Reciclado de dinero : lavado y blanqueo de...
Transcript of Reciclado de dinero : lavado y blanqueo de...
Fuentes, Guillermo Enrique
Reciclado de dinero : lavado y blanqueo de dine- ro
Facultad San Francisco (Mendoza)
Este documento está disponible en la Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina, repositorio institucional desarrollado por la Biblioteca Central “San Benito Abad”. Su objetivo es difundir y preservar la producción intelectual de la Institución.La Biblioteca posee la autorización del autor y de la editorial para su divulgación en línea.
Cómo citar el documento:
Fuentes, G. E. (2013). Reciclado de dinero : lavado y blanqueo de dinero [en línea]. Documento inédito. Disponible en: http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/libros/reciclado-dinero-lavado-blanqueo.pdf [Fecha de consulta:...............]
ProP
RECICLADO DE DINERO
Lavado y Blanqueo de Dinero
Un trabajo de investigación, que trata sobre actividades ilícitas de Lavado y Blanqueo de dinero, con un enfoque legal, teórico y casos reales.
2013
Dr. Guillermo Enrique Fuentes Contador Público
Licenciado en Administración Pública Profesor Universidad Católica Argentina
Página 2
ANTECEDENTES ACADÉMICOS RELEVANTES DEL AUTOR
Docente titular de Talleres de “Trabajo en Equipo” para alumnos de segundo
año de la Facultad San Francisco (Mendoza), para la carrera de Contador Público y
Licenciado en Administración de Empresas. (Año 2.002 en adelante)
Docente Titular de la Facultad San Francisco – Pontificia Universidad Católica
Argentina - en la materia Finanzas II (Año 2.003 en adelante)
Coordinador General del Primer Curso de Posgrado realizado en la Universidad
Católica Argentina-Sede Mendoza-Facultad San Francisco (Carrera Ciencias Económi-
cas): Posgrado en Finanzas y Mercado de Capitales, organizado conjuntamente con la
Bolsa de Comercio de Mendoza y el Mercado de Valores de Mendoza (Años 2006 y
2007).
Expositor designado en el I Congreso Argentino e Iberoamericano de Dere-cho Bancario y V Congreso de Aspectos Legales de las Entidades Financieras,
Organizado por el Instituto de Derecho Comercial del Colegio de Abogados de Lomas
de Zamora y por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Za-
mora - Provincia de Buenos Aires – Junio de 2.007 – Tema: El Reciclado, el Lavado y
el Blanqueo de Dinero
Docente Titular de la Materia Costos y Finanzas en 4to Año de la Carrera de Li-
cenciatura en Enología de la Universidad Juan Agustín Maza – Mendoza - (2.009 en
adelante)
Coordinador General Académico del Primer Posgrado en Finanzas, Mercado de
Capitales y Fideicomisos dictado en la Facultad de Ciencias Empresariales dependiente
de la Universidad Juan Agustín Maza (2.009 – 2.010)
Docente Titular de la Facultad San Francisco – Pontificia Universidad Católica
Argentina - en la materia Finanzas I – (Año 2.008 en adelante)
Director del Tercer Curso de Posgrado realizado en la Universidad Católica Ar-
gentina-Sede Mendoza-Facultad San Francisco (Carrera Ciencias Económicas): Pos-
grado en Finanzas y Mercado de Capitales, organizado conjuntamente con la Bolsa de
Comercio de Mendoza y el Mercado de Valores de Mendoza (Año 2.012).
Página 3
Profesor internacional con actividad en la República de Honduras (Ciudad de
Tegucigalpa) en la temática Prevención de Lavado de Activos y el Financiamiento del
Terrorismo (A.D.E.N. - Año 2.012 en adelante)
PUBLICACIONES REALIZADAS POR EL AUTOR
Reciclado de Dinero – Revista Entorno Económico Número 15 – Mayo 2.007 –
Páginas 50 a 52.
Publicación seleccionada con motivo del I Congreso Argentino e Iberoamericano
de Derecho Bancario y V Congreso de Aspectos Legales de las Entidades Financieras,
Organizado por el Instituto de Derecho Comercial del Colegio de Abogados de Lomas
de Zamora y por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Za-
mora - Provincia de Buenos Aires – Junio de 2.007 – Tema: El Reciclado, el Lavado y
el Blanqueo de Dinero – Tomo I
Demasiado grande para ser causalidad – Publicación referida a Lavado de Di-
nero y Paraísos Fiscales – Diario Los Andes – Suplemento Económico – 15 de marzo
de 2.009
Co-autor en forma conjunta con el Dr. Ricardo A. Billene, del Libro Costos para
Fincas y Bodegas Segunda Edición Actualizada - Editorial de la Universidad del Acon-
cagua y auspiciado por Bodegas de Argentina – Agosto 2.009
ANTECEDENTES DEL AUTOR
ESTUDIOS CURSADOS POSGRADOS
Especialista en Sindicatura Concursal y Entes en estado de Insolvencia Uni-
versidad Nacional de Cuyo – Mendoza – República Argentina. (Año 1.999).
UNIVERSITARIOS
Contador Publico - Universidad Católica Argentina – Facultad San Francisco -
Mendoza - República Argentina. (Año 1.997).
Página 4
Licenciado en Administración Pública - Universidad Católica Argentina - Facul-
tad Santa María de los Buenos Aires – Capital Federal - República Argentina. (Año
1.987).
Página 5
INDICE
CAPITULO I
INSTITUCIONES CON MAYOR PELIGRO DE INTERVENCIÓN EN EL CIR-CUITO DEL RECICLADO DE DINERO
Introducción
Vulnerabilidad de los Mercados en desarrollo
La Globalización y el Reciclado de Dinero
Efectos económicos del Reciclado de Dinero
Debilitamiento de la integridad de los mercados Financieros
Distorsión económica e inestabilidad
Pérdida de rentas públicas
Costo social
Costo Político
El comercio con dinero sucio
Antecedentes de un par de Bancos
CAPÍTULO II
EL LAVADO Y EL BLANQUEO DE DINERO
Aproximaciones y definiciones
Lavado de Dinero
Blanqueo de Dinero
Rasgos esenciales de Reciclaje de Fondos Ilícitos
Fase de desintegración
Fase de conversión
Fase de integración
Casos de Reciclaje en cada una de sus Fases
Depósitos bancarios
Instrumentalización de Títulos Valores
Algunas operaciones más complejas de “ingeniería financiera”
El ámbito del juego y las apuestas
Página 6
Espacios físicos abiertos al público con transacciones de efectivo en
masa
Operaciones de préstamo con dinero en efectivo
Utilización del sistema financiero y el papel de otras instituciones
formales y no formales.
Paraísos Fiscales
Adquisición efectiva de bienes
Instrumentalización de transacciones ficticias
Instrumentalización de personas jurídicas (Sociedades Interpues-
tas)
Factores que favorecen la integración
Resumen de las Tres Fases
CAPÍTULO III
OPERACIONES DE RECICLADO DE DINERO
Tácticas concretas de Reciclado de Dinero
Yo tengo...Tú tienes
Hacer "Trabajo de Pitufo" o "Trabajo de Hormiga"
Mezclar
Compañías de Fachada
Contrabando de Efectivo
Transferencias Electrónicas (T.E.)
Compañías en Reserva (Shelf Company)
Transferencias entre corresponsales
Falsas facturas de importación/exportación-Doble Facturación
Garantías de Préstamos
Venta de Valores a través de falsos intermediarios
El Mercado de la Droga
No todo dinero sucio viene de drogas, secuestros o prostitución
Operaciones de Reciclado de Dinero Combinadas
Smurfing
Templos y Religión
Página 7
La iglesia universal del reino de Dios
Sus propósitos
Argumentos
Sacrificio Semestral
Amuletos
Diezmo
Estructura Jerárquica
Bienes y Posesiones
. CAPITULO IV
LA INFLUENCIA DEL DINERO RECICLADO EN AMERICA
Introducción
Un Caso internacional
La legislación norteamericana sobre el financiamiento del terroris-
mo
Las Ley Patriota (USAPATRIOT ACT) y sus implicancias interna-
cionales
Mantenimiento de Registros y Obligación de Informar Operaciones
Financieras
Prohibición para la Apertura de Cuentas a los Bancos Extranjeros o
sus condiciones para hacerlo
Consecuencias Jurídicas Extraterritoriales de la Ley Patriótica
El Lavado y el Blanqueo en Argentina
El Reciclado y el poder político
Casos desconocidos en Argentina
CAPITULO V
FUENTES DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Introducción
Actividades clasificadas como riesgosas
Las Organizaciones sin fines de lucro
Partícipes Necesarios El G.A.F.I. como órgano de contralor mundial
Página 8
CAPITULO VI
EL TERRORISMO Y SU TRATAMIENTO INTERNACIONAL Introducción
Financiamiento del Terrorismo
Guía de inteligencia para luchar contra el terrorismo
Índice mundial de riesgo sobre lavado de dinero
CONCLUSIÓN
Recaudos Lógicos
Muchos esfuerzos y pocos resultados
Página 9
CAPITULO I
INSTITUCIONES CON MAYOR PELIGRO DE INTERVENCIÓN EN EL CIR-CUITO DEL RECICLADO DE DINERO
Introducción
Un mecanismo del Reciclado de dinero es una empresa comercial o financiera que
facilita el Reciclado financiero. Muchas de las mismas empresas financieras (por ejem-
plo, bancos y casas de cambio) que participan en negocios legítimos también toman
parte, a sabiendas o sin saber, en el Reciclado de fondos ilegales. Según prácticas co-
merciales modernas, las distinciones entre los varios tipos de negocios que ofrecen ser-
vicios financieros se han vuelto borrosas. De este modo, un negocio de cambio de mo-
neda puede también servir para trasmitir fondos, o un prestamista puede cambiar che-
ques y operar como agente de una compañía telegráfica, por ejemplo. Algunos de los
tipos de mecanismos más comunes en el Reciclado de dinero son:
Bancos, incluyendo bancos comerciales, bancos privados, e instituciones de
ahorro (por ejemplo, asociaciones de ahorro y préstamos, bancos cooperativos,
etc.).
Corredores de bolsa o comercialización (compra y/o venta) de productos del
mercado de capitales.
Bancos o compañías de inversiones (por ejemplo fondos mutuos).
Casas de Cambio: La compra y venta de moneda extranjera de cambio es pro-
bablemente el ejemplo más notable de este mecanismo usado para lavar dinero
Libradores, tenedores o beneficiarios, o cajeros de cheques de viajero, cheques,
giros, o instrumentos similares - En muchas áreas de Estados Unidos las casas
de cambio de cheques y giros se han convertido, cada vez más, en una fuente
de preocupación por su uso potencial para el Reciclado de dinero. Las reglamen-
taciones federales y estatales que ignoraron este tipo de institución financiera no
bancaria han promovido el crecimiento de estos negocios. Tal como sucede con
las casas de cambio, dichas instituciones han mostrado la tendencia a convertir-
se en proveedores completos de servicios financieros.
El Servicio Postal de Estados Unidos (en la venta de giros postales).
Prestamistas.
Compañías de préstamos o financieras
Compañías que operan en el envío de remesas o envíos de dinero
Página 10
Casinos o casas de juego
Compañías de seguro
Operadores de metales preciosos, piedras o joyas
Agencias de viaje
Venta de automotores minorista (incluye automóviles, aviones y embarcaciones)
Compañías inmobiliarias.
Vulnerabilidad de los Mercados en desarrollo
El Reciclado de dinero es un problema en los principales mercados financieros y
centros extraterritoriales del mundo desarrollado y gravemente erosiona los mercados
en desarrollo. Todo país integrado al sistema financiero internacional corre peligro. A
medida que los mercados en desarrollo abren sus economías y sectores financieros,
llegan a ser progresivamente blancos viables de esta actividad.
Los grandes controles de los principales mercados financieros para combatir el
Reciclado y la falta de experiencia para ejercer controles en los mercados nuevos o en
desarrollo, hacen que los delincuentes trasladen sus actividades a éstos últimos. Los
efectos negativos del Reciclado de dinero tienden a potenciarse en estos mercados.
La Globalización y el Reciclado de Dinero Las causas de la expansión de delitos como el Lavado o el Blanqueado del dinero
son varias.
En primer lugar se encuentra la liberalización financiera, que creó el marco sin el
cual los modernos delitos financieros internacionales no podrían existir. Como señala
Vito Tanzi, experto impositivo del F.M.I., “La globalización de las actividades económi-
cas y los mercados financieros ha tenido muchos impactos positivos en la economía
mundial. Está siendo obvio, no obstante, que hay también algunos costos. La facilidad
con la cual el dinero sucio puede ser Reciclado internacionalmente es uno de esos cos-
tos”.
Efectivamente, como afirma la profesora Susan Strange en su libro Dinero Loco,
“Difícilmente hubiese sido posible diseñar un ‘no-régimen’ más apropiado que el sistema
bancario global para las necesidades de los narcotraficantes y de otros traficantes ilíci-
tos que quieren poner fuera del alcance de la policía el origen de sus inmensos benefi-
Página 11
cios ilegales. El negocio del blanqueo de dinero no podría haber prosperado y crecido
tanto de no ser por los instrumentos que permiten los rápidos y relativamente invisibles
movimientos de dinero a nivel transnacional. Esto lo sabe todo el mundo”.
Lo más importante a tener en cuenta en esta problemática, es que la liberaliza-
ción no ha sido un fenómeno de la naturaleza sino el cumplimiento de objetivos de polí-
ticas gubernamentales las cuales expresaron y expresan, a su vez, los intereses del
capital financiero.
Por otra parte, el dinero sucio proviene de la expansión de delitos de rentabilidad
gigantesca, cuya magnitud sería imposible sin algún grado de tolerancia de gobiernos y,
en algunos casos, organismos de seguridad o de la asociación entre funcionarios e in-
tereses empresarios.
Existe, además, otro factor estructural. El capitalismo ha tenido, en las últimas
décadas, una dinámica que permitió la acumulación de enormes fortunas en el mismo
circuito legal, gracias a las aventuras especulativas y a una cultura de distribución que
fomenta las crecientes diferencias de ingresos financieros dentro de las empresas y el
propio sector público, habiendo sido un atrayente caldo de cultivo, la corrupción de
América Latina y la falta de control (para beneficio de algunos pocos) del continente
africano en General. América Latina se ha vuelto vulnerable al tráfico de drogas y África
ha sido una “autopista” libre de control para los traficantes de armas, piedras preciosas
y secuestros.
Gracias a ello, la cantidad de dinero de las personas más ricas del mundo aumen-
ta a razón de un 5% por año, y las poblaciones bajo el límite de pobreza, crecen un
320% en igual período. El número de individuos de “alta riqueza” que tienen más de un
millón de dólares aumentó un 3%. Ahora son 7,2 millones en el mundo. En América La-
tina hay más de 190.000 personas de “altísima riqueza” y en África, alrededor de
40.000.
Asimismo, no deja de llamar la atención, que la media del aumento de personas
ricas latinas en le mundo, es mucho mayor que el aumento de personas ricas en cual-
quier otra parte del mundo. Esta media de aumento, para el último trienio, fue para los
latinos del 11 %, mientras que en el resto de mundo, la media fue del orden del 7%,
expresado únicamente en términos de patrimonios financieros.
Página 12
Pero en definitiva, todos aquellos que amasan fortunas sin ninguna intención de
pagar impuestos por ello, para huir de los recaudadores de sus propios países, deposi-
tan sus acreencias financieras en paraísos fiscales, de donde pueden regresar blan-
queadas, o bien, pueden ser redirigidas a otros países.
Estas operaciones florecen en un campo abonado por la difusión de una cultura
de la riqueza que considera a la evasión de impuestos como una respuesta a la voraci-
dad de los estados ineficientes y distribucionistas.
Las innovaciones tecnológicas tuvieron, a su vez, un papel decisivo en la crea-
ción de este escenario porque permitieron la expansión de las transacciones financieras
blancas, negras y de cualquier otro color y la creación de formas de escabullir y reciclar
dinero, burlando todo tipo de control estatal sin mucho esfuerzo.
En el Siglo XIX el desarrollo del telégrafo y el tendido de los cables interoceáni-
cos unificaron los mercados financieros y cambiarios de los países desarrollados dando
lugar al primer mercado globalizado al instante. Aunque la globalización alcanzaba en
ese momento, sólo al mundo desarrollado occidental.
A partir de los años setenta del siglo pasado, las innovaciones tecnológicas en el
campo de la transmisión y procesamiento de datos comenzaron a funcionar en sinergia
con las desregulaciones nacionales y transnacionales de los cambios y las finanzas: por
una parte, las nuevas tecnologías permitieron extender, complejizar y acelerar opera-
ciones tradicionales como el crédito o las operaciones de futuro y crear otras nuevas,
aprovechando el camino abierto por las desregulaciones de los países más poderosos.
Por otra, la interconexión directa de los agentes y los mercados y la sofisticación de los
sistemas de cálculo y contabilidad, redujeron la capacidad de las autoridades financie-
ras para regular los sistemas y disciplinar los agentes nacionales.
La pérdida de poder de los gobiernos y los reguladores no es parte de un fata-
lismo tecnológico ni de ninguna evolución “natural” e inevitable de la historia, sino el
resultado de una puja de poderes en la cual el capital lucha, desde siempre, por con-
quistar libertad de movimiento.
Efectos económicos del Reciclado de Dinero
Página 13
Uno de los efectos microeconómicos más graves del Reciclado de dinero
se hace sentir en el sector privado. Generalmente, quienes lo practican emplean com-
pañías de fachada que mezclan las ganancias de actividades ilícitas con fondos legíti-
mos, para ocultar ingresos mal habidos. En Estados Unidos, por ejemplo, la delincuen-
cia organizada ha utilizado pizzerías bajo el sistema de “delivery” para encubrir ganan-
cias procedentes del tráfico y distribución de heroína y cocaína. Estas compañías de
fachada tienen acceso a fondos ilícitos considerables, los que les permite subvencionar
sus artículos y servicios a niveles por debajo de los precios del mercado.
En algunos casos las compañías de fachada pueden ofrecer productos a
precios por debajo de los costos de fabricación. Por consiguiente, estas compañías tie-
nen una ventaja competitiva sobre aquellas compañías legítimas que obtienen sus fon-
dos en los mercados de capital. Esto hace que, para las compañías que actúan dentro
el marco de la ley, sea prácticamente imposible competir con la financiación subvencio-
nada de las de fachada, situación que puede tener como resultado que las organizacio-
nes delictivas desplacen negocios en el sector privado.
Debilitamiento de la integridad de los mercados Financieros
Las instituciones financieras que dependen de ganancias ilícitas tienen otra tarea
difícil en la administración acertada de sus bienes, obligaciones y operaciones. Por
ejemplo, grandes sumas de dinero reciclado pueden llegar a una institución financiera y
luego desaparecer repentinamente, sin aviso, mediante traslados electrónicos ocasio-
nados por factores fuera del mercado, tales como operaciones de aplicación de la ley.
Ello puede presentar problemas de liquidez y pánico bancario.
De hecho, varias quiebras bancarias en todo el mundo se han atribuido a la acti-
vidad delictiva, incluyendo la quiebra del primer banco con operaciones por Internet: el
Banco de la Unión Europea. Por otra parte, algunas crisis financieras de los años 1990
tenían importantes componentes delictivos, tales como el escándalo de fraude, Recicla-
do de dinero y soborno del BCCI, banco de origen pakistaní y con fuerte apoyo al Reci-
clado de dinero de los Cárteles de Medellín; y en 1995 el desplome del Banco Barings
cuando se desintegró un arriesgado plan de transacciones en derivados que estaban
manejados por un agente en una subsidiaria.
El Reciclado de dinero también puede afectar adversamente las monedas y las
tasas de interés cuando sus practicantes reinvierten los fondos donde sus planes tienen
Página 14
menos posibilidades de ser detectados, en lugar de hacerlo donde la tasa de rendimien-
to es más alta. El Reciclado puede acrecentar la amenaza de la inestabilidad monetaria
debido a la distribución inadecuada de recursos ocasionada por la distorsión artificial de
los precios de bienes y productos básicos.
En síntesis, el Reciclado de dinero y el delito financiero pueden tener co-
mo resultados cambios inexplicables en la demanda monetaria y mayor inestabilidad de
los flujos de capital internacional, las tasas de interés y los tipos de cambio. La naturale-
za imposible de predecir de esta actividad, aunada a la inherente pérdida del control de
la política, pueden hacer difícil establecer una política económica acertada.
Distorsión económica e inestabilidad
Los que lavan dinero no están interesados en obtener utilidades de sus in-
versiones, sino en proteger sus ganancias. Por lo tanto, "invierten" sus fondos en activi-
dades que no necesariamente son rentables para un país en el cual los colocan. Ade-
más, según el grado de desvío de fondos por el Reciclado de dinero y el delito financie-
ro, estas colocaciones van desde inversiones sólidas hacia inversiones de baja calidad
para ocultar las reales ganancias o la finalidad perseguida.
Pérdida de rentas públicas El Reciclado de Dinero disminuye los ingresos tributarios gubernamentales y, por
lo tanto, perjudica indirectamente a los contribuyentes honrados. También hace más
difícil la recaudación de impuestos. Esta pérdida de rentas públicas generalmente signi-
fica tasas de impuestos más elevadas que si las ganancias del delito, que no pagan
impuestos, fueran legítimas.
Costo social
El Reciclado de Dinero tiene altísimos costos, tanto para los gobiernos como pa-
ra la sociedad. Este es un axioma indiscutible en todo el mundo. Existen grandes costos y riesgos sociales relacionados con el Reciclado de
dinero. Esta actividad es un proceso fundamental para que el delito rinda beneficios. Les
permite a los narcotraficantes, los contrabandistas y otros delincuentes ampliar sus
operaciones. Ello aumenta el gasto público debido a la necesidad de una mayor
Página 15
actividad de administración de justicia y a los gastos en sistemas de salud (por ejemplo,
el tratamiento de la adicción a las drogas) para combatir las graves consecuencias.
Entre sus otros efectos socioeconómicos negativos, el Reciclado de dinero
traslada el poder económico del mercado, el gobierno y los ciudadanos a los
delincuentes. En resumen, contradice el viejo refrán de que el crimen no paga. Además,
la magnitud del poder económico que acumulan los que lavan dinero tiene un efecto
corruptor sobre todos los elementos de la sociedad.
Costo Político El Lavado y el Blanqueo de dinero alcanzaron magnitudes escandalosas,
revelando extensas redes de delito de guante blanco y corrupción en las que participan
grandes bancos y empresas y gobiernos de países grandes y chicos, del centro y de la
periferia. La mayor parte de las operaciones de Lavado y Blanqueo se hacen a través
de los centros financieros offshore en los que tienen sucursales todos los bancos y
grandes compañías financieras del mundo.
La cantidad de dinero que circula por los circuitos grises y negros del sistema es
tan grande que se ha convertido en una amenaza en varios sentidos: implica una
gigantesca evasión impositiva, reduce el control de los mercados monetarios de los
países afectados y constituye una inmensa “caja” disponible para financiar la corrupción
y el delito, por lo cual vulnera los sistemas jurídicos y políticos.
Según el G.A.F.I., “los posibles costos políticos y sociales del Reciclado de
dinero, si no se controlna o se manejan ineficientemente, son serios. El crimen
organizado puede infiltrar las instituciones financieras, adquirir control de grandes
sectores a través de las inversiones u ofrecer sobornos a funcionarios públicos y
también a gobiernos. La influencia económica y política de las organizaciones criminales
pueden debilitar el tejido social, los estándares éticos colectivos y, finalmente, las
instituciones democráticas de la sociedad. En los países en transición hacia sistemas
democráticos, esta influencia criminal puede minar la transición. Más aún, el Reciclado
de dinero está inextricablemente unido a la actividad criminal que lo genera. El
Reciclado permite continuar esa actividad criminal”.
La debilidad de los gobiernos y las regulaciones no se debe a falta de visión o de
decisión. Se debe a que delitos como el Lavado y el Blanqueo no son excreciones
Página 16
marginales del sistema económico ni el producto de la actividad de un grupo de
delincuentes profesionales, sino que son parte del mismo sistema.
La expansión de los circuitos grises y negros del dinero son una consecuencia
directa e inevitable de las medidas de liberalización y desregulación financiera tomadas
por los gobiernos en las últimas décadas. Los países poderosos presionan desde hace
años para que todos los de la periferia sigan ese camino. Hoy, habida cuenta de los
controles que se realizan bajo las banderas de … “combatir al terrorismo”, las técnicas
de investigación han avanzado notoriamente, pero también es de hacer notar, que los
mecanismos empleados por aquellos que lavan o blanquean dinero, han avanzado a
pasos más ágiles que los controles mismos. Se ha producido una mutación lógica y se
están utilizando nuevos procedimientos de evasión financiera, que ya superan los
nuevos controles instrumentados.
La expansión de las redes de dinero disponible para el Lavado y el Blanqueo es
consecuencia, también, de uno de los fenómenos más salientes del capitalismo de las
últimas décadas: el enriquecimiento vertiginoso de algunos sectores sociales debido a la
especulación, la corrupción y el delito.
El dinero proveniente del delito y del crimen organizado, es administrado por
grandes entidades financieras bancarias y no bancarias que ocupan los primeros
lugares en el circuito del dinero “blanco”, como se ha demostrado en el caso del
Citibank.
En las redes de Lavado y Blanqueo se encuentran, además de los personajes
marginales especializados en negocios sucios y criminales, grandes empresarios,
gobernantes y políticos de primer nivel.
De hecho, las grandes operaciones de Lavado y Blanqueo que se han detectado
en los últimos años nunca podrían haberse realizado sin la tolerancia de las autoridades
y las influencias de grandes personajes del poder. Del mismo modo, la expansión de
delitos como el narcotráfico o la corrupción de funcionarios gubernamentales es también
posible porque en ellos participan grandes empresarios, gobernantes y organismos de
espionaje y seguridad de los países centrales.
Más aún, en la actualidad, a pesar de la conciencia que existe sobre el problema
y de la extensa discusión internacional que se ha generado sobre el mismo los
gobiernos se niegan a tomar las medidas elementales que contribuirían a golpear
Página 17
seriamente el Reciclado de Dinero, como sería el establecimiento de regulaciones y
controles firmes de los sistemas financieros y la prohibición de operaciones con los
centros offshore.
En un editorial el New York Times afirmó: “América esta amenazada por la ex-
pansión de los cárteles internacionales del crimen – un lado oscuro de la globalización.
Un valorable informe de la Casa Blanca documenta como
el colapso de la Unión soviética, la reducción de las barre-
ras comerciales y los avances en telecomunicaciones in-
crementaron el alcance de los sindicatos del crimen, des-
de Rusia y Europa del Este hasta Asia, América Latina y
las zonas ricas en diamantes de África. La administración
de Clinton lideró una campaña internacional para caer sobre uno de los componentes
esenciales del problema, el Reciclado de dinero. Pero los bancos americanos están
ellos mismos entre los principales conductos mundiales para el Reciclado de fondos. Si
las propias leyes americanas no son fortalecidas, los esfuerzos internacionales para
reducir el flujo de dinero sucio tendrán impacto limitado. Un reciente informe de la Ofici-
na General de Contabilidad (General Accounting Office) encuentra “relativamente fácil”
para los extranjeros lavar dinero a través de los bancos americanos”.
Para combatir el Lavado y el Blanqueo son necesarias regulaciones más
estrictas. Pero el sistema financiero se opone a controles estrictos. Carl Levin, del Sub-
comité de Investigaciones del Senado de los EEUU propuso obligar a los bancos esta-
dounidenses a conocer mejor a sus bancos corresponsales, monitorear sus cuentas y
no aceptar cuentas de bancos inscriptos en paraísos fiscales en los cuales no hay regu-
laciones estrictas contra el Reciclado de dinero. Pero es consciente de la resistencia de
los bancos: “A la industria bancaria, sostiene el senador, no le gusta la intromisión regu-
latoria del gobierno. Quieren la mayor libertad posible. También temen ser dejados en
una posición de desventaja competitiva respecto de bancos de otros países y ésa es
una preocupación legítima”.
La doctrina jurídica generalmente aplicada al delito financiero diferencia entre
dinero negro, que puede surgir de una actividad legal y que se esconde para evadir im-
puestos y el dinero sucio que proviene de ganancias de actividades criminales como
narcotráfico, venta de armas o tráfico de personas.
El dinero negro es blanqueado, reintroduciéndolo a actividades legales, y el dine-
Página 18
ro sucio es Reciclado para, también, volcarlo actividades legales. En algunas operacio-
nes los Recicladores buscan incluso pagar impuestos sobre ese dinero para legalizarlo.
Pero, para Marcelo Sain, quien perteneció al área de prevención y control de
Reciclado de dinero de la Secretaría de Lucha Contra el Narcotráfico (Sedronar), orga-
nismo gubernamental argentino, las fronteras entre las categorías de dinero negro y
sucio no son tan tajantes. El experto considera que el blanqueo también debe conside-
rarse Reciclado por dos razones:
a) La primera es que en el mismo origen de la operación existe el delito de fraude fiscal.
b) La segunda, porque el circuito de ocultación, legalización y legitimación del dinero
evadido es generalmente el mismo que el utilizado para blanquear dinero del crimen.
Asimismo, señala que:
“Todos los paraísos fiscales, han surgido como consecuencia de la necesidad de cana-
lización de los recursos de la evasión tributaria de los países centrales. Y esos mismos
circuitos son los que después comenzaron a utilizarse para blanquear dinero de las
grandes organizaciones criminales internacionales”.
En un editorial ya citado, el New York Times afirma que “…el Reciclado de dinero
es definido como un crimen si proviene del tráfico de drogas, el terrorismo o el fraude
bancario. Pero los beneficios de la prostitución, extorsión, contrabando de inmigrantes y
tráfico de armas puede todavía ser Reciclado a través de un banco americano sin con-
secuencias para el banco o para el depositante. Dictadores corruptos y sus socios de
negocios pueden todavía depositar legalmente su saqueo en las instituciones financie-
ras americanas”.
Los teóricos pueden ser capaces de trazar líneas conceptuales nítidas entre acti-
vidades mafiosas, crimen empresario y corrupción política, pero en la vida real esos
fenómenos están tan vinculados que no es fácil ver donde terminan las buenas inten-
ciones, y comienzan las malas. La vida nos muestra, que las operaciones financieras,
pueden ser un verdadero laberinto sin salida para los investigadores. Y existen miles de
millones de operaciones financieras por día.
Página 19
El comercio con dinero sucio
La ruta financiera no es la única alternativa para lavar o blanquear dinero.
John Zdanowich y Simon Pak de la Universidad de Florida realizaron un estudio
mostrando que, cuando un país fortalece su legislación sobre Reciclado de dinero a
través de instituciones financieras, los operadores se vuelcan hacia el Reciclado me-
diante el método de la sobrefacturación y subfacturación de importaciones.
Se han detectado transacciones comerciales mostrando numerosos casos de
precios que tienen poco que ver con los reales: diamantes exportados por Rusia a 78
centavos de dólar el carat; pilas de 6 voltios exportadas de los EEUU a Haití a 5 dólares
cada una, lanzadores de granadas autopropulsadas exportadas a Venezuela a 60 dóla-
res; maquinas viales exportadas a 378 dólares y lápices importados a 100 dólares, entre
otros.
Antecedentes de un par de Bancos
En nuestros días, el caso del Banco de Crédito y Comercio Internacional es uno
de los más significativos lazos entre mafiosos en general, delincuentes financieros, go-
biernos e inclusive organismos teóricamente abocados a combatir el delito.
El B.C.C.I., actuó sin restricciones durante dos décadas. Mantuvo vinculaciones
con numerosas personalidades de varios países, de los EE.UU en primer lugar. En el
B.C.C.I. tuvieron cuentas personajes variados como Adnon Khashoggi, traficante de
armas internacional, la CIA, el líder contra Antonio Calero, el sandinista Daniel Ortega,
Saddam Houssein, Ferdinando Marcos, la OLP, el Mossad y los gobiernos de Argentina,
China, Libia, Arabia Saudita, Siria y Perú.
El B.C.C.I. fue fundado en 1.972 por Agha Hasan Abedi. El Banco fue inscripto
en Luxemburgo y abrió oficinas en Londres. La cuarta parte del capital fue aportada por
el Bank of América de California, que tuvo acciones del B.C.C.I. hasta 1.978.
Las investigaciones descubrieron, también, que el B.C.C.I. era utilizado por la
C.I.A. para transferir dinero hacia grupos y personas que financiaba en todo el mundo.
Uno de los beneficiarios era el general panameño Manuel Noriega.
Página 20
El titular del B.C.C.I. hizo inversiones en la Argentina, entre ellas la compra del
Hyatt Hotel de Buenos Aires, posteriormente administrado por un hijo de Gaith Pharaon.
Pharaon padre, fue introducido en los negocios locales por Alberto Kohan, secretario del
en ese momento presidente argentino Carlos Menem.
Otro de los grandes bancos acusado de tener una
profusa actividad en el negocio de ocultamiento y reciclaje
de dinero está el Citibank.
El Citi ayudó a sacar dinero de México en forma
oculta a Raúl Salinas de Gortari, hermano del entonces
presidente mexicano Carlos, más de 100 millones de dólares que fueron retransferidos
a cuentas de paraísos fiscales.
Según el reconocido periodista e investigador Andrés Oppenheimer, “a pesar de
los reglamentos bancarios del gobierno norteamericano y los estrictos memorándum
internos del Citibank que prohibían la aceptación de depósitos sospechosos de provenir
del narcotráfico, la corrupción gubernamental u otras actividades ilícitas, el Citibank no
había hecho demasiadas preguntas sobre el origen de los fondos de los Salinas”
Cuando comenzaron las investigaciones de México y los EEUU sobre el Reci-
clado de los Salinas, el Citi descargó la responsabilidad sobre Amy Eliott, la ejecutiva
que había manejado la cuenta de los mexicanos. Pero, notablemente, aún después del
escándalo Eliott siguió trabajando en el banco.
No es el único caso detectado en el Citi. En noviembre del año 2.000, un inmi-
grante ruso Irakly Kavelazde registró dos mil corporaciones anónimas en Delaware y
abrió cuentas para muchas de ellas en el Citibank de Nueva York y el Comercial Bank
de San Francisco. Una investigación oficial estadounidense encontró que las cuentas se
habían abierto sin que los bancos averiguaran la historia de su cliente.
Página 21
CAPÍTULO II
EL LAVADO Y EL BLANQUEO DE DINERO
Aproximaciones y definiciones
Por muchos años, el tema del Reciclado de dinero, fue motivo de análisis y preo-
cupación por parte de la comunidad internacional, pero tenemos que reconocer, que
nunca tuvo prioridad en las carpetas de la mayoría de los gobernantes, hasta el derri-
bamiento de las Torres Gemelas por parte de Al Qaeda.
El tema, pasaba en que se entendía que los fondos provenientes del Reciclado
de dinero, sostenían al crimen organizado, y en algunos casos, a los carteles de dro-
gas, por lo que el estudio de esta temática estaba bastante acotada.
A partir de aquel tristísimo 11 de septiembre en que las Torres Gemelas fueron
derribadas por el Grupo Terrorista de Al Qaeda, una preocupación extraordinaria y más
urgente invadió a los gobernantes (sobre todo a Estados Unidos), y ha sido que los
terroristas podrían estar utilizando estas mismas tácticas de Reciclado de Dinero para
direccionar fondos ilícitos hacia sus operativos y objetivos.
Como resultado de este posible accionar terrorista, los EE.UU ampliaron las ca-
tegorías y atributos de las instituciones que debían seguir los requisitos de reporte de
dinero de origen sospechoso, de conformidad con el reglamento sobre el Reciclado de
Dinero.
Anteriormente, dichos reportes se les exigía básicamente a instituciones finan-
cieras, incluyendo a bancos, firmas de inversión, cooperativas de crédito, y casas de
corretaje. A partir de aquella fecha, las leyes también cubren empresas como agencias
de viajes, comerciantes en piedras preciosas, y negocios de venta de embarcaciones,
entre otros. Pero muchas compañías no consideradas explícitamente en los estatutos
sobre el Reciclado de dinero, incluyendo a fabricantes de aparatos electrónicos, compa-
ñías tabacaleras, distribuidores de perfume, y comerciantes mayoristas de computado-
ras, también están en riesgo de ser seleccionadas como blancos por los Recicladores
de dinero, y las consecuencias subsiguientes pueden ser muy grandes en términos de
tiempo y gastos, interrupción de negocios, percepción por el público, y demandas civi-
les.
Página 22
La gerencia de cualquier compañía, debe dar pasos suficientemente seguros,
para evitar verse envuelta en cualquiera de las estratagemas que se utilizan en el Reci-
clado de dinero. El primer paso hacia la acción preventiva es comprender qué es el
Lavado de dinero, qué es el Blanqueo de dinero y cómo funcionan generalmente, los
requisitos legales y las consecuencias que les traería su incumplimiento.
El mecanismo utilizado por el mismísimo Al Capone era muy simple, pero nove-
doso para ese momento: Consistía en “mezclar” (su término será tratado más adelante)
fondos provenientes de ilícitos, dentro del flujo de fondos proveniente del lavado de tex-
tiles.
La mayoría de los pagos eran realizados en efectivo, y esa situación, que era re-
portada al Internal Revenue Service de los Estados Unidos de Norteamérica, llamó la
atención a dichas autoridades, por lo que el “il capi di tutti de capi” fue capturado y pro-
cesado por lavado dinero pero jamás por los miles de crímenes de los que fue respon-
sable.
Entonces, vamos por partes: El término "Lavado de dinero" es frecuentemente
mal utilizado, insuficientemente entendido y pesimamente aplicado.
La palabra “lavado” tiene su origen en los Estados Unidos de Norteamérica en la
década de los años veinte, momento en el cual las mafias norteamericanas crearon una
red de lavanderías para esconder u ocultar el origen ilícito del dinero que tenían sus
actividades criminales, principalmente por el contrabando de bebidas alcohólicas, ya
que su comercialización se encontraba prohibida por las leyes de aquel país.
Suele ocurrir, que las múltiples definiciones del Lavado de dinero van variando
según la jurisdicción. No obstante ello, algunos elementos son comunes a la mayoría de
las definiciones. Específicamente, nos referimos, a que este procedimiento, involucra
procesar los ingresos financieros que se producen por un delito cometido, utili-zando para ello al sistema financiero en general, de manera tal, que los fondos no puedan ser rastreados hasta la persona que origina la transacción o la fuente cri-minal de esos fondos.
Básicamente, la mayoría de las definiciones legales de Reciclado de dinero se
refieren a "dinero" de modo amplio, incluyendo por ejemplo, monedas, dinero en efecti-
vo, cheques personales, cheques de viajero, cheques bancarios, giros postales, valores
en cartera, u otros instrumentos o papeles negociables.
Página 23
Pero acá, hay que entender, que el centro del problema, no es el medio (dinero)
sino las modalidades (transacción) que se utilizan, la cual puede traducirse en un pago,
en una compra, venta, préstamo, empeño, regalo, transferencia, canje, o concesión de
crédito, por sólo nombrar alguna de las formas más simples.
Las definiciones legales, generalmente incluyen algún tipo de elemento que im-
plica el conocimiento de las partes intervinientes, que los ingresos provienen de una
actividad ilegal o bien, de una conducta delictiva.
Pero "conocimiento" puede interpretarse en forma amplia para incluir la conducta
de una persona que al menos, debía haber sabido de las circunstancias, o bien, que
estuvo voluntariamente ciega al hecho de que él o ella estaba tratando con ingresos
ilegales. ¿Y qué es eso de “ceguera voluntaria”?. Ésta ha sido definida como cuando
alguien "…cierra deliberadamente los ojos a lo que de otra manera habría sido obvio y
cuyos actos de omisión demuestran un propósito consiente de evitar conocer la verdad".
(U.S. v. 1989 Jeep Wagoneer, Tribunal de Apelación del Octavo Circuito de los EEUU,
1992).
Dadas las bases, podemos distinguir el Lavado de Dinero al Blanqueo de Dinero,
a saber:
Lavado de Dinero
Se lo puede definir, como el procedimiento subrepticio, clandestino y espurio me-diante el cual los fondos o ganancias procedentes de actividades ilícitas (arma-mento, prostitución, trata de blancas, delitos comunes, económicos, políticos, contrabando, narcotráfico, etc.), son introducidos al circuito normal de capitales o bienes y luego usufructuados mediante ardides tan heterogéneos como táctica-mente hábiles.
Blanqueo de Dinero
Es toda aquella estratagema por la que un sujeto poseedor de dinero sustraído al control de la Hacienda Públicas, lo incorpora al discurrir de la legitimidad, ocul-tando la infracción fiscal implícita y en su caso, el origen delictivo de la riqueza.
Página 24
Con estas definiciones, queda claro entonces, que el elemento tipificante y obje-
to de ambos procederes, es el dinero (en todas sus formas) que procede de una activi-
dad ilícita.
Rasgos esenciales de Reciclaje de Fondos Ilícitos
No hay dudas que el reciclaje de fondos ilícitos, es un proceso sistemático y or-
ganizado.
El Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (G.A.F.I.), es un
organismo formado por 33 miembros que fue creado en la Reunión Cumbre del Grupo
de los Siete celebrada en 1989 en París, y está encargado de elaborar normas para
combatir específicamente, el Reciclado de dinero a nivel internacional, y, desde hace
unos años, ha hecho hincapié en el financiamiento del terrorismo. Funciona en estrecha
relación con otros organismos internacionales, incluidos el FMI, el Banco Mundial, las
Naciones Unidas y organismos de control tipo G.A.F.I..
Este Organismo ha acometido el estudio del blanqueo de capitales, en base a la
existencia de tres etapas sucesivas claramente diferenciadas, a saber:
Fase de desintegración: está directamente destinada a hacer desaparecer la
enorme cantidad de dinero, normalmente en efectivo, derivado de operaciones
ilegales, mediante el depósito del mismo en manos de intermediarios financieros,
administración o inversión en títulos al portador, etc.
Fase de conversión: Completada la etapa anterior, este segundo paso está
orientado a asegurar en lo posible, el mayor alejamiento o distanciamiento entre
la persona física o jurídica que comete el ilícito y los recursos financieros acaeci-
dos, y evitar con ello, toda relación de esos bienes respecto de su origen.
Fase de integración: esta etapa, es el momento en que la que la riqueza de
origen ilícita, obtendría la definitiva máscara de licitud mediante una oportuna y
estudiada reinserción en los cauces económicos regulares.
Pero hay otros organismos, que tratando el mismo tema, han adoptado por rasgos
de similitud, el análisis de este problemático procedimiento, desde otros puntos de vis-
ta.
Página 25
La Banca de la Comunidad Europea también distingue tres estados en el blanqueo
de capitales a lo largo de los cuales los recicladores efectúan numerosas operaciones
que pueden alertar a la banca de una posible operación.
Así, se hace referencia a una primera fase de operación
de los fondos en el sistema bancario – ubicación – de
una segunda – estratificación – en la que tales fondos
constituyen el objeto de una serie de complejas opera-
ciones financieras con el fin de ocultar su origen ilícito y
de una tercera y última – integración – consistente en
la brindar una apariencia de legalidad a tal riqueza, me-
diante su reincorporación definitiva a los cauces normales de la economía.
Casos de Reciclaje en cada una de sus Fases
Fase de Desintegración: O la manipulación del dinero de contado. Modalidades más
comunes.
Depósitos bancarios
Evidentemente, el procedimiento más extendido y simple para deshacerse del
dinero al contado, consiste en dejarlo en manos del sistema financiero mediante su
ingreso en una o varias cuentas bancarias abiertas al efecto.
No obstante, este método se encuentra sometido a un inconveniente considera-
ble: hoy los bancos se encuentran más que alertado respecto a movimientos de efecti-
vos “desacostumbrados” de sus clientes, inclusive con controles de software creado
exclusivamente para tales efectos, y resulta muy difícil encontrar a un banco que no
sospeche de un cliente que, sin razones que lo justifiquen, se presente ante él con una
suma extraordinaria de billetes, y aún más, si éstos fueren de baja denominación. Sin ir
más lejos, los mismos empleados de Caja, están obligados a informar este tipo de mo-
vimientos financieros.
Fuera de aquellos casos en los que el propio empleado participare en complici-
dad de manera consciente en la operación de blanqueo, una manera habitual de amor-
tiguar una lógica sospecha, radica en fraccionar el ingreso por ventanilla de la totalidad
del dinero a depositar, en una pluralidad de imposiciones de menor cuantía a lo largo de
un período de tiempo determinado y en distintas instituciones bancarias, bien sea al
contado, bien a través de otros instrumentos.
Página 26
Por otro lado, la popularización de los cajeros automáticos, ha incrementado las
posibilidades de eludir el control sobre la circulación masiva de dinero al contado. Apro-
vechando su funcionamiento a lo largo de las veinticuatro horas del día, ciertos recicla-
dores se valen de estas máquinas para efectuar ingresos fuera del horario de atención
al público, impidiendo con ello, que los empleados al servicio de la oficina puedan su-
pervisar personalmente la entrada de efectivo y vinculen a un cliente determinado con la
manipulación masiva de dinero, e inclusive, hacer una denuncia inmediata.
De este modo, cuando los responsables de la sucursal bancaria recogen lo re-
caudado durante la noche o el fin de semana, nada pueden hacer que verificar la reali-
zación del depósito y confirmar el asiento contable que ya se encargó de realizar la
inocente e inimputable computadora de manera provisional.
Otro de los medios más utilizados por los Reciclado-
res de dinero, consiste en depositar todo ese dinero en una o
varias de las cajas de seguridad de un banco. Es correcto, si
afirmamos que este proceder no soluciona el problema de
fondo, que implica la tenencia de una cantidad excesiva de
moneda de curso legal; por otro lado, el contrato con el clien-
te, no obliga al banco a custodiar el contenido de la caja de
seguridad – que en la mayoría de los casos desconoce –
sino la caja misma, la cual ha de permanecer cerrada e intacta hasta el momento en
que el propietario de los objetos en ella colocados decida retirarlos.
No obstante, los recicladores pueden valerse de este servicio para mantener a
buen recaudo una cantidad importante de billetes en tanto encuentren la mejor forma de
poderlos reintegrar a los cauces regulares de la economía.
No escapa a este análisis, que un Reciclador de dinero, con unos pocos años de
experiencia, puede acumular el suficiente dinero en efectivo, de manera tal, que su vo-
lumen físico, impide que quepa en una Caja de Seguridad Bancaria, sobre todo, porque
estamos hablando en su gran mayoría, de dinero de baja denominación.
Instrumentalización de Títulos Valores
La especial configuración legal de los títulos valores, determina el hecho que su
adquisición también haya sido utilizada con mucha frecuencia por los Lavadores y/o
Blanqueadores como medio para alcanzar los fines señalados.
Página 27
Por otra parte, la seguridad con la que pueden hacerse efectivos los derechos de
créditos incorporados a este género de instrumentos comerciales, unida a su fácil
transmisibilidad, los convierte en un medio de apariencias lícitas, que en realidad permi-
te la ulterior circulación de capitales ilícitos de cara a su final reinversión.
Los títulos que más se prestan a las operaciones de Reciclado de dinero, son
los títulos valores librados al portador o innominados. Para su transmisión basta la sim-
ple tradición o entrega, siendo suficiente para el tenedor la mera posesión, ya fuere jus-
ta o injusta, lícita o ilícita, para poder exigir la satisfacción del crédito que les es inheren-
te.
Por consiguiente, los títulos valores al portador pueden circular de mano en
mano de forma ininterrumpida sin que consten en ellos más datos personales que los
del obligado a pagar, convirtiéndose en titular de pleno derecho – y, con ello acreedor
de la cantidad reflejada en el documento – quien cuente en cada instante con su domi-
nio material. La falta de nominatividad titular, los hace ideales para negocios ilegítimos.
Los cheques también tienen sus particularidades y ventajas para evitar el control
estatal. Conviene llamar la atención sobre la frecuente utilización por parte de los reci-
cladores de los llamados “cheques de caja” emitidos por las instituciones financieras
contra sí mismas a cambio de una determinada cantidad de dinero en efectivo. Esta es
una manera realmente ventajosa de deshacerse del dinero al contado, sobre todo en
aquellos países, como ha sido España, en los que la legislación vigente permite el li-
bramiento de tales títulos a favor de un portador anónimo. De igual forma a lo ocurrido
con otras operaciones en efectivo, ni la adquisición, ni el posterior pago de los cheques
bancarios, suele reflejarse en la contabilidad de la entidad sino que, se hace a través
las llamadas “cuentas puente” cuya titularidad pertenece al banco, todo ello por “razo-
nes técnicas o de tesorería”, facilitándose entonces de manera considerable, la tarea de
los blanqueadores en pos del encubrimiento definitivo de los capitales ilícitos.
Algunas operaciones más complejas de “ingeniería financiera”
La cruzada emprendida por las Administraciones Públicas contra las bolsas de
riqueza que aún permanecen ajenas al control fiscal, ha provocado la aparición de nue-
vos productos financieros que, amparados bajo una cobertura legal ofrecida por institu-
ciones jurídicas pensadas para otro género de situaciones, brindan al contribuyente la
oportunidad de que su patrimonio – sea cual fuere su origen, lícito o ilícito – se manten-
ga libre de toda vigilancia por parte del Estado.
Página 28
En esta línea, se conoció durante la década pasada, sobre todo en el Viejo Mun-
do, la instrumentalización del mercado de seguros mediante la suscripción de pólizas de
prima única. En ellas, el tomador abonaba de una sola vez el importe, comprometiéndo-
se la compañía a devolverlo a término junto con los intereses en el plazo de tiempo
acordado, promesa que combinaba con un seguro para el caso de fallecimiento. Cum-
plida – cuando menos, aparentemente – el plazo del negocio, las compañías no estaban
obligadas a practicar retenciones de intereses ni a entregar al Ministerio de Hacienda la
relación nominal de los clientes, con lo que se garantizaba el total ocultamiento del dine-
ro (negro) aportado.
Una vez reducida la huida hacia las primas únicas después de la necesaria ac-
tuación del Ministerio de Hacienda, las técnicas de ingeniería financiera lanzaron al
mercado otro mecanismo de evasión fiscal que pronto comenzó a hacerse célebre: las
cesiones temporales de créditos. Tratando de sintetizar, la operación giraba en torno a
un traspaso temporal breve, con pacto de retorno cierto, de una participación en un
crédito concedido a un tercero por una entidad financiera. De esta forma, los bancos y
cajas de ahorro que hubieran otorgado un préstamo a un cliente cedían una parte o in-
cluso la totalidad de dicho crédito a un depositante deseoso de eludir al Fisco. Eviden-
temente, el interés a percibir por el cesionario era menor que el acordado entre el bene-
ficiario del préstamo y la propia entidad, siendo la diferencia entre ambos tipos el mar-
gen de beneficio a percibir por la intermediación. Amparándose en la carencia de una
normativa específica que regulara este género de supuestos, las instituciones financie-
ras implicadas se comprometieron expresamente con los cesionarios a abstenerse de
practicar retención alguna de intereses, así como a no facilitar ningún dato de tales ope-
raciones a la Administración tributaria.
De un tiempo a esta parte, se ha conocido la existencia de una fórmula bastante
próxima a las hipótesis recién mencionadas de cesión de créditos, también provista de
un grado de ocultamiento al fisco, lo suficientemente elevado como para constituir un
medio óptimo de captación de recursos a favor de las instituciones financieras. Su me-
cánica se basa en algo aparentemente tan sencillo como es el traspaso temporal de la
titularidad de activos financieros de alta rentabilidad adquiridos previamente por una
entidad bancaria – en la mayoría de las ocasiones pagarés del tesoro – en beneficio de
un cliente de la misma. Con esa finalidad, el sujeto interesado en deshacerse de dinero
en efectivo, verifica el ingreso por ventanilla de una cantidad del mismo, suma que la
propia entidad se ocupa de transferir a favor de una cuenta interna de la que ella misma
es titular. A cambio de ese dinero, el banco entrega al cliente un simple recibo de caja
Página 29
como garantía de su depósito y cede un determinado número de los citados activos du-
rante el período acordado, nunca superior al de su plazo de vencimiento. Cada cierto
tiempo, los intereses devengados se remiten hacia otra cuenta innominada, a partir de
la cual se reintegran a su propietario siéndole abonados en efectivo a través de ventani-
lla.
El ámbito del juego y las apuestas
En países como el nuestro en los que las apuestas lícitas se han convertido en
un fenómeno de masas, la adquisición clandestina de
boletos premiados constituye una de las formas más
simples y eficaces de justificar la tenencia de una can-
tidad excesiva de dinero en efectivo. En la mayoría de
las ocasiones, quien obtiene un premio en la lotería,
Quini 6, Loto, o cualquiera de las mil formas de juego
que existen en todos los países, y el importe a percibir
por el feliz poseedor es de cierta cuantía, normalmente éste no suele arriesgarse a rete-
nerlo en efectivo, sino que acostumbra a depositarlo en alguna institución bancaria a fin
de que éste lo custodie y, llegado el momento oportuno, se encargue de gestionar su
liquidación.
Por todo ello, cabe la posibilidad, que alguno de los responsables de la oficina
ofrezca al ganador, la opción de vender ese billete de lotería o quiniela – títulos absolu-
tamente anónimos que benefician a quien los presente al cobro, con independencia de
cuál fuere su identidad – a otro de sus clientes que posea demasiado dinero oculto al
Fisco, proceda o no de actividades ilegales. Así las cosas, el personal bancario estaría
en condiciones de servir de intermediario neutral (mas no gratis) entre ambos sujetos, a
fin de acordar un precio de compra, la cual, obviamente deberá ser una cantidad supe-
rior al importe del premio, diferencia que constituye el precio del blanqueo. Concluida la
transacción, quien antes poseyera excesiva liquidez inconfesada podría manifestarla
ante el público como el producto de un cuantioso premio.
Otra forma bastante simple de reducir numerario, consiste en participar en el
mundo del juego, no ya como favorecido jugador auténtico beneficiario con un boleto ya
premiado, sino como legítimo acreedor de una suma obtenida de primera mano tras
apostar – real o aparentemente – una determinada cantidad de dinero.
Página 30
Este es el caso de quien entra en un casino con una masa importante de efectivo
con objeto de comprar fichas y tras jugar parte de ellas o no jugar ninguna las restituye
a la caja como si fueran ganancias y solicita su pago con cheque. De acuerdo a esta
forma de proceder, el supuesto apostante consigue deshacerse de mucho papel y ob-
tiene a cambio un simple cheque librado por el local, con los todos tintes legales.
Otra forma prácticamente indetectable de reducir y blanquear enormes cantida-
des de efectivo a través del juego consiste en adquirir el mayor número posible de bole-
tos –lotería, quinielas, telekino, caballos, etc. – para un mismo sorteo o jornada deporti-
va. La captación en masa suprime en la práctica la eventualidad de perder demasiado
dinero, dado que, al aumentar el número de sucesos, el cálculo matemático de probabi-
lidades relega a un segundo plano la aleatoriedad que caracteriza al juego.
De este modo, a medida que crece la cuantía “invertida” en la operación, mayo-
res son las probabilidades de obtener una cantidad de dinero próxima al porcentaje del
total apostado que la entidad organizadora se compromete a devolver a los participan-
tes.
Asimismo, el incremento del capital aplicado también favorece las posibilidades
que la red de blanqueo consiga, por mediación de alguno de sus apostantes, algún
premio de importancia susceptible de ser cobrado mediante cheque o transferencia
bancaria. No conviene descartar la posibilidad de que la suerte se ponga del lado de los
recicladores.
Espacios físicos abiertos al público con transacciones de efectivo en masa
Como ya tuvimos ocasión de señalar anteriormente, los sectores de actividad
económica en los que se manifiesta con mayor intensidad la presencia de dinero al con-
tado, suelen ser aquellos sobre los que converge una masa anónima e indeterminada
de consumidores que demandan bienes, servicios o placer. Por ello, no debe extrañar
que una de las técnicas utilizadas por los blanqueadores para conceder carta de legali-
dad a sus voluminosas ganancias, sea la de acoplarlas a la enorme cantidad de efectivo
recaudado diariamente, por ejemplo, en una cadena de grandes almacenes, hipermer-
cados, supermercados, o periódicamente al producido de espectáculos deportivos o
sociales nacionales o internacionales. etc.
Página 31
En términos generales, resulta prácticamente imposible establecer un control
pormenorizado y separar las aguas de los fondos ilícitos con los lícitos, en todas y cada
una de las transacciones puntuales con la clientela en esta hipotética situación, razón
por la cual no parece excesivamente difícil “aumentar o inflar” artificiosamente la cifra
real de ingresos de caja mediante la incorporación a la misma de caudales procedentes
de negocios ilegales.
Antes de concluir con este punto, sobre las transacciones en masa, creo necesa-
rio referirme, aunque fuera sintética y puntualmente, a la introducción de algunas de las
organizaciones más importantes dedicadas al blanqueo de capitales sucios en el uni-
verso del deporte de alta competición.
Todos sabemos que una de las princi-
pales fuentes de financiación que gozan las
entidades deportivas está constituida por los
ingresos de caja percibidos en efectivo, resul-
tante del pago de las entradas al espectáculo
por parte de los aficionados que adquieren la
misma. A semejanza de los casos citados pre-
cedentemente, el enorme movimiento de dine-
ro que suele producirse en el ámbito del fútbol, del boxeo o del automovilismo, etc., fa-
vorece considerablemente las posibilidades de justificar la tenencia de dinero en efecti-
vo procedente de actividades ilegales, y para suerte de estos delincuentes, de todo tipo
de denominación.
Operaciones de préstamo con dinero en efectivo
El préstamo de cantidades en efectivo, en algunos países (inclusive el nuestro),
es otra de las alternativas que se pueden utilizar para desdibujar la procedencia ilícita
de una masa excesiva de dinero.
En efecto, los blanqueadores pueden desatar una campaña de préstamos de
cantidades pequeñas a moderadas de dinero sucio entre las capas más humildes de la
sociedad, con el objeto de recuperarlo posteriormente, ya blanqueado, al vencimiento
de cada una de las operaciones de crédito.
Evidentemente, para que este procedimiento de Reciclado sea exitoso, es nece-
sario ganarse la confianza de los potenciales clientes. Para ello, el dinero sucio habrá
Página 32
de ofrecerse en condiciones lo suficientemente ventajosas – cuotas de interés muy infe-
riores a las vigentes en el mercado, no exigencia de garantías para su devolución, facili-
dades de amortización, reprogramación de pagos por atrasos, etc. – como para atraer la
atención de una auténtica legión de necesitados.
Fase de Conversión: o intercalación del dinero sucio con la realidad. Modalidades más
comunes
Utilización del sistema financiero y el papel de otras instituciones formales y no formales.
Los bancos y el resto de instituciones financieras, son los principales transmiso-
res de dinero. Así las cosas, no debe extrañarnos, que una de las operaciones que se
efectúan con más frecuencia en el marco de los procesos de blanqueo, consiste en
promover la circulación de esos capitales sucios a través del número que sea preciso de
cuentas corrientes, entidades o jurisdicciones.
Según datos de Naciones Unidas, los bancos ayudan de forma voluntaria o invo-
luntaria a blanquear unos 175.000 millones de dólares anuales. Como no podría ser de
otro modo, a medida que aumente el número de transferencias realizadas, primarias y
consecuentes, menor será la posibilidad de reconstruir documentalmente el recorrido
del dinero y mayores las probabilidades de distanciar definitivamente los capitales res-
pecto de su origen ilícito.
Evidentemente, al buen fin de estas operaciones ha colaborado la creciente uni-
versalización del mercado de capitales y la existencia de una tupida red que ha permiti-
do interconectar jurídica y tecnológicamente a la mayoría de las entidades financieras
repartidas por todo el mundo. Hoy en día, una enorme masa de dinero circula electróni-
camente en cuestión de segundos de un punto a otro del Planeta con un costo absolu-
tamente irrelevante. Seguir las huellas de ese dinero a través de tales transacciones se
torna en una tarea casi imposible en la práctica.
Si bien es cierto que esta clase de operaciones se pueden efectuar en el país
donde se ha generado el dinero a blanquear, lo habitual es que trasciendan más allá de
sus fronteras y se apoyen en las facilidades ofrecidas por los refugios financieros inter-
nacionales.
Paraísos Fiscales
Página 33
Los Paraísos Fiscales, son ubicaciones geográficas y/o virtuales, en donde los
movimientos financieros gozan de algunos privilegios, sea desde el punto de vista del
origen de los fondos, como así también de sus titulares y aún más, del destino final de
los mismos.
Algunos de los aspectos que los caracterizan, son:
a) No existen impuestos que graven a estos fondos, o en caso de existir, son in-
significantes. Solamente se paga por su permanencia en el lugar elegido.
b) Cerrado hermetismo en todos sus datos, tales como montos, titulares, transfe-
rencias, origen yo/o destino final de los fondos e inclusive inmunidad (¿o impunidad?),
ante cualquier requerimiento internacional, inclusive que haya sido efectuado desde
cualquier Poder Judicial del mundo.
c) Receptan cualquier forma jurídica sin mayores indagaciones, e inclusive,
aquellas sociedades que son una simple fachada. No están obligadas a informar res-
pecto a sus directivos, directores o accionistas.
Obviamente, la primer excusa para colocar fondos en estos Paraísos, es decir
que los impuestos son extremadamente bajos o inexistentes, pero en realidad, quien
opera desde aquí, es única y exclusivamente por el estrictísimo Secreto Bancario que
lo cubre y protege.
El Secreto Bancario en Suiza (quizás el Paraíso Fiscal más tradicional y emble-
mático mundial), siempre fue famoso por su efectividad aunque no hubo respaldo legal
del mismo, sino hasta el año 1.934 en donde la Federación Helvética lo oficializa inter-
nacionalmente. A tal punto se llegó en la aplicación de esta rigurosa legislación, en que
se llegó a condenar a cadena perpetua a un empleado del Banco Credit Suisse, por
revelar información de cuentas bancarias a los nazis.
Originalmente, se hizo creer al mundo, que el procedimiento que ocultaba y pro-
tegía movimientos financieros con destino final en este país del centro europeo, era que
las cuentas pertenecían a judíos, por lo que tal ocultamiento permitía protegerlos ante el
avance nazi antisemita. Pero la realidad mostró, que aquí se ocultaron desde el año
1.700 (cuando los nazis no existían aún) fondos de todos los orígenes, tanto nazis como
judíos, tanto franceses como ingleses, tanto norteamericanos como sudamericanos,
tanto centroamericanos como rusos, tanto austríacos como italianos, y así la lista podría
seguir casi indefinidamente. Pero obviamente, se necesitó de una ley (como todos los
Página 34
delitos de estado), y una excusa que justificara sus procedimientos, oficializara sus ocul-
tas intenciones, encubriera sus orígenes y legalizara su tenencia.
En efecto, se conoce fehacientemente a organizaciones dedicadas al reciclaje de
fondos sucios que instalan su centro de operaciones en plazas financieras internaciona-
les, abriendo en ellas cuentas – colectoras – a las cuales van a parar las sumas venidas
desde cualquier punto del mundo, a través de las transferencias electrónicas de lo más
complejas. Posteriormente, esas cantidades son distribuidas entre las cuentas abiertas
en el país de acogida a nombre de aquellas personas que hayan encargado a la red de
blanqueo la salida de sus capitales o a favor de sus fiduciarios.
Una de las formas más discretas de canalizar dinero de un punto geográfico a
otro consiste en valerse de mecanismos de compensación entre dos oficinas de una
misma institución financiera, estén o no ubicadas bajo una misma jurisdicción. En estos
casos, los dispositivos oficiales de detección de operaciones sospechosas suelen reve-
larse como ineficaces, toda vez que estos movimientos se controlan puertas adentro de
una misma entidad, generalmente ajenos a las auditorias externas que pudieran sufrir.
Por otra parte, en aquellos países en los que las entidades financieras están so-
metidas a la obligación de conocer la entidad de sus clientes y a facilitarla a las autori-
dades de contralor, se ha podido constatar que ciertas instituciones han constituido so-
ciedades fiduciarias off shore a cuyo nombre abren cuentas en el seno de la casa ma-
triz. En estas condiciones, el dinero de determinados clientes se transfiere desde las
cuentas de la entidad principal – principal account – hasta las de las “entidades – satéli-
te” radicadas en el exterior – subaccounts -, siendo el nombre de estas últimas, el único
dato que figura en los archivos de aquélla. Por consiguiente, en el caso de que las auto-
ridades soliciten cualquier información relativa a alguno de los verdaderos clientes de la
institución local, ésta puede responder que esa persona les es totalmente desconocida y
ajena, dado que las relaciones que sostienen con ella, se encuentran amparadas por la
mediación de tales sociedades interpuestas.
Por otra parte, los organismos internacionales vie-
nen advirtiendo en los últimos tiempos del peligro que
supone el empleo de Internet como instrumento de blan-
queo. Como señalan los organismos, la red de informática
mundial combina velocidad y anonimato, permite mover
el dinero en segundos y ofrece medios de pago que aún
Página 35
se encuentran en franca minoría de edad, jurídicamente hablando, pero a una velocidad
y a un volumen tal de dinero, que dificulta el seguimiento de las transacciones.
En estas condiciones, los organismos multilaterales proponen llegar a acuerdos
con los fabricantes de sistemas de pagos y creadores de software y estudiar medidas
sobre las tarjetas inteligentes de pago que están empezando a salir al mercado, más
conocidas como “monedero electrónico” o “cibermoney”.
No son pocas las entidades desde las cuales se ha facilitado la legalización de
inmensas fortunas procedentes de toda clase de actividades criminales. En este sentido
y, tras el antecedente en 1977 del Herstatt Bank de Colonia, o del Banco Ambrosiano de
Milán, en 1982, resulta obligado referirnos al escándalo del Bank off Credit & Commerce
International – más conocido en todo el mundo por las siglas BCCI – una poderosa mul-
tinacional – en su momento la séptima entidad bancaria privada más importante del
mundo – representada por una red de 424 sucursales distribuidas en más de 70 países
a través de la cual se procesaron, entre otras muchas, las fabulosas ganancias del Cár-
tel de Medellín.
La evolución que ha experimentado el crimen organizado en los últimos años ha
favorecido la aparición de redes financieras clandestinas dirigidas única y exclusivamen-
te a facilitar la circulación internacional de dinero sucio, valiéndose en la mayoría de los
casos de la compensación internacional entre sucursales situadas en dos puntos sepa-
rados por miles de kilómetros. A este género de operaciones ilícitas, se las denomina
“Hawalla” en los países árabes; “Chop Shop”, “Chiti” o “Hundi” en China y en otros paí-
ses asiáticos, “Stash House” en Estados Unidos y en Latinoamérica, ó “Bancos Brujos”
en Panamá, etc.
Estas transferencias, afirmadas en ocasiones manifestando supuestos vínculos
familiares, consiguen transferir dinero en efectivo, títulos o metales preciosos sin ningu-
na constancia documental oficial ni control por parte de las autoridades de ninguno de
los dos países. En ocasiones, en la necesidad que tiene la red clandestina de contar
con una prueba del negocio efectuado, se soluciona mediante el empleo de naipes par-
tidos por la mitad.
El dinero Sucio y Negro, se lava o se blanquea, en su mayor parte en los paraí-
sos fiscales en los cuales se estima que hay depositados 5 billones de dólares y funcio-
nan alrededor un millón de sociedades amparadas en el anonimato.
Página 36
El primer antecedente en la creación de centros offshore es el de Las Bermudas
donde ya a principios de siglo se instalaron bancos y compañías de seguros.
En los años setenta se abrieron en Mónaco y en las islas del Canal de la Man-
cha. Irlanda se incorporó ofreciendo exenciones impositivas a escritores y fue ampliando
sus servicios hasta llegar a la instalación de un centro financiero offshore. También hay
centros offshore en Hungría, Rumania, Chipre, Madeira, Singapur, Hong Kong, Finlan-
dia y Gibraltar, entre otros.
Se estima, que de la totalidad de las compañías off shore del mundo, el 44% se
ubica en el Caribe y Latinoamérica. El 28% está en Europa, el 18% en Asia y el resto
en Medio Oriente y África.
En los paraísos se pueden fundar empresas que no están obligadas a publicar
sus cuentas ni sus listas de directores y accionistas o depositar dinero en los bancos allí
establecidos. Estas características tienen unos 75 de los 870 bancos licenciados en las
Islas Caimán y 65 de los 630 instalados en Bahamas.
Muchos de los grandes bancos internacionales tienen sucursales en algún paraí-
so fiscal y operan en el ocultamiento de dinero. Inclusive Bancos estatales argentinos o
con participación estatal mayoritaria o minoritaria.
Las empresas o bancos virtuales no pueden operar por si mismos en la medida
que no tienen instalaciones ni personal. Lo hacen a través de cuentas que abren en
otros bancos que tienen existencia física en los offshore y que, en muchas ocasiones,
son sucursales de bancos que operan normalmente en el circuito formal. Los bancos
virtuales que tienen cuenta en bancos formales se denominan “corresponsales”.
Los bancos que aceptan como clientes a las firmas virtuales tienen que cumplir
ciertos requisitos que dependen del país en que se encuentran, pero, aún a pesar del
aumento de las exigencias en los últimos años, los bancos hacen pocas averiguaciones
sobre el origen del dinero que reciben: en este punto la línea divisoria entre lo legal y lo
ilegal se borran como en pocos lados.
El sistema se complejiza con el procedimiento de “ennidado” (nesting) por el cual
Página 37
en un banco extranjero abre una cuenta en otro banco extranjero que, a su vez, tiene
una cuenta en un banco local. De esa forma el origen del dinero se va diluyendo.
Tres cuartos de los grandes bancos estadounidenses tienen, cada uno, más de
1.200 cuentas de bancos corresponsales. Los dos bancos más grandes de la lista, que
no son estadounidenses, tienen 12.000 y 7.500 cuentas cada uno
Diferentes versiones de paraísos se encuentran en las islas de las cálidas aguas
del Caribe y en otras enclavadas en el turbulento Canal de la Mancha; en el seno de la
Citi londinense y en pintorescas ciudades de las montañas europeas como Andorra o
Liechtenstein; en la hedonista Mónaco y en el belicoso Israel. Mónaco está sufriendo
presiones de Francia por su actitud ante el dinero dudoso. Una comisión parlamentaria
gala conminó al gobierno de su país a “contemplar seriamente una revisión de sus rela-
ciones con el principado” porque las relaciones con el tradicional paraíso de los ricos del
mundo amenazan con “desacreditar la determinación de Francia de combatir el Recicla-
do de dinero ilegal”.
Hoy, extraoficialmente, se estima que Suiza ocupa un lugar prominente, calcu-
lándose que canaliza un tercio del dinero negro internacional.
En Suiza, sostiene Jean Ziegler, un suizo experto en el tema de delito financiero:
“Una oligarquía financiera reina desde hace cerca de doscientos años sobre un Estado
y un pueblo cuya legislación, sistema ideológico y burocracias electorales están estre-
chamente adaptadas a sus necesidades. Gracias a un sistema bancario hipertrofiado,
también gracias a esas instituciones que son el secreto bancario y la cuenta de número,
esta oligarquía funciona como un encubridor del sistema capitalista mundial”.
Ziegler cita a Chateaubriand cuando dice: “Neutral en las grandes revoluciones
de los Estados que los rodeaban, los suizos se enriquecieron con la desgracia de los
demás y fundaron un banco sobre las calamidades humanas”
La banca suiza aparece, en rigor, en toda la gama de actividades delictivas, como
lo muestra un caso reciente: el Agente Especial Robert Philip Hanssen del departamen-
to de contrainteligencia del FBI, pasó información a la Unión Soviética, primero y luego a
Rusia, por un lapso de 16 años. El pago de sus servicios era depositado en cuentas del
Credit Suisse y del Banque Leu de Suiza, casas ya involucradas en varios casos de
Reciclado de dinero.
Página 38
En Latinoamérica, los puntos calientes del dinero sucio son varios. Panamá vive
algo de su canal, un poco del turismo y en su mayoría, de la intangibilidad fiscal para
las empresas extranjeras y del movimiento de dinero, en gran parte procedente del nar-
cotráfico. Este país, es ante todo, una inmensa “lavandería”; un lugar donde los benefi-
cios procedentes de la droga adquieren cierta respetabilidad para su posterior curso
legal.
Uruguay tiene un régimen de creación de empresas permisivo y de bajos impues-
tos que permite realizar muchas operaciones en forma discreta y que es profusamente
utilizado por argentinos; Chile, por su parte, ha estado muchas veces bajo sospecha de
hacer pocas averiguaciones sobre el origen del capital externo que recibe. En estas
prácticas estarían involucrados incluso grandes grupos trasandinos.
Ya aparecieron nuevas oportunidades en lugares como la isla Nauro del Pacífico,
que emitió más de 400 licencias o la República de Montenegro que vende licencias para
bancos privados por Internet.
Quizás, de los offshore más pintorescos
y con mejores ejemplos del grado de permisivi-
dad que existe para el delito financiero, sea el
Principado de Sealand y el Dominio de Mel-
chizedek.
Sealand está ubicado en una plataforma
del Mar del Norte, construida por los británicos
durante la Segunda Guerra. Ofrece documentos de ciudadanía y pasaportes a 1.000
euros cada uno que pueden ser utilizados para hacer operaciones financieras.
Pero Sealand ofrece otras bellas alternativas Turísticas y de Negocios: trafica y
triangula en la venta de armas. Ejemplo de ello, que en el año 2.003, estuvo a punto de
comprarle a Rusia 50 carros de combate M55, 10 aviones de combate MIG-23, ocho
helicópteros MI24/M, tres aviones Antonov 32, 15 unidades de artillería pesada D-30,
5.000 bombas, 20 misiles antitanque y 5.000 unidades de munición Katiuska, por un
valor superior a los 60 millones de dólares para luego ser vendido a Sudán. Se imagina-
rán, que tales armas no eran necesarias para la defensa marítima de sus límites, por la
Página 39
sencilla razón que todo ese armamento no cabe en ninguna Plataforma Marítima del
mundo. Al menos por ahora.
Otro engendro de la mafia financiera mundial, es Melchizedek. Es un estado no-
minal ubicado en un atolón cercano a Australia y su soberanía esta reconocida por va-
rios países, incluso Australia.
Atiende en su dirección virtual (www.Melchizedek.com) y
ofrece ciudadanía a cambio de una contribución. En Mel-
chizedek pueden inscribirse bancos que pueden ser utili-
zados para operar con otros bancos. Se ha estimado, que
los bancos registrados en ese país tienen depósitos por
más de 95.000 millones de dólares.
Los países están clasificados en listas de paraísos fiscales, que según el grado
de cooperación (para brindar información) que brinden, se los ubica o estratifica interna-
cionalmente en listas negras, o listas grises. Los primeros se niegan rotundamente a
brindar cualquier información financiera de sus bancos, y los segundos, se han com-
prometido a colaborar en el futuro sobre dichos aspectos. Algunos ejemplos (o malos
ejemplos) de ello son:
a) Países incluidos en Listas Negras: Suiza, Islas Caimán, Costa Rica, Filipi-
nas y Malasia. Los dos primeros están por ingresar a Lista Gris próximamente.
b) Países incluidos en Listas Grises: Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas,
Aruba, Bahamas, Belice, Granada, República Dominicana, Guatemala, Islas Vírgenes,
Panamá, Liberia, Singapur, Brunei, Bahréin, Austria, Bélgica, Gibraltar, Liechtenstein,
Luxemburgo, Mónaco, San Marino, Suiza, Chile, Uruguay y las siguientes Islas: Nauro,
Cook, Marshall, Nilue (pertenece a Nueva Zelanda), Samoa Occidental y Vanuatu.
En estudio de comportamiento para ser incluidos en estas listas, están los si-
guientes países: Chipre, el Líbano, Rusia y Andorra
Obviamente, nos referimos en estos casos a países reconocidos por la O.N.U. y
no se toman los casos de espacios o geográficos virtuales como Melchizedek o Sea-
land, ya que no están reconocidos (aún) por tal Organismo Internacional.
Página 40
Adquisición efectiva de bienes
La transformación en otros bienes de las ganancias obtenidas a resultas de la
comisión de actividades ilegales constituye una de las maneras más conocidas y más
simples de alejar esos beneficios de su origen. De hecho, se sabe que los clanes crimi-
nales han incrementado significativamente sus movimientos de dinero a través de me-
dios no monetarios como el oro, las esmeraldas y/o los diamantes.
En especial, el oro en todas sus formas – lingotes, monedas, joyas, e, incluso,
piezas dentales – cuenta con la ventaja de ser aceptado en todo el mundo como un va-
lor estable y de gran liquidez. En este sentido, se ha llegado a afirmar de este metal
precioso se ha convertido en la gran estrella del blanqueo, ya que las transacciones de
oro son fácilmente ocultables a través de procedimientos de elaboración y conversión
de lingotes en joyas, y su conversión de nuevo en lingotes, para simular transacciones
legítimas.
De este modo, una vez realizada la operación, el comprador logra deshacerse de
una masa patrimonial no confesada, obteniendo a cambio un bien, cuyo auténtico valor
podrá defender en negociaciones posteriores.
Instrumentalización de transacciones ficticias
En ciertos momentos, el interés de los recicladores no se centra tanto en la
transformación de un capital sucio en otros bienes, sino en traspasar su titularidad en
favor de otro sujeto. Con independencia de aquellas hipótesis en las que el destinatario
de esas ventajas económicas es utilizado para tal fin sin que para ello se cuente en nin-
gún momento con su colaboración – así ha ocurrido en algunas ocasiones con menores,
ancianos o disminuidos psíquicos, cuando no de personas ya fallecidas – lo más co-
rriente es que dos o más individuos, unidos bajo una comunidad de intereses económi-
cos comunes, convengan en aparentar la celebración de una supuesta transacción eco-
nómica que sirva para justificar la transferencia de un patrimonio de unos manos a
otros. De este modo, se consigue que el capital ilícito circule – y, en definitiva, se blan-
quee – sin que ello suponga su salida del círculo de poder en el que se generó.
Estas operaciones simuladas pueden estar dotadas de una base material que
sirva para disfrazarlas de un elevado grado de verosimilitud. De este modo, se han co-
nocido algunos casos de supuestas compras internacionales de metales preciosos en
las que los lingotes de oro cruzaban efectivamente la frontera, que luego eran reintegra-
Página 41
dos clandestinamente por contrabandistas al lugar de donde partieron, manteniéndose
el precio abonado y el oro, en poder de los presuntos vendedores, pudiendo repetir tan-
tas veces la operación, como dinero se desee blanquear o lavar.
En otras ocasiones, los recicladores han aparentado exportar grandes cantida-
des de oro en barras cuando en realidad los envíos que remitían al exterior no eran otra
cosa que un excelente acero dorado, aceptado obviamente, como oro de primera cali-
dad por parte del “cliente”.
No obstante, el grupo de casos en los que la falsedad de la transacción es más
evidente, está constituido por aquellos supuestos en los que no existe más que un título
puramente ficticio capaz de justificar frente a las instancias oficiales de control el traspa-
so de una masa patrimonial de una persona a otra, pero en realidad no se corresponde
con ninguna prestación – ni siquiera aparente – de bienes o de servicios. Llegados a
este punto, parece confirmarse la máxima que un día escuchamos a un veterano profe-
sional de la banca: `si quieres producir dinero negro, rompe un factura; si quieres blan-
quearlo, invéntatela´.
En línea con este género de sucesos, también se han detectado casos, créase o
no, en que el mismo sistema judicial, ha permitido el Lavar y/ o Blanquear de dinero, a
través de la ejecución judicial de deudas derivadas de negocios jurídicos ficticios. Para
ello bastaría contar con dos partes puestas de acuerdo: mientras una solicita la satisfac-
ción de un crédito en virtud de un título imaginario previamente pactado (realización de
un documento cambiario, reclamación de una indemnización en concepto de unos hipo-
téticos daños y perjuicios, etc.) la otra se limita a esperar una sentencia condenatoria o
incluso se allana ante las pretensiones del demandante. Todo parece indicar que la
acumulación de asuntos ante los Tribunales, reduciría en gran medida las probabilida-
des de detectar una maniobra semejante. Vaya paradoja: Utilizar a la justicia para blan-
quear dinero negro, sin siquiera manipularla, y a costo de los contribuyentes.
Instrumentalización de personas jurídicas (Sociedades Interpuestas)
La complejidad de los procesos de Blanqueo y Lavado de dinero, crece a medida
que aumenta la importancia de la masa patrimonial a reciclar. En ese contexto, la circu-
lación de capitales sucios necesita contar con un número cada vez mayor de puntos de
apoyo y, en especial, con la cifra más elevada posible de sujetos ajenos a toda sospe-
cha que puedan figurar como titulares de las múltiples transacciones económicas -–
reales o ficticias – que compongan un ciclo completo de Reciclado. Así dadas las cosas,
Página 42
no debe de extrañar que los recicladores, a semejanza del resto de la moderna crimina-
lidad económica, hayan demostrado su disposición por constituir cuantas entidades do-
tadas de capacidad jurídica les sean precisas para poder disfrazar la auténtica naturale-
za de sus actividades.
Teniendo presente cuál es la finalidad a la que sirven estas entidades, sus promo-
tores se esfuerzan por dotarlas de un tinte de legalidad lo más perfecto posible, cum-
pliendo la normativa legal, impositiva, etc. vigente sobre la materia, con el objeto de
aparentar que su fundación y funcionamiento tiene lugar en el marco del tráfico jurídico
honesto. No obstante, la necesidad de someterse a Derecho, unida a la conveniencia de
dificultar al máximo la posible acción de la Justicia, han hecho que la radicación de tales
sociedades se realice con mucha frecuencia más allá de las fronteras nacionales – off
shore companies – en un intento por buscar en otros ordenamientos más permisivos el
amparo que no pudo encontrarse en el propio. En este sentido, resulta fácil comprobar
que las jurisdicciones más ventajosas para esta clase de operaciones suelen coincidir
con aquellas que acostumbran a recibir el calificativo de "paraísos fiscales".
En efecto, las investigaciones policiales y judiciales han dado en incontables
ocasiones con las denominadas sociedades ficticias caracterizadas por no contar con
ninguna clase de medios de gestión ni de actividades económicas, limitándose tan solo
a tener un simple casillero con su nombre situado en un banco o en el despacho de un
abogado o de un contable en el que recibir la correspondencia. Evidentemente, no to-
dos los países aceptan la constitución en su territorio de este género de entidades. Con
todo, también es cierto que no siempre es fácil determinar la pertenencia de una deter-
minada corporación a alguna de estas categorías, especialmente si tenemos en cuenta
que las implicadas en los procesos de blanqueo suelen distinguirse por mantenimiento
aparente de una actividad que no se da en la realidad. Aparte de aquellas que se fun-
dan con el falso propósito de secundar toda clase de finalidades cívicas, benéficas o
altruistas, lo normal es que las sociedades instrumentales declaren oficialmente su ads-
cripción al sector terciario de la economía – asesoría de empresas, elaboración de in-
formes, etc. – ámbito en el que es prácticamente imposible fiscalizar el efectivo desarro-
llo de sus actividades.
Como ya tuvimos ocasión de señalar, a menos que el capital sucio sea despilfa-
rrado por quienes lo produjeron o se reintroduzca en el circuito ilegal para financiar la
realización de nuevas actividades clandestinas, la última fase del proceso dirigido al
aprovechamiento de los beneficios ilícitamente obtenidos, se encuentra constituida por
la integración final de esa riqueza vacante en los cauces económicos oficiales.
Página 43
No obstante, parece oportuno advertir que la reintroducción de una masa patri-
monial ilegítima al ámbito lícito del que se detrajo un día, no tiene que constituirse forzo-
samente en una maniobra de inversión en el sentido más estricto del término.
Hablando de caudales, invertir consiste en "em-
plearlos, gastarlos o colocarlos en aplicaciones producti-
vas" y es evidente que el objetivo prioritario en un proceso
de blanqueo. No estriba tanto en situar un capital allí don-
de el mercado ofrezca una mayor renta, como en desviarlo
hacia aquellos sectores en los que sea más difícil descubrir
su origen inconfesable, incluso en el caso de que el cumplimiento de este último fin im-
plique un decrecimiento patrimonial.
Aunque no sea preciso que nos encontremos ante una inversión en un sentido
técnico-económico estricto, para que podamos hablar de una hipótesis de blanqueo,
quizá debamos repetir una vez más que no todo retorno de riqueza sucia a los cauces
económicos oficiales representa la última fase de un auténtico proceso de reciclaje.
Así pues quien adquiere con dinero procedente de actividades delictivas un de-
terminado bien o servicio para su disfrute en el mercado regular – un chalet, un todo-
terreno, un collar de perlas, una grifería de oro, el carnet de socio de un club social, un
palco vitalicio en una cancha de fútbol, etc. – no está lavando rendimientos ilegales,
sino, pura y simplemente, consumiéndolos del mismo modo que lo haría el carterista o
el estafador que engaña a su víctima con un fajo de recortes de periódico cubiertos con
un billete.
Como ya hemos dicho anteriormente – y siempre desde mi particular punto de
vista – sólo podremos hablar de esta integración, si el sujeto activo destina la riqueza
ilícita, después de haber agotado su capacidad de consumo personal y de reinversión
en la empresa delictiva, a la adquisición de bienes o servicios con el fin de negociarlos
de algún modo, obteniendo o no una ventaja dineraria a partir de tal operación, en el
mercado lícito.
Factores que favorecen la integración
Son dos los factores fundamentales, que rigen el grado de aptitud de un deter-
minado sector económico con vistas a la reintroducción en el mismo de la riqueza sucia.
Página 44
Como es de todos conocido, a medida que un solo sujeto logra acaparar una
mayor proporción de la oferta de bienes o servicios en el mercado de que se trate, más
fácil le resulta evitar los controles espontáneos que derivan del sistema de libre calidad
de los productos y, por consiguiente, cuenta con mayores posibilidades de planificar sin
sobresaltos la progresiva ampliación de las actividades de un modo totalmente indepen-
diente
Así las cosas, un primer elemento sería la perspectiva o posibilidad de poder eri-
girse en monopolio, lo que daría un sinnúmero de posibilidades económicas que le facili-
tarían la infiltración incontrolada de capitales sucios en la economía diaria.
El segundo elemento estaría relacionado con la eventualidad de que la aplica-
ción masiva de capitales sucios sobre el sector económico, diera lugar a una inmediata
productividad. Con todo ya sabemos que éste es un aspecto que se encuentra clara-
mente subordinado al objetivo primordial perseguido por los recicladores, esto es, la
total desvinculación de la riqueza ilícita a su origen y la ocultación de la procedencia de
tales fondos. De poco serviría situar una ingente masa patrimonial en el negocio más
provechoso imaginable si con ello quedara al descubierto su auténtica naturaleza.
Con todo pensamos que el objetivo más codiciado por quienes gestionan los
procesos de normalización de rendimientos sucios consiste en lograr el dominio de em-
presas cuya actividad les permita, a su vez, lavar cuanta riqueza sucia pase a través de
ellas. De esta manera, los recicladores no sólo procuran el blanqueo de un patrimonio
determinado, sino que también multiplican su capacidad de maniobra conforme a los
patrones propios de una progresión geométrica al dotarse a sí mismos de los medios
necesarios para mantener permanentemente abiertos los cauces a través de los cuales
canalizar esas rentas hacia el ámbito de la legalidad. Y es que – valiéndonos de la me-
táfora – resulta mucho más práctico comprarse un lavarropas, que llevar la ropa sucia
todos los días a la lavandería, pues nunca se sabe si el establecimiento puede quebrar,
si va a aumentar su tarifa, si acaso emplea el detergente más eficaz contra las manchas
o si un día puede darnos con la puerta en las narices.
Resumen de las Tres Fases
Entonces, las tres etapas sucesivas claramente diferenciadas, que conllevan un
Lavado o un blanqueo de dinero, son las siguientes:
Página 45
Fase de Desintegración: que significa, destinar las ganancias en instituciones u
organizaciones financieras, mediante depósitos, giros cablegráficos y otros medios. Es
decir, desintegración física de las ganancias efectivas.
Fase de Conversión: que es el mecanismo mediante el cual se busca distancia
entre el origen las ganancias procedentes de actividades ilícitas con el destino final de
esos fondos, por medio de transacciones financieras complejas, diseñadas para obsta-
culizar el rastro en la auditoria y el anonimato de sus poseedores.
Fase de Integración: que es el proceso mediante el cual el delincuente trata de
transformar los beneficios monetarios derivados
de actividades ilícitas con fondos aparentemen-
te de origen legal, es decir el disfrazamiento de
las ganancias ilícitas y volver a colocar las ga-
nancias ahora con apariencia licita, en un reci-
clado sin solución de continuidad.
Las consecuencias que trae consigo el
Reciclado de dinero son inimaginables. La globalización en lo general, el avance de la
tecnología, y la mundialización de la industria y de los servicios financieros, hacen que
este delito vaya en aumento y su persecución y castigo sean mucho más complejos
cada día. ¿Como seguirle la pista al dinero, sí sólo en Estados Unidos (de acuerdo a la
revista Business Web), circulan más de dos billones de dólares diariamente?
Según cálculos del Fondo Monetario Internacional, el total anual del Reciclado
de dinero oscila entre el 4,5 y el 7 por ciento de la producción mundial, unos 850.000
millones de dólares. El Grupo de los Siete (G-7), integrado por Estados Unidos, Canadá,
Alemania, Francia, Inglaterra, Japón e Italia, da una cifra entre 650.000 a 900.000 millo-
nes en todo el mundo. Pero nadie sabe la cifra exacta.
Página 46
CAPÍTULO III
OPERACIONES DE RECICLADO DE DINERO
Tácticas concretas de Reciclado de Dinero
Toda la actividad del Reciclado de dinero cae en una de dos categorías: conver-
sión o movimiento. La conversión tiene lugar cuando los productos financieros cambian
de una forma a otra, como cuando se compra un giro o un automóvil con ganancias ilíci-
tas; los productos ilícitos originales han cambiado de forma, de dinero en efectivo a un
giro o a un automóvil. Se produce un movimiento, cuando los mismos productos finan-
cieros cambian de localidades, como cuando los fondos son trasferidos telegráficamente
a otra ciudad o enviados a través del correo. Un comerciante legítimo hace cada día los
mismos tipos de conversiones o movimientos para su empresa (por ejemplo: adquisicio-
nes de capital, inversiones, ventas de productos, distribución de dividendos, pago de
salarios). En el proceso de Reciclado de dinero, el criminal tiene la misma intención:
ayudar a su negocio; sin embargo, las conversiones y movimientos del Reciclado de
dinero le permiten disfrazar la verdadera procedencia ilegal de los fondos.
Yo tengo...Tú tienes
Aunque existen en el mundo miles de esquemas para el Reciclado de dinero,
hay uno que es más frecuente que los otros y representa un mayor riesgo contra los
negocios: el Cambio a moneda local en el Mercado Negro o paralelo de algunos países,
por dólares estadounidenses ingresados en forma ilegítima Este procedimiento ha al-
canzado negocios en los seis continentes, permitiendo fácilmente el Reciclado de miles
de millones de dólares cada año. Está centralizado en Colombia debido al tremendo
éxito de los carteles de droga en ese país. Los barones de la droga cosechan inmensas
cantidades de dólares americanos "sucios", los cuales tratan de esconder bajo diferen-
tes disfraces.
El sistema involucra dos partes. Una, digamos un traficante de estupefacientes
que vive en algún país fuera de Estados Unidos. (Llamemos a ese país, como “país X”).
Este traficante, habrá pasado drogas de contrabando desde el país X hacia Estados
Unidos, donde se vendieron por dólares. Ahora, el traficante tiene dólares pero preferi-
ría tener moneda local que pueda gastar libremente en su país X.
Página 47
En el otro lado de la transacción puede estar un empresario que importa bienes
desde los Estados Unidos al país X. El empresario, no solo importa bienes al país X,
sino que también, hace contrabando de otros bienes. Los clientes le pagan en moneda
local. Pero él necesita dólares para comprar los bienes en Estados Unidos. Como el
empresario tiene moneda local y necesita dólares, mientras que el narcotraficante posee
dólares y necesita moneda local, hacen un intercambio. Y como el margen de utilidad
en la venta de drogas es tan alto y el beneficio de "lavar" dólares es tan grande, el nar-
cotraficante está dispuesto a darle al empresario un tipo de cambio muy generoso.
Entonces, el empresario obtiene la ventaja adicional de evadir los impuestos y
tarifas por el cambio de moneda y la importación de bienes. Generalmente, los com-
pradores que usan la moneda local ahorran de 25 a 30 por ciento en comparación con
los canales oficiales. La enorme disponibilidad de estos dólares baratos en venta, la
turbulencia política y la inestabilidad de la economía de ciertos, también han llevado a
las personas a comprarlos como una inversión y como una manera de proteger su pa-
trimonio.
Al comprar dólares utilizando monedas locales, estas personas pueden trasladar
sus activos a los Estados Unidos y a las instituciones financieras fuera de su país, colo-
cándolos en vehículos de inversión donde son conservados en un ambiente más prote-
gido y estable y permanecen escondidos de los gobiernos locales de otras autoridades.
Con la finalidad de evitar los posibles rastreos a través del seguimiento de ope-
raciones financieras, y permitir un posible control impositivo y/o de control del lavado de
activos, una tendencia muy utilizada por el crimen organizado, y las organizaciones te-
rroristas, reside en un trueque de bienes provenientes de distintos ilícitos, como por
ejemplo: drogas por armas o explosivos, o drogas por oro, piedras preciosas o joyas.
Hacer "Trabajo de Pitufo" o "Trabajo de Hormiga"
En la estructuración, uno o varios individuos ("pitufos") hacen múltiples transac-
ciones con fondos ilegales por cierto período de tiempo, en la misma institución o en
varias instituciones financieras. Las grandes sumas de dinero en efectivo, que son el
resultado de actividades criminales, son "estructuradas" o divididas en cantidades infe-
riores al límite de dólares a partir del cual las transacciones son registradas. Los fondos
pueden ser depositados, trasferidos telegráficamente, o usados para adquirir otros ins-
trumentos monetarios.
Página 48
Mezclar
En esta técnica, el Reciclador de dinero combina los productos ilícitos con fon-
dos legítimos de una empresa, y después presenta la cantidad total como renta de la
actividad legítima de tal empresa. La mezcla confiere la ventaja de proveer una casi
inmediata explicación para un volumen alto de efectivo, presentado como producto del
negocio legítimo. Al menos que la institución financiera sospeche que hay un problema
con la transacción (por ejemplo, determinando que los recibos comerciales son dema-
siado altos para el nivel comercial de cierta vecindad), la mezcla de fondos ilegales es
difícil de ser detectada por las autoridades competentes.
Compañías de Fachada
Una compañía de fachada es una entidad que está legítimamente incorporada
(u organizada) y participa, o hace ver que participa, en una actividad comercial legítima.
Sin embargo, esta actividad comercial sirve primeramente como máscara para el Reci-
clado de fondos ilegítimos. La compañía de fachada puede ser una empresa legítima
que mezcla los fondos ilícitos con sus propias rentas. Puede ser también una compañía
que actúa como testaferro, formada expresamente para la operación del Reciclado de
dinero. Puede estar ubicada físicamente en una oficina, o a veces puede tener única-
mente un frente comercial; sin embargo, toda la renta producida por el negocio realmen-
te proviene de una actividad criminal. En algunos casos, el negocio está establecido en
otro estado o país para hacer más difícil rastrear las conexiones del Reciclado de dine-
ro.
Daforel y Delbote, dos empresas Off-shore de Uruguay, son presididas por An-
gela Victoria Chiodi, nacida el 6 de octubre de 1910, incapacitada a los 83 años en
1993, y fallecida en 1998. Se han logrado obtener, a modo de ejemplo, las empresas
que Angela Chiodi resolvió fundar a los 81 años, cuando resolvió hacerse empresaria
activa y por demás exitosa, actividad en la persistió pese a estar incapacitada mental-
mente durante 5 años, pues fundaba empresas hasta diciembre de 1998.
Esta octogenaria, apareció a cargo de más de 120 empresas. Además, es her-
mana de un socio de Etcheverrito que se desempeñó como Director Nacional de la DGI
uruguaya durante la administración del Presidente Sanguinetti.
Página 49
Se presentan a continuación, los nombres de las sociedades armadas en torno a
esta « anciana-discapacitada-empresaria », como claros ejemplos de testaferrismo al
servicio del ocultamiento de las identidades Recicladoras de dinero.
Empresas cuyo Directorio integra Angela Victoria Chiodi Touzet.
Doltico SA Ruc 213088790015 Vicepta. 06/09/94
Duncalen SA Ruc 212513140014 Vicepta 05/12/91
Damynco SA Ruc 212628590012 Vicepta 02/05/92
Rincón Lindo Inversora SA Ruc 213165580016 Presidenta 02/03/95
Flesarol SA Ruc 213215350019 Presidenta 05/12/95
Latic Company SA Ruc 213276650012 Presidenta 25/05/95
Bonelsur Trading SA Ruc 212688650011 Presidenta 01/12/92
Chateau SA Ruc 212430340016 Administradora 19/03/92
Florianco SA Ruc 212241970012 Presidenta 06/11/92
Seinam Corp. SA Ruc 213139590018 Presidenta 15/02/95
Berilsun SA Ruc 212484760013 Presidenta 17/12/91
Tirandel SA Ruc 212257290016 Presidenta 30/08/90
Santola SA Ruc 213172050019 Presidenta 20/09/94
Meribel Corp SA Ruc 212483800011 Directora 15/10/91
Deltis SA Ruc 212783450016 Presidenta 22/03/93
Vatlinco SA Ruc 213094060015 Presidenta 02/12/92
Dalisma SA Ruc 212558000017 Presidenta 15/03/91
Islamas SA Ruc 213159890017 Presidenta 03/10/94
Raminel SA Ruc 212616900011 Presidenta 02/06/92
Deblumar SA Ruc 212487280012 Presidenta 10/10/91
Valsin SA Ruc 213176820013 Presidenta 24/05/95
Dilco InvestMent SA Ruc 213104210014 Presidenta 04/11/94
Direbal SA Ruc 213149330019 Presidenta 17/05/95
Good River SA Ruc 213138390015 Presidenta 01/08/94
Repilser Corp.SA Ruc 213272990013 Presidenta 08/06/95
Panamena Invest. SA Ruc 212429410014 Administradora 13/12/91
Sontago SA Ruc 213176180014 Presidenta 02/05/95
Inversora Crosstop SA Ruc 212989060015 Vicepta. 09/11/95
Holbrook Company SA Ruc 212989060015 Presidenta 22/11/ 93
Laguzzi SA Ruc 212426010015 Admstradora 07/01/92
Mackisel SA Ruc 213214920016 Presidenta 03/01/95
Página 50
Delpadix SA Ruc 213111750010 Presidente 16/01/94
Delbote SA Ruc 213214950012 Presidenta 14/12/94
Tupak SA Ruc 212687420012 Administradora 09/12/93
Clasil SA Ruc 213214460015 Presidenta 26/12/94
Bekyland SA Ruc 213724600013 Presidenta 02/12/97
Compañía Caulfield SA Ruc 213086270014 Presidenta 04/01/94
Torre AquaMarina SA Ruc 212687950011 Presidenta 25/11/92
Financiera Belparis SA Ruc 213150650013 Vicepta. 13/06/94
Lacienda SA Ruc 213214940017 Presidenta 09/12/94
Balicor SA Ruc 212943240014 Presidenta 14/10/93
Drasonal SA Ruc 213214470010 Presidenta 10/02/95
Dylan SA Ruc 212687270010 Administradora 13/08/93
Lerkidel SA Ruc 213249560016 Presidenta 15/05/95
Samarno Corp. SA Ruc 212628600018 Presidenta 08/06/92
Naidel Sea SA Ruc 213271480011 Presidenta 25/05/95
Sunfort Comp. SA Ruc 212552910011 Presidenta 25/05/92
Dosulco SA Ruc 212495510013 Presidenta 07/11/91
Dellinso SA Ruc 212247800011 Presidenta 24/12/91
Hesimar InVersiones SA Ruc 213330550017 Presidenta 07/11/95
Duncalen SA Ruc 212513140014 Vicepta. 05/12/91
Derosario SA Ruc 212269100012 Presidenta 13/07/92
Ketering SA Ruc 212550310017 Presidenta 26/02/92
Bookman SA Ruc 212400020013 Administradora 25/11/91
Eurofran SA Ruc 212787690011 Presidenta 02/05/90
Cap Caryl SA Ruc 212278180015 Presidenta 20/03/92
Esto es lo que se llama, una persona activa y emprendedora. Sin más comenta-
rios.
Contrabando de Efectivo
El transporte físico de fondos resulta una metodología atractiva para las organi-
zaciones terroristas, los gobiernos no se encuentran preparados para el combate de
este tipo de operaciones. Piensan que generalmente involucra actos de evasión fiscal y
contrabando. Actividades que debemos decir se encuentran íntimamente relacionadas
con las actividades terroristas en lo que hace a la traslación de dinero.
Página 51
Esta técnica involucra el transporte físico del efectivo obtenido de una actividad
criminal a localidades fuera de cualquier país. El Reciclador puede transportar el efecti-
vo por avión, barco, o vehículo a través de la frontera
terrestre. El efectivo puede estar escondido en el
equipaje, en compartimientos secretos del vehículo, o
ser llevado consigo mismo por la persona que actúa
de correo. Puede estar mezclado con fondos trans-
portados por transportes blindados, escondido en
artículos de exportación (por ejemplo, heladeras, hor-
nos microondas, etc.) o embalado en contenedores
marítimos. A pesar de las limitaciones que supone el
volumen físico del dinero en efectivo, los Recicladores de dinero han demostrado el más
alto grado de imaginación al encontrar nuevos medios para mover el producto criminal
en efectivo. El contrabando de dinero en efectivo, si resulta exitoso, otorga al Reciclador
la ventaja de destruir completamente las huellas entre la actividad criminal que genera
fondos y la desintegración real de tales fondos dentro del circuito financiero. Estos pro-
ductos pueden posteriormente volver al país de origen, por medios aparentemente lega-
les como trasferencias telegráficas o transacciones con giros bancarios.
Transferencias Electrónicas (T.E.)
Esta técnica involucra el uso de la red de comunicaciones electrónicas, de ban-
cos o de compañías que se dedican a transferencias de fondos comerciales, para mover
el producto criminal de un sitio a otro. Por medio de este método, el Reciclador puede
mover fondos prácticamente a cualquier parte de Estados Unidos o al extranjero. El uso
de trasferencias telegráficas es probablemente la técnica más importante usada para
estratificar fondos ilícitos, en términos del volumen de dinero que puede moverse, y por
la frecuencia de las trasferencias. Los Recicladores prefieren esta técnica porque les
permite enviar fondos a su destino rápidamente, y el monto de la trasferencia normal-
mente no está restringido. Después de trasferir los fondos varias veces, especialmente
cuando esto ocurre en una serie de trasferencias sucesivas, se vuelve difícil la detec-
ción de la procedencia original de los fondos. Hasta hace poco Estados Unidos no limi-
taba las cantidades que podían ser trasferidas electrónicamente dentro o fuera del país,
ni requería informes sobre las transacciones entre cuentas o instituciones financieras.
Un refinamiento adicional en el uso de trasferencias electrónicas, es transferir
fondos desde varios sitios dentro de un país o región a una cuenta canalizadora ("con-
Página 52
duit account") en cierta localidad. Cuando el saldo de la cuenta alcanza cierto nivel o
"umbral", los fondos son trasferidos, automáticamente, fuera del país. Los "umbrales"
evitan pérdidas masivas cuando los organismos de fiscalización tienen éxito en confis-
car o bloquear la cuenta.
Compañías de Portafolio o Nominales (Shell Company)
Una compañía de portafolio es una entidad que generalmente existe solamente
en el papel; no participa en el comercio (a diferencia de una compañía de fachada). En
el Reciclado de dinero, se usan tales compañías para enmascarar el movimiento de
fondos ilícitos. Las compañías de portafolio ofrecen la cobertura confidencial de una
sociedad anónima, disfrazando a sus verdaderos dueños por medio de una representa-
ción nominal tanto para los accionistas como para los directores. Ellas se pueden formar
rápidamente y se convierten en entidades legales que pueden dedicarse a cualquier
negocio excepto a aquellos expresamente prohibidos por las leyes bajo las cuales se
establecieron, o por sus estatutos.
Compañías en Reserva (Shelf Company)
Una compañía de portafolio también puede ser una sociedad anónima en reser-
va ("shelf company"). El término "shelf" se refiere a una compañía cuya constitución de
sociedad fue otorgada por el gobierno a un agente o apoderado (como un abogado)
antes de la formación de la compañía. En similitud a nuestra legislación, es lo que lla-
maríamos, sociedad en formación. El agente mantiene inactiva el acta de constitución
de sociedad hasta que es adquirida por un cliente y se forma la compañía. En estos
casos, la junta directiva registrada de la sociedad anónima está formada por asociados
del apoderado y no tiene relación con los verdaderos dueños de la sociedad anónima
una vez que ésta es comprada del apoderado ("off the shelf") y entra en vigencia.
Transferencias entre corresponsales
Esta técnica presume que una organización de Reciclado de dinero puede tener
dos o más filiales en diferentes países, o que podría haber alguna clase de filiación co-
mercial entre dicha organización y su contraparte ubicada en el extranjero. Los fondos a
ser Reciclados entran en la filial en un país y después se los hace disponibles en un
segundo país en la misma moneda o en otra diferente. Como hay una relación de co-
rresponsalía entre las dos filiales, no se necesita transportar los fondos físicamente, sino
que actúa bajo el mecanismo de compensación. Tampoco hay necesidad de trasferir los
Página 53
fondos electrónicamente. La coordinación entre ambas terminales de la operación se
lleva a cabo por teléfono, fax, o por algún otro medio arreglado de antemano. Las casas
de cambio de Estados Unidos y América Latina tienen mala fama por el uso de esta
técnica de Reciclado de dinero. Los grupos de crimen organizado en Asia son conoci-
dos por usar el mismo método, el método del vale ("chit system"), en el cual el vale
otorgado por fondos recibidos en un país se canjea por fondos en otro país.
Falsas facturas de importación/exportación-Doble Facturación
Esta técnica se lleva a cabo sobredeclarando el valor de las importaciones y ex-
portaciones. Por ejemplo, si las importaciones desde otro país hacia Estados Unidos se
sobrevaluan en la factura comercial, entonces, cuando se paga dicha factura, la diferen-
cia entre el valor real de la mercadería y lo sobrevaluado puede ser ajustada como pro-
ducto criminal. La sobrefacturación de exportaciones desde Estados Unidos permite una
justificación legítima de fondos recibidos del extranjero.
Garantías de Préstamos
Usando como garantía los depósitos de fondos ilícitos (o, por ejemplo, los certifi-
cados de depósito, valores, etc., adquiridos con productos ilícitos) el Reciclador de dine-
ro obtiene préstamos totalmente legales. A través de estos préstamos, el Reciclador
puede adquirir bienes inmuebles, negocios, u otros bienes. Los productos criminales
originales han pasado a tener otra forma y la conexión con su verdadero origen se hace
aún menos aparente.
Venta de Valores a través de falsos intermediarios
Bajo esta técnica, el Reciclador se vende valores a sí mismo a través de
un falso intermediario, generalmente una compañía de portafolio. El intermediario hace
que suba el precio de los valores mantenidos por el Reciclador a través de la infusión de
productos derivados criminalmente. El Reciclador puede entonces vender las acciones y
mostrar una ganancia aparentemente legal.
El Mercado de la Droga
El valor global de los mercados ilícitos de drogas para 2011 – cubriendo cocaína,
los opiatos y el comercio de estimulantes tipo anfetamínico es calculado en 856 mil mi-
llones de dólares (nivel al por menor), 188 mil millones de dólares (nivel al por mayor) y
Página 54
26 mil millones de dólares (nivel de producción). El mercado al por menor más grande
es el de cannabis (280 mil millones de dólares), seguido por la cocaína (142 mil millones
de dólares), opiáceos (130 mil millones de dólares) y estimulantes tipo anfetamínico
(US$ 88 mil millones de dólares).
Este monto representa el 6,75% del PBI global. Pero es una cifra preocupante
cuando se mide contra el PBI de los países en forma individual. 856 mil millones de
dólares, es más que el PBI del 88% de los países en el mundo.
Pero lo más preocupante, es que en el año 2.006, el Reciclado de Dinero repre-
sentaba el 3,15% del PBI mundial. En el año 2.011, se estima que ese porcentual ha
crecido hasta el 6,75 del PBI global. Y se espera, que para el año 2.015, represente el
11,00% del PBI mundial. Sin duda alguna, son cifras en crecimiento exponencial.
Según el G.A.F.I. la más importante fuente de Reciclado es el narcotráfico. En
las décadas del ochenta y noventa el mercado de la heroína se multiplicó por veinte y el
de la cocaína por cincuenta y en la actualidad las ventas de drogas ilegales llegan a
cerca de 120.000 millones en los EEUU y Europa. Del 50 al 70% de ese dinero es so-
metido a alguna forma de Reciclado.
Pero lo más lamentable, son las estadísticas respecto a lo incautado (efectivo,
bienes, droga, etc.) a nivel mundial. Sin perjuicio de la cifra exacta y tomando en cuenta
lo informado por los organismos de persecución, se estima que los mismos recuperan
menos del 1% del total de la droga que se comercializa en el mundo.
No todo dinero sucio viene de drogas, secuestros o prostitución
Otro truco involucra a importadores que usan dinero Reciclado para comprar
mercancías que pasan de contrabando al país X para evitar pagar impuestos y tarifas.
La mayoría de estos bienes son vendidos en centros de contrabando en donde se ven-
den artículos de electrónica, ropas, computadoras, perfumes, tabacos, repuestos de
autos, juguetes, etc. y comúnmente conocidos en Latinoamérica como mercados “Mer-
cados Persas”, “Paseos de Compras”, "San Andresitos", “Baratas”, “El Pozo”, etc.
Hay personas que han adquirido la condición de residente legal en los Estados
Unidos. Algunas de ellos, inclusive, han obtenido las prestaciones del Seguro Social de
los EE.UU y luego han regresado a su país natal. Luego, venden sus cheques del Segu-
Página 55
ro Social por moneda local a los corredores de dinero, quienes no sólo realizan la
transacción sin informar al gobierno sino que también ofrecen un mejor tipo de cambio
que los canales oficiales. Otros que han vivido en el extranjero y han regresado a su
país han efectuado las mismas transacciones con instrumentos tales como cheques de
pensión de los fondos de jubilación de sindicatos y cheques de pensión del gobierno.
Esto ha llevado a la creación de una nueva posición empresarial: el corredor de
dinero, que es un intermediario que junta dos puntas: un vendedor de dólares (traficante
de drogas, traficante de blancas, secuestradores, etc.) con un comprador que paga por
ellos en moneda local. (empresario / importador). El corredor obtiene su ganancia de la
comisión que gana en cada transacción. Por lo general, la comisión está basada en la
diferencia entre el precio por el que puede arreglar la compra de los dólares y el precio
por el cual se venden posteriormente. El trabajo del corredor es convertir el efectivo en
un producto que puedan usar los compradores para pagar sus cuentas o hacer sus in-
versiones.
Pero dentro del Reciclado de dinero, debemos incluir otro gran concepto: la pira-
tería informática y el tráfico de películas y música no autorizada. Se estima, que en in-
formática, el fraude llega a los 110 mil millones de dólares a nivel mundial. En tanto que
para el segundo concepto (copias “no oficiales” películas y música), el monto alcanza a
los 137 mil millones de dólares al año. ¿Vamos sumando?
Al tráfico de armas, se le presta menos atención, pero es importante por el mon-
to de dinero que maneja y porque en el mismo intervienen empresas formales de países
industriales y en algunos casos con participación estatal. En este rubro, como en pocos
otros, las fronteras entre negocios lícitos e ilícitos, dinero negro y dinero blanco, de por
sí difusas, son mucho más difíciles de precisar. Un valor apenas aproximado, se estima
que por año, se comercializan aproximadamente 283 mil millones de dólares en armas
de todo tipo: desde revólveres hasta misiles crucero y tanques.
Operaciones de Reciclado de Dinero Combinadas
Smurfing
El corredor utiliza a personas para recoger el dinero en efectivo de los vendedo-
res de droga una vez que se ha arreglado una venta de moneda y para depositar el di-
nero en efectivo en las cuentas bancarias, conforme lo dispuesto por el corredor. Estos
Página 56
depósitos son efectuados por pequeñas cantidades para evitar activar el requisito de los
bancos de enviar Informes de transacciones con moneda que superen cierto monto.
"Smurfing" también se usa para convertir grandes cantidades de dinero en efec-
tivo en giros postales y cheques de viajero. Una vez que el corredor ha confirmado el
depósito de dinero en las cuentas, vende los cheques con una cantidad anotada pero
sin ningún beneficiario o con un beneficiario pedido por el comprador. Luego el com-
prador usa el (los) cheque(s) para hacer los pagos.
Algunas señales reveladoras identifican a los cheques "smurf". Una de ellas es
que los cheques provienen de una tercera persona que no tiene relación con la transac-
ción comercial ni con ninguna de las partes involucradas. Se abren la mayoría de estas
cuentas como cuentas corrientes personales, así que rara vez parece que viniesen de
una entidad empresarial. Otra señal de este tipo de actividad es la utilización de más de
un cheque de una sola cuenta o cheques individuales de más de una cuenta (emitidos
desde cuentas de terceras partes) que son usados para pagar una sola factura.
El examen físico de estos cheques puede también revelar señales sospechosas.
A menudo más de un estilo de letra aparece en un solo cheque. Esta letra a veces
también es de diferentes tipos y colores de tinta. Una indicación adicional es cuando la
letra es la misma en cheques de diferentes cuentas usados para pagar una sola factura,
y los mismos patrones de letra son evidentes en todos los cheques. Raramente se ne-
cesita un perito caligráfico; estas señales normalmente son fácilmente evidentes.
Templos y Religión
Algunas religiones, aduciendo su capacidad legal del secreto de informar sus in-
gresos en la mayoría de los países del mundo, han sido utilizadas como centros de Re-
ciclado de Dinero. A nadie escapa, cómo se construyen templos fastuosos ante un con-
tado número de feligreses, o cómo cuentan con espacios televisivos en una gran canti-
dad de canales de cable, siendo que cada segundo de televisión, es por demás costo-
so, o cómo se atesoran costosísimas obras de arte.
La iglesia universal del reino de Dios (o “Pare de Sufrir”)
La iglesia universal del reino de Dios mejor conocida como “Pare de Sufrir”, fue
fundada por Edir Macedo Bezerra en el 1977, esto después de haber abandonado su
Página 57
trabajo como cajero en un bingo y luego de haberse congregado durante unos años en
una iglesia evangélica local en Brasil.
Este personaje, decide fundar una iglesia, cuyo comienzo fue en una plaza, lue-
go paso a un local que funcionaba como funeraria y así fue expandiéndose por todo el
mundo, hasta llegar al día del año 2010 a 97 países con más de 5.500 Templos en todo
el mundo.
Esta iglesia autodenominada universal, a lo largo de su historia se ha visto en-
vuelta en grandes controversias que la han ligado al lavado de dinero, relación con gue-
rrilleros, corrupción en altos cargos políticos en Brasil, evasión fiscal, enriquecimiento
repentino de bienes de sus fundadores, entre otros.
Sus propósitos
Los propósitos son aquellos actos de "fe" que se
para obtener por parte de Dios, un determinado objetivo, El
propósito lleva consigo dos cosas: un amuleto y una ofren-
da, pero siempre se tiene que dar una ofrenda adentro del
sobre, si no, no se les da el amuleto del propósito.
En los propósitos siempre se ora exclamándole (so-
licitándole) algo a Dios y siempre se apoyan las palabras bíblicas “sacrificios y ofren-das”. Lo que está claro, es que sin sacrificio, no hay respuesta de Dios. Pareciera que
el capitalismo ha ganado terreno en el cielo.
Argumentos
La iglesia universal del reino de Dios afirma que en el Antiguo Testamento, los
héroes dela fe se sacrificaron para obtener una victoria y que con ese sacrificio, Dios
les había dado una respuesta por haberse regido por las órdenes que Dios le había da-
do.
En el Antiguo Testamento, se menciona que Israel estaba regido bajo una ley
que provenía de los 10 mandamientos, la cual se conoce como la Ley Mosaica, la cual
era de carácter obligatorio cumplirla. Entre dichos mandamientos, estaba el de los sa-
Página 58
crificios, los cuales se regulaban y realizaban dependiendo de la gravedad del pecado
cometido.
Sacrificio Semestral
Dos veces al año, los fieles reúnen una cantidad muy alta de dinero para donar-
la en un día en especifico que siempre se apunta a los meses de junio y diciembre
(¿Será casualidad que coincide con los meses donde los empleados reciben sus agui-
naldos?).
El dinero se entrega en un sobre con una petición adentro, esta misma es “lleva-
da a Israel” y se coloca en un lugar especifico para así realizar una oración por el pue-
blo, tal cual como lo hacían los sacerdotes en el Antiguo Testamento bajo la ley de Moi-
sés... lo que no saben sus fieles es que la mayoría de las peticiones realmente nunca
son llevadas a ningún lugar, y mucho menos a “Tierra Santa”.
Además, estos mercaderes, luego que los fieles hicieron un sacrificio por cierto
una cantidad de dinero (se estima que consiste en alrededor de $ 1.500 pesos argenti-
nos-promedio), le entregan a cambio un amuleto que ellos mismos han bendecido en
Tierra Santa.
Amuletos
Otra de las doctrinas misteriosas y sospechosas de esta secta, es la utilización
excesiva de amuletos, posición adoptada por la mayoría de las sectas que practican
brujería, tanto blanca como negra.
Agua del Rio Jordan, Agua Bendita, La Bomba de Poder, Unción de la Santísima
Trinidad (Aceite, Agua, Vino), la Rosa Mística, la Rosa de la Paz, la Rosa de la Bendi-
ción, la Rosa de la Liberación, la Rosa de la Familia, el cayado de Moises, la vara de
Moises, el santuario, el candelabro, la sal bendita, el Incienso consagrado, el aceite
consagrado en Israel, el Aceite Bendito, el pan bendecido, el pan de la familia, el Manto
de la Consagración, el Manto de Jesús, el Manto de la Esperanza, el Manto de la Ri-
queza, la Espada de los 300 de Gedeón, el Perfume de nardo, etc. Éstos y muchos
otros más son los amuletos que se les dá a los fieles por participar en sus cultos o actos
de “fe”.
Página 59
Los propios pastores, auxiliares y obreros de esta “iglesia”, manifiestan que to-
dos los amuletos son “puntos de fe” y son símbolos que representan ciertos pasajes
bíblicos. Hay que tomar en cuenta que para obtener dichos amuletos, es necesario par-
ticipar en sus cultos o sus propósitos. Vale decir, que el contacto con Dios, es válido
únicamente a través de amuletos, que obviamente, son vendidos únicamente por ellos.
Diezmo
Este punto es el más controversial de esta iglesia, pues si bien es cierto que bí-
blicamente tanto la ofrenda como e diezmo tienen apoyo, no así el uso y manipulación
que hacen los lideres de esta secta a sus fieles sobre este tema. Este diezmo, consiste
en aportes dinerarios en efectivo, pero en una escala que va del 20% al 50% de los in-
gresos de los fieles. Imaginemos la magnitud de los aportes, si consideramos que se
realizan 4 reuniones religiosas diarias.
Según palabras del Propio Fundador de Pare de Sufrir, el autoproclamado Obis-
po Macedo, establece en una de sus prédicas, que el dinero es vital para la iglesia así
como lo es la sangre para el cuerpo humano.
La recaudación anual estimada de esta secta en todo el mundo es bastante in-
cierta. Quienes la han estudiado, seguido e investigado de cerca este caso, estiman
que está en el rango de 6.600 a 9.200 millones de dólares anuales por todo concepto.
También debe destacarse, en durante el año 2.012, el gobierno mexicano la
obligó a cerrar todas sus cuentas bancarias en dicho país en distintos plazos perento-
rios de cumplimiento, sin que se hayan hecho argumentos públicos en particular.
Estructura Jerárquica
Al igual que una empresa, esta iglesia posee un organigrama estructural que se
presenta de la siguiente forma:
Primero el líder a nivel mundial: Obispo Macedo.
Después le sigue su sucesor natural, que es el segundo en la organización:
Obispo Romualdo.
Luego un obispo o pastor a cargo de cada continente, con sus respectivas regio-
nes.
Página 60
Pero lo destacable de este punto, no es la conformación jerárquica, sino que ca-
da pastor, tiene metas financieras mensuales que cumplir. Vale decir, hay objetivos de
recaudación a cumplir (ofrendas, amuletos, diezmos, etc.), so pena de ser relevado de
su cargo, y en castigo, se lo envía a templos pequeños. Y aún así, de persistir en su
“incumplimiento”, puede ser expulsado de la iglesia.
Es así que el líder principal del país, tiene una meta mensual que cumplir a tra-
vés de ofrendas, diezmos y amuletos. Él mismo le pone como encargo a cada pastor
regional, la meta económica que debe cumplir, quien a su vez la divide a los pastores
titulares y sus iglesias respectivas. Cada uno de ello tienen que obtener la meta sea lo
que sea que tengan que hacer, por esto los pastores siempre están pensando nuevos
propósitos para incentivar y emocionar las personas, y así lograr que le entreguen su
dinero.
Bienes y Posesiones La iglesia universal del reino de Dios, se es-
tima que está presente en más de 172 países en
todo el mundo, con una población de fieles que su-
pera los 6 millones de personas.
Bajo este marco, difunden su mensaje a tra-
vés de 23 estaciones de televisión propias y 76 fre-
cuencias de radio.
Actualmente, la iglesia universal del reino de Dios, está construyendo en Brasil,
un templo con una altura de de 12 pisos, cuyo costo se ha estimado en el orden de los
146 millones de dólares.
Página 61
CAPITULO IV
LA INFLUENCIA DEL DINERO RECICLADO EN AMERICA
Introducción
La revista Hispanic Trade U.S. Today indica que los cubanoamericanos poseen
138 de las 500 compañías hispanas más grandes de los Estados Unidos, aunque ellos
representan tan solo el 3,4 por ciento de la comunidad hispana.
No hay un banco en Miami que no haya Reciclado dinero y muchos se abrieron
expresamente con ese fin. Investigadores del Congreso y banqueros de Estados Uni-
dos, coinciden en que los bancos de ese país del Norte y Europa, blanquean cada
año entre 500 000 millones y un millón de millones de dólares de dinero negro, suma de
la cual la mitad corresponde a los bancos norteamericanos. Estos han desarrollado una
sofisticada gama de métodos de transferencia de fondos ilegales hacia Estados Unidos
y para su inversión en empresas legítimas o en bonos del Tesoro, lo que los “legitima”.
Un Caso internacional
En la historia reciente, tenemos para comentar el caso “Ma-
doff”. Bernard Madoff, fundó su sociedad a principios de la década
del 60, a la que denominó Madoff Investment Securities, y era el
centro “captador” de fondos frescos de personas principalmente
adineradas.
Madoff decía invertir en
acciones de grandes compañías
gracias a sus influencias como
reconocido financista a nivel
mundial, ofreciendo rentabilida-
des entre el 10% y el 12% anua-
les, realmente impactantes para
el nivel de tasas mundiales que
hoy se operan.
Página 62
La realidad, resultó ser que, solamente una pequeña proporción de dichas inver-
siones iban al destino anunciado por Madoff, y el resto pasaba a ser de “libre uso y dis-
ponibilidad” de este magistral estafador, y cuyo destino final, eran los bolsillos de viejos
inversionistas que no habían recibido la renta prometida.
En Argentina, a este tipo de operación se la llama de una forma muy simple: bi-
cicleta financiera, pero a nivel internacional, se las denomina inversiones “piramidales” o
esquema de Ponzi.
Las versiones periodísticas indican que Madoff, otrora presidente del Consejo de
Administración del Índice Nasdaq de EEUU, uno de los más importantes del mundo y
hoy condenado a 150 años de prisión por estafas múltiples, fue denunciado por sus
propios hijos, pero no hay comentarios oficiales al respecto. Sigamos entonces:
Madoff utilizaba herramientas bursátiles y financieras de avanzada y solo “dig-
nas” de especialistas como él, tales como los ‘hedge funds’, es decir, fondos de inver-
sión libre que se caracterizan por una laxa regulación, capacidad para aplicar estrate-
gias arriesgadas y la búsqueda de altas rentabilidades en cualquier situación de merca-
do. Teóricamente los ‘hedge fund’ están limitados a grandes inversores, ya que requie-
ren un patrimonio mínimo muy elevado.
La pirámide financiera, se desmorona ya que a raíz de la reciente debacle finan-
ciera de los Estados Unidos y que tuvo impacto mundial con consecuencias que aún
hoy se siguen pagando, trajo aparejado una disminución en su caudal de clientes, y por
ende, se interrumpe el circuito financiero “nuevos inversionistas ávidos vs. Viejos inver-
sionistas insatisfechos”.
El patrimonio de Madoff bajo su gestión era oficialmente de 17.000 millones de
dólares, aunque en realidad estaba administrando cantidades que pueden superar los
50.000 millones. Esto quiere decir que una parte del dinero nuevo que entraba en el
fondo se invertía directamente en la cartera, pero otra parte se desviaba a pagar renta-
bilidades a los accionistas. Madoff fue muy inteligente al rechazar facilitar a sus clientes
acceso a sus cuentas por Internet. Según el ‘Washington Post’, enviaba los informes por
correo ordinario y postal, mientras que la mayoría de los rendimientos y comportamien-
tos de los ‘hedge fund’, se hacen por e-mail para facilitar su análisis.
Página 63
Pero, ¿Cómo funciona un esquema piramidal? En este escenario, una persona
convence a otras de que le entreguen dinero y, a su vez, ellas convencen a otras de
hacer lo mismo y así sucesivamente hasta lograr un efecto multiplicador. Es decir, en el
esquema piramidal no hay en realidad una inversión ni una actividad financiera como
tal, sino que las ganancias se obtienen por la mera actividad de introducir más partici-
pantes al juego e inyectarle fondos frescos al circuito.
Claro está, que a medida que se desciende en los niveles de la pirámide, es ne-
cesario que el número de personas que ingrese a ella sea cada vez mayor. Cuando la
incorporación de nuevos participantes disminuye y se torna más difícil, ya sea por des-
confianza, por exposición pública del esquema o simplemente porque el número que se
requiere es ya demasiado grande, la estructura colapsa y las personas que están en la
base de la pirámide, es decir, el mayor número, pierden el dinero invertido y no ganan
nada. Es un esquema por demás riesgoso, agresivo y condenado al fracaso.
El esquema Ponzi, responde a su creador, Charles Ponzi nacido en Italia en
1882. Emigró a Estados Unidos en 1903, donde llegó con tan sólo dos dólares en el
bolsillo. Antes de poner en marcha su célebre esquema, ya había estado en prisión dos
veces por fraudes diversos. Valiéndose de su simpatía personal, en 1920 empezó a
reclutar inversionistas para un negocio que ofrecía ganancias del 50% en 45 días, y que
funcionaba según el sistema que hoy lleva su nombre. Pagó los primeros rendimientos.
La voz corrió por toda Nueva Inglaterra y, en un sólo día, Ponzi llegó a recibir un millón
de dólares en fondos nuevos. Vivió con lujos hasta que el Boston Post investigó y expu-
so el fraude que lo condujo directamente a prisión. Tras salir, fue deportado y murió en
1949 en medio de la pobreza, luego de intentar sin éxito otros fraudes en Italia y Brasil y
haber sido condenado por varios de ellos.
La legislación norteamericana sobre el financiamiento del terrorismo
Después de los atentados del 11 de septiembre 2.001, los Estados Unidos de
América fueron los primeros en tomar nuevas medidas antiterroristas, como una conse-
cuencia lógica de cualquier país que se ha visto atacado “fronteras adentro”.
Fue por ello, que el 12 de octubre, fue votada una ley específica, bajo el nombre
de USAPATRIOT Act, acrónimo de Uniting and Strengthing America to Provide Appro-
priate Tools Requiered to Intercept and Obstruct Terrorism, o comúnmente llamada Ley
Patriótica”.
Página 64
Compuesta por más de 150 artículos, esta ley modifica más de quince textos le-
gislativos federales ya existentes, en particular, los que rigen los procedimientos crimi-
nales, los relativos al fraude informático, al espionaje telefónico y, a la inmigración. Des-
tinada a impedir la actuación de los terroristas y sancionarlos antes que sus actos ocu-
rran, esta ley permite aumentar la vigilancia de los ciudadanos vía Internet y de las acti-
vidades financieras de cualquier persona sospechosa de terrorismo.
En particular, mediante esta ley, se permite:
• La vigilancia de cualquier mecanismo de comunicación utilizado por toda per-
sona identificada como sospechosa de tener relación con un presunto/s terrorista/s.
Asimismo, prevé, que cualquier incursión no autorizada dentro de un sistema informáti-
co, podrá ser catalogada directamente como un acto “terrorista”.
• A la institución policíaca, operar cateos y allanamientos secretos de los domici-
lios de los sospechosos, como asimismo poner bajo vigilancia electrónica cualquier
teléfono que podrían utilizan los sospechosos de terrorismo, inclusive vigilar su utiliza-
ción del Internet.
• Los intercambios de información entre los servicios de investigación policíacos
y de los órganos de inteligencia, refuerzan las leyes de represión del lavado de activos,
a fin de interceptar y eliminarles a los sospechosos de integrar grupos terroristas, sus
fuentes de financiamiento.
• Retener a extranjeros sospechosos de terrorismo durante un periodo máximo
de siete días antes de acusarlos formalmente de un delito, iniciar los procesos de extra-
dición o de ponerlos de nuevo en libertad
• El refuerzo de las medidas para proteger las fronteras del país de sospecho-sos o eventuales terroristas.
Habrá notado el lector que he remarcado en negrita la palabra “sospechoso”.
Es simplemente, para destacar, que los organismos gubernamentales de Estados Uni-
dos de Norteamérica, no esperan enjuiciamientos ni sentencias para tomar medidas que
ellos califican “de seguridad nacional”. La simple etiqueta de sospecha, mediante esta
Ley Patriótica, basta para tomar acciones inmediatas. Si luego, tal sospechoso resulta
inocente, se le pedirán disculpas (o no), pero su detención y malos momentos vividos,
están autorizados y amparados por dicha Ley.
Página 65
Los ataques terroristas destacaron la importancia de las leyes y controles sobre
el lavado de dinero, permitiendo el reconocimiento aún más grande de la cooperación
internacional en la materia.
El sistema legal y operativo instruido desde hace más de diez años, ha llevado a
tener también suficiente capacidad de rastrear fondos de quienes financian el terrorismo
internacional.
La Ley USAPATRIOT ACT ha dado un lugar privilegiado a la lucha contra el as-
pecto financiero del terrorismo, que trata en 46 artículos, sobre un total de 157 de la
Ley, (34 % de su contenido).
En realidad se intentan reforzar las medidas ya en vigor contra el lavado de acti-
vos, y que al parecer, hasta el año 2.001 habían resultado insípidas e insuficientes. El
titulo III (artículos del 301 al 377) que se refiere a estas medidas, toma el nombre de
“Ley de 2.001 para la Supresión del lavado de dinero internacional y de la finan-ciación de actividades terroristas”.
La Ley Patriótica, cuyo génesis surge como una respuesta inmediata a los actos
terroristas del 11 de septiembre de 2.001, trae una serie de regulaciones que directa o
indirectamente afectan a todos los países del mundo y a sus sectores financieros, te-
niendo presente que dicha ley hace un llamado a las autoridades de otros países para
que colaboren con la aplicación e implantación de la misma.
Las Ley Patriota (USAPATRIOT ACT) y sus implicancias internacionales
La USAPATRIOT ACT es considerada sin duda alguna, como una norma legal
nacional con consecuencias jurídicas internacionales; pues tanto los motivos por los que
fue dictada, como por las disposiciones en ella contenidas, trasciende las fronteras Nor-
teamericanas, para proyectarse en el sistema financiero internacional.
La globalización de la economía y la importancia que en las transacciones inter-
nacionales tienen el mercado norteamericano, impiden que pase desapercibido el con-
tenido de las normas contenidas en dicha Ley Patriótica, pues en ellas se definen las
características y los requisitos que han de tener las entidades financieras de cualquier
lugar del mundo que pretendan participar de cualquier transacción con los Estados Uni-
dos de América.
Página 66
Los atentados de Al Qaeda en Estados Unidos de América, hoy llamados 11-09,
generaron en las autoridades de dicho país, una verdadera concientización acerca de
la necesidad de mantener y perfeccionar las normas que a nivel internacional habían
nacido con fines de prevenir y reprimir el lavado de dinero que se producía por activida-
des tales como tráfico de drogas, de armas, prostitución, etc., y, a su vez, mejorarlas
para poder adaptarlas con la finalidad de prevenir y reprimir el financiamiento del terro-
rismo.
Las autoridades norteamericanas tomaron conciencia en forma inmediata y lue-
go del shock que les produjo el atentado de Al Qaeda, que urgía reforzar los mecanis-
mos normativos internacionales, y conectaron esa necesidad con las facilidades que el
propio sistema financiero norteamericano le permitía a los países considerados paraísos
fiscales y a los “no cooperadores”. Fue a consecuencia de ello, que al individualizar sus
propias debilidades, decidieron tomar medidas normativas con mayor rigor, con lo que
aún cuando fueran normas internas tienen (y tendrán) consecuencias internacionales.
Se trata concretamente de una norma de vigencia nacional que, trascendiendo
las fronteras de los Estados Unidos de América, provocó, homogeneización y estandari-
zación en el resto de los países, especialmente del Continente americano.
Otras leyes también tienen directamente el objetivo de luchar contra el financia-
miento del terrorismo, en particular la ley relativa a la lucha contra el terrorismo y a la
pena de muerte (Antiterrorism and Effective Death Penalty), deal año 1.995, y la ley so-
bre los poderes económicos en caso de urgencia y en el extranjero (International Emer-
gency Economic Powers, del año 2.001), que le otorgan al Presidente norteamericano,
el poder de reglamentar las transacciones con el extranjero en ciertas circunstancias.
Si se analizan los objetivos enunciados en la propia ley, puede advertirse sin du-
da, que los efectos sobre la banca latinoamericana son imperativos, como si hubiesen
sido dictados por sus propias autoridades nacionales. Asimismo, queda definido en esos
objetivos de modo claro, que en caso de no cumplirse con determinados postulados,
tanto las entidades financieras como los países a los que ellas pertenecen, pueden ser
considerados una amenaza directa para la seguridad nacional de los Estados Unidos de
América.
Página 67
Esta misma Ley Patriota, comienza a exigir a sus propios bancos, y por ende dá
lineamientos específicos a Bancos del extranjero, medidas de control específicas, tales
como:
Mantenimiento de Registros y Obligación de Informar Operaciones Finan-cieras
Se podrá exigir que cualquier entidad financiera nacional u organismo financiero
nacional mantenga registros y que presente informes, relativos al monto total de las
operaciones, o referidos a cada operación, con respecto a una jurisdicción del exterior,
una o más entidades financieras que operen fuera de los Estados Unidos de América,
una o más clases de operaciones que involucren a dicha jurisdicción extranjera, o una o
más clases de cuentas.
Además de cualquier otro requerimiento legal, se podrá exigir que cualquier enti-
dad financiera nacional u organismo financiero nacional tome las medidas razonables a
fin de obtener y conservar información relativa al titular de toda cuenta abierta en los
Estados Unidos de América, por una persona extranjera o a un representante de esa
persona extranjera, que involucre una jurisdicción del exterior, una o más entidades fi-
nancieras que operen fuera de los Estados Unidos, una o más clases de operaciones
que involucren a dicha jurisdicción del exterior, o una o más clases de cuentas.
En relación con las cuentas de pago, se podrá exigir que cualquier entidad finan-
ciera nacional u organismo financiero nacional que abra o mantenga una cuenta de pa-
go en los Estados Unidos de América en beneficio de una entidad financiera del exterior
que involucre a la referida jurisdicción o entidad financiera que opere fuera de los Esta-
dos Unidos de América, o una cuenta a través de la cual pueda llevarse a cabo dicha
operación, antes de abrir dicha cuenta:
a. Identifique a cada cliente (y respectivo representante) de la entidad financiera
que podrá utilizar la cuenta o cuyas operaciones se lleven a cabo a través de
la misma.
b. Obtenga con relación a cada cliente (y cada representante), información com-
parable a aquélla que la entidad depositaria obtiene en el giro normal de sus
operaciones con respecto a sus clientes residentes en los Estados Unidos de
América.
Página 68
Sobre las cuentas de corresponsalía, se podrá exigir que cualquier entidad fi-
nanciera nacional u organismo financiero nacional que abra o mantenga una cuenta de
corresponsalía en los Estados Unidos de América en beneficio de una entidad financiera
del exterior que involucre a la referida jurisdicción o entidad financiera que opere fuera
de los Estados Unidos de América, o una cuenta de corresponsalía a través de la cual
pueda llevarse a cabo dicha operación, antes de abrir dicha cuenta:
a. Identifique a cada cliente (y respectivo representante) de la entidad financiera
que podrá utilizar la cuenta o cuyas operaciones se lleven a cabo a través de
la misma.
b. Obtenga con relación a cada cliente (y cada representante), información com-
parable a aquélla que la entidad depositaria obtiene en el giro normal de sus
operaciones con respecto a sus clientes residentes en los Estados Unidos de
América.
Prohibición para la Apertura de Cuentas a los Bancos Extranjeros o sus condiciones para hacerlo
De acuerdo a la ley, se podrá prohibir o fijar condiciones especiales para abrir o
mantener cuentas de pago o de corresponsalía, si las autoridades consideran que una
jurisdicción del exterior, una o más entidades financieras que operen fuera de los Esta-
dos Unidos, una o más clases de operaciones que involucren a dicha jurisdicción ex-
tranjera, exigen especial atención o existan sospechas sobre lavado de dinero.
Consecuencias Jurídicas Extraterritoriales de la Ley Patriótica
El artículo 377, modificatorio del art. 1.029, del Título 18 del Código de los Esta-
dos Unidos, refiere:
“h. Toda persona que, fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos de Améri-
ca, llevara a cabo cualquier acto que, de ser cometido dentro de la jurisdicción
de los Estados Unidos de América, constituiría un delito en virtud del inciso a) o
b) de este artículo, quedará sujeta a las multas, sanciones, penas de prisión y
confiscación previstas en el presente título si:
1. El delito involucrara un dispositivo de acceso emitido, de propiedad de,
administrado, o controlado por una entidad financiera, emisor de cuenta, inte-
Página 69
grante de sistema de tarjetas de crédito, u otra entidad dentro de la jurisdicción
de los Estados Unidos de América
.
2. La persona transportara, entregara o transfiriera en o a través de la ju-
risdicción de los Estados Unidos de América, o en general almacenara, ocultara
o mantuviera dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos de América, cual-
quier artículo utilizado para ayudar a cometer el delito, o el producido del delito o
cualquier bien derivado del mismo”.
Las leyes que dan sustento a las distintas sanciones se aplican por la OFAC,
Oficina para el Control de Activos Extranjeros, -(Office of Foreign Assets Control), ads-
crita al Departamento del Tesoro, que está encargada de administrar las leyes que im-
ponen sanciones económicas contra organizaciones o individuos hostiles con el fin de
realizar los objetivos de la política exterior norteamericana.
En algunos casos, estas sanciones son de carácter penal y en otros, de índole
administrativa.
Entre las sanciones penales se encuentran diversos tipos de multa que oscilan
entre U$D 250.000 y pueden llegar hasta U$D 10.000.000 para empresas, y desde USD
10.000 hasta U$D 5.000.000 para individuos. También pueden ser impuestas penas de
prisión desde 5 hasta 30 años.
Las sanciones administrativas son impuestas directamente por la OFAC y tam-
bién pueden consistir en multas que van desde U$D 11.000 hasta U$D 1.000.000 u
otras como bloqueo de activos y fondos, inclusive hasta la confiscación de los mismos,
de acuerdo con la respectiva regulación.
La Ley USAPATRIOT establece sanciones comerciales (Sección 221), ya que
incluye entre las causas de sanciones co-
merciales establecidas por la Ley de Re-
forma de Sanciones Comerciales y Forta-
lecimiento de las Exportaciones del año
2.000, a las personas, organizaciones o
países que diseñen, inventen o produzcan
armas químicas o biológicas, misiles o
armas de destrucción masiva.
Página 70
Esta norma legal se aplica a los Talibanes o territorios dominados por ellos, a
Afganistán y a los países u organizaciones o personas incluidas en las Órdenes Ejecuti-
vas Números 12.947 del 23 de enero de 1.995 que creó la lista de Terroristas Designa-
dos, 13.224 del 23 de septiembre del 2.001, contra terroristas reconocidos, 12.978 del
21 de octubre de 1.995, que originaron las listas SDNT y SFNT (o Lista Clinton) o narco-
traficantes extranjeros de la Kingpin Designation Act.
Asimismo, se aplica a las personas físicas o jurídicas que en cualquier sitio del
mundo contraten o presten ayuda financiera o colaboración de alguna naturaleza o
realicen negociación alguna con personas incluidas en cualquiera de las listas de la
OFAC, corriendo el riesgo de ser incluidas en las citadas listas en calidad colaboradores
y cómplices de narcotraficantes, criminales internacionales o terroristas.
La USA PATRIOT, al involucrar tantos temas vinculados a la actividad financiera
internacional, lleva a la necesidad de que las autoridades de los países de Latinoaméri-
ca, los operadores del sistema financiero, los operadores del sistema de prevención del
lavado de activos y financiamiento del terrorismo y los funcionarios encargados del
cumplimiento de la ley, analicen con claridad los pasos a seguir en sus respectivas ju-
risdicciones, con el fin de seguir aquellos contenidos por dos razones:
a) Porque no es posible hoy día permanecer en las transacciones internaciona-
les sin tener relaciones con entidades ubicadas en los Estados Unidos de
América.
b) Porque precisamente, aquellas normas son lo suficientemente amplias como
para ser consideradas casi como un modelo de regulación que impide las
prácticas delictivas de las que se viene hablando.
Es necesario recordar, que de acuerdo al artículo 360, se establece que si el
Presidente de los Estados Unidos de América determina que un país extranjero ha to-
mado o se ha comprometido a tomar medidas que ayudan en los esfuerzos de los Esta-
dos Unidos de América para responder, desalentar, o prevenir actos de terrorismo inter-
nacional, el Secretario del Tesoro podrá instruir al Director Ejecutivo de los Estados
Unidos de cada entidad financiera internacional para que utilice su voz y voto a fin de
apoyar el otorgamiento de préstamos; así como también los apoyos económicos de los
Estados Unidos están condicionados al compromiso del país en la lucha contra el terro-
rismo y el lavado de activos.
Página 71
De modo que, tal como ocurrió con el seguimiento de las 40 recomendaciones
de G.A.F.I., a las cuales las legislaciones siguieron a grandes rasgos, en materia referi-
da al terrorismo habrá que considerar que la USAPATRIOT actuará a modo de guía
legislativa mundial (obviamente, respetando en cada caso las particularidades propias
de cada país al igual que sus disposiciones constitucionales) referida, esencialmente a
las autoridades y transacciones financieras.
Obviamente, las autoridades de cada región deberán tener en cuenta que las
exigencias del Secretario del Tesoro en relación a información que podría requerirse de
las entidades financieras extranjeras (en particular latinoamericanas) podrían contrapo-
nerse con las normativas nacionales referidas al secreto (bancario, fiscal, bursátil) que
en varias jurisdicciones tiene jerarquía constitucional. De modo que habrá que compen-
sar, una vez más, las garantías individuales con el derecho de las sociedades a prevenir
o reprimir hechos terroristas, o de alta trascendencia y gravedad.
Una de las vías posibles, podrá ser el hecho de habilitar la información sobre
datos considerados dentro de la esfera del secreto, en la medida que sólo pueda ser
utilizado con fines relativos sólo a investigaciones sobre financiamiento de terrorismo o
lavado de activos de delitos graves (de acuerdo al concepto de la Convención de Pa-
lermo del año 2.000), sin posibilidades de que esa información pudiera ser utilizada con
otros fines, ni siquiera referidos a la investigación por cualquier otro ilícito.
El Lavado y el Blanqueo en Argentina
Efectivamente, en la década del ´90, la Argentina vivió dos fenómenos que la
ubicaron como un punto de interés en el tema del Reciclado de dinero. Uno de ellos es
el aumento de la actividad del narcotráfico bajo varias formas: aumento del tránsito de
narcóticos desde los centros productores latinoamericanos con destino a Europa y los
Estados Unidos, aumento de las transacciones con destino al mercado interno y aumen-
to del dinero a lavar. Una consultora privada estima que el narcotráfico movió en esos
años en la República Argentina unos, 750 millones de dólares anuales, aunque no todo
el dinero era Reciclado en el país.
Estos fondos fueron generalmente depositados en el exterior, como apa-
rentemente sucedió con las coimas cobradas por la informatización del Banco Nación,
para que después vuelvan a entrar al país, para ser invertidos en operaciones legales.
Página 72
De hecho, a pesar de la presencia del narcotráfico y su dinero, los expertos afir-
man que en la Argentina, el principal origen del dinero que se blanquea no es del narco-
tráfico sino de la corrupción
En la Argentina, el blanqueo de dinero proveniente de la evasión es un fenó-
meno antiguo, vinculado con la existencia de una enorme economía en negro y a la fuga
de capitales, un problema que se agravó en los últimos años.
La magnitud de los capitales fugados que quieren o pueden querer blanquearse
no es menos impresionante. Un informe del Ministerio de Economía estima que los ar-
gentinos tienen depositados en el exterior más de 140.000 millones de dólares, pero
extraoficialmente, la estimación llega a 240.000 millones. De ellos (sea cual fuere la
cifra correcta) el 17% es inversión directa y el 22% activos sin renta. El 61% restante
son inversiones financieras.
Según la A.F.I.P. (Administración Federal de Ingresos Públicos) en la Argentina,
entre las formas más habituales de Reciclado figura establecer empresas cuyos ingre-
sos son difíciles de estimar o controlar, como hoteles, empresas de transporte, correos
privados o videoclubes, playas de estacionamiento, etc. Algunos fondos de inversión
que compran empresas están sospechados, aunque no probados, de hacer pocas inda-
gaciones sobre el origen del dinero que reciben y que se insertan en el circuito legal.
Otro método es hacer pasar el dinero mal habido como fruto de ganancias de
juego con el siguiente procedimiento: En un casino se compran fichas con dinero sucio.
Luego se cambian las fichas solicitando a cambio un cheque oficial. Esos fondos pasan
por dinero ganado en el juego y no está sujeto a impuestos.
El juego es, a su vez, un negocio en el que participan activamente los Reciclado-
res. Según la Cámara de Agentes Oficiales de Lotería Nacional, sólo en la Capital Fede-
ral se mueven no menos de 1.500 millones de pesos anuales. El juego clandestino es
considerado una industria floreciente que no podría funcionar sin complicidad de funcio-
narios policiales y/o gubernamentales.
A pesar de eso, el gobierno nacional y los gobiernos provinciales abrieron o pro-
pician abrir nuevos casinos y casas de juego en forma permanente, demostrando, una
vez más, que el Reciclado cuenta con la invalorable ayuda del poder.
Página 73
Pero hay datos que muestran la dedicación y el ahínco con que las autoridades
políticas y judiciales de la República Argentina, le dedican extensas e interminables ho-
ras de su trabajo contra la criminalidad del Reciclado de Dinero.
El 15 Diciembre del año 2.010 un tribunal Federal de la República Argentina,
dictó la PRIMERA CONDENA por lavado de dinero a tres integrantes de una familia en
lo que se entiende un hecho sin precedentes (¡¡¡ la primer condena !!!) en la Provincia
de Córdoba y la mismísima República Argentina. Impresionante. Inaudito. ¿Será decla-
rada dicha fecha feriado nacional?
Dicha condena”ejemplar y temible” para el mundo del delito, fue de 3 a 6 años de
prisión, acaecida con motivo de haberse comprobado la venta y comercialización de
estupefacientes (cocaína y marihuana), a los hermanos Gonzalo y Julio Vallejo, como
asimismo, a María Eugenia Rodríguez (esposa de Julio) y Jorge Altamira (esposa in-
cluida), quienes además, deberán pagar una multa de 25.000 dólares estadounidenses,
sin perjuicio de habérseles embargado propiedades y vehículos.
Esta pena es la primera que se aplica, después de 10 años de vigencia de la
legislación respecto a lavado y blanqueo de dinero. Impresionante la rigurosidad y cele-
ridad de la justicia argentina. Con razón el G.A.F.I. (Grupo de Acción Financiera Interna-
cional) critica a la República Argentina porque no toma la situación con la seriedad que
merita.
El Reciclado y el poder político La revisión de los principales casos es la mejor demostración del compromiso, y
quizá la complicidad, de sectores del poder con las operaciones de Lavado y Blanqueo
de dinero porque en ellos han aparecido en investigaciones, nombres de personajes del
oficialismo y la oposición y funcionarios que pasaron por altos cargos al lado de bancos
de primera línea u organizaciones gubernamentales implicadas o estrechamente rela-
cionadas con Empresas comerciales.
En 1.989 el menemismo llegó al poder. Menos de dos años después tuvo lugar
un caso pionero de Reciclado de dinero del narcotráfico que involucró a funcionarios de
primer nivel entre ellos una cuñada del presidente.
Página 74
En marzo de del año 1.991 la revista española Cambio 16 publicó un informe
sobre las ramificaciones internacionales de una banda dedicada al Reciclado de dólares
provenientes del narcotráfico en la que participaría Amira Yoma hermana de la esposa
de Carlos Menem y secretaria de Audiencias de la Presidencia.
En esos días, el narcotraficante arrepentido Andrés (Andy) Cruz de Iglesias de-
claró ante el Juez Baltasar Garzón y reveló los vínculos que esa conexión tenía en los
Estados Unidos, Uruguay y la Argentina.
A raíz de las informaciones recibidas, Garzón ordenó la búsqueda y captura de
varias personas, entre ellas Amira Yoma y su esposo Ibrahim Al Ibrahim.
Amira es también hermana de Emir Yoma, ex - asesor de Menem, cuyas empre-
sas aparecen vinculadas a bancos acusados de lavar dinero en el informe del senado
estadounidense y actualmente está procesado por contrabando de armas del Estado
durante el gobierno de su ex cuñado.
A su vez, el testigo libanés Khyalil Hussein Dib,
quien había sido asistente de Ibrahim, afirmó que había
visto a Amira volver del exterior y pasar por la aduana del
aeropuerto de Ezeiza con valijas que supuestamente con-
tenían dólares. El director del Aeropuerto de Ezeiza era
Ibrahin Al Ibrahim, esposo de Amira Yoma.
Ibrahim Al Ibrahim y Amira fueron procesados por Reci-
clado. Amira fue sobreseída por una cámara judicial en la cual
dos jueces independientes fueron reemplazados por dos juezas
que, por su origen político y como mostraron en numerosas ac-
tuaciones, respondían puntillosamente al gobierno. En cambio
Ibrahim se fugó del país y reside, presuntamente en Siria.
Por el caso fue condenado Mario Caserta, que había sido secretario de
Recursos Hídricos del gobierno de Menem. Caserta había sido también, tesorero de la
campaña electoral de entonces presidente y, en 1.993, afirmó públicamente que la
campaña había recibido dinero del narcotráfico.
Página 75
Según la investigación del Subcomité del Senado estadounidense, dos entidades
financieras locales y personas estrechamente vinculadas al poder, habrían intervenido
en operaciones de Reciclado de dinero.
El informe reveló que las entidades que realizaron operaciones ilegales estaban
dirigidas por personas de la cúpula de los gobiernos menemistas y que esas entidades y
personas tenían relaciones entre sí. Es decir que reafirma que el Lavado/Blanqueo de
dinero en la Argentina no fue tarea de delincuentes o marginales sino de protagonistas
del sistema de poder.
Una de las entidades involucradas es el ex Banco
República, liquidado en 1.999 y propiedad del empresario
menemista Raúl Moneta. Éste operaba, según el informe,
en triangulación con el Federal Bank de las Bahamas y
tenía como corresponsal de negocios en los EEUU al Citi-
bank. Esta entidad es investigada desde hace años por
colaborar en el traslado de millones de dólares desde México hacia el exterior por Car-
los Salinas de Gortari. El banco de Moneta habría Reciclado dinero de coimas vincula-
das con las privatizaciones. Pero el banquero goza de buena salud y sigue realizando
negocios en argentina y en el mundo. Basta con recordar la mega-operación que reali-
zó Moneta en el año 2.010, cuando cerró la compra del grupo de radios integrado
por: Rock & Pop, Metro y Blue 100.7, Rock & Pop Mar del Plata, FM San Isidro Labra-
dor y las AM Belgrano, Libertad y Splendid, más 20 repetidoras del interior.
Este paquete de emisoras se sumó a los medios que ya tiene el empresa-
rio como lo son las revistas El Federal y Bacanal, el portal agrario Infocampo y el pro-
grama de TV bajo el mismo.
Las relaciones de Moneta no se restringieron al menemismo. El Federal Bank de
Moneta tuvo, también, vinculaciones con el Banco Macro y el Banco de Crédito Argen-
tino. En una sociedad financiera vinculada con el Macro fue gerente Christian Colombo,
ex – presidente del Banco Nación en el gobierno de la Alianza y Jefe de Gabinete del
gobierno aliancista. El Banco de Crédito Argentino tenía entre sus directores a Fernando
de Santibáñez, hombre de confianza del Presidente Fernando de la Rúa y director de la
S.I.D.E. (Servicio de Inteligencia del Estado de la República Argentina).
Página 76
En el Citi de Nueva York tenía cuentas American Exchange, una compañía cás-
cara sin existencia física ni balances vinculada a Raúl Moneta. En American tenía, a su
vez, cuenta la empresa ficticia con sede en Uruguay, Daforel, en la cual se depositó una
coima por el tráfico de armas que, se sospecha, era para Emir Yoma La cuenta Daforel
habría sido manejada por personas vinculadas al Banco Macro.
Otra entidad relacionada a delitos financieros, según el informe del Subcomité
del Senado es Mercado Abierto, sería una financiera situada en el paraíso fiscal de
Cayman, perteneciente a Aldo Ducler, ex funcionario de la última dictadura militar y ase-
sor del ex senador y ex gobernador argentino “Palito” Ortega. Para los senadores esta-
dounidenses la entidad de Ducler lavaba dinero de la droga y específicamente del Cartel
de Juárez. La Justicia argentina detuvo a un operador inmobiliario encargado de invertir
el dinero de los narcos mexicanos.
Las investigaciones muestran que los narcos mexicanos estuvieron muy activos
en la Argentina en los últimos años. Amado Carrillo Fuentes, el entonces jefe del cartel
mexicano de Juárez, ingresó al país con pasaporte falso en 1.997 y pasó varios meses
en la provincia de Buenos Aires.
Según estimaciones de servicios de inteligencia de Argentina y los EE.UU, las
inversiones de narco dólares en la Argentina habrían superado los 53 millones de dóla-
res/año.
Alfredo Yabrán, empresario vinculado al menemismo y a figuras del radicalismo
y sospechoso de actividades mafiosas también aparece en la crónica. La DEA investigó
al empresario entre 1.991 y 1.996, porque sospechaba que estaba involucrado en ope-
raciones de Reciclado de dinero provenientes del narcotráfico. Esas operaciones, apa-
rentemente, habrían estado íntimamente ligadas con otras desarrolladas por el Cartel
de Cali.
Casos desconocidos en Argentina
La A.F.I.P. (Administración Federal de Ingresos Públicos de la República Argen-
tina), presenta varios casos de Reciclado detectados por los sabuesos tributarios.
Un taiwanés con ciudadanía argentina regenteaba un restaurante y una empresa
Página 77
de comercio exterior y figuraba haciendo vuelos transpolares semanales y comprando
un edificio por un millón de dólares a principios de este siglo. Reiteradas inspecciones
verificaron que el restaurante era muy poco concurrido y que no podía justificar los abul-
tados ingresos por ventas. También se comprobó que el edificio comprado en un millón
de dólares fue vendido en 19 millones.
Estudiando la operación inmobiliaria se descubrió que el
millón de dólares con que se había comprado el edificio provenían
de un crédito de una compañía panameña perteneciente al empre-
sario comprador.
También se detectó que los viajes transpolares del taiwanés culminaban en un
país del este asiático y que en sus transacciones de comercio exterior participaba un
despachante de aduana sospechado de haber intentado exportar a Bolivia químicos
utilizados para la fabricación de cocaína.
El caso no pudo concluir porque el sospechoso y sus socios se fueron de la Ar-
gentina luego de haber denunciado que un oportuno incendio había destruido la docu-
mentación de sus empresas.
En el país, las ganancias de las fundaciones y cooperativas están exentas de
impuestos a las ganancias. A la sombra de dichas exenciones, veremos como un ex
Secretario de Estado de la Nación, vinculado con un ex propietario de innumerables y
salas de bingo en Argentina y Brasil, intentó respaldar la compra de un lujoso departa-
mento en la zona más cara de Buenos Aires y otros inmuebles.
El método utilizado era el siguiente: Una entidad offshore del Caribe habría en-
viado dinero a una cooperativa controlada por el ex-servidor público, que a su vez lo
habría prestado para la compra de los inmuebles. El objetivo de la operación era con-
vertir dinero negro en inmuebles legalmente adquiridos.
Uno de los shoppings más grandes de la Argentina fue habría sido construido
con financiamiento externo. Como garantía del financiamiento se habrían depositado
títulos de la deuda argentina, comprados en el mercado y parte de ellos se utilizaron
para cancelar la deuda. Una investigación descubrió que los títulos de los bonos envia-
dos al exterior se repetían reiteradamente. Es decir que se había comprado sólo una
parte de los títulos declarados por lo que los pagos al exterior en rigor no se hacían o
Página 78
bien, se efectuaban con dinero de origen desconocido. El shopping es, entonces, la
materialización de dinero mal habido.
Uno de los problemas más comunes con los que se encuentra la administración
tributaria cuando investiga las organizaciones que podrían estar constituyéndose en
“lavaderos” de fondos, es la cuestión de los domicilios fiscales. La legislación argenti-
na permite la autodeclaración del domicilio lo que se resuelve con contratos de locación
falsos o dando direcciones ajenas. En sus investigaciones los sabuesos fiscales se han
encontrado con que los domicilios de supuestas empresas correspondían a lugares co-
mo prostíbulos, calesitas, departamentos de edificios inexistentes, casas deshabitadas
o plazas.
Página 79
CAPITULO V FUENTES DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
Introducción
Las organizaciones terroristas, tanto como las organizaciones del tipo crimen or-
ganizado, necesitan de apoyo financiero para alcanzar sus objetivos. En consecuencia,
para que sean realmente exitosas, deben ser capaces de crear y mantener intacta una
infraestructura económico-financiera proyectada al cumplimiento de sus objetivos.
Por esto, necesitan contar con diversas y variadas fuentes de financiamiento y
un mecanismo adecuado para lavar y ocultar los fondos, y canales apropiados que les
permitan utilizar esos fondos para la estructura logística necesaria para cometer los ac-
tos terroristas.
Debemos inexorablemente entender, la delimitación jurídica que divide el terro-
rismo del reciclado de dinero.
a) Situémonos en una línea del tiempo, en donde en su punto medio es el mo-
mento "cero". Es Hoy.
HOY b) Los actos punibles por dinero reciclado, son sancionables en la medida que
ya han sido cometidos. No existe legislación que regule actos que tienden a lavar o
blanquear dinero previo a que los mismos son cometidos. El intento de reciclar, no me-
rece sanción alguna. Para el Dinero Reciclado, no existe el “ayer”, sino todo lo que su-
cede a partir del momento “cero”. A partir de mañana. A partir que ha sido cometido el
acto.
c) En tanto, los actos terroristas merecen condena tanto una vez que han sido
cometidos, como así mismo en su etapa de preparación. Esto es, aún en grado de ten-
tativa. Vale decir, que si completamos la gráfica de acuerdo a lo citado precedentemen-
te, quedaría conformada de la siguiente forma:
0
Página 80
PENADO POR DERECHO INTERNACIONAL
RECICLADO DE DINERO ETAPA PREVIA EJECUCIÓN ETAPA POSTERIOR ACTO TERRORISTA PENADO POR DERECHO INTERNACIONAL Es importante distinguir los actos terroristas de las actividades de apoyo al terro-
rismo. Ambos corresponden a comportamientos y lógicas internas diferentes pero com-
plementarias. A semejanza de la terminología propuesta por el Grupo de Investigación
sobre Terrorismo y Contra Terrorismo de Canadá (ERTA), se puede distinguir entre las
actividades primarias, que designan los actos terroristas, y las actividades secundarias,
que incluyen un gran número de conductas legales e ilegales de apoyo al terrorismo,
las cuales implican principalmente las diferentes actividades de financiamiento, pero
también otras actividades tales como el reclutamiento, la capacitación, y los contactos
con otras organizaciones terroristas.
Una organización terrorista puede tener sus actividades principales y secunda-
rias en el mismo país, pero para aquellas organizaciones estructuradas y de cierto al-
cance, las actividades secundarias y sobre todo de financiamiento, suelen también rea-
lizarse en países distintos a donde realizan sus actividades operativas.
En lo relacionado con la noción de financiamiento, se debe también hacer la dis-
tinción entre las diferentes fases ligadas con los países en donde se ejercen actividades
primarias y actividades secundarias de la organización terrorista:
0
Página 81
• La recaudación o producción de fondos: puede ser en uno o varios países
diferentes de la actuación primaria de la organización terrorista.
• Los movimientos de los mismos fondos: incluyen los países de recaudación
o producción de fondos, pero pueden incluir también otros países de transito de los
mismos fondos.
• La financiación de la logística organizacional y operativa: concierne el país
de destino final de los fondos, para la utilización directa de los mismos en los gastos
administrativos de la organización (su logística), y del financiamiento de las operaciones
tácticas (atentados), pudiendo ser estas mismas en países diferentes de la ubicación
física de la organización, en el caso de terrorismo internacional.
En forma simple, se pueden sintetizar el carácter de los recursos que financian el
terrorismo, en dos formas o fuentes principales:
• Los ingresos legales, tales como
Donaciones privadas
Organismos humanitarios
Ventas de publicaciones y/o mercancías
Conferencias
Solicitaciones directas de fondos
Asociaciones civiles
Especulación bursátil
Actividades profesionales
• Los ingresos ilegales, tales como
Trafico de drogas
Secuestros y extorsiones
Contrabando (inclusive el de armas)
Asaltos
Fraudes
Robos y tráficos de todo tipo
Prostitución (inclusive infantil)
Robos de vehículos
El Departamento de Estado Norteamericano elabora cada año una lista de las
organizaciones terroristas y de los países que supuestamente prestarían cualquier ayu-
Página 82
da a causas terroristas. (Como ejemplo, ver documento titulado Country Reports on Te-
rrorism - http://www.state.gov/documents/organization/83383.pdf)
Actividades clasificadas como riesgosas
Asimismo, existen ciertas actividades, que pueden ser riesgosas y proclives a
ser destinadas a financiamiento del terrorismo, y favorecer organizaciones de este tipo,
tales como:
• Agencias de turismo: En algunos países, se convierten en parte de un mer-
cado paralelo de flujo de dinero y remisión de partidas por vía cablegráfica, en virtud a
su trabajo con divisas, ingreso y egreso de personas.
• Sociedades de importación y exportación: Las características de las opera-
ciones de comercio exterior resultan muy atractivas para las organizaciones criminales
en términos de legitimación de activos. Las maniobras de sobrefacturación y abulta-
miento de costos, como la importación de insumos permiten diferir sin mayores dificulta-
des, los fondos a las organizaciones terroristas.
• Negociantes de obras de arte y antigüedades: El manejo de importantes
cantidades de dinero al contado, sumado a las ofertas de servicios a sus clientes, facili-
tan el ocultamiento de operaciones de legitimación; lo cual también ocurre con las orga-
nizaciones dedicadas a efectuar subastas.
• Joyerías: La variedad de operaciones que pueden realizarse se encuentran
muchas veces vinculadas a operaciones de importación y exportación, compra y venta
de oro y otros metales preciosos, contratos de representación de marcas exclusivas y el
pago de royalties, etc.
• Casinos y casas de juego: La simulación de apuestas resulta el método más
habitual para las operaciones de lavado. De esta forma, una organización puede adqui-
rir fichas, que luego cambia en la caja, recibiendo cheques que más tarde remite al exte-
rior bajo la cobertura de remesas de dinero originadas en ganancias en juegos de azar.
Este tipo de operaciones puede realizarse con conocimiento o no de las autoridades del
casino. El control de estas salas de juegos, de la misma manera que para los juegos en
Internet, los círculos privados de juegos, los hipódromos, etc., manejados directamente
por la organización criminal, permite además de percibir fondos legales por parte de los
jugadores, al mismo tiempo que permitir todo tipo de manipulación fraudulenta al interior
de su administración, en particular para mezclar los fondos de origen criminal.
• Casas de cambio: En muchos países los controles sobre este tipo de oficinas
de cambio resultan insuficientes, tornándose entonces en un medio apto para la asis-
tencia financiera a organizaciones terroristas. Algunas organizaciones utilizando la co-
Página 83
bertura de transferencias para sostenimiento familiar, logran burlar los escasos contro-
les existentes en esta actividad.
• Servicios profesionales: Este tipo de actividad debido a su singular metodo-
logía de valoración subjetiva del precio de su “servicio”, (incluyendo la calidad del servi-
cio, la fama de la empresa y la preferencia) los honorarios profesionales, las comisio-
nes, los servicios jurídicos y/o contables, los servicios de asesores, la evaluación de
riesgos comerciales, etc.. se convierte en una atractiva fuente de financiación. Cuando
tales servicios se ofrecen a nivel internacional, el movimiento internacional de dinero de
origen ilícito o para fines ilícitas, es mucho más fácil.
• Sucursales offshore: Debemos tener presente que las operaciones triangula-
das que utilizan en algún punto los centros offshore, funcionan como motor de bombeo
de capitales de origen ilícito, o bien, dificultan el rastreo del dinero lícito utilizado, o que
será utilizado con fines espúreos.
Las Organizaciones sin fines de lucro
Sin duda alguna, este tipo de organizaciones, son altamente sensibles a
recicladores de dinero, pero especialmente, son una fuente inagotable de fondos para
las actividades terroristas.
Los expertos del G.A.F.I. han demostrado en sus ejercicios anuales de tipologías
del lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, realizados desde los atentados
del 11 de septiembre de 2.001, el importante potencial de los Organismos Sin Fines de
Lucro en materia de financiación del terrorismo y de las actividades subversivas.
Un gran número de casos ha permitido ilustrar el uso fraudulento de estas enti-
dades por parte de organizaciones terroristas o subversivas, en las modalidades de fi-
nanciamiento de sus actuaciones criminales.
Las recomendaciones de los expertos internacionales del Grupo de Acción Fi-
nanciera en relación con esta problemática, hacen el objeto de la Recomendación Es-
pecial N° 8, relacionada con la prevención y represión del Financiamiento del Terroris-
mo:
RE. 8: Organismos sin fines de lucro. Los países deberían revisar la adecuación de sus leyes y reglamentaciones rela-
tivas a las entidades que se pueden utilizar para financiar el terrorismo. Al ser particu-
Página 84
larmente vulnerables los organismos sin fines de lucro, los países deberían asegurar
que no pueden utilizarse:
• Por las organizaciones terroristas que se presentan como entidades legítimas.
• Para explotar a entidades legítimas como medios de financiación del terroris-
mo, incluso para evitar medidas de congelamientos de bienes.
• Para ocultar o disfrazar el camino clandestino de los fondos destinados a fines
legítimas para abastecer a las organizaciones terroristas.
El G.A.F.I. ha dado una definición del organismo sin fines de lucro, basada sobre
su papel: cualquier persona jurídica implicada dentro de la recaudación o la distribución
de fondos para fines religiosos, culturales, educativos, sociales, o para cualquier otro
tipo de obras de caridad.
En tanto, Banco Mundial tiene su propia definición respecto a las Organizaciones
sin fines de Lucro, como organizaciones con fines benéficos, religiosos, educativos, so-
ciales o fraternales.
El sector caritativo o asociativo puede ser considerado como uno de los principa-
les motivos de ciertos servicios sociales, paralelamente a los sectores públicos y priva-
dos.
En ciertos países subdesarrollados en donde la participación del sector guber-
namental para proporcionar los servicios básicos de salud, educación, desarrollo social
y humano, no están asegurados (o al menos no están suficientemente asegurados), las
Organizaciones sin fines de Lucro y en particular las ONG’s nacionales e internaciona-
les, tratan de suplantar la deficiencia pública en estos ámbitos.
Los organismos sin fines de lucro y caritativos, las asociaciones y fundaciones,
incluyen y abarcan prácticamente, a todos los aspectos de la vida humana, en particular
la salud, la religión, los derechos humanos, la justicia social, la acción humanitaria, el
entorno ambiental, el arte, la cultura, los deportes y las distracciones.
Dentro de numerosos países, estos organismos proporcionan un gran número de
servicios esenciales, que pueden tomar la forma de asociaciones de barrio, clubes de
servicios, colectivos de defensa de intereses, bancos alimenticios, refugios para desfa-
vorecidos, programas de tratamiento de la toxicomanía y alcoholismo, museos, clubes
deportivos y organizaciones religiosas.
Página 85
Un organismo sin fines de lucro puede revestir diferentes formas jurídicas, según
las posibilidades ofrecidas por las jurisdicciones: comités de recaudaciones, fundacio-
nes, asociaciones, organismos de servicios locales; empresas de interés público, insti-
tuciones públicas de beneficencia, organismos constituidos en sociedad anónima, y di-
versas otras formas.
Los Organismos No Gubernamentales entran también dentro de las Organiza-
ciones sin fines de Lucro. Su característica principal, para distinguirlos de las entidades
jurídicas económicas, es la ausencia de beneficios. En lo que respecta a sus integran-
tes, la filosofía y la integración dentro de este sector responden más a un compromiso
desinteresado civil y social.
Los organismos sin fines de lucro poseen características particulares que los
vuelven vulnerables al crimen, y ventajosas en su uso para fines delictivas y basan su
casi abusivo uso, el hecho que:
• Tienen la confianza del público en particular para los organismos caritativos.
• Representan una fuerza financiera y política cada vez más importante dentro
del ámbito social nacional e internacional.
• Suelen tener acceso a fuentes considerables de financiamiento.
• Hacen circular una gran cantidad de efectivo, sin demasiados controles.
• Tienen un alcance internacional, con operaciones financieras nacionales e in-
ternacionales.
• Algunas están ubicadas cerca de zonas de actividades criminales o terroristas.
• A menudo no tienen una reglamentación rígida, mostrando ausencia de fiscali-
zación de su contabilidad, inexistencia de información financiera para el exterior,
y ausencia de control administrativo de su funcionamiento.
• La mayoría de las jurisdicciones permiten una creación relativamente fácil.
Con el tiempo, el fenómeno asociativo ha evolucionado, hasta ser tan amplio que
cubre el conjunto del planeta, permitiendo hablar de una globalización del mundo aso-
ciativo, y son los tipos de asociaciones y las estructuras locales, las que pueden diferir
de un país al otro.
Las Organizaciones sin fines de Lucro, suelen ser víctimas de diversos fraudes
y manipulaciones abusivas por parte de sus dirigentes, fraudes tales, que corresponden
Página 86
a los mismos montajes delictivos encontrados en cualquier entidad jurídica económica.
Dentro de este tipo de criminalidad financiera, se encuentra particularmente, la utiliza-
ción de la tesorería para los fines personales de sus dirigentes, la toma a cargo de gas-
tos personales sin relación con la actividad de la entidad, el financiamiento de activida-
des exteriores personales, realizados en perjuicio de los intereses de la entidad asocia-
tiva.
La metodología de los fraudes es también idéntica a lo encontrado en el sector
económico, consistiendo principalmente en falsas facturas, en complicidad con provee-
dores (habituales o no), sobre salarios de miembros de la asociación, consultorías ficti-
cias o inútiles, proyectos no realizados (o parcialmente), falta de contabilidad y desvío
de donaciones.
En materia de lavado de activos, las Organizaciones sin fines de Lucro, sirven
como entidades de fachadas. Se incorporan en sus ingresos legales, fondos en efectivo
de origen criminal, que se presentan dentro de la contabilidad como donaciones anóni-
mas, y la internacionalización de muchas Organizaciones sin fines de Lucro, permiten
burlar a los servicios de control y de investigación.
Las Organizaciones sin fines de Lucro permiten también, en caso de lavado de
activos, dar la dimensión legitimadora a los delincuentes correspondientes, que pueden
aparecer socialmente como responsables de asociaciones benéficas, y aprovechar la
confianza inherente a este sector particular. ¿Quién podría sospechar que una ONG
está reciclando el producto del crimen y sirviendo de pantalla a criminales?
Cuatro factores, según el Servicio Central francés de Prevención de la Corrup-
ción definen el riesgo de corrupción del sector caritativo y su uso desviado hacia activi-
dades criminales:
• Las dificultades de adoptar y aplicar medidas legislativas o reglamentarias, so-
bre todo en un ámbito mundial.
• El fraccionamiento y atomización de la actividad, caritativa que impide a las au-
toridades de control, tener una visión global de la misma
• La intimidación a la posible critica: cualquier sospecha o acusación de fraude
se percibe como un atentado a la “loable” ambición del objetivo aparente, como es una
asociación caritativa, al no ser cuestionable la legitimidad del objetivo aparentemente
Página 87
perseguido, cualquier duda se vuelve ilegitima, y cualquier sospecha indecorosa e im-
prudente.
• La escasez de denuncias por el mismo sector caritativo: El pacto corruptor ra-
ramente se denuncia por alguno de los autores del delito. Se necesita una brecha o un
fallo, para que la sospecha de corrupción invite a examinar el dispositivo. Sin embargo,
esta brecha raramente existe dentro de un sistema encerrado en un juego de intereses
mutuos, la globalización hace que este juego de intereses se oculte mejor aún bajo la
cobertura de reales y loables organizaciones transnacionales, cuyos miembros no tie-
nen motivos para sospechar unos de los otros (a pesar que ellos se encuentran a mu-
chos kilómetros de distancia), ya que pueden estar verdaderamente unidos por el objeti-
vo común presentado por la asociación.
La problemática de la utilización de este tipo de entidades se generó por el fi-
nanciamiento prácticamente continuo antes del derribamiento de las Torres Gemelas del
“benefactor Osama Bin Laden”, quien habría recibido durante 10 años, a través de des-
vió de su objeto, un total estimado de entre 300 y 500 millones de dólares por parte del
sistema de la Zakat, el diezmo obligatorio en la religión musulmana, sobre ahorros y
ganancias comerciales. Este sistema caritativo manejaría a nivel mundial anualmente,
cantidades estimadas en varios miles de millones de dólares.
En su informe 2.003-2.004 sobre tipologías de lavado de dinero, los expertos del
G.A.F.I. han establecido diversas características que podrían ser indicadores de la posi-
ble utilización de una Organización sin fines de Lucro para fines de financiamiento terro-
rista.
Estos indicadores no son limitados, y pueden resultar muy útiles para las institu-
ciones del sistema financiero, los organismos supervisoras del mismo, así como los ser-
vicios de aplicación de la ley. Cabe precisar que en realidad estos indicadores presen-
tados, no son en principio, específicos del financiamiento del terrorismo. Pueden res-
ponder a cualquier actividad financiera criminal que resulta de la delincuencia organiza-
da clásica (narcotráfico, prostitución, tráfico de armas, etc.) en el ámbito de acciones de
lavado de dinero.
También, ciertos comportamientos presentados a continuación pueden tener una
razón, si bien, inusual, sí totalmente legal. Como cualquier indicador de alerta, no repre-
sentan una prueba formal de una actividad criminal, sino que sirven únicamente para
atraer la atención de los analistas sobre una operación específica, las cuales deberán
Página 88
después verificar si existe efectivamente una relación sospechosa de una actividad cri-
minal o terrorista.
Algunos de los indicadores siguientes están mencionados por el G.A.F.I. en su
informe 2.003-2.004 (versión en español traducida por G.A.F.I.SUD) sobre tipologías de
lavado (p. 14-15):
• “Falta de relación entre el patrón y el volumen de transacciones financieras por
un lado, y los fines o actividades declarados de un ORGANIZACIÓN SIN FINES
DE LUCRO por el otro, por ejemplo una asociación cultural que abre una cuenta
bancaria, después de diez años de existencia, para el manejo de las ganancias
de un festival de música y deposita una suma desproporcionadamente grande.
• Un incremento repentino en la frecuencia y los montos de las operaciones fi-
nancieras de una cuenta de una ORGANIZACIÓN SIN FINES DE LUCRO, o vi-
ceversa, es decir: La ORGANIZACIÓN SIN FINES DE LUCRO mantiene los fon-
dos en su cuenta por un periodo extremadamente prolongado.
• Operaciones en efectivo realizadas por montos elevados sin explicación lógica.
• La falta de contribuciones de donantes ubicados en el país de originadas en
Organizaciones sin Fines de Lucro.
• Existencia de administradores extranjeros, en particular, en el caso de envíos
de fondos importantes al país de origen de estos mismos administradores, y en
especial si este país es una jurisdicción de alto riesgo. Ellos pueden servir a con-
trolar la recepción y/o emisión de giros o transferencias al país de origen.
• La existencia de una gran cantidad de Organizaciones sin Fines de Lucro con
relaciones inexplicables: por ejemplo varias que realizan transferencias entre sí,
o comparten una misma dirección, los mismos dirigentes o el mismo personal,
mismos teléfonos, casillas de correo, etc., o también un gran número de la Orga-
nizaciones sin fines de Lucro que están ligadas a la misma comunidad y utilizan
los servicios de un gatekeeper (Persona que facilita las relaciones con el sistema
financiero, apertura de cuentas, recomendaciones etc.). Especialmente cuando
alguno de ellos se encuentra y/o mantiene vínculos o relaciones con áreas geo-
gráficas de alto riesgo. Debemos tener presente que muchas organizaciones de
este tipo que brindan asistencia a organizaciones terroristas, bajo la cobertura de
asociaciones de caridad, no siempre registran domicilio en zonas de conflicto.
Podremos ver sus domicilios registrados en cualquier parte del mundo, por lo
que resulta importante establecer las relaciones con dichas zonas.
Página 89
• Existencia de una Organización sin Fines de Lucro que tiene ingresos incompa-
tibles con sus fines declarados o su flujo financiero; o aquellos que tienen poco
personal, ninguna oficina o carecen de números de teléfono.
• Actividades realizadas dentro de países de alto riesgo, o con transacciones
desde o hacia de estos mismos países.
• Una Organización sin fines de Lucro, que realiza frecuentes giros y/o trans-
ferencias:
• Sin aparente justificación.
• Procedentes de zonas de riesgo.
• Que permanecen en cuenta, y luego son girados a otras cuentas o reti-
rados en ventanilla de efectivo.
• Que resultan incompatibles con la actividad desarrollada.
• Que se efectúan fuera de la habitualidad con la que operan.
• Una Organización sin Fines de Lucro que tiene cuentas bancarias inac-
tivas y registran movimientos inesperados y repentinos.
• Una Organización sin Fines de Lucro que tiene cuentas bancarias de
escaso movimiento que van incrementándose con el tiempo y luego vuel-
ven a decaer, mostrando un ciclo repetitivo.
• Una Organización sin Fines de Lucro que realiza frecuentes depósitos
en efectivo sobre sus cuentas sin poder identificar correctamente al titular
de la operación.
• Una Organización sin Fines de Lucro que registra cambios efectuados
en los estatutos, composición de la administración (en particular con la in-
troducción de nuevos responsables procedentes de regiones sensibles a
la actividad terrorista), domicilios, teléfonos, vínculos, etc.
Partícipes Necesarios
Así como los bancos gozaban de crecientes libertades
operativas gracias a la desregulación, hay otros sectores fi-
nancieros no bancarios que ni siquiera son molestados por los
organismos de control pertinentes.
El Departamento del Tesoro de los EEUU sostiene que
los Brokers intermediarios de operaciones bursátiles, tienen
serias vulnerabilidades en lo que respecta al Reciclado de dinero y que los controles en
el sector son peores que los sospechados. Centenares de Brokers cautivos de bancos y
Página 90
holdings propietarios de bancos estuvieron por muchos años, exentos de supervisión
de reguladores con relación a los informes sobre actividades sospechosas que deberían
seguir como afiliados a bancos. El descontrol ha sido más grave en las organizaciones
que no eran afiliadas a bancos. Están en una peor posición porque, a diferencia de los
cautivos, no tienen obligación de informar actividades sospechosas, salvo algún espo-
rádico informe voluntario
La Oficina de Contabilidad de los EEUU informó en la década de los ´90 por su
parte, que aquellas compañías financieras no bancarias y Brokers estaban exentas de
supervisión de los reguladores en materia de Reciclado de Dinero hasta el derribamien-
to de las Torres Gemelas, aunque estuvieran dominadas por un banco. Este sector ma-
neja en los EEUU tres veces más dinero que los bancos. La falta de regulación se debe
al activo lobby que hacía el sector financiero en el Congreso de los EE.UU y al desinte-
rés burocrático de la Securities and Exchange Comision.
Los financistas que trabajan en el delito financiero lo hacen con el apoyo profe-
sional indispensable de abogados y contadores, muchas veces pertenecientes a gran-
des estudios de prestigio internacional. El G.A.F.I. advierte que “Abogados, notarios,
contadores y otros profesionales no financieros frecuentemente juegan el papel de
guardianes, esto es, a través de su especialización pueden crear las empresas, trusts y
otros arreglos legales que facilitan el Reciclado de dinero”. La confidencialidad profesio-
nal, que ha sido tradicionalmente aplicada a la relación entre el abogado y el cliente es
utilizada ahora para el Reciclado de dinero.
Un ejemplo significativo es el del B.C.C.I., que llevó a cabo el fraude financiero
más grande de la historia, fue supervisado durante cuatro años por Price Waterhouse la
firma de autoría y contabilidad más importante del mundo.
Reitero: Price Waterhouse auditó por cuatro años los libros del B.C.C.I. A princi-
pios de 1.991 el Banco de Inglaterra pidió a Price que investigara secretamente al
B.C.C.I. En junio del mismo año (6 meses) la firma informó sobre operaciones fraudu-
lentas y el Banco de Inglaterra retiró la licencia al B.C.C.I.¿Se detectaron irregularidades
en 6 meses que en 4 años nadie notó?
Tal como está indicado en el informe del G.A.F.I. de 2.004-2.005 sobre tipologías
de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo (versión inglesa, p.91), aunque no
sean sinónimos, las palabras indicador y método pueden a veces causar un problema
Página 91
de interpretación. Por ejemplo: cambiar divisas no es por si solo un indicador de lavado
de dinero.
Por otro lado, todos los indicadores no representan necesariamente un método
de lavado de dinero o de financiamiento del terrorismo. Para decirlo de otra manera, los
indicadores (o señales) no son todos necesariamente métodos de lavado de dinero o de
financiamiento del terrorismo.
La noción de indicador es problemática en otros aspectos. Al mismo tiempo que
los indicadores pueden sugerir un método o una tipología de Lavado de Dinero y Finan-
ciamiento del Terrorismo, son también resultantes del estudio de estos mismos métodos
y tipologías. Cuando derivan de ejemplos concretos, los indicadores ayudan particular-
mente a la detección de actividades financieras criminales. Por eso, los indicadores
(también llamados señales) de alerta son una herramienta indispensable para las insti-
tuciones financieras y otros intermediarios financieros, que son los primeros en ser con-
frontados con actividades que pueden ser o no, sospechas, o que pueden ser o no, re-
lacionadas con el financiamiento del terrorismo.
Como lo indica el G.A.F.I. en su informe de tipologías 2.004-2.005, indicadores
válidos son esenciales para establecer y calibrar mecanismos que ayudaran a identificar
transacciones sospechosas o inusuales, las cuales deberán luego ser reportadas a la
unidad de inteligencia financiera.
El G.A.F.I. subrayó que para las agencias gubernamentales de aplicación de la
Ley y otras investigadoras, los indicadores pueden también jugar un papel esencial, que
combinados que fueren con otra información, pueden ayudarlas a detectar tipos especí-
ficos de actividades financieras por parte de organizaciones terroristas, o pueden orien-
tarlas en sus investigaciones. Si se toma en cuenta que los indicadores pueden ser de-
rivados de un análisis de casos concretos, se vuelve evidente que los mismos forman
parte de un proceso continuo que puede iniciar y terminar, con los mismos indicadores y
similares efectos.
A partir de esta evidencia, el G.A.F.I. ha definido un esquema de “ciclo de infor-
maciones” (intelligence cycle) que resulta muy útil para explicar cómo los indicadores
del financiamiento del terrorismo (igualmente para el lavado de dinero), pueden iniciar el
proceso de detección, y al mismo tiempo, ser uno de los últimos productos del análisis
de la información.
Página 92
Los indicadores de alerta pueden ser genéricos, para poner una luz roja sobre un
comportamiento inusual. Es éste, el primer paso para un analista financiero. Un gran
número de indicadores que suponen que tal comportamiento ya existe a menudo y que
están ligados con una posibilidad o una sospecha de lavado de dinero.
En un segundo paso, el mismo analista debe referenciar de manera específica
este comportamiento inusual, en relación con una posibilidad de financiamiento del te-
rrorismo.
La diferencia reside en tomar en cuenta criterios suplementarios, en la problemá-
tica de la detección de las operaciones financieras del terrorismo. Cabe mencionar al-
gunos de estos criterios complementarios, susceptibles de determinar indicadores de
alerta más específicos al financiamiento del terrorismo:
• Cantidad y procedencia del dinero: en relación con el volumen de dinero
manipulado, es de considerar que en materia de financiamiento del terrorismo, suelen
administrarse cantidades mínimas de dinero, generalmente aplicadas a operaciones
financieras de lavado de dinero, lo que han resultado inoperantes los controles principa-
les a causa de las pequeñas cantidades manipuladas por los terroristas en sus envíos
por el sistema financiero (por lo menos en relación con las organizaciones islámicas
terroristas).
• Área geográfica de procedencia o de destino: es un elemento clave en la
detección de tales operaciones financieras del terrorismo, poniendo como criterio de
especificidad al indicador de alerta, la zona geográfica de riesgos de actividades de or-
ganizaciones terroristas, o de actos terroristas. Sin embargo, existe una posibilidad de
evitar este criterio particular por parte de los terroristas financieros, que corresponde a
una triangulación, al hacer aparecer como país de procedencia o de destino una región
neutral en términos de riesgos de terrorismo, que no ofrece en primera instancia, sospe-
chas, sino menos rigidez en el cumplimiento de las obligaciones en materia de detec-
ción del financiamiento del terrorismo (normas inexistentes o insuficientemente aplica-
das).
Esta contramedida puede ser tomada en cuenta como criterio de operación sos-
pechosa, al determinar la frecuencia y la ausencia de razones económicas de las ope-
raciones financieras realizadas con tal región intermediaria. Sin embargo, este último
criterio no sería suficiente por sí mismo para especificar una operación de lavado de
Página 93
dinero de una organización criminal, o la de financiamiento de una organización terroris-
ta.
Identificación de las personas físicas y jurídicas y su presencia en las listas internacionales de individuos y organizaciones señalados como terroristas, así como
de las entidades presumibles de estar en relación con los mismos. En materia financie-
ra, los terroristas suelen utilizar prestanombres o falsas identidades para evitar una de-
tección demasiado evidente.
En particular, los analistas deben tener en cuenta la problemática de la traduc-
ción de los nombres relacionados con el terrorismo islámico, y establecer sus criterios
correspondientes teniendo en cuenta las diferentes maneras posibles de escribir tales
nombres.
• Otros criterios: se deben definir otros criterios posibles, como origen de los in-
dividuos, los viajes en regiones sensibles, las relaciones políticas o religiosas con mo-
vimientos extremistas o fundamentalistas, etc.
El G.A.F.I. como órgano de contralor mundial
Las primeras cuarenta recomendaciones del G.A.F.I., (organismo interguberna-
mental integrado por treinta y tres países) fueron formuladas en 1.990 con la idea de
luchar contra el uso abusivo de los sistemas financieros para fines de lavado de dinero
de la droga.
Fueron revisadas una primera vez en el año 1.996 para integrar la evolución de
las tipologías de lavado de dinero. Estas recomendaciones revisadas, fueron adoptadas
por más de 130 países y constituyen actualmente la norma internacional más sólida en
materia de lucha contra el lavado de activos.
En octubre del año 2.001, el G.A.F.I. incluyó y extendió su mandato a la cuestión
del financiamiento del terrorismo en particular al adoptar ocho recomendaciones espe-
ciales sobre el financiamiento del terrorismo. En octubre de 2.004 se añadió una novena
recomendación sobre este tema.
Estas recomendaciones contienen una serie de medidas para combatir el finan-
ciamiento de actos y organizaciones terroristas y completan las Cuarenta Recomenda-
ciones.
Página 94
Frente a la evolución de las técnicas de lavado de activos y para tomar en cuen-
ta la problemática del financiamiento del terrorismo, el G.A.F.I. procedió a una nueva
revisión de las Cuarenta Recomendaciones, para crear un cuadro completo de lucha
contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Estas Cuarenta Recomen-
daciones ahora se aplican no solamente al lavado de activos, sino también al financia-
miento del terrorismo.
Estas recomendaciones establecen normas mínimas que requieren la adopción
de los países de medidas precisas de aplicación, en función de sus circunstancias parti-
culares y cuadros constitucionales. Mencionan un conjunto de medidas mínimas que
cada sistema nacional debería aplicar en materia de justicia penal y sistema de control a
través de instituciones financieras, organizaciones en general, y profesiones, así como
también la cooperación internacional necesaria para llevarlas a cabo.
En forma sucinta, las 40 Recomendaciones se refieren en particular a la siguien-
te temática:
NRO REFERIDA A ACCION RECOMENDADA
1
Alcance del Delito Penal del Lavado de Dinero
Tipificar el Lavado de Dinero como
Delito (Convenio de Viena y Palermo). Ampliar la gama de Delitos que originan
el Lavado a todos los delitos graves. Aplicar estas recomendaciones en fun-
ción a la legislación interna de cada país.
2
Coherencia a las normas establecidas en Viena y Palermo, respecto al dolo para probar el delito.
Responsabilidad penal de Personas Jurídicas y en caso no sea posible, Res-ponsabilidad civil o administrativa, sin
perjuicio de sanciones efectivas.
3 Medidas provisionales y decomiso de Activos
Adopción de medidas apropiadas para el decomiso de los activos lavados, su
producto y herramientas (o de su valor correspondiente).
Posibilidad de aplicación de tales medi-
das sin condena penal e inversión de la carga de la prueba.
4 Secreto financiero El secreto financiero no debe impedir
la implementación de las recomenda-ciones.
5 Procedimientos de debida diligencia y registros ac-tualizados sobre clientes
Tomar medidas de Debida Diligencia para la identificación y verificación de sus clientes.
Identificar el beneficiario final de la cuenta.
Obtener la información sobre el objeto
y la supuesta naturaleza de la relación
comercial. Mantener permanente y actualizada la
Página 95
misma información.
6 Personas con Exposición Política
Medidas reforzadas de debidas diligen-cia sobre personas con exposición polí-tica (luchar contra el lavado de la co-rrupción pública) en particular deter-
minar cual es el origen de la riqueza y el origen de los fondos.
7 Bancos corresponsales transnacionales
Tomar medidas suplementarias a la debida diligencia en particular estimar el nivel de las propias medidas de con-trol de la institución corresponsal en
materia de LD/FT y la identificación de sus responsables legales y directivos de mayor jerarquía.
8 Nuevas tecnologías
Tomar medidas apropiadas para hacer frente a los riesgos de LD/FT en rela-
ción con la aplicación de las nuevas
tecnologías en materia de relación con los clientes (Internet).
9 Intermediarios financieros Regulación de los intermediarios Verificación de la buena aplicación de
debida diligencia por ellos de los clien-
tes introducidos.
10 Registro de documentación
Guardar por un tiempo suficiente toda la documentación relativa a los clientes y sus operaciones.
Poner a disposición de las autoridades nacionales competentes, mediante la
autorización apropiada.
11 Operaciones inusuales
Prestar atención particular a las opera-ciones inusuales, anormalmente gran-
des, complejas, sin objeto económico aparente o legítimo.
Registrar las observaciones corres-pondientes por escrito
12 Sujetos no financieros
Extensión de las medidas de debida diligencia a otros sujetos no financie-ros: casinos, agentes inmobiliarios, negociantes de metales y piedras pre-
ciosas, profesiones independientes in-terviniendo en las transacciones finan-cieras (abogados, notarios, contadores y otros), proveedores de servicios y fi-deicomisos.
13 Reporte de operaciones sospechosas Reporte las operaciones sospechosas
de tener relación con el LD/FT a la
Unidad de Inteligencia Financiera.
14 Protección jurídica de los sujetos obligados
Protección contra responsabilidad civil y penal de los empleados de sujetos obligados para la información financie-
ra transmitida de buena fe y en aplica-ción de las medidas obligatorias de Reporte de Operaciones Sospechosas.
Interdicción de divulgar la información de Reporte de Operaciones Sospecho-sas.
15 Programas de implementación
Desarrollo por parte de los sujetos obligados de programas permitiendo una buena implementación de las me-didas obligatorias contra LD/FT (políti-ca interna, capacitación; auditoria del
sistema).
Página 96
16 Aplicación del ROS a los sujetos no financieros Aplicación de medidas especificas a
sujetos no financieros en relación con la información del ROS.
17 Sanciones por no cumplir con las obligaciones Adoptar sanciones apropiadas, de ma-
nera civil, administrativa o penal, con-
tra los sujetos obligados que no cum-plen con los requisitos anti LD/FT.
18 Bancos pantalla Las instituciones financieras no deben
aceptar la realización de relaciones comerciales con bancos pantalla direc-tamente o por bancos corresponsales.
19 Operaciones en efectivo Reportar las operaciones realizadas en
divisas arriba de una cierta cuantía de-terminada, a una agencia especializada con base de datos computarizada.
20 Otros profesiones con riesgo
Extender a las empresas y actividades
de riesgo de LD/FT, otros que los suje-tos obligados.
Adoptar técnicas modernas de admi-nistración de dinero, menos vulnera-bles al LD/FT.
21 Países con aplicación débil o inexistente de medidas anti Terroristas
Prestar atención especial a las relacio-nes y operaciones realizadas con paí-ses que no tienen medidas adecuadas anti LD/FT.
22 Aplicar el mismo nivel de regulación
anti LD/FT en las filiales de los sujetos
obligados ubicadas en países de débil reglamentación anti LD/FT.
23
Regulación y Supervisión
Verificar la buena implementación de las medidas obligatorias de DD y ROS
Impedir la toma de control de institu-
ciones financieras por el crimen orga-nizado.
Adoptar reglamentación para apertura y monitoreo de ciertas profesiones fi-nancieras (remesas de fondos y cam-bio).
24 Medidas de reglamentación y supervi-
sión global para sujetos no financieros (en particular los casinos).
25 Ayuda a los sujetos obligados Las autoridades deben establecer pau-
tas y retro alimentación a los sujetos
obligados para optimizar la aplicación de las medidas anti LD/FT.
26 UIF
Crear una Unidad de Inteligencia Fi-
nanciera para la recepción y trata-miento de la información financiera sospechosa transmitida por los ROS.
Dotar de posibilidad de fácil acceso a la información financiera.
27 Responsabilidad de las investigaciones
Establecer las autoridades de seguri-dad publica para llevar a cabo las in-vestigaciones sobre LD/FT.
Adoptar técnicas especiales adecuadas de investigación.
28 Acceso a la información financiera Agilizar el acceso a la información fi-nanciera para los investigadores.
29 Inspecciones de los sujetos obligados
Permitir la inspección de los sujetos
obligados por parte de los supervisores con posibilidad de aplicación de san-
ciones administrativas en caso de no cumplir con estas disposiciones.
Página 97
30 Recursos adecuados de los servicios anti LD/FT Dotar de recursos adecuados a las
autoridades competentes involucradas en la lucha contra LD/FT (financieros, humanos y técnicos).
31 Coordinación entre autoridades competentes Establecer mecanismos apropiados
para la cooperación y coordinación en-tre las diferentes autoridades compe-tentes anti LD/FT.
32 Control de la eficacia del sistema
Adoptar medidas permitiendo el con-trol de la eficacia del sistema (estadís-ticas sobre ROS; investigaciones judi-
ciales y condenas, bienes congelados, asistencias mutuas y otras medidas de cooperación intencional).
33 Transparencia de las personas jurídicas
Impedir el uso abusivo de personas jurídicas por el crimen organizado.
Adoptar medidas de transparencia
(identificación de los beneficiarios eco-nómicos, control de operaciones reali-zadas).
34 Transparencia de entidades jurídicas Adoptar medidas de transparencia
(identificación de los beneficiarios eco-
nómicos, control de operaciones reali-zadas) para los fideicomisos.
35 Cooperación internacional Adherir y tomar medidas de aplicación
correspondientes a los diferentes con-venios internacionales y regionales anti LD y FT.
36
Asistencia legal mutua y extradición
Prestar la más amplia asistencia legal mutua en relación con las investigacio-nes, procesos judiciales y procedimien-
tos relacionados referidos al lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
Determinar medidas de designación de la jurisdicción territorial de juicio de los acusados.
37 Reducir la problemática de la doble
incriminación penal entre país solici-tante y país solicitado
38
Permitir acciones sumarias en respues-ta de la ayuda mutua en particular pa-ra la localizaron y congelamiento de activos.
Establecer acuerdos para la repartición
de los activos decomisados
39 Permitir la extradición para los delitos
de lavado incluyendo a propios ciuda-danos.
Simplificar procesos de extradición
40 Otras formas de cooperación
Facilitar el intercambio inmediato y constructivo entre contrapartes, sin condiciones demasiado restrictivas, in-cluso a países no contrapartes.
Adopción de medidas de control de buen uso de la información transmitida
Página 98
Página 99
CAPITULO VI
EL TERRORISMO Y SU TRATAMIENTO INTERNACIONAL
Introducción
El concepto de Terrorismo, no posee aún una definición expresa ni concreta en
el marco de los países del mundo, sino que se lo administra según la situación y juris-
dicción.
El Convenio de Naciones Unidas sobre Financiamiento del Terrorismo de 1999,
al definir su alcance expresa en su Artículo 2 que: “Comete delito en el sentido del pre-
sente convenio quien por el medio que fuere, directa o indirectamente, ilícita y delibera-
damente, provea o recolecte fondos con la intención de que se utilicen, o a sabiendas
de que serán utilizados en todo o en parte, para cometer:
a) Un acto que constituya un delito comprendido en el ámbito de uno de los tra-
tados enumerados en el anexo y tal como esté definido ese tratado
b) Cualquier otro acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves
a un civil o a cualquier otra persona que no participe directamente en las hostili-
dades en una situación de conflicto armado, cuando, el propósito de dicho acto,
por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un go-
bierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de
hacerlo.
Los diferentes tratados internacionales, que datan de hace más de 40 años, y
que mencionan este hecho, hacen uso del concepto, sin llegar a ser específicos sobre
el particular. Esta conclusión, la tomo en función de haber analizados importantes do-
cumentos internacionales, tales como:
1. Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves, firmado en La
Haya el 16 de diciembre de 1970.
2. Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil,
firmado en Montreal el 23 de septiembre de 1971.
Página 100
3. Convención sobre la prevención y el castigo de delitos contra personas internacio-
nalmente protegidas, incluso los agentes diplomáticos, aprobada por la Asamblea Gene-
ral de las Naciones. Unidas el 14 de diciembre de 1973.
4. Convención Internacional contra la toma de rehenes, aprobada por la Asamblea Ge-
neral de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979.
5. Convención sobre la protección física de los materiales nucleares, aprobada en Viena
el 3 de marzo de 1980.
6. Protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que pres-
ten servicios a la aviación civil internacional, complementario del Convenio para la re-
presión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil, firmado en Montreal el
24 de febrero de 1988.
7. Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación ma-
rítima, firmado en Roma el 10 de marzo de 1988.
8. Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas
fijas emplazadas en la plataforma continental, hecho en Roma el 10 de marzo de 1988.
9. Convenio Internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con
bombas, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre
de 1997.
En ninguno de los nueve tratados, reitero, se define el concepto de terrorismo,
sino que se explicitan actos específicos mediante expresiones en que están ausentes el
vocablo.
El más reciente, firmado en 1997 se usan los conceptos terrorista y terrorismo en
su título y el preámbulo, y se hace referencia a resoluciones de la Asamblea General de
las Naciones Unidas sobre terrorismo, pero se mencionan el actos delictivos cometidos
con bombas, sin utilizar esa expresión.
La Recomendación Especial I del G.A.F.I. establece que los países deberían rati-
ficar e implementar plenamente la Convención y las Resoluciones de las Naciones Uni-
das sobre el financiamiento del Terrorismo. La Recomendación Especial II “invita” a que
los países criminalicen el financiamiento del terrorismo, los actos terroristas y las orga-
nizaciones terroristas.
Página 101
La Convención Interamericana contra el Terrorismo de la Organización de los
Estados Americanos, del año 2.002, no define tampoco el terrorismo, refiriéndose
igualmente al Convenio Internacional de 1.999 y a los 9 tratados internacionales ya
mencionados.
Resulta que solo el Convenio de 1999 de las Naciones Unidas sobre la represión
del financiamiento del terrorismo es el único instrumento que intenta dar una definición
genérica y universal del terrorismo, la cual sin embargo resulta insuficiente.
Según los principios de legalidad en la legislación criminal, son los mismos Esta-
dos los deben asegurarse que el terrorismo y el financiamiento del mismo sean clasifi-
cados como crímenes en sus respectivos sistemas jurídicos.
La figura delictiva cuya tipificación recomienda el Articulo 2 del Convenio Inter-
nacional de las Naciones Unidas para la Supresión del Financiamiento del Terrorismo,
es necesariamente dolosa. La normativa internacional, coincide en requerir que exista
el conocimiento real por parte del autor del hecho, que los fondos habrán de utilizarse
para la comisión de un acto de terrorismo, junto con la voluntad de alcanzar ese resulta-
do.
También las Recomendaciones I y II del G.A.F.I. y la Metodología sobre el tema
establecen que cada país debe implementar inmediatamente los mecanismos necesa-
rios para ratificar e implementar plenamente el Convenio y tipificar como delito a la fi-
nanciación del terrorismo, los actos terroristas consecuentes y las organizaciones terro-
ristas.
La Metodología enuncia expresamente que las normas sobre delitos de lavado
de activos y financiamiento del terrorismo, deberían aplicarse al menos a las personas
físicas o jurídicas que realizan tales actividades en forma intencional, entendiendo que
el elemento intencional de estos delitos podrá inferirse de circunstancias de hecho obje-
tivas.
La cuestión sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas excede am-
pliamente el marco de esta obra; solo basta como mención que en realidad se trata de
sanciones de carácter administrativo penal, generalmente traducida en multas, aunque
en algún caso podría consistir en alguna otra sanción referida precisamente a su liqui-
dación o la eliminación del Registro respectivo.
Página 102
Las Recomendaciones del G.A.F.I. hacen mención a las sanciones a aplicar a
las personas jurídicas en el marco del blanqueo de capitales, pero las Recomendacio-
nes Especiales nada dicen, salvo la referencia de la VIII sobre el abuso de las personas
jurídicas y en especial de las entidades sin fines de lucro. Parece mentira, que el orga-
nismo considerado como “Rector” en materia de Lavado de Activos, no adopte posicio-
nes claras en todas sus facetas.
Financiamiento del Terrorismo
El 11 de septiembre de 2.001, día de los atentados a las Torres Gemelas sobre
suelo estadounidense, quedó en la historia del terrorismo internacional como una fecha
clave y determinó una aceleración inimaginable en materia legal sobre medidas de pre-
vención y combate contra este flagelo, tomadas a nivel nacional y mundial. Nunca, en
materia de seguridad, se había tenido un consenso universal con tal rapidez y amplitud
de reacción legal y operativa.
Estos atentados causaron una devastación nunca antes vista, e hicieron cambiar
para siempre la visión que tenían los gobiernos de la amenaza que presentaba el terro-
rismo. Ese fue sin duda, un punto de inflexión.
Hasta esa fecha, la amenaza del terrorismo mundial, parecía lejana y se pensa-
ba que el problema era de otros. Sus dirigentes confiaban en que los sistemas de de-
tección y protección dentro de sus fronteras, los mantenían invulnerables, dado que
confiaban en su eficacia.
El 11-9 puso fin a esas ilusiones. Los numerosos atentados perpetrados poste-
riormente en Madrid en 2.004 y Londres en 2.005, mostraron aun más la fragilidad en
este ámbito, de los países supuestamente mejor equipados en materia de seguridad.
Todo parecía indicar, que el mundo ya no sería el mismo de antes.
La primera lección del trágico evento de 2.001, fue que el terrorismo práctica-
mente puede golpear cuando y donde quiere, y que las fronteras y los mejores sistemas
de seguridad nacional, por más sofisticados que fueren, no son infalibles. Además, el
terrorismo no hace distinción entre razas, religiones, o condiciones sociales de sus víc-
timas. El terrorismo ataca sin reconocer fronteras ni límites.
Los sistemas de protección y lucha contra las actividades terroristas existentes,
resultaron insuficientes. El Terrorismo, ya iba un paso adelante.
Página 103
Los eventos que se desarrollaron desde entonces tales como la eliminación de
los Talibán en el poder en Afganistán, la caída del gobierno iraquí de Sadam Hussein, la
persecución sin tregua a través del planeta de Bin Laden y su posterior muerte, la red Al
Qaeda, y la situación que prevalece desde hace años en ciertos países confrontados
con la subversión armada, demuestran que la lucha contra el terrorismo es a largo plazo
y debe ubicarse sobre diferentes frentes: político, social, económico, militar, judicial,
religioso y financiero.
Uno de estos frentes, el del sistema de prevención y represión de las actividades
terroristas y subversivas, corresponde al desmantelamiento de sus redes financieras,
como paso previo a la eliminación del terrorismo internacional.
El terrorismo necesita dinero para llevar a cabo sus actividades logísticas y ope-
rativas. Privar a los terroristas de sus fuentes financieras para quitarles los medios de
adquisición de armas y explosivos, es una estrategia que prácticamente hasta el final de
la década de los noventa, no había sido considerada. La primera toma de conciencia
internacional de esta necesidad, se da en diciembre de 1.999 con el Convenio Interna-
cional de las Naciones Unidas para la Represión del Financiamiento del Terrorismo.
Este nuevo eje estratégico del combate, adoptado por la comunidad internacio-
nal, pareció dar resultados alentadores, considerando las dificultades que encuentran
ahora los criminales para procurarse fondos y moverlos internacionalmente. Las posibi-
lidades que tenían las organizaciones terroristas antes del 11 de septiembre de 2.001,
los movimientos a través del sistema financiero legal, los transportes físicos, u otros
métodos hasta esa fecha utilizados, disminuyeron de manera drástica o se volvieron
más riesgosos.
Sin embargo, el terrorismo también empezó a encontrar alternativas a estas res-
tricciones, trabas y controles, que le permiten todavía mantener un importante poder de
destrucción.
Este combate es difícil, como lo comprobó la estructura de financiamiento de la
red terrorista Al Qaeda, y requiere un compromiso mundial y un esfuerzo sin pausas de
la comunidad internacional.
En particular, en materia de cooperación internacional, es necesaria la participa-
ción de los actores económicos, financieros y de todos los servicios gubernamentales
especializados en materia de prevención y detección de ilícitos de este tipo, para fun-
Página 104
cionalizar y optimizar su participación y dar eficiencia dentro de la prevención, detección
y represión del financiamiento de las actividades terroristas, para adecuar y coordinar
los sistemas nacionales de cada país, al nivel de las normas y recomendaciones inter-
nacionales.
Tal como mencionara anteriormente, tanto el terrorismo como sus fuentes de fi-
nanciamiento, no están definidos en forma única, sino que se adoptan distintos concep-
tos similares a tales fines, tales como:
• Convenio Internacional para la Represión del Financiamiento del Terrorismo:
Artículo 2 :“Comete delito en el sentido del presente convenio quien por el medio
que fuere, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, provea o recolecte fondos
con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en
parte, para cometer”.
• Convenio Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional:
Artículo 6 – “Penalización del blanqueo del producto del delito
1. Cada Estado Parte adoptará, de conformidad con los principios fundamentales de su
derecho interno, las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipi-
ficar como delito, cuando se cometan intencionalmente:
“ … La conversión o la transferencia de bienes, a sabiendas de que esos bienes
son producto del delito, con el propósito de ocultar o disimular el origen ilícito de los bie-
nes o ayudar a cualquier persona involucrada en la comisión del delito determinante a
eludir las consecuencias jurídicas de sus actos;
“… La ocultación o disimulación de la verdadera naturaleza, origen, ubicación,
disposición, movimiento o propiedad de bienes o del legítimo derecho a éstos, a sabien-
das de que dichos bienes son producto del delito.
” … La adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas, en el momento
de su recepción, de que son producto del delito.”
“ … La participación en la comisión de cualesquiera de los delitos tipificados con
arreglo al presente artículo, así como la asociación y la confabulación para cometerlos,
Página 105
el intento de cometerlos, y la ayuda, la incitación, la facilitación y el asesoramiento en
aras de su comisión.”
• Reglamento Modelo de la CICAD/OEA:
Artículo 2 : Delitos de Lavado :
1. Comete delito penal la persona que convierta, transfiera o transporte bienes a
sabiendas, debiendo saber o con ignorancia intencional que los mismos son producto o
instrumentos de actividades delictivas graves.
2. Comete delito penal la persona que adquiera, posea, tenga, utilice o adminis-
tre bienes a sabiendas, debiendo saber, o con ignorancia intencional que los mismos
son producto o instrumentos de actividades delictivas graves.
3. Comete delito penal la persona que oculte, disimule o impida la determinación
real de la naturaleza, el origen, la ubicación, el destino, el movimiento o la propiedad de
bienes, o de derechos relativos a tales bienes, a sabiendas, debiendo saber, o con igno-
rancia intencional que los mismos son producto o instrumentos de actividades delictivas
graves.
4. Comete delito penal, la persona que participe en la comisión de alguno de los
delitos tipificados en este articulo, la asociación o la confabulación para cometerlos, la
tentativa de cometerlos, la asistencia, la incitación pública o privada, la facilitación o el
asesoramiento en relación con su comisión, o que ayude a cualquier persona que parti-
cipe en la comisión de tal delito o delitos, a eludir las consecuencias jurídicas de sus
acciones.
5. El conocimiento, la intención o la finalidad requeridos como elementos de cua-
lesquiera de los delitos previstos en este articulo, así como que los bienes y los instru-
mentos están relacionados con actividades delictivas graves, podrán inferirse de las
circunstancias objetivas del caso.
6. Los delitos mencionados en este artículo, serán tipificados, investigados, en-
juiciados y sentenciados por el tribunal o la autoridad competente como delitos autóno-
mos de cualquier otro crimen, no siendo necesario que se sustancie un proceso penal
respecto a una posible actividad delictiva grave.
Página 106
7. La persona que cometa un delito de lavado de activos y una actividad delictiva
grave vinculada al mismo, podrá ser condenada por ambos. Incurre también en delito el
que por culpa realice las conductas previstas en los numerales 1, 2 y en el 3 en lo que
respecta al impedimento de la determinación real de la naturaleza, el origen, la ubica-
ción, el destino, el movimiento o la propiedad de bienes, o de derechos relativos a tales
bienes .
Artículo 2 Bis - Financiamiento del Terrorismos
1. Comete delito penal la persona que, de cualquier forma, directa o indirecta-
mente, recolecta, ofrece, pone a disposición, provee o entrega bienes o servicios con la
intención de, o a sabiendas, debiendo saber o con ignorancia intencional que los bienes
o servicios serán utilizados en todo o en parte para favorecer, facilitar, promover o co-
meter actos de terrorismo o favorecer, facilitar o promover organizaciones terroristas.
Constituyen circunstancias agravantes:
a) Que se ofrezca recompensa o se recompense la comisión de cualquier acto
terrorista con el propósito de causar la muerte o graves lesiones corporales.
b) Que se ofrezca compensación o se compense a terceros por la muerte o le-
siones de la persona que comete o participa en un acto terrorista o que esta en prisión
como resultado de dicho acto.
c) Que quien incurre en cualquiera de las conductas descritas en el inciso 1 de
este articulo tenga la calidad de funcionario público.
2. Comete delito la persona que participe, se asocie, conspire, intente, ayude, fa-
cilite, organice, dirija a otros a cometer, asesore o incite en forma publica o privada la
comisión de cualquiera de los delitos tipificados en este Articulo, o quien ayude a una
persona que haya participado en dichos delitos a evadir las consecuencias jurídicas de
sus actos.
3. Las conductas descritas en este articulo constituirán un delito penal aun cuan-
do los actos terroristas no hayan sido realizados o la asistencia a los terroristas no haya
sido brindada.
4. El conocimiento, la intención o la finalidad requeridos como elementos de cua-
lesquiera de los delitos previstos en este articulo, así como que los bienes y los instru-
Página 107
mentos están relacionados con actividades terroristas, podrán inferirse de las circuns-
tancias objetivas del caso.
5. Los bienes recolectados, ofrecidos, puestos a disposición, proveídos o entre-
gados en la comisión de uno de los delitos referidos en este artículo se consideraran
producto del delito y los bienes que fueran utilizados para su comisión, se consideraran
los instrumentos del mismo.
• Tercera Directiva de la Unión Europea
2. A efectos de la presente directiva, las siguientes acciones, realizadas inten-
cionadamente, se considerarán blanqueo de capitales:
a) la conversión o la transferencia de bienes, a sabiendas de que dichos bienes
proceden de una actividad delictiva o de la participación en ese tipo de actividad, con el
propósito de ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes o de ayudar a personas que
estén implicadas en dicha actividad a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos,
b) la ocultación o el encubrimiento de la naturaleza, el origen, la localización, la
disposición, el movimiento o la propiedad reales de bienes o de derechos sobre esos
bienes, a sabiendas de que dichos bienes proceden de una actividad delictiva o de la
participación en ese tipo de actividad,
c) la adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas, en el momento
de la recepción de los mismos, de que proceden de una actividad delictiva o de la parti-
cipación en ese tipo de actividad,
d) el suministro o recogida de bienes legítimos, por cualquier medio, con la in-
tención de utilizarlos o el conocimiento de que utilizarán, íntegramente o en parte, para
fines terroristas;
e) la participación en alguna de las acciones mencionadas en los puntos prece-
dentes, la asociación o conspiración para cometer ese tipo de acciones, las tentativas
de perpetrarlas y el hecho de ayudar, instigar o aconsejar a alguien para realizarlas o de
facilitar su ejecución.
El financiamiento del terrorismo puede tener un doble significado:
Página 108
a) Un significado legal en la definición del delito correspondiente (delito de fi-
nanciamiento del terrorismo),
b) Un significado económico financiero de su proceso en tres etapas sucesivas
de la manipulación de fondos ligados con la financiación de organizaciones terroristas
(Recaudación, Disposición, Utilización).
Las definiciones internacionales también hacen una diferencia entre verbos de
comportamientos de acción, y verbos de comportamientos de forma. Los comporta-mientos de acción, definen directamente a la persona que comete el delito (de lavado
o de financiamiento del terrorismo). Los comportamientos de forma definen acciones
ligadas, cometidas generalmente por personas otras que el autor del mismo delito.
Guía de inteligencia para luchar contra el terrorismo
Es sabido, en virtud de la experiencia que han dado las investigaciones sobre
Dinero Reciclado y su posterior utilización con fines ilícitos, que el financiamiento del
terrorismo es mucho más difícil de detectar que el lavado de activos porque está dirigido
a actividades futuras. Los terroristas son muy pacientes y pueden pasar años planeando
una acción. Otra característica para tener en cuenta, es el funcionamiento de las redes
terroristas y su renovación, transformación y adaptación al medio, lo cual antiguamente
solo sucedía con estructuras del tipo crimen organizado. Hoy son organizaciones ágiles,
que muchas veces, adoptan contramedidas antes que las medidas sean implementadas
por los países. Reitero…. Parecen estar un paso adelante…. siempre.
La evolución en términos de transformación y recambio de las organizaciones te-
rroristas, más el apoyo que algunos estados les brindan, resulta uno de los aspectos
más complejos.
Esta mutación, les permite mantener un flujo de comunicación óptimo e indetec-
table para los investigadores, entre sus diferentes células y miembros, como así mis-
mos facilita y mejora los cursos de acción violentos, como los aspectos vinculados al
financiamiento de sus acciones.
La dinámica hace que una red terrorista, cambie permanentemente (no en sus
máximos dirigentes, sino en sus integrantes operativos) fortaleciendo o bien intensifi-
cando determinadas relaciones y en algunos casos (cuando resulta necesario a los in-
Página 109
tereses de la organización) alejándose tan solo por algún tiempo de otras, para luego
retornar.
Un acto terrorista puede requerir montos pequeños de dinero. A modo de ejem-
plo, se pudo determinar, que los ataques a las Torres Gemelas del 11 de septiembre del
2.001, tuvieron un costo total de algo más de USD $ 500,000. Realmente increíble.
Los 19 terroristas, realizaron sus ataques:
• Utilizando visas entregadas por gobiernos extranjeros como forma de identifi-
cación.
• Abriendo cuentas bancarias comunes y corrientes las cuales no se relaciona-
ban por nombre y las cuales contenían sumas por debajo del monto requerido
para reportar.
• Utilizando tarjetas de cajeros automáticos, sin necesidad de retirar grandes
sumas de dinero por ventanilla de bancos.
• Entrenándose como pilotos comerciales en varias academias particulares, sin
llamar la atención
• Alquilando vehículos tradicionales, sin que llamaran la atención por su lujo o
sofisticamiento.
• Viajando repetidas veces entre países Europeos y los Estados Unidos de Amé-
rica sin llamar la atención de ningún investigador.
• Viviendo como cualquier otro ciudadano normal en los meses anteriores al ata-
que.
Las investigaciones sobre otros atentados, mostraron que los costos fueron rela-
tivamente pequeños, en relación al daño material causado, sin considerar las muertes
de personas, situación que tiene mucho más valor que cualquier valuación de bienes
afectados. Como ejemplo, puedo citar a los siguientes atentados:
1998 - Embajada US. En Kenya – 30,000 Dólares.
2000 - USS. Buque Cole – 5,000- 10,000 Dólares.
Página 110
2002 - Atentado Mosquee de Djerba – 20,000 Dólares.
2002 - - Atentado Limburg – 70,000 Dólares.
2002 - Atentado Bali - 74,000 Dólares.
2004 - Atentados Madrid - 50,000 Euros
2005 - Atentados Londres - 1,000 Euros
Aunque los montos para financiar actos terroristas pueden ser pequeños, las or-
ganizaciones terroristas detrás de los ataques, muestran solidez financiera y poseen
grandes cantidades de dinero. Incluso, algunas de ellas mantienen una importante in-
fraestructura empresarial con desarrollos económicos en distintos países y que no solo
les sirve de apoyo al mantenimiento de la red, sino también como cobertura de sus ac-
ciones.
Con anterioridad a los ataques del 11 de septiembre de 2.001, los terroristas se
estudiaron cautelosamente las regulaciones financieras internacionales, y aprovecharon
al máximo las fallas y/o zonas grises existentes tales como:
• Supervisión fragmentada y descoordinada entre los países
• Atención inadecuada a las transferencias electrónicas
• Falta de normativas internacionales para supervisar las compañías “offshore”,
las reaseguradoras, transacciones financieras transnacionales, etc.
• Utilización de la Información secreta del cliente en las redes bancarias.
Los expertos han señalado la importancia de la recolección informal de dinero en
efectivo en muchas comunidades étnicas o religiosas y la dificultad en monitorear el
origen y utilización de esos fondos con precisión. Aunque lo más probable es que la
gran mayoría de estos fondos sean recolectados y utilizados para fines legítimos, es
obvio que el potencial para el abuso presenta problemas. Estos fondos se muestran
luego como operaciones legítimas pudiendo ser administrados bajo un sistema o meca-
nismo legal, para luego terminar en puntos de utilización final para la organización terro-
rista.
Página 111
En febrero de 2.002, Juan Zarate, de la sección de Terrorismo y Crímenes Vio-
lentos del Departamento de Finanzas de los Estados Unidos de América, aclaró las
fuentes del financiamiento del terrorismo al afirmar:
“Algunos grupos terroristas, tales como los de Europa, Asia Oriental, y los de
América Latina dependen de las actividades criminales comunes tales como la extor-
sión, el secuestro, narcotráfico, falsificación, y el fraude para apoyar sus actos. Otros
grupos, tales como los del Medio Oriente, dependen de empresas comerciales, dona-
ciones, fondos provenientes de las organizaciones de caridad, no sólo para financiar sus
actividades sino también para mover materiales y personas. Incluso, existen otros gru-
pos que han dependido del patrocinio del estado para su financiamiento”
Las organizaciones terroristas presentan un grado de cobertura de tipo concén-
trico que impide llegar a sus entrañas y poder desarticular de forma absoluta la red. En
la periferia podrá verse lo superficial, pero la red de relaciones que mantiene una orga-
nización terrorista y su formación del tipo celular, solo permitirá conocer una mínima
porción de su estructura, resultando prácticamente imposible traspasar el tercer nivel
para llegar al eje de la organización.
El poder alcanzar el punto central de la organización terrorista, no significa solo
poder capturar al líder, jefe, organizador, ideólogo o como quisiéramos denominarlo;
sino golpear en su principal centro neurálgico: sus finanzas.
Recordemos que las redes terroristas, son organizaciones que adoptaron un
formato similar al del Crimen Organizado, y aún sin la presencia de un líder, éstas conti-
nuarán operando; pero si bloqueamos su capacidad de financiamiento, esto reducirá la
operatividad de la organización en un principio, para luego alcanzar su desarticulación.
Por lo que hemos visto hasta ahora, parecería ser que si los países trabajan
coordinadamente, aunque no será en lo inmediato, pero sí en un futuro cercano, golpea-
rán en los centros neurálgicos de las redes terroristas.
Sin embargo, pese a la cantidad de organizaciones internacionales y nacionales
(propias de cada país) que intervienen en materia de prevención, investigación y repre-
sión, las tareas desarrolladas no han resultado lo suficientemente efectivas para la pre-
vención y combate al financiamiento del terrorismo, toda vez que ninguna de las agen-
cias principales trabajan mancomunadamente o intercambiando información por múlti-
ples motivos operativos o burocráticos.
Página 112
Estas características impiden la existencia de un circuito efectivo de retroalimen-
tación informativo entre las propias agencias gubernamentales; todas trabajan alrededor
de la organización terrorista intentando investigar y controlar, pero rara vez comparten
información entre sí.
Índice mundial de riesgo sobre lavado de dinero
El Instituto de Basilea sobre Gobernanza, a través de su Centro Internacional pa-
ra la Recuperación de Activos (ICAR) ha desarrollado un Índice en el año 2.012, res-
pecto a riesgos de lavado de dinero que evalúa los niveles de riesgo de los países en
relación al lavado de dinero y al financiamiento del terrorismo. Según el Instituto, este es
el primer ranking global a disposición pública elaborado por una institución pública aca-
démica independiente.
El objetivo del Instituto es el de crear un estándar mundial para una apropiada
valoración del riesgo por país a fin de proveer una solución accesible para las institucio-
nes financieras de todos los tamaños que les permita manejar un enfoque basado en el
Riesgo de forma que se puedan satisfacer sus necesidades y las exigencias de sus su-
pervisores.
Es preciso aclarar como expresamente lo declara el Instituto en la presentación,
que el Índice NO mide la existencia actual de la actividad de lavado de dinero en un país
sino que provee una base para valorar el nivel de riesgo, es decir, la probabilidad de
que se produzcan actividades de lavado en un país en función de su adhesión a los
estándares internacionales y a otras categorías de riesgo como son : el nivel de per-
cepción de la corrupción, - la transparencia financiera, la financiación de los partidos
políticos, la fortaleza del sistema judicial y otras categorías relevantes.
Los 10 países con mejor resultado (del 144 al 134) o menor índice de riesgo son por este orden: Noruega, Estonia, Eslovenia, Suecia Finlandia, Nueva Ze-landa, Lituania, Chile, Sudáfrica y Francia.
Los 10 países con peor resultado (del 1 al 10) o mayor índice de riesgo son por
este orden: Irán, Kenia, Camboya., Haití, Tayikistán, Mali, Uganda, Paraguay, Be-
lice y Zambia.
En lo que respecta a América Latina, Chile se sitúa con la posición nº 137 y una puntuación de 4.08 como el octavo país evaluado con mejor puntuación, en la zona de riesgo medio y cerca de la zona de riesgo bajo que empieza a partir de la puntuación de 3.28.
Página 113
Entre los países de América Latina con mayor riesgo, se encuentran Paraguay en
el lugar Nro. 8, Argentina el Nro. 12, Bolivia el Nro. 15, República Dominicana
el Nro. 17 y Ecuador el Nro. 24.
Venezuela en lugar Nro. 34, Costa Rica en el Nro. 38, Honduras en el Nro. 57, Guatemala en el Nro. 58, Panamá en el Nro. 60, Nicaragua en el Nro. 67, Brasil en el Nro. 83, Uruguay en el Nro. 101, El Salvador en el Nro. 107, Co-lombia en el Nro. 122, y Perú en el Nro. 124
Los países centrales se sitúan en general en posiciones media-bajas del
ranking de riesgo. Así, de menor a mayor riesgo se sitúan Francia (135), Reino Unido (121),Canadá (110), España (104), EEUU (98), Italia (90) Rusia (80), Suiza (72) Alemania (69) y Japón (65)
El índice se ha elaborado incluyendo la valoración de 144 países, aquellos para los que había suficiente información. Se han excluido del índice aquellos países respec-to a los cuales no se contaba con información suficiente. Este es el caso de países im-portantes como Afganistán o Liechtenstein)
El Instituto Basel no ha generado sus propios datos para el Índice sino que ha
realizado una labor de agregación técnica de los datos de otras terceras fuentes fia-
bles para generar sus propios resultados.
Así el Índice ha tenido en cuenta la integración de 15 variables con las valora-
ciones de distintas Fuentes para ofrecer los resultados. Los factores de riesgo valora-
dos incluyen: el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, la corrupción, la
transparencia financiera y los riesgos legales y políticos.
CONCLUSIÓN
Recaudos Lógicos
Las empresas que aceptan pagos en efectivo o en instrumentos al portador co-
mo giros postales o cheques de viajero deben tomar precauciones para protegerse y
estar atentos a ciertas "señales de alarma".
Algunas de las señales de advertencia son clientes que se niegan o son renuen-
tes a presentar la identificación que se requiere, clientes que solicitan que una sola
transacción sea dividida para hacerla aparecer como varias pequeñas transacciones,
cheques firmados que indican la cantidad pero sin el nombre del beneficiario, el uso de
varios de esos cheques para pagar una sola factura, y grandes cantidades de giros o
Página 114
cheques de viajero (particularmente si no están numerados consecutivamente) entrega-
dos sea personalmente o por correo o servicio de mensajero.
Las compañías también deben sospechar mucho de clientes que piden depositar
efectivo en la cuenta de una empresa y enviar giros cablegráficos a terceras personas; o
que pagan un exceso en efectivo y después piden que los saldos que quedan sean
transferidos por cable a terceros; clientes que piden cambiar efectivo por cheques de
compañía o que no tienen beneficiario o que están en nombre de terceros; personas
que hacen compras en efectivo y que le piden al propietario del negocio que conserve
efectivo adicional que otra persona luego recogerá; y clientes que siempre hacen que
otra persona entregue dinero en efectivo para pagar sus facturas.
Incluso en ausencia de un mandato legal, es una buena práctica corporativa
educarse con respecto a los clientes y su actividad financiera. A los clientes se les debe
hacer tomar conciencia de las formas de pago aceptables. Adicionalmente, las compa-
ñías deben vigilar y controlar sus rutas de abastecimiento y distribución. Deben existir
mecanismos para verificar a través de qué manos han pasado sus productos antes de
que sean vendidos a los consumidores. Debería existir un mecanismo internacional que
muestre inmediatamente la trazabilidad económica financiera de los bienes y servicios
que se comercializan en el mundo entero
El personal que ocupa posiciones claves relacionadas con los pagos y la distri-
bución, debe ser entrenado en cómo identificar una actividad sospechosa. Además,
dentro de la organización deben existir líneas de comunicación abiertas y directas, de
modo que la información relativa a actividad sospechosa pueda ser rápida y fácilmente
pasada al personal apropiado.
Cierta actividad debe provocar una señal de alarma inmediata. Por ejemplo, si
el pago de un cliente es siempre vía transferencia electrónica de un tercero, y ese terce-
ro cambia de transacción en transacción con ninguna conexión aparente con el cliente o
su empresa, debe surgir la sospecha y determinarse la razón para este procedimiento.
Además de demostrar una vulnerabilidad para el Reciclado de dinero, estos tipos
de transacciones pueden también indicar otras actividades fraudulentas. A la inversa, si
se van a enviar fondos a un cliente, y el cliente dispone que sean enviados a un destino
sin ningún vínculo aparente, deben hacerse preguntas antes de cualquier transacción.
Aquí nuevamente una compañía puede evitar ser explotada por aquellos que están
comprometidos en actividades fraudulentas así como en el blanqueo de dinero.
Página 115
Es increíble la facilidad con que cualquier empresa puede ser víctima de
los blanqueadores o Recicladores de dinero. Y durante una época en la que se identifi-
ca estrechamente a los recicladores de dinero, con terroristas y traficantes de droga,
cada vez se hará más difícil que las empresas aduzcan en su defensa, que son terceras
partes inocentes o que no tienen conocimiento de actividades de Reciclado de dinero.
Ya habrá Ud. tomado conciencia de la gravedad de los hechos que implican to-
das las actividades relacionadas con el Dinero Reciclado. Es por ello, que ante la impo-
sibilidad que personas físicas y jurídicas que desearen iniciar negocios con terceros de
los cuales se desconoce su situación judicial, sería una buena idea el hecho de poder
acceder en forma directa y con bases de datos públicos, a toda información cierta y
fidedigna de relacionada con personas jurídicas o físicas involucradas en actos de Reci-
clado de Dinero. Para lo cual la U.I.F., en consonancia con el G.A.F.I. debería habilitar
un sistema internacional de información directa, pública y nominada, a través de la Red
Global (Internet), de aquellos que han estado (o aún están) involucrados en ilícitos de
estas características, cualquiera sea la etapa procesal en que se encuentren, con el
objeto de evitar, que terceros de buena fe, faciliten el proceso de Lavado de Dinero por
ignorancia manifiesta de la situación de los primeros.
Con una mayor toma de conciencia, se pueden instituir algunas simples medidas
preventivas, para que las empresas no sólo puedan proteger sus intereses comerciales
sino que también, puedan lanzar un golpe contra un sistema que proporciona fondos al
tráfico de drogas, a la prostitución, al producido de secuestros o al terrorismo mundial.
Muchos esfuerzos y pocos resultados
Las actividades relacionadas al Dinero Reciclado, (relacionadas o no al finan-
ciamiento del terrorismo), son sin duda alguna un fenómeno internacional y globalizado,
para lo cual, en diversas ocasiones, se busca intencionalmente concretar operaciones
delictivas, implicando a dos o más países, recurriendo para ello, a transferencias de
fondos de distinta índole entre Instituciones Financieras.
Para ello, crean y obtienen situaciones confusas y complejas, que terminan a la
postre, siendo ventajosas para el lavador o quien busque financiar al terrorismo, pues
con frecuencia y de acuerdo al panorama regional observado, la falta de coordinación
y/o colaboración entre autoridades, las debilidades existentes en los sistemas de regu-
lación y supervisión, y la heterogeneidad de las legislaciones de los distintos países,
Página 116
pueden dificultar y entorpecer la persecución del delito que nos ha ocupado en este tra-
bajo.
El financiamiento terrorista es sólo una pequeña porción de los fondos del sector
financiero mundial, de hecho es como "buscar una aguja en un pajar". Para identificar
esta categoría de fondos y separarlos de los fondos ilícitos conectados exclusivamente
con el crimen organizado es aun más dificultoso. Ya hemos explicado anteriormente,
que la magnitud de cualquier ataque terrorista, no tiene relación con los fondos necesa-
rios para su concreción.
Los terroristas con frecuencia solo necesitan fondos limitados para financiar sus
actividades, en consecuencia, quienes buscan cortar estos fondos enfrentan el enorme
desafío de rastrear los fondos dentro del innumerable flujo de dinero mundial. Mientras
que el desafío es enorme, la incapacidad para resolver el problema lo convierte en algo
aun mayor. Este es un desafío que continuará por muchos años y que tiene implicancias
de gran alcance para las finanzas y la inversión a niveles internacionales.
Aunque parezca mentira, en el mismo país donde se realizó el ataque terrorista
de la historia, existen cuentas “intocables”. Hay fondos depositados en cuentas presti-
giosas y aparentemente intocables, que siguen siendo un obstáculo ante los esfuerzos
por cumplir la ley. Posiblemente el mejor ejemplo de esto son los fondos de la cuenta de
la embajada Saudita que se encontraban en la casa central del banco Riggs. El prestigio
de esta cuenta y la importancia política de Arabia Saudita para los EE.UU. puso a esta
cuenta al margen de toda investigación por más de dos años luego del 11 de septiem-
bre.
No escapa al conocimiento de la comunidad internacional, que los recursos que
se gastan en la prevención de este delito de Dinero Reciclado, son ampliamente supe-
riores a las ganancias que obtienen las distintas organizaciones criminales por sus acti-
vidades ilegales. Un último estudio de la O.N.U. correspondiente al año 2.011, indica,
que hoy en el mundo, se gasta 1.900 veces más en controlar operaciones de Dinero
Reciclado, de lo que gastan los criminales en realizar tales ilícitos. Y los resultados que
se obtienen, no están siendo los esperados. Hay mucho camino que recorrer.
Página 117
Documentos consultados AFIP, Jornada sobre Lavado de Dinero. Setiembre del 2.000. Medidas a Adop-
tar.
American Atheist.
Andrés Oppenheimer. Ojos vendados. Sudamericana. Buenos Aires.
Asia/Pacific Group on Money Laundering
Christian de Brie - Observatorio de la Mundialización. Le Monde Diplomatique.
Customer Due Diligence for Banks.
Development and Review Departments.
Diario Clarín.
Diario El Cronista.
Diario El País.
Diario El Tiempo.
Diario La Nación.
Diario La Prensa.
Diario La República.
Diario Los Andes.
Diario La Repubblica
Diario The Economist.
Diario The Guardian.
Diario The New York Times.
Diario The Washington Post
Diario Página 12
El Fin de la Historia y El último Hombre – Francis Fukuyama.
FATF Report on Money laundering Typologies.
FATF. Basic Facts about Money Laundering.
Federación Latinoamericana de Bancos FELABAN.
Financial Action Task Force on Money Laundering - Groupe d´action financiere.
Financial Action Task Force on Money Laundering (FATF).
Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) del Dep.del Tesoro.
General Accounting Office. Moneylaundering Alert.
Global Programme Against Money Laundering - Naciones Unidas.
Grupo de Acción Financiera del Caribe. Basic Facts About Money Laundering.
Grupo Egmont.
IMF Financial System Abuse, Financial Crime and money Laundering.Paper
Prepared by the Monetary and Exchange Affairs and Policy.
IMF: World Economic Outlook.
Página 118
Informe Final sobre el Lavado de Dinero en Argentina (2.001) - Diputada Elisa
María Carrió.
Informe Mundial de Fortunas de Merryll Lynch y Cap. Gemini Erns & Young.
International Money Laundering Information Network.
International Narcotics Control Strategy Report, 1996. Bureau for International
Jaime Leonardo Mecikovsky. Lavado de dinero, prevención de un problema glo-
bal. 2003.
Jean Ziegler. Muerte programada del secreto bancario suizo., Le Monde Diplo-
matique.
Law Enforcement Affairs, U.S. Department of State.
Ley 25.246 (Decretos 269/2001 y 1025/2001).
Money laundering Alert.
Money Laundering Typologies.
Narcotics and Law Enforcement Affairs, U.S. Department of State.
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC)
Prem Sikka, University of Essex y Hugh Willmott, University of Manchester.
Report on Money Laundering Typologies
Suplemento Económico deL Diario Clarín.
Susan Strange, Dinero Loco – Ed. Paidos. Buenos Aires
The Anti Money Laundering Network
US Treasury Department and Securities Exchange Commission.
Vito Tanzi. Money Laundering and the International Financial System.
Washington, Programa de Asistencia Legal para América Latina y el Caribe
(LAPLAC).
Wolfsberg Group.
Oficina de las Naciones Unidas para las drogas y el crimen (UNODC).
"El dinero sucio, sangre del sistema económico y el poder" (disponible en
www.argentina.attac.org/).
Crimen, la mayor empresa libre del mundo, disponible en www.mondediplo.com
Las Drogas y los Paraísos Fiscales disponible en www.patriagrande.org.bo
Las Drogas pasan la Factura en disponible en www.miradainocente.blogia.com
Las Drogas del Imperio disponible en www.periodicopg.com.ve
Guía Práctica de Prevención, Detección y Represión del Financiamiento del Te-
rrorismo. (Comité Interamericano Contra el Terrorismo - Organización de los Es-
tados Americanos)
Transparency International - Corruption Perception Index (CPI)
Página 119
US State Department - International Narcotics Control Strategy Report (INCSR):
Volume II Money Laundering and Financial Crimes
World Bank Doing Business Ranking – Business Extent of Disclosure Index
World Bank - IDA Resource Allocation Index – Selected categories
Páginas Web consultadas
http://www.aba-argentina.com
http://www.americanatheist.org.
http://www.argentina.attac.org
http://www.iaia.org.ar
http://www.lavadodinero.com
http://www.Melchizedek.com
http://www.redcame.org.ar
http://www.state.gov
http://www.uif.gov.ar
http://www.axxon.com.ar
http://www.foro-cualquiera.com
http://www.es.wikipedia.org
http://www.diccionario.babylon.com
http://www.elmundo.es
http://www.elconomista.cubaweb.cu
http://www.abn.info.ve
http://www.omegar.org
http://www.ciudadanos.org
http://www.judiciales.com
http://www.antilavadodedinero.com
http://www.cambio.com.co
http://www.infobae.com
http://www.espanol.upi.com
http://www.finanzas.iprofesional.com
http://www.derechos.org
http://www.controlcapital.net/noticia/1306/ANTI-LAVADO/instituto-basilea-
publica-indice-riesgo-pa%C3%ADs-sobre-lavado-dinero-8924-lecturas.html
http://www.elpais.com.co
http://www.almomento.net
Página 120
http://internacional.elpais.com
http://www.pagina12.com.ar
http://www.24horas.cl
http:// www.miradainocente.blogia.com
http:// www.repubblica.it