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REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL COMITÉ NACIONAL DE FÚTBOL SALA SANCIONES DEL COMITÉ DE COMPETICIÓN DEL 3 DE OCTUBRE 2018 SEGUNDA DIVISIÓN B GRUPO 1º PRONE LUGO A.D. – C.D. UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Al jugador D. LUIS CARLOS LONGO GALLEGO, del Club PRONE LUGO A.D., 1 partido. S.D. XOVE F.S. – SANTIAGO DE SAMA F.S. Al 2º Entrenador D. PABLO ALFAYATE MENENDEZ, del Club SANTIAGO DE SAMA F.S., 2 partidos. GRUPO 2º C.D. ESCUELA CIUDAD DE GUADALAJARA F.S. – A.D. SAN JUAN Al delegado D. JOSÉ PULIDO VINAGRE, del Club A.D. SAN JUAN, 2 partidos. GRUPO 3º CLUB MANRESA F.S. – C. NATACIÓ SABADELL Al delegado D. JUAN P. TORRES JIMENEZ, del Club C. NATACIÓ SABADELL, 2 partidos. CCR CLUB ESPORTIU – C.D. F.S. SEGORBE Al jugador D. OSCAR AGUSTI HIDALGO, del Club CCR CLUB ESPORTIU, 1 partido. GRUPO 4º F.S. JUMILLA – AD CÁCERES UNIVERSIDAD FS Al jugador D. JOSÉ ANTONIO PÉREZ MEGÍAS, del Club F.S. JUMILLA, 1 partido. NAVALMORAL F.S. – NUEVA ELDA F.S. Al jugador D. GABRIEL PASTOR MOLTO, del Club NUEVA ELDA F.S., 1 partido. GRUPO 5º NO HAY JUGADORES/TÉCNICOS SANCIONADOS

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REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL COMITÉ NACIONAL DE FÚTBOL SALA SANCIONES DEL COMITÉ DE COMPETICIÓN DEL 3 DE OCTUBRE 2018

SEGUNDA DIVISIÓN B

GRUPO 1º

PRONE LUGO A.D. – C.D. UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Al jugador D. LUIS CARLOS LONGO GALLEGO, del Club PRONE LUGO A.D., 1 partido. S.D. XOVE F.S. – SANTIAGO DE SAMA F.S. Al 2º Entrenador D. PABLO ALFAYATE MENENDEZ, del Club SANTIAGO DE SAMA F.S., 2 partidos. GRUPO 2º C.D. ESCUELA CIUDAD DE GUADALAJARA F.S. – A.D. SAN JUAN Al delegado D. JOSÉ PULIDO VINAGRE, del Club A.D. SAN JUAN, 2 partidos. GRUPO 3º CLUB MANRESA F.S. – C. NATACIÓ SABADELL Al delegado D. JUAN P. TORRES JIMENEZ, del Club C. NATACIÓ SABADELL, 2 partidos. CCR CLUB ESPORTIU – C.D. F.S. SEGORBE Al jugador D. OSCAR AGUSTI HIDALGO, del Club CCR CLUB ESPORTIU, 1 partido. GRUPO 4º F.S. JUMILLA – AD CÁCERES UNIVERSIDAD FS Al jugador D. JOSÉ ANTONIO PÉREZ MEGÍAS, del Club F.S. JUMILLA, 1 partido. NAVALMORAL F.S. – NUEVA ELDA F.S. Al jugador D. GABRIEL PASTOR MOLTO, del Club NUEVA ELDA F.S., 1 partido. GRUPO 5º NO HAY JUGADORES/TÉCNICOS SANCIONADOS

REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL COMITÉ NACIONAL DE FÚTBOL SALA SANCIONES DEL COMITÉ DE COMPETICIÓN DEL 3 DE OCTUBRE 2018

SEGUNDA DIVISIÓN B GRUPO 6Bº C.F.S. ISLA LARGA – GALDAR Al jugador D. JOSÉ M. CANDANEDO CABRERA, del Club C.F.S. ISLA LARGA, 1 partido. Al jugador D. AYTHAMI TORRADO CABRERA, del Club GALDAR, 1 partido.

REAL FEDERACION ESPA~~OLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demAs elementos probatorios referentes a1 partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Ftitbol Sala, celebrado el dia 30 de septiembre de 201 8, entre 10s clubes SALA OURENSE - 0 ESTEO F.S., y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicibn,

ACUERDA:

Sancionar a1 Club 0 ESTEO F.S., como autor de la infraccibn leve tipificada en el articulo 139-ld del C6digo Disciplinario de la RFEF, con multa por importe de 50 euros, por la ausencia Entrenador en el encuentro, por primera vez en la temporada, quien, preceptivamente debe intervenir en el mismo segdn preceptda el articulo 231.3 del Reglamento General de la RFEF.

Sancionar a1 Club 0 ESTEO F.S., como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 139-ld del C6digo Disciplinario de la RFEF, con multa por importe de 50 euros, por la ausencia delegado en el encuentro, por primera vez en la temporada, quien, preceptivamente debe intervenir en el mismo segdn precepttia el articulo 231.3 del Reglamento General de la RFEF.

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelacibn en el plazo miiximo de diez dias, a contar desde aque'l en que se hubiera recibido su notificacibn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

Sr. Presidente del Club 0 ESTEO F.S. (Ref. Admin. 41 1210174)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demis elementos probatorios referentes a1 partido correspondiente a la Segunda Divisi6n B del Campeonato Nacional de Fdtbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes PRONE LUGO A.D. - C.D. UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el CBdigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competici6n,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. LUIS CARLOS LONG0 GALLEGO, del Club PRONE LUGO A.D., con 1 partido de suspensi6n, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2c, por dirigirse con expresiones de desconsideraci6n hacia un adversario, e imponer una multa accesoria a1 Club en cuantia de 12 euros (articulo 133.3).

Contra la presente resoluci6n cabe interponer recurso de ApelaciBn en el plazo miximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacibn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

JUEZ (jNIC0 DE COMPETZCZ~N DE FUTBOL SALA

Sr. Presidente del Club PRONE LUGO A.D. (Ref. Admin. 41 121 01 24)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE F~~TBOL

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demiis elementos probatorios referentes a1 partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Ftitbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 20 18, entre 10s clubes S.D. XOVE F.S. - SANTIAGO DE SAMA F.S., y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicidn,

ACUERDA:

Sancionar al 2" Entrenador D. PABLO ALFAYATE MENENDEZ, del Club SANTIAGO DE SAMA F.S., con 2 partidos de suspensidn, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2a, por protestar airadamente una decisidn arbitral, imponiendo el grado medio de la sancidn en aplicacidn del articulo 137.6 del Cddigo Disciplinario, e imponer al Club multa accesoria en cuantia de 36 euros (articulo 133.3).

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelaci6n en el plazo miiximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

JUEZ UNICO DE COMPETICI~N DE FUTBOL SALA

Sr. Presidente del Club SANTIAGO DE SAMA F.S. (Ref. Admin. 41 1 130122)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demis elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Flitbol Sala, celebrado el dia 30 de septiembre de 2018, entre 10s clubes SANTURTZI CLUB DE FUTBOL - PATATAS G ~ M E Z SALA 2012, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicidn,

ACUERDA:

Sancionar a1 jugador D. BORJA CRESPO TRUJILLO, del Club SANTURTZI CLUB DE FUTBOL, como autor de las infracciones leves tipificadas en el articulo 137.2a del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, arnbas por protestar una decisidn arbitral (art. 137.1).

Sancionar a1 Club SANTURTZI CLUB DE FUTBOL, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 139-Id del Cddigo Disciplinario de la RFEF, con multa por importe de 50 euros, por la ausencia delegado en el encuentro, por primera vez en la temporada, quien, preceptivarnente debe intervenir en el mismo seglin preceptlia el articulo 23 1.3 del Reglamento General de la RFEF.

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo maxim0 de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

ld: JUEZ UNICO DE COMPETICI~N DE F ~ T B O L SALA

Sr. Presidente del Club SANTURTZI CLUB DE FUTBOL ((Ref. Admin. 4 1 13 10 125)

REAL FEDERACION ESPAROLA DE F ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demiis elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Fcitbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 20 18, entre 10s clubes C.D. ESCUELA CIUDAD DE GUADALAJARA F.S. - A.D. SAN JUAN, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicibn,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. CRISTIAN ROMERA MARTINEZ, del Club C.D. ESCUELA CIUDAD DE GUADALAJARA F.S., como autor de las infracciones leves tipificadas en el articulo 137-2f del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, en ambos casos por zancadillear a un adversario (art. 137.1); al jugador D. FRANCISCO JAVIER OROZ ZUGALDIA, del Club A.D. SAN JUAN, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2a del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, en ambos casos por protestar decisiones arbitrales (art. 137.1); y a1 delegado D. JOSE PULIDO VINAGRE, del Club A.D. SAN JUAN, con 2 partidos de suspensidn, como autor de la infraccibn leve tipificada en el articulo 137-2a del Cddigo Disciplinario, por protestar reiteradamente decisiones arbitrales habiendo sido advertido con anterioridad, e imponer al Club multa accesoria en cuantia de 36 euros (articulo 133.3).

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo miiximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacibn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

----.-/' JUEZ UNICO DE COMPETZCI~N DE FUTBOL SALA

Sr. Presidente del Club C.D. ESCUELA CIUDAD DE GUADALAJARA F.S. ((Ref. Admin. 4 1 1 160 175)

Sr. Presidente del Club A.D. SAN JUAN ((Ref. Admin. 41 1260120)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demfis elementos probatorios referentes a1 partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Fdtbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 201 8, entre 10s clubes C.D.F. AUZOAK ZIERBANA - C.D. JUVENTUD DEL CIRCULO CATOLICO, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de CompeticiBn,

ACUERDA:

Sancionar a1 Club C.D. JUVENTUD DEL CIRCULO CATOLICO, como autor de la infracci6n leve tipificada en el articulo 139-ld del Cddigo Disciplinario de la R E F , con multa por importe de 50 euros, por la ausencia delegado en el encuentro, por primera vez en la temporada, quien, preceptivamente debe intervenir en el mismo segdn preceptlia el articulo 23 1.3 del Reglamento General de la RFEF.

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo maxim0 de diez dias, a contar desde aqukl en que se hubiera recibido su notificacibn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

1-l" JUEZ UNICO DE COMPETICI~N DE FUTBOL SALA

Sr. Presidente del Club C.D. JUVENTUD DEL CIRCULO CATOLICO (Ref. Admin. 41 1170144)

REAL FEDERACI~N ESPA~~OLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, dem6s elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Fdtbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes C.F.S. FUTSAL IBI-MUSE0 DEL JUGUETE - LASKORAIN K.E., y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competici6n,

ACUERDA:

Sancionar al Club LASKORAIN K.E., como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 139-ld del Cddigo Disciplinario de la RFEF, con multa por importe de 50 euros, por la ausencia delegado en el encuentro, por primera vez en la temporada, quien, preceptivamente debe intervenir en el mismo segdn preceptda el articulo 231.3 del Reglamento General de la RFEF.

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelaci6n en el plazo maxim0 de diez dias, a contar desde aque'l en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

Sr. Presidente del Club LASKORAIN K.E. (Ref. Admin. 4 1 12201 10)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demgs elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Fdtbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes HOSPITALET BELLSPORT F.S. - CLUB ESPORTIU ESCOLA PIA, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el C6digo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competici6n,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. MARC PAGES VALLS, del Club C.E. ESCOLA PIA, como autor de las infracciones leves tipificadas en 10s articulos 137-2j y 137-2c del C6digo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, la primera por empujar a un adversario y la segunda por dirigirse con desconsideraci6n hacia uno de 10s kbitros (art. 137.1); y al jugador D. JORDI TORRAS ROSELL, del Club C.E. ESCOLA PIA, como autor de las infracciones leves tipificadas en 10s articulos 137-2j y 137-2a del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, la primera por sujetar a un adversario y la segunda por protestar una decisi6n arbitral (art. 137.1).

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo miiximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

Sr. Presidente del CLUB ESPORTIU ESCOLA PIA ((Ref. Admin. 41 1 1801 34)

REAL FEDERACION ESPA~~OLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demis elementos probatorios referentes a1 partido correspondiente a la Segunda Divisi6n B del Campeonato Nacional de Ftitbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 201 8, entre 10s clubes CLUB MANRESA F.S. - C. N A T A C I ~ SABADELL, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de CompeticiBn,

ACUERDA:

Sancionar a1 jugador D. DANIEL CASTRO MARTINEZ, del Club C. N A T A C I ~ SABADELL, como autor de las infracciones leves tipificadas en 10s articulos 137-2f y 137- 2c del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, la primera por zancadillear a un adversario y la segunda por encararse con un adversario (art. 137.1); a1 jugador D. JONATAN IGLESIAS BRAVO, del Club C. N A T A C I ~ SABADELL, como autor de la infracci6n leve tipificada en el articulo 137-2j del C6digo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, en ambos casos por sujetar a un adversario (art. 137.1); y a1 delegado D. JUAN P. TORRES JIMENEZ, del Club C. N A T A C I ~ SABADELL, con 2 partidos de suspensidn, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2a del C6digo Disciplinario, por protestar reiteradamente decisiones arbitrales habiendo sido advertido con anterioridad, e imponer a1 Club multa accesoria en cuantia de 36 euros (articulo 133.3).

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelaci6n en el plazo m4ximo de diez dias, a contar desde aquil en que se hubiera recibido su notificaci6n.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

u JUEZ UNICO DE COMPETICI~N DE F ~ T B O L SALA

Sr. Presidente del Club C. NATACIO SABADELL ((Ref. Admin. 41 1 180 102)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demhs elementos probatorios referentes a1 partido correspondiente a la Segunda Divisi6n B del Campeonato Nacional de Ftitbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes F.S. LA U N I ~ N - L A S PALMAS - F.S. SALOU, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el C6digo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicibn,

ACUERDA:

Sancionar a1 jugador D. HECTOR PAVEL PEREZ NOVAS, del Club F.S. SALOU, como autor de las infracciones leves tipificadas en el articulo 137.2j del C6digo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, ambas por cortar la trayectoria del bal6n con la mano (art. 137.1).

Contra la presente resoluci6n cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo mhximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacicin.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

Sr. Presidente del Club F.S. SALOU ((Ref. Admin. 41 11 80192)

REAL EDERACION ESPAROLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demfis elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Ftitbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes CCR CLUB ESPORTIU - C.D. F.S. SEGORBE, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la REEF, que se citan, el Juez de Competicidn,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. OSCAR AGUSTI HIDALGO, del Club CCR CLUB ESPORTIU, con 1 partido de suspensidn, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2f, por emplear en el transcurso del juego medios violentos hacia un adversario, e imponer al Club multa accesoria en cuantia de 12 euros (articulo 133.3).

Sancionar a1 club CCR CLUB ESPORTIU con multa por importe de 200 euros y apercibimiento de clausura del terreno de juego, como autor de la infracci6n grave tipificada en el articulo 139-3a, por 10s incidentes de pfiblico acaecidos durante la segunda mitad del encuentro, por 10s que el encuentro estuvo detenido durante 2 minutos en la primera ocasidn y faltando 17 segundos para finalizar el encuentro cuando un espectador accedid a1 tdnel de acceso a la pista dirigidndose con expresiones de desconsideracidn hacia el juez de mesa.

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelaci6n en el plazo mfiximo de diez dias, a contar desde aqudl en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 201 8

w JUEZ UNICO DE COMPETICION DE FUTBOL SALA

Sr. Presidente del Club CCR CLUB ESPORTIU (Ref. Admin. 41 1 180173)

REAL FEDERACI~N ESPANOLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demis elementos probatorios referentes a1 partido correspondiente a la Segunda Divisi6n B del Campeonato Nacional de Flitbol Sala, celebrado el dia 30 de septiembre de 2018, entre 10s clubes CLUB INTER MOVISTAR F.S. - A.D. BARGAS, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el CBdigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de CompeticiBn,

ACUERDA:

Sancionar a1 jugador D. LORENZO PANTOJA SANCHEZ, del Club A.D. BARGAS, como autor de la infracci6n leve tipificada en el articulo 137-2a del C6digo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, en ambos casos por protestar decisiones arbitrales (art. 137.1).

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelaci6n en el plazo maxim0 de diez dias, a contar desde aqudl en que se hubiera recibido su notificacibn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 2018

JUEZ UNICO DE COMPETICI~N DE FUTBOL SALA

Sr. Presidente del Club A.D. BARGAS (Ref. Admin. 41 1160106)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demis elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Fctbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes CD EL VALLE - C.D. TORREJON SALA FIVE PLAY, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la REEF, que se citan, el Juez de Competicidn,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. ANTONIO CALVO DIAZ, del Club CD EL VALLE, como autor de las infracciones leves tipificadas en 10s articulos 137-2a y 137-2f del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, la primera por protestar una decisidn arbitral y la segunda por dar una patada a un adversario (art. 137.1).

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo miximo de diez dias, a contar desde aqud en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

'--2 JUEZ UNICO DE COMPETICI~N DE F ~ T B O L SALA

Sr. Presidente del Club CD EL VALLE ((Ref. Admin. 41 1247006)

REAL FEDERACION ESPAROLA DE &TBOL

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demhs elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de Ftitbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes ZAMBU CFS PINATAR - A.D. BARINAS F.S., y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicidn,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. JUAN CASTELL SEGURA, del Club A.D. BARINAS F.S., como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2j del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, en ambos casos por agarrar a un adversario (art. 137.1 ); y al jugador D. FRANCISCO JOSE TOMAS GUARDIOLA, del Club A.D. BARINAS F.S., como autor de las infracciones leves tipificadas en 10s artlculos 137-2j y 137-2c del Cddigo Disciplinario, con multa por importe de 25 euros, por doble tarjeta amarilla, la primera por agarrar a un adversario y la segunda por encararse con un adversario (art. 137.1 ).

Sancionar al Club A.D. BARINAS F.S., como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 139-ld del Cddigo Disciplinario de la RFEF, con multa por importe de 50 euros, por la ausencia delegado en el encuentro, por primera vez en la temporada, quien, preceptivamente debe intervenir en el mismo se@n preceptha el articulo 231.3 del Reglamento General de la RFEF.

Contra la presente resoluci6n cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo mhximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

JUEZ ~ N I C O DE COMPETICI~N DE F ~ T B O L SALA

Sr. Presidente del Club A.D. BARINAS F.S. (Ref. Admin. 41 1250134)

REAL FEDERACION ESPANOLA DE F~~TBOL

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demis elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda DivisiBn B del Campeonato Nacional de Flitbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes F.S. JUMILLA - AD CACERES UNIVERSIDAD FS, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cbdigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de CompeticiBn,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. JOSE ANTONIO PEREZ M E G ~ S , del Club F.S. JUMILLA, con 1 partido de suspensiBn, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2f, por emplear medios violentos hacia un adversario, e imponer una multa accesoria al Club en cuantia de 12 euros (articulo 133.3).

Sancionar al club F.S. JUMILLA con multa por importe de 150 euros, como autor de la infraccidn leve tipificado en el articulo 139-la, por 10s incidentes de pliblico acaecidos durante el descanso, cuando una persona vestida con la indumentaria del equipo local entr6 en el terreno de juego increpando a 10s miembros del equipo arbitral.

Contra la presente resoluci6n cabe interponer recurso de Apelaci6n en el plazo mgximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacibn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

Sr. Presidente del Club F.S. JUMILLA (Ref. Admin. 41 12501 12)

REAL FEDERACION ESPAROLA DE MTBOL COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demhs elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisidn B del Campeonato Nacional de F6tbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes NAVALMORAL F.S. - NUEVA ELDA F.S., y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cddigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicidn,

ACUERDA:

Sancionar a1 jugador D. GABRIEL PASTOR MOLTO, del Club NUEVA ELDA F.S., con 1 partido de suspensidn, como autor de la infraccidn leve tipificada en el articulo 137-2j, por tocar el baldn con la mano intermmpiendo una ocasidn manifiesta de gol, e imponer una multa accesoria al Club en cuantia de 12 euros (articulo 133.3).

Contra la presente resolucidn cabe interponer recurso de Apelacidn en el plazo mhximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacidn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

Sr. Presidente del Club NUEVA ELDA F.S. (Ref. Admin. 41 1298003)

REAL FEDERACI~N ESPAROLA DE ~ T B O L

COMITE NACIONAL DE FUTBOL SALA

Vistos el acta del encuentro y, en su caso, demris elementos probatorios referentes al partido correspondiente a la Segunda Divisibn B del Campeonato Nacional de F6tbol Sala, celebrado el dia 29 de septiembre de 2018, entre 10s clubes C.F.S. ISLA LARGA - GALDAR, y en virtud de lo que disponen 10s preceptos contenidos en el Cbdigo Disciplinario de la RFEF, que se citan, el Juez de Competicibn,

ACUERDA:

Sancionar al jugador D. JOSE M. CANDANEDO CABRERA, del Club C.F.S. ISLA LARGA, con 1 partido de suspensi6n, como autor de la infraccibn leve tipificada en el articulo 137-2c, por encararse con un adversario, e imponer una multa accesoria al Club en cuantia de 12 euros (articulo 133.3); y al jugador D. AYTHAMI TORRADO CABRERA, del Club GALDAR, con 1 partido de suspensi6n, como autor de la infraccibn leve tipificada en el articulo 137-2c, por encararse con un adversario tras haber mediado provocacibn, e imponer una multa accesoria al Club en cuantia de 12 euros (articulo 133.3).

Contra la presente resolucibn cabe interponer recurso de Apelacibn en el plazo mriximo de diez dias, a contar desde aquCl en que se hubiera recibido su notificacibn.

Las Rozas (Madrid), 3 de octubre de 20 18

u JUEZ UNICO DE COMPETICI~N DE FUTBOL SALA

Sr. Presidente del Club C.F.S. ISLA LARGA (Ref. Admin. 4 1 1230 106)

Sr. Presidente del Club GALDAR (Ref. Admin. 41 12301 17)