Reglamento Interno 2015

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CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I : De la creación, ubicación, dependencia, niveles y servicios CAPÍTULO II : Visión, misión, principios, objetivos estratégicos y funciones de la I.E. CAPÍTULO III : Concepto, fines y objetivos del Reglamento Interno CAPÍTULO IV : Base legal y alcances TÍTULO II DE LOS OBJETIVOS DE LA II.EE Y NIVELES DE EDUCACIÓN CAPÍTULO I : Objetivos de la I.E. y niveles de Educación Primaria y Secundaria TÍTULO III ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA CAPÍTULO I : Estructura Orgánica de la Institución CAPITULO II : Órgano de participación, concertación y vigilancia CAPITULO III : Órgano Pedagógico CAPITULO IV : Órganos de Coordinación TÍTULO IV GESTIÓN INSTITUCIONAL CAPÍTULO I : De la matrícula, trabajo escolar y control de asistencia CAPÍTULO II : Del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo CAPÍTULO III : De los deberes, derechos, prohibiciones del personal docente y Auxiliares de Educación CAPÍTULO IV : De los derechos, obligaciones, prohibiciones de los servidores civiles CAPITULO V : De los estímulos y sanciones del personal trabajador CAPÍTULO VI : De la supervisión y asesoramiento CAPÍTULO VII : De la organización de personal - 1 -

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Reglamento para cooperativa de servicios especiales de mercado

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CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO

TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I : De la creación, ubicación, dependencia, niveles y serviciosCAPÍTULO II : Visión, misión, principios, objetivos estratégicos y funciones de la I.E.CAPÍTULO III : Concepto, fines y objetivos del Reglamento Interno CAPÍTULO IV : Base legal y alcances

TÍTULO IIDE LOS OBJETIVOS DE LA II.EE Y NIVELES DE EDUCACIÓN

CAPÍTULO I : Objetivos de la I.E. y niveles de Educación Primaria y Secundaria

TÍTULO IIIORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

CAPÍTULO I : Estructura Orgánica de la Institución CAPITULO II : Órgano de participación, concertación y vigilancia CAPITULO III : Órgano PedagógicoCAPITULO IV : Órganos de Coordinación

TÍTULO IVGESTIÓN INSTITUCIONAL

CAPÍTULO I : De la matrícula, trabajo escolar y control de asistencia CAPÍTULO II : Del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de TrabajoCAPÍTULO III : De los deberes, derechos, prohibiciones del personal docente y Auxiliares de

Educación CAPÍTULO IV : De los derechos, obligaciones, prohibiciones de los servidores civiles CAPITULO V : De los estímulos y sanciones del personal trabajador CAPÍTULO VI : De la supervisión y asesoramientoCAPÍTULO VII : De la organización de personalCAPÍTULO VIII : Del presupuesto y recursos de la Institución Educativa.CAPÍTULO IX : Del clima, coordinación y comunicación institucional

TÍTULO VRELACIONES DE COORDINACIÓN CON LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD

CAPÍTULO I : De los derechos, deberes y prohibiciones de los estudiantes.CAPITULO II : De la Policía EscolarCAPÍTULO III : Del Municipio EscolarCAPÍTULO IV : De los viajes, excursiones y visitas de estudioCAPÍTULO V : Estímulos, conductas de indisciplina, medidas correctivas a los estudiantes.CAPÍTULO VI : De los padres de familia de la Institución Educativa.CAPÍTULO VII : De la coordinación interna y externaCAPITULO VIII : De las actividades recreativas y deportivas

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

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REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓNEDUCATIVA Nº 2029 “SIMÓN BOLIVAR”

TITULO IDISPOSIONES GENERALES

CAPITULO I

DE LA CREACIÓN, UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIOS,

OBLIGATORIEDAD Y VIGENCIA

CREACIÓN Y UBICACIÓN:

Artículo 1°.- La I.E. N° 2029 “SIMÓN BOLIVAR”, fue creada por RD. N° 1440 el 24 de Abril de 1974. Se encuentra ubicada en el Jirón Santa Clorinda N° 1101 Urbanización Palao en el distrito de San Martin de Porres.

DEPENDENCIA

Artículo 2°.- La I.E. N° 2029 “SIMON BOLIVAR ” depende de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 02 y de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana.

NIVELES Y SERVICIOS QUE PRESTA

Artículo 3°.- La I.E. N° 2029 “SIMON BOLIVAR”, brinda atención a dos niveles educativos: Educación Primaria y Educación Secundaria de la modalidad Educación Básica Regular

OBLIGATORIEDAD Y VIGENCIA

Artículo 4°.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento serán cumplidas por los trabajadores de la I.E. Nº 2029; así como los órganos de apoyo que tengan vínculo con la institución durante el año lectivo. El Director, los Subdirectores y la Comunidad Educativa velarán por el fiel cumplimiento del presente Reglamento.

Artículo 5°.- El Reglamento Interno de la I.E. Nº 2029 ”SIMON BOLIVAR”, entra en vigencia a partir del 02 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2015.

CAPITULO II

VISIÓN, MISIÓN, PRINCIPIOS, OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y FUNCIONES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

VISIÓN

Artículo 6°.- La I.E. N° 2029 “SIMON BOLIVAR” tiene como visión lo siguiente:

“Ser una Institución Educativa acreditada, acogedora, integradora e inclusiva que al 2019, forme estudiantes íntegros, competentes, democráticos, con elevada autoestima, renovados en las innovaciones tecnológicas, preservadores del medio ambiente, practicando valores de respeto, honestidad, responsabilidad y solidaridad. Con maestros competentes, calificados, comprometidos, capacitados, actualizados e innovadores.

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Padres de familia involucrados en la tarea educativa; contando con una infraestructura moderna, instalaciones y equipamiento adecuadas a la demanda de la ciencia, la tecnología de la información y comunicación”.

MISIÓN

Artículo 7°.- La I.E. N° 2029 “SIMON BOLIVAR tiene como misión lo siguiente:”

“Somos una Institución de Educación Básica Regular, que atiende los niveles de Primaria y Secundaria, proporciona una educación formativa , integral e inclusiva desarrollando en los estudiantes competencias, capacidades y actitudes, basada en la práctica de valores : respeto, honestidad, responsabilidad y solidaridad. Contamos con Infraestructura, Instalaciones y Equipamiento TIC, acordes a la modernidad. Maestros, calificados, capacitados y actualizados permanentemente”.

Artículo 8°.- Los principios educacionales de la Institución Educativa N° 2029 ,son:

a) Principio de la ética, práctica y vivencia de valores b) Principio de la equidad . Educación de calidad para todos e igualdad de oportunidades c) Principio de la inclusión. Incorpora al sistema personas con discapacidad. d) Principio de la calidad. Educación integral, pertinente, abierta y permanente. e) Principio de la democracia. Ejercicio de la ciudadanía. Respeto irrestricto. f) Principio de la interculturalidad. Asume la diversidad. g) Principio de la conciencia ambiental. Conservación del entorno ambiental. h) Principio de la creatividad y la innovación. Promoción de nuevos conocimientos en todos los campos

del saber, el arte y la cultura.

Artículo 9°.- Los principios psicopedagógicos de la Institución Educativa N° 2029 son:a) Principio de construcción de los propios aprendizajes b) Principio de necesidad del desarrollo de la comunicación y el acompañamiento en los aprendizajes. c) Principio de significatividad de los aprendizajes d) Principio de organización de los aprendizajes e) Principio de integralidad de los aprendizajes. f) Principio de evaluación de los aprendizajes.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Artículo 10°.- Son objetivos estratégicos de la I.E. N° 2029 “SIMON BOLIVAR”, los siguientes:

AREA PEDAGÓGICA

1. Garantizar el logro de los aprendizajes de los y las estudiante mediante la ejecución de acciones centradas en los ocho compromisos de gestión escolar, los mismos que guardan coherencia con el Marco del Buen Desempeño Directivo y las competencias del docente establecidas en el Marco del Buen Desempeño Docente.

2. Formar personas íntegras con eficiente rendimiento académico, a través del desarrollo del pensamiento divergente y la capacidad emprendedora, con la participación activa de los actores educativos, en un ambiente de armonía, mediante la práctica y vivencia de valores y el cultivo de la inteligencia emocional.

3. Promover las competencias profesionales de los docentes, facilitando su participación en talleres de actualización pedagógica, proyectos de investigación y la autoevaluación, para lograr un óptimo resultado en el proceso de aprendizaje en los y las estudiantes, así como el desarrollo adecuado de sus capacidades, habilidades y destrezas.

ÁREA ADMINISTRATIVA

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4. Mejorar la imagen de la I.E. N° 2029 “SIMON BOLIVAR, mediante la calidad del servicio, transparencia en el manejo de los recursos y la participación democrática de los miembros de la comunidad educativa.

5. Sistematizar la información de la gestión a través del uso de la tecnología y utilizando racionalmente los recursos de la Institución.

AREA INSTITUCIONAL

6. Planificar y desarrollar las actividades educativas con participación de todos los agentes educativos, promoviendo y respetando los acuerdos, en una práctica de valores basado en los principios de la educación.

7. Profundizar el significado real de democracia en la institución en general, propiciando una convivencia sana, inclusiva y acogedora.

FUNCIONES

Artículo 11°.- Son funciones de la Institución Educativa: (Art. 128 del D.S. Nº 11- 2012-ED)

a) Realizar el proceso de selección del personal docente y administrativo, en el marco de los lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional.

b) Gestionar, reconocer y sancionar al personal por su desempeño profesional y laboral.c) Celebrar convenios de cooperación, en el ámbito de su competencia, que contribuyan a mejorar la calidad

del servicio educativo y sin afectarlo.d) Implementar la gestión de riesgos, frente a desastres naturales, ambientales y convulsiones sociales.e) Promover, afianzar, regular y autoevaluar la participación de la comunidad en los procesos de gestión de

la Institución.f) Desarrollar y autoevaluar la producción, búsqueda, selección, uso, conservación y difusión de la

información educativa.

CAPÍTULO III

CONCEPTO, FINES Y OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO

CONCEPTO

Artículo 12°.-.- El Reglamento interno, es un documento de gestión en el orden técnico- administrativo que regula la organización y funcionamiento integral de la Institución Educativa N° 2029 “SIMON BOLIVAR”. Establece funciones específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.

FINES

Artículo 13°.- Son fines del reglamento interno:

a) Establecer la estructura orgánica de la Institución Educativa N° 2029 “SIMON BOLIVAR”b) Lograr que la comunidad de la I.E. N° 2029 “SIMON BOLIVAR” esté orientada a la autodisciplina y a

la auto evaluación, existiendo coherencia con los documentos normativos sobre administración, organización y funcionamiento educacional.

c) Orientar la labor docente hacia el logro de los fines establecidos por la Ley General de Educación Nº 28044 y velar por la formación integral de las y los estudiantes educando, tomando en cuenta los valores morales y éticos.

d) Establecer los hábitos de puntualidad, trabajo, disciplina y cultivar un verdadero espíritu de comunidad entre docentes, estudiantes y padres de familia.

e) Señalar las líneas de autoridad, responsabilidad y coordinación de la dirección con la subdirección y demás miembros, así como también con la UGEL 02.

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f) Determinar las funciones generales de los órganos y miembros que integran la institución educativa estableciendo los derechos, obligaciones y responsabilidades; en concordancia a las disposiciones legales vigentes.

OBJETIVOS

Artículo 14°.- Son objetivos del presente Reglamento Interno, los siguientes:

a) Contribuir al ejercicio de los derechos de los estudiantes a una educación de calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas.

b) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad.

c) Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida.

d) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de los alumnos y de la gestión institucional.

e) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus funciones.

f) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz, y creativa, respetando el principio de autoridad.

g) Facilitar la acción del estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, el acceso y la permanencia de los estudiantes.

h) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comuna

CAPITULO IV

ALCANCES Y BASE LEGALALCANCES

Artículo 15°.- Los lineamientos del presente Reglamento Interno tiene alcance a toda la comunidad educativa de la Institución: Directivos, Docentes, Personal Administrativo y de Servicios, estudiantes y Padres de Familia.

BASE LEGAL

Artículo 16°.- Se sustenta en las siguientes bases legales:

1. Constitución Política del Perú 2. Ley General de Educación N° 28044 3. Ley de Reforma Magisterial Nº 290444. Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública5. Ley N° 27444 “Del Procedimiento Administrativo General”6. Ley N° 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública”7. Ley N° 29409 “Ley que concede el derecho de licencia por paternidad”.8. Ley Nº 29719 “Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas”9. Ley Nº 27337 Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes.10. Ley 29600 que fomenta la reinserción escolar por embarazo 11. Ley 27942 “Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual”12. Ley Nº 30057 “Ley del Servicio Civil”13. D. L. N° 276 “Ley de Bases de la carrera administrativa 14. D.S. Nº 005- 90- PCM, Reglamento del D.Leg. 276 15. D.S. Nº 50-82- ED , Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa.

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16. D.S. Nº 008- 2014- MINEDU “Modifica artículos y disposiciones del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial , aprobado por D.S. Nº 004- 2013- ED

17. D.S.Nº 002-2013- Aprueba el Reglamento de la Ley 29600,Ley que fomenta la reinserción escolar por embarazo

18. D.S: Nº 010- 2012- ED que aprueba el reglamento de la Ley Nº 29179 19. D.S. Nº 011- 2012- ED Reglamento de la Ley General de Educación 20. D.S. Nº 033- 2005-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función

Pública.21. D.S. Nº 008- 2006- ED que aprueba los “Lineamientos para seguimiento y control de la labor

efectiva de trabajo docente en las Instituciones Educativas Pública” 22. R.M. N° 571-94-ED Reglamento de control de asistencia y permanencia del Personal

administrativo23. R.M. Nº 519- 2012- ED que aprueba la Directiva Nº 019- 2012- MINEDU/VMGI-OET

“Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las Instituciones Educativas”.

24. R.M. Nº 218- 2004-ED, modificada por la R.M. Nº 0188- 2005- ED . Normas para la recaudación y administración de los recursos directamente recaudados en las Instituciones Educativas Públicas.

25. R.M.Nº 234-2005-ED, que aprobó la Directiva Nº 004-VMGP-200526. R.V.M. Nº 022- 2007-ED, que aprueba las Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y

Disciplina escolar, el uso adecuado del tiempo y la Formación Ciudadana, cívica y patriótica de los estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica.

27. R.M.Nº 155- 2008- ED aprueba la “Guía para el diseño, la administración, funcionamiento , conducción y adjudicación de quioscos en las Instituciones Educativas Públicas”

28. Resolución Ministerial Nº 343- 2010- ED 29. R.V.M.Nº 0017-2007-ED. Aprueba las normas que establece la organización y ejecución de las

actividades permanentes de movilización social “Escuelas Seguras, Limpias y saludables.30. D.S.Nº 10-2003-MIMDES “Reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento

Sexual”.31. D.S. Nº 028- 2007- ED Aprueba el reglamento de Gestión de Recursos propios y actividades

productivas empresariales en las instituciones educativas públicas”.32. R.D. Nº 343- 2010- ED . “Normas para el Desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación

Educativa en las Direcciones Regionales de Educación , Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas”

33. Resolución Ministerial Nº 556-2014- MINEDU. “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año escolar 2015 en la Educación Básica”.

34. Resolución de Secretaria General Nº 364- 2014- MINEDU que aprueba los “Lineamientos para la implementación de la estrategia Nacional contra la violencia Escolar denominada “Paz Escolar” en las instancias de gestión educativa descentralizada”

TÍTULO IIDE LOS OBJETIVOS DE LA II.EE Y NIVELES DE EDUCACIÓN

CAPÍTULO I

OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y NIVELES

DE EDUCACION PRIMARIA Y SECUNDARIA

OBJETIVOS

Artículo 17°.- Son objetivos de la Institución Educativaa) Lograr que los integrantes de la comunidad educativa conozcan sus deberes , derechos, funciones y

régimen disciplinario para un eficiente desempeño de sus labores .

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b) Profundizar el espíritu consciente y responsable de los estudiantes en el cumplimiento de sus deberes.c) Mejorar los aprendizajes de los estudiantes, en las áreas de ciencias y humanidades, mediante la

práctica de los ocho compromisos de gestión escolar. d) Desarrollar valores éticos morales, identidad, respeto, honradez y voluntad de servicio en los y las

estudiantes e) Promover la actualización y perfeccionamiento del personal jerárquico, docente y administrativo.

Artículo 18°.- Son objetivos de la Institución Educativa en el Nivel Primaria:

a) Reconocer al niño (a) como persona, sujeto de derechos y responsabilidades, aceptando sus diferencias y con múltiples posibilidades de participar y aportar con protagonismo creciente en los procesos sociales de la escuela y la comunidad.

b) Valorar la diversidad y la experiencia sociocultural, afectiva y espiritual del niño, y enriquecerla con el conocimiento de la cultura universal y de la realidad multiétnica, plurilingüe y multicultural del país.

c) Implementar estrategias para el desarrollo de la resolución de problemas, pensamiento divergente, la comunicación, la sensibilidad y expresión artística y la psicomotricidad del niño, así como para el logro de aprendizajes sobre ciencias, , humanidades y tecnologías. Incluye la capacidad de resolución de problemas y de negociación, el sentido de eficacia, eficiencia y afán de logro, así como el fortalecimiento del aprendizaje autónomo, facilitado por medios tecnológicos.

d) Fortalecer la autonomía del niño, el significado de la convivencia con otros, el respeto a las diferencias y la comprensión y valoración de su ambiente familiar, cultural, social y natural, así como el sentido de pertenencia.

e) Implementar estrategias de atención diversificada en función de los ritmos y niveles de aprendizaje, la pluralidad lingüística y cultural, que enriquezcan el proceso educativo, fortaleciendo relaciones de cooperación y corresponsabilidad entre escuela, familia y comunidad para mejorar la educación y la calidad de vida de los estudiantes.

Artículo 19°.- Son objetivos de la Institución Educativa en el Nivel Secundaria:

a. Brindar a los adolescentes una formación humanística, científica y tecnológica, así como una capacitación para el trabajo

b. Afianzar la identidad personal y social del estudiantec. Brindar una formación integral que permita a los y las estudiantes adolescentes un desarrollo corporal,

afectivo y cognitivo, así como la comprensión de sus cambios físicos e identidad de género y la valoración de sí mismos como personas, respetando a los demás, participando y comprometiéndose con su entorno social.

d. Promover en los y las estudiantes el fortalecimiento de sus competencias, capacidades y uso de nuevas tecnologías que le permitan la construcción del conocimiento, la creatividad, pensamiento crítico, así como la aplicación de estrategias de aprendizaje, la formulación de proyectos y la toma de decisiones.

e. Brindar orientaciones que permitan a los y las estudiantes iniciar la formulación de un proyecto de vida, sustentado en valores éticos y sociales, que les facilite la toma de decisiones vocacionales y profesionales.

f. Propiciar valores y actitudes que permitan la convivencia en los grupos sociales a los que pertenecen y con su entorno natural y creado, asi como interactuar solidaria y responsablemente con el afán de realizaciones y con respeto a las diferencias y normas para ejercer una ciudadanía constructora del bien común y de la democracia.

g. Promover las competencias emprendedoras de los estudiantes, orientados al desarrollo de proyectos educativos, con uso intensivo de tecnologías.

h. Preparar al estudiante para acceder a niveles de estudio superiores.

TÍTULO IIIDE LA ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

CAPÍTULO I

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ESTRUCTURA ORGANICA DE LA INSTITUCION

Artículo 20°.- La estructura orgánica de la Institución Educativa Nº 2029 “SIMON BOLIVAR ” en concordancia con las normas legales vigentes es la siguiente:

a) Órgano de Dirección

Director(a) Subdirectores de gestión pedagógica

b) Órgano de Participación, Concertación y Vigilancia de Coordinación

Consejo Educativo Institucional (CONEI) Comité de Contratación

c) Órgano Pedagógico.

Equipo de docentes Profesor tutor Profesor de aula Profesor de turno Profesor especial de canto y arte del Nivel de primaria Docente Responsable del Aula de Innovación Pedagógica Docente responsable del aula de Diseño Gráfico de nivel secundario Comité de Tutoría y Orientación Educativa Auxiliares de Educación

d) Órgano de Coordinación

Jefe de laboratorio Consejo Académico Coordinación por Áreas Coordinador de grado de Educación primaria

CAPÍTULO IIORGANO DE DIRECCIÓN

Artículo 21°.- El Director es la máxima autoridad de la institución educativa y responsable de la gestión integral. Asume la representación legal, y con su equipo directivo lidera la gestión de la institución para alcanzar los ocho compromisos de gestión escolar. Su liderazgo lo ejerce basándose en los valores éticos, morales y democráticos. El director es responsable de:

a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar, de manera compartida, la gestión de la institución educativa centrada en los aprendizajes

b) Promover la articulación y armonización permanente de la planificación y desarrollo de las actividades educativas de los distintos niveles, modalidades y formas educativas.

c) Garantizar el acceso equitativo, el uso eficiente, el mantenimiento y conservación de los materiales y recursos pedagógicos, equipamiento, mobiliario e infraestructura, por parte de las instituciones educativas que comparten el local.

d) Preservar la independencia y seguridad de los espacios educativos de los estudiantes de los diferentes niveles educativos y adoptar medidas para que la gestión y organización de la jornada escolar no se interfieran.

e) Administrar la documentación y bienes patrimoniales comunes y de uso compartido por todos los integrantes de la institución educativa.

f) Conducir y actualizar el inventario único y control de los bienes del Estado, los adquiridos por la propia institución educativa, así como las donaciones recibidas y que sean de uso compartido.

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g) Coordinar con los municipios, las fuerzas de orden o instancias competentes para garantizar la seguridad de los estudiantes en los alrededores del local escolar.

h) Promover una cultura de evaluación, autoevaluación y mejora continua tanto de la gestión educativa como de los aprendizajes de los estudiantes, para dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y autoridades superiores.

i) Garantizar las acciones de prevención que desarrolle el Comité de Tutorìa y Orientaciòn Educativa.j) Adoptar acciones necesarias ante denuncias por actos de violencia contra estudiantes, con la finalidad de

prevalecer el interés superior del niño, niña y adolescente.

SUB DIRECCIONES

Artículo 22°.- El subdirector de gestión pedagógica del nivel de educación secundaria es responsable del nivel a su cargo, de orientar, supervisar y evaluar el desarrollo integral de las actividades curriculares, asegurando el mejoramiento cualitativo de los servicios educativos y logro de aprendizajes de calidad dentro del proceso pedagógico

Artículo 23°.- La funciones del subdirector responsable del nivel secundario son las siguientes:

a. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, en coordinación con la dirección. b. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico-pedagógicas de la institución.

c. Promover y facilitar las jornadas de actualización para los docentes.

d. Orientar el trabajo de los que conforman los órganos de coordinación y ejecución pedagógica que sean

de su competencia.

e. Establecer, en coordinación con la Dirección, los horarios y turnos de trabajo del personal.

f. Controlar la asistencia, permanencia y puntualidad del personal a su cargo, informando a la Dirección

dentro de los plazos previstos.

g. Informar bimestralmente al Director, a los profesores, estudiantes y padres de familia, sobre el

desarrollo del proceso de enseñanza- aprendizaje

h. Garantizar la gestión efectiva de los procesos pedagógicos orientada al logro de los aprendizajes de los

y las estudiantes, centrados en los ocho compromisos de gestión escolar

i. Informar mensualmente a la dirección o cuando se le solicite , sobre la situación del área a su cargo

j. Organizar las actividades de recuperación del estudiante durante el año lectivo y en el periodo

vacacional.

k. Coordinar y supervisar las actividades de tutoría y orientación a favor de los y las estudiantes.

l. Presidir la Comisión de Distribución de Horas .

m. Supervisa la planificación y ejecución de los proyectos propuestos por los docentes.

n. Otras funciones que le asigne la dirección, dentro de lo que corresponde a su competencia.

Artículo 24°.- La Subdirección de gestión pedagógica en el Nivel de Educación Primaria es responsable de programar, organizar, conducir, supervisar, evaluar y controlar las acciones educativas del Nivel de Educación Primaria de Menores y realiza las siguientes funciones:

a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, en coordinación con la dirección.

b) Planifica, organiza, supervisa y evalúa las actividades técnico-pedagógicas, en coordinación permanente con la dirección

c) Dirige, coordina, asesora y evalúa la labor del personal docente del nivel a su cargo.d) Vela por el cumplimiento de los objetivos de la Institución y por el buen trato a los alumnos.

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e) Orienta al personal docente en la programación curricular, adecua la utilización del material educativo, uso de nuevos métodos y técnicas de aprendizaje, manejo de instrumentos técnico-pedagógicos utilizados en el proceso educativo.

f) Revisa el contenido de la programación curricular (PCA).g) Promueve la práctica de valores y principios éticos en el alumnado.h) Promueve la organización y funcionamiento de la biblioteca escolar.i) Promueve la elaboración y el buen uso del material educativo.j) Programa y realiza reuniones de grupos funcionales para la elaboración de los proyectos y

actualización docente.k) Organiza y dirige la supervisión educativa, en coordinación con el Director.l) Estimula al personal a su cargo por acciones y servicios extraordinarios, informando de ello a la

Dirección.m) Es responsable de mantener y coordinar las buenas relaciones humanas del personal docente.n) Informar a la Dirección sobre el incumplimiento de funciones del personal a su cargo .o) Supervisa la planificación y ejecución de los proyectos de los profesores. p) Firma la papeleta de salida, que autoriza a los docentes a dejar el aula en casos excepcionales,

informando de inmediato al Directorq) Realiza cualquier otra función afín al cargo que le asigne el Director.

CAPÍTULO III

ORGANO DE PARTICIPACIÓN, CONCERTACION Y VIGILANCIA

CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

Artículo 25°.- El Consejo Educativo Institucional (CONEI) es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la I.E. que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en la I.E..

Artículo 26°.- Son funciones del CONEI:

a) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional.

b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso, y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación.

c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa.

d) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad de los procesos pedagógicos en las instituciones educativas públicas.

e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.

f) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para el Nivel de Educación Inicial y Primaria.

g) Coordinar con el Consejo Participativo Local de educación de su circunscripción.

h) Resolver de manera concertada la solución de conflictos que se susciten en la institución, siempre que las quejas o denuncias sean de su competencia y no impliquen delito.

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i) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral.

j) Mantener coordinación con el actuar de las distintas comisiones equipos y comités de la institución educativa.

k) Contribuir con la supervisión de la implementación del Plan de Convivencia Democrática en la I.E.,en coordinación con la Dirección.

Artículo 27º.- El CONEI de la I.E. 2029 “SIMON BOLIVAR” está conformado por::

a) El Director (a), quien lo preside.b) Los subdirectores.c) Representante del personal docente , según el nivel que correspondad) Un representante del personal administrativoe) Un representante de los padres de familia. f) Un representante de los estudiantes.

Artículo 28º.- La representatividad y elección de los miembros del CONEI, será elegido en cada estamento en forma democrática:

1. En caso de los docentes, la elección se llevara a cabo en una asamblea representativa de cada nivel educativo.

2. En caso de los padres y madres de familia, cada comité de aula presentara un candidato elegido democráticamente entre los padres y madres de familia del aula y entre aquellos se elegirá a sus dos representantes.

3. En caso de los estudiantes, la organización (Municipio escolar u otro) si lo hubiera, elegirá sus representantes, un estudiante o una estudiante, de preferencia, de los dos últimos grados. En caso de no existir organización, el Director y los docentes facilitaran este proceso.

4. El CONEI se conforma al finalizar cada año escolar, y funciona dentro de los primeros días del año escolar siguiente .La dirección deberá coordinar con los estamentos respectivos para su elección y convocatoria a reuniones periódicas al inicio y durante el año escolar.

DEL COMITÉ DE CONTRATACION

Artículo 29º.-El Comité de Contratación es aprobado mediante resolución que emite la UGEL 02 y es el responsable de la conducción del proceso de evaluación para la adjudicación de las plazas vacantes en la Institución Educativa. El comité está integrado por:

El Director (a) de la institución educativa, quien lo presidirá. Un (01) representante titular y (01) alterno de los profesores elegidos en votación por mayoría simple . Un (01) representante titular y uno (01) alterno del CONEI .

CAPITULO IV

ORGANO PEDAGOGICO

EQUIPO DE DOCENTES

Artículo 30.- El profesor es el profesional de la educación con título de profesor o licenciado en educación y es el agente fundamental del proceso educativo que tienen como misión contribuir eficazmente en la formación integral de los estudiantes. Dada la naturaleza de su función debe contar con idoneidad profesional, solvencia moral y salud emocional y mental para el ejercicio de sus funciones con los estudiantes.

FUNCIONES DEL TUTOR

Artículo 31º.- La Tutoría y Orientación educacional es un servicio inherente al currículo y tiene un carácter formativo y preventivo. Son agentes de la Tutoría el tutor formal, los profesores, los directivos, los padres de familia y los propios estudiantes.

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El Director o directora de la Institución Educativa, en el nivel secundaria, garantiza por lo menos una hora semanal para la labor de tutoría en cada sección, la que forma parte de la jornada laboral del profesor, y estará a cargo del tutor formal, quién será designado por la Dirección y tiene las siguientes responsabilidades:

Con los Estudiantes: a) Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, a fin de contribuir a su formación integral. b) Elaborar e implementar el Plan Tutorial de Aula, el cual será flexible y responderá al diagnóstico de

necesidades e intereses de los estudiantes. Asimismo, deberá diseñar, desarrollar y evaluar las sesiones de tutoría.

c) Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo – clase y en el conjunto de la dinámica escolar. d) Promover la realización periódica de asambleas Escolares de Aula. e) Informar oportunamente al Director de toda situación, hecho o conocimiento que vulnera los derechos

de los estudiantes, para que se tomen las medidas pertinentes. f) Registrar en la ficha acumulativa personal del estudiante , los aspectos más relevantes de su proceso

formativo, teniendo en cuenta que su uso se limita al ámbito escolar y debe emplearse con reserva y respeto por el estudiante.

g) Coordinar con el Director y los padres de familia el apoyo a los estudiantes que requieran atención especializada para su derivación oportuna a las instituciones o servicios pertinentes.

Con los padres de familia:

a. Promover y organizar la realización de al menos cuatro reuniones durante el año con los padres de familia de su sección, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.

b. Desarrollar entrevistas con los padres de familia de los estudiantes que lo soliciten o necesiten c. Coordinar con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa la realización de actividades de Escuela de

padres.

Con los docentes y Auxiliares de educación.

a) Establecer comunicación permanente que permita orientar el desarrollo de los estudiantes. b) Coordinar y promover acciones que los involucre en el desarrollo de la Tutoría y Orientación Educativa. c) Apoyar la disciplina y convivencia escolar en el marco del respeto a la integridad física, psicológica y

moral de los estudiantes, erradicando todo tipo de maltrato o castigo como método correctivo. d) Coordinar permanentemente con los docentes del Nivel de Primaria y/o personal de servicio con

respecto al cuidado del mobiliario y aseo del aula.

Artículo 32º.- DEL PROFESOR DE AULA

Las funciones de tutores y profesores de aula según corresponda son las siguientes:a) Programar y dirigir asambleas con los Padres de Familia de acuerdo a un cronograma.b) Participar en la formulación y ejecución del plan anual de trabajo de la Institución. c) Participar en los programas de capacitación y actualización profesional, los cuales constituyen

requisitos en los procesos de evaluación docente d) Ejercer una función orientadora e) Contribuir en el desarrollo afectivo, cognitivo y el mejoramiento al desempeño escolar de los

alumnos.f) Derivar al Departamento de Psicología y comité de disciplina el tratamiento de casos especiales

que detecten a nivel de aula.g) Viabilizar que los estudiantes a su cargo reciban los servicios de Psicología que requieranh) Programar y aplicar las acciones propuestas por la psicóloga de la I.E.i) Promover la participación de los Padres o Apoderados en la formación de sus hijos mediante

reuniones periódicas.j) Asesorar a los Comités de Aula conformados por Padres de Familia y/o Alumnos.k) Equipar e implementar periódicamente el Periódico Mural, Botiquín, Horario Escolar,Acuerdos de

convivencia de su aula establecido con sus estudiantes.

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l) Supervisar la correcta presentación de los y las estudiantesm) Coordinan con los auxiliares de Secundaria, sobre el mantenimiento del orden, limpieza del aula,

deterioro de los materiales y distribución de los espacios a utilizarn) Entregar personalmente las libretas de notas de su tutoría a cargo.o) Llenar las notas de Evaluación a su cargo en la plataforma SIAGIE en las fechas establecidasp) Elaborar acuerdos de convivencia con los y las estudiantes.q) Dentro de la labor tutorial se debe realizar entre otras actividades de prevención, uso indebido de

drogas, educación sexual, prevención de la violencia escolar y trabajo infantil .

DOCENTES COORDINADORES DE CICLO

Artículo 33°.- Son funciones del docente Coordinador de Ciclo:

a) Coordinar la programación curricular anual y de corta duración entre los docentes y de su ciclo.b) Servir de nexo entre la dirección y el personal docente para coadyuvar el mejor desarrollo de la tarea

educativa.c) Coordinar las evaluaciones.d) Participar en la Programación y Cronogramación del monitoreo interno elaborando las fichas.e) Debe ser activo y actualizado en eventos nacionales y locales.f) Coordinar con los profesores de aula.g) Participar en forma obligatoria en las capacitaciones que promueva la institución educativa, la UGEL

02, la Dirección Regional de Lima Metropolitana, el Ministerio de Educación y/o las Universidades que tienen convenio con la UGEL o la I.E.

DOCENTE DE TURNO

Son los docentes del nivel de primaria que prestan un servicio fuera de las horas pedagógicas por el bienestar de

los estudiantes.

Artículo 34°.- El docente de turno se encarga:

a) Ingresar a la Institución Educativa 10 minutos antes del horario de ingreso y se retira 05 minutos después de la hora salida.

b) Coordina con los Profesores las actividades permanentes de su semana de turno.c) En la formación orienta sobre aspectos de disciplina, aseo y puntualidad del alumno.d) Representar a la Subdirección o al cuadro de mando en caso de ausencia de ellos. e) Acompañar a los estudiantes durante el recreo en su semana de turno.f) Tomar 10 minutos de descanso antes de culminar el recreo en su semana. Los alumnos

estarán acompañados por los policías y brigadieres del Nivel g) Salir 5 minutos antes del toque de timbre de la salida con sus alumnos para orientar la

salida general del alumnado del nivel.h) Coordinar con el profesor encargado de la Comisión de Policías escolares, personal de

servicio y biblioteca para el apoyo en el rol de turno en la supervisión de los estudiantes en la hora de recreo.

DOCENTE DE EDUCACIÓN FÍSICA

Artículo 35°.- El docente de Educación Física del nivel primaria cumple las siguientes obligaciones:

a) Propiciar actividades de aprendizaje desarrollando la formación integral del alumno en: habilidades intelectuales, destrezas motrices y actitudes.

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b) Organizar, preparar, entrenar y dirigir los equipos representativos de la I.E, en las distintas disciplinas deportivas y de recreación, danzas y teatro.

c) Preparar a los alumnos en gimnasia rítmica en coordinación con los demás profesores, considerándolo dentro de su programación.

d) Organizar y preparar a los alumnos de la escolta y batallones para los desfiles escolares en coordinación con la comisión de disciplina.

e) Integrar la comisión de Policía Escolar y Defensa Civil.f) Realizar la programación con los Coordinadores de ciclo.g) Entregar las evaluaciones oportunamente a los docentes de aula y la subdirección

DE LA PROMOTORA DE CANTO

Artículo 36 .-.- Sus funciones son: a) Organizar, elaborar un Plan Anual de Trabajo secuencial, formando los Taller de y Canto de la I.E.b) Participar en las diversas actividades Cívico-Patriótica y otras.c) Elaborar y remitir informes a la Sub-Dirección de Primaria.d) Depende de la Sub-Dirección de Educación Primaria de Menores.

DOCENTE DEL AULA DE INNOVACION PEDAGOGICA (AIP-CRT)

Artículo 37º.- El docente responsable del aula de Innovación Pedagógica debe cumplir con el perfil establecido y estar capacitado. Sus funciones son:

a. Difundir, promover y aplicar los planteamientos pedagógicos de la DIGETE y del área de tecnologías educativas en su institución Educativa.

b. Organizar y planificar las actividades educativas del Aula de Innovación, promover la implementación de Bibliotecas Digitales y Virtuales para la IE, el desarrollo de materiales educativos por docentes y estudiantes y el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con sus pares de otras Instituciones Educativas.

c. Promover la participación de docentes y estudiantes en las comunidades virtuales del portal educativo del Perú, Portal educativo del Gobierno Regional.

d. Incentivar el uso del Aula de Innovación por los docentes.e. Velar por la previsión, mantenimiento, conservación , renovación y seguridad de los recursos

educativos, equipamiento e infraestructura del aula de innovación , y porque dicho ambiente sea utilizado para actividades de aprendizaje, capacitaciones, búsqueda de información, biblioteca virtual, investigación, redes de interaprendizaje y producción de material educativo

f. Elaborar el catálogo de recursos educativos TIC y darlo a conocer a los docentes.g. Mantener actualizado el registro de asistencia al A.I.P./C.R.T.h. Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del A.I.P./C.R.T. (Plan Anual de Trabajo,

Reglamento, Catálogo de recursos, Horarios, registro de asistencia, inventario, entre otros).i. Asegurar que el software instalado cuente con la licencia respectiva.j. Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las TIC y propiciar la

organización y participación de la IE en ferias y/o eventos sobre las TIC.k. Mantener instalado adecuadamente el servidor y estaciones de trabajo de la A.I.P./C.R.T.l. Realiza el mantenimiento y reparaciones sencillas del AIP-CRT.m. Velar por el cumplimiento de las normas éticas, morales y buenas costumbres en el uso de las

computadoras y otros medios y recursos TIC, prohibiendo el acceso a páginas web de contenido pornográfico según Ley Nº 28119.

n. Velar porque el uso de los recursos de la AIP/CRT se efectúe de acuerdo a la R.D.Nº00668- 2010- ED o. Elaborar el cuadro de requerimientos de materiales, herramientas.p. Llevar el inventario actualizado de los materiales registrando las altas y bajas de los mismos.l. Coordinar y mantener estrecha comunicación con los profesores de aula y tener información del rendimiento

de los alumnos para cultivar hábitos de orden y limpieza de los ambientesll. Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del aula.m. Organizar actividades de capacitación y aprovechamiento pedagógico de las TIC y propiciar la

Organización y participación de la I.E. en ferias y/o eventos sobre las TIC.

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DOCENTE RESPONSABLE DEL AULA DE DISEÑO GRAFICO

Artículo 38º.- El aula de Diseño Gráfico se encuentra bajo la responsabilidad del Docente del área Educación para el Trabajo designado por la Dirección, quien cumple los deberes que corresponden a su condición de docente y en relación al aula de diseño gráfico asume las funciones siguientes:

a) Organizar, planificar y ejecutar las actividades educativas a realizarse en el Aula de diseño gráfico y que permitan desarrollar las capacidades productivas y emprendedoras de los y las estudiantes

b) Velar por el permanente cuidado, conservación y seguridad de los equipos de cómputo y demás bienes que se encuentren en el aula de diseño gráfico.

c) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del aula (Plan de trabajo, Reglamento del aula, horarios, asistencia, etc.) y las acciones que sean necesarias, para seguridad y correcto uso del aula de diseño gráfico.

d) Realizar el mantenimiento y reparaciones sencillas de los equipos de cómputo del aula de diseño gráfico.

e) Elaborar el inventario de los bienes que se encuentran bajo su responsabilidad en el aula de diseño gráfico.

f) Informar a las autoridades de la I.E., en forma oportuna, sobre los incidentes, deterioros o pérdidas de los bienes, que se produzca en el aula de diseño gráfico.

g) Proponer y realizar las acciones de coordinación con la dirección y otras entidades públicas y/o privadas a efectos de adquirir e implementar equipamiento actualizado para el aula.

h) Velar por la limpieza de los equipos y aula i) Lo demás que determine la autoridad, siempre que sean a fines a su función de docente

COMITÉ DE TUTORIA Y ORIENTACION EDUCATIVA

Artículo 39º.- La Tutoría y Orientación Educativa es el acompañamiento socio afectivo y cognitivo de los y las estudiantes y es un servicio que tiene el carácter formativo, promocional y preventivo. El comité de Tutoría y Orientación Educativa, coordinara con el CONEI las acciones formativo – preventivas de orientación y acompañamiento de estudiantes. El Comité está conformado por:

a) El Director (a), quien lo preside.b) El Coordinador de Tutoría del nivel respectivo.c) El responsable de Convivencia y Disciplina Escolar.d) Los Tutores.e) El psicólogo y /o promotor de Tutoría y orientación educativa.f) Un representante de los auxiliares de Educación, por turno o nivel.g) Representante de los estudiantes.

Las funciones de quienes conforman el citado Comité, se encuentran establecidas en la R.M. Nº 343- 2010- ED.

Artículo 40º.- El Comité de Tutoría y Orientación Educativa será presidio por el Coordinador de Tutoría, quien a su vez convocara a reunión, velara por el cumplimiento de las funciones del Comité y promoverá en la institución el desarrollo de acciones tutoriales. Sus funciones se encuentran previstas en la R.M. Nº 343- 2010-ED.

Artículo 41º.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR

a) Asegurar que las actividades y acciones de responda a las necesidades e intereses de los estudiantes.b) Elaborar un Plan de Trabajo que permita organizar y programar las acciones de Tutoría, y Orientación

Educativa en la institución.c) Orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de Tutoría y Orientación Educativa,

programadas en el Plan de Trabajo.d) Promover la incorporación de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en el PEI, PCI y PAT.e) Organizar acciones de capacitación, dirigidas a estudiantes, docentes, auxiliares y padres de familia.f) Verificar la elaboración y el desarrollo de los planes tutoriales y las sesiones de tutoría g) Realizar reuniones periódicas entre tutores y padres de familia de sus respectivas secciones para tratar

temas relacionados con la orientación de los estudiantes. Asimismo, impulsar las Escuelas de padres de acuerdo a las necesidades de los estudiantes.

h) Implementar la Convivencia Escolar democrática en la institución.

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i) Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente y a los lineamientos de la DITOE.

j) Realizar las réplicas de las capacitaciones recibidas en Tutoría y orientación Educativa.

CAPITULO VORGANO DE COORDINACION

JEFE DE LABORATORIO

Articulo 43.- El Jefe de Laboratorio depende de las Subdirecciones de gestión pedagógica de ambos niveles, y dicta 12 horas de clase. Tiene la responsabilidad de orientar, coordinar, supervisar y evaluar la programación curricular, la elaboración de materiales educativos y el proceso de enseñanza – aprendizaje en la especialidad dentro del turno correspondiente.

Artículo 44º .- FUNCIONES DEL JEFE DE LABORARORIO .- Sus funciones son : a) Organizar, orientar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en el Laboratorio,

elabora el programa de mantenimiento y conservación del equipo, herramientas, insumos y de llevar el inventario correspondiente.

b) Administra y supervisa el mantenimiento y conservación de los equipos e insumos del Laboratorio de Ciencias Naturales del Plantel. En tal sentido deberá mantener un registro permanente de altas y bajas de los materiales a fin de agilizar la actualización del inventario que deberá hacerse por lo menos una vez al año.

c) Programar el uso del Laboratorio en ambos turnos racionalizando adecuadamente el ambiente, equipos y reactivos a través de un cronograma de ingreso al mismo por todos los docentes de ciencias del Nivel Secundaria y Primaria.

d) Informar a las Subdirecciones las acciones pedagógicas que se desarrollen en el laboratorio así como las incidencias que se produzcan en el mismo

e) Informar a los docentes de ambos niveles, la relación de equipos y materiales existentes, en forma oportuna

f) Programar la ejecución de las actividades en el Laboratorio. Las prácticas se realizan en bloque de 02 horas pedagógicas.

g) Controlar en el Parte de Prácticas del Laboratorio, la entrada y salida de los materiales, así como registrar su deterioro e inutilización. Anota asimismo la realización de las prácticas desarrolladas con los estudiantes de los diferentes grados y niveles.

h) Experimentar algunas modalidades de trabajo en el Área de Ciencia Tecnología y Ambiente. i) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia la adquisición de materiales renovables, la

reparación de los equipos deteriorados y la adquisición de nuevos equipos de acuerdo a las necesidades.

j) Participar en la organización y ejecución de las actividades co-curriculares de ciencias, Feria de Ciencias, Exposición de Material Didáctico, Periódico Mural, etc.

k) Tomar conocimiento de los informes del Auxiliar de Laboratorio, del movimiento de materiales fungibles, de los deteriorados, de los materiales, equipos. Asimismo dar de baja a los que se encuentren deteriorados.

l) Organizar Botiquines de Primeros Auxilios en el ambiente del Laboratorio.m) Mantener un informe actualizado de los bienes existentes en el Laboratorio.n) Elaborar, difundir normas y afiches de seguridad de trabajo en el Laboratorio.

CONSEJO ACADEMICO

Artículo 45.- El Consejo Académico coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Está integrado por el Director (a) quien lo preside, la subdirección y los coordinadores de grado y áreas.

Articulo 46.- El consejo tiene las siguientes funciones: a) Elaborar , desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica

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b) Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los estudiantes de acuerdo a los ocho compromisos de gestión escolar.

c) Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educativa.d) Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los y las estudiantes.e) Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones.f) Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación institucional.g) Participar en el marco el Proyecto Educativo Institucional y Plan anual de Trabajo , en la

organización de actividades y programas de la I.E.

COORDINACION POR AREAS

Artículo 47.- Son funciones de los coordinadores por área educativa las siguientes:

1.- Coordinar con los docentes de su área los programas curriculares anuales y actividades a ejecutar, informando a la Subdirección de los mismos.2.- Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo y en las reuniones de coordinación académicas a los que son convocados por la Dirección o Subdirección del nivel.3.- Integra comisiones de trabajo y participa de las acciones que permitan el mejor logro de las actividades programadas.4.- Coordina y mantiene comunicación permanente con los profesores de su área y Padres de Familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos o hijas.5.- Coordina intercambio de experiencias, acciones de investigación y experimentación de métodos y técnicas de trabajo, estrategias para el logro de los aprendizajes del área a su cargo.6.- Asiste a las reuniones técnicos pedagógicos y administrativos programados y ejecutados por la dirección y/o Subdirecciones en forma coordinada.

Artículo 48.- FUNCIONES DEL COORDINADOR DE GRADO DE EDUCACION PRIMARIA : a) Presidir y dirigir las reuniones de coordinación de grado.b) Coordinar la elaboración de las unidades de aprendizaje, proyectos y/o módulos desde su inicio hasta

su presentación a la Subdirección de Educación Primaria de Menores.c) Asesorar y supervisar el cumplimiento del plan de aula y actividades de grado.d) Informar y coordinar permanentemente sus acciones con la Subdirección de Educación Primaria de

Menores.e) Informar bimestralmente sobre la participación, aportes y sugerencias de cada profesor de su grado.

TITULO IVDE LA GESTION INSTITUCIONAL

CAPITULO IDE LA MATRICULA, TRABAJO ESCOLAR Y CONTROL DE ASISTENCIA

DE LA MATRICULA

Artículo 49º.- La matrícula y los traslados se efectúan de conformidad con los “Lineamientos para el proceso de matrícula Escolar en las IIEE de Educación Básica” aprobado por la R.M. Nº 516- 2007- ED . Para el acto de la matrícula se requiere:

La presentación de la partida de nacimiento. DNI o el pasaporte del niño o niña. Si no tiene no es impedimento para

su matrícula. En caso no se pueda presentar, la carencia puede suplirse con una Declaración Jurada , con cargo a la regularización a más tardar al final del primer semestre del año escolar. El Director (a) realizara el seguimiento.

Boleta de notas de SIAGIE

La matrícula no está condicionada al pago previo de cuotas ordinarias y/o aportes extraordinarios a la APAFA u otros conceptos.

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TRABAJO ESCOLAR

Artículo 50º.- La jornada de trabajo del Director y Subdirectores es de cuarenta (40 ) horas cronológicas semanal- mensual.

Artículo 51º.- La jornada de trabajo semanal mensual del docente que ejerce funciones de enseñanza en el aula es la siguiente:

a.1. Primaria: 30 horas pedagógicas. a..2. Secundaria: 24 horas pedagógicas. De existir disponibilidad de horas de clases presupuestadas y siempre que la necesidad del servicio lo justifique, la jornada de trabajo podrá extenderse hasta un máximo de 06 horas .

HORARIO DE TRABAJO Y CONTROL DE ASISTENCIA

ARTICULO 52º.- El horario de trabajo para el personal trabajador de la I.E., es de lunes a viernes, en la forma que sigue

Personal trabajador Hora de ingreso Hora de salidaDirector (a) 07:45 a.m.

10: 30 a.m.15:45 p.m.18:30 p.m.

Subdirectora de nivel primaria 06:30 a.m. 14:30 p.mSubdirector de nivel secundaria 11:00 a.m. 07:00 p.mPersonal docente de nivel primaria 07:55 a.m. 12:45 mPersonal docente de nivel secundaria

13:00 p m 18:35 p.m

Auxiliares de Educación 12:45 p.m. 19.00 p.m.Auxiliar de Laboratorio 07:55 a.m

13:00 p.m.07:55 a.m.14:30 p.m.

15:55 pm. (Lunes y Miércoles )21:00 pm (Martes, Jueves y Viernes)

14:30 p.m. (Martes y Jueves)18:35 p,m. (Lunes, Miércoles Viernes)

Jefe de Laboratorio

Auxiliar de Biblioteca 06:45 a.m.11:00 a.m.

14:45 p.m.19:15 p.m.

Personal administrativo Turno diurno : 06:00 a.m.Turno tarde : 11.45 a.m.

14:00 p.m.19:45 p.m.

Del oficinista 07:15 a.m. 15:15 p.m.

Secretaria 11:30 m 19:30 p.m.

Guardianía 18:00 p.m 06:00 a.m.

CONTROL DE ASISTENCIAArtículo 53º.- El control de asistencia, tardanzas y permisos, se efectúan de la siguiente manera:

a) Se aplicará conforme lo establecido en la RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0571 – 94 – ED. y en concordancia con el capítulo VIII Art: Del 138 al 145. D.S 004-2013-ED”Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial 29944.

b) Las inasistencias deberán ser justificadas oportunamente con los documentos probatorios, de conformidad con la norma legal vigente.

c) La asistencia será controlada mediante un reloj marcador, según el horario establecido y en el turno correspondiente. Además, el personal docente del nivel secundario firmará el parte diario de clases, el cual forma parte del control de su asistencia.

d) El personal que no asista al centro de trabajo por motivos de enfermedad o desgracia familiar, deberá comunicar del hecho en el día y justificara con la documentación probatoria ante la Dirección de la IE, en un plazo no mayor de 24 horas de producido el hecho o de reincorporado al centro de trabajo.

e) El trabajador debe marcar su tarjeta al ingreso y salida considerando su horario de trabajo. El no registro del ingreso y/o salida sin justificación será considerado como inasistencia al centro de trabajo.

f) El Director está facultado para conceder permiso con goce de remuneraciones según los motivos establecidos en el artículo 199 del D.S. Nº 004- 2013.

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a) Por enfermedad.- Se concede al profesor para concurrir a las dependencias de ESSALUD, debiendo a su acreditar la atención con la constancia respectiva firmada por el médico tratante.b) Por maternidad.- Se otorga a las profesoras gestantes para concurrir a sus controles en las dependencias de ESSALUD o facultativo de su preferencia, debiendo a su retorno acreditar la atención con la constancia firmada por el médico tratante.c) Por lactancia.- Se concede a la profesora en periodo de lactancia a razón de una (01) hora diaria al inicio o al término de su jornada laboral hasta que el hijo cumpla un (01) año de edad. No hay compensación y se autoriza por resolución de la autoridad competente.d) Por capacitación oficializada.- Se concede al profesor propuesto para concurrir a certámenes, seminarios, congresos auspiciados u organizados por el MINEDU o Gobierno Regional, vinculados con las funciones y especialidad del profesor.e) Por citación expresa de la autoridad judicial, militar o policial.- Se concede al profesor previa presentación de la notificación o citación respectiva, para concurrir o resolver diligencias judiciales, militares o policiales dentro de la localidad.f) Por onomástico.- El profesor tiene derecho a gozar de descanso físico en el día de su onomástico, si éste recae en un día no laborable, el descanso físico será el primer día útil siguiente.g) Por el día del Maestro.- El profesor tiene derecho a gozar de permiso por el día del Maestro.h) Para ejercer docencia Superior o Universitaria.- Los profesores que laboran en el Área de Gestión Institucional tienen derecho a gozar de permisos para ejercer docencia en Institutos o Escuelas Superiores y Universidades. El tiempo máximo será de seis (06) horas semanales y es compensado con trabajo adicional en el mes. Se requiere contar para este caso con la aprobación de su superior jerárquico.i) Por representación sindical.- Son las facilidades que la Autoridad Administrativa concede a los miembros de la Junta Directiva vigente e inscrito en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Administrativos (ROSSP) siempre que no afecte el funcionamiento de la entidad

g) El personal trabajador que se desplace fuera de la Institución durante su jornada laboral y /u horario de clases por comisión de servicio, permisos, etc., debe hacer uso de la papeleta de salida autorizada por la autoridad de la Institución educativa y registrada a la salida y retorno en el cuaderno de registro del personal de portería.

h) El director es el responsable que la hora registrada en el reloj marcador esté a la hora oficial del país y que las tarjetas de control permanezcan en los casilleros correspondientes tanto al ingreso, durante y salida de la I.E.

i) Las tardanzas serán informadas a la instancia inmediata superior para el descuento, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

j) Según las nuevos procedimientos que se establezcan por disposiciones superiores.

CAPITULO IIDEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Y ´PLAN ANUAL DE TRABAJO

PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

Artículo 54º.- El P.E.I. es el instrumento estratégico de gestión que establece la visión de la institución educativa y que está centrado en la mejora de los aprendizajes. La elaboración del Proyecto es liderada por el equipo directivo y marca el rumbo de la Institución, orienta el esfuerzo y ayuda a evaluar los procesos y corregir las desviaciones con la participación real y activa de los actores educativos y de la comunidad.

PLAN ANUAL DE TRABAJO (P.A.T.)

Artículo 55º.- El Plan Anual de Trabajo es la herramienta de gestión operativa, funcional y articuladora. El P.A.T. comprende todos los compromisos de la gestión de la institución para la mejora de los aprendizajes durante el periodo de su vigencia.

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Artículo 56º.- El P.A.T. debe ser elaborado en base a tres momentos:

a) El Buen inicio del año escolar 2015 (enero a marzo 2015 )b) La escuela que queremos (abril a diciembre 2015)c) Balance del año escolar y responsabilidad por los resultados (noviembre y diciembre 2015)

Artículo 57º.- El P.A.T. debe contener: a) Diagnóstico de la institución en relación a los indicadores de gestión escolarb) Objetivos y metas por cada compromiso de gestión escolarc) Actividades : Buen Inicio del año escolar 2015; la escuela que queremos y balance del año

escolar 2015.d) Distribución del tiempo

Artículo 58º.- Las etapas de elaboración del PAT son:

a) Revisión del marco orientador: visión, misión, principios y objetivos estratégicos del PEI y jerarquizando los problemas y seleccionando los más relevantes en cada área de gestión

b) Análisis de la situación. En base al diagnóstico del PEIc) Formulación del PAT: Elaboración de los objetivos anuales y operativos por área y determinar metas,

actividades, programación, recursos, responsabilidades y cronograma.d) Discusión y aprobación: Validación del CONEI y Resolución Directoral de la IEe) Ejecución: puesta en práctica de todas las actividades y proyectosf) Evaluación: monitoreo de indicadores del proceso de ejecución

CAPITULO IIIDERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y AUXILIARES DE EDUCACION

DERECHOS DE LOS DOCENTES

Artículo 59º.- Los profesores tienen derecho a:

a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona. b) Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial. c) Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios que se establecen en la Ley de la reforma Magisterial. d) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la Ley 29944. e) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón. f) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la normatividad vigente. g) Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el Estado. h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29944 y su reglamento. i) Vacaciones. j) Seguridad social, de acuerdo a ley. k) Libre asociación y sindicalización. l) Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos.

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m) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y sindical, según el caso. n) Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente Ley. o) Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria obligatoria y no exista impedimento legal. p) Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa. q) Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la Ley de la Reforma Magisterial. r) Percibir una compensación por tiempo de servicios. s) Gozar del cincuenta por ciento de descuento en las tarifas para espectáculos culturales.

Artículo 60º.- DEBERES DE LOS DOCENTES: a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y

efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional.

b) Orientar al estudiante con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados.

c) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia.d) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente,

conforme a los procedimientos que establece el artículo 74 del Decreto Supremo Nº004- 2013- EDe) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que

le competan.g) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en

instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación.

h) Presentarse a las evaluaciones previstas de la Carrera Publica Magisterial y a las que determinen las autoridades de la Institución Educativa o las entidades competentes.

i) Ejercer la docencia en armonía con el comportamiento ético y cívico, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

j) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria. Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la Institución Educativa de la comunidad local y regional.

k) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos o hijas, y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.

l) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo y que pertenezcan a la Institución Educativa.

m) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática.

n) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la Institución Educativa y, si fuera el caso de las instancias de gestión educativa descentralizada.

o) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la Institución Educativa y reportar cualquier incidente de violencia

p) Promover la sana convivencia al interior de la Institución Educativa, promoviendo métodos de disciplina no violentos, discusiones alturadas sobre discriminación por género, identidad sexual, habilidades especiales, grupo étnico, edad y habilidades socio-económicas .

q) Supervisar a sus estudiantes tanto dentro del aula como en los recreos. r) Otros que se desprendan de la Ley 29944, u otras normas específicas de la materia.

PROHIBICIONES Artículo 61º.- El personal docente de la institución está prohibido de :

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a) Abandonar la institución en horas de labor, sin la debida justificación y autorización de la autoridad b) Dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función o estando presente en el aula

no dictar clases del área a su cargo.c) Utilizar a los y las estudiantes para servicios personales.d) Solicitar cuotas de dinero a los y las estudiantes y/o Padres de Familia sin conocimiento y/o

autorización respectiva.e) Realizar actividades de carácter político partidarista y/o religioso.f) Desarrollar en el aula temas distintos a los considerados en la programación Curricular y/o sesión

de clase.g) Incitar a los alumnos a firmar actas o peticiones, cualquiera sea su naturaleza.h) Organizar o realizar actividades para beneficio propio o de terceros.i) Asistir a la institución educativa en estado etílico o de ebriedad o bajo los efectos de alguna

sustancia alucinógena o drogas j) Fomentar actividades de divisionismo, rencor, difamación o inmoralidad.k) Cometer o incentivar escándalos u otras acciones reñidas con la moral, al interior de la institución

educativa l) No entregar en la fecha indicada los trabajos, informes, etc, que de acuerdo a sus deberes debe

realizarlo.m) Negarse a recibir documentos que las autoridades superiores les cursen) No ingresar a sus aulas al toque de timbre que señala la hora de trabajo .o) Simular enfermedades.p) Retirar de la I.E. materiales, herramientas, mobiliario u otros objetos de propiedad de la institución,

sin la debida y expresa autorización.q) Proporcionar preguntas de las pruebas de su curso u otras áreas a los estudiantes, con la

intención de favorecerlos u obtener un beneficio propio. r) Utilizar cualquier momento como refrigerio.s) Dar permiso a los estudiantes para salir del aula en horario de clase, salvo situación de

emergencia.t) Retirarse del aula de clase antes que culmine su hora de trabajo, sin la debida autorización de la

autoridad. u) Incurrir en reiteradas tardanzas e inasistencias injustificadas al centro de trabajo.

AUXILIARES DE EDUCACION

Artículo 62º.- Es el personal que depende funcionalmente del Director de la Institución Educativa y presta apoyo al docente de nivel secundario en sus actividades formativas y disciplinarias coadyuvando con la formación integral de los estudiantes.

Artículo 63.- Son derechos de los Auxiliares de Educación: ( Art. 220 del D.S. Nº 004- 2013- ED, incorporado por D.S. N º008-2014-MINEDU)

a) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde.b) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que corresponden de acuerdo a ley.c) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el reglamento de la ley 29944d) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas.e) Vacacionesf) Seguridad social de acuerdo a Ley.g) Libre asociación y sindicalización.h) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el otorgamiento de beneficios sociales.i) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de representación política y

sindical, según sea el caso.j) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los

alcances de las normas señaladas en el D.S. Nº004- 2013- ED.

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k) Reconocimiento por parte del estado, la comunidad y los padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 64º.- Son deberes de los Auxiliares de educación (D.S. N º008-2014-MINEDU)a) Respetar los derechos de los estudiantes así como de los padres de familia.b) Cumplir con la puntualidad y asistencia que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.c) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de

discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

d) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la I.E. de la comunidad local y regional.

e) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la I.E. a su cargo.f) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos

humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia.

g) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de la función Pública.h) Reportar cualquier incidente de violencia, bajo responsabilidad.i) Consolidar las incidencias de conducta de los estudiantes que reportan los docentes.j) Promover la sana convivencia al interior de la Institución Educativa, promoviendo métodos de

disciplina no violentos, discusiones alturadas sobre discriminación por género, identidad sexual, habilidades especiales, grupo étnico, edad y habilidades socio-económicas.

k) Supervisar a los estudiantes tanto dentro del aula como en los recreos, formación escolar, actividades deportivas, culturales, artísticas y recreativas.

l) Coordinar con los docentes del nivel primaria y personal de servicio del nivel primario, secundario y nocturno en relación al orden, aseo, mobiliario y materiales del aula, haciendo uso del cuaderno de incidencias.

m) Atender situaciones de emergencias de los estudiantes, sin distinción de que se encuentre o no bajo su directa responsabilidad.

n) Otros que se desprendan de las normas que emitan las entidades superiores.

CAPITULO IVDE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, FUNCIONES ESPECIFICAS Y PROHIBICIONES DEL PERSONAL

ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

DERECHOS

Artículo 65º.- Son derechos del personal administrativo y de servicio las siguientes:

a) Estabilidad laboral para el personal nombrado y respeto a las cláusulas del contrato. b) Laborar en ambientes que reúnan condiciones de seguridad y salubridad.

c) Gozar de facilidades y apoyo para el cumplimiento de la labor administrativa y de servicio.

d) Ser informado oportunamente de toda directiva que llega a la IE, especialmente las relativas al cargo.

e) Recibir de la Dirección de la IE, el apoyo necesario para su actualización y perfeccionamiento profesional.

f) Derecho de reunión en asambleas sindicales, previa autorización del Director.

g) Gozar de vacaciones conforme a ley.

h) Respeto al rol de vacaciones debidamente aprobadas. Las vacaciones sólo podrán ser cambiadas por acuerdo entre las partes.

i) Respeto al acuerdo tomado en Asamblea, siempre y cuando se ajusten a la normatividad.

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j) Respeto al horario de trabajo.

k) Recibir buen trato y un ambiente laboral con buenas relaciones humanas.

l) Gozar de licencias por motivo de salud conforma a las normas legales vigentes.

m) Participar en la elaboración y aprobación de los documentos de gestión de la I.E.

n) Participar como miembros de las Comisiones que la Ley lo determine.

o) Disfrutar de cualquier otro derecho inherente a su condición de trabajador administrativo y que esté previsto en las normas legales que regulan su situación laboral.

OBLIGACIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO :

Artículo 65º.- Son obligaciones de los servidores administrativos:

a) Cumplir leal y diligentemente los deberes y funciones que impone el servicio público.b) Privilegiar los intereses del Estado sobre los intereses propios o de los particularesc) Informar oportunamente a los superiores jerárquicos de cualquier circunstancia que ponga en riesgo o

afecte el logro de los objetivos institucionales o la actuación de la entidad.d) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos. Los recursos y

el personal a su cargo se asignan exclusivamente para el servicio oficial. e) No emitir opiniones ni brindar declaraciones en nombre de la entidad, salvo autorización expresa del

superior jerárquico competente o cuando ello corresponda por la naturaleza del puesto. f) Informar a la autoridad superior o denunciar ante la autoridad correspondiente los actos delictivos,

faltas disciplinarias o irregularidades que conozca. g) Actuar con imparcialidad y neutralidad política. h) No participar ni intervenir por sí o por terceras personas, directa o indirectamente, en los contratos con

su entidad o cualquier otra entidad del estado en los que tenga interés el propio servidor civil, su cónyuge o parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

i) No participar ni intervenir por sí o por terceras personas, directa o indirectamente, en la gestión de intereses en un procedimiento administrativo de su entidad.

j) Guardar secreto o reserva de la información calificada como tal por las normas sobre la materia, aun cuando haya culminado su relación laboral.

k) Mejorar continuamente sus competencias y mantener la iniciativa en sus labores. l) Reportar cualquier incidente de violencia

m) Promover la sana convivencia al interior de la Institución Educativa, promoviendo métodos de disciplina no violentos, discusiones alturadas sobre discriminación por género, identidad sexual, habilidades especiales, grupo étnico, edad y habilidades socio-económicas.

n) Supervisar a los estudiantes tanto dentro del aula como en los recreos.

FUNCIONES ESPECIFICAS DEL SERVIDOR CIVIL SEGÚN SU CARGO:

Artículo 66.- DE LA SECRETARIA.- La secretaria es responsable de la organización, trámite y archivo de la documentación institucional y depende de la Dirección; sus funciones son las siguientes:

a) Recepcionar, registrar, clasificar, distribuir la documentación administrativa y técnico – pedagógica de la Institución educativa.

b) Revisar y preparar la documentación para la firma del Director o Directora.c) Redactar documentos variados y de acuerdo a las instrucciones del Director o Directora .d) Hacer el despacho con la Dirección de la Institución y derivar los documentos a las diferentes áreas

y/u oficinas.e) Recibir y atender al público, Padres de Familia y estudiantes estableciendo una agenda para su gestión

oportuna y concretar entrevistas de carácter profesional e institucional.f) Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la documentación confidencial y oficial, así como

también del personal docente y administrativo.

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g) Elaborar el Cuadro de necesidades, así como el mantener la existencia y distribución de útiles de oficina y escritorio.

h) Verificar y visar los certificados y constancias de estudio.i) Llevar el record de inasistencias, justificaciones, licencias y vacaciones del personal de la Institución.j) Llevar el manejo del Libro de Caja de tasa educativa. k) Llevar el manejo del Libro de actas de las reuniones de directivos, docentes, personal administrativo y

de servicio y las que disponga la dirección.l) Elaborar nóminas de matrícula que se generaran a través del SIAGIE e implementar los documentos

para su remisión a la UGEL m) Las demás funciones que disponga la Dirección atendiendo a la necesidad de servicio y dentro del

marco legal vigente.

Artículo 67º.- AUXILIAR DE OFICINA.- Cumple las siguientes funciones:

a) Realizar trabajos en computadora de elaboración y trascripción de documentos de trámite documentario.

b) Apoyar en la labor de administración de la documentación de la Institución Educativa .c) Registrar y llevar el control de los estudiantes que no han ratificado su matrícula y los o las estudiantes

retiradas por diversos motivos.d) Elaborar y remitir dentro de los plazos fijados, documentos como Nóminas de matrícula.e) Digitar las Actas promocionales de Recuperación y de Subsanación en las fechas de evaluación.f) Orienta al padre de familia sobre el horario de entrevistas y gestiones de documentación.g) Elaborar certificados de estudios y otros documentos, previa autorización de la Dirección.h) Velar por el orden y conservación de los archivos, actas, registros de notas y demás documentos que

estén a su cargo.i) Las demás funciones o acciones que disponga la Dirección por necesidad del servicio y dentro del

marco legal vigente

Artículo 68º.- AUXILIAR DE LABORATORIO.- Depende del Jefe de Laboratorio, y cumple las siguientes funciones:

a) Mantener en buen estado el ambiente y los materiales existentes.b) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de Laboratorio y establecer cronograma de prácticas de

laboratorio.c) Llevar el libro de registros de prácticas de laboratorio realizadas por los docentes del área.d) Controlar el uso racional de equipos e insumos.e) Recepcionar los equipos, materiales e insumos una vez concluida la practica comprobando el estado en

que se encuentran y los ubica en su respectivo lugar. f) Elaborar el cuadro de requerimientos de materiales, herramientas y otros propios del laboratorio.g) Llevar el inventario actualizado de los materiales registrando las altas y bajas del mobiliario, equipo y

material de laboratorio.h) Apoyar al equipo de docentes del área de ciencias en las prácticas.i) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los equipos o insumos.j) Elaborar anualmente el inventario de altas y bajas de las instalaciones, equipos y materiales de

laboratorio e insumos. k) Cumplir con las tareas inherentes a su cargo y que le sean encomendadas por el Jefe de Laboratorio

y/o Dirección.

Artículo 69º.- AUXILIAR DE BIBLIOTECA.- Depende de la Dirección y cumple las siguientes funciones:

a) Cuidar y velar por el mantenimiento del material de la biblioteca.b) Inventariar y codificar el material bibliográfico, máquinas, muebles y demás enseres que se encuentren

en la biblioteca.c) Coordina con la Dirección para la adquisición de libros, revistas y equipo audiovisual que la Institución

Educativa requiera d) Confeccionar fichas bibliográficas en forma computarizada y ordenar libros, revistas y folletos de

acuerdo a la codificación y catálogos establecidos.e) Elaborar el Reglamento Interno de la Biblioteca para su aprobación por la autoridad de la I.E.

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Page 26: Reglamento Interno 2015

f) Atender y orientar a los estudiantes para el uso de la biblioteca, de acuerdo a su reglamento. g) Atender al personal docente para el uso del material necesario.h) Mantener el orden y el silencio adecuado de los usuarios.i) Publicar el listado de material audio-visual e informático en la sala de Profesores, actualizándolo

periódicamente.j) Cumplir el horario de trabajo de acuerdo a la norma, priorizando las necesidades de los estudiantes k) Organizar y participar con la debida anticipación, en coordinación con el equipo directivo, la

distribución del material y recurso educativos para estudiantes y personal docente de nivel primaria y secundaria.

l) Informar a su autoridad inmediata superior mensualmente sobre las incidencias, limitaciones o dificultades que se produzcan en la atención del servicio.

m) Promover campañas u otras acciones para el incremento de material bibliográfico actualizado, siendo que la planificación como la organización y ejecución de las actividades debe realizarla en coordinación con los directivos de la I.E.

n) Cumplir otras funciones que le sean asignadas por la Dirección, atendiendo a la necesidad del servicio.

Artículo 70º.- TRABAJADOR DE SERVICIO.- Depende de la Dirección, y cumplen las funciones siguientes:

a) Mantener limpia y ordenada las diferentes instalaciones, ambientes (interior y exterior) y aulas de la I.E. en forma efectiva y eficiente, de acuerdo a la distribución que se establezca para cada personal y en el horario que le corresponda cumplir su jornada laboral.

b) Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres de la institución.c) Realizar tareas de portería y vigilancia en el horario establecido por la autoridad de la Institución,

evitando el ingreso de personas ajenas a la Institución. d) El portero, es el encargado de controlar y anotar el ingreso de todas las personas ajenas, previa

identificación, especificando el lugar a dónde se dirigen y a quién buscan. Dejando un documento y entregándoles un pase. Asimismo, el personal de servicio que cumpla la función de portería controlara el ingreso y salida de los estudiantes en el nivel que le corresponda.

e) Controlar que los muebles y enseres y otros bienes que salen de la Institución cuenten con la autorización oficial de la dirección.

f) Velar por la seguridad de muebles, equipos, herramientas y otros bienes de la Institución Educativa.g) Apoyar en el traslado de la correspondencia que recibe o envía la Institución Educativa.h) El personal de guardianía se responsabilizara por el deterioro en la infraestructura o hurto de material

de la Institución durante el horario de su jornada de trabajo especialmente los sábados y domingos. i) Respetar y ofrecer buen trato al público en general y compañeros de trabajo. j) Cumplir con el horario de trabajo establecido por la autoridad de la Institución.k) Las demás funciones o acciones que designen las leyes de la materia y/o Dirección de la institución

educativa por necesidad de servicio y dentro del marco legal vigente.

PROHIBICIONES PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

Artículo 71º.- El personal administrativo y de servicio está prohibido de :

a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de trabajo. b) Percibir retribución de terceros para realizar u omitir actos del servicio;

c) Realizar actividad política partidaria durante el cumplimiento de sus labores en la I.E.

d) Abandonar en forma injustificada la oficina, su ambiente de trabajo asignado y/o la I.E. durante su jornada laboral; salvo por, circunstancias excepcionales previamente comunicadas a la Dirección y en ausencia de este a la Subdirecciòn; recabando en dichos casos y presentando en la portería la correspondiente papeleta de salida.

e) Fomentar la desunión y el rompimiento de las buenas relaciones entre el personal de oficina y/o de servicio.

f) Fomentar o cometer actos de insubordinación contra las autoridades de la I.E. - 26 -

Page 27: Reglamento Interno 2015

g) Faltar de palabra o de hecho a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

h) Cometer intencionalmente actos de infidencia.

i) Tratar al usuario irrespetuosamente.

j) Incumplir o cumplir tardíamente con las labores de limpieza y mantenimiento de las aulas y demás ambientes a su cargo.

k) El canje de inasistencia, por la asistencia a la I.E. en días no laborables.

l) Marcar o firmar la tarjeta o parte de asistencia de otro personal trabajador

m) Cualquier otro incumplimiento injustificado de sus deberes y obligaciones como trabajador administrativo o de servicio de la IE.

n) Las demás que señalen las leyes y reglamentaciones.

CAPITULO VI

DE LOS ESTIMULOS, FALTAS , INFRACCIONES Y SANCIONES A LOS DOCENTES, AUXILIARES DE EDUCACION Y PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

ESTIMULOS

Artículo 72º Los estímulos son otorgados por el grado de eficiencia, puntualidad y responsabilidad con que el trabajador desempeña sus funciones y actividades asignadas. El premio o estímulo se otorga como resultado de la evaluación efectuada por el CONEI de la I.E. , y son los siguientes:

a) Mención honrosa.b) Resolución Directoral de felicitación o agradecimiento.c) Otros que proponga el Comité de Evaluación de desempeño laboral y/o CONEI .

El personal docente también tiene derecho a percibir premios y estímulos establecidos en el artículo 42 de la Ley 29944 y artículo 76 del D.S. Nº 004- 2013- ED, por su destacado desempeño laboral y participación exitosa en eventos u otras acciones sobresalientes. ,

FALTAS ADMINISTRATIVAS DE PERSONAL DOCENTE

Artículo 73º .- Se considera falta a toda acción u omisión voluntaria o no, que contravenga a los deberes establecidos en el artículo 60 del presente reglamento interno, dando lugar a sanción administrativa.

El incumplimiento del marco legal aplicable al ejercicio de su función o el ordenamiento jurídico administrativo acarrea responsabilidad administrativa funcional de los funcionarios y servidores públicos.De acuerdo al Manual sobre régimen disciplinario para directores de Instituciones educativas, ley de la reforma Magisterial, Ley 29944 y su reglamento atribuye a los Directores (as) de las Instituciones educativas competencias en el ámbito disciplinario.

INFRACCION DEL PERSONAL DOCENTE CONTRATADO

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Artículo 74.- Se considera infracción a la vulneración de los principios, deberes y prohibiciones previstos en los artículos 6,7 y 8 de la Ley Nº 27815, lo cual da lugar a la aplicación de la respectiva sanción.

Artículo 75.- El profesor contratado en la I.E. incurre en infracción administrativa definida en el artículo precedente y será sancionado previo proceso administrativo disciplinario sumario de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios.

SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE Artículo 76º.- Es atribución del Director (a) calificar la falta o infracción atendiendo a la naturaleza y gravedad de las mismas. Previa investigación que incluye el descargo del presunto responsable y de existir razones probadas, el Director(a) tiene competencia para aplicar las sanciones siguientes :

Sanciones Falta administrativa Documento Oficial Amonestación escrita (Artículo 80.1 , 80.2 del D.S. Nº 004- 2013- ED)

Incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado y que es calificado como leve (Articulo 88 del D.S.Nº 004- 2013-ED.) Resolución del Director de la I.E.

Suspensión en el cargo hasta por un máximo de 30 días sin goce de remuneraciones

-Incumplimiento de principios, deberes y obligaciones en el ejercicio de la función docente debidamente comprobado que no puede ser calificado como leve por las circunstancias de la acción u omisión. -Cuando se incurre en falta teniendo previamente dos (02) sanciones de amonestación escrita

Las sanciones de cese temporal c como destitución son aplicadas previo proceso administrativo disciplinaria cuya competencia es del órgano administrativo inmediato superior.

FALTAS DE CARÁCTER DISCIPLINARIO DE LOS AUXILIARES DE EDUCACION Artículo 77º.- Son aplicables a los Auxiliares de Educación, incluyendo a los contratados, las disposiciones del Título V, referido al Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador, de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y del Título VI del Libro I de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM. Son faltas de carácter disciplinario que pueden ser sancionadas con suspensión temporal o destitución, según su gravedad: a) El incumplimiento de las normas previstas en la Ley 30057 y su reglamento.b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las ordenes de sus superiores relacionadas con sus

labores.c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina y faltamiento de palabra en agravio de sus superior

del personal jerárquico y de sus compañeros de labor.d) La negligencia en el desempeño de las funcionese) Impedir el funcionamiento del servicio público.f) La utilización y disposición de los bienes de la entidad pública en beneficio de propio o de terceros. g) La concurrencia al trabajo en estado etílico o bajo la influencia de drogas o sustancias

estupefacientes. h) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función con fines de lucro.i) El causar deliberadamente daño material a los locales de, instalaciones, obras o maquinarias,

instrumentos , documentación y demás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de esta.j) Las ausencias injustificadas por más de tres ( 03) días consecutivos o por más de cinco ( 05)

días no consecutivos en un periodo de treinta ( 30 ) días calendarios, o más de quince ( 15) días no consecutivos en un periodo de 180 días calendario.

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k) El hostigamiento sexual cometido por quien ejerza autoridad sobre el servidor civil , cualquiera sea l a ubicación de la víctima del hostigamiento en la estructura jerárquica de la entidad.

l) Realizar actividades de proselitismo político durante la jornada de trabajo o a través del uso de sus funciones o de recursos de la entidad pública.

m) Discriminación por razón de origen, raza, sexo, religión, opinión o condición económica.n) El incumplimiento injustificado del horario de trabajo y jornada de trabajo.o) La afectación del principio de mérito en el acceso y la progresión en el servicio civil p) Actuar o influir en otros servidores para obtener u n beneficio propio beneficio para terceros q) La doble percepción de compensaciones económicas, salvo los casos de dietas y función docente.r) Las demás que señale la ley .

SANCIONES A LAS O LOS AUXILIARES DE EDUCACION

Artículo 78º.- Las sanciones son: a) Amonestación verbal o escrita b) Suspensión sin goce de remuneraciones desde un día hasta doce meses c) Destitución. La amonestación verbal la efectúa el jefe inmediato en forma personal y reservada . La sanción de amonestación escrita se aplica previo proceso administrativo.

FALTAS ADMINISTRATIVAS DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

Artículo 79º.- Son faltas de carácter disciplinario las siguientes:

a) La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores relacionado con sus labores. b) El incurrir en acto de violencia grave, indisciplina o faltamiento de palabra en agravio del personal

directivo y de los compañeros de labor.

c) La negligencia en el desempeño de las funciones.

d) La utilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros.

e) La concurrencia al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o de sustancias estupefacientes.

f) El abuso de autoridad, el uso de la función con fines de lucro.

g) El causar daños materiales en el local, instalaciones, propiedad de la entidad o en posesión de ésta.

h) Los actos de inmoralidad.

i) Las evasiones del plantel durante las horas de trabajo serán consideradas como falta.

j) Los actos de violencia que incurra en agravio de estudiantes.

k) El incumplimiento de sus obligaciones previstas en el presente reglamento y las disposiciones legales que emitan las instancias superiores del sector.

CAPÍTULO VI

DE LA SUPERVISIÓN Y MONITOREO

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SUPERVISIÓN

Artículo 80º.- La supervisión es un sistema orientado a la mejora de la educación que cuenta con: objetivos, métodos, técnicas e instrumentos. Es un servicio de orientación y asesoramiento. Tiene por objeto mejorar las condiciones técnico-pedagógicas y técnico-administrativas en las que se desarrolla la educación nacional.

Se centra en el mejoramiento de los procesos de aprendizaje en función de los ocho compromisos de gestión escolar, el desenvolvimiento profesional de los docentes, y el recojo de información para la toma de decisiones.

EL MONITOREO

Artículo 81º.- El monitoreo es el recojo y análisis de información del desarrollo de los procesos pedagógicos, los programas y proyectos, identificando sus fortalezas y debilidades, para la toma de decisiones, intervención y mejora de los aprendizajes. El monitoreo atiende todos los aspectos de organización y técnicos del proceso educativo de los niveles, y debe evidenciar el cumplimiento de los compromisos de gestión escolar 4, 5 y 6, por lo que debe tenerse en cuenta lo siguiente:

1. El personal directivo ejecutará el monitoreo técnico pedagógico y administrativo, previa elaboración del plan de supervisión integral a nivel de institución, que lo ejecutara en forma permanente.

2. La finalidad del monitoreo es asesorar y orientar la labor pedagógica del personal docente.

3. El monitoreo y supervisión se organizará con la finalidad de :a. Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente.b. Evaluar continuamente el servicio educativo.c. Crear espacios constantes de inter aprendizaje, de reflexión y de sistematización de la práctica.d. Promover e informar sobre la realización de eventos de capacitación y actualización.e. Garantizar el trabajo pedagógico efectivo de horas de clase.f. Supervisar el uso de las rutas de aprendizaje en las áreas que correspondan, a efectos de organizar

reuniones, orientar a los profesores en la planificación de los aprendizajes y programar las acciones de retroalimentación que debe realizar del desempeño docente respecto de la incorporación de orientaciones pedagógicas y didácticas señaladas en las rutas del aprendizaje.

CAPÍTULO VII

DE LA ORGANIZACIÓN DE PERSONAL

ORGANIZACIÓN DE PERSONAL

Artículo 82º.- La organización del personal de la IE Nº2029 “Simón Bolívar” es a través de Comisiones permanentes de trabajo Educativo:

a) Comité de Tutoríab) Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.c) Comité de Evaluación d) Comité Técnico de Racionalización de Institución Educativa.e) Comité de Municipio Escolarf) Comité de Bienes Patrimoniales e Inventario.g) Comité de Defensa Civil.h) Comité de Biblioteca Escolari) Comité de DESNAj) Consejo Educativo Institucionalk) Consejo Académico.

La organización de trabajo pedagógico está basada en el planeamiento educativo que se realiza durante el mes de diciembre, con la participación del personal directivo, docente y administrativo de la IE.

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CAPÍTULO VIII

DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

(COMITÉ DE GESTIÓN DE RECURSOS PROPIOS

Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EMPRESARIALES).

PRESUPUESTO

Artículo 83º.- El presupuesto de la I.E. 2029 “Simón Bolívar” constituye un instrumento de previsión de los recursos financieros necesarios para concretar objetivos y metas contenidos en el Plan Anual de Trabajo a través del cual se efectiviza el P.E.I., en consecuencia este presupuesto financia un Plan de corto plazo.

Artículo 84.- Los elementos del Presupuesto son: los ingresos (Recursos Ordinarios, Recursos Propios, Ingresos Propios, Donaciones) y los egresos (bienes, servicios)

RECURSOS PROPIOS:

Artículo 85º.- Los Recursos Propios de la institución, son ingresos económicos que contribuyen al funcionamiento de la institución, y son administrados por la misma institución. Se obtendrá a través de actividades organizadas y debidamente establecidas por normas legales.

COMITÉ DE GESTIÓN

Artículo 86°.- El Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales, responsable de la organización, dirección, ejecución y evaluación de las Actividades Productivas y Empresariales y la administración de los recursos propios de la IE estará conformada de la siguiente manera:

a) Director de la IE quien lo preside y tiene voto dirimente.b) Un representante del personal docente elegido democráticamente.c) Un representante del personal administrativo, democráticamente elegido

Artículo 87°.- La elección de los representantes del personal docente y administrativo ante el Comité, se realiza mediante voto directo y secreto en elecciones convocadas por la Dirección de la IE. El período de vigencia de los representantes electos ante el Comité es de un año. Las elecciones de los representantes, integrantes del Comité, se realizarán en el último trimestre del año y asumirán sus funciones a partir del primer día útil del año siguiente.

Artículo 88°.- El Comité será reconocido mediante Resolución Directoral suscrita por el Director de la IE, remitiéndose un ejemplar a la UGEL 02. La instalación del Comité se llevará a cabo mediante acta suscrita por sus integrantes y dentro de los cinco días hábiles de expedida la Resolución de reconocimiento.

Artículo 89º- El Comité de Gestión tiene las siguientes funciones.

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a) Formular y aprobar el Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

b) Aprobar el presupuesto para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades.

c) Ejecutar los trámites pertinentes ante las instancias tributarias y administrativas correspondientes.

d) Supervisar, controlar y evaluar el proceso de ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales.

e) Proponer contratos y convenios con personas naturales o jurídicas para facilitar la realización del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales.

f) Informar bimestralmente al CONEI el manejo de los recursos propios y gestión de actividades productivas y empresariales de la IE, cuando corresponda.

g) Informar trimestralmente a la UGEL 02 sobre el movimiento de captación y uso de los ingresos provenientes de los Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

h) Depositar en la cuenta bancaria de la IE, los ingresos provenientes de los Recursos Propios y las Actividades Productivas Empresariales, dentro de las 24 horas y, excepcionalmente en los plazos autorizados por la instancia inmediata superior.

i) Establecer un fondo de Caja Chica mensual para la atención de los gastos menores que demanden las necesidades y actividades productivas y empresariales de la IE.

j) Aprobar los egresos de dinero para la ejecución del Plan Anual de Gestión.

k) Asumir en forma solidaria, la responsabilidad administrativa y económica de la gestión de los recursos, cumplimiento de los plazos, cantidad y calidad de los bienes y servicios ofrecidos por la IE.

l) Presentar el Balance Anual de los resultados de la gestión del Comité, al órgano de Control Institucional para conocimiento y fiscalización pertinente.

Artículo 90°.- Los acuerdos del Comité se adoptan por mayoría simple de sus integrantes, mediante Acta suscrita por los asistentes.

Artículo 91°.- La institución educativa deberá contar con un Libro de Caja para registrar los ingresos y egresos, los mismos que deben estar sustentados con documentos y con el victo bueno de los responsables del manejo de las cuentas.

CAPÍTULO IX

DEL CLIMA, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

CLIMA INSTITUCIONAL

Artículo 92°.- La propuesta de la institución para el mejoramiento del Clima institucional es la siguiente:

Factores Estrategias Motivación Paseos recreativos

Trabajos grupales Visitas de estudio

Liderazgo Potenciación de la autonomía personal y la responsabilidad Relaciones públicas y humanas Campeonatos inter-aulas de estudiantes y padres de familia. Internalización de la institucionalidad Festival de danzas folclóricas. Educación en valores Desarrollo de un clima social empático y fortalecimiento de

actitudes positivas del estudiante. Escuela de padres

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Page 33: Reglamento Interno 2015

Acuerdos sobre normas de convivencia.

COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

Artículo 93°.- La Institución Educativa mantendrá una estrecha relación y permanente coordinación con los

padres de familia y comunidad, mediante:a) Reuniones con la Junta Directiva y Asamblea General de la APAFAb) Reuniones de coordinación entre profesores y miembros del Comité de Aula respectivoc) Actividades cívico-patrióticas.d) Actividades deportivas y culturales.

TITULO VRELACIONES DE COORDINACION CON LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD

CAPÍTULO I

DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES

DERECHOS

Artículo 94º.- Corresponde a los estudiantes los siguientes derechos:

a) Recibir una educación de calidad, en un clima de armonía y convivencia democrática.b) Contar con un sistema educativo eficiente con profesores responsables de su aprendizaje.c) Recibir la atención y los servicios educativos para poder desarrollarse físicamente, mentalmente, social,

moral y espiritualmente en condiciones de dignidad y libertad responsable.d) Ser atendido en sus problemas personales de aprendizaje.e) Participar y tener representatividad en los actos de la Institución Educativa, así como derecho a elegir y ser

elegido democráticamente en la integración de cargos en el aula y en la Institución Educativa.f) Ser tratado con dignidad y respeto y sin discriminación alguna.g) Recibir clases de sus profesores en forma puntual y completa.h) Ser informado oportunamente de las directivas y disposiciones de la IE que le atañen como estudiante; así

como de los diferentes tipos de evaluación en la que participa durante su aprendizaje.i) Ser evaluado con justicia, y tener otras oportunidades de evaluación.j) Ser evaluado en otra fecha cuando no asiste por razones justificadas.k) Recibir sus pruebas de evaluación a la brevedad posible a fin revisarlas y plantear cualquier reclamo,

devolviéndolo firmado por su padre o apoderado.l) Ser informado trimestralmente por el docente del resultado del proceso de su evaluación.m) Ser escuchado en sus iniciativas, reclamos y sugerencias, siempre y cuando lo haga con el debido respeto

a su profesor y autoridades de la IE.n) Gozar de 20 minutos de recreo diariamente.o) Participar en las visitas y/o excursiones escolares programadas por sus profesores.p) Organizarse en Municipio Escolar u otras formas de organización a fin de ejercer sus derechos y participar

responsablemente en la institución y su comunidad.q) Recibir su libreta escolar y con calificativos completos, al término de cada bimestre y del año académico.

Respetando los cronogramas de entrega aprobados por la Dirección.r) Opinar sobre la calidad de servicio que recibe.s) Denunciar actos que perjudican su integridad física y psicológica.t) Gozar de cualquier otro derecho propio de su condición de estudiante.

DEBERES

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Page 34: Reglamento Interno 2015

Artículo 95º.- Son deberes de los estudiantes

a) Asistir con regularidad y puntualidad a la IE y sus clases, respetando el horario establecido b) Asistir a la IE adecuadamente uniformado, con el corte de cabello al estilo escolar en el caso de los

varones, y las mujeres acudirán correctamente arregladas y con la cinta amarillas y rojas en su cabello.c) Cuidar su aseo personal, manteniendo las uñas cortadas y limpias, libre de esmalte.d) Cuidar su carpeta y en general el mobiliario escolar de la IE.e) Colaborar y apoyar permanentemente en el aseo y limpieza del aula y de todo ambiente de trabajo y recreo

escolar.f) Permanecer en el aula durante las horas de clase y al finalizar el recreo retornar a sus respectivas aulas.g) Justificar su inasistencia en un tiempo máximo de 48 horas después de ocurrida la misma.h) Realizar responsablemente las actividades escolares sin lesionar con su conducta o actitud los derechos de

sus compañeros.i) Poner en conocimiento de sus padres toda la comunicación e información emanada de la IE y devolverla

firmada.j) Participar en las actividades Cívico- patrióticas demostrando respeto por los símbolos patrios.k) Asistir a los actos o ceremonias oficiales en representación de la IE.l) Participar activamente en el proceso de construcción de su aprendizaje.m) Respetar al personal docente, administrativo, autoridades educativas, pares y demás personas que

conforman la Comunidad Educativa.n) Cumplir con las órdenes y disposiciones emanadas de los profesores y personal directivo.o) Demostrar lealtad a su IE, prestigiándolo dentro y fuera de ella.p) Evitar el uso de expresiones que no correspondan a su condición de estudiantes.q) Practicar Educación Física con el uniforme respectivo y/o buzo de la institución solo en el horario

programado o autorizado por los directivos. r) Asistir a clases portando el material educativo que utiliza en su aprendizaje. s) Recibir, cuidar, conservar y devolver el material educativo que le fue entregado al inicio del año

escolar.t) Asumir con seriedad y responsabilidad los compromisos que firma y/o correctivos que se le indican u) Cumplir con cualquier otro deber propio de su condición de estudiante.

PROHIBICIONES

Artículo 96º.- Los estudiantes están prohibidos de realizar las siguientes conductas:a) Promover la indisciplina dentro o fuera del aula y/o plantel.

b) Faltar de palabra y hecho al profesor, Director u otro personal que labore en la Institución.

c) Incurrir en reiteradas tardanzas injustificadas ( más de 02 tardanzas al mes)

d) Agredir física y psicológicamente (amenazas, amedrentamientos, insultos, etc., de manera constante) a sus pares.

e) Causar deterioros en el local escolar, mobiliario e instalaciones.

f) Evadirse de la I.E., del aula en horas de clase o de la formación, sin permiso del docente o personal directivo de la I.E.

g) Ausentarse de la I.E. con dirección a otros lugares poniéndose en riesgo a nivel personal y /u originando desprestigio a la Institución.

h) Apropiarse de las prendas o útiles de sus compañeros o de las pertenencias de la Institución y/o quiosco escolar

i) Alterar las notas de la libreta o pruebas escritas.

j) Falsificar la firma del padre o apoderado en documentos de la institución

k) Omitir entregar libretas, citaciones o cualquier documento dirigido a sus padres o apoderado y que haya sido emitido por el profesor, tutor y/o auxiliar de educación.

l) Traer revistas, libros, juegos que no tengan carácter educativo y que no han sido solicitados por el docente.

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Page 35: Reglamento Interno 2015

m) Permanecer en la Institución después del horario que le corresponda.

n) Vestir prendas distintas al uniforme escolar y de Educación Física.

o) Traer pelotas, radios, grabadoras, sin que hayan sido solicitados por el docente.

p) Traer dinero y/o joyas u otros bienes de valor, creando problemas por la pérdida de los mismos.

q) Traer bebidas alcohólicas y armas punzocortantes o de fuego.

r) Usar alhajas, maquillaje, uñas pintadas y peinados u otros elementos suntuosos o decorativos personales que no forman parte del uniforme escolar.

s) Realizar ventas de objetos, sin el respectivo permiso del personal Directivo.

t) Hacer uso de celulares u otros equipos tecnológicos, durante el desarrollo de las clases y sin la autorización del docente.

u) Traer celulares, MP3, radio, cámaras fotográficas y otros equipos tecnológicos no empleados en su proceso de aprendizaje.

v) Hacer inscripciones en las paredes del aula, baños y fachadas.

w) Arrojar huevos, harina u otras sustancias a sus compañeros.

x) Lanzar monedas u otros objetos a sus pares durante el desarrollo de actividades culturales, artísticas, deportivas, etc.

CAPÍTULO II

DE LOS ESTÍMULOS, CONDUCTAS DE INDISCIPLINA Y MEDIDAS CORRECTIVAS A LOS ESTUDIANTES

ESTÍMULOS

Artículo 97º.- Los alumnos que destaquen por su rendimiento académico y conducta, se harán acreedores de los siguientes estímulos:

a) Mención honrosab) Felicitación verbal y por escrito.c) Diploma a mérito.d) Becas de estudioe) Diploma de honor a los tres (3) primeros puestos de cada grado y sección, que se le entregará el día de la

clausura del año escolar.

CONDUCTAS DE INDISCIPLINA PASIBLES DE MEDIDAS CORRECTIVAS:

Articulo 98.- Los estudiantes al incumplir con sus deberes o al cometer actos que le están prohibidos según el presente reglamento incurren en conductas que son pasibles de aplicarse medidas correctivas. De acuerdo a la gravedad del hecho y el número de veces en que se comete, estas conductas irregulares se clasifican en:

a) Leves.- Cuando el acto de indisciplina ocurre por primera vez o hasta una segunda ocasión, siempre que no revistan gravedad y/o perjuicio ocasionado a la institución o miembros de la comunidad educativa.

b) Graves.- Cuando el incumplimiento del mismo deber o comisión de la prohibición, ocurre por tercera vez o cuando ha incurrido en conductas de indisciplina leves por distintos hechos y por los cuales se aplicaron medidas correctivas.

c) Muy graves.- Cuando incurra por cuarta vez en una misma o diferente conducta de indisciplina leve o cuando ocurriendo por primera vez pone en peligro o riesgo la seguridad de la I.E. y/o la integridad física y

psicológica de los integrantes de la Comunidad educativa.

Artículo 99º.- Constituyen conductas de indisciplina leves, el incumplimiento de deberes o comisión de prohibiciones previstas en el artículo 95 , incisos : a); c); e): f); g); h); i); k); l); m); n); o); p); r): s); t); u); v);w);x) del presente reglamento.

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Page 36: Reglamento Interno 2015

Artículo 100º- Son conductas de indisciplina Graves las previstas en el artículo 95, incisos b); d); j) o cuando las conductas leves ocurran hasta por tercera vez tal como se encuentra establecido en el artículo 97, Inciso b. del presente reglamento. Las calificadas como muy grave es la prevista en el artículo 95, inciso q) o cuando ocurran según las condiciones ya establecidas.

MEDIDAS CORRECTIVAS

Artículo 101º.- Las medidas correctivas que se aplicaran a los y las estudiantes, son las siguientes:1. Leves.- El estudiante recibirá la Recomendación o amonestación del profesor , tutor, o auxiliar de

educación, que será registrada en un libro previamente implementado por la Subdirección respectiva para éste fin o en el instrumento que maneje el personal que emite la medida correctiva, sin perjuicio de que sea comunicado a la Responsable de Convivencia y Disciplina Escolar y al padre de familia de manera personal, a fin de darle a conocer las consecuencias en caso que él o la estudiante incurra en otra conducta de indisciplina.

2. Graves.- Ante esta conducta de indisciplina interviene el responsable de Convivencia y Disciplina Escolar del Comité de Tutoría y Orientación Educativa (en adelante el “responsable”), quien citara al padre o madre de familia y estudiante para informar del hecho, aplicar las medidas correctivas, y establecer compromisos, todo lo cual quedara registrado en el libro del Comité en referencia, mediante acta de compromiso suscrita por las personas que intervienen. La responsable, de acuerdo al hecho y conforme a su criterio, podrá aplicar una o más de las medidas correctivas que se indican a continuación:

a) Disertación en acto de formación escolar sobre asunto que será determinado por el responsable. b) Elaboración de un mural, afiches, apoyo de actividades educativas o participación de talleres,

según criterio del responsable. c) Cambio de sección, si la conducta de indisciplina lo amerita. d) Se limitara la participación del o la estudiante en olimpiadas deportivas del año hasta en dos

fechas de juego consecutivas, en juegos florales o paseo por Día de la Juventud, quedando a criterio del responsable la actividad en la cual no participara el o la estudiante.

e) Asistencia del estudiante al servicio de psicología de la I.E. para el apoyo respectivo.

3. Muy graves.- Interviene el Comité de Tutoría y Orientación Educativa y el personal de “Escuela Amiga”, quienes decidirán las medidas a adoptarse y/o la derivación del caso a las instancias que correspondan.

4. En el caso de sustracción, ruptura de materiales y/o mobiliario deberá hacerse cargo el o los alumnos responsables de la reposición, o arreglo.

CAPITULO III POLICIA ESCOLAR

Artículo 102º.- La Institución Educativa cuenta con un órgano de apoyo disciplinario conformado por estudiantes de nivel Primaria y Secundaria denominado "Policía Escolar", regido por las disposiciones que emita el Comité de Tutoría y Orientación Educativa , que son supervisadas por la responsable de convivencia y disciplina escolar . Sus funciones son:

a. Controlar el ingreso de estudiantes en las puertas de acceso a la I.E. en la hora de entrada y salidab. Colaborar en las formaciones.c. Vigilar el comportamiento de los y las estudiantes dentro y fuera de la instituciónd. Concurrir correctamente uniformado a las diferentes ceremonias Cívico Patrióticas.e. Cumplir adecuadamente con las funciones inherentes al cargo o las que se le han encomendado f. Otras dadas en el Reglamento emanado del Ministerio de Educación.

CAPÍTULO IV

MUNICIPIO ESCOLAR

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Page 37: Reglamento Interno 2015

Artículo 103°.- El Municipio escolar, es una organización de alumnos en la escuela, a partir de la cual van desarrollando una serie de actividades que contribuirán a su formación en valores y democracia. En ellos, se puede encontrar una forma de opinar, participar en debates y vivir una autogestión con los compañeros de la escuela haciendo frente a una diversidad de problemas a la vez que se plantea una forma de generar soluciones.

ORGANIZACIÓN

Artículo 104º.- El Municipio Escolar de la IE 2029 está organizado por un Consejo Escolar, Consejos de Aula y Comisiones de Trabajo para repartir las tareas. La organización promociona la participación de los y las estudiantes en las diferentes tareas establecidas en su plan de trabajo.

Artículo 105º.- Las actividades que puede cumplir el Municipio Escolar son:

a) Educación Cultura y Deportes: En la que pueden desarrollar actividades de prensa escolar (periódico mural, radio escolar), competencias deportivas, eventos artísticos y culturales, etc.

b) Salud y Ambiente: En la que se encuentra el Botiquín Escolar, actividades de prevención y control con los Centros de Salud, Campañas (limpieza, evitar el consumo de drogas, defensa del medio ambiente, etc.).

c) Producción y Servicios: Proyectos productivos (huertos, granjas, reciclaje, etc.), kiosco escolar, capacitación técnica, actividades pro fondos (rifas, concursos, ferias, etc.), mantenimiento (pintado de paredes, mobiliario, pizarras, servicios higiénicos, áreas verdes, etc.), Defensa Civil.

d) Derechos del Niño, Niña y Adolescente: Capacitación en liderazgo, defensoría escolar, campañas (maltrato, abuso sexual, derechos del niño), brigadas de seguridad.

e) Comunicación y tecnología de la información: periódico, una radio o una web, actividades para captar fondos (rifas, concursos, ferias, etc.), mantenimiento de instalaciones, etc.

CONCEJO ESCOLAR

Artículo 106º.- El Concejo Escolar es la instancia de representación central del Municipio Escolar, y está conformado por:

a) Alcaldeb) Teniente Alcalde

c) Regidor de Educación, Cultura y Deporte

d) Regidor de Salud y Ambiente.

e) Regidor de Producción y Servicios.

f) Regidor de Derechos del Niño, niña y adolescentes

g) Regidor de comunicación y tecnología de la información.

EL CONSEJO DE AULA

El Consejo de Aula está integrado por todos los estudiantes de un aula y participan en las Comisiones de Trabajo del Consejo Escolar.

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Para ser candidatos deben:- Ser alumno y tener asistencia regular al aula.- Interés en participar y espíritu de colaboración.

El Consejo de Aula está conformado por los siguientes miembros

Alcalde. Regidor de Educación, Cultura y Deporte. Regidor de Salud y Ambiente. Regidor de Producción y Servicios. Regidor de Derecho del Niño y Niña y Adolescente. Regidor de comunicación y tecnología de la información

Funciones

1. Representar a los estudiantes de su sección en las Comisiones de Trabajo del Consejo Escolar.2. Difundir las actividades del Consejo Escolar e incentivar la participación de sus compañeros en el

desarrollo de las mismas.

3. Ser un canal de comunicación entre el Consejo de Aula y el Consejo Escolar.

4. Organizar actividades a nivel de aula y/o en coordinación con los Consejo de Aula del mismo grado

COMISIONES DE TRABAJO

Artículo 107º.- Es la instancia de articulación interna de la organización escolar, que se conforma a través de su regiduría. Son las siguientes:

a) Comisión de trabajo de Educación, Cultura y Deporteb) Comisión de trabajo de Salud y Ambiente.

c) Comisión de trabajo de Producción y Servicios.

d) Comisión de trabajo de Derechos del Niño, Niña y Adolescente

e) Comisión de trabajo de Comunicación y tecnología de la información

OBJETIVOS

Artículo 108º.- Los objetivos del Municipio Escolar son:

a) Constituirse en espacios formativos donde, los niños, niñas y adolescentes, teniendo como ejes su Opinión, Participación y Organización, logren aprendizajes significativos que complementan y enriquezcan las competencias curriculares.

b) Contribuir a la formación integral de los niños, niñas y adolescentes, a través del desarrollo de valores relacionados a Ciudadanía y Democracia, tales como solidaridad, libertad, justicia y participación.

c) Aportar a la construcción de una nueva cultura que reconozca a los niños, niñas y adolescentes como Sujetos Sociales de Derecho, con capacidades de contribuir en su desarrollo personal y al de su Institución Educativa, familia y comunidad.

d) Involucrar a la comunidad educativa en la defensa y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

FUNCIONES

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Page 39: Reglamento Interno 2015

Artículo 109º- Son funciones del Municipio escolar:

A. Ejecutar sus actividades de acuerdo al Plan de Trabajo que presentaron en las Elecciones Escolares, el mismo que deberá responder a las exigencias propias de la realidad educativa y que será incluido en el PEI del Plantel.

B. Coordinar y Participar en el Plantel, desarrollando actividades orientadas al bienestar del educando, a su participación activa a la promoción y defensa de sus derechos y deberes ciudadanos.

C. Evaluar el avance y cumplimiento del Plan de Trabajo presentado y realizar los reajustes necesario en el primer semestre.

CAPÍTULO IV

DE LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS

Artículo 110º.- Las actividades recreativas como paseos, viajes de promoción, salidas de campo y visitas

de estudio deben estar establecidas y programadas en el Plan Anual de Trabajo 2015.

Artículo 111º.- Los paseos, excursiones y visitas de estudio se realizaran hasta el mes de noviembre de

cada año y serán autorizadas por la Dirección y estarán sustentadas en forma y tiempo oportuno, con los

siguientes documentos:

a) Nómina de alumnos

b) Autorización de los padres de familia o apoderados.

c) Plan de viajes con opinión favorable de la autoridad inmediata superior.

d) Relación de docentes y tutores acompañantes.

e) Copia del contrato con la empresa de servicios o agencia de viajes que operará el viaje

f) Copia simple SOAT, tarjeta de propiedad y tarjeta de circulación y copia de la licencia de conductor.

g) Certificado de examen médico emitido por el Centro de Salud correspondiente

h) Constancia de reserva confirmada de transporte ferroviario marítimo, terrestre o aéreo en el que se

van a desplazar los alumnos.

i) Verificación de seguros y pólizas de las empresas prestadoras del servicio, además de la constancia

del MTC de control de cada uno de estos vehículos.

j) Declaración jurada de antecedentes penales y judiciales de los conductores.

Artículo 112º.- Las actividades deportivas serán planificadas y organizadas oportunamente por los

docentes de Educación Física quienes deberán presentar ante la Subdirección y Dirección su plan de trabajo

para su respectiva aprobación.

Artículo 113°.- Los materiales Deportivos con que cuenta el área, estará a cago de los docentes

responsables de Educación Física, bajo la supervisión de la Sub Dirección.

Artículo 114°.- En la participación de la I.E. en los juegos escolares organizados por el Ministerio de

Educación deberá contar con el apoyo económico de tesorería de la IE quién deberá correr con los gastos de

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Page 40: Reglamento Interno 2015

pasajes y compra de uniformes si fuera el caso. Las otras necesidades deberán ser costeadas por los padres de

familia.

Artículo 115°.- El Área de Educación Física deberá promover la práctica del “Deporte Magisterial” y de

la comunidad Educativa.

Artículo 116°.- El personal docente del Área de Educación Física deberá responsabilizarse de las

selecciones de las diferentes disciplinas deportivas.

Artículo 117°.- Los estudiantes que sean calificados y tengan aptitudes para ser seleccionados en las

diferentes disciplinas deportivas, deberán participar en forma responsable en representación de la Institución

Educativa.

CAPÍTULO V

DE LA APAFA, PADRES DE FAMILIA Y LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

APAFA

Artículo 118°.- La Asociación de Padres de Familia participa en la Institución Educativa N° 2029 “Simón

Bolívar”, de conformidad con la Ley N° 28044 y el presente Reglamento.

Artículo 119º.- La Asociación de Padres de Familia está constituida por los padres de familia, tutores o

apoderados de los alumnos que están matriculados.

Artículo 120º.- Constituyen recursos de la Asociación de Padres de Familia de la Institución Educativa:

a) Las cuotas voluntarias de los padres de familia, tutores o apoderados;

b) Los fondos que recaude la asociación en las actividades realizadas conforme a lo aprobado por la

Institución Educativa.

Las cuotas o aportaciones por concepto de Asociación de Padres de Familia de la Institución Educativa, no

son obligatorias y no condicionan la matrícula o permanencia de los alumnos en la respectiva Institución

Educativa.

Artículo 121º.- Los fondos o recursos de las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones

Educativas, sólo podrán ser invertidos en la correspondiente Institución Educativa de acuerdo al plan de trabajo

de ésta. Dichos fondos serán manejados necesariamente por el Presidente y el Tesorero de la Asociación de

Padres de Familia, conjuntamente con el Director de la Institución Educativa. Los padres de familia tienen

derecho a ser informados sobre el ingreso y egreso de dichos fondos o recursos.

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Page 41: Reglamento Interno 2015

Artículo 122°.- La Asociación de padres de familia ejerce directamente las siguientes funciones: (Señaladas en

el Art. 10 del D.S Nº 004-2006-ED)

a) Participar en el proceso educativo de los hijos de sus asociados, buscando la inclusión o incorporación de

las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades.

b) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la Institución Educativa, fomentando las buenas

relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional

favorable para el aprendizaje.

c) Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes y

denunciar ante las autoridades educativas la venta o sustracción de los libros o textos escolares oficiales

de distribución gratuita.

d) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto

educativos como lúdicos.

e) Cooperar con la Institución Educativa para salvaguardar la seguridad e integridad física de los estudiantes.

f) Proponer y coordinar con el Director de la Institución Educativa, mecanismos y estrategias que contribuyan

a evitar la deserción y la inasistencia de los alumnos.

g) Gestionar y/o colaborar con la implementación de comedores escolares, programas de apoyo alimentario,

de salud física y mental, de deportes, recreación, orientación vocacional, visitas guiadas de estudio y otros

servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes.

h) Recibir de parte del Director de la Institución Educativa, información sobre el manejo administrativo,

financiero y económico de la Institución Educativa.

i) Denunciar antes los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones

educativas.

j) Participar, a través de veedores elegidos por la Asamblea General, en los procesos de adquisición de

bienes y servicios que se realice en la Institución Educativa y en los Comités especiales que se

constituyen en las Unidades de Gestión Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educación, en el

marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas vigentes.

k) Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño

destacado en la institución educativa.

l) Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados.

m) Participar a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional.

n) Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los órganos de participación,

concertación y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de Educación, eligiendo a sus

representantes ante el Consejo Participativo Local de Educación y el Consejo Participativo Regional de

Educación, de acuerdo con las disposiciones específicas que dicte el Ministerio de Educación.

Artículo 123°.- La Asociación a través de su representante ante el Consejo Educativo Institucional tiene las

siguientes atribuciones:

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Page 42: Reglamento Interno 2015

a) Participar en la formulación y ejecución del PEI y el PAT, con excepción de los aspectos técnico-

pedagógicos.

b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y

administrativo de la Institución Educativa, de conformidad con las normas que emite el Ministerio de

Educación y las instancias de gestión educativa descentralizada, en concordancia con los criterios y

procedimientos que establezca el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad

educativa.

c) Apoyar los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa previstos en la Ley

General de Educación y en la Ley específica sobre la materia.

d) Participar en el proceso de autoevaluación de la Institución Educativa.

e) Vigilar el acceso, la matrícula oportuna y la asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa.

f) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en la

Institución Educativa.

g) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y de aquellos que de acuerdo con lo

establecido en el Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia, están comprometidos con las

actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.

h) Colaborar con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clases, número de

semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo.

i) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en el Consejo Educativo Institucional, priorizando

soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.

CAPÍTULO V

DE LA COORDINACION INTERNA Y EXTERNA

Artículo 124°.- La IE Nº 2029, deberá entablar estrecha coordinación con los Sectores de Salud, Justicia,

Trabajo y Promoción Social, Consejos Provinciales y Distritales, y otras instituciones públicas y privadas.

Artículo 125º.- La IE coordinara con los gobiernos locales, Regionales, Nacionales, respecto al apoyo y

cooperación, para garantizar la seguridad física y moral de los y las estudiantes, así como la organización de

servicios de apoyo asistencial y el mantenimiento y conservación de la infraestructura de la IE.

Artículo126º.- Las coordinaciones internas y externas estarán a cargo del Comité Directivo. Presidida por

el Director de la I.E. y los Subdirectores, Un representante de APAFA si el caso lo requiere.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

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Page 43: Reglamento Interno 2015

PRIMERA.-Los asuntos no contemplados en el presente reglamento serán tratados por el CONEI, de

conformidad a las normas legales y administrativas vigentes y teniendo en cuenta los intereses de la institución

SEGUNDA.- El presente reglamento será sometido a evaluación y reajuste al inicio de cada año escolar.

TERCERA.- Todo trabajador, estudiante de la Institución Educativa así como los padres de familia,

apoderados o curadores, están en su derecho de exigir y demandar, ante las autoridades pertinentes el

cumplimiento del presente reglamento.

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