Reglamento de Higiene y Seguridad

3
SENA 7A' Regional Distrito Capital REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL IDENTIFICACION NIT 899999034-1 NOMBRE DE LA EMPRESA Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Regional Distrito Capital Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera Ciudad Bogotá Departamento Cundinamarca Dirección Teléfono Carrera 18 a No. 2-18 Sur 2467556 Barrio San Antonio Sucursales o Agencias Si () No (x) NOMBRE DE LA A.R.P Seguro SocialO Clase o tipo de Riesgo asignado por la A.R.P: Nivel I Código de la Actividad Económica: 1804601 ESTABLECE EL SIGUIENTE REGLAMENTO CONTENIDO EN LOS SIGUIENTES TERMINOS ARTICULO 1 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENA Regional Distrito Capital, se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108,205,206,217,220,221,282,283,348, 349, 350 Y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a. de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994 y demás normas que con tal fin se establezcan. ARTICULO 2 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENA Regional Distrito Capital se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional, de conformidad con lo establecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de 1994 y Resolución 1016 de 1989. ARTICULO 3 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENA Regional Distrito Capital se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el programa de salud ocupacional, elaborado de acuerdo al Decreto 614 de 1984 y Resolución 1016 de 1989, el cual contempla como mínimo los siguientes aspectos:

description

Reglamento de Higiene y Seguridad

Transcript of Reglamento de Higiene y Seguridad

Page 1: Reglamento de Higiene y Seguridad

•SENA

7A'Regional Distrito Capital

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

IDENTIFICACION NIT 899999034-1

NOMBRE DE LA EMPRESA

Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Regional Distrito CapitalCentro de Tecnologías para la Construcción y la Madera

CiudadBogotá

DepartamentoCundinamarca

Dirección TeléfonoCarrera 18a No. 2-18 Sur 2467556

Barrio San Antonio

Sucursales o Agencias Si () No (x)

NOMBRE DE LA A.R.P Seguro SocialO

Clase o tipo de Riesgo asignado por la A.R.P: Nivel I

Código de la Actividad Económica: 1804601

ESTABLECE EL SIGUIENTE REGLAMENTO CONTENIDO EN LOS SIGUIENTESTERMINOS

ARTICULO 1 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENARegional Distrito Capital, se compromete a dar cumplimiento a las disposicioneslegales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuaday oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales deconformidad con los artículos 34, 57, 58, 108,205,206,217,220,221,282,283,348,349, 350 Y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a. de 1979, Resolución2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994 y demás normas que con talfin se establezcan.

ARTICULO 2 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENARegional Distrito Capital se obliga a promover y garantizar la constitución yfuncionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional, de conformidad con loestablecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de1994 y Resolución 1016 de 1989.

ARTICULO 3 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENARegional Distrito Capital se compromete a destinar los recursos necesarios paradesarrollar actividades permanentes de conformidad con el programa de saludocupacional, elaborado de acuerdo al Decreto 614 de 1984 y Resolución 1016 de1989, el cual contempla como mínimo los siguientes aspectos:

Page 2: Reglamento de Higiene y Seguridad

'. '...~.~" •.->:~~":;~:,C~~~~~-,

•SENA

7A'Regional Distrito Capital

a) Subprograma de medicina preventiva y del trabajo, Orientado a promover ymantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores,en todo los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por lascondiciones de trabajo, protegerlos en su trabajo de los riesgos generados por lapresencia de agentes y procedimientos nocivos, colocar y mantener al trabajadoren una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.

b) Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, dirigido a establecer lasmejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientosque conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgos que se originen en loslugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente.

ARTICULO 4 Los riesgos existentes en el Centro de Tecnologías para laConstrucción y la Madera del SENA Regional Distrito Capital, están constituidosprincipalmente por:

RIESGOS FISICOS: RIESGOS QUIMICOS:o Ruido o Gases y Vaporeso Temperaturas Extremas o Polvos InorgánicosO Iluminación O Polvos Orgánicoso Radiaciones no lonizantes O HumosO Vibraciones O RocíosO Presiones Anormales O NeblinasRIESGOS BIOLOGICOS: RIESGOS MECANICOS:O Virus O MáquinasO Hongos O EquiposO Bacterias O HerramientasO AnimalesO PlantasRIESGOS DE CARGA FISICA RIESGOS PSICOSOCIALES:O Posturas mantenidas o Forzadas O Exceso de responsabilidadesO Levantamiento y transporte manual de cargas O Trabajo bajo presióno Movimientos repetitivos O Monotonía y rutinaO Fatiga O Problemas familiareso Diseño inadecuado del puesto de trabajo O Problemas laboralesO Mal uso de la voz. O Tipo de contratación

O Baja remuneraciónO Estilo de mandoO Turnos de trabajo

RIESGOS LOCATIVOS: RIESGOS ELECTRICOS:O Pisos en mal estado O Puestas a tierraO Techos en mal estado O Instalaciones en mal estadoO Almacenamiento, sin cumplimiento de normas. O Instalaciones recargadasO Muros en mal estado O Instalaciones y cables, desprotegidosO Falta de Orden y limpiezaRIESGOS NATURALES. RIESGOS DE TRANSITO:O Tormentas eléctricas O ColisionesO Huracanes O VolcamientosO Terremotos O Varadaso Deslizamientos o Obstáculos

O Atrooeltamientos

Page 3: Reglamento de Higiene y Seguridad

•SENA

71\,OTROS RIESGOS:O Trabajo en alturao Incendio ylo explosión

Regional Distrito Capital

PARAGRAFO. A efecto que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no setraduzca en accidente de trabajo o en enfermedad profesional, el Centro deTecnologías para la Construcción y la Madera del SENA Regional Distrito Capital,ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, deconformidad con lo estipulado en el programa de salud ocupacional el cual se dará aconocer a todos los servidores públicos del Centro de Tecnologías para laConstrucción y la Madera.

ARTICULO 5 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENARegional Distrito Capital y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a lasdisposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten paralograr la implantación de las actividades de medicina preventiva del trabajo, higiene yseguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con elprograma de Salud Ocupacional de la empresa.

ARTICULO 6 El Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera del SENARegional Distrito Capital ha implantado un proceso de inducción del trabajador a lasactividades que debe desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas deprevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico quevaya a realizar; así como exigiendo el uso obligatorio de ropa de trabajo y elementosde protección personal, durante todas las prácticas y el acatamiento de losprocedimientos seguros que se han implementado para todas las tareas.

ARTICULO 7. Este Reglamento permanecerá exhibido en por lo menos dos lugaresvisibles del Centro y su contenido se dará a conocer a todos los servidores públicosen el momento de su ingreso.

ARTíCULO 8 El presente reglamento entra en vigencia a partir de la fecha y durante eltiempo que el Centro de Formación conserve sin cambios sustanciales las condicionesexistentes, tales como actividad económica, métodos de producción, instalacioneslocativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen lasnormas del Reglamento o que limiten su vigencia.

Representante Legal,

ONIA CRISTINA PRIDirectora Regional (E)

Blanca G.J