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Regional Quindío SENA, de Clase Mundial Ministerio del Trabajo SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Carrera 18 No. 7-58- Teléfono 7461417 NIT 899.999.034-1 ARMENIA QUINDIO COLOMBIA 1 ANEXO 1 EL DIRECTOR DE LA REGIONAL QUINDIO DEL SENA C E R T I F I C A: Que en la Dirección Regional se requiere contratar en suministro y dispensación de medicamentos para los beneficiarios afiliados al Servicio Médico Asistencial que sean autorizados por el Médico Asesor del Servicio Médico Asistencial del SENA, Regional Quindío y médicos de urgencias de la IPS contratada con el fin de preservar la salud y la vida de los beneficiarios afiliados. Que para la realización de las actividades anteriormente señaladas, no existe personal de planta suficiente para el desarrollo de las actividades para las cuales se requiere contratar la prestación de los servicios referidos. Que existe registro en el plan de compras y concepto favorable del comité de licitación y compras. La presente certificación se expide para que el Director Regional del SENA, pueda declarar cumplido el requisito de que trata el Decreto 2209 de 1998. En constancia de lo anterior se firma en Armenia a los 16 días del mes de enero de 2013. (Original Firmado) Hernan Hoyos Walteros Director Regional EL SECRETARIO GENERAL DEL SENA En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993; artículo 9º del Decreto 2209 de 1998 y el Decreto 2025 de 2009, Autoriza la contratación descrita anteriormente. AUTORIZA LA CONTRATACION OBJETO: Contratar en suministro y dispensación de medicamentos para los beneficiarios afiliados al Servicio Médico Asistencial que sean autorizados por el Médico Asesor y médicos de urgencias de la IPS contratada con el fin de preservar la salud y la vida de los beneficiarios afiliados PRESUPUESTO ESTIMADO: Doscientos Setenta Millones de Pesos M/cte ($ 270.000.000) PLAZO: Desde el acta de inicio y aprobación de las pólizas de garantía hasta el 31 de diciembre de 2013 y/o hasta agotar presupuesto, evento que ocurra primero. LUGAR DE EJECUCION: Armenia Quindío RECURSOS: Se cuenta con el CDP No.1113 del 16 de enero de 2013 Autorización No. 000220 Para constancia se firma en Bogotá D.C. del 13 de febrero de 2013 (original Firmado) JAIME RAMON GOMEZ PASCUALI Secretario General

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ANEXO 1

EL DIRECTOR DE LA REGIONAL QUINDIO DEL SENA

C E R T I F I C A: Que en la Dirección Regional se requiere contratar en suministro y dispensación de medicamentos para los beneficiarios afiliados al Servicio Médico Asistencial que sean autorizados por el Médico Asesor del

Servicio Médico Asistencial del SENA, Regional Quindío y médicos de urgencias de la IPS contratada con el fin de preservar la salud y la vida de los beneficiarios afiliados.

Que para la realización de las actividades anteriormente señaladas, no existe personal de planta suficiente para el desarrollo de las actividades para las cuales se requiere contratar la prestación de los servicios referidos. Que existe registro en el plan de compras y concepto favorable del comité de licitación y compras. La presente certificación se expide para que el Director Regional del SENA, pueda declarar cumplido el requisito de que trata el Decreto 2209 de 1998. En constancia de lo anterior se firma en Armenia a los 16 días del mes de enero de 2013.

(Original Firmado) Hernan Hoyos Walteros Director Regional

EL SECRETARIO GENERAL DEL SENA

En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993; artículo 9º del Decreto 2209 de 1998 y el Decreto 2025 de 2009, Autoriza la contratación descrita anteriormente.

AUTORIZA LA CONTRATACION

OBJETO: Contratar en suministro y dispensación de medicamentos para los beneficiarios afiliados al Servicio Médico Asistencial que sean autorizados por el Médico Asesor y médicos de urgencias de la IPS contratada con el fin de preservar la salud y la vida de los beneficiarios afiliados

PRESUPUESTO ESTIMADO: Doscientos Setenta Millones de Pesos M/cte ($ 270.000.000)

PLAZO: Desde el acta de inicio y aprobación de las pólizas de garantía hasta el 31 de diciembre de 2013 y/o hasta agotar presupuesto, evento que ocurra primero.

LUGAR DE EJECUCION: Armenia Quindío

RECURSOS: Se cuenta con el CDP No.1113 del 16 de enero de 2013

Autorización No. 000220 Para constancia se firma en Bogotá D.C. del 13 de febrero de 2013

(original Firmado)

JAIME RAMON GOMEZ PASCUALI

Secretario General

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ANEXO 2

ESTUDIOS PREVIOS Y DE NECESIDAD PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA LA CONTRATACION DE SUMINISTRO Y DISPENSACION DE

MEDICAMENTOS PARA LOS BENEFICIARIOS AFILIADOS AL SERVICIO MEDICO ASISTENCIAL DE LA REGIONAL QUINDIO

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el Artículo 2:1:1 del Decreto 734 de 2012 y el artículo 3º del Decreto 2474 de 2008, la Regional Quindío del SENA, requiere contratar.

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER: El Servicio Médico Asistencial del Sena fue creado por el Decreto 907 del 16 de mayo de 1975, en su artículo 30, en el cual se estableció la seguridad social para la familia del empleado y determinó que el SENA asumirá directamente o contratará con una o varias entidades públicas o privadas, especializadas en seguridad social, un seguro médico asistencial para los parientes de los empleados. Posteriormente fue reglamentado por el Acuerdo 24 de 1978, Resolución 312 de 1987 y Acuerdo 30 de 1988, normas que establecen que se debe garantizar la atención integral en salud a beneficiarios del Servicio Médico Asistencial. Con el fin de garantizar la salud y la continuidad en los tratamientos autorizados a los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial de la Regional Quindío, se requiere contratar el suministro y dispensación de medicamentos para los beneficiarios afiliados al Servicio Médico Asistencial que sean autorizados por el médico asesor del Servicio Médico Asistencial y los Médicos de urgencias de la IPS contratada con el fin de preservar la salud de los beneficiarios. Como parte integral del servicio prestado por parte del Servicio Médico Asistencial de la Regional Quindío del SENA a sus beneficiarios afiliados y atendidos, se requiere el suministro de medicamentos a través de persona jurídica que cuente con el mayor número de puntos de venta en la ciudad, de grandes superficies y demás oferentes, que entregue los medicamentos autorizados por médico asesor del Servicio Médico Asistencial y por médicos de urgencias de la IPS contratada, previa expedición de ordenes de atención que son expedidas, evaluadas y autorizadas por el Médico Asesor con autonomía científica y contractual con el SENA para ejercer estas actividades, adjudicación que deberá ser realizada basándose en las condiciones que se señalen en los pliegos de condiciones de conformidad con los procedimientos señalados en la normatividad contractual vigente. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR

2.1 OBJETO: Contratar en suministro y dispensación de medicamentos bajo la modalidad de evento, que garantice un adecuado servicio farmacéutico, para los beneficiarios afiliados al Servicio Médico Asistencial que sean autorizados por el Médico Asesor y médicos de urgencias de la IPS contratada con el fin de preservar la salud y la vida de los beneficiarios afiliados.

2.2 ESPECIFICACIONES ESENCIALES:

Garantizar la entrega de los bienes o elementos requeridos por el SENA, en sus puntos de atención o en el domicilio de los beneficiarios en caso que el medicamento quede pendiente de entrega en los municipios del Departamento del Quindío

Garantizar un servicio farmacéutico de dispensación integral de medicamentos requeridos por los usuarios del SENA, a través de una infraestructura física adecuada y recurso humano competente.

Contar con establecimientos farmacéuticos que cumplan con las condiciones de fármaco vigilancia consagrados en las disposiciones legales, en especial las contenidas en el Decreto 2200 de 2005.

Cumplir con el Certificado de Habilitación para los servicios incluidos a contratar expedido por el Instituto Seccional de Salud del Quindío de conformidad con la Resolución 1043 de 2006 y fijarla en un lugar visible al público conforme el Decreto 1011 de 2006.

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Ejecutar el contrato en los Plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las clausulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta.

Informar con la cuenta de cobro el porcentaje del valor del contrato ejecutado y el saldo por ejecutar.

Asistir a reuniones que convoque el SENA. En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 23 de la ley 1150 de 2007, el

contratista deberá efectuar el pago oportuno de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral en salud y pensión, y acreditarse encontrarse a paz y salvo como requisito previo para cada pago que se le vaya a efectuar.

Prestar los servicios solicitados, con las características y especificaciones requeridas. Prestar el servicio de óptima calidad, objeto de la presente contratación Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta el SENA, a través del

supervisor del contrato. Responder por la calidad de los medicamentos suministrados. Garantizar el suministro de medicamentos, de acuerdo a criterios de Accesibilidad,

Pertinencia y Continuidad. De igual forma deberá contar con Planta física que cumpla con todas las condiciones

exigidas por la dirección Territorial de Salud del Quindío. No debe encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades contempladas en los artículos 8, 9 y 10 de la ley 80 de 1.993, en la Constitución Política y demás normas concordantes en esta materia.

Contar con la capacidad de generar reportes diariamente de los medicamentos despachados durante el día a la Coordinación del Servicio Médico Asistencial.

Elaborar y presentar mensualmente las cuentas de cobro y facturas de los servicios prestados en la sede del SENA Barrio Galán, Programa de Servicio Médico Asistencial Regional Quindío, anexando los originales de las Órdenes de Atención; las cuentas en ningún caso podrán presentarse por sumas superiores a las tarifas ofrecidas en su propuesta y aceptadas por el SENA.

Presentar y mantener vigentes los permisos, licencias y títulos especiales exigidos por parte de la ley o las autoridades administrativas, civiles o sanitarias, para el ejercicio del servicio prestado.

Rendir informes solicitados por el Supervisor del Contrato Informar al SENA todos los casos en que se presenten suplantaciones o fraudes de usuarios

o cualquier otra irregularidad. Poner a disposición del SENA y sus usuarios los puntos de atención para el suministro de

medicamentos. El Contratista en el momento de la entrega del medicamento a los beneficiarios deberá

garantizar que éstos no tengan una fecha de vencimiento inferior a un año. Cuando un medicamento salga del mercado o presente escasez, bien sea por que la casa

farmacéutica deja de producirlo, su producción es insuficiente o es retirado del mercado por el INVIMA, el contratista deberá informar por escrito esta situación al SENA, en un término máximo de 48 horas a partir de la presentación del evento, incluyendo la certificación del laboratorio y demás documentos soportes, con el fin de concertar el cambio cuando se considere pertinente por parte del médico de la Regional Quindío del SENA.

La entrega de los medicamentos se hará conforme a la presentación que maneje la industria farmacéutica.

El contratista deberá entregar los medicamentos a los beneficiarios del servicio médico asistencial del SENA, de acuerdo con la fórmula medica firmada y autorizada por el Médico Asesor de la Regional Quindío del SENA.

El contratista se abstendrá de entregar medicamentos no formulados en la orden de servicios y deberá entregar los medicamentos completos. La entrega se hará a la presentación de la fórmula médica en el punto de entrega autorizado en el contrato. En caso de no contar con el medicamento recetado deberá generar un recibo de pendiente y entregarlo al beneficiario en un plazo no mayor a (12) horas a excepción de medicamentos de urgencia los cuales irán identificados por el médico de la Regional Quindío en la formula como URGENTES y deberán ser entregados en un plazo no mayor a (8) horas, con el fin de preservar la vida de los beneficiarios

El contratista deberá entregar mensualmente las facturas por servicios prestados en la Sede del Servicio Medico Asistencial de la Regional Quindío del SENA ubicado en la carrera 18 No. 7-58 del Barrio Galán de la ciudad de Armenia.

El contratista deberá contar con la capacidad para generar reportes mensuales estadísticos sobre la ejecución, formulación y entrega de medicamentos.

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El contratista deberá suministrar a la Regional Quindío del SENA, en medio electrónico en hoja de cálculo la ejecución cada ocho días del consumo total del contrato, con el fin de ejercer un control del saldo del contrato.

El contratista deberá contar con un sistema que le permita generar copia de la factura (tirilla) al usuario de Servicio Medico Asistencial una vez sea entregado el medicamento la cual será firmada por el beneficiario.

La entrega de medicamentos a beneficiarios deberán ser entregados previa presentación de los documentos, que identifican el tipo de usuario y teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

Las formulas medicas con número de autorización de la Regional Quindío del SENA,

que contengan firma y sello del médico asesor, firma que previamente deberá haber sido autorizada ante el contratista seleccionado. Las formulas llevaran sello húmedo, debidamente diligenciado con los datos del funcionario, beneficiario y fecha de autorización. Los beneficiarios siempre se acreditaran con el carné de afiliación que les identifica como afiliados al Servicio Medico Asistencial del SENA, y los cuales deberán firmar la fórmula médica.

La orden de suministro de medicamentos expedida por el Servicio Medico Asistencial

del SENA- Regional Quindío, tendrá una vigencia de setenta y dos (72) horas a partir de la fecha de dicha autorización por parte de los médicos de la Regional.

El contratista deberá abstenerse de cambiar los medicamentos autorizados por los

médicos, por cualquier otro producto ofrecido por la droguería. El contratista deberá cumplir con lo establecido en el Capitulo V artículo 20 del Decreto

2200 de 2005

3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:

El artículo 4 del decreto 2200 del 29 de junio de 2005, por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones, dispone lo siguiente: Artículo 4: el servicio farmacéutico es el servicio de atención en salud responsable de las actividades, procedimientos o intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionado con los medicamentos y los dispositivos médicos utilizados en la promoción en salud y la prevención, diagnostico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, con el fin de contribuir de forma armónica e integral al mejoramiento de la calidad de vida individual y colectiva. De los contratos de Prestación de Servicios de Salud. Las entidades estatales que requieran prestación de servicios de salud, seleccionaran a su contratista haciendo uso del procedimiento previsto para la selección abreviada de menor cuantía. En todo caso las personas naturales o jurídicas que presten dichos servicios deben estar inscritas en el registro especial nacional del Ministerio de la Salud o quien haga sus veces, de conformidad con la Ley 10 de 1990, de conformidad con lo previsto en el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, no se exigirá el Registro Único de proponentes para la contratación de estos servicios.

De acuerdo con lo anterior, todo lo relacionado con las actividades farmacéuticas deben ser entendidas como la prestación de un servicio de salud, razón por la cual el método de escogencia del contratista se hará mediante la selección abreviada para ese tipo específico de servicio, o sea, la selección abreviada de menor cuantía. En consecuencia, se aplicará el procedimiento para contratar de selección abreviada de menor cuantía, de acuerdo con el Decreto 734 de 2012 y demás Decretos reglamentarios En desarrollo de lo señalado del numeral 12 de artículo 25 de la Ley 80 del 93, los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad así como la distribución de riesgos que la misma propone.

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• La invitación a las veedurías ciudadanas para que ejerzan el CONTROL SOCIAL se publica en el PORTAL ÚNICO DE CONTRATACIÓN, a través de la Resolución de Apertura del proceso. • El contrato que se derive de este proceso requerirá para su perfeccionamiento: 1-. La suscripción por los intervinientes y para su ejecución: 1-. Registro Presupuestal 2-. Aprobación por parte del SENA de la garantía única de cumplimiento prevista. 3-. Los demás requisitos de legalización exigidas de acuerdo a la naturaleza del contrato. Al presente proceso de selección se aplicarán las pautas, principios y procedimientos que sobre la contratación la Ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007, el decreto734 de 2012. Sin olvidar lo atinente a la responsabilidad extracontractual regulados por el ordenamiento jurídico colombiano. En igual sentido, se aplicará el Manual para la Contratación Administrativa del SENA, adoptado por la Resolución 844 del 27 de abril de 2012.

4. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN.

El valor estimado del contrato es de DOSCIENTOS SETANTA MILLONES DE PESOS ($270.000.000) M/L Por tratarse de un contrato de suministro de medicamentos para un servicio de salud, es decir no se contratan unas cantidades específicas sino que se autorizan medicamentos por parte del Médico Asesor del SENA-Regional Quindío y/o el medico de urgencias de la IPS contratada, de acuerdo a necesidades de salud que presenten los beneficiarios, se calcula el valor teniendo en cuenta el histórico de formulación, equivalente a $30.000.000 promedio mensuales.

4.1 Plazo de Ejecución: Desde el acta de inicio y aprobación de las pólizas de garantía hasta el 31 de diciembre de 2013 y/o hasta agotar presupuesto, evento que ocurra primero. 4.2 Lugar de Ejecución: Departamento del Quindío. El proveedor deberá hacer entrega de los bienes o elementos requeridos por el SENA, en sus puntos de atención o en el domicilio de los beneficiarios en caso que el medicamento quede pendiente de entrega, siempre y cuando sean en la ciudad de Armenia. 4.3 Presupuesto Estimado del contrato: DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS ($270.000.000) M/L., amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1113 del 16 de enero de 2013, l expedido por el Área del Grupo Mixto de Apoyo Administrativo, rubro: Pagos Servicios Médicos Convencional.

4.4 Forma de Pago: El SENA cancelará al CONTRATISTA, la cuentas de cobro presentadas del mes inmediatamente anterior, dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo a satisfacción del SENA, evidenciado a través de certificación de la Supervisora y la Auditoria

Medica // Para la realización de cualquier pago el contratista deberá acreditar previamente encontrarse al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, además el CONTRATISTA debe anexar la correspondiente factura. Si las facturas no han sido bien elaboradas o no se acompañan de los documentos que la respalden, los términos anteriores solo empezarán a contarse desde la fecha en que quede corregida la cuenta o factura o desde aquella en que se haya aportado el último de los documentos. // Todas las demoras que se presente por estos conceptos serán de responsabilidad del PROVEEDOR, quien no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza . El SENA solamente reconocerá y cancelará las facturas con soporte de fórmula médicas, las cuales deberán llevar el número de orden de atención-autorización del SENA con firma y sello del Médico Asesor de la Regional del SENA. Dichas fórmulas llevarán además, sello húmedo, número de consecutivo, datos del funcionario, datos del beneficiario y fecha de autorización.

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El SENA efectuará al CONTRATISTA las retenciones que, en materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación. El pago de este contrato está sujeto a la disponibilidad de PAC.

4.5 Periodicidad en la entrega: Las entregas de los medicamentos a los beneficiarios debe hacerse cuando estos lo soliciten, acreditando debidamente el cumplimiento de los siguientes requisitos para ser atendidos: Carné de beneficiario del Servicio Médico Asistencial del SENA vigente Fórmula médica con la orden de atención expedida por el Médico Asesor de la Regional

(debidamente firmada y con sello), la cual será válida por 72 horas hábiles, a partir de la fecha de expedición. En caso de que origine entrega de medicamentos pendientes, esta se deberá hacer a domicilio dentro de las 12 horas siguientes, cubriendo el Departamento del Quindío.

Los beneficiarios deberán siempre acreditarse con el carné que les identifica tal condición,

firmar (si son menores de edad por el funcionario de quien depende o que lo represente).

4.6 Modalidad de Selección: De conformidad con lo ordenado por el Decreto Reglamentario 734 de 2012, artículo 3.2.2.1º. la modalidad bajo la cual se adelantara el presente proceso será la de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA.

4.7. Calidad del Proponente y Requisitos para Ofertar Podrán participar en el presente proceso de contratación las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en Colombia, con domicilio principal, sucursal o Agencia en Armenia Departamento del Quindío, habilitados para prestar servicios de salud asistencial e integral en los niveles 2º.3º.y 4º. Así como aquellas que conformen consorcios o uniones temporales, que cumplan los siguientes requisitos:

Requisito habilitantes Acreditación de existencia y representación legal: En el evento en que el oferente sea una persona jurídica deberá presentar acreditación de su Existencia y Representación Legal, a través de certificación VIGENTE y expedida por la autoridad u organismo competente de su domicilio principal, sucursal o agencia. En el caso en que el representante legal de la firma proponente tenga alguna limitación para suscribir la oferta o el contrato, se deberá anexar con la propuesta copia certificada del Acta de la Junta o Asamblea de Socios por la cual se autorice la presentación de la propuesta o firma del contrato o en su defecto se le examina o levante la limitación aludida.

Personas Jurídicas:

a) Propuesta Económica b) Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la persona jurídica. Cuando se

trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada integrante deberá presentar cada uno de los documentos relacionados.

c) Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no superior a 30 días a la fecha de presentación de la propuestas.

d) En el caso en que el representante legal de la firma proponente tenga alguna limitación para suscribir la oferta o el contrato, se deberá anexar copia certificada del Acta de la Junta o Asamblea de Socios por la cual se le exima o levante la limitación aludida.

e) Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT) f) Certificación del cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema General de Seguridad Social

en salud, pensiones, riesgos profesionales. g) Certificado de Paz y Salvo de aportes parafiscales (Sena, ICBF, y Cajas de Compensación), así

como en el pago de multas impuestas por cualquier concepto (Ministerio de Protección Social) durante los últimos 6 meses, suscrita por el representante legal ó el revisor fiscal.

h) Certificación del cumplimiento del Contrato de Aprendizaje. Se deberá acreditar paz y salvo del cumplimiento sobre el Contrato de Aprendizaje, mediante certificación expedida por revisor fiscal, cuando este exista o por el representante legal.

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i) Certificado de antecedentes expedido por la Contraloría del Representante Legal j) Certificado de antecedentes expedido por la Procuraduría del Representante Legal k) Certificación del Revisor fiscal en la cual se especifiquen los indicadores financieros Actualizados

a 31 de diciembre de 2011, para determinar que el capital de trabajo esté en consonancia con la propuesta presentada.

l) Certificado de habilitación expedido por el Instituto Seccional de Salud del Departamento del Quindío.

m) Las personas naturales o jurídicas que presten servicios de salud deben presentar la inscripción en el registro especial nacional del Ministerio de Protección Social de conformidad con la Ley 10 de 1990, concordante con el artículo 3.2.1.1º. del Decreto 734 de 2012.

n) Certificación bancaria

Consorcios y/o Uniones Temporales Cuando se trate de consorcios y/o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá cumplir con lo requisitos que se exijan para las personas naturales o jurídicas, en los términos del artículo 7º. De la Ley 80 de 1993.

5. Condiciones de la Oferta 5.1 Requisitos mínimos habilitantes: Para la verificación de los requisitos habilitantes se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales mínimos establecidos en el pliego de condiciones, el cumplimiento en la presentación de los documentos y acreditaciones exigidas. Su incumplimiento acarreará el RECHAZO de la propuesta. Igualmente, se evaluará la información aportada con las propuestas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en La Invitación Pública. Tan solo seguirán siendo hábiles aquellas propuestas que cumplan con dichos requisitos, las demás serán eliminadas. 5.2 Capacidad Jurídica: Acreditación de existencia y representación legal: En el evento en que el oferente sea una persona jurídica deberá presentar acreditación de su Existencia y Representación Legal, a través de certificación VIGENTE, y expedida por la autoridad u organismo competente de su domicilio principal, sucursal o agencia. En el caso en que el representante legal de la firma proponente tenga alguna limitación para suscribir la oferta o el contrato, se deberá anexar con la propuesta copia certificada del Acta de la Junta o Asamblea de Socios por la cual se autorice la presentación de la propuesta y firma del contrato o en su defecto se le exima o levante la limitación aludida. 5.3 Verificación Especificaciones Técnicas: Se verificará que la propuesta técnica haya sido presentada en el formato diseñado para tal efecto de conformidad a las condiciones y las calidades requeridas, y se ajuste a las necesidades de la entidad y no otorgarán puntaje. Únicamente las propuestas HABILITADAS luego de la verificación de los requisitos habilitantes serán evaluadas en los demás aspectos. Se verificará que el servicio ofertado contenga y cumpla las especificaciones y condiciones técnicas solicitadas por la entidad en cada uno de los ítems estipulados en los formatos establecidos, en las calidades señaladas, y se ajuste a las necesidades de la entidad. 5.4 Capacidad de Experiencia

General

El proponente debe tener por lo menos doce (12) meses de experiencia como Institución Prestadora del Servicio de Salud o Empresa Social del Estado en Salud, la cual deberá estar debidamente acreditada a través del respectivo acto administrativo o certificación expedida por la autoridad competente, de inscripción en el registro especial nacional del Ministerio de la Protección Social como prestadoras de servicios de salud de conformidad con la Ley 10 de 1990.

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La experiencia se contará en años a partir de la fecha de expedición del respectivo acto administrativo de inscripción en el registro especial nacional del Ministerio de la Protección Social como prestadoras de servicios de salud de conformidad con la Ley 10 de 1990. En caso de unión temporal o consorcio, al menos uno de los consorciados deberá reunir este requisito. No se acumularán las experiencias de los miembros de los consorcios o las uniones temporales. El incumplimiento de este requisito INHABILITA la propuesta en la verificación de la EXPERIENCIA.

• NOTA: Para los consorcios y las uniones temporales: cada una de las personas naturales o jurídicas que los conforman deberán presentar en forma independiente cada uno de los documentos relacionados anteriormente, salvo aquellos casos en que expresamente se permita que una sola de las partes lo acredite.[…]” Específica

El oferente deberá presentar mínimo Tres (03) certificaciones y/o copias de contratos ejecutados en los últimos (3) años, con entidades públicas o privadas, relacionadas con el objeto de la presente contratación, que solas ó sumadas corresponda como mínimo al 50% del valor del presupuesto. Las certificaciones de experiencia deberán reunir los siguientes requisitos: Nombre o razón social del contratante, nombre o razón social del contratista, fecha de iniciación y terminación del contrato, objeto del contrato, valor del contrato (Valor contrato principal más adiciones) En caso de que la certificación sea expedida a un consorcio o unión temporal, en la misma debe identificarse el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes. Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal o son contratos nuevos, indicando en cada uno de ellos sus plazos, valor. La calificación puede ser individual o general. Cuando se certifiquen contratos realizados bajo la modalidad de Consorcio o de Unión Temporal, EL SENA tomará para la habilitación el porcentaje de participación en la ejecución del contrato del OFERENTE que haga parte del consorcio o de la unión temporal. Para lo anterior el OFERENTE deberá presentar el documento que acreditó la conformación del consorcio o de la unión temporal, donde deberá constar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes para la ejecución del contrato. Específica del proponente: Es aquella directamente relacionada con el objeto a contratar,

que de acuerdo con las necesidades que la entidad pretende satisfacer, permite a la entidad

valorar la idoneidad de los proponentes, en exceso de la mínima habilitante.

Experiencia específica del equipo de trabajo: Es aquella que se acredite con base en el personal propuesto en la oferta, directamente relacionada con las actividades que desarrollarán en la ejecución contractual y que permite a la entidad valorar la idoneidad de aquél.

La valoración del equipo de trabajo deberá realizarse únicamente sobre aquél que ejecutará el contrato. La entidad estatal contratante verificará que el equipo de trabajo presentado esté en capacidad real y efectiva de cumplir con la carga y plan de trabajo de la contratación.

5.5 Capacidad Financiera: Teniendo en cuenta el artículo 6 de la Ley 1150, modificado por el artículo 221 del Decreto 19 de 2012, inciso primero, se evaluará este aspecto con base en certificación del Revisor fiscal en la cual se especifiquen los indicadores financieros Actualizados a 31 de diciembre de 2011, para determinar que el capital de Trabajo y el nivel de endeudamiento estén en concordancia con la propuesta presentada.

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Capital de Trabajo: El indicador de Capital de Trabajo del Proponente debe ser superior a 1.0 veces el valor del Presupuesto oficial de la presente convocatoria, el cual es el resultado de restar el Activo Corriente entre el Pasivo Corriente.

CT = Activo Corriente - Pasivo Corriente Para el caso de Consorcio o Uniones Temporales, el indicador de Capital de Trabajo del proponente se obtiene sumando los resultados de multiplicar el indicador de Capital de Trabajo de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal por su respectivo porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal Índice de Liquidez: Indica la disponibilidad de liquidez de que dispone la empresa.

Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente El oferente deberá presentar un índice de liquidez igual o superior a 1,5 Nivel de Endeudamiento: Refleja el grado de endeudamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos del proponente. Mientras, más alto sea este índice mayor es el endeudamiento financiero.

NE = Pasivo Total / Activo Total X 100 El oferente deberá presentar un nivel de endeudamiento menor o igual a 60%. En las ofertas presentadas por consorcios o uniones temporales, el valor de los indicadores financieros se determinará sumando los valores presentados en cada una de las variables utilizadas para el cálculo de los indicadores financieros

6. Justificación de los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable para la entidad.

Para identificar la propuesta favorable de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 734 de 2012, se tendrán en cuenta los siguientes criterios o factores de selección: 6.1 Requisitos habilitantes: La manifestación de interés previa, así como la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. La exigencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y su valor. Para la verificación de los requisitos habilitantes se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales mínimos establecidos en los pliegos de condiciones, y el cumplimiento en la presentación de los documentos y acreditaciones exigidas; su incumplimiento acarreará el RECHAZO de la propuesta. Igualmente, se evaluará la información aportada con las propuestas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en los pliegos de condiciones. Tan solo seguirán siendo hábiles aquellas propuestas que cumplan con dichos requisitos, las demás serán eliminadas. Únicamente las propuestas HABILITADAS luego de la verificación de los requisitos habilitantes serán evaluadas y ponderadas en los aspectos técnico - económico 6.2 FACTORES DE PONDERACIÓN: La propuesta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores Técnico-calidad y precio y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos.

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6.2.1 FACTOR TÉCNICO- (SE OTORGARAN HASTA 450 PUNTOS) El puntaje asignado para esta evaluación es de 450 puntos, teniendo en cuenta la Infraestructura locativa y los horarios de Atención, así:

Se asignarán 350 puntos a la propuesta que ofrezca el mayor número de puntos de atención para la entrega de los medicamentos con Certificación de Inscripción ante la Secretaria Departamental de salud del Quindío en la ciudad de Armenia Quindío Los puntos de atención, para la entrega de medicamentos, pueden ser propios y/o en convenio y/o en arrendamiento, con adecuada infraestructura locativa para el desarrollo del objeto contractual. Los demás oferentes obtendrán puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que obtenga al practicar una regla de tres directa, es decir a mayor número de puntos de atención ofrecidos, mayor puntaje.

Se asignarán 50 puntos al proponente que ofrezca al menos un punto de atención para la entrega de medicamentos de lunes a domingo, durante las 24 horas.

Los puntos de atención ofrecidos por cada proponente deberán estar Certificados por el Ente regulador y la Entidad realizará la verificación respectiva por intermedio del Comité Asesor y Evaluador designado por el Director Regional para el otorgamiento del puntaje. El SENA Regional Quindío, otorga este puntaje, toda vez que es fundamental, contar con puntos de entrega de medicamentos, que aseguren la entrega completa e inmediata, al momento del reclamo por parte de los beneficiarios del Servicio Médico de la Entidad, propendiendo por la salud y la vida de los mismos, lo cual está contenido en la constitución y la Ley.

Se asignarán 50 puntos al proponente que ofrezca el servicio de entrega a domicilio. 6.2.2 FACTOR ECONÓMICO (SE OTORGARAN HASTA 550 PUNTOS) Se otorgará el mayor puntaje (550) a aquella propuesta que ofrezca el porcentaje de descuento más alto referente tarifario: el primer FARMAPRECIOS DE 2013, congelado a diciembre de 2013; porcentaje que debe ser sostenido durante la ejecución del contrato. Los demás oferentes obtendrán puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que obtenga al practicar una regla de tres directa, es decir a mayor descuento mayor puntaje 6.3 CALIFICACIÓN FINAL La suma de los puntajes obtenidos en cada uno de estos numerales arrojará la calificación final del Proponente. De las Propuestas admitidas se elegirá a la mejor propuesta que haya obtenido el mayor número total de puntaje. La propuesta que le siga en orden por el número de puntaje a la seleccionada, quedará en lista de espera para el evento de que el contrato no pueda ser perfeccionado por la elegida

REQUISITOS PONDERACION

FACTOR DE PONDERACION

DEFINICIÓN CALIFICACIÓN

TECNICO-CALIDAD

350 puntos para la propuesta que ofrezca el mayor número de puntos de atención para la entrega de los medicamentos con Certificación de Inscripción ante la Secretaria Departamental de salud del Quindío. Los demás oferentes obtendrán puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que obtenga al practicar una regla de tres directa, es decir a mayor número de puntos de atención ofrecidos, mayor puntaje 50 puntos a la propuesta que ofrezca al menos un punto de

450 puntos

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atención para la entrega de medicamentos de lunes a domingo, 24 horas de servicio. 50 puntos a la propuesta que ofrezca servicio a domicilio para la entrega de los medicamentos en la zona urbana de la ciudad de Armenia.

ECONÓMICO

Se otorgará el mayor puntaje (550) a aquella propuesta que

ofrezca el porcentaje de descuento más alto referente tarifario: el primer FARMAPRECIOS de 2013, congelado a diciembre de 2013. Porcentaje que debe ser sostenido durante la ejecución del contrato. Los demás oferentes obtendrán puntaje proporcional descendente, de acuerdo con el resultado que obtenga al practicar una regla de tres directa, es decir a mayor descuento mayor puntaje

550 puntos

TOTAL 1000 puntos

REQUISITOS HABILITANTES

REQUISITOS HABILITANTES

DEFINICIÓN CALIFICACIÓN

CAPACIDAD JURÍDICA

Para la verificación jurídica se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la invitación pública, y el cumplimiento de la presentación de los documentos y acreditaciones exigidas; su incumplimiento acarreará el RECHAZO de la propuesta. Igualmente, se evaluará la información aportada con las ofertas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en la invitación pública. Tan solo seguirán siendo hábiles aquellas propuestas que cumplan con dichos requisitos, las demás serán eliminadas. Las propuestas habilitadas en la evaluación jurídica serán evaluadas en el aspecto técnico

No tiene ponderación – el resultado es de admisión o

rechazo (habilitada o no

hábil)

CONDICIONES DE EXPERIENCIA

Este requisito deberá ser acreditado por el proponente dentro de su oferta. Serán habilitadas las propuestas que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el pliego.

No tiene ponderación – el resultado es de admisión o

rechazo (habilitada o no

hábil)

CAPACIDAD FINANCIERA

Este requisito deberá ser acreditado por el proponente dentro de su oferta Serán habilitadas las propuestas que con los requisitos mínimos establecidos en el pliego de condiciones.

No tiene ponderación – el resultado es de admisión o

rechazo (habilitada o no

hábil)

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN

Se verificará que el proponente cuente con una estructura logística y administrativa básica que le permita el control y disponibilidad de los recursos de talento humano y físicos para cumplir de manera eficiente y oportuna el objeto del contrato, en el lugar de ejecución y de acuerdo a las especificaciones requeridas por el SENA. Se habilitarán aquellas propuestas que de conformidad a lo acreditado cumplan con los requisitos mínimos exigidos en el pliego de condiciones.

No tiene ponderación – el resultado es de admisión o

rechazo (habilitada o no

hábil)

VERIFICACIÓN ESPECIFICACIONES

TÉCNICAS

Este requisito deberá ser acreditado por el proponente dentro de su oferta. Deberá tener en cuenta los aspectos técnicos habilitantes como: Ubicación, medición de humedad, y temperatura, control de plagas, control de red de frio, sección de controlados, zona de rechazados, manual de procedimientos operativos del almacenaje y distribución de medicamentos Según lo contemplado por el Ministerio de Protección Social en el Decreto1011 del 2006.

No tiene ponderación – el resultado es de admisión o

rechazo (habilitada o no

hábil)

RESULTADO FINAL: La adjudicación se hará de manera completa y total a la propuesta habilitada que

haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderación.

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6.4 Desempate: En igualdad de condiciones, entendida como la circunstancia en la cual dos (2) o más propuestas obtienen el mismo puntaje FINAL más alto en la evaluación, se tendrán en cuenta los factores de favorabilidad que determina la ley 361 de 1997, Articulo 24, Los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación tendrán las siguientes garantías: “A que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación; 7. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.

En general, todos los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario necesarios para dar cabal ejecución del contrato resultante, serán asumidos por el oferente adjudicatario; y deberá soportar el 100% de la variación de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos. 7.1 RIESGO DE OPERACIÓN: Los riesgos logísticos de fabricación, transporte, perdida e importación del bien objeto de este proceso son asumidos por oferente adjudicatario. 7.2 RIESGO ECONOMICO: Los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones en los precios de mercado de los materiales, los insumos, la alteración o alzas inesperadas en las mismas y que afecten el valor de los medicamentos, mano de obra y todo lo concerniente a la fabricación e importación del bien objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riego del oferente adjudicatario; y deberá soportar el 100% de los riesgos de operación del bien objeto del presente contrato 7.3 RIESGO TRIBUTARIO: Los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación tributaria, la creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta, es asumido por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario.

7.4 CALIDAD E IDONEIDAD DEL BIEN: Por calidad de un bien o servicio se entiende el

conjunto total de propiedades, ingredientes o componentes que lo constituyen, determinan, distinguen o individualizan, Por idoneidad de un bien o servicio, se entiende la aptitud del mismo para satisfacer las necesidades para las cuales ha sido producido el bien o prestado el servicio, así como las condiciones bajo las cuales se debe utilizar en orden a la normal y adecuada satisfacción de dichas necesidades. El oferente adjudicatario es responsable de la calidad e idoneidad de los bienes y servicios del producto ofertado y adjudicado. El adjudicatario, deberá soportar y cubrir todos los riesgos derivados de la mala calidad del producto. 7.5 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: El oferente adjudicatario asumirá la carga, a su costo y riesgo, de asegurar los daños, pérdidas, destrucción, o deterioro causado por fuerza mayor o caso fortuito que puedan presentarse durante la ejecución del contrato, para lo cual podrá celebrar los contratos de seguros que considere pertinente. El adjudicatario debe soportar el 100% del valor adicional que le genere el incumplimiento del plazo de ejecución del contrato, actividades que tendrán que ver con los tiempos de fabricación, importación, trámites de nacionalización, entre otros

7.6 NO SUSCRIPCION O CASO FORTUITO: Si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993.

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8. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES TANTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN COMO DEL CONTRATO. El presupuesto ejecutado por el Sena, y de manera particular los procesos contractuales que adelanta, se desarrollan en función del cumplimiento de sus objetivos institucionales. En ese sentido es deber de los ordenadores del gasto promover la mejor ejecución de los recursos vinculados, incluyendo mecanismos legales de garantía como los que se solicitarán en el presente proceso. Atendiendo a lo anterior, considera la entidad que es necesario que el contratista otorgue garantías para la presente contratación, en cumplimiento de lo consagrado en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, y en los términos señalados en los artículos 5.1.7.4, 5.1.7.5, 5.1.7.8 y 5.1.7.9 del Decreto 734 de 2012 para amparar el cumplimiento de las obligaciones surgidas en el contrato, la cual se mantendrá vigente durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustara a los limites, existencia y extensión de los siguientes amparos: 8.1 Cumplimiento: Para proteger eventuales perjuicios por incumplimiento del contratista en el desarrollo del objeto del contrato y sus obligaciones y será equivalente al 20% del valor del contrato, con una vigencia igual al termino de duración del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento.

8.2. Calidad del Bien o Servicio: Este amparo se rige con el fin de proteger a la Entidad en la calidad del producto requerido ( medicamento) y teniendo en cuenta el grado de complejidad del mismo será equivalente al 10% del valor del contrato, con una vigencia equivalente a la duración del contrato y seis (6) meses más. En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Decreto 734 de 2012. 8.3. Responsabilidad Civil Extracontractual: En cuantía no inferior al 200 SMLMV con vigencia igual a su plazo de ejecución y cuatro (4) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. 8.4. Salario y Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Equivalente al diez (10%) del valor total del contrato y con una vigencia igual plazo de ejecución y tres (3) años más. 8.5 Indemnidad: De conformidad con el artículo 5.1.6º.del Decreto 734 de 2012 el contratista se obliga a mantener al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y de las que se deriven de sus actuaciones o las del personal a su cargo. 8.6 Seriedad de la Oferta: Para responder por la seriedad de la propuesta, el proponente deberá constituir a favor del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE “SENA”, NIT: 899999034-1, una garantía consistente en una póliza expedida por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para operar en Colombia cuya póliza matriz debe corresponder a las que se otorgan a favor de Entidades Públicas, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del valor estimado para el presente proceso. La vigencia de la garantía deberá ser de noventa (90) días calendario, iniciando su vigencia el día fijado como fecha de cierre de la contratación. En el evento en que sea prorrogada la fecha de cierre de la contratación, la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta deberá cobijar noventa días (90) días calendario, contados a partir del nuevo día de cierre previsto con ocasión de la prórroga. La entidad podrá solicitar a uno o a todos los proponentes la ampliación de la vigencia de la póliza de seriedad, si así lo considera conveniente. Las primas que ocasionen la renovación, correrán por cuenta del proponente. En el evento de presentación conjunta de propuestas, la garantía de seriedad deberá expedirse a nombre de todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal según el caso.

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Cuando el proponente no anexe el original de la póliza de seriedad junto con la oferta, se rechazará la propuesta.

8.7 Multa y Cláusula Penal Pecuniaria: El incumplimiento de las obligaciones del contrato serán sancionados pecuniariamente de conformidad con las siguientes estipulaciones: 1) En caso de que haya lugar a la declaratoria de incumplimiento o caducidad del contrato, el SENA podrá exigirle CONTRATISTA a título de tasación anticipada de perjuicios, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato, lo cual no lo exime del pago de los perjuicios causados en exceso de dicha tasación. 2) Si el incumplimiento es parcial por parte del CONVINIENTE, sin que de lugar a la declaratoria del siniestro de incumplimiento o la de caducidad, éste reconocerá y pagará al SENA, una multa equivalente al 0,5% del valor del Contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin superar el diez (10%) del valor del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: En la aplicación de la cláusula penal y de las multas se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad y se dará previamente cumplimiento al debido proceso, de conformidad con los artículos 17 de la ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011 (anticorrupción). PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de que el CONTRATISTA no pague el valor de la cláusula penal o de la multa dentro del término indicado en el acto administrativo correspondiente, el SENA hará efectivo su pago a través de la póliza de cumplimiento del contrato o la deducirá de cualquier cantidad que adeude al CONTRATISTA, quien autoriza esta deducción expresamente con la firma de este contrato 9. Cronograma del Proceso.

Actuación Fecha Hora Lugar y/o Forma

PUBLICACION DE: AVISO DE CONVOCATORIA, ESTUDIOS PREVIOS Y PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES.

Del 1 al 7 de febrero de 2013.

Pàgina Web - www.contratos.gov.co

RECEPCION DE OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

Del 1 al 7 de febrero de 2013.

Hasta las 12:00 m del del 24 de enero.

Oficina de Gestión Documental (oficina de Archivo) SENA Regional Quindío, Carrera 18 No.7-58 Armenia-Quindío.

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PROYECTO DEL PLIEGO DE CONDICIONES.

08-02-2013 Pàgina Web -www.contratos.gov.co

Término máximo para PRESENTAR MANIFESTACION DE INTERES en caso de ser Mypes o Mypimes, se cumplen los presupuestos del Art. 4.1.2 y 4.1.3 del Decreto 734 de 2012, según sea el caso

08-02-2013 Oficina de Gestión Documental (oficina de Archivo) SENA Regional Quindío, Carrera 18 No.7-58 Armenia-Quindío.

PUBLICACION DE LA RESOLUCION DE APERTURA DEL PROCESO Y DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO.

Del 11 al 22 de Febrero de 2013

Pàgina Web - www.contratos.gov.co

INSCRIPCION DE OFERENTES Y MANIFESTACION DE INTERES EN PARTICIPAR

Del 12 al 14 de Febrero de 2013

Hasta las 5:00 pm.

Oficina de Gestión Documental (oficina de Archivo) SENA Regional Quindío, Carrera 18 No.7-58 Armenia-Quindío.

COMUNICAR A LOS POSIBLE OFERENTES LA REALIZACIÓN O NO DE AUDIENCIA DE SORTEO, AL FINALIZAR EL TÉRMINO PARA RECEPCIÓN DE MANIFESTACIONES DE INTERÉS

14-02-2013 Oficina de Gestión Documental SENA Regional Quindío, Carrera 18 No.7-58 Armenia-Quindío.

AUDIENCIA DE SORTEO PARA CONSOLIDACION DE OFERENTES

15-02-2013 A las 10:00 am. Oficina del Servicio Médico Asistencial del SENA - Carrera 18 No.7-58 Armenia Quindío

PUBLICACION DEL ACTA DE SORTE-SECOP 15-02-2013 Pàgina Web - www.contratos.gov.co

RECEPCION DE PROPUESTAS Y ACTA DE CIERRE DE LA CONVOCATORIA.

22 -02-2013 3:00 pm. Oficina de Gestión Documental SENA Regional Quindío, Carrera 18 No.7-58 Armenia-Quindío.

EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 25 Y 26 de Febrero de 2013.

Inicia el 18 de febrero 9:00 am.

Oficina del Servicio Médico Asistencial del SENA - Carrera 18 No.7-58 Armenia Quindío

PUBLICACION DEL INFORME DE EVALUACION. (Por 3 días hábiles)

27-02-2013 Pàgina Web - www.contratos.gov.co

RECEPCION DE OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACION Y RECEPCION DE DOCUMENTOS HABILITANTES SUBSANABLES

28-02-2013

Hasta las 3:00 pm. del último día.

Oficina de Gestión Documental SENA Regional Quindío, Carrera 18 No.7-58 Armenia-Quindío.

ESTUDIO Y EVALUACION DE LAS OBSERVACIONES A LA EVALUACION

01-03-2013 9: 00 am Oficina del Servicio Médico Asistencial del SENA - Carrera 18 No.7-58 Armenia Quindío

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES DE LA EVALUACION (PUBLICACION)

04-03-2013 Pàgina Web - http://www.contratos.gov.co

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ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACION DEL CONTRATOS (RESOLUCION)

04-03-2013 Oficina del Servicio Médico Asistencial del SENA - Carrera 18 No.7-58 Armenia Quindío

PUBLICACION DE LA RESOLUCION O ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACION - o publicación de la declaratoria de Desierta

04-03-2013 Pàgina Web - www.contratos.gov.co

SUSCRIPCION, PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACION DEL CONTRATOTRATO

Desde el 05 -03-2013

Oficina del Servicio Médico Asistencial del SENA - Carrera 18 No.7-58 Armenia Quindío

PUBLICACION DEL CONTRATO Dentro de los 3 días siguientes a la Firma del Contrato

Pàgina Web - www.contratos.gov.co

Observaciones: El cumplimiento del cronograma estará sujeto a la fecha de envió de las autorizaciones por parte de la Dirección General. 10. Supervisión: La supervisión del contrato será ejercida por el funcionario encargado de los procesos del Programa de Servicio Médico Asistencial. Dada en Armenia Quindío, el 29 de enero de 2013

(Original Firmado)

HERNAN HOYOS WALTEROS Director Regional

Proyectó: Lucy Nelly H. Encargada Procesos del SMA Vobo. Karen Calderon Vásquez Apoyo Jurídico Regional

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ANEXO No. 1

CDP No. 1113 DEL 16 DE ENERO DE 2013