REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2020 Escuela San … · 2020-03-30 · educación integral de sus...
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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
ESCOLAR 2020
Escuela San Diego G-187
Marzo 2020
Visión.
La Visión de la Escuela Básica de San Diego es entregar una educación
centrada en la persona que brinde a todos nuestros estudiantes un ambiente
de respeto por su integridad física y psíquica, en la cual puedan desarrollar
competencias, habilidades y destrezas, tanto a nivel cognitivo, afectivo y
psicomotor que les permita actuar con conciencia, voluntad y responsabilidad
para así poder enfrentar el futuro seguros de si mismos como personas
tolerantes, solidarias, honradas, afectivas y positivas para poder seguir con
estudios medios en los colegios de continuación.
El mundo del futuro requiere de personas competentes en todos los ámbitos,
con una alta capacidad de adaptación, espíritu de superación, integración,
búsqueda de justicia, equidad, respeto; que valoren el amor y trascendencia de
la familia y la naturaleza. Para ello se hace indispensable contar con
educadores generadores de cambios y con escuelas comprometidas.
Misión
La escuela de San Diego tiene el deber y compromiso de educar y colaborar en
la formación de niños y niñas.
- Una educación de calidad comprometida seriamente con el aprendizaje real
de todos y cada uno de sus estudiantes; atendiendo al desarrollo integral de la
persona en el ámbito intelectual, social, afectivo y moral. Formando ciudadanos
conscientes de sus deberes y conocedores de sus derechos.
- Una educación que fomente el desarrollo de los niveles de competencia
basado en los principios de libertad, respeto, responsabilidad y crecimiento
personal.
- Una escuela abierta a la comunidad, generadora de cambios, capaz de
interrelacionarse con su entorno.
CAPITULO I: INTRODUCCIÓN, OBJETIVOS Y CONCEPTUALIZACIÓN.
Introducción
La Escuela San Diego, tiene como objetivo primordial de todo su quehacer,
formar ciudadanos integrales, mediante la internalización de pilares
fundamentales en su desarrollo como son los conocimientos y valores, como:
El respeto, ética, responsabilidad, equidad, búsqueda de justicia, solidaridad,
compromiso por el medio ambiente y la familia.
A través de este Sistema preventivo, se buscara lograr una comunidad
educativa que tenga como bien común una buena convivencia en todo su
segmentos, para eso se llevaran a cabo estrategia o procedimientos que
aseguren el equilibrio o la armonía de las relaciones interpersonales que se
dan dentro del contexto escolar.
Las normas que se expresan a continuación, sostienen la tradición disciplinaria
de nuestro Establecimiento y orientan el camino de acompañamiento de
nuestros alumnos.
Objetivos
A.- Establecer protocolos de actuación que permitan promover y desarrollar en
todos los integrantes de la comunidad educativa, una buena convivencia
escolar, y la búsqueda permanente de un ambiente educativo armónico, en el
que favorezca el desarrollo físico y psicológico optimo de los niños, así
entregarle las herramientas necesarias que ayuden a fortalecer su capacidades
o habilidades.
B.- Ordenar la estructuras, funciones e interrelaciones de los distintos
estamentos de la Unidad Educativa.
C.- Comité de Convivencia Interno: conformar un comité de Buena
Convivencia Escolar, que esté integrado por:
Coordinadora (o) de Convivencia Escolar
Un(a) profesor(a) de educación básica
Un(a) alumno(a) de Enseñanza Básica
Un apoderado
Podrá proponer estrategias o actividades que ayuden a lograr un ambiente
educativo equilibrado y sereno, diseñar planes de prevención de violencia
escolar; informar al Consejo Escolar sobre el clima de convivencia escolar;
colaborar en la mediación de conflictos; aplicar sanciones en coherencia con lo
establecido en las Normas de Convivencia Escolar del Colegio.
D.- Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la
Unidad Educativa, promoviendo el Desarrollo Personal y Social.
E.- Propiciar y regular los derechos y deberes entre el establecimiento y la
comunidad circundante.
D.- Favorecer la identificación y sentido de pertenencia de los(as) alumnos(as)
con la Escuela San Diego y sus valores.
CONCEPTUALIZACIÓN
Acoso Escolar
Todo acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado (o
bullying), realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por
estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro
estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de
indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato,
humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya
sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su
edad y condición.
Agresión
Corresponde a un comportamiento defensivo natural, es una forma de enfrentar
situaciones de riesgo, es esperable en toda persona que se ve enfrentada a
una amenaza que eventualmente podría afectar sus integridad.
Violencia
El uso ilegitimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica o el daño al
otro como una consecuencia.
Ciberbullyng
Es la intimidación psicológica u hostigamiento que se produce entre pares,
frecuentemente dentro del ámbito escolar, pero no exclusivamente, sostenida
en el tiempo y cometida con cierta regularidad, utilizando como medio las
tecnologías de la información y la comunicación
Grooming
Se entiende como el conjunto de acciones que lleva a cabo un adulto a través
de las tic para ganarse la confianza de un menor, con el fin de obtener un
posterior beneficio de índole sexual.
.
Comunidad escolar
Una agrupación de personas que, inspiradas en un propósito en común,
integran una institución educativa.
Convivencia escolar
La coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que
supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos educativos en un clima de que propicia el
desarrollo integral de los estudiantes (LVE Art.16° Letra A)
Delito
Es delito toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal. Para
que ésta se considere tal, debe contener una norma y una sanción.
Deber
Estar obligado a algo según las leyes o según las normas de convivencia.
Derecho
Todo sistema normativo que regula la conducta humana dentro de la sociedad
y tiene como base los principios de la justicia y el de igualdad.
Lesión
Delito basado en la provocación de un daño físico o psíquico a otro sujeto que
le provoca una herida, daño, perjuicio o detrimento.
Norma
Es un regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o
actividades.
Protocolo
Es un documento o una normativa que establece como se debe actuar ciertos
procedimientos, donde se recopilan conductas, acciones y técnicas que
consideran adecuadas antes ciertas situaciones.
CAPITULO II: NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
TITULO I:
DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS
Artículo 1°: Derechos de los alumnos(as)
Se reconoce a los niños y niñas como sujeto de derechos, con deberes y
obligaciones, con libertad de expresión para manifestar con respeto las ideas
,opiniones y sentimientos.
Los estudiantes tienen derecho a:
1. Una educación que favorezca y fortalezca su crecimiento personal,
académico y vocacional.
2. Plantear sus problemas e inquietudes con confianza y respeto siguiendo
el conducto regular establecido.
3. Sugerir la realización o desarrollo de actividades que consideren
ventajosas para su formación, canalizando las propuestas a través de
los departamentos o equipos pertinentes.
4. Entrevistarse, dos veces al año, como mínimo, con su profesor/a Jefe
para evaluar su avance académico y crecimiento personal.
5. Conocer en el Consejos de Curso del mes de marzo (a más tardar en
abril) los reglamentos de: Evaluación, Biblioteca, Normas de
Convivencia y PEI de la escuela.
6. Utilizar adecuadamente las dependencias del colegio, la sala, el
mobiliario, los materiales didácticos para los fines a los cuales están
destinados y en los horarios establecidos.
7. Elegir sus representantes en votación directa y democrática.
8. Acogerse al seguro escolar, según el Art. 3 de la ley Nº 16.744
TÍTULO II:
DE LOS PADRES Y APODERADOS
Artículo 2°: Designación de apoderado(a)
Todo(a) alumno(a) debe tener un Apoderado que lo(a) represente, pudiendo
desempeñar tal cargo su Padre o Madre, o un tercero que haya sido designado
legalmente para desempeñar tal cargo, siempre que sea mayor de 21 años de
edad.
Los padres se reconocen como los primeros y principales educadores. Es su
deber asegurar un ambiente de familia basado en el amor, que favorezca la
educación integral de sus hijas ( os), asumiendo el PEI del Colegio. El colegio
colabora en esa misión educativa de la familia.
Se solicitará también el nombre de un apoderado suplente, mayor de 21 años,
para representar al alumno(a) en el caso de que sus padres o Tutor Legal no
puedan hacerlo. El apoderado suplente podrá ejercer dicha tarea siendo
previamente comunicado a él o la Profesor(a) Jefe por el apoderado oficial y
sólo para los casos que se requiera como emergencia.
Artículo 3°: Deberes de los Padres y Apoderados
Son deberes de los Padres y Apoderados de los alumnos del Colegio:
a) Asistir a las jornadas formativas a los que sean citados, de acuerdo al
compromiso asumido al ingresar al Establecimiento
.
b) Concurrir al Colegio periódicamente para informarse del rendimiento y
comportamiento de su pupila o pupilo o cuando sea citado
expresamente.
c) Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de curso.
d) Respetar y regirse por el horario de atención para apoderados y los
lugares escolares de trabajo de su pupilo, no pudiendo ingresar a ellos
sin la debida autorización.
e) Concurrir personalmente al Colegio cuando necesite retirar a su
pupilo(a) antes del horario habitual de salida.
f) Justificar personal y oportunamente las ausencias a clase de su
pupilo(a).
g) Promover y motivar en el hogar medidas para que su pupila (o) asista
normalmente a clases, llegue en forma oportuna, se presente con el
uniforme escolar completo y los materiales necesarios
h) Justificar personal y oportunamente, en un plazo máximo de 48 horas, la
inasistencia y la ausencia de su pupila (o) a evaluación, clases y/o
actividades programadas por el establecimiento.
i) Fomentar hábitos de estudio y responsabilidad en su pupilo (a) .
j) Velar por la puntualidad de su pupilo (a), cumplimiento de tareas y
evaluaciones.
k) Revisar periódicamente la Agenda Escolar, manteniendo un diálogo
fluido con su pupilo (a).
l) Conocer, respetar y apoyar los objetivos que el colegio se propone, de
acuerdo al Proyecto Educativo Institucional.
m) Responder por los deterioros causados en las instalaciones y
propiedades de la Escuela por el estudiante.
n) Respetar los valores que promueve el Colegio.
o) Proveer oportunamente a su pupila (o) de los medios y materiales
solicitados por el colegio.
p) Preocuparse que su pupila (o) se presente con el uniforme completo,
limpio y ordenado; así mismo con los materiales necesarios para su
trabajo escolar.
q) Conocer, respetar y apoyar la tarea educativa en forma conjunta con el
Establecimiento.
Artículo 4°: Cambio de apoderado
La Dirección Pedagógica del Establecimiento podrá exigir cambio de
apoderado cuando éste no cumpla su rol en forma aceptable. Se tendrá
derecho a exigir su cambio, al concurrir alguna de las siguientes causales:
a) Incumplimiento reiterado de alguna de las normas del artículo 3° de este
reglamento.
b) Inasistencia a tres reuniones y/o citaciones personales.
c) Cuestionar, sin fundamento, la labor del profesor.
d) Mostrar una actitud o predisposición negativa continua frente al proceso
educativo de la Escuela.
e) Faltar el respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, dentro o
fuera del Colegio.
f) Faltar a la lealtad y sentido de pertenencia al Colegio.
.
g) Ausencia de apoyo a su pupila (o) en cuanto a sus estudios y/o formación.
TÍTULO III:
DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
Artículo 5°: Pertenencia y características de la presentación personal
El alumno (a) deberá demostrar en todo acontecimiento y lugar una conducta
personal coherente a su rol de estudiante, esto en su presentación como en su
comportamiento, ateniéndose en tales materias a las normas impartidas por el
Ministerio de Educación y a las propias del Establecimiento. El Colegio
considerará que la correcta presentación personal refleja cultura y educación
de la persona. El hecho de no usar uniforme, involucra una falta de respeto y
de responsabilidad. El cumplimiento de la adecuada presentación personal del
alumno (a) requiere un compromiso activo de los padres y apoderados, en
conformidad a las normas establecidas por el establecimiento.
Artículo 6°: Todas las prendas de vestir deberán estar debidamente marcadas
con el nombre y curso del alumno.
.
Artículo 7°: La presentación personal, es peinado sencillo -sin tintura-,
ausencia de maquillaje facial, de esmalte de uñas y cualquier tipo de joyas y/o
adornos (pearcing-tatuajes, collares). Dentro del establecimiento los alumnos
no podrán manifestar expresiones de moda juvenil masiva
TÍTULO V:
DE LA ASISTENCIA, ATRASOS, PERMISOS Y PUNTUALIDAD
Artículo 9°: Aspectos generales
Los alumnos (as) deben asistir a todas las clases del respectivo curso y a
todas las actividades que el colegio. El requisito de asistencia está regulado por
las Normas de Evaluación y Promoción Escolar. Los alumnos (as) que, de
acuerdo a la legislación vigente estén eximidos o eximidas de un subsector o
actividad, no están autorizados para faltar a horario normal de clases, llegar
atrasados o atrasadas, ausentarse del Colegio o retirarse de él.
Artículo 10°: Salidas autorizadas
Con la finalidad de asegurar la integridad física y moral de los escolares,
ningún alumno (a) podrá salir del Colegio en horario escolar sin autorización de
la Coordinadora de Convivencia o en su ausencia, de quien sea facultado para
ello.
Se podrá retirar a la alumna(o) durante la jornada escolar, entre bloques o
recreos, previo aviso escrito a la Profesora Encargada. Esto sólo lo podrá
realizar el apoderado titular o suplente. Toda salida autorizada, será anotada
en el Registro de Salida.
En caso de enfermedad u otro inconveniente del alumno (a), en el
establecimiento, la Profesora Encargada deberá dar aviso a su apoderado.
Artículo 11°: Asistencia a Celebraciones, Jornadas Formativas y Salidas
Pedagógicas o extra programáticas.
La asistencia de los alumnos a celebraciones o actos, jornadas formativas y
salidas pedagógicas es obligatoria. Su inasistencia debe ser oportunamente
justificada por el apoderado y se podrá asignar una actividad alternativa que se
sugiera según sea el tema. Ambas actividades deberán realizarse en horario de
clases.
Artículo 12°: Puntualidad a clases o actividades complementarias.
La asistencia puntual a clases (y demás actos o actividades complementarias)
se exige desde el primer día de clases hasta el último. El horario de ingreso al
colegio es a las 08:30 hrs. El horario de salida, de lunes a jueves a las 15:45
horas y los días viernes a las 13:30 horas.
Las inasistencias serán justificadas oportunamente por el apoderado o tutor
legal en forma personal. Se entenderá por justificación oportuna aquella que se
realiza con anterioridad al día de ausencia, o en un plazo de 48 horas posterior
a la inasistencia , excepto en casos extraordinarios o de fuerza mayor. (Artículo
3°, letra g).
Artículo 13°: Atrasos
Se considera atraso el ingreso del alumno (a) después del toque de campana
al inicio de la jornada, al término de los recreos y cambios de hora. Los atrasos
al inicio de la jornada serán controlados por Profesor Jefe o el profesional
encargado y quedarán registrados en la hoja de control. Los atrasos después
de recreo o cambios de hora serán controlados por el profesor (a) y registrados
en la hoja de vida del alumno en el libro de clases. Los atrasos deberán ser
justificados oportunamente.
Al inicio de la jornada si el atraso es igual o superior a 45 minutos la alumna(o)
deberá ingresar sólo con su apoderado o con una comunicación, donde se
deberá manifestar el día y la hora en que se justificará la situación Si el alumno
llega por tercera vez atrasad(a), deberá presentarse el apoderado para firmar la
hoja de observaciones del Libro de Clases.
Artículo 14°: Controles Médicos
En los casos en que el alumno (a) debe ausentarse del Colegio por algunas
horas para controles médicos, deberá presentar la citación el día anterior a
dicha ausencia. Los apoderados deberán retirarlo y firmar el registro, indicando
la hora de salida y regreso al colegio.
Artículo 15°: certificados médicos y medicación
El establecimiento se reserva el derecho de requerir certificados médicos
cuando lo estime conveniente. Asimismo, en el caso que una alumna (o) deba
consumir algún medicamento con denominación de droga, el Apoderado debe
informar por escrito este tratamiento a la Profesora Jefe, adjuntando el
certificado médico correspondiente.
.
Artículo 16°: Asistencia para ser promovidos de curso
Si el alumno(a) falta por más de quince días sin aviso o la falta es injustificada,
la Dirección del establecimiento se acogerá al derecho de caducar la matrícula.
La Profesora Encargada se hará cargo de las inasistencias prolongadas de sus
alumnos llamándolos por teléfono y preocupándose de su situación personal. Si
la inasistencia es por treinta días consecutivos, se aplicará la Ley de
Subvenciones.
La asistencia obligatoria para ser promovidos de curso corresponde al menos
al 85% de las clases establecidas en el Calendario Escolar Anual.
TÍTULO VI:
DE LAS ACTITUDES Y NORMAS
Artículo 17°: Actitudes del perfil de alumno
Las normas a las que es necesario adherir para el logro de los objetivos
propuestos son:
a) Llegar puntualmente al horario del colegio y a todas las clases después de
los recreos y cambios de hora o actividades programas en horario de clases.
b) Mantener silencio en el trabajo personal, buenos días, reflexión, lectura
silenciosa sostenida y de avisos desarrollados en salas de clases, biblioteca, y
otras dependencias del establecimiento
.
c) Asistir al Colegio, puntualmente, desde el primer día de clases hasta el
último, esforzándose por lograr el 100% de asistencia.
.
d) Permanecer en el Colegio desde el inicio hasta el término de la jornada
Escolar.
e) Usar correctamente textos y documentos del Colegio.
f) Cuidar el material didáctico, mobiliario e infraestructura del colegio
haciéndose responsable de destrozos y pérdidas.
g) Mantener un lenguaje y comportamiento correctos dentro y fuera del
establecimiento.
h) Tratar con respeto a todo integrante de la Comunidad Escolar.
i) Actuar con honestidad y mantener una disposición al diálogo entre pares y en
la Comunidad Educativa, mostrando respeto y empatía.
j) Cumplir los compromisos adquiridos con el colegio, su curso.
k)Presentar justificativos firmados por el apoderado, en caso de atraso, durante
la primera hora de clases, en un plazo de 48 horas.
l) No apropiarse de objetos ajenos.
m) No tener anotaciones negativas.
n) Cuidar y mantener la limpieza de la sala de clases y de todo el recinto del
establecimiento.
o) Aprovechar bien el tiempo de clases, teniendo una buena disposición al
estudio, entendiendo que su rendimiento y resultados son importantes para
ellos, su curso y el colegio.
p) Comer sólo en horas de recreo y colación.
q) Cumplir con la presentación personal.
r) Reconocer en los actores de la Comunidad Educativa, personas que los
orientan y guían en su crecimiento
Artículo 18°: Maltrato Escolar. Definición
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya
sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal, por medio de otra
persona de la comunidad o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en
contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia
del lugar en que se cometa, siempre que pueda:
:
Producir el temor o miedo razonable de sufrir un menoscabo en su
integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros
derechos fundamentales.
Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante, denigrante o
abusivo,
Obstaculizar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño
académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
Artículo 19°: Responsabilidades de la Escuela San Diego frente al
maltrato escolar.
La Escuela San Diego estima que ninguna de las acciones o conductas antes
descritas, son parte de los valores del colegio, por tal razón se aplicará, de
forma preventiva, los seguimientos que corresponden y las sanciones según
sea la gravedad de los hechos en todos los casos de maltrato escolar,
ocurridos dentro del establecimiento o fuera de él estando el alumno (a) con
uniforme, el colegio realizará una investigación fidedigna de los hechos y de
acuerdo a los protocolos de acción acordados en estas normas de convivencia,
se aplicara la sanción pertinente que puede llegar incluso, a la cancelación de
la matrícula del alumno(a) si la situación lo amerita. Cualquier situación de
maltrato escolar ocurrida fuera del período lectivo de clases (vacaciones de
invierno, vacaciones de verano), no será considerada como responsabilidad de
la escuela y deberá ser atendida según la normativa legal vigente, a través de
Carabineros de Chile u otra Institución idónea.
Artículo 20°: Acciones que expresan maltrato escolar
a) Manifestar insultos o garabatos, realizar gestos groseros o amenazantes u
ofender en reiteradas ocasiones a cualquier miembro de la comunidad
educativa tanto dentro como fuera del establecimiento.
b) Agredir físicamente o ejercer violencia en contra de un alumno (a) o de
cualquier otro miembro de la comunidad educativa;
d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de
una alumna (o) u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar
sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, utilizar información
familiar relevante para ofender, etc.);
e) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su nivel
socioeconómico, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o
cualquier otra circunstancia.
f) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno (a) o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs,
mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan
videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico,
virtual o electrónico
;
g) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aún cuando no sean
constitutivos de delito;
h) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de
maltrato escolar;
i) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes,
punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales,
aun cuando no se haya hecho uso de ellos.
j) Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o
sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del
Establecimiento Educacional o en actividades organizadas, coordinadas,
patrocinadas o supervisadas por éste.
Artículo 21°: Conductas de riesgo y actitudes autodestructivas
a) Llevar a cabo expresiones que sobrepasen los límites del pudor y las buenas
costumbres, expresadas en conductas impropias dentro o fuera del
establecimiento.
b) Hostigar a otro (a) alumna(o) u otro miembro de la comunidad educativa, ya
sea enviándole mensajes de texto por celular, cartas, correos electrónicos,
mensajes en diversos sitios web o a través de otro compañero o persona
sobre insinuaciones que no representen claramente un vínculo sano de
amistad o compañerismo entre alumnos
.
Artículo 22°: Notificación y acompañamiento de Dirección
Cualquier estudiante o miembro de la comunidad, que advierta una conducta
impropia dentro o fuera del establecimiento, en el que se vea empañada la
imagen y prestigio del Colegio, deberá notificarlo en forma personal y privada al
Profesor(a) Jefe o al encargado respectivo del establecimiento.
TÍTULO VII:
DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES
La disciplina del Colegio tiene como propósito educar hacia la autodisciplina, es
decir, quiere que los alumnos sean responsablemente de su libertad,
reconociendo sus responsabilidades y derechos como honestos ciudadanos.
Además, la disciplina hace posible la convivencia de la comunidad educativa y
su rol formadora a través del respeto a las personas y a las reglas fijadas. Las
sanciones tienen por objetivo beneficiar el cumplimiento de las normas
disciplinarias, contribuyendo a formar conciencia de los errores cometidos y
velar por su corrección en el futuro
Artículo 24°: Procedimiento frente a las faltas
Las medidas deben ser formativas y eficaces por lo que deben corresponder a
una consecuencia de la falta realizada. La falta debe estar expresada de forma
clara en libro de clases y firmada por el alumno(a), con el objetivo de velar que
ésta sea objetiva y transparente, y asumida a través del criterio de la razón.
Las faltas al Reglamento no extinguen las posibilidades de las sanciones que
deberán ser determinadas y acompañadas finalmente por el Profesor Jefe
previa conversación con el alumno que cometió la falta y con el Profesor(a)
que la sancionó.
En primera instancia, cuando la alumna (o) sea sorprendido en una falta, será
llamado a dialogar con el profesor(a) o el profesional idóneo, en el momento
que se estime oportuno para conocer las causas que la originaron y orientarlo
en una solución o cambio de la problemática..
Medidas de acompañamiento:
a) Diálogo personal con profesor jefe y/o profesora a cargo o profesional
idóneo.
b) Registro de la falta en el libro de clases.
c) Citación al apoderado por el Profesor (a) jefe, para informar de la
problemática y para firma de Compromiso.
.d) Condicionalidad de Matrícula.
e) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como
apoyo escolar a otro alumno(a), aseo de su sala, entre otras iniciativas;
f) Derivación a organismo competentes en temáticas relativas al consumo o
efectos de las bebidas Alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas
g) Cancelación de Matrícula.
Artículo 25°: Faltas Leves
Se calificara, como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta
establecidas en el Protocolo de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara
a tener la consideración de falta grave ni gravísima.
Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se
disponga en el Reglamento de Convivencia.
Las acciones o conductas que serán consideradas como faltas leves en este
protocolo incluyen las siguientes.
a) Interrumpir el funcionamiento normal o actividades de clases.
b) No realizar las actividades propuesta en clases.
c) No cumplir con tareas o materiales de trabajo.
d) No portar diariamente o materiales de trabajo.
e) No portar diariamente su agenda.
f) No presentar justificativo en caso de inasistencia.
g) No mantener una presentación personal conforme al protocolo, como
vestimenta, corte de pelo, higiene personal, etc.
h) Jugar con equipos tecnológicos dentro de la sala de clase, en actividades no
pedagógicas (celulares y computadores portátiles, reproductores de música,
tablet, consolas portátiles, etc.)
i) Aquellas acciones que comprometan la sana convivencia del alumnado, a
criterio del coordinador de Convivencia.
Artículo 26°: Faltas Graves
Son consideradas faltas graves, aquellas acciones en que el estudiante
reiteradamente comete faltas leves, o infracciones a las normas de conducta
establecidas en el reglamento de convivencia, cuando, por su entidad, no
llegara a tener la consideración de falta gravísima.
Se informaran al apoderado de forma inmediata de acuerdo con lo que se
disponga en el reglamento de convivencia.
a) Utilizar un lenguaje inapropiado con y hacia cualquier miembro de la
comunidad. escolar.
b) Ofender, agredir, insultar o amenazar hacia otro miembro de la comunidad
escolar, puede ser usando el espacio virtual de internet, tales como blogs,
fotologs, facebook, correo electrónico, twitter, etc.
c) Dañar bienes materiales del colegio o su infraestructura.
d) Ser expulsado de su sala de clases.
e) Dejar de asistir a talleres de reforzamiento o sugeridos por el profesor jefe,
sin justificar (Fugas).
g) No presentarse con el Coordinador de Convivencia cuando se enviado por
algún miembro de la comunidad, como profesores, asistentes de la educación
y /o administrativos.
h) Aquellas sanciones que amenacen la sana convivencia del alumnado, a
criterio del Coordinador de Convivencia.
Estas faltas serán registradas en el Libro de Clases y por consiguiente, se
verán plasmadas en el informe de Desarrollo Personal y Social del estudiante.
Tipo de procedimiento: Amonestación verbal y/o escrita de parte de
Profesora o profesional encargado y constancia en el Libro de Clases.
Seguimiento por parte de Profesor(a) Jefe y entrevista con Apoderado.
Tipo de acompañamiento: Citación al Apoderado y firma de Compromiso o
Condicionalidad, según lo establezca Dirección del Colegio.
Artículo 27°: Faltas Gravísimas.
Son consideradas aquellas acciones en que el estudiante reiteradamente
comete faltas graves o cometa excesivamente faltas leves, y/o en que el
estudiante pone en riesgo la integridad física y/o psicológica propia y/o de los
otros miembros de la comunidad educativa , afectando el saludable desarrollo
de la convivencia, con actitudes que infringen la confianza de la comunidad
educativa y que, por su incoherencia con el PEI, tiene como efecto que el
estudiante no pueda continuar sus estudios en el colegio.
Se consideran faltas gravísimas:
a) Adulterar documentos oficiales, falsificar firmas de apoderados o cuerpo
docente y administrativo del establecimiento.
b) Agredir física o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad.
Considerando como agresión verdal toda ofensa, descalificación o amenaza
proferida hacia a un estudiante, profesor, auxiliar, administrativo apoderado.
c) Fumar dentro del colegio.
d) Portar, traficar o consumir drogas, alcohol o tabaco.
e) Realizar actividades que atente contra su propia integridad física.
f) Inasistencia a clases sin conocimiento del apoderado.
g) Apropiación indebida de especies.
h) Mentir u omitir información relevante.
i) Salir del colegio sin autorización.
j) Porte y tenencia de armas.
k) Filmaciones de hechos de violencia, connotación sexual o que atente a la
moral.
Todo estudiante que ofenda a otro, lo amenace o lo agreda emocionalmente
deberá reparar el daño causado de acuerdo a lo convenido por el coordinador
de convivencia, previa consulta a los profesores:
1) Pedir disculpas públicas a la persona ofendida, frente al curso.
2) Efectuar una acción en beneficio de la persona afectada o del grupo escolar
al cual pertenece (curso, grupo de profesores, etc.)
3) Si utilizo algún medio de internet, deberá usar el mismo medio para pedir
disculpas y publicitar algo positivo de la persona afectada.
Artículo 28°: Medidas y Sanciones Disciplinarias
Registro de la falta: Se registrará en la hoja de vida del estudiante por el
profesor observante, la observación debe ser leída y firmada por el alumno (a).
Se verán evidenciadas en el informe de Desarrollo Personal y Social del
Estudiante.
Servicios de bien común para el establecimiento o comunidad: Está
relacionada a la falta e implica un esfuerzo personal. Se llevara a cabo en el
tiempo libre del alumno. Servicios comunitarios a favor del establecimiento
educacional o de la comunidad, tales como; Aseo en sala de clases, patios,
apoyo actividades sociales de la comunidad, etc.
De reparación: pagar el costo de la reparación o destrucción de los bienes
personales, del establecimiento o comunitarios.
De recuperación de estudios: permite reflexionar o considerar el impacto de
acciones y consecuencias de su comportamiento negativo, mediante el
desarrollo de alguna actividad escolar entregada por algún docente, como son:
Trabajo de investigación, crear diario murales referente a un tema en
especifico.
Requisar especies: Las especies requisadas serán entregadas en la dirección
y luego, el profesor jefe en reunión de apoderados, hará entrega a quien
corresponda (una vez al mes), si es reincidente al finalizar el año escolar.
Dependiendo de la grave se informara a la entidad policial respectiva.
Compromiso: la alumna (o) y apoderado firmarán una carta de compromiso en
la cual se consignan las actitudes o conductas a superar. El Profesor(a) jefe o
el profesional encargado de la convivencia escolar redactará y monitoreará
mensualmente el cumplimiento del compromiso adquirido.
Tipo de acompañamiento: Citación al apoderado por parte de Dirección, firma
de Condicionalidad y/o No renovación de matrícula para el año siguiente.
Condicionalidad de la matrícula del alumno (a): este procedimiento será
tramitado por el profesor(a) jefe, de acuerdo al tipo de falta.
Renovación de la matrícula No se efectuará la renovación de la matricula
para el año escolar siguiente
Expulsión del establecimiento educacional: Sólo aplicable en casos de
especial gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado
todas las medidas correctivas anteriores, con respeto al principio del debido
proceso establecido en las normas respectivas. Se consideraran causales de
expulsión: Tráfico de drogas, robo o hurto reiterado y maltrato escolar, entre
otras.
Denuncia ante la justicia: Por hechos muy graves que atenten contra la
integridad física y/o moral de cualquier integrante de la comunidad escolar, el
Director, y profesores deberán efectuar la denuncia de cualquier acción o
conducta que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la
comunidad educativa, tales como: lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos
sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros.
Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones,
las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del
plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de
lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las
medidas y sanciones contempladas en normas internas, así como en la
legislación pertinente.
Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, se podrán
disponer su inhabilidad, teniendo como consecuencia la prohibición de ingreso
al establecimiento.de designar un nuevo apoderado.
Artículo 29°: RECLAMOS
Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser
presentado en forma verbal o escrita ante la Profesora Encargada del
establecimiento, a fin de que se dé inicio al debido proceso.
Se deberá siempre resguardar la confidencialidad de los datos personales del
reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra
basada únicamente en el mérito de su reclamo.
Artículo 30°: Interacción
En nuestro establecimiento, se opta por el diálogo con discernimiento,
como}camino para la resolución de conflictos.
El concepto de conflicto en el ámbito escolar no se refiere a cuestiones
disciplinarias de los alumnos(as), sino que es una situación que altera la
convivencia. Ésta debe privilegiar el encuentro entre los actores o partes. Para
esto posee:
1. Normas claras y conocidas o informadas a todos los actores de la
comunidad educativa
2. Instancias de gestión compartidas y trabajo en equipo.
3. Coherencia con el Sistema Preventivo
4. Normas de convivencia consensuada
Pasos para la resolución de conflictos:
1. Encuentro de las partes en conflicto con Profesora Encargada
2. Diálogo reflexivo y sincero que ayude a los involucrados(as) a tomar
conciencia de las consecuencias de sus actos.
3. Planteo de metas concretas de conciliación.
4. Seguimiento y evaluación conjunta de los logros alcanzados.
5. Aplicación de sanciones para reorientar la actitud de los involucrados (as) en
los casos en los cuales los pasos anteriores resultaran insuficientes.
6. Citación y notificación a padres y apoderados de los alumnos (as)
involucrados para informar de las sanciones.
Artículo 31°: APELACIÓN
El(La) alumno(a) y el apoderado tienen derecho a la apelación de la sanción o
medidas impuesta, esto lo debe hacer por escrito ante el Director en un plazo
de tres días hábiles. La respuesta será comunicada a los padres y/o
apoderados.
.
TÍTULO VIII:
Artículo 32°: Estudiantes con necesidades educativas especiales.
El establecimiento velará, a través de la Dirección y cuerpo docente, por los
alumnos (as) que manifiesten problemas en el proceso enseñanza- aprendizaje
y diversas dificultades para el estudio.
Los apoderados deberán manifestar y comprometer su total apoyo al proceso,
ya sea presentando certificados médicos cuando sea pertinente, adquiriendo
los medicamentos necesarios para tratamientos neurológicos y asistiendo a las
reuniones citadas.
La docente o profesor(a) Jefe seguirá las indicaciones que le sean dadas por la
Psicopedagoga o el profesional idóneo correspondiente, con el fin de
acompañar el proceso académico del alumno (a).
Artículo 33°: Redes externas
Como una forma de facilitar la formación y el proceso enseñanza-aprendizaje
de los alumnos(as), el establecimiento mantendrá una comunicación constante
con los distintos organismos de la comunidad que puedan colaborar en el
quehacer educativo, de orientación o de prácticas: Carabineros, Bomberos,
Casa de Cultura, Empresas, Universidades, Senda, Cesfam, etc.
Artículo 34°: Salidas a terreno y actividades formativas
La Dirección del establecimiento dará todas las facilidades, acorde a los
medios con los que se cuenten disponibles, para las salidas a terreno y
encuentros con las organizaciones y personalidades de la comunidad, que se
programen como parte de su metodología de aprendizaje y orientación para
los alumnos(as), conforme a los permisos previos del Departamento Provincial
de Educación (DEPROV), si la situación lo amerita y cumpliendo con el
protocolo establecido por el Director.
Estas salidas serán de carácter obligatorio y sólo podrán eximirse los alumnos
(as)de dicha actividad, presentando un certificado médico. Sin embargo,
deberá asumir de igual manera el costo de la salida a terreno.
TÍTULO IX:
DEL ASEO, CUIDADO, MANTENCIÓN Y PÉRDIDA DE MATERIALES
Artículo 35°: Responsabilidad del alumno(a) en el aseo de su curso
Cada alumno(a) debe hacerse responsable del mantenimiento del aseo y
orden de la sala de clases y dependencias que ocupe en el normal desarrollo
de sus actividades estudiantiles.
Todo estudiante tiene la obligación de participar en los grupos de aseo semanal
y general (de 1° Básico a 6° Básico) o cuando se estime pertinente, como parte
de la formación valórica inculcada por nuestro Colegio.
Artículo 36°: Responsabilidad del alumno(a) ante pérdida o deterioro de
sus artículos personales.
Cada alumna(o) asume la responsabilidad de los objetos que trae al colegio,
especialmente aquellos que no son de exclusivos del quehacer pedagógico,
tales como celulares, cámaras fotográficas, MP3, etc. Los daños o pérdidas de
objetos personales, que ocurran dentro de la sala de clases o fuera de ella
serán investigados para dar con el (la) culpable y aplicar las medidas
necesarias de corrección. El curso no será responsable por pérdidas o daños
de materiales de ningún tipo que ocurran en la sala. En el caso de que se
conozca la persona responsable del hecho, se seguirá con ella los pasos
establecidos según el tipo de falta al cual corresponda.
TÍTULO X:
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 37°:
El colegio apoya y da facilidades sólo para actividades de carácter
educativo, o que tengan por finalidad una sana convivencia. Si se
obtienen beneficios, ellos serán destinados al bien de toda la
Comunidad o a financiar campañas autorizadas por la Dirección.
Las actividades para recaudar fondos al interior del establecimiento son
a beneficio de: Centro de alumnos; Centro de Padres y apoderados.
Se informara oportunamente las fechas necesarias para retirar la
documentación de cada alumno(a) al finalizar cada trimestre o a fin de
año, a modo de mantener informados a los padres y apoderados. Al
finalizar el año Escolar se dará la fecha de retiro de documentación de
todos aquellos alumnos que se retiran del colegio (6° año) y de aquellos
que deseen trasladarse a otro colegio. Solamente en esa fecha serán
entregados.
Otras situaciones no contempladas en este documento serán resueltas
por el agente educativo pertinente.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A MALTRATO FÍSICO Y
PSICOLÓGICO DE UN ADULTO A UN ESTUDIANTE
El siguiente protocolo describe el proceso a realizar ante la evidencia de maltrato físico
o psicológico de adultos a alumnos.
Para tener un adecuado contexto de lo que se presenta, se exponen a continuación las
definiciones que se encuentran en el Reglamento de Convivencia Escolar sobre este
tema. Donde se define el valor que espera promover, la conducta o actitud que pueda
transgredir el valor, la gravedad posible de describir en ella y la instancia de resolución
correspondiente.
Valor Conducta o Actitud Transgresora
Respeto, Tolerancia. Detrimento a la dignidad de los
alumnos (sobrenombres, insultos,
bromas pesadas, etc.)
Norma
Todos los integrantes de la comunidad escolar, tiene la prerrogativa a ser
respetado y el deber de respetar la dignidad y las diferencias individuales,
respetando la integridad psicológica de cada miembro de la comunidad.
Gravedad de la Falta Instancia Resolución
La transgresión de esta norma se
considera una falta grave o
extrema
Encargado de convivencia
Director/a establecimiento.
Procedimiento
Proceso Encargado del proceso Acción
1. Detección de agresión
física o psicológica
Cualquier
integrante de la
comunidad
educativa
Informar a director/a
o encargado de
convivencia escolar
del establecimiento.
2. Evaluación de la
situación
Director/a o
encargado de
convivencia escolar
del establecimiento
Determinar la grave
de la situación.
1. Faltas graves.
Proceso Encargado del
proceso
Acción
3. Si la falta es
determinada como grave
Director/a o
encargado de
convivencia escolar.
Llevar a cabo el proceso de indagación de la situación.
Informar a los padres y/o apoderados de los estudiantes involucrados. -Obtener la
autorización para
proceder a la
evaluación del
afectado.
Citar y entrevistar a los adultos involucrados en la situación.
Evaluación del estudiante agredido por el equipo de profesionales del establecimiento.
Informar de la situación al encargado de convivencia escolar.
4. Evaluación final y
resolución frente falta
graves
Director/a o
encargado de
convivencia escolar
Análisis de la información recabada en el proceso de indagación de la situación.
Análisis de el informe realizado por el profesional idóneo.
Determinación de la consecuencias a las que están sujetas los involucrados.
Determinar el seguimiento externo e interno, para el estudiante que fue víctima de la agresión.
5. Comunicación a los
miembros involucrados en
la situación.
Director(a) establecimiento.
Encargado convivencia escolar.
Citación e información a los padres/apoderados de los involucrados sobre los resultados de la indagación y resolución de la problemática.
Comunicación a los
estudiantes , de las
consecuencias sobre
su responsabilidad en
la situación.
6. Archivar antecedentes de
la situación
Director(a) de
establecimiento.
Encargado convivencia
escolar.
Archivar todos los registros recogidos durante el proceso en una carpeta en la dependencias del director/a de establecimiento.
Enviar una a copia al encargado de convivencia escolar.
Frente a faltas extremas
Proceso Encargado del
proceso
Acción
1.Si la falta es
considerada o
evaluada como
extrema
Director(a) del
establecimiento
Profesor(a) jefe
Encargado de
convivencia
escolar.
Iniciar el proceso de indagación de la situación a través de los estudiantes involucrados.
Citar e informar a los padres/apoderados de los estudiantes involucrados. A- Solicitar evaluación
por parte de los
profesionales
psicosociales del
establecimiento del
estudiante victima de la
agresión.
2.Evaluación final y Director(a) de el Análisis de los
resolución de la
problemática.
establecimiento.
Profesional
psicosocial.
Encargado de
convivencia
escolar.
antecedentes recabados durante el proceso de indagación.
Análisis de la evaluación realizada por profesional(es) de equipo psicosocial.
Determinación y acuerdo sobre las consecuencias para los involucrados, de acuerdo al reglamento de convivencia escolar.
Determinar los proceso de acompañamiento y seguimiento para los estudiantes involucrados.
3.Comunicación de los
padres/apoderados y
estudiantes frente a
falta extrema
Director(a)
establecimiento
Encargado de
convivencia escolar
Citación e información a los padres de los involucrados en la problemática
Comunicación a los estudiantes de las consecuencias de acuerdo al grado de responsabilidad que tenga en la situación.
4.Archivar
antecedentes de la
situación
Director(a)
establecimiento.
Encargado de
convivencia escolar
Elaboración de un informe escrito que contenga todos las diligencias realizadas durante el proceso de indagación y resolución del conflicto.
Archivo de los antecedentes en una carpeta en dependencias de la oficina de la dirección del establecimiento.
Enviar una copia de los documentos a Encargado de convivencia.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE DE AGRESIÓN FISICA Y PSICOLÓGICA ENTRE ALUMNOS.
El siguiente protocolo describe el proceso a realizar ante la evidencia de agresión física
o psicológica entre estudiantes.
Para tener un adecuado contexto de lo que se presenta, se detallara a continuación las
definiciones que se encuentran en el Reglamento de Convivencia Escolar sobre este
tema. Definiendo el valor que se promueve, la conducta o actitud que pueda
transgredir el valor, la gravedad posible de describir en ella y la procedimientos para la
resolución correspondiente.
Valor Conducta o Actitud Transgresora
Respeto, Tolerancia, Amistad Agresión física.
Norma
Es deber de toda la comunidad educativa, respetar la integridad física de cada
miembro de la comunidad educativa, en donde, debe prevalecer la solución
pacifica de los conflictos, utilizando el dialogo y el consenso, como herramientas
de entendimiento. Un empujón, golpe hacia otro, será considerado agresión.
Gravedad de la Falta Instancia Resolución
El uso de agresividad y violencia se
considera falta grave o extrema.
Profesor(a) Jefe/ Profesor(a) a
cargo.
Encargado de convivencia
Director/a establecimiento.
Valor Conducta o Actitud Transgresora
Fraternidad, Respeto, Tolerancia. Agresión psicológica, mediante la
utilización de agresiones verbales,
sobrenombres, burlas, ofensas, etc.
Norma
Cada miembro integrante de la comunidad escolar, tiene el derecho de ser
respetado y respetar la individualidad, las diferencias individuales, cautelando la
integridad psicologica de cada una de las personas.
Gravedad de la Falta Instancia Resolución
El uso de lenguaje ofensivo o que
menoscabe la integridad de la
persona, será considerado falte
grave o extrema, de acuerdo a lo
establecido en este protocolo de
acción.
Profesor(a) Jefe/ Profesor(a) a
cargo.
Encargado de convivencia
Director/a establecimiento.
Procedimiento
Proceso Encargado del
proceso
Acción
1. Detección de la
agresión física o
psicológica.
Cualquier
miembro o
integrante de la
comunidad
educativa.
Dar a conocer a la
situación al
encargado de
convivencia escolar
o al director(a) del
establecimiento.
2. Evaluación
preliminar de la
situación.
Director/a
establecimiento
Profesor(a) jefe
.
Determinar la gravedad y
los paso a seguir para del
proceso indagación y
resolución de la situación
1. Faltas graves o extrema.
Proceso Encargado del proceso Acción
3. Si la falta es
determinada como
grave
Director/a
establecimiento
Encargado de
convivencia
escolar.
Iniciar el proceso de indagación para recabar la información pertinente a la situación.
Citar e informar a los padres de los estudiantes involucrados.
A- Solicitar
consentimiento para
realizar una
evaluación del
estudiante victima de
la situación
la realización de una evaluación al profesional idóneo del establecimiento del alumno.
4. Evaluación final y
resolución frente a
faltas graves.
Director/a
establecimiento.
Profesional
psicosocial.
Análisis de la información recabada en el proceso de indagación de la situación.
Análisis del informe realizado por el profesional idóneo. (psicosocial)
Determinación de la consecuencias a las que están sujetas los involucrados, de acuerdo al reglamento de convivencia escolar.
Determinar el seguimiento externo e interno, para el estudiante que fue víctima de la agresión.
5. Comunicación a
los
padres/apoderados
y estudiante frente a
faltas graves.
Director(a) del
establecimiento.
Encargado
convivencia
escolar.
Profesor(a) Jefe
Citación e información a los padres/apoderados de los involucrados sobre los resultados de la indagación y resolución de la problemática.
Comunicación a los estudiantes , de las consecuencias sobre su responsabilidad en la situación.
6. Archivar
antecedentes de la
Director(a) de
establecimiento.
Archivar todos los registros recogidos durante el proceso en
situación Encargado
convivencia
escolar.
una carpeta en la dependencias del director/a de establecimiento.
Enviar una a copia al encargado de convivencia escolar.
Frente a faltas extremas
Proceso Encargado del
proceso
Acción
1.Si la falta es
considerada o
evaluada como
extrema
Director(a) del
establecimiento
Profesor(a) jefe
Encargado de
convivencia
escolar.
Iniciar el proceso de indagación de la situación a través de los estudiantes involucrados.
Citar e informar a los padres/apoderados de los estudiantes involucrados. A- Solicitar evaluación
por parte de los
profesionales
psicosociales del
establecimiento del
estudiante victima de la
agresión.
2.Evaluación final y
resolución de la
problemática.
Director(a) de el
establecimiento.
Profesional
psicosocial.
Encargado de
convivencia
escolar.
Análisis de los antecedentes recabados durante el proceso de indagación.
Análisis de la evaluación realizada por profesional(es) de equipo psicosocial.
Determinación y acuerdo sobre las consecuencias para los involucrados, de acuerdo al reglamento de convivencia escolar.
Determinar los proceso de acompañamiento y seguimiento para los estudiantes involucrados.
3.Comunicación de los
padres/apoderados y
Director(a) Citación e información a los padres de los
estudiantes frente a
falta extrema
establecimiento
Encargado de
convivencia escolar
involucrados en la problemática
Comunicación a los estudiantes de las consecuencias de acuerdo al grado de responsabilidad que tenga en la situación.
4.Archivar
antecedentes de la
situación
Director(a)
establecimiento.
Encargado de
convivencia escolar
Elaboración de un informe escrito que contenga todos las diligencias realizadas durante el proceso de indagación y resolución del conflicto.
Archivo de los antecedentes en una carpeta en dependencias de la oficina de la dirección del establecimiento.
Enviar una copia de los documentos a Encargado de convivencia.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE Al ACOSO ESCOLAR(BULLYNG)
Y CIBERBULLYNG
El siguiente protocolo describe el proceso a realizar ante la evidencia de acoso escolar
verbal o físico y ciberbullyng entre los alumnos.
Para tener un adecuado contexto de lo que se presenta, se despliegan a continuación
las definiciones que se encuentran en el Reglamento de Convivencia Escolar sobre este
tema. Definiendo el valor que se promueve, la conducta o actitud que pueda
transgredir el valor, la gravedad posible de describir en ella y la procedimientos para la
resolución correspondiente.
Valor Conducta o Actitud Transgresora
Respeto, Tolerancia, Fraternidad,
Compañerismo.
Detrimento a la dignidad de los
alumnos (sobrenombres, insultos,
bromas pesadas, agresiones
físicas, etc.)
Norma
Es nuestro deber como establecimiento velar por el respeto a la integridad de
los demás miembros de nuestra comunidad educativa y solucionar los conflictos
de forma pacífica prevaleciendo el dialogo y el consenso. Un golpe, insulto hacia
otro es considerado agresión.
Gravedad de la Falta Instancia Resolución
La agresividad y violencia serán
consideradas una falta grave, de
acuerdo a lo establecido en este
protocolo de actuación.
Profesor(a) Jefe/ Profesor(a) a
cargo.
Encargado de convivencia
Director/a establecimiento.
Valor Conducta o Actitud Transgresora
Tolerancia, Respeto. Agresión psicológica en forma
personal o por medio de mensajes
que producen un menoscabo a la
persona, a través de diferentes
medios. Sobrenombres, burlas,
gestos obscenos, exhibición de
material audiovisual ofensivos, etc.
Norma
Los miembros de la comunidad educativa tiene la potestad de ser respetado
tanto en su integridad física como psicológica y las diferencias individuales,
recurrieron al uso de un lenguaje sano y respetuoso, a través de cualquier
miedo: escrito, oral, audiovisual, etc.
Gravedad de la Falta Instancia Resolución
La trasgresión de esta norma se
considera una falta grave o
extrema.
El uso de lenguaje oral, escrito o
audiovisual no adecuado al
contexto educativo, se enmarcara
dentro de una falta grave o
extrema.
Profesor(a) Jefe/ Profesor(a) a
cargo.
Encargado de convivencia
Director/a establecimiento.
Procedimiento
Proceso Encargado del
proceso
Acción
1. Detección de
situación de acoso
escolar
Cualquier
integrante de la
comunidad
educativa.
Informar a
director/a o
encargado de
convivencia escolar
del establecimiento.
2. Evaluación de la
denuncia.
Director/a o
encargado de
convivencia
escolar o consejo
escolar del
establecimiento.
Profesional
psicosocial.
Determinar la grave de la
situación y la diligencias a
seguir durante el
procedimiento de
indagación de la situación.
Citar e informar a los padres de los estudiantes involucrados. A- Solicitar
consentimiento para
realizar una evaluación
del estudiante victima de
la situación
Pedir la realización de una evaluación al profesional idóneo del establecimiento del alumno.
Informar de la situación al encargado de convivencia escolar.
1. Faltas graves o extrema.
Proceso Encargado del
proceso
Acción
3. Si la falta es
determinada como
grave
Director/a o
encargado de
convivencia
escolar.
Análisis de los antecedentes recogidos durante la indagación.
Análisis del informe realizado por el profesional psicosocial del establecimiento.
Determinar y consensuar las consecuencias para los involucrados.
Estipular los procesos de acompañamiento y seguimiento de el o los estudiantes.
4. Evaluación final y
resolución.
Director/a o
encargado de
convivencia
escolar.
Análisis de la información recabada en el proceso de indagación de la situación.
Análisis del informe
realizado por el profesional idóneo.
Determinación de la consecuencias a las que están sujetas los involucrados.
Determinar el seguimiento externo e interno, para el estudiante que fue víctima de la agresión.
5. Comunicación a
los miembros
involucrados en la
situación.
Director(a) del
establecimiento.
Encargado
convivencia
escolar.
Citación e información a los padres/apoderados de los involucrados sobre los resultados de la indagación y resolución de la problemática.
Comunicación a los estudiantes , de las consecuencias de su responsabilidad en la situación.
6.Enviar información
del proceso a
dirección comunal
de educación
Director/a
establecimiento.
Encargado de
convivencia
escolar.
Si corresponde, enviar todos los antecedentes del proceso desarrollado con los alumnos, a la dirección comunal de educación.
7.Archivar
antecedentes de la
situación
Director(a) de
establecimiento.
Encargado
convivencia
escolar.
Archivar todos los registros recogidos durante el proceso en una carpeta en la dependencias del director/a de establecimiento.
Enviar una a copia al encargado de convivencia escolar.
Protocolo de Actuación ante violencia escolar
Procedimiento
La situación de violencia escolar debe ser informada por cualquier integrante de la
comunidad educativa.
ACCIONES RESPONSABLES
I ETAPA: DENUNCIA
1. Denuncia por parte de la víctima a cualquier
persona integrante de la comunidad.
2. Si es denuncia Verdad:
La persona receptora de la denuncia debe
levantar acta de la denuncia, la cual debe ser
firmada por el denunciante y quien levanta
el acta de la denuncia; para luego ser
derivada a inspectoría general.
3. Si es denuncia escrita:
La persona receptora de la denuncia,
derivara dicha denuncia a inspectoría
general.
4. En el caso que existieran lesiones,
inspectoría general realizara derivación al
servicio de urgencia para constatación de
lesiones.
5. En el caso de ser delito, el director del
establecimiento deberán realizar la denuncia
en un plazo de 24 horas a los entes
respectivos (Carabineros, investigaciones o
fiscalía).
6. Con hoja de vida de la persona denunciada,
el acta de la denuncia y los antecedentes del
servicio de salud en el caso de existir
lesiones inspectoría general derivara a
encargado de convivencia escolar.
Persona receptora del relato
Inspectoría General, Director o
Encargado escuela
II ETAPA: INDAGATORIA
1. Encargado de convivencia Escolar recibe los
antecedentes de la denuncia y comienza la
investigación.
2. Se citara al apoderado y se informará de la
situación ocurrida.
3. Se notificara al denunciante-denunciado del
hecho denunciado y los pasos a seguir.
4. Se inicia investigación interna, la cual no
durara más de 5 días.
5. La investigación es de libre criterio del
investigador, no obstante deberá contener a
lo menos:
- Declaración de la víctima que ratifique la
denuncia.
- Informar a apoderado de la víctima lo
sucedido.
- Declaración del denunciado.
- Informar a apoderado del denunciado lo
sucedido.
- Declaración de los testigos.
- Documentos respectivos sobre el hecho
denunciado.
6. Si el hecho denunciado reviste de carácter de
delito, se informa al equipo directivo del
establecimiento siendo el director quien
realice la denuncia a los entes respectivos
(carabineros, investigaciones o Fiscalía).
Encargado de convivencia escolar.
III ETAPA: ACUSATORIA
1. Si el encargado de convivencia escolar, a raíz de la
etapa indagatoria, encuentra que la persona
denunciada tiene responsabilidades en los hechos
denunciados deberá levantar los cargos o acusación
respectiva, los cuales serán notificados de manera
personal.
El acusado o denunciado dispondrá de un plazo de 2
días hábiles para efectuar sus descargos.
2. Si el encargado de convivencia escolar, a raíz de la
etapa indagatoria, encuentra que la persona
denunciada no tiene responsabilidad en los hechos
denunciado, levantara informe decretando
sobreseimiento del proceso.
Encargado de Convivencia Escolar
IV ETAPA: INFORME
1. Presentado los descargos por el denunciado, o
habiendo transcurrido el plazo para presentar los
descargos, el encargado de convivencia Escolar dará
por cerrada la investigación.
2. El encargado de convivencia escolar levantará un
informe final el cual contendrá una relación de los
hechos denunciados de la investigación, las
conclusiones y las sugerencias en cuanto a que
medidas a aplicar respecto a la denuncia, las cuales
deben estar incorporadas en el Reglamento Interno
Vigente.
Encargado de convivencia Escolar
V ETAPA: RESOLUCIÓN
1. El informe es presentado al director del
Establecimiento quien determinara las medidas a
aplicar, levantándose acta respectiva la cual de
ajustarse a las medidas del reglamento Interno
Vigente.
2. El encargado de convivencia Escolar notificará a las
partes de la investigación (Denunciante-denunciado)
la decisión del Director.
Encargado de convivencia Escolar
Director
VI ETAPA: RECURSOS
1. Las partes involucradas, en un plazo de 2 días
hábiles desde notificada la resolución, tendrán
derecho a apelación de la decisión adoptada ante el
consejo Escolar y equipo de gestión del
establecimiento.
2. Se dará un plazo de 3 días para resolver.
3. Se notificara a las partes y se aplicara la medida final.
Consejo Escolar
Equipo de gestión EE, profesor
Encargado
Observación:
- En caso que la denuncia sea dirigida en contra de un docente directivo del
establecimiento, la denuncia será derivada ante el DAEM para que dicha
entidad realice la investigación respectiva.
- Cuando la denuncia sea dirigida contra un funcionario del establecimiento
(docente-asistente) y se determine que existen responsabilidad en los
hechos denunciados, los antecedentes deberán ser remitidos al DAEM
para que dicha entidad realice la investigación.