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    TTULOI

    NORMASGENERALES

    CAPTULOI

    Arculo 1. (Objeto).Normar la evaluacin de los procesos de enseanza y aprendizajes

    del desarrollo curricular del Subsistema de Educacin Regular del Sistema

    Educavo Plurinacional.

    Arculo 2. (Aplicacin).Se aplica en los niveles de Educacin Inicial en Familia Comunita-

    ria etapa escolarizada, Educacin Primaria Comunitaria Vocacional y Educacin

    Secundaria Comunitaria Producva, en las unidades educavas scales, de

    convenio y privadas del Subsistema de Educacin Regular.

    Arculo3. (Evaluacin de la enseanza y aprendizajes del desarrollo curricular).Es el

    proceso de anlisis y valoracin de la formacin integral y holsca de las y

    los estudiantes y la aplicacin de metodologas de maestras y maestros en

    el marco del modelo educavo sociocomunitario producvo, que permite ala comunidad educava idencar logros, limitaciones y dicultades en los

    procesos educavos a parr de la comprensin, reexin y el dilogo para la

    toma de decisiones mediante acciones dinmicas, permanentes y sistemcas,

    orientando y reorientando oportunamente la prcca pedaggica.

    Arculo 4. (Objevos de la evaluacin del desarrollo curricular).Estn en relacin a los

    procesos de enseanza y aprendizajes, estos son:

    a) Contribuir a la transformacin social a travs de procesos educavos que den

    nfasis en la invesgacin creava y producva como estrategia pedaggica.

    b) Contribuir al desarrollo integral y holsco de las y los estudiantes del

    Subsistema de Educacin Regular.

    ReglamentodeEvaluacin del

    Desarrollo Curricular

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    c) Normar la aplicacin de los criterios de valoracin cualitava y cuantava

    en cada nivel del Subsistema de Educacin Regular.

    d) Brindar informacin de los procesos y resultados de la acvidad educava

    a maestras, maestros, a las y los estudiantes, la familia y la comunidad.

    e) Orientar el funcionamiento de la Comisin Tcnico Pedaggica en cada

    Unidad Educava.f) Orientar y apoyar a maestras, maestros y estudiantes de manera oportuna y

    precisa para lograr los objevos propuestos en la formacin integral y holsca.

    g) Orientar la evaluacin de estudiantes con necesidades educativas es-

    peciales con igualdad de oportunidades y equiparacin de condiciones.

    h) Promover procesos de participacin democrtica e integral de las y

    los actores de la comunidad educativa para mejorar la evaluacin del

    desarrollo curricular.

    Arculo 5. (Caracterscas de la evaluacin).Las caracterscas de la evaluacin son:

    a) Integral, porque permite el logro del desarrollo de las dimensiones del

    Ser, Saber, Hacer y Decidir en las y los estudiantes a travs de los procesos

    de enseanza y aprendizajes integrando los campos y reas de saberes y

    conocimientos en el desarrollo curricular.

    b) Holsca, porque permite la comprensin y valoracin del todo en con-

    vivencia armnica y complementaria con la Madre Tierra, el cosmos y

    la dimensin espiritual de la vida en interdependencia con la formacin

    integral de las y los estudiantes.

    c) Cienca, porque es un proceso organizado que uliza instrumentos de ob-servacin, recopilacin, sistemazacin e interpretacin de la informacin

    que permite la comprensin de logros y dicultades asumiendo decisiones

    pernentes para el desarrollo integral y holsco mediante procesos edu-

    cavos vinculados a la realidad.

    d) Dialgica y reexiva, porque se deliberan, analizan y valoran los logros, limi-

    taciones, dicultades y problemas de los procesos de enseanza y aprendi-

    zajes en el marco de una permanente escucha, respeto a las diferencias y el

    cumplimiento de responsabilidades, roles con parcipacin equitava de los

    actores de la educacin para plantear alternavas de solucin en consenso.e) Orientadora, porque a parr de la informacin que brinda la evaluacin

    de los procesos de enseanza y aprendizajes se toman decisiones para

    realizar innovaciones, adecuaciones y/o ajustes en los procesos educavos

    de acuerdo a las necesidades emergentes.

    f) Flexible, porque permite aplicar variedad de estrategias, tcnicas e instru-

    mentos de evaluacin de acuerdo a la diversidad sociocultural del pas y

    necesidades educavas de las y los estudiantes.

    g) Permanente, porque se aplica de forma connua durante los procesos de

    enseanza y aprendizajes.

    h) Transparente, porque los procesos de valoracin y generacin de informa-

    cin en la evaluacin de la enseanza y aprendizajes de las y los estudiantes

    se desarrollan de manera clara, responsable e imparcial.

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    i) Cualitava y cuantava porque ambas valoran los aprendizajes socio-

    comunitarios tomando en cuenta el desarrollo armnico de las cuatro

    dimensiones (Ser, Saber, Hacer, Decidir).

    CAPTULOIIACTORESDELAEVALUACIN

    Arculo 6. (Responsabilidades) I.La evaluacin de los procesos de enseanza y apren-

    dizajes del desarrollo curricular es responsabilidad de: la directora o director,

    Comisin Tcnico Pedaggica, maestra o maestro, estudiantes, madres y

    padres de familia de la Unidad Educava, de acuerdo a los principios de pro-

    mocin y prcca de los valores.

    1. Responsabilidad de la directora o director de Unidad Educava:

    a) Convocar a reuniones a maestras, maestros, madres, padres de familia y

    estudiantes para analizar el desarrollo de los procesos educavos y plantear

    acciones orientadas a superar las dicultades y problemcas detectadas

    en la enseanza y aprendizaje.

    b) Realizar seguimiento, supervisin y orientacin a la aplicacin de los ins-

    trumentos de evaluacin de las maestras y maestros.

    c) Valorar el proceso pedaggico de las maestras y maestros en cuanto a

    su metodologa, recursos materiales, organizacin de los espacios deaprendizaje generando una comunicacin dialgica con las y los estu-

    diantes.

    d) Realizar el control, seguimiento, orientacin y evaluacin al proceso de

    enseanza y aprendizajes sobre su pernencia con el Proyecto Sociopro-

    ducvo de la Unidad Educava.

    e) Centralizar informacin sobre el historial de las y los estudiantes y la do-

    cumentacin de maestras y maestros.

    2. Responsabilidad de la Comisin Tcnico Pedaggica en cuanto a la eva-luacin:

    a) Recibir y/o solicitar informacin sobre los problemas o dicultades que

    presentan las y los estudiantes para proponer alternavas de solucin

    previo estudio de los casos.

    b) Analizar e idencar las dicultades en los procesos educavos tanto de

    estudiantes como de maestras y maestros, en los casos que se requiera.

    c) Coordinar acciones evaluavas sobre casos especcos y observados de

    las y los estudiantes y de las maestras y maestros.

    d) Analizar y proponer en los casos de su conocimiento alternavas tcni-

    co-pedaggicas para superar las dicultades en los procesos de enseanza

    y aprendizajes.

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    e) Informar a la directora o director de la Unidad Educava sobre las recomen-

    daciones, sugerencias y acciones que deben asumir maestras y maestros

    para superar las dicultades de enseanza y aprendizajes.

    f) Informar a la Direccin y al Consejo de maestras y maestros sobre los re-

    sultados delos procesos de evaluacin.

    g) Registrar en actas las actuaciones y resultados de reuniones.

    3. Responsabilidad de las maestras y maestros de Unidad Educava:

    a) Analizar y reexionar en sesiones tcnico pedaggicas sobre los procesos

    de gesn curricular.

    b) Orientar y apoyar a las y los estudiantes de manera oportuna y precisa en

    los procesos de enseanza y aprendizajes para el logro de los objevos

    holscos.

    c) Valorar las capacidades, cualidades y potencialidades de las y los estudian-

    tes en acvidades personales y en comunidades de trabajo.

    d) Registrar y procesar la informacin cualitava y cuantava sobre los

    procesos de aprendizajes y la formacin integral y holsca de las y los

    estudiantes.

    e) Reportar informes, llenado de libretas y documentos virtuales e impresos

    sobre el desarrollo de los aprendizajes y evaluaciones de las y los estudiantes.

    f) Convocar a reuniones en el momento oportuno a madres, padres de familia

    y tutores de las y los estudiantes que presenten dicultades de aprendizaje

    para analizar y planicar estrategias orientadas a superar las mismas por

    conducto regular.g) Convocar a reuniones a madres, padres de familia y tutores de las y los

    estudiantes en los diferentes niveles de Educacin para informar sobre el

    desarrollo curricular y analizar, disear estrategias que orienten mejorar los

    procesos de enseanza y aprendizajes antes de la nalizacin del bimestre.

    Los temas tratados y las conclusiones sern registradas en actas.

    h) En los casos requeridos, proporcionar a las y los interesados copias de las

    pruebas objevas aplicadas y otros documentos pernentes.

    4. Responsabilidad de la y el estudiante:

    a) Parcipar de forma acva, creava, compromeda y obligatoria en el de-

    sarrollo curricular de los procesos educavos.

    b) Asumir con responsabilidad plena el proceso de su formacin en todos los

    campos y reas de saberes y conocimientos.

    c) Parcipar de los procesos de evaluacin, asumiendo actudes crca, re-

    exiva, transparente, respetuosa, ca, puntual y responsable.

    d) Requerir informacin oportuna sobre sus procesos de aprendizajes y eva-

    luaciones para asumirlas recomendaciones y sugerencias de forma opor-

    tuna, as superar sus limitaciones y dicultades.

    e) Comunicar oportunamente a sus progenitores o tutores sobre logros y

    dicultades de los procesos de aprendizajes.

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    f) Promover en sus interrelaciones de la escuela, familia, barrio, zona o co-

    munidad actudes de transparencia.

    g) Realizar procesos de autoevaluacin a travs de la reexin, responsabili-

    dad, honesdad autocrca y madurez.

    5. Responsabilidad de la madre, padre de familia o tutores:

    a) Asumir su responsabilidad en los procesos de formacin de sus hijas e hijos

    de forma permanente.

    b) Realizar seguimiento permanente y connuo a la formacin de sus hijas e

    hijos, promoviendoel cumplimiento de los deberes escolares y dialogando

    sobre sus aprendizajes.

    c) Conversar e intercambiar informacin con la maestra o maestro y la Comi-

    sin Tcnico Pedaggica y la directora o el director para realizar seguimiento

    y apoyo a sus hijas e hijos.

    d) Dialogar reexivamente con su hija o hijo sobre las sugerencias y reco-

    mendaciones realizadas por la maestra, maestro o la Comisin Tcnico

    Pedaggica, asumiendo acciones para superar las dicultades y problemas

    de aprendizajes respetando los derechos establecidos en la Ley N 2026

    Cdigo del nio, nia y adolescente, de fecha 27 de octubre del 1999 aos.

    e) Asisr de manera puntual y responsable a las reuniones convocadas por

    la maestra, maestro o autoridad respecva.

    II. Tomando en cuenta que el sistema de evaluacin del desarrollo curricu-

    lar tiene el propsito de consolidar el logro de los objetivos holsticos, lasy los estudiantes deben recibir el apoyo tcnico-pedaggico de maestras,

    maestros, direccin de la Unidad Educativa y la Comisin Tcnico Peda-

    ggica junto al acompaamiento de madres y padres de familia de forma

    responsable para superar las dificultades detectadas en los procesos de

    aprendizajes en prevencin de la repeticin del ao de escolaridad.

    CAPTULOIII

    EDUCACININCLUSIVA

    Arculo 7. (Principio de educacin inclusiva).El Subsistema de Educacin Regular aplica

    el principio de Educacin Inclusiva en los procesos de valoracin de acuerdo

    a los siguientes criterios:

    a) Idencacin de discapacidad, dicultades en el aprendizaje y talento

    extraordinario en las y los estudiantes en coordinacin con los Centros de

    Educacin Especial donde existan en los casos necesarios.

    b) Desarrollo de los procesos de evaluacin con base en adaptaciones curriculares

    e instrumentos pernentes brindando igualdad de oportunidades y equipara-

    cin de condiciones ulizando lenguajes especiales segn la necesidad.

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    c) Evaluacin integral en los casos de personas con discapacidad, dicultades

    en el aprendizaje y talento extraordinario aplicada en los centros integrales

    mulsectoriales y hogares abiertos por un equipo muldisciplinar confor-

    mado por maestras y maestros, psicopedagogos, trabajadores sociales,

    psiclogos y mdicos.

    CAPTULOIV

    EVALUACINALAPOBLACINEDUCATIVAENDESVENTAJASOCIAL

    Arculo 8. (Incorporacin de nias y nios en desventaja social).Las nias, nios, adoles-

    centes trabajadores y poblacin en desventaja social que por diferentes circuns-

    tancias no ingresaron o tuvieron rezago escolar en el Subsistema de Educacin

    Regular y que cuenten con una edad menor a 15 aos a enero de la gesn que

    postuladeben ser incorporados al nivel o ao de escolaridad correspondiente,

    previa valoracin cualitava y cuantava de sus conocimientos.

    Arculo 9. (Autorizacin).Para la incorporacin de nias, nios y adolescentes trabajadores

    y poblacin en desventaja social al subsistema de educacin regular, la directora

    o director de la Unidad Educava instruir mediante memorando a la Comisin

    Tcnico Pedaggica para que realice la valoracin respecva de sus conocimientos.

    Arculo 10. (Sesin de valoracin).En cumplimiento al instrucvo de la Direccin, la Co-

    misin Tcnico Pedaggica ja fecha y hora comunicando a travs de la direccina la o el interesado y/o a sus progenitores o tutores para que se presente en la

    Unidad Educava a la valoracin respecva. De ser necesario la o el interesado

    ser acompaada o acompaado de sus progenitores o tutores.

    Arculo 11. (Informe de la Comisin Tcnico Pedaggica).Una vez realizada la sesin de

    valoracin, la Comisin Tcnico Pedaggica elabora el informe respecvo espe-

    cicando los resultados cualitavos y cuantavos y la determinacin para que

    la o el interesado sea incorporado al nivel y ao de escolaridad que corresponda.

    Arculo 12. (Criterios de valoracin).Para la valoracin de sus conocimientos, la Comisin

    Tcnico Pedaggica elaborar una prueba escrita y una gua de entrevista u

    otro instrumento consensuado con la directora o director con base en los

    objevos y contenidos mnimos previstos en los programas de estudio del

    nivel y ao de escolaridad que corresponda.

    Arculo 13. (Acta de inscripcin).La Comisin Tcnico Pedaggica redacta un acta donde

    se establecen los resultados de la valoracin cualitava y cuantava para la

    inscripcin de la o el estudiante en un determinado nivel o ao de escolaridad.

    Arculo 14. (Acta supletoria de promocin). I.Con base a las valoraciones efectuadas

    por la maestra o maestro del ao escolar o reas de saberes y conocimien-

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    tos respecvos (primario comunitario vocacional o secundario comunitario

    producvo), la directora o director redacta el Acta Supletoria a la Libreta de

    Calicaciones, donde se indique los aos de escolaridad que ha cursado en

    una gesn escolar y las calicaciones obtenidas para la promocin al ao

    de escolaridad que le corresponde.

    II.El Acta Supletoria debe ser rmada y archivada por la directora o director

    de la Unidad Educava y la Direccin Distrital de Educacin respecva, junto

    a los centralizadores de calicaciones de las y los dems estudiantes.

    III.La promocin a travs de programas de nivelacin para la poblacin en

    desventaja social se aplica slo hasta que la nia o nio alcance al grupo

    etreo y ao de escolaridad que le corresponde.

    Arculo 15. (Validez legal del acta supletoria).El Acta supletoria ene valor legal y su-

    ciente similar a la libreta escolar para esta poblacin educava.

    Arculo 16. (Madres y padres de familia o tutores).Las madres y padres de familia o

    tutores de nias, nios, adolescentes trabajadores y poblacin en desven-

    taja social, asumirn un compromiso de corresponsabilidad en el proceso

    formavo de sus hijas e hijos. En los casos necesarios estas acciones sern

    coordinadas con la defensora de la niez y adolescencia.

    Arculo 17. (Capacitacin de maestras, maestros y administravos).Para brindar atencin

    adecuada y pernente a las nias, nios, adolescentes trabajadores y pobla-cin en desventaja social, las maestras, maestros y personal administravo

    recibirn cursos de capacitacin cercados por el Ministerio de Educacin.

    CAPITULOV

    EVALUACINCUALITATIVAYCUANTITATIVA

    Arculo 18. (Evaluacin cualitava).Es la valoracin de las capacidades y cualidades de-sarrolladas en funcin de los logros alcanzados por las y los estudiantes en sus

    cuatro dimensionesa parr de criterios denidos en el presente reglamento,

    debiendo ser expresados en forma literal.

    Los resultados de la valoracin cualitava deben tener relacin con los crite-

    rios de evaluacin propuestos en el presente Reglamento y ser coherentes

    con la valoracin cuantava.

    Arculo 19. (Evaluacin cuantava).Es la valoracin de los procesos educavos del de-

    sarrollo de cada una de las dimensiones de las y los estudiantes de acuerdo

    a los criterios establecidos en la escala valorava en los arculos 33 y 37 del

    presente reglamento, debiendo ser expresados numeralmente.

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    Arculo 20. (Asistencia regular).La asistencia de las y los estudiantes a todos los procesos

    educavos de las diferentes reas de saberes y conocimientos del plan de

    estudios es obligatoria.

    Los procesos de evaluacin deben considerar la asistencia regular al momento

    de la valoracin cualitava y cuantava.

    Arculo 21. (Valoracin de experiencias, saberes y conocimientos propios).Conside-

    rando que las y los estudiantes desarrollan capacidades y cualidades no slo

    en los espacios escolares, sino tambin fuera de ellos, las mismas deben ser

    tomadas en cuenta en la valoracin cualitava y cuantava por la maestra

    y el maestro.

    Arculo 22. (Evaluacin comunitaria).La evaluacin comunitaria se realizar con la

    participacin de la maestra o maestro conjuntamente las y los estudiantes

    del ao de escolaridad de los mismos, donde se valora el desarrollo cu-

    rricular en sus diferentes elementos haciendo notar logros y dificultades.

    Los aspectos ms relevantes de esta evaluacin deben ser registrados en

    el Cuaderno Pedaggico y asumidos por las maestras, maestros y estu-

    diantes.

    Los resultados de la evaluacin comunitaria relacionados a los aspectos y

    elementos del desarrollo curricular, deben permir reajustar o reorientar

    las formas de enseanza y aprendizaje, los contenidos, la misma evaluacin,

    el uso de materiales, la organizacin de la clase, los pos de interrelacionesentre las y los sujetos educavos y ser tomados en cuenta por la maestra o

    maestro en la evaluacin cualitava y cuantava.

    La evaluacin comunitaria debe realizarse mnimamente una vez en el bimes-

    tre, con la parcipacin de la madre, padre de familia o apoderado a con-

    vocatoria de la maestra o maestro del ao de escolaridad o rea respecva.

    Arculo 23. (Autoevaluacin).La autoevaluacin es un proceso de valoracin cualitava

    y cuantava que realiza cada estudiante respecto de su desempeo, apro-vechamiento o logros y dicultades durante el desarrollo curricular.

    Las y los estudiantes deben asumir con responsabilidad y honesdad el pro-

    ceso de autoevaluacin, valorndose respecto de:

    El inters demostrado o realizado durante el desarrollo en la clase.

    Aportes en la discusin y produccin de saberes y conocimientos.

    Cumplimiento de acvidades y tareas asignadas en los procesos educa-

    vos.

    Creavidad e innovacin demostrada en el desarrollo curricular.

    Asistencia a clases (puntualidad, retrasos, ausencias y otros)

    Prcca de principios y valores.

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    Prcca de la equidad de gnero, igualdad de oportunidades con equipa-

    racin de condiciones y despatriarcalizacin.

    Lectura crca y reexiva de los diferentes aspectos de la realidad.

    Otros desarrolladas por las maestras y maestros.

    Los resultados de la autoevaluacin de las y los estudiantes son referentesque deben ser tomados en cuenta por la maestra y maestro en la evaluacin

    cualitava y cuantava.

    Las maestras y maestros deben promover y fortalecer los eventos de la

    autoevaluacin brindando orientaciones y labrando conciencia y respon-

    sabilidad.

    La autoevaluacin debe realizarse de forma paralela a la evaluacin bi-

    mestral.

    CAPTULOVI

    PROMOCIN

    Arculo 24. (Promocin). I.En el nivel de Educacin Inicial en Familia Comunitaria la

    promocin se da al cumplimiento del plan de estudios.

    II.En Educacin Primaria Comunitaria Vocacional, se establece la Promocindel ao de escolaridad habiendo cumplido estricta y obligatoriamente todas

    las acvidades programadas en el plan de estudios de los campos y reas

    de saberes y conocimientos en los bimestres correspondientes mediante el

    seguimiento, apoyo y acompaamiento de la maestra o el maestro a las y los

    estudiantes, segn valoracin cualitava y cuantava con base a la forma-

    cin integral y el logro de resultados y productos planteados en los objevos

    holscos. La evaluacin de las nias y nios austas se valorar de acuerdo

    a procedimientos especcos.

    III.En Educacin Secundaria Comunitaria Producva, la promocin de un ao

    al siguiente ao de escolaridad es consecuencia del cumplimiento de las acvi-

    dades programadas en el plan de estudios segn valoracin cualitava y cuan-

    tava. Las y los estudiantes que obtengan promedios anuales menores a 51

    en una o ms reas de saberes y conocimientos pierden el ao de escolaridad.

    IV.Las y los estudiantes con talento extraordinario u otros casos especiales

    que demuestren sus logros educativos en un ao de escolaridad pueden

    ser promovidos al ao inmediato superior previo informe de evalua-

    cin integral de las maestras y maestros correspondientes y la Comisin

    Tcnico Pedaggica como requisito indispensable segn reglamentacin

    especfica.

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    CAPTULOVII

    EVALUACINDELASDIMENSIONESDELAYELESTUDIANTE

    Arculo 25. (Arculacin y complementacin).La evaluacin en los tres niveles de formacin

    del Subsistema de Educacin Regular se desarrolla en forma arculada y comple-mentaria a travs del abordaje y valoracin de las dimensiones, y comprende:

    1. SER:

    En esta dimensin se valora:

    a) La expresin de actudes, senmientos, emociones y pensamientos que to-

    men en cuenta los principios y valores sociocomunitarios propios y diversos.

    b) Las prccas de unidad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidari-

    dad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armona, transparencia,equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de gnero en la

    parcipacin, bienestar comn, responsabilidad, juscia social, distribu-

    cin y redistribucin de los productos y bienes sociales.

    c) Desarrollo y fortalecimiento de su idendad personal, familiar y de rela-

    ciones interculturales.

    2. SABER:

    En esta dimensin se valora:

    a) La capacidad de comprensin de saberes y conocimientos propios y di-

    versos de manera crca, reexiva y proposiva.

    b) Aplicacin de los conocimientos ciencos, tcnico tecnolgicos y arscos

    propios y de otros contextos desarrollados en los procesos educavos con

    un alto nivel de profundidad y amplitud.

    c) La comprensin y expresin de la realidad desde diversas lgicas de pensamiento.

    d) La capacidad de idencacin de sus progresos, logros, dicultades y

    sistemazacin de los procesos de aprendizajes.

    3. HACER:

    En esta dimensin se valora:

    a) El desarrollo de habilidades y destrezas en la aplicacin de saberes y co-

    nocimientos cienco tcnico tecnolgicos en la prevencin y resolucin

    de problemas de la realidad.

    b) La produccin de saberes y conocimientos ciencos tcnico tecnolgicos

    propios y de otros contextos y de ulidad social.

    c) La capacidad creava en la produccin terica, tcnico tecnolgicos, las

    expresiones arscas, culturales y acvidades deporvas en el marco de

    las cosmovisiones y la diversidad cultural.

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    d) La acvidad invesgava para la transformacin de su realidad.

    e) El desarrollo de su curiosidad, la experimentacin, la capacidad de obser-

    vacin, la indagacin, la exploracin, el descubrimiento y la creavidad

    relacionadas a las acvidades codianas en la familia, la comunidad, zona,

    barrio y escuela.

    4. DECIDIR:

    En esta dimensin se valora:

    a) La capacidad de tomar decisiones a parr de la lectura de la realidad y con

    pernencia en empo y espacio.

    b) La capacidad de organizacin estableciendo consensos, el compromiso

    social y las prccas de cambio y transformacin bajo el enfoque desco-

    lonizador.

    c) La responsabilidad en las acciones propias, con los grupos comunitarios,

    la Unidad Educava, la familia y la zona, barrio o comunidad.

    d) Las decisiones con sendo comunitario frente a situaciones conicvas y

    problemcas en relacin con la realidad y la vida.

    e) La posicin crca sobre hechos sociales, histricos y la realidad de su

    entorno.

    f) La disposicin a ejecutar diversas acvidades con iniciava propia, aut-

    noma y comunitaria en armona y reciprocidad.

    g) El asumir las decisiones para transformar la realidad a parr de lectura de

    la situacin polca, econmica y social.

    El Decidir se evala en complementariedad con el Ser y en relacin con el

    Saber y el Hacer.

    Arculo 26. (Adecuacin al ao de escolaridad). Estas orientaciones generales deben ade-

    cuarse al ao de escolaridad respecvo de acuerdo a los planes y programas

    de estudio y a los objevos holscos de cada rea desarrollado o aplicado

    en el plan de clase.

    TTULOII

    EVALUACINDELOSNIVELESDEFORMACIN

    CAPTULOI

    EDUCACININICIALENFAMILIACOMUNITARIA

    Arculo 27. (Evaluacin en Educacin Inicial en Familia Comunitaria).En Educacin

    Inicial en Familia Comunitaria escolarizada, se establece la Promocin del

    ao de escolaridad habiendo cumplido estricta y obligatoriamente todas las

  • 7/27/2019 Reglamento de Evaluacion Ley070

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    acvidades programadas en el plan de estudios de los campos de saberes y

    conocimientos en los bimestres correspondientes despus del seguimiento,

    apoyo y acompaamiento de la maestra o el maestro a las y los estudiantes

    segn valoracin cualitava con base a la formacin integral y el logro de

    resultados y productos planteados en los objevos holscos.

    Arculo 28. (Comunicacin a las madres, padres o tutores). La libreta escolar constuye

    el documento de comunicacin a las madres, padres de familia o tutores en

    el que se describen los logros y dicultades de los procesos educavos de la

    o el estudiante que consta enla libreta escolar y el cuaderno pedaggico de

    la maestra o el maestro y los instrumentos de evaluacin.

    La informacin contemplada en la libreta escolar de la y el estudiante, es la valo-

    racin y el instrumento que le permite acceder al siguiente nivel de escolaridad.

    CAPTULOII

    EDUCACINPRIMARIACOMUNITARIAVOCACIONAL

    Arculo 29. (Evaluacin en Educacin Primaria Comunitaria Vocacional).La evaluacin

    en este nivel de formacin es cualitava y cuantava.

    Arculo 30. (Evaluacin cualitava).Es la expresin literal de la valoracin de los resul-

    tados obtenidos en los procesos educavos en cada uno de los campos de

    saberes y conocimientos en relacin al desarrollo de las dimensiones de lao el estudiante de acuerdo a los criterios establecidos en el Arculo 25 y 33

    del presente Reglamento.

    Para una adecuada valoracin se har uso de instrumentos de evaluacin a

    parr de criterios preestablecidos, registrndose en el cuaderno pedaggico

    de la maestra y maestro.

    Arculo 31. (Evaluacin cuantava). Es la expresin numrica de la valoracin de los

    resultados obtenidos en los procesos educavos en cada uno de los camposde saberes y conocimientos en relacin al desarrollo de las dimensiones de

    la o el estudiante y coherente con la evaluacin cualitava de acuerdo a los

    criterios establecidos en el Arculo 34 del presente Reglamento.

    Para su valoracin adecuada se har uso de instrumentos de evaluacin a parr

    de criterios preestablecidos registrndose en el cuaderno pedaggico.

    Arculo 32. (Valoracin cualitava y cuantava).Los resultados de la valoracin cua-

    litava y cuantava de las y los estudiantes se registraran en el cuaderno

    pedaggico de la maestra o el maestro e instrumentos de comunicacin para

    conocimiento de las madres y padres de familia, tutores, la Comisin Tcnico

    Pedaggica y la comunidad educava.

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    PROFOCOM

    La valoracin de las dimensiones del Ser, Saber, Hacer y Decidir deben estar

    en interrelacin, equilibrio y complementariedad entre todas las dimensiones.

    La libreta escolar es el instrumento de comunicacin de los resultados de la

    valoracin de los procesos de aprendizaje.

    Arculo 33. (Valoracin de las dimensiones). La valoracin del desarrollo de las dimen-

    siones y/o saberes y conocimientos se har con base a la siguiente escala:

    Valoracin

    cuantava

    DimensionesPromedio

    Ser Saber Hacer Decidir

    20 30 30 20

    1 100

    Arculo 34. (Criterios de valoracin cualitava).Para la valoracin de las dimensiones

    se toman los siguientes criterios:

    1. SER:

    En esta dimensin se valora:

    a) La expresin de actudes, senmientos, emociones y pensamientos quetomen en cuenta los principios y valores sociocomunitarios.

    b) Las prccas de unidad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidari-

    dad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armona, transparencia,

    equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de gnero en la

    parcipacin, bienestar comn, responsabilidad, juscia social, distribu-

    cin y redistribucin de los productos y bienes sociales.

    c) Desarrollo y fortalecimiento de su idendad personal, familiar y de rela-

    ciones interculturales.

    d) La puntualidad y cumplimiento de sus deberes escolares.

    2. SABER:

    En esta dimensin se valora:

    a) La capacidad de comprensin de saberes y conocimientos propios y di-

    versosde manera crca, reexiva y proposiva.

    b) Manejo de los conocimientos cientficos, tcnico tecnolgicos y ar-

    tsticos propios y de otros contextos desarrollados en los procesos

    educativos.

    c) La comprensin y descripcin de la realidad a parr de su experiencia.

    d) La capacidad de idencacin de sus logros y dicultades de aprendizajes.

  • 7/27/2019 Reglamento de Evaluacion Ley070

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    3. HACER:

    En esta dimensin se valora:

    a) El desarrollo de habilidades y destrezas en la aplicacin de saberes y cono-

    cimientos cienco tcnico tecnolgicos para comprender su realidad.b) El manejo adecuado de herramientas simples de tcnicas y tecnolgicas

    propios y de otros contextos.

    c) Producciones de textos orales y escritos sencillos a parr de su realidad,

    sobre manifestaciones sociales, comunitarias, econmicas en el marco de

    la cosmovisin y la diversidad cultural.

    d) La prcca de principios y valores de la familia en la escuela y la comunidad.

    e) La exposicin de ideas a parr de los resultados de la invesgacin sobre

    diferentes fenmenos de su realidad.

    f) La prcca de las formas de prevencin, cuidado y conservacin del agua

    y la contaminacin de Madre Tierra.

    g) La capacidad de observacin, la exploracin, la curiosidad, la indagacin,

    la experimentacin, el descubrimiento y la creavidad relacionadas a las

    acvidades codianas en la familia, la comunidad, zona o barrio y escuela.

    4. DECIDIR:

    En esta dimensin se valora:

    a) La capacidad de tomar decisiones a parr de la lectura de la realidad conpernencia en empo y espacio.

    b) La capacidad de organizacin para sus acvidades codianas.

    c) Las decisiones asumidas en situaciones conicvas y problemcas.

    d) La posicin reexiva sobre hechos sociales, histricos y la realidad de su entorno.

    e) La disposicin a ejecutar diversas acvidades con iniciava propia, aut-

    noma y comunitaria en armona y reciprocidad.

    CAPTULOIIIEDUCACINSECUNDARIACOMUNITARIAPRODUCTIVA

    Arculo 35. (Evaluacin promocional).La valoracin cuantava equivalente a 51 puntos en

    la escala de 1 a 100 como resultado del desarrollo de las dimensiones posibilita

    a la y el estudiante la promocin al ao de escolaridad inmediato superior.

    La valoracin cuantava anual es la suma de las calicaciones obtenidas en

    los cuatro bimestres.

    Las y los estudiantes que obtengan promedios anuales menores a 51 en una

    o ms reas de saberes y conocimientos pierden el ao de escolaridad.

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    PROFOCOM

    Arculo 36. (Valoracin cuantava y cualitava).La valoracin cuantava y cualita-

    va de las y los estudiantes se registra en instrumentos de seguimiento y

    comunicacin de la maestra o el maestro para conocimiento de las madres

    y padres de familia, la Comisin Tcnico Pedaggica y la Unidad Educava.

    Arculo 37. (Valoracin sasfactoria). Las y los estudiantes que obtengan una valoracinsasfactoria como consecuencia de la sumatoria de los resultados del desa-

    rrollo de las dimensiones y/o saberes y conocimientos sern promovidos al

    ao de escolaridad inmediato superior con base en la siguiente escala:

    Valoracin

    cuantava

    DimensionesPromedio

    Ser Saber Hacer Decidir

    20 30 30 20

    51 100 promovido

    1 50 retenido

    Arculo 38. (La valoracin cualitava). Es la valoracin de los resultados obtenidos en los

    procesos educavos en cada uno de los campos de saberes y conocimientos

    en relacin al desarrollo de las dimensiones de la o el estudiante de acuerdo

    a las siguientes orientaciones generales:

    1. SER:

    En esta dimensin se valora:

    a) La expresin de actudes, senmientos, emociones y pensamientos que

    tomen en cuenta los principios y valores sociocomunitarios.

    b) Las prccas de unidad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidari-

    dad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armona, transparencia,

    equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de gnero en la

    parcipacin, bienestar comn, responsabilidad, juscia social, distribuciny redistribucin de los productos y bienes sociales.

    c) Desarrollo y fortalecimiento de su idendad personal, familiar y de rela-

    ciones interculturales.

    2. SABER:

    En esta dimensin se valora:

    a) La capacidad de conocimiento de saberes y conocimientos propios y di-

    versos de manera crca, reexiva y proposiva.

    b) Conocimiento de las tradiciones, creencias, valores co-morales y comu-

    nitarios

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    c) Manejo de los conocimientos ciencos, tcnico tecnolgicos y arscos

    propios y diversos desarrollados en los procesos educavos con un alto

    nivel de profundidad y amplitud.

    d) La comprensin y expresin de la realidad desde diversas lgicas de pen-

    samiento.

    e) La capacidad de anlisis de la realidad local, regional e internacional desdeuna postura crca.

    f) Las manifestaciones de ideas, conjeturas, hiptesis, proposiciones en re-

    lacin a los diferentes aspectos de la realidad en procesos parcipavos

    y discusiones.

    g) Comprensin e interpretacin de la realidad polca, econmica y social

    y planteamiento de proposiciones para la transformacin de las mismas.

    h) La capacidad de idencacin de sus progresos, logros, dicultades y

    sistemazacin de los procesos de aprendizajes.

    3. HACER:

    En esta dimensin se valora:

    a) El desarrollo de habilidades y destrezas en la aplicacin de saberes y co-

    nocimientos cienco tcnico tecnolgicos propios y de otros contextos

    en la prevencin y resolucin de problemas de la realidad.

    b) La produccin de textos a parr de la teorizacin de los contenidos relacio-

    nados a los diferentes aspectos la realidad local, regional e internacional.

    c) La elaboracin y aplicacin de instrumentos para el recojo de informacin

    de fuentes primarias y secundarias.

    d) La recopilacin de historias de vida como fuente y estrategia de aprendizaje

    sobre la realidad.

    e) La parcipacin acva y colaborava en los procesos de discusin de los

    temas que se abordan en la clase.

    f) Anlisis de las teoras, principios y leyes que rigen el comportamiento de

    la materia y energa en la salud de la madre erra.

    g) Prccas de salud integral aplicando saberes y conocimientos propios y

    de la diversidad cultural.h) La aplicacin de las ciencias exactas en el desarrollo de los proyectos so-

    cioproducvos.

    i) La prcca de la lengua originaria, el castellano y una extranjera como

    medio de comunicacin e interaccin con los dems en diferentes situa-

    ciones y contextos.

    j) La produccin e innovacin tcnica, tecnolgica y arsca con base en la

    invesgacin crca de hechos y fenmenos sociales y naturales a parr

    de las experiencias y codianidad de las y los estudiantes.

    k) Produccin de conocimientos en base a sus experiencias en la escuela,

    familia y el contexto local.

    l) El desarrollo de su curiosidad, la experimentacin, la capacidad de obser-

    vacin, la indagacin, la exploracin, el descubrimiento y la creavidad

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    PROFOCOM

    relacionadas a las acvidades codianas en la familia, la comunidad, zona,

    barrio y escuela.

    4. DECIDIR:

    En esta dimensin se valora:

    a) La capacidad de tomar decisiones a parr de la lectura de la realidad y con

    pernencia en empo y espacio.

    b) La capacidad de organizacin estableciendo consensos, el compromiso social y

    las prccas de cambio y transformacin bajo el enfoque descolonizador.

    c) La responsabilidad en las acciones propias, con los grupos comunitarios,

    la unidad educava, la familia y la zona, barrio o comunidad.

    d) Las decisiones con sendo comunitario frente a situaciones conicvas y

    problemcas en relacin con la realidad y la vida.

    e) La posicin crca sobre hechos sociales, histricos y la realidad de su entorno.

    f) La disposicin a ejecutar diversas acvidades con iniciava propia, aut-

    noma y comunitaria en armona y reciprocidad.

    g) El asumir las decisiones para transformar la realidad a parr de lectura de

    la situacin polca, econmica y social.

    En Educacin Secundaria Comunitaria Producva las y los estudiantes que

    obtengan promedios anuales menores a 51 en una o ms reas de saberes

    y conocimientos pierden el ao de escolaridad.

    Arculo 39. (Porcentaje de retenidos). El porcentaje de retenidos en un ao de esco-

    laridad por rea, no debe superar lo establecido en el Arculo 33, numeral

    III; Reglamento del Escalafn Decreto Supremo N 04688; caso contrario se

    aplicar el Reglamento de Faltas y Sanciones.

    CAPITULOIV

    EVALUACINPERMANENTEYCONTINUA

    Arculo 40. (Evaluacin permanente y connua).Con el propsito de fortalecer los procesos

    de enseanza y aprendizaje las y los estudiantes deben recibir apoyo y acompa-

    amiento permanente y connuo de maestras y maestros, madres y padres de

    familia, la Comisin Tcnico Pedaggica y la direccin de la Unidad Educava para

    lograr el desarrollo de las dimensiones (Ser, Saber, Hacer, Decidir) en relacin a

    los objevos holscos propuestos en el ao de escolaridad respecvo.

    La transicin de un ao de escolaridad a otro superior es consecuencia de

    la valoracin cualitava y cuantava de los resultados obtenidos por la y el

    estudiante, para ello la directora o el director conjuntamente las maestras y

    maestros, la Comisin Tcnico Pedaggica y con el apoyo de madres y padres

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    de familia son corresponsables de realizar las acciones necesarias y oportunas

    para este comedo.

    Las evaluaciones escritas, orales y producvas deben ser acvidades recu-

    rrentes en la prcca pedaggica de la maestra y maestro, registrando el

    resultado de los mismos en los cuadernos pedaggicos. Estas acciones de-ben ser controladas y vericadas por la directora o el director de la Unidad

    Educava evitando la improvisacin.

    En los casos necesarios la maestra, maestro, directora o el director comuni-

    car a la Comisin Tcnico Pedaggica de las dicultades detectadas en el

    proceso evaluavo.

    La Comisin Tcnico Pedaggica, previo anlisis de las dicultades detectadas,

    har conocer sus criterios y recomendaciones tcnico pedaggicas para que

    la maestra o el maestro y estudiantes asuman las mismas y ser informado a

    la madre o padre de familia para su acompaamiento.

    Arculo 41. (Apoyo y acompaamiento). Las y los estudiantes que presenten diculta-

    des en sus aprendizajes y el desarrollo de sus dimensiones recibirn apoyo

    y acompaamiento permanente y connuo para superar las dicultades,

    siendo la o el estudiante, maestras, maestros, directora o director, la Comisin

    Tcnico Pedaggica, las madres y padres de familia responsables de realizar

    las acciones necesarias y pernentes.

    Con el objevo de superar las dicultades de enseanza y aprendizajes las maes-

    tras y maestros desarrollan acciones de reforzamiento, evaluaciones complemen-

    tarias, retroalimentacin, adecuaciones curriculares y otras acciones pernentes

    para alcanzar los objevos holscos propuestos en la planicacin de clase.

    Arculo 42. (Entrega de informes).La entrega de los informes a las y los estudiantes y

    madres y padres de familia sern mensuales (de forma oral y de acuerdo a

    requerimiento de interesados), bimestrales y anuales de la siguiente manera:

    a. Las maestras y los maestros deben hacer entrega de informes documenta-

    dos a la Direccin de la Unidad Educava y comunicar a madres y padres

    de familia y estudiantes.

    b. Los informes que sean presentados a la Direccin por las maestras y los

    maestros con las valoraciones respecvas, no deben ser alterados de

    acuerdo al Arculo 11, Inciso l) del Reglamento de Faltas y Sanciones del

    magisterio y personal docente y administravo, aprobado mediante Re-

    solucin Suprema N 212414 de fecha 21 de abril de 1993.

    c. La informacin presentada a la Direccin goza del derecho a la privacidad a

    favor de las y los estudiantes. Sin embargo, a pecin de maestras, maes-

    tros, direcvos de madres y padres de familia y el estudiante interesado

    se encuentra a disposicin de los mismos.

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    PROFOCOM

    Artculo 43. (Seguimiento y supervisin). I.La directora o el director debe realizar control

    y seguimiento a la elaboracin y aplicacin de instrumentos de evaluacin.

    II.Los instrumentos de evaluacin oral y escrita, deben ser previamente pla-

    nicadas y elaboradas de acuerdo a criterios tcnico pedaggicos autorizadas

    y controladas por la directora o el director de Unidad Educava.

    III.La informacin de estudiantes en los registros, cuaderno pedaggico y

    otros deben ser reales y coherentes, tomando en cuenta promovidos, aban-

    donos, rerados y retenidos.

    IV.Se prohbe todo po de discriminacin al hacer gurar como estudiante

    abanderado o en otro po de representaciones como consecuencia de in-

    uencias o favorismos.

    V. Se prohbe todo po de discriminacin en los procesos de evaluacin,

    siendo la imparcialidad, transparencia aspectos que deben guiar la actuacin

    de todas y todos los actores de la educacin.

    CAPTULOV

    APOYOYSEGUIMIENTO

    Arculo 44. (Dicultades en los aprendizajes).De presentarse dicultades en el logrode los objevos de los procesos de aprendizajes por las y los estudiantes,

    las maestras y maestros del ao de escolaridad y rea de saberes y conoci-

    miento respecvo y de manera consensuada entre ellos, intervendrn de

    forma oportuna para realizar adaptaciones curriculares y otras acciones

    con apoyo de la Comisin Tcnico Pedaggica y conocimiento de las ma-

    dres y padres de familia para solucionar las mismas y fortalecer el proceso

    educavo.

    Arculo 45. (Adaptaciones curriculares).Son planicaciones curriculares que realizan lamaestra y maestro para superar las dicultades de aprendizaje de las y los

    estudiantes y lograr los objevos holscos y el desarrollo adecuado de las

    dimensiones, ajustando contenidos, metodologas, materiales, instrumentos

    y tcnicas de evaluacin tomando en cuenta sus parcularidades.

    Arculo 46. (Apoyo permanente).Siendo la evaluacin un proceso connuo y exible, el

    apoyo complementario que brinde la maestra y el maestro es permanente,

    siendo ste a travs de adaptaciones curriculares u otras formas deben ser

    pernentes y oportunos, sin ningn po de discriminacin o inters individual

    o de grupo de parte de la maestra, maestro, directora o director, de acuerdo

    a las necesidades de las y los estudiantes. Adems del acompaamiento

    permanente de la madre y padre de familia.

  • 7/27/2019 Reglamento de Evaluacion Ley070

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    El apoyo tcnico pedaggico a las y los estudiantes con dicultades en los

    procesos de aprendizaje debe ser realizado de forma permanente, pernente

    y oportuna, con refuerzos didccos coherentes con los contenidos desarro-

    llados en los procesos educavos para las evaluaciones.

    Arculo 47. (Apoyo complementario).Si la evaluacin permanente y connua determinabajos resultados en los procesos educavos en uno o ms estudiantes de un

    ao de escolaridad se deber disear e implementar de inmediato procesos

    de apoyo complementario educavo que consisrn en:

    a) Clases de reforzamiento por pares o en grupo realizado por la misma

    maestra o maestro de ao de escolaridad o rea.

    b) Tutoras desarrolladas en la clase con la misma maestra o maestro de ao

    de escolaridad o rea, u otra maestra o maestro de la misma rea o ao

    de escolaridad.

    c) La maestra y el maestro har seguimiento y revisar los trabajos que la o

    el estudiante realice durante los procesos de apoyo y reforzamiento.

    d) El apoyo y formacin complementaria debe ser diseado de acuerdo a las

    necesidades de las y los estudiantes y segn la normava especca.

    e) El bajo rendimiento en los procesos educavos en uno o ms estudiantes de

    un ao de escolaridad se atender con la aplicacin de procesos de apoyo

    complementario educavo de acuerdo a un cronograma para que la madre y

    el padre de familia o apoderado tome en cuenta en su hogar o familia.

    CAPTULOVI

    COMISINTCNICOPEDAGGICA

    Arculo 48. (Comisin Tcnico Pedaggica).La Comisin Tcnico Pedaggica es la instancia

    de la Unidad Educava de apoyo tcnico pedaggica a la gesn curricular

    para atender de manera tcnico pedaggica oportuna y adecuada en casos

    de estudiantes con dicultades de aprendizaje y talentos extraordinarios.

    Idencados los logros y dicultades de las y los estudiantes, la Comisin

    Tcnico Pedaggica propondr el apoyo pedaggico con sesiones de apoyo

    pedaggico con sesiones de reforzamiento, adaptaciones curriculares y/o se-

    gunda instancia de evaluacin terico-prcca; valoravo producvo, debiendo

    realizarse todas estas acciones antes de la conclusin de los bimestres.

    Las decisiones y recomendaciones de la Comisin Tcnico Pedaggica se

    toman por consenso, debiendo las mismas ser asumidas por las maestras y

    maestros correspondientes.

    Arculo 49. (Composicin de la Comisin Tcnico Pedaggica).En Educacin Inicial en

    Familia Comunitaria escolarizada est conformada por la directora o director

  • 7/27/2019 Reglamento de Evaluacion Ley070

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    PROFOCOM

    de la Unidad Educava y un representante de las maestras y maestros por

    ao de escolaridad.

    En Educacin Primaria Comunitaria Vocacional est conformada por la direc-

    tora o director de la Unidad Educava, una o un representante de las maestras

    y maestros por ao de escolaridad.

    En Educacin Secundaria Comunitaria Producva est conformada por maes-

    tras y maestros representantes de cada campo de saberes y conocimientos

    y una o un representante del gobierno estudianl.

    Arculo 50. (Organizacin de la Comisin Tcnico Pedaggica).La comisin tcnico

    pedaggica est organizada por: una o un presidente y un o una secretara,

    elegidos entre las maestras y maestros componentes de la Comisin.

    En unidades educavas asociadas que cuenten con uno hasta cuatro maestras

    o maestros, los mismos sern responsables de la Comisin Tcnico Pedaggica

    junto a una o un representante del gobierno estudianl.

    Arculo 51. (Funciones de la Comisin Tcnico Pedaggica).La Comisin Tcnico Peda-

    ggica ene las siguientes funciones:

    a) Conocer temas pernentes para el desarrollo de los procesos educavos

    y la formacin integral y holsca de las y los estudiantes en el marco del

    modelo educavo sociocomunitario producvo.b) Deliberar sobre las formas de intervencin en la deteccin de debilidades

    y limitaciones de las y los estudiantes en los procesos educavos para la

    toma de acciones oportunas en benecio de las y los mismos.

    c) En coordinacin con la directora o director programar y realizar sesiones

    con maestras y maestros, donde se traten temas orientados al mejora-

    miento del desarrollo curricular.

    d) Apoyar a maestras y maestros en la gesn curricular.

    e) Realizar reuniones bimestrales de forma obligatoria a convocatoria de la

    Direccin. En casos de necesidades fundamentadas se reunir de maneraextraordinaria en cualquier momento.

    f) A propuesta fundamentada de las y los interesados (maestras y maestros

    de ao de escolaridad o rea de saberes y conocimientos) analizar los casos

    e informar a la directora o el director acerca de la necesidad de brindar

    una atencin pernente a las y los estudiantes para alcanzar el logro de

    los objevos holscos.

    g) Para el funcionamiento de la Comisin Tcnico Pedaggica, las maestras

    y los maestros del ao de escolaridad o rea de saberes y conocimientos,

    debern proveer toda la informacin necesaria para su anlisis y tomar

    criterio.

    h) Las sesiones de la Comisin Tcnico Pedaggica llevarn actas de cada una

    de las sesiones.

  • 7/27/2019 Reglamento de Evaluacion Ley070

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    i) La Comisin Tcnico Pedaggica presentar informes a la directora o el di-

    rector con sugerencias de soluciones que benecien a las y los estudiantes

    con dicultades, limitaciones y de ponderacin para las y los de talento

    extraordinario y con desventaja social.

    TTULOIII

    CAPTULOI

    INSTRUMENTOSDEEVALUACIN, SEGUIMIENTOYCOMUNICACIN

    Arculo 52. (Uso de instrumentos de evaluacin).Para la valoracin del logro de los ob-

    jevos holscos deben ulizarse instrumentos de seguimiento que permitan

    contar con informacin pernente y oportuna plasmados en el Cuaderno

    Pedaggico, el mismo que contemplar la valoracin cualitava y cuanta-

    va de las y los estudiantes en relacin al desarrollo de las dimensiones (Ser,

    Saber, Hacer y Decidir).

    Arculo 53. (La libreta escolar).La libreta escolar es el instrumento de comunicacin

    ocial y de acreditacin de los resultados logrados por las y los estudiantes.

    En el nivel de Educacin Inicial en Familia Comunitaria, es un instrumento

    de acreditacin que expresa la valoracin cualitava de los resultados alcan-

    zados.

    En los niveles de Educacin Primaria Comunitaria Vocacional y Educacin

    Secundaria Comunitaria Producva expresa la valoracin cualitava y cuan-

    tava constuyndose en un documento de acreditacin promocional.

    Arculo 54. (Comunicacin oportuna).Los resultados del desarrollo curricular y aprove-

    chamiento deben comunicarse oportuna y de forma permanente a las y los

    estudiantes, madres y padres de familia y/o tutores.

    A pecin de las y los estudiantes, las maestras y maestros enen la obliga-

    cin de brindar la informacin solicitada de forma oportuna, respecto de los

    resultados de la evaluacin cualitava y cuantava.

    Arculo 55. (Instrumentos de seguimiento). La valoracin del desarrollo de las y los es-

    tudiantes se registrar en instrumentos de seguimiento y comunicacin de

    forma obligatoria por la maestra o el maestro.

    Los cuadernos pedaggicos son instrumentos de uso obligatorio para la

    maestra y maestro donde se registra el avance de contenidos, la programa-

    cin de evaluaciones, variables evaluavas y funcionalidad de resultados

    y productos.

  • 7/27/2019 Reglamento de Evaluacion Ley070

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    PROFOCOM

    Todos los instrumentos de registro de resultados de evaluaciones deben

    tener relacin a la valoracin de las cuatro dimensiones del desarrollo de la

    o el estudiante.

    Arculo 56. (Bolenes de promocin).Los bolenes de promocin anual enen como ob-

    jevo dar una informacin nal; stos deben ser remidos en medio impresoy digital hasta la Direccin Distrital y Direccin Departamental de Educacin

    respecva, previa vericacin de su consolidacin en el Sistema de Informa-

    cin Educava. Esta informacin posteriormente servir para vericar los

    aos de escolaridad y extender la cercacin de los mismos a estudiantes

    que as lo requieran.

    CAPTULOII

    DISPOSICIONES

    COMPLEMENTARIAS

    Arculo 57. (Homologaciones).La incorporacin de estudiantes nacionales y extranjeros

    provenientes de otros pases se regir a los acuerdos y convenios de homo-

    logaciones rmados con los Estados respecvos.

    Arculo 58. (Valoracin nica).La valoracin o calicacin a las evaluaciones relacionadas a

    trabajos prccos, repasos, exmenes tericos y/u orales, resultados o produc-

    tos, materiales o inmateriales deben tener una sola ponderacin cuantava.

    No deben exisr diferencias considerables en la valoracin de un mismo po

    de trabajo realizado por las y los estudiantes evitando la discriminacin.

    Arculo 59. (Cobro de recursos econmicos).Queda terminantemente prohibido el co-

    bro de recursos econmicos para la asignacin valorava de puntaje a la o el

    estudiante para realizar ferias, informes, llenado de libretas, para remplazar

    un trabajo prcco, repaso u otra situacin.

    Sern de aplicacin irrestricta del reglamento de faltas y sanciones

    Arculo 60. (Valoracin dirigida).Bajo ninguna circunstancia se puede asignar puntajealguno en sus calicaciones a las y los estudiantes como forma de colabo-

    racin en las reas de saberes y conocimientos, resultado del apoyo a un

    estudiante con bajas calicaciones, esta situacin debe ser tratada por la

    Comisin Tcnico Pedaggica, quienes sugerirn las acciones que se deben

    asumir para solucionar la dicultad de la y el estudiante, conforme al regla-

    mento de faltas y sanciones.

    Arculo 61. (Valoracin de trabajos diversos).Los trabajos prccos, informes, resmenes

    u otros deben ser realizados por las y los estudiantes en la unidad educava

    y en presencia de la maestra o el maestro ya que enen la nalidad de desa-

    rrollar capacidades y cualidades contempladas en la dimensin del saber y

    hacer para su formacin integral. Estn prohibidos hacer entrega de trabajos

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    Reglamento de Evaluacin del Desarrollo Curricular

    plagiados, adquiridos del mercado, elaborados fuera de la Unidad Educava

    o realizada por madres o padres de familia.

    La valoracin cualitava y cuantava a los trabajos prccos debe estar en

    relacin a la ulidad y funcionalidad de los mismos, ms all de lo estco

    o suntuosidad solamente.

    Los trabajos prccos que se proyectan y desarrollan en las diferentes reas

    de saberes y conocimiento humanscos o tcnicos, deben ser trabajados

    por la o el estudiante con apoyo y orientacin de las maestras y los maestros

    en las horas respecvas del horario escolarlo que signica no hacerlo en la

    casa o en otros lugares. Adems, deben ser supervisadas, acompaados y

    apoyados en su elaboracin, construccin y produccin por las maestras y

    los maestros durante todo el proceso de su elaboracin. La valoracin de los

    trabajos prccos, por tanto, ser de los procesos desarrollados en la elabo-

    racin y construccin de los mismos.

    Arculo 62. (Resultados y productos).El desarrollo de todos los procesos educavos ene

    la nalidad de llegar a un resultado o producto (material y/o inmaterial) a

    travs de la integracin de la prcca y teora, emergente del desarrollo de

    los procesos educavos en las diferentes reas de saberes y conocimientos,

    debiendo stos ser coherentes en las evaluaciones con los objevos holscos

    propuestos.

    Arculo 63. (Medidas prevenvas).Las acusaciones, coacciones u otro po actudes yacciones en contra de las maestras y los maestros por movos de reproba-

    cin o perdida de ao por las y los estudiantes y madres y padres de familia

    deben ser sancionados de acuerdo a normas en vigencia. Para evitar estos

    hechos, estudiantes, madres y padres de familia deben cumplir y asumir res-

    ponsabilidades de sus actos, debiendo los mismos ser evaluados y atendidos

    de forma oportuna durante los bimestres y no a la nalizacin de la gesn

    escolar.

    No se permite, ni admite la manipulacin de madres y padres de familia, tu-tores u otros actores, para obligar a las maestras y los maestros asignar una

    valoracin cualitava o cuantava que no corresponde.

    Arculo 64. (Micropolcas del sistema de evaluacin).En cada Unidad Educava se

    generarn micropolcas de evaluacin acorde con el modelo educavo so-

    ciocomunitario producvo, cuya responsabilidad es de la Comisin Tcnico

    Pedaggica y toda la comunidad educava.

    Arculo 65. (Parcipacin de madres y padres de familia).La parcipacin de las madres

    y padres de familia en cuanto a sus responsabilidades en los procesos de eva-

    luacin del desarrollo curricular estar sujeta al reglamento de parcipacin

    social comunitaria.

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