Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

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PRUEBA ANTICIPADA NUEVA. SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA: GUISELA MARÍA VIANA VIDAL, de cuarenta y seis años de edad, casada, guatemalteca, Abogado y Notario, de este domicilio, en forma respetuosa comparezco y al efecto: EXPONGO I. JUSTIFICACIÓN DE PERSONERIA: Actúo en mi carácter de Mandatario Judicial con Representación de la entidad EL MESÓN GUATEMALA Y COMPAÑÍA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, calidad que acredito con fotocopia autenticada que acompaño del testimonio de la escritura pública de mandato otorgada a mi favor, con fecha nueve de septiembre del año dos mil tres, ante los oficios del notario LUIS FERNANDO MORENO BIGANDA, cuyo mandato aparece debidamente inscrito en el Registro General de Protocolos al número siete mil cien con fecha trece de noviembre del año dos mil tres, y en el Registro Mercantil General de la República al nuecero cien, folio cien y libro cien de Mandatos. II. POSTULACION PROFESIONAL: Actúo con mi propia dirección y procuración y con las de los Abogados ANDREA MARÍA AGUILAR MANSILLA y NADIA PAMELA KLIMOWITZ RIVERA, con

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DERECHO GUATEMALTECO

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PRUEBA ANTICIPADA NUEVA.

SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DEPARTAMENTO

DE GUATEMALA:

GUISELA MARÍA VIANA VIDAL, de cuarenta y seis años de edad, casada,

guatemalteca, Abogado y Notario, de este domicilio, en forma respetuosa

comparezco y al efecto:

EXPONGO

I. JUSTIFICACIÓN DE PERSONERIA: Actúo en mi carácter de Mandatario

Judicial con Representación de la entidad EL MESÓN GUATEMALA Y

COMPAÑÍA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, calidad que

acredito con fotocopia autenticada que acompaño del testimonio de la

escritura pública de mandato otorgada a mi favor, con fecha nueve de

septiembre del año dos mil tres, ante los oficios del notario LUIS FERNANDO

MORENO BIGANDA, cuyo mandato aparece debidamente inscrito en el

Registro General de Protocolos al número siete mil cien con fecha trece de

noviembre del año dos mil tres, y en el Registro Mercantil General de la

República al nuecero cien, folio cien y libro cien de Mandatos.

II. POSTULACION PROFESIONAL: Actúo con mi propia dirección y

procuración y con las de los Abogados ANDREA MARÍA AGUILAR

MANSILLA y NADIA PAMELA KLIMOWITZ RIVERA, con quienes ejerceré

dichas funciones en forma conjunta o separada, indistintamente.

III. NOTIFICACIONES: Señalo como lugar para recibir notificaciones mis

oficinas profesionales ubicadas en el tercer nivel del Edificio “Reforma

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Obelisco”, situado en Avenida de la Reforma quince guión cincuenta y cuatro

(15-54) de la zona nueve (9) de esta capital.

IV. RAZÓN DE MI GESTIÓN: Comparezco por este medio en nombre de mi

mandante EL MESÓN GUAEMALA, COMPAÑÍA SOCIEDAD EN

COMANDITA POR ACCIONES en adelante también identificada

simplemente como EL MESÓN GUATEMALA, S.A. a promover Diligencias

de Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos en contra del señor

JULIO PAIZ PAIZ, propietario de la Empresa Mercantil Individual ” PATITOS“,

cuya residencia ignoro pero puede ser notificado en la treinta y seis avenida

“A” trece guión cincuenta de la zona cinco (5), Jardines de la Asunción, de

esta ciudad capital.

La presente prueba anticipada tiene como base la siguiente relación de:

HECHOS:

I. Como consta en la fotocopia que acompaño de la respectiva Patente de

comercio, el señor JULIO PAIZ PAIZ es propietario de la Empresa Mercantil

Individual PATITOS inscrita a su favor en el Registro Mercantil al número

ciento veinticuatro mil tres (124,003), a folio treinta y siete (37) del libro ciento

cuatro (104).

II. En los años dos mil uno y dos mil dos, el indicado señor – en su carácter de

propietario de la Empresa Mercantil relacionada, llevó a cabo estudios y

realizó pruebas de suelos para la construcción de una Planta Generadora de

Electricidad, -- en jurisdicción municipal del Puerto de San José,

Departamento de Escuintla, propiedad de la entidad que representa.

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III. Los indicados trabajos los llevó a cabo la indicada persona, en forma

deficiente, generando a mi representada inconmensurables daños y

perjuicios de los cuales deberá responder en el juicio que al efecto será

promovido en su contra. Para tal propósito, en preparación del futuro juicio,

la entidad que represento por este medio promueve diligencias de prueba

anticipada para que el mencionado señor JULIO PAIZ PAIZ exhiba y

presente a este órgano jurisdiccional, los documentos a que me referiré

posteriormente en este memorial, cuyo contenido es el que se les atribuye en

el apartado respectivo de este escrito.

IV. Mi representada se reserva el derecho de instaurar todas las acciones que le

corresponden en contra de cualesquiera otras personas o entidades que

como consecuencia de la construcción de la referida Planta la hubieran

perjudicado o pudieran perjudicarla.

V. DEFINICIONES. Para una mayor claridad de la prueba anticipada que por

este medio se promueve, las palabras o términos que indico a continuación

tendrán el significado que en cada caso de indica.

A. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere en conjunto

a las entidades XX S.A., así como a sus agentes, administradores,

subsidiarias y/o afiliadas (incluyendo pero no limitado a XX Inc.), sus

directores, funcionarios, mandatarios, empleados, representantes o

abogados y cada uno de sus predecesores con interés, si existiera

alguno.

B. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a XX,

denominación que anteriormente correspondió a mi poderdante –

Page 4: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

actualmente denominada XX , así como a sus agentes,

administradores, subsidiarias, afiliadas, socios, directores,

funcionarios, mandatarios, empleados, representantes o abogados y

sus predecesores con interés, si existiera alguno. Acompaño

fotocopia de la certificación expedida por el Registro Mercantil en la

que constan las diferentes denominaciones que han correspondido a

mi representada.

C. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a la

Empresa Mercantil Individual XX, propiedad del señor XX así como a

sus agentes, administradores, subsidiarias, afiliadas, funcionarios,

empleados, representantes y sus predecesores con interés, si

existiera alguno.

D. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere al proyecto

para la construcción de una XX de 150 Megas Watts (netos),

propiedad de mi representada, en jurisdicción municipal del Puerto de

San José, departamento de Escuintla.

E. El término XX utilizado en el presente memorial y se refiere al

Contrato de Construcción y Abastecimiento de la XX celebrado entre

XX con fecha siete de enero de dos mil dos.

F. Los términos XX utilizados en el presente memorial se refieren a la

XX de XX -propiedad de mi representada- que es el objeto del

Acuerdo, así como y al suelo y subsuelo sobre los cuales esa Planta

fue construida.

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G. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a las áreas

ubicadas dentro de un radio de diez millas alrededor de Puerto

Quetzal, Escuintla, no importando si dichas áreas han sido o son

ahora propiedad de XX.

H. El término “Investigación Adicional de Suelos” utilizado en el

presente memorial se refiere al programa adicional de investigación

de suelos iniciado por XX luego que esta última presentó reclamos de

fuerza mayor relacionados con el suelo, en el mes de abril del año

dos mil dos.

I. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a los

trabajos realizados por XX en relación al Sitio, al Área Circundante y

a cualquier otra ubicación que XX hubiera considerado para su

posible adquisición, por el período de tiempo comprendido desde el

día primero de enero del año dos mil uno al día de hoy.

J. El término “Subcontratista” utilizado en el presente memorial se

refiere a cualquier persona o entidad que tenga o haya tenido un

contrato directo o indirecto con XX y otro contratista o subcontratista

para realizar cualquier trabajo con relación al Sitio, al Área

Circundante y a cualquier otra ubicación que XX hubiera considerado

para su posible adquisición.

K. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a XX una

compañía finlandesa que fue el principal consultor geotécnico de XX

para el Proyecto, así como a sus agentes, administradores,

subsidiarias, afiliadas, socios, directores, funcionarios, mandatarios,

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empleados, representantes o abogados y sus predecesores con

interés, si existieran.

L. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a XX, Inc.,

una compañía estadounidense que fue subcontratista de XX para el

drenaje XX en el Proyecto, así como a sus agentes, administradores,

subsidiarias, afiliadas, socios, directores, funcionarios, mandatarios,

empleados, representantes o abogados y sus predecesores con

interés, si existieran.

M. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a XX,

consultor geotécnico de Duke en el Proyecto, así como a sus

agentes, administradores, subsidiarias, afiliadas, socios, directores,

funcionarios, mandatarios, empleados, representantes o abogados y

sus predecesores con interés, si existieran.

N. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a --, S.A.,

otra compañía que realizó pruebas de suelo, así como a sus agentes,

administradores, subsidiarias, afiliadas, socios, directores,

funcionarios, mandatarios, empleados, representantes o abogados y

sus predecesores con interés, si existieran.

O. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a XX Inc.,

otra compañía que realizó pruebas de suelo, así como a sus agentes,

administradores, subsidiarias, afiliadas, socios, directores,

funcionarios, mandatarios, empleados, representantes o abogados y

sus predecesores con interés, si existieran.

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P. El término XX utilizado en el presente memorial se refiere a los

estándares del XX actualmente conocida como XX, las cuales son

usualmente utilizadas a nivel mundial en la investigación y desarrollo,

pruebas de productos, sistemas de calidad y transacciones

comerciales.

VI. PRUEBA DE QUE LOS DOCUMENTOS CUYA EXHIBICION SE SOLICITA

SE ENCUENTRAN EN PODER DEL SEÑOR JULIO PAIZ PAIZ. La prueba

de que los documentos cuya exhibición se solicita por este medio, se

encuentran en poder del señor JULIO PAIZ PAIZ se desprende de manera

indubitable de lo siguiente:

A. El siete de enero del año dos mil dos, PATITOS y EL MESÓN

GUATEMALA celebraron un Contrato de Construcción y

Abastecimiento de la Planta Generadora de Electricidad (“el

Acuerdo”). Acompaño una fotocopia de las partes conducentes de

dicho Acuerdo y de su correspondiente traducción jurada: Anexo A.

B. Conforme al Acuerdo, quedó obligada con mi representada a diseñar

y construir la aludida Planta Generadora de Electricidad.

C. Mi representada autorizó a PATITOS para iniciar la ejecución de los

trabajos en el Proyecto antes del siete de enero del año dos mil dos,

conforme a un Acuerdo Preliminar (anexo A, numeral 5.4.) Todo

trabajo realizado antes de esa fecha, se consideraría realizado de

conformidad con el Acuerdo (Anexo A, numeral 5.3) El Acuerdo

Preliminar requería que Wartsila proporcionara estudios y reportes de

subsuelo, topografía y geotecnia.

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D. Conforme al Acuerdo, estaba autorizada a contratar

Subcontratistas que prestan servicios y/o ejecutaran trabajos en

relación al Sitio, al Área Circundante y a cualquier otra ubicación

E. EL MESÓN GUATEMALA seleccionó a PATITOS para prestar

servicios geotécnicos en la Ubicación del Proyecto, incluyendo el

estudio del suelo y el subsuelo. A ese respecto existen numerosos

documentos que acreditan que PATITOS fue un subcontratista de

primera orden, entre ellos los siguientes:

1. Mensaje de correo electrónico del día dieciocho de julio del

año dos mil uno, en el que se indica que el remitente “habló

con la Compañía – el día de hoy por la tarde ... y acordamos

que ellos inicien los trabajos el día sábado veintiuno de julio

si logramos hacer el pago por adelantado”.

2. Reporte del mes de julio de dos mil dos del señor JULIO

PAIZ PAIZ, especificando los resultados de cuatro

perforaciones de suelos realizadas en el Sitio.

3. Reporte del veintisiete de octubre de dos mil uno, realizado

por el “el señor PAIZ “, presentando los estudios

geotécnicos y de suelo para el diseño de cimientos de la

Planta. “El señor PAIZ“ afirma en la introducción de dicho

reporte que “ha requerido de nuestros servicios, para un

estudio geotécnico y de suelo, para determinar las

características del suelo subterráneo y sus valores de

soporte”.

Page 9: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

4. Reporte de análisis de suelos del treinta de octubre de dos

mil uno (Anexo E).

5. Acta levantada el día cinco de diciembre del año dos mil

uno, en papel membretado de EL MESÓN GUATEMALA en

la que entre otros aspectos se indica que “EL MESÓN

GUATEMALA continuará utilizando los servicios de

PATITOS para realizar perforaciones adicionales”.

6. Registros de perforaciones de diciembre del año dos mil

uno, preparados por PATITOS.

7. Mensaje de correo electrónico del veinte de febrero de dos

mil dos, enviado por – a mi representada, asegurando que

PATITOS estaba realizando trabajos en el Sitio del

Proyecto.

8. Reporte de la visita efectuada a la Ubicación del veintiuno

al veinticinco de febrero de dos mil dos, por técnicos de

PATITOS en el que se indica que JULIO PAIZ PAIZ elaboró

un informe de los trabajos de PATITOS para el Proyecto.

VII. De cada uno de los Anexos antes identificados se presenta fotocopia de su

correspondiente traducción jurada.

VIII. Conforme al Acuerdo se aseguró que todos los Subcontratistas de primer

orden (cual fue el caso de --), mantendrían en su poder todos los

documentos cuya exhibición mi representada está solicitando en estas

diligencias. Para el efecto transcribo la parte conducente de dicho Acuerdo:

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1. “Cada uno de los Contratistas debe Preener y debe verificar

que sus subcontratistas de primer orden retengan toda la

documentación técnica por un período de diez (10) años

después de que dicho Contratista reciba su pago final; a

condición que, si el Propietario así lo requiere, por

notificación escrita presentada dentro de los seis (6) meses

anteriores a la fecha de expiración del período de diez (10)

años, dicho Contratista retenga la mencionada

Documentación por un período adicional razonable; dicho

contratista deberá cumplir con la mencionada petición.”

IX. Consecuentemente – está obligada a mantener en su poder todos los

documentos cuya exhibición se solicita en este memorial. En caso contrario

su propietario será responsable por negligencia y daños y perjuicios, los que

mi representada reclamaría y probaría en juicio en su oportunidad.

X. De conformidad con el Acuerdo, -- estaba obligada a queso trabajo y el de

los Subcontratistas se ejecutarían de acuerdo con las Prácticas Prudentes

de la Industria, un término definido dentro del Acuerdo (Anexo A, numeral

3.1.3.)

XI. De conformidad con el Acuerdo, las Prácticas Prudentes de la Industria

“son aquellas prácticas, métodos, equipos, especificaciones, códigos y

estándares profesionales que ... cuando son empleados, son comúnmente

utilizados en ingeniería, contrataciones, operaciones y mantenimiento para

diseñar y construir ... facilidades de generación eléctrica similares a “la

Planta (Anexo A, página 23)

Page 11: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

XII. El eurocódigo Siete (7) del Comité – (adjunto como Anexo M), es

comúnmente utilizado en ingeniería y contrataciones para diseñar y construir

instalaciones de generación eléctrica de diesel similares a la Planta. Tales

estándares se utilizan en Finlandia (lugar donde – mantiene sus oficinas

centrales), nación miembro del Comité Europeo de Estandarización. El

Apéndice cinco (5) del Acuerdo, correspondiente a las Especificaciones

Técnicas, incorporó el Eurocódigo siete (7) como estándar aplicable a los

trabajos relacionados con los suelos en la Ubicación.

XIII. Consecuentemente – y todos los Subcontratistas, incluyendo – estaban

obligados a realizar los trabajos de acuerdo con los estándares del referido

Eurocódigo Siete (7).

XIV. Los requerimientos del Eurocódigo Siete (7) incluyen los siguientes:

La información para diseño debe ser recolectada, registrada e interpretada.

Una vez determinados los requerimientos geotécnicos de diseño, los

siguientes factores deben ser tomados en consideración.

XV. Estado, características y tamaño de la estructura y sus elementos,

incluyendo requerimientos especiales.

XVI. Las condiciones en relación con los alrededores, incluyendo estructuras,

tráfico, facilidades, vegetación y químicos existentes en el área;

XVII. Condiciones del suelo.

XVIII. Situación de aguas subterráneas;

XIX. Sismicidad de la región; e

XX. Influencia del medio ambiente, incluyendo hidrología, agua superficial,

hundimiento y humedad por cambio de estaciones.

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1. Debe hacerse una recolección, registro e interpretación

cuidadosa de la información geotécnica, incluyendo

geología, morfología, sismicidad, hidrología e historia de la

ubicación (Anexo M, numeral 3.1 (I).)

2. Las investigaciones geotécnicas deben ser planeadas

tomando en consideración la construcción a realizar y los

requerimientos de desempeño de la estructura propuesta.

La finalidad de las investigaciones geotécnicas debe ser

continuamente revisada junto con la información obtenida

durante la ejecución de los trabajos.

3. El muestreo, transporte y procedimientos de

almacenamiento deben ser reportados y su influencia debe

ser considerada al interpretar los resultados de la prueba.

b. Si --- no hubiera conservado parte o la totalidad de la información,

registros o documentos relacionados con los requerimientos del

párrafo L que antecede, su propietario sería responsable por

negligencia y daños y perjuicios, los que se reclamarían y probarían

oportunamente en juicio.

DOCUMENTOS QUE DEBERA EXHIBIR EL SEÑOR JULIO PAIZ PAIZ-

1. Los documentos en que se contengan cualesquiera investigaciones o

estudios relacionados con la condición y características de los suelos

subterráneos en el Sitio, así como los relacionados con el terreno y el

suelo en la superficie.

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2. Los documentos consistentes en todas las comunicaciones internas o

externas producidas por o entre --, Dr. -- . A – y/o mi representada,

relacionadas con la condición de los suelos subterráneos en el Sitio, así como

con la condición del terreno y el suelo en la superficie.

3. Los documentos relacionados con los Trabajos realizados por --, así como los

documentos relacionados con la supervisión, participación en o revisión de

tales trabajos, por parte de – y/o de -- , incluyendo pero no limitado a los

documentos relacionados con los siguientes temas:

La contratación de –

Referencias o cartas de recomendación proporcionadas por -- .

Cualquier investigación emprendida por – o cualquier otra entidad para

verificar las condiciones en que se llevaron a cabo los Trabajos

realizados por --.

El plan de trabajo elaborado por –

Cualquier convenio celebrado entre – y/o – respecto de los Trabajos

realizados por – incluyendo pero no limitado a todos los borradores,

minutas, versiones finales y cualquier anexo, apéndice, exhibición,

enmienda o modificación de tales convenios.

Pagos hechos a – por cualquiera de los Trabajos realizados.

Los métodos utilizados para la ejecución de los trabajos realizados por –

incluyendo pero no limitado a la manera en que – seleccionó las

ubicaciones par la perforación de suelos, marcó o examinó dichas

perforaciones, realizó pruebas de penetración estándar, tomó muestras

de suelo, efectuó perforaciones, adelantó perforaciones de suelo, registró

Page 14: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

poscontratiempos presentados y cualquier otro aspecto relacionado con

la operación de –

Cumplimiento o incumplimiento de los Trabajos realizados por – con

relación a los estándares ASTM1586.

Pruebas o análisis de laboratorio hechos por –

Muestras de perforaciones de suelos tomadas por – (incluyendo las

muestras propiamente dichas y los documentos con ellas relacionados).

La revisión por parte de – de los documentos e información disponibles

relacionados con los suelos y/o las condiciones sísmicas en el Sitio.

Pruebas o perforaciones de suelo realizadas por – con respecto al, pero

antes del, inicio del trabajo de compactación dinámica en el Sitio.

Asesoría o comentarios por parte de mi representada o – acerca de las

pruebas de suelo o los métodos de perforación utilizados para hacer los

trabajos de compactación dinámica en el Sitio.

Cualquier petición hecha por mi representada para que – fuera separada

o despedida como Subcontratista del Proyecto, o para que – desistiera

de la realización de determinados trabajos relacionados con el mismo.

Respuesta por parte de – o – a cualquier petición de mi representada

para que – fuera separada o despedida como Subcontratista del Proyecto

o para que – desistiera de la realización de determinados trabajos

relacionados con el mismo.

Asesoría, revisión, supervisión y/o comentarios pro parte de – de

cualquier aspecto relacionado con los Trabajos realizados por –

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Cualquier otro trabajo realizado por – para otros propietarios en el Área

Circundante.

Cualquier reporte o estudio geotécnico preparado por otras entidades en

relación a propiedades ubicadas en el Área Circundante.

4. Los documentos en que consten o se reproduzcan cualesquiera

comunicaciones internas o externas producidas por o entre – mi representada

relacionadas con los Trabajos realizados por – y/o los asuntos específicos a

que se refiere el numeral tres (3) que antecede.

5. Los documentos en que consten o se reproduzcan las comunicaciones

producidas por o entre – y cualquier propietario en el Área Circundante,

respecto a la condición y características de los suelos subterráneos en el Sitio.

6. Todos los documentos relacionados con cualquier trabajo realizado en el Área

Circundante y/o en el Proyecto, por el período de tiempo comprendido desde

enero de dos mil uno al día de hoy, efectuado por cualquiera de las siguientes

personas o entidades --, así como cualquier otro documento relacionado con la

participación, supervisión o revisión de dichos trabajos, incluyendo pero no

limitado a los documentos relacionados con los siguientes temas:

Especificaciones de obras de tierra en el Sitio.

Trabajos preparatorios par las cimentaciones requeridas para la --.

Pruebas de suelo, perforaciones o análisis de laboratorio realizados con

respecto al, pero antes del, comienzo de los trabajos de compactación

dinámica en el Sitio.

Pruebas de suelo, perforaciones o análisis de laboratorio realizados con

respecto a la Investigación Adicional de Suelos en el –

Page 16: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

El uso de diferentes técnicas para ejecutar pruebas de penetración

estándar.

El uso de pruebas de penetración de cono a cambio de pruebas de

penetración estándar en el –

Revisión por parte de mi representada o -- de las especificaciones,

métodos de prueba y resultados, información, cálculos y/o reportes

relacionados con la compactación dinámica en el --.

Las discusiones en marzo de dos mil dos sobre los criterios de

asentamiento de suelos para evaluar el éxito del programa de

compactación dinámica en el Sitio, incluyendo la manera en que –

determinó esos criterios.

El descubrimiento de suelos suaves y comprimibles en el –

El descubrimiento de suelos orgánicos en el –

Es descubrimiento de suelos sujetos a licuefacción en el –

La evaluación del riesgo sísmico en el -- , incluyendo pero no limitado al

Análisis de respuesta del Suelo por parte de --.

La evaluación del riesgo sísmico proporcionada por – incluyendo el

Análisis de respuesta del suelo, para verificar si se adecuaba a los

requerimientos establecidos en el Código de Construcción Uniforme

(Uniform Building Code ((“UBC”)).

Los documentos que deberán exhibirse conforme a lo antes expresado

deberán incluir cualesquiera y todas las comunicaciones, correos electrónicos,

notas, memorandums, actas de juntas, reportes (incluyendo los reportes

regulares y periódicos del Proyecto), mapas, registros, estudios, diagramas,

Page 17: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

información y recopilación de información, modelos de computadora,

aplicaciones de pago, facturas, documentación evidenciando pagos, horarios,

dibujos, bocetos y/o fotografías y otros materiales relacionados con los temas

descritos en los seis (6) numerales que anteceden.

7. Los documentos en que consten o se reproduzcan cualesquier

comunicaciones internas o externas producidas por o entre – (o

cualquier entidad empleando a dichas personas) y/o – que

correspondan a trabajos desarrollados por – en el Proyecto, así como

todos los documentos relacionados con la intervención de – y/o mi

representada respecto de dichos trabajos y/o de los asuntos

específicos indicados en el numeral seis (6) que antecede.

8. Los documentos en que consten o se

reproduzcan comunicaciones internas o externas producidas por o entre – (o

cualquier entidad empleando a dichas personas) y/o mi representada que

correspondan a los trabajos de – con relación a la Ubicación, el Área

Circundante y/o cualquier otra ubicación que mi representada hubiera

considerado para su posible adquisición y/o el Proyecto, por el período de

tiempo comprendido desde enero de dos mil uno al día de hoy, respecto a la

condición y características de los suelos subterráneos en el Sitio, así como

todos los documentos relacionados con la participación de cualquier

Subcontratista o consultor en dichos trabajos y/o en los asuntos específicos

indicados en el numeral seis (6) que antecede.

9. Los documentos en que conste o se

reproduzcan los datos, reportes o estudios geotécnicos, topográficos o de

Page 18: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

subsuelo, así como correspondencia y demás documentación preparada por o

en poder de – en relación a propiedades o proyectos ubicados en el área

Circundante, incluyendo pero no limitado al proyecto

10. Cualesquiera otros documentos como reportes,

mapas, registros datos, cálculos, muestras de suelo, fotografías y otros

materiales preparados o por en poder de – que se relacionen con el Proyecto,

la Ubicación o la Planta Generadora de Electricidad.

DEL CONTENIDO QUE SE ATRIBUYE A LOS DOCUMETNOS CUYA EXHIBICION

SE SOLICITA. En los documentos cuya exhibición se solicita, se contiene

información que en forma indubitable pone de manifiesto lo siguiente:

1. Que – de manera negligente llevó a cabo el estudio de suelos y los servicios

de análisis de laboratorio que formaban parte de los trabajos a se cargo.

2. Que – incumplió con hacer un diagnóstico adecuado de las condiciones y

características de los sub-suelos en el Sitio, así como del terreno y suelos de

superficie.

3. Que -- no estaba calificada para llevar a cabo los trabajos que ejecutó y que

estaba consciente, antes de haber sido contratada, de su falta de calificación.

4. Que los métodos utilizados por – fueron inadecuados, negligentes e

incompatibles con las Prácticas Prudentes de la Industria y los estándares

ASTM1586 y con el Eurocódigo Siete (7).

Como ha quedado evidenciado en este memorial y se comprueba de la

documentación acompañada, PATITOS quedó obligada desde un principio a dejar

constancia escrita de los trabajos a su cargo, así como de los registros y

Page 19: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

documentos relacionados con los requerimientos anteriormente descritos, debiendo

conservar dicha información para ponerla a disposición en caso necesario.

FUNDAMENTO DE DERECHO:

Conforme al artículo 99 del Código Procesal Civil y Mercantil, cuando se

pida la exhibición de documentos, deberá indicarse en términos generales el

contenido del documento y probar que éste se encuentra en poder del

requerido. Si el obligado a exhibir el documento no lo presentare en el

término fijado para el efecto, o no indicare el lugar en que se encuentra, se

tendrá por probado en su contra el contenido que el solicitante de la medida

le atribuya en su solicitud.

Por otra parte el artículo 102 del cuerpo legal antes citado establece que la

solicitud para la exhibición de documentos, bienes muebles o semovientes,

se tramitará por el procedimiento de los incidentes. A su vez el artículo 138

de la Ley del Organismo Judicial prescribe que promovido el incidente se

dará audiencia por dos días a los otros interesados, si los hubiere.

Finalmente el artículo 49 de la última ley citada determina que el Juez debe

señalar plazo cuando la ley no lo disponga expresamente.

Por lo anteriormente expuesto, al Señor Juez, atentamente, formulo la siguiente:

P E T I C I Ó N:

I. DE TRÁMITE:

A. Con el presente memorial y documentos que acompaño, iniciar la

formación del expediente respectivo.

B. Reconocer la personería con que actúo, con base en la fotocopia

autenticada que acompaño del Acta Notarial de mi nombramiento.

Page 20: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

C. En la forma indicada en este memorial, tener por conferidas la

dirección y procuración del presente asunto a los Abogados

designados y tomar nota del lugar señalado para recibir

notificaciones.

D. Admitir para su trámite las presentes Diligencias de Prueba

Anticipada de Exhibición de documentos por el Procedimiento

Incidental promovidas en contra del señor JULIO PAIZ PAIZ,

propietario de la Empresa Mercantil Individual PATITOS,

corriéndole audiencia en incidente por dos días.

E. Se corra audiencia por el plazo de dos días a la parte contraria.

F. Oportunamente con la contestación de la parte contraria o sin ella,

fijar el término de cinco días al señor JULIO PAIZ PAIZ, para que

exhiba y presente ante ese órgano jurisdiccional los documentos

requeridos en este memorial, apercibiéndolo que en caso

contrario se tendrá por cierto el contenido que a tales documentos

se atribuye en esta solicitud.

G. Oportunamente extenderme certificación de las presentes

diligencias.

II. DE FONDO:

A. Que al resolver se declaren con lugar los presentes documentos.

CITA DE LEYES: Me fundo en la ley citada y en los artículos 1º., 29, 44, 45,

50, 51, 61, 63, 79, 99, 102, y 182 del Código Procesal Civil y Mercantil,

Decreto Ley 107, 49, 66 inciso a), 135, 138, 140, 171, 172, 178, y 181 de la

Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República.

Page 21: Prueba Anticipada de Exhibición de Documentos

COPIAS: Acompaño cuatro copias del presente memorial y de los documentos

adjuntos así como de la plica.

Guatemala, dos de mayo del año dos mil cinco.

f.

EN SU AUXILIO COMO ABOGADO DIRECTOR Y PROCURADOR: