Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

download Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

of 27

Transcript of Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    1/27

    Aprobado: 1 de mayo de 2015

    RELAMENTO DEL CONSEJO

    GENERAL DE ESTUDIANTES

    Universidad de Puerto Rico en Ponce

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    2/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 1de 26

    Tabla de ontenido

    CAPTULO I ....................................................................................................................................... 4

    CAPTULO II ...................................................................................................................................... 4

    ARTCULO 2.1- Ttulo .................................................................................................................. 4

    ARTCULO 2.2 - Base Legal ........................................................................................................... 4

    ARTCULO 2.3 - Separabilidad ..................................................................................................... 5

    ARTCULO 2.4 - Vigencia .............................................................................................................. 5

    ARTCULO 2.5 - Alcance ............................................................................................................... 5

    ARTCULO 2.6 - Enmiendas .......................................................................................................... 5

    ARTCULO 2.7 - Prelacin con la Reglamentacin Estudiantil ..................................................... 5

    ARTCULO 2.8 - Igualdad de los gneros ..................................................................................... 6

    CAPTULO III ..................................................................................................................................... 6

    ARTCULO 3.1 - Misin................................................................................................................. 6

    ARTCULO 3.2 - Funciones ........................................................................................................... 6

    ARTCULO 3.3 - Composicin ....................................................................................................... 7

    ARTCULO 3.4 - Directiva ............................................................................................................. 8

    ARTCULO 3.5 - Junta de Disciplina ............................................................................................. 8

    ARTCULO 3.6 - Autoridad ........................................................................................................... 8

    ARTCULO 3.7 - Funcionamiento Interno .................................................................................... 8

    ARTCULO 3.8 - Ejecucin de los Acuerdos.................................................................................. 9

    CAPTULO IV .................................................................................................................................... 9

    ARTCULO 4.1 - Lectura de deberes y requisitos de elegibilidad, tiempo y esfuerzo antes de

    eleccin y nominaciones ............................................................................................................. 9

    ARTCULO 4.2 - Nominaciones .................................................................................................... 9

    ARTCULO 4. 3 - Elecciones .......................................................................................................... 9

    CAPTULO V ................................................................................................................................... 10

    ARTCULO 5.1 - Comits Permanentes ...................................................................................... 10

    ARTCULO 5.2 - Constitucin ..................................................................................................... 10

    ARTCULO 5.3 - Comit de Agenda ............................................................................................ 10

    ARTCULO 5.4 - Comit de Secretara ........................................................................................ 11

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    3/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 2de 26

    ARTCULO 5.5 - Comit de Tesorera ......................................................................................... 11

    ARTCULO 5.6 - Comit de Relaciones Pblicas ......................................................................... 11

    ARTCULO 5.7 - Comit del Programa de Prstamo de Libros .................................................. 12

    CAPTULO VI .................................................................................................................................. 12

    ARTCULO 6.1 - Comits Permanentes de Asesoramiento ....................................................... 12

    ARTCULO 6.2 - Constitucin ..................................................................................................... 13

    ARTCULO 6.3 - Composicin ..................................................................................................... 13

    ARTCULO 6.4 - Funcin ............................................................................................................. 13

    CAPTULO VII ................................................................................................................................. 14

    ARTCULO 7.1 - Comit de Consulta .......................................................................................... 14

    ARTCULO 7.2 - Comits Especiales ........................................................................................... 14

    CAPTULO VIII ................................................................................................................................ 14ARTCULO 8.1 - Reunin Constitutiva ........................................................................................ 14

    ARTCULO 8.2 - Reuniones Ordinarias ....................................................................................... 15

    ARTCULO 8.3 - Reuniones Extraordinarias ............................................................................... 15

    ARTCULO 8.4 Qurum ............................................................................................................ 15

    ARTCULO 8.5 - Convocatoria .................................................................................................... 16

    ARTCULO 8.8 - Excusas ............................................................................................................ 16

    ARTCULO 8.9 - Informes ........................................................................................................... 17

    ARTCULO 8.10 - Asambleas ...................................................................................................... 17

    CAPTULO IX ................................................................................................................................... 17

    ARTCULO 9.1 - Deberes y Responsabilidades en General ........................................................ 17

    ARTCULO 9.2 - Presidente ........................................................................................................ 18

    ARTCULO 9.3 - Vicepresidente ................................................................................................. 19

    ARTCULO 9.4 - Secretario ......................................................................................................... 19

    ARTCULO 9.5 - Tesorero ........................................................................................................... 20

    ARTCULO 9.6 - Oficial de Relaciones Pblicas .......................................................................... 21

    ARTCULO 9.7 - Representante ante la Junta Universitaria....................................................... 22

    ARTCULO 9.8 - Representante ante la Junta Administrativa.................................................... 22

    ARTCULO 9.9 - Senador por Acumulacin ................................................................................ 23

    ARTCULO 9.10 - Representantes ante la Junta de Disciplina ................................................... 23

    ARTCULO 9.11 - Representantes Departamentales ................................................................. 23

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    4/27

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    5/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 4de 26

    CAPTULO I

    EXPOSICIN DE MOTIVOS

    La Ley Nm. 1 del 20 de enero de 1966, segn enmendada, conocida como Ley de

    la Universidad de Puerto Rico, establece en su Artculo 10, Inciso (B)que el Reglamento

    de Estudiantes proveer el establecimiento de un Consejo de Estudiantes en cada recinto

    y colegio universitario a fin de recoger la opinin en torno a los problemas con que se

    confrontan los estudiantes y canalizar su contribucin de ideas e iniciativas para la buena

    marcha de la Universidad.

    El Consejo General de Estudiantes, como mxima estructura representativa de los

    estudiantes de la Universidad de Puerto Rico en Ponce (UPR-Ponce), debe ser un cuerpo

    democrtico, gil y bien informado, con capacidad de atender los reclamos y realidades

    de los estudiantes.

    Para cumplir con nuestra misin, se aprueba este conjunto de normas que reafirman

    nuestra creencia en la justicia y la democracia que debe existir en la Universidad de

    Puerto Rico.

    CAPTULO II

    DISPOSICIONES GENERALES

    ARTCULO 2.1- Ttulo

    Este conjunto de normas se conocer como el Reglamento del Consejo General de

    Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico en Ponce.

    ARTCULO 2.2 - Base Legal

    Este Reglamento se establece conforme al Captulo III, Artculo 3.4, Inciso (A),

    Nmero (5) del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    6/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 5de 26

    ARTCULO 2.3 - Separabilidad

    Las disposiciones de este Reglamento son separables entre s y la nulidad de una o

    ms secciones o artculos no afectarn a las otras, las cuales pueden ser aplicadas

    independientemente de las declaradas nulas.

    ARTCULO 2.4 - Vigencia

    Este Reglamento entrar en vigor inmediatamente despus de su aprobacin por el

    Consejo General de Estudiantes y de su certificacin por el Decano de Estudiantes.

    ARTCULO 2.5 - Alcance

    Este Reglamento ser aplicable a todos los miembros del Consejo General de

    Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico en Ponce.

    ARTCULO 2.6 - Enmiendas

    Este Reglamento podr ser enmendado con el consentimiento de la mayora

    extraordinaria de los miembros del Consejo General de Estudiantes, a propuesta de

    cualquiera de ellos. Las propuestas a enmiendas se harn por escrito y sern remitidas

    en formato impreso o electrnico a la Secretaria por lo menos diez (10) das antes de la

    prxima reunin ordinaria, para la consideracin del cuerpo. Las enmiendas al

    Reglamento sern aprobadas en Reunin Extraordinaria.

    ARTCULO 2.7 - Prelacin con la Reglamentacin Estudiantil

    Este Reglamento estar en armona con el Reglamento General de la UPR,

    Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico y con el

    Reglamento de Estudiantes de la UPR-Ponce.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    7/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 6de 26

    ARTCULO 2.8 - Igualdad de los gneros

    El uso de gnero masculino en este Reglamento incluye el femenino y el neutro, salvo

    a que tal interpretacin resulte absurda o imprctica.

    CAPTULO III

    CONSEJO GENERAL DE ESTUDIANTES

    ARTCULO 3.1 - Misin

    Contribuir al cabal cumplimiento de la funcin social y educativa de la Universidad y

    garantizar el desarrollo y la vigencia de los derechos estudiantiles adquiridos.

    ARTCULO 3.2 - Funciones

    El Consejo General de Estudiantes tendr las siguientes funciones:

    a) Representar oficialmente al estudiantado en los actos que se celebren dentro y

    fuera de la UPR-Ponce.

    b) Servir de foro al estudiantado para la discusin y el esclarecimiento de los

    problemas que afecten a los estudiantes, a la comunidad universitaria y a la

    comunidad en general.

    c) Exponer, ante las autoridades universitarias correspondientes, las opiniones y

    recomendaciones relativas a las situaciones que afectan a los estudiantes y a la

    buena marcha de la UPR-Ponce.

    d) Auspiciar y realizar actividades culturales, sociales, recreativas, cientficas,acadmicas, educativas, de orientacin, y cualquier otra, que complementen la

    educacin universitaria.

    e) Participar, segn se disponga, en los procesos que se establezcan para la

    creacin y enmienda de reglamentos y polticas estudiantiles, acadmicas e

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    8/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 7de 26

    institucionales; en especial, en la formulacin de enmiendas al Reglamento

    General de la UPR, Reglamento General de Estudiantes y los reglamentos y

    normas de la UPR-Ponce.

    f) Participar en el proceso de seleccin y evaluacin del Procurador Estudiantil.

    g) Convocar al estudiantado a asambleas y promover su participacin en las mismas.

    h) Fomentar la participacin de los estudiantes en el proceso eleccionario.

    i) Reunirse con el Rector, el Decano de Estudiantes, Decano de AsuntosAcadmicos y Decano de Administracin de la UPR-Ponce por lo menos dos (2)veces por semestre.

    j) Escoger de entre su propio seno, los miembros de la Directiva, salvo que elReglamento de Estudiantes de la UPR-Ponce disponga lo contrario.

    k) Crear y establecer la organizacin de comits de trabajo.

    l) Proponer al Senado Acadmico, al Rector y a otros foros universitarios, la

    formulacin de normas o polticas institucionales sobre cualquier asunto que le

    sea pertinente a la comunidad estudiantil y para as recibir su respuesta oficial.

    m) Formular recomendaciones a la Junta Universitaria, al Presidente y a la Junta de

    Gobierno sobre las propuestas que surjan en el Senado Acadmico, Junta

    Administrativa y en organismos anlogos de la UPR-Ponce.

    n) Consultar con los dems Consejos Generales de Estudiantes sobre las decisiones

    que tengan impacto sobre la Universidad como sistema, mediante los

    procedimientos y estructuras que faciliten dichas consultas.

    ARTCULO 3.3 - Composicin

    El Consejo General de Estudiantes se compondr de los siguientes miembros,

    quienes tendrn voz y voto en las reuniones del mismo:

    a) Un Presidente del Consejo General de Estudiantes

    b) Siete Representantes por Acumulacin

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    9/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 8de 26

    c) Un Representante ante la Junta Universitaria

    d) Un Representante ante la Junta Administrativa

    e) Un Senador por Acumulacin

    f) Al menos dos representantes estudiantiles por Departamento Acadmico.

    ARTCULO 3.4 - Directiva

    Los Representantes por Acumulacin elegirn, de entre ellos, al Vicepresidente,

    Secretario, Tesorero, Oficial de Relaciones Pblicas y Vocales. Entre los vocales se

    elegirn un Sub-secretario, Sub-tesorero, y Sub-oficial de relaciones pblicas. stos, en

    conjunto con el Presidente del Consejo General de Estudiantes, constituirn la Directiva.

    ARTCULO 3.5 - Junta de Disciplina

    Los dos representantes ante la Junta de Disciplina se escogern de entre los

    miembros al Consejo General de Estudiantes, siempre y cuando sea vocal y/o

    representante departamental.

    ARTCULO 3.6 - Autoridad

    El Consejo General de Estudiantes, como cuerpo autnomo, constituir la mximaautoridad dentro del mismo y sus determinaciones slo podrn ser contradichas por el

    estudiantado de la UPR-Ponce, reunido en Asamblea General Estudiantil, siempre y

    cuando no contravengan las reglamentaciones institucionales vigentes.

    ARTCULO 3.7 - Funcionamiento Interno

    El Consejo General de Estudiantes gozar de autonoma en el manejo de sus

    asuntos internos, en todo aquello que no est regulado por, ni sea incompatible con elReglamento General de la UPR, Reglamento General de Estudiantes y/o el Reglamento

    de Estudiantes de la UPR-Ponce. El Consejo administrar los fondos que se le asignen

    para ejercer sus atribuciones y cumplir sus responsabilidades. Asimismo, configurar su

    presupuesto y utilizar sus materiales, equipos e instalaciones segn estime pertinente,

    de acuerdo a las leyes y normas establecidas.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    10/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 9de 26

    ARTCULO 3.8 - Ejecucin de los Acuerdos

    La ejecucin de los acuerdos del Consejo General de Estudiantes ser funcin de la

    Directiva o de los comits sobre los cuales se delegue.

    CAPTULO IV

    ELECCIONES Y VOTACIONES

    ARTCULO 4.1 - Lectura de deberes y requisitos de elegibilidad, tiempo yesfuerzo antes de eleccin y nominaciones

    Antes de abrir las nominaciones para cualquier cargo se debern leer los deberes y

    responsabilidades del mismo y los requisitos de elegibilidad para el cargo establecidos

    en la reglamentacin estudiantil y universitaria.

    ARTCULO 4.2 - Nominaciones

    Se abrirn las nominaciones para cada cargo. Todos los miembros del Pleno del

    Consejo General de Estudiantes podrn nominar candidatos. Las nominaciones no

    requerirn ser secundadas. Se cerrarn las nominaciones mediante mocin a los efectos,

    la cual deber ser aprobada por dos terceras (2/3) partes. Las nominaciones se podrn

    reabrir antes de realizada la votacin, mediante mocin a los efectos, la cual deber ser

    aprobada por mayora simple.

    ARTCULO 4. 3 - Elecciones

    Las elecciones sern por mayora simple y mediante votacin secreta en todos los

    casos. No se podrn llevar a cabo elecciones por aclamacin. En caso de que haya

    solamente un candidato para alguna posicin, o el nmero de candidatos sea igual o

    menor al nmero de posiciones, se deber votar a favor o en contra de la eleccin decada uno de los nominados individualmente.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    11/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 10de 26

    CAPTULO V

    COMITS PERMANENTES

    ARTCULO 5.1 - Comits Permanentes

    Los Comits Permanentes del Consejo General de Estudiantes sern los siguientes:

    A. Comit de Agenda

    B. Comit de Secretara

    C. Comit de Tesorera

    D. Comit de Relaciones Pblicas

    E. Comit del Programa de Prstamo de Libros

    ARTCULO 5.2 - Constitucin

    En la primera reunin ordinaria del Consejo General de Estudiantes, se constituirn

    los Comits Permanentes. De surgir alguna vacante, la misma se llenar en la prxima

    reunin ordinaria de dicho cuerpo.

    ARTCULO 5.3 - Comit de Agenda

    Seccin 5.3.1 - El Comit de Agenda determinar los asuntos que deban discutirse en lasreuniones ordinarias del Consejo General de Estudiantes. Este comit estar integradopor:

    1. El Presidente del Consejo General de Estudiantes2. El Secretario del Consejo General de Estudiantes3. Tres miembros del Consejo General de Estudiantes

    Seccin 5.3.2 El presidente del Consejo General de Estudiantes lo presidir y en suausencia el Secretario.

    Seccin 5.3.3 Cualquier miembro del Consejo que interese incluir un asunto para laatencin de este cuerpo, lo someter al Comit de Agenda a travs de la Secretara.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    12/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 11de 26

    ARTCULO 5.4 - Comit de Secretara

    Seccin 5.4.1 El Comit de Secretara le brindar apoyo al Secretario en sus funciones,en especial en la redaccin de actas y acuerdos del Consejo General de Estudiantes.Este comit estar integrado por:

    1. El Secretario del Consejo General de Estudiantes2. El sub- secretario del Consejo General de Estudiantes3. Un miembro del Consejo General de Estudiantes

    Seccin 5.4.2 El secretario del Consejo General de Estudiantes lo presidir y en suausencia el sub- secretario.

    ARTCULO 5.5 - Comit de Tesorera

    Seccin 5.5.1 El Comit de Tesorera brindar apoyo al tesorero en sus funciones ypresentar en informes sus recomendaciones sobre el presupuesto, compras realizadas,recaudaciones de fondos, etc. Este comit estar integrado por:

    1. El Tesorero del Consejo General de Estudiantes2. El Oficial de Relaciones Pblicas del Consejo General de Estudiantes3. El sub- tesorero del Consejo General de Estudiantes4. Dos o cuatro miembros del Consejo General de Estudiantes

    Seccin 5.5.2 El tesorero del Consejo General de Estudiantes lo presidir y en su

    ausencia el sub- tesorero.

    ARTCULO 5.6 - Comit de Relaciones Pblicas

    Seccin 5.6.1 El Comit de Relaciones Pblicas brindar apoyo al oficial de relacionespblicas en sus funciones. Presentar informes sobre actividades realizadas y/o arealizarse. Este comit estar integrado por:

    1. El Oficial de Relaciones Pblicas del Consejo General de Estudiantes

    2. El Tesorero del Consejo General de Estudiantes3. El Sub-Oficial de Relaciones Pblicas4. Cuatro miembros del Consejo General de Estudiantes

    Seccin 5.6.2 El Oficial de Relaciones Pblicas del Consejo General de Estudiantes lopresidir y en su ausencia el sub-oficial de relaciones pblicas.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    13/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 12de 26

    ARTCULO 5.7 - Comit del Programa de Prstamo de Libros

    Seccin 5.7.1 El Comit debe ser constituido dentro de los primeros 10 das laborablesde agosto. De an no estar constituido el nuevo CGE, continuar el Comit del ao

    anterior hasta que el nuevo CGE est constituido.Seccin 5.7.2 Este comit est integrado por:

    1. Presidente del Consejo General de Estudiantes como miembro ex oficio.2. Cuatro miembros del Consejo General de Estudiantes. Dos de estos deben ser

    Representantes Departamentales.3. Dos ex miembros del Consejo General de Estudiantes, preferiblemente del

    Comit del ao acadmico anterior.

    Seccin 5.7.3 Las funciones del Comit, segn el Reglamento del Programa dePrstamo de Libros del Consejo General de Estudiantes, son las siguientes:

    a. Recibir las solicitudes del PPL-CGEb. Evaluar los candidatosc. Organizar toda actividad de recaudacin de fondosd. Administrar el inventarioe. Estipular periodos de solicitud, concesin y fechas de entregasf. Identificar recursos y donacionesg. Presentar informe al CGE

    El Comit debe nombrar un Presidente, Secretaria y Tesorero. El Presidente del CGEno debe ocupar ninguno de estos puestos dentro del Comit.

    CAPTULO VI

    COMITS PERMANENTES DE ASESORAMIENTO

    ARTCULO 6.1 - Comits Permanentes de Asesoramiento

    Los Comits Permanentes de Asesoramiento del Consejo General de Estudiantes

    sern los siguientes:

    a. Comit de Evaluacin de Servicios Privados (Cafetera y Librera)

    b. Comit de Biblioteca

    c. Comit de Becas y Prstamos

    d. Comit de Actividades Institucionales

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    14/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 13de 26

    e. Comit de Seguridad Institucional

    El Consejo, sin embargo, podr constituir otros comits especiales de asesoramiento

    mediante certificacin a esos efectos. Su trmino ser por un tiempo determinado hasta

    que descarguen su respectiva encomienda.

    ARTCULO 6.2 - Constitucin

    En la primera reunin ordinaria del Consejo General de Estudiantes, se constituirn

    los Comits Permanentes de Asesoramiento. Slo los miembros del Consejo General de

    Estudiantes podrn pertenecer a estos comits. De surgir alguna vacante, la misma se

    llenar en la prxima reunin ordinaria de dicho cuerpo.

    ARTCULO 6.3 - Composicin

    Los Comits de Asesoramiento estarn constituidos por cinco miembros del Consejo

    General de Estudiantes. Su composicin ser de cuatro (4) miembros en propiedad y un

    miembro ex officio que ser el Presidente del Consejo General de Estudiantes. El

    presidente y el secretario de cada comit sern elegidos por y de entre los miembros en

    propiedad.

    ARTCULO 6.4 - Funcin

    Los Comits Permanentes de Asesoramiento ofrecern a las autoridades

    administrativas y docentes recomendaciones sobre los asuntos inherentes a los intereses

    de los estudiantes de la UPR-Ponce.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    15/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 14de 26

    CAPTULO VII

    OTROS COMITS

    ARTCULO 7.1 - Comit de Consulta

    Se constituir un Comit de Consulta a los efectos de ofrecer recomendaciones a las

    autoridades correspondientes sobre los candidatos al cargo de Presidente de la UPR y

    Rector, Decanos y Procurador Estudiantil en la UPR-Ponce. El comit se compondr de

    cinco (5) o siete (7) miembros, los cuales sern electos por el Consejo General de

    Estudiantes. El comit establecer el proceso y mecanismos para cumplir su encomienda

    y someter al cuerpo un informe escrito con recomendaciones en el periodo que

    corresponda para su aprobacin. Una vez se apruebe el informe, se remitir el mismo a

    la autoridad nominadora correspondiente.

    ARTCULO 7.2 - Comits Especiales

    El Consejo General de Estudiantes podr constituir los Comits Especiales que

    estime necesarios para cumplir con sus funciones y responsabilidades como cuerpo

    representativo de los estudiantes. La composicin de sus miembros ser aquella que

    determine el cuerpo en reunin al momento de su constitucin. Su trmino ser por un

    tiempo determinado, hasta que descarguen su respectiva encomienda.

    CAPTULO VIII

    REUNIONES Y ASAMBLEAS

    ARTCULO 8.1 - Reunin Constitutiva

    El Consejo General de Estudiantes celebrar su primera reunin despus del 30 dejunio, periodo en el que vence el trmino del Consejo saliente. El Consejo de Estudiantes

    saliente ser invitado a la primera reunin del nuevo Consejo con el fin de aclarar dudas

    sobre los deberes y responsabilidades del CGE y procedimientos administrativos. La

    Reunin constitutiva ser considerada como extraordinaria y tendr la siguiente agenda.

    1. Constatacin de qurum

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    16/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 15de 26

    2. Discusin de los deberes y responsabilidades y procesos administrativos.

    3. Seccin de preguntas y/o dudas.

    ARTCULO 8.2 - Reuniones Ordinarias

    El Consejo General de Estudiantes se reunir al menos dos (2) veces al mes en la

    fecha y hora indicada en la convocatoria. El Secretario establecer un calendario de

    reuniones ordinarias para cumplir con esta disposicin. La agenda incluir al menos los

    siguientes asuntos:

    a) Constatacin del qurum

    b) Consideracin y aprobacin de Actas

    c) Informe de Presidenciad) Informe de los Representantes ante otros organismos

    e) Informes de Comits Permanentes

    f) Asuntos Pendientes

    g) Asuntos Nuevos

    h) Clausura

    El orden de la agenda podr ser enmendado por aprobacin, mediante mayora

    extraordinaria de los presentes.

    ARTCULO 8.3 - Reuniones Extraordinarias

    El Consejo General de Estudiantes celebrar reuniones extraordinarias, segn sea

    necesario para el cumplimiento de sus funciones. Las reuniones extraordinarias sern

    convocadas por el Presidente o por solicitud de la tercera parte (1/3) de sus miembros.

    ARTCULO 8.4 Qurum

    El qurum en las reuniones del Consejo General de Estudiantes se constituir por

    ms de la mitad de los miembros del mismo.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    17/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 16de 26

    ARTCULO 8.5 - Convocatoria

    El Secretario emitir y enviar a todos sus miembros la convocatoria a la reunin

    ordinaria, con cinco (5) das de antelacin, en formato impreso o electrnico. Junto a la

    misma deber distribuir la agenda y todo documento relacionado a los asuntos a serdiscutidos en la reunin. Las convocatorias sern firmadas por el Presidente.

    ARTCULO 8.8 - Excusas

    Todo miembro del Consejo General de Estudiantes que, por alguna razn no

    pueda asistir a cualquier reunin del cuerpo o de sus comits, deber someter por escrito

    una excusa a la Presidencia. Se aceptar la misma si est debidamente justificada, de lo

    contrario se considerar como ausencia. Se considerarn como excusas justificadas las

    siguientes razones:

    Acadmicas (Clases, exmenes y/o cualquier otro requisito acadmico)

    Mdicas (ya sean propias o de dependientes

    Representacin en actividades oficiales de la universidad

    Representacin del Consejo en otros cuerpos deliberativos

    Ausencias a reuniones ordinarias no convocadas con el periodo de anticipacin

    estipulado o calendarizada previamente.

    En casos excepcionales el Presidente del CGE evaluar si debe ser considerada

    como ausencia justificada. De no estar de acuerdo se puede apelar al pleno.

    Las excusas justificatria deber ser presentada por escrito a ms tardar 5 dias lectivos

    luego de la ausencia o tardanza, el no hacer esto invalidara la excusa.

    Al cabo de dos (2) ausencias injustificadas, la Presidencia enviar una carta a ese

    estudiante sealando sus ausencias y las consecuencias de ausencias o tardanzas

    adicionales. En caso de que hayan sido dos (2) ausencias injustificadas de manera

    consecutiva se la informar que a la tercera se llevar a cabo el proceso indicado en el

    ARTCULO 10.2 - Proceso de Destitucin.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    18/27

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    19/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 18de 26

    Estudiantes y en lo posible al resto de las actividades auspiciadas por el Consejo

    General de Estudiantes.

    c) Llegar a tiempo, participar y permanecer hasta el final en dichas reuniones. En

    caso de que se vaya a ausentar o a llegar tarde deber informarlo a la Secretariao a la Presidencia o Coordinador de la reunin correspondiente.

    d) Atender al estudiantado de la UPR-Ponce, cumpliendo con las responsabilidades

    reglamentarias y morales que conlleva el ser representantes del estudiantado.

    e) Apoyar los acuerdos y los intereses del estudiantado ante el Consejo General de

    Estudiantes y/o los cuerpos deliberativos de la UPR-Ponce en los cuales sean

    representantes.

    ARTCULO 9.2 - Presidente

    El Presidente del Consejo General de Estudiantes tendr los siguientes deberes y

    responsabilidades:

    a) Ser el portavoz oficial del estudiantado de la UPR-Ponce.

    b) Encomendar al Secretario el envo de las convocatorias las reuniones del Consejo

    General de Estudiantes.

    c) Presidir las reuniones del Consejo General de Estudiantes y las Asambleas

    Estudiantiles.

    d) Preparar y presentar ante la consideracin del cuerpo el plan de trabajo para el

    ao acadmico para el cual fue electo.

    e) Velar por el cumplimiento del Reglamento del Consejo General de Estudiantes por

    parte de sus miembros.

    f) Firmar las actas y documentos que contienen los acuerdos del Consejo General

    de Estudiantes.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    20/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 19de 26

    g) Representar al Consejo General de Estudiantes en cualquier acto o gestin oficial,

    en el marco de sus funciones.

    h) Ofrecer su mensaje en los actos de colacin de grados de la UPR-Ponce.

    i) Autorizar los desembolsos del presupuesto del Consejo General de Estudiantes,

    de acuerdo a las normas establecidas.

    j) Preparar, en conjunto con la Directiva, un informe escrito y presentarlos en cada

    reunin ordinaria del Consejo General de Estudiantes.

    k) Junto al Secretaria, mantener un registro de asistencia de los miembros del

    Consejo General de Estudiantes a las reuniones y actividades del mismo.

    ARTCULO 9.3 - Vicepresidente

    El Vicepresidente del Consejo General de Estudiantes tendr los siguientes deberes

    y responsabilidades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones del Consejo General de

    Estudiantes.

    b) Ejercer las funciones del Presidente del Consejo General de Estudiantes en

    ausencia temporal de ste. En caso de quedar vacante la Presidencia, ocupar la

    misma interinamente, hasta que se llene la vacante.

    c) Realizar aquellas tareas que el Consejo General de Estudiantes le indique.

    ARTCULO 9.4 - Secretario

    El Secretario del Consejo General de Estudiantes tendr los siguientes deberes y

    facultades:

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    21/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 20de 26

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones del Consejo General de

    Estudiantes.

    b) Emitir junto a las convocatorias la agenda y otros documentos de las reunionesdel Consejo General de Estudiantes.

    c) Atender la correspondencia recibida en la oficina del Consejo.

    d) Establecer un directorio con la direccin fsica, postal, correo electrnico y nmero

    de telfono de los miembros del Consejo General de Estudiantes.

    e) Redactar y certificar las actas y acuerdos del Consejo General de Estudiantes.

    f) Divulgar el calendario de reuniones del Consejo General de Estudiantes a la

    comunidad estudiantil.

    g) Preparar la hoja de asistencia y junto al Presidente, mantener un registro de

    asistencia de los miembros del Consejo General de Estudiantes a las reuniones y

    actividades del mismo.

    h) Mantener un listado de los asuntos pendientes de trmite y consideracin del

    Consejo General de Estudiantes.

    ARTCULO 9.5 - Tesorero

    El Tesorero del Consejo General de Estudiantes tendr los siguientes deberes y

    facultades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones del Consejo General de

    Estudiantes.

    b) Delinear el presupuesto anual del Consejo General de Estudiantes.

    c) Presentar un informe financiero a los miembros del Consejo General de

    Estudiantes al menos una (1) vez por semestre y/o cuando se le solicite.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    22/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 21de 26

    d) Presentar un informe escrito de las compras realizadas mensualmente en el

    Consejo General de Estudiantes.

    e) Coordinar con la administracin universitaria y la comunidad externa todo lo

    relacionado con la recaudacin de fondos para el Consejo General deEstudiantes.

    f) Llevar cuenta de todos los ingresos y egresos del Consejo General de

    Estudiantes, y conservar todos los recibos y facturas emitidas.

    g) Evaluar todas las propuestas para la compra de materiales, suministros y otros en

    el Consejo General de Estudiantes.

    h) Dar el visto bueno a todas las compras realizadas por el Consejo.

    ARTCULO 9.6 - Oficial de Relaciones Pblicas

    El Oficial de Relaciones Pblicas del Consejo General de Estudiantes tendr los

    siguientes deberes y responsabilidades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones del Consejo General de

    Estudiantes.

    b) Coordinar las relaciones pblicas e institucionales del Consejo General de

    Estudiantes.

    c) Coordinar con la administracin universitaria las actividades del Consejo General

    de Estudiantes y la concesin de permisos.

    d) Representar, por encomienda del Presidente, al Consejo General de Estudiantesen cualquier actividad dentro o fuera de la UPR-Ponce.

    e) Informar a la comunidad estudiantil sobre los asuntos discutidos, acuerdos y

    actividades del Consejo General de Estudiantes.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    23/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 22de 26

    ARTCULO 9.7 - Representante ante la Junta Universitaria

    El Representante ante la Junta Universitaria tendr los siguientes deberes y

    responsabilidades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones de la Junta Universitaria, Senado

    Acadmico y Consejo General de Estudiantes.

    b) Rendir un informe escrito de cada reunin sobre los asuntos discutidos y acuerdos

    tomados en la Junta Universitaria.

    c) Mantener comunicacin con el Representante Estudiantil ante la Junta de

    Gobierno e informar, en la medida que sea posible, al Consejo General de

    Estudiantes sobre los asuntos considerados y acuerdos tomados en la Junta de

    Gobierno.

    d) Designar un representante alterno para que le ayude en el cumplimiento de sus

    funciones y lo sustituya en las reuniones de la Junta Universitaria, Senado

    Acadmico y Consejo General de Estudiantes cuando no pueda asistir a las

    mismas o en caso de renuncia al cargo.

    ARTCULO 9.8 - Representante ante la Junta Administrativa

    El Representante ante la Junta Administrativa tendr los siguientes deberes y

    facultades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones de la Junta Administrativa,

    Senado Acadmico y Consejo General de Estudiantes.

    b) Rendir un informe escrito de cada reunin sobre los asuntos discutidos y acuerdos

    tomados en la Junta Administrativa.

    c) Designar un representante alterno para que le ayude en el cumplimiento de sus

    funciones y lo sustituya en las reuniones de la Junta Administrativa, Senado

    Acadmico y Consejo General de Estudiantes cuando no pueda asistir a las

    mismas o en caso de renuncia al cargo.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    24/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 23de 26

    ARTCULO 9.9 - Senador por Acumulacin

    El Senador por Acumulacin tendr los siguientes deberes y facultades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones del Senado Acadmico y Consejo

    General de Estudiantes.

    b) Rendir un informe escrito de cada reunin sobre los asuntos discutidos y acuerdos

    tomados en el Senado Acadmico.

    c) Designar un representante alterno para que le ayude en el cumplimiento de sus

    funciones y lo sustituya en las reuniones del Senado Acadmico y Consejo

    General de Estudiantes cuando no pueda asistir a las mismas o en caso de

    renuncia al cargo.

    ARTCULO 9.10 - Representantes ante la Junta de Disciplina

    Los Representantes ante la Junta de Disciplina tendrn los siguientes deberes y

    facultades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones de la Junta de Disciplina y

    Consejo General de Estudiantes.

    b) Rendir un informe escrito de cada reunin sobre los asuntos discutidos en la Junta

    de Disciplina. Al redactar los informes, seguirn las reglas de confidencialidad

    aplicables.

    ARTCULO 9.11 - Representantes Departamentales

    Los Representantes Departamentales tendrn los siguientes deberes y

    responsabilidades:

    a) Asistir y participar activamente de las reuniones del Departamento, la Facultad y

    Consejo General de Estudiantes.

    b) Presidir las Asambleas Estudiantiles Departamentales.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    25/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 24de 26

    c) Informar oportunamente al Consejo General de Estudiantes sobre las

    preocupaciones de los estudiantes de sus respectivos departamentos para la

    consideracin y accin correspondiente.

    CAPTULO X

    DISPOSICIONES ESPECIALES

    ARTCULO 10.1 - Proceso Parlamentario

    En ausencia de alguna disposicin en este Reglamento, se seguir de acuerdo con

    el Manual de Procedimientos Parlamentarios de Reece E. Bothwell, el cual se considerarla Autoridad Parlamentaria del Consejo General de Estudiantes.

    ARTCULO 10.2 - Proceso de Destitucin

    PARTE A

    El Consejo General de Estudiantes podr destituir de su cargo a todo representante

    estudiantil de ocurrir alguno de los siguientes casos:

    a) Abandono y/o incumplimiento de sus funciones o encomiendas en el Consejo

    General de Estudiantes y/o foros deliberativos de la UPR.

    b) Ausencia justificada o injustificadamente con la combinacin de 10 reuniones

    ordinarias, extraordinarias y/o de comits en el transcurso de un ao

    acadmico. Las ausencias comenzarn a contabilizarse a partir de la

    certificacin oficial del estudiante.

    c) Violacin evidente al Reglamento del Consejo General de Estudiantes, al

    Reglamento General de Estudiantes y/o al Reglamento de Estudiantes de la

    UPR-Ponce.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    26/27

    Reglamento del Consejo General de Estudiantes UPR Ponce | Pgina 25de 26

    PARTE B

    El procedimiento para el proceso de destitucin ser el siguiente:

    a) Cualquier miembro del Consejo General de Estudiantes presentar en una

    reunin ordinaria su preocupacin de otro integrante que incurre con la Parte

    A. El mismo debe argumentar con evidencia.

    b) El caso ser evaluado por la directiva o un comit especial, segn disponga el

    pleno. La directiva o comit especial le dar la oportunidad al implicado a

    defenderse.

    c) La directiva o comit especial presentar un informe sobre la evaluacin del

    caso.

    d) Luego de cumplir con los pasos anteriores de evaluacin, cualquier miembro

    del Consejo General de Estudiantes podr presentar una mocin de

    destitucin contra el implicado, segn los casos estipulados en la Parte A.

    e) Para aprobar la mocin deber obtenerse el voto afirmativo de dos terceras

    partes (2/3) de los miembros del Consejo General de Estudiantes.

    ARTCULO 10.3 - Vacantes

    Las vacantes que surjan en la representacin estudiantil de la UPR-Ponce, por

    renuncia o destitucin, se llenarn por los respectivos representantes alternos. De no

    haber alternos, se llenarn segn dispongan los miembros del Consejo General de

    Estudiantes por mayora extraordinaria de los presentes. Los estudiantes que llenen las

    vacantes debern cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento General de

    Estudiantes para ocupar el cargo.

  • 7/25/2019 Reglamento Del Consejo General de Estudiantes UPRP

    27/27

    ARTCULO 10.4 - Participacin de los Estudiantes

    a) Los Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico que no pertenezcan al Consejo

    General de Estudiantes de Ponce, tendrn derecho a participar con voz y

    presentar mociones en las reuniones ordinarias y extraordinarias del Pleno delConsejo General de Estudiantes. Estas mociones deben ser secundada por un

    miembro del CGE.

    Tendrn derecho a pertenecer (con voz, con voz y voto o como observadores) a

    los comits Permanentes de Asesoramiento, Especiales e Institucionales o de

    cualquier otro tipo del Consejo General; excepto en aquellos casos que lo

    disponga este Reglamento, o en los cuales por votacin de la mayora de los

    presentes en una reunin debidamente constituida del Pleno del Consejo Generalse disponga lo contrario. No tendrn derecho al voto en las reuniones ordinarias

    o extraordinarias del Pleno del Consejo General.

    b) El Pleno del Consejo General tendr la potestad de celebrar reuniones cerradas

    cuando aslo determine, por votacin de dos terceras (2/3) partes de los miembros

    presentes en la reunin. En estas reuniones slo participarn los miembros del

    Pleno, representantes estudiantiles ante la Junta de Gobierno, y cualesquiera

    otras personas que determine el Pleno. Las reuniones de los Comits y de laDirectiva sern abiertas, a menos que estos determinen lo contrario por mayora

    simple.