Reglamento Regimen Interior
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1
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Una organización para nuestro Proyecto Educativo
Colegio Cristo Crucificado
MULA (MURCIA)
SEPTIEMBRE 2010
2
ÍNDICE
TÍTULOS CAPÍTULOS ARTÍCULOS PÁGINA
Preliminar 1. Objeto.
2. Principios dinamizadores.
3. Sostenimiento del Centro con fondos
públicos.
9
I.
Comunidad
Educativa
4. Miembros.
5. Derechos.
6. Deberes.
7. Normas de convivencia.
10
11
1º.Entidad
Titular.
8. Derechos.
9. Deberes.
10. Representación.
13
14
2º.Alumnos. 11. Derechos.
12. Deberes.
13. Admisión.
14
16
17
3º.Profesores. 14. Derechos.
15. Deberes.
16. Admisión.
17
18
19
4º.Padres. 17. Derechos.
18. Deberes.
20
21
5º.Personal de
Administració
n y Servicios.
19. Derechos.
20. Deberes.
21. Admisión.
23
6º.Otros
miembros.
22. Otros miembros.
23. Derechos.
24. Deberes.
24
3
7º.La partici-
pación.
25. Características.
26. Ámbitos
27. Ámbito personal.
28. Órganos colegiados.
29. Asociaciones.
30. Delegados.
31. Funciones de la Junta Delegados
25
26
26
26
27
28
II. Acción Educativa
32. Principios.
33. Carácter Propio.
34. Proyecto Educativo de Centro.
35. Programaciones de Etapa.
36. Programación de Aula.
37. Evaluación.
29
29
30
30
31
31
38. Programación General Anual del
Centro. 32
1º.Órganos
unipersonales.
39. Órganos de gobierno y gestión.
- Sección Primera: Directora General.
40. Competencias.
41. Nombramiento y cese.
33
33
- Sección Segunda: Directora del Centro.
42. Competencias.
43. Ámbito y nombramiento.
44. Cese, suspensión y ausencia.
34
35
36
4
III. Órganos
de Gobierno
y Gestión
- Sección Tercera: Jefe de Estudios.
45. Competencias.
46. Ámbito, nombramiento y cese.
37
39
- Sección Cuarta: Coordinador General
de Pastoral.
47. Competencias.
48. Nombramiento y cese.
40
41
- Sección Quinta: Administrador.
49. Competencias.
50. Nombramiento y cese.
41
42
2º.Órganos
colegiados.
- Sección Primera: Equipo Directivo.
51. Composición.
52. Competencias.
53. Reuniones.
42
43
- Sección Segunda: Consejo de la
Comunidad Educativa
54. Consejo de la Comunidad Educativa.
55. Composición.
56. Elección, designación y vacantes.
57. Competencias.
58. Régimen de funcionamiento.
59. Comisiones del Consejo Com.
Educat.
44
45
47
5
- Sección Tercera: Claustro de
Profesores.
60. Claustro de Profesores.
61. Competencias.
62. Secciones.
63. Competencias de las Secciones.
64. Régimen de funcionamiento.
49
49
50
51
51
- Sección Cuarta: Equipo de Pastoral.
65. Equipo de Pastoral.
66. Composición.
67. Competencias.
52
53
53
IV. Órganos
de Coordina-
ción Educati-
68. Órganos de coordinación educativa. 54
1º.Órganos
unipersonales.
- Sección Primera: Coordinador de
Orientación.
69. Competencias.
70. Nombramiento y cese.
54
55
- Sección Segunda: Coordinador de
Ciclo.
71. Competencias.
72. Nombramiento y cese.
55
56
- Sección Tercera: Jefe Departamento.
73. Competencias.
74. Nombramiento y cese.
57
57
- Sección Cuarta: Tutor.
75. Competencias.
76. Nombramiento y cese.
58
59
6
va
2º.Órganos
colegiados.
- Sección Primera: Consejo de Pastoral.
77. Composición.
78. Competencias.
79. Régimen de funcionamiento.
60
60
60
- Sección Segunda: Equipo Docente.
80. Composición.
81. Competencias.
60
61
- Sección Tercera: Departamento de
Orientación.
82. Composición.
83. Competencias.
61
61
- Sección Cuarta: Comisión Coordinación
Pedagógica.
84. Configuración y composición.
85. Competencias.
62
63
- Sección Quinta: Departamentos
didácticos.
86. Configuración y composición.
87. Competencias.
64
64
- Sección Sexta: Dep. actividades
extraescolares y complementarias.
88. Composición.
89. Funciones.
66
66
V. Alteración
de la convi-
vencia
1º.Normas
generales.
90. Valor de la convivencia.
91. Alteración y corrección.
67
67
7
V. Alteración
de la convi-
vencia
2º.Alumnos.
92. Criterios de corrección.
93. Calificación de la alteración de la
convivencia.
94. Gradación.
67
67
- Sección Primera: Faltas contrarias a las
normas de convivencia.
95. Calificación.
96. Corrección.
97. Órgano competente.
70
71
72
- Sección Tercera: Faltas gravemente
perjudiciales para la convivencia.
101. Calificación.
102. Corrección.
103. Órgano competente.
73
74
76
3º Profesores - Faltas de la convivencia
104. Calificación.
105. Prescripción.
106. Sanciones.
82
85
86
4º.Resto de los
miembros de la
Comunidad
Educativa.
107. Correcciones. 87
Disposiciones
Adicionales
Primera: Relaciones laborales.
Segunda: Profesorado religioso.
Tercera: Amigos del Centro.
Cuarta: Renovación del Consejo de la Comunidad
Educativa.
88
88
88
88
8
Disposición
Derogatoria
89
Disposiciones
finales
89
Anexo I Procedimientos a la hora de sancionar con faltas.
Anexo II Pasos en la instrucción de un expediente. 92
Anexo III Normas de clase en Educación Física 94
TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1.- Objeto.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el
funcionamiento del Centro y promover la participación de todos los que forman la
Comunidad Educativa.
Art. 2.- Principios dinamizadores.
La organización y el funcionamiento del Centro responderán a los siguientes
principios:
a) El carácter católico del Centro.
b) La plena realización de la oferta educativa contenida en el Carácter
Propio del Centro.
c) La configuración del Centro como Comunidad Educativa.
9
Art. 3.- Sostenimiento del Centro con fondos públicos.
El Centro está acogido al régimen de conciertos educativos regulado en el
Título IV de la LODE, Título V de la LOCE y en sus normas de desarrollo.
TÍTULO I
COMUNIDAD EDUCATIVA
Art. 4.- Miembros.
1. El Centro se configura como una Comunidad Educativa integrada por el
conjunto de personas que, relacionadas entre sí e implicadas en la acción educativa,
comparten y enriquecen los objetivos del Centro.
2. En el seno de la Comunidad Educativa las funciones y responsabilidades
son diferenciadas en razón de la peculiar aportación que realizan al proyecto común
la Entidad Titular, los alumnos, los profesores, los padres, el personal de
administración y servicios y otros colaboradores.
Art. 5.- Derechos.
Los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a:
a) Ser respetados en sus derechos y en su integridad y dignidad personales.
b) Conocer el Carácter Propio, el Proyecto Educativo y el Reglamento de
Régimen Interior del Centro.
c) Participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, de conformidad
con lo dispuesto en el presente Reglamento.
d) Celebrar reuniones de los respectivos estamentos en el Centro, para tratar
asuntos de la vida escolar, previa la oportuna autorización de la Entidad
Titular.
10
e) Constituir Asociaciones de los miembros de los respectivos estamentos
de la Comunidad Educativa, con arreglo a lo dispuesto en la ley
f) Presentar peticiones y quejas formuladas por escrito ante el órgano que,
en cada caso, corresponda.
g) Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter
Propio del Centro y en el presente Reglamento.
h) Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter
Propio del Centro y en el presente reglamento.
Art. 6.- Deberes.
Los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a:
a) Aceptar los derechos de la Entidad Titular, los alumnos, los profesores,
los padres, el personal de administración y servicios y los otros
miembros de la Comunidad Educativa.
b) Respetar el Carácter Propio, el Proyecto Educativo, el presente
Reglamento y las normas de convivencia y otras normas de organización
y funcionamiento del Centro y de sus actividades y servicios.
c) Respetar y promover la imagen del Centro.
d) Asistir y participar en las reuniones de los órganos de los que formen
parte.
Art. 7.- Normas de convivencia.
1. Las normas de convivencia del Centro definen las características de las
conductas que deben promoverse para lograr:
a) El crecimiento integral de la persona.
11
b) Los fines educativos del Centro, en desarrollo del carácter propio y
proyecto educativo del Centro.
c) El desarrollo de la Comunidad Educativa.
d) Un buen ambiente educativo y de relación en el Centro.
e) El respeto a los derechos de todas las personas que participan en la
acción educativa.
2. Son normas de convivencia del Centro:
a) El respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas que
forman la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e
instituciones que se relacionan con el Centro con ocasión de la
realización de las actividades y servicios del mismo.
b) La tolerancia ante la diversidad y la no discriminación.
c) La corrección en el trato social, en especial, mediante el empleo de un
lenguaje correcto y educado.
d) El interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad.
e) El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
f) La cooperación en las actividades educativas o convivenciales.
g) Asistir a todas las clases y participar en ellas.
h) La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar.
i) El cuidado en el aseo e imagen personal y la observancia de las normas del
Centro sobre esta materia.
j) La actitud positiva ante los avisos y correcciones.
k) La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material
del Centro, conforme a su destino y normas de funcionamiento, así como el
respeto a la reserva de acceso a determinadas zonas del Centro.
l) En general, el cumplimiento de los deberes que se señalan en la legislación
vigente y en el presente Reglamento a los miembros de la Comunidad
Educativa y de cada uno de sus estamentos.
m) Respeto al Carácter propio del Centro.
12
CAPÍTULO PRIMERO: ENTIDAD TITULAR
Art. 8.- Derechos.
La Entidad Titular tiene derecho a:
a) Establecer el Carácter Propio del Centro, garantizar su respeto y
dinamizar su efectividad.
b) Promover la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y proponer su
aprobación al Consejo de la Comunidad Educativa.
c) Dirigir el Centro, ostentar su representación y asumir la responsabilidad de
su organización y gestión.
d) Ordenar la gestión económica del Centro.
e) Decidir la solicitud de autorización de nuevas enseñanzas, y la modifica-
ción y extinción de la autorización existente.
f) Decidir la suscripción de los conciertos a que se refiere la LODE y
LOCE a la Educación, promover su modificación y extinción.
g) Decidir la prestación de actividades y servicios.
h) Promover la elaboración y proponer el Reglamento de Régimen Interior
para su aprobación en el Consejo de la Comunidad Educativa, así como
establecer sus normas de desarrollo y ejecución.
i) Nombrar y cesar a los órganos unipersonales de gobierno y gestión del
Centro y a sus representantes en el Consejo de la Comunidad Educativa,
de conformidad con lo señalado en el presente Reglamento.
j) Nombrar y cesar a los órganos de coordinación de la acción educativa, de
conformidad con lo indicado en el presente Reglamento.
k) Incorporar, contratar, nombrar y cesar al personal del Centro.
l) Fijar, dentro de las disposiciones en vigor, la normativa de admisión de
alumnos en el Centro y decidir sobre la admisión y cese de éstos.
m) Tener la iniciativa en materia de disciplina de alumnos por transgresiones
graves.
n) Desarrollar y concretar las normas de convivencia aprobadas por el
Consejo de la Comunidad Educativa.
13
o) Establecer el uniforme de los alumnos.
Art. 9.- Deberes.
La Entidad Titular está obligada a:
a) Dar a conocer y velar por el cumplimiento del Carácter Propio, el
Proyecto Educativo y el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
b) Responsabilizarse del funcionamiento y gestión del Centro ante la
Comunidad Educativa, la Sociedad, la Iglesia y las Administraciones
publicas.
c) Cumplir las normas reguladoras de la autorización del Centro, de la
ordenación académica y de los conciertos educativos.
Art. 10.- Representación.
La representación ordinaria de la Entidad Titular estará conferida a la
Directora General del Centro en los términos señalados en el artículo 39 del presente
Reglamento.
CAPÍTULO SEGUNDO: ALUMNOS
Art. 11.- Derechos.
Los alumnos tienen derecho a:
a) Recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su
personalidad.
b) Ser respetados en su libertad de conciencia, así como en sus convicciones
religiosas, ideológicas y morales, de acuerdo con la Constitución
Española.
c) Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a criterios públicos y
objetivos y solicitar aclaraciones de sus profesores sobre la calificación
14
de actividades académicas o de evaluaciones parciales o finales de cada
curso, aquellos o sus representantes legales pueden reclamar contra las
calificaciones de dichas evaluaciones. Estas reclamaciones podrán
basarse en: la inadecuación de la prueba propuesta al alumno en cuanto a
objetivos, contenidos y nivel previsto en la programación e incorrecta
aplicación de los criterios de evaluación establecidos.
d) Recibir orientación escolar y profesional según sus capacidades,
aspiraciones o intereses.
e) Recibir la información que les permita optar a posibles ayudas
compensatorias de carencias de tipo familiar, económico y sociocultural,
así como de protección social en los casos de accidente o infortunio
familiar. Junto con asistencia médica.
f) Ser respetados en su intimidad en el tratamiento de los datos personales
de que dispone el Centro que, por su naturaleza, sean confidenciales.
g) Ejercer su derecho de asociación, participación de reunión en el Centro,
en los términos legalmente previstos.
h) Continuar su relación con el Centro una vez hayan concluido sus estudios
en el mismo.
i) Al respecto de su integridad física y moral y su dignidad personal, no
pudiendo ser objeto en ningún caso, de tratos vejatorio o degradantes.
j) A participar en el funcionamiento y vida de los centros, en la actividad
escolar y en la gestión de los mismos.
k) Tienen derecho a la participación del Consejo Escolar del Centro.
l) A participar en la Junta de Delegados, a ser informados por los miembros
de la misma y por los representantes de las Asociaciones de Alumnos.
15
m) Asociarse, creando asociaciones, federaciones y confederaciones de
alumnos, las cuales podrán recibir ayudas. Tienen derecho a constituir
cooperativas educacionales.
n) Podrán reunirse en los centros docentes para actividades de carácter
escolar o extraescolar, así como para aquellas otras a las que pueda
atribuirse una finalidad educativa o formativa.
o) En caso de accidente o de enfermedad prolongada, los alumnos que
cursen enseñanzas obligatorias tendrán derecho a al ayuda precisa, ya
sea a través de la orientación requerida, material didáctico o Profesores
de Apoyo, para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de
su rendimiento escolar.
Art. 12.- Deberes.
Los alumnos están obligados a:
a) Estudiar u participar en las actividades formativas y, especialmente, en
las orientadas al desarrollo de los currículos.
b) Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y
aprendizaje.
c) Asistir a clase con puntualidad y cumplir el calendario escolar.
d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la
consecución de un adecuado clima de estudio en el Centro, respetando el
derecho de sus compañeros a la educación.
e) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales
del resto de miembros de la Comunidad Educativa.
f) Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de
dicha Comunidad.
g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del Centro.
h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones y materiales
didácticos del Centro
16
Art. 13.- Admisión.
1. La admisión de alumnos compete a la Entidad Titular del Centro.
2. En los niveles sostenidos con fondos públicos, en el supuesto de que no
existan plazas suficientes para todos los solicitantes, se estará a lo dispuesto en la
Disposición Adicional Quinta de la LODE y en la normativa complementaria y de
desarrollo.
CAPÍTULO TERCERO. PROFESORES
Art. 14.- Derechos.
Los profesores tienen derecho a:
a) Desempeñar libremente su función educativa de acuerdo con las
características del puesto que ocupen.
b) Su formación permanente.
c) Participar en la elaboración de las Programaciones docentes.
d) Desarrollar su metodología de acuerdo con la Programación de la Etapa
y de forma coordinada por el Seminario correspondiente.
e) Ejercer libremente su acción evaluadora de acuerdo con los criterios
establecidos en las programaciones docentes, contenidos mínimos y
criterios de evaluación establecidos por los respectivos departamentos.
f) Utilizar los medios materiales y las instalaciones del Centro para los fines
educativos, con arreglo a las normas reguladoras de su uso.
g) Respeto a su integridad física, moral y psicológica por parte de toda la
comunidad educativa.
h) Participar en la toma de decisiones pedagógicas que corresponden al
Claustro, a los órganos de coordinación docente y a los equipos
educativos que imparten clase en el mismo curso.
17
Art. 15.- Deberes.
Los profesores están obligados a:
a) Ejercer sus funciones con arreglo a la legislación vigente y a las
condiciones estipuladas en su contrato y/o nombramiento.
b) Promover y participar en las actividades complementarias, dentro o fuera
del recinto educativo, programadas por los profesores y departamentos
didácticos e incluidas en la Programación General Anual.
c) Cooperar en el cumplimiento de los objetivos del Proyecto educativo del
centro y seguir, en el desempeño de sus funciones, las directrices
establecidas en la Programaciones Docentes.
d) Participar en la elaboración de las Programaciones específica del área o
materia que imparte, en el seno del Equipo educativo del curso y del
Seminario correspondiente.
e) Elaborar la programación de aula.
f) Participar en la evaluación de los distintos aspectos de la acción
educativa.
g) Orientar a los alumnos en las técnicas de trabajo y de estudio específico
de su área o asignatura, dirigir las prácticas o seminarios relativos a la
misma, así como analizar y comentar con ellos las pruebas realizadas.
h) Colaborar en mantener el orden y la disciplina dentro del ejercicio de sus
funciones.
i) Cumplir puntualmente el calendario y horario escolar.
j) Procurar su perfeccionamiento profesional.
k) Guardar sigilo profesional.
2. Son funciones del profesorado:
a) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un
clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para
fomentar en los alumnos los valores propios de una sociedad
democrática.
18
b) La tutoría de los alumnos para dirigir su aprendizaje, transmitirles valores
y ayudarlos, en colaboración con los padres, a superar sus dificultades.
c) La colaboración con los servicios o departamentos de orientación en el
proceso de orientación educativa, académica y profesional de los
alumnos.
d) La coordinación de las actividades docentes.
e) La participación en la actividad general del Centro.
f) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los
procesos de enseñanza correspondiente.
g) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral
del alumno.
h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje
de susu hijos e hijas.
i) La participación en los planes e evaluación que determinen las
Administraciones educativas del Centro.
Art. 16.- Admisión.
1. La cobertura de vacantes de profesorado compete a la Entidad Titular del
Centro. De las decisiones adoptadas y del currículo de los nuevos profesores la
Entidad Titular del Centro dará información al Consejo de la Comunidad Educativa.
2. En los niveles concertados, para cubrir la vacante con el personal docente
de nueva contratación, sin perjuicio de lo señalado en el número anterior, la Entidad
Titular la anunciará públicamente y simultáneamente instará la convocatoria de fijar
de común acuerdo los criterios de selección de los candidatos que, en todo caso, se
basarán en los principios de mérito, capacidad profesional y adecuación a las
características del Centro y del puesto docente. Podrán establecerse criterios
generales para todas las vacantes. En caso de desacuerdo entre la Entidad Titular y el
Consejo Escolar respecto a los criterios de selección se tendrá en cuenta lo dispuesto
en el Art. 61 de la Ley Orgánica.
19
3. Las vacantes del personal docente se podrán cubrir mediante ampliación
del horario de profesores del Centro que no presten sus servicios a jornada completa,
por la incorporación de profesores excedentes o en análoga situación, o con arreglo a
lo dispuesto en la legislación vigente respecto al profesorado cuya relación con la
Entidad Titular del Centro no tenga el carácter de laboral.
4. Mientras se desarrolla el procedimiento de selección la Entidad Titular
podrá cubrir provisionalmente la vacante.
CAPÍTULO CUARTO: PADRES
Art. 17.- Derechos.
Los padres o tutores tienen derecho a:
a) Que en el Centro se imparta el tipo de educación definido en el carácter
propio y en el Proyecto Educativo del Centro.
b) Que sus hijos y pupilos reciban una educación con las máximas garantías
de calidad, en consonancia con los fines establecidos en la Constitución,
en el correspondiente estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
c) Participar en los asuntos relacionados con el desarrollo del proceso
educativo de sus hijos en el Centro, respetando siempre el ámbito de
organización y las normas establecidas por el centro. Ante cualquier
problema el padre deberá acudir en primer lugar al profesor que proceda;
en segundo lugar, al tutor; en tercera instancia al Jefe de Estudios y por
último a Dirección.
d) A estar informados sobre el proceso de aprendizaje e integración socio-
educativa de sus hijos.
e) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica
y profesional de sus hijos.
f) Ser recibidos por los profesores del Centro en los horarios establecidos.
20
Art. 18.- Deberes.
Los padres están obligados a:
a) Procurar la adecuada colaboración entre la familia y el Centro, a fin de
alcanzar una mayor efectividad en la tarea educativa. A tal efecto:
- Asistirán a las entrevistas y reuniones a las que sean convocados
por el Director General, el Director Pedagógico, el Coordinador
General de Etapa o los Tutores para tratar asuntos relacionados
con la educación de sus hijos.
- Adoptarán las medidas necesarias para que su hijos cursen los
niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a
clase.
- Estimularán a sus hijos y pupilos para que lleven a cabo las
actividades de estudio que se les encomienden y propiciarán las
circunstancias que, fuera del Centro, puedan hacer más efectiva
la acción educativa del mismo.
- Informarán a los educadores de aquellos aspectos de la
personalidad y circunstancias de sus hijos que sean relevantes
para su formación e integración en el entorno escolar.
- Participaran de manera activa en las actividades que se
establezcan en virtud de los compromisos educativos que el
Centro establezca con la familia, para mejorar el rendimiento de
sus hijos.
b) Cumplir las obligaciones que se derivan de la relación contractual con el
Centro.
21
c) Respetar el ejercicio de las competencias técnico-profesionales del
personal del Centro.
f) Justificar, por escrito, las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos,
en el plazo de 48 horas.
g) Las familias que han elegido el Centro por razones ajenas a su carácter e
ideario propio saben que, por el hecho de ser cristiano, aceptarán el
pluralismo y acogerán a todos los alumnos sin distinción. Ellas
respetarán el tipo de educación que imparte el Centro, ya que ha sido
objeto no sólo de opción positiva, sino de adhesión por parte de muchas
familias de la misma comunidad educativa, por ello, tienen derecho a que
su elección se mantenga. Además debe tenerse en cuenta el respeto al
resto de los padres.
CAPÍTULO QUINTO.
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
Art. 19.- Derechos.
El personal de administración y servicios tiene derecho a:
a) Ser integrado y respetado como miembro de la Comunidad Educativa.
b) Ser informado acerca de los objetivos y organización general del Centro
y participar en su ejecución en aquello que les afecte.
c) Su formación permanente.
Art. 20.- Deberes.
El personal de administración y servicios está obligado a:
22
a) Ejercer sus funciones con arreglo a las condiciones estipuladas en su
contrato y/o nombramiento.
b) Procurar su perfeccionamiento profesional
c) Respetar, velar y actuar de acuerdo al carácter propio del Centro.
Art. 21.- Admisión.
El Personal de Administración y Servicios será nombrado y cesado por la
Entidad Titular del Centro.
CAPÍTULO SEXTO. OTROS MIEMBROS
Art. 22.- Otros miembros.
Podrán formar parte de la Comunidad Educativa otras personas (colaborado-
res, antiguos alumnos, voluntarios y otros) que participen en la acción educativa del
Centro de acuerdo con los programas que determine la Entidad Titular del Centro.
Art. 23.- Derechos.
Estos miembros de la Comunidad Educativa tendrán derecho a:
a) Hacer público en el ámbito escolar su condición de colaboradores o
voluntarios.
b) Ejercer sus funciones en los términos establecidos por la legislación que
les sea aplicable.
Art. 24.- Deberes.
Estos miembros de la Comunidad Educativa estarán obligados a:
23
a) Desarrollar su función en los términos establecidos en los programas a que
se refiere el artículo 22 del presente Reglamento.
b) No interferir en el normal desarrollo de la actividad del Centro.
c) Respetar el Carácter Propio del Centro.
CAPÍTULO SÉPTIMO. LA PARTICIPACIÓN
Art. 25.- Características.
La participación en el Centro se caracteriza por ser:
a) La condición básica del funcionamiento del Centro y el instrumento para
la efectiva aplicación de su Carácter Propio y Proyecto Educativo.
b) Diferenciada, en función de la diversa aportación al proyecto común de
los distintos miembros de la Comunidad Educativa.
Art. 26. Ámbitos.
Los ámbitos de participación en el Centro son:
a) El personal.
b) Los órganos colegiados.
c) Las asociaciones.
d) Los delegados.
Art. 27.- Ámbito personal.
Cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa participa, con su
peculiar aportación, en la consecución de los objetivos del Centro.
24
Art. 28.- Órganos colegiados.
1. Los distintos miembros de la Comunidad Educativa participan en los
órganos colegiados del Centro según lo señalado los Títulos Tercero y Cuarto del
presente Reglamento.
2. La Entidad Titular podrá constituir Consejos para la participación de los
miembros de la Comunidad educativa en las áreas que se determinen.
Art. 29.- Asociaciones.
1. Los distintos estamentos de la Comunidad Educativa podrán constituir
Asociaciones, conforme a la legislación vigente, con la finalidad de:
a) Promover los derechos de los miembros de los respectivos estamentos.
b) Colaborar en el cumplimiento de sus deberes.
c) Coadyuvar en la consecución de los objetivos del Centro plasmados en el
Carácter Propio y en el Proyecto Educativo.
2. Las Asociaciones tendrán derecho a:
a) Establecer su domicilio social en el Centro.
b) Participar en las actividades educativas del Centro de conformidad con lo
que se establezca en el Proyecto Curricular de la Etapa.
c) Celebrar reuniones en el Centro, para tratar asuntos de la vida escolar, y
realizar sus actividades propias previa la oportuna autorización de la
Entidad Titular. Dicha autorización se concederá siempre que la reunión
o las actividades no interfieran con el normal desarrollo de la vida del
Centro y sin perjuicio de la compensación económica que, en su caso,
proceda.
25
d) Proponer candidatos de su respectivo estamento para el Consejo de la
Comunidad Educativa, en los términos establecidos en el Título Tercero
del presente Reglamento.
e) Recabar información de los órganos del Centro sobre aquellas cuestiones
que les afecten.
f) Presentar sugerencias, peticiones y quejas formuladas por escrito ante el
órgano que, en cada caso, corresponda.
g) Reclamar ante el órgano competente en aquellos casos en que sean
conculcados sus derechos.
h) Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter
Propio del Centro y en el presente Reglamento.
3. Las Asociaciones están obligadas a cumplir los deberes y normas de
convivencia señalados en los artículos 6 y 7 del presente Reglamento y los deberes
propios del respectivo estamento.
Art. 30.- Delegados.
a) Cada grupo de estudiantes elegirá, por sufragio directo y secreto, durante
el primer del curso escolar, un delegado de grupo, que formará parte de
la Junta de delegados. Se elegirá también a un subdelegado, que
sustituirá al delegado en caso de ausencia o enfermedad y lo apoyará en
sus funciones.
b) Las elecciones de delegados serán organizadas y convocadas por el jefe
de estudios, en colaboración con los tutores de los grupos y los
representantes de los alumnos en el consejo escolar.
c) Los delegados y subdelegados podrán ser revocados, previo informe
razonado dirigido al tutor por la mayoría absoluta de los alumnos del
grupo que los eligieron. En este caso, se procederá a la convocatoria de
nuevas elecciones.
26
d) Los delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de las
funciones que les encomienda el presente Reglamento.
Funciones de los delegados:
� Asistir a las reuniones de la Junta de delegados y participar en sus
deliberaciones.
� Exponer a los órganos de gobierno y de coordinación didáctica las sugerencias y
reclamaciones del grupo al que representan.
� Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo.
� Colaborar con el tutor y con la junta de profesores de grupo en los temas que
afecten al funcionamiento de éste.
� Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del Colegio para el
buen funcionamiento del mismo.
� Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del Colegio.
� Todas aquellas funciones que establezca el Reglamento de Régimen Interior.
Art. 31.- Funciones de la Junta de delegados:
a) Informar a los Consejeros escolares estudiantiles de la problemática de
cada grupo o curso.
b) Ser informados por los representantes de los alumnos en el Consejo
Escolar sobre los temas tratados en el mismo.
c) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición
de este.
d) Elaborar propuestas de modificación del RRI.
e) Informar a los estudiantes de sus actividades.
f) Elaborar propuestas de criterios para la confección de los horarios de
actividades docentes y extraescolares.
27
TITULO II
ACCION EDUCATIVA
Art. 32.- Principios.
1. La acción educativa del Centro se articula en torno al Carácter Propio, la
legislación aplicable, las características de sus agentes y destinatarios, los recursos
del Centro y el entorno en el que se encuentra.
2. Los miembros de la Comunidad Educativa, cada uno según su peculiar
aportación, son los protagonistas de la acción educativa del Centro.
3. La acción educativa del Centro integra e interrelaciona los aspectos
académicos, formativos, pastorales y aquellos otros orientados a la consecución de
los objetivos del Carácter Propio del Centro.
Art. 33.- Carácter Propio.
1. La Entidad Titular dota al Centro de su Carácter Propio y lo modifica.
2. El Carácter Propio del Centro define:
a) La naturaleza, características y finalidades fundamentales del Centro, la
razón de su fundación.
b) La visión del hombre que orienta la acción educativa.
c) Los valores, actitudes y comportamientos que se potencian en el Centro.
d) Los criterios pedagógicos básicos del Centro.
e) Los elementos básicos de la configuración organizativa del Centro y su
articulación en torno a la Comunidad Educativa.
3. Cualquier modificación en el Carácter Propio del Centro deberá ponerse en
conocimiento de la Comunidad Educativa con antelación suficiente.
28
Art. 34.- Proyecto Educativo de Centro.
1. El Proyecto Educativo prioriza los objetivos del Carácter Propio del
Centro para un periodo de tiempo determinado, respondiendo a las demandas que se
presentan con mayor relevancia a la luz del análisis de:
a) Las características de los miembros de la Comunidad Educativa.
b) El entorno inmediato en el que se ubica el Centro.
c) La realidad social, local, autonómica, nacional e internacional.
d) Las prioridades pastorales de la Iglesia.
2. El Proyecto Educativo es dispuesto por la Entidad Titular. En su
elaboración participan todos los miembros de la Comunidad Educativa, conforme al
procedimiento que establezca la propia Entidad Titular, incorporando la concreción
de los currículos a través de la Programación Docente de cada etapa. Dirige su
elaboración, ejecución y evaluación la Directora General. El proyecto educativo es
aprobado por el Consejo Escolar a propuesta de la Entidad Titllar del Centro.
3. El grado de consecución del Proyecto educativo será un indicador esencial
del nivel de calidad de la oferta realizada por el centro.
Art. 35.- Las programaciones docentes.
1. Las Programaciones de Etapa adaptan las finalidades que deben
desarrollarse en la etapa integrando, interrelacionadas, las distintas facetas de la
acción educativa del Centro, de acuerdo con su Proyecto Educativo.
2. Las Programaciones de Etapa incluirán, al menos:
29
a) La concreción de los objetivos de la etapa.
b) La secuenciación de los contenidos.
c) La metodología pedagógica.
d) Los criterios de evaluación y promoción.
e) Las medidas para atender a la diversidad.
f) Las medidas de coordinación de cada área o materia con el resto de las
enseñanzas impartidas en el Centro.
g) Los principios de organización y funcionamiento de las tutorías.
3. Las Programaciones de Etapa son aprobadas por el Claustro de la Etapa y
por los educadores que participan en las acciones académicas, formativas o
pastorales de los alumnos de la etapa, conforme al procedimiento que determine el
Equipo Directivo. Dirige su elaboración, ejecución y evaluación el Director
Pedagógico.
Art. 36.- Programación de Aula.
Los profesores realizarán la programación de aula conforme a las determina-
ciones del Proyecto Curricular de la Etapa y en coordinación con los otros profesores
del mismo ciclo o curso y Departamento
Art. 37.- Evaluación.
1. La evaluación de la acción educativa es el instrumento para la verificación
del cumplimiento de los objetivos del Centro y la base para la adopción de las
correcciones que sean pertinentes para un mejor logro de sus fines.
2. La evaluación de la acción educativa abarca todos los aspectos del
funcionamiento del Centro.
3. En la evaluación de la acción educativa participará toda la Comunidad
Educativa. Dirige su elaboración y ejecución el Director General.
30
4. El Centro desarrollará procesos de mejora continua de la calidad, para el
adecuado cumplimiento del Proyecto Educativo.
Art. 38.- Programación General Anual del Centro.
1. La Programación General Anual del Centro, basada en la evaluación y
dinámica del mismo y de su entorno, incluirá:
a) Las modificaciones de las Programaciones de la Etapa derivadas del
resultado de la evaluación del mismo.
b) Los horarios de los alumnos y la organización básica del profesorado.
c) Las acciones de formación permanente del profesorado.
d) El procedimiento de evaluación de los diversos aspectos del Centro
(dirección, función docente, formativos, pastorales), incorporados a su
Proyecto Educativo.
2. La Programación General Anual del Centro es elaborada y aprobada por el
Equipo Directivo, a propuesta del Director General, previo informe del Claustro de
Profesores y del Consejo de la Comunidad Educativa. Dirige su elaboración,
ejecución y evaluación la Directora General.
TÍTULO III
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y GESTIÓN
Art. 39.- Órganos de gobierno, participación y gestión.
1. Los órganos de gobierno, participación y gestión del centro son
unipersonales y colegiados.
31
2. Son órganos unipersonales de gobierno y gestión, el Director General, la
Directora, del Centro, el Coordinador General de Etapa, el Coordinador General de
Pastoral y el Administrador.
3. Son órganos colegiados de gobierno y gestión, el Equipo Directivo, el
Claustro de Profesores y el Equipo de Pastoral.
4. Son órganos colegiados de participación el Consejo Escolar.
4. Los órganos de gobierno, participación y gestión desarrollarán sus
funciones promoviendo los objetivos del Carácter Propio y del Proyecto Educativo
de Centro y de conformidad con la legalidad vigente.
CAPÍTULO PRIMERO: ÓRGANOS UNIPERSONALES
Sección Primera: Directora General.
Art. 40.- Competencias.
Son competencias de la Directora Titular:
e) Ostentar la representación ordinaria de la Entidad Titular del Centro con
las facultades que ésta le otorgue.
32
f) Velar por la efectiva realización del Carácter Propio y del Proyecto
Educativo de Centro.
g) Convocar y presidir las reuniones del Equipo Directivo y del Consejo de
la Comunidad Educativa.
h) Presidir, cuando asista, las reuniones del Centro sin menoscabo de las
facultades reconocidas a los otros órganos unipersonales.
i) Aquellas otras que se señalan en el presente Reglamento
j) Admisión de alumnos
k) Presentar al Consejo Escolar la selección del Profesorado.
l) Seleccionar y contratar al personal del Centro.
m) Junto con el departamento o ciclo correspondiente elegir los libros de
texto.
Art. 41.- Nombramiento y cese.
El Director Titular es nombrado y cesado por la Entidad Titular.
Sección Segunda: Directora del Centro
Art. 42.- Competencias.
Son competencias de la Directora del Centro, en su correspondiente ámbito:
33
a) Dirigir y coordinar las actividades educativas del nivel.
b) Ejercer la jefatura del personal docente en los aspectos educativos.
c) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de las
Secciones de Enseñanzas Concertadas del Consejo de la Comunidad
Educativa y del Claustro.
d) Visar las certificaciones y documentos académicos.
d) Ejecutar los acuerdos del Consejo de la Comunidad Educativa, del
Claustro, y de sus respectivas Secciones, en el ámbito de sus facultades.
e) Proponer al Director General para su nombramiento al Coordinador
General de Etapa, a los Coordinadores de Seminario y de Ciclo y a los
Tutores.
f) Favorecer la convivencia y corregir las alteraciones que se produzcan en
los términos señalados en el presente Reglamento.
g) Aquellas otras que le encomiende la Entidad Titular del Centro en el
ámbito educativo.
h) La Directora del Centro tiene facultad otorgada por el Consejo Escolar
para aplicar la suspensión del derecho de asistencia al Centro por un
plazo máximo de tres días, recogido en el cuadro dos, (Conductas
contrarias a la norma. Medidas correctivas,), apartado h, del Real Decreto
sobre Derechos y Deberes de los alumnos.
Art. 43.- Ámbito y nombramiento.
1. El Director Pedagógico es nombrado por la Entidad Titular del
Centro previo acuerdo con el Consejo de la Comunidad Educativa, o
34
con su Sección de Enseñanzas Concertadas. Dicho acuerdo será
adoptado por la mayoría absoluta de los miembros del órgano
respectivo. En caso de desacuerdo, la Entidad Titular propondrá tres
candidatos eligiendo el Consejo o su Sección a uno por mayoría
absoluta. Si después de dos votaciones ninguno de los propuestos
hubiera obtenido la mayoría absoluta, será convocada la Comisión de
Conciliación a que se refiere el artículo 61 de la LODE. En tanto se
resuelve el conflicto, la Entidad Titular podrá nombrar
provisionalmente a un Director Pedagógico.
2 . La duración del mandato de la Directora del Centro será de 3 años.
Art. 44.- Cese, suspensión y ausencia.
1.La Directora del Centro cesará:
a) Al concluir el período de su mandato.
b) Por acuerdo entre la Entidad Titular y el Consejo Escolar.
c) Por dimisión.
d) Por cesar como profesor del Centro.
e) Por imposibilidad de ejercer el cargo.
2. El Titular del Centro podrá suspender cautelarmente o cesar a la Directora
del Centro antes del término de su mandato, cuando incumpla gravemente sus
funciones, previo informe razonado del Consejo de la Comunidad Educativa o de su
Sección de Enseñanzas Concertadas, y audiencia al interesado. La suspensión
35
cautelar no podrá tener una duración superior a un mes. En dicho plazo se habrá de
producir el cese o la rehabilitación.
3. En caso de cese, suspensión o ausencia de la Directora del Centro asumirá
provisionalmente sus funciones hasta el nombramiento del sustituto, rehabilitación o
reincorporación la Subdirectora o Jefe de estudios,. En cualquier caso y a salvo lo
dispuesto en el número 2 del presente artículo, la duración del mandato de la persona
designada provisionalmente no podrá ser superior a tres meses consecutivos, salvo
que no se pueda proceder al nombramiento del sustituto temporal o del nuevo
Director por causas no imputables a la Entidad Titular.
Sección Tercera: Jefe de estudios
Art. 45.- Competencias.
Son competencias del Jefe de Estudios, en su correspondiente ámbito:
a) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y
complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto
educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general
anual, además, velar por su ejecución.
b) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo
directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo
con los criterios aprobados por el titular y propuesta al claustro y el
horario general incluido en la programación general anual, así como
velar por su estricto cumplimiento.
c) Coordinar las actividades de los jefes de departamento y coordinadores
de ciclo.
36
d) Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su
caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de
orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.
e) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad
educativa, alumnos, profesores, padres y personal de servicios.
f) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la
programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
g) Favorecer la convivencia y garantizar procedimiento para imponer las
correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones
vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los
criterios fijados por la Entidad Titular.
h) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la directora
dentro de su ámbito de competencia.
i) Proponer a la Directora la dotación de material necesario para el
desarrollo de las actividades docentes propias de su competencia y
cuando considere necesario.
j) Mantener conveniente contacto con los alumnos, familias para la mejor
orientación y aprovechamiento de los alumnos.
k) Mantener reuniones con los Delegados de los alumnos.
l) Asistir a las juntas de Evaluación y supervisar las actas de las mismas.
m) Procurar el orden y disciplina de los alumnos.
n) Coordinar a los /as tutores /as.
37
o) Coordinar las actividades deportivas, complementarias y extraescolares.
p) Conocer los partes de asistencia de los alumnos y conceder permiso de
ausencia con justificación firmada de los padres.
q) Informar puntualmente de todas las incidencias, propuestas o iniciativas a
la Directora o Subdirectora.
r) Siempre tendrá contacto con la titularidad del Centro.
s) Organizar las sustituciones del personal.
Art. 46.- Nombramiento y cese.
1. El Jefe de Estudios es un profesor del Centro es nombrado y cesado por
la Entidad Titular a propuesta del la Director Académica.
2. La duración del mandato es de tres años.
Art. 47.-Ámbito, nombramiento y cese.
1. La determinación de las enseñanzas que contarán con Coordinador
General de Ciclo compete a la Entidad Titular del Centro.
2. El jefe de estudios es nombrado y cesado por el Director General a
propuesta dela Directora del Centro corrspondiente.
Sección Cuarta: Coordinador General de Pastoral
Art. 48.- Competencias.
Son competencias del Coordinador General de Pastoral:
38
a) Coordinar, animar y promover la programación y desarrollo de las
actividades pastorales de la acción educativa del Centro.
b) Convocar, y presidir en ausencia del Director General, las reuniones del
Equipo de Pastoral y del Consejo Pastoral.
c) Coordinar el Seminario de Religión, impulsando el proceso de
enseñanza- aprendizaje de la asignatura Sociedad, Cultura y Religión y el
diálogo fe-cultura.
d) Colaborar en la programación y realización de la acción educativa del
Centro y de la tarea orientadora de los tutores.
e) Animar la coordinación de la acción pastoral del Centro con la de la
Parroquia y la Iglesia Diocesana.
Art. 49.- Nombramiento y cese.
El Coordinador General de Pastoral es nombrado y cesado por la Entidad
Titular del Centro.
Sección Quinta: Administrador
Art. 50.- Competencias del Administrador.
Son competencias del Administrador:
a) Confeccionar la memoria económica, la rendición anual de cuentas y el
anteproyecto de presupuesto del Centro correspondiente a cada ejercicio
económico. A estos efectos, requerirá y recibirá oportunamente de los
39
responsables directos de los diversos centros de costes los datos
necesarios.
b) Organizar, administrar y gestionar los servicios de compra y almacén de
material fungible, conservación de edificios, obras, instalaciones y, en
general, los servicios del Centro.
c) Supervisar la recaudación y liquidación de los derechos económicos que
procedan, según la legislación vigente, y el cumplimiento, por el Centro,
de las obligaciones fiscales y de cotización a la Seguridad Social.
d) Ordenar los pagos y disponer de las cuentas bancarias del Centro
conforme a los poderes que tenga otorgados por la Entidad Titular.
e) Mantener informado al Director General de la marcha económica del
Centro.
f) Dirigir la Administración y llevar la contabilidad y el inventario del
Centro.
g) Coordinar al personal de administración y servicios.
h) Supervisar el cumplimiento de las disposiciones relativas a higiene y
seguridad, prevención de riesgos laborales y protección de datos de carácter
personal.
Art. 51.- Nombramiento y cese.
El Administrador es nombrado y cesado por la Entidad Titular del Centro.
40
CAPÍTULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS
Sección Primera: Equipo Directivo
Art. 51.- Composición.
1. El Equipo Directivo está formado por:
a) La Directora Titular, que lo convoca y preside.
b) La Directora Académica.
c) El Jefe de estudios.
d) El Coordinador General de Pastoral.
e) Orientadora
f) El Administrador
2. A las reuniones del Equipo Directivo podrán ser convocadas por la
Directora General otras personas, con voz pero sin voto.
Art. 53.- Competencias.
Son competencias del Equipo Directivo:
a) Asesorar a la Directora Titular en el ejercicio de sus funciones.
b) Coordinar el desarrollo de los diferentes aspectos del funcionamiento del
Centro en orden a la realización de sus objetivos, sin perjuicio de las
competencias propias de los respectivos órganos de gobierno.
41
c) Elaborar, aprobar y controlar su ejecución y evaluar la Programación
General Anual del Centro, a propuesta del Director General.
d) Preparar los asuntos que deban tratarse en el Consejo Escolar.
e) Establecer el procedimiento de participación en la elaboración del
Proyecto Educativo de Centro.
Art. 54.- Reuniones.
El Equipo Directivo se reunirá, una vez al trimestre o situaciones que lo
requieran.
Sección Segunda: Consejo de la Comunidad Educativa
Art. 55.- Composición.
1. El Consejo de la Comunidad Educativa está formado por:
a) La Directora Titular y otros tres representantes de la Entidad Titular del
Centro.
b) Los Directores Pedagógicos.
c) Cuatro representantes de los profesores
d) Cuatro representantes de los padres.
e) Tres representantes de los alumnos a partir de 1º de ESO
42
f) Un representante del personal de administración y servicios.
g) Un concejal o representante del Ayuntamiento. (2)
(2) en las condiciones que determine el reglamento de Normas Básicas de Conciertos, que se aprueben
en el desarrollo de la LOE
Art. 56.- Elección, designación y vacantes.
1. La elección y nombramiento de los representantes de los profesores, de los
padres, de los alumnos y del personal de administración y servicios en el Consejo
Escolar y la cobertura provisional de vacantes de dichos representantes, se realizará
conforme al procedimiento que determine la Entidad Titular del Centro.
2. La Asociación de Padres podrá designar dos de los representantes de los
padres de niveles concertados en el Consejo Escolar.
Art. 57.- Competencias.
1. Son competencias del Consejo de la Comunidad Educativa:
a) Participar en la elaboración y aplicación del Proyecto Educativo del
Centro.
b) Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Reglamento de Régimen
Interior del Centro.
c) Informar la Programación General Anual del Centro que elaborará y
aprobará el Equipo Directivo.
d) Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Presupuesto del Centro y la
Rendición Anual de Cuentas.
43
e) Intervenir en la designación y cese de la Directora del Centro de acuerdo
con lo previsto en los artículos 43 y 44 del presente Reglamento.
f) Intervenir en la selección y despido del profesorado de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 60 de la Ley 8/1985, de 3 de julio.
g) Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de
alumnos en niveles concertados.
h) Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las
actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y
servicios escolares.
i) Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer
percepciones a los padres de los alumnos por la realización de
actividades escolares complementarias en niveles concertados.
j) Aprobar, en su caso, a propuesta de la Entidad Titular, las aportaciones
de los padres de los alumnos para la realización de actividades
extraescolares.
k) Establecer los criterios sobre la participación del Centro en actividades
culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones
asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
l) Establecer relaciones de colaboración con otros Centros con fines
culturales y educativos.
m) Supervisar la marcha general del Centro en los aspectos administrativos
y docentes.
44
2. Las propuestas de la Entidad Titular relacionadas con lo señalado en las
letras b), c), d), h), i), j), k), y l) del número anterior podrán ser modificadas por el
Consejo de la Comunidad Educativa recabando expresamente la conformidad de la
Entidad Titular.
3. Las competencias contenidas en las letras b), c), d), e), f), g), h), i) y j), del
número anterior, si afectan exclusivamente a las enseñanzas concertadas, deberán ser
deliberadas y aprobadas en el seno de la Sección de Enseñanzas Concertadas del
Consejo Escolar.
Art. 58.- Régimen de funcionamiento.
El funcionamiento del Consejo del Consejo Escolar se regirá por las
siguientes normas:
1. Las reuniones del Consejo del Consejo Escolar serán convocadas
conjuntamente por la Directora General y la Directora del Centro de las enseñanzas
concertadas. Preside el Consejo la Directora General o, en su defecto, la Directora
del Centro. La convocatoria se realizará, al menos, con ocho días de antelación e irá
acompañada del orden del día. Cuando la urgencia del caso lo requiera, la
convocatoria podrá realizarse con veinticuatro horas de antelación.
2. El Consejo de la Comunidad Educativa se reunirá ordinariamente tres
veces al año coincidiendo con cada uno de los tres trimestres del curso académico.
Con carácter extraordinario se reunirá a iniciativa del Presidente, a su instancia o a
solicitud de la Entidad Titular o de, al menos, la mitad de los miembros del Consejo.
3. Los consejeros electivos se renovarán por mitades cada dos años. Las
vacantes que se produzcan con anterioridad al término del plazo del mandato se
cubrirán teniendo en cuenta, en su caso, lo previsto en el artículo 56.1 del presente
Reglamento. En este supuesto el sustituto lo será por el restante tiempo de mandato
del sustituido.
45
4. El Consejo de la Comunidad Educativa quedará válidamente constituido
cuando asistan a la reunión la mitad más uno de sus componentes.
5. A las deliberaciones del Consejo podrán ser convocados por el Presidente,
con voz pero sin voto, los demás órganos unipersonales y aquellas personas cuyo
informe o asesoramiento estime oportuno.
6. Los acuerdos deberán adoptarse, al menos, por el voto favorable de la
mitad más uno de los presentes, salvo que, para determinados asuntos, sea exigida
otra mayoría. En caso de empate el voto del Presidente será dirimente.
7. Todos los miembros, tendrán derecho a formular votos particulares y a que
quede constancia de los mismos en las actas.
8. Las votaciones serán secretas cuando se refieran a personas o lo solicite un
tercio de los asistentes con derecho a voto. En el caso de votaciones secretas que
afecten a las materias señaladas en el artículo 57.3, el Presidente del Consejo
articulará un procedimiento para acreditar que se cumple lo indicado en dicho
artículo.
9. Todos los asistentes guardarán reserva y discreción de los asuntos tratados.
10. El Secretario del Consejo será nombrado por la Entidad Titular del
Centro. De todas las reuniones el Secretario levantará acta, quedando a salvo el
derecho a formular y exigir, en la siguiente reunión, las correcciones que procedan.
Una vez aprobada será suscrita por el Secretario que dará fe con el visto bueno del
Presidente.
11. La inasistencia de los miembros del Consejo de la Comunidad Educativa
a las reuniones del mismo deberá ser justificada ante el Presidente.
46
12. De común acuerdo entre la Entidad Titular del Centro y el Consejo se
podrán constituir Comisiones con la composición, competencias, duración y
régimen de funcionamiento que se determinen en el acuerdo de creación.
13 Los representantes de los alumnos en el Consejo de la Comunidad
Educativa participarán en todas las deliberaciones del mismo excepto en las relativas
a la designación y cese de la Directora del Centro y despido del profesorado.
Sección Tercera: Claustro de Profesores
Art. 59.-Claustro de Profesores.
El Claustro de Profesores es el órgano propio de participación del profesora-
do del Centro. Forman parte del mismo todos los profesores de enseñanzas
curriculares del Centro y los orientadores.
Art. 60- Competencias.
Son competencias del Claustro de Profesores:
a) Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo de
Centro, informar la Programación General Anual y participar en la
evaluación del Centro.
b) Ser informado sobre las cuestiones que afecten a la globalidad del
Centro.
c) Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar, conforme a lo
establecido en los artículos 55.c) y 56 del presente Reglamento.
47
d) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General Anual del
Centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar.
e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la
investigación pedagógica.
f) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores
y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias.
g) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del
Centro a través de los resultados de las evaluaciones.
h) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice
la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha
del mismo.
Art. 61- Secciones.
1. La Entidad Titular del Centro podrá constituir Secciones del Claustro para
tratar los temas específicos de cada nivel o etapa.
2. En las Secciones del Claustro participarán todos los profesores del nivel o
etapa correspondiente y los orientadores.
Art. 62.- Competencias de las Secciones.
Son competencias de las Sección del Claustro en su ámbito:
a) Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Curricular de la
Etapa, conforme a las directrices del Equipo Directivo.
b) Coordinar las programaciones de las diversas áreas de conocimiento.
48
c) Fijar y coordinar los criterios sobre evaluación y recuperación de los
alumnos.
Art. 63.-Régimen de funcionamiento.
El funcionamiento del Claustro se regirá por las siguientes normas:
1. Convoca y preside las reuniones del Claustro la Directora Titular, en su
ausencia él o la directora académica o en quien la Titular delegue.
2. La convocatoria se realizará, al menos, con ocho días de antelación e irá
acompañada del orden del día. Cuando la urgencia del caso lo requiera, la
convocatoria podrá realizarse con veinticuatro horas de antelación.
3. A la reunión del Claustro podrá ser convocada cualquier otra persona cuyo
informe o asesoramiento estime oportuno el Presidente.
4. Los acuerdos deberán adoptarse, al menos, por el voto favorable de la
mitad más uno de los asistentes a la reunión. En caso de empate el voto del
Presidente será dirimente.
5. Todos los miembros tendrán derecho a formular votos particulares y a que
quede constancia de los mismos en las actas.
6. Las votaciones serán secretas cuando se refieran a personas o lo solicite un
tercio de los asistentes con derecho a voto.
7. Todos los asistentes guardarán reserva y discreción de los asuntos tratados.
49
8. El Secretario del Claustro será nombrado por el mismo a propuesta
de su Presidente. De todas las reuniones el Secretario levantará acta
quedando a salvo el derecho a formular y exigir en la siguiente reunión las
correcciones que procedan. Una vez aprobada será suscrita por el
Secretario, que dará fe con el visto bueno del Presidente.
9. Se reunirá al menos una vez al trimestre y siempre que la situación lo
requiera.
Sección Cuarta: Equipo de Pastoral
Art. 64.-Equipo de Pastoral.
Es el grupo de personas que animan y coordinan la acción evangelizadora y
pastoral en todas las actividades escolares y extraescolares que se realicen en el
Centro. Es coordinado y dirigido por el Coordinador General de Pastoral.
Art. 65.-Composición.
El Equipo de Pastoral está formado por:
a) El Coordinador General de Pastoral.
b) La Directora del Centro.
c) Los Coordinadores de Pastoral de etapas o niveles.
d) Los Responsables últimos de las actividades o áreas pastorales.
Art. 66- Competencias.
Son competencias del Equipo de Pastoral:
50
a) Proponer las líneas de acción de la dimensión evangelizadora del
Proyecto Educativo y realizar su seguimiento.
b) Planificar, de acuerdo con el Proyecto Educativo y las Programaciones
que correspondan, las actividades pastorales de la acción educativa.
c) Actuar en colaboración con el Departamento de Religión en lo que se
refiere a la enseñanza religiosa.
d) Responsabilizarse de la marcha de los grupos de fe y de sus animadores,
proporcionando los medios adecuados para su conveniente desarrollo.
e) Prolongar la acción pastoral de la escuela entre las familias de la
Comunidad Educativa.
TITULO IV
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN EDUCATIVA
Art. 67.-Órganos de coordinación educativa.
1. Los órganos de coordinación educativa son unipersonales y colegiados.
2. Son órganos unipersonales de coordinación educativa, el Coordinador de
Orientación, el Coordinador de Ciclo, el Coordinador de Departamento y el Tutor.
3. Son órganos colegiados de coordinación educativa el Consejo Pastoral, los
Equipos Docentes, el Departamento de Orientación y otros Departamentos.
51
CAPITULO PRIMERO. ÓRGANOS UNIPERSONALES
Sección Primera: Coordinador de Orientación.
Art. 68.-Competencias.
Son competencias del Coordinador de Orientación:
a) Asesorar a los profesores, a los órganos de gobierno, participación y
gestión y a las estructuras organizativas del Centro, en el ámbito de la
función de orientación.
b) Coordinar los aspectos generales de la función de orientación.
c) Asesorar y coordinar la planificación y animar el desarrollo de las
actividades de orientación de la acción educativa del Centro.
d) Desarrollar programas de orientación con grupos de alumnos.
e) Convocar y dirigir las reuniones del Departamento de Orientación.
Art. 69.-Nombramiento y cese.
El Coordinador de Orientación es nombrado y cesado por la Directora
Titular.
Sección Segunda: Coordinador de Ciclo
Art. 70- Competencias del Coordinador de Ciclo.
52
Son competencias del Coordinador de Ciclo:
a) Promover y coordinar, a través de los tutores, el desarrollo del proceso
educativo de los alumnos del ciclo.
b) Promover y coordinar la convivencia de los alumnos.
c) Convocar y presidir, en ausencia de la Directora del Centro las reuniones
del Equipo Docente de Ciclo.
d) Reunir cada 15 días al equipo docente del ciclo y levantar acta de lo
tratado.
e) Aquellas funciones que le encomiende el Jefe de Estudios en el área de
su competencia.
f) Revisar la puntualidad y la buena marcha del ciclo, avisando a los
profesores si es necesario.
g) Tener las llaves de las clases de los cursos que coordina.
h) Avisar los profesores al Coordinador, y este a su vez avisar al Jefe de
Estudios y a la Entidad Titular.
i) Reuniones asiduas con los tutores, Jefe de Estudios y la Entidad Titular.
j) Tener información en las ausencias del cambio de horarios.
k) Tener el horario de todos los cursos que coordina.
53
l) Informar puntualmente de todas las incidencias, propuestas o iniciativas a
la Directora o Subdirectora.
m) Estar informado de los problemas de disciplina y las incidencias.
n) Controlar el material y pedir lo que se necesite para el Ciclo.
Art. 71- Nombramiento y cese.
El Coordinador de Ciclo es un profesor del Centro. Es nombrado y cesado
por la Directora del Centro.
Sección Tercera: Jefe de Departamento
Art. 72.- Competencias.
Son competencias del Jefe de Departamento:
a) Convocar y moderar las reuniones del Departamento.
b) Coordinar el trabajo del Departamento en la elaboración de las
programaciones del área de cada curso, procurando la coherencia en la
distribución de los contenidos a lo largo de los niveles y ciclos; en la
propuesta de los objetivos mínimos y criterios de evaluación y en la
selección de materiales curriculares.
c) Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del
departamento y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.
54
d) Resolver las reclamaciones de final de curso que afecten a su
Departamento, de acuerdo con las deliberaciones de sus miembros y
elaborar los informes pertinentes.
e) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el
material y el equipamiento específico asignado al Departamento, y velar
por su mantenimiento.
f) Promover la evaluación de la práctica docente de su Departamento y de
sus distintos proyectos y actividades del mismo.
g) Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y las
actividades del Centro, promuevan los órganos de gobierno del mismo o
la Administración Educativa.
Art. 73.- Nombramiento y cese.
El Jefe del Departamento es nombrado y cesado por la Directora del Centro y
oído el parecer de los miembros del Departamento.
Los Jefes de Departamento cesarán:
1. Cuando finalice su mandato.
2. Renuncia motivada aceptada por el director.
Sección Cuarta: Tutor.
Art. 74.- Competencias.
Son competencias del Tutor:
55
a) Ser el inmediato responsable del desarrollo del proceso educativo del
grupo y de cada alumno a él confiado.
b) Dirigir y moderar la sesión de evaluación de los alumnos del grupo
que tiene asignado.
c) Conocer la marcha del grupo y las características y peculiaridades de
cada uno de los alumnos.
d) Coordinar la acción educativa de los profesores del grupo y la
información sobre los alumnos.
e) Recibir a las familias de forma ordinaria e informarles sobre el proceso
educativo de los alumnos.
f) Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades
de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y en
colaboración con el Departamento de Orientación del Centro.
g) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su
participación en las actividades del Centro.
h) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y
profesionales.
i) Colaborar con el Departamento de Orientación del Centro en los
términos que establezca la Jefatura de Estudios.
j) Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en
colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de
los profesores y el Equipo Directivo en los problemas que se planteen.
56
k) Coordinar las actividades complementarias para los alumnos del grupo.
l) Atender y cuidar a los alumnos en los periodos de recreo y otras
actividades no lectivas.
m) Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos para proceder a
la adecuación personal del currículo.
Art. 75.- Nombramiento y cese.
El Tutor es un profesor del grupo de alumnos correspondiente. Es nombrado
y cesado por la Directora Titular de acuerdo con la Directora del Centro y oído el
Jefe de Estudios y el Coordinador de Orientación.
CAPITULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS
Sección Segunda: Equipo Docente
Art. 76.- Composición.
El Equipo Docente está integrado por los profesores del respectivo ciclo,
curso o grupo.
Art. 77.- Competencias.
Son competencias del Equipo Docente:
a) Realizar la conexión interdisciplinar del curso o ciclo.
b) Proponer al Claustro criterios generales de evaluación.
57
c) Colaborar en la elaboración de los proyectos, adaptaciones y diversifica-
ciones curriculares.
d) Proponer iniciativas y experiencias pedagógicas y didácticas.
e) Evaluar a los alumnos, decidir sobre su promoción y sobre la concesión
de los títulos.
Sección Tercera: Departamento de Orientación
Art. 78.- Composición.
El Departamento de Orientación está formado por:
a) El Jefe de Departamento de Orientación.
b) La Directora del Centro.
c) El Coordinador de Ciclo.
d) Los Tutores.
e) Los profesores para la atención a la diversidad.
Art. 79.- Competencias.
Son competencias del Departamento de Orientación:
a) Coordinar la elaboración, realización y evaluación de las actividades de
orientación de la acción educativa del Centro.
58
b) Asesorar técnicamente a los órganos del Centro y elaborar las
adaptaciones curriculares, los programas de refuerzo educativo y los
criterios de evaluación y promoción de alumnos.
c) Proporcionar a los alumnos información y orientación sobre alternativas
educativas y profesionales.
d) Elaborar actividades, estrategias y programas de orientación personal,
escolar, profesional y de diversificación curricular.
e) Aplicar programas de intervención orientadora de alumnos.
f) Realizar la evaluación psicopedagógica individualizada de los alumnos y
elaborar propuestas de intervención.
o) Coordinar, apoyar y ofrecer soporte técnico a actividades de orientación,
tutoría, y de formación y perfeccionamiento del profesorado.
p) Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la
elaboración o modificación del Proyecto Educativo del Centro y la
P.G.A.
q) Contribuir al desarrollo del plan de orientación académica y profesional y
del Plan de acción tutorial y elevar al Consejo Escolar una memoria
sobre su funcionamiento al final de curso.
r) Colaborar con los profesores del Centro bajo la dirección del Jefe de
Estudios en la prevención y detección temprana de problemas de
aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones
curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los
alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan
programas de diversificación.
59
s) Asumir la docencia de los alumnos que le sean encomendados, de
acuerdo con las normas que se dicten al efecto.
t) Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica sobre los
aspectos psicopedagógicos del proyecto curricular.
Sección Cuarta: Comisión de Coordinación Pedagógica
Art. 80.- Configuración y composición.
La Comisión de Coordinación Pedagógica estará integrada por la Directora,
el Jefe de Estudios y los Jefes de Departamento. Actuará como secretario el jefe de
departamento de menor edad.
Art. 81.- Competencias.
La comisión de coordinación pedagógica tendrá las siguientes competencias:
1. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de
los proyectos curriculares de etapa.
2. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y
responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de
etapa y su posible modificación, asegurando la coherencia con el
proyecto educativo de Centro.
3. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de
las programaciones didácticas de los departamentos, del plan de
orientación académica y del plan de acción tutorial, incluidos en el
proyecto curricular de etapa.
4. Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.
60
5. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos
curriculares de etapa.
6. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de
evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas
extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.
7. Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto
curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo
y la programación general anual, la evolución del rendimiento
escolar y el proceso de enseñanza.
8. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del
Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a
iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración
educativa e impulsar planes de mejora en el caso de que se estime
necesario, como resultado de dichas evaluaciones.
Sección quinta: Departamentos Didácticos
Los departamentos Didácticos son los órganos básicos encargados de
organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que
tengan asignados, y las actividades que se les encomiende, dentro del ámbito de sus
competencias.
Art.82.- Configuración y composición:
1. El Departamento es el grupo de los profesores que imparten un área o
materia o un conjunto de las mismas en el Centro.
61
2. La Creación y modificación de los Departamentos compete a la Entidad
Titular del Centro.
3. El Departamento de Religión deberá coordinarse con el Equipo de
Pastoral.
4. Cada Departamento será el responsable de resolver todas las cuestiones
pertinentes al módulo o materia asignados.
Art. 83.- Competencias:
Son competencias de los departamentos didácticos:
1. Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativo a la
elaboración o modificación del proyecto educativo y la programación
general anual.
2. Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas
a la elaboración o modificación de los Proyectos curriculares de etapa.
3. Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación
didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas, materias y
módulos integrados en el departamento, bajo la coordinación y dirección
del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales
establecidas por la comisión de coordinación pedagógica.
4. Promover la investigación educativa y proponer actividades de
perfeccionamiento de sus miembros.
5. Mantener actualizada la metodología didáctica.
62
6. Colaborar con el departamento de orientación, bajo la dirección del jefe
de estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de
aprendizaje, y elaborar la programación y aplicación de adaptaciones
curriculares para los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con
necesidades educativas especiales y los que sigan programas de
diversificación.
7. Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el
departamento correspondiente.
8. Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los
alumnos formulen al departamento y dictar los informes pertinentes.
Sección sexta: Departamento de actividades extraescolares y
complementarias
Art. 84.- El Departamento de actividades complementarias y extraescolares se
encargará de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades. Estará
integrado por el jefe del mismo y, para cada actividad concreta, por los profesores y
alumnos responsables de la misma.
Art. 85.- Funciones del jefe del departamento de actividades complementarias y
extraescolares.
1. Participar en la elaboración de las programaciones docentes.
2. Elaborar el Programa anual de las actividades complementarias y
extraescolares.
3. Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las
actividades del departamento.
63
4. Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en
colaboración con el claustro, los departamentos, la junta de delegados de
alumnos y las asociaciones de padres y de los alumnos.
5. Organizar la utilización de la biblioteca del Centro.
6. Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades
realizadas.
TÍTULO V
ALTERACIÓN DE LA CONVIVENCIA
CAPÍTULO PRIMERO. NORMAS GENERALES
Art. 86.- Valor de la convivencia.
La adecuada convivencia en el Centro es una condición indispensable para la
progresiva maduración de los distintos miembros de la Comunidad Educativa -en
especial de los alumnos- y de aquélla en su conjunto y, consiguientemente, para la
consecución de los objetivos del Carácter Propio del Centro.
Art. 87.- Alteración y corrección.
1. Alteran la convivencia del Centro los miembros de la Comunidad
Educativa que, por acción u omisión, vulneran las normas de convivencia a que se
refiere el Art. 7 del presente Reglamento.
2. Los que alteren la convivencia serán corregidos conforme a los medios y
procedimientos que señalan la legislación vigente y el presente Reglamento
64
CAPÍTULO SEGUNDO. ALUMNOS
Art. 88.- Criterios de corrección.
1. En la corrección de los alumnos que alteren la convivencia se
contemplarán los siguientes criterios:
a) La edad, situación personal, familiar y social del alumno.
b) La valoración educativa de la alteración.
c) El carácter educativo y recuperador, no meramente sancionador, de la
corrección.
d) La proporcionalidad de la corrección.
e) La forma en que la alteración afecta a los objetivos fundamentales del
Proyecto Educativo de Centro, Programación de Etapa, Programación
General Anual del Centro y al Carácter Propio del Centro.
2. En ningún caso el procedimiento de corrección podrá afectar al derecho a
la intimidad y dignidad del alumno.
Art. 89.- Calificación de la alteración de la convivencia.
1. Conductas contrarias a las normas de convivencia.
2. Conductas gravemente perjudiciales para las normas de convivencia.
Art. 90.- Gradación de las correcciones.
65
A los efectos de la gradación de las correcciones:
1. Son circunstancias paliativas:
a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.
b) La falta de intencionalidad.
c) La observancia de una conducta habitual positivamente favorecedora de
la convivencia.
d) Aquellas otras que establezca la legislación vigente.
2. Son circunstancias acentuantes:
a) La premeditación y la reiteración.
b) Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los
recién incorporados al Centro.
c) Cualquier acto que entrañe o fomente la violencia, la discriminación, el
racismo, la xenofobia o el menoscabo de los principios del Carácter
Propio o del Proyecto Educativo.
d) Aquellas otras que establezca la legislación vigente.
Sección Primera. Faltas leves de la convivencia
Art. 91.- Calificación.
66
Son faltas contrarias a la convivencia aquéllas que vulneren las normas de
convivencia y que no están calificadas en el presente Reglamento.
Faltas contrarias a las Normas de Convivencia:
a) Faltas injustificadas de puntualidad. Se considera retraso llegar a las 9:05
horas y a las 15:05 horas, así como demorarse cinco minutos después de
los recreos o entre clases. A los cinco retrasos será falta leve en
Secundaria. A los 9 retrasos, falta leve en Primaria.
b) Faltas injustificadas de asistencia a clase en general, y en particular, las
faltas en horas anteriores a exámenes. Dos de estas faltas suponen falta
leve. En el último caso sólo tendrán validez las justificaciones médicas.
b.1- Faltas injustificadas de asistencia a clase. Dos de éstas suponen
falta contraria a las normas de convivencia. En último caso sólo
tendrá validez las justificaciones médicas, debiéndose presentar en
las 48 horas siguientes de su incorporación al centro.
b-2- Faltas injustificadas de asistencia en horas anteriores a
exámenes. Dos de éstas faltas suponen falta leve. Sólo tendrán
validez los justificantes médicos debiéndose presentar éstos en las 48
horas siguientes de sus incorporación al centro.
c) El deterioro no grave causado intencionadamente en las dependencias del
Centro, del material de éste o de los objetos y pertenencias de otros
miembros de la Comunidad Educativa (sillas, mesas, pegar chicles,
romper tizas, negarse a limpiar el equipo de limpieza, etc.).
d) Será falta contraria a las normas de convivencia la interrupción reiterada
del ritmo de la clase en el mismo periodo lectivo de un área. En el caso
de ser expulsado de clase, se irá con el profesor de guardia con tarea
puesta por el profesor.
67
e) Asistir al Centro no correctamente uniformados de forma injustificada
reiteradamente (más de tres veces).
f) Las conductas que impidan a sus compañeros el ejercicio se su derecho o
el cumplimiento de su deber de estudio.
g) Negativa Sistemáticas de acudir a clase con el material necesario o
esforzarse a realizare las actividades de aprendizaje.
h) Actos que perturben en desarrollo normal de las actividades de Centro.
i) Deteriorar las condiciones de higiene del Centro.
j) La irritación o estimulo a una falta contaría a las normas de convivencia.
Art. 92.- Corrección.
Las conductas contrarias a las normas de convivencia podrán ser corregidas
mediante:
a) Amonestación privada o por escrito.
b) Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o Directora del Centro.
c) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días.
d) En el caso de no asistir a las horas anteriores a exámenes, el alumno
realizará el examen, pero quedará pendiente su corrección hasta la
entrega del justificante médico en el periodo estipulado. En el caso de
faltar a un examen este se realizará una vez entregado el justificante
médico en el periodo estipulado.
e) No dejar salir de clase al grupo de limpieza hasta que no esté limpia. Si
un alumno mancha algo, lo limpiará inmediatamente. En caso de
desperfectos pagar lo que se ha roto, sugiriendo a los padres que lo
abonen con su paga semanal.
f) Trabajar fuera de clase lo que debiera haber hecho en ella (Primaria). En
la ESO enviarlo al profesor de guardia con trabajo. En el caso de ser
expulsado con la consiguiente falta leve, la corrección conllevará la
bajada de nota en la asignatura correspondiente.
68
g) Realización de tareas educadoras para el alumno, fuera del horario
lectivo, o si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las
instalaciones, material del Centro a las pertenencias de otros miembros
de la comunidad Educativa. La realización de estas tareas no se podría
prolongar a un periodo superior a cinco días lectivos.
h) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.
i) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o
complementarias por un periodo máximo de cinco días lectivos.
j) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un
periodo máximo de cinco días lectivos. Durante la impartición de esta
clase el alumno deberá permanecer en el Centro efectuando los trabajos
académicos que se le encomienden, por parte del profesorado que le
imparte docencia para enviar la interrupción en el proceso formativo. El
jefe de Estudios organizará la atención al alumno.
k) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un periodo máximo de
cinco días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno
deberá realizar el trabajo académico que determine el profesorado que le
imparte docencia para evitar la interrupción en el proceso formativo.
Art. 93.- Órgano competente. (Art. 50)
a) La directora o por delegación de ésta todos los profesores del Centro,
oído el alumno, las que se establecen en las letras a), b) y c) anteriores
dando cuenta al tutor y al jefe de Estudios.
b) El director o por delegación de éste, el tutor del alumno oído el mismo,
las que se establecen en las letras c) y g) dando cuenta al jefe de
Estudios.
c) El Director o por delegación de éste el Jefe de Estudios oído el alumno y
su profesor o tutor, las previstas en las letras h) y i).
d) El Director, las establecidas en lasa letras i) y k). El director oído el tutor
y el Equipo Directivo, tomará la decisión, motivada, tras oír al alumno, y
si es menor de edad a sus padres o representantes legales, que serán
citadas por cualquier medio que permita dejar en el expediente
69
constancia fehaciente de haberse recibido la citación y de la fecha de la
recepción, levantado acta de dicha comparecencia. La incomparecencia,
sin causa justificada, del padre o tutor, si el alumno es menor de edad, no
paralizará la aplicación de dicha corrección.
Procedimiento y prescripción:
a) Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el
Centro prescribirán en el plazo de un mes contando a partir de la
fecha de su comisión y excluidos los periodos no lectivos.
b) Las medidas correctoras impuestas por conductas contrarias a las
normas de convivencia en el Centro prescribirán a la finalización
del curso escolar.
c) La imposición de las medidas correctoras previstas en las letras
g), h), i), j) y k) del artículo anterior (Art. 49)deberán ser
comunidades, de forma que quede constancia, bien a los padres o
representantes legales del alumno, en el caso de que éste sea
menor de edad, a él mismo si es mayor de edad. Dichas medidas
será inmediatamente ejecutivas.
d) El alumno, o sus padres o representantes legales podrán presentar
reclamación en el plazo de dos días lectivos, a patir del siguiente
de que se produjo la notificación, contra las correcciones
impuestas, previstas en las letras g), h), i), j) y h) del artículo 49
de este Decreto ante el Director General de Ordenación
Académica cuya resolución podrá fin a la vía administrativa.º
Art. 94. Calificación.
Son conductas gravemente perjudiciales para la convivencia:
70
a) Las acciones u omisiones graves contrarias al Carácter Propio del
Centro: burla a los signos religiosos y palabras malsonantes referidas a
estos signos, dichas con intencionalidad.
b) Los actos de indisciplina, injurias u ofensas contra los miembros de la
Comunidad Educativa: contestar al profesor, utilizar palabras
malsonantes, hacer caso omiso al profesor, escaparse, etc.)
c) La agresión física o moral o la discriminación contra los demás
miembros de la Comunidad Educativa, o contra otras personas que se
relacionen con el Centro: pegar e insultar. En particular, se considerará
falta grave la reincidencia en la intimidación en los pequeños, por parte
de los mayores.
d) Las actuaciones perjudiciales para la salud, la integridad personal y la
moralidad de los miembros de la Comunidad Educativa del Centro, o la
incitación a las mismas: fumar en el recinto escolar cuando pueda
constatarse.
e) Los daños graves causados por uso indebido o intencionado en los
locales, material o documentos del Centro, en los bienes de otros
miembros de la Comunidad Educativa o en las instalaciones o
pertenencias de las personas o instituciones con las que se relacione el
Centro: cristales, mesas, cerraduras, etc.
f) La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia del
Centro recogidas en el artículo 48 ( 3 faltas).
g) Los actos injustificados gravemente que perturben el normal desarrollo
del Centro.
h) Incumplimiento de las sanciones impuestas.
i) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad
educativa.
j) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la
comunidad educativa, particularmente si tienen componentes sexista,
senólogo o contra el alumno con necesidades educativas específicas o de
nuevo ingreso.
71
k) Las conductas tipificadas como contrarias a las normas de convivencia, si
concurren en circunstancias de colectividad y publicidad intencionada.
l) Introducción en el Centro de sustancias peligrosas o perjudiciales para la
salud o integridad de los miembros de la Comunidad Educativa: (drogas,
tabaco, alcohol)
m) La incitación o estímulo a la comisión de una falta gravemente
perjudicial para la convivencia.
n) LA suplantación de personalidad en los actos de la vida docente y la
falsificación s sustracción de documentos académicos.
o) Aquellas que se califiquen como tales por la legislación vigente
Art. 95.- Corrección.
Conductas gravemente para la convivencia del Centro. Podrán ser corregidas
mediante lo siguiente:
(Art. 52.-1 Decreto) Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en
el Centro previstas en las letras b) f) i) l) m) n) del artículo 51 del presente decreto,
podrán ser corregidas por las siguientes medidas educativas:
a) Realización de trabajos específicos en horario no lectivo que contribuyan
a la reparación de los daños causados, si procede, o a la mejora del
desarrollo de las actividades del Centro: pagar desperfectos, bien
económicamente o con su propio trabajo.
b) Cambio del grupo del alumno por un periodo superior a cinco días e
inferior a dieciséis días lectivos.
c) Suspensión de la participación en las actividades extraescolares
complementarias o complementarias o en otras en otras actividades
realizadas por el Centro, por un periodo superior a cinco días e inferior a
dieciséis días lectivos.
72
d) Suspensión de la asistencia a determinadas clases por un periodo
comprendido entre seis y quince días lectivos. Durante la impartición de
estas clases, el alumno deberá permanecer en el Centro realizando los
trabajos académicos que determine el profesorado responsable de los
mismos para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe de
Estudios organizará la atención al alumno.
e) Cambio de grupo del alumno para el resto del curso.
f) Apercibimiento que constará en el expediente individual del alumno; en
el que se incluirá un informe detallado del profesor de la materia, del
tutor y del jefe de estudios sobre dicha actitud (Aplicar para todas las
faltas graves).
(Art. 52.-2 Decreto) Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en
el Centro previstas en las restantes letras del artículo 51 de este Decreto podrán ser
corregidas con las siguientes medidas educativas.
a) Suspensión del derecho de asistencia al Centro comprendido entre seis y
quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión el alumno
deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que
le imparte docencia, para evitar la interrupción del proceso formativo. El
Reglamento del Régimen Interior determinará el seguimiento de dicho
proceso, especificando la persona encargada de llevarlo a cabo y el
horario de visitas al centro del alumno.
b) Suspensión del derecho de Asistencia al centro durante un periodo
comprendido entre dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que
dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que
determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la
interrupción en el proceso educativo. El Reglamente de Régimen Interior
determinará el seguimiento de dicho proceso y especificando la persona
indicada de llevarlo a cabo y el horario de visitas al Centro.
c) Cambio de centro.
Órgano competente.
73
Procedimiento abreviado:
1) La Directora oirá al tutor y al equipo Directivo, tomará la decisión, tras
oír al alumno, y, si es menos de edad, también a sus padres o
representantes legales, que serán citados por cualquier medio que permita
dejar en el expediente constancia fehaciente de haberse recibido la
citación y de la fecha de recepción levantando acta de dicha
comparecencia. La incomparecencia sin causa justificada del padre o
tutor si el alumno es menos de edad, no impedirá la imposición de dicha
corrección.
2) El Director comunicará la Dirección General de Ordenación Académica
y a la Inspección de Educación el inicio del procedimiento abreviado y la
resolución adaptada, que deberá notificarse al alumno, y en su caso, a
sus padres o tutores en el plazo de quince días lectivos contados de dicha
iniciación
3) El alumno, o sus padres o tutores, podrán presentar en el plazo de dos
días lectivos a partir del siguiente que se produjo la notificación ante el
Director General de Ordenación Académica cuya resolución podrá fin a
la vía administrativa.
4) Prescripción: Las conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia en el centro prescribirá en el plazo de cuatro meses contando
a partir de la fecha que se hubieran producido y excluido los periodos no
lectivos.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
Art. 54 Decreto.-
1) El Director decidirá la incoación del expediente.
2) Designará a un profesor como instructor.
3) Dicha incoación y el nombramiento de instructor se comunicará ala
alumno, y, si éste es menor de edad, a sus padres o tutores legales del
menor, por cualquier medio que permita constancia fehaciente de su
74
recepción. La negativa a recibir la comunicación no impedirá la
continuación del procedimiento.
4) El alumno y, en su caso, sus padres o tutores legales podrán recusar al
Instructor ante el Director de acuerdo con lo revisto en el articulo 29 de
la Ley 30/1992, 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
INSTRUCCIÓN. RESOLUCIÓN ART. 55
1) El expediente se incoará en un plazo no superior a cinco días lectivos
desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas merecedoras
de corrección con arreglo a este decreto.
2) El plazo de instrucción del expediente no podrá exceder de 10 días
lectivos.
3) El instructor, desde el momento que se le notificó su nombramiento,
iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos,
entre ellas, la toma de declaración de aquellas personas que pudieran
aportar datos de interés al expediente.
4) En el plazo no superior a tres días lectivo desde que se comunica la
incoación del expediente, el instructor notificará al alumno, y a sus
padres o tutores legales, si aquel fuera menor de edad por cualquier
medio que permita dejar en el expediente constancia fehaciente de
haberse recibido la comunicación, en el pliego de cargos, en el que se
expondrán con precisión y claridad los hechos imputados así como las
medidas correctoras que se podrían imponer, dándoles un plazo de dos
días lectivos para alegar cuanto estime pertinente. Cuando se rechace la
notificación se tendrá por efectuado el trámite siguiéndose el
procedimiento.
En el escrito de alegaciones, podrá el alumno y, en su caso, sus padres o
tutores legales propone la prueba que consideren oportuna.
5) Concluida la instrucción del expediente, el instructor formulará la
propuesta de resolución que deberá contener los hechos o conductas que
se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias
75
paliativas, o atenuantes si las hubiere y la medida correctiva que se
propone.
6) Acompañado del profesor-tutor, el Instructor dará audiencia al
alumno y a sus padres o tutores, si es menor de edad, para comunicarles,
tras ser citadas de manera fehaciente, la propuesta de resolución y el
plazo de dos días para alegar cuando estimen oportuno en su defensa. En
caso de conformidad y renuncia a dicho plazo, esta deberá formalizarse
por escrito. La negativa a recibir la notificación tendrá los efectos
previstos en el apartado 4º.
7) Transcurrido el plazo de alegaciones, se elevará por el instructor al
Director el expediente completo que incluirá necesariamente la
propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran
formulado.
8) El Director resolverá en el plazo máximo de dos días lectivos desde
que se recibe la propuesta y la comunicará fehacientemente al alumno y
en su caso, a sus padres o tutores legales.
9) Así mismo, el director comunicará a la Dirección General de
Ordenación Académica y la Inspección de Educación el inicio del
procedimiento ordinario y la resolución adoptada.
NOTIFICACIÓN Y RECURSO. ART. 56 Decreto
1) La resolución del procedimiento deberá notificarse en el plazo de 25
días lectivos desde la fecha del inicio del mismo.
2) Deberá estar suficientemente motivada y contendrá los hechos y
fundamentos jurídicos en que se basa la corrección impuesta; el
contenido de la medida correctiva y fecha de efecto de la misma y el
órgano ante el que cabe interponer recurso y plazo del mismo. La
notificación se practicará por cualquier medio que se permita tener
constancia de la recepción por el alumno o sus representantes legales.
3) Contra la resolución del director, el alumno, sus padres o
representantes legales podrían presentar un recurso de alzada en los
términos previstos en el artículo 114 y ss. De la ley 30/1992, del 26
76
de noviembre en la redacción dada por la Ley 4/1999 del 13 de
enero, ante la Ordenación Académica, cuya resolución podrá fin a la
vida administrativa.
PROCEDIMIENTO CONCILIADO PARA LA RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
� Valor de la resolución de conciliada
De conformidad con los principios inspiradores de Carácter propio y Proyecto
Educativo del Centro, se procurará la resolución conciliada de las alteraciones graves
de convivencia, a fin de evitar, siempre que sea posible, la incoación de expediente
disciplinar, buscando la función educativa y reparadora de todo proceso corrector.
� Para llevar acabo la resolución conciliada será necesario que el
alumno ( o sus padres o tutores, si el aluno es menor de edad) acepten
esta formula de resolución y se comprometa a cumplir las medidas
acordadas.
� Para llegar a una solución conciliada que evita la tramitación de un
expediente sancionador, será imprescindible la celebración de una
reunión convocada, con asistencia del Director Académico, profesor
y un tutor del alumno, el propio alumno ( o sus padres o tutores
legales , si el alumno es menor de edad).
En todo caso si el alumno es menor de edad, el Director Académico y el
profesor tutor le escucharán con carácter previo, para conocer su relato de los
hechos.
� Se dejará constancia del acuerdo con un documento escrito que deberá
incluir al menos, los siguiente extremos: hechos o conductas imputadas al
alumno, corrección que se impone, aceptación expresa por parte del alumno (
o sus padres o tutores legales) Fecha de inicio de los efectos de la corrección
y firma de los asistentes.
77
ACLARACIONES
1- En el caso de que un alumno copie en un examen, esto supondrá la
calificación de insuficiente en esa evaluación y la pérdida del derecho a la
recuperación y la prueba queda pendiente hasta junio, donde será evaluado por
el Departamento.
2- Cuando un alumno haya faltado el doble de horas semanales en una
asignatura en periodo de evaluación perderá el derecho a la evaluación
continua, debiendo presentarse al examen de recuperación.
3- El uniforme del Colegio Cristo Crucificado es obligatorio desde primero de
infantil hasta 6º de Primaria (para el presente curso el chándal empieza a ser
obligatorio para primero de la ESO).
Niños: pantalón azul marino, polo o camisa blanca, jersey o chaqueta azul
marino, zapatos azul marino y calcetines azul marinos.
Niñas: falda plisada azul marino, polo o blusa blanca, jersey o chaqueta azul
marino, zapatos azul marino y calcetines azul marinos.
El babi azul a rayas es obligatorio desde primero de infantil hasta segundo de
primaria. El chandal y complementos de deporte son exclusivamente para la
clase de Educación Física.
4- Los alumnos de ESO vendrán correctamente vestidos durante todo el curso.
Las alumnas no llevarán: camisetas de tirantes, grandes escotes ni minifaldas.
Los alumnos no llevarán traje de deporte.
5- Las faltas justificadas por los padres se realizarán a través de la agenda.
6- Para poder abandonar el Centro es necesario tener justificante escrito por el
padre, la madre o el tutor legal.
78
7- Las faltas de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el
centro, cuando un alumno /a sea sancionado con dicha falta ésta tendrá
vigencia para todo el curso escolar al ser tomada como criterio para no asistir a
las salidas de ocio programadas por el departamentote Educación Física y las
de viaje de estudios.
8- En las salidas programadas como viaje de estudios en 1º ESO, por acuerdo
tomado por el grupo docente y refrendado por la dirección del centro. Se
toman como criterios paar que los alumnos no puedan asistir a dicha actividad.
Los siguientes:
• Tener en la evaluación más de tres asignaturas suspensas
• Tener falta por conducta gravemente perjudicial para la convivencia en
el centro.
9- Cuando alguien padre o tutor legal venga a recoger a un alumno del centro
debe pasar por recepción, rellenar y firmar en el libro correspondiente.
CAPÍTULO TERCERO. PROFESORES
(IV CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS
TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS)
Para el personal afectado por este convenio se establecen tres tipos de faltas:
leves, graves y muy graves.
Faltas de la convivencia.
Art. 100.- Calificación.
Sección Primera: Faltas leves de la convivencia:
79
a) Tres faltas de puntualidad injustificada en el puesto de trabajo durante 30
días.
b) Una falta injustificada de asistencia durante un plazo de 30 días.
c) La no comunicación, con la antelación previa debida de la inasistencia al
trabajo por causa justificada, o no cursar en tiempo oportuno la baja
correspondiente cuando se falta al trabajo por causa justificada, a menos que
sea evidente la imposibilidad de hacerlo y en general el incumplimiento de
los deberes de carácter informativo para con la empresa.
d) Dar por concluida la clase con anterioridad a la hora de su terminación, sin
causa justificada, hasta dos veces en 30 días.
e) Negligencia en el desempeño de las funciones concretas del puesto de
trabajo, no entrega de calificaciones en las fechas acordadas, no controlar la
asistencias y la disciplina de los alumnos, así como, negligencia en el uso de
los materiales, utensilios o herramientas propias del mismo.
f) No observar las normas esenciales de seguridad e higiene en el trabajo
establecidas por la empresa.
g) La embriaguez no habitual en el trabajo.
Sección segunda: Son faltas graves de la convivencia:
a) Más de 9 faltas injustificadas de puntualidad cometida en el plazo de 30 días.
b) Más de 3 faltas injustificadas de asistencia al trabajo en un plazo de 30 días.
80
c) El incumplimiento de las obligaciones educativas de acuerdo con la
legislación vigente.
d) Las ofensas de palabras proferidas o de obras cometidas contra las personas,
cuando revistan acusada gravedad. Se considerará que revisten acusada
gravedad si menosprecian ante los alumnos la imagen de su educador o si
faltan gravemente a la persona del alumno o a sus familiares.
e) Incumplimiento reiterado de las normas sobre seguridad e higiene en el
trabajo establecidas por la empresa.
f) La realización, sin el oportuno permiso, de trabajos particulares durante la
jornada. Asimismo el empleo de útiles, herramientas, maquinaria, vehículos,
y, en general bienes de la empresa para los que no se estuviere autorizado o
para usos ajenos a los del trabajo encomendado, incluso fuera de la jornada
laboral.
g) El falseamiento y/o la omisión maliciosa de los datos que tuvieren incidencia
en la Seguridad Social o ante la autoridad fiscal.
h) La suplantación de otro trabajador alterando los registros y controles de
entrada y salida al trabajo.
i) El quebrantamiento o la violación de secretos de obligada reserva que
produzca grave perjuicio para la empresa.
j) La reincidencia en falta leve en un plazo de 90 días.
Sección tercera: Son faltas muy graves de la convivencia:
81
a) Más de 9 faltas injustificadas de puntualidad cometidas en un plazo de 30
días.
b) Más de 3 faltas injustificadas de asistencia al trabajo cometidas en un plazo
de 30 días.
c) Las faltas graves de respeto y los malos tratos, de palabra u obra, a cualquier
miembro de la comunidad educativa del centro de trabajo.
d) El fraude, deslealtad o abuso de confianza en la realización de la tarea
encomendada. Se entenderá que existe este fraude si se abandona
injustificada y reiteradamente la función docente y si se incumplen
gravemente las obligaciones educativas derivadas de la legislación en vigor.
e) La apropiación, hurto o robo de bienes propiedad de la empresa, de
compañeros o de cualesquiera otras personas dentro de las dependencias de
la empresa.
f) El incumplimiento grave de las normas sobre seguridad e higiene en el
trabajo establecidas por la empresa.
g) La simulación de enfermedad o accidente o la prolongación de la baja por
enfermedad o accidente con la finalidad de realizar cualquier trabajo por
cuenta propia o ajena.
h) El quebrantamiento o violación de secretos de obligada reserva que
produzca grave perjuicio para la empresa.
i) La embriaguez habitual o toxicomanía, que incidan en el trabajo.
j) La realización de actividades que impliquen competencia desleal a la
empresa
82
k) La reincidencia en falta grave, si se cometiese dentro del año siguiente a
haberse producido la primera infracción.
Art. 101.- Prescripción.
Las infracciones cometidas por los trabajadores prescribirán:
a) Las faltas leves, a los 10 días.
b) Las faltas graves, a los 20 días.
c) Las faltas muy graves, a los 55 días.
Art. 102.- Sanciones.
a) Las sanciones máximas que podrán imponerse serán las siguientes:
1- Por falta leve: amonestación verbal o escrita.
2- Por falta grave: suspensión de empleo y sueldo de 3 a 14 días.
3- Por falta muy grave: suspensión de empleo y sueldo de 15 a 30 días
con o sin apercibimiento de despido; despido.
Las anotaciones desfavorables que como consecuencia de las sanciones
impuesta pudieran hacerse constar en los expedientes personales quedarán
canceladas al cumplirse los plazos de 2, 4 u 8 meses según se trate de falta leve,
grave o muy grave.
83
b) Todas las sanciones serán comunicadas por escrito al trabajador indicando la
fecha y hechos que la motivaron. Se remitirá copia de la misma al Comité de
empresa o delegados de personal y a los delegados sindicales si los hubiere.
El empresario teniendo en cuenta las circunstancias que concurran en el
hecho y la conducta ulterior del trabajador, podrá reducir las sanciones por
faltas leves, graves y muy graves.
c) Las omisiones o acciones cometidas por los empresarios que sean contrarias
a lo dispuesto en este Convenio y demás disposiciones legales serán
consideradas como infracción laboral.
El personal contratado, a través del Comité de empresa, Delegados de
personal o Delegados sindicales, tratará en primera instancia de corregir la
supuesta infracción apelando al empresario.
Si en el plazo de 10 días desde la notificación al empresario no hubiese
recibido solución, o ésta no fuese satisfactoria para el reclamante, podrá
incoar expediente ante la Comisión Paritaria de Interpretación, Mediación y
Arbitraje, la cual en el plazo máximo de 20 días a la recepción del mismo
emitirá dictamen.
Cualquiera de las partes podrá apelar al dictamen de la Inspección de
Trabajo, u Organismo autonómico correspondiente.
En todo caso se estará a lo previsto en las disposiciones legales vigentes.
CAPÍTULO CUARTO. RESTO DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA
Art. 102.- Correcciones.
1. Sin perjuicio de la regulación que se deriva del régimen específico de la
relación de los distintos miembros de la Comunidad Educativa con la Entidad Titular
84
del Centro (laboral, civil, mercantil, canónica, etc), la alteración de la convivencia de
estos miembros de la Comunidad Educativa podrá ser corregida por la Entidad
Titular del Centro con:
a) Amonestación privada.
b) Amonestación pública.
c) Limitación de acceso a instalaciones, actividades y servicios del Centro.
2. Las correcciones impuestas a los padres de alumnos requerirán la
aprobación del Consejo Escolar.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- Relaciones laborales
Sin perjuicio de lo señalado en el presente Reglamento, las relaciones
laborales entre la Entidad Titular y el personal contratado se regularán por su
normativa específica.
Asimismo, se regirá por su normativa específica la representación de los
trabajadores en la empresa.
Segunda.- Profesorado religioso
A los religiosos que presten sus servicios en el Centro como profesores de
enseñanzas concertadas les será de aplicación lo señalado en la Disposición
Adicional Cuarta del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos,
85
sin perjuicio de su estatuto específico amparado por la Constitución, los Acuerdos
entre el Estado Español y la Santa Sede y la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.
Tercera.- Amigos del Centro
Los Amigos del Centro son las personas que, voluntariamente, colaboran en
la consecución de los objetivos educativos del Centro, en su sostenimiento
económico o en la relación del Centro con su entorno.
Cuarta.- Renovación del Consejo de la Comunidad Educativa
La constitución y renovación del Consejo de la Comunidad Educativa y de
su Sección se producirá conforme al procedimiento que determine la Entidad Titular
del Centro.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogado el Reglamento de Régimen Interior del Centro aprobado por
el Consejo Escolar, a propuesta de la Entidad Titular, en septiembre de 1997.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Modificación del Reglamento
La modificación del presente Reglamento compete a la Entidad Titular del
Centro, que deberá someterla a la aprobación de la Sección de Enseñanzas
Concertadas del Consejo de la Comunidad Educativa. Asimismo, compete a la
Entidad Titular su desarrollo.
86
Segunda.- Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor al inicio del curso escolar
2002/2003 Su vigencia queda condicionada al mantenimiento del Centro en el
régimen de conciertos educativos.
Aclaraciones
1- En el caso de que un alumno copie en un examen, esto supondrá la
calificación de insuficiente en esa evaluación y la pérdida del derecho a la
recuperación y la prueba queda pendiente hasta junio, donde será evaluado por
el Departamento.
2- Cuando un alumno haya faltado el doble de horas semanales en una
asignatura en periodo de evaluación perderá el derecho a la evaluación
continua, debiendo presentarse al examen de recuperación.
3- En el caso de no asistir a las horas anteriores a exámenes, el alumno
realizará el examen, pero quedará pendiente su corrección hasta la entrega del
justificante médico en el periodo estipulado. En el caso de faltar a un examen
éste se realizará una vez entregado el justificante médico en el periodo
estipulado.
4- El uniforme del Colegio Cristo Crucificado es obligatorio desde primero de
infantil hasta 6º de Primaria (El chándal sí es obligatorio hasta 1º de la ESO
este año, progresivamente se irá imponiendo en los demás cursos).
Niños: pantalón azul marino, polo o camisa blanca, jersey o chaqueta azul
marino, zapatos azul marino y calcetines blancos o azul marinos.
Niñas: falda plisada azul marino, polo o blusa blanca, jersey o chaqueta azul
marino, zapatos azul marino y calcetines blancos o azul marinos;
87
El babi a rayas es obligatorio desde primero de infantil hasta cuarto de
primaria. El chándal y los complementos de deportes son exclusivamente para
la clase de educación física.
5- Los alumnos de 3º y 4º de ESO vendrán correctamente vestidos durante
todo el curso. Los alumnos no llevarán camisetas de tirantes, grandes escotes
ni minifalda. Los alumnos no llevarán trajes de deportes.
6- Las faltas justificadas por los padres se realizarán a través de la agenda.
7- Para poder abandonar el Centro es necesario tener justificante escrito por el
padre, la madre o el tutor legal.
8- Cuando algún padre o tutor legal venga a recoger a un alumno debe pasar
por recepción y rellenar y firmar en el libro correspondiente.
ANEXO I
PROCEDIMIENTOS A LA HORA DE SANCIONAR CON FALTAS
Cada tutor comunicará a los alumnos lo establecido en las normas de
convivencia al principio de curso.
A la hora de sancionar con faltas las actuaciones de los alumnos se seguirán
las siguientes pautas:
1- Se amonestará verbalmente al alumno, ya sea por parte del tutor o del
profesor correspondiente.
88
2- Cuando la conducta sea repetitiva y de lugar a la colocación de la falta, el
tutor del alumno informará por escrito a los padres.
a) Las faltas leves quedarán archivadas en el expediente del alumno.
b) En caso de falta grave se realizará un informe detallado por parte del
profesor de la materia, del tutor y del jefe de estudios sobre dicha
actividad. Dicho informe junto con la falta grave quedará archivado en el
expediente del alumno.
c) Si la falta es muy grave será necesaria la instrucción de un expediente,
previamente a la corrección de dicha falta. (Ver anexo II)
ANEXO II
PASOS EN LA INSTRUCCIÓN DE UN EXPEDIENTE
(Real Decreto de Derechos y Deberes del Alumno 732/1995)
Art. 54.
1- La instrucción del expediente se llevará a cabo por un profesor del Centro
designado por el Director. Dicha incoación se comunicará a los padres, tutores o
responsables del menor.
2- El alumno y, en su caso, sus padres o representantes legales podrán recusar al
instructor ante el Director cuando de su conducta o manifestaciones pueda inferirse
falta de objetividad en la instrucción del expediente.
3- Excepcionalmente, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su
instrucción, el Director por decisión propia o a propuesta, en su caso, del instructor,
89
podrá adoptar las medidas provisiones que estime convenientes. Las medidas
provisionales podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la suspensión de
derecho de asistencia al Centro o a determinadas clases o actividades por un periodo
que no sea superior a cinco días. Las medidas adoptadas serán comunicadas al
Consejo Escolar, que podrá revocarlas en cualquier momento.
1- La instrucción del expediente deberá acordarse en un plazo no superior a 10 días,
desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas merecedoras de
corrección con arreglo a este Real Decreto.
2- Instruido el expediente se dará audiencia al alumno y, si es menor de edad,
además a los padres o representantes legales de aquel, comunicándoles en todo caso
las conductas que se le imputan y las medidas de corrección que se proponen al
Consejo Escolar del Centro.
El plazo de instrucción del expediente no deberá exceder de 7 días.
3- Se comunicará al Servicio de Inspección Técnica el inicio del procedimiento y le
mantendrá informado de la tramitación hasta su resolución.
La resolución del procedimiento deberá producirse en el plazo máximo de un
mes desde la fecha de iniciación del mismo y contra la resolución del Consejo
Escolar podrá interponerse recurso ordinario ante el Director Provincial.
90
ANEXO III
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA
NORMAS DE CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA EN PRIMARIA
A partir de 2º de Primaria los alumnos deben cambiar su uniforme escolar por el
chándal de uniforme de Educación Física, al inicio y final de cada sesión. Los
alumnos deben asearse, al final de cada sesión práctica, siendo opcional a partir de 5º
de Primaria la ducha, valorándose positivamente.
Al salir del vestuario, los alumnos deben permanecer sentados en el lugar que les
indique el profesor a la espera de que comience la sesión.
Está expresamente prohibido entrar a cualquiera de los almacenes de material
deportivo
También se prohíbe tocar y/o jugar con cualquier tipo de material de uso para el
desarrollo de la asignatura, ya sea deportivo o de cualquier otra índole, que por
diferentes motivos se encuentre fuera de dichos almacenes, sin autorización expresa
del profesor de Educación Física por las consecuencias de potencial peligro para
ellos por el uso indebido de este material.
El profesor puede, si lo considera oportuno, dar por finalizada cualquier sesión
práctica e ir al aula a impartir una clase teórica o dar por finalizada una sesión
práctica si los alumnos no respetan las normas de la asignatura, realizando otra
actividad.
Cualquier actividad o actitud disruptiva en cualquier sesión de clase, en lo que se
incluye el comportamiento en el vestuario, será sancionada conforme al Reglamento
de Régimen Interno del Centro.
Debido a las características especiales de esta asignatura, el alumno que no respete
dichas normas puede, siempre a criterio del profesor, ser apartado
momentáneamente de la realización de cualquier ejercicio o, si su actitud persiste,
puede ser apartado de la realización práctica durante toda la sesión, permaneciendo
sentado hasta la finalización de la misma. También le puede ser encomendada otra
actividad.
91
Si un alumno, por motivo de enfermedad, un día no puede realizar una sesión
práctica de Educación Física, deberá justificar la falta con una nota escrita, paterna o
materna. Si dicha falta a la sesión práctica se prolonga en el tiempo (más de cuatro
sesiones) el justificante deberá ser realizado por un médico.
Si un alumno tiene sin justificar un tercio de las sesiones del trimestre, se le puede
suspender la asignatura.
Esto se justifica porque los alumnos tienen que aprender a tratar esta área con
respeto, no como una mera clase de juego libre, sino otra forma de trabajar, es decir,
trabajar jugando
La modificación del presente Reglamento de Régimen Interior fue aprobado en la
reunión del Consejo Escolar el día de de 20
La Titular
R. E.Titular R. Padres R. Profesores
R. Personal de servicios R. Alumnos
92
PLAN DE CONVIVENCIA
INTRODUCCIÓN
Nuestra constitución de 1978 nos indica en su artículo 14: “Todos los
españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna
por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social”.
El Decreto 115/2005, de 21 de Octubre, en su artículo 12 .4 dice así: “ Los
centros desarrollarán iniciativas que eviten la discriminación de los alumnos,
pondrán especial atención en el respeto de las normas de convivencia y
establecerán planes de Convivencia escolar para garantizar la plena integración
de todos los alumnos del Centro”. Igualmente hace alusión a que en la realización
de los mismos se tendrán en cuenta las características del alumnado y las
circunstancias se su entorno.
La Orden de 20 de febrero de 2006, de la Consejería de Educación y
Cultura dispone en su artículo 3 punto 1 como uno de los objetivos a incluir en el
Plan de Convivencia : “Conseguir la integración de todo el alumnado sin
discriminación por raza, sexo o edad”.
Nuestro Proyecto Educativo, establece como objetivo general, lograr el
desarrollo integral del alumno fomentando un espíritu crítico y creador, dentro
de un marco de responsabilidad alegría y amor, siguiendo la línea básica de
nuestras fundadoras, y así poder integrarse en la sociedad en que viven. Como
vemos ya nuestro Proyecto establece que todas las líneas de acción educativa ,
pastoral, académica y tutorial tienen que ir encaminadas a conseguir la
integración y convivencia pacífica entre todos los miembros de la comunidad
Educativa.
María José Díaz Aguado publica un artículo que tiene por título : Adaptar la
escuela a los actuales cambios sociales para mejorar la convivencia educativa.
En éste se resalta la necesidad de hacer de la diversidad y heterogeneidad
(presente en nuestras aulas) una fuente de desarrollo y progreso.
Por tanto, atender a la diversidad significa, poner en marcha medidas concretas
que propicien el respeto a las diferencias, la tolerancia, la dignidad de todas las
personas y la igualdad de oportunidades. Para conseguir esta formación en valores
93
éticos, sociales y religiosos el Centro debe disponer de alternativas que mejoren el
ambiente de trabajo y favorezcan las relaciones entre todos los miembros de la
Comunidad Educativa. Como alternativa nace este Plan de Convivencia que
propone actuaciones tanto de carácter preventivo como de intervención.
Partiendo de este marco, haré alusión a continuación a los apartados del PLAN
DE CONVIVENCIA que pasará a formar parte del Proyecto Educativo del Centro
En primer lugar decir que seguiré los puntos que dispone la orden de 20 de
Febrero de 2006, de la Consejería de Educación y Cultura, para la elaboración de
los Planes de Convivencia en los Centros. Partiré de los objetivos generales del
P.E.C , para continuar analizando las características del Colegio y aspectos que
influyen en la convivencia, teniendo en cuenta ubicación, alumnado, profesorado,
conflictos etc.. En un segundo punto haré alusión a los objetivos del Plan de
Convivencia, incluyendo por supuesto los establecidos en la Orden ya citada en
este párrafo. Describiré en el siguiente apartado un abanico acciones que pasarán a
formar parte de la dinámica del Centro, no olvidando la coordinación entre el
profesorado , alumnos, familias y agentes externos al Centro. En un último punto
trataré el acoso e intimidación entre alumnos.
Terminaré la defensa del Plan de Convivencia señalando una serie de criterios que
se tendrán en cuenta para la evaluación y difusión del mismo.
I. EL CENTRO DOCENTE. CARACTERÍSTICAS Y
ENTORNO
A. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO.
A.1. Ubicación y entorno
Centramos la intervención en el Colegio Cristo Crucificado, centro
concertado de doble línea cuya confesionalidad es católica. Está ubicado en una
barriada urbana de condiciones socioeconómicas medio-bajas.
La mayoría de la población son originarios de Mula y una parte considerable
94
inmigrantes, siendo el nivel se inmigración cada año más alto. Esta nueva
población procede principalmente de países hispanoamericanos – Ecuador,
Bolivia- otros de Marruecos y unos pocos de China.
Se puede decir que la integración de estos flujos migratorios, se realiza a
través del mundo laboral y a través de los centros de enseñanza en los que la
presencia de niños/as de otras etnias es cada vez más evidente. La mayor
dificultad para integrarse en la sociedad la encuentran los niños, padres y madres
procedentes de Marruecos. Con estos, encontramos problemas de comunicación.
Por tanto, la integración de los niños/as magrebíes es más difícil en un principio
que la de otros niños.
En cuanto a las ocupaciones habituales comprobamos que son
mayoritariamente, obreros eventuales que trabajan en la agricultura, albañilería,
camioneros, y empleados en fábricas de conservas, una minoría funcionarios y en
paro. Las madres, en general, comparten el trabajo de casa con trabajos
temporales en las fábricas conserveras de la localidad o asistencia a otros hogares.
El nivel de estudios de los padres/madres está dentro de los primarios (65%) ,
un 10% no tiene ningún tipo de estudios y un 25% posee estudios medios y
superiores.
Los valores predominantes son los de la sociedad de consumo. A nivel
afectivo personal encontramos una carencia de relación entre padres e hijos
debido al trabajo, separaciones matrimoniales, y madres solteras con pocos
recursos.
Se puede concluir que en la zona no existen conflictos ni factores de riesgo
graves como rivalidad entre grupos, barrios etc.. , aunque dado el gran número de
inmigrantes hay que cuidar la integración de los mismos para prevenir conflictos.
Desde la “Mancomunidad del Río Mula” de servicios Sociales se realizan una
gran cantidad de actuaciones en esta línea.
A.2. Alumnado del Centro
En nuestro Centro se imparte Educación Infantil, Educación Primaria y
ESO. Hay doble línea y cuenta con un total de 697 alumnos, distribuidos de la
95
siguiente forma:
NIVELES
EDUCACIÓN INFANTIL Hay un total de 157 alumnos de los cuales son:
Extranjeros: 44
ACNEE: 4
Compensatoria: 3
De necesidades no permanentes: 5
EDUCACIÓN PRIMARIA Hay un total de 326 alumnos de los cuales son:
Extranjeros: 66
ACNEE: 5
Compensatoria: 3
De necesidades no permanentes: 30
EDUCACIÓN SECUNDARIA Hay un total de 214 alumnos de los cuales son:
Extranjeros: 27
ACNEE: 11
Compensatoria: 1
De necesidades no permanentes: 10
Como se refleja en la tabla tenemos alumnos de integración, inmigrantes
(con algún alumno de compensatoria), grupos de diversificación y programas de
apoyo. A pesar de la incesante llegada de inmigrantes, se puede afirmar que en las
aulas, más del 80% del alumnado es autóctono de Mula.
Se detecta que la mayoría de nuestro alumnado tiene un entorno estable, con
recursos y medios suficientes, aunque se percibe un aumento de familias
desestructuradas, de alumnos /as que conviven con sus abuelos y una minoría con
dificultades económicas.
El alumnado en general suele estar influenciado:
- Por las circunstancias familiares.
- Por los medios de comunicación.
- Proteccionismo de los padres.
Características del alumnado:
- El comportamiento en general está dentro de los parámetros de la
normalidad, siendo raras las conductas gravemente perjudiciales para la
96
convivencia en el centro.
- Hay un bajo porcentaje de alumnado en riesgo de fracaso escolar.
- Alumnado en las aulas cada vez más heterogéneo.
- Un bajo porcentaje de absentismo escolar.
La opinión que merecen los profesores a los alumnos es buena en la gran
mayoría de los casos y se encuentran a gusto con lo compañeros de clase.
Manifiestan un alto interés por participar en las actividades realizadas en el Centro
y también a nivel de Congregación. Se puede afirmar que nuestros alumnos/as
vienen contentos al Colegio.
Los padres en general asisten a las reuniones convocadas por los profesores.
Valoran muy alto que los chicos tengan buenas calificaciones, el esfuerzo, el
trabajo , los conocimientos adquiridos y por supuesto la formación en valores
humano cristianos.
A.3.Recursos materiales y humanos
El Centro “Cristo Crucificado” de Mula cuenta con un edificio de tres
plantas en el que se concentran las actividades académicas con la siguiente
disposición:
- El la planta baja se ubican la Secretaría, Dirección, la sala de visitas o
tutoría, la Biblioteca, cinco aulas de Educación Infantil y una de
Secundaria, así como la Capilla del centro.
- En la planta primera se encuentran diez aulas de Educación Primaria y una
de Educación Infantil, así como el Departamento de Orientación y el Salón
de Actos.
- En la planta segunda encontramos dos aulas de Educación Primaria, el
Taller de Tecnología, el aula de Informática, el Laboratorio, diez aulas de
Educación Secundaria y el Aula de Audiovisuales. Los Departamentos
Didácticos y Jefatura de Estudios también se encuentran en dicha planta.
- El Centro cuenta también con una Pista Deportiva en la que se encuentran
97
a su vez las duchas y aseos del patio.
Los criterios sobre organización y distribución de los espacios se recogen cada
curso escolar en la Programación General Anual realizada a principio de
curso.
A.4.Equipo Docente:
En primer lugar decir que se cuenta con el equipo de Pastoral, que es para
el Centro el gran motor que da energía para trabajar los valores de Cristo, y radiar
el carisma de las Hermanas Apostólicas de Cristo Crucificado.
En el Centro trabajan 41 profesores. Aparte del profesorado ordinario el
Colegio está dotado de maestros especialistas (PT) que apoyan de una manera
especial a alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Además contamos con la atención quincenal del Psicólogo del E.O.E.P. para
atender los niveles de Educación Infantil y Primaria. En Educación Secundaria
Obligatoria se encuentra el departamento de Orientación formado por el
Orientador, un Psicólogo de apoyo, un PT, y un maestro encargado de los
refuerzos.
La plantilla de profesorado también tiene los especialistas que imparten las
áreas de Inglés, Música, E.Física y Religión, además de todas las especialidades
necesarias para impartir las materias de ESO.
El equipo de profesores viene realizando una gran labor en la mejora de la
convivencia del Centro, ya que no sólo organiza, sino que participa en un 90% en
todas las actividades realizadas por el Centro. Mencionar el entusiasmo con que el
profesorado de Infantil y Primaria prepara el Cuentacuentos de las actividades
extraescolares con juegos relacionados con la paz, solidaridad, empatía, en
general, valores que desembocan en la mejora de la convivencia.
B SITUACIÓN ACTUAL DE CONVIVENCIA.
La situación de la convivencia actual en este centro es de lo que
98
denominaríamos como de total normalidad. Entre el alumnado y en la vida diaria
del Centro surgen conflictos que se van solucionando con las herramientas legales
que están a nuestro alcance y la frecuencia de los mismos están dentro de
parámetros que no desbordan la normalidad.
Al tener en nuestro Centro Infantil, Primaria y ESO, el alumnado tiene
edades muy diversas, lo que da lugar a que las relaciones personales y conflictos
que puedan darse en una etapa y otra sean diferentes. En las primeras edades de
escolaridad se trabajan los valores, relaciones sociales, convivencia y normas, y
no se habla de conflictos porque en realidad como tal no existen. En los primeros
cursos de Educación Primaria, tampoco son frecuentes los conflictos, excepto
algún caso esporádico. Suelen aparecer en el tercer ciclo de primaria y en los dos
primeros cursos de ESO. Esta baja conflictividad va desapareciendo en los cursos
posteriores, 3º y 4º de ESO.
Antes de empezar es necesario delimitar qué se entiende por conflicto
escolar: he considerado conflicto toda situación anómala que repercute
negativamente en la convivencia y en el proceso enseñanza- aprendizaje, habiendo
una confrontación de intereses.
B.1.Conflictos que se dan en el Centro:
ALUMNADO:
Educación Infantil:
-Algunos casos de impuntualidad en la hora de entrada a clase. En este caso el
conflicto se produce más con los padres.
-Algún caso aislado de niño hiperactivo.
Educación Primaria: Ya hemos comentado anteriormente que la conflictividad
se acentúa en los dos últimos cursos.
- Disrupción en el aula: hablar a destiempo, levantarse sin permiso, traer
material que no es de uso para el aprendizaje en el aula.
99
- Olvido del material para el desarrollo de la clase.
- Distracción y falta de atención.
- Falta de respeto entre iguales o a menores en los recreos. Insultos.
- Pequeñas peleas en espacios comunes (patio, pasillo, baños).
- Pequeños hurtos.
- Faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.
- Falta de respeto al profesor/a.
- Falta de respeto al material del aula, y a las infraestructuras del Centro
- Espacios y uso de los mismos:
• Retrasos en las entradas y salidas a clase, tanto por parte del
alumnado como por el profesorado.
• Alboroto (correr, saltar, empujar, gritar etc..) en las
entradas y salidas al Centro.
• Retrasos y alboroto (correr, saltar, empujar, gritar etc..)en
los cambios de un aula a otra, cuando van por los pasillos y
escaleras.
- Familias:
• Escasa participación de las familias en la Escuela de Padres
y en acciones formativas.
• Horarios de trabajo.
Educación Secundaria Obligatoria: Los conflictos comienzan a ser
problema para el centro especialmente en los cursos de 1 y 2 de ESO, ya que
son los cursos donde el nivel de conflictividad es más alto.
1. Se empieza a observar conductas que podrían en un futuro, derivar en
problemas de integración. Suelen aparecer en ESO.
a. El uso de términos xenófobos en sentido despectivo por parte de
determinados alumnos. El número de alumnos implicados es muy
pequeño y suelen ser alumnos con un comportamiento normal.
b. La “marginación” voluntaria de los propios alumnos
hispanoamericanos durante los períodos de recreo y en el aula.
2. Algún cado aislado de acoso escolar.
100
3. El uso indebido de las nuevas tecnologías de la comunicación e imagen –
móviles con cámaras, grabadoras miniaturizadas de voz etc... Suelen estar
implicados alumnos con muy bajo rendimiento escolar y con escaso
control por parte de las familias.
4. Falta de respeto al material del aula, y a las infraestructuras del Centro.
También suelen estar implicados alumnos con muy bajo rendimiento
escolar y con algún problema de comportamiento.
5. Otros problemas que se viven en el marco del aula , son la indisciplina de
algunos alumnos dentro del aula que altera el funcionamiento de la clase y
que son ocasionados por la desmotivación hacia el estudio. No hacen
absolutamente nada en clase, no estudian, no traen el material y no
obedecen a las normas.
6. Interrupción frecuente de la clase.
7. Pequeños hurtos.
8. Falta de respeto hacia los demás, compañeros y profesores.
9. Falta de estudio y esfuerzo personal del alumno.
10. Absentismo escolar. Alumnado que poco a poco va dejando de asistir a
clase.
11. Espacios y uso de los mismos:
• Retrasos en las entradas y salidas a clase, tanto por parte del
alumnado como por el profesorado.
• Indisciplina en las entradas y salidas al Centro.
• Retrasos e indisciplina en los cambios de un aula a otra,
cuando van por los pasillos y escaleras.
• Uso indebido por parte de los alumnos de dependencias que
no están destinadas a ellos.
12. Familias
• Escasa participación de las familias en la Escuela de Padres
y en acciones formativas.
• Horarios de trabajo.
Al Centro le preocupa principalmente los alumnos que interfieren en el
101
proceso de enseñanza-aprendizaje, puesto que a veces impiden que las clases se
desarrollen en las mejores condiciones y no puedan aprovecharse debidamente.
Suelen surgir básicamente en ESO y son alumnos descolgados académicamente.
PROFESORADO:
Tras realizar la memoria del curso , analizar el profesorado las relaciones con
sus compañeros e identificar los conflictos más frecuentes , se señala la dificultad
para trabajar en equipo, la falta de acuerdos y el profesorado nuevo que entra al
centro y no conoce la cultura del Centro.
B.2. Causas.
Las causas que consideramos que motivan y dan lugar a situaciones de este
tipo son:
ALUMNADO:
- Temperamento impulsivo que pueden presentar algunos niños
- Baja tolerancia a la frustración de algunos alumnos que se sienten
protegidos por sus familias.
- Falta de motivación hacia el estudio.
- Dificultades de aprendizaje.
- Desfase curricular muy acentuado.
- Problemas de comportamiento.
- Falta de habilidades para resolver conflictos.
FAMILIAS:
- Pérdida de normas y excesiva permisividad hacia los hijos que hoy día se
vive en nuestras familias.
- Falta de implicación en los aspectos escolares de los hijos.
- Falta de límites y normas.
- En algunos casos los alumnos pasan mucho tiempo sin compañía de
adultos por los horarios de trabajo de los padres.
- Cambio de valores familiares.
PROFESORES:
- Falta de tiempo para dialogar con nuestros alumnos.
102
- Falta de herramientas y habilidades para el manejo de conflictos en el
aula.
- Falta de profesorado para atender a los alumnos con necesidades
específicas de apoyo educativo.
- Falta de referente de autoridad.
SOCIEDAD:
- La constante influencia de los medios de comunicación en la educación de
nuestros alumnos.
- La desvalorización de la figura del profesor.
- Obligatoriedad de la etapa educativa de la ESO, que conlleva a la
presencia en las aulas de un sector de alumnos que no encaja en las
diferentes propuestas educativas, o que simplemente no quiere estudiar.
- El clima de competitividad y falta de solidaridad que se respira en la
sociedad.
- Pérdida de la vivencia en nuestra sociedad en general, de valores que son
el hilo conductor de nuestra educación.
- Transmisión de contravalores.
C. RESPUESTAS DEL CENTRO ANTE LAS SITUACIONES DE
CONFLICTO. IMPLICACIÓN DEL PROFESORADO,
ALUMNADO Y FAMILIAS
Entre las acciones seleccionadas hasta ahora destacamos:
1. Las que informan a los alumnos sobre el funcionamiento del Centro
y su organización.
2. Las que suponen la divulgación del RRI en todos los sectores de la
comunidad educativa.
3. Los debates y asambleas en clase sobre la convivencia, sobre las
normas relacionadas con éstas y valores que aseguren el correcto
trabajo en el centro.
4. La solicitud de implicación a los padres para que animen a sus hijos
a seguir conductas positivas de observación de las normas
establecidas y mantener un contacto fluido con los mismos
103
informándoles sobre cualquier incidencia que afecte a sus hijos y
establecer un plan de colaboración eficaz entre el centro y la familia.
5. La realización de actividades ( murales, lecturas, cine forum,
celebraciones, charlas, pancartas, anuncios, escenificaciones etc..) y
campañas en el Centro que favorezcan la adquisición de actitudes y
valores, que fomenten el desarrollo de vínculos interpersonales y
lazos de afectividad entre los diferentes sectores de la comunidad.
6. Un papel muy importante en este cometido lo protagoniza el Plan de
Acción Tutorial incluido en nuestro Proyecto Curricular de Centro.
En él se enfatizan actividades con los alumnos que tienen como
objetivo entrenarles en habilidades sociales, para fomentar la
convivencia, integración y la participación de los alumnos en la vida
del Centro.
7. Aumentar la vigilancia en las zonas de esparcimiento.
8. Atención individualizada a alumnos conflictivos tanto dentro como
fuera del aula.
9. Control riguroso tanto de los retrasos como de las faltas de asistencia
a clase. Se envían a las familias mensualmente las faltas y los
retrasos, tanto las justificadas como las no justificadas. Se exigen
justificaciones serias a las faltas y justificantes médicos para las
consultas médicas.
10. Fomentar la educación en valores y las celebraciones que fomenten
la vivencia de los mismos.
11. Asignación de medidas de Atención a la diversidad en el plano
académico para favorecer la integración de alumnos desfasados.
12. Prohibir el uso de teléfonos móviles y otros objetos de valor , tanto
para evitar distracciones en clase como pérdidas , hurtos o agresiones
mediante mensajes o difusión de imágenes.
La Jefatura de Estudios, el Departamento de Orientación y los tutores
suman su esfuerzo para llevar a cabo este cometido y conseguir los objetivos
propuestos.
Junto a esta labor eminentemente formativa, de interiorización, también se
104
responde con la aplicación de las normas de convivencia establecidas en nuestro
Reglamento de Régimen Interior, procurando observar las normas y corregir las
conductas contrarias a las mismas.
Trimestralmente, en la Comisión de Coordinación Pedagógica evaluamos la
convivencia en el Centro a través de los informes emitidos por los tutores y las
juntas de evaluación de cada grupo de alumnos y el informe que elabora la
Jefatura de Estudios a partir de los partes de incidencias y las amonestaciones
emitidas.
Asimismo, el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar reciben
información del estado de la convivencia en el Centro.
En cuanto a la implicación de los diferentes colectivos que forman la
comunidad Educativa (profesorado, alumnado y familias), destacar que la
colaboración es muy buena por parte del profesorado y alumnado. Debamos
seguir trabajando para conseguir una mayor implicación por parte de las familias.
D. RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.
Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los
tutores, quienes convocan a los padres, bien colectivamente, al menos una vez al
trimestre, y bien individualmente, a lo largo del mismo.
Para facilitar el encuentro entre padres y profesores, se ha decidido unificar
el horario de citas a los martes por la tarde.
La relación del Centro con las familias en general es buena. Sin embargo a
veces es difícil contactar con los padres ya que ambos trabajan (se consigue
contactar telefónicamente). Además también ocurre muy a menudo que se da la
circunstancia de que a mayor desmotivación y conflictividad del alumno menor
es la implicación de los padres en la enseñanza y educación de sus hijos, con lo
cual la situación se agrava y la solución se complica.
Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos, cuya Junta
105
Directiva mantiene un estrecho contacto con la Dirección del Centro y ambos
organismos cooperan en todo lo que mutuamente se solicitan. Por lo tanto, las
familias encuentran en la A.M.P.A. y en el Consejo Escolar su lugar de
participación y colaboración en la gestión de la marcha del Centro.
El Centro colabora con todos los órganos públicos (Centro de Servicios
Sociales y Centro de Salud) que están en la zona y que con sus recursos colaboran
en la formación del alumnado y profesorado.
Servicios Sociales: El profesorado asiste a charlas organizadas por esta entidad,
se realizan en el Centro todos los programas educativos en valores que nos
ofrecen y se ofertan a los alumnos las actividades extraescolares que realizan
También se coordina todo lo relativo a alumnos con problemas socio familiares
que están en programas específicos de esta entidad.
Centro de Salud: El EOEP de la zona y departamento de orientación del Centro
coordinan todo lo necesario con los servicios de salud, sobre todo para tratar los
problemas de comportamiento graves que pueda haber o surgir en el Centro.
E. EXPERIENCIAS Y TRABAJOS PREVIOS EN RELACIÓN
CON LA CONVIVENCIA
La convivencia siempre ha estado presente en la vida de nuestro Centro como un
fin educativo a trabajar, y no simplemente como una mera aplicación de medidas
disciplinarias. El departamento de Pastoral trabaja permanentemente los valores
dentro del marco global de la convivencia. Cada curso se trabaja con todo el
alumnado del Centro un valor específico Por ello ya se venían realizando
actuaciones de dos tipos:
- de carácter preventivo:
o Debates en clase sobre la conveniencia de que exista un R.R.I. que
establezca unas normas que aseguren el correcto funcionamiento
del Centro.
o Potenciar conductas democráticas y participativas en el centro:
- Asambleas de clase.
- Elección de delegado y subdelegado.
106
- Participar en el Consejo Escolar.
- Participar en la Comisión de Actividades Extraescolares.
o Elaboración y seguimiento de normas específicas para el grupo-
clase que impliquen en su observancia a los alumnos y a los
profesores de los mismos.
o Cumplimiento de las normas internas de convivencia y aplicación
de las correcciones que de su incumplimiento se deriven.
o Se programan actividades ( murales, lecturas, cine forum,
celebraciones, charlas, pancartas, anuncios, escenificaciones etc..)
y campañas en el Centro que están dirigidas tanto a los alumnos
como a los padres. Se suelen programar por trimestres
o Divulgación del R.R.I. entre alumnos, padres y profesores
o Actividades dirigidas a los alumnos dentro del Plan de Acción
Tutorial, referidas a habilidades sociales, fomento de la
convivencia, integración y participación de los alumnos en la vida
del Centro.
o Énfasis especial en atajar cualquier manifestación xenófoba o
racista que pueda darse en el Centro.
o Medidas de atención a la diversidad: programación de refuerzos,
adaptaciones curriculares, programas de diversificación curricular
etc..
- de intervención: Resolución de conflictos siguiendo la normativa
establecida en el RRI del Centro. Las medidas más utilizadas en caso de
conflicto:
o las amonestaciones verbales o escritas.
o El diálogo con el tutor, jefe de estudios o director y padres o
tutores legales.
o Reunión del equipo educativo si es necesario.
o Hoja de control individual.
o Privación de recreos.
o Realización de tareas fuera del horario lectivo.
107
o Expulsiones temporales.
F. NECESIDADES DE FORMACIÓN Y RECURSOS
Formación:
Aunque la convivencia es una preocupación constante entre el
profesorado, son muy pocos los que han recibido una formación específica
sobre este tema y, casi siempre, el tratamiento que cada uno hace ante un
problema de comportamiento que se presenta en clase es consecuencia del
sentido común (medidas individuales de cada profesor) o de la aplicación del
Reglamento de Régimen Interior.
Se hace necesario poseer estrategias para atender situaciones
relacionadas con la convivencia y la conflictividad. Estrategias que nos
permitan detectar qué situaciones son las que más favorecen los conflictos
entre los alumnos y entre alumnos y profesores para prevenirlos. También es
necesario formación en habilidades sociales, resolución de conflictos,
estrategias para fomentar la participación, intervención ante problemas
conducta, maltrato entre compañeros, casos de acoso etc.
Sobre todo es importante que la formación contemple que la reacción
docente sea coherente en todo el profesorado para evitar confundir a los
alumnos y reforzar los mensajes positivos sobre sus conductas.
Recursos:
El Centro cuenta con sus proyectos institucionales donde quedan
recogidos aspectos que se refieren a su organización, el Proyecto Educativo, el
R.R.I., el Plan de Acción Tutorial y la educación en los valores explicitados en
nuestras señas de identidad. También se puede contar con el Equipo de
Orientación Educativa y Psicopedagógica Específico de Convivencia Escolar
para:
- Elaborar materiales, programas y recursos educativos para la prevención y
mejora de la convivencia.
- En la formación del profesorado.
108
II. OBJETIVOS Y ACTITUDES QUE SE PRETENDEN
FAVORECER
Este plan de convivencia tiene unos principios básicos que se explicitan a
continuación:
� EL RESPETO A LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y LAS
CONVICCIONES RELIGIOSAS Y MORALES.
� MEJORA DE LA CONVIVENCIA Y DE LAS RELACIONES ENTRE
TODOS LOS COMPONENTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA:
Todas las actuaciones realizadas están encaminadas a cultivar el respeto, la
comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas por parte de
todos.
� SE PRIORIZA LA PREVENCIÓN: Priorizaremos aquellas actuaciones
preventivas destinadas al conocimiento previo de los derechos y deberes
de todos los miembros de la comunidad educativa y de las normas
necesarias para una convivencia pacífica y respetuosa.
� RESOLUCIÓN PACÍFICA Y EDUCATIVA EN CASO DE
INTERVENCIÓN El conflicto se produce en todo centro educativo
porque es algo inherente al se humano (alumnos, profesores, padres etc) ,
por tanto debemos estar preparados para la resolución pacífica y
educativa de los conflictos que se presenten.
� LAS MEDIDAS PUNITIVAS SE UTILIZARÁN COMO ÚLTIMO
RECURSO PARA SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS DE
CONVIVENCIA: Sólo se hará uso de estas medidas cuando las estrategias
motivacionales y educativas no hayan dado resultado o la no intervención
pueda generar males mayores.
Estos principios básicos se concretan en los siguientes objetivos generales:
1 No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de
109
nacimiento, raza, sexo o por cualquiera otra circunstancia personal o
social.
2 Concienciar a todos los miembros de la Comunidad Educativa de la
necesidad de conocer y respetar los derechos y deberes de los alumnos, los
profesores, el personal de administración y servicios y los padres.
3 Desarrollar una intervención preventiva como medio para lograr un buen
clima de convivencia.
4 Propiciar la colaboración familia –Centro a través de un intercambio de
información que permita unir esfuerzos para lograr fines comunes.
5 Mantener por parte del profesorado, una línea de conducta coherente,
uniforme y sistemática en el tratamiento del orden y la disciplina,
evitando contradicciones que desorienten a los alumnos.
6 Divulgar e implantar entre todos los miembros de la comunidad educativa
el R.R.I., especialmente aquellos artículos referidos a las normas internas
de convivencia, a la disciplina, a la descripción y calificación de las faltas
y los procedimientos de corrección de las conductas que las incumplen.
7 Potenciar, dentro del plan de acción tutorial, todas aquellas actividades que
favorezcan el orden, la disciplina y el respeto mutuo, entre los que cabe
destacar la elaboración y el seguimiento de las normas específicas del
grupo clase
8 Introducir cambios en la metodología de aula para desarrollar el interés por
el trabajo cooperativo , fomentando el trabajo en equipo como factor de
eficacia frente al excesivo individualismo.
9 Introducir cambios en la forma de agrupamiento del alumnado, apostando
por la atención a la diversidad desde los agrupamientos flexibles de los
alumnos para favorecer la integración y participación de todos en el
proceso de enseñanza – aprendizaje.
10 Reducir al mínimo las conductas disruptivas que perturban el clima de
clase para evitar la conflictividad y disminuir las conductas más graves.
11 Atención individualizada ( y en su caso derivación a otras entidades ) de
los alumnos que presentan continuas alteraciones de comportamiento.
12 Dar respuesta inmediata en el caso de que hubiera casos de intimidación y
110
acoso entre iguales.
13 Disminuir el absentismo escolar en nuestro centro.
14 Detectar necesidades de formación del profesorado con relación a la
convivencia y proponer planes de formación.
15 Coordinar con los profesionales de los EOEPs y orientadores para
establecer las medidas a adoptar en la respuesta a las necesidades
educativas especiales y recibir el asesoramiento oportuno, así como
establecer contacto con otras instituciones (sociales, sanitarias,
culturales…) para realizar colaboraciones puntuales.
Las actitudes que se pretenden favorecer son las siguientes:
1 Respeto a la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales.
2 Participación en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas
al desarrollo de los currículos.
3 Cumplimiento de las directrices del profesorado respecto a su educación y
aprendizaje.
4 Puntualidad en la asistencia a clase y al Centro..
5 Cumplimiento y respeto a los horarios aprobados para el desarrollo de las
actividades del centro
6 Respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro
educativo.
7 Conservación y buen uso de las instalaciones del centro y de los materiales
didácticos y respeto a las pertenencias de los otros miembros de la comunidad
educativa.
III. ACTIVIDADES PREVISTAS
Todas las actividades programadas tienen los siguientes finalidades:
1. Elaborar, aprobar, poner en marcha y dar a conocer a toda la comunidad
escolar el Plan de Convivencia Anual.
2. Favorecer una relación colegio/familia positiva.
3. Concienciar a los padres de que su colaboración y participación con los
111
profesores es necesaria para el desarrollo de una buena convivencia en el
centro.
4. Concienciar a los alumnos de que su colaboración y participación es
necesaria para el desarrollo de una buena convivencia en el centro.
5. Potenciar conductas positivas en los alumnos para lograr una buena
convivencia en el Centro.
6. Iniciar el contacto entre alumnos de diferentes cursos.
7. Fomentar el contacto entre alumnos de diferentes nacionalidades y
características.
Las acciones programadas se han centrado en dos tipos de actuaciones:
1. Acciones preventivas, antes de que surja el conflicto. La prevención es la
principal recomendación para la mejora de la convivencia.
2. Resolución de conflictos: cuando aparecen conductas negativas que perjudican
la convivencia y hay que intervenir.
El claustro ha programado una gran variedad de actividades que a pesar de
estar dirigidas a niveles concretos, algunas de ellas pueden ser utilizadas
(siempre que se adapten al curso y a las características de los alumnos) por
los tres niveles que se imparten en el Centro.
III.1. ACCIÓN PREVENTIVA:
ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA ALUMNOS DE ESO Y
TERCER CICLO DE PRIMARIA..
1. Actividad. Presentación del Plan de convivencia al principio de curso a
los padres, alumnos y profesores.
Responsables: Equipo directivo, tutores y departamento de
Orientación.
Recursos: Material impreso con lo más significativo del Plan de
Convivencia y las Normas de convivencia. Disquetes con el Plan de
112
convivencia y las Normas de Convivencia destinados a los
departamentos o instalación de su contenido en los ordenadores
existentes en cada departamento.
Metodología: Se convocará a los padres a una charla-coloquio
monográfica sobre el tema.
Espacios físicos: Salón de actos. Aulas de tutoría. Sala de Profesores.
Temporalización: Primer trimestre.
2. Actividad. Debate y revisión del Plan de Convivencia.
Responsables: Una comisión de seguimiento para la revisión del Plan
de convivencia formada por el Director, la Jefe de Estudios, la Jefe del
Departamento de Orientación y uno o dos profesores del Claustro.
Recursos: El Plan de Convivencia presentado para el curso 2005/2006
en la P.G.A.
Metodología: La comisión de seguimiento analizará el Plan de
Convivencia y presentará una propuesta de modificación a los sectores
de la Comunidad Educativa: Claustro (a través de los Jefes de
Departamento), padres (a través de la Junta del AMPA) y los alumnos (a
través de la Junta de Delegados). Estos órganos, una vez analizada la
propuesta, la acepta, incorpora las modificaciones que estimen oportunas
o presenta una propuesta nueva. La comisión de seguimiento estudia las
aportaciones recibidas y elabora una segunda propuesta procurando
integrar todas las sensibilidades. Esta última propuesta se llevará al
consejo escolar para su aprobación si procede.
Espacios físicos: Despacho de Dirección. Sala de Profesores. Salón de
actos.
Temporalización: Durante todo el curso.
3. Actividad. Desarrollo de un Programa de Inteligencia Emocional en 1º de la
ESO, un Programa de refuerzo de Habilidades Sociales en 2º de la ESO y un
Programa de Solución de Conflictos Interpersonales en 3º y 4º de la ESO.
Responsables: Departamento de orientación y tutores de 1º, 2º , 3º y 4º de
113
la ESO.
Recursos: En cada caso el programa específica sus objetivos, los bloques
de contenidos y la temporalización de las sesiones.
Metodología: La Orientadora del centro, en las reuniones con los tutores
correspondientes, informa de los programas y se toman decisiones sobre
su realización. Los tutores aplicarán los programas en sus respectivos
grupos en las horas de tutoría.
Espacios físicos: despacho del Departamento de Orientación y aulas de
tutorías.
Temporalización: Las unidades de que constan los diferentes programas
se reparten entre los tres trimestres.
4. Actividad. Divulgación y debate de los Estatutos Europeos para los
Centros Educativos Democráticos sin violencia.
Responsables: Tutores y Departamento de Orientación.
Recursos: Anexo I de la ORDEN EDU/52/ 2005, de 26 de enero, relativa
al fomento de la convivencia en los centros docentes de Castilla y León..
Metodología: Cada tutor informa a los alumnos de estos estatutos y
provoca un debate sobre ellos, siguiendo las indicaciones de la reunión
previa entre la orientadora y los tutores.
Espacios físicos: Aulas de tutoría.
Temporalización: Una sesión de tutoría con los alumnos.
5. Actividad. Establecimiento de un clima de clase adecuado desde las
primeras semanas para mantenerlo durante todo el curso.
Responsables: Todos los profesores en general y los tutores del grupo en
particular.
Recursos: Normas de convivencia del R.R.I.
Metodología: Se establecen de forma inequívoca, en las primeras semanas
del curso, los límites que separan las conductas aceptables de las que no lo
son mediante un proceso donde el profesor procura recordar las normas y
las aplica de forma inmediata, evitando que los alumnos más
114
problemáticos ensayen conductas que no son aceptables. En la primera
sesión del Claustro de Profesores, se indicará a todos sus miembros que
pongan especial énfasis en recordar y debatir las normas de convivencia
cuando la ocasión se presente y en corregir firmemente las conductas que,
por su frecuencia o impacto sobre la clase, afecten decisivamente al
desarrollo del trabajo escolar.
Espacios físicos: Todo el Centro, especialmente las aulas.
Temporalización: Primer mes del curso.
6. Actividad: actuación coherente de todo el profesorado en materia de
convivencia para evitar ambigüedades y contradicciones que puedan
confundir al alumnado y propiciar diferentes comportamientos según el
profesor presente.
Responsables: Todo el profesorado.
Recursos: Decisión tomada por el Claustro para llevar a cabo una
actuación coherente todo el profesorado. Ser consecuentes con la
responsabilidad contraída.
Plan de convivencia y Normas de Convivencia del R.R.I.
Metodología: en las primeras sesiones del Claustro de Profesores se
debatirá sobre la conveniencia de unificar criterios de actuación para
reforzar las conductas de los alumnos.
Cuando los alumnos protagonicen comportamientos contrarios a las
normas de convivencia, el profesor actuará ajustándose a las medidas
contempladas en el R.R.I.
Espacios: Todo el Centro, especialmente las aulas.
Temporalización: Todo el curso.
7. Actividad: Asambleas de clase para analizar la marcha de la convivencia en
cada grupo y proponer actuaciones de mejora y comunicación de las
conclusiones en la Junta de Evaluación.
Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de
115
Estudios.
Recursos: Cuestionario sobre la convivencia y posterior debate.
Metodología: El Departamento de Orientación y la Jefatura de Estudios
elaboran un cuestionario sobre la convivencia en clase. El tutor aplica el
cuestionario a sus alumnos con objeto de que cada uno reflexione sobre los
ítems incluidos en el mismo. Seguidamente se realiza un debate sobre los
temas que afecten a la clase. Se sacan conclusiones y se acuerdan medidas
de mejora. El tutor lleva las conclusiones y las propuestas de mejora a la
Junta de Evaluación para que los profesores del grupo las conozcan y
puedan contribuir a mejorar el clima de la clase.
Espacios físicos: el aula de tutoría y el lugar donde se reúna la Junta de
Evaluación.
Temporalización: Una vez al final de cada trimestre en una reunión de la
Jefe de Estudios y la Orientadora con los tutores; en la última sesión de
tutoría previa a la Junta de Evaluación y en la Junta de Evaluación
trimestral.
8. Actividad. Sensibilización y prevención contra el maltrato entre iguales en
Primaria y ESO.
Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de
Estudios.
Recursos: “Programa de sensibilización contra el maltrato
entre iguales” “Colegas, amig@s y compañer@s”
Metodología: La Orientadora y la Jefe de Estudios informan de lo que se
pretende que se haga en las tutorías para que los alumnos conozcan y se
sensibilicen contra el maltrato entre iguales, poniendo a su disposición el
material necesario.
Los tutores organizan en sus grupos respectivos sesiones que informan de
los conceptos básicos sobre el maltrato entre iguales, estudios de casos y lo
que habría qué hacer en el caso de ser víctimas, agresores o espectadores de
este tipo de maltrato.
116
Espacios físicos: Despacho de Jefatura de Estudios y aulas de tutoría.
Temporalización: al menos dos sesiones de tutoría en cada grupo de
alumnos.
9. Actividad: Información a las familias sobre el maltrato entre iguales.
Responsables: Equipo Directivo y Departamento de Orientación.
Recursos: “Programa de sensibilización contra el maltrato entre iguales”
y “La familia ante el maltrato entre iguales”
Metodología: Se convocará a las familias a una charla coloquio a celebrar
en el Centro sobre el maltrato entre iguales y el papel de la familia ante
dicho maltrato. Se informará en la misma sobre los conceptos básicos, se
estudiarán casos y se debatirá sobre qué habría que hacer en caso de que
uno de sus hijos estuviera en una situación de malos tratos entre iguales,
como víctima, agresor o espectador.
Espacios físicos: Salón de actos.
Temporalización: Una sesión a lo largo del curso.
10. Actividad. Celebración del “Día Escolar de la Paz y la No Violencia”.
Responsables: Equipo Directivo, comisión de convivencia, Departamento
de Orientación, tutores y todos los profesores que lo deseen.
Recursos: Normas de convivencia. Documentos escritos y audiovisuales
que hablen de la paz y de la no violencia.
Metodología: El Equipo Directivo y la Comisión de Convivencia con
suficiente antelación recuerdan que el día 30 de enero se celebra el “Día
escolar de la no violencia y de la paz, y animan a todo el profesorado para
que en clase de ese día recuerden la fecha a sus alumnos y si les es posible
realicen alguna actividad relacionada con esta efeméride: lecturas,
visionado de películas y documentales, debates, composiciones escritas,
plásticas, musicales … Aquellas producciones que se consideren
adecuadas como murales y otras creaciones plásticas, podrán exponerse en
117
los lugares habituales.
Espacios físicos: Aulas de tutoría y aulas específicas. Expositores de los
pasillos.
Temporalización: 2 ª quincena del mes de enero y 30 de enero.
11 Actividad . Continuar con la puesta en marcha del PAT..
Responsables: Una comisión de seguimiento para la revisión del Plan
de Acción Tutorial formada por el Director, la Jefe de Estudios, la Jefe
del Departamento de Orientación y uno o dos profesores del Claustro.
Recursos: Plan de Acción Tutorial presentado para el curso 2007/2008
en la P.G.A.
Metodología: Por cursos revisarán el Plan de Acción Tutorial. Después
se reunirán el equipo de profesores para unificar cambios.
Espacios físicos: Aulas..
Temporalización: Principio de curso., basándose en las propuestas de
mejora del curso anterior.
12 Actividad : Incorporación del uso de la Agenda en las clases de tutoría para
trabajar las normas de convivencia y valores.
Responsables: El tutor de cada curso..
Recursos: Agenda escolar “CONVIVENCIA DIARIA”, de Juan
Pérez Cobacho.
Metodología: Activa y participativa en el aula.
Espacios físicos: Aulas..
Temporalización: Una vez a la semana durante todo el curso.
13. Actividades encaminadas a reducir el absentismo pasivo:
- Incrementar el contacto con los padres de los alumnos que no traen
material, no realizan los deberes y tienen una actitud pasiva en clase.
- Aplicar medidas de atención a la diversidad: utilizar metodologías más
activas, programas de refuerzo educativo y adaptación de los materiales y
118
contenidos.
- Cuidar la distribución del alumnado en clase de forma que favorezca su
implicación.
- Favorecer la formación de agrupamientos flexibles.
- Exigir y controlar que cada alumno tenga un cuaderno actualizado para
cada asignatura en al ESO.
� Responsables: Todo el profesorado.
� Temporalización: Todo el curso.
14. Actividades encaminadas a reducir el absentismo activo:
- Intentar agotar vía telefónica como medio más rápido y directo .
- Comunicación semanal de las faltas de asistencia a las familias por parte
de los tutores.
- Seguimiento del proceso establecido en el RRI en cuanto a las faltas de
asistencia no justificadas.
- Comunicación y colaboración con Servicios Sociales de Mula, para que
lleven a cabo su plan de actuación.
� Responsables: Tutores, profesores y equipo directivo.
� Temporalización: Todo el curso semanalmente.
ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA LOS NIVELES DE INFANTIL Y
PRIMARIA.
Acciones para mejorar el Intercambio de información entre el centro-
familias y alumnos:
1. Distribuir por la Comunidad Educativa un tríptico informativo sobre el
Centro, especialmente en el período de matrícula y a las familias que entran a
formar parte por primera vez en la Comunidad Educativa.
2. Dar a conocer una síntesis del Proyecto Educativo, especialmente en el
período de matrícula y a las familias que entran a formar parte por primera vez
en la Comunidad Educativa.
3. Mantener informada a la familia de cualquier modificación funcional o
119
estructural que se realice en el Centro.
4. Dar información de las actividades programadas que se van a realizar durante
el curso.
� Responsables: El director y tutor de cada curso..
� Recursos: Tríptico, Proyecto Educativo, Programación general.
� Metodología: Se reune a los padres para informar.
� Espacios físicos: Aulas..
� Temporalización: A comienzo de curso y en el periodo de
matrícula.
5. Mejorar la Acción Tutorial. Utilizaremos el Plan de Acción Tutorial, para
divulgar e interiorizar las acciones de carácter preventivo
� Reuniones padres y profesores de comienzo de curso.
Temporalización: Octubre de 2007.
� Entrevistas individuales y sistemáticas padres profesores
Temporalización: Casa semana se citan dos padres y siempre que es
necesario.
� Notificaciones a las familias, especialmente a través del uso de la
agenda escolar. Temporalización: Diariamente , semanalmente
siempre que sea necesario.
� Reuniones informativas padres y profesores a lo largo del curso
Temporalización: Una cada trimestre.
� Tutorías individuales con los alumnos
Temporalización: Una vez a la semana.
o Responsables: Tutores.
o Recursos: PAT, RRI y Normas de Convivencia.
o Metodología: Activa, reuniones.
o Espacios físicos: Aulas..
Adaptación del RRI al Centro:
� Responsables: El sector docente.
� Recursos: RRI y Normas de Convivencia.
� Metodología: Activa, reuniones.
120
� Espacios físicos: Aulas..
� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.
Revisión del Plan de Convivencia.
� Responsables: El sector docente.
� Recursos: Plan de Convivencia..
� Metodología: Activa, reuniones.
� Espacios físicos: Aulas..
� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.
Análisis del Entorno Físico y Social del Centro, Características del Alumnado
de cada curso y Familias. Intercambio de información (escolar, personal y
familiar) entre los profesores que lo tuvieron el curso anterior y los que lo
tendrán este curso.
� Responsables: El sector docente.
� Recursos: Expedientes de los alumnos, profesorado.
� Metodología: Activa, reuniones.
� Espacios físicos: Aulas..
� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.
Fomentar la información y el conocimiento de las Normas y Actitudes de
Convivencia de nuestro Centro:
� Se le entregará a los padres las normas de funcionamiento del Centro.
Implicamos a todos los sectores de la comunidad educativa (profesores,
padres, alumnos, P.A.S.) en la difusión, aplicación y seguimiento del Plan
de Convivencia, con el fin de evitar incoherencias en las actuaciones.
� Responsables:Tutores.
� Recursos: Plan de Convivencia y RRI..
� Metodología: Activa, reuniones.
� Espacios físicos: Aulas..
121
� Temporalización: A comienzo de curso , octubre de 2007.
Reunión con el nuevo profesorado para dar a conocer las Normas y Actitudes que
rigen la convivencia en el Centro.
� Responsables: Equipo directivo.
� Recursos:. Plan de Convivencia , RRI. y Proyecto Educativo.
� Metodología: Activa, reuniones.
� Espacios físicos: Aulas..
� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.
Coordinar la actitud del profesorado sobre disciplina , para consensuar
actuaciones y criterios.
� Responsables: Equipo directivo.
� Recursos:. Plan de Convivencia , RRI. y Proyecto Educativo.
� Metodología: Activa, reuniones.
� Espacios físicos: Aulas..
� Temporalización: A comienzo de curso , septiembre de 2007.
Recuerdo de las normas del aula y del Centro que rigen durante el curso.
Asambleas, murales y dibujos:
Preparación de la acogida en cada aula. Acogida de los nuevos alumnos tanto a
nivel individual como grupal (inmigrantes, 3 años etc)
� Responsables: Tutores.
� Recursos: Plan de Acogida.
� Metodología: Activa.
� Espacios físicos: Aulas y otras dependencias del Centro en general.
� Temporalización: Segunda quincena del mes de Septiembre de
2007.
Incrementar la participación del alumnado en la vida del Centro
122
• Las primeras sesiones de tutoría se dedicarán a explicar y realizar las normas
de convivencia del Centro, la elección de delegado, reparto de
responsabilidades, etc
• Las primeras clases las dedicarán los profesores a explicar y elaborar las
normas de convivencia del aula.
• Dinamizar en el aula la actuación del delegado durante todo el curso.
• Reuniones de la Junta de delegados y de la misma con jefatura de Estudios
al menos una vez al mes.
� Responsables: Tutores y profesores.
� Recursos:. Plan de Convivencia , RRI. y Proyecto Educativo
� Metodología: Activa y reuniones.
� Espacios físicos: Aulas.
� Temporalización: Segunda quincena del mes de Septiembre de
2007.
Organizar junto con el AMPA actividades
• Charlas y cursos de formación, para padres y profesorado una vez al
trimestre.
• Invitar a los padres a participar en actividades del Centro (fiestas fin de
curso, teatro, celebraciones de la Eucaristía , catequesis etc.. .)
• Jornadas de Convivencia, donde participe toda la Comunidad Educativa al
menos una vez al año.
• Tratar de compensar a las familias más “alejadas” del sistema escolar con
actividades y formas de actuar específicas, como reuniones programadas
para ellos.
Mejorar la coordinación del equipo docente:
• Orden del día para las reuniones.
• Actas escritas en las que figuren los acuerdos.
• Intercambiar entre el profesorado información acerca de conflictos e
incidencias y forma en que se ha actuado.
• Coordinar a través de reuniones
123
ACTIVIDADES SECTORES TEMPORALIZACIÓN
Formación del Profesorado en temas de
convivencia y resolución de conflictos Profesorado
Una vez en el curso.
Revisar y mejorar las medidas de atención a
la diversidad. Profesorado.
Una vez al trimestre.
Utilizar nuevas metodologías y formas de
agrupamiento del alumnado
Profesorado y
alumnos
Todo el curso.
Asambleas de nivel Alumnos y docentes Semanal
Preparación y seguimiento del programa de
intervención Docentes
Sesiones previstas de trabajo
Uso de la Agenda en Tercer ciclo de Primaria
y ESO Docentes y alumnos
Todo el curso.
Realización de cuestionarios relacionados con
las relaciones sociales. Alumnos y docentes
Segundo Trimestre
Actividades planificadas para grupos diferentes: edad, características, nacionalidad etc…
Gran ginkana escolar Alumnos, docentes Febrero de 2008
Salidas culturales Alumnos, docentes Según programación del curso.
Actividades deportivas Alumnos y docentes Según programación del curso.
Dramatización de cuentos Alumnos y docentes Tres al trimestre
Juegos de imitación Alumnos y docentes Tres al trimestre
Sesiones de Video Alumnos y docentes Tres al trimestre
Fichas de reflexión e indagación personal Alumnos y docentes Una al trimestre
Explorando nuestros VALORES Alumnos y docentes A lo largo del curso
Murales relacionados con nuestros valores Alumnos y docentes Semanalmente
Elaboración de cuentos. Sesiones de cuenta
cuentos relacionados con los temas de la paz
y la convivencia.
Alumnos y docentes
Tres al trimestre
Realización de Juegos para la toma de
decisiones cooperativa Alumnos y docentes
Según Programación General
Anual
Celebraciones
específicas
Día de la Paz Alumnos y docentes Enero
Fiesta de la Congregación Alumnos y docentes Febrero
Día de la Madre Alumnos, padres y
docentes
Mayo
Fiesta de Navidad Alumnos y docentes Diciembre
Celebración de comuniones Comunidad escolar Mayo
124
ACTIVIDADES SECTORES TEMPORALIZACIÓN
Fiesta de graduación Alumnos y docentes Junio
Fiesta de fin de curso Alumnos y docentes Junio
Evaluación del programa desarrollado y
previsión de trabajo para el curso siguiente. Docentes
Junio
METODOLOGÍA: Todas las actividades se realizarán con una metodología activa y participativa.
ESPACIOS: En general casi todas las actividades se realizan en las dependencias del Centro.
Para algunas actividades deportivas se utiliza el pabellón municipal.
La fiesta de fin de curso se realiza en el Patio del Colegio.
Las salidas culturales en el lugar en el que está programada dicha actividad.
RECURSOS: Todos los que sean necesarios para realizar las distintas actividades.
Materiales específicos: textos, fichas de trabajo, cuestionarios, vídeos, películas, cintas, material impreso,
ordenadores , material escolar en general (cartulinas , lápices etc..).
Documentos: Plan de Convivencia del Centro, R.R.I, guión de desarrollo de la reunión inicial de curso,
modelo de entrevista con padres, leyes, Proyecto Educativo del Centro, Plan de Acción Tutorial,, Normas
de convivencia, calendario escolar , PGA.
III.2. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN E
INTERVENCIÓN
1. ACTUACIONES CORRECTIVAS PARA EL FOMENTO DE LA
CONVIVENCIA DEL CENTRO EN GENERAL.
Para crear el clima escolar, seguro y acogedor que los alumnos necesitan fueron
elaboradas unas normas de convivencia recogidas en el Reglamento de Régimen
Interno, que será adaptado a nuestro Centro para el próximo curso.
Ante una situación de conducta disruptiva se podrán aplicar las siguientes técnicas
disciplinarias:
1. Las reprimendas: Se hablará seriamente con el alumno intentando que
comprenda los efectos negativos de su conducta tanto para sí mismo como
para el resto de alumnos y profesores.
125
2. Las consecuencias naturales: Dejar a los alumnos experimenten las
consecuencias lógicas de su mala conducta a fin de que perciban por qué
una norma particular es importante.
3. El rincón: Ubicar a un alumno en un rincón neutro o poco estimulante
durante un breve espacio de tiempo para que reflexione sobre su acción
inadecuada.
4. Quitarle una actividad que le gusta: A veces se les puede dejar sin
hacer alguna actividad que les guste ( salir al patio, quedarse después de
clase).
5. Un sistema de puntaje : Para problemas largos y prolongados se
recomienda un sistema de colección de puntos que los niños tienen que
ganar si quieren conseguir una recompensa que ambicionan ( aprobados,
juguetes, premios diversos...).
2. ACTUACIONES PARA CON LOS ALUMNOS QUE PRESENTAN
ALTERACIONES DE COMPORTAMIENTO.
Si con las medidas anteriores no es suficiente para “corregir” la conducta y surgen
alteraciones graves del comportamiento se pondrán en marcha las siguientes
actuaciones:
1. ACTUACIONES INICIALES
a. Comunicación de la situación: Se pondrá en conocimiento del profesor
tutor la conducta disruptiva detectada.
b. Información a la familia: Se pondrá en conocimiento de la familia del
alumno la situación, a la que también se le informará de la medida
disciplinaria que se le impondrá al alumno, de tal forma de que éste
perciba de que su familia y la escuela están de acuerdo.
c. Pronóstico inicial: En el caso de las alteraciones sean continuadas y /o
graves, se iniciará una recogida de información para analizar las causas de
dicha conducta.
• Disfunciones en el proceso de E/A.
126
• Situaciones de tipo familiar, socioambiental etc..
• Algún tipo de déficit o patología psíquica.
d. Toma de decisiones
Decidir el tipo de medida correctiva a aplicar, que estará recogida en el
Reglamento de Régimen Interno.
e. Comunicar la falta.
• Comunicarse con la familia en el caso de que no se haya hecho
antes.
• En el caso de que los desórdenes comportamentales sean
continuados se comunicará la situación a otros organismos y
servicios ( Centro de Salud y/o Servicios Sociales) de acuerdo a las
características de la alteración.
• Comunicar la situación a la Comisión de Convivencia.
• Seguir con actuaciones posteriores si procede.
Todas estas actuaciones quedarán recogidas en un informe elaborada por el
profesor tutor en colaboración con el orientador
2. ACTUACIONES POSTERIORES
a. Evaluación del comportamiento problemático
Se llevará a cabo una evaluación con el objetivo de determinar el
comportamiento problemático y las causas que lo provocan , analizando
los acontecimientos que lo preceden y las consecuencias de dichos
comportamientos.
Se evaluará:
- El alumno de forma individual. Se recabará información de los servicios
ajenos al centro, que tengan relación con el alumno.
- El centro docente: alumnos, profesores y personas que estén relacionadas
con la conducta disruptiva, se estudiarán también otros aspectos como la
organización de la clase, del centro, actuación del profesorado,
agrupamiento y motivación de los alumnos, si la disfunción es debida a
problemas de aprendizaje.
127
- La familia del alumno. Se mantendrán reuniones para recabar
información con los organismos y servicios sociales en los casos en que la
alteración podría tener alguna relación con las relaciones y/o ambiente
familiar.
b. Plan de actuación
Se programará un plan de actuación para el alumno por parte del
orientador y el profesor tutor del alumno, y que será presentado a los
demás miembros del claustro.
El plan de actuación deberá incluir los aspectos siguientes:
• Actuación con el alumno individualmente
En este apartado se incluirán los objetivos de conducta , selección y
aplicación de técnicas que se trabajaran con el alumno.
Estará especificado también los momentos en que se trabajará con el
alumno individualmente y en grupo, así mismo la temporalización que se
considere necesaria para la consecución de los objetivos y las personas
directamente implicadas ( Orientador/a, profesor tutor, otros docentes).
• En relación con el centro (profesores y alumnos).
Medidas adoptadas en relación con el comportamiento disruptivo : la
organización y dinámica de la clase y/o del centro, la interacción profesor
alumno, la ubicación espacial en el aula, la aceptación o rechazo del
alumno por parte de sus compañeros, el desarrollo del currículo.
Medidas de apoyo escolar con el alumno en caso de ser necesario inclusión
dentro del Programa de Refuerzo Educativo o del aula de apoyo.
Tomar decisiones consensuadas de todos los miembros del Claustro sobre
las medidas a seguir en caso de que se de una conducta disruptiva en un
momento determinado.
• En relación con el ámbito familiar
Con el fin de mantener una línea de actuación común y aumentar de este
modo la eficacia de la actuación se establecerán una serie de reuniones con
la familia del alumno, en las que se les explicará en qué consiste la
128
actuación programada, se les dará orientaciones de actuación y se irá a
evaluando la eficacia de dicha actuación.
• En relación con otros ámbitos
Establecimiento de reuniones de información y coordinación con otros
organismos ( Servicios sanitarios y/o sociales ) que tengan relación con el
alumno.
IV. ACTUACIONES ANTE UNA SITUACIÓN DE POSIBLE
INTIMIDACIÓN O ACOSO ENTRE IGUALES
En el caso de que se detectase la sospecha de algún caso de intimidación o acoso
entre alumnos se procederá de la siguiente forma:
1. ACTUACIONES INMEDIATAS: DE CARÁCTER URGENTE
1.1 Conocimiento de la situación
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o
sospecha una situación de acoso o intimidación deberá ponerla en conocimiento al
profesor tutor, orientador o equipo directivo.
1.2 Puesta en conocimiento del equipo directivo.
El equipo directivo en colaboración con el orientador y del profesor tutor del
alumno recabarán la información necesaria utilizando técnicas y métodos
adecuados que aseguren la confidencialidad.
1.3 Valoración inicial . Primeras medidas.
Se tomarán las medidas necesarias que se consideren oportunas después de la
primera valoración.
Se elaborará un informe escrito que quedará registrado en Dirección.
La familia de los alumnos/as implicados serán informados de dichas diligencias.
2. ACTUACIONES POSTERIORES.
Dichas medidas estarán coordinadas por el Equipo Directivo en colaboración con
el orientador y el profesor tutor del alumno.
129
1.1 Adopción de medidas de carácter urgente
- Medidas de apoyo directo al alumno afectado (victima).
- Revisión urgente de la utilización de espacios y tiempos del centro estableciendo
las medidas oportunas de prevención.
- Aplicación del Reglamento de Régimen Interno según se estime conveniente.
- Según la gravedad del caso, puesta en conocimiento y denuncia a las instancias
correspondientes.
1.2 Puesta en conocimiento
Comunicación a:
- Las familias de los alumnos implicados (víctima y agresores).
- La comisión de convivencia del centro.
- Equipo de profesores de los alumnos implicados y demás miembros del claustro.
- Inspector de Educación del centro.
- Otras instancias externas al centro (sanitarias, sociales y judiciales
principalmente).
1.3 Apertura de expediente
Se abrirá un expediente que quedará depositado en Dirección que comprenderá
tres fases de intervención:
• Recogida de información de diferentes fuentes:
1 Documentación existente sobre los afectados.
2 Resultados de la observación directa y sistemática.
3 Entrevistas y cuestionarios con las personas relacionadas con los
afectados (padres, profesores, alumnos, personal no docente...)
• Emisión de un pronóstico inicial .
• Líneas básicas de actuación en las que se incluirán :
• Reuniones con el equipo de profesores del grupo de alumnos afectados.
• Evaluación de necesidades y recursos, repartiendo responsabilidades para
solucionar el conflicto.
130
1.4 Plan de actuación
Se elaborará un plan de actuación en el que se tratarán los siguiente niveles de
intervención:
Con la victima:
1. Actuaciones de apoyo y protección expresa directa o
indirecta.
2. Programas y estrategias específicas de atención y apoyo
social.
3. Posible derivación a servicios externos (sociales, sanitarios,
judiciales...).
Con los agresores:
1. Aplicación de medidas del R.R.I.
2. Aplicación de programas de modificación de conducta.
3. Según el caso derivación a los servicios externos (sociales,
sanitarios, judiciales...).
Con los compañeros más directos de los afectados.
Actuaciones dirigidas a la sensibilización y el apoyo entre
compañeros dentro de la acción tutorial de aula.
Con las familias
1. Pautas de intervención en el hogar.
2. Información y asesoramiento sobre servicios de apoyo
externos al centro (sociales, sanitarios, judiciales).
V. EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA
La evaluación del Plan de Convivencia debe realizarse durante toda la aplicación
del Plan:
• Inmediatamente después de la realización de cada actividad.
• De forma más general una vez al trimestre a través de la Comisión de
Convivencia.
131
• De forma global, al terminar el año escolar, en la memoria final de curso
donde se recogerán :
• Nivel de consecución de objetivos propuestos.
• Actividades realizadas.
• Grado de participación de los componentes de la comunidad educativa.
• Conclusiones.
• Propuestas de mejora para el siguiente curso escolar.
La evaluación debe ser crítica y constructiva de sus objetivos y actividades para
conseguir que cada curso escolar podamos mejorar.
MECANISMOS PARA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO , Y
EVALUACIÓN DEL PLAN.
Mecanismos de difusión:
- Información de Normas de Convivencia con la matrícula.
- Reuniones a principio de curso con profesores y tutores.
- Reuniones de los tutores con los padres durante el mes de Octubre.
- En sesiones de tutoría.
Mecanismos de seguimiento y evaluación:
- Reuniones de coordinación de tutores.
- Comisión de Coordinación Pedagógica.
- Comisión de Convivencia.
- Reunión de la Junta de Delegados trimestral.
Comisión de Convivencia:
Competencias:
Órgano dependiente del Consejo Escolar, es la encargada de dinamizar,
realizar propuestas, evaluar y coordinar todas aquellas actividades del Plan
de Convivencia que, desde distintos sectores del Centro, se han de llevar a
cabo, dándoles coherencia y sentido global.
132
Composición:
- Directora, jefa de estudios y orientadora.
- Un representante de padres y madres (miembro del Consejo Escolar).
- Un representante de los alumnos (miembro del Consejo Escolar).
- Un representante del profesorado (miembro del Consejo Escolar).
Reuniones:
- Una al comienzo de curso y otra al final de cada evaluación (final de cada
trimestre).
- Cada vez que se considere necesario.
Información de las decisiones:-
- Como es preceptivo al Consejo Escolar.
- La directora informará a través de todos los cauces a su alcance: CCP,
reuniones de tutores, etc. de forma que llegue la información al
profesorado.
- A través de la Junta de Delegados en sus reuniones trimestrales.
- Tablón de anuncios.