Relacion entre derecho y educacion

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RELACION ENTRE DERECHO Y EDUCACION La relación entre el Derecho y la Educación es muy estrecha, aunque puede ser vista desde varias aristas; pero la más primordial sería el de la educación como un derecho que permite el desarrollo integral de la persona, es el punto medular e importante dentro del contexto de esta relación. Debemos partir de las premisas ¿Quiénes tienen derecho a la educación?; ¿Todos gozan de las mismas ventajas en el proceso de educación? Para mí, ya que este es un ensayo de lo que he visto y conozco sobre la temática, considero que las premisas son muy desalentadoras, hasta llena de muchos obstáculos. Desde una perspectiva interna, jurídicamente la Carta Magna, es decir, la Constitución de la República establece que la educación es un derecho que le pertenece a la sociedad, a nivel internacional con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en una diversidad de instrumentos que son de carácter vinculante para el país, ya que al ser ratificadas por los honorables “Padres de la Patria” que para mi persona les pondría otro calificativo, que en honor a la verdad dista mucho del antes referido, pasa a ser parte del ordenamiento jurídico nacional no son efectuados de la mejor manera, todavía gozamos en un nivel de analfabetismo alarmante, las condiciones en las escuelas pueden considerarse infrahumanas, el presupuesto asignado para la rama de educación es una burla descarada; si hablamos de la educación superior estamos peor, a nivel de Centro América somos de los últimos países que invertimos en educación superior, superados por Honduras que se encuentra en el honroso segundo lugar; aunque el salvadoreño considera holgazán al hondureño, honestamente los hemos sobrevalorado.

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RELACION ENTRE DERECHO Y EDUCACION

La relación entre el Derecho y la Educación es muy estrecha, aunque puede

ser vista desde varias aristas; pero la más primordial sería el de la educación

como un derecho que permite el desarrollo integral de la persona, es el punto

medular e importante dentro del contexto de esta relación.

Debemos partir de las premisas ¿Quiénes tienen derecho a la educación?;

¿Todos gozan de las mismas ventajas en el proceso de educación? Para mí, ya

que este es un ensayo de lo que he visto y conozco sobre la temática,

considero que las premisas son muy desalentadoras, hasta llena de muchos

obstáculos.

Desde una perspectiva interna, jurídicamente la Carta Magna, es decir, la

Constitución de la República establece que la educación es un derecho que le

pertenece a la sociedad, a nivel internacional con la Declaración Universal

de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos Humanos,

el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en una diversidad

de instrumentos que son de carácter vinculante para el país, ya que al ser

ratificadas por los honorables “Padres de la Patria” que para mi persona les

pondría otro calificativo, que en honor a la verdad dista mucho del antes

referido, pasa a ser parte del ordenamiento jurídico nacional no son

efectuados de la mejor manera, todavía gozamos en un nivel de

analfabetismo alarmante, las condiciones en las escuelas pueden

considerarse infrahumanas, el presupuesto asignado para la rama de

educación es una burla descarada; si hablamos de la educación superior

estamos peor, a nivel de Centro América somos de los últimos países que

invertimos en educación superior, superados por Honduras que se encuentra

en el honroso segundo lugar; aunque el salvadoreño considera holgazán al

hondureño, honestamente los hemos sobrevalorado.

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El sistema de educación vive todavía en una prehistoria, llena de una

burocracia que en determinados momentos genera miedo, una formación

docente deplorable aunque no son todos los casos, pero en la mayoría que se

han observado se deja de manifiesto el menosprecio hacia una labor que

debería llenar de orgullo y debería ser impulsada. En este sentido, y

parafraseando a Reina REYES: “La política educativa, o sea el conjunto de

disposiciones que regulan la educación de un país, no puede ser

independiente de la política general como representación del orden social

que se desea, porque los diversos aspectos bajo las cuales se manifiesta el

poder no existen compartimentos estancos. Al analizar, la política educativa

el educador debe adquirir conciencia de que su acción docente se cumple

dentro de disposiciones que responden a la orientación global política

vigente”. 1

La autora se inclina, por una idea de Estado más protector de los derechos

individuales y de la realización de la persona humana con fines

intervencionista y socializante. Analiza y toma posición frente a estos

problemas justificando a través de su cita a G. BURDEAU: “(...) la

intervención del Estado en materia educacional es necesaria por tres motivo:

primero la necesidad de formar ciudadanos, segundo la formación de

técnicos...tercero porque la cultura no puede ser de privilegios reservado

para algunos.2

En cuanto a la segunda premisa, creo que la respuesta está muy relacionada

con lo anterior; en el sector público, la falta de recurso es el pan de cada día,

1 REYES, REINA. “Los docentes y la política” en “Rev. De la Educación del Pueblo” Nº 42. Julio 1989.

2 REYES, REINA “El Derecho a la Educación y el Derecho a la Educación” Ensayo .Ed.Alfa 1964. Pág. 41.

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pese a que el docente quiera proporcionar el mejor conocimiento a sus

discípulos es una labor titánica y hasta cierto punto heroica; si nos vamos al

sector privado, gozan de los recursos pero muchas veces tanto el docente

como el estudiante se acomodan, que no se le llega a exigir o descubrir las

habilidades que pueden llegar a tener cada uno de ellos y, si hablamos de los

planes de estudio, honestamente damos pena, importamos modelos de otras

sociedades que no se asemejan a nuestra realidad y las queremos

implementar literalmente, no nos tomamos la molestia de por lo menos hacer

un análisis de campo sobre nuestra realidad, aunque no hay un modelo

original pero por lo menos se trata de adecuar a su realidad.

He llegado a compartir la idea de que solamente en la Democracia como

sistema político debe dar prioridad al “DERECHO A LA EDUCACIÓN”

como derecho especial que desencadena todos los demás. Adhiriéndome a la

idea del “Derecho a la Educación” que J. PIAGET propone en su obra “El

Derecho a Educación en el Mundo Actual”: “El derecho a la educación no es

sólo el derecho a frecuentar escuelas, sino también a una educación que

procure el pleno desenvolvimiento de la personalidad, el derecho a encontrar

en la escuela todo lo necesario para la construcción de una razón activa y de

una conciencia moral viva”. Y ese “todo lo necesario” implica: obligatoriedad,

gratuidad, acción pedagógica adecuada, e involucra a la vez, abordar

problemas que subyacen en la aplicación del derecho a la educación y que

implican: libertad de enseñanza, libertad de aprendizaje, libertad de elegir

maestro. El garantizar estas libertades debe ser la acción considerada como

el fin más importante de la organización política de las democracias, ya que

la democracia como ideal, tal como lo establece el Art.19 de la DDHH,

supone “libertad de pensamiento” y “libertad de expresión” más la

correlativa obligación de respetar esas obligaciones en los otros.

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La “libertad de pensamiento”, se refiere al derecho que tiene la persona

de mantener sus propias opiniones, filosofía, creencia, pensamiento político;

sin ser inquietado o coartado por la autoridad pública.

La “libertad de expresión”, consiste en el derecho del individuo a

exponer sus pensamientos y opiniones por medio de la palabra, por escrito

o cualquier otro medio de reproducción sin cortapisas, instrucciones,

consignas, autorizaciones previas o censura por parte de la autoridad. La

“libertad de expresión” es consecuente de la “libertad de pensamiento”.

Pero, a diferencia de la primera que constituye un derecho absoluto y sin

límites (cada uno es libre de pensar u opinar de una determinada manera),

la libertad de expresión implica exteriorizar lo que se piensa u opina, y por

ello tiene unos límites que la propia ley establece. Tales límites son los

derechos de los demás a ser respetados en su honor, intimidad y fama, así

como los derechos de la sociedad en su conjunto a que no se divulguen

opiniones o pensamientos atentatorios contra el orden público o el orden de

convivencia establecido.

Elaborado por: Luis Enrique Portillo López.