Reglamento Regimen Interior

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1 REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Una organización para nuestro Proyecto Educativo Colegio Cristo Crucificado MULA (MURCIA) SEPTIEMBRE 2010

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Reglamento regimen interior del colegio

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REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

Una organización para nuestro Proyecto Educativo

Colegio Cristo Crucificado

MULA (MURCIA)

SEPTIEMBRE 2010

Page 2: Reglamento Regimen Interior

2

ÍNDICE

TÍTULOS CAPÍTULOS ARTÍCULOS PÁGINA

Preliminar 1. Objeto.

2. Principios dinamizadores.

3. Sostenimiento del Centro con fondos

públicos.

9

I.

Comunidad

Educativa

4. Miembros.

5. Derechos.

6. Deberes.

7. Normas de convivencia.

10

11

1º.Entidad

Titular.

8. Derechos.

9. Deberes.

10. Representación.

13

14

2º.Alumnos. 11. Derechos.

12. Deberes.

13. Admisión.

14

16

17

3º.Profesores. 14. Derechos.

15. Deberes.

16. Admisión.

17

18

19

4º.Padres. 17. Derechos.

18. Deberes.

20

21

5º.Personal de

Administració

n y Servicios.

19. Derechos.

20. Deberes.

21. Admisión.

23

6º.Otros

miembros.

22. Otros miembros.

23. Derechos.

24. Deberes.

24

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7º.La partici-

pación.

25. Características.

26. Ámbitos

27. Ámbito personal.

28. Órganos colegiados.

29. Asociaciones.

30. Delegados.

31. Funciones de la Junta Delegados

25

26

26

26

27

28

II. Acción Educativa

32. Principios.

33. Carácter Propio.

34. Proyecto Educativo de Centro.

35. Programaciones de Etapa.

36. Programación de Aula.

37. Evaluación.

29

29

30

30

31

31

38. Programación General Anual del

Centro. 32

1º.Órganos

unipersonales.

39. Órganos de gobierno y gestión.

- Sección Primera: Directora General.

40. Competencias.

41. Nombramiento y cese.

33

33

- Sección Segunda: Directora del Centro.

42. Competencias.

43. Ámbito y nombramiento.

44. Cese, suspensión y ausencia.

34

35

36

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4

III. Órganos

de Gobierno

y Gestión

- Sección Tercera: Jefe de Estudios.

45. Competencias.

46. Ámbito, nombramiento y cese.

37

39

- Sección Cuarta: Coordinador General

de Pastoral.

47. Competencias.

48. Nombramiento y cese.

40

41

- Sección Quinta: Administrador.

49. Competencias.

50. Nombramiento y cese.

41

42

2º.Órganos

colegiados.

- Sección Primera: Equipo Directivo.

51. Composición.

52. Competencias.

53. Reuniones.

42

43

- Sección Segunda: Consejo de la

Comunidad Educativa

54. Consejo de la Comunidad Educativa.

55. Composición.

56. Elección, designación y vacantes.

57. Competencias.

58. Régimen de funcionamiento.

59. Comisiones del Consejo Com.

Educat.

44

45

47

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5

- Sección Tercera: Claustro de

Profesores.

60. Claustro de Profesores.

61. Competencias.

62. Secciones.

63. Competencias de las Secciones.

64. Régimen de funcionamiento.

49

49

50

51

51

- Sección Cuarta: Equipo de Pastoral.

65. Equipo de Pastoral.

66. Composición.

67. Competencias.

52

53

53

IV. Órganos

de Coordina-

ción Educati-

68. Órganos de coordinación educativa. 54

1º.Órganos

unipersonales.

- Sección Primera: Coordinador de

Orientación.

69. Competencias.

70. Nombramiento y cese.

54

55

- Sección Segunda: Coordinador de

Ciclo.

71. Competencias.

72. Nombramiento y cese.

55

56

- Sección Tercera: Jefe Departamento.

73. Competencias.

74. Nombramiento y cese.

57

57

- Sección Cuarta: Tutor.

75. Competencias.

76. Nombramiento y cese.

58

59

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6

va

2º.Órganos

colegiados.

- Sección Primera: Consejo de Pastoral.

77. Composición.

78. Competencias.

79. Régimen de funcionamiento.

60

60

60

- Sección Segunda: Equipo Docente.

80. Composición.

81. Competencias.

60

61

- Sección Tercera: Departamento de

Orientación.

82. Composición.

83. Competencias.

61

61

- Sección Cuarta: Comisión Coordinación

Pedagógica.

84. Configuración y composición.

85. Competencias.

62

63

- Sección Quinta: Departamentos

didácticos.

86. Configuración y composición.

87. Competencias.

64

64

- Sección Sexta: Dep. actividades

extraescolares y complementarias.

88. Composición.

89. Funciones.

66

66

V. Alteración

de la convi-

vencia

1º.Normas

generales.

90. Valor de la convivencia.

91. Alteración y corrección.

67

67

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7

V. Alteración

de la convi-

vencia

2º.Alumnos.

92. Criterios de corrección.

93. Calificación de la alteración de la

convivencia.

94. Gradación.

67

67

- Sección Primera: Faltas contrarias a las

normas de convivencia.

95. Calificación.

96. Corrección.

97. Órgano competente.

70

71

72

- Sección Tercera: Faltas gravemente

perjudiciales para la convivencia.

101. Calificación.

102. Corrección.

103. Órgano competente.

73

74

76

3º Profesores - Faltas de la convivencia

104. Calificación.

105. Prescripción.

106. Sanciones.

82

85

86

4º.Resto de los

miembros de la

Comunidad

Educativa.

107. Correcciones. 87

Disposiciones

Adicionales

Primera: Relaciones laborales.

Segunda: Profesorado religioso.

Tercera: Amigos del Centro.

Cuarta: Renovación del Consejo de la Comunidad

Educativa.

88

88

88

88

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8

Disposición

Derogatoria

89

Disposiciones

finales

89

Anexo I Procedimientos a la hora de sancionar con faltas.

Anexo II Pasos en la instrucción de un expediente. 92

Anexo III Normas de clase en Educación Física 94

TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1.- Objeto.

El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el

funcionamiento del Centro y promover la participación de todos los que forman la

Comunidad Educativa.

Art. 2.- Principios dinamizadores.

La organización y el funcionamiento del Centro responderán a los siguientes

principios:

a) El carácter católico del Centro.

b) La plena realización de la oferta educativa contenida en el Carácter

Propio del Centro.

c) La configuración del Centro como Comunidad Educativa.

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Art. 3.- Sostenimiento del Centro con fondos públicos.

El Centro está acogido al régimen de conciertos educativos regulado en el

Título IV de la LODE, Título V de la LOCE y en sus normas de desarrollo.

TÍTULO I

COMUNIDAD EDUCATIVA

Art. 4.- Miembros.

1. El Centro se configura como una Comunidad Educativa integrada por el

conjunto de personas que, relacionadas entre sí e implicadas en la acción educativa,

comparten y enriquecen los objetivos del Centro.

2. En el seno de la Comunidad Educativa las funciones y responsabilidades

son diferenciadas en razón de la peculiar aportación que realizan al proyecto común

la Entidad Titular, los alumnos, los profesores, los padres, el personal de

administración y servicios y otros colaboradores.

Art. 5.- Derechos.

Los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a:

a) Ser respetados en sus derechos y en su integridad y dignidad personales.

b) Conocer el Carácter Propio, el Proyecto Educativo y el Reglamento de

Régimen Interior del Centro.

c) Participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, de conformidad

con lo dispuesto en el presente Reglamento.

d) Celebrar reuniones de los respectivos estamentos en el Centro, para tratar

asuntos de la vida escolar, previa la oportuna autorización de la Entidad

Titular.

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e) Constituir Asociaciones de los miembros de los respectivos estamentos

de la Comunidad Educativa, con arreglo a lo dispuesto en la ley

f) Presentar peticiones y quejas formuladas por escrito ante el órgano que,

en cada caso, corresponda.

g) Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter

Propio del Centro y en el presente Reglamento.

h) Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter

Propio del Centro y en el presente reglamento.

Art. 6.- Deberes.

Los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a:

a) Aceptar los derechos de la Entidad Titular, los alumnos, los profesores,

los padres, el personal de administración y servicios y los otros

miembros de la Comunidad Educativa.

b) Respetar el Carácter Propio, el Proyecto Educativo, el presente

Reglamento y las normas de convivencia y otras normas de organización

y funcionamiento del Centro y de sus actividades y servicios.

c) Respetar y promover la imagen del Centro.

d) Asistir y participar en las reuniones de los órganos de los que formen

parte.

Art. 7.- Normas de convivencia.

1. Las normas de convivencia del Centro definen las características de las

conductas que deben promoverse para lograr:

a) El crecimiento integral de la persona.

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b) Los fines educativos del Centro, en desarrollo del carácter propio y

proyecto educativo del Centro.

c) El desarrollo de la Comunidad Educativa.

d) Un buen ambiente educativo y de relación en el Centro.

e) El respeto a los derechos de todas las personas que participan en la

acción educativa.

2. Son normas de convivencia del Centro:

a) El respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas que

forman la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e

instituciones que se relacionan con el Centro con ocasión de la

realización de las actividades y servicios del mismo.

b) La tolerancia ante la diversidad y la no discriminación.

c) La corrección en el trato social, en especial, mediante el empleo de un

lenguaje correcto y educado.

d) El interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad.

e) El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la

Comunidad Educativa.

f) La cooperación en las actividades educativas o convivenciales.

g) Asistir a todas las clases y participar en ellas.

h) La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar.

i) El cuidado en el aseo e imagen personal y la observancia de las normas del

Centro sobre esta materia.

j) La actitud positiva ante los avisos y correcciones.

k) La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material

del Centro, conforme a su destino y normas de funcionamiento, así como el

respeto a la reserva de acceso a determinadas zonas del Centro.

l) En general, el cumplimiento de los deberes que se señalan en la legislación

vigente y en el presente Reglamento a los miembros de la Comunidad

Educativa y de cada uno de sus estamentos.

m) Respeto al Carácter propio del Centro.

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CAPÍTULO PRIMERO: ENTIDAD TITULAR

Art. 8.- Derechos.

La Entidad Titular tiene derecho a:

a) Establecer el Carácter Propio del Centro, garantizar su respeto y

dinamizar su efectividad.

b) Promover la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y proponer su

aprobación al Consejo de la Comunidad Educativa.

c) Dirigir el Centro, ostentar su representación y asumir la responsabilidad de

su organización y gestión.

d) Ordenar la gestión económica del Centro.

e) Decidir la solicitud de autorización de nuevas enseñanzas, y la modifica-

ción y extinción de la autorización existente.

f) Decidir la suscripción de los conciertos a que se refiere la LODE y

LOCE a la Educación, promover su modificación y extinción.

g) Decidir la prestación de actividades y servicios.

h) Promover la elaboración y proponer el Reglamento de Régimen Interior

para su aprobación en el Consejo de la Comunidad Educativa, así como

establecer sus normas de desarrollo y ejecución.

i) Nombrar y cesar a los órganos unipersonales de gobierno y gestión del

Centro y a sus representantes en el Consejo de la Comunidad Educativa,

de conformidad con lo señalado en el presente Reglamento.

j) Nombrar y cesar a los órganos de coordinación de la acción educativa, de

conformidad con lo indicado en el presente Reglamento.

k) Incorporar, contratar, nombrar y cesar al personal del Centro.

l) Fijar, dentro de las disposiciones en vigor, la normativa de admisión de

alumnos en el Centro y decidir sobre la admisión y cese de éstos.

m) Tener la iniciativa en materia de disciplina de alumnos por transgresiones

graves.

n) Desarrollar y concretar las normas de convivencia aprobadas por el

Consejo de la Comunidad Educativa.

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13

o) Establecer el uniforme de los alumnos.

Art. 9.- Deberes.

La Entidad Titular está obligada a:

a) Dar a conocer y velar por el cumplimiento del Carácter Propio, el

Proyecto Educativo y el Reglamento de Régimen Interior del Centro.

b) Responsabilizarse del funcionamiento y gestión del Centro ante la

Comunidad Educativa, la Sociedad, la Iglesia y las Administraciones

publicas.

c) Cumplir las normas reguladoras de la autorización del Centro, de la

ordenación académica y de los conciertos educativos.

Art. 10.- Representación.

La representación ordinaria de la Entidad Titular estará conferida a la

Directora General del Centro en los términos señalados en el artículo 39 del presente

Reglamento.

CAPÍTULO SEGUNDO: ALUMNOS

Art. 11.- Derechos.

Los alumnos tienen derecho a:

a) Recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su

personalidad.

b) Ser respetados en su libertad de conciencia, así como en sus convicciones

religiosas, ideológicas y morales, de acuerdo con la Constitución

Española.

c) Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a criterios públicos y

objetivos y solicitar aclaraciones de sus profesores sobre la calificación

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de actividades académicas o de evaluaciones parciales o finales de cada

curso, aquellos o sus representantes legales pueden reclamar contra las

calificaciones de dichas evaluaciones. Estas reclamaciones podrán

basarse en: la inadecuación de la prueba propuesta al alumno en cuanto a

objetivos, contenidos y nivel previsto en la programación e incorrecta

aplicación de los criterios de evaluación establecidos.

d) Recibir orientación escolar y profesional según sus capacidades,

aspiraciones o intereses.

e) Recibir la información que les permita optar a posibles ayudas

compensatorias de carencias de tipo familiar, económico y sociocultural,

así como de protección social en los casos de accidente o infortunio

familiar. Junto con asistencia médica.

f) Ser respetados en su intimidad en el tratamiento de los datos personales

de que dispone el Centro que, por su naturaleza, sean confidenciales.

g) Ejercer su derecho de asociación, participación de reunión en el Centro,

en los términos legalmente previstos.

h) Continuar su relación con el Centro una vez hayan concluido sus estudios

en el mismo.

i) Al respecto de su integridad física y moral y su dignidad personal, no

pudiendo ser objeto en ningún caso, de tratos vejatorio o degradantes.

j) A participar en el funcionamiento y vida de los centros, en la actividad

escolar y en la gestión de los mismos.

k) Tienen derecho a la participación del Consejo Escolar del Centro.

l) A participar en la Junta de Delegados, a ser informados por los miembros

de la misma y por los representantes de las Asociaciones de Alumnos.

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m) Asociarse, creando asociaciones, federaciones y confederaciones de

alumnos, las cuales podrán recibir ayudas. Tienen derecho a constituir

cooperativas educacionales.

n) Podrán reunirse en los centros docentes para actividades de carácter

escolar o extraescolar, así como para aquellas otras a las que pueda

atribuirse una finalidad educativa o formativa.

o) En caso de accidente o de enfermedad prolongada, los alumnos que

cursen enseñanzas obligatorias tendrán derecho a al ayuda precisa, ya

sea a través de la orientación requerida, material didáctico o Profesores

de Apoyo, para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de

su rendimiento escolar.

Art. 12.- Deberes.

Los alumnos están obligados a:

a) Estudiar u participar en las actividades formativas y, especialmente, en

las orientadas al desarrollo de los currículos.

b) Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y

aprendizaje.

c) Asistir a clase con puntualidad y cumplir el calendario escolar.

d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la

consecución de un adecuado clima de estudio en el Centro, respetando el

derecho de sus compañeros a la educación.

e) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales

del resto de miembros de la Comunidad Educativa.

f) Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de

dicha Comunidad.

g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del Centro.

h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones y materiales

didácticos del Centro

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16

Art. 13.- Admisión.

1. La admisión de alumnos compete a la Entidad Titular del Centro.

2. En los niveles sostenidos con fondos públicos, en el supuesto de que no

existan plazas suficientes para todos los solicitantes, se estará a lo dispuesto en la

Disposición Adicional Quinta de la LODE y en la normativa complementaria y de

desarrollo.

CAPÍTULO TERCERO. PROFESORES

Art. 14.- Derechos.

Los profesores tienen derecho a:

a) Desempeñar libremente su función educativa de acuerdo con las

características del puesto que ocupen.

b) Su formación permanente.

c) Participar en la elaboración de las Programaciones docentes.

d) Desarrollar su metodología de acuerdo con la Programación de la Etapa

y de forma coordinada por el Seminario correspondiente.

e) Ejercer libremente su acción evaluadora de acuerdo con los criterios

establecidos en las programaciones docentes, contenidos mínimos y

criterios de evaluación establecidos por los respectivos departamentos.

f) Utilizar los medios materiales y las instalaciones del Centro para los fines

educativos, con arreglo a las normas reguladoras de su uso.

g) Respeto a su integridad física, moral y psicológica por parte de toda la

comunidad educativa.

h) Participar en la toma de decisiones pedagógicas que corresponden al

Claustro, a los órganos de coordinación docente y a los equipos

educativos que imparten clase en el mismo curso.

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Art. 15.- Deberes.

Los profesores están obligados a:

a) Ejercer sus funciones con arreglo a la legislación vigente y a las

condiciones estipuladas en su contrato y/o nombramiento.

b) Promover y participar en las actividades complementarias, dentro o fuera

del recinto educativo, programadas por los profesores y departamentos

didácticos e incluidas en la Programación General Anual.

c) Cooperar en el cumplimiento de los objetivos del Proyecto educativo del

centro y seguir, en el desempeño de sus funciones, las directrices

establecidas en la Programaciones Docentes.

d) Participar en la elaboración de las Programaciones específica del área o

materia que imparte, en el seno del Equipo educativo del curso y del

Seminario correspondiente.

e) Elaborar la programación de aula.

f) Participar en la evaluación de los distintos aspectos de la acción

educativa.

g) Orientar a los alumnos en las técnicas de trabajo y de estudio específico

de su área o asignatura, dirigir las prácticas o seminarios relativos a la

misma, así como analizar y comentar con ellos las pruebas realizadas.

h) Colaborar en mantener el orden y la disciplina dentro del ejercicio de sus

funciones.

i) Cumplir puntualmente el calendario y horario escolar.

j) Procurar su perfeccionamiento profesional.

k) Guardar sigilo profesional.

2. Son funciones del profesorado:

a) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un

clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para

fomentar en los alumnos los valores propios de una sociedad

democrática.

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18

b) La tutoría de los alumnos para dirigir su aprendizaje, transmitirles valores

y ayudarlos, en colaboración con los padres, a superar sus dificultades.

c) La colaboración con los servicios o departamentos de orientación en el

proceso de orientación educativa, académica y profesional de los

alumnos.

d) La coordinación de las actividades docentes.

e) La participación en la actividad general del Centro.

f) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los

procesos de enseñanza correspondiente.

g) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral

del alumno.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje

de susu hijos e hijas.

i) La participación en los planes e evaluación que determinen las

Administraciones educativas del Centro.

Art. 16.- Admisión.

1. La cobertura de vacantes de profesorado compete a la Entidad Titular del

Centro. De las decisiones adoptadas y del currículo de los nuevos profesores la

Entidad Titular del Centro dará información al Consejo de la Comunidad Educativa.

2. En los niveles concertados, para cubrir la vacante con el personal docente

de nueva contratación, sin perjuicio de lo señalado en el número anterior, la Entidad

Titular la anunciará públicamente y simultáneamente instará la convocatoria de fijar

de común acuerdo los criterios de selección de los candidatos que, en todo caso, se

basarán en los principios de mérito, capacidad profesional y adecuación a las

características del Centro y del puesto docente. Podrán establecerse criterios

generales para todas las vacantes. En caso de desacuerdo entre la Entidad Titular y el

Consejo Escolar respecto a los criterios de selección se tendrá en cuenta lo dispuesto

en el Art. 61 de la Ley Orgánica.

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19

3. Las vacantes del personal docente se podrán cubrir mediante ampliación

del horario de profesores del Centro que no presten sus servicios a jornada completa,

por la incorporación de profesores excedentes o en análoga situación, o con arreglo a

lo dispuesto en la legislación vigente respecto al profesorado cuya relación con la

Entidad Titular del Centro no tenga el carácter de laboral.

4. Mientras se desarrolla el procedimiento de selección la Entidad Titular

podrá cubrir provisionalmente la vacante.

CAPÍTULO CUARTO: PADRES

Art. 17.- Derechos.

Los padres o tutores tienen derecho a:

a) Que en el Centro se imparta el tipo de educación definido en el carácter

propio y en el Proyecto Educativo del Centro.

b) Que sus hijos y pupilos reciban una educación con las máximas garantías

de calidad, en consonancia con los fines establecidos en la Constitución,

en el correspondiente estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.

c) Participar en los asuntos relacionados con el desarrollo del proceso

educativo de sus hijos en el Centro, respetando siempre el ámbito de

organización y las normas establecidas por el centro. Ante cualquier

problema el padre deberá acudir en primer lugar al profesor que proceda;

en segundo lugar, al tutor; en tercera instancia al Jefe de Estudios y por

último a Dirección.

d) A estar informados sobre el proceso de aprendizaje e integración socio-

educativa de sus hijos.

e) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica

y profesional de sus hijos.

f) Ser recibidos por los profesores del Centro en los horarios establecidos.

Page 20: Reglamento Regimen Interior

20

Art. 18.- Deberes.

Los padres están obligados a:

a) Procurar la adecuada colaboración entre la familia y el Centro, a fin de

alcanzar una mayor efectividad en la tarea educativa. A tal efecto:

- Asistirán a las entrevistas y reuniones a las que sean convocados

por el Director General, el Director Pedagógico, el Coordinador

General de Etapa o los Tutores para tratar asuntos relacionados

con la educación de sus hijos.

- Adoptarán las medidas necesarias para que su hijos cursen los

niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a

clase.

- Estimularán a sus hijos y pupilos para que lleven a cabo las

actividades de estudio que se les encomienden y propiciarán las

circunstancias que, fuera del Centro, puedan hacer más efectiva

la acción educativa del mismo.

- Informarán a los educadores de aquellos aspectos de la

personalidad y circunstancias de sus hijos que sean relevantes

para su formación e integración en el entorno escolar.

- Participaran de manera activa en las actividades que se

establezcan en virtud de los compromisos educativos que el

Centro establezca con la familia, para mejorar el rendimiento de

sus hijos.

b) Cumplir las obligaciones que se derivan de la relación contractual con el

Centro.

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21

c) Respetar el ejercicio de las competencias técnico-profesionales del

personal del Centro.

f) Justificar, por escrito, las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos,

en el plazo de 48 horas.

g) Las familias que han elegido el Centro por razones ajenas a su carácter e

ideario propio saben que, por el hecho de ser cristiano, aceptarán el

pluralismo y acogerán a todos los alumnos sin distinción. Ellas

respetarán el tipo de educación que imparte el Centro, ya que ha sido

objeto no sólo de opción positiva, sino de adhesión por parte de muchas

familias de la misma comunidad educativa, por ello, tienen derecho a que

su elección se mantenga. Además debe tenerse en cuenta el respeto al

resto de los padres.

CAPÍTULO QUINTO.

PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Art. 19.- Derechos.

El personal de administración y servicios tiene derecho a:

a) Ser integrado y respetado como miembro de la Comunidad Educativa.

b) Ser informado acerca de los objetivos y organización general del Centro

y participar en su ejecución en aquello que les afecte.

c) Su formación permanente.

Art. 20.- Deberes.

El personal de administración y servicios está obligado a:

Page 22: Reglamento Regimen Interior

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a) Ejercer sus funciones con arreglo a las condiciones estipuladas en su

contrato y/o nombramiento.

b) Procurar su perfeccionamiento profesional

c) Respetar, velar y actuar de acuerdo al carácter propio del Centro.

Art. 21.- Admisión.

El Personal de Administración y Servicios será nombrado y cesado por la

Entidad Titular del Centro.

CAPÍTULO SEXTO. OTROS MIEMBROS

Art. 22.- Otros miembros.

Podrán formar parte de la Comunidad Educativa otras personas (colaborado-

res, antiguos alumnos, voluntarios y otros) que participen en la acción educativa del

Centro de acuerdo con los programas que determine la Entidad Titular del Centro.

Art. 23.- Derechos.

Estos miembros de la Comunidad Educativa tendrán derecho a:

a) Hacer público en el ámbito escolar su condición de colaboradores o

voluntarios.

b) Ejercer sus funciones en los términos establecidos por la legislación que

les sea aplicable.

Art. 24.- Deberes.

Estos miembros de la Comunidad Educativa estarán obligados a:

Page 23: Reglamento Regimen Interior

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a) Desarrollar su función en los términos establecidos en los programas a que

se refiere el artículo 22 del presente Reglamento.

b) No interferir en el normal desarrollo de la actividad del Centro.

c) Respetar el Carácter Propio del Centro.

CAPÍTULO SÉPTIMO. LA PARTICIPACIÓN

Art. 25.- Características.

La participación en el Centro se caracteriza por ser:

a) La condición básica del funcionamiento del Centro y el instrumento para

la efectiva aplicación de su Carácter Propio y Proyecto Educativo.

b) Diferenciada, en función de la diversa aportación al proyecto común de

los distintos miembros de la Comunidad Educativa.

Art. 26. Ámbitos.

Los ámbitos de participación en el Centro son:

a) El personal.

b) Los órganos colegiados.

c) Las asociaciones.

d) Los delegados.

Art. 27.- Ámbito personal.

Cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa participa, con su

peculiar aportación, en la consecución de los objetivos del Centro.

Page 24: Reglamento Regimen Interior

24

Art. 28.- Órganos colegiados.

1. Los distintos miembros de la Comunidad Educativa participan en los

órganos colegiados del Centro según lo señalado los Títulos Tercero y Cuarto del

presente Reglamento.

2. La Entidad Titular podrá constituir Consejos para la participación de los

miembros de la Comunidad educativa en las áreas que se determinen.

Art. 29.- Asociaciones.

1. Los distintos estamentos de la Comunidad Educativa podrán constituir

Asociaciones, conforme a la legislación vigente, con la finalidad de:

a) Promover los derechos de los miembros de los respectivos estamentos.

b) Colaborar en el cumplimiento de sus deberes.

c) Coadyuvar en la consecución de los objetivos del Centro plasmados en el

Carácter Propio y en el Proyecto Educativo.

2. Las Asociaciones tendrán derecho a:

a) Establecer su domicilio social en el Centro.

b) Participar en las actividades educativas del Centro de conformidad con lo

que se establezca en el Proyecto Curricular de la Etapa.

c) Celebrar reuniones en el Centro, para tratar asuntos de la vida escolar, y

realizar sus actividades propias previa la oportuna autorización de la

Entidad Titular. Dicha autorización se concederá siempre que la reunión

o las actividades no interfieran con el normal desarrollo de la vida del

Centro y sin perjuicio de la compensación económica que, en su caso,

proceda.

Page 25: Reglamento Regimen Interior

25

d) Proponer candidatos de su respectivo estamento para el Consejo de la

Comunidad Educativa, en los términos establecidos en el Título Tercero

del presente Reglamento.

e) Recabar información de los órganos del Centro sobre aquellas cuestiones

que les afecten.

f) Presentar sugerencias, peticiones y quejas formuladas por escrito ante el

órgano que, en cada caso, corresponda.

g) Reclamar ante el órgano competente en aquellos casos en que sean

conculcados sus derechos.

h) Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter

Propio del Centro y en el presente Reglamento.

3. Las Asociaciones están obligadas a cumplir los deberes y normas de

convivencia señalados en los artículos 6 y 7 del presente Reglamento y los deberes

propios del respectivo estamento.

Art. 30.- Delegados.

a) Cada grupo de estudiantes elegirá, por sufragio directo y secreto, durante

el primer del curso escolar, un delegado de grupo, que formará parte de

la Junta de delegados. Se elegirá también a un subdelegado, que

sustituirá al delegado en caso de ausencia o enfermedad y lo apoyará en

sus funciones.

b) Las elecciones de delegados serán organizadas y convocadas por el jefe

de estudios, en colaboración con los tutores de los grupos y los

representantes de los alumnos en el consejo escolar.

c) Los delegados y subdelegados podrán ser revocados, previo informe

razonado dirigido al tutor por la mayoría absoluta de los alumnos del

grupo que los eligieron. En este caso, se procederá a la convocatoria de

nuevas elecciones.

Page 26: Reglamento Regimen Interior

26

d) Los delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de las

funciones que les encomienda el presente Reglamento.

Funciones de los delegados:

� Asistir a las reuniones de la Junta de delegados y participar en sus

deliberaciones.

� Exponer a los órganos de gobierno y de coordinación didáctica las sugerencias y

reclamaciones del grupo al que representan.

� Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo.

� Colaborar con el tutor y con la junta de profesores de grupo en los temas que

afecten al funcionamiento de éste.

� Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del Colegio para el

buen funcionamiento del mismo.

� Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del Colegio.

� Todas aquellas funciones que establezca el Reglamento de Régimen Interior.

Art. 31.- Funciones de la Junta de delegados:

a) Informar a los Consejeros escolares estudiantiles de la problemática de

cada grupo o curso.

b) Ser informados por los representantes de los alumnos en el Consejo

Escolar sobre los temas tratados en el mismo.

c) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición

de este.

d) Elaborar propuestas de modificación del RRI.

e) Informar a los estudiantes de sus actividades.

f) Elaborar propuestas de criterios para la confección de los horarios de

actividades docentes y extraescolares.

Page 27: Reglamento Regimen Interior

27

TITULO II

ACCION EDUCATIVA

Art. 32.- Principios.

1. La acción educativa del Centro se articula en torno al Carácter Propio, la

legislación aplicable, las características de sus agentes y destinatarios, los recursos

del Centro y el entorno en el que se encuentra.

2. Los miembros de la Comunidad Educativa, cada uno según su peculiar

aportación, son los protagonistas de la acción educativa del Centro.

3. La acción educativa del Centro integra e interrelaciona los aspectos

académicos, formativos, pastorales y aquellos otros orientados a la consecución de

los objetivos del Carácter Propio del Centro.

Art. 33.- Carácter Propio.

1. La Entidad Titular dota al Centro de su Carácter Propio y lo modifica.

2. El Carácter Propio del Centro define:

a) La naturaleza, características y finalidades fundamentales del Centro, la

razón de su fundación.

b) La visión del hombre que orienta la acción educativa.

c) Los valores, actitudes y comportamientos que se potencian en el Centro.

d) Los criterios pedagógicos básicos del Centro.

e) Los elementos básicos de la configuración organizativa del Centro y su

articulación en torno a la Comunidad Educativa.

3. Cualquier modificación en el Carácter Propio del Centro deberá ponerse en

conocimiento de la Comunidad Educativa con antelación suficiente.

Page 28: Reglamento Regimen Interior

28

Art. 34.- Proyecto Educativo de Centro.

1. El Proyecto Educativo prioriza los objetivos del Carácter Propio del

Centro para un periodo de tiempo determinado, respondiendo a las demandas que se

presentan con mayor relevancia a la luz del análisis de:

a) Las características de los miembros de la Comunidad Educativa.

b) El entorno inmediato en el que se ubica el Centro.

c) La realidad social, local, autonómica, nacional e internacional.

d) Las prioridades pastorales de la Iglesia.

2. El Proyecto Educativo es dispuesto por la Entidad Titular. En su

elaboración participan todos los miembros de la Comunidad Educativa, conforme al

procedimiento que establezca la propia Entidad Titular, incorporando la concreción

de los currículos a través de la Programación Docente de cada etapa. Dirige su

elaboración, ejecución y evaluación la Directora General. El proyecto educativo es

aprobado por el Consejo Escolar a propuesta de la Entidad Titllar del Centro.

3. El grado de consecución del Proyecto educativo será un indicador esencial

del nivel de calidad de la oferta realizada por el centro.

Art. 35.- Las programaciones docentes.

1. Las Programaciones de Etapa adaptan las finalidades que deben

desarrollarse en la etapa integrando, interrelacionadas, las distintas facetas de la

acción educativa del Centro, de acuerdo con su Proyecto Educativo.

2. Las Programaciones de Etapa incluirán, al menos:

Page 29: Reglamento Regimen Interior

29

a) La concreción de los objetivos de la etapa.

b) La secuenciación de los contenidos.

c) La metodología pedagógica.

d) Los criterios de evaluación y promoción.

e) Las medidas para atender a la diversidad.

f) Las medidas de coordinación de cada área o materia con el resto de las

enseñanzas impartidas en el Centro.

g) Los principios de organización y funcionamiento de las tutorías.

3. Las Programaciones de Etapa son aprobadas por el Claustro de la Etapa y

por los educadores que participan en las acciones académicas, formativas o

pastorales de los alumnos de la etapa, conforme al procedimiento que determine el

Equipo Directivo. Dirige su elaboración, ejecución y evaluación el Director

Pedagógico.

Art. 36.- Programación de Aula.

Los profesores realizarán la programación de aula conforme a las determina-

ciones del Proyecto Curricular de la Etapa y en coordinación con los otros profesores

del mismo ciclo o curso y Departamento

Art. 37.- Evaluación.

1. La evaluación de la acción educativa es el instrumento para la verificación

del cumplimiento de los objetivos del Centro y la base para la adopción de las

correcciones que sean pertinentes para un mejor logro de sus fines.

2. La evaluación de la acción educativa abarca todos los aspectos del

funcionamiento del Centro.

3. En la evaluación de la acción educativa participará toda la Comunidad

Educativa. Dirige su elaboración y ejecución el Director General.

Page 30: Reglamento Regimen Interior

30

4. El Centro desarrollará procesos de mejora continua de la calidad, para el

adecuado cumplimiento del Proyecto Educativo.

Art. 38.- Programación General Anual del Centro.

1. La Programación General Anual del Centro, basada en la evaluación y

dinámica del mismo y de su entorno, incluirá:

a) Las modificaciones de las Programaciones de la Etapa derivadas del

resultado de la evaluación del mismo.

b) Los horarios de los alumnos y la organización básica del profesorado.

c) Las acciones de formación permanente del profesorado.

d) El procedimiento de evaluación de los diversos aspectos del Centro

(dirección, función docente, formativos, pastorales), incorporados a su

Proyecto Educativo.

2. La Programación General Anual del Centro es elaborada y aprobada por el

Equipo Directivo, a propuesta del Director General, previo informe del Claustro de

Profesores y del Consejo de la Comunidad Educativa. Dirige su elaboración,

ejecución y evaluación la Directora General.

TÍTULO III

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y GESTIÓN

Art. 39.- Órganos de gobierno, participación y gestión.

1. Los órganos de gobierno, participación y gestión del centro son

unipersonales y colegiados.

Page 31: Reglamento Regimen Interior

31

2. Son órganos unipersonales de gobierno y gestión, el Director General, la

Directora, del Centro, el Coordinador General de Etapa, el Coordinador General de

Pastoral y el Administrador.

3. Son órganos colegiados de gobierno y gestión, el Equipo Directivo, el

Claustro de Profesores y el Equipo de Pastoral.

4. Son órganos colegiados de participación el Consejo Escolar.

4. Los órganos de gobierno, participación y gestión desarrollarán sus

funciones promoviendo los objetivos del Carácter Propio y del Proyecto Educativo

de Centro y de conformidad con la legalidad vigente.

CAPÍTULO PRIMERO: ÓRGANOS UNIPERSONALES

Sección Primera: Directora General.

Art. 40.- Competencias.

Son competencias de la Directora Titular:

e) Ostentar la representación ordinaria de la Entidad Titular del Centro con

las facultades que ésta le otorgue.

Page 32: Reglamento Regimen Interior

32

f) Velar por la efectiva realización del Carácter Propio y del Proyecto

Educativo de Centro.

g) Convocar y presidir las reuniones del Equipo Directivo y del Consejo de

la Comunidad Educativa.

h) Presidir, cuando asista, las reuniones del Centro sin menoscabo de las

facultades reconocidas a los otros órganos unipersonales.

i) Aquellas otras que se señalan en el presente Reglamento

j) Admisión de alumnos

k) Presentar al Consejo Escolar la selección del Profesorado.

l) Seleccionar y contratar al personal del Centro.

m) Junto con el departamento o ciclo correspondiente elegir los libros de

texto.

Art. 41.- Nombramiento y cese.

El Director Titular es nombrado y cesado por la Entidad Titular.

Sección Segunda: Directora del Centro

Art. 42.- Competencias.

Son competencias de la Directora del Centro, en su correspondiente ámbito:

Page 33: Reglamento Regimen Interior

33

a) Dirigir y coordinar las actividades educativas del nivel.

b) Ejercer la jefatura del personal docente en los aspectos educativos.

c) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de las

Secciones de Enseñanzas Concertadas del Consejo de la Comunidad

Educativa y del Claustro.

d) Visar las certificaciones y documentos académicos.

d) Ejecutar los acuerdos del Consejo de la Comunidad Educativa, del

Claustro, y de sus respectivas Secciones, en el ámbito de sus facultades.

e) Proponer al Director General para su nombramiento al Coordinador

General de Etapa, a los Coordinadores de Seminario y de Ciclo y a los

Tutores.

f) Favorecer la convivencia y corregir las alteraciones que se produzcan en

los términos señalados en el presente Reglamento.

g) Aquellas otras que le encomiende la Entidad Titular del Centro en el

ámbito educativo.

h) La Directora del Centro tiene facultad otorgada por el Consejo Escolar

para aplicar la suspensión del derecho de asistencia al Centro por un

plazo máximo de tres días, recogido en el cuadro dos, (Conductas

contrarias a la norma. Medidas correctivas,), apartado h, del Real Decreto

sobre Derechos y Deberes de los alumnos.

Art. 43.- Ámbito y nombramiento.

1. El Director Pedagógico es nombrado por la Entidad Titular del

Centro previo acuerdo con el Consejo de la Comunidad Educativa, o

Page 34: Reglamento Regimen Interior

34

con su Sección de Enseñanzas Concertadas. Dicho acuerdo será

adoptado por la mayoría absoluta de los miembros del órgano

respectivo. En caso de desacuerdo, la Entidad Titular propondrá tres

candidatos eligiendo el Consejo o su Sección a uno por mayoría

absoluta. Si después de dos votaciones ninguno de los propuestos

hubiera obtenido la mayoría absoluta, será convocada la Comisión de

Conciliación a que se refiere el artículo 61 de la LODE. En tanto se

resuelve el conflicto, la Entidad Titular podrá nombrar

provisionalmente a un Director Pedagógico.

2 . La duración del mandato de la Directora del Centro será de 3 años.

Art. 44.- Cese, suspensión y ausencia.

1.La Directora del Centro cesará:

a) Al concluir el período de su mandato.

b) Por acuerdo entre la Entidad Titular y el Consejo Escolar.

c) Por dimisión.

d) Por cesar como profesor del Centro.

e) Por imposibilidad de ejercer el cargo.

2. El Titular del Centro podrá suspender cautelarmente o cesar a la Directora

del Centro antes del término de su mandato, cuando incumpla gravemente sus

funciones, previo informe razonado del Consejo de la Comunidad Educativa o de su

Sección de Enseñanzas Concertadas, y audiencia al interesado. La suspensión

Page 35: Reglamento Regimen Interior

35

cautelar no podrá tener una duración superior a un mes. En dicho plazo se habrá de

producir el cese o la rehabilitación.

3. En caso de cese, suspensión o ausencia de la Directora del Centro asumirá

provisionalmente sus funciones hasta el nombramiento del sustituto, rehabilitación o

reincorporación la Subdirectora o Jefe de estudios,. En cualquier caso y a salvo lo

dispuesto en el número 2 del presente artículo, la duración del mandato de la persona

designada provisionalmente no podrá ser superior a tres meses consecutivos, salvo

que no se pueda proceder al nombramiento del sustituto temporal o del nuevo

Director por causas no imputables a la Entidad Titular.

Sección Tercera: Jefe de estudios

Art. 45.- Competencias.

Son competencias del Jefe de Estudios, en su correspondiente ámbito:

a) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y

complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto

educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general

anual, además, velar por su ejecución.

b) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo

directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo

con los criterios aprobados por el titular y propuesta al claustro y el

horario general incluido en la programación general anual, así como

velar por su estricto cumplimiento.

c) Coordinar las actividades de los jefes de departamento y coordinadores

de ciclo.

Page 36: Reglamento Regimen Interior

36

d) Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su

caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de

orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.

e) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad

educativa, alumnos, profesores, padres y personal de servicios.

f) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la

programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

g) Favorecer la convivencia y garantizar procedimiento para imponer las

correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones

vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los

criterios fijados por la Entidad Titular.

h) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la directora

dentro de su ámbito de competencia.

i) Proponer a la Directora la dotación de material necesario para el

desarrollo de las actividades docentes propias de su competencia y

cuando considere necesario.

j) Mantener conveniente contacto con los alumnos, familias para la mejor

orientación y aprovechamiento de los alumnos.

k) Mantener reuniones con los Delegados de los alumnos.

l) Asistir a las juntas de Evaluación y supervisar las actas de las mismas.

m) Procurar el orden y disciplina de los alumnos.

n) Coordinar a los /as tutores /as.

Page 37: Reglamento Regimen Interior

37

o) Coordinar las actividades deportivas, complementarias y extraescolares.

p) Conocer los partes de asistencia de los alumnos y conceder permiso de

ausencia con justificación firmada de los padres.

q) Informar puntualmente de todas las incidencias, propuestas o iniciativas a

la Directora o Subdirectora.

r) Siempre tendrá contacto con la titularidad del Centro.

s) Organizar las sustituciones del personal.

Art. 46.- Nombramiento y cese.

1. El Jefe de Estudios es un profesor del Centro es nombrado y cesado por

la Entidad Titular a propuesta del la Director Académica.

2. La duración del mandato es de tres años.

Art. 47.-Ámbito, nombramiento y cese.

1. La determinación de las enseñanzas que contarán con Coordinador

General de Ciclo compete a la Entidad Titular del Centro.

2. El jefe de estudios es nombrado y cesado por el Director General a

propuesta dela Directora del Centro corrspondiente.

Sección Cuarta: Coordinador General de Pastoral

Art. 48.- Competencias.

Son competencias del Coordinador General de Pastoral:

Page 38: Reglamento Regimen Interior

38

a) Coordinar, animar y promover la programación y desarrollo de las

actividades pastorales de la acción educativa del Centro.

b) Convocar, y presidir en ausencia del Director General, las reuniones del

Equipo de Pastoral y del Consejo Pastoral.

c) Coordinar el Seminario de Religión, impulsando el proceso de

enseñanza- aprendizaje de la asignatura Sociedad, Cultura y Religión y el

diálogo fe-cultura.

d) Colaborar en la programación y realización de la acción educativa del

Centro y de la tarea orientadora de los tutores.

e) Animar la coordinación de la acción pastoral del Centro con la de la

Parroquia y la Iglesia Diocesana.

Art. 49.- Nombramiento y cese.

El Coordinador General de Pastoral es nombrado y cesado por la Entidad

Titular del Centro.

Sección Quinta: Administrador

Art. 50.- Competencias del Administrador.

Son competencias del Administrador:

a) Confeccionar la memoria económica, la rendición anual de cuentas y el

anteproyecto de presupuesto del Centro correspondiente a cada ejercicio

económico. A estos efectos, requerirá y recibirá oportunamente de los

Page 39: Reglamento Regimen Interior

39

responsables directos de los diversos centros de costes los datos

necesarios.

b) Organizar, administrar y gestionar los servicios de compra y almacén de

material fungible, conservación de edificios, obras, instalaciones y, en

general, los servicios del Centro.

c) Supervisar la recaudación y liquidación de los derechos económicos que

procedan, según la legislación vigente, y el cumplimiento, por el Centro,

de las obligaciones fiscales y de cotización a la Seguridad Social.

d) Ordenar los pagos y disponer de las cuentas bancarias del Centro

conforme a los poderes que tenga otorgados por la Entidad Titular.

e) Mantener informado al Director General de la marcha económica del

Centro.

f) Dirigir la Administración y llevar la contabilidad y el inventario del

Centro.

g) Coordinar al personal de administración y servicios.

h) Supervisar el cumplimiento de las disposiciones relativas a higiene y

seguridad, prevención de riesgos laborales y protección de datos de carácter

personal.

Art. 51.- Nombramiento y cese.

El Administrador es nombrado y cesado por la Entidad Titular del Centro.

Page 40: Reglamento Regimen Interior

40

CAPÍTULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS

Sección Primera: Equipo Directivo

Art. 51.- Composición.

1. El Equipo Directivo está formado por:

a) La Directora Titular, que lo convoca y preside.

b) La Directora Académica.

c) El Jefe de estudios.

d) El Coordinador General de Pastoral.

e) Orientadora

f) El Administrador

2. A las reuniones del Equipo Directivo podrán ser convocadas por la

Directora General otras personas, con voz pero sin voto.

Art. 53.- Competencias.

Son competencias del Equipo Directivo:

a) Asesorar a la Directora Titular en el ejercicio de sus funciones.

b) Coordinar el desarrollo de los diferentes aspectos del funcionamiento del

Centro en orden a la realización de sus objetivos, sin perjuicio de las

competencias propias de los respectivos órganos de gobierno.

Page 41: Reglamento Regimen Interior

41

c) Elaborar, aprobar y controlar su ejecución y evaluar la Programación

General Anual del Centro, a propuesta del Director General.

d) Preparar los asuntos que deban tratarse en el Consejo Escolar.

e) Establecer el procedimiento de participación en la elaboración del

Proyecto Educativo de Centro.

Art. 54.- Reuniones.

El Equipo Directivo se reunirá, una vez al trimestre o situaciones que lo

requieran.

Sección Segunda: Consejo de la Comunidad Educativa

Art. 55.- Composición.

1. El Consejo de la Comunidad Educativa está formado por:

a) La Directora Titular y otros tres representantes de la Entidad Titular del

Centro.

b) Los Directores Pedagógicos.

c) Cuatro representantes de los profesores

d) Cuatro representantes de los padres.

e) Tres representantes de los alumnos a partir de 1º de ESO

Page 42: Reglamento Regimen Interior

42

f) Un representante del personal de administración y servicios.

g) Un concejal o representante del Ayuntamiento. (2)

(2) en las condiciones que determine el reglamento de Normas Básicas de Conciertos, que se aprueben

en el desarrollo de la LOE

Art. 56.- Elección, designación y vacantes.

1. La elección y nombramiento de los representantes de los profesores, de los

padres, de los alumnos y del personal de administración y servicios en el Consejo

Escolar y la cobertura provisional de vacantes de dichos representantes, se realizará

conforme al procedimiento que determine la Entidad Titular del Centro.

2. La Asociación de Padres podrá designar dos de los representantes de los

padres de niveles concertados en el Consejo Escolar.

Art. 57.- Competencias.

1. Son competencias del Consejo de la Comunidad Educativa:

a) Participar en la elaboración y aplicación del Proyecto Educativo del

Centro.

b) Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Reglamento de Régimen

Interior del Centro.

c) Informar la Programación General Anual del Centro que elaborará y

aprobará el Equipo Directivo.

d) Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Presupuesto del Centro y la

Rendición Anual de Cuentas.

Page 43: Reglamento Regimen Interior

43

e) Intervenir en la designación y cese de la Directora del Centro de acuerdo

con lo previsto en los artículos 43 y 44 del presente Reglamento.

f) Intervenir en la selección y despido del profesorado de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 60 de la Ley 8/1985, de 3 de julio.

g) Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de

alumnos en niveles concertados.

h) Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las

actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y

servicios escolares.

i) Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer

percepciones a los padres de los alumnos por la realización de

actividades escolares complementarias en niveles concertados.

j) Aprobar, en su caso, a propuesta de la Entidad Titular, las aportaciones

de los padres de los alumnos para la realización de actividades

extraescolares.

k) Establecer los criterios sobre la participación del Centro en actividades

culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones

asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.

l) Establecer relaciones de colaboración con otros Centros con fines

culturales y educativos.

m) Supervisar la marcha general del Centro en los aspectos administrativos

y docentes.

Page 44: Reglamento Regimen Interior

44

2. Las propuestas de la Entidad Titular relacionadas con lo señalado en las

letras b), c), d), h), i), j), k), y l) del número anterior podrán ser modificadas por el

Consejo de la Comunidad Educativa recabando expresamente la conformidad de la

Entidad Titular.

3. Las competencias contenidas en las letras b), c), d), e), f), g), h), i) y j), del

número anterior, si afectan exclusivamente a las enseñanzas concertadas, deberán ser

deliberadas y aprobadas en el seno de la Sección de Enseñanzas Concertadas del

Consejo Escolar.

Art. 58.- Régimen de funcionamiento.

El funcionamiento del Consejo del Consejo Escolar se regirá por las

siguientes normas:

1. Las reuniones del Consejo del Consejo Escolar serán convocadas

conjuntamente por la Directora General y la Directora del Centro de las enseñanzas

concertadas. Preside el Consejo la Directora General o, en su defecto, la Directora

del Centro. La convocatoria se realizará, al menos, con ocho días de antelación e irá

acompañada del orden del día. Cuando la urgencia del caso lo requiera, la

convocatoria podrá realizarse con veinticuatro horas de antelación.

2. El Consejo de la Comunidad Educativa se reunirá ordinariamente tres

veces al año coincidiendo con cada uno de los tres trimestres del curso académico.

Con carácter extraordinario se reunirá a iniciativa del Presidente, a su instancia o a

solicitud de la Entidad Titular o de, al menos, la mitad de los miembros del Consejo.

3. Los consejeros electivos se renovarán por mitades cada dos años. Las

vacantes que se produzcan con anterioridad al término del plazo del mandato se

cubrirán teniendo en cuenta, en su caso, lo previsto en el artículo 56.1 del presente

Reglamento. En este supuesto el sustituto lo será por el restante tiempo de mandato

del sustituido.

Page 45: Reglamento Regimen Interior

45

4. El Consejo de la Comunidad Educativa quedará válidamente constituido

cuando asistan a la reunión la mitad más uno de sus componentes.

5. A las deliberaciones del Consejo podrán ser convocados por el Presidente,

con voz pero sin voto, los demás órganos unipersonales y aquellas personas cuyo

informe o asesoramiento estime oportuno.

6. Los acuerdos deberán adoptarse, al menos, por el voto favorable de la

mitad más uno de los presentes, salvo que, para determinados asuntos, sea exigida

otra mayoría. En caso de empate el voto del Presidente será dirimente.

7. Todos los miembros, tendrán derecho a formular votos particulares y a que

quede constancia de los mismos en las actas.

8. Las votaciones serán secretas cuando se refieran a personas o lo solicite un

tercio de los asistentes con derecho a voto. En el caso de votaciones secretas que

afecten a las materias señaladas en el artículo 57.3, el Presidente del Consejo

articulará un procedimiento para acreditar que se cumple lo indicado en dicho

artículo.

9. Todos los asistentes guardarán reserva y discreción de los asuntos tratados.

10. El Secretario del Consejo será nombrado por la Entidad Titular del

Centro. De todas las reuniones el Secretario levantará acta, quedando a salvo el

derecho a formular y exigir, en la siguiente reunión, las correcciones que procedan.

Una vez aprobada será suscrita por el Secretario que dará fe con el visto bueno del

Presidente.

11. La inasistencia de los miembros del Consejo de la Comunidad Educativa

a las reuniones del mismo deberá ser justificada ante el Presidente.

Page 46: Reglamento Regimen Interior

46

12. De común acuerdo entre la Entidad Titular del Centro y el Consejo se

podrán constituir Comisiones con la composición, competencias, duración y

régimen de funcionamiento que se determinen en el acuerdo de creación.

13 Los representantes de los alumnos en el Consejo de la Comunidad

Educativa participarán en todas las deliberaciones del mismo excepto en las relativas

a la designación y cese de la Directora del Centro y despido del profesorado.

Sección Tercera: Claustro de Profesores

Art. 59.-Claustro de Profesores.

El Claustro de Profesores es el órgano propio de participación del profesora-

do del Centro. Forman parte del mismo todos los profesores de enseñanzas

curriculares del Centro y los orientadores.

Art. 60- Competencias.

Son competencias del Claustro de Profesores:

a) Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo de

Centro, informar la Programación General Anual y participar en la

evaluación del Centro.

b) Ser informado sobre las cuestiones que afecten a la globalidad del

Centro.

c) Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar, conforme a lo

establecido en los artículos 55.c) y 56 del presente Reglamento.

Page 47: Reglamento Regimen Interior

47

d) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General Anual del

Centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar.

e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la

investigación pedagógica.

f) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores

y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias.

g) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del

Centro a través de los resultados de las evaluaciones.

h) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice

la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha

del mismo.

Art. 61- Secciones.

1. La Entidad Titular del Centro podrá constituir Secciones del Claustro para

tratar los temas específicos de cada nivel o etapa.

2. En las Secciones del Claustro participarán todos los profesores del nivel o

etapa correspondiente y los orientadores.

Art. 62.- Competencias de las Secciones.

Son competencias de las Sección del Claustro en su ámbito:

a) Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Curricular de la

Etapa, conforme a las directrices del Equipo Directivo.

b) Coordinar las programaciones de las diversas áreas de conocimiento.

Page 48: Reglamento Regimen Interior

48

c) Fijar y coordinar los criterios sobre evaluación y recuperación de los

alumnos.

Art. 63.-Régimen de funcionamiento.

El funcionamiento del Claustro se regirá por las siguientes normas:

1. Convoca y preside las reuniones del Claustro la Directora Titular, en su

ausencia él o la directora académica o en quien la Titular delegue.

2. La convocatoria se realizará, al menos, con ocho días de antelación e irá

acompañada del orden del día. Cuando la urgencia del caso lo requiera, la

convocatoria podrá realizarse con veinticuatro horas de antelación.

3. A la reunión del Claustro podrá ser convocada cualquier otra persona cuyo

informe o asesoramiento estime oportuno el Presidente.

4. Los acuerdos deberán adoptarse, al menos, por el voto favorable de la

mitad más uno de los asistentes a la reunión. En caso de empate el voto del

Presidente será dirimente.

5. Todos los miembros tendrán derecho a formular votos particulares y a que

quede constancia de los mismos en las actas.

6. Las votaciones serán secretas cuando se refieran a personas o lo solicite un

tercio de los asistentes con derecho a voto.

7. Todos los asistentes guardarán reserva y discreción de los asuntos tratados.

Page 49: Reglamento Regimen Interior

49

8. El Secretario del Claustro será nombrado por el mismo a propuesta

de su Presidente. De todas las reuniones el Secretario levantará acta

quedando a salvo el derecho a formular y exigir en la siguiente reunión las

correcciones que procedan. Una vez aprobada será suscrita por el

Secretario, que dará fe con el visto bueno del Presidente.

9. Se reunirá al menos una vez al trimestre y siempre que la situación lo

requiera.

Sección Cuarta: Equipo de Pastoral

Art. 64.-Equipo de Pastoral.

Es el grupo de personas que animan y coordinan la acción evangelizadora y

pastoral en todas las actividades escolares y extraescolares que se realicen en el

Centro. Es coordinado y dirigido por el Coordinador General de Pastoral.

Art. 65.-Composición.

El Equipo de Pastoral está formado por:

a) El Coordinador General de Pastoral.

b) La Directora del Centro.

c) Los Coordinadores de Pastoral de etapas o niveles.

d) Los Responsables últimos de las actividades o áreas pastorales.

Art. 66- Competencias.

Son competencias del Equipo de Pastoral:

Page 50: Reglamento Regimen Interior

50

a) Proponer las líneas de acción de la dimensión evangelizadora del

Proyecto Educativo y realizar su seguimiento.

b) Planificar, de acuerdo con el Proyecto Educativo y las Programaciones

que correspondan, las actividades pastorales de la acción educativa.

c) Actuar en colaboración con el Departamento de Religión en lo que se

refiere a la enseñanza religiosa.

d) Responsabilizarse de la marcha de los grupos de fe y de sus animadores,

proporcionando los medios adecuados para su conveniente desarrollo.

e) Prolongar la acción pastoral de la escuela entre las familias de la

Comunidad Educativa.

TITULO IV

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN EDUCATIVA

Art. 67.-Órganos de coordinación educativa.

1. Los órganos de coordinación educativa son unipersonales y colegiados.

2. Son órganos unipersonales de coordinación educativa, el Coordinador de

Orientación, el Coordinador de Ciclo, el Coordinador de Departamento y el Tutor.

3. Son órganos colegiados de coordinación educativa el Consejo Pastoral, los

Equipos Docentes, el Departamento de Orientación y otros Departamentos.

Page 51: Reglamento Regimen Interior

51

CAPITULO PRIMERO. ÓRGANOS UNIPERSONALES

Sección Primera: Coordinador de Orientación.

Art. 68.-Competencias.

Son competencias del Coordinador de Orientación:

a) Asesorar a los profesores, a los órganos de gobierno, participación y

gestión y a las estructuras organizativas del Centro, en el ámbito de la

función de orientación.

b) Coordinar los aspectos generales de la función de orientación.

c) Asesorar y coordinar la planificación y animar el desarrollo de las

actividades de orientación de la acción educativa del Centro.

d) Desarrollar programas de orientación con grupos de alumnos.

e) Convocar y dirigir las reuniones del Departamento de Orientación.

Art. 69.-Nombramiento y cese.

El Coordinador de Orientación es nombrado y cesado por la Directora

Titular.

Sección Segunda: Coordinador de Ciclo

Art. 70- Competencias del Coordinador de Ciclo.

Page 52: Reglamento Regimen Interior

52

Son competencias del Coordinador de Ciclo:

a) Promover y coordinar, a través de los tutores, el desarrollo del proceso

educativo de los alumnos del ciclo.

b) Promover y coordinar la convivencia de los alumnos.

c) Convocar y presidir, en ausencia de la Directora del Centro las reuniones

del Equipo Docente de Ciclo.

d) Reunir cada 15 días al equipo docente del ciclo y levantar acta de lo

tratado.

e) Aquellas funciones que le encomiende el Jefe de Estudios en el área de

su competencia.

f) Revisar la puntualidad y la buena marcha del ciclo, avisando a los

profesores si es necesario.

g) Tener las llaves de las clases de los cursos que coordina.

h) Avisar los profesores al Coordinador, y este a su vez avisar al Jefe de

Estudios y a la Entidad Titular.

i) Reuniones asiduas con los tutores, Jefe de Estudios y la Entidad Titular.

j) Tener información en las ausencias del cambio de horarios.

k) Tener el horario de todos los cursos que coordina.

Page 53: Reglamento Regimen Interior

53

l) Informar puntualmente de todas las incidencias, propuestas o iniciativas a

la Directora o Subdirectora.

m) Estar informado de los problemas de disciplina y las incidencias.

n) Controlar el material y pedir lo que se necesite para el Ciclo.

Art. 71- Nombramiento y cese.

El Coordinador de Ciclo es un profesor del Centro. Es nombrado y cesado

por la Directora del Centro.

Sección Tercera: Jefe de Departamento

Art. 72.- Competencias.

Son competencias del Jefe de Departamento:

a) Convocar y moderar las reuniones del Departamento.

b) Coordinar el trabajo del Departamento en la elaboración de las

programaciones del área de cada curso, procurando la coherencia en la

distribución de los contenidos a lo largo de los niveles y ciclos; en la

propuesta de los objetivos mínimos y criterios de evaluación y en la

selección de materiales curriculares.

c) Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del

departamento y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.

Page 54: Reglamento Regimen Interior

54

d) Resolver las reclamaciones de final de curso que afecten a su

Departamento, de acuerdo con las deliberaciones de sus miembros y

elaborar los informes pertinentes.

e) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el

material y el equipamiento específico asignado al Departamento, y velar

por su mantenimiento.

f) Promover la evaluación de la práctica docente de su Departamento y de

sus distintos proyectos y actividades del mismo.

g) Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y las

actividades del Centro, promuevan los órganos de gobierno del mismo o

la Administración Educativa.

Art. 73.- Nombramiento y cese.

El Jefe del Departamento es nombrado y cesado por la Directora del Centro y

oído el parecer de los miembros del Departamento.

Los Jefes de Departamento cesarán:

1. Cuando finalice su mandato.

2. Renuncia motivada aceptada por el director.

Sección Cuarta: Tutor.

Art. 74.- Competencias.

Son competencias del Tutor:

Page 55: Reglamento Regimen Interior

55

a) Ser el inmediato responsable del desarrollo del proceso educativo del

grupo y de cada alumno a él confiado.

b) Dirigir y moderar la sesión de evaluación de los alumnos del grupo

que tiene asignado.

c) Conocer la marcha del grupo y las características y peculiaridades de

cada uno de los alumnos.

d) Coordinar la acción educativa de los profesores del grupo y la

información sobre los alumnos.

e) Recibir a las familias de forma ordinaria e informarles sobre el proceso

educativo de los alumnos.

f) Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades

de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y en

colaboración con el Departamento de Orientación del Centro.

g) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su

participación en las actividades del Centro.

h) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y

profesionales.

i) Colaborar con el Departamento de Orientación del Centro en los

términos que establezca la Jefatura de Estudios.

j) Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en

colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de

los profesores y el Equipo Directivo en los problemas que se planteen.

Page 56: Reglamento Regimen Interior

56

k) Coordinar las actividades complementarias para los alumnos del grupo.

l) Atender y cuidar a los alumnos en los periodos de recreo y otras

actividades no lectivas.

m) Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos para proceder a

la adecuación personal del currículo.

Art. 75.- Nombramiento y cese.

El Tutor es un profesor del grupo de alumnos correspondiente. Es nombrado

y cesado por la Directora Titular de acuerdo con la Directora del Centro y oído el

Jefe de Estudios y el Coordinador de Orientación.

CAPITULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS

Sección Segunda: Equipo Docente

Art. 76.- Composición.

El Equipo Docente está integrado por los profesores del respectivo ciclo,

curso o grupo.

Art. 77.- Competencias.

Son competencias del Equipo Docente:

a) Realizar la conexión interdisciplinar del curso o ciclo.

b) Proponer al Claustro criterios generales de evaluación.

Page 57: Reglamento Regimen Interior

57

c) Colaborar en la elaboración de los proyectos, adaptaciones y diversifica-

ciones curriculares.

d) Proponer iniciativas y experiencias pedagógicas y didácticas.

e) Evaluar a los alumnos, decidir sobre su promoción y sobre la concesión

de los títulos.

Sección Tercera: Departamento de Orientación

Art. 78.- Composición.

El Departamento de Orientación está formado por:

a) El Jefe de Departamento de Orientación.

b) La Directora del Centro.

c) El Coordinador de Ciclo.

d) Los Tutores.

e) Los profesores para la atención a la diversidad.

Art. 79.- Competencias.

Son competencias del Departamento de Orientación:

a) Coordinar la elaboración, realización y evaluación de las actividades de

orientación de la acción educativa del Centro.

Page 58: Reglamento Regimen Interior

58

b) Asesorar técnicamente a los órganos del Centro y elaborar las

adaptaciones curriculares, los programas de refuerzo educativo y los

criterios de evaluación y promoción de alumnos.

c) Proporcionar a los alumnos información y orientación sobre alternativas

educativas y profesionales.

d) Elaborar actividades, estrategias y programas de orientación personal,

escolar, profesional y de diversificación curricular.

e) Aplicar programas de intervención orientadora de alumnos.

f) Realizar la evaluación psicopedagógica individualizada de los alumnos y

elaborar propuestas de intervención.

o) Coordinar, apoyar y ofrecer soporte técnico a actividades de orientación,

tutoría, y de formación y perfeccionamiento del profesorado.

p) Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la

elaboración o modificación del Proyecto Educativo del Centro y la

P.G.A.

q) Contribuir al desarrollo del plan de orientación académica y profesional y

del Plan de acción tutorial y elevar al Consejo Escolar una memoria

sobre su funcionamiento al final de curso.

r) Colaborar con los profesores del Centro bajo la dirección del Jefe de

Estudios en la prevención y detección temprana de problemas de

aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones

curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los

alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan

programas de diversificación.

Page 59: Reglamento Regimen Interior

59

s) Asumir la docencia de los alumnos que le sean encomendados, de

acuerdo con las normas que se dicten al efecto.

t) Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica sobre los

aspectos psicopedagógicos del proyecto curricular.

Sección Cuarta: Comisión de Coordinación Pedagógica

Art. 80.- Configuración y composición.

La Comisión de Coordinación Pedagógica estará integrada por la Directora,

el Jefe de Estudios y los Jefes de Departamento. Actuará como secretario el jefe de

departamento de menor edad.

Art. 81.- Competencias.

La comisión de coordinación pedagógica tendrá las siguientes competencias:

1. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de

los proyectos curriculares de etapa.

2. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y

responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de

etapa y su posible modificación, asegurando la coherencia con el

proyecto educativo de Centro.

3. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de

las programaciones didácticas de los departamentos, del plan de

orientación académica y del plan de acción tutorial, incluidos en el

proyecto curricular de etapa.

4. Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

Page 60: Reglamento Regimen Interior

60

5. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos

curriculares de etapa.

6. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de

evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas

extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

7. Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto

curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo

y la programación general anual, la evolución del rendimiento

escolar y el proceso de enseñanza.

8. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del

Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a

iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración

educativa e impulsar planes de mejora en el caso de que se estime

necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

Sección quinta: Departamentos Didácticos

Los departamentos Didácticos son los órganos básicos encargados de

organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que

tengan asignados, y las actividades que se les encomiende, dentro del ámbito de sus

competencias.

Art.82.- Configuración y composición:

1. El Departamento es el grupo de los profesores que imparten un área o

materia o un conjunto de las mismas en el Centro.

Page 61: Reglamento Regimen Interior

61

2. La Creación y modificación de los Departamentos compete a la Entidad

Titular del Centro.

3. El Departamento de Religión deberá coordinarse con el Equipo de

Pastoral.

4. Cada Departamento será el responsable de resolver todas las cuestiones

pertinentes al módulo o materia asignados.

Art. 83.- Competencias:

Son competencias de los departamentos didácticos:

1. Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativo a la

elaboración o modificación del proyecto educativo y la programación

general anual.

2. Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas

a la elaboración o modificación de los Proyectos curriculares de etapa.

3. Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación

didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas, materias y

módulos integrados en el departamento, bajo la coordinación y dirección

del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales

establecidas por la comisión de coordinación pedagógica.

4. Promover la investigación educativa y proponer actividades de

perfeccionamiento de sus miembros.

5. Mantener actualizada la metodología didáctica.

Page 62: Reglamento Regimen Interior

62

6. Colaborar con el departamento de orientación, bajo la dirección del jefe

de estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de

aprendizaje, y elaborar la programación y aplicación de adaptaciones

curriculares para los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con

necesidades educativas especiales y los que sigan programas de

diversificación.

7. Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el

departamento correspondiente.

8. Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los

alumnos formulen al departamento y dictar los informes pertinentes.

Sección sexta: Departamento de actividades extraescolares y

complementarias

Art. 84.- El Departamento de actividades complementarias y extraescolares se

encargará de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades. Estará

integrado por el jefe del mismo y, para cada actividad concreta, por los profesores y

alumnos responsables de la misma.

Art. 85.- Funciones del jefe del departamento de actividades complementarias y

extraescolares.

1. Participar en la elaboración de las programaciones docentes.

2. Elaborar el Programa anual de las actividades complementarias y

extraescolares.

3. Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las

actividades del departamento.

Page 63: Reglamento Regimen Interior

63

4. Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en

colaboración con el claustro, los departamentos, la junta de delegados de

alumnos y las asociaciones de padres y de los alumnos.

5. Organizar la utilización de la biblioteca del Centro.

6. Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades

realizadas.

TÍTULO V

ALTERACIÓN DE LA CONVIVENCIA

CAPÍTULO PRIMERO. NORMAS GENERALES

Art. 86.- Valor de la convivencia.

La adecuada convivencia en el Centro es una condición indispensable para la

progresiva maduración de los distintos miembros de la Comunidad Educativa -en

especial de los alumnos- y de aquélla en su conjunto y, consiguientemente, para la

consecución de los objetivos del Carácter Propio del Centro.

Art. 87.- Alteración y corrección.

1. Alteran la convivencia del Centro los miembros de la Comunidad

Educativa que, por acción u omisión, vulneran las normas de convivencia a que se

refiere el Art. 7 del presente Reglamento.

2. Los que alteren la convivencia serán corregidos conforme a los medios y

procedimientos que señalan la legislación vigente y el presente Reglamento

Page 64: Reglamento Regimen Interior

64

CAPÍTULO SEGUNDO. ALUMNOS

Art. 88.- Criterios de corrección.

1. En la corrección de los alumnos que alteren la convivencia se

contemplarán los siguientes criterios:

a) La edad, situación personal, familiar y social del alumno.

b) La valoración educativa de la alteración.

c) El carácter educativo y recuperador, no meramente sancionador, de la

corrección.

d) La proporcionalidad de la corrección.

e) La forma en que la alteración afecta a los objetivos fundamentales del

Proyecto Educativo de Centro, Programación de Etapa, Programación

General Anual del Centro y al Carácter Propio del Centro.

2. En ningún caso el procedimiento de corrección podrá afectar al derecho a

la intimidad y dignidad del alumno.

Art. 89.- Calificación de la alteración de la convivencia.

1. Conductas contrarias a las normas de convivencia.

2. Conductas gravemente perjudiciales para las normas de convivencia.

Art. 90.- Gradación de las correcciones.

Page 65: Reglamento Regimen Interior

65

A los efectos de la gradación de las correcciones:

1. Son circunstancias paliativas:

a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.

b) La falta de intencionalidad.

c) La observancia de una conducta habitual positivamente favorecedora de

la convivencia.

d) Aquellas otras que establezca la legislación vigente.

2. Son circunstancias acentuantes:

a) La premeditación y la reiteración.

b) Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los

recién incorporados al Centro.

c) Cualquier acto que entrañe o fomente la violencia, la discriminación, el

racismo, la xenofobia o el menoscabo de los principios del Carácter

Propio o del Proyecto Educativo.

d) Aquellas otras que establezca la legislación vigente.

Sección Primera. Faltas leves de la convivencia

Art. 91.- Calificación.

Page 66: Reglamento Regimen Interior

66

Son faltas contrarias a la convivencia aquéllas que vulneren las normas de

convivencia y que no están calificadas en el presente Reglamento.

Faltas contrarias a las Normas de Convivencia:

a) Faltas injustificadas de puntualidad. Se considera retraso llegar a las 9:05

horas y a las 15:05 horas, así como demorarse cinco minutos después de

los recreos o entre clases. A los cinco retrasos será falta leve en

Secundaria. A los 9 retrasos, falta leve en Primaria.

b) Faltas injustificadas de asistencia a clase en general, y en particular, las

faltas en horas anteriores a exámenes. Dos de estas faltas suponen falta

leve. En el último caso sólo tendrán validez las justificaciones médicas.

b.1- Faltas injustificadas de asistencia a clase. Dos de éstas suponen

falta contraria a las normas de convivencia. En último caso sólo

tendrá validez las justificaciones médicas, debiéndose presentar en

las 48 horas siguientes de su incorporación al centro.

b-2- Faltas injustificadas de asistencia en horas anteriores a

exámenes. Dos de éstas faltas suponen falta leve. Sólo tendrán

validez los justificantes médicos debiéndose presentar éstos en las 48

horas siguientes de sus incorporación al centro.

c) El deterioro no grave causado intencionadamente en las dependencias del

Centro, del material de éste o de los objetos y pertenencias de otros

miembros de la Comunidad Educativa (sillas, mesas, pegar chicles,

romper tizas, negarse a limpiar el equipo de limpieza, etc.).

d) Será falta contraria a las normas de convivencia la interrupción reiterada

del ritmo de la clase en el mismo periodo lectivo de un área. En el caso

de ser expulsado de clase, se irá con el profesor de guardia con tarea

puesta por el profesor.

Page 67: Reglamento Regimen Interior

67

e) Asistir al Centro no correctamente uniformados de forma injustificada

reiteradamente (más de tres veces).

f) Las conductas que impidan a sus compañeros el ejercicio se su derecho o

el cumplimiento de su deber de estudio.

g) Negativa Sistemáticas de acudir a clase con el material necesario o

esforzarse a realizare las actividades de aprendizaje.

h) Actos que perturben en desarrollo normal de las actividades de Centro.

i) Deteriorar las condiciones de higiene del Centro.

j) La irritación o estimulo a una falta contaría a las normas de convivencia.

Art. 92.- Corrección.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia podrán ser corregidas

mediante:

a) Amonestación privada o por escrito.

b) Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o Directora del Centro.

c) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días.

d) En el caso de no asistir a las horas anteriores a exámenes, el alumno

realizará el examen, pero quedará pendiente su corrección hasta la

entrega del justificante médico en el periodo estipulado. En el caso de

faltar a un examen este se realizará una vez entregado el justificante

médico en el periodo estipulado.

e) No dejar salir de clase al grupo de limpieza hasta que no esté limpia. Si

un alumno mancha algo, lo limpiará inmediatamente. En caso de

desperfectos pagar lo que se ha roto, sugiriendo a los padres que lo

abonen con su paga semanal.

f) Trabajar fuera de clase lo que debiera haber hecho en ella (Primaria). En

la ESO enviarlo al profesor de guardia con trabajo. En el caso de ser

expulsado con la consiguiente falta leve, la corrección conllevará la

bajada de nota en la asignatura correspondiente.

Page 68: Reglamento Regimen Interior

68

g) Realización de tareas educadoras para el alumno, fuera del horario

lectivo, o si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las

instalaciones, material del Centro a las pertenencias de otros miembros

de la comunidad Educativa. La realización de estas tareas no se podría

prolongar a un periodo superior a cinco días lectivos.

h) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

i) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o

complementarias por un periodo máximo de cinco días lectivos.

j) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un

periodo máximo de cinco días lectivos. Durante la impartición de esta

clase el alumno deberá permanecer en el Centro efectuando los trabajos

académicos que se le encomienden, por parte del profesorado que le

imparte docencia para enviar la interrupción en el proceso formativo. El

jefe de Estudios organizará la atención al alumno.

k) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un periodo máximo de

cinco días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno

deberá realizar el trabajo académico que determine el profesorado que le

imparte docencia para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Art. 93.- Órgano competente. (Art. 50)

a) La directora o por delegación de ésta todos los profesores del Centro,

oído el alumno, las que se establecen en las letras a), b) y c) anteriores

dando cuenta al tutor y al jefe de Estudios.

b) El director o por delegación de éste, el tutor del alumno oído el mismo,

las que se establecen en las letras c) y g) dando cuenta al jefe de

Estudios.

c) El Director o por delegación de éste el Jefe de Estudios oído el alumno y

su profesor o tutor, las previstas en las letras h) y i).

d) El Director, las establecidas en lasa letras i) y k). El director oído el tutor

y el Equipo Directivo, tomará la decisión, motivada, tras oír al alumno, y

si es menor de edad a sus padres o representantes legales, que serán

citadas por cualquier medio que permita dejar en el expediente

Page 69: Reglamento Regimen Interior

69

constancia fehaciente de haberse recibido la citación y de la fecha de la

recepción, levantado acta de dicha comparecencia. La incomparecencia,

sin causa justificada, del padre o tutor, si el alumno es menor de edad, no

paralizará la aplicación de dicha corrección.

Procedimiento y prescripción:

a) Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el

Centro prescribirán en el plazo de un mes contando a partir de la

fecha de su comisión y excluidos los periodos no lectivos.

b) Las medidas correctoras impuestas por conductas contrarias a las

normas de convivencia en el Centro prescribirán a la finalización

del curso escolar.

c) La imposición de las medidas correctoras previstas en las letras

g), h), i), j) y k) del artículo anterior (Art. 49)deberán ser

comunidades, de forma que quede constancia, bien a los padres o

representantes legales del alumno, en el caso de que éste sea

menor de edad, a él mismo si es mayor de edad. Dichas medidas

será inmediatamente ejecutivas.

d) El alumno, o sus padres o representantes legales podrán presentar

reclamación en el plazo de dos días lectivos, a patir del siguiente

de que se produjo la notificación, contra las correcciones

impuestas, previstas en las letras g), h), i), j) y h) del artículo 49

de este Decreto ante el Director General de Ordenación

Académica cuya resolución podrá fin a la vía administrativa.º

Art. 94. Calificación.

Son conductas gravemente perjudiciales para la convivencia:

Page 70: Reglamento Regimen Interior

70

a) Las acciones u omisiones graves contrarias al Carácter Propio del

Centro: burla a los signos religiosos y palabras malsonantes referidas a

estos signos, dichas con intencionalidad.

b) Los actos de indisciplina, injurias u ofensas contra los miembros de la

Comunidad Educativa: contestar al profesor, utilizar palabras

malsonantes, hacer caso omiso al profesor, escaparse, etc.)

c) La agresión física o moral o la discriminación contra los demás

miembros de la Comunidad Educativa, o contra otras personas que se

relacionen con el Centro: pegar e insultar. En particular, se considerará

falta grave la reincidencia en la intimidación en los pequeños, por parte

de los mayores.

d) Las actuaciones perjudiciales para la salud, la integridad personal y la

moralidad de los miembros de la Comunidad Educativa del Centro, o la

incitación a las mismas: fumar en el recinto escolar cuando pueda

constatarse.

e) Los daños graves causados por uso indebido o intencionado en los

locales, material o documentos del Centro, en los bienes de otros

miembros de la Comunidad Educativa o en las instalaciones o

pertenencias de las personas o instituciones con las que se relacione el

Centro: cristales, mesas, cerraduras, etc.

f) La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia del

Centro recogidas en el artículo 48 ( 3 faltas).

g) Los actos injustificados gravemente que perturben el normal desarrollo

del Centro.

h) Incumplimiento de las sanciones impuestas.

i) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad

educativa.

j) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la

comunidad educativa, particularmente si tienen componentes sexista,

senólogo o contra el alumno con necesidades educativas específicas o de

nuevo ingreso.

Page 71: Reglamento Regimen Interior

71

k) Las conductas tipificadas como contrarias a las normas de convivencia, si

concurren en circunstancias de colectividad y publicidad intencionada.

l) Introducción en el Centro de sustancias peligrosas o perjudiciales para la

salud o integridad de los miembros de la Comunidad Educativa: (drogas,

tabaco, alcohol)

m) La incitación o estímulo a la comisión de una falta gravemente

perjudicial para la convivencia.

n) LA suplantación de personalidad en los actos de la vida docente y la

falsificación s sustracción de documentos académicos.

o) Aquellas que se califiquen como tales por la legislación vigente

Art. 95.- Corrección.

Conductas gravemente para la convivencia del Centro. Podrán ser corregidas

mediante lo siguiente:

(Art. 52.-1 Decreto) Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en

el Centro previstas en las letras b) f) i) l) m) n) del artículo 51 del presente decreto,

podrán ser corregidas por las siguientes medidas educativas:

a) Realización de trabajos específicos en horario no lectivo que contribuyan

a la reparación de los daños causados, si procede, o a la mejora del

desarrollo de las actividades del Centro: pagar desperfectos, bien

económicamente o con su propio trabajo.

b) Cambio del grupo del alumno por un periodo superior a cinco días e

inferior a dieciséis días lectivos.

c) Suspensión de la participación en las actividades extraescolares

complementarias o complementarias o en otras en otras actividades

realizadas por el Centro, por un periodo superior a cinco días e inferior a

dieciséis días lectivos.

Page 72: Reglamento Regimen Interior

72

d) Suspensión de la asistencia a determinadas clases por un periodo

comprendido entre seis y quince días lectivos. Durante la impartición de

estas clases, el alumno deberá permanecer en el Centro realizando los

trabajos académicos que determine el profesorado responsable de los

mismos para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe de

Estudios organizará la atención al alumno.

e) Cambio de grupo del alumno para el resto del curso.

f) Apercibimiento que constará en el expediente individual del alumno; en

el que se incluirá un informe detallado del profesor de la materia, del

tutor y del jefe de estudios sobre dicha actitud (Aplicar para todas las

faltas graves).

(Art. 52.-2 Decreto) Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en

el Centro previstas en las restantes letras del artículo 51 de este Decreto podrán ser

corregidas con las siguientes medidas educativas.

a) Suspensión del derecho de asistencia al Centro comprendido entre seis y

quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión el alumno

deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que

le imparte docencia, para evitar la interrupción del proceso formativo. El

Reglamento del Régimen Interior determinará el seguimiento de dicho

proceso, especificando la persona encargada de llevarlo a cabo y el

horario de visitas al centro del alumno.

b) Suspensión del derecho de Asistencia al centro durante un periodo

comprendido entre dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que

dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que

determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la

interrupción en el proceso educativo. El Reglamente de Régimen Interior

determinará el seguimiento de dicho proceso y especificando la persona

indicada de llevarlo a cabo y el horario de visitas al Centro.

c) Cambio de centro.

Órgano competente.

Page 73: Reglamento Regimen Interior

73

Procedimiento abreviado:

1) La Directora oirá al tutor y al equipo Directivo, tomará la decisión, tras

oír al alumno, y, si es menos de edad, también a sus padres o

representantes legales, que serán citados por cualquier medio que permita

dejar en el expediente constancia fehaciente de haberse recibido la

citación y de la fecha de recepción levantando acta de dicha

comparecencia. La incomparecencia sin causa justificada del padre o

tutor si el alumno es menos de edad, no impedirá la imposición de dicha

corrección.

2) El Director comunicará la Dirección General de Ordenación Académica

y a la Inspección de Educación el inicio del procedimiento abreviado y la

resolución adaptada, que deberá notificarse al alumno, y en su caso, a

sus padres o tutores en el plazo de quince días lectivos contados de dicha

iniciación

3) El alumno, o sus padres o tutores, podrán presentar en el plazo de dos

días lectivos a partir del siguiente que se produjo la notificación ante el

Director General de Ordenación Académica cuya resolución podrá fin a

la vía administrativa.

4) Prescripción: Las conductas gravemente perjudiciales para la

convivencia en el centro prescribirá en el plazo de cuatro meses contando

a partir de la fecha que se hubieran producido y excluido los periodos no

lectivos.

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Art. 54 Decreto.-

1) El Director decidirá la incoación del expediente.

2) Designará a un profesor como instructor.

3) Dicha incoación y el nombramiento de instructor se comunicará ala

alumno, y, si éste es menor de edad, a sus padres o tutores legales del

menor, por cualquier medio que permita constancia fehaciente de su

Page 74: Reglamento Regimen Interior

74

recepción. La negativa a recibir la comunicación no impedirá la

continuación del procedimiento.

4) El alumno y, en su caso, sus padres o tutores legales podrán recusar al

Instructor ante el Director de acuerdo con lo revisto en el articulo 29 de

la Ley 30/1992, 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

INSTRUCCIÓN. RESOLUCIÓN ART. 55

1) El expediente se incoará en un plazo no superior a cinco días lectivos

desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas merecedoras

de corrección con arreglo a este decreto.

2) El plazo de instrucción del expediente no podrá exceder de 10 días

lectivos.

3) El instructor, desde el momento que se le notificó su nombramiento,

iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos,

entre ellas, la toma de declaración de aquellas personas que pudieran

aportar datos de interés al expediente.

4) En el plazo no superior a tres días lectivo desde que se comunica la

incoación del expediente, el instructor notificará al alumno, y a sus

padres o tutores legales, si aquel fuera menor de edad por cualquier

medio que permita dejar en el expediente constancia fehaciente de

haberse recibido la comunicación, en el pliego de cargos, en el que se

expondrán con precisión y claridad los hechos imputados así como las

medidas correctoras que se podrían imponer, dándoles un plazo de dos

días lectivos para alegar cuanto estime pertinente. Cuando se rechace la

notificación se tendrá por efectuado el trámite siguiéndose el

procedimiento.

En el escrito de alegaciones, podrá el alumno y, en su caso, sus padres o

tutores legales propone la prueba que consideren oportuna.

5) Concluida la instrucción del expediente, el instructor formulará la

propuesta de resolución que deberá contener los hechos o conductas que

se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias

Page 75: Reglamento Regimen Interior

75

paliativas, o atenuantes si las hubiere y la medida correctiva que se

propone.

6) Acompañado del profesor-tutor, el Instructor dará audiencia al

alumno y a sus padres o tutores, si es menor de edad, para comunicarles,

tras ser citadas de manera fehaciente, la propuesta de resolución y el

plazo de dos días para alegar cuando estimen oportuno en su defensa. En

caso de conformidad y renuncia a dicho plazo, esta deberá formalizarse

por escrito. La negativa a recibir la notificación tendrá los efectos

previstos en el apartado 4º.

7) Transcurrido el plazo de alegaciones, se elevará por el instructor al

Director el expediente completo que incluirá necesariamente la

propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran

formulado.

8) El Director resolverá en el plazo máximo de dos días lectivos desde

que se recibe la propuesta y la comunicará fehacientemente al alumno y

en su caso, a sus padres o tutores legales.

9) Así mismo, el director comunicará a la Dirección General de

Ordenación Académica y la Inspección de Educación el inicio del

procedimiento ordinario y la resolución adoptada.

NOTIFICACIÓN Y RECURSO. ART. 56 Decreto

1) La resolución del procedimiento deberá notificarse en el plazo de 25

días lectivos desde la fecha del inicio del mismo.

2) Deberá estar suficientemente motivada y contendrá los hechos y

fundamentos jurídicos en que se basa la corrección impuesta; el

contenido de la medida correctiva y fecha de efecto de la misma y el

órgano ante el que cabe interponer recurso y plazo del mismo. La

notificación se practicará por cualquier medio que se permita tener

constancia de la recepción por el alumno o sus representantes legales.

3) Contra la resolución del director, el alumno, sus padres o

representantes legales podrían presentar un recurso de alzada en los

términos previstos en el artículo 114 y ss. De la ley 30/1992, del 26

Page 76: Reglamento Regimen Interior

76

de noviembre en la redacción dada por la Ley 4/1999 del 13 de

enero, ante la Ordenación Académica, cuya resolución podrá fin a la

vida administrativa.

PROCEDIMIENTO CONCILIADO PARA LA RESOLUCIÓN DE

CONFLICTOS

� Valor de la resolución de conciliada

De conformidad con los principios inspiradores de Carácter propio y Proyecto

Educativo del Centro, se procurará la resolución conciliada de las alteraciones graves

de convivencia, a fin de evitar, siempre que sea posible, la incoación de expediente

disciplinar, buscando la función educativa y reparadora de todo proceso corrector.

� Para llevar acabo la resolución conciliada será necesario que el

alumno ( o sus padres o tutores, si el aluno es menor de edad) acepten

esta formula de resolución y se comprometa a cumplir las medidas

acordadas.

� Para llegar a una solución conciliada que evita la tramitación de un

expediente sancionador, será imprescindible la celebración de una

reunión convocada, con asistencia del Director Académico, profesor

y un tutor del alumno, el propio alumno ( o sus padres o tutores

legales , si el alumno es menor de edad).

En todo caso si el alumno es menor de edad, el Director Académico y el

profesor tutor le escucharán con carácter previo, para conocer su relato de los

hechos.

� Se dejará constancia del acuerdo con un documento escrito que deberá

incluir al menos, los siguiente extremos: hechos o conductas imputadas al

alumno, corrección que se impone, aceptación expresa por parte del alumno (

o sus padres o tutores legales) Fecha de inicio de los efectos de la corrección

y firma de los asistentes.

Page 77: Reglamento Regimen Interior

77

ACLARACIONES

1- En el caso de que un alumno copie en un examen, esto supondrá la

calificación de insuficiente en esa evaluación y la pérdida del derecho a la

recuperación y la prueba queda pendiente hasta junio, donde será evaluado por

el Departamento.

2- Cuando un alumno haya faltado el doble de horas semanales en una

asignatura en periodo de evaluación perderá el derecho a la evaluación

continua, debiendo presentarse al examen de recuperación.

3- El uniforme del Colegio Cristo Crucificado es obligatorio desde primero de

infantil hasta 6º de Primaria (para el presente curso el chándal empieza a ser

obligatorio para primero de la ESO).

Niños: pantalón azul marino, polo o camisa blanca, jersey o chaqueta azul

marino, zapatos azul marino y calcetines azul marinos.

Niñas: falda plisada azul marino, polo o blusa blanca, jersey o chaqueta azul

marino, zapatos azul marino y calcetines azul marinos.

El babi azul a rayas es obligatorio desde primero de infantil hasta segundo de

primaria. El chandal y complementos de deporte son exclusivamente para la

clase de Educación Física.

4- Los alumnos de ESO vendrán correctamente vestidos durante todo el curso.

Las alumnas no llevarán: camisetas de tirantes, grandes escotes ni minifaldas.

Los alumnos no llevarán traje de deporte.

5- Las faltas justificadas por los padres se realizarán a través de la agenda.

6- Para poder abandonar el Centro es necesario tener justificante escrito por el

padre, la madre o el tutor legal.

Page 78: Reglamento Regimen Interior

78

7- Las faltas de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el

centro, cuando un alumno /a sea sancionado con dicha falta ésta tendrá

vigencia para todo el curso escolar al ser tomada como criterio para no asistir a

las salidas de ocio programadas por el departamentote Educación Física y las

de viaje de estudios.

8- En las salidas programadas como viaje de estudios en 1º ESO, por acuerdo

tomado por el grupo docente y refrendado por la dirección del centro. Se

toman como criterios paar que los alumnos no puedan asistir a dicha actividad.

Los siguientes:

• Tener en la evaluación más de tres asignaturas suspensas

• Tener falta por conducta gravemente perjudicial para la convivencia en

el centro.

9- Cuando alguien padre o tutor legal venga a recoger a un alumno del centro

debe pasar por recepción, rellenar y firmar en el libro correspondiente.

CAPÍTULO TERCERO. PROFESORES

(IV CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS

TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS)

Para el personal afectado por este convenio se establecen tres tipos de faltas:

leves, graves y muy graves.

Faltas de la convivencia.

Art. 100.- Calificación.

Sección Primera: Faltas leves de la convivencia:

Page 79: Reglamento Regimen Interior

79

a) Tres faltas de puntualidad injustificada en el puesto de trabajo durante 30

días.

b) Una falta injustificada de asistencia durante un plazo de 30 días.

c) La no comunicación, con la antelación previa debida de la inasistencia al

trabajo por causa justificada, o no cursar en tiempo oportuno la baja

correspondiente cuando se falta al trabajo por causa justificada, a menos que

sea evidente la imposibilidad de hacerlo y en general el incumplimiento de

los deberes de carácter informativo para con la empresa.

d) Dar por concluida la clase con anterioridad a la hora de su terminación, sin

causa justificada, hasta dos veces en 30 días.

e) Negligencia en el desempeño de las funciones concretas del puesto de

trabajo, no entrega de calificaciones en las fechas acordadas, no controlar la

asistencias y la disciplina de los alumnos, así como, negligencia en el uso de

los materiales, utensilios o herramientas propias del mismo.

f) No observar las normas esenciales de seguridad e higiene en el trabajo

establecidas por la empresa.

g) La embriaguez no habitual en el trabajo.

Sección segunda: Son faltas graves de la convivencia:

a) Más de 9 faltas injustificadas de puntualidad cometida en el plazo de 30 días.

b) Más de 3 faltas injustificadas de asistencia al trabajo en un plazo de 30 días.

Page 80: Reglamento Regimen Interior

80

c) El incumplimiento de las obligaciones educativas de acuerdo con la

legislación vigente.

d) Las ofensas de palabras proferidas o de obras cometidas contra las personas,

cuando revistan acusada gravedad. Se considerará que revisten acusada

gravedad si menosprecian ante los alumnos la imagen de su educador o si

faltan gravemente a la persona del alumno o a sus familiares.

e) Incumplimiento reiterado de las normas sobre seguridad e higiene en el

trabajo establecidas por la empresa.

f) La realización, sin el oportuno permiso, de trabajos particulares durante la

jornada. Asimismo el empleo de útiles, herramientas, maquinaria, vehículos,

y, en general bienes de la empresa para los que no se estuviere autorizado o

para usos ajenos a los del trabajo encomendado, incluso fuera de la jornada

laboral.

g) El falseamiento y/o la omisión maliciosa de los datos que tuvieren incidencia

en la Seguridad Social o ante la autoridad fiscal.

h) La suplantación de otro trabajador alterando los registros y controles de

entrada y salida al trabajo.

i) El quebrantamiento o la violación de secretos de obligada reserva que

produzca grave perjuicio para la empresa.

j) La reincidencia en falta leve en un plazo de 90 días.

Sección tercera: Son faltas muy graves de la convivencia:

Page 81: Reglamento Regimen Interior

81

a) Más de 9 faltas injustificadas de puntualidad cometidas en un plazo de 30

días.

b) Más de 3 faltas injustificadas de asistencia al trabajo cometidas en un plazo

de 30 días.

c) Las faltas graves de respeto y los malos tratos, de palabra u obra, a cualquier

miembro de la comunidad educativa del centro de trabajo.

d) El fraude, deslealtad o abuso de confianza en la realización de la tarea

encomendada. Se entenderá que existe este fraude si se abandona

injustificada y reiteradamente la función docente y si se incumplen

gravemente las obligaciones educativas derivadas de la legislación en vigor.

e) La apropiación, hurto o robo de bienes propiedad de la empresa, de

compañeros o de cualesquiera otras personas dentro de las dependencias de

la empresa.

f) El incumplimiento grave de las normas sobre seguridad e higiene en el

trabajo establecidas por la empresa.

g) La simulación de enfermedad o accidente o la prolongación de la baja por

enfermedad o accidente con la finalidad de realizar cualquier trabajo por

cuenta propia o ajena.

h) El quebrantamiento o violación de secretos de obligada reserva que

produzca grave perjuicio para la empresa.

i) La embriaguez habitual o toxicomanía, que incidan en el trabajo.

j) La realización de actividades que impliquen competencia desleal a la

empresa

Page 82: Reglamento Regimen Interior

82

k) La reincidencia en falta grave, si se cometiese dentro del año siguiente a

haberse producido la primera infracción.

Art. 101.- Prescripción.

Las infracciones cometidas por los trabajadores prescribirán:

a) Las faltas leves, a los 10 días.

b) Las faltas graves, a los 20 días.

c) Las faltas muy graves, a los 55 días.

Art. 102.- Sanciones.

a) Las sanciones máximas que podrán imponerse serán las siguientes:

1- Por falta leve: amonestación verbal o escrita.

2- Por falta grave: suspensión de empleo y sueldo de 3 a 14 días.

3- Por falta muy grave: suspensión de empleo y sueldo de 15 a 30 días

con o sin apercibimiento de despido; despido.

Las anotaciones desfavorables que como consecuencia de las sanciones

impuesta pudieran hacerse constar en los expedientes personales quedarán

canceladas al cumplirse los plazos de 2, 4 u 8 meses según se trate de falta leve,

grave o muy grave.

Page 83: Reglamento Regimen Interior

83

b) Todas las sanciones serán comunicadas por escrito al trabajador indicando la

fecha y hechos que la motivaron. Se remitirá copia de la misma al Comité de

empresa o delegados de personal y a los delegados sindicales si los hubiere.

El empresario teniendo en cuenta las circunstancias que concurran en el

hecho y la conducta ulterior del trabajador, podrá reducir las sanciones por

faltas leves, graves y muy graves.

c) Las omisiones o acciones cometidas por los empresarios que sean contrarias

a lo dispuesto en este Convenio y demás disposiciones legales serán

consideradas como infracción laboral.

El personal contratado, a través del Comité de empresa, Delegados de

personal o Delegados sindicales, tratará en primera instancia de corregir la

supuesta infracción apelando al empresario.

Si en el plazo de 10 días desde la notificación al empresario no hubiese

recibido solución, o ésta no fuese satisfactoria para el reclamante, podrá

incoar expediente ante la Comisión Paritaria de Interpretación, Mediación y

Arbitraje, la cual en el plazo máximo de 20 días a la recepción del mismo

emitirá dictamen.

Cualquiera de las partes podrá apelar al dictamen de la Inspección de

Trabajo, u Organismo autonómico correspondiente.

En todo caso se estará a lo previsto en las disposiciones legales vigentes.

CAPÍTULO CUARTO. RESTO DE LOS MIEMBROS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

Art. 102.- Correcciones.

1. Sin perjuicio de la regulación que se deriva del régimen específico de la

relación de los distintos miembros de la Comunidad Educativa con la Entidad Titular

Page 84: Reglamento Regimen Interior

84

del Centro (laboral, civil, mercantil, canónica, etc), la alteración de la convivencia de

estos miembros de la Comunidad Educativa podrá ser corregida por la Entidad

Titular del Centro con:

a) Amonestación privada.

b) Amonestación pública.

c) Limitación de acceso a instalaciones, actividades y servicios del Centro.

2. Las correcciones impuestas a los padres de alumnos requerirán la

aprobación del Consejo Escolar.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- Relaciones laborales

Sin perjuicio de lo señalado en el presente Reglamento, las relaciones

laborales entre la Entidad Titular y el personal contratado se regularán por su

normativa específica.

Asimismo, se regirá por su normativa específica la representación de los

trabajadores en la empresa.

Segunda.- Profesorado religioso

A los religiosos que presten sus servicios en el Centro como profesores de

enseñanzas concertadas les será de aplicación lo señalado en la Disposición

Adicional Cuarta del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos,

Page 85: Reglamento Regimen Interior

85

sin perjuicio de su estatuto específico amparado por la Constitución, los Acuerdos

entre el Estado Español y la Santa Sede y la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.

Tercera.- Amigos del Centro

Los Amigos del Centro son las personas que, voluntariamente, colaboran en

la consecución de los objetivos educativos del Centro, en su sostenimiento

económico o en la relación del Centro con su entorno.

Cuarta.- Renovación del Consejo de la Comunidad Educativa

La constitución y renovación del Consejo de la Comunidad Educativa y de

su Sección se producirá conforme al procedimiento que determine la Entidad Titular

del Centro.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogado el Reglamento de Régimen Interior del Centro aprobado por

el Consejo Escolar, a propuesta de la Entidad Titular, en septiembre de 1997.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Modificación del Reglamento

La modificación del presente Reglamento compete a la Entidad Titular del

Centro, que deberá someterla a la aprobación de la Sección de Enseñanzas

Concertadas del Consejo de la Comunidad Educativa. Asimismo, compete a la

Entidad Titular su desarrollo.

Page 86: Reglamento Regimen Interior

86

Segunda.- Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor al inicio del curso escolar

2002/2003 Su vigencia queda condicionada al mantenimiento del Centro en el

régimen de conciertos educativos.

Aclaraciones

1- En el caso de que un alumno copie en un examen, esto supondrá la

calificación de insuficiente en esa evaluación y la pérdida del derecho a la

recuperación y la prueba queda pendiente hasta junio, donde será evaluado por

el Departamento.

2- Cuando un alumno haya faltado el doble de horas semanales en una

asignatura en periodo de evaluación perderá el derecho a la evaluación

continua, debiendo presentarse al examen de recuperación.

3- En el caso de no asistir a las horas anteriores a exámenes, el alumno

realizará el examen, pero quedará pendiente su corrección hasta la entrega del

justificante médico en el periodo estipulado. En el caso de faltar a un examen

éste se realizará una vez entregado el justificante médico en el periodo

estipulado.

4- El uniforme del Colegio Cristo Crucificado es obligatorio desde primero de

infantil hasta 6º de Primaria (El chándal sí es obligatorio hasta 1º de la ESO

este año, progresivamente se irá imponiendo en los demás cursos).

Niños: pantalón azul marino, polo o camisa blanca, jersey o chaqueta azul

marino, zapatos azul marino y calcetines blancos o azul marinos.

Niñas: falda plisada azul marino, polo o blusa blanca, jersey o chaqueta azul

marino, zapatos azul marino y calcetines blancos o azul marinos;

Page 87: Reglamento Regimen Interior

87

El babi a rayas es obligatorio desde primero de infantil hasta cuarto de

primaria. El chándal y los complementos de deportes son exclusivamente para

la clase de educación física.

5- Los alumnos de 3º y 4º de ESO vendrán correctamente vestidos durante

todo el curso. Los alumnos no llevarán camisetas de tirantes, grandes escotes

ni minifalda. Los alumnos no llevarán trajes de deportes.

6- Las faltas justificadas por los padres se realizarán a través de la agenda.

7- Para poder abandonar el Centro es necesario tener justificante escrito por el

padre, la madre o el tutor legal.

8- Cuando algún padre o tutor legal venga a recoger a un alumno debe pasar

por recepción y rellenar y firmar en el libro correspondiente.

ANEXO I

PROCEDIMIENTOS A LA HORA DE SANCIONAR CON FALTAS

Cada tutor comunicará a los alumnos lo establecido en las normas de

convivencia al principio de curso.

A la hora de sancionar con faltas las actuaciones de los alumnos se seguirán

las siguientes pautas:

1- Se amonestará verbalmente al alumno, ya sea por parte del tutor o del

profesor correspondiente.

Page 88: Reglamento Regimen Interior

88

2- Cuando la conducta sea repetitiva y de lugar a la colocación de la falta, el

tutor del alumno informará por escrito a los padres.

a) Las faltas leves quedarán archivadas en el expediente del alumno.

b) En caso de falta grave se realizará un informe detallado por parte del

profesor de la materia, del tutor y del jefe de estudios sobre dicha

actividad. Dicho informe junto con la falta grave quedará archivado en el

expediente del alumno.

c) Si la falta es muy grave será necesaria la instrucción de un expediente,

previamente a la corrección de dicha falta. (Ver anexo II)

ANEXO II

PASOS EN LA INSTRUCCIÓN DE UN EXPEDIENTE

(Real Decreto de Derechos y Deberes del Alumno 732/1995)

Art. 54.

1- La instrucción del expediente se llevará a cabo por un profesor del Centro

designado por el Director. Dicha incoación se comunicará a los padres, tutores o

responsables del menor.

2- El alumno y, en su caso, sus padres o representantes legales podrán recusar al

instructor ante el Director cuando de su conducta o manifestaciones pueda inferirse

falta de objetividad en la instrucción del expediente.

3- Excepcionalmente, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su

instrucción, el Director por decisión propia o a propuesta, en su caso, del instructor,

Page 89: Reglamento Regimen Interior

89

podrá adoptar las medidas provisiones que estime convenientes. Las medidas

provisionales podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la suspensión de

derecho de asistencia al Centro o a determinadas clases o actividades por un periodo

que no sea superior a cinco días. Las medidas adoptadas serán comunicadas al

Consejo Escolar, que podrá revocarlas en cualquier momento.

1- La instrucción del expediente deberá acordarse en un plazo no superior a 10 días,

desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas merecedoras de

corrección con arreglo a este Real Decreto.

2- Instruido el expediente se dará audiencia al alumno y, si es menor de edad,

además a los padres o representantes legales de aquel, comunicándoles en todo caso

las conductas que se le imputan y las medidas de corrección que se proponen al

Consejo Escolar del Centro.

El plazo de instrucción del expediente no deberá exceder de 7 días.

3- Se comunicará al Servicio de Inspección Técnica el inicio del procedimiento y le

mantendrá informado de la tramitación hasta su resolución.

La resolución del procedimiento deberá producirse en el plazo máximo de un

mes desde la fecha de iniciación del mismo y contra la resolución del Consejo

Escolar podrá interponerse recurso ordinario ante el Director Provincial.

Page 90: Reglamento Regimen Interior

90

ANEXO III

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA

NORMAS DE CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA EN PRIMARIA

A partir de 2º de Primaria los alumnos deben cambiar su uniforme escolar por el

chándal de uniforme de Educación Física, al inicio y final de cada sesión. Los

alumnos deben asearse, al final de cada sesión práctica, siendo opcional a partir de 5º

de Primaria la ducha, valorándose positivamente.

Al salir del vestuario, los alumnos deben permanecer sentados en el lugar que les

indique el profesor a la espera de que comience la sesión.

Está expresamente prohibido entrar a cualquiera de los almacenes de material

deportivo

También se prohíbe tocar y/o jugar con cualquier tipo de material de uso para el

desarrollo de la asignatura, ya sea deportivo o de cualquier otra índole, que por

diferentes motivos se encuentre fuera de dichos almacenes, sin autorización expresa

del profesor de Educación Física por las consecuencias de potencial peligro para

ellos por el uso indebido de este material.

El profesor puede, si lo considera oportuno, dar por finalizada cualquier sesión

práctica e ir al aula a impartir una clase teórica o dar por finalizada una sesión

práctica si los alumnos no respetan las normas de la asignatura, realizando otra

actividad.

Cualquier actividad o actitud disruptiva en cualquier sesión de clase, en lo que se

incluye el comportamiento en el vestuario, será sancionada conforme al Reglamento

de Régimen Interno del Centro.

Debido a las características especiales de esta asignatura, el alumno que no respete

dichas normas puede, siempre a criterio del profesor, ser apartado

momentáneamente de la realización de cualquier ejercicio o, si su actitud persiste,

puede ser apartado de la realización práctica durante toda la sesión, permaneciendo

sentado hasta la finalización de la misma. También le puede ser encomendada otra

actividad.

Page 91: Reglamento Regimen Interior

91

Si un alumno, por motivo de enfermedad, un día no puede realizar una sesión

práctica de Educación Física, deberá justificar la falta con una nota escrita, paterna o

materna. Si dicha falta a la sesión práctica se prolonga en el tiempo (más de cuatro

sesiones) el justificante deberá ser realizado por un médico.

Si un alumno tiene sin justificar un tercio de las sesiones del trimestre, se le puede

suspender la asignatura.

Esto se justifica porque los alumnos tienen que aprender a tratar esta área con

respeto, no como una mera clase de juego libre, sino otra forma de trabajar, es decir,

trabajar jugando

La modificación del presente Reglamento de Régimen Interior fue aprobado en la

reunión del Consejo Escolar el día de de 20

La Titular

R. E.Titular R. Padres R. Profesores

R. Personal de servicios R. Alumnos

Page 92: Reglamento Regimen Interior

92

PLAN DE CONVIVENCIA

INTRODUCCIÓN

Nuestra constitución de 1978 nos indica en su artículo 14: “Todos los

españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna

por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o

circunstancia personal o social”.

El Decreto 115/2005, de 21 de Octubre, en su artículo 12 .4 dice así: “ Los

centros desarrollarán iniciativas que eviten la discriminación de los alumnos,

pondrán especial atención en el respeto de las normas de convivencia y

establecerán planes de Convivencia escolar para garantizar la plena integración

de todos los alumnos del Centro”. Igualmente hace alusión a que en la realización

de los mismos se tendrán en cuenta las características del alumnado y las

circunstancias se su entorno.

La Orden de 20 de febrero de 2006, de la Consejería de Educación y

Cultura dispone en su artículo 3 punto 1 como uno de los objetivos a incluir en el

Plan de Convivencia : “Conseguir la integración de todo el alumnado sin

discriminación por raza, sexo o edad”.

Nuestro Proyecto Educativo, establece como objetivo general, lograr el

desarrollo integral del alumno fomentando un espíritu crítico y creador, dentro

de un marco de responsabilidad alegría y amor, siguiendo la línea básica de

nuestras fundadoras, y así poder integrarse en la sociedad en que viven. Como

vemos ya nuestro Proyecto establece que todas las líneas de acción educativa ,

pastoral, académica y tutorial tienen que ir encaminadas a conseguir la

integración y convivencia pacífica entre todos los miembros de la comunidad

Educativa.

María José Díaz Aguado publica un artículo que tiene por título : Adaptar la

escuela a los actuales cambios sociales para mejorar la convivencia educativa.

En éste se resalta la necesidad de hacer de la diversidad y heterogeneidad

(presente en nuestras aulas) una fuente de desarrollo y progreso.

Por tanto, atender a la diversidad significa, poner en marcha medidas concretas

que propicien el respeto a las diferencias, la tolerancia, la dignidad de todas las

personas y la igualdad de oportunidades. Para conseguir esta formación en valores

Page 93: Reglamento Regimen Interior

93

éticos, sociales y religiosos el Centro debe disponer de alternativas que mejoren el

ambiente de trabajo y favorezcan las relaciones entre todos los miembros de la

Comunidad Educativa. Como alternativa nace este Plan de Convivencia que

propone actuaciones tanto de carácter preventivo como de intervención.

Partiendo de este marco, haré alusión a continuación a los apartados del PLAN

DE CONVIVENCIA que pasará a formar parte del Proyecto Educativo del Centro

En primer lugar decir que seguiré los puntos que dispone la orden de 20 de

Febrero de 2006, de la Consejería de Educación y Cultura, para la elaboración de

los Planes de Convivencia en los Centros. Partiré de los objetivos generales del

P.E.C , para continuar analizando las características del Colegio y aspectos que

influyen en la convivencia, teniendo en cuenta ubicación, alumnado, profesorado,

conflictos etc.. En un segundo punto haré alusión a los objetivos del Plan de

Convivencia, incluyendo por supuesto los establecidos en la Orden ya citada en

este párrafo. Describiré en el siguiente apartado un abanico acciones que pasarán a

formar parte de la dinámica del Centro, no olvidando la coordinación entre el

profesorado , alumnos, familias y agentes externos al Centro. En un último punto

trataré el acoso e intimidación entre alumnos.

Terminaré la defensa del Plan de Convivencia señalando una serie de criterios que

se tendrán en cuenta para la evaluación y difusión del mismo.

I. EL CENTRO DOCENTE. CARACTERÍSTICAS Y

ENTORNO

A. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO.

A.1. Ubicación y entorno

Centramos la intervención en el Colegio Cristo Crucificado, centro

concertado de doble línea cuya confesionalidad es católica. Está ubicado en una

barriada urbana de condiciones socioeconómicas medio-bajas.

La mayoría de la población son originarios de Mula y una parte considerable

Page 94: Reglamento Regimen Interior

94

inmigrantes, siendo el nivel se inmigración cada año más alto. Esta nueva

población procede principalmente de países hispanoamericanos – Ecuador,

Bolivia- otros de Marruecos y unos pocos de China.

Se puede decir que la integración de estos flujos migratorios, se realiza a

través del mundo laboral y a través de los centros de enseñanza en los que la

presencia de niños/as de otras etnias es cada vez más evidente. La mayor

dificultad para integrarse en la sociedad la encuentran los niños, padres y madres

procedentes de Marruecos. Con estos, encontramos problemas de comunicación.

Por tanto, la integración de los niños/as magrebíes es más difícil en un principio

que la de otros niños.

En cuanto a las ocupaciones habituales comprobamos que son

mayoritariamente, obreros eventuales que trabajan en la agricultura, albañilería,

camioneros, y empleados en fábricas de conservas, una minoría funcionarios y en

paro. Las madres, en general, comparten el trabajo de casa con trabajos

temporales en las fábricas conserveras de la localidad o asistencia a otros hogares.

El nivel de estudios de los padres/madres está dentro de los primarios (65%) ,

un 10% no tiene ningún tipo de estudios y un 25% posee estudios medios y

superiores.

Los valores predominantes son los de la sociedad de consumo. A nivel

afectivo personal encontramos una carencia de relación entre padres e hijos

debido al trabajo, separaciones matrimoniales, y madres solteras con pocos

recursos.

Se puede concluir que en la zona no existen conflictos ni factores de riesgo

graves como rivalidad entre grupos, barrios etc.. , aunque dado el gran número de

inmigrantes hay que cuidar la integración de los mismos para prevenir conflictos.

Desde la “Mancomunidad del Río Mula” de servicios Sociales se realizan una

gran cantidad de actuaciones en esta línea.

A.2. Alumnado del Centro

En nuestro Centro se imparte Educación Infantil, Educación Primaria y

ESO. Hay doble línea y cuenta con un total de 697 alumnos, distribuidos de la

Page 95: Reglamento Regimen Interior

95

siguiente forma:

NIVELES

EDUCACIÓN INFANTIL Hay un total de 157 alumnos de los cuales son:

Extranjeros: 44

ACNEE: 4

Compensatoria: 3

De necesidades no permanentes: 5

EDUCACIÓN PRIMARIA Hay un total de 326 alumnos de los cuales son:

Extranjeros: 66

ACNEE: 5

Compensatoria: 3

De necesidades no permanentes: 30

EDUCACIÓN SECUNDARIA Hay un total de 214 alumnos de los cuales son:

Extranjeros: 27

ACNEE: 11

Compensatoria: 1

De necesidades no permanentes: 10

Como se refleja en la tabla tenemos alumnos de integración, inmigrantes

(con algún alumno de compensatoria), grupos de diversificación y programas de

apoyo. A pesar de la incesante llegada de inmigrantes, se puede afirmar que en las

aulas, más del 80% del alumnado es autóctono de Mula.

Se detecta que la mayoría de nuestro alumnado tiene un entorno estable, con

recursos y medios suficientes, aunque se percibe un aumento de familias

desestructuradas, de alumnos /as que conviven con sus abuelos y una minoría con

dificultades económicas.

El alumnado en general suele estar influenciado:

- Por las circunstancias familiares.

- Por los medios de comunicación.

- Proteccionismo de los padres.

Características del alumnado:

- El comportamiento en general está dentro de los parámetros de la

normalidad, siendo raras las conductas gravemente perjudiciales para la

Page 96: Reglamento Regimen Interior

96

convivencia en el centro.

- Hay un bajo porcentaje de alumnado en riesgo de fracaso escolar.

- Alumnado en las aulas cada vez más heterogéneo.

- Un bajo porcentaje de absentismo escolar.

La opinión que merecen los profesores a los alumnos es buena en la gran

mayoría de los casos y se encuentran a gusto con lo compañeros de clase.

Manifiestan un alto interés por participar en las actividades realizadas en el Centro

y también a nivel de Congregación. Se puede afirmar que nuestros alumnos/as

vienen contentos al Colegio.

Los padres en general asisten a las reuniones convocadas por los profesores.

Valoran muy alto que los chicos tengan buenas calificaciones, el esfuerzo, el

trabajo , los conocimientos adquiridos y por supuesto la formación en valores

humano cristianos.

A.3.Recursos materiales y humanos

El Centro “Cristo Crucificado” de Mula cuenta con un edificio de tres

plantas en el que se concentran las actividades académicas con la siguiente

disposición:

- El la planta baja se ubican la Secretaría, Dirección, la sala de visitas o

tutoría, la Biblioteca, cinco aulas de Educación Infantil y una de

Secundaria, así como la Capilla del centro.

- En la planta primera se encuentran diez aulas de Educación Primaria y una

de Educación Infantil, así como el Departamento de Orientación y el Salón

de Actos.

- En la planta segunda encontramos dos aulas de Educación Primaria, el

Taller de Tecnología, el aula de Informática, el Laboratorio, diez aulas de

Educación Secundaria y el Aula de Audiovisuales. Los Departamentos

Didácticos y Jefatura de Estudios también se encuentran en dicha planta.

- El Centro cuenta también con una Pista Deportiva en la que se encuentran

Page 97: Reglamento Regimen Interior

97

a su vez las duchas y aseos del patio.

Los criterios sobre organización y distribución de los espacios se recogen cada

curso escolar en la Programación General Anual realizada a principio de

curso.

A.4.Equipo Docente:

En primer lugar decir que se cuenta con el equipo de Pastoral, que es para

el Centro el gran motor que da energía para trabajar los valores de Cristo, y radiar

el carisma de las Hermanas Apostólicas de Cristo Crucificado.

En el Centro trabajan 41 profesores. Aparte del profesorado ordinario el

Colegio está dotado de maestros especialistas (PT) que apoyan de una manera

especial a alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

Además contamos con la atención quincenal del Psicólogo del E.O.E.P. para

atender los niveles de Educación Infantil y Primaria. En Educación Secundaria

Obligatoria se encuentra el departamento de Orientación formado por el

Orientador, un Psicólogo de apoyo, un PT, y un maestro encargado de los

refuerzos.

La plantilla de profesorado también tiene los especialistas que imparten las

áreas de Inglés, Música, E.Física y Religión, además de todas las especialidades

necesarias para impartir las materias de ESO.

El equipo de profesores viene realizando una gran labor en la mejora de la

convivencia del Centro, ya que no sólo organiza, sino que participa en un 90% en

todas las actividades realizadas por el Centro. Mencionar el entusiasmo con que el

profesorado de Infantil y Primaria prepara el Cuentacuentos de las actividades

extraescolares con juegos relacionados con la paz, solidaridad, empatía, en

general, valores que desembocan en la mejora de la convivencia.

B SITUACIÓN ACTUAL DE CONVIVENCIA.

La situación de la convivencia actual en este centro es de lo que

Page 98: Reglamento Regimen Interior

98

denominaríamos como de total normalidad. Entre el alumnado y en la vida diaria

del Centro surgen conflictos que se van solucionando con las herramientas legales

que están a nuestro alcance y la frecuencia de los mismos están dentro de

parámetros que no desbordan la normalidad.

Al tener en nuestro Centro Infantil, Primaria y ESO, el alumnado tiene

edades muy diversas, lo que da lugar a que las relaciones personales y conflictos

que puedan darse en una etapa y otra sean diferentes. En las primeras edades de

escolaridad se trabajan los valores, relaciones sociales, convivencia y normas, y

no se habla de conflictos porque en realidad como tal no existen. En los primeros

cursos de Educación Primaria, tampoco son frecuentes los conflictos, excepto

algún caso esporádico. Suelen aparecer en el tercer ciclo de primaria y en los dos

primeros cursos de ESO. Esta baja conflictividad va desapareciendo en los cursos

posteriores, 3º y 4º de ESO.

Antes de empezar es necesario delimitar qué se entiende por conflicto

escolar: he considerado conflicto toda situación anómala que repercute

negativamente en la convivencia y en el proceso enseñanza- aprendizaje, habiendo

una confrontación de intereses.

B.1.Conflictos que se dan en el Centro:

ALUMNADO:

Educación Infantil:

-Algunos casos de impuntualidad en la hora de entrada a clase. En este caso el

conflicto se produce más con los padres.

-Algún caso aislado de niño hiperactivo.

Educación Primaria: Ya hemos comentado anteriormente que la conflictividad

se acentúa en los dos últimos cursos.

- Disrupción en el aula: hablar a destiempo, levantarse sin permiso, traer

material que no es de uso para el aprendizaje en el aula.

Page 99: Reglamento Regimen Interior

99

- Olvido del material para el desarrollo de la clase.

- Distracción y falta de atención.

- Falta de respeto entre iguales o a menores en los recreos. Insultos.

- Pequeñas peleas en espacios comunes (patio, pasillo, baños).

- Pequeños hurtos.

- Faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

- Falta de respeto al profesor/a.

- Falta de respeto al material del aula, y a las infraestructuras del Centro

- Espacios y uso de los mismos:

• Retrasos en las entradas y salidas a clase, tanto por parte del

alumnado como por el profesorado.

• Alboroto (correr, saltar, empujar, gritar etc..) en las

entradas y salidas al Centro.

• Retrasos y alboroto (correr, saltar, empujar, gritar etc..)en

los cambios de un aula a otra, cuando van por los pasillos y

escaleras.

- Familias:

• Escasa participación de las familias en la Escuela de Padres

y en acciones formativas.

• Horarios de trabajo.

Educación Secundaria Obligatoria: Los conflictos comienzan a ser

problema para el centro especialmente en los cursos de 1 y 2 de ESO, ya que

son los cursos donde el nivel de conflictividad es más alto.

1. Se empieza a observar conductas que podrían en un futuro, derivar en

problemas de integración. Suelen aparecer en ESO.

a. El uso de términos xenófobos en sentido despectivo por parte de

determinados alumnos. El número de alumnos implicados es muy

pequeño y suelen ser alumnos con un comportamiento normal.

b. La “marginación” voluntaria de los propios alumnos

hispanoamericanos durante los períodos de recreo y en el aula.

2. Algún cado aislado de acoso escolar.

Page 100: Reglamento Regimen Interior

100

3. El uso indebido de las nuevas tecnologías de la comunicación e imagen –

móviles con cámaras, grabadoras miniaturizadas de voz etc... Suelen estar

implicados alumnos con muy bajo rendimiento escolar y con escaso

control por parte de las familias.

4. Falta de respeto al material del aula, y a las infraestructuras del Centro.

También suelen estar implicados alumnos con muy bajo rendimiento

escolar y con algún problema de comportamiento.

5. Otros problemas que se viven en el marco del aula , son la indisciplina de

algunos alumnos dentro del aula que altera el funcionamiento de la clase y

que son ocasionados por la desmotivación hacia el estudio. No hacen

absolutamente nada en clase, no estudian, no traen el material y no

obedecen a las normas.

6. Interrupción frecuente de la clase.

7. Pequeños hurtos.

8. Falta de respeto hacia los demás, compañeros y profesores.

9. Falta de estudio y esfuerzo personal del alumno.

10. Absentismo escolar. Alumnado que poco a poco va dejando de asistir a

clase.

11. Espacios y uso de los mismos:

• Retrasos en las entradas y salidas a clase, tanto por parte del

alumnado como por el profesorado.

• Indisciplina en las entradas y salidas al Centro.

• Retrasos e indisciplina en los cambios de un aula a otra,

cuando van por los pasillos y escaleras.

• Uso indebido por parte de los alumnos de dependencias que

no están destinadas a ellos.

12. Familias

• Escasa participación de las familias en la Escuela de Padres

y en acciones formativas.

• Horarios de trabajo.

Al Centro le preocupa principalmente los alumnos que interfieren en el

Page 101: Reglamento Regimen Interior

101

proceso de enseñanza-aprendizaje, puesto que a veces impiden que las clases se

desarrollen en las mejores condiciones y no puedan aprovecharse debidamente.

Suelen surgir básicamente en ESO y son alumnos descolgados académicamente.

PROFESORADO:

Tras realizar la memoria del curso , analizar el profesorado las relaciones con

sus compañeros e identificar los conflictos más frecuentes , se señala la dificultad

para trabajar en equipo, la falta de acuerdos y el profesorado nuevo que entra al

centro y no conoce la cultura del Centro.

B.2. Causas.

Las causas que consideramos que motivan y dan lugar a situaciones de este

tipo son:

ALUMNADO:

- Temperamento impulsivo que pueden presentar algunos niños

- Baja tolerancia a la frustración de algunos alumnos que se sienten

protegidos por sus familias.

- Falta de motivación hacia el estudio.

- Dificultades de aprendizaje.

- Desfase curricular muy acentuado.

- Problemas de comportamiento.

- Falta de habilidades para resolver conflictos.

FAMILIAS:

- Pérdida de normas y excesiva permisividad hacia los hijos que hoy día se

vive en nuestras familias.

- Falta de implicación en los aspectos escolares de los hijos.

- Falta de límites y normas.

- En algunos casos los alumnos pasan mucho tiempo sin compañía de

adultos por los horarios de trabajo de los padres.

- Cambio de valores familiares.

PROFESORES:

- Falta de tiempo para dialogar con nuestros alumnos.

Page 102: Reglamento Regimen Interior

102

- Falta de herramientas y habilidades para el manejo de conflictos en el

aula.

- Falta de profesorado para atender a los alumnos con necesidades

específicas de apoyo educativo.

- Falta de referente de autoridad.

SOCIEDAD:

- La constante influencia de los medios de comunicación en la educación de

nuestros alumnos.

- La desvalorización de la figura del profesor.

- Obligatoriedad de la etapa educativa de la ESO, que conlleva a la

presencia en las aulas de un sector de alumnos que no encaja en las

diferentes propuestas educativas, o que simplemente no quiere estudiar.

- El clima de competitividad y falta de solidaridad que se respira en la

sociedad.

- Pérdida de la vivencia en nuestra sociedad en general, de valores que son

el hilo conductor de nuestra educación.

- Transmisión de contravalores.

C. RESPUESTAS DEL CENTRO ANTE LAS SITUACIONES DE

CONFLICTO. IMPLICACIÓN DEL PROFESORADO,

ALUMNADO Y FAMILIAS

Entre las acciones seleccionadas hasta ahora destacamos:

1. Las que informan a los alumnos sobre el funcionamiento del Centro

y su organización.

2. Las que suponen la divulgación del RRI en todos los sectores de la

comunidad educativa.

3. Los debates y asambleas en clase sobre la convivencia, sobre las

normas relacionadas con éstas y valores que aseguren el correcto

trabajo en el centro.

4. La solicitud de implicación a los padres para que animen a sus hijos

a seguir conductas positivas de observación de las normas

establecidas y mantener un contacto fluido con los mismos

Page 103: Reglamento Regimen Interior

103

informándoles sobre cualquier incidencia que afecte a sus hijos y

establecer un plan de colaboración eficaz entre el centro y la familia.

5. La realización de actividades ( murales, lecturas, cine forum,

celebraciones, charlas, pancartas, anuncios, escenificaciones etc..) y

campañas en el Centro que favorezcan la adquisición de actitudes y

valores, que fomenten el desarrollo de vínculos interpersonales y

lazos de afectividad entre los diferentes sectores de la comunidad.

6. Un papel muy importante en este cometido lo protagoniza el Plan de

Acción Tutorial incluido en nuestro Proyecto Curricular de Centro.

En él se enfatizan actividades con los alumnos que tienen como

objetivo entrenarles en habilidades sociales, para fomentar la

convivencia, integración y la participación de los alumnos en la vida

del Centro.

7. Aumentar la vigilancia en las zonas de esparcimiento.

8. Atención individualizada a alumnos conflictivos tanto dentro como

fuera del aula.

9. Control riguroso tanto de los retrasos como de las faltas de asistencia

a clase. Se envían a las familias mensualmente las faltas y los

retrasos, tanto las justificadas como las no justificadas. Se exigen

justificaciones serias a las faltas y justificantes médicos para las

consultas médicas.

10. Fomentar la educación en valores y las celebraciones que fomenten

la vivencia de los mismos.

11. Asignación de medidas de Atención a la diversidad en el plano

académico para favorecer la integración de alumnos desfasados.

12. Prohibir el uso de teléfonos móviles y otros objetos de valor , tanto

para evitar distracciones en clase como pérdidas , hurtos o agresiones

mediante mensajes o difusión de imágenes.

La Jefatura de Estudios, el Departamento de Orientación y los tutores

suman su esfuerzo para llevar a cabo este cometido y conseguir los objetivos

propuestos.

Junto a esta labor eminentemente formativa, de interiorización, también se

Page 104: Reglamento Regimen Interior

104

responde con la aplicación de las normas de convivencia establecidas en nuestro

Reglamento de Régimen Interior, procurando observar las normas y corregir las

conductas contrarias a las mismas.

Trimestralmente, en la Comisión de Coordinación Pedagógica evaluamos la

convivencia en el Centro a través de los informes emitidos por los tutores y las

juntas de evaluación de cada grupo de alumnos y el informe que elabora la

Jefatura de Estudios a partir de los partes de incidencias y las amonestaciones

emitidas.

Asimismo, el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar reciben

información del estado de la convivencia en el Centro.

En cuanto a la implicación de los diferentes colectivos que forman la

comunidad Educativa (profesorado, alumnado y familias), destacar que la

colaboración es muy buena por parte del profesorado y alumnado. Debamos

seguir trabajando para conseguir una mayor implicación por parte de las familias.

D. RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y LA COMUNIDAD

EDUCATIVA.

Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los

tutores, quienes convocan a los padres, bien colectivamente, al menos una vez al

trimestre, y bien individualmente, a lo largo del mismo.

Para facilitar el encuentro entre padres y profesores, se ha decidido unificar

el horario de citas a los martes por la tarde.

La relación del Centro con las familias en general es buena. Sin embargo a

veces es difícil contactar con los padres ya que ambos trabajan (se consigue

contactar telefónicamente). Además también ocurre muy a menudo que se da la

circunstancia de que a mayor desmotivación y conflictividad del alumno menor

es la implicación de los padres en la enseñanza y educación de sus hijos, con lo

cual la situación se agrava y la solución se complica.

Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos, cuya Junta

Page 105: Reglamento Regimen Interior

105

Directiva mantiene un estrecho contacto con la Dirección del Centro y ambos

organismos cooperan en todo lo que mutuamente se solicitan. Por lo tanto, las

familias encuentran en la A.M.P.A. y en el Consejo Escolar su lugar de

participación y colaboración en la gestión de la marcha del Centro.

El Centro colabora con todos los órganos públicos (Centro de Servicios

Sociales y Centro de Salud) que están en la zona y que con sus recursos colaboran

en la formación del alumnado y profesorado.

Servicios Sociales: El profesorado asiste a charlas organizadas por esta entidad,

se realizan en el Centro todos los programas educativos en valores que nos

ofrecen y se ofertan a los alumnos las actividades extraescolares que realizan

También se coordina todo lo relativo a alumnos con problemas socio familiares

que están en programas específicos de esta entidad.

Centro de Salud: El EOEP de la zona y departamento de orientación del Centro

coordinan todo lo necesario con los servicios de salud, sobre todo para tratar los

problemas de comportamiento graves que pueda haber o surgir en el Centro.

E. EXPERIENCIAS Y TRABAJOS PREVIOS EN RELACIÓN

CON LA CONVIVENCIA

La convivencia siempre ha estado presente en la vida de nuestro Centro como un

fin educativo a trabajar, y no simplemente como una mera aplicación de medidas

disciplinarias. El departamento de Pastoral trabaja permanentemente los valores

dentro del marco global de la convivencia. Cada curso se trabaja con todo el

alumnado del Centro un valor específico Por ello ya se venían realizando

actuaciones de dos tipos:

- de carácter preventivo:

o Debates en clase sobre la conveniencia de que exista un R.R.I. que

establezca unas normas que aseguren el correcto funcionamiento

del Centro.

o Potenciar conductas democráticas y participativas en el centro:

- Asambleas de clase.

- Elección de delegado y subdelegado.

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106

- Participar en el Consejo Escolar.

- Participar en la Comisión de Actividades Extraescolares.

o Elaboración y seguimiento de normas específicas para el grupo-

clase que impliquen en su observancia a los alumnos y a los

profesores de los mismos.

o Cumplimiento de las normas internas de convivencia y aplicación

de las correcciones que de su incumplimiento se deriven.

o Se programan actividades ( murales, lecturas, cine forum,

celebraciones, charlas, pancartas, anuncios, escenificaciones etc..)

y campañas en el Centro que están dirigidas tanto a los alumnos

como a los padres. Se suelen programar por trimestres

o Divulgación del R.R.I. entre alumnos, padres y profesores

o Actividades dirigidas a los alumnos dentro del Plan de Acción

Tutorial, referidas a habilidades sociales, fomento de la

convivencia, integración y participación de los alumnos en la vida

del Centro.

o Énfasis especial en atajar cualquier manifestación xenófoba o

racista que pueda darse en el Centro.

o Medidas de atención a la diversidad: programación de refuerzos,

adaptaciones curriculares, programas de diversificación curricular

etc..

- de intervención: Resolución de conflictos siguiendo la normativa

establecida en el RRI del Centro. Las medidas más utilizadas en caso de

conflicto:

o las amonestaciones verbales o escritas.

o El diálogo con el tutor, jefe de estudios o director y padres o

tutores legales.

o Reunión del equipo educativo si es necesario.

o Hoja de control individual.

o Privación de recreos.

o Realización de tareas fuera del horario lectivo.

Page 107: Reglamento Regimen Interior

107

o Expulsiones temporales.

F. NECESIDADES DE FORMACIÓN Y RECURSOS

Formación:

Aunque la convivencia es una preocupación constante entre el

profesorado, son muy pocos los que han recibido una formación específica

sobre este tema y, casi siempre, el tratamiento que cada uno hace ante un

problema de comportamiento que se presenta en clase es consecuencia del

sentido común (medidas individuales de cada profesor) o de la aplicación del

Reglamento de Régimen Interior.

Se hace necesario poseer estrategias para atender situaciones

relacionadas con la convivencia y la conflictividad. Estrategias que nos

permitan detectar qué situaciones son las que más favorecen los conflictos

entre los alumnos y entre alumnos y profesores para prevenirlos. También es

necesario formación en habilidades sociales, resolución de conflictos,

estrategias para fomentar la participación, intervención ante problemas

conducta, maltrato entre compañeros, casos de acoso etc.

Sobre todo es importante que la formación contemple que la reacción

docente sea coherente en todo el profesorado para evitar confundir a los

alumnos y reforzar los mensajes positivos sobre sus conductas.

Recursos:

El Centro cuenta con sus proyectos institucionales donde quedan

recogidos aspectos que se refieren a su organización, el Proyecto Educativo, el

R.R.I., el Plan de Acción Tutorial y la educación en los valores explicitados en

nuestras señas de identidad. También se puede contar con el Equipo de

Orientación Educativa y Psicopedagógica Específico de Convivencia Escolar

para:

- Elaborar materiales, programas y recursos educativos para la prevención y

mejora de la convivencia.

- En la formación del profesorado.

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108

II. OBJETIVOS Y ACTITUDES QUE SE PRETENDEN

FAVORECER

Este plan de convivencia tiene unos principios básicos que se explicitan a

continuación:

� EL RESPETO A LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y LAS

CONVICCIONES RELIGIOSAS Y MORALES.

� MEJORA DE LA CONVIVENCIA Y DE LAS RELACIONES ENTRE

TODOS LOS COMPONENTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA:

Todas las actuaciones realizadas están encaminadas a cultivar el respeto, la

comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas por parte de

todos.

� SE PRIORIZA LA PREVENCIÓN: Priorizaremos aquellas actuaciones

preventivas destinadas al conocimiento previo de los derechos y deberes

de todos los miembros de la comunidad educativa y de las normas

necesarias para una convivencia pacífica y respetuosa.

� RESOLUCIÓN PACÍFICA Y EDUCATIVA EN CASO DE

INTERVENCIÓN El conflicto se produce en todo centro educativo

porque es algo inherente al se humano (alumnos, profesores, padres etc) ,

por tanto debemos estar preparados para la resolución pacífica y

educativa de los conflictos que se presenten.

� LAS MEDIDAS PUNITIVAS SE UTILIZARÁN COMO ÚLTIMO

RECURSO PARA SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS DE

CONVIVENCIA: Sólo se hará uso de estas medidas cuando las estrategias

motivacionales y educativas no hayan dado resultado o la no intervención

pueda generar males mayores.

Estos principios básicos se concretan en los siguientes objetivos generales:

1 No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de

Page 109: Reglamento Regimen Interior

109

nacimiento, raza, sexo o por cualquiera otra circunstancia personal o

social.

2 Concienciar a todos los miembros de la Comunidad Educativa de la

necesidad de conocer y respetar los derechos y deberes de los alumnos, los

profesores, el personal de administración y servicios y los padres.

3 Desarrollar una intervención preventiva como medio para lograr un buen

clima de convivencia.

4 Propiciar la colaboración familia –Centro a través de un intercambio de

información que permita unir esfuerzos para lograr fines comunes.

5 Mantener por parte del profesorado, una línea de conducta coherente,

uniforme y sistemática en el tratamiento del orden y la disciplina,

evitando contradicciones que desorienten a los alumnos.

6 Divulgar e implantar entre todos los miembros de la comunidad educativa

el R.R.I., especialmente aquellos artículos referidos a las normas internas

de convivencia, a la disciplina, a la descripción y calificación de las faltas

y los procedimientos de corrección de las conductas que las incumplen.

7 Potenciar, dentro del plan de acción tutorial, todas aquellas actividades que

favorezcan el orden, la disciplina y el respeto mutuo, entre los que cabe

destacar la elaboración y el seguimiento de las normas específicas del

grupo clase

8 Introducir cambios en la metodología de aula para desarrollar el interés por

el trabajo cooperativo , fomentando el trabajo en equipo como factor de

eficacia frente al excesivo individualismo.

9 Introducir cambios en la forma de agrupamiento del alumnado, apostando

por la atención a la diversidad desde los agrupamientos flexibles de los

alumnos para favorecer la integración y participación de todos en el

proceso de enseñanza – aprendizaje.

10 Reducir al mínimo las conductas disruptivas que perturban el clima de

clase para evitar la conflictividad y disminuir las conductas más graves.

11 Atención individualizada ( y en su caso derivación a otras entidades ) de

los alumnos que presentan continuas alteraciones de comportamiento.

12 Dar respuesta inmediata en el caso de que hubiera casos de intimidación y

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110

acoso entre iguales.

13 Disminuir el absentismo escolar en nuestro centro.

14 Detectar necesidades de formación del profesorado con relación a la

convivencia y proponer planes de formación.

15 Coordinar con los profesionales de los EOEPs y orientadores para

establecer las medidas a adoptar en la respuesta a las necesidades

educativas especiales y recibir el asesoramiento oportuno, así como

establecer contacto con otras instituciones (sociales, sanitarias,

culturales…) para realizar colaboraciones puntuales.

Las actitudes que se pretenden favorecer son las siguientes:

1 Respeto a la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales.

2 Participación en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas

al desarrollo de los currículos.

3 Cumplimiento de las directrices del profesorado respecto a su educación y

aprendizaje.

4 Puntualidad en la asistencia a clase y al Centro..

5 Cumplimiento y respeto a los horarios aprobados para el desarrollo de las

actividades del centro

6 Respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro

educativo.

7 Conservación y buen uso de las instalaciones del centro y de los materiales

didácticos y respeto a las pertenencias de los otros miembros de la comunidad

educativa.

III. ACTIVIDADES PREVISTAS

Todas las actividades programadas tienen los siguientes finalidades:

1. Elaborar, aprobar, poner en marcha y dar a conocer a toda la comunidad

escolar el Plan de Convivencia Anual.

2. Favorecer una relación colegio/familia positiva.

3. Concienciar a los padres de que su colaboración y participación con los

Page 111: Reglamento Regimen Interior

111

profesores es necesaria para el desarrollo de una buena convivencia en el

centro.

4. Concienciar a los alumnos de que su colaboración y participación es

necesaria para el desarrollo de una buena convivencia en el centro.

5. Potenciar conductas positivas en los alumnos para lograr una buena

convivencia en el Centro.

6. Iniciar el contacto entre alumnos de diferentes cursos.

7. Fomentar el contacto entre alumnos de diferentes nacionalidades y

características.

Las acciones programadas se han centrado en dos tipos de actuaciones:

1. Acciones preventivas, antes de que surja el conflicto. La prevención es la

principal recomendación para la mejora de la convivencia.

2. Resolución de conflictos: cuando aparecen conductas negativas que perjudican

la convivencia y hay que intervenir.

El claustro ha programado una gran variedad de actividades que a pesar de

estar dirigidas a niveles concretos, algunas de ellas pueden ser utilizadas

(siempre que se adapten al curso y a las características de los alumnos) por

los tres niveles que se imparten en el Centro.

III.1. ACCIÓN PREVENTIVA:

ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA ALUMNOS DE ESO Y

TERCER CICLO DE PRIMARIA..

1. Actividad. Presentación del Plan de convivencia al principio de curso a

los padres, alumnos y profesores.

Responsables: Equipo directivo, tutores y departamento de

Orientación.

Recursos: Material impreso con lo más significativo del Plan de

Convivencia y las Normas de convivencia. Disquetes con el Plan de

Page 112: Reglamento Regimen Interior

112

convivencia y las Normas de Convivencia destinados a los

departamentos o instalación de su contenido en los ordenadores

existentes en cada departamento.

Metodología: Se convocará a los padres a una charla-coloquio

monográfica sobre el tema.

Espacios físicos: Salón de actos. Aulas de tutoría. Sala de Profesores.

Temporalización: Primer trimestre.

2. Actividad. Debate y revisión del Plan de Convivencia.

Responsables: Una comisión de seguimiento para la revisión del Plan

de convivencia formada por el Director, la Jefe de Estudios, la Jefe del

Departamento de Orientación y uno o dos profesores del Claustro.

Recursos: El Plan de Convivencia presentado para el curso 2005/2006

en la P.G.A.

Metodología: La comisión de seguimiento analizará el Plan de

Convivencia y presentará una propuesta de modificación a los sectores

de la Comunidad Educativa: Claustro (a través de los Jefes de

Departamento), padres (a través de la Junta del AMPA) y los alumnos (a

través de la Junta de Delegados). Estos órganos, una vez analizada la

propuesta, la acepta, incorpora las modificaciones que estimen oportunas

o presenta una propuesta nueva. La comisión de seguimiento estudia las

aportaciones recibidas y elabora una segunda propuesta procurando

integrar todas las sensibilidades. Esta última propuesta se llevará al

consejo escolar para su aprobación si procede.

Espacios físicos: Despacho de Dirección. Sala de Profesores. Salón de

actos.

Temporalización: Durante todo el curso.

3. Actividad. Desarrollo de un Programa de Inteligencia Emocional en 1º de la

ESO, un Programa de refuerzo de Habilidades Sociales en 2º de la ESO y un

Programa de Solución de Conflictos Interpersonales en 3º y 4º de la ESO.

Responsables: Departamento de orientación y tutores de 1º, 2º , 3º y 4º de

Page 113: Reglamento Regimen Interior

113

la ESO.

Recursos: En cada caso el programa específica sus objetivos, los bloques

de contenidos y la temporalización de las sesiones.

Metodología: La Orientadora del centro, en las reuniones con los tutores

correspondientes, informa de los programas y se toman decisiones sobre

su realización. Los tutores aplicarán los programas en sus respectivos

grupos en las horas de tutoría.

Espacios físicos: despacho del Departamento de Orientación y aulas de

tutorías.

Temporalización: Las unidades de que constan los diferentes programas

se reparten entre los tres trimestres.

4. Actividad. Divulgación y debate de los Estatutos Europeos para los

Centros Educativos Democráticos sin violencia.

Responsables: Tutores y Departamento de Orientación.

Recursos: Anexo I de la ORDEN EDU/52/ 2005, de 26 de enero, relativa

al fomento de la convivencia en los centros docentes de Castilla y León..

Metodología: Cada tutor informa a los alumnos de estos estatutos y

provoca un debate sobre ellos, siguiendo las indicaciones de la reunión

previa entre la orientadora y los tutores.

Espacios físicos: Aulas de tutoría.

Temporalización: Una sesión de tutoría con los alumnos.

5. Actividad. Establecimiento de un clima de clase adecuado desde las

primeras semanas para mantenerlo durante todo el curso.

Responsables: Todos los profesores en general y los tutores del grupo en

particular.

Recursos: Normas de convivencia del R.R.I.

Metodología: Se establecen de forma inequívoca, en las primeras semanas

del curso, los límites que separan las conductas aceptables de las que no lo

son mediante un proceso donde el profesor procura recordar las normas y

las aplica de forma inmediata, evitando que los alumnos más

Page 114: Reglamento Regimen Interior

114

problemáticos ensayen conductas que no son aceptables. En la primera

sesión del Claustro de Profesores, se indicará a todos sus miembros que

pongan especial énfasis en recordar y debatir las normas de convivencia

cuando la ocasión se presente y en corregir firmemente las conductas que,

por su frecuencia o impacto sobre la clase, afecten decisivamente al

desarrollo del trabajo escolar.

Espacios físicos: Todo el Centro, especialmente las aulas.

Temporalización: Primer mes del curso.

6. Actividad: actuación coherente de todo el profesorado en materia de

convivencia para evitar ambigüedades y contradicciones que puedan

confundir al alumnado y propiciar diferentes comportamientos según el

profesor presente.

Responsables: Todo el profesorado.

Recursos: Decisión tomada por el Claustro para llevar a cabo una

actuación coherente todo el profesorado. Ser consecuentes con la

responsabilidad contraída.

Plan de convivencia y Normas de Convivencia del R.R.I.

Metodología: en las primeras sesiones del Claustro de Profesores se

debatirá sobre la conveniencia de unificar criterios de actuación para

reforzar las conductas de los alumnos.

Cuando los alumnos protagonicen comportamientos contrarios a las

normas de convivencia, el profesor actuará ajustándose a las medidas

contempladas en el R.R.I.

Espacios: Todo el Centro, especialmente las aulas.

Temporalización: Todo el curso.

7. Actividad: Asambleas de clase para analizar la marcha de la convivencia en

cada grupo y proponer actuaciones de mejora y comunicación de las

conclusiones en la Junta de Evaluación.

Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de

Page 115: Reglamento Regimen Interior

115

Estudios.

Recursos: Cuestionario sobre la convivencia y posterior debate.

Metodología: El Departamento de Orientación y la Jefatura de Estudios

elaboran un cuestionario sobre la convivencia en clase. El tutor aplica el

cuestionario a sus alumnos con objeto de que cada uno reflexione sobre los

ítems incluidos en el mismo. Seguidamente se realiza un debate sobre los

temas que afecten a la clase. Se sacan conclusiones y se acuerdan medidas

de mejora. El tutor lleva las conclusiones y las propuestas de mejora a la

Junta de Evaluación para que los profesores del grupo las conozcan y

puedan contribuir a mejorar el clima de la clase.

Espacios físicos: el aula de tutoría y el lugar donde se reúna la Junta de

Evaluación.

Temporalización: Una vez al final de cada trimestre en una reunión de la

Jefe de Estudios y la Orientadora con los tutores; en la última sesión de

tutoría previa a la Junta de Evaluación y en la Junta de Evaluación

trimestral.

8. Actividad. Sensibilización y prevención contra el maltrato entre iguales en

Primaria y ESO.

Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de

Estudios.

Recursos: “Programa de sensibilización contra el maltrato

entre iguales” “Colegas, amig@s y compañer@s”

Metodología: La Orientadora y la Jefe de Estudios informan de lo que se

pretende que se haga en las tutorías para que los alumnos conozcan y se

sensibilicen contra el maltrato entre iguales, poniendo a su disposición el

material necesario.

Los tutores organizan en sus grupos respectivos sesiones que informan de

los conceptos básicos sobre el maltrato entre iguales, estudios de casos y lo

que habría qué hacer en el caso de ser víctimas, agresores o espectadores de

este tipo de maltrato.

Page 116: Reglamento Regimen Interior

116

Espacios físicos: Despacho de Jefatura de Estudios y aulas de tutoría.

Temporalización: al menos dos sesiones de tutoría en cada grupo de

alumnos.

9. Actividad: Información a las familias sobre el maltrato entre iguales.

Responsables: Equipo Directivo y Departamento de Orientación.

Recursos: “Programa de sensibilización contra el maltrato entre iguales”

y “La familia ante el maltrato entre iguales”

Metodología: Se convocará a las familias a una charla coloquio a celebrar

en el Centro sobre el maltrato entre iguales y el papel de la familia ante

dicho maltrato. Se informará en la misma sobre los conceptos básicos, se

estudiarán casos y se debatirá sobre qué habría que hacer en caso de que

uno de sus hijos estuviera en una situación de malos tratos entre iguales,

como víctima, agresor o espectador.

Espacios físicos: Salón de actos.

Temporalización: Una sesión a lo largo del curso.

10. Actividad. Celebración del “Día Escolar de la Paz y la No Violencia”.

Responsables: Equipo Directivo, comisión de convivencia, Departamento

de Orientación, tutores y todos los profesores que lo deseen.

Recursos: Normas de convivencia. Documentos escritos y audiovisuales

que hablen de la paz y de la no violencia.

Metodología: El Equipo Directivo y la Comisión de Convivencia con

suficiente antelación recuerdan que el día 30 de enero se celebra el “Día

escolar de la no violencia y de la paz, y animan a todo el profesorado para

que en clase de ese día recuerden la fecha a sus alumnos y si les es posible

realicen alguna actividad relacionada con esta efeméride: lecturas,

visionado de películas y documentales, debates, composiciones escritas,

plásticas, musicales … Aquellas producciones que se consideren

adecuadas como murales y otras creaciones plásticas, podrán exponerse en

Page 117: Reglamento Regimen Interior

117

los lugares habituales.

Espacios físicos: Aulas de tutoría y aulas específicas. Expositores de los

pasillos.

Temporalización: 2 ª quincena del mes de enero y 30 de enero.

11 Actividad . Continuar con la puesta en marcha del PAT..

Responsables: Una comisión de seguimiento para la revisión del Plan

de Acción Tutorial formada por el Director, la Jefe de Estudios, la Jefe

del Departamento de Orientación y uno o dos profesores del Claustro.

Recursos: Plan de Acción Tutorial presentado para el curso 2007/2008

en la P.G.A.

Metodología: Por cursos revisarán el Plan de Acción Tutorial. Después

se reunirán el equipo de profesores para unificar cambios.

Espacios físicos: Aulas..

Temporalización: Principio de curso., basándose en las propuestas de

mejora del curso anterior.

12 Actividad : Incorporación del uso de la Agenda en las clases de tutoría para

trabajar las normas de convivencia y valores.

Responsables: El tutor de cada curso..

Recursos: Agenda escolar “CONVIVENCIA DIARIA”, de Juan

Pérez Cobacho.

Metodología: Activa y participativa en el aula.

Espacios físicos: Aulas..

Temporalización: Una vez a la semana durante todo el curso.

13. Actividades encaminadas a reducir el absentismo pasivo:

- Incrementar el contacto con los padres de los alumnos que no traen

material, no realizan los deberes y tienen una actitud pasiva en clase.

- Aplicar medidas de atención a la diversidad: utilizar metodologías más

activas, programas de refuerzo educativo y adaptación de los materiales y

Page 118: Reglamento Regimen Interior

118

contenidos.

- Cuidar la distribución del alumnado en clase de forma que favorezca su

implicación.

- Favorecer la formación de agrupamientos flexibles.

- Exigir y controlar que cada alumno tenga un cuaderno actualizado para

cada asignatura en al ESO.

� Responsables: Todo el profesorado.

� Temporalización: Todo el curso.

14. Actividades encaminadas a reducir el absentismo activo:

- Intentar agotar vía telefónica como medio más rápido y directo .

- Comunicación semanal de las faltas de asistencia a las familias por parte

de los tutores.

- Seguimiento del proceso establecido en el RRI en cuanto a las faltas de

asistencia no justificadas.

- Comunicación y colaboración con Servicios Sociales de Mula, para que

lleven a cabo su plan de actuación.

� Responsables: Tutores, profesores y equipo directivo.

� Temporalización: Todo el curso semanalmente.

ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA LOS NIVELES DE INFANTIL Y

PRIMARIA.

Acciones para mejorar el Intercambio de información entre el centro-

familias y alumnos:

1. Distribuir por la Comunidad Educativa un tríptico informativo sobre el

Centro, especialmente en el período de matrícula y a las familias que entran a

formar parte por primera vez en la Comunidad Educativa.

2. Dar a conocer una síntesis del Proyecto Educativo, especialmente en el

período de matrícula y a las familias que entran a formar parte por primera vez

en la Comunidad Educativa.

3. Mantener informada a la familia de cualquier modificación funcional o

Page 119: Reglamento Regimen Interior

119

estructural que se realice en el Centro.

4. Dar información de las actividades programadas que se van a realizar durante

el curso.

� Responsables: El director y tutor de cada curso..

� Recursos: Tríptico, Proyecto Educativo, Programación general.

� Metodología: Se reune a los padres para informar.

� Espacios físicos: Aulas..

� Temporalización: A comienzo de curso y en el periodo de

matrícula.

5. Mejorar la Acción Tutorial. Utilizaremos el Plan de Acción Tutorial, para

divulgar e interiorizar las acciones de carácter preventivo

� Reuniones padres y profesores de comienzo de curso.

Temporalización: Octubre de 2007.

� Entrevistas individuales y sistemáticas padres profesores

Temporalización: Casa semana se citan dos padres y siempre que es

necesario.

� Notificaciones a las familias, especialmente a través del uso de la

agenda escolar. Temporalización: Diariamente , semanalmente

siempre que sea necesario.

� Reuniones informativas padres y profesores a lo largo del curso

Temporalización: Una cada trimestre.

� Tutorías individuales con los alumnos

Temporalización: Una vez a la semana.

o Responsables: Tutores.

o Recursos: PAT, RRI y Normas de Convivencia.

o Metodología: Activa, reuniones.

o Espacios físicos: Aulas..

Adaptación del RRI al Centro:

� Responsables: El sector docente.

� Recursos: RRI y Normas de Convivencia.

� Metodología: Activa, reuniones.

Page 120: Reglamento Regimen Interior

120

� Espacios físicos: Aulas..

� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.

Revisión del Plan de Convivencia.

� Responsables: El sector docente.

� Recursos: Plan de Convivencia..

� Metodología: Activa, reuniones.

� Espacios físicos: Aulas..

� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.

Análisis del Entorno Físico y Social del Centro, Características del Alumnado

de cada curso y Familias. Intercambio de información (escolar, personal y

familiar) entre los profesores que lo tuvieron el curso anterior y los que lo

tendrán este curso.

� Responsables: El sector docente.

� Recursos: Expedientes de los alumnos, profesorado.

� Metodología: Activa, reuniones.

� Espacios físicos: Aulas..

� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.

Fomentar la información y el conocimiento de las Normas y Actitudes de

Convivencia de nuestro Centro:

� Se le entregará a los padres las normas de funcionamiento del Centro.

Implicamos a todos los sectores de la comunidad educativa (profesores,

padres, alumnos, P.A.S.) en la difusión, aplicación y seguimiento del Plan

de Convivencia, con el fin de evitar incoherencias en las actuaciones.

� Responsables:Tutores.

� Recursos: Plan de Convivencia y RRI..

� Metodología: Activa, reuniones.

� Espacios físicos: Aulas..

Page 121: Reglamento Regimen Interior

121

� Temporalización: A comienzo de curso , octubre de 2007.

Reunión con el nuevo profesorado para dar a conocer las Normas y Actitudes que

rigen la convivencia en el Centro.

� Responsables: Equipo directivo.

� Recursos:. Plan de Convivencia , RRI. y Proyecto Educativo.

� Metodología: Activa, reuniones.

� Espacios físicos: Aulas..

� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.

Coordinar la actitud del profesorado sobre disciplina , para consensuar

actuaciones y criterios.

� Responsables: Equipo directivo.

� Recursos:. Plan de Convivencia , RRI. y Proyecto Educativo.

� Metodología: Activa, reuniones.

� Espacios físicos: Aulas..

� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.

Recuerdo de las normas del aula y del Centro que rigen durante el curso.

Asambleas, murales y dibujos:

Preparación de la acogida en cada aula. Acogida de los nuevos alumnos tanto a

nivel individual como grupal (inmigrantes, 3 años etc)

� Responsables: Tutores.

� Recursos: Plan de Acogida.

� Metodología: Activa.

� Espacios físicos: Aulas y otras dependencias del Centro en general.

� Temporalización: Segunda quincena del mes de Septiembre de

2007.

Incrementar la participación del alumnado en la vida del Centro

Page 122: Reglamento Regimen Interior

122

• Las primeras sesiones de tutoría se dedicarán a explicar y realizar las normas

de convivencia del Centro, la elección de delegado, reparto de

responsabilidades, etc

• Las primeras clases las dedicarán los profesores a explicar y elaborar las

normas de convivencia del aula.

• Dinamizar en el aula la actuación del delegado durante todo el curso.

• Reuniones de la Junta de delegados y de la misma con jefatura de Estudios

al menos una vez al mes.

� Responsables: Tutores y profesores.

� Recursos:. Plan de Convivencia , RRI. y Proyecto Educativo

� Metodología: Activa y reuniones.

� Espacios físicos: Aulas.

� Temporalización: Segunda quincena del mes de Septiembre de

2007.

Organizar junto con el AMPA actividades

• Charlas y cursos de formación, para padres y profesorado una vez al

trimestre.

• Invitar a los padres a participar en actividades del Centro (fiestas fin de

curso, teatro, celebraciones de la Eucaristía , catequesis etc.. .)

• Jornadas de Convivencia, donde participe toda la Comunidad Educativa al

menos una vez al año.

• Tratar de compensar a las familias más “alejadas” del sistema escolar con

actividades y formas de actuar específicas, como reuniones programadas

para ellos.

Mejorar la coordinación del equipo docente:

• Orden del día para las reuniones.

• Actas escritas en las que figuren los acuerdos.

• Intercambiar entre el profesorado información acerca de conflictos e

incidencias y forma en que se ha actuado.

• Coordinar a través de reuniones

Page 123: Reglamento Regimen Interior

123

ACTIVIDADES SECTORES TEMPORALIZACIÓN

Formación del Profesorado en temas de

convivencia y resolución de conflictos Profesorado

Una vez en el curso.

Revisar y mejorar las medidas de atención a

la diversidad. Profesorado.

Una vez al trimestre.

Utilizar nuevas metodologías y formas de

agrupamiento del alumnado

Profesorado y

alumnos

Todo el curso.

Asambleas de nivel Alumnos y docentes Semanal

Preparación y seguimiento del programa de

intervención Docentes

Sesiones previstas de trabajo

Uso de la Agenda en Tercer ciclo de Primaria

y ESO Docentes y alumnos

Todo el curso.

Realización de cuestionarios relacionados con

las relaciones sociales. Alumnos y docentes

Segundo Trimestre

Actividades planificadas para grupos diferentes: edad, características, nacionalidad etc…

Gran ginkana escolar Alumnos, docentes Febrero de 2008

Salidas culturales Alumnos, docentes Según programación del curso.

Actividades deportivas Alumnos y docentes Según programación del curso.

Dramatización de cuentos Alumnos y docentes Tres al trimestre

Juegos de imitación Alumnos y docentes Tres al trimestre

Sesiones de Video Alumnos y docentes Tres al trimestre

Fichas de reflexión e indagación personal Alumnos y docentes Una al trimestre

Explorando nuestros VALORES Alumnos y docentes A lo largo del curso

Murales relacionados con nuestros valores Alumnos y docentes Semanalmente

Elaboración de cuentos. Sesiones de cuenta

cuentos relacionados con los temas de la paz

y la convivencia.

Alumnos y docentes

Tres al trimestre

Realización de Juegos para la toma de

decisiones cooperativa Alumnos y docentes

Según Programación General

Anual

Celebraciones

específicas

Día de la Paz Alumnos y docentes Enero

Fiesta de la Congregación Alumnos y docentes Febrero

Día de la Madre Alumnos, padres y

docentes

Mayo

Fiesta de Navidad Alumnos y docentes Diciembre

Celebración de comuniones Comunidad escolar Mayo

Page 124: Reglamento Regimen Interior

124

ACTIVIDADES SECTORES TEMPORALIZACIÓN

Fiesta de graduación Alumnos y docentes Junio

Fiesta de fin de curso Alumnos y docentes Junio

Evaluación del programa desarrollado y

previsión de trabajo para el curso siguiente. Docentes

Junio

METODOLOGÍA: Todas las actividades se realizarán con una metodología activa y participativa.

ESPACIOS: En general casi todas las actividades se realizan en las dependencias del Centro.

Para algunas actividades deportivas se utiliza el pabellón municipal.

La fiesta de fin de curso se realiza en el Patio del Colegio.

Las salidas culturales en el lugar en el que está programada dicha actividad.

RECURSOS: Todos los que sean necesarios para realizar las distintas actividades.

Materiales específicos: textos, fichas de trabajo, cuestionarios, vídeos, películas, cintas, material impreso,

ordenadores , material escolar en general (cartulinas , lápices etc..).

Documentos: Plan de Convivencia del Centro, R.R.I, guión de desarrollo de la reunión inicial de curso,

modelo de entrevista con padres, leyes, Proyecto Educativo del Centro, Plan de Acción Tutorial,, Normas

de convivencia, calendario escolar , PGA.

III.2. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN E

INTERVENCIÓN

1. ACTUACIONES CORRECTIVAS PARA EL FOMENTO DE LA

CONVIVENCIA DEL CENTRO EN GENERAL.

Para crear el clima escolar, seguro y acogedor que los alumnos necesitan fueron

elaboradas unas normas de convivencia recogidas en el Reglamento de Régimen

Interno, que será adaptado a nuestro Centro para el próximo curso.

Ante una situación de conducta disruptiva se podrán aplicar las siguientes técnicas

disciplinarias:

1. Las reprimendas: Se hablará seriamente con el alumno intentando que

comprenda los efectos negativos de su conducta tanto para sí mismo como

para el resto de alumnos y profesores.

Page 125: Reglamento Regimen Interior

125

2. Las consecuencias naturales: Dejar a los alumnos experimenten las

consecuencias lógicas de su mala conducta a fin de que perciban por qué

una norma particular es importante.

3. El rincón: Ubicar a un alumno en un rincón neutro o poco estimulante

durante un breve espacio de tiempo para que reflexione sobre su acción

inadecuada.

4. Quitarle una actividad que le gusta: A veces se les puede dejar sin

hacer alguna actividad que les guste ( salir al patio, quedarse después de

clase).

5. Un sistema de puntaje : Para problemas largos y prolongados se

recomienda un sistema de colección de puntos que los niños tienen que

ganar si quieren conseguir una recompensa que ambicionan ( aprobados,

juguetes, premios diversos...).

2. ACTUACIONES PARA CON LOS ALUMNOS QUE PRESENTAN

ALTERACIONES DE COMPORTAMIENTO.

Si con las medidas anteriores no es suficiente para “corregir” la conducta y surgen

alteraciones graves del comportamiento se pondrán en marcha las siguientes

actuaciones:

1. ACTUACIONES INICIALES

a. Comunicación de la situación: Se pondrá en conocimiento del profesor

tutor la conducta disruptiva detectada.

b. Información a la familia: Se pondrá en conocimiento de la familia del

alumno la situación, a la que también se le informará de la medida

disciplinaria que se le impondrá al alumno, de tal forma de que éste

perciba de que su familia y la escuela están de acuerdo.

c. Pronóstico inicial: En el caso de las alteraciones sean continuadas y /o

graves, se iniciará una recogida de información para analizar las causas de

dicha conducta.

• Disfunciones en el proceso de E/A.

Page 126: Reglamento Regimen Interior

126

• Situaciones de tipo familiar, socioambiental etc..

• Algún tipo de déficit o patología psíquica.

d. Toma de decisiones

Decidir el tipo de medida correctiva a aplicar, que estará recogida en el

Reglamento de Régimen Interno.

e. Comunicar la falta.

• Comunicarse con la familia en el caso de que no se haya hecho

antes.

• En el caso de que los desórdenes comportamentales sean

continuados se comunicará la situación a otros organismos y

servicios ( Centro de Salud y/o Servicios Sociales) de acuerdo a las

características de la alteración.

• Comunicar la situación a la Comisión de Convivencia.

• Seguir con actuaciones posteriores si procede.

Todas estas actuaciones quedarán recogidas en un informe elaborada por el

profesor tutor en colaboración con el orientador

2. ACTUACIONES POSTERIORES

a. Evaluación del comportamiento problemático

Se llevará a cabo una evaluación con el objetivo de determinar el

comportamiento problemático y las causas que lo provocan , analizando

los acontecimientos que lo preceden y las consecuencias de dichos

comportamientos.

Se evaluará:

- El alumno de forma individual. Se recabará información de los servicios

ajenos al centro, que tengan relación con el alumno.

- El centro docente: alumnos, profesores y personas que estén relacionadas

con la conducta disruptiva, se estudiarán también otros aspectos como la

organización de la clase, del centro, actuación del profesorado,

agrupamiento y motivación de los alumnos, si la disfunción es debida a

problemas de aprendizaje.

Page 127: Reglamento Regimen Interior

127

- La familia del alumno. Se mantendrán reuniones para recabar

información con los organismos y servicios sociales en los casos en que la

alteración podría tener alguna relación con las relaciones y/o ambiente

familiar.

b. Plan de actuación

Se programará un plan de actuación para el alumno por parte del

orientador y el profesor tutor del alumno, y que será presentado a los

demás miembros del claustro.

El plan de actuación deberá incluir los aspectos siguientes:

• Actuación con el alumno individualmente

En este apartado se incluirán los objetivos de conducta , selección y

aplicación de técnicas que se trabajaran con el alumno.

Estará especificado también los momentos en que se trabajará con el

alumno individualmente y en grupo, así mismo la temporalización que se

considere necesaria para la consecución de los objetivos y las personas

directamente implicadas ( Orientador/a, profesor tutor, otros docentes).

• En relación con el centro (profesores y alumnos).

Medidas adoptadas en relación con el comportamiento disruptivo : la

organización y dinámica de la clase y/o del centro, la interacción profesor

alumno, la ubicación espacial en el aula, la aceptación o rechazo del

alumno por parte de sus compañeros, el desarrollo del currículo.

Medidas de apoyo escolar con el alumno en caso de ser necesario inclusión

dentro del Programa de Refuerzo Educativo o del aula de apoyo.

Tomar decisiones consensuadas de todos los miembros del Claustro sobre

las medidas a seguir en caso de que se de una conducta disruptiva en un

momento determinado.

• En relación con el ámbito familiar

Con el fin de mantener una línea de actuación común y aumentar de este

modo la eficacia de la actuación se establecerán una serie de reuniones con

la familia del alumno, en las que se les explicará en qué consiste la

Page 128: Reglamento Regimen Interior

128

actuación programada, se les dará orientaciones de actuación y se irá a

evaluando la eficacia de dicha actuación.

• En relación con otros ámbitos

Establecimiento de reuniones de información y coordinación con otros

organismos ( Servicios sanitarios y/o sociales ) que tengan relación con el

alumno.

IV. ACTUACIONES ANTE UNA SITUACIÓN DE POSIBLE

INTIMIDACIÓN O ACOSO ENTRE IGUALES

En el caso de que se detectase la sospecha de algún caso de intimidación o acoso

entre alumnos se procederá de la siguiente forma:

1. ACTUACIONES INMEDIATAS: DE CARÁCTER URGENTE

1.1 Conocimiento de la situación

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o

sospecha una situación de acoso o intimidación deberá ponerla en conocimiento al

profesor tutor, orientador o equipo directivo.

1.2 Puesta en conocimiento del equipo directivo.

El equipo directivo en colaboración con el orientador y del profesor tutor del

alumno recabarán la información necesaria utilizando técnicas y métodos

adecuados que aseguren la confidencialidad.

1.3 Valoración inicial . Primeras medidas.

Se tomarán las medidas necesarias que se consideren oportunas después de la

primera valoración.

Se elaborará un informe escrito que quedará registrado en Dirección.

La familia de los alumnos/as implicados serán informados de dichas diligencias.

2. ACTUACIONES POSTERIORES.

Dichas medidas estarán coordinadas por el Equipo Directivo en colaboración con

el orientador y el profesor tutor del alumno.

Page 129: Reglamento Regimen Interior

129

1.1 Adopción de medidas de carácter urgente

- Medidas de apoyo directo al alumno afectado (victima).

- Revisión urgente de la utilización de espacios y tiempos del centro estableciendo

las medidas oportunas de prevención.

- Aplicación del Reglamento de Régimen Interno según se estime conveniente.

- Según la gravedad del caso, puesta en conocimiento y denuncia a las instancias

correspondientes.

1.2 Puesta en conocimiento

Comunicación a:

- Las familias de los alumnos implicados (víctima y agresores).

- La comisión de convivencia del centro.

- Equipo de profesores de los alumnos implicados y demás miembros del claustro.

- Inspector de Educación del centro.

- Otras instancias externas al centro (sanitarias, sociales y judiciales

principalmente).

1.3 Apertura de expediente

Se abrirá un expediente que quedará depositado en Dirección que comprenderá

tres fases de intervención:

• Recogida de información de diferentes fuentes:

1 Documentación existente sobre los afectados.

2 Resultados de la observación directa y sistemática.

3 Entrevistas y cuestionarios con las personas relacionadas con los

afectados (padres, profesores, alumnos, personal no docente...)

• Emisión de un pronóstico inicial .

• Líneas básicas de actuación en las que se incluirán :

• Reuniones con el equipo de profesores del grupo de alumnos afectados.

• Evaluación de necesidades y recursos, repartiendo responsabilidades para

solucionar el conflicto.

Page 130: Reglamento Regimen Interior

130

1.4 Plan de actuación

Se elaborará un plan de actuación en el que se tratarán los siguiente niveles de

intervención:

Con la victima:

1. Actuaciones de apoyo y protección expresa directa o

indirecta.

2. Programas y estrategias específicas de atención y apoyo

social.

3. Posible derivación a servicios externos (sociales, sanitarios,

judiciales...).

Con los agresores:

1. Aplicación de medidas del R.R.I.

2. Aplicación de programas de modificación de conducta.

3. Según el caso derivación a los servicios externos (sociales,

sanitarios, judiciales...).

Con los compañeros más directos de los afectados.

Actuaciones dirigidas a la sensibilización y el apoyo entre

compañeros dentro de la acción tutorial de aula.

Con las familias

1. Pautas de intervención en el hogar.

2. Información y asesoramiento sobre servicios de apoyo

externos al centro (sociales, sanitarios, judiciales).

V. EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA

La evaluación del Plan de Convivencia debe realizarse durante toda la aplicación

del Plan:

• Inmediatamente después de la realización de cada actividad.

• De forma más general una vez al trimestre a través de la Comisión de

Convivencia.

Page 131: Reglamento Regimen Interior

131

• De forma global, al terminar el año escolar, en la memoria final de curso

donde se recogerán :

• Nivel de consecución de objetivos propuestos.

• Actividades realizadas.

• Grado de participación de los componentes de la comunidad educativa.

• Conclusiones.

• Propuestas de mejora para el siguiente curso escolar.

La evaluación debe ser crítica y constructiva de sus objetivos y actividades para

conseguir que cada curso escolar podamos mejorar.

MECANISMOS PARA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO , Y

EVALUACIÓN DEL PLAN.

Mecanismos de difusión:

- Información de Normas de Convivencia con la matrícula.

- Reuniones a principio de curso con profesores y tutores.

- Reuniones de los tutores con los padres durante el mes de Octubre.

- En sesiones de tutoría.

Mecanismos de seguimiento y evaluación:

- Reuniones de coordinación de tutores.

- Comisión de Coordinación Pedagógica.

- Comisión de Convivencia.

- Reunión de la Junta de Delegados trimestral.

Comisión de Convivencia:

Competencias:

Órgano dependiente del Consejo Escolar, es la encargada de dinamizar,

realizar propuestas, evaluar y coordinar todas aquellas actividades del Plan

de Convivencia que, desde distintos sectores del Centro, se han de llevar a

cabo, dándoles coherencia y sentido global.

Page 132: Reglamento Regimen Interior

132

Composición:

- Directora, jefa de estudios y orientadora.

- Un representante de padres y madres (miembro del Consejo Escolar).

- Un representante de los alumnos (miembro del Consejo Escolar).

- Un representante del profesorado (miembro del Consejo Escolar).

Reuniones:

- Una al comienzo de curso y otra al final de cada evaluación (final de cada

trimestre).

- Cada vez que se considere necesario.

Información de las decisiones:-

- Como es preceptivo al Consejo Escolar.

- La directora informará a través de todos los cauces a su alcance: CCP,

reuniones de tutores, etc. de forma que llegue la información al

profesorado.

- A través de la Junta de Delegados en sus reuniones trimestrales.

- Tablón de anuncios.