PROYECTO - Junior Villavicencio Colquehuanca

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UNIVERSIDAD ANDINA DE CUSCOFACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICACarrera Profesional de Derecho

ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LOS NIVELES DE LA RECAUDACION DEL IMPUESTO PREDIAL EN LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO - CUSCO

(Aplicado en el periodo 2013 - 2014)

Proyecto de Tesis

Tesistas:Junior Villavicencio Colquehuanca

Profesor: Isaac Enrique Castro Cuba Barineza PhD.

Cusco, enero del 2014

NDICE DEL PROYECTO

CAPITULO I1. EL PROBLEMA

1.1 Planteamiento del Problema 1.2 Formulacin del Problema1.2.1 Problema principal1.2.2 Problemas secundarios1.3 Objetivos de la investigacin 1.3.1 Objetivo general1.3.2 Objetivos especficos1.4 Justificacin de la Investigacin1.5 Delimitacin del Estudio

CAPITULO II2. MARCO TERICO2.1 Antecedentes de la Investigacin 2.2 Bases Tericas2.3Definiciones de trminos2.4Variables / categoras de estudio2.5 Sistema de Hiptesis / Hiptesis de trabajo

CAPITULO III3. METODOLOGA

CAPITULO I

1. EL PROBLEMA

1.1 Planteamiento del Problema

En la actualidad se viene suscitando un problema eminentemente de carcter social y econmico, ya que afecta a todo un distrito en el marco del desarrollo econmico, sociolgico, nos referimos a la recaudacin tributaria y se caracteriza por desarrollar los servicios a favor de la poblacin.

La no contribucin por parte de todos los ciudadanos afecta al conjunto de manera que la municipalidad de Santiago establecer niveles para mejorar la recaudacin, de acuerdo a la ley, que no se pueda perder a los ciudadanos (contribuyentes), por lo general deben de cumplir con su contribucin que es utilizado e invertidos en su adecuada administracin en mtodos tecnificados, de dicho recurso legalmente, no lo hacen, no pagan impuestos y no permiten el desarrollo de las comunidades donde se produce el crecimiento y desarrollo.

Los no contribuyentes al dejar de realizar estos actos no se podr realizar los trabajos municipales, y las municipalidades al desconocer las leyes que generan tributos a la municipalidad al carecer de una estructura para realizar todo tipo de recaudacin ser una perdida no solo para un distrito en desarrollo y crecimiento ser para todos los que conforman dicho distrito.

Por ende, lo que se busca con esta investigacin es contribuir a la desarrollar estrategias de contribucin tributaria, con el fin de brindar y que experimente el ciudadano una particular felicidad al pago de su impuesto, as como tambin contribuir y brindar con respecto a la municipalidad de dar un buen uso a los impuestos de los contribuyentes. Dado que tambin el ciudadano compruebe cotidianamente su utilidad del impuesto.

1.2 Formulacin del Problema

1.2.1 Problema principal

Establecer estrategias que proporcionen mejorar los niveles de recaudacin tributaria del impuesto predial en las municipalidades?

1.2.2 Problemas secundarios

1 Qu procedimientos realizan respecto de la recaudacin del impuesto predial en las Municipalidades?

2 Qu factores dificultan a las municipalidades el cobro del impuesto predial?

3 Qu beneficios se pueden obtener al implementar estrategias para mejorar la recaudacin del impuesto predial en las municipalidades?

1.3 Objetivos de la investigacin

1.3.1 Objetivo general

Determinar si la estrategia que se proporcionen mejoren los niveles de la recaudacin del impuesto predial en las municipalidades.

1.3.2 Objetivos especficos

1 Analizar los procedimientos que realizan para la recaudacin del impuesto predial en las municipalidades.

2 Determinar los factores que dificultan a las municipalidades el cobro del impuesto predial.

3 Determinar los beneficios que se podran obtener al implementar estrategias para mejorar la recaudacin del impuesto predial en las municipalidades.

1.4 Justificacin de la Investigacin

El presente estudio que pretendo realizar se justifica por las siguientes razones:

a) Conveniencia

Es conveniente realizar esta investigacin, por tratarse de un problema que amerita el inters por parte de la municipalidad en buscar una adecuada solucin al problema de la recaudacin del impuesto predial.

b) Relevancia Social

Tiene relevancia de carcter social porque afecta a todo un distrito, debido a la falta de educacin tributaria as como a las normas legales por parte de los contribuyentes que se dedican a todo tipo de actividades, por ende todo ello desencadena en un grave problema social que necesita ser atendido de manera urgente.

c) Implicaciones practicas

Lo que se busca con la presente investigacin es concientizar a las personas que poseen bienes inmuebles realizar el pago correspondiente del impuesto predial para que puedan entrar en el camino del progreso y desarrollo de nuestro distrito, por ello existir estrategias prcticas que nos ayudara a poder resolver el problema.

d) Valor terico

De igual manera se pretende conocer la realidad de los vecinos econmica como social, as como tambin la situacin con respecto a la legalidad en que se encuentran actualmente los contribuyentes como el contexto que los rodea.

e) Utilidad Metodolgica

Considero que los resultados de la presente investigacin pueden motivar y aportar informacin para estudios jurdicos posteriores los cuales pueden ser abordados en diversos puntos de vista que complementen al presente estudio.

1.5 Delimitacin del Estudio

1.5.1 Delimitacin espacial

El mbito geogrfico de la presente investigacin se realizara dentro del contexto del distrito de Santiago, aunque tengamos que ahondar ms en lugares donde existe la mayor fuente de contribucin.

1.5.2 Delimitacin temporal

La presente investigacin se llevara a cabo en el presente ao 2013 a 2014 y los anlisis que realicemos lo haremos con las normas que se encuentren vigentes.

1.5.3 Delimitacin social

La investigacin estar dirigida a toda la poblacin del distrito de Santiago, en particular a todos los posibles contribuyentes.

CAPITULO II

2. MARCO TERICO

2.1 Antecedentes de la Investigacin

2.1.1 TesisAntecedente 1

El primer antecedente de mi investigacin lo constituye la tesis que lleva como ttulo LA EDUCACION TRIBUTARIA COMO SOLUCION A LA BAJA RECAUDACION FISCAL EN MEXICO. El autor es SALVADOR NIETO DUEAS, quien presento dicha investigacin en Guanajuato, Gto., Agosto 2003.

i. Pero lo cierto es que invariablemente se tiene que realizar. La SHCP ha mantenido el inters desde hace mucho tiempo para incluir temas de impuestos en los libros de texto, cosa que hasta la fecha no se ha hecho. Tal vez no se ha concretizado por los cambios polticos que se presentan constantemente.

ii. En la respuesta se pudo observar que, a medida que avanzan de grado, los estudiantes van formando un rechazo al pago de impuestos que, por su edad, no es ms que el reflejo de lo que escuchan en la televisin, puesto que es este el medio donde los alumnos han escuchado sobre los impuestos.Es necesario tomar en cuenta que El capital humano ms precioso es la niez y la juventud... Transitando su periodo de formacin, constituyen la permanente oportunidad de la sociedad para mejorar el futuro en la medida que ella misma lo logre, ofrecer mejores condiciones de educacin, de desarrollo y de civismo....

Antecedente 2

El segundo antecedente de mi investigacin lo constituye la tesis que lleva como ttulo ESTRATEGIAS ADMINISTRATIVAS PARA OPTIMIZAR LA RECAUDACIN DEL IMPUESTO SOBRE VEHCULO.. Las autora es T.S.U. Mara Adriana Medina, quien presentaron dicha investigacin en la Universidad de los Andes Facultad de Ciencias Economicas y Sociales Mrida, Mayo de 2011.

i. La experiencia estudiada en el proceso actual de recaudacin del impuesto sobre vehculo muestra que existen vacios de informacin, ausencia de un sistema estructurado y falta de organizacin en cuanto al tema de recaudacin se refiere. En el caso objeto de este estudio se pone de manifiesto que a travs de la demanda expresada por parte de la autora ocurre una apertura de los lmites dentro de los cuales se encuentra el proceso de recaudacin del Impuesto sobre Vehculo, esta apertura permite que dicho sistema pueda ir organizndose en otras posibles alternativas para solventar las carencias en un contexto de colaboracin y cambio.

ii. El sistema de recaudacin planteado en las estrategias administrativas, ha de estar basado en un acuerdo entre los funcionarios del SAMAT y los contribuyentes de manera tal que se permita una serie de intercambios con el fin de alcanzar unos objetivos comunes.

iii. Por ltimo cabe sealar que la metodologa del estudio de casos ofrece un modelo de investigacin especialmente til. La complejidad de situaciones en las que se tiene que intervenir precisa de un anlisis con profundidad de una situacin determinada por la que atraviesa una organizacin gubernamental en un contexto concreto, premisas fundamentales que contempla el enfoque del estudio de caso.La diferencia de esta investigacin con la que pretendo realizar est en el objeto de estudio ya que nuestra investigacin se centra en el mejoramiento de los niveles de recaudacin en general y consecuentemente de acuerdo a ley.

Antecedente 3

El tercer antecedente de mi investigacin lo constituye la tesis que lleva como ttulo REINGENIERA Y GESTIN MUNICIPAL. El autor de la tesis es Juan victoriano castillo maza, quien presento dicha investigacin en la Universidad Nacional Mayor De San Marcos, en el ao 2004.

i. La decisin poltica de poner en marcha el proceso de transformacin ms profunda de la administracin del municipio tomada por la Gestin Municipal de Rosario, Argentina, le ha permitido afrontar nuevos desafos a finales del siglo pasado y en el presente siglo, transformndolo en un municipio moderno y eficiente y un ejemplo para otras ciudades de la Argentina y del MERCOSUR.

ii. El esquema tpico del proceso de modernizacin de la Municipalidad de Rosario, Argentina, basado en la Reingeniera de procesos, permiti desarrollar un Sistema de Informacin Urbana para la toma de decisiones, soportado por tecnologa GIS, Global Information Systems y una Red de Intranet Municipal; una adecuacin edilicia; una red metropolitana y redes locales de comunicaciones de voz y datos; una transformacin de la cultura organizacional de los empleados municipales y mejorar el servicio al ciudadano con un trabajo de calidad y mejora continua, para medir la eficiencia de los Centros Municipales de Distrito.

La reingeniera en la gestin de los gobiernos locales permite optimizar la prestacin de los servicios municipales en beneficio de los ciudadanos, racionalizando procesos, integrando las diferentes reas funcionales a travs de los Sistemas de Informacin Gerencial, estableciendo canales de comunicacin directa con los vecinos. .

2.1.2 Monografas

Monografa 1 La primera monografa titula ADMINISTRACIN TRIBUTARIA MUNICIPAL, el autor es Paul Amoretti Ismodes.

En el referido trabajo el autor refiere que las Municipalidades son los rganos del Gobierno Local y emanan de la voluntad popular, representan al vecindario y promueven la adecuada prestacin de los servicios pblicos.La jurisdiccin Municipal se divide en tres: Provincial, Distrital y de Centro Poblado Menor. La Administracin Tributaria Municipal los Gobiernos Locales est facultados para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasa, exonerar de stas, dentro de su jurisdiccin y con los lmites que seala ley; ms no as con los impuestos. La Administracin tributaria, constituye el principal componente ejecutor del sistema tributario y su importancia est dada por la actitud que adopte para aplicar las normas tributarias. Son impuestos creados a favor de las municipalidades: el impuesto predial, el impuesto de alcabala, impuesto al patrimonio automotriz, a las apuestas, a los juegos y a los espectculos pblicos. Asimismo, son ingresos municipales: las contribuciones especiales por obras pblicas, las tasas y el fondo de compensacin municipal.

Monografa 2

La segunda monografa titula SISTEMA TRIBUTARIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA-HUACHO el autor es CPC Castro Ramos, Jose Luis.

En dicho trabajo el autor formula en el desarrollo de la presente monografa, tiene por finalidad revertir gradualmente el sistema desfasado y obsoleto que emplea la entidad municipal para recaudar los tributos que administra, implementando un conjunto de opciones para modernizar la Administracin Tributaria Municipal, a fin de hacerla eficiente y dinamizar su funcionamiento, lo que le permitir tener informacin oportuna y confiable de los contribuyentes que incumplen con el pago de sus obligaciones tributarias en forma consecutiva y disear los mecanismos de recuperacin de las deudas acumuladas por ms de un periodo o ao. .

2.1.3 Artculos especializados

Artculo 1

El primer artculo especializado lo constituye el artculo FORMACIN PARA LA ADMINISTRACIN MUNICIPAL BASADA EN LA PARTICIPACIN POPULAR PROTAGNICA. El autor es Porras Medina, Ada Crisey, Gonzlez Silva, Humberto J., quien plasm dicho artculo en la Revista Venezolana de Gerencia (RVG), Que fue publicado en el Ao 13. N 44, 2008, 595 - 615.

Este artculo busca aborda la tarea de establecer referentes para la formulacin de propuestas de formacin para los funcionarios municipales en Venezuela, en funcin de la transformacin de la administracin de este nivel de gobierno bajo el principio de la participacin popular protagnica. Para ello se realiza una revisin bibliogrfica dirigida a establecer sentidos y dimensiones de la participacin, a la aclaracin de trminos fundamentales para una propuesta formativa en el contexto venezolano, y que, asimismo, permite establecer las debilidades de la formacin para la participacin, generalmente centrada ms en las comunidades que en los funcionarios, ms en los contenidos que en las personas, desarticulada y con escasos recursos de apoyo.

Artculo 2

El segundo artculo especializado lo constituye el artculo EL PROCEDIMINTO DE EJEUCION COACTIVA EN LA ADMINISTRACIN PBLICA NACIONAL Y LOS GOBIERNOS LOCALES. El autor Dr. Percy Eduardo Paredes Gonzales, quien plasm dicho artculo en REVISTA ELECTRNICA de la Universidad de San Martin de AO 2007 N 1.

iii. El autor en este artculo indica el esquema de distribucin del Poder tributario en la constitucin, para delimitar los alcances de la potestad tributaria en los tres Niveles Gobiernos; en un orden de creacin, modificacin o supresin de tributos, un somero recuento del marco legal que disciplina el rgimen tributario y se resea la Jurisprudencia Administrativa y Judicial que consideramos ms representativa sobre el estado en la cuestin respecto a la materia, tambin trata de temas respecto al Procedimiento de Ejecucin Coactiva en General en los diferentes niveles del estado, lo que de la lectura de este trabajo se formulan muchos aspectos, apreciaciones, criticas de la manera como, el ente del Estado e incluso las Municipalidades vienen aplicando las normas del cdigo tributario que regulan las relaciones entre la administracin tributaria y los contribuyentes, lo que en los ltimos aos se han puesto en evidencia que gran parte del Gobierno Local lamentablemente aplican de manera incorrecta.

2.2 Bases Tericas

2.2.1Gobiernos locales

La Municipalidad es por definicin el rgano nato del gobierno local y tiene autonoma econmica y administrativa en los asuntos de su competencia, cuya finalidad esencial es la calidad de vida de sus habitantes. Esta responsabilidad puede ejercerla directamente o promoviendo la actuacin de la colectividad a favor de ese desarrollo.El municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias; pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea, o a una agrupacin de los mismos. Tiene sus orgenes en la convivencia social, familias que necesitaban reunirse para cubrir necesidades comunes consistentes en servicios, deben reunirse y as lo hacen para alcanzar este fin. La necesidad de congregarse ha dado nacimiento al gobierno comunal, cuya labor se ha proyectado a travs de la historia, influyendo en forma definitiva sobre los caracteres de los pueblos y sobre la organizacin de sus pueblos.Para Ruiz el municipio es: Una comunidad de personas preferentemente de familias situadas en un mismo territorio, para la satisfaccin de las necesidades originadas de las relaciones de vecindad[footnoteRef:1]. [1: Ruiz, E. (1998). Derecho Tributario Municipal. Caracas: Edicin Libra. 87]

Posada (1993) lo identifica del modo siguiente: comunidad de vida territorial espacial, tiene como contenido propio, natural y distinto.

2.2.1.1 Origen

Los estudiosos establecen que slo existen 02 corrientes o modelos tericos que sustentan el origen del municipio, estos son: El modelo clsico-aristotlico y el modelo contractualista o ius-naturalista.

2.2.1.1.1.- El modelo clsico-aristotlico

"El modelo clsico parte de una concepcin histrico-sociolgica del estado, cuyo origen se ubica en la polis o ciudad, a partir de la cual en una suerte de evolucin natural se va pasando por diferentes etapas -de las ms primitivas a las ms evolucionadas- hasta llegar a la sociedad ms perfecta que es el estado. La familia es presentada como la primera forma de sociedad natural, como la clula bsica del estado, y los individuos aparecen -desde el origen- integrados en sociedad a travs de lazos orgnicos. Esta concepcin plantea como fundamento del poder poltico el derecho natural. El estado sera la desembocadura natural y -en consecuencia- necesaria de la asociacin de familias, aldeas y ciudades. De manera que el principio de legitimacin de la sociedad poltica es el estado de necesidad o la misma naturaleza social del hombre.

2.2.1.1.2.- El modelo contractualista o ius-naturalistaEsta escuela goz de gran predicamento en nuestro continente como consecuencia de la difusin de la obra de Tocqueville, la democracia en Amrica, donde se deca al estudiar las instituciones municipales de Norteamrica a principios del siglo pasado: "sta (la comuna) es la nica asociacin que existe tambin en la naturaleza, que donde quiera que se encuentren hombres reunidos se forma por s misma una comuna", y agregaba, condensando el concepto: "El hombre forma los reinos y establece las repblicas; la comuna parece surgir de Dios" ()."El modelo ius-naturalista -cuyo primer exponente es Hobbes en el siglo XVII- intenta romper con el modelo clsico vigente durante toda la edad media, dando lugar a una nueva teora del estado en la que se inscriben diferentes pensadores de las ms variadas ideologas. As Hobbes inicia la reformulacin de dicho modelo desde una perspectiva netamente conservadora, posteriormente Locke lo retoma representando a uno de los principales exponentes del liberalismo poltico y ms tarde Rousseau desde una ptica que algunos autores denominan democrtica o revolucionaria.El principio de unificacin de pensadores tan diversos radica en la utilizacin de un mtodo racional y demostrativo, y en la construccin de un modelo lgico en donde el origen del estado ya no es la familia ni la polis, sino un pacto concertado entre individuos libres e iguales. Esta concepcin racionalista del origen del estado plantea que ste se funda en la concertacin de un contrato, oponindose a un estado de naturaleza donde slo se encuentran los individuos aislados con ciertos derechos innatos. Lo nico natural son estos derechos individuales que, a travs del contrato, el estado se compromete a garantizar y proteger. No existe ningn derecho natural que fundamente el origen del estado, sino que ste ser un producto artificial, lgico y racional donde su principio de legitimidad radica en el consenso. Esta es una concepcin esencialmente legalista que acompaa histricamente el nacimiento del estado moderno. El estado de derecho establece la supremaca de la ley por encima del derecho consuetudinario sustentado por el poder tradicional1" ().

2.2.1.2 Naturaleza

La naturaleza del municipio es el sustento en la que se cimienta el municipio, es la condicin y especificacin de la institucin municipal. Es de suma importancia su implicancia "no slo por su inters terico vale decir por la curiosidad intelectual que lleva a resolverlo, sino por la proyeccin prctica que deriva del tipo de solucin que se adopte en orden a la estructura y a las actividades delas instituciones municipales. Cabe sealar adems, que al hablar de la naturaleza del municipio, estamos hablando de diversas corrientes filosficas y sociolgicas que pretenden definirla de diversa forma, pero dentro de estas las ms importantes son las denominadas escuelas, las mismas que son la Escuela Iusnaturalista y la Escuela Legalista.

2.2.1.3 Autonoma municipal

Este criterio de autonoma municipal es de suma importancia para la consecucin exitosa de un gobierno municipal, acorde con los requerimientos sociales que solicitan los pueblos dentro de una nacin. Como ha de entenderse toda nacin tiene soberana a nacional, mientras que los municipios slo tienen autonoma, por lo que es necesario definir que es autonoma municipal, precisamente para encuadrar dos temas que por su naturaleza son distintas. Se entiende que autonoma es "aquella facultad que posee una poblacin para dirigir sin tutela extrao los intereses especficos de su vida interna, que puede expresarse en la creacin de instituciones polticas propias para los espacios donde conviven. Estado y condicin del pueblo que goza de entera independencia poltica. Condicin del individuo que de nadie depende bajo ciertos conceptos. Potestad que dentro del Estado pueden gozar los municipios, provincias, regiones u otras entidades de l", para regir intereses peculiares de su vida interior, mediante normas y rganos de gobiernos propios. "La doctrina ha determinado cuatro principios bsicos que hacen a la autonoma municipal, ninguno de las cuales pueden ser suprimidos sin perjuicio de la integridad de dicho poder; estos son: a)eleccin de sus propias autoridades y potestad normativa para producir legislacin municipal(autonoma poltica); b) organizacin de los servicios pblicos locales y prestacin de tales servicios (autonoma administrativa); c) creacin de rentas e inversin de las mismas (autonoma financiera); y d) garant a de que slo judicialmente podrn impugnarse las resoluciones y dems actos de sus autoridades realizadas en el ejercicio de sus funciones que a stas le son propias(garanta judicial de la autonoma)".Es importante determinar la existencia de estos requisitos esenciales para una verdadera autonoma municipal, no sin antes ser conscientes de que en nuestro pas, donde las capitales de las regiones tienen arraigado el centralismo econmico, esto ha generado mucha dependencia en los municipios provinciales y distritales. En tal sentido es necesario implementar una verdadera autonoma municipal, donde se sealen los lineamientos primarios de la autonoma poltica, administrativa y, financiera, que permita el desarrollo municipal, donde se garantice judicialmente esta autonoma. Lgicamente, siempre se deber considerar que la autonoma municipal, est sujeta a la supervisin permanente de la poblacin, las entidades pblicas supervisoras y la sociedad civil organizada, que para tal fin existen, como son: La Contralora General de la Repblica y las ONG"S (Organismos no Gubernamentales de Desarrollo). En tal sentido y como una verdadera descentralizacin, la autonoma municipal cobra por as decirlo importancia indiscutible, en tanto se transforma en el motor que impulsa, la generacin de desarrollo en los municipios provinciales y distritales ms alejados del Pas. Las Municipalidades en el Per tienen tres autonomas especficas: Autonoma Econmica, Autonoma Poltica y Autonoma Administrativa. Pero que entendemos por autonoma, segn manifiesta el Diccionario Anaya de la Lengua "es la capacidad para gobernarse por s mismo; Independencia. Capacidad de una provincia o regin para entender y manejar su sistema econmico, poltico, administrativo, etc., sin injerencias del poder central.2.2.2 El impuesto predial

El impuesto predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rsticos.

Paraefectos del impuesto se considera predios a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, a los ros y a otros espejos de agua, as como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificacin.

Larecaudacin,administracin y fiscalizacin del impuesto corresponde a la municipalidad distrital donde se encuentre ubicado el predio.El 5 % del rendimiento del impuesto est destinado exclusivamente a financiar el desarrollo y mantenimiento del catastro distrital, as como a las acciones que realice la administracin tributaria, destinadas a reforzar su gestin y mejorar la recaudacin. De otro lado, el 3/1000 del rendimiento del impuesto est destinado a favor del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, entidad que absorbi al Consejo Nacional de Tasaciones.2.2.2.1 Sujetos obligados a pagar el impuesto predialTodas las personas que son propietarias de un predio tienen que cumplir con el pago del impuesto predial. Los predios son las edificaciones casas o edificios y tambin los terrenos. Todas las personas o empresas propietarias de un predio, cualquiera sea su naturaleza tienen que pagar el impuesto predial[footnoteRef:2]. Cuando la existencia del propietario no puede ser determinada, estn obligados al pago de este impuesto los poseedores o tenedores, a cualquier ttulo, de los predios afectos, pudiendo reclamar el pago a los respectivos contribuyentes. [2: De acuerdo al artculo 9 de la Ley de Tributacin Municipal, excepcionalmente, se considerar como sujetos pasivos del impuesto a los titulares de concesiones otorgadas al amparo del Decreto Supremo N 059-96-PCM, Texto nico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesin al sector privado de las obras pblicas de infraestructura y de servicios pblicos, sus normas modificatorias, ampliatorias y reglamentarias, respecto de los predios que se les hubiesen entregado en concesin, durante el tiempo de vigencia del contrato.]

2.2.2.2 Cmo se calcula el impuesto predial?Para hacer este clculo hay que tener en cuenta lo siguiente:

a) La base imponible para la determinacin del impuesto est constituida por el valor total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdiccin distrital. Para ello, se valoriza el terreno, la edificacin y las obras complementarias utilizando como referencia los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificacin vigentes al 31 de octubre del ao anterior y las tablas de valores de construccin y de depreciacin por antigedad y estado de conservacin, que aprueba anualmente el Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento mediante Resolucin Ministerial. A la del valor resultante se le denomina autovalo. b) En el caso de terrenos que no han sido considerados en los planos bsicos arancelarios oficiales, el valor de los mismos se estima por la municipalidad respectiva, o en defecto de ella, por el o la contribuyente, tomando en cuenta el valor arancelario ms prximo a un terreno de iguales caractersticas.

2.2.2.3 A partir de cundo se debe pagar el impuesto predial?A partir del 1 de enero del ao a que corresponde la obligacin tributaria. Cuando se efecte cualquier transferencia, el adquirente asumir la condicin de contribuyente a partir del 1 de enero del ao siguiente de producido el hecho.

2.2.2.4 Cmo se calcula la base imponible del impuesto predial?La base imponible para la determinacin del impuesto est constituida por el valor total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdiccin distrital. A efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicar los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificacin vigentes al 31 de octubre del ao anterior y las tablas de depreciacin por antigedad y estado de conservacin, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construccin y Saneamiento mediante Resolucin Ministerial.En el caso de terrenos que no hayan sido considerados en los planos bsicos arancelarios oficiales, el valor de los mismos ser estimado por la Municipalidad Distrital respectiva o, en defecto de ella, por el contribuyente, tomando en cuenta el valor arancelario ms prximo a un terreno de iguales caractersticas.

2.2.2.5 Cules son las formas de pago del Impuesto Predial? El impuesto podr cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas:Al contado, hasta el ltimo da hbil del mes de febrero de cada ao.En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota ser equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deber pagarse hasta el ltimo da hbil del mes de febrero. Las cuotas restantes sern pagadas hasta el ltimo da hbil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacin acumulada del ndice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica (INEI), por el perodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago.

2.3 Definicin de trminos

Base Imponible

Capacidad susceptible de una expresin cuantitativa, definida por la ley que mide, alguna dimensin econmica del hecho imponible y que debe aplicarse a cada caso concreto a los efectos de la liquidacin del impuesto. Valor numrico sobre el cual se aplica la alcuota del impuesto. Cantidad neta en relacin con la cual se aplican las tasas de impuesto.

Capacitacin

Es toda accin organizada y evaluable que se desarrolla en una empresa para modificar, mejorar y ampliar los conocimientos, habilidades y actitudes del personal en conductas produciendo una cambio positivo en el desempeo de sus tareas.

Contribuyente

Aquel sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho imponible. Dicha condicin puede recaer en las personas naturales, personas jurdicas, dems entes colectivos a los cuales otras ramas jurdicas atribuyen calidad de sujeto de derecho y entidades o colectividades que constituyan una unidad econmica, disponga de patrimonio y de autonoma funcional.

Cultura Tributaria

Se Conocimientos, creencias, percepciones actuales sobre un tema o propsito social.

Exoneracin

Es La dispensa total o parcial del pago de la obligacin tributaria, concedida por el poder ejecutivo en los casos autorizados por la ley.

Fiscalizacin

Comprende todas las medidas adoptadas para hacer cumplir las leyes y los reglamentos fiscales por los contribuyentes. Proceso que comprende la revisin, control y verificacin que realiza la Administracin Tributaria a los contribuyentes respecto de los tributos que administra, para verificar el correcto cumplimiento de sus obligaciones.

Impuesto

Prestacin monetaria directa, de carcter definido y sin contraprestacin, recabada por el estado de los particulares, de forma compulsiva y de acuerdo a reglas fijadas, para financiar servicios de inters general u obtener finalidades econmicas o sociales.

Ordenanzas

Se refiere al conjunto de preceptores o normas referentes a una materia en el mbito municipal.

Recaudacin

Actividad desarrollo por la Administracin Tributaria consistente en la percepcin de las cantidades debidas por los contribuyentes, como consecuencia de la aplicacin de las diferentes figuras impositivas vigentes en el pas.

Tributo MunicipalTributos que el Poder Municipal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto pblico.

2.4 Categoras de Estudio

Considerando que la presente investigacin es de carcter cualitativo, las variables quedan establecidas de la siguiente manera:

Categoras temticasSubcategoras

Categora 1

Mejorar la recaudacin del impuesto predial1. Contenidos.2. Alcances de la propuesta.3. Va para la sistematizacin.

Categora 2

Las municipalidades1. Caractersticas.2. Competencia.3. Autonomia.

2.5 Hiptesis

El establecer estrategias que proporcionen mejorar los niveles de recaudacin tributaria del impuesto predial en las municipalidades, contribuye positivamente a un desarrollo econmico-social.