REGLAMENTO DE USO DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA BIZCOCHO DE ACHIRA … · 2017-09-05 · de...

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Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 1 REGLAMENTO DE USO DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA Resolución No. 23115 del 20 de abril de 2012 PRECOOPERATIVA DE PRODUCTORES BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA “ACHIRAS DEL HUILA EBT”

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Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 1

REGLAMENTO DE USO

DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA

BIZCOCHO DE ACHIRA

DEL HUILA

Resolución No. 23115 del 20 de abril de 2012

PRECOOPERATIVA DE PRODUCTORES BIZCOCHO

DE ACHIRA DEL HUILA “ACHIRAS DEL HUILA EBT”

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 2

TABLA DE CONTENIDO

Pág.

DEFINICIONES

3

DE LA NATURALEZA Y OBJETIVO DEL REGLAMENTO DE USO

6

DE LA DENOMINACION DE ORIGEN BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA

6

DE LA ADMINISTRACION, LOS ÓRGANOS DE CONTROL Y CERTIFICACION

8

DE LOS ESLABONES PRODUCTIVOS BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA

12

DEL EMPAQUE, EMBALAJE Y ETIQUETADO

26

DE LOS REGISTROS

27

DEL PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

30

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DO

31

DE LAS INFRACCIONES AL REGLAMENTO

32

DE LAS NOTIFICACIONES Y FIRMEZA DE LAS DECISIONES

35

DE LA VIGENCIA Y DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO

36

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 3

TÍTULO I

DEFINICIONES, NATURALEZA Y OBJETIVO DEL REGLAMENTO DE USO

CAPÍTULO I

DEFINICIONES

Artículo 1. Definiciones.

A los efectos de la anterior introducción, las siguientes son las definiciones que rigen

el presente Reglamento:

1.1 Legislación aplicable: la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, y

sus modificatorias y sustitutorias, la Resolución declaratoria de la Protección de

Origen del Bizcocho de Achira del Huila, Resolución 23115 de 2012 del 20 de abril de

2012 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Circular Única de

la Superintendencia de Industria y Comercio, Ley 256 de 1996 y el Estatuto del

consumidor y las demás normas concordantes.

1.2 Autorización de uso: Se trata de la notificación por parte de la

PRECOOPERATIVA, y la aceptación por parte de la Superintendencia de Industria y

Comercio, de que un productor de bizcocho de achiras ha cumplido con los

requisitos establecidos por el presente Reglamento para el Uso de la Denominación

de Origen Protegida BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

1.3 Precooperativa: Organización constituida legalmente y autorizada por la SIC

para funcionar como Administrador de la Denominación de Origen BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA. En el presente Reglamento hace referencia a la

PRECOOPERATIVA PRODUCTORES DE BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA “ACHIRAS

DEL HUILA EBT”.

1.4 Bizcocho de Achira del Huila: producto alimenticio que es obtenido del almidón

de achira o sagú

1.5 Zona de Producción: Son las zonas geográficas delimitadas por la Resolución

emitida por la SIC a través de la cual se declara la Denominación de Origen Bizcocho

de Achira del Huila y que comprenden el territorio o área de influencia todo el

Departamento del Huila.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 4

1.6 Productor autorizado: Persona natural o jurídica que haya obtenido la

Autorización de Uso de la Denominación de Origen BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA.

1.7 Comercializador: Persona natural o jurídica que comercializa el BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA en el mercado

1.8 Empaque: Es el envase destinado a contener el producto.

1.9 Embalaje: Es todo recipiente utilizado para facilitar la manipulación y proteger al

envase y/o el empaque, contra los daños físicos y agentes exteriores durante su

almacenamiento y transporte; estos recipientes se utilizan durante la distribución del

producto.

1.10 Certificado de Producto: Documento emitido por el Órgano Certificador, en el

cual se manifiesta de que el producto sometido a su análisis cumple con los

estándares de calidad definidos para la Denominación de Origen BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA.

1.11 Denominación de Origen Protegida BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA: Para los

propósitos del presente Reglamento, se entenderá como cualquier indicación

geográfica dentro de la jurisdicción que proteja el producto denominado BIZCOCHO

DE ACHIRA DEL HUILA reconocido por la Superintendencia de Industria y Comercio,

incluyendo sus modificaciones o actualizaciones, y las homologaciones a dicho

reconocimiento en otras jurisdicciones.

1.12 Información Confidencial: Se trata de aquella información de carácter comercial

que suministre un usuario autorizado de la Denominación de Origen, la cual solo

podrá conocerse para propósitos de control y protección de dicha Denominación por

parte del personal autorizado, y utilizarse únicamente con este fin ante las

autoridades competentes.

1.13. Indicación Geográfica BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA: Se trata del conjunto

de instrumentos de propiedad industrial que incluyen la Denominación de

Origen BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, la Indicación Geográfica Protegida

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA o las Marcas de Certificación que protejan al

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA en Colombia y en otras jurisdicciones, y que se

reconozcan con base en la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 5

1.14. Órgano de Control: Órgano encargado para ejercer el control sobre el uso

adecuado de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA. Entiéndase también por

Órgano de Control al Órgano Interno de la PRECOOPERATIVA encargado de

implementar las políticas y las normas de calidad del BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA.

1.15. Pliego de Condiciones: Corresponde al documento vinculante para todos los

usuarios o beneficiarios cuyos productos se encuentren amparados bajo la

INDICACIÓN GEOGRÁFICA BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, el cual incluye sus

modificaciones y/o actualizaciones, así como las homologaciones que pueda

haber de dicho documento en otras jurisdicciones.

1.16. Resolución de Declaración de Protección: Corresponde al trámite y declaración

de protección de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, mediante Resolución No.

23115 del 20 de abril de 2012, emitida por la Superintendencia de Industria y

Comercio para tal fin, y aquellas que la modifiquen. Para efectos del presente

Reglamento, se entenderá también por Resolución de Declaración de Protección,

cualquier Resolución proferida por una entidad competente que reconozca la

protección de la INDICACIÓN GEOGRÁFICA BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

1.17. Solicitud de Protección: La Solicitud de Protección corresponde a la

solicitud de declaración de reconocimiento de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA presentada ante la Superintendencia de Industria y Comercio por la

GOBERNACION DEL HUILA, la cual contiene los documentos explicativos de las

características, prestigio y elaboración artesanal del BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA.

1.18. Usuario Autorizado de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA: participante en

la cadena productiva del bizcocho de achira en el Huila, que se ha sometido a los

procedimientos para obtener una Autorización de Uso de la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA por parte del Órgano de Control respectivo y que ha recibido

formalmente y por escrito dicha autorización.

1.19. Zona Productora BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA: Para efectos de la DO se

entiende que la zona geográfica s o n los municipios y centros poblados aledaños a

los corredores viales de la troncal del departamento del Huila, el cual se encuentra

ubicado al suroccidente del país entre los 3º 55' 12" y 1º 30' 4" de latitud

norte (entre el nacimiento del Rio Riachón, municipio de Colombia y el Pico de

la Fragua, municipio de Acevedo), y los 74º 25' 24" y 76º 35' 16" de longitud

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oeste del meridiano de Greenwich (entre el alto de Las Oseras, municipio de

Colombia y el Páramo de las Papas, municipio de San Agustín).

Al norte limita con los departamentos de Cundinamarca y el Tolima, al sur con los de

Cauca y Caquetá, al oriente con los departamentos de Meta y Caquetá, y hacia el

Occidente con los de Cauca y To1ima

CAPÍTULO II.

DE LA NATURALEZA Y OBJETIVO DEL REGLAMENTO DE USO

Artículo 2. Naturaleza y Objetivo.

2.1. El presente Reglamento es un compendio de las normas aplicables al uso

apropiado de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, tal y como está definida en el

presente documento, facilitando así la efectiva defensa y aplicación de la protección

de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

2.2. Definir los procedimientos para autorizar el uso de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA

DEL HUILA, de conformidad con su Resolución de Declaración de Protección No.

23115 del 20 de abril de 2012 y con las disposiciones de los correspondientes

capítulos de este Reglamento, a toda persona que se someta voluntariamente

a cumplir con los requisitos de los mencionados documentos legales y con los

lineamientos expresados en el presente Reglamento.

2.3. Establecer los derechos y las obligaciones de los usuarios que

voluntariamente se sometan a las condiciones de uso de la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA.

2.4. Integrar y actualizar en el presente Reglamento las normas, resoluciones o

reglas vigentes sobre calidad del BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA emitidas por la

PRECOOPERATIVA.

TITILO II

DE LA DENOMINACION DE ORIGEN BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA

CAPÍTULO III.

DEL ALCANCE DE LA PROTECCIÓN Y AUTORIZACIÓN DE USO

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 7

Artículo 3. Alcance de la Autorización de Uso de la Denominación de

Origen BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

3.1. Sólo se podrá utilizar en el territorio de aquellos países que reconozcan la

INDICACION GEOGRÁFICA o DENOMINACIÓN DE ORIGEN BIZCOCHO DE ACHIRA

DEL HUILA, en el producto elaborado del almidón de achira o sagú que cumplan con

la definición y demás elementos que contiene la Resolución de Declaración No. 23115

del 20 de abril de 2012 emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio para

la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA incluyendo sus modificaciones y/o

actualizaciones autorizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio o la

Oficina Nacional Competente del país o jurisdicción en donde se haya obtenido su

reconocimiento u homologación, según lo establecido en el artículo 218 de la Decisión

486 de la Comunidad Andina, de conformidad con su aplicabilidad en los respectivos

territorios, los cuales son los documentos explicativos de las características y prestigio

del BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, y que cumpla con los procedimientos y

normas establecidos en el presente Reglamento.

De conformidad con lo anterior, la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA

corresponde al producto obtenido a partir del almidón de achira o sagú y su

elaboración en el reconocido producto alimenticio, utilizando métodos que

mantengan la característica y calidad del producto, y su origen corresponde al

Departamento del Huila, País Colombia.

3.2. La protección de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, es solicitada para el

producto alimenticio elaborado a partir del almidón de achira o sagú en los 37

municipios del departamento del Huila. En consecuencia, y en concordancia con los

artículos 214, 216, 217 y 220 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, está

prohibida la imitación, usurpación y evocación de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA y sus signos distintivos, así como de los términos geográficos incluidos en la

DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA Resolución No. 23115 del 20 de abril de 2012

y por ende, la utilización de nombres, marcas, términos, expresiones y signos que

por su similitud fonética o gráfica con el producto protegido puedan inducir a

evocación, confusión o asociación con la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA que

es objeto de regulación por este Reglamento, aun en el caso de que vayan

precedidos de los términos "tipo", "gusto", "estilo", “variedad”, “imitación” u otros

análogos, o aunque se indique el origen verdadero del producto sin contar con la

debida AUTORIZACIÓN DE USO.

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3.3. Para el caso del BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA destinado a la exportación

desde Colombia, será necesario que las personas encargadas de su elaboración y

manipulación en el territorio nacional cumplan con las condiciones de uso de la DO

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, y con las normas vigentes para la exportación de

productos comestibles desde la República de Colombia.

CAPÍTULO IV.

DE LOS ORGANOS DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN

Artículo 4. LA PRECOOPERATIVA PRODUCTORES BIZCOCHO DE ACHIRA

DEL HUILA “ACHIRAS DEL HUILA ETB”

Organización legalmente constituida y autorizada por la SIC para funcionar como

Administradora de la Denominación de Origen “BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA”.

Las funciones de la PRECOOPERATIVA, además de las establecidas en el estatuto

son:

a) Expedir y aprobar el Reglamento de Uso de la Denominación de Origen

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

b) Informar a la Oficina Nacional Competente, de conformidad con lo

dispuesto en la Resolución No. 57530 del 28 de septiembre de 2012, las

modificaciones o actualizaciones de las reglas de uso contempladas en el

presente Reglamento.

c) Tramitar ante la SIC la AUTORIZACIÓN DE USO de la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA a quienes la soliciten, en cumplimiento de los requisitos

contenidos en la resolución de protección y en el presente reglamento,

d) Crear y aprobar la oficina para la Administración de Origen Protegida.

e) Crear y aprobar la Oficina Certificadora del Producto con DO BIZCOCHO DE ACHIRA

DEL HUILA.

f) Garantizar la implementación de estrategias de difusión y suministro de

información a los beneficiarios de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

g) Coordinar la aplicación del presente Reglamento con las entidades involucradas

en la implementación y control de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

h) Establecer cualesquiera disposiciones en relación con el marcado, etiquetado,

embalaje y presentación del producto con DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA, excepción hecha de la normativa técnica que, en materia de etiquetado,

resulte de aplicación.

i) Ejercer la defensa de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, la aplicación de

su Reglamento, la vigilancia del cumplimiento del mismo, así como el fomento y

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 9

control de la calidad del producto amparado, quedan encomendados a la

PRECOOPERATIVA. En este sentido, actuará con plena responsabilidad y

capacidad jurídica para comparecer en juicio, tanto en Colombia como en otros

países, ejerciendo las acciones que le correspondan en su misión de

representar y defender los intereses de los beneficiarios de la DENOMINACIÓN

DE ORIGEN BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

Para tal efecto, cuando la PRECOOPERATIVA tenga conocimiento de alguna

conducta relacionada con la tenencia, fabricación, distribución,

comercialización o importación de productos engañosos sobre el origen del

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, suministrará la información relacionada a

las respectivas autoridades, respetando, en todo caso, las normas legales

sobre reserva legal de investigaciones judiciales.

j) Ejercer las demás facultades que le confiera la ley en relación con el

control del uso de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

4.1. AREA PARA LA ADMINISTRACION DE LA DO.

Es el órgano de control del uso de la Denominación de Origen Protegida Bizcocho de

Achira del Huila, encargada de adelantar y llevar los registros de las autorizaciones de

uso de la DO, en conjunto con su equipo técnico designado para realizar los trámites

de autorización de uso de la DOP BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA y ejercerá las

siguientes funciones:

a) Adelantar el proceso documental de las solicitudes y respuestas a los

beneficiarios de la DO.

b) Diseñar y presentar a la dirección de ejecutiva las estrategias de difusión de

información a los beneficiarios de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

c) Llevar los registros de los beneficiarios de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA según los propósitos de este Reglamento.

d) Mantener los registros y bases de datos asociadas con la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA actualizadas en cumplimiento de las regulaciones que rigen

sobre la protección de las bases de datos en Colombia.

e) Adoptar y gestionar las medidas que aseguren el desarrollo y la defensa de la

DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

4.1.2 OFICINA CERTIFICADORA

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 10

Es el órgano certificador de las calidades del producto con Denominación de Origen

Protegida Bizcocho de Achira del Huila, conformada por dos expertos en el

procesamiento de almidón de achira, dos expertos en el procesamiento de la cuajada y

cuatro catadores de bizcocho de achira, tendrá como funciones las siguientes:

Funciones:

a) Certificar el producto BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA elaborado a partir del

almidón de achira o sagú, sobre la base del presente Reglamento y los

requisitos de la Resolución de Declaración de Protección No. 23115;

b) Realizar actividades de inspección de la calidad del producto;

c) Realizar controles de verificación de vigencias de los Certificados del Producto,

de acuerdo con sus procedimientos internos y las normas técnicas

aplicables a los Organismos de Certificación en Colombia, y notificar sobre

los resultados de dichos controles a la PRECOOPERATIVA con el fin de que se

tomen las medidas pertinentes.

Artículo 5. Criterios De Conformidad Del Producto

Para certificar la conformidad de producto con el presente Reglamento, la OFICINA

CERTIFICADORA deberá tener en cuenta los siguientes criterios:

a) La materia prima utilizada para la elaboración del Bizcocho de Achira se

fundamenta en los siguientes productos:

e l almidón de achira de acuerdo a criterios de calidad contenidos en el

artículo 10° del presente reglamento.

La cuajada de acuerdo a criterios de calidad contenidos en el artículo 11°

del presente reglamento.

La mantequilla de acuerdo a criterios de calidad contenidos en el artículo

12° del presente reglamento

Los huevos frescos y la sal común

b) Es un producto terminado de forma cilíndrica, con dimensiones variables,

comprendidas entre 3 a 8 centímetros de largo y un diámetro entre 1 a 2

centímetros.

c) Superficie: Arenosa se deshace suavemente en el paladar.

d) Color: Amarillo dorado, sin colorante artificial.

e) Aroma: Con aroma suave de lácteo.

f) Textura: Crocante de tostado suave.

g) Peso: Oscila entre 2.6 a 8 gramos terminado, conforme a la porción de masa

puesta en la bandeja.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 11

h) Apariencia interna: Arenosa compacta, en lo posible sin vacíos entre sus

paredes.

i) Informe del análisis físico químico cuya impresión global este calificada entre

4.0 y 4.7 en una escala de 1 a 5, teniendo como parámetros de medición

el color, el olor, el sabor y la textura.

j) Informe del análisis microbiológico que concluya que en la elaboración del

producto se emplearon materias primas de buena calidad, pues se

evidenciaron valores bajos en los parámetros analizados, que permiten

calificar las muestras analizadas con una calidad microbiológica CONFORME.

Lo anterior, basado en métodos de las NTC 4132, 4458, 4519 y 4779.

Artículo 6. Métodos de Verificación de la Calidad

Para verificar la conformidad de la calidad del producto, la OFICINA CERTIFICADORA

podrá seguir los siguientes métodos:

a) Verificación por muestreo de los requisitos técnico productivo, para la elaboración

de bizcocho de achira, cuando es ante un productor.

b) Verificación o inspección de muestras tomadas en el mercado, en la unidad

productiva o una combinación de ambos, cuando es en un establecimiento donde se

comercializa el producto.

Para la expedición de la certificación, es suficiente la verificación y la adopción del

procedimiento establecido en el literal a) del presente numeral.

Artículo 7. Actualización de registros y bases de datos

La Oficina para la Administración de la Denominación de Origen garantizara que los

registros y bases de datos asociadas con la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA,

estén actualizadas en cumplimiento de las regulaciones que rigen sobre la protección

de las bases de datos en Colombia.

CAPÍTULO V.

DE LOS ESLABONES PRODUCTIVOS BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA

Artículo 8. Del Proceso de Siembra:

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 12

En la producción del Bizcocho de Achira del Huila participan tanto hombres como

mujeres, aunque el rol de la mujer es preponderante. Alrededor de esta tradición se

han generado una serie de microempresas familiares.

La actividad en torno a la achira contribuye a la creación de tejido social, por el

relacionamiento cotidiano de los actores de la cadena, la demanda de mano de obra

para el cultivo y el proceso, además favorece el trabajo familiar y la asociación

de productores, como estrategia para solucionar las necesidades tecnológicas y

demanda de inversiones para el mejoramiento agroindustrial.

8.1 Proceso de siembra

Se debe seleccionar un lote de topografía plana, ondulada o ligeramente

pendiente (1-20%), con suelo de textura franco arenoso o franco arcilloso, con una

profundidad mínima de 0.30 m, buen drenaje, con un contenido mayor de 5% en

materia orgánica, fértil y en el cual, históricamente, se hayan obtenido buenos

rendimientos con otros cultivos; con un mes de anticipación a la siembra se debe hacer

el análisis de suelo.

Lo anterior, a efectos de obtener un buen rendimiento en rizomas y por ende del

almidón como materia en la elaboración del bizcocho de achira, minimizando los

problemas que se presentan en su desarrollo por incidencia de factores ambientales

adversos como sequía y exceso de lluvias, evitar la degradación del suelo por erosión y

propiciar las condiciones mínimas para el desarrollo del cultivo con prácticas amigables

con el medio ambiente.

8.1.1 Preparación del terreno

Se recomienda arar, rastrillar y nivelar el terreno donde se va a establecer el cultivo, el

crecimiento del rizoma con tendencia hacia la superficie, en diferentes ecotipos

denominado geotropismo negativo, permite recomendar que se debe arar a una

profundidad de 20 cm, luego realizar una o dos rastrilladas con el propósito que el

terreno quede bien mullido, facilite la rápida emergencia y el desarrollo radical.

8.1.2 Trazo y preparación de hoyos

Se trazan los surcos a través de la pendiente, a una distancia de un metro y se procede

a preparar los hoyos en los sitios de siembra, cada 0.5 m a 0.75 m se hacen hoyos de

20 cm de largo. Esta labor es indispensable donde se ha utilizado labranza

mínima.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 13

8.1.3 Semilla

Se utiliza como material de propagación los rizomas laterales más jóvenes o parte de

ellos con yemas vigorosas de porte medio o grande, provenientes de plantas santas de

buen desarrollo y rendimiento. No se debe utilizar los rizomas de los tallos viejos, sus

brotes demoran hasta 60 días en emerger, perjudicando la uniformidad del cultivo.

8.1.4 Preparación de la semilla

A los rizomas seleccionados para semilla, se les cortan las raíces secundarias, escamas

secas y parte del rizoma donde hay mayor concentración de almidón por ser de mayor

edad fisiológica. Luego se hace un corte en bisel de la yema apical,

2 centímetros por encima del punto de crecimiento.

8.1.5 Establecimiento de semilleros

Es conveniente establecer semilleros con anticipación, con el objeto de asegurar la

cantidad de semilla necesaria para la siembra comercial de tal manera que coincida la

cosecha con el establecimiento del cultivo.

Los rizomas necesarios para semilla se pueden obtener de los 3 a los 5 meses de

instalado el semillero, para asegurar mayor cantidad de material. El manejo

agronómico del semillero es el mismo descrito para el cultivo. Para el establecimiento

de una hectárea se requiere un semillero de 1.000 metros cuadrados.

Los promedios de áreas de cultivo que manejan los productores en las zonas de

economía campesina oscila entre 0.25 a 1.0 hectárea.

8.1.6 Establecimiento de la densidad del cultivo

El conocimiento del productor sobre la fertilidad de los suelos de su finca, es clave para

determinar una adecuada distancia de siembra y minimizar costos en las diferentes

labores, por lo tanto, con base en la experiencia y el saber de los productores se debe

tomar la determinación de la densidad a emplear.

La distancia de plantación depende de la fertilidad del suelo, del porte del cultivar y de

la pendiente del terreno. Los experimentos realizados en el Huila han determinado

que las distancias más adecuadas son de 1,0 x 0,5 m, 1,0 x 0,75 m y 1,0 x 1,0 m

para cultivares de porte bajo, medio y alto respectivamente, requiriendo 20.000,

13.333 y 10.000 rizomas o semillas para cada caso, si se utiliza un colino por sitio. La

distancia entre surcos puede también disminuirse en suelos de baja fertilidad a 0,75 m.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 14

Para la siembra, se procede en primer término a aplicar abono orgánico como

bovinaza, gallinaza, lombriabono, ceniza o compost en el fondo del hoyo, revolviéndolo

con tierra del mismo, luego se siembra el rizoma cubriéndolo totalmente con tierra a

una profundidad de 10 centímetros por debajo del nivel del suelo.

8.1.7 Resiembra

Si se utiliza semilla de óptima calidad no es necesaria esta labor. En caso

requerido se hace máximo hasta 30 días después de la siembra, tiempo que requiere

la plantación para la emergencia general del cultivo de los 15 a 30 días la emergencia

de los rizomas debe ser del 90 al 100%, transcurrido este período y si el porcentaje es

inferior a 80% se procede a realizar la resiembra.

8.1.8 Siembra y fertilización

La fertilización depende de los resultados del análisis de suelo, en términos

generales se recomienda el uso de 200 a 1.000 gramos de abono orgánico al momento

de la siembra, según la disponibilidad de la zona. El abono o fertilizante a utilizar se

aplica en el fondo del hoyo mezclado con la tierra y se procede a sembrar los rizomas

a 10 cm por debajo del nivel del suelo, cubriéndolo totalmente con tierra.

8.1.9 Fertilización

El rendimiento del cultivo en rizomas, está en relación directa con la fertilidad de los

suelos. El crecimiento, desarrollo y rendimiento dependen de factores inherentes a la

planta, medio ambiente y disponibilidad en el suelo de los 16 elementos nutritivos,

denominados, según las cantidades extraídas, como macro y micro nutrientes.

La achira generalmente no es fertilizada en las zonas de cultivo porque la

respuesta a Ja aplicación de abonos orgánicos es muy buena, enriquecida por afrecho

de la misma achira más otros desperdicios domésticos, lo cual se sugiere aplicar a lo

largo del surco, complementando con fertilizantes químicos de acuerdo con el

análisis de suelo.

El escaso o nulo uso de químicos en el cultivo, mantiene la posibilidad de producir una

materia prima para la industria alimenticia sin contaminantes, contribuyendo a la salud

humana.

8.1.10 Riego

De manera general se puede afirmar que el cultivo de achira no se riega artificialmente

en la áreas de producción, la razón principal es que en las regiones donde se siembra

esta especie, normalmente se caracteriza por tener una precipitación promedia de

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 15

1.200 mm anuales. Cuando se presentan épocas de verano prolongadas, se reduce

hasta en un 70% los rendimientos en rizoma y almidón.

8.1.11 Cosecha

La labor de cosecha se realiza manualmente arrancando la planta con pala o barretón,

se sacude para desprender la tierra, se hace luego el corte por la base de los tallos

para separar los rizomas, se limpia de tierra y material seco y se empacan para el

traslado a la planta procesadora. Los rizomas para la extracción de almidón deben ser

procesados tan pronto sean cosechados.

8.1.12 Rendimiento en rizomas

El rendimiento varía considerablemente de acuerdo con la duración del período de

crecimiento y condiciones de clima y suelo. En el Huila se ha obtenido rendimientos

en rizomas hasta de 94.997 kg/ha. El mayor rendimiento se obtiene cuando la época

de cosecha coincide con la época seca, debido a que en ese momento existe mayor

concentración de almidón en el rizoma.

Artículo 9: Del Beneficio para la producción del almidón de achira:

El término beneficio incluye el conjunto de operaciones tecnológicas posteriores a la

cosecha de los rizomas de achira que conducen a la producción de almidón, según el

orden siguiente en términos comunes de los productores: a) apronte o transporte de

rizomas, b) limpieza de rizomas, c) lavado de rizomas, d) rallado de rizomas, e)

colado o tamizado, e) desmanche o decantado, f) lavado del almidón, g) secado.

Se debe realizar máximo siete días después de la cosecha de los rizomas. Este proceso

comprende:

9.1 Limpieza de rizomas

Esta actividad la realizan los productores de forma manual, después de la

arrancada de los rizomas, estos desprenden la tierra, raíces y cortan los tallos, para lo

cual se utiliza machetes, peinillas, cuchillos o las herramientas de cosecha.

9.2 Empaque, apronte o transporte de rizomas

Esta labor la realizan los productores, y consiste en empacar los rizomas en costales o

tulas y transportarlos al sitio de proceso o beneficio, según la distancia se realiza en

vehículos motorizados o de tracción animal, carretillas, animales de carga o al hombro;

un 29 % de los productores alquilan el medio disponible y el 23% transportan los

bultos al hombro a la carretera más cercana.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 16

9.3 Lavado de rizomas

Tiene como propósito obtener el mayor grado de limpieza de los rizomas para llevarlos

a la etapa de rallado.

La labor manual la realizan los miembros del núcleo familiar mediante el lavado por

inmersión, se realiza utilizando tanques, canecas, tambores, fondos o albercas

con agua, se echan tos rizomas y se agitan en forma fuerte para remover las

impurezas que se incrustan en los intersticios del rizoma, después de 2 cambios

de agua, se sacan para continuar el rallado.

9.4 Rallado de rizomas

Consiste en pasar tos rizomas por una máquina compuesta por una tolva de

alimentación, un rodillo o tambor recubierto por una lámina de acero inoxidable con

una gran cantidad de púas sobresalientes, una tabla o pechero regulador de la finura

del rallado y canales o conductos para el desfogue de la masa producto del rallado.

Esta labor la realiza indistintamente hombres o mujeres dentro de la zona de

procesamiento del almidón.

Para liberar el almidón presente en las células que conforman el rizoma, es necesario

romperlas. Esto se logra por operaciones de rallado o licuado, principalmente, donde

la fibra se corta rompiendo las paredes celulares del tal forma que libere el almidón.

9.5 Colado o tamizado

Es el procedimiento por el cual se separa la lechada de almidón del afrecho o fibra del

rizoma. La masa producto del rallado se pasa por un tamiz manual o mecánico,

conformado por una estructura metálica o de madera con malla sintética calibre

100 o telas como la muselina, madre selva o tricop, sea agrega agua durante todo el

proceso para facilitar la salida del almidón, cuando esta labor es manual se estruja

fuertemente, en el colador mecánico el movimiento rotatorio, el golpeo sistemático

contra las paredes y el agua a presión facilita el colado del almidón.

Normalmente se emplean tanques de cemento recubiertos de baldosín. Estos tanques

tienen generalmente un metro de ancho, entre 2,5 y 3 m de largo y unos

80 cm de altura y poseen orificio.

9.6 Decantado y desmanche

Esta etapa del proceso tiene como objetivo separar el almidón del agua de la lechada

resultante en el tamizado, se puede realizar la labor en tanques, artesas o canecas, el

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 17

peso y tamaño de los gránulos de almidón de achira facilita esta labor, el tiempo para

que el almidón se decante es de 15 a 30 minutos en promedio. Durante el tiempo de

sedimentación, el productor aprovecha para retirar la cachaza o mancha cuando se

hace en tanques grandes.

9.7 Lavados del almidón

Esta labor tiene como finalidad limpiar y quitar la denominada mancha, impurezas,

residuos vegetales y tierra que aún tenga el almidón, se realiza manualmente

utilizando tanques, artesas o canecas. Consiste en lavar con agua limpia el almidón,

revolviéndolo completamente y se deja decantar, este procedimiento se hace las veces

que sea necesario hasta que al almidón esté completamente limpio. Se requiere un

promedio de 4 a 7 lavadas dependiendo del cultivar y la calidad del agua.

9.8 Secado

Cuando el almidón se encuentra limpio continúa la etapa de secado, para eliminar

parte de la humedad del almidón, generalmente se realiza a libre exposición con Los

rayos solares, extendiéndolo en patios, paseras de café o sobre plásticos. Se debe

realizar en secadores apropiados, exponiendo el almidón a la luz solar, lo cual favorece

un mejor color.

El almidón se contamina por el pisoteo de animales, polvo que circula en el aire en el

medio ambiente y suciedad de los mismos sitios, deteriorando la calidad del almidón, y

la calidad organoléptica y microbiológica del bizcocho que se fabrique con este tipo de

almidón.

Con el fin de reducir al máximo la concentración de materias contaminantes en el

almidón de achira, se tiene establecido el cumpliendo de los requisitos microbiológicos

indicados en la tabla 2 de la NTC 3228.

Artículo 10: Del Almidón de achira

Siguiendo el beneficio mencionado, el almidón de achira debe ser de color blanco

grisáceo, olor y sabor neutro, textura polvosa y su composición debe ser la

siguiente:

Requisitos Valores

Mínimo Máximo

Humedad en porcentaje en masa - 20.0

Cenizas en porcentaje en masa - 0.5

Grasa en porcentaje en masa - 0.5

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 18

Fibra en porcentaje en masa - 0.2

Proteína en porcentaje en masa - 1.0

Contenido de almidón en porcentaje

en masa

78.0 -

PH a 20°C 5.5 6.0

10.1 Calidad del almidón de achira

Los parámetros indicadores de la pureza y calidad del almidón de achira están

representados por tiempo de sedimentación entre 6,2-16,5 minutos, tamaño de

partícula por granulometría entre 38 um-75um, por microscopía entre 33,9 um-97,6

um, con una intensidad entre 0.63 - 0,71 g/cm3 y su pH se encuentra entre= 5,5 -6,2.

Con el conocimiento tradicional los productores del Bizcocho de Achira del Huila,

verifican la calidad de la pureza del almidón, mediante el tacto observan el color, olor y

sabor, además verifican la pureza del almidón de achira mediante el procedimiento

de la decantación, con la finalidad de evitar la mezcla con otros almidones.

El almidón de achira presenta como característica que es limpio y puro, obtenido de un

proceso de extracción y comercializado sin adición de materias similares y/o

mejoradores. Presenta un color blanco grisáceo, olor y sabor neutro y textura polvosa.

La pureza del almidón de achira se verifica por el procedimiento de la

decantación, con la finalidad de evitar la mezcla de otros almidones. Dentro de la

diversidad de almidones, el almidón de achira se identifica con mayor facilidad, por su

considerable rapidez de sedimentación, proporcionada principalmente, por el mayor

diámetro de partícula.

El almidón de achira produce los gránulos de almidón más grandes de todas las

especies vegetales conocidas (30-100 micras de diámetro).

10.2 Impurezas del almidón de achira

10.2.1 Las impurezas que contiene el almidón de achira se clasifican en:

Impurezas de origen físico: Conformadas por tierra y arena proveniente del

cultivo del rizoma. Por conteo al microscopio éstas no deben sobrepasar

el 10% del total del almidón.

Impurezas de origen químico: Pigmentación presente en el tejido vegetal.

Color: Respuesta blanca en el análisis frente a un fotocolorímetro.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 19

Contenido de humedad: El almidón debe comercializarse con humedad inferior

al 15%, de igual forma que la mayor parte de harinas.

Mezclas de otros almidones de menor precio: Mediante pruebas de

sedimentación se puede establecer las mezclas con otros almidones, a efectos

de mantener la calidad del almidón de achira. Lo anterior, se puede

establecer mediante el proceso de decantación, pues el de achira decanta de

manera instantánea mientras los otros permanecen más tiempo en solución.

10.2.2 La calidad del almidón puede determinarse por:

El contenido de impurezas: Piedritas, tierra, arena, presentes por un

deficiente lavado del rizoma o por mala calidad del agua utilizada.

Color: Debe ser blanco, un color diferente implica deficiencias en el lavado o

mala calidad del agua utilizada.

Mezcla con otros almidones: El almidón de achira se sedimenta

instantáneamente, mientras que otros tipos de almidón permanecen en solución

por más tiempo. La mezcla de almidón de achira con otros almidones se

detecta mediante pruebas de sedimentación.

El análisis de tiempo y velocidad de sedimentación es el método de mayor

especificidad entre el almidón de achira y demás almidones, por tanto puede

utilizarse con gran seguridad como prueba de control para identificar posibles mezclas

y evitar adulteraciones, factor que además se favorece por su bajo costo y fácil

manejo.

Artículo 11. De la Cuajada

Es un tipo de queso fresco, no ácido, de alto contenido de humedad, sin sal o muy baja

de sal. La cuajada es uno de los componentes de mayor importancia en la

elaboración de los bizcochos de achira, ya que transfiere al Bizcocho de Achira del

Huila, las características y beneficios de la leche, que repercuten de manera directa

sobre la calidad final, pues es la que le da el aroma y sabor lácteo residual al bizcocho.

El proceso de obtención de la cuajada, para el proceso de elaboración del

Bizcocho de Achira del Huila se hace por los proveedores de la región delimitada, cabe

resaltar que algunos productores de Bizcocho de Achira del Huila preparan de manera

artesanal la cuajada, de la siguiente forma:

Emplean leche fresca de no más de 5 horas de obtenida.

Adicionan el agente cuajo.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 20

Aplican normas y se acogen a la certificación de la condición de alimento para el

consumo humano – Registro INVIMA.

Aplican buenas prácticas de manufactura a efectos de asegurar la calidad de la

cuajada como materia prima en la elaboración del bizcocho de achira, y

garantizar una cuajada con sabor agradable sin acidez, sin impurezas, sueruda y

no quemada con consistencia cauchosa.

Artículo 12: De la Mantequilla:

Existen dos tipos de mantequilla, la de uso industrial y la de mesa. Para elaborar la

industrial se puede utilizar crema de leche del suero de quesería. Cabe resaltar que la

mantequilla debe ser preferiblemente de origen vegetal, para darle una mayor

duración al producto terminado y ampliación al periodo de vencimiento.

Artículo 13. De los Huevos

Los huevos deben ser frescos y de la región, los mejores son los de gallinas de campo

o criollos.

Artículo 14: De la Sal:

La sal común.

Artículo 15: De las Características del proceso de elaboración del Bizcocho

de Achira del Huila:

El proceso productivo comprende:

15.1 Exprimida de la cuajada (prensado de la cuajada):

Independientemente si la cuajada fresca es obtenida en la misma microempresa o

comprada a un proveedor, el primer paso para obtener bizcocho con

las características que se mencionaran más adelante, es la exprimida de esta materia

prima mediante un proceso artesanal mecánico.

En el proceso artesanal se utiliza un mesón de madera ligeramente inclinado y un

talego de tela (trilobar): se coloca la cuajada fresca en el talego de trilobar, se

amarra y se coloca sobre el mesón, luego el operario mediante exprimido

y presión manual en forma sucesiva, paulatinamente va extrayendo el suero y

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 21

la mantequilla que contiene subproductos que se recogen en un recipiente para

su aprovechamiento en otros usos, cuando la cuajada esté bien deshidratada es

el momento de iniciar el proceso de elaboración del bizcocho.

Normalmente en este proceso el operario trabaja de 1 a 2 arrobas (máximo) de

cuajada fresca en el talego, de 1 arroba de cuajada fresca que se exprime se

obtiene entre 8 y 12.5 libras de cuajada para bizcocho dependiendo de la calidad

de la cuajada fresca. Normalmente se obtiene por arroba 9 a 12.5 libras de

cuajada para bizcocho lo que representa un rendimiento o índice de conversión

del 36% al 50%).

PARAGRAFO 1:

Este proceso contenido en la Resolución de Declaración de Protección No. 23115, está

sujeto a las directrices, regulaciones o modificaciones interpuestas por la Autoridad

Sanitaria competente en Colombia.

PARAGRAFO 2:

De igual manera el proceso se ajustara a los requerimientos en la aplicación de las

BPM.

15.2 Pesaje de la materia prima:

Como es una labor cotidiana, los productores y productoras, para mayor agilidad,

utilizan medidas con recipientes de aluminio, plásticos, vidrio o acero inoxidable

especiales que previamente han aforado pesando las materias primas y

destarando el peso del recipiente, proceden a usar estas medidas según la

fórmula a emplear generalmente 3 medidas de cuajada fresca por una de almidón

de achira. La otra opción utilizada por un 20% de los productores es pesar

el almidón y la cuajada en la proporción o fórmula que se utilice. Es el peso de

la cuajada, el almidón, la mantequilla y la sal. Se contabiliza y agregan

en proporción igual número de huevos.

15.3 Mezclado cuajada - almidón:

Determinado el peso o las medidas se mezclan la cuajada fresca y el almidón de achira

mediante la revoltura manual de las dos materias primas.

15.4 Molida:

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 22

Después del mezclado de la cuajada y el almidón, se pasa esta mezcla por un molino

manual o eléctrico, con el propósito de mejorar su finura, se recoge en un recipiente y

se encuentra lista para el siguiente proceso.

15.5 Amasado:

La harina obtenida con cuajada y almidón de achira se coloca en el amasador manual

(bateas de acero inoxidable o madera fina) y se le adicionan las yemas de los huevos

según la fórmula a utilizar, la mantequilla y la sal al gusto. Se amasa manualmente,

hasta obtener el punto indicado de la masa para la elaboración manual o mecánica del

bizcocho de achira.

PARAGRAFO 1:

Este proceso contenido en la Resolución de Declaración de Protección No. 23115, está

sujeto a las directrices, regulaciones o modificaciones interpuestas por la Autoridad

Sanitaria competente en Colombia.

PARAGRAFO 2:

De igual manera el proceso se ajustara a los requerimientos en la aplicación de las

BPM.

15.6 Elaboración del producto:

Inmediatamente obtenida la masa, se debe iniciar la elaboración del bizcocho, proceso

que tradicionalmente se hace a mano, ocupando la mano de obra disponible, lo

hacen en las mismas bateas de madera o mesas de acero inoxidable, tomando

un trozo de masa y con el movimiento y presión de la mano del operario en forma

constante dan la forma cllindrica al bizcocho, el tiempo que dure la masa a la

exposición antes del horneo influye en la calidad, así, la demora favorece el aumento

de acidez en la masa.

PARAGRAFO 1:

Este proceso contenido en la Resolución de Declaración de Protección No. 23115, está

sujeto a las directrices, regulaciones o modificaciones interpuestas por la Autoridad

Sanitaria competente en Colombia.

PARAGRAFO 2:

De igual manera el proceso se ajustara a los requerimientos en la aplicación de las

BPM.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 23

15.7 Colocación del producto en bandejas de aluminio:

Inmediatamente se elaboran los bizcochos de achira se colocan en las bandejas de

aluminio en forma de hileras espaciadas, las bandejas llenas se colocan en las estibas y

se alistan para el horneo. Las bandejas de aluminio permiten un mejor horneado y

evita en parte el quemado en la base.

PARAGRAFO 1:

Este proceso contenido en la Resolución de Declaración de Protección No. 23115, está

sujeto a las directrices, regulaciones o modificaciones interpuestas por la Autoridad

Sanitaria competente en Colombia.

PARAGRAFO 2:

De igual manera el proceso se ajustara a los requerimientos en la aplicación de las

BPM.

15.8 Horneado:

Previamente el hornero enciende el horno, procurando que coincidan la obtención del

grado de temperatura ideal para horneo, con la capacidad elaborada de bizcochos,

se colocan las bandejas en el interior del horno según su capacidad y se deja hornear

de 15 a 30 minutos, promedio 20 minutos a 350ºC, dependiendo del tipo de horno a

leña o gas.

El conocimiento y la experiencia de productores y productoras en el manejo de los

hornos sin medidores de temperatura, permiten regular y medir el calentamiento del

horno con la introducción de la mano del operario a cierta distancia.

En la mayoría de las microempresas han introducido los hornos a gas de 2,3,4 puestos,

hornos con control de temperatura giratorios, se han acondicionado los hornos

tradicionales de barro con gas y aún persisten hornos a leña, con el tabú que este

horneado influye en la calidad del bizcocho, hecho que se ha probado y no hay

diferencias significativas.

PARAGRAFO 1:

Este proceso contenido en la Resolución de Declaración de Protección No. 23115, está

sujeto a las directrices, regulaciones o modificaciones interpuestas por la Autoridad

Sanitaria competente en Colombia.

PARAGRAFO 2:

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 24

De igual manera el proceso se ajustara a los requerimientos en la aplicación de las

BPM.

15.9 Enfriamiento:

Transcurrido y cumplido el tiempo de horneo el operario retira las latas con el bizcocho

horneado algunos lo denominan cocinado, quedando el producto de consistencia

blanda aún no crocante y se dejan a temperatura ambiente para permitir el

enfriamiento a unos 24ºC, esto ayuda a deshidratar para el tostado, que permite que

no se fragmente y además que la temperatura hace que no se oxide la masa.

15.10 Colocación del producto en bandejas de aluminio:

Cuando el bizcocho adquiere la temperatura ambiente, nuevamente se coloca en las

bandejas de aluminio a granel en una sola capa y se alistan en estibas para el tostado.

PARAGRAFO 1:

Este proceso contenido en la Resolución de Declaración de Protección No. 23115, está

sujeto a las directrices, regulaciones o modificaciones interpuestas por la Autoridad

Sanitaria competente en Colombia.

PARAGRAFO 2:

De igual manera el proceso se ajustara a los requerimientos en la aplicación de las

BPM.

15.11 Tostado:

Aprovechando la disminución de la temperatura del horno a unos 70ºC, se

colocan en el horno las bandejas con los bizcochos a granel en una sola capa y se

mantiene a esa temperatura el horno por 2 horas para hacer el proceso de tostado, en

el horno de leña se aprovecha el calor que mantiene el horno por su forma y

encerramiento para el tostado durante la noche.

15.12 Enfriamiento:

Terminado la etapa de tostado se retiran las bandejas del horno y se colocan para un

nuevo enfriamiento a temperatura ambiente.

15.13 Revisión de la calidad:

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 25

Con el bizcocho a temperatura ambiente se procede a hacer la revisión del bizcocho,

haciendo un raspado a aquel con alguna coloración oscura por el exceso de tostado

en la parte que quedó en contacto con la bandeja al momento del tostado y

descartando las unidades que no reúnan las características del Bizcocho de Achira del

Huila.

Artículo 16. Análisis físico, químico y microbiológico

Para el análisis físico químico de algunas muestras de Bizcochos de Achira, efectuado

en un laboratorio certificado, se aceptara de la impresión global una calificación entre

4.0 y 4.7 en una escala de 1 a 5, teniendo como parámetros de medición el color,

el olor, el sabor y la textura.

El análisis microbiológico de las muestras de Bizcochos de Achira se debe evidenciar

en su informe, que en la elaboración de este producto se emplearon materias primas

de buena calidad, pues se evidenciaron valores bajos en los parámetros analizados,

que permiten calificar las muestras analizadas con una calidad microbiológica

CONFORME. Lo anterior, basado en métodos de las NTC 4132, 4458, 4519 y 4779.

Artículo 17. Del Producto Terminado.

Características y calidades del biscocho de achira del Huila:

Apariencia externa

Producto terminado de forma cilíndrica, con dimensiones variables, comprendidas

entre 3 a 8 centímetros de largo y un diámetro entre 1 a 2 centímetros.

Superficie: Arenosa se deshace suavemente en el paladar.

Color: Amarillo dorado, sin colorante artificial.

Aroma: Con aroma suave de lácteo.

Textura: Crocante de tostado suave.

Peso: Oscila entre 2.6 a 8 gramos terminado, conforme a la porción de masa

puesta en la bandeja.

Apariencia interna

Arenosa compacta, en lo posible sin vacíos entre sus paredes.

CAPÍTULO VI.

DEL EMPAQUE, EMBALAJE Y ETIQUETADO DEL BIZCOCHO DE ACHIRA

CON DO

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 26

Artículo 18. Empaque, embalaje y etiquetado.

El producto Bizcocho de Achira con Denominación de Origen, con destino al

consumo nacional e internacional, deberá cumplir las normas de empaque,

embalaje y etiquetado con lo siguiente:

a) Identificarse de acuerdo con el tipo de elaboración del producto:

Se identificará con la inscripción DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA -

COLOMBIA.

b) En caso de embarques el producto deberá llevar la información indicada en el

literal a) en documentación adjunta;

c) El empaque, embalaje y etiquetado del producto deberá cumplir con las

regulaciones establecidas por las autoridades nacionales e internacionales

competentes sobre la información técnica y comercial que debe contener el producto

con DO BIZCOCHO DE ACHIRA según normas de comercio internacional;

PARAGRAFO: Otras marcas, descriptores del producto y/o contramarcas que denoten

un origen genérico o específico del bizcocho de achira, no deberán evocar ni imitar el

origen ni la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

CAPÍTULO VII.

DE LOS REGISTROS

Artículo 19. Inscripciones y registros ante la PRECOOPERATIVA.

19.1. La PRECOOPERATIVA administrará y gestionará un sistema de Información

Integrada de los productores y de las organizaciones de productores beneficiarios de

la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, la publicación de los registros se establece

a través de los siguientes medios:

19.1.1 PUBLICACION DE CARTELERA, mediante carteleras ubicadas en lugar visible

de la Precooperativa se publicara el listado de usuarios autorizados, con los datos

necesarios para individualizarlos.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 27

19.1.2 PUBLICACION EN PÁGINA WEB, se hará la publicación en la página web de la

precooperativa, de los siguientes registros:

b) Registro de usuarios autorizados, con los datos necesarios para individualizarlos.

e) Registro de solicitudes presentadas.

f) Registro de solicitudes negadas y sus motivos.

19.2. Las peticiones de inscripción se dirigirán a la PRECOOPERATIVA,

acompañando los datos, documentos y comprobantes que en cada caso sean

requeridos por las disposiciones y normas vigentes y por este Reglamento.

19.3. Los interesados declararán que han leído el presente Reglamento y que se

acogen al mismo.

19.4. La COOPERATIVA denegará las inscripciones que no se ajusten a los

preceptos del Reglamento.

19.5. Cualquier variación de los datos registrados deberá ser comunicada a la

COOPERATIVA para la actualización correspondiente, quien podrá controlar y

verificar la veracidad de los datos de inscripción.

19.6. Los Órganos de Control podrán implementar soluciones digitales o electrónicas

para las inscripciones y procedimientos de control y defensa asociados con la DO

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

PARÁGRAFO PRIMERO: La COOPERATIVA podrá hacer pública la información

suministrada por los Usuarios Autorizados de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA en lo relacionado con sus sitios o lugares de operación, páginas de internet,

marcas o descriptores de producto autorizados o cualquier otra información que

contribuya a promocionar el BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Cualquier otra información de carácter comercial

suministrada por aquellas personas naturales o jurídicas que hayan solicitado la

AUTORIZACIÓN DE USO de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA será

considerada Información Confidencial y su uso se limitará a la protección y

control de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA. Por lo anterior, los Usuarios

Autorizados autorizan de manera expresa a la COOPERATIVA a hacer uso de esta

información para los propósitos previamente expresados.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 28

Artículo 20. Sistema de Información Integrada de los productores y de las

organizaciones de productores de bizcocho de achira del Huila que tienen el

registro sanitario.

20.1 Del registro de los productores.

En este registro se incluirán los productores que estén situadas en la zona geográfica

del Huila acogida por la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA y que, además,

cumplan con los requisitos de elaboración de producto protegido con la DO

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, dentro de las características señaladas en la

Resolución de Declaración de Protección. La inscripción en este registro es un acto

voluntario de los productores del Huila, como beneficiarios de la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA.

En la inscripción figurará:

a) Nombres y apellidos del productor, datos personales, experiencia productiva,

lugar de residencia e integrantes del núcleo familiar;

b) Descripción de los eslabones de la cadena productiva en que participa; y,

c) Declaración del interesado de que el establecimiento productivo cumple con los

requisitos exigidos por la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA;

d) Certificación del cumplimiento de las normas sanitarias del proceso

productivo;

e) Declaración del cumplimiento de las normas de calidad;

f) Declaración de acogerse de manera voluntaria al presente Reglamento, de

conformidad con los requisitos exigidos para el registro;

PARÁGRAFO:

La información consignada en este registro es de carácter confidencial y está

sujeta a las regulaciones aplicables sobre la protección de bases de datos, y sólo será

disponible para propósitos de contrastar la información y el seguimiento asociado con

la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA para verificar aquellos productores que

cumplan con los requisitos exigidos y que se encuentren en la Zona geográfica

delimitada Huila.

20.2 Del Registro de las Organizaciones.

En el registro de Organizaciones productoras de bizcocho de achira podrán inscribirse

las organizaciones que, establecidas en el Huila, departamento delimitado por la

protección de la Denominación de Origen y que participen en el proceso productivo

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 29

para la elaboración del producto protegido BIZCOCHO DE ACHIRA. Habrá tantas

inscripciones como organizaciones se encuentren legalizadas, funcionando y que

además cumplan con el requisito sanitario.

La información a proveer en la solicitud de AUTORIZACIÓN DE USO de la DO

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, es la siguiente:

a) Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica, con

su identificación tributaria;

b) Copia del RUT de la persona jurídica

c) Nombre y dirección del establecimiento o área de producción y/o del

establecimiento o establecimientos de venta;

d) Declaración del interesado de que el establecimiento productivo cumple con

los requisitos exigidos por la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA;

e) Certificación del cumplimiento de las normas sanitarias del proceso

productivo;

f) Declaración del cumplimiento de las normas de calidad;

g) Declaración de acogerse de manera voluntaria al presente Reglamento, de

conformidad con los requisitos exigidos para el registro;

PARÁGRAFO:

La información consignada en este registro es de carácter confidencial y está sujeta

a las regulaciones aplicables sobre la protección de bases de datos, y sólo será

disponible para propósitos de contrastar la información y el seguimiento asociado con

la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA para verificar aquella organizaciones de

productores que cumplan con los requisitos exigidos y que se encuentren en la Zona

geográfica delimitada Huila.

CAPÍTULO VIII.

DEL PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

Artículo 2 1. Procedimiento para autorizar el uso de la DO BIZCOCHO

DE ACHIRA DEL HUILA.

21.1. Para solicitar una autorización de uso, el interesado, deberá acercarse a las instalaciones de la PRECOOPERATIVA, a la Subdirección para la Denominación

de Origen Protegida, y presentar la solicitud diligenciando el formulario único de solicitud de autorización de uso para la DOP BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, con los documentos necesarios para demostrar la conformidad de las calidades y

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 30

características exigidas por la Resolución No. 23115 de 2012 que Declara la Protección y el Reglamento de Uso así:

a) Manifestación de interés de ser autorizado para usar la DOP BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA, incluyendo los datos básicos del interesado;

b) Obtener la certificación de producto expedida por Oficina Certificadora del

Producto con DOP BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, dependencia adscrita a

la COOPERATIVA;

c) Presentar los datos y documentos exigidos en el Artículos 20° de este

Reglamento, según corresponda, en medios físicos.

d) Pagar una tasa equivalente a la impuesta por la SIC para las autorizaciones de

uso, tasa que variara de acuerdo a las variaciones hechas por la misma SIC, esta

tasa será pagada por cada solicitante que desee hacer uso de la DOP BIZCOCHO

DE ACHIRA DEL HUILA.

21.2. En un plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha en que el solicitante

radique su solicitud para obtener la AUTORIZACIÓN DE USO, la Oficina para la

Administración de la Denominación de Origen Protegida de la PRECOOPERATIVA

emitirá un concepto sobre la solicitud, que puede ser:

Autorización.

Requerimiento: En el caso de que falten documentos o información.

Negación: El solicitante no cumple con los requisitos necesarios. Esto es, la

no presentación de los documentos formales, o del Certificado de Producto; y/o

el no cumplimiento de los requisitos para ser considerado usuario de la DOP

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

En caso que sea negada la solicitud de autorización de uso, el solicitante tendrá

la posibilidad de solicitar que su trámite sea revisado por la Dirección de la

PRECOOPERATIVA, la cual tendrá una de 3 opciones:

- Confirmar la Decisión emitida por la oficina para la Administración de la

DOP.

- Devolver a la oficina para la Administración de la DOP y requerir.

- Autorización.

CAPÍTULO IX.

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE LA DO

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 31

Artículo 22. Titulares de los derechos derivados de la DO BIZCOCHO

DE ACHIRA DEL HUILA.

22.1. Sólo puede aplicarse la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA al producto

procedente del área territorial del departamento del Huila, que sea elaborado y

empacado por quienes hayan sido autorizados para usar la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA conforme a las normas exigidas por este Reglamento, y que

reúnan los requisitos establecidos en la Resolución de Declaración de Protección No.

23115 del 20 de abril de 2012.

22.2. Sólo las personas naturales o jurídicas autorizadas por la COOPERATIVA para

hacer uso de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DE HUILA, podrán identificar como

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA en la forma prevista en el presente Reglamento, al

producto que reúna los requisitos establecidos en la Resolución de Declaración de

Protección No. 23111 del 20 de abril de 2012.

Artículo 23. Derechos en la presentación y publicidad de los productos.

23.1 La Oficina para la Administración de la Denominación de Origen establecerá los

lineamientos en temas de presentación del producto en cuanto a empaque, etiqueta y

embalaje para los productos que se comercialización con la DO dentro y fuera del

territorio nacional;

23.2 Podrán utilizar la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA para describir y

promocionar e l BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA para su venta o comercialización,

en la publicidad, en los establecimientos, instalaciones, en la documentación y/o en

las etiquetas:

Todas las personas u organizaciones autorizadas a través de la COOPERATIVA o

directamente por la Superintendencia de Industria y Comercio para usar la DO

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA en calidad de usuarios de la DO;

23.3 Los usuarios autorizados para usar la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA

tendrán autorización para usar el Logo símbolo oficial de la SIC para las

Denominaciones de Origen Colombianas en las condiciones y bajo los lineamientos

que esta entidad indique.

Artículo 24. Obligaciones generales de los usuarios de la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 32

Los usuarios de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA quedan obligados al

cumplimiento de las disposiciones de la Resolución de Declaración de Protección No.

23111 del 20 de abril de 2012, para el BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, así

como las establecidas en este Reglamento.

CAPÍTULO X.

DE LAS INFRACCIONES AL REGLAMENTO

Artículo 25. Infracciones.

En concordancia con los artículos 213 y 217 de la Decisión 486 de la Comunidad

Andina, las infracciones a la Resolución No. 23111 del 20 de abril de 2012, para el

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA emitida por la SIC o a este Reglamento, se

clasificarán de la siguiente forma:

a) INFRACCIONES LEVES

Son aquellas que perjudican la calidad del producto por malas prácticas en el proceso

de elaboración.

Adición de colorantes artificiales para obtener la variación del color requerido.

Inclusión de bizcochos con coloración oscura.

utilización de materias primas de otras calidades a las requeridas especialmente

la cuajada y la mantequilla

b) INFRACCIONES GRAVES

Se consideran graves las infracciones a las obligaciones previstas para cada usuario

en el presente Reglamento, el uso indebido de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL

HUILA, y los actos que puedan causarle perjuicio o desprestigio, en especial:

La utilización de materias primas diferentes a las definidas para el proceso

productivo.

La utilización de materias primas procedentes de otra zona diferente al

departamento del Huila.

La asignación de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA a productos cuya

elaboración es realizada fuera del territorio del Huila.

Artículo 26. Cancelación de la AUTORIZACIÓN DE USO.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 33

26.1. En virtud de lo establecido en el artículo 217 de la Decisión 486 de la

Comunidad Andina y en el artículo 7.6.6 de la Resolución 57530 del 28 de septiembre

de 2012, frente a la ocurrencia de las infracciones graves referidas en el artículo

precedente que se produzcan frente a la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, la

COOPERATIVA solicitará a la SIC cancelar la AUTORIZACIÓN DE USO de

aquellos Usuarios Autorizados de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA que

reincidan en infracciones leves o que estén incursos en infracciones graves, de

acuerdo con las definiciones de las mismas previstas en el presente Reglamento.

6.2. Por reincidencia en infracciones leves se entenderá la comisión de dos

infracciones, simultánea o consecutivamente.

Artículo 27. Procedimiento para solicitar la cancelación de la

AUTORIZACIÓN DE USO ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

27.1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 217 de la Decisión 486 de la

Comunidad Andina y en el artículo 7.6.6 de la Resolución 57530 del 28 de septiembre

de 2012, la COOPERATIVA solamente podrá solicitar la cancelación de la

AUTORIZACIÓN DE USO respectiva, en virtud de la información contenida en las

actas levantadas por el Órgano de Control en las visitas que se realizan en los

establecimientos productivos y/o venta; por la consulta de la documentación; por

el resultado obtenido en los análisis de los productos seleccionados de manera

aleatoria; por comunicación o información suministrada por autoridad u órgano

administrativo o por información presentada y sustentada por particulares o

personas inscritas sobre algún hecho o conducta que pueda ser constitutivo de

infracción.

27.2. Cuando la COOPERATIVA, de oficio o por información debidamente

sustentada y presentada por un tercero, lo considere necesario, verificará

preliminarmente la ocurrencia de la conducta constitutiva de infracción, para lo

cual nombrará un funcionario suyo, o solicitará al Organismo de Certificación de

Producto, que bajo sus respectivos procedimientos acreditados, adelante las

inspecciones, visitas y los análisis necesarios.

Para efectos de lo anterior, se entenderá por información debidamente sustentada,

las muestras de bizcochos de achira, con tantos detalles como sea posible, entre

ellos, el punto de compra, el distribuidor, el procesador, los comprobantes de compra

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 34

y venta de bizcochos de achira protegido bajo la DO BIZCOCHO DE CHIRA DEL

HUILA y aquel que no lo es.

27.3. En el ejercicio de su función, el Organismo de Certificación de Producto o el

Órgano de Control o su delegado podrán acceder directamente a la documentación

mercantil y contable, relativa al producto, del establecimiento que inspeccione,

cuando lo considere necesario en el curso de sus actuaciones. En todo caso, tal

documentación obtenida tendrá carácter confidencial.

27.4. Luego de terminada la verificación preliminar, el Organismo de Certificación de

Producto o el Órgano de Control o su delegado, levantarán las actas o documentos

pertinentes que incluirán un concepto o reporte sobre las conductas, los documentos

encontrados y las actuaciones realizadas por el operador.

27.5. De acuerdo con el resultado de la verificación preliminar y de los reportes

obtenidos, la COOPERATIVA deberá:

27.5.1. Solicitar a la SIC la cancelación de la AUTORIZACIÓN DE USO.

27.5.2. Si el informe es satisfactorio, concluir la verificación preliminar.

27.6. Si la decisión de la SIC consiste en cancelar la AUTORIZACIÓN DE USO, y una

vez se encuentre en firme, la COOPERATIVA deberá retirar de los registros

respectivos toda la información relacionada con el producto y/o el Usuario Autorizado

de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA y comunicarle dicha disposición según

lo establecido en el artículo 28 de este Reglamento.

27.7. En contraposición a las anteriores infracciones y en concordancia con los

artículos 212, 213, 214 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina y el artículo 7.8

de la Resolución 57530 del 28 de septiembre de 2012, serán infracciones a los

derechos de propiedad industrial, de protección al consumidor y frente a la

comisión de actos de competencia desleal relacionados al uso de la Denominación de

Origen, los actos y/o conductas descritos en las mencionadas disposiciones legales.

CAPÍTULO XI.

DE LAS NOTIFICACIONES Y FIRMEZA DE LAS DECISIONES

Artículo 28. Notificaciones.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 35

Las comunicaciones enviadas a los Usuarios Autorizados de la DO BIZCOCHO DE

ACHIRA serán notificadas personalmente, en la dirección informada por el usuario al

momento de solicitar la AUTORIZACIÓN DE USO.

Para tal fin, la PRECOOPERATIVA enviará la respectiva comunicación por dos medios,

Courier y correo electrónico. En ambos casos dejará constancia del recibo de la

comunicación en el archivo correspondiente al usuario.

28.1. Las comunicaciones, entre ellas, oficios, memoriales y decisiones dirigidas a la

SIC, serán presentadas ante ésta de conformidad con las normas del Código

Contencioso Administrativo relacionadas con la presentación de derechos de petición

y documentos.

En el evento en que el trámite consagrado en el artículo 27 de este Reglamento se

haya surtido en forma electrónica, la COOPERATIVA imprimirá los documentos y

mensajes de datos que hicieron parte de la misma, y así los enviará a la SIC.

Artículo 29. Firmeza de las decisiones.

Las decisiones que tome la COOPERATIVA en relación con las AUTORIZACIONES DE

USO de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA, quedarán en firme el día de envío

de la comunicación que informe lo anterior a quienes hayan solicitado ser Usuarios

Autorizados de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA.

Artículo 30. Impugnación de la Decisión.

Tanto los interesados o solicitantes así como los Usuarios Autorizados de la DO

BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA podrán impugnar la decisión de Negación o

Cancelación mediante recurso de reposición en un plazo de diez (10) días hábiles

contados a partir de la fecha de recepción de la notificación por parte de

COOPERATIVA. Las impugnaciones serán revisadas por la COOPERATIVA y

tramitadas en caso de encontrarse fallas procedimentales.

De lo contrario serán enviadas al Comité Consultivo del Organismo de Certificación de

Producto para su concepto. El resultado de la impugnación se notificará al

interesado en un periodo no mayor a 10 días hábiles luego de la decisión que

tome el Comité Consultivo referido. En caso que se confirme la decisión inicial, el

solicitante o Usuario Autorizado de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA podrá

apelar la decisión de la COOPERATIVA ante la SIC.

Reglamento de Uso DO Bizcocho de Achira del Huila 36

TÍTULO III

CAPÍTULO XII

DE LA VIGENCIA Y DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO.

Artículo 31. Vigencia.

El presente Reglamento entrará en vigor a los seis (6) meses contados a partir de la

fecha de expedición de la Resolución en que se delegue a la COOPERATIVA la

función de autorizar el uso de la Denominación de Origen Protegida BIZCOCHO DE

ACHIRA DEL HUILA, proferida por la Oficina Nacional Competente.

Artículo 32. Difusión y suministro de información.

La COOPERATIVA pondrá a disposición de potenciales usuarios de las diferentes

formas de expresión o protección de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA el

texto del presente Reglamento en página web y habilitará los canales necesarios para

facilitar a los interesados el acceso a la información sobre los procedimientos para

obtener las autorizaciones de uso de la DO BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA. Toda

información suministrada por los interesados será considerada como válida para los

propósitos de dichas solicitudes.

Artículo 33. Idioma.

El presente Reglamento será publicado en español. En caso de presentarse

controversia sobre la interpretación del presente Reglamento por traducciones no

oficiales, prevalecerá la versión en español.

El presente Reglamento de Uso de la Denominación de Origen Protegida BIZCOCHO

DE ACHIRA DEL HUILA, fue aprobado en la Junta General No. 001, realizada en

Neiva (Huila), el 05 de noviembre de 2015 y una vez que sea aprobado el

reconocimiento de su administración para la PRECOOPERATIVA DE

PRODUCTORES BIZCOCHO DE ACHIRA DEL HUILA “ACHIRAS DEL HUILA EBT”

por la SIC, deberá ser publicado por la precooperativa para conocimiento de los

asociados y de los usuarios.