QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS ... · TÍTULO : QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA...

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Asamblea Nacional Secretaría General Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá TRÁMITE LEGISLATIVO 2019-2020 ANTEPROYECTO DE LEY: 048 PROYECTO DE LEY: 043 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS PRINCIPALES CARRETERAS DEL PAIS CON PAVIMENTOS DE HORMIGON DE CEMENTO PORTLAND O PAVIMENTOS RIGIDOS. FECHA DE PRESENTACIÓN: 22 DE JULIO DE 2019. PROPONENTE: H.H.D.D. KAYRA HARDING Y PETITA AYARZA. COMISIÓN: INFRAESTRUCTURA PUBLICA Y ASUNTOS DEL CANAL.

Transcript of QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS ... · TÍTULO : QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA...

  • Asamblea Nacional

    Secretaría General

    Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá

    TRÁMITE LEGISLATIVO

    2019-2020

    ANTEPROYECTO DE LEY: 048

    PROYECTO DE LEY: 043

    LEY:

    GACETA OFICIAL:

    TÍTULO: QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS PRINCIPALES CARRETERAS DEL PAIS CON

    PAVIMENTOS DE HORMIGON DE CEMENTO PORTLAND O

    PAVIMENTOS RIGIDOS.

    FECHA DE PRESENTACIÓN: 22 DE JULIO DE 2019.

    PROPONENTE: H.H.D.D. KAYRA HARDING Y PETITA AYARZA.

    COMISIÓN: INFRAESTRUCTURA PUBLICA Y ASUNTOS DEL

    CANAL.

  • Panamá, 22 de julio de 2019 ~?1-;J/;1 .. ~ .. ~.45

    Honorable Diputado Marcos Enrique Castillero Barahona Presidente Asamblea Nacional

    Señor Presidente:

    De conformidad con la facultad que nos concede la Constitución Política de la República y

    el artículo 108 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, presento, por su digno

    conducto, a la consideración de esta augusta Cámara, el Anteproyecto de Ley, Que establece

    medidas para la construcción de las principales carreteras del país con pavimentos de

    hormigón de cemento Portland o pavimentos rígidos.

    Exposición de Motivos

    El Estado panameño le faculta al Ministerio de Obras Públicas (MOP), la potestad de

    estudiar, diseñar, construir y mantener las vías que en su conjunto forman la red vial. Esta

    red de caminos, carreteras y autopistas a nivel nacional, diseminados en las 10 provincias y

    cinco comarcas, tienen diferentes prototipos de superficies tales como: tierra, piedra,

    tratamientos asfálticos, hormigón de cemento Portland.

    Este último pavimento de hormigón, también se denomina rígido, y se distinguen

    generalmente por la cantidad de aglomerante utilizados que son de producción nacional

    (cemento, agua, piedra y arena) y que le brindan resistencia estructural por el uso y frecuencia

    de los vehículos pesados y a las inclemencias climáticas. Su ciclo de vida útil es de 20 años,

    siendo infraestructuras viales eficientes. Se caracteriza por la cómoda circulación de los

    vehículos.

    Históricamente, el Ministerio de Obras Públicas ha optado, en su mayoría, por la

    construcción de carreteras de superficies asfálticas o flexibles. Sustentan esta acción al hecho

    que el costo de construcción de este pavimento flexible es menor y son más fáciles de reparar,

    no obstante, su duración es más corta, de 15 años, y está condicionado a que se le de

    mantenimiento constante, práctica que en general, en nuestro país no se hace con frecuencia.

    El asfalto es un producto derivado del petróleo el cual debe de importarse, por ende, es caro.

    Aunado a esto, contamina el ambiente y muchas veces no cumple con las especificaciones

    de calidad requeridas.

    JsamaniegoTexto escrito a máquinaANTEPROYECTO DE LEY Nº048COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA PUBLICA Y ASUNTOS DL CANAL

  • Los beneficios económicos, de seguridad y comodidad que se atribuyen a las carreteras que

    han sido construidas con cemento de hormigón Portland desde el año 1980 hasta hoy, son

    evidentes, tales como la avenida Ricardo J. Alfaro, la autopista Panamá-Colón, carretera

    Divisa a Las Tablas, los corredores Norte y Sur y las tres fases de la Cinta Costera.

    En ese sentido, también podemos señalar la carretera Panamericana desde el hotel Riande

    Aeropuerto hacia Chepo construida en 1980 de cemento Portland, su ciclo de vida óptima

    fue de veinte años; sin embargo, tiene 39 años, demostrando que los pavimentos rígidos son

    infraestructuras viales eficientes, que con poco mantenimiento demuestran que a lo largo del

    tiempo resultan más económicas.

    La presente iniciativa legislativa propone la utilización de pavimentos de hormigón de

    cemento Portland, también llamados pavimentos rígidos, en las principales arterias viales en

    el territorio nacional, con el fin de que se brinde un servicio de comunicación óptimo, de

    seguridad y comodidad a la población, además de durabilidad y de ahorro económico para el

    Estado.

    Por todo las razones y consideraciones expuestas en la presente Exposición de Motivos, le

    solicito el Anteproyecto presentado, reciba el trámite legislativo que establece el Reglamento

    Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea, para que en consecuencia sea debidamente

    prohijado y debatido por la Comisión correspondiente.

    Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional por la H.D. Kayra Harding, el día 22

    de julio de 2019.

    Muchas gracias,

  • ¿z/;j/f ? '. ti J

    Anteproyecto de Ley N°

    (De 22 de julio de 2019)

    "Que establece medidas para la construcción de las principales carreteras del país con

    pavimentos de hormigón de cemento Portland o pavimentos rígidos"

    LA ASAMBLEA NACIONAL

    DECRETA:

    Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer la utilización de pavimentos de hormigón de

    cemento Portland, también llamados pavimentos rígidos, en las principales arterias viales,

    mediante la implementación de un plan de inversión de infraestructuras a nivel nacional, con

    el fin de que se brinde un servicio de comunicación óptimo y duradero a la población por

    parte del Estado.

    Artículo 2. El Ministerio de Obras Pública (MOP), como ente rector de la construcción de

    carreteras en nuestro país, tiene la obligación de utilizar hormigón de cemento Portland o

    Pavimentos Rígidos, en las carreteras principales que comunican a las provincias, así como

    la vía Panamericana, las rutas Transístmica entre el sector Pacífico y el área Atlántico, las

    autopistas y las vías principales dentro de las ciudades en las cuales sea relevante los

    siguientes aspectos:

    1. Altas exigencias de tránsito

    2. Alta confiabilidad en el desempeño de la estructura (Movilidad y Seguridad vial)

    3. Menores costos e impacto en la operación por intervenciones de Mantenimiento

    (en términos de frecuencia y magnitud),

    4. Mayor edad de Diseño

    5. Impacto de la vía en el Plan de Desarrollo y sostenibilidad, considerando su aporte

    a consumo energético, reducción de C02 por:

    a. Uso de Materiales locales y sus procesos productivos

    b. Impacto ambiental y Ciclo de Vida

    Artículo 3. La red vial del Ministerio de Obras Públicas señalada en el artículo 2 de esta Ley,

    tiene que cumplir con todas las especificaciones técnicas que establece el Ministerio de Obras

    Públicas para la construcción de carreteras con Pavimentos de hormigón de cemento portland

    o pavimentos rígidos, así como las obras complementarias, como sus respectivos hombros a

    cada lado de la vía para que, además de brindar mayor seguridad a los usuarios, garanticen

    que se cumplan con las condiciones de físicas y de operación de la vía en cuanto a drenajes,

    JsamaniegoTexto escrito a máquinaANTEPROYECTO DE LEY Nº048COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA PUBLICA Y ASUNTOS DL CANAL

  • planicidad , confort y movilidad requeridas para cumplir con la factibilidad económica y ciclo

    de vida esperados.

    Artículo 4. Los trabajos de rehabilitación y de mantenimiento de estas vías establecidas en

    el artículo 2, se tienen que realizar en apego a las especificaciones técnicas que rigen los

    Pavimentos de hormigón con cemento Portland o pavimentos rígidos, con la periodicidad

    que así lo amerite, garantizando que se cumpla el criterio de Diseño y ciclo de vida no menor

    a 25 años.

    Artículo 5. Las carreteras que no son contempladas en el artículo 2 y que se encuentran

    distribuidas en todo el territorio nacional, deberán ser construidas basadas en el buen criterio

    del Ministerio de Obras Públicas ya sea de pavimentos de hormigón de cemento Portland,

    también llamados Pavimentos Rígidos, hormigón asfáltico, o cualquier otro sistema que

    pueda ser debidamente justificado por esta institución, al igual que su mantenimiento

    preventivo. Se exceptúan de esta exclusividad de pavimentación, los caminos rurales de

    producción que el Ministerio de Obras Públicas así considere. Para lo anterior se debe

    desarrollar el análisis comparativo de Ventajas y Beneficios que contemplen los aspectos

    decisorios del Articulo 2

    Artículo 6. El Ministerio de Obras Públicas, en un periodo no mayor de un año, una vez

    sancionada esta Ley, establecerá una política de planificación de expansión de carreteras para

    todo el país, programada a 50 años de crecimiento económico, con el fin de preparar los

    presupuestos de inversión del Estado.

    Artículo 7. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente de su promulgación.

    COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

    Propuesto para la consideración de la Asamblea Nacional, hoy 22 de julio de dos mil

    Diecinueve, por parte del Honorable Diputada Kayra Harding Tejada.

  • PROYECTO DE LEY N°043

    COMISiÓN DE INFRAESTRUCTURA PUBLICA Y ASUNTOS DEL CANAL••• .'>i.

    ~.,

    ASAMBLEA NACIONAL COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Y ASUNTOS DEL CANAL

    TEL:512-8162 512-8031

    Panamá 13 de agosto de 2019

    AN/STIPlNota184-19

    ,_ II:J~I/ ti _ bJr-

    Honorable Diputado

    MARCOS CASTILLERO B.

    Presidente

    Asamblea Nacional

    E. S.D.

    Respetado Señor Presidente:

    La Comisión de Infraestructura Pública y Asuntos del Canal presenta a usted, debidamente, prohijado el Anteproyecto de Ley No.48, Q1J'8.. establece medidas para la construcción de las principales carreteras del país con pavimento de hormigón de cemento portland o pavimentos rígidos, presentado por las Honorables Diputadas Kayra Harding y Petita Ayarza.

    Por tal motivo, la Comisión adjunta a la presente dos originales del Anteproyecto en mención como Proyecto de la Comisión.

    En virtud de 10 dispuesto en el artículo 109, del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, le solicito se sirva impartir el trámite necesario con el objeto de que el citado proyecto de Ley sea sometido próximamente a primer debate.

    Atentamente,

    ~JjiíÍc Zt') , H. D. ~Y~H/ÁRDING TEJADA Presidenta

  • --- ----

    PROYECTO DE LEY N°043 COMISiÓN DE INFRAESTRUCTURA PUBLICA Y ASUNTOS DEL CANAL

    PROYECTO DE LEY N°

    De de de 2019

    Que establece medidas para la construcción de las principales carreteras del país con pavimento de hormigón de cemento portland o pavimentos rígidos

    LA ASAMBLEA NACIONAL

    DECRETA:

    Artículo 1. Esta Ley tiene por objetivo establecer la utilización de pavimentos de hormigón

    de cemento portland, también llamados pavimentos rígidos, en las principales arterias viales,

    mediante la implementación de un plan de inversión de infraestructuras a nivel nacional, con

    el fin de que se brinde un servicio de comunicación optimo y duradero a la población por

    parte del Estado.

    Artículo 2. El Ministerio de Obras Públicas (MOP), como ente rector de la construcción de

    carreteras en nuestro país, tiene la obligación de utilizar hormigón de cemento Portland o

    Pavimentos Rígidos, en las carreteras principales que comunican a las provincias, así como

    la vía Panamericana, las rutas Transístmica entre el sector Pacifico con el área Atlántico, las

    autopistas y las vías principales dentro de las ciudades en las cuales sea relevante los

    siguientes aspectos:

    1. Altas exigencias e tránsito

    2. Alta confiabilidad en el desempeño de la estructura (Movilidad y Seguridad vial)

    3. Menores costos e impacto en la operación por intervenciones de Mantenimiento (en

    términos de frecuencia y magnitud),

    4. Mayor edad de diseño

    5. Impacto de la vía en el Plan de Desarrollo y sostenibilidad, considerando su aporte

    a consumo energético, reducción de C02 por:

    a. Uso de Materiales locales y sus procesos productivos

    b. Impacto ambiental y Ciclo de Vida

    Artículo 3. La red vial del Ministerio de Obras Públicas señalada en el artículo 2 de esta

    Ley, tiene que cumplir con todas estas especificaciones técnicas que establece el Ministerio

    de Obras Públicas para la construcción de carreteras en Pavimentos de hormigón de

    cemento portland o pavimento rígidos, así como las obras complementarias, como sus

    respectivos hombros a cada lado de la vía para que, además de brindar mayor seguridad a los

    usuarios, garanticen que se cumplan con las condiciones de fisicas y de operación de la vía

    en cuanto a drenajes, planicidad, confort y movilidad requeridas para cumplir con la

    factibilidad económica y ciclo de vida esperados.

    Articulo 4. Los trabajos de rehabilitación y de mantenimiento de estas vías establecidas en

    el artÍCulo 2, se tienen que realizar en apego a las especificaciones técnicas que rigen los

    Pavimentos de hormigón con cemento Portland o pavimentos rígidos, con la periodicidad

  • que así lo amerite, garantizando que se cumpla el criterio de Diseño y ciclo de vida no

    menor a 25 años.

    Artículo 5. Las carreteras que no son contempladas en el artículo 2 y que se encuentran

    distribuidas en todo el territorio nacional, deberán ser construidas basadas en el buen criterio

    del Ministerio de Obras Públicas ya sea de pavimentos de hormigón de cemento Portland,

    también llamados Pavimentos Rígidos, hormigón asfáltico, o cualquier otro sistema que

    pueda ser debidamente justificado por esta institución, al igual que su mantenimiento

    preventivo. Se exceptúan de esta exclusividad de pavimentación, los caminos rurales de

    producción que el Ministerio de Obras Públicas así considere. Para lo anterior se debe

    desarrollar el análisis comparativo de Ventajas y Beneficios que contemplen los aspectos

    decisorios del Articulo 2.

    Artículo 6. El Ministerio de Obras Públicas, en un periodo no mayor de un año, una vez

    sancionada esta Ley, establecerá una política de planificación de expansión de carreteras

    para todo el país, programada a 50 años de crecimiento económico, con el fin de preparar los

    presupuestos de inversión del Estado.

    Artículo 7. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.

    COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

    Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional, hoy 13 de agosto de dos mil

    diecinueve (2019) por la Comisión de Infraestructura Pública y Asuntos del Canal

    POR LA COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Y ASUNTOS DEL

    CANAL

    / ~-------

    H.D. RAUL G. PINEDA V. H.D. CR~~IANO ADAMES M. Vicepresidente (j Secretario

    I/l¡) V~ g'¡¡VI? , H.D.ROBERTO ABREGO TORRES H.D.MANOLO E. RUIZ C.

    Comisionado Comisionado

  • ~~G H.D. EDISON BROCE U. H.D.ITZI N. ATENCIO G.

    Comisionado Comisionada

    Comisionado

  • INFORME

    De la Comisión de Infraestructura Pública y Asuntos del Canal,

    correspondiente al primer debate del Proyecto de Ley No.43, Que establece

    medidas para la construcción de las principales carreteras del país con pavimento de hormigón de cemento Portland o pavimentos rígidos.

    Panamá, 9 de septiembre de 2019.

    .1

    '1(/r J

    ./"") I '1 Honorable Diputado 7 'c< ( PJ.-i MARCOS CASTILLERO BARAHONA Presidente Asamblea Nacional

    Señor Presidente:

    La Comisión de Infraestructura Pública y Asuntos del Canal, en cumplimiento

    de las disposiciones del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la

    Asamblea Nacional, rinde el informe en cumplimiento de lo establecido en el

    artículo 136, correspondiente al primer debate del Proyecto de Ley No.43,

    Que establece medidas para la construcción de las principales carreteras

    del país con pavimento de hormigón de cemento Portland o pavimentos

    rígidos, por lo que se presenta a consideración del Pleno de esta augusta

    camara.

    SOBRE LA INICIATIVA LEGISLATVA

    La iniciativa legislativa fue presentada por las diputadas Kayra Harding

    Tejada y Petita Ayarza, en virtud de lo establecido en el artículo 1 08 de

    Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional.

    Posteriormente, fue analizado y prohijado por la Comisión el 13 de agosto de

    2019, y se presentado al Pleno como proyecto de la Comisión.

    MOTIVACIONES DEL PROYECTO

    Al exponer las motivaciones se expresó que el Estado panameño faculta al

    Ministerio de Obras Públicas para estudiar, diseñar, construir y mantener la

    red vial que actualmente son 16,000 kilómetros lineal de la red vial, la cual

    incluye carreteras, calles, caminos runlles y vía.

    1

  • Es importante señalar que el cemento Portland es un conglomerante o

    cemento hidráulico que cuando se mezcla con ácidos, agua y fibras de acero

    discontinuas y discretas tiene la propiedad de conformar una masa petrea

    resistente y duradera denominada hormigón.

    El cemento Portland es resistente, la compresión es afectada fuertemente por

    la relación agua - cemento y tiene durabilidad y flexibilidad, ya que es un

    material que no sufre deformación alguna.

    El cemento y el hormigón o concreto hecho con él es tan durable como la

    piedra.

    Los pavimentos rígidos son aquellos que son formados por una losa de

    hormigón portland sobre una base, y se transmite directamente los esfuerzos

    al suelo en una forma minimizada y es autoresistente, por lo que la cantidad

    de hormigón debe ser controlada.

    Sin embargo, el concepto de pavimentos rígidos son aquellos donde se emplea

    el hormigón, ya que es un término técnico como material principal y como

    base en toda su estructura, muchas veces los pavimentos rígidos varían de

    acuerdo con el material empleado; por lo tanto, pueden variar las técnicas

    constructivas, según sea el caso. La mayor ventaja de utilizar hormigón están

    en su durabilidad y capacidad de mantener una forma.

    LAS CONSULTAS

    A discusión de este Proyecto de Ley fueron invitados representantes de

    entidades estatales, así como la empresa privada, sin obviar la intervención de

    técnicos y profesionales del laboratorio de ensayo y materiales del \1inisterio

    de Obras Públicas, entre ellos \1ax Cedeño, Nicolás Real, Rolando Lay y

    Félix \1ena, por la Sociedad de Panameña de Ingenieros y Arquitectos; el

    ingeniero José Murillo y por la Universidad Tecnológica de Panamá;

    Angelino Harris y el ingeniero Aris Marcial Ospina de Cemento Argos

    Panamá.

    CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

    Este Proyecto de Ley está fundamentado en que la entidad rectora es el

    Ministerio de Obras Públicas, que ha optado por carreteras con superficies

    asfálticas o flexibles y su costo de construcción es menor y son más fácil de

    reparar; no obstante, su duración es muy corta. Además que uno de sus

    2

  • componentes (asfalto) es derivado del petróleo que debe importarse por ende

    es caro.

    La población del país sufre que los pavimentos de hormigón asfaltico en las

    principales arterias viales se deterioran rápidamente, debido a las condiciones

    climáticas y el exceso de peso de los vehículos que transitan sobre ellos, que

    producen daño por el peso.

    El hormigón asfáltico también es conocido como hormigón bituminoso y

    consiste en un agregado de astaJto y materiales minerales, que se mezclan, se

    extienden en capaz para que se compacten.

    POSICIÓN DE LOS COMISIONADOS

    Los diputados consientes de la prioridad que tiene el Proyecto de Ley, les

    solicita su voto afirmativo, ya que resulta un hecho evidente que desde 1980

    hasta hoy se han construido otras obras en hormigón hidráulico, como la

    avenida Ricardo J. Alfaro, la Autopista Panamá - Colón, can-etera Divisa - Las

    Tablas, los corredores Norte y Sur y las tres fases de la Cinta Costera, por los

    beneficios económicos, seguridad y comodidad.

    En tal sentido, debemos señalar que la carretera panamericana desde el Hotel

    Riande Aeropuerto hacia Chepo y la población Yaviza en Darién, la cual

    tiene 183.0 kilómetros, construida en 1980 de cemento Portland, su ciclo de

    vida útil es más de veinte años siendo infraestructuras viales eficientes.

    Sin embargo, el segundo tramo Chepo - Yaviza construido con hormigón

    asfaltico con base de piedra no se ha mantenido en buenas condiciones, ya

    que cuyo tramo hasta la fecha se mantiene en condiciones de intransitabilidad,

    debido a las condiciones climáticas del sector y los sobrepesos del transporte

    de tucas de madera, dejando parte de los habitantes del distrito de Chepo y de

    la provincia de Darién aislados.

    El Proyecto de Ley No 43, conto con el total respaldo de los comisionados y

    en cuanto a los requisitos formales, el Proyecto cumple con lo establecido

    en la Constitución Política, y el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de

    la Asamblea Nacional y es presentado en su texto original ya que no sufrió

    modificaciones algunas en el primer debate.

    Por las consideraciones antes expuestas, la Comisión de Infraestructura

    Pública y Asuntos del Canal,

    3

  • RESUELVE:

    l. Aprobar en pnmer debate el Proyecto de Ley No.43,Que establece

    medidas para la construcción de las principales carreteras del país con

    pavimento de hormigón de cemento Portland o pavimentos rígidos.

    2. Recomendar al Pleno de esta augusta Cámara que someta a segundo debate

    el Proyecto de Ley No.43,Que establece medidas para la construcción de

    las principales carreteras del país con pavimento de hormigón de

    cemento Portland o pavimentos rígidos.

    POR LA COMISIÓ~ DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Y ASU~TOS DEL

    CA~AL.

    KA YRA HARDING TEJADA

    Presidenta

    Vicep residente

    H.D.ROBERTO ÁBREGO TORRES Comisionado

    H.D. EDISO~ BROCE U. Comisionado

    H.~~~2~n ~"

    Comisionado

    H.O. CRISPIANO ADAMES M. Secretario

    H.D.MANOLO E. RlJIZ C. Comisionado

    H.D.ITZI N. ATENCIO G. Comisionada

    H.D. HER~ÁJDELGADO Q. ComTonado

    . I /

    4

  • PROYECTO DE LEY N°

    De 2019 ~--

    Que establece medidas para la construcción de las principales carreteras del país con pavimento de hormigón de cemento portland o pavimentos rígidos

    LA ASAMBLEA NACIONAL , :1

    a /..:¡ /(! iOI {~ ¡ IDECRETA: :c:':: P 1-1.

    Artículo 1. Esta Ley tiene por objetivo establecer la utilización de pavimentos de hormigón

    de cemento portland, también llamados pavimentos rígidos, en las principales arterias viales,

    mediante la implementación de un plan de inversión de infraestructuras a nivel nacional. con

    el fin de que se brinde un servicio de comunicación optimo y duradero a la población por

    parte del Estado.

    Artículo 2. El Ministerio de Obras Públicas (MOP), como ente rector de la construcción de

    carreteras en nuestro país, tiene la obligación de utilizar hormigón de cemento Portland o

    Pavimentos Rígidos, en las carreteras principales que comunican a las provincias. así como

    la vía Panamericana, las rutas Transístmica entre el sector Pacifico con el área Atlántico, las

    autopistas y las vías principales dentro de las ciudades en las cuales sea relevante los

    siguientes aspectos:

    l. Altas exigencias e tránsito

    2. Alta confiabilidad en el desempeño de la estructura (Movilidad y Seguridad vial)

    3. Menores costos e impacto en la operación por intervenciones de Mantenimiento (en

    términos de frecuencia y magnitud),

    4. Mayor edad de diseño

    5. Impacto de la vía en el Plan de Desarrollo y sostenibilidad, considerando su aporte

    a consumo energético, reducción de C02 por:

    a. Uso de Materiales locales y sus procesos productivos

    b. Impacto ambiental y Ciclo de Vida

    Artículo 3. La red vial del Ministerio de Obras Públicas señalada en el artículo 2 de esta

    Ley, tiene que cumplir con todas estas especificaciones técnicas que establece el Ministerio

    de Obras Públicas para la construcción de carreteras en Pavimentos de hormigón de

    cemento portland o pavimento rígidos, así como las obras complementarias, como sus

    respectivos hombros a cada lado de la vía para que, además de brindar mayor seguridad a los

    usuarios, garanticen que se cumplan con las condiciones de t1sicas y de operación de la vía

    en cuanto a drenajes, planicidad, confort y movilidad requeridas para cumplir con la

    factibilidad económica y ciclo de vida esperados.

    Artículo 4. Los trabajos de rehabilitación y de mantenimiento de estas vías establecidas en

    el artículo 2, se tienen que realizar en apego a las especificaciones técnicas que rigen los

    Pavimentos de hormigón con cemento Portland o pavimentos rígidos. con la periodicidad

  • que así lo amerite. garantizando que se cumpla el criterio de Diseño y ciclo de vida no

    menor a 25 años.

    Artículo 5. Las carreteras que no son contempladas en el artículo 2 y que se encuentran

    distribuidas en todo el territorio nacional, deberán ser construidas basadas en el buen criterio

    del Ministerio de Obras Públicas ya sea de pavimentos de hormigón de cemento Portland.

    también llamados Pavimentos Rígidos, hormigón asfáltico, o cualquier otro sistema que

    pueda ser debidamente justificado por esta institución, al igual que su mantenimiento

    preventivo. Se exceptúan de esta exclusividad de pavimentación, los caminos rurales de

    producción que el Ministerio de Obras Públicas así considere. Para lo anterior se debe

    desarrollar el análisis comparativo de Ventajas y Beneficios que contemplen los aspectos

    decisorios del Articulo 2.

    Artículo 6. El Ministerio de Obras Públicas, en un periodo no mayor de un año, una vez

    sancionada esta Ley, establecerá una política de planificación de expansión de carreteras

    para todo el país, programada a 50 años de crecimiento económico, con el fin de preparar los

    presupuestos de inversión del Estado.

    Artículo 7. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación

    POR LA COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Y ASUNTOS DEL

    CANAL

    .D. RAÚL G. PINEDA V. H.D. CRISPIANO ADAMES M. Vicepresidente Secretario

    H.D.ROBERTO ÁBREGO TORRES H.D.MANOLO E. RUIZ C. Comisionado Comisionado

    H.D. EDISON BROCE U. H.D.ITZI N. ATENCIO G. Comisionauo Comisionaua

  • H.D. LEOP LDO u-V-MI?"1""\ DELGADO Q. Comisionado ado

  • LEY Dc de dc 2019

    Que establece medidas para la construcci6n de las principales carreteras con pavimentos dgidos

    LA ASAMBLEA l\ACIO~AL

    DECRETA:

    Artículo l. Ley tiene por objeto establecer la utilización de pavimcntos rígidos en las

    principales arterias viales. mediante la implementación de un plan de inversión de

    infraestructuras a nivel nacional. con el fin de quc sc brinde un servicio de comunicación

    óptimo y duradero a la población por parte de! Estado. así como la crcación del Sistema

    Nacional de Gestión de lnll'aestructura Vial.

    Artículo 2. Para los efectos dc esta Ley. los términos siguientes se entenderán así:

    l. Aj'oros de tránsito, Muestra de volúmenes de vehículos que pasan por un punto.

    sección de un camino o intersccción cn un periodo de tiempo.

    2. Ciclos de rida de/¡JCI1'imel1/o, Ticmpo transcurrido hasta alcanzar las condicioncs dc

    üllla en e! pavimento. Intluyen en la duración del pavimento la manera como fuc

    construido. la forma de mantenimiento. la rehabilitación y la reconstrucción.

    3. Da/os geo/'rekre17ciados. Uso de coordenadas de mapa para asignar una ubicación

    espacial a entidades cartográficas. Todos los elementos del mapa tienen una ubicación

    gcogrútica y una extensión específica que permiten situarlos en la superlicie de la

    tierra.

    El proceso de recolección y análisis de datos especiales sigue una de

    etapas bien definidas. como la formulación de problemas. la planiticación. la

    recopilación de datos. el análisis exploratorio. la formulación de hipótesis. el

    modelado y prueba. la consulta) rcvisión. los reportes o el in!(wme tinal de hallazgos.

    4, ES/lidios xeo/ógicos. Determinación de las características litológicas (rocosas) y

    estructurales de los materiales existentcs en el sitio en estudio. mediante un conjunto

    de técnicas y procedimientos que se uti lil.an para reconstruir su historia geológica.

    5. t's/lIdios xeo/écnicos. Atienden a las necesidades y problemas de infraestructura vial

    relacionados con el suelo y las rocas C01110 medio de soporte de las obras viales. tales

    como puentes y pavimentos. y como componente de esta en túneles. taludes de corte

    y terraplenes. y serán tomados en cuen1a desde las etapas iniciales de cualquier

    proyecto vial para poder identi riear las restricciones geológicas y geotécnicas del

    entorno y sus implicaciones en las etapus de diseño. construcción y mantenimiento

    de las obras geotécnicas e hidráulicas de manejo de aguas y subterrúneas.

    6. ES/l/dios topogrúficos Conjunto de acciones realizadas sobre un terreno con

    herramientas adecuadas para obtener una representación grálica o plano. Una \el.

    obtenido el plano. es1.e resulta muy útil para cualquier obra que sc vaya a rcalil.aI'

  • L

    sobre el terreno. De esta rorma podemos conocer la posición de los puntos de interés

    y su posición exacta mediante la latitud. longitud y elevación o cota.

    7. InkaesfruC/lIru j·icil. Medio a través del cllal se le otorga conectividad terrestre al país

    para el transporte de personas y de carga. permitiendo realizar actividades

    productivas. de servicios. de distracción y turísticas.

    8. j>m·;menfotlexihie. Aquel cuya estructura total se ddkcta o flexiona dependiendo de

    las cargas que transitan sobre él. Consiste en una superficie de desgaste o carpeta

    relativamente delgada construida sobre una capa base y subbase. apoyándose este

    conjunto sobre la subrasante compactada. de manera que la subbase. base y superficie

    de desgaste o carpeta son los componentes estructurales de este tipo de pmimento.

    9. Puvimenfo ríKido. Consiste en una losa de hormigón hidráulico y puede o no tener

    capa base entre losa y subrasante. Los pavimentos rígidos se integran por una capa de

    hormigón hidrúulico que se apoya en una capa de base. constituida por grava. esta

    capa descansa en una capa de suelo compactado llamada subrasante. La resistencia

    estructural depende principalmente de la losa de hormigón hidrúulico.

    10. Programa de Jf(f7lfenimienf() de Inti'aeslrUCfl/l'a ¡ 'iul. Programa integral apoyado con

    la tecnología apropiada. como los sistemas de información geográfica. la base de

    datos actualizados. el soporte informático. el personal calificado y los procesos de

    toma de decisiones.

    11. 5.,'isfema Nacional de Gesfión de Infí'uesfrucfura ¡ 'ial. Incluye los conceptos de

    diseñ.os. estándares. especificaciones. construcción. mantenimiento y optimización de

    recursos. Es un proceso multidisciplinario que requiere experticias de diferentes

    especialidades de infraestructura y sistemas de soporte de tecnología variada.

    Artículo 3. El Ministerio de Obras Públicas. 1201110 ente rector en la construcción de

    carreteras. utilizará pavimentos rígidos en las carreteras principales que comunican a las

    provincias. así como en la vía Panamericana. las rutas Transístmica entre el sector Pacítico

    con el úrea Atlántico. las autopistas y las vías principales dentro de las ciudades. en las cuales

    sean relevantes los aspectos siguientes:

    Altas exigencias de tránsito.

    Alta confiabilidad en el desempeño de la estructura (movilidad y seguridad vial).

    Menores costos e impacto en la operación por intervenciones de mantenimiento (en

    términos de frecuencia y magnitud).

    4. Mayor edad de diseJ1o.

    5. Impacto de la vía en el Plan de Desarrollo y Sostenibilidad. considerando su aporte al

    consumo energético y reducción del diÓXido de carbono por:

    a. El LISO de materiales locales y sus procesps producti vos.

    b. El impacto ambiental y ciclo de \ida.

    El Ministerio de Obras Públicas podrá utilizar pavimentos tlexlblcs en las VJaS

    principales. Transístmica. autopistas y calle ubicadas dentro de las ciudades solo en los

    tramos donde las condiciones lógicas. ueotécnicas o topográticas no permitan la

    utilización de pavimentos rígidos.

    http:dise�.os

  • Artículo 4. La rcd vial dcl \1inistcrio de Obras PI)blicas seilalada en el artículo anterior tiene

    que cumplir con todas estas especificaciones técnieas. planos y controles de calidad que

    establece el Ministerio para la construcción de carreteras en pavimentos. así como en las

    obras complementarias. como sus respectivos hombros a cada lado de la vía. para que.

    además de brindar mayor seguridad a los usuarios. garantice quc se cumplan con las

    condiciones físicas y de operación de la vía en cuanto a drenajes. planicidad. confort y

    movilidad requeridas para cumplir con la bctibilidad cconómica y ciclo de vida esperados.

    Artículo 5. Los trabajos de rehabilitación y de mantenimiento de estas vías establecidas en

    el artÍCulo 3 se tienen que realizar con apego a las especiticaciones técnicas y controles de

    calidad que rigen los pavimentos rígidos, con la periodieidad que así lo amerite. garantizando

    que se cumpla el criterio de disef10 y ciclo de vida no menor de veinticinco años.

    Artículo 6. Las carreteras que no son incluidas en el artículo 3 y que se cncuentran

    distribuidas en todo el territorio nacional deberán ser construidas basadas en el buen critcrio

    del Ministerio de Obras Públicas. ya sea de pavimentos rígidos o tlexibles o cualquier otro

    sistema que pueda ser debidamente justiticado por esta institución. al igual que su

    mantenimiento preventivo. exceptúan de esta exclusividad de pavimentación los caminos

    rurales de producción que el \1inisterio de Obras Públicas considere,

    Para efecto de lo anterior. se dcbe desarrollar el anúlisis comparati\o de costos y

    bencticios que incluya los aspectos decisorios del artículo 3,

    Artículo 7. El Ministerio de Obras Públicas en un periodo no mayor de dieciocho meses. una

    vez promulgada esta Ley. establecerú una política dc plani licación de expansión de

    infraestructura vial para todo el país. programada a treinta años. con el fin de preparar los

    presupuestos de inversión del Estado y el Sistema Nacional de Gestión de Infraestructura

    Vial para todo el país. que incluya como mínimo los aspectos siguientes:

    l. El sistema de jerarquización. clasilicación y nomenclatura de la inl'raestructura vial

    nacional.

    2. El inventario periódico del estado de todos los elementos de la infhlCstructura \ial.

    3. La Ínlplelnentación de un SÍStCI11U integrado a aforos de tránsito y control de pesos de

    vehículos que circulan en la infraestructura \ial nacionaL junto con la Autoridad del

    Tránsito y Transporte Terrestre.

    4, El programa de mantenimiento rutinario. pre\entivo y eorrecti\() a nivel nacional.

    5. La gestión de base de datos georrererenciados del Sistema \lacionaJ de Gestión dc

    Int¡'aestructura Vial.

    6. La metodología para la evaluación y asignación de recursos para la expansión del

    sistcma de infracstructura vial,

  • Artículo 8. Esta Ley comenzará a regir el dJa siguicnll' al de su promulgación.

    COMl'NÍQUESE y CÚMPLASE.

    Proyecto 43 de 2019 aprobado en tercer debate en el Palacio .J usto Aroscl11ena. ciudad de Panamá. a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.

    El Presidente.

    Marcos E. Casti Ilero Barahona

    El Secretario General.

    Quibian T. Panay G.

    1

    Exposición de MotivosAnteproyecto de Ley N°048 Nota de ProhijamientoProyecto de Ley N°043Informe de Primer DebateTexto ÚnicoProyecto de Ley Rechazado en Tercer Debate