Proyecto realizacion

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UNIVERSIDAD INDOAMERICA ESCUELA DE JURISPRUDENCIA TEMA: “LA RELACION PATRONAL Y SU IMPACTO EN LA ESTABILIDAD LABORAL EN LA CIUDAD DE AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA, EN EL PERIODO COMPRENDIDO DE MARZO A JUNIO DEL 2011” SEXTO DERECHO AMBATO

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UNIVERSIDAD INDOAMERICA

ESCUELA DE JURISPRUDENCIA

TEMA: “LA RELACION PATRONAL Y SU IMPACTO EN LA

ESTABILIDAD LABORAL EN LA CIUDAD DE AMBATO,

PROVINCIA DE TUNGURAHUA, EN EL PERIODO COMPRENDIDO

DE MARZO A JUNIO DEL 2011”

SEXTO DERECHO

AMBATO

LA PROBLEMÁTICA ENTRE LAS EMPRESAS

PRIVADAS Y SU RELACION LABORAL CON SUS

TRABAJADORES

INADECUADA RELACION

LABORAL

DESINTERES EN LAS

LABORES COTIDIANAS

POR PARTE DEL

TRABAJADOR

AMBIENTE INADECUADO

DE TRABAJO

INESTABILIDAD LABORAL

DESPIDOS

INTEMPESTIVOS

JUCIOS LABORALES

TEMA

“LA RELACION PATRONAL Y SU IMPACTO EN LA

ESTABILIDAD LABORAL EN LA CIUDAD DE

AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA, EN EL

PERIODO COMPRENDIDO DE MARZO A JUNIO DEL

2011”

OBJETIVO GENERAL

ESTUDIAR LA BUENA RELACION LABORAL QUE CONLLEVA A

UNA ESTABILIDAD LABORAL.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

1.- CONOCER LOS TIPOS DE RELACION PATRONAL

2.- ANALIZAR LA ESTABILIDAD LABORAL

FORMULACION DEL PROBLEMA

¿QUE FACTORES INTERVIENEN PARA QUE EXISTA LA BUENA

RELACION LABORAL QUE CONLLEVE A UNA ESTABILIDAD

LABORAL EN LA CIUDAD DE AMBATO EN EL PERIODO

COMPRENDIDO DE MARZO A JUNIO DEL 2011?

JUSTIFICACION

LA REALIZACION DE ESTE PROYECTO DENOTA UN FIN

CONCRETO EL MISMO QUE ES SABER CON PRECISION COMO

INFLUYE LA RELACION LABORAL ENTRE EL PATRONO Y EL

EMPLEADO EN EL SECTOR PRIVADO PARA ASI PODER TENER

UNA PESPECTIVA MAS AMPLIA SOBRE EL AMBITO LABORAL

EN ESTE AMBITO.

ADEMAS CON ESTE PROYECTO PODREMOS CONTRIBUIR EN UN

ALTO PORCENTAJE A LA SOCIEDAD EN LA PUBLICIDAD DE LAS

LEYES QUE SE ENMARCAN EN EL AMBITO LABORAL QUE SON

DE DESCONOCIMIENTO.

BENEFICIARIOS

CON ESTE PROYECTO SE BENEFICIARAN:

- EMPRESAS PRIVADAS

- TRABAJADORES PRIVADOS

- FAMILIAS DE LOS EMPRESARIOS PRIVADOS

- FAMILIAS DE LOS TRABAJADORES PRIVADOS

- MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES

- INSPECTORES DE TRABAJO

- JUECES Y JUEZAS LABORALES

IMPACTO

SE NOTARA UN GRAN IMPACTO EN EL

MINISTERIO DE REACIONES LABORALES DE LA

CIUDAD DE AMBATO YA QUE SE PIORISARA EN

UNA BUENA ESTABILIDAD LABORAL

(EMPLEADOR – TRABAJADOR) ASI DISMINUIRAN

LOS VISTOS BUENOS Y DESAHUCIOS.

ADEMAS EN LOS JUZGADOS LABORALES EN LA

CIUDAD DE AMBATO, SE TRATA DE DISMINUIR

LOS CONFICTOS JURIDICOS.

ANTECEDENTES

El Derecho laboral es el resultado de los aportes de muchos sectores sociales. Al final, no le quedó más remedio a los gobiernos que acceder a las demandas de los trabajadores, iniciándose así el intervencionismo del Estado, en la regulación de las relaciones entre obreros y patrones. Poco a poco el trabajador que presta sus servicios subordinadamente ha pasado de ser un esclavo en la Edad antigua, un siervo de la Edad Media (conocido también como el siervo de la gleba), a un sujeto con derechos y libertades en la actualidad. El Derecho ha venido a regular condiciones mínimas necesarias para una estabilidad social. Las revoluciones Rusa y Mexicana de 1917 comenzaron una tendencia mundial a que los trabajadores reivindicaran sus derechos; sin embargo, en el resto del mundo, no es sino hasta después de la Segunda Guerra Mundial que se reconocen los derechos modernos de los trabajadores, a saber: el derecho a la huelga, el derecho al trabajo, el derecho de sindicación y a la negociación colectiva.

El surgimiento de las primeras leyes laborales data desde la segunda mitad del siglo XIX, pero no es hasta el año del 1919 donde esta nueva rama del derecho adquiere su acta de nacimiento con el Tratado de Versalles que pone fin a la primera guerra mundial, donde nace el derecho del trabajo como una rama autónoma con reglas, instituciones y técnicas propias.

Hay definiciones filosóficas, económicas y físicas del trabajo. No obstante, para el Derecho laboral la que importa es la rige el trabajo subordinado. La actividad del médico independiente o del artista, u otros profesionales independientes, están fuera del

interés del Derecho laboral. Donde cese la subordinación, cesa la aplicación del derecho laboral [cita requerida].

Sujetos de la relación laboral

Los sujetos de la relación laboral son los trabajadores, considerados individual o colectivamente, y el empleador.

Actualmente se han excluido de su empleo en el léxico jurídico-laboral términos anacrónicos referidos a "obreros" o "patrones", que marcan líneas ideológicas. Por otro lado, no resulta del todo adecuado denominar empresario al empleador. Se reserva esta última expresión a quienes han montado una empresa, y que puede o no tener trabajadores en relación de dependencia, por lo que resulta equívoca para hacerla un elemento determinante de la relación de trabajo.

Según el Art. 5 del ET la relación laboral se da cuando concurren estas 4 circunstancias sin excepción como son:

- voluntariedad: elección libre por parte de las dos partes del contrato.

- retribución: compensación económica adecuada a la prestación laboral del trabajador.

- ajenidad: en los frutos, en los riesgos y en los medios, todo ello asumido por y para el empleador.

- dependencia: consistente en estar bajo el ámbito de organización y dirección de otra persona, el empleador

La primera medida internacional encaminada a establecer una clasificación de los trabajadores en función de su “situación en el empleo” fue la decisión tomada en 1938 por el Comité de Expertos Estadísticos de la Liga de Naciones de recomendar que la clasificación de la población ocupada comprendiese cuatro categorías de situación en el empleo, a saber, “empleadores”, “trabajadores por cuenta propia”, “trabajadores familiares auxiliares no remunerados” y “trabajadores asalariados”. Posteriormente, estas cuatro categorías fueron recomendadas por la sexta Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo, en 1947, y por la octava Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo, en 1954.

En 1950, la Comisión de Población de las Naciones Unidas adoptó definiciones normalizadas de estas categorías. En 1958, en las recomendaciones relativas a los censos de población aprobadas por la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas, se añadió un nuevo grupo denominado “miembros de cooperativas de productores”.

PERSPECTIVA

SI NO SE PRIORISA CON ESTE TEMA, SE DARA MAS

AGLOMERACION DE JUICIOS LABORALES EN LOS

JUZGADOS.

AL REALIZAR ESTE PROYECTO PODREMOS

EVITAR DESPIDOS INTEMPESTIVOS Y GENERAR

UNA ESTABILIDAD LABORAL ACORDE AL LUGAR

DE TRABAJO DE CADA EMPLEADO PRIVADO.

RED DE INCLUSIONES CONCEPTUALES

RELACION

LABORAL

ESTABILIDAD

LABORAL

PRINCIPIOS

LABORALES

SEGURIDAD

LABORAL

TRABAJADOR

EMPLEADOR

CONFLICTOS

LABORALES

Relacion Laboral

Principios Laborales

Seguridad Legal

Laboral

Solucion de Conflictos Laborales

Bases Historicas

ESTABILIDAD LABORAL

Normas Empladores y Trabajadores

Tipos de Conflictos Laborales

Conflictos Laborales

Norma Constitucional

MARCO TEORICO

RELACION PATRONAL

Los antecedentes del derecho laboral empiezan desde la

prehistoria porque los hombres tenían que luchar contra otros y

contra las fuerzas de la naturaleza.

El primer documento importante, es el Código de Hamurabi, Rey

de Babilonia, más de 2000 años antes de Cristo, en el que se

reglamentaba algunos aspectos del trabajo.

En Grecia se admiró inicialmente la actividad agrícola y

mercantil y vemos como Toso y Soleen introdujeron el principio

del trabajo en la constitución ateniense.

Roma se nos presenta como una estructura orgánica

extraordinaria y su armazón jurídico influyen poderosamente en

todo el mundo.

El pueblo Israelita consagró en la Biblia, en los libros Pentateuco

y Deuteronomio, marcan algunas reglas laborales.

En la edad media nacieron los gremios que regulaban el trabajo

desde entonces sé vislumbraba una relación laboral.

La relación obrera patronal y los problemas que se suscitan

tienen que ser resueltos por las leyes, entonces vigentes. Es el

derecho del trabajo una de las ultimas ramas del derecho.

Brun y Galland explican que el derecho del trabajo es una

defensa de los asalariados por lo consecuente el patrón no tiene

ninguna herramienta para defenderse.

Los imperativos del derecho del trabajo con esto me refiero al

sentido de equidad, de justicia que se da en las relaciones

laborales.

PRINCIPIOS LABORALES

Los principios integran la esencia de este derecho. El primer

principio Protectorio, de Irrenunciabilidad o Imperatividad, y el

Continuidad. También la Primacía de la Realidad, de Buena Fe,

de Equidad, de No discriminación.

- PRINCIPIO PROTECTORIO: se sancionan a las normas laborales

para proteger a los trabajadores, reduciendo al mínimo el juego

de la autonomía de la voluntad. Este principio corrige la

desigualdad economía existente entre el empleador y su

dependiente, procurando así el necesario equilibrio.

- EL PRINCIPIO IN DUVIO PRO OPERARIO que es una regla de

interpretación, en caso de dudas, la autoridad de aplicación

optara por aquella que otorga mayor beneficio al trabajador.

- EL PRINCIPIO DE "LA NORMAS MÁS FAVORABLE" que es

cuando coexisten 2 o más normas, se aplicara aquella que

contenga mayores beneficios para los trabajadores. Se refiere a

la conservación de los derechos adquiridos por el trabajador, en

el caso de sanción de nuevas normas laborales de carácter

general menos favorable. Sobre esto el Art. 7 dispone que en

caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales,

reglamentarias o contractuales en materia laboral, los

funcionarios judiciales y administrativos las aplicarán en el

sentido más favorable a los trabajadores.

- PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD: las normas laborales se

imponen a los sujetos de la relación de trabajo más allá de su

propia voluntad y a pesar de ella. De allí que su renuncia por el

trabajador no esta permitida. En ese sentido el Art. 4 del Código

del Trabajo ecuatoriano señala que los derechos del trabajador

son irrenunciables. Será nula toda estipulación en contrario.

- PRINCIPIO DE CONTINUIDAD: el contrato individual de trabajo

es de tracto sucesivo, y no se agota en una prestación. Se

mantiene en el tiempo. Está relacionada con la seguridad en el

trabajo, situación tranquilizadora.

- PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD: cuando se utilizan

métodos indirectos u oblicuos para presentar una autentica

relación de trabajo como si fuera una figura jurídica tratando de

imponer apariencia distinta, la simulación o el fraude se corrige

aplicando este principio.

- PRINCIPIO DE BUENA FE: constituye una obligación y

compromiso común de los sujetos del contrato individual de

trabajo. Los seres humanos deben conducirse con criterio de

colaboración, solidaridad y lealtad. Este principio exige conducta

como buen empleador y buen trabajador.

- PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN: significa que no caben

tratos desiguales de los trabajadores, en idénticas situaciones y

circunstancias. La base de este principio es la igualdad ante la

ley.

TRABAJADORES EMPLEADORES

Así como el trabajador tiene el derecho de trabajar en un

ambiente seguro y con las herramientas necesarias y adecuadas,

así mismo el empleador tiene la obligación de proveer ese

ambiente.

Los accidentes traen costos ocultos y no ocultos, asegurados y

no asegurados. Tiempo de trabajo, tiempo del personal que lo

atiende, tiempo de sus compañeros, tiempo en que se capacita a

otro para que sustituya al accidentado, tiempo de recuperación

del incapacitado, dinero que invierte la organización en la

recuperación del incapacitado y los costos de reparación o

reemplazo.

Es cierto que las leyes de seguridad se escriben con sangre, así lo

ha demostrado la historia en todos los países desarrollados,

como Estados Unidos, México, Chile, Colombia (está privatizada

la seguridad) y otros, y en Ecuador no nos estamos quedando

atrás. Ya hay un comienzo, pero no de buena manera. Hemos

comenzado como se dice "de atrás pa’ lante". El Estado no logra

comprender, así parece, la importancia de esto. Pero sí hay

empresas grandes que han comenzado con el pie correcto. Las

multinacionales traen el ejemplo. Dell, Empresas Melo, Ecuador

Ports, y otras sí han reconocido el derecho fundamental del

trabajador de desempeñarse en un ambiente seguro y salubre.

También han reconocido su obligación de proveerlo. Eso no es

complejo, y si los grupos en conflicto se hubiesen asesorado

bien, y no con asesores hijos de asesores, o asesores del partido,

hubiésemos hecho las cosas correctamente.

Hagamos las cosas en orden. Empecemos por lo básico, una

carta de entendimiento, un decreto que ordene, una ley que sea

la iniciativa que manda Dios. Un documento que reconozca esos

derechos y esas obligaciones. De allí partimos correctamente. La

reglamentación viene después, el desarrollo. Sobre la marcha,

con los precedentes. Si ambas partes reconocen sus derechos y

obligaciones allí, entonces podemos decir que está caminando la

cosa.

El decreto ley que nace de las protestas y los entierros de

humildes trabajadores, no es un buen comienzo, es solo una

aspirina. Y hay que reconocer la lucha de los trabajadores, y

reconocer que lo que puso el Estado en la mesa, solo alivia pero

no corrige, ni es un buen comienzo.

CONFLICTOS LABORALES

NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA reconoce el derecho de

petición de los trabajadores, concretándolo en la posibilidad de

presentar reclamaciones colectivas a los empleadores, a través

de la presentación de pliegos de peticiones que se tramitan ante

Tribunales de Conciliación y Arbitraje. Así establece el artículo

35, numeral 13 de la Constitución.

Se trata del reconocimiento de la existencia de divergencias

entre trabajadores y empleadores que se traducen

eventualmente en el surgimiento de los conflictos colectivos,

denominado así a la presentación y tramitación de pliegos de

peticiones por parte de los trabajadores ante los inspectores de

trabajo, contra sus empleadores.

Clases de conflictos

La doctrina laboral califica como conflictos de derecho a las

divergencias provenientes del incumplimiento de disposiciones

legales, contractuales, reglamentarias; y, como conflictos de

intereses o económicos, a aquellos que provienen de las

pretensiones de los trabajadores de mejorar las condiciones de

trabajo, presentadas como aspiraciones de los mismos. En

ambos casos, las posiciones de las dos partes de la relación

laboral, por no encontrar un punto de coincidencia que permita

un acuerdo, determinan el surgimiento de un conflicto colectivo,

legalmente considerado, sin que con esto deba entenderse la

inexistencia de conflicto si no se ha presentado un pliego de

peticiones por parte de los trabajadores, pues aún existiendo

tales confrontaciones entre empleador y trabajadores, no

siempre estos últimos cuentan con las posibilidades legales para

presentar ante las autoridades laborales las divergencias

existentes, con fines de obtener atención a los mismos, por lo

que puede concluirse que en muchos casos existen conflictos

latentes.

Forma de solución

Una vez que el pliego de peticiones ha sido presentado al

inspector del trabajo para el trámite respectivo, la Ley establece

tres momentos en que podría llegarse a la superación del

conflicto: la mediación, la conciliación y el arbitraje, las dos

primeras tienen como base el consentimiento o acuerdo de las

partes, siempre que exista una voluntad conjunta de lograrlo, la

misma que, incluso puede cristalizarse en cualquier momento

del conflicto, de manera directa.

La etapa de mediación está atribuida a los funcionarios de la

Dirección de Mediación Laboral, dependencia del Ministerio de

Trabajo que actúa cuando no existe contestación a un pliego de

peticiones o la misma es desfavorable.

En esta etapa los funcionarios respectivos convocan a las partes

a efecto de buscar que permitan supera el conflicto.

La conciliación es una etapa del trámite del pliego de peticiones

a cargo de los tribunales de conciliación y arbitraje de primera

instancia y superior, cuya actuación es similar a la mediación;

pues se trata de un tercero que sugiere formas de solución, por

lo que resulta extraño que se haya incorporado la mediación al

trámite del conflicto, pues lo único que se propició es la

dilatación de los trámites. La verdadera conciliación es la que

surge del acuerdo directo de las partes.

El arbitraje es otra fase que desarrolla el mismo tribunal de

conciliación y arbitraje. Se concreta en la resolución de los

puntos que contiene el pliego de peticiones, mediante fallo que

tiene carácter de sentencia obligatoria para las partes ya en

primera instancia o ya, en caso de apelación, ante un tribunal

superior de conciliación y arbitraje.

La huelga, instrumento de reivindicación

En todo caso, durante la tramitación de un pliego de peticiones,

los trabajadores pueden hacer uso del derecho a la huelga

consagrado por la Constitución Política en el artículo 35,

numeral 10. Este derecho consiste en la suspensión de

actividades en una empresa como un recurso de los trabajadores

orientado a obtener del empleador la sensibilidad necesaria

para el reconocimiento de los derechos y la satisfacción de las

aspiraciones presentadas. Este derecho es ejercido por el

colectivo de trabajadores, como mecanismo otorgado

constitucionalmente que permite superar el desequilibrio de

fuerzas entre el empleador y el trabajador individualmente

considerado.

No obstante que el derecho de huelga constitucionalmente

reconocido no establece restricción alguna, al igual que no

establecen los instrumentos internacionales especializados de la

materia, el Código de Trabajo no solo ha desarrollado el mismo,

sino que ha rebasado los objetivos de la regulación volviéndolo

limitativo y hasta impracticable.

La huelga, en sentido general, solo puede ser declarada dentro

de un conflicto, es decir en la tramitación de un pliego de

peticiones y son excepcionalmente y con la urgencia de

formalizarla presentando un pliego de peticiones cuando los

empleadores realicen actos como retiro de maquinaria con el

propósito de desmantelar la industria o negocio.

Según el ámbito o la época, en lugar del término seguridad

laboral se utilizan o se han utilizado diversas denominaciones

para un concepto que en realidad es único: las condiciones bajo

las que se trabaja deben ser seguras, es decir, no deben suponer

una amenaza o una posibilidad significativa de sufrir un daño de

cierta entidad, que pueda incapacitar aunque sea parcial y

temporalmente, por parte de los trabajadores en relación con el

trabajo.

SEGURIDAD LABORAL

Se trata, por lo tanto, de un asunto estrictamente laboral, con lo

que son los trabajadores quienes deben estar suficientemente

protegidos para que la posibilidad de sufrir un daño con ocasión

del trabajo sea mínima. Puesto que los trabajadores por cuenta

ajena desempeñan las tareas asignadas por el empresario bajo su

dirección y en las condiciones de trabajo impuestas por él, es

éste quien debe garantizar que tales tareas se lleven a cabo con

el menor riesgo de sufrir un daño posible.

El término seguridad, aunque responde a un concepto muy

amplio, sin embargo unido a la oportuna calificación resulta ser

preciso y rotundo, quizás menos ambiguo que otras

denominaciones al uso. Así hay quienes prefieren utilizar el

término salud laboral, refiriéndose al concepto amplio y

universal de salud de la Organización Mundial de la Salud OMS,

para la que dicha palabra significa no solo ausencia de toda

enfermedad, incluidas las lesiones, sino el estado de bienestar

físico, psíquico y social, lo que suele llevar a connotaciones casi

exclusivamente sanitarias. Con la distinción entre accidentes de

trabajo (lesiones y en general daños inmediatos) y

enfermedades profesionales (de curso más o menos largo) se

acuñó el término seguridad e higiene del trabajo, refiriéndose

tanto a las técnicas de lucha contra los accidentes (seguridad)

como contra las enfermedades (higiene) como a la calidad de

unas condiciones de trabajo: Deben mantenerse seguras e

higiénicas.

A lo largo de la historia, los seres humanos han ido aprendiendo

a conocer, primero, los riesgos y sus características, tanto

emanados directamente de la propia Naturaleza, incluido el

denominado Reino Animal, como de las consecuencias de la

propia actividad humana que transforma a la propia Naturaleza,

y a defenderse, después, de los mismos y sus posibles

consecuencias.

En muchas ocasiones, especialmente en lo que se refiere a la

seguridad, en un sentido más restringido como lucha contra los

accidentes y sus consecuencias, las guerras han aportado

avances al igual que en otros campos de la ciencia y de la técnica.

E indudablemente se desarrollaban sistemas de defensa,

protección, contra las diversas técnicas ofensivas que

sucesivamente aparecían. Así surgen los diversos sistemas de

protección, tanto individual, por ejemplo el casco, como

colectiva, barreras, que en tiempos de paz se incorporan a la

vida cotidiana con fines igualmente de protección, pero con

relación a otros riesgos: los de accidente.

En cuanto a la pérdida o alteración de la salud, por causas no tan

visibles o evidentes como las lesiones corporales o físicas, es

decir, lo que se conoce en un sentido más o menos amplio como

enfermedad, aun hoy la correlación causa-efecto no suele

plantearse siquiera, si bien el estado actual de la ciencia es tal,

que a pesar de descubrirse nuevas patologías, al menos se

conocen en la inmensa mayoría de las conocidas sus causas,

etiología. Aquí es aún más patente la consideración casual,

fatalista, de la adquisición de una enfermedad, a pesar de los

indudables avances en las técnicas preventivas y de promoción

de la salud.

En el ámbito de la actividad laboral, ya en la antigüedad se

conocía que en determinados trabajos existía una relación entre

su naturaleza y la aparición de ciertas enfermedades

características de los mismos. Hipócrates, en el siglo IV a.C.,

describió la enfermedad que aquejaba a quienes trabajaban en la

extracción de mineral de plomo, el saturnismo. En el siglo XVI,

Paracelso trató en varios de sus escritos las enfermedades que

sufrían los mineros y los trabajadores de las fundiciones. Sin

embargo hasta el siglo XVII, con el médico italiano Bernardino

Ramazzini, no se comienza a tratar como una ciencia nueva la

Medicina del Trabajo, aunque no es sino al principio del siglo XX,

con el desarrollo de las legislaciones de protección de los

obreros,(la primera Ley en el mundo data de 1802) cuando

aparece las técnicas sistematizadas de protección -primero- y de

prevención - después- como la seguridad del trabajo, la propia

medicina (preventiva) del trabajo, la higiene industrial y la

psicosociología aplicada al trabajo.

La interacción entre el trabajo, incluido el ambiente de trabajo, o

lo que se conoce en el sentido más amplio como condiciones de

trabajo, y la persona contemplado en su conjunto, con objeto de

adecuar las primeras a la segundas, tiene sus raíces en el

Renacimiento con los estudios de Leonardo da Vinci sobre las

dimensiones del cuerpo humano y las posturas y los análisis de

Durero sobre los movimientos y las proporciones. Ya en el

presente siglo, los arquitectos (Le Corbusier) y más tarde los

ingenieros diseñadores, se han preocupado de que sus obras se

adapten a una óptima funcionalidad con relación a las

características de sus usuarios y los fines que estos persiguen.

Lo que ha supuesto la aparición hacia los años 50 de la

ergonomía como disciplina global e integradora de todos los

aspectos del entorno de trabajo.

En el ámbito del Derecho, paralelamente a los avances de la

revolución industrial en el siglo XIX fueron apareciendo las

primeras leyes de protección de los trabajadores. En 1890 tiene

lugar en Berlín una Conferencia internacional sobre el trabajo en

las fábricas y en las minas, tras la que comienza a configurarse la

necesidad de una intervención de la Administración pública para

controlar la aplicación de la legislación sobre las limitaciones de

ciertos trabajos con fines proteccionistas, en especial hacia las

mujeres y los menores.

En 1919 se crea la Organización Internacional del Trabajo OIT,

adoptándose desde ese mismo año diversos Convenios y

Recomendaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo

junto con otras materias de índole laboral.

ESTABILIDAD LABORAL

La estabilidad laboral consiste en el derecho que un trabajador

tiene a conservar su puesto de trabajo, de no incurrir en faltas

previamente determinadas o de no acaecer en circunstancias

extrañas.

Ciertamente, la estabilidad laboral garantiza los ingresos del

trabajador en forma directa, lo que permite satisfacer las

necesidades del núcleo familiar y garantizar los ingresos de la

empresa, ya que trabajadores adiestrados y expertos, integrados

con la empresa, brindarán índices satisfactorios de producción y

productividad, redundando no sólo en beneficio del trabajador y

del empleador, sino también del desarrollo orgánico-económico-

social, con logros a la obtención de la armonía y la paz social y

laboral.

La estabilidad laboral tiende a otorgar un carácter permanente a

la relación de trabajo, donde la disolución del vínculo laboral

depende únicamente de la voluntad del trabajador y sólo por

excepción de la del empleador o de las causas que hagan

imposible su continuación.

El sentido de la estabilidad es proteger al trabajador de los despidos arbitrarios. A través del régimen de estabilidad se pretende limitar la libertad incondicional del empleador evitando despidos arbitrarios que provoquen inseguridades y problemas al trabajador, cuya única fuente de ingreso es su trabajo. La carta de la Organización de Estados Americanos, en su artículo 28, proclama que las personas, mediante su trabajo, tienen el derecho de alcanzar su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad, dignidad, igualdad de oportunidades y seguridad económica. Respecto a las condiciones de empleabilidad, ésta se refiere al ambiente que entrega una empresa u organización para que los trabajadores desarrollen adecuadamente su trabajo. Una organización debe asegurar a sus trabajadores un ambiente laboral adecuado para que puedan realizar sus funciones, es decir, la administración de una empresa debe preocuparse desde las condiciones físicas hasta las condiciones sicológicas

del trabajo, para que así las personas puedan realizar lo que les corresponde, adecuadamente.

Dentro de las condiciones de empleabilidad, se encuentra

otorgar capacitaciones, incentivos, un ambiente laboral

adecuado, condiciones estructurales acomodadas, entre otros

puntos, temas que efectivamente son importantes a la hora de

evaluar un trabajo o de evaluar la producción que están llevando

a cabo los individuos dentro de una organización.

TABLA N.- 1

BENEFICIOS DE LA RELACION LABORAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 12 24%

NO 38 76%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: DEL TOTAL DE ENCUESTADOS LA

MAYOR PARTE DE LAS PERSONAS DESCONOCEN LOS BENEFICIOS QUE

SE ADQUIEREN MEDIANTE LA RELACION PATRONAL, MENCIONAN QUE

ES POR QUE NO EXISTE INFORMACION SOBRE EL TEMA.

GRAFICO N.- 1 BENEFICIOS DE LA RELACION LABORAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

24%

76%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

SI NO

TABLA N- 2

OBLIGACIONES PATRONALES

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 11 22%

NO 39 78%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: CASI EN SU TOTALIDAD EXISTE EL

DESCONOCIMIENTO SOBRE LAS OBLIGACIONES PATRONALES, YA QUE

MENCIONAN QUE NO HAY INTERES DEL GOBIERNO EN HACER

PUBLICIDAD

GRAFICO N.- 2 OBLIGACIONES PATRONALES

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

22%

76%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

SI NO

TABLA N- 3

DERECHOS RELACION PATRONAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 11 22%

NO 39 78%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: EN SU TOTALIDAD LAS PERSONAS

DESCONOCEN SOBRE EL TEMA, LO QUE HAN SABIDO RECALCAR ES QUE

NO HAY PERSONAS QUE CAPACITEN A LA POBLACION

GRAFICO N.- 3 DERECHOS RELACION PATRONAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

22%

78%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

SI NO

TABLA N- 4

QUE SECTOR SE BENEFICIA CON LA RELACION PATRONAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

TRABAJADORES 42 84%

EMPLEADORES 8 16%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: CASI TODOS LOS ENCUESTADOS

AFIRMAN QUE SE BENECIAN MAS LOS TRABAJADORES, DADO EL HECHO

QUE ES UN GRUPO VULNERABLE Y NECESITAN ATENCION

PRIORITARIA.

GRAFICO N.- 4 QUE SECTOR SE VENEFICIA CON LA RELACION

PATRONAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

84%

16%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

TRABAJADORES EMPLEADORES

TABLA N- 5

PATRONOS QUE EVADEN SU OBLIGACION PATRONAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 15 30%

NO 35 70%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: MUY POCOS AFIRMAN QUE LOS

EMPLEADORES CUMPLEN CON ESTA FUNCION Y RATIFICAN QUE SE

DEBE SANCIONAR RIGUROSAMENTE A ESTE SECTOR.

GRAFICO N.- 5 PATRONOS QUE EVADEN SU OBLIGACION PATRONAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

30%

70%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

SI NO

TABLA N- 6

OBJETIVO PRINCIPAL ESTABILIDAD LABORAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 14 28%

NO 36 72%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: MUY POCAS PERSONAS CONOCEN SOBRE

LA PREGUNTA, SUPIERON INDICAR QUE IGNORAN SOBRE ESTE TEMA

GRAFICO N.- 6 OBJETIVO PRINCIPAL ESTABILIDAD LABORAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

28%

72%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

SI NO

TABLA N- 7

FACTORES ESTABILIDAD LABORAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 11 22%

NO 39 78%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: UN BAJO NUMERO DE ENCUESTADOS

RATIFICAN CONOCER LOS FACTORES QUE INFUYEN EN ESTE TEMA, LO

QUE ARGUMENTAN ES QUE LOS EMPLEADORES INCLUMPLEN CON LAS

NORMAS ESTABLECIDAS Y APARTE DE AQUELLO MENCIONAN QUE NO

HAY CONTROL POR PARTE DE LAS AUTORIDADES

GRAFICO N.- 7 FACTORES ESTABILIDAD LABORAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

22%

78%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

SI NO

TABLA N- 8

CENTROS DE CAPACITACION

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 7 14%

NO 43 86%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: MUY POCAS PERSONAS CREEN QUE SE

INPLEMENTE ESTOS CENTROS, DICEN QUE SI NO SE DA NI

INFORMACION, PEOR VAN A CREAR CENTROS PARA LA CAPACITACION,

NO TIENEN CONFIANZA

GRAFICO N.- 8 CENTROS DE CAPACITACION

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

14%

86%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

SI NO

TABLA N- 9

GOBIERNO PRESTAR ENFACIS EN LA ESTABILIDAD LABORAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 12 24%

NO 38 76%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: MUCHAS PERSONAS ESTAN DE

ACUERDO QUE EL GOBIERNO DEBE INVERTIR EN INFORMACION EN

ESTE FACTOR PARA QUE LA GENTE NO SEA EN OCASIONES DEMIGRADA

POR LOS EMPLEADORES Y EXPLOTADA

GRAFICO N.- 9 GOBIERNO PRESTAR ENFACIS EN LA

ESTABILIDAD LABORAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

84%

16%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

SI NO

TABLA N- 10

DERECHOS VULNERADOS SIN TENER ESTABILIDAD LABORAL

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 6 12%

NO 44 88%

TOTAL 50 100% FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: LAS PERSONAS DESCONOCEN QUE

DERECHOS SE ESTAN VULNERANDO AL NO CONTAR CON UNA

ESTABILIDAD LABORAL, NOS DICEN QUE ES FALTA DE INFORMACION

GRAFICO N.- 10 DERECHOS VULNERADOS SIN TENER

ESTABILIDAD LABORAL

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

12%

88%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

SI NO

TABLA N- 11

CREACION DEL CENTRO DE CAPACITACION CON PERSONAL

ESPECIALIZADO

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJES

SI 26 52%

NO 24 48%

TOTAL 50 100%

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

ANALISIS E INTERPRETACION: LAS PERSONAS ESTAN MUY DE

ACUERDO EN LA CREACION DEUN CENTRO ESPECIALIZADO EN ESTA

AREA PERO MENCIONARON QUE LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN

EN EL MISMO DEBEN SER DE UNA MORAL Y ETICA ADECUADA PARA

PODER CONTRIBUIR A LA SOCIEDAD E INCLUSIVE APORTAR A

FAMILIAS ENTERAS CON LA DISERNICION DEL TEMA

GRAFICO N.- 11 CREACION DEL CENTRO DE CAPACITACION CON

PERSONAL ESPECIALIZADO

FUENTE: ENCUESTA

ELABORADO POR: EL INVESTIGADOR

52%

48%

46%

47%

48%

49%

50%

51%

52%

53%

SI NO

OBJETIVO 1.- CONOCER LOS TIPOS DE RELACION

PATRONAL

PREGUNTA 1

ANALISIS E INTERPRETACION: DEL TOTAL DE ENCUESTADOS LA

MAYOR PARTE DE LAS PERSONAS DESCONOCEN LOS BENEFICIOS QUE

SE AUQUIEREN MEDIANTE LA RELACION PATRONAL, MENCIONAN QUE

ES POR QUE NO EXISTE INFORMACION SOBRE EL TEMA.

PREGUNTA 2

ANALISIS E INTERPRETACION: CASI EN SU TOTALIDAD EXISTE EL

DESCONOCIMIENTO SOBRE LAS OBLIGACIONES PATRONALES, YA QUE

MENCIONAN QUE NO HAY INTERES DEL GOBIERNO EN HACER

PUBLICIDAD

PREGUNTA 3

ANALISIS E INTERPRETACION: EN SU TOTALIDAD LAS PERSONAS

DESCONOCEN SOBRE EL TEMA, LO QUE HAN SABIDO RECALCAR ES QUE

NO HAY PERSONAS QUE CAPACITEN A LA POBLACION

PREGUNTA 4

ANALISIS E INTERPRETACION: CASI TODOS LOS ENCUESTADOS

AFIRMAN QUE SE BENECIAN MAS LOS TRABAJADORES, DADO EL HECHO

QUE ES UN GRUPO VULNERABLE Y NECESITAN ATENCION

PRIORITARIA.

PREGUNTA 5

ANALISIS E INTERPRETACION: MUY POCOS AFIRMAN QUE LOS

EMPLEADORES CUMPLEN CON ESTA FUNCION Y RATIFICAN QUE SE

DEBE SANCIONAR RIGUROSAMENTE A ESTE SECTOR.

PREGUNTA 7

ANALISIS E INTERPRETACION: UN BAJO NUMERO DE ENCUESTADOS

RATIFICAN CONOCER LOS FACTORES QUE INFUYEN EN ESTE TEMA, LO

QUE ARGUMENTAN ES QUE LOS EMPLEADORES INCLUMPLEN CON LAS

NORMAS ESTABLECIDAS Y APARTE DE AQUELLO MENCIONAN QUE NO

HAY CONTROL POR PARTE DE LAS AUTORIDADES

OBJETIVO 2.- ANALIZAR LA ESTABILIDAD LABORAL

PREGUNTA 1

ANALISIS E INTERPRETACION: DEL TOTAL DE ENCUESTADOS LA

MAYOR PARTE DE LAS PERSONAS DESCONOCEN LOS BENEFICIOS QUE

SE AUQUIEREN MEDIANTE LA RELACION PATRONAL, MENCIONAN QUE

ES POR QUE NO EXISTE INFORMACION SOBRE EL TEMA.

PREGUNTA 6

ANALISIS E INTERPRETACION: MUY POCAS PERSONAS CONOCEN SOBRE

LA PREGUNTA, SUPIERON INDICAR QUE IGNORAN SOBRE ESTE TEMA

PREGUNTA 7

ANALISIS E INTERPRETACION: UN BAJO NUMERO DE ENCUESTADOS

RATIFICAN CONOCER LOS FACTORES QUE INFUYEN EN ESTE TEMA, LO

QUE ARGUMENTAN ES QUE LOS EMPLEADORES INCLUMPLEN CON LAS

NORMAS ESTABLECIDAS Y APARTE DE AQUELLO MENCIONAN QUE NO

HAY CONTROL POR PARTE DE LAS AUTORIDADES

PREGUNTA 8

ANALISIS E INTERPRETACION: MUY POCAS PERSONAS CREEN QUE SE

INPLEMENTE ESTOS CENTROS, DICEN QUE SI NO SE DA NI

INFORMACION, PEOR VAN A CREAR CENTROS PARA LA CAPACITACION,

NO TIENEN CONFIANZA

PREGUNTA 9

ANALISIS E INTERPRETACION: MUCHAS PERSONAS ESTAN DE

ACUERDO QUE EL GOBIERNO DEBE INVERTIR EN INFORMACION EN

ESTE FACTOR PARA QUE LA GENTE NO SEA EN OCASIONES DEMIGRADA

POR LOS EMPLEADORES Y EXPLOTADA

PREGUNTA 10

ANALISIS E INTERPRETACION: LAS PERSONAS DESCONOCEN QUE

DERECHOS SE ESTAN VULNERANDO AL NO CONTAR CON UNA

ESTABILIDAD LABORAL, NOS DICEN QUE ES FALTA DE INFORMACION

CONCLUSIONES

OBJETIVO 1

MEDIANTE LA ELABORACION DEL PROYECTO SE PUDO

VERIFICAR QUE LAS PERSONAS NECESITAN OVIAMENTE DE

MANERA OPORTUNA ATENCION ESPECIALIZADA EN EL TEMA

LABORAL YA QUE EXISTE DEMACIADA INATENCION POR

PARTE DE LAS AUTORIDADES, SE CONCRETA QUE HAY MUCHA

DESINFORMACION, EL DESCONOCIMIENTO ES UN GRAN

FACTOR QUE INCIDE A LA IGNONARCIA POR TAL PUNTO LAS

PERSONAS EN OCASIONES SON VIOLENTADAS EN SUS

DERECHOS LABORALES, INCLUSIVE AL SER UN GRUPO

VULNERABLE CONSIDERAN LOS ENCUESTADOS QUE AUN

EXISTEN PERSONAS QUE SE APROVECHAN DE LAS

NECESIDADES DEL TRABAJADOR.

OBJETIVO 2

SE ANALIZO LA ESTABILIDAD LABORAL, EN CONCLUSION SE

FOMENTO EN LAS PERSONAS ENCUESTADAS UN TIPO DE

INFORMACION BASICA PARA QUE YA NO SUFRAN

INCONVENIENTES EN ESTE CAMPO, PERO ES DEMACIADO EL

NIVEL DE DESCONOCIMIENTO, EXISTEN VACIOS GENERALES

QUE DEBEN SER APLICADOS POR PARTE DE LAS

AUTORIDADES COMPETENTES POR QUE LAS PERSONAS ESTAN

SEGURAS EN SU TOTALIDAD QUE LOS TRABAJADORES SON

EXPLOTADOS Y NADIE HACE NADA PARA REMEDIARLO.

RECOMENDACIONES

EN GENERAL LA POBLACION ENCUESTADA NECESITA QUE SE

FOMENTE LIDERAZGO POR PARTE DE LAS AUTORIDAES PARA

EVITAR DEMACIADOS INCONVENIENTES LABORALES,

RECOMIENDAN QUE NOSOTROS COMO ESTUDIANTES DE

JURISPRUDENCIA MOTIVEMOS A LOS MAESTROS

ESPECIALIZADOS EN EL AMBITO LABORAL A IMPARTIR SUS

CONOCIMIENTOS EN LA CIUDADANIA AMBATEÑA EN

JORNADAS DE CAPACITACION CON EL AFAN DE QUE SE

MEJORE EN UN PORCENTAJE MAYORITARIO EL

CONOCIMIENTO DE LAS LEYES LABORALES, POR QUE CREEN

QUE EL CONOCIMIENTO ES LA UNICA ARMA EN CONTRA DE LA

INJUSTICIA Y DE LOS EXPLOTADORES LABORALES.

BIBLIOGRAFIA

Organización Mundial del Trabajo

Germán Eduardo Cascante Castillo. Teorías Generales del

Derecho del Trabajo. 1999.

Germán Eduardo Cascante Castillo. Manual Práctico de

Legislación Laboral. 2003.

Salgado Calderón Edgar (Principios del Derecho del Trabajo)

JAMES WOOLFORD C. (TRABAJADORES EMPLEADORES)

Dra. Carmen Estrella (CONFLICTOS LABORALES) ASESORA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Mario Grau Ríos (Seguridad Laboral)

ANEXOS

Encuestas