Reglamento Ing Industrial

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Reglamento de la Facultad de Ingeniería Industrial UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS – SECCIONAL BUCARAMANGA VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIVISIÓN DE INGENIERÍAS FACULTAD INGENIERÍA INDUSTRIAL REGLAMENTO DE LA FACULTAD PREÁMBULO I. MISIÓN Es misión de la Facultad de Ingeniería Industrial de la Universidad Santo Tomás Seccional Bucaramanga, la formación integral de personas profesionales líderes que contribuyan al fomento, desarrollo y crecimiento del sector, en el contexto empresarial de la región y del país; a la democratización de la educación superior, de la información y del conocimiento; y a la generación de empleo mediante la creación de empresas, en congruencia con el pensamiento cristiano y humanístico característico de la tradición tomasina. II VISIÓN La Facultad de Ingeniería Industrial de la Universidad Santo Tomás Seccional Bucaramanga en los próximos 10 años busca constituirse como referente en el sector público y privado, a nivel nacional e internacional, por medio de la creación de centros y grupos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I), creación de nuevas empresas que avalen su liderazgo y contribución a la región y al país. 1

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UNIVERSIDAD SANTO TOMS SECCIONAL BUCARAMANGA

Reglamento de la Facultad de Ingeniera Industrial

UNIVERSIDAD SANTO TOMS SECCIONAL BUCARAMANGA

VICERRECTORA ACADMICA

DIVISIN DE INGENIERAS

FACULTAD INGENIERA INDUSTRIALREGLAMENTO DE LA FACULTADPREMBULO

I. MISIN

Es misin de la Facultad de Ingeniera Industrial de la Universidad Santo Toms Seccional Bucaramanga, la formacin integral de personas profesionales lderes que contribuyan al fomento, desarrollo y crecimiento del sector, en el contexto empresarial de la regin y del pas; a la democratizacin de la educacin superior, de la informacin y del conocimiento; y a la generacin de empleo mediante la creacin de empresas, en congruencia con el pensamiento cristiano y humanstico caracterstico de la tradicin tomasina.IIVISIN

La Facultad de Ingeniera Industrial de la Universidad Santo Toms Seccional Bucaramanga en los prximos 10 aos busca constituirse como referente en el sector pblico y privado, a nivel nacional e internacional, por medio de la creacin de centros y grupos de investigacin, desarrollo e innovacin (I+D+I), creacin de nuevas empresas que avalen su liderazgo y contribucin a la regin y al pas.

III PERFILES

Es responsabilidad, tanto de las directivas como de los estudiantes de la Facultad, propender por la construccin de los perfiles profesional y ocupacional del ingeniero Industrial, a saber:PERFIL DEL ESTUDIANTE

El aspirante a ingresar a la Facultad de Ingeniera Industrial de la Universidad Santo Toms Bucaramanga, posee afinidad por las matemticas, fsica y qumica y reconoce la importancia, exigencia y disciplina necesarias para desarrollar competencias especficas propias del programa, comprometindose durante su proceso de formacin integral a trabajar por mejorar la calidad de vida de las personas vinculadas a las organizaciones que la sociedad le asigne dirigir.PERFIL PROFESIONAL

El Ingeniero Industrial de la Universidad Santo Toms es un profesional integral competente para disear, dirigir procesos y liderar programas de excelencia operacional en las diferentes reas de las organizaciones, orientado al emprendimiento y la innovacin, desde una perspectiva humanista y global comprometida con el entorno.PERFIL OCUPACIONAL

El Ingeniero Industrial de la Universidad Santo Toms, es un profesional que puede desempearse en las diferentes organizaciones pblicas o privadas del sector productivo y de servicios, as como en centros de investigacin y desarrollo tecnolgico, en cargos de alta gerencia, mandos medios y como profesionales de apoyo en los siguientes procesos:

Produccin, operaciones y logstica

Finanzas y mercados

Talento humano

Emprendimiento

Innovacin, productividad y competitividad

Investigacin y desarrollo

Control de calidad

Planeacin Seguridad industrialCOMPETENCIAS PROFESIONALES

El Ingeniero Industrial de la Universidad Santo Toms, es un profesional que rene las siguientes competencias:

Gestiona sistemas de calidad para el aseguramiento y la mejora permanente de procesos en las organizaciones con base en las normas vigentes de calidad

Gerencia operaciones organizacionales para incrementar la productividad teniendo como referentes filosofas de competitividad reconocidas internacionalmente

Formula y evala proyectos para apoyar el desarrollo econmico y productivo de las organizaciones a partir de un diagnstico de necesidades.

Administra el talento humano para favorecer la competitividad y garantizar el bienestar y desarrollo de los miembros de las organizaciones desde una perspectiva humanista

Gestin de recursos econmicos y financieros para maximizacin del valor de la organizacin teniendo en cuenta la normatividad del entorno financiero Desarrolla estrategias de mercados para apoyar el crecimiento de las organizaciones con base en procesos de investigacin y desarrolloIVNATURALEZA Y RGIMEN LEGAL DE LA FACULTADLa Facultad de Ingeniera Industrial de la Universidad Santo Toms, Seccional Bucaramanga, es una unidad acadmica estructurada segn las leyes correspondientes con el propsito de formar integral y profesionalmente a sus estudiantes por medio de la docencia, el fomento de la investigacin, y el compromiso solidario con el contexto social a travs de los programas de extensin y proyeccin social. Se encuentra administrativamente adscrita a la Divisin de Ingenieras de la institucin, tanto en la gestin de su misin como en la organizacin del servicio que presta, de acuerdo con el Estatuto Orgnico de la Universidad, el Reglamento Estudiantil de Pregrado y el Reglamento Propio.

La Facultad de Ingeniera Industrial ha sido autorizada para expedir grados acadmicos mediante registro del programa en el Sistema Nacional de Informacin de la Educacin Superior, efectuado el 14 de junio de 2006, funciona en la actualidad con registro SNIES: No. 52189V OBJETIVOS

Son objetivos de la Facultad:

GENERAL:Propender por la formacin integral de profesionales con las ms altas calidades ticas, cvicas, acadmicas y administrativas en el campo de la Ingeniera Industrial, en respuesta a las expectativas de formacin humana de los mismos, as como a las necesidades de la regin y la Nacin; desde el compromiso y liderazgo solidario y participativo que promueva la democracia del conocimiento con el uso idneo y equitativo de la investigacin, la innovacin y el aprovechamiento de las tecnologas de punta.

ESPECFICOS: Fortalecer el proceso educativo centrado en el desarrollo integral del estudiante en todas sus dimensiones: biofsica, cognitiva, afectiva, tica, esttica, espiritual, poltica y econmica.

Potenciar el acceso al conocimiento tecnolgico para que facilite la evolucin intelectual, investigativa e innovadora en procura de la proyeccin social.

Conocer, profundizar y aplicar la normatividad vigente, nacional e internacional, necesaria en los procesos de construccin y oferta de bienes y servicios.

Promover comunidades acadmicas que faciliten y consoliden en los estudiantes y en los docentes la cultura de la investigacin, y las capacidades y competencias para el trabajo colaborativo, la insercin en comunidades deprimidas, el asesoramiento de empresas, el manejo de la informacin actualizada y la invencin de alternativas de desarrollo humano sustentable.

Ofrecer programas de formacin permanente, a la comunidad en general y a los egresados en particular, a fin de garantizar la actualizacin en conocimientos y tcnicas, en los grupos de liderazgo y direccin regional.

Fortalecer las estrategias de educacin universidadempresasociedad que propendan la construccin de las capacidades y competencias del profesional en ingeniera industrial en contextos reales de vida y cotidianidad.

Conocer, profundizar y aplicar capacidades creativas para el diseo de materiales. procesos y productos, trabajo en equipo, liderazgo, innovacin, aplicacin de estrategias, mtodos y soluciones que garanticen un equilibrio entre el inters pragmtico y el aspecto terico, como corresponde a la naturaleza de la ingeniera.VILA LECCIN INAUGURAL

El inicio oficial del perodo acadmico se efecta con la exposicin del plan de desarrollo de la Facultad: logros anteriores, proyectos en desarrollo y metas por alcanzar; adems de las orientaciones acadmicas pertinentes; por parte del Decano de Divisin o del Decano de Facultad, en claustro pleno de estudiantes y docentes convocados para tal efecto de manera oportuna.

TTULO I

RGIMEN ACADMICO

Por el presente Reglamento, se establecen las normas que rigen la actividad de la Facultad de Ingeniera Industrial, en congruencia con el Estatuto Orgnico y el Reglamento Estudiantil de Pregrado aprobado por el Consejo Acadmico General y el Consejo Superior de la Universidad, en mayo de 2005.

CAPTULO I

DEL INGRESO Y DEL REGISTRO ACADMICO

ARTCULO 1Adems de los requisitos contemplados en el Artculo 11 del Reglamento General, el aspirante deber:

Aprobar la entrevista de admisin que para el efecto ha establecido la Universidad a travs del departamento de admisiones. Se entiende aprobada la entrevista cuando se obtenga una calificacin equivalente a la nota aprobatoria.

El Puntaje mnimo en las reas de inters de cada carrera, ser el definido en la poltica de admisiones de la Seccional.

ARTCULO 2

Adems de lo contemplado en el Artculo 11 del Reglamento General Estudiantil, los aspirantes debern presentar y aprobar la prueba que para cada caso sea diseada por la FacultadARTCULO 3Para la admisin por transferencia interna, adems de lo contemplado en el Artculo 13 del Reglamento Estudiantil, los aspirantes debern presentar a estudio los contenidos de las asignaturas cursadas y aprobadas.

ARTCULO 4

En caso de transferencias internas se tendrn en cuenta las siguientes disposiciones:

a. Las materias sern homologadas cuando sus contenidos temticos sean similares, el nmero de crditos acadmicos o intensidad horaria sean iguales o superiores y hayan sido aprobadas en la Facultad de origen de conformidad con lo establecido en el Reglamento Estudiantil.

b. Cuando se trate de transferencias entre programas (iguales) podr homologarse ms del cincuenta por ciento (50%) de los crditos o asignaturas aprobadas en el programa de origen.

En caso de transferencias externas se tendrn en cuenta las siguientes disposiciones:a. Los estudiantes que aspiren a homologar asignaturas deben proceder de programas que acrediten similitudes con el programa de ingeniera industrial de la universidad Santo Toms.

b. Las asignaturas a homologar deben tener contenidos temticos similares, y deben ser equivalentes en nmero de crditos acadmicos o intensidad horaria. Debe ser igual o superior y la nota mnima de aprobacin debe ser tres punto cinco (3.5).

c. La facultad estudiar cada caso en particular para determinar la posibilidad de homologar asignaturas que correspondan a niveles acadmicos superiores al segundo.ARTCULO 5Los estudiantes de la Facultad que han permanecido fuera de la Universidad y soliciten su reintegro se sujetarn a las siguientes reglas:

a. Cuando el estudiante ha permanecido por fuera de la Universidad por un tiempo equivalente a la mitad de duracin de la carrera y no haya terminado su plan de estudio, en caso de ser aprobado su reintegro se acoge al plan de estudios determinado por el Consejo de Facultad.

b. Cuando el trmino de permanencia por fuera de la Universidad oscile entre la mitad y el total de duracin de la carrera y no hayan terminado su plan de estudio, en caso de ser aprobado su reintegro deber acogerse al plan de estudios asignado por el Consejo de Facultad y cumplir con las actividades de actualizacin y/o suficiencia que determine el Consejo de Facultad.

c. Cuando el estudiante haya permanecido por fuera de la Universidad un trmino superior al del plan de estudios vigente y no haya terminado su plan de estudio, deber reiniciar sus estudios como estudiante nuevo.

PARGRAFO: Cuando el tiempo de duracin de la carrera corresponda semestres impares la contabilizacin de los trminos ser aproximada al nmero del semestre superior.

ARTCULO 6. CANCELACIN DE ASIGNATURAS

De manera excepcional, se podr ampliar el plazo para cancelar asignaturas matriculadas, hasta un mes antes de finalizar las clases de acuerdo con las siguientes condiciones: peticin escrita y sustentacin de los motivos de la cancelacin y no registrar asignaturas perdidas por inasistencia durante el semestre para el cual solicita la cancelacin.

PARGRAFO: Compete al Decano de Facultad autorizar la cancelacin de las asignaturas sin que la decisin implique devolucin de dinero por parte de la Universidad ni represente autorizacin para tomar otra asignatura en sustitucin de la cancelada.

ARTCULO 7El nmero mximo de crditos que se podr matricular en un semestre ser de 21, si cuenta con un promedio ponderado acumulado igual o superior a 4.0. El mnimo ser de 9 crditos.

ARTCULO 8El Consejo de Facultad estudiar la situacin particular de los estudiantes que al perder asignaturas, se vean sometidos a un proceso de transicin entre dos planes de estudio.

ARTCULO 9

Para determinar los promedios aritmtico y ponderado se tendrn en cuenta las calificaciones definitivas del respectivo periodo acadmico. En los casos en que un estudiante repruebe una asignatura y posteriormente la apruebe, slo se tendr en cuenta para la determinacin de los promedios esta ltima calificacin.

ARTCULO 10. CURSOS NTER SEMESTRALES:

Podr adelantarse en curso nter semestral los estudiantes que hayan cumplido con los prerrequisitos establecidos en el plan de estudios para dicha asignatura. La aprobacin del curso est sujeta al cumplimiento del nmero mnimo y mximo de estudiantes establecido por el Consejo Administrativo y Financiero particular.

PARGRAFO PRIMERO: En ningn caso un estudiante podr cursar ms de dos curso nter semestral en el mismo perodo.

PARGRAFO SEGUNDO: La intensidad horaria de un curso nter semestral ser mximo de cuatro (4) horas diarias.

PARGRAFO TERCERO: En casos excepcionales el Consejo de Facultad podr autorizar la realizacin de curso nter semestral para asignaturas con intensidad horaria superior a la sealada en este Artculo.

ARTCULO 11. INTERCAMBIO ACADMICO:

Los casos de intercambio acadmico de los estudiantes sern previamente autorizados por los consejos de Facultad y se regirn en cada caso por los convenios suscritos entre la Universidad y la entidad en la cual se cumpla el intercambio siempre de acuerdo a lo contemplado en el Reglamento General y el particular de la Facultad.

El promedio ponderado requerido para participar en programas de intercambio acadmico ser igual o superior a tres punto cinco (3.5) exceptuados los casos en los que el Consejo de Facultad o el convenio que sustente el intercambio exija uno diferente.

El estudiante que aspire a participar en intercambio acadmico slo podr cursar bajo esta modalidad, el equivalente del treinta por ciento (30%) de la totalidad de los crditos que componen el plan de estudios del programa en la Universidad Santo Toms.

PARGRAFO: En los casos de convenios de doble titulacin se estar sujeto a estudios mnimos y mximos cursados en la Universidad Santo Toms.

CAPTULO II

CASOS ESPECIALES DE EVALUACIN

ARTCULO 12 EXAMEN DE SUFICIENCIA

La nota aprobatoria del examen de suficiencia ser de tres punto ocho (3.8).

ARTCULO 14. EXAMEN SUPLETORIO

Para la presentacin del examen supletorio el estudiante deber presentar una solicitud justificada ante la Secretara de la Facultad. Esta tendr tres (3) das hbiles para dar respuesta. Si la solicitud es aprobada se emitir una orden de supletorio la cual debe ser entregada junto con el recibo de pago al docente en un plazo mximo de dos (2) das para definir la fecha del examen, la que tendr un lmite mximo de cinco (5) das hbiles.

El docente informar al estudiante los resultados de la evaluacin y reportar ante la Facultad la nota correspondiente en un plazo mximo de cinco (5) das.

ARTCULO 14. PREPARATORIOS

El Consejo de Facultad reglamentar la implementacin de los exmenes preparatorios en la Facultad.

ARTCULO 15. EXMENES DE HABILITACIN

Cuando el estudiante pierda ms de dos asignaturas, no podr habilitar ninguna y deber repetirlas en el semestre siguiente de acuerdo a lo decidido por el Consejo de Facultad.Pargrafo. Todas las asignaturas son habilitables, a excepcin de Procesos de manufactura que no es habilitable porque tiene mayor componente prctico que terico.ARTCULO 16. REVISIN DE CALIFICACIONES:

Los cambios de calificaciones autorizados por el Decano de Divisin, se efectuarn previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

a. En caso de enfermedad comprobada el estudiante deber presentar junto con la incapacidad correspondiente, la valoracin efectuada por el mdico de la Universidad sobre la epicrisis o historia mdica.

b. En los casos de ausencia del estudiante en comisiones, pasantas externas, trabajos por fuera de la universidad o similares, estos debern haberse autorizado previamente por el Decano de Facultad.

c. En los casos de calamidad domstica debidamente comprobada.

Los cambios de nota podrn efectuarse en los siguientes tiempos:

Si se trata de cambios de notas del primer avance, hasta antes de la fecha lmite para la publicacin de notas del segundo.

Si se trata de cambios de notas de segundo avance, hasta antes de la fecha lmite para la publicacin de notas del tercero.

Si se trata de cambios de notas de tercer avance, hasta antes de la fecha lmite para la publicacin de notas del examen final.

Si se trata de cambios de notas del examen final, hasta antes de la fecha lmite para la publicacin de notas de las habilitaciones.

Si se trata de cambios de notas de habilitaciones hasta las fechas establecidas por la seccional para el inicio de los procesos de su matrcula para el siguiente periodo.

CAPTULO III

DE LAS MONITORAS

Las monitoras facilitan, tanto el apoyo colaborativo en el aprendizaje y en el reconocimiento del liderazgo acadmico por parte de los estudiantes, como la detectacin y formacin de estudiantes interesados, segn la estrategia experto-novato, de capacidades y competencias bsicas docentes en la prctica de apoyo al aprendizaje. La cualificacin de los mismos se propicia a travs de programas de formacin para la docencia establecidos por la institucin.

ARTCULO 17

Los requisitos para ser monitores en la Seccional son:

a. Contar con una nota aprobatoria en la asignatura para la cual se aspira a ser monitor igual o superior a cuatro punto cero (4.0).

b. Tener un promedio acadmico acumulado, hasta el semestre anterior, igual o superior a tres punto siete (3.7).

c. Haber cursado y aprobado el programa de capacitacin que para tal efecto ofrezca la universidad.

d. No haber sido sancionado disciplinariamente.

ARTCULO 18La condicin de monitor se pierde por:

a. Dejar de ser estudiante de la Universidad.

b. Hacerse merecedor a sancin disciplinaria.

c. Determinacin del Consejo de la Facultad despus de escuchar el parecer del respectivo docente.

d. Por bajo rendimiento acadmico

ARTCULO 19Los monitores apoyan el ejercicio de la docencia, siempre con la asistencia del docente responsable, en las siguientes actividades:

a. De preparacin y desarrollo de los contenidos de la asignatura.

b. De diseo, elaboracin y aplicacin del material de mediacin de aprendizaje para las actividades acadmicas.

c. De apoyo a los estudiantes en las prcticas de aprendizaje.

d. De acompaamiento de procesos de evaluacin.

TTULO II

GRADOSARTICULO 20. COBERTURA

El presente reglamento de la Facultad de Ingeniera Industrial define las normas que orientan los procesos de inscripcin, planeacin, gestin del proyecto, presentacin de resultados, informe de culminacin, sustentacin y evaluacin final de los trabajos de grado.

ARTICULO 21. DEFINICIN DE PROYECTO DE GRADO

Se considera trabajo de grado: el proceso de inscripcin, planeacin, gestin del proyecto, presentacin de informe de resultados, sustentacin y evaluacin final, relacionados con el estudio de caso, la investigacin o la prctica profesional elegidas por los estudiantes y aprobada por las autoridades competentes, segn criterios de calidad previamente establecidos, como prerrequisito para optar por el ttulo profesional en esta rea.

Pargrafo: La propuesta de trabajo elegible deber priorizar la solucin de problemas reales propios de los contextos de aplicacin de las Ingenieras, en perspectiva interdisciplinaria, o la solucin sistmica de problemas relacionados con los campos de aplicacin especfica de la Ingeniera Industrial o, la endogenizacin de tcnicas, tecnologas o procedimientos que apunten a la calificacin de los procesos industriales. En todos los casos, los trabajos de grado se ajustarn a criterios de factibilidad, pertinencia, vigencia acadmica y validez cientfica.

ARTICULO 22. OPCIONES DE TRABAJO DE GRADO

Los estudiantes de la Facultad de Ingeniera Industrial podrn realizar el trabajo de grado segn las lneas de docencia, investigacin y proyeccin social organizadas en la Facultad, as:

1. Creacin de empresas

2. Mejoramiento empresarial

3. Investigacin

4. Prctica empresarial.

5. Primer semestre estudio de maestra

ARTICULO 23. ALTERNATIVAS DE TRABAJO DE GRADO

1. CREACIN DE EMPRESAS: La modalidad de Creacin de Empresa, como trabajo de grado, en Ingeniera Industrial, busca estimular el espritu empresarial del estudiante, segn las exigencias del Plan de Negocio orientado a la creacin de una organizacin productiva, al desarrollo de una nueva lnea de negocios en empresas ya existentes.

Objetivos. La Creacin de Empresa, alternativa de trabajo de grado en Ingeniera Industrial, busca que los estudiantes apliquen sus conocimientos en la estructuracin, preparacin y presentacin del plan de negocios para el establecimiento de una nueva empresa e integren, con tal fin, los conceptos tericos y tcnicos adquiridos en el proceso de formacin en Ingeniera Industrial.

reas de aplicacin. La planeacin, seguimiento y evaluacin de los trabajos de grado centrados en la creacin de empresas se sustentar en el conocimiento, dominio y soporte analtico de los siguientes componentes:

a. Sector empresarial

b. Mercado

c. Administrativo

d. Soporte tcnico y productivo

e. Finanzas

f. Econmico

g. Riesgos.

Observacin: La creacin de la empresa debera darse en un tiempo propicio para el cual se pueda realizar un acompaamiento en trminos de asesora, para luego observar directamente el comportamiento de la misma en la sociedad. Es de gran importancia al momento de acreditar este tipo de propuestas, poseer un seguimiento referente al desarrollo de la empresa. As se hace evidenciable el proceso de formacin que la universidad le ha garantizado al estudiante.

2. MEJORAMIENTO EMPRESARIAL: La opcin de grado, en la modalidad de Mejoramiento Empresarial, promueve la resolucin de problemas particulares en alguna de las reas de la empresa, a travs de la estrategia de intervencin especfica, ajustada a diagnsticos in situ, diseo, modulacin y sustentacin de la estrategia de intervencin y, estructuracin e implementacin del plan de mejoramiento.

Pargrafo: Son requisitos para la aprobacin de la propuesta de grado en esta modalidad, que el estudiante cuente con: la solicitud escrita, tramitada en la decanatura de facultad, de parte de la empresa que demanda la intervencin especializada y dicho escrito debe puntualizar los trminos de compromiso, confidencialidad de la informacin y criterios legales para la salvaguarda de los derechos de autor entre las partes. Para llevar a cabo este tipo de trabajo de grado el estudiante debe realizar el diligenciamiento de la bitcora de gestin de la propuesta desde el inicio hasta la defensa y entrega del proyecto final, a conformidad de las partes.

Objetivos. La modalidad de trabajos de grado como, intervencin especializada en mejoramiento empresarial, busca que los estudiantes de Ingeniera Industrial, evalen su nivel de desempeo profesional en situaciones reales de solucin de problemas organizativo-empresariales afiancen los conocimientos disciplinares segn los requerimientos de la modalidad respondan de manera estratgica a las expectativas del sector empresarial y, consoliden los valores de liderazgo colaborativo, crtico y tico, propios de la institucin que los forma.

reas de aplicacin. La alternativa de trabajo de grado como, intervencin especializada para el mejoramiento, segn los parmetros anteriores, busca solucionar problemas en las reas empresariales de: operaciones, en cuanto mejoramiento de procesos productivos; mercados; finanzas y gestin gerencial. Se puede llevar a cabo esta alternativa de trabajo de grado en otras reas relacionadas con la ingeniera, cuando el Comit de Trabajos de Grado lo considere conveniente.

Plan de negocio exportador: A fin de que, los estudiantes de ltimo semestre de Ingeniera Industrial, afiancen las competencias de diseo, contextualizacin internacional y proyeccin de los Planes Exportadores de las empresas y, brinden orientacin a los pequeos y medianos empresarios en la adopcin de estrategias exportadoras, la Facultad de Ingeniera Industrial en alianza con la Facultad de Negocios Internacionales, incentivar esta alternativa de trabajo de grado, dentro de la modalidad de mejora empresarial.3. PROYECTOS DE INVESTIGACIN: La alternativa de trabajo de grado centrada en la investigacin, busca consolidar las lneas de investigacin vigentes en la facultad a travs de la participacin de los estudiantes vinculados a los semilleros en proyectos avalados por los grupos de investigacin algunos iniciados como proyecto integrador, otros vinculados interdisciplinariamente con otras facultades y, otros surgidos de los diagnsticos de necesidades detectadas por los estudiantes.

Objetivos. La modalidad de trabajos de grado en investigacin en Ingeniera Industrial busca que los estudiantes apliquen y fortalezcan la investigacin formativa en esta rea y demuestren el nivel de competencias alcanzadas.4. PRCTICA EMPRESARIAL: La propuesta de trabajo de grado en Prctica Empresarial debe cumplir con 960 horas de practica dentro de la empresa en un periodo de seis meses (40 horas semanales) esta modalidad le permite al estudiante evaluar el nivel de desempeo, hasta ahora alcanzado, en el proceso de formacin profesional, disciplinar, cultural e institucional ofrecido por la Facultad de Ingeniera Industrial; a los empresarios aprovechar, adoptar, valorar y vincular al desarrollo de sus empresas los futuros profesionales de la Facultad y, a la Universidad la oportunidad de evaluar el nivel de desempeo integral de los estudiantes.

Pargrafo: Para aplicar a esta alternativa de trabajo de grado el estudiante debe haber terminado la totalidad de asignaturas del plan de estudios de Ingeniera Industrial, caso en el cual el Comit de Trabajo de Grado, previa consulta, emitir el juicio de viabilidad; adems, el estudiante se comprometer en el diligenciamiento de las siguientes evidencias escritas, segn protocolo establecido:

a. inicio de prctica: El estudiante debe informar de su prctica por medio de una carta dirigida al Comit de trabajos de grado, dentro de la primera semana una vez iniciada esta, que incluya informacin bsica de la empresa (nombre completo, NIT, telfonos, actividad comercial, nombre del jefe directo y cargo, y datos de contacto), adems del cargo a desempear y sus funciones por parte del estudiante.

b. Seguimiento: En la siguiente semana de haber informado del inicio de la prctica, el estudiante debe diligenciar el formato de informacin general de trabajo de grado, el cual debe ser solicitado en secretaria de la facultad y diligenciado en su totalidad y hacerla llegar a los coordinadores de prctica de grado.

c. Intervencin: Una vez realizada la visita empresarial por parte de los coordinadores de trabajo de grado y la verificacin de actividades del estudiante dentro de la empresa, el Comit de trabajos de grado emitir el concepto de validez o rechazo de la misma, como opcin de trabajo de grado.

d. Finalizacin y entrega del proyecto a conformidad.

Adicionalmente para determinar la validez de la prctica el estudiante deber contar con un promedio mnimo de TRES PUNTO OCHO (3.8)

El no cumplimiento del procedimiento y tiempos establecidos en este pargrafo ocasionar la invalidez inmediata de la prctica como opcin de grado. De esta misma manera cuando se compruebe que el estudiante ha incumplido con las condiciones pactadas con la empresa, no podr optar nuevamente a esta modalidad. Lo anterior no exime al estudiante de las sanciones disciplinarias institucionales correspondientes.Objetivos. La modalidad de trabajo de grado como: Prctica Empresarial en Ingeniera Industrial, brinda la oportunidad a los prximos profesionales de desempearse como tales en contextos especficos, tanto como, realizar la sntesis de los conocimientos adquiridos, identificar fortalezas y complementar conocimientos y experiencias.

Pargrafo: el Comit de Trabajos de Grado slo aprobar aquellos proyectos, que, en el caso de empresas familiares, no tengan vnculo comprobado entre el estudiante y los interesados en primero, segundo y tercer grado de consanguinidad o, primero y segundo de afinidad.

5. ESTUDIO DE MAESTRA

Como una estrategia de fortalecimiento de los perfiles profesionales e investigativos de los futuros egresados de la facultad de ingeniera industrial, se plantea la opcin de trabajo de grado la aprobacin del primer semestre de programas de maestra adscritos a la facultad de ingeniera industrial.

Objetivos. La modalidad de trabajos de grado en Estudio de maestra busca que los estudiantes desarrollen y fortalezcan un perfil de formacin avanzada mejorando el nivel de competencias alcanzadas.

Pargrafo: Para aplicar a esta alternativa de trabajo de grado el estudiante debe haber terminado la totalidad de asignaturas del plan de estudios de Ingeniera Industrial con un promedio mnimo acumulado de tres punto ocho (3.8), caso en el cual el Comit de Trabajo de Grado, previa consulta, emitir el juicio de viabilidad. Adems, el estudiante se comprometer a cursar y aprobar la totalidad de crditos correspondientes al primer semestre de la maestra con un promedio mnimo de TRES PUNTO OCHO (3.8). En el evento que el estudiante no alcance con el promedio exigido, tendr la oportunidad de cursar nuevamente las asignaturas que correspondan, en acuerdo con el Coordinador de la Maestra, para alcanzar el promedio mnimo. Igualmente, puede retomar cualquiera de las otras opciones de grado planteadas en ste reglamento, informando al Comit de Trabajos de Grado.Esta opcin estar sujeta a previa aprobacin por parte del Comit de trabajos de gradoARTICULO 24. NMERO DE ESTUDIANTES POR PROYECTO

El trabajo de grado se realiza de manera individual. Pero, en casos especial expondr ser presentado por dos (2) o tres (3) estudiantes, si el proyecto propuesto presenta un alcance que amerite la participacin de ms de un estudiante y previo aval del Comit de trabajos de grado.

ARTICULO 25. ELABORACIN DEL ANTEPROYECTO

Siempre que los estudiantes de Ingeniera Industrial opten por alguna de las alternativas de grado, aqu propuestas, presentarn el anteproyecto correspondiente de acuerdo a los parmetros de la norma NTC 1486, 5613 y 4490 de la ltima versin disponible.

Ser requisito que los estudiantes presenten la evidencia de haber adelantado y aprobado:

El Curso de Lengua Materna o Lectura y Escritura, segn corresponda

Que hayan adelantado y aprobado el curso de preparacin para la prueba SABER PRO. Que hayan adelantado el Seminario de Trabajo de Grado en su totalidad.Pargrafo primero: Cuando el trabajo de grado se proponga la creacin de empresas, la presentacin del anteproyecto se realiza, de acuerdo con lo estipulado al respecto por el Fondo Emprender o su equivalente. En el caso de los proyectos de grado basados en Planes de Negocio Exportador, el anteproyecto se ajusta a los lineamientos del Plan Exportador de Proexport. Y, para los trabajos de grado en investigacin propiamente dicha, la presentacin del anteproyecto se adecuar a los lineamientos de Colciencias.

Pargrafo segundo: El proceso regular de inicio del trabajo de grado es la obtencin del aval del Comit de trabajos de grado, previa presentacin del anteproyecto en alguna de las alternativas propuestas. Posterior a la obtencin de la aprobacin de parte del Comit respectivo, la Secretara de la Divisin emitir el concepto formal como respuesta al estudiante y radicar oficialmente el anteproyecto.

Pargrafo tercero: Cuando el anteproyecto amerite modificaciones el o (los)estudiante(s) contarn con treinta das calendario para realizarlas; de no hacerlo en el tiempo estipulado, el estudiante solicitar prrroga de entrega en carta enviada al Comit de Trabajo de Grado, el cual emitir respuesta formal. Si se vencen los trminos acordados, sin obtener respuesta del estudiante, el Comit cancelar la solicitud.ARTICULO 26. PLAZO PARA GRADUACIN

Desde la aprobacin del anteproyecto de grado, el estudiante cuenta con seis (6) meses para elaborar el informe final del proyecto, de ah en adelante cuenta con seis (6) meses ms previa solicitudes escritas del estudiante ante el Comit de Trabajo de Grado. Una vez vencido ste trmino el estudiante tendr que volver a matricular la asignatura de proyecto de grado, sin que se vea obligado a cambiar el tema de proyecto.ARTICULO 27. ENTREGA Y SOLICITUD DE EVALUACIN DEL TRABAJO DE GRADO.

Despus de finalizar el trabajo de grado, el autor o los autores tramitan ante la Secretara de Divisin:

1. El formato escrito de solicitud de evaluacin del trabajo presentado.

2. El concepto favorable del Director y/o el Codirector, si fuera el caso

3. La entrega de dos copias digitales del Trabajo de Grado. 4. Presentar el certificado de asistencia del Seminario de Investigacin y Gestin de proyectos

5. Presentar el formato de evidencia de la asistencia a mnimo dos sustentaciones pblicas de trabajos de grado de la facultad de ingeniera industrial, debidamente diligenciado y firmado por el Jurado Calificador respectivo.

ARTICULO 28. DE LA EVALUACIN

Una vez surtido el proceso de entrega y registro del proyecto en la Secretara de Divisin, el Comit de Trabajos de Grado nombra el Jurado Calificado respectivo, quienes reciben las copias vlidas del trabajo de grado, para el anlisis y evaluacin; momento, a partir del cual, el Jurado cuenta con quince (15) das calendario para emitir y tramitar juicio escrito, ante la decanatura de facultad y secretara de divisin; instancia que informa a los interesados el correspondiente resultado. Si se requiere ms de una revisin, a partir de la segunda ocasin, los calificadores tendrn ocho (8) das calendario para hacerlo.En caso de no existir correcciones, se fijar el da, la hora y el lugar para la sustentacin pblica previo acuerdo entre el Jurado Calificador y el(los) estudiante(s) e informar del asunto a la Secretara de Divisin a fin de dar trmite a la convocatoria de la comunidad acadmica.

Pargrafo primero: La sustentacin se realiza siempre en la Universidad, previa citacin hecha por la Secretara de Divisin al(los) autor(es) del proyecto. En casos especiales se puede realizar fuera de la Universidad, para lo cual el estudiante debe hacer la solicitud respectiva al Comit de Trabajos de Grado.

Pargrafo segundo: En caso de aplazamiento sugerido por el jurado evaluador del proyecto, los estudiantes tendrn un plazo mximo de quince (15) das calendario, para hacer las correcciones, someterse a nueva evaluacin y programar la sustentacin.ARTICULO 29. SUSTENTACIN

La sustentacin es un acto pblico, por medio del cual las partes, interesadas en la defensa del proyecto de grado, someten a la validacin de la comunidad acadmica, los contenidos, la rigurosidad metodolgica y cientfica y, los resultados obtenidos durante la gestin del proyecto, a fin de que en el debate informado se sondee el cumplimiento, nivel alcanzado, proyeccin y /o ajustes recomendados. Actividad que se tramita solo despus de haber cumplido con el requisito de culminacin total de asignaturas.

Una sustentacin es vlida, s y slo s, se garantiza la presencia del autor o los autores del Trabajo de Grado, del director, los miembros del Jurado y, si se juzga necesario, la del Codirector.

Pargrafo primero: La utilizacin y uso de videoconferencia como mediacin para la sustentacin del trabajo de grado, se har bajo previos acuerdos donde se establezca el sitio, medios tecnolgicos, testigos, calificadores y los medios didcticos necesarios que garanticen la seriedad y rigurosidad del acto acadmico.

Pargrafo segundo: Son causales de reprobacin del trabajo de grado: el fraude, el plagio y todo hecho confirmado que atente contra la calidad cientfica y/o tica del mismo puesto al descubierto en cualquier momento del proceso de desarrollo del trabajo de grado. El concepto de reprobacin lo emite el Comit de Trabajo de Grado. En este caso el autor o los autores tienen derecho a apelar ante el Consejo de Facultad y, solicitar una segunda instancia calificadora.

ARTICULO 30. CALIFICACIN DE LOS TRABAJOS DE GRADO.

a. Laureado, cuando se obtiene la nota de cinco punto cero (5.0) y, segn el concepto del Consejo de Facultad se cumple con uno de los siguientes requisitos: Que sea un aporte significativo a la solucin de los problemas de la comunidad o de la Universidad, que constituya un real avance para la ciencia, y que proporcione una adaptacin prctica de tcnicas forneas a las condiciones del pas. Se deja al criterio del Consejo de Facultad solicitar conceptos de pares externos.

b. Meritorio, cuando la nota obtenida est entre cuatro punto cinco y cuatro punto nueve (4.5 4.9). Para trabajos sobresalientes en la sntesis de las capacidades y competencias inherentes a la profesin.

c. Aprobado, cuando la calificacin se ubica entre tres punto cinco y cuatro punto cuatro (3.5 4.4). Para trabajos aceptables en el logro de la sntesis de las capacidades y competencias inherentes a la profesin.

d. Aplazado, si la calificacin obtenida es inferior a tres punto cinco (3.5) para trabajos que deben corregirse, adicionarse o reorientarse en alguna de sus partes y/o la sustentacin correspondiente es considerada por los jurados como deficiente.

e. Rechazado, cuando despus de haber sido aplazado el trabajo, no se hicieron las correcciones o adiciones dentro del trmino establecido por los jurados que no ser superior a seis (6) meses o cuando la nueva sustentacin se haya considerado nuevamente como deficiente. Los calificadores deben presentar documento unificado y argumentar la decisin.

f. Anulado, cuando se compruebe plagio del trabajo. El Concepto lo emiten los calificadores y lo oficializa el Comit de trabajo de grado.

Pargrafo: El jurado calificador es el que postula, ante el Consejo de Facultad, aquellos Trabajos de Grado, que segn, juicio escrito sustentado, ameritan ser laureados.

ARTICULO 31. REQUISITOS DE GRADO

Adems, de lo establecido en el Reglamento Estudiantil de Pregrado, los siguientes son los requisitos acadmicos para la obtencin del ttulo profesional en Ingeniera Industrial:

a. Certificado de presentacin del examen SABER PRO.

b. Acta de sustentacin y aprobacin del trabajo de grado.

ARTICULO 32 EL COMIT DE TRABAJOS DE GRADO

El Comit de trabajos de grado es un organismo asesor del decano de Facultad, responsable de todo lo concerniente a las distintas opciones degrado. El comit de trabajos de grado est conformado por: el decano de Facultad, quien lo convoca y preside, el coordinador de trabajos de grado quien oficia de secretario del comit, mnimo dos (2) profesores de tiempo completo o de medio tiempo.Pargrafo: El decano de la Divisin podr convocar o asistir al Comit de Trabajo de Grado, cuando lo estime conveniente, caso en el cual lo presidir.ARTICULO 33. FUNCIONES DEL COMIT DE TRABAJOS DE GRADO Las funciones del Comit son:

a. Velar por el cumplimiento de lo reglamentado para el proceso de grado b. Actualizar la base de directores y calificadores de trabajos de grado

c. Designar los calificadores de trabajos de grado

d. Resolver las peticiones presentadas por los estudiantes, directores y codirectores

e. Otras, no contempladas en este Reglamento, pero acordes con los estatutos y reglamentos de la Facultad y de la Universidad.ARTICULO 34. DEL DIRECTOR DEL TRABAJO DE GRADO

Se entiende por director de trabajo de grado el profesional responsable de la asesora y direccin de trabajo de grado durante su duracin. Ser siempre un profesor de la Universidad el cual ser designado por el Comit de trabajos de grado o elegido por el (los) estudiante(s) previa aceptacin del docente.

Si por razones acadmicas, tcnicas o cientficas se considera pertinente nombrar un director externo a la universidad, ste ser elegido por el (los)estudiante(s) y su participacin deber ser aprobada por el Comit de trabajos de grado.

Pargrafo primero: El director acreditar ttulo profesional, mediante su tarjeta profesional, cuya fotocopia se anexar al proyecto y adicionalmente debe contar con estudios de Posgrado deseable a nivel de Maestra.

Pargrafo segundo: en caso de directores externos deber existir un codirector qu ser docente de la Facultad. El director deber ser conceptuado favorablemente por el Comit de Trabajo de Grado.

ARTICULO 35. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE TRABAJOS DE GRADO Las funciones del Director de Trabajos de Grado son:

a. Dirigir acadmica, tcnica y cientficamente a los estudiantes en el desarrollo del trabajo de grado; diligenciar las actas de acompaamiento del proceso.b. Velar porque los estudiantes desarrollen el protocolo de investigacin aprobado en el anteproyecto.c. Sugerir al Comit de Trabajos de Grado posibles cambios en el protocolo de investigacin, si lo considera conveniente.ARTICULO 36. DE LOS CALIFICADORES DEL TRABAJO DE GRADO

El jurado calificador de un trabajo de grado es el ente responsable de aprobar, aplazar o rechazar los trabajos de grado. Est constituido por dos (2) profesores. Si bien todos los profesores de la Facultad pueden integrar el jurado calificador, en particular slo se nombrar a aquellos que demuestren notable idoneidad y vastos conocimientos en el rea en referencia. Incluso se podr invitar a otras instituciones o empresas especialmente capacitadas en el mismo campo del conocimiento

ARTICULO 37. FUNCIONES DE LOS CALIFICADORES DE TRABAJOS DE GRADO El jurado designado para evaluar trabajos de grado tiene las siguientes funciones:

a. Evaluar conceptual y tcnicamente el trabajo, particularmente sobre el cumplimiento de los objetivos propuestos, metodologa seguida y logros alcanzados.b. Calificar el trabajo con las normas expuestas en este reglamento.

c. Asistir a la sustentacin pblica del trabajo y firmar el Acta de Calificacin.

d. Determinar, con sus colegas, las actividades previas, que fueren necesarias para la evaluacin.TTULO III

DE LOS COMITS

CAPTULO I

DEL COMIT ASESOR DE INVESTIGACIONES

ARTCULO 38En todos los aspectos relacionados con la investigacin bsica, aplicada, de desarrollo experimental y formativo, en la Facultad se adoptar lo estipulado en el documento Estructura Operativa del Sistema de Investigacin de la Universidad Santo Toms Seccional Bucaramanga.

CAPTULO II

DEL COMIT CURRICULAR

ARTCULO 39El Comit Curricular es el rgano encargado de la evaluacin y revisin peridica de los programas, contenidos y metodologas de enseanza de las diversas asignaturas de la carrera. Est integrado por el Decano de la Facultad quien lo preside y por los coordinadores de rea, cuyos nombramientos sern propuestos por ste y aprobados por el Decano de Divisin.

ARTCULO 40Las funciones del Comit son:

a. Revisar y actualizar en forma peridica los contenidos analticos de las asignaturas del plan de estudios y si fuese necesario alguna modificacin remitirla al Consejo de Facultad para su anlisis y aprobacin.

b. Evaluar peridicamente el desarrollo y la construccin de los contenidos de las asignaturas y los avances de las evaluaciones en cada una de ellas.

c. Analizar y recomendar al Consejo de Facultad planes o programas de cualificacin docente.

d. Recomendar a la Facultad la suscripcin y renovacin de revistas tcnicas nacionales e internacionales, requeridas por la Facultad, como tambin: manuales, bibliografa digital, bases de datos en red y libros tcnicos.

PARGRAFO: Este Comit se reunir al menos una vez al mes en forma ordinaria y cuando el Decano de la Facultad lo convoque.

ARTCULO 41Los Coordinadores de rea son los profesores responsables del desarrollo y la cualificacin de los programas en uno de los campos del conocimiento en que est constituido el plan de estudios.

ARTCULO 42Son funciones de los Coordinadores de rea las siguientes:

a. Asistir regularmente a las reuniones del Comit Curricular de la Facultad programadas por el Decano de la Facultad.

b. Convocar a los docentes de las asignaturas adscritas al rea para analizar contenidos, mediaciones y medios de enseanza, estrategias de evaluacin, actualizar bibliografa, sugerir tipos de tareas y secuencias especializadas de actividades coherentes con el objeto de aprendizaje de las asignaturas.

c. Informar ante los organismos competentes acerca de los desarrollos alcanzados en su rea.

d. Participar en los procesos de planeacin acadmica convocados por la Decanatura de Facultad.

CAPTULO III

DEL COMIT DE PUBLICACIONESARTCULO 43El Comit de Publicaciones se rige por lo establecido por los estatutos del Fondo Editorial USTA y por el Reglamento de Revistas de Divisin, aprobado por el Consejo Acadmico de la Seccional, segn Acta No. 096 del 12 de septiembre de 2002.

ARTCULO 44El Decano de Divisin y los Consejos de Facultad que conforman la Divisin, podrn realizar los ajustes respectivos, a los comits editoriales o de publicaciones, que sean necesarios para adecuar la normativa vigente de la universidad a los requerimientos necesarios para lograr la indexacin de sus publicaciones.

TTULO IV

DE LOS LABORATORIOS

Los laboratorios de la Universidad al servicio de la Divisin de Ingenieras, son espacios donde estudiantes y docentes ponen en prctica conocimientos tericos y/o prcticos y desarrollan proyectos. Las aulas de informtica se regirn por las normas establecidas por el Departamento de Sistemas. Lo reglado en este Ttulo estar sujeto y no reir con lo establecido en el Reglamento de uso de la Planta Fsica de la Seccional

ARTCULO 45. OBJETIVOS

Los objetivos de los laboratorios son:

a. Ofrecer a estudiantes y docentes espacios para la realizacin de prcticas o desarrollo de proyectos.

b. Ofrecer a estudiantes los equipos y herramientas necesarios para desarrollar prcticas o proyectos.

b. Incentivar en alumnos y docentes el espritu investigativo.

ARTCULO 46 PERSONAL A CARGO

Las personas a cargo de la administracin del almacn de los laboratorios y sus recursos, se encuentran bajo la supervisin directa del Secretario de Divisin. El personal que podr laborar en los laboratorios es el siguiente:

Laboratoristas: Personal administrativo contratado por La Universidad a cargo del almacn y sus recursos.

Auxiliares de laboratorio: Personal temporal asignado para colaborar en las actividades de los laboratorios de acuerdo a los requerimientos de la Universidad.

Asistentes de laboratorio: Estudiantes de la Divisin de Ingenieras que cumplen con un determinado nmero de horas durante el semestre a cambio de un descuento en el valor de su matrcula, de acuerdo a los criterios de la Universidad.

ARTCULO 47. USO DE LABORATORIOS Y EQUIPOS

Para el uso de los laboratorios se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

El uso primario de estos recursos est orientado a la realizacin de las asignaturas tericas o terico-prcticas que se programan semestralmente y hacen parte de la carga acadmica. A partir de la programacin anterior podrn ser utilizados por estudiantes y docentes de acuerdo a su disponibilidad.

Para solicitar el prstamo de cualquier elemento, es requisito indispensable tanto para docentes como para estudiantes, presentar el carn de laboratorio y diligenciar el formato establecido para este fin.

Los elementos sern entregados nicamente al titular del carn, quien figura como directo responsable y es el encargado de devolverlos en perfecto estado a los responsables del almacn de laboratorios.

El mantenimiento y diagnstico de equipos se encuentra a cargo del personal de la Universidad o de la firma que se contrate para tal efecto.

Los docentes deben solicitar con anterioridad no inferior a veinticuatro (24) horas, los elementos que van a utilizar en las prcticas correspondientes. Este requerimiento debe hacerse por escrito al personal de los laboratorios.

Cuando los usuarios ingresan a los laboratorios o salas de cmputo por fuera de los horarios de clase, deben suministrar al encargado correspondiente el carn de laboratorios durante todo el tiempo que se utilice el laboratorio.

No est permitido retirar equipos de las salas de cmputo o de los laboratorios por fuera de la Universidad. Se pueden realizar excepciones para eventos de la Universidad o las Facultades, se presenta una solicitud escrita ante la Secretara de la Divisin de Ingenieras.

No se podrn hacer copias o comercializar software licenciado adquirido o desarrollado por la Universidad Santo Toms. La violacin a esta disposicin adems de derivar en consecuencias disciplinarias, dar lugar a las acciones legales que correspondan.

Los manuales o guas de laboratorio, manuales de software y manuales de equipos, sern prestados por tres (3) das hbiles, y en ningn caso se podrn renovar de forma consecutiva por ms de un perodo.

Los elementos y equipos, se podrn prestar dentro de los horarios de atencin establecidos y deben ser devueltos antes de finalizar el da.

Cuando los laboratoristas o personal encargado detecten el dao en un elemento o equipo, el cual no es posible revisar en el procedimiento de entrega, se revisarn las fichas de prstamo y la responsabilidad recaer en la(s) persona(s) que tuvieron el elemento o equipo antes de ser detectado el dao.

Cuando los estudiantes o docentes detecten el dao en un elemento o equipo, el cual no es posible revisar en el procedimiento de entrega, se revisarn las fichas de prstamo y la responsabilidad recaer en la(s) persona(s) que tuvieron el elemento o equipo antes de ser detectado el dao.

ARTCULO 48. FUNCIONAMIENTO DE LCKERS

Los estudiantes podrn alquilar un lcker durante un semestre acadmico, pagando el valor correspondiente, el cual podr ser renovado consecutivamente cada semestre. El valor ser establecido por las instancias administrativas competentes.

Los docentes podrn solicitar ante la Secretara de Divisin la asignacin de un lcker sin costo, durante un semestre acadmico o segn la vigencia de su contrato laboral.

Para la asignacin de un lcker, inicialmente se debe consultar la disponibilidad en el Almacn de Laboratorios. Si existe la disponibilidad se solicita y reserva un lcker especfico. Seguidamente se debe cancelar el valor de alquiler por un semestre en la caja de la Universidad y llevar el recibo de pago al Almacn de Laboratorios.

Si no se ha renovado el pago del alquiler del lcker, transcurridas dos (2) semanas despus de haber iniciado clases en el siguiente semestre al alquiler, el lcker ser abierto y puesto a disposicin general.

ARTCULO 49. PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS

El procedimiento para la utilizacin de un laboratorio es el siguiente:

a. El usuario debe ubicar al encargado, identificarse y firmar la planilla de control correspondiente.

b. El encargado permitir el acceso del usuario, haciendo notar el estado en el cual se encuentra la sala o el laboratorio.

c. Una vez finalizado el trabajo en el laboratorio o sala de cmputo, el usuario debe ubicar al encargado, hacer notar el correcto estado bajo el cual abandona el lugar, informar cualquier novedad que se presente y firmar la planilla de control correspondiente.

ARTCULO 50. PROCEDIMIENTO PARA PRSTAMO DE ELEMENTOS

El procedimiento para el prstamo de elementos de laboratorio para las prcticas de las diferentes asignaturas o trabajos de investigacin, son:

Con la presentacin del carn, se asignarn los elementos solicitados, quedando responsable slo la persona titular del carn. El usuario debe anotar en la ficha de prstamo cada uno de los elementos prestados junto con el nmero interno de identificacin y el laboratorio o aula en donde se encontrar. De igual forma debe quedar registrada en la ficha de prstamo la hora en la cual fueron prestados los elementos, y la ficha debe ser firmada por el titular del carn.

a. Los usuarios deben informar de inmediato a los encargados, cualquier falla de los elementos que hayan solicitado.

b. Al finalizar su trabajo, debe devolver personalmente los elementos al almacn en perfecto estado y orden, como le fueron entregados, lo cual ser verificado por el encargado correspondiente y se anotar la hora de entrega de los elementos. Los encargados de recibir los elementos, estn autorizados para no aceptarlos hasta tanto no se encuentren ordenados.

c. Los encargados de recibir los elementos, devolvern al usuario su carn de laboratorio nicamente cuando hayan verificado el estado de los elementos devueltos.

ARTCULO 51. SANCIONES

Las sanciones por la no debida utilizacin de lo reglamentado en este Ttulo, son:

a. Los usuarios que sean encontrados en los Laboratorios y Aulas de Informtica ejecutando aplicaciones como chat, juegos, pelculas o cualquier otro tipo de actividad no relacionada con las prcticas acadmicas sern suspendidos para el uso y prstamo de los laboratorios y equipos por un perodo de tres (3) das hbiles. Esta sancin aplica slo para la realizacin de prcticas libres.

b. Cuando un elemento no sea devuelto al almacn y se reporte su prdida, ste deber ser repuesto por otro igual o de mejores caractersticas.

c. En el caso de dao de un equipo, intencional o por mal uso por parte del usuario, ste debe cancelar el valor de reparacin o realizar reposicin del mismo por otro igual o de mejores caractersticas.

d. Cuando un usuario se haga acreedor a una multa, establecida por la autoridad competente de la Universidad, el laboratorista deber registrar la deuda en el sistema acadmico e, el informar el valor de sta al usuario. Una vez cancelada la deuda en la caja de la Universidad el usuario deber presentar el soporte de pago ante el laboratorista, con el fin de que la deuda sea descargada del sistema.

TTULO V

DISPOSICIONES COMUNES ENTRE LAS FACULTADES DE INGENIERA INDUSTRIAL DE LA SEDE PRINCIPAL, SECCIONALES Y SEDES

ARTCULO 52.

En desarrollo de las directrices fijadas en el documento de Poltica Curricular de la Universidad Santo Toms, sobre movilidad y transferencia estudiantil entre la Sede principal, las Seccionales y las otras sedes, se establecen las siguientes disposiciones:

1. Los estudiantes de la Facultad de Ingeniera Industrial de la Universidad Santo Toms de cualquiera de sus Sedes y Seccionales, podrn avanzar en su programa acadmico, mediante la inscripcin en los cursos nter semestrales que stas ofrezcan, que corresponda a un rea de formacin comn al programa de Ingeniera Industrial de las distintas Sedes y Seccionales.

2. Los egresados de la Facultad de Ingeniera Industrial de la Universidad Santo Toms de la Sede Principal o de las Seccionales y dems Sedes, podrn optar por cualquiera de las modalidades de grado que se ofrezcan en cada una de ellas, previa autorizacin de los Decanos respectivos. En todo caso el otorgamiento del ttulo le corresponde a la Sede o Seccional donde el egresado aprob su plan de estudios.

3. Los estudiantes de Ingeniera Industrial de la Universidad Santo Toms, en sus diferentes Sedes y Seccionales podrn optar por aplicar para cursar pasantas en Instituciones de Educacin Superior del exterior, con las cuales se tenga suscrito convenio de cooperacin. Los Decanos de Facultad respectivos intercambiarn la informacin sobre ofertas de pasantas, nmero de cupos disponibles, fechas para presentacin y dems requisitos requeridos. La Sede o Seccional que sea la titular del convenio de cooperacin, tiene derecho a seleccionar un cupo mayor de aspirantes, y reservar un nmero mnimo de cupos para los estudiantes de las dems sedes y seccionales, el cual se deber informar con un plazo mnimo de dos (2) meses anteriores a la fecha de la inscripcin.

Pargrafo. Para poder inscribirse en un curso nter semestral en una sede o seccional diferente a la que se encuentra matriculado como estudiante regular, se requiere solicitud escrita, cumplimiento de los requisitos establecidos en el respectivo Reglamento de Facultad de la Sede o Seccional que ofrezca el curso y aprobacin previa por los decanos respectivos.

TTULO VI

DISPOSICIONES FINALES Y VIGENCIA

ARTCULO 53El Consejo de la Facultad de Ingeniera Industrial, como autoridad de las funciones sustantivas de la educacin superior y del rgimen disciplinario de la Facultad es el intrprete inmediato de este Reglamento en primera instancia y el Rector se constituir en la ltima instancia.

ARTCULO 54Como norma general, los hechos y situaciones ocurridos con anterioridad a la vigencia del presente Reglamento se regirn por las disposiciones vigentes al momento de su ocurrencia y los acaecidos con posterioridad, por lo que prev este Reglamento.

El presente Reglamento fue aprobado por el Consejo de la Facultad de Ingeniera Industrial mediante Acta No.32 Octubre de 2012 y posteriormente por el Consejo Acadmico mediante acta No 143 de Octubre de 2012 .PAGE 24