REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o...

31
1 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN LICEO JORGE ALESSANDRI RODRÍGUEZ 2017-2019 TIERRA AMARILLA

Transcript of REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o...

Page 1: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

1

REGLAMENTO

DE

EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN

LICEO JORGE ALESSANDRI

RODRÍGUEZ

2017-2019

TIERRA AMARILLA

Page 2: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

2

LICEO JORGE ALESSANDRI RODRÍGUEZ

TIERRA AMARILLA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PARA LOS ALUMNOS Y

ALUMNAS DEL LICEO TÉCNICO PROFESIONAL JORGE ALESSANDRI

RODRÍGUEZ EN LA MODALIDAD TRADICIONAL, DUAL Y ADULTOS.

CONSIDERACIONES GENERALES:

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción ha sido aprobado por el

Consejo General de Profesores y Profesoras del Liceo Jorge Alessandri

Rodríguez y se fundamenta en las disposiciones generales del Ministerio de

Educación de Chile contempladas en los Decretos Exentos 112 de 1999 para

1° y 2° de Enseñanza Media, 83 de 2001 para 3° y 4° de Enseñanza Media,

el Decreto Exento 158 de 1999, el Decreto N° 170 de 2009 y el Decreto

exento Nº 2169 del 20 de julio del 2009. Cuenta además con las las

orientaciones técnico pedagógicas del Marco Curricular, Dcto. Nº 254/09 de

Ed. Media y Decretos N° 1264/2016 (1º y 2º medios) y N° 628/2016 y

modificaciones. El EE aplica los programas oficiales del MINEDUC y cuenta

con programas propios en el sector de Informática y Educación Tecnológica

en Primer y Segundo Año de Enseñanza Media, según resolución Nº 00420

del 13 de marzo de 2012.

Este reglamento considera las características de niños, niñas, jóvenes y

adultos, nuestro Proyecto Educativo y las orientaciones Ministeriales. El liceo,

comunicará por escrito al momento de la matricula un extracto de los

contenidos del presente Reglamento de Evaluación a todos los padres y/o

apoderados, socializándolo el (la) profesor(a) jefe(a) en las primeras

sesiones de consejos de cursos y reuniones de subcentros de apoderados.

• Los procedimientos que utilizará el establecimiento para la

elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del

Reglamento Interno de Evaluación son:

Page 3: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

3

Revisión y análisis del Reglamento Interno de Evaluación al inicio

y término del año escolar.

Entrega a los Padres y Apoderados de un ejemplar o resumen en

el momento de la matrícula del alumno.

Análisis del Reglamento de parte de los Alumnos, en el Consejo

de Curso, u otros momentos o espacios educativos en que se

requiera.

Análisis del Reglamento, a lo menos, en la primera y última

reunión de Padres y Apoderados, y durante el año cuando se

requiera.

Registro y entrega de las observaciones realizadas por alumnos,

Padres y Apoderados a la Unidad Técnica Pedagógica, para ser

analizadas en los Consejos de Profesores.

Entrega de un ejemplar al Departamento Provincial de Educación

antes de su aplicación.

• Entre las orientaciones técnicas pedagógicas se

encuentran:

Verificar el logro de los objetivos previamente establecidos.

Centrar el trabajo pedagógico en el aprendizaje más que en la

enseñanza;

Desarrollar estrategias pedagógicas diferenciadas y

adaptadas a los distintos ritmos y estilos de aprendizaje de los

alumnos;

Reorientar el trabajo escolar desde su forma actual, en

relación a contextos y propósitos determinados, adecuando y

enriqueciendo con actividades de indagación y de creación por

parte de los estudiantes;

Lograr el aprendizaje de competencias de análisis,

interpretación, síntesis, resolución de problemas, comprensión

sistémica de procesos y fenómenos, comunicación de ideas,

opiniones y sentimientos.

Lograr el aprendizaje en trabajo colaborativo.

El consejo de profesores tendrá un carácter consultivo en la

modificación de este reglamento de evaluación.

Page 4: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

4

I.- DE LA EVALUACIÓN.

El Liceo Jorge Alessandri Rodríguez ha adoptado un régimen de evaluación

semestral, instancia que permite revisar el proceso académico y disciplinario

de los alumnos y alumnas del liceo en el cual participan las Unidades de UTP,

Inspectoría y Profesores y tiene el objetivo de analizar los distintos ámbitos

del desarrollo y rendimiento de los alumnos de 1º hasta 4º Medio del Liceo,

incluyendo el seguimiento de Orientación.

Los procedimientos evaluativos que utilizará el establecimiento en cada

uno de los sectores y subsectores, para el logro de los Objetivos de

Aprendizaje , así como el desarrollo de habilidades y competencias son:

a) Comunicar a los alumnos, los criterios de

evaluación al comienzo de todo trabajo o

actividad evaluativa;

b) Comunicar luego de la revisión u observación

de las actividades evaluativas realizadas por

los alumnos, de los logros alcanzados en sus

trabajos u actividades evaluativas;

c) Aplicar un máximo de dos pruebas escritas

diarias

d) Aplicar en la elaboración de toda prueba

escrita dos condiciones mínimas:

La validez del instrumento: Que se pregunte sobre lo

efectivamente tratado o considerado durante las clases.

La Confiabilidad: Que las preguntas estén bien formuladas y

que respondan a los Objetivos de Aprendizaje y CMO.

e) Entregar los resultados de las pruebas

escritas a los alumnos oportunamente, con

un plazo máximo de 10 días. Para aquellos

cursos con formación Dual, el plazo máximo

se extiende a 14 días de corrido.

f) Evaluar los conceptos en su comprensión

más que en su memorización.

g) Seleccionar y evaluar las actividades de

aprendizaje de los programas de estudio.

Page 5: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

5

h) Aplicar procedimientos de auto evaluación

con criterios o pautas claras las cuales

precisen los aspectos relevantes a evaluar en

el trabajo escolar.

i) Aplicar procedimientos de evaluación entre

los propios alumnos que permita al docente

reconocer y legitimar los variados estilos de

aprendizaje y de comunicación que

presentan los alumnos.

j) Aplicar procesos de refuerzo para los

objetivos que están medianamente logrados.

De acuerdo al calendario escolar establecido por la Secretaría Regional

Ministerial de Educación de Atacama.

ART. 1. Entendemos la evaluación como un proceso permanente en la

formación de nuestros educandos y que se constituye por sí misma,

en un instrumento de aprendizaje eficaz, orientador de nuevas

decisiones, que facilita así el logro de los objetivos académicos y

entrega una información oportuna no sólo a profesores, sino que

también a los propios estudiantes y a sus padres y apoderados.

Consideramos que la evaluación debe centrarse en el logro de

aprendizajes, entendiendo como tales al desarrollo de capacidades

cognitivas y afectivas, desarrollos actitudinales, destrezas y valores,

en un proceso continuo y programado.

ART. 2. Las calificaciones o notas son parte integrante y significativa del

proceso evaluativo, sin embargo, no constituyen la principal fuente de

información del alumno o alumna.

ART. 3. Para diversificar y enriquecer, nuestro Liceo posee diversas

modalidades y tipos de instrumentos de evaluación, entre los cuales

el docente escoge aquellos que estime convenientes para los

objetivos de su curso, nivel, actividad, asignatura, o modulo. Algunas

sugerencias son:

• controles o pruebas escritas

• disertaciones individuales o grupales

• informes escritos individuales

Page 6: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

6

• demostración de procedimientos, técnicas o habilidades

específicas, formulación de proyectos individuales o grupales,

formulación de hipótesis y realización de indagaciones

individuales o grupales, dramatizaciones, coreografías u otras

formas de expresión dinámica, revisión de cuadernos, guías

de trabajo o laboratorio, interpretaciones musicales,

evaluaciones de proceso, aprendizaje en la empresa,

experiencia en la empresa, etc.

ART. 4. La evaluación de los contenidos de una unidad de aprendizaje

considera cubrir diferentes momentos. Así, debe evaluarse al inicio,

durante y al final de la unidad, usando diferentes modalidades e

instrumentos, permitiendo retroalimentar y reorientar el tratamiento de

los Objetivos de Aprendizaje propuestos para la unidad.

ART. 5. Antes de una evaluación, los alumnos deberán conocer el listado

de Objetivos de Aprendizaje a evaluarse (temario) el que deberá estar

escrito en su cuaderno e informado a UTP. Este procedimiento deberá

realizarse a lo menos con 3 días de anticipación.

ART. 6. La Unidad Técnico Pedagógica programará y/o aplicará

evaluaciones las que serán calendarizadas e informadas a la

comunidad escolar. El resultado de estas evaluaciones deberá ser

informado por el respectivo profesor en formato digital a esta Unidad,

(planilla electrónica) para el posterior análisis y seguimiento del nivel

de logro de los estudiantes.

ART. 7. En el transcurso del año, serán aplicadas dos evaluaciones

internas, programadas por UTP, denominadas “Pruebas de Nivel” en

todos los subsectores, con calificación C.1, que indiquen con mayor

objetividad el nivel de aprendizaje de nuestros alumnos y alumnas y

faciliten la aplicación de planes remediales.

ART. 8. El tratamiento de los Objetivos de Aprendizaje y las evaluaciones

en el Liceo JAR deben considerar el logro de las habilidades

superiores del pensamiento, para lo cual el docente deberá

intencionar y UTP cautelar que los aprendizajes de los alumnos estén

orientados hacia estos Objetivos de Aprendizaje a través de las

respectivas planificaciones e instrumentos de evaluación.

Page 7: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

7

ART. 9. Los trabajos de indagación personal y/o grupal deberán contener

una exposición oral de los aprendizajes y conocimientos adquiridos

por los alumnos. Estos trabajos serán evaluados mediante una lista

de cotejo que represente el desarrollo del proceso y el producto final.

Existirá una pauta común en el colegio para evaluar estos trabajos, la

que será conocida por los alumnos y alumnas con anterioridad a la

realización de éstos. Se debe exigir la elaboración personal del

alumno y no aceptar transcripciones, fotocopias del contenido o

copias textuales de páginas de Internet. La exposición en ningún caso

podrá corresponder a la lectura de las diapositivas o a la repetición

memorística de su contenido.

ART. 10. Antes de una prueba, el profesor deberá diseñar una clase para

revisar contenidos, usando para ello la estrategia o instrumento más

apropiado para este fin.

ART. 11. Las calificaciones obtenidas en una evaluación deberán ser

conocidas por los alumnos en el plazo máximo de 10 días hábiles,

salvo situaciones excepcionales previamente informadas a Unidad

Técnica.

ART. 12. Todas las pruebas escritas, una vez corregidas por el profesor,

deben ser analizadas con el curso a modo de retroalimentación. Esta

actividad de aprendizaje deberá estar explícitamente señalada en la

planificación de la unidad de aprendizaje.

ART. 13. De acuerdo a las disposiciones del MINEDUC, sólo pueden ser

calificados los aprendizajes, y en ningún caso, actitudes o principios

valóricos.

ART. 14. Los docentes procurarán que no se rinda más de una evaluación

diaria; sin embargo, si ello no fuera posible por razones de

organización interna, los alumnos deberán ser avisados previamente

a través del calendario de pruebas, no pudiendo excederse en dos el

número de evaluaciones diarias. (pruebas, exposiciones, maquetas,

etc.)

ART. 15. Es obligación de cada docente registrar sus calificaciones en el

Libro de Clases, estableciéndose el plazo de diez días hábiles de

haber rendido una prueba para cumplir con este trámite.

ART. 16. Al iniciar el periodo lectivo, el Liceo ha dispuesto un tiempo no

mayor a tres semanas, en el que se retroalimentarán contenidos del

nivel anterior. Esta unidad de repaso se denomina Unidad Cero o de

inicio y la evaluación de ella se calificará, correspondiendo a la

primera nota del año.

Page 8: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

8

ART. 17. Los alumnos deberán recibir toda prueba, trabajo, informe, etc.

corregido de parte del profesor de la asignatura o módulo.

ART. 18. En el caso de que un alumno obtenga una calificación

insuficiente en alguna evaluación, el profesor de la asignatura o

módulo deberá entregar al profesor o profesora jefe dicho

instrumento. Esto con la finalidad de establecer de manera inmediata

las estrategias para que el alumno obtenga los aprendizajes que se

requieren.

ART. 19. Los alumnos y apoderados respetarán los canales oficiales

establecidos por el establecimiento en el caso de presentar dudas o

diferencias respecto del resultado de una evaluación. Estos son:

profesor de asignatura o subsector, jefatura de curso, Unidad Técnica

Pedagógica.

ART. 20. Los instrumentos de evaluación escritos deberán señalar

claramente los objetivos o aprendizajes esperados que evalúa, el

puntaje máximo general y por ítemes, como también toda indicación

específica acerca de la presentación, restricción o recomendación

para el mejor desarrollo del instrumento evaluativo.

ART. 21. En todas las evaluaciones escritas sin excepción, deberá

considerarse obligatoriamente análisis de textos escritos, cuya

información sea afín a las temáticas evaluadas y permitan

contextualizar el o los contenidos evaluados, siempre y cuando el

sector o subsector lo amerite.

ART. 22. La calificación que corresponda al promedio de las evaluaciones

aplicadas en un taller, se incluirá en el módulo o asignatura afín a

dicho taller. Cada módulo o asignatura podrá estar asociado a un

taller. Lo anterior se informará a todos los alumnos al inicio del año

escolar.

ART. 23. La Unidad Técnico Pedagógica elaborará un programa de

preparación para SIMCE y PSU, que se realizará en horario lectivo,

acordado con los docentes de las asignaturas consideradas en dichas

evaluaciones. Los ensayos que se realicen serán calificados con

escala de notas, según porcentaje de logros y no de rangos de puntaje

obtenido. La nota obtenida se incluirá en el subsector al que

pertenezca el o los contenidos tratados.

ART. 24. Durante la semana en que se aplique el SIMCE u otra

evaluación externa no podrán realizarse otras evaluaciones a los

cursos participantes en esas mediciones.

Page 9: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

9

ART. 25. A los alumnos(as) que tengan algún impedimento, debidamente

certificado en la Unidad de Inspectoría General, para cursar en forma

regular alguna

asignatura o módulo de aprendizaje, se les aplicará procedimientos

de evaluación diferenciada en concordancia con el impedimento o la

deficiencia que tenga, de acuerdo a indicaciones del profesional

correspondiente.

ART. 26. Si un alumno(a) es sorprendido copiando o tratando de engañar

en un procedimiento de evaluación, el profesor de la asignatura

procederá a retirar el instrumento de evaluación y aplicará otro con el

mismo grado de dificultad en el tiempo restante de la evaluación o en

fecha a convenir con UTP. Dicho instrumento puede ser escrito u oral

y el porcentaje mínimo de aprobación será de un 60%. Se dejará

constancia de la situación en el registro de observaciones del libro de

clases y se comunicará la situación al apoderado.

ART. 27. Se entenderá por forma de evaluación, a los procesos en donde

se aplican las tipologías evaluativas que permiten la organización del

currículo escolar:

a) La evaluación de los aprendizajes de los alumnos considera tres

momentos, de acuerdo a la definición y alcance de cada objetivo

fundamental o conjunto de ellos:

• La evaluación inicial: apunta a determinar las habilidades y

conocimientos específicos con que los alumnos inician un

proceso de aprendizaje. La evaluación diagnóstica al inicio del

año escolar se aplicará una vez finalizada la unidad 0 (cero) o

de inicio, que contempla una revisión de contenidos del año

anterior. Esta evaluación será calificada y corresponderá a la

primera nota del año. Se aplicará en todos los subsectores,

desde 1° medio, Se exceptúan los módulos de especialidad en

3° y 4° medio.

• La evaluación procesual (formativa y sumativa): Ofrecen

insumos que permiten al profesor regular su acción

pedagógica; y a los alumnos canalizar sus esfuerzos de

aprendizaje.

Page 10: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

10

• La evaluación integrativa (Prueba de Nivel): permite evaluar el

conocimiento en su integridad para desarrollar una visión de

globalidad. Esta evaluación se realizará en cada uno de los

semestres, y puede cubrir una o varias unidades de las siguientes

asignaturas: Lenguaje, Matemática, Inglés e Historia y módulos de

especialidad para 3º y 4º medio

ART. 28. Se entenderá por tipo de evaluación a las diversas actividades e

instancias educativas que se originen en la relación pedagógica profesor

alumno, para el logro de los objetivos, tales como:

• Productos

• Preguntas dirigidas

• Planteamientos de dilemas o problemas

• Aplicación de conocimientos a situaciones particulares

• Comparación de situaciones

• Manejo de información de tablas y gráficos

• Opiniones de los alumnos debidamente argumentadas

• Las producciones escritas (pruebas)

• Los debates

• Los mapas conceptuales

• El trabajo individual

• El trabajo en equipo

• El trabajo grupal

• Desarrollo de tareas

• Trabajos de indagación

• Presentaciones durante las distintas fases de un proyecto

• Observaciones de bitácora o portafolio personal

• Proyecto final

• Trabajo de laboratorio

• Interrogación oral.

ART. 29. Los alumnos y alumnas con NEE y que forman parte del

Proyecto de Integración Escolar (PIE) del Establecimiento, serán

evaluados de acuerdo a las indicaciones entregadas por los

especialistas que forman parte de este proyecto. (Ver Cap. 5, Art 1)

Page 11: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

11

II.- CALIFICACIONES

ART. 1. Los resultados de las evaluaciones, que se expresarán como

calificaciones numéricas, se registrarán con una escala numérica de

1,0 a 7,0. La nota mínima de aprobación será el 4,0, el que

representará un 60% de logro.

ART. 2. Las calificaciones y su promedio aritmético, se expresarán hasta

con un decimal.

ART. 3. El promedio final de cada semestre y el promedio final anual se

aproximarán a la décima superior cuando la centésima sea igual o

superior a 5. (0,05)

ART. 4. La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura de

Religión no incidirá en el promedio semestral ni anual.

ART. 5. Las calificaciones que obtengan los estudiantes serán informadas

a los apoderados a través de la entrega de informe de notas parciales

en cada reunión de apoderados establecida por el Establecimiento. Al

término del año lectivo, a cada apoderado le será entregada una copia

del certificado de estudios en el que estarán consignados los

promedios finales de los alumnos.

ART. 6. El logro de los Objetivos Transversales se evaluará

permanentemente en el Informe de Desarrollo Personal del Alumno,

que se entregará a los padres junto al informe semestral de

calificaciones.

ART. 7. La situación final de promoción de los alumnos y alumnas deberá

quedar resuelta al término de cada año escolar.

Page 12: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

12

III.- INASISTENCIA A LAS EVALUACIONES.

ART. 1. Toda inasistencia a una evaluación fijada con anterioridad deberá

ser justificada personalmente por el apoderado. Dicha justificación deberá

ser realizada el día de la evaluación o cuando el alumno se reincorpore

en Inspectoría General e informada a UTP.

ART. 2. La Unidad Técnico Pedagógica publicará el calendario de pruebas

reprogramadas para aquellos alumnos que han justificado su inasistencia

a rendir una evaluación. Los alumnos que por situaciones especiales

(enfermedad prolongada, participación en eventos externos,

representación del colegio, situaciones familiares extraordinarias) y

debidamente justificadas en Inspectoría, inasistan a una o más

evaluaciones deberán rendirlas de acuerdo a la calendarización que haga

UTP, en horario determinado por el establecimiento.

ART. 3. En caso de no existir una justificación de parte del apoderado a la

inasistencia a una evaluación, el profesor del módulo o asignatura deberá

aplicar la evaluación el mismo día del reintegro del alumno.

ART. 4. Para aquellos alumnos y alumnas cuyas evaluaciones han sido

reprogramadas, en ningún caso podrá repetirse el mismo instrumento

aplicado al curso.

IV.- DE LAS EVALUACIONES FINALES SEMESTRALES Y DE FIN DE AÑO.

ART. 1. Durante el primer y segundo semestre, UTP, en conjunto con

los respectivos departamentos, elaborará y aplicará pruebas de nivel

en cualquier asignatura con el objetivo de verificar el logro de los

objetivos de aprendizaje y la verificación de los plazos establecidos

en la planificación del curso. Esta evaluación se expresará en

porcentajes de logro y el resultado será conocido por el profesor jefe

y de asignatura y los entes Técnico Pedagógicos del establecimiento

(Dirección, UTP y Coordinaciones de Departamentos)

ART 2 Los alumnos y alumnas que obtengan promedios anuales

deficientes en una asignatura y/o módulo de aprendizaje tienen

derecho a rendir una Prueba Especial, en dicha asignatura y/o

módulo, optando como nota máxima a un 4,0, como nota de

aprobación.

ART 3 Los alumnos y alumnas tendrán derecho a rendir 3 pruebas

especiales, en tres asignaturas y/o módulos de aprendizaje, cuyos

promedios deficientes anuales sean igual o superior a 3,0.

Page 13: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

13

ART 4 En la asignatura de Ciencias Naturales, si un alumno o alumna

obtiene un promedio de reprobación que permita optar a rendir la

Prueba Especial, en dicha prueba solamente se evaluará el eje

temático insuficiente (biología, química o física).

V.-REFERENTE A LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA

ART. 1. La Evaluación Diferenciada, procedimiento que se aplica a

estudiantes con necesidades educativas especiales ya sean

temporales o permanentes, es la aplicación de procedimientos de

evaluación, dispuestos para atender a la diversidad de los alumnos y

alumnas presentes en cualquier grupo curso, siendo pertinentes para

lograr una evaluación y en consecuencia una calificación auténtica.

ART. 2. En este tipo de evaluación se consideran:

a) Los alumnos con trastorno de aprendizaje.

b) Los alumnos con dificultades de aprendizaje.

c) Las alumnas embarazadas.

ART. 3. Son considerados trastornos para el aprendizaje, los trastornos

motores, sensoriales (visual – auditivo), del lenguaje y los problemas

generales de aprendizaje temporales o permanentes.

ART. 4. Son consideradas dificultades para el aprendizaje, aquellos casos

referidos a alumnas embarazadas, alumnos y alumnas provenientes

de otros países o con programas especiales.

ART. 5. Para la aplicación de evaluación diferenciada, el liceo cuenta con

un programa de integración escolar que evaluará a los estudiantes

que sean derivados por los docentes. En los casos de tratamiento o

apoyo regular (psicopedagógico, psicológico u otro), el equipo PIE

establecerá los días de apoyo programados, asistencia y progresos o

avances en conjunto con los profesores de asignatura, informando a

los Profesores Jefes y Apoderados.

Page 14: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

14

ART. 6. Los alumnos que han sido derivados a evaluación externa por

el equipo de profesionales del liceo, deben hacer llegar el informe de

la evaluación solicitada, a través de su apoderado. Si no siguen este

procedimiento, no podrán ser evaluados diferencialmente.

ART. 7. La evaluación diferenciada se aplica tanto en las evaluaciones,

como también en los métodos y recursos empleados durante las

horas de clases. No contempla realizar adecuaciones curriculares en

cuanto a disminuir objetivos o contenidos mínimos esperados para el

nivel de curso en que se encuentra el alumno; salvo en los casos de

evaluación diferenciada por PIE y con tutora en aula.

ART. 8. El profesional que emita informe solicitando aplicación de

evaluación diferenciada, no debe encontrarse con lazos afectivos o

familiares con el alumno o su familia.

ART. 9. El período y características individuales que contemplará la

aplicación de evaluación diferenciada en un(a) alumno(a), será

determinada en cada caso particular por el docente con apoyo del

equipo psicosocial del liceo, según corresponda.

ART. 10. El registro de los alumnos con indicación de evaluación diferenciada, se

encontrará en:

Libro de Clases (hoja de registro anexada en espacio de

Orientación u Objetivos Transversales)

Archivo de Equipo PIE.

Archivo de la Unidad Técnico Pedagógica.

En el Certificado de Calificaciones Finales no quedará registrado.

ART. 11. El Profesor de jefatura de cada curso, será el encargado de

incluir en la lista incorporada en la hoja anexa del Libro de Clases, la

información de cada nuevo caso, en el momento en que recibe la

información, con plazo máximo de dos días hábiles.

ART. 12. Durante los meses de Marzo y Abril se recepcionarán los

informes de especialistas, solicitando la aplicación de Evaluación

Diferenciada. No obstante, la Dirección del Liceo puede autorizar su

aplicación fuera del plazo mencionado, estudiando en reunión técnica

cada caso en particular,

Page 15: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

15

ART. 13. La escala de calificación, para los alumnos que son evaluados

en forma diferenciada debe ser de 1.0 al 7.0, y con el mismo

porcentaje de logros, según lo establece el reglamento vigente.

ART. 14. El profesor podrá aplicar evaluación diferenciada transitoria si

observa que algún alumno en determinada situación presenta una

N.E.E. temporal; por ejemplo, que se sienta perturbado por alguna

situación especial, problema emocional u otro, frente a lo cual aplicará

criterios que deberá comunicar al departamento de orientación o UTP

con plazo máximo de 2 días hábiles. Lo importante es aplicar la

“pedagogía de la diversidad”.

ART. 15. Respecto a los informes Psicológicos y Psicopedagógicos que

solicitan aplicar evaluación diferenciada en un alumno, deben cumplir

con la formalidad de los siguientes requisitos mínimos:

Datos de identificación del alumno

Motivo de la evaluación (quién la solicita y por qué)

Instrumentos aplicados (nombre del instrumento y su autor)

Resultados obtenidos

Síntesis diagnóstica

Sugerencias (al liceo y al hogar)

Datos del profesional (Nombre, título académico y Nº de Rol

Profesional)

Tipo de evaluación diferenciada (permanente o transitoria)

ART. 16. El instrumento para evaluar en forma diferenciada, será

diseñado por el Profesor de Asignatura y el especialista del PIE en

conjunto (en caso de ser necesario). Para diseñar la evaluación

diferenciada, se debe tener presente que sinónimo de “diferenciar”,

es: variar, diversificar, distinguir, desigualar y desemparejar. De

acuerdo a las dificultades de cada alumno, se pueden considerar los

siguientes procedimientos:

Elaborar pruebas con menor número de preguntas, apuntando

siempre a los objetivos más relevantes y que sean conductas

de entrada para aprendizajes posteriores.

Evaluar sólo los primeros niveles de conducta dentro del

dominio cognitivo: Conocimiento, aplicación, análisis,

evaluación e interpretación.

Page 16: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

16

Aplicar evaluaciones formativas que midan objetivos de corto

alcance.

Parcializar la prueba de acuerdo a la curva de fatiga del

alumno.

En evaluaciones escritas, destacar las instrucciones a seguir:

enumerar, unir, completar, etc.

Interrogación Oral: especialmente aplicable a los alumnos y

alumnas que sufren de dislexia, disgrafía, déficit atencional c/s

hiperactividad

Interrogación oral parcial y/o evaluación mixta: el alumno o

alumna responde la prueba con el resto del grupo; al

entregarla, se revisa para interrogar en forma oral aquellas

preguntas cuyas respuestas hayan resultado erradas. Luego

las que contestó en forma oral correctamente, sumamos su

puntaje el obtenido en forma escrita y promediamos la

calificación final.

Interrogación Escrita: a aquellos alumnos y alumnas que

tienen dificultades en el habla (dislalia).

Brindar tiempo adicional para terminar la prueba.

Solicitar un trabajo de indagación a un alumno que presente

problemas para participar en clases prácticas de Educación

Física. El trabajo debe desarrollarse en el horario de clases,

ya sea en su sala o en otro espacio o lugar adecuado del

colegio

Sacar provecho a las habilidades manuales o artísticas de los

alumnos y alumnas, especialmente con los que presentan

déficit atencional c/s hiperactividad.

Frente a evaluaciones de libros de lectura, considerar ítemes,

en la cual dibujen lo que más le llamó la atención de lo leído o

que confeccionen un póster para promover el libre

pensamiento; el pintar es un buen vehículo de aprendizaje

para expresar una idea principal.

ART.17. Los alumnos y alumnas que formen parte del Proyecto de

Integración Escolar, serán evaluados diferencialmente de

acuerdo a las indicaciones entregadas por los especialistas del

equipo de Integración del Liceo.

Page 17: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

17

VI.- DEL REGISTRO Y EVALUACIÓN DE LOS LOGROS DE LOS OBJETIVOS

FUNDAMENTALES TRANSVERSALES.

ART. 1. La evaluación del proceso educativo incluye los dos tipos de

objetivos de aprendizaje (verticales y transversales), como evaluación

integrada. Los objetivos transversales se abordan fundamentalmente

a través del trabajo correspondiente a los diferentes subsectores de

aprendizaje, utilizándose uno o más de los siguientes registros o

instrumentos para la evaluación de dichos objetivos:

a) Observación sistemática.

• Escalas de observación

• Registro anecdótico

• Listas de control

• Diarios de clases

b) Análisis de las producciones de los alumnos.

• Producciones plásticas o musicales

• Indagaciones

• Actividades deportivas

• Juegos de simulación y dramáticos

c) Intercambios orales con los alumnos

• Entrevistas

• Debates

• Asambleas

d) Cuestionarios o escalas de actitudes

e) Evaluación del razonamiento moral

• Dilemas morales

• Resolución de problemas

• Contar historias vividas

f) Grabaciones o videos y análisis posterior

g) Observador externo

h) Páginas interactivas

ART. 2. La evaluación de los Objetivos de Aprendizaje Transversales es

de carácter cualitativo.

ART. 3. La evaluación del logro de los Objetivos Transversales se

realizará a través de un Consejo de Profesores Jefes de Curso, el que

será dirigido por Orientación, quien presentará una propuesta de

evaluación por alumno(a).

ART. 4. Las estrategias metodológicas que se organicen y planifiquen en

el Liceo, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional, para el

desarrollo de los Objetivos Transversales, deben aplicarse en:

Page 18: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

18

a) Los contenidos de las asignaturas de aprendizaje, que están

en los respectivos programas de estudio.

b) El ejercicio de las prácticas de enseñanza y aprendizaje, las

formas de interacción personal, las tareas escolares, los

modos de enfocar los contenidos.

c) En el clima organizacional y las relaciones humanas.

d) Los alumnos deberán tener un ambiente grato para realizar

sus actividades de aprendizajes, de tal manera que es

indispensable el control de todas las variables que puedan

afectar el normal desarrollo de los aprendizajes, siendo

responsabilidad absoluta de este proceso el docente de la

respectiva asignatura o módulo de aprendizaje.

e) En las actividades recreativas, de consejo de curso y de libre

elección.

f) En las actividades especiales periódicas de la comunidad

educativa.

g) En el sistema de disciplina escolar

h) En el ejemplo cotidiano de los profesores, directivos, personal

administrativo y de servicio.

ART. 5. En la evaluación de los Objetivos Transversales de Aprendizaje,

se considera el desarrollo de las habilidades, actitudes y valores que

se espera que los alumnos logren de acuerdo a su nivel de estudio.

Esta aproximación al desarrollo de competencias generales, se

centran preferentemente en las siguientes formas:

a) En las interacciones de los educandos con las normas y

reglamentaciones en sus primeras experiencias de socialización

en el Liceo.

b) En la construcción de una identidad social marcada positivamente

por la existencia de una cultura expresada en la normativa y

reglamentación

c) En las posibilidades de crecimiento personal que se funden en el

derecho a la libertad como expresión de sujeto autónomo.

d) En el desarrollo de la autonomía como conocimiento de sí mismo

y e las condiciones externas de nuestro actuar.

e) En la convicción de que la propia autonomía contribuye y

enriquece la de los otros.

f) En la creación de condiciones escolares para que la libertad de

pensamiento, de opinión, de decisión y de acción, estén fundados

en los propios saberes, valores y creencias de los estudiantes.

Page 19: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

19

g) En el sentido y respeto de la autoridad; la autoridad del educador

está puesta al servicio de la autonomía y no de la sumisión del

educando.

h) En la construcción de una cultura de la autoridad y en el desarrollo

de una convivencia positiva que valore el diálogo y la deliberación

responsable de los alumnos, padres y apoderados y de la

comunidad educativa.

i) En el desarrollo del área artística como valoración de la belleza y

su entorno.

j) En las actuaciones que permitan legitimar las diferencias evitando

la heterogeneidad individualista en un contexto social armónico y

constructivo.

k) En la potenciación de las habilidades comunicativas de los

educadores y de los educandos, orientadas a aprender a escuchar

al otro y a dialogar con el otro diferente.

l) En la vivencia de las normas y reglamentaciones como

instrumentos necesarios para la calidad de los procesos de

formación.

m) En los espacios que favorezcan y conduzcan los procesos

formativos de los alumnos para adquirir una autodisciplina escolar

y social.

ART. 6. El logro de los Objetivos Transversales se registrará en el Informe

de Desarrollo Personal y Social del Alumno y se entregará

semestralmente al apoderado junto con el Informe de Notas

Semestrales.

ART. 7. Las actitudes que los alumnos manifiesten, como

irresponsabilidad en la entrega de trabajos, olvido de materiales de

trabajo, o de cualquiera forma de evaluación en cada uno de las

asignaturas, caen dentro del tratamiento de los Objetivos

Transversales y no son traducibles a calificaciones sumativas. De

igual modo los alumnos no deben ser calificados por inasistencias a

pruebas, controles u otro tipo de evaluación, debiendo rendir su

trabajo y/o prueba (escrita u oral) una vez que se integre a su grupo

curso, previa calendarización de sus actividades pendientes en la

UTP, y con la debida justificación del apoderado.

ART. 8. Para obtener la calificación 4.0 el estudiante deberá demostrar

un logro de un 60% en los aprendizajes.

Page 20: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

20

ART. 9. En caso que un alumno(a) tuviese un promedio igual a 3.8 ó 3.9

en alguna asignatura y esta calificación incide en la repitiencia de

curso, se aplicará un procedimiento final de evaluación, denominado

Prueba Especial, cuya calificación máxima será 4.0, sólo cuando la

situación final sea considerada como limítrofe y cuya calificación sea

superior a 3.0.

ART 10 Son consideradas Notas Limítrofes, las calificaciones

insuficientes obtenidas por un estudiante, cercano a la nota de

aprobación o promoción. Se señala lo anterior debido al uso del SIGE

(Sistema de Información General del Estudiante), que considera esta

variable. Consideraciones:

Promedios semestrales o anuales de las asignaturas o de una

asignatura en particular, cercano a la nota 4,0 (3,85 – 3,94).

Promedios generales cercanos al 4,5 (4,35 – 4,44), en caso de

tener una asignatura o módulo reprobado.

Promedios generales cercano a 5,0 (4,85 – 4,94), en caso de dos

asignaturas o módulos reprobados.

ART. 11. El alumno tendrá derecho a rendir Prueba Especial en tres

asignaturas reprobadas como máximo en caso de ser alumno regular

de Primer o Segundo año medio. Los alumnos y alumnas de las

distintas especialidades (Tercer y Cuarto año medio) se aplica el

mismo criterio, incluidos módulos de especialidad.

ART. 12. Cualquier actividad, trabajo interno o externo, participación en

eventos, giras, excursiones, campeonatos, etc., para su aprobación o

autorización debe especificar qué aprendizajes considera, qué

valores, actitudes u objetivos transversales estimula o pone en

práctica y cómo se evaluará su resultado, los cuales podrán ser

traducidos a una nota de una asignatura afín, de acuerdo a decisión

adoptada por la UTP y el profesor correspondiente.

ART. 13. En ningún caso se aplicará un procedimiento de evaluación

punitiva a aquellos alumnos que, habiendo representado al Liceo en

algún certamen Local, Comunal, Regional, Nacional o Internacional

con la debida autorización del Liceo, hayan faltado a un procedimiento

de Evaluación. En estos casos la Unidad Técnico Pedagógica

adoptará las medidas necesarias para que los alumnos cumplan con

los procesos de Evaluación.

ART. 14. Ningún profesor podrá evaluar con nota (calificar) la no

presentación a una instancia de evaluación o de algún trabajo. Sin

embargo, los alumnos que se ausenten a una evaluación

calendarizada deberán presentar justificación médica o justificación

del apoderado de una situación de fuerza mayor debidamente avalada

Page 21: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

21

por un documento oficial en la UTP. Las evaluaciones pendientes

(pruebas o trabajos) serán calendarizadas nuevamente por la Unidad

Técnica.

ART. 15. Los resultados de las evaluaciones, expresadas como

calificaciones de los alumnos(as), en cada sector y subsector de

aprendizaje para fines de registrarlas al término del año escolar, se

anotarán en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal.

La calificación mínima de aprobación es 4.0.

ART. 16. Todas las situaciones de evaluación, calificación y promoción

de los alumnos(as), deberán quedar resueltas dentro del año escolar

correspondiente.

ART. 17. Las calificaciones del subsector de Religión se registrarán en

número y su promedio (x) se calculará como cualquier otra asignatura.

Para consignar la nota semestral y anual se traducirá a concepto

según la siguiente pauta:

1.0 - 3.9 = Insuficiente (I)

4.0 - 4.9 = Suficiente (S)

5.0 - 5.9 = Bueno (B)

6.0 - 7.0 = Muy Bueno (MB)

ART. 18. La calificación obtenida en el subsector de Religión no incidirá

en la promoción del alumno(a).

ART 19 Las calificaciones de la asignatura de Ciencias Naturales, se

evaluarán en forma separada en los tres ejes de Química, Física y

Biología, obteniendo una nota promedio semestral para primero

medio y a partir de 2018, se aplicará esta misma modalidad para

segundo medio.

Art 20 En la asignatura de Ciencias Naturales se aplicará en cada eje

(Física, Química, Biología), como mínimo 2 evaluaciones. Además de

una prueba integradora de los tres ejes por cada semestre, en 2017

para primeros medios y a partir de 2018 para primeros y segundos

medios.

Page 22: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

22

VII.- INFORMACIÓN DE LOS RESULTADOS

ART. 1. Para la información a los padres y apoderados del progreso que

van adquiriendo los alumnos en el logro de los Objetivos de

Aprendizaje, se entregará mensualmente el informe de rendimiento

del alumno, a través de la Plataforma del colegio, y semestralmente a

través de un informe físico. Sin embargo, el apoderado

personalmente, podrá solicitar a secretaría un informe escrito de

evaluaciones en cualquier periodo del año, o consultar directamente

las evaluaciones al profesor jefe en su horario de atención a

apoderados.

VIII.- PROMOCIÓN ESCOLAR.

ART. 1. Serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieren asistido

a clases en un porcentaje mínimo de 85%. No obstante, el Director en

conjunto con el Consejo de Profesores del establecimiento, podrá

autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores de

asistencia, cuando las causales hayan sido relacionadas con la salud

del estudiante u otras debidamente justificadas.

ART. 2. Serán promovidos de curso quienes aprueben todos los módulos

(T.P.) y/o asignaturas de sus respectivos planes de estudio, que

incidan en su promoción.

ART. 3. Los estudiantes que hubieren reprobado un sector o subsector

serán promovidos o egresados si su promedio es de un 4,5 como

mínimo, incluido el sector o subsector reprobado.

ART. 4. Los estudiantes que hubieren reprobado dos subsectores o

asignaturas serán promovidos si su promedio es de un 5,0 como

mínimo, incluidos los sectores o subsectores reprobados. Sin

embargo, y sólo para los alumnos de 3° y 4° medio, si entre las

asignaturas reprobadas se encuentra Lengua Castellana y

Comunicación y/o Educación Matemática el promedio mínimo debe

ser de 5,5, incluyendo las asignaturas reprobadas.

Page 23: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

23

IX.- RESPECTO DE LA ASISTENCIA.

ART. 1. Para ser promovidos los estudiantes deberán asistir a lo menos,

al 85% de las clases establecidas en el del calendario escolar anual.

No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente

justificadas, el Director del Liceo a sugerencia del Consejo de

Profesores del Curso podrá autorizar la promoción de los estudiantes

con porcentajes menores de asistencia.

ART. 2. Los alumnos y alumnas que se encuentren en una o más de las

situaciones siguientes, podrán acogerse mediante resolución interna

a promoverse de curso, por concepto de asistencia, siempre y cuando

sus calificaciones acrediten la promoción respectiva:

a) Ingreso tardío de alumnos y alumnas a clases: Se considerará

el porcentaje de asistencia desde el primer día de ingreso al

Liceo hasta el término del año escolar.

b) Ausencias a clases por períodos prolongados: De acuerdo a

razones de enfermedad, situación familiar, que Dirección

califique, una vez expuesto en el Consejo de Profesores.

c) Alumnos y alumnas que requieran finalización anticipada del

año escolar, por motivos laborales, familiares, cambio de

residencia, etc., no mayor al mes de noviembre.

d) Estudiantes en situaciones de embarazo: Para efectos de

asistencia, se considerarán días inasistidos solo los días que

la alumna falte a clases durante su estado de gravidez.

e) Alumnos en situación del Servicio Militar: Tanto para los

alumnos que se matriculen tardíamente o que tengan que

cumplir con sus obligaciones militares.

f) Alumnos y alumnas que asistan a certámenes nacionales e

internacionales en el área del deporte, la literatura, las

ciencias, la cultura y las artes. Siempre y cuando la

inasistencia no supere el 50%.

g) Alumnos y alumnas con becas y otras similares que impliquen

ausencias a clases. Siempre y cuando la inasistencia no

supere el 50%

h) Otras no especificadas y certificadas que acrediten ser

resolutadas.

Page 24: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

24

ART. 3. El(La) Director(a) del Establecimiento previa consulta al Consejo

de Profesores deberá resolver las situaciones especiales de

evaluación y promoción de los alumnos. Entre otros resolverá los

casos de alumnos(as) que por motivos justificados requieran ingresar

tardíamente, retirarse con antelación a la finalización del año escolar

u otros semejantes.

ART. 4. La situación final de promoción de los alumnos(as) deberá quedar

resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el

proceso, el Liceo entregará a todos los alumnos(as), un certificado

anual de estudios que indique las asignaturas y/o módulos con las

calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

ART. 5. Se deja establecido que la Dirección y el Cuerpo de profesores

del Liceo, no aceptará presión o influencia externa alguna en orden a

modificar evaluaciones, calificaciones, situaciones finales o la

situación de promoción o repitencia de sus alumnos(as), puesto que

se ha llevado a cabo un proceso ajustado a la normativa vigente. De

ser así, el Liceo se reserva el derecho de entablar las acciones que

crea conveniente ante las instancias correspondientes.

Page 25: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

25

X.- DE LAS ALUMNAS EN SITUACION DE EMBARAZO Y MATERNIDAD

ART. 1. Que nuestro Establecimiento hace suyo lo establecido en la

Constitución Política de la República de Chile que garantiza la

permanencia de las alumnas que se encuentren en situación de

embarazo o maternidad, así como otorgarles las facilidades

académicas del caso.

ART. 2. Las alumnas en estado de embarazo deberán asistir a las clases

de Educación Física en forma regular, siguiendo las orientaciones del

médico tratante, sin perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial o

ser eximidas en los casos en que por razones de salud así procediera.

Las alumnas que hayan sido madres estarán eximidas de la

asignatura de Educación Física hasta el término del puerperio.

Asimismo, en casos calificados por el médico tratante, podrán

eximirse de esta asignatura.

ART. 3. Las alumnas en estado de embarazo o maternidad serán sometidas

a los procedimientos de evaluación establecidos en este Reglamento

de Evaluación y Promoción, sin perjuicio de otorgarles las facilidades

académicas, incluido un calendario flexible que resguarde el derecho

a la educación y de brindarles apoyos pedagógicos especiales

mediante un sistema de tutorías realizado por los docentes y en el que

podrán colaborar sus compañeros de clases.

De igual forma, los docentes y directivos del liceo deberán cautelar

que las alumnas en situación de embarazo o maternidad no sean

expuestas al contacto de materiales nocivos u otras situaciones de

riesgo para su embarazo o lactancia, debiendo otorgárseles las

facilidades académicas pertinentes a fin de dar cumplimiento al

currículum, planificando actividades que respondan al perfil de

egreso.

ART. 4. Nuestro establecimiento no exigirá a las alumnas en estado de

embarazo o maternidad el 85% de asistencia a clases durante el año

escolar cuando las inasistencias tengan como causa directa

enfermedades producidas por el embarazo, el parto, el post parto,

enfermedades del hijo menor de un año, asistencia a control de

embarazo, control de niño sano, pediátrico u otras similares que

determine el médico tratante.

Page 26: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

26

En el caso que la asistencia a clases durante el año escolar alcance

menos de un 50%, el(la) Director(a) del establecimiento educacional

resolverá de conformidad con las normas establecidas en los

Decretos Exentos de Educación Nº. 511 de 1997, 112 y 158, ambos

de 1999 y 83, de 2001 o los que se dictaren en su reemplazo, sin

perjuicio del derecho de apelación de la alumna ante el Secretario

Regional Ministerial de Educación respectivo.

ART. 5. Este establecimiento otorga a las alumnas las facilidades para

compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el

período de lactancia. Este derecho individual deberá ser conocido por

Inspectoría General, UTP y profesor(a) jefe respectivo.

ART. 6. Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tendrán

derecho a participar en organizaciones estudiantiles, así como en

cualquier ceremonia que se realice en la que participen los demás

alumnos y alumnas. Asimismo, tendrán derecho a asistir a todas las

actividades extra programáticas que se realicen al interior o fuera del

establecimiento educacional, con las excepciones que se deriven de

las indicaciones del médico tratante.

ART. 7. Todo lo que no esté estipulado en el presente Reglamento será

resuelto por Secreduc e incorporado al presente reglamento para una

nueva revisión del Deprov..

Page 27: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

27

XI.- DE LA PERMANENCIA EN EL LICEO JORGE ALESSANDRI RODRÍGUEZ.

ART. 1. Los estudiantes que repitan curso por segundo año consecutivo

estarán impedidos de continuar en el Liceo Jorge Alessandri

Rodríguez en la jornada diurna, debiendo integrarse a la tercera

jornada.

ART. 2. Todo lo que no esté estipulado en el presente Reglamento será

resuelto por Secreduc e incorporado al presente Reglamento para una

nueva revisión del Deprov..

XII.- DE LA ESTRATEGIA DUAL EN EL LICEO JORGE ALESSANDRI RODRÍGUEZ.

ART. 1. La Educación Dual tiene como objetivo proporcionar formación

en dos lugares de aprendizaje, Liceo y Empresa, que permita la

adecuada incorporación de los alumnos al mundo laboral y su posible

proyección en la empresa.

ART. 2. Los alumnos participarán activamente en las actividades de la

empresa, en plena concordancia con los objetivos propuestos en su

formación profesional y establecida en el Plan de Desempeño de

Aprendizajes en la Empresa.

ART. 3. Con el fin de optimizar el proceso de formación y desempeño

laboral, el alumno aprendiz trabajará con la directa participación del

Maestro Guía, quien supervisará la instrucción del alumno, cautelará su

seguridad y otras actividades que la Empresa determine.

ART. 4.: Los(as) alumnos(as) realizarán períodos de aprendizaje en

Educación Dual por un período de dos años académicos, es decir,

Tercer y Cuarto Año Medio

ART. 5. Para cumplir eficazmente los aprendizajes esperados, los

alumnos rotarán por diferentes empresas y por las diferentes áreas

de desempeño de cada una de ellas. Para ello, el Liceo elaborará un

Plan de Rotación Anual.

Page 28: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

28

ART. 6. Los estudiantes serán supervisados, controlados, evaluados y

calificados por un Profesor Tutor que el establecimiento determine.

Esta supervisión contempla: Control de Asistencia, Desarrollo del

Trabajo, Cumplimiento del Plan Rotación, entre otros aspectos. El

profesor Tutor deberá velar por el cumplimiento del aprendizaje en la

Empresa y apoyar al Maestro Guía en diversas situaciones

pedagógicas que se presenten.

ART. 7. El establecimiento asignará los lugares de aprendizaje en donde

se realizará esta formación, los cuales deberán estar acorde al perfil

profesional de la especialidad

ART. 8. El estudiante estará protegido por el Decreto Supremo Nº 313

incluido en la Ley 16.744 de Accidentes de Trabajo. El Seguro

Escolar contempla todos aquellos accidentes que ocurran a causa o

con ocasión de los estudios y aquellos ocurridos en el trayecto directo

entre la casa y la empresa o el liceo. Si el alumno llegase a sufrir un

accidente durante su estadía en la empresa, deberá ser trasladado

directamente al Servicio de Urgencias del hospital con la notificación

del Accidente Escolar

ART. 9.: Los alumnos participarán en jornadas laborales de lunes a

viernes en forma intercalada semanalmente entre liceo y empresa, en

horarios a convenir, no obstante, el tiempo en que el alumno

permanezca allí no será superior a ocho horas cronológicas por día

ART. 10. No constituye obligación de la empresa ni del liceo otorgar

beneficios económicos u otros, dada la naturalidad de las actividades

realizadas, sin embargo, si la empresa así lo quisiera, este beneficio

no representará de manera alguna un salario para el estudiante.

ART. 11. Será de exclusiva responsabilidad del estudiante la

permanencia en la empresa fuera de horario convenido en el

Programa de Estudios. Se perderá lo estipulado en el artículo 8º, si no

se cumplen las condiciones antes mencionadas

ART. 12. Durante el período de vacaciones los (las) alumnos (as) no

participarán en las actividades con la empresa y gozarán de los

mismos beneficios del resto de la comunidad estudiantil.

ART. 13. Los señores padres y apoderados asumirán el compromiso de

esta estrategia y autorizarán a sus pupilos mediante un documento

escrito elaborado por el establecimiento.

ART. 14. Los padres y apoderados serán informados en forma periódica

del trabajo realizado por su pupilo. de los logros obtenidos y de otros

tópicos de interés, sea esto en reuniones de apoderados o en

reuniones extraordinarias citadas para este efecto.

Page 29: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

29

ART. 15. Forma parte de este Reglamento de Evaluación y Promoción

Escolar el Reglamento Dual del Establecimiento con todos sus

artículos.

XIII.- DE LAS CARACTERISTICAS QUE DEBE REUNIR EL ALUMNO APRENDIZ

ART. 1. El estudiante deberá presentarse al lugar de trabajo asignado, a la

hora establecida y retirarse de acuerdo a lo estipulado en el

Convenio de Aprendizaje. Durante su Jornada Laboral, deberá

realizar las tareas que el Maestro Guía le señale y bajo supervisión

del mismo.

ART. 2. En relación a su presentación personal, ésta deberá ser acorde al

trabajo a ejecutar y ajustarse a los requerimientos sugeridos por cada

empresa en particular.

ART. 3. Cualquier exigencia adicional, que corresponda en forma exclusiva a la

empresa, (Uniforme o implementos de seguridad específicos), está

deberá ser responsabilidad de la misma.

Page 30: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

30

XIV.- DE LAS EVALUACIONES Y CALIFICACIONES EN LA EMPRESA

ART. 1. Los estudiantes serán evaluados en la empresa por el Maestro Guía

de acuerdo a Pauta de Evaluación entregada por el establecimiento

y serán de carácter sumativo en el módulo de aprendizaje en la

empresa.

ART. 2. En relación a la evaluación general del proceso de estrtegia Dual; la

comisión Dual del establecimiento realizará evaluaciones

sistemáticas, cuyo objetivo es analizar el trabajo ejecutado por los

alumnos –aprendices- y si existe concordancia con los aprendizajes

esperados del Plan de Estudio.

ART. 3. Si el resultado del análisis enunciado en el Artículo anterior no

obedece al efecto esperado, ésta propuesta podrá invalidarse u

orientarse bajo otros criterios postulados por la Comisión Dual al

término del Cuarto Año Medio.

ART. 4. El Profesor Tutor conjuntamente con el docente del Módulo Análisis

de la Experiencia en la Empresa, evaluarán y calificarán el

desempeño de los alumnos en la empresa, de acuerdo a su

cuaderno dual.

ART. 5. Los alumnos serán promovidos de cursos según el Decreto Nº

83/2001 incluido en el Reglamento de Evaluación, Calificación y

Promoción del Ministerio de Educación.

ART. 6. Los alumnos y alumnas que sean expulsados de una empresa, ya

sea por agresión física o verbal, hurto o robo, consumo de drogas o

alcohol e inasistencias, será deber del apoderado en un plazo no

mayor a 5 días hábiles, presentar en el establecimiento una empresa

que cumpla con los requisitos del Reglamento de la Modalidad Dual

y permita al alumno ser reubicado y completar su Plan de Estudio.

ART. 7. En caso de ser reincidente en las conductas estipuladas en el artículo

anterior (ART. 6.) el alumno perderá su condición de alumno regular

del Establecimiento.

ART 8 Todo lo que no esté estipulado en el presente Reglamento será

resuelto por Secreduc e incorporado al presente reglamento para

una nueva revisión del Deprov.

Page 31: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · elaboración y posterior adaptación y/o reformulación del ... Entregar los resultados de las pruebas escritas a los alumnos oportunamente,

31

XV.- DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE EDUCACIÓN DE ADULTOS

ART. 1. El Liceo Jorge Alessandri Rodríguez hace suyo el Decreto exento

Nº 2169 que aprueba normas de evaluación y promoción escolar

para Educación Regular de Adultos, en los niveles de Educación

Básica y para las modalidades de Educación Media Humanístico

Científico y Técnico Profesional.

ART. 2. Los alumnos/as serán evaluados en todos los ámbitos de formación

y asignaturas del plan de estudio, en períodos semestrales.

ART. 3. Las asignaturas del ámbito de formación diferenciada se

considerarán parte del plan de estudio e incidirán en su promoción

o repitencia.

ART. 4. Los alumnos y alumnas deberán ser calificados utilizando una escala

numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal. Estas calificaciones deberán

referirse solamente al nivel de logros de los Objetivos de Aprendizaje

y Contenidos Mínimos Obligatorios.

ART. 6. La calificación mínima de aprobación será 4,0. con un logro del 60

% de los objetivos.

ART. 7. En cuanto a asistencia, deberán registrar, a lo menos, el 80% de los

días trabajados durante el año lectivo; no obstante, el director del

establecimiento puede eximir de este porcentaje a aquellos

alumnos/as con porcentajes menores de asistencia, si existen

causas debidamente justificadas.

ART. 8. Serán promovidos los alumnos y alumnas:

Que hubieren aprobado todos los subsectores de aprendizaje

considerados en los respectivos planes y programas de estudio.

ART. 9. En materia de evaluación y promoción, las situaciones especiales

que surjan al finalizar el año escolar, serán resueltas por el director

del establecimiento teniendo en consideración el reglamento interno

de evaluación.

ART. 10. El(la) Director(a), podrá resolver situaciones de evaluación de

aquellos estudiantes que por razones debidamente justificadas

tengan porcentajes menores de asistencia que los establecidos en el

decreto respectivo, ya sea por incorporación tardía, egresos

anticipados, razones socioeconómicas, de salud u otras

debidamente calificadas.

ART. 11. Todo lo que no esté estipulado en el presente Reglamento será

resuelto por la Dirección del Establecimiento en conjunto con el

Consejo de Profesores de EDA.