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RELACION DE LAS PRINCIPALES DISPOSICIONES DICTADAS EN LOS DISTINTOS ESTADOS DE LA REPUBLICA MEXICANA DURANTE EL SEGUNDO SEMESTRE DE 1945 NOTA IMPORTANTE.-La primera fecha de las que aparecen en cursivas al pie, es la de expedición de la disposición de que se trate por el orga- nismo o Poder competente; la segunda es la de promulgación y hace referencia a la firma de la disposición por el Poder Ejecutivo del Estado; por Último, la tercera fecha es la de publicación en el Periódico O Perió- dicos Oficiales. Cuando no aparecen más que dos fechas, la primera es. la de expedición y promulgación por el Ejecutivo y la segunda la de pu- blicación. AGUASCALIENTES A1fabetLzación.-Ley de estímulos y sanciones expedida por la H. XXXVI Legis- latura del Estado, en pro de la Campaña Nacional de Alfabetización en el Estado de Aguascalientes, creando la Medalla Profesora "Vicenta Trujillo" y otras distinciones.- 8 agosto 1945; 9 agosto 1945; 12 agosto 1945. Campaña Nacionel Contra el Analfabetismo.-V. Alfabetización. Congreso del Estado.-Decreto NO 139 (XXXVI Leg.) Reforma la fracción 1 del artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado de Aguascalientes, en relación a las obligaciones del Secretario del mismo.-19 noviembre 1945; 28 noviembre 1945; 2 diciembre 1945. Constitución Política del Estado (Refs.1.-Decreto Nq 125 (XXXVI Leg.) Deroga la fracción XXI del artículo 29 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y adiciona con una fracción XVI el artículo 41 del propio ordenamiento.-20 agosto 1945; 20 agosto'1945; 20 agosto 1945 (Alc. P. O.) Egresos del Estado.-Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el año 1946, expedido por la H. X X X V I Leg. del Estado.-14 diciembre 1945; 14 diciem- bre 1945; 23 diciembre 1945 (Si@. P. O.) Expropiación.-Ley de Expropiación por causa de utilidad pública, en el Estado de Aguascalientes, expedida por la H. XXXVI Legislatura del Estado.-29 agosto 1945; 30 agosto 1945; 2 septiembre 1945. Indulto.-Ley de Indulto del Estado de Aguascalientes, para los reos que se en- cuentren en las prisiones del Estado y en las condiciones que expresa, expedida por la H, X X X V I Leg. del Estado.-26 octubre 1945; 29 octubre 1945; 4 rzoviembre 1945. Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR © 1942. Escuela Nacional de Jurisprudencia

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RELACION DE LAS PRINCIPALES DISPOSICIONES DICTADAS EN LOS DISTINTOS ESTADOS DE

LA REPUBLICA MEXICANA DURANTE EL SEGUNDO SEMESTRE DE 1945

N O T A IMPORTANTE.-La primera fecha de las que aparecen e n cursivas al pie, es la de expedición de la disposición de que se trate por el orga- nismo o Poder competente; la segunda es la de promulgación y hace referencia a la firma de la disposición por el Poder Ejecutivo del Estado; por Último, la tercera fecha es la de publicación e n el Periódico O Perió- dicos Oficiales. Cuando n o aparecen más que dos fechas, la primera es. la de expedición y promulgación por el Ejecutivo y la segunda la de pu- blicación.

AGUASCALIENTES

A1fabetLzación.-Ley d e estímulos y sanciones expedida por la H . X X X V I Legis- latura del Estado, e n pro de la Campaña Nacional de Alfabetización e n el Estado d e Aguascalientes, creando la Medalla Profesora "Vicenta Trujillo" y otras distinciones.- 8 agosto 1945; 9 agosto 1945; 12 agosto 1945.

Campaña Nacionel Contra el Analfabetismo.-V. Alfabetización.

Congreso del Estado.-Decreto NO 139 ( X X X V I Leg.) Reforma la fracción 1 del artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del H . Congreso del Estado de Aguascalientes, e n relación a las obligaciones del Secretario del mismo.-19 noviembre 1945; 28 noviembre 1945; 2 diciembre 1945.

Constitución Política del Estado (Refs.1.-Decreto Nq 125 ( X X X V I Leg.) Deroga la fracción X X I del artículo 29 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y adiciona con una fracción X V I el artículo 41 del propio ordenamiento.-20 agosto 1945; 20 agosto'1945; 20 agosto 1945 (Alc. P. O.)

Egresos del Estado.-Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el año 1946, expedido por la H. X X X V I Leg. del Estado.-14 diciembre 1945; 14 diciem- bre 1945; 23 diciembre 1945 (Si@. P. O.)

Expropiación.-Ley de Expropiación por causa de utilidad pública, e n el Estado de Aguascalientes, expedida por la H. X X X V I Legislatura del Estado.-29 agosto 1945; 30 agosto 1945; 2 septiembre 1945.

Indulto.-Ley de Indulto del Estado de Aguascalientes, para los reos que se en- cuentren en las prisiones del Estado y e n las condiciones que expresa, expedida por la H, X X X V I Leg. del Estado.-26 octubre 1945; 29 octubre 1945; 4 rzoviembre 1945.

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418 LEGISLACION D E LOS ESTADOS

Ingresos del Estado.-Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el año 1946, expedida por la H. XXXVI Legislatura del Estado.-14 diciembre 1945; 18 di- ciembre 1945; 23 diciembre 1945 (Suplemento P. O.)

Profestones.-V. Títulos Profesionales.

Títulos Profesionales.-Reglamento expedido por el Ejecutivo del Estado, sobre re- gistro de títulos profesionales.-26 octubre 1945; 18 noviembre 1945.

CAMPECHE

Capitales.-Decreto N* 66 (XXXVIII k g . ) Ley de Protección a la Industria y a la Inversión de Capitales en el Estado de Campeche.-13 julio 1945; 13 julio 1945; 17 julio 1945.

Código Sanitsrio del Estado.-Decreto NV 108 (XXXVIII Leg.) Contiene e l nuevo Código Sanitario del Estado de Campeche, derogando el anterior de fecha 29 de no- viembre de 1919.-21 diciembre 1945; 22 diciembre 1945; 29 dicUmbrel945. (3' Sección). I

Educación Preparatoria-Decreto NQ 83 (XXXVIII Leg.) Reforma los artículos 8, 9. 48 y 86 del Reglamento de la Ley de Educación Preparatoria vigente en el Estado de Campeche.-28 agosto 1945; 28 agosto 1945; 30 agosto 1945.

Egsesos del Estado.-Decreto N@ 121 (XXXVIII Leg.) Contiene la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado de Campeche para el año 1946.-29 diciembre 1945; 29 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (5. Sección).

Empleados Públicos.-V. Pensiones.

Easeiiaaaa.-V. Educación Preparatoria.

Funcionarios.-V. Pewiones.

Industria.-Decreto NQ 66 (XXXVIII Leg.) Ley de Protección a la industria y a la Inversión de Capitales en el Estado de Campeche.-13 julio 1945; 13 julio 1945; 17 j d io 1945.

Ingresos dei Estado.-Decreto N* 121 (XXXVII1,Leg.) Contiene la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado de Campeche para el año 1946.-29 diciem- bre 1945; 29 diciembre 145; 29 diciembre 1945 (5. Sección).

Medicina.-Decreto NV 113 (XXXVIII Leg.) Dá normas para el ejercicio profe- sional de la medicina y ramas conexas en el Estado de Campeche.-27 diciembre 1945; 28 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (40 Sección).

Pensiones.-Decreto N' 65 (XXXVIII Leg.) Ley de Pensiones de Retiro de los funcionarios y empleados públicos del Estado de Campeche.-10 julio 1945; 11 julio 1945; 1 7 julio 1945 (2' Sección).

Protección a la Industria.-V. Indztstria.

~gteblos.'~ecreto NQ 95 (XXXVIII Leg.) Eleva a la categoría de Sección Muni- cipal, con la demarcación territorial que indica, al pueblo de Siochac, del Municipio de Champotón, C a m p . 4 diciembre 1945; 6 diciembre 1945; 11 diciembre 1945.

COAHUILA

Aparcería.-Decreto N9 262 (XXXVI Leg.) Reforma los artículos 34 y 36 de la Ley de Aparcería vigente en el Estado de Coahuila, que se refieren a la terminación

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LEGISLACION D E LOS ESTADOS 4 19

legal del contrato de aparcería y a su rescisión.-21 noviembre 1945; 23 noviembre 1945; 28 novCembre 1945.

Educación Pública.-Decreto N9 328 (XXXVI Leg.) Modifica el artículo 105 de la Ley de Educación vigente en el Estado de Coahuila, estableciendo la inamovilidad y escalafón de los servidores del Ramo Educativo y de los Inspectores Escolares.- 21 julio 1945; 24 julio 1945; 4 agosto 1945.

Disposiciones reglamentarias del Art. 105, reformado, de la Ley de Educación Pública del Estado de Coahuila, por lo que se refiere a inamovili- dad de los maestros.-24 julio 1945; 8 agosto 1945.

Disposiciones reglamentarias del artículo 105, reformado, de l a Ley de Educación Pública del Estado de Coahuila, en relación al Escalafón Magis- teria1.-13 noviembre 1945; 28 noviembre 1945.

Egresos del Estado.-Decreto NO 444 (XXXVI Leg.) Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila para el año 1946.-22 dictembre 1945; 22 diciembre 1945; 29 di- ~ i e m b r e 1945 (39 Sec. P. O.)

Elecciones de Poderes Locales.-V. Gobernador del Estado.

Escuela de Enfermaría y Obstetricia del Estado.-Disposiciones especiales para el funcionamiento de la Escuela de Enfermería y Obstetricia del Estado de Coahuila, de- rogatorio del acuerdo de 10 dq marzo de 1943, publicado en el P. O. de 27 del inismo mes y año.-29 octubre 1945; 17 no-jicmbre 1945.

Escuela Normal S ~ p e r i o r del Estado.-Reglamento de los cursos de capacitacijn por correspondencia para la preparación de maestros de Segunda Enseñanza, en la Es- ,cuela Normal Superior del Estado de Coahuila.-15 agosto 1945; 5 septiembre 1945.

Goberliador del Estado.-Decreto N9 359 (XXXVI Leg.) Declara legales y vilidas las elecciones que para la renovación del Poder Ejecutivo del Estado de Coahuila, se efectuaron en dicha Entidad Federativa el día 26 de agosto de 1945, proclamando Go- bernador Constitucional del mismo, para el período de 19 de diciembre de dicho año al 30 de noviembre de 1951, al C. Ignacio Zepeda Dávi1a.-19 fioviembre 1945; 22 noviem- ,bre 1945; 24 ltoviembre 1945.

Hacienda del Estado.-Decreto No 329 (XXXVI Leg.) Reforma el artículo segundo transitorio de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Coahuila para 1915, orde- nando que en lo que falta del ejercicio fiscal mencionado, se continuará cobrando un 10vo de recargo sobre todos los impuestos que perciba el Estado destinándose al fondo de obras de la Universidad de Coahuila.-21 julio 1945; 28 julio 1915; 4 agosto 1945.

Decreto KV 46 (XXXVI Leg.) Contiene la Ley de Hacienda del Estado de Coahuila para el ejercicio fiscal de 1946, dcterminativa de los ingresos ,que se percibirán en dicha entidad federativa, durante dicho año.-22 diciembre 1945; 22 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (2' Sec.)

Impuestos.-V. Universidad de Coalmla.

Inqí~esos del Estado.-Decreto NQ 46 (XXXVI Leg.) Contiene la Ley de Hacienda ,del Estado de Coahuila para el ejercicio fiscal de 1946, determinatira de los ingresos que se percibirán en dicha entidad federativa, durante dicho año.-22 d1cie;nbre 1945; 22 dicrembuc 1945; 29 diciembre 1945 (2' Sec.)

Magisterio.-V. Edrlcación Pziblica; Escuela Nol-mal Superior del Estado.

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420 LEGZSLACION DE LOS ESTADOS

Notariado.-Decreto N* 289 (XXXVI Leg.) Ley del Notariado para el Estado de Coahuila-31 marzo 1945; 26 abril 1945; 11 julio 1945.-(Fe & motas, de esta Ley, en el P. O. de 17 de octubre de 1945). *

Decreto N* 331 (XXXVI Leg.) Modifica el articulo i* transitorio l e la Ley del Notariado del Estado de Coahuifa, expedida el 31 de mano de 1945, orde- nando que la misma no comenzará a regir hasta los 120 dias de su publicación en el P. O. del Estado.-3 agosto 1945; 4 agosto 1945.

Decreto N* 354 (XXXVI Leg.) Modifica el articulo 19 transitorio de la Ley del Notariado para el Estado de Coahuila, expedida el 31 de marzo de 1945, determinando que dicha Ley comenzará a regir el l e de marzo de 1946.-lq noviembre 1945: 7 noviembre 1945; 7 noviembre 1945.

Notarlas.-V. Notariado.

Organiaación 1fcdicial.-Decreto NQ 361 (XXXVI Leg.) Modifica la fracción VI1 del Art. 12 de la Ley Orginica del Poder Judicial del Estado de Coahuila, en relación a las licencias con goce dc sueldo del personal judicial.-21 noviembre 1945; 22 no- viembre 1945; 28 noviembre 1945.

Poder Judicial.-V. Organización Judicial.

Salario Mínimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de la C. de Saltillo, que fija el salario mínimo que regiri en los diferentes Municipios de la Jurisdicción de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de la misma, durante el bienio 1946-1947.-21 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de l a ciudad de Torreón. Fija el salario mínimo que regirá en los distintos Municipios de la Jurisdicción de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de dicha ciudad, para el bienio 1946-1947.-21 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Superior Tribunal de Justicia del Estado de Coahtci1a.-Decreto N* 363 (XXXVI Leg.) Designa los magistrados que integrarán el Superior Tribunal de Justicia del Es- tado de Coahuila en el periodo que comprende del 19 de diciembre del aiio 1946 a 30 de noviembre de 1949.-28 noviembre 1945; 28 noviembre 1945; 28 noviembre 1945.

Universidad de Coahuila.-Decreto NQ 321 (XXXVI Leg.) Decreta un impuesta extraordinario Pro-Universidad, sobre todas las tributaciones que. conforme a la Ley de Ingresos vigente para el Estado de Coahuila para 1945, corresponden al fisco du- rante los meses de agosto y septiembre del propio año.-13 julio 1945; 13 julio 1945; 14 julio 1945. (Fe de e r ra ta de este decreto ett el P. O. de 18 de julio de 1945).

Decreto NQ 326 (XXXVI Leg.) Ratifica el decreto N* 321 expedido por la Comisión Permanente del H. Congreso del Estado, estableciendo un impuesto extraordinario Pro-Universidad, equivalente al 100% sobre las tributa- ciones que, conforme a la Ley de Ingresos vigente, correSponden al fisco del Estado de Coahuila.-21 julio 1945; 23 julio 1945; 28 julio 1945.

Decreto NQ 327 (XXXVI Leg.) Reconoce como persona moral con capacidad jurídica, a la Institución Privada "Comisión de Hacienda Pro- Universidad de Coahuila", con el domicilio social y la integración que ordena.-21 julio, 1945; 23 julio 1945; 8 agosto 1945.

* Por decreto N9 455 de 25 de febrero de 1946, publicado en el P. O. de 27 der mismo mes y año, se deroga la Ley de Notariado expedida por decreto N* 289 de 31 de marzo de 1945, y se declara en vigor la Ley anterior sobre la materia, contenida ern decreto N* 764 de fecha 12 de enero de 1898.

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LEGISLACION DE LOS E S T A D O S 4 2 1

Decreto NV 329 ( X X X V I Leg.) Reforma el Art. 29 transitorio de la Ley de Hacienda vigente e n el Estado de Coahuila para 1945, orde- nando que e n lo que falta del ejercicio fiscal mencionado, se continuará cobrando u n 10% de recargo sobre todos los impuestos que perciba el Estado, destinándose al fondo de obras de la Universidad de Coahuila.-21 julio 1945; 28 julio 1945; 4 agosto 1945.

Decreto NV 341 ( X X X V I Leg.) Reforma el articulo 29 del decreto N* 327. de 21 de julio de 1945, publicado e n el P. O. de 8 de agosto del mismo año, e n relación a la constitución y domicilio social de la Comisión de Ha- cienda Pro-Universidad de Coahuila.-5 septiembre 1945; 8 septiembre 1945; 15 sep- tiembre 1945.

Decreto Nv 366 ( X X X V I Leg.) Crea e n el Estado la Universidad de Coahuila, con las Escuelas y Facultades que determina.-28 noviembre 1945; 28 noviembre 1945; 28 noviembre 1945.

C O L I M A

Egresos del Estado.-Decreto N? 20 ( H . Congreso del Estado), contiene el Presu- puesto de Egresos del Estado de Colima para el año fiscal de 1946.-31 diciembre 1945; 31 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (1 ) (Suplemento P. O.)

Ingresos del Estado.-Decreto N9 16 ( H . Congreso del Estado), que contiene la Ley General de Ingresos del Estado de Colima para el año fiscal de 1946.-25 diciembre 1945; 25 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Suplemento P. O.)

C H I A P A S

Aguardiente.-Decreto NQ 11 (C. Gobernador del Estado). Reforma el artículo 29 del decreto NO 20-18, de 20 de diciembre de 1940, determinando la cuota que pagarán las fábricas de aguardiente que realicen también la venta de sus productos.-14 noviem- bre 1945; 14 noviembre 1945.

Alcohol.--Decreto N9 16 (C. Gobernador del Estado). Reforma la fracción 1 de la Tar i fa del artículo 211 de la Ley de Hacienda del Estado de Chiapas, e n relación al impuesto sobre alcohol.-27 noviembre 1945; 5 diciembre 1945.

Café.-Decreto 18-16 ( X L Legislatura). Establece el impuesto de u n centavo adi- cional por cada kilo de café e n todo el Estado de Chispas.-2 diciembre 1945; 2 di- ciembre 1945; 5 diciembre 1945.

Corozo.-Decreto Nv 54 (C. Gobernador del Estado). Reforma el inciso d ) de la fracción 11 del artículo lV de la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para 1945, que señala una cuota de $0.10 por kilogramo de producción de corozo, dejándola redu- cida a $0.05.-18 julio 1945; 18 julio 1945.

Empleados Públicos.-V. Garantía del Manejo de Funcionarios y Empleados.

Facultades Extraordinarias.-Decreto 16-15 ( X L Leg.) Ratifica las facultades ex- traordinarias que tiene concedidas en el Ramo de Hacienda el C. Gobernador Cons- titucional del Estado de Chispas.-23 lzoviembre 1945; 27 noviembre 1945; 5 diciembre 1945.

Funcionarios.-V. Garantía del Manejo de Funcionarios y Empleados.

Garantia del Manejo de Funcionarios y Empleados.-Decreto N? 19-17 ( X L Leg.) Contiene la Ley sobre Garantia del Manejo de Funcionarios y Empleados del Estado de Chispas.-2 diciembre 1945; 2 diciembre 1945; 12 diciembre 1945. ( F e de erratas a esta Ley e n el P. O. de 19 d e diciembre de 1945.)

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422 LEGISLACION DE LOS ESTADOS

Decreto N* 21-28 (XL Leg.) Contiene el Reglamento de la Ley sobre Garantía del Manejo de Funcionarios y Em- pleados del Estado de Chiapas, promulgada en el decreto 19-17 de 2 de diciembre de 1945 y publicada el 12 del mismo mes y año.-26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

GanaderZa.-Decreto NQ 64 (C. Gobernador del Estado). Reforma el Art. 50 de la Ley de Ganadería del Estado de Chiapas, de 28 de julio de 1940 y el artículo 2Q del decreto NQ 94 de 6 de junio de 1941, que se refiere al Art. 57 de la citada Ley de Ga- nadería, en relación al impuesto de compraventa sobre ganado de otros Estados que se introduzca en el de Chispas.-28 septiembre 1945; 10 octubre 1945.

Ganado Porcino.-Decreto NQ 62 (C. Gobernador del Estado). Reforma el Art. 182 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Chiapas en su tarifa relativa a com- praventa de ganado porcino, derogando al efecto los decretos números 73, de 5 de junio de 1943 y su reforma en decreto NQ 108, de 29 de septiembre del propio año.-13 sep- tiembre 1945; 19 septiembre 1945.

Hacienda del Estado.-Decreto NQ 62 (C. Gobernador del Estado). Reforma el artículo 182 de la Ley de Yacienda vigente en el Estado de Chiapas en su tarifa relativa a compraventa de ganado porcino, derogando al efecto los decretos niimeros 73, de 5 de junio de 1943 y su reforma en decreto NQ 108, de 29 de septiembre del propio año.- 1 3 septiembre 1945; 19 septiembre 1945.

Decreto NQ 17 (C. Gobernador del Estado). Reforma la fracción 1 de la Tarifa del Art. 211 de la Ley de Hacienda del Estado de Chiapas, en relación al impuesto sobre alcohol.-27 noviembre 1945; 5 diciembre 1945.

Hacienda del Es$ado.-V. Facultades Extraordinarias.

Impuestos.-V. Aguardiente; Alcohol; Café; Corozo; Ganaderla; Maiz; Manteca; f látano.

Ingresos del Estado.-Decreto N9 52 (C. Gobernador del Estado). Adiciona la frac- ción IV del Art. 19 de la Ley de! Ingresos del Estado de Chiapas para 1945, relativa al impuesto sobre venta de primera mano de plátano de cualquier procedencia.-2 julio 1945; 11 julio 1945.

Decreto NQ 54 (C. Gobernador del Estado). Reforma el inci- so d) de la fracción 11 del articulo 19 de la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para 1945, que señala una cuota de $0.10 por kilogramo de producci6n de corozo, de- jándola reducida a $0.05.-18 julio 1945; 18 julio 1945.

Decreto NQ 63 (C. Gobernador del Estado). Reforma el decreto NQ 52 de 2 de julio de 1945, publicado en el P. O. de 11 del mismo mes, que adiciona la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para 1945, relativa al Impuesto sobre Compraventa de primera mano de plátano.-17 septiembre 1945; 19 septiembre 1945.

Decreto N9 29-26 (XL Leg.) Contiene la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para el ejercicio fiscal de 1946.-26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Maíz.-Decreto N9 53 (C. Gobernador del Estado). Fija un impuesto de $0.02 por kilogramo de maíz, en operaciones de compraventa de dicho producto.-12 julio 1945; 18 julio 1945.

Manteca.-Decreto NQ 59 (C. Gobernador del Estado). Reforma la fracción 111 del artículo 29 del decreto N9 31, de 6 de enero de 1941, estableciendo la cuota que deber5 pagarse por la compraventa de primera mano de manteca.-31 julio 1945; 15 agosto 1945.

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LEGISLACION DE LOS ESTADOS 423

Plátano.-Decreto N9 52 (C. Gobernador del Estado). Adiciona la fracción IV del articulo 19 de la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para 1945, relativa al impuesto sobre venta de primera mano de plátano de cualquier procedencia.-2 julio 1945; 11 julio 1945.

---- Decreto N* 63 (C. Gobernador del Estado). Reforma el decreto N9 52 de 2 de julio de 1945, publicado en el P. O. de 11 del mismo mes, que adiciona la frac- ción IV del artículo 19 de la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para 1945, relativa al Impuesto sobre Compraventa de primera mano de plitano. 17 septiembre 1945; 19 septiembre 1945.

CHIHUAHUA

Amtncios.-Decreto NO 97 (XLI Leg.) Reglamento para la instalación de anuncios en los caminos del Estado de Chi1iuahua.-6 ju~lio 1945; 19 junio 1945; 4 julio 1945.

Caminos.-V. Anuncios.

Catastro.-Decreto N9 156 (XLI Leg.) Modifica los artículos 79 de la Ley Catastral vigente en el Estado de Chihuahua y 36 del Reglamento de la propia Ley.-12 diciembre 1945; 21 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

Elecciones da Poderes Federales.-Acuerdo del C. Gobernador del Estado, deter- minando la división territorial de distritos electorales del Estado de Chihuahua, para elecciones federales.-23 octubre 1945; 27 octubre 1945 (Fe de erratas de esta división territorial en el P. O. de 31 de octubre de 1945.)

Fomento Iri.dustria1.-Decreto N' 107 (XLI Leg.) Aprueba la Ley para el Fomento de la Industria en el Estado de Chihuahua, declarando de interés público el estableci- miento de industrias nuevas o necesarias y el desarrollo de las actualmente existentes en la Entidad.-12 julio 1945; 18 julio 1945; 11 agosto 1945.

Decreto NQ 135 (XLI Leg.) Modifica el artículo 3Q de la Ley para el Fomento de la Industria, vigente en el Estado de Chihuahua.-13 octubre 1945; 13 octubre 1945; 13 octubre 1945.

Ganaderia.-Decreto N9 108 (XLI Leg.) Deroga el artículo 106 de la Ley de Or- ganización Fiscal vigente en el Estado de Chihuahua y modifica los artículos 104, 105, y 107 del propio ordenamiento, en relación al impuesto que se causará sobre ganadería. -12 julio 1945; 17 julio 1945; 11 agosto 1945.

Impuesto Adicional sobre Tributos.-Decreto IV 103 (XLI Leg.) Modifica el artícu- lo IQ del decreto NO 265-11-7, reformatorio del decreto N9 230 que prorrogó la vigen- cia del decreto N9 146 de 8 de noviembre de 1943, que estableció un impuesto adicional del 6% sobre tributos.-6 julio 1945, 11 jdio 1945; 14 julio 1945.

Impuestos.-V. Ganadería.

Indulto.-Decreto NQ 161 (XLI Leg.) Concede el indulto para los diversos reos que el día 25 de diciembre de 1945, se encuentren en las cárceles del Estado compurgando alguna sanción de las que se especifican en este decreto.-15 diciembre 1945; 20 di- ciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Industria.-V. Fomento Industrial.

Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado.-Acuerdo del Gobernador del Estado.-Suprime la Junta de Conciliación y Arbitraje dc Hidalgo del Parral, Chih. y reduce la jurisdicción de la de C. Juárez, ampliando a los Municipios que relaciona la jurisdicción de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado.-20 octubre 1945; 31 octubre 1945. (Fe de erratas a este Aciierdo en cl P. O. de 15 diciembre 1945.)

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424 LEGZSLACZON DE LOS ESTADOS

Leche.-Decreto N* 109 (XLI Leg.) Aprueba el Reglamento para la producción, transporte, depósito y venta de leche en el Estado de Chihuahua.-12 julio 1945; 16 julio 1945; 18 julio 1945.

Organisación Fiscal.-Decreto N9 108 (XLI Leg.) Deroga el artículo 106 de la Ley de Organización Fiscal vigente en el Estado de Chihuahua y modifica los artículos 104, 105 y 107 del propio ordenamiento, en relación al impuesto que se causará sobre ganadería.-12 julio 1945; 17 julio 1945 11 agosto 1945.

Propiedad Territorial.-V. Catastro.

Salario Mínimo.-Lista de los salarios mínimos establecidos para el bienio 1946- 1947 por la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chihuhua, para los diver- sos Municipios que comprende.-29 diciembre 1945.

Tributos.-V. Imparesto Adicional Sobre Tributos.

DURANGO

Alfabetización.-V. Campaña Nacional contra el Analfabetismo.

Biblioteca Pública del Estado de Durango.-Reglamento de la Biblioteca Pública del Estado de Durango.-24 abril 1945; 24 abril 1945; 22 julio 1945.

Campaña Nacional Contra el Analfabetismo.-Decreto NQ 242 (XL Leg.) Ley de estimulas, recompensas y sanciones, para la Campaña de Alfabetización en el Estado de Durango.-28 noviembre 1945; 4 diciembre 1945; 6 diciembre 1945.

Catastro.-Decreto NV 251 (XL Leg.) Contiene la Ley General del Catastro del Estado de Durango, abrogando la Ley anterior de 16 de junio de 1942 y sus reformas.- 6 diciembre 1945; 10 diciembre 1945; 13 diciembre 1945.

Egresos del Estado.-Ley de Egresos del Estado de Durango para el ejercicio fis- cal de 1946.-10 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 30 diciembre 1945.

EnseEahra Normal.-Decreto NV 261 (XL Leg.) Reforma los artículos 13 y 14 del Capítulo IV (Plan de Estudios de la Enseñanza Normal), de la Ley Orghica de Ense- ñanza Normal en el Estado de 0urango.-19 diciembre 1945; 19 diciembre 1945; 23 diciembre 1945.

Hacienda del Estado.-Decreto N9 185 (XL Leg.) Deroga la fracción 1 del artículo 86 de la Ley General de Hacienda del Estado de Durango.-18 septiembre 1945; 20 septiembre 1945; 23 septiembre 1945.

Ingresos del Estado.-Decreto NP 184 (XL Leg.) Deroga el artículo 154 de la Ley de Ingresos del Estado de Durango para 1945-18 septiembre 1945; 20 septiembre 1945; 23 septiembre 1945.

Decreto N9 188 (XL Leg.) Reforma el artículo 10 y adiciona la fracción VI1 del artículo 67 de la Ley de Ingresos del Estado de Durango para 1945, referentes, respectivamente, a las cuotas que pagarán sobre sus ingresos los almacenes o expendios de abarrotes, los casinos, cantinas, pulquerías, etc., y los espectáculos pG- blicos en general.-19 septiembre 1945; 20 septiembre 1945; 23 septiembre' 1945.

Ley de Ingresos del Estado de Durango para el ejercicio fiscal de 1946.-11 diciembre 1945; 11 diciembre 1945; 16 diciembre 1945.

Ingresos Municipaies.-Ley de Ingresos Municipales del Estado de Durango, deter- minativa de las contribuciones, derechos, productos, etc. que se percibirán en los dis- tintos Municipios del propio Estado durante el ejercicio fiscal de 1946.-10 diciembre 1945; 11 diciembre 1945; 16 diciembre 1945.

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LEGISLACION D E LOS ESTADOS 425

Magisterio.-V. Enseñanza Normal.

Organización Judicial.-Decreto Nv 191 (XL Leg.) Reforma y adiciona los artícu- l o s 34, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Durango.-27 sep- tiembre 1945; 13 octubre 1945; 18 octubre 1945.

Poder Judicial.-V. Organización Judicial.

Pueblos.-Decreto NV 186 (XL Leg.) Ordena que el poblado "Guajolote" pertene- ciente al Municipio de San Dimas, Dgo., llevará, desde la fecha de la publicación de este decreto, el nombre de "Doce de Mayow.-18 septiembre 1945; 20 septiembre 1945; 23 septiembre 1945.

GUANAJUATO

Código Electoral del Estado de Guanajuat0.-Decreto NV 123 (XXXIX Leg.) Re- forma la fracción IV del artículo 106 del Código Electoral del Estado de Guanajuato, e n relación a las condiciones que se exigen para poder participar en las elecciones municipales de dicha Entidad Federativa.-15 mayo 1945; 2 julio 1945; 19 agosto 1945.

Congreso del Estado.-Decreto NQ 107 (XXXIX Leg.) Reglamento para el gobierno interior del H. Congreso $4 Estado de Guanajuat0.-27 abril 1945; 5 jdso 1945.

Constitución Politica del Estado (Ref.).-Decreto N* 122 (XXXIX Leg.) Reforma la fracción IV del artículo 78 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en

; relación a las condiciones requeridas para poder participar en las elecciones municipa- les.-21 mayo 1945; 2 julio 1945; 19 agosto 1945.

Elecciones Municipales.-Decreto Nv 122 (XXXIX Leg.) Reforma la fracción IV del articulo 78 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en relación a las condiciones requeridas para poder participar en las elecciones municipales.-21 mayo 1945; 2 j d io 1945; 19 agosto 1945.

Decreto NQ 123 (XXXIX Leg.) Reforma la fracción IV del articulo 106 del Código Electoral del Estado de Guanajuato, en relación a las con- diciones que se exigen para poder participar en las elecciones municipales de dicha Entidad Federativa.-15 mayo 1945; 2 julio 1945; 19 agosto 1945.

Empleados Phb1icos.-Decreto NQ 124, (XXXIX Leg.) Determina los nuevos por- centajes con arreglo a los cuales se liará el pago de emergencia creado por decreto NQ 298, a favor de los empleados al servicio de los Poderes del Estado'de Guanajuato, aumentando al efecto en la cantidad de $20,000 la partida NV 801 del Presupuesto de Egresos para 1945.-31 mayo 1945; 15 junio 1945; 19 agosto 1945.

Hacienda Municipal.-Decreto NQ 132 (XXXIX Leg.) Reforma el artículo 36 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Guanajuato, referente a la designación de las juntas calificadoras.-23 noviembre 1945; 27 noviembre 1945; 29 noviembre 1945.

Organización Judicial.-Decreto NQ 11 1 (XL Leg.) Expide la Ley Orgánica del Po- der Judicial del Estado de Guanajuat0.-27 mayo 1945; 27 junio 1945; 29 julio 1945.

Poder Judicial.-V. Organización Judicial.

Pueblos.-Decreto KV 138 (XXXIX Leg.) Dá el nombre de "El Carmcn de Sán- chez", al nuevo pueblo formado con elementos del poblado de "Santa Gertrudis", del Municipio de Romita, Gto.-14 diciembre 1945; 19 diciembre 1945; 30 diciembre 1945.

Sueldos.-V. Empleados Públicos.

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4 2 6 LEGISLACION DE LOS ESTADOS

GUERRERO

Aguardiente.-Ley N* 17 (XXXVI Leg.) Ley del Impuesto sobre producción y compraventa de aicohol, aguardiente. mezcales, licores, similares y cerveza, que reforma la Ley Nv 10 publicada el 20 de junio de 1945, con objeto de regularizar su aplicación.- 13 agosto 1945; 25 agosto 1945; 29 agosto 1945.

Alcohol.-Ley N* 17 (XXXVI Leg.) Ley del Impuesto sobre la producción y com- praventa de alcohol, aguardiente, mezcales, licores, similares y cerveza, que reforma la Ley N* 10 publicada el 20 de junio de 1945, con objeto de regularizar su aplicación.- 13 agosto 1945; 25 agosto 1945; 29 agosto 1945.

Cascalote.-Decreto N* 24 (XXXVI Leg.) Establece un impuesto a la producción de cascalote y similares en el Estado de Guerrero, equivalente al 25% del precio d e venta; y otro sobre compraventa de dichos productos igual al 5% de la operación que por primera vez se ponga a la venta.-2 octubre 1945; 3 octubre 1945; 3 octubre 1945,

Cerveza.-Ley N* 17 (XXXVI Leg.) Ley del Impuesto sobre la producción y com- praventa de alcohol, aguardiente, similares y cerveza, que reforma la Ley N* 10 publi- cada el 20 de junio de 1945, con objeto de regularizar su aplicaci6b.-13 agosto 1945; 25 agosto 1945; 29 agosto 1945.

Colegio del Estado.-Reglamento interior del Colegio del Estado de Guerrero.-23 diciembre 1944. PP. 00. 21 marzo 4 4, julio 1945.

División Territorial.-Decreto N* 8 (XXXVI Leg.) Reforma la Ley Orgánica de l a División Territorial del Estado de Guerrero en sus artículos 4 9 6% 89 10, 11, 13, 15, 16 y 18, en las fracciones y párrafos que expresa y en relación a la integración de mu- nicipalidades y diversos pueblos del Estado.-30 mayo 1945; 8 junio 1945; 8 agosto 1945.

Egresos del Estado.-Ley NV 38 (XXXVI Leg.) Contiene el Presupuesto de Egresos que regirá en el Estado de Guerrero durante el año de 1946.-24 diciembre 1945; 24 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Empbados Públicos.-Decreto N* 14 (XXXVI Leg.) Concede a los empleados que prestan .sus servicios en el Gobierno del Estado de Guerrero, un aumento eventual en sus haberes, en la proporción y condiciones que se establecen.-10 agosto 1945; 13 agosto 1945; 15 agosto 1945.

Expropiación.-(XXXVI Leg.) Ley de Expropiacibn del Estado de Guerrero, con motivo de utilidad pública.-3 octubre 1945; 5 octubre 1945; 17 octubre 1945.

Hacienda del Estado.-Decreto N* 28 (XXXVI Leg.) Reforma los artículos 19 y 20 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Guerrero, que determina los casos en que se elevara el valor fiscal de los predios rústicos urbanos.-16 octubre 1945; Guerrero para el ejercicio fiscal de 1946.-24 diciembre 1945; 24 diciembre 1945; 29 octubre 1945; 31 octubre 1945.

Impuestos.-V. Aguardiente; Alcohol; Cascalote; Cerveza; Licores.

Ingresos del Estado.-Ley No 37 (XXXVI Leg.) Ley de Ingresos del Estado d e Guerrero para el ejercicio fiscal de 1946.-24 diciembre 1945; 24 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Licores.-Ley N* 17 (XXXVI Leg.) Ley del Impuesto sobre la producci6n y com- praventa de alcohol, aguardiente, mezcales, licores, similares y cerveza, que reforma la Ley N? 10 publicada el 20 de junio de 1945, con objeto de regularizar su aplicación.- 13 agosto 1945; 25 agosto 1945; 29 agosto 1945.

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L E G I S L A C I O N D E L O S E S T A D O S 427

Notariado.-Decreto NO 22 ( X X X V I Leg.) R e f o r m a el articulo 93 d e la Ley N9 177, del Notariado del Estado de Guerrero, de fecha 16 d e febrero d e 1931.-2 octubre 1945; 5 octz:bre 1945; 17 octwbre 1945.

Notarías.-V. Notariado.

Obras Literarias, His t<ír~cas y Cientificas.-Decreto NO 16 ( S X X V I Leg.) establece u n certamen anual permanente p x a las mejores obras literarias, científicas e históricas producidas por guerrerenses o por residentes e n el Estado de Guerrero, cuyos galardo- nes se denominarán : "Manuel Altamirano", "Miguel F . Ortega" y "Velázquez d e León". -11 agosto 1945; 21 agosto 1945; 5 septiembre 1945.

Propiedad Pecuaria.-Decreto N9 26 ( X X X V I Leg.) Autoriza a la Dirección Gene- ral d e Hacienda y Economía del Estado d e Guerrero, para que convoque a u n revalúo general d e la propiedad raíz y pecuaria e n el propio Estado.-10 octubre 1945; 15 octwbre 1945; 24 octubre 1945.

Propiedad Raíz.-Decreto N* 26 ( X X X V I Leg.) Autoriza a l a Dirección General d e Hacienda y Economía del Estado d e Guerrero, para que convoque a u n revalúo ge- neral d e la propiedad raíz y pecuaria e n el propio Estado.-10 octubre 1945; 15 octubre 1945; 24 octubre 1945.

Propiedad Territorial.-V. Hacienda del Estado.

Sueldos.-V. Empleados Paíblicos.

H I D A L G O

Asambleas Municipales.-Decreto N9 15 bis ( X X X V I I I Leg.), que re forma los ar- tículos 58, 60, 61, 68, 70, 71, 73, 74, 77, 84 y 87 d e la L e y Electoral v igente e n el Estado d e Hidalgo, con referencia a las elecciones d e munícipes para la constitución d e las Asambleas Municipales.-12 septiembre 1945; 19 diciembre 1945; 16 diciembre 1945 ( 9 ) .

Ayuntamientos.-V. Asambleas Mwnicipales.

Egresos del Estado.-Decreto NO 23 ( X X X V I I I Leg.) Contiene el Presupuesto d e Egresos que deberá regir e n el Estado d e Hidalgo durante el año 1946.-26 diciembre 1945; 29 diciembre 1945; (Suplemento P. O.)

Elecciones Municipales.-Decreto N9 15 b i s ( X X X V I I I Leg.), que re forma los ar- tículos 58, 60, 61, 68, 70, 71, 73, 74, 77, 84 y 87 d e la Ley Electoral v igente e n e l Estado d e Hidalgo, con referencia a las elecciones d e municipes para la constitución d e las Asambleas Municipales.-I? septzembre 1945; 19 diciembre 1945; 16 diciembre 1945 ( 9 ) .

Enfermeria y Obstetricia.-Decreto N* 26 ( X X X V I I I Leg.) R e f o r m a el artículo 30 del decreto N9 435 d e 15 de noviembre d e 1937 e n relación a las materias que se com- prenden e n las carreras d e en fermer ía y obstetricia que se enseñan e n las escuelas d e dichas especialidades e n el Estado d e Hidalgo.-26 diciembre 1945; 29 diciembre 1945; 16 diciembre 1945 ( 9 ) .

Ingresos del Estado.-Decreto N9 22 ( X X X V I I I Leg.) Ley d e Ingresos del Estado d e Hidalgo para el ejercicio fiscal d e 1946.-26 dicembre 2945; 29 diciembre 1945; (Suplemento P. 0 . )

Maestros.-Decreto N9 14 ( X X X V I I I Leg.) Adiciona el Presupuesto de Egresos v igente e n el Estado d e Hidalgo para 1945, con u n a partida para aumento d e u n 10%

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428 LEGZSLACION DE LOS ESTADOS

de los sueldos que paga el Gobierno del Estado a los maestros federalizados, a su servicio.-29 junio 1945; 29 jrtnio 1945; 1' julio 1945.

Site1dos.-V. Maestros.

JALISCO

Asistencia Socid.-Decreto N* 5098 (H. Leg. del Estado). Crea y reglamenta el funcionamiento de una Institución de carácter público que se denomina "Patronato de la Asistencia Social del Estado", con domicilio en la ciudad de Guadaiajara, Jal.-11 diciembre 1945; 20 diciembre 1945; 27 diciembre 1945. S

Código Civil del Estado, (Refs.).-Decreto N95068 (H. k g . del Estado). Refor- ma los artículos 2235, 2238, 2474, 2475, 2476, 2477, 2509, 2845. 2946. 2953. del Código Civil vigente en el Estado de Jalisco.-30 agosto 1945; 4 septiembre 1945; 20 octubre , 1945 (Suplemento P. O.)

Decreto N9 5101 (H. k g . del Es- tado). Reforma y adiciona el artículo 1264 del Código Civü vigente en ei Estado de Jalisco, estableciendo que las disposiciones'testamentarias hechas en favor de la Bene- ficencia Privada, se regirán por lo dispuesto en los articulo 15 a 18, 47, 48, 52 y 54 a 57 de la Ley de Beneficencia Privada del propio Estado, y regulando las hechas en favor de los pobres en general o de clases formadas por número Ilimitado de indivi- duos, como huerfanos, ancianos, ciegos, etc., sin especificar personas determinadas.- 20 diciembre 1945; 24 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Suplemento P. O.)

Compraventa.-V. Impuesto Especial de Compraventa.

Economla de la Costa Jdiciense.-V. Fomento de la Economia de la Corta Jdiciense.

Egresos del Estado.-Decreto N9 S106 (H. Leg. del Estado). Contiene el Presu- puesto de Egresos del Estado de Jalisco para el ejercicio fiscal de 1946.-27 diciembre 1945; 28 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Suplemento P. O.) I

Fomento de la Economía de la Costa Ja1iciense.-Decreto NO S081 (H . Leg. del Estado). Adiciona los artículos 19 y 29, de la Ley de Fomento a la Economía de la Costa Jaliciense, promulgada por decreto Nq 3031, de 28 de diciembre de 1944, publicada el 6 de enero de 1945.-30 octubre 1945; 6 noviembre 1945; 10 noviembre 1945.

Impuesto Especial de Compraventa.-Decreto N9 5103 (H. Leg. del Estado). (Rec- tificado fundamentalmente por Fe de Erratas publicada en el P. O. de 3 de enero de 1946).-Reforma y adiciona los artículos 49, 59, y 99 del decreto NQ 4949, de 16 de fe- brero de 1944, publicado en el P. O. del Estado de 16 del mismo mes y año, en relación al impuesto especial de compraventa sobre guaraches, pantuflas, sandalias, mocasines y similares; a los procedimientos de calificación y al pago de impuestos por empresas y cooperativas de transportes.-20 diciembre 1945; 24 diciembre 1945; 25 diciembre 1945.

Ingresos del Estado.-Decreto N9 5099 (H. Leg. del Estado). Contiene la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para 1946.-18 diciembre 1945; 24 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Sapl. P. O.)

Instituto Politécnico del Estado de Jalisco.-V. Internado del Instituto Politkcnico del Estado de Jalisco.

Internado del Instituto Politécnico del Estado de Jalisco.-Decreto N, S093 (H. Leg. del Estado). Suprime el Internado Estatal de Educación Especial, m a d o en el Estado de Jalisco por decreto NQ 4726 de 27 de enero de 1942, publicado el 31 del propio mes y año, y crea el Internado del Instituto Politecnico que se sujetará a un Regla- mento especial que habrá de expedir el ejecutivo del Esta$o.-11 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 20 diciembre 1945.

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LEGISLACION DE L O S E S T A D O S 429

Notariado.-Decreto NO 5071 ( H . Leg. del Estado). Contiene la Ley del Notariado para el Estado de Jalisco.-30 agosto 1945; 20 septiembre 1945; 2 octubre 1945 ( S u - plemento P. O.)

Notarios.-V. Notariado.

Organización Judicial.-Decreto NQ S104 ( H . Leg. del Estado). Modifica los articu- los 14, 21, 27, 32, 33, 35, 40, 43 y 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente e n el Estado de Jalisco; suprime el artículo 43 de la misma Ley y reforma los artícuIos 39 y 49 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Estado.-20 diciembre 1945; 24 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

Patroraato de la As i~ tenc ia Social del Estado.-V. Asistencia Social.

Poder Judicial.-V. Organización Judicial.

Pueblos.-Decreto NO 5067 ( H . Leg. del Estado). Cambia el nombre de Puerto de Charnela, perteneciente al Municipio de Tomatlán, por el de "Puerto de Chame- l a de Diéguez" a partir del 15 de septiembre de 1945.-30 agosto 1945; 4 septiembre 1945; 8 septiembre 1945.

Decreto N* 5090 ( H . Leg. del Estado). Eleva a la categoría de Dele- gación Municipal el poblado de "Las Laynil las", del Municipio de Autlán de Navarro, Ja1.-4 diciembre 1945; 8 diciembre 1945; 20 diciembre 1945.

Decreto NO S092 ( H . Leg. del Estado). Eleva a la categoría de Cabecera de Delegación Municipal de su nombre, al poblado que constituía el "Primer Barrio d e Sta. Catarina", hoy "Benito Juárez", en el Municipio de Zocoalco de Torres, JaL- 4 diciembre 1945; 8 diciembre 1945; 20 diciembre 1945.

Salario 1Clhimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que fija el salario mínimo que regirá en los diferentes Municipios del Estado durante los años 1946-1947.-23 diciembre 1945; 29diciembre 1945 (Suple- mento P. O.)

Testamentos.-V. Código Civil de2 Estado (Refs .) .

MEXICO

Archivo Histórico del Estado de A4fxico.-Declara de utilidad pública los Archi- vos de los Poderes y Municipios del Estado y ordena que las dependencias del Gobierno Y Municipios, conservarán en su poder los documentos correspondientes a los últimos S0 años, poniendo los demás a disposición del Archivo Histórico del Estado de México.- 12 septiembre 1945; 12 septiembre 1945; 15 septiembre 1945.

Asociación Protectora de Animales.-Acuerdo del C. Gobernador del Estado que constituye u n Patronato que deberá coadyuvar con la Asociación Mexicana Protectora de Animales.-26 julio 1945; 28 julio 1945.

Ayuntamientos.-Decreto N* 98 ( X X X V I Leg.) Reforma el articulo 135 de la Cons- titución Política del Estado de México, que determina el carácter, elección y funciones de los Ayuntamientos.-3 septiembre 1945; 4 septiembre 1945; 5 septiembre 1945.

Aynntamientos.-V. Organización Municipal.

Bebidas Alcohólicas.-Acuerdo del C. Gobernador del Estado que fija reglas para el cobro del impuesto sobre elaboración y compraventa de bebidas alcohólicas por el sistema de igualas, durante los meses de enero a junio de 1946.-17 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

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430 LEGISLACION D E LOS ESTADOS

Catartro.-Decreto N9 109 (XXXVI Leg.) Reforma los articulos 19, 39, la tarifa del artículo 10, los articulos 11, 21, 25, 27, fracción 1 del 32, fracción 1 del 33, 34 y 35 del Libro Tercero de la Ley General de Hacienda vigente en el Estado de México, re- lativos a los procedimientos del Catastro y valorización de la propiedad territorial, rústica y urbana.-28 noviembre 1945; 30 noviembre 1945; 22 diciembre 1945.

Constitución Politica del Estado, (Refs.).-Decreto NQ 98 (XXXVI Leg.) Reforma el articulo 135 de la Constitución Política del Estado de México que determina el carhc- ter, elección y funciones de los Ayuntamientos.-3 septiembre 1945; 4 setiembre 1945; 5 septiembre 1945.

Decreto NQ 99 (XXXVI Leg.) Reforma 1;s artícu- los 40, fracción XI, y 115 de la Constitución Politica del Estado de México.-3 septiem- bre 1945; 4 septiembre 1945; 5 seetiembre 1945.

Decreto NQ 106 (XXXVI Leg.) Reglamento del Consejo de Revisión Municipal expedida por el C. Gobernador del Estado. que tendrA a su cargo el estudio y revisión de los expedientes relativos a las elecciones munici- pales.-20 octubre 1945; 20 octubre 1945.

Construcciones.-Decreto NQ 108 (XXXVI Leg.) Ley de Protección a las nuevas . construcciones, fraccionamientos industriales y residenciales y obras de irrigación que

ae realicen en el Estado de México.-21 noviembre 1945; 29 noviembre 1945; 1' di- ciembre 1945.

Elecciones Municipales.-Decreto NQ 105 (XXXVI Leg.) Adiciona el articulo 138 de la Constitución Política del Estado de México, referente a elecciones municipales, instituyendo un Consejo de Revisión Municipal y derogando la fracción XVI del artícu- lo 70 y VI1 del 73, de la propia Constitución.-17 octubre 1945; 17 octubre 1945; 17 octubre 1945.

Decreto NQ 106 (XXXVI Leg.) Reformo los artículos 99, 103, 118 reformado, 120, 125 y 158 de la Ley Orgánica para Elecciones Políticas y Mu- nicipales del Estado de México, que se refieren concretamente a estas G1timas.-17 oc- tubre 1945; 17 octubre 1945; 17 octubre 1945.

Reglamento del Consejo de Revisión Municipal expedido por el C. Gobernador del Estado, que tendrá a su cargo el estudio y revisión de los expe- dientes relativos a las Elecciones Municipales.-20 octubre 1945; 20 octubre 1945.

Fraccionamientos.-Decreto NQ 108 (XXXVI Leg.) Ley de Protección a las nue- vas Construcciones, Fraccionamientos Industriales y Residenciales y Obras de Irrigación que se realicen en el Estado de México.-21 noviembre 1945; 29 noviembre 1945; 1 v octubre 1945.

Gobernador del Estado.-Decreto NQ 87 (XXXVI Leg.) Determina que los premios y recompensas por servicios eminentes prestados al Estado por el C. Gobernador, se le otorgarán únicamente, despues de concluído su mandato.-12 julio 1945; 14 julio 1945; 18 julio 1945.

Decreto NQ 91 (XXXVI Leg.) Proclama Gobernador Constitucional del Estado de México, para el período que se inicia el 16 de septiembre de 1945 y termina el 15 de septiembre de 1951, al Ciudadano Alfredo del Mazo V.- 14 julio 1945; 16 julio 1945; 25 julio 1945.

Decreto NQ 102 (XXXVI Leg.) Declara Gobernador Be- nemérito del Estado de México al C. Lic. Isidro Fabela y le concede la Medalla del Mérito Civil por la obra intelectual, moral y material intensamente realizada en benefi- cio del propio Estado, durante su gestión.-13 septiembre 1945; 12 septiembre 1945; 15 septiembre 1945.

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LEGISLACION D E LOS ESTADOS 43 1

Hacienda del Estado.-Decreto N" 109 (XXXVI Leg.) Reforma los artículos 10, 3'4, la Tarifa del artículo 10, los artículos 11, 21, 25, 27, fracción 1 del 32, fracción 1 del 33, 34 y 35 del Libro Tercero de la Ley General de Hacienda vigente en el Estado de México, relativos a los procedimientos del Catastro y valorización de la propiedad territorial, rústica y urbana.-28 noviembre 1945; 30 noviembre 1945; 22 diciembre 1945.

Decreto N9 115 (XXXVI Leg.) Adiciona el Libro Primero d e la Ley General de Hacienda vigente en el Estado de México en relación al impuesto territorial rústico y urbano; al de traslación de dominio; al impuesto general al co- mercio y la industria; y a los derechos fiscales por contratos privados y escrituras pú- blicas y derechos sanitarios.-12 diciembre 1945; 21 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

Hacienda Municipal.-Decreto NQ 116 (XXXVI Leg.) Deroga y reforma los articu- los y fracciones que menciona, de la Ley de Hacienda Municip~l vigente en el Estado d e México.-13 diciembre 1945; 19 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

Impuesto Sobre Donaciones.-Decreto NO 111 (XXXVI Leg.) Reforma los artícu- los 10, 5'' (Tarifa), 25, en su fracción IV y 27 en su fracción IV también, de la Ley del Impuesto sobre Donaciones, expedida por decreto NO 22, de 23 de diciembre de 1943.-5 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Impuesto Sobre Herencias y Legados.-Decreto N' 110 (XXXVI Leg.) Reforma los articulos 19, 49, fracción 111 del 79, fracción IV del 20, 36, fracciones 11 y VI11 del 48, 49 y fracción VI11 del 64, de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados, ex- pedida por decreto NQ 16, de 23 de diciembre de 1943 y publicada en los Periódicos Oficiales del Estado de 4 y 8 de marzo de 1944.-5 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Impt4estos.-V. Bebidas Alcohólicas; Hacienda del Estado; Justicia Fiscal; Im- puesto Sobre Donaciones; Impuesto Sobre Herencias y Legados.

Ingresos del Estado.-Decreto N" 113 (XXXVI Leg.) Cotiene la Ley de Ingresos del Estado de México para el año 1946.-13 diciembre 1945; 20 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Fe de erratas a esta Ley de Iizgresos del Estado, para 1946, en el P. O. de 23 de enero de 1946).

Ingresos Municipales.-Decreto hT9 112 (XXXVI Leg.) Ley de Ingresos para los Municipios del Estado de hléxico, que regiri durante el año 1946.-13 diciembre 1945; 20 diciembre 1945; 29 diciembre 1915.

Justicia Fiscal.-Decreto N* 117 (XXXVI Leg.) Reforma las fracciones 1 y 111 del artículo 1'4, l a fracción 1 del artículo 5'4 y la fracción 1 del artículo 17 de la Ley del Servicio de Justicia en Materia Fiscal, vigente en el Estado de México.-13 diciem- bre 1945; 20 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

Legislatura del Estado.-Decreto N" 107 (XXXVI Leg.) Deroga la fracción VI1 del artículo 153 del Reglamento para el, Gobierno Interior de la Legislatura del Estado d e México.-17 octnbre 1945; 17 octzrbre 1945; 17 octubre 1945.

Obras dc Irrigacióa.-Decreto N" 108 (XXXVI Leg.) Ley de Protección a las nuevas construcciones, fraccionamientos industriales y residenciales y obras de irriga- ción que se realicen en el Estado de México.-21 ~tovietnbre 1915; 29 ~toviembre 1945; l o diciembre 1945.

Orgatziznción Afz~~1icipa1.-Decreto XQ 100 (XXXVI Leg.) Reforma el artículo 18 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, determinando que los Ayunta- mientos serán Asamblcas formadas por elección popular que durarán en ejercicio tres años.-3 septiembre 1945; 4 septiembre 1945; 5 septiembre 1945.

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LEGISLACION DE LOS ESTADOS

Reglamento del Consejo de Revisión Municipal del Es- tado de México, expedido por el C. Gobernador del propio Estado, que tendrá a s u cargo el estudio y revisión de los expedientes relativos a las elecciones municipales.- 20 octubre 1945; 20 octubre 1945.

Decreto NQ 114 (XXXVI Leg.) Reforma los artículos 34, 99, parrafo primero de los artículos 101 y 102; artlculos 103, 106, 107 y 109; frac- ciones V y VI del artículo 117 y el artículo 120 de la Ley Orgánica Municipal del Es- tado de M6xico.-13 diciembre 1945; 20 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

Policia-Decreto NQ 95 (XXXVI Leg.) Ley Orgánica del Servicio de Policía en l

el Estado de M6xico.-28 agosto 1945; 30 agosto 1945; 1' septiembre 1945. I Profesores.-Decreto NQ 97 (XXXVI Leg.) Establece el sueldo suplementario en

favor de los profesores dependientes del Gobierno del Estado (Educadorai. Directores e Inspectores Técnicos de Escuelas y Catedrkicos).-28 agosto 1915; 30 agosto 1945; 1. septiembre 1945.

Pueblos.-Decreto NQ 88 (XXXVI Leg.) Ordena que a partir de la fecha de publi- cación de este decreto, el pueblo de Nepantla, del Municipio de Tepetlixpa, Distrito de Chalco, llevara el nombre de "Nepantla de Sor Juana In6s de la C r u z " A 2 julio 1945; 14 julio 1945; 18 julio 1945.

Decreto N9 89 (XXXVI Leg.) Determina que a partir de la fecha de este decreto, el pueblo de Temascalcingo, del Distrito de El Oro, del Estado de Mkxico, llevará el nombre de "Temascalcingo de José María Velasco".-12 julio 1945; 14 julio 1945; 21 julio 1945.

Sueldos.-V. Profesores.

MICHOACAN

Egresos del Estado.-Decreto NQ 54. (H. Congreso) Contiene el Presupuesto de Egresos del Estado de Michoacan, para 1946.-29 diciembre 1945; 31 diciembre 1945; (Suplemento P. O.)

Hacienda MunicipaL-Decreto N* 49 (H. Congreso). Deroga las fracciones IX, X y XIII de la Tarifa del artículo 98 de la Ley de Hacienda vigente para los Municipios del Estado de Michoacán.-28 noviembre 1945; 11 diciembre 1945; 17 diciembre 1945. '

Impuesto al Comercio y la Industria.-Decreto expedido por el C. Gobernador del Estado, que modifica la Tarifa del artículo 20 de la Ley de Ingresos vigente en la Enti- dad, durante 1945, en relación al Impuesto al Comercio y a la Industria.-20 octubre 1945; 25 octubre 1945.

\

Impuestos Mirnicipa1es.-V. Hacienda Municipal.

Ingresos del Estado.-Decreto expedido por el C. Gobernador del Estado, que modi- '

fica la Tarifa del artículo 20 de la Ley de Ingresos vigente en la Entidad, durante 1945, en relación al Impuesto al Comercio y a la Industria.-20 octirbre 1945; 25 octubre 1945.

Decreto NQ 48 (H. Congreso) Ley de Ingresos del Estado de Michoacan para el ejercicio fiscal de 1946.-28 noviembre 1945; 13 diciembre 1945; 17 diciembre 1945.

Salario Mlnimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, que fija el salario mínimo que regira en los diferentes Muni- cipios de dicha Entidad Federativa durante el bienio 1946-1947.-17 diciembre 1945; 20 diciembre 1945.

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LEGISLACION DE LOS ESTADOS 433

MORELOS

A1fabetisación.-Ley del H. Congreso del Estado. Ley de la Campaña Pro-Alfabe- tización en el Estado de Morelos, determinando las obligaciones de los habitantes del Estado en relación a la misma y otorgando recompensas a quienes se distingan en ella. -6 noviembre 1945; 5 diciembre 1945; 9 diciembre 1945.

Bienes Inmueble$.-Decreto NO 4 (H. Leg. del Estado). Ordena que los Notarios y Oficinas del Registro Público de la Propiedad no autoricen compraventa ni translaciones de dominio de bienes inmuebles, mientras no se acredite que las propiedades están al corriente en el pago de inipuestos de aguas potables y saneamiento.-? ttoviembre 1945; 5 diciembre 1945; 9 diciembre 1945.

Campaíia Nacional Contra e1 Analfabetismo.-V. A2fabetizacción.

Código Sanitario del Estado.-Decreto NO 48 (H. Leg. del Estado) Declara vigente en el Estado de Morelos el Código Sanitario Federal.-8 noviembre 1945; 14 diciembre 1945; 23 diciembre 1945.

Egresos del Estado.-Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos para el ejer- cicio fiscal de 1946.-13 daciembre 1945; 1 8 diciembre 1945; 23diciembre 1945 (Seg. Sec. P. O.)

Impuestos.-V. Bienes Inrnuebles.

Ingresos del Estado.-Ley de Ingresos del Estado de Morelos para el ejercicio fis- cal de 1946.-13 diciembre 1945; 18 diciembre 1945; 23 diciembre 1945 (Seg, Sec. P. O.).-(Fe de erratas a esfa Ley, en el P. O. de 30 de diciembre de 1945),. (3' Sec. P. O.)

Notariado.-Ley Orgánica del Notariado del Estado de Morelos.-20 diciembre 1945; 25 diciembre 1945; 30 diciembre 1945 (1Q Ser. P. O.)

Notarías.-V. Notariado.

Periódico Oficial del Estado.-Reglamento del Periódico Oficial de1 Estado de Morelos.-?O diciembre 1945; 30 diciembre 1945 (3Q Sec. P. O.)

Salario Mifiimo.-Declaratoria de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos que fija el salario mínimo que regirá en dicha Entidad Federativa, durante los años 1946-1947.-29 drciembre 1945; 30 diciembre 1945 (Alc. P. O.)

Sanidad.-V. Código Sani:auio del Estado.

Secretaria General de Gobierno del Estado.-Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Morelos y sus dependencias.-26 diciembre 1945; 30 diciembre 19.15 (Seg. Sec. P. O.)

NAYARIT

Ay~intamiontos.-V. Elecciotes Mzcnicipales.

Constitiuión Polilica del Estado (Refs.).-Decreto NQ 2714 (VI1 Leg.) Modifica los artículos 47 en su fracción IX, 82, 83 y 84 de la Constitución Política del Estado de Nayarit, que se refieren al nombramiento de magistrados del Supremo Tribunal de Jus- ticia del Estado y a la integración del mismo.-31 agosto 1945; 20 diciembre 1945; 26. diciembre 1945.

Departamento de Fomento Agrícola.-V. Fomento Agricola.

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Elecciones Municipales.-Decreto N* 2665 (VI1 Leg.) Reforma el artículo 13 de la Ley Orgánica Electoral vigente en el Estado de Nayarit, en relación a la división de cada municipalidad en Secciones Electoralto, pata las elecciafiea de Regidores de los Ayuntamientos.-28 agosto 1945; 3 septiembre 1945; 5 septiembre 1945.

Decreto NQ 2668 (VI1 k g . ) Convoca a elecciones ordi- narias para Regidores de Ayuntamientos, que tendrán verificativo el día 2 de diciembre de 1945, en los diferentes Municipios del Estado d t Nayarit.-28 ag08tO 1945; 3 se#- tlembre 1945; 5 septiembre 1945.

EI@ccid>i@s de Podere~ Locales.-V. Gobernador del Estado.

Fomento Agrícola.-Decreto NP 2717 (VI1 Leg.) Crea el Departamento de Fo- mento Agrícola en e1 Estado de Nayarit, para la atención de todas las necesidades y pro- blemas concernientes a la agricultura, control de sus productos y circulación de los inismbs.-19 septiembre 1945; 19 septiembre 1945; 26 septiembre 1945.

Gobernador del Estado.-Decreto Nv 2665 (VI1 Leg.) Dectata válidar las eleccio- nes de Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, verifica& el domingo 5 de agosto de 1945, y proclama Gobernador Constitucional del mismo para ti sexenio que se iniciar& al 16 de enero de 1945 y termina el 31 de diciembre de 1951, al C. Senador Gilberto Flores MuRoz. 22 agosto 1945; 22 agosto 1945; 22 agosto 1945.

Indulto.-Decreto N* 2664 (VI1 Leg) Ley de Indulto para teos sentenciados que hayan compurgado la parte de las penas corporales que se mencionan en el artículo Pt de esta Ley.-17 agosto i945; 24 agosto 1945; 29 agosto 1945.

Supremo Tribunal de Justicia del Estada.-Decreto N* 2714 (VI1 Leg.) Modi- fica los artículos 47 en su fracción IX, 82, 83 y 84 de la Constitucib Politica del Estado de Nayarit, que se refieren al nombramiento de Magistrados del Supremo Tri- bunal de Justicia del Estado y a la integración del mismo.-31 agosto 1945; 20 diciem- bre 1945; 26 diciembre 1945.

NUEVO LEON

Egresos del Estado.-Decreto NQ S9 (H. Leg.) Contiene la &y de Egresos del Estado de Nuevo León para el año 1946.-28 diciembre 1945; 28 diciemBre 1945; 29 diciembre 1945 (Alc. P. O.)

Ingresos del Estado.-Decreto N* S8 (H. Leg.) Contiene la LeyAe Ingresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal de 1946.-28 diciembre 1945; 28 di- ciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Alc. P. O.)

Ingr8~0d Municipales.-Decreto N? S7 (H. k g . ) Contiene la Ley de Ingresos de 16s Municipios del Estado de Nuevo León para el año fiscal de 1946.-28 diciembre 1945; 28 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Alc. P. O.)

Solario Mínimo.-Lista de salarios mínimos aprobada por la Junta Central de Con- ciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León para los distintos Municipios del mismo, durante el bienio 1946-1947.-29 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

OAXACA

Agricultura.-V. Tierras Laborables.

Alcoholismo.-Decreto Nv 76 (XXXIX Leg.) Reforma los artículos 69 y 89 de la Ley contra los vicios del alcoholismo Y de las drogas heróicas, vigente en el Estado

, de Oaxaca, determinando las horas en que 10s eap&hdios de bebidae Poohdlicas podrán

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LEGISLACION D E LOS ESTADOS 435

hacer sus ventas y prohibiendo en lo absoluto la venta de bebidas embriagantes du- rante los domingos.-8 octubre 1945; 8 octltbre 1945; 20 octubre 1945.

Bebidas Alcohólicas.-V. Alcoholismo.

Café.-Decreto N v 93 (XXXIX Leg.) Reforma nuevamente la fracción 1 del artícu- lo 87 de la Ley de Organización Fiscal del Estado de Oaxaca, en relación a la cuota que pagará el café, a razón de $6 .00 por cada 46 kilos; y modifica en lo conducente l a fracción b) del inciso VI, letra A (Impuestos) del artículo l o de la Ley de Ingresos del Estado, para 1945.-15 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 15 diciembre 1945.

Egresos del Estado.-Decreto NQ 9 2 (XXXIX Leg.) Contiene el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el año fiscal de 1946.-14 dicienlbre 1945; 14 di- ciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Supl. P. O.)

Facultades Extraordinarias.-Decreto NV 65 (XXXIX Leg.) Concede facultades ex- traordinarias al Ejecutivo del Estado, para legislar en el Ramo de Hacienda, durante el receso de la Legislatura de la Entidad, que termina el 15 de septiembre de 1945.- 30 junio 1945; 30 junio 1945; 14 julio 1945.

Decreto N' 94 (XXXIX Leg.) Concede facultades ex- traordinarias al Ejecutivo del Estado de Oaxaca para legislar en el Ramo de Hacienda.- 15 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Hacienda del Estado.-V. Facultades Extraordinarias.

Huevos.-Decreto NQ 86 (XXXIX Leg.) Reforma el artículo 19 del decreto NV 124, de 22 de septiembre de 1937, determinando que las operaciones de compraventa de huevo causar6n en el Estado de Oaxaca un impuesto de $10.00 por cada trescientas sesenta unidades de dicho producto.-27 noviembre 1945; 27 novzembre 1945; 1 0 di- ciembre 1945.

Impuestos.-V. Café; Huevos; Tierras Laborables.

Indulto.-Decreto de la XXXIX Leg. Faculta al Gobernador del Estado de Oaxaca para conceder la gracia de indulto a los reos que se encuentren extinguiendo su condena en las cárceles públicas de dicha Enfidad Federativa y que reunan las condiciones que este decreto especifica.-30 octubre 1945; 30 octubre 1945; 10 noviembre 1945.

Ingresos del Estado.-Decreto NQ 93 (XXXIX Leg.) Reforma nuevamente la frac- ción 1 del artículo 87 de la Ley de Organización Fiscal del Estado de Oaxaca, en re- lación a la cuota que pagará el café, a razón de $6 .00 por cada 46 kilos; y modifica en lo conducente la fracción b) del inciso VI, letra A (Impuestos) del artículo 1Q de la Ley de Ingresos del Estado, para 1945.-15 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 15 di- ciembre 1945.

Decreto NQ 91 (XXXIX Leg.) Contiene la Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal de 1946.-14 diciembre 1945; 14 diciem- bre 1945; 29 diciembre 1945 (Supl. P. O.)

Notarlas.-Decreto NQ 152 (XXXIV Leg.) (Reimpresión). Establece en la capital del Estado, el "Archivo General de Notarías y del Registro Público de la Propiedad del Estado de Oaxacan.-16 diciembre 1943; 16 diciembre 1943; 27 octubre 1945.

Orgaliización Fiscal.-Decreto NQ 93 (XXXIX Leg.) Reforma nuevamente la frac- ción 1 del artículo 87 de la Ley de Organización Fiscal del Estado de Oaxaca, en rela ción a la cuota que pagará el café a razón de $6 .00 por cada 46 kilos; y modifica en lo conducente l a fracción b) del inciso VI, letra A (Impuestos) del artículo 1Q de la Ley de Ingresos del Estado, para 1945.-15 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 15 di- ciembre 1945.

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436 LEGISLACION DE LOS ESTADOS

Registro Público de la Propiedad.-Decreto NQ 152 (XXXIV Leg.) (Reimpresión). Establece en la capital del Estado, el "Archivo General de Notarías y del Registro PÚ- blico de la Propiedad del Estado de 0axaca."-16 diciembre 1943; 16 diciembre 1943; 27 octubre 1945.

Pueblos.-Decreto N9 73 (XXXIX Leg.) Establece que el poblado de "Refugio de Tultitlhn", se denominara en lo sucesivo: "Tultitlán de Guadalcazar", dependiente del Municipio de Tequixtepec, Distrito de Huajapam, Oax. 27 septiembre 1945; 27 septiem bre 1945; 13 octubre 1945.

Decreto NQ 77 (XXXIX Leg.) Reconoce en el paraje denominado "Peñas Negras", el nuevo asiento territorial de la "Campana", Municipio de Reforma, Distrito de Putla, O a x - 8 octubre 1945; doctubre 1945; 20 octubre 1945.

Tierras Laborables.-Decreto N9 198 (XXXIV Leg.) (Reimpresión). Declara de utilidad pública el cultivo de las tierras- laborables del Estado de Oaxaca; dividiendolas al efecto en cuatro categorías, y eximiendo del impuesto predial a los propietarios que procedan a reanudar o amplíen sus cultivos.-29 junio 1934; 29 junio 1934; 3 noviem- bre 1945.

PUEBLA

Alfabetización.-Ley expedida por el C. Gobernador del Estado. Se instituye en el Estado de Puebla la Medalla Civil al Merito Cultural y Diploma, que se otorgatán al terminar la etapa final de la Campaña de Alfabetización Nacional, que sera despuCs del 31 de mayo de 1 9 4 6 . 4 octubre 1945; 26 octubre 1945.

Arrea.-Ley expedida por el C. Gobernador del Estado. Establece un impuesto so- bre la compraventa de primera mano de arroz en el Estado de Puebla, que se recau- dará. en' la forma que determina, a razón de $0.02 por cada kilo de arroz palay; derogando al efecto el decreto de 7 de octubre de 1937, asi como ais rekormas por decretos de 5 de octubre de 1938, 18 de septiembre de 1941 y 7 de enero de 1944, e, igualmente, el decreto de 11 de octubre de 1939, que tambien creó un impuesto sobre la compraventa de arroz.-2 octubre 1945; 5 octubre 1945.

CampaZa Naciond Contra el Analfabetismo.-V. Alfabetización.

Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado.-Deroga los articulos 277 a 290 inclusive, del Código de Procedimientos en materia de Defensa Social del Estado de Puebla, sustituy~ndolos con nuevos artículos reformados y adi- cionados, que reguian lo relativo a los recursos de apelación y queja.-15 septiembre 1945; 25 octubre 1945; 16 noviembre 1945.

Egresos del Estado.-Ley de Egresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal de 1946, expedida por el C. Gobernador de dicha Entidad en uso de facultades extraor- dinarias .26 diciembre 1945; 28 diciembre 1945 (Supl. P. O.)

Facultades Extraordinarias.-Decreto de la XXXVI Leg. Concede facultades ex- traordinarias al C. Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, para legislar en los ramos de Hacienda, Gobernación, Justicia y Educación Pública, durante el receso de la H. Legislatura del Estado, comprendido desde el 16 de septiembre de 1945 al 14 de enero de 1946.-15 septiembre 1945; 25 septiembre 1945; 28 septiembre 1945.

Impuestos.-V. Arroz; Pavimentación.

Ingresos del Estado.-Decreto de la XXXVI Leg. Reforma el articulo 58 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para 1945, determinando que, en el Municipio de Puebla, se causará un impuesto adicional del 10% destinado a la conservación de la pavimentación existente en la capital.-26 junio 1945; 2 agosto 1945; 10 agosto 1945.

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LEGISLACION D E L O S E S T A D O S 437

Ingresos del Estado.-Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio fis- cal de 1946.-22 diciembre 1945; 2.5 diciembre 1945 (Supl. P. O.)

Pavimentaciln.-Decreto de la X X X V I Leg.-Reforma el artículo 58 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para 1945, determinando que, e n el Municipio de Puebla, se causará u n impuesto adicional de 10% destinado a la conservación de la pavimentación existente e n la capital.-26 junio 1945; 2 agosto 1945; 10 agosto 1945.

Recurso de Apelación.-V. Código de Procedimiet~tos en Materia de Defensa Soc id del Estado.

Recurso de Queja.-V. Código de Procedimientos e n Materia de Defensa Social del Estado.

Salario Mánimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado. Determina el salario mínimo que regirá e n los diversos municipios del Estado de Puebla durante el bienio 1946-1947.-27 diciembre 1945; 28 diciembre 1945.

Q U E R E T A R O

Aparatos Musicales.-Decreto N Q 63 ( X X X I V Leg.) Reforma la fracción X del articulo 17 del Reglamento de Policía y Gobierno Municipal del Estado de Querétaro, regulando el uso de aparatos musicales.-23 noviembre 1945; 26 noviembre 1945; 27 diciembre 1945.

Bebidas Embriagantes.-Ley N Q 66 ( X X X I V Leg.) Declara punible e n el Estado de Querétaro el trueque de cereales por bebidas embriagantes e n el campo y con cam- pesinos, sancionándolo con la pena de 6 años a 6 meses de prisión, multas de 100 a 5,000 pesos, prohibición del ejercicio del comercio por u n año y decomiso de la mercan- cía objeto del trueque.-30 octubre 1945; 3 noviembre 1945; 22 noviembre 1945.

Egresos del Estado.-Ley N Q 68 ( X X X I V Leg.) Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro, para el año 1946.-17 diciembre 1945; 19 diciembre 1945; 27 diciembre 1945 (Alc. P. O.)

Ingresos del Estado.-Ley NQ 67 ( X X X I V Leg.) Ley de Ingresos del Estado de Querétaro para el ejercicio fiscal de 1946.-23 noviembre 1945; 24 noviembre 1945; 13 diciembre 1945.

Municipios.-Decreto NQ 50 ( X X X I V Leg.) Reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Querétaro, determinando que la subdelegación de Boxasní, juris- dicción de Cadereyta, se denominará en lo sucesivo "Villa Morelosv.-26 junio 1945; 28 junio 194.5; 12 jzrlio 1945.

Pueblos.-Decreto h'Q 50 ( X X X I V Leg.) Reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Querétaro, determinando que la subdelegación de Boxasní, jurisdic- ción de Cadareyta, se denominará e n lo sucesivo "Villa Morelos".-26 junio 1945; 28 junio 1945; 12 julio 1945.

S A N LUIS POTOSI

Código Civil del Estado (Ref.).-Decreto N Q 13 ( X X X V I I I Leg.) Reforma el ar- ticulo 1776 del Código Civil del Estado de San Luis Potosí e n relación a constitución de la prenda.-5 diciembre 1945; 8 diciembre 1945; 13 diciembre 1945.

Egresos del Estado.-Decreto NQ 15 ( X X X V I I I Leg.) Contiene la Ley de Egresos del Estado de San Luis Potosí para el aíio 1946.-14 diciembre 1945; 14 diciembre 1945; 23 diciembre 1945 (Supl. P. O.)

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LEGZSLACION DE LOS ESTADOS

Ingresos del Estado.-Decreto N* 11 (XXXVIII Leg). Contiene la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potoai para el ejercicio fiscal de 1946.-13 octubre 1945; 30 noviembre 1945; 6 diciembre 1945 (Supl. P. O.)

Mercancías.-V. Transporte.

OrganUaciórt Judicial.-Decreto N9 21 (XXXVIII Leg.) ~ e f o r m a Ion artículos 14, 33 y 65 de la Ley Orgánica de los Tribunales del Estado de San Luis Potosi. que se refieren al número de jueces que habrá en el Distrito de la Capital misma; así como a la forma de suplir las faltas de los jueces y alcaldes del Estado.-14 diciembre 1945; 18 diciembre 1945 (Supl. P. O.)

Poder JudiciaL-V. Organixmión Judicial.

Prenda,-Decreto N* 12 (XXXVIII Leg.) Reforma el articulo 1776 del C6digo Civil del Estado de San Luis Potosí, en relación a constitución de la prenda.-5 di- ciembre 1945; 8 diciembre 1945; 13 diciembre 1945.

Transporte.-Decreto N4 12 (XXXVIII Leg.) Norma el transporte urbano de mer- cancias o efectos no conectados con las vías generales de comunicación, derogando los decretos de 25 de mayo de 1945, sobre carga y descarga y sobre vehículos de tracción animal.-23 noviembre 1945; 24 noviembre 1945; 9 diciembre 1945.

SINALOA

Alcohol.-Decreto N* 125 (XXXVIII Leg.) Ley para la elaboración y venta de al- cohol y bebidas alcohólicas en el Estado de Sinaloa, que pagarán un impoesto denomi- nado "Impuesto especial sobre bebidas alcohólicas", con arreglo a la tarifa que se deter- mina.-8 noviembre 1945; 15 noviembre 1945; 17 noviembre 1945.

Artlculos de Consumo Necesario.-Acuerdo del C. Gobernador del Estado, que fija los precios a los artículos de consumo necesario en el Estado de Sinaloa-2 junio 1945; 8 julio 1945.

Bebidas Alcohólicas.-Decreto N4 125 (XXXVIII Leg.) Ley para elaboración y venta de alcohol y bebidas alcohólicas en el Estado de Sinaloa, que pagarán un impuesto denominada "Impuesto especia! sobre bebidas alcohólicas", con arreglo a la tarifa que se determina.4 noviembre 1945; 15 noviembre 1945; 17 noviembre 1945.

Catastro.-Reglamento de la Ley Catastral del Estado de Sinaloa contenida en el decreto N* 33, de 6 de diciembre de 1944, publicada en los periódicos oficiales de 20 y 23 de enero de 1 9 4 5 . 4 junio 1945; lQ septiembre 1945 (Supl. P. O.)

Construcciones.-V. Fincas Urbanasc

Cooperativas Escolares.-Reglamento sobre el establecimiento y función de las co- operativas escolares dependientes de la Dirección General de Educación del Estado de S ina loa .27 julio 1945; 6 octubre 1945 (Subl. P. O.)

Bases constitutivas de las Sociedades Cooperativas Es- colares de Consumo y de Producción, dependientes de la Dirección General de Educa- ción del Estado de Sina1oa.-2 agosto 1945; 6 octubre 1945 (Supl. P. O.)

Elecciones de Poderes Federales.-División territorial del Estado de Sinaloa para las elecciones de Poderes Federales (Presidente de la República, Senadores y Diputa- dos), que tendrb lugar el primer domingo de julio de 1946.-29 octubre 1945; 3 no- viembre 1945.

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LEGISLACION D E LOS ESTADOS 439

Fincas Urbanas.-Decreto N@ 102 (XXXVIII Leg.) Ley de Protección para la cons- trucción, reconstrucción y reparación de fincas urbanas en el Estado de Sina1oa.-28 junio 1945; 2 julio 1945; 24 julio 1945.

Impuestos.-V. Alcohol; Jirrgos Permitidos.

Ingresos M1rtticipa1es.-Decreto No 123 (XXXVIII Leg.) Prorroga para el año de 1946 el decreto No 20 expedido por el H. Congreso del Estado con fecha 31 de octubre de 1944, que señala los ramos de isgresos de los Municipios del Estado de %aloa.- 8 noviembre 1945; 15 noviembre 1945; 17 noviembre 1945.

.Iuegos Permitidos.-Decreto N9 120 (XXXVIII Leg.) Reforma el artículo 39 del decreto No 237, publicado el 28 del mismo mes y año, que estableció en el Estado de Sinaloa un impuesto especial sobre juegos permitidos por la Ley, en relación a las cuotas que pagarán los salones de billar.-18 octubre 1944; 30 octubre 1945; 8 novien& bre 1945.

Precios Oficiales.-V. Articulos de Consumo Necesario.

Universidad de Sina1oa.-Decreto NO 100 (XXXVIII Leg.) Reforma el articulo 26 de la Ley Orgánica para la Universidad de Sinaloa, expedida por decreto N9 57 de 13 de enero de 1945, en lo que se refiere al nombramiento de rector.-28 junio 1945; 2 julio 1945; 5 julio 1945.

SONORA

Articulos de Consirmo Necesario.-Ley N* 118 del H. Congreso del Estado. Deroga la Ley N9 46 de 17 de abril de 1944, que confirió al Ejecutivo del Estado facultades ex- traordinarias para el control de productos de consumo necesario.-6 noviembre 1945; 8 noviembre 1945; 14 noviembre 1945.

Asociaciones Civiles.-Ley No 115 del H. Congreso del Estado. Ley de Asociacie nesciviles del Estado de Sonora, derogativa de todas las disposiciones anteriores sobre la materia.-30 octubre 1945; 3 noviembre 1945; 10 noviembre 1945.

Ley N* 11 7 del H. Congreso del Estado. Adiciona y reforma el Código Civil del Estado de Sonora en sus artículos 38, 42 y 3209 bis, referentes a Asociaciones Civiles.-30 octubre 945; 5 rtoviembrc 1945; 10 rtoviembre 1945.

Asociaciones y Coftfedcraciones Agrícolas y Ganaderas.-Decreto del C. Gobernador del Estado, que abroga el decreto 26 de junio de 1935, dictado por el mismo Ejecu- tivo, reformando el artículo 26 del Reglamento de la Ley de Asociaciones y Confedera- ciones Agrícolas y Ganaderas del Estado de Sonora de 12 de mayo de 1934, restable- ciendo el vigor de su texto primitivo.-14 noviembre 1945; 17 noviembre 1945.

Catastro.-Ley N9 107 del H. Congreso del Estado.-Ley del Catastro para el Estado de Sonora.-21 junio 1945; 21 jarnio 1945; 4 julio 1945 (Alc. B. O.)

Código Civil del Estado (Refs.1.-Ley NQ 116 del H. Congreso del Estado. Adiciona el artículo 19 y reforma los 189 a 204, ambos inclusive, del Código Civil del Estado de Sonora determinando que la capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer y re- gulando en dicho sentido el capítulo referente a los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio.-30 octubre 1945; 5 noviembre 1945; 10 itoviembre 1945.

Ley NV 117 del H. Congreso del Estado. Adiciona y reforma el Código Civil del Estado de Sonora en sus artículos 38, 42 y 3207 bis, referentes a asociaciones civiles.-30 octubre 1945; 5 noviembre 1945; 10 noviembre 1945.

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440 LEGISLACION DE LOS ESTADOS

Derechos Fiscales.-Tarifa para el cobro de los derechos fiscales en el Estado de Sonora, durante el ejercicio fiscal de 1 9 4 6 . 4 diciembre 1945; 22 di5iembre 1945 (Alc. B. O.)

Egresos del Estado.-Ley N* 129 del H. Congreso del Estado. Contiene el Presu- puesto de Egresos del, Estado de Sonora para.el a80 1946.-14 diciembre 1945; 17 di- ciembre 1945; 22 diciembre 1945 (Alc B. O.)

Ganadería.-Ley NQ 25 del H. Congreso del Estado. Declara de utilidad pública la creación de una Empresa Industrializadora de Productos Ganaderos y establece una con- tribución especial extraordinaria para constituirla.-22 noviembre 1945; 26 noviembre 1945; 1 0 diciembre 1945 (Alc. B. O.)

Ley N9 119 del H. Congreso del. Estado. Reforma el artículo 29 transi- torio de la Ley de Ganadería vigente en el Estado de Sonora expedida el 27 de sep- tiembre de 1 9 4 4 . 6 noviembre 1945; 8 noviembre 1945; 14 noviembre 1945.

Ganado.-Ley 123 del H. Congreso del Estado. Modifica el articulo 82 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Sonora en relación al impuesto quse se causar6 por sacrificio, compraventa, permuta, cesión o cualquier otro acto que trasmita la propie- dad de ganado.-8 noviembre 1945; 12 noviembre 1945; 17 noviembre 1945.

Hacienda del Estado.-Ley N9 127 del H. Congreso del Estado. Suprime el inciso 10 de la Tarifa 11 del artículo 103 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Sonora, en relación al impuesto al comercio y la industria en el ramo de hoteles, campos de turistas y casas de huéspedes.-14 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Ley N9 120 del H. Congreso del Estado. Reforma el inciso b) de la fracción 1 del articulo 76 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de So- nora, en relación al impuesto predial.-6 noviembre 1945; 8 noviembre 1945; 14 no- viembre 1945.

Ley N9 123 del H. Congreso del Estado. Modifica el articu- lo 82 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Sonora, en relación al impuesto que se causará por sacrificio, compraventa, permuta, cesión o cualquier otro acto que tras- mita la propiedad de ganado.4 noviembre 1945; 12 noviembre 1945; 17 noviembre 1945.

Impuesto Predial.-Ley N9 120 del H. Congreso del Estado. Reforma el inciso b) de la fracción 1 del artículo 76 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Sonora, en relación al impuesto predia1.d noviembre 1945; 8 noviembre 1945; 14 noviembre 1945.

Impuesto al Comercio y la Industria.-Ley No 127 del H. Congreso del Estado. Su- prime el inciso 10 de la tarifa 11 del articulo 103 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Sonora, en relación al impuesto al comercio y la industria en el ramo de hoteles, campos de turistas y casas de huéspedes.-14 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Ingeniería Sanitaria.-V. Obras de Ingenieria Sanitaria.

Ingresos del Estado.-Ley N9 109 del H. Congreso del Estado. Reforma el artícu- lo 19 de la Ley de Ingresos del Estado de Sonora vigente en el año de 1945.-30 junio 1945; 30 junio 1945; 14 julio 1945.

Ley N9 128 del H. Congreso del Estado. Fija los Ingresos del Estado de Sonora para el ejercicio fiscal de 1946.-14 diciembre 1945; 17 diciem- bre 1945; 22 diciembre 1945 (Alc. B. O.)

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LEGISLACION D E L O S E S T A D O S 44 1

Matrimonio.-Ley N' 116 del H. Congreso del Estado. Adiciona el artículo 10 y re forma los 189 a 204, ambos inclusive, del Código Civil del Estado, determinando la igual capacidad jurídica del hombre y la mujer y reglamentando e n consecuencia el ca- pítulo relativo a los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio.-30 octubre 1945; 5 noviembre 1945; 10 noviembre 1945.

Obras de Ingeniería Sanitaria.-Ley NQ 122 del H. Congreso del Estado. Sobre Obras de Ingeniería Sanitaria e n el Estado de Sonora.-8 noviembre 1945; 15 no- viembre 1945; 21 noviembre 1945.

Ley NO 124 del H . Congreso del Estado. Aprueba el Convenio celebrado entre el Ejecutivo del Estado de Sonora y el Gobierno Federal, e l 10 de agosto de 1945, sobre cooperación en obras de ingeniería sanitaria.-8 98oviem- bre 1945; 15 noviembre 1945; 21 noviembre 1945.

Productos Ganaderos.-V. Ganaderia.

Salario Mínimo.-Resoluciones de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora que f i jan el salario mínimo para los distintos municipios del mismo, durante los años 1946-1947.-19 diciembre 1945; 26 diciembre 1945 (Alc. B. O.)

T A B A S C O

Arrendamievtos.-V. Contratos de Arrendamiento.

Ciudades-Decreto N' 55 ( X X X V I I I Leg.) Eleva a la categoría de Ciudad la actual V i l la de Paraíso, del Estado de Tabasco.-27 octubre 1945; 29 octubre 1945; 9 no- viembre 1945.

Colitratos de Atrerzdamiento.-Decreto N Q 58 ( X X X V I I I Leg.) Abroga el Decreto NQ 109 de 25 de noviembre de 1943, P. O. de 27 del mismo mes y año, por el cual se prorrogaron e n el Estado de Tabasco, durante la vigencia del estado de guerra e n que se encontraba el país, los contratos de arrendamiento de casas habitación, y prohi- bía el aumento de sus rentas.-31 octubre 1945; 3 noviembre 1945; 8 diciembre 1945.

Defemoria de Oficio del Estado.-Ley Orgánica de la Defensoría de Of ic io e n el Estado de Tabasco, que deroga la anterior de fecha 21 de diciembre de 1926.-28 no- viembre 1945; 13 diciembve 1945; 22 dicembre 1945.

Egresos del Estado.-Decreto N' 81 ( X X X V I I I Leg.) Contiene el Presupuesto General de Egresos del Estado de Tabasco para el año de 1946.-30 nooiembre 1945; 30 noviembre 1945; 15 diciembre 1945.

Ingresos del Estado.-Decreto N9 57 ( X X X V I I I Leg.) Reforma el articulo 23 de l a Ley de Ingresos del Estado de Tabasco para 1945, y determina que la producción de plátano causará u n impuesto de $0.21 por racimo, a excepción del producido por la "Asociación de Cultivadores de Plátano Criollo y d e m i s variedades", que pagará Úni- .camente $0.06.-31 octubre 1945; 3 noviembre 1945; 3 noviembre 1945.

I~igvesos del Estado.-Decreto expedido por el H . X X X V I I I Congreso del Estado de Tabasco, que contiene la Ley de Ingresos del Erario de dicha Entidad Federativa, para el año de 1946.-30 noviembre 1945; 5 diciembre 1945; 8 diciembre 1945.

Organización Jtídicia1.-Decreto N' 54 ( X X X V I I I Leg.) Reforma el Art. 29 de la L e y Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tabasco, estableciendo una nueva divi- ,siÓn jurisdiccional e n nueve distritos judiciales.-27 octubre 1945; 29 octubre 1945; 24 noviembre 1945.

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442. LECISLACION DE LOS ESTADOS 6

Plátano.-Decreto Nq 57 ( X X X V I I I Leg.) Reforma el articuio 23 de Ir Ley de In- gresos del Estado de Tabasco para 1945, y determina que la producebón de plátano causará un impuesto de $0.21 por racimo, a excepción del producido por la "Aso- ciación de Cultivadores de Plátano Criollo y demás variedades", que pagar4 Gnicamente $0.60.-31 octubre 1945; 3 noviembre 1945; 2 noviembre 1945.

Poder Judicial.-V. Organización Judicial.

Pueblos.-Decreto NQ 55 ( X X X V I I I Leg.) Eleva a la categoría de Pueblo, la ran- chería de Chiltepec, Tab.-27 octubre 1945; 29 octubre 1945; 9 noviemtwe 1945.

Tránsito,-Decreto NI 49 ( X X X V I I I Leg.) Contiene el Reglamento de Tránsito def: Estado de Tabasco.-29 septiembre 1945; 16 octubre 1945; 20 octubre 1945.

TAMAULIPAS

Aywntamientos.-V. Organización Municipal.

Catastro.-Tarifas catastrales para predios rústicos, sxpedidas por la Junta Centrar de Catastro del Estado de Tamaulipas con aprobación del Ejecutivo de la propia Enti- dad, para su vigencia a partir del 19 de enero de 1946.-13 diciembre 1945; 15 diciem- bre 1945 (Seg. Sec. P. O.)

Organización Municipal.-Decreto NQ 620 ( X X X V I I I Leg.) Reforma y adiciona el articulo 19 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Tamauiipas, contenida e n el decreto N* 125, de 10 de octubre de 1941, publicada en el P. O. del Estado de 16 d e mayo de 1942, en relación a la forma en que se integrarán los Ayuntapientos en las po- blaciones que no excedan de cincuenta mil habitantes y en aquellas cuyo número d e habitantes sea mayor de dicha cifra.-/* noviembre 1945; 3 noviembre 1945; 3 no- viembre 1945.

Predios Rústicos.-V. Catastro.

Salario Mínimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de1 Estado de Tamaulipas, fijando el salario mínimo que regirá en los diferentes Municipios del mismo, durante el bienio 1946-1947.-26 diciembre 1945; 29 diciembre 1945.

T L A X C A L A

Catastro.-Decreto NQ 30 ( H . Congreso). Contiene la Ley catastial para el Estado de Tlaxcala, que entrará en vigor el 1Q de agosto de 1 9 4 6 . 3 0 junio 1945; 2 julio 1945; 4 julio 1945 (Fe dt! erratas a esta Ley; en el P. O. del Estado de 8 de agosto det propio UZO).

Reglamento de la Ley Catastral del Estado de Tlaxcala; expedida el 30 de junio de 1 9 4 5 , 4 julio 1945; 4 julio 1945 ( F e de erratas a este Reglamento; en el P. 0. det Estado de 8 de agosto del mismo aíto).

" D h del Mecánico1'.-Decreto NQ 26 ( H . Congreso). Declara "Dia del Mecánico" en el Estado de Tlaxcala, el 28 de agosto de cada año.-23 junio 1945; 25 junio 1945; 4 julio 1945.

Día Solemne.-Decreto NQ 52 ( H . Congreso). Declara "Dla Solemne" en el Estado de Tlaxcala, el 9 de octubre d e cada aiio, en memoria de la batalla que tuvo lugar e n dicha fecha el año 1847, cuando la ciudad de Huamantla fué teatro de la heroica lucha contra la invasión americana.-9 octubre 1945; 9 octubre 1945; 24 octubre 1945.

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LEGISLACION D E LOS ESTADOS 443

Egresos del Estado.-Decreto N? 71 bis (H. Congreso). Contiene el Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el año de 1946.-26 diciembre 1945; 26 di- ciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Hacienda del Estado.-Decreto N* 70 (H. Congreso). Contiene la Ley de Hacienda para el Estado de Tlaxcala, derogatoria de la de 31 de diciembre de 1934.-26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Ingresos del Estado.-Decreto NQ 71 (H. Congreso). Contiene la Ley de Ingresos del Estado de Tlaxcala para el año 1946.-26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Ingresos .liunicipales.-Decreto NQ 69 (H. Congreso). Contiene la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para los Municipios del Estado de Tlaxcala durante el año 1946.-18 diciembre 1945; 22 diciembre 1945; 26 diciembre 1945.

Maguey.-Decreto NQ 32 (H. Congreso). Declara de utilidad pública el cultivo del maguey en todas las regiones del Estado de Tlaxcala que por su topografía, clase d e terrenos, altura y clima, sean propicios.-30 junio 1945; 2 julio 1945; 25 julio 1945.

Ilfirnicipios.-V. Organización Municipal.

Organización Municipal.-Decreto NQ 40 (H. Congreso). Contiene la Ley Orgánica del Municipio, en el Estado de Tlaxcala, derogando la anterior, de 30 de enero de 1919, con todas sus modificaciones y adiciones posteriores.-31 julio 1945; 4 agosto 1945; 29 agosto 1945.

VERACRUZ

Alcohol.-Decreto NQ 52 (H. Leg. del Estado). Deroga el decreto de 13 de junio de 1945, publicado el 16 del mismo mes, que señala la cuota de dos y un cuarto centa- vos, como impuesto por cada litro de elaboración extraordinaria de alcohol en el Estado de Veracruz y, en consecuencia, determina que la fabricación total de dicho producto causará la cuota establecida en l a 28 tarifa del artículo 73 de la Ley Fiscal.-13 diciem- bre 1945; 17 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Almonedas.-V. Facultad Económico-Coactiva.

Cantinas.-Decreto expedido por el C. Gobernador del Estado. Reforma los ~ á - rrafos 39 y 49 de la tarifa "G" del articulo 26 del Reglamento de la Ley Fiscal, en rela- ción a las cuotas que causarán las cantinas y establecimientos similares, así como los expendios de cerveza en donde se consuman o vendan otras bebidas alcohólicas.-7 agosto 1945; 11 agosto 1945.

Código Penal del Estado de Veracruz (Refs.).-Ley N-4 (H. Leg. del Estado). Reforma la fracción 11 del artículo 952 del Código Penal del Estado, referente al robo de instrumentos de labranza o frutos cosechados o por cosechar y agrega al propio Código un articulo 932 bis, sancionando el robo de ganado.-13 diciembre 1945; 17 diciembrd 1945; 20 diciembre 1945.

Ley NQ 45 (H. Leg. del Estado). Modifica los artículos 339 y 344 del Código Penal Vigente en el Estado, en relación a1 delito de portación de armas de fuego.-13 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 22 di- ciembre 1945.

Conmutación de Pelias.-Ley NQ 38 (H. Leg. del Estado) Determina las normas de aplicación del producto de las conmutaciones de penas impuestas por los jueces de Pri- mera Instancia o Municipales, como ingresos del Estado o de los Municipios, a la sa- tisfacción de las necesidades del Poder Judicial del Estado y Juzgados Municipales, respectivamente.-11 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 25 drcienzbre 1945.

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Construcciones.-Ley expedida por el C. Gobernador del Estado. Modifica la Ley No 82 de 16 de diciembre de 1940, que concedía franquicias fiscales a las construc- ciones y reconstrucciones que tengan por objeto la inmediata satisfacción de necesida- ded sociales.-17 julio 1945; 17 julio 1945.

Expendios de Cerveza.-Decreto expedido por el C. Gobernador del Estado. Refor- ma los párrafos 39 y 49 de la tarifa "G" del artículo 26 del Reglamento de la Ley Fiscal, en relación a las cuotas que causarán las cantinas y establecimientos similares, así como los expendios de cerveza en donde se consuman o vendan otras bebidas alcohólicas.- 7 agosto 1945; 11 agosto 1945.

Facultad Económico-Coactiva.-Decreto del C. Gobernador del Estado. Modifica el artículo 37 de la Ley Económico-Coactiva del Estado de Veracruz de 14 de octubre de 1930, limitando el número de almonedas para la adjudicación de bienes raíces por con- cepto de adeudos fiscales.-13 septiembre 1945; 15 septiembre 1945.

~acultcrdei Extraordinarias.-Decreto NQ 43 (H. Leg. del Estado). Concede facul- tades extraordinarias en todos los ramos de la Administración pública al C. Goberna- dor Constitucional del Estado de Veracruz.-11 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 18 diciembre 1945.

Gobernador del Estado.-V. Facultades Extraordinarias.

Impuestos.-V. Alcohol; qlátano; Solares Urbanos.

Indulto.-Decreto N9 41(H. Leg. del Estado). Abroga la Ley de Indulto expedida - por el Ejecutivo del Estado de Veracruz el 13 de septiembre de 1944.-11 diciembre

1945; 15 diciembre 1945; 20 diciembre 1945.

Ingresos del Estado.-Ley N9 42 (H. Leg. del Estado). Ley de Ingresos del Estado de Verachiz para el ejercicio fiscal de 1946.-13 diciembre 1945; 15 diciembre 1945: 27 diciembre 1945.

Organización Fiscal (Refs. al Reglamento de la Ley Fiscal).-Decreto \xpedido por el C. Gobernador del Estado. Reforma los párrafos 39 y 49 de la tarifa "G" del artículo 26 del Reglamento de la Ley Fiscal, en relación a las cuotas que causarán las cantinas y establecimientos similares así coms los expendios de cerveza en donde se consuman o vendan otras bebidas alcohólicas.-7 agosto 1945; 11 agosto 1945.

Organización Fiscal (Refs. a la Ley Fiscal).-Decreto N9 40 (H. Leg. del Estado). Rcforma la fracción 1 del artículo 36 de la Ley Fiscal vigente en el Estado de Veracruz, en relación a la exención fiscal de que gozar& los bienes inmuebles de la Federación, destinados a servicios públicos.-11 diciembre 1945; 15 diciembre 1945; 20 diciem- bre 1945.

Ley No 46 (H. Leg. del Estado). Reforma el artículo 32 en su párrafo segundo, de la Ley Fiscal vigente en el Estado de Veracruz, determinando que los sitios o solares urbanos, causarán el impuesto de 6 al millar.-13 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Plátano.-Decreto expedido por el C. Gobernador del Estado. Reforma el artículo 49 del decreto de 14 de marzo de 1945, adicionado por el de 11 de mayo del mismo año, relativo al impuesto estatal al plátano, determinando que la cuota de $0.20 por cada mil kilogramos de plátano, deberá ser pagada p a las personas o instituciones que reali- cen directamente las operaciones comerciales relativas.-16 jttlio 1945; 1 7 julio 1945.

Portación de Armas de Fuego.-Ley N* 45 (H. Leg. del Estado). Modifica los artículos 339 y 344 del Código Penal vigente en el Estado, en relación a l delito de portación de armas de, fuego.-13 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

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LEGISLACION D E LOS ESTADOS 445

Robo.-Ley N9 44 (H. Leg. del Estado). Reforma la fracción 11 del artículo 952 del Código Penal del Estado, referente al robo de instrumentos de labranza o frutos cosechados o por cosechar y agrega al propio Código un artículo 952 bis, sancionando el robo de ganado.-13 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 20 diciembre 1945.

Solares Urbanos.-Ley N* 46 (H. Leg. del Estado). Reforma el articulo 32, en su párrafo segundo, de la Ley Fiscal vigente en el Estado de Veracruz, determinando que los sitios o solares urbanos, causarán el impuesto de 6 al millar.-13 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 22 diciembre 1945.

Universidad Veracruzana.-Ley expedida por el C. Gobernador del Estado. Refor- ma los artículos 1' y 29 de la Ley de 5 de septiembre de 1944, PP. 00. de 5 y 7 di- ciembre del mismo año, que señala los bienes que formarán el Patrimonio de la Uni- versidad Veracruzana.-8 agosto 1945; 23 agosto 1945.

YUCATAN

Catastro.-Decreto NQ 233 (XXXVI Congreso). Prorroga hasta el 31 de diciembre de 1946, el periodo catastral que en el Estado de Yucatán debía vencer el 31 de diciern- bre de 1945.-26 diciembre 1945; 26 diciembre 1945; 28 diciembre 1945.

Egresos del Estado.-Decreto NQ 255 (XXXVI Congreso). Prorroga hasta el último día de febrero de 1946, la vigencia del Plan de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Yucatán del afio 1945.-29 diciembre 1945; 29 diciembre 1945; 31 diciembre 1945.

Elecciones de Poderes Locales.-V. Gobernador del Estado.

Fondo de Reparacioties y Renovaciones de Equipos de Desfibración del Henequén. -V. Henequén.

Gobernador del Estado.-Decreto NQ 241 del C. Gobernador del Estado, que con- voca al pueblo de Yucatán para elección de nuevo Gobernador de la Entidad para el período de 19 de febrero de 1946 a 31 de enero de 19512.-8 octztbre 1945; 9 octubre 1945.

Decreto N9 247 (XXXVI Congreso).-Declara válidas y legales las elecciones efectuadas en el Estado de Yucatán el 25 de noviembre de 1945, para Gobernador Constitucional de la Entidad en el período gubernamental de 1946 a 1952, y proclama como tal al C. Prof. José Gonzlez Beytia.-17 diciembre 1945; 17 diciembre 1945; 20 diciembre 1945.

Henequén.-Decreto NQ 231 del C. Gobernador del Estado, que reforma y adiciona el Reglamento de los Departamentos Económicos de la Asociación "Henequeneros de Yucatán", de 11 de octubre dei 1944, D. O. del Estado de 16 del mismo mes; así como el Reglamento de dicha Asociación, de 10 de agosto de 1938.-2 julio 1945; 4 julio 1945.

Decreto NQ 254. (XXXVI Congreso). Reforma el artículo 19 y deroga los artículos 29 y 39 del decreto N9 139, dd 31 de enero de 1944, publicado en el D. O. del Estado de 1Q de febrero del propio año, que creó el Fondo de Reparaciones y Reno- vaciones de Equipos de Desfibración del Henequén.-29 diciembre 1945; 29 diciembre 1945; 31 diciembre 1945.

Ingresos del Estado.-Decreto Nv 255 (XXXVI Congreso). Prorroga hasta el Último día de febrero de 1946, la vigencia del Plan de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Yucatán del año 1945.-29 diciembre 1945; 29 diciembre 1945; 31 diciembre 1945.

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446 LEGISLAGION DE LOS ESTADOS

Plarificación.- Decreto NQ 243 (XXXVI Congreso). Contiene la Ley de Planifica- ción del Estado de Yucat6n.-27 septiembre 1945; 3 octubre 1945; 13 octubre 1945.

Poder Ejecutivo del Estado.-Decreto NO 258 (XXXVI Congreso). Reforma la frac- ción XIV del artículo 29 de la Ley Orghnica del Poder Ejecutivo del Estado de YucatAn, de 26 de enero de 1940; suprime la fracción IV del articulo 11 de la misma; adiciona sus artículos 13, 23 bis y 24; y modifica el articulo 25 del propio ordenamiento.- 24 julio 1945; 31 julio 1945; 3 agosto 1945.

ZACATECAS

Alfabetización.-Decreto N'' 91 (H. Congreso). Contiene la Ley de Estímulos y Sanciones en relación con la Campaña de Alfabetización en el Estado de Zacatecas.-29 septiembre 1945; 11 octubre 1945; 24 octubre 1945.

Campaña Nacional Contra el Analfabetismo.-V. Alfabetización.

Egresor del Estado.-Decreto NQ 94 (H. Congreso). Contiene d Presupuesto de Egresos que regir& en el Estado de Zacatecas durante el año 1946.-27 diciemb-e 1945; 28 diciembre 1945; 29 dickmbre 1945 (Alcance P. O.)

Elecciones de Poderes Federales.-Decreto del C. Gobernador del Eatado. aue de- termina la división temtorial del Estado de Zacatecas, para las elecciones ordkariae de Poderes Federales que tendrein lugar en julio de 1946.-31 octubre 1945; 32 octubre 1945.

Empleados Públicos.-Ley del Seguro del Emplestdo en el Eatado de Zacatecas, expedida por el C. Gobernador del Estado en uso de sus Facultades Extraordinarias.- 16 agosto 1945; 25 agosto 1945.

Facultades Extraordinarias.-Decreto NO 90 (H. Congreso). Aprueba el uso de las Facultades Extraordinarias que le fueron otorgadas al C. Gobernador del Estado por decreto NQ 85 de 30 de enero de 1945, y en virtud de las cuales promuig6 los decretos nbmeros 1 y 2, adicionando y reformando el Presupuesto de Egresos y las Leyes de Organización y Competencia de los Tribunales del Estado, y la Ley del Seguro del Empleado.-23 septiembre 1945; 25 septiembre 1945; 6 octubre 1945.

Funcionarios.-V. Empleados Ptíblicos; Seguro del Empleado.

Ingresos del Estado.-Decreto N4 93 (H. Congreso). Contiene la Ley de Ingresos del Estado de Zacatecas para el año 1946.-26 diciembre 1945; 27 diciembre 1945; 29 diciembre 1945 (Alcance P. O.)

Organización Judicial.-Ley de Organización y Competencia de l a Tribunales del Estado de Zacatecas, expedida por el C. Gobernador de la Entidad en uso de Facul- tades Extraordinarias.-6 agosto 1945; 25 agosto 1945; (Alcance P. 6.)

Poder Judicial.-V. Organización Judicial.

Seguro del Empleado.-Ley del Seguro del Empleado en el Estado de Zacatecas, expedida por el C. Gobernador del Estado en uso de Facultades Extraordinarias.-16 agosto 1945; 25 agosto 1945.

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