REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO …

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Piura, Octubre 2019 GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL SUBGERENCIA REGIONAL PLANEAMIENTO PROGRAMACIÓN E INVERSIÓN REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL CON ENFOQUE MULTIANUAL O.R.N°447-2019/GRP-CR

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Piura, Octubre 2019

GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO PRESUPUESTO Y

ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL

SUBGERENCIA REGIONAL PLANEAMIENTO PROGRAMACIÓN E INVERSIÓN

REGLAMENTO

DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO

PARTICIPATIVO REGIONAL CON ENFOQUE

MULTIANUAL

O.R.N°447-2019/GRP-CR

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Gobierno Regional Piura - Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

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CONTENIDO TÍTULO PRIMERO.- PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES Capítulo I.- Generalidades y Objetivos

Capítulo II.- Base Legal, Características, Definiciones y Rol de Actores TÍTULO SEGUNDO.- FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO Y CRONOGRAMA Capítulo I.- Fases del Proceso Capítulo II.- Fase de Coordinación Capítulo III.- Fase de Preparación Capítulo IV.- Fase de Concertación

Capítulo V.- Fase de Formalización de Acuerdos y Compromisos Capítulo VI.- Cronograma del Proceso

Capítulo VII.- Particularidades del Presupuesto Participativo Regional

TÍTULO TERCERO.- ACCIONES DE VIGILANCIA DEL PROCESO Capítulo I.- De los Mecanismos de Vigilancia DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

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SIGLAS

CEPLAR : Centro Estratégico de Planeamiento Regional.

CCR : Consejo de Coordinación Regional.

CV : Comité de Vigilancia.

DGPP : Dirección General de Presupuesto Público.

DGPI : Dirección General de Inversión Pública.

GLP : Gobierno Local Provincial.

GLD : Gobierno Local Distrital.

GORE : Gobierno Regional.

GRPPAT : Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

IOARR : Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición.

LOGR : Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

MMM : Marco Macroeconómico Multianual.

MEF : Ministerio de Economía y Finanzas.

OPMI : Oficina de Programación Multianual de Inversiones.

PPGR : Pacto Político por la Gobernabilidad Regional.

PDRC : Plan de Desarrollo Regional Concertado.

PDLC : Plan de Desarrollo Local Concertado.

PEI : Plan Estratégico Institucional.

PESEM : Plan Estratégico Sectorial Multianual.

PI : Proyecto de Inversión.

PIA : Presupuesto Institucional de Apertura.

PPR : Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

PpR : Presupuesto por Resultados.

PMI : Programa Multianual de Inversiones.

SNPMGI : Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

UEI : Unidad Ejecutora de Inversiones.

UF : Unidad Formuladora.

UP : Unidad Productora.

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TITULO I PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

GENERALIDADES Y OBJETIVOS

Artículo 1°.- Generalidades El Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, tiene por finalidad el cumplimiento de los objetivos estratégicos territoriales e institucionales para el logro del cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos para la población, vinculada a los objetivos nacionales, planes sectoriales nacionales, así como al Plan de Desarrollo Regional Concertado vigente, sobre la base de las inversiones identificadas y priorizadas en la Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Piura; asimismo, debe garantizar la aplicación de mecanismos que promuevan la transparencia y calidad de las inversiones incentivando la participación ciudadana.

Artículo 2°.- Objetivo El objetivo es regular las fases y actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, para la priorización de resultados en la fase de Concertación de las intervenciones del ámbito del Gobierno Regional Piura, y su implementación en la fase de cumplimiento de los acuerdos y compromisos, orientado a la solución de cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos. En este contexto el proceso debe establecer disposiciones para asegurar y regular la efectiva participación de la sociedad civil.

CAPITULO II BASE LEGAL, CARACTERÍSTICAS, DEFINICIONES Y ROL DE ACTORES

Artículo 3°.- Base Legal La Base Legal que ampara el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, está definida en las siguientes normas:

Constitución Política del Perú.

Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Ley N° 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobierno Regionales.

Ley Nº 28013, Ley que modifica a la Ley Orgánica de Gobierno Regionales.

Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.

Ley Nº 29298, que modifica la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo.

Decreto Supremo N° 142 – 2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo.

Decreto Supremo Nº 097 – 2009-EF, que precisa los criterios para delimitar los proyectos por su impacto regional, provincial y distrital.

Resolución Directoral Nº 007 – 2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001 – 2010 EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

Decreto Legislativo 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y que deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.

Decreto Supremo N° 284 – 2018-EF, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

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Decreto Legislativo N° 1432 – 2018, que modifica el Decreto Legislativo 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Decreto Legislativo N° 1440 – 2018, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional del Presupuesto Público.

Decreto Supremo N° 056 – 2018- PCM, que aprueba la Política General de Gobierno al 2021.

Directiva N° 001 – 2019-EF/63.01 del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.

Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Público.

Decreto Legislativo N° 1088, que crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento – CEPLAN.

Pacto Político por la Gobernabilidad Regional de Piura vigente.

Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado vigente. Artículo 4°.- Características del Proceso Las características generales del Proceso del Presupuesto Participativo Regional con enfoque Multianual son los siguientes:

Basado en resultados.- se enmarca dentro del nuevo enfoque de la Gestión Pública, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población. Lograr estos cambios supone producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de vida de las personas.

Competencia.- los proyectos de inversión seleccionados deben ser aquellas que cierren con mayor eficacia y eficiencia las principales brechas de infraestructura o de acceso a servicios en un territorio en particular, maximizando su contribución al bienestar de la sociedad y que respondan a las competencias del Gobierno Regional Piura establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867.

Programación Multianual.- es un instrumento de gestión pública que prevé los escenarios para la estimación de los ingresos y los gastos para tres años, considerando el comportamiento de la economía, el contexto macro‐fiscal y los objetivos de política económica. Este instrumento orienta el accionar de las entidades públicas al logro de los objetivos y metas acordes a las prioridades de gobierno, los planes estratégicos, los planes de desarrollo y los planes institucionales.

Coordinado.- los actores e instituciones que operen dentro del mismo ámbito o circunscripción territorial del Gobierno Regional Piura, deben armonizar, articular o realizar acciones conjuntas a fin de evitar duplicidad de esfuerzos.

Sostenibilidad.- la priorización de los proyectos de inversión deben tomar en cuenta la efectiva

disponibilidad de los recursos y la sostenibilidad de su financiamiento, incluyendo los gastos que requiera su mantenimiento y conservación.

Participativo.- el proceso debe contener mecanismos que garanticen una efectiva participación de la sociedad civil.

Artículo 5°.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento, cuando se haga mención a los términos que se señalan a continuación, se refrieren a: a) Agentes Participantes.- son los miembros del Consejo de Coordinación Regional, los

representantes de la Sociedad Civil y de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito regional inscritos para este propósito y designados para estos fines, quienes participan con voz y voto en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones

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respecto a las inversiones durante las fases del Proceso de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

b) Brecha de infraestructura o de acceso a servicios.- es la diferencia entre la oferta disponible

optimizada de infraestructura (la cual incluye la infraestructura natural) o acceso a servicios y la demanda, a una fecha determinada y ámbito geográfico determinado. Puede ser expresada en términos de cantidad, en lo que respecta a cobertura de un servicio, y/o calidad, en lo que respecta a las condiciones en las cuales se dispone del acceso a los servicios.

c) Consejo de Coordinación Regional.- es un órgano consultivo y de coordinación del Gobierno

Regional; que está integrado por el Gobernador Regional, quien lo preside, los ocho Alcaldes provinciales del departamento de Piura y cinco representantes de la sociedad civil quienes son elegidos democráticamente por un periodo de dos años.

d) Comité de Vigilancia.- son los agentes participantes de la sociedad civil elegidos en la Fase de

Preparación del Presupuesto Participativo para fines de vigilancia ciudadana del proceso participativo del ejercicio respectivo. Es elegido por los agentes participantes en la Reunión de Acreditación de Agentes Participantes.

e) Concepción técnica: se refiere a la alternativa de solución con la que se busca lograr el objetivo

central del proyecto de inversión, acorde con la evaluación técnica y económica realizada en el estudio de pre inversión o ficha técnica, según corresponda. La ejecución de dicha alternativa de solución debe permitir lograr la meta de producto asociada a las brechas identificadas y priorizadas en la fase de Programación Multianual de Inversiones.

f) Competitividad.- es la habilidad de producir bienes y servicios involucrando aumentos continuos

de productividad y pasar la prueba de la competencia internacional, de manera que esto permita que los ciudadanos eleven de un modo sostenido su nivel de vida. Desde un punto de vista amplio, el logro de competitividad requiere, entre otras cosas, establecer un entorno de competencia entre agentes económicos, el cual supone determinadas políticas que la promuevan.

Entre ellas están la provisión de infraestructura adecuada, la cobertura de educación y salud de calidad, la protección contra abusos de posición de dominio de empresas en los mercados, la apertura comercial y financiera, la protección de la propiedad intelectual, seguridad jurídica para la inversión privada, realización de concesiones y privatizaciones, así como la eliminación de regulaciones deficientes y la introducción de normas apropiadas.

g) Entidades del Gobierno Nacional.- son aquellas que desarrollan acciones en la jurisdicción del

departamento de Piura y están constituidas por las Unidades Ejecutoras Sectoriales, instituciones, organismos y programas del sector público que ejecutan acciones de impacto regional.

h) Equipo Técnico.- está conformado por los profesionales y técnicos de la Gerencia Regional de

Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión, Sub Gerencia Regional de Presupuesto Crédito y Tributación, Oficina de Programación Multianual de Inversiones; así como, los funcionarios de la Sub Gerencia de Programación y Presupuesto de las Gerencias Sub Regionales, Unidades Formuladoras, Unidades Ejecutoras de Inversiones del Pliego, CEPLAR; además, los profesionales con experiencia en temas de planeamiento, presupuesto e inversiones, elegidos entre los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil debidamente acreditados para el proceso anual vigente.

i) Fondos públicos: se refiere a los flujos financieros que constituyen derechos de la

Administración Financiera del Sector Público, cuya administración se encuentra a cargo del Sector Público. Comprenden aquellos flujos financieros de todas las fuentes de financiamiento.

j) Infraestructura natural: es la red de espacios naturales que conservan los valores y funciones

de los ecosistemas, proveyendo servicios ecosistémicos.

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k) Inversiones: son intervenciones temporales y comprenden a los proyectos de inversión y a las

inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición. No comprenden gastos de operación y mantenimiento.

l) Presupuesto Participativo.- es un proceso que fortalece las relaciones Estado – Sociedad,

mediante el cual se socializa las prioridades de los proyectos de inversión en el marco del Programa Multianual de Inversiones a implementar en el Gobierno Regional Piura, con la participación de la sociedad civil organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos.

m) Presupuesto por Resultados.- es una estrategia de gestión pública que vincula la asignación

de recursos a productos y resultados medibles en favor de la población. Requiere de la existencia de una definición de los resultados a alcanzar, la determinación de responsables, los procedimientos de generación de información de los resultados, productos y de las herramientas de gestión institucional, así como la rendición de cuentas.

n) Plan de Desarrollo Regional Concertado.- instrumento de base territorial y de carácter integral,

orientador del desarrollo regional, de la programación multianual de inversiones y del proceso del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo, Ejes y Objetivos Estratégicos de mediano plazo de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales.

o) Plan Estratégico Institucional.- es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego

para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben reflejar en resultados

p) Programación Multianual de Inversiones.- contiene el diagnóstico de la situación de las

brechas de infraestructura y/o acceso a servicios públicos bajo la responsabilidad funcional de un Sector, o a cargo de un Gobierno Regional (GR) o Gobierno Local (GL). Incluye, en un horizonte mínimo de tres (03) años, la Cartera de Inversiones a financiarse total o parcialmente con recursos públicos, identificada para lograr el alcance de las metas de producto específicas e indicadores de resultado, asociados a la inversión, que sean consistentes con los objetivos de las brechas identificadas, a los criterios de priorización establecidos, así como con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual (MMM) vigente.

q) Plan Estratégico Sectorial Multianual.- instrumento de gestión orientador que incorpora los

lineamientos, orientaciones y prioridades sectoriales formuladas por los sectores institucionales del nivel de Gobierno Nacional para orientar la ejecución de los recursos al cumplimiento de las funciones primordiales del Estado.

r) Proyecto de Inversión: corresponde a intervenciones temporales que se financian, total o

parcialmente, con recursos públicos, destinadas a la formación de capital físico, humano, institucional, intelectual y/o natural, que tenga como propósito crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes y/o servicios. Asimismo, se debe tener en cuenta lo siguiente: (i) su ejecución puede realizarse en más de un año fiscal, conforme lo establezca su cronograma de ejecución tentativo previsto en la formulación y evaluación. (ii) no son proyectos de inversión las IOARR así como las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento.

s) Sociedad Civil.- comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así

como organismos e instituciones privadas dentro del ámbito local, cuyos miembros residen mayoritariamente dentro de ámbito regional, tales como organizaciones de mujeres, de jóvenes, de productores (agricultores, pescadores entre otros), comercializadores, organizaciones culturales y de deporte, mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa en el departamento de Piura.

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Los Organismos e Instituciones Privadas son todas las organizaciones e instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, agrarias, de productores o comerciantes organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción del Departamento de Piura.

t) Talleres de Trabajo.- son reuniones con los Agentes Participantes convocadas por el

Gobernador Regional en calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Regional – CCR, con la finalidad de identificar, priorizar, socializar y concertar desde una perspectiva temática y territorial las inversiones que contribuyan a reducir las brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios públicos.

Artículo 6°.- Rol de los Actores del Proceso Son actores del Proceso del Presupuesto participativo con enfoque multianual: el Gobernador del Gobierno Regional Piura, el Consejo de Coordinación Regional, el Consejo Regional, los Agentes Participantes, el Equipo Técnico, los Comités de Vigilancia y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, siendo sus roles los siguientes: 6.1. Gobernador Regional.

a. Convocar al Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, a través de los medios de comunicación de mayor circulación, en calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Regional.

b. Proponer la cartera de proyectos de inversión a ser sometidos a criterios de priorización, en función al Programa Multianual de Inversiones del Gobierno Regional Piura, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda.

c. Presentar los resultados del presupuesto participativo a los agentes participantes, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos para su consideración y aprobación final.

d. Informar a los agentes participantes del presupuesto participativo, el monto máximo de la asignación presupuestaria multianual de financiamiento de las inversiones priorizadas en el proceso del Presupuesto participativo con enfoque multianual.

e. Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso del Presupuesto participativo con enfoque multianual y desarrollar las acciones necesarias para su implementación.

6.2. Consejo de Coordinación Regional.

a. Participar y promover activamente el proceso de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

b. Coordinar la incorporación en el presupuesto institucional de los proyectos de inversión priorizados en el marco del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

c. Coordinar con el Comité de Vigilancia el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

d. Emitir opinión consultiva, concertando entre sí, sobre el Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, según Artículo 11-B, referente a las Funciones del Consejo de Coordinación Regional1 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

6.3. Consejo Regional.

a. Aprobar normas complementarias que se requiera para llevar a cabo el proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

b. Tomar en cuenta en la aprobación y modificaciones del presupuesto institucional las prioridades de inversión identificadas en el proceso del presupuesto participativo articulado al Programa Multianual de Inversiones.

1 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, LEY Nº 27867.

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c. Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso.

d. Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional Piura.

6.4. Agentes Participantes.

a. Participar con voz y voto, en la discusión, priorización y/o toma de decisiones del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

b. Partiendo de la cartera de Proyectos del Programa Multianual de Inversiones, recomendar la priorización proyectos de inversión de impacto regional de acuerdo al instructivo para el presupuesto participativo2.

c. Proponer iniciativas de proyectos e ideas de proyectos de inversión, para ser evaluados y priorizados en el Presupuesto Participativo Regional, siempre y cuando se enmarquen en las competencias del Gobierno Regional y cumplan con los criterios de impacto regional y cierre de brechas, teniendo mayor preponderancia aquellos con contrapartida del gobierno local.

d. Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. e. Suscribir actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. f. Cumplir con los acuerdos y compromisos asumidos en el proceso del Presupuesto

Participativo Regional con Enfoque Multianual. g. Cofinanciar la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos financieros, físicos y/o

mano de obra.

6.5. Equipo Técnico. El Equipo Técnico liderado por la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión tiene las siguientes funciones: a. Brindar apoyo para la organización y desarrollo de las diferentes fases del proceso. b. Sistematizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos que requiere el

proceso. c. Capacitar a los Agentes Participantes sobre el proceso de PPR. d. Preparar la metodología y temática para el desarrollo de los talleres de trabajo y la

formalización de acuerdos. e. Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos, verificando que cumplan con

los criterios de impacto regional y contribuyan con el cierre de brechas en el ámbito de competencia del GORE Piura y a los estándares técnicos del SNPMGI, los cuales deben estar orientados a contribuir al logro de los resultados y metas del PDRC Piura vigente.

f. Preparar y presentar la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica. g. Dar a conocer los resultados de dicha evaluación a los agentes participantes y recomendar la

calificación y priorización de los proyectos de inversión. h. Recomendar la inclusión de los proyectos priorizados, de ser el caso, en el Programa

Multianual de Inversiones en plazo correspondiente o como inversión no prevista usando los formatos respectivos.

i. Informar a los agentes participantes la asignación presupuestal disponible para el desarrollo del proceso, e iniciar los trámites correspondientes ante la unidad orgánica pertinente la inclusión de los proyectos priorizados en la programación y formulación y aprobación presupuestaria, según las directivas del Ministerio de Economía y Finanzas.

j. Suministrar la información del proceso en el "Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo", a través del portal web del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

k. Elaborar el Informe del Presupuesto Participativo para el año fiscal correspondiente, a ser presentado a la Alta Dirección, a fin de tramitar su aprobación por parte del Consejo Regional del GORE Piura, en el plazo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas.

l. Elaborar el Informe del Presupuesto Participativo para el año fiscal correspondiente, a ser presentado a la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en el plazo establecido por la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el año fiscal.

2 INSTRUCTIVO Nº 001-2010-EF/76.01. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2010-EF/76.01

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m. Realizar el seguimiento de la elaboración de los estudios de pre-inversión de las ideas de proyectos priorizados en el marco de Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones hasta que sean declarados viables.

n. Monitorear y evaluar la efectiva implementación de los acuerdos adoptados en las distintas etapas del proceso.

6.6. Comité de Vigilancia.

a. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. b. Vigilar que el Gobierno Regional Piura, cuente con un cronograma aprobado de ejecución de

obras, correspondiente a los proyectos priorizados en el proceso participativo. c. Vigilar que los recursos del Gobierno Regional Piura o Gobierno Local, destinados al

Presupuesto Participativo sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.

d. Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identificados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados.

e. Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo.

f. Solicitar formalmente al Gobernador Regional, la información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia.

g. Informar semestralmente, al Consejo de Coordinación Regional sobre los resultados de la vigilancia.

h. Presentar un reclamo o denuncia al Consejo Regional, Contraloría General de la República, Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el Proceso del Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en este.

6.7. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

a. Conducir el proceso del Presupuesto participativo Regional con enfoque multianual,

brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo. b. Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Informe del Proceso de PPR

a la Alta Dirección del GORE Piura y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

c. Mantener actualizado el aplicativo web interactivo del Presupuesto Participativo del Ministerio de Economía y Finanzas de las diversas fases del proceso.

d. Proponer a las instancias correspondientes, los proyectos e ideas de inversión priorizados en el PPR.

e. Efectuar las coordinaciones con la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI y Unidad Formuladora sobre el estado de viabilidad de los proyectos de inversión.

6.8. Centro Estratégico de Planeamiento Regional

a. Formar parte del Equipo Técnico para la evaluación de los proyectos. b. Realizar el seguimiento y evaluación de la contribución de los proyectos priorizados al logro

de los resultados del PDRC Piura vigente. c. Presentar el Informe del Estado Situacional de los Ejes Estratégicos del PDRC Piura vigente,

en el Taller de Rendición de Cuentas. d. Participar en los talleres de trabajo que se convoquen como parte del proceso.

6.9. Sub Gerencia Regional de Presupuesto, Crédito y Tributación.

a. Suministrar información presupuestaria en los talleres de rendición de Cuentas de los presupuestos participativos.

b. Emitir el Informe de Disponibilidad Presupuestal para el Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

c. Incluir los proyectos priorizados y aprobados en el Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, en la programación, formulación y aprobación presupuestaria de acuerdo a las Directivas del Ministerio de Economía y Finanzas.

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6.10. Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI

a. Brindar apoyo en el desarrollo de las diferentes fases del proceso del Presupuesto con información del seguimiento de los proyectos e ideas de inversión a fin de ser evaluados por el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo en la etapa de Evaluación Técnica.

b. De ser el caso, incluir en la Programación Multianual de Inversiones del GORE Piura, las ideas de inversión presentados que resulten priorizados en el Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

6.11. Unidades Formuladoras a. Brindar apoyo en el desarrollo de las diferentes fases del proceso. b. Solicitar la opinión de la OPMI sobre los proyectos de inversión a ser financiados con fondos

públicos, a fin de verificar que estos se alineen con los objetivos priorizados, metas e indicadores y contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización aprobados.

c. En coordinación con la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, suministrar información de la lista de proyectos e ideas de inversión que serán evaluados por el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo en la etapa de Evaluación Técnica.

d. Remitir los Cronogramas de Ejecución de los proyectos de inversión evaluados por el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de acuerdo a los estudios de pre inversión, en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

6.12 Unidades Ejecutoras de Inversión. a. Brindar apoyo en el desarrollo de las diferentes fases del proceso. b. Remitir los Cronogramas de Ejecución de los proyectos de inversión evaluados por el Equipo

Técnico del Presupuesto Participativo de acuerdo a los expedientes técnicos, en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

c. Sustentar el avance físico y financiero de los proyectos priorizados en los procesos de presupuestos participativos regionales con un enfoque de cierre de brechas de infraestructura y servicios sociales, en los Talleres de Rendiciones de Cuentas de los Presupuestos Participativos.

Artículo 7°. - Financiamiento del Presupuesto Participativo Regional El Gobernador Regional, informa el monto del presupuesto institucional en gasto de inversión que corresponderá al Presupuesto Participativo Regional, el cual debe ser difundido a través del portal electrónico de la entidad (https://www.regionpiura.gob.pe/), u otros medios de comunicación que consideren pertinentes. La sociedad civil podrá participar en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión a través de aportes de recursos financieros, materiales, mano de obra u otros similares, a fin de ampliar la capacidad de atención de las demandas orientadas a la mejora de la calidad de la vida de la población. Asimismo, para el cofinanciamiento de los proyectos pueden emplearse las contribuciones que determinen los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de conformidad con la legislación vigente.

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TITULO II

FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO Y CRONOGRAMA

CAPITULO I FASES DEL PROCESO

Artículo 8°.- Procedimiento Básico El Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual se realiza tomando en cuenta el cierre de brechas según la realidad territorial y organizativa del Gobierno Regional Piura y la normatividad vigente debiendo ser adaptado en función a las particularidades y experiencias previas en la implementación del presupuesto participativo regional. La Fase de Coordinación del proceso de Presupuesto Participativo Regional con enfoque multianual es transversal a las siguientes Fases:

Fase 1: Preparación Fase 2: Concertación Fase 3: Formalización

FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

CON ENFOQUE MULTIANUAL

CAPITULO II

FASE DE COORDINACIÓN Artículo 9º.- Fase de Coordinación Las acciones de coordinación entre niveles de gobierno implica la transversalidad del proceso en las fases de: preparación, concertación y formalización de acuerdos y compromisos. En la fase de preparación, se debe realizar las acciones de coordinación para efectos de una articulación entre niveles de gobierno que deben ser incorporados en Agenda del CCR, con la

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finalidad de armonizar la programación de acciones, definir potencialidades, identificar los problemas fundamentales y las prioridades de inversión, para evitar duplicidad y atomización del gasto público. Así mismo, se deben definir cronogramas de trabajo para desarrollar oportunamente los procesos de los presupuestos participativos de manera articulada, con el nivel local provincial, de tal manera que los acuerdos y propuestas de cada instancia puedan ser conocidas y recogidas por el Gobierno Regional y las que cumplan con los criterios de delimitación de impacto regional sean atendidas por éste nivel de gobierno. La fase de concertación, implica desarrollar acciones de articulación y consistencia en la presentación de proyectos que contribuyan al cierre de brechas de infraestructura y/o servicios públicos que permitan resolver problemas comunes en los diferentes espacios del territorio regional, y que involucre como mínimo a tres distritos de dos provincias, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzos. Durante el desarrollo de esta fase de concertación es necesario tener en cuenta lo siguiente:

a. La coordinación es dirigida por el Gobernador Regional de Piura. b. El cofinanciamiento de proyectos, priorizados en el nivel regional está orientado por el principio

de subsidiariedad, es decir, las transferencias financieras será siempre que el proyecto cumpla con los criterios establecidos en el Artículo 26º De la Evaluación Técnica de Proyectos del presente reglamento y se adecuen al nivel de competencia del gobierno y a la mejor prestación de los servicios del Estado a la población.

c. Los proyectos financiados por el GORE Piura, bajo el principio de subsidiariedad en el marco del presupuesto participativo regional, que beneficien a un ámbito provincial e inter provincial, debe contar con el cofinanciamiento del gobierno local provincial beneficiario. Asimismo, la población beneficiaria puede cofinanciar con recursos financieros o apoyar con materiales, mano de obra o maquinaria, entre otros, la ejecución de los proyectos de inversión priorizados.

Finalmente, en la fase de Formalización, el Gobernador Regional podrá convocar, en tanto se lleva a cabo el proceso, a los Alcaldes Provinciales a reuniones de trabajo, con la finalidad de coordinar acciones de manera conjunta, en el marco de la política de gasto del GORE Piura, identificando principales problemas que debería ser atendidos de manera conjunta a fin de permitir el cierre de brechas, así como el compromiso de financiamiento para la ejecución de proyectos en el marco del presupuesto participativo articulado al Programa Multianual de Inversiones, teniendo en cuenta lo siguiente:

Identificar intervenciones de importancia para el desarrollo regional y local, que pueden ser agrupadas en un proyecto de mayor dimensión que responda a objetivos de gran impacto en el desarrollo de la región, los que podrían ser financiados por el Gobierno Regional o cofinanciados conjuntamente con los Gobiernos Locales.

Establecer los compromisos y responsabilidades para asegurar la sostenibilidad de los proyectos a través de una adecuada operación y mantenimiento de los mismos.

Para este fin, será necesaria una segunda reunión que se realizará, ajustándose en los plazos establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con el fin de definir y formalizar los acuerdos en un acta, elaborada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional.

CAPITULO III FASE DE PREPARACIÓN

Artículo 10º.- Acciones Preliminares El Gobierno Regional Piura en coordinación con el CCR, inician con la debida anticipación y oportunidad el desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización del Proceso de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

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Antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los agentes participantes, es necesaria la aprobación de la Ordenanza Regional, que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual del año fiscal correspondiente, la misma que precisa su Cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego. Comprende el desarrollo de las siguientes actividades:

a. Conformación del Equipo Técnico. b. Comunicación y sensibilización. c. Actualización del Reglamento, cuando corresponda en concordancia con la normatividad legal

vigente. d. Emisión y publicación de la Ordenanza Regional que regule el proceso del Presupuesto

Participativo Regional con Enfoque Multianual para el año fiscal correspondiente. e. Identificación de Agentes Participantes. f. Inscripción y Registro de Agentes Participantes.

g. Preparación de Documentos de Capacitación y Materiales de Trabajo. h. Acciones de Capacitación.

Artículo 11º.- Conformación del Equipo Técnico Mediante Ordenanza Regional, se precisa quienes lo conforman y sus responsabilidades se detallan en el presente Reglamento, incluyendo obligatoriamente a tres (03) representantes de la sociedad civil, procurando en primera instancia que cumplan la condición de ser profesionales con experiencia en tema de planeamiento y presupuesto, siendo elegidos democráticamente en la reunión de acreditación de agentes participantes. El Equipo Técnico está representado por la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión y además debe estar integrado por los responsables de:

a. La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. b. La Oficina de Programación Multianual de Inversiones. c. La Unidad Formuladora. d. El Centro de Planeamiento Estratégico Regional - CEPLAR, y e. Tres (3) Agentes Participantes de la Sociedad Civil.

Adicionalmente, y cuando corresponda se conformarán Equipos de Apoyo, para la preparación de información y participación en reuniones de trabajo, cuando se trata de analizar la pertinencia o no de las inversiones o ideas de proyectos propuestas por Agentes Participantes o cualquier otra tema de consulta que surja en el proceso participativo. En los equipos de apoyo, se convocarán a los representantes de las unidades orgánicas del Pliego 457 del Gobierno Regional, según se detalla a continuación: Representantes de los Órganos de Línea: Gerencia Regional de Desarrollo Social; Gerencia

Regional de Desarrollo Económico; Gerencia Regional de Infraestructura; Representantes de los Órganos Descentralizados: Gerencia Sub Regional Luciano Castillo

Colonna; Gerencia Sub Regional Morropón Huancabamba; Proyecto Especial Chira Piura; y el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura.

Representantes de las Direcciones Regionales: Dirección Regional de Agricultura; Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Dirección Regional de Producción; Dirección Regional de Energía y Minas; Dirección Regional de Educación; Dirección Regional de Salud; Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo

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Artículo 12º.- Comunicación y Sensibilización. El Gobierno Regional Piura, desarrollará mecanismos de comunicación adecuados para que la población se encuentre debidamente informada sobre las acciones que se tienen planificado ejecutar en el proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, teniendo como principal medio de comunicación el Portal Web Institucional del GORE Piura (https://www.regionpiura.gob.pe/). Pudiendo ampliar sus canales de comunicación para asegurar que la información sea de conocimiento pleno de la población regional Asimismo, se promoverá la participación activa y responsable de la sociedad civil con la finalidad de empoderar su participación en la toma de decisiones concertadas y asumir compromisos en el proceso participativo. Para ello, se podrá utilizar otros mecanismos, como el establecimiento de alianzas estratégicas con organismos privados que realicen acciones encaminadas a fortalecer la participación y vigilancia ciudadana. Artículo 13°.- Actualización del Reglamento. El Gobierno Regional Piura, podrá realizar la actualización del Reglamento, cuando corresponda, con la finalidad de adecuarlo a los dispositivos legales y/o normatividad vigente, de ser necesario, en el año en el que se realiza el PPR. Para ello deberá tomar en cuenta la adecuación de las fases y el cronograma de actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, los cuales serán reguladas mediante Ordenanza Regional.3 Artículo 14°.- Elaboración de la Propuesta Metodológica. El GORE Piura, elaborará la propuesta metodológica del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, considerando las opiniones, aportes y recomendaciones de la sociedad civil que garantice la mejora continua del proceso incidiendo en los siguientes aspectos:

La implementación continua del PDRC Piura vigente, incidiendo en el cumplimiento de los objetivos estratégicos a través de sus indicadores y metas.

La implementación continua del Pacto Político por la Gobernabilidad de Piura vigente.

Mayor participación propositiva del CCR, de las Mancomunidades Municipales; de las organizaciones de la Sociedad Civil, los espacios de concertación, sector empresarial, organismos públicos descentralizados, así como de los funcionarios y servidores públicos de las unidades orgánicas del Pliego Regional.

La Articulación territorial y concertación con los gobiernos locales provinciales en atención al principio de subsidiariedad del presupuesto participativo articulado con la Programación Multianual de Inversiones.

La Articulación territorial de los programas presupuestales procurando el logro de los resultados inmediatos a través de la priorización del proyecto.

Artículo 15°.- Actualización del Cronograma de Actividades. El cronograma de actividades se actualizará para cada proceso anual, considerando las mejoras en la propuesta metodológica.

3 Art. 6º de la Ley Nº 29298.

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Artículo 16º.- De la Ordenanza Regional. La dación de la Ordenanza Regional, es el documento que regula el proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, el mismo que establece el Cronograma de Actividades y la Conformación del Equipo Técnico. De ser el caso, precisa la aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 17°.- Convocatoria Pública. Una vez aprobada la Ordenanza Regional, el Gobernador Regional, conjuntamente con los integrantes del CCR, convocan públicamente al Proceso de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, a través de los medios de comunicación masivos de cobertura urbana y rural, y en la página web del GORE Piura (https://www.regionpiura.gob.pe/), en idioma español y utilizando el lenguaje inclusivo a través de anuncios en los diarios, avisos radiales u otros medios de comunicación, dando a conocer el cronograma de actividades. El GORE Piura comprometerá a la población debidamente organizada a las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en la región, a la cooperación técnica y a las autoridades elegidas democráticamente a participar activamente en el proceso. El GORE Piura liderará el proceso y constituirá alianzas estratégicas con organizaciones de la sociedad civil con la finalidad de sumar esfuerzos para alcanzar una mayor cobertura participativa. Artículo 18º.- De la Identificación de Agentes Participantes Son Agentes Participantes, quienes participan en las discusiones y toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, debidamente acreditados. Se promoverá la participación de agentes participantes representantes de organizaciones de la sociedad civil y espacios de concertación, como son: mujeres y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y otras personas en situación de vulnerabilidad. Incluir transversalidad del Enfoque de Género, para efectos del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, los agentes participantes se identifican tomando en cuenta que existen dos clases de agentes participantes: agentes participantes con voz y voto y agentes participantes con voz pero sin voto, disponiéndose su registro correspondiente. i. Agentes Participantes con voz y voto.

Los agentes participantes del proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual con voz y voto son aquellos de carácter regional, multiprovincial y/o provincial que se mencionan a continuación:

Los integrantes del Consejo de Coordinación Regional: Gobernador Regional (o Vice Gobernador Regional), Alcaldes Provinciales y Representantes de la Sociedad Civil elegidos.

Los integrantes del Consejo Regional.

Los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil debidamente inscritos en el Libro de Registro Regional – CCR actualizado del GORE Piura.

Los Agentes Participantes acreditados en procesos participativos anteriores que manifiesten por escrito su intención de participar en el proceso.

Los representantes de organizaciones de la sociedad civil que por primera vez participen en procesos de presupuestos participativos y que soliciten su inscripción de acuerdo al Artículo N° 19 de la Inscripción y Registro de Agentes Participantes de la Sociedad Civil, del presente reglamento.

Los representantes de las dependencias u organismos nacionales presentes en el departamento; de igual manera, de las diversas unidades orgánicas del GORE Piura, excepto los indicados en el ítem ii del presente artículo.

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Los representantes de Instituciones Privadas: Universidades, Organizaciones Empresariales, Colegios Profesionales, Asociaciones Juveniles, Organizaciones Sociales de Base, Comunidades, Asociaciones de Personas con Discapacidad, Mujeres y Niños.

Los representantes de los Espacios de Concertación, Consejos Regionales, CORDA, CORES, COREMYPE, COREDIS, COPARE, CORIG, COREDNNA, COTER, COREJU, entre otros.

ii. Agentes Participantes con voz pero sin voto: a. El Gerente Regional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y

Acondicionamiento Territorial. b. El Sub Gerente Regional de Presupuesto, Crédito y Tributación. c. El Sub Gerente Regional de la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e

Inversión. d. El Jefe de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI. e. El Jefe de la Unidad Formuladora. f. Tres (3) representantes de la Sociedad Civil, inscritos como agentes participantes y elegidos

para ser parte del Equipo Técnico. g. El Director Ejecutivo del Centro de Planeamiento Estratégico Regional – CEPLAR. h. Agentes participantes invitados de otras unidades orgánicas del pliego, cuando corresponda.

Artículo 19º.- De la Inscripción y Registro de Agentes Participantes de la Sociedad Civil. Podrán solicitar su inscripción para el proceso del Presupuesto Participativo con Enfoque Multianual, las siguientes organizaciones de la sociedad civil: a) Los organizaciones e instituciones de carácter provincial, multiprovincial y/o regional inscritas en

el Libro Registro Regional - CCR del GORE Piura del periodo correspondiente, sólo deberán confirmar su participación por escrito, de acuerdo al Formato A.

b) Los agentes participantes que acrediten haber participado en por lo menos los cinco 05 procesos participativos regionales, anteriores inmediatos, sólo deberán confirmar su participación por escrito; de acuerdo al Formato B siempre y cuando cumplan con el criterio de representatividad de nivel regional, multiprovincial y/o provincial.

c) Las organizaciones de la Sociedad Civil que participan por primera vez deberán presentar los

siguientes requisitos:

Solicitud dirigida al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicitando su inscripción como agente participante en el proceso PPR correspondiente, de acuerdo al Formato C..

La solicitud podrá presentarse en las oficinas de trámite documentario de la Sede Central y de las Gerencias Sub Regionales: Luciano Castillo Colonna (Sullana) y Morropón Huancabamba (Chulucanas).

La Solicitud debe contener la razón social de la organización y la identificación de la persona que la representará así como la designación de un representante alterno para solucionar inasistencias en casos fortuitos o de fuerza mayor.

Se deberá acompañar los siguientes documentos: Copia del documento de identidad de los representantes designados titular y alterno. Copia del documento en la que se acredite la Vigencia de la Junta Directiva actual de su

Organización. Copia simple de documentos que acrediten por lo menos dos (02) años de actividad

institucional y presencia efectiva en el nivel regional, multiprovincial y/o provincial. Para ello las organizaciones podrán adjuntar fotocopias del Libro de Actas, instrumentos jurídicos suscritos, memoriales, publicaciones, boletines, entre otros.

Copia simple del Acta que contenga el acuerdo de participar en el proceso y la designación de su(s) representante(s) titular y alterno.

d) Para todos los casos según los literales a), b) y c) se deberá adjuntar el Formato de Registro y/o

Actualización de datos.

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e) La inscripción de los Agentes Participantes se efectuará según cronograma que se establezca en

la Convocatoria Pública correspondiente. En esta etapa, se dispondrán los requisitos necesarios para que el registro de participantes puedan ser cumplidos por todas las organizaciones de la sociedad civil convocadas, en especial, por aquellas conformadas por mujeres, niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores, personas migrantes de diferentes etnias y nacionalidades y ciudadanos/as de diversas orientaciones sexuales, culturales, ideológicas y religiosas y personas con discapacidad y otras organizaciones que no hayan participado hasta el momento del proceso de presupuesto participativo.

Se promoverá una cuota de género del 50% de mujeres para la inscripción de representantes de entidades públicas y de la sociedad civil en el proceso del presupuesto participativo.

f) Adicionalmente, el Gobierno Regional Piura, habilitará un sistema de registro en línea, a través del link del Presupuesto Participativo Regional dispuesto en la página web institucional del Gobierno Regional Piura (https://www.regionpiura.gob.pe), a fin de facilitar la inscripción de las organizaciones que deseen participar como agentes participantes en el proceso, para lo cual, la Subgerencia Regional de Planeamiento Programación e Inversión, establecerá las Pautas Metodológicas que señalen el proceso de inscripción a través de este registro virtual

Artículo 20º.- Atribuciones y Responsabilidades de los Agentes Participantes. Los Agentes Participantes deberán asistir, de manera obligatoria, cuando el Gobernador Regional convoque dentro del proceso del PPR. Para este fin los Agentes Participantes tendrán en cuenta lo siguiente:

Deberán estar inscritos y acreditados como agentes participantes.

La participación debe ser activa responsable, puntual e integral.

El dialogo entre los agentes participantes con voz y voto y los agentes participantes con voz pero sin voto, debe ser constante y fluido, sobre asuntos estrictamente relacionados con el proceso.

Es importante fijar los temas a discutir a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos en procura del desarrollo socioeconómico de la población piurana.

Antes de asistir a los Talleres y en el curso de su desarrollo, los agentes participantes deberán reunirse con las personas a las que representan para informarles acerca del proceso y hacer una identificación de los problemas fundamentales, especificando las carencias o necesidades básicas de la población en salud, educación, saneamiento, electricidad, transportes, u otros similares, las mismas que deben ser consensuadas con el diagnóstico de brechas del Programa Multianual de Inversiones y armonizadas de acuerdo al PDRC Piura vigente. Considerando la Cartera de Proyectos de la Programación Multianual de Inversiones propuestos por el Gobernador Regional, los agentes participantes priorizan proyectos de inversión ligados a la solución a los problemas identificados y priorizados articulados a productos y resultados inmediatos, teniendo en cuenta el cierre de brechas de infraestructura y/o acceso a servicios públicos; y de otros criterios que se establezcan en la normatividad vigente. Los agentes participantes, pueden cofinanciar la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos financieros, físicos y/o valorización de la mano de obra, los que deben formalizarse mediante el convenio respectivo. Los agentes participantes para fines de las acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo eligen el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo, entre los agentes participantes de la sociedad civil debidamente acreditados.

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En un año coexisten dos Comités de Vigilancia. Aquel conformado en el ejercicio presupuestal del año anterior y que continúa sus funciones hasta el mes de diciembre del ejercicio fiscal del año en curso; y, aquel conformado en el ejercicio presupuestal del año en curso y que ejerce funciones hasta el mes de diciembre del ejercicio presupuestal del año siguiente. En caso de fallecimiento de algún representante Titular de la Sociedad Civil elegido, deberá asumir su representante alterno.

Artículo 21°.- Acciones de Capacitación.

El GORE Piura, a través de la GRPPAT, implementará en forma descentralizada talleres de capacitación, dirigida a los agentes participantes, en temas relacionados al proceso del PPR. Los talleres de capacitación dirigidos a los Agentes Participantes, en especial para los consejeros, regidores y representantes de la sociedad civil, se desarrollarán en idioma español empleando un lenguaje inclusivo, en forma descentralizada, continua y diferenciada según edad, género y lugar de residencia, ajustándose a las necesidades y características de la población de la jurisdicción

Temas de Capacitación:

Los temas elegibles que pueden considerarse en el desarrollo de capacidades de los agentes participantes se presentan a continuación, cuyo material de capacitación será entregado en cada uno de los talleres de capacitación.

a. Presupuesto Participativo. Alcances normativos vigentes y pertinentes para el desarrollo del proceso con enfoque

de cierre de brechas, interculturalidad y derechos humanos. Normatividad del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual. Informe de Rendición de Cuentas. Lecciones aprendidas de los procesos participativos. Criterios para definir el impacto de los proyectos de inversión pública a considerarse

en el Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual.

b. Gestión y Políticas Públicas. Funciones, competencias y atribuciones del Gobierno Regional y de los Gobiernos

Locales. Enfoque de Género y la transversalización del enfoque de género en el Presupuesto

Participativo Regional. Criterios de distribución y asignación presupuestal de los recursos que forman parte

de las transferencias del Gobierno Nacional al Gobierno Regional, destacando los recursos destinados al Proceso de Presupuesto Participativo.

c. Planeamiento y Desarrollo Regional.

Diagnóstico Territorial y Línea de Base. Articulación Territorial y Desarrollo Regional. Marco Estratégico del PDRC Piura vigente. Gestión Regional por Resultados: Implementación de los Programas Presupuestales.

d. Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

Normatividad del SNPMGI Unidad Formuladora Unidad Ejecutora de Inversiones Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI Proyectos de Inversión Las IOARR Línea de corte Nivel de servicio

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e. Participación y Vigilancia Ciudadana Elección de los Representantes de la Sociedad Civil para el Equipo Técnico y Comité

de Vigilancia. Transparencia y Acceso a la Información Pública. Pautas Metodológicas para la elaboración de los Informes de Vigilancia del CV PPR.

CAPITULO IV FASE DE CONCERTACIÓN

Artículo 22°.- De la Fase de Concertación En esta fase de Concertación del Presupuesto Participativo Regional, se busca la interacción de los funcionarios del Estado y de los representantes de la Sociedad Civil para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico, identificación y priorización de resultados de proyectos de inversión que permitan contribuir al cierre de brechas de infraestructura y/o servicios públicos. Artículo 23º.- Talleres de Trabajo. Los talleres constituyen reuniones de Trabajo, convocados por el Gobernador Regional tendrán por objetivo identificar y socializar los proyectos e ideas de inversión, definiendo los compromisos que asuma el conjunto de agentes participantes. La convocatoria a los talleres se realizará con la debida anticipación, propiciando la participación de mujeres y hombres, utilizando para ello, diversos medios de comunicación y la página web del Gobierno Regional Piura ((https://www.regionpiura.gob.pe/). Asimismo, el Equipo Técnico encargado de la implementación de los talleres se expresará en idioma español, empleando un lenguaje inclusivo. La programación, el número de reuniones, las características del local, el horario de los talleres se establecerá en función de las necesidades y características de las y los agentes participantes. Artículo 24º.- De los documentos de trabajo. Se elaboran teniendo en cuenta los temas a tratar en los Talleres y/o Reuniones de Trabajo y en la Evaluación Técnica, siendo estos los siguientes: a. Seguimiento de los acuerdos y compromisos de cumplimiento de metas, recopilación de

indicadores para tener actualizado un diagnóstico situacional, a cargo del Equipo Técnico, orientado fundamentalmente a mejorar las condiciones de vida de la población y al cierre de brechas de infraestructura y/o servicios públicos, las mismas que han sido determinadas a través de los resultados iniciales definidos en los programas presupuestales y en el PDRC Piura vigente.

b. Identificación de los principales resultados que pueden presentarse a la priorización de proyectos

de inversión. c. Socializar la cartera de proyectos de inversión (proyectos viables o a nivel de expediente técnico)

e ideas de proyectos de inversion, orientados al cierre de brechas de infraestructura y/o servicios públicos, articulados al logro de resultados inmediatos de los programas presupuestales y que contribuyan a los objetivos estratégicos del PDRC Piura y del Pacto Político por la Gobernabilidad vigentes, que respondan a las características de cofinanciamiento y de impacto regional.

d. Recopilación y preparación de la siguiente información:

PDRC Piura vigente: Balance y avances en su ejecución.

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Propuesta: Indicadores del PDRC Piura vigente, según ejes estratégicos.

Avance de cumplimiento de metas de los indicadores planteados en cada eje estratégico del PDRC Piura y el PEI del GORE Piura.

Detalle de los proyectos priorizados en el Proceso Participativo del año anterior, diferenciando los que fueron considerados y los que no fueron incluidos en el presupuesto institucional, indicando el motivo por el cual no fueron considerados.

Porcentaje de recursos de inversión que el Gobierno Regional destinará al Proceso Participativo con Enfoque a la Programación Multianual de inversiones.

Informe de los compromisos asumidos por la sociedad civil y otras entidades del Estado en procesos participativos anteriores y su nivel de cumplimiento.

Propuesta de la Matriz de Criterios de Evaluación y Calificación de Resultados

Propuesta de la Matriz de Criterios de Evaluación y Calificación de Proyectos e ideas de Inversión Pública.

Mecanismos para la identificación y presentación de propuestas de intervención (inversión) en el marco de los resultados

Matriz de articulación estratégica. Artículo 25º.-Taller de Identificación y Priorización de Resultados. Para el desarrollo del Taller de Identificación y Priorización de Resultados se ha identificado dos pasos fundamentales: Paso 1.- Presentación del Plan de Desarrollo Regional Concertado – PDRC Piura vigente, orientado a la identificación de una propuesta de resultados. Se hará una presentación de los avances y logros esperados del PDRC Piura vigente, en función a los indicadores y metas planteadas en cada eje estratégico con un enfoque territorial y temático. El Equipo Técnico complementará con un diagnóstico de brechas del ámbito territorial para conocimiento e información con el propósito de ser utilizado en la identificación y priorización de resultados. Este diagnóstico deberá ser enriquecido con las opiniones y datos que puedan proporcionar los agentes participantes. Es importante señalar la importancia del PDRC Piura vigente, por lo siguiente:

Orienta el desarrollo de un territorio tomando en cuenta las políticas nacionales, sectoriales y regionales, permitiendo a los actores decidir su futuro, aprovechando las potencialidades y los recursos del territorio, orientados al cierre de brechas de infraestructura y/o servicios públicos en el corto y mediano plazo.

Fortalece procesos de relación entre diferentes actores públicos y privados, fomentando la colaboración interinstitucional que permite concretar las voluntades y los esfuerzos para responder a los desafíos que plantean lograr.

Es la base para llevar a cabo la programación multianual de inversiones, proporcionando una cartera estratégica de proyectos claves a ejecutar a lo largo de los años de vigencia del PDRC Piura, estableciendo su ejecución por el sector público, por el sector privado o ejecutados por ambos.

En coordinación con el CEPLAR, como responsable de la planificación territorial, se presentará a los agentes participantes, una Matriz de Articulación Estratégica existente entre los siguientes documentos de planificación estratégica y gestión regional:

Ejes Estratégicos del Acuerdo Regional.

Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Regional Concertado vigente.

Resultados del Pacto Político por la Gobernabilidad vigente.

Brechas territoriales identificadas en la Programación Multianual de Inversiones.

Objetivos Estratégicos de los Planes de Desarrollo Locales Concertados de las ocho provincias de la región Piura vigentes.

Presupuesto por Resultados: Programas Presupuestales

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Dicha articulación debe permitir determinar una propuesta de prioridades derivadas del alineamiento estratégico, tomando como orientación los resultados establecidos en los marcos lógicos de los programas presupuestales del enfoque de la gestión y presupuesto por resultados, los cuales serán utilizados posteriormente en la Matriz de Priorización de Resultados. Asimismo, esta Matriz de Articulación permitirá obtener iniciativas de inversión, los cuales orientarán la identificación y priorización de proyectos de inversión. Así tenemos, los siguientes programas presupuestales, por el cual, ponen en consideración los resultados ya identificados, priorizados y analizados: 0001: Programa articulado nutricional 0002: Salud materno neonatal 0016: TBC-VIH/SIDA 0017: Enfermedades metaxenicas y zoonosis 0018: Enfermedades no transmisibles 0024: Prevención y control del cáncer 0041: Mejora de la inocuidad agroalimentaria 0042: Aprovechamiento de los recursos hídricos para uso agrario 0046: Acceso y uso de la electrificación rural 0051: Prevención y tratamiento del consumo de drogas 0057:Conservación de la diversidad biológica y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales

en área natural protegida 0065:Aprovechamiento de las oportunidades comerciales brindadas por los principales socios comerciales del Perú 0068: Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres 0074: Gestión integrada y efectiva del control de oferta de drogas en el Perú 0082: Programa nacional de saneamiento urbano 0083: Programa nacional de saneamiento rural 0087: Incremento de la competitividad del sector artesanía 0090: Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la educación básica regular 0093: Desarrollo productivo de las empresas 0094: Ordenamiento y desarrollo de la acuicultura 0095: Fortalecimiento de la pesca artesanal 0103: Fortalecimiento de las condiciones laborales 0104: Reducción de la mortalidad por emergencias y urgencias medicas 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico

productiva 0107: Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educacion superior no universitaria 0116: Mejoramiento de la empleabilidad e inserción laboral-pro empleo 0117: Atención oportuna de niñas, niños y adolescentes en presunto estado de abandono 0121: Mejora de la articulación de pequeños productores al mercado 0126: Formalización minera de la pequeña minería y minería artesanal 0127: Mejora de la competitividad de los destinos turísticos 0129: Prevención y manejo de condiciones secundarias de salud en personas con discapacidad 0131: Control y prevención en salud mental 0138: Reducción del costo, tiempo e inseguridad en el sistema de transporte 0144: Conservación y uso sostenible de ecosistemas para la provisión de servicios ecosistémicos 0146: Acceso de las familias a vivienda y entorno urbano adecuado 0147: Fortalecimiento de la educación superior tecnológica Asimismo, otros resultados que se pueden identificar pueden estar orientados al cierre específico de brechas de género, tales como: 1. Reducción de las brechas educativas entre mujeres y hombres 2. Reducción de la violencia de género en sus diferentes expresiones 3. Reducción del embarazo adolescente

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4. Reducción de las brechas laborales y de ingresos entre mujeres y hombres 5. Participación y vigilancia ciudadana 6. Otros resultados que se pueden identificar.

Paso 2.- Priorización de Resultados. Este paso tiene como objetivo la priorización de resultados inmediatos, a partir de la propuesta obtenida de la Matriz de Articulación Estratégica, los cuales deben estar orientados al cierre de brechas de infraestructura y/o servicios públicos, que permita posteriormente, una adecuada asignación de los recursos públicos para el logro de los mismos se debe tener en cuenta lo siguiente: a) Primero, presentación de la Matriz de Priorización de Objetivos Estratégicos del PDRC Piura

vigente, que servirá de insumo para la etapa de Evaluación Técnica y en el Taller de Priorización de Proyectos. Dicha priorización se realizará mediante votación por los agentes participantes y con el apoyo del Equipo Técnico mediante la asignación de puntajes se permitirá obtener una calificación para cada objetivo estratégico.

b) Segundo, el Equipo Técnico pone a consideración la propuesta de resultados obtenido a partir de

la Matriz de Articulación Estratégica. En seguida, el Equipo Técnico presenta la matriz de criterios para la evaluación y calificación de los resultados a ser priorizados. A partir de esta información, los agentes participantes mediante votación y con el apoyo del Equipo Técnico, irá calificando y asignando puntajes que permitan obtener una calificación y determinar los resultados prioritarios por objetivo estratégico del PDRC Piura vigente.

Los resultados priorizados orientarán la evaluación técnica que realizará el Equipo Técnico en la priorización de proyectos. De este paso se obtiene un Informe con los resultados priorizados. Artículo 26º.- De la Evaluación Técnica de Proyectos Comprende la realización de la evaluación técnica de proyectos y la asignación presupuestal destinada al proceso del presupuesto participativo con enfoque multianual. Paso1.- Evaluación Técnica El objetivo de este paso es la evaluación técnica por parte del Equipo Técnico de la propuesta de Cartera de Proyectos e ideas de proyectos, en base a la cartera de proyectos registrados en el Programa Multianual de Inversiones del GORE Piura; así como, los proyectos e ideas de inversión propuestos por los agentes participantes. Como resultado de esta fase se obtiene la Cartera de Proyectos e Ideas de Proyectos del PPR, asociados a los resultados inmediatos prioritarios derivados del Taller de Identificación y Priorización de Resultados, a fin de ser presentadas en el Taller de Priorización de Proyectos y en la Reunión de Formulación de Acuerdos y Compromisos. El Equipo Técnico deberá concentrarse en las siguientes tareas: a. Analizar la cartera de proyectos e ideas de proyectos de inversión, presentados por las unidades

ejecutoras (en coordinación con la OPMI del Gobierno Regional Piura) y los agentes participantes, verificando si se encuentran registrados en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Asimismo, se determinará, si guardan coherencia con los criterios para delimitar proyectos de impacto regional según el Instructivo Nº 001-2010 EF./76.01. También, se aplicarán los siguientes criterios en el proceso evaluativo: (i) Contribución y/o Alineamiento a los objetivos estratégicos priorizados del PDRC Piura

vigente,

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(ii) Correspondencia con los resultados inmediatos priorizados, (iii) Nivel de incidencia (regional, multiprovincial y provincial), (iv)Nivel de avance del proyecto [idea, viabilidad vigente y aprobación de expediente técnico

verificado], (v) Si se encuentran en la Programación Multianual de Inversiones del GORE Piura. (vi)Adicionalmente, para el caso de los proyectos de inversión propuestos por agentes

participantes, se evaluará su concordancia con las competencias regionales, la contribución al cierre de brechas de infraestructura y/o servicios públicos de alcance regional, y cofinanciamiento aprobado con dispositivo legal.

De ser el caso, se pueden aplicar otros criterios que puedan coadyuvar a una mejora calificación y priorización de proyectos.

b. De no contar con proyectos orientados al logro de los resultados del PDRC Piura vigente, se evaluarán ideas de proyectos siguiendo el procedimiento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, cuyas Fichas Técnicas deberán ser presentadas al Equipo Técnico para determinar la pertinencia o no de la inclusión en el programa multianual de inversiones.

c. El Equipo Técnico presentará la propuesta de la Cartera de Proyectos e Ideas de Proyectos del PPR con enfoque multianual, según el puntaje de prioridad de la evaluación técnica. Asimismo, si el proyecto tiene naturaleza multianual deberá presentarse los montos estimados de inversión por año, conjuntamente con los cronogramas de ejecución de obras, según corresponda, a fin de conocer los niveles de inversión que deberán ser considerados en los montos de inversión que se asignarán a los presupuestos participativos de los años siguientes.

Luego, el representante del Equipo Técnico ordena los proyectos de mayor a menor puntaje, siendo los de mayor puntaje los prioritarios y los de menor puntaje los no prioritarios. Finalmente, se señala el costo total de cada proyecto y si cuenta con cofinanciamiento se precisa el monto para conocimiento de todos los agentes participantes a fin de gestionar la inclusión en la cartera de proyectos de inversión de la Programación Multianual de Inversiones. Paso 2.- Asignación del Presupuesto Luego de identificada la propuesta de la Cartera de Proyectos de inversión priorizados teniendo en cuenta los costos totales y el cronograma de ejecución, se asignará el presupuesto a cada uno de los proyectos, de acuerdo a la asignación del presupuesto participativo remitido mediante Informe de disponibilidad presupuestal por el área de la Sub Gerencia Regional de Presupuesto, Crédito y Tributación. Los proyectos de inversión que, por limitaciones presupuestales, no logren financiamiento, se incluyen en una lista de proyectos accesitarios que deberá recogerse en el Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos, para su consideración en el presupuesto participativo del año siguiente, una vez incluidos en el Programa Multianual de Inversiones de ser el caso. Si durante la fase de ejecución del presupuesto existiera mayor disponibilidad de recursos, estos proyectos pueden ser considerados para su incorporación al presupuesto institucional mediante las modificaciones presupuestarias correspondientes. Artículo 27º.- Taller de Priorización de Proyectos de Inversión. El Gobernador Regional propone la Cartera de Proyectos e Ideas de Proyectos del PPR con enfoque Multianual que superaron la evaluación técnica, a fin de que los agentes participantes consideren los citados proyectos de inversión a ser debatidos y mediante votación a ser priorizados en el Taller de Priorización de Proyectos de Inversión.

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CAPITULO V

FASE DE FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS Artículo 28º.- Formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual. En la Formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, se realizan las siguientes acciones:

El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del PPR con enfoque Multianual, en donde se detalla los resultados del proceso.

El Gobernador Regional Piura presenta los resultados del PPR, de los proyectos e ideas de inversión priorizados; así como, los proyectos y las ideas de proyectos accesitarios, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos, a los agentes participantes para su consideración y aprobación final.

Los integrantes del Consejo de Coordinación Regional, presidido por el Gobernador Regional y demás agentes participantes, formalizan los acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, la que debe contener las firmas de todos los agentes participantes, tanto de los representantes del sector público como de la sociedad civil.

En caso excepcional que se realicen propuestas de modificaciones, éstas deben ser justificadas y presentadas formalmente a fin de ser evaluadas por el Equipo Técnico e informar a las y los Agentes Participantes para su consideración y aprobación antes de ser incluidas en el documento final.

Artículo 29º.- El documento del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual y su correspondiente Acta de Acuerdos y Compromisos, deberán ser remitidos a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el plazo establecido por la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales para cada año fiscal. Durante el ejercicio presupuestal, deberá registrarse de manera apropiada y oportuna, en el plazo establecido, la información solicitada por la Dirección General de Presupuesto Público en el aplicativo web informático del proceso participativo, que registra la información sobre el desarrollo de cada una de las fases del presupuesto participativo al que tendrán acceso todos los ciudadanos. Asimismo, la Gobernación Regional dispondrá la publicación del Acta de Acuerdos y Compromisos para conocimiento de la comunidad como mínimo en el portal electrónico institucional (https://www.regionpiura.gob.pe), así como, en otros medios de comunicación escrita disponibles. Adicionalmente, se efectuará la difusión de los acuerdos en aquellas zonas beneficiadas con los proyectos de inversión priorizados promoviendo su participación durante la ejecución del proyecto. Artículo 30º.- Formalización en el Presupuesto Institucional de Apertura de los Acuerdos y Compromisos. Una vez formalizado los Acuerdos y Compromisos por el Consejo de Coordinación Regional, el Equipo Técnico, debe remitir a la Gerencia General Regional el Informe Final de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual, a fin de solicitar por su intermedio al Consejo Regional, la aprobación mediante el dispositivo legal correspondiente, la aprobación de los resultados del proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual desarrollados en el año en curso; de tal manera que la propuesta de proyectos priorizados resultantes del proceso, deban ser incluidas en el Proyecto del Presupuesto Institucional del GORE Piura del año correspondiente. El Gobernador Regional dispondrá a la GRPPAT, en coordinación con las Unidades Ejecutoras que se elabore y formalicen los cronograma de ejecución de los proyectos priorizados y aprobados, donde se definan los plazos para el desarrollo de la fase de Formulación y Evaluación y la Fase de

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Ejecución de los mismos, y que deberán ser puestos a disposición del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo, el Consejo de Coordinación Regional y Consejo Regional.

Si en la fase de Ejecución, alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser ejecutado, el Gobernador Regional dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro proyecto de la lista de accesitarios, siempre que se encuentre en el Programa Multianual de Inversiones del Gobierno Regional Piura y según la escala de prioridades establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles para su atención, hecho que debe hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinación Regional y al Comité de Vigilancia del presupuesto participativo. Artículo 31º.- Rendición de Cuentas La Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio anterior deberá realizarse en los primeros meses del año siguiente, siendo responsabilidad del Gobernador Regional la rendición de cuentas correspondiente. Todos los agentes participantes son responsables de participar en dicho acto. La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, que permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente. Por ello, el Gobernador Regional informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el año anterior por las entidades del Estado y la Sociedad Civil en particular, sobre lo siguiente: a. Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados (en términos de población

beneficiada y problemas cuya atención ha sido priorizada), de los proyectos priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año anterior.

b. Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo anterior y modificaciones presupuestarias realizadas.

c. Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso.

d. Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio correspondiente. Asimismo, se deberá establecer un formato estándar para la rendición de cuentas; de igual modo, en esta reunión las y los agentes participantes, que hayan intervenido en el proceso informan sobre el cumplimiento de los compromisos que asumieron en el proceso correspondiente e informan sobre el cumplimiento de los compromisos que asumieron en los procesos participativos anteriores. El Equipo Técnico, elabora y presenta un Resumen Ejecutivo conteniendo esta información de la Rendición de Cuentas, el cual es de carácter público y debe ser publicado en la página web institucional del GORE Piura.

CAPITULO VI

CRONOGRAMA DEL PROCESO

Artículo 32º.- Cronograma del Proceso Participativo El cronograma general de actividades del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual del Gobierno Regional Piura, establece las generalidades del proceso, el cual es definido en función a las cuatro fases del presupuesto participativo que se han detallado en los capítulos anteriores y comprende las siguientes actividades:

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Cronograma del Proceso Participativo Regional

Nº FASES / ACTIVIDADES MESES

MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 MES 5 MES 6 MES 7 MES 8 MES 9 MES 10 MES 11 MES 12

FASE DE TRANSVERSALIDAD - COORDINACIÓN

1 Inicio del proceso

FASE 1: PREPARACIÓN

1 Acciones Preliminares

2 CR: Regula y da inicio al Proceso

3 Convocatoria Publica

4 Presentación de Solicitudes de Inscripción

5 Registro físico o virtual de los participantes

6 Publicación de Agentes Participantes.

7 Acreditación de Agentes Participantes

8 Desarrollo de Capacidades de los Agentes Participantes

FASE 2: CONCERTACIÓN

1 Talleres Descentralizados

2 Taller Regional 01: Priorización de Resultados

3 Evaluación Técnica de Proyectos

4 Taller Regional 02: Priorización de Proyectos

FASE DE FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y

COMPROMISOS

1 Rendición de Cuentas

2 Reunión de Formalización de acuerdos

3 CR: Aprobación Propuesta de PMI

4 Consolidación y Remisión Documento PPR Siglas

CR : Consejo Regional

CCR : Consejo de Coordinación Regional PMI : Programa Multianual de Inversiones PPR : Presupuesto Participativo Regional

Atendiendo a las particularidades del Proceso Participativo del Gobierno Regional de Piura, el cronograma de actividades para cada año podrá ser ajustado y adecuado en función al diagnóstico de cierre de brechas que sustenta la Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional Piura y en función al periodo vigente que corresponda, y a las características de la realidad territorial regional y provincial, condiciones socioeconómicas, naturales, ambientales y culturales de la población, así como a la disponibilidad de los recursos físicos, humanos, financieros y logísticos con los que cuente la Entidad Regional para llevar a cabo el proceso.

CAPITULO VII PARTICULARIDADES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL

Artículo 33º.- El Gobierno Regional Piura, en el marco de la Ley Nº 29298 – Ley Marco del Presupuesto Participativo que modifica la Ley Nº 28056, del Decreto Legislativo Nº 1252 - Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Directivas, es el responsable de informar y promover la articulación de los presupuestos participativos formulados por el Consejo de Coordinación Regional, los cuales se pueden desarrollar en los siguientes contextos:

El Gobierno Regional Piura adecua su proceso participativo, de acuerdo a las necesidades y características de la situación financiera regional, pudiendo éstos ser multianuales en armonía a la Programación Multianual de Inversiones.

La instancia del presupuesto participativo la constituyen únicamente el Consejo de Coordinación Regional, en el que forman parte, los ocho alcaldes provinciales y cinco representantes de la sociedad civil, siendo los alcaldes provinciales quienes recogen las necesidades de sus distritos para el debate de prioridades en el presupuesto regional en el marco del diagnóstico de brechas.

El Plan de Desarrollo Regional Concertado que contiene proyectos de inversión de mediano y largo plazo, puede constituir a su vez, en Programa Multianual de Inversiones socializados en los presupuestos participativos.

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Los proyectos de inversión aprobados en los presupuestos participativos regionales se ajustan a las características de los proyectos de impacto regional y deben enmarcarse dentro de las competencias del Gobierno Regional.

Los Gobiernos Regionales pueden aprobar, como parte del presupuesto participativo articulado al programa Multianual de Inversiones, programas de proyectos sectoriales (educación, salud, saneamiento, agricultura, transporte, electrificación, etc.) que en conjunto reúnan las características de proyectos de impacto regional tipificados en el marco normativo vigente y que cierren brechas en general.

TITULO III ACCIONES DE VIGILANCIA DEL PROCESO

CAPITULO I

DE LOS MECANISMOS DE VIGILANCIA Artículo 34º.- Comité de Vigilancia Realiza acciones de vigilancia ciudadana del presupuesto participativo, el mismo que es elegido por los agentes participantes en la Reunión de Acreditación de Agentes Participantes y estará conformado por agentes participantes que representan a la sociedad civil y como mínimo deberá estar integrado por cuatro (04) personas. Para ello deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Ser agente participante, representante de la sociedad civil, que forme parte del ámbito regional.

Radicar en el ámbito jurisdiccional del Gobierno Regional Piura que desarrolla el proceso participativo.

Presentar Declaración Jurada Simple que acredite no haber sido condenado por delitos o faltas. Los miembros del Comité de Vigilancia, pueden encargar las tareas de vigilancia a espacios de concertación u otra organización Civil. La conformación del Comité de Vigilancia debe procurar la participación de mujeres, a fin de cumplir con los principios de igualdad de oportunidades y equidad de género. Artículo 35º.- Funciones del Comité de Vigilancia. Los miembros del Comité de Vigilancia tienen las siguientes funciones:

a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo con Enfoque Multianual.

b) Vigilar que el Gobierno Regional Piura, cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondiente a los proyectos priorizados en el proceso participativo.

c) Vigilar que los recursos, destinados al Presupuesto Participativo sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.

d) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identificados y priorizados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados.

e) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo.

f) Solicitar formalmente al Gobernador Regional, la información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia.

g) Informar semestralmente, al Consejo de Coordinación Regional sobre los resultados de vigilancia.

h) Presentar un reclamo o denuncia al Consejo Regional, Contraloría General de la República, Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el Proceso del Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en este.

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Artículo 36º.- Información para el Comité de Vigilancia El Gobierno Regional Piura, debe proporcionar al Comité de Vigilancia, la siguiente información:

Cronograma de Inversiones, donde se detalle la programación de los proyectos priorizados, específicamente las fechas en las que se iniciará y culminará las etapas de pre inversión y la etapa de inversión, según corresponda.

El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente y sus modificaciones, durante la ejecución, cuando estas afecten los acuerdos del Presupuesto Participativo.

Ejecución de gastos de inversión; trimestral, semestral y anual, del avance de físico y financiero de la ejecución de proyectos de inversión priorizados, según reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera.

Deberá hacerse de conocimiento del Comité de Vigilancia y del Consejo de Coordinación Regional, sobre la situación de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo que no califica su viabilidad, y en la que el Gobernador Regional dispone el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles para su atención.

El Comité de Vigilancia deberá utilizar la información contenida en el “Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo del Presupuesto”, además el Gobierno Regional Piura, de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, proporcionará la información que soliciten en relación con el proceso del Presupuesto Participativo y cumplimiento de los acuerdos y compromisos. Artículo 37º.- Otros Actores de Vigilancia Control Entre otros actores que también participan en la vigilancia del proceso del presupuesto participativo tenemos: Consejo Regional

Desarrolla acciones de seguimiento y fiscalización sobre el cumplimiento del presupuesto participativo; así como de los acuerdos y compromisos asumidos en el proceso.

Fiscaliza los mecanismos de acceso y transparencia a la información pública en el marco del Presupuesto Participativo.

Controlaría General de la República

Supervisa el cumplimiento del proceso y de los acuerdos. Con relación a este último punto la Controlaría General de la República, podrá requerir al Gobierno Regional Piura las razones del incumplimiento de los acuerdos.

El Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional en el marco de sus funciones dentro del Sistema Nacional de Control, efectúa el control gubernamental relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la ley Nº 28056 – Ley del marco del Presupuesto Participativo y el presente Reglamento.

Dirección General de Presupuesto Público – DGPP

Desarrolla programas de capacitación descentralizados e imparte instrucciones y lineamientos del proceso participativo. Registra los omisos a la presentación de la información en el Aplicativo Informático y la remisión del Documento del Proceso del Presupuesto Participativo, dando cuenta a la Contraloría General de la República.

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

PRIMERA: El Gobierno Regional de Piura convocará a los Talleres, teniendo en cuenta las necesidades, condiciones y características de la población, de tal manera que permita asegurar la flexibilidad de fechas y horarios para facilitar la asistencia del mayor número de representantes de la sociedad civil. SEGUNDA: El presente Reglamento una vez aprobado deberá ser puesto de conocimiento a todas las instancias del gobierno regional, provincial y local de Piura a través de la página web del Gobierno Regional. TERCERA: Todo asunto no previsto en el presente Reglamento, será resuelto en estricto cumplimiento del Instructivo Nº 001-2010 EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 del 26 de marzo del 2010 y Ley Nº 29298, que modifica la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo. CUARTA: Atendiendo a las particularidades señaladas en el Capítulo VII del presente Reglamento, se formulará un Cronograma de Actividades específico, válido para el año en que se realiza el proceso. QUINTA: El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación.