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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA RURAL BAHIA MANSA SAN JUAN DE LA COSTA 2020

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REGLAMENTO INTERNO Y DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

ESCUELA RURAL BAHIA MANSA

SAN JUAN DE LA COSTA

2020

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Contenido

PRESENTACIÓN ...................................................................................................................................... 7

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO ......................................................................................................... 7

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES ..................................................................................... 8

CAPÍTULO II: CONCEPTOS GENERALES ........................................................................................ 10

2.2 REGLAMENTO INTERNO: ................................................................................................................................... 10

2.3 COMUNIDAD EDUCATIVA: ................................................................................................................................ 11

2.4 CONVIVENCIA ESCOLAR: .................................................................................................................................. 11

2.5 BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR: .................................................................................................................... 11

2.6 VIOLENCIA ESCOLAR: ........................................................................................................................................ 12

2.6.1 ACOSO ESCOLAR (BULLYING): ............................................................................................... 12

2.6.2 MALTRATO ESCOLAR: .............................................................................................................. 12

CAPÍTULO III: IDEARIO .................................................................................................................... 13

3.1 VISIÓN..................................................................................................................................................................... 13

3.2 MISIÓN .................................................................................................................................................................... 14

3.3 PRINCIPIOS Y VALORES ...................................................................................................................................... 14

3.4 SELLOS INSTITUCIONALES ................................................................................................................................ 16

3.5 ORGANIGRAMA ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL ................................................................................. 17

3.6 EQUIPO DE GESTIÓN (EGE) ................................................................................................................................ 18

CAPÍTULO IV: FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO ................................................... 19

4.1 NIVELES DE ESCOLARIDAD............................................................................................................................... 19

4.2 HORARIO DE LA JORNADA ................................................................................................................................ 19

4.4 HORARIO DE CLASES PRE-BASICA Y BÁSICA .............................................................................................. 20

4.5. ALIMENTACIÓN JUNAEB ................................................................................................................................... 20

CAPÍTULO V: ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES .......................................................................... 21

ARTÍCULO 9: PROCESO DE ADMISIÓN .................................................................................................................. 21

ARTÍCULO 10: REQUISITOS ..................................................................................................................................... 22

ARTÍCULO 11: POSTULACION SISTEMA DE ADMISIÓN ESCOLAR (SAE) ....................................................... 22

ARTÍCULO 12: MATRÍCULA ..................................................................................................................................... 22

ARTÍCULO 13: ESTUDIANTES NUEVOS ................................................................................................................. 23

ARTÍCULO 14: LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES .................................. 23

ARTÍCULO 15: ESTUDIANTES ANTIGUOS ............................................................................................................. 23

ARTÍCULO 16: NEGACIÓN DE MATRÍCULA .......................................................................................................... 24

ARTÍCULO 17: INTERNADO ...................................................................................................................................... 24

ARTÍCULO 18: GRATUIDAD ..................................................................................................................................... 25

ARTICULO 20: DE LOS ATRASOS ............................................................................................................................ 26

ARTICULO 21: SE CONSIDERA ATRASO ................................................................................................................ 26

PROTOCOLO ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL ESTABLECIMIENTO ....................................................... 28

ARTÍCULO 24: RETIRO Y SALIDA DE ESTUDIANTES .......................................................................................... 29

PROTOCOLO DE RETIRO DE ESTUDIANTES ......................................................................................................... 30

ARTÍCULO 26: INASISTENCIAS ......................................................................................................................................... 30

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ARTÍCULO 25: TRANSPORTE ESCOLAR ................................................................................................................. 32

ARTÍCULO 26 : INGRESO AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ........................................................................... 32 ARTÍCULO 27: REGLAS GENERALES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO DEL PROYECTO

DE INTEGRACIÓN ESCOLAR .................................................................................................................................... 34

ARTÍCULO 28: UNIFORME ESCOLAR ..................................................................................................................... 34

ARTÍCULO 29: MEDIDAS PARA AFRONTAR DIFICULTADES EN EL USO DE UNIFORME ............................ 36

ARTÍCULO 30: UNIFORMES EN EDUCACIÓN PARVULARIA ............................................................................. 36

ARTÍCULO 31: DE LOS ÚTILES ESCOLARES ......................................................................................................... 37

ARTÍCULO 32: LISTA DE ÚTILES ESCOLARES ...................................................................................................... 38

32.1 LISTA KÍNDER .............................................................................................................................. 38

32.2 LISTA 1° CICLO ............................................................................................................................. 39

32.3 LISTA 2° CICLO ............................................................................................................................. 39

ARTÍCULO 33: PROCEDIMIENTO SALIDAS PEDAGÓGICAS Y GIRAS DE ESTUDIOS .................................. 40

CAPÍTULO VII: NORMAS GENERALES ADMINISTRATIVAS ....................................................... 42

ARTÍCULO 35: CONSEJO GENERAL ........................................................................................................................ 43

ARTÍCULO 36: CONSEJO TÉCNICO PEDAGÓGICO ............................................................................................... 44

ARTÍCULO 38: TALLER DE TRABAJO COLABORATIVO Y ADECUACIONES CURRICULARES ................... 47

ARTÍCULO 44: CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS ..................................................................... 48

ARTÍCULO 47: FUNCIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIANTES ................................................................................ 49

VIII. NORMAS GENERALES TÉCNICOS-PEDAGÓGICAS .............................................................. 53

ARTÍCULO 50: DEFINICIÓN Y FINALIDAD DE LA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA ................................... 53

ARTÍCULO 52: EQUIPO DE GESTIÓN ....................................................................................................................... 57

ARTÍCULO 53: PERFECCIONAMIENTO DOCENTE ............................................................................................... 60

CAPÍTULO XI: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES EDUCATIVOS ............................... 60

ARTÍCULO 54: SUJETOS DEL REGLAMENTO INTERNO ...................................................................................... 61

ARTÍCULO 55: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ........................................................................ 61

ARTÍCULO 56: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS .................................................... 66

ARTÍCULO 57 : DEBERES Y DERECHOS DEL EQUIPO DIRECTIVO ................................................................... 72

ARTÍCULO 58: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES ............................................................... 73

ARTÍCULO 59: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES U.T.P ..................................................... 76

ARTÍCULO 60: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR GENERAL ............. 82

ARTÍCULO 61: DERECHOS Y DEBERES DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO ............................................... 85

ARTÍCULO 62: PERFIL ENCARGADO/A DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ..................................................... 88

ARTÍCULO 63: PERFIL COORDINADOR PIE ........................................................................................................... 90

ARTÍCULO 64: PERFIL PSICÓLOGA DEL PROYECTO INTEGRACIÓN ESCOLAR ........................................... 92

ARTÍCULO 65: PERFIL DEL CARGO FONOAUDIÓLOGO ..................................................................................... 93

ARTÍCULO 66: PERFIL DUPLA PSICOSOCIAL: TRABAJADORA SOCIAL Y PSICÓLOGA .............................. 94

ARTÍCULO 67: ENCARGADO DE CENTRO DE RECURSOS (CRA) ...................................................................... 96 ARTÍCULO 68 : DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES, EDUCADORAS DE PÁRVULO, EDUCADORAS

DIFERENCIALES, PSICOPEDAGOGOS .................................................................................................................... 99

ARTÍCULO 69: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROFESOR/A .... 105 ARTÍCULO 70: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EDUCADOR DE

PÁRVULOS .......................................................................................................................................... 108

ARTÍCULO 71 : EDUCADORAS DIFERENCIALES O PSICOPEDAGOGOS ................................ 111

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ARTÍCULO 72 : DEBERES DERECHOS PERSONAL ADMINISTRATIVO Y ASISTENTES DE LA

EDUCACIÓN ........................................................................................................................................ 112 ARTÍCULO 73: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES SECRETARIA DE DIRECCIÓN

114 ARTÍCULO 74: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES SECRETARIA INSPECTORÍA

GENERAL ............................................................................................................................................. 117 ARTÍCULO 75: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA AYUDANTE DE AULA

119

ARTÍCULO 77: PRINCIPALES FUNCIONES DE LA ASISTENTE DE PÁRVULO ...................... 122

ARTÍCULO 78: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR ...... 125

ARTÍCULO 79: PRINCIPALES FUNCIONES DEL INSPECTOR DEL INTERNADO .................... 126

ARTÍCULO 80: PRINCIPALES FUNCIONES DEL EDUCADOR TRADICIONAL ...................... 128

ARTÍCULO 81: PRINCIPALES FUNCIONES DEL ENCARGADO DE INFORMÁTICA .............. 129

ARTÍCULO 82 : DERECHOS Y DEBERES DE AUXILIARES DE SERVICIOS ........................... 132

ARTÍCULO 83: PROHIBICIONES ............................................................................................................................. 136

CAPÍTULO XII: DEL INGRESO DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESTABLECIMIENTO............. 139

ARTÍCULO 84: REQUISITOS .................................................................................................................................... 139

ARTÍCULO 85 : DEL INICIO Y TÉRMINO DE LA JORNADA ............................................................................... 140

ARTÍCULO 88: DE LA JORNADA DE TRABAJO .................................................................................................... 141

ARTÍCULO 89: DE LOS PERMISOS ADMINISTRATIVOS .................................................................................... 141

ARTÍCULO 92 : DE LOS COMETIDOS DE SERVICIO............................................................................................ 143

ARTÍCULO 93: DE LAS LICENCIAS MÉDICAS ..................................................................................................... 143

ARTÍCULO 98: DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO ..................................................................................... 144

CAPÍTULO XVI: NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD PERSONAL ........................................ 147

CAPÍTULO XVII: SOBRE PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES ................................ 149

DE LA OBLIGACION DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES ............................................................. 149

ARTÍCULO 106: DE LOS RIESGOS INHERENTES A LA ACTIVIDAD EN EL ESTABLECIMIENTO ............... 150

CAPÍTULO XVIII: DEL INTERNADO ESCUELA BAHIA MANSA ................................................ 155

ARTÍCULO 107: REGLAS GENERALES DEL INTERNADO ................................................................................. 155

DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTERNOS E INTERNAS ................................................................................ 159

ARTÍCULO 108: DE LOS DERECHOS............................................................................................... 159

ARTICULO 109: DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS INTERNOS ............................................... 160

ARTÍCULO 110: DE LAS SANCIONES Y ESTIMULOS DE INTERNOS E INTERNAS........................................ 161

CAPÍTULO XXXX: DE LAS CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN FALTAS ................................. 162

ARTÍCULO 113: DE LAS FALTAS LEVES ........................................................................................... 162

ARTÍCULO 114: MEDIDAS PEDAGÓGICO-FORMATIVAS Y SU SUPERACIÓN ............................ 163

ARTÍCULO 115: SANCIONES COMPROMISO CONDUCTUAL .................................................... 165

ARTÍCULO 116: MEDIDAS REPARATORIAS ................................................................................. 166

ARTÍCULO 117: FALTA GRAVE ....................................................................................................... 167

ARTÍCULO 118: MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO ................................................................... 169

ARTÍCULO 119: SANCIONES AMONESTACIÓN ESCRITA .......................................................... 169

ARTÍCULO 123: FALTAS GRAVÍSIMAS: MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO ....................... 176

ARTÍCULO 124: MEDIDAS DISCIPLINARIAS O SANCIONES PARA FALTAS GRAVÍSIMAS 176

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ARTÍCULO 129: MEDIDAS REPARATORIAS ................................................................................. 181

CAPÍTULO XXIII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO ENTRE ESCOLARES

(BULLYING) ......................................................................................................................................... 194

CAPÍTULO XXIV: PROTOCOLO ANTE EL MALTRATO DE UN ADULTO A UN ESTUDIANTE DEL

ESTABLECIMIENTO ........................................................................................................................... 201

CAPÍTULO XXV: PROTOCOLO ANTE AGRESIÓN DE UN ESTUDIANTE A UN ADULTO DEL

ESTABLECIMIENTO ........................................................................................................................... 204

CAPÍTULO XXVI: PROTOCOLO EN CASO DE MALTRATO, ACOSO, HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA O

AGRESION DE APODERADOS Y/O ESTUDIANTES A MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR. 205

FLUJOGRAMA DE ACCIÓN CASO DE CIBERBULLYING .................................................................................................... 213

CAPÍTULO XXVIII: PROTOCOLO GROOMING Y/ O SEXTING .................................................. 213

FLUJOGRAMA DE ACCIÓN GROOMING O SEXTING ....................................................................................................... 215

CAPÍTULO XXIX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A AGRESIONES SEXUALES Y HECHOS DE

CONNOTACIÓN SEXUAL QUE ATENTEN CONTRA LA INTEGRIDAD DE LOS ESTUDIANTES216

FLUJOGRAMA PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL ....................................................................................... 220

CAPÍTULO XXX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A LA DETECCIÓN DE SITUACIONES DE

VULNERACIÓN DE DERECHOS ....................................................................................................... 221

FICHA DE ACTIVACION DE PROTOCOLO FRENTE A LA DETECCION DE SITUACIONES DE

VULNERACION DE DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................... 225

CAPÍTULO XXXI: PROTOCOLO DE ACTUACION PARA ABORDAR EL CONSUMO Y/O PORTE DE

DROGAS Y ALCOHOL EN LA ESCUELA ......................................................................................... 226

FLUJOGRAMA ACTUACIÓN PARA ABORDAR EL CONSUMO Y/O PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL EN LA

ESCUELA .................................................................................................................................................................... 229

CAPÍTULO XXXII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO ........... 230

CAPÍTULO XXXIII: PROTOCOLO DE ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES

ADOLESCENTES ................................................................................................................................. 232

FLUJOGRAMA PARA LA RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS Y MADRES ADOLESCENTES .... 237

CONSENTIMIENTO INFORMADO DE ACOMPAÑAMIENTO AL ADOLESCENTE ......................................... 238

CAPÍTULO XXXIV: PROTOCOLO DE CONDUCTAS AUTOLESIVAS ......................................... 239

FLUJOGRAMA DE ACCIÓN DE CONDUCTAS AUTOLESIVAS ........................................................................................... 241

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A INGESTA DE MEDICAMENTOS EN HORAS DE CLASES

................................................................................................................................................................ 242

CAPÍTULO XXXV: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES. 243

PRESTACIONES MÉDICAS QUE INCLUYE EL SEGURO SON LAS SIGUIENTES: ........................................... 244

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES .......................................................... 245

CAPÍTULO XXXVI: PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR ............................................ 246

UBICACIÓN GEOGRÁFICA ..................................................................................................................................... 246

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ENTORNO ................................................................................................................................................................... 247

INFRAESTRUCTURA Y OTROS ANTECEDENTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA .......................................... 248

EQUIPAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO PARA EMERGENCIAS ................................................................. 248

RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL PLAN .................................................... 251

RESPONSABLES INTERNOS Y EXTERNOS DEL PLAN DE SEGURIDAD ......................................................... 253

PERSONAL PARTICIPANTE EN EL PLAN DE SEGURIDAD ............................................................................... 254

FUNCIONES OPERATIVAS DE LOS INTEGRANTES DEL PLAN ........................................................................ 255

PROCEDIMIENTOS ANTE EMERGENCIAS ........................................................................................................... 259

CAPÍTULO XXXVII: DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES ......................................... 265

CAPÍTULO XXXVIII: PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR .......................... 301

ANEXOS ................................................................................................................................................... 320

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PRESENTACIÓN

El presente reglamento Interno de normas técnico-pedagógicas,

técnico- administrativas, de prevención de riesgos, de convivencia escolar,

de higiene y seguridad, contiene normas que regulan la estructura, el

funcionamiento y vinculaciones de los distintos estamentos de la escuela y

los derechos y deberes de sus integrantes en relación con sus labores y

permanencia en el establecimiento con el propósito de mejorar con equidad

y participación la calidad del proceso educativo.

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO

a) Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos

estamentos de la institución escolar, con el propósito de lograr la

consecución de los objetivos propuestos por el establecimiento en su

Proyecto Educativo, en el marco de la Jornada Escolar y de la Buena

Enseñanza.

b) Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes

de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.

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c) Contribuir a crear las condiciones técnico-pedagógicas,

administrativas y de convivencia escolar que propicien un clima

organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el

fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.

d) Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional

y la comunidad organizada en función del logro de los propósitos

educativos.

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1: El presente Reglamento Interno constituye un “marco

orientador” para las acciones que el Establecimiento realice, a favor del

objetivo principal de aprender a vivir juntos, por tal motivo, este

documento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de

acciones que los actores educativos emprenden y emprenderán en la

formación de valores de convivencia: respeto por la diversidad;

participación activa en la comunidad; colaboración; autonomía y

solidaridad, etc.

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ARTÍCULO 2: Tiene un carácter estratégico, pues por una parte ofrece un

marco de referencia que otorga sentido y coherencia a dichas acciones y,

por otra, busca promover y estimular las acciones específicas que vayan

teniendo lugar en los distintos sectores; promover la buena convivencia

escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u

hostigamientos.

ARTÍCULO 3: Los integrantes de la comunidad educativa: Estudiantes,

Padres, Apoderados, Equipo Directivo, Asistentes de la Educación y

Docentes, deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y

realizar sus actividades bajo las normas del respeto mutuo y la tolerancia.

Todos los miembros de la comunidad educativa, deben respetar y cumplir

con la normativa interna del Establecimiento.

ARTÍCULO 4: Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a

desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria

para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea

afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y

exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su

vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones

de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad

educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Se debe entender que la disciplina no es un fin en sí, sino que un medio al

servicio de la acción educativa que busca formar en el estudiante valores

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como el respeto por su persona y por los demás, la tolerancia, la

solidaridad, la honestidad, la verdad, etc.

ARTÍCULO 5: Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán

informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u

hostigamiento que afecte a un miembro de la comunidad de las cuales tome

conocimiento, todo ello conforme a las normas de este reglamento.

CAPÍTULO II: CONCEPTOS GENERALES

Para todos los efectos de este Reglamento Interno se entenderá por:

2.1 ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL: Espacio público de

privilegio para el desarrollo pleno de los futuros ciudadanos del país, por

medio de la convivencia cotidiana de los principios y valores democráticos,

generando espacios participativos de bienestar común con y entre los

miembros de la comunidad local.

2.2 REGLAMENTO INTERNO: Conjunto sistemático de normas que

tiene por finalidad señalar los derechos y deberes de los estudiantes,

establecer las estructuras necesarias para su eficaz participación y disponer

reglas que posibiliten mejorar la convivencia diaria de los estudiantes entre

sí, con sus profesores y los demás miembros de la comunidad escolar,

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orientado a obtener el máximo desarrollo individual, social intelectual y

espiritual.

2.3 COMUNIDAD EDUCATIVA: Agrupación de personas que inspiradas

en un propósito común integran una institución educativa, propendiendo a

asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual,

artístico y físico.

El cual se encuentra integrado por el propósito compartido de la comunidad

ya sea por los estudiantes, padres, madres y apoderados, docentes,

asistentes de la educación, y sostenedor.

2.4 CONVIVENCIA ESCOLAR: Integración entre los diferentes

miembros de un Establecimiento Educacional, que tiene incidencia

significativa en el desarrollo ético, socio afectivo e intelectual de los

estudiantes.

2.5 BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR: Coexistencia armónica de los

miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva

entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos

en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.

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2.6 VIOLENCIA ESCOLAR:

2.6.1 ACOSO ESCOLAR (BULLYING): Cualquier acción u omisión

constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro

del establecimiento por estudiantes que, en forma individual o colectiva,

atenten en contra de otro estudiante , valiéndose para ello de una situación

de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en

este último maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un

mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro

medio, tomando en cuenta su edad y condición.

2.6.2 MALTRATO ESCOLAR: Sin perjuicio de lo definido en Conceptos

Generales del presente Reglamento Interno, se consideran actos de maltrato

escolar entre otras las siguientes:

a) Proferir insultos, agresiones verbales o no verbales, hacer gestos

groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier

miembro de la comunidad educativa.

b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un

estudiante o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa;

c) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su

condición social, situación económica, religión, pensamiento político

o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación

sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;

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d) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a

cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats,

blogs, facebook, WhatsApp, mensajes de texto, correos electrónicos,

foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs,

teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;

e) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier

conducta de maltrato escolar;

f) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean

constitutivos de delito.

g) Injuriar, denostar agredir a otros miembros de la comunidad educativa

a través de las redes sociales utilizando frases ofensivas, insultantes,

etc. Que transgredan el concepto de buena convivencia.

ARTÍCULO 6: Las situaciones no contempladas en cualquiera de los

Capítulos y títulos del presente Reglamento interno, quedarán a criterio de

la autoridad máxima del establecimiento.

CAPÍTULO III: IDEARIO

3.1 VISIÓN

Ser una escuela Intercultural, en contexto mapuche-williche, que desarrolle

en sus estudiantes, una identidad personal, social y cultural, con una

comunidad educativa comprometida, que promueva el trabajo colaborativo

para atender a la diversidad.

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3.2 MISIÓN

Somos una escuela que entrega una educación pertinente, contextualizada,

reconociendo y respetando la cultura del territorio, contando con un Equipo

multidisciplinario para dar respuesta a todas las necesidades de los

estudiantes.

3.3 PRINCIPIOS Y VALORES

Los valores cobran un rol fundamental en la educación ya que nos permiten

llegar a convertirnos en personas autónomas, libres y con fuerte

compromiso social; queremos una educación en la cual prevalezcan los

siguientes valores: el respeto por la identidad cultural, por la naturaleza y

el entorno, respeto por la diversidad y la vida en sociedad.

a) Educación para la valoración y el respeto por la identidad

cultural:

Creemos en una Educación que valore, respete y no se avergüence de su

origen mapuche-huilliche. Que nuestros alumnos conozcan la historia de su

pueblo. Rescatando y haciendo propio el conocimiento antiguo de sus

familias: valorando la tradición oral, la lengua materna, la música, deportes,

juegos, costumbres, religión y ceremonias. Todo lo anterior, para que

nuestros alumnos conozcan el pasado, se sientan orgullosos de su presente

y así, poder construir un futuro mejor.

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b) Educación para el respeto por la naturaleza y el entorno:

Creemos en una Educación que respete la naturaleza, en donde los alumnos

comprendan el significado de la Cosmovisión mapuche, en que la tierra y el

ser humano son uno sólo y que se debe cuidar para no alterar el equilibrio.

c) Educación por el respeto a la diversidad:

Creemos en una Educación de respeto la diversidad, donde nuestros

alumnos seas capaces de aceptar, tolerar, respetar diversas opiniones,

formas de vida, aceptando las diferencias individuales, tales como: religión,

cultura, origen, sexo, gustos, etc. Promoviendo que todos somos hermanos

de la tierra y que debemos vivir en comunión.

d) Educación para la solidaridad:

Creemos en una Educación que promueva la solidaridad, el trabajo en

equipo y la colaboración. Que nuestros alumnos aprendan a valorarse a sí

mismo y a tender la mano a quien lo necesita. Que aprendan a trabajar en

equipo y que a partir de ello, puedan generar nuevas ideas o espacios de

crecimiento tanto en lo personal como en lo social.

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3.4 SELLOS INSTITUCIONALES

Sello 1: Aprender a ser respetuoso y valorar la cultura mapuche-williche,

considerando la cosmovisión y el cuidado de la madre tierra.

Sello 2: Aprender hacer uso de los talentos y habilidades en pro del

crecimiento personal y de la comunidad educativa.

Sello 3: Aprender a conocer la importancia de la participación ciudadana y

la democracia.

Sello 4: Aprender a convivir respetando la diversidad personal, social y

cultural.

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3.5 ORGANIGRAMA ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

DIRECTOR

UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA

COORD. SEP COORD. PIE

EDUCADORES DIFERENCIALES

PSICÓLOGA FONOAUDIÓLOGO

EIB CRA RADIO LABORATORIO

CIENCIAS LABORATORIO COMPUTACIÓN

PROFESORES

ASISTENTES DE AULA

INSPECTORÍA GENERAL

CONVIVENCIA ESCOLAR /DUPLA

PSICOSOCIAL

INSPECTORES AUXILIAR DE ASEO INTERNADO SECRETARÍA

DIRECCIÓN/UTP

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18

3.6 EQUIPO DE GESTIÓN (EGE)

EQUIPO DIRECTIVO DIRECTOR : JUAN LUIS CANO MOLINA

UTP : YANELA FERNÁNDEZ S.

INSP. GRAL : CÉSAR AMPUERO A.

COORDINADORA PIE

COORDINADOR 1°

CICLO

COORDINADOR 2°

CICLO

COORDINADORA EIB

CAMILA CÉSPEDES DITTRICH

KARLA ASENJO ALVARADO

MARCELO MONSALVE

ELISABETH GARCÍA RIVAS

ENCARGADO DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

MARCELO MONSALVE SAEZ

SUBROGANTE: LUCÍA CATALAN

ENCARGADA DE

SALUD

SUBROGANTE

ARACELLI ÁLVAREZ

PATRICIA MANCILLA

ENCARGADO DE

SEGURIDAD

PATRICIO PÉREZ

DUPLA PSICOSOCIAL ARACELLI ÁLVAREZ (Trabajadora Social)

LUCÍA CATALÁN (Psicóloga)

COMITÉ DE BUENA

CONVIVENCIA

ESCOLAR

MARCELO MONSALVE LUCÍA CATALÁN,

ARACELLI ÁLVAREZ, CAMILA CÉSPEDES,

JIMENA MANCILLA, NADIA ANDRADE,

JUAN LUIS CANO MOLINA, YANELA

FERNÁNDEZ Y CÉSAR AMPUERO.

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19

CAPÍTULO IV: FUNCIONAMIENTO DEL

ESTABLECIMIENTO

4.1 NIVELES DE ESCOLARIDAD

pre-básica: Kínder

Básica: 1° a 8° Básico

01 curso modalidad especial del Proyecto de Integración opción 4

4.2 HORARIO DE LA JORNADA

Funcionamiento de la Unidad Educativa

Lunes a jueves : 08:30 a 18:00 hrs.

Viernes : 08:30 a 14:30 hrs.

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20

4.4 HORARIO DE CLASES PRE-BASICA Y BÁSICA

4.5. ALIMENTACIÓN JUNAEB

ARTÍCULO 7: Los estudiantes almuerzan en el Establecimiento,

según raciones entregadas por JUNAEB, a los estudiantes beneficiados;

y en el internado, los que pertenecen a él; y se disponen de espacios

para ello. Asimismo, se solicitará al apoderado certificación médica

para aquellos alumnos que presenten intolerancia de alimentos que

BLOQUE PROFESORES KÍNDER

LUNES A VIERNES

Desayuno y organización de las clases

08:30 a 08:45 hrs.

Desayuno:

08:45 a 09:00 hrs.

1° 08:45-09:30

2° 09:30-10:15

RECREO 10:15-10:25

3° 10:25-11:10

4° 11:10-11:55

ALMUERZO 11:55-12:35 (alumnos, profesores y

ayudantes de aula, Técnico computación)

5° 12:35-13:20 Almuerzo

12:35 a 13:15 hrs.

6° 13:20-14:05

RECREO 14:05-14:15

LUNES A JUEVES

7° 14:15-15:00

8° 15:00-15:45

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21

entrega la Junaeb. En este sentido, será deber de los apoderados

informar a los profesores jefes de la condición de sus hijos y enviarles

la alimentación necesaria para ello.

ARTÍCULO 8: Los alumnos Celíacos recibirán un servicio de

alimentación diferenciado. El apoderado interesado en que el estudiante

bajo su responsabilidad lo reciba, deberá postular ante Junaeb, a través

del establecimiento educacional al que asiste. El estudiante debe

acreditar mediante informe médico (formato en formulario de

postulación) haber sido diagnosticado con enfermedad celíaca. Junaeb

informará formalmente al establecimiento el resultado de la postulación

y coordinará si corresponde con la empresa prestadora el inicio de la

entrega del beneficio.

CAPÍTULO V: ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 9: PROCESO DE ADMISIÓN

El proceso de admisión de los estudiantes, se realizará conforme a los

principios de transparencia, educación inclusiva, accesibilidad

universal, equidad y no discriminación arbitraria. Dicho proceso

comprende una etapa de postulación, admisión y matrícula.

Según el Artículo 12 de la ley de inclusión, este establecimiento no

considerará el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante.

Asimismo, en este proceso no será requisito la presentación de

antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante, tales como

nivel de escolaridad, estado civil y situación patrimonial de los padres,

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22

madres o apoderados. El proceso de admisión de los estudiantes

garantizará la transparencia, equidad e igualdad de oportunidades.

ARTÍCULO 10: REQUISITOS

a) Educación Parvularia:

Según la Ley General de Educación, la Educación Parvularia no

exige requisitos mínimos para su ingreso al nivel, sin embargo, el

ingreso de los niños y niñas a KÍNDER (segundo nivel de transición)

es de 5 años cumplidos al 31 de marzo. (Decreto N°1.126 de

2017,MINEDUC).

b) Educación Básica:

La edad de ingreso para 1° Básico es de 6 años cumplidos al 31 de

marzo.

ARTÍCULO 11: POSTULACION SISTEMA DE ADMISIÓN

ESCOLAR (SAE)

Los apoderados de los estudiantes que postulen al proceso de admisión

deberán realizar esta, vía online en la plataforma del MINEDUC en las

fechas establecidas por este organismo.

ARTÍCULO 12: MATRÍCULA

Los estudiantes nuevos que soliciten matrícula, deben reunir los

requisitos del art. 10 y 13, para poder ser matriculados y además,

estarán sujetos a los cupos disponibles del establecimiento, según

normativa SAE.

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23

ARTÍCULO 13: ESTUDIANTES NUEVOS

a) Los estudiantes deben matricularse en las fechas y horarios

informados por el Establecimiento.

b) Presentar Certificado de Estudio que acredite última promoción

de curso.

c) Certificado de Nacimiento.

d) Completar ficha de matrícula con todos los antecedentes

solicitados. Información que es muy relevante para que

posteriormente, cada profesor jefe pueda completar los

antecedentes familiares de los estudiantes en los libros de clases y

en el libro de registro.

ARTÍCULO 14: LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES

EDUCATIVAS ESPECIALES

Deben presentar su documentación PIE con el fin de planificar los

apoyos pertinentes. Esta exigencia no es impedimento para efectos de

matrícula.

ARTÍCULO 15: ESTUDIANTES ANTIGUOS

a) Los estudiantes deben confirmar su matrícula en las fechas y

horarios informados por el Establecimiento.

b) Completar ficha de matrícula con todos los antecedentes

solicitados. Información que es muy relevante para que

posteriormente, cada profesor jefe pueda completar los

antecedentes familiares de los estudiantes en los libros de clases y

en el libro de registro.

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24

c) Si algún estudiante termina su año escolar con Matrícula

Condicional o con problemas graves de conducta deberá el

apoderado junto con su pupilo, firmar un documento de

compromiso de cambio de conducta y consentimiento de

aplicación de un acompañamiento y apoyo, a fin a la situación del

estudiante, al inicio del año lectivo.

ARTÍCULO 16: NEGACIÓN DE MATRÍCULA

El establecimiento puede no proceder con la matrícula de un estudiante

en el siguiente caso:

1. Si el estudiante viene de otro colegio y no presenta la documentación

solicitada, que es certificado de estudios del último año aprobado y el

certificado de nacimiento.

ARTÍCULO 17: INTERNADO

Para que los alumnos puedan postular al internado del establecimiento,

deben completar ficha de “internado”, entregando todos los

antecedentes relevantes para acceder a este beneficio.

Para los estudiantes de kínder a 2° básico que postulen al internado,

adicionalmente, deberán presentar informe, emitido por la Trabajadora

Social del establecimiento, que acredite la necesidad del internado.

En el caso que los alumnos provoquen daños, peleas, acciones

inmorales, retirarse sin aviso, desobediencia o rebeldía reiteradas en el

Internado del Establecimiento, la Dirección puede solicitar el retiro del

alumno del Internado, pero no de la Escuela.

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25

*La documentación escolar de algún estudiante cuando egresa o es

retirado del establecimiento, será entregada solo al apoderado o tutor.

El establecimiento no puede retener o negar la documentación.

ARTÍCULO 18: GRATUIDAD

Los estudiantes quedan exentos de todo pago al momento de la

matrícula y durante el año lectivo.

Al momento de ser matriculado el estudiante, su apoderado recibirá el

Reglamento Interno y de Convivencia Escolar que contienen las

Normas, Derechos y Deberes del Establecimiento, quedando

comprometidos a seguir y respetar, el que quedará registrado en la ficha

de matrícula.

ARTÍCULO 19: POSTULACIÓN A BECAS

El establecimiento pondrá a disposición de la comunidad educativa la

atención de una Trabajadora Social, para orientar y realizar la

postulación a las diferentes becas y beneficios que otorgan las

instituciones; articulando el trabajo con el Depto. Social de la Ilustre

Municipalidad de San Juan de la Costa. Será deber del apoderado

acercarse al establecimiento para postular a su pupilo/a, cumpliendo

con los requisitos y plazos que determinen las instituciones.

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26

ARTICULO 20: DE LOS ATRASOS

a) Los estudiantes que lleguen atrasados luego del toque de

campana, se registrará su atraso en Inspectoría General y se les

dará un pase de ingreso inmediato a sala.

b) No obstante esto, todo atraso se considera una falta, por lo cual se

aplicarán medidas disciplinarias establecidas según los protocolos

de atrasos.

c) Aquellos alumnos que lleguen después de la hora de ingreso

debido a control médico en CESFAM, deberán presentarse con su

apoderado o tutor, más el certificado de atención otorgado por la

Institución de salud.

d) Está estrictamente prohibido devolver a un estudiante o negarle el

ingreso al establecimiento. Sin embargo, cada situación especial

se atenderá en su mérito y resuelta por el Inspector General.

ARTICULO 21: SE CONSIDERA ATRASO

a) Se considera atraso desde las 08:40, se registra su atraso y se le

entrega un pase para ingresar inmediatamente a las salas de

clases.

b) Al tercer atraso del alumno, se le citará al apoderado por medio de

comunicación escrita, que deberá presentarse en el

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27

establecimiento, para que justifique el motivo de los atrasos

reiterados.

c) Los apoderados de los estudiantes que viajan de otras comunas o

sectores de difícil acceso, deberán justificar y documentar estos

hechos ante Inspectoría General, de acuerdo a los méritos de las

circunstancia, extenderá una autorización especial de ingreso en

caso de atraso.

d) En el caso de los alumnos que lleguen atrasados a la sala, el

profesor de la asignatura comunicará al Inspector General del

hecho y si la conducta es reiterada, se citará al apoderado,

conforme al protocolo de atrasos.

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PROTOCOLO ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL

ESTABLECIMIENTO

ARTÍCULO 22: INGRESO DE LOS ESTUDIANTES

ATRASADOS

El profesor permitirá el ingreso de estudiantes atrasados, siempre y

cuando cuenten con un pase de Inspectoría o el Inspector General

acompañe al alumno a la sala personalmente.

Los estudiantes que lleguen atrasados a clases después de un recreo o

colación, están sujetos a las medidas disciplinarias establecidas en el

“Protocolo de pases por atrasos después de un recreo o colación” que

esta adjunto al presente reglamento.

Todas las excepciones y casos especiales serán resueltas por el

Inspector General.

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29

ARTÍCULO 23: Ningún estudiante puede hacer abandono de la sala

de clases durante un cambio de hora y mucho menos durante el

desarrollo de ésta, a no ser que esté autorizado.

ARTÍCULO 24: RETIRO Y SALIDA DE ESTUDIANTES

a) El retiro de clases de un estudiante se debe realizar en Inspectoría

General y solamente por el apoderado titular o suplente.

b) Inspectoría General verifica con carnét de identidad de la persona

que viene a retirar al estudiante sea el apoderado titular o suplente

de acuerdo a los registros.

c) Antes de realizar el retiro del estudiante verificar que éste no esté

siendo evaluado en ese momento, de lo contrario se le solicitará al

apoderado que espere al término de ese proceso.

d) Informar al profesor de la clase el retiro del estudiante, indicando

en forma verbal el nombre del estudiante. El profesor dejará

registrado en el libro de clases el retiro del alumno.

e) El retiro del estudiante quedara registrado en el libro

“REGISTRO SALIDA DE ESTUDIANTES” y firmado por el

apoderado titular o suplente.

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30

f) Situaciones excepcionales: se atenderá en su mérito considerando

el contexto y la ruralidad de nuestros estudiantes. Situación que

será resuelta por el Inspector General.

PROTOCOLO DE RETIRO DE ESTUDIANTES

ARTÍCULO 26: INASISTENCIAS

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31

a) Toda inasistencia a clases deberá ser justificada personalmente

por el apoderado o mediante comunicación escrita, debidamente

firmada por el apoderado o tutor.

b) En caso de que la ausencia del estudiante se deba a enfermedad u

otro motivo, el apoderado deberá presentar al retorno del

estudiante el certificado médico y/o documento que justifique su

inasistencia, según protocolos.

c) En caso de una ausencia por razones de fuerza mayor, el

apoderado deberá informar anticipadamente la situación por

escrito y/o en forma personal, en Inspectoría General, según

protocolo. Esta situación deberá ser informada al Profesor Jefe. Al

reintegro del estudiante se deberá justificar con documentación

pertinente.

d) Una ausencia de 5 o más días injustificados, según la situación en

particular, se podrá enviar a visita domiciliaria a la dupla

Psicosocial en representación del Establecimiento, para tomar

conocimientos de las razones de su ausencia. Posterior a ello y de

no tener resultado positivo, la situación será informada a

Carabineros u OPD, de acuerdo a los procedimientos estipulados

por la Ley. 20.370.

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e) Los estudiantes deben asistir a evaluaciones, reforzamientos y

recuperaciones de clases programados por el Establecimiento,

como asimismo a actos cívicos y otros eventos planificados por la

Dirección del Establecimiento. Si no cumple lo establecido, su

apoderado deberá concurrir al Establecimiento para justificarlo.

No obstante lo anterior, es deber del apoderado asegurar la

asistencia diaria de su pupilo a clases.

ARTÍCULO 25: TRANSPORTE ESCOLAR

Los estudiantes deberán mantener el orden, disciplina y respeto cuando

se trasladen ida y vuelta en los buses de acercamiento. Toda situación

de indisciplina el chofer del trasporte deberá comunicar a Inspector

General. Luego el Inspector General será el responsable de recabar la

información y aplicar las sanciones correspondientes en caso que

existiesen y, según la gravedad de los hechos.

Los apoderados podrán solicitar en Inspectoría General el libro de

reclamos, sugerencias y felicitaciones del transporte escolar.

ARTÍCULO 26 : INGRESO AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN

El Proyecto de Integración Escolar es una estrategia inclusiva del

sistema escolar, que tiene el propósito de contribuir al mejoramiento

continuo de la calidad de la educación que se imparte en nuestro

establecimiento educacional, favoreciendo la presencia en aula común

y de recursos, la participación y el logro de los objetivos de aprendizaje

de todos nuestros estudiantes, especialmente de aquellos que presentan

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Necesidades Educativas Especiales de carácter permanente o

transitoria.

Etapas para la postulación de estudiantes al Programa de Integración

Escolar

a) Identificar el déficit o trastorno y las NEE asociadas de los

estudiantes que podrían necesitar apoyos en un PIE, a través de un

proceso de evaluación diagnóstica integral e interdisciplinaria

ejercida en los meses de Marzo y Abril de cada año, de acuerdo a

lo exigido por el DS N° 170/2009, abriendo un expediente del

estudiante con la documentación correspondiente, que lo

acredite.

b) Postular a los estudiantes diagnosticados con NEE que cumplan

los requisitos para formar parte del PIE, a través de los medios

que el Ministerio de Educación disponga para tal efecto, dentro de

los plazos establecidos.

c) Realizar anualmente una revaluación psicopedagógica aplicada

por educador/a diferencial o psicopedagogo/a y psicológica si así

se requiere, de cada estudiante perteneciente a PIE, para evaluar

su proceso educativo, enfatizando en sus logros y dificultades,

con tal de establecer su permanencia o alta del Programa de

integración escolar.

d) Contar con el personal de apoyo suficiente y con la cantidad de

horas requeridas en la normativa para responder a las NEE del

estudiante que postula y en aula de recursos por curso y en su

efecto contar con un diagnóstico del estudiante veraz y realizado

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por los profesionales idóneos, inscritos en el Registro Nacional de

Profesionales Evaluadores de Educación Especial, de acuerdo a la

normativa vigente;(DS N° 170/09).

ARTÍCULO 27: REGLAS GENERALES PARA EL

CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO DEL PROYECTO DE

INTEGRACIÓN ESCOLAR

El plan de trabajo estará sustentado en tres ejes fundamentales de

intervención: profesionales, apoderados y estudiantes, para los cuales se

diseñaron acciones que dan forma al Programa de Integración.

a) Profesionales: Asegurar el cumplimiento del Plan de trabajo del

Programa de Integración actual, con todos los requerimientos que

esto conlleva en documentación y labores pedagógicas.

b) Apoderados: Compromiso sistemático en el proceso educativo de

sus hijos e hijas, asistiendo a las citaciones realizadas por el

equipo multidisciplinario cuando se estime conveniente. Además,

colaborar con el apoyo en el hogar de los contenidos curriculares

que se dificulten.

c) Estudiantes: Comprometerse con su educación, cumpliendo con

las actividades pedagógicas solicitadas, manteniendo disposición

e interés por aprender y respetando a los diferentes profesionales

que darán apoyo a sus NEE.

ARTÍCULO 28: UNIFORME ESCOLAR

La Escuela Rural Bahía Mansa, establece el uso obligatorio del

uniforme, previo acuerdo con el Consejo de Profesores y el Centro de

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Padres y Apoderados, consultando además, al Centro de Alumnos y

Comité de Seguridad Escolar, procurando que éste sea económico y no

ostentoso, de manera que no sea un impedimento para los estudiantes y

puedan asistir a clases.

a) El uniforme que se utilizará durante el año escolar, será

debidamente informado a los apoderados al momento de

matricular. En el mes de marzo de cada año si existen cambios en

el uso del uniforme escolar, también se informará a los

apoderados. Estos cambios entrarán en vigencia 120 días después

de dicha comunicación.

b) Los apoderados y estudiantes, tienen la responsabilidad de

conocer el Proyecto Educativo Institucional e informarse sobre si

existe obligatoriedad o no sobre el uso de uniforme, sus

características y excepciones. Evitando dificultades por

desconocimiento sobre la presentación personal de los

estudiantes.

c) En relación al uniforme del establecimiento es importante

mencionar que este se conforma de: poleron azul, pantalón plomo

o falda ploma, polar y chaqueta azul y, como vestimenta

deportiva polerón y pantalon de buzo azul. Estará permitido el

uso diario del buzo institucional.

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ARTÍCULO 29: MEDIDAS PARA AFRONTAR DIFICULTADES

EN EL USO DE UNIFORME

a) Se motivará en reuniones de curso el diálogo entre apoderados y

estudiantes sobre el uso del uniforme acordado.

b) En espacios de participación formales, tales como Consejo

Escolar y Reuniones Generales de Padres y apoderados se

reflexionará sobre el propósito e importancia de la presentación

personal y el uso de uniforme.

c) Se implementarán estrategias como el “ropero escolar”, con

donaciones de uniformes en buen estado, el que será canalizado a

través de la dupla psicosocial.

d) El Director podrá eximir el uso del uniforme, a estudiantes que

presenten necesidades justificadas.

e) En ningún caso se prohibirá el ingreso o permanencia de un

estudiante al establecimiento por no cumplir con el uniforme

escolar.

f) Los padres, madres y/o apoderados tienen derecho a adquirir el

uniforme en cualquier tienda o fábrica.

ARTÍCULO 30: UNIFORMES EN EDUCACIÓN PARVULARIA

Respecto al uso de uniforme de los párvulos, el uso de éste, serán los

mismos que se aplican en los los artículos 28 y 29 de este reglamento,

las normas y sugerencias antes mencionadas y reguladas en el decreto

N° 215.

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ARTÍCULO 31: DE LOS ÚTILES ESCOLARES

Los útiles escolares son apoyos que facilitan la experiencia de

enseñanza-aprendizaje, enriquecen las actividades educativas, mejoran

la motivación de los estudiantes y contribuyen a la adquisición de

distintas habilidades.

a) Para evitar dificultades los estudiantes y las familias

considerando sus posibilidades, deben preparar con anticipación

los útiles y materiales de apoyo para cada asignatura.

b) No se podrá aplicar medidas disciplinarias que limiten el ingreso

a clases o la participación en actividades escolares por motivos

asociados a no contar con estos recursos.

Se promoverán estrategias para enfrentar la falta de útiles escolares,

tales como:

c) Promover el cuidado de los útiles y el adecuado uso de materiales.

d) Desarrollar acciones para fomentar acuerdos y responsabilidades

(charlas para estudiantes y apoderados).

e) Mantener en un espacio accesible los materiales reciclados en

buenas condiciones.

f) Realizar actividades con los estudiantes y Centro de Padres que

permitan recaudar fondos para mantener un stock de materiales

para aquellos alumnos que lo necesiten.

g) Contar con un stock de materiales para los estudiantes más

vulnerables con fondos SEP.

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ARTÍCULO 32: LISTA DE ÚTILES ESCOLARES

La Escuela Rural Bahía Mansa, definirá la lista de útiles escolares,

utilizando los siguientes criterios:

a) Se solicitará materiales que sean accesibles y económicos para

todas las familias.

b) No solicitará materiales que puedan revestir algún peligro para los

estudiantes, como los adhesivos peligrosos (silicona líquida,

neoprén, entre otros).

32.1 LISTA KÍNDER

6 cuadernos college 7mm

1 estuche que contenga: lápices de colores, goma, sacapuntas, lápices

grafito, un pegamento en barra, una regla pequeña (que pueda

guardarse en el estuche)

1 pegamento colafría

2 carpetas con acoclip (de las más sencillas)

2 cajas de plasticina

1 set de goma eva

1 sobre de cartulina

1 sobre de papel lustre

1 block chico

1 témpera y pinceles

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32.2 LISTA 1° CICLO

9 cuadernos college 7mm (en el caso de 1ero. básico 5mm)

1 estuche que contenga: lápices de colores, goma, sacapuntas, lápices

grafito, un pegamento en barra, una regla pequeña (que pueda

guardarse en el estuche)

1 pegamento colafría

2 carpetas con acoclip (de las más sencillas)

1 caja de plasticina

1 set de goma eva

1 sobre de cartulina

1 sobre de papel lustre

1 block mediano

1 témpera y pinceles

32.3 LISTA 2° CICLO

6 Cuadernos universitarios

3 Cuadernos college

1 Estuche que contenga: lápices de colores, goma, sacapuntas, lápices

grafito, lápices pasta, un pegamento en barra, una regla pequeña (que

pueda guardarse en el estuche)

1 pegamento colafría

2 carpetas con acoclip (de las más sencillas)

1 set de goma eva

1 sobre de cartulina

1 sobre de papel lustre

1 block mediano

1 témpera y pinceles

NOTA: TODOS LOS MATERIALES DEBEN VENIR MARCADOS

CON EL NOMBRE DEL ALUMNO. EN LOS CUADERNOS SE

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40

SUGIERE QUE EL NOMBRE VENGA EN LA TAPA CON LETRA

GRANDE Y QUE NO SE BORRE.

SE RECUERDA ADEMÁS, QUE EL UNIFORME ESCOLAR DEBE

VENIR CON NOMBRE, SOBRE TODOS PARKAS, POLERONES Y

EQUIPO DEPORTIVO UTILIZADO EN EDUCACIÓN FÍSICA.

ESTO PARA EVITAR PÉRDIDAS O CONFUSIONES.

ARTÍCULO 33: PROCEDIMIENTO SALIDAS PEDAGÓGICAS Y

GIRAS DE ESTUDIOS

Las salidas de los estudiantes pueden ser dentro de la comuna o fuera

de ella. El procedimiento es el siguiente:

a) El Equipo Directivo recibe la invitación, convocatoria o Proyecto

Pedagógico (en caso que sea el profesor que planifique una salida

pedagógica, según formato del establecimiento, donde se

considera: Datos el establecimiento, del director, de la actividad,

fecha y hora, lugar, niveles o cursos participantes, datos del

profesor rsponsable, autorizaciones de los padres o apoderados

firmada, listado de estudiantes que asistirán, listado de docentes

que asistirán, listado de apoderados que asistirán, planificación

técnico pedagógica, objetivos transversales de la actividad, diseño

de la actividad con los objetivos de aprendizaje) a participar en

un evento o actividad.

b) U.T.P analiza la pertinencia y recursos disponibles y procede al

siguiente paso.

c) Dirección designará al profesor/a a cargo de la actividad o el

profesor gestor de la salida estarán a cargo de la delegación.

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d) El encargado de la Delegación estará a cargo de solicitar las

autorizaciones en Secretaría de Dirección y tramitar las

autorizaciones de salida con los Apoderados (las que deben

presentarse a Secretaría de Dirección 15 días antes de la salida).

e) El docente a cargo solicitará cometido funcionario en Secretaría

Dirección.

f) La NO presentación de las autorizaciones de los estudiantes,

Inspectoría General negará la salida del estudiante.

g) UTP adoptará las medidas que sean necesarias para asegurar la

continuidad del servicio educativo de o los estudiantes, que no

asistan a la actividad.

h) El establecimiento, velará porque asista 1 adulto responsable por

cada 10 estudiantes, de manera que permita resguardar de manera

efectiva la seguridad de los estudiantes.

i) Inspectoría General Entregará una credencial con la debida

indentificación del estudiante que incluya: Nombre de los adultos

responsables y números telefónicos, nombre y dirección del

establecimiento. Como asimismo, los padres y apoderados que

acompañen a la delegación deberán portar su credencial con su

nombre y apellido.

j) Dirección envía oficio a DAEM informando la actividad y/o

oficio solicitando recursos para realizar la actividad.

k) DAEM será el encargado de comunicar al Departamento

Provincial de Educación la actividad.

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l) En Inspectoría se registra en libro de salida de estudiantes,

verificando que los alumnos salientes sean los mismos de la

nómina y cuenten con su correspondiente autorización.

m) Se procede a charla de seguridad que estará a cargo del Profesor

(es) de la delegación.

n) Al regreso se verifica en Inspectoría si retornaron todos los

estudiantes.

o) El profesor (a) o funcionario (a) a cargo debe informar por escrito

cualquier hecho anómalo que haya ocurrido durante el proceso a

Dirección del establecimiento.

CAPÍTULO VII: NORMAS GENERALES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 34: EL CONSEJO DE PROFESORES

El Consejo es el organismo integrado por el personal docente Directivo,

Técnico Pedagógico, Docentes de aula y Equipo PIE donde se

expresará la información profesional de sus integrantes.

Es de carácter consultivo, en materia de disciplina y de carácter

resolutivo en materias técnico-pedagógicas en conformidad al Proyecto

Educativo del Establecimiento y el presente reglamento.

FUNCIONES:

a) Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso

educativo acentuando su acción en la formación de valores

personales y sociales.

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43

b) Planificar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional

del establecimiento.

c) Planificar Acciones para el Plan de Mejoramiento Educativo, que

permitan facilitar la adaptación de los alumnos a la vida escolar.

d) Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos

de evaluación interna y sugerir acciones pedagógicas correctivas

o de refuerzo.

e) Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la comunidad

escolar.

f) Adecuar para su correcta aplicación, las disposiciones legales que

afecten la vida del establecimiento.

g) Garantizar la integración y participación democrática de todos los

componentes de la comunidad escolar.

h) Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar

problemas de desadaptación al medio escolar o considerados en el

Reglamento de Convivencia Escolar.

ARTÍCULO 35: CONSEJO GENERAL

Se realizará cada vez que el Director lo requiera. Participan todos los

funcionarios del establecimiento de manera obligatoria.

FUNCIONES DEL CONSEJO GENERAL:

a) Facilitar el cumplimiento del proyecto educativo de la escuela.

b) Coordinar la elaboración del Proyecto Educativo Institucional

tendiente a mejorar la calidad y equidad de la educación en el

establecimiento.

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44

c) Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del

establecimiento.

d) Estudiar las disposiciones técnicas y/o administrativas emanadas

de los niveles superiores para su mejor interpretación y

aplicación.

e) Estudiar las iniciativas creadoras y de su factibilidad, en beneficio

de la comunidad escolar.

f) Estudio y análisis de problemas de tipo general que afectan al

establecimiento y proponer soluciones a los niveles o instancias

que correspondan.

g) Análisis de evaluaciones generales y parciales de interés general.

h) Proposición, gestión y programación de actividades de

perfeccionamiento docente, equipo multidisciplinario y asistentes

de la educación.

i) Todos los participantes en los Consejos deberán mantener reserva

respecto a las materias que en ellos se traten.

j) Coordinar actividades propias del área de Convivencia Escolar

ARTÍCULO 36: CONSEJO TÉCNICO PEDAGÓGICO

Se realizará todos los días lunes. Participan todos los docentes aula,

Equipo Pie y Dupla Psicosocial.

FUNCIONES DEL CONSEJO TÉCNICO

a) Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional y

asumir la responsabilidad de su ejecución.

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45

b) Analizar problemas individuales o generales de adaptación y/o

rendimiento y proponer soluciones pedagógicas, considerando

previamente, seguimiento formativo hecho por el establecimiento

para solucionar dichos problemas.

c) Proponer e impulsar medidas que promuevan el

perfeccionamiento personal y profesional de los docentes.

d) Estudiar la factibilidad de iniciativas que contribuyan al beneficio

de la comunidad escolar.

e) Planificar Acciones para el Plan de Mejoramiento Educativo, que

permitan facilitar la adaptación de los alumnos a la vida escolar.

f) Organizar y coordinar la acción entre profesores jefes.

g) Planificar y desarrollar en conjunto actividades que inicien y

fortalezcan la Orientación Vocacional en el alumno que egresará

de 8º año.

h) Analizar las características generales del curso y de los casos

individuales que el profesor jefe presente o que el consejo

requiera para adoptar las medidas que corresponda.

i) Evaluar el proceso educativo del curso y administrar medidas para

su mejoramiento.

j) Participar en la acción y evaluación formativa de los alumnos y

colaborar con el profesor jefe entregando los antecedentes para la

evaluación del Informe Educacional.

k) Planificar, coordinar y evaluar el tratamiento de los contenidos

programáticos, coordinando los objetivos de acuerdo a la

relevancia y proyección.

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46

l) Unificar criterios respecto a la aplicación de métodos, técnicas y

uso de material didáctico para facilitar el aprendizaje de los

alumnos.

m) Estudiar la secuencia de los contenidos de las asignaturas, su

coherencia y correlación con otras disciplinas.

n) Generar innovaciones metodológicas tendientes a desarrollar las

potencialidades creativas de los alumnos.

o) Incentivar y facilitar el perfeccionamiento profesional de sus

integrantes.

p) Reflexionar sobre la problemática educativa.

q) Estudiar el resultado del rendimiento.

r) Analizar problemas individuales de rendimiento y proponer

soluciones pedagógicas considerando el seguimiento formativo

hecho por el establecimiento para solucionar dichos problemas.

s) Analizar temas propios de evaluación y orientación.

t) Planificar y desarrollar en conjunto actividades que fortalezcan la

evaluación diagnóstica, formativa y sumativa.

u) Crear acciones pedagógicas y/o instrumentos evaluativos.

ARTÍCULO 37: Los Consejos de Profesores son Organismos

Técnicos en los que se expresa la opinión profesional de sus integrantes

y que en algunos casos podrán tener carácter resolutivo en materias

Técnico-Pedagógicas en conformidad al Proyecto Educativo

Institucional del Establecimiento y a su Reglamento Interno.

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47

Todos los participantes en los Consejos deberán mantener reserva

respecto a las materias que en ellos se traten.

Todos los consejos ya sean generales, técnicos, extraordinarios, son de

carácter obligatorio para todos los funcionarios.

ARTÍCULO 38: TALLER DE TRABAJO COLABORATIVO Y

ADECUACIONES CURRICULARES

Se desarrollarán todos los martes y miércoles. Liderado por el Equipo

Técnico Pedagógico.

Deberán asistir a ellos, en forma obligatoria, todos los docentes y

Educadores diferenciales. Para ello, firmarán de Registro (PIE). Salvo

excepciones debidamente autorizadas por Dirección.

ARTÍCULO 39: Si algún funcionario se niega a asistir a estos

consejos Generales, técnicos, extraordinarios o Talleres de trabajo

colaborativo, quedará registrada en el acta su inasistencia y se enviará

amonestación por escrito.

ARTÍCULO 40: El Director podrá citar, en forma extraordinaria, a

cualquier tipo de Consejo, cuando lo estime necesario.

ARTÍCULO 41: En cada Consejo se levantará un acta, posterior al

acta deben firmar su asistencia todos los presentes; desarrollándose

cada Consejo en un clima de respeto mutuo.

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ARTÍCULO 42: Todas las situaciones personales o resoluciones de

conflictos internos que alteren el normal funcionamiento del

establecimiento y dañen la convivencia escolar, se deben tratar con la

debida discreción en oficina de Dirección.

ARTÍCULO 43: Podrán asistir a los Consejos, otras personas, cuando

sea necesaria su presencia o sea requerida y/o autorizada

debidamente por la Dirección del establecimiento.

ARTÍCULO 44: CENTRO GENERAL DE PADRES Y

APODERADOS

Centro General de Padres y Apoderados, su Personalidad Jurídica

65.143.190-5 del 29 /08 /2005, lo habilita como un organismo de

Servicio Comunitario Legal y de apoyo a la labor formadora del

Establecimiento.

ARTÍCULO 45: CONSTITUCIÓN DEL CENTRO GENERAL DE

PADRES Y APODERADOS

Los integrantes del C.C.A.A. serán elegidos por votación directa en

asamblea general.

ARTÍCULO 46: LA MISIÓN Y RESPONSABILIDAD DEL

CENTRO DE PADRES Y APODERADOS

a) El Centro General de Padres y/o Apoderados tiene la misión de

apoyar la labor educativa del Establecimiento.

b) El Centro General de Padres y/o Apoderados tiene la misión de

trabajar y velar por el bienestar y beneficio de los estudiantes.

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(Entregar estímulos, participación actividades socioculturales,

otras)

c) Todo Padre y/o Apoderado, al matricular un estudiante en el

Establecimiento, pertenece al Centro General de Padres y

Apoderados.

d) Todo Padre y/o Apoderado puede y debe proponer, patrocinar,

estimular iniciativas que vayan en beneficio de los educandos.

e) Todo padre y/o Apoderado debe contribuir al buen

comportamiento de su pupilo, entregando normas de respeto y de

sana convivencia con sus padres.

f) Todo padre y/o Apoderado debe conocer el Reglamento Interno

de la escuela.

g) Todo padre y/o apoderado debe tener presente que la

obligatoriedad de la educación es de 12 años.

h) Los Representantes del Centro General de Padres y apoderados

deberán respetar el conducto regular del Establecimiento.

ARTÍCULO 47: FUNCIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIANTES

Las funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:

a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que los

alumnos manifiesten democráticamente y organizadamente sus

intereses, para inquietudes y aspiraciones.

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b) Presentar ante la Dirección de la Escuela u otro Estamento

debidamente constituido, los problemas, necesidades y

aspiraciones de sus miembros.

c) Lograr formar con la ayuda de la familia, alumnos según las

enseñanzas, los valores y sellos promovidos por el

establecimiento.

d) Velar para que el estudio, el rendimiento escolar y el

cumplimiento eficaz de las tareas sea el principal objetivo de cada

uno de sus miembros.

e) Fomentar respeto, confianza y lealtad en las relaciones con los

profesores, administrativos, personal de servicio y con su grupo

de pares; con el fin de propiciar un clima de sana convivencia

escolar.

f) Promover el ejercicio de los derechos humanos universales a

través de sus organizaciones, programas de trabajo y relaciones

interpersonales.

g) Organizar actividades conmemorativas tales como: Aniversario

de la Escuela, Día del Profesor, Día de la Madre, Día del Padre ,

Wetripantu y las que sean promovidas por la Dirección de la

Escuela u otros organismos al que el centro pueda adherir con la

aprobación de la Dirección.

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51

ARTÍCULO 48: CONSEJO ESCOLAR

El art. 15 de la Ley General de Educación (Ley 20.370) señala, el

Consejo Escolar corresponde a “una instancia que tiene como objetivo

estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el

proyecto educativo y en las demás áreas que estén dentro de las esferas

de sus competencias”.

El Consejo Escolar está compuesto por representantes de los

estudiantes, centro de padres, madres y apoderados, asistentes de la

educación, docentes, directivos y sostenedores, así como también otros

organismos, instituciones y actores relevantes de la comunidad y

territorio donde se encuentre el establecimiento educacional.

El Consejo Escolar del establecimiento educacional Bahía Mansa,

tendrá carácter de consultivo y propositivo, en todos los temas en los

cuales tenga participación y se toma como acuerdo:

a) Sesionar Trimestralmente, con el objetivo de realizar un trabajo

sistemático y para responder a las necesidades educativas.

b) Aportar en forma activa en la organización de las actividades a

realizar en las fechas importantes que el establecimiento planifica;

Día del Alumno, Día del Profesor, Presentaciones Artísticas,

Licenciaturas y Finalización de año.

c) Apoyar en la organización de actividades deportivas, tales como:

olimpiadas, corridas, entre otras.

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d) El consejo será informado, a lo menos de las siguientes materias,

en las oportunidades y con los requisitos que a continuación se

señalan:

1. Los logros de aprendizaje de los alumnos.

2. El Director del establecimiento deberá informar, a lo menos,

semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar

y/o mediciones de la calidad de educación, obtenidos por el

establecimiento.

3. Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de

Educación, respecto del cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del

D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Esta

información será comunicada por el Director en la primera sesión

de Consejo Escolar, luego de realizada la visita.

4. Otras materias a informar serán aquellas que la dirección del

establecimiento educacional estime que sean de interés para la

comunidad educativa.

El consejo Escolar será consultado, a lo menos en relación a los

siguientes temas:

1. Proyecto Educativo Institucional.

2. La Programación anual y las actividades extracurriculares.

3. Las metas del establecimiento y el Proyecto de Mejoramiento

Educativo.

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4. El informe anual de la Gestión Educativa del establecimiento que

realiza el Director anualmente.

ARTICULO 49: CONDUCTO REGULAR

El presente derecho se pone en ejercicio, por medio de los siguientes

estamentos:

a) Los estudiantes, ejercerán este derecho por medio de su Consejo

de Curso y Centro General de Estudiantes, los cuales propondrán

al Consejo Escolar sus sugerencias.

b) Los padres y apoderados, ejercerán este derecho por medio de los

subcentros y Centro General de Padres y Apoderados, los cuales

propondrán al Consejo Escolar sus sugerencias.

c) Los profesores y asistentes de la educación ejercerán este

derecho, a través del Consejo Escolar, Consejo de Profesores,

Reunión General, Reunión por estamentos o a través de su

jefatura directa.

VIII. NORMAS GENERALES TÉCNICOS-PEDAGÓGICAS

ARTÍCULO 50: DEFINICIÓN Y FINALIDAD DE LA UNIDAD

TÉCNICA PEDAGÓGICA

La Unidad Técnico-Pedagógica es el organismo encargado de

coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes técnico-

pedagógicas que se dan en el establecimiento tales como: orientación

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educacional, planificación curricular, supervisión y acompañamiento

pedagógico, evaluación de aprendizaje.

Tiene como finalidad el logro de los objetivos educacionales, optimizar

el desarrollo de los procesos técnico-pedagógicos y constituirse en el

principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de

mejoramiento al interior de la unidad educativa.

ARTÍCULO 50: OBJETIVOS DE LA UNIDAD TÉCNICO-

PEDAGÓGICA

a) Optimizar el funcionamiento técnico-pedagógico del

establecimiento, planificando, coordinando, asesorando y

evaluando el desarrollo de las actividades curriculares.

b) Apoyar técnicamente, en forma adecuada y oportuna, a la

Dirección y a los docentes del establecimiento, cuando sea

necesario o éstos lo soliciten, especialmente en materias asociadas

a la calidad educativa, tales como orientación, currículum,

metodología pedagógica y evaluación.

ARTÍCULO 51: PRINCIPALES FUNCIONES

a) Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando

acciones que integren, canalicen y concentren los esfuerzos

académicos.

b) Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de

trabajo y de otras actividades para enfrentar los problemas

pedagógicos en función de una mayor calidad educativa.

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55

c) Diseñar, en conjunto con los otros estamentos del

establecimiento, programas y/o acciones de mejoramiento de la

calidad de los aprendizajes, considerando las necesidades más

urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de

que se dispone para desarrollarlos.

d) Elaborar en conjunto con el Equipo directivo la Planificación

Escolar: distribución de cursos, carga horaria, docentes, asistentes

de la educación, Equipo multidisciplinario y alumnos.

e) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las

innovaciones curriculares que se requieran, de acuerdo con las

necesidades que el desarrollo de la educación demande.

f) Propiciar y coordinar, cuando sea necesario, la realización de las

actividades de educación extra escolar.

g) Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y

apropiado para hacer más efectiva la acción educadora del

establecimiento.

h) Acompañamiento en el aula, evaluando al docente y luego

realizando la retroalimentación necesaria para analizar las

prácticas educativas.

i) Organizar en conjunto con los profesores criterios a considerar en

las salidas pedagógicas.

j) Verificar la correcta confección de documentos oficiales: libro de

clases, certificados de estudios, actas de evaluación,

concentraciones de notas, informes, etc.

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k) Confeccionar y proponer a la Dirección, calendarios de

actividades pedagógicas mensual, semestral y de fin de año.

l) Propiciar el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos

y alumnas, procurando optimizar la obtención de logros,

diseñando y promoviendo métodos, técnicas y estrategias de

enseñanza que favorezcan el aprendizaje efectivo de los

estudiantes.

m) Armonizar el trabajo de los docentes, en función del logro de los

objetivos educacionales propuestos por el establecimiento.

n) Fortalecer el trabajo técnico-pedagógico del docente del aula, a

través de acciones de asesoría directa y apoyo efectivo, oportuno

y pertinente.

o) Promover el trabajo en equipo, integrado y participativo,

especialmente entre los docentes de aula.

p) Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación y/o

actualización permanente de los docentes.

q) Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional

de los docentes de aula, favoreciendo su creatividad personal y

académica.

r) Procurar la participación activa, responsable y comprometida de

los docentes, en las distintas instancias técnico-pedagógicas del

establecimiento.

s) Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de orientación

educacional.

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t) Asesorar las actividades de planificación curricular de los

docentes y el desarrollo de los contenidos programáticos.

u) Proponer concepciones y modelos curriculares congruentes con el

proyecto educativo del establecimiento.

v) Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de

enseñanzas que favorezcan el aprendizaje efectivo de los

educandos.

w) Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación

y orientación del proceso de enseñanza-aprendizaje.

x) Apoyar el mejoramiento del rendimiento escolar, a través de

acciones que hagan más efectivos el quehacer docente en la

consecución de los objetivos programáticos y de programas

especiales de reforzamiento de los aprendizajes estudiantiles.

y) Orientar la búsqueda de soluciones innovadoras y creativas a la

problemática educativa de acuerdo con la propia realidad del

establecimiento.

ARTÍCULO 52: EQUIPO DE GESTIÓN

El equipo de gestión es el que se encarga de la gestión y el buen

desenvolvimiento de las labores educativas. Es un equipo que coordina

y organiza los procesos de acompañamiento y seguimiento del centro

en las áreas pedagógicas y administrativas

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a) Objetivos General del Equipo de Gestión Escolar

1. Mejorar los resultados de Aprendizaje de todos los Alumnos

2. Mejorar el desarrollo Institucional en cada una de sus áreas

b) El Equipo EGE estará compuesto por:

Director

Inspector General

Jefa Técnica

Encargada de Convivencia Escolar

Encargado de Seguridad

Encargado de Salud

Coordinador 1° ciclo

Coordinador 2° ciclo

Coordinadora PIE

Coordinadora EIB

c) Principales funciones del Equipo de Gestión:

Elaborar Plan de Trabajo del Equipo de Gestión Escolar

Revisión y actualización PEI.

Análisis de la Fase Estratégicas Plan de Mejoramiento Educativo:

1. Evaluación Plan de Mejoramiento año anterior.

2. Elaborar los Objetivos y Metas Institucionales para el año, a partir

del análisis y diagnóstico del Plan de Mejoramento Educativo.

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59

3. Analizar resultados SIMCE y niveles de logro, estableciendo

estrategias de mejoramiento

4. Analizar resultados de aprendizaje

5. Seguimiento y evaluación del Programa de Integración Escolar

6. Elaboración y seguimiento del Plan de Convivencia Escolar

7. Seguimiento y evaluación a los Programas y Proyectos de la

Escuela

8. Análisis y levantamiento de objetivos para planificación anual del

Plan de Mejoramiento Educativo, según áreas: Gestión

Pedagógica, Liderazgo Escolar, Convivencia Escolar, Recursos y

Evaluación.

9. Seguimiento y Evaluación a los Talleres JEC y Extraescolar

10. Analizar y actualizar Reglamento Interno

11. Seguimiento y evaluación a cada una de las acciones

contempladas en el Plan Anual

12. Análisis de resultados de evaluación por nivel al término de

semestre

13. Programar Jornadas de Planificación – Experiencias

metodológicas

14. Programar Jornadas de elaboración de material didáctico y

de instrumentos de Planificación

15. Programar Jornadas de Capacitación y Perfeccionamiento

Profesional.

16. Análisis PADEM, nudos críticos, FODA y carga horaria.

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ARTÍCULO 53: PERFECCIONAMIENTO DOCENTE

a) El Equipo Directivo desarrollará campañas de motivación que

estimulen e incentiven a los miembros de la Unidad Educativa por

perfeccionarse y/o capacitarse, participando en cursos

presenciales o a distancia ofrecidos por el CPEIP.

b) Se coordinará y establecerá acuerdos para facilitar a los docentes

cuando sean convocados por el nivel superior para participar con

becas de perfeccionamiento, como seminarios, charlas, congresos,

etc.

c) Se procurará desarrollar talleres de perfeccionamiento a nivel

interno y comunal con temas de interés para todo el personal, a

través del Plan del Plan de Perfeccionamiento docente.

CAPÍTULO XI: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES

EDUCATIVOS

De acuerdo a la ley de inclusión 20.845 en su artículo 1 letra c dice

“"Asimismo, el sistema educativo deberá promover el principio de la

responsabilidad de los estudiantes, especialmente en relación con el

ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes escolares,

cívicos, ciudadanos y sociales. Este principio se hará extensivo a los

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61

padres y apoderados, en relación con la educación de sus hijos o

pupilos."

Este Reglamento Interno norma los derechos de los estudiantes y otros

integrantes de la comunidad escolar, así como también norma los

deberes, aspectos fundamentales para asegurar y promover una sana

convivencia escolar.

ARTÍCULO 54: SUJETOS DEL REGLAMENTO INTERNO

Se encontrarán afectos al presente reglamento, todos los integrantes de

la comunidad educativa.

ARTÍCULO 55: DEBERES Y DERECHOS DE LOS

ESTUDIANTES

ESTUDIANTES

DERECHOS DEBERES

a. El respeto a su dignidad

personal, que implica la protección

a su integridad Biopsicosocial

(Biológica, psíquica y social).

b. Recibir un trato digno y

respetuoso por parte de todos los

miembros de la Comunidad

Educativa.

a. Respetar la integridad moral,

física y emocional de todos y cada

uno de los miembros que

conforman la institución tanto

dentro como fuera del

Establecimiento.

b. Respetar a las autoridades,

profesores, asistentes de la

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62

c. Participar en igualdad de

condiciones, frente a sus

compañeros de la comunidad

educativa.

d. Desarrollar libremente sus

dones, talentos y aptitudes para el

logro del crecimiento integral de la

persona de acceder a todos los

servicios educativos ofrecidos por

esta unidad educativa.

e. Ser escuchado y recibir

respuesta, individualmente o en

grupo, en cada una de las

instancias de interacción con

profesores; otros miembros del

personal de la Unidad Educativa;

Autoridades de Educación

Comunal, etc.

f. Derecho de Matrícula y de la

continuidad de sus estudios para

las estudiantes embarazadas.

g. Manifestar respetuosamente

sus intereses, inquietudes,

problemas, necesidades y

aspiraciones a través de las

educación, grupos de pares, tanto

dentro como fuera del

Establecimiento.

c. Mantener un trato cortés y un

lenguaje respetuoso en su

comunicación con los miembros

de la comunidad educativa.

d. Mantener una actitud de

respeto en ocasiones ceremonias,

actos cívicos, clases y en todo

momento de interacción social.

e. Demostrar honestidad en

relación con la propiedad ajena y

en sus deberes y evaluaciones

escolares.

f. Representar dignamente la

imagen Corporativa de esta

Unidad Educativa, tanto dentro,

como fuera de ella.

g. Asumir las consecuencias y

aceptar las decisiones que el

establecimiento determine frente a

una falta en la que haya incurrido,

ya sea de tipo académico,

disciplinario o de conducta en

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63

instancias regulares de expresión

dentro del organigrama

institucional del establecimiento.

h. Ser reconocido/a, valorado y

estimulado por las conductas

positivas logradas en su

desempeño escolar.

i. Fomentar y disfrutar de un

ambiente sano, limpio, cómodo y

seguro para realizar sus trabajos

escolares, donde prevalezca el

respeto mutuo entre todos los

miembros de la comunidad

escolar.

j. Participar en programas de

sana recreación tanto con sus

compañeros como con los

miembros de la comunidad

escolar.

k. Participar en el proceso

educativo y de cualquier actividad

institucional en condiciones de

seguridad e higiene.

l. Ser considerado como un ser

perfectible y con voluntad de

actividades internas y/o externas

del Establecimiento.

h. Conservar su calidad de

estudiante en cualquier lugar que

se encuentre, manteniendo un

comportamiento adecuado,

apropiado, decoroso y correcto,

mientras esté representando a la

unidad educativa, tanto dentro o

fuera del establecimiento.

i. Conocer, respetar y acatar las

normas vigentes de este

Reglamento Interno.

j. Cumplir con sus obligaciones

escolares, asistir a clases y respetar

los horarios de ingreso y salida del

establecimiento.

k. Cumplir con los

compromisos adquiridos ya sea en

forma verbal o firmada por escrito.

l. Asistir correctamente

uniformado de acuerdo a la

normativa vigente.

m. Utilizar responsable y

respetuosamente las redes sociales

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64

cambio y recibir apoyo en sus

esfuerzos evidentes para rectificar

sus errores.

m. Participar del proceso de

enseñanza – aprendizaje, aun

teniendo problemas de aprendizaje

o discapacidades, en conformidad

al decreto 170.

n. Derecho al debido proceso

de evaluación de sus faltas, como

asimismo el derecho de Apelación

o el de expresar ante la Dirección

del establecimiento, en compañía

de su apoderado, su opinión y/o

descargo personal, en la forma

señalada por este reglamento, ante

situaciones de conducta personal

indebida que le afecte y cuyo caso

se encuentre en estudio

disciplinario.

o. El derecho a la libre

expresión, en un marco de respeto

y consideración de acuerdo a

nuestra normativa institucional.

p. Participar voluntariamente,

y otros medios.

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65

en las actividades extraescolares

desarrolladas en el

Establecimiento, fuera de su

horario normal de clases.

q. Utilizar todos los recursos de

infraestructura de que dispone el

establecimiento, tales como

biblioteca, sala de informática,

laboratorios, salones de música,

artes, etc., para contribuir a su

formación, respetando los

protocolos de uso.

r. Elegir mediante el voto a los

directivos de su curso y del centro

de estudiantes.

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66

ARTÍCULO 56: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y

APODERADOS

En virtud de haber elegido a este Establecimiento Educacional, para la

educación de su pupilo/a, los padres y apoderados se hacen miembros

de la comunidad escolar, adquiriendo los siguientes derechos y deberes,

que le otorga el presente Reglamento Interno:

PADRES Y APODERADOS

DERECHOS DEBERES

a. Recibir un trato adecuado,

respetuoso y cordial de parte de

todo el personal de la institución.

b. Que su pupilo/a reciba una

educación y formación sustentada

en los valores insertos en nuestro

Proyecto Educativo Institucional.

c. Conocer el Reglamento

Interno del establecimiento.

d. Nombrar un apoderado

suplente, con todos los derechos y

deberes del titular según

normativa vigente.

e. Informarse del proceso de

formación de sus hijos en el

establecimiento, de manera

a. Conocer, compartir los

propósitos y la orientación básica

de nuestro Proyecto Educativo

Institucional.

b. Conocer, respetar y acatar la

normativa del presente

Reglamento Interno.

c. Respetar el conducto regular;

profesor de asignatura o profesor

de jefe. Miembros del Equipo de

Directivo: Inspector General, Jefa

Técnica o Director.

d. Responsabilizarse e

involucrase en el proceso

educativo de sus pupilos/as. Su

acción educativa es clave para el

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67

continua o cuando la situación lo

amerite, respecto a Rendimiento

Académico, Asistencia,

Disciplina, etc., sin perjucio de

quien tenga el cuidado personal

del estudiante.

f. Ser atendido por el Profesor

de Asignatura, Profesor Jefe,

Miembros del Equipo de Gestión

o Inspector General y finalmente

Director, cuando lo haya

agendado, mediante solicitud

previa o en horario de atención de

Apoderados.

g. Asistir a las reuniones del

Centro General de Padres y

Apoderados.

h. Elegir y ser elegido como

miembro directivo en los

Subcentros de Padres y

apoderados.

i. Presentar sus inquietudes y/o

reclamos ante las instancias

pertinentes. En tal situación, debe

hacerse con el debido respeto,

tipo de educación que nos hemos

propuesto.

e. Matricular personalmente a

su pupilo en las fechas establecidas

por la Dirección del

Establecimiento. En caso contrario

a través de un poder simple de un

adulto responsable, que cuente con

toda la información requerida, para

dicho efecto.

f. Comunicar oportunamente a

través de un medio formal (vía

telefónica, comunicación o de

manera presencial), a los

siguientes funcionarios: secretaria

del inspector, Inspector General o

Profesor Jefe un cambio de

domicilio y/o teléfono.

g. Justificar personalmente en

Inspectoría General o Profesor Jefe

toda inasistencia a clases de su

pupilo, como así mismo, su propia

inasistencia a reuniones del Centro

General y Sub-centro de Padres y

Apoderados o a cualquier citación

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68

acatando estrictamente los

conductos regulares en

conformidad a la estructura

administrativa y organizacional

del Establecimiento.

que se le formule.

h. Presentar Certificados o

Comprobante de atención médica

para justificar las inasistencias de

su pupilo/a por enfermedad según

la normativa de este reglamento.

i. Retirar, de manera

presencial, según los protocolos

establecidos a su pupilo del

Establecimiento, cuando sea

estrictamente necesario.

j. Representar oficialmente al

hijo/hija; o pupilo/pupila, en

calidad de apoderado/apoderada.

k. Comprender y asumir la

calidad de apoderado como misión

personal y familiar frente al

aprendizaje escolar y formativo de

su pupilo/pupila.

l. Tomar conocimiento y

respetar estrictamente los horarios

de atención de apoderados dados a

conocer oportunamente por las

diferentes instancias de Reuniones

de curso.

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69

m. Conocer y aceptar los

criterios metodológicos y

procedimientos evaluativos

aplicados por el Establecimiento

en el proceso Enseñanza-

Aprendizaje.

n. Asistir a reuniones para

apoyar planes, programas y

compromisos didácticos de

refuerzo.

o. Aceptar apoyo remedial, para

su pupilo, ante la eventualidad que

este lo requiera en aspectos de

aprendizaje o de conducta general.

p. Respetar, asumir y cumplir,

las decisiones tomadas por el

Establecimiento en materia de

convivencia escolar.

q. Actar las decisiones y

sanciones que tome el Equipo

Directivo en relación a alguna

problemáticas en la que esté

involucrado su pupilo/a. En caso

de no ser así e ir en contra de lo

estipulado, en reiteradas ocasiones

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70

y que esto afecte negativamente al

estudiantes, se solicitará cambio de

apoderado.

r. Velar por la integridad

institucional del establecimiento,

como así mismo por la proyección

de su imagen.

s. Apoyar a la institución en

acciones formativas o

disciplinarias, en beneficio de sus

pupilos/as.

t. Responsabilizarse por la higiene

y presentación personal de su

pupilos/as.

u. Tratar respetuosamente a todos

los miembros de la comunidad

educativa.

v. Integrarse y colaborar en

acciones programadas por la

Escuela y el Centro General de

Padres y Apoderados.

w. Mantenerse informado

permanentemente sobre el

rendimiento escolar y el

comportamiento general de su

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71

pupilo/pupila.

x. Manifestar tolerancia,

comprensión y dominio propio en

sus relaciones interpersonales.

y. Velar por el cumplimiento de las

obligaciones escolares de sus hijos

dentro y fuera de la escuela

z. Plantear sus inquietudes y

sugerencias ante las personas e

instancia que corresponde, sin

saltar el conducto regular.

aa. Mantener informado a quien

corresponda sobre las situaciones

importantes que puedan incidir en

la educación y /o formación de sus

pupilos/as.

bb. Velar que su pupilo/a utilice

de forma responsable y respetuosa

las Redes Sociales y otros medios.

cc. Velar por la salud física,

psicológica y emocional de su

pupilo/a.

dd. Asistir al establecimento,

cuando su presencia sea requerida,

ya sea a través de llamado

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72

telefónico o de manera escrita, por

cualquier situación referente a su

pupilo/a.

ee. Asistir a reuniones de curso

mensualmente.

ARTÍCULO 57 : DEBERES Y DERECHOS DEL EQUIPO

DIRECTIVO

EQUIPO DIRECTIVO (DIRECTOR, UTP E INSPECTOR

GENERAL)

DEBERES DERECHOS

a) Son deberes de los Equipos

Directivos liderar los

establecimientos a su cargo, sobre

la base de sus responsabilidades y

propender a elevar la calidad de

estos.

b) Desarrollarse

profesionalmente a través del

perfeccionamiento continuo

c) Promover y facilitar en los

docentes el desarrollo profesional

a) Conducir el proyecto

educativo del establecimiento que

dirigen.

b) A ser tratado/a con respeto

por todos los integrantes de la

comunidad escolar.

c) Dirigir a todos los

Profesionales de la Educación y

Asistentes de la educación del

establecimiento.

d) Que se respete su integridad

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73

necesario para el cumplimiento

de sus metas educativas.

d) Proponer y desarrollar

iniciativas para elevar la calidad

de los aprendizajes.

e) Cumplir y respetar todas las

normas del establecimiento.

física, psicológica y moral, no

pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios o degradantes.

e) Recibir formación o

capacitación que le permitan

realizar de mejor forma su trabajo.

f) Proponer iniciativas que

vayan en pro del logro de los

objetivos institucionales.

g) Recibir la información

pertinente y oportuna, que les

permita realizar mejor sus labores.

ARTÍCULO 58: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES

DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL

ÁMBITO DE LA GESTIÓN

A.- EN LO PEDAGÓGICO:

A.1 Formular, hacer seguimiento y evaluar las metas y objetivos del

establecimiento, los planes y programas de estudio y las estrategias para

su implementación con el objeto de mejorar y fortalecer el proceso de

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74

enseñanza–aprendizaje.

A.2 Organizar, orientar y observar las instancias de trabajo técnico-

pedagógico y de desarrollo profesional de los docentes del

establecimiento.

A.3 Adoptar las medidas para que los padres y apoderados reciban

regularmente información sobre el funcionamiento del establecimiento

y el progreso de sus hijos.

A.4 Asegura el funcionamiento, análisis y evaluación del proceso de

enseñanza-aprendizaje, mediante la supervisión pedagógica en el aula

para la implementación efectiva del currículo.

A.5 Garantizar que la implementación curricular se concrete

efectivamente en el aula a través del proceso de enseñanza-aprendizaje

A.6 Diseña o propone una propuesta curricular coherente con el PEI y

articulada con las Bases Curriculares y el Marco Curricular, en el

contexto de las necesidades formativas y educativas de los estudiantes

A.7 Elaborar, implementar , monitorear y evaluar el PME con el

propósito de asegurar mediante su ejecución el favorecer las

Trayectorias Educativas de los estudiantes

A.8 Orienta un actuar coordinado de los actores de la comunidad

educativa en función del logro de los Objetivos Institucionales y la

calidad de los aprendizajes de los estudiantes

A.9 Implementar acciones para fomentar la buena convivencia de

manera de prevenir todo tipo de violencia y acoso escolar generando un

clima y cultura escolar favorable para el aprendizaje.

A.10 Recopilar y analiza información útil para la evaluación

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75

institucional, toma decisiones y realiza rendición de la cuenta pública.

A.11 Determina y analiza el grado de desarrollo e impacto que tiene la

implementación del diseño curricular en la Unidad Educativa

A.12 Implementa acciones que comprometan a los padres y apoderados

en el aprendizaje de sus hijos.

B.- EN LO ADMINISTRATIVO–FINANCIERO:

B.1 Organizar y Supervisar el trabajo de los docentes y del personal del

establecimiento educacional según Ley 19.464

B.2 Responsabilizarse por constituir el Consejo Escolar, entregar

Cuenta Pública y de presidir los diferentes Consejos y delegar esta

función sólo en casos muy justificados.

B.3 Velar por el cumplimiento de la normativa que regula los derechos

y deberes de los integrantes de la Comunidad Educativa.

B.4 Asegurar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene

y seguridad dentro del Establecimiento.

B.5 Promueve el desarrollo profesional de los docentes y asistentes de

la educación en coherencia con el PEI.

B.6 Utilizar eficientemente los recursos materiales, tecnológicos,

equipamiento e infraestructura a fin de implementar de forma eficiente

el PEI.

B.7 Asegurar sistemas de soporte y servicios que requiere la

implementación del PEI.

B.8 Promover una adecuada convivencia en el establecimiento y

participar en la selección de sus profesores y asistentes de la educación.

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76

B.9 Proporcionar información fidedigna, oportuna y válida, factible de

ser confirmada bajo la presentación de evidencias a las Jefaturas

correspondientes.

B.10 Comunicar e informar oportunamente por los canales

correspondientes a DAEM de los siguientes tópicos: Licencias Médicas,

emergencias, visitas de Superintendencia de Educación

(tipo de Acta), visitas de la Agencia de Calidad.

C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:

C.1 Gestionar la relación con la Comunidad y el Entorno

C.2 Asegura una sana y productiva interacción de los actores de la

comunidad en función del PEI de la Unidad Educativa

C.3 Articula con actores u organizaciones de su entorno la contribución

al logro de sus Objetivos y Metas Institucionales.

C.4 Representar al Establecimiento en su calidad de Director.

C.5 Difundir el Proyecto Educativo y asegurar la participación de la

Comunidad.

ARTÍCULO 59: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES U.T.P

JEFA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL

ÁMBITO DE LA GESTIÓN

A.- EN LO PEDAGÓGICO:

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77

1. Formular, monitorear, hacer seguimiento y evaluar las metas y

objetivos de los planes y programas de estudio y las estrategias

para su implementación con el objeto de mejorar y fortalecer el

proceso de enseñanza-aprendizaje.

2. Programar, asesorar, coordinar, supervisar y evaluar la realización

de las actividades curriculares de la unidad educativa.

3. Asesorar, apoyar, reforzar, supervisar a los docentes en la

organización, programación y desarrollo de las actividades de

evaluación y aplicación de los planes y Programas de estudio.

4. Organizar, orientar y observar las instancias de trabajo técnico-

pedagógico y de desarrollo profesional de los docentes del

establecimiento.

5. Promover el conocimiento y cumplimento del Proyecto Educativo

y del Proyecto Técnico Pedagógico en la Unidad Educativa.

6. Cuidar de la adecuada interpretación, aplicación y readecuación

de los Planes y Programas de estudio.

7. Generar acciones que permitan promover y fomentar un clima y

cultura escolar favorable para el aprendizaje.

8. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente en materias

de evaluación, currículo y otros.

9. Programar la interacción del Plan General con el diferenciado,

acorde al Proyecto Educativo.

10. Adoptar medidas para que los padres y apoderados reciban

regularmente información sobre el progreso de sus pupilos y

reglamentos

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78

11. Promover la orientación al logro y cumpliendo metas

establecidas en Plan de Mejoramiento Educativo (PME) para el

mejoramiento de los aprendizajes de los estudiantes.

B.- EN LO ADMINISTRATIVO–FINANCIERO:

1. Integrar el equipo de gestión de la Unidad Educativa.

2. Asesorar al director en el proceso de elaboración del Plan Anual

de las actividades curriculares de la Unidad Educativa.

3. Mantener informado al director sobre el desarrollo del proceso

educativo, procurando que los canales de comunicación sean

expeditos entre la dirección, el personal docente, estudiantes y sus

familias.

4. Controlar la entrega en la fecha acordada de las planificaciones e

instrumentos de evaluación de todos los docentes según los

tiempos determinados.

5. Velar por el cumplimiento del reglamento Interno de las Unidades

educativas, en lo que respecta a su cargo, en beneficio del óptimo

desarrollo del proceso educativo.

6. Visitar las aulas, talleres, laboratorios para ayudar a los docentes a

aumentar su eficiencia pedagógica.

7. Coordinar y monitorear las prácticas pedagógicas de los docentes.

8. Preparar semestralmente un informe sobre la situación académica

de la Unidad Educativa y cuando se lo encomiende la Jefatura.

9. Proponer cargas horarias de los docentes y asistentes de la

Educación, así como los horarios de clases, en coordinación y en

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79

concordancia con el equipo Directivo y DAEM.

10. supervisar el Proceso de aprendizaje y el rendimiento

escolar de los estudiantes de la unidad educativa

11. Controlar periódicamente los contenidos o actividades en los

libros de clases, formulando observaciones a los docentes.

12. Organizar y Supervisar el trabajo de los docentes y del

personal del establecimiento educacional según Ley 19.464

13. Responsabilizarse por constituir el Consejo Escolar, entregar

Cuenta Pública y de presidir los diferentes Consejos y delegar

esta función sólo en casos muy justificados.

14. Velar por el cumplimiento de la normativa que regula los

derechos y deberes de los integrantes de la Comunidad Educativa.

15. Asegurar por el cumplimiento de las normas de prevención,

higiene y seguridad dentro del Establecimiento.

16. Promueve el desarrollo profesional de los docentes y

asistentes de la educación en coherencia con el PEI.

17. Utilizar eficientemente los recursos materiales, tecnológicos,

equipamiento e infraestructura a fin de implementar de forma

eficiente el PEI.

18. Asegurar sistemas de soporte y servicios que requiere la

implementación del PEI.

19. Promover una adecuada convivencia en el establecimiento y

participar en la selección de los docentes y asistentes de la

educación.

20. Dirigir los consejos técnicos cuando corresponda.

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80

21. Otras funciones inherentes al cargo, dispuestas por la

dirección del establecimiento.

C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:

1. Apoyar el funcionamiento del Centro de Recursos de

Aprendizaje, laboratorios, talleres y gabinetes dependientes de su

Unidad.

2. Representar a la Unidad Educativa en actos o eventos cuando la

dirección del establecimiento lo disponga.

3. Apoyar y guiar a los docentes en la búsqueda de metodologías y

criterios de evaluación que sean coherentes con el PIE, PME.

4. Difundir el Proyecto Educativo y asegurar la participación de la

Comunidad.

58.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS

a) Programar, organizar, supervisar y evaluar, las activadades

correspondientes al proceso enseñanza- aprendizaje.

b) Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar.

c) Procurar el mejoramiento permanente del proceso enseñanza-

aprendizaje.

d) Propiciar la integración entre los diversos programas, planes y

asignaturas.

e) Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan

de actividades

f) curriculares del establecimiento.

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81

g) Asesorar y acompañar a los docentes en la organización,

planificación y desarrollo de los planes y programas de estudio,

como así mismo, en el desarrollo de las actividades en el aula,

evaluación y orientación.

h) Programar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades

de colaboración y de talleres de la JECD.

i) Contribuir al perfeccionamiento del personal docente.

j) Dirigir los consejos técnicos que le competen.

k) Elaborar en conjunto con el Director la carga horaria, confección

de horarios, distribución de cursos, actividades de colaboración.

l) Vincular al establecimiento educacional con los organismos de

la comunidad previo conocimiento del Director.

m) Supervisar el cumplimiento de los horarios de los docentes

en sus clases sistemáticas y horas de colaboración.

n) Visar los permisos administrativos y cometidos de servicio de los

funcionarios, previa consulta al Director

o) Subrrogar al Director en caso de ausencia.

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82

ARTÍCULO 60: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR GENERAL

INSPECTOR GENERAL

PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL

ÁMBITO DE LA GESTIÓN

A.- EN LO PEDAGÓGICO:

1. Coordinar con orientación y profesores jefes la aplicación del

reglamento de convivencia escolar, a través de reuniones

periódicas.

2. Redactar, distribuir, dar a conocer los diversos instructivos

técnicos relacionados con la unidad de Inspectoría general.

3. Adoptar las medidas para que los padres y apoderados reciban

regularmente información sobre el funcionamiento del

establecimiento y el progreso de sus hijos.

4. Implementar acciones para fomentar la buena convivencia de

manera de prevenir todo tipo de acoso escolar y generar un clima

y cultura escolar favorable para el aprendizaje.

B.- EN LO ADMINISTRATIVO:

1. Supervisar el trabajo del personal del establecimiento

educacional.

2. Velar por el cumplimiento del reglamento interno de convivencia

del establecimiento (supervisar uso correcto de uniforme,

determinar las causas de atrasos de los alumnos registrando cada

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83

caso, supervisar la disciplina en los recreos, registrar y

supervisar la salida de cursos a actividades extra-programáticas,

autorizar salidas de alumnos, supervisar la salida de

administrativos y auxiliares) y todo lo que respecta a su cargo, en

beneficio del óptimo desarrollo del proceso educativo.

3. Promover una adecuada convivencia en el establecimiento.

4. Mantener informado al Director sobre el desarrollo del proceso

educativo, procurando que los canales de comunicación sean

expeditos entre la dirección, Jefa técnica, el personal docente, los

alumnos y sus familias.

5. Asistir a los consejos o reuniones que le sean pertinentes.

C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:

1. Gestionar la relación con la comunidad y el entorno.

2. Representar al colegio en su calidad de inspector general.

3. Asegura una sana y productiva interrelación de los actores de la

comunidad educativa en función del PEI de la unidad educativa.

4. Difundir el proyecto educativo y asegurar la participación de la

comunidad.

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84

60.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS

a. Velar, Controlar y monitorear la disciplina y puntualidad de

los alumnos.

b. Anotar los atrasos de los estudiantes y citar a los apoderados,

según protocolos de atrasos.

c. Llevar libro de registro “salida de estudiantes”, cuaderno o

registro anecdótico siendo de su responsabilidad que estén al día y

bien llevados.

d. Programar y coordinar las labores de los asistentes de la

Educación

e. Autorizar la salida extraordinaria de los alumnos, según

protocolos.

f. Controlar la realización de actividades culturales, sociales,

deportivas, de bienestar y promoviendo una las buenas relaciones

interpersonales.

g. Elaborar los horarios (turnos) y de colaboración del personal.

h. Supervisar y controlar las formaciones y presentaciones del

establecimiento.

i. Velar por la buena presentación y el aseo del interior y exterior

del establecimiento escolar.

j. Coordinar y supervisar todas las actividades del establecimiento.

k. Asistir al consejo General.

l. Velar conjuntamente con el Equipo Directivo, el proceso

enseñanza aprendizaje del establecimiento y que sea coherente

con los objetivos.

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85

m. Controlar y supervisar el ingreso de apoderados, según calendario

de atención de apoderados.

n. Supervisar y controlar el calendario de reuniones mensuales de

apoderados.

o. Velar, supervisar, coordinar y controlar los recreos, colación,

entrada y salida del establecimiento de los estudiantes.

p. Velar porque las clases de los estudiantes no sean interrumpidas.

q. Programar y controlar el Plan de Seguridad Escolar.

r. Administrar los procedimientos referidos a accidentes escolares

de los alumnos.

s. Controlar el ingreso y salida de personas ajenas a la comunidad.

t. Registrar en bitácora de Inspectoría General toda situación

anormal que se suceda en portería.

u. Mantener cerrada en forma permanente puerta de acceso.

ARTÍCULO 61: DERECHOS Y DEBERES DEL EQUIPO

MULTIDISCIPLINARIO

(Encargada de Convivencia Escolar, Coordinadora PIE,

Fonoaudiólogo, Psicóloga, Trabajadora Social)

DEBERES DERECHOS

a. Practicar los valores

institucionales y proceder con

ética profesional.

a. Trabajar en un ambiente

tolerante y de respeto mutuo.

b. Que se respete su integridad

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86

b. Ejercer su función con

estricto respeto a las disposiciones

legales.

c. Conocer y cumplir las

normativas Internas.

d. Realizar personalmente la

labor convenida de acuerdo con las

normas e instrucciones del

empleador, en conformidad al

Contrato de Trabajo firmado.

e. Cultivar la buena relación

con los estudiantes, evitando la

familiaridad y la demasiada

condescendencia.

f. Inspirar pensamientos y

acciones ennoblecedoras, ser

motivador, mantener y promover

un estilo de vida saludable.

g. Respetar individualidades e

incentivar, el respeto por sus pares,

apoyar a quienes lo requieran.

h. Asumir con plena

responsabilidad cada uno de sus

actos en el ejercicio de sus

funciones.

física, psicológica y moral, no

pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios, degradantes o maltratos

psicológicos por parte de los

demás integrantes de la comunidad

educativa.

c. Ser atendido con respeto y

atención al presentar sus quejas e

inquietudes ante las autoridades

del establecimiento, siguiendo el

conducto regular.

d. Utilizar en forma adecuada y

responsable los espacios y

recursos que ofrece la unidad

educativa

e. Recibir información

oportuna sobre todas las normas

administrativas, pedagógicas y de

seguridad que los rigen.

f. Ser respetado/a por su

formación e idoneidad profesional

en el ejercicio de su profesión

docente.

g. Ser evaluado por los

miembros de la comunidad escolar

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87

i. Atender durante la semana,

durante los horarios establecidos, a

los padres y apoderados, que lo

soliciten o llamarlos para dialogar

en cuanto al comportamiento o

rendimiento de los estudiantes.

j. Corregir los

comportamientos inadecuados de

los estudiantes, tomando acciones

pertinentes en el momento y lugar

apropiado siguiendo los protocolos

establecidos.

k. Tratar las faltas de los

estudiantes de modo objetivo sin

mostrarse ofendido personalmente

evitando demostraciones de

resentimiento o venganza con el

estudiante.

l. Escuchar, analizar y orientar

a los estudiantes que lo soliciten.

m. Activar los protocolos de

actuación, reguladas en este

Reglamento interno.

m. Cooperar permanentemente

en la mantención del orden,

a través de procesos informados,

organizados y planificados en

conformidad a las pautas

institucionales.

h. Ejercer el Derecho de

Apelación ante los procesos

internos de evaluación y/o

decisiones de carácter

administrativo, en general y en

especial ejercer las acciones que

estime conveniente, ante una

sanción administrativa como

consecuencia de una infracción del

cuerpo normativo.

i. Ser representado ante los

organismos internos de la Unidad

educativa, del Consejo Escolar,

Comité de seguridad Escolar,

Comité de convivencia Escolar,

etc.

j. Ser informado ante

situaciones relacionadas con su

quehacer diario.

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88

limpieza y buen comportamiento

de los estudiantes.

o. Participar activamente en

instancias de perfeccionamiento y

capacitación, propuestas por las

distintas organizaciones , tanto

internas como externas,

desarrollándose profesionalmente

a través del perfeccionamiento

continuo.

p. Presentar en UTP plan de

trabajo anual e informe semestral

de los principales avances y/o

acciones realizadas cada semestre.

q. Participar en reuniones con

diferentes instituciones de apoyo

externas articulando el trabajo en

red.

ARTÍCULO 62: PERFIL ENCARGADO/A DE LA CONVIVENCIA

ESCOLAR

a. El Encargado/a de la Convivencia Escolar será un profesor del

establecimiento y en su ausencia subrogará la psicóloga que

forma parte de la Dupla Psicosocial.

b. El profesional asesora al Equipo Directivo y será el encargado de

mediar la resolución pacífica de los conflictos, como también será

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89

el encargado de aplicar las normas, faltas y medidas disciplinarias

y sugerir medidas pedagógicas.

c. Será la responsable de sugerir acciones para implementar

estrategias de prevención, diseñando un plan de acción o de

gestión para llevarlas a cabo.

d. El encargado de Convivencia Escolar debe tener conocimiento,

manejo y comprensión del enfoque formativo planteado en la

Política Nacional de Convivencia Escolar y será la encargada de

implementar acciones coherentes y relacionadas entre sí.

e. El Encargado de la Convivencia Escolar deberá mostrar

capacidad de gestión, liderazgo y ascendiente, tanto ante la

comunidad docente, los estudiantes y los padres, madres y

apoderados del establecimiento.

62.1 PRINCIPALES FUNCIONES

a. Conocer e implementar las orientaciones que entrega la Política

Nacional de Convivencia Escolar.

b. Asumir el rol primario en la implementación de las medidas de

convivencia escolar.

c. Promover la participación de los diferentes estamentos de la

comunidad educativa.

d. Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia

escolar.

e. Implementar las medidas sobre convivencia escolar.

f. Elaborar el Plan de Gestión sobre convivencia escolar y

monitorearlo.

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90

g. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la

buena convivencia y manejo de situaciones de conflictos, entre

los diversos estamentos de la comunidad educativa.

h. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la

comunidad educativa, en la elaboración, implementación y

difusión de las políticas de prevención, medidas pedagógicas y

disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.

i. Asesorar al Equipo Directivo en temas referencia a la

Convivencia Escolar y la Política nacional.

ARTÍCULO 63: PERFIL COORDINADOR PIE

El especialista a cargo del funcionamiento del Equipo

Multidisciplinario que atiende a los alumnos con necesidades

educativas especiales, que deben recibir apoyo pedagógico de un

profesor o profesional especialista en forma individual o en pequeños

grupos de alumnos.

63.1 PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

a) Elaborar, planificar, supervisar y evaluar los programas fijados

para el grupo diferencial en la unidad educativa de acuerdo al

proyecto educativo y a la normativa vigente.

b) Colaborar y apoyar el buen funcionamiento de las actividades del

grupo diferencial que se desarrollan en la unidad educativa.

c) Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento de las

actividades del grupo diferencial.

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91

d) Promover la ejecución y supervisión del desarrollo del grupo

diferencial que se realiza en la unidad educativa.

e) Coordinar la entrega oportuna de información y material de apoyo

a las actividades del grupo diferencial en su gestión.

f) Establecer contacto con las instituciones que ofrecen

perfeccionamiento en esta área.

g) Mantener al día las estadísticas de asistencia de los alumnos

perteneciente al grupo diferencial.

h) Velar por el cumplimiento del reglamento de convivencia escolar,

en cada actividad ejecutada por el PIE, ejerciendo presencia

periódica en las sesiones de trabajo de los docentes o especialistas

del PIE.

i) Velar por el correcto uso de la conservación del mobiliario,

materiales y dependencias ocupadas para el desarrollo de las

actividades del grupo diferencial.

j) Distribuir y dar a conocer los diversos instructivos emanados de

la autoridad con respecto al grupo diferencial.

k) Velar por que las actividades del grupo diferencial se desarrollen

en un ambiente de disciplina, armonía y sana convivencia.

l) Asistir a los consejos o reuniones que le sean pertinentes a su

cargo.

m) Representar al colegio en su calidad de coordinadora PIE en

reuniones del área y cuando se lo solicite el Director(a) de la

unidad educativa.

n) Difundir el proyecto educativo y asegurar la participación de la

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92

comunidad a través de las actividades del grupo diferencial.

o) Controlar el cumplimiento del programa de trabajo establecido

por cada docente que colabora con el grupo diferencial.

ARTÍCULO 64: PERFIL PSICÓLOGA DEL PROYECTO

INTEGRACIÓN ESCOLAR

Profesional responsable de favorecer el proceso de enseñanza y

aprendizaje a nivel individual y grupal, a través de la evaluación de los

estudiantes que presenten necesidades educativas especiales, derivadas

de su desarrollo emocional social o discapacidades y, a nivel

institucional, propiciando un clima organizacional y de aprendizaje

adecuado.

64.1 PRINCIPALES FUNCIONES

a) Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

Permanentes entregando apoyo en el desarrollo de habilidades

cognitivas.

b) Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

Transitorias que ameriten un apoyo complementario al trabajo

realizado por las Docentes Especialistas.

c) Atención de Apoderados: mediante entrevistas y citaciones

individuales se entrega información del trabajo con los estudiantes

además de acompañamiento y charlas educativas cuando es

requerido.

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d) Seguimiento y reuniones de coordinación con redes de apoyo.

e) Trabajo en equipo con dupla psicosocial.

f) Asesorar a Equipo Directivo en relación a temáticas NEE y

contingentes según las problemáticas psicosociales que presenten

los estudiantes.

ARTÍCULO 65: PERFIL DEL CARGO FONOAUDIÓLOGO

Profesional de la rehabilitación orientado a la prevención, detección,

evaluación, diagnóstico e intervención terapéutica de alteraciones de la

comunicación.

El proceso de comunicación se aborda desde una perspectiva biológica,

física y emocional, con aportes de la Psicología y la Lingüística.

Por ello, en su formación recibe conocimientos del área de las ciencias

básicas de la salud y humanísticas, necesarias para comprender el

fenómeno del lenguaje oral y rehabilitar sus patologías.

Lleva a cabo la evaluación, diagnóstico fonoaudiológico y Terapia de

las alteraciones del lenguaje, habla, voz y audición.

Maneja los procedimientos de exploración en los desarreglos de la

fonación y de la audición, como asimismo en la aplicación de las

técnicas para su corrección.

65.1 PRINCIPALES FUNCIONES

a. Realizar diagnósticos a estudiantes con necesidades educativas y/o a

grupos de estudiantes y a las familias de acuerdo a necesidades y

normativa.

b. Aplicar instrumentos de evaluación de acuerdo a su especialidad, a

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94

las necesidades y requerimientos de atención y normas vigentes.

c. Elaborar informes de resultados de evaluaciones de acuerdo a

especialidad y formatos que correspondan.

d. Aportar sugerencias específicas al establecimiento, a los docentes y

familias de acuerdo a resultados del diagnóstico.

e. Realizar las reevaluaciones cuándo corresponda de acuerdo a

necesidades y normas establecidas.

f. Incorporar en los planes de trabajo, acciones bajo el enfoque de

prevención de problemas, dificultades para aprender y áreas a mejorar.

g.Decidir y planificar las acciones de apoyo al establecimiento, a los

alumnos y sus familias.

ARTÍCULO 66: PERFIL DUPLA PSICOSOCIAL:

TRABAJADORA SOCIAL Y PSICÓLOGA

Profesionales que favorecen el proceso de enseñanza y aprendizaje a

nivel individual y grupal derivadas de su desarrollo socio – emocional y

cognitivo.

66.1 PRINCIPALES FUNCIONES

a. Conocer e implementar las orientaciones que entrega la Política

Nacional de Convivencia Escolar específicamente los

relacionados con los diferentes enfoques: Derecho, Género,

Formativo, Participativo, Inclusivo, Gestión Territorial y Gestión

Institucional.

b. Promover la participación de los diferentes estamentos de la

comunidad educativa en el Consejo Escolar.

c. Promover la participación del equipo de convivencia en la

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95

elaboración, socialización, implementación y evaluación del Plan

de Convivencia Escolar de su establecimiento.

d. Aportar de manera significativa a la Red comunal de Convivencia

Escolar.

e. Brindar un espacio de ayuda en la búsqueda de soluciones a los

problemas, tanto académicos como conductuales que surgen en

niños, niñas y adolescentes.

f. Orientar a los docentes y directivos escolares en relación a

estrategias que puedan utilizar para solucionar los problemas que

se presenten en el Establecimiento y en el proceso de enseñanza –

aprendizaje.

g. Evaluar problemáticas de los estudiantes para su eventual

derivación a la red comunal.

h. Procurar dar una formación permanente y colectiva (talleres,

diálogos) relacionados con la formación académica a todos los

agentes educativos, planificando, coordinando y ejecutando

Talleres, incluyendo a los padres y/o apoderados.

i. Participar en el desarrollo del proyecto educativo institucional

implementando estrategias innovadoras en la búsqueda constante

de la calidad educativa.

j. Participación activa en el equipo de Convivencia Escolar.

k. Asesorar al docente, en la creación de situaciones de aprendizajes

alternativas, que propendan al desarrollo afectivo y académico de

los niños, niñas y adolescentes.

l. Sugerir estrategias de resolución de conflictos al profesor cuando

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surgen dificultades con estudiantes y apoderados.

m. Apoyar la Gestión Directiva, otorgando respuestas oportunas,

dentro del marco normativo y reglamentario vigente.

n. Elaborar Informes Psicosociales, a petición de distintos

solicitantes individuales u organizaciones, comunales o

nacionales.

o. Realizar visitas domiciliarias

p. Gestionar ayudas sociales y postulaciones a becas.

q. Realizar derivaciones y/o denuncias a las instituciones

correspondientes.

ARTÍCULO 67: ENCARGADO DE CENTRO DE RECURSOS

(CRA)

El coordinador(a) del centro de recursos de aprendizaje es el docente

que tiene la responsabilidad de mantener el centro de recursos de

aprendizaje (sala de biblioteca) en óptimas condiciones y junto al

asistente de CRA, preocuparse del aseo y orden para poder prestar la

atención adecuada a los usuarios manteniendo y propiciando un

ambiente de orden, disciplina, armonía y de sana convivencia y

bienestar.

67.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO

a. Mantener en buen estado el material bibliográfico existente, tanto

textos de estudio, como los de consulta.

b. Promover y fortalecer los vínculos entre la biblioteca y las

definiciones curriculares y pedagógicas del establecimiento.

c. Facilitar información y dilución sobre los recursos disponibles:

trabajo permanente con los profesores de asignatura.

d. Colaborar y apoyar el trabajo de tareas o investigación realizado

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por los usuarios, mediante el buen uso de los libros, revistas,

suplementos y otros, también la búsqueda de información.

e. Ayudar y enseñar a cada estudiante el uso del material

bibliográfico.

f. Apoyar a los usuarios en la búsqueda de alguna información

pedagógica en los sitios y páginas de la red de internet.

g. Desarrollar el centro de recursos de aprendizajes (biblioteca)

como lugar de encuentro, intercambio y cooperación de la

comunidad.

h. Cumplir con todas las tareas que les sean encomendadas por la

autoridad superior.

i. Coordinar el mejoramiento y desarrollo del centro de recursos de

aprendizajes.

j. Posibilitar la circulación de la colección: llevar un control sobre la

circulación de la colección y materiales, inventario, fondo

bibliográfico.

k. Incentivar las conductas de buen comportamiento, de

compañerismo, del cuidado de los textos de consultas y

computadores existentes.

l. Difundir entre los profesores y alumnos informaciones del

material existente como el adquirido por el establecimiento o

donado por alguna institución o persona natural.

m. Procesar técnicamente la colección: registro catalogación,

preparación, y mantención física de la colección, adquisición de

nuevos textos y materiales.

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n. Prestar servicios d acuerdo a las necesidades de los usuarios.

o. Supervisar la gestión del centro de recursos de aprendizaje:

evaluación de la gestión, estadísticas mensuales de los servicios

bibliotecarios.

p. Preparación de material para los docentes según sus necesidades

pedagógicas.

q. Cumplir con las normas de trabajo y de convivencia y vela por

cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa.

r. El coordinador del centro de recursos de aprendizajes, debe

mantener un ambiente organizado de trabajo y disponer los

espacios y recursos en función de los aprendizajes de los usuarios.

s. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento cuando

MINEDUC, DAEM o la Dirección lo establezca.

t. Asistir y participar en reuniones, citadas por la dirección de la

unidad educativa.

u. Mantener un canal de comunicación abierto con la dirección,

UTP, Inspectoría general, profesores y alumnos(as).

v. Velar por mantener el aseo y ornato de la sala del centro de

recursos de aprendizaje.

w. Reciclar cuadros técnicos y material didáctico en caso que sea

necesario.

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99

ARTÍCULO 68 : DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES,

EDUCADORAS DE PÁRVULO, EDUCADORAS

DIFERENCIALES, PSICOPEDAGOGOS

PROFESORES

DEBERES DERECHOS

a. Planificar, desarrollar y

evaluar sistemáticamente las

actividades curriculares.

b. Enseñar los contenidos

curriculares correspondientes a

cada nivel educativo establecidos

en las bases curriculares y planes y

programas oficiales de

MINEDUC.

c. Entregar a la Jefa Técnica la

planificación anual antes del 15 de

marzo.

d. Fomentar e internalizar en el

alumnado valores, hábitos y

actitudes a través del ejemplo

personal.

e. Asistir a los actos educativos

culturales y cívicos que la

Dirección del establecimiento

a. Trabajar en un ambiente

tolerante y de respeto mutuo.

b. Que se respete su integridad

física, psicológica y moral, no

pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios, degradantes o maltratos

psicológicos por parte de los

demás integrantes de la

comunidad educativa.

c. Ser atendido con respeto y

atención al presentar sus quejas e

inquietudes ante las autoridades

del establecimiento, siguiendo el

conducto regular.

d. Utilizar en forma adecuada y

responsable los espacios y

recursos que ofrece la unidad

educativa

e. Recibir información

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100

determine.

f. Asistir a las horas dispuestas

para desarrollar el trabajo

colaborativo y firmar hoja de

registro.

g. Trabajar colaborativamente

con Equipo de Aula, según los

principios DUA. Enviar

planificaciones y evaluaciones a

las educadoras diferenciales o

psicopedagogos vía correo

electrónico y viceversa para

realizar adecuaciones curriculares.

h. Mantener al día el archivador

con planificaciones anuales y por

unidad didáctica, según formatos

consensuados en Reunión Técnica

(mes de marzo) dispuestos en

oficina UTP, como también las

evaluaciones de los estudiantes,

previo envío a Jefa técnica a través

de Correo electrónico. 48 hrs antes

para ser visadas. El que será

revisado quincenalmente.

i. Mantener una comunicación

oportuna sobre todas las normas

administrativas, pedagógicas y de

seguridad que los rigen.

f. Ser respetado/a por su

formación e idoneidad profesional

en el ejercicio de su profesión

docente.

g. Ser evaluado por los

miembros de la comunidad escolar

a través de procesos informados,

organizados y planificados en

conformidad a las pautas

institucionales.

h. Ejercer el Derecho de

Apelación ante los procesos

internos de evaluación y/o

decisiones de carácter

administrativo, en general y en

especial ejercer las acciones que

estime conveniente, ante una

sanción administrativa como

consecuencia de una infracción del

cuerpo normativo.

i. Ser representado ante los

organismos internos de la Unidad

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101

permanente y oportuna con los

padres y apoderados,

proporcionándoles información

sobre el desarrollo del proceso

educativo y seguridad de sus

pupilos.

j. Enviar calendarios de

evaluación a los Padres y

Apoderados

k. Asistir a las formaciones

generales los días lunes.

l. Cuidar el orden y

presentación personal de los

alumnos y la propia utilizando

delantal.

m. Llegar puntualmente a la sala

de clases, resguardando los

tiempos dedicados a la enseñanza.

n. Finalizada la clase deberá

entregar la sala limpia, ordenada

y cerrada con llave.

o. Desempeñar turnos que

señale Inspectoría General, tales

como: liderar el acto de los días

lunes o coordinar actividades

educativa, del Consejo Escolar,

Comité de seguridad Escolar,

Comité de convivencia Escolar,

etc.

j. Ser respaldado en su

función por parte de todos los

integrantes de la Unidad Educativa

ante cualquier atropello o falta de

respeto que sufra un profesor/a por

parte de un padre o apoderado,

alumno u otra persona dentro del

establecimiento.

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102

extraprogramáticas.

p. Concurrir a todas las

reuniones que son convocadas

por la dirección.

q. Llevar al día su libro de

clases, especialmente lo referido a

la asistencia diaria y mensual,

consignación de materias en el

leccionario y calificaciones.

r. Mantener al día las

calificaciones en el libro para ser

traspasadas a planillas respectivas

y entregar reportes a los Padres y

apoderados.

s. Reemplazar a otro

profesor/a ausente, según

necesidades y previo acuerdo.

t. Guardar la debida lealtad y

respeto hacia sus jefes y

compañeros de trabajo.

ADICIONALMENTE LOS

PROFESORES JEFES

DEBERÁN:

u. Reunir y organizar las

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103

informaciones sobre los

estudiantes y llevar un registro del

progreso escolar (libros de clases,

libretas de calificaciones y otros

documentos)

v. Organizar y asesorar el

consejo de curso. Organizar en el

Segundo Ciclo (5° A 8° básico)

una Directiva de curso de alumnos.

w. Organizar, asesorar y

reunirse periódicamente con los

padres y/o Apoderados (al menos

una vez al mes ) con el objeto

principal de informarles del

progreso de sus pupilos. Cada

reunión deberá regirse por la

calendarización acordada en

Consejo Técnico y deberá ser

entregada a Inspectoría General.

x. Intervenir en problemas de

conductas y/o aprendizaje que no

hayan sido resueltas por el

profesor de la asignatura.

y. Mantener contacto

permanente con los

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104

profesores de cada asignatura, para

recibir información del progreso

escolar y educativo de sus

alumnos.

z. Elaborar informes de

alumnos que sean

solicitados por la dirección y/o

UTP, Equipo PIE o Dupla

Psicosocial.

aa. Derivar a la Dirección y/o

UTP, Equipo PIE o Dupla

Psicosocial los casos cuyo

diagnóstico y tratamiento

sobrepasen funciones específicas

y/o activar protocolos de acción,

según el presente reglamento.

bb. Ser el principal funcionario

que cuide y propenda a que sus

alumnos progresen en lo que es la

misión de la escuela.

cc. Procurar y velar para que

en el curso

exista un clima de convivencia

sana.

dd. Mantener en reserva toda

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105

información que sea de carácter

confidencial de los estudiantes y

de sus familias, que puedan

afectarlos.

ee. Recibir la carga horaria a

comienzo del año escolar, el que

deberá firmar y digitalizar la huella

dactilar para el respectivo reloj

control.

ARTÍCULO 69: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES DEL PROFESOR/A

Profesional de la educación, que ejerce la docencia en aula con una

exposición personal y directa realizada en forma continua y sistemática

con el propósito de consolidar el proceso de enseñanza-aprendizaje al

asumir, desde su sector formativo transversal relevante, el desarrollo

del aprendizaje de sus educandos, vive por ende la pedagogía como un

testimonio de vida (modelamiento). Profesional con un alto bagaje de

conocimientos científicos y valores humanos, lo cual le permite ser

constructor de una persona integral que forme parte de una nueva

generación llena de valores positivos.

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106

A.- PREPARACIÓN DE LA ENSEÑANZA

1. (Criterio a.1) Preocuparse de conocer los objetivos de las otras

asignaturas que pertenecen al área y al mismo nivel, con el objeto de

entregar la disciplina con un enfoque de integración.

2. (Criterio a.2) Ayudar a cada alumno en el logro de los

aprendizajes propuestos conociendo sus fortalezas y debilidades

respecto de .los contenidos que se enseñan.

3. (Criterio a.3) Aplicar técnicas metodológicas y diseñar

actividades de enseñanza y aprendizaje recomendables, para

alcanzar los objetivos propuestos de acuerdo la habilidades,

experiencias y edad de los niños(as).

4. (Criterio a.4) Entregar al comienzo de cada semestre la

planificación, según el formato que establezca la institución,

desarrollándola y evaluándola sistemáticamente todas las

actividades docentes de la especialidad.

5. (Criterio a.5) Evaluar el rendimiento de sus alumnos, de acuerdo a

lo planificado y congruentes a los criterios establecidos por la

unidad educativa.

B.- CREACIÓN DE UN AMBIENTE PROPICIO PARA EL

APRENDIZAJE

1. (Criterio b.1) Establece un clima de relaciones interpersonales y

empáticas con sus alumnos.

2. (Criterio b.2) Establece y mantiene normas consistente de trabajos

y de convivencia en la clase y vela por cumplir con el reglamento

interno del Establecimiento.

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107

3. (Criterio b.3) Establecer un Ambiente organizado de trabajo y

disponer los espacios y recursos en función de los aprendizajes.

4. (Criterio b.4) Facilita y resguardar tanto los recursos como los

bienes del establecimiento, responsabilizándose de aquellos que

se le confían.

C.- ENSEÑANZA PARA EL APRENDIZAJE DE TODOS LOS

ESTUDIANTES

1. (Criterio c.1) comunica en forma clara y precisa los objetivos y

actividades de aprendizaje a lograr, en la sesión de trabajo.

2. (Criterio c.2) Implementa variadas actividades y metodologías de

acuerdo al tipo y complejidad del contenido a tratar.

3. (Criterio c.3) Desarrolla los contenidos en forma metodológica y

adecuada al nivel de los estudiantes.

4. (Criterio c.4) Organiza el tiempo de acuerdo con los objetivos de

aprendizaje planteados para la aplicación de trabajo.

D.-RESPONSABILIDADES PROFESIONALES

1. (Criterio d.1) Participar en aquellos estudios o cursos de

perfeccionamiento profesional, cuando la dirección lo establezca.

2. (Criterio d.2) Mantener al día la documentación formal (libro,

actas, notas,) y el portafolio de evidencias de los aprendizajes de

los alumnos.

3. (Criterio d.3) Colaborar en la ejecución y cumplimiento del

proyecto educativo del colegio.

4. (Criterio d.4) Asistir y participar en los consejos de profesores,

citados por la dirección de la escuela y a las actividades

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108

educativas, culturales y cívicas, que por su función corresponde

asistir.

5. (Criterio d.5) Colaborar con el profesor jefe, manteniéndolo

informado del desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje

del curso.

6. (Criterio d.6) Disponer del tiempo para establecer una

comunicación fluida tanto con sus alumnos y apoderados, ya sea a

través, de una consulta o citándolos cuando la situación lo

requiera.

ARTÍCULO 70: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES DE LA EDUCADOR DE PÁRVULOS

La educadora de párvulos tiene como tarea principal el desarrollo de los

ámbitos de aprendizaje relacionados con la formación personal y social,

habilidades comunicativas, y las relaciones con el medio natural y

cultural de los niños y niñas pertenecientes al ciclo de Educación

Parvulario, vive por ende la pedagogía como un testimonio de vida

(modelamiento). Profesional con un alto bagaje de conocimientos

científicos y valores humanos, lo cual le permite estimular el desarrollo

armónico e integral de niños y niñas.

A.- PREPARACIÓN DE LA ENSEÑANZA:

1. Preocuparse de conocer los objetivos de todas las actividades

docentes de su especialidad, con el objeto entregar una disciplina

con un enfoque de integral.

2. Ayudar a cada niño en el logro de los aprendizajes propuestos

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109

conociendo sus fortalezas y debilidades respecto de los

contenidos que se enseñan.

3. Aplicar técnicas metodológicas y diseñar actividades de

enseñanza y aprendizaje recomendables, para alcanzar los

objetivos propuestos de acuerdo las habilidades, experiencias y

edad los niños(as).

4. Diagnosticar planificar y evaluar las actividades docentes de su

especialidad, entregando el programa de trabajo al inicio del año

escolar.

5. Monitorear el avance de los niños(as) de acuerdo al ordenamiento

de contenidos y aprendizajes esperados.

B.- CREACIÓN DE UN AMBIENTE PROPICIO PARA EL

APRENDIZAJE:

1. Establece un clima de relaciones interpersonales y empáticas con

sus niño(as)

2. Establece y mantiene normas consistentes de trabajo y de

convivencia en la clase y vela por cumplir con el reglamento

interno de la escuela.

3. Establecer un ambiente organizado de trabajo y disponer los

espacios y recursos en función de los aprendizajes de los

niños(as).

4. Facilita y resguarda tanto los recursos como los bienes del

establecimiento, responsabilizándose de aquellos que se le

confían.

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C.- ENSEÑANZA PARA EL APRENDIZAJE DE TODOS LOS

NIÑOS(AS):

1. Comunica en forma clara y precisa las actividades a cumplir en la

cesión de trabajo.

2. Implementa variadas actividades y metodologías de acuerdo al

tipo y complejidad del contenido a tratar.

3. Desarrolla los contenidos en forma metodológica y adecuada al

nivel de los niños(as).

4. Organiza el tiempo de acuerdo con los objetivos de aprendizaje

planteados para la aplicación de trabajo.

D.-RESPONSABILIDADES PROFESIONALES

1. Participar en aquellos estudios o cursos de perfeccionamiento

profesional, cuando la dirección lo establezca.

2. Mantener al día la documentación formal (libro, actas) y el

portafolio de evidencias de los aprendizajes de los niños(as).

3. Colaborar en la ejecución y cumplimiento del proyecto educativo

de la unidad educativa.

4. Asistir y participar en los consejos de profesores, citados por la

dirección del establecimiento y a las actividades educativas,

culturales, y cívicas, que por su función corresponde asistir.

5. Orientar el trabajo de la asistente de párvulos informando de las

actividades a preparar y desarrollar con los parvulitos.

6. Disponer del tiempo para establecer una comunicación fluida con

sus apoderados ya sea a través, de una consulta o citándolos

cuando la situación lo requiera.

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111

ARTÍCULO 71 : EDUCADORAS DIFERENCIALES O

PSICOPEDAGOGOS

El rol del educador diferencial basa su accionar en la intervención

psicopedagógica. Lo cual consiste en el sistema de acciones que se

llevan a cabo para dar respuesta a los requerimientos de personas con

necesidades educativas especiales. La intervención psicopedagógica se

concretiza en: Evaluación y apoyos.

71.1 PRINCIPALES FUNCIONES

Encargadas de dar apoyo y atención a los estudiantes en 2 instancias:

a. Aula Común: mediante la articulación y planificación conjunta

con el docente de Matemática y Lenguaje la docente realiza parte

de la clase entregando los contenidos con estrategias diversas y/o

personalizadas tanto a los estudiantes pertenecientes al PIE como

al resto del curso.

b. Aula de Recursos: intervención y apoyo a los estudiantes del PIE

en sus habilidades básicas tanto cognitivas, como pedagógicas.

c. Articulación con Docentes de Aula: planificar y coordinar

acciones tendientes a la realización conjunta de las distintas

clases. Realizar adecuaciones curriculares a las evaluaciones.

d. Atención de Apoderados: mediante reuniones grupales o

citaciones individuales las docentes informan periódicamente del

rendimiento, avances y novedades en general de los estudiantes

pertenecientes al PIE.

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112

ARTÍCULO 72 : DEBERES DERECHOS PERSONAL

ADMINISTRATIVO Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

DEBERES DERECHOS

a. Respetar el horario de inicio

y término de la jornada de

trabajo.

b. Hacer buen uso del

material y bienes de la

escuela.

c. Velar por la mantención

del aseo y

presentación de las

dependencias a su cargo.

d. Apoyar la disciplina y

comportamiento de los

alumnos en los recreos.

e. Ejercer su función en forma

idónea y responsable.

f. Conocer el Reglamento

interno del establecimiento.

g. Conocer el PEI del

establecimiento y actuar de

acuerdo a sus principios y

valores.

a. A un trato digno y

respetuoso de parte de todos

los integrantes de la Unidad

Educativa.

b. Realizar sus actividades en

un ambiente de higiene,

limpieza y sana convivencia.

c. A ser escuchado.

d. Trabajar en un ambiente

tolerante y de respeto mutuo.

e. Desarrollar sus labores en un

espacio y materiales

adecuados.

f. Que se respete su integridad

física, psicológica y moral,

no pudiendo ser objeto de

tratos vejatorios o

degradantes.

g. Recibir formación o

capacitación que le permitan

realizar de mejor forma su

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113

h. Respetar las normas del

Establecimiento.

i. Brindar siempre un trato

respetuoso a los demás

miembros de la comunidad

educativa.

j. Asistir a jornadas de

reflexión, capacitación y

actualización relacionadas

con la función que

desempeñan.

k. Cumplir y hacer cumplir los

protocolos de actuación.

l. Cumplir con las funciones y

turnos que hayan sido

convenidos en su carga

horaria establecidas a

comienzo del año escolar.

m. Velar por el buen

comportamiento de los

estudiantes, teniendo

presente que es su obligación

compartir con el cuerpo

directivo del

Establecimiento, las

trabajo.

h. Proponer iniciativas que

vayan en pro del logro de los

objetivos institucionales.

i. Recibir la información

pertinente que les permita

realizar mejor sus labores.

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114

responsabilidades referentes

a disciplina escolar, tanto en

clases como en los recreos.

n. Respetar el conducto regular.

o. Mantener en reserva toda

información confidencial.

p. Atender a los padres y

apoderados siempre con un

trato cortés y derivándolos a

los estamentos

correspondientes para su

atención.

q. Cumplir con la entrega de

material didáctico solicitado

por los docentes.

r. Informar a los profesores o

Inspectoría General cualquier

situación de disciplina con

los estudiantes.

ARTÍCULO 73: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES SECRETARIA DE DIRECCIÓN

La secretaria(o) de Dirección, es la persona que tiene como

responsabilidad facilitar las tareas del Director y UTP, realiza las

funciones administrativas que su jefe directo requiera, ordenando y

canalizando las actividades del quehacer diario de la unidad educativa.

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115

PRINCIPALES FUNCIONES

a. Ordenar la agenda del Director, recordando compromisos,

reuniones, entrevistas y actividades.

b. Atender consultas telefónicas y de personas, proporcionando

información pertinente, fidedigna y adecuada o canalizando las

consultas hacia las personas responsables de las distintas

instancias de la unidad educativa.

c. Establecer contactos telefónicos solicitados por el Director o Jefa

de UTP.

d. Recibir requerimientos de apoderados, alumnos, y profesores para

la Dirección y UTP.

e. Recibir, clasificar, distribuir, archivar, y despachar la

documentación de la unidad educativa.

f. Prevenir oportunamente las necesidades del material de escritorio.

g. Atender a las autoridades y visitas que asistan a entrevistas con el

director(a).

h. Cumplir con las tareas que le asigne el Director o UTP en apoyo

de la gestión administrativa.

i. Manejar la base de datos de alumno, padres y apoderados y

profesores de la unidad educativa.

j. Manejar el archivador actualizado.

k. Cumplir con las normas de trabajo y convivencia y vela por

cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa.

l. Mantener la comunicación entre dirección del establecimiento

DAEM, y redes de apoyo externa, instituciones de la comuna y

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116

entidades estatales.

m. Mantener un ambiente organizado de trabajo y recursos en

función de facilitar la labor del Director y Jefa de UTP.

n. Informar al Director de irregularidades que pueden estar

ocurriendo en la unidad educativa.

o. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento cuando el

DAEM y la dirección lo establezca.

p. Asistir y participar en las reuniones, citadas por la dirección de la

unidad educativa.

q. Mantener un canal de comunicación abierto con la UTP,

Inspectoría General, Profesores y alumnos.

r. Velar por mantener el aseo y ornato de la secretaría.

s. Organizar y preparar las reuniones del Director.

t. Controlar el uso de equipos (computador, impresora,

multicopiadoras, datas, etc.) a cargo de la dirección y de la UTP.

u. Distribuir internamente las comunicaciones u órdenes de trabajo

de la dirección

v. Colaborar en impresiones en informes de notas en época de fin de

año y otros registros.

w. Supervisar y organizar las dependencias de la unidad educativa

para actividades internas.

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117

ARTÍCULO 74: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES SECRETARIA INSPECTORÍA

GENERAL

La secretaria de Inspectoría General , es la persona que tiene como

responsabilidad facilitar las tareas del Inspector General y la atención

de público, realiza las funciones administrativas que su jefe directo

requiera, ordenando y canalizando las actividades del quehacer diario

de la unidad educativa.

PRINCIPALES FUNCIONES

- Organizar y manejar el archivo de licencias médicas y/o

justificativos de los estudiantes.

- Atender con respeto a padres de familia o personas que le solicite

alguna información y remitirlo a quien esté autorizada para ello.

- Declarar mensualmente la asistencia asistencia en Plataforma

SIGE y administrarlo respecto a todos los antecedentes de los

funcionarios y estudiantes para mantener al día la plataforma,

según lo que indica el MINEDUC.

- Entregar mensualmente la asistencia de alumnos para el

Transporte Escolar.

- Declarar mensualmente el PAE.

- Al finalizar el año escolar deberá alimentar la plataforma SIGE

con las notas y antecedentes académicos de los estudiantes para

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118

confeccionar las actas de promoción.

- Realizar matrículas, previa consulta a Dirección para corroborar

cupos disponibles.

- Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los

equipos y materiales que

le sean asignados de acuerdo a la naturaleza de su cargo.

- Elaborar a tiempo y con urgencia los certificados de estudio que

le sean solicitados, por

alumnos, ex alumnos o padres de familia.

- Redactar documentos cartas, comunicaciones e informes que le

solicite su jefe directo (Inspector General)

- Colaborar en la organización del proceso de matrícula.

- Apoyar a los padres y apoderados en la postulación al Sistema de

Admisión Escolar.

- Proporcionar documentos e información en conformidad con las

instrucciones

emanadas de la Dirección.

- Apoyar y colaborar a Inspectoría General en los tiempos recreos y

hora de colación de los estudiantes, que permitan mantener la

disciplina y seguridad de los estudiantes.

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ARTÍCULO 75: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES DE LA AYUDANTE DE AULA

La asistente de aula apoya en forma sistemática el proceso de

enseñanza-aprendizaje y las estrategias utilizadas por el docente en la

sala de clases para asegurar el logro de los aprendizajes esperados en

los estudiantes, estableciendo relaciones de equidad, confianza,

solidaridad y respeto con los estudiantes.

a. Llegar puntualmente a clases.

b. Apoyar la creación de un clima estimulante para el desarrollo de

los aprendizajes y el desarrollo de la clase, estableciendo

relaciones de equidad, confianza, solidaridad y respeto con

estudiantes y apoderados.

c. Acatar la definición y mantenimiento de normas constructivas de

comportamiento en cuanto a domino de grupo.

d. Manifestar explícitamente altas expectativas sobre las

capacidades de todos los estudiantes.

e. Destacar y apoyar las fortalezas de cada estudiante.

f. Respetar la estructura jerárquica y funcional del establecimiento

educacional.

g. Se ajusta a la función que debe cumplir sin sobrepasarse de su rol

de asistente.

h. Comunicar a nivel verbal y por escrito, de manera clara y precisa,

las instrucciones a los estudiantes, antes y durante las actividades

que estos desarrollan.

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120

i. Comprender las estrategias de apoyo a la enseñanza y los

contenidos propuestos por el docente para el trabajo con los

estudiantes.

j. Motivar a los estudiantes en concordancia con los contenidos y

actividades que el docente va a desarrollar.

k. Reforzar los logros y utilizar los errores como oportunidades de

aprendizaje y refuerzo en los alumnos.

l. Activar los conocimientos previos de los estudiantes, recogiendo

experiencias de actividades anteriores para potenciar el

aprendizaje de estos.

m. Recoger del docente las sugerencias para desarrollar las

actividades de los estudiantes.

n. Desarrollar su labor de apoyo en coordinación con el docente,

durante la clase.

o. Conocer el programa de estudio sobre el cual se trabaja.

p. Manejar la estructura del contenido del texto escolar de apoyo y

fomentar un buen uso de este si es pertinente.

q. Evidenciar una mayor preocupación por los estudiantes con

mayores dificultades de aprendizaje y por aquellos que presentan

Necesidades Educativas Especiales (NEE).

r. Revisar y monitorear las tareas y trabajos realizados por los

estudiantes.

s. Manejar los recursos de aprendizaje: tecnológicos, material

concreto, medios audiovisuales, etc.

t. Atender y retroalimentar verbalmente las consultas, dudas y los

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121

logros de los estudiantes de manera respetuosa.

u. Prepara y mantener en orden y al alcance todos los recursos

pedagógicos que corresponde utilizar en la clase.

v. Respetar la estructura de la actividad propuesta por el docente,

cautelando el trabajo de todos los alumnos en los tiempos fijados.

76. 1 TAREAS DIARIAS:

a. Mantener el aseo y ornato de la sala de actividades.

b. Participar en forma activa en la rutina diaria.

c. Asistir al docente en la entrega de contenidos y actividades.

d. Cooperar en mantener un clima de respeto, aceptación, equidad y

confianza en la sesión de trabajo, el cual permita alcanzar los

aprendizajes esperados.

e. Verificar que los espacios y materiales a utilizar, no sean

elementos que puedan causar accidentes y mantener las vías de

escape libres en caso de emergencia.

f. Velar para que se cumplan las normas de convivencia entre los

estudiantes y comunicar al docente cualquier trasgresión.

g. Fomentar hábitos y buenas costumbres durante toda la jornada de

trabajo.

h. Preparar y disponer de los espacios y recursos antes de comenzar

la clase en función de crear un ambiente organizado y de

optimizar los tiempos para el aprendizaje.

i. Preparar el material para desarrollar la sesión de trabajo/clase y

preocuparse al final de esta de dejarlo en forma ordenada.

j. Utilizar un tono y lenguaje adecuado.

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122

k. Reforzar positivamente a los estudiantes que demuestren

conductas adecuadas como; dominio de los ejercicios, interés,

participación, colaboración y hábito de trabajo.

l. Realizar las correcciones en forma grupal e individual y brindar la

ayuda en forma oportuna a los niños y niñas que lo requieran para

alcanzar los aprendizajes esperados.

m. Cumplir con el horario asignado, dejando constancia de ello en el

control correspondiente.

n. Mantener una presentación adecuada a su función.

o. Comunicar al Profesor(a) sobre los niños(as) que no asisten con

su material o útiles solicitado para participar en el desarrollo de la

clase.

ARTÍCULO 77: PRINCIPALES FUNCIONES DE LA

ASISTENTE DE PÁRVULO

La asistente de párvulo tiene como tarea principal el “asistir” en

forma constante, sistemática, periódica y dinámica a la educadora de

párvulos, con el fin de optimizar la calidad en la entrega de

aprendizajes, del ambiente humano y llegar al logro de los objetivos

propuestos, relacionados con la formación personal y social,

habilidades comunicativas, y las relaciones con el medio natural y

cultural de los niños y niñas pertenecientes al ciclo de educación

parvularia.

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123

77.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO.

a. Implementar la sala de actividades con cuadros técnicos

pedagógicos acorde a las necesidades e intereses de los párvulos.

b. Ayudar a cada niño en el logro de los aprendizajes propuestos.

c. Cumplir con todas las tareas que se les sean encomendadas por la

educadora del nivel.

d. Asistir en todo momento el trabajo técnico-pedagógico

desarrollado por la educadora.

e. Colaborar en el establecer un clima de relaciones interpersonales

y empáticas con los párvulos.

f. Cumplir con las normas de trabajo y de convivencia en la clase y

vela por cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa.

g. Confeccionar y crear material didáctico para estimular las

diferentes áreas de desarrollo de los párvulos.

h. Coopera en mantener un ambiente organizado de trabajo y

disponer los espacios y recursos en función de los aprendizajes de

los párvulos.

i. Resguardar los recursos como los bienes del establecimiento.

j. Brindar atención integral a todos los párvulos según las

necesidades individuales.

k. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento profesional,

cuando MINEDUC, DAEM o la Dirección lo establezca.

l. Asistir y participar en las reuniones citadas por la dirección de la

unidad educativa y a las actividades educativas, culturales y

cívicas que por su función corresponde asistir.

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m. Mantener un canal de comunicación abierto con la educadora de

párvulos, encargada del nivel a modo de retroalimentarse y crecer

profesionalmente.

n. Velar por mantener el aseo y ornato de la sala de actividades.

o. Reciclar cuadros técnicos y material didáctico en caso que sea

necesario.

p. Colaborar con la dirección de la unidad educativa cuando lo sea

solicitado.

q. Colaborar en la recepción y despacho de los alumnos

r. Colaborar en el cuidado y protección de la integridad física de

los alumnos,

s. dentro y fuera de la sala de clases

t. Colaborar en la preparación de material didáctico y decoración de

la sala de clases

u. Asistir en el control de esfínteres y hábitos de aseo personal de los

párvulos

v. Colaborar en la mantención del orden y la disciplina en la sala de

clases y fuera de ella

w. Ayudar en la Educación de los alumnos en las actividades

curriculares no lectivas establecidas por el Ministerio de

Educación

x. Informar a la educador y/o profesor acerca de cualquier situación

y. anómala que interfiera en el normal desarrollo de las actividades

programadas

z. Preocuparse que la sala de clases, baño y demás dependencias

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asignadas se mantengan aseadas por el personal de servicios

auxiliares que esté a cargo sector.

aa. Efectuar las demás labores afines que el Director del

Establecimiento Educacional señale.

ARTÍCULO 78: PRINCIPALES FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR

El inspector es la persona que tiene como responsabilidad apoyar y

colaborar para que las actividades de la unidad educativa se desarrollen

en un ambiente de disciplina, respeto, bienestar, y sana convivencia.

A.- EN LO PEDAGÓGICO:

1. Colabora en el cumplimiento y ejecución del proyecto educativo,

fomentando hábitos y valores, dentro de la unidad educativa, que

permitan el desarrollo integral de la persona.

2. Vela por el cumplimiento del reglamento de convivencia escolar,

a través de la presencia constante en terreno (uniforme y

presentación personal, entre otros).

3. Establecer un buen clima y la convivencia organizacional

favoreciendo la motivación y el compromiso de la comunidad

educativa en el aprendizaje.

B.- EN LO ADMINISTRATIVO:

1. Velar por que las actividades escolares se desarrollen en un

ambiente de disciplina, armonía y sana convivencia.

2. Promover una adecuada convivencia en el establecimiento.

3. Distribuir y dar a conocer los diversos instructivos emanados por

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126

Inspectoría general o dirección del establecimiento.

4. Mantener informado al inspector general del desarrollo de las

actividades del nivel, cursos y sector que controla.

5. Vela por el correcto uso y la conservación del mobiliario, juntos

con las dependencias bajo su control.

6. Asistir a los consejos o reuniones que le sean pertinentes.

C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:

1. Colaborar en mantener una buena relación con la comunidad y el

entorno.

2. Representar al colegio en su calidad de inspector, cuando se lo

solicite el director o inspector general.

3. Difundir el proyecto educativo y asegurar la participación de la

comunidad.

ARTÍCULO 79: PRINCIPALES FUNCIONES DEL INSPECTOR

DEL INTERNADO

Asegurar el desarrollo de las actividades del internado, de acuerdo a los

procedimientos establecidos por la Escuela

a. Administrar ambientes de aprendizaje seguro, de acuerdo a

normativas externas e internas al establecimiento educacional.

b. Monitorear funcionamiento del internado, de acuerdo a

procedimientos establecidos.

c. Formar hábitos en los estudiantes internos, de acuerdo a normas

de comportamiento establecidas

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127

79.1 FUNCIONES DIARIAS

a. Controlar la asistencia de los alumnos, mediante un registro de

ingreso y salida con la firma, hora de llegada y salida del

Internado.

b. Llevar el registro oficial de asistencia del Internado.

c. Apoyar a los alumnos en actividades de reforzamiento a las horas

de estudio.

d. Supervisar a los alumnos internos en la hora de alimentación,

(verificar asistencia en hora de almuerzo)

e. Generar y cautelar que las condiciones del Internado sea la

óptima para hacer de este un lugar de descanso.

f. Mantener el orden y la limpieza del recinto Internado.

g. Enseñar y cautelar el cuidado de todos los bienes del Internado.

mantener un diario mural con información y datos.

h. Informar diariamente a través de la bitácora del internado, las

novedades que se produzcan.

i. Reforzar la parte valórica y de hábitos, conducta, en todo

momento

j. Planificar y ejecutar actividades recreativas, formativas a los

alumnos internos.

k. Realizar reuniones constantes con los alumnos para tratar

problemas del Internado y en consenso buscar vías de solución.

l. Realizar y supervisar que las actividades diarias del internado se

realicen en forma óptica y adecuada.

m. Informar por escrito a Inspectoría General o Dirección del

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128

establecimiento cualquier anomalía o indisciplina al interior del

recinto.

ARTÍCULO 80: PRINCIPALES FUNCIONES DEL

EDUCADOR TRADICIONAL

Las y los educadores tradicionales que serán contratados por el

MINEDUC deben estar validados por su comunidad o asociación a la

cual pertenecen.

El educador/a tradicional trabajará en dupla pedagógica con profesor/a

de aula o profesor/a mentor.

Considerando siempre el proceso

80.1 PRINCIPALES FUNCIONES

a. Planificar en conjunto con Profesor mentor.

b. Respetar el horario de trabajo establecido.

c. Entregar informe al finalizar cada mes en Dirección, para ser

enviado a DAEM, con la boleta de honorarios respectiva y seguir

el conducto regular

d. Difundir la cultura mapuche a través de actividades organizadas

por el establecimiento.

e. Preparar material didáctico atingente a la planificación y al curso.

f. Preparar números artísticos, según actividades organizadas por el

establecimiento.

g. Cumplir con el convenio MINEDUC

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129

ARTÍCULO 81: PRINCIPALES FUNCIONES DEL

ENCARGADO DE INFORMÁTICA

El encargado de informática o tecnología, responsable del correcto

funcionamiento del (o los) laboratorio de computación.

A. ÁMBITO FORMATIVO/INFORMATIVO:

1. La formación y perfeccionamiento del profesorado en la

utilización de materiales y programas.

2. Generar información para la correcta utilización del espacio

pedagógico y de los equipos informáticos, elaboración de norma,

hábitos.

3. Informador y asesor de nuevos productos, aplicación material.

B. ÁMBITO MANTENIMIENTO-TÉCNICO:

1. Conservar y mantener los equipos e instalaciones.

2. Velar por el correcto funcionamiento del sistema, redes internas,

externas, servidores.

3. Organización y control de los recursos, inventario, disponibilidad

y accesibilidad.

4. Prevenir oportunamente las necesidades de material de

informática.

5. Velar por mantener el aseo y ornato del laboratorio o sala de

computación para permitir la realización de clases de calidad.

C. ÁMBITO ESPACIO-TEMPORAL:

1. Elaboración de horarios para la utilización de los equipos por

parte de profesores y alumnos.

2. Adecuación de recursos a nuevas necesidades pedagógicas.

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3. Optimizar la disposición y ubicación de los medios tecnológicos.

4. Velar por el mejoramiento de las condiciones físicas y de

mobiliario del aula de informática.

D. ÁMBITO PERSONAL:

1. Dinamizar el uso de los medios tecnológicos.

2. Promover la investigación.

3. Disposición al trabajo en equipo.

4. Cumplir con las normas de trabajo y de convivencia y vela por

cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa (manual

de convivencia).

5. Internalizar su función y motivar a colegas y alumnos con esta

propuesta de trabajo.

6. Cumplir con las tareas que le asigne el director(a) en apoyo de la

gestión educativa.

7. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento cuando la

dirección lo establezca.

E. ÁMBITO ORGANIZATIVO:

1. Promover el proyecto educativo del establecimiento como marco

para el desarrollo consensuado de los programas de innovación.

2. Velar por una elaboración conjunta/compartida de objetos y

actividades del proyecto para la programación general anual, y

también, para memoria anual del centro de computación.

3. Informar a dirección, Inspectoría y jefaturas de las actividades

propias de los programas a trabajar en informático.

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4. Interlocutor habitual para las relaciones externas de los programas

a desarrollar por informática con los organismos oficiales de la

unidad educativa.

5. Promover la información de agrupaciones organizadas

(comisiones, grupos de trabajo, etc.) para el correcto desarrollo

del programa de informática.

6. Mantener un ambiente organizado de trabajo y recursos en

función de facilitar la labor educativa.

F. ÁMBITO DIDÁCTICO:

1. Detección de las necesidades de alumnos y profesores.

2. Identificación y selección de material adecuado.

3. Adquirir, organizar, distribuir y controlar los programas.

4. Impulsas la integración curricular.

G. ÁMBITO COLABORATIVO:

1. Colaborar/participar con los equipos docentes y el profesorado en

general en tareas de elaboración de programas educativos.

2. El diseño de materiales específicos.

3. Adaptación de materiales ya producidos a las necesidades de cada

contexto educativo.

4. Informar al director(a) de irregularidades que pueden estar

ocurriendo en la unidad educativa.

5. Colaborar en impresiones de informe de notas, planillas, libros,

otros.

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132

ARTÍCULO 82 : DERECHOS Y DEBERES DE AUXILIARES

DE SERVICIOS

AUXILIARES DE SERVICIO

DEBERES DERECHOS

a. Ejercer su función en forma

idónea y responsable.

b. Conocer el Reglamento

interno del establecimiento.

c. Conocer el PEI del

establecimiento y actuar de

acuerdo a sus principios y valores.

d. Respetar las normas del

Establecimiento.

e. Brindar un trato respetuoso a

los demás miembros de la

comunidad educativa.

f. Asistir a jornadas de

reflexión, capacitación y

actualización relacionadas con la

función que desempeñan.

g. Cumplir y hacer cumplir los

protocolos de actuación.

h. Colaborar en el

mantenimiento del orden y el aseo

en todas las dependencias del

a. Recibir la información

pertinente que les permita realizar

mejor sus labores.

b. Que se respete su integridad

física, psicológica y moral, no

pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios o degradantes.

c. Recibir un trato respetuoso

de parte de los demás integrantes

de la comunidad educativa.

d. Recibir formación o

capacitación que le permitan

realizar de mejor forma su trabajo.

e. Proponer iniciativas que

vayan en pro del logro de los

objetivos institucionales.

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133

establecimiento.

i. Abrir o cerrar dependencias

del establecimiento y manejar las

llaves.

j. Atender el uso y limpieza del

comedor del Establecimiento

k. Retirar, repartir mensajes,

correspondencia y otros.

l. Realizar reparaciones e

instalaciones menores del local.

m. Cuidar y velar por el uso,

conservación de materiales, útiles,

herramientas y máquinas del

Establecimiento.

n. Entregar y recibir material

audiovisual, didáctico o de apoyo a

las actividades lectivas.

o. Desempeñar cuando

proceda, atención de portería

teniendo como responsabilidad

específica: regular, y vigilar

entradas y salidas de las

personas al establecimiento.

p. Informar previamente a su

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134

superior la solicitud de ingreso de

personas, antes de autorizar su

entrada.

q. Realizar otras tareas de

apoyo a la marcha del

establecimiento cuando solicite

la Dirección o Inspectoría

General, o quién lo requiera

previa autorización de la Dirección

o Inspectoría General.

r. Colaborar en el

mantenimiento del orden,

limpieza y calefacción en todas

las dependencias del

establecimiento.

s. Mantener en todo momento

una actitud de respeto,

honestidad, y lealtad para

con sus superiores: Director,

Inspector General, U.T.P,

Docentes; como asimismo con sus

pares, alumnos y Apoderados.

t. Usar un vocabulario acorde

al nivel utilizado en un

establecimiento educacional.

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135

u. Aseo de las dependencias de

la escuela

v. Funciones de Portería

w. Reparaciones menores de la

infraestructura

x. Reparto de correspondencia,

trámites de los servicios que le

sean encomendados

y. Operación del equipo

reproductor de audio.

z. Tareas menores en

electricidad, gasfitería y

carpintería.

aa. Mantención de jardines,

prados del entorno de la Unidad

Educativa.

bb. Efectuar las demás labores

afines que el Director del

Establecimiento educacional

señale.

cc. Velar por el uso racional de

los insumos básico del

establecimiento y el consumo de

electricidad, agua y calefacción

(combustiones lentas).

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ARTÍCULO 83: PROHIBICIONES

a. Los apoderados no deben interrumpir las clases, son atendidos por

los docentes según horarios de atención.

b. Se prohibe el ingreso de los apoderados y/o personas ajenas al

estabecimiento a las dependencias, tales como: salas, patios,

comedor y baños, sin autorización previa o conocimiento del

Inspector General. Esto con el fin de resguardar a los estudiantes.

c. Se prohíbe el ingreso y/o consumo de cigarrillos, alcohol, drogas

y estupefacientes en el establecimiento, a toda la comunidad

escolar.

d. Las agresiones físicas o verbales entre los integrantes de la

comunidad escolar no se permiten, las cuales serán sancionadas,

según protocolo.

e. No se permite el ingreso al establecimiento de personas en estado

de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, drogas u otras

sustancias que alteren el normal desempeño. Se llamará a

carabineros.

f. Se prohíbe consumir alimentos durante las clases, incluidos

confites.

g. Los estudiantes tienen el deber de asistir o representar al

establecimiento, cuando sea necesario o se hayan comprometido

previamente, en eventos internos, comunales, provinciales,

regionales o nacionales, como asimismo en las giras de estudio,

paseos de curso u otras.

h. Evitar las salidas al baño, en horas de clases, los alumnos de 1º a

8º.

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i. Se prohíbe a los alumnos el ingreso al establecimiento de objetos

o artículos de gran valor (Joyas, Mp3, Mp4, Tablet, celulares,

juegos electrónicos). En caso de que un alumno portara uno de

estos artefactos, el establecimiento no se hace cargo de robos o

daños a éstos. El uso de dispositivos de almacenamiento masivo

de información son autorizados sólo con fines académicos.

j. No es permitido abandonar la clase ni la escuela durante la

jornada escolar, salvo petición expresa por escrito del apoderado,

el cual quedará registrado en “Libro Registro de Salida”.

k. No es permitido el comercio ambulante externo, en el interior del

Establecimiento, sin la autorización respectiva.

l. No es permitido llegar atrasado a clases o al trabajo, sin

justificación.

m. No es permitido ingresar al establecimiento con algún tipo de

arma (garrotes, cuchillos, cortaplumas, revólveres o pistolas a

fogueo, balas, balines plásticos u otros). Como también revistas,

imágenes o material audiovisual de carácter pornográfico.

Cada semana dos profesores están de Turno, con la

responsabilidad de: formaciones, acto día lunes, colaborar en

celebraciones paraacadémicas, resolver situaciones conflictivas,

velar orden en pasillos y comedores.

n. El personal de la Escuela puede hacer uso de hasta 6 días de

permiso con goce de remuneraciones, previa solicitud con 48

horas de anticipación. La Dirección da la autorización si lo

amerita.

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o. Al término del periodo de clases (julio y diciembre) el personal

asistente de la educación, tiene un horario de trabajo de acuerdo a

su contrato.

p. Los materiales movibles y mobiliario del establecimiento no son

prestados a personas privadas, tales como: TV, Computadores,

Impresoras, Proyectores, Telones, Instrumentos musicales,

Vestuario Folclórico y otros.

q. Es obligación para los padres y/o apoderados asistir a las

reuniones de curso y del Centro General de Padres y Apoderados.

Se permite un representante del apoderado sin derecho a voto,

solo a escuchar.

r. Los alumnos de 5º a 8º colaboran haciendo el aseo de sus salas, a

través de semaneros.

s. El Internado tiene un Reglamento Propio anexo a este

Reglamento.

t. Los alumnos externos son enviados al consultorio con Inspector

de Pasillo, auxiliar o ayudante de aula solo cuando, durante la

jornada de Clases se accidente, sienta dolores o presente algún

trastorno emergente. En casos de horas de atención médica o

dental de un día para otro, es responsabilidad del apoderado

retirarlo y llevarlo, con registro de su salida.

u. En caso de enfermedades crónicas o de tratamientos especiales

que involucren su estado físico para realizar Educación Física,

solo lo exime un Certificado Médico.

v. Los atrasos y las inasistencias de los estudiantes deben ser

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justificados mediante una comunicación redactada y firmada por

el apoderado.

w. Se prohíben las manifestaciones amorosas, maquillaje y uñas

pintadas en alumnas, aros o piercing en alumnos.

x. El establecimiento revisará el vestuario y mochilas de alumnos

y/o alumnas en busca de robos, armas, botellas, drogas.

y. Los alumnos y alumnas que destruyan material del

establecimiento, el apoderado deberá reponerlo y asumir sus

costos.

z. No es permitido el uso de celulares en horas de clases por parte de

los alumnos.

aa. Se prohíbe la utilización del celular en los funcionarios,

abusando de su uso en sala de clases o en otras dependencias,

donde se refleje abandono de funciones.

CAPÍTULO XII: DEL INGRESO DE LOS FUNCIONARIOS DEL

ESTABLECIMIENTO

ARTÍCULO 84: REQUISITOS

1. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.

2. Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional

o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo

exija la Ley.

3. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber

obtenido una calificación deficiente o, por medida disciplinaria,

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salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de

expiración de funciones.

4. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos

públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito, ni

condenado en virtud de la ley Nº 19.325 sobre violencia

intrafamiliar.

5. No encontrarse afecto a algunas de las causales de inhabilidad

previstas en los artículos Nº 54, 55, 56 y Nº 64, de la Ley Nº

18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la

Administración del Estado.

6. Currículum Vitae.

7. Fotocopia Cédula de Identidad.

8. Certificado de antecedentes para fines especiales.

9. Certificado que acredite situación previsional.

10. Fotocopia de título notarial.

11. Certificado de salud compatible con el cargo.

12. Certificado de idoneidad psicológica.

13. Certificado de inahabilidad para trabajar con menores de edad.

ARTÍCULO 85 : DEL INICIO Y TÉRMINO DE LA JORNADA

La jornada ordinaria dependerá de la carga horaria por la que fuera

contratado por DAEM, dejándose un tiempo de 40 minutos de

colación, incluida dentro de la jornada de permanencia en el

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establecimiento. Para ello, el Establecimiento cuenta con una

dependencia habilitada destinada y adecuada para el caso.

ARTÍCULO 86: Se prohíbe a los funcionarios almorzar en otras

dependencias del establecimiento, que no sea la habilitada para tal caso.

ARTÍCULO 87: La Jornada de Trabajo se distribuirá de acuerdo con

las necesidades propias del Establecimiento, cuando se establezca su

Carga Horaria, en marzo, la que debe ser firmada por cada funcionario

y digitalizar la huella dactilar para habilitar el reloj control.

ARTÍCULO 88: DE LA JORNADA DE TRABAJO

Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de

trabajo, El establecimiento llevará un registro que consistirá en un reloj

control digital, donde el trabajador deberá marcar con su huella digital

la entrada y la salida desde la Unidad Educativa.

En el establecimiento Educacional, habrá una Bitácora Adicional donde

la Dirección del establecimiento, estampará las observaciones por

inasistencias, retiros anticipados o el ingreso posterior cuando

corresponda, ya sea por atrasos justificados, licencias médicas,

permisos, cometidos funcionarios, etc.

Al finalizar el mes La Dirección del establecimiento imprime la

asistencia mensual y reportará a DAEM.

ARTÍCULO 89: DE LOS PERMISOS ADMINISTRATIVOS

Los funcionarios tendrán derecho a 6 días administrativos al año, por

concepto o fines de carácter personal. Los permisos deberán ser

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solicitados con la debida anticipación, 2 días como mínimo, con la

salvedad del permiso que se pide ante situaciones imprevistas.

En el caso de situaciones imprevistas que se puedan presentar a los

trabajadores. Este permiso de emergencia debe ser notificado por el

funcionario, exponiendo las razones de su solicitud vía correo

electrónico a: [email protected] el que se adjuntará al

formulario respectivo, para su presentación al Departamento de Educación y se

haga efectivo el permiso.Así como también, podrá ser a través de un llamado

telefónico, avisando oportunamente al Director del Establecimiento.

ARTÍCULO 90: Todos permisos que se solicite bajo cualquier

circunstancia, deberá estar solicitado y respaldado por el respectivo

formulario tipo que utiliza el Establecimiento, el que deberá solicitar en

Secretaría de Dirección. En el caso de profesores y asistentes de aula,

deben ser presentados a UTP junto a la planificación y/o material de

trabajo para coordinar el respectivo reemplazo del funcionario en aula.

Ningún funcionario podrá autorizar sus propios permisos, deberá acudir

siempre a la jefatura superior.

Los permisos que se soliciten por horas, durante y antes del inicio o

término de la jornada de trabajo serán autorizados por Dirección y se

registrará en bitáctora.

ARTÍCULO 91 : Se considerarán permiso paternal (nacimiento de un

hijo) el establecido en la ley Nº 20.047/2005 y permiso laboral por

muerte de parientes el establecido en la ley Nº 20.137/2006, del

Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

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ARTÍCULO 92 : DE LOS COMETIDOS DE SERVICIO

Todo actividad extraprogramática, salidas pedagógicas, capacitaciones,

talleres, reuniones, otras de carácter formativo o pedagógico que se

realicen fuera del establecimiento, se deberá emitir un Cometido de

Servicio firmado por el funcionario, el que será autorizado por la

Dirección del establecimiento.

ARTÍCULO 93: DE LAS LICENCIAS MÉDICAS

El funcionario que está enfermo y no puede asistir al trabajo deberá dar

aviso a su Jefatura Directa y en caso de una licencia médica, deberá

entregarla dentro de las 24 horas siguientes de sobrevenida la

enfermedad.

ARTÍCULO 94: Es obligación del DAEM dar el curso

correspondiente a la licencia para que los organismos pertinentes las

visen y se proceda a los pagos de subsidios y demás beneficios al que el

trabajador involucrado pudiera tener acceso.

ARTÍCULO 95: El Establecimiento, prohibirá al funcionario/a

enfermo, con licencia médica que asista al trabajo o efectúe con su

conocimiento cualquier actividad o labor mientras dure la licencia, ya

sea en el trabajo o en su casa, a menos que se trate de actividades

recreativas no remuneradas y compatibles con el tratamiento médico.

ARTÍCULO 96: Licencias por reposo maternal. Se aplica en caso

corresponda de acuerdo a Ley vigente.

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ARTÍCULO 97: Toda trabajadora tendrá derecho a permiso y al

subsidio que pudiere corresponder cuando el hijo menor de un año

requiera su atención en el hogar de acuerdo a ley vigente.

ARTÍCULO 98: DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO

Todos los funcionarios del Establecimiento se les aplicarán evaluación

de desempeño al término de cada semestre (julio y diciembre). Estas

pautas de la evaluación que se aplicarán deben ser conocidas por todos

los funcionarios.

Además, evaluación será contemplada como acción en el Plan de

Mejoramiento Educativo, en el área de Liderazgo y son de carácter

formativo que permitan mejorar el desempeño de los funcionarios.

Luego de aplicada la Evaluación la Dirección del establecimiento se

enviarán copia al Departamento de Educación.

Esta Evaluación de desempeño es de carácter obligatoria para todos los

funcionarios, sin excepción.

ARTÍCULO 99: DE LAS SANCIONES

Las infracciones a las normas del presente Reglamento Interno

otorgarán derecho a la Dirección y al Sostenedor del Establecimiento

Educacional para sancionar a quienes hayan incurrido en las conductas

vulneratorias. Asimismo, la Dirección y el Sostenedor del

Establecimiento Educacional tendrán la responsabilidad de

implementar y velar por la correcta aplicación de las normas

disciplinarias establecidas en este cuerpo normativo.

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Si un trabajador infringiere sus obligaciones laborales, como las

disposiciones del presente Reglamento Interno, podrá ser objeto de las

siguientes sanciones:

1. Amonestación verbal. Se dejará registrado el hecho en Bitácora de

Dirección.

2. Amonestación escrita, con comunicación a la Dirección del

Trabajo. Se dejará registrado el hecho en Bitácora de Dirección.

La aplicación y reclamo de las medidas disciplinarias contempladas en

este Reglamento, se sujetará al siguiente procedimiento:

Cuando la Dirección tome conocimiento por cualquier medio, de la

participación de un trabajador a su cargo en hechos o conductas que

constituyan una infracción al presente Reglamento, efectuará una

revisión de los antecedentes a fin de determinar la existencia de la

infracción y la participación y responsabilidad que le cupo al trabajador

involucrado o a otros, en ella.

Solicitará la declaración de las personas presentes o reunirá los

antecedentes necesarios para corroborar la comisión de la conducta

infraccional. Una vez hecho lo anterior, se reunirá con el trabajador

para poner en su conocimiento las conclusiones a que ha arribado a

partir de la revisión de los elementos de juicio, y permitirá al trabajador

exponer su visión de los hechos.

En caso de que el trabajador no se presente, o rehúse comparecer ante

la Dirección, se resolverá de inmediato si procede aplicar algunas de las

sanciones contempladas precedentemente. En caso de que se resuelva

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146

que resulta procedente la aplicación de alguna de dichas sanciones, lo

comunicará por escrito al trabajador.

Con todo, en casos de especial gravedad, o en casos de reiteración de

conductas infraccionales, se informará al Departamento de Educación

por escrito para que ordenen la sustanciación de Investigaciones

Sumarias, Sumarios Administrativos y aplicación de sanciones según

corresponda.

ARTÍCULO 100: Los trabajadores que infringieren las disposiciones

del presente reglamento interno, serán sancionados de acuerdo a lo

que se estipula en el presente reglamento y lo establecido en la Ley Nº

18.883/89.

Medidas disciplinarias:

1. Amonestación, Carta de Demerito o Censura

2. Multa.

3. Suspensión del empleo desde treinta días a tres meses.

4. Destitución o termino del contrato por las disposiciones del

artículo N° 160 del Código del Trabajo.

Por lo anterior, Si el trabajador a quien se le aplica una medida

disciplinaria se encuentra desconforme por considerar que no es

proporcional a la infracción cometida, tiene la posibilidad de apelar de

inmediato a la instancia superior, esto es al jefe directo y quien le

anteceda jerárquicamente, en un plazo máximo de cinco (5) días

hábiles, contados desde que se le notifique oficialmente la sanción

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impuesta. Dicho reclamo debe ser presentado en forma escrita y por

medio de las vías formales.

CAPÍTULO XVI: NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD

PERSONAL

ARTÍCULO 100: La escuela deberá velar por la adopción de medidas

necesarias para proteger eficazmente la vida y salud del personal y de

sus alumnos.

ARTÍCULO 101: En el establecimiento, deberá existir, a lo menos los

siguientes elementos de prevención de riesgos.

a) Un listado que se ubicará en lugar visible y estratégico, de las

direcciones, números telefónicos de los centros Asistenciales más

próximos, carabineros, bomberos, Hospital, Asociación Chilena de

Seguridad y otros.

b) Cantidad suficiente, según las normas vigentes, de extintores de

incendios del tipo polvo químico seco y demás elementos para combatir

incendios.

c) Uno o más botiquines, según la capacidad del Establecimiento,

equipados con medicamentos y otros útiles necesarios mínimos.

d) Indicaciones claras acerca de la forma de evacuar el edificio en caso

de siniestros.

e) Cualquier otro que exijan o exigieran las normas legales o

reglamentarias.

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ARTÍCULO 102: El Director deberá velar porque en el

establecimiento se adopten las siguientes Normas mínimas de higiene,

sin perjuicio de las atribuciones que sobre la materia tiene el Ministerio

de Salud.

a) Mantener, una dependencia dentro del local para el Trabajo

Administrativo (sala profesores) cuando el docente no esté frente a los

alumnos y o para realizar determinadas actividades de colaboración.

b) Mantener en estado de funcionamiento baños (lavatorios, W.C),

separados para Hombres y mujeres.

c) Los artículos de aseo y los alimentos, deben estar ubicados en

lugares diferentes y ser perfecta y claramente individualizados.

d) Mantener el Edificio en general, en forma higiénica, con el objeto de

que el Establecimiento cuente con un ambiente sano y adecuado al

desempeño de las funciones Educacionales.

ARTÍCULO 103: El DAEM, a través del Director de la escuela velará

por el cumplimiento de las siguientes normas de seguridad.

a) Planificar la distribución de mobiliario en el respectivo

Establecimientos, teniendo presente el libre Desplazamiento de los

alumnos y el camino expedito hacia el exterior.

b) Mantener las superficies destinadas al trabajo y recreación, libres de

elementos que puedan Perturbar el desarrollo de las labores docentes.

c) Eliminar elementos que presenten peligro para el alumnado y

personal del Establecimiento.

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d) Mantener los accesos, escaleras, puertas y ventanas despejados.

ARTICULO 104: En estas materias y dado que el Establecimiento

Educacional está integrado por el personal que labora en él y los

alumnos, deberán respetarse y cumplirse obligatoriamente las circulares

que sobre prevención, higiene y seguridad ha emitido y/o emitan los

Ministerios de Educación y salud respectivamente y/o los

Representantes Legales.

CAPÍTULO XVII: SOBRE PREVENCION DE RIESGOS

PROFESIONALES

(Publicado en el Diario Oficial de 7 de marzo de 1969)

Núm. 40.‐ Santiago, 11 de febrero de 1969.‐ Vistos: lo dispuesto en la

ley 16.744, publicada en el Diario Oficial de 1º de febrero de 1968 y de

acuerdo con la facultad que me confiere el Nº 2 del artículo 72º de la

Constitución Política del Estado.

DE LA OBLIGACION DE INFORMAR DE LOS RIESGOS

LABORALES

ARTÍCULO 105: Los empleadores tienen la obligación de informar

oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los

riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los

métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la

actividad de cada empresa.

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150

Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los

elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de

producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos

(fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición

permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y

sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para

evitar tales riesgos.

ARTÍCULO 106: DE LOS RIESGOS INHERENTES A LA

ACTIVIDAD EN EL ESTABLECIMIENTO

RIESGOS CIRCUNSTA

NCIA QUE

PROVOCAN

EL RIESGO

CONSECU

ENCIAS

MEDIDAS

PREVENTIVAS

Sobreesfuer

zo físico

Cargas y

transportes de

materiales,

excesivo

tiempo sentado.

Fatiga y

daño a la

comuna por

mala

posición,

lumbagos,

tendinitis,

esquinces,

desgarros

La posición correcta al estar

sentado, debe estar la

espalda completamente

adosada al respaldo, para

evitar la fatiga Efectuar el

método correcto de levantar

materiales, canalizar la voz

en forma adecuada.

Sobreesfuer

zo de la voz

Forzar mucho

la voz, amplitud

Disfonía y

nódulos

Carraspear y toser con

frecuencia, Gritar, chillar o

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151

de la sala de

clases, ruido

ambiental.

tratar de hablar por encima

del ruido ambiental, Hablar

de manera prolongada a

larga distancia y en el

exterior, El estrés, la fatiga

y las tensiones emocionales

que puedan afectar a la voz,

Tensar o apretar los dientes,

la mandíbula o la lengua

durante la fonación,

Esfuerzos vocales intensos

y agresivos.

Golpes Obstrucción de

Pasillos y

superficies de

desplazamiento.

Al pararse y

sentarse.

Lesiones

producto de

golpes en

las piernas.

No obstruir las cajas de

escaleras con elementos

apilados.

Contacto

con

Objetos

cortantes y

Punzantes

Apertura de

cartas, corte de

papeles,

Trabajos de

oficina en

Heridas Para sacar corchetes de la

documentación, utilice el

saca

corchetes, Ponga mucha

atención y sea precavido al

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152

general utilizar el cuchillo cartonero

o el abrecartas, Evite tomar

café o comer en la oficina,

se podría quemar o dañar

equipo y producir un

accidente.

Ergonómic

os

La no

utilización de

apoya muñecas.

Trabajar

adoptando una

mala posición.

Tendinitis y

daños en las

muñecas

Adopte una buena postura

ante su

puesto de trabajo, acerque

teléfono, teclado, y mouse a

una posición donde sus

brazos lo puedan alcanzar

sin mayor esfuerzo, al

digitar utilice el apoya

muñecas.

Eléctricos Conexiones de

PC, en mal

estado.

Enchufes en

mal estado.

Espacios muy

reducidos

Shock

eléctrico,

quemaduras

y daños

generalizad

os producto

de la

electricidad,

incendios

Evite cordones o

alargadores eléctricos en

malas condiciones, nunca

cargue los enchufes,

cerciórese que los enchufes

Están en buen estado. Ante

anomalías en artefactos

eléctricos solicite la

revisión del personal de

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153

mantención.

Caídas y

tropiezo

Reclinarse o

jugar en la silla

de trabajo,

sillas en mal

estado, Usar

pisos u otros

elementos para

alcanzar

archivadores o

carpetas en

altura, caídas en

las escaleras.

Lesiones

generalizada

s,

contusiones.

No se recline hacia atrás en

la silla, para evitar caídas.

La sillas deben estar en

buenas condiciones. No

proyecte superficies, use

escaleras. No baje escaleras

leyendo, corriendo o con las

manos en los bolsillos. No

deje

Maletines, bolsos o

documentación en el piso

del área de trabajo.

Mantenga ordenado su

puesto de trabajo.

Incendios Dependencia

con elevada

carga de

combustión

Incendios,

quemaduras,

asfixias

No fume en la oficina, ni en

lugares donde se trabaje con

materiales

Inflamables

(fotocopiadoras,

papeles etc.)

Caídas de

Distinto o

del

Superficies

inadecuadas

para el tránsito,

Lesiones

traumáticas,

parálisis,

Tener presente en toda

circunstancia y lugar las

reglas básicas siguientes:

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154

Mismo

nivel

Tropiezos

subir y bajar

escaleras,

circulación por

distintas

dependencias

muerte,

golpes,

heridas

Camine no corra, evite giros

rápidos al doblar, mire por

donde camina, no obstruya

su visión, Respete las

señalizaciones y vías de

circulación, elimine el

peligro de las superficies

resbalosas, usando

elementos antideslizantes,

evite encerar las escaleras,

use al calzado adecuado en

buenas condiciones, si debe

utilizar

escalas, que sea la

adecuada, asegúrese que

este en buen estado, no

utilice sillas o medios

improvisados para alcanzar

objetos en altura.

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155

CAPÍTULO XVIII: DEL INTERNADO ESCUELA BAHIA

MANSA

El Internado es un Beneficio extraordinario que entrega la Escuela a las

familias vulnerables, el cual un estudiante puede perder si con su

accionar negativo atente o provoque grave daño a la Convivencia,

Infraestructura y/o Prestigio de este Establecimiento.

ARTÍCULO 107: REGLAS GENERALES DEL INTERNADO

a. Los alumnos y alumnas internos serán atendidos por dos duplas

de Inspectores Varón y Dama, en dos etapas, de 16:00 a 24:00

horas y de 24:00 a 08:30 horas.

b. Los internos pueden ingresar los días Domingos desde las 16:00

a las 19:00 y se retiraran a sus casas, todos los viernes, al

término de las clases (14:30 horas).

c. El internado tendrá dos reuniones generales ordinarias anuales,

con los apoderados de los internos.

d. Los alumnos internos serán responsable del aseo de sus

dependencias, a través de Turnos de Semaneros, acompañados

por los inspectores, dentro del marco de la formación de hábitos

y actitud social de los alumnos.

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156

e. Los internos deben salir del Internado a diario hacia sus clases,

con sus mochilas y útiles escolares correspondientes a las 8:45,

quedando prohibido el ingreso a éste, durante las clases.

f. Los inspectores deben aplicar este Reglamento, amonestando,

solucionando conflictos y sancionando, lo que debe ser

informado al otro día a la Dirección.

g. Las actividades de los internos y del internado tiene el siguiente

Horario diario de funcionamiento, que los alumnos y alumnas

internos deben cumplir:

LUNES A JUEVES

07:00 horas: Levantarse los alumnos internos

07:00 a 07:50 horas: Aseo personal, hacer sus camas, salida

del Internado

07:50 a 08:20 horas: Aseo dormitorios, baños, pasillos por

semaneros

08:20 a 08:30 horas: Desayuno internos acompañados por

Inspectores noche

08:30 horas: Salida a clases. Cierre de Internado

16:00 horas: Ingreso Inspectores día. Apertura del

Internado

16:10 a 16:30 horas: Once

16:30 a 17:45 horas: Ingreso alumnos dejar mochila y cambio

de vestimenta

Participación en Talleres, uso sala

Computación, Recreación.

18:00 a 19:00 horas: Hora de estudio (comedor) y se pasa lista

19:00 a 19:30 horas: cena

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157

19:30 a 20:00 horas: Salida a compras negocios del sector

(Sólo los lunes)

20:00 a 21:00 horas: Recreación en el Comedor

21:00 a 21:55 horas: Ingreso a dormitorios, Baño, Preparación

de ropa y

Útiles escolares para próximo día y

Acostarse.

22:00 horas: Apago de luces

22:00 a 00:00 horas: Se hace vigilia y rondas hasta entregar

turno

00:00 a 08:45 horas: Cambio de turno de inspectores

DOMINGO

16:00 horas: Llegada de Inspectores y revisión de

Internado

16:10 a 17:30 horas: Organizar y disponer el Internado para

recepción de alumnos

17:30 a 19:00 horas: Recepción de alumnos internos

19:00 a 19:30 horas: Cena

19:30 a 21:10 horas: Recreación de Alumnos en comedor y

aseo de este

21:10 a 21:40 horas: ingresan a internado, se bañan

21:40 a 22:00 horas: Ordenar sus materiales escolares en

mochilas y uniforme.

22:00 horas: Apago de luces

22:00 a 24:00 horas: Vigilia de Inspectores hasta que duerman

los alumnos

00:00 horas: Cambio de turno dupla de Inspectores

VIERNES

07:00 a 08:00 Horas: Levantarse. Aseo Personal

08:00 a 08:20 horas: Aseo Internado

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158

08:20 a 08:30 horas: Desayuno acompañados de inspectores

08:30 horas: Entrega de turno inspector

14:30 horas: Salida de clases. Ingreso a internado a

retirar sus bolsos.

14:40 horas: Suben a furgón escolar con regreso a sus

hogares

14:50 horas: Niños de Osorno son llevados por asistente

a tomar el bus

h. Los Inspectores llevan una Bitácora como registro de las

situaciones relevantes diarias, una para las internas y una para

los internos.

i. Se prohíbe a los internos luego de las clases, deambular por las

salas, pasillos y oficinas, después de las 16:30 horas a menos

que esté autorizado por alguna actividad escolar planificada.

j. No se permiten riñas, discusiones, groserías, apodos ni burlas.

k. Se prohíbe traer especies de valor, joyas, radios, celulares, MP

3, revistas no adecuadas, en caso de traerlas y perderlas o

estropearlas el internado no se responsabiliza.

l. Evitar causar deterioros o destrozo en los bienes inventariables

entregados. En caso de ocurrir el apoderado se hace

responsable de su restitución o reparación.

m. No se permite ingresar alimentos perecibles a los dormitorios.

n. No se permite ingresar a personas extrañas al Internado en

presencia o ausencia del inspector o inspectora.

o. Está prohibido ingresar bebidas alcohólicas, cigarrillos,

elementos corto punzantes o armas de fuego, al internado.

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159

p. Está prohibido hurtar, sacar sin autorización o usar especies que

no sean de su propiedad.

q. Se prohíbe hacer abandono del internado y/o fuera de los límites

del establecimiento después de clases, sin autorización.

r. Se prohíben las manifestaciones amorosas y pololeo.

s. Se prohíbe el ingreso de internos al Internado Damas y de

internas al Internado Varones. Durante el día y mucho menos en

la noche.

t. Se prohíbe levantarse, luego de apagar las luces a jugar,

conversar, cambiarse de cama, hacer bromas.

u. Se prohíbe las agresiones con elementos contundentes y/o

armas.

v. Se prohíbe la fuga o ingreso con escalamiento.

w. Están prohibidas las relaciones sexuales de todo tipo.

x. Está prohibido ingresar embriagado o embriagarse en el

internado.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTERNOS E INTERNAS

ARTÍCULO 108: DE LOS DERECHOS

a. Cada alumno interno tiene derecho a recibir:

Una cama -Un colchón

Tres frazadas -Un closet metálico

Una cubrecama -Una almohada

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160

b. Cada interno o interna tiene derecho a las raciones de

alimentación diaria de desayuno, almuerzo, once y

cena de acuerdo al Programa o Menú

c. Los internos tienen derecho a ser enviados a clases y asistir a la

jornada diaria.

d. Los internos tienen derecho a ocupar y usar las dependencias,

materiales didácticos, recreativos y deportivos del

establecimiento.

e. Los internos tienen derecho a ser atendido en sus tareas escolares,

problemas personales u otros, por un inspector, dentro del

horario del Internado.

f. Los Internos tiene derecho a salir del Internado por necesidad o

fuerza mayor durante la semana, previa comunicación

telefónica o petición escrita del apoderado.

g. Cada interno tiene derecho a conocer los Reglamentos y Horarios.

h. Cada interno tiene derecho a recibir atención médica siendo

llevado al Consultorio cercano, en caso lo necesitare o

derivarlo.

ARTICULO 109: DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS

INTERNOS

a. Cada alumno interno e será responsable del cuidado y

mantención de los bienes recibidos (cama, frazadas, etc.)

b. Cada interno o interna debe responsabilizarse de la

mantención y buen uso de las dependencias del internado

(dormitorios, camas, baños, comedor, etc.)

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161

c. Cada interno debe responsabilizarse de su aseo, higiene y

cuidado personal.

ARTÍCULO 110: DE LAS SANCIONES Y ESTIMULOS DE

INTERNOS E INTERNAS

Todas las acciones positivas sobresalientes de los alumnos y

alumnas de esta Escuela son serán con Aprobación y Estímulos, las que

serán destacadas a través de:

a. Felicitación verbal en acto de día lunes

b. Anotación positiva en el Libro de Clases

c. Mención en Actos Cívicos importantes

d. Exposición en Cuadro de Honor

e. Premiación en ceremonia de Clausura del Año Escolar

ARTICULO 111:

Todas las acciones negativas que atenten en contra de la

convivencia y armonía social, familiar, escolar y afectiva, serán

sancionadas se acuerdo a la gravedad de los hechos:

a. Amonestación Verbal

b. Amonestación escrita

c. Citación Apoderado

d. Asignación de Tareas o trabajos especiales

e. Suspensión Temporal (desde 1 día hasta 5 días)

f. Condicionalidad del Beneficio de Internado

g. Expulsión del Internado

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162

ARTICULO 112:

Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento Interno y

de Convivencia Escolar, como robos, destrozos, violaciones, agresiones

físicas, accidentes, crímenes u otras situaciones que ocurran fuera de lo

esperado y sea necesario normar, será resorte de la Dirección del

Establecimiento.

CAPÍTULO XXXX: DE LAS CONDUCTAS QUE

CONSTITUYEN FALTAS

ARTÍCULO 113: DE LAS FALTAS LEVES

Son consideradas faltas leves aquellas actitudes o comportamientos que

alteren la convivencia escolar, pero que no involucren o expongan a un

daño físico y/o psicológico a algún miembro de la comunidad

educativa.

SERAN CONSIDERADAS FALTAS LEVES:

a. Utilizar en clases y en otras actividades formativas, sin la

autorización expresa del profesor, objetos que distraen la

atención (por ejemplo, juguetes, naipes, celulares, reproductores

de música, video juegos, cámaras fotográficas u otros artefactos).

b. Ingerir alimentos durante el desarrollo de la clase.

c. No asistir con equipo deportivo y útiles de aseo.

d. No colaborar ni participar en las actividades de la escuela.

e. Tener hasta 3 anotaciones negativas en Hoja de Registro de

Observaciones Personales en Libro de Clases. Ellas, por

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163

transgresiones a la convivencia escolar, por ejemplo, no realizar

las tareas, no traer útiles, llegar atrasado en el ingreso a la

escuela, a la sala de clases u otras, y/o comportarse

inadecuadamente en clases, en ceremonias o actos de la escuela,

mostrar presentación personal inadecuada.

ARTÍCULO 114: MEDIDAS PEDAGÓGICO-FORMATIVAS Y SU

SUPERACIÓN

DIÁLOGO

PERSONAL

CORRECTIVO

Es una conversación formal y escueta entre, por

ejemplo, el docente, Inspector, dupla psicosocial,

asistente de aula y/o Directivo de la Escuela y el

estudiante, en la que se le manifiesta que ha

incurrido en una conducta que va en contra de las

normas del establecimiento, instando a la reflexión

y toma de conciencia.

Deberá registrarse en Hoja de Registro de

Observaciones Personales del Libro de Clases.

INFORMACIÓN

A PADRE,

MADRE Y/O

APODERADO

Luego de 3 anotaciones en el libro de clases, se

comunica la transgresión en la que ha incurrido el

estudiante, para propiciar el diálogo dentro de la

familia en paralelo al diálogo en el

establecimiento.

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164

DERIVACIÓN A

PROFESIONAL

DE APOYO

INTERNO

ESPECIALIZADO

De acuerdo a la necesidad y las circunstancias de

alguna de las instancias del establecimiento, (por

ejemplo, la Jefatura de Curso, profesores de

asignatura, Inspectoría u otra instancia que siga el

caso del estudiante), solicita al padre, madre o

apoderado que el alumno asista a entrevista de

exploración con profesionales del equipo

multidisciplinario de la escuela.

DERIVACIÓN A

INSTANCIAS

EXTERNAS DE

APOYO

ESPECIALIZADO

De acuerdo a la necesidad y las circunstancias, el

establecimiento puede realizar derivación a

entidad que corresponda.

SUPERACIÓN

DE MEDIDA

En consideración al carácter formativo de la

medida, y durante la vigencia de la misma, al

estudiante se le podrá levantar la medida a pesar

de haber incurrido hasta en 3 anotaciones

negativas de carácter leve.

Se comunica al padre, madre o apoderado y al

estudiante el levantamiento de dicha medida.

Podrá considerarse toda otra medida no mencionada anteriormente y

concordada entre familia y escuela, cuyo objetivo sea apoyar al alumno.

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165

ARTÍCULO 115: SANCIONES COMPROMISO CONDUCTUAL

El establecimiento aplica medidas pedagógico-formativas,

reparatorias y disciplinarias o sancionatorias en el marco de un

proceso denominado “seguimiento y acompañamiento disciplinario”.

Este es un compromiso contraído por el estudiante para mejorar su

comportamiento, disciplina y/o responsabilidad. Ello supone apoyar

al estudiante en su proceso de cambio de conducta, actitudes y

fortalecimiento de principios y valores, definiendo metas y plazos

para ello.

La medida la aplica preferentemente el profesor jefe/dupla

psicosocial, comunicándola al estudiante en entrevista personal e

informándola al padre, madre o apoderado.

Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de

seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en

entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando al profesor

jefe, al padre, madre o apoderado.

El plazo de esta medida no será inferior a un mes ni superior a dos

meses, sin posibilidad de prórroga. Su incumplimiento, es decir, la

no superación de la(s) condición(es) establecida(s) por la escuela

y/o la reiteración de la(s) falta(s) será causal para aplicar la medida

disciplinaria siguiente.

Según sea el caso, el profesor jefe y/o inspector podrán solicitar al

Comité de Convivencia Escolar reevaluar la situación de una

medida disciplinaria vigente, a partir de una justificación de

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166

relevancia, conforme a las condiciones y compromisos fijados en los

documentos aplicables al caso. Será el Comité de Convivencia

Escolar el que podrá resolver una medida distinta o un curso de

acción diferente (incluso levantar la medida o aplicar una mayor), en

el contexto de nuestras normas y del debido proceso escolar. Para

ello será necesario contar con el voto de mayoría de sus miembros.

ARTÍCULO 116: MEDIDAS REPARATORIAS

Las medidas reparatorias son gestos y acciones que deberá

implementar la persona que cometió una falta, dirigidas a restituir el

daño causado, con la posibilidad de enmendar el vínculo con

empatía y comprensión con la persona afectada.

Incluir prácticas reparatorias permite:

a. Enriquecer la formación de los estudiantes.

b. Desarrollar la empatía.

c. Enriquecer las relaciones.

d. Asumir la responsabilidad de las partes en conflicto.

e. Reparar el vínculo.

f. Reforzar la capacidad de los involucrados para resolver los

conflictos.

Ejemplos:

Reconocimiento de falta: medida realizada por el alumno que

ha cometido la falta, con un trabajo de reflexión guiado por el

Inspector, Encargado de Convivencia Escolar, Profesor jefe,

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167

UTP o Dupla Psicosocial.

Pedir disculpas por la lesión a la convivencia escolar: medida

que se ofrece como una posibilidad al alumno que ha cometido

la falta, quien, desde el convencimiento pleno y la

autenticidad, estima que es una medida reparatoria.

Propuesta del alumno como medida reparatoria: medidas de

reparación concretas, sugeridas por el alumno y consensuadas

con el Inspector, Encargado de Convivencia Escolar, Profesor

jefe, UTP o Dupla, resguardando su dignidad y en

proporcionalidad a la falta cometida.

ARTÍCULO 117: FALTA GRAVE

Se configuran por aquellas actitudes y comportamientos que atenten

contra la integridad física y/o psicológica de cualquier miembro de

la comunidad escolar y/o provoquen cualquier alteración del bien

común, así como acciones deshonestas y/o contra principios y

valores escolares que afecten la buena convivencia escolar.

SERAN CONSIDERAS FALTAS GRAVES:

a. Copiar en una prueba

b. Falsear una nota

c. Dañar el bien común

d. Mal uso de los beneficios o becas escolares

e. Falta de preocupación por sus deberes escolares (para todos los

estudiantes del establecimiento)

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168

f. Incumplimiento con los compromisos pactados ( Desfile -

Exposiciones, Trabajo Grupal)

g. No rendir una prueba estando en el establecimiento

h. No asistir a clases u otras actividades estando en la escuela.

i. Por Incumplir el Compromiso Conductual.

j. Tener actitud irrespetuosa en el aula y/o en actividades en la

escuela, por ejemplo, responder mal a adultos.

k. Acusar a otros por faltas propias.

l. Engañar o mentir.

m. Agredir física, verbal y/o psicológicamente.

n. Abandonar la escuela en hora de clases sin autorización.

o. Utilizar vocabulario soez o hacer gestos groseros.

p. Realizar acciones que pongan en riesgo la integridad propia o de

otros (por ejemplo, lanzar objetos dentro o fuera del aula que

dañen a algún miembro de la comunidad).

q. No respetar la autoridad de los profesionales y asistentes de la

educación.

r. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un

estudiante o de cualquier otro miembro de la comunidad

educativa.

s. Injuriar, desprestigiar, burlarse o menoscabar a un estudiante, a

cualquier otro integrante de la comunidad educativa o al

establecimiento, públicamente o a través de chats, blogs,

fotologs, Facebook, twitter, WhatsApp, mensajes de texto,

correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o

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169

fotografías, sitios webs, redes sociales, teléfonos o cualquier otro

medio tecnológico, virtual o electrónico.

ARTÍCULO 118: MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO

Diálogo personal correctivo.

Información a padre, madre o apoderado.

Derivación a profesional de apoyo interno especializado.

Derivación a redes de apoyo especializado.

Superación de medida: en consideración al carácter formativo de

la medida, y durante la vigencia de la misma, al alumno se le podrá

levantar la medida a pesar de haber incurrido hasta en 5

anotaciones negativas por faltas de carácter leve. Se comunica al

padre, madre o apoderado y al alumno el levantamiento de dicha

medida.

ARTÍCULO 119: SANCIONES AMONESTACIÓN ESCRITA

El establecimiento aplica medidas pedagógico-formativas,

reparatorias y disciplinarias o sancionatorias en el marco de un

proceso denominado “seguimiento y acompañamiento

disciplinario”. Este es un compromiso contraído por el estudiante

para mejorar su comportamiento, disciplina y/o responsabilidad.

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170

Ello supone apoyar al estudiante en su proceso de cambio de

conducta, actitudes y fortalecimiento de principios y valores,

definiendo metas y plazos para ello. La Dirección del

establecimiento entiende que los estudiantes con seguimiento y

acompañamiento disciplinario necesitan ciertas estrategias de apoyo

o supervisión especial por parte de la familia, de la escuela o de

redes de apoyo, para que, en lo posible, puedan cumplir

adecuadamente el compromiso contraído y puedan lograr el objetivo

formativo de superar la medida.

La medida la aplica preferentemente el profesor jefe, inspector/

encargado de convivencia escolar comunicándola al alumno en

entrevista personal e informándola al padre, madre o apoderado.

Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de

seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en

entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando el

Inspector, Profesor jefe, dupla psicosocial, UTP, al padre, madre o

apoderado.

El plazo de esta medida no será inferior a un mes ni superior a dos

meses. Su incumplimiento, es decir, la no superación de la(s)

condición(es) establecida(s) por el establecimiento y/o la reiteración

de la(s) falta(s) será causal para aplicar una Prórroga de la

Amonestación o la medida disciplinaria siguiente.

Según sea el caso, el profesor jefe, inspector, encargado de

convivencia escolar podrán solicitar al Comité Convivencia Escolar

reevaluar la situación de una medida disciplinaria vigente, a partir de

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171

una justificación de relevancia, conforme a las condiciones y

compromisos fijados en los documentos aplicables al caso.

Será el Comité Convivencia Escolar el que podrá resolver una

medida distinta o un curso de acción diferente (incluso levantar la

medida o aplicar una mayor), en el contexto de nuestras normas y

del debido proceso escolar. Para ello será necesario contar con el

voto de mayoría de sus miembros.

ARTÍCULO 120: SUSPENSIÓN DE CLASES

Inspectoría podrá determinar la suspensión de clases hasta por 3 o 5

días hábiles en caso que la gravedad de la falta lo amerite, teniendo

en cuenta que se trata de una medida excepcional, fundamentada en

conductas que pongan en riesgo real la integridad física y/o

psicológica de cualquier miembro de la comunidad educativa,

incluida la integridad física y/o psicológica del propio estudiante.

Esta medida se podrá prorrogar excepcionalmente por igual período

si persevera el peligro o riesgo mencionado.

ARTÍCULO 121: PRÓRROGA DE AMONESTACIÓN ESCRITA

Esta medida se aplica cuando se estima por el Inspector / encargado

de convivencia escolar, en consulta al profesor jefe, la superación

parcial de la Amonestación Escrita y la necesidad de un plazo

adicional para hacer evidente el mejoramiento.

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172

La medida la aplica preferentemente el inspector / encargado de

convivencia escolar, comunicándola al estudiante en entrevista

personal e informándola al padre, madre o apoderado.

El plazo de prórroga se otorgará en una sola oportunidad y puede

extenderse por uno o dos meses más al término de la medida

anterior.

Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de

seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en

entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando el

Inspector, encargado de convivencia escolar, Profesor jefe, Dupla

psicosocial, UTP, al padre, madre o apoderado.

Su incumplimiento, es decir, la no superación de la(s) condición(es)

establecida(s) por la escuela o la reiteración de la(s) falta(s) será

causal para aplicar la medida disciplinaria siguiente.

ARTÍCULO 122: FALTA GRAVISIMA

Se consideran faltas muy graves aquellas actitudes y

comportamientos que atenten contra la integridad física y/o

psicológica de cualquier miembro de la comunidad educativa,

agresiones sostenidas en el tiempo y/o conductas tipificadas como

delito.

SERAN CONSIDERADAS FALTAS GRAVISIMAS

a. Inasistencias y Atrasos reiterados al establecimientos sin

Justificación

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173

b. Sustraer y/o cometer apropiación indebida de objetos de la

escuela o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

c. Falsificar o adulterar, por ejemplo, firmas, justificativos,

comunicaciones, calificaciones.

d. Proferir insultos o garabatos, golpes o hacer gestos groseros o

amenazantes u ofender a cualquier miembro de la comunidad

educativa.

e. Las conductas de maltrato ocurridas entre estudiantes,

reiteradas, con existencia de asimetría de poder de cualquier

naturaleza.

f. Burlarse reiteradamente de cualquier miembro de la comunidad

educativa.

g. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier

conducta de maltrato escolar.

h. Discriminar arbitrariamente a un integrante de la comunidad

educativa, ya sea por su condición social, situación económica,

pensamiento político o filosófico, ascendencia, nombre,

nacionalidad, sexo, orientación sexual, identificación sexual,

discapacidad, daños físicos o cualquier otra circunstancia.

i. Portar, promover, traficar, incitar a consumir y/o consumir

tabaco, alcohol, drogas, otras sustancias estupefacientes o

material pornográfico dentro del establecimiento, en actividades

internas o de representación de la escuela (por ej. jornadas,

fiestas, viaje de estudio, eventos deportivos, artísticos,

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174

culturales).

j. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no

sean constitutivos de delito.

k. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos

cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con

apariencia de ser reales, que no haya sido solicitado como

material de trabajo en una asignatura.

l. Destruir o causar daño de las dependencias, materiales, sistemas

e implementos del establecimiento, infraestructura mueble y/o

inmueble del mismo, y en general de bienes de cualquier

miembro de la comunidad educativa, o en lugares visitados en

representación de la escuela. (por ej. Destrozar o dañar símbolos

religiosos, símbolos patrios, bienes o documentos oficiales de la

Comunidad Escolar.)

m. Demostraciones públicas de afecto, ( alumnos besándose o

sentándose en la falda)

n. Hostigamiento o desafío para pelear.

o. Faltar en reiteradas oportunidades a Evaluaciones sin

Justificación.

p. Planificar y/o ejecutar acciones individuales y/o colectivas que

perturben el normal desarrollo de las actividades escolares de

toda índole, realizadas al interior de la escuela en actividades

institucionales (ej. paseo curso, visita museo).

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175

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o

psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante

integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una

posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación

u otro.

También revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física

o psicológica, ejercida por otro adulto de la comunidad educativa –

que no sea su padre, madre o apoderado- en contra de un estudiante

(por ejemplo, reprenderlo con palabras o gestos en el espacio propio

de la escuela).

Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la

educación, así como los equipos docentes y directivos de los

establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de

violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a

un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales

tomen conocimiento, todo ello conforme al Reglamento Interno del

establecimiento.

Cabe señalar la distinción respecto del llamado de atención leve o

severo hecho con fines formativos o de prevención por docentes o

asistentes de la educación del establecimiento a un estudiante o grupo

de ellos, en el espacio educativo o en actividades propias de la

escuela.

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176

ARTÍCULO 123: FALTAS GRAVÍSIMAS: MEDIDAS DE

ACOMPAÑAMIENTO

Se comunica la transgresión del estudiante para propiciar el diálogo

dentro de la familia en coordinación con el seguimiento y

acompañamiento en el colegio.

ARTÍCULO 124: MEDIDAS DISCIPLINARIAS O SANCIONES

PARA FALTAS GRAVÍSIMAS

El establecimiento aplica medidas pedagógico-formativas, reparatorias

y disciplinarias o sancionatorias en el marco de un proceso

denominado “seguimiento y acompañamiento disciplinario”. Este es

un compromiso contraído por el estudiante para mejorar su

comportamiento, disciplina y/o responsabilidad.

Ello supone apoyar al estudiante en su proceso de cambio de

conducta, actitudes y fortalecimiento de principios y valores,

definiendo metas y plazos para ello. La dirección del establecimiento

entiende que los estudiantes con seguimiento y acompañamiento

disciplinario necesitan ciertas estrategias de apoyo o supervisión

especial por parte de la familia, de la escuela o de redes de apoyo, para

Diálogo personal correctivo

Derivación a profesional de apoyo interno especializado

Derivación a otras instancias de apoyo especializado

Plan de trabajo colegio – familia - alumno.

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177

que, en lo posible, puedan cumplir adecuadamente el compromiso

contraído y puedan lograr el objetivo formativo de superar la medida.

La medida la aplica preferentemente el inspector/ encargado de

convivencia escolar comunicándola al alumno en entrevista personal e

informándola al padre, madre o apoderado.

Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de

seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en

entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando el Inspector,

Profesor jefe, dupla psicosocial, UTP, al padre, madre o apoderado.

El plazo de esta medida no será inferior a un mes ni superior a dos

meses. Su incumplimiento, es decir, la no superación de la(s)

condición(es) establecida(s) por el establecimiento y/o la reiteración

de la(s) falta(s) será causal para aplicar una Prórroga de la

Amonestación o la medida disciplinaria siguiente.

Según sea el caso, el profesor jefe, inspector, encargado de

convivencia escolar podrán solicitar al Comité Convivencia Escolar

reevaluar la situación de una medida disciplinaria vigente, a partir de

una justificación de relevancia, conforme a las condiciones y

compromisos fijados en los documentos aplicables al caso.

Será el Comité de Buena Convivencia Escolar el que podrá resolver

una medida distinta o un curso de acción diferente (incluso levantar la

medida o aplicar una mayor), en el contexto de nuestras normas y del

debido proceso escolar. Para ello será necesario contar con el voto de

mayoría de sus miembros.

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178

ARTÍCULO 125: LA SUSPENSIÓN DE CLASES PARA FALTAS

GRAVÍSIMAS

El establecimiento podrá determinar la suspensión de clases hasta

por 5 días hábiles en caso que la gravedad de la falta lo amerite,

teniendo en cuenta que se trata de una medida excepcional,

fundamentada en conductas que pongan en riesgo real la integridad

física y/o psicológica de cualquier miembro de la comunidad

educativa, incluida la integridad física y/o psicológica del propio

estudiante. Esta medida se podrá prorrogar excepcionalmente por

igual período si persevera el peligro o riesgo mencionado.

ARTÍCULO 126: SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE

ACTIVIDADES PROPIAS DE LA ESCUELA

La dirección del establecimiento podrá aplicar la suspensión del

estudiante y/o prohibir la asistencia y participación de estudiantes en

actividades propias de la escuela (Fiestas, Intercambios, Graduación,

Celebraciones, Campeonatos, entre otras) y la representación del

establecimiento en actividades internas o externas a estudiantes que

hayan incurrido en faltas causantes de Condicionalidad, Cancelación

de Matrícula (Expulsión) o No Renovación de Matrícula y por

reiteración de faltas gravísimas que generen transgresiones a la

buena convivencia escolar, en el marco de un debido proceso.

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179

Según sea el resultado del proceso de indagación, reparación de la

falta y/o sanción, la actividad propia del establecimiento puede ser

también temporalmente suspendida, recalendarizada o

definitivamente cancelada.

El padre, madre o apoderado podrá apelar por escrito a la resolución

de la medida disciplinaria de sanción al Comité Convivencia

Escolar, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación

de la medida.

El Comité determinará al profesional que revisará el caso.

Dicha apelación podrá incluir una carta del estudiante, si

correspondiere. El Comité informará al apelante de la resolución

definitiva en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el ingreso de

la apelación. Se notificará en entrevista personal y/o por escrito.

ARTÍCULO 127: NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA

Si durante el tiempo de vigencia de la condicionalidad, el estudiante

comete una nueva falta grave o gravísima y/o hay reiteración de las

faltas ya consignadas y/o no se observan avances, se evaluará la

aplicación de la medida de no renovación de matrícula.

Es aquella medida disciplinaria que puede adoptar el establecimiento

en la que se da aviso al estudiante, padre, madre o apoderado de la

no continuidad de matrícula para el año siguiente, de acuerdo al

procedimiento y regulación del Reglamento Interno de Convivencia

Escolar, con garantía y observancia, en todo momento, del justo y

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180

debido proceso escolar. El estudiante mantiene su matrícula y

calidad de alumno regular durante el proceso y hasta el término del

año escolar.

ARTÍCULO 128: CANCELACIÓN INMEDIATA DE LA

MATRÍCULA (EXPULSIÓN)

La expulsión es una medida disciplinaria que se aplica durante el

transcurso del año escolar, lo que implica el retiro obligado del

estudiante del establecimiento. Es considerada una medida extrema,

excepcional y última, legítima sólo cuando efectivamente la

situación afecte gravemente la convivencia escolar, medida que

siempre se debe aplicar conforme a un justo proceso.

Es una medida aplicable a la comisión de delitos o conductas muy

graves que ponen en peligro la integridad física y/o psicológica del

propio estudiante y/o la de cualquier miembro de la comunidad

educativa.

En entrevista personal y por escrito, el Equipo Directivo del

establecimiento comunicará la medida al padre, madre o apoderado.

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181

ARTÍCULO 129: MEDIDAS REPARATORIAS

Se aplicarán las medidas reparatorias señaladas anteriormente.

1. CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS

Tanto las medidas como los procedimientos relacionados con las

faltas a la convivencia escolar, poseen para la escuela un carácter

formativo y correctivo, respecto de los involucrados, y para la

comunidad educativa en su conjunto. Es decir, buscamos generar

conciencia sobre las consecuencias de los actos, desarrollar

responsabilidad, aprendizajes significativos y compromiso con la

comunidad educativa, otorgar la posibilidad de reconocer la falta,

corregir el error y reparar el daño, brindando un plazo prudente, de

acuerdo a la falta, para que se produzca el aprendizaje.

Las medidas se implementarán conforme a la gravedad de la

conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando

la mayor protección y reparación del afectado, así como la

formación del responsable.

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar las medidas,

los siguientes criterios:

a. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes

involucradas.

b. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

c. La pluralidad y grado de responsabilidad de los involucrados.

d. El carácter vejatorio o humillante del caso.

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182

e. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u

ocultando el rostro.

f. Haber obrado a solicitud de un tercero, bajo recompensa o

amenaza.

g. Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento.

h. La conducta anterior del responsable (intachable o reprochable)

i. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de

autoridad u otra.

j. La discapacidad o indefensión del afectado.

k. El reconocimiento u ocultamiento de la falta.

ARTÍCULO 130: INSTANCIAS DE REVISIÓN DE LAS

MEDIDAS Y SANCIONES

Levantamiento o modificación de medidas y sanciones

Según sea el caso, el Profesor jefe, Inspector, Encargado de

convivencia escolar, Dupla psicosocial, podrán solicitar al Comité

Convivencia Escolar reevaluar la situación de una medida

disciplinaria vigente, a partir de una justificación de relevancia,

conforme a las condiciones y compromisos fijados en los

documentos aplicables al caso. Será el Comité Convivencia Escolar

el que podrá resolver una medida distinta o un curso de acción

diferente (incluso levantar la medida o aplicar una mayor), en el

contexto de nuestras normas y del debido proceso escolar. Para ello

será necesario contar con el voto de mayoría de sus miembros.

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183

2. Restauración de Faltas

Servicio Comunitario

Actividades de beneficio a

la comunidad

Reparar Mobiliario.

Hermosear Jardines.

Limpiar su Sala de Clases.

Ordenar Comedor.

Ordenar textos en Biblioteca.

Otros de indicados por

inspector

Servicio Pedagógico

Contempla una acción en tiempo

libre del estudiante, el cual es

asesorado por un Docente en

actividades.

Recolectar o elaborar

material para estudiantes

de menor grado.

Marcar cuadernos en

primero Básico.

Ayudar en la atención de

Biblioteca.

Dirigir una actividad

recreativa con estudiantes

de cursos inferiores.

Monitores de Salud -

Estudio – Tutores –

Ayudantes en Subsectores

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184

Servicio de recuperación de

estudios

Realizar un trabajo de

investigación sobre un

tema vinculado a la falta

cometida.

Realizar un registro de

observación de una clase,

un recreo, el comedor u

otro momento de la vida

escolar.

Realizar un diario mural

con un tema que esté

vinculado a la falta

cometida.

Completar Carpetas

Pedagógicas del estudiante

con material didáctico y de

ejercicios en casa.

3. Medidas Excepcionales

Según lo dispuesto por la circular que imparte instrucciones sobre

reglamentos internos de los establecimientos educacionales, con fecha

junio de 2018 pagina 47, señala que:

<< Medidas como reducciones de jornada escolar, separación temporal

de las actividades pedagógicas durante la jornada educativa o asistencia

solo a rendir evaluaciones, se podrán excepcionalmente si existe un

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185

peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de

la comunidad educativa.

Dichas medidas deberán encontrarse justificadas y debidamente

acreditadas por el establecimiento educacional, antes de su adopción,

debiendo comunicarse a estudiantes y a sus padres, madres y/o

apoderados, señalando por escrito las razones por la cuales son

adecuadas para el caso e informando las medidas de apoyo pedagógico

y/o psicosocial que se adoptaran.

En casos excepcionales, se podrá aplicar la medida de suspensión por

un periodo máximo de cinco días, el que podrá prorrogarse por una sola

vez por el mismo plazo, por causa justificada.>>

Se podrá también otorgar suspensión indefinida en aquellos caso en que

el estudiante sea un peligro para su integridad física, psicológica y/o

los demás integrantes de la comunidad educativa o en caso de faltas

gravísimas reiteradas. Esta medida estará sujeta a votación de Comité

de convivencia escolar.

4. Aula Segura: Debido Proceso.

Que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 21.128 denominada “Aula

Segura”, que modifica el artículo 6° letra d) del decreto con fuerza de

ley N° 2, del Ministerio de Educación, de 1998, que fija el texto

refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N°

2, de 1996, sobre subvención del Estado a establecimientos

educacionales, el director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio

en los casos en que algún miembro de la comunidad educativa

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186

incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal

en el Reglamento Interno, o que afecte gravemente la convivencia

escolar, conforme a lo dispuesto en dicha ley. El director tendrá la

facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el

procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la

comunidad escolar que en un establecimiento educacional hubieren

incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como

tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que

conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de

la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a

lo dispuesto en dicho cuerpo normativo.

El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a

sus fundamentos, por escrito al estudiante afectado y a su madre, padre

o apoderado, según corresponda. En los procedimientos sancionatorios

en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión, habrá un

plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva

notificación de la medida cautelar. En dichos procedimientos se

deberán respetar los principios del debido proceso, tales como la

presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas,

entre otros.

Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los

párrafos anteriores se podrá pedir la reconsideración de la medida

dentro del plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación,

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187

ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de

Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de

la referida reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno

hasta culminar su tramitación. La imposición de la medida cautelar de

suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando resuelto el

procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como

son la expulsión o la cancelación de la matrícula.

Objetivo del Debido Proceso

Garantizar el derecho a la defensa. Todo un proceso público para el

alumnado, que cometieron faltas, se deben presentar pruebas y/o

controvertir las que estén en su contra, agotando todos los recursos

procesales consagrados. En todos los casos, a la hora de tomar

sanciones a un alumno /a por faltas al manual de Convivencia Escolar,

se tendrá en cuenta:

a. Que se le siga el debido proceso según las faltas cometidas

b. Que sea tratada (o) con el debido respeto inherente al principio de la

dignidad humana.

c. Que la familia sea informada sobre su situación que corresponde

(académica, disciplinaria), las acciones a seguir y sobre los derechos

que tiene.

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188

d. Que la decisión esté precedida de un proceso de acompañamiento

personal (profesor jefe, profesor a fines, equipo multidisciplinario, etc)

mediante el cual se indaguen las razones que llevaron al estudiante a

transgredir las normas.

e. Que sea escuchada (o) para ser sus respectivos descargos con

relación a las faltas que se le imputen, disciplinarias o académicas, ante

cada instancia del Conducto Regular.

f. Que los padres, madres y/o apoderados sean notificados

oportunamente sobre la situación del estudiante, y la posible sanción de

la falta cometida en este Manual de Convivencia.

g. Que el estudiante sancionado puede manifestar su apelación de

forma oral o escrita. Admitiendo todos los medios de pruebas que se

considere pertinentes para su defensa.

CAPÍTULO XXI: PROTOCOLOS FRENTE A LAS NORMAS DE

KÍNDER

Frente a las normas, faltas, medidas disciplinarias y procedimientos

(sanciones), es importante mencionar que en el caso de los alumnos

preescolares según las orientaciones dadas por el Ministerio de

Educación, estas no son aplicables ya que se menciona que:

a. Las normas de convivencia regulan a los miembros adultos de la

comunidad educativa, con la intención que estos propicien que el

ambiente en que se desarrollan los niños y niñas se encuentre

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exento de episodios de violencia y/u hostigamientos y por el

contrario se caracterizan por ser espacios donde las relaciones e

interacciones se desarrollen de manera respetuosa y bien tratantes

entre todos los miembros de la comunidad educativa.

b. En virtud de lo anterior las sanciones establecidas en los

reglamentos internos solo pueden aplicarse a los adultos que son

parte de la comunidad educativa.

NORMAS DE HIGENE EN KINDER

A) HIGENE Y SALUD

La higiene y la salud constituyen dos elementos básicos para entregar

una educación parvularia de calidad, que respete y promueva el

bienestar integral de los párvulos.

Los procesos que el reglamento interno debe regular como mínimo

respecto de la higiene son los siguientes:

CONSIDERACIONES EN EL MOMENTO DE LA

ALIMENTACION

1. Lavado adecuado de manos previo a la alimentación de los

párvulos esto a cargo de la asistente de párvulos que se encuentre

en sala.

2. Orden de párvulos en fila para ser dirigidos a los comedores de

manera ordenada con el fin de evitar accidentes en el transcurso, a

cargo de educadora y asistente de párvulos.

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190

3. Lavado de dientes cara y manos de los párvulos luego de su

alimentación esto a cargo de educadora de párvulos y técnico que

se encuentre en sala.

MEDIDAS Y ACCIONES PARA LA PREVENCION DE

ENFERMEDADES TRANSMISIBLES.

En caso de enfermedades transmisibles como pediculosis y/o escabiosis

se tomaran las siguientes medidas:

a. Al momento de la detección de enfermedades infecciosas como

pediculosis y escabiosis, se informara a los apoderados esto con la

finalidad de que puedan tomar medidas de higiene en sus casas.

b. En el caso de la pedeculosis adecuado lavado del cabello del

alumno con shampoo utilizado para el tratamiento así como

también retiro adecuado de éstos.

c. En caso de que los apoderados no cuenten con el tratamiento

adecuado se realizara una derivación a Cesfam con médico

general que pueda facilitar el tratamiento y pueda educar a los

padres al respecto, esta información será entregada a Director del

establecimiento o Jefa Técnica para que estén al tanto de los

hechos.

d. En caso de la detección de escabiosis en el aula, se les dará aviso

a los apoderados y se realizará una derivación a Cesfam para

poder contar con la atención de médico general que pueda

facilitar el medicamento indicado, licencia y adecuado

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191

tratamiento y educar a los padres al respecto de esta enfermedad.

Esta información será entregada a Dirección para que esté al tanto

de los hechos.

CAPÍTULO XXII: PROTOCOLO DE CAMBIO DE ROPA A

ESTUDIANTES DE KINDER Y PRIMERO BASICO

Considerando que los niños(as) en este nivel comienzan

progresivamente adquirir autonomía en su higiene y en el uso de los

baños, se da a conocer el protocolo de asistencia al niño o niña acerca

del cambio de ropa.

Es importante indicar que el cambio de ropa se realizará siempre

y cuando el apoderado haya firmado la autorización correspondiente, en

reunión informativa a realizarse la primera semana de clases. Cada

apoderado recibirá una comunicación en relación al cambio de ropa-

muda por medio de la cual autorizará este procedimiento. En caso

contrario, deberá señalarlo por escrito en la misma.

Es IMPORTANTE señalar que en caso de cambio-muda de ropa,

es preferible que la asistencia al menor sea realizada por parte de los

padres, apoderados o algún familiar directo, para así velar-en

conjunto- por el bienestar y comodidad del alumno(a). Es por este

motivo, que independiente de su autorización, se les llamará como

primera opción para realizar este procedimiento.

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192

Estos cambios de ropa se realizaran solo en los casos que no

posean control de esfínter, ya sea encopresis (incontinencia fecal) y/o

enuresis (incontinencia urinaria), es necesario e importante señalar que

si un niño poseía control de esfínter y de un día para otro ya no la posee

son posibles señales de alarma en donde la comunidad educativa debe

estar al pendiente de que el niño no este somatizando a causa de algún

tipo de vulneración de derechos.

COMUNICACIÓN Y AUTORIZACION PARA EL CAMBIO DE

ROPA EN NIÑOS DE KINDER Y PRIMERO BÁSICO

Estimados Padres y Apoderados: Junto con saludarles y darles la más

cordial bienvenida, queremos informar sobre el procedimiento de

cambio de ropa para los alumnos de Kínder y Primero básico de nuestra

escuela.

Recordar que los niños(as) de este nivel deben controlar esfínter y que

las situaciones de incontinencia deben ser excepcionales. Sólo se podrá

cambiar-mudar ropa y/o recibir asistencia toda vez que:

- Padres o apoderados que hayan autorizado y firmado la

autorización la cual haya sido entregado a la profesora/or jefe.

- El niño(a) sólo podrá ser cambiado o asistido en presencia de dos

personas (Docente y asistente, en el caso de ser un hombre el

profesor será la asistente de aula quien se hará cargo).

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193

- Se considera también a aquellos niños que hayan tenido algún

accidente dentro de la escuela que impida seguir utilizando el

uniforme o ropa que traían puesta (caídas en el agua, barro, etc)

.

AUTORIZACIÓN PARA CAMBIO DE ROPA

Yo __________________________________________ Apoderado de __________________________

de Kínder ____ Primero Básico____, Sí _____ No ____ autorizo que él/la profesor jefe o Asistente de

aula realice el cambio de Ropa o asista a mi hijo(a) cuando así lo requiera.

Se extiende esta autorización para los fines antes mencionados de este protocolo.

______________________________

Rut y Firma Apoderado

Bahía Mansa ___ de __________ del 202_

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194

CAPÍTULO XXIII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO

DE MALTRATO ENTRE ESCOLARES (BULLYING)

El objetivo principal del protocolo es implementar estrategias para la

contención de situaciones relacionadas con violencia o acoso escolar,

además de un flujograma de acción, utilizando los diferentes recursos

con los que cuenta el establecimiento.

Para esto debemos entender que la Definición de Acoso Escolar de

acuerdo a la Ley sobre Violencia escolar, N°20536, artículo 16º B ,

indica que es Una manifestación de violencia en la que una persona,

adulto o estudiante, es agredida o se convierte en víctima al ser

expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas

que llevan a cabo un par (compañero/a) o grupo de pares. Se entiende

por acciones negativas cualquier forma de maltrato psicológico, verbal

o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso los

medios tecnológicos actuales a través de mensajes y/o amenazas

telefónicas o de internet. Las características centrales del hostigamiento

o bullying y que permiten diferenciarlo de otras expresiones de

violencia, son:1

I. Se produce entre pares;

II. Existe abuso de poder;

III. Es sostenido en el tiempo, es decir, es un proceso que se repite.

1 Extraído de Ley sobre Violencia escolar, N°20536, artículo 16º B del Ministerio de Educación

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195

Es entonces que los adultos de la comunidad educativa tienen la

responsabilidad de la prevención y manejo de las situaciones de

violencia dentro del establecimiento.

La creación y la mantención de un ambiente libre de violencia,

constituye el elemento básico para alcanzar una convivencia

respetuosa, tolerante, solidaria y participativa, teniendo presente que se

trata de una institución cuya misión es educar a niños(as) y

adolescentes que están en etapa de formación.

Es necesario tener presente las siguientes recomendaciones:

El establecimiento debe tener un Plan de Gestión claro y

definido de Convivencia Escolar, de acuerdo a lo expresado

en el PEI y en el Manual de Convivencia Escolar y que

además sea conocido por toda la Comunidad Escolar.

Sensibilizar a los padres y/o apoderados, en torno a la

responsabilidad, formación de los alumnos, particularmente

en las situaciones de violencia, haciéndolos participar

activamente en los programas para su detección y

resolución.

Evaluar los resultados de las acciones emprendidas,

reconocer avances y dificultades, definir nuevas acciones.

Cuando en el establecimiento se detecte un caso de maltrato y/o

bullying referido por cualquier componente de la Comunidad

Escolar que lo denuncie, se debe activar el siguiente protocolo:

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196

Detección

Responsables: Todo integrante de la

Comunidad Escolar, profesores de asignatura y

profesores(as) jefes, asistentes de la educación,

estudiantes y apoderados, al constatar la

situación, se debe informar al o la Inspector(a),

equipo directivo, dupla psicosocial, encargado

de convivencia escolar.

Evaluación

preliminar de la

situación

Responsable: Encargado de convivencia

escolar, dupla psicosocial.

Aplicación Pauta Indicadores de Urgencia.

Informar al equipo directivo del

establecimiento.

Adopción medidas

de urgencia para

implicados

Responsable: Profesor jefe, Inspector(a)

General y/o Encargado de Convivencia

Escolar:

Informar a las familias.

Alertar al Equipo Convivencia Escolar

Informar según corresponda de acuerdo a lo

establecido por la Ley: Carabineros, PDI,

Fiscalía, Tribunal de Familia, SENAME y

otros si procediera.

Diagnóstico de

acoso escolar

(abuso de poder,

entre pares,

recurrencia en el

tiempo).

Responsable: Equipo de Convivencia.

Entrevista con los involucrados para aclarar la

situación y reconstruir los hechos.

Responsable: Encargado de Convivencia

Escolar

Se podrá aplicar a quien incurra en conductas

contrarias a la convivencia escolar, y

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197

Aplicación de

medidas

estipuladas en el

Reglamento de

Convivencia

Escolar

especialmente, en los casos de maltrato, alguna

o algunas de las siguientes medidas

disciplinarias:

Diálogo personal pedagógico y correctivo.

Diálogo grupal reflexivo.

Amonestación verbal.

Amonestación por escrito.

Citación al apoderado.

Derivación psicosocial (atención

personalizada, familiar, grupal; talleres de

reforzamiento de educación y/o de control de

las conductas contrarias a la convivencia

escolar).

Servicios comunitarios a favor del

establecimiento educacional, tales como apoyo

escolar a otros alumnos, ayudantía a

profesores, asistencia a cursos menores, entre

otras iniciativas.

Suspensión temporal de clases.

Condicional de la matrícula del alumno.

No renovación de la matrícula para el próximo

año escolar.

Expulsión del establecimiento educacional,

sólo aplicable en casos de especial gravedad,

debidamente fundamentados, y luego de haber

agotado todas las medidas correctivas

anteriores, con pleno respeto al principio del

debido proceso establecido en las normas

respectivas.

NO es acoso escolar: Un conflicto de intereses o

desacuerdo entre personas. Las peleas entre personas que

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198

están en igualdad de condiciones, aunque sean reiteradas en

el tiempo. Una pelea ocasional entre dos o más personas.

Las agresiones de un adulto a estudiante, ya que esto

constituye maltrato infantil.

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199

FLUJOGRAMA DE ACCIÓN BULLYING

Fase N° 1 Detección

Responsable: funcionario que

detecte situación de bullying y o acoso

escolar

Acción:

Informar a comité de convivencia escolar según gravedad del asunto.

Fase N° 2 Evaluación de la situación.

Responsable: comité de convivencia escolar

Acción:

Aplicación pauta de Indicadores de urgencia.

Informar a equipo directivo del establecimiento, en casos graves.

Fase N°3 aplicación de reglamento interno

Responsable: Encargado de convivencia

escolar.

Acciones:

Informar a las familias.

Derivar atención médica en caso necesario.

Informar según corresponda: Carabineros, PDI, OPD y otros.

Fase N°4 control y seguimiento

Responsable: dupla psicosocial

Acciones:

Entrevistas con apoderados y

estudiantes involucrados

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PAUTA DE INDICADORES DE URGENCIA

Si No

¿Existió agresión psicológica?

¿Existió agresión física?

¿Se utilizaron armas blancas en el conflicto?

¿Hubo lesiones?

¿Existieron amenazas durante el conflicto?

¿El conflicto es constante en el tiempo?

¿Diste aviso con anterioridad de esta situación? ¿A quién?

¿Hay más personas involucradas? ¿Quién?

Comentarios:

Firma responsable

Bahía Mansa ______ de __________ 202_.

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201

CAPÍTULO XXIV: PROTOCOLO ANTE EL MALTRATO DE UN

ADULTO A UN ESTUDIANTE DEL ESTABLECIMIENTO

De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº20.536, Art. 16 letra D, señala que

revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica,

cometida por cualquier medio en contra de un estudiante o integrante de la

comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de

autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como

también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en

contra de un estudiante. Y Art. 10, donde establece que: “…los alumnos y

alumnas tienen derecho a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto

mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral,

no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos

psicológicos.”2

¿QUÉ SE ENTIENDE POR MALTRATO DE UN ADULTO A UN

ESTUDIANTE?

Son aquellas agresiones realizadas por algún miembro de la comunidad

educativa directivo, docente o asistente de la educación, apoderado en

contra de un(a) estudiante, que atenta contra su dignidad o que arriesga su

integridad física y/o síquica.

Tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas,

amenazas, insultos, descalificaciones, entre otras.

2 Extraído de Ley Nº20.536, Art. 16 letra D

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202

Cualquiera de estas conductas abusivas atenta contra el Art. Nº28 inc. 2 de

la Convención sobre los Derechos del Niño, el Art. Nº5 inc. 2º de la

Constitución Política de Chile. La Convención obliga a que la disciplina

escolar se debe administrar de modo compatible con la dignidad del niño.

¿Qué pueden hacer los

estudiantes y apoderados frente

a este tipo de situaciones?

Informar de la situación al

profesor jefe, inspector,

orientador, encargado de

convivencia escolar.

Al momento de tomar

conocimiento de un hecho de

violencia, en cualquiera de sus

manifestaciones, el encargado de

convivencia escolar, deberá en

un plazo no mayor a 24 horas,

informar al Director del

establecimiento y comenzar la

investigación interna.

En caso de agresiones físicas, a

menores de edad, el encargado

de convivencia escolar y/o

equipo directivo, en

conocimiento del apoderado,

deberá constatar lesiones en el

centro de salud correspondiente

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203

En caso de tratarse de abusos o maltratos reiterados y que además afecten a

otros niños del mismo curso y/o de otros cursos:

- Los padres pueden organizarse para presentar una denuncia formal al

Director, de tal manera que se realice una investigación del caso y se

tomen las medidas necesarias para proteger a los alumnos(as) de

conductas abusivas.

- Si luego de todas estas gestiones, no ha habido ningún cambio, se

puede presentar una denuncia en la Superintendencia de Educación

Escolar, a través de la web www.supereduc.cl.

En el reglamento de convivencia escolar queda estipulado, explícitamente,

que agredir verbal y/o físicamente o difamar, bajo cualquier circunstancia

y realizar la respectiva denuncia

a Carabineros, PDI, Fiscalía y/o

Tribunal de Familia, de manera

tal, que sea la justicia ordinaria

la que investigue los hechos

denunciados.

Si a ese nivel no es posible

resolver la situación, se debe

solicitar entrevista con el

Director y pedirle su

intervención.

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204

o medio, a algún integrante de nuestra comunidad educativa, sean ellos

alumno(as), padres, apoderados o personal de la escuela, corresponde a

una falta de gravísima.

CAPÍTULO XXV: PROTOCOLO ANTE AGRESIÓN DE UN

ESTUDIANTE A UN ADULTO DEL ESTABLECIMIENTO

- Se llamara a los apoderados, dupla psicosocial dará contención al

estudiante y se esperara en una sala aislada.

- Si se detecta que el agresor se encuentra en una condición de

vulneración de derechos por parte de su familia, la situación debe ser

denunciada a los Tribunales de Familia y/o Fiscalía, solicitando las

medidas protectoras necesarias.

- El adulto afectado, deberá acudir a Cesfam y constatar lesiones en caso

de ser necesario, acompañado del encargado/a de salud de la escuela o

en su defecto encargado de convivencia escolar. De dicho parte de

lesiones que suscriba el médico, una copia será entregada al Director, a

fin de que sustente los hechos que vayan a ser objeto de denuncia.

- Si se constatare que la agresión reviste caracteres de delito, el hecho

deberá ser denunciado a la autoridad pública competente, y la

investigación deberá ser llevada a cabo por la autoridad judicial

correspondiente, sin perjuicio de que el establecimiento lleve a cabo un

procedimiento interno para determinar responsabilidades.

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205

- En vista de los antecedentes expuestos, el establecimiento sancionará

de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

- Para estos efectos, será importante tener en consideración la edad del o

los estudiantes involucrados y la responsabilidad penal de los mismos

en relación a la Ley Penal Adolescente y las implicancias de ello.

- Las conclusiones deberán ser entregadas en Dirección, quien a su vez

informará los antecedentes al Consejo Escolar.

CAPÍTULO XXVI: PROTOCOLO EN CASO DE

MALTRATO, ACOSO, HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA O

AGRESION DE APODERADOS Y/O ESTUDIANTES A

MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.

- Los padres, madres y apoderados, alumnos y alumnas, docentes,

asistentes de la educación y miembros de los equipos directivos

deberán informar al encargado de Convivencia Escolar del

establecimiento, las situaciones de violencia física o psicológica,

agresión u hostigamiento que afecten a un miembro de la comunidad

educativa, ya sea, dentro o fuera del Establecimiento Educacional y de

las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento

interno:

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206

- El Docente o Inspector que tome conocimiento de que un

apoderado y/o estudiante esté incurriendo en alguna manifestación

de maltrato, acoso, hostigamiento, violencia y/o agresión hacia

otro miembro de la Comunidad Escolar, deberá informar al

Encargado de Convivencia Escolar de manera verbal o escrita.

- Asimismo, cualquier alumno(a) u otro miembro de la Comunidad

Escolar que conozca o esté involucrado en una situación de

agresión, maltrato, acoso, hostigamiento, etc., deberá informar los

hechos a el o la Inspector General o al Encargado de Convivencia

Escolar.

Se procederá de la siguiente forma, en caso de maltrato, acoso,

hostigamiento, violencia y/o agresión de un apoderado a cualquier

integrante de la comunidad escolar:

- Frente a una situación de carácter leve, el afectado intentará

solucionar el conflicto con la ayuda del Encargado(a) de

Convivencia Escolar, quien será el responsable de acompañar al

afectado, abordando y mediando la situación.

- Frente a una situación de carácter grave , según el reglamento de

convivencia, el afectado (cualquier miembro de la Comunidad

Escolar), deberán informar a el o la Inspector General al

Encargado(a) de Convivencia Escolar de la situación, quien en

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207

conjunto realizarán la investigación pertinente y sugerirán al

Director, las sanciones y medidas a aplicar, tales como: carta de

compromiso, condicionalidad, no renovación de matrícula para el

o la estudiante involucrada o cambio de apoderado, si éste fuera el

responsable.

- Frente a una situación en donde un apoderado cometa una falta

muy grave en contra de un funcionario(a) u otro miembro de la

Comunidad Escolar (agresión física o verbal y/o amenazas), el o

los funcionarios presentes deberán informar rápidamente a Equipo

Directivo y/o al Encargado de Convivencia Escolar para que

llamen a Carabineros y sólo si la integridad de los funcionarios se

ve comprometida, registrar de manera audiovisual la situación

problemática. Es deber de todo funcionario de la escuela hacer un

llamado a la calma a los involucrados, siendo éste su objetivo

principal, evitando no caer en confrontar con el agresor.

El encargado de Convivencia Escolar o el o la Inspector General,

enviarán a dupla psicosocial o la Psicóloga para que contenga

emocionalmente al afectado(a) agredido(a), en un lugar privado.

- Finalizada la situación de riesgo, se deberán aplicar protocolos

correspondientes y denunciar la situación a la Superintendencia de

Educación y Fiscalía antes de 24 horas.

- Para efectos de la aplicación de sanciones, el Comité de

Convivencia Escolar, deberá presentar al Director del

establecimiento, propuesta de medidas de aplicar al agresor, de

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208

acuerdo a la gravedad de las faltas y en virtud de lo establecido en

el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

- Quien aplicará las sanciones a los padres, madres y apoderados

involucrados en un incidente, será el Director, en base a las

sugerencias del Comité de Convivencia Escolar, o bien bajo otras

consideraciones, que deberán quedar consignadas en un

documento adjunto al expediente de la investigación, sección de

las sanciones, y que deberá contemplar las razones esgrimidas para

tales efectos.

- En caso de agresiones físicas a menores de edad, el Inspector y en

conocimiento del apoderado, deberá constatar lesiones en el Centro

de Salud correspondiente y realizar la respectiva denuncia a

Carabineros, PDI y/o Fiscalía. Además, deberá denunciar a la

justicia, ya sea, a través de Carabineros de Chile, Policía de

Investigaciones o en los Tribunales competentes, de manera tal,

que sea la justicia ordinaria la que investigue los hechos

denunciados.

- Del mismo modo, en caso de agresiones físicas y/o verbales de

apoderados y/o estudiantes al Equipo Docente y Directivo, u otro

miembro de la comunidad Escolar, se deberá constatar lesiones en

el centro de salud correspondiente y realizar la respectiva denuncia

a Carabineros, PDI o Fiscalía, de manera tal, que sea la justicia la

que investigue los hechos denunciados.

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209

CAPÍTULO XXVII: PROTOCOLO DE ACCIÓN CIBERBULLYING

Ciberbullying consiste en el uso de los medios tecnológicos, como

internet, telefonía y videojuegos online, para ejercer acoso psicológico

entre iguales. Así, el acoso virtual es cualquier práctica que atormente,

amenace, hostigue, humille o moleste a un tercero. Como el ciberbullying

depende de las redes sociales, o de teléfonos con acceso a internet, se puede

manifestar de diversas maneras. Desde un mensaje de WhatsApp

amenazante, publicación de mentiras o fotos falsas en Facebook, o

insultos en Twitter. En casos extremos, puede derivar en la creación de

perfiles falsos para perjudicar a la víctima, o incluso hackear el correo

electrónico para acceder a su información.3

Además dentro del ciberbullying, encontramos el happy-slapping que

consiste en grabar actos violentos y después subirlos a internet 4, hace

alusión al ataque inesperado sobre una víctima, mientras un cómplice del

agresor graba lo que está sucediendo, normalmente por medio de una

cámara de un teléfono móvil, para luego difundirlo o mirarlo

posteriormente. Este tipo de bullying se caracteriza por ser grupal, es decir,

debe haber por lo menos dos agresores.

Finalmente encontramos también el fishing/phishing , se refiere a la

suplantación de identidad en redes sociales5.

Es por tanto que:

3 Extraído de http://www.eligeeducar.cl/ciberbullying-otra-forma-de-acosar

4 Extraído de https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=6279&prmBL=1634-06

5 Extraído de http://www.elmostrador.cl/agenda-pais/2017/12/19/5-reglas-de-oro-para-saber-si-un-email-es-un-

fraude-tipo-phishing/

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210

1. En el caso de que un estudiante del establecimiento sea víctima de

ciberbullying debe informar a:

Todo funcionario del establecimiento está obligado a informar al

profesor jefe y éste, a su vez, al encargado de convivencia del

establecimiento.

Si la familia maneja una situación de violencia debe informar: Al

profesor Jefe y éste debe informar a encargado de convivencia

escolar.

Los compañeros del estudiante al detectar una situación de

ciberbullying, el primer paso a seguir será comunicar esta situación

al profesor jefe, y éste a su vez al encargado de convivencia

escolar.

2. Cuando la denuncia de ciberbullying ya se ha realizado en el

establecimiento, el Encargado de Convivencia escolar deberá:

Apoyar y contener al estudiante

Averiguar el contexto de la situación de ciberbullying

evidenciándolo (imagen), para ello es necesario entrevistar a los

involucrados -entrevista con el estudiante afectado por la

situación de ciberbullying -entrevista con el estudiante que

ejerció ciberbullying. -entrevista con testigos de la situación ( si

lo hubiese).

Llamar vía telefónica a los padres informando lo sucedido.

Entrevistar a los apoderados de los estudiantes involucrados,

informando sobre los resultados de la entrevista.

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211

Informar al profesor jefe sobre los antecedentes recabados.

Comunicar a las familias de los estudiantes involucrados

(víctimas y agresores) las medidas disciplinarias determinadas

en el Reglamento Interno y de Convivencia e informada por

Encargado de Convivencia Escolar.

Según pauta de indicadores de urgencia se realizará denuncia

ante Policía de investigaciones de Chile (PDI).

Al ser una falta gravísima, las medidas disciplinarias son:

Por primera

vez

Suspensión por cinco días, se debe potenciar la

responsabilidad de sus propias acciones, por lo tanto

deberá pedir disculpas a quién agredió mediante

redes sociales y participar de un proceso de

mediación.

Por segunda

vez

En caso de reiteración del ciberbullying se procederá

a suspender por cinco días y aplicar condicionalidad.

Por tercera

vez

Si el estudiante manifiesta conductas reiterativas en

caso de ciberbullying. Se procederá a suspender por

cinco días y seguir el apoyo con los profesionales

del equipo multidisciplinario.

Se procederá a fin de año a cancelar su matrícula.

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212

Medidas Remediales:

- Mediación escolar.

- En caso de la Víctima: Garantizarle protección, hacerle ver que no

está solo (a), acompañamiento de pares inducido y apoyo de los

profesionales del equipo multidisciplinario.

- En caso de Profesores: Coordinar distintas actividades, medidas de

disuasión y comprensión en el estado de ánimo de la(as) víctima(s) y

acciones generadas por el docente para mejorar el clima escolar del

curso.

Importante es señalar que el ciberacoso, se encuentra tipificado como delito

Delitos computacionales: Se ocupa de todos los delitos en que la

tecnología se ha empleado como especial forma de comisión, especialmente

aquellos que afectan la seguridad y patrimonio de los adultos, como la

estafa, las amenazas, las injurias y calumnias, la usurpación de nombre, la

apropiación y uso fraudulento de cuentas de correo y redes sociales, entre

otros.6

6 Extraído de http://www.pdichile.cl/instituci%C3%B3n/unidades/cibercrimen

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213

FLUJOGRAMA DE ACCIÓN CASO DE CIBERBULLYING

CAPÍTULO XXVIII: PROTOCOLO GROOMING Y/ O SEXTING

Conforme avanza la tecnología también se amplía el léxico del delito. Para

los ciberpolicías ya son comunes términos como "Grooming", que es la

obtención de grabaciones íntimas de niños con fines pornográficos, o el

Fase N° 1 Detección

Responsable: funcionario que detecte situación de ciberbullying .

Acción: Informar a encargado de convivencia escolar y/o Equipo -directivo

Fase N° 2 Evaluación de la situación

Responsable: Encargado de de convivencia escolar - inspectoria

Acción: Aplicación pauta de Indicadores de urgencia.

Informar a equipo directivo del establecimiento, en casos graves.

Fase N°3 aplicación de reglamento interno

Responsable: Encargado de convivencia escolar - inspectoria

Acciones: Informar a las familias - realizar denuncia en PDI.

Fase N°4 control y seguimiento

Responsable: Dupla psicosocial – Encargado de convivencia

Escolar

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214

"sexting", que denomina el intercambio de fotos de contenido sexual por

celulares que puede derivar en extorsión7

“Se conoce como Grooming cualquier acción que tenga por objetivo minar

y socavar moral y psicológicamente a una persona, con el fin de conseguir

su control a nivel emocional. Si bien esta actividad puede producirse en

cualquier instancia, es particularmente grave en los casos en los que una

persona realiza estas prácticas contra un niño o niña, con el objetivo de

obtener algún tipo de contacto sexual. El Grooming suele producirse a

través de servicios de chat y mensajería instantánea, para obtener imágenes

de contenido erótico y extorsión, dificultando que la víctima pueda salir o

protegerse en esa relación. Se trata, básicamente, de abuso sexual virtual”. 8

Si se detecta un caso de Grooming o Sexting en el establecimiento los pasos

a seguir son homologables a los pasos de abuso sexual infantil.

Si un estudiante del establecimiento muestra el material donde se evidencia

Grooming o Sexting a un miembro de la comunidad escolar:

- Se deberá retener la evidencia.

- Realizar contención.

- Realizar denuncia en Policía de investigaciones de Chile (PDI) o

Fiscalía antes de 24 horas, según indica el artículo 175 del Código

Procesal Penal Chileno.

7 Extraído de http://www.emol.com/noticias/Tendencias/2014/08/07/740685/Nuevos-delitos-sexuales-en-Internet-

desafio-de-los-ciberpolicias.html 8 Extraído de Sename, 2013 en

http://www.sename.cl/wsename/estructuras.php?name=content&pa=showpage&pid=99

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215

FLUJOGRAMA DE ACCIÓN GROOMING O SEXTING

Pesquisa de situación

Realizar contencion emocional (si no se considera apto llamar a Equipo multidisciplinario sin

dejar solo/a en ningun momento al estudiante.

•Retener evidencia

Realizar denuncia en PDI o Fiscalia antes de

24 horas.

Reunion con apoderado para dar aviso de la

situación .

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216

CAPÍTULO XXIX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A

AGRESIONES SEXUALES Y HECHOS DE CONNOTACIÓN

SEXUAL QUE ATENTEN CONTRA LA INTEGRIDAD DE LOS

ESTUDIANTES

A través de este protocolo se busca dar a conocer a la comunidad educativa

cómo realizar una adecuada denuncia de abuso sexual o sospecha de este y

que afecte a algún estudiante de la Escuela Rural Bahía Mansa.

Para lo anterior debemos entregar información relevante en conformidad al

procedimiento a seguir en casos de abuso sexual o sospecha de éste, en

conformidad al manual actualizado de fiscalía el cual se encuentra basado

en el código procesal penal de nuestro país. Además socializar el protocolo

de acción en caso de abuso sexual.

La diferencia entre una violación y un abuso sexual es que la violación

consiste en acceder carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal. Mientras que

el abuso sexual, por su parte, es la realización de una acción sexual, distinta

del acceso carnal, como por ejemplo: tocaciones o besos en área de

connotación sexual; simulación de acto sexual; exhibir o registrar material

pornográfico particularmente a menores de edad o presenciar espectáculos

del mismo carácter, entre otros.

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217

PASOS A SEGUIR FRENTE A DEVELACION DE

ABUSO/VIOLACIÓN

1. Escucharlo y contenerlo en un contexto resguardado y protegido.

2. Escucharlo sin cuestionar ni confrontar su versión.

3. Evitar emitir juicios sobre las personas o la situación que le afecta.

4. Evitar atribuirle alguna responsabilidad en lo sucedido.

5. Manejar de forma restringida la información, evitando con ello la

estigmatización y victimización secundaria.

Es necesario mencionar que una vez realizada la denuncia

correspondiente la comunidad educativa no puede realizar ningún tipo de

intervención psicosocial con el o la estudiante involucrado para evitar la

victimización secundaria, dado que al realizar la denuncia se debe

comenzar el proceso investigativo por parte del Ministerio Público, así

como también las derivaciones correspondientes a programas

especializados decretados por el Tribunal según la gravedad de la

vulneración puede ser; Programa de prevención focalizada (PPF), Programa

de protección especializada en maltrato y abuso sexual infantil (PRM),

programas de Diagnostico Ambulatorio (DAM), Oficina de Protección de

los Derechos de la infancia (OPD), entre otros. Sin embargo el equipo

psicosocial de la escuela debe estar al pendiente de las necesidades

socioemocionales para cuando el o la estudiante los requieran generando

contención en las circunstancias que sean necesarias.

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218

PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS

- Charlas educativas y orientadoras a los niños, niñas y adolescentes.

- Charlas educativas y orientadoras a todos los funcionarios del

establecimiento .

- Gestionar talleres de prevención con redes de apoyo.

- Confeccionar multiples materiales de apoyo para la prevención de

abuso sexual.

- Los Profesores jefes trabajaran esta temática en horas de orientación

con apoyo de dupla psicosocial, contextualizando la temática según el

grupo etario y nivel de madurez de los estudiantes.

IMPORTANTE

Se debe tener en cuenta que cualquier adulto del establecimiento

educacional que tome conocimiento de un delito, aun cuando no cuente con

todos los antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios, deberá

poner en conocimiento del hecho, en el menor tiempo posible, al Director

del Establecimiento Educacional.

El adulto o el Director están obligados a denunciar el hecho (art. 175 CPP)

ante la Fiscalía, Carabineros, PDI, antes de transcurridas 24 horas desde

que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al

estudiante.

De lo contrario, se expone a las penas establecidas en el Código Penal

artículo 177, el cual indica que:

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219

Quien no cumpliere esta obligación de denunciar, o lo hiciera

tardíamente, será castigado con multa de 1 a 4 UTM; salvo que realice

algún acto que implique el ocultamiento del hecho, caso en el cual podría

ser sancionado como encubridor del hecho.

Poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, salvo que

se sospeche que éste podría tener participación en los hechos. En caso de

existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito,

evitar manipular y guardarlos en una bolsa cerrada.

TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE

RESGUARDAR LA IDENTIDAD DEL ACUSADO/A O DE QUIEN

APRECE COMO INVOLUCRADO EN LOS HECHOS DENUNCIADOS,

HASTA QUE LA INVESTIGACION SE ENCUENTRE AFINADA Y SE

TENGA CLARIDAD AL RESPECTO DEL O LA RESPONSABLE.

TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE

RESGUARDAR LA IDENTIDAD E INTIMIDAD DE LA VICTIMA, SIN

EXPONER SU EXPERIENCIA FRENTE AL RESTO DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA.

En caso que se estime que el niño/a o adolescente se encuentre en situación

de riesgo, esto deberá ser informado inmediatamente a la Fiscalía y/o

Carabineros de forma que se adopten las medidas de protección hacia el

estudiante.

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220

FLUJOGRAMA PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL

Fase N° 1

• Deteccion o sospecha de abuso sexual

Fase N° 2

• Aviso a Director antes de 24 horas conocido el hecho. Luego Equipo Multidisciplinario entrega informe a Direccion para dar a conocer por oficio conductor a DAEM,

• En el caso de que se involucre en los hechos denunciados a un adulto de la comunidad educativa se procederá a cumplir el dictamen Nº 471/2017 de la Dirección del Trabajo.

Fase N°3

• Director realizará denuncia antes de 24 horas conocido el hecho. En casos en que no se puedan comunicar los hechos al Director a la brevedad posible, la denuncia puede ser realizada por cualquier funcionario.

Fase Nº 4

• Elaborar informes en caso de que sean solicitados por DAM, PDI, Fiscalia, tribunal de familia, OPD, CENIM, COSAM entre otros.

•Equipo Multidisciplinario deberá realizar seguimiento del caso y otorgar los apoyos correspondientes a las victimas y sus familias.Así como también apoyo pedagogico y psicosocial.

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221

CAPÍTULO XXX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A LA

DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE

DERECHOS

Este protoco busca establecer acciones a seguir frente a la detección de

vulneraciones de derechos de los estudiantes de la Escuela Rural Bahía

Mansa, que atenten a sus derechos plasmados por la Convención de los

Derechos del Niño.

Para lo anterior se estableceran espacios para orientación psicosocial tanto

para la comunidad educativa, además de gestionar derivaciones a las redes

de apoyo de la comuna de San Juan de la Costa.

En cuanto a la Escuela se considerará situaciones de vulneración de

derechos cuando:

1. No se atienden las necesidades físicas básicas como alimentación,

vestuario, vivienda de los alumnos.

2. No se proporciona atención médica básica a los alumnos.

3. No se brinda protección y/o se expone al niño, niña y/o adolescente

ante situaciones de peligro.

4. Existe abandono

5. Cuando se le expone a hechos de violencia intrafamiliar

6. Deserción escolar

7. Acoso escolar y/o bullying (posee su propio protocolo de actuación)

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8. Abusos de connotación sexual (posee su propio protocolo de

actuación)

9. Maltrato físico y psicológico

PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS

- Realización de talleres psicosociales de acuerdo a las edades de los

estudiantes de la escuela para así generar adherencia en ellos.

- Charlas informativas a todos los funcionarios del establecimiento

educacional

- Charlas educativas y orientadoras a los niños, niñas y adolescentes.

- Gestionar talleres de prevención con redes de apoyo.

- Confeccionar multiples materiales de apoyo para la prevención de

abuso sexual.

IMPORTANTE

Poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, salvo que

se sospeche que éste podría tener participación en los hechos. En caso de

existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito,

evitar manipular y guardarlos en una bolsa cerrada.

TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE

RESGUARDAR LA IDENTIDAD DEL ACUSADO/A O DE QUIEN

APRECE COMO INVOLUCRADO EN LOS HECHOS DENUNCIADOS,

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223

HASTA QUE LA INVESTIGACION SE ENCUENTRE AFINADA Y SE

TENGA CLARIDAD AL RESPECTO DEL O LA RESPONSABLE.

TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE

RESGUARDAR LA IDENTIDAD E INTIMIDAD DE LA VICTIMA, SIN

EXPONER SU EXPERIENCIA FRENTE AL RESTO DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA.

En caso que se estime que el niño/a o adolescente se encuentre en situación

de riesgo, esto deberá ser informado inmediatamente a la Fiscalía y/o

Carabineros de forma que se adopten las medidas de protección hacia el

estudiante.

El adulto o el Director están obligados a denunciar el hecho (art. 175 CPP)

ante la Fiscalía, Carabineros, PDI, antes de transcurridas 24 horas desde

que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al

estudiante.

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224

FLUJOGRAMA DE ACTUACIÓN FRENTE A LA DETECCIÓN DE

SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS

ESTUDIANTES

Fase Nº 1 DETECCIÓN

Responsable: Cualquier

funcionario que detecte la

vulneración de algún derecho, de

informar antes de 24 horas.

Acciones:

Informar a Equipo Directivo,

dupla psicosocial y

psicóloga PIE según

corresponda mediante ficha

de detección de vulneración

(anexo 2)

Una vez informado el hecho

Equipo Directivo y dupla

psicosocial, psicóloga PIE

activará el protocolo de

acción.

Fase N º2 MEDIDAS DE INTERVENCIÓN Responsables: Director, dupla psicosocial, psicóloga PIE. Acciones:

En el caso de ser una vulneración de derechos constitutiva de delito (abusos de connotación sexual, VIF y otros), el Director procederá a realizar la denuncia correspondiente en Retén de Carabineros de Bahía Mansa antes de 24 horas de conocido el hecho.

Una vez realizada la denuncia Dupla psicosocial y/o psicóloga PIE deberá emitir un informe a Dirección con todos los antecedentes del caso

Si no es una vulneración constitutiva de delito se procederá a realizar entrevista con los padres y/o apoderados de los estudiantes, los cuales se citaran mediante comunicación escrita y/o llamada telefónica.

Creación de un plan de acción que contenga medidas pedagógicas y psicosociales para brindar apoyo a la problemática de el o de los estudiantes involucrados.

Dupla psicosocial deberá analizar la posibilidad de una derivación a las redes de apoyo de la comuna (OPD, CESFAM entre otros)

Cabe destacar que una vez conocido el hecho no se podrá interrogar al niño de manera inoportuna para evitar la re victimización

En el caso de que se involucre en los hechos a un adulto de la

comunidad educativa se procederá a cumplir el dictamen Nº 471/2017 de

la Dirección del Trabajo.

FASE Nº3 INFORME FINAL Y

CIERRE DE PROTOCOLO

Responsables: Dupla psicosocial y/o

psicóloga PIE, profesor jefe y

educadora diferencia.

Acciones:

Elaboración de informe con la

intervención realizada con el o

los estudiantes involucrados

para Dirección de la Escuela.

En el caso de que se haya

realizado denuncia elaborar

informes solicitados por

Tribunal y/o Ministerio Publico

o red de apoyo que lo

necesite.

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225

ANEXO Nº 2

FICHA DE ACTIVACION DE PROTOCOLO FRENTE A LA DETECCION DE

SITUACIONES DE VULNERACION DE DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Yo Rut:

Actualmente soy funcionario de la Escuela Rural Bahía Mansa en donde desempeño la

función de ________________________________, he detectado la siguiente situación

de vulneración de derechos hacia un alumno de la escuela.

Se realiza la siguiente ficha para la activación del protocolo y tomar las medidas

necesarias.

FIRMA FUNCIONARIO

Bahía Mansa ______de ___________ 202_

No se atienden las necesidades físicas básicas como

alimentación, vestuario, vivienda.

No se proporciona atención médica básica.

No se brinda protección y/o se expone al niño, niña y/o

adolescente ante situaciones de peligro.

Existe abandono del niño, niña y/o adolescente

Cuando se le expone a hechos de violencia intrafamiliar

Deserción escolar

Acoso escolar y/o bullying (posee su propio protocolo de

actuación)

Abusos de connotación sexual (posee su propio protocolo de

actuación)

Maltrato físico y psicológico

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226

CAPÍTULO XXXI: PROTOCOLO DE ACTUACION PARA

ABORDAR EL CONSUMO Y/O PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL

EN LA ESCUELA

La Comunidad Educativa, debe en su conjunto desarrollar medidas

necesarias para hacer frente a las situaciones de tráfico, microtráfico, porte

y consumo que se detecte en el entorno en el cual conviven los estudiantes,

así como también el Establecimiento Educativo no podrá expulsar a los

estudiantes que se vean involucrados, si no que deberá brindar apoyo,

derivando a los estudiantes a las redes correspondientes y realizando las

posibles denuncias.

Es por tanto que la Escuela Rural Bahía Mansa busca desarrollar un modelo

de prevención, promoviendo estilos de vida saludables, el desarrollo de

habilidades y recursos personales que potencien a los niños, niñas y

adolescentes y que los hagan menos vulnerables frente a las presiones del

medio, y más responsables frente a su proyecto de vida y a su entorno.

El microtrafico se entiende como el que, sin la competente autorización

posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias

o drogas estupefacientes o psicotrópicas productoras de dependencia física,

psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas.

Respecto a las “pequeñas cantidades”, hay que tener presente que no existe

una norma cuantitativa que nos permita deducir qué se entiende por esto, y

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227

son las circunstancias que rodean cada caso, como por ejemplo que el

estudiante mantenga dinero de dudosa adquisición en su poder, las que en

definitiva permitirán distinguir qué figura delictual se aplicarán.

FACILITACIÓN PARA EL TRÁFICO Y CONSUMO (ART. N°12 Y

Nº 13 LEY Nº20.0009)

Quien se encuentre a cargo del establecimiento educacional que tolere o

permita el tráfico o consumo de alguna de las sustancias mencionadas en el

artículo Nº 1 o cualquier funcionario público que, en razón de su cargo,

tome conocimiento de alguno de los delitos contemplados en esta ley y

omita denunciarlo al Ministerio Público, a los funcionarios de Carabineros

de Chile o de la Policía de Investigaciones, o ante cualquier tribunal con

competencia en lo criminal será:

Castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y

multa de 40 a 200 UTM, a menos que le corresponda una sanción

mayor por su participación en el hecho.

El tráfico de drogas en Escuela se aborda de manera institucional. Es

necesario evitar que la forma de abordar este tipo de situaciones, dependa

de la voluntad individual de un docente, inspector u otro miembro de la

comunidad educativa. Por tal razón se requiere que sea el Director y el

sostenedor quienes dirijan los procedimientos, liderando la definición y

organización de las respuestas más adecuadas para abordar los casos

específicos. 9 Extraído de página web de la biblioteca del congreso nacional Ley Nº 20.000 que sustituye la ley nº 19.366,

que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=235507

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228

PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS

- Charlas y talleres preventivos a los estudiantes del establecimiento,

tomando en cuenta grado de madurez y grupo etareo.

- Charlas y talleres y preventivos dirigidos a todos los funcionarios del

establecimiento educativo.

- Charlas y talleres preventivos dirigidos a padres y apoderados.

- Coordinar y gestionar intervenciones con redes de apoyo como Senda,

Senda Previene, Cesfam, entre otras.

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229

FLUJOGRAMA ACTUACIÓN PARA ABORDAR EL CONSUMO Y/O

PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL EN LA ESCUELA

Fase Nº 1 Detección

Responsables: Cualquier integrante

de la comunidad educativa: Docentes,

estudiantes, padres y apoderados,

asistentes de la educación, Directivos.

Plazos: antes de 24 horas conocido el

hecho.

Acción:

Informar la situación a Dirección,

por parte de cualquier miembro

de la comunidad educativa.

* En el caso de los alumnos; estos

pueden dirigirse a su profesor jefe y/o

profesor de mayor confianza a

denunciar la situación, y este

encargarse de informar a Dirección.

Fase Nº 2 Evaluación de la situación

Responsables: Dirección, Dupla Psicosocial

Encargado de Convivencia Escolar.

Plazos: antes de 24 horas conocido el hecho.

Acción:

Realización de entrevistas a testigos.

Evaluación de la situación con equipo técnico.

Entrevista con el apoderado para informar la situación.

Realización de acciones de prevención

universal en el grupo curso a cargo de

SENDA Previene, con apoyo del

establecimiento educacional.

En el caso de micro tráfico se realizara la denuncia a PDI y/o Carabineros de Chile.

Si existiese además vulneración de

derechos, se informará a OPD para

toma de conocimiento del caso, lo cual

previamente se informará a la familia.

Fase Nº 3 Adopción de

medidas

Responsables: Dirección, Dupla

psicosocial

Plazos: 2 días desde que se conoce el hecho.

Acción: Se cita a los apoderados de

los alumnos implicados informando las acciones de acuerdo al reglamento de Convivencia Escolar

Se deriva a las instituciones de apoyo, como el CESFAM .

Fase Nº 4 Seguimiento y acompañamiento

Responsables: Dirección, Dupla psicosocial,

profesor jefe y encargado de convivencia escolar.

Plazos: Posterior a la denuncia. 1 semana, 1 mes, 3 meses, 6 meses y en cualquier momento que sea necesario.

Acción: Reporte de la situación del estudiante dentro

del establecimiento posterior a la denuncia: Interacción con sus pares, con los adultos del establecimiento, rendimiento escolar, motivación por asistir a clases, etc.

Acompañamiento por parte de profesor Jefe, Equipo Multidisciplinario (si corresponde)

Retroalimentación por parte de las instituciones que investigan el caso y otras redes de apoyo.

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230

CAPÍTULO XXXII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN SOBRE

IDENTIDAD DE GÉNERO

El objetivo principal de este protocolo es asegurar un proceso de admisión

y una trayectoria educativa libre de discriminación, para todos los

estudiantes sin distinción de ningún tipo. Así como también asegurar en la

comunidad educativa el respeto por las diferencias de cada persona.

De conformidad con la normativa vigente la Escuela rural Bahía Mansa

deberá:

1. Para el reconocimiento de la identidad de genero en caso de menores

de 18 años el padre, la madre, tutor legal o apoderados, podrán

solicitar al establecimiento educacional el reconocimiento de la

identidad de género de el o la estudiante y medidas de apoyo y

educacionales pertinentes a la etapa por la cual transitan», niños, niñas

y jóvenes.

2. Para garantizar la identidad de género, el apoderado podrá solicitar

entrevistas con el Director, quien deberá concretar un encuentro en un

plazo no mayor a 5 días. De tal reunión quedará un acta y en todo

momento se deberá velar «por la privacidad del niño, niña y/o

estudiantes» y respetar su decisión cuando y a quien compartir su

identidad de género.

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231

Además se debe:

1. Brindar apoyo al niño, niña o estudiante y a su familia, velando

porque exista un diálogo permanente entre el profesor/a jefe y el niño,

niña o estudiante y su familia.

2. Acompañar a los estudiantes que requieren apoyo, por algún motivo

asociado a la diversidad.

3. Brindar orientación a la comunidad educativa, procurando promover

espacios de orientación, reflexión, capacitación y acompañamiento.

4. Considerar, independientemente del registro civil de identificación, el

nombre adoptado por el niño o niña transgénero, para los efectos de

trato cotidiano, libro de clases, informes de notas, comunicaciones,

entre otros.

5. Según lo manifestado por la familia, guardar reserva y

confidencialidad de la situación de transgénero del o la estudiante.

6. Mantener una comunicación sistemática con los padres y/o

apoderados de los alumnos que requieran de acompañamiento.

7. Realizar acompañamiento y seguimiento en la adaptación de los niños

al sistema escolar, la que estará a cargo de psicóloga del

establecimiento.

8. En cuanto a presentación personal, dicho documento aclara que los

estudiantes tendrán derecho a utilizar el uniforme, ropa deportiva y/o

accesorios que consideren más adecuado a su identidad de género.

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232

9. Respecto al uso de los servicios higiénicos se darán las facilidades

para el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias

del proceso que estén viviendo, respetando siempre su identidad de

género. Las adecuaciones deberán acordarse con la familia, pudiendo

considerar «baños inclusivos u otras alternativas».

10. Revisar y actualizar este protocolo según las necesidades detectadas.

El incumplimiento de estas medidas constituye una infracción que

será sancionada conforme a su gravedad.

CAPÍTULO XXXIII: PROTOCOLO DE ALUMNAS

EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES

A través de este protocolo se busca generar instancias de apoyo,

acompañamiento y orientación a las alumnas embarazadas, madres y padres

adolescentes que se encuentren matriculados en la Escuela Rural Bahía

Mansa, con el objeto de evitar la deserción escolar temprana.

Las alumnas embarazadas, madres o padres adolescentes no pueden ser

discriminados arbitrariamente, ya sea en el ingreso al sistema educativo o

en la permanencia en éste, lo cual se encuentra establecido en el artículo 3

del Decreto Supremo Nº79/2004 del MINEDUC que señala: “El embarazo

o maternidad de una alumna no podrá ser causal para cambiarla de jornada

de clases o a un curso paralelo, salvo que ésta manifestare su voluntad

expresa de cambio fundada en un certificado otorgado por un profesional

competente”.

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233

Es por tanto que se deben tener en cuenta los deberes y derechos de

estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes

DERECHOS DEBERES

1. A ser tratados con respeto por

toda la comunidad educativa.

2. A estar cubierta por el seguro

escolar (DS Nº312/1972 del

ministerio del trabajo y

previsión social que

reglamenta el seguro escolar)

3. A participar en organizaciones

estudiantiles y en todo tipo de

eventos, como la graduación y

actividades extra

programáticas en donde

participe el alumnado.

4. A ser promovida de curso con

un porcentaje inferior al 85%

de asistencia, siempre y cuando

las inasistencias hayan sido

justificadas por el apoderado,

en el caso de ser por razones

médicas propias del embarazo,

parto, post parto, control del

1. Realizar todos los esfuerzos

necesarios para terminar el año

escolar y cumplir con los

criterios de promoción

establecidos en el programa de

estudio, los cuales asegurar el

cumplimiento efectivo de los

aprendizajes, este programa de

estudios es aplicable a alumnas

embarazadas, madres y padres

adolescentes.

2. Respetar y cumplir el

calendario de evaluaciones y

propuesta curricular en donde

se priorizará los objetivos de

aprendizaje que permitan

continuar con sus estudios

básicos o medios.

3. Asistir a tutorías

personalizadas de apoyo

pedagógico establecidas por el

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234

niño sano o enfermedades del

hijo menor a un año, deberá

presentar certificado médico o

carnet de salud del hijo o de la

adolescente. En el caso que la

asistencia a clases durante el

año escolar sea inferior a un

50%, el director del

establecimiento resolverá en

conformidad a las normas

establecidas en los decretos

exentos Nº 511/1997, Nº 112 y

Nº 158 ambos de 1999 y Nº

83/2001, todos del MINEDUC,

o los que se dicten en un futuro

para su reemplazo.

5. A apelar a la secretaria

regional ministerial de su

territorio, si no está conforme

con lo resuelto por el Director

del establecimiento en cuanto a

la promoción de curso en

calidad de asistencia a clases.

6. A adaptar el uniforme escolar

establecimiento educacional.

4. Participar activamente de

talleres psicosociales de roles

parentales impartidos por dupla

psicosocial o psicóloga PIE, en

compañía de trabajadora social

según corresponda. Este deber

es aplicable a alumnas

embarazadas, madres y padres

adolescentes.

5. La estudiante deberá informar

sus inasistencias, permisos y

horarios de ingreso y salida en

inspectoría general con el fin

de registrar en el libro

correspondiente etapa del

embarazo, maternidad o

paternidad en que se encuentre

el o la estudiante.

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235

en atención a las condiciones

especiales que requiera.

7. Las alumnas embarazadas

tendrán el derecho de asistir al

baño las veces que lo requiera,

sin que se le pueda reprimir o

reprochar por dicho motivo.

8. A utilizar durante los recreos

las dependencias de la

biblioteca u otros espacios que

contribuyan a evitar accidentes

o situaciones de estrés.

9. A que la alumna durante el

periodo de lactancia puede

elegir el horario de

alimentación del hijo o hija, el

cual solo podrá ser como

máximo una hora cronológica,

sin considerar los tiempos de

traslado, este horario deberá

ser informado al director

durante la primera semana de

ingreso o reingreso de la

alumna al establecimiento.

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236

PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS

- Establecer espacios para orientación psicosocial y de prevención de

embarazo adolescente a segundo ciclo básico.

- Realizar charlas y talleres de sexualidad acorde al grupo etario de los

estudiantes.

- Gestionar derivaciones a las redes de apoyo de la comuna de San Juan

de la Costa.

- Realizar talleres a docentes, paradocentes y actores de la comunidad

educativa apra ayudar a la prevención del embarazo adolescente.

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237

FLUJOGRAMA PARA LA RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS Y

MADRES ADOLESCENTES

Fase Nº 1 DETECCIÓN

Responsables: Apoderado, alumno, dupla

psicosocial, profesor jefe.

Acciones:

I.- En el caso de que sea el apoderado quien

informe la situación se pasara a la fase Nº 2.

II.- En el caso de que sea el estudiante quien

informe o si la información se da a conocer

mediante un tercero se debe:

Acoger al estudiante señalando que el

establecimiento apoyara su proceso

de maternidad o paternidad así como

también su proceso educativo.

Informar a Equipo Directivo.

Brindar apoyo psicosocial para

informar la situación a los padres.

FASE 2: CERTIFICACIÓN MÉDICA

DEL EMBARAZO.

Responsables: Dirección,

Apoderado.

Acciones:

El certificado médico informará el embarazo y tiempo de gestación.

Reunión Dirección, dupla psicosocial y apoderado para dar a conocer el protocolo de acción.

FASE 3: ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE

APOYO

Responsables: UTP, dupla psicosocial, psicóloga

PIE, Profesor Jefe, educadora diferencial.

Acciones:

Firmar consentimiento informado de la

intervención. (dupla psicosocial – Psicóloga

PIE) (anexo 1).

Talleres psicosociales referente a roles

parentales y adaptación a la maternidad y

paternidad. (Dupla psicosocial – Psicóloga

PIE).

Creación de calendario de evaluaciones

flexibles, considerando el tiempo de

gestación UTP, profesor jefe.

Establecer criterios de promoción con

aprendizajes mínimos requeridos (UTP,

profesor jefe)

Establecer tutorías personalizadas.

(Profesor jefe, educadora diferencial)

Elaboración de informe para Chile Crece

Contigo y CESFAM, con el fin de informar

las medidas de apoyo para la adolescente.

FASE 4: INFORME FINAL Y CIERRE

DE PROTOCOLO

Responsables: Dupla psicosocial,

profesor jefe

Acciones:

Registro de las actividades realizadas con adolescente, en carpeta del estudiante.

Informe de intervenciones semestral para UTP.

Derivación de estudiante a jardines infantiles JUNJI/INTEGRA una vez nacido su hijo o hija.

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238

ANEXO 1

CONSENTIMIENTO INFORMADO DE ACOMPAÑAMIENTO AL

ADOLESCENTE

Yo Rut:

Apoderado de Rut:

DOY MI CONSENTIMIENTO (X) NO DOY MI CONSENTIMIENTO (X)

Para que mi pupilo/a asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que

demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido o no nacido,

que impliquen la ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clases

en compañía de un adulto responsable, en el caso de que yo como apoderado no

pudiese asistir, así como también acepto la intervención psicosocial, tutorías

personalizadas, calendario de evaluaciones y criterios de promoción para mi pupilo.

FIRMA PROFESIONAL FIRMA APODERADO

BAHÍA MANSA ______DE ___________ 202_

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239

CAPÍTULO XXXIV: PROTOCOLO DE CONDUCTAS

AUTOLESIVAS

Frente a situación de autoflagelación (cortes en antebrazos, piernas y

estómago visibles) o sospecha de éstas en el domicilio, sala de clases y/o

recreos, se procederá a informar a los actores específicos que a

continuación se detallan:

1. Sospecha de que el alumno(a) pueda estar cortándose

(autoflagelación): quien pesquise la situación ya sea Profesor,

Asistente de la Educación, Inspector, Encargado de Convivencia u

otro profesional realizará la acogida empática de lo vivenciado por el

estudiante. Si del relato se verifica y efectivamente hay cortes, se le

informará al estudiante que el establecimiento educacional está

obligado a informar al adulto responsable, ya que es menor de edad y

su integridad está en riesgo.

Por el contrario, si luego de entrevistarse con el estudiante no se

recaba información respecto de que efectivamente haya

autoflagelación, se realizará una consejería breve y se ofrecerá

eventual apoyo desde el establecimiento educacional.

2. Evidencia de cortes (verlos de manera superficial sin sangrado): se

realizará la derivación interna a Equipo Multidisciplinario, informado

de ello al o la apoderado(a) y se le solicitará que él o la estudiante sea

atendido por un especialista a la brevedad, situación que será

monitoreada por el equipo.

3. Cortes con herida expuesta: quien toma conocimiento del hecho se

hace cargo y se preocupa de acompañar al alumno(a), donde se

encuentre, da aviso a Equipo Directivo, se brindan primeros auxilios,

dar aviso al 131 para trasladar al estudiante a CESFAM, así como

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240

también a sus padres y/o apoderados para que se dirijan al centro

asistencial a la brevedad posible.

En caso de que los familiares no puedan acompañar al o la estudiante

en la ambulancia o en otro medio de locomoción, el encargado de

salud deberá acompañarlo(a) a la institución de salud, hasta que se

presente un familiar.

Es de suma importancia que posterior a las acciones emprendidas, sea

el Director quien cite formalmente la presencia de los Padres y/o

apoderados, con objeto de atender la situación acontecida al o la

estudiante y determinar en un acta las derivaciones pertinentes a un

especialista y el monitoreo por parte del equipo multidsciplinario.

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241

FLUJOGRAMA DE ACCIÓN DE CONDUCTAS AUTOLESIVAS

Pesquisa de situación

Realizar contencion emocional (si no se

considera apto llamar a Equipo multidisciplinario

sin dejar solo/a en ningun momento al estudiante.

Realizar derivacion a CESFAM en caso de ser

necesario.

Reunión con apoderado para dar aviso de la

situación .

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242

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A INGESTA DE

MEDICAMENTOS EN HORAS DE CLASES

ENCARGADOS DE APLICAR PROTOCOLOS: Equipo PIE – Dupla

Psicosocial.

En relación a la ingesta de medicamentos en horario de clases el consumo

de medicamentos solo lo pueden prescribir los especialistas médicos, y

nunca un docente u otro profesional está facultado para exigir, sugerir o

aconsejar el uso de un determinado medicamento.

Debe ser administrados por los padres y apoderados, nunca por ningún

funcionario de la escuela, con excepción de los alumnos internos donde los

padres deberán entregar una autorización para administrar medicamentos,

además de la receta médica.

No se puede condicionar el acceso, permanencia o participación en

actividades escolares al consumo de determinados medicamentos,

salvo situaciones muy excepcionales en que el comportamiento de un

estudiante sea un peligro o una amenaza real a la integridad física o

psicológica del estudiantes y de los otros miembros de la comunidad

educativa, de manera que se justifique realizar dicha exigencia.

Estos casos excepcionales, éstos deberán ser informados por los padres y

apoderados de los alumnos al momento de la matrícula o cuando fuese

necesario al Equipo Multidisciplinario del Establecimiento (PIE, Dupla

Psicosocial o Profesor Jefe), para hacer seguimiento del tratamiento

farmacológico y realizar los informes correspondientes,cuando las redes de

apoyo las soliciten.

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243

CAPÍTULO XXXV: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A

ACCIDENTES ESCOLARES.

Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de

establecimientos municpales o particulares por los accidentes que

sufran con ocasión de sus estudios.

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o

en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como

consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera

también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto

desde y hasta sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, están afectos al

Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen a la escuela.

En caso de accidente o de enfermedad repentina de un alumno(a) durante la

actividad escolar, se procederá de la siguiente manera:

1. En caso de enfermedad o accidente menos grave:

- El estudiante será llevado a Inspectoría General y se realizarán los

primeros auxilios. Importante recordar que la escuela NO está

autorizada para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría

en coordinación con el profesor jefe llamará a los padres y enviará

una comunicación si fuese necesario.

2. En caso de accidentes leves:

- En los casos que el accidentado requiera atención médica, se llamará a

los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al

estudiante al centro de salud que estimen conveniente e Inspectoría

entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está cubierto.

-

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244

3. En caso de accidentes graves:

- En todos los casos que el accidente sea grave, Inspectoría General

llamará inmediatamente a Cesfam de Bahía Mansa. Simultáneamente

se dará aviso a los padres y/o apoderados.

Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de

emergencia en la agenda del estudiante y su ficha personal.

Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener estos datos

actualizados.

PRESTACIONES MÉDICAS QUE INCLUYE EL SEGURO SON LAS

SIGUIENTES:

- Atención médica, quirúrgica y dental.

- Hospitalización.

- Medicamentos y productos farmacéuticos.

- Protésis, aparatos ortopédicos y su reparación.

- Gastos de traslado y cualquier otro gasto necesario para el

otorgamiento de estas prestaciones.

Los padres, madres y apoderados deben conservar la copia de la

denuncia del accidente escolar y toda la documentación médica para

eventuales futuras atenciones.

El segura cubrirá hasta que la persona esté totalmente sana.

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245

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES

ESCOLARES

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246

CAPÍTULO XXXVI: PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD

ESCOLAR

El clima, la geografía y extenso territorio, han marcado a Chile, sus

actividades económicas, su modo de vida, su cultura y una especial

templanza en todos sus habitantes.

Para todos, más tarde o más temprano, es conocido el significado de las

palabras sismo, terremoto, tsunami o maremoto y sus consecuencias. Ante

esto, nadie duda de la capacidad de sobreponernos ante los efectos

destructivos de estos eventos que la naturaleza nos impone. Sin embargo,

es necesario contar con acciones preventivas que permitan la organización

de los recursos humanos y materiales para salvar una situación de

emergencia, que orienten la actuación de aquellos destinados a velar por la

seguridad de los integrantes de la comunidad escolar.

Estas acciones que se entregarán en las páginas siguientes, permitirán, con

la colaboración de todos, la oportunidad de proporcionar a los alumnos,

funcionarios, docentes y comunidad educativa en general, un efectivo

ambiente de seguridad integral, mientras se cumple la jornada de

actividades escolares, en la Escuela Rural Bahía Mansa.

UBICACIÓN GEOGRÁFICA

La Escuela Rural Bahía Mansa, está ubicada en la Comuna de San Juan de

la Costa, se encuentra en la parte alta de la caleta del mismo nombre, a 64

Km. de Osorno, conectados por la Ruta Asfaltada U 400.

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247

ENTORNO

La Caleta de pescadores de Bahía Mansa, siempre ha tenido una población

flotante que se afinca por trabajos esporádicos en el mar, luego se van a

otras caletas. También existen en nuestro borde costero playas aledañas

como la de Maicolpué y Pucatrihue.

En la comunidad existen una serie de organizaciones de servicio y

comunitarias que forman una red de apoyo al quehacer educacional:

Cesfam Bahía Mansa, Retén de Carabineros, Cuerpo de Bomberos, Comité

de Agua Potable, Comunidad Indígena Mapulafken, Junta de Vecinos, Club

Adulto Mayor, Sindicatos de Pescadores, Jardín Infantil, Agrupación de

Exalumnos, Comunidades católicas y evangélicas.

El 50% de los estudiantes proviene del Sector Bahía Mansa, de familias de

pescadores artesanales, pequeños agricultores/forestales, comerciantes y

trabajadores esporádicos. Los demás provienen de otras localidades de la

comuna: Maicolpué, Pucatrihue, Caleta Manzano, Choroy-Traiguen,

Rucamañío, Triltril, Huellelhue, Caleta Cóndor, Pastal, Pucomo,

Rucapihuel, Carrico, Punotro, Pichilafquelmapu, Puaucho.

El 80% de las familias son de origen mapuche williche, de las cuales un

50% tienen pertenencia y se organizan en Comunidades Indígenas.

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248

INFRAESTRUCTURA Y OTROS ANTECEDENTES DE LA UNIDAD

EDUCATIVA

NOMBRE DEL

ESTABLECIMIENTO

Escuela rural Bahía Mansa

NIVEL EDUCACIONAL Pre-escolar

Básica completa

Proyecto de integración escolar opción 4

DIRECCIÓN Bahía mansa s/n

COMUNA/REGIÓN San juan de la costa

Región de los lagos

N° DE PISOS 02 pisos

CANT. DE SUBTERRÁNEOS 0

CANTIDAD DE ALUMNOS 200

CANTIDAD DE

TRABAJADORES

40

PERSONAL EXTERNO

04 Manipuladoras de alimentos.

GENERALIDADES: Se trata de un edificio antiguo de hormigón

armado, con un mínimo de elementos de

protección contra emergencias.

EQUIPAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO PARA EMERGENCIAS

CANTIDAD DE EXTINTORES

09

GABINETE DE RED

HÚMEDA

SI___X___ NO______

RED SECA

SI___X___ NO______

ILUMINACIÓN DE

EMERGENCIA

SI___X___ NO______

ALTOPARLANTES

SI______ NO___X___

PULSADORES DE

EMERGENCIA

SI______ NO___X___

DETECTORES DE HUMO

SI______ NO___X___

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249

PLANO DE LA UNIDAD EDUCATIVA

OBJETIVO GENERAL:

- Establecer planes de acción y protocolos de actuación de la Unidad

Educativa frente a una emergencia que pueda poner en riesgo la vida

de las personas.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1. Constituir el Comité de Emergencia y realizar ajustes, en caso de que

sea necesario a éste Plan.

2. Generar en toda la comunidad escolar una actitud de autoprotección,

logrando responsabilidad colectiva frente a la seguridad.

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250

3. Proporcionar a nuestros estudiantes y a toda la Comunidad Educativa

un ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus

actividades formativas.

4. Diseñar estrategias necesarias para que se dé una respuesta adecuada

en caso de Emergencia.

5. Realizar charlas educativas preventivas, para todos los estudiantes.

6. Velar porque la señalética y materiales a utilizar en caso de

emergencia, se encuentren en óptimas condiciones.

7. Incluir en las señaléticas la traducción en chezungun, en caso que

existan personas hablantes del idioma, para agilizar la evacuación de

todas las personas, en caso de emergencia.

8. Coordinar y ejecutar con la comunidad Educativa y equipos de

emergencia de la comuna simulacros de emergencia.

9. Lograr que la evacuación pueda efectuarse de manera ordenada,

evitando lesiones que puedan sufrir los integrantes del establecimiento

educacional durante la realización de ésta.

10. Evaluar los simulacros de evacuación con el Comité de Emergencia y

levantar remediales para perfeccionar los protocolos.

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251

RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES

DEL PLAN

A. El Director - responsable definitivo de la Seguridad en la Unidad

Educativa – preside, gestiona, apoya e informa el Plan de Seguridad Escolar

y sus acciones.

B. El Coordinador de la Seguridad Escolar del Establecimiento, en

representación del Director, coordinará todas y cada una de las actividades

del Plan de Seguridad.

La coordinación permite un trabajo armónico en función del objetivo

común: Seguridad.

El Coordinador deberá, precisamente, lograr que los integrantes del Plan

actúen con pleno acuerdo, para aprovechar al máximo las potencialidades y

recursos. Para ello, deberá valerse de mecanismos efectivos de

comunicación, como son las reuniones periódicas y mantener al día los

registros, documentos y actas que genere el Plan de Seguridad. Además,

deberá tener permanente contacto oficial con las Unidades de Bomberos,

Carabineros y de Salud del sector, a fin de ir recurriendo a su apoyo

especializado en acciones de prevención, educación, preparación,

ejercitación y atención en caso de ocurrir una emergencia.

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252

C. Docentes, Alumnos, Padres y Apoderados y Asistentes de la Educación,

deberán aportar su visión desde sus correspondientes roles en relación a la

Unidad Educativa, cumplir con las acciones y tareas que con ellos se

acuerde el Plan de Seguridad. Proyectar o comunicar, hacía sus

respectivos representados, la labor general del Establecimiento en materia

de Seguridad Escolar.

D. Representantes de las Unidades de Carabineros, Bomberos y de Salud

constituyen instancias de apoyo técnico al Plan y su relación con el

Establecimiento Educacional deberá ser formalizada entre el Director y el

Jefe máximo de la respectiva Unidad.

Esta relación no puede ser informal. La vinculación oficial viene a reforzar

toda la acción del Plan de Seguridad Escolar, no sólo en los aspectos de

prevención, sino que también en la atención efectiva cuando se ha

producido una emergencia.

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253

RESPONSABLES INTERNOS Y EXTERNOS DEL PLAN DE

SEGURIDAD

INTEGRANTE /CARGO NOMBRE

DIRECTOR DEL

ESTABLECIMIENTO

JUAN LUIS CANO MOLINA

COORDINADOR

SEGURIDAD ESCOLAR

PATRICIO PÉREZ

REPRESENTANTE

CENTRO PADRES

CELINDA DÍAZ

REPRESENTANTE

ASIST. DE LA EDUC.

PATRICIA MANCILLA

REPRESENTANTE

CARABINEROS

JEFE RETÉN DE BAHÍA MANSA

REPRESENTANTE

BOMBEROS

CESAR GARRIDO

REPRESENTANTE

SALUD

SANDRA ANGULO REISER

ASESOR EN PREVENCION

DE RIESGOS

ASESOR DE ORGANISMO

ADMINISTRADOR SEGURO

SOCIAL.

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254

ORGANIZACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR

Será conforme a la siguiente estructura:

DIRECTOR

BRIGADA DE EMERGENCIA

ESCUELA

BRIGADA DE EMERGENCIA INTERNADO

BRIGADA DE EXTINTORES

PERSONAL PARTICIPANTE EN EL PLAN DE SEGURIDAD

1.- Director

2.- Coordinador del Plan de Seguridad:

NOMBRE RESPONSABILIDADES

1.- Sandra Acum

2.- Nelson Vinett

Activar alarma sonora (Campana/Timbre)

Abrir puertas de salida Pabellón 1 y 2

Encargado Red húmeda 1

Cesar Ampuero Abrir puerta caracol Pabellón 2

Docentes Evacuar a sus alumnos desde salas de clases, pasillo

en clase de gimnasia hasta zona de seguridad

Manipuladoras Apagar gas cocina

4.-Brigada de Emergencia Internado

Mariana Kiefer-

Martiza Fourcade

Abrir puerta internado damas

Cristian Oporto-

Jonathan Moriera

Abrir puerta internado varones

COORDINADOR SEGURIDAD ESCOLAR

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255

Cristian Oporto-

Jonathan Moreira

Abrir puerta salida al patio y zona de

seguridad

Mariana Kiefer-

Martiza Fourcade

Cristian Oporto-

Jonathan Moriera

Evacuar internos desde dormitorios,

comedor y pasillos hasta la zona de

seguridad

5.-Brigada de extintores y redes húmedas

FUNCIONES OPERATIVAS DE LOS INTEGRANTES DEL PLAN

A.- DIRECTOR

1.- El Director, será el primer coordinador y quién tendrá bajo su

responsabilidad la

Emergencia y la evacuación de las instalaciones de la Escuela Rural Bahía

Mansa, ya que es la persona que tiene a cargo la dirección del

establecimiento.

2.-Informar a los diferentes estamentos y autoridades situación general

luego de una emergencia.

B.- COORDINADOR DEL PLAN

1. Asume la responsabilidad total en caso de una emergencia con la

autoridad para resolver y disponer las medidas que sean necesarias,

comunicándose con bomberos, carabineros y salud.

2. Ante una emergencia, deberá dirigirse al puesto de control, conocido por

toda la comunidad escolar, desde donde se darán las instrucciones a las

respectivas brigadas para iniciar las acciones necesarias de intervención.

3. En su ausencia en horario normal de trabajo, su reemplazante será

Inspector General.

4. Después del horario normal de trabajo, las funciones las asumirá el

inspector de internado.

Nelson Vinett Extintor 1 Hall Pabellón 2

Nelsón Vinett Extintor 2 pasillo

Sandra Acum Red Húmeda 1 Hall Escuela

Sandra Acum Red Húmeda 2 Pasillo Comedor

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256

5. Deberá evaluar la Emergencia, en función a observaciones in situ,

información entregada por funcionarios, Brigada de evacuación,

registrando en formulario o bitácora.

6. Coordinara las distintas brigadas para enfrentar la emergencia.

7. Mantener informado al Director.

8. Velar por la actualización continua del presente Plan.

9. Coordinar con la Dirección, reuniones de trabajo y dar a conocer el Plan

de Emergencia a toda la comunidad educativa.

10. Coordinar con unidades externas, prácticas de la Brigada de

Emergencia y Ejercicios de Evacuación elaborando un cronograma.

11. Realizar un Programa Anual de actividades, a fin de ir simulando

diferentes situaciones que se asemejen cada vez más a la realidad.

12. Definirá en función de la Emergencia, la Evacuación Parcial o total de

un sector o edificio.

C.- BRIGADA DE EMERGENCIA O DE EVACUACIÓN ESCUELA

1. Con el Coordinador del Plan de Seguridad diseñarán un programa

anual de Capacitación para el personal a su cargo.

2. Informaran al coordinador situaciones de emergencias, problemas

y juicios evaluativos de los ejercicios y evacuaciones de

emergencias, en su aérea de trabajo.

3. Deberán asistir a prácticas de capacitación de procedimientos

creando o aportando nuevas situaciones de Emergencia, logrando

con ello una mayor eficiencia en su actuación.

4. Al oír la Alarma de Emergencia, procederán según procedimiento

establecido para la evacuación.

5. Tranquilizará y actuará con firmeza ante la Emergencia.

6. Trabajará de acuerdo a las instrucciones del Coordinador, prestará

ayuda a alumnos y /o personas necesitadas o que no se puedan

desplazar por sus propios medios.

7. Impedirá el regreso de alumnos a la zona evacuada.

8. Verificará que no queden rezagados.

9. Cerrará las puertas tras de sí.

10. De acuerdo a instrucciones guiaran a los ocupantes del recinto,

hacia las vías de evacuación y zonas de seguridad asignadas.

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257

11. Practicarán los procedimientos de actuación ante una

Emergencia,

12. Mantendrán el inventario de elementos de apoyo (Luces de

emergencia, megáfono, Camilla, pitos, etc.)

D.- BRIGADA DE EXTINTORES Y REDES HUMEDAS

1. Todo el personal asignado deberá dirigirse al foco del incendio, a fin

de realizar la primera intervención, ya sea con red húmeda, o

extintores.

2. Las Brigadas de Extintores y Redes húmedas coordinarán las acciones

a realizar y mantendrá informado de la situación a la Coordinadora

del Plan de Seguridad.

3. Mantendrán su equipamiento operativo en todo momento, a fin de

actuar cuando sean requeridos.

4. Mediante un Programa anual, se fijarán entrenamientos prácticos,

simulacros e inspecciones a los sistemas de protección activa.

5. Difundirán en diferentes lugares, temas relacionados con la

Prevención y Control de Incendio.

6. Mediante un Programa anual, capacitarán al personal de la Agencia en

uso de Extintores y métodos de extinción.

7. Su labor quedará finalizada una vez que Bomberos concurra al lugar

amagado, quedando a disposición de la Coordinación para apoyar las

labores de Evacuación.

8. Terminada su labor informará de las acciones realizadas, a la

Coordinadora del Plan.

E.- PROFESORES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

1. Se pondrán a disposición de la Coordinadora.

2. Colaboraran en mantener el orden en la zona de seguridad con los

alumnos

3. Cada profesor deberá acompañar a los alumnos desde la sala de clases

o lugar donde esté realizando clases a la Zona de Seguridad de

acuerdo a las instrucciones del Plan.

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258

F. REPRESENTANTES DE CENTRO DE PADRES Y

APODERADOS

1. Conocerán el Plan de Seguridad, lo leerán periódicamente a fin de

facilitar la labor, de los encargados de conducir la evacuación.

2. Informar las inquietudes y observaciones de los apoderados del

colegio, para revisar, actualizar y gestionar acciones del citado

plan.

3. Participar en la evaluación de los simulacros y otras acciones

derivadas del funcionamiento del plan.

4. Aprobar en representación de los apoderados el plan.

5. Asistir a las reuniones donde se tomen acciones

VÍAS DE EVACUACIÓN Y ZONAS DE SEGURIDAD

A. Vías de Evacuación.

Todas las dependencias cuentan con vías de escape, en los distintos pisos de

la unidad escolar, son de material incombustible, las cuales está

debidamente señalizada, con sistema de apertura hacia el exterior. Todas las

dependencias del inmueble cuentan con más de una salida, lo que garantiza

una rápida y oportuna evacuación del edificio, las que están claramente

identificadas en los planos de evacuación.

B. Zonas de Seguridad

Se ha definido y señalizado claramente la zona de seguridad lo que

garantiza que frente a una evacuación todo el alumnado y personal se dirija

a una zona única, lo que permitirá mantener el control de la situación. En la

zona de seguridad existe un letrero de color amarillo con la leyenda ZONA

DE SEGURIDAD.

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259

PROCEDIMIENTOS ANTE EMERGENCIAS

1.-PROCEDIMIENTOS GENERALES:

A.- SI UD ESCUCHA LA ALARMA, SE RECOMIENDA ACTUAR

DE LA SIGUIENTE MANERA

1. Mantenga la calma, el pánico es la principal causa de víctimas.

2. Esté atento a las instrucciones que se impartan por los encargados de

evacuación.

3. Interrumpa de inmediato sus actividades y prepárese para evacuar el

edificio, detenga artefactos y corte fuentes de energía.

4. La evacuación de todo el alumnado debe efectuarse bajo la

responsabilidad de los respectivos profesores que se encuentren a su cargo

en ese instante, guiándolos hacia la zona de seguridad designada del

colegio.

5. Siga las rutas de evacuación establecidas que conducen hacia el exterior

del edificio señalizadas en la salida de cada sala, camine en fila de manera

ordenada sin alterar el normal flujo de alumnos.

6. Si se encuentra con niños pequeños o visitas, llévelos con usted.

7. Si se encuentra en otra dependencia, intégrese a la evacuación del sector

donde se encuentra.

8. Diríjase a la ZONA DE SEGURIDAD.

9. Manténganse en la zona de seguridad hasta que reciba otra instrucción.

10. Cada profesor deberá pasar lista de los alumnos de su curso, con el fin

de evaluar que este el 100% de los alumnos de cada curso.

B.-DURANTE LA EVACUACIÓN

1. Proceda en forma rápida (no corra) y en silencio.

2. Forme fila india (DE A UNO), ordene a los alumnos, de acuerdo a la

estructura de asientos que existe en la sala y avance con tranquilidad.-

3. En el desplazamiento por las escaleras, si se juntan dos cursos uno de

ellos por el sector del muro y el otro por el sector de los pasamanos.

4. No se devuelva a menos que reciba instrucciones.

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260

C.-DURANTE EL SISMO

1. Mantenga la calma, si está dentro del edificio permanezca en él.

2. Aléjese de ventanas, mamparas, lámparas, estantes o elementos que

puedan caerle encima.

3. Ubíquese frente a muros estructurales, pilares o bajo dinteles de puertas.

4. Apague cualquier fuente de calor o asegure el cierre de puerta de

combustiones lentas.

5. No use escaleras ni ascensores.

6. No salga a la calle. El mayor peligro se presenta al salir corriendo en el

momento de producirse el terremoto.

7. Si se desprende material ligero. Protéjase debajo de una mesa o cualquier

otro elemento que lo cubra, ponga las manos sobre la cabeza y acerque la

cabeza a las rodillas.

D.- DESPUÉS DEL SISMO

1. Evalúe la situación, preste ayuda si es necesario.

2. No encienda fósforos ni encendedores, si necesita luz, use sólo linternas.

Puede haber escape de gas u otros combustibles.

3. Si detecta desperfectos, comuníquelo a su profesor o Coordinadora del

Plan

4. No camine donde haya vidrios rotos o cables eléctricos, ni toque objetos

metálicos en contacto con ellos.

5. No utilice el teléfono, se bloquean las líneas y no será posible su uso para

casos de real emergencia.

6. Infunda calma y confianza, no se deje llevar por el pánico.

7. Prepárese para réplicas, es normal que después de un sismo fuerte se

produzcan.

8. Proceda a evacuar hacia una ZONA DE SEGURIDAD.

9. Si producto del sismo se produce un amago de incendio, debe procederse

de acuerdo a lo indicado en “Caso de Incendio”.

E.- EMERGENCIA EN CASO DE INCENDIO

1. De la alarma inmediatamente. (Active la alarma sonora o a viva voz)

2. Avise al encargado de Emergencias. (indicar lugar)

3. Cierre puertas y ventanas para evitar la propagación del fuego.

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261

4. La brigada de Extintores y Redes húmedas, procederán a efectuar la

primera intervención, controlando el fuego, hasta la llegada de los

bomberos.

5. Si la emergencia es un incendio muy cercano y el fuego impide salir:

5.1 No abra las ventanas

5.2 No abra las puertas antes de tocarlas, si se siente caliente, puede haber

llamas al otro lado.

5.3 Desplácese gateando, recibirá menos humos.

5.4 Proteja su boca y nariz, preferentemente con un paño mojado.

5.5 En caso de quedar aislado, acérquese a una ventana y avise su

presencia.

F.-AMENAZA DE FUGA DE GAS

1. Conozca el olor característico del gas para detectar cuando se esté

ocasionando una fuga.

2. Cierre de inmediato la válvula del tanque de almacenamiento.

2. No accione interruptores eléctricos, ni encienda fósforos y mucho menos

encienda cigarrillos.

3. Avise al jefe de emergencias para que él se comunique con las unidades

de emergencia.

4. Los brigadistas, docentes y personal de seguridad, debe conocer los

mecanismos para desconectar la electricidad del sector o edificio.

5. Si la emergencia continúa, aplique el plan de evacuación, saliendo de las

aulas en forma calmada y ordenada, evite que los alumnos empujen a otros

haciéndose daño mutuamente.

6. Evite que se enciendan vehículos en el área de estacionamiento.

7. Avise a los organismos de socorro (Carabineros, Bomberos y Salud

G.-TEMPORALES DE VIENTO

1. Si existen alerta de temporal y ráfagas de vientos que generen riesgos

adicionales, el director y Coordinadora de Emergencias deberán evaluar la

situación

2. De considerarse de alto riesgo, el Jefe de Emergencias deberá dar las

instrucciones en cada sala afectada.

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262

3. Dependiendo de la dirección del viento, todas las salas que estén situados

al costado de donde proviene, deberán desplazar las mesas de clases al

costado contrario con el fin de alejarse de los ventanales.

4. Los alumnos y personal no deberá salir al exterior, ni habrá recreos

5. Evacuar los pasillos, los alumnos deberán dirigirse a (sus respectivas

salas) (comedor)

6. Si la situación amerita, un riesgo alto de incidentes, como quebradura de

vidrios o voladura de techumbres, la dirección del establecimiento deberá

evaluar la continuidad de las clases.

7. Comunicar a padres y apoderados que retiren a sus pupilos.

FICHAS PUNTOS CRÍTICOS

(Riesgos Detectados)

COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR

ESCUELA RURAL BAHÍA MANSA DIRECTOR: JUAN LUIS CANO MOLINA COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR:PATRICIO PÉREZ FUENTEALBA FECHA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ: 23 / 03 / 2020

FIRMA DEL DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO

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263

Este formulario está destinado a registrar los puntos y/o situaciones de riesgo al

interior como al exterior del Establecimiento Educacional.

RIESG

O/

PUNTO

CRÍTIC

O

INTERNO/

EXTERNO

(Indique con

una “I” si

está al

interior de

establecimien

to con una

“E” si es el

entorno

inmediato)

UBICACIÓ

N

EXACTA

IMPACTO

EVENTUA

L

SOLUCION

ES

POSIBLES

RECURSOS

NECESARI

OS

Perímetr

o patio

escolar

I - E

Cerco

Perimetral

Accidentes

Reposición

Integral

Compra

mallas y

materiales

construcción

cerco

perimetral

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264

EJERCITACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR

FECHAS DE SIMULACRO

MES FECHA TIPO DE SIMULACRO

MAYO

15

INCENDIO

JUNIO

19

SISMO

SEPTIEMBRE

04

FUGA DE GAS

NOVIEMBRE

20

TERREMOTO

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265

CAPÍTULO XXXVII: DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS

ESTUDIANTES

INTRODUCCIÓN DEL REGLAMENTO

El presente Reglamento de Evaluación, calificación y promoción de la

Escuela Rural Bahía Mansa, se diseña a partir de la entrada en vigencia del

nuevo DecretoN°67, del 20 de febrero 2018, donde se aprueban las normas

mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción de los

estudiantes que cursen modalidad tradicional de enseñanza básica en

establecimientos nacionales reconocidos por el estado.

El presente reglamento es consensuado y aprobado por el Consejo de

Profesores, Consejo Escolar y difundido a toda la comunidad Educativa, en

base a nuestro Proyecto Educativo, sellos institucionales y Reglamento

Interno del establecimiento.

Se entenderá por Evaluación al conjunto de acciones lideradas por los

Profesionales de la Educación, para que tanto ellos como los alumnos

puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el

objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso de los

aprendizajes y retroalimentar los procesos de enseñanza.

En este sentido es importante precisar la diferencia que existe entre

los conceptos de evaluación y calificación. La Evaluación es el conjunto de

acciones permanentes, destinadas a obtener y utilizar información, para

formar juicios que faciliten la toma de decisiones con relación al

mejoramiento del proceso educativo; la evaluación y los procesos

evaluativos conllevan a constituir una herramienta fundamental para el

desarrollo de la labor educativa. En cambio, la Calificación es la

representación del logro del aprendizaje a través de un proceso de

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266

evaluación, que nos permite transmitir un significado compartido, respecto

a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.

Es importante destacar la necesidad de darle el mayor uso pedagógico

posible a la evaluación. Así, el uso formativo de la evaluación debiera

preponderar en las aulas, y las evaluaciones utilizarse, por tanto mayoritaria

y sistemáticamente para reflexionar sobre el aprendizaje y la enseñanza y

para tomar decisiones pedagógicas pertinentes y oportunas, buscando

promover el progreso del aprendizaje de la totalidad de estudiantes,

considerando la diversidad presente en todas las salas de clases.

La Escuela Rural Bahía Mansa, fortalecerá el uso pedagógico de

evaluación teniendo como base lineamientos comunes, con énfasis en la

importancia de la retroalimentación, diversificación y aseguramiento de la

calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje de todos los estudiantes.

Respecto a la retroalimentación de actividades de evaluación el

docente y Equipo de Aula por medio de su planificación de unidad, clases,

rutas didácticas establecerán los momentos de la evaluación y

retroalimentación, seguimiento y pertinencia de actividades definiendo

estrategias, pautas, modificaciones a la planificación, estrategias o

metodologías de enseñanza y calendarización de acuerdo con los juicios

emitidos de la evaluación. El docente y equipo de aula tomarán en

consideración las recomendaciones del Jefe Técnico o profesores

especialistas que hayan revisado los resultados de la evaluación en

Reuniones Técnicas, Jornadas de Reflexión y/o trabajo colaborativo de

planificación, para la toma de decisiones pedagógicas.

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267

CAPÍTULO I: PRINCIPIOS ORIENTADORES QUE PROMUEVEN

LA CULTURA DE EVALUACIÓN DENTRO DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA

La Escuela Rural Bahía Mansa tiene como Visión constituirse una

escuela efectiva que entregue aprendizajes de calidad a todos nuestros

estudiantes, para que puedan continuar sus estudios, desarrollar su

proyecto de vida, promoviendo la participación constructiva y solidaridad

social, con énfasis en el respeto y valoración de la identidad cultural.

Respecto a la Misión de nuestro establecimiento pretende entregar

Educación de calidad, teniendo como base, la formación integral del

estudiante; promoviendo la participación, el respeto por el otro, integrando

la cultura mapuche-huilliche como eje transversal en la formación de los

estudiantes, permitiéndoles que se apropien de su cultura, sintiéndose

orgullosos de su identidad, no sólo del pasado, sino también del presente y,

de esta manera, poder construir un futuro mejor.

NUESTROS SELLOS INSTITUCIONALES SON:

1. Aprender a ser respetuoso y valorar la cultura mapuche-williche,

considerando la cosmovisión y el cuidado de la madre tierra.

2. Aprender hacer uso de los talentos y habilidades en pro del

crecimiento personal y de la comunidad educativa.

3. Aprender a conocer la importancia de la participación ciudadana y la

democracia.

4. Aprender a convivir respetando la diversidad personal, social y

cultural.

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268

PRINCIPIOS Y VALORES DEL ESTABLECIMIENTO:

La escuela pretende lograr en nuestras estudiantes egresados de la

enseñanza básica, características basadas en principios, valores y

competencia, tales como: La valoración y el respeto por la identidad

cultural; Respeto por la naturaleza y el entorno; Respeto a la diversidad y

el principio de la solidaridad.

ARTÍCULO 1:

DISPOSICIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO

El proceso de elaboración y modificación del Reglamento deberá ser

liderado por el equipo directivo y técnico-pedagógico, considerando

mecanismos que garanticen la participación del Consejo de Profesores y los

demás miembros de la comunidad escolar. En el caso de los

establecimientos que reciban aportes del Estado, el órgano que canalice la

participación de la comunidad educativa será el Consejo Escolar.

El equipo directivo junto con el equipo técnico-pedagógico del

establecimiento presentará una propuesta de Reglamento al Consejo de

Profesores sobre la base de las disposiciones del presente decreto, y de

acuerdo con lo dispuesto en el Proyecto Educativo Institucional y en el

Reglamento Interno del establecimiento educacional.

ARTÍCULO 2: El Reglamento deberá ser comunicado oportunamente a la

comunidad educativa al momento de efectuar la postulación al

establecimiento o a más tardar, en el momento de la matrícula.

Las modificaciones y/o actualizaciones al Reglamento, serán informadas a

la comunidad escolar mediante comunicación escrita o por su publicación

en la página web del establecimiento educacional.

El Reglamento deberá ser cargado al Sistema de Información General de

Alumnos -SIGE- o a aquel que el Ministerio de Educación disponga al

efecto, entendiéndose plataforma SAE (sistema admisión escolar)

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269

ARTÍCULO 3: El presente Reglamento de Evaluación y Promoción se

aplicará a los niveles de enseñanza Básica, es decir de 1° a 8vo. Básico.

Para ello, se tomarán como lineamientos los criterios emanados por el

Ministerio de Educación, dispuestos en los Planes y Programas en cada

sector y subsector; tomando en consideraciones los indicadores sugeridos

para los objetivos de aprendizajes, objetivos transversales y objetivos de

aprendizaje actitudinales.

ARTÍCULO 4: En el caso del 3° Nivel Transición (kínder), éstos se

regirán por Las Bases Curriculares de la Educación Parvularia (BCEP)

donde se definen principalmente qué y para qué deben aprender los

párvulos desde los primeros meses de vida hasta el ingreso a la Educación

Básica.

ARTÍCULO 5:

PERIODO ESCOLAR

La Escuela Rural Bahía Mansa tendrá períodos escolares semestrales. Esto

es debido al período de descanso por vacaciones de invierno. De esta

manera, quedan mejor distribuidas las Unidades dadas por el currículum y

además, facilita la planificación de los docentes.

ARTÍCULO 6: Para efecto del presente Reglamento, se entenderá por:

a) Reglamento: Instrumento mediante el cual, los establecimientos

educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos

de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los

logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas

nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por

el Decreto 67.

b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de

la educación, para que tanto ellos como los alumnos, puedan obtener e

interpretar la información sobre el aprendizaje con el objeto de

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270

adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje

y retroalimentar los procesos de enseñanza.

c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de

un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado

compartido, respecto a dicho aprendizaje mediante un número,

símbolo o concepto.

d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad,

formación general común o diferenciada y especialidad si

corresponde, del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla

durante una jornada en un año escolar determinado, mediante los

Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de

Educación.

e) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina

favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente

superior o egresando del nivel educación básica.

ARTÍCULO 7:

FORMAS Y CRITERIOS DE LA EVALUACIÓN

Entendiendo como los criterios de evaluación los principios, normas o ideas

de valoración en relación con los cuales se emite un juicio valorativo sobre

el objeto evaluado, nuestro establecimiento tomará los criterios emanados

por el MINEDUC. Sin embargo, el docente y equipo de aula podrán

disponer de otros criterios que sean congruentes con la situación de la

evaluación.

Respecto a los criterios, éstos se definen como: “lo que se espera” de

aquello que se evalúa; comparando con un referente o estándar de

desempeño. En este sentido, se establecen el nivel requerido y lo esperado.

El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá

usarse formativa o sumativamente:

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271

a) Tendrá un uso formativo en la media que se integra a la enseñanza

para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir,

cuando la evidencia del desempeño de éstos, se obtiene interpreta y

usa por profesionales de la educación y por los alumnos para tomar

decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

b) La evaluación sumativa, tiene por objeto certificar, generalmente

mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los alumnos.

La evaluación en el proceso educativo de los estudiantes adquiere una

relevancia de suma importancia, pues decide nada más y nada menos que la

promoción de los estudiantes. Debido a esto, es vital que los estudiantes y

los apoderados sepan con antelación cuándo, cómo, con qué instrumento va

a ser evaluado cada estudiante.

c) En el caso del Tercer Nivel de Transición (kínder) la evaluación es la

práctica mediante la cual el equipo pedagógico recoge y analiza

información en forma sistemática de los procesos y logros de los

párvulos, en situaciones auténticas y funcionales, y retroalimenta a los

involucrados. En cuanto al párvulo, la retroalimentación de sus

avances y logros, hecha cuidadosamente, es una ocasión de fortalecer

los aprendizajes construidos.

Para el equipo pedagógico, la información obtenida podría eventualmente

dar lugar al rediseño del proceso educativo para el próximo período.

Entendida así, la evaluación es una instancia más de aprendizaje, formadora

en sí misma.

ARTÍCULO 8:

REFLEXIÓN Y TOMA DE DECISIONES.

La Escuela Rural Bahía Mansa tendrá espacios para la reflexión y toma de

decisiones entre los integrantes de la comunidad educativa, centradas en el

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272

proceso, progreso y logro de aprendizaje de los estudiantes. Estas instancias

serán las siguientes:

- Al comienzo del año escolar, cuando se realizan las evaluaciones

diagnósticas PIE, estilos de aprendizaje y niveles de logro, según

evaluación interna.

- En las horas de Trabajo colaborativo semanal que realizan los

profesores de asignatura en conjunto con Ed. Diferencial.

- Mensualmente en Reuniones de coordinación PIE en conjunto con

Dupla Psicosocial.

- Bimensualmente en Consejo de Profesores, se informará el

seguimiento realizado por Equipo de Psicólogas.

- Al término de cada semestre en Jornadas de Reflexión Pedagógica.

ARTÍCULO 9: Todos los estudiantes del establecimiento tendrán derecho

a ser evaluados en un proceso formativo y sumativo distribuidos en dos

semestres.

Toda situación no consignada en el presente reglamento será resuelto por la

Dirección del establecimiento.

ARTÍCULO 10:

CRITERIO DE EVALUACIÓN

Todos alumnos tienen derecho a ser informados de los criterios de

evaluación; ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y

transparente.

9.1 Será deber los profesores de asignatura informar los criterios con los

que será evaluados los estudiantes antes de cada evaluación, del mismo

modo que el puntaje asignado a cada ítem o pregunta, en el caso de

evaluaciones escritas. Esta información deberá quedar consignada en el

leccionario del libro de clases como: “Instrucciones y criterios de la

evaluación”.

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273

ARTÍCULO 11:

TIPOS DE EVALUACIÓN

11.1 Diagnóstica: Tiene como lugar antes de comenzar el proceso de

aprendizaje o en determinados momentos del mismo. Ésta cumplirá con los

siguientes objetivos:

a) Detectar presencia o ausencia de conocimientos previos, destrezas,

habilidades, hábitos y conductas requeridas para dar inicio a nuevos

aprendizajes.

b) Ubicar al alumno/a en un estilo de aprendizaje determinado para

desarrollar las estrategias de enseñanza adecuadas.

c) Tomar decisiones sobre la planificación o diseño del proceso

pedagógico.

11.2 Formativa: Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la

enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es

decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos, se obtiene, interpreta y

usa por los profesionales de la educación y por los alumnos para tomar

decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

Esta evaluación tendrá como propósitos fundamentales:

a) Detectar el progreso del estudiante durante el proceso de Enseñanza-

Aprendizaje

b) Detectar necesidad de aplicación de estrategias diferentes para

favorecer el logro de aprendizajes y la superación de niveles de desempeño

insuficientes.

c) Informar al alumno y al apoderado sobre el estado de avance de su

aprendizaje.

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274

La evaluación Formativa tendrá las siguientes características:

a) El procedimiento de evaluación que se empleará dependerá de los

objetivos tratados y será acorde a las estrategias pedagógicas utilizadas en

clases por el docente de la Asignatura.

b) Según la planificación realizada por el docente para el tratamiento del

contenido o de la Unidad será el número de instrumentos evaluativos que

podrá aplicarse.

c) Deben ser breves y los resultados deben ser conocidos y analizados

con los estudiantes, para retroalimentar el aprendizaje.

11.3 Sumativa: La evaluación sumativa tiene por objetivo certificar,

generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logros por los

estudiantes.

Esta evaluación sumativa tendrá como objetivos:

a) Determinar el desempeño en el logro de los objetivos de aprendizaje

de una Unidad o parte de ella.

b) Proporcionar antecedentes para asignar calificaciones a los

estudiantes.

c) Proporcionar antecedentes al docente sobre el nivel y calidad de los

aprendizajes alcanzados por sus alumnos.

d) Sus resultados deben servir para retroalimentar el aprendizaje de los y

las estudiantes.

11.4 Diferenciada: Consiste en aplicar procedimientos evaluativos en

alguna/s asignatura/s, adecuando a las necesidades educativas especiales

que presentan los estudiantes. Ésta será aplicada en forma individual de

acuerdo a las necesidades detectadas y a los objetivos planteados.

Esta evaluación se aplicarán a los estudiantes que lo requieran, avalado

previo informe de un especialista: neurólogo, psiquiatra, psicólogo,

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275

psicopedagogo o en su defecto Equipo de Integración, mediante la

administración de instrumentos técnicamente acondicionados que

contemplen los mismos objetivos y contenidos, cuyo grado de dificultad

será: igual o distingo de la prueba de la Unidad en cada asignatura.

ARTÍCULOS 12:

PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS

Existe una gran variedad de procedimientos evaluativos como por

ejemplo: pruebas, cuestionarios, observación de desempeños, observación

de productos, anecdotarios, listas de cotejo, escalas de apreciación, fichas

de seguimiento, elaboración de proyectos, disertaciones, debates,

dramatizaciones, mapas conceptuales, artículos de investigación,

elaboración de diarios, etc.

Las pruebas, por otra parte, pueden ser aplicadas en formato oral o

escritas. Dentro de las pruebas escritas se pueden mencionar las pruebas de

ensayo y las pruebas de respuesta fija. Los instrumentos de evaluación

deben ser adecuados a lo que se quiere medir, ya que si tenemos

aprendizajes diferentes es necesario usar evaluaciones diferentes.

ARTÍCULO 13: Todas las formas y criterios de evaluación en todas las

asignaturas, deberán ser informados por el docente a la Unidad Técnica a

través de correo electrónico con a lo menos 48 hrs. de anticipación a la

situación evaluativa (Evaluación de proceso), indicando, cuándo qué y

cómo se evaluará, para su revisión y aprobación. Adjuntando para ello, el

instrumento de evaluación.

Para las evaluaciones escritas por Unidad en las asignaturas de lenguaje,

matemáticas, Historia y Ciencias Naturales, se deben entregar a la Unidad

Técnica al comenzar la Unidad, aplicando la estrategia de planificación

inversa. Este instrumento debe contar con las preguntas el puntaje que se

asignará y la habilidad que busca desarrollar en los estudiantes.

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276

Adicionalmente, el docente deberá adjuntar pauta o lista de respuestas

correctas.

En el caso de las evaluaciones formativas, se deben adjuntar pauta de

evaluación tales como: rúbrica, lista de cotejo u otros, para su revisión y

aprobación, previo a ser multicopiado, lo cual es responsabilidad del

docente.

ARTÍCULO 14: Los alumnos NO PODRÁN SER EXIMIDOS DE

NINGUNA ASIGNATURA o módulo del plan de estudio, debiendo ser

evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas que dicho plan

contempla.

No obstante, lo anterior, la escuela implementará las diversificaciones

pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de

evaluación de las asignaturas en el caso de los alumnos que así lo

requieran. Asimismo, podrán realizar las adecuaciones curriculares

necesarias, según lo dispuesto en los decretos exentos N° 83, de 2015 y

170, de 2009, ambos del Ministerio de Educación.

ARTÍCULO 15: Las evaluaciones diferenciadas y las adaptaciones

curriculares podrán aplicarse a los estudiantes que presenten alguna NEE

de tipo permanente o transitoria que participen de la modalidad de

atención especializada en el contexto del decreto 170, estos

procedimientos deberán ser justificados por el equipo PIE y analizados de

forma colaborativa entre los equipos de aula y UTP.

Si existen estudiantes con dificultades en sus procesos de enseñanza como

de aprendizaje y no participan del proyecto de integración – 170, se

deberá recopilar toda la información y tomar la decisión de una

“Evaluación diferenciada” de forma colaborativa entre los equipos de

aula, Equipo multidisciplinario y Jefe técnico, informando al apoderado de

forma directa.

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277

ARTÍCULO 16: Será deber del docente de asignatura diseñar el

instrumento de evaluación y entregarlo oportunamente a la Educadora

Diferencial o Psicopedagoga, para realizar las adecuaciones pertinentes,

como también su aplicación, en las fechas establecidas en el Calendario de

Evaluación.

ARTÍCULO 17: Para el conocimiento de docentes y profesionales del

establecimiento, se dejará constancia de las evaluaciones diferenciadas en

el Registro de Planificación y Evaluación del Proyecto de Integración,

consignando: nombre del estudiante, asignatura en que se aplicó la

evaluación diferenciada, procedimiento aplicado tanto en los instrumentos

como en los métodos de la evaluación y fecha en que se aplicó la

evaluación.

ARTÍCULO 18: Para materializar este proceso de evaluación enmarcado

en la ley inclusión y el respeto a la diversidad, el docente entregará a la

Educadora Diferencial o Psicopedagogo, en los plazos establecidos sus

planificaciones, instrumento de organización que sirve de insumo para el

equipo PIE en su trabajo de adecuación, fortalecimiento y ejercitación de

aquellos estudiantes que presentan alguna NEE.

ARTÍCULO 19: Es deber del docente de cada asignatura hacer llegar por

escrito el Calendario de Evaluación a cada apoderado, así como también

cuando existan cambios de fechas por situaciones emergentes que pudiesen

ocurrir. De tal manera de poder contribuir a que los apoderados puedan

apoyar a sus estudiantes en sus hogares.

Estos calendarios de evaluaciones desprenderán de cada unidad didáctica

planificada por el docente y Equipo de aula, en el cual se indicarán fechas,

contenidos y criterios de evaluación en el caso de aplicar pautas de

observación, rúbrica, otros.

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278

Asimismo, se deja establecido que estos calendarios de evaluaciones,

deberán enviarse por correo al Jefe Técnico y además, deberá quedar

impreso en el archivador personal de planificación de cada docente. Será

deber del docente mantener el archivador actualizado con planificaciones,

evaluaciones y calendarios de evaluación.

Estos calendarios de evaluación deberán ser conocidos también por el

Equipo de Aula y quedar exhibidos en los DIARIOS MURALES de cada

curso, a modo recordatorio, tanto para estudiantes como docentes.

ARTÍCULO 20: Los padres y apoderados tendrán derecho a recibir de

manera escrita el Calendario de Evaluación de la Unidad, por curso y

asignatura de su hijo(a). Será deber del profesor de asignatura informarlos

por escrito, al momento de la entrada a la Unidad.

ARTÍCULO 21: Con el objetivo de que los padres y apoderados o tutores

de los estudiantes se mantengan informados acerca del rendimiento,

deberán ceñirse a los siguientes procedimientos:

a) Los apoderados se mantendrán informados de las calificaciones

obtenidas por sus estudiantes a través de dos vías:

- Informes de notas parciales, que será entregadas en el mes de mayo

y octubre.

- Informe de notas Semestral en el mes de julio y diciembre.

b) En forma presencial en horario de atención de apoderados,

informados a la Primera Reunión de apoderados por curso en el mes

de marzo.

c) En el caso de los estudiantes de kínder se entregará un Informe

Semestral de los principales avances, según los ámbitos señalados en

los Planes y Programas de estudio.

d) Respecto a los estudiantes pertenecientes al Proyecto de Integración

Escolar serán informados mediante informes a la familia, tanto al

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279

inicio como al final del año escolar y mediante reuniones periódicas a

lo largo de los procesos acordados con los profesionales PIE.

ARTÍCULO 22:

PLAZO DE ENTREGA DE EVALUACIONES POR PARTE DE

LOS DOCENTES

Los docentes de asignatura entregarán los resultados de las evaluaciones

escritas, que equivalen al 30% de la ponderación de la unidad, en un plazo

máximo de 05 días hábiles.

Respecto a las evaluaciones de proceso, que equivalen al 70% de la

ponderación de la nota de la Unidad, tales como:

a) tickets de salida: Los docentes deberán informar a los estudiantes el

resultado de la evaluación en la misma clase o como plazo máximo, la

clase siguiente.

b) Trabajo en clases, disertaciones, trabajos, co-evaluación, otros: Los

docente deberán informar a sus estudiantes los resultados de dichas

evaluaciones en un plazo máximo de 05 días hábiles, después de aplicada

la evaluación.

c) Guía de repaso o retroalimentación: Los docentes deberá informar a sus

estudiantes, los resultados de esta evaluación la clase siguiente y/o como

plazo máximo 05 días hábiles, después de aplicada la evaluación.

ARTÍCULO 23:

LA RETROALIMENTACIÓN

Es una de las estrategias más efectivas para mejorar aprendizajes (Hattie,

2007). Bien usada, es un importante factor para motivar al aprendizaje,

mejora la comprensión de las metas y la autoeficacia.

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280

La evidencia del desempeño (evaluación) nos permite inferir el lugar de la

trayectoria de aprendizaje en el que está el/la estudiante, y por tanto su

Zona de Desarrollo Próximo (ZDP). Así, la retroalimentación puede

entenderse como andamiaje.

La evaluación formativa y, en particular, la retroalimentación, son

oportunidades de aprendizaje: para los estudiantes, respecto de sus

aprendizajes y para los docentes, respecto de la interacción entre sus

prácticas pedagógicas y los aprendizajes de sus estudiantes.

23.1 Los docentes y equipos de aula deben propiciar momentos en la

planificación y calendarización para que los estudiantes conozcan y

comprendan las formas y criterios con que serán evaluados; determinar

estrategias como repaso y retroalimentación, o evaluación formativa, ya que

la evaluación no debe sorprender al estudiante.

Es decir, la retroalimentación de actividades de evaluación el docente y

Equipo de Aula por medio de su planificación de unidad, clases, rutas

didácticas establecerán los momentos de la evaluación y retroalimentación,

seguimiento y pertinencia de actividades definiendo estrategias, pautas,

modificaciones a la planificación, estrategias o metodologías de enseñanza

y calendarización de acuerdo con los juicios emitidos de la evaluación.

El docente y equipo de aula tomarán en consideración las recomendaciones

del Jefe Técnico o profesores especialistas que hayan revisado los

resultados de la evaluación en Reuniones Técnicas, Jornadas de Reflexión

y/o trabajo colaborativo de planificación, para la toma de decisiones

pedagógicas.

ARTÍCULO 24:

LA PLANIFICACIÓN INVERSA

El diseño de clases invertida, es cambiar la forma en que estructuramos el

proceso educativo. Bajo este enfoque, el docente debería preguntarse ¿qué

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281

es lo que espero de mis estudiantes? ¿Qué aceptaría como evidencia de

logro? y ¿qué actividades voy a realizar para que esto se logre.

Este tipo de diseño permitirá al docente explorar en mayor profundidad el

significado de ideas claves, tales como la definición de preguntas

esenciales y la elaboración de tareas de transferencia de aprendizaje.

24.1 Los docentes y equipos de aula de la Escuela Rural Bahía Mansa, al

momento de planificar la Unidad, deberán seleccionar los Objetivos de

aprendizajes e indicadores de evaluación que esperan que sus estudiantes

aprendan. Para ello, deberán diseñar el instrumento de evaluación en

función a los indicadores de evaluación plasmados en los planes y

programas de cada asignatura, para aplicarlos al finalizar la Unidad.

Al momento del Trabajo Colaborativo, que se realiza semanalmente, los

Equipos de aula tendrán instancias, para que de manera colaborativa

acuerden criterios de evaluación y definan qué tipos de evidencias son las

más relevantes para la asignatura que imparten.

24.2 En reuniones de Técnicas, mensualmente, los docentes analizarán

colectivamente sobre la implementación de la evaluación, su pertinencia,

suficiencia, variedad, diversificación, capacidad para motivar a los

estudiantes y promover aprendizajes y ajustarlos en función de esa

reflexión.

ARTÍCULO 25: Al momento de diseñar la Unidad y estimar los tiempos

de clases, el docente y su equipo de aula, deberán incluir dentro de estos

tiempos la retroalimentación en cada clase, pudiendo ser a través de

mapas conceptuales, preguntas y respuestas durante la clase u otra técnica

que el docente considere pertinente, como también deberá destinar UNA

CLASE para la Retroalimentación de la Evaluación Escrita de la Unidad.

La retroalimentación debe quedar registrada en el leccionario.

ARTÍCULO 26: Los estudiantes de la Escuela Rural Bahía Mansa,

deberán rendir 3 tipos de Evaluaciones de monitoreo y seguimiento,

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282

contempladas en el Plan de Mejoramiento Educativo durante el año

escolar, en las asignaturas de Lenguaje, matemáticas, Historia y Ciencias

naturales.

1. Diagnóstica: Que se aplicará al inicio del mes de marzo

2. Intermedia: Que se aplicará en el mes de julio

3. y la Evaluación final: Que se aplicará a principios de Diciembre.

26.1 Las notas obtenidas no incidirán en el promedio. Puesto que servirán

para la toma de decisiones para los docentes en reflexiones pedagógicas,

que permitan abordar de mejor manera los diseños de aula y las

estrategias pedagógicas.

26.2 Estas evaluaciones deberán quedar consignadas en el libro de clases.

Estas evaluaciones no incidirán en el promedio. El docente de cada

asignatura deberá entregar al Jefe técnico, en los plazos y formatos

establecidos, según acuerdo reuniones técnicas.

TITULO II: LA CALIFICACIÓN

ARTÍCULO 27: Las calificaciones de las asignaturas de Religión y

Orientación no incidirán en el promedio final anual ni en la promoción

escolar de los alumnos.

Notas y conceptos para consignarlas en el libro, respecto a estas asignaturas,

serán los siguientes.

1.0 a 3.9 Insuficiente 5.0 a 5.9 Bueno

4.0 a 4.9 Suficiente 6.0 a 7.0 Muy bueno

ARTÍCULO 28: En el caso del 3° Nivel Transición (kínder), los

conceptos para consignarlas en el libro y el reporte a las familias, estarán en

concordancia con los ámbitos y núcleos señalados en las Bases

Curriculares y serán los siguientes.

Logrado - Medianamente logrado - Por lograr

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283

ARTÍCULO 29: La asignatura de Lengua Indígena (ALCI), forma parte

del Plan de estudios, por lo tanto, es obligatoria e incide en la promoción de

los estudiantes desde 1° a 8° básico.

Kínder: y EIB

ARTÍCULO 30: La calificación final anual de cada asignatura deberá

expresarse en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal,

siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0.

El promedio semestral y final que determine un 3,9 será aproximado, a

nota 4.0. en todas las asignaturas sin excepción.

ARTÍCULO 31:

NOTAS POR CONCEPTO DE CONDUCTA

El establecimiento, NO evalúa de manera sumativa aspectos referidos a la

conducta de los estudiantes, ya que esto se aborda de manera explícita en el

Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

ARTÍCULO 32: La exigencia porcentual oficial para la escala de

evaluación será al 60% y podrá ser aplicada a todos los instrumentos de

evaluación.

Sin perjuicio de lo anterior, este porcentaje de exigencia podrá ser

modificado a criterio del docente y equipo de aula previa consulta al Jefe

Técnico, cuya decisión deberá quedar por escrito en el “Registro de

Planificación” del Equipo de Aula.

ARTÍCULO 33: La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se

utilicen para calcular la calificación final del período escolar adoptado y de

final de año de cada asignatura, deberán ser coherentes con la planificación

de dicha asignatura, las que se detallan a continuación:

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284

ASIGNATURAS CANTIDAD

DE

UNIDADES

CANTIDAD

DE NOTAS

PONDERACIÓN POR

CADA UNIDAD

Lenguaje y

Comunicación

Lengua y

Literatura

Matemática

Historia

Ciencias

Naturales

La cantidad de

unidades

quedarán

determinadas,

según las

distribuidas en

el texto del

estudiante

otorgadas por

MINEDUC.

01 nota por

cada Unidad

Tickets de

salida

1 Nota

promedio

70% Trabajos en

clases

1 Nota

promedio

Guía de

repaso de la

Unidad

1 Nota

Prueba

escrita

1 Nota 30%

01 nota 100%

Inglés

ALCI

Ed. Física

Música

Artística

Tecnología

2 Unidades

por semestre,

según

sugerencia

planes y

programas de

estudio

01 nota por

unidad

*En el caso

de música,

artística y

tecnología el

control de la

Unidad es el

producto

final.

Actividades

en clases

Mínimo

03 notas.

70%

Control de

la Unidad

1 nota 30%

01 nota

100%

Orientación 01 concepto por Unidad.(MB, B, S, I)2 unidades por semestre.

33.1 Los trabajos en clases por semestre: Provienen de las evaluaciones que

hacen los docentes al desempeño de los estudiantes en la asignación de las

diversas actividades de aprendizaje diseñadas para la asignatura, las que

serán calificadas mediante una rúbrica, escala de apreciación o lista de

cotejo y conocida por los estudiantes.

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285

Estas pueden ser:

a) Interrogaciones grupales o individuales.

b) Disertaciones.

c) Cuestionarios

d) Pauta de Observación directa en aula, con indicadores de

participación e interacción en clases.

e) Pautas o informes de salidas pedagógicas

f) Desarrollo de guías en clases.

g) Pauta de trabajo realizado en sala de computación

h) Trabajos de investigación individual o en equipos.

i) Revisión de cuadernos.

j) Lista de cotejo, pauta de observación o rubrica, para expresión

artística, musical, motriz, educación física, etc.

k) Respeto por normas de convivencia en la sala de clases

l) participación y motivación por el aprendizaje

m) Hábitos de higiene y limpieza en actividades de aprendizaje

n) Trabajos de metodología de proyectos

o) Lecturas domiciliarias

p) Mapas conceptuales

q) Tickets de salidas

r) Cualquier otro que el docente considere, previa socialización con los

estudiantes.

ARTÍCULO 34:

Consideraciones en caso de Plagio o Copia

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286

Las medidas pedagógicas que el establecimiento considera para obtener

evidencia fidedigna sobre los aprendizajes en CASO DE PLAGIO O

COPIA son los siguientes:

a) Aplicar el mismo instrumento evaluativo con un porcentaje de

exigencia de 80%

b) Aplicar un instrumento evaluativo diferente al original, pudiendo ser

por ejemplo: una disertación, interrogación oral de los contenidos y

habilidades de la evaluación original u otros medios.

c) Revisar los ítems que alcanzó a desarrollar antes de haber sido

sorprendida la acción de copia.

d) En caso debidamente justificados y atendidos con el jefe técnico

pedagógica, consignar la nota mínima 1.0.

El docente deberá aplicar los criterios que subyacen a la labor educativa y

tomar la decisión de optar por uno de los cuatro procedimientos.

Todos los procedimientos antes mencionados, deben quedar escritos en la

hoja de vida de los estudiantes (libro de clases).

ARTÍCULO 35: El Sistema de registro de las calificaciones que

establece la escuela es el siguiente:

a) Registro de notas parciales y pruebas escritas deben estar

consignadas en el leccionario al finalizar cada unidad.

b) El registro de las calificaciones será digital (planilla Excel), la cual

debe será supervisada por el jefe técnico para su revisión al finalizar

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287

cada semestre, de los que al finalizar el año escolar, se calcularán los

promedios finales de cada estudiante.

c) Las evaluaciones de proceso serán registradas por los docentes en

una planilla, previamente consensuadas en el Consejo de Profesores.

Estas planillas deberán estar actualizadas semanalmente y

mantenerlas en Sala de Profesores junto al Libro de clases, para el

monitoreo y seguimiento del Jefe Técnico y Equipo

Multidisciplinario.

d) Será deber del profesor de asignatura consignar dichas calificaciones

en el libro de clases y mantenerlos actualizados, de acuerdo a las

fechas estipuladas.

Ejemplo:

NOMBRE DEL

ESTUDIANTE

DIA

GN

ÓST

ICA

INTE

RM

EDIA

FIN

AL

UN

IDA

D 1

70

%

UN

IDA

D 1

30

%

PO

ND

ERA

CIÓ

N U

NID

AD

1

UN

IDA

D 2

70

%

UN

IDA

D 2

30

%

PO

ND

ERA

CIÓ

N U

NID

AD

2

UN

IDA

D 3

70

%

UN

IDA

D 3

3

0%

PO

ND

ERA

CIÓ

N U

NID

AD

3

UN

IDA

D 4

70

%

UN

IDA

D 4

30

%

PO

ND

ERA

CIÓ

N U

NID

AD

4

PR

OM

EDIO

FIN

AL

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XXXX 60 50 57 5.0 6.0 5.5

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288

ARTÍCULO 36: Respecto a las Guías de Repaso, deben ser diseñadas

por el docente de la asignatura, donde se considere un resumen de los

objetivos de aprendizaje trabajados durante la Unidad, que incluyan

ejercicios tipo, mapas conceptuales, de manera de asegurar una previa

preparación del estudiante, ya sea en clases o en su hogar en compañía de

su apoderado.

ARTÍCULO 37: En el caso que una EVALUACIÓN ESCRITA arroje un

60% o más de calificaciones deficientes (inferiores a 4.0) al interior del

curso, el docente de la asignatura deberá repetir la evaluación, por una

sola vez, otorgándole esta opción a todos los estudiantes. Se respetará si

algún estudiante no opta. Se respetará la nota mayor en aquellos alumnos

que obtuvieron calificaciones superiores a 4.0 en cualquiera de las 2

evaluaciones aplicadas y aquellos que tenían calificación bajo 4.0 y

obtuvieren una calificación sobre esta nota, su calificación MÁXIMA será

4.0.

ARTÍCULO 38:

EVALUACIÓN RECUPERATIVA

Se entenderá por Evaluación recuperativa al proceso de evaluación

posterior a la evaluación en proceso calendarizado, siendo una segunda

instancia de evaluación, con el objeto de aplicar y/o sustituir en cierta

medida una calificación.

Que de aplicarse, deberán tomarse en consideración los siguientes

aspectos:

a) Licencias médicas: Si el estudiante presenta licencia médica que

justifique su ausencia.

b) Ausencia justificada por el apoderado: Si el estudiante presenta

comunicación de parte del apoderado, llamado telefónico de este al

establecimiento explicando la falta su pupilo.

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289

c) Ausencia injustificada: Si por el contrario, el estudiante no presenta

justificación válida

d) Que a estas pruebas recuperativas, podrán tener acceso los alumnos

que tengan hasta dos asignaturas reprobadas, con notas inferiores a

3.4 finalizando el año escolar con el objeto de recuperar parcial o

totalmente la calificación, y así buscar la aprobación de la asignatura

y ser promovido al nivel de enseñanza siguiente.

e) Que las evaluaciones de carácter recuperativa serán aplicadas a

partir de una calendarización que garantice al menos 48 horas de

preparación del alumno.

ARTÍCULO 39: Los estudiantes deberán cumplir con todas las instancias

evaluativas calendarizadas.

a) Las ausencias a una prueba, deberán ser justificadas mediante

presentación del apoderado o certificación médica, según

corresponda, ante el inspector general, quien informará a los

docentes de asignatura la justificación, la cual deberá realizarse

dentro de un plazo de 72 horas. Cumplido los requisitos se

recalendarizará la evaluación en conjunto con el o la estudiante, con

un plazo máximo de 15 días. Si el apoderado del estudiante no

justificare su asistencia a la evaluación, se calificará con la nota

mínima (1.0), previa consulta al Jefe Técnico.

Las ausencias a clases por PERÍODOS PROLONGADOS:

En el caso de estudiantes que por motivos justificados (salud,

psicológicas, familiares, entre otras similares) y que sean

documentalmente acreditados, no puedan asistir a clases por

períodos prolongados, deberán rendir evaluaciones recuperativas

para poder normalizar su situación una vez retomadas las clases.

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290

En estos casos, se realizará un Plan Especial de Evaluaciones, que

informará al apoderado el profesor jefe, para efectos de organizar de

manera adecuada el proceso y no afectar negativamente al alumno.

Si el año escolar finalizara y el alumno no se presentara a rendir las

evaluaciones, se deberá evaluar con nota mínima al estudiante en las

evaluaciones no realizadas.

b) En el caso de los trabajos prácticos y/o investigaciones y pruebas

escritas, los estudiantes serán evaluados con nota 1.0, cuando no

cumplan con los plazos establecidos, consignados en el

CALENDARIO DE EVALUACIÓN. Si el apoderado justificara la

ausencia, deberá presentarlo en la clase siguiente (los trabajos). En

el caso de las evaluaciones escritas, el porcentaje de notas

insuficientes a nivel curso, no será considerado para repetir el

procedimiento de evaluación, como las descritas en el ART. N°24.

C) Finalización anticipada del año escolar: En situaciones en que se

haya decretado la finalización anticipada por motivos de

convivencia escolar, salud del estudiante, entre otras, se procederá

de la siguiente manera:

Si el estudiante no puede acudir al establecimiento por motivos

graves de convivencia escolar, por imposibilidad de movimiento del

alumno, entre otras, se procederá a enviar al estudiante las

actividades prácticas y evaluaciones –las que se deberán desarrollar

en el momento- a través de trabajadora social del establecimiento,

que realizará la visita de acompañamiento del proceso en presencia

del apoderado.

Si el estudiante puede acudir al establecimiento: En estos casos, se

citará al estudiante, en conjunto con su apoderado, para realizar las

actividades de evaluación durante la jornada de clases o después de

ella, de acuerdo a la programación que realice la Unidad técnica y el

Profesor Jefe del estudiante. El alumno no se podrá presentar sin su

apoderado al establecimiento en virtud de la normativa legal y la

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291

seguridad del alumno, a menos que presente una comunicación con

su debida justificación.

Suspensiones de clases por tiempos prolongados: En los casos de

suspensión por intervalos prolongados de tiempo, se realizará un

Plan Especial de Evaluaciones para efectos de que el alumno

sancionado pueda estar al día en sus evaluaciones. El profesor jefe

será el encargado de programar las evaluaciones en estos casos.

ALUMNOS EN RIESGO SOCIAL:

ARTÍCULO 40: Los estudiantes que estén en riesgo social, debido a

diversas situaciones, problemas conductuales, familiares y/o emocionales

o que eventualmente pudieren desertar del sistema escolar, serán

pesquisados por el profesor jefe o Equipo multidisciplinario. En base a

esta información que pudiera ser proporcionado por apoderado, por

ausencia reiteradas a clases, bajo rendimiento académico, etc. Deberán ser

derivados al Encargado de Convivencia Escolar y/o dupla psicosocial e

informar al Equipo Directivo.

El profesor jefe del estudiante deberá informar esta situación por escrito a

Equipo Multidisciplinario, quienes en conjunto deberán realizar todas las

gestiones pertinentes para evitar la deserción del estudiante y generar

remediales (todos los actores involucrados en la situación del estudiante)

ARTÍCULO 41: El establecimiento brindará todas las facilidades para la

continuidad de estudiantes que se encuentren embarazadas y/o tengan

hijos(as), de acuerdo a la normativa vigente. Para ello deberán:

a) Certificar su embarazo a través de un certificado médico o matrona.

Será deber del Equipo Directivo informar la situación en Consejo de

Profesores de manera de uniformar criterios, para que la alumna cuente

con todas las facilidades para continuar sus estudios.

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292

Será deber del profesor jefe y del equipo multidisciplinario acompañar a la

estudiante en este proceso, de manera que la alumna sea informada de las

fechas de las evaluaciones, entrega de contenidos y otros procedimientos

que se estimen.

La inasistencia a clases de una alumna embarazada, no incidirá para

efectos de promoción.

CAPITULO III: LA PROMOCIÓN

ARTÍCULO 42: En la promoción de los estudiantes se considerará

conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas

del plan de estudio y la asistencia a clases.

Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de

estudio.

b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como

mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como

mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.

41.1 En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos

que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas

en el calendario escolar anual.

41.2 Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la

participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el

establecimiento, tales como: Salidas Pedagógicas, extraescolares,

recreativas, actividades deportivas, culturales, de literatura, ciencias y las

artes.

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293

41.3 El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-

pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la

promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida.

ARTÍCULO 43: Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, la

Escuela Rural Bahía Mansa, a través del director y su Jefe Técnico,

deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los

requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una

calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su

aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la

decisión de PROMOCIÓN O REPITENCIA de estos alumnos. Dicho

análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información

recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y

considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe

liderado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el profesor

jefe, Equipo PIE y Equipo multidisciplinarios del establecimiento que

hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe,

individualmente considerado por cada alumno, deberá contener, a lo

menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno

y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener

para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la

situación del alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos

sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

Para la elaboración de este informe, también se considerarán las

anotaciones de la hoja de vida del estudiante.

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294

ARTÍCULO 44:

PREVENCIÓN DE LAS DIFICULTADES DE LOS ESTUDIANTES:

El establecimiento como primera estrategia general, deberá hacer todo lo

posible por atender las dificultades de los estudiantes. Para esto se

implementarán una serie de programas y acciones a nivel más transversal.

a) Fortalecer el desarrollo profesional continuo de los docentes para

asegurar que se desarrollen procesos de enseñanza-aprendizaje de

alta calidad que ayuden a progresar a una amplia diversidad de

estudiantes, así como desarrollar habilidades para monitorear los

aprendizajes y tomar decisiones pedagógicas oportunas.

b) Incorporar programas que promuevan aprendizajes tempranos

fundamentales, por ejemplo, la lectura temprana o el fomento lector.

c) Instaurar programas o estrategias de construcción de climas

centrados en que el estudiante: Se sienta desafiado, tenga claridad

respecto de lo que se espera, tenga posibilidad de control sobre su

proceso de aprendizaje, trabaje colaborativamente con otros y pueda

generar vínculos con pares y profesores, que perciba las actividades

como interesantes y relevantes, que crea que es competente para

lograr los aprendizajes, que se sienta respetado y valorado, sienta

algún grado de preocupación por sus intereses, que tenga algún

grado de influencia respecto de cómo será evaluado.

ARTÍCULO 45:

MONITOREO, DETECCIÓN Y APOYO TEMPRANO.

Los estudiantes que no alcanzan los objetivos de aprendizaje no lo hacen

intencionadamente; más bien sus dificultades para aprender pueden estar

reflejando que los adultos no han logrado proporcionar el apoyo más

adecuado y un andamiaje que facilite su desarrollo y sus trayectorias

académicas. Se ha demostrado que la identificación e intervención

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295

oportuna, hacen una gran diferencia en la efectividad del apoyo que se les

puede ofrecer.

Por lo tanto, el monitoreo, detección y acompañamiento del estudiante que

pudiese estar en riesgo de repitencia, debido a dificultades en el proceso

de aprendizaje, será responsabilidad del Equipo de Psicólogas del

establecimiento en conjunto con el Profesor Jefe.

Bimensualmente, el Equipo de psicólogas y profesor jefe expondrán en

Consejo de Profesores, los avances y principales dificultades, de los

estudiantes que se encuentran con acompañamiento.

Será responsabilidad del apoderado tomar conocimiento del Plan de

Trabajo y firmar el compromiso para llevar a cabo el monitoreo y

orientación de parte del Equipo de Psicólogas y profesor jefe, desde el

inicio del año académico, con respecto al estudiante, cuya situación haya

sido analizada en Consejo de Profesores y promovido al curso superior.

ARTÍCULO 46: La Escuela Rural Bahía Mansa, durante el año escolar

siguiente, deberá arbitrar las medidas necesarias para proveer el

ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO de los alumnos que, según lo

dispuesto en el artículo anterior, haya o no sido promovidos.

ESTAS MEDIDAS DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL PADRE,

MADRE O APODERADO EN FORMA ESCRITA Y

COMPROMETERSE A APOYAR A SU PUPILO en actividades de

refuerzo enviadas al hogar, asistencia a talleres de reforzamiento,

asistiendo obligatoriamente a entrevistas personales con psicólogas,

docentes que le citen y a reuniones de apoderados, con la finalidad de

supervisar y monitorear el proceso de aprendizaje de los estudiantes,

tendientes a la mejora.

El acompañamiento pedagógico, como forma de implementación de estas

medidas puede tomar múltiples formas, consistiendo en, por ejemplo:

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296

a) Una tutoría realizada por un par en alguna asignatura específica,

b) Apoyo individual o colectivo de un asistente de la educación en el

aula,

c) diversificación de actividades de aprendizaje y/o evaluación,

d) derivación a apoyo psicosocial externo o interno,

e) planificaciones ajustadas a sus necesidades,

f) trabajo focalizado en su curso para abordar situaciones sensibles

(por ejemplo, bullying, dificultades en las relaciones sociales u

otras),

g) adecuaciones curriculares, entre muchas otras posibilidades, según

lo amerite cada situación.

Para que este acompañamiento cumpla el propósito de lograr mejoras en

la formación y aprendizaje de los estudiantes, resulta indispensable que

sean abordadas de forma sistemática, evaluadas y ajustadas, si se

considera necesario, a partir de las evidencias obtenidas sobre su aporte al

bienestar académico y socioemocional de cada estudiante.

Así entendidas estas medidas como indispensables, y como una forma en

que la escuela se hace cargo de las necesidades de sus estudiantes,

posibilitando que puedan enfrentar y subsanar las dificultades académicas,

culturales, idiomáticas y/o socioemocionales que presentaron y que los

llevaron a estar en una situación de riesgo de repitencia. Sin apoyos es

probable que estos estudiantes (independiente de que sean promovidos o

repitan de curso) ahonden más la brecha con sus pares y se genere un

círculo vicioso que implique que vuelvan a encontrarse en situación de

riesgo de repitencia en los años venideros.

A continuación se señalan algunas estrategias que pueden ser utilizadas en

los planes de acompañamiento:

•Intensificar el aprendizaje: Proporcionar enseñanza de alta calidad, tareas

interesantes, desafiantes y significativas, exigiendo al estudiante en ritmos

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297

y formas que le permitan ir teniendo logros graduales, manteniendo la

confianza en que pueden lograr aprendizajes profundos y complejos.

•Diversificar las estrategias de enseñanza-aprendizaje y evaluación: Usar

múltiples metodologías o modalidades de enseñanza y evaluación para

fomentar variadas formas de aprender y mostrar lo aprendido.

•Potenciar la evaluación formativa: Acompañar y monitorear el proceso

de aprendizaje levantando evidencia suficiente que permita saber cómo

está aprendiendo el estudiante e identificar sus potencialidades y

dificultades específicas que permita al docente tomar decisiones

pedagógicas más oportunas y precisas.

•“Club de tareas” o grupos de estudiantes que se reúnan para realizar sus

tareas en conjunto o estudiar en conjunto. De esta forma si los estudiantes

tienen dificultades para estudiar autónomamente los pares pueden apoyar.

•Tutorías que promueven habilidades académicas o sociales específicas:

pueden realizarse con estudiantes de la misma edad o de cursos

superiores, o con adultos, con supervisión de un profesor o profesional de

apoyo del establecimiento.

•Derivaciones a profesionales de la salud u otros servicios asistenciales

ARTÍCULO 47:

DECISIÓN DE PROMOCIÓN

Al finalizar el año escolar, como primer paso en la determinación de la

promoción de un estudiante, se deben analizar aspectos relativos a logros

de los objetivos de aprendizaje en sus respetivas asignaturas y su

asistencia a clases, tal como indica el artículo 10 del Decreto 67/2018.

Luego de este primer paso, los estudiantes que cumplan con estos

requisitos, serán automáticamente promovidos.

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298

Quienes no cumplan con estos requisitos, quedarán en situación de

RIESGO DE REPITENCIA.

En este momento se debe iniciar un proceso de análisis conjunto entre la

jefatura de UTP, el profesor jefe, docentes de asignaturas y Equipo

Multidisciplinario del establecimiento que hayan participado del proceso

de aprendizaje del estudiante durante el año en curso.

La decisión de promoción o repitencia no puede tomarse solamente a partir

de un algoritmo matemático simple (es decir, solo conjugando reglas fijas

basadas en números, en este caso, las calificaciones finales y al porcentaje

de asistencia), sino que debe existir una reflexión en torno a las habilidades,

la trayectoria escolar, el contexto, el ritmo de aprendizaje y el bienestar

socioemocional del estudiante.

La situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar

resuelta antes del término de cada año escolar y consignado en acta de

Consejo de Profesores la Resolución Final del estudiante.

Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun

cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

ARTÍCULO 48: La situación final de promoción de los alumnos quedará

resuelta al término de cada año escolar, debiendo el establecimiento

educacional, entregar un certificado anual de estudios que indique las

asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y la

situación final correspondiente.

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el

establecimiento educacional en ninguna circunstancia.

El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para

estos efectos, podrá expedir los certificados anuales de estudio y los

certificados de concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que

esté ubicado el establecimiento educacional donde haya estudiado. Lo

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299

anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión

según lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N° 19.880.

ARTÍCULO 49: En los establecimientos reconocidos oficialmente por el

Estado, el rendimiento escolar del alumno no será obstáculo para la

renovación de su matrícula, y tendrá derecho a repetir curso en un mismo

establecimiento a lo menos en una oportunidad en la educación básica, sin

que por esa causal le sea cancelada o no renovada su matrícula.

CAPÍTULO IV: NORMAS FINALES

ARTÍCULO 50: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción

Escolar consignarán en cada curso: la nómina completa de los alumnos,

matriculados y retirados durante el año, señalando el número de la cédula

nacional de identidad o el número del identificador provisorio escolar, las

calificaciones finales de las asignaturas del plan de estudios y el promedio

final anual, el porcentaje de asistencia de cada alumno y la situación final

correspondiente.

Las Actas deberán ser generadas por medio del sistema de información del

Ministerio de Educación disponible al efecto y firmadas solamente por el

director del establecimiento.

ARTÍCULO 51: En casos excepcionales, en los que no sea factible

generar el Acta a través del SIGE, el establecimiento las generará en

forma manual, las que deberán ser visadas por el Departamento Provincial

de Educación y luego enviadas a la Unidad de Registro Curricular de la

región correspondiente. El establecimiento guardará copia de las Actas

enviadas.

ARTÍCULO 52: Aquellas situaciones de carácter excepcional derivadas

del caso fortuito o fuerza mayor, como desastres naturales y otros hechos

que impidan al establecimiento dar continuidad a la prestación del

servicio, o no pueda dar término adecuado al mismo, pudiendo ocasionar

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300

serios perjuicios a los alumnos, el jefe del Departamento Provincial de

Educación respectivo dentro de la esfera de su competencia, arbitrará

todas las medidas que fueran necesarias con el objetivo de llevar a buen

término el año escolar, entre otras: suscripción de actas de evaluación,

certificados de estudios o concentraciones de notas, informes

educacionales o de personalidad.

Las medidas que se adopten por parte del jefe del Departamento

Provincial de Educación durarán sólo el tiempo necesario para lograr el

objetivo perseguido con su aplicación y tendrán la misma validez que si

hubieran sido adoptadas o ejecutadas por las personas competentes del

respectivo establecimiento.

ARTÍCULO 53: Las situaciones de evaluación, calificación y promoción

escolar no previstas en el presente decreto serán conocidas y resueltas por

el jefe del Departamento Provincial de Educación. En contra de esta

última decisión se podrá presentar recurso de reposición y jerárquico en

subsidio.

ARTÍCULO 54: La Subsecretaría de Educación mediante resolución

podrá elaborar orientaciones y recomendaciones sobre las normas y

procedimientos de Evaluación, Calificación y Promoción, a las que los

establecimientos educacionales podrán voluntariamente adscribirse.

Artículo segundo:

Derógase los decretos exentos N° 511 de 1997, N° 112 de 1999 y N° 83

de 2001, todos del Ministerio de Educación.

Artículo transitorio:

Los establecimientos educacionales deberán ajustar sus correspondientes

reglamentos de evaluación, calificación y promoción a las normas

mínimas establecidas por el presente decreto, al inicio del año escolar

2020.

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301

CAPÍTULO XXXVIII: PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA

ESCOLAR

A continuación se presentara el plan de trabajo de convivencia escolar que

se realizarán durante el año escolar, algunas de las labores que se realizaran

serán:

Talleres en hora de orientación en relación a temas que sean

propuesto por padres, apoderados y alumnos, los cuales sean de real

aporte de acuerdo a la realidad de la comunidad escolar.

Por otro lado se ampliara la red de becas y beneficios comunales y

estatales para todos aquellos alumnos que cumplan con los requisitos

de postulación.

En relación a la atención psicológica y social, estas serán más

personalizadas para alumnos y apoderados, entregando apoyo y

orientación a ambas partes y realizando seguimiento de cada caso

como dupla.

También se realizara la revisión de la asistencia de manera mensual

para evitar la deserción escolar, realizando seguimiento de los casos

más preocupantes y que requieran atención.

Realización de talleres o capacitaciones a padres y docentes de la

escuela con la finalidad de reforzar aquellos temas e inquietudes que

no les permitan avanzar a cada uno en su función como padres.

Se utilizaran todas las redes de apoyo que puedan entregar y agilizar

las soluciones a las posibles problemáticas que puedan presentar

alumnos, padres y apoderados.

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302

En relación a las atenciones de docentes y apoderados están se

entregaran de manera diaria de acuerdo a las necesidades que cada

uno pueda presentar.

Otro de los beneficios que se activaran para los alumnos de la escuela

y sus familias son canastas de alimentación familiar, en los casos más

vulnerables de la escuela.

En relación a Bienestar para los docentes, se crearan actividades de

autocuidado para todo el cuerpo docente, así como también, se le

apoyara con lo que vaya necesitando según las problemáticas que

estos presenten.

Como dupla también se organizaran y gestionaran salidas pedagógicas

con los alumnos de séptimo y octavo a diferentes lugares y realidades

que le permitan tener otra visión de la vida y los motiven a mejorar

como persona.

Coordinación con área de salud (Junaeb) para la atención de los

alumnos en sus diferentes problemáticas.

Otra de las acciones que se realizaran es el trabajo con las redes

comunales dentro de las cuales se encuentran el trabajo con OPD,

Cesfam, Carabineros de Chile, PDI, Cosam, Juzgado de familia, entre

otros, realizando reuniones de trabajo y entrega de información acerca

de los diferentes casos que pueda presentar la escuela.

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PLAN DE GESTION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR 2020

Área

Actividades

Encargado de

actividad

Objetivos de la actividad

En que

contribuye

Mes de

ejecución

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Socialización de

protocolos, según

reglamento Interno

Equipo de

convivencia

Escolar,

profesores Jefes

Informar a a la comunidad

educativa, los procedimientos

que se deben realizar frente a

situaciones de vulneración,

compartamiento, derivaciones y

otras , con el fin activar de

manera de correcta los

protocolos que exige la Ley

Contribuye a la

prevención y

cuidado de los

estudiantes y de la

comunidad

educativa en

general, a la hora

de detectar las

problemáticas a

las que podemos

vernos

enfrentados como

escuela

Marzo

Page 304: REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA … › ... › 7593 › ReglamentodeConvivencia7593.pdf · 2020-03-17 · 4.2 horario de la jornada ... capÍtulo xxix: protocolo

304

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Celebración del día

nacional del

ciberbulliyng

Equipo de

Convivencia

Escolar y

profesores jefes

Informar de manera general

acerca del ciber acoso,

entregando charlas a docentes

padres apoderados y alumnos,

con la finalidad de prevenir esta

problemática a nivel escuela ,

concurso de afiches con

evaluadores externos.

*Se utilizarán orientaciones

entregadas por MINEDUC

Esto contribuye a

la buena y sana

convivencia

escolar entre

todos los que

conforman la

comunidad.

Efeméride

14 de

Marzo

Se celebra

el día

miércoles

18 de

marzo

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día de los niños y niñas

indígenas

Equipo de

convivencia

escolar,

extraescolar y

EIB

Celebrar el día de los niños y

niñas indígenas, considerando

nuestro contexto cultural,

realizando para esto durante el

día un Encuentro de Palín.

Desayuno compartido.

Esta actividad

contribuye a la

cosmovisión de la

cultura mapuche

huilliche y su

identidad como

pueblo,

considerando a

todos nuestros

niños y niñas,

Efemérides

18 de

Marzo

*fecha de

celebración

20 de

marzo

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305

generando en

ellos un mayor

reconocimiento de

su cultura.

LIDERAZGO Escuela Segura Equipo de

Convivencia,

Encargado de

seguridad

Jornada de talleres por curso y

1ero. Operación cooper

Esta actividad

contribuye a

prevención y

autocuidado de

los estudiantes y

de todos los que

conforman la

Unidad Educativa

Lunes 30

de marzo

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Formación del centro

de alumnos

Equipo de

Convivencia

Escolar,

profesor Hugo

Rivera.

Fomentar la participación y el

derecho cívico y democrático de

los estudiantes mediante la

elección del centro general de

alumnos del establecimiento.

Contribuye a la

formación cívica a

la participación y

análisis de los

participantes, todo

esto enfocado a la

buena

convivencia

escolar

03 de abril

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306

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Talleres psicosociales

Dupla

psicosocial y

profesor

encargado

Realizar talleres psicosociales

con la finalidad de entregarles a

los estudiantes de 7° y 8° básico

información de temas actuales y

relevantes. Los cuales serán

elegidos por los alumnos según

sus intereses y dudas para

orientar y desarrollar su punto de

vista.

Esta actividad

contribuye en que

los estudiantes se

crean una

percepción y

opinión acerca de

los temas que hoy

en día se

encuentran en la

palestra de nuestra

sociedad,

abriéndoles la

posibilidad de

obtener

conocimiento y

conciencia social.

De Marzo

a

Diciembre

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307

GESTIÓN

PEDAGÓGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día mundial de la

actividad física

Equipo de

convivencia

escolar

Profesor de

educación

física, Ángelo

Barría y

profesores

jefes.

Promover el deporte a través de

actividades con toda la

comunidad de estudiantes en el

sector playa Bahía Mansa a

cargo del profesor Angelo Barría

Fomentar hábitos

de deporte en la

comunidad

educativa,

haciéndolos parte

de un conjunto de

actividades

recreativas en la

playa

6 de abril

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Buen trato

Dupla

psicosocial,

profesores jefes

Concientizar de kínder a 8ª

básico la importancia del buen

trato entre los estudiantes y sus

pares así como también

profesores reforzando el respeto

mutuo y la colaboración en horas

de orientación.

A mejorar la

convivencia

escolar a nivel

escuela

considerando a

todos los que

integran la

comunidad

educativa.

Mes de

abril

semana 13

al 17 abril

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308

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Capacitación

Prevención del

suicidio juvenil

Orientar al cuerpo docente y

asistentes de la educación en una

capacitación enfocada en la

prevención del suicidio

adolescente.

Esta actividad

contribuye, a

mejorar el clima

de trabajo, dando

instancias de

fortalecimiento en

las relaciones

interpersonales y

de trabajo dentro

de la comunidad

educativa.

Mes de

mayo

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día nacional de la

convivencia escolar.

Equipo de

Convivencia

Escolar

Promover a través de juegos

populares el buen trato entre los

que componen la comunidad

educativa, realizándose

concursos en que los alumnos

participen y se relacionen.

Contribuye a las

buenas relaciones

sociales entre sus

pares

incentivando el

respeto la

comunicación y

participación de

los estudiantes

24 de abril

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309

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día mundial del libro

Equipo de

conviviencia

escolar,

profesores jefes

Fomentar a través de la

ornamentación de las salas de

cada curso, la creatividad y el

interés por la lectura.

Contribuye al

conocimiento y

respeto por la

lectura y permite

aumentar el

interés por los

libros y sus

contenidos.

Desde el

15 al 22 de

abril

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Talleres de inclusión

escolar

Psicólogas

dupla

psicosocial y

Equipo PIE,

profesores jefes

Concientizar a la comunidad

educativa de lo importante que es

incluir a todos los estudiantes sin

importar sus diferencias, esto a

través de talleres informativos

(reuniones de curso) para padres

y apoderados y estudiantes,

utilizando a su vez horas de

orientación para trabar el tema

con profesor y alumnos .

“Campaña de teletón”

Esto contribuye a

al conocimiento

de la comunidad

educativa y a la

aceptación de

todos los niños

que son parte de

la escuela que al

sentirse parte de

la institución

podrán desarrollar

de mejor manera

sus estudios.

3 y 4 abril

Mes Abril

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310

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día del carabinero

Equipo

Directivo

Promover el reconocimiento de

la labor y protección que

cumplen carabineros de Chile en

nuestra comuna.

Contribuye al

respeto y buenas

relaciones entre la

comunidad y su

redes de apoyo a

nivel público.

27 de abril

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día de la Madre

(Trawun)

Equipo de

Convivencia

escolar,

Profesores Jefes

Celebrar en conjunto con la

Unidad Educativa el día de la

madre, invitando a las diferentes

comunidades indígenas donde

participan nuestras apoderadas

Contribuye a la

convivencia

escolar, al respeto

y valoración de la

familia y al

rescate de la

cultura mapuche-

williche.

Viernes 08

mayo

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día del alumno

Escuela y

docentes del

establecimiento.

Los profesores y Asistentes de la

Educación realizan actividades

recreativas (acto) para los

estudiantes con la finalidad de

que se sientan reconocidos como

factor importante de la escuela

Contribuye a la

recreación,

fomentar buenas

relaciones y lazos

afectivos entre

estudiantes y

profesores.

11 de

mayo.

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311

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Prevención de abuso

sexual

Equipo de

convivencia

escolar

Realizar charlas educativas de

kínder a 4to básico a través de

guía mi sol y en segundo ciclo

charlas de grooming y sexting y

charlas apoderados de 5to a

8tavo

Contribuye al

conocimiento y

educación de la

comunidad

educativa con la

finalidad de

prevenir el acoso

y abuso sexual.

Mes de

Mayo

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Combate naval de

Iquique

Escuela y

encargada de

convivencia

escolar

Promover el reconocimiento a

los héroes patrios y a la labor que

cumple las fuerzas navales de la

armada cumple en la comuna de

san juan de la costa.

Contribuye al

respeto y buenas

relaciones entre la

comunidad y sus

redes de apoyo a

nivel público.

(Semana

del 18 al

20)

21 de

mayo

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312

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Dia mundial del medio

ambirnte

Equipo Alci, 7°

y 8°, profesor

angelo barria

Realizar salida pedagogica con la

finalidad de hacer limpieza de

playa con alumnos de 7° y 8°

para concientizar el cuidado de la

ñuke mapu.

Contribuye a la

participacion, el

cuidado y

concientizacion

de los estudiantes

a proteger su

contexto natural

5 de junio

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Talleres de afectividad

y sexualidad en

educación básica

Dupla

Psicosocial

Entregar información pertinente

y relevante a toda la entidad

educativa desde 7 y 8ª básico,

para concientizar sobre la

afectividad en las relaciones

Contribuye al

reconocimiento

emocional en el

aspecto afectivo y

al respeto mutuo

entre personas.

Mes de

junio

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día mundial para la

prevención del abuso

sexual

Dupla

psicosocial,

profesores jefes

Educar a través de charlas de

concientización a los padres y

apoderados. “Cariños Buenos y

Cariños Malos” y charlas de

prevención en todo segundo

ciclo ( afiches).

Contribuye a la

prevención del

abuso en niños

niñas y

adolescentes y

concientización

Mes junio

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313

de la comunidad

educativa

tomando en

cuenta a padres y

madres del

establecimiento

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Celebración del

Wetripantu

Toda la Unidad

Educativa

Fomentar la celebración de las

raíces y cultura huilliche

mapuche, para generar sentido de

pertenecía en la comunidad

educativa.

Contribuye a la

buenas relaciones

entre todas las

partes de la

comunidad

educativa y su

cultura,

fomentando el

sentido de

pertenencia de la

zona

21 de junio

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Autocuidado

Escuela,

profesores y

asistentes

Fomentar la importancia del

autocuidado en todos los

integrantes de la unidad

educativa, para generar

Contribuye a la

dispersión del

personal de

trabajo a la

Mes de

julio

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314

equipo

directivo.

motivación y compromiso entre

los funcionarios y recargar

energías.

renovación de

energías y al

aumento de las

motivaciones

personales y

mejores

relaciones de

trabajo.

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Aniversario escuela Toda la Unidad

eductiva

Celebrar con toda la comunidad

educativa el aniversario del

establecimiento

Esta actividad

contribuye a

fortalecer el

sentido de

pertenencia.

Semana 06

al 09 de

julio

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día de la paz y no

violencia

Equipo de

Convivencia

Escolar,

profesores

asignatura

artística.

Instaurar en los estudiantes a

través de afiches ambos

conceptos en primer y segundo

ciclo, para luego realizar un

concurso de sus creaciones para

premiar las mejores y ser

expuesta al frontis de la escuela.

Esta actividad

contribuye a

interiorizar la paz

y la no violencia

como una

posibilidad hacer

uso del hablar y

18 de

agosto

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315

comunicarse en

vez de golpearse a

la hora de resolver

un problema.

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Trawun (día de la

Mujer indígena)

Equipo de

convivencia

escolar, Equipo

Alci

Conmemorar en conjunto con la

comunidad educativa el día de la

Mujer indígena .

Esta actividad

busca fortalecer la

identidad cultural,

su valoración y

fortalecer los

lazos entre las

comunidades.

Viernes 04

de

septiembre

GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Celebración de fiestas

patrias

Toda la

comunidad

educativa.

Celebrar junto a la comunidad

educativa las fiestas patrias con

una quermes escolar, con la

participación de Kínder, 1° y 2°

ciclo y padres y apoderados y

profesores, para el

fortalecimiento de nuestras raíces

y costumbres con el

Esta actividad

fortalece la

participación y las

relaciones

humanas entre

comunidad y

escuela, siendo

nuestro punto más

Mes de

septiembre

16 y 17

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316

ornamentación de las salas según

zonas de chile.

Juegos populares /17 septiembre

importante la

participación de

nuestros

estudiantes

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día de los asistentes de

la Educación

Equipo de

Convivencia

escolar,

profesores

Celebrar a nuestros asistentes de

la educación, con la finalidad de

reconocer su labor dentro de

nuestro establecimiento en

compañía y participación de

nuestros estudiantes, con un acto

a nivel escuela.

Promover la

participación de

nuestros

estudiantes y el

reconocimiento a

asistentes de la

educación del

establecimiento

con una actividad

recreativa creada

por los estudiantes

de nuestra escuela

01 de

octubre

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día de Profesor Equipo de

convivencia

escolar,

asistentes de la

educación

Celebrar a nuestros docentes, con

la finalidad de reconocer su labor

dentro de nuestro

establecimiento en compañía y

participación de nuestros

Promover la

participación de

nuestros

estudiantes y el

reconocimiento a

16 de

Octubre

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317

estudiantes, con un acto a nivel

escuela.

nuestro cuerpo

docente del

establecimiento

con una actividad

recreativa creada

por los estudiantes

de nuestra escuela

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Corrida Familiar Equipo de

convivencia esc

olar y

extraescolar

Realizar una actividad de

esparcimiento y recreación

haciendo partícipe a toda la

comuniad escolar.

Promover la

actividad física y

la buena

convivencia

escolar.

9 de

octubre

GESTIÓN

PEDAGÓGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Pichikeche ulcantun

(cantar Mapuche),

Kume iyal,

presentacion de

comidas mapuche

huilliche

Equipo de

convivencia

escolar, equipo

Alci, profesores

jefes

Se invitara a escuelas de la

comuna para realizar una

muestra gastronomica y cultural

para finalizar con un kume iyal

Contribuye a las

buenas relaciones

entre los

establecimientos y

comunidades y al

reconocimiento de

la cultura

mapuche huilliche

5 de

noviembre

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GESTIÓN

PEDAGÓGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Día de la Educación

Parvularia.

Equipo de

convivencia

Escolar,

Educadora de

Párvulo

Fomentar la actividad física a

través del juego. Se invitará a

esta actividad al Jardín Infantil

Martín Pescador, para compartir.

Reconocer el

trabajo de las

educadoras de

párvulos y generar

espacios para que

los párvulos

puedan compartir

a través del juego.

23 de

noviembre

GESTIÓN

PEDAGÓGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Fútbol playa Extraescolar y

Equipo de

Convivencia

Escolar

Fomentar la actividad física a

través del deporte.

Contribuye a

fomentar los

habitos de vida

saluable y el

deporte.

13 de

noviembre

GESTIÓN

PEDAGÓGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Premiación y

reconocimiento de los

estudiantes

Equipo de

Convivencia

Escolar,

profesores jefes

Reconocer el esfuerzo,asistencia

y rendimiento escolar de

nuestros estudiantes a través de

un acto de premiación

Esta actividad

contribuye a

formar la

autonomía del

estudiante en sus

estudios.

Julio y

diciembre

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GESTION

PEDAGOGICA Y

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Licenciaturas de Kínder

y 8° básico

Escuela y

asistentes de la

educación

Reconocer el esfuerzo de

nuestros estudiantes a través de

un solemne acto donde se les

hará entrega de sus diplomas por

ser promovidos de curso , en

compañía de sus seres queridos y

profesores

Esta actividad

contribuye a

fortalecer y

reconocer el

esfuerzo que

hacen día a día los

estudiantes para

superarse y

alcanzar sus metas

personales

Mes de

diciembre

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ANEXOS

ANEXOS

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES