Reglamento Interno del Comité de Calidad del Instituto Tecnológico ...

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GOBIERNO DE I I. t:

"60 Años de Excelencia en Educación Tecnológica"

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE LA HUERTA Av. Rafael Palomera No.161 La Huerta, Jal; México.

TEL y FAX: (357) 38 404-40 ó 384-18-84 itshuertayahoo.com.mx

5,;:ersl Na.r.il ..dunKKA %pm« 'eckg.na

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Irtmon General de know Sun« laxibya La Huerta

"2008, Año de José Clemente Orozco Flores"

Reglamento Interno del Comité de Calidad

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REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CALIDAD DEL INSTITUTO

TECNOLÓGICO SUPERIOR DE LA HUERTA

CAPITULO I

Disposiciones generales y conformación del

Comité de Innovación, Calidad y Certificación.

Articulo 1°

El Comité de Innovación, Calidad y Certificación (en lo sucesivo EL

COMITÉ) es un cuerpo colegiado en apoyo a la prevención y mejora continua

del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) a través de los procesos

estratégicos, Académico, Planeación, Vinculación, Administración de

Recursos y Calidad y asegurar con ello la calidad que el Instituto ofrece.

Artículo 2°

El COMITÉ será presidido por el Director General del Instituto y deberá

estar conformado de la siguiente manera:

I. Un Presidente.

II. Un Representante de la Dirección.

III. Un Controlador de Documentos

W. Un Auditor Líder

V. Vocales.

Artículo 3°

El cambio de uno de los miembros deberá ser presentado por el Presidente

en la siguiente Sesión Ordinaria, después de efectuado el cambio.

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DIRECC ION

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EDUCACIÓN

GOBIERNO DE JALISCO

CAPITULO II

Funciones y facultades del Comité de Calidad

Articulo 4°

Son funciones de todos los miembros.

I. Contar con voz y voto en las sesiones del Comité

II. Dar su opinión acerca del programa de Mejora Continua del SGC de la

administración del Instituto.

III. Revisar y opinar acerca de la programación de auditorias al SGC del

Instituto.

IV. Emitir su opinión acerca de los programas de acciones correctivas

V. Sugerir acciones preventivas de los procesos del SGC

VI. Emitir su opinión acerca de los resultados de la gestión directiva

VIII. Aprobar y en su caso, firmar las actas de las sesiones

IX. Participar en las comisiones que le sean encomendadas por el Comité X. Las demás que el Director General considere conveniente.

Articulo 5°

Son funciones del Director General:

I. Ser el responsable general del programa institucional de mejora

continua

II. Representar al Instituto ante las gestiones externas suficientes para

el logro, la información, difusión del programa y gestión de los recursos que

se requieran.

III. Presidir las reuniones del Comité.

IV. Dirigir los debates que se generen en el Comité.

V. Participar en las reuniones del Comité.

VI. Fomentar el liderazgo institucional adoptado como filosofía de logr

motivación y reconocimiento.

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VII. Presentar los resultados obtenidos por este Comité.

VIII. Verificar el cumplimiento total de los requerimientos del programa de

mejora continua y certificación.

IX. Proponer al Instituto las estrategias que considere pertinentes

derivadas por la opinión del Comité.

X. Verificar el quórum para declarar formalmente instalada la Sesión.

XL Informar a la Junta Directiva del Instituto las actividades del Comité.

XII. Las previstas en el Manual de Calidad, Anexo 3, Responsabilidad y

autoridad del SGC. Código SNEST/D -CA-RC-003 XIII. Las señaladas en el Manual de Calidad, anexo 4, Matriz de

Responsabilidad. Código: SNEST/D-CA-RC-004.

Articulo 6°.

Son funciones del Representante de la Dirección.

I. Asegurarse de que se establecen, implementan y mantienen los

procesos necesarios para el Sistema de Gestión de la Calidad, mediante la

operación y control de los procedimientos del mismo.

II. Informar a la Alta Dirección sobre el desempeño del SGC y de

cualquier necesidad de mejora, en las revisiones por la Dirección y en las

reuniones de éste Comité.

III. Asegurarse de que se promueve la toma de conciencia de los requisitos

del cliente en todos los niveles del SNEST, a través de los distintos medios

de comunicación, en las reuniones de éste Comité y en los cursos de

capacitación del personal.

IV. Elaborar el informe de datos de entrada para la revisión por la

Dirección, con base en la información proporcionada por los dueños de cada

proceso.

Reglamento interno del Comité, de Innovación, Calidad y Certificación del Instituto 'Tecnológico Superior de La Huerta

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D1RECCION GENERAL

V. Las previstas en el Manual de Calidad, Anexo 3, Responsabilidad y

autoridad del SGC. Código SNEST/D - CA-RC-003

VI. Las señaladas en el Manual de Calidad, anexo 4, Matriz de

Responsabilidad. Código: SNEST/D-CA-RC-004.

Articulo 7°

Son funciones del Controlador de documentos:

I. Revisar los nuevos registros o formatos a través del portal y consultar

la lista para el control de los registros de calidad.

II. Distribuir los formatos para registros de calidad a los usuarios con

base en lo establecido en el procedimiento del SGC para el control de documentos.

III. Entregar los formatos en medio electrónicos.

IV. Informar al usuario de los formatos para registros sobre las

condiciones de control que deberá aplicar a sus registros de calidad

generados durante la operación de su procedimiento.

V. Las previstas en el Manual de Calidad, Anexo 3, Responsabilidad y autoridad del SGC. Código SNEST/D -CA-RC-003

VI. Las señaladas en el Manual de Calidad, anexo 4, Matriz de

Responsabilidad. Código: SNEST/D-CA-RC-004.

Articulo 8°

Son funciones de los Vocales.

I. Participar en el establecimiento, implementación y mantenimiento de

los procesos necesarios para el SGC.

II. Informar a la Alta Dirección sobre el desempeño del SGC y de cualquier necesidad de mejora.

III. Asegurarse de que se promueva la toma de conciencia de los requisito

del cliente.

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SECRETARIA DE

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IV. Asistir y participar en todas las reuniones y actos del SGC.

V. Las previstas en el Manual de Calidad, Anexo 3, Responsabilidad y

autoridad del SGC. Código SNEST/D - CA-RC-003

VI. Las señaladas en el Manual de Calidad, anexo 4, Matriz de

Responsabilidad. Código: SNEST/D-CA-RC-004.

Articulo 9°

Son funciones del auditor líder

I. Nombrar auditores para auditar cada proceso o punto de la norma

II. Asegurarse de la independencia e integridad del equipo auditor

III. Informar a la Alta Dirección de los resultados obtenidos

IV. Verificar las acciones para dar cumplimento a los hallazgos o no

conformidades detectadas en la auditoria.

V. Las previstas en el Manual de Calidad, Anexo 3, Responsabilidad y

autoridad del SGC. Código SNEST/D - CA-RC-003

VI. Las señaladas en el Manual de Calidad, anexo 4, Matriz de

Responsabilidad. Código: SNEST/D-CA-RC-004.

CAPITULO III

ITS DESCENTRALIZADO DE LA HUERTA, JALE

DIRECCIJN GENERAL

De las responsabilidades

Articulo 10°

Es responsabilidad de los miembros del Comité de Innovación, Calidad y

Certificación las siguientes:

I. Asistir puntualmente a las reuniones de trabajo programadas por

el Comité

II. Participar en la celebración de las reuniones ordinarias

extraordinarias

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GOBIERNO DE JALISCO

SECRETARIA DE

EDUCACIÓN

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ITS DESCENTRALIZADO DE LA HUERTA, JAL.

DIRECCION GENERAL

III. Cumplir con los acuerdos y compromisos tomados en la

respectiva Sesión.

IV. Evaluar los resultados obtenidos

V. Entregar informe a la Dirección acerca de la opinión del

desempeño del SGC.

VI. Analizar los logros obtenidos del Instituto en el SGC y

retroalimentar a la Dirección.

CAPITULO IV

De las sesiones

Articulo 11°

El Comité sesionará ordinariamente el tercer miércoles de cada mes a partir

de las 09:30 horas en la Sala de Juntas del Instituto, y en forma

extraordinaria cuando la necesidad así lo amerite.

Articulo 12°

Para el caso de Sesión extraordinaria, se celebrará en cualquier hora y día

hábil cuando el caso a tratar así lo amerite previa convocatoria de la

Dirección.

Articulo 13°.

La convocatoria para sesión extraordinaria de éste Comité, deberá

entregarse cuando menos 24 horas antes de la reunión debiendo contener

cuando menos:

Fecha a celebrarse

Hora

Lugar

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EDUCACIÓN

GOBIERNO DE IA LISCO

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.1> Orden del día.

Articulo 14°

El orden del día de las sesiones ordinarias, deberá contener entre otros

puntos los siguientes:

Revisión del plan de mejora continua

Revisión del programa de acciones correctivas y preventivas implementado.

Avance del Sistema de Gestión de la Calidad.

TRANSITORIOS

PRIMERO

Lo no previsto por este Reglamento, será resuelto por el Director General del

Instituto.

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DIRECCIO N GENERAL

Reglamento interno del Comité de Innovación. {validad y Lertiticación del Instituto tecnológico Superior de I .a Huerta

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