Reglamento Del Centro Municipal

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REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO INFANTILMUNICIPAL DEL BUEN VIVIR Nº 1 “MERCADO MAYORISTA” REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO INFANTIL MUNICIPAL DEL BUEN VIVIR “MERCADO MAYORISTA” ANTECEDENTES: El Ilustre Municipio de Loja y las madres de familia, adjudicatarias del Mercado Mayorista, preocupados por el bienestar de los niños que se encontraban en los puestos de trabajo, expuestos a diferentes riesgos, ven la necesidad de crear una guardería para los hijos de las madres de familia que expenden en el mencionado mercado. Se suscribe un convenio con el Ministerio de bienestar Social y el Ilustre Municipio de Loja, en la Administración del Lic. Eloy Torres Guzmán, Alcalde del Cantón Loja; periodo 1978-1981, donde el Municipio por una parte se compromete hacer la donación del local y administrar los fondos de la guardería y por otra parte el Ministerio de Bienestar Social se compromete hacer el respectivo acondicionamiento del local junto al Mercado Mayorista . El Centro Infantil inicia sus labores el 16 de septiembre de 1981, prodigando atención y cuidado a los niños con alimentación: como desayuno, colación, almuerzo y colación de la tarde. Así mismo ofreciendo atención médica semanal por parte del Dispensario Municipal de los párvulos desde los tres meses a cinco años de edad; contando con 8 empleadas municipales al servicio de 50 niños y niñas. 1

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REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO INFANTILMUNICIPAL DEL BUEN VIVIR N 1 MERCADO MAYORISTAREGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO INFANTIL MUNICIPAL DEL BUEN VIVIR MERCADO MAYORISTA

ANTECEDENTES:

El Ilustre Municipio de Loja y las madres de familia, adjudicatarias del Mercado Mayorista, preocupados por el bienestar de los nios que se encontraban en los puestos de trabajo, expuestos a diferentes riesgos, ven la necesidad de crear una guardera para los hijos de las madres de familia que expenden en el mencionado mercado.

Se suscribe un convenio con el Ministerio de bienestar Social y el Ilustre Municipio de Loja, en la Administracin del Lic. Eloy Torres Guzmn, Alcalde del Cantn Loja; periodo 1978-1981, donde el Municipio por una parte se compromete hacer la donacin del local y administrar los fondos de la guardera y por otra parte el Ministerio de Bienestar Social se compromete hacer el respectivo acondicionamiento del local junto al Mercado Mayorista . El Centro Infantil inicia sus labores el 16 de septiembre de 1981, prodigando atencin y cuidado a los nios con alimentacin: como desayuno, colacin, almuerzo y colacin de la tarde. As mismo ofreciendo atencin mdica semanal por parte del Dispensario Municipal de los prvulos desde los tres meses a cinco aos de edad; contando con 8 empleadas municipales al servicio de 50 nios y nias.

Se logra legalizar el funcionamiento del Centro Infantil, el 16 de Junio de 1992 publicada en el Registro Oficial N 958 con el Acuerdo N 0244 del Ministerio de Bienestar Social, adems, realiza las gestiones pertinentes para ampliar el cupo de nios, consiguiendo el presupuesto para atender a 100 nios, ofreciendo los servicios de alimentacin, cuidado diario y educacin, con la colaboracin de todo el personal que colabora en beneficio de la mencionada Guardera, con el horario de 7h00 hasta las 15h00.

Actualmente el Municipio de Loja, Y la Direccin de Proteccin Social ha mejorado todos los servicios como su infraestructura, ha incrementado personal capacitado e implementos, con la finalidad de prestar servicios de calidad a los nios beneficiarios, contando con 120 nios/as, con la jornada de trabajo de 07h30 a 16h00 y mantiene convenios de apoyo con el MIES

VISION:

Ser una institucin de excelencia con calidez humana, al servicio de la niez, con propuestas educativas, innovadoras, valores, fortaleciendo la afectividad para formar nios y nias competitivas y lderes del presente y futuro.

MISION:

Educar y formar a los nios y nias, proporcionndoles atencin y cuidado de acuerdo a la edad, intereses y necesidades para conseguir su desarrollo integral potenciando todas las reas de crecimiento, cognitivo, motriz y afectivo.

Art. 1. DE LA FINALIDAD, AMBITO Y RESPONSABLES

El reglamento tiene como finalidad de hacer conocer las funciones asignadas a la Directora, personal docente, administrativo y de servicio del Centro Infantil dependientes del la Direccin de Proteccin Social, para normar su fiel cumplimiento.

Art. 1. FUNCIONES DE LA DIRECTORA

Dirigir, administrar y planificar la atencin y desarrollo del Centro Infantil Municipal Mercado Mayorista Representar al Centro Infantil, en la administracin de la institucin. Designar por escrito las funciones y comisiones del personal docente, administrativo y de Servicio del Centro que deben cumplir. Ejercer la disciplina del personal docente, administrativo y de servicio del Centro Infantil, para la proteccin y cuidado de los menores. Hacer cumplir a las educadoras el horario establecido de los nios y nias. Convocar y presidir reuniones ya que las mismas sern orientadas al mejoramiento del centro infantil. Asignar turnos al personal de la Unidad Infantil para actividades culturales, sociales, cvicas, los cuales debern ser planificados. Coordinar la capacitacin del personal docente y talleres para padres de familia del Centro Infantil. Controlar al personal que recibe y al que elabora los alimentos, los cuales deben regirse al men semanal. Establecer y mantener dilogos permanentes de coordinacin con la Directiva de Padres de Familia para realizar actividades de autogestin en beneficio de la Unidad Infantil. Cumplir con las disposiciones emanadas por las superiores. Presidenta de la Direccin de Proteccin Social, Coordinador/a de Unidades. Vigilar para que los recursos del centro sean optimizados y empleados con honradez y transparencia. Cuidar de los bienes y enseres de la Centro Infantil. Informar a los superiores cualquier irregularidad que exista en el Centro Infantil. Solicitar las sanciones correspondientes del personal que incumpla sus funciones; de conformidad a lo que establece la Ley Orgnica de Servicio Pblico.

Art. 2. FUNCIONES DE ASISTENTE ADMINISTRATIVA

Asistir al Centro Infantil de lunes viernes en los horarios establecidos, acatando el reglamento y cumplimiento de las funciones. Recibir mediante acta de entrega recepcin los alimentos para la preparacin de los desayunos, refrigerios y almuerzos para la semana. Entrega oportuna de los alimentos de bodega al personal de cocina para la preparacin del men elaborado por la Nutricionista de la Direccin de Proteccin Social. Controlar la buena preparacin de los alimentos y que el personal de cocina utilice todos los productos entregados de acuerdo al men. Recaudar los valores por aporte inicial, mantenimiento de mobiliario y edificio sern canceladas al inicio del aolectivo o ingresos del nio/a y las mensualidades establecidas por la Direccin de Proteccin Social. Presentar el informe semanal y mensual a la Direccin Financiera de los aportes de los padres de familia y realizar el depsito diario de las recaudaciones en la Cnta. Cte. de la Direccin de Proteccin Social. Presentar informe seala de la DireccinFinancierade la Direccin de Proteccin Social sobre los productos utilizados para la alimentacin. Llevar control y manejo de la bodega de vveres y material de aseo en forma estricta y permanente a travs de kardex. Informar diariamente a la Direccin y personal de cocina, el nmero de nios que concurren al Centro Infantil, para reparto y preparacin de los alimentos. Mantener buenas relaciones personales con sus superiores y compaeras de trabajo. Cuidar de los bienes muebles entregados. Contribuir con las comunicaciones dispuestas por la Direccin del Centro Infantil, as como del personal en caso de ser requerido. Otras disposiciones emanadas por sus superiores y que correspondan a su funcin.

Art. 2. FUNCIONES DE LAS EDUCADORAS

Asistir al Centro Infantil de lunes a viernes, en los horarios establecidos, acatando el reglamento y cumplimiento de las funciones. Realizar la planificacin anual y plan de leccin diaria, la misma que deber entregarse en la direccin del Centro Infantil. Evaluar continuamente a los nios y nias para verificar si los objetivos planteados se estn cumpliendo a cabalidad. Impartir conocimientos pedaggicos basados en valores con amor y cario de acuerdo a la edad cronolgica y necesidades de los nios y nias. Colaborar en las actividades educativas culturales y recreativas que se realicen en la Unidad Infantil y la Direccin de Proteccin Social. Tratar a los menores con respeto y consideracin de acuerdo a los derechos de los nios y nias. Controlar trimestralmente el peso y talla de los nios y nias Comunicar a la directora o mdica del Centro Infantil, alguna enfermedad que se observe en los nios. Atender a los padres de familia o representante legal con educacin y cultura; y comunicar a la directora cualquier asunto que constituya reclamo o incomprensin por parte de ellos. Mantener buenas relaciones con sus superiores y compaeros de trabajo. Cumplir con las disposiciones emanadas por los superiores, Presidenta y Directora de la Direccin de Proteccin Social, Coordinador/a de Unidades y Directora del Centro Infantil. Cuidar los bienes del Centro y los que se encuentran bajo su responsabilidad.

Art. 6. FUNCIONES DE LA TRABAJADORA SOCIAL

Asistir al Centro Infantil de lunes a viernes, en los horarios establecidos, acatando el reglamento y cumplimiento de las funciones. Elaborar un Plan de trabajo social donde se programe las actividades necesarias para cumplir con los objetivos propuestos. Llevar el control de carpetas y un registro de cada nio y nia que ingrese o egrese al Centro. Controlar trimestralmente el peso y talla de los nios y nias conjuntamente con el mdico. Velar por los nios y nias que se encuentran en situacin de riesgo y realizar el informe social, previo la visita domiciliaria, para conocer el ambiente familiar. Colaborar con el medico/a con las carpetas en la atencin medica odontolgica y cuando se den las campaas de vacunacin respectivas. Presentar en la Direccin de la Institucin las actividades de autogestin para la capacitacin de madres, padres de familia y personal de la Unidad Infantil. Mantener adecuado el botiqun de primeros auxilios, con los medicamentos indispensables para casos como: golpes o fiebre leve en los nios y nias del Centro Infantil. Para conceder una beca o exoneracin del pago de las mensualidades deber ser fundamentada por la visita domiciliaria y el informe social y las conclusiones y recomendaciones sern apegadas a la realidad socio-econmica de la madre o padre de familia y remitido a la Presidenta de la Direccin de Proteccin Social, la misma que decidir la opcin de la beca o el porcentaje a exonerar. Mantener buenas relaciones con sus superiores y compaeros de trabajo. Cumplir con las disposiciones emanadas por los superiores, Presidenta, Directora de la Direccin de Proteccin Social, Coordinador/a de Unidades y Directora del Centro Infantil. Cuidar los bienes del Centro y los que se encuentran bajo su responsabilidad.

Art. 7. FUNCIONES DE LA PSICOLGA

Asistir al Centro Infantil de lunes a viernes, en los horarios establecidos acatando el reglamento y cumplimiento de las funciones. Presentar a la Direccin del Centro Infantil el plan de trabajo anual y el plan individual de los nios y nias. Evaluar mensualmente y cuando sea necesario a los nios y nias, para determinar un diagnstico y en caso de existir problemas de aprendizaje y conducta, dar alternativas de solucin conjuntamente con el equipo tcnico. Presentar a la Direccin dela Unidad Infantil los informes mensuales del trabajo desarrollado y las soluciones o posibles alternativas. Realizar terapias individuales a los nios y nias de la Unidad Infantil, en lo que se refiere a Lenguaje, Motricidad, Desarrollo Personal y Social, para contribuir al desarrollo integral del mismo. Realizar terapias individuales con los padres de familia, cuando el caso lo amerite y el seguimiento respectivo. Cuidar los bienes del Centro y los que se encuentran bajo su responsabilidad.

Art. 8. DEL PERSONAL DE COCINA

Deber cumplir las siguientes funciones:

Preparar los alimentos cumpliendo con las normas de higiene extremas, de acuerdo al men establecido por la Nutricionista de la Direccin de Proteccin Social y horario previsto para el efecto. Cuidar que los alimentos se mantengan en buen estado y en refrigeracin. Mantener el cuidado y aseo diario de los utensilios de cocina. Mantener el aseo diario, cuidado y arreglo de las instalaciones de cocina y el comedor. Cumplir con el horario y turnos que disponga la Directora de acuerdo a las necesidades de los nios y nias del orfanato. Mantener buenas relaciones con sus superiores y compaeros de trabajo. Cumplir con las disposiciones emanadas por los superiores, Presidenta, Directora de la Direccin de Proteccin Social, Coordinador/a de Unidades y Directora de la Institucin. Cuidar los bienes del centro y los que se encuentren bajo su responsabilidad.

Art. 9. FUNCIONES DEL CONSERJE

Cuidar los bienes y accesorios del Centro Infantil. Responsable de abrir y cerrar las puertas del Centro Infantil Controlar la entrada y salida de personas particulares con identificacin. Permanecer en el Centro Infantil y colaborar con la atencin de personas y autoridades que visiten la Institucin. Aseo de oficinas, mobiliario, cuidar, arreglar las plantas y mantenimiento de las jardineras. Mantener completamente limpios y desinfectados los inodoros del Centro Infantil y los recipientes de basura. Entregar la correspondencia y materiales de la Institucin. Mantener buenas relaciones con sus superiores y compaeros de trabajo. Cumplir con las disposiciones emanadas por los superiores, Presidenta de la Direccin de Proteccin Social, Coordinador/a de Unidades y Directora de la Institucin. Cuidar los bienes del centro y los que se encuentren bajo su responsabilidad.

Art. 10. DE LOS PADRES DE FAMILIA

Asistir con puntualidad a todas las reuniones de padres de familia convocadas por la Directora del Centro Infantil o con la autorizacin de la misma. Se reunirn ordinariamente por trimestres en cada una de las salas y extraordinariamente, cuando la Directora, la educadora o la Directiva de padres de familia solicite. Todo reclamo respecto a la informacin y al trato de los nios se lo receptara por escrito en la direccin del centro y con firma de responsabilidad. Colaboraran con todas las actividades que planifiquen la Directora del Centro conjuntamente con el Comit Central de padres de familia y el personal docente. Es obligacin del padre de familia dotar al nio de los tiles y material necesario para sus hijos, la asistencia a talleres o reuniones sern exclusivamente con la presencia de padres de familia o un representante de mayor de edad. Es una obligacin de los padres de familia el cuidado de la salud de los nios dentro del hogar, el Centro Infantil no se responsabilizara del nio que demuestre sntomas de alguna enfermedad. Las madres y padres de familia debern contribuir con el aporte inicial mantenimiento de mobiliario y edificio, que sern cancelados al inicio del ao lectivo o ingreso del nio/a y las mensualidades establecidas por la Direccin de Proteccin Social.

Art. 11. DE LOS NIOS Y NIAS

Son beneficiarios del Centro Infantil quienes han obtenido inscripcin correspondiente y se hallaren concurriendo al Centro. Sus deberes y derechos son:

A los nios y nias se los dejar y retirar de la puerta del Centro infantil. Al final de la jornada los nios/as sern entregados a los Padres de Familia, Representante Legal a la persona que presente el carnet de identificacin o cdula del nio. No se permite a los nios traer juguetes, joyas u objeto de valor, de hacerlo el Centro no asume ninguna responsabilidad. El uniforme lo deben portar los nios/as todos los das con el nombre y apellido para su identificacin, el mismo que es de carcter obligatorio, excepto cuando exista una disposicin de la directora del centro. Cuidar los bienes, contribuyendo al aseo y mantenimiento del Centro Infantil. Respetar y saludar a las autoridades, profesoras y compaeros del Centro.

Art. 12. DE LAS PROHIBIICONES DEL PERSONAL

Protagonizar desorden, antagonismo o promover la paralizacin de las actividades institucionales sin justificacin de ley. Motivar a los padres de familia para reclamos injustificados y hacer pblico denuncias por los medios de comunicacin, desprestigiando la institucin. Ejercer actividades profesionales de ndole particular, comerciales, manuales y domsticas en ejercicio de funciones. Ingerir licor, suministrarse estupefacientes y dedicarse a juegos de azar en el Centro Infantil. Ingresar a la institucin en estado etlico. Hacer poltica partidista y religiosa dentro del Centro Infantil. Alterar, destruir o apropiarse de documentos e informacin oficial. Apropiarse de los bienes y tiles del Centro Infantil. Utilizar los materiales y equipos del Centro Infantil, con fines de lucro personal.

Art. 13. DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS

Los servidores que incumplieren en sus obligaciones o incurran en las prohibiciones o contravinieren las disposiciones de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, el reglamento interno del Centro Infantil, y el presente instructivo y ms normas conexas, incurrirn en responsabilidad administrativa que era sancionada disciplinariamente de acuerdo a la gravedad de la falta, sin perjuicio de responsabilidad.

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