¿Qué hacer en caso de accidente laboral?
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¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador/a sufra con ocasión o por consecuencia del tra-bajo que ejecute por cuenta ajena. LGSS.Artículo 115.
¿QUIÉN TIENE LA OBLIGACIÓN DE INVESTIGAR LOS ACCIDENTES DE TRABAJO?Es una obligación empresarial (Art. 16.3 LPRL y Art.6 RSP).Cuando se haya producido un daño para la salud de los traba-jadores/as o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud prevista en el Art. 22 LPRL, aparezcan indicios de que las me-didas de prevención resultan insuficientes, la empresa llevará a cabo una investigación al respecto a fin de detectar las cau-sas de estos hechos.
¿QUÉ ACCIDENTES DE TRABAJO SE DEBEN INVES-TIGAR?Según el Art. 16.3 de la L.P.R.L., la obligación de la empresa se extiende a investigar todos aquellos accidentes con con-secuencias lesivas para los trabajadores/as afectados. Pero la investigación debería extenderse a todos los accidentes, incluidos aquellos que no hayan ocasionado lesiones a los tra-bajadores/as expuestos, es decir, a los “accidentes blancos”, popularmente denominados “incidentes”. Su investigación permitiría identificar situaciones de riesgo desconocidas o infravaloradas hasta ese momento e implantar medidas co-rrectoras para su control, sin que haya sido necesario esperar a la aparición de consecuencias lesivas para los trabajadores/as expuestos. ¿POR QUÉ SE INVESTIGA?Porque es difícil que un accidente se explique por una sola causa que lo motive. Más bien al contrario, los accidentes suelen tener varias causas concatenadas entre sí.Es nece-sario identificar las “causas principales”. Aquellas que han tenido una participación decisiva en la aparición del accidente y cuya eliminación proporciona unas garantías amplias de no repetición de otro idéntico o similar.
Dado que el objetivo principal y último de toda investigación es identificar las causas del accidente y éstas suelen ser múl-
tiples, de distinta tipología e interrelacionadas, es necesario profundizar en el análisis causal a fin de obtener de la in-vestigación la mejor y la mayor información posible, de modo que se puedan establecer e implantar las medidas correctoras necesarias para lograr la “no repetición” del mismo accidente o similares.
¿QUIÉN PUEDE INFORMAR?En el esquema se muestran distintas fuentes desde donde puede llegar la noticia del accidente; lo importante es que esta información llegue a las Secretarías de Salud Laboral, desde la cual se pondrá en marcha el proceso de investigación.
¿QUÉ SE PUEDE HACER?Realizar la investigación lo más inmediatamente posible al acontecimiento. Ello garantizará que los datos recabados se ajusten con más fidelidad a la situación existente en el momento del accidente.De ahí la importancia de tener cono-cimiento de los accidentes y de gestionar correctamente la información de los hechos.
Por ello, en la investigación de todo accidente, se debe profun-dizar en el análisis causal, identificando las causas de distinta topología que intervinieron en su materialización y no conside-rándolas como hechos independientes, sino que se deben con-siderar y analizar en su interrelación, ya que tan sólo la inte-rrelación entre ellas es lo que en muchos casos aporta la clave que permite interpretar con certeza el accidente acaecido.
Realizar la investigación del accidente siempre “in situ”. Para un perfecto conocimiento de lo ocurrido es importante y, en muchas ocasiones imprescindible, conocer la disposición de los lugares, la organización del espacio de trabajo y el estado del entorno físico y medioambiental.
Preocuparse de todos los aspectos que hayan podido interve-nir. Analizar cuestiones relativas tanto a las condiciones mate-riales de trabajo (instalaciones, equipos, medios de trabajo,...), como organizativas (métodos y procedimientos de trabajo,...), del comportamiento humano (cualificación profesional, acti-tud,...) y del entorno físico y medioambiental (limpieza, ilumi-nación, ... ).
ESQUEMA DE INTERVENCIÓN SINDICALEN ACCIDENTES DE TRABAJO
INTERVENCIONES SINDICALESANTE UN ACCIDENTE DE TRABAJO
TELÉFONOS Y DIRECCIONESCCOO GRANADA
C/ PERIODISTA Fº JAVIER COBOS, 2.Tlfno.: 958 80 85 80
SECRETARÍA SALUD LABORALU.P. GRANADA
Tlfno. 958 80 85 90Móvil: 646 00 86 53 / 679 74 82 03
e-mail: [email protected]
SECRETARÍA SALUD LABORALCCOO ANDALUCÍA
Tlfno.: 954 50 70 01
SECRETARÍA ACCIÓN SINDICALU.P. GRANADA
Tlfno.: 958 80 85 89Móvil: 649 10 69 58
SINDICATOS PROVINCIALESActividades DiversasTlfno.: 958 20 40 75
AgroalimentarioTlfno.: 958279001
Comercio, Hostelería y TurismoTlfno.: 958270505
Construcción, Madera y Afines Tlfno.: 958209120
EnseñanzaTlfno.: 958209424
Industrias Textil-Piel,Químicas y Afines Tlfno.: 958291203
IndustriaTlfno.: 958284040
Sanidad y Sectores SociosanitariosTlfno.: 958275332
Servicios Financieros y AdministrativosTlfno.: 958291897
Servicios a la CiudadaníaTlfno.: 958289842
Qué haceren casode accidentelaboral?
1 ITSS: Inspección de Trabajo y Seguridad Social.2 CPRL: Centro de Prevención de Riesgos Laborales3 AT: Accidente de Trabajo
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