Reforma Institucional del MEP

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Reforma Institucional del MEP Alajuela – 13 de octubre de 2009 Presentación ante la Dirección Regional de Educación de Alajuela

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Reforma Institucional del MEP

Alajuela – 13 de octubre de 2009

Presentación ante la

Dirección Regional de Educación de Alajuela

Page 2: Reforma Institucional del MEP

Contenido:

I. Antecedentes.

II. Oficinas Centrales.

III. Direcciones Regionales

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• Reforma Institucional del MEP: se enmarca dentro de las prioridades del sector educación establecidas en el PND 2006-2010.

• El objetivo central: mejorar la capacidad de gestión administrativa y académica del MEP, tanto en el nivel central como en el regional.

• Marco conceptual: Gestión Pública Moderna o Neo-Gerencialismo, enfoque que centra su atención en la transformación de la cultura pública, brindando especial atención a:- La orientación al usuario: ¿Quiénes son los usuarios?.- La planificación estratégica: ¿Qué?. ¿Cómo?. ¿Cuándo?. ¿Quién?.- La organización por procesos: ¿Cuáles son la tareas fundamentales?.- Gestión por resultados: se sustenta en el principio de mayor autonomía relativa y mayo responsabilización (accountabilty).- Rendición de cuentas: por el uso de los recursos y los resultado obtenidos.

• Experiencias exitosas: países de la OECD y en el ámbito regional: USA, Canadá, Brasil, Chile y Colombia.

• Estrategia acordada con MIDEPLAN. Dos etapas complementarias: a) la reestructuración de las Oficinas Centrales y b) la reestructuración de las Direcciones Regionales de Educación.

I. Antecedentes

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• Reestructuración de las Oficinas Centrales: con el objetivo de avanzar hacia una organización sustentada n procesos estratégicos de largo plazo, enfrentando la dispersión interna, el traslape de funciones y la fragmentación de las líneas jerárquicas y, en general, promover un cambio en la cultura institucional, altamente influenciada por la inercia, la indiferencia, la ausencia de procedimientos y controles, la improvisación y una excesiva discrecionalidad en el proceso de toma de decisiones.

• Reestructuración de las Direcciones Regionales de Educación: con el objetivo de acercar la prestación de los servicios a las comunidades educativas, dotándolas de una organización administrativa que facilite un proceso gradual de desconcentración y enfrentar el excesivo centralismo (el 90% de los ´servicios y trámites se mantiene concentrado en las Oficinas Centrales).

• Participación y consulta: el trabajo realizado se sustenta en un proceso de inducción (Gestión Pública Moderna), mediante una metodología que contempló la formulación de diagnósticos participativos y realización de entrevistas grupales, no sólo con los funcionarios del MEP destacados en las OC y las DRE, sino también a grupos representativos de directores y docentes de todas las regiones del país. Lo anterior permitió trabajar en un ejercicio de construcción conjunta, en donde el aporte de los distintos actores permitió retroalimentar la toma de decisiones y lograr un mayor grado de legitimidad para los cambios propuestos.

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¿Por qué una reestructuración?

MEPOC-DR

Sistema Educativo

Entorno Nacional

Entorno Regional

Entorno Global

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II.

Reestructuración de las Oficinas Centrales del MEP

Situación actual del proceso

Page 7: Reforma Institucional del MEP

II semestre del 2006: Diagnósticos Participativos.Entrevistas y giras regionales.

Enero de 2007: Presentación de la propuesta a las autoridades superiores del MEP: Organización Administrativa de las Oficinas

Centrales del MEP.

Febrero de 2007: El Ministro remite a MIDEPLAN el proyecto de reestructuración de las Oficinas Centrales del MEP.

Marzo de 2007: MIDEPLAN aprueba la nueva la reestructuración de las Oficinas Centrales del MEP.

Junio de 2007: Se realiza la divulgación y se hace entrega de la versión preliminar del Decreto Ejecutivo para su

promulgación.

Noviembre de 2007: Se publica en La Gaceta Nº 212, del 5 de noviembre de 2007, el Decreto Ejecutivo Nº 34075-MEP, que

establece la nueva Organización Administrativa de Oficinas Centrales del MEP.

Enero-Junio de 2008: Implementación de la nueva organización, establecimiento de jefaturas, asignación del personal

y estudios de puestos.

A partir de junio de 2008: Seguimiento y evaluación (reuniones mensuales).

1. Cronología: el proceso

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Instrumentos jurídicos de referencia:• Decreto Ejecutivo 34075-MEP (Oficinas Centrales).• Decreto Ejecutivo 34427-MEP (Auditoría Interna).• Decreto Ejecutivo 34625-MEP (Dirección de Recursos Humanos).• Ley Nº 8697 creación del Instituto de Desarrollo Profesional “Uladislao

Gámez Solano” del 12 de diciembre de 2008.

La organización reconoce cuatro niveles de responsabilidad:- El Nivel Político: responsable directo es el Ministro.- Nivel Asesor: responsable directo es el Ministro.- Nivel Director: Área Académica: responsable directo la Viceministra Académica.

Área Administrativa: responsable directo la Viceministra Administrativa.- Nivel Ejecutor: responsable directo el jefe (a) de cada departamento.

Es importante rescatar que la reforma institucional del MEP, sirvió como modelo para los lineamientos metodológicos dictados por MIDEPLAN para orientar los procesos de reestructuración, por medio del Decreto Ejecutivo Nº 33713 del 23 de marzo de 2007 que delega en las Oficinas de Planificación de los Ministerios Rectores la aprobación de las reorganizaciones administrativas.

2. Organización Actual

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ViceministerioAcadémico

--------------------------Alejandrina Mata

ViceministerioAdministrativo

------------------------Silvia Víquez

Ministro------------------------Leonardo Garnier

Consejo Superiorde Educación

------------------------------Giselle Cruz

CONESUP------------------------------

Evelyn Chen

Tribunal de Carrera Docente

-----------------------------Berny Solano

Nivel Político

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ViceministerioAcadémico

ViceministerioAdministrativo

Ministro

PlanificaciónInstitucional

----------------------------Aura Padilla

Asuntos Internacionalesy Cooperación

-----------------------------Heidi Jiménez

Contraloría deServicios

----------------------------Esperanza Alfaro

Prensa y RelacionesPúblicas

-------------------------Jesús Mora

Auditoría Interna---------------------------

Harry Maynard

Promoción y Protecciónde los Derechos

----------------------------Gabriela Valverde

Asuntos Jurídicos----------------------------

Patricia Soto

PROMECE---------------------------

Nivel Asesor

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ViceministerioAcadémico

Desarrollo Curricular-----------------------

Yarith Rivera

Recursos Tecnológicosen Educación-------------------Rocío Chávez

Gestión y Evaluaciónde la Calidad

----------------------Félix Barrantes

Instituto de Desarrollo Profesional-----------------------------Juan Antonio Arrroyo

Investigacióne Innovación

----------------------Kattia Fallas

Diseño, Producción yGestión de Recursos

Tecnológicos-------------------------Gladys Corrales

Documentacióne Información

Electrónica--------------------------

Maribel Castro

EducaciónPreescolar

---------------------Ana Isabel Cerdas

EducaciónPrimaria

---------------------------Anabelle Venegas

EducaciónSecundaria

-------------------------Rigoberto Corrales

Educaciónde Adultos

-------------------------Marielos Alvarado

Evaluación delos Aprendizajes

--------------------------Rocío Torres

OrientaciónEstudiantil yVocacional

--------------------------Marielos Estrada

Educación Técnica yCapacidades Emprendedoras

---------------------Fernando Bogantes

SINETEC----------------------------Fernando Bogantes

Departamento de Centros Privados-----------------------------------------

Minor Villalobos

EducaciónTécnica

------------------------Gerardo Ávila

Gestión de Empresas yEducación Cooperativa

--------------------------Patricia Ureña

Vinculación con laEmpresa y laComunidad

---------------------------Luis Aguilar

CENAREC-------------------------

Maybel Quirós

Evaluación yCertificación Académica

----------------------------Lilllam Mora

Evaluación de laCalidad

----------------------------Trino Zamora

Educación Especial-------------------------

Olivia Mora

Educación Intercultural---------------------------

--Por definir--

Promoción delDesarrollo Humano-------------------------

Maribel Masís

Educación enSalud y Ambiente

--------------------------Orlando Hall

Educación Religiosa--------------------------

Marvin Salazar

BibliotecasEscolares

--------------------------Adilia Morera

Área Académica

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ViceministerioAdministrativo

Informáticade Gestión--------------

Alberto Orozco

Financiera--------------

Carmen Villalobos

ServiciosGenerales

----------------Ramón Venegas

Oficialía Mayor-------------------------

Víctor Hugo Orozco

ProveeduríaInstitucional-------------

Rosario Segura

Programas deEquidad

-------Anabelle Castillo

Infraestructura yEquipamiento----------------

Carlos Villalobos

Investigación yDesarrollo

-------------------Mario Shedden

Recursos Humanos-----------------

Alberto Orozco

FONABE---------------------Javier González

Proyectos-------------------

Adriana Brenes

Contratación-------------------

Irwing Mathews

Ejecución y Control

-------------------William Sáenz

Planificación yEvaluación

-------------------Rafael Castrillo

Supervisión yControl

---------------------Natalia

Nutrición yAlimentación-------------------

María Ester Bravo

TransporteEstudiantil

-----------------------Julio Esquivel

InnovaciónTecnológica

----------Kattia Paniagua

Soporte Técnico---------------------Berny Salazar

Sistemas deInformación

-------------------Gabriel Dennis

Bases deDatos

-----------------------Iván Rojas

Desarrollo yAnálisis

-------------------Omar Esquivel

Contabilidad---------------------

Ginnette Fernández

Tesorería-------------------

Marisol Vanegas

Gestión de Juntas-----------------------Sonia Calderón

Control yEvaluación

-----------------------Florencia Rodríguez

Planificación yControl

-------------------Vanesa Sánchez

ContrataciónAdministrativa

---------------------Manuel Zúñiga

Administraciónde Bienes

-------------------Edwin Hernández

Administraciónde Contratos

-----------------------Azalea Villalobos

Seguridad yVigilancia

-------------------Eliécer Xatruch

Transporte---------------------Ronald Araya

ServiciosMisceláneos

-------------------Edwin Soto

Archivo Central-----------------------Lilliam Alvarado

Planificación yPromoción

-------------------Julio Barrantes

Registros Laborales---------------------

Maritza Soto

Asignación delRecurso Humano

-------------------Gaudín Venegas

Control de Pagos-----------------------

María Jinesta

AsuntosDisciplinarios

-----------------------Zeidy Palma

Salud-----------------------

Por definir

Área Administrativa

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La valoración identifica: procesos que avanzan satisfactoriamente, procesos que se encuentran en transición y procesos que no avanzan según lo previsto.

La información en detalle fue presentada a los Directores y Directoras del Nivel Asesor, del Área Académica y del Área Administrativa.

3. Evaluación diciembre-2008

8 (32%) 11 (44%) 6 (24%)

22 (33%) 24 (36%) 21 (31%)

Direcciones (25)

Departamentos (67)

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A. Reuniones mensuales: con Directores y Jefes.

B. Seguimiento de acciones estratégicas del Plan de Gobierno: plan de trabajo julio 2009 – abril 2010, con reportes periódicos escritos sobre el grado de avance.

C. Evaluación 2009: segunda evaluación de la implementación del proceso de reforma: identificación de tareas pendientes. Recomendaciones para la nueva Administración.

4. Seguimiento 2009-2010

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III.

Reestructuración de las Direcciones Regionales de Educación (DRE)

Situación actual del proceso

Page 16: Reforma Institucional del MEP

II semestre de 2007: Diagnósticos Participativos y entrevistas grupales.

I semestre de 2008: Diagnóstico: síntesis de principales hallazgos.

II semestre de 2008: Propuesta preliminar y segunda ronda de entrevistas grupales.

I semestre de 2009: Propuesta final para retroalimentación.- Conformación de DRE y de los Circuitos Educativos.- Decreto Ejecutivo.

5 de agosto: Presentación del proyecto al Ministro para su aprobación.

6 de agosto: Envío del proyecto a la Dirección de Planificación Institucional (DPI) para su aval técnico.

19 de agosto: La DPI brinda el aval técnico favorable a la nueva organización.

24 de agosto: Remisión del expediente a Mideplan.

9 de setiembre: Firma del Decreto Ejecutivo y remisión a Leyes y Decretos.

25 de setiembre: Promulgación del Decreto Ejecutivo 35513-MEP, Organización Administrativa de las Direcciones Regionales de

Educación, publicado en La Gaceta Nº 187 del 25 de setiembre de 2009.

1. Cronología: el proceso

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Desconcentración de la Gestión Institucional: Direcciones Regionales

AutonomíaRelativade las

ComunidadesEducativas

ReorganizaciónGeográfica de las

DireccionesRegionales

Hacia un Modelo de

Supervisión

Oficinas Centrales del MEP

Centros Educativos

ReorganizaciónAdministrativa

EducaciónIntercultural

2. Marco conceptual

Page 18: Reforma Institucional del MEP

3. Propuesta

• A partir del diagnóstico y las consultas realizadas, en cada eje estratégico, se proponen “algunos” cambios para:- Acercar la prestación de los servicios a las comunidades educativas.- Promover la desconcentración gradual de la gestión institucional.- Consolidar una organización regional más útil y funcional.

• El proceso de reestructuración regional conduce a la reforma integral y derogatoria del Decreto Ejecutivo 23490-MEP, por medio del cual se estableció, hace 15 años, la organizacional actual de las Direcciones Regionales de Educación.

• El Decreto Ejecutivo 23490-MEP, en lo esencial, establece funciones visionarias que son rescatables. Aunque hay que incluir algunos ajustes para precisar roles y clarificar competencias, así como crear condiciones para la desconcentración de los servicios y la contextualización de la política educativa. Muchas de estas funciones no se han desarrollado por el excesivo centralismo que prevalece, situación que ha limitado la capacidad de gestión de las Direcciones Regionales de Educación, percibidas muchas veces como una simple extensión de las Oficinas Centrales , anulando la naturaleza y esencia de las mismas.

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• Objetivo: velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los actores estratégicos de las comunidades educativas, bajo el principio de “mayor autonomía relativa y mayor responsabilización”.

• Acciones:

1. Precisar en el decreto ejecutivo áreas y actividades que son responsabilidad exclusiva de los “directores de centros educativos” que serán objeto de una supervisión estratégica por parte de los “supervisores de centros educativos”. (Por medio del Manual de Supervisión de Centros Educativos)

2. Dictar el nuevo reglamento de Gobiernos Estudiantiles, como medio para potenciar una participación estudiantil más proactiva.

3. Curso de inducción y actualización sobre: la política educativa vigente, las ofertas educativas en los distintos niveles, el marco institucional, el marco legal y los deberes y derechos de los actores que conforman las comunidades educativas. (Dirección de Desarrollo Curricular, Dirección de Asuntos Jurídicos y el Instituto de Desarrollo Profesional).

4. Nueva clasificación de los centros educativos, tanto en primaria como en secundaria, para racionalizar el uso de la matrícula como “criterio de clasificación”.

1. Autonomía Relativa de los Comunidades Educativas

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• Objetivo: Consolidar direcciones regionales y circuitos escolares que se ajusten a la realidad actual de las comunidades educativas.

• Acciones:

1. Creación de nuevas Direcciones Regionales de Educación: pasar de 22 a 27 DR.

a) Zonas asiladas: consolidar DR-Sarapiquí, DR-Los Santos y DR-Peninsular.

b) Zonas extensas: consolidar la DR-Grande del Térraba y crear la DR-Sulá (Talamanca) y la DR-Zona Norte-Norte (Upala, Los Chiles y Guatuso).

c) Zonas con alta concentración: la DR-Desamparados (absorbe San Francisco de Dos Ríos) y la DR-San José se subdivide en tres: DR-San José-Norte (Coronado, Guadalupe. Tibás y Moravia). DR-San José-SurOeste (San Sebastián, Hatillo, Alajuelita, Escazú y Santa Ana) y la DR-San José-Central (Zapote, San Pedro, San José Centro, Uruca y Pavas).

d) El reconocimiento de los 24 territorios indígenas existentes.e) Transformación de la DR-San Ramón en la DR-Occidente.

2. La redefinición de los Circuitos Escolares vigentes (156) y la creación de 43 nuevos Circuitos Escolares. Lo anterior con base en las propuestas presentadas por las Direcciones Regionales de Educación.

2. Redimensionar las Direcciones Regionales.

Page 21: Reforma Institucional del MEP

Avanzar hacia un escenario más equilibrado: en términos de matrícula, docentes, número de centros educativos y extensión territorial

HOY:Matrícula Docentes

Centros Extensión

DR-San José 18.4% 18,7% 9,0% 0,9%DR-San Carlos 4.9% 4,5% 7,5% 7,5%DR-Limón 6,0% 5,7% 7,9% 12,1%DR-Coto 5,2% 5,5% 11,6% 14,6%

PROPUESTA:

Matrícula DocentesCentros Extensión

DR-MODELO 10% 10% 7% 10%

Alajuela (8,9%) Heredia (9,4%) San Carlos (6,5%)Térraba (8,1%)

Page 22: Reforma Institucional del MEP

Región Matrícula DocentesCentros

EducativosExtensión

(KM2)

COSTA RICA 100,0 100,0 100,0 100,0

Provincia de San José 30,6 31,0 21,9 10,0

  1. DR-San José Central 7,9 8,1 4,0 0,1

  2. DR-San José Norte 5,3 5,5 2,6 0,6

  3. DR-San José SurOeste 5,2 5,1 2,4 0,2

  4. DR-Desamparados 6,2 5,6 3,8 1,2

  5. DR-Los Santos 0,8 0,8 1,4 1,6

  6. DR-Puriscal 1,6 2,0 2,6 2,2

  7. DR-Pérez Zeledón 3,6 3,8 5,0 4,0

Provincia de Alajuela 19,6 18,9 20,2 19,1

  8. DR-Alajuela 8,9 8,6 5,5 2,0

  9. DR-Occidente 4,0 4,0 3,3 2,4

  10. DR-San Carlos 4,9 4,5 6,5 7,5

  11. DR-Zona Norte-Norte 1,8 1,8 4,9 7,2

Page 23: Reforma Institucional del MEP

Provincia de Cartago 11,0 10,6 8,3 6,1

  12. DR-Cartago 8,8 8,2 4,7 2,3

  13. DR-Turrialba 2,2 2,4 3,6 3,8

Provincia de Heredia 10,1 10,6 7,0 5,2

  14. DR-Heredia. 8,6 9,4 4,4 1,0

  15. DR-Sarapiquí 1,5 1,2 2,5 4,2

Provincia de Guanacaste 8,0 8,8 11,5 19,8

  21. DR-Cañas 1,7 1,8 2,7 3,9

  22. DR-Liberia 2,7 2,7 2,7 8,0

  23. DR-Santa Cruz 2,1 2,2 2,4 3,7

  24. DR-Nicoya 1,6 2,1 3,7 4,2

Región Matrícula DocentesCentros

EducativosExtensión

(KM2)

Page 24: Reforma Institucional del MEP

Región Matrícula DocentesCentros

EducativosExtensión

(KM2)

Provincia de Puntarenas 10,4 10,9 18,7 21,7

  16. DR-Puntarenas 3,2 3,3 3,5 2,4

  17. DR-Peninsular 0,6 0,5 1,4 2,1

  18. DR-Aguirre 1,4 1,6 2,3 2,6

  19. DR-Grande del Térraba 1,9 2,1 5,0 8,1

  20. DR-Coto 3,3 3,4 6,5 6,5

Provincia de Limón 10,3 9,2 12,4 18,0

  25. DR-Limón. 5,4 5,1 6,3 7,5

  26. DR-Guápiles 4,2 3,5 4,5 5,8

  27. DR-Sulá 0,6 0,6 1,6 4,7

Page 25: Reforma Institucional del MEP

• Punto de partida:

1. Existe una inconsistencia entre la organización establecida por medio del Decreto Ejecutivo 23490-MEP y la organización que opera actualmente en el nivel regional.

2. El grueso de las funciones y competencias establecidas en el Decreto Ejecutivo 23490-MEP son rescatables. Sin embargo, se requiere incluir algunos ajustes en las mismas, fortalecer otras, incluir nuevas funciones asumidas, así como clarificar roles y competencias.

3. Crear condiciones para la desconcentración gradual de los servicios con el objetivo de acercar la prestación de los mismos a las comunidades educativas.

3. Nueva organización de las DR: situación actual.

Page 26: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Consejo Comunalde Educación

Dirección Provincial

DirecciónProvincial

DirecciónProvincial

Consejo Asesor

Asesoría Legal

InformáticaContraloría de

Servicios

Dirección Regional Dirección Regional

Departamento deDesarrollo Administrativo

Departamento deDesarrollo Educativo

Planificación yDesarrollo Educativo

Dirección Regional

Consejo Comunal Consejo Asesor

CircuitoEscolar

Consejo deAsesores Supervisores

CircuitoEscolar

CircuitoEscolar

CircuitoEscolar

CircuitoEscolar

Organización Regional: Decreto Ejecutivo 23490-MEP

Page 27: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Consejo Comunalde Educación

Dirección Provincial

DirecciónProvincial

DirecciónProvincial

Consejo Asesor

Asesoría Legal

InformáticaContraloría de

Servicios

Dirección Regional Dirección Regional

Departamento deDesarrollo Administrativo

Departamento deDesarrollo Educativo

Planificación yDesarrollo Educativo

Dirección Regional

Consejo Comunalde Educación

Consejo Asesor

Circuito Escolar

Consejo deAsesores Supervisores

CircuitoEscolar

CircuitoEscolar

Circuito Escolar

CircuitoEscolar

Organización Regional: Decreto Ejecutivo 23490-MEP

Parcial

Page 28: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Dirección Regional Dirección Regional

Departamento deDesarrollo Administrativo

Departamento deDesarrollo Educativo

Dirección Regional

Consejo Asesor

Circuito Escolar

Consejo deAsesores Supervisores

Circuito Escolar

Circuito Escolar

Circuito Escolar

CircuitoEscolar

Organización Regional: Estructura vigente

Page 29: Reforma Institucional del MEP

1. Se fracturó la visión sistemática del modelo regional propuesto.

Nivel Central-Nivel Provincial-Nivel Regional-Nivel Circuital

2. Se fragmentó la red de relaciones jerárquicas.

Ministro-Director Provincial-Director Regional

3. Las DRE asumieron parcialmente, sin disponer de los recursos, las funciones dadas a las Direcciones Provinciales (Planificación, Informática, Control y Asesoría Legal).

4. En ausencia de un mecanismo de coordinación formal, se optó por delegar en otros la coordinación con las DRE, provocando una fragmentación adicional entre las autoridades superiores del MEP y las autoridades regionales que los representan.

5. Las dependencias de las oficinas centrales del MEP desarrollaron sus propios mecanismos de coordinación con las DRE, provocando una atomización creciente del quehacer regional.

La implementación parcial del decreto ejecutivo23490-MEP provocó:

Page 30: Reforma Institucional del MEP

• Objetivo: fortalecer la organización de las Direcciones Regionales para acercar los servicios a las comunidades educativas .

• Orientaciones generales : síntesis de necesidades más sentidas

1. Necesidad de brindar a las DR de una mayor autonomía relativa.2. Necesidad de fortalecer sus competencias en materia de investigación y contextualización de la política educativa (educación intercultural / educación para la diversidad).3. Necesidad de fortalecer sus competencias en materia de: participación local (realidad regional), coordinación (acción conjunta) y planificación (planes de acción y estrategias).4. Necesidad de fortalecer el acompañamiento a los docentes (asesoría pedagógica).5. Necesidad de precisar el rol de los asesores específicos y los asesores supervisores.6. Necesidad de renovar el modelo de supervisión, centrando su atención en tareas sustantivas y mediante criterios uniformes y de aplicación general.7. Necesidad de establecer mecanismos para promover un trabajo en equipo, para aprovechar los recursos disponibles y responder ante las necesidades locales.8. Necesidad de transformar y fortalecer la capacidad regional en materia administrativa y financiera (hacia adentro y hacia afuera).9. Necesidad de revisar asuntos de orden administrativo y de procedimientos, más allá del establecimiento de un nueva estructura organizacional.

3. Nueva organización de las DR: propuesta.

Page 31: Reforma Institucional del MEP

• Objetivo: Renovar el modelo de supervisión centrando la atención en el mejoramiento de la capacidad de gestión de los centros educativos.

• Acciones:

1. Separar la función de “asesoría pedagógica” de la función de “supervisión administrativa”.

(Calidad del proceso de enseñanza Vs. Gestión del centro educativo).2. Clarificar vínculo entre el Supervisor Vs. Director del centro educativo

(Velar por el cumplimiento de sus funciones: son una pieza clave para el mejoramiento).3. Identificar áreas estratégicas de supervisión: precisar servicios y trámites estratégicos para mejorar la capacidad de gestión de los centros educativos.4. Diferenciar el rol de la Dirección Regional (planificar y organizar la prestación de los servicios) y del Supervisor (velar porque los directores de centros educativos cumplan con sus responsabilidades).5. Oficinas de Supervisión en cada Circuito Escolar.6. Política de infraestructura: cada sede circuital destacada en el circuito correspondiente.7. En cada caso, un Equipo de Supervisión: 1 Supervisor de Centros Educativos, 1 Asistente de Supervisión y 1 Oficinista.

4. Renovar el modelo de supervisión

Page 32: Reforma Institucional del MEP

• Objetivo: promover la interculturalidad como medio para la contextualización de la política educativa.

• Acciones:

1. Rescatar y redimensionar el Consejo Comunal, para disponer de una instancia permanente de reflexión permanente sobre la realidad educativa regional, desde la cual se promueva la participación de actores sociales: Consejo de Participación Comunal.

2. El Departamento, hasta ahora denominado de “Desarrollo Educativo” funcionaría como una secretaría técnica de ese consejo, para impulsar estudios, programas, proyectos propios de la región, en temas estratégicos como calidad de la educación, educación intercultural, estrategias de lucha contra la deserción, etc.

3. Precisar en el decreto competencias específicas que promuevan la autonomía relativa de las Direcciones Regionales y el intercambio de experiencias.

5. Educación intercultural para la contextualización

Page 33: Reforma Institucional del MEP

5. Nueva estructura organización

Retroalimentación de Directores y Directoras Regionales

Page 34: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Dirección Regional Dirección RegionalDirección Regional

Consejo Asesor RegionalConsejo de Participación Comunal

Organización Regional: Estructura propuesta

Consejo de Supervisiónde Centros Educativos

Incorporar a los actores locales en la identificación y solución de los problemas locales vinculados proceso educativo en todas sus dimensiones.

Mecanismo para mejorar la planificación y coordinación regional.

Base para un trabajo en equipo.

Page 35: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Dirección Regional Dirección Regional

Departamento deAsesoría Pedagógica

Dirección Regional

Consejo AsesorConsejo de Participación Comunal

Organización Regional: Estructura propuesta

Consejo de Supervisiónde Centros Educativos

Fortalecer la función de “asesoría pedagógica” como responsabilidad central de los asesores regionales específicos.

Fortalecer la relación: Asesor Regional Vs Docente.

Mayor autonomía para ejercer su función.

Que sus funciones no estén determinadas por la voluntad de otros actores.

Ajustar su asesoría a la planificación regional (de acuerdo con las necesidades de las diferentes comunidades educativas).

Promover el trabajo en equipo.

La atención integral de centros educativos, de acuerdo con las necesidades y la planificación regional.

Page 36: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Dirección Regional Dirección RegionalDirección Regional

Consejo AsesorConsejo de Participación Comunal

Organización Regional: Estructura propuesta

Consejo de Supervisiónde Centros Educativos

Departamento deServicios Administrativos

y FinancierosPrecisar el ámbito de acción: asuntos de orden administrativo y financiero (hacia adentro y hacia afuera).

Apoyo administrativo y financiero a las dependencias de la Dirección Regional: recursos humanos (DRH), financiero (DF), presupuestario (DPI-PI), tecnológico (DIG) y estadístico (DPI).

Servicios de apoyo y trámites estratégicos a las comunidades educativas: recursos humanos (DRH), infraestructura (DIEE), programas de apoyo a estudiantes: becas, transporte y comedores (DPE), financiero (seguimiento a juntas).

Fortalecimiento de la capacidad de gestión administrativa y financiera de las Direcciones Regionales es clave para la desconcentración de la gestión institucional.

Page 37: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Dirección Regional Dirección RegionalDirección Regional

Consejo Asesor

Oficina deSupervisión

Consejo de Participación Comunal

Oficina deSupervisión

Oficina deSupervisión

Oficina deSupervisión

Oficina deSupervisión

Organización Regional: Estructura propuesta

Consejo de Supervisiónde Centros Educativos

Renovar el modelo de supervisión de centros educativos: enfatizando en el mejoramiento de la capacidad de gestión.

Precisar el vínculo entre el Supervisor de Centros Educativos y el Director del centro educativo.

Precisar áreas estratégicas de supervisión, evidenciando: separando la responsabilidad del “director del centro educativo” y del “supervisor”.

El supervisor no es dueño del centro educativo. Tampoco el director del centro educativo.

Separar la función de supervisión de la función de asesoría.

Cada Circuito Escolar con su propia sede circuital (Oficina de Supervisión). En cada oficina un Equipo de Supervisión.

Page 38: Reforma Institucional del MEP

Ministro

Dirección Regional Dirección Regional

Servicios Administrativosy Financieros

Asesoría Pedagógica

Dirección Regional

Consejo Asesor

Oficina deSupervisión

Consejo de Participación Comunal

Oficina deSupervisión

Oficina deSupervisión

Oficina deSupervisión

Oficina deSupervisión

Organización Regional: Estructura propuesta

Consejo de Supervisiónde Centros Educativos

Page 39: Reforma Institucional del MEP

5. Decreto Ejecutivo: estructura

• Considerando (Marco de referencia para su interpretación)

• Capítulo I: De las generalidades.(Artículos del 1 al 5).

• Capítulo II: De la coordinación entre el nivel central y el nivel regional.(Artículos 6 al 10).

• Capítulo III: De la organización geográfica en el nivel regional.(Artículos del 11 al 35).

• Capítulo IV: De la organización de las Direcciones Regionales de Educación.

(Artículos del 36 al 78).

• Disposiciones Finales (Artículos del 79 al 81).

• Transitorios.

• Rige (Artículo 82).

Page 40: Reforma Institucional del MEP

Para mejorar la capacidad de gestión del MEP, tanto en el nivel central como regional, requiere contar con una organización administrativa capaz de ajustarse a los cambios del entorno y a la dinámica del sistema educativo costarricense.

Las Direcciones Regionales forman parte de la organización administrativa del MEP y constituyen la instancia representativa e integradora entre el nivel central y las comunidades educativas.

La reforma regional busca acercar la prestación de los servicios a las comunidades educativas, para lo cual se requiere crear las condiciones para impulsar un proceso de desconcentración operativa (mínima) en tres áreas: a) servicios administrativos y de apoyo, b) gestión de juntas y c) recursos humanos. Asimismo, redefinir su organización administrativa.

Para mejorar su capacidad de gestión se tomó la decisión de impulsar un proceso de reforma institucional en dos etapas: primero, la reestructuración de las Oficinas Centrales y segundo, la reestructuración de las Direcciones Regionales de Educación.

Acuerdo del CSE sobre el Centro Educativo de Calidad, el Convenio 169 de la OIT, la Ley Indígena y el Decreto del Subsistema de Educación Indígena, así como la Ley del Día de las Cultura (educación intercultural).

Considerando

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Artículo 2

Artículo 1

Artículo 4

Artículo 3

Artículo 5

Rol estratégico: Las DRE son parte integral de la organización administrativa del MEP. Son la instancia representativa e integradora del sistema educativo en el nivel regional. El vínculo orgánico entre el nivel central y el nivel regional

Objeto: Definir y establecer la organización administrativa de las DRE y sus relaciones estructurales con el nivel central y las comunidades educativas.

Supervisión: función institucional que se ejerce en los distintos niveles (central, regional y centro educativo). Cada cual en su ámbito de competencia. Se sustenta en un enfoque moderno de supervisión educativa: que enfatiza la supervisión como un medio para mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje y la capacidad de gestión de los centros educativos.

Comunidad educativa: actores que ejercen influencia directa sobre la dinámica y funcionamiento de los centros educativos (proceso de enseñanza-aprendizaje, la calidad de la educación y la capacidad de gestión): directores, personal docentes, estudiantes, padres, Juntas de Educación y Juntas Administrativas.

Marco regulador de la supervisión: el Manual de Supervisión de Centros Educativos que será formulado por la Dirección de Planificación Institucional.

Capítulo I: De las generalidades

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Figura 1. Sistema Educativo Costarricense según niveles y relación de actores

Direcciones Regionales de Educación

Comunidades Educativas

Nivel Central

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Nivel Central

Nivel Regional:•Dirección•Departamento de Asesoría Pedagógica•Departamento de Servicios Administrativos y Financiero.•Oficinas de Supervisión de Centros Educativos

Centros Educativos• Directores.• Personal administrativo• Personal docente

La supervisión como instrumento para mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje y lacapacidad de gestión de los centros educativos.

Figura 2. La supervisión educativa como una función institucional.

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Artículo 6

Artículo 8

Artículo 7

Secretaría Técnica de Coordinación Regional (STCR): se establece la creación y conformación de la Secretaría, como órgano adscrito al Despacho del Ministro. Tiene representación del Despacho del Ministro, el Viceministerio Administrativo, el Viceministerio Académico y la Dirección de Planificación Institucional.

Reuniones mensuales de coordinación: se realizarán la última semana de cada mes (viernes). Podrán realizarse en Oficinas Centrales o en las DRE. Podrán participar otros funcionarios de las DRE, a solicitud de las autoridades superiores.

Mecanismo y objeto: reuniones mensuales de coordinación con los Directores Regionales de Educación, para planificar, coordinar, dar seguimiento y evaluar la implementación de la política educativa, prioridades del PND, así como planes, programas y proyectos institucionales.

Capítulo II: De la coordinación

Artículo 10 Funciones: entre otras, la programación y desarrollo de las reuniones. Canalizar asuntos y acuerdos, así como dar seguimiento. Además, apoya a la Dirección de Planificación Institucional en las evaluaciones periódicas de las DRE.

Artículo 9 Divulgación y coordinación: se establece que durante la primera semana de cada mes (posterior a la reunión mensual) NO se realizarán convocatorias del personal destacado en las DRE, para facilitar la planificación regional y la divulgación de la información.

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Artículo 12

Artículo 11

Artículo 14

Artículo 13

Dimensión Provincial: para organizar la prestación de los servicios de educación, en todos los ciclos, niveles y modalidades, las Provincias se dividirán en DRE.

Principio orientador: el reconocimiento de la educación como un derecho fundamental de todos los habitantes, a cuya satisfacción concurren el Estado, la familia y la comunidad. (Artículo 2 de la Ley Fundamental de Educación).

Reconocimiento de los 24 territorios indígenas: las DRE atender las comunidades educativas localizadas en territorios indígenas, de acuerdo con la normativa vigente.

Rol estratégico: les corresponde atender las comunidades educativas de su jurisdicción, así como velar por el cumplimiento de la política educativa y los lineamientos técnicos y administrativos dictados por las autoridades superiores.

Capítulo III: De la organización geográfica

Sección I: De las Direcciones Regionales

Artículo 15 Realizar investigaciones: para promover la contextualización y pertinencia de la política educativa, la educación intercultural y la formación ética, estética y ciudadana. Rescata el principio de promover una educación integral.

Artículo 17 Mayor Autonomía relativa de los centros educativos: las DRE promoverán mayor autonomía relativa, capacidad de decisión y participación de la comunidad. Rescata el alcance del Acuerdo del Consejo Superior de Educación (CSE): el Centro Educativo de Calidad como Eje de la Educación Costarricense.

Artículo 16 Promoción de la educación intercultural: refuerza el carácter pluiricultural y multiétnico de nuestra sociedad como medio para la contextualización.

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Artículo 27

Artículo 20

al

Artículo 26

Artículo 28

Visión Provincial: las DRE de cada Provincia podrán establecer acuerdos para impulsar estrategias, programas y proyectos de alcance provincial.

Conformación geográfica de las DRE: se propone pasar de 23 a 27 DRE. Lo anterior prevé la creación de 43 nuevos Circuitos Educativos.

Integración de los territorios indígenas reconocidos: 1 DRE-Indígena (Sulá) y 6 DRE relacionadas con su atención (Coto, Grande del Térraba, Turrialba, Upala, Puriscal y Nicoya).

Atención de centros educativos: las DRE podrán establecer acuerdos de cooperación para que centros de su jurisdicción sean atendidos por otras DRE, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Dirección de Planificación Institucional.

Artículo 18

Artículo 19

Descentralización y desconcentración: las DRE ejercerán sus funciones dentro de los principios establecidos por ley en materia de descentralización y desconcentración.Objetivo de la conformación geográfica de las DRE: exclusivamente, organizar la prestación de los servicios de educación y facilitar la atención de las comunidades educativas.

Artículo 29

Artículo 30

Intercambio de experiencias: las DRE podrán programas foros, encuentros y actividades para promover el intercambio cultural y la socialización de prácticas y experiencias.

Creación de DRE: potestad exclusiva de las autoridades superiores.

Artículo 31 Mecanismos de revisión: cada 5 años la Dirección de Planificación Institucional revisará la conformación geográfica de las DRE.

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Artículo 33

Artículo 32

Artículo 35

Artículo 34

¿Circuitos Educativos?: conjunto de centros educativos y servicios relacionados, tanto públicos como privados, en una circunscripción territorial determinada.

Objeto: cada DRE, para la mejor organización, administración y supervisión del sistema educativo se subdividirá en Circuitos Educativos.

Revisar conformación: cada 5 años la Dirección de Planificación Institucional revisará la conformación de los Circuitos Educativos..

Creación de Circuitos Educativos: potestad exclusiva de las autoridades superiores, de acuerdo con los estudios técnicos de la Dirección de Planificación Institucional.

Sección II: De los Circuitos Educativos

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Figura 3. Dimensión geográfica del nivel regional del MEP

Direcciones Regionales de Educación

Circuitos Educativos

Provincias

7

27

200

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CODIGODIRECCION REGIONAL

DE EDUCACION

1 San José-Central2 San José-Norte3 San José Sur-Oeste4 Desamparados5 Los Santos6 Puriscal7 Pérez Zeledón8 Alajuela9 Occidente

10 San Carlos11 Zona Norte-Norte12 Cartago13 Turrialba14 Heredia15 Sarapiquí16 Liberia17 Cañas18 Nicoya19 Santa Cruz20 Puntarenas21 Peninsular22 Aguirre23 Grande del Térraba24 Coto25 Limón26 Sulá27 Guápiles

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DIRRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE ALAJUELA COD PROVINCIA CANTON DISTRITO20.101 ALAJUELA ALAJUELA ALAJUELA20.102 ALAJUELA ALAJUELA SAN JOSE20.103 ALAJUELA ALAJUELA CARRIZAL20.104 ALAJUELA ALAJUELA SAN ANTONIO20.105 ALAJUELA ALAJUELA GUACIMA20.106 ALAJUELA ALAJUELA SAN ISIDRO20.107 ALAJUELA ALAJUELA SABANILLA20.108 ALAJUELA ALAJUELA SAN RAFAEL20.109 ALAJUELA ALAJUELA RIO SEGUNDO20.110 ALAJUELA ALAJUELA DESAMPARADOS20.111 ALAJUELA ALAJUELA TURRUCARES20.112 ALAJUELA ALAJUELA TAMBOR20.113 ALAJUELA ALAJUELA GARITA20.114 ALAJUELA ALAJUELA SARAPIQUI20.301 ALAJUELA GRECIA GRECIA20.302 ALAJUELA GRECIA SAN ISIDRO20.303 ALAJUELA GRECIA SAN JOSE20.304 ALAJUELA GRECIA SAN ROQUE20.305 ALAJUELA GRECIA TACARES20.307 ALAJUELA GRECIA PUENTE DE PIEDRA20.308 ALAJUELA GRECIA BOLIVAR20.401 ALAJUELA SAN MATEO SAN MATEO20.402 ALAJUELA SAN MATEO DESMONTE20.403 ALAJUELA SAN MATEO JESUS MARIA20.501 ALAJUELA ATENAS ATENAS20.502 ALAJUELA ATENAS JESUS20.503 ALAJUELA ATENAS MERCEDES20.504 ALAJUELA ATENAS SAN ISIDRO20.505 ALAJUELA ATENAS CONCEPCION20.506 ALAJUELA ATENAS SAN JOSE20.507 ALAJUELA ATENAS SANTA EULALIA20.508 ALAJUELA ATENAS ESCOBAL20.801 ALAJUELA POAS SAN PEDRO20.802 ALAJUELA POAS SAN JUAN20.803 ALAJUELA POAS SAN RAFAEL20.804 ALAJUELA POAS CARRILLOS20.805 ALAJUELA POAS SABANA REDONDA20.901 ALAJUELA OROTINA OROTINA20.902 ALAJUELA OROTINA MASTATE20.903 ALAJUELA OROTINA HACIENDA VIEJA20.904 ALAJUELA OROTINA COYOLAR20.905 ALAJUELA OROTINA CEIBA

Elaborado por : Análisis Estadístico

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Artículo 37

Artículo 36

Artículo 38

Dependencia Jerárquica: dependen directamente del Ministro de Educación Pública (Balancear las relaciones jerárquicas).

Máxima autoridad regional: cada DRE estará bajo la responsabilidad de un Director o Directora Regional. (Procedimiento y requisitos de la DGSC).

Organización: las DRE tendrán las siguientes dependencias:a) Dirección.b) Departamento de Asesoría Pedagógica.c) Departamento de Servicios Administrativos y Financieros.d) Oficinas de supervisión.

Capítulo IV: De la organización administrativa

Sección I: De su organización

Artículo 39 Para facilitar la coordinación: las DRE contarán además con 2 instancias de coordinación:a)Consejo Asesor Regional.b)Consejo de Supervisión de Centros Educativos.

Asimismo, un foro de reflexión y análisis: Consejo de Participación Comunal.

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Artículo 41

Artículo 40

Artículo 42

Asesor Legal: asignado a la Dirección y dependerá jerárquicamente del Director o Directora Regional. Se indican sus funciones y la coordinación técnica con la DAJ y DRH.

Funciones: rescata las responsabilidades de planificar, dirigir, coordinar, dar seguimiento y evaluar el trabajo que realiza la DRE y sus dependencias. Se fortalece el rol del Director o Directora como máxima autoridad regional.

Coordinación: las dependencias del nivel central establecerán los manuales de procedimientos para orientar los servicios y trámites que requieran la participación de los asesores legales destacados en las DRE.

Sección II: De la Dirección

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Artículo 44

Artículo 43

Artículo 45

Integración: Director o Directora Regional (quien preside), Jefe de Asesoría Pedagógica, Jefe de Servicios Administrativos y Financieros, un Supervisor nombrado en el seno del Consejo de Supervisión de Centros Educativos. Asimismo el Asesor Legal (cuando sea requerido)

Misión: mantener la visión de conjunto y de largo plazo de la DRE. Planificar, coordinar, articular y evaluar el funcionamiento de la DRE y promover el trabajo en equipo.

Sesiones ordinarias: reuniones mensuales con un registro de actas para efectos de control y seguimiento.

Sección III: Del Consejo Asesor Regional

Artículo 46 Funciones: a) mantener diagnóstico actualizado sobre el estado de la educación en la región, b) coordinar la formulación de planes y estrategias, c) coordinar la formulación del PAO y el presupuesto, d) promover el trabajo en equipo (visitas colegiadas) y c) evaluar el funcionamiento de todas las dependencias de la DRE.

Artículo 47 Visitas Colegiadas: los procedimientos y protocolos se establecerán en el Manual de Supervisión de Centros Educativos. Realizarán al menos 20 Visitas Colegiadas y en cada caso se estableceré un plan de mejoramiento institucional, de acatamiento obligatorio, cuyo seguimiento y reportes serán responsabilidad del supervisor.

Artículo 48 Guías para visitas: al menos 20 por año, con guías establecidas en el Manual de Supervisión de Centros Educativos, con recomendaciones obligatorias que el director del centro educativo debe incluir en un plan de mejoramiento institucional.

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Artículo 50

Artículo 49

Artículo 51

Integración: Todos los Supervisores de la Dirección Regional de Educación. Será presidido por el Director o Directora Regional (Me mantiene lo vigente). En su seno se elige un representante por 2 años ante el Consejo Asesor Regional (prorrogable 1 vez).

Misión: velar porque la supervisión de centros educativos, en todas los Circuitos Educativos, se realice de acuerdo con lo establecido en el Manual de Supervisión de Centros Educativos.

Reuniones mensuales: se reúne ordinariamente una vez por mes y se lleva, para efectos de control y seguimiento, un registro de actas.

Sección IV: Del Consejo de Supervisión de Centros Educativos

Artículo 52 Funciones: Entre otras, formular y actualizar, al inicio de cada ciclo lectivo, el correspondiente Plan Regional de Supervisión, el cual deberá sustentarse en el Manual de Supervisión de Centros Educativos e incluir las visitas colegiadas acordadas por el Consejo Regional Asesor.

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Artículo 54

Artículo 53

Artículo 56

¿Quiénes participan?: Podrán participar las organizaciones locales, públicas o privada, interesadas en el desarrollo educativo de la reunión. Igualmente ciudadanos a título personal. Es un foro de participación voluntaria y no vinculante.

Misión: foro de reflexión y participación social en temas de interés para el desarrollo educativo de la región.

Sesiona dos veces al año: marzo y setiembre. Lo preside el Director o Directora Regional y llevará un registro de actas para efectos de control y seguimiento.

Sección V: Del Consejo de Participación Comunal

Artículo 57 Funciones: Entre otras, conocer y analizar el diagnóstico regional sobre el estado de la educación y apoyar el desarrollo y ejecución de proyectos para enfrentar los problemas identificados.

Artículo 55 Integración base: el Director o Directora Regional procurará la participación de actores regionales estratégicos, tales como universidades públicas y privadas, gobiernos locales, cooperativas, etc. Dependerá de las particularidades de cada región.

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Artículo 59

Artículo 58

Artículo 60

Jerarquía: Funcionará bajo la responsabilidad de un Jefe de Asesoría Pedagógica que dependerá jerárquicamente del Director o Directora Regional.

Misión: Brindar asesoría pedagógica y curricular al personal docente destacado en los centros educativos (acompañamiento de docentes), de acuerdo con las necesidades identificadas en el diagnóstico regional y el Programa Regional de Asesoría Pedagógica.

Funciones: Entre otras, brindar asesoría y acompañamiento al personal docente destacado en los centros educativos, para velar por el cumplimiento de los planes de estudio vigentes. Asimismo, al inicio de cada ciclo lectivo, formular y actualizar el Programa Regional de Asesoría Pedagógica.

Sección VI: Del Departamento de Asesoría Pedagógica

Artículo 61 Conformación y jerarquía: Asesores Regionales en distintas especialidades y un Equipo Regional Itinerante (ERI). Dependen del Jefe de Asesoría Pedagógica.

Artículo 64 Coordinación con el área académica del nivel central: El Viceministerio Académico podrá convocar a reuniones trimestrales a los Jefes de Asesoría Pedagógica para dar seguimiento y evaluar temas de interés del área académica.

Artículo 62 Coordinación ERI: La Dirección de Desarrollo Curricular, en coordinación con otras dependencias del nivel central, establecerá los lineamientos técnicos para el funcionamiento de los ERI.

Artículo 65 Número de asesores y especialidades: Responsabilidad exclusiva de las autoridades superiores, que comunicarán formalmente a al DRE, a la DRH y la DPI.

Artículo 63 Monitoreo interno: Reuniones mensuales del Departamento con registro de actas, para dar seguimiento a los planes institucionales y regionales.

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Artículo 67

Artículo 66

Artículos68 y 69

Jerarquía: Funcionará bajo la responsabilidad de un Jefe de Servicios Administrativos y Financieros. Dependerá jerárquicamente del Director o Directora Regional.

Misión: Velar por la dotación de bienes y prestación de servicios para el funcionamiento operativo de la DRE y coordinar servicios de apoyo a las comunidades educativos, de acuerdo con las políticas de desconcentración mínima impulsadas.

Funciones: Se identifican tres procesos complementarios: a) Gestión Administrativa y de servicios de apoyo, b) Gestión de Juntas de Educación y Juntas Administrativas y c) Gestión de Recurso Humano.

Nota: este es el espacio para impulsar un proceso de desconcentración. El grueso de los servicios y trámites administrativos están concentrados en las Oficinas Centrales. El 90% de los trámites que vienen a realizar, tienen que ver con el área administrativa: DRH, DIEE, DIG, DPE, DF, PI y DSG.

Sección VII: Del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros

Artículo 70

Seguimiento y control: Reuniones ordinarias, una vez por mes, para dar seguimiento a los planes de trabajo de cada proceso. Debe llevar un registro de actas.

Artículo 71

Coordinación con el nivel central: El Viceministerio Administrativo podrá convocar cada trimestre a reunión de coordinación, para valorar asuntos de su competencia.

Artículo 72

Número de plazas y especialidades: Responsabilidad exclusiva de las autoridades superiores, que comunicarán a las DRE, la DRH y la DPI.

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Departamento de ServiciosAdministrativos y Financieros

Gestión Administrativa y de servicios de apoyo

Gestión de Juntas de Educación y

Juntas Administrativas

Gestión del Recurso Humano

Direcciones Regionales y las comunidades educativas

Comunidades educativas Dirección Regional y Comunidades Educativas

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Artículo 75

Artículo 74

Artículo 76

Oficina de Supervisión: En cada Circuito Escolar se establecerá una Oficina de Supervisión, que funcionará en instalaciones independientes, fuera de los centros educativos.

Funcionamiento del Circuito Educativo: Cada Circuito Escolar funcionará bajo la responsabilidad de un Supervisor de Centros Educativos, que dependerá jerárquicamente del Director o Directora Regional.

Funciones: Al supervisor le corresponde “supervisar” que el director o directora del centro educativo (Art. 72), cumpla con sus responsabilidades. No le corresponde decidir por él ni sustituirlo en sus funciones. Entre otras funciones, supervisar de conformidad con el Programa Regional de Supervisión, bajo un enfoque dirigido al mejoramiento del proceso enseñanza-aprendizaje y de la capacidad de gestión.

Sección VIII: Oficinas de Supervisión

Artículo 77 Jerarquía: En lo que respecta a las funciones establecidas en el artículo 75, el supervisor será el superior jerárquico del director, sin que esto debilite la responsabilidad de los mismos como administradores de los centros educativos y el principio de autonomía.

Artículo 73 Administración de los centros educativos: Es responsabilidad exclusiva del correspondiente director o directora, destacado por el MEP (LCD-RFEO), tanto en aspectos académicos como administrativos. (Manual de Supervisión de Centros Educativos).

Artículo 78 Supervisión de centros privados: Limitado a lo que establece la Constitución Política, el Manual de Supervisión de Centros Educativos y las regulaciones emitidas por el MEP, por medio del Departamento de Centros Privados.

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Artículo 80

Artículo 79

Artículo 81

La DR Sulá en virtud de que su conformación se sustenta en la integración de territorio indígenas reconocidos, propondrá a las autoridades superiores, una organización propia para el Departamento de Asesoría Pedagógica.

Nada de lo establecido limita la posibilidad de crear y establecer relaciones inter-orgánicas entre las dependencias del nivel central y regional, siempre que se respeten las líneas jerárquicas y se realice la correspondiente coordinación.

Derogatoria del Decreto Ejecutivo 23490-MEP del 11 de julio de 1994.

Disposiciones Finales

Artículo 82 Rige.

TRANSITORIOS

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Ministro

Dirección Regional

de Educación 1

Figura 4. Líneas jerárquicas y de coordinación entre el Nivel Central y el Nivel Regional

Viceministerio Académico

Viceministerio Administrativo

Dirección Regionalde Educación 2

Dirección Regional

de Educación 27

Secretaría Técnica deCoordinación Regional

Dirección Regionalde Educación 3

Dirección Regionalde Educación (….)

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Director Regional

Departamento deAsesoría Pedagógica

Departamento de ServiciosAdministrativos y Financieros

Consejo de Supervisiónde Centros Educativos

Consejo Asesor Regional

Consejo deParticipación Comunal

Oficina de SupervisiónCircuito 01

Oficina de SupervisiónCircuito 02

Oficina de SupervisiónCircuito …. (n)

CE-1 CE-2 CE-n CE-1 CE-2 CE-n CE-1 CE-2 CE-n

Figura 5. Nueva Organización Administrativa de las Direcciones Regionales de Educación

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3. Instrumentos de Interés

Consejo de Supervisión de Centros Educativos

Consejo Asesor Regional

Departamento de Asesoría Pedagógica

Programa Regional de Supervisión.Visitas Colegiadas.

Diagnóstico actualizado sobre el estado de la educación en la región.Planes y estrategias regionales propias (calidad y deserción).Plan Anual Operativo (PAO) y su presupuesto.Programación de Visitas Colegiadas.

Programa Regional de Asesoría Pedagógica.Visitas Colegiadas.

Departamento de Servicios Administrativos y Financieros.

Planes de trabajo por proceso: tres áreas de trabajo.Informes trimestrales sobre disponibilidad de recursos (Juntas).Visitas Colegiadas.

Oficinas deSupervisión

Manual de Supervisión de Centros Educativos.Programa Regional de Supervisión.Reuniones mensuales con directores de centros educativos.Visitas ColegiadasPlanes de mejoramiento institucional.

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4. Actores regionales: relaciones jerárquicas y de coordinación

Director o Directora Regional

Jefe de Asesoría Pedagógica

-Administración general de la Dirección Regional de Educación (DRE).-Preside y coordina el Consejo Asesor Regional, el Consejo de Supervisión de Centros Educativos y el Consejo de Participación Comunal.-Superior jerárquico del personal administrativo destacado en la Dirección, del Jefe de Asesoría Pedagógica, del Jefe de Servicios Administrativos y Financieros, los Supervisores de Centros Educativos y del Asesor Legal.

-Administración general del Departamento de Asesoría Pedagógica.-Superior jerárquico del personal administrativo destacado en el Departamento, los Asesores Regionales y el Equipo Regional Itinerante (ERI).

Jefe de Servicios Administrativos y Financieros.

-Administración general del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros y servicios de apoyo a toda la Dirección Regional.-Superior jerárquico del personal administrativo destacado en el Departamento, así como el resto de profesionales asignados a cada proceso.(ERI).

Asesores Regionales y Equipo Regional Itinerante

-Asesora directamente al personal docente destacado en los centros educativos.-Asesora de acuerdo con Programa Regional de Asesoría Pedagógica.

Supervisores de Centros Educativos

-Administración general de la correspondiente Oficina de Supervisión.-Superior jerárquico del personal administrativo de correspondiente Oficina de Supervisión.-Supervisa los directores y directoras de los centros educativos.-Superior jerárquico de los directores y directoras en virtud de las funciones dadas: rescata directrices y criterios jurídicos.

Directores de Centros Educativos

-Responsables de la administración de los centros educativos, en sus aspectos técnicos como administrativos.

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“Al Desarrollo por la Educación”

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