Reforma Tributaria e Impacto Laboral - Strategy Day
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ESTUDIO LEGAL &
PRESENTAN:
REFORMA TRIBUTARIA 2012
IMPACTO EN MATERIA LABORAL
CONCEPTUALIZACIÓN GENERAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS LEY 1607 DE 2012
Objetivos de la reforma
1. Generación de empleo Exenciones en parafiscalidades y seguridad social
- Capacidad económica de la reforma de generar empleo?
- Expectativas económicas del gobierno y estimaciones de fuentes independientes.
2. Equidad = Reducción de la desigualdad.
Efecto Pass Through: desplazamiento de la imposición
Principales temas desarrollados en ley 1607 de 2002.
Modificación alivios tributarios, estructura, creación de IMAN, IMAS y TMR.
Corrección de inequidades en tarifas del IVA
Actualización de normas relativas a la reorganización empresarial
Introducción de un régimen legal anti-evasión
Modificación de régimen internacional del impuesto sobre la renta y precios de transferencia
Sistema de renta por ganancias ocasionales
Modificación impo-renta sobre actividades financieras e inversión extranjera
Creación impuesto nacional a la Gasolina y el ACPM.
EXENCIONES E IMPUESTO CREE
CONCEPTUALIZACIÓN GENERAL
INJERENCIA LABORAL DE LA REFORMA TRIBUTARIA
PARAFISCALIDADES
Pagos sobre la nómina cuya base está
constituida por el salario del trabajador y
sus descansos remunerados.
TRIBUTACIÓN CORPORATIVA
Deducibilidad del gasto
laboral en la renta
corporativa.
Determinación de la retención
en la fuente.
TRIBUTACIÓN EMPLEADO
Planeación de la retención en
la fuente.
Determinación y pago del
impuesto sobre la renta.
CONCEPTUALIZACIÓN GENERAL
ESTRUCTURA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN LA EMPRESA
INGRESOS BRUTOS
<DEVOLUCIONES REBAJAS Y DESCUENTOS>
INGRESO NETO
<COSTOS>
RENTA BRUTA
<DEDUCCIONES>RENTA LÍQUIDA X TARIFA = IMPORENTA
CONCEPTUALIZACIÓN GENERAL
ELEMENTOS IMPUESTO CREE
• Contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta
SUJETO ACTIVO
• Nación. En todo caso cabe recordar que su recaudo tiene destinación específica en relación con la financiación de algunas entidades públicas y el SG de SS en Salud.
SUJETO PASIVO
• Obtención de ingresos suceptibles de enriquecer (Utilidades fiscales)
HECHO GENERADOR
• Misma estructura de depuración del impo-renta, sin embargo algunos conceptos de renta no se pueden tener en cuenta.
BASE GRAVABLE
• 8%, mas un punto adicional los primeros tres (3) años.
TARIFA
EXCENCIONES E IMPUESTO CREE
IMPUESTO CREE
33%
25% 25%
8% 8%
1%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
40%
AÑO 2012 AÑOS 2013 - 2015 AÑO 2016 EN ADELANTE
IMPORENTA CREE (8%) ADICIONAL CREE 2013 / 15
INGRESOS BRUTOS
<DEVOLUCIONES REBAJAS Y DESCUENTOS>
INGRESO NETO
<COSTOS>
RENTA BRUTA
<DEDUCCIONES>RENTA LÍQUIDA X TARIFA = CREE
RENTAS DE TRABAJO 2013
REGLAMENTACION CREE D 099/2013
Ratifica:
- Tabla de retención del Artículo 383 del E.T.
- Ratifica la metodología de definición del porcentaje fijo de retención en el
procedimiento 2 de rete-fuente.
- Ratifica procedencia de deducibles de vivienda, medicina pre-pagada y
dependientes. (Omite mencionar la salud obligatoria).
- Definición de dependientes.
A tener en cuenta:
1. Establece certificación para efectos de la aplicación de la Tarifa mínima de retención.
RENTAS DE TRABAJO 2013
REGLAMENTACION CREE D 862/13
Vigencia: Determina aplicación de exenciones en parafiscales
Contribuyentes: Sujetos pasivos de cree. Los no sujetos al impuesto
continúan con el pago pleno de parafiscales.
Tres tarifas diferenciales, aplicables según actividad principal de la empresa:
0,3% - 0,6% y 1,5%.
Mecanismos de control: pagos que constituyan salario.
A tener en cuenta: Para E.S.T. así como servicios de aseo y cafetería, la retención en la fuente aplica sobre toda la operación o sobre el AIU? Norma no indica.
RENTAS DE TRABAJO 2013
CARGA PRESTACIONAL EMPRESA
PRIMER
SEMESTRE
2013
SEGUNDO
SEMESTRE
20132014
SENA 2,00%
ICBF 3,00%
CCF 4,00% 4,00% 4,00%
PENSIÓN 12,00% 12,00% 12,00%
SALUD 8,50% 8,50%
ARL 0,522% 0,52% 0,52%
PRIMA 8,33% 8,33% 8,33%
CESANTIA 8,33% 8,33% 8,33%
INTERESES 1,00% 1,00% 1,00%
VACACIONES 4,17% 4,17% 4,17%
51,85% 46,85% 38,35%
CARGA PRESTACIONAL EMPRESA
PARAFISCALES
SEGURIDAD SOCIAL
PRESTACIONES SOCIALES
TOTAL
EXCENCIONES E IMPUESTO CREE
PANORAMA LABORAL 2013
ART. 127 C.S.T.:
“…La remuneración ordinaria, fija o
variable, sino todo lo que recibe el
trabajador en dinero ó en especie como
contraprestación de sus servicios…”
A TENER EN CUENTA: Exención parece tomar en cuenta concepto de salario
para su base según D 862, sin embargo proyecto de decreto de la DIAN indica
que son ingresos laborales.
Primas
Bonificaciones habituales
Horas extras
Comisiones
Porcentajes sobre ventas
EFECTOS FISCALES DEL INGRESO LABORAL
EFECTOS FISCALES DEL INGRESO LABORAL
ELEMENTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
1. Sujeto Activo: Estado.
2. Sujetos pasivos (contribuyentes): Personas Naturales (cónyuges
individualmente), Personas Jurídicas, Donaciones o Asignaciones modales
(Herencias y Legados), Fondos Públicos.
3. Hecho generador: Obtención de ingresos susceptibles de incrementar el
patrimonio.
4. Tarifa: 0% - 19% - 28% o 33% según tabla artículo 241 E.T.
EFECTOS FISCALES DEL INGRESO LABORAL
CONCEPTUALIZACIÓN
RENTAS DE TRABAJO: salarios, beneficios, comisiones, prestaciones
sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos
eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado
cooperativo y, en general, las compensaciones por servicios personales.
INGRESOS DIRECTOS E INDIRECTOS: Pagos directos al trabajador y
pagos a terceros en su beneficio o el de su grupo familiar.
PERFILES TRIBUTARIOS:
Mínimo libre de tributación
Sujetos a retención
Declarantes del impuesto sobre renta (Det. Ordinaria, Iman Imas).
EFECTOS FISCALES DEL INGRESO LABORAL
BENEFICIOS LABORALES CON AHORRO FISCAL
Vales Alimentación
• No constituyen ingreso tributario para quienes devenguen salarios de hasta 310 UVT y por un valor mensual de hasta 41 UVT
Aportes Voluntarios a Pensión Patrocinados
• No constituyen Ingreso Fiscal hasta un valor anual que no exceda 3.800 UVT y hasta por un 30% del ingreso fiscal o laboral del empleado
Pagos Indirectos por Salud o Educación
• No constituyen ingreso en retención en la fuente al cumplir las siguientes condiciones: i) Son un plan permanente de la empresa; ii) Se reconocen a la generalidad de los empleados y iii) hasta el valor promedio de los pagos realizados
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES NUEVA ESTRUCTURA DEPURACIÓN RETENCIÓN EN LA FUENTE (D 1070/13)
Salario, Primas Extralegales, Primas de
Antigüedad, Bonos Resultados, Comisiones etc. …Se
excluyen: Vales alimentación, pagos indirectos por salud
y educacion y pagos orientados al cumplimiento de las
funciones del empleado.
Máximo el 30% de Total de Ingresos Gravables limitado
anualmente a 3.800 UVT ($101`996.000).
Aportes Obligatorios a Pensión Empleado
Fondo de Solidaridad Pensional
Fondo de Subsistencia
Aportes Voluntarios a Pensiones y cuentas A.F.C
25% de Ingresos Gravados limitado a 240 UVT
($6`442.000 año 2013)
- Salud: Para empleados con ingreso que no exceda
4.600 UVT ($119.825.000 2013) con tope de 16 UVT
- Dependientes hasta 10% ingreso bruto y 32 UVT
- Salud Obligatoria
- Intereses y Corrección Monetaria tope de 100 UVT
Método 1 (Tabla)
ó
Método 2 (Porcentaje)
RENTA EXENTA HASTA 30%
DEDUCCIONES ESPECIALES
RENTA EXENTA 25%
BASE DE RETEFUENTE
TOTAL INGRESO LABORAL
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
Promedio de pagos gravables
de 12 meses anteriores
• Con cambio de estructura determinación del promedio no es clara
Dividir entre 13
• Continua vigente el factor, ¿momento de la depuración en que se aplica?
Convertir a UVTs• A fin de homologar a
parámetros de la tabla
Llevar a tabla de retención
• Se ubica en el rango y se aplica la formula correspondiente
Determinación del porcentaje
• el resultado se divide entre el valor en UVT antes de aplicar la tabla
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES Señores
NUEVA EPS
Ref: Deducción por dependientes.
Respetados señores:
Dando cumplimiento al parágrafo 2º del artículo 387 del E.T. (art. 15 ley 1607 de 2012) así como la
reglamentación del parágrafo 4º del artículo 2º del Decreto 0099 de 2013, certifico en mi calidad de empleado de
la empresa y bajo la gravedad del juramento, que son dependientes a mi cargo las siguientes personas:
Nombre Edad Vínculo
Laura Rodríguez 12 años hija
Pedro Miguel Rodríguez 14 años hijo
De igual manera manifiesto que he verificado los parámetros legales y reglamentarios, siendo este beneficio
aplicable en la disminución de la base de mi retención en la fuente conforme lo establece la ley, por lo que
agradezco se aplique el beneficio fiscal de dependientes mediante la deducción del 10% de mis ingresos
laborales brutos, teniendo en cuenta el tope de ley. (32 UVT mensuales).
Atentamente,
Pedro Rodríguez
Gerente Operativo
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
EJEMPLO
CONCEPTO
SALARIO
ORDINARIO
SIN BT
SALARIO ORDINARIO
CON MAXIMO BT
SALARIO $ 10.000.000 $ 10.000.000
RENTA
EXENTA
30%
PENSIÓN OBLIG $ 280.000 $ 280.000
FSP Y FS $ 70.000 $ 70.000
P VOL Y AFC $ 2.650.000
RTA EXENTA 30% $ 350.000 $ 3.000.000
INGRESO NETO $ 9.650.000 $ 7.000.000
DE
DU
CIB
LE
S
SALUD PREP $ - $ 429.000
VIV $ - $ 2.684.000
SALU OBLIG $ - $ 269.231
DEPENDIENTES $ - $ 859.000
TOTAL
DEDUCIBLES $ - $ 4.241.231
RTA LIQUIDA $ 9.650.000 $ 2.758.769
25% RTA EXTA $ 2.412.500 $ 689.692
BASE RETENCIÓN $ 7.237.500 $ 2.069.077
VR UVT 269,64 77,09
RETENCIÓN
APLICADA $ 1.168.000 0
TARIFA MÍNIMA DE RETENCIÓN
CONCEPTO VALOR
PM
$ 10.000.000
SS $ 630.000
BASE TMR
$ 9.370.000
BASE EN UVT 349,09
TARIFA MÍNIMA DE
RETENCIÓN UVT14,06
TRIFA MÍNIMA DE
RETENCIÓN COP$ 377.000
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
PARTICIPACIÓN DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE EN EL INGRESO DEL
EMPLEADO
0.00%
5.00%
10.00%
15.00%
20.00%
25.00%
30.00%
$3
,60
0,0
00
$4
,50
0,0
00
$5
,50
0,0
00
$6
,50
0,0
00
$7
,50
0,0
00
$8
,50
0,0
00
$9
,50
0,0
00
$1
0,5
00
,00
0
$1
1,5
00
,00
0
$1
2,5
00
,00
0
$1
3,5
00
,00
0
$1
4,5
00
,00
0
$1
5,5
00
,00
0
$1
6,5
00
,00
0
$1
7,5
00
,00
0
$1
8,5
00
,00
0
$1
9,5
00
,00
0
$2
0,5
00
,00
0
$2
1,5
00
,00
0
$2
2,5
00
,00
0
$2
3,5
00
,00
0
$2
4,5
00
,00
0
$2
5,5
00
,00
0
$2
6,5
00
,00
0
$2
7,5
00
,00
0
$2
8,5
00
,00
0
$2
9,5
00
,00
0
$3
0,5
00
,00
0
$3
1,5
00
,00
0
$3
2,5
00
,00
0
$3
3,5
00
,00
0
$3
4,5
00
,00
0
$3
5,5
00
,00
0
$3
6,5
00
,00
0
$3
7,5
00
,00
0
$3
8,5
00
,00
0
$3
9,5
00
,00
0
$4
0,5
00
,00
0
$4
1,5
00
,00
0
$4
2,5
00
,00
0
$4
3,5
00
,00
0
$4
4,5
00
,00
0
$4
5,5
00
,00
0
$4
6,5
00
,00
0
$4
7,5
00
,00
0
$4
8,5
00
,00
0
$4
9,5
00
,00
0
$5
0,5
00
,00
0
$5
1,5
00
,00
0
$5
2,5
00
,00
0
$5
3,5
00
,00
0
$5
4,5
00
,00
0
$5
5,5
00
,00
0
$5
6,5
00
,00
0
$5
7,5
00
,00
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$5
8,5
00
,00
0
$5
9,5
00
,00
0
RETENCIÓN SIN BTS RETENCIÓN CON BTS TARIFA MÍNIMA
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
TARIFA MÍNIMA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE
• Aplica solamente para declarantes del impuesto sobre la renta
• La condición de empleado para efectos fiscales y declarantes o no declarantes
debe ser informada bajo gravedad de juramento
• Se da en función del ingreso promedio mensual del empleado
• Constituye el valor mínimo a retener
• Entró en vigencia a 1º de abril de 2013
• Solo puede aplicarse el concepto de pago mensuyal
INGRESOS DEL MES
<SEGURIDAD SOCIAL>
BASE DE CÁLCULO RETENCIÓN MÍNIMA
FORMA DE
CÁLCULOTABLA
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
Señores
NUEVA EPS
Ref: Aplicación Tarifa Mínima de Retención.
Respetados señores:
Con el fin de dar cumplimiento a lo expuesto en el artículo 14 (parágrafo 3º) de la ley 1607 de 2012
que modificó el artículo 384 del E:T., en relación con la obligación del trabajador de informar su
condición de empleado para efectos fiscales y declarante del impuesto sobre la renta para la
determinación de la aplicación de la Tarifa Mínima de Retención, me permito informar a la empresa
que por el año gravable 2012 tengo la condición de declarante del impuesto sobre la renta.
Agradezco de antemano su atención a la presente.
Atentamente,
Pedro Pérez
CC. 17`880.880 de Bogotá
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
RESUMEN PRINCIPALES CAMBIOS
1. Aportes a Pensión y AFC
Limitación beneficio fiscal PV y cuentas AFC 3.800 UVT año
Cambio en la denominación de este beneficio de INCR a Renta Exenta
Periodo de consolidación de beneficio fiscal pasa de 5 a 10 años
Adquisición de vivienda con recursos en cuentas AFC requiere escritura pública
2. Deducibles
Eliminación exención por pagos por educación
Concurrencia deducibles salud y vivienda
Limitación a 16 UVT medicina pre-pagada
Creación exención dependientes limitada a 10% de ingreso bruto hasta 32 UVT
3. Renta Exenta del 25%.
Detracción de la renta exenta al final de la depuración
4. Base de retención
Creación de tarifa mínima de retención para declarantes
RETENCIÓN EN LA FUENTE EN INGRESOS LABORALES
A TENER EN CUENTA
1. Regulación de Tarifa mínima de retención
Precisar concepto de declarante para determinación de sujetos de la tarifa y cada cuanto se actualiza
Aclarar que pasa con salarios variables
Que pasa frente a conceptos que expresamente no constituyen ingreso
2. Deducibles
¿Omisión en mencionar el deducible de salud obligatoria?
¿Requisitos adicionales para aplicar deducible de dependientes?
3. Otros
Determinación porcentaje fijo de retención, ¿cuándo se divide entre 13?
DECLARACIÓN DE RENTA EMPLEADOS
DECLARACIÓN DE RENTA EMPLEADOS
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
TOTAL DE INGRESOS GRAVADOS
< RENTAS EXENTAS DEL 30%>
INGRESO NETO
<DEDUCCIONES ESPECIALES>
RENTA LÍQUIDA
< RENTA EXENTA 25%>
BASE DE IMPUESTO
DECLARACIÓN DE RENTA EMPLEADOS
IMAN E IMAS
IMAN: Impuesto mínimo alternativo para los empleados remplaza la renta presuntiva y coexiste con la
depuración ordinaria.
Representa un valor mínimo a pagar por concepto de impuesto sobre la renta.
Su depuración se realiza teniendo en cuenta entre otros:
- Dividendos y participaciones no gravados en cabeza del socio o accionista.
- Los aportes obligatorios al sistema general de seguridad social a cargo del empleado.
- Los pagos catastróficos en salud no cubiertos POS si superan el 30% del ingreso bruto del
contribuyente en el respectivo año o período gravable.
- Los aportes obligatorios al Sistema de Seguridad Social cancelados durante el respectivo periodo
gravable, sobre el salario pagado a un empleado o empleada del servicio doméstico.
- Los retiros de los fondos de cesantías que efectúen los beneficiarios o partícipes sobre los aportes
efectuados por los empleadores a título de cesantía.
Empleados con ingresos inferiores a 4700 UVT anuales ($ 126.000.153) podrán presentar únicamente la
declaración de renta vía IMAS (Impuesto Mínimo Alternativo Simple). La declaración vía IMAS queda en
firme a los 6 meses.
Presentación de la Declaración para los no obligados produce efectos jurídicos
DECLARACIÓN DE RENTA EMPLEADOS
CONCUSIONES SOBRE CAMBIOS FISCALES EN MATERIA LABORAL
Es necesario estar atentos a las aclaraciones sobre las bases de la exención.
La reforma tributaria le permite a la administración de impuestos una mayor capacidad de
fiscalización, presente su impuesto y aplique los beneficios establecidos en la ley.
Asegúrese de haber informado a la empresa si es declarante para efectos de la tarifa mínima de retención.
Los sujetos de retención pueden solicitar se les practique una mayor retención en la fuente.
Si puede aplicar rentas exentas o deducibles infórmese sobre la forma de utilizarlos en su retención en la
fuente.
Esté atento a las fechas de ley para la presentación de sus documentos sobre deducibles y su declaración
de renta.
En caso de no saber elaborar su declaración de impuestos asesórese de un experto.
El IMAN y el IMAS son su responsabilidad, téngalos en cuenta al momento de presentar su declaración del
impuesto.
Si usted tiene altos ingresos procure tener claros los límites legales de cada beneficio frente a su
declaración de renta.
DECLARACIÓN DE RENTA EMPLEADOS
CRONOLOGÍA IMPLEMENTACIONES
1. Enero de 2013: Modificaciones en la base de retención en la fuente
2. Abril de 2013: Tarifa mínima de retención
3. Mayo de 2013: Exención en parafiscales y Decreto que aclara retención sobre dependientes
4. Enero de 2014: Exención en Salud
5. Julio – agosto 2014 IMAN – IMAS en declaraciones por ingresos obtenidos en año gravable
2013.