Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

46
Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx Vicerrector de Planificación Académica 10 de noviembre, Cáceres 11 de noviembre, Badajoz

description

Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx. Vicerrector de Planificación Académica 10 de noviembre, Cáceres 11 de noviembre, Badajoz. I.- Normativa de reconocimiento de créditos II.- Reconocimiento de créditos en los Grados a. Criterios. b. Casuística. - PowerPoint PPT Presentation

Transcript of Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Page 1: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Vicerrector de Planificación Académica10 de noviembre, Cáceres11 de noviembre, Badajoz

Page 2: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

I.- Normativa de reconocimiento de créditos

II.- Reconocimiento de créditos en los Gradosa. Criterios.b. Casuística.

III.- Reconocimiento de créditos en los Másteres

IV. Casuística común a Grados y Másteres.

V.- Trámite del reconocimiento de créditos

Page 3: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

I. NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Page 4: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

• Normas reguladoras• El reconocimiento:–Concepto– Efecto–Objeto

• Criterios generales de reconocimiento en la UEx

Page 5: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Normas reguladoras- R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por

el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

- Artículo 6 : Establece el concepto y la necesidad de una normativa propia de cada universidad.

- Artículo 13: regula el reconocimiento de créditos en las enseñanzas de Grado.

- Disposición adicional 4ª: regula el reconocimiento de créditos de las titulaciones anteriores al RD 1393.

- Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, aprobada por Consejo de Gobierno de 17 de octubre de 2008.

Page 6: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Concepto de reconocimiento• RD 1393: “aceptación por una universidad

de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial” (art. 6.2).

• UEX: “aceptación de los créditos obtenidos por el estudiante en unas enseñanzas oficiales (concluidas o no), distintas de las que cursa, y realizadas en la UEx o en otra universidad (española o extranjera), a efectos de ser computados como créditos ya cursados para la obtención del título oficial matriculado en la UEx “ (art. 3)

Page 7: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Efectos del reconocimiento

• El reconocimiento de créditos implica que el estudiante deberá cursar sólo el número de créditos no reconocidos hasta alcanzar la suma de créditos exigida por la titulación (NUEx art. 4)

Page 8: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Objeto del reconocimiento (NUEx art. 5)CON ESTUDIOS PREVIOS PARCIALES

• a) Estudiantes que desean continuar la misma titulación en otro Centro de la misma o distinta Universidad.

• b) Estudiantes que inician un nuevo título teniendo Habiendo realizado estudios previos.

• c) Estudiantes que simultanean estudios.

• d) Estudiantes que han realizado estudios universitarios en el extranjero de forma incompleta.

• e) Estudiantes de la UEx que han realizado parte de sus estudios universitarios en otra universidad dentro de programas de movilidad, nacional o internacional (Erasmus/Séneca).

CON TITULACIÓN UNIVERSITARIA PREVIA

• a) Estudiantes que estudian una nueva titulación.

• b) Estudiantes con un título propio de la UEx que estudian un título oficial, sólo en los casos específicos recogidos en esta Normativa

Page 9: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Criterios generales de reconocimiento(NUEx art. 6)

• a) No pueden reconocerse más créditos de los realmente cursados .

• b) La unidad de reconocimiento no será la asignatura sino las competencias y conocimientos asociados a los créditos superados

• c) En el caso de estudios conjuntos interuniversitarios regulados mediante convenios específicos se estará a lo establecido en los mismos .

• d) Se reconocerá la experiencia académica o profesional [según regulación específica: convenios, planes de estudio, etc.].

Page 10: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

II. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS GRADOS : A. CRITERIOS

Page 11: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

• Criterios específicos de reconocimiento en el Grado

• Criterios por tipos de créditos reconocidos:– Formación Básica– Obligatorios– Optativos– Prácticas externas– Trabajo fin de Grado

• Criterios para valorar la adecuación

Page 12: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Criterios específicos• Art. 13 del RD 1393: – Créditos de las materias de

formación básica de la rama (automática)

– El resto según adecuación a competencias y conocimientos asociados .

• Normativa UEx (art. 7):a) Créditos de formación básica.b)Créditos de asignaturas

obligatorias.c) Créditos de asignaturas optativas.d)Créditos de Prácticas Externas.e) Créditos de Trabajo fin de Grado.

Page 13: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Créditos de formación básica• 1) Créditos del curso [módulo] de

formación básica de aquellos títulos pertenecientes a la misma rama.

• 2) En titulaciones pertenecientes a distinta rama todos los créditos de asignaturas superadas que coincidan con las materias de formación básica que pertenezcan a la rama del título, hasta un máximo de 60 cr.

Page 14: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Créditos de formación obligatoria• 1) Créditos obligatorios comunes

las titulaciones de la UEx de un mismo Programa Formativo, bien sea coordinado o conjunto.

• 2) Créditos de las asignaturas obligatorias que presenten una adecuación con las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas obligatorias del PE.

• 3) Créditos superados en títulos propios de la UEx basados en asignaturas de Planes de Estudio Oficiales.

Page 15: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Créditos de asignaturas optativas• Asignaturas que presenten un tipo y grado de

competencias similar a las del título, sin necesidad de que coincidan sus contenidos.

• Créditos superados en títulos propios de la UEx que respondan a esta similitud.

Page 16: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Créditos de Prácticas en Empresa y de Trabajo fin de Grado

• Prácticas Externas: créditos de Prácticas Externas de extensión sea igual o superior a la exigida en la titulación y de tipo y naturaleza sean similares.

• Trabajos Fin de Grado: No se reconocen nunca.

Page 17: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Criterios para valorar la adecuación (NUEx art. 7.b.2)

• i) En los títulos de profesiones reguladas: las materias o módulos definidos por la Orden Ministerial.

• ii) En todos los títulos: – un tipo y grado de competencias similar y – unos contenidos coincidentes, al menos, en el 60 % de su naturaleza y

extensión.– Esta similitud no es necesaria encontrarla asignatura por asignatura;

puede realizarse por módulos o por bloques de asignaturas

Page 18: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

II. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS GRADOS : B. CASUÍSTICA

Page 19: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

• Reconocimiento de estudios anteriores al RD 1393:– Traslados de planes antiguos a grados– Adquisición del grado desde el título adaptado al EEES– Reconocimiento de títulos previos

• Reconocimiento de créditos por actividades específicas

• Acreditación de Idiomas y TIC.

Page 20: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Criterio general de adaptación de titulaciones anteriores al R.D. 1393

(NUEx art. 12)• Créditos LRU equivalentes a

créditos ECTS y, en las titulaciones anteriores a créditos, la hora semanal de asignaturas anuales equivalente a 3 créditos ECTS .– Posibilidad de ligero redondeo en

reconocimiento del nº de créditos cursados.

• Tablas automáticas de reconocimiento

Page 21: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Traslado de planes antiguos a grados

• Tabla de adaptación de la memoria Verifica: Asignatura por asignatura.

• Máximo reconocimiento de 60 cr. de formación básica por asignaturas de la Rama de conocimiento (Anexo II RD 1393).

• Reconocimiento de los créditos optativos por créditos sobrantes.

Page 22: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Adquisición del nuevo grado desde el título adaptado al EEES

• Determinación de la formación adicional necesaria: Memoria Verifica/ acuerdo CG.– Currículum académico del PE

verificado.• Reconocimiento de experiencia

profesional según convenio.• Establecimiento de títulos propios de

la UEx de adaptación.• Reconocimiento de otros estudios

oficiales de grado o postgrado según sistema general.

Page 23: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento de títulos anteriores• Aplicación de los criterios generales:– Reconocer 60 cr. de formación básica por asignaturas

cursadas en materias básicas de la rama.– Reconocer asignaturas obligatorias según afinidad del

currículum.– Reconocer optatividad con cargo a créditos sobrantes.

Page 24: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento de créditos por actividades específicas

• Regulación: art. 46.2.i LOU, art. 12.8 RD 1393, art. 9 NUEx)

• Máximo de 6 cr. • Actividades reconocibles con

autorización expresa del CG:– participación en actividades

universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación – actividades directamente encaminadas a

que los estudiantes puedan acreditar la consecución de las competencias transversales (idiomas, TIC,etc.)

Page 25: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Acreditación de idiomas y TIC• Normativa: Sistema de acreditación de las

competencias generales de dominio de las TIC y de conocimiento de idiomas (CG 17/10/08)

• Sistema común:– Asignaturas del PE– Títulos propios de la Uex.– Examen de acreditación

• Sistemas específicos de idioma:– Asignaturas en el extranjero (Erasmus) o cursadas en lengua extranjera.– Trabajo fin de grado en lengua extranjera.– Reconocimiento de estudios oficiales de nivel B1.

• Trámite provisional: solicitud en Secretaría/ resolución en Centro/ Prueba Comisión Técnica

Page 26: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

III. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS MÁSTERES

Page 27: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

• Criterios específicos de reconocimiento en los másteres

• Casuística:– Reconocimiento de las

Licenciaturas e Ingenierías en los másteres.

– Reconocimiento de requisitos de acceso

Page 28: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Criterios específicos (NUEx art. 8)

• Con carácter general los de grado.

• Especificaciones:– No hay formación básica:

reconocimiento por adecuación.– No pueden reconocerse créditos

de grado ni de Diplomaturas, Ingenierías Técnicas y Arquitectura Técnica.

– Pueden reconocerse créditos de másteres oficiales, de títulos propios de la UEx y de licenciaturas e Ingenierías.

– No puede reconocerse el trabajo fin de máster

Page 29: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento de licenciaturas/ingenierías en másteres

• Adicional 4ª RD 1393.• Global: equivalencia de

la formación obtenida en el conjunto de la titulación.

• Parcial: Adecuación de asignaturas sólo de segundo ciclo con asignaturas del máster.

Page 30: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Casuística de reconocimiento de Licenciaturas/Ingenierías en másteres

• MUIs:– 18 cr. Interdisciplinar– Médicos/Veterinarios: hasta

36 cr.

• MFPES:– 12 cr. Fundamentos

científicos del currículum– Licenciados en

Psicopedagogía y en Ed. Física (según currículum h. 42)

Page 31: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento de requisitos de acceso• Complementos de formación:

estudios previos de otros grados (Dpl./IT/AT) o

de másteres (Lic./Ing.) totales o parciales.• Requisito de idiomas: sistema adaptado de acreditación en Grados.– MFPES 09/10: al final.– MUI: Examen centralizado.

Page 32: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

IV. CASUÍSTICA COMÚN EN LOS GRADOS Y EN LOS MÁSTERES

Page 33: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

• Reconocimiento de créditos en programas de movilidad

• Reconocimiento de créditos por estudios extranjeros

• Reconocimiento en programas de simultaneidad de estudios (dobles titulaciones)

Page 34: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento de créditos en programas de movilidad (NUEx art. 10)

• Programa de movilidad: hasta un máximo de 60 cr por curso.

• Criterios específicos y trámite según Normativa para el desarrollo en la UEx de los Programas de cooperación Interuniversitaria y de Movilidad (CG 2/6/01).

• Documento original con las asignaturas de la universidad de destino necesarias para el reconocimiento.

Page 35: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento de estudios extranjeros (NUEx art. 11)

• Estudios parciales o títulos (homologados o no) aplicados a nuevos grados.

• Reconocimiento siempre por EQUIVALENCIA de competencias, contenido y carga lectiva (60 %).

• Posibilidad de establecer prueba de idioma.

Page 36: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Reconocimiento en programas de simultaneidad de estudios (dobles titulaciones)

• Normativa aprobada en CG de 29/10/09

• Reconocimiento de oficio según plan de estudios aprobado por CG.

• Reconocimiento cruzado de:– Asignaturas de Formación

básica– Optativas

• Reconocimiento de asignaturas equivalentes entre títulos.

Page 37: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

V. TRÁMITE DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Page 38: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

• Solicitud.• Resolución automática.• Actuaciones del

Departamento.• Actuaciones de la Junta de

Centro.• Resolución Decanal.• Efectos:– Inscripción de créditos en el

expediente– Tablas automáticas de

reconocimiento

Page 39: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Solicitud (NUEx arts. 13, 14 y 16)• Entrega junto a la matrícula (ha de

estar admitido – salvo en r. estudios extranjeros)

• Formato actual de convalidaciones.• Realizar petición genérica:– Reconocimiento máximo de cr. desde

la titulación cursada.– Certificación de estudios.– Programa (si no está en tabla de

reconocimiento automático)– No se matriculan las asignaturas que

se suponen reconocibles

• Plazo de resolución: 6 meses.

Page 40: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Resolución automática (NUEx art. 13.b y c)

• Siempre ha de ser positiva y ha de indicar la fuente de la resolución.

• Se produce cuando:– El reconocimiento conste en

una tabla oficialmente aprobada.

– Si hay precedente en el centro en los tres cursos anteriores (no es el caso actual en grados, pero los actuales reconocimientos crean precedente).

Page 41: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Actuaciones del Departamento (NUEx arts. 2.3 y 13.d y e, EstUEx art. 107. l)• Recibe las solicitudes de las

asignaturas presumiblemente reconocibles adscritas a sus áreas.

• Estudia la posible equivalencia en competencias adquiridas y contenidos desarrollados entre los créditos cursados y los créditos objeto de reconocimiento.

• Informa en el plazo de quince días, según el sistema que establezca el Consejo de Departamento – Han de motivarse los Informes

negativos

Page 42: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Actuaciones de la Junta de Centro (NUEx arts. 2.3 y 13, EstUEx art. 107. l)

• Ha de regular los procedimientos de evaluación y envío de las solicitudes: ¿Vicedecanos, Comisiones de Calidad, Comisiones específicas, etc.?

• Ha de dictaminar las resoluciones: ¿delegando en Comisiones de Calidad, Comisiones específicas, Comisión permanente, etc.?– Han de motivarse los

dictámenes negativos.

Page 43: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Resoluciones decanales

(NUEx 2.4, 13, 15 y 16)

• a) El número de créditos que procede reconocer, con indicación de las asignaturas originarias de las que proceden.

• b) El número de créditos que debe cursar el estudiante tras el reconocimiento, con indicación de las asignaturas del Plan de Estudios que puede cursar a fin de alcanzar el título.

• c) El número de créditos que no procede reconocer, en su caso, con indicación de las asignaturas originarias de las que proceden y con motivación explícita de las causas de su denegación.

• d) Cabe interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde su notificación.

Page 44: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Inscripción de los créditos en el expediente (NUEx art. 17)

• Se inscribirán las asignaturas originales correspondientes a los créditos reconocidos

• Se consignará el literal, la tipología, el número de créditos y la calificación obtenida en el expediente de origen, indicando la Universidad en la que se cursó

• Se reflejará en el Suplemento Europeo al Título

Page 45: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

Tablas automáticas de reconocimiento (NUEx art. 13 y Disposición Adicional)

• Cuadro de reconocimientos automáticos aprobado por el Consejo de Gobierno – Inicialmente: cuadros de Memorias

Verifica– Propuesta de acuerdos según primera

casuística

• Permanente actualización incorporando reconocimientos realizados según las resoluciones repetidas en los Centros.– Remisión de informes al Vicerrector.– Actualización por el Vicerrector.

Page 46: Reconocimiento y transferencia de créditos en la UEx

¡MUCHAS GRACIAS!