Reglamento de Organización Administrativa del IGSS

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  • 8/14/2019 Reglamento de Organizacin Administrativa del IGSS

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    ACUERDO NUMERO 1048

    LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

    CONSIDERANDO

    Que la organizacin administrativa del Instituto Guatemalteco de seguridad Social, necesita cambios con el finde adaptarla a las nuevas y crecientes demandas de la poblacin afiliadas y derechohabiente al rgimen deseguridad social; y que la experiencia cumulada a la fecha permite tomar medidas tendientes a eliminar susdeficiencias actuales y a garantizar que su desarrollo futuro va a ser ordenado, sujeto a las normas tcnicasque rigen la materia, y que le permitir otorgar a sus beneficiarios servicios, oportunos, eficientes, eficaces yde calidad.

    CONSIDERANDO:

    Que se impone iniciar un proceso de reorganizacin administrativa del Instituto, tomando en cuenta, entreotros, los siguientes principios y objetivos:

    a) Adecuar el nmero de dependencias que debe tener el Instituto, para realizar en mejor forma los fines yobjetivos para los cuales fue creado.

    b) Contar con una organizacin que permita procesos de desconcentracin as como una divisin funcionaldel trabajo entre sus distintas dependencias, para lograr que cada miembro del personal al servicio delrgimen de seguridad social asuma con responsabilidad sus funciones comprometindose plenamente con lacorrecta ejecucin de las mismas.

    c) Mantener una organizacin funcional que obligue a las distintas dependencias del Instituto a coordinar entresi sus respectivas actividades, a fin de consolidar la aplicacin del principio del trabajo en equipo como unacaracterstica del rgimen de seguridad social

    d) disponer de una organizacin administrativa gil, eficiente y eficaz, dotada de los instrumentos de controlinterno necesarios, para realizar con criterios tcnicos y de manera armnica y disciplinada su funcin deservicio.

    e) Modernizar la organizacin administrativa del Instituto, para adecuarla a las actuales necesidades y

    cambios sociales que se han generado desde su creacin, y que permita prestar un servicio oportuno,eficiente eficaz y de calidad a la poblacin afiliada al rgimen de seguridad social.

    CONSIDERANDO:

    Que tambin es indispensable que la Junta Directiva cuente con los instrumentos tcnicos que le permitansupervisar el cumplimiento de los cambios en el proceso de ejecucin de la reorganizacin tcnica yadministrativa del Instituto, la cual, debe efectuarse en forma gradual, diciendo las disposiciones que seannecesarias en su momento para impedir desajustes administrativos.

    POR TANTO

    En uso de las facultades legales que le confiere el articulo 19, inciso a), del Decreto nmero 295 delCongreso de la Repblica de Guatemala.

    ACUERDA:

    Dictar el siguiente

    REGLAMENTO DE ORGANIZACIN ADMINISTRATIVADEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

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    CAPITULO I

    ORGANIZACIN

    ARTICULO 1. Los rganos superiores del Instituto son:

    a) Junta Directiva

    b) La Gerencia y

    c) Concejo Tcnico

    ARTICULO 2. La Junta Directiva es la autoridad suprema del Instituto y, en consecuencia, le corresponde ladireccin general de las actividades de stos.

    Emite las polticas generales, especificas y de fiscalizacin del Instituto, resoluciones recomendaciones yacuerdos a ser ejecutados.

    Podr participar en las actividades administrativas que considere convenientes para la mejor ejecucin de losprogramas y proyectos de la Institucin, en coordinacin con la Gerencia del Instituto para facilitarle su labor.

    El Presidente de la Junta Directiva refrenda las resoluciones y las comunica para su ejecucin.

    Las instrucciones del presidente de la Junta Directiva en la Administracin del instituto, debern seroportunamente atendidas. Ara los fines correspondientes establecer mtodos efectivos, contar con elpersonal que estimen necesario y los recursos correspondientes, la comunicacin e informacin se harconforme a los sistemas formales establecidos y har las instrucciones que considere pertinentes a laAdministracin y a sus diferentes componentes.

    CAPITULO II

    DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS

    ARTICULO 3. El Instituto cuenta con las dependencias administrativas que se enumeran a continuacin por elorden de su nivel jerrquico:

    a) Gerencia (Gerente y subgerente)

    b) Direcciones generales

    c) Departamentos

    d) Divisiones

    e) Secciones

    f) Unidades administrativas

    ARTICULO 4. Las dependencias identificadas en el art culo anterior, estarn integradas en la forma siguiente:

    a) Gerencias: Gerente y subgerente

    b) Direcciones Generales: Director General y subdirector General.

    c) Departamentos y Divisiones: Jefe y subjefe

    d) Secciones y Unidades Administrativas: Jefes

    Los subdirectores generales, subjefes de departamentos o de divisin sern nombrados nicamente si lanaturaleza y necesidades del servicio lo requieren, previa autorizacin de la junta Directiva.

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    Estas dependencias contarn adems con el personal subalterno que la gerencia determinen dentro de lasprevisiones presupuestaria y de conformidad con las necesidades del servicio o que estn contempladas ensu respectivo instructivo, Cuando se trate de la creacin de plazas nuevas, deber solicitarse su autorizacina la Junta Directiva.

    ARTICULO 5. Para la creacin modificacin o supresin de alguna dependencia, es necesario que laGerencia obtenga previamente la autorizacin de la Junta Directiva. Con su solicitud, deber acompaar el

    proyecto de acuerdo y expondr tcnicamente los motivos que la justifique.

    CAPITULO III

    GERENCIA

    ARTICULO 6. La Gerencia es el rgano ejecutivo del Instituto y en consecuencia, tiene a su cargo laadministracin y gobierno del mismo, de acuerdo con las disposiciones legales; y debe tambin llevar a laprctica las resoluciones que emanen de la Junta Directiva de conformidad con las instrucciones que ella leimparta a travs de la Presidencia.

    El Gerente tiene la representacin legal del instituto y puede delegarla, total o parcialmente, en uno o massugerentes o mandatarios

    ARTICULO 7. La Gerencia est integrada por:

    a) Un Gerente

    b) uno o ms subgerentes

    Los subgerentes deben actuar siempre de acuerdo con las Instituciones que imparta el Gerente y son losllamados a sustituirlo en sus ausencias temporales, por estricta rotacin, segn el orden de antigedad en suservicio, salvo disposicin en contrario, emanada de la Junta Directiva.

    La designacin temporal de los subgerentes durante la ausencia del Gerente, la har la Junta Directiva.

    La Gerencia contar con su Secretario que actuar como auxiliar del Gerente; tendr a su cargo laorganizacin y administracin de la oficina y podr firmar correspondencia interna de trmite normal, as comootras funciones que el Gerente le asigne.

    ARTICULO 8. Son funciones esenciales del Gerente

    a) Dirigir y vigilar la marcha y desarrollo del instituto en el orden tcnico de seguridad social, segn lo disponela Ley Orgnica y con estricto apego a los principios en que la misma se inspira.

    Dentro de las funciones que enuncia el prrafo anterior, queda especialmente comprendido lo relativo a ladireccin y supervisin de la planificacin y elaboracin de los distintos programas de proteccin a losafiliados del rgimen de seguridad social y a las reformas que sea necesario introducirles.

    b) Coordinar el trabajo de todas las dependencias del Instituto, sea directamente o por medio de instruccionesimpartidas a travs de los subgerentes, y directores generales, segn corresponda.

    c) Coordinar las actividades del Instituto con las de otras dependencias o instituciones, pblicas o privadas,que tengan relacin con el rgimen de seguridad social

    d) Dirigir las relaciones pblicas del Instituto.

    e) Otras que determine la Junta Directiva

    ARTICULO 9. Son funciones de los subgerentes:

    a) Ejercitar la representacin legal del Instituto, en juicio o fuera de l, de acuerdo a la delegacin defunciones que haga el Gerente.

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    b) Tramitar y resolver los asuntos administrativos que especialmente les sean encomendados

    c) Supervisar, controlar y evaluar el desempeo de las labores de las dependencias del Instituto

    d) otras que les delegue el Gerente.

    ARTICULO 10. Las reglas que norman la delegacin de funciones del gerente a los funcionarios del Instituto,

    son las siguientes:a) No tiene autoridad propia, pero cuando el Gerente haga en ellos delegacin de funciones, adquieren poresta la autoridad correspondiente y la ejercen con la misma fuerza como si actuara el propio Gerente.

    b) Las atribuciones que no estn asignadas en este reglamento, las podr delegar el Gerente en formaespecial, mediante acuerdo emitido para el efecto

    El Gerente puede ampliar, suprimir, reasignar o restringir en cualquier momento por medio de acuerdo, ladelegacin de funciones.

    c) Con el fin de que los funcionarios tengan normas precisas a que atenerse en el cumplimiento de sucometido, el Gerente debe procurar que haya instrucciones permanentes sobre las materias delegadas, quesean de base para que este ltimo o quienes examinen la gestin del Instituto aprecien con facilidad si se haajustado o no a la delegacin

    d) La delegacin de funciones no implica que el Gerente deje de gozar de la respectiva autoridad en lasmaterias que delegue.

    Sin embargo, se extiende que los funcionarios asumen responsabilidad plena por sus actos y que actan coniniciativa propia dentro de las limitaciones de la delegacin, por lo cual debe procederse de tal modo que laautoridad de stos sea correlativo de su responsabilidad.

    e) Cuando un funcionario considere que un asunto no puede ser resuelto por el, por no ser suficientes lasfacultades que le han sido delegadas, debe elevarlo a su superior jerrquico para su decisin.

    f) Cuando el criterio del Gerente en la resolucin de un asunto no coincida con el punto de vista delfuncionario llamado a resolverlo, el primero dictar la resolucin correspondiente y firmar los documentosnecesarios

    g) Los funcionarios debe rendir al Gerente los informes que ste determine por medio de instrucciones giradascon respecto a las funciones delegadas a travs de su superior jerrquico, as como de las resoluciones deimportancia que dicten en el ejercicio de los mismos.

    h) El vocero y medio de comunicacin de la Administracin ante la Junta Directiva, es el Gerente, salvo queste autorice expresamente a los o a alguno de los subgerentes para actuar en su nombre

    Es entendido que otros funcionarios, cuando sea requerida su presencia, pueden dar su opinin ilustrativa enlas sesiones de la Junta Directiva, para ayudar a mejor resolver los asuntos que en el seno de la misma sedisfrutan.

    CAPITULO IV

    DIRECCIONES GENERALES Y OTRAS DEPENDENCIAS

    ARTICULO 11. Se crean seis (6) Direcciones Generales, cuyos titulares sern seleccionados por la JuntaDirectiva de ternas propuestas por la Gerencia. En sus funciones depender directamente de esta. Susrenuncias se conocern en el seno de la Junta Directiva; asimismo, la Junta Directiva autorizar susremociones.

    a) Direccin General Administrativa con las funciones siguientes:

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    1. Proponer las polticas que permitan el adecuado desarrollo de las actividades administrativas de laInstitucin desarrollo de las actividades administrativas de la institucin, as como dirigir, coordinar ysupervisar al apoyo necesario al resto de las reas.

    2. Dirigir y vigilar la administracin de recursos humanos para el reclutamiento, seleccin, contratacin,nombramiento y evaluacin del personal al servicio de la institucin, realizando estudios sobre la utilizacin delos recursos humanos para determinar la eficiencia de los mismos.

    3. Dirigir y vigilar los servicios tcnicos de apoyo, que permitan realizar con agilidad las acciones jurdicas enque tenga que intervenir la institucin.

    4. Apoyar a la Gerencia del Instituto en la divulgacin y promocin de las relaciones pblicas para dar aconocer objetivamente las funciones y actividades del Instituto manteniendo una adecuada imagen del mismoante los patronos, trabajadores y sector pblico.

    5. Dirigir y vigilar los aspectos tcnicos administrativos que permitan mantener la dinmica necesaria en laprestacin de los servicio a los usuarios, para que stos sean suministrados de forma adecuada y oportuna.

    6. Dirigir, coordinar, administrar y supervisar el otorgamiento de los beneficios de proteccin socialestablecidos para el personal al servicio del Instituto, Cuando se trate de beneficios en salud, la competenciacorresponde a la Direccin general de prestaciones en salud

    7. Analizar peridicamente los sistemas y procedimientos tcnicos y administrativos de la institucin, a fin deproponer soluciones que se ajusten a los cambios y demanda de los servicios.

    8. Iniciar, tramitar y resolver los expedientes relacionadas con las funciones especficas de su rea, los actosque dicte en esta materia tendrn la categora de resoluciones de Gerencia

    9. Otras funciones que le delegue especficamente la Gerencia.

    b) Direccin General Financiera con las siguientes funciones

    1. Planificar, dirigir, comunicar, administrar y supervisar las actividades financieras de la Institucin.

    2. Promover de polticas y estrategias, para mejorar los ingresos financieros del Instituto.

    3. Definir estrategias para la ejecucin racional del gasto en las dependencias del Instituto, as como los

    criterios para la asignacin anual de los recursos financieros correspondientes.

    4. Preparar oportunamente el proyecto de presupuesto general de ingresos y egresos del Instituto, y una vezen vigencia supervisar su correcta aplicacin.

    5. Dirigir y supervisar los registros contables y estadsticos del Instituto.

    6. Realizar estudios para optimizar el uso de los recursos fsicos, materiales y financieros de la Institucin.

    7. Custodiar el Patrimonio del Instituto de acuerdo con las disposiciones legales que le sean aplicables.

    8. Dirigir y vigilar la liquidacin y recaudacin de ingresos, as como la liquidacin y pago de las obligacionesdel Instituto

    9. Establecer relacin y trato, con patronos derechohabientes, o dependencias del Estado, en relacin a lasmaterias a que se refiere el numeral anterior.

    10. Dirigir y supervisar las acciones de cobro de las cuentas de seguridad social y cualquiera otra que lecorresponda realizar al Instituto por disposicin legal

    11. Realizar acciones concernientes al cobro administrativo de las cuotas patronales y de trabajadores cadasen mora y sus recargos; y resolver impugnaciones sobre todo aquello que derive de tales cobros, as comotramitar exoneraciones parciales o totales por recargos, a que se refiere el Reglamento sobre recaudacin decontribuciones al Rgimen de Seguridad Social

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    12. Dirigir, vigilar, liquidar y depurar los registros de patronos inscritos al rgimen de seguridad social y larecaudacin de contribuciones al Instituto, provenientes de los sectores pblico y privado, integrando lascomisiones de trabajo que sean necesarias.

    13. Establecer sistemas modernos de registro y control de contribuciones al rgimen de seguridad social parala calificacin de derechos en el otorgamiento de beneficios de los derechohabientes.

    14. Iniciar, tramitar y resolver los expedientes relativos a los aspectos tcnico-administrativos de sucompetencia, en ejercicio de la funcin delegada. Los actos que dicta en esta materia, tendrn la categora deresoluciones de Gerencia.

    15. Otras funciones que le delegue especficamente el Gerente.

    c) Direccin General de informtica con las funciones siguientes:

    1. Proponer las polticas que permiten un adecuado desarrollo de sistemas de informacin, para brindar eneste sentido el apoyo necesario para la modernizacin del Instituto en las distintas reas de trabajo.

    2. Dirigir y supervisar la administracin de los sistemas informticos, definiendo entre otros, los lineamientospara al actualizacin del equipo y los programas al servicio de la institucin.

    3. Dirigir y supervisar los servicios informticos de apoyo que permitan implementar la mecanizacin de

    procesos administrativos del Instituto

    4. Dirigir y supervisar la elaboracin de los manuales de usuarios de las diferentes aplicaciones tecnolgicasde informtica.

    5. Procurar e impulsar la capacitacin metdica e integral, de los recursos humanos de la institucin parafacilitar la mecanizacin de los procesos administrativos

    6. Coordinar con las direcciones generales, el diseo de sistemas modernos de informacin, que permitan elregistro y control de patronos y trabajadores y de las cuotas de seguridad social

    7. Otras funciones que le delega especficamente el Gerente

    d) Direccin General de Prestaciones Pecuniarias con las funciones siguientes:

    1. Dirigir, coordinar y supervisar el otorgamiento de las prestaciones en dinero contempladas en losprogramas d cobertura del rgimen de seguridad social, incluyendo el plan de Pensiones de los Trabajadoresal Servicio del Instituto

    2. Velar porque las prestaciones en dinero a que se refiere el inciso anterior, sean otorgadas en forma eficaz,oportuna y adecuada.

    3. Atender y relaciones con patronos, derechohabientes, organismos, instituciones y dependencias delEstado, en las materias de su competencia

    4. Llevar los registros y controles necesarios para la buena administracin de las prestaciones en dinero.

    5. Estudiar y establecer sistemas y procedimientos administrativos proyectando las reformas pertinentes, quepermitan al otorgamiento de los beneficios a los derechohabientes en forma eficiente.

    6. Impulsar y coordinar con la Direccin de Prestaciones en salud, las actividades de trabajo social para a quelos beneficios de seguridad social se suministren en forman eficiente y eficaz procurando la satisfaccin de losderechohabientes.

    7. Iniciar, tramitar y resolver los expedientes relacionados con las funciones especificas de su rea. Los actosque dicte en esta materia, tendrn la categora de resoluciones de Gerencia.

    8. Otras funciones que le delegue especficamente el Gerente.

    e) Direccin General de Prestaciones en Salud con las funciones siguientes:

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    1. Dirigir, coordinar y supervisar el otorgamiento de las prestaciones en servicio que correspondanreglamentariamente a los derechohabientes del Instituto, as como velar por que estas se suministren enforma oportuna, adecuada, eficiente y de buena calidad.

    2. Organizar, dirigir, coordinar y supervisar los servicios mdicos del Instituto

    3. Atender y relacionarse con patronos, derechohabientes, organismos instituciones y dependencias delEstado, en las materias de su competencia

    4. Dirigir, coordinar y supervisar el otorgamiento de los beneficios de proteccin social en salud, establecidospara el personal al servicio del Instituto

    5. Definir los procedimientos tcnicos y administrativos orientados a mejorar la calidad, eficiencia yoportunidad en la prestacin de los servicios de atencin.

    6. Establecer los procedimientos tcnicos y administrativos para la contratacin de servicios mdicos

    7. Proponer las polticas de atencin mdica de la institucin en coordinacin con la Direccin general dePlanificacin.

    8. Coordinar con la Direccin General de Planificacin lo relativo a la planificacin y construccin de la

    infraestructura Mdico-hospitalaria, para el otorgamiento de servicios mdicos a los afiliados y beneficiariosdel Instituto

    9. Iniciar, tramitar y resolver los expedientes relacionados en las funciones especificas de su rea. Los actosque dicte en esta materia, tendrn la categora de resoluciones de Gerencia.

    10. Otras funciones que le deleguen el Gerente.

    f) Direccin General de Planificacin con las funciones siguientes;

    1. Planificar, organizar, dirigir y coordinar la elaboracin del proyecto de las polticas del InstitutoGuatemalteco de Seguridad Social

    2. Formular, controlar y evaluar los planes, programas y proyectos de corto, mediano y largo plazo, de lainstitucin,

    3. Coordinar con la Direccin General de prestaciones en salud, la identificacin de proyectos deinfraestructura mdico-hospitalarios a nivel nacional

    4. Formular estudios, planes y estrategias para el desarrollo del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

    5. Participar en la coordinacin y en la formulacin de planes del sector salud de corto, mediano y largo plazo.

    6. Coordinar la cooperacin tcnica nacional e internacional orientada al logro de las polticas y programas delInstituto

    7. Coordinar con las direcciones generales, los estudios de extensin de cobertura del Instituto.

    8. Participar en el proceso de mejoras continuas dentro de la organizacin del Instituto.

    9. Otras funciones que le sean asignadas por el Gerente.

    ARTICULO 12. Se crea el Comit de Directores, que estar integrado con los titulares de las DireccionesGenerales y funcionar en apoyo directo a al Gerencia, quien lo coordinar. Actuar en forma, deliberante dela problemtica tcnico administrativa del Instituto, definiendo las soluciones interdireccionales e integralespara alcanzar los objetivos propuestos. El comit de Directores contar con una Secretaria que serdesignada dentro del mismo Comit.

    ARTICULO 13. Se crea el Departamento de Inversiones, que depender de la Direccin General Financiera, ysus funciones debern enmarcarse en el reglamento respectivo aprobado por la Junta Directiva.

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    ARTICULO 14. Se eleva a categora de Departamento la actual Divisin de Servicios Auxiliares, con ladenominacin de Departamento de Servicios de Apoyo, que depender de la Direccin GeneralAdministrativa. Este Departamento asumir las funciones que desempeaba la Divisin de ServiciosAuxiliares, y tendr bajo su direccin a las Divisiones de Ingeniera y Mantenimiento y de Transportes, y lasSecciones de Correspondencia, Archivo y Microfilm y de Biblioteca

    ARTICULO 15. Se eleva a la categora de Departamento la actual Seccin de Medicina legal y Evaluacin deIncapacidades con la denominacin de Departamento de Medicina legal y Evaluacin de Incapacidades. Quedepender de la Direccin General de prestaciones Pecuniarias. Este Departamento tendr a su cargo entresus funciones principales las siguientes;

    Establecer y evaluar la clase y grado de incapacidad permanente que le hubiera quedado aun afiliado aconsecuencia de un accidente, de acuerdo con lo establecido en los Reglamentos y Normas de Valuacin deIncapacidades del Instituto.

    ARTICULO 16. Se eleva a la categora de Departamento, la actual Seccin de Auditoria Mdica, Supervisin yControl.

    ARTICULO 17. Se crea el Departamento de Servicios Contratados que depender de la Direccin General deprestaciones en salud y tendr como funcin esencial determinar la contratacin de servicios mdicos con lossectores pblicos y privado en reas especficas, atendiendo a criterios de necesidad, calidad, oportunidad y

    precio; previa evaluacin financiera y de la capacidad instalada institucional, as como la evaluacin y controlde dichos servicios.

    Para formalizar la contratacin de los servicios requerir el apoyo del Departamento de Abastecimientos.

    CAPITULO V

    DEPARTAMENTOS, DIVISIONES, SECCIONES, UNIDADES ADMINISTRATIVAS YUNIDADES MEDICAS

    ARTICULO 18. * Dependen directamente de la Gerencia;

    a) Las Direcciones Generales

    b) Las Direcciones Departamentales

    c) El comit de Directores

    d) El Departamento de Abastecimiento

    e) El Departamento de Auditora Interna

    f) El Departamento de Auditora Mdica, Supervisin y Control.

    * Texto Original* Reformado por el Artculo 1 del Acuerdo Nmero 1110 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de SeguridadSocial.

    ARTICULO 19. Dependen de la Direccin General Financiera los departamentos siguientes:

    a) Departamento de Caja

    b) Departamento de Contabilidad

    c) Departamento actuarial y Estadsticos

    d) Departamento de Presupuestos

    e) Departamento de Inversiones

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    f) Departamento Patronal

    ARTICULO 20. Dependen de la Direccin General Administrativa, los departamentos siguientes:

    a) departamento de Recursos Humanos

    a. 1) Seccin de Docencia e investigacin

    b) Departamento legal

    c) Departamento de Relaciones Pblicas

    d) Departamento de Organizaciones y Mtodos

    e) Departamento de Servicios de Apoyo

    ARTICULO 21. Depende de la Direccin General de Informtica. El Departamento de ProcesamientoElectrnico de Datos.

    ARTICULO 22. Dependen de la Direccin General de Prestaciones Pecuniarias, los departamentos siguientes

    a) Departamento de Prestaciones en Dinero

    b) Departamento de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia

    c) Departamento de Trabajo Social

    d) Departamento de Medicina legal y Evaluacin de Incapacidades

    ARTICULO 23. Dependen de la Direccin general de Prestaciones en salud, los departamentos siguientes:

    a) Departamento Mdico de Servicios Centrales

    b) Departamento Mdico de Servicios Departamentales

    c) Departamento de Medicina preventiva

    d) Departamento Mdico de Servicios Tcnicos

    e) Departamento Mdico de Servicios Contratados

    ARTICULO 24. Dependen del Departamento Patronal las divisiones siguientes:

    a) Divisin de Inspeccin

    b) Divisin de Recaudacin

    c) Divisin de Registro de Patronos y Trabajadores

    ARTICULO 25. Dependen del Departamento de Servicios de apoyo, las divisiones siguientes

    a) Divisin de Ingeniera y Mantenimiento

    b) Divisin de Transportes

    ARTICULO 26. Dependen del Departamento de Procesamiento Electrnico de Datos, las divisionessiguientes:

    a) Divisin de Desarrollo de Sistemas

    b) Divisin de Operaciones

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    ARTICULO 27. Dependen del Departamento de Servicios de Apoyo, las secciones siguientes:

    a) Seccin de Correspondencia, Archivo y Microfilm

    b) Seccin de Bibliotecas

    ARTICULO 28. Dependen del Departamento de Medicina Preventiva, las secciones siguientes:

    a) Seccin de Epidemiologa

    b) Seccin de Seguridad e Higiene

    c) Seccin de Higiene Materno infantil

    ARTICULO 29. Dependen del Departamento Mdico de Servicios Tcnicos, las secciones siguientes:

    a) Seccin Tcnica de Asistencia Farmacutica

    b) Seccin de Registros Mdicos y bioestadstica

    c) Seccin de Radiologa

    d) Seccin de laboratorios, Banco de sangre y Patologa

    e) Seccin de Nutricin

    f) Seccin de Enfermera

    ARTICULO 30. Dependen del Departamento de Abastecimiento, las secciones siguientes:

    a) Seccin de Existencia y Suministros

    b) Seccin de Adquisiciones y Contrataciones

    ARTICULO 31. Dependen de la Coordinadora de la Delegacin y Cajas Departamentales, las delegaciones ycajas departamentales.

    ARTICULO 32. La organizacin y funcionamiento de las unidades mdicas, se rigen por un normativoespecial.

    CAPITULO VI

    DISPOSICIONES GENERALES

    ARTICULO 33. En las relaciones que deben existir entre las distintas dependencias administrativas delInstituto, deber observarse el nivel jerrquico que establece este reglamento y sus funciones deben serreguladas mediante instrucciones que dictar la Gerencia, los que sern divulgados a todo el personal de lainstitucin.

    ARTICULO 34. Todo cambio de funciones que efecte la Gerencia en las dependencias del Instituto, lo hardel conocimiento de la Junta Directiva. Cuando se trate de la supresin o modificacin de dependencias, se

    estar a lo que dispone el artculo 5 de este reglamento.

    CAPITULO VII

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y DEROGATORIAS

    ARTICULO 35. Las nuevas dependencias creadas por este reglamento, entrarn a funcionar en el momentoque lo disponga la gerencia conforme lo requieran las necesidades del Instituto.

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    ARTICULO 36. Las dependencias administrativas del Instituto, que cuenten actualmente con un reglamento oinstructivo vigente, continuarn funcionando de acuerdo con lo que los mismos establecen en todo lo que nose oponga al presente reglamento.

    Junta Directiva de Gerencia en su caso, harn de inmediato las modificaciones necesarias para que lanormativa de las dependencia se efecten a la organizacin administrativa establecida en este reglamento, ydictarn las disposiciones necesarias para alas dependencias que no las tenga.

    ARTICULO 37 Junta Directiva har las modificaciones que sean necesarias a este reglamento, conforme lorequiera el desarrollo de la administracin.

    ARTICULO 38 La gerencia deber realizar los estudios tcnicos correspondientes para desarrollar ladesconcentracin administrativa, que permita la toma de decisiones a nivel local.

    ARTICULO 39. Por efecto del presente acuerdo, se opera los siguientes cambios en la organizacinadministrativa del Instituto:

    a) El actual Departamento de Personal cambia de nombre para Departamento de Recursos Humanos

    b) El actual Departamento Tcnico de presupuesto, se denominar Departamento de Presupuesto.

    c) La Direccin General de Prestaciones en salud, asumir las funciones de la Direccin General de Servicios

    Mdico Hospitalario, la cual se suprime, y funcionar con las dependencias que se opongan a lo establecidoen este reglamento.

    ARTICULO 40. Se derogan los acuerdos nmero 166, 181, 196, 222, 235, 242 y 1042 de la Junta directiva ascomo todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en este reglamento

    ARTICULO 41 El presente Acuerdo entrar en vigor el da siguiente de su publicacin en el Diario Oficial.

    Dado en el saln de sesiones de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en laCiudad de Guatemala, el da doce del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho

    Ing. VICTOR MANUEL SUAREZ VALDEZPRESIDENTE

    Lic. GUIDO ORLANDO RODAS RODAS

    VOCAL

    Dr. ROLANDO VALDEMAR CASTAEDA LEMUSSegundo Vicepresidente

    Dr. EDUARDO ALFONSO MORALES SANDOVALVocal

    Lic. EFRAIN PORTILLO PALMAVocal

    Sr. ARTURO CARDONA MAEDAVocal

    GERENCIA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL;trece de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

    Publquese conforme a la ley,

    Ing. OSCAR ESTUARDO VILLAGRAN GARCIAGerente