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Reglamento Interno y Convivencia Escolar Escuela Arturo Matte Alessandri Pemuco 2021 Establece Principios de Convivencia y Protocolo de actuación ante hechos que requieran intervención por parte de la Comunidad Educativa.

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Reglamento Interno y Convivencia Escolar Escuela Arturo Matte Alessandri

Pemuco 2021

Establece Principios de Convivencia y Protocolo de actuación ante hechos que requieran intervención por parte de la Comunidad Educativa.

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TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES: Art.1: El presente Reglamento contiene las normas básicas por las cuales todo alumno y alumna de la Escuela Arturo Matte Alessandri debe regirse y tienen que ver con sus derechos y deberes, relacionados tanto con sus actitudes de persona, estudiante y a sus interrelaciones con los demás miembros de la comunidad escolar, todo esto en el marco de los principios valóricos que sustenta el establecimiento, contenidos en el Proyecto Educativo Institucional. Misión: Entregar a sus estudiantes una educación inclusiva, formando niños capaces de respetar y cuidar el medio ambiente, y de incorporarse con éxito a la siguiente etapa del sistema educativo. Visión: Una escuela acogedora en base a principio de calidad, equidad y participación para que los niños y niñas reciban una educación pertinente sin discriminación y con profundo respeto a la diversidad Art.2: El presente Reglamento sobre Convivencia Escolar tiene como base jurídica los siguientes cuerpos legales:

Constitución Política de la República de Chile. Ley General de Educación Nº 20.370 del 12/09/2009 Ley 20536 del 17/09/2011, que modifica la Ley General de Educación. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Declaración Universal de los Derechos del Niño.

. La Ley de Inclusión Escolar Nº 20.845 Ley de Drogas Nº 20.000, artículo 50 del 02/02/2005. Reglamento de Convivencia Escolar (2004), emanado del Ministerio de

Educación. Ley inclusión 20.845 año 2015 Ley violencia escolar 20536 año 2011 Además, tiene como marco referencial el Proyecto Educativo Institucional.

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TITULO II DEFINICIONES: Art.3: Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todo el personal, padres y/o apoderados y alumnos(as), quienes deben relacionarse entre sí respetando los principios y valores que sustenta la institución. Art.4: Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), la Convivencia Escolar “es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”. Agrega, que “La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)” Art.5: Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación, sana convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes” Según la Ley 20536, la buena convivencia escolar se entiende como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. Art.6: De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas. A saber:

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a. Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”. b. Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”. c. Violencia: “todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”. d. Bullying: “Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido(a) y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones por parte de uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet”

e. Grooming es la acción deliberada de un adulto, varón o mujer, de acosar sexualmente a una niña, niño o adolescente a través de un medio digital que permita la interacción entre dos o más personas, como por ejemplo redes sociales, correo electrónico, mensajes de texto, sitios de chat o juegos en línea. TÍTULO III LOS OBJETIVOS: El presente Reglamento tiene como objetivos: Art.7: Asegurar una buena convivencia escolar que favorezca el normal desarrollo académico, personal, social y espiritual de los alumnos y alumnas, como de todos los miembros de la comunidad escolar. Art.8: Promover los valores que sustenta el Establecimiento, como base para un comportamiento disciplinario de los estudiantes, que favorezca un buen clima dentro del establecimiento y la búsqueda de soluciones a conflictos y problemas de la vida escolar. Esto con un carácter formativo y en un ambiente de respeto mutuo hacia las personas y los principios de la institución. Art.9: fomentar actitudes de orden, respeto, responsabilidad, cooperación y participación, a través de la creación conjunta de espacios de socialización y de

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aceptación mutua, que contribuyan a un ambiente académico adecuado para el desarrollo integral de los estudiantes. Art.10: Establecer los criterios y aplicar las medidas disciplinarias tendientes a lograr un comportamiento que contribuya a una buena convivencia escolar para sí mismo y, que ayude a cada estudiante. Art.12: Establecer protocolos de actuación para los casos de acoso escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados. TITULO IV DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Art.13: DE SU DEFINICION El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia de la comunidad de la Escuela Arturo Matte Alessandri, creando e impulsando acciones que fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos conforme al presente Reglamento. Art.14: DE SUS INTEGRANTES El Comité de Convivencia Escolar, está integrado por: a. El Encargado de Convivencia Escolar. b. Director(a). c. Psicólogo y/o asistente social. (Cuando sea requerido) d. Representante convivencia escolar apoderados e. Representante convivencia escolar alumnos. f. Representante convivencia asistentes de la educación. Art.15: DE SUS OBJETIVOS El Comité tiene los siguientes objetivos: a. Diseñar, implementar, promover y evaluar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento. b. Determinar qué alumnos o alumnas precisan de apoyo para superar sus problemas de comportamiento. c. Optimizar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento. e. Mantener informada permanentemente a la comunidad educativa sobre el diseño y ejecución de planes de Convivencia Escolar.

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Art.16: DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA a. El Comité de Convivencia Escolar es presidido por el Encargado de Convivencia b. Anualmente informará a la comunidad acerca de los protocolos de convivencia escolar. d. Después de cada sesión, el Encargado del Comité informará a los profesores jefes, de asignaturas y apoderados(as) sobre los alumnos y alumnas que están siendo tratados y cuáles son las acciones que se les está aplicando. e. El Encargado del Comité debe informar en cada sesión del estado de avance de los casos en tratamiento y de nuevos alumnos que presentan dificultades. f. El Encargado del Comité debe sesionar en conjunto con los profesores de un curso y/o nivel determinado, si el caso lo amerita. g. El Encargado del Comité podrá reunirse con el Presidente del Centro de Alumnos y/o el Presidente del Centro General de Padres, para efectos de prevención y promoción de la sana convivencia escolar y/o cuando alguna situación especial, relacionada con ésta, lo amerite. TITULO V DE LA CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS: Art.17: Son estudiantes regulares del establecimiento cuyos apoderados(as) hayan matriculado a su pupilo y cumplan con los compromisos contraídos en el reglamento de convivencia escolar. Art.18: La matrícula significa para el alumno(a) la aceptación de los derechos, deberes y beneficios que el establecimiento rige para sus educandos, y a la vez, el compromiso de cumplir las disposiciones reglamentarias vigentes y las normas que regulan la convivencia escolar. TITULO VI DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: El estudiante tiene derecho a: Art.20: Conocer el Reglamento de Convivencia Escolar y los reglamentos específicos, como, por ejemplo: de biblioteca, laboratorios de computación, de actividades extraprogramáticas, de seguridad escolar, Centro de Alumnos.

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Art.21: Conocer el Reglamento de Evaluación y Promoción del establecimiento, el que se encuentra a disposición en biblioteca. Art.22: Tiene derecho a conocer las observaciones registradas en su hoja de vida en el libro de clases, sean éstas favorables o desfavorables. Art.23: Plantear, respetuosa, formal y responsablemente, sus inquietudes académicas, valóricas y administrativas en los distintos niveles de gestión del establecimiento, siguiendo el conducto regular establecido, según sea la situación: a) Situación Académica: Profesor(a) de Asignatura Profesor(a) jefe Encargado de convivencia Director b) Situación que afecte la convivencia escolar u otra: Profesor(a) jefe Profesor(a) de asignatura Encargado de convivencia escolar. Director Art.24: Participar en todas las actividades académicas curriculares propias de su nivel, salvo por impedimentos específicos o prescripción médica, debida y oportunamente informado y registrado en el establecimiento o por encontrarse bajo medida disciplinaria, contemplada en el Reglamento. Art.25: Participar en las actividades de su curso y en aquellas organizadas por el Centro de estudiantes del establecimiento. Formar parte de la directiva de estas organizaciones, cumpliendo con la normativa establecida para estos efectos. Art.26: Participar en actividades de extraescolares que el establecimiento promueva y desarrolle, fuera de horario de clases. Art.27: Recibir un trato respetuoso y digno por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa. Art.28: Frente a cualquier situación que altere la sana convivencia y, previo a la aplicación de una medida disciplinaria, todos los estudiantes tienen derecho a un debido proceso, en conformidad con las normas de este reglamento, con el objetivo de acreditar su responsabilidad o absolución en los hechos investigados.

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Art.29: Utilizar la infraestructura con que cuenta el establecimiento para el adecuado y normal desarrollo de sus actividades formativas, de acuerdo a sus normas. TITULO VII DE LOS DEBERES DEL LOS ESTUDIANTES: EL estudiante tiene el deber de: Art.30: Respetar los principios y valores institucionales. Art.31: Cumplir con todas las exigencias académicas establecidas por el establecimiento. Art.32: Respetar y cumplir los Reglamentos establecidos por el establecimiento. Art.33: Respetar a sus compañeros de curso y de su escuela, al igual que a los demás miembros de la comunidad escolar, contribuyendo así a mantener una sana convivencia escolar. Art.34: Representar de manera digna y apropiada a la escuela en actos públicos y privados, desfiles, ceremonias, salidas a terreno u otros en los cuales le corresponde participar o asistir, manteniendo un lenguaje, presentación personal y comportamiento correctos. Art.35: Respetar el entorno natural y ambiente físico del establecimiento, participando de su cuidado y mantención. TITULO VIII DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTES: Art.36: De la Puntualidad Considerando que la puntualidad es un hábito positivo de enorme significado en la vida personal y ciudadana, se establecen los siguientes procedimientos para contribuir a su logro. a. El ingreso de los estudiantes al establecimiento es desde las 8:00 hrs. Las clases se inician a las 08:30 hrs. b. Si un estudiante llegara atrasado a la hora de ingreso al establecimiento, la inspectora del establecimiento autorizará el ingreso del estudiante al aula.

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c. La inspectora del establecimiento será la responsable de ingresar los estudiantes a sus respectivos cursos. Art.37: De la Asistencia Respecto de la asistencia, el Reglamento considera las siguientes responsabilidades: a. Es obligación de los estudiantes asistir a todas las clases, asambleas y otras actividades programadas por el establecimiento. b. Toda inasistencia a clases deberá ser justificada personalmente por el apoderado y/o dar aviso al profesor jefe. c. Si el estudiante, estando en el establecimiento, se retira de éste sin autorización, el profesor(a) dará aviso al apoderado y quedará registrado en el libro de clases. (hoja de vida). d. Ante una inasistencia por enfermedad, el alumno(a) deberá, a través de su apoderado:

• Informar oportunamente al funcionario correspondiente, pues las inasistencias superiores a un 15% del total de días trabajados, según calendario escolar, afectará la promoción del (la) alumno(a).

• Acompañarse de éste el día que se presente para reincorporarse a clases y,

• Presentar Certificado Médico cuando la situación lo amerite, dentro de las primeras 48 horas de producida la enfermedad, firmado por el Profesional competente en el área. No se aceptarán certificados médicos fuera del plazo establecido. Frente a licencias médicas prolongadas, de la Dirección se emanará una resolución según sea el caso.

e. El alumno(a) debe permanecer en el Establecimiento hasta el término de su jornada escolar. f. Si algún(a) alumno(a) requiere retirarse del establecimiento antes de su término de horario debe ser retirado sólo por su apoderado, siempre y cuando no tenga que rendir evaluaciones durante ese día. (Se registrará en el libro de Salidas). g. Si un alumno(a) debe ausentarse para representar al establecimiento en actividades oficiales extra aula o por otras situaciones ponderadas por la autoridad correspondiente, la Dirección respectiva deberá informar y quien lo comunicará por escrito a los profesores de asignaturas respectivos.

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Del cuidado personal y del entorno: Art.38: Es responsabilidad del estudiante del establecimiento: a. Usar en todas las actividades escolares el uniforme oficial del establecimiento (buzo y uniforme). b. Durante su permanencia en la escuela, mantener una presentación personal adecuada a su condición de estudiante. c. Hacer buen uso de las instalaciones y del mobiliario del establecimiento, manteniéndolo en buenas condiciones y utilizándolo en forma correcta. d. Responsabilizarse de cualquier deterioro que ocasionare, asumiendo el costo de reposición o reparación que ello demanda y se le aplicará una sanción de acuerdo a la gravedad de los hechos. e. Respetar el derecho y la propiedad privada de las demás personas. f. Entregar al Profesor, Coordinador o asistente todo objeto encontrado en el establecimiento y que no sea de su propiedad. h. Conducirse en forma correcta dentro y fuera del Establecimiento. Si así no fuere será amonestado y/o sancionado según corresponda a la gravedad de los hechos. i. Respecto al uso de equipos electrónicos, juegos, celulares, bazucas o cualquier, será responsabilidad del estudiante el cuidado y siempre que el profesor lo haya solicitado para alguna actividad. j. Si durante la jornada escolar algún estudiante presentara un problema, debe comunicarlo inmediatamente al Profesor de asignatura, profesor jefe o asistente de la educación respectivo, antes de llamar directamente a su apoderado. Art.39: Del trabajo escolar: a. Es responsabilidad del estudiante que ha faltado a clases informarse, sobre materias tratadas, trabajos, tareas y pruebas asignadas durante su ausencia. b. Por ningún motivo se autorizará que un estudiante rinda pruebas o realice trabajos en el horario correspondiente a otra asignatura sin autorización previa del profesor quien solicite dicha evaluación. c. El estudiante que por motivos de inasistencia justificada no diere cumplimiento a trabajos previamente asignados deberá hacer entrega de éstos en el plazo indicado por el profesor. d. El estudiante que sin justificación válida no entregue trabajos asignados en las fechas fijadas por el profesor, deberá presentarlo en la clase siguiente. Pasado ese plazo será evaluado con la nota mínima 1,0. el profesor de asignatura deberá dejar registrado en el libro de clase. e. Si un estudiante es sorprendido(a) copiando en una prueba, ésta se le retirará y se calificará con un 1,0. Además, su actitud se registrará en el Libro de Clases y se informará por escrito a su apoderado.

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F.Presentarse a clases con todos los materiales solicitados por el docente según las exigencias de cada sector de aprendizaje. TITULO IX DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS: Art.40: ACCIONES GENERALES DE ACOMPAÑAMIENTO PREVENTIVO El establecimiento con el fin de mantener una sana convivencia realizará las siguientes acciones preventivas: a. Talleres preventivos sistemáticos para los estudiantes en consejos de curso y orientación. b. Talleres de fortalecimiento del rol parental en reuniones de microcentro. c. Entrevistas del profesor jefe con sus estudiantes y profesores del curso, con la finalidad de conocer las inquietudes, intereses y problemáticas de éstos. d. Entrevistas de profesor jefe con sus apoderados(as) para tratar temas relacionados con su pupilo. Art.41: ESTRATEGIAS FORMATIVAS ESPECIALES Y DE ACOMPAÑAMIENTO ANTES DE LA TOMA DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

a. Individuales:

En el caso que un estudiante vivencie alguna problemática, se adoptarán las siguientes estrategias formativas especiales y de acompañamiento, antes de aplicar las medidas de observación, condicionalidad, denegación o cancelación de matrícula.

Estrategias de apoyo Responsable Temporalización

Entrevistas al alumno que presente problemas disciplinarios, con el fin de conocer su problemática y establecer acuerdos para el cambio.

Profesor jefe o de asignatura

De acuerdo a evolución

Entrevistas a los padres del estudiante que presenten problemas disciplinarios, para informarle la situación, de los acuerdos con el alumno(a) y establecer acciones de apoyo de su parte.

Profesor jefe o de asignatura. Y encargado de convivencia

De acuerdo a evolución

Diagnóstico previo a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras.

Psicóloga y/o asistente social

Según derivación y necesidad.

Seguimiento al estudiante que están siendo tratados por especialistas.

Psicóloga y/o asistente social

Cada vez que la situación lo amerite

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TITULO X DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS: Art.42: Las faltas de los estudiantes se clasifican en leves, graves y gravísimas, distinguiéndose en su justa dimensión, para efectos de aplicar medidas disciplinarias, primer a cuarto año básico y de quinto a octavo año básico. Art.43: La normativa para resolver situaciones especiales en el ciclo de Educación Parvularia, se aplicará según protocolo establecido para tal efecto. Art.44: FALTAS LEVES Faltas leves son aquellas conductas que transgreden las normas que regulan la convivencia y que, sin llegar a alterar ésta de manera significativa ni a causar mayor daño o perjuicio a sí mismo, a terceros o al establecimiento, se apartan del perfil definido para el estudiante. A modo de ejemplo, se citan: a. Interferir con el normal desarrollo de la clase. b. Usar en el aula objetos o aparatos tecnológicos no autorizados. C. No haber limpiado u ordenado el espacio físico que ocupó (sala de clases, laboratorio computación, comedor, pasillo, gimnasio, etc.). D. Asistir al colegio sin portar los materiales escolares requeridos para su trabajo. E. Atrasos en la llegada al establecimiento y no entrar a tiempo a las horas de clases. Art.45: FALTAS GRAVES Faltas graves son aquellas conductas que transgreden las normas, perjudicando seriamente la convivencia escolar o con repercusiones negativas para sí mismo, para terceros. A modo de ejemplo, se citan: a. Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias. c. Insubordinación o desobediencia al personal del establecimiento. d. Falta de respeto a sus pares y/o a otros miembros de la comunidad ya sea de manera verbal, (decir improperios, gritar groserías, etc.), gestual (gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios, etc.) e. Colusión para cometer actos contrarios al reglamento. f. Mal uso o deterioro de la propiedad ajena o del colegio (rayado de mesas, paredes, destrucción de casilleros o estantes, entre otros). g. Ausentarse a horas de clases sin autorización estando dentro del establecimiento. h. Burlas a las creencias religiosas, sea cual sea la orientación de éstas. i. Falta de respeto a los símbolos patrios y del colegio. j. Acumulación de faltas leves (más de tres). k. No portar, reiteradamente, los materiales escolares requeridos para su trabajo.

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l. Plagiar trabajos y/o copiar en las pruebas. Art.46: FALTAS GRAVISIMAS: Faltas gravísimas son aquellas conductas que transgreden las normas, causando un gravísimo perjuicio a la convivencia escolar o con muy serias repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para el establecimiento o conductas tipificadas como delito. A modo de ejemplo, se citan: Reiteración de faltas graves. a. Participar activa y sostenidamente en acciones personales o de grupo con agresión física y/o psicológica contra alumnos o alumnas en forma oral, escrita, a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros. (bulling/ grooming) b. Abandono del colegio sin autorización escrita. c. Agresión física a apoderados o a personal del establecimiento. d. Falta de respeto a apoderados o a personal del establecimiento, ya sea de manera verbal, (alzando la voz, decir improperios, etc.), gestual (dar portazos, gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, etc.), a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros. e. Efectuar rayados indebidos y/o dibujos groseros en el material de evaluación, documentos o elementos de trabajo, agenda y otros. f. Sustraer instrumentos evaluativos, adulterar o falsificar calificaciones o documentación interna del establecimiento. g. Dañar, alterar o sustraer contenidos digitales o informáticos, perjudicando a la institución o a personas. h. Escribir propaganda política, pornográfica, palabras soeces o dentro de la índole (lista negra u otro), en paredes, mesas, sillas, estantes, casilleros, diarios murales o red digital (Internet) del establecimiento. (A GRAVE) i. Atentar gravemente contra la dignidad del estudiante mediante actitudes con connotación sexual. j. Participar activa o pasivamente en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro del recinto escolar o comportamientos externos que atenten contra la dignidad de terceros o la imagen del establecimiento. k. Ser autor material o intelectual de la falsificación de la documentación oficial del colegio o alterar calificaciones y demás anotaciones del mismo rango. l. Portar, guardar o utilizar armas (de fuego, cortopunzantes, elementos contundentes, entre otros) y/o artículos explosivos, corrosivos o peligrosos que constituyan un potencial riesgo para la propia integridad física y/o la de los demás. m. Portar, promover, vender y/o consumir alcohol, cigarrillos, drogas o cualquier sustancia tóxica dentro del establecimiento educacional. n. Comportarse inadecuadamente durante las salidas a terreno que impliquen un daño a personas, instituciones, medios de transporte, lugares visitados y/o al prestigio del colegio o país.

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p. Alterar las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de los estudiantes, y que atenten contra la integridad de terceros y de los bienes de la propiedad del Establecimiento. TITULO XI DEL DEBIDO PROCESO: Art.47: Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario conocer la versión de todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta, a fin de evitar actuar con rigidez y arbitrariedad. Art.48: El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos los involucrados. El debido proceso:

Que sus argumentos sean escuchados TITULO XII DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: Se consideran circunstancias atenuantes las siguientes: Art.49: Considerar la edad, las circunstancias personales, familiares o sociales del estudiante. Art.50: Reconocer por parte del estudiante la falta antes de la formulación de la medida, lo que tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea. Art.51: Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta. Art.52: Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona. TITULO XIII DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES: Se consideran circunstancias agravantes las siguientes: Art.54: Reiteración de una conducta negativa en particular.

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Art.55: Mal comportamiento anterior, aún cuando no esté referido a la reiteración de una conducta negativa en particular. Art.56: Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad de la comunidad educativa. Art.57: Haber actuado con premeditación. TITULO XIV DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS: DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS: De acuerdo con la gravedad de la falta cometida por el estudiante, se aplicará alguna de las siguientes medidas: Art.58: Acto reparatorio personal: Es un acto que tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por la víctima. Art.59: Amonestación verbal: Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar. Art.60: Amonestación con constancia escrita en los documentos del establecimiento: Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar, dejando constancia escrita en algunos de los documentos oficiales del establecimiento. (Libro de clases, hoja de vida del alumno o Agenda Escolar). Art.61: Suspensión de clases y/o de actividades del establecimiento: Esta medida consiste en detener temporalmente al estudiante de asistir a clases, debido a alguna conducta personal o colectiva que haya realizado y que transgrede la normativa institucional. La duración de la medida dependerá de la gravedad de la conducta. Mientras dure la suspensión, el estudiante no puede participar en actividades de ningún tipo, programadas por el Colegio ni en representación de éste. Art.62: Matrícula en Observación: Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de observación sistemático y permanente, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de ayuda que el

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establecimiento le otorgue. Se aplica en razón de un comportamiento continuo de faltas leves. Art.63: Condicionalidad de Matrícula: Consiste en, que, a partir de una reiteración de conductas gravísimas, el estudiante queda en una situación especial que implica que al reiterar sus faltas está expuesto a la cancelación de matrícula, debiendo comprometerse a no recaer en el tipo de conducta efectuada u otra similar. Esta promesa debe ser firmada por el estudiante (a) y su Apoderado(a). Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de condicionalidad, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de ayuda que el establecimiento le otorgue. Los estudiantes afectados(as) con esta medida, mientras esté vigente su condicionalidad, no podrán participar en actividades que signifiquen representar al establecimiento (competencias deportivas, actos culturales, desfiles, salidas a terreno, entre otros). La situación final del estudiante con Matrícula Condicional debe quedar resuelta antes del proceso normal de matrícula, por cuanto ésta puede incidir o no en la renovación de matrícula para el año siguiente. Art.64: Cancelación de Matrícula: Consiste en, que a partir de una reiteración de conductas graves o de una conducta gravísima la escuela establece cancelar la matrícula a un alumno o a una alumna, dejando de ser estudiante regular. Esta medida será comunicada al apoderado(a) personalmente y por escrito por la Dirección y el comité de convivencia escolar debiendo quedar constancia de la recepción del escrito por ambas partes. En el mes de octubre se debe decidir a qué alumnos o alumnas se les cancelará la matrícula para el año siguiente. No obstante, debido a una falta gravísima que afecte la convivencia escolar y la imagen institucional la cancelación de matrícula puede producirse en cualquier período del año lectivo. Art.65: Citación al Apoderado: Es una acción que se realiza al apoderado(a), para solicitarle su presencia en el establecimiento debido a alguna conducta efectuada por el estudiante que transgrede las normas institucionales. Esta citación se realiza a través de una comunicación escrita, llamado telefónico según sea la situación y la urgencia. Art.66: Las medidas que se aplicarán al nivel comprendido entre 1º a 4º básico, se considerarán sólo hasta matrícula en observación. Art.67: Los(as) estudiantes que se encuentren en la condición de Observación o Condicionalidad no podrán optar a cargos de liderazgo en su curso ni como delegados o formar parte de la directiva del Centro de Alumnos del establecimiento.

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Art.68: El Profesor jefe del curso tiene la obligación de informar al apoderado acerca del comportamiento disciplinario del estudiante y registrar en el “Registro de atención de apoderados” lo conversado, el cual debe ser firmado por ambas partes. MEDIDAS A APLICAR CON ALUMNOS(AS) AL INCURRIR EN FALTAS: Art.71: Si a pesar de las medidas preventivas, el alumno o la alumna llegasen a incurrir en alguna falta, se contemplan las siguientes medidas.

Gravedad de la falta

Medidas

Funcionario facultado para disponer la medida

Leve

Llamado de atención. Amonestación verbal. Registro en el libro de clases. Información al apoderado.

Profesores

Graves .

Registro en el libro de clases. Citación al estudiante y apoderado Suspensión temporal de clases.

Derivación dupla psicosocial

Profesor jefe, director y encargado de convivencia

Muy Grave o gravísima.

Citación al apoderado. Suspensión temporal clases.

. Derivación dupla psicosocial.

. Denuncia en Carabinero o policía de investigaciones. . Denuncia en Fiscalía

Profesor jefe, director, encargado de convivencia Dupla psicosocial Consejo de profesores.

Frente a una falta se aplicará una o más medidas, dependiendo de la gravedad de ésta. TITULO XV ESTRATEGIAS DE APOYO: ESTRATEGIAS A APLICAR EN SITUACION DE MATRICULA EN OBSERVACION. Art.72: Cuando un(a) estudiante quede con Matrícula en Observación, se aplicará una o más de las siguientes estrategias de apoyo:

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Acción de apoyo Responsable Temporalización

Entrevista individual con el estudiante con el fin de escuchar acerca de su evolución y establecer acuerdos para el cambio.

Profesor jefe De acuerdo a evolución

Entrevista con los padres para tratar aspectos relacionados con la evolución de la conducta de su pupilo y solicitarle su apoyo en aspectos específicos.

Profesor jefe, dupla psicosocial

De acuerdo a evolución

Entrevista individual con el estudiante para el diagnóstico previo.

Psicóloga

De acuerdo a evolución

Entrevista con los padres con el fin de obtener información acerca de su hijo(a), e informarle acerca del diagnóstico previo y de la necesidad de derivarlo a un especialista si fuese necesario. Establecer acuerdos con ellos que apoyen las acciones de cambio.

Psicóloga De acuerdo a evolución

Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas.

Psicóloga

De acuerdo a evolución

Aplicación de estrategias sugeridas por especialistas externos a los estudiantes que presenten dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras.

Psicóloga Profesores

Durante el proceso de enseñanza

Art.73: Si a pesar del proceso de apoyo anterior, el estudiante no mostrara cambios significativos, su matrícula pasará a condicionalidad. ESTRATEGIAS A APLICAR EN SITUACION DE CONDICIONALIDAD. Art.74: Cuando un(a) estudiante quede con matrícula Condicional se aplicará la siguiente estrategia de apoyo:

Acción de apoyo Responsable Temporalización

Entrevista individual con el estudiante con el fin de escuchar acerca de su evolución y establecer acuerdos para el cambio.

Profesor jefe Director Coordinador de convivencia Dupla psicosocial

De acuerdo a evolución

Entrevista con los padres para tratar aspectos relacionados

Profesor jefe Director

De acuerdo a evolución

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con la evolución de la conducta de su pupilo y solicitarle su apoyo en aspectos específicos.

Coordinador de convivencia.

Diagnóstico previo a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras

Psicóloga

De acuerdo a evolución

Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas externos

Psicóloga

Un contacto trimestral.

ESTRATEGIAS A SEGUIR EN SITUACIÓN DE ACOSO ESCOLAR Art.75: Cuando un(a) estudiante esté en situación de acoso escolar se realizará el siguiente proceso. Fase 1: Recogida y socialización de información Estrategias Responsables Temporalización

Estrategias Responsable Temporalización

1) Entrevista al o a los involucrados en el conflicto.

Dupla psicosocial

Durante la jornada

2) Informar a los padres de los Estudiantes implicados.

Profesor jefe Durante la jornada

3) Citar a entrevista a otros estudiantes implicados o testigos de la situación.

Coordinador de convivencia

Durante 24 horas

4) Informar a Dirección Coordinador de convivencia

A la brevedad

Solicitar mayores antecedentes al equipo docente u otras instancias.

Dirección Durante la semana

Solicitar apoyo técnico de Psicología y/o asistente social.

Dirección Una vez recabados todos los antecedentes

Fase 2: Análisis y adopción de medidas

1) Análisis y adopción de medidas Comité de Convivencia Escolar.

1.a) Implementar medidas de protección al acosado, tales como:

Tutoría individual para el desarrollo de Psicología interna o externa

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habilidades sociales.

Monitoreo permanente Profesor Jefe, de asignatura.

Apoyo de la familia Padres

1.b) Implementar medidas de formación del que ejerce acoso.

Aplicación de las medidas disciplinarias. Coordinador convivencia escolar

Tutoría individual para la concientización de su accionar.

Psicología

Tutoría individual y/o grupal para el desarrollo de habilidades sociales.

Psicología y asistente social

Monitoreo permanente.

Profesor jefe, profesor de asignatura

Compromiso de apoyo de la familia. Padres

Fase 3. Seguimiento

Seguimiento: Coordinar acciones de seguimiento por

parte de los responsables.

Encargado de Convivencia Escolar.

Informar a Dirección, al consejo de profesores y apoderados del avance del proceso.

Encargado de convivencia escolar.

TITULO XVI DEL RECURSO DE APELACION Art.76: En caso de que la medida sea denegación de matrícula para el año siguiente, suspensión total de clases con derecho a rendir evaluaciones o cancelación de matrícula, el apoderado podrá presentar una apelación escrita ante dirección, instancia que la someterá a evaluación junto al consejo de profesores. Art.77: Una vez estudiado el recurso, el director y el consejo de profesores comunicarán personalmente y por escrito a los padres, acerca de la resolución. TITULO XVII DE LOS PADRES Y APODERADOS Independientemente de lo establecido en el Reglamento del Centro de Padres, todo padre y/o apoderado debe tener presente que: Art.78: Será apoderado por derecho propio sólo el padre o la madre del alumno o su tutor legal.

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Art.79: No podrá ser apoderado un menor de edad ni actuar en representación del apoderado oficial. Art.80: Debe conocer el Reglamento de Convivencia Escolar y velar porque su pupilo(a) cumpla con las disposiciones contenidas en éste. Art.82: Está obligado a respetar todas las normas de seguridad implementadas por el establecimiento en bien de su pupilo(a) y de la comunidad educativa en general. Art.83: Está obligado a asistir a la reunión programada y comunicada con anticipación, ya sea por el profesor jefe o por el establecimiento. Art.84: Debe tener la disponibilidad de tiempo suficiente para concurrir a entrevistas a que fuere citado por el establecimiento o por algún profesional de éste. Art.85: Es su responsabilidad conocer el horario de ingreso y de salida de su hijo(a) del establecimiento, tanto de las actividades curriculares como extraprogramáticas. Art.86: Es de su responsabilidad o de quien designe oficialmente, retirar a su hijo(a) del establecimiento en el horario normal de salida, especialmente a aquellos que cursen los niveles prebásico y primer ciclo básico. Art 87: Es su responsabilidad la justificación ante una ausencia de su pupilo(a). Art.88: Debe asumir su responsabilidad, como tal, frente a cualquier conducta externa al establecimiento, provocada por su hijo(a) y que vaya en desmedro de su persona y del establecimiento. Art.89: Es su responsabilidad respetar el conducto regular del establecimiento, salvo casos excepcionales. Art.90: El apoderado deberá esperar la información oficial del establecimiento frente a cualquier situación especial que afecte a su pupilo(a) durante la jornada escolar. Art.91: Los apoderados no podrán ingresar a las distintas dependencias del establecimiento, durante horas de clases, primeramente, deberán dirigirse a la inspectora, a conversar su situación. TITULO XVIII CONSIDERACIONES FINALES Art.91: Es responsabilidad de todo el alumnado de la Escuela Arturo Matte Alessandri cumplir con los Reglamentos Complementarios al Reglamento de Convivencia Escolar.

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Art.92: Es responsabilidad de toda la Comunidad Escolar del establecimiento velar por el fiel cumplimiento de este Reglamento de Convivencia Escolar. Art.93: Cada funcionario del establecimiento tiene el deber de conocer, cumplir y respetar el presente Reglamento. Art.94: Las situaciones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas por la dirección y encargado de convivencia escolar del establecimiento, instancia que, si fuese necesario, se hará asesorar por quien lo estime pertinente. Acepto, el presente reglamento de convivencia y así cumplir fielmente con las normas establecidas en él. Lorena Soto Garrido Presidente(a) Centro de Padres Representante Centro de alumnos Andrea Ocampo Contreras David Beltrán Vega Representante A. Educación Encargado de Convivencia

Escolar Mauricio Navias Sánchez

Director Marzo 2021.

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ANEXO REGLAMENTO CONVIVENCIA ESCOLAR, CONTINGENCIA 2020-2021

Estimados/as apoderado y estudiantes Presente: Junto con saludarles y esperando que se encuentren bien junto a su familia, frente al delicado escenario, producto de la emergencia sanitaria por Covid19 que enfrenta nuestro país y en particular nuestra comuna. Quisiera hacer llegar de manera oficial información de convivencia escolar, por las diferentes medidas adoptadas por el Establecimiento:

Objetivos ▪ Proporcionar directrices, dirigidas a nuestra comunidad educativa, para disminuir y evitar el riesgo de contagio por COVID-19 en nuestro establecimiento educacional. ▪ Informar lineamientos proporcionados por la autoridad sanitaria en relación con las medidas preventivas ante probable riesgo de contagio por COVID-19.

Medidas del establecimiento

La escuela contará con alcohol gel en todas las salas de clases, agua y jabón líquido en los baños y toallas de papel para el secado de manos de todos los estudiantes. Todos los profesores, asistentes de la educación y estudiantes, obligatoriamente, deben usar mascarilla y/u otro elemento de protección personal. Limpiar y desinfectar todas las superficies de trabajo diario, especialmente aquellas que las personas tocan frecuentemente, tales como: salas de clases, barandas, patios. Ventilar, al menos 3 veces al día, cada una de las salas de clases y espacios cerrados, siempre y cuando el clima lo permita. Art.36: De la Puntualidad El establecimiento trabaja solo una jornada, en la mañana y los horarios son los siguientes: Llegada estudiantes: 8:35 a 9:00 hrs. Inicio Clases: 9:00 hrs. Recreo: 10:30 a 10:45 hrs. Salida Clases: 12:15 hrs. Salida Estudiante: 12:20 y 12:45 hrs.

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Art.37: De la Asistencia La Unidad Educativa trabaja en dos modalidades desde el 01 de marzo, presencial y remoto, por tanto las dos modalidades registran asistencia tanto presencial como la actividad remota por medio de la participación y trabajos realizados.

Del cuidado personal y del entorno: Art.38: Es responsabilidad del estudiante del establecimiento:

a. Es importante destacar que la Escuela da la flexibilidad necesaria al apoderado sobre el uso del uniforme oficial del establecimiento, pero el apoderado debe preocuparse que su hijo asiste a clase con ropa adecuada.

b. Es responsabilidad del estudiante respetar los protocolos covid personales, como también las medidas que ha impulsado el establecimiento para minimizar las probabilidades de contagios.

c. El estudiante debe encontrarse, en todo momento, con mascarilla. d. Todos los alumnos y alumnas deben respetar el puesto asignado, el cual se

encontrará dispuesto con la distancia física correspondiente y con el nombre pegado en su mesa.

e. Los estudiantes no pueden compartir ni útiles escolares ni alimentos en ningún momento del día.

ART. 39° Del trabajo escolar:

1. Los estudiantes que estén trabajando de forma remota desde su casa deberán realizar las actividades encomendada por el profesor de cada asignatura, también se debe enviar un reporte de las actividades.

2. Las evaluaciones on line serán programadas con un tiempo prudente, además se dará tiempo para que el estudiante para responder dicha evaluación.

Art.65: Citación al Apoderado: Los padres y apoderados podrán asistir ante la citación de un docente, directivo o profesional de la educación, siempre manteniendo el distanciamiento físico, uso de mascarilla y alcohol gel