de conflictos de interés, con al menos 5 (cinco) días hábiles previos a la celebración de la sesión, y en todo caso, se deberá presentar una valuación independiente respecto de la oportunidad de Inversión; y (ii) tratándose de oportunidades de Inversión en las que no haya conflictos de interés, se deberá presentar el Memorándum de Inversión con al menos 3 (tres) días de anticipación a la sesión.

C. Una vez que se haya determinado una oportunidad de inversión y elaborado el Memorándum

de Inversión, la propuesta deberá ser presentada al Comité Técnico, entregando a éste el Memorándum de

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Inversión correspondiente. El Comité Técnico contará con un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de que reciba el Memorándum de Inversión para aprobar por mayoría de votos la oportunidad de inversión de que se trate, cuando ésta represente el 5% (cinco por ciento) o más (pero menos del 20% (veinte por ciento)) del Patrimonio del Fideicomiso (ya sea en una sola Inversión directa o indirectamente, en un acto o sucesión de actos, en un periodo de 12 (doce) meses a partir de que se concrete la primera operación).

D. Una vez transcurrido dicho término sin que el Comité Técnico se haya pronunciado, con

excepción de las Inversiones que representen un porcentaje mayor al 5% (cinco por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso y de aquellas que deban ser aprobadas por los representantes de los Tenedores y/o los Miembros Independientes del Comité Técnico, en cuyo caso el Comité Técnico deberá pronunciarse forzosamente, se tendrá por aprobada la Inversión, por lo que el Administrador deberá instruir al Fiduciario para que proceda a realizar dicha Inversión, y el Fiduciario deberá suscribir todos los Contratos de Inversión y realizar los demás actos y gestiones necesarios para llevar a cabo la Inversión que haya sido autorizada conforme a este párrafo, y el Fiduciario deberá dar aviso a la CNBV de la Inversión realizada dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en que hubiere sido notificado por el Administrador de la celebración del Contrato de Inversión respectivo.

E. En caso de presentarse una oportunidad de inversión que pudiera generar un conflicto de

interés por el que el Administrador o alguna Parte Relacionada del Administrador resultara beneficiado patrimonialmente de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, deberá informarlo al Comité Técnico para que éste resuelva además sobre tal situación. En cualquiera de los casos anteriores, se requerirá del voto favorable de más del 50% (cincuenta por ciento) de los representantes de los Tenedores y/o Miembros Independientes del Comité Técnico, para poder llevar a cabo la Inversión.

En todo caso, la realización de las Desinversiones estará sujeta al mismo mecanismo previsto en la presente Sección para la realización de las Inversiones. Contratos de Inversión Los Contratos de Inversión deberán establecer: (i) posibles mecanismos de salida que otorguen al Fideicomiso o a la Sociedad Controladora, en su caso, preferentemente el derecho de vender su participación en el Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio, (ii) el derecho del Fiduciario o de la Sociedad Controladora, en su caso, a designar al menos 2 (dos) miembros en el consejo de administración (u órganos competentes) de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, en el entendido que el Administrador deberá procurar que por lo menos uno de dichos miembros cuente con experiencia relevante en el sector al que pertenezca el Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio de que se trate, (iii) el derecho del Fideicomiso y, en su caso, de la Sociedad Controladora, de tener a su disposición en todo momento, la información financiera y jurídica que se menciona en la Sección 20.3 del Contrato de Fideicomiso, así como su facultad para poner la misma a disposición tanto de la CNBV, como de la BMV, del Comité Técnico, del Valuador Independiente, del Proveedor de Precios, del Auditor Externo y del Representante Común en representación de los Tenedores, conforme a lo establecido en la misma Sección, así como la forma y términos en que los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio proporcionarán información al Fideicomiso, (iv) porcentaje de acciones (u otros derechos similares) y, en su caso, instrumentos de deuda a cargo de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, que vaya a adquirir el Fiduciario, (v) el destino de los recursos de la Inversión, (vi) plazo objetivo de la Inversión, (vii) la obligación de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio consistente en modificar sus estatutos a fin de prever el deber de las mismas de contar en su consejo de administración, con un consejero independiente que cumpla con los requisitos establecidos en el Artículo 86 de la LMV, y de auditar sus estados financieros por un auditor externo, (viii) las condiciones para la terminación anticipada o rescisión del Contrato de Inversión, y (ix) las prohibiciones o limitaciones que en cada caso establezca el Administrador a los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, dependiendo de las circunstancias particulares del caso. Inversiones Adicionales

El Fideicomiso deberá realizar las Inversiones y Desinversiones, y en consecuencia deberá celebrar los Contratos de Inversión y Desinversión respectivos dentro de los Periodos de Inversión y Desinversión, en el

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entendido que podrá realizar Inversiones Adicionales en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, aún después de terminado el Periodo de Inversión. El Fideicomiso podrá llevar a cabo Inversiones Adicionales siempre y cuando el Administrador considere que las mismas son necesarias o convenientes para preservar, incrementar o evitar el deterioro de la Inversión original relacionada con dicha Inversión Adicional. En todo caso, la realización de las Inversiones Adicionales se sujetará al mismo procedimiento y a las reglas establecidas para las Inversiones en la Cláusula Octava del Fideicomiso. Lo anterior no será aplicable en caso que la Inversión Adicional haya sido aprobada al momento de la Inversión inicial. Periodo de Inversión El Periodo de Inversión será consistente con el Periodo de inversión del Vehículo Paralelo. El Fideicomiso solo podrá realizar nuevas Inversiones durante el Periodo de Inversión; en el entendido que una vez que el Periodo de Inversión haya expirado, el saldo del Monto Destinado a Inversiones no invertido en Inversiones podrá ser utilizado, a discreción del Administrador, para: (i) pagar Gastos de Inversión y otras obligaciones relacionadas con cualquier Inversión, (ii) crear reservas para gastos, obligaciones, pasivos y deudas (incluyendo, según sea aplicable, para el pago de la Comisión de Administración), (iii) completar Inversiones y otras operaciones que se encontraban en curso o comprometidas previamente a la finalización del Periodo de Inversión, (iv) realizar Inversiones Adicionales, y (v) hacer frente a obligaciones de indemnización o reembolso a cargo del Fideicomiso. Administración El Contrato de Administración celebrado entre el Fiduciario y el Administrador, y conforme al cual este último se obliga a investigar, analizar y estructurar las inversiones potenciales, así como evaluar el potencial de las oportunidades, y tomar otras acciones requeridas con el fin de concretar las Inversiones y a llevar a cabo la Desinversión de las mismas, deberá celebrarse o estar celebrado en los siguientes términos y aquellos señalados en la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso. Funcionarios Clave De conformidad con las cartas que se adjuntan al Contrato de Fideicomiso como Anexo “I”, durante el Periodo de Inversión, el Administrador dedicará y hará que los Funcionarios Clave dediquen sustancialmente su atención a los asuntos del Fideicomiso, y dichos Funcionarios Clave se obligan a obrar en todo momento de conformidad con los deberes de diligencia y de lealtad contenidos en los artículos 29 a 37 de la LMV, aplicados a la administración y el manejo del Patrimonio del Fideicomiso. No obstante lo anterior, cada uno de los Funcionarios Clave podrá: (i) dedicar el tiempo y esfuerzos que consideren necesarios a los asuntos de Northgate y a los demás vehículos de inversión administrados por Northgate y sus Afiliadas (y sus sucesores), siempre y cuando dichos vehículos no compitan directamente con el Fideicomiso y una vez que haya concluido el Periodo de Inversión o se haya invertido el 75% (setenta y cinco por ciento) del Monto Destinado a Inversiones, incluyendo para tal efecto, aquellos montos aprobados por el Comité Técnico y comprometidos o reservados en los Contratos de Inversión para la realización de Inversiones Adicionales en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio; (ii) participar en consejos de administración de compañías públicas y privadas y percibir honorarios por dichos servicios; (iii) participar en actividades cívicas, profesionales, industriales y de caridad que dicho Funcionario Clave elija; (iv) conducir y administrar las actividades de inversión personales y familiares de dicho Funcionario Clave, así como realizar inversiones en lo personal, en fondos y empresas en las cuales el Comité Técnico o, en su caso, la Asamblea de Tenedores, no hayan aprobado la inversión del Fideicomiso; y (v) participar en cualesquiera otras actividades aprobadas por el Comité Técnico. Una vez finalizado el Periodo de Inversión, el Administrador hará que cada uno de los Funcionarios Clave dedique el tiempo al Fideicomiso que sea razonablemente necesario para manejar las Inversiones y demás

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actividades del Fideicomiso. Sujeto a lo anterior y a las demás disposiciones del Contrato de Fideicomiso, el Administrador, el Fideicomitente, los Funcionarios Clave y sus respectivas Afiliadas, podrán participar individualmente o de forma conjunta en otras inversiones o negocios de cualquier especie. Incumplimiento de Funcionarios Clave durante el Periodo de Inversión En caso que en cualquier momento durante el Periodo de Inversión, 3 (tres) de los Funcionarios Clave no se encuentren dedicando sustancialmente su atención a los asuntos del Fideicomiso y del Vehículo Paralelo conforme a la Cláusula Novena del Fideicomiso, se considerará que hay incumplimiento por parte de aquéllos que no estén atendiendo dichos asuntos, y el Administrador estará obligado a notificar a más tardar al día natural siguiente a que se origine tal situación al Fiduciario, quien deberá a su vez notificar dicha situación al Comité Técnico del Fideicomiso dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a que fue notificado el Fiduciario. Dentro de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a que el Administrador realice la notificación, deberá presentar al Comité Técnico para su aprobación, el Plan de Continuidad en el que se detalle la forma en que se continuará con la realización y administración de las Inversiones del Fideicomiso. Dicho Plan de Continuidad deberá ser aprobado por el Comité Técnico dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes en aquel a que se presente la propuesta, para lo cual se requerirá del voto favorable de más del 50% (cincuenta por ciento) de los representantes de los Tenedores y/o Miembros Independientes del Comité Técnico. Asimismo, en el plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a que el Administrador realice la notificación mencionada en el párrafo anterior, el Comité Técnico podrá seguir aprobando las Inversiones que se realicen al amparo del Fideicomiso, cuando representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso. Si dentro de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a la fecha en la cual el Administrador haya notificado al Fiduciario sobre la ausencia de Funcionarios Clave conforme a la presente Sección, el Administrador no ha presentado al Comité Técnico el Plan de Continuidad, se procederá conforme a lo dispuesto por la Sección 9.6 y la Sección 9.6.5 del Contrato de Fideicomiso. Incumplimiento de Funcionarios Clave durante el Período de Desinversión No obstante que una vez finalizado el Periodo de Inversión, los Funcionarios Clave deberán dedicar el tiempo que sea razonablemente necesario para manejar las Inversiones y demás actividades del Fideicomiso, pudiendo participar individualmente o de forma conjunta en otras inversiones o negocios de cualquier especie, incluyendo aquellos referidos en la Sección 9.4 del Fideicomiso, en caso que en cualquier momento durante el Periodo de Desinversión 3 (tres) de los Funcionarios Clave no se encuentren dedicando una parte razonable de su atención a los asuntos del Fideicomiso y del Vehículo Paralelo conforme a los establecido en la Cláusula Novena del Fideicomiso, se considerará que hay incumplimiento por parte de aquellos que no estén atendiendo dichos asuntos, y el Administrador estará obligado a notificar a más tardar al día natural siguiente a que se origine tal situación al Fiduciario, quien deberá a su vez notificar dicha situación al Comité Técnico del Fideicomiso dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a que fue notificado el Fiduciario. Dentro de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a que el Administrador realice la notificación, deberá presentar al Comité Técnico para su aprobación, el Plan de Continuidad en el que se detalle la forma en que se continuará con la administración de las Inversiones del Fideicomiso y la realización de las Desinversiones. Dicho Plan de Continuidad deberá ser aprobado por el Comité Técnico dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes en aquel a que se presente la propuesta, para lo cual se requerirá del voto favorable de más del 50% (cincuenta por ciento) de los representantes de los Tenedores y/o Miembros Independientes del Comité Técnico. Asimismo, en el plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a que el Administrador realice la notificación mencionada en el párrafo anterior, el Comité Técnico podrá seguir aprobando las Desinversiones que se realicen al amparo del Fideicomiso, cuando representen el 5% (cinco por ciento) o más del Patrimonio del Fideicomiso. Si dentro de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a la fecha en la cual el Administrador haya notificado al Fiduciario sobre la ausencia de Funcionarios Clave conforme a la presente Sección, el

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Administrador no ha presentado al Comité Técnico el Plan de Continuidad, se procederá conforme a lo dispuesto por la Sección 9.6 y la Sección 9.6.5 del Contrato de Fideicomiso. Facultades y obligaciones del Administrador Además de las obligaciones enumeradas en otras cláusulas del Contrato del Fideicomiso y del Contrato de Administración, el Administrador deberá:

A. Instruir al Fiduciario para que designe a por lo menos 2 (dos) consejeros en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio para que representen los intereses del Fideicomiso en los respectivos consejos de administración (u órgano equivalente). Los consejeros nombrados por el Fiduciario no actuarán a nombre y por cuenta del Fideicomiso, lo anterior en virtud de que los mismos no son apoderados del mismo. En caso de que ocurra un Evento de Sustitución del Administrador, el Comité Técnico podrá resolver sobre la remoción de los consejeros nombrados por el Fiduciario en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio por instrucción del Administrador y designar a nuevos consejeros, en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes se abstendrán de votar respecto de dicho punto.

B. Para la participación del Fiduciario en las asambleas de accionistas (u órgano equivalente de

los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, el Administrador deberá instruir al Fiduciario para que, en su calidad de accionista directo o a través de una Sociedad Controladora, emita en cada ocasión las cartas poder en las que designe a alguno de los Funcionarios Clave, o a las personas que éstos designen, a actuar en nombre y representación del Fideicomiso en dichos órganos, salvo que el Comité Técnico determine que es necesaria la participación de un representante distinto. En caso de que ocurra un Evento de Sustitución del Administrador, el Comité Técnico podrá resolver sobre la revocación de los poderes que el Fiduciario por instrucción del Administrador, o el Administrador en ejercicio de sus facultades de sustitución, hayan otorgado, y designar a nuevos apoderados del Fideicomiso, en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes se abstendrán de votar respecto de dicho punto.

C. Instruir al Fiduciario para otorgar los poderes correspondientes a las personas que participen

en nombre del Fideicomiso en las asambleas generales de accionistas (u órgano equivalente) de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio.

D. Supervisar la gestión de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio

y de los consejeros que hubiere designado el Fiduciario o, en su caso, la Sociedad Controladora, e informar al respecto al Comité Técnico.

E. Excepcionalmente, el Fideicomiso podrá otorgar préstamos, directamente o a través de una

Sociedad Controladora, con vencimiento menor a 12 (doce) meses a los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en anticipación a la formalización de emisiones de capital a nombre del Fideicomiso, en el entendido de que tratándose de dichos préstamos, además del derecho de recibir el principal y los intereses derivados de los mismos, el Fideicomiso (o en su caso, la Sociedad Controladora) deberá tener el derecho de suscribir acciones (u otros derechos similares) representativas del capital social de dichos Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio y pagar las mismas con el monto adeudado a su favor, y de que las Inversiones que se realicen de esta forma deberán respetar los parámetros de diversificación establecidos en la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso.

F. Dar seguimiento a los reportes que se presenten en cada uno de los consejos de administración

(u órgano equivalente) de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio a través de los consejeros designados por el Fiduciario o, en su caso, por la Sociedad Controladora, en cumplimiento de sus instrucciones.

G. Utilizar para el cumplimiento de sus obligaciones los servicios de abogados, contadores,

bancos de inversión, intermediarios y valuadores, entre otros, incluyendo sin limitación, empresas Afiliadas del

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Administrador; en el entendido que los pagos que deban hacerse con motivo de dichos servicios serán considerados como Gastos de Inversión.

H. Nombrar a los miembros que le correspondan dentro del Comité Técnico y participar de dicha

forma en la toma de decisiones de dicho órgano. Asimismo, deberá removerlos y sustituirlos de conformidad con lo establecido en el Fideicomiso cuando sea procedente.

I. Llevar los registros contables de la parte del Componente de Flujo del Fideicomiso y

proporcionar dicha información de manera trimestral al Fiduciario (o cada que éste se lo solicite en forma razonable y por escrito), a efecto de que este último integre la contabilidad del Fideicomiso. Asimismo, dicha información deberá entregarse dentro de la información periódica que el Fiduciario debe entregar a la CNBV y a la BMV de manera trimestral.

J. Elaborar y entregar el Reporte de Inversiones, el Reporte de Rendimientos y el Reporte de

Gestión conforme a lo establecido en la Sección 20.1 inciso C. del Fideicomiso. K. Elaborar de manera anual un estimado de los recursos que sean necesarios para cubrir los

Gastos de Mantenimiento durante el resto de la vigencia del Fideicomiso y presentarlo al Comité Técnico, dentro de los 15 (quince) primeros Días Hábiles del año en curso.

L. Proporcionar a la BMV la información a que se refiere el inciso B) de la fracción II de la

disposición 4.005.00 del Reglamento Interior de la BMV, así como designar a los funcionarios responsables de proporcionar dicha información a la BMV en los términos de la misma disposición. En adición a las consecuencias establecidas en el Fideicomiso, el Administrador reconoce que, en caso de incumplimiento a las obligaciones previstas en el presente inciso, le serán impuestas las medidas disciplinarias y correctivas a través de los órganos y procedimientos disciplinarios establecidos en el Título Décimo Primero del Reglamento Interior de la BMV.

M. Guardar confidencialidad sobre la información de los Vehículos de Inversión del Portafolio

y Compañías del Portafolio, así como no utilizar esta información bajo ninguna circunstancia ni en forma alguna que represente competencia desleal o conflicto de interés para el Administrador, salvo por cualquier disposición legal en contrario o por requerimiento de una autoridad competente.

N. Entregar al Fiduciario para su inclusión en el informe anual del Fideicomiso los comentarios

y análisis de la administración sobre los resultados de operación y situación financiera, en especial respecto al resultado de las Inversiones y en su caso desviaciones, así como del cumplimiento a los Fines del Fideicomiso.

O. Entregar al Fiduciario cualquier información o documentación que éste razonablemente le

requiera por escrito. Prohibiciones al Administrador El Administrador no podrá:

A. Celebrar compromisos por escrito para realizar alguna Inversión en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio cuyo Monto de Inversión represente más del 20% (veinte por ciento) del Componente de Flujo, salvo que exista aprobación de la Asamblea de Tenedores, o de cualquier manera incumplir con los parámetros del régimen de inversión establecidos en la Cláusula anterior; en el entendido que conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso, las Inversiones que representen entre el 5% (cinco por ciento) y menos del 20% (veinte por ciento) de los activos del Patrimonio del Fideicomiso, deberán contar con la aprobación del Comité Técnico.

B. Realizar operaciones o tomar decisiones para la cuales se requiera aprobación expresa del

Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, invertir más del 20% (veinte por ciento) de los recursos depositados en la Cuenta de Flujo en Inversiones de las referidas en la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso, salvo que exista aprobación de la Asamblea de Tenedores.

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C. Llevar a cabo operaciones que sean “hostiles”, es decir, realizar Inversiones en los Vehículos

de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que la asamblea de accionistas, el consejo de administración o cualquier órgano equivalente no aprueben la Inversión de que se trate o alguno de los socios mayoritarios se oponga u obstaculice de manera inequívoca la consumación de la operación.

El acto a que se refiere este inciso C sólo podrá llevarse a cabo cuando el Comité Técnico así lo autorice.

D. Realizar operaciones o tomar decisiones que impliquen un conflicto de interés por el cual se vea beneficiado patrimonialmente y/o le cause un daño económico o menoscabo a los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, sin que previamente haya informado sobre tal situación al Comité Técnico para que resuelva sobre dicho conflicto de interés, en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes se abstendrán de votar de dicho punto.

E. Iniciar o constituir un nuevo vehículo de inversión sin haber invertido el 75% (setenta y cinco

por ciento) del Monto Destinado a Inversiones, tomando en cuenta para tal efecto, aquellos montos aprobados por el Comité Técnico y comprometidos o reservados en los Contratos de Inversión para la realización de Inversiones Adicionales en las Compañías del Portafolio.

F. Instruir al Fiduciario para llevar a cabo Inversiones que no cumplan con los Criterios de

Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio, con los Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio y con las Políticas de Inversión previstos en el Contrato de Fideicomiso.

G. Incumplir con el Periodo de Inversión previsto para realizar las Inversiones del Componente

de Flujo y para llevar a cabo la Desinversión de las mismas, cuando la Asamblea de Tenedores no haya autorizado plazos distintos.

H. Que sus empleados o funcionarios (incluyendo Funcionarios Clave) que hayan sido

designados como miembros del consejo de administración (u órgano equivalente) de algún Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio, dejen de asistir a más de 3 (tres) sesiones del consejo de administración (u órgano equivalente) que corresponda.

I. Ceder sus derechos u obligaciones derivados del Contrato de Fideicomiso. Lo anterior, sin

perjuicio de la facultad que tiene para subcontratar sus servicios con terceras personas, de conformidad con la Cláusula Octava del Fideicomiso. Otras actividades del Administrador Sin perjuicio del deber que tienen los Funcionarios Clave de dedicar su tiempo y atención a hacer que el Administrador cumpla con las obligaciones a su cargo de conformidad con el Contrato de Administración, el Administrador y cualquier persona que pertenezca al mismo Consorcio que éste, podrán realizar otros negocios en forma simultánea a sus actividades de administración previstas en el Contrato de Administración, y podrán prestar servicios a otros clientes, individuos, sociedades, fideicomisos, otras entidades o personas, siempre y cuando dichos negocios o servicios no compitan directamente con el Fideicomiso, y siempre y cuando el Administrador cumpla adecuadamente con sus obligaciones bajo el Contrato de Fideicomiso, y no por dicha realización de otros negocios o prestación de servicios a terceros será considerado que violan sus obligaciones conforme al Contrato de Administración, incluyendo, sin limitar las siguientes: (i) operaciones relacionadas con los demás vehículos de inversión administrados por Northgate, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, el Vehículo Paralelo, así como cualquier actividad relacionada con otros negocios que mantiene Northgate a la fecha del presente; (ii) administración de sociedades de inversión; (iii) inversión en o financiamiento, adquisición o disposición de valores y activos de bienes raíces o relacionados con las mismas; (iv) prestar servicios de asesoría de inversión y administración; (v) proporcionar servicios de inversión en banca y corretaje; y (vi) actuar como funcionarios, consejeros, administradores, consultores, asesores, agentes, socios o miembros de alguna empresa; siempre y cuando el Administrador cumpla adecuadamente con sus

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obligaciones bajo el Contrato de Fideicomiso. Las personas mencionadas podrán, por la realización de dichas actividades, recibir honorarios, comisiones, remuneraciones o cualquier otra contraprestación. Status del Administrador Para todos los efectos del Contrato de Fideicomiso y del Contrato de Administración, el Administrador deberá ser considerado como un prestador de servicios independiente y no tendrá autoridad para actuar en nombre de o representación del Fiduciario o de las Sociedades Controladoras salvo para ejercer las facultades que expresamente le sean conferidas conforme al Contrato de Fideicomiso y al Contrato de Administración. En ese sentido, cualquier gasto en el que incurra el Administrador en la prestación normal de sus servicios (incluyendo sin limitar, sueldos de sus empleados, renta de sus oficinas, etc.) deberán ser cubiertos a su costa, sin que los mismos sean considerados como Gastos de Inversión. Destitución del Administrador con Causa En caso de que ocurra un Evento de Sustitución del Administrador y el mismo continúe sin ser subsanado por más de 90 (noventa) días naturales (salvo para el caso de los incisos A, B y C siguientes, en los cuales el Administrador contará con 180 (ciento ochenta) días naturales a partir de que haya notificado sobre dichos supuestos al Fiduciario para presentar el Plan de Continuidad), el Representante Común deberá convocar inmediatamente a una Asamblea de Tenedores, en la que estarán presentes con voz pero sin voto, el Administrador, el Fiduciario y el Representante Común. La Asamblea de Tenedores que sea convocada podrá, por acuerdo de los Tenedores que representen el 80% (ochenta por ciento) de los Certificados Bursátiles en circulación en dicho momento, proceder a la remoción y sustitución del Administrador. En este caso, la Asamblea de Tenedores podrá instruir al Comité Técnico para que proponga a un candidato para ser el nuevo Administrador; en el entendido que el candidato que, en su caso, proponga el Comité Técnico, deberá ser un administrador de fondos de capital privado con experiencia e historial comprobados en el manejo de este tipo de fondos. En dicha sesión del Comité Técnico no podrán estar presentes los miembros designados por el Administrador. Se considerará como “Evento de Sustitución del Administrador” cualquiera de los siguientes:

A. Que en cualquier momento durante el Periodo de Inversión o durante el Periodo de Desinversión, 3 (tres) de los Funcionarios Clave, no se encuentren dedicando sustancialmente su atención a los asuntos del Fideicomiso, y el Administrador no haya presentado el Plan de Continuidad para la aprobación del Comité Técnico durante el plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales a que se refieren las Secciones 9.1.1 y 9.1.2 del Contrato de Fideicomiso, o que, en su caso, el Comité Técnico no haya aprobado el Plan de Continuidad;

B. Que el Administrador o, en su caso, durante el Periodo de Inversión o durante el Periodo de

Desinversión, 3 (tres) de los Funcionarios Clave, cuenten con sentencia emitida en segunda instancia por (i) delitos que merezcan pena privativa de libertad por 5 (cinco) o más años, o (ii) la comisión de los delitos de fraude (incluyendo fraudes con valores) o administración fraudulenta, y el Administrador no haya presentado el Plan de Continuidad para la aprobación del Comité Técnico durante el plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales a que se refieren las Secciones 9.1.1 y 9.1.2 del Contrato de Fideicomiso, o que, en su caso, el Comité Técnico no haya aprobado el Plan de Continuidad; salvo el caso que dichas personas dejen de formar parte del Administrador, y éste último saque en paz y a salvo al Fideicomiso de cualquier pérdida financiera que en su caso de presente;

C. Que exista una sentencia emitida en segunda instancia por un órgano jurisdiccional

competente, que prohíba al Administrador o, en su caso, durante el Periodo de Inversión o durante el Periodo de Desinversión, a 3 (tres) de los Funcionarios Clave, continuar ejerciendo sus cargos o que impida el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato de Fideicomiso, y el Administrador no haya presentado el Plan de Continuidad para la aprobación del Comité Técnico durante el plazo de 180 (ciento ochenta) días

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naturales a que se refieren las Secciones 9.1.1 y 9.1.2 del Contrato de Fideicomiso, o que, en su caso, el Comité Técnico no haya aprobado el Plan de Continuidad; salvo el caso de que dichas personas dejen de formar parte del Administrador, y éste último saque en paz y a salvo al Fideicomiso de cualquier pérdida financiera que en su caso se presente;

D. Que cualquiera de los Funcionarios Clave incumpla con los deberes de diligencia y de lealtad

contenidos en los artículos 29 a 37 de la LMV, aplicados a la administración y el manejo del Patrimonio del Fideicomiso;

E. Que el Administrador incumpla con cualquier obligación derivada del Contrato de

Fideicomiso de Fideicomiso o del Contrato de Administración, y dicho incumplimiento (i) no ocurra como consecuencia directa de un caso fortuito o fuerza mayor, (ii) no sea subsanado dentro de los 90 (noventa) días calendario siguientes a la fecha en la que ocurra dicho incumplimiento, y (iii) resulte, directa o indirectamente, en un menoscabo en el Patrimonio del Fideicomiso igual o mayor a un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del Precio Total;

F. Cualquier declaración por el Administrador en cualquier documento relacionado con el

Contrato de Fideicomiso que se demuestre que fue incorrecta en cualquier aspecto sustancial al momento de hacerse o entregarse, y continúe siendo incorrecta en cualquier aspecto sustancial por un periodo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha en que el Representante Común o el Fiduciario notifiquen por escrito al Administrador de dicho incumplimiento y le requieran subsanar el mismo;

G. Que el Administrador solicite ser declarado o por cualquier razón sea declarado en concurso

mercantil o quiebra de conformidad con la Ley de Concursos Mercantiles; H. Que el Fideicomitente incumpla con el Compromiso del Fideicomitente establecido en la

Cláusula Tercera del Fideicomiso, consistente en que él mismo, o cualquier Afiliada o Socio que pertenezca al mismo Consorcio, invierta a través del Vehículo Paralelo un monto equivalente al 1% (uno por ciento) del Monto Máximo de la Emisión, invirtiendo en cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que el Fideicomiso realice una Inversión en la fecha en que se lleve a cabo la misma, proporcionalmente y a prorrata la cantidad que corresponda; Lo anterior en el entendido que dicho monto de inversión incluirá lo siguiente: (i) la parte proporcional que al Fideicomitente le corresponda de los gastos del Vehículo Paralelo, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, gastos de organización, operación y administración; y (ii) la participación en los gastos de inversión e indemnizaciones que deban ser pagados por el Fideicomitente y el Vehículo Paralelo. Dicha obligación de coinversión del Fideicomitente cesará a la conclusión del Periodo de Inversión, tomando en cuenta para tal efecto, aquellos montos aprobados por el Comité Técnico y comprometidos o reservados en los Contratos de Inversión para la realización de Inversiones Adicionales.

I. Que se lleve a cabo una modificación en la estructura del capital social del Administrador que derive en un cambio en el Control de la sociedad; y

J. Que el Administrador preste servicios a otros clientes, individuos, sociedades, fideicomisos,

otras entidades o personas, que compitan directamente con el Fideicomiso, en contravención a lo establecido en la Cláusula Novena del Fideicomiso. Destitución del Administrador Sin Causa El Administrador podrá ser destituido sin causa como administrador del Fideicomiso, si los Tenedores determinan, mediante resolución al respecto adoptada en una Asamblea de Tenedores aprobada por el voto de los Tenedores que representen el 85% (ochenta y cinco por ciento) de los Certificados Bursátiles en circulación en dicho momento, que es en el mejor interés del Fideicomiso que NGM, L.L.C., sea sustituido por un administrador independiente de Northgate y sus Afiliadas

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Consecuencias económicas de la destitución del Administrador

A. Destitución del Administrador Sin Causa. En caso de Destitución del Administrador Sin Causa, (i) el Administrador tendrá derecho a cobrar, (a) todas las Comisiones de Administración que se hubieren devengado hasta la fecha efectiva de Destitución del Administrador Sin Causa, y (b) todas las Comisiones de Administración que se hubieren generado hasta el término de la vigencia del Fideicomiso, considerando como si no hubiere existido la Destitución del Administrador Sin Causa; y (ii) el Fideicomisario en Segundo Lugar tendrá derecho a recibir la Distribución por Cambio de Administrador.

B. Destitución del Administrador con Causa. En caso de Destitución del Administrador con

Causa, éste tendrá derecho a cobrar únicamente las Comisiones Administración que se hubieren devengado hasta la fecha efectiva de la sustitución del Administrador, y el Fideicomisario en Segundo Lugar no tendrá derecho a recibir la Distribución por Cambio de Administrador.

Asimismo, si ocurre un Evento de Sustitución del Administrador, el 100% (cien por ciento) de las cantidades que el Fideicomisario en Segundo Lugar hubiere tenido derecho a recibir conforme a la Sección 12.2.1 incisos C y D y conforme a la Sección 12.2.2 incisos C y D del Contrato de Fideicomiso, serán transferidos a la Cuenta General para ser tratados como Efectivo Distribuible.

Opción de adquirir participaciones en los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías

del Portafolio En caso que NGM, L.L.C., deje de ser el Administrador como consecuencia de una Destitución del Administrador Sin Causa, Northgate, o quien éste designe, tendrá el derecho, a su discreción, a adquirir todas o parte de las Inversiones, a un precio equivalente al Valor de las Inversiones a ser adquiridas, considerando para tales efectos la valuación utilizada a fin de determinar la Distribución por Cambio de Administrador, la cual deberá ser proporcionada únicamente por un Valuador Independiente. En caso que Northgate decida, directa o indirectamente, ejercer dicho derecho, el Fideicomiso estará obligado a ceder las Inversiones determinadas por Northgate o la persona designada por éste, siempre y cuando reciba el Fiduciario del Administrador la notificación respectiva dentro de un plazo de 60 (sesenta) Días Hábiles contados a partir de la fecha en que se determine la Destitución del Administrador Sin Causa por la Asamblea de Tenedores. El Fiduciario deberá realizar los actos que fueren necesarios a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior, incluyendo, de manera enunciativa, más no limitativa, realizar los actos que fueren necesarios para enajenar las Inversiones correspondientes en términos del párrafo anterior dentro de los 30 (treinta) días siguientes a que Northgate entregue la notificación referida en el párrafo anterior al Fiduciario. Dichas operaciones, al ser realizadas al Valor de las Inversiones, y al ser realizadas con Northgate o una Persona designada por éste, una vez que el Administrador, haya dejado de fungir como tal, no requerirán de aprobación del Comité Técnico, al haber dejado el Administrador de ser una Parte Relacionada del Fideicomiso y de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio. Los pagos correspondientes en términos de la presente Sección, deberán realizarse en efectivo y en una sola exhibición, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la firma de la documentación correspondiente y del cumplimiento de las condiciones que se pacten en dicha documentación, incluyendo, de manera enunciativa más no limitativa, la obtención de las autorizaciones gubernamentales necesarias. La adquisición de las Inversiones surtirá efectos de manera simultánea con la realización del pago. En caso de falta de pago de las cantidades exigibles en términos de lo anterior, se considerará como si Northgate hubiere renunciado a ejercer el derecho a adquirir Inversiones en términos de la presente Sección. Los pagos a que hace referencia la Sección 9.6.3 del Fideicomiso, serán exigibles una vez transcurrido un plazo de 30 (treinta) Días Hábiles contados a partir de la fecha en que se determine la Destitución del Administrador

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Sin Causa o la Destitución del Administrador con Causa, según sea aplicable (sin considerar la fecha efectiva de destitución a fin de determinar dicha exigibilidad). Northgate tendrá derecho a que el precio a su cargo (o a cargo de la Persona que corresponda) por la adquisición de la participación del Fideicomiso en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio u otras Inversiones que decida adquirir, sea compensado contra los derechos de cobro que tenga el Administrador o el Fideicomisario en Segundo Lugar en contra del Fideicomiso en términos de la Cláusula Novena del Fideicomiso. El Día Hábil siguiente a que sean pagadas las cantidades que el Administrador tenga derecho a recibir en términos del Contrato de Fideicomiso y se cumpla, en caso que dicho derecho sea ejercido, con lo establecido en el inciso la presente Sección, surtirá efectos la destitución del Administrador. Sin perjuicio de lo establecido en la Sección 9.6.3 del Fideicomiso, a partir de que surta efectos la destitución del Administrador, no surgirá obligación de pago alguna a favor del Administrador por concepto de Comisión de Administración, ni a favor del Fideicomisario en Segundo Lugar respecto a las distribuciones que le corresponden en términos de la Sección 12.2.1 inciso B y Sección 12.2.1 inciso D del Contrato de Fideicomiso. Otras consecuencias de la destitución del Administrador En caso que se resuelva la destitución del Administrador en términos de la presente Sección:

A. El Fideicomitente dejará de estar obligado a realizar las inversiones a su cargo conforme a lo establecido en la Cláusula Tercera del Contrato de Fideicomiso y, previa aprobación del Comité Técnico en sesión en la cual los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, deberán abstenerse de votar respecto de dicho asunto, podrá transmitir los derechos derivados de las mismas a cualquier tercero.

B. El Fideicomitente, sus Afiliadas y los miembros del equipo de administración continuarán

siendo Partes Indemnizadas y continuarán teniendo derecho a ser indemnizados al amparo del Contrato de Fideicomiso y del Contrato de Administración, pero sólo respecto de las reclamaciones, procedimientos y daños relacionados con Inversiones realizadas previo a la destitución, o que surjan de, o que se relacionen con, sus actividades durante el periodo previo a la destitución, o resulten de alguna otra forma de los servicios prestados por el Administrador como administrador del Fideicomiso.

C. Para todos los efectos del Contrato de Fideicomiso, el administrador sustituto será considerado

como el “Administrador”, y se entenderá que ha sido designado como Administrador del Fideicomiso sin necesidad de consentimiento, aprobación, voto o cualquier acto de cualquier Persona, incluyendo cualquier Tenedor, mediante la celebración de un contrato sustancialmente similar al Contrato de Administración, sin que dé lugar a una liquidación o terminación anticipada del Fideicomiso. Comisión de Administración De manera trimestral, de forma anticipada durante los primeros 10 (diez) Días Hábiles de cada mes, el Fiduciario deberá pagar al Administrador, con cargo a la Cuenta de Flujo en los términos del Contrato de Fideicomiso, como contraprestación por los servicios de administración prestados conforme al Contrato de Administración, la Comisión de Administración consistente en una cantidad equivalente a la suma de: (i) durante el Periodo de Inversión, el 1.5% (uno punto cinco por ciento) anual sobre los Compromisos Totales; (ii) una vez concluido el Periodo de Inversión y durante los siguientes 2 (dos) años, el 1.125% (uno punto ciento veinticinco por ciento) anual sobre los Compromisos Totales; y (iii) del séptimo año hasta la liquidación del Fideicomiso, una cantidad equivalente al 0.75% (cero punto setenta y cinco por ciento) sobre el Componente de Flujo Invertido, en el entendido que cuando el valor de una Inversión realizada por el Fiduciario bajo los términos del Contrato de Fideicomiso, resulte en relación a dicha Inversión menor a cero, el Administrador no

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tendrá derecho a cobrar la Comisión de Administración que se establece en el presente párrafo con relación a dicha Inversión. En los tres casos anteriores la Comisión de Administración será pagada añadiendo el Impuesto al Valor Agregado y actualizada en cada fecha de pago de dicha Comisión de Administración, conforme al incremento que tenga el índice de precios al consumidor que publique el Banco de México, entre dicha fecha de pago y la Fecha de Emisión Inicial, siendo el responsable de este cálculo el Administrador. La Comisión de Administración correspondiente al primer trimestre calendario a partir del inicio de la vigencia del Fideicomiso, se calculará sobre los días efectivamente transcurridos desde la fecha de firma del presente Fideicomiso y hasta el cierre del trimestre de que se trate. Lo anterior utilizando el procedimiento de días naturales efectivamente transcurridos entre 360 (trescientos sesenta) días. En ningún caso la Comisión de Administración será inferior a US$200,000.00 (doscientos mil Dólares 00/100 Moneda de Curso Legal en los Estados Unidos de América), por año. En caso de que el Administrador reciba Comisiones por Servicios Adicionales por parte de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, dichas comisiones deberán ser deducidas de la Comisión de Administración en un 100% (cien por ciento) de las Comisiones por Servicios Adicionales que haya recibido el Administrador. En dicho caso, el Administrador deberá informar al Fiduciario y al Representante Común sobre el cobro de las Comisiones por Servicios Adicionales, para lo cual contará con un plazo de 15 (quince) días hábiles a partir de la fecha en que reciba dichas Comisiones por Servicios Adicionales. Cuentas El Fiduciario, para el adecuado cumplimiento de los fines del Fideicomiso, deberá abrir y mantener a su nombre el efectivo de la Cuenta General en por lo menos dos instituciones de crédito que el Comité Técnico le instruya, las cuales deberán contar con la más alta calificación de calidad crediticia en la escala local para riesgo de contraparte a largo plazo, al momento de abrir las Cuentas. Cada una de las cuentas bancarias en las cuales se encuentre distribuido el efectivo de la Cuenta General, deberá estar controlada exclusivamente por el Fiduciario, quien será el único facultado para efectuar retiros de las mismas y quien tendrá, sujeto a los términos del Contrato de Fideicomiso, el único y exclusivo dominio y control. Cuenta General Es la cuenta concentradora que deberá abrir y mantener abierta el Fiduciario en cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, en la que el Fiduciario deberá recibir o depositar, en su caso, las siguientes cantidades:

A. En la Fecha de Emisión Inicial, el Precio Total derivado de la Emisión Inicial; B. En las Fechas de Emisión Subsecuente, el Monto Adicional Requerido a cada uno de los

Tenedores; y C. En cualquier Día Hábil, los Flujos Netos que deban distribuirse a los Tenedores conforme a

la Cláusula Décima Segunda, así como todas las demás cantidades, bienes y/o derechos que ingresen al Patrimonio del Fideicomiso por cualquier concepto de conformidad con el Contrato de Fideicomiso. En la Fecha de Emisión Inicial el Fiduciario utilizará el Precio Total para (i) pagar todos los Gastos de Emisión y Colocación, y (ii) constituir la Reserva para Gastos y la Reserva para Gastos de Asesoría Independiente. La cantidad remanente deberá ser depositada en la Cuenta de Flujo para ser utilizada conforme lo previsto en esta Cláusula Décima Primera del Fideicomiso. Asimismo, durante la vigencia del Fideicomiso, con cargo a esta Cuenta se distribuirá a prorrata entre los Tenedores, en cada Fecha de Pago, el Efectivo Distribuible que les corresponda de conformidad con lo establecido en la Sección 12.2 del Fideicomiso, como Distribución a los Tenedores.

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Reserva para Gastos En la Fecha de Emisión Inicial o tan pronto como sea posible después de la misma, así como en la Fechas de Contribuciones Adicionales, el Fiduciario deberá constituir dentro de la Cuenta General la Reserva para Gastos. Desde la celebración del Fideicomiso, el Administrador deberá elaborar de manera anual un estimado de los recursos que sean necesarios para cubrir los Gastos de Mantenimiento durante el resto de la vigencia del mismo y presentarlo al Comité Técnico, dentro de los 15 (quince) primeros Días Hábiles del año en curso. Durante los primeros cinco años de vigencia del Fideicomiso, el Comité Técnico podrá instruir al Fiduciario para que transfiera los Intereses de la Cuenta de Flujo que sean necesarios, a la Reserva para Gastos a efecto de que el efectivo depositado en dicha reserva sea igual o superior al valor presente de los Gastos de Mantenimiento que deberán cubrirse durante la vigencia del Fideicomiso. Los Intereses de la Cuenta de Flujo que no sean utilizados para aumentar el efectivo de la Reserva de Gastos deberán permanecer en la Cuenta de Flujo para ser utilizados conforme a lo previsto en la Sección 11.2 del Fideicomiso durante los primeros 5 (cinco) años de vigencia del Fideicomiso, y durante el resto de la vigencia del Fideicomiso, para cubrir los Gastos de Inversión y otras erogaciones que sea necesario realizar con cargo a la Cuenta de Flujo conforme al Contrato de Fideicomiso y el Contrato de Administración. Asimismo, en cualquier momento en que los recursos depositados en la Reserva para Gastos sean insuficientes para pagar Gastos de Mantenimiento, el Fiduciario podrá utilizar los Intereses de la Cuenta de Flujo que sean necesarios para hacer frente al pago, con prelación a la realización de cualquier Inversión y de conformidad con las instrucciones del Administrador. Reserva para Gastos de Asesoría Independiente En la Fecha de Emisión Inicial o tan pronto como sea posible después de la misma, el Fiduciario deberá constituir dentro de la Cuenta General, una reserva con una cantidad equivalente a $10’000,000.00 (diez millones de Pesos 00/100), Con cargo a esta Reserva para Gastos de Asesoría Independiente, los Tenedores tendrán derecho a contratar (ya sea directamente o a través del Representante Común), a los asesores técnicos independientes que requieran para mayor entendimiento del sector o negocio al que pertenezca alguno de los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio en la que se vaya a realizar o se haya realizado una Inversión, en el entendido de que la opinión de dicho asesor independiente no será vinculante para el Fiduciario, el Administrador y/o el Comité Técnico, y que la contratación o trabajo del mismo no modificará los plazos previstos en el Contrato de Fideicomiso.para la deliberación de asuntos o toma de decisiones. El Fiduciario liberará los recursos depositados en la Reserva para Gastos de Asesoría Independiente cuando reciba instrucción escrita, a través del Representante Común de los Tenedores que sean titulares del 50% (cincuenta por ciento) o más de los Certificados Bursátiles. Cuenta de Flujo Es la Cuenta que deberá abrir y mantener abierta el Fiduciario en cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, en la que se depositarán los recursos remanentes del Precio Total, una vez que se hayan pagado todos los Gastos de Emisión y Colocación y se haya constituido la Reserva para Gastos y la Reserva para Gastos de Asesoría Independiente. Con cargo a esta Cuenta, el Fideicomiso llevará a cabo las Inversiones del Componente de Flujo, y se cubrirán los Gastos de Inversión. Asimismo, en la Cuenta de Flujo serán depositados los recursos correspondientes derivados de las Contribuciones Adicionales que realicen los Tenedores. A efecto de llevar a cabo cada Inversión y cumplir con los Contratos de Inversión respectivos, el Fiduciario estará obligado a depositar las cantidades que el Administrador le instruya por escrito. Para tales efectos, el Administrador deberá enviar al Fiduciario una notificación con 3 (tres) días naturales de anticipación a la Fecha de Depósito, señalando el monto requerido, y un aviso dentro de 1 (un) Día Hábil previo a la Fecha de Depósito en el que señale el monto definitivo, en su caso, y las especificaciones de la cuenta bancaria en la que deba depositarse la cantidad solicitada.

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Asimismo, con cargo a esta Cuenta, el Fiduciario deberá cubrir los correspondientes Gastos de Inversión que deban pagarse al Administrador, conforme a las instrucciones que este último le proporcione.

Subcuenta de Distribución

Es la Cuenta que deberá abrir y mantener abierta el Fiduciario en cumplimiento de los Fines del Fideicomiso como una subcuenta dentro de la Cuenta de Flujo, en la que se depositarán todos los Flujos al momento en que ingresen al Patrimonio del Fideicomiso. Todos los impuestos que el Fiduciario deba enterar de conformidad con la legislación aplicable a partir de la primera Desinversión, en términos de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato de Fideicomiso (incluyendo, en su caso, el Impuesto Sobre la Renta), deberán pagarse con cargo a la Subcuenta de Distribución. No obstante lo anterior, las Partes reconocen que el Fiduciario no deberá realizar retenciones o pagos en concepto de impuestos en la medida que la legislación aplicable imponga dicha obligación a cualquier otra Persona, incluyendo al intermediario financiero que tenga en custodia o administración los Certificados Bursátiles por cuenta de cualquier Tenedor, en términos de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato de Fideicomiso. Cada vez que los Flujos Brutos alcancen la cantidad de $5’000,000.00 (cinco millones de Pesos 00/100 ), y siempre y cuando los impuestos a que se refiere esta Sección 11.2.1 del Fideicomiso, en su caso, hayan sido pagados, el Fiduciario deberá calcular las distribuciones que correspondan a los Tenedores y al Fideicomisario en Segundo Lugar conforme a la Cláusula Décima Segunda del Contrato de Fideicomiso. Una vez realizado el cálculo, los Flujos Netos que correspondan a los Tenedores conforme a la Sección 12.2 del Fideicomiso deberán ser transferidos a la Cuenta General a fin de que el Fiduciario distribuya la cantidad correspondiente a los Tenedores. Cuenta del Fideicomisario en Segundo Lugar El Fiduciario deberá abrir, previa instrucción del Fideicomitente, y mantener abierta en cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, una cuenta a ser identificada para efectos del Contrato de Fideicomiso como la “Cuenta del Fideicomisario en Segundo Lugar”, en la que se depositarán la totalidad de las cantidades que correspondan al Fideicomisario en Segundo Lugar en términos de la Cláusula Décima Segunda del Fideicomiso. Aplicación de Flujos y Recursos Precio Total El Fiduciario deberá depositar, administrar y distribuir los recursos obtenidos de la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles de conformidad con las siguientes reglas:

A. Gastos de Emisión y Colocación: A más tardar en la Fecha de Emisión Inicial, el Fiduciario deberá pagar los Gastos de Emisión y Colocación con cargo al Precio Total, y deberá fondear las Cuentas con los Recursos Netos.

B. Reserva para Gastos: A más tardar en la Fecha de Emisión Inicial, así como en las Fechas

de Contribuciones Adicionales, el Fiduciario deberá fondear y constituir dentro de la Cuenta General, la Reserva para Gastos. En cualquier momento en que los recursos depositados en la Reserva para Gastos resulten inferiores a la cantidad estimada en el Reporte para Gastos de Mantenimiento, el Comité Técnico podrá determinar la cantidad de Intereses de la Cuenta de Flujo que deberán ser transferidos a fin de restituir la Reserva para Gastos. Asimismo, en cualquier momento en que los recursos depositados en la Reserva para Gastos sean insuficientes para pagar Gastos de Mantenimiento, el Fiduciario podrá utilizar los Intereses de la Cuenta de Flujo que sean necesarios para hacer frente al pago, con prelación a la realización de cualquier Inversión

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C. Reserva para Gastos de Asesoría Independiente: En la Fecha de Emisión Inicial, el Fiduciario deberá fondear y constituir dentro de la Cuenta General, la Reserva para Gastos de Asesoría Independiente, para lo cual deberá depositar la cantidad de $10’000,000.00 (diez millones de Pesos 00/100 ).

D. Componente de Flujo: El Fiduciario después de haber constituido la Reserva para Gastos y

la Reserva para Gastos de Asesoría Independiente, deberá depositar los recursos remanentes en la Cuenta de Flujo y ministrará aquellos que el Administrador le solicite de tiempo en tiempo en la cuenta bancaria que el mismo le indique, mismos que serán utilizados durante el Periodo de Inversión para realizar las Inversiones correspondientes al Componente de Flujo.

E. Comisión de Administración: El Fiduciario deberá pagar al Administrador la Comisión de

Administración de manera trimestral, de forma anticipada, durante los primeros 10 (diez) Días Hábiles de cada mes, con cargo a la Cuenta de Flujo, más el Impuesto al Valor Agregado.

F. Gastos de Inversión: Con cargo a la Cuenta de Flujo, el Fiduciario deberá cubrir los Gastos

de Inversión del Componente de Flujo, de conformidad con las instrucciones que al efecto le proporcione el Administrador.

G. Gastos de Mantenimiento: Con los recursos depositados en la Reserva para Gastos, el

Fiduciario deberá cubrir los Gastos de Mantenimiento en los términos y con la periodicidad que hubiere convenido con los Participantes en la Operación tratándose de honorarios y comisiones, con lo dispuesto en los contratos correspondientes tratándose del pago de los Seguros de Responsabilidad Profesional y con lo dispuesto en las disposiciones aplicables tratándose de impuestos y cuotas a la CNBV, BMV e Indeval.

Distribución de Flujos El Efectivo Distribuible en cada Fecha de Pago será determinado por el Administrador y publicado por el Representante Común mediante aviso publicado al menos 10 (diez) Días Hábiles de anticipación a la Fecha de Pago correspondiente a través de EMISNET en los casos que se realice pago alguno a los Tenedores.

1. Vehículos de Inversión del Portafolio. En cada Fecha de Pago, con base en las instrucciones que le sean entregadas por el Administrador al Fiduciario, éste deberá distribuir el Efectivo Distribuible derivado de las Inversiones en Vehículos de Inversión del Portafolio, mediante la realización del depósito correspondiente en la Subcuenta de Distribuciones, de conformidad con lo siguiente:

A. Reembolso del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo. Primero, la totalidad de los Flujos Netos deberán ser pagados a los Tenedores hasta que la suma de la totalidad de los Flujos Brutos asociados a dichos Flujos Netos, junto con todos los demás Flujos Brutos que anteriormente hayan sido generados, y cuyos Flujos Netos hayan sido distribuidos en términos del presente párrafo, sean igual al 100% (cien por ciento) del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo (considerando las fechas y montos (i) de disposición de las cantidades de la Cuenta de Flujo efectivamente destinadas a Inversiones y Gastos de Inversión, y las cantidades de la Cuenta General efectivamente destinadas a Gastos de Mantenimiento y Gastos de Emisión y Colocación, (ii) de las Distribuciones a los Tenedores, y (iii) otros gastos incurridos por el Fiduciario o el Administrador que, en su caso, hayan sido aprobados por el Comité Técnico).

B. Rendimiento Preferente. Segundo, los Flujos Netos sobrantes después de pagadas las

cantidades establecidas en el inciso A anterior deberán ser pagados a los Tenedores hasta que la suma de los Flujos Brutos asociados a los Flujos Netos que hayan recibido los Tenedores bajo este inciso B, acumulen una TIR compuesta anual con base en el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV, más 500 (quinientos) punto base, sobre el Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo al momento en que se realice este cálculo (considerando las fechas y montos (i) de disposición de las cantidades de la Cuenta de Flujo efectivamente destinadas a Inversiones y Gastos de Inversión, y las cantidades de la Cuenta General efectivamente destinadas a Gastos de Mantenimiento y Gastos de Emisión y Colocación, (ii) de las Distribuciones a los Tenedores, y (iii) otros gastos incurridos por el Fiduciario o el

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Administrador que, en su caso, hayan sido aprobados por el Comité Técnico) (la “Distribución Preferente”); en el entendido que, en todo caso, la Distribución Preferente deberá ser de al menos el 5% (cinco por ciento) anual compuesto.

C. Distribución no Preferente. Tercero, una vez pagadas las cantidades descritas en los incisos

A y B anteriores, la totalidad de los Flujos Brutos deberán ser pagados al Fideicomisario en Segundo Lugar hasta que los recursos distribuidos conforme al presente inciso C equivalgan al 5% (cinco por ciento) de (i) la totalidad de los montos distribuidos conforme a los incisos A y B anteriores, más (ii) la totalidad de los montos distribuidos conforme el presente inciso C .

D. Distribución Excedente. Cuarto, cualesquier otros Flujos Brutos remanentes después de

pagadas las cantidades establecidas en los inciso A, B y C anteriores, deberán ser pagados a los Tenedores y al Fideicomisario en Segundo Lugar en los porcentajes que se señalan a continuación:

(i) Un monto equivalente al 95% de los Flujos Brutos remanentes, será pagado a los

Tenedores; y (ii) Un monto equivalente al 5% de los Flujos Brutos remanentes, será pagado al

Fideicomisario en Segundo Lugar. Lo anterior en el entendido de que no serán distribuidos al Fideicomisario en Segundo Lugar las Distribuciones establecidas en la presente Sección, sino hasta que (i) se haya cubierto el Reembolso del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo correspondiente a los Tenedores; y (ii) sea pagada la Distribución Preferente a los Tenedores.

2. Compañías del Portafolio. En cada Fecha de Pago, con base en las instrucciones que le sean entregadas por el Administrador al Fiduciario, éste deberá distribuir el Efectivo Distribuible derivado de las Inversiones en Compañías del Portafolio, mediante la realización del depósito correspondiente en la Subcuenta de Distribuciones, de conformidad con lo siguiente:

A. Reembolso del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo. Primero, la totalidad de los Flujos Netos deberán ser pagados a los Tenedores hasta que la suma de la totalidad de los Flujos Brutos asociados a dichos Flujos Netos, junto con todos los demás Flujos Brutos que anteriormente hayan sido generados, y cuyos Flujos Netos hayan sido distribuidos en términos del presente párrafo, sean igual al 100% (cien por ciento) del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo (considerando las fechas y montos (i) de disposición de las cantidades de la Cuenta de Flujo efectivamente destinadas a Inversiones y Gastos de Inversión, y las cantidades de la Cuenta General efectivamente destinadas a Gastos de Mantenimiento y Gastos de Emisión y Colocación, (ii) de las Distribuciones a los Tenedores, y (iii) otros gastos incurridos por el Fiduciario o el Administrador que, en su caso, hayan sido aprobados por el Comité Técnico).

B. Rendimiento Preferente. Segundo, los Flujos Netos sobrantes después de pagadas las

cantidades establecidas en el inciso A anterior deberán ser pagados a los Tenedores hasta que la suma de los Flujos Brutos asociados a los Flujos Netos que hayan recibido los Tenedores bajo este inciso B, acumulen una TIR compuesta anual con base en el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV, más 500 (quinientos) punto base, sobre el Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo al momento en que se realice este cálculo (considerando las fechas y montos (i) de disposición de las cantidades de la Cuenta de Flujo efectivamente destinadas a Inversiones y Gastos de Inversión, y las cantidades de la Cuenta General efectivamente destinadas a Gastos de Mantenimiento y Gastos de Emisión y Colocación, (ii) de las Distribuciones a los Tenedores, y (iii) otros gastos incurridos por el Fiduciario o el Administrador que, en su caso, hayan sido aprobados por el Comité Técnico); en el entendido que, en todo caso, la Distribución Preferente deberá ser de al menos el 5% (cinco por ciento) anual compuesto.

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C. Distribución no Preferente. Tercero, una vez pagadas las cantidades descritas en los incisos A y B anteriores, la totalidad de los Flujos Brutos deberán ser pagados al Fideicomisario en Segundo Lugar hasta que los recursos distribuidos conforme al presente inciso C equivalgan al 20% (veinte por ciento) de (i) la totalidad de los montos distribuidos conforme a los incisos A y B anteriores, más (ii) la totalidad de los montos distribuidos conforme el presente inciso C.

D. Distribución Excedente. Cuarto, cualesquier otros Flujos Brutos remanentes después de

pagadas las cantidades establecidas en los inciso A, B y C anteriores, deberán ser pagados a los Tenedores y al Fideicomisario en Segundo Lugar en los porcentajes que se señalan a continuación:

(i) Un monto equivalente al 80% de los Flujos Brutos remanentes, será pagado a los

Tenedores; y (ii) Un monto equivalente al 20% de los Flujos Brutos remanentes, será pagado al

Fideicomisario en Segundo Lugar. Lo anterior en el entendido de que no serán distribuidos al Fideicomisario en Segundo Lugar las Distribuciones establecidas en la presente Sección, sino hasta que (i) se haya cubierto el Reembolso del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo correspondiente a los Tenedores; y (ii) sea pagada la Distribución Preferente a los Tenedores. Reglas Generales Cualquier cantidad que se mantenga en la Cuenta General (incluyendo la Reserva para Gastos y la Reserva para Gastos de Asesoría Independiente) en la Fecha de Vencimiento, serán transferidas a los Tenedores de manera proporcional por cada Certificado Bursátil en circulación de los cuales sean titulares, conforme a lo establecido en esta Sección. El Fiduciario deberá dar un aviso con al menos 6 (seis) Días Hábiles de anticipación a la fecha en que se vayan a distribuir los Flujos a los Tenedores. Dicho aviso contendrá la fecha en que se hará el pago, el monto a ser distribuido y los demás datos necesarios para el cobro de los Certificados Bursátiles, informando además por escrito, y con la misma anticipación, a la CNBV a través del STIV-2, al Indeval y a la BMV a través del EMISNET, así como a través de cualesquier otros medios que esta última determine. Una vez que se haya recibido el Reporte de Rendimientos en términos de la Sección 20.1 inciso B, el resto de los Flujos Netos será transferido a la Cuenta General. El monto de Flujos Netos que se encuentren depositados en la Cuenta General, más todo el efectivo que se deposite en dicha Cuenta General (excluyendo la Reserva para Gastos), más el Efectivo Excedente, constituirán el “Efectivo Distribuible”. En cada Fecha de Pago, y el Día Hábil siguiente a que termine el Periodo de Inversión, el Fiduciario deberá calcular, con las cifras proporcionadas por el Administrador, conforme a la prelación descrita anteriormente en la Sección 12.2 del Fideicomiso, las cantidades que debieron ser transferidas a la Cuenta General para ser tratadas como Efectivo Distribuible, tomando en cuenta (i) la totalidad de Flujos Brutos obtenidos desde la Fecha de Emisión Inicial y hasta la fecha en la que se haga este cálculo, y (ii) la totalidad de los montos remitidos a la Cuenta General para ser tratadas como Efectivo Distribuible conforme a la Sección 12.2 del Fideicomiso. Si derivado del cálculo anterior resulta que las cantidades que debieron haber sido transferidas a la Cuenta General son mayores a las que efectivamente hayan sido transferidas, el Fiduciario utilizará los montos depositados en la Subcuenta para Distribuciones para transferir a la Cuenta General la cantidad necesaria para cubrir dicha diferencia; en el entendido que cualquier cantidad que exceda de los montos descritos en el inciso C numeral ii. de la Sección 12.2 del Fideicomiso, permanecerá depositada en la Subcuenta de Distribuciones. En el caso que en cualquier momento con posterioridad a la fecha en que concluya el Periodo de Inversión exista, respecto de las cantidades pagadas al Fideicomisario en Segundo Lugar en concepto de Distribución Excedente, algún Exceso de Distribución Excedente, el Fideicomisario en Segundo Lugar devolverá dicho Exceso de Distribución Excedente (neto de los impuestos pagados por el Fideicomisario en Segundo Lugar

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asociados a dicho excedente) al Fideicomiso, y deberá ser transferido a la Cuenta General para su aplicación conforme a la presente Sección. Dichas cantidades podrán ser compensadas contra el pago de Distribución Excedente futuras (netas de los impuestos pagados por el Fideicomisario en Segundo Lugar asociadas a dicho excedente). Si ocurre un Evento de Sustitución del Administrador, el 100% de las cantidades que el Fideicomisario en Segundo Lugar hubiere tenido derecho a recibir conforme a ésta Sección, serán transferidas a la Cuenta General para ser tratadas como Efectivo Distribuible. Distribuciones de Montos No Dispuestos Una vez concluido el Periodo de Inversión, el saldo de la Cuenta de Flujo en dicha fecha, menos las cantidades que constituyan la Reserva para Gastos de Mantenimiento y los montos comprometidos o reservados, y aprobados por el Comité Técnico para la realización de Inversiones Adicionales en los Vehículos de Inversión del Portafolio y las Compañías del Portafolio, será distribuido por el Fiduciario a los Tenedores dentro de los 20 (veinte) Días Hábiles siguientes a la terminación del Periodo de Inversión en términos de lo establecido en la Sección 12.2 del Contrato de Fideicomiso. Comité Técnico Constitución del Comité Técnico De conformidad con lo establecido en el Artículo 80 de la LIC, en términos del Fideicomiso constituyó un Comité Técnico que permanecerá en funciones durante la vigencia del Fideicomiso. El Comité Técnico estará integrado por un máximo de 21 (veintiún) miembros, de los cuales, cuando menos el 25% (veinticinco por ciento) deberán ser Miembros Independientes. Para efectos de su independencia respecto del Administrador, del Fideicomitente y de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio, los Miembros Independientes no deberán encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 24, segundo párrafo y 26 de la LMV. Los miembros del Comité Técnico serán designados de la siguiente forma al momento de la constitución del Fideicomiso: (i) el Administrador designará 3 (tres) miembros propietarios y uno o más suplentes; (ii) cualquier Tenedor o grupo de Tenedores que en su conjunto sean titulares del 10% (diez por ciento) del monto en circulación de los Certificados Bursátiles que sean emitidos, tendrán derecho a designar y, en su caso, revocar, a un solo miembro propietario por cada 10% (diez por ciento) del monto en circulación de Certificados Bursátiles, y uno o más suplentes, ante el Comité Técnico, en el entendido que si el Fiduciario o el Administrador adquieren Certificados Bursátiles, los mismos renuncian expresamente a nombrar miembros en el Comité Técnico conforme a este inciso (ii); y (iii) el Administrador podrá designar, posteriormente a las designaciones que hagan los Tenedores, a los demás miembros que formen parte del Comité Técnico conforme a lo establecido en esta sección, sin exceder el número máximo de miembros estipulados en el párrafo anterior. El Fiduciario asistirá a las sesiones del Comité Técnico con voz pero sin voto. En caso que el Fiduciario no asista a las reuniones del Comité Técnico, las resoluciones adoptadas en dicha sesión continuarán siendo válidas. El Administrador deberá notificar por escrito al Fiduciario los nombramientos que haya hecho conforme a lo anterior, con documento que contenga la firma del miembro designado y adjuntando copia de su identificación oficial donde aparezca la misma firma. Por otro lado, los Tenedores podrán realizar el nombramiento de los miembros del Comité Técnico a que tengan derecho conforme al inciso (ii) anterior, mediante escrito dirigido al Representante Común, en el cual se deberá mencionar a las personas designadas y a sus respectivos suplentes, así como hacer mención del número de Certificados de los cuales sean titulares. El Representante Común deberá además elaborar el documento

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correspondiente a los miembros elegidos por los Tenedores y notificarlo al Fiduciario. Dichos nombramientos podrán realizarse a partir de la Fecha de Emisión Inicial. El Administrador y los Tenedores podrán en cualquier momento remover o sustituir a los miembros que hayan nombrado, mediante notificación al Fiduciario que reúna los mismos requisitos señalados en el párrafo anterior. Exclusivamente en el supuesto que los Tenedores (en su conjunto) no nombren al menos a un miembro del Comité Técnico que se encuentren en funciones, así como al momento de la constitución del Fideicomiso, el Representante Común tendrá la facultad de nombrar como miembros de dicho comité a las personas que fuere necesario a fin de que el Comité Técnico esté compuesto en todo momento por al menos tres miembros. En caso que el Representante Común designe miembros del Comité Técnico, estos dejarán de formar parte del Comité Técnico en caso que los Tenedores nombren al menos a un miembro dentro del Comité Técnico. Cualquier miembro del Comité Técnico que sea nombrado por los Tenedores y por el Administrador sólo podrá ser revocado por los demás miembros del Comité Técnico cuando a su vez se revoque el nombramiento de todos los integrantes del Comité Técnico (incluyendo aquellos miembros designados por el Administrador), en cuyo caso las personas sustituidas no podrán ser nombradas durante los 12 (doce) meses siguientes a la revocación. Este derecho podrá ser renunciado por los Tenedores bastando para ello notificación al Fiduciario o al Representante Común por escrito. En el supuesto de que las opiniones que emitan la mayoría de los Miembros Independientes, no esté de acuerdo con la determinación del Comité Técnico, se revelará la información al público inversionista a través de la BMV. Asimismo, podrá asistir a todas las sesiones un representante del Fiduciario, y podrán hacerlo aquellas personas que el propio Comité Técnico, conforme a la propuesta de alguno de sus miembros, designe como invitados especiales en virtud de sus conocimientos y experiencia en la materia sobre la que verse la sesión de que se trate, en cuyo caso dichas personas contarán con voz pero sin voto. El Administrador sólo dará cumplimiento a las instrucciones recibidas por el Comité Técnico que se encuentre constituido conforme a las notificaciones antes descritas. Los miembros propietarios sólo podrán ser sustituidos en su ausencia por los miembros suplentes que les corresponda. Asimismo, el Comité Técnico sólo podrá nombrar delegados especiales, que podrán o no ser miembros de dicho comité, para el seguimiento y ejecución de sus resoluciones. Excepto por los Miembros Independientes no vinculados con los Tenedores, los cuales podrán percibir los emolumentos que el Comité Técnico apruebe, el nombramiento de los demás miembros del Comité Técnico es honorífico y no da derecho a percibir retribución alguna por su desempeño. Derechos de los Tenedores ante el Comité Técnico Cualquier Tenedor o grupo de Tenedores que en su conjunto sean titulares del 10% (diez por ciento) o más del monto en circulación de los Certificados Bursátiles que sean emitidos, tendrán los siguientes derechos por cada 10% (diez por ciento) del monto en circulación de Certificados Bursátiles del que sean titulares:

A. Designar a un miembro propietario y su respectivo suplente ante el Comité Técnico por cada 10% (diez por ciento) del monto en circulación de Certificados Bursátiles del que sean titulares, conforme a lo dispuesto en la Sección 17.1 anterior. Los Tenedores podrán renunciar a designar a un miembro propietario y su respectivo suplente ante el Comité.

B. Solicitar que se aplace por una sola vez, por tres días naturales, sin necesidad de nueva

convocatoria, la votación de cualquier asunto respecto del cual no se consideren suficientemente informados. Asimismo, cualquier Tenedor o grupo de Tenedores que en su conjunto sean titulares del 20% (veinte por ciento) de los Certificados Bursátiles que sean emitidos, tendrán derecho a oponerse judicialmente a las resoluciones del Comité Técnico respecto de las cuales tengan derecho de voto.

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Los Tenedores tendrán a su disposición, en las oficinas del Representante Común, la información y los documentos relacionados con cada uno de los puntos contenidos en el orden del día de la sesión que corresponda, de forma gratuita, y a partir de la fecha en que se publique la convocatoria respectiva.

En caso de que los miembros del Comité Técnico celebren convenios para el ejercicio del voto en las sesiones de dicho órgano, deberán notificar al Representante Común sobre dicha celebración y las características de dichos convenios, para lo cual contarán con 5 (cinco) Días Hábiles a partir de su concertación a fin de que el Representante Común pueda revelarlo al público inversionista a través de la BMV, así como para que se difunda su existencia en el informe anual del Fideicomiso. En dichos convenios se podrá estipular, entre otros, ejercer el voto en el mismo sentido del voto emitido por los miembros designados por el Administrador. Sesiones del Comité Técnico El Comité Técnico sesionará en forma ordinaria conforme al calendario que se apruebe en la primera junta de cada año y en forma extraordinaria cuando resulte necesario para el debido cumplimiento de sus funciones y previa convocatoria enviada a los demás miembros del Comité Técnico conforme a la Sección 17.4 siguiente. No será necesaria dicha convocatoria cuando se encuentren reunidos la totalidad de los miembros del Comité Técnico. El Comité Técnico elegirá como Presidente a uno de los miembros elegidos por el Fideicomitente/Administrador que se encuentre presente. Para que se consideren válidamente instaladas las sesiones del Comité Técnico, se requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros titulares o sus respectivos suplentes, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes; en el entendido que, tratándose de la aprobación de los asuntos previstos en (i) los incisos C, D, E de la Sección 17.7.1 del Fideicomiso, y (ii) B, C, D, F, J, K, L, M, O, P, Q, S, T de la Sección 17.7.2 del Contrato de Fideicomiso., las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros del Comité Técnico nombrados por los Tenedores. En cuanto a los asuntos previstos en el inciso A y E de la Sección 17.7.2 del Fideicomiso, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros del Comité Técnico nombrados por los Tenedores, siempre y cuando la propuesta para tratar dichos asuntos provenga del Administrador. Para el caso de los incisos J y K de la Sección 17.7.2 del Fideicomiso, en caso de tratarse de la contratación de Personas que pertenezcan al mismo Consorcio del Administrador, o bien, que representen un conflicto de interés para el Administrador, se requerirá de la aprobación del Comité Técnico en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes, deberán abstenerse de votar respecto de dicho punto del orden del día. El secretario levantará un acta de cada junta del Comité Técnico en la que se hagan constar los acuerdos adoptados en la junta y que deberá ser firmada por todos los miembros del Comité Técnico con derecho a voto que asistieron a la misma. Cualquier otro miembro del Comité Técnico que hubiera asistido a la junta podrá firmar el acta correspondiente si así lo desea y de lo contrario, dicha situación se hará constar en el acta. Será responsabilidad del secretario mantener un expediente con todas las actas y demás documentos presentados ante el Comité Técnico. Las reuniones del Comité Técnico podrán celebrarse mediante teleconferencias o cualquier otro medio que permita la comunicación en tiempo real de sus integrantes y podrán ser grabadas. Igualmente, el Comité Técnico podrá adoptar resoluciones fuera de junta, siempre y cuando las mismas sean ratificadas por escrito por la totalidad de sus miembros titulares o sus respectivos suplentes, y dichas resoluciones deberán ser reflejadas en un documento que sea suscrito por todos los miembros del Comité Técnico. Convocatorias Cualquiera de los miembros del Comité Técnico y/o el Fiduciario podrá realizar una convocatoria cuando lo estime pertinente, con por lo menos 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda llevar

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a cabo la sesión. La convocatoria deberá realizarse por escrito, y señalar tanto el orden del día como el lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo la sesión; tratándose de los miembros electos por los Tenedores, deberán ser convocados por el Representante Común a través del EMISNET. Para que una sesión del Comité Técnico se considere legalmente instalada en virtud de primera convocatoria, deberán estar representadas en ella, por lo menos la mitad más uno de los miembros de dicho órgano, y sus decisiones serán válidas, salvo por casos específicos establecidos en otras cláusulas del Contrato de Fideicomiso, cuando sean aprobadas por mayoría de votos. En caso que una sesión del Comité Técnico se reúna en virtud de segunda convocatoria, se considerará legalmente instalada, cualquiera que sea el número de miembros que se encuentren presentes. Notificaciones al Fiduciario Todas las instrucciones y notificaciones que el Comité Técnico proporcione al Fiduciario deberán efectuarse por escrito y deberán estar firmadas por aquellos miembros que hayan fungido como presidente y secretario en la sesión del Comité Técnico que corresponda. De conformidad con el mismo Artículo 80 de la LIC, el Fiduciario actuará libre de responsabilidad cuando lo haga ajustándose a las instrucciones entregadas por el Comité Técnico. Indemnización y Seguros de Responsabilidad Profesional En ausencia de fraude o mala fe por parte de los miembros del Comité Técnico, y en relación con sus obligaciones y facultades conforme al Fideicomiso, el Fiduciario con cargo únicamente al Patrimonio del Fideicomiso deberá, en la medida más amplia permitida por la ley, indemnizar y mantener en paz y a salvo a dicho miembro de cualquier acción, demanda o procedimiento, ya sea, civil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, y en contra de cualquier pérdida, daño o gasto (incluyendo honorarios razonables de abogados, multas, montos pagados en virtud de una transacción, etc.) incurridos por dichas personas en relación con tal acción, demanda o procedimiento. Adicionalmente, el Fiduciario podrá contratar, por instrucción del Comité Técnico (en donde se indicarán los términos y contrapartes del Fiduciario) y con cargo a la Reserva para Gastos, los Seguros de Responsabilidad Profesional que cubran las actividades realizadas por los integrantes del Comité Técnico Facultades Indelegables El Comité Técnico contará con las siguientes facultades indelegables:

A. Fijar las políticas conforme a las cuales se invertirá el Patrimonio del Fideicomiso. B. Aprobar las Inversiones y cualquier adquisición o enajenación de activos, bienes o derechos

con valor igual al 5% (cinco por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso, ya sea que se ejecuten de manera simultánea o sucesiva, en un periodo de doce meses, contado a partir de que se concrete la primera operación, y que por sus características puedan considerarse como una sola.

C. Establecer los términos y condiciones a los que se ajustará el Administrador en el ejercicio de

sus facultades de actos de dominio y, en su caso, de administración. D. Aprobar las operaciones con Partes Relacionadas respecto de los Vehículos de Inversión del

Portafolio y las Compañías del Portafolio sobre las cuales el Fideicomiso realice Inversiones, del Fideicomitente, así como del Administrador del Patrimonio del Fideicomiso, o bien, que representen un conflicto de interés.

E. Resolver cualesquier conflictos de interés que se presenten en relación con el Fideicomiso.

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Facultades Generales El Comité Técnico contará con las siguientes facultades y atribuciones, en adición a las demás establecidas en otras cláusulas del Contrato, incluyendo las facultades indelegables enumeradas en la Sección 17.7.1 anterior:

A. Modificar el Periodo de Inversión conforme al cual deberá realizar el Fiduciario las Inversiones del Componente de Flujo y supervisar su cumplimiento.

B. Determinar con base en el Reporte de Inversiones, si el Periodo de Inversión ha sido

debidamente cumplido. C. Revisar el dictamen que el Auditor Externo deba entregar anualmente y de ser necesario,

ampliar sus funciones dentro del Fideicomiso e instruir al Fiduciario para que lleve a cabo las acciones a que haya lugar.

D. Instruir al Fiduciario en relación con las Inversiones Permitidas y, en su caso, determinar un

régimen de Inversiones Permitidas diferente, tomando en cuenta las inversiones que el Fiduciario está facultado a efectuar en términos de la legislación aplicable, las características de las Cuentas y sus políticas internas.

E. Modificar los Criterios de Elegibilidad de los Vehículos de Inversión del Portafolio y los

Criterios de Elegibilidad de las Compañías del Portafolio, conforme a la propuesta que al efecto realice el Administrador.

F. Determinar las reglas para la contratación de cualquier crédito o préstamo con cargo al

Patrimonio del Fideicomiso por parte del Fiduciario, cuyos montos no podrán exceder en su conjunto del 30% (treinta por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso; en el entendido que, la contratación de cualquier crédito a cargo del Patrimonio del Fideicomiso, estará sujeta a que previamente se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando éstos representen el 5% (cinco por ciento) o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando éstos representen el 20% (veinte por ciento) o más del Patrimonio del Fideicomiso con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, con independencia de que dichas operaciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un Periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola.

G. Autorizar al Administrador para realizar aquel acto a que se refiere el inciso C de la Sección

9.3 del Contrato de Fideicomiso. H. Determinar, con base en el Reporte para Gastos de Mantenimiento, la cantidad de recursos que

deberán mantenerse en la Reserva para Gastos y, en su caso, los Intereses de la Cuenta de Flujo que sean necesarios para reconstituir la Reserva para Gastos o para pagar Gastos de Mantenimiento conforme a lo establecido en la Sección 11.1.1 del Contrato de Fideicomiso.

I. En el quinto aniversario del Fideicomiso, determinar el monto que deberá permanecer en las

Cuentas para que puedan cubrirse en su totalidad los Gastos de Inversión y los Gastos de Mantenimiento que razonablemente se estime podrían generarse hasta la Fecha de Vencimiento; en el entendido que el monto depositado en dichas Cuentas que en su caso, exceda de la cantidad que señale el Comité Técnico conforme a este inciso I, constituirá el “Efectivo Excedente”, mismo que de haberlo, será transferido por el Fiduciario a la Cuenta General para ser distribuido a los Tenedores como Efectivo Distribuible.

J. Instruir al Fiduciario para que contrate los servicios de cualesquier asesores que sean necesarios

para el debido cumplimiento de los Fines del Fideicomiso. Los honorarios que deban cubrirse a dichos asesores por la prestación de sus servicios serán considerados Gastos de Mantenimiento y deberán pagarse con cargo a la Reserva para Gastos.

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K. Contratar los servicios de cualquier asesor legal en caso de que lo requiera para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones y facultades conforme al Contrato de Fideicomiso, cuyos honorarios serán considerados Gastos de Mantenimiento y deberán pagarse con cargo a la Reserva para Gastos.

L. Instruir al Fiduciario para que celebre cualquier contrato o convenio, instrumento o cualquier

otro documento (distintos a los Contratos de Inversión y a los Contratos de Desinversión), que sea necesario o conveniente para cumplir con los Fines del Fideicomiso.

M. Instruir al Fiduciario para que otorgue poderes generales y especiales en los términos del

Contrato de Fideicomiso. N. Designar a los delegados especiales que necesite para la ejecución de las resoluciones del

Comité Técnico. O. Instruir al Fiduciario respecto de las medidas que deba tomar en defensa del Patrimonio del

Fideicomiso. P. Instruir al Fiduciario para actuar en asuntos que no estén específicamente previstos en el

Contrato de Fideicomiso o en el Título, que impliquen una modificación sustancial al Contrato de Fideicomiso, según sea resuelto por la Asamblea de Tenedores.

Q. Instruir al Fiduciario la sustitución del Auditor Externo y del Valuador Independiente de

considerarlo conveniente. R. Instruir al Fiduciario el nombre de la institución o instituciones financieras en las que deba abrir

y mantener abiertas las Cuentas, conforme a la Cláusula Décima Primera del Contrato de Fideicomiso. S. En caso de que ocurra un Evento de Sustitución del Administrador, proponer un candidato para

que ocupe el cargo de nuevo administrador a la Asamblea de Tenedores, en los términos previstos en la Cláusula Novena del Contrato de Fideicomiso.

T. Aprobar el nombramiento de Funcionarios Clave conforme a lo establecido en la Cláusula

Novena del Contrto de Fideicomiso. U. Proponer a la Asamblea de Tenedores cualquier modificación al Fideicomiso que considere

pertinente. En general, celebrar cualquier contrato o llevar a cabo cualquier acto necesario a fin de resolver cualquier situación o conflicto no previsto en el Contrato de Fideicomiso que pudiera presentarse con respecto a los Fines del Fideicomiso. Facultades y obligaciones del Fiduciario El Fiduciario llevará a cabo la emisión de Certificados Bursátiles exclusivamente en cumplimiento de los fines del Contrato de Fideicomiso con cargo al Patrimonio del Fideicomiso y no asume ninguna obligación a título individual con respecto al pago de los mismos. Las Partes reconocen y aceptan que la actuación del Fiduciario en la Emisión será únicamente en su carácter de institución fiduciaria. El Fiduciario actuará en todo momento conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso, dando cumplimiento a las obligaciones y ejerciendo las facultades que en el mismo se le otorgan a fin de dar cumplimiento a los Fines del Fideicomiso previstos en la Cláusula Sexta del Fideicomiso. Asimismo, deberá actuar conforme a los demás documentos que de acuerdo con el Fideicomiso deba suscribir y conforme a las instrucciones que reciba por escrito del Fideicomitente, del Administrador, del Comité Técnico o del Representante común, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso. El Fiduciario no será responsable de:

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A. Los actos que realice en cumplimiento a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso. B. Los actos que realice en cumplimiento de los contratos y documentos que suscriba conforme

a lo previsto en el Contrato de Fideicomiso. C. Los actos que realice en cumplimiento con lo establecido en las instrucciones recibidas, que

se ajusten a lo previsto en el Contrato de Fideicomiso. D. Los actos que realice en cumplimiento con lo establecido en las instrucciones del

Representante Común, que se ajusten a lo previsto en el Contrato de Fideicomiso.

E. Cualquier mora o incumplimiento de pago, salvo en aquellos casos en que dicha mora o incumplimiento derive de un incumplimiento por parte del Fiduciario de las obligaciones establecidas en el Contrato de Fideicomiso.

F. Hechos, actos y omisiones directas del Representante Común, del Administrador o de terceros que impidan el cumplimiento de los Fines del Fideicomiso. El Fiduciario podrá ser removido por acuerdo de la Asamblea de Tenedores, para lo cual se requerirá del voto favorable de los Tenedores que representen el 75% (setenta y cinco por ciento) de los Certificados Bursátiles en circulación en dicho momento, en el entendido que dicha remoción sólo tendrá efectos a partir de la fecha en que un fiduciario sustituto haya sido designado, haya aceptado el cargo y haya tomado posesión del mismo. Facultades del Fiduciario Para la administración del Fideicomiso, el Fiduciario tendrá todos los derechos y acciones que se requieran para el cumplimiento del mismo, debiendo responder civilmente por los daños y perjuicios que se causen por el incumplimiento de las obligaciones pactadas en éste, en términos del Artículo 391 de la LGTOC. El Fiduciario no tendrá más obligaciones a su cargo que las expresamente pactadas en el Contrato de Fideicomiso, así como las que sean consecuencia legal de sus deberes fiduciarios. Para tal efecto el Fiduciario contará entre otras con todas las facultades necesarias para llevar a cabo los Fines del Fideicomiso, incluyendo sin limitar las siguientes: (i) poder general para pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especial de acuerdo a la ley, en términos de lo establecido por el párrafo primero del Artículo 2554 del Código Civil Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de los estados, incluyendo las facultades a que se refieren los artículos 2572 y 2587 del Código Civil Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de los estados, por lo que estará facultado, de manera enunciativa mas no limitativa, para intervenir en forma conciliatoria ante cualquier Autoridad; celebrar convenios, contestar demandas y reconvenciones, oponer excepciones dilatorias y perentorias, y toda clase de defensas; demandar y reconvenir; ofrecer y rendir toda clase de pruebas, estando facultado para desistirse de juicios de amparo, presentar querellas y desistirse de las mismas, constituirse en coadyuvante del Ministerio Público y otorgar perdón si procede de acuerdo con la ley; para transigir y someterse a arbitraje; para articular y absolver posiciones, para recusar jueces, recibir pagos y ejecutar todos los otros actos expresamente determinados por la ley; (ii) poder general para actos de administración en términos de lo establecido en el párrafo segundo del Artículo 2554 del Código Civil Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de los estados; (iii) poder para abrir y cancelar cuentas bancarias y designar a las personas que giren en contra de las mismas, quienes contarán también con facultades para suscribir, avalar, aceptar y endosar títulos de crédito en los términos del Artículo 9 de la LGTOC para girar en contra de dichas cuentas, (iv) poder para suscribir, avalar, aceptar y endosar títulos de crédito en los términos del Artículo 9 de la LGTOC; (v) poder general para actos de dominio en términos de lo establecido en el párrafo tercero del Artículo 2554 del Código Civil Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de los estado, y (vi) poder para conferir poderes generales o especiales en los términos de los párrafos anteriores, así como revocar los poderes que otorguen.

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Defensa del Patrimonio del Fideicomiso En caso de que se presente cualquier conflicto que ponga en riesgo o surja la necesidad de defender el Patrimonio del Fideicomiso, el Fiduciario deberá notificar dicha circunstancia por escrito al Representante Común y al Fideicomitente, en un plazo que no exceda de 2 (dos) Días Hábiles a partir de la fecha en que tenga conocimiento de dicha circunstancia, así como otorgar uno o varios poderes generales o especiales en los términos y condiciones que para tal efecto indique por escrito el Comité Técnico. Todos los honorarios y demás gastos y costos que se causen con motivo de dicho conflicto o defensa, se cubrirán con cargo a la Reserva para Gastos. Actos Urgentes Cuando se requiera la realización de actos urgentes, o suceda cualquier circunstancia no prevista en el Fideicomiso, cuya falta de atención inmediata pudiera causar un menoscabo en el Patrimonio del Fideicomiso, el Fiduciario deberá dar aviso al Representante Común y al Fideicomitente a más tardar el Día Hábil siguiente a la fecha en que tenga noticia de haberse presentado dicha circunstancia, y podrá actuar de conformidad con la legislación aplicable, protegiendo el Patrimonio del Fideicomiso, en la inteligencia de que si por cualquier causa no se designare un apoderado dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a de dicha urgencia, el Fiduciario podrá designar a un apoderado sin su responsabilidad. Los gastos incurridos por el Fiduciario serán considerados como Gastos de Mantenimiento y pagados con cargo a la Reserva para Gastos. Revelación de Información El Fiduciario deberá cumplir con todos los requerimientos de presentación o divulgación de información a que esté obligado como emisora de valores inscritos en el RNV en términos de la LMV, de la Circular Única de Emisoras, del Reglamento Interior de la BMV y de las demás disposiciones aplicables, en el entendido de que el Fiduciario deberá entregar al Representante Común, al Administrador y aquellos terceros contratados por el Fiduciario que lo requieran para la prestación de sus servicios, cualquier reporte, estado financiero o comunicación relacionada con la Emisión y Colocación de los Certificados Bursátiles que entregue a la CNBV o a la BMV dentro de los 2 (dos) Días Hábiles siguientes a dicha entrega. Asimismo, conforme a lo dispuesto en la Sección 20.2 del Contrato de Fideicomiso, el Fiduciario deberá entregar al Representante Común, al Administrador y a los terceros señalados anteriormente, cualquier información relacionada con el Fideicomiso que éstas le soliciten, actuando en forma razonable, respecto de la información que se encuentre en su poder. Asimismo, en el evento de que la información financiera y jurídica relativa a los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, así como de las inversiones que éstos realicen, respecto de las cuales el Fideicomiso haya realizado una Inversión que represente un porcentaje igual o mayor al 10% (diez por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso (lo cual se determinará con base en el Reporte de Inversiones), no se refleje de manera consolidada en la información financiera presentada respecto del Fideicomiso conforme a lo establecido en la Circular Única de Emisoras, el Fiduciario estará obligado a reportar información al mercado sobre dicho Vehículo de Inversión del Portafolio o Compañía del Portafolio, así como de las inversiones que éstos realicen, de forma anual, a partir del primer ejercicio social que se dictamine, y deberá estar en todo momento a disposición de la CNBV y de la BMV, en los mismos términos que lo establecido en la Cláusula Vigésima Primera del Fideicomiso. Obligaciones ante la BMV El Fiduciario deberá proporcionar a la BMV, en lo conducente, por medio de la persona que éste designe por escrito, la información a que se refiere la disposición 4.033.00 y la Sección Segunda del Capítulo Quinto del Título Cuarto del Reglamento Interior de la BMV, respecto del Patrimonio del Fideicomiso, así como su conformidad para que, en caso de incumplimiento, le sean impuestas las medidas disciplinarias y correctivas a través de los órganos y procedimientos disciplinarios que se establecen en el Título Décimo del mismo. El Comité Técnico, o cualquier otra Persona cuando tenga una obligación en relación con los Certificados Bursátiles, deberán vigilar y procurar que el Fiduciario cumpla con la obligación establecida en esta Sección.

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Actos no contemplados en el Fideicomiso En caso que se presenten situaciones no previstas dentro del Contrato de Fideicomiso o que el Fiduciario deba llevar a cabo actos no establecidos en el mismo que impliquen una modificación sustancial a los términos del Contrato de Fideicomiso, el Fiduciario informará al Representante Común para que éste dé aviso a la Asamblea de Tenedores y al Comité Técnico de tal situación a fin de que giren las instrucciones pertinentes en base a las cuales deba actuar el Fiduciario Indemnización al Fiduciario El Fideicomitente defenderá y sacará en paz y a salvo al Fiduciario, así como a sus delegados fiduciarios, funcionarios, empleados y apoderados, exclusivamente con cargo al Patrimonio del Fideicomiso y hasta donde éste baste y alcance, de toda y cualquier responsabilidad, daño, obligación, demanda, sentencia, transacción, requerimiento, gastos y/o costas de cualquier naturaleza, incluyendo los honorarios de abogados, que directa o indirectamente se hagan valer con motivo o por consecuencia de actos realizados por el Fiduciario en cumplimiento del Contrato de Fideicomiso y la defensa del Patrimonio del Fideicomiso (salvo que cualquiera de los anteriores sea consecuencia de dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario cuando así lo determine en sentencia firme la autoridad judicial competente o cuando el Fiduciario lleve a cabo cualquier acto no autorizado por el Contrato de Fideicomiso) o por cualesquiera reclamaciones, multas, penas y cualquier otro adeudo de cualquier naturaleza en relación con el Patrimonio del Fideicomiso o con el Contrato de Fideicomiso, ya sea ante autoridades administrativas, judiciales, tribunales arbitrales o cualquier otra autoridad, ya sea de carácter local o federal, de la República Mexicana o extranjeras Vigencia del Fideicomiso El plazo máximo del Fideicomiso para cumplir con el fin primordial señalado en el inciso A de la Cláusula Sexta será de 10 (diez) años. No obstante lo anterior, el Fideicomiso no podrá darse por terminado mientras existan obligaciones pendientes de pago a cargo del propio Fideicomiso. No obstante lo anterior, el término del Fideicomiso en ningún caso podrá exceder del término establecido en la fracción III del Artículo 394 de la LGTOC. La Asamblea de Tenedores podrá aumentar el plazo de la vigencia del Contrato de Fideicomiso, con el objeto de cumplir con los fines del Contrato de Fideicomiso; en el entendido que las prórrogas podrán ser aprobadas (i) por un periodo adicional de 5(cinco) años, y (ii) por 2 (dos) periodos adicionales de 2 (dos) años cada uno; y serán aplicables igualmente a los títulos que amparen los Certificados Bursátiles.

1.3.2. Contrato de Administración El Fiduciario, en su carácter de fiduciario en el Fideicomiso, designó a NGM, L.L.C., como Administrador de las Inversiones correspondientes al Componente de Flujo de conformidad con las reglas establecidas en el Contrato de Administración y el Contrato de Fideicomiso, quien a su vez conviene en prestar sus servicios con la finalidad de analizar oportunidades de inversión para el Fideicomiso, seleccionar las que a su discreción sean más adecuadas para llevar a cabo las Inversiones, someter al Comité Técnico para su aprobación las oportunidades de inversión que a su juicio estime convenientes, instruir al Fiduciario para llevar a cabo las Inversiones y las Desinversiones, negociar los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión en nombre y por cuenta del Fideicomiso y a mantener y administrar las Inversiones del Componente de Flujo. El Administrador en general se obliga a realizar sus mejores esfuerzos para obtener las mejores oportunidades de inversión y realizar Inversiones rentables que agreguen valor, maximicen el monto del Flujo y resulten en beneficio económico de los Fideicomisarios. En el Apartado “6. Estatutos Sociales y Otros Convenios”, del Capítulo “I.V El Fideicomitente y Administrador”, se incluye información sobre el contenido del Contrato de Administración.

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1.3.3. Resumen del Acta de Emisión

El Fiduciario deberá realizar la Emisión de los Certificados Bursátiles con base en el Acta de Emisión, de la cual formará parte el Título correspondiente, y deberá contener los requisitos mínimos establecidos en la Circular Única de Emisoras. En la Fecha de Emisión Inicial se suscribió el Acta de Emisión por el Fiduciario, con la comparecencia del Representante Común. El Acta de Emisión establece las bases para realizar la Emisión Inicial y las Emisiones Subsecuentes, sustancialmente el mismos términos y condiciones establecidas en el Contrato de Fideicomiso, incluyendo respecto de la realización de Llamadas de Capital, Dilución Punitiva, entre otros temas. Las facultades del Fiduciario y del Representante Común establecidas en dicha Acta de Emisión son consistentes con aquellas descritas en el presente Reporte Anual, respecto del Contrato de Fideicomiso. 1.3.4. Resumen del Contrato de Administración

Objeto El Fiduciario, en su carácter de fiduciario en el Fideicomiso, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Sexta inciso F del Contrato de Fideicomiso, ha designado a NGM, L.L.C., como Administrador de las Inversiones correspondientes al Componente de Flujo de conformidad con las reglas establecidas en el Contrato de Administración y en el Contrato de Fideicomiso, quien a su vez conviene en prestar sus servicios con la finalidad de analizar oportunidades de inversión para el Fideicomiso, seleccionar las que a su discreción sean más adecuadas para llevar a cabo las Inversiones, someter al Comité Técnico para su aprobación las oportunidades de inversión que a su juicio estime convenientes, instruir al Fiduciario para llevar a cabo las Inversiones y las Desinversiones, negociar los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión en nombre y por cuenta del Fideicomiso y a mantener y administrar las Inversiones del Componente de Flujo. El Administrador en general se obliga a realizar sus mejores esfuerzos para obtener las mejores oportunidades de inversión y realizar Inversiones rentables que agreguen valor, maximicen el monto del Flujo y resulten en beneficio económico de los Fideicomisarios. Excluyentes de Responsabilidad e Indemnización El Administrador, sus afiliados, miembros, socios, directores, funcionarios y empleados, así como los representantes legales de cualquiera de ellos, no serán responsables para con el Fideicomiso o para con cualquier parte del mismo por: (i) cualquier pérdida, costo o gasto derivado de errores de criterio o cualquier acción u omisión que no constituya negligencia, dolo o mala fe en el desempeño de los deberes y obligaciones del Administrador conforme al Contrato; (ii) pérdidas que se deban a errores de juicio o cualquier acción u omisión de agentes o casas de bolsa, a menos que, tratándose de cualquier agente o casa de bolsa, el Administrador hubiere actuado con negligencia en su selección y contratación en nombre del Fideicomiso; o (iii) cuando al presentarse un conflicto de interés, el Administrador y los Funcionarios Clave actúen conforme a la opinión y procedimientos recomendados por el Comité Técnico en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes se abstendrán de votar respecto a dicho punto. El Fiduciario, no en lo personal sino únicamente en su carácter de Fiduciario del Fideicomiso, deberá, en la mayor medida permitida por la legislación aplicable y con cargo al Patrimonio del Fideicomiso, indemnizar y sacar en paz y a salvo a las personas mencionadas en la presente Sección cuando se trate de los supuestos antes mencionados Las Partes Indemnizadas podrán consultar con abogados y contadores los asuntos del Fideicomiso, y estarán completamente protegidas y justificadas en cualquier acción u omisión que sea tomada de acuerdo con el consejo u opinión de tales abogados o contadores. Sin embargo, las disposiciones precedentes no deberán ser interpretadas como excluyentes de responsabilidad en la medida que tal responsabilidad no sea susceptible de ser renunciada, modificada o limitada en términos de ley aplicable (incluyendo la responsabilidad conforme a las leyes aplicables que, bajo ciertas circunstancias, pudieren imputar responsabilidad inclusive a personas que actúen de buena fe.

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El Administrador no podrá ser instruido ni incurrirá en ningún tipo de responsabilidad en caso de rehusarse a llevar a cabo cualquier acto que sea violatorio de cualquier disposición legal. Adicionalmente, el Fideicomiso deberá, en la mayor medida permitida por la legislación bursátil aplicable, indemnizar y sacar en paz y a salvo a cada una de las Partes Indemnizadas de y en contra de cualquier pérdida o gasto provocado directa o indirectamente por circunstancias fuera del control razonable del Administrador, incluyendo sin limitar, restricciones gubernamentales, resoluciones de bolsas o mercados, acciones que afecten a bolsas de valores incluyendo suspensiones de cotización o extensiones del horario de operaciones, actos de la autoridad civil o militar, emergencias nacionales, dificultades laborales, incendios, terremotos, inundaciones u otras catástrofes, casos fortuitos, guerras, actos de terrorismo, rebeliones o fallas en la comunicación o en el suministro de energía. El Fiduciario, con cargo los recursos contenidos en la Reserva para Gastos (una vez que hayan sido cubiertos los Gastos de Mantenimiento correspondientes), deberá pagar por adelantado a cualquier Parte Indemnizada honorarios razonables de abogados y otros costos y gastos incurridos en relación con la defensa de cualquier acción o procedimiento que derive de dicha conducta. En el evento que dicho pago adelantado sea realizado por el Fiduciario, la Parte Indemnizada deberá acordar reembolsar al Patrimonio del Fideicomiso la cantidad recibida en la medida en que se determine que no tenía derecho alguno a ser indemnizada. El Fiduciario no estará obligado a realizar pagos de su propio patrimonio o a incurrir en responsabilidades financieras distintas a las asumidas para el cumplimiento de los Fines del Fideicomiso. El Administrador deberá indemnizar y sacar en paz y salvo al Fiduciario, sus accionistas, directores, empleados, agentes, abogados, auditores y demás asesores por cualquier pérdida, costo o gasto de cualquier clase (incluyendo honorarios y gastos razonables y documentados de abogados) derivados exclusivamente de cualquiera de los actos u omisiones del Administrador que constituyan un incumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato. Esta indemnización no será aplicable a cualesquiera acciones u omisiones por parte del Fiduciario o sus accionistas, directores, funcionarios, empleados, delegados fiduciarios, agentes, abogados, auditores u otros asesores que sean resultado de su culpa, mala fe, negligencia o dolo determinado por un tribunal de última instancia que no permita recurso alguno. Asuntos Laborales Queda expresamente entendido que el Fiduciario no tendrá, bajo ninguna circunstancia relación laboral alguna o responsabilidad con aquellas personas o entidades contratadas por el Administrador, para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato. En caso de suscitarse una contingencia laboral, el Administrador se obliga a mantener en paz y a salvo al Fiduciario, de cualquier reclamación laboral, procedimiento sea o no judicial, juicio, demanda, responsabilidad, pérdida, daño, sanción, acción o resolución que sea promovida, iniciada, emitida o presentada por cualquier persona o autoridad competente en contra del Fiduciario. Status Independiente del Administrador Para todos los efectos del Contrato de Administración y del Contrato de Fideicomiso, el Administrador deberá ser considerado como un prestador de servicios independiente y no tendrá autoridad para actuar en nombre de o representación del Fiduciario o de las Sociedades Controladoras salvo para ejercer las facultades que expresamente le sean conferidas conforme al Contrato de Administración y al Contrato de Fideicomiso. Ninguna disposición del Contrato de Administración deberá entenderse en el sentido de que se constituya entre las partes cualquier tipo de asociación, sindicato o cualquier otra entidad. Siendo así, cualquier pago que se realice al Administrador conforme al Contrato de Administración deberá considerarse como contraprestación por los servicios prestados o reembolso por los gastos incurridos. Comisión Mercantil Por virtud del Contrato de Administración, el Fiduciario actuando como comitente ha otorgado en favor del Administrador una comisión mercantil en términos del Título Tercero Capítulo Primero del Código de Comercio en vigor, quien a su vez acepta el cargo de comisionista para realizar todos los actos necesarios a fin de dar cumplimiento a sus obligaciones conforme al Contrato de Administración, incluyendo sin limitar, para analizar oportunidades de inversión para el Fideicomiso, seleccionar las que a su discreción sean más adecuadas

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para llevar a cabo las Inversiones, someter al Comité Técnico para su opinión las oportunidades de inversión que a su juicio estime convenientes, negociar y celebrar en nombre y por cuenta del Fideicomiso los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión, llevar a cabo las Inversiones y Desinversiones en nombre y por cuenta del Fideicomiso y para mantener y administrar las Inversiones del Componente de Flujo. Asimismo, el Fiduciario autoriza al Administrador para que subcontrate los servicios que conforme al Contrato de Administración se obliga a prestar, con cualquier tercero, incluyendo aquellas personas que pertenezcan al mismo Consorcio que el Administrador. En este caso, el Administrador será responsable en todo tiempo ante el Fiduciario y respecto del Patrimonio del Fideicomiso, por la actuación de los terceros con los que haya subcontratado, como si él mismo hubiere realizado los actos de que se trate. 1.3.5 Funciones y Responsabilidades de los Participantes en la Operación del Fideicomiso El Fiduciario, en su carácter de fiduciario en el Fideicomiso, designó a NGM, L.L.C., como Administrador de las Inversiones correspondientes al Componente de Flujo de conformidad con las reglas establecidas en el Contrato de Administración y el Contrato de Fideicomiso, quien a su vez conviene en prestar sus servicios con la finalidad de analizar oportunidades de inversión para el Fideicomiso, seleccionar las que a su discreción sean más adecuadas para llevar a cabo las Inversiones, someter al Comité Técnico para su aprobación las oportunidades de inversión que a su juicio estime convenientes, instruir al Fiduciario para llevar a cabo las Inversiones y las Desinversiones, negociar los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión en nombre y por cuenta del Fideicomiso y a mantener y administrar las Inversiones del Componente de Flujo. De manera consistente con lo anterior, en los Contratos de Inversión y en los Contratos de Desinversión se establecerá que los Flujos sean depositados en cuentas bancarias a nombre del Fideicomiso directamente. Al ser el Fiduciario quien realice las Inversiones, será el Fiduciario quien custodiará y salvaguardará los documentos que, en su caso, amparen los activos fideicomitidos.

2. CUMPLIMIENTO AL PLAN DE NEGOCIOS Y CALENDARIO DE INVERSIONES Y, EN SU CASO, DESINVERSIONES

Objetivo de Inversión El principal objetivo del Fideicomiso es el alcanzar un rendimiento que represente un mejor desempeño relativo al de la alternativa de invertir en los mercados públicos de valores. El rendimiento esperado en el caso base es de 500 puntos base sobre el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV. El Fideicomiso coinvertirá con Northgate Mexico, L.P., una asociación limitada (limited partnership) Canadiense administrada por Northgate Capital. Northgate buscará promover principalmente a diversos mercados y sectores exclusivamente dentro de México, a través de la realización de inversiones en, entre otros (i) los vehículos de inversión, fideicomisos u otros vehículos de inversión de capital privado y capital emprendedor, primaria, secundaria, activos emproblemados, deuda mezzanine y con situaciones especiales, y (ii) las Inversiones directas en empresas incorporadas, y residentes a efectos fiscales, en México. Las Inversiones solo podrán realizarse en México. Northgate seguirá las siguientes tres estrategias para sus inversiones:

A. Invertir en los mejores Vehículos de Inversión de Capital privado actualmente presentes en México;

B. Invertir directamente en compañías; e

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C. Invertir en inversionistas experimentados y operadores estableciendo Vehículos de Inversión de Capital privado.

Siguiendo esta estrategia, se anticipa que Northgate invertirá hasta un 20% del Patrimonio del Fideicomiso por cada Vehículo de Inversión del Portafolio y por cada Compañía del Portafolio directamente en México. En un escenario base, se estima que durante el periodo de inversión Northgate invertirá un mínimo de 75% del capital comprometido en inversiones directas y un máximo de 25% del capital comprometido en experimentados operadores de fondos y fondos establecidos. Northgate se enfocará en la inversión en compañías en un rango de entre 35 y 70 millones de dólares. Northgate cuenta con un equipo de profesionales de inversión con una amplia e inigualable experiencia local en este segmento, habiendo ya analizado, invertido y desinvertido en compañías devolviendo atractivos retornos a sus respectivos inversionistas. Northgate cree que la fuente más confiable para la creación de valor en capital privado es la “transformación activa” de sus compañías en cartera. Esta “transformación activa” consiste en proactivamente añadir valor mediante:

Mejoras operacionales: implementando un número limitado de iniciativas realmente enfocadas y que transformen el desempeño significativamente;

Posicionamiento estratégico: enfocándose en los segmentos de consumidores de mayor

valor y en los respectivos productos y servicios; y Preparación para la salida de la inversión: profesionalizando los procesos, incluyendo

mejores prácticas de gobierno corporativo y la gestión de riesgos y fortaleciendo las capacidades de la dirección de las empresas.

En general e independientemente del tipo de oportunidad de inversión que se presente, las empresas potenciales en las que se busca invertir, ya sea directamente o a través de vehículos de inversión, comparten las siguientes características:

Múltiples palancas para añadir valor; Capacidad de influencia y alineación de intereses; Claro camino hacia la liquidez; y Administración con experiencia.

Las Inversiones que realice el Fiduciario se efectuarán simultáneamente con el Vehículo Paralelo en proporción a los recursos con que cada uno cuente para invertir al momento en que se vaya a realizar la Inversión correspondiente. Para determinar la proporcionalidad de la coinversión deberá tomarse el Tipo de Cambio vigente de Dólares a Pesos de los recursos de que dispongan en la fecha de Inversión. Asimismo, todas las Inversiones contarán, de forma directa o indirecta, con el apoyo del Equipo de Administración, en virtud de su obligación de aportar, a través del Vehículo Paralelo, un monto equivalente al 1% del Monto Máximo de la Emisión, invirtiendo en cada uno de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que el Fideicomiso realice una Inversión en la fecha en que se lleve a cabo la misma, proporcionalmente y a prorrata la cantidad que corresponda. Durante el periodo de reporte (1 de enero al 31 de diciembre de 2016), se llevaron a cabo las siguientes Inversiones previstas en el plan de negocios:

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VEHÍCULO DE INVERSIÓN/COMPAÑÍA

DEL PORTAFOLIO

FECHA MONTO DE INVERSIÓN

COMPROMISO DE CAPITAL

Alta Growth Capital, Mexico Fund II

2016 MXP$ 93,821,800 US$15,000,000.00

Venture Innovation Fund II, L.P.

2016 MXP$ 53,428,672 US$10,000,000.00

Tin Jade GmbH - Linio 2016 MXP $ 57,832,335 N/A Alsis Housing Fund 2016 MXP $ 232,675,952 US$ 14,850,000

AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V.

2016 MXP$ 140,820,000 N/A

Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V.

2016 MXP$ 231,520,000 N/A

Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V.

2016 MXP$ 18,557,774 N/A

Periodo de Inversión

El Periodo de Inversión será consistente con el Periodo de inversión del Vehículo Paralelo. El Fideicomiso solo podrá realizar nuevas Inversiones durante el Periodo de Inversión; en el entendido que una vez que el Periodo de Inversión haya expirado, el saldo del Monto Destinado a Inversiones no invertido en Inversiones podrá ser utilizado, a discreción del Administrador, para: (i) pagar Gastos de Inversión y otras obligaciones relacionadas con cualquier Inversión, (ii) crear reservas para gastos, obligaciones, pasivos y deudas (incluyendo, según sea aplicable, para el pago de la Comisión de Administración), (iii) completar Inversiones y otras operaciones que se encontraban en curso o comprometidas previamente a la finalización del Periodo de Inversión, (iv) realizar Inversiones Adicionales, y (v) hacer frente a obligaciones de indemnización o reembolso a cargo del Fideicomiso. La cartera de Inversiones se construirá con el objetivo de optimizar el perfil de flujo de caja y rendimiento tanto a corto como a largo plazo. En términos generales, las Inversiones serán efectuadas dentro del Periodo de Inversión, mientras que las Desinversiones, por el tiempo de maduración que éstas toman, serán llevadas a cabo, en general, en los años restantes del plazo de vigencia de la Emisión (con la posibilidad de extender dicha Vigencia en dos ocasiones por periodos de un año en cada ocasión, de conformidad con los mecanismos establecidos en el Contrato de Fideicomiso), aunque en cualquier momento del plazo de vigencia de la Emisión, cuando el Administrador lo estime conveniente, se podrá llevar a cabo una Desinversión con el objeto de proteger y maximizar el rendimiento de los Certificados Bursátiles. Northgate buscará construir una cartera que se encuentre diversificada eficientemente y que a su vez, minimice el perfil negativo de flujo de caja de los primeros años que es típico de las inversiones en capital emprendedor y capital privado. Para ello invertirá en vehículos y compañías con estrategias de inversión complementarias, incluidas dentro de las directrices de inversión establecidas en el Fideicomiso, y que por ende presente diferentes perfiles de flujo de caja futuro para asegurarse el optimizar el perfil de caja total para los Tenedores de los Certificados así como también, el maximizar los rendimientos para dichos Tenedores. A continuación se detalla el calendario de cómo se pretenden llevar a cabo las inversiones y desinversiones en vehículos de inversión y compañías, durante el Plazo de Vigencia de la Emisión considerando un monto invertido de US$500 millones de Dólares:

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Vehículos de inversión

Northgate espera comprometer un máximo de 25% del capital en vehículos de inversión en los primeros 5 años. Técnicamente, la desinversión al 100% de dichos vehículos, típicamente se buscarán realizar, como es la norma en la industria, entre los once años posteriores al momento en que fue comprometido el capital. No obstante, consistente con la filosofía de inversión de Northgate y su construcción de cartera con el fin de optimizar el perfil de flujo de caja, Northgate espera comenzar a recibir distribuciones de sus inversiones hechas en vehículos a partir del año 3.

Compañías

Northgate buscará invertir un mínimo de 75% del capital directamente en Compañías en el plazo de 5 años. Técnicamente, el Periodo de Inversión en compañías de portafolio es de 8 años. No obstante, y con el objetivo de optimizar el perfil de flujo de caja, Northgate buscará invertir directamente en Compañías en un plazo de 5 años como mencionado anteriormente. Técnicamente, la desinversión al 100% en dichas compañías, típicamente se buscarán realizar, entre los siete años posteriores al momento en que fueron completadas dichas inversiones directas. No obstante, consistente con la filosofía de inversión de Northgate y su construcción de cartera con el fin de optimizar el perfil de flujo de caja, Northgate espera comenzar a recibir distribuciones de sus inversiones hechas directamente en compañías a partir del año 3. En este sentido es importante destacar lo siguiente:

Northgate considera que dada la complejidad derivada del gran número de factores y variables

que influyen en las decisiones de Inversión y Desinversión, en los momentos y en las empresas adecuadas, resulta sumamente riesgoso el circunscribir la operación al cumplimiento de un calendario establecido y estricto. En este sentido, el calendario establecido anteriormente es de carácter informativo de como planea llevar a cabo el Administrador las Inversiones pero no es vinculante ni debe ser tomado como un calendario riguroso o definitivo para llevar a cabo las Inversiones;

A pesar de lo anterior, Northgate buscará en todo momento cumplir en tiempo y forma con lo

descrito en el calendario mostrado, con el fin último de maximizar el retorno de la inversión realizada por los Tenedores de los Certificados Bursátiles y maximizar su perfil de flujo de caja;

Northgate no invertirá el 100% de los recursos destinados, a Inversiones. Los recursos no

invertidos se utilizarán para conformar la Cuentas y Reservas para Gastos de Mantenimiento e Inversión que al efecto se establezcan en el Contrato de Fideicomiso, así como para tener una reserva adicional para, en su momento, poder ser utilizada, en caso de que se presente una oportunidad de inversión, y que ésta salga del rango del monto objetivo de inversión.

El plazo de vigencia del Fideicomiso será de 10 años, con un plazo máximo de 19 años

conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso dado que la Asamblea de Tenedores podrá extender el plazo del Fideicomiso por un máximo de tres períodos adicionales, uno de 5 años y dos de 2 años cada uno.

Si bien el Administrador realizará todos los esfuerzos necesarios para cumplir con los objetivos fijados en el Periodo de Inversión, y que éstos podrán ser razonablemente alcanzados, no existe certeza que el Administrador pueda alcanzarlos plenamente, que las circunstancias no resulten adversas o que no existan suficientes oportunidades disponibles que le permitan alcanzar dichos objetivos para el Fideicomiso. Asimismo, los Tenedores deben tomar en consideración que una violación grave al Periodo de Inversión, podrá dar lugar a un Evento de Incumplimiento y por lo tanto a un vencimiento anticipado de los Certificados, en caso de que así lo determine la Asamblea de Tenedores conforme a lo dispuesto en la Cláusula Décima Sexta del Fideicomiso. El Administrador procurará que el Fideicomiso realice las Inversiones durante el Periodo de Inversión, por una cantidad similar al Monto Destinado a Inversiones. Sin embargo, no existe certeza de que puedan realizarse

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dichas Inversiones dentro del Periodo de Inversión. De acuerdo a lo anterior, y debido a que no existe un calendario de inversión predeterminado, no existen consecuencias que sean generadas por el hecho que no se realice un número determinado de Inversiones durante el Periodo de Inversión. Si no se invierte todo o una parte del Monto Destinado a Inversiones, los saldos remanentes se distribuirán entre los Tenedores sin rendimiento para los mismos distintos a los Intereses de la Cuenta de Flujo. No se cuenta con un calendario de inversión preestablecido para realizar las Inversiones y Desinversiones. Asimismo, no hay garantía de que se vayan a realizar Inversiones o Desinversiones, se desconoce la fecha en la que los Tenedores, en su caso podrían recibir Distribuciones resultado de las Desinversiones que se realicen.

Rendimientos Esperados En cumplimiento de las disposiciones de la Circular Única de Emisoras que requieren se revele el rendimiento global esperado por las adquisiciones o inversiones que efectúe el Fideicomiso, se revela que el Fideicomiso se establece con la intención que las Inversiones tengan rendimiento, en un caso base, de 500 puntos base sobre el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV, sobre el Monto Destinado a Inversiones anualizado, antes de impuestos. Aún y cuando el Administrador ha establecido un estimado de rendimientos esperados basado en el estado actual de la economía mexicana, no se puede garantizar que los rendimientos estarán dentro de lo esperado, dado que el Administrador ha basado sus estimaciones en supuestos que no necesariamente se cumplirán. Adicionalmente, las Inversiones se efectuarán con base en la información disponible al momento de realizar las inversiones, misma que puede cambiar y por lo tanto, el comportamiento real podría diferir, en mayor o menor medida, de los rendimientos esperados. Este rendimiento esperado es únicamente para efectos informativos, en cumplimiento a la Circular Única de Emisoras. No hay certeza de que las Inversiones del Fideicomiso alcanzarán dicho rendimiento. Asimismo, no hay garantía alguna de que los Tenedores recibirán dicho rendimiento ni que recibirán distribuciones al amparo de los Certificados Bursátiles. En la medida permitida por la legislación aplicable, el Administrador y sus afiliadas se liberan de cualquier responsabilidad asociada con la información relativa a los rendimientos esperados del Fideicomiso mencionada en este párrafo.

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3. VALUACIÓN Se adjunta como Anexo “2” el dictamen de la valuación de los Certificados Bursátiles emitida por 414 Capital, Inc., en su carácter de Valuador Independiente al 31 de diciembre de 2016,en el cual se comunica lo siguiente Con base en nuestro análisis y la metodología aplicada, 414 Capital considera que el valor justo, no mercadeable de la inversión realizada por el fideicomiso F/306916 al 31 de diciembre de 2016 es de MXN $4.24. La valuación de los Certificados Bursátiles emitida por 414 Capital, en su carácter de Valuador Independiente, se realiza de manera trimestral.

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4. COMISIONES, COSTOS Y GASTOS DEL ADMINISTRADOR U OPERADOR El pago de Gastos del Fideicomiso durante el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 periodo que se reporta resultó por la cantidad de $65,509 según se detalla a continuación, el cual incluye el IVA en cada uno de los montos indicados por rubro.

CONCEPTO BENEFICIARIO MONTO

Comisión por Administración Northgate, LLC 48,107

Cuota de Mantenimiento Bolsa Mexicana de Valores 1,533

Gastos Inspección y Vigilancia Comisión Nacional Bancaria y de Valores 1,434

Impuestos y Auditor Externo PricewaterhouseCoopers, S.C. 1,156

Honorarios Fiduciario HSBC 1,428

Gastos legales Basila Abogados, S.C. 709

Gastos legales Galicia Abogados 1,411

Gastos legales Creel Garcia Cuellar 208

Gastos legales Goodwin Procter 943

Honorarios E&Y, KPMG 1,811

Valuador Independiente 414 Capital, Inc. 838

Seguro AIG 598

Representante Común MONEX 314

Gastos de Inversión Varios 4,667

Proveedores de Precios PIP y Valmer 151

Consultoria Fiscal RG & A Consultores SC 70

Gastos Financieros Comisiones bancarias 131

Total 65,509

Nota: Cifras expresadas en miles de Pesos.

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5. INFORMACIÓN RELEVANTE DEL PERIODO Durante el ejercicio 2016 a la fecha de presentación de este reporte anual se muestra la siguiente información relevante de dicho periodo:

Con fecha 14 de enero de 2016 se publicó el aviso de la cuarta Llamada de Capital a los Tenedores del Fideicomiso, misma que se llevó a cabo el 5 de febrero de 2016 por un monto equivalente a $140,820,000.00 MXP.

Se realizó una inversión en AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V. el pasado 15 de febrero de 2016 por un monto de $140,820,000 MXP, inversión que fue aprobada a través de la Sesión del Comité Técnico el día 9 de noviembre de 2015.

Con fecha 23 de febrero de 2016 se publicó el aviso de la quinta Llamada de Capital a los Tenedores del Fideicomiso, misma que se llevó a cabo el 15 de marzo de 2016 por un monto equivalente a $217,327,500.00 MXP.

El 1 de marzo de 2016 se publicó el envío de la valuación trimestral, incluida en los estados financieros del cuarto trimestre de 2015.

El 27 de abril de 2016 se publicó un aviso de extemporaneidad en la entrega del reporte del primer trimestre de 2016.

El 29 de abril de 2016 se publicó el reenvío de los estados financieros correspondientes al cuarto trimestre de 2015.

El 20 de mayo de 2016 se publicó que el día 19 de mayo del 2016 se acordó, conforme la autorización del Comité Técnico, llevar a cabo la inversión, junto con Northgate Mexico LP y otro co-inversionista, en la sociedad mexicana grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. por un monto de $500,000,000.00 MXP.

Con fecha 25 de mayo de 2016 se publicó el aviso de la sexta Llamada de Capital a los Tenedores del Fideicomiso, misma que se llevó a cabo el 15 de junio de 2016 por un monto equivalente a $251,746,650.00 MXP.

El 13 de junio de 2016 se publicó el reenvío del reporte anual correspondientes 2015, debido a un requerimiento por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Se realizó una inversión en Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. el pasado 20 de junio de 2016 por un monto de $500,000,000.00 MXP, inversión que fue aprobada a través de la Sesión del Comité Técnico el pasado 25 de abril de 2016.

El 29 de abril de 2016 se publicó el reenvío de los estados financieros correspondientes al cuarto trimestre de 2015 con el fin de presentar la constancia del administrador correcta y para desahogar un requerimiento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el entendido de que dicho alcance no implica modificación o actualización alguna de las cifras publicadas en dicha información financiera.

El 5 de julio de 2016 se publicó el reenvío del reporte anual correspondientes 2015, debido a un requerimiento por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

A través de la Sesión del Comité Técnico celebrada el 8 de julio de 2016, se aprobó una inversión adicional en TIN jade GmbH – Linio. Dicha inversión fue realizada durante el tercer trimestre de 2016 por un monto de $2.8 millones de euros.

El 4 de agosto de 2016 se publicó el reenvío de los estados financieros correspondientes al segundo trimestre de 2016 para realizar la precisión en las notas al reporte correspondiente.

El 8 de agosto de 2016 se publicó el reenvío del reporte anual correspondiente al 2015, con el fin de (i) enriquecer la información financiera respecto de las sociedades respecto de las cuales el Fideicomiso invierte, así como del Fideicomitente; y (ii) desahogar un requerimiento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Con fecha 18 de agosto de 2016 se publicó el aviso de la séptima Llamada de Capital a los Tenedores del Fideicomiso, misma que se llevó a cabo el 29 de agosto de 2016 por un monto equivalente a $195,785,000.00 MXP.

El día 31 de agosto de 2016, junto con Northgate México LP, se formalizó una nueva inversión en Linio a través de una sociedad controladora, la cual suscribió los documentos necesarios para ejecutar dicha inversión.

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El 29 de septiembre de 2016 se publicó el reenvío de los estados financieros correspondientes al segundo trimestre de 2016 para realizar la precisión en las notas al reporte correspondiente.

El 26 de octubre de 2016 s se publicó un aviso de extemporaneidad en la entrega del reporte del tercer trimestre de 2016.

Durante el cuarto trimestre de 2016, se realizó una inversión adicional en Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V. por $18.5 millones MXP de acuerdo a lo establecido en la aprobación de la inversión y derivado del buen desempeño de la Compañía que sobrepasó el plan establecido durante los doce meses subsecuentes a la inversión realizada por Northgate.

Con fecha 3 de enero de 2017 se publicó el aviso de la octava Llamada de Capital a los Tenedores del Fideicomiso, misma que se llevó a cabo el 24 de enero de 2017 por un monto equivalente a $134,973,100.00 MXP.

Con fecha 13 de febrero de 2017 se publicó el aviso de la novena Llamada de Capital a los Tenedores del Fideicomiso, misma que se llevó a cabo el 6 de marzo de 2017 por un monto equivalente a $25,362,120.00 MXP.

El 1 de marzo de 2016 se publicó el envío de los estados financieros del cuarto trimestre de 2016.

A continuación, se describe el desempeño de las empresas promovidas: TIN JadeGmbH – Linio (Linio) Resumen de la Empresa Linio inició en Mayo 2012 y es ahora una de las principales plataformas de e-commerce en Latinoamérica. Tiene operaciones en México (oficinas centrales), Colombia, Perú, Venezuela, Chile y Argentina. Hoy en día, Linio opera una de las plataformas más grandes en la región, ofreciendo más de cuatro millones

de productos y sesenta categorías a través de una red de más de veintisiete mil proveedores. Linio ofrece un servicio de clase mundial adaptado a las necesidades del cliente. Ofrece también,

diferentes formas de pago (a través de la página de Lino y medios alternativos), asistencia telefónica durante y después de la compra, devolución de productos sin costo, así como tiempos de entrega record.

Estrategia y Desempeño de la Empresa Linio tiene un buen posicionamiento de mercado, a través de la penetración de mercado que ha alcanzado

gracias al crecimiento que ha provocado el uso de los teléfonos celulares inteligentes, razón por la cual Linio ha decidido invertir en mejorar las aplicaciones de telefonía móvil.

Elara Comunicaciones S.A.P.I. de C.V. Resumen de la Empresa Elara es la empresa en México de servicios de telecomunicaciones vía satelital para una amplia gama de

clientes que requieren de conectividad en ubicaciones remotas y/o sin acceso a infraestructura terrestre o móvil.

Estrategia y Desempeño de la Empresa Opera varios satélites que le permiten dar cobertura a las necesidades de cada uno de sus clientes. Cuenta

con más de seis mil VSATs operando con transmisión y recepción de tráfico corporativo (voz, datos y video).

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Recórcholis (Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V.) Resumen de la Empresa Recórcholis es la empresa de entretenimiento bajo techo. Actualmente, Recórcholis opera 43 Centros de Entretenimiento Familiar (FECs por sus siglas en inglés)

en 16 estados. Cada FEC ofrece diferentes atracciones que incluye áreas infantiles, juegos de redención, simuladores,

juegos deportivos, juegos de destreza, juegos mecánicos, entre otros.

Estrategia y Desempeño de la Empresa La Compañía buscará continuar crecimiento durante los próximos siete años. Recórcholis está implementando iniciativas para el reconocimiento de marca a través de programas de

lealtad, mejorando la relación con clientes, mejora en los programas con patrocinadores, implementación de nuevos sistemas operativos para juegos, entre otros.

La Compañía abrió dos pistas de hielo ubicadas en Salamanca y la Ciudad de México y un Playbox (áreas especializadas para niños pequeños de entre uno y siete años) en Tecamac, Estado de México.

AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V. Resumen de la Empresa ABC Leasing fue fundada en el año 2004 en Guadalajara. Es una empresa dedicada a llevar operaciones de arrendamiento puro para bienes muebles, de forma

profesional, especializada y eficiente. La Compañía opera dos líneas de negocio principales: 1) arrendamiento para autos (PROCAAR) enfocada

a personas físicas con actividad empresarial y a PyMES, 2) arrendamiento de equipo y maquinaria industrial para PyMES.

Estrategia y Desempeño de la Empresa ABC Leasing tiene una estrategia de mercado sólida y enfocada al mercado de arrendamiento en México.

Esto lo está logrando a través de su red de oficinas y ejecutivos de venta, así como a través de alianzas comerciales estratégicas con bancos, agencias de automóviles y productores originales.

ABC Leasing planea abrir dos oficinales regionales en León y Monterrey, lo cual le permitirá a la empresa diversificar el mercado.

Fitch otorgó una calificación de AAFC3+ (Mex) a ABC Leasing. Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. (Extended Suites) Resumen de la Empresa Extended Suites fue fundada en el año 2009 después de identificar un segmento de mercado para viajes de

negocios con alternativas de hospedaje extendidas. Extended Suites es la primera cadena de hoteles en México que ofrece hospedaje extendido de costo

competitivo y con un concepto fácil de replicar a través de los diferentes mercados en México. Actualmente, Extended Suites opera tres hoteles en Monterrey, N.L., Coatzacoalcos, Ver. y Ciudad del

Carmen, Campeche.

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Estrategia y Desempeño de la Empresa Dado el crecimiento del mercado de hospedaje extendido que experimenta México, Extended Suites espera

capturar una gran parte del mercado. Como resultado, la Compañía tiene un plan para adquirir operar nuevos hoteles.

La Compañía inició ya la construcción de tres nuevos hoteles en Mexicali y Tijuana en Baja California y Ciudad Juárez, Chihuahua, esperando recibir los primeros huéspedes dentro de los siguientes siete a nueve meses.  

6. OTROS TERCEROS OBLIGADOS CON EL FIDEICOMISO O LOS TENEDORES DE LOS VALORES

No existen terceros obligados respecto con el Fideicomiso o con los Tenedores de los Certificados Bursátiles, distintos a las personas que participaron como partes en la celebración del Contrato de Fideicomiso, mismas que se obligan exclusivamente en términos de lo expresamente establecido en el Contrato de Fideicomiso. Lo anterior en el entendido que, salvo el Fiduciario, ninguna de las partes en el Contrato de Fideicomiso asume obligaciones de pago en términos del mismo. No hay garantía alguna de que los Tenedores de los Certificados Bursátiles recibirán cualesquiera pagos al amparo de los Certificados Bursátiles; en caso que el Patrimonio del Fideicomiso sea insuficiente para realizar los pagos debidos al amparo de los Certificados Bursátiles y del Contrato de Fideicomiso, no existe, ni existirá, obligación alguna por parte del Fiduciario, del Fideicomitente, del Administrador, del Representante Común, del Intermediario Colocador, ni de cualesquiera de sus Afiliadas o subsidiarias, de realizar pagos al amparo de los Certificados Bursátiles.

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7. ASAMBLEAS GENERALES DE TENEDORES Durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 no se llevaron a cabo Asambleas de Tenedores.

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8. AUDITORES EXTERNOS La firma PricewaterhouseCoopers, S.C. ha sido la encargada de llevar a cabo la auditoría del periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016. Los Estados Financieros Dictaminados (incluyendo el respectivo Dictamen) refiérase al Anexo “1” de este reporte. Los Estados Financieros del Emisor por los ejercicios concluidos el 31 de diciembre de 2016, 2015, 2014, 2013 y 2012, respectivamente, fueron auditados, los auditores externos del Emisor no han emitido opinión con salvedad u opinión negativa ni se han abstenido de emitir opinión con relación a los estados financieros de la misma.

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9. OPERACIONES CON PERSONAS RELACIONADAS Y CONFLICTOS DE INTERÉS A la fecha del presente Reporte Anual, no se han celebrado transacciones o créditos relevantes entre el Fiduciario, el Fideicomitente, el Administrador y/o el Representante Común o cualquier tercero que sea relevante para los Tenedores. Tampoco se tuvo conocimiento ni se identificaron situaciones que pudieran indicar un posible conflicto de intereses para el Fideicomiso.

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III. EL FIDEICOMITENTE 1. HISTORIA Y DESARROLLO DEL FIDEICOMITENTE Toda vez que el Fideicomitente y el Administrador, son compañías Afiliadas de Northgate Capital, y con la finalidad de que los posibles Tenedores tengan información acerca del grupo de empresas del que forman parte el Fideicomitente y el Administrador, se presenta a continuación información por lo que hace a Northgate Capital, Consorcio del cual forman parte el Administrador y el Fideicomitente. Lo anterior en el entendido de que dicha información no es indicativa del desempeño de las Inversiones, ni de los rendimientos que los Tenedores recibirán, y que los bienes descritos en dicha sección no formarán parte del Patrimonio de Fideicomiso. 1.1 Denominación social Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. es una sociedad de responsabilidad limitada de capital variable constituida y existente de conformidad con la legislación mexicana, que se constituyó como sociedad anónima promotora de inversión de capital variable bajo la denominación AGC Controladora. 1.2 Fecha y lugar de constitución Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. se constituyó con fecha 9 de noviembre de 2009, según consta en la escritura pública número 31,721 otorgada ante la fe del Lic. Guillermo Oliver Bucio, Notario Público No. 246 del Distrito Federal, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal con fecha 16 de diciembre de 2009, bajo el folio mercantil electrónico número 406608-1. Según consta en la escritura pública No. 55,820 de fecha 16 de agosto de 2012, otorgada ante la fe del Lic. Javier del Valle Palazuelos, Notario Público No. 61 del Distrito Federal, misma que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal bajo el folio mercantil electrónico número 408608-1 con fecha 11 de octubre de 2012, con fecha 5 de julio de 2012 se celebró una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del Fideicomitente, en la cual se aprobaron, entre otras cosas, (i) la transformación del Fideicomitente en sociedad de responsabilidad limitada de capital variable, (ii) el cambio de denominación por NGEM México, (iii) la reforma total de estatutos del Fideicomitente, y (iv) la ratificación de los poderes previamente otorgados en favor de los señores Mark Harris, Brent Michael Jones, Hosein Khajeh-Hosseiny, Jared Stone, Thomas Arthur Vardell, Eduardo Mapes Sánchez y Moez R. Virani. Según consta en la escritura pública No. 56,928 de fecha 3 de julio de 2013, otorgada ante la fe del Lic. Javier del Valle Palazuelos, Notario Público No. 61 del Distrito Federal, con fecha 1 de julio de 2013, se celebró una Asamblea General Extraordinaria de Socios del Fideicomitente, en la cual se aprobaron, entre otras cosas, (i) el cambio de denominación por Northgate Capital México, y (ii) el otorgamiento de poderes a Hosein Khajeh-Hosseiny, Jared Walker Stone, Mark Edward Harris, Brent Michael Jones, Thomas Arthur Vardell, Moez Rahemtulla Virani, Alfredo Alfaro Pavón y Joaquim Francisco Tadeu Da Silva Gimenes. 1.3 Dirección y teléfono Las oficinas del Administrador están ubicadas en Avenida Paseo de las Palmas 405 piso 18, Colonia Lomas de Chapultepec, México, D.F., C.P. 11000. Teléfono: +52 (55) 5520-3383

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2. DESCRIPCIÓN DEL NEGOCIO 2.1 Actividad principal El Fideicomitente tiene como objeto principal la constitución, establecimiento, organización, participación en, explotación, promoción, adquisición y administración de toda clase de sociedades o asociaciones mercantiles o civiles, empresas industriales, comerciales, de servicios o de cualquier otra índole o fideicomisos, tanto nacionales como extranjeras; y la adquisición o suscripción, por cualquier título, de acciones, intereses, participaciones, partes sociales o cualesquiera títulos representativos de capital social en aquellos, así como enajenar, disponer y negociar tales acciones, intereses, participaciones, partes sociales o cualesquier otros títulos. 2.2 Canales de distribución De acuerdo al objeto social del Fideicomitente, ésta sociedad no cuenta con canales de distribución y comercialización, y/o con algún método especial de ventas. 2.3 Patentes, licencias, marcas y otros contratos No aplica en virtud que Northgate no cuenta con patentes, licencias, marcas o cualquier otro derecho de propiedad industrial registrado. Asimismo, el Fideicomitente no ha celebrado contratos relevantes diferentes a aquellos que tienen que ver con el giro normal del negocio. 2.4 Principales clientes Debido al objeto social del Fideicomitente, ésta no tiene dependencia en relación con alguna sociedad que pueda ser considerada como cliente. 2.5 Legislación aplicable El Fideicomitente es una sociedad constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, y sus estatutos sociales serán regidos e interpretados conforme a la legislación mexicana aplicable, incluyendo la Ley General de Sociedades Mercantiles. 2.6 Recursos humanos La información de recursos humanos referente al número de personas empleadas del Administrador puede ser consultada en la Sección 3 “Administradores y Accionistas” del presente Reporte Anual. Todos los empleados del Fideicomitente son de confianza. 2.7 Información de mercado El Administrador considera que los siguientes factores hacen del Fideicomiso una oportunidad de inversión atractiva:

2.7.1 Vehículos de inversión de capital privado en México

En México existen relativamente pocos vehículos de inversión de capital privado (“FCP” Fondo de Capital privado) operando en comparación de los existentes en mercados desarrollados e inclusive con los existentes en algunos otros mercados emergentes.

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2.7.2 Competencia de Northgate en México

En el momento, no hay ningún otro fondo similar a Northgate México operando en México con una estrategia de inversión mixta. Hay competidores que buscan hacer un CKD (Certificado de Capital de Desarrollo) para formar fondos de fondos de capital privado, y otros que ya formaron un CKD, pero no tienen una estrategia similar a la de Northgate. Según nuestro conocimiento, Northgate es realmente el único fondo de fondos global de capital privado que se está comprometiendo al mercado Mexicano con una estrategia de inversión diferenciada que incluye inversiones en vehículos de inversión e inversiones directas, que cuenta con un gran equipo experimentado local que será el de mayor tamaño y mayor experiencia en inversiones en el mercado en los próximos meses y que cuenta con una estructura de compensación fuertemente alineada con sus inversionistas, entre otras ventajas competitivas. Globalmente, hay varios grupos que utilizan la estrategia de fondo de fondos para invertir en capital privado. En el terreno de inversiones directas existen dos fondos que actualmente están tratando de formar un CKD con una estrategia y rango de inversión similar a la de Northgate. Se trata de un grupo local y otro grupo internacional. Creemos que el rango de inversión objetivo de Northgate se encuentra relativamente desatendido por los jugadores de capital privado en México y tiene un atractivo tal que los fondos mencionados anteriormente han decidido, al igual que Northgate, entrar a este segmento. Históricamente el rango de inversión en compañías de 35 a 70 millones de dólares ha sido atacado por un número relativamente pequeño de fondos de capital privado. Northgate cuenta con un equipo de profesionales de inversión con una amplia e inigualable experiencia local en este segmento, habiendo ya analizado, invertido y desinvertido en compañías devolviendo atractivos retornos a sus respectivos inversionistas.

2.7.3 Estrategia de inversión

El principal objetivo del Fideicomiso es el alcanzar un rendimiento que represente un mejor desempeño relativo al de la alternativa de invertir en los mercados públicos de valores. El rendimiento esperado en el caso base es de 500 puntos base sobre el Índice de Precios y Cotizaciones.

Northgate seguirá los siguientes tres estrategias para sus inversiones:

A. Invertir en los mejores vehículos de inversión de capital privado actualmente presentes en México: Northgate empleará las mejores prácticas a nivel mundial, basados en su extensiva experiencia, para identificar y acceder a los vehículos de inversión de capital privado y emprendedor más atractivos que en la actualidad operan en México. También, monitoreará la formación de nuevos vehículos de inversión de capital privado en México a medida que la industria se va desarrollando

B. Inversiones directas en compañías: En asociación con los principales vehículos de inversión de capital privado, Northgate identificará oportunidades para invertir directamente en empresas en México. Se utilizará el equipo basado en México, conformado por inversionistas con experiencia en invertir directamente en empresas, para analizar dichas oportunidades.

C. Inversionistas experimentados y operadores estableciendo vehículos de inversión de

capital privado: Northgate proactivamente se asociará con operadores experimentados e inversionistas, a medida que establezcan sus propios vehículos de inversión de capital privado. Adicionalmente, negociará los términos de manera propietaria, incluyendo, entre otros, el porcentaje accionario en dichos vehículos de inversión, para beneficio de los inversionistas del CKD. Siguiendo esta estrategia, se anticipa que Northgate invertirá hasta un 20% del Patrimonio del Fideicomiso por cada Vehículo de Inversión del Portafolio y por cada Compañía del Portafolio directamente en México. En un escenario base, se estima que durante el Periodo de Inversión Northgate invertirá un mínimo de 75% del capital comprometido en inversiones directas y un máximo de 25% del capital comprometido en experimentados operadores de fondos y fondos establecidos.

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Northgate se enfocará en la inversión en compañías en un rango de entre 35 y 70 millones de dólares. Northgate cuenta con un equipo de profesionales de inversión con una amplia e inigualable experiencia local en este segmento, habiendo ya analizado, invertido y desinvertido en compañías devolviendo atractivos retornos a sus respectivos inversionistas. Las Desinversiones normalmente se buscarán realizar entre los once años posteriores al momento en que fueron completadas las inversiones respectivas a vehículos de inversión y siete años posteriores al momento en que fueron completadas las inversiones directas. La cartera de Inversiones se construirá con el objetivo de optimizar el perfil de flujo de caja y rendimiento tanto a corto como a largo plazo. Sin el consentimiento de los miembros del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, el Fideicomiso no deberá:(i) comprometer o invertir más del 20% del Patrimonio del Fideicomiso en un único vehículo de inversión o compañía; (ii) vender valores, o comprar valores de Northgate de sus Afiliada (salvo ciertos valores que fueron adquiridos previos al cierre en la contemplación de la formación del Fideicomiso); o (iii) participar en ninguna transacción con Northgate sus Afiliada.

Vehículos de inversión y compañías objetivo

El objetivo de Northgate es el de invertir en empresas, tanto para las inversiones en vehículos de inversión como las inversiones directas, rentables dirigidas por ejecutivos con experiencia, operando en sectores de gran crecimiento económico en México. Northgate buscará invertir en empresas enfocadas a la clase media en México, las cuales se encuentren, en general, en una etapa de expansión/crecimiento, y que estén buscando capital para su modernización, expansión y consolidación, con el objetivo de obtener o fortalecer sus posiciones de liderazgo en sus respectivos sectores. Estas compañías generalmente tienen un historial de crecimiento en ventas, modelos de negocio robustos, y un gran liderazgo. Northgate cree que la fuente más confiable para la creación de valor en capital privado es la “transformación activa” de sus compañías en cartera. Como tal, existe una gran correlación entre (i) el sector, el conocimiento operacional distintivo y las capacidades de un equipo con experiencia habiendo invertido en varios ciclos y crisis, y (ii) el nivel de retorno excedente que puedan generar. Northgate analiza muy detalladamente las estrategias de creación de valor de potenciales inversiones tanto en términos de gestión de riesgos como en una robusta creación de valor. Northgate invierte únicamente en vehículos de inversión que tienen (a) enfoques de creación de valor y monitoreo de compañías de la cartera, verdaderos y sostenibles en el tiempo, y (b) los mejores retornos de la industria. Esta “transformación activa” consiste en proactivamente añadir valor mediante:

Mejoras operacionales: implementando un número limitado de iniciativas realmente enfocadas y que transformen el desempeño significativamente;

Posicionamiento estratégico: enfocándose en los segmentos de consumidores de mayor valor y en los respectivos productos y servicios; y

Preparación para la salida de la inversión: profesionalizando los procesos, incluyendo mejores

prácticas de gobierno corporativo y la gestión de riesgos y fortaleciendo las capacidades de la dirección de las empresas.

Como tal, Northgate y su cartera de vehículos de inversión de capital privado pueden también identificar compañías que estén operando a un nivel sub-óptimo por diferentes razones, pero que a su vez proveen oportunidades para añadir valor significativamente más allá de la pura inyección de capital. Típicamente, bajo un esquema de mayor participación institucional, las compañías de la cartera exhiben mejoras en los márgenes de rentabilidad y mayores tasas de crecimiento. Conforme las empresas van creciendo en tamaño y se convierten en compañías robustas y menos riesgosas, pueden lograr una mayor valuación por múltiplos en la salida.

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En general e independientemente del tipo de oportunidad de inversión que se presente, las empresas potenciales en las que se busca invertir, ya sea directamente o a través de vehículos de inversión, comparten las siguientes características:

Múltiples palancas para añadir valor: Las empresas objetivo deben mostrar potencial para alcanzar un rápido crecimiento, apoyado en una variedad de factores, incluyendo una macroeconomía y mercados favorables, estructuras de costos y tecnología competitivas, y una predisposición hacia la innovación para responder proactivamente a una cambiante demanda del mercado. Northgate analiza las palancas en detalle, para determinar el monto de valor generado por palanca y también el tiempo que demora la captura de valor por palanca.

Capacidad de influencia y alineación de intereses: Northgate considera que dada la corta

historia del capital privado en México, como se detalla en este Reporte Anual, es necesario tener posiciones con influencia significativa al invertir en empresas privadas para asegurar tanto la “transformación activa” como el control sobre el proceso de salida. A fin de asegurar la correcta ejecución y la alineación de intereses, Northgate buscará invertir en empresas con accionistas y administración profesional, que compartan el riesgo financiero de la empresa y que se encuentren altamente motivados para obtener la apreciación del capital de la empresa, así como de la obtención de liquidez.

Claro camino hacia la liquidez. En la mayoría de los casos, Northgate buscará que las empresas

tengan más de una opción de salida, incluyendo las siguientes: (i) una venta privada a algún comprador estratégico (nacional o internacional);(ii) una recapitalización de la sociedad, según lo permitan los mercados locales;(iii) en algunos casos, una compraventa al accionista mayoritario o grupo de accionistas, posiblemente mediante algún mecanismo contractual de venta;(iv) una venta a algún inversionista financiero, incluyendo a algún otro vehículo de inversión de capital privado, en línea con las tendencias internacionales; o (v) una oferta pública ya sea en la BMV y/o en algún mercado de valores off-shore, si así lo permiten las circunstancias.

Administración con experiencia. Northgate buscará equipos de administración con experiencia,

que tengan una clara visión estratégica, atractivos planes de negocios y sólida gestión de riesgos. También buscará equipos de administración que estén abiertos a nuevas propuestas, que tengan mentalidad de trabajo en equipo, que se comuniquen abierta y proactivamente con los accionistas sobre los problemas y retos, y que tengan una muy buena reputación e integridad moral incuestionable.

Northgate tiene la intención de obtener acceso a estas oportunidades de inversión en vehículos de inversión de capital privado y empresas élite, por medio de diferentes canales, incluyendo:

Relación existente con administradores de vehículos de inversión: A través de las actividades profesionales de nuestro equipo, se han desarrollado relaciones fuertes, de primer nivel y difícil de obtener, con varios vehículos de inversión de capital emprendedor y de capital privado. Estas relaciones ofrecen a Northgate la oportunidad de invertir en los vehículos de inversión que típicamente se encuentran cerrados a nuevos inversionistas y/o altamente solicitados.

Una valiosa red de asesores: Northgate ha establecido una red informal de asesores que facilitan

el acceso a vehículos de inversión de primer nivel. Esta red incluye a inversionistas experimentados en capital emprendedor y capital privado, profesores de las escuelas de negocios líderes, y ejecutivos con gran experiencia.

Relaciones estratégicas: Northgate tiene una relación exclusiva y propietaria con una de las

firmas de consultoría más respetadas y prominentes del mundo. Por el historial de capital privado de esta firma, Northgate ha sido invitado a participar en vehículos de inversión de difícil acceso

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2.7.4 Enfoque Sectorial

Northgate se esforzará en invertir y coinvertir directamente con, vehículos de inversión de capital privado cuyo objetivo son los sectores más atractivos de mayor crecimiento en México. Se espera que la cartera de Northgate México tenga empresas privadas que estén bien diversificadas en varios sectores atractivos. No existe la intención de que Northgate México se exceda en ningún sector en particular. Northgate buscará obtener exposición a sectores, que en particular, se benefician de tendencias demográficas de largo plazo y la clase media emergente. Estos podrían incluir los sectores:

Dirigidos al consumidor (ejemplo: productos de consumo, entretenimiento); Salud y educación; Logística; Servicios financieros; y Servicios a negocios.

Northgate ha determinado que las Inversiones que se realicen tanto en los vehículos de inversión de capital privado, así como también directamente en compañías, deberán ser vehículos de inversión y empresas que tengan un compromiso social, medio-ambiental y de gobierno corporativo sólido respecto de sus operaciones y acciones que realizan. En ese sentido Northgate seguirá criterios específicos para la evaluación y determinación de las Inversiones, por lo que tomará en cuenta aspectos ambientales, de salud, de seguridad y aspectos sociales en general.

2.7.5 Proceso de inversión

Northgate maneja un proceso de inversión comprobado a lo largo del tiempo. Sus metodologías han sido probadas a través de múltiples regiones geográficas, industrias, ciclos de negocios y situaciones de inversión, y son mejoradas con nuevos conocimientos. Northgate considera de enorme importancia el liderazgo de pensamiento, conocimientos detallados y el uso de su filosofía “OneFirm” en todos sus procesos. El proceso de inversión seguido por Northgate se basa, entre otros fundamentos, en:

El mantener y reforzar el acceso a vehículos de inversión de primera línea y a compañías de alto crecimiento en el mercado desarrollado a través de años de establecer credibilidad y buenas relaciones. Esta estrategia para identificar y obtener acceso a solo los mejores vehículos de inversión y a las mejores compañías del segmento es hoy más relevante que nunca. La mayoría de estos vehículos de inversión de capital emprendedor y capital privado de alto potencial son de difícil acceso, y Northgate invierte gran parte de sus esfuerzos en construir y fortalecer nuestras relaciones con los tomadores de decisiones de estas firmas. El acceso, en el caso de inversión en compañías, resulta aún más difícil y requiere un conocimiento profundo del mercado y del segmento, relaciones cultivadas por varios años y ejecución de mecanismos y metodologías ya probadas exitosamente por el equipo de profesionales de inversión local de Northgate.

El perseguir la ruta más confiable para la generación de rendimientos, a través de la mejor

selección mediante la medición de la alineación de los objetivos de un vehículo de inversión no compañía con su realidad interna y externa.

El evaluar correlaciones y optimizar las exposiciones con el fin de alcanzar la más alta eficiencia

de la cartera y verdadera diversificación. Esto evita la falsa apariencia de conservadurismo y diversificación relacionada con decisiones inconexas y faltas de coordinación (particularmente geográficas) debido a las cuales muchos programas padecen. Frecuentemente, un número importante de inversiones individuales se ven mayormente correlacionados de los que muchos inversionistas suponen. El enfoque unificado, de amplia escala y de optimización inductiva que Northgate utiliza, se enfoca en la administración de riesgos, por medio de la reducción de la correlación asimétrica y el alcance de mayor capacidad de recuperación, así obteniendo los más altos rendimientos.

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La experiencia directa de negociación de Northgate apoya su distintiva metodología de due

diligence inductivo. Todos los profesionales de inversión clave de Northgate cuentan con experiencia en la evaluación e inversión directa en empresas.

Northgate considera que las inversiones de capital privado tienen el potencial de obtener mejores rendimientos que otras estrategias de inversión, debido a que los operadores de capital privado tienen la posibilidad de adquirir, transformar y vender empresas estratégicamente. Para alcanzar el éxito, los administradores de los vehículos de inversión requieren de conocimientos particulares y profundos del negocio y agudeza en la inversión. También requieren fuertes metodologías analíticas, marcos de referencia y capacidad para evaluar las fortalezas y debilidades de las firmas de capital privado. Dicha evaluación incluye:

Un análisis en profundidad de las oportunidades para añadir valor y las típicas estrategias ejecutadas por los vehículos de inversión de capital privado, particularmente ya que esto confirma su habilidad para implementar transformaciones corporativas;

Identificación de los riesgos y retos derivados por su ubicación geográfica, enfoque industrial, o equipo administrativo; y

Evaluación en profundidad de las empresas subyacentes de la cartera.

Para evaluar el desempeño correctamente, Northgate examina continuamente y diligentemente las actividades de creación de valor de sus inversiones de capital privado y monitorear el progreso de sus compañías del portafolio y de sus empresas subyacentes en la cartera. Como parte de su proceso de due diligence; Northgate se adhiere al siguiente proceso de revisión: Fase I: Análisis cuantitativo inicial

Northgate utiliza una base de datos propia para identificar y monitorear prospectos de inversión. Como práctica común, proactivamente Northgate busca un acercamiento anticipado antes de que la oportunidad de inversión llegue al mercado. Dicha anticipación le permite a Northgate, iniciar su due diligence con mayor tiempo e incrementar la probabilidad de ganar acceso a la inversión. Northgate utiliza un software para monitorear el desempeño y llevar la contabilidad de todas las inversiones activas, a nivel de empresa subyacente de la cartera. Adicionalmente, este software guarda los detalles de las entidades legales y detalles de los clientes, incluyendo la información que cubre los programas de capital emprendedor, capital privado y plataformas de mercados emergentes. El sistema ha acumulado actualmente aproximadamente diez años de información sobre el desempeño relacionada a los vehículos de inversión y compañías.

Una vez que hemos registrado la inversión con prospectos de levantar capital en el calendario (forward calendar) y recibido una ronda inicial de materiales de due diligence, realizamos una serie de análisis cuantitativos para verificar que el administrador cumple, o sobrepasa, ciertos umbrales de desempeño históricos. Dichos análisis cuantitativos iniciales incluyen las siguientes consideraciones:

Desempeño históricamente consistente;

Rendimientos impulsados por mejoras en las operaciones;

Alto nivel de preservación de capital invertido;

Importante nivel de compromiso financiero por parte del administrador en el caso de vehículos de inversión; y

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Alto nivel de experiencia de los profesionales de inversión en capital privado o de administradores de cada compañía.

Fase II: Análisis en profundidad (“DeepDive”)

Una vez completado el análisis cuantitativo inicial de la inversión de capital privado, normalmente existen un 25% - 33% de inversiones potenciales que requieren un mayor análisis. El proceso de due diligence seguido por Northgate implica un análisis en profundidad de cada inversión: este análisis en detalle conlleva el uso de metodologías y marcos propios para:

Evaluar y categorizar la capacidad y experiencia sectorial y funcional de una firma;

Realizar rigurosas entrevistas estructuradas con los profesionales de inversiones o de la

administración de cada compañía;

Evaluar cada inversión de cartera y la gestión de dicha inversión en el caso de vehículos de inversión;

Evaluar las perspectivas de terceros quienes hayan interactuado con la firma;

Evaluar las exposiciones macroeconómicas, sectoriales y de mercado; y

Revisar la estructura tanto económica como organizacional del administrador de vehículos de

inversión o de la compañía a invertir, así como sus habilidades para originar transacciones y para desarrollar estrategias de salida.

La información que se obtiene durante el proceso incluye:

Entrevistas cara a cara con administradores y sus empleados; Llamadas de referencia (fuentes proporcionadas o no proporcionadas por el administrador); Cuestionarios estandarizados enviados a los ejecutivos de las empresas de la cartera y a terceros

relevantes, como lo son contadores, banqueros y corredores (brokers); Información detallada sobre las empresas en cartera; Desempeño histórico del vehículo de inversión o compañía; Estados financieros; Cuestionarios sobre due diligence confeccionados por los vehículos de inversión(DDQ); y Memorandos de emisión privada (PPMs) y acuerdos de accionistas (LPAs) para el caso de

vehículos de inversión.

Northgate realiza varias revisiones de antecedentes y de referencias a diferentes niveles, la mayor parte de las cuales se llevan a cabo fuera del marco tradicional de listas de referencias proporcionadas por el administrador de vehículos de inversión bajo evaluación. Aunado a contactar a las referencias proporcionadas por el administrador, el equipo de Northgate busca información por diferentes vías, las que incluyen: inversionistas no mostrados en las listas, otros socios de la competencia, CEOs de empresas en la cartera, ejecutivos de la industria, y expertos en capital privado. Para Northgate, las respuestas a las siguientes preguntas sobre los administradores de vehículos de inversión de capital privado, son críticas:

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¿Cuál es su capacidad y habilidad como inversionista?

¿Cómo gestionan situaciones de crisis?

¿De qué manera ha crecido la organización y por qué?

¿De qué manera mantiene el administrador un equilibrio entre la búsqueda de utilidades de corto plazo y entre la defensa de principios de largo plazo?

¿Cuáles son los incentivos reales del administrador?

¿Cuál es su real atribución en cuanto a los éxitos y fracasos?

¿Cuál es la mentalidad del administrador con respecto a una potencial influencia y potencial

beneficio por las mejores prácticas y sugerencias por parte de Northgate?

Estas preguntas exploratorias sirven a Northgate en la determinación del mérito de una inversión potencial. La habilidad para realizar dicho análisis es posible gracias a la red de Northgate de relaciones personales, lo cual le permite a la firma recopilar información franca y no oficial sobre sus administradores. Fase III: Negociación

Una vez que se ha decidido invertir, Northgate se asegura de que los términos sean un reflejo del mercado y que sean los más favorables posibles para los inversionistas en el Fideicomiso. En aquellos casos en los que los términos no son favorables, Northgate trabajará con otros inversionistas, o trabajará independientemente para negociar los acuerdos de inversión, hasta que los términos sean satisfactorios y estos sean incluidos adecuadamente en el acuerdo de accionistas. También en relación con las negociaciones, Northgate evalúa si los acuerdos de accionistas n reflejan los principios de las mejores prácticas como lo requiere la Institutional Limited Partners Association. Se presta especial atención a los aspectos económicos, al rigor de supervisión y vigilancia, y a la transparencia. Fase IV: Cierre

Por lo general, Northgate busca la posibilidad de analizar la mayor cantidad posible de actividad relacionada a la inversión antes de comprometerse con un administrador o compañía. En aquellos casos en los que el vehículo de inversión bajo evaluación se encuentra realizando nuevas inversiones, Northgate puede validar hallazgos a través de su propio proceso de due diligence y así crear transparencia con respecto a la cartera de inversión. Para el caso de vehículos de inversión, esta es también una estrategia de maximización de la TIR, ya que el capital de los inversionistas del Fideicomiso se encuentra trabajando por un periodo de tiempo cada vez más corto. Como resultado, típicamente Northgate invierte en el cierre final o serie de cierres finales.

2.7.6 Comité de inversión de Northgate Northgate cuenta con un comité de inversión cuyas facultades principales son (i) la aprobación de las Inversiones, siempre que su valor no sea superior al 5% (cinco por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso (ya sea que se ejecuten de manera simultánea o sucesiva, en un período de doce meses, contado a partir de que se concrete la primera operación, y que por sus características puedan considerarse como una sola) en cuyo caso se estará a lo establecido en la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso,(ii) la aprobación de las Desinversiones que de tiempo en tiempo Northgate estime que deban realizase para mantener el mayor rendimiento de los Certificados Bursátiles en circulación, y (iii) todas aquellas para las cuales sea expresamente facultado por Northgate conforme al Contrato de Administración. Para la aprobación de las operaciones a que se refiere el párrafo anterior, se deberá contar el voto favorable de la totalidad de los miembros del comité de inversión.

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El comité de inversión de Northgate para México estará conformado por los señores Alfredo Alfaro Pavón, Brent Michael Jones, Hosein Khajeh-Hosseiny,Thomas Arthur Vardell y Moez Virani, quienes, a su vez, forman el comité de inversiones del Vehículo Paralelo. Los miembros del mencionado comité de inversión del Administrador cuentan con un amplio conocimiento en el desarrollo del capital privado, así como en la administración y operación de compañías y vehículos de inversión de capital privado a nivel nacional como internacional.

2.8 Estructura corporativa En el Apartado “3. Administradores y Accionistas” de este Capítulo, se incluye información sobre la estructura corporativa de Northgate. 2.9 Descripción de los principales activos No aplica. 2.10 Procesos judiciales, administrativos o arbitrales A la fecha de presentación de este Reporte Anual, no existe proceso judicial, administrativo o arbitral alguno, en el que la Fideicomitente sea parte o pueda encontrarse involucrada. De igual manera, informamos que a esta fecha la Fideicomitente no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 9 y 10 de la Ley de Concursos Mercantiles. 2.11 Partes sociales representativas del capital social El capital de Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. está compuesto por una parte fija y otra variable. La parte mínima fija del capital social es la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil Pesos 00/100) y está representada por 2 (dos) partes sociales. El capital social variable es ilimitado. El capital social del Fideicomitente, está integrado de la siguiente manera actualmente:

SOCIOS PARTES SOCIALES CAPITAL SOCIAL SERIE “A” SERIE “B” FIJO VARIABLE

Northgate Capital, L.L.C. 1 1 $49,998.00 $4,150,000.00 Eduardo Mapes Sánchez 1 0 $2.00 $0.00 TOTAL 2 1 $50,000.00 $4,150,000.00

2.12 Dividendos A la fecha, la Asamblea de Socios del Fideicomitente, no ha decretado dividendo alguno. Es importante señalar que el Fideicomitente no tiene ninguna restricción que limite el pago de dividendos o que pueda limitar su capacidad de pago futura. 2.13 Reestructuraciones societarias Según consta en la escritura pública No. 55,820 de fecha 16 de agosto de 2012, otorgada ante la fe del Lic. Javier del Valle Palazuelos, Notario Público No. 61 del Distrito Federal, misma que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal bajo el folio mercantil electrónico número 408608-1 con fecha 11 de octubre de 2012, con fecha 5 de julio de 2012 se celebró una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del Fideicomitente, en la cual se aprobaron, entre otras cosas, (i) la transformación del Fideicomitente en sociedad de responsabilidad limitada de capital variable, (ii) el cambio de denominación por NGEM México, (iii) la reforma total de estatutos del Fideicomitente, y (iv) la ratificación de los poderes previamente otorgados en favor de los señores Mark Harris, Brent Michael Jones, Hosein Khajeh-Hosseiny, Jared Stone, Thomas Arthur Vardell, Eduardo Mapes Sánchez y Moez R. Virani.

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Según consta en la escritura pública No. 56,928 de fecha 3 de julio de 2013, otorgada ante la fe del Lic. Javier del Valle Palazuelos, Notario Público No. 61 del Distrito Federal, con fecha 1 de julio de 2013, se celebró una Asamblea General Extraordinaria de Socios del Fideicomitente, en la cual se aprobaron, entre otras cosas, (i) el cambio de denominación por Northgate Capital México, y (ii) el otorgamiento de poderes a Hosein Khajeh-Hosseiny, Jared Walker Stone, Mark Edward Harris, Brent Michael Jones, Thomas Arthur Vardell, Moez Rahemtulla Virani, Alfredo Alfaro Pavón y Joaquim Francisco Tadeu Da Silva Gimenes. Con fecha 2 de diciembre de 2013, se celebró una Asamblea General Ordinaria de Socios del Fideicomitente, en la cual se resolvió aprobar el aumento del capital social de la Sociedad en su parte variable por la cantidad de $4,150,000.00 (cuatro millones ciento cincuenta mil Pesos 00/100), mediante la emisión de 1 (una) Parte Social de la Serie “B”. Dicho aumento de capital fue suscrito en su totalidad por Northgate Capital, L.L.C., mediante la capitalización de aportaciones para futuros aumentos de capital realizadas por dicho Socio en enero de 2013.

3. ADMINISTRADORES Y ACCIONISTAS 3.1 Consejo de Gerentes Al 31 de diciembre de 2016, los miembros del Consejo de Gerente del Fideicomitente son los siguientes:

NOMBRE CARGO Hosein Khajeh-Hosseiny Miembro Propietario y Presidente Brent Michael Jones Miembro Propietario Thomas Arthur Vardell Miembro Propietario

NOMBRE CARGO

José Antonio Quesada Palacios Comisario Mauricio Basila Lago Secretario no miembro del Consejo de Gerentes

3.2 Profesionales En la actualidad, Northgate cuenta con alrededor de 39 profesionales a cargo: de inversiones, administración y finanzas, a través de sus oficinas dedicadas a inversiones en capital privado en los Estados Unidos, México, Reino Unido, Hong Kong e India. Northgate México ya cuenta con 10 profesionales. El equipo de profesionales a cargo de inversiones será responsable de la identificación de las inversiones de cartera, de la ejecución del due diligence correspondiente, y los demás asuntos relacionados con las Inversiones del Fideicomiso, tales como valuaciones y análisis de sensibilidad. Los miembros del Equipo de Administración serán los mismos que conforman el equipo de inversión. Las Inversiones de Northgate que deban realizarse a juicio del análisis objetivo de la Administración de Northgate México, estarán sujetas en todo tiempo a la aprobación definitiva por parte del Comité de Inversión de Northgate México. Los miembros del Equipo del Administrador tienen experiencia en áreas relacionadas, tales como operaciones comerciales, banca, consultoría y derecho. Han administrado inversiones desde su inicio hasta su salida. El Equipo de Administración conoce muy bien el mercado mexicano y las condiciones que propician o limitan el éxito de las inversiones. Consideramos que la experiencia del Equipo de Administración garantiza que el Fideicomiso, el Administrador y el Vehículo Paralelo contarán con las habilidades adecuadas en todo el proceso de Inversión. Los profesionales de Northgate cuentan con experiencia diversa y amplia así como habilidades en acceso a inversiones, due diligence, análisis, selección y monitoreo que finalmente resultan en un desempeño superior de sus vehículos de inversión. Cada Socio Director posee experiencia directa en inversiones, acumulada por medio de historiales personales de inversiones en financiamientos de empresas privadas y por medio de sus experiencias dentro de empresas de capital privado.

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Dichos antecedentes junto con las estrechas y largas relaciones con los vehículos de inversión de mejor desempeño (top-quartile), han preparado el camino para que Northgate tenga acceso a las más codiciadas oportunidades de vehículos de inversión y de coinversión. El Administrador prevé beneficiarse con su alcance internacional relativo a la identificación y aprovechamiento de oportunidades de negocios, reclutamiento de directivos de calibre internacional y demás oportunidades de creación de redes, fuentes de financiamiento y negociación de salidas. Adicionalmente, los miembros del Equipo de Administración invertirán en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio capital propio mediante compromisos individuales anuales. 3.3 Socios Al 31 de diciembre de 2016, los accionistas del Fideicomitente son los siguientes y en la proporción que se indica:

SOCIOS PARTES SOCIALES CAPITAL SOCIAL SERIE “A” SERIE “B” FIJO VARIABLE

Northgate Capital, L.L.C. 1 1 $49,998.00 $4,150,000.00 Eduardo Mapes Sánchez 1 0 $2.00 $0.00 TOTAL 2 1 $50,000.00 $4,150,000.00

4. ESTATUTOS SOCIALES Y OTROS CONVENIOS 4.1 Estatutos Sociales A continuación se presenta un extracto de los estatutos sociales vigentes de Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. (para efectos de esta Sección la “Sociedad” o el “Fideicomitente”), los cuales fueron protocolizados mediante la escritura pública No. 55,820 de fecha 16 de agosto de 2012, otorgada ante la fe del Lic. Javier del Valle Palazuelos, Notario Público No. 61 del Distrito Federal, misma que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal bajo el folio mercantil electrónico número 408608-1 con fecha 11 de octubre de 2012.

4.1.1 Objeto Social El Fideicomitente tiene por objeto lo siguiente:

1. Llevar a cabo la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría en materia financiera a toda clase de empresa, sociedades, fondos de inversión u organismos públicos o privados, así como a todo tipo de personas físicas o morales, ya sea en la República Mexicana o en el extranjero, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable a cada país.

2. Actuar como asesor de inversiones, proporcionando servicios de administración de cartera de valores tomando decisiones de inversión a nombre y por cuenta de terceros.

3. Otorgar asesoría de inversión en valores, análisis y emisión de recomendaciones de inversión. 4. La organización, coordinación, elaboración y desarrollo de cursos, programas de estudio,

seminarios, conferencias, lecciones y pláticas, así como la edición de todo tipo de libros y publicaciones. 5. La participación en toda clase de barras, colegios, asociaciones o foros profesionales. 6. La realización y difusión de estudios y análisis, así como de bancos de datos e información

relacionados con el objeto social.

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7. Llevar a cabo, por cuenta propia y de terceros, programas de capacitación, investigación o de

desarrollo, cualquiera que sea su naturaleza, considerados necesarios o convenientes para la realización del objeto social.

8. La prestación de todo tipo de servicios administrativos a personas físicas o morales, sean

públicas o privadas. 9. La tramitación y obtención de todo tipo de derechos de propiedad industrial e intelectual, así

como su adquisición y transmisión bajo cualquier título legal. 10. La tramitación y obtención, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de concesiones,

autorizaciones y permisos, sean de carácter público o privado. 11. La adquisición y enajenación de acciones, intereses o participaciones en sociedades

mercantiles o civiles, que tengan alguna relación con el objeto social de la Sociedad. 12. La emisión, suscripción, aceptación, endoso, certificación y, en general, la negociación de

toda clase de títulos de crédito, así como la celebración de operaciones de crédito. 13. El otorgamiento de toda clase de garantías, incluyendo, de manera enunciativa, más no

limitativa, prenda, hipoteca, fianza y avales en préstamos, exclusivamente en beneficio propio o de las personas con las que la Sociedad tenga relaciones profesionales.

14. El desarrollo de toda clase de sistemas de comunicaciones, cómputo, bases de datos y

programas cibernéticos que se relacionen con el objeto social. 15. La realización de encuestas y estudios de mercado para obtener información relacionada con

el objeto social. 16. La adquisición, enajenación y disposición, por cualquier título legal, de toda clase de bienes

muebles e inmuebles que sean necesarios para cumplir con el objeto social, así como de derechos reales o personales.

17. La instalación por cuenta propia o de terceros de toda clase de oficinas, sucursales o

establecimientos que en cualquier forma se relacionen con su objeto social, tanto en el territorio nacional como en el extranjero

18. En general, la celebración de todo tipo de actos, convenios y contratos de cualquier otra

naturaleza conforme a Derecho, en México o en el extranjero, que le permitan la consecución de su objeto social.

4.1.2 Capital Social El capital social será variable. El capital social fijo de la Sociedad sin derecho a retiro será en todo momento por la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 Moneda Nacional); dicho capital social mínimo podrá aumentarse de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Octavo de los Estatutos Sociales, pero nunca podrá disminuirse a una cantidad inferior a $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 Moneda Nacional). El capital social variable de la Sociedad será ilimitado.

4.1.3 Partes sociales El capital social de la Sociedad estará dividido en tantas partes sociales como Socios haya en la Sociedad. Cada socio no tendrá más de una parte social. Cuando un socio haga una nueva aportación o adquiera la totalidad o una parte de la partes social de otro socio, se aumentará en la cantidad respectiva su parte social, salvo que se tratara de

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partes sociales que pudieran tener derechos diversos, por lo que se conservaría la individualidad de las partes sociales. Dichas partes sociales representarán la participación de los Socios en el capital social de la Sociedad. Los Socios serán responsables únicamente hasta por el monto de sus respectivas participaciones en el capital social de la Sociedad. Las partes sociales que representen el capital social fijo y variable de la Sociedad se dividirán en 2 (dos) Series, como sigue:

A. Las partes sociales de la Serie “A” representarán en todo tiempo el capital fijo de la Sociedad; y B. Las partes sociales de la Serie “B” representarán en todo tiempo el capital variable de la Sociedad.

Las partes sociales de las Series “A” y “B” podrán ser suscritas y adquiridas por personas físicas o morales, nacionales o extranjeras. Las partes sociales que representan el capital social, fijo o variable, de la Sociedad conferirán a sus titulares los mismos derechos y obligaciones.

4.1.4 Asambleas Generales de Socios

La Asamblea General de Socios será el órgano supremo de la Sociedad. La Asamblea General de Socios tendrá los más amplios poderes y facultades para determinar y ratificar toda clase de actos y operaciones de la Sociedad, pero en todo caso se deberá convocar y celebrar una Asamblea General de Socios para discutir los asuntos señalados en el Artículo 78 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Las resoluciones adoptadas por la Asamblea General de Socios deberán ejecutarse por la o las personas designadas para ello por la Asamblea General de Socios respectiva. Dichas resoluciones serán obligatorias para todos los Socios, incluso para aquellos que hayan estado ausentes en las respectivas Asambleas Generales de Socios o que hayan votado en contra de dichas resoluciones.

Las Asambleas Generales de Socios serán válidamente convocadas y celebradas en virtud de primera o ulterior convocatoria si más del 50% (cincuenta por ciento) del capital social de la Sociedad se encuentra representado en las mismas, y sus resoluciones serán válidas únicamente cuando se adopten por el voto favorable de los Socios presentes o representados en la misma, que representen la mayoría del capital social de la Sociedad, salvo para los asuntos específicamente señalados en los Estatutos Sociales. Todas las reformas a los Estatutos Sociales deberán ser igualmente discutidas y resueltas por una Asamblea General de Socios. En dichos casos, la Asamblea General de Socios será válidamente convocada y celebrada en virtud de primera o ulterior convocatoria si el 100% (cien por ciento) de las partes sociales representativas del capital social de la Sociedad se encuentra representado en la misma y sus resoluciones serán válidas únicamente cuando se adopten por el voto favorable de los Socios presentes o representados que representen al menos el 75% (setenta y cinco por ciento) del capital social de la Sociedad; excepto en los casos de cambio de objeto social o aumento de las obligaciones de los Socios de la Sociedad establecidas en los Estatutos Sociales, en cuyo caso, se requerirá del voto favorable de los Socios presentes o representados que representen el 100% (cien por ciento) del capital social de la Sociedad.

4.1.5 Administración de la Sociedad La administración de la Sociedad estará confiada a 1 (uno) o más Gerentes Propietarios designados por la Asamblea General de Socios. En el caso de que haya más de 1 (un) Gerente Propietario, éstos constituirán el Consejo de Gerentes de la Sociedad. Se podrá nombrar un número correspondiente de Gerentes Suplentes que sustituirán a los Gerentes Propietarios en caso de ausencia o incapacidad de los mismos. El Gerente o las personas que formen el Consejo de Gerentes, según corresponda, Propietarios o Suplentes, ocuparán sus cargos según lo resuelva la Asamblea General de Socios que los designe, podrán ser reelectos cuantas veces se estime

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conveniente y continuarán en el desempeño de sus funciones hasta que su o sus sucesores, según corresponda, hayan sido designados y hayan tomado posesión de sus cargos. El Consejo de Gerentes, en su caso, designará a un Presidente de entre sus miembros. La Asamblea General de Socios o el Gerente o el Consejo de Gerentes, según corresponda, podrán designar a un Secretario de la Sociedad, quien no podrá ser el Gerente pero no requerirá ser miembro del Consejo de Gerentes, en su caso. También se podrá nombrar a un Secretario Suplente. La Asamblea General de Socios, el Gerente o el Consejo de Gerentes, según corresponda, podrán designar a uno o más funcionarios de la Sociedad, a quienes se les conferirán los poderes y facultades que sean necesarios o convenientes dentro del ámbito de facultades y limitaciones que tenga el Gerente o el Consejo de Gerentes, según corresponda, en los términos de estos Estatutos Sociales, para administrar la Sociedad en asuntos cotidianos. Los poderes que se les otorguen a dichos funcionarios estarán limitados a no celebrar actos o tomar decisiones que estén reservadas al Gerente o al Consejo de Gerentes, según corresponda, o a la Asamblea General de Socios, de conformidad con lo señalado en estos Estatutos Sociales. Dichos funcionarios ocuparán sus cargos indefinidamente hasta que renuncien a sus cargos o sus nombramientos, poderes y facultades sean revocados por la Asamblea General de Socios o por el Consejo de Gerentes.

4.1.6 Vigilancia Si la Asamblea General de Socios lo considera conveniente, la vigilancia de las operaciones de la Sociedad estará encomendada a 1 (uno) o más Vigilantes, quienes conformarán el Consejo de Vigilancia. El Vigilante o los miembros del Consejo de Vigilancia de la Sociedad no podrán ser Socios de la misma. El Vigilante o los miembros del Consejo de Vigilancia de la Sociedad deberán desempeñar sus funciones según lo determine la Asamblea General de Socios que los designe, podrán ser reelectos cuantas veces se estime conveniente y continuarán en el desempeño de sus funciones hasta que sus sucesores hayan sido designados y hayan tomado posesión de sus cargos.

4.1.7 Obligaciones de los Socios

Los Socios de la Sociedad no tendrán obligación alguna de hacer contribuciones complementarias a la Sociedad o de prestar servicios a la misma, salvo que la Asamblea General de Socios acuerde otra cosa, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

4.1.8 Disolución y liquidación de la Sociedad

La Sociedad se disolverá en el caso de que se cumpla cualquiera de los supuestos señalados en el Artículo 229 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. La Sociedad no se disolverá por el fallecimiento, disolución, liquidación, jubilación, renuncia, expulsión o quiebra de cualquiera de los Socios, según corresponda, a menos que se resuelva otra cosa en contrario por la mayoría de los Socios restantes. La Sociedad deberá en todo momento tener por lo menos dos Socios, a efecto de cumplir con la Ley General de Sociedades Mercantiles. La Asamblea General de Socios que se reúna para discutir y resolver sobre la disolución de la Sociedad será válidamente convocada y celebrada en virtud de primera o ulterior convocatoria si el 100% (cien por ciento) de las partes sociales representativas del capital social de la Sociedad se encuentra representado en la misma y sus resoluciones serán válidas únicamente cuando se adopten por el voto favorable de los Socios presentes o representados que representan el 100% (cien por ciento) del capital social de la Sociedad. 4.2 Otros convenios A la fecha del presente Reporte Anual, Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V., no ha celebrado convenios entre socios, convenios que tengan por efecto retrasar, prevenir, diferir o hacer más oneroso un cambio en el control de la Fideicomitente, así como ningún otro convenio, contrato o acuerdo de los que se señalan en el Artículo 16, fracción VI de la LMV.

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De igual forma, informamos que el Fideicomitente no cuenta con ningún fideicomiso o cualquier otro mecanismo en virtud del cual se limiten los derechos corporativos que confieren las partes sociales representativas de su capital social.

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5. AUDITORES EXTERNOS La firma PricewaterhouseCoopers, S.C. ha sido la encargada de llevar a cabo la auditoría del periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016. Los Estados Financieros Dictaminados (incluyendo el respectivo Dictamen) refiérase al Anexo “1” de este reporte. Los auditores externos fueron contratados de acuerdo a los Documentos de la Emisión. El auditor externo que dictaminó los estados financieros es independiente para los efectos de lo establecido en el artículo 343 de la Ley del Mercado de Valores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 fracción VII de las Disposiciones de carácter general aplicable a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores.

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6. OPERACIONES CON PERSONAS RELACIONADAS Y CONFLICTOS DE INTERÉS Actualmente no existe ninguna relación de negocios, acuerdos o convenios relevantes entre el Fiduciario Emisor, el Fideicomitente y el Administrador, o cualquier otro tercero, ni se ha realizado en los últimos 3 (tres) ejercicios, y hasta la fecha, ninguna transacción o crédito relevante, entre el Fiduciario, el Fideicomitente o cualquier otro tercero que sea relevante para los Tenedores. Sin perjuicio de lo anterior, el Administrador y sus afiliadas podrían tener intereses contrarios a los del Fiduciario. Los arreglos y acuerdos entre el Fideicomiso y el Administrador han sido establecidos por las partes con base a parámetros de uso internacional y no necesariamente son el resultado de una negociación. A pesar de que en el Fideicomiso se ha adoptado una política para resolver conflictos de interés, como más adelante se detalla, el Administrador hará sus mejores esfuerzos para prevenir o resolver cualquier conflicto de interés que pudiera surgir. El Fiduciario y el Administrador consideran que, generalmente, serán capaces de resolver cualquier conflicto sobre una base equitativa, a pesar de lo cual, es posible que un potencial conflicto pueda no ser resuelto. Para estos efectos, el Comité Técnico podrá dar opiniones al respecto. Además de los medios para abordar los posibles específicos conflictos descritos anteriormente, el Administrador estará obligado a remitir al Comité Técnico cualquier otro posible conflicto de intereses para su determinación. Todas las decisiones del Comité Técnico, en relación con esto, se reportarán a los Tenedores. Asimismo, el Contrato de Fideicomiso prevé que el Comité Técnico tendrá la facultad de aprobar operaciones con Partes Relacionadas y/o que puedan implicar un conflicto de interés, por lo que, en caso que el Comité Técnico decidiera autorizar ciertas Inversión en empresas de Partes Relacionadas con el Administrador, pudiera crearse un conflicto de interés. El Administrador no es contraparte y no se tiene contemplado que pudiera existir un conflicto por intereses del Administrador con los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio. En caso de presentarse una oportunidad de inversión que pudiera generar un conflicto de interés por el que el Administrador o alguna Parte Relacionada del Administrador y/o del Fideicomitente, resultara beneficiado patrimonialmente de los Vehículos de Inversión del Portafolio y de las Compañías del Portafolio, deberá informarlo al Comité Técnico y a la Asamblea de Tenedores para que éstos resuelvan además sobre tal situación. En cualquiera de los casos anteriores, se requerirá del voto favorable de más del 50% de los representantes de los Tenedores y Miembros Independientes del Comité Técnico, y la aprobación de la Asamblea de Tenedores por acuerdo de los Tenedores que representen el 75% de los Certificados Bursátiles en circulación en dicho momento, para poder llevar a cabo la Inversión. De manera general, el Comité Técnico y la Asamblea de Tenedores deberán aprobar cualquier operación con Partes Relacionadas que pudiera representar un conflicto de interés. No obstante que el Fideicomiso prevé que el Administrador procurará, hasta donde sea posible y conveniente para los Tenedores, realizar las Inversiones bajo las mismas condiciones, simultáneamente y a prorrata, en aquellos Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio en las que el Vehículo Paralelo invierta capital, y que se asegurará que el ejercicio de los derechos corporativos y patrimoniales del Fideicomiso y del Vehículo Paralelo, se ejerzan de manera coordinada, no es posible asegurar que el Vehículo Paralelo no invertirá montos que permitan controlar las decisiones en los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio, lo cual podría generar un conflicto de interés para el Administrador. Terceras partes podrán aproximarse al Administrador con un proyecto de inversión que sea consistente con los criterios de inversión del Fideicomiso (el “Proyecto de Inversión”). El Administrador deberá presentar al Comité Técnico los Proyectos de Inversión que surjan antes de que finalice el Periodo de Inversión, a menos que dicha remisión este prohibida por ley o contrato. Si el Comité Técnico rechaza cualquier de Proyecto de Inversión, el Fideicomiso no podrá invertir en dicha oportunidad de Inversión rechazada. El Administrador ha tenido, y mantiene intereses en negocios en México por lo que, podrían presentarse Proyectos de Inversión al Administrador o para las empresas del Consorcio, los cuales podrían ser de interés para el Fideicomiso. El Administrador se compromete a que, con excepción de las oportunidades de inversión relacionadas con las participaciones actuales, cualquier oportunidad de inversión se le ofrecerá al Fideicomiso.

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6.1 Conflictos de interés en los que pudiera incurrir el Fideicomitente y Administrador Es posible que el Administrador en la prestación de sus servicios tenga conocimiento de la posible celebración de una operación por parte del Fideicomiso o cualquier de los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio con el Administrador, Personas Relacionadas del Administrador, cualquier Afiliada del Administrador o con personas en las que Personas Relacionadas del Administrador o cualquiera de sus Afiliadas tengan un interés relevante. En cualquiera de los casos anteriores el Administrador deberá someter la aprobación de Operaciones con Personas Relacionadas, así como aquellas con las que pueda haber potenciales conflictos de interés, al Comité Técnico para su aprobación, de conformidad con el procedimiento previsto en el Contrato de Fideicomiso. Adicionalmente a la aprobación del Comité Técnico, las Operaciones con Personas Relacionadas que realice el Fiduciario, el Administrador o los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio., deberá celebrarse en términos de mercado, es decir, en términos y condiciones similares a las que podrían obtenerse en el caso de operaciones con personas que no estén relacionadas al Fiduciario, Administrador, a los Vehículos de Inversión del Portafolio y a las Compañías del Portafolio. Los Tenedores, mediante la adquisición de los Certificados Bursátiles, el Fiduciario y el Representante Común, reconocen y aceptan que, en el curso ordinario de sus negocios, el Administrador y sus Afiliadas participan en actividades en las que los intereses del Administrador, sus Afiliadas y de sus empleados y clientes y otros intereses de negocios pueden ser opuestos a los intereses del Fideicomiso y los Vehículos de Inversión del Portafolio y Compañías del Portafolio. El Comité Técnico podrá autorizar, en una sesión en la que los miembros designados por el Administrador que no sean Miembros Independientes deberán abstenerse de votar respecto de dicho punto, la realización de Operaciones con Partes Relacionadas y operaciones en que se puedan presentar potenciales conflictos de interés.

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IV. INFORMACIÓN FINANCIERA

a) INFORMACIÓN FINANCIERA SELECCIONADA A continuación encontrarán el estado de posición financiera del Fideicomiso al 31 de diciembre 2016, 2015, 2014, 2013 y 2012.

Activo: 2016 2015 2014 2013 2012

ACTIVO CIRCULANTE:

Efectivo y equivalentes de efectivo

$ 78,701 $160,645 $76,861 $489,971 $526,055

Cuentas por cobrar $8,633 $4,932 $0 $0 $0

Anticipo a proveedores $0 $0 $0 $40 $0

Pagos anticipados $0 $0 $0 $1 $0

$87,334 $165,577 $76,861 $490,012 $526,055

ACTIVO NO CIRCULANTE:

Cuentas por cobrar - Neto $0 $2,118 $27,386 $0 $0

Instrumentos financieros medidos a valor razonable

$2,156,622 $1,024,165 $337,744 $4,586 $0

$2,156,622 $1,026,283 $365,130 $4,586 $0

Total activo $2,243,956 $1,191,860 $441,991 $494,598 $526,055

Pasivo:

Cuentas por pagar $0 $77 $1,328 $418 $505

Total de pasivo $0 $77 $1,328 $418 $505

Activos netos atribuibles a los tenedores

$2,243,956 $1,191,783 $440,663 $494,180 $525,550

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos

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A continuación encontrarán el Estado de Resultados Integral correspondiente a los años que terminaron el 31 de diciembre de 2016, 2015, 2014, 2013 y 2012.

2016 2015 2014 2013 2012Cambios netos en el valor razonable de los activos financieros con cambios en resultaods $ 303,801 $ 40,645 $ 60,952 - -

Ingresos por dividendos 3,442 3,220 - - -

Otros ingresos - 4,741 1,643 - -

Total ingresos 307,243 48,606 62,595 - -

Gastos de administración:

Estimación de cuentas incobrables - 63,780 - -

Comisiones por administración 48,107 46,987 45,007 43,255 21,071

Gastos de emisión - - - 16,663

Honorarios 11,798 14,767 7,839 3,358 473

Gastos de operación 10,662 7,447 3,294 1,989

Impuestos al valor agregado 1,773 1,962 1,978 587 76

Cuotas 947 641 613 602

Amortización de seguros 894 268 428

Otros - - - 178

Total gastos de Administración 73,287 72,698 122,779 50,219 38,461

Utilidad / (Pérdida) de Operación 233,956 (24,092) (60,184) (50,219) (38,461)

Ingresos financieros 12,538 2,311 6,667 18,849 11,211

Utilidad / (Pérdida) antes de impuestos 246,494 (21,781) (53,517) (31,370) (27,250)

Impuestos retenidos - - - - -

Aumento / (Decremento) en activos netos atribuibles a los tenedore 246,494 (21,781) (53,517) (31,370) (27,250)

Otros resultados integrales - - - - -

Resultado integral 246,494 (21,781) (53,517) (31,370) (27,250)

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos

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A continuación se encuentra el Estado de Flujos de Efectivo por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2015, 2014, 2013 y 2012

Los Estados Financieros del Emisor por los ejercicios concluidos el 31 de diciembre de 2016 y 2015, 2014, 2013 y 2012, respectivamente, fueron auditados, los auditores externos del Emisor no han emitido opinión con salvedad u opinión negativa ni se han abstenido de emitir opinión con relación a los estados financieros de la misma. Se adjuntan al presente Reporte Anual como Anexo “1”, los Estados Financieros Auditados del Fideicomiso al 31 de diciembre de 2016. El fideicomiso ha realizado diversas inversiones, las cuáles se describen a continuación:

2016 2015 2014 2013 2012

Actividades de Operación

Decremento en activos netos atribuibles a los tenedores 246,494$ ($ 21,781) ($ 53,517) ($ 31,370) ($ 27,250)

Intereses a favor (12,538) (2,311) (6,667) ($ 18,849) (11,211)

Valuación de Instrumentos financieros (303,801) (40,645) (60,952) - -

Dividendos obtenidos inversiones directas / fondos de capital (3,442) (3,220) 63,780 -

(73,287) (67,957) (57,356) (50,219) (38,461)

Disminución (incremeento) en anticipo a proveedores - - 40 (40) -

Disminución (incremeento) en pagos anticipados - - 1 (1) -

(Incremento) disminución en cuentas por cobrar (1,583) 20,336 (91,166) - -

Instrumentos financieros a valor razonable (828,656) (645,776) (272,206) (4,586) 505

Incremento (disminución) en cuentas por pagar (77) (1,251) 910 (87) -

Flujos netos de efectivo de actividades de operación (903,603) (694,648) (419,777) (54,933) (37,956)

Actividades de Inversión

Intereses Cobrados 12,538 2,311 6,667 18,849 11,211

Dividendos cobrados 3,442 3,220 - - -

Flujos netos de efectivo de actividades en inversión 15,980 5,531 6,667 18,849 11,211

Actividades de financiamiento

Emisión de certificados 805,679 790,261 - - 552,800

Distribuciones a tenedors pagadas (17,360) - - -

Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento 805,679 772,901 - - 552,800

Aumento (disminución) de efectivo y equivalentes de efectivo (81,944) 83,784 (413,110) (36,084) 526,055

Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del año 160,645 76,861 489,971 526,055 -

Efectivo y equivalentes de efectivo al fin del año 78,701.00$ 160,645.00$ 76,861.00$ 489,971.00$ 526,055.00$

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos

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Vehículo de Inversión /

Compañía del Portafolio Fecha Inversión

/Llamado de Capital Inicial

Monto de Inversión a diciembre 2016

Compromiso de Capital

Alta Growth Capital, Mexico Fund II

Sep 2013 MXP$ 162,515,505 US$15,000,000.00

Venture Innovation Fund II, L.P.

2014 MXP$ 101,105,679 US$10,000,000.00

Alsis Mexico Fund II Dic 2015 MXP$ 232,675,952 US$15,000,000.00 Tin Jade GmbH – Linio May 2014 Euros $ 16,782,013 N/A Elara Comunicaciones Julio 2015 MXP$ 330,081,254 N/A

Grupo Diniz Julio 2015 MXP$ 246,047,861 N/A ABC&Leasing Febrero 2016 MXP $140,820,000 N/A

Grupo Estancias Extendidas Junio 2016 MXP $ 231,520,000 N/A A continuación se muestra el valor razonable comparado contra el costo de adquisición de las inversiones realizadas por el Fideicomiso:

b) INFORMACIÓN FINANCIERA SELECCIONADA DE LAS SOCIEDADES RESPECTO DE LAS CUALES EL FIDEICOMISO INVIERTA O ADQUIERA TÍTULOS REPRESENTATIVOS DE SU CAPITAL SOCIAL, QUE NO SE CONSOLIDEN EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMISO

b.1) Información seleccionada de las inversiones realizadas por el Fideicomiso F306916 correspondiente al ejercicio 2016

Concepto CIB/2291 CIB/2244 CIB/600 CIB/2433 CIB/2540

Total Activo 2016 313,673,513

429,271,219

453,963

200,057,115

500,158,086

Total Patrimonio 2016

313,673,513

429,271,218

258,963

200,057,115

500,158,087

Total Resultado del Ejercicio 2016 ganancia / (pérdida)

2,902

3,722

(176,206,881)

57,115

158,086

2016

Inversión Sector

Costo de Adquisición

Valor Razonable

% de Participación

Tin Jade GmbH - Linio E-commerce 306,408 462,935 4.41Alta Growth Capital Mexico Fund II, L. P. Diversos 162,515 222,500 9.85Venture Innovation Fund II, L.P. Diversos 101,156 112,262 48.96Elara Comunicaciones S.A. de C.V. Telecomunicaciones 330,081 363,089 77.92Grupo Diniz, S.A.P.I. de C.V. Entretenimiento 246,048 393,677 49.00Alsis Mexico Fund Diversos 232,676 229,819 9.85AB&C Leasing de México, S.A.P.I. de C.V. Arrendamiento 140,820 140,820 39Grupo Estancias Extendidas, S.A. de C.V. Hospitality 231,520 231,520 37.70Total 1,751,224 2,156,622

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Se anexan estados financieros de las inversiones realizadas por el Fideicomiso F306916. El Fideicomiso F306916 no tiene créditos al 31 de diciembre de 2016.

V. INFORMACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMITENTE

1. INFORMACIÓN FINANCIERA SELECCIONADA DEL FIDEICOMITENTE El Fideicomitente no tiene obligación de pago alguna frente a los Tenedores Certificados Bursátiles, no es indicativa de la situación financiera de éste, del desempeño de las Inversiones, ni de los rendimientos que los Tenedores recibirán. El fideicomitente es compañía afiliada de Northgate Capital y la información relativa a Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. no es indicativa del desempeño de las Inversiones, ni de los rendimientos que los Tenedores recibirán. El fideicomitente tiene como objeto principal la constitución, establecimiento, organización, participación en explotación, promoción, adquisición y administración de toda clase de sociedades o asociaciones mercantiles. Actualmente presta servicios administrativos principalmente al Administrador y a Northgate Capital.

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A continuación se muestra el estado de posición financiera del Fideicomitente al 31 de diciembre de 2016 y 2015:

Northgate Capital México, S.A. de R.L. de C.V.Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2016, 2015 y 2014

Activos 2016 2015 2014Activos CirculantesEfectivo y equivalentes de efecitvo $ 12,354,074 $ 6,350,644 $ 4,973,487

Cuentas por cobrar:Deudores Diversos 174,818 771,456 460,330Partes Relacionadas 4,854,426 1,589,582 1,290,408Impuestos por Recuperar 655,509 2,339,209 2,161,413

5,684,753 4,700,247 3,912,151

Pagos Anticipados 928,422 2,395,917 577,862

Total Activo Circulante 18,967,249 13,446,808 9,463,500

Equipo de cómputo y oficina 4,211,167 2,561,199 2,756,560Otros activos 1,094,925 - Impuesto Diferido 1,040,335 854,857 465,384

Total activo $ 25,313,676 $ 16,862,864 $ 12,685,444

PasivoPasivo a Corto Plazo:Acreedores Diversos $ 608,297 $ 147,177 $ 354,194Provisiones 220,183 185,728 114,145Impuesto sobre la Renta 505,980 - 535,793Otros impuestos por pagar 11,069,156 6,475,057 4,215,879

Total pasivo a corto plazo 12,403,616 6,807,962 5,220,011

Pasivo a Largo PlazoDerivado implícito 2,646,308 - Beneficios a los empleados 1,770,044 1,503,357 958,439

Total Pasivo 16,819,968 8,311,319 6,178,450

CapitalCapital 4,200,000 4,200,000 4,200,000Utilidad de ejercicios anteriores 4,132,042 2,306,994 763,043Reserva Legal 217,578 - - Utilidad del ejercicio (150,173) 2,044,551 1,543,951Otros resultados integrales 94,261 -

Total Capital 8,493,708 8,551,545 6,506,994

Total Pasivo más Capital $ 25,313,676 $ 16,862,864 $ 12,685,444

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A continuación se muestra el estado de resultados del Fideicomitente por lo años terminados al 31 de diciembre de 2016 y 2015.

Northgate Capital México, S.A. de R.L. de C.V.Estado de ResultadosPor el año que terminó el 31 de diciembre de 2016, 2015 y 2014

2016 2015 2014Ingresos:Ingresos por Servicios $ 97,306,494 $ 69,402,801 $ 48,428,670Otros 2,257,223 762,250 307,950

Total 99,563,717 70,165,051 48,736,620

Gastos Operativos:Sueldos y Salarios 65,691,833 41,196,847 27,920,915Honorarios 6,036,214 11,294,295 7,390,007Renta 5,365,116 3,673,879 2,409,078Depreciaciones y amortizaciones 3,038,019 1,684,293 1,703,473Mantenimiento 1,555,347 1,111,515 989,206Beneficios por retiro a empleados 521,705 762,309 958,439Reembolsos 2,456,620 884,210 540,332Papelería 382,488 262,765 209,392Otros impuestos sueldos y salarios 1,969,134 1,249,538 855,357Impuesto sobre nómina 1,807,312 1,279,626 850,841Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa

40,675 522,000 473,100

Gastos de Mantenimiento, Administración y Otros 4,452,094 2,126,599 1,091,298Gastos no Deducibles 2,078,244 618,797 459,904

95,394,801 66,666,673 45,851,342

Utilidad de Operación 4,168,916 3,498,378 2,885,278

Pérdida en la valuación de derivado implícito 2,646,308Resultado cambiario neto 168,125 112,172 81,957

Resultado antes de impuestos 1,690,733 3,610,550 2,967,235

Impuesto sobre la renta (1,840,906) (1,565,999) (1,423,284)

Resultado del ejercicio ($ 150,173) $ 2,044,551 $ 1,543,951

Otros Resultados Integrales:Beneficios por retiro a empleados D-3 94,261 - Otros ajustes (1,925) - Resultado del ejercicio ($ 57,837) $ 2,044,551 $ 1,543,951

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2. COMENTARIOS Y ANÁLISIS DE LA ADMINISTRACIÓN SOBRE LOS RESULTADOS

DE OPERACIÓN Y SITUACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMITENTE El Fideicomitente no tiene obligación de pago alguna frente a los Tenedores Certificados Bursátiles, no es indicativa de la situación financiera de éste, del desempeño de las Inversiones, ni de los rendimientos que los Tenedores recibirán. El resultado de la operación del Fideicomitente está en línea con su actividad fin, habiendo presentado una situación financiera positiva en el ejercicio y una situación patrimonial también positiva donde se destaca una de liquidez positiva del Fideicomitente. Los activos incrementaron $ 8,450,812 en relación a 2015 en grande medida por el incremento en la caja por $6,003,430 para pagar obligaciones de corto plazo y en el aumento en activo fijo por $ 2,930,371, representado por incremento en valores en diversos rubros de acuerdo al balance. Al desarrollar su actividad fin el Fideicomitente ha incurrido en ingresos y gastos que permiten tener un margen de utilidad positivo y creciente a cada año. Los adecuados controles financieros añadidos con el establecimiento de mejores prácticas de gestión permiten al Fideicomitente tener una planeación financiera adecuada. El fideicomitente Northgate Capital México, S. de R.L. de C.V. incrementó sus ingresos en MXP $27.9 millones con respecto al ejercicio de 2015, representando un aumento de 40.2%. Asimismo, incrementó gastos en MXN $28.7 millones representando un aumento de 43.1%.

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VI. PERSONAS RESPONSABLES 1 EL FIDUCIARIO HSBC México, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC. División Fiduciaria, Delegado Fiduciario – Arturo Ortiz Radilla Delegado Fiduciario – María Teresa Caso Sáenz Arroyo 1 Administrador Responsable de Direccción General: Eduardo Mapez Sánchez

Responsable del Área de Finanzas: Claudia Irma Ramírez Sánchez Responsable del Área Jurídica: Joaquim Francisco Tadeu Gimenes da Silva

3 Representante Común Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero Apoderado – Lic. Araceli Uribe Bárcenas 4 Auditores Externos Pricewaterhousecoopers, S.C. Socia: Ariadna Laura Muñiz Patiño

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VII. ANEXOS 1. Estados Financieros Auditados del Fideicomiso número F/306916 al 31 de diciembre de 2016 2. Dictamen de valuación emitido por 414 Capital al 31 de diciembre de 2016 3. Estados Financieros de las inversiones realizadas por el Fideicomiso número F/306916 al 31 de

diciembre de 2016

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VII. ANEXO

1. Estados Financieros Auditados del Fideicomiso número F/306916 al 31 de diciembre de 2016

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Estados Financieros Auditados 31 de diciembre de 2016 y 2015

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Índice 31 de diciembre de 2016 y 2015

Contenido Página Informe de los Auditores Independientes ........................................................................................... 1 a 5 Estados financieros: Estados de posición financiera .............................................................................................................. 6 Estados de resultados integrales ............................................................................................................ 7 Estados de cambios en los activos netos atribuibles a los tenedores .................................................. 8 Estados de flujos de efectivo .................................................................................................................. 9 Notas sobre los estados financieros .................................................................................................. 10 a 32

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Estados de Situación Financiera (Notas 2, 3 y 10)

Página 6

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos

Activo: 2016 2015 ACTIVO CIRCULANTE: Efectivo y equivalentes de efectivo (Nota 4) $ 78,701 $ 160,645 Cuentas por cobrar (Nota 5) 8,633 4,932 87,334 165,577 ACTIVO NO CIRCULANTE: Cuentas por cobrar - Neto (Nota 5) - 2,118 Instrumentos financieros medidos a valor razonable (Nota 6) 2,156,622 1,024,165 2,156,622 1,026,283 Total activo 2,243,956 1,191,860 Pasivo: Cuentas por pagar - 77 Total de pasivo - 77 Activos netos atribuibles a los tenedores (Nota 7) $ 2,243,956 $ 1,191,783 Las diez notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Estados de Resultados Integrales (Notas 2 y 3)

Página 7

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos Año que termino 31 de diciembre de

2016 2015 Cambios netos en el valor razonable de los activos financieros con cambios en resultados (Nota 8) $ 303,801 $ 40,645 Ingresos por dividendos 3,442 3,220 Otros ingresos - 4,741 307,243 48,606 Gastos de administración: Comisiones por administración (Nota 1) 48,107 46,987 Honorarios 11,798 14,767 Gastos de operación 10,662 7,447 Impuesto al valor agregado 1,773 1,962 Cuotas 947 641 Amortización de seguros 894 Total gastos de administración 73,287 72,698 Utilidad (pérdida) de operación 233,956 (24,092) Ingresos financieros (Nota 4) 12,538 2,311 Incremento (decremento) en activos netos atribuibles a los tenedores 246,494 (21,781) Otros resultados integrales - - . Resultado integral $ 246,494 ($ 21,781) Las diez notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Estados de Cambios en los Activos Netos Atribuibles a los Tenedores (Nota 7)

Página 8

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos Importe Activos netos atribuibles a los tenedores al 1 de enero de 2015 $ 440,663 Emisión de certificados bursátiles (Nota 7) 790,261 Distribuciones a tenedores (17,360) Decremento en activos netos atribuibles a los tenedores (21,781) Activos netos atribuibles a los tenedores al 31 de diciembre de 2015 1,191,783 Emisión de certificados bursátiles (Nota 7) 805,679 Incremento en activos netos atribuibles a los tenedores 246,494 Activos netos atribuibles a los tenedores al 31 de diciembre de 2016 $ 2,243,956 Las diez notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Estados de Flujos de Efectivo

Página 9

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos Año que termino 31 de diciembre de 2016 2015 Actividades de operación Incremento (decremento) en activos netos atribuibles a los tenedores $ 246,494 ($ 21,781) Intereses a favor (Nota 4) (12,538) (2,311) Valuación de Instrumentos financieros – Neta (Nota 8) (303,801) (40,645) Dividendos obtenidos inversiones directas/fondos de capital (3,442) (3,220) (73,287) (67,957) (Incremento) disminución en cuentas por cobrar (Nota 5) (1,583) 20,336 Adquisición de instrumentos financieros a valor razonable (Nota 6) (828,656) (645,776) (Disminución) incremento en cuentas por pagar (77) (1,251) Flujos netos de efectivo de actividades de operación (903,603) (694,648) Actividades de Inversión Dividendos cobrados 3,442 3,220 Intereses cobrados (Nota 4) 12,538 2,311 Flujos netos de efectivo de actividades de inversión 15,980 5,531 Actividades de financiamiento Emisión de certificados bursátiles (Nota 7) 805,679 790,261 Distribuciones a tenedores pagadas (Nota 7) - (17,360) Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento 805,679 772,901 (Disminución) aumento de efectivo y equivalentes de efectivo (81,944) 83,784 Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del año 160,645 76,861 Efectivo y equivalentes de efectivo al fin del año (Nota 4) $ 78,701 $ 160,645 Las diez notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Notas sobre los Estados Financieros 31 de diciembre de 2016 y 2015

Página 10

Cifras expresadas en miles de pesos mexicanos, excepto las relativas a tipos de cambio, número de certificados y cifras en moneda extranjera

Nota 1 - Actividad y fines del fideicomiso: El 28 de junio de 2012, Northgate Capital México, S. de R. L. de C. V., (Fideicomitente), HSBC México, S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria, en su carácter de fidu-ciario emisor y Monex, Casa de Bolsa, S. A. de C. V., Monex Grupo Financiero, en su carácter de represen-tante común, celebraron el Fideicomiso Irrevocable No. F/306916 (el Fideicomiso), cuya duración será de diez años a partir de la fecha de celebración pudiendo aumentar el plazo de vigencia con el objeto de cum-plir los fines del mismo; siendo los fideicomisarios en primer lugar, los tenedores de los certificados bur-sátiles, respecto de las cantidades que tengan derecho a recibir y demás derechos establecidos a su favor en el contrato de Fideicomiso, y el fideicomisario en segundo lugar es NGM, L. L. C., respecto a las canti-dades que tenga derecho a recibir de acuerdo con el contrato de Fideicomiso. En cumplimiento con el contrato de Fideicomiso, el fiduciario emitirá certificados bursátiles hasta por un monto máximo de $2,764,000. El objeto del Fideicomiso es la emisión de certificados bursátiles del tipo de certificados de capital de desarrollo cuyo propósito es, entre otros, invertir el componente de flujo en capital privado. Para tal efecto el fiduciario contratará a NGM, L. L. C., como administrador de las inversiones, con el fin de que tome las decisiones de inversión y a través de él, previa aprobación del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores según sea el caso, el Fideicomiso realice las inversiones en el capital de los vehículos de in-versión del portafolio y las compañías del portafolio, y lleve a cabo las desinversiones. El objetivo de las inversiones es incrementar el valor a largo plazo de los recursos obtenidos a través de las AFORES (componente de flujo), principalmente por la vía de participaciones en el capital de sociedades elegibles dentro de un portafolio diversificado. El fideicomiso adquirirá participaciones de tenencia ma-yoritaria o minoritaria en empresas en operación. El domicilio social del Fideicomiso se encuentra en Paseo de la Reforma 115, Piso 4, Colonia Lomas de Chapultepec, I Sección, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P.11000. El Fideicomiso no tiene empleados, por lo que no está sujeto a obligaciones laborales. Los servicios admi-nistrativos que requiere son proporcionados por el Administrador (parte relacionada) a quien durante los ejercicios 2016 y 2015 se le pagaron comisiones por administración por $48,107 y $46,987, respectiva-mente. Los estados financieros adjuntos y sus notas fueron autorizados, para su emisión el 23 de febrero de 2017, por Claudia Ramírez Sánchez- Contralor Financiero. Nota 2 - Resumen de políticas contables significativas: A continuación se resumen las políticas contables más significativas utilizadas para la elaboración de estos estados financieros, las cuales han sido aplicadas consistentemente en los años que se presentan, a menos que se especifique lo contrario.

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Notas sobre los Estados Financieros 31 de diciembre de 2016 y 2015

Página 11

2.1 Bases de preparación Los estados financieros al 31 de diciembre de 2016 y 2015 han sido preparados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el International Accounting Standard Board y con las Interpretaciones a las NIIF emitidas por el Comité de Interpretaciones (IFRS IC). A tales efectos se ha utilizado el método de costo histórico para la valuación de los rubros, excepto por los activos financieros que han sido valuados a su valor razonable. Las NIIF requieren realizar ciertas estimaciones contables críticas para preparar los estados financieros. Asimismo, requieren que la administración ejerza su juicio para definir las políticas contables que aplicará el Fideicomiso. Las estimaciones y supuestos relativos se basan en la experiencia y otros factores que se consideran pertinentes. Los resultados reales podrían diferir de dichas estimaciones. Las estimaciones y supuestos se revisan sobre una base regular. El rubro que involucra un mayor grado de juicio o compleji-dad y en el que los supuestos y estimaciones son significativos para los estados financieros se describe en las Notas 3.5 y 6. 2.2 Operaciones y saldos en moneda extranjera Las operaciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional utilizando los tipos de cambio vigentes en la fecha en que se llevó a cabo la transacción o el tipo de cambio vigente a la fecha de valua-ción cuando las partidas son revaluadas. Las utilidades y pérdidas por fluctuaciones en los tipos de cam-bio que resultan ya sea por la liquidación de tales operaciones o por la conversión de los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera a los tipos de cambio de cierre del año, se reconocen en el estado de resultados, excepto cuando se requiere sean incluidas en otros resultados integrales, como en el caso de transacciones que califican como coberturas de flujos de efectivo y coberturas de inversiones ne-tas. Las ganancias y pérdidas cambiarias relativas a los activos y pasivos a valor razonable con cambios en re-sultados financieros se presentan en el estado de resultados dentro de " Cambios netos en el valor razona-ble de los activos financieros con cambios en resultados”. 2.3 Moneda funcional La moneda funcional y de reporte es el peso mexicano, por lo tanto, no fue necesario realizar ningún pro-ceso de conversión. 2.4 Efectivo y equivalentes de efectivo El efectivo y equivalentes de efectivo incluyen saldos de caja, depósitos bancarios y otras inversiones a corto plazo altamente líquidas con vencimiento menor a 60 días. Véase Nota 4. 2.5 Activos financieros 2.5.1 Clasificación El Fideicomiso clasifica sus activos financieros en las siguientes categorías: activos financieros medidos a valor razonable con cambios reconocidos en resultados y préstamos y cuentas por cobrar. La Administra-ción clasifica sus activos financieros en estas dos categorías, principalmente, al momento de su reconoci-miento inicial, considerando el propósito por el cual fueron adquiridos.

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Notas sobre los Estados Financieros 31 de diciembre de 2016 y 2015

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Los activos financieros medidos a valor razonable con cambios reconocidos en resultados se adquieren para ser negociados. Los activos de esta categoría se clasifican como activos circulantes si se espera reali-zarlos dentro de 12 meses; en caso contrario, se clasifican como no circulantes. Las inversiones en las que no se tiene ni control, ni influencia significativa, se reconocen a valor razonable con cambios reconocidos en resultados dado que esa es la estrategia de gestión de riesgos que se tiene es-tablecida para las mismas. Los activos financieros medidos a valor razonable con cambios reconocidos en resultados corresponden a inversiones en fondos de inversión de capital privado (Fondos) e inversiones directas en empresas que cubren las características y lineamientos establecidos por el Fideicomiso. Las inversiones en Fondos es-tán sujetas a los términos y condiciones establecidas en el contrato de participación (Limited Partnership Agreement), en el cual se establece un compromiso de aportación de capital, mismo que se aporta me-diante ministraciones conforme son requeridos por los Fondos. El Fideicomiso no tiene control ni in-fluencia significativa sobre los Fondos. Las inversiones directas corresponden a la compra de acciones adquiridas con el fin de ser negociadas. Véase Nota 6. Los préstamos y cuentas por cobrar son activos financieros no derivados que dan derecho a cobrar impor-tes fijos o determinables y que no cotizan en un mercado activo. Los activos de esta categoría se clasifican como activos circulantes; excepto si se espera cobrarlos luego de transcurrido un año desde la fecha de cierre; en cuyo caso se clasifican como no circulantes. Los préstamos y las cuentas por cobrar se presen-tan en el estado de situación financiera en los rubros de “Cuentas por cobrar” y “Efectivo y equivalentes de efectivo”, así como en las Notas 5 y 4, respectivamente. 2.5.2 Reconocimiento, baja y medición Las compras y ventas de activos financieros se reconocen en la fecha de negociación, que es la fecha en la que el Fideicomiso se compromete a comprar o vender el activo. Los activos financieros se reconocen ini-cialmente a su valor razonable más los costos de la transacción; excepto cuando son activos financieros medidos a su valor razonable con cambios en resultados, los cuales se reconocen inicialmente a su valor razonable y los costos de la transacción se reconocen como gasto en el estado de resultados. Los activos financieros se cancelan cuando el derecho a recibir los flujos de efectivo relacionados expira o es transfe-rido y asimismo el Fideicomiso ha transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de su propiedad. Los activos financieros medidos a su valor razonable con cambios en resultados, se recono-cen posteriormente a su valor razonable. Los préstamos y cuentas por cobrar se registran a su costo amortizado utilizando el método de la tasa efectiva de interés. Las pérdidas y ganancias que surgen de los cambios en el valor razonable de los activos financieros medi-dos a su valor razonable con cambios reconocidos en resultados, se incluyen en el estado de resultados en el rubro “Cambios netos en el valor razonable de los activos financieros con cambios en resultados”, en el periodo en el que se devengan. 2.6 Deterioro de activos financieros Activos valuados a costo amortizado El Fideicomiso evalúa al final de cada año si existe evidencia objetiva de deterioro de cada activo finan-ciero o grupo de activos financieros. Una pérdida por deterioro se reconoce si existe evidencia objetiva de deterioro como resultado de uno o más eventos ocurridos después del reconocimiento inicial del activo

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(evento de pérdida) y siempre que el evento de pérdida tenga un impacto sobre los flujos de efectivo futu-ros estimados derivados del activo financiero o grupo de activos financieros que pueda ser estimado con-fiablemente. Los aspectos que evalúa el Fideicomiso para determinar si existe evidencia objetiva de deterioro son:

Dificultades financieras significativas del deudor.

Incumplimiento de contrato, como morosidad en los pagos de principal.

Otorgamiento de una concesión al deudor, por parte del Fideicomiso, como consecuencia de dificulta-des financieras del deudor y que no se hubiera considerado en otras circunstancias.

Existe probabilidad de que el deudor se declare en concurso preventivo o quiebra u otro tipo de reorga-nización financiera.

Desaparición de un mercado activo para ese activo financiero debido a dificultades financieras.

Información verificable que indique que existe una reducción cuantificable en los flujos de efectivo fu-turos estimados relativos a un grupo de activos financieros luego de su reconocimiento inicial, aunque la disminución no pueda ser aun identificada con los activos financieros individuales del grupo, como por ejemplo:

(i) Cambios adversos en el estado de pagos de los deudores.

(ii) Condiciones nacionales o locales que se correlacionan con incumplimientos de los deudores.

Primeramente, con base a los aspectos indicados previamente, el Fideicomiso evalúa si existe evidencia objetiva de deterioro; posteriormente, si existe deterioro, el monto de la pérdida relativa se determina computando la diferencia entre el valor en libros del activo y el valor presente de los flujos de efectivo fu-turos estimados (excluyendo las pérdidas crediticias futuras que aún no se han incurrido) descontados, utilizando la tasa de interés efectiva original. El valor en libros del activo se disminuye en ese importe, el cual se reconoce en el estado de resultados. Si en los años siguientes, la pérdida por deterioro disminuye debido a que se verifique objetivamente un evento ocurrido en forma posterior a la fecha en la que se reconoció dicho deterioro (como una mejora en la calidad crediticia del deudor), la reversión de la pérdida por deterioro previamente reconocida se reco-noce en el estado de resultados. El deterioro existente en los préstamos y cuentas por cobrar se revela en la Nota 5. 2.7 Préstamos y cuentas por cobrar Los préstamos y cuentas por cobrar representan importes adeudados por clientes y son originadas por ventas de acciones en el curso normal de las operaciones del Fideicomiso. Cuando se espera cobrarlas en un período de un año o menos desde la fecha de cierre, se presentan como activo circulante. En caso de no cumplir con lo anteriormente mencionado se presentan como activos no circulantes. Los préstamos y cuentas por cobrar se reconocen inicialmente a su valor razonable y posteriormente se miden al costo amortizado utilizando el método de la tasa efectiva de interés, menos la provisión por dete-rioro, en caso de corresponder.

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2.8 Reconocimiento de ingresos Los ingresos derivados de la venta de activos financieros medidos a valor razonable, en el curso normal de las operaciones del Fideicomiso, se reconocen al valor razonable de la contraprestación recibida o por co-brar. El Fideicomiso reconoce el ingreso cuando puede ser medido de manera confiable, es probable que los be-neficios económicos fluyan a la entidad en el futuro, se cumplen los criterios específicos para cada tipo de actividad y cuando el Fideicomiso entrega contractualmente los activos financieros. Los ingresos por intereses del efectivo y equivalentes de efectivo se reconocen en los resultados del ejerci-cio conforme se devengan, en función de los plazos y tasas de interés establecidos en los contratos celebra-dos con las instituciones bancarias. Véase Nota 4. Los dividendos en efectivo se reconocen en los resultados del periodo en que se decretan o en la fecha de su documentación legal donde se establezca el derecho de cobro. 2.9 Costos de emisión Los costos de emisión son costos incurridos para la adquisición de activos o pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados. Estos costos incluyen honorarios y comisiones pagadas a agentes, asesores, intermediarios, entre otros. Existen gastos de emisión relacionados con las llamadas de capital subsecuentes. Los costos de emisión, anteriormente mencionados, son reconocidos inmediatamente en resultados en el rubro de “Gastos de operación”. 2.10 Comisión por administración Como contraprestación por los servicios proporcionados por el administrador al fiduciario al amparo del contrato de fideicomiso y de acuerdo a lo establecido en el contrato de administración, el fideicomiso de-berá pagar al administrador una comisión por administración, a partir de que se apruebe la primer inver-sión y hasta la fecha de vencimiento. Dicha comisión por administración se reconoce en el estado de re-sultados en el rubro “Comisiones por administración” conforme se devenga, en función de los plazos esta-blecidos en el contrato de fideicomiso. 2.11 Incremento/decremento en los activos netos atribuibles a los tenedores Los ingresos no distribuidos se incluyen en los activos netos atribuibles a los tenedores. 2.14 Impuestos De acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes y las características del Fideicomiso, los efectos del Impuesto a la utilidad son reconocidos y solventados por los tenedores de los certificados bursátiles fiduciarios.

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Nota 3 - Administración de riesgos financieros: 3.1 Factores de los riesgos financieros Las actividades del Fideicomiso lo podrían exponer a una diversidad de riesgos financieros, tales como: el riesgo de mercado, el riesgo crediticio y el riesgo de liquidez. La Administración del Fideicomiso tiene como objetivo minimizar los efectos negativos potenciales derivados de la impredicibilidad de los merca-dos en el desempeño financiero del Fideicomiso. El Fideicomiso identifica, evalúa y cubre los riesgos financieros en estrecha cooperación con sus unidades operativas. La administración tiene políticas generales relativas a la administración de riesgos financie-ros, así como políticas sobre riesgos específicos, como: el riesgo cambiario, el riesgo de las tasas de inte-rés, el riesgo crediticio y la inversión de excedentes de fondos. 1. Riesgo de mercado

a. Riesgo de tipo de cambio

El riesgo de tipo de cambio es el riesgo de que el valor de un instrumento financiero fluctúe debido a movimientos en los tipos de cambio de divisas extranjeras. Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, el Fideicomiso tuvo activos en dólares americanos (Dlls.), por lo que estuvo expuesto al riesgo de tipo de cambio. En el cuadro siguiente se muestra la concentración de la exposición de riesgo de tipo de cambio al 31 de diciembre de 2016 y 2015. El tipo de cambio al 31 de diciembre de 2016 y 2015 fue de $20.7020 y $17.3755 pesos por dólar, respectivamente y de $ 21.8930 y 18.9983 pesos por euro al 31 de diciembre de 2016 y 2015.

2016 2015

Moneda Extranjera Pesos Moneda Extranjera Pesos

Inversiones en fondos de capital privado Dlls. 27,271,809 $ 564,581 Dlls 8,651,837 $ 150,330

Inversiones en fondos de capital privado Euros 2,895,341 $ 63,388 Euros 1,498,385 $ 28,467

Al 31 de diciembre de 2016 y de 2015 el fideicomiso no tuvo pasivos denominados en moneda ex-tranjera. Un posible incremento / decremento razonable en el tipo de cambio de pesos por dólar de +/- 20%, daría lugar a un incremento / decremento en la valuación de + / - $112,916 y + / - $30,066 al 31 de diciembre de 2016 y 2015, respectivamente y un posible incremento / decremento razonable en el tipo de cambio de pesos por euro de +/- 20% daría lugar a un incremento / decremento en la valuación de +/- 15,206,002. La Administración del Fideicomiso monitorea continuamente las inversiones en fondos de capital, que son realizadas en Dlls., para que éstas se realicen con base a lo establecido en el contrato de fideicomiso, el cual establece el invertir un máximo de 25% de los activos netos atribuibles a los tenedores.

b. Riesgo de los precios

El riesgo de precio es el riesgo de que el valor de un instrumento financiero fluctúe como resultado de los cambios en los precios del mercado, ya sea que esos cambios sean causados por factores es-pecíficos del valor particular o de su emisor o factores que afecten a todos los valores negociados en el mercado. La exposición de riesgo de cambios en los precios de títulos de capital del Fideicomiso es limitado debido a que tiene inversiones en empresas privadas y en fondos que in-

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vierten en empresas privadas, las cuales son clasificadas como activos financieros medidos a valor razonable. La política del Fideicomiso para administrar el riesgo de precio es a través de la diversificación efi-

ciente y cuidadosa selección de las inversiones en títulos de capital que realiza, con principal ob-

jeto de maximizar los rendimientos para los tenedores de los certificados bursátiles. De acuerdo al

contrato de Fideicomiso, se espera comprometer un máximo de 25% de los activos netos atribui-

bles a los tenedores en vehículos de inversión y se buscará invertir un mínimo de 75% de los acti-

vos netos atribuibles a los tenedores directamente en compañías, debiendo cumplir con los crite-

rios de elegibilidad de los vehículos de inversión y compañías del portafolio y términos permitidos

de acuerdo al contrato de Fideicomiso y con la aprobación del Comité Técnico y la Asamblea de

Tenedores.

En ningún caso el Fideicomiso invertirá en valores inscritos en el RNV o listados en bolsa, directa o indirectamente. Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, el valor razonable de las inversiones es como sigue: 2016 2015 Acciones $ 1,592,041 $ 873,835 Fondos de capital privado 564,581 150,330 Instrumentos financieros medidos a valor razonable $ 2,156,622 $ 1,024,165

c. Riesgo del valor de mercado y del flujo de fondos asociado con las tasas de interés Durante los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2016 y 2015, el Fideicomiso no estuvo ex-puesto al riesgo asociado con las tasas de interés, ya que desde su constitución no ha tenido cuen-tas por cobrar y/o pagar por las que cobre o pague un interés. El activo que devenga intereses comprende exclusivamente inversiones temporales en reportos en instrumentos gubernamentales, libre de riesgo. Véase Nota 4.

2. Riesgo crediticio

El Fideicomiso no tiene concentraciones significativas de riesgo de crediticio. El riesgo crediticio se deriva del crédito otorgado por la venta de instrumentos financieros, incluyendo los saldos pendientes de cobrar, así como, transacciones futuras ya comprometidas. La administración del Fideicomiso es-tima la calidad crediticia del deudor, tomando en cuenta su situación financiera y otros factores. El Fideicomiso también está expuesto al riesgo de crédito de contraparte en el efectivo y equivalentes de efectivo. La política del Fideicomiso para administrar este riesgo es invertir sus excedentes de efec-tivo en reportos en valores de deuda gubernamental con una calificación AAA/Aaa.

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A continuación se presenta la clasificación de los préstamos y cuentas por cobrar (véase Nota 5) por tipo de riesgo al 31 de diciembre de 2016 y 2015.

2016 2015 Dólares Pesos Dólares Pesos

Normal Dlls. - $ 8,633 Dlls. - $ 7,050 Alto riesgo 4,194 86,825 4,997 86,825

Dlls. 4,194 $ 95,458 Dlls. 4,997 $ 93,875 3. Riesgo de liquidez

La administración del Fideicomiso monitorea continuamente las proyecciones de flujo de efectivo y los requerimientos de liquidez, asegurándose de mantener suficiente efectivo e inversión con realiza-ción inmediata para cumplir las necesidades operativas del Fideicomiso. Los excedentes de efectivo del Fideicomiso se invierten en depósitos a plazos y títulos negociables (re-portos en instrumentos gubernamentales), cuyos vencimientos o liquidez permiten flexibilidad para cubrir sus necesidades de efectivo. Véase Nota 4. El Fideicomiso tiene derecho a solicitar fondos de sus tenedores hasta el monto que éstos se compro-metieron a aportar, lo cual permite que el Fideicomiso, mantenga la liquidez necesaria para llevar a cabo sus obligaciones contractuales. La tabla siguiente muestra los vencimientos contractuales del Fideicomiso desde el 31 de diciembre de 2016 y 2015, los cuales han sido proyectados en cada uno de los plazos: 2016

Concepto Menos de 1 año De 1 a 3 años De 3 a 5 años Mas de 5 años Total

Cuentas por pagar $ - - - - $ -

$ $ - $ - $ - $

2015

Concepto Menos de 1 año De 1 a 3 años De 3 a 5 años Mas de 5 años Total

Cuentas por pagar $ 77 - - - $ 77

$ 77 $ - $ - $ - $ 77

Ver nota 7 para una explicación respecto a la liquidez relacionada con los activos netos.

4. Administración del riesgo de Activos netos En este sentido los objetivos son: salvaguardar su capacidad para continuar como negocio en marcha; proporcionar rendimientos a los tenedores de los certificados bursátiles y mantener una estructura de patrimonio óptima.

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El Comité Técnico tendrá la facultad de determinar las reglas para la contratación de créditos o présta-mos con cargo al patrimonio del Fideicomiso, cuyos montos no podrán exceder en su conjunto del 30% del patrimonio de éste, en el entendido que la contratación de cualquier crédito estará sujeta a que previamente se obtenga la aprobación del Comité Técnico cuando éstos representen el 5% o más del Patrimonio del Fideicomiso, y previa aprobación de la Asamblea de Tenedores cuando estos repre-senten el 20% o más del patrimonio del Fideicomiso.

5. Estimación de valor razonable El valor razonable es la cantidad por la cual puede intercambiarse un activo financiero, o liquidarse un pasivo financiero, entre partes interesadas y dispuestas, en una transacción en libre competencia. El Fideicomiso invierte en fondos y en empresas privadas las cuales clasifica como instrumentos fi-nancieros medidos a valor razonable en el estado de situación financiera. Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, la exposición de las inversiones a valor razonable por la estrategia empleada, se describe en la siguiente tabla.

2016 2015

% con respecto % con respecto

de los activos de los activos

Tipo de Valor netos atribuibles Valor netos atribuibles

Inversión inversión razonable a los tenedores razonable a los tenedores

Elara Comunicaciones,

S. A. de C. V. Directa (en pesos) $ 363,089 16.18 $ 330,081 27.70

Tin Jade GmbH - Linio Directa (en euros) 462,935 20.63 316,264 26.53

Grupo Diniz, S. A. P. I. de C. V. Directa (en pesos) 393,677 17.54 227,490 19.09

Grupo Estancias Extendidas,

S. A. de C. V. Directa (en pesos) 231,520 10.32

AB&C Leasing México,

S. A. P. I. de C. V. Directa (en pesos) 140,820 6.28

Alsis México Housing

Opportunities Fund Fondo de capital

Offshore II, L.P. privado (en dólares) 229,819 10.24

Alta Growth Capital Fondo de capital

Fund II, L.P. privado (en dólares) 222,500 9.92 104,079 8.73

Venture Innovation Fondo de capital

Fund II, L.P. privado (en dólares) 112,262 5.00 46,251 3.88

Total $ 2,156,622 96.11 $ 1,024,165 85.93

El rendimiento de las inversiones del Fondo es monitoreado por el Administrador del Fondo y revisa-do por el Comité Técnico de manera trimestral. Los instrumentos financieros registrados a valor razonable se clasifican según el método de valuación utilizado para cada uno de ellos. Los niveles se definen de la siguiente manera:

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Nivel 1. Precios de cotización no ajustados en mercados activos para activos o pasivos idénticos.

Nivel 2. Información distinta a precios de cotización incluidos en el nivel 1, que se puede confirmar para el activo o pasivo, ya sea directa o indirectamente, es decir, que se deriven de precios.

Nivel 3. Información sobre el activo o el pasivo que no se basa en datos que se puedan confirmar en mercados activos, es decir, información no observable. En la siguiente tabla se presentan los activos financieros del Fideicomiso que son medidos a valor ra-zonable al 31 de diciembre de 2016 y 2015.

31 de diciembre de 2016 Activo Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Instrumentos financieros medidos a valor razonable: Inversiones directas en títulos de capital Telecomunicaciones - - 363,089 E-comerce - - 462,935 Entretenimiento - - 393,677 Hospitalidad - - 231,520 Arrendamiento - - 140,820 Inversiones en fondo de capital privado Financiamiento - - 229,819 Telecomunicaciones, Medios, Tecnología y Capital de Riesgo - - 222,500 Salud, servicios financieros e Internet - - 112,262 Total de activos financieros medidos a valor razonable $ - $ - $ 2,156,622 31 de diciembre de 2015 Activo Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Instrumentos financieros medidos a valor razonable: Inversiones directas en títulos de capital Telecomunicaciones - - 330,081 E-comerce - - 316,264 Entretenimiento 227,490

Inversiones en fondo de capital privado

Telecomunicaciones, Medios, Tecnología

y Capital de Riesgo - - 104,079 Salud, servicios financieros e Internet - - 46,251 Total de activos financieros medidos a valor razonable $ - $ - $ 1,024,165

Durante los ejercicios 2016 y 2015 no hubo transferencias entre niveles.

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En la siguiente tabla se presentan los movimientos de los instrumentos financieros Nivel 3 por los ejercicios 2016 y 2015.

2016 2015 Saldo inicial $ 1,024,165 $ 337,744 Adquisiciones 828,656 645,776 Ganancia neta reconocida en el rubro de “cambios netos en el valor razonable de los activos financieros con cambios en resultados” 303,801 40,645 Saldo al cierre del ejercicio $ 2,156,622 $ 1,024,165

Estas inversiones tienen variables no observables, ya que no existe un mercado activo donde estas se negocien. Debido a que no existen precios disponibles en el mercado para estos valores, el Fideicomiso ha utilizado técnicas de valuación para determinar el valor razonable. Este aspecto re-quiere que la Administración del Fideicomiso ejerza su juicio y estimaciones en las variables no obser-vables utilizadas. Las valuaciones de Nivel 3 son revisadas periódicamente por el Administrador del Fideicomiso y el Valuador Independiente que es la sociedad valuadora autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para otorgar el servicio de valuación, o bien, el tercero independiente que sea con-tratado por el Fiduciario, por instrucciones del Comité Técnico, en términos de la Cláusula Vigésima Segunda del contrato de Fideicomiso para realizar la valuación del Componente de Flujo, quien in-forma al Comité Técnico de manera trimestral. La Administración del Fideicomiso considera cuida-dosamente la razonabilidad de los datos de entrada de los modelos de valuación usados, así como los resultados de las valuaciones, usando varios métodos de valuación y técnicas generalmente reconoci-das como estándar en la industria. Las técnicas utilizadas por la Administración del Fideicomiso para valuar sus instrumentos financie-ros medidos a valor razonable son:

Flujos de efectivo descontados (DCF, por sus siglas en inglés), cuando aplique.

Comparables comerciales (MC, por sus siglas en inglés), que incluye el análisis de transacciones comparables y/o análisis de compañías públicas comparables.

Comparables de adquisición (AC, por sus siglas en inglés).

Monto de la inversión menos gastos (I-G).

Múltiplo de transacciones precedentes (MP)

El Fideicomiso determina las compañías comparables basándose en el tipo de industria, tamaño, etapa de desarrollo y estrategia. Posteriormente calcula el múltiplo transaccional por cada compañía comparable identificada. El múltiplo es calculado dividiendo el valor total de la compañía comparable entre la utilidad antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización (EBITDA). El múltiplo transaccional es descontado por consideraciones tales como iliquidez y algunas diferencias entre com-pañías comparables basadas en hechos y circunstancia específicas a la compañía.

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Al 31 de diciembre de 2016 y 2015 los instrumentos financieros registrados a valor razonable se muestran a continuación, así como las técnicas seguidas para su valuación.

2016

Datos de

Tipo de Valor Técnica de entrada no

activo - Sector razonable valuación observables Mínimo Máximo

Acciones – E-Commerce $ 462,935 DCF Valor Merc Bruta 0.92 veces 0.98 veces

MC DFIM 0.86 veces 0.94 veces

MP Adquisiciones

comparables 1.39 veces 1.52 veces

Acciones – Telecomunicaciones 363,089 MC ME 8.1 veces 8.1 veces

Acciones – Entretenimiento 393,677 MC ME 7.75 veces 7.75 veces

Acciones – Arrendamiento 140,820 MC C NA NA

Acciones – Hospitalidad 231,520 MC C NA NA

Fondos de capital privado 229,819 I-G

Fondos de capital privado 222,500 I-G

Fondos de capital privado 112,262 I-G

2015

Datos de

Tipo de Valor Técnica de entrada no

Activo - Sector razonable valuación observables Mínimo Máximo

Acciones – E-Commerce $ 316,264 DCF Valor Merc Bruta 0.9 veces 1.4 veces

MC DFIM 3.0% 5.0%

AC TES 3.0 años 5.0 años

TLR 3.49% 3.49%

Acciones – Telecomunicaciones 330,081 MC MI 7.35 veces 7.35 veces

Acciones – Entretenimiento 227,490 MC MI 7.75 veces 7.75 veces

Fondos de capital privado 104,079 I-G

Fondos de capital privado 46,251 I-G

Dónde los datos de entrada son:

Múltiplo de ingresos (MI)

Descuento por no transaccionalidad de la acción (DFIM)

Tiempo estimado de salida (TES)

Múltiplo de EBITDA (ME)

Tasa libre de riesgos (TLR)

Costo (C)

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Al 31 de diciembre de 2016, la Administración del Fideicomiso realizó un análisis de las inversiones directas, determinando que las variables que se tomaron en cuenta para la valuación de la inversión en Tin Jade Gmbh – Linio presentan y proyectan cambios. Por lo anterior, la Administración del Fideicomiso determinó que al 31 de diciembre de 2016 se incrementara el valor razonable de dicha inversión. Con respecto a las inversiones realizadas en Grupo Diniz, S. A. P. I. de C. V. y Elara Comunicaciones, S. de R. L. de C. V., las cuales se realizaron el 22 y 24 de julio de 2015 respectivamente, la Administración del Fideicomiso determinó que el valor razonable de la inversión al 31 de diciembre de 2016 se incrementara con respecto al costo considerando que el desempeño de las compañías superó las expectativas. La metodología de compañías públicas comparables aplica para estas compañías ya que se encuentran en un sector con información amplia y son empresas con condiciones estables, utilidad positiva, y en etapa de crecimiento/consolidación. Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, en las inversiones en fondos de capital privado, en las cuales no existen precios disponibles en el mercado, la Administración del Fideicomiso determinó que el valor razonable de la inversión es igual al valor incluido en el último reporte disponible proporcionado por el fondo, más los llamados y distribuciones del último trimestre. Al 31 de diciembre de 2016, el plan de negocios de las inversiones realizadas en Grupo Estancias Extendidas, S. A. de C. V. y AB&C Leasing de México, S. A. P. I. de C. V. se encuentra dentro de los tiempos de ejecución previstos. Por lo anterior y dado que la inversiones llevan menos de 12 meses desde que se realizaron y no han mostrado un desempeño financiero y económico que de lugar al re-conocimiento de un incremento en el valor razonable por parte del Fideicomiso, la valuación perma-nece a costo. A continuación se presenta el análisis de sensibilidad sobre la medición del valor razonable determi-nado por la Administración sobre las inversiones en acciones al 31 de diciembre de 2016 y 2015.

2016

Datos de Dato de Posible

Valor entrada no entrada cambio razonable Cambio en

Sector razonable observables promedio (valor absoluto) valuación + / -

E-Commerce $ 462,935 VMB 1.4x 0.03 $9,920 / ($9,920)

Entretenimiento 393,677 EBITDA 7.75x 0.23 11,683 / (11,683)

Telecomunicaciones 363,089 EBITDA 8.0x 0.24 10,893 / (10,893)

Hospitalidad 231,520 n/a n/a n/a n/a

Arrendamiento 140,820 n/a n/a n/a n/a

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2015

Datos de Dato de Posible

Valor entrada no entrada cambio razonable Cambio en

Sector razonable observables promedio (valor absoluto) valuación + / -

E-Commerce $ 316,264 VMB 1.4x .03 $9,920 / ($9,920)

Telecomunicaciones 330,081 n/a n/a n/a n/a

Entretenimiento 227,490 n/a n/a n/a n/a

2016 2015

Moneda Extranjera Pesos Moneda Extranjera Pesos

Inversiones en fondos de capital privado Dlls. 39,850,000 $ 824,975 Dlls 39,850,000 $ 692,414

Un posible incremento / decremento razonable en el tipo de cambio de pesos por dólar de + /- 20% daría lugar a un incremento / decrmento de +/- 164,995 y 138,483 al 31 de diciembre de 2016 y 2015.

6. Instrumentos financieros por categoría.

31 de diciembre de 2016 Préstamos y Activos medidos cuentas por a valor razonable Activo cobrar a través de resultados Total Instrumentos financieros medidos a valor razonable $ - $ 2,156,622 $ 2,156,622 Cuentas por cobrar 8,633 - 8,633 Efectivo y equivalentes de efectivo 78,701 - 78,701 Total $ 87,334 $ 2,156,622 $ 2,243,956

31 de diciembre de 2015 Préstamos y Activos medidos cuentas por a valor razonable Activo cobrar a través de resultados Total Instrumentos financieros medidos a valor razonable $ - $ 1,024,165 $ 1,024,165 Cuentas por cobrar 7,050 - 7,050 Efectivo y equivalentes de efectivo 160,645 - 160,645 Total $ 167,695 $ 1,024,165 $ 1,191,860

31 de diciembre de 2016 Otras Pasivos medidos cuentas por a valor razonable Pasivo pagar a través de resultados Total Cuentas por pagar $ - $ - $ - Total $ - $ - $ -

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31 de diciembre de 2015 Otras Pasivos medidos cuentas por a valor razonable Pasivo pagar a través de resultados Total Cuentas por pagar $ 77 $ - $ 77 Total $ 77 $ - $ 77

El valor en libros de las cuentas por cobrar menos la estimación para cuentas incobrables y el valor en li-bros de las cuentas por pagar, se asume que se aproxima a sus valores de mercado.

Nota 4 - Efectivo y equivalentes de efectivo: Al 31 de diciembre de 2016 y 2015 el efectivo y equivalentes de efectivo se integran como sigue:

2016 2015

Inversiones temporales en reportos (Bonos gubernamentales) $ 78,701 $ 160,645

Al 31 de diciembre de 2016 y 2015 las inversiones temporales en reportos tenían plazos de vencimiento de un día, a una tasa de interés promedio anual de 4.30% para el ejercicio 2016 y 2.65% para el ejercicio 2015. Durante los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2016 y 2015 las inversiones temporales en repor-tos en instrumentos gubernamentales a corto plazo devengaron intereses por $12,538 y $2,311, respecti-vamente. Nota 5 - Cuentas por cobrar: Al 31 de diciembre de 2016 y 2015 el saldo de las cuentas por cobrar se integra como sigue: 2016 2015

Importe Vencimiento Importe Vencimiento

Cuenta por cobrar a parte relacionada $ 2,582 2017 $ 999 2016

Cuenta por cobrar por la venta de HDS 6,051 2017 3,933 2016

Total corto plazo 8,633 4,932

Largo plazo (HDS) - 2,118 2017

Cuentas por cobrar neto $ 8,633 $ 7,050

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Nota 6 - Instrumentos financieros medidos a valor razonable: Las inversiones en instrumentos financieros medidos a valor razonable se integran como sigue: 2016 Ganancia Tipo de Costo de Valor % de (pérdida) Inversión inversión Sector adquisición razonable participación no realizada Elara Comunicaciones, S. A. de C. V. Directa Telecomunicaciones $ 330,081 $ 363,089 77.92 $ 33,008 Tin Jade GmbH - Linio Directa E-Commerce 306,408 462,935 4.41 156,527 Grupo Diniz, S. A. P. I. de C. V. Directa Entretenimiento 246,048 393,677 49.00 147,629 Grupo Estancias Extendidas, S. A. de C. V. Directa Hospitality 231,520 231,520 37.70 - AB&C Leasing de México, S. A. P. I. de C. V. Directa Arrendamiento 140,820 140,820 39.00 - Alsis México Housing Opportunities Fund Fondo de Offshore II, L.P. capital privado Financiamiento 232,676 229,819 9.85 (2,857) Alta Growth Capital Fondo de Manufactura Mexico Fund II, L. P. capital privado industrial 162,515 222,500 9.85 59,985 Venture Innovation Fondo de Salud, Fund II, L.P. capital privado e-commerce 101,156 112,262 48.96 11,106 Total $ 1,751,224 $ 2,156,622 $405,398

2015 Ganancia Tipo de Costo de Valor % de (pérdida) Inversión inversión Sector adquisición razonable participación no realizada Elara Comunicaciones, S. A. de C. V. Directa Telecomunicaciones $ 330,081 $ 330,081 77.92 $ - Tin Jade GmbH - Linio Directa E-Commerce 248,576 316,264 4.40 67,688 Grupo Diniz, S. A. P. I. de C. V. Directa Entretenimiento 227,490 227,490 49.00 - Alta Growth Capital Fondo de Mexico Fund II, L.P. capital privado Diversos 68,694 104,079 9.85 35,385 Venture Innovation Fondo de Fund II, L.P. capital privado Diversos 47,277 46,251 48.96 (1,476) Total $ 922,568 $ 1,024,165 $ 101,597

El 25 de marzo de 2015 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó invertir en Elara Comunicaciones, S. A. de C. V., hasta por un monto de $570,000, con una inversión inicial de hasta $444,000; a través de una combinación de adquisición de acciones y de un aumento de capital a cambio de una participación mayoritaria en la compañía. El 24 de julio de 2015 se realizó la inversión en esta compañía por un monto de $330,081. El 22 de junio de 2015 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó invertir en Grupo Diniz, S. A. P. I. de C. V., hasta por un monto de $233,000 más un Ajuste al Precio dependiendo del desempeño de la compañía en el ejercicio 2016, a través de una combinación de acciones y de un aumento de capital a cambio de una participación minoritaria en dicha empresa. El 22 de julio de 2015 se realizó la inversión en esta compañía por un monto de $227,490. El 13 de octubre de 2016 se realizó el Ajuste al Precio por un monto de $ 18,558, el cuál estaba contemplado dentro de los términos del contrato de la transacción, ajuste que sería detonado de acuerdo al desempeño de la compañía..

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El 27 de julio de 2015 se llevaron a cabo Resoluciones Unánimes de los Miembros del Comité Técnico adoptadas fuera de sesión, en donde se aprueban todos los términos y condiciones que indican las princi-pales características de la inversión del Fideicomiso en Alsis Mexico Housing Opportunities Fund Offshore II, L.P., asimismo se resuelve aprobar la inversión en Alsis hasta por un monto de Dlls.15 millo-nes ($260,632 al 31 de diciembre de 2015). Durante el ejercicio 2015 no se realizaron aportaciones. El 9 de noviembre de 2015 se llevaron a cabo Resoluciones Unánimes de los Miembros del Comité Técnico, en donde se aprueban todos los términos y condiciones que indican las principales características de la inversión del Fideicomiso en AB&C Leasing de México, S. A. de C. V., asimismo se resuelve aprobar la inversión en ABC hasta por un monto inicial de $155,000 y dentro de los 18 meses siguientes a la inver-sión inicial se aprueba una inversión adicional hasta por $74,000. Durante el ejercicio 2015 no se realiza-ron aportaciones. El 10 de febrero de 2016 se realizó la inversión en esta compañía por un monto de $140,820. El 25 de febrero de 2016 se llevaron a cabo Resoluciones Unánimes de los Miembros del Comité Técnico, en donde se aprueban todos los términos y condiciones que indican las principales características de la inversión del Fideicomiso en Grupo Estancias Extendidas, S. A. de C. V., asimismo se resuelve aprobar la inversión en dicha compañía por un monto total de $366,000 que podrá ser realizada en uno o más tra-mos mediante la realización de inversiones adicionales. El 15 de junio de 2016 se realizó la inversión en esta compañía por un monto de $231,520. El 8 de julio de 2016 se llevaron a cabo Resoluciones Unánimes de los Miembros del Comité Técnico, en donde se aprueban todos los términos y condiciones que indican las principales características de la inver-sión adicional del Fideicomiso en TIN Jade GmbH - Linio, por un monto de Euros 5,788,000, los cuales serán invertidos en cuatro etapas, siendo la primer etapa de Euros 2,315,200 (invertidos al 31 de diciembre de 2016). Durante el ejercicio 2016, el Fideicomiso realizó las siguientes aportaciones: TIN Jade GmbH - Linio $57,832, Grupo Diniz $18,558, Alta Growth Capital Mexico Fund II $93,821, Venture Innovation Fund II $53,429 y Alsis Mexico Housing Opportunities Fund Offshore II, L.P. $ 232,676. Durante el ejercicio 2015, el Fideicomiso realizó las siguientes aportaciones: TIN Jade GmbH - Linio $27,190, Alta Growth Capital Mexico Fund II $35,077 y Venture Innovation Fund II $25,938. De acuerdo con el propósito y las características de las inversiones, éstas son clasificadas como instru-mentos financieros medidos a valor razonable y durante el ejercicio no hubo traspaso entre categorías. El Fideicomiso no tiene control ni influencia significativa en Tin Jade GmbH – Linio, AB&C Leasing de México, S. A. de C. V., Grupo Estancias Extendidas, S. A. de C. V. y tampoco en los fondos de capital pri-vado en que invierte. En el caso de los fondos, el Fideicomiso no tiene el control del vehículo de inversión, de acuerdo con lo establecido en los contratos de inversión. El Fideicomiso tiene control e influencia significativa en Elara Comunicaciones, S. A. de C. V. y Grupo Diniz, S. A .P. I. de C. V., respectivamente, las cuales no consolida por cumplir con la excepción mencio-nada en IFRS 10 al tratarse de una entidad de inversión que valúa estas inversiones a su valor razonable con cambios en resultados, tal como se menciona en la Nota 3.5 anterior, y presenta las revelaciones re-queridas por la IFRS 12 sobre estas inversiones a lo largo de esta Nota 6. Las inversiones realizadas por los fondos de inversión en empresas promovidas durante los ejercicios 2016 y 2015, al valor original invertido, sin incluir llamados de capital para gastos del fondo, son las que se muestran en a continuación.

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Capital comprometido por

por el fideicomiso

31 de diciembre de

Fondo 2016 2015

Alta Growth Capital Mexico Fund II, L. P. $ 269,360 $ 260,632

Venture Innovation Fund II, L.P. 182,494 173,755

Alsis Mexico Housing

Opportunities Fund Offshore II, L.P. 275,624 260,632

Durante los ejercicios 2016 y 2015 las empresas promovidas en las que invirtieron los fondos de inversión de capital privado en los que invierte el Fideicomiso, no generaron ningún ingreso para éste último. El capital comprometido en los tres fondos fue autorizado en Dlls., por lo que se consideró un tipo de cambio de $20.7020 y $17.3755 al 31 de diciembre de 2016 y 2015, respectivamente; para revelar el com-promiso adquirido en pesos. Los fondos de inversión realizan inversiones en empresas de capital privado, llamadas promovidas, con base en una estrategia de diversificación de riesgos, con base en estudios, modelos, proyecciones financie-ras, entre otras, que permitan evaluar el retorno interno de las inversiones. Las inversiones son realizadas con base en un capital objetivo, al cual se comprometen invertir los distintos inversionistas en el fondo. El riesgo que asume el Fideicomiso, sobre estas inversiones, está limitado hasta el monto de los recursos que le sean solicitados por el fondo, de acuerdo con el compromiso de aportación acordado. Las empresas promovidas están expuestas a distintos riesgos, dependiendo su industria y mercado obje-tivo, entre los cuales se encuentran: el riesgo de mercado, riesgo cambiario, riesgo de precios y riesgo de crédito, entro otros. Nota 7 - Activos netos atribuibles a los tenedores:

Los activos netos atribuibles a los tenedores estarán constituidos como se expresa a continuación: i. Por la aportación inicial. ii. Por los recursos netos que obtendrá el fiduciario como producto de la emisión inicial de los certifica-

dos bursátiles. iii. Por los recursos netos que obtendrá el fiduciario como producto de las emisiones subsecuentes de los

certificados bursátiles. iv. Por los títulos representativos del capital social de los vehículos de inversión del portafolio y de las

compañías del portafolio que el fideicomiso adquiera con motivo de las inversiones. v. Por los flujos. vi. Por las inversiones permitidas en que se inviertan el efectivo fideicomitido y sus rendimientos; y vii. Por las demás cantidades, bienes y/o derechos de que, actualmente o en el futuro, sea titular el fidu-

ciario por cualquier concepto de conformidad con el Fideicomiso o documentos relacionados.

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El 3 de julio de 2012 el Fideicomiso realizó la emisión de 5,528,000 certificados bursátiles originales por $552,800, los cuales fueron inscritos con el número 0173-1.80-2012-015 en el Registro Nacional de Valores (RNV) y listados en la Bolsa Mexicana de Valores. El 2 de marzo de 2015, la CNBV emitió el oficio número 153/5109/2015, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV con el número 0173-1.80-2015-028. El 22 de junio de 2015 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó realizar una primera lla-mada de capital en la cual emitió 12,443,211 certificados bursátiles originales por $622,161, mismos que fueron emitidos el 20 de julio de 2015. Con fecha 9 de julio de 2015, la CNBV emitió el oficio número 153/5517/2015, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV. El 27 de julio de 2015 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó realizar una segunda lla-mada de capital en la cual emitió 5,660,007 certificados bursátiles originales por $141,500, mismos que fueron emitidos el 28 de agosto de 2015. Con fecha 18 de agosto de 2015, la CNBV emitió el oficio número 153/5642/2015, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV. El 9 de noviembre de 2015 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó realizar una tercer lla-mada de capital para emitir 2,127,996 certificados bursátiles originales por $26,600, mismos que fueron emitidos el 18 de diciembre de 2015. Con fecha 8 de diciembre de 2015, la CNBV emitió el oficio número 153/6067/2015, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV. El 9 de noviembre de 2015 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó realizar una cuarta lla-mada de capital para emitir 22,531,200 certificados bursátiles originales por $140,820, mismos que fue-ron emitidos el 5 de febrero de 2016. Con fecha 25 de enero de 2016, la CNBV emitió el oficio número 153/105203/2016, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV. El 9 de noviembre de 2015 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó realizar una quinta lla-mada de capital para emitir 69,544,800 certificados bursátiles originales por $217,327, mismos que fue-ron emitidos el 15 de marzo de 2016. Con fecha 3 de marzo de 2016, la CNBV emitió el oficio número 153/105316/2016, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV. El 25 de abril de 2016 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó realizar una sexta llamada de capital para emitir 116,117,856 certificados bursátiles originales por $251,747, mismos que fueron emi-tidos el 15 de junio de 2016. Con fecha 3 de junio de 2016, la CNBV emitió el oficio número 153/105638/2016, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV. El 8 de julio de 2016 mediante Acta de Sesión de Comité Técnico, se aprobó realizar una séptima llamada de capital para emitir 250,604,800 certificados bursátiles originales por $195, 785, mismos que fueron emitidos el 17 de agosto de 2016. Con fecha 17 de agosto de 2016, la CNBV emitió el oficio número 153/105854/2016, mediante el cual quedó actualizada la inscripción de los certificados bursátiles en el RNV.

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En virtud de lo anteriormente comentado, los certificados bursátiles en circulación al 31 de diciembre de 2016 se presenta a continuación:

Certificados Descripción Importe

529,557,851 Representan los certificados bursátiles fiduciarios $ 2,148,740

conocidos como “Certificados de Capital de

Desarrollo”

La emisión de los certificados bursátiles fue realizada con un plazo de vigencia de la emisión de 10 años, en el entendido que la Asamblea de Tenedores podrá aumentar el plazo de la vigencia del Contrato de Fideicomiso, con el objeto de cumplir con los fines del mismo, prórrogas que podrán ser: i) aprobadas por un período adicional de cinco años, y ii) por dos períodos adicionales de dos años cada una, y serán aplica-bles igualmente a los títulos que amparen los certificados bursátiles. Los Certificados se pagarán exclusivamente con los recursos disponibles que integren el activo neto del Fideicomiso. La administración de los activos del fideicomiso es realizada conforme a lo estipulado en el contrato de fideicomiso, el cual regula la actividad de éste. El Fideicomiso tiene compromisos con fondos de inversión en empresas promovidas al 31 de diciembre de 2016 y 2015, tal como se muestra en la Nota 6 de estos estados financieros. De conformidad con el contrato de fideicomiso, en cada fecha de pago, con base en las instrucciones que le sean entregadas por el administrador al fiduciario, éste deberá distribuir el efectivo distribuible deri-vado de las inversiones en vehículos de inversión del portafolio, conforme a lo siguiente: a. La totalidad de los flujos netos deberán ser pagados a los tenedores hasta que la suma de la totalidad

de los flujos brutos asociados a dichos flujos netos, junto con todos los demás flujos brutos que ante-riormente hayan sido generados, y cuyos flujos netos hayan sido distribuidos en términos del presente párrafo, sean igual al 100% del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo.

b. Los Flujos Netos sobrantes después de pagadas las cantidades establecidas en el inciso a. anterior de-

berán ser pagados a los Tenedores hasta que la suma de los Flujos Brutos asociados a los Flujos Netos que hayan recibido los Tenedores bajo este inciso, acumulen una TIR compuesta anual con base en el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV, más 500 (quinientos) punto base, sobre el Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo al momento en que se realice este cálculo.

c. Una vez pagadas las cantidades descritas en los incisos a. y b. anteriores, la totalidad de los Flujos

Brutos deberán ser pagados al Fideicomisario en Segundo Lugar hasta que los recursos distribuidos conforme al presente inciso equivalgan al 5% de (i) la totalidad de los montos distribuidos conforme a los incisos a. y b. anteriores, más (ii) la totalidad de los montos distribuidos conforme el presente in-ciso.

d. Cualesquier otros Flujos Brutos remanentes después de pagadas las cantidades establecidas en los in-

cisos anteriores, deberán ser pagados a los Tenedores y al Fideicomisario en Segundo Lugar en los porcentajes que se señalan a continuación: i) Un monto equivalente al 95% de los Flujos Brutos rema-nentes, será pagado a los Tenedores; y ii) Un monto equivalente al 5% de los Flujos Brutos remanen-tes, será pagado al Fideicomisario en Segundo Lugar.

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Lo anterior en el entendido de que no serán distribuidos al Fideicomisario en Segundo Lugar las Distribuciones establecidas en la presente Sección, sino hasta que (i) se haya cubierto el Reembolso del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo correspondiente a los Tenedores; y (ii) sea pagada la Distribución Preferente a los Tenedores.

En el caso de efectivo distribuible derivado de las inversiones en compañías del portafolio, se realizarán de conformidad con lo siguiente: a. La totalidad de los Flujos Netos deberán ser pagados a los Tenedores hasta que la suma de la totalidad

de los Flujos Brutos asociados a dichos Flujos Netos, junto con todos los demás Flujos Brutos que an-teriormente hayan sido generados, y cuyos Flujos Netos hayan sido distribuidos en términos del pre-sente párrafo, sean igual al 100% del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo.

b. Los Flujos Netos sobrantes después de pagadas las cantidades establecidas en el inciso anterior debe-

rán ser pagados a los Tenedores hasta que la suma de los Flujos Brutos asociados a los Flujos Netos que hayan recibido los Tenedores bajo este inciso, acumulen una TIR compuesta anual con base en el Índice de Precios y Cotizaciones de la BMV, más 500 (quinientos) punto base, sobre el Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo al momento en que se realice este cálculo.

c. Una vez pagadas las cantidades descritas en los incisos anteriores, la totalidad de los Flujos Brutos de-

berán ser pagados al Fideicomisario en Segundo Lugar hasta que los recursos distribuidos conforme al presente inciso equivalgan al 20% de (i) la totalidad de los montos distribuidos conforme a los incisos anteriores, más (ii) la totalidad de los montos distribuidos conforme el presente inciso.

d. Cualesquier otros Flujos Brutos remanentes después de pagadas las cantidades establecidas en los in-

cisos anteriores, deberán ser pagados a los Tenedores y al Fideicomisario en Segundo Lugar en los porcentajes que se señalan a continuación: (i) Un monto equivalente al 80% de los Flujos Brutos re-manentes, será pagado a los Tenedores; y (ii) Un monto equivalente al 20% de los Flujos Brutos rema-nentes, será pagado al Fideicomisario en Segundo Lugar.

Lo anterior en el entendido de que no serán distribuidos al Fideicomisario en Segundo Lugar las Distribuciones establecidas en la presente Sección, sino hasta que (i) se haya cubierto el Reembolso del Monto Dispuesto de la Cuenta de Flujo correspondiente a los Tenedores; y (ii) sea pagada la Distribución Preferente a los Tenedores.

Durante el ejercicio 2016 no se realizaron distribuciones. En el ejercicio 2015 se realizaron distribu-ciones por $17,360.

Nota 8 - Cambios netos en el valor razonable de los activos financieros con cambios en resultados: Los cambios en el valor razonable de los instrumentos financieros medidos a valor razonable a través de resultados se analizan a continuación:

2016 2015

Ganancia en valor razonable de instrumentos financieros no realizada $ 303,801 $ 40,645

Ganancia (pérdida) en valor razonable de instrumentos financieros realizada - -

Total valor razonable - Neto $ 303,801 $ 40,645

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Notas sobre los Estados Financieros 31 de diciembre de 2016 y 2015

Página 31

Nota 9 - Compromisos y contingencias: Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, la administración del Fideicomiso no tenía conocimiento de alguna contingencia que pudiera tener un efecto significativo en la situación financiera o los resultados de las operaciones del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene compromisos adicionales a los mencionados en la Nota 6 de estos estados finan-cieros. Nota 10 - Nuevas normas y modificaciones No existieron modificaciones a las normas que son efectivas para los períodos que comienzan el 1 de enero de 2016 que tuvieran un efecto importante en los estados financieros del Fideicomiso. A continuación se muestra una lista de normas e interpretaciones que han sido emitidas pero no fueron obligatorias para el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2016. La administración del Fideicomiso no considera que éstas nuevas normas e interpretaciones puedan tener un efecto importante en los estados financieros.

Tema Requisitos clave Fecha efectiva

NIIF 15 “Ingresos procedentes de contratos con clientes”

La NIIF 15 es una noma convergente sobre el reconocimiento de in-gresos. Remplaza a la IAS 11 “Contratos de construcción”, IAS 18 “Ingresos” e interpretaciones relacionadas. El ingreso se reconoce cuando un cliente obtiene control de un bien o servicio. Un cliente obtiene el control cuando tiene la habilidad de dirigir el uso y obtener los beneficios del bien o servicio. El principio básico de la NIIF 15 es que una entidad reconoce los ingresos para representar la transferencia de bienes o servicios pro-metidos a los clientes en un monto que refleja la consideración que la entidad espera obtener a cambio de esos bienes o servicios. Una entidad reconoce ingresos de acuerdo con el principio básico apli-cando los siguientes pasos: Paso 1: Identificar el contrato (s) con el cliente Paso 2: Identificar las obligaciones de desempeño separables en el contrato Paso 3: Determinar el precio de transacción Paso 4: Distribuir el precio de transacción entre cada obligación de desempeño en el contrato separable Paso 5: Reconocer el ingreso cuando la entidad satisfaga la obliga-ción de desempeño. La NIIF 15 incluye un conjunto extenso de requisitos de revelación que dará lugar a que una entidad proporcione a los usuarios de los estados financieros mayor información sobre la naturaleza, canti-dad, oportunidad, incertidumbre de los ingresos y los flujos de efectivo derivados de los contratos con clientes de la entidad. El fideicomiso se encuentra evaluando los posibles impactos de esta norma.

1 de enero de 2018

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Fideicomiso F/306916 Administrado por NGM, L. L. C. Notas sobre los Estados Financieros 31 de diciembre de 2016 y 2015

Página 32

Tema Requisitos clave Fecha efectiva

NIIF 9, “Instrumentos fi-nancieros”

La versión completa de la NIIF 9 remplaza a la mayoría de las guías de la NIC 39. La NIIF 9 conserva pero simplifica el modelo de me-dición mixto y establece tres categorías principales de medición para activos financieros: costo amortizado, valor razonable a través del otro resultado integral y valor razonable a través de resultados. La base para la clasificación depende del modelo de negocio de la entidad y las características de los flujos de efectivo contractuales de los activos financieros. Las inversiones en instrumentos de capi-tal se deben medir a valor razonable a través de resultados con la opción irrevocable al inicio de presentar cambios en el valor razo-nable a través del ORI. Por otro lado existe un nuevo modelo de pérdidas crediticias esperadas que reemplaza el modelo de pérdida incurrida por deterioro utilizada en la NIC 39. Para los pasivos financieros no existen cambios en la clasificación y medición, excepto para el reconocimiento de los cambios en el riesgo de crédito propio en otro resultado integral, para los pasivos designados al valor razonable a través de resultados. El fideicomiso se encuentra evaluando los posibles impactos de esta norma.

1 de enero de 2018.

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141  

VII. ANEXO

2. Dictamen de valuación emitido por 414 Capital al 31 de diciembre de 2016

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1 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

Reporte público y resumido de valuación trimestral – 4T 2016

Referencia: Valuación independiente del Fideicomiso F/306916 (Clave de pizarra AGCCK 12)

Northgate Capital de México

Conforme a los documentos de colocación y de acuerdo a lo establecido en el contrato de fideicomiso

irrevocable de emisión de certificados bursátiles, en que se designó a 414 Capital Inc. como valuador

independiente de los activos en los que invierte el Fideicomiso, hago de su conocimiento lo siguiente. Este

reporte está sujeto a los términos y condiciones pactados en el contrato de prestación de servicios celebrado

el 5 de diciembre de 2012 (el “Contrato de Prestación de Servicios”). La opinión de valor que aquí se presenta

está sujeta al Aviso y Limitación de Responsabilidad incluido al final del documento.

Antecedentes a la valuación

El 3 de julio de 2012, Northgate Capital México S. de R.L. de C.V. (“Northgate”) colocó a través de la BMV

certificados bursátiles fiduciarios (el “CKD”) para el Fideicomiso F/306916 por un monto máximo de 2,764

millones de Pesos, con fecha de vencimiento el 3 de julio de 2022

Al 4T16 se han concretado siete llamadas de capital:

— La emisión inicial fue por MXN 552.80 mm con 5.53 mm de certificados a un precio de MXN 100.00 por

certificado

— La 1ra fue por MXN 622.16 mm con 12.44 mm de certificados a un precio MXN 50.00 por certificado

— La 2da fue por MXN 141.50 mm con 5.66 mm de certificados a un precio de MXN 25.00 por certificado

— La 3ra fue por MXN 26.59 mm con 2.13 mm de certificados a un precio de MXN 12.50 por certificado

— La 4ta fue por MXN 140.82 mm con 22.53 mm de certificados a un precio de MXN 6.25 por certificado

— La 5ta fue por MXN 217.33 mm con 69.54 mm de certificados a un precio de MXN 3.13 por certificado

— La 6ta fue por MXN 251.74 mm con 161.12 mm de certificados a un precio de MXN 1.56 por certificado

— La 7ma fue por MXN 195.79 mm con 250.60 mm de certificados a un precio de MXN 0.78 por certificado

El número total de certificados una vez concluidas las siete llamadas de capital es de 529.58 mm

— El objetivo de los CKDs es la creación de un portafolio de inversiones de capital privado,

seleccionando a los mejores manejadores de vehículos de inversión que estén invirtiendo en

empresas privadas en México para ofrecer a sus socios inversionistas retornos atractivos en el largo

plazo, un portafolio diversificado y acceso a una mayor gama de oportunidades de inversión

Conclusión de valor1

Valor justo por certificado1 $4.24 M.N.

De tener cualquier pregunta al respecto de la valuación o su alcance, por favor no duden en contactarme

directamente.

Ariel Fischman

414 Capital Inc.

1 Favor de referirse a las secciones posteriores para mayor detalle

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2 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

414 Capital aplica metodologías de valuación basadas en estándares internacionales1 reconocidos

por organizaciones del sector de asesoría y valuación financiera2. 414 Capital mantiene membresía en

algunas de las mismas

Metodologías de valuación bajo IFRS3

Valuación a

mercado

Análisis de transacciones comparables donde se obtienen múltiplos que

pueden ser usados para valuar los activos

La información transaccional de los activos sirve para dar una estimación

razonable de acuerdo a la etapa de desarrollo o maduración en la cual se

encuentran dichos activos

El Consejo Internacional de Normas de Valuación considera la valuación a

mercado como el enfoque más comúnmente aplicado a pesar de que los

intereses en los proyectos pueden no ser homogéneos

Valuación por

flujos de efectivo

descontados

(DCF)

Dado el supuesto de que se pueden hacer estimaciones razonables del flujo

de efectivo generado por los activos en cuestión, a través del tiempo dan pie

a una valuación por flujos de efectivo descontados (DCF)

Factores de riesgo asociados al activo se integran a la tasa de descuento

permitiendo así captar el riesgo del negocio

Valuación de

costos o valor en

libros

Para los activos en etapa de desarrollo o de reciente adquisición, la valuación

de costos es un análisis de los costos evitados, o los costos incurridos hasta la

fecha en relación con los activos

La valuación de costos proporciona un valor inicial de los activos y se calcula

como la suma de todos los costos directos e indirectos, así como el costo

adicional al que se haya incurrido a través del periodo de desarrollo del

proyecto o la reciente adquisición de un activo

De manera general, las valuaciones de activos ilíquidos realizadas corresponden a alguna de las

metodologías anteriormente mencionadas, y en algunas ocasiones se utiliza una combinación de

varias como refuerzo y validación

Cabe mencionar que las metodologías son adaptadas según la industria en cuestión del activo

subyacente. Las principales categorías en las que los activos son clasificados son: capital privado,

bienes raíces, infraestructura, crédito y otros

― A su vez, dentro de cada categoría pueden existir subcategorías (por ejemplo: bienes raíces

industriales, comerciales, de oficinas, residenciales, de hospitalidad, etc.)

1 Las valuaciones contenidas en este documento han sido elaboradas siguiendo las metodologías con base en estándares internacionales

y apegándose a los criterios incluidos en el International Private Equity Guidelines, siempre y cuando éstos no se contrapongan a los criterios

establecidos bajo IFRS. En caso de que el Valuador Independiente o el Administrador decidan no apegarse a dichos criterios, ya sea porque

los mismos se contraponen con los criterios establecidos bajo IFRS o porque fueron actualizados o modificados, se incluirá una nota

descriptiva sobre dicha valuación

2 Ejemplos incluyen al International Private Equity and Venture Capital Valuation Guidelines, entre otros

3 International Financial Reporting Standards

Metodologías de Valuación Aplicables

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3 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

Bajo el método IFRS, el valor justo de cualquier activo se calcula con base en información que se

puede clasificar en tres niveles (variables)

― Las variables de primer nivel son precios de activos dentro del mercado parecidos al activo que

está siendo valuado

― Las variables de segundo nivel son aquellas distintas a los precios de los activos mencionados

anteriormente que son observables directa e indirectamente

― Las variables de tercer nivel son aquellas no observables que generalmente son determinadas con

base en supuestos administrativos

Es importante aclarar que este reporte se basa exclusivamente en información pública (con

excepción de los insumos de valuación confidenciales relacionados con el negocio). Adicional a la

presente, los miembros del Comité Técnico del Fideicomiso han recibido un reporte confidencial

detallado de la valuación realizada para el presente ejercicio

Metodologías de Valuación Aplicables (Cont.)

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4 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

Al día 31 de diciembre de 2016 las inversiones ilíquidas realizadas conforme a lo reportado por el

administrador y/o fiduciario del Fideicomiso F/306916 son las siguientes:

Inversión1 Descripción Monto2 Metodología de

valuación3

1T 2014

Alta Growth Capital

Mexico Fund II, L. P.

Inversión en el fondo de capital

privado Alta Growth Capital MXN 162.27 mm Costo

2T 2014

TIN Jade GmbH - Linio Empresa del sector de eCommerce MXN 368.00 mm Mercado

3T 2014

Venture Innovation

Fund II

Inversión en el segundo fondo de

capital privado Venture Innovation MXN 103.10 mm Costo

3T15

Grupo Diniz, S.A.P.I. de

C.V. - Recórcholis

Empresa del sector de

entretenimiento familiar MXN 246.05 mm Mercado

Elara Comunicaciones

S.A. de C.V. - Elara

Empresa del sector de servicios para

la industria de telecomunicaciones MXN 330.08 mm Mercado

1T16

ABC Leasing Empresa arrendadora de autos,

equipo y maquinaria industrial MXN 140.82 mm Costo

Alsis Mexico Fund Inversión en administradora de

fondos de capital privado MXN 229.89 mm Costo

2T16

Extended Suites

Empresa de hospitalidad de bajo

costo enfocada al viajero de

negocios de larga estancia

MXN 231.5 mm Costo

1 La inversión es reconocida en el primer trimestre en el que fue reflejada en estados financieros del fideicomiso, independientemente de la

fecha de inicio del proyecto o la creación del vehículo 2 Se refiere al monto invertido originalmente en cada proyecto. No refleja la valuación actualizada de cada inversión a la fecha de

elaboración de este reporte.

3 Se refiere a las metodologías listadas en la sección “Metodologías de Valuación Aplicables”, o a una combinación de las mismas, en su

caso

Inversiones Realizadas por el Fideicomiso

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5 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

Resumen

Balance pro-forma ajustado2

1 El patrimonio del fideicomiso se ajusta conforme a la valuación justa de las inversiones 2 El balance pro-forma ajustado no es un estado contable, sino una herramienta de estimación para el valor del patrimonio conforme a los

cambios en la valuación justa de las inversiones. Las cuentas marcadas “F” (fijo) se mantienen a costo, mientras que las cuentas marcadas

“A” (actualizado) se ajustan, y por ende no coinciden con el dato reportado en contabilidad

Inversiones a valor razonable Total

Valor en libros 2,156,621,941.00

Valor ajustado 2,156,621,941.00

Activos netos atribuibles a los tenedores (IFRS)1 Por certificado Total

Valor en libros 4.24 2,243,955,605.34

Valor ajustado 4.24 2,243,955,605.34

ACTIVO PASIVO

F Efectivo y equivalentes 78,701,064.00 F Cuentas por pagar -

F Cuentas por cobrar 6,051,023.00

F Cuentas por cobrar partes relacionadas 255,059.34

F Partes relacionadas 2,326,518.00

A Inversiones a valor razonable 2,156,621,941.00

F Activos netos atribuibles a los tenedores 2,243,955,605.34

TOTAL ACTIVOS 2,243,955,605.34 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 2,243,955,605.34

Resumen de Valuación

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6 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

Los valores de los activos subyacentes han sido sensibilizados con el objetivo de identificar la exposición del

valor de los certificados a cambios en variables clave. El resultado resumido se presenta a continuación:

Sensibilización por valuación1

1 1 Para los activos valuados por la metodología de mercado se modeló una variación de + / - 5% y 15% al múltiplo, ya sea de ventas, EBITDA

o utilidad neta, o al cap rate, según aplique. Para los activos valuados por la metodología de DCF se modeló una variación de + / - 5% y

15% a la tasa de descuento. Para los activos valuados a costo, se modeló una variación de + / - 5% y15% directamente al valor del activo

Sensibilización por concentración2

Inversiones a valor razonable Valor activo Valor certificado Variación

Valor base 2,156,621,941.00 4.24 0.00%

Inversiones a valor razonable (valuación al alza escenario 1) 2,264,453,038.05 4.44 +4.81%

Inversiones a valor razonable (valuación a la baja ecenario 1) 2,048,790,843.95 4.03 -4.81%

Inversiones a valor razonable (valuación al alza escenario 2) 2,480,115,232.15 4.85 +14.42%

Inversiones a valor razonable (valuación a la baja escenario 2) 1,833,128,649.85 3.63 -14.42%

Inversión acumulativa por número de activos

1 2 3 4 4 5 6 7 8

Inversiones que se requeriría eliminar para obtener una pérdida esperada hipotética

20.6%

0 4 5 8

5

30.5%

0 3 5 8

52.9%

0 2 6 8

Secuencia

de activos: 1 2 3 4 4 5 6 7 8

2La sensibilización por concentración busca identificar la exposición del valor de los certificados a los activos ilíquidos

individuales del fideicom iso. Para esto, se ordenan los activos de m enor a m ayor en cuanto a su valor razonable, y se estresa

un escenario en que el m ediano pierde la totalidad de su valor, posteriorm ente el siguiente m ayor y el siguiente m enor,

Por ejem plo, para el caso 1: para alcanzar una pérdida de 20.0% del valor del certificado, de 8 activos ordenados de m enor

a m ayor se requiere que los activos 4 a 5 pierdan la totalidad de su valor

Pérdida del 50.0%

Pérdida del 30.0%

Pérdida del 20.0%

0.0%

20.0%

40.0%

60.0%

80.0%

100.0%

% d

e a

ctiv

os

ilíq

uid

os

inv

ert

ido

s

Número de activos

Sensibilización de la Valuación

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7 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

Conclusión

Al día 31 de diciembre de 2016, consideramos que el valor justo, no mercadeable de los certificados

es de $4.24 Pesos (cuatro Pesos 24/100 M.N.)

Cuenta Valor en libros Precio valuador independiente

Inversiones a valor razonable $2,156,621,941.00 M.N. $2,156,621,941.00 M.N.

Activos netos atribuibles a los

tenedores $2,243,955,605.34 M.N. $2,243,955,605.34 M.N.

Valor justo por certificado1 $4.24 M.N.

Valuaciones históricas

1 Valor justo, no mercadeable estimado bajo metodología IFRS. Bajo una metodología alternativa de amortización de gastos de emisión y

colocación, nuestro estimado de valuación es $4.27 M.N.

Periodo Valor justo

Trimestre actual 2016.T4 4.24

Trimestre previo 1 2016.T3 3.94

Trimestre previo 2 2016.T2 6.68

Trimestre previo 3 2016.T1 12.98

Trimestre previo 4 2015.T4 46.27

Resumen de Valuación (Cont.)

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8 414 Capital Inc. ● [email protected] ● www.414capital.com

Los analistas responsables de la producción de este reporte certifican que las posturas expresadas aquí reflejan exclusivamente

sus visiones y opiniones personales sobre cualquiera de los emisores o instrumentos discutidos, y que fueron preparadas de

manera independiente y autónoma, incluyendo de 414 Capital Inc. (“414”) y otras empresas asociadas. Los analistas

responsables de la producción de este reporte no están registrados y/o calificados por NYSE o FINRA, y no están asociados con

ninguna casa de bolsa en los Estados Unidos o cualquier otro lado, por lo que no están sujetos a las restricciones de

comunicación con compañías cubiertas o presentaciones en público de acuerdo a las reglas 2711 de NASD y 472 de NYSE.

Cada analista también certifica que ningún componente de su compensación estuvo, está o estará directa o indirectamente

vinculado con las recomendaciones específicas o visiones expresadas por ellos en este reporte de análisis

La información contenida en este documento es proveída por 414 de buena fe. La información es considerada precisa y

actualizada hasta la fecha indicada, cuando aplique. 414 no es responsable por errores u omisiones, o por los resultados

obtenidos por el uso de esta información. Toda la información contenida en este documento es proveída sin garantía de

completitud, precisión, actualización, o de los resultados obtenidos por el uso de esta información, y sin garantía de ningún

tipo, expresa o implícita, incluyendo, pero no limitada a garantías de rendimiento, liquidez o adecuación para un propósito

específico, incluyendo casos de negligencia. En ningún caso serán 414, sus partes relacionadas o empleados responsables al

lector o cualquier tercero por cualquier decisión o acción tomada con base en la información de este documento o por daños

consecuentes, especiales o similares, aun cuando exista aviso sobre la posibilidad de dichos daños. Asimismo, 414 no asume

responsabilidad alguna más allá de las establecidas en los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Prestación

de Servicios

No se realizan representaciones sobre la razonabilidad de los supuestos o la precisión o completitud de los modelos o la

información utilizada. No se representa que los valores puedan ser alcanzados, o que dichos valores sean de cualquier manera

indicativos de desempeño futuro. Las valuaciones son indicativas (no realizables) y no son una oferta para comprar o vender

cualquier instrumento o realizar, transferir o asignar cualquier transacción. Estas valuaciones pueden diferir sustancialmente de

un valor realizable, particularmente en condiciones de mercado volátiles

Las valuaciones proveídas se pueden basar en un número de factores incluyendo, pero no limitados a, precios actuales,

valuación de activos subyacentes, liquidez de mercado, modelos propietarios y supuestos (sujetos a cambio sin notificación) e

información públicamente disponible que se considera confiable, pero no ha sido verificada de manera independiente. Todos

los supuestos, opiniones y estimados constituyen el juicio del analista a la fecha y están sujetos a cambio sin notificación

La inversión a la que se refiere esta publicación puede no ser adecuada para todos los receptores. Se recomienda a los

receptores a tomar decisiones de inversión con base en sus propias investigaciones que ellos consideren necesarias. Cualquier

pérdida o consecuencia distinta que surja del uso del material contenido en esta publicación será única y exclusivamente

responsabilidad del inversionista, y 414 no acepta responsabilidad por dicha pérdida o consecuencia, En caso de existir una

duda sobre cualquier inversión, los receptores deben contactar a sus propios asesores de inversión, legales y/o fiscales para

obtener asesoría sobre la oportunidad de la inversión. Al grado permitido por la ley, ninguna responsabilidad es aceptada por

cualquier pérdida, daños o costos de cualquier tipo que surjan del uso de esta publicación o sus contenidos

El hecho de que 414 haya puesto este documento o cualquier otro material a su disposición no constituye una recomendación

de tomar o mantener una posición, ni una representación de que cualquier transacción es adecuada o apropiada para usted.

Las transacciones pueden involucrar riesgos significativos y usted no debe participar en una transacción a menos que entienda

completamente dichos riesgos y haya determinado de manera independiente que dicha transacción es apropiada para

usted. 414 no ofrece asesoría contable, fiscal o legal, y estos temas deben ser tratados con su asesor especializado

Esta presentación no constituye un compromiso de comprar, suscribir o colocar ningún instrumento ni ofrecer crédito y ofrecer

otros servicios

Estos materiales fueron preparados para uso en el territorio mexicano. No pueden ser reproducidos, distribuidos a un tercero o

publicados sin el consentimiento de 414. Las leyes y los reglamentos de otros países pueden restringir la distribución de este

reporte. Las personas en posesión de este documento deben informarse sobre las posibles restricciones legales y cumplirlas de

manera acorde

Aviso de Limitación de Responsabilidad

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142  

VII. ANEXO

3. Estados Financieros de las inversiones realizadas por el Fideicomiso número F/306916 al 31 de diciembre de 2016

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195,000.00

203,846,378.82

-27,380,535.22

-176,206,880.79

CUENTAS DE ORDEN

SUMA DE ACTIVO 453,962.81 SUMA DE PASIVO Y PATRIMONIO 453,962.81

Resultado

SUMA DE PATRIMONIO 258,962.81

Capital contable contribuido

Capital contable ganado

PATRIMONIO

Disponibilidades 388,722.86 Otras cuentas por pagar

Inversión en valores disponibles para la venta 65,239.95 SUMA DE PASIVO 195,000.00

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/600 - HSBC México, S.A., Institución de Banca MúltipleBalance General al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

ACTIVO PASIVO

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4,364.91

4,559,122.57

162,133,592.34

4,362.97

18,632,412.96

Deficiente de Operación 176,206,880.79

Impuestos a la utilidad causados

Otros gastos de la operación

Subtotal 180,770,368.27

Subtotal 4,563,487.48

Egresos

Gastos de administración y promoción

Ingresos

Ingresos por intereses

Otros ingresos de la operación

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/600 - HSBC México, S.A., Institución de Banca MúltipleEstado de Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

Acumulado del Ejercicio

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0.00

429,129,384.90

138,111.38

3,722.21

CUENTAS DE ORDEN

SUMA DE ACTIVO 429,271,218.51 SUMA DE PASIVO Y PATRIMONIO 429,271,218.49

Resultado

SUMA DE PATRIMONIO 429,271,218.49

Capital contable contribuido

Capital contable ganado

Otros bienes fideicomitidos 429,129,213.80

PATRIMONIO

Disponibilidades 0.00 Otras cuentas por pagar

Inversión en valores disponibles para la venta 142,004.71 SUMA DE PASIVO 0.00

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2244 - NORTHGATE (ELARA)Balance General al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

ACTIVO PASIVO

Page 188: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS

4,400.97

678.76

Utilidad de Operación 3,722.21

Egresos

Impuestos a la utilidad causados

Subtotal 678.76

Ingresos

Ingresos por intereses

Subtotal 4,400.97

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2244 - NORTHGATE (ELARA)Estado de Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

Acumulado del Ejercicio

Page 189: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS

0.00

313,650,000.10

20,611.44

2,901.59

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2291 - Balance General al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

ACTIVO PASIVODisponibilidades 0.00 Otras cuentas por pagar

Inversión en valores disponibles para la venta 24,058.29 SUMA DE PASIVO 0.00

Otros bienes fideicomitidos 313,649,454.80

PATRIMONIOCapital contable contribuido

Capital contable ganado

Resultado

SUMA DE PATRIMONIO 313,673,513.13

CUENTAS DE ORDEN

SUMA DE ACTIVO 313,673,513.09 SUMA DE PASIVO Y PATRIMONIO 313,673,513.13

Page 190: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS

3,361.01

459.42

Utilidad de Operación 2,901.59

Egresos

Impuestos a la utilidad causados

Subtotal 459.42

Ingresos

Ingresos por intereses

Subtotal 3,361.01

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2291 - Estado de Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

Acumulado del Ejercicio

Page 191: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS

0.00

200,000,000.00

57,114.88

CUENTAS DE ORDEN

Capital contable contribuido

SUMA DE ACTIVO 200,057,114.88 SUMA DE PASIVO Y PATRIMONIO 200,057,114.88

Resultado

SUMA DE PATRIMONIO 200,057,114.88

Otros bienes fideicomitidos 200,000,000.00

PATRIMONIO

Disponibilidades 0.00 Otras cuentas por pagar

Inversión en valores disponibles para la venta 57,114.88 SUMA DE PASIVO 0.00

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2433 - NORTHGATEBalance General al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

ACTIVO PASIVO

Page 192: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS

70,215.48

13,100.60

Utilidad de Operación 57,114.88

Egresos

Impuestos a la utilidad causados

Subtotal 13,100.60

Ingresos

Ingresos por intereses

Subtotal 70,215.48

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2433 - NORTHGATEEstado de Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

Acumulado del Ejercicio

Page 193: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS

0.00

500,000,000.00

158,086.56

SUMA DE ACTIVO 500,158,086.56 SUMA DE PASIVO Y PATRIMONIO 500,158,086.56

CUENTAS DE ORDEN

SUMA DE PATRIMONIO 500,158,086.56

Capital contable contribuido

Resultado

Otros bienes fideicomitidos 500,000,000.00

PATRIMONIO

Disponibilidades 0.00 Otras cuentas por pagar

Inversión en valores disponibles para la venta 158,086.56 SUMA DE PASIVO 0.00

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2540 Balance General al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

ACTIVO PASIVO

Page 194: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS

188,987.38

30,900.82

Utilidad de Operación 158,086.56

Egresos

Impuestos a la utilidad causados

Subtotal 30,900.82

Ingresos

Ingresos por intereses

Subtotal 188,987.38

CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple

Fideicomiso CIB/2540Estado de Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre del 2016

(Consolidación de Monedas, Importes en Pesos Mexicanos)

Acumulado del Ejercicio

Page 195: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS
Page 196: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS
Page 197: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS
Page 198: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS
Page 199: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS
Page 200: REPORTE ANUAL 2016 HSBC México, S.A., InstituciónREPORTE ANUAL 2016 “REPORTE ANUAL QUE SE PRESENTA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS EMISORAS