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VOTO . PARTICULAR QUE EMI:(E . EL .. CONSEJERO ELECTORAL JOSÉ ORDENADQ DEL TRIB ... DEL PODER JUD191ALDE SE DICTA LA. $()LJCfruq: .. FORMULADA.POR EL -PARtiDO.-:MoRENA. ,;"-" - ·,-·': .:._; ... -. . 1 ..• ;/· "',> . ... . ··· . ••• · .. · :_;., r;'•!' ···" ;,.,. t_,,,. ). Con fundamento en. el ge,, de del ConsejoGeneral del 1 p.E:)rrr l' ltqma ·nifestar por cuales no acompaño sancionadores en · ·: qrfterio qu o!, ha lugar a la adopción de medidas éautE:)I .. ar.eá. - ' ' ··· ' - .,,. \\,''> ."-\:_,:•,:-. .. t'':; •,, .. ::•-__ '\'. t)J:: , --, ''·._ \e: - ¡: ': :'. \ _.; En lugar, .. ... la ·•· · ''"' · .• ,., pr(). CE:)qimierlto·s, ', ··- · esp· sancionadores, así 9or:Tib 'losprocedimientos ¡/ U .- --' •-''-/; '( '. ___ - . - -,_ -:;, >;\·:\_.. ,,,- -. __ ---. ---_, - '"'"'' ... () Cada·'urio de ep;mencióntie979 de. y los •. e es inhibir .cpnpuctas que.resúltén : :· · •. f De ahí ningpnode," lcp{; 0 y, hl ·os-primeros .•. asemeja porque el legislador difereQclgrazones di. s.tintas ytérminos .. . . '---·<·;_ _--- - '·:·.: __ :- --_:: '.,.:'\ " . ."' - ____ ,. '\ (, Resulta claro que ¡;¡; é'pQtemplan para los procedimientos ordinariosyespeciaiE:lssanciopaa(), ... .. · uecíen ser comparables Oequiparables COn lOS que, en su Cá$0, Se podrían conceder en los procedimientos de fiscalización por lo que, precisamente def ahí parte el error del Acuerdo d Consejo General al comparar procedimientos que por naturaleza son distintos y qu incluso la propia ley los regula en forma distinta. A juicio del suscrito de lo que se trata, es si conforme a la propia regulación de los procedimientos de fiscalización, sin necesidad de compararlo con los procedimientos ordinarios y especiales sancionadores, es viable que sean

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Page 1: r~ . D~~~~~~-~g~~~ -~Ec~o~¡~'f~~~;~~A~f~·~- ~~~ gj~pr~~~~~g · Esto es, no _ puede ser un argw:nenJo para oegar crear un régimen de medidas cautelares en materia de,_-fiscalizaci~n

VOTO . PARTICULAR QUE EMI:(E . EL .. CONSEJERO ELECTORAL JOSÉ

§-~~~~r~ .D~~~~~~-~g~~~-~Ec~o~¡~'f~~~;~~A~f~·~-~~~ gj~pr~~~~~g A~O ORDENADQ PO~ LA.Sf\~ASUP~RIOR DEL TRIB ... ~NP.,~ 'E~ECTORAL DEL PODER JUD191ALDE LAFEDERACIO~ ·-.E.N- .EL SUP-AA~-.3612Q.:I6 SE DICTA RESPECTO •········ · D~1 LA. $()LJCfruq: · Pp;·•¡_ ~J.:)·~eJ:~R .. ~EDIDÁs··~c-~-~TELARES, FORMULADA.POR EL-PARtiDO.-:MoRENA.,;"-" -·,-·':.:._; ...• -. :·i· ~~;,.,,, . . 1

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. ... . ··· . •••··· .. · · : · ··~ - :_;., ~: -'C'i;~:· _·, r;'•!' '· - ~-·-··. ·;.··· _-,~ i·.-;·.·;:~ ···" ;,.,. ~., • • t_,,,. ). Con fundamento en. el a~lcplp ge,, n.~rm~. r(;lli .~l:'i;~eli~~---··· · ~otq . de s~si.p~.es del ConsejoGeneral del 1 nstitúto~aéionca,.t Efeetg~cal /m~ p.E:)rrrl'ltqma·nifestar ~~~\;razones por l~s cuales no acompaño ~~ s~n~i~.p d~-¡~~!~~b,~C,g:~ ~g·e):~~n ' lp~; ¡;>roce~Jmiéntos sancionadores en materi~< ~E:! fi~é~li~ao/ipp. del:>c~t prev~!e~er· · ·: qrfterio qu o!,ha lugar a la adopción de medidas éautE:)I .. ar.eá.- ' ' ···

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Cada·'urio de es6§:.pr9é~dhhi~ntos'i: ep;mencióntie979 ~u ;~bpib a~bito . de. éi.~.!iq~ción y los ll'li~mos atiendena , ffri~~gistinte,~ •. siencJ.é ·qu~:)()·¡~.nico;A-~-~ ti~.n'en e ~-1~ ",:J<.·r¡;r es inhibir .cpnpuctas que.resúltén cqptrcarl~§,~ :.l~. l'19tfl;;í~!h( " : :· · •. ,,~gral. f

De ahí que :s~ puede . ad~~gi~'que, ~fe9J!y~~~nte, ningpnode,"lcp{;0y,hl·os-primeros procedimiento~ · ~~ .•. asemeja ···e~ ~-~s .E:ltal:ia~ ·.,g~R·~~~~re·s;··'''preqi~~~~·~t~- porque el legislador difereQclgrazones di.s.tintas ~(l syspl~~bs ytérminos .. ¡l~~ª'l~s·.

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Resulta claro que 1~;~ -¡ .Jl'l~9 .i ,g.~~ -~~.y~e,lar~~ .··-~ ¡;¡; é'pQtemplan para los procedimientos ordinariosyespeciaiE:lssanciopaa(), ... . . · uecíen ser comparables O equiparables COn lOS que, en su Cá$0, Se podrían conceder en los procedimientos de fiscalización por lo que, precisamente def ahí parte el error del Acuerdo d Consejo General al comparar procedimientos que por naturaleza son distintos y qu incluso la propia ley los regula en forma distinta.

A juicio del suscrito de lo que se trata, es si conforme a la propia regulación de los procedimientos de fiscalización, sin necesidad de compararlo con los procedimientos ordinarios y especiales sancionadores, es viable que sean

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procedentes o no las medidas caut~lar~s.,.tai.,Y como ordenó la Sala Superior del Tribunal Electoral del PoderJoaici.al de i~ feden~cfón. "

A mayor abundamiento, d~ loq~e se trata es det~~miria/1§.itbqp¡fo'rme a la naturaleza de los . procediTientos aé fiscalización ... -·•··' · . .-... solicitaí";Üga t~t~Ja preventiva, solicitud que tiéq.~ su base en artí ndo<d~ la ~_onstitución Política de los.Estados Unidos ·-::

Luego entonces, lo que se ..... w.., ..... materia de fiscalizaci9.h. erlel ., decir, si existiría la posibilidadde

-¿_,-- ''1";"

~ ~fY

únsupu~.sto en caJtelcfres, es

\;'~1

' Asimisn~~. no comparto ef~tgum'e ectoral~del Poder .. Judicial de ' l,a f,~deración · SUf;~~P 2~2/2012, señaló 9y.e I~ 1;10 ICaiQ.I~ ialc)s plrQ~eg¡Q1J.~~I"'f!:>l?~l~·9-fll~l,d) adq~e~,.~n materia de fiscalizáCión· no · ....... "'""" a' [)!OSI lar,g~ ... Jo anterior en virtud q JP. ··f~~P.

enqpqtramos c9n un entr~gª en vigot\•de. la pasago 23 de l'llai9 '9.§

No se comparté eF'árgúm~~to qJ'e·, éh viftud 'que F'lP se .. -· .-- . en el marco

n-ormativo . constituc. io. n~J, --~.-·-e.-- ·-·- ··----·-·.g-· .•. ··-··-·-·.·-·---a·-·-·-·---··-·-·--·--1--,:·X····· .. · .. •.r-·.·.•.e ..•. •.... · .. -·-.· ... ·---g--··-·--· •. ··.·-·-l-··a··------·-: .. 'T.e.-------·--------.·-·-.-.·-.n•--------·-•·t·.·.·.a ... ·--·---.--.. --· .. ·-·--·r!? .·. 8.--·--·.··---·-·-·-u···--··-····--·-·-· .. ·.·-e·-·------.··--··.·.·-·-·--; .•. ·.·-;,f.•.J .. ·~-~·- --- - ... los procedimientos~ sancionadores en materiá:defiscaUzación, no se PL!eci.eestab un régimen para la procedencia de medidas .cá.uteláres· e~ - dich'a materia. Lo anterior, porque se desconoce una posibilidad de. evolución del derecho electoral precisamente~ cuando este se ha ido construyendo a través de las inconformidades que han , tenido diversos justiciables, por ejemplo:

a) Procedimiento Especial Sancionador: La Sal~ Superior mediante el SUP-RAP- ~ 17/2006, revocó la determinación de1 Consejo General , ordenó al Instituto Federal Electoral instaurar un "Procedimiento Especializado", que fuera idóneo, eficaz, completo y exhaustivo, en las que se cumplieran las formalidades esenciales del

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procedimiento, que permitieran preve,nir la coll]iSiQn de conductas ilícitas y restaurar el orden jurídico Violado, el ClJéltdébía re~li~ar~e 'dfcon~?rmidadcon los criterios de idoneidad, necesidad y proporcic;malidad: Lo antedor ya ~ u7·. eiiJ1stituto sólo contaba con un procedimiento át¡lncionador genérico cuya tramitá6ión.,eÚi\ lenta, el cual tenía como consecu7nciaJa im-posición de una .< . .. que iba áe,~de La>ªmonestación pública hasta la 'imposición ·de multas · ',. · . ministracroh · · ·· ,., . ·; . -,A:

norm de fiscalizac . su caso, estableci decretarlas, así e sustanciarse". [énfasis

•,

.. · •'fri'''' o-"""r~les dé,l ciydadano

L'- ~!!:'~---~~2,~~~ ~:~~- ·. ··.· Supérior_g7spués · ooo Y' ta3/2ooo

los'{ier -~hos ~~' •,-

ad _,\Jas os es,letwl?s

que en estudiarlas y

é al cual debían

]

Luego entonces, el Órgano máximo jurisdiccional en materia electoral facultó al Consejo General de este Instituto en dado caso de considerar posible decretar medidas cautelares en materia de fiscalización, establecer el órgano a quién correspondiera estudiarlas y decretarlas, así como definir, en su caso, el procedimiento al cual debían sustanciarse, motivo por el cual no comparto el argumento que se esté violando el principio de legalidad.

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Esto es, no _ puede ser un argw:nenJo para oegar crear un régimen de medidas cautelares en materia de ,_-fiscalizaci~n ,el ,:he9ho 9.ue .. no exista disposición constitucional ni legal i en el qu~ se corítempl<3n . }asJ11)~ma~· .... La sentencia de la máxima autoridad jurisdicc;;ional en materia electOral,pr~qis~r:lJé'nt~ ordena que se razone la posibllidad de dicha existenc;ia, no ., que se at lare ~i ,bay o no uri fundamento jurídi.co que las contE!IllPie, ·· ' .:

_, _,

b) Fin~lidad del prbce(lími~nJº .$iuí~iónád'' · fiscalización. ·

La segunda vertiente a quese'refi qu~ señala básicamente gyé, co . sistema de fisqalización, no o:.t::1rc:2 -

cautelares, y pon ' rebasó el tope de ·-Mc:o~•v .... •

.. con un dictamen ......... ~ .... ·· ~ por pªrte de la a proy.jsfonales ·• s(3ría tenétE3fectos contrªri

Ag r!3ga.él orc1Vell3totde>Ac:uerd o ya ejecutad cautelarE3s sobre puedeq·r: yocar actos resoluciórrd~ fondo, lo cua!. al haber conclyi~9 una -·•.. . •. decir, se pueq~-iiPrs>vocar i ·

-~: · _,,¡;_ ~:i.l,;V.._ •

I.GI'II',GUV en'' m~teria de

'\'/'''"'"'\ " ..

\\ ', '"4'~;.-'F _.

~::n.:o.nnJo·n¡n t:'l ' "•sus fi i\~s.;~en el ue rigg' en el

autoridad electoraL

De las múltiples p~sibilidades de:lnfraccio,nes ue r en materia de~ fiscalización, considero que al menos podría caso que se trate de~ aportación por sujeto prohibido por la · ley, sin que se cuente con un dictamen consolidado; en razón que no sería tan complejo que la autoridad electoral

1

determinara que bajo la apariencia del buen derecho se ha violentado la ~ normatividad electoral, y que para evitar situaciones de inequidad en la contienda '--,,~ electoral se deben ordenar diversas medidas provisionales.

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e) La interpretación de las medida~cau~eléfre~ dentro ·· del marco del derecho fLu1damental de acceso aJ¡¡¡'jüsHci~. · · ;; ,· ·;, ;,;· · ·

Ajuicio del susc~ito, hay uií trat~rrlÍ~nto equivocado eh~~~-!~' ~-~~rta~o, en virtud que para abordar la procedencia de las medidas.,c;autelares en m~teria!tie. fiscalización,

·• . . ..... .. •. .· . " . , .. •' ,.•· ,,; .• ._. "•.ec.. . '•>" '~·--·--··

no es vía el análisis de un paradig_~éf ?~ . c:f .~.rech?~ fundam·~;ntal~~. sino de preservaciqp ,de principios re'ctpr(:!sen,i.m;atertél, 'elec.toral, '•p¡¡trti~ul_armente equidad y legalidad y no a partir. del0~ deréé.hes ·éo .~s~~Qífico. ·. ~~·y }

, ... '' ''' '; ' '' '"- •'' \;' .,, ___ --,,~-~- \'')h:<:-···----- -- --:\, , -\ .

En ese sentido, considero riece$ári~Jafi~ú~a ;de1''fR'~~icl~$i¿6a:Jt~J~~es con''Ta'itih.alidad de pr8te9er los principios de lé1 'tun,qi9º. 7~!~fí8r;~.~-.. :il :1·~-~y ~~í~\·\~~-!Rci~:étd res·~on ble de que los procesos elect()Iél.Ies s~phcópfiábiE;!~-~ &t~ré;) ·. P.~r:· · · · · \\ ,,. \

En ese sentido, valdría mucho la pena &~-~-- ~~ta :~Ltorid~~ e ,,.;\ .. _ a lí~:;·~e crecimiento y de progreso del derecho electoral, e~ ·· ::e · > , . , , ~vo ~o"~~~lo de fiscalización que qa ,. atribU,Ci0!1eS a. este - ~ Q~tit . .,ara fis·~ Ji~~~· todq,§j't' las activid~des de los P.~rtid~~ - -~()líti~os ~a_,· s7~:_.¡ f~~.e~ale~,.:o.. \lp~~~~~~f~¡~ garél['ltl;lar que .l.a contleJ1cJél ' · eJect.Qr,~l se .,q~·i,eJ1 .GP!ldlciOJ1es de eq~1Gf9CI : ;í

,·t : .. . >,>·l : .. ::; . \ . · .. < •••. :. ' .. .. .. < . >· '~,;'.! ' ; ___ '·¡_:_.'¡ \ _ •. ~.--... \·.¡'·_:_.

,, _"_~ ·e·--"~,~., ~'·r-l~r ··.;:~-·<·--:.: - :-- ~ -- :· , .. 'i'( .. --. '~,"~ ''> •-. """:"<.~ ;¡ "'

2. c~~iefár~~;~:,~en ' álg,.und1'

•,:~::f'i

A través de la adnn•"""n detectando a · través de prohibidas, o bien dictando como presuntamente ilícito.

ad, para res y

Ídatos no medio de

electoral.

ar este problema provienen de fuente

rou.c.nr•va acciones para suspender el acto

Es importante precisar, que solo en casos excepcionales serían procedentes las medidas cautelares, es decir, solo una pequeña parte de todo lo que conoce este U Instituto.

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Por otra parte, mi propuesta no afec.taría ~1 fi11anc.iamiento públic.o de los partidos polític.os, lo anterior, tod~v~.z que·. la'me~ i~a q'aut~·lar ~p el supuesto que resultara proc.edente sería par~ or9enar,, a.f instituto político qe.~99Ci~9o que no utilic.e la aportación realizada con recursos presuntamente ilegal~s •. ,"~¡í, cpmo se deje de realizar la misrt1á, .,por lo tanto, su financi~rt1i.~l'lt<:>J~rt1ás serávuJper~tl.Ro le causaría un daño irreparaqle, ya que al detectar~~ V9~ ':<?p,6,duqt~. presumibl~m:rote contraria a la normatiya.eléctoral se actuaría .~.Q el · mqme'tlf~; QPg~tu;¡.o, no ásj1té§g~rar hasta resolver el fóhdo del asunto . . ) · . ,;'•i' ... :. ·:.'{,·;·.,· . .i!~L.'< ~. · · ' 1:~'· · )• .

Luego entonces, deb~éxist~,ifh in~~~Ji~~~~¡~:~~}f'(~ ~\:ces~' d~Ici~ actos o he~hos. que pudiercfn cÓhstituir .·Y~~ ; in.(r,~9~ió~ :·:~~ ..Í~, ~~K \. , y~h~l~ctor~J,,..·~~n el obj~to ··de evitar la prod ucq,iép . de,q~ñps : if~~~~(~.8 1 ·~·s .•• l~<~f~~~clCiP~r;.:~e •.. los pri .~9ipjos que rigen los propesos ~léc~oral~s·'p l~ .. '{u!n~wción. d.~lp~~piénes:· · .,. í ic9s tu~~~a~t<:>s por las disposicion:s . 9~ntenida~ .. ~11 ·1~· porn1~tivida9 •. : 1ec . . n tart8 . se emita la resolució9 de~ini!iva, lo ~y~l :~ ·r~R:e~·r ig ep <y[~p\, ·r ·j.los pfo~(os partidos quienes pr~.septan ~y c.óri't,~qlliaadant~ . t~ autorida ,qdra, PH!ii~~n ocultªralgunos ingr~sqs de cesta: índole: . ;:.:· .'~·; .. · ~\ ·,., i {/

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,··,,,,,

p '} 3. Propuesta

Luegd •..•• e.ntonce~··f . ·~.~ ... ..• Ar<:> .~<:>ne .. el ..... e.i.~ui:~nte pri9~ª··¡M i~:hte ·••.•c6n!?~rnk .,1~1 sustanciarse ·la e!d,of?qi.pn 'd:. · rn~dida~ qautela[~$·, :rTlQ?ificándosé' ·ei . J~eg Procegimientos Sanciopaé:Jqt~sé~)v1at~ria q~Fi~ca,HZªciónca e~a.ndo el · bis denoniinado medidas cautelares: : " ) ' . '~"'

Artículo 29 bi~ ·

Medidas Cautijiáf~s

,, ~),'.)'i·f:·;

.. 1. Las medidas cautelªres sql(} pueden .ser di

1. El Consejo G~rler~(y lc:(Co~i~ióp de Fiscalización, a petición de parte o de forma oficiosa, a própúestádé la Unidad Técnica de Fiscalización.

2. Las sesiones de los órganos mencionados en el párrafo anterior para determinar el dictado o no de medidas cautelares podrán ser en cualquier día~

3. La adopción de medida cautelar será procedente por la probable contravención a los artículos 54 numeral 1 de la Ley General de Partidos

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Políticos y 380, numeral · 1, inciso d), asL .~omo 394 numeral 1, inciso f) de ña Ley General de lnstituci()nes'y ~roc'~~imientqs El~ctorales, es decir, dejar de recibir aportación de entes prohibidos, 'así corr\o no 'gástaresos recursos.

·;, ,. /~:i. </ ·'· "., ":. ...

4. La solicitud de .. adoptar medidas cautelªr~s .será notbri~iñent"e Jrnprocedente, cuando se denuncie: · · <::· · ·· -~ · ·

--~' ' .,_ "'<·>:' . : (;,,·'<<~.~ ..... ~ .

" l. La omisión de ... info,rmati 98st()S·· ~J~~pid9§. :··.j.J;,;s·"l .. "'?•,,

11. . El ejerci~ip dé gªstÓ~n . ª~éés9cl~l' · t~pe8é !'@~I1Jpa,r'ja. .•. . . ·······•·········· .•.... > .t'··--r· .· , .. ir . /·;·;,.., • .,.,,.· .• •. ·:' ~>::·.:.:·< ;·:, .. ~\;:\ ·. ·1~~

5. ····En·Jos casos de notc:>ri .aimpr§c~cleriRia, Br~~f~t9§ .:~ ...• > .. ii~ ·fr~B·9lhn~s ant~.f(or~s. la ,Unidad Técnica de Fiscal_fz~~i.8J'l¡;, .. éfªHtu~in~R pn~\·v~l()~~d~.P ... ~relim1oa~" al respecto, podrá des~char la solicitucl sin ma~or tí:á'"Pite, 19·:Ru~: rié>ti&~iiirá póroficio a .la Presidenciª .de las;omisión .yal~ ~()li'pi~ant~ .Ee ' l"h(~· .~r~ · R~~~q~)1J~ ... '! ···§•1t''

6 . . Los requisitos ~~Ja m~cm~a cat.ltel~r soll: '•

1. ldentificación.deH·ptomoveote; :<. ., . ,. /'- -,_- ~o;:. --- >; _'> t}

j ' ,< J

notifiC'acipdés ~ " Y::.en · s~.J,cks~ , u~: : correo Íl. Doñ"Í. i. <:;J!iÓ x B.~f~ :· oJr Y. ~~<:;ibir electrónico y •núrJ:lerode,Ja,x; ·· ..

<¡;t:;:·~.:io:~.::;· _;'_ ,: ---. . ,•. -:. r ,.· _,¡·~~' ---- .

I .. IJ;' N(irración .•.•.• exp·r~~~ . ··y~i.pl(if~ . ·.g~· lc)~ ·r~'86é~<·~P:' ~~··basa manifestando la . posible afectaciÓn a los Nalore.s:.;;, principios materia electoral, y .· · .: . .. ,. "· ·

IV. Las i ~Wffi~pas feh.~~ieHtbs\que .. · ácr~dit~'R '. sus ·.prete ismas que deberán esÜirrelacioriadasxcon. lós hechos, p~ra q·úe.> edite la razón •

de su dicho yqú)?J0~~~ff~~K,~~;:4f;l',;~~,~~:m~j~!B~:?,égcia en la resolución.

7. Si la solicitud de adoptar rñedÍda;¡:caui..,l~~es ~o aclú~~iza una causal de notoria~ improcedencia, la Unidad Técnica d. e Fiscalización, una vez que en su caso haya~' realizado las diligencias conducentes y después de haber admitido la queja o denuncia, la remitirá inmediatamente· con las constancias recabadas y un proyecto de Acuerdo a la Comisión para que ésta resuelva en un plazo de veinticuatro horas.

8. El Acuerdo que ordene la adopción de medidas cautelares deberá contener las consideraciones fundadas y motivadas acerca de:

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l. La prevención de,.dáñds ifr~pªr~bl~·s e~ las .9onti~ndas electorales, y 11, El cese de cúé:)lquie( acto o hecho que pue~~ ~nt~f;)ñar una violación o afectación a los principios rectores o bienes jurí~Jco.sJÚtelados en materia electoral. . . · . A· .: l :,

9. El Ac~erd6 en que se detE1fmiri~' l¡3! i ~[~db.ec{§~::;; ~~ medi~a~::;ttc~utelares establecer~ la · suspensión jpni~.~ia~~· ~~ ;;··19s . '~~:g.hq~~:·~~~eria ·a~ · la)rmisma, otorgando en su cas.o u~ plé;i;zQ;.pO mé:}}'()f• é:).4~;i:bPrª~ .·~r "" Ífi~6~p la nat~Ié:liE1za del

acto para que los syj~toso .•••... ·.b···············'·igad·o····· ....•. s.: •. •·····.l···a ... ·.·. a·····ti .. e .....•....•.•. n .•. ·.···d······.· ...... ·.ii•rt ·.·.•·•••···••·•·.·••·••· •...••.•.•. · .• : ... \.\' '\l.:f7.:'?' '•· .· . '.· ' ... ,· . ... ,. ·''' •,· 3<~;\·:~;, \,. ,./i 1 o. El Acuerdo por el que ~e de~~~~'e·> ~ ;~~:d~~¡~ :la ~1' ·. ··· cj,?Q::;··a·e. un~-g:i·edida cautelar se deberá notificar a las p~rtes; err.t~ tmifiq~"é:l · · · · .o enJa·,~E3Y General y el R·eglªni.Emto. ·;.~· . · · .;;,.. · · ·., ·~ ".,,;#;1!)

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11. Cuando la Gll}ida~ : Té,~pi.cª d~ . Eiscáliz.~ci?rfc~enga, C(). cJrfii~'lt();;p,el progable inc~mplimiento de, álgub~~.·tmedida .. cau~E11alt (>r~enada .... ~ór,, ·la ¡e ,Omisi , e ~is~alizació8 . ·0 el c~q~~J§' C3'~9~(el; ' ci,~f~ i8i~i.~ ~\~. ~ n,uevo pr~.~~~.~~jento ~ inv~stigación 'ge .... , esto~ '.t"lechds, ;g .los p~qr~, ,R~P~.!~.e.r~.r de~tr~: ·~.•~ la inve,stigación, o' t;)Je,n, podrá impóne·r: el rnegio ··dé' ápr~mio ;q!-.u3' e$tinae _,.. , . .,."",.

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para lograr el PH.t'rl.RiiryJi~r1tp. de lé:). medida orden9da, •:.·+\·> ·· < ..•.••. ::::) rt

Por lasrazones exprésad~s"n<> ,'~cotnll~ño eJ; ~~Ó!idg ig.e 9;~cl~f~~,\·que nq: la adopgión de medidas caoteJar§:~: en· n;at~riª o$:fl$é'ªli?: " · , · ·• ·

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JOSÉ OBERTO RUIZ SALDA~Á CONS.EJERO .ELEÓTORAL.· · ..

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