informe de visita especial obras inconclusas contratadas vigencia ...
Reglamento obligatorio para trabajadores …€¢ II.-Las personas que en los términos mencionados...
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• Socia activa de la Asociación de Contadores en las Redes Sociales AC,
• Ha cursado e impartido: Infinidad de cursos, Diplomados en Impuestos, Diplomados en Seguridad Social, Diplomado en Defensa al Contribuyente, laboral, finanzas, etc
• Catedrática para diversas universidades del país.
• Socia Directora de la Firma “Centro de Capacitación Corporativa S.C.”,
• Socia Representante por el Estado de Veracruz de la ANAFINET “Asociación Nacional de Fiscalistas Net, A. C.”,
• Socia Directora de Centro de Asesoría Fiscal de Xalapa SC
• Asociado Legal de Chamlaty Pérez y Asociados S.C.
• Autora del Libro “ Análisis Jurídico Fiscal de la PTU publicado por Editorial ISEF.
M.I. C.P. LAE . Y L.D
LYSSETE TELLEZ RAMIREZ
Marco Constitucional
Reglamentos
Constitución Política EUM
Ley Federal del Trabajo
Ley del Seguro Social
Ley de Infonavit
Reglamentos de la LSS aplicables a
la Industria de la construcción
• Reglamento de la Ley del Seguro social en Materia de Afiliación, Clasificación de empresas, recaudación y fiscalización
• Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los trabajadores de la construcción por obra o tiempo determinado (RSSOPTCOTD)
• Reglamento para la imposición de sanciones
• Reglamento del recurso de inconformidad (RI)
• Reglamento para el tramite y resolución de las quejas administrativas ante el IMSS.
TRABAJADOR, según LFT
• ART 8.- Trabajador es
la persona fisica que
presta a otra, fisica o
moral, un trabajo
personal subordinado
PATRON
ART 10 LFT
• Patrón es la persona fisica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores
• Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquel, lo será también de estos
TRABAJADORES
• EVENTUALES
• Son aquellos
contratados por obra o
tiempo determinado
para la ejecución de
obras de construcción
en general
• PERMANENTES
• Se considera a
aquellos contratados
por tiempo
indeterminado, aun
cuando realicen su
trabajo en distintas
obras de construcción
con el mismo patrón
TRABAJADOR, según LSS
(Art. 12)
Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
I.-Las personas que de conformidad con los Art. 20 y 21 de LFT, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica:
A) un servicio remunerado
B) personal
C) y subordinado,
Cualquiera que sea el acto que le de origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando este, en virtud de alguna ley especial, este exento del pago de contribuciones.
OBRA DE CONSTRUCCION
• Se entenderá cualquier trabajo que tenga
por objeto crear, construir, instalar,
conservar, reparar, demoler o modificar
inmuebles, así como la instalación o
incorporación en los bienes inmuebles de
bienes muebles necesarios para su
realización, o que se les integren y todos
aquellos de naturaleza
• análoga a los supuestos anteriores
• Documentos donde se hace constar la prestación de servicios relacionados con trabajos de construcción a favor de algún beneficiario, bajo los términos y condiciones pactadas
• Cualquier contrato de obra de construcción debe incluir por lo menos los datos siguientes:
A)Nombre, denominación o razón social del contratista
B)Domicilio fiscal
C)Registro patronal ante el IMSS
Contrato de obra
CONTRATISTA
PROPIETARIO OBRA
OBRA NEGRA
CERRAJERIA
INSTALACIONES
DIVERSAS
REPELLADOS Y
APLANADOS
REVESTIMIENTOS
CARPINTERIA
YESOS Y TIROL
HERRERIA
PINTURA Y
PLASTICOS
INSTALACIONES
Hidráulica
Sanitaria
Eléctrica
ALGUNOS PROYECTOS AL
SECTOR PUBLICO • Aeropistas
• Agua Potable
• Alumbrado Publico
• Canales de riego
• Cimentaciones profundas
• Cisternas
• Construcciones no residenciales
• Vías férreas
• Viviendas
• etc.
• Contratos de mano de obra
• Drenajes
• Ductos para transporte de
fluidos
• Escuelas
• Pavimentaciones
• Plantas de tratamiento de aguas
• Presas
• Túneles
• Viaductos elevados
SUBCONTRATACION
• Por la estructura general de las empresas
constructoras, es común encontrar la figura
de la subcontratación, y que esta se realice sin que
medie un contrato escrito, estableciéndose
únicamente a través de un acuerdo de palabra.
• Tanto las constructoras PF o PM pueden ubicarse
en los supuestos que la LFT y la LSS, así como el
RSSOPTCOTD señalan:
Son PATRONES:
(Art. 5o RSSOPTCOTD (IMSS) I.-Los propietarios de las obras de construcción, que
directamente o a través de intermediarios contraten a los
trabajadores que intervengan en dichas obras, salvo lo
dispuesto en el articulo 4o.
Se presume que la contratación se realizo por los propietarios de obras
a no ser que acrediten tener celebrado contrato para la ejecución de
estas ya sea a precio alzado o bajo el sistema de precios unitarios,
con empresas establecidas que cuenten para ello con
- elementos propios y en cuyo
- contrato se consigne el nombre, denominación o razón social del
contratista, así como
- su domicilio y
- registro ante el Instituto
• II.-Las personas que en los términos mencionados en la
fracción anterior, sean contratadas para llevar a cabo obras
de construcción a precio alzado o bajo el sistema de
precios unitarios, con trabajadores a su servicio; y
• III.-Las personas establecidas que cuenten con elementos
propios y que celebren contratos con las señaladas en la
fracción inmediata anterior, para la ejecución de parte o
partes de la obra contratada por estas
• En todo caso, los patrones tendrán la obligación de
presentar al Instituto dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, un aviso
comunicando el tipo y domicilio de la obra y, en su caso,
la fase de esta que se vaya a ejecutar
Son PATRONES:
• Subsistirá la obligación del propietario de la obra de construcción o del contratista en su caso, respecto del pago de las cuotas obrero-patronales que se origine, en caso de que no acrediten la celebración del contrato de intermediación a que se refiere la fracción I de este articulo o que los datos proporcionados resulten falsos.
• Salvo lo previsto en el Art. 4o. De este reglamento cuando varias personas se unan para la ejecución de una obra de construcción, sin que se constituyan en una persona moral diferente, deberán designar un representante común por medio del cual cumplirán con las obligaciones que establecen la Ley y sus Reglamentos, sin perjuicio de que todos y cada uno de ellos quedaran obligados solidariamente al pago de las cuotas obrero-patronales que se originen
PATRON
SUB-CONTRATISTA
Personas establecidas
que cuenten con elementos
Propios y celebren
Contratos con
constructoras
CONTRATISTA
Constructora. Con
trabajadores a su servicio,
contratados para llevar
A cabo obras de
Construcción:
a)a precio alzado
b)Bajo el sistema de
Precios unitarios
PROPIETARIOS
De obras de
construcción
QUIENES NO SON PATRONES
Art. 4 RSSOPTCOTD
• En los casos de construcción, ampliación o reparación de
casas habitación, por aquellos trabajos que su propietario
realice en forma personal, o bien, cuando se lleven a cabo
por cooperación comunitaria sin retribución alguna,
debiéndose comprobar estos a satisfacción del Instituto
conforme a las reglas generales de prueba
• El hecho de que no sean patrones, conlleva a que no tengan
obligación de inscribir trabajadores en el IMSS y por lo
tanto no cotizaran estos en el mismo
INTERMEDIARIO
• LFT Art. 12 Intermediario es la persona que
contrata o interviene en la contratación de otra u
otras para que presten servicios a un patrón”
• El Art. 13 aclara que son patrones los
intermediarios que sean empresas establecidas que
contraten trabajos para ejecutarlos con elementos
propios. Y que son solidariamente responsables
con los beneficiarios directos de las obras o
servicios.
RESPONSABILIDAD PATRONAL
Son patrones y por lo tanto obligados a cumplir con las disposiciones de la LSS:
• A)Los propietarios de las obras de construcción
• B)Los intermediarios o personas que sean contratadas para llevar a cabo obras de construcción si se celebra contrato de construcción de obra
• C)Los subcontratistas que celebren contratos con otras personas, para la ejecución de parte o partes de la obra contratada.
• El reglamento hace hincapié de que en caso de que no acrediten la celebración del contrato de intermediación (subcontratación) o que los datos proporcionados resulten falsos, la obligación será del propietario de la obra o del contratista en su caso.
• Los patrones que contraten los servicios de trabajadores eventuales, por medio de las organizaciones legalmente constituidas que los representen, podrán cumplir con las obligaciones establecidas en el reglamento de Afiliación clasificación, fiscalización, etc, a través de dichas organizaciones. Para tal efecto el patrón y la organización deberán manifestar su conformidad por escrito ante el IMSS.
• Lo anterior no libera al patrón de las obligaciones que le da ley ni sus reglamentos, ni lo exime de responsabilidad en caso de incumplimiento.
Art. 11 RACF..
SALARIO
• SALARIO. Es lo que paga el patrón al trabajador por su trabajo
• Art. 83 LFT.-El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera
• Art. 85.- El salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de esta Ley. Para fijar el importe del salario se tomaran en consideración la cantidad y calidad del trabajo.
• En el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, de por resultado el monto del salario mínimo por lo menos
• El salario mínimo es el aprobado por la CNSM
que fija los salarios mínimos generales y
profesionales.
• En la construcción existen puestos con salarios
profesionales tales como: oficial de albañilería,
carpintero de obra negra, oficial colocador de
mosaicos, y azulejos, yesero en construcción de
edificios y casas habitación, entre otros
Salarios mínimos de algunos puestos
de la construcción
Profesión, oficio y trabajos especiales A B C
Oficial de albañil Ya no
existe
Ya no
existe
Operador de buldózer
Carpintero obra negra
Oficial Electricista
Bodeguero
Oficial de herrería
Consultar Hoja anexa de
salarios mínimos
profesionales VIGENTES
Trabajador
Relación Laboral
Art. 123 CPEUM
LFT
AFORES SAR
Reglamento Afiliación
para el pago de
Cuotas del SS
Para la clasificación
De empresas y
prima RT
Otros
IMSS
Reglamentos
Infonavit
Patrón
Acuerdos H
Consejo Técnico
OBLIGACIONES
DERIVADAS
DE UNA
RELACION DE
TRABAJO
OBLIGACIONES PATRONALES
• 1.-Registrarse e inscribir a sus trabajadores al IMSS
• 2.-Comunicar altas, bajas y modificaciones de salario
• 3.-Llevar registros en nominas o listas de raya (días laborados y salarios percibidos)
• Art. 15 VI Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del numero de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente , conforme a los periodos de pago establecidos
• 4.-Asegurar a sus trabajadores contra riesgos de trabajo
Obligación de inscribirse como patrón
y obtener el NUMERO DE REGISTRO PATRONAL
• Art. 12 RA
• A cada patrón o sujeto obligado PF o moral se le asignara un numero de registro en el municipio donde tenga establecimientos o centros de trabajo independientemente de que tenga mas de uno dentro de un mismo municipio
El numero de registro
patronal se otorga de
acuerdo con la
ubicación del lugar de trabajo,
lo que indica que si una
constructora
Esta realizando diversas
obras en distintos
estados o municipios,
Tendrá un numero de
Registro para cada una de
Ellas. Y contara con
Una tarjeta de identificación
Patronal para cada registro
DIFERENTES REGISTROS
PATRONALES
• Si la persona fisica posteriormente solicita
el registro de otra empresa que realice
actividad distinta y no contribuya a la
realización de los fines de la primera, se le
asignar un numero de registro patronal
distinto, cualquiera que sea la localización
geográfica del establecimiento o centro de
trabajo.
Registro patronal de PM
• Al patrón PM se le asignara un solo registro
patronal por municipio o en el DF
independientemente de que tenga mas de un
establecimiento o centro de trabajo, dentro
de un mismo municipio o DF
Remodelación o ampliación
• Tratándose de patrones que en forma
ocasional realicen actividades de
ampliación, remodelación o construcción en
sus propias instalaciones se les asignara un
numero de registro patronal diferente a su
actividad principal
Registro Único
• A solicitud por escrito del patrón, el
instituto podrá asignar un registro patronal
único por patrón.
• Para efectos de RT se seguirá el
procedimiento estipulado en el Art. 27 del
RACF para determinar la prima de riesgo
conjunto.
Registro de patrones de construcción
Los patrones que se dediquen permanentemente o
esporádicamente a la actividad de la construcción
y que contraten trabajadores para obra o tiempo
determinado, deberán registrarse en el Instituto
con tal carácter y se auto clasificaran, para los
efectos del seguro de riesgo de trabajo en los
términos del reglamento correspondiente.
Art. 6
RSSOPTCOTD
Plazo para registrar las obras
Art. 12 RSSOPTCOTD
El patrón debe comunicar al Instituto :
• El tipo y domicilio de la obra, y en su caso,
• La fase de la construcción a realizar,
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos utilizando la
forma que al efecto autorice el instituto (actualmente Afil 15 y/o por internet )
Registro individual de obras
• Si el patrón realiza varias obras de
construcción, deberá presentar por cada una
de ellas la información requerida por el RSSOPTCOTD (Art. 13)
PATRON CON OBRA EN DISTINTOS
MUNICIPIOS DENTRO DE UNA MISMA
DELEGACION DEL IMSS
• El patrón que realice una obra que por su naturaleza se ejecute en varios municipios dentro del área de influencia de una delegación del Instituto, solo presentara la notificación correspondiente al domicilio donde inicio la obra, sin que sea necesario hacerlo por cada uno de los municipios donde se continué la obra de construcción”
• Sin embargo esto solo es aplicable cuando la obra no salga de la jurisdicción de la delegación. En caso de encontrarse en jurisdicciones de distintas delegaciones del IMSS deberá presentar un aviso por cada delegación
• ART 11 Y 12 RA
MOVIMIENTOS AFILIATORIOS:
Avisos de inscripción
Es obligación de los
patrones registrarse
e inscribir a sus
trabajadores dentro de un
plazo no mayor de 5 días
hábiles
• Art. 15 LSS
• Se consideran infracciones a la ley y reglamentos:
• I.-No registrase o hacerlo fuera de plazo
• II.-No inscribir a sus tra bajadores o hacerlo en forma extemporánea Art. 6)
• Si el patrón no asegura en RT a los trabajadores y ocurriera el siniestro, los capitales constitutivos de las prestaciones en dinero y especie las pagara el patrón
Numero de afiliación o pre afiliación
• Los trabajadores de la construcción que
carezcan de numero de afiliación, podrán
obtenerlo, previamente a su contratación ,
en los servicios de afiliación del IMSS
• El patrón esta obligado a solicitar su
numero de seguridad social
AVISOS DE MODIFICACION DE SALARIO
1)Cuando se modifiquen
Los elementos fijos y el
Salario se componga de
Elementos fijos en su totalidad
2)-cuando por la naturaleza
Del trabajo, el salario se integra
Con elementos variables
Que no pueden ser previamente
Conocidos, se sumaran
Los ingresos totales
Percibidos durante el mes
Inmediato anterior y se
Dividirán entre el numero
De días de salario devengado
3)En los casos en que el salario
De un trabajador se integre
Con elementos fijos y variables
FIJO
VARIABLE
MIXTO
Cinco días hábiles
Primeros cinco días hábiles
De los meses de enero
Marzo mayo julio
Septiembre y noviembre
Cinco días hábiles
Siguientes a la fecha en
Que cambie el salario, si
Se modifican los
Elementos fijos
Del salario y 5 días
Hábiles de los mismos
Meses que los variables
AVISOS DE BAJAS
• Art. 25 LSS
• Los patrones o sujetos obligados deberán comunicar al Instituto, a través de los medios autorizados las bajas de los trabajadores permanentes, por obra o tiempo determinado o eventuales, cuando termine la relación laboral o dejen de ser sujetos de aseguramiento, en el plazo de 5 días hábiles, contado a partir del día siguiente de la fecha en que se de su supuesto respectivo
• En tanto el patrón o sujeto obligado no presente al Instituto el aviso de baja del trabajador, subsistirá la obligación de cubrir las cuotas obrero patronales respectivas
• En el caso de la presentación del aviso de
baja dentro del termino legal, este surtirá
efectos a partir de la fecha señalada por el
patrón en dicho aviso
• En el caso de la presentación extemporánea
del aviso de baja, este surtirá sus efectos al
momento de su recepción por el instituto
FORMAS DE CUMPLIR LA PRESENTACION DE AVISOS
OPCION
Uso de formularios AFIL 02 AFIL 03 AFIL 04
BAJA MODIFICACION INSCRIPCION
TIPO E MOVIMIENTO
Por medios magnéticos Este programa lo proporciona
( diskette) el IMSS de manera gratuita a los
Particulares que lo soliciten
Utilización de Relación de movimientos afiliatorios
Formularios De trabajadores eventuales de la construcción
Publicado en el DOF del 30 Sep 1997
Por medios de EDI O TRAMITANET
Telecomunicación
CONTROL DE PAGOS A LOS TRABAJADORES
Art. 15 fracción II LSS.-Llevar registros, tales como nominas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el numero de días trabajados, y los salarios percibidos por sus trabajadores, además de otros datos que exijan la presente Ley y sus reglamentos.
VI de LSS
Expedir y entregar al trabajador constancia escrita de días laborados y salario percibido, por el periodo laborado.
LFT
• La LFT nos obliga también a entregar semanalmente a los trabajadores operativos una constancia de percepciones recibidas por el periodo, y en caso de trabajadores administrativos una constancia quincenal.
Registros
Art. 8 RSSOPTCOTD
Los patrones están obligados a llevar registros, por obra de construcción, tales como nominas o listas de raya, tarjetas de control de pagos, tarjetas individuales de percepciones, recibos o cualquier otro medio de control, en los que deberán asentar invariablemente los datos siguientes:
I.-Nombre, denominación o razón social del patrón, numero de su registro ante el Instituto y del registro federal de contribuyentes;
II.-Nombre, numero de seguridad social, registro federal de contribuyentes incluyendo, en su caso, la homoclave y la clave única de registro de población de los trabajadores;
III.-Lapso que comprende y periodicidad establecida
para el pago de los salarios (diaria, semanal,
quincenal, mensual, o cualquier otra similar)
IV.-Salario real base de cotización
V.-Numero de días o unidades de tiempo laborados,
importe del salario devengado por cada trabajador
y cuotas del seguro social retenidas
VI.-Importe del total de los salarios devengados, así
como de las deducciones y retenciones efectuadas;
y
VII.-Firma o huella digital de los trabajadores
Art. 9 RSSOPTCOTD
• I.-…
• II.-Duración de la jornada, fecha de ingreso al trabajo y tipo de salario, de los trabajadores
• III.-…
• IV.-Salario base de cotización, importe total del salario devengado así como los conceptos y montos de las deducciones y retenciones efectuadas, y
• V.-Unidades de tiempo laborado
Nomina o recibo de pago por obra
• Los patrones de la construcción están
obligados a llevar sus registros por cada una
de sus obras
Conservación de información
• Los registros, tales como nominas, listas de
raya, tarjetas de control de pagos, etc,
deberán conservarse durante los 5 años
siguientes a su fecha.
• El SATIC por sus siglas: Sistema de
Afiliación de Trabajadores de la
Industria de la Construcción, es un
procedimiento por el cual los patrones de
la industria de la construcción dan a conocer
a la autoridad correspondiente (IMSS) su
obra.
Son 5 los formatos en los cuales se dan a conocer los detalles
mas importantes de la obra los cuales describiré a
continuación:
SATIC-01 Aviso de registro de obra (lo presenta el
contratista)
SATIC-02 Aviso de obra subcontratada (lo presenta el
subcontratista)
SATIC-03 Aviso de incidencia de obra (lo presenta tanto el
contratista, como el subcontratista)
SATIC-04 Aviso de cancelación de subcontratación (lo
presenta el contratista)
SATIC-05 Relación mensual de trabajadores (lo presenta
tanto el contratista, como el subcontratista)
El SATIC se emplea para
• el registro de obras,
• registro de obra subcontratada,
• avisos de incidencia de obra
• presentación de relación inicial y mensual
de trabajadores
Requerimientos del sistema
-Sistema Operativo Windows 2000 o superior.
-Internet Explorer 6.0 o superior.
-Java Runtime Environment 5.0 o superior.
-Adobe Reader 6.0 o superior.
-Microsoft Excel.
-Conexión a Internet (patrón) / Conexión a la red del
IMSS (personal de ventanilla).
-256MB en memoria RAM
Requerimientos adicionales
-Contar con firma electrónica (patrón).
-Contar con usuario y contraseña para el
sistema SATIC (personal de ventanilla o de
auditoría
a patrones).
Acceso al SATIC
• Vía Internet (patrón)
1. Abrir Internet explorer
2. Ingresar la dirección de la página del IMSS
http://www.imss.gob.mx/imss
3. Seleccionar el vínculo de IDSE(circunscrito
en la imagen de muestra)
4. Una vez que ha ingresado a la página de
“IMSS DESDE SU EMPRESA”, ingrese su
firma electrónica de la forma habitual.
5. Ingresar al sistema SATIC seleccionando
en el vínculo “Sistema de Afiliación de
Trabajadores de la Industria de la
Construcción”, ubicado en la parte inferior
de la pantalla.
• Una vez que el usuario ha sido autentificado
por el sistema, se desplegará la pantalla de
inicio del SATIC del perfil seleccionado
1. Menú de opciones.
2. Información de la sesión de trabajo.
3.Salir
4. Inicio
• 1. Menú de opciones.-Permite acceder a las
funcionalidades relacionadas al registro de una
obra(registro de obra, registro de obra
subcontratada, incidencia de obra y relación de
trabajadores.
• 2. Información de la sesión de trabajo.-
Despliega los datos del usuario que tiene la sesión
de trabajo activa dentro del SATIC.
3. Salir.-Concluye la sesión de trabajo en SATIC
4. Inicio.-Regresa a la página principal del SATIC
(sin importar el formulario en el que se encuentre).
• Todos los campos que solicitan el ingreso
de una fecha, utilizan un control de tipo
calendario, por lo que no podrá capturarla;
será necesario seleccionar la fecha indicada.
Para iniciar con la captura de datos del registro de
obra, deberá de colocar el puntero del ratón
sobre la opción “Registro de Obra”. De esta forma,
el SATIC desplegará las siguientes opciones
para ingresar la información relacionada con la obra.
1. Registro de Obra.
2. Registro de Obra Subcontratada.
3. Registro de Incidencia de Obra
Registro de una Obra
1. Seleccione la opción Registro de Obra del
menú Registro de Obra
2. Al seleccionar la opción “Registro de
Obra”, el SATIC solicitará se ingrese el
Número de Registro Patronal de 11 dígitos
correspondiente al patrón para el cual se desea
registrar la obra.
3. Ingrese el dato solicitado
4. Presione el botón “Buscar”.
El SATIC, con base en el Registro patronal capturado, desplegará en el
formulario de Aviso deRegistro de Obra la información del patrón
contenida
Una vez que el SATIC ha verificado la existencia y vigencia
del registro patronal capturado, presenta al usuario el
siguiente formulario de datos para el Registro de Obra. Los
datos marcados por un asterisco de color rojo (*) son
obligatorios.
Una vez ingresado los datos de ubicación, periodo de
ejecución y clase de obra se desplegará el formulario
correspondiente a obra pública o privada según se seleccione
de acuerdo a la obra que se esté registrando
5. Revisar la captura, con el objeto de evitar el envío
de datos incorrectos, ya que una vez almacenada la
información en la base de datos, ésta, no podrán
ser corregida.
6. Presione el botón “Guardar”.
Una vez ingresado todos los campos seleccionar “Guardar”. Al
seleccionar “Guardar” lainformación capturada en el formulario de
Registro de Obra, el sistema lleva a cabo una validación de los datos. En
caso de que la información capturada no cumpla con alguna de las reglas
de validación, el SATIC mostrará en la parte superior izquierda en rojo un
mensaje con el contenido de errores y no almacenará la información
capturada en la base de datos
• Corregir y guardar
Registro de Explosión de
Insumos • Para concluir el trámite del registro de obra es preciso
registrar la información de la explosión de insumos inclu-
yendo la de la mano de obra. Según lo solicitado,
Explosion de insumos:
Es un cálculo que permite conocer las cantidades e importes totales
de participación de cada insumo en un presupuesto.
• En otras palabras, calcula las cantidades totales de cada insumo en
toda la obra, que al multiplicarlo por su costo unitario, obtenemos
el importe total y su porcentaje de incidencia.
Cantidad*Costo Unitario
Registro de mano de obra en la
Explosión de Insumos
• Una vez capturada la información referente
a la explosión de insumos el SATIC
despliega la sección del formulario para el
ingreso de la mano de obra a utilizar junto
con la leyenda
“En la explosión de Insumos se debe
considerar el total de la mano de obra,
incluyendo la subcontratada”.
1. Ingrese al formulario los datos solicitados.
2. Seleccione el botón “Agregar”.
• El SATIC agregará la categoría ingresada a
la explosión de insumos asociada con la
obra seleccionada.
• Repita los pasos 1 y 2 tantas veces como
categorías requiera ingresar.
Una vez capturadas las categorías, el SATIC permite llevar a
cabo su edición, (siempre y cuando
continúe ubicado en el formulario de registro de Explosión de
Insumos), con el objeto de corregir
algún tipo de imprecisión. 1. Seleccione la categoría que desea modificar,
presionando el botón izquierdo del ratón en la
categoría que corresponda
2. Seleccionar el botón “Quitar”.
3. Ingrese nuevamente los datos de la categoría,
como se describió en “Registro de Mano de Obra
para la Explosión de Insumos”.
4. Seleccionar el botón “Guardar
Acuse de Recibo del Aviso de
Registro de Obra Una vez que los datos capturados en el formulario de Registro
de Obra y de la explosión de insumos son válidos de acuerdo
a las reglas del SATIC, la información es almacenada en la
base de datos, se notifica al usuario la acción correspondiente
y el Sistema genera lo siguiente::
1. El acuse de recibo correspondiente y
2. Un número de registro único, que identifica su obra ante el
sistema y que es necesario para el resto de los trámites de
registro o avisos que realice relacionados con la obra
registrada(preferentemente obtenga una copia impresa de su
acuse de recibo, por medio de los pasos descritos a
continuación).
SATIC permite obtener una copia
impresa del acuse de recibo.
1. Seleccione el botón Imprimir.
2. Internet Explorer desplegará la caja de
diálogo de Impresión. Seleccione la impresora
correcta y tamaño de papel carta (en caso de
ser necesario).
3. Seleccione el botón Aceptar.
Registro de Obra
Subcontratada • Por el momento para poder llevar a cabo el Registro de una Obra
Subcontratada, es necesario que el contratista ingrese el número de
registro de obra correspondiente a la obra principal, (dato que
• obtuvo en el Aviso de Registro de Obra). Se están realizando
adecuaciones al SATIC para permitir el registro de obras
subcontratadas, para aquellas obras que el contratista principal o dueño
de la obra presentó su formato AFIL-15 y no cuentan con su número
de registro de obra o cuando el contratista no realizó el registro de la
obra. Por el momento se sugiere la recepción de los avisos
• de registro de obras de subcontratación, de acuerdo al procedimiento
manual, especificando en el control que se trata de un subcontratista.
Se solicita además que el subcontratista llene el formato SATIC-01
para obtener la información referente a la ubicación de la obra.
4. El SATIC solicita ingrese el registro patronal del
subcontratista que realiza el registro de obra
subcontratada
5. A continuación el SATIC le solicita ingrese el Número de Registro de
Obra Principal, dato que ha sido generado por el sistema en el momento
en el que el contratista principal o dueño de la obra registró la obra
6. Ingresar el número de Registro de Obra Principal y
7. Presione el botón “Continuar”.
Una vez que el SATIC valida la vigencia y existencia del registro de obra
principal, despliega en la pantalla los datos de la obra principal y el
formulario para el registro de datos de la obra
subcontratada y el periodo de ejecución
Registro de Explosión de
Insumos
• Para concluir el trámite del registro de obra
subcontratada es preciso registrar la
información de laexplosión de insumos
incluyendo la de la mano de obra. Ver el
procedimiento descrito en la sección de
registro de obra subcontratada.
Acuse de Recibo del Aviso de
Registro de Obra
Subcontratada • Una vez que los datos capturados en el formulario de Registro de Obra
Subcontratada y de la explosión de insumos son válidos de acuerdo a
las reglas del SATIC, la información es almacenada en la base de
datos, el Sistema desplegará el mensaje “La Explosión de Insumos de
Mano de Obra fue registrada exitosamente” y genera lo siguiente:
• 1. El acuse de recibo correspondiente y
• 2. Un número de registro único, que identifica su obra ante el sistema
y que es necesario para el resto de los trámites de registro o avisos que
realice relacionados con la obra registrada. (preferentemente obtenga
una copia impresa de su acuse de recibo, por medio de los pasos
descritos a continuación).
Aviso de incidencia de obra
• El SATIC tiene contemplado el registro de
las siguientes incidencias de obra:
• Terminación.
• Suspensión.
• Reanudación.
• Cancelación.
Pasos para reportar la incidencia
• 1. Seleccionar la opción “Registro de
Incidencia de Obra”, del menú “Registro
de Obra”.
2. Seleccionar la obra para la cual se desea ingresar
una incidencia de obra, utilizando el ratón
3. Seleccione el botón “Continuar”.
Envio de relacion inicial de
trabajadores
• Inmediatamente despues de enviar el
registro de obra debemos realizar el
registros de los trabajadores que tengamos
contratados al inicio de la obra.
• La forma de bajar el archivo de exel y de
enviarlo es el mismo que en la relacion
bimestral solo que esta es al momento de
inscribir la obra.
Para ingresar la relación mensual de trabajadores (requerida para su
presentación de forma bimestral), el SATIC provee un formato de Excel
preestablecido para la carga de la información, mismo que debe ser
previamente descargado desde el mismo SATIC. La relación bimestral a
presentar por el contratista principal no debe incluir a los trabajadores de
los subcontratistas. La relación de estos trabajadores deberá ser registrada
por cada uno de los subcontratistas.
1. Seleccione la opción “Relación de
Trabajadores”, en el menú principal.
2. Al seleccionar la opción “Registro de trabajadores”, el SATIC
solicita se ingrese el Número de Registro Patronal del patrón.
3. Ingrese el dato solicitado.
4. Presione el botón “Buscar”
• El SATIC muestra las obras que han sido
registradas con ese Registro Patronal
Envío de la relación mensual de
trabajadores
6. Seleccione la obra correspondiente a la
Relación de trabajadores que desea cargar en
el sistema, haciendo click
sobre el botón que aparece al lado izquierdo
de la obra correspondiente
7. Seleccione el botón “Continuar”
El sistema inicia la descarga del formato para la captura de la
relación de trabajadores (archivo en formato de Microsoft
Excel). Cuando Internet Explorar ha concluido la descarga del
archivo, solicita al usuario instrucción para saber el destino
que debe darle al archivo:
- Abrir.-El archivo descargado (relación de trabajadores), se
abre en una instancia de Excel.
- Guardar.-Internet Explorer presenta la caja de diálogo para
guardar el archivo en una carpeta en
su computadora. Deberá seleccionar la ubicación en donde se
guardará el archivo para posteriormente
acceder a el para poder abrirlo.
- Cancelar.-Ignora la descarga del archivo.
Una vez que cuente con el archivo “RelaciónTrabajadores.xls” sustituya el
nombre que le asigno por el de:
“RelaciónTrabajadores.xls” y capture la relación
de trabajadores:
• Ubique el archivo “RelaciónTrabajadores.xls” dentro de
la carpeta donde los guardó en el paso anterior.
Pulse dos veces con el botón izquierdo del ratón sobre el
nombre del archivo. Microsoft Excel abrirá el archivo
9. Seleccione la obra correspondiente a la Relación de
trabajadores que desea cargar en el sistema con el botón
izquierdo del ratón de la obra correspondiente.
10. Seleccione el botón “Continuar”.
El archivo de Excel contiene una estructura predefinida, la
cual es validada por el SATIC para realizar la carga de la
relación de trabajadores, por lo que no deberá ser alterada en
el orden ó presentación de los campos. Utilice esta plantilla
tal cual fue descargada.
La plantilla de captura requiere el ingreso de los siguientes
datos:
•Una vez que se registró toda la información de la plantilla, el SATIC solicita confirmación por
partedel usuario
Despues de realizar el registro de obra acudir al
IMSS a entregar via escrito por oficialia
OBRA PUBLICA
1.-Acuse del registro de obra
2.-Acuse de Registro inicial
de trabajadores
3.-Copia contrato de obra
4.-Copia de subcontratos de
obra existentes
OBRA PRIVADA
1.-Acuse del registro de obra
2.-Acuse de Registro inicial
de trabajadores
3.-Copia contrato de obra (si
lo hubiera)
4.-Copia licencia de
construccion
• Tambien pueden entregarse en el departamento de construccion, y firman
de recibido el oficio
SATIC complementario
• En caso de
• una ampliación o reducción de obra
• Error en el monto de obra
• Error en la explosión de insumos
• O en la relación de trabajadores, por una
sola ocasión puede realizarse un Satic
complementario
Recomendación
• Esperar hasta cuando la obra se vaya a
cerrar
• O bien ya se haya concluido para realizar el
SATIC complementario, ya que no vale la
pena desperdiciarlo por alguna corrección
menor.
Posteriores correcciones
• Si se realiza un envío de información
incorrecta una vez mas el programa no tiene
prevista correcciones posteriores, deberá
informarse vía escrito libre (cumpliendo las
disposiciones del CFF) como una
“complementaria” usando los formatos
impresos o bien explicando el error
cometido para subsanarlo.
Requisitos del CFF
para escritos libres
• Artículo 18.- Toda promoción dirigida a las
autoridades fiscales, deberá presentarse
mediante documento digital que contenga
firma electrónica avanzada
Las promociones a través del buzón
tributario con los siguientes
requisitos: I. El nombre, la denominación o razón
social, domicilio fiscal manifestado y RFC
.
II. Señalar la autoridad a la que se dirige y el
propósito de la promoción.
III. La dirección de correo electrónico para
recibir notificaciones
• Cuando el promovente que cuente con un
certificado de FEA, acompañe documentos
distintos a escrituras o poderes notariales, y
éstos no sean digitalizados, la promoción
deberá presentarla en forma impresa,
cumpliendo los requisitos a que se refiere el
párrafo anterior, debiendo incluir su
dirección de correo electrónico. Las
escrituras o poderes notariales deberán
presentarse en forma digitalizada, cuando se
acompañen a un documento digital.
Observaciones importantes
1.-En el caso de obra privada la explosión de insumos puede dejarse en ceros ( no sin datos) sobre todo en caso de casas habitación, pero si es obra distinta privada es recomendable llenar el dato.
2. Si la obra se registro inicialmente con afil 15 no
se debe cumplir con SATIC, ni avisos
bimestrales de relación mensual de trabajadores.
Tampoco si es continuación o ampliación de obra
registrada con Afil 15
3. Una obra puede tener varias formas de
registrarse, talvez el contratista principal lo hizo
via Afil 15, y el subcontratista vía SATIC, ambos
via Afil 15, ambos via SATIC, o el principal via
SATIC y el subcontratista via Afil 15. Esto no
entorpece la revision por parte de auditoria del
imss.
Observaciones importantes
5.-El registro y control de obra por parte del
Imss puede realizarse a peticion del patron en
la delegacion de su domicilio fiscal o en la
delegacion que le corresponda a la obra.
Observaciones importantes
• Si un subcontratista quiere registrar su
parte de la obra pero el contratista principal
no la inscribió, entonces deberá inscribirse
como contratista principal vía SATIC 01 y
no 02.
6. En el costo de mano de obra solo debe incluir el importe de multiplicar los salarios diarios (no integrados) por las jornadas reportadas, no incluir las prestaciones exentas para el Imss , estas reportarlas dentro de indirectos.
7. En el detalle de puestos de trabajadores del SATIC, si se tienen varios trabajadores dentro de un mismo puesto, solo se reporta el puesto una sola vez y se suman los jornales de todos los que ocupen el mismo puesto.
8. En el Satic solo se informa sobre los subcontratos de que se tenga conocimiento en el momento de inscribir la obra. Si se tienen posteriores subcontratos continua vigente la parte del reglamento de contruccion que comenta que se tienen 5 dias para avisar al instituto y que se debe ser por escrito el subcontrato conteniendo el registro patronal del subcontratista.
9. El envio bimestral de trabajadores que contiene a su vez la relacion mensual, se envia con la fecha del mes en que se debe enterar. Por ejemplo estoy enviando la relacion del bimestre quinto (sep-oct) envio dos relaciones pero con la fecha de noviembre que es cuando envio los archivos
Impresion
• La información enviada, puede imprimirse cada vez que vamos alimentando el sistema dándole imprimir a la pantalla activa, o mejor una vez enviada la información
• Entrando a registro de obra podemos seleccionar la obra dada de alta, se selecciona y entre las opciones se tiene una de información de la obra y se puede imprimir todo lo alimentado al sistema como registro de obra.
Muy importante
Solicitar inmediatamente después de presentar el aviso de incidencia de obra por terminación, una
“constancia de cumplimiento por la obra concluida”
ya que el Imss tiene 90 días para revisar la obra (en preliminar) y si extiende esa constancia posteriormente no puede determinarse diferencia alguna al patrón por cuotas obrero patronales por esa obra de la que tenga constancia
FORMAS DE DETERMINAR LAS CUOTAS OBRERO-
PATRONALES
REAL
Con base en la información
contenida en los avisos de
movimientos afiliatorios
presentados al Instituto
COTIZACIÓN POR CADA
TRABAJADOR
ESTIMADA
Con base en estimaciones de pago
donde se cubren las COP en funcion
de:
a)Costos de mano de obra por metro
cuadrado
b)Factores que representan la mano
de obra sobre el importe total de los
contratos regidos por la Ley de
Adquisiciones y Obras Publicas
Aplica para
Obra Privada y
Para obra publica
CUOTAS REALES
• “La obligacion de los patrones consiste en determinar y enterar las cuotas obrero
patronales, en base a los salarios bases de cotizacion, dias a cotizar, por los
trabajadores inscritos en el regimen obligatorio
•
• Aplica todo lo visto anteriormente
CUOTAS ESTIMADAS
• Para el caso en que los servicios prestados por un trabajador no se hubiersen reportado al Instituto por su patron y se comprobare
por cualquier medio que efectivamente laboro para este, el Instituto le reconocera el
periodo de trabajo correspondiente como cotizado y otorgara tanto a el como a sus
beneficiarios las prestaciones que conforme a la Ley les correspondan.
Ejercicio de estimación de cuotas
Obra publica
• Tipo de obra: canal de riego
• Monto de obra
$1,000,000.00 mas iva
• Mano de obra pagada
integrada $83,000.00
• Cuotas pagadas $24,900.00
• Dias de ejecucion 96 dias
Obra privada
• Tipo de obra: bardas
• Cantidad construida :234m2
• Importe de mano de obra
integrada:$35,400.00
• Imss pagado. $10,620.00
• Dias de ejecucion 30 dias
***
Para dudas o comentarios FAVOR DE COMUNICARSE CON
CP LAE MI Lyssette Tellez Ramírez
OFICINAS PRINCIPALES: Córdoba
17 Fracc Veracruz, Xalapa Ver
TEL (228) 8 902963
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