REGLAMENTO INTERNO 2009
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“ A Ñ O D E L D E B E R C I U D A D A N O ”
REGLAMENTO INTERNO
DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
No 22319 - PARCONA
DISPOSICIONES GENERALES
2009
ICA - PERU
CAPITULO I
REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
No. 22319 – PARCONA DISPOSICIONES GENERALES
CONCEPTO FINES BASE LEGAL Y ALCANCE
Art. 01. E l Reglamento Interno del I .E. No. 22319, es un instrumento de apoyo que
regula la organización y funcionamiento del Centro Educativo, contiene los objet ivos y
la organización del centro, así como las funciones, responsabi l idades y obl igaciones de
sus miembros, el desarrol lo de act ividades académicas y administrat ivas, el régimen
económico, discipl inario y la relaciones con la comunidad.
Art. 02. Fines . - Normar los derechos, deberes y obl igaciones de los integrantes de la
comunidad educativa. Encausar y normar las acciones administrat ivas.
Art. 03. Base Legal . - El presente Reglamento interno t iene su base legal en las
s iguientes disposic iones legales vigentes :
a) Constitución Pol í t ica del Perú.
b) D.S. No 007-2001-ED
c) Ley General de Educación 23384 N.L. de Educ. 28044
d) D.S. 019-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado No 24029 y su
modif icator ia Ley No 25212
e) D.S. No 03-83-ED Reglamento de Educación Pr imaria
f) Decreto Legislat ivo No. 276 Ley de Bases de la carrera administrat iva y de
remuneraciones del Sector Publ ico.
g) Decreto Supremo No. 013 – 2004 – ED ( Reglamentación de Educación Básica
Regular)
h) R.M. No 352 – 89 – ED ( Funciones del personal administrat ivo de porter ía y
l impieza)
Art. 04. Alcances . - Tiene alcance al personal Direct ivo, Administrat ivo, docentes,
alumnado y padres de famil ia.
CAPITULO II
DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CREACIÓN – FINES Y OBJETIVOS
Art. 05. La Escuela Pr imaria de Menores No 22319 fue creado por Resolución
Minister ial No 3507 de fecha 23 de Mayo de 1951 como Escuela Mixta. El pr imero de
Junio de 1965 la Escuela deja de ser mixta y pasa a ser Escuela de mujeres No 5872
dando lugar la creación del IEE. No 22320 de Varones, el pr imero de Marzo de 1996
pasa a ser Escuela Pr imaria Fiscal de Mujeres No 22319.
Art. 06. Fines .- Normar las funciones de los miembros de la comunidad (educativa)
Magister ial .
Art. 07. Objetivos .- Velar por el cumplimiento del Reglamento Interno del nivel .
CAPITULO III
ESTRUCTURA ORGANICA
FUNCIONES GENERALES Y MIEMBROS QUE LO INTEGRAN
Art. 08. La I .E. t iene la s iguiente estructura orgánica.
1.- Director (a)
2.- Sub Director Académico
3.- Comité Administrat ivo
4.- Comité de Recursos Financieros
5.- Area Técnico Pedagógico
6.- Area de OBE Tutoría
7.- Área de PEC
8.- Área de Infraestructura
9.- Base Magister ial
10.- Alumnas
11.- Personal de Servic io
12.- Padres de Famil ia
13.- Consejo Educativo Inst itucional ( CONEI)
Art. 09. Funciones del Director de la Institución Educativa .- E l Director es la
pr imera autoridad de la Inst itución Educativa y t iene como funciones las s iguientes :
a) Conduce las act ividades del Centro Educativo, lo representa legalmente y l idera
la part ic ipación de la comunidad escolar.
b) Promulgar en la IEE. los documentos normativos que or ienta la vida del mismo y
que estén en concordancia por lo dispuesto por las normas of ic iales.
c) Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servic io educativo, estableciendo
relaciones horizontales, evitando caer en el autoritar ismo con la f inal idad de
mejorar la pract ica pedagógica de los docente.
d) Autorizar y promover vis itas de estudio, excursiones y demás act ividades
pedagógicas dentro del ambiente Departamental , de acuerdo a las normas
especif icas.
e) Suscribir , en las IEE. convenios y/o contratados con actual ización docente, en
coordinación con la Subdirección.
f) Est imular y organizar la part ic ipación de los alumnos en evento de carácter
deport ivo, cultural y de prevención convocadas por el Minister io de Educación y
otras Inst ituciones.
g) Autorizar y apoyar la pract ica Docente de los estudiantes de los Inst itutos
Pedagógicos y Facultades de Educación en la IEE.
h) Planif icar, organizar y administrar los recursos y servic ios prestados por la IEE.
s iguiendo las or ientaciones del P.E. I . y las normas of ic iales.
i ) Formular el presupuesto del IEE. y velar por la correcta administración de todos
los recursos, incluyendo los recursos propios, informando a la dirección Sub-
regional de Educación.
j ) Part ic ipar en la elección del Comité de Recursos Financieros que se encargaran
de administrar los recursos propios de la IEE.
k) Adjudicar la Administración del Kiosco en coordinación con la APAFA.
l) Autorizar el uso eventual y alqui les de ambientes, para eventos culturales y
educativos, asegurando la conservación del medio ambiente. Previa
coordinación con los agentes correspondientes.
m) Coordinar con la Asociación de Padres de Famil ia el uso de los fondos que el la
recaude, teniendo en cuneta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual.
n) Supervisar, evaluar las act ividades administrat ivas en coordinación con el
personal Administrat ivo IEE.
o) Organizar el proceso de matr icula, traslado, expedir cert i f icados de estudio,
aprobar las nominas y actas, rect i f icar nombres y apel l idos de alumnos, así
como exoneración de asignaturas y apl icación de pruebas de ubicación en casos
especiales.
p) Organizar un Comité Especial de Evaluación del personal docente y
administrat ivo para Contratos y/o Nombramientos ( dicho comité integrado por
el Director, por el Sub-Director, dos Docentes elegidos en la Asamblea y un
Padre de Famil ia cuya función será seleccionar al personal para Contrato y
Nombramiento) de acuerdo a las normas vigentes del caso.
q) Seleccionar y proponer al a autoridad Educativa la contratación y el
Nombramiento del Personal docente y administrat ivo que reúna los requisitos
legales.
r) Supervisar, incentivar y reconocer el esfuerzo individual colect ivo del personal.
s) Proponer al órgano intermedio las l icencias de acuerdo a las normas vigentes,
seleccionar previa propuesta de la comisión especial de evaluación al docente
reemplazante por el t iempo que dure la l icencia del t i tular, así mismo proponer
las l icencias del personal administrat ivo y cubrir dicho l icencia cuando es s in
goce de haber. Con la part ic ipación del CONEI ( opinión )
t) Informar a la comunidad Educativa del manejo de recursos y bienes del I .E. de
manera publ ica y trasparente.
u) Coordinar con la asociación de Padres de Famil ia y el órgano intermedio del
Minister io de Educación asuntos de interés común.
v) Provenir y mediar en situaciones de conf l ictos, creando condiciones que
favorezcan relaciones humanas posit ivas al inter ior de la comunidad escolar.
w) Disponer de of ic io de matr icula del menor abandonado y coordinar acciones de
ayuda con diversas Inst ituciones.
x) Delegar funciones a la Subdirección y otros miembros de la comunidad escolar,
respetando los acuerdos tomados en su ausencia.
y) Conducir el proceso de construcción del P.E. I . con la part ic ipación de los
miembros de la comunidad escolar.
z) Autorizar la part ic ipación de los docentes en la reuniones mensuales de REDES.
Art. 10.- Funciones de la Sub-Dirección :
a) Cumplir por delegación las funciones técnico pedagógicas y administrat ivas que
le corresponde al director teniendo autonomía en el cumplimiento de su
funciones.
b) Optimizar la cal idad de los aprendizajes y el desempeño de los docentes,
desarrol lando estrategias e est imulación de talentos, promoviendo y
est imulando permanentemente la innovación pedagógica.
c) Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servic io educativo estableciendo
relaciones horizontales, evitando caer en la autoritar ismo con la f inal idad de
mejorar la pract ica pedagógica de los docentes.
d) Impulsar una vez al mes especies de ínter aprendizaje y ref lexión así como
act ividades dir igidas a mejorar el aprendizaje y el servic io educativo.
e) Supervisar y asesorar la práct ica de los estudiantes de los I .S.P. y facultades de
educación, asegurando la permanencia del docente responsable en el aula.
f) Reemplazar y asumir funciones del profesor de aula en caso de ausencia.
g) Cumplir las funciones que le deleguen la Dirección del Plantel .
Art. 11. Funciones y obligaciones de los Docentes del Aula.
a) Part ic ipar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual
del I .E.
b) Programar, desarrol lar y evaluar las act ividades curr iculares, así como las
act ividades de or ientación y bienestar del educando, tutor ía y las de promoción
educativa comunal.
c) Organizar y ambientar el aula, prepara el material educativo con la
colaboración de los Padres de Famil ia y educandos.
d) Evaluar el proceso de enseñanza, aprendizaje y la documentación
correspondiente.
e) Mantener actual izada la documentación pedagógica y administrat iva de su
responsabi l idad.
f) Part ic ipar en acciones de invest igación y experimentación de nuevos métodos y
técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actual ización profesional
organizado por la I .E. o instancias superiores.
g) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección del Centro
Educativo en las acciones que permitan el logro de los objet ivos de la
Educación Pr imaria.
h) Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el t iempo que
permanece en la I .E. incluyendo las horas de recreo, higiene y al imentación.
i ) Detectar problemas que afecten en el desarrol lo del educando y su aprendizaje,
tratando o derivando los que requieran atención especial izada.
j) Real izar acciones de recuperación pedagógica de sus alumnos.
k) Velar por el buen estado de conservación de los bienes del Centro Educativo.
l ) Coordinar y mantener comunicación permanente con los Padres de Famil ia,
sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de
sus niños.
m) Coordinar con el profesor de turno en la act ividades permanentes.
Art. 12. Funciones del Profesor de Turno:
a) El Profesor de turno con asesoramiento de la Sub Dirección y el apoyo directo
de los docentes, coordina y ejecutara su labor de dir igir y or ientar a los
educandos en las act ividades permanentes de la semana y el desarrol lo del
calendario c ívico escolar.
b) Velar por la integridad f ís ica de los alumnos durante el recreo, coordinar y
asesorar a la pol ic ía escolar, para evitar el ingreso de los padres de famil ia y
así faci l i tar la formación ( max. 10 minutos)
c) Los días de formaciones debe contar con el equipo de peri foneo, ambos turnos
para su mejor desarrol lo.
d) Los Docentes deben de formar con sus alumnas y prever la sal ida.
e) Reemplazara al Director o Subdirector en caso de ausencia por delegación y
faci l i tándole la l lave delos ambientes para prestar la atención respectiva.
Art. 13. Funciones del trabajador de servicio II - I I I - RM - 352 - 89 – ED.
Trabajador del Servicio II.
a) Real izar labores de seguridad, vigi lancia y porter ía de la I .E.
b) Controlar el ingreso y sal ida del alumno de acuerdo la horario establecido. En
la mañana a part ir de las 7.45 a.m y en la tarde de las 12.45 p.m.
c) Real izar el mantenimiento, conservación y l impieza de los ambientes del Centro
Educativo: pat ios, aulas, pasadizos, servic ios higiénicos en forma permanente,
los servic ios higiénicos deben permanecer abiertos ambos todo el día.
d) Controlar y or ientar el ingreso y sal ida del publ ico en general .
e) Controlar que los muebles y enseres que salen del centro Educativo, cuenten
con la respectiva autorización del Director.
f) Apoyar en las tareas de distr ibución de documentos dentro y fuera del Centro
Educativo.
g) Real izar traslados de muebles, equipo y enseres.
h) Velar por el mantenimiento de los materiales y herramientas a su cargo.
i) No permit ir el ingreso al Centro Educativo de personas extrañas en días
laborables, salvo que sea autorizado por el Director.
j ) Fi jar un horario para la atención y colaboración en la bibl ioteca de la I .E. y
publ icar su cronograma de horario.
k) Instalar el equipo de ampli f icación los días lunes y viernes para la real ización
de las act ividades permanentes y otras fechas cívicas a celebrarse.
l ) Prestar apoyo a los profesores de turno de la semana y colaborar con los
encargados en las actuaciones a real izarse.
m) Su jornada laboral es de 6:45 am. a 2:15 pm. (mañana) y de 12:00 m. a 7:45
pm. (tarde).
n) Real izar el mantenimiento y arreglo de los jardines.
o) Cumplir con su labor, en caso de faltar o permiso enviar un personal de apoyo.
p) Real izar funciones af ines del cargo cuando se le asigne.
Del trabajador de Servicio II (Guardián)
a) Cumple act ividades de vigi lancia y seguridad en el horario nocturno.
b) Cuida la infraestructura y mobi l iar ios y otros enseres del Centro Educativo en
su horario de trabajo, bajo su responsabi l idad.
c) No permit ir el ingreso de personas al Centro Educativo en horarios nocturnos,
salvo autorización f i rmada por el Director.
d) Real izar rondas permanentes por todos los ambientes del I .E. veri f icando que
todo este s in novedad.
e) Registrar en el cuaderno del horario de su trabajo, luego será visados por el
Director.
f) Part ic ipar en alguna emergencia o sol ic itud de la dirección para el buen
funcionamiento de la I .E. en turno de mañana o tarde.
g) Real izar el regado delos jardines antes de la sal ida.
h) Real izar otras funciones af ines a su cargo que se le asigne.
i) Jornada Laboral : Enero a Diciembre, teniendo derecho a un mes de vacaciones
y un día durante la semana.
j) El personal de servic io permanente del I .E. (03) están sometidos a una rotación
en sus horarios de trabajo teniendo acuerdos previos para su trabajo en la
mañana, tarde y noche.
CAPITULO IV
DEL PLANEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN
Art. 14. E l P laneamiento educativo que corresponde al Plan de Trabajo Anual es
elaborado por el Director , subdirector, Personal docente, administrat ivo y
part ic ipación de la APAFA.
Art. 15. E l año académico se inic ia el 01 de Marzo y termina en el mes de Diciembre.
Art. 16 . E l año lect ivo t iene una duración de 38 semanas divididas en 3 tr imestres,
las fechas de las vacaciones intermedias se norman por disposic iones especif icas.
Siendo estas en la I .E. para el presente año después de cada tr imestre.
Art. 17. La Programación curr icular se elabora en el mes de marzo y consiste en la
selección de competencias para el logro de las capacidades. Diversi f icados del diseño
Curr icular Nacional y del PEI .
Art. 18 . La Programación de corto alcance se formulara durante el año lect ivo, el
docente elaborara la carpeta de trabajo, unidades didáct icas y diar io de clases.
Art. 19. La Dirección y la Sub dirección se organizaran para la supervis ión general y
especial izada previa coordinación con los docentes y respetando lo est ipulado en la
P.E. I .
CAPITULO V
DEL REGIMEN DE ESTUDIO DE LA MATRICULA
EVALUACIÓN Y EXONERACIÓN DE LA MATRICULA
Art. 20. La matr icula se efectuara por pr imera y única vez al ingresar a la escolar idad
con la presentación de Part ida de nacimiento.
Art. 21. En los grados siguientes se rect i f icara la matr icula en presencia del padre o
apoderado, estará establecido en un Cronograma de trabajo en el mes de marzo.
Art. 22. La rat i f icación de la matr icula , el traslado o cualquier acto administrat ivo no
se condiciona a pago de ningún t ipo, incluida la cuota anual de APAFA.
Art. 23. La expedición de las vacantes de Matr icula solo se dará en el mes de marzo.
DE LOS TRASLADOS
Art. 24. Los traslados proceden hasta el termino del I I tr imestre ( 31 de Octubre)
salvo en caso de cambio de domici l io del educando a provincias o distr i tos lejanos, el
traslado puede efectuarse en fecha dist inta al anterior.
Art. 25. Para el traslado de matr icula, el C. E. de dest ino requiere la expedición de la
f icha única y los resultados de la evaluaciones a la fecha aprobado por Resolución
Directoral .
DE LA EVALUACIÓN
Art. 26. La evaluación del educando real izara en forma integral y permanente.
Art. 27. La evaluación del educando se t iene en cuenta los objet ivos, las act ividades
del plan de estudio, las característ icas de las áreas y condiciones de aprendizaje.
Art. 28. Al termino de cada tr imestre lect ivo, el alumno obtiene un cal i f icat ivo por
área que resulta de promediar las evaluaciones apl icadas.
Art. 29. La escala de cal i f icación del aprendizaje y el comportamiento es de acuerdo a
las normas establecidas para el presente año.
Art. 30. Los educandos que al f inal del año lect ivo obtuvieron promedio global del B
a mas, y desaprobaron las asignaturas de comunicación integral y lógico matemática
t ienen opción de acogerse al mes de marzo, para la recuperación.
DE LAS EXONERACIONES
Art. 31. El Director de la I .E. puede exonerar al educando en las asignaturas
s iguientes:
a) Educación Física .- Solamente de la parte pract ica en caso de impedimento
f ís ico, con la presentación del cert i f icado medico.
b) Formación Religiosa .- E l Padre de Famil ia al momento de la matr icula deberá
hacer un declaración jurada y representar un of ic io de exoneración del área de
formación rel igiosa.
CAPITULO VI
DEL DESARROLLO EDUCATIVO
ACTIVIDADES Y SERVICIOS ACADÉMICOS
Art. 32. Las act ividades del Calendario Cívico escolar se desarrol laran a nivel de I .E.
según las característ icas de las fechas cívicas, las cuales se l levaran a cabo según
acuerdo en forma alternada (mañana y tarde).
Art. 33. En las celebraciones del Calendario Cívico que se real ice en lugares públ icos
o a nivel del centro Educativo se propiciara la part ic ipación de los padres de famil ia y
otras Inst ituciones y nuestra part ic ipación, y esto será de acuerdo a las normas
especif icas.
Art. 34. Es obl igator io la part ic ipación del personal Direct ivo, Docente y alumnado en
actos conmemorativos de la I .E.
Art. 35. En la pr imera y ult ima hora respectivamente en cada turno de cada lunes y
viernes se real izara la ceremonia de saludo a la bandera y la entonación del Himno
Nacional y el Himno de Ica.
Art. 36. Las fechas cívicas que coinciden con los días sábados, domingo o fer iados,
deben celebrarse el día laborable anterior a la fecha.
CAPITULO VII
TUTORIA
SERVICIO DE ORIENTACIÓN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO TUTORIA
Art. 37. La función del Docente tutor es el acompañamiento integral al niño para
contr ibuir en su desarrol lo biopsicosocial .
Art. 38. E l Docente tutor debe reunir las s iguientes característ icas : Saber escuchar,
habi l idad para indagar y comprender.
Art. 39. Se dest inara una hora semanal para la labor tutor ial dentro de la jornada
laboral , en el aula real izado por cada docente, en coordinación con el equipo
responsable.
CAPITULO VIII
MATERIAL EDUCATIVO
Art. 40. Los textos escolares y el material educativo se ajustaran a los planes
programas de estudio, y a los pr incipios const itucionales.
Art. 41. Los educandos tendrán a su disposic ión los materiales y textos otorgados por
le Minister io de Educación, del mismo modo los Docentes en coordinación con los
padres de famil ia pueden hacer uso de texto para su consulta s iendo la terminación
por mayoría del 95%, previo conocimiento a la dirección.
Art. 42. Al inic io del Año escolar se entregara a cada docente los módulos y los Kit .
Otorgados por el Minister io de Educación.
Art. 43. El requerimiento de út i les escolares debe cubrir lo indispensable, su entrega
puede real izarse progresivamente.
CAPITULO IX
DE LOS DERECHOS
OBLIGACIONES FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS
Art. 44. Los alumnos t ienen derecho a :
a) Recibir una formación integral en un ámbito que le br inde seguridad moral y
f ís ica.
b) Ser tratado con dignidad y respeto sin discr iminación.
c) Recibir gratuitamente los servic ios educativos.
d) Recibir est ímulos en merito al cumplimiento de sus deberes.
Art. 45. Las alumnas t ienen las s iguientes obl igaciones :
a) Respetar al personal direct ivo, docente, administrat ivo, compañeras y otras
personas de la comunidad educativa.
b) Part ic ipar responsablemente en las act ividades educativos del plantel .
c) Asist ir con puntual idad a sus labores escolares, y demás act ividades que real ice
la I .E.
d) Concurr ir al plantes aseada y con el cabel lo arreglado.
e) Just i f icar las tardanzas o inasistencias por escr ito.
f) Acreditar con cert i f icado medico en caso de ser impedido a pract icar educación
f ís ica.
g) Cuidar los bienes y servic ios del I .E. como mobi l iar io, servic ios de agua,
especialmente los SS.HH y otros.
h) Responsabi l izarse del arreglo de mobi l iar io que malogre a través del Padre de
Famil ia o apoderado.
i) Devolver la l ibreta de información debidamente f i rmada por los Padres de
Famil ia o apoderados.
Art. 46. Serán acreedores a los est ímulos los educandos que real icen acciones
extraordinarias dentro y fuera del plantel .
a) Reconocimiento publ ico de la comunidad educativa.
b) Fel ic itación por escr ito.
c) Carta de fel ic i taciones a los padres.
d) Exoneración al pago de cuotas al I .E. o APAFA.
Art. 47. Las sanciones que se apl iquen a los educandos por incumplimiento de sus
deberes son las s iguientes :
a) Amonestación verbal y escr ita del profesor.
b) Amonestación verbal y escr ita del Director
c) Suspensión temporal del I .E.
d) El 30 % de inasistencias será causal de ret iro de la escuela.
Art. 48. En la apl icación de las sanciones se evitara humil lación, y se br indara las
or ientaciones correspondientes para la recuperación del educando.
CAPITULO X
DE LAS PROHIBICIONES (DE LOS EDUCANDOS )
Art. 49. Esta prohibido que los educandos :
a) Traer prendas de valor, y dinero en sumas mayores.
b) Evadirse del plantel en horas de clase.
c) Traer revistas y otros objetos que dañen la moral .
d) Traer objetos punzo cortantes.
e) Asist ir con ropa de cal le a sus clases o ceremonias cívicas patr iót icas.
CAPITULO XI
DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS
Art. 50. Se considera falta de los educandos :
a) Sustraer objetos de su compañeros y profesores.
b) Alterar las notas de la l ibreta o pruebas.
c) Llegar tarde a la escuela 8:15
d) Faltar el respeto a las personas.
e) No concurr ir a las act ividades cívicas programadas.
f) Pintar o escr ibir en las paredes del I .E.
g) Uti l izar el vocabular io soez.
Art. 51. Sanciones de los educandos
Cada una de las faltas de los educados o incumplimiento de sus obl igaciones, serán
registradas por el docente a su cargo, s iendo causal de un demérito en las áreas de
Personal Social y comunicación Integral en el rubro pert inente, tomando en cuenta el
s iguiente orden de la sanción :
1ro. L lamada de atención verbal por parte del Docente y del Director.
2do. Amonestación por escr ito dir igido al padre de Famil ia por el Docente y
Director.
CAPITULO XII
DEL UNIFORME ESCOLAR
Art. 52. E l uso del uniforme único y deport ivo esta sujeto a las normas especif icas
establecidas en la R.M. No 19 86 – ED.
Art. 53. E l uso del uniforme escolar es obl igator io a part ir del mes de Abri l ,
consistente en:
- Uniforme único con medias largas portando la insignia del I .E.
- Usara el cabel lo sujetado con una cinta Blanca.
- Se le incentivara al uso del buzo de educación f ís ica del centro educativo
para la real ización de esta discipl ina.
- Se propiciara el “Uniforme de Gala” en las niñas de la escolta y banda.
- Hacer uso de los uniformes únicos y de educación f ís ica en su respectivo
horario de clase.
CAPITULO XIII
DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES DEL DOCENTE
Art. 54. Los docentes t ienen derecho a la estabi l idad laboral en el servic io.
Art. 55. A la l ibertad de conciencia y rel igión.
Art. 56. Otros derechos contemplados en la Ley de Profesorado 24029 y su
modif icator ia 25212.
CAPITULO XIV
DE LAS OBLIGACIONES
Art. 57. Son obl igaciones de los docentes :
a) Asist ir diar iamente al I .E. s iendo la hora de entrada turno mañana de 8:00 a.m.
a 1:00 p.m. turno tarde de 1:00 p.m. a 6:00 p.m. con una tolerancia de 10
minutos en casos especiales.
b) Ambientar el aula con la colaboración de los alumnos y padres de famil ia y
pintar las paredes según el acuerdo.
c) Asist ir a las reuniones técnicas pedagógicas u otras organizadas por la
superior idad.
d) Cumplir con el turno semanal que le corresponde.
e) Desempeñar sus funciones con puntual idad y ef ic iencia.
f) Deben just i f icar sus inasistencias con FUT, el cual será gratuito los tres
pr imeros.
CAPITULO XV
DE LAS FALTAS
Art. 58. Son faltas de los docentes, las establecidas en la Ley del Profesorado No
24029 y su modif icator ia 25212 y las acordadas en reunión de docentes.
CAPITULO XVI
DE LAS SANCIONES
Art. 59. En el caso de incumplimiento, los docentes serán acreedores de las
s iguientes sanciones :
a) Amonestación verbal
b) Amonestación escr ita
c) Suspensión def init iva del servic io.
CAPITULO XVII
DE LA ORGANIZACIÓN DE COMISIONES
REGIMEN ECONOMICO
Art. 60 . De la comisión de administración de recursos de la I .E.
a) Será integrado por :
- Un presidente, un tesorero y un representante del personal
administrat ivo, docente que será elegido en Asamblea General de
Profesores.
b) Son funciones generales de la presente comisión :
- Llevara el orden los ingresos y egresos del Centro Educativo, apertura
una l ibreta de ahorros mancomunado entre el tesorero de la comisión y el
Director del Centro Educativo que es el presidente.
- Informar permanentemente los balances de ingresos y egresos de la I .E.
a la Asamblea de docentes y a las instancias superiores.
- Recaudar ingresos sobre recurso propios (cobro de cert i f icados,
sol ic i tudes, constancias), alqui ler de local y demás ingresos del I .E. ,
que se aprueben en reunión y estén considerados en trabajo del comité
de recursos propios el cual se r ige bajo normas legales vigentes.
- El Consejo Direct ivo APAFA, administra el ingreso del Kiosco y cuota de
PP.FF.
CAPITULO XVIII
DE LA INFRAESTRUTURA
Art. 61. La nacional ización de las aulas serán de acuerdo a las necesidades de los
educandos.
Art. 62. La nacional ización de los bienes y enseres serán de acuerdo a las
necesidades de los educandos.
Art. 63. No es permit ido dest inar los bienes y/o infraestructura con f ines de uso
part icular.
CAPITULO XIX
DE LA COMISION DE EVALUACIÓN DE DOCENTES
PARA CONTRATOS Y/O NOMBRAMIENTOS
Art. 64. E l comité especial de evaluación estará presidido por el Director, dos
Docentes, elegidos en la asamblea y un padre de famil ia con voz pero sin voto.
Art. 65. Son sus funciones generales seleccionar y evaluar al persona l idóneo al
cargo requerido, en plaza de contrato o nombramiento en la I .E.
Art. 66. Sus funciones especif icas son :
a) Publ icar el cronograma de concursos para coberturar plaza de contrato y/o
nombramiento
b) Publ icar el cuadro de meritos de los postulantes.
c) En caso de reclamo alguno, el cuadro de merito será revisado por los miembros
de la comisión hasta el 24 horas de plazo
d) Evaluación de los docentes será de acuerdo a bases legales u otras normas.
CAPITULO XX
DE LA ASOCIACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA
Art. 67. Apoyar en las act ividades previstas para el bien del plantel .
Art. 68. Mantener la infraestructura en condiciones favorables para el cumplimiento
de las acciones educativas.
Art. 69. Programar y ejecutar act ividades para cubrir las necesidades de los servic ios
educativos.
DE LOS PADRES DE FAMILIA
DE LAS OBLIGACIONES
Art. 70. Son obl igaciones de los Padres de Famil ia.
a) Apoyar en las tareas educativas.
b) Asist ir por lo menos una vez al mes a informarse sobre el avance del
aprendizaje y comportamiento de sus hi jos, deben vest ir los adecuadamente con
la f inal idad de mejorar la imagen del I .E.
c) Concurr ir a las reuniones y asambleas programadas por el aula y APAFA.
d) Enviar a sus hi jas con puntual idad, higiene y út i les escolares.
e) Just i f icar la inasistencias y tardanzas de sus hi jos en su debido t iempo.
f) Asumir las responsabi l idades de los daños que ocasionan sus hi jas de los bienes
del plantel .
DE LOS DERECHOS
Art. 71. Son derechos de los Padres de Famil ia.
a) Ser atendidos con amabi l idad por la Dirección , Sub-dirección, personal docente
en el horario establecido .
b) El profesor dará informe de los logros y di f icultades de su hi jas cuando lo
sol ic i te : el cual será los días viernes a part ir de las 11 : 00 a.m. y tarde de 4:
00 pm.
c) Las reuniones se debe real izar en el horario de Educación Fís ica, previa
autorización de la Dirección.
DE LAS PROHIBICIONES
Art. 72. Esta prohibido a los Padres de Famil ia.
a) Organizar y part ic ipar en acciones contrar ias a los objet ivos de la educación.
b) No entorpecer las labores educativas en hora de clase.
c) Promover y part ic ipar con medidas de fuerza para ocupar el local escolar.
d) El ingreso de los PP.FF son autorizados por la Dirección.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERO .- E l presente Reglamento Interno entrara en vigencia a part ir de su
aprobación por Decreto Directoral , y de opinión del CONEI. Vigencia de 1 años.
SEGUNDO .- Las disposic iones no previstos en el presente Reglamento Interno serán
resueltos por la Dirección del Plantel y la Asamblea General de Docentes.
Parcona, de 2009*
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Lic. A.Benito Vargas Pérez VoBo CONEI
DIRECTOR