Reforma constitucional y ejecución de sanciones penales

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Ejecución de sanciones penales Erika Bardales Lazcano

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Ejecución de sanciones penales

Erika Bardales Lazcano

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¿Qué cambios contiene la reforma de 18 junio de 2008? ¿De qué habla?

Cambia el proceso ordinario

Se crean salidas alternas al

Proceso ordinario

Se crea un régimen De excepción para

La D. O.

Cambia la ejecuciónDe sanciones penales

Se judicializa

En general contiene 4 ámbitos del cambio y son:

¿Cuál es la relación de este cuadro con la ejecución de sanciones?

Continuar

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Que cualquier parte del proceso se relaciona con la ejecución de sanciones

Cambia el proceso ordinario

Se crean 5 salidasQue apoyarán alProceso ordinario

Se crea un régimen De excepción para

La D. O.

Cambia la ejecuciónDe sanciones penales

Se judicializa

En general contiene 4 ámbitos del cambio y son:

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Cambia el procedimiento ordinario

El juez de ejecución conocerá de las sentencias dictadas en juicio oral respecto del proceso ordinario

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Se crean salidas alternas al proceso ordinario

Las figuras que se crean son:1. Criterios de oportunidad2. Medios Alternativos de Solución de

Conflictos3. Suspensión del proceso penal a prueba4. Procedimiento abreviado5. Acción penal privada

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De estas salidas interesa a la ejecución:

1. Procedimiento abreviado2. Acción penal privada3. Suspensión del proceso penal a prueba

Ya que estas figuras se relacionan con el juez por dictarse en las dos primeras sentencias y la última por estar bajo la supervisión del centro de reclusión el cumplimiento de las medidas impuestas por el juez de control.

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Régimen de excepción para la D. O.

Este régimen de excepción llega hasta la ejecución de sanciones penales, toda vez, que el artículo 18 constitucional nos marca dichas excepciones en la ejecución. Las cuales son:

1. Compurgación de penas en centros cercanos a su domicilio

2. Centros especiales en caso de delincuencia organizada.

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Cambia la ejecución de sanciones penales

Artículo 21. La investigación de los delitos (…)

La imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial.

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Los dos ámbitos de la ejecución

Régimen penitenciarioAdministrativo

Judicialización de las sentencias

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La intersección de ambos genera la nueva percepción de la ejecución

de sanciones penales

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El nuevo régimen de ejecución de sanciones penales

AdministrativoUn lay que las regula.

Justicia restaurativa

El régimen progresivo

Jurisdiccional

Nota: Estudio y diagnostico, tratamiento y reinserción

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Administrativo

En materia de medidas judiciales

Penas y medidas de seguridad

Dentro del sistema

Auxiliares para apoyar a dichas medidas

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En medidas judiciales

a) Ejecutar las medidas cautelares de prisión preventiva, presentación periódica, en su caso, y localización electrónica;

b) Vigilar y coordinar la ejecución del resto de las medidas cautelares, así como el cumplimiento de las condiciones impuestas durante la suspensión del proceso a prueba;

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En materia de penas y medidas de seguridad:

a) Ejecutar las penas de prisión y de relegación, sus modalidades y las resoluciones del Juez de Ejecución que de ellas deriven.

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Dentro del sistema:

1. Dirigir y ordenar la prevención social de la delincuencia proponiendo a las autoridades competentes las medidas que juzgue necesarias;

2. Organizar, supervisar y administrar los establecimientos penitenciarios

3. Intercambiar, trasladar, custodiar, vigilar y brindar tratamiento a toda persona que fuere privada de su libertad

4. Aplicar los tratamientos adecuados a las personas internas, reglamentando su trabajo, sus actividades educativas, culturales, sociales, deportivas y otras, garantizando que estostratamientos y reglamentos estén libres de estereotipos de género;

5. Asistir a las personas liberadas, organizando patronatos, fomentando la formación de cooperativas, fideicomisos u otros entes similares, y celebrando convenios de coordinación con instituciones de las distintas esferas de gobierno o de la sociedad civil;

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Auxiliares para apoyar a dichas medidas

Secretaria de finanzas y de administración Sanción pecuniaria Intervención de personas morales

Secretaría general de gobierno Garantía económica como prendas e hipotecas Prohibición de salir del país

Cuerpos de seguridad pública Vigilancia que determine el juez: lugares o personasArresto domiciliario

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Auxiliares para apoyar a dichas medidas

Secretaria de salud Vigilancia cuando se requiera tratamiento especializado Medidas de internamiento en centros de salud

Secretaría general de educaciónCuando se determine aprender un oficio o profesiónSuspensiones e inhabilitación de profesiones

Secretaria de trabajo y previsión social Coadyuvar para la capacitación y obtención de un

trabajoDesarrollo de trabajo a favor de la comunidad

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Jurisdiccional

Objetivo:Velar por la certeza jurídica dentro de la ejecución de la pena, garantizar y salvaguardar los derechos de los sentenciados.

1. Atribuciones del juez de ejecución2. Proceso ante el juez de ejecución3. Beneficios

Continuar

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Atribuciones del Juez de Ejecución

Controlar que la ejecución de toda pena o medida de seguridad, se realice de conformidad con la sentencia definitiva que la impuso, garantizando la legalidad y demás derechos y garantías que asisten al sentenciado durante la ejecución de las mismas;Mantener, sustituir, la pena y las medidas de seguridad, así como las condiciones de su cumplimiento.Resolver el otorgamiento o denegación de cualquier beneficio relacionado con las penas o medidas de seguridad impuestas en la sentencia definitiva;Ordenar la cesación de la pena o medida de seguridad una vez transcurrido el plazo fijado por la sentencia;Visitar los Centros, con el fin de constatar el respeto de los derechos fundamentales y penitenciarios de los internos y proponer las medidas correctivas que estime convenientes;Resolver las peticiones o quejas que los internos formulen en relación con el régimen y el tratamiento penitenciario, en cuanto afecten sus derechos y beneficios;Atender los reclamos que formulen los internos sobre sanciones disciplinarias, previo informe de la autoridad responsable y formular a esta última, en su caso, las recomendaciones que estime convenientes;Resolver en audiencia oral, todas las peticiones o planteamientos de las partes, relativos a la revocación de cualquier beneficio concedido a los sentenciados por cualquier autoridad jurisdiccional, y en aquellos casos en que deba resolverse sobre libertad anticipada, libertad preparatoria, remisión parcial de la pena o libertad definitiva, y todas aquellas peticiones que por su naturaleza o importancia requieran debate o producción de prueba.

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Proceso

Se notifica a las partes:1. Víctima (si lo decide)2. Ministerio Público3. Funcionarios de la dirección4. Sentenciado5. Defensor

Se ofrece prueba (de existir 3 días antes

de la audiencia)

Sigue las reglas de la prueba en juicio oral

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Se da por iniciada la audiencia:1. Protocolo2. Toma la palabra quien solicita la audiencia3. Mp4. Funcionario de la Dirección5. Víctima

Resuelve

Apelación

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Beneficios

1. Tratamiento en semilibertadInternamiento de fin de semanaInternamiento durante la semanaInternamiento nocturno

2. Pena de relegación en colonias penales

3. La libertad anticipada

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Libertad anticipadaTratamiento preliberacional

Es intermedio entre la libertad preparatoria y la libertad absoluta

Libertad preparatoriaMayor a 3 años de pena y hayan cumplido el 60 % de la pena en delitos dolosos y el 50% en delitos culpososAcreditar los estudios de personalidadReparación del daño causadoImprocedencia en algunos delitos

Remisión parcial de la penaPor cada dos días de trabajo se quita uno de prisiónBuena conductaActividades en su internamientoDeterminaciones del Consejo

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Cumplimiento de la sentencia

La libertad definitiva que se otorgue conforme a este título, será comunicada de inmediato al patronato de asistencia a liberados, para los fines de asistencia post-penitenciaria.

Justicia restaurativa post procesal

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Cuidado!!!!Artículo 161. Sistema de reinserción social. (Durango)El sistema de reinserción social tendrá carácter progresivo, técnico e individualizado. Constará, por los menos, en lo que respecta a su desarrollo, de los períodos siguientes:I. Estudio y diagnóstico;II. Tratamiento; yIII. Reinserción.

En el primero de los períodos previstos, se estudiará la personalidad integral del interno en los aspectos médicos, psicológicos, sociales, criminológicos, educativos, psiquiátricos, ocupacionales y de vigilancia. Dicho estudio se realizarádesde que el interno quede vinculado a proceso, enviando un ejemplar del estudio al órgano jurisdiccional que lo procesa.

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CONCLUSIÓN

Procedimiento:• Juez presidirá la audiencia:• MP representará a la sociedad vigilando la legalidad de

las resoluciones, se opondrá y ofrecerá pruebas• Defensor ofrece pruebas en beneficio del sentenciado

Juez de Ejecución de Sanciones (Vigilancia)-Vigila la ejecución de la pena-Otorga alternativas

Juez de Juicio Oral-Preside en la audiencia de juicio-Valora las pruebas- Dicta sentencia

Juez de Garantía(Preparación)-Decide y Valora la aceptación de pruebas;-Otorga salidas alternas;- Establece apertura del juicio oral

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Ojo

Objetivos de la jurisdicciónAfirmar la legalidadResguardar los derechos humanos

El juez de ejecución no debe ser rebasado por el control administrativo

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Gracias por su atenciónErika Bardales [email protected]