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Colegio Particular N°1 de Ñuñoa Juan Moya Morales1764- Fonos 22713374-2211125-9-8270023 E-Mail:[email protected] COLEGIO PARTICULAR N°1 DE ÑUÑOA 2016 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR ENSEÑANZA MEDIA DECRETO N°112 (PRIMERO Y SEGUNDO AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA)

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Colegio Particular N°1 de Ñuñoa

Juan Moya Morales1764- Fonos 22713374-2211125-9-8270023

E-Mail:[email protected]

COLEGIO PARTICULAR N°1 DE ÑUÑOA 2016

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN ESCOLAR ENSEÑANZA

MEDIA

DECRETO N°112 (PRIMERO Y SEGUNDO AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA)

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PRESENTACION

“Como organización educativa, nuestro propósito es el logro

permanente y sostenido de aprendizajes significativos y profundos de

todos nuestros niños y niñas. Es por ello que entendemos la

evaluación como parte fundamental del aprendizaje, un proceso de

mejora, entendimiento y valoración que ayudara a nuestros

estudiantes a construir sus proyectos de vida”.

Óscar Pérez Vásquez

Director

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DISPOSICIONES GENERALES

1- El Director del establecimiento en consulta resolutiva al Consejo de

Profesores, establece el siguiente Reglamento sobre Evaluación,

calificación y promoción escolar.

2- Los estudiantes de Primero y Segundo medio, del Colegio Particular N°1

de Ñuñoa, estarán regulados en su proceso de evaluación y promoción,

según la normativa vigente y será concordante con los nuevos

lineamientos curriculares establecidos por el Mineduc para estos niveles de

enseñanza, resguardando las necesidades y características de nuestros

alumnos y alumnas.

3- El Reglamento de evaluación considera orientaciones Técnicas

pedagógicas del marco curricular de enseñanza media, además se tendrá

presente todos los lineamientos de evaluación que consignan los

programas de estudio.

4- el presente documento será comunicado por escrito a todos los estudiantes

durante el mes de marzo y a todos los Padres y Apoderados a más tardar

en el momento de la matricula. Se enviara una copia al Departamento

Provincial de Educación Oriente.

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DE LA EVALUACIÓN

1- El establecimiento se organizara académicamente para todos los sectores,

sub sectores y asignaturas del Plan de estudio en dos semestres. El

mínimo de calificaciones durante cada semestre, estará en relación con el

número de horas de clase semanales expresadas en el Plan de Estudio

correspondiente, según la siguiente asignación:

Semanales N° de Calificaciones

7 horas o más clases 8

6 horas de clases 7

5 horas de clases 6

4 horas de clases 5

3 horas de clases 5

1 y 2 “ clases 4

2- Los alumnos y alumnas que tengan dificultades temporales o permanentes

para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos

sectores o subsectores de aprendizaje, se aplicará procedimientos del

reglamento de evaluación diferenciada de nuestro establecimiento.(se

anexa documento)

3- En situaciones especiales donde las alumnas y (os) presenten

impedimentos o una necesidad educativa especial debidamente justificada

y certificada por especialista, el Director puede autorizar la eximición de una

asignatura previa consulta al profesor jefe y de asignatura. El alumno (a),

deberá participar en todas las actividades de la clase, de acuerdo a las

indicaciones otorgadas por el especialista y el profesor de asignatura. La

eximición es válida por el año lectivo y su renovación depende del

especialista tratante. Estas situaciones especiales serán informadas al

Consejo de Profesores y quedará en registro de acta.

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4- En la Asignatura de Educación Física la eximición puede ser temporal. En

esta situación el apoderado deberá presentar en oficina de UTP certificado

médico en un plazo de siete días ocurrido el origen de la lesión. Cuando la

eximición es permanente el apoderado debe presentar la documentación

médica en UTP. Esto solo permitirá al alumno (a) no realizar la actividad

física, obteniendo sus calificaciones con trabajos escritos u otras.

5- El resultado de cada evaluación será informado a las alumnas (os), dentro

de un plazo no superior a los 15 días siguiente de su aplicación,

registrándose la nota en el libro de clases. No se puede aplicar una prueba

sin que los estudiantes conozcan la calificación anterior y puedan revisarla

con 48 horas de anticipación.

6- Los Padres y apoderados tendrán conocimiento de las evaluaciones de sus

pupilos (as), durante las reuniones de Padres y Apoderados, las cuales se

agendaran en forma mensual o en su efecto en el horario definido por el

profesor jefe para atención de Padres y apoderados.

7- Los logros de objetivos de aprendizaje transversal y objetivos

fundamentales transversales se registraran en informe de desarrollo

personal del alumno y alumna. Este informe se entregará periódicamente a

los Padres y Apoderados al término de cada semestre Académico.

8- Durante el proceso de enseñanza – aprendizaje, se emplearán diversas

formas de evaluación: Diagnóstica, formativa y sumativa.

Evaluación diagnóstica: se aplicará durante el mes de marzo. Los

resultados de la evaluación diagnóstica de inicio del año lectivo, podrá

expresarse en porcentaje de logros, los que constituirán el primer registro

parcial del año escolar. Esta evaluación permite saber sobre la presencia o

ausencia de habilidades, conocimientos, destrezas o conductas previas

para el inicio de un determinado aprendizaje y detectar las debilidades y

fortalezas de los alumnos (as) para reforzar las deficiencias o bien

potenciar las fortalezas.

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Evaluación Formativa: Provee de retroalimentación al estudiante sobre sus

progresos y debilidades en el proceso de desarrollo de habilidades de

aprendizaje. Se desarrolla en forma sistemática y continua permitiendo

hacer los ajustes necesarios para introducir nuevas estrategias

metodológicas.

Evaluación Sumativa: Determinará el grado de logro de los objetivos de

aprendizaje o aprendizajes esperados, se aplicará según un calendario de

evaluaciones establecido y dado a conocer a los alumnos (as) padres y

apoderados y serán consignadas en el libro de clase en forma numeral con

coeficiente 1 y 2.

Además se considerará que la evaluación debe ser variada, por ejemplo:

Observación (espontanea- estructurada- observación externa, intercambios

orales con los alumnos (entrevistas- debates-disertaciones-etc.),

documentos y trabajos de los alumnos (carpetas-informes-ensayos- mapas

conceptuales – disertaciones – etc.), desempeño o producción de los

alumnos (obras de teatro- exposiciones- videos- demostraciones- muestras

fotográficas- diarios temáticos-etc.).

9- El presente Reglamento considera como práctica de evaluación: La

autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.

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DE LA CALIFICACIÓN

1- Los alumnos serán calificados en todas las asignaturas, subsectores o

actividades de aprendizaje del plan de estudio con escala numérica de 1.0

a 7.0. La calificación mínima de aprobación es 4.0, con un nivel de

exigencia de 60%.

2- La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de Religión no

incidirá en su promoción y quedará registrado en el libro de clases y acta

final con conceptos.

3- La calificación obtenida en la asignatura de Orientación, no incidirá en la

promoción de alumnos.

4- La escala de notas sólo deberá referirse a aspectos relacionados con

rendimiento, no se deberá utilizar para calificar aspectos conductuales

(ausencias, o indisciplina).

5- En forma bimestral se aplicará un instrumento evaluativo coeficiente dos en

aquellas asignaturas que consignen una carga horaria superior a cuatro

horas semanales. Para aquellas asignaturas que contengan una carga

horaria inferior a la señalada en el párrafo anterior se aplicará una

evaluación coeficiente dos al término de cada semestre lectivo. Para ambas

situaciones se incorporará unidades de aprendizaje trabajadas en el sector,

subsector o asignatura durante el semestre académico (el objetivo de este

instrumento será preparar al alumno en la comprensión de una mayor

cantidad de contenidos y desarrollo de habilidades).

6- La calendarización de las pruebas coeficiente dos serán determinadas por

Unidad Técnica Pedagógica y consejo de profesores. La inasistencia a

pruebas coeficientes uno o dos deben ser justificadas por el apoderado

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personalmente en Oficina de UTP o con Certificado médico para su

reprogramación.

7- En caso que el alumno no entregue su trabajo o entregue prueba en blanco,

se dará una segunda oportunidad, donde el docente evaluara los mismos

contenidos y objetivos de aprendizaje (en un plazo no superior a siete días).

Esta situación quedará consignada en el libro de clases.

8- El alumno que sea sorprendido copiando en prueba o adultere la

evaluación, será sometido a una prueba o interrogación, en el momento que

el profesor de asignatura lo determine (en un plazo no superior a siete

días), además la situación quedara consignada en el libro de clases.

9- El número de notas en cantidad debe ser igual para cada alumno, salvo

excepciones como: Traslados, cambios de curso (en el caso de traer menos

notas, se deberá hacer una calendarización para nivelar al alumnos, lo que

será determinado por UTP, siendo esto comunicado oportunamente por el

profesor jefe).

DE LA PROMOCIÓN:

1- Los promedios semestrales y finales de los estudiantes por asignatura,

serán nivelados al entero cercano cuando corresponda. Ejemplo 3.65,

corresponde consignarlo en libro de clases y actas institucionales como 3.7.

El 3.64 se consigna como 3.6. Los promedios semestrales y finales 3.9 y

6.9 contemplan la misma regla evaluativa descrita en este párrafo.

2- Para los efectos de la promoción escolar, las calificaciones son expresadas

en escala numérica de 1.0 a7.0. La nota de aprobación es 4.0 con nivel de

logro de 60%.

3- Para la promoción de los alumnos (as) de 1° y 2° año de Educación Media

se considera el logro de los objetivos de aprendizaje de los sectores,

subsectores o asignaturas de Plan de estudio y la asistencia a clases.

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LOGRO DE OBJETIVOS

1- Serán promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo

Medio que aprueben todos los sectores o subsectores del Plan de

estudio.

2- Serán promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo Medio

Que no aprueben una asignatura, sector o subsector de aprendizaje

siempre que el promedio general corresponda a 4,5 o superior,

incluida la calificación reprobatoria.

3- Serán promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo Medio

que no aprueben dos asignatura o subsectores de aprendizaje,

siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o

superior, incluidas las calificaciones reprobatorias.

LA INASISTENCIA

1- Para ser promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo

medio, deberán asistir por lo menos el 85% de clases establecidas en

calendario escolar anual.

2- Todos aquellos alumnos que estén representando al colegio en

eventos nacionales e internacionales con los debidos permisos y

autorizaciones de sus padres y apoderados y Mineduc, su asistencia

será considerada como regular.

3- En situaciones excepcionales, el Director del Establecimiento en

consulta al Consejo de Profesores de curso, podrá autorizar la

promoción de un alumno o alumna con un porcentaje inferior de

asistencia.

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4- La situación final de promoción del alumno (a) deberá quedar resuelta

al termino del año escolar.

DE LOS CERTIFICADOS ANAUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE

REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN ESCOLAR

1- Una vez finalizado el periodo escolar, el establecimiento entregará a

todos los alumnos un certificado anual de estudio que indique los

sectores y subsectores de aprendizaje con las calificaciones obtenidas

y la situación final.

2- La oficina competente es la División de Educación General y las

Secretarias Ministeriales de Educación podrán expedir los certificados

anuales de estudio o concentración de notas a solicitud del interesado.

3- Las Actas de Registro de calificaciones y Promoción Escolar indicaran:

Curso- calificación final- porcentaje de asistencia- Cedula de Identidad-

Situación de Religión (concepto).

4- Las actas se confeccionaran en tres ejemplares y serán presentadas a

La SEREMI de Educación correspondiente, organismos que las

legalizará, enviará una copia a la División de Educación General,

devolverá otra al establecimiento educacional y conservará el tercer

ejemplar para el registro regional.

5- Las SEREMI de educación, podrán autorizar la presentación de un

ejemplar de cada acta acompañada de su resguardo informático.

6- Todas aquellas situaciones de evaluación y promoción escolar serán

resueltas por las Secretarias Regionales Ministeriales del ámbito de

competencia.

SITUACIONES ESPECIALES

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1- El Mineduc resolverá, por intermedio de la Dirección Provincial de

Educación Oriente, las situaciones de alumnos que hayan realizado

estudios en el extranjero, de acuerdo a los convenios y normas en

vigencia. La convalidación deberá ceñirse a las disposiciones que

para estos efectos establezca la normativa vigente.

2- Para estudiantes que presenten situación de embarazo, el

establecimiento otorgará todas las facilidades de evaluación y

promoción, considerando los convenios y normas legales vigente

de protección a embarazos, maternidad y paternidad como se

detalla a continuación:

La estudiante embarazada tendrá derecho a contar con un docente tutor

(Coordinación de UTP – Convivencia Escolar, Profesor Jefe - Profesor de

Sub Sector Curricular correspondiente) quien supervisará las inasistencias,

apoyo pedagógico especial, horarios de salida para amamantamiento y

controles de salud y la elaboración e implementación del calendario de

evaluación, resguardando el derecho a la educación de la alumna.

FUNCIONES DEL TUTOR

Ser un intermediario/nexo entre alumna(o) y profesores de asignatura para

organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar

las inasistencias; supervisar e informar a dirección el cumplimiento de los

docentes en todos los sectores.

Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de estudio,

supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea

necesario, supervise entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará

en la eventualidad en que la alumna se ausente por situaciones derivadas

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del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del

hijo menor de un año. Acreditado por certificado médico.

Si el/la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderado(a)

deberá hacer retiro de materiales de estudio.

SOBRE LAS EVALUACIONES

- El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación

alternativo, en tanto la situación de embarazo o de

maternidad/paternidad le impida asistir regularmente al establecimiento.

- Cada vez que la alumna se ausente por situaciones derivadas del

embarazo, parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades del

hijo menor de un año, deberá presentar un certificado médico o carné

de salud, y podrá acceder a una reprogramación de evaluaciones.

- El/la estudiante tiene derecho a ser promovido(a) de curso con un

porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus

inasistencias hayan sido debidamente justificadas por: los/las médicos

tratantes, carné de control de salud y cumplan con los requisitos de

promoción establecidos en el reglamento de evaluación.

- Se dará flexibilidad en las evaluaciones, garantizando el logro de

aprendizajes y en los procedimientos e instrumentos del sistema de

evaluación, al que él o la estudiante pueda acceder como alternativa

(ejemplo: portafolio, trabajo de investigación, cuestionario, etc.).

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- Criterios para la promoción de los/ as estudiantes a fin de asegurar que

efectivamente cumplan con los contenidos mínimos requeridos.

- La Dirección de la unidad educativa nombrará, a un responsable para

que supervise la realización de tutorías.

- Incluir un calendario flexible, que resguarde el derecho a la educación

de estos alumnos y alumnas, y de brindarles apoyos pedagógicos

especiales, mediante un sistema de tutorías realizado por los y las

docentes, en el que podrán colaborar los compañeros/as de clases,

supervisando que el/la alumno/a reciba el material escrito entregado

durante su ausencia, con el fin de favorecer el cumplimiento de las

exigencias curriculares, objetivos mínimos establecidos en los

Programas de Estudios.

- La estudiante tiene derecho a ser evaluada de la misma forma que sus

compañeros, o en su defecto, con evaluaciones diferenciadas si las

circunstancias así lo ameritan.

- El establecimiento le otorgará las facilidades necesarias para cumplir

con el calendario de evaluación.

OTROS

La alumna, de acuerdo al período respectivo de su embarazo y en la

eventualidad de que los informes médicos especializados indiquen que

puede realizar Educación Física, deberá asistir a estas clases, debiendo

ser evaluada diferenciadamente, y/o eximida en el caso de que las

circunstancias así lo ameriten.

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Sin perjuicio de lo anterior, después del parto, será eximida hasta que

finalice un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos

calificados por el/la médico tratante, podrá eximirse definitivamente de la

actividad física activa. En esta eventualidad, la alumna deberá realizar

trabajos teóricos alternativos designados por el docente de ese Sub Sector.

Otras situaciones no previstas en el presente reglamento, serán resueltas por el

Director del establecimiento y el Consejo General de Profesores en consulta al

Departamento Provincial de Educación Oriente.

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ANEXO DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA

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EVALUACIÓN DIFERENCIADA MANUAL DE PROCEDIMIENTO.

Marzo 2016

CONCEPCIÓN DE EVALUACION DIFERENCIADA PARA LA COMUNIDAD

ESCOLAR COLEGIO PARTICULAR N°1 DE ÑUÑOA

Entendemos como evaluación diferenciada, un procedimiento y/o recurso que el Profesor

debe emplear al evaluar a los alumnos que presentan impedimentos en su aprendizaje.

Dichas dificultades serán consideradas como Necesidades Educativas Especiales. Consiste

en aplicar procedimientos y/o instrumentos evaluativos acordes con las características del

problema de aprendizaje que presenta el alumno (a) de Educación Pre básica, Básica o

Media.

¿QUÉ CONSIDERA?

Los niveles de inicio de cada alumno.

Los ritmos de aprendizaje y el avance de cada alumno.

Los estilos de aprendizaje.

Las formas de expresar los aprendizajes de los alumnos.

I- DERIVACIÓN.

La evaluación diferenciada se aplicará a los estudiantes que presenten algún grado de

dificultad para el logro de aprendizajes en los diferentes sectores, subsectores o asignaturas

del plan de estudio. Por ejemplo:

a).-Trastornos del Aprendizaje

a.1 Alumnos y alumnas con déficit en expresión oral.

a.2 Alumnos y alumnas con déficit en comprensión lectora.

a.3 Alumnos y alumnas con déficit en la expresión escrita.

a.4 Alumnos y alumnas con déficit en cálculo matemático.

b) Trastorno por déficit de atención con y sin hiperactividad

c) Trastornos emocionales.

d) Alteraciones motoras

e) Alteraciones visuales y/o auditivas

f) Aprendizaje Lento: (limítrofe).

Toda situación física o emocional que cause un bajo nivel de rendimiento frente a los

objetivos o aprendizajes que los alumnos deben alcanzar, debe estar certificada con

informes emitidos por especialistas.

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I.1. Fechas.

La solicitud de evaluación diferenciada debe hacerse con el Profesor Jefe, durante marzo o

abril (o en su defecto cuando se detecte la necesidad), adjuntando la documentación de

especialistas. Estos profesionales deben indicar procedimientos según las características

individuales del estudiante.

Unidad Técnica Pedagógica, previa consulta al Consejo de Profesores, autoriza e informa

por escrito y bajo firma a los profesores en cuyos sectores o subsectores de aprendizaje se

debe aplicar Evaluación Diferenciada.

En caso de los alumnos nuevos el proceso de derivación debe comenzar inmediatamente

detectado el problema, considerando también la información del proceso diagnóstico.

I.2. Procedimiento.

Cuando el Profesor/a Jefe, durante el transcurso del año académico, tenga dudas respecto a

algún estudiante lo discutirá en Consejo de Profesores. En caso de considerar necesario

contar con mayor información, se puede solicitar el apoyo del Equipo Multidisciplinario del

establecimiento. Si el E.M.D. lo estima necesario lo derivara a un especialista externo.

Se dejará registro en la hoja de vida del alumno la necesidad de derivación.

El Profesor/a Jefe informará al apoderado en una entrevista personal la necesidad de contar

con un diagnóstico de un especialista. Se registrará dicha solicitud en el libro de clases.

En el caso de consulta neurológica se entregará informe al apoderado para que el

especialista cuente con la opinión de los profesores y/o psicólogo del colegio (según

Informe Test de Conners)

Se dará al apoderado plazo máximo 1 mes para que consulte y envíe informe que certifique

que el estudiante ha consultado al especialista y comunique fecha estimada en que enviará

el diagnóstico.

Se explicará al apoderado que el alumno podrá contar con Evaluación Diferenciada si el

especialista lo sugiere, pero sólo en la medida que reciba el tratamiento indicado para que el

problema se supere.

El colegio establece el compromiso de la familia de apoyar al alumno a través del

tratamiento y seguimiento con especialistas externos, quienes deben informar

periódicamente los avances del estudiante hasta la nivelación de los aprendizajes. Por su

parte el establecimiento seguirá las indicaciones externas y apoyara al alumno (a) en sus

necesidades educativas especiales con la ayuda del Equipo Multidisplinario.

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II TOMA DE DECISIÓN.

II.1. Procedimiento. Una vez que el Profesor Jefe cuente con el diagnóstico del especialista, en las fechas y

plazos indicados en el título anterior, en Consejo de Profesores junto al E.M.D. analizarán

dicho informe. En esta instancia se determinará si corresponde aplicar evaluación

diferenciada, de ser así se dejará registrado en acta, las metodologías y estrategias de

trabajo y evaluación que se aplicará al alumno (a).

En este punto se informará al apoderado que el alumno recibirá evaluación diferenciada

(indicando metodologías y estrategias). Se explicará en qué consiste y se exigirá

rigurosidad en el seguimiento del tratamiento.

III SEGUIMIENTO

III.1. Fechas.

Se debe contar con informes avances de especialistas en fechas acordadas y registradas en

entrevista de apoderados.

III.2. Procedimiento. En el II semestre se retomará la evaluación diferenciada sólo si se cuenta con informes de

avances actualizados.

IV. SITUACIONES ESPECIALES.

En el caso que no se cumplan los plazos estipulados por el colegio y el apoderado NO

responda, ya sea que no consulte al especialista o no entregue INFORME DIAGNÓSTICO

o INFORME DE AVANCE, en las fechas determinadas. Entonces el Director del

establecimiento en consulta al consejo de profesores y al E.Q.M., tomará las medidas de

apoyo que se consideren necesarias y apropiadas para apoyar al alumno(a), previa

autorización del Padre o Apoderado (a).

En el caso que el alumno solo requiera apoyo pedagógico, será integrado al plan de

reforzamiento interno, previa autorización por escrito del apoderado. Al término de cada

semestre académico, el especialista a cargo entregará un reporte escrito al apoderado y al

profesor jefe.

Según sugerencias de especialistas, el Director del establecimiento en consulta al

Consejo general de Profesores puede determinar la eximición de una o más asignatura,

siguiendo los protocolos de nuestro Reglamento de Evaluación. Esta medida se aplicará

para aquellos alumnos (as) que presenten impedimentos en alguna asignatura, sector o

subsector de aprendizaje.

V. Metodologías y Estrategias Evaluación Diferenciada

En la Evaluación Diferenciada deberán aplicarse procedimientos adecuados a las

diferencias, dificultades o impedimentos que presenten los estudiantes frente al sector o

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actividad de aprendizaje. Entre los procedimientos indicados por los especialistas y las

estrategias establecidas por el Consejo de Profesores, se encuentran las siguientes:

1- Otorgar más tiempo para el desarrollo de la actividad académica.

2- Otorgar apoyo pedagógico focalizado en el alumno.

3- Utilizar diversas estrategias metodológicas según el ritmo de aprendizaje del

estudiante. Incluyendo adecuaciones curriculares cuando corresponda

4- De ser necesario, adaptar la escala de notas de 60% a 50% de porcentaje de logros.

5- Reforzar instrucciones en desarrollo de actividades y evaluaciones.

6- Los alumnos con evaluación diferenciada, no podrán tener más de una evaluación

coeficiente uno por día. Sin perjuicio de lo anterior, pueden desarrollar varios

procedimientos prácticos en evaluación procesual por día. El Profesor Jefe debe

informar a UTP el calendario de evaluaciones, para agendar una nueva fecha en

caso de tener dos o más evaluaciones coeficiente 1 por día.

VI. Respecto a la Aprobación y Promoción del Estudiante

1- Lo alumnos serán evaluados en una escala numérica de 1.0 a 7.0, en todos los

sectores y subsectores de aprendizaje, siendo la nota mínima de aprobación 4.0.

2- La Evaluación Diferenciada no implica que el alumno al término de cada periodo

escolar sea evaluado con la nota mínima de aprobación (4.0), o que no pueda

obtener calificaciones de excelencia. Lo anterior estará sujeto a su propio esfuerzo

y responsabilidad.

3- Se exigirá un mínimo se asistencia de 85%, según las disposiciones establecidas en

el Reglamento de Evaluación.

4- Para aspectos generales del protocolo de promoción, se aplica Reglamento de

Evaluación del Colegio Particular N°1 de Ñuñoa, según tipo de enseñanza.

VII. CONSIDERACIONES GENERALES

Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento, será resuelta por el

Director del establecimiento en consulta al Consejo de Profesores y E.Q.M.