R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46...

70
Taller de Tributación Malla Comercial 2015 Plan de Formación Agosto 2015

Transcript of R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46...

Page 1: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

Patrón de

diapositivas

recomendado para

exposiciones

Privilegiar fuente

Trebuchet o Arial

Colores Primarios:

Amarillo

C:10 M:0 Y:90 K:0

R:227 G:232 B:41

Azul

C:100 M:66 Y:0 K:2

R:30 G:46 B:110

Aqua

C:92 M:1 Y:21 K:0

R:0 G:174 B:203

Línea Punteada

Uso permitido para

separar secciones

Composición de

Texto

Colores sobre blanco

Amarillo sobre azul

Blanco sobre azul

Aqua sobre azul

Blanco sobre aqua

Evitar amarillo sobre

aqua o viceversa

No utilizar isotipo

(cóndor SURA) como

viñetas

Mantener Bordes

Taller de Tributación

Malla Comercial 2015

Plan de Formación Agosto 2015

Page 2: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

Privilegiar fuente

Trebuchet o Arial

Colores Primarios:

Amarillo

C:10 M:0 Y:90 K:0

R:227 G:232 B:41

Azul

C:100 M:66 Y:0 K:2

R:30 G:46 B:110

Aqua

C:92 M:1 Y:21 K:0

R:0 G:174 B:203

Línea Punteada

Uso permitido para

separar secciones

Composición de

Texto

Colores sobre blanco

Amarillo sobre azul

Blanco sobre azul

Aqua sobre azul

Blanco sobre aqua

Evitar amarillo sobre

aqua o viceversa

No utilizar isotipo

(cóndor SURA) como

viñetas

Mantener Bordes

¡¡¡Bienvenidos!!!

Page 3: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

Privilegiar fuente

Trebuchet o Arial

Colores Primarios:

Amarillo

C:10 M:0 Y:90 K:0

R:227 G:232 B:41

Azul

C:100 M:66 Y:0 K:2

R:30 G:46 B:110

Aqua

C:92 M:1 Y:21 K:0

R:0 G:174 B:203

Línea Punteada

Uso permitido para

separar secciones

Composición de

Texto

Colores sobre blanco

Amarillo sobre azul

Blanco sobre azul

Aqua sobre azul

Blanco sobre aqua

Evitar amarillo sobre

aqua o viceversa

No utilizar isotipo

(cóndor SURA) como

viñetas

Mantener Bordes

Objetivo: potenciar y nivelar los conocimientos tributarios de

la fuerza de venta de la compañía.

Mallas de Formación 2015

Page 4: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

Privilegiar fuente

Trebuchet o Arial

Colores Primarios:

Amarillo

C:10 M:0 Y:90 K:0

R:227 G:232 B:41

Azul

C:100 M:66 Y:0 K:2

R:30 G:46 B:110

Aqua

C:92 M:1 Y:21 K:0

R:0 G:174 B:203

Línea Punteada

Uso permitido para

separar secciones

Composición de

Texto

Colores sobre blanco

Amarillo sobre azul

Blanco sobre azul

Aqua sobre azul

Blanco sobre aqua

Evitar amarillo sobre

aqua o viceversa

No utilizar isotipo

(cóndor SURA) como

viñetas

Mantener Bordes

• Inicio de clases 9:00 hrs, término del curso 16:00 hrs

1

Requisitos del Curso

• Celular en silencio o apagado

2

• Firmar asistencia

3

Page 5: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

Privilegiar fuente

Trebuchet o Arial

Colores Primarios:

Amarillo

C:10 M:0 Y:90 K:0

R:227 G:232 B:41

Azul

C:100 M:66 Y:0 K:2

R:30 G:46 B:110

Aqua

C:92 M:1 Y:21 K:0

R:0 G:174 B:203

Línea Punteada

Uso permitido para

separar secciones

Composición de

Texto

Colores sobre blanco

Amarillo sobre azul

Blanco sobre azul

Aqua sobre azul

Blanco sobre aqua

Evitar amarillo sobre

aqua o viceversa

No utilizar isotipo

(cóndor SURA) como

viñetas

Mantener Bordes

Contenidos

1. Antecedentes generales de la Tributación Chilena

3. Beneficios Tributarios

a) APV

b) Régimen General

c) 57 bis

d) Pólizas de Seguro

e) 54 bis

f) Excedente de Libre Disposición

g) CAV

2. Proceso de Operación Renta

4. Bonus Track

Page 6: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CONCEPTOS

BÁSICOS

• Renta que no está afecta al pago de impuestos, sin embargo, podría generar efectos respecto a la progresividad del IGC.

Renta exenta

• Ingresos que constituyen utilidades o beneficios que rinda una cosa o actividad, y todos los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio que se perciban o devenguen, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación.

Renta

• Son pagos obligatorios de dinero que exige el Estado a las personas y empresas para adquirir recursos que puedan soportar los gastos de carácter público.

Impuestos

• Es aquella renta que ha ingresado materialmente al patrimonio de una persona/empresa. Renta Percibida

• Corresponde a aquella renta sobre la cual se tiene un título o derecho y que no ha sido ingresada materialmente al patrimonio de una persona/empresa.

Renta Devengada

• La utilidad generada a nivel corporativo se atribuye a los socios y/o accionistas locales (personas), o extranjeros (personas jurídicas o naturales) para pagar los impuestos finales, independiente si la utilidad fue retirada o distribuida.

Renta Atribuida

Page 7: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

ESTRUCTURA

TRIBUTARIA

IMPUESTO A

LA RENTA

De Único Segunda

Categoría (0%,…40%,... 35%)

Impuesto Global

Complementario (0%,…40%,... 35%)

Primera Categoría

(utilidades empresariales) Segunda Categoría

(personas naturales)

Rentas

Del Capital Del Trabajo

Trabajadores

Dependientes (Art 42 N° 1)

Trabajadores

Independientes

(Art. 42 N° 2)

Impuesto

de Primera Categoría (21%,…, 25%, 27%)

Retiros-

distribuciones

(crédito 1°

categoría)

Page 8: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

IMPUESTO DE

PRIMERA

CATEGORÍA

Impuesto que grava

las Utilidades de

las Empresas.

Impuesto de primera categoría en sistemas semi-integrado e integrado

2014 2015 2016 2017 2018

20% 21%

22,5%

24%

25,5% 27%

25%

Nacen Nuevos Regímenes Tributarios

Sistema semi-integrado. La tasa efectiva máxima de impuestos finales podrá llegar a 44,45%.

Sistema integrado. La tasa efectiva máxima de impuestos finales podrá llegar a 35%.

De acuerdo a la Reforma Tributaria 2014, las tasas de este impuesto son las siguientes:

25%

Page 9: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

IMPUESTO

ÚNICO DE 2°

CATEGORÍA

e IMPUESTO

GLOBAL

COMPLEMEN-

TARIO Tramo Desde Hasta Factor Rebaja

1 0 13,5 0,0% 0

2 13,5 30 4,0% 0,540

3 30 50 8,0% 1,740

4 50 70 13,5% 4,490

5 70 90 23,0% 11,140

6 90 120 30,4% 17,800

7 120 150 35,5% 23,920

8 150 y más 40,0% 30,670

Impuesto Único de Segunda Categoría (tabla con valores en UTM)

Impuesto progresivo de pago mensual.

• Trabajadores dependientes (Art. 42 N° 1): sueldos, salarios, sobresueldos,

gratificaciones.

• Pensiones y montepios (Art. 42 N° 1)

Impuesto Global Complementario (tabla con valores un UTA)

Impuesto progresivo de pago anual (abril del año siguiente a la obtención de la renta)

• Trabajadores independientes con boletas de honorarios (Art. 42 N° 2)

• Trabajadores con más de una renta (ej. renta y pensión simultáneamente)

• Personas naturales por retiros o atribución (14 A – Reforma) de utilidades o

dividendos de las empresas que son dueños, socios o partícipes.

Actual tabla de Impuesto (vigente hasta dic-2016).

Page 10: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

NUEVA TABLA

IMPUESTO

ÚNICO DE 2°

CATEGORÍA

e IMPUESTO

GLOBAL

COMPLEMEN-

TARIO

Impuestos

Tabla de Impuesto vigente a partir de 2017.

• Presidente

• Ministros

• Senadores

• Diputados

• Subsecretarios

Baja de tasa no aplica:

Tramo Desde Hasta Factor Rebaja

1 0 13,5 0,0% 0

2 13,5 30 4,0% 0,540

3 30 50 8,0% 1,740

4 50 70 13,5% 4,490

5 70 90 23,0% 11,140

6 90 120 30,4% 17,800

7 120 y más 35,0% 23,320

Máxima

40%

Máxima

35%

Page 11: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

DECLARACIÓN

ANUAL DE

IMPUESTOS A

LA RENTA

Permite a contribuyentes, empresas y personas, informar al SII sus

ingresos anuales (en un proceso conocido como Operación

Renta) para cumplir con las obligaciones tributarias y solicitar

beneficios.

APV B

directo Crédito

57 bis

Débito

57 bis

Dividendos

Intereses

CHIP

Gastos

Educación

Enajena%

Acciones

Dividendos

Sociedades

Rentas

Presuntas

Retiros

APV

Sueldos

y

Pensiones

Retiro

E.L.D

Ganancias

Capital

Pérdidas

Capital

Rentas

Exentas

FUT y

FUNT

Retiros

Sociedades

Gastos

Rechazados

Cot. Prev.

Empresario

Socio

Dependiendo de la situación del contribuyente, podrá recibir

una devolución o deberá pagar impuestos.

Page 12: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CERTIFICADOS

Y DDJJ AFP

CT 29

DJ 1812

CT 23

DJ 1895

CT 36

DJ 1899

CT 24/30

DJ 1899

CT 8

DJ 1888

CT 9

DJ 1889

AFP

CAV

RG

APV

A

Pensión

57 BIS

ELD

APV

B

Depósito

Convenido

DJ 1871

Page 13: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CERTIFICADOS

Y DDJJ VIDA

CT 29

DJ 1812

CT 36

DJ 1899

CT 24/30

DJ 1899

CT 8

DJ 1888

CT 9

DJ 1889

Vida

Pensiones

57 BIS

Dotales

APV

B

Depósito

Convenido

APV

A

DJ 1871

CT 27

DJ 1834 CT 7

DJ 1890

Page 14: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CERTIFICADOS

Y DDJJ CB

CT 36

DJ 1899

CT 24/30

DJ 1899

CT 9

DJ 1889

CB 57 BIS

Acciones

APV

B

Depósito

Convenido

APV

A

DJ 1871

CT 17

DJ 1823

CT 22 – DJ 1818

CT 43 – DJ 1922

CT 4

DJ 1885

DJ 1891

FFMM 107

FI

CT 21 y 31

DJ 1894

FFMM 108

Page 15: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CERTIFICADOS

Y DDJJ AGF

AGF 57 BIS

CT 11 – DJ 1817

CT 44 – DJ 1922

FFMM 107

FI

CT 21 y 31

DJ 1894 FFMM 108

CT 8

DJ 1888

Page 16: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

BENEFICIOS

TRIBUTARIOS

PERSONAS

• APV B y Depósitos Convenidos: postergación de impuestos.

• APV A: Bonificación al ahorro

APV y Depósitos Convenidos

• Permite postergar impuesto hasta el retiro.

• Tributa por los rentabilidad girada.

• Si cumple requisitos (aplica exenciones Art . 57)

Art. 108 (Régimen General)

• Premia el ahorro con un crédito.

• Premia el retiro con exención (cuota exenta)

• Fija tasa retiros entre 0 y 15%

Régimen 57 bis

• Mayor valor: Inversiones en acciones locales y FF.MM con presencia búrsatil es ingreso no renta

• Los dividendos tributan IGC.

Art 107

• Las pólizas de Seguro Ahorro, se consideran INR. Art 17 N° 3 inciso 1°

• Nuevo régimen tributario que permite postergar la tributación, en tanto no se efectuén retiros (válido para depósitos a plazo, ctas de ahorro y FF.MM)

Art. 54 bis

Page 17: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

IMPACTO

EN EL

AHORRO e

INVERSIÓN

Se elimina el Régimen a partir del 1 de

enero de 2017.

Art.

57 bis

LIR

Art.

107

LIR

Art.

108

LIR

Art.

54 bis

LIR

Art.

17 N°3 LIR

DEROGADO

SIN CAMBIOS

MODIFICADO

NUEVO RÉGIMEN

SIN CAMBIOS

FF.MM accionarios locales, mantienen carácter

de ingreso no renta. Dividendos tributarán IGC

con crédito 65/100% según régimen tributario.

Mantiene la postergación de carga tributaria.

Se elimina crédito de 5% y 3%, FF.MM acciones

locales que no cumplen requisitos Art. 107.

Se crea un nuevo régimen tributario que

incentiva el ahorro, ya que permite postergar la

tributación en DP, Cuentas Ahorro, FF.MM y

otros.

Las Pólizas de Seguro Ahorro, mantienen

carácter de Ingreso No Constitutivo de

Renta.

Page 18: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

AHORRO

PREVISIONAL

VOLUNTARIO

(APV)

APV B APV A

Rebaja base

tributable

Rebaja del

líquido

Postergación carga tributaria

Tributación a la salida Tributación a la entrada

Aportes no tributan

Tributa mayor valor y bonificación

Bonificación Estatal

(15% ahorro con tope UTM 6 anual)

Tributa como:

Pensión, retiro ó excedente

Diferida (directo)

Inmediata (empleador)

Page 19: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

QUIÉNES

PUEDEN

REALIZAR

APV B

Límite del

beneficio Topes

Requisito

para optar

al beneficio

Tipo

Contribuyente

Contribuyentes

Art 42 N° 1

Trabajadores

Dependientes

y Pensionados

Contribuyentes

Art 42 N° 2

Trabajadores

Independientes

Sueldo Empresarial

Art 31 N° 6, inc 3

Empresario Individual,

Socios SP y

Socios gestores SCPA

Diferencia entre:

Renta imponible

y descuentos

legales.

• UF 50 mensuales

(vía empleador)

• UF 600 anuales

(vía directa).

8,33 veces

la

Cotización

obligatoria.

UF 600 anuales.

Cotización

obligatoria

mensual, tope

UF 7,23

(UF 86,76 anuales)

Efectuar

Cotizaciones

Obligatorias

AFP

(topes varían anualmente)

Page 20: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

DECLARACIÓN

APV EN

formulario 22

APV A

NO se declara

En formulario

22

AHORRO PREVISIONAL

VOLUNTARIO

1. Dependiente ó Pensionado Cotizante

2. E.I o Socio SP ó SCPA (acogidos a

sueldo empresarial)

Independiente Cotizante (boletas honorarios)

DIRECTO VIA EMPLEADOR SIEMPRE DIRECTO

Se declara

ANVERSO

formulario 22

Línea 16

Código 765

Se declara

REVERSO

formulario 22

Recuadro N° 1

(honorarios)

Código 770

¿Qué tipo de

ahorrante es?

¿De qué forma

entera el aporte?

APV B

Page 21: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

DECLARACIÓN

APV EN

formulario 22

Certificado N° 24

Page 22: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

DECLARACIÓN

APV EN

formulario 22

Dependientes…

ANVERSO Formulario 22

Línea 16

(código 765)

Trabajadores Dependientes

Pensionados Cotizantes,

Personas acogidas a sueldo empresarial o patronal

Page 23: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

DECLARACIÓN

APV EN

formulario 22

Independientes

con boletas de

honorarios

REVERSO Formulario 22

Recuadro N° 1 HONORARIOS

(código 770)

Page 24: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

RETIRO

APV B

Fórmula de Retiro

• Pensionado o mayor

a edad legal

• No pensionado

Retención

(equivalente al 15% del monto

retirado)

Cálculo del impuesto

¿Dónde se declara?

Retiro los montos retirados se informan

en el certificado N° 24

No Pensionado Pensionado

Impuesto al retiro

Resultado de la(s) fórmula(s)

aplicadas al(los) retiros.

¿Dónde se declara?

El certificado entrega información del(los) retiros efectuados

durante el año (actualizados), ya sea en calidad de pensionado

o activo.

IGC + sobretasa(entre 3% y 7%)

TI = 3% + 1,1 ((ICR-ISR))

R

TI = ((ICR-ISR)

R

IGC

ICR: Impuesto Global Complementario (IGC) rentas anuales + retiro

ISR: Impuesto Global Complementario (IGC) rentas anuales

R: retiro(s) actualizados

Reliquidación .

Diferencia entre los códigos 767 y 832

Positivo: debe enterar la diferencia

Negativo: devolución a favor

Page 25: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

RETIRO

APV A

a) Si no utiliza el APV A para pensión

Aportes

(Capital)

Rentabilidad

(Mayor valor)

Bonificación

Estatal

No tributa

(ya tributó) Impuesto Global

Complementario

15% del Retiro se

descuenta de la cuenta

bonificación y se envía

a la TGR.

Si cumple los requisitos

puede aplicar la

exención de UTM 30

b) Si utiliza APV A para pensión

Aportes

(Capital)

Rentabilidad (mayor valor)

y Bonificación Estatal

No tributa

(ya tributó) IUSC y/o Impuesto

Global Complementario

Page 26: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

RETIRO

AHORRO

PREVISIONAL

TÉCNICOS

EXTRANJEROS

Cotizaciones

Obligatorias

APV

B

Depósitos

Convenidos

Impuesto Único de

Segunda Categoría

(se aplica la tabla de impuesto mensual )

Impuesto Único tasa

15%

Ejemplo: APO: $ 5.000.000 ; CV B: $ 45.000.000 ; DC: $ 60.000.000

APO + DC = $ 65.000.000 (Impuesto Único 2° categoría)

Tasa (40%) ; Rebaja ($ 1.311.755 )

Impuesto = $ 65.000.000 * 40% - $ 1.311.755 = $ 24.688.245

CV B = $ 45.000.000 (Impuesto Único 15%)

Impuesto = $ 45.000.000 * 15% = $ 6.750.000

Impuesto

Impuesto

Page 27: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

DEPÓSITOS

CONVENIDOS

Declaración (formulario 22)

Solamente si retira como E.L.D. y/o el mayor valor de los excesos

de UF 900.

Liquidez Solo si retira como E.L.D. o bien los excesos de UF 900 (art. 42 quáter)

Los DC enterados antes del 7/11/2001 no tienen liquidez como excedente.

Requisito Trabajador dependiente (art 42 N°1)

Límite anual UF 900 anuales

Tributación

como

pensión

Exención 42

ter NO APLICA la exención para el retiro de E.L.D. del art 42 ter. (UTM 800/1.200)

Impuesto Único de Segunda Categoría respecto a la pensión.

Excesos de UF 900: • Aportes actualizados: INR.

• Mayor valor: Impuesto Único de Segunda Categoría.

Page 28: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

SEGUROS

APV B

Pólizas

contratadas y

aportes enterados

anteriores

17/12/2011

Plan

A

K contratado

ó

V. póliza + 10% K

contratado

Indemnización:

directamente a

beneficiarios DL 3.500

(libre impuesto a la renta y

herencia)

Indemnización:

directamente a los

herederos legales

(libre impuesto a la

renta y herencia) Plan

B

K contratado + Valor

póliza

Fecha contrata-

ción Plan

Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

Cambios normativos Tributación Pólizas de Seguros

Ahorro Previsional Voluntario:

Ley 20.552 (17/12/2011): cambia las tributación de las pólizas de

Seguro respecto a las Cotizaciones Voluntarias y DAPV.

Ley 20.455 (07/08/2012): cambia las tributación de las pólizas

respecto a los Depósitos Convenidos.

Nota: para Plan A Si V. póliza > K contratado; se paga el V. póliza + 10% K contratado

Page 29: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

Pólizas

contratadas

y aportes

enterados

posteriores

16/12/2011

Plan

A

K contratado

ó

V. póliza + 10% K

contratado

Indemnización:

directamente benef. DL 3.500

(libre impuesto a la renta y

herencia)

Indemnización:

directamente a los herederos legales

(libre impuesto a la renta y herencia)

Valor póliza

Los beneficiarios o

herederos legales,

de común acuerdo,

pueden optar por:

1. Retirar el total del ahorro tributando a Tasa única 15%

2. Enviar los recursos a la AFP donde mantiene Ahorro Obligatorio para

que:

La AFP pague estos recursos

como parte de la Pensión de

Sobrevivencia

(la pensión tributa según

impuesto único 2° categoría ó

global complementario)

En ausencia de beneficiarios legales

los recursos pasan a formar parte de

la masa hereditaria. Tributa impuesto

a la herencia (exención UF 4.000 por

el total de platas previsionales)

Fecha

contrata-

ción

Plan Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

TRIBUTACIÓN

SEGUROS

APV B

Page 30: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

Pólizas

contratadas

y aportes

enterados

posteriores

16/12/2011

Plan

B

K contratado

Indemnización:

directamente a beneficiarios DL

3.500 (libre impuesto a la renta

y herencia)

Indemnización:

directamente a los herederos legales

(libre impuesto a la renta y herencia)

Valor póliza

Los beneficiarios o

herederos legales,

de común acuerdo,

pueden optar por:

1. Retirar el total del ahorro tributando a Tasa única 15%

2. Enviar los recursos a la AFP donde mantiene Ahorro Obligatorio para

que:

La AFP pague estos recursos

como parte de la Pensión de

Sobrevivencia

(la pensión tributa según

impuesto único 2° categoría ó

global complementario)

En ausencia de beneficiarios legales

los recursos pasan a formar parte de

la masa hereditaria. Tributa impuesto

a la herencia (exención UF 4.000 por

el total de platas previsionales)

Fecha

contrata-

ción

Plan Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

TRIBUTACIÓN

SEGUROS

APV B

Page 31: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

SEGUROS

APV A

Plan

A

K contratado

ó

V. póliza + 10% K

contratado

Indemnización:

directamente a beneficiarios DL

3.500

(libre impuesto a la renta y

herencia)

Indemnización:

directamente a los herederos legales

(libre impuesto a la renta y herencia)

Bonificación

Estatal

La Cía de Seguros está obligada a enviar los recursos a la AFP donde

mantiene Ahorro Obligatorio para que:

La AFP pague estos recursos

como parte de la Pensión de

Sobrevivencia (tributa según

impuesto único 2° categoría ó

global complementario)

En ausencia de beneficiarios legales

los recursos deben devolverse a la

Tesorería General de la República.

Plan Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

Page 32: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

SEGUROS

APV A

Plan

B

K contratado

+ Valor póliza

Indemnización:

directamente a beneficiarios DL

3.500 (libre de impuesto a la

renta y herencia)

Indemnización:

directamente a los herederos legales

(libre de impuesto a la renta y

herencia)

Bonificación

Estatal

La Cía de Seguros está obligada a enviar los recursos a la AFP donde

mantiene Ahorro Obligatorio para que:

La AFP pague estos recursos

como parte de la Pensión de

Sobrevivencia

(tributa según impuesto único 2°

categoría ó global

complementario)

En ausencia de beneficiarios legales

los recursos deben devolverse a la

Tesorería General de la República.

Plan Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

Page 33: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

DEPÓSITOS

CONVENIDOS

PÓLIZAS DE

SEGURO

Pólizas y aportes

anteriores

07/08/2012

Plan A

K contratado

ó

V. póliza + 10% K

contratado

Indemnización:

directamente a

beneficiarios DL 3.500

(libre impuesto a la renta y

herencia)

Indemnización:

directamente a los

herederos legales

(libre impuesto a la

renta y herencia) Plan B K contratado + Valor

póliza

Fecha

contratación Plan

Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

Page 34: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

DEPÓSITOS

CONVENIDOS

PÓLIZAS DE

SEGURO

Fecha

contratación Plan

Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

Pólizas y

aportes

posteriores

06/08/2012

Plan

A

K contratado

o

valor póliza

+

10% K contratado

Indemnización:

directamente a beneficiarios DL

3.500

(libre impuesto a la renta y

herencia)

Indemnización:

directamente a los herederos

legales (libre impuesto a la

renta y herencia)

Valor póliza

La Cía de Seguros está obligada a enviar los recursos a la AFP

donde mantiene Ahorro Obligatorio para que:

La AFP pague estos recursos

como parte de la Pensión de

Sobrevivencia

(la pensión tributa según

impuesto único 2° categoría ó

global complementario)

En ausencia de beneficiarios

legales los recursos pasan a

formar parte de la masa

hereditaria. Tributa impuesto a

la herencia (exención UF 4.000

por el total de platas

previsionales)

Page 35: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

DEPÓSITOS

CONVENIDOS

PÓLIZAS DE

SEGURO

Fecha

contratación Plan

Componente

de la póliza

Fallecimiento

Con

beneficiarios legales

Sin

beneficiarios legales

Pólizas y

aportes

posteriores

06/08/2012

Plan

B

K contratado

Indemnización:

directamente a beneficiarios DL

3.500

(libre impuesto a la renta y

herencia)

Indemnización:

directamente a los herederos

legales (libre impuesto a la

renta y herencia)

Valor póliza

La Cía de Seguros está obligada a enviar los recursos a la AFP

donde mantiene Ahorro Obligatorio para que:

La AFP pague estos recursos

como parte de la Pensión de

Sobrevivencia

(la pensión tributa según

impuesto único 2° categoría ó

global complementario)

En ausencia de beneficiarios

legales los recursos pasan a

formar parte de la masa

hereditaria. Tributa impuesto a

la herencia (exención UF 4.000

por el total de platas

previsionales)

Page 36: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CÓMO

IMPACTA LA

REFORMA EN

EL AHORRO

PREVISIONAL

Menor beneficio tributario máximo, por disminución tasa 40% a 35%

Menor tasa máxima de impuesto por disminución tasa 40% a 35%

Aporte

Retiro

* Los Cambio de Fondo no sufren modificaciones.

APV A APV B DC APO

No aplica No aplica

No aplica

Page 37: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

El límite máximo APV A / APV B es UF 600 anuales (*)

¿Qué ocurre si durante el año tengo aportes en

ambas modalidades?

Orden de Imputación :

1) APV opción B a través del Empleador

2) APV opción B a través del Trabajador (vía directa)

3) APV opción A

SII: Oficio N° 2400, de 17.10.2011

IMPUTACIÓN

APV

Page 38: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

Art. 108

RÉGIMEN

GENERAL DE

TRIBUTACIÓN

Las inversiones acogidas a este Régimen Tributan por

“el mayor valor obtenido en los rescates realizados”.

Si no efectúa retiros se suspende la tributación.

A través del MLT (Mandato de Liquidación por Transferencia), se

puede ejercer la opción de postergar la tributación, en el caso de

cambios entre fondos e instituciones (reinversión-válido para fondos

mutuos).

Los traspasos entre Cuentas 2 AFP, no se consideran retiros.

El mayor valor corresponde a la diferencia entre la inversión final,

respecto a la inversión inicial corregida por inflación.

Los retiros se imputan FIFO (First In First Out)

Los contribuyentes exclusivos del art. 42 N° 1 de la LIR, tienen la

posibilidad de acogerse a las exenciones contempladas en el art. 57

de la LIR.

Page 39: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

RENTAS

EXENTAS DE

IGC

UTM 20

Rentas netas (compensación entre resultados positivos y negativos)

Mayor Valor obtenido enajenación de acciones de S.A. no acogidas a

18 ter y/o 107

UTM

200/800

Retiros de ELD (art 42 ter de la LIR),

cuyo monto no haya excedido de los límites exentos de UTM 200 ó 800

al 31/12/XXXX

UTM 30

Rentas netas (compensación entre resultados positivos y negativos)

Mayor Valor obtenido retiros de la(s) Cuenta 2 AFP (aquella(s) no

acogidas a 57 bis)

UTM 30

Rentas netas (compensación entre resultados positivos y negativos)

Mayor Valor obtenido rescates FF.MM (aquella(s) no acogidos a 42

bis y 57 bis)

UTM 30 Rentas netas (compensación entre resultados positivos y negativos)

Mayor Valor obtenido retiros APV opción A.

Rentas netas (compensación entre resultados positivos y negativos)

Capitales Mobiliarios

(intereses, dividendos, rentas de seguros dotales, beneficios

distribuidos, etc…)

UTM 20

Aplican si el

contribuyente tiene

solamente rentas

del

Art. 42 N° 1

Page 40: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

Tratamiento

Tributario

entre Cuentas

• El cambio se materializa a través de un formulario.

• En el caso de APV y Depósitos Convenidos se utiliza el formulario

"Selección de Alternativas de Inversión".

• En el caso de la Cuenta 2 puede ser a través de una Orden de Traspaso

o formulario Traspaso saldo Cuenta Ahorro Voluntario.

Traspaso

• No se puede traspasar la cuenta, necesariamente debe efectuar un retiro

para cambiar de régimen tributario o producto.

• Los retiros están afectos a la tributación del régimen general, es decir,

por el mayor o menor valor obtenido en los retiros/rescates realizados.

Retiro (Mayor / Menor Valor)

Tipos de Movimientos entre Cuentas

• No se puede traspasar la cuenta, necesariamente debe efectuar un retiro

para cambiar de régimen tributario o producto.

• Los retiros APV están sujetos a la tributación de los retiros APV B.

Retiro APV B (Impuesto Único APV)

Page 41: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

• No se puede traspasar la cuenta, necesariamente debe efectuar un retiro

para cambiar de régimen tributario o producto.

• Los retiros de este tipo de instrumentos tiene la ventaja que se

consideran Ingresos No Renta (INR), por lo tanto, no tiene impacto

tributario efectuar retiros para cambiar de producto o régimen tributario.

Retiro (INR)

• En fondos mutuos acogidos al régimen general de tributación (art. 108), no se

considerará rescate, la liquidación de las cuotas de un fondo mutuo que haga el

partícipe para reinvertirlo en otro fondo mutuo. A través del Mandato Liquidación

por Transferencia (MLT), podrá postergar la tributación hasta que efectivamente

rescate las cuotas.

• En el caso de PERSONAS JURÍDICAS, para postergar la tributación, debe efectuar

un arreglo contable a nivel de RLI.

Postergación de

Carga Tributaria (MLT)

• No se puede traspasar la cuenta, necesariamente debe efectuar un retiro

para cambiar de régimen tributario o producto.

• Los retiros están afectos a la tributación del régimen opcional 57 bis. Los

retiros de éste régimen tributarán en la medida que se generen SAN

negativo (si cumple requisitos podrá descontar la cuota exenta de UTA

10).

Retiro 57 Bis (Impuesto por SAN

Negativo)

• Los traspasos entre cuentas acogidas a 57 bis no existen. Se debe

materializar un retiro y una posterior inversión.

• En la medida que el retiro (institución 1) y la inversión (institución 2), se

efectue en el mismo mes, por el mismo monto, y que ambas inversiones

estén agogidas al regimen 57 bis A (inversiones efectuadas a partir

01/08/1998) se netean los movimirentos.

Retiro - Aporte 57

Bis (posible neteo)

Tratamiento

Tributario

entre Cuentas

Page 42: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

Cambios entre

productos

Cuenta de Origen

APV

A

APV

B

Depósito

Convenido

FF.MM

108

FF.MM

107

FF.MM

Dom. Extr.

FF.MM

57 bis

CAV

RG

CAV

57 bis

Seguro

Ahorro

Seguro

57 bis

Cu

enta

des

tin

o

APV

A

APV

B

Depósito

Convenido

FF.MM

108

FF.MM

107

FF.MM

Dom. Extr.

FF.MM

57 bis

CAV

RG

CAV

57 bis

Seguro

Ahorro

Seguro

57 bis

Retiro (Mayor / Menor Valor)

Traspaso No Aplica

Retiro APV B (Impuesto Único APV)

Retiro (INR)

Postergación de Carga

Tributaria (MLT)

Retiro 57 Bis (Impuesto por SAN Negativo)

Retiro - Aporte 57 Bis (posible neteo)

Retiro (Mayor / Menor Valor)

Traspaso

Tratamiento

Tributario

entre Cuentas

Page 43: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

Domiciliados en

Chile

(Nacionales)

Dividendo

INR

Ganancia

de Capital

Ingreso

Renta

Retiro

Efectivo

MLT

Ingreso

Renta

Impuesto

Único

Retiro

Efectivo

Posterga

Traspaso

Impuesto

Único

Posterga

Traspaso

Ingreso

Renta

Domiciliados en

Luxemburgo

(Extranjero)

Fondos

Mutuos

108 57Bis 107 APV

Régimen

General

(Fuente

Extranjera)

APV

Impuesto

Único

Retiro

Retiro

Efectivo

Posterga

FFMM

Domiciliados

en Chile y en el

Extranjero

Page 44: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRATAMIENTO

TRIBUTARIO

SEGUROS NO

PREVISIONALES

Seguros

Ahorro

Seguros Dotales Seguros

Renta Privada

Ahorro y

Protección:

Indemnización

(INR) Fal

leci

mie

nto

Antes

07/11/2001 Después

06/11/2001

Se paga la Dote:

Indemnización

(INR)

1. Con beneficiarios:

Renta para los

beneficiarios (INR)

2. Sin beneficiarios:

Cesa la obligación.

Ret

iro

Ingreso No Renta

(INR)

Ingreso

No

Renta

(INR)

> valor:

Exención

UTM 17 anual

(por años

vigencia póliza,

pólizas

> 5 años).

Diferencia IGC)

No aplica.

(generalmente)

Art. 17 N° 3 inciso 1° LIR Art. 17 N° 3 inciso 2° LIR Art. 17 N° 3 inciso 1° LIR

Page 45: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

Beneficio tributario que premia el ahorro a través de un CRÉDITO

Crédito = 15%* mínimo (SAN, 30% RTA, UTA 65)

Fija la tasa de tributación de los retiros entre 0% (si retira la cuota

exenta) y 15% (exceso)

También premia el desahorro: si obtiene 4 años consecutivos con

SAN positivo, gana el derecho a la CUOTA EXENTA.

Cuota Exenta: derecho a generar hasta UTA 10 anuales de SAN negativo,

libres de impuesto.

Producto de la Reforma Tributaria (Ley 20.780 del 29/09/2014), este

beneficio tributario se deroga a partir del 01/01/2017

REGIMEN

OPCIONAL

57 BIS

Para los años 2014 a 2016, existen normas transitorias que regulan

la operación de los aportes, retiros y obtención de beneficios.

Page 46: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

REGIMEN

OPCIONAL

57 BIS

Cada año las Instituciones Receptoras (Bancos, AFPs, AGF, Cías de Seguro, etc…) y/o

Instituciones Intermediarias (Corredores de Bolsa), tienen la obligación de informar mediante un

certificado modelo, la sumatoria proporcional de los movimientos efectuados durante el año

(depósitos – retiros proporcionales) y los saldos de arrastre del año anterior (si corresponde).

CERTIFICADO N° 8 (INSTITUCIONES RECEPTORAS) CERTIFICADO N° 17 (INTERMEDIARIOS)

Certificados Tributarios 57 bis

Page 47: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

REGIMEN

OPCIONAL

57 BIS

= SAN

Remanente No Utilizado consignado en la

declaración de Impuestos del año anterior

(si corresponde)

En aquellos casos en que el contribuyente mantiene instrumentos acogidos al Art. 57 bis en más

de una Institución, tendrá que consolidar (sumar) la información de todos los certicados emitidos

por las respectivas Instituciones.

Además (cuando corresponda), deberá sumar la información del recuadro N° 4 (código 703), de la

Declaración del año anterior.

Consolidación de la información

+

Sumatoria de los Certificados de las diferentes

Instituciones en que mantiene productos acogidos al

regimen 57 bis

(si corresponde)

Page 48: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

MECÁNICA

REGIMEN

57 BIS

POSITIVO NEGATIVO

SAN

negativo <= 10 UTA

RETIRO

LIBRE

DE

IMPUESTO

(Premio)

DÉBITO

(Castigo)

15% del SAN

negativo

CRÉDITO

(Premio)

15% del menor

valor entre:

•SAN positivo

• UTA 65

• 30% renta

tributable anual

UTA 10

libres

y

DÉBITO

(Castigo) 15% del exceso

de

UTA 10 negativo

SALDO DE AHORRO NETO

(SAN)

Si No

¿Tiene

cumplidos los 4

años con SAN

positivo?

Si No

Para los

RETIROS

por

APORTES

efectuados

en los años

2015

2016

(sólo se

considera el

capital para

el cálculo

del SAN.

El mayor

valor tributa

según

Impuesto

Global

Comple-

mentario)

Page 49: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

DECLARACIÓN

DEL

BENEFICIO

(caso SAN

positivo)

SAN Positivo

Menor valor entre (*)

código 701 menos código 702

(*) SAN Positivo ; UTA 65 ; 30% de la renta tributable anual

Reverso Formulario 22

Anverso Formulario 22

15% * código 702

Page 50: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

DECLARACIÓN

DEL

BENEFICIO

(caso SAN

negativo)

SAN Negativo

UTA 10

Código 704 menos código 930

Reverso Formulario 22

Anverso Formulario 22

15% * código 705

SAN Negativo

0

Código 704 menos código 930

Reverso Formulario 22

Anverso Formulario 22

15% * código 705

Page 51: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

ANTIGUO Y

NUEVO

(bonus track)

57 bis

ANTIGUO Inversiones anteriores

01/08/1998

57 bis

NUEVO Inversiones a partir de

01/08/1998

Opera la Mecánica de las láminas

anteriores

• Opción válida sólo para retiros.

• Los retiros se imputan primero a los

aportes más antiguos, (si tiene

antiguo y nuevo, para lograr retirar lo

nuevo debe retirar primero todos los

aportes antiguos).

• El SAN negativo tributa con la tasa

promedio registrada en la

declaración de impuesto del A.T.

2001 (código 706, recuadro N° 5,

formulario 22).

• Tiene derecho a descontar la Cuota

Exenta (si corresponde)

• El débito se ingresa directamente en

la línea 19, código 201, form. 22 (no

se utiliza el Recuadro N° 4)

Page 52: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

ANTIGUO Y

NUEVO

RETIRO 57 bis

Cuenta 2 AFP

(mes X)

57

antiguo 57

nuevo

DEPOSITO 57 bis

Institución

(mes X)

57

nuevo

Débito (tasa promedio)

Crédito (tasa 15%)

Se recibe anualmente

condicionado:

SAN (+) ; UTA 65 ; 30% BTA

Se paga de una vez

(considerando

proporcionalidad)

Se NETEA el efecto

Se transforma en NUEVO

Retiro – Cuota Exenta (*)

(*) siempre que tenga derecho (4 años con SAN(+))

Page 53: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

IMPACTOS DE

LA REFORMA

TRIBUTARIA

Tiene los 4 años Consecutivos con SAN positivo

A Año 2014 completa 4 Consecutivos con SAN positivo

NO HAY CAMBIOS: • Créditos hasta extinción

• Fija la tasa hasta 15%

• Derecho cuota exenta hasta

extinción

B

Tiene 0, 1, 2 años Consecutivos con SAN positivo

Efectúa aporte año 2014

para completar los 4 años,

con saldo de arrastre y/o

remanente

NO HAY CAMBIOS: • Créditos hasta extinción

• Fija la tasa hasta 15%

• Derecho cuota exenta hasta

extinción

Consideraciones: aporte suficiente

para generar remanente años 2016 y

siguientes (según corresponda)

C Tiene 0, 1, 2, 3 años

Consecutivos con SAN positivo

Efectúa aportes año(s)

2015 y/o 2016

HAY CAMBIOS: • Créditos hasta extinción

• Para aportes 2015 y 2016, el

SAN considera sólo el capital de

los retiros y el mayor valor tributa

IGC.

• A partir del año 2017 puede

alcanzar los 4 años si mantiene

SALDO FINANCIERO (no

realiza retiros)

Page 54: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

IMPACTOS DE

LA REFORMA

TRIBUTARIA

2017 2016 2015 2014 2018 2019

Menor a 4 años consecutivos:

Rescates: incluyen Capital y Rentabilidad para determinar SAN (Certificado Tributario)

Tiene 4 años consecutivos:

Rescates: incluyen Capital y Rentabilidad para determinar SAN (Certificado Tributario)

Derogado Vigente

1 SITUACIÓN

“SIN

CAMBIOS”

2 SITUACIÓN

“CON

CAMBIOS”

Aportes

Rescates Rescates Rescates Rescates Rescates Rescates

✔ X X X

Menor a 4 años consecutivos: Rescates: solamente Capital ara determinar SAN (Certificado Tributario)

Rentabilidad: se gravará con impuesto global complementario (no podrá

fijar 15%)

Tiene 4 años consecutivos: Rescates: incluyen Capital y Rentabilidad para determinar SAN (Certificado

Tributario)

Aportes

Rescates Rescates Rescates Rescates Rescates

Aportes X X X ✔ ✔

Page 55: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

IMPACTOS DE

LA REFORMA

TRIBUTARIA

Aportes

(4 años) 3 años

consecutivos

Aportes

(3 años) 2 años

consecutivos

Aportes

(4 años)

Aportes

(2 años) 1 año

Aportes

(4 años)

✔ Aportes

(3 años)

Aportes

(1 año) 0 año

Aportes

(3 años)

Aportes

(2 años)

Aportes

(1 año) 0 año

Aportes

(3 años)

Aportes

(2 años)

Aportes

(1 año) 0 año

Aportes

(2 años)

Aportes

(1 año) 0 año

Restricción: No deberá realizar rescates para cumplir 4 años consecutivos

Saldo de

Arrastre

(4 años)

Saldo de

la cuenta

(4 años)

Saldo de

la cuenta

(4 años)

Saldo de

la cuenta

(4 años)

Saldo de

la cuenta

(3 años)

Saldo de

la cuenta

(2 años)

Saldo de

la cuenta

(3 años)

2017 2016 2015 2014 2018 2019

Derogado Vigente

Cumpliendo

4 años

consecutivos, podrán

aprovechar cuota libre

de impuestos (UTA 10)

hasta su total extinción

Nuevo concepto:

“SALDO

FINANCIERO”

Page 56: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

57 BIS

IMPACTOS DE

LA REFORMA

TRIBUTARIA

¡EL 57 bis ESTÁ VIGENTE!

Aún hay tiempo para aprovecharlo…

Si ahorras durante los

años 2015 y/o 2016

podrás obtener sus

beneficios.

A partir del año 2017 NO

podrás seguir ahorrando,

pero SI podrás utilizar de

sus beneficios.

Page 57: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

• Mes siguiente a publicación ley (Octubre 2014) Vigencia

• Postergar tributación hasta el retiro. Beneficio

• Depósitos a plazo

• Cuentas de ahorro

• Fondos Mutuos

Instrumentos

• Hasta UTA 100 anuales (M$ 50 aprox.)

• Considera aportes 57 bis (primer orden)

Límites

• Los intereses, ganancias, quedarán gravados en mismo año con impuesto global complementario.

Exceso (M$ 50)

• Traspasos de saldos (no se entiende rescate)

• Origen: Depósitos a plazos

• Destino : cuentas de ahorro y/o fondos mutuos

Oportunidad

RÉGIMEN

54 BIS

¿NUEVO

BENEFICIO

TRIBUTARIO?

Page 58: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

EXCEDENTE DE

LIBRE

DISPOSICIÓN

Ahorro

Previsional

Excedente de

Libre

Disponibilidad

= -

Requisitos

Saldo suficiente Para financiar un monto de

pensión, de acuerdo a los

requisitos normativos.

A lo menos 10 años de afiliación a cualquier sistema previsional

Pensionarse

Financiar una pensión al menos igual al 70% del promedio de sus

remuneraciones imponibles y rentas declaradas de los últimos 10 años y al

100% de la pensión máxima con aporte solidario vigente (PMAS).

PMAS vigente: $ 291.778

Page 59: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

TRIBUTACIÓN

EXCEDENTE DE

LIBRE

DISPOSICIÓN

C. Obligatorias

C. Voluntarias

D. Convenidos

¿En qué

consiste?

Vigencia

Normativa

antes 07/11/2001 después 06/11/2001

Art 42 ter (LIR)

6° transitorio (DL 3.500)

Art 71 (DL 3.500, derogado)

Fijar tasa retiros

Permitía retirar

excedente con tasa

única.

(actualmente no existe)

Caso Especial

Permite retirar a

través de la antigua

modalidad

(ex art. 71)

Exención tributaria

UTM 800 de una vez

ó

UTM 1.200 en 6

años

SI

SI

Sin

liquidez

SI

SI

(madurez 48 meses)

No aplica

exención

No

Solo CV anteriores

7/11/2001

Sin liquidez DC

anteriores

(Ya no existe) (Debe optar por una de ellas)

No se declaraba (la AFP calculaba, retenía y

pagaba el impuesto)

No se declara (la AFP calcula, retiene y

paga el impuesto)

Monto exento:

línea 8

Exceso: línea 7

Declaración

Page 60: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CUENTA DE

AHORRO

VOLUNTARIO

AFP CUENTA 2

La cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2), se crea como

complemento de la cuenta de capitalización individual,

con el objetivo de constituir una fuente de ahorro

adicional para los afiliados al Sistema AFP.

Desde su creación en el año 1987, ha experimentado

numerosos cambios normativo-tributarios:

Page 61: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CUENTA DE

AHORRO

VOLUNTARIO

AFP CUENTA 2

Antes del

01/01/1994

Los retiros tributan con tasa única de impuesto

(mecanismo ex art 71, D.L. 3.500)

Agosto 1987 se crea e incorpora al DL 3.500 la CAV

Page 62: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CUENTA DE

AHORRO

VOLUNTARIO

AFP CUENTA 2 Después del

31/12/1993

Ley 19.247 ( elimina la tributación anterior y establece una nueva forma de

tributación para la CAV)

Tiene plazo hasta

el 31/01/1994

para acoger sus

saldos y nuevos

aportes al

Régimen

Opcional

(57 bis)

Saldo vigente

y nuevos

aportes se

someten al

Régimen

General

Tributación

Saldos al 31/12/1993

<= UTA 100 Saldos al 31/12/1993

> UTA 100

Mantendrán la anterior forma

de tributación hasta agotar el

saldo vigente al 31/12/1993.

Los nuevos aportes

tributarán de acuerdo al

Régimen que opte el afiliado

Page 63: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CUENTA DE

AHORRO

VOLUNTARIO

AFP CUENTA 2

Ley 19.578 (modifica la tributación del régimen opcional 57 bis)

57 bis antiguo

Inversiones efectuadas antes

01/08/1998

57 bis nuevo

Inversiones efectuadas a partir

01/08/1998

Estas inversiones ya recibieron sus

respectivos créditos, por lo que en la

actualidad solo se pueden efectuar

retiros.

Los retiros generan SAN negativo,

sobre el cual se puede descontar, si

tiene derecho, la cuota exenta de

UTA 10.

Para el determinar el impuesto sobre

la base cálculo del débito por SAN

negativo se utiliza una tasa

promedio.

La tasa promedio corresponde a la

declarada en el formulario 22 del AT

2001 (cód. 706, recuadro N° 5)

Para el cálculo del crédito por SAN

positivo y débito por SAN negativo se

reemplaza la tasa promedio de

impuesto utilizada con anterioridad,

por una tasa fija de 15%.

Page 64: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CUENTA DE

AHORRO

VOLUNTARIO

AFP CUENTA 2

57 bis antiguo

Inversiones efectuadas antes

01/08/1998

57 bis nuevo

Inversiones efectuadas a partir

01/08/1998

Esta opción solamente es válida para

retiros. Es importante considerar que

los retiros se imputan primero a los

aportes más antiguos, por lo que si

tiene 57 bis antiguo y nuevo, para

lograr retirar lo nuevo debe retirar

primero todos los aportes antiguos.

La tasa promedio que se apliocaba

para el calculo de los créditos y

débitos con anterioridad al

01/08/1998 se calculaba anualmente

y correspondía a los impuestos

determinados en la linea 18 dividido

por la base imnponible de la linea 17

del form. 22 de impuesto.

Page 65: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CUENTA DE

AHORRO

VOLUNTARIO

AFP CUENTA 2

Ley 20.552 (flexibiliza el tratamiento tributario y operativo de la CAV)

Los trabajadores podrán tener una cuenta de ahorro voluntario en cada una

de las Administradoras de Fondos de Pensiones, sin limitación a este

respecto (anteriormente solo podía mantener la CAV en la AFP donde

mantenía su Cuenta Obligatoria).

Si los recursos originados en depósitos efectuados en la CAV (se excluyen

aquellos acogidos a la letra A del artículo 57 bis) se destinan a anticipar o

mejorar la pensión, estos tributarán como parte de la pensión, sin embargo,

el impuesto se aplicará solamente respecto al mayor valor obtenido, los

aportes debidamente actualizados no serán gravados, de esta forma se

evita la doble tributación. En aquellos casos en que mantenga su CAV acogida de manera simultánea al

régimen general y régimen opcional 57 bis, podrá seleccionar obre qué

régimen tributario efectuar sus retiros (anteriormente si se encontraba en esta

condición, solo podía efectuar retiros del régimen opcional, una vez que

retirase completamente los ahorros acogidos al régimen general de

tributación).

Page 66: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

CUENTA DE

AHORRO

VOLUNTARIO

AFP CUENTA 2

Observaciones:

• Los afiliados independientes pueden pagar sus cotizaciones obligatorias

con cargo al saldo de su cuenta de ahorro voluntario.

• Los fondos acumulados en la cuenta de ahorro voluntario no son

considerados en el derecho a determinación de garantía estatal de la

pensión mínima, ni del aporte adicional para efectos de las pensiones de

invalidez y sobrevivencia.

• El saldo de la cuenta de ahorro voluntario de un afiliado fallecido

incrementa su masa de bienes (herencia).

Page 67: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

BONUS TRACK

SIMULADOR

Y

TIPS

TRIBUTARIOS

Nueva herramienta para Estimar el impacto de las

Lagunas Previsionales

Page 68: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

BONUS TRACK

SIMULADOR

Y

TIPS

TRIBUTARIOS

Page 69: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

MATERIAL USO EXCLUSIVO SURA

BONUS TRACK

SIMULADOR

Y

TIPS

TRIBUTARIOS

En la intranet de productos se encuentran disponibles una serie de

documentos orientados a la Asesoría Tributaria.

Tips Tributarios

Page 70: R:30 G:46 B:110 Malla Comercial 2015 · Azul Taller de Tributación C:100 M:66 Y:0 K:2 R:30 G:46 B:110 Aqua C:92 M:1 Y:21 K:0 R:0 G:174 B:203 Línea Punteada Uso permitido para separar

Patrón de

diapositivas

recomendado para

exposiciones

Privilegiar fuente

Trebuchet o Arial

Colores Primarios:

Amarillo

C:10 M:0 Y:90 K:0

R:227 G:232 B:41

Azul

C:100 M:66 Y:0 K:2

R:30 G:46 B:110

Aqua

C:92 M:1 Y:21 K:0

R:0 G:174 B:203

Línea Punteada

Uso permitido para

separar secciones

Composición de

Texto

Colores sobre blanco

Amarillo sobre azul

Blanco sobre azul

Aqua sobre azul

Blanco sobre aqua

Evitar amarillo sobre

aqua o viceversa

No utilizar isotipo

(cóndor SURA) como

viñetas

Mantener Bordes

Taller de Tributación

Malla Comercial 2015

Plan de Formación Agosto 2015

Área de Estudios y Tributación