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IN LEGISLATIVO FOR ME Proyectos de Ley en Aprobación PROYECTO DE LEY C.S. N° 009/2014 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL DECRETA: Artículo 1.- Declárese de prioridad nacional la construcción e implementación del Parque Industrial en el Municipio de Monteagudo, de la Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca. Artículo 2.- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, queda encargado de gestionar financiamiento ante instancias nacionales e internacionales, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, en el marco de sus competencias. Artículo 3. Una vez establecido el Parque Industrial en el Municipio de Monteagudo, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, en el marco de sus competencias, reglamentarán su administración, funcionamiento, fiscalización, atribuciones, patrimonio, precios y otros, en el marco normativo para Parques Industriales. Remítase a la Cámara de Diputados, para fines constitucionales de Revisión. Es dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil catorce. PROYECTO DE LEY 006/2014 SE APRUEBA LA TRANSFERENCIA DEL DERECHO PROPIETARIO A TITULO GRATUITO DEL LOTE DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN LUCAS EN FAVOR DE YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS (YPFB) Por cuanto la Asamblea Legislativa Plurinacional: DECRETA: ARTICULO UNICO: De conformidad con el Articulo 158, parágrafo 1, Numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito del lote de terreno con una superficie de 1.909,91 mtrs2 ubicado en la Avenida Libertadores de América, Barrio San Francisco, dentro del barrio urbano de la localidad de Padcoyo realizada a través de Ordenanza Municipal 98/2013 del Gobierno Autónomo Municipal de San Lucas en favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), para la construcción de un surtidor con los tres productos (Gasolina, Diesel y GNV). Es dada en la sala de sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional a los………… días del mes de…………… PROYECTO DE LEY .. ./2014 SE APRUEBA LA TRANSFERENCIA DEL DERECHO PROPIETARIO A TITULO GRATUITO DEL LOTE DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE YAMPARAEZ EN FAVOR DE LA ADUANA NACIONAL DE BOLIVIANA (ANB) Por cuanto la Asamblea Legislativa Plurinacional: DECRETA: ARTICULO UNICO: De conformidad con el Articulo 158, parágrafo 1, Numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito del lote terreno ubicado en la Comunidad de Alcantari de propiedad del Municipio de Yamparaez, con una superficie de 6 Hectáreas realizada en favor de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB), para la construcción de un recinto aduanero. Es dada en la sala de sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional a los……………días del mes de………………del año 2014. PROYECTO DE LEY Nº 001/2014 EMPRESA NACIONAL DE SOFTWARE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINAGIONAL DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- I. Se declara de prioridad nacional; la creación de la Empresa Boliviana de Software “Juana Azurduy de Padilla”, con sede en: la ciudad de Sucre; destinada a la creación y producción de programas de tecnología informática, para la soberanía científica y tecnológica con identidad propia del Estado Plurinacional de Bolivia. II. La creación, administración, supervisión, control, fis calización, así como la reorganización y liquidación de la Empresa Boliviana de Software “Juana Azurduy de Padilla” deberá sujetarse al Régimen Legal, establecido en la Ley Nb 466 de la Empresa Pública del 26 del Diciembre del 2013. Remítase a la Cámara de Diputados para fines Constitucionales de Revisión. Es dado en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, a los………… días del mes de Enero.de dos mil catorce años. En el marco de mis atribuciones constitucionales de legislación, en mi condición de Senadora Nacional por el Departamento de Chuquisaca, me permito informar a la población chuquisaqueña, que en la presente legislatura 2014 he impulsado y concretado la aprobación de importantes instrumentos normativos, que dan pie a la concreción de demandas municipales como el contar con Estaciones de Servicio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), con la venta de los tres productos Gasolina, Diesel y GNV, este último con el beneficio económico colateral que representa por su bajo costo que indudablemente repercute favorablemente en el usuario del transporte público municipal e interdepartamental. Es el caso de los Municipios de Monteagudo, Camargo y San Lucas, cuyas leyes de transferencias de terrenos a favor de YPFB ya sea concretado y actualmente me encuentro impulsando la conclusión de los Estudios a Diseño Final para su inmediata ejecución de las tres Estaciones de Servicio de la estatal YPFB. Estas infraestructuras y servicios tienden también a fortalecer la constitución de ciudades intermedias como los Municipios de Monteagudo, Camargo y San Lucas dotándoles además, de otros servicios como Cajeros Automáticos del Banco UNION que precisamente en este año he gestionado su instalación y funcionamiento con todos los efectos favorables que representa. Además de haber logrado la aprobación en la Cámara de Senadores del Proyecto de Ley que “Declara de Prioridad Nacional la Construcción e Implementación del Parque Industrial en el Municipio de Monteagudo”, lo cual también se circunscribe el propósito de fortalecer nuestras ciudades intermedias. Otra tarea que me impuesto es el fortalecimiento de nuestros atractivos turísticos, ahí está el caso del Museo Histórico Marítimo del Estado Plurinacional de Bolivia que cuenta con su ley de creación, restando consolidar el concurso institucional para el inicio de las obras, toda vez que, cuenta con Estudio a Diseño Final realizados por el Gobierno Municipal de Sucre. Quienes también están concluyendo el Estudio a Diseño Final del Museo Nacional Juana Azurduy de Padilla que vengo impulsando su implementación en cumplimiento a la Ley N° 3883 del 09 de junio de 2008. PARQUE INDUSTRIAL DE MONTEAGUDO LEGISLATURA 2014 - 2015

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INLEGISLATIVOF O R ME

Proyectos de Ley en Aprobación

PROYECTO DE LEY C.S. N° 009/2014LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL

DECRETA: Artículo 1.-Declárese de prioridad nacional la construcción e implementación del Parque Industrial en el Municipio de Monteagudo, de la Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca. Artículo 2.-El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, queda encargado de gestionar financiamiento ante instancias nacionales e internacionales, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, en el marco de sus competencias. Artículo 3. Una vez establecido el Parque Industrial en el Municipio de Monteagudo, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, en el marco de sus competencias, reglamentarán su administración, funcionamiento, fiscalización, atribuciones, patrimonio, precios y otros, en el marco normativo para Parques Industriales. Remítase a la Cámara de Diputados, para fines constitucionales de Revisión. Es dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil catorce.

PROYECTO DE LEY 006/2014 SE APRUEBA LA TRANSFERENCIA DEL DERECHO PROPIETARIO A TITULO GRATUITO DEL LOTE DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN LUCAS EN FAVOR DE YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS (YPFB) Por cuanto la Asamblea Legislativa Plurinacional: DECRETA: ARTICULO UNICO: De conformidad con el Articulo 158, parágrafo 1, Numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito del lote de terreno con una superficie de 1.909,91 mtrs2 ubicado en la Avenida Libertadores de América, Barrio San Francisco, dentro del barrio urbano de la localidad de Padcoyo realizada a través de Ordenanza Municipal N° 98/2013 del Gobierno Autónomo Municipal de San Lucas en favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), para la construcción de un surtidor con los tres productos (Gasolina, Diesel y GNV). Es dada en la sala de sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional a los………… días del mes de……………

PROYECTO DE LEY .. ./2014 SE APRUEBA LA TRANSFERENCIA DEL DERECHO PROPIETARIO A TITULO GRATUITO DEL LOTE DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE YAMPARAEZ EN FAVOR DE LA ADUANA NACIONAL DE

BOLIVIANA (ANB) Por cuanto la Asamblea Legislativa Plurinacional:

DECRETA:

ARTICULO UNICO:

De conformidad con el Articulo 158, parágrafo 1, Numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito del lote terreno ubicado en la Comunidad de Alcantari de propiedad del Municipio de Yamparaez, con una superficie de 6 Hectáreas realizada en favor de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB), para la construcción de un recinto aduanero.

Es dada en la sala de sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional a los……………días del mes de………………del año 2014.

PROYECTO DE LEY Nº 001/2014EMPRESA NACIONAL DE SOFTWARE

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINAGIONALDECRETA:ARTÍCULO ÚNICO.-I. Se declara de prioridad nacional; la

creación de la Empresa Boliviana de Software “Juana Azurduy de Padilla”, con sede en: la ciudad de Sucre; destinada a la creación y producción de programas de tecnología informática, para la soberanía científica y tecnológica con identidad propia del Estado Plurinacional de Bolivia.

II. La creación, administración, supervisión, control, fis calización, así como la reorganización y liquidación de la Empresa Boliviana de Software “Juana Azurduy de Padilla” deberá sujetarse al Régimen Legal, establecido en la Ley Nb 466 de la Empresa Pública del 26 del Diciembre del 2013.

Remítase a la Cámara de Diputados para fines Constitucionales de Revisión.Es dado en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, a los…………días del mes de Enero.de dosmil catorce años.

En el marco de mis atribuciones constitucionales de legislación, en mi condición de Senadora Nacional por el Departamento de Chuquisaca, me permito informar a la población chuquisaqueña, que en la presente legislatura 2014 he impulsado y concretado la aprobación de importantes instrumentos normativos, que dan pie a la concreción de demandas municipales como el contar con Estaciones de Servicio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), con la venta de los tres productos Gasolina, Diesel y GNV, este último con el beneficio económico colateral que representa por su bajo costo que indudablemente repercute favorablemente en el usuario del transporte público municipal e interdepartamental. Es el caso de los Municipios de Monteagudo, Camargo y San Lucas, cuyas leyes de transferencias de terrenos a favor de YPFB ya sea concretado y actualmente me encuentro impulsando la conclusión de los Estudios a Diseño Final para su inmediata ejecución de las tres Estaciones de Servicio de la estatal YPFB. Estas infraestructuras y servicios tienden también a fortalecer la constitución de ciudades intermedias como los Municipios de Monteagudo, Camargo y

San Lucas dotándoles además, de otros servicios como Cajeros Automáticos del Banco UNION que precisamente en este año he gestionado su instalación y funcionamiento con todos los efectos favorables que representa. Además de haber logrado la aprobación en la Cámara de Senadores del Proyecto de Ley que “Declara de Prioridad Nacional la Construcción e Implementación del Parque Industrial en el Municipio de Monteagudo”, lo cual también se circunscribe el propósito de fortalecer nuestras ciudades intermedias.

Otra tarea que me impuesto es el fortalecimiento de nuestros atractivos turísticos, ahí está el caso del Museo Histórico Marítimo del Estado Plurinacional de Bolivia que cuenta con su ley de creación, restando consolidar el concurso institucional para el inicio de las obras, toda vez que, cuenta con Estudio a Diseño Final realizados por el Gobierno Municipal de Sucre. Quienes también están concluyendo el Estudio a Diseño Final del Museo Nacional Juana Azurduy de Padilla que vengo impulsando su implementación en cumplimiento a la Ley N° 3883 del 09 de junio de 2008.

PARQUE INDUSTRIAL DE MONTEAGUDO

LEGISLATURA 2014 - 2015

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LEY N° 489 LEY DE 25 DE ENERO DE 2014

EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL DECRETA: ARTÍCULO 1.- Se crea el Museo Histórico Marítimo del Estado Plurinacional de Bolivia, con sede en la ciudad de Sucre, bajo tuición del Ministerio de Defensa y administración de la Academia Boliviana de Historia Militar. Su funcionamiento y administración será reglamentado mediante Decreto Supremo. ARTÍCULO 2.- El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Defensa, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, en el marco de sus competencias, quedan encargados de la gestión de recursos financieros, para la ejecución de la construcción del Museo Histórico Marítimo del Estado Plurinacional de Bolivia.

MUSEO HISTÓRICOMARÍTIMO DEL ESTADO

PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Ley N° 490 LEY DE 25 DE ENERO DE 2014

EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIAPor cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONALDECRETA: Artículo Único.-

De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo 1, Numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un terreno con una superficie útil de 2.229,96 metros cuadrados, de un total de 17.089,28 metros cuadrados, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, ubicado en la urbanización “Algarrobal”, inscrito en Derechos Reales de la Provincia Hernando Siles-Luis Calvo del Departamento de Chuquisaca bajo el Folio Real 1.05.1.01.0004890, cuyas colindancias son: al Norte con el área forestal y área de equipamiento; al Sud con área de equipamiento y el Lote E-1: al Este con la Diagonal “Jaime Mendoza”; y al Oeste con la calle s/n; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos- YPFB, para la construcción de un surtidor de productos derivados de petróleo, conforme a la autorización contenida en la Ordenanza Municipal N° 050/2013-CMM, de fecha 26 de septiembre de 2013.

ESTACIÓN DE SERVICIODE MONTEAGUDO

UNIDAD TÉCNICA SUPERIOR DE

CONTABILIDADSAN LUCAS

Ley N° 514 LEY DE 26 DE MARZO DE 2014

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL

DECRETA:

Artículo Único.-

De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Lucas: con una extensión superficial de 7.173,00 metros cuadrados, ubicado en la calle Potosí s/n, en el lugar denominado “Cantumarca Pampa”, Manzano 32, Distrito 9, de la localidad de San Lucas, de la Provincia Nor Cinti del Departamento de Chuquisaca, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Camargo del Departamento de Chuquisaca bajo la Matrícula Computarizada N° 1.07.2.01.0000394, cuyas colindancias son: al Norte, con la propiedad del señor Lucas Cardozo Barrios; al Sur, con la calle Potosí; al Este, con la fracción sobrante del señor Benigno Olguín Otondo; y al Oeste, con la propiedad del señor Germán Bautista García; a favor de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca y con destino exclusivo para la construcción y funcionamiento de la Unidad Académica con sede en el Municipio de San Lucas, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 106/2013 de 31 de octubre de 2013 del Concejo Municipal de San Lucas.

LEY N° 525 LEY DE 12 DE MAYO DE 2014

EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

De conformidad al Artículo 158, Parágrafo 1. Numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación. a título gratuito. del lote de terreno con una superficie de 6.713 metros cuadrados. de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Camargo. ubicado en la zona denominada “Porvenir Municipal II”, parcela N° 001, del municipio de Camargo de la provincia Nor Cinti del departamento de Chuquisaca, debidamente registrado en Derechos Reales de Chuquisaca en el Folio con Matrícula N° 1.07.0.10.0000157, bajo el asiento A-I de titularidad sobre el dominio, cuyas colindancias son: al Norte, Quebrada Sin Nombre: al Sur, Comunidad campesina Porvenir Parcela 054; al Este. Comunidad campesina Porvenir Parcela 044; y al Oeste, Red Fundamental Fl (Carretera Camargo- Tarija); a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos- YPFB, con destino a la construcción de un surtidor que aprovisione gasolina, diesel y gas natural vehicular (GNV), conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 50/2013, de fecha 5 de noviembre de 2013.

ESTACIÓN DE SERVICIO DE CAMARGO