REGLAMENTO LICEO BELLAVISTA -  · LICEO BELLAVISTA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA 3 Asimismo, por...

17
LICEO BELLAVISTA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA 1 REGLAMENTO LICEO BELLAVISTA LA FLORIDA 2018

Transcript of REGLAMENTO LICEO BELLAVISTA -  · LICEO BELLAVISTA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA 3 Asimismo, por...

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

1

REGLAMENTO

LICEO BELLAVISTA

LA FLORIDA 2018

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

2

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción está basado en La LEGE, Ley Nº 20370/2009; los Decretos de Planes y Programas de Estudios 2960/12 de 1° a 6° Básico; 169/2014 de 7° y 8° Básico; 1358/2011 de 1° y 2° Medio; 27/2001 de 3° de Enseñanza Media y 102/2002 de 4° Medio. Los decretos de Evaluación y Promoción escolar de los niveles de Educación Pre Básica, Básica y Educación Media; destacando el Reglamento de Evaluación y Promoción de Educación Básica N° 511 de 1997; de 1ero y 2do de Enseñanza Media Decreto 112/1999 y Decreto Nº 83/2001 de 3ero y 4to de Educación Media. Se ha considerado principalmente los Art: 7, 39, 40 y 41 de la Ley General de Educación:

Artículo 7º.- El Ministerio de Educación y la Agencia de Calidad de Educación velarán, de conformidad a la ley, y en el ámbito de sus competencias, por la evaluación continua y periódica del sistema educativo, a fin de contribuir a mejorar la calidad de la educación.

Para ello, la Agencia de Calidad de la Educación evaluará los logros de aprendizaje de los estudiantes y el desempeño de los establecimientos educacionales en base a estándares indicativos.

La evaluación de los estudiantes deberá incluir indicadores que permitan efectuar una evaluación conforme a criterios objetivos y transparentes.

Los resultados de las evaluaciones de aprendizaje serán informados a la comunidad educativa, resguardando la identidad de los estudiantes y de los docentes, en su caso. Sin embargo, los resultados deberán ser entregados a los apoderados de los estudiantes en aquellos casos en que las pruebas a nivel educacional 2 tengan representatividad individual, sin que tales resultados puedan ser publicados ni usados con propósitos que puedan afectar negativamente a los estudiantes, tales como selección, repitencia u otros similares.

De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente,

Párrafo 2º

Calificación, validación y certificación de estudios y licencias de educación básica y media.

Artículo 39.- Los establecimientos de los niveles de educación básica y media deberán evaluar periódicamente los logros y aprendizajes de los estudiantes de acuerdo a un procedimiento de carácter objetivo y transparente, basado en normas mínimas nacionales sobre calificación y promoción. Dichas normas deberán propender a elevar la calidad de la educación y serán establecidas mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación, el que deberá ser aprobado por el Consejo Nacional de Educación de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 53.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

3

Asimismo, por decreto supremo del Ministerio de Educación se establecerán los criterios, orientaciones y el procedimiento para la certificación de aprendizajes, habilidades y aptitudes, y para la promoción de un curso a otro de los estudiantes con necesidades educativas especiales que durante su proceso educativo requirieron de adaptaciones curriculares.

Art. 40.- Los establecimientos reconocidos oficialmente certificarán las calificaciones anuales de cada estudiante y, cuando proceda, el término de los estudios de educación básica y media. No obstante, la licencia de educación media será otorgada por el Ministerio de Educación.

En el caso de la educación técnico-profesional, el Ministerio de Educación, una vez cumplidos los requerimientos de titulación fijados en las bases curriculares, entregará títulos de técnico de nivel medio.

En el caso de la educación artística, el Ministerio de Educación 3 otorgará un certificado que acredite la realización de estudios en la mención a la que el estudiante optó.

Art. 41.- Por decreto supremo, expedido a través del Ministerio de Educación, se reglamentará la forma como se validará el aprendizaje desarrollado al margen del sistema formal, por experiencia personal o el mundo laboral, conducente a niveles o títulos, y la forma como se convalidarán los estudios equivalentes a la educación básica o media realizados en el extranjero.

FUNDAMENTACIÓN

como un proceso permanente para determinar el avance de los aprendizajes de los alumnos y alumnas, con la finalidad de realizar acciones de ajustes y adecuaciones de estrategias pedagógicas en favor del mejoramiento de la calidad de la educación Colegio.

OBJETIVO

comunidad educativa del Colegio Bellavista con el propósito de mejorar la calidad educativa, a través de estrategias, tipos y cantidad de evaluaciones las que servirán para apoyar a los estudiantes y retroalimentar oportunamente, con el fin de determinar con objetividad su promoción o eventual repitencia.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

4

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1.

os alumnos y alumnas del Liceo Resolución exenta 598/2015 en Educación Media.

Articulo 2.

de 1° a 8° Básico , de 1ero y 2do de Enseñanza Media Decreto 112/1999 y Decreto Nº 83/2001 de 3ero y 4to de Educación Media, referido a la p - aprendizaje.

os alumnos, a los Padres y apoderados, adjunto al Manual de Sana Convivencia.

De la Evaluación Artículo 3: Las estrategias Evaluativas considerarán la posibilidad de administrar diferentes tipos de Evaluación, Instrumentos y Criterios, considerando las responsabilidades que a continuación se definen, asociadas a cada situación evaluativa: 3.1) Tipos de Evaluaciones: La tipología presentada considera diferentes criterios de clasificación de las evaluaciones. Es muy importante tener en cuenta que dichos criterios no son excluyentes, por lo que las categorías definidas pueden ser utilizadas de forma complementaria.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

5

3.1.a) Evaluaciones según intencionalidad: -Evaluación Diagnóstica: Proceso evaluativo que tiene por objetivo dar cuenta de las competencias previas y requisitos que constituyen el punto de partida sobre el cual se planificará el proceso de enseñanza. La evaluación diagnóstica tendrá una calificación conceptual.

-Evaluación Formativa: es el conjunto de acciones que tienen como objetivo monitorear paso a paso el trabajo -

Las evaluaciones formativas No serán calificadas.

-Evaluación Sumativa: Determina el grado de logros alcanzados en función de los objetivos de aprendizaje propuestos inicialmente. Proporciona antecedentes para la calificación semestral de los alumnos y su promoción.

, se deberá aplicar una evaluación sumativa al término de cada unidad utilizando un instrumento formal tipo prueba, la que debe incluir un texto de lectura comprensiva relacionada con los contenidos tratados y al menos una pregunta abierta de desarrollo; un ítem de preguntas de Selección Múltiple, tipo SIMCE ( al menos el 70% del total de las preguntas. La cantidad de alternativas por preguntas en 1º y 2º Básico son tres; y de 3º a 4º Medio, cuatro alternativas).

Los instrumentos de evaluación deben estar acorde con los objetivos de aprendizajes del Programa de Estudio de Mineduc.

3.1.b) Evaluaciones según agente evaluador -Heteroevaluación: Procedimiento evaluativo realizado por un agente distinto al evaluado. Las heteroevaluaciones generalmente son aplicadas por los docentes, sin embargo, también se refieren a evaluaciones de tipo institucional, comunal y/o nacional.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

6

-Autoevaluación: Procedimiento evaluativo realizado por el alumno respecto a su propio desempeño. La autoevaluación debe realizarse sobre la base de criterios definidos y conocidos previamente por todos los estudiantes. -Coevaluación: lista de cotejo, previamente ela profesor), por el profesor o de mutuo acuerdo. 3.1.c) Evaluaciones según referente -Criterial: Procedimiento evaluativo que establece el nivel de logro de un estudiante en relación a un Objetivo o Estándar definido previamente. -Normativa: Procedimiento evaluativo que establece categorías de logro a partir de la comparación de los resultados obtenidos por un grupo específico de estudiantes evaluados. -Idiográfica: Procedimiento evaluativo que establece niveles de avance individual en el desarrollo de una habilidad o aprendizaje, comparando las puntuaciones de un mismo individuo en diferentes momentos del proceso de enseñanza. 3.1.d) Evaluaciones según el momento de aplicación -Inicial: Evaluación que se realiza antes de comenzar el proceso de enseñanza, con el fin de establecer un punto de referencia inicial en relación al desarrollo de un aprendizaje. -De proceso: Evaluación que se realiza durante el proceso de enseñanza, con el fin de establecer estados de avance intermedio y aportar información acerca de las necesidades que debe abordar el docente por medio de la retroalimentación. -Final: Evaluación que se aplica al término del proceso de enseñanza, con el fin certificar la adquisición de un determinado aprendizaje.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

7

3.2) Instrumentos de evaluación y situaciones evaluativas. Los procedimientos evaluativos aplicados en el Colegio Bellavista podrán incluir, entre otros, los siguientes instrumentos de evaluación:

a) Situaciones tipo prueba a.1) Respuesta Cerrada. Ej: Selección Múltiple (o selección única), Verdadero o Falso, Términos pareados, Jerarquización y ordenamiento. a.2) Respuesta abierta (oral o escrita) a.2.1) Breve. Ej: simple, identificación, completación, asociación. a.2.2) Extensa. Ej: Comparación, Ejemplificación, Explicación, Decisión, Causa/Efecto, Resumen/Síntesis, Estudio de casos, etc. a.3) Mixta b) Situaciones de Desempeño. Ej: Portafolio, Ensayo, Debate, Exposición, Juegos de

rol/Dramatizaciones, Proyectos, Organizadores gráficos, Mapas conceptuales, Mapas mentales.

c) Registro de realización de Tareas. Ej: Lista de cotejo, Escala de valoración, Registro anecdótico, Rúbricas (holísticas y analíticas).

3.3) Prueba de Nivel

La Unidad Técnico Pedagógica aplicará al final de cada semestre una Evaluación en las asignaturas de Lenguaje y comunicación, Matemática, Ciencias Naturales e Historia, Geografía y Ciencias Sociales.

La evaluación Intermedia evaluará los Objetivos de Aprendizajes de los Ejes Temáticos de las unidades del Primer Semestre más los objetivos de los Ejes Temáticos del año anterior no contemplados durante el Primer Semestre. La evaluación Final evaluará los Objetivos de Aprendizajes de todos los Ejes Temáticos del año en curso. Se aplicará con una exigencia del 60% para la nota de aprobación.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

8

3.4) De la ausencia a Evaluaciones

Es de exclusiva responsabilidad del alumno/a o apoderado, en caso de inasistencias a situaciones evaluativas, acercarse al profesor de la asignatura para justificar dicha inasistencia. Además de consultar sobre materias tratadas en su ausencia. En virtud de lo señalado, se debe tener en cuenta que:

3.4.a) Todo(a) alumno(a) que se ausente justificadamente el día fijado para una prueba o actividad evaluada, deberá rendirla en la fecha que el profesor de la asignatura establezca, previo aviso.

3.4.b) Si un alumno no presenta justificativo será evaluado inmediatamente cuando se presente después de la ausencia.

3.4.c) Si un alumno se niega a rendir una prueba o evaluación y/o entregar un trabajo, considerando los dos puntos anteriores, se dará la oportunidad para rendir la evaluación o entregar trabajo, obteniendo como nota máxima 4.0

3.4.d) Si un alumno se niega a rendir la prueba o evaluación o cualquier trabajo, considerando ya el punto anterior, se evaluará con nota 2.0

3.4.e) Cualquier otra situación no contemplada en el siguiente manual, en relación a la inasistencia a evaluaciones, será resuelta por la Unidad Técnico Pedagógica.

3.5) Criterios de Evaluación

3.5.a) Las evaluaciones realizadas deberán estar de acuerdo con los objetivos de aprendizaje propuestos en los Planes y Programas de estudio, sugeridos por el Ministerio de Educación.

3.5.b) Cada docente deberá entregar a los estudiantes previamente y de forma oportuna los indicadores que serán considerados para las evaluaciones con intencionalidad Sumativa.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

9

De las Calificaciones Artículo 4:

4.1) luados en todas las asignaturas del pla semestrales. Como cada asignatura, debe tener un número de calificaciones en función de los objetivos de aprendizaje:

- Lenguaje 8 calificaciones - Matemática 6 calificaciones - Inglés 4 calificaciones - Historia, Geografía y Ciencias Sociales 5 calificaciones - Ciencias Naturales 5 calificaciones - Artes Visuales 4 calificaciones

- Música 4 calificaciones - Tecnología 3 calificaciones

- 4 calificaciones - Física 3 calificaciones - Biología 3 calificaciones - Química 3 calificaciones 4.2) Durante el año lectivo, los alumnos obtendrán las siguientes calificaciones:

a) Parciales: Calificación obtenida de evaluación parcial o parte de los contenidos de uno o varios objetivos a lograr en la unidad de aprendizajes, con la finalidad de monitorear o realizar seguimiento de los logros alcanzados lo que permite retroalimentar para obtener aprendizajes de calidad.

b) Nota de prueba de término de unidad: Calificación obtenida de evaluación de término de cada unidad de aprendizaje. Se deberá aplicar en , utilizando un instrumento formal tipo prueba, la que debe incluir un texto de lectura comprensiva relacionada con los contenidos tratados y al menos una pregunta abierta de desarrollo; un ítem de preguntas de Selección Múltiple, tipo SIMCE ( al menos el 70% del total de las preguntas. La cantidad de alternativas por preguntas en 1º y 2º Básico son tres; y de 3º a 4º Medio, cuatro alternativas).

c) Nota de prueba de nivel: Calificación obtenida en cada una de las evaluaciones semestrales aplicadas en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales, Historia, Geografía y Ciencias Sociales. Es requisito, para finalizar el año académico, tener rendidas las pruebas de Nivel de cada semestre.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

10

- En caso de ausencia a una prueba de nivel, UTP fijará una nueva fecha de rendición de la prueba que deberá ser comunicada a los alumnos ausentes. - En caso de ausencia a una segunda fecha de administración de la prueba, esta será administrada al estudiante cuando se presente al colegio, con una exigencia del 70% para la nota de aprobación. - En caso de no asistir a 2 notificaciones, el estudiante será calificado con la nota mínima (2.0). d) Promedios Semestrales: En las asignaturas de Inglés, Artes Visuales, Música, Tecnología, Educación Física y Salud, Religión y Orientación, la calificación semestral corresponderá al promedio aritmético de todas las calificaciones parciales obtenidas en cada asignatura durante un semestre. En las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, la calificación semestral corresponderá a la sumatoria del promedio aritmético de todas las calificaciones. e) Promedios Finales: Promedio aritmético de las calificaciones semestrales obtenidas en cada asignatura del plan de estudio. En el caso que un alumno/a obtenga, en cualquier asignatura, un promedio anual igual a 3.9, tendrá derecho a rendir una prueba extraodinaria, debiendo obtener a lo menos un 60% de logro, en cuyo caso la nota final anual de la asignatura será 4.0 (cuatro, cero), de lo contrario la nota final anual de la asignatura será 3.8 (tres, ocho), reprobando la asignatura. f) Promedio General: Promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas en cada asignatura, excluyendo Religión y Orientación.

g) Calificaciones conceptuales: Expresión de los resultados estableciendo categorías en función del logro de los objetivos de aprendizaje, a partir de palabras o conceptos sin valor algebraico. Se utilizan para expresar los resultados de la Evaluación Diagnóstica y las calificaciones finales de las asignaturas Religión y Orientación.

g.1) La calificación final de las asignaturas de Religión y de Orientación se expresará en términos conceptuales, de acuerdo al siguiente valor de conversión Muy Bueno (MB) : Entre 6.0 y 7.0 Bueno (B) : Entre 5.0 y 5.9 Suficiente (S) : Entre 4.0 y 4.9 Insuficiente (I) : Entre 2.0 y 3.9

Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación NO incidirán en la promoción de los estudiantes.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

11

f.2) Evaluación diagnóstica (Inicial)

En Educación Parvularia, Enseñanza Básica y Enseñanza Media s tipo prueba, de acuerdo con los ejes temáticos correspondientes al nivel anterior y al Nivel de aprendizaje. El nivel de exigencia será equivalente al 60% de logro. El resultado de esta evaluación será expresado conceptualmente en las asignaturas de Lenguaje , Matemática, Ciencias Naturales, Biología, Física, Química e Historia, Geografía y Ciencias Sociales para cada eje temático de acuerdo a la siguiente equivalencia:

CATEGORÍAS PORCENTAJE

BAJO 0 a 59%

MEDIO BAJO 60 a 72%

MEDIO ALTO 73 a 86%

ALTO 87 a 100%

En las asignaturas de Inglés, Tecnología , Música, Artes Visuales y Educación Física el resultado

de la evaluación diagnóstica será expresado de acuerdo a la siguiente equivalencia:

Sobre el 60% de logro (incluido este porcentaje): L = Logrado

Bajo el 60% de logro PL= Por Lograr

El resultado deberá ser registrado en el libro de clases, en la asignatura correspondiente, en un plazo definido por la UTP en el calendario correspondiente al primer semestre.

Se excluyen de la prueba de diagnóstico las asignaturas de Religión y Orientación.

4.3) Escala: La escala numérica correspondiente a cada una de las evaluaciones parciales aplicadas en todas las asignaturas será como nota mínima 2.0 y como nota máxima 7.0. 4.4) Exigencia y Nota de aprobación

La exigencia de cada evaluación corresponderá al 60% de logro para la obtención como nota mínima de aprobación 4.0 para cada asignatura. Con el resguardo pertinente del procedimiento para la evaluación diferenciada en los casos que así amerite.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

12

4.5) Porcentaje de aprobación Si una evaluación presenta más del 25% de alumnos con nota deficiente (2,0) el docente de la asignatura deberá presentar el caso a la Unidad Técnica Pedagógica para ser analizado en conjunto y buscar solución para que los alumnos adquieran los aprendizajes. 4.6) Calificación de Talleres JEC.

De acuerdo a nuestro Proyecto Jornada Escolar Completa, las evaluaciones de proceso obtenidas en los talleres de Reforzamiento de Lenguaje y Matemática, de los alumnos de 1° Básico a 4° Medio, se promediarán y la nota obtenida de este promedio se registrará en la asignatura correspondiente, ya sea, Lenguaje o Matemática.

Evaluación Diferenciada Artículo 5

Criterios de Evaluación Diferenciada para Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales Permanentes o Transitorias

Las necesidades educativas especiales de carácter permanente son aquellas barreras para

aprender y participar que determinados estudiantes experimentan durante toda su

escolaridad como consecuencia de un diagnóstico de tipo permanente, diagnosticado por un

profesional competente, quienes demandan apoyos y recursos extraordinarios para asegurar

el aprendizaje escolar. Decreto 170, normas generales, Artículo 2.

Los recursos de la subvención de educación especial deben permitir que los docentes de aula

y profesores especializados, y profesionales especializados dispongan de horas para

planificar y evaluar procesos educativos centrados en la diversidad y en las NEE, para

monitorear los progresos de los estudiantes y para elaborar materiales educativos

diversificados. Decreto 170, del fraccionamiento, artículo 86.

Se establecen los procedimientos de evaluación diferenciada aceptados por el Liceo

Bellavista (Programa de Integración Escolar : TEL, DEA, TDA, RIL y discapacidad auditiva)

para ser aplicados a los alumnos que presenten dificultades acreditadas, para realizar

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

13

normalmente las actividades curriculares previstas en cada asignatura, en conformidad al

DFL N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y a lo establecido en el decreto N° 170, que

fija normas para determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que serán

beneficiarios de las subvenciones para educación especial.

*Evaluaciones parciales y término de Unidad, en las asignaturas de Lenguaje y Matemática:

5.1 Apoyo pedagógico: leer enunciados, instrucciones, aclarar dudas, dar ejemplos.

5.2 Tiempo adicional: Otorgar tiempo adicional para terminar una actividad, trabajo o

evaluación.

5.3 Adecuaciones en el formato de evaluación: Ya sea pruebas, trabajos o guías

evaluadas. Estas adecuaciones las realizarán los docentes del Programa Pie en base a la

evaluación presentada por el docente de la asignatura.

5.4 Tipos de adecuaciones

Menor cantidad de preguntas

Menor cantidad de alternativas

Simplificación de alternativas en la selección múltiples, reduciendo a solo A- B-

C- y en su efecto D

ejemplo de eliminación para NEEP:

Pregunta 1: según el texto ¿cuál de los siguientes enunciados es correcto? I....... II...... III...... A. I y II son correctas B. II y III son correctas

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

14

Destacar instrucciones y palabras claves.

Agregar apoyo visual o gráfico: En el caso de los alumnos con trastorno motor

incluir mayor cantidad de material concreto.

Tipo y tamaño de letra, en el caso de alumnos con dificultades visuales.

Simplificar el lenguaje de enunciados y preguntas.

5.5 Recursos adicionales: En el caso de los estudiantes con necesidades educativas

permanentes podrán utilizar material concreto, visual o gráfico , como por ejemplo el

uso de ábaco en las pruebas de Matemática.

5.6 Evaluación en aula de recursos: En el caso , que la adecuación de la evaluación no

haya sido elaborada a tiempo, los estudiantes la rendirán una vez que esté adecuada

según las necesidades educativas especiales, en la sala de recursos

*Evaluaciones o Pruebas de Nivel

5.7 Tiempo adicional: Otorgar tiempo adicional para terminar una evaluación

previamente consensuado el lugar o espacio con Jefe Técnico.

5.8 Segunda aplicación: En el caso que un alumno obtenga nota menor a 4.0, existirá

una segunda aplicación del instrumento pudiendo superar su calificación. Este

instrumento será aplicado en la UTP.

5.9 Adecuaciones curriculares para alumnos permanentes : Se aplicará un instrumento

de evaluación de un curso inferior en la prueba del Primer Semestre. En el caso que el

alumno no rinda, se aplicará en la evaluación del Segundo Semestre un instrumento de

evaluación hasta dos cursos inferiores; de acuerdo a sus resultados se evaluará junto a

los docentes de aula, profesores PIE y Unidad Técnica la situación del alumno.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

15

De la Eximición

Artículo 6

6.1 Un estudiante puede ser eximido de la asignatura de de un especialista. El certificado debe incluir nombre completo, RUN y Registro médico del especialista, más timbre de la Institución desde donde es emitido. La Jefatura Técnica del estableci en conjunto al profesor jefe y al profesor de la asignatura.

6.2 En cuanto a la asignatura de Religión, un estudiante puede no optar a realizar esta asignatura, al responder, el apoderado, encuesta en el inicio del año escolar. En estos casos, los alumnos deben dirigirse a la sala de Biblioteca del Liceo cuando su curso se encuentre en clases de Religión y deberá realizar clases de reforzamiento de Lenguaje y /o Matemática dada por el encargado de Biblioteca.

Comunicación de resultados

Artículo 7

7.1 Informe de Calificaciones. Los resultados obtenidos por los alumnos durante el proceso se comunicarán a los apoderados por medio de informes escritos con notas parciales e informes de término de semestre, en reuniones de padres y apoderados.

6.2 Objetivos Fundamentales Transversales

Desa y apoderados junto con el Informe de Calificación.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

16

De la Promoción Artículo 8 En conformidad a los artículos 10 al Nº511 de 1997 de 1° a 8° Básico , de 1ero y 2do de Enseñanza Media Decreto 112/1999 y Decreto Nº 83/2001 de 3ero y 4to de Educación Media. 8.1 Respecto del logro de los objetivos: a) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos programas de estudio. b) Serán promovidos los alumnos de los cursos de 1° a 8º Básico que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado. c) Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 1° a 8º Básico que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados. d) Serán promovidos los alumnos (as) de 3º y 4º año medio, ambas modalidades, que hubieren aprobado todos los subsectores de aprendizaje, asignaturas, módulos, actividades de aprendizaje y análisis de experiencias en la empresa (DUAL), de sus respectivos planes de estudio; e) Serán promovidos los alumnos (as) que no hubieren aprobado un subsector de aprendizaje, asignatura o módulo, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio, se considerará la calificación del subsector de aprendizaje, asignatura o módulo no aprobado. f) Serán promovidos los alumnos (as) que no hubieren aprobado dos subsectores de aprendizaje, asignaturas o módulos, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de los dos subsectores de aprendizaje, asignaturas o módulos no aprobados; No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre los dos subsectores de aprendizaje o asignaturas no aprobados se encuentran los subsectores de aprendizaje de Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los alumnos (as) de 3º y 4º año medio, ambas modalidades, serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de los dos subsectores de aprendizaje o asignaturas no aprobados.

LICEO BELLAVISTA

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

17

8.2 Respecto de la asistencia: Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director del establecimiento, Jefe de UTP y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los estudiantes, con porcentajes menores de asistencia. De 5º a 8º año y Enseñanza Media esta autorización deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. 8.3 La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año Escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.

Las Actas de Registro de Calificaciones Promoción Escolar consignarán en cada curso, las Calificaciones Finales de cada asignatura, la Situación Final de los alumnos y Cédula Nacional de identificación de cada uno de ellos.

Las actas se confeccionarán digitalmente y serán enviadas al correo electrónico del Ministerio de Educación en la fecha estipulada.

Las situaciones de Evaluación y Promoción escolar no previstas en el Decreto 511 de Enseñanza Básica, de 1ero y 2do de Enseñanza Media Decreto 112/1999 y Decreto Nº 83/2001 de 3ero y 4to de Educación Media, serán resueltas por la Secretaria Ministerial de Educación Metropolitana.