REPARACIÓN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

download REPARACIÓN CIVIL  CONSECUENCIAS ACCESORIAS

of 7

Transcript of REPARACIÓN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

  • 8/14/2019 REPARACIN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    1/7

    TTULO VIDE LA REPARACIN CIVIL YCONSECUENCIAS ACCESORIAS

    CAPTULO I

    REPARACIN CIVIL

  • 8/14/2019 REPARACIN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    2/7

  • 8/14/2019 REPARACIN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    3/7

    21/08/02 Renn F. Lapa Rivas 3

    CONTENIDO DE LA REPARACIN CIVIL

    Art. 92 CP. :

    LA REPARACIN CIVIL SE DETERMINACONJUNTAMENTE CON LA PENA

    PERO, no todo delito da lugar aresponsabilidad civil, sino aquellos quePRODUCEN UN DAO REPARABLE(Anton Oneca Jos, 1986, Pg. 123)

    -En los casos de imperfectarealizacin del tipo?-Enlos delitos de peligro?

  • 8/14/2019 REPARACIN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    4/7

    21/08/02 Renn F. Lapa Rivas 4

    Art. 93 CP. : LA REPARACIN COMPRENDE:

    2. La restitucin del bien o, si no es posible, el pago de su valor;

    *Restitucin.- Restauracin del bien al estado existenteantes de la produccin del ilcito penal.

    y, si la cosa en vez de haber sufrido menoscabos,presenta frutos y mejoras?

    y2.- La indemnizacin de los daos y perjuicios.

    Se refiere tanto a los daos materiales y morales producidos por eldelito.En cuanto a la indemnizacin de perjuicios, nuestro cdigo estaraindicando al DAO EMERGENTE, que se refiere a los daos que

    sufre el bien en el momento de la infraccin , y del LUCROCESANTE, que se refiere a los ingresos que se dejan de percibir por eldao.*El juez apreciara estos mrgenes prudencialmente.

  • 8/14/2019 REPARACIN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    5/7

    21/08/02 Renn F. Lapa Rivas 5

    Las obligaciones comprendidas dentro de lareparacin civil deben entenderse conforme al cdigo

    Civil: La obligacin solidaria del pago de la reparacin civil(Art. 95 CP).

    Transmisin de la RC a los herederos La nulidad de actos jurdicos posteriores a la comisin

    del delito (Art. 97 CP) El aseguramiento del pago de la reparacin civil (Art.

    98 CP) La accin civil contra terceros, siempre y cuando la

    sentencia dictada en la jurisdiccin penal no alcance aestos. (Art. 99 CP)Plantean la accin supletoria de las normas del Cdigo Civil(Art. IX TP, 1969 Ccivil)

  • 8/14/2019 REPARACIN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    6/7

    21/08/02 Renn F. Lapa Rivas 6

    La accin civil derivada del hecho punibleNO SE EXTINGUE mientras SUBSISTA

    LA ACCIN PENAL (Art. 100 CP)

  • 8/14/2019 REPARACIN CIVIL CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    7/7

    21/08/02 Renn F. Lapa Rivas 7

    LAS CONSECUENCIAS ACCESORIAS

    I.- INTRODUCCINII.- Decomiso o perdida de efectos provenientes

    del delito.

    El decomiso es una sancin accesoria.III.- Societas delinquere non potest?IV.- Art. 105 CP.

    -Clausura de la empresa del titular o ladisolucin de la sociedad.Concordancia con el Art.- 27 del Cdigo Penal.