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Introducción El estudio de una empresa debe determinar la función de producción óptima para la utilización eficiente y eficaz de los recursos disponibles para la producción del bien o servicio deseado. Para ello se identificará a través de la cuantificación y proyección en el tiempo los montos de inversiones de capital, los costos y los ingresos de operación para analizar las distintas alternativas y condiciones en que se pueden combinar los factores productivos. El propósito del estudio consistió en determinar los costos y sus aplicaciones en la fabricación de Pasapalos dulces en la Galletera Trigo de Oro, C.A. así como algunos conceptos que facilitaran el análisis de otros aspectos como la materia prima, la mano de obra directa y los costos indirectos de fabricación. Este proyecto de investigación pretende ser de ayuda a la formación integral de los estudiantes que deseen conocer la estimación de los costos, las inversiones que proporcionen información valida y oportuna para la toma de decisiones. La investigación se realizó con una serie de entrevistas a líderes naturales, es decir, informantes claves, que es un tipo de muestra no probabilística, este es el tipo de muestra utilizado en nuestra investigación.

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Introducción

El estudio de una empresa debe determinar la función de producción óptima para la utilización eficiente y eficaz de los recursos disponibles para la producción del bien o servicio deseado. Para ello se identificará a través de la cuantificación y proyección en el tiempo los montos de inversiones de capital, los costos y los ingresos de operación para analizar las distintas alternativas y condiciones en que se pueden combinar los factores productivos.

El propósito del estudio consistió en determinar los costos y sus aplicaciones en la fabricación de Pasapalos dulces en la Galletera Trigo de Oro, C.A. así como algunos conceptos que facilitaran el análisis de otros aspectos como la materia prima, la mano de obra directa y los costos indirectos de fabricación.

Este proyecto de investigación pretende ser de ayuda a la formación integral de los estudiantes que deseen conocer la estimación de los costos, las inversiones que proporcionen información valida y oportuna para la toma de decisiones.

La investigación se realizó con una serie de entrevistas a líderes naturales, es decir, informantes claves, que es un tipo de muestra no probabilística, este es el tipo de muestra utilizado en nuestra investigación.

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1. Planteamiento del Problema

En el estado Barinas, especialmente en el municipio Barinas de acuerdo a la Asociación de Pequeños y Medianos Industriales del estado Barinas (ASAIMBA) el sector alimentos es considerado el eslabón dinamizador fundamental de la economía, constituido en su mayoría por micro, pequeñas y algunas medianas industrias.

Uno de los problemas más graves que se presentan, es la dificultad para determinar costos de producción precisos, debido a que no se manejan criterios uniformes para realizar dicho cálculo, en consecuencia cada empresario los determina de acuerdo a su experiencia, conocimientos en el área de costos, etc., dándole principal importancia a los costos de la materia prima y de la mano de obra.

El costo de producción determinado de esta manera es usado por los industriales del municipio Barinas para establecer el margen de ganancia deseado, y es tomado como referencia para fijar los precios de venta de sus productos. Se debe acotar, que el costo de producción ha dejado de ser un factor clave en la determinación del precio, pues, en un medio económico cada vez más competido, en el cual sólo triunfarán las industrias que resulten más eficientes, se hace necesario implementar estrategias gerenciales que contribuyan a la supervivencia de las empresas, dentro de estas estrategias, el concepto de costo objetivo o costo meta juega un papel muy importante, debido a que permite a las empresas lograr nuevos mercados y penetrar en determinados nichos de mercados, al ofrecer un producto de calidad a un precio que le asegure la demanda; para ello se parte de un precio meta y de un nivel de utilidad planeada, estos factores determinarán el costo máximo en que debe incurrir la empresa para ofrecer dicho producto.

El desarrollo de la competencia global y las nuevas tecnologías, entre otros aspectos, han creado la necesidad de adoptar nuevas estrategias gerenciales que aseguren la permanencia a largo plazo de la empresa y han provocado que la información de costos se convierta en un elemento de competitividad; por lo tanto, es necesario que los sistemas de contabilidad de costos provean información apropiada, oportuna y detallada de acuerdo a los cambios de las tendencias mundiales de los negocios.

2. Objetivos de la investigación

2.2. Objetivo General

Determinar los costos y procesos de producción de los Pasapalos Dulces en la Galletera Trigo de Oro C.A.

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2.3. Objetivos Específicos

Identificar las fases que influyen en el proceso de realización de los Pasapalos dulces de la Galletera Trigo de Oro C.A. y los recursos utilizados para la fabricación de estos.

Diagnosticar la situación actual de los costos de los productos que se manejan como materia prima en la Galletera Trigo de Oro C.A.

Conocer cuales son los elementos del costos y su clasificación para determinar los costos de producción Pasapalos dulces de la Galletera Trigo de Oro C.A.

3. Justificación del Problema

Esta investigación permitió conocer el sistema de acumulación de costos usado en la fabricación de los Pasapalos Dulces de la Galletera Trigo de Oro C.A. colaborando de esta manera con el mejoramiento de la calidad gerencial, puesto que, la gerencia dispondrá de un sistema de acumulación de costos, que le permitirá obtener información relacionada con la producción y los costos, sobre una base sistemática, real, lo que, facilitará la planificación, el control y la toma de decisiones de las actividades que realizan estas unidades de producción; todo esto, convierte a la investigación, en una guía para el gerente de una industria, impulsándola a su consolidación y crecimiento, generando así, nuevas fuentes de empleo, elemento esencial para procurar bienestar social y económico.

4. Alcances y Limitaciones

2.2. Alcances

2.3. Limitaciones

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5. Marco Teórico

5.1. Antecedentes Históricos.

En el año de 1990 nace una iniciativa artesanal dentro de las instalaciones de Bizcochería ITALIA. Que consistió en producción y venta de una galleta rellena con mermelada de guayaba con el nombre de Galletas Humberto, una idea del Ing. Giacomo Lopiparo, un hombre visionario del Estado Barinas, quien viene de una familia de amplia trayectoria en el ramo de la pastelería como lo es Bizcochería Italia.

El continuo esfuerzo en este ramo, lleva al Ing. Giacomo a nuevos proyectos, comercializando sus productos en casas de familia. Para ese momento su producción era solo 12.000 paquetes semanales, contando para ello solo una nomina de tres trabajadores, que junto a su propio dueño conquistaron a muchos consumidores gracias al apoyo de Bizcochería Italia.

Debido a la buena aceptación del producto a mediados de 1992 se desarrollan nuevas líneas, tales como: ponquecitos, panque, brazo gitano, y torta rellena; Estos productos (enfocados directamente en la producción de pastelería y repostería) fueron alcanzando un éxito rotundo en las ventas de casa de familia y se popularizaron en cada rincón donde llegaban. Esto dio cabida al aumento de la producción con una nomina de 15 obreros.

En el mismo año se habían incorporado a la fábrica nuevos equipos de trabajo que contribuyeron con un mayor rendimiento en la producción y permitió el crecimiento tecnológico y esto a su vez consolidó la demanda del producto.

Ya la Empresa comienza a ver sus frutos, incrementando progresivamente su producción a la capacidad máxima de fabricación, implementando para ello 18 horas de trabajo diario. Esto le permitió responder a la enorme demanda, llegando a producir 50.000 paquetes semanales.

En 1994, se desarrolla un nuevo producto denominado Pastel de Guayaba, una deliciosa tartaleta rellena con mermelada de guayaba desarrollando una nueva línea de producción. Este producto llegó a tener gran aceptación en el mercado venezolano.

Con el fin de atender a la creciente demanda del mercado venezolano, en 1996, se registra la firma comercializadora GALLETERA TRIGO DE ORO C.A. y se ubicó en un terreno de 5.000 m2, en la Av. Industrial de la ciudad de Barinas.

Así, un año más tarde se inauguró el más ambicioso proyecto de su dueño, el Ing. Giacomo Lopiparo, abriendo las puertas de una verdadera industria de la

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repostería, con grandes inversiones de maquinaria e infraestructura, utilizó tecnología en sus procesos de fabricación de tortas y panque.

Para 1998, nace un nuevo producto elaborado a base de masa de hojaldre denominado Palmerita, la cual causa un gran impacto entre los consumidores. La palmerita se convirtió rápidamente en el producto estrella de GALLETERA TRIGO DE ORO y uno de los favoritos entre los consumidores de todas las edades. Por ello, años más tarde, se construye la planta de hojaldre con capacidad de producción de 16.000 paquetes semanales, logrando integrar otro producto de hojaldre denominado: Pastelito de Guayaba.

Gracias a la gran aceptación de nuestros productos hoy en día GALLETERA TRIGO DE ORO se ha posicionado en el ramo de la confitería y distribuidores de consumo masivo. Contamos con productos denominados torteritas de: punto rojo, palmerita, pastelito, tortas, tartaletas y ponquecitos. Estos son productos tradicionales en venta de casa de familia a través de distribuidores directos que ubican nuestros productos en toda la geografía nacional.

GALLETERA TRIGO DE ORO se encuentra actualmente en la expansión comercial a nivel nacional y en un futuro los mercados internacionales. Para lograr alianzas con nuevos distribuidores, presentan productos capaces de responder a las exigencias de los consumidores debido a la inversión de recursos materiales, tecnológicos y de excelentes recursos humanos.

Portafolio de Productos.

El portafolio de productos, durante los últimos años, se ha ampliado, proporcionando sabor, calidad y economía, no solo a niños, sino a jóvenes y adultos, buscando satisfacer todas las etapas de la vida.

En el momento se ofrecen productos innovadores presentando dos líneas de productos:

La primera de ella, la línea Comercial:

• Mini Tortera de Palmeritas de 48 Unidades• Mini Tortera de Punto Rojo de 48 Unidades• Mini Tortera de Pastelito de 36 Unidades en los siguientes sabores: Guayaba, Manzana y Piña.• Tortera de Pastelito de 40 unidades en los siguientes sabores: Guayaba, Cabello de Angel, Manzana, Piña y fresa.

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• Tortera de Ponquesitos de 40 unidades• Tortera de Pai de Guayaba y Manzana.• Torta Redonda de 12 Trozos sabor a Vainilla recubierta de: Arequipe y arequipe con Chocolate• Tortera de Panque de 26 unidades• Panque Trigo de Oro en Display de 6 unidades• Pastelito de Oro en Display de 6 unidades en los siguintes sabores: Guayaba, Manzana y Piña• Pai de Guayaba en Display de 6 Unidades• Pai de Manzana en Display de 6 Unidades• Palmerita de Oro en Display de 6 Unidades• Polvorosa en Display de 48 Unidades en los siguientes sabores: Vainilla, Coco y Chocolate.• Punto Rojo en Display de 48 Unidades

La segunda de ella, la línea del SAM (Venta en casa de Familia):

• Ponquecito de 6 Unidades • Panque con frutas• Pastel de Guayaba• Punto Rojo• Polvorosa• Cocaditas• Galletas de Chocolate• Palmerita de 6 unidades• Pastelito de Guayaba de 4 Unidades• Pasa palos Dulces

5.2. Antecedentes de la Investigación.

Empresas

Palacios (1999), define a la empresa como “...la reunión de esfuerzos y recursos de muchos hombres, alrededor de la dirección de unos cuantos, para servir a la sociedad y así servirse a sí mismos”. Posteriormente, el autor plantea la siguiente interrelación entre las diferentes personas que participan en la empresa y la misión de las mismas: “A la empresa acude el consumidor para que le suministren bienes y/o servicios, el inversionista para obtener un rendimiento de su capital y el trabajador, el técnico y el directivo para realizar su trabajo”. La empresa debe asistir a los individuos de la sociedad, tanto a los que están fuera de ella como a los que están adentro. Su misión de servicio debe llegar tanto a proveedores, comunidad y Estado, como a accionistas, trabajadores y directivos.

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Empresas Industriales.

Son aquellas que se dedican a la compra de materias primas, las procesan y las convierten en productos terminados. Los procesos productivos de dichas Empresas pueden ser continuos o por pedidos de productos.

La Confederación de Industriales de Venezuela (CONINDUSTRIA), para fines de financiamiento, a nivel nacional, utiliza la definición de PyME establecida en el artículo 3º de la Ley de Promoción y Desarrollo de laPequeña y Mediana Industria, en este sentido se entiende por: Pequeña Industria, la unidad de explotación económica realizada por una persona jurídica que efectúe actividades de producción de bienes industriales y de servicios conexos, comprendida en los siguientes parámetros:

- Planta de trabajadores con un promedio anual no menor de once (11) trabajadores, ni mayor a cincuenta (50) trabajadores.

- Ventas anuales entre nueve mil uno (9001) unidades tributarias y cien mil (100.000) unidades tributarias.

Mediana Industria, la unidad de explotación económica realizada por una persona jurídica que efectúe actividades de producción de bienes industriales y de servicios conexos, comprendida en los siguientes parámetros:

- Planta de trabajadores con un promedio anual no menor de cincuenta y uno (51) trabajadores, ni mayor a cien (100) trabajadores.

- Ventas anuales entre cien mil uno (100.001) unidades tributarias y doscientos cincuenta mil (250.000) unidades tributarias.

Para Palacios (1999) una forma muy conveniente y tradicional de clasificar a las industrias venezolanas es en: micro, pequeñas, medianas y grandes. Esta clasificación es la más generalizada y se hace en función del número de empleados, aunque también se utilizan como indicadores el monto del capital o el de los activos.

En el activo circulante de una empresa industrial contamos con las cuentas:

Materias primas Combustible Piezas Útiles Producción propia para insumo Producción principal en proceso Producción auxiliar en proceso Producción terminada

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Tratamiento de los gastos para una Empresa industrial y el contenido de sus principales cuentas: Gastos Indirectos. Costo de Venta. Gastos de Distribución y Venta. Gastos de Administración. Gastos Financieros. Otros Gastos.

Características de la empresa:

Persigue retribución por los bienes o servicios que presta. Es una unidad jurídica. Opera conforme a leyes vigentes (fiscales, laborales, ecológicas, de salud, etc.). Se fija objetivos. Es una unidad económica. La negociación es la base de su vida, compra y vende. Integra y organiza recursos ya sean propios o ajenos. Se vale de la administración para operar un sistema propio. Corre riesgos. Investiga el mejoramiento de sus productos, sus procesos y sus servicios.

Clasificación de la Empresa

La empresa se clasifica: Por su giro

Industriales: Las empresas industriales se dedican a la extracción y transformación de recursos naturales renovables y no renovables, así como, a la actividad agropecuaria y a la manufactura de bienes de producción y de bienes de consumo final.

Comerciales: Estas empresas se dedican a la compra y venta de productos terminados y sus canales de distribución son los mercados mayoristas, minoristas o detallistas y los comisionistas. 

De servicio: Las empresas de servicio ofrecen productos intangibles y pueden tener fines lucrativos o no lucrativos.

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Por sectores económicos

Agropecuario: Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca.

Industrial: Extractiva y de Transformación.

De servicios: comercio, Restaurantes, Transporte, Comunicaciones, Alquiler de inmuebles, Profesionales, Educativos, Médicos, Gubernamentales, Financieros.

Por el origen de su capital

Publicas: En este tipo de empresas el capital proviene del Estado, para satisfacer las necesidades que la iniciativa privada no cubre.

Privadas: El origen del capital de las empresas privadas proviene de inversionistas particulares y no interviene ninguna partida del presupuesto destinado hacia las empresas del Estado.

Transnacionales: El capital de estas empresas proviene del extranjero, ya sean privadas o públicas.

Mixtas: El capital de las empresas mixtas proviene de dos o todas las formas anteriores.

Por su tamaño

Micro: De 1 a 15 empleados y hasta cincuenta mil Unidades Tributarias (50.000 U.T.)

Pequeña: De 16 a 100 empleados y de hasta cien mil Unidades Tributarias (100.000 U.T.)

Mediana: De 101 a 250 empleados y hasta doscientas cincuenta mil Unidades Tributarias (250.000 U.T.).

Grande: Mas de 250 empleados y más de doscientas cincuenta mil Unidades Tributarias (250.000 U.T.)

Costos

Se denomina coste o costo al montante económico que representa la fabricación de cualquier componente o producto, o la prestación de cualquier servicio. Conociendo el coste de un producto o servicio se puede determinar el precio

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de venta al público de dicho producto o servicio, ya que el P.V.P. es la suma del coste más el beneficio.

El costo es un recurso que se sacrifica o al que se renuncia para alcanzar un objetivo específico. El costo de producción es el valor del conjunto de bienes y esfuerzos en que se ha incurrido o se va a incurrir, que deben consumir los centros fabriles para obtener un producto terminado, en condiciones de ser entregado al sector comercial.

El costo surge cuando el consumo de los factores se efectúa para realizar la transformación económica de la cadena de valor. El gasto es el equivalente monetario de las compras realizadas, haciendo referencia al momento de adquisición. Existen gastos no almacenables en los que coincide su adquisición con el consumo, es decir, el gasto con el costo.

Entre los objetivos y funciones de la determinación de costos, encontramos los siguientes:

Servir de base para fijar precios de venta y para establecer políticas de comercialización. Facilitar la toma de decisiones. Permitir la valuación de inventarios. Controlar la eficiencia de las operaciones. Contribuir a planeamiento, control y gestión de la empresa.

Los factores del costo se dividen en dos grandes grupos:        

Costos directos: son aquellos que se pueden identificar plenamente ya sea en su aspecto físico o de valor en cada unidad producida, y como tales tenemos: las materias primas básicas y la mano de obra directa en la fabricación. También pueden explicarse como “Costos que están relacionados con el objeto de costos y que puede hacerse un seguimiento de manera económicamente factible”. (Horngren y otros, 1996, p. 27).

Costos indirectos: son aquellos que no se pueden localizar en forma precisa en una unidad producida, absorbiéndose en la producción a base de prorrateo. También pueden definirse como “Costos que están relacionados con el objeto de costos, pero no puede hacerse un seguimiento de forma económicamente factible”. (Horngren y otros, 1996, p. 27).

Los Costos Directos se dividen en 3 tipos:

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Costo de materiales directos. Son los costos de adquisición de los materiales que son transformados o se convierten en parte del objeto de costo, y pueden ser económicamente factible de cuantificar o identificar en dicho objeto.

Costo de mano de obra directa. Son las compensaciones recibidas por la mano de obra que labora en la producción (manualmente u operando máquinas), y pueden ser económicamente factible de cuantificar o identificar en dicho objeto.

Costos Indirectos de fabricación. Son todos los costos de producción que se consideran como parte del objeto de costos, pero que no pueden ser medidos o identificados de manera económicamente factible sobre dicho objeto. Son costos inventariables que incluyen costos de materiales indirectos, de mano de obra indirecta y otros propios de la fábrica como energía eléctrica, alquileres, servicio de mantenimiento suministros de fábrica y otros. (Horngren y otros, 1996).

El Costo Meta o Costo Objetivo (Target costing). Es una técnica que permite a las empresas lograr nuevos mercados y penetrar en determinados nichos de mercados, al ofrecer un producto de calidad (satisfacción de las necesidades del cliente) y además ofrecer un precio que le asegure la demanda; para ello se parte de un precio meta y de un nivel de utilidad planeada, estos factores determinarán el costo máximo en que debe incurrir la empresa para ofrecer dicho producto, es decir, el costo meta depende del precio y de la utilidad deseada o planeada. Costo meta = precio de venta meta – utilidad deseada. (Morillo, 2001).

Los cargos indirectos se dividen en tres clases:

Materiales indirectos son aquellos que por su cantidad en la producción no es práctico precisarlos en cada unidad producida y que en términos generales los podemos considerar como accesorios de fabricación.

Mano de obra indirecta se consideran  todos los salarios o sueldos que prácticamente es imposible aplicar a la unidad producida, como sueldos de superintendente, de ayudantes, de mozos de fábrica, etc.

Otros Gastos de fabricación indirectos agrupan todas las demás erogaciones que siendo derivadas de la producción no es posible aplicarlas con exactitud a una unidad producida, Ejemplo: Depreciaciones, Amortizaciones, Combustible, etc.

Las tres subdivisiones que se describen arriba se registran y acumulan en la contabilidad de costos a través de una cuenta que se puede denominar: gastos de producción, gastos de fabricación, gastos indirectos de Producción, etc.

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Dentro del ámbito de la contabilidad de costos han sido clasificados atendiendo a diversos criterios:

1. Con relación a los elementos que forman el costo.

Coste primario o directo: Es el coste formado por el material, otros suministros y el coste de la mano de obra directa necesaria para fabricar un producto.

Coste de producción o industrial: Incluye el coste de los materiales, mano de obra y otros costes de fabricación indirectos, siendo utilizado normalmente como criterio de valoración de existencias.

Coste de distribución: Son los costes relativos a la comercialización y entrega de los productos a la clientela; se consideran que son consumidos en el período que se realizan.

Costes de administración y generales: Son los costes asignados para administración, dirección y financiación de los procesos de producción y venta.

Costes de empresa o costes totales: son los costes completos del período que se obtienen por agregación de los costes de producción, distribución, de administración y generales.

2. Con relación al momento de cálculo.

Coste real, retrospectivo, histórico o efectivo: Calculado a partir de los consumos reales en el proceso productivo durante un período de tiempo.

Coste estándar, prospectivo o predeterminado: Calculado a partir de los consumos predeterminados, a un precio estándar prefijado para un período futuro. También pueden ser considerados como un coste o norma.

3. Con relación a su posible asignación mediata o inmediata.

Costes directos: referidos a medios o factores consumidos en el proceso productivo por un producto, o por un centro o sección de coste, sobre los que se puede calcular prácticamente su medida técnica y económica.

Costes indirectos: son los que incluye el consumo de factores o medios de producción que, por afectar a un proceso en su conjunto, no se pueden calcular directamente, sino por distribución.

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4. Con relación a la variación del nivel de actividad (producción o venta).

Costes fijos: permanecen sensiblemente fijos para un período de tiempo y nivel de actividad, al no estar afectados por el volumen de operaciones; esto no implica que sean invariables a largo plazo.

Referidos al coste unitario fijo: Que se obtiene de dividir los costes por el número de unidades producidas, obtendremos un coste unitario decreciente con el volumen de producción. Entre ellos cabe destacar:

Coste de inactividad o estado parado: está representado por aquellos costes fijos que permanecen incluso en el supuesto de paralización temporal.

Coste de preparación de la producción: lo representan aquellos costes fijos, consecuencia de poner el proceso productivo en condiciones de realizar su actividad.

Coste de marcha en vacío: lo forman los dos costes anteriores.

Costes variables: se consideran aquellos que varían en función del volumen de producción o venta, siendo su representación gráfica una recta que pasa por el origen (CV = bX). Si la variación es proporcional, el coste unitario variable es constante. En realidad para los primeros tramos de la función de costes y en empresas poco tecnificadas, los costes variables se adaptan más en su comportamiento a una curva que crece al principio menos que proporcionalmente y llega a un punto de inflexión, a partir del cual crece más que proporcionalmente. Sin embargo, y empíricamente, en procesos más tecnificados dicha curva se ajusta en gran medida a una recta.

5. Con relación a la toma de decisiones.

Coste marginal: es el coste efectivo de la última unidad producida o el coste adicional requerido para aumentar la producción en una unidad.

Coste incremental: es el aumento del coste total producido como resultado de incrementar la actividad productiva en un determinado nivel.

Coste diferencial: es el menor coste por unidad para un aumento determinado del volumen de producción. Este concepto deriva directamente del concepto de coste marginal, al considerarlo un caso particular del aumento del volumen de producción.

Costes relevantes e irrelevantes: los costes relevantes son los que tienen una importancia y oportunidad especial para cada toma concreta de decisiones; es decir son costes modificables a través de la elección de una determinada posibilidad de actuación. Los costes irrelevantes no presentan relevancia en la toma de decisiones.

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Costes de oportunidad o implícitos: son aquellos costes que se miden por el valor de la renta que se podría obtener si el recurso económico fuera utilizado en su mejor alternativa.

6. Con relación al proceso productivo.

Costes específicos o individuales: son los asignados en procesos simples que obtienen productos homogéneos.

Costes comunes: son los costes que se asignan cuando un recurso productivo es utilizado en la producción de varios productos.

Costes conjuntos: son una clase especial de costes comunes que surgen cuando el consumo de un mismo factor da lugar a la producción de una proporción fija inexorable de dos o más productos principales o coproducíos.

7. Con relación a las diversas funciones y actividades de la empresa.

Coste de las secciones principales esenciales: compras, producción, etc.

Coste de las secciones discrecionales: I+D, diseño, publicidad, etc.

Coste de otras secciones auxiliares

Coste por actividades: es el consumo de recursos necesarios para realizar actividades que componen la cadena de valor de la empresa.

Cost Pools: están compuestos por la agrupación de consumo de recursos o actividades que, a través de los cost drivers, trasladan el coste de las actividades sobre los productos o servicios obtenidos

8. Con respecto al cálculo del resultado.

Costes de los productos: son los costes necesarios para realizar la producción que se considera quedan incorporados de forma intrínseca al valor de los bienes obtenidos susceptibles de ser almacenados, sirviendo, en consecuencia, de criterio de valoración de existencias

Costes del período: son los costes de distribución y venta, y los denominados costes de estructura (dirección, administración y financiación), que deben ser siempre reintegrados o cargados en el período que se produzcan, independientemente del nivel de producción y venta que se alcance.

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9. Con relación al grado de previsión y control.

Costes controlables: son aquellos que permiten un grado de control y toma de decisiones, pudiendo los responsables de los centros o secciones influir tanto en la eficiencia de su utilización como en su cuantía, en el período considerado.

Costes no controlables: no se encuentran bajo la influencia directa de los responsables de las secciones o centros de coste, de modo que la responsabilidad es asumida por niveles de dirección superior.

Objetivo de coste (target cost): nivel de coste alcanzado para que una producción pueda ser rentable, ya que su precio está dado por el mercado y no puede alterarse.

El Proceso de Producción

Definición de Producción

La información de costos es una herramienta de gran utilidad para la mayoría de las empresas (comerciales, manufactureras y de servicios), sin embargo, generalmente se le relaciona con la producción, donde está íntimamente ligada con el proceso de fabricación; en consecuencia es necesario conocer el proceso de producción, para comprender las aplicaciones de los conceptos y técnicas de la contabilidad de costos, debido a que, gran parte de ésta se concentra en las técnicas de producción.

Para Tawfik (1984), se entiende por producción “la adición de valor a un bien (producto o servicio) por efecto de una transformación” (p.4). En tal sentido, la producción busca satisfacer ciertas necesidades de los consumidores mediante la modificación de materias primas en manufacturadas; aunque poco generalizada, de acuerdo con la definición, la palabra producción, incluye tanto la producción de servicios como de bienes materiales.

La Galletera Trigo de Oro, es un ejemplo de producción. El insumo necesario para la fabricación de los Pasapalos Dulces es la harina de trigo, la sal, el agua y el azúcar, la manteca, la esencia y el aditivo. Después de haber adquirido la materia prima esta debe almacenarse hasta el momento de su utilización. Varias operaciones, como las de el batido, la división de la masa, el pesado, el enfriado, el estiramiento, y horneado, conducen a la transformación de las materias primas en productos terminados: Pasapalos dulces, palmeritas, pastelitos y otros. También durante el proceso se realizan inspecciones y luego los productos se almacenan hasta su venta.

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Tipos de Sistemas Productivos

La empresa se considera un sistema de producción, donde las características de cada tipo de producción implican medios de planificación, control y contabilización apropiados. A continuación se exponen las características de los principales sistemas de producción.

Características del sistema de producción en serie

Es un sistema de producción cuya característica principal es la fabricación elevada y en serie de productos relativamente estandarizados para tenerlos en existencia hasta el momento de la venta; sus procedimientos son repetitivos o continuos y generalmente, automatizados; durante la fabricación, el producto pasa por varias etapas, que pueden ocurrir en diferentes puestos de trabajo o en diferentes y sucesivos talleres de producción.

De acuerdo a lo señalado por Tawfik (1984), las principales características son:

a. La cantidad por fabricar de cada producto es muy elevada con relación a la diversidad de productos.

b. Los procedimientos de fabricación son mecanizados, e incluso automatizados.

c. Los ajustes a las máquinas son escasos, debido a la poca diversidad de productos.

d. El volumen de producción por empleado es muy elevado.e. La mano de obra es poco especializada.Características del sistema de producción intermitente

Es un sistema de producción que se caracteriza por la elaboración de diversos productos o trabajos especiales, cada uno con distintas especificaciones de fabricación; los procesos son intermitentes y las cantidades manufacturadas de cada tipo de producto es baja; generalmente, existe mano de obra especializada.

Para Tawfik (1984), la producción intermitente se caracteriza por:a. La cantidad por fabricar de cada producto es baja.b. Gran diversidad de productos por fabricar.c. Alto grado de especialización de la mano de obra.d. Reagrupamiento de máquinas similares por taller.e. Flexibilidad de la producción.

Fases del Proceso Productivo

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Antes de comenzar a explicar los sistemas de acumulación y control de costos, vamos a describir las fases del proceso de producción. La contabilidad de costos debe observar las etapas por las que atraviesan los productos que se elaboran, para determinar el flujo de costos y recabar datos, dado que el flujo de costos es paralelo al de producción; los costos se asignan a los productos a medida que se consumen recursos, como materias primas, servicios y otros. (Sinisterra, 1997).

La producción comprende las siguientes etapas:1. Almacenamiento de los materiales.2. Procesamiento de los materiales.3. Almacenamiento de los artículos terminados.

El proceso de producción se inicia con la compra de materiales (materia prima, piezas acabadas, y suministros de fábrica), los cuales son ubicados temporalmente en los almacenes. Al usar dichos materiales, algunos son considerados directos y otros indirectos. En el proceso de manufactura, también se requiere mano de obra que ha de convertir los materiales en productos terminados, la cual se consume inmediatamente; igual que con los materiales, existe mano de obra clasificada como directa, y otra clasificada como indirecta.

En el proceso productivo convergen hasta ahora sólo: materiales y mano de obra; sin embargo, para la fabricación del producto es necesario la utilización de la planta, lo que origina costos indirectos de fabricación (servicios públicos, servicios de mantenimiento, alquileres y otros) que son también elementos del costo de producción, razón por la cual deben ser asignados a la producción. Una vez presentes los tres elementos del costo de producción y el producto este finalizado, éste debe ser extraído del proceso productivo para ser almacenado hasta su venta. (Sinisterra, 1997).

Fases del Proceso para la Elaboración de los Pasapalos Dulces

La compra de las materias primas, ingredientes básicos: harina de trigo, agua, y sal; ingredientes enriquecedores: azúcar, vainilla, aditivos y grasas. Todos estos ingredientes son depositados temporalmente en los almacenes.

A continuación se describen los ingredientes enunciados:

Harina de Trigo

Esta posee constituyentes aptos para la formación de masas (proteína – gluten), la harina y agua mezclados en determinadas proporciones, producen una masa consistente. Esta es una masa tenaz, con ligazón entre sí, que obtiene una determinada resistencia, a la que puede darse la forma deseada, y que resiste la

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presión de los gases producidos por la fermentación (levado con levadura, leudado químico) para obtener el levantamiento de la masa y un adecuado desarrollo de volumen.

La grasa vegetal comestible o manteca vegetal comestible se clasifica en:

- Grasa vegetal natural o manteca vegetal naturalEs aquella obtenida de frutos o semillas, que no ha sido sometida a otro

proceso que el de refinación. - Grasa vegetal modificada o manteca vegetal modificadaEs aquella obtenida de los aceites de frutos o semillas y/o de grasa vegetal

natural que ha sido sometida a tratamientos de modificación, tales como fraccionamiento, hidrogenación e inter esterificación.

- Grasa vegetal natural compuesta o manteca vegetal natural compuestaEs el producto resultante de la mezcla de diferentes grasas vegetales naturales. - Grasa vegetal compuesta o manteca vegetal compuestaEs el producto resultante de la mezcla de diferentes grasas vegetales naturales

y modificadas, incluyendo la adición de aceites vegetales comestibles.

Azúcar

Se denomina azúcar a la sacarosa, cuya fórmula química es C6H12O6, también llamado azúcar común o azúcar de mesa. La sacarosa es un disacárido formado por una molécula de glucosa y una de fructosa, que se obtiene principalmente de la caña de azúcar o de la remolacha azucarera.

Vainilla

Esta es un género de orquídeas con 110 especies distribuidas mundialmente en las regiones tropicales. La mejor conocida es la especie Vanilla planifolia que produce un fruto del que se obtiene un saborizante, la vainilla. Para obtener una especia realmente rica en aromas, el cultivo y la preparación de la vainilla necesitan largos y minuciosos cuidados. Eso hace que sea, en proporción al peso, uno de los productos agrícolas más caros del mundo.

Sal

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La sal específicamente es cloruro sódico (o cloruro de sodio), cuya fórmula química es NaCl. Otras denominaciones frecuentes son: sal marina y sal común. Se obtiene fundamentalmente de la evaporación del agua marina o de su extracción minera en forma de roca-mineral denominada halita.

Aditivo

Un aditivo alimentario es toda sustancia que, sin constituir por sí misma un alimento ni poseer valor nutritivo, se agrega intencionadamente a los alimentos y bebidas en cantidades mínimas con objetivo de modificar sus caracteres organolépticos o facilitar o mejorar su proceso de elaboración o conservación.

Ahora se describirán las fases para el proceso de fabricación de los Pasapalos Dulces.

La elaboración de esta masa es bastante compleja. El Hojaldre es una composición de capas de pasta y materia grasa sin que estas se lleguen a mezclarse entre si. El resultado es una masa que al hornear sube mucho de volumen.

Empezaremos el proceso de la elaboración del hojaldre,

Amasado

Se comienza amasando la harina con la manteca de cerdo e iremos añadiendo agua en pequeñas dosis, a medida que la masa la vaya asimilando, algo muy importante es que la temperatura de el agua debe de ser menor a 3ºC.

Se dejar de añadir más agua, en el momento en el que la masa resultante de este amasado se despegue con facilidad de las paredes de la amasadora. Es importante comprobar que la masa no coja nervio, es decir que esta no se contraiga con facilidad una vez la estiremos.

Pesado

Luego se separa la masa en partes de 6,5 kilos c/u, y de un batido alcanza aproximadamente 25 partes iguales, estas se colocan en bandejas enharinadas y se estiran para pasar a una cava a enfriarse por 15 min. aproximadamente.

Alistado

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Al sacar la masa se procede a arreglarla, el centro debe de quedar más grueso que los extremos puesto que es ahí donde irá el bloque de manteca, colocaremos este bloque en el centro de la masa. La textura de dicha manteca debe ser similar a la textura de la masa, pero, no se coloca la manteca en la masa recién sacada del congelador. Eso no significa que la manteca deba estar con textura de pomada.

Cerraremos la manteca dentro de la masa, como se tratara de un paquete. Las cuatro puntas de la masa, convergerán en un mismo punto, no dejando ningún espacio libre para que la manteca salga a la superficie.

Laminado

El laminado se trata de pasar la masa por unos rodillos que la van a alisar y a ha hacer mas delgada luego se vuelve a colocar en la bandeja, cuando se coloca en la bandeja ya que la masa es mucho mas larga se dobla de manera que en total se hagan 144 capas de mas una encima de otra laminado tras laminado, luego de el primer laminado que se hacen 57 capas se lleva a enfriar por 20 min. y ya para el segundo laminado se completan las 144 y se lleva a enfriar la masa por 24 horas.

Estirado

Al final estira la masa en una maquina llamada Penta que tiene 5 rodillos a lo largo de una banda que hace delgada la masa.

Azucarado

En la parte final de esta maquina se encuentra un accesorio que corta la masa en tiras y luego en cuadritos y le rocía cierta cantidad de azúcar tanto por la parte de abajo como por la de arriba de igual forma.

Horneado

Los Pasapalos son pasados a bandejas donde se llevan a hornear por 8 a 10 minutos aproximadamente.

Enfriado

Estas bandejas son pasadas a un cuarto de enfriamiento, y son dejadas aquí por 10 min. Luego son llevados para el proceso de empaquetado.

Empaquetado

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La maquina pesa una cantidad específica de Pasapalos Dulces y son empaquetados. Al final de todo el proceso se colocan en cajas que contienen 40 unidades.

Cada uno de estos batidos rinde para 2000 mil paquetes de Pasapalos Dulces, y se hacen 15 batidos diarios, es decir se hacen 30000 mil paquetes diarios. La producción de los Pasapalos Dulces en esta planta se hace una vez a la semana, ya que en esta fabrica se elabora diversos productos.

Calculo de los costos en los que incurre la Galletera Trigo de Oro C.A. para la fabricación de los Pasapalos Dulces por cada batido realizado.

En base a los elementos del costo tenemos:

Materia Prima

Materiales CantidadCosto por

Batido Costo Diario Costo MensualHarina 90 kilos 280 Bs. 4200 Bs. 16800 Bs. Azúcar 5,4 kilos 7,6 Bs. 114 Bs. 456 Bs.Manteca 57 kilos 437 Bs. 6555 Bs. 26220 Bs.Vainilla 0,1 kilos 30 Bs. 450 Bs. 1800 Bs.Sal 1,8 kilos 1,44 Bs. 21,6 Bs. 86,4 Bs.Aditivo 0,45 kilos 5,4 Bs. 81 Bs. 324 Bs.

Total 761,44 Bs. 11421,6 Bs. 45686,4 Bs.

Mano de Obra Directa

Cargo Puestos Costo por día Costo mensualOperadores de Maquinas 26 40 Bs. 160 Bs.Empaquetadores 3 40 Bs. 160 Bs.

1160 Bs. 4640 Bs.

Gastos Indirectos de Fabricación

Gastos Costo diario Costo mensualAgua Potable 16,6 Bs. 66,6 Bs.

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Electricidad 80 Bs. 320 Bs.Supervisores 100 Bs. 400 Bs.Vigilantes 40 Bs. 160 Bs.

236,6 Bs. 946,6 Bs.

Costos Totales

Costo Costo diario Costo mensualMateria Prima 11421,6 Bs. 45686,4 Bs.Mano de Obra Directa 1160 Bs. 4640 Bs.Gastos Indirectos de Fabricación 196,6 Bs. 786,6 Bs.

12778,2 Bs. 51113 Bs.

Utilidades o Ganancias de la Galletera Trigo de Oro C.A. por para la fabricación de los Pasapalos Dulces.

La venta de los Pasapalos Dulces directamente en la fabrica tiene un precio de 2,50 Bs. por unidad, teniendo un índice de producción diario de 30000 mil paquetes, llegamos a la conclusión de que la Galletera Trigo de Oro C.A. vende diariamente 75000 mil Bs. Y mensualmente 300000 mil Bs. A esto claro se le resta la cantidad de costos en los que incurre para la fabricación de los Pasapalos, es decir, que la ganancia neta de la Galletera Trigo de Oro C.A. es de 62221,8 mil Bs. diariamente y 248887 mil Bs. mensualmente.

Bases Legales

Disposiciones de Carácter General

Artículo 1°

Correspondo al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social todo lo relacionado con la higiene de la alimentación, y en consecuencia: 1. Autorizar o prohibir la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, venta y consumo de alimentos. 2. Establecer, cuando lo considere necesario, las condiciones y características particulares de cada alimento, mediante Resolución Especial. 3. Calificar los alimentos que por su naturaleza y propiedades deben ser sometidos al régimen legal de los medicamentos.

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4. Fijar las cantidades que deberán ser abonadas al Fisco Nacional para resarcir a éste de los gastos que ocasione la tramitación de peticiones relacionadas con el registro de alimentos. 5. Determinar las condiciones sanitarias que deberán reunir la fabricación, transporte, almacenamiento, venta y consumo de alimentos, y fiscalizar el cumplimiento de dichas condiciones. 6. Decomisar previamente aquellos alimentos sobre cuyo estado y condiciones sanitarias, existieren sospechas y mientras duren éstas. 7. Destruir o desnaturalizar, sin lugar a compensación, todo alimento que se considere impropio para el consumo humano. 8. Estudiar los problemas sanitarios relacionados con la alimentación. 9. Hacer recomendaciones a los Departamentos Ministeriales correspondientes y suministrar los datos técnicos necesarios en todo cuanto se refiera a: regulación de precios de los alimentos, exoneración de derechos arancelarios de los productos alimenticios, producción agrícola y pecuaria, y cualquier otra actividad que, en función de factores económicos, tenga por objeto mejorar la alimentación; y 10. En general estudiar y adoptar cualquier otra medida sanitaria que considere conveniente para el mejoramiento de la alimentación en el país.

Artículo 2° Cuando en este Reglamento se deja alguna medida, reglamentación o providencia a juicio de la autoridad sanitaria, se entiende que tal medida, reglamentación o providencia debe estar fundamentada en principios, normas, directrices o apreciaciones de carácter científico o técnico y de ninguna manera podrá ser el resultado de una actuación arbitraria.

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Capítulo II De los Alimentos en General

Artículo 3° Se entiende por alimento, a los efectos de este Reglamento, no solamente las substancias destinadas a la nutrición del organismo humano, sino también, las que forman parte o se unen en su preparación composición y conservación; las bebidas de todas clases y aquellas otras substancias, con excepción de los medicamentos, destinados a ser ingeridos por el hombre. Artículo 4° Todo alimento debe ser de la naturaleza y calidad que solicita el comprador u ofrezca el vendedor; y no podrá ofrecerse a la venta cuando se encuentre en malas condiciones, contravenga lo dispuesto en este Reglamento, o cuando por cualquier otro motivo pueda ser nocivo a la salud. Artículo 5° Para que un alimento sea considerado como nocivo a la salud, y por consiguiente no sea permitido ofrecerlo al consumo, bastará con que la autoridad sanitaria abrigue dudas acerca de su inocuidad, ya sea en sus efectos mediatos o inmediatos. Artículo 6° Se prohíbe la importación, depósito y venta de alimentos alterados, entendiéndose por tales, aquellos que por la acción de causas naturales hayan sufrido averías, deterioros o perjuicios que, a juicio de la autoridad sanitaria, modifiquen su aspecto, calidad, composición o condición higiénica. Artículo 7° Se prohíbe la importación, depósito y venta de alimentos adulterados, entendiéndose por tales, aquellos que por hechos imputables a sus fabricantes importadores, almacenistas, expendedores o a cualquier otra persona, no presenten características idénticas a las que sirvieron de base para la autorización sanitaria, si se trata de alimentos registrados, o no reúnen los requisitos exigidos por el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, si se trata de alimentos no registrados. Artículo 8° Los productos fabricados a semejanza de los genuinos deberán responder a las características propias de los tipos originales, y serán distinguidos con la calificación de “estilo” o "tipo". Artículo 9° Los productos de apariencia semejante a la de los productos genuinos pero de composición distinta, serán distinguidos con la calificación de "imitación". Artículo 10° Se prohíbe la importación, fabricación, depósito y expendio de alimentos cuyo aspecto externo imite o se asemeje a objetos que contengan substancias tóxicas o peligrosas.

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Capítulo III De los Establecimientos

Artículo 11°

Quedan sujetos a las prescripciones de este Reglamento los establecimientos destinados a la producción y deposito de alimentos, los expendios fijos o ambulantes y los vehículos destinados a su transporte, ya sean de propiedad privada o pertenecientes a cualquier entidad oficial. Artículo 12° Los establecimientos, expendios y vehículos a que se refiere el artículo anterior no podrán funcionar sin el correspondiente permiso de la autoridad sanitaria local. Este permiso deberá ser renovado cada año. Artículo 13° Los establecimientos, expendios y vehículos anteriormente mencionados podrán ser clausurados o prohibidos por las autoridades sanitarias en los casos siguientes: a) Cuando se observen deficiencias que constituyan peligro para la salubridad de los alimentos. b) Cuando exista renuencia en el cumplimiento de instrucciones impartidas podas autoridades sanitarias. c) Cuando los procedimientos de fabricación, depósito, expendio o transporte de alimentos, no se ajusten a las prescripciones sanitarias. d) Cuando los alimentos fabricados, en depósito, en transporte u ofrecidos a la venta, hayan sido prohibidos por no reunir las condiciones exigidas por este Reglamento o por cualquier otra disposición legal. Parágrafo Único: Las sanciones a que se refiere este artículo, no excluyen la aplicación de cualquier otra medida o pena a que hubiere lugar. Artículo 14° Los establecimientos, expendios y vehículos destinados a la fabricación, depósito, venta, consumo o transporte de alimentos no podrán ser utilizados para uso distinto del especificado en el permiso que se otorgue para su funcionamiento. Artículo 15° Los establecimientos, expendios y vehículos deberán estar provistos de los dispositivos necesarios, a juicio de la autoridad sanitaria, para proteger los alimentos de cualquier alteración o contaminación.

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Capítulo IV De los Utensilios

Artículo 16° La manipulación y expendio de alimentos requiere el uso de utensilios adecuados, a juicio de la autoridad sanitaria. Artículo 17° Los utensilios usados en la preparación, conservación o expendio de alimentos no deben contener substancias capaces de alterarlos. Artículo 18° Los sistemas y materiales empleados en la confección, revestimiento, soldadura, unión y cierre de recipientes, deberán ser expresamente autorizados por el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social Artículo 19° No podrán utilizarse envoltorios que por haber sido usados o por cualquier otra causa, puedan hacer impropios los alimentos para el consumo humano, a juicio de la autoridad sanitaria Artículo 20° Los equipos y utensilios empleados en la elaboración, depósito y expendio de alimentos serán sometidos a una rigurosa limpieza y tratamiento bactericida mediante procedimientos aprobados por la autoridad sanitaria local, salvo en el caso en que tales equipos y utensilios sean de un material destinado a ser usado una sola vez.

Artículo 21° Los tubos, canutillos, vasos, recipientes y otros envases de papel, cartón o materiales similares, empleados para servir alimentos, deben mantenerse a prueba de toda contaminación y ser inutilizados inmediatamente después de su uso.

Capítulo V Del Personal

Artículo 22° Todas aquellas personas empleadas en la elaboración, depósito, expendio o transporte, y en general todas las que tengan contacto directo con los alimentos, sin ser los consumidores de ellos, deberán estar provistos del Certificado de Salud expedido por la autoridad sanitaria. . Artículo 23° Las personas a que se refiere el artículo anterior deberán usar trajes apropiados a la naturaleza de su trabajo, y someterse a las medidas de higiene personal que indiquen las autoridades sanitarias.

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Capítulo VI De la Inspección de Alimentos

Artículo 24° Las autoridades sanitarias podrán inspeccionar en cualquier momento los establecimientos en donde se elaboren, depositen o expendan alimentos, así como los vehículos en los cuales se transporten. El propietario y cualquier persona que preste servicios en dichos establecimientos o transportes, están en la obligación de suministrarles todo dato que al respecto sea requerido. Artículo 25° Los funcionarios sanitarias encargados de la inspección de alimentos, deberán portar un documento de identidad expedido por el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. Si una vez acreditada su condición les fuere negada u obstaculizada la función inspectora, el funcionario podrá recurrir al apoyo de la Fuerza Pública, para lograr el efectivo cumplimiento de su misión. Artículo 26° Las autoridades sanitarias podrán tomar para su análisis muestras de alimentos elaborados o en proceso de elaboración, así como también de las substancias y utensilios que se utilicen en su preparación. Artículo 27° En cada una de las muestras tomadas se colocará un precinto que contendrá la firma del propietario o encargado del establecimiento, la del funcionario que tome la muestra y la fecha. Las muestras deberán ser tomadas por duplicado dejando una en poder del propietario. Artículo 28° Los funcionarios designados para tornar las muestras de alimentos levantarán actas en formularios numerados y acreditados con la firma de la autoridad sanitaria local; en ellos se especificarán los datos concernientes a la muestra tomada, la existencia total del producto, la dirección del establecimiento, el nombre del expendedor, almacenista o fabricante y la forma que fueron tomadas, así como cualquier otro dato que pudiera ser útil a la investigación que se pretende realizar. En cada caso, estas actas, se levantarán por duplicado, debiendo firmarlas el funcionario encargado de tomar la muestra y el propietario o encargado del establecimiento. Un ejemplar junto con el duplicado de la muestra será entregado al interesado y el otro junto con la muestra, a la autoridad sanitaria local, quien ordenará los exámenes que considere necesarios o convenientes. Artículo 29° En el caso de que el propietario o encargado del establecimiento no supiere firmar, podrá hacerlo en su nombre la persona que él designe. Si se negase a firmar, el funcionario de sanidad lo hará constar así en el acta.

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Capítulo VII Del Registro de Alimentos

Artículo 30° Con excepción de los casos especialmente determinados por el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, los alimentos nacionales o extranjeros serán sometidos al registro antes de su importación o fabricación, salvo que se tratare de muestras que sean importadas con el fin de solicitar el registro. Artículo 31° La solicitud para obtener el registro a que se refiere el artículo anterior se dirigirá al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social por el productor o persona que legalmente lo represente; y deberá contener: 1. Nombre y marca del producto. 2. Denominación comercial, domicilio y dirección del fabricante y envasador, cuando sean éstas personas distintas. 3. Indicación de los ingredientes que componen el producto. 4. Estimación aproximada del tiempo durante el cual el producto se conserva en buen estado, a partir de la fecha en la cual haya sido envasado.

5. Naturaleza de los materiales empleados en la manufactura de los envases o envoltorios. Artículo 32° La solicitud antes descrita deberá ser acompañada de los siguientes recaudos: 1. Tres (3) muestras del producto. 2. Dos ejemplares del proyecto de rótulo, prospecto y otros impresos destinados a ilustrar al público. 3. Cuando se trate de alimentos elaborados en el exterior, certificado expedido por la autoridad competente del país de origen autenticada por las autoridades consulares venezolanas acreditadas en dicho país, en donde se haga constar que el alimento cuya importación se pretende ha sido autorizado para el consumo humano en el país de donde procede. Estos certificados caducarán a los seis (6) meses de su expedición. 4. Cualquier otro elemento de juicio que considere necesario el Ministerio de Sanidad y Asistencia. Artículo 33° Los alimentos que se produzcan o importen en diferentes calidades o categorías, requieren solicitudes y autorizaciones distintas para cada una de ellas. Artículo 34° Admitida la solicitud, la Oficina respectiva expedirá una planilla a favor del Fisco Nacional y no se dará curso a la petición hasta tanto el comprobante de pago expedido por la Oficina Receptora de Fondos Nacionales no se haya agregado al expediente. Cumplida la anterior formalidad se procederá al estudio de la solicitud, valiéndose para ello de los medios que se estimen convenientes y de los exámenes de laboratorio

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cuando fueren necesarios. Cuando el alimento sea producido en el país se verificarán necesariamente las condiciones de su elaboración. Artículo 35° Si la solicitud fuere decidida favorablemente, se inscribirá el alimento en el Registro correspondiente y se autorizará su consumo mediante Resolución publicada en la Gaceta Oficial De La Republica De Venezuela. La autorización estará sujeta a revisión y podrá ser cancelada en cualquier momento por infracciones de este Reglamento o cuando las autoridades sanitarias tengan cualquier otro motivo justificado para ello.

Artículo 36°

Cuando el productor o importador de un alimento registrado traspase la propiedad o representación de éste a otra persona, deberá comunicarlo al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social.

Capítulo VIII De los Rótulos, Leyendas y Propaganda

Artículo 37° Los envases que contengan alimentos sometidos a registro, sin perjuicio de lo que se establezca para ciertos alimentos en particular, ostentarán en sus rótulos o mediante marbetes adicionales las siguientes declaraciones escritas en lengua castellana: a) Nombre y calidad del producto, escritos en caracteres visibles y sin interrupciones ni interposiciones de imágenes o signo En caso de mezcla, a juicio del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, se indicarán los ingredientes que lo componen o bien su análisis químico centesimal o ambos, según sea el caso. Si los aromas o colorantes fuesen artificiales, se hará constar esta circunstancia. b) La frase de "Envasado en el País" en el caso de los alimentos importados, cuando exista esta circunstancia. c) Indicación de la fecha de expiración, cuando se trate de productos de duración limitada. d) Indicación sobre la conservación y manera de usar el alimento cuando el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social así lo exija. e) Las palabras "artificial", "imitación", "estilo" o "tipo" precediendo o siguiendo al nombre del alimento en caracteres de mayor tamaño y realce que el resto de la leyenda. f) Contenido neto conforme al sistema métrico decimal, y grado alcohólico centesimal, cuando sea el caso. g) Nombre y domicilio del productor o fabricante y lugar de producción o fabricación. h) La frase "Registrado en el M.S.A.S. Bajo el No.....", la cual deberá ser colocada en sitio bien visible del rótulo. Artículo 38°

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Queda prohibido emplear en los envases, envoltorios, rótulos, leyendas y medios de propaganda:

a) Palabras o representaciones gráficas que puedan producir en el espíritu del comprador confusión o duda sobre la verdadera naturaleza, composición, calidad, origen u cantidad del alimento envasado. b) Referencias, consejos, advertencias, opiniones o indicaciones que puedan sugerir propiedades medicinales; y c) Designación de países, comarcas o denominaciones comercialmente acreditadas, para distinguir productos similares de otro origen o naturaleza. Artículo 39° Queda prohibido estimular la compra de alimentos por los medios siguientes: a) La donación u ofrecimiento en cualquier forma, de dinero, billetes de lotería, cupones, colecciones, y en general cualquier otra clase de regalo. b) La atribución de propiedades que no tiene. c) La exageración de sus cualidades en términos que induzcan al engaño. d) La mención incompleta de sus componentes, en los casos de mezclas de alimentos. Artículo 40° No podrá alterarse el texto y forma de los rótulos ni la presentación que distingue los alimentos registrados sin la previa autorización del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social

Capítulo IX De la Importación

Artículo 41° Queda prohibida la importación y venta en todo el territorio nacional de los alimentos cuyo consumo no esté permitido en el país de origen. Artículo 42° La importación de alimentos frescos como carnes, pescados, moluscos, crustáceos, huevos, leche y otros, requiere que cada lote venga acompañado de un certificado de garantía sanitaria expedido por la autoridad competente del país de origen, autenticado por el Cónsul de Venezuela. Artículo 43° Se prohíbe la importación de carne de cerdo que no haya sido previamente sometida a

un tratamiento capaz de destruir las triquinas Capítulo X De los Comisos

Artículo 44° Los alimentos que se ofrezcan al consumo infringiendo las disposiciones de este Reglamento serán decomisados sin ninguna compensación. Cuando las causas del comiso hayan sido subsanadas a satisfacción de la autoridad sanitaria y dentro del plazo por ella señalado podrá ser levantado. Artículo 45° Cuando los alimentos decomisados no sirvan para el consumo humano, pero puedan ser utilizados para otros fines compatibles con el resguardo de la salud pública, a

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juicio de la autoridad sanitaria local, podrán ser devueltos a su dueño previa desnaturalización. En los demás casos se procederá a su destrucción. Los gastos que ocasionó la desnaturalización o destrucción de alimentos serán a expensas del infractor. Artículo 46° Cuando se trate del comiso de alimentos importados y las causas que lo originaron no hubieren sido subsanadas a satisfacción de la autoridad sanitaria, se permitirá la reexportación a solicitud de su dueño, cuando la reexportación o almacenaje no constituya peligro para la salud pública o molestia evidente. Si no se ha verificado la reexportación dentro del plazo fijado al efecto, se procederá a desnaturalizar o destruir los efectos decomisados. El solicitante queda obligado a presentar ante la autoridad sanitaria el documento de Aduana que compruebe la reexportación. Artículo 47° En caso de comiso se levantará un acta en la cual constarán sus causas y se indicará si éstas son subsanables o no. El acta se levantará por triplicado y será firmada por el funcionario que haya practicado el comiso, por dos testigos mayores de edad y por la parte interesada. Si dicha parte se negare a suscribir el acta se dejará constancia de dicha negativa y en todo caso podrá apelar del mismo en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha del acta, por ante el Ministro de Sanidad y Asistencia Social, indicando en el escrito de apelación las razones que aduzca y acompañando un ejemplar del acta. La decisión del Ministro de Sanidad y Asistencia Social, si confirmare el comiso, podrá ser apelada por ante la Corte Suprema de Justicia, en el término de diez (10) días hábiles contados a partir de dicha decisión. La parte perjudicada por un comiso declarado improcedente, tendrá derecho a

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indemnización de conformidad con la Ley. Artículo 48º. El comiso no excluye la imposición de las penas fijadas en este Reglamento.

Capítulo XI De las Penas

Artículo 49° Las infracciones del presente Reglamento serán penadas de conformidad con lo establecido por el Articulo 19 de la Ley de Sanidad Nacional. Artículo 50° Las multas que hayan de imponer las autoridades de sanidad, se aplicaran mediante el procedimiento siguiente: a) El funcionario autorizado para imponer la multa dictará una Resolución motivada, previo levantamiento de acta donde se informe detalladamente los hechos relacionados con la infracción, acta que deben firmar, según el caso, el funcionario y el contraventor. b) La Resolución se notificará al multado, pasándole copia de ella, junto con la correspondiente planilla de liquidación, a fin de que consigne la totalidad del monto de la multa en la Oficina del Tesoro Nacional en el lapso de diez (10) días, más el término de distancia ordinario, si hubiere lugar a ello; dichos lapsos se contarán a partir de la notificación. c) El multado deberá dar recibo de la notificación, y si se negare a ello, ésta se le hará por medio de una autoridad ya sea judicial o no, la cual deberá dejar constancia del acto. d) Si el contraventor no se le encontrare, se le notificará por la prensa señalándole en tal caso un plazo de noventa (90) días, vencido el cual se entenderá que ha sido notificado. e) Vencido el término anterior, el funcionario que impuso la multa esperará que venza también el de diez (10) días para el pago de la multa y vencido este ultimo lapso, sin haberse interpuesto el recurso de apelación y sin haberse cancelado la multa, el nombrado funcionario remitirá el expediente contentivo de todas las actuaciones, en consulta, al Ministro de Sanidad y Asistencia Social para la confirmación o revocatoria de la decisión recaída en el procedimiento. Artículo 51° De las multas impuestas podrá apelarse para ante el Ministro de Sanidad y Asistencia Social, y de las que imponga éste funcionario se podrá apelar para ante la Corte Suprema de Justicia. La apelación deberá interponerse ante el mismo

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funcionario que impuso la multa o ante un Juez de la localidad, dentro del lapso a que se refiere el aparte b) del artículo 50. Artículo 52° El apelante deberá pagar la multa en la forma que se le indique en la correspondiente planilla o afianzarla a satisfacción del funcionario que la impuso, requisito sin el cual no se dará curso a la apelación. Al oír la apelación, el funcionario rendirá un informe circunstanciado sobre el asunto y enviará el expediente al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. Artículo 53° Cuando la apelación se interponga por intermedio de un Juez, éste pasará copia del expediente al funcionario que la impuso para que informe sobre el asunto y califique la fianza si la hubiere. El informe se agregará al expediente original para ser enviado al Ministro de Sanidad y Asistencia Social. Artículo 54° En el caso de que la apelación no fuere oída, podrá ocurrirse de hecho dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de la fecha de notificación al multado, de la negativa de oírsele recurso. Artículo 55° Cuando se apele de una multa impuesta por el Ministro de Sanidad y Asistencia Social, el recurso puede interponerse ante el propio Ministro o directamente ante la Corte Federal, pudiendo ser enviado dicho recurso por órgano de cualquier Tribunal. Artículo 56° Cuando las multas no pudieren satisfacerse por insolvencia o renuencia, se convertirá en arresto a razón de un (1) día de arresto por cada quince bolívares (Bs. 15,00) de multa, sin que en ningún caso pueda exceder de dos (2) años el arresto impuesto al infractor por conversión de la multa. Artículo 57° Los infractores del presente Reglamento responderán por su acción u omisión aunque demuestren que no han tenido intención fraudulenta al cometer el hecho que constituye la contravención. Artículo 58° Los reincidentes en contravenciones de este Reglamento, serán castigados con la pena señalada a la contravención aumentada en la mitad, de acuerdo con lo pautado en la Ley de Sanidad Nacional. En todo caso se considerara como circunstancia agravante la de ser empleado público el contraventor. Artículo 59° La acción penal para perseguir las contravenciones del presente Reglamento, prescribirá a los cinco (5) años. La prescripción se contará e interrumpirá con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal. Artículo 60° El Ejecutivo Nacional tiene facultad para rebajar las penas de multa que se impongan de acuerdo con este Reglamento o eximir de ellas cuando concurran circunstancias

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que demuestren falta de intención dolosa en el infractor. En todos estos casos se formará expediente justificado y se resolverá en providencia motivada.

Capítulo XII Disposición Final

Artículo 61° Se deroga el Reglamento sobre Alimentos y Bebidas de fecha diez y siete de marzo de mil novecientos cuarenta y uno, y cualquiera otra disposición contraria al presente Reglamento, el cual empezará a regir al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial De La Republica De Venezuela. Palacio de Miraflores, en Caracas, a los nueve días del mes de enero de mil novecientos cincuenta y nueve. Año 149 de la Independencia y 100 de la Federación

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Conclusiones

En las industrias panaderas, el proceso de fabricación se realizamediante la modalidad de producción en serie, debido a que elaboranproductos relativamente homogéneos para tenerlos en existencia hasta suventa, en lugar de producir para determinados clientes según susespecificaciones; los pasos para la fabricación de los productos soncontinuos y generalmente mecanizados; durante la producción, el pan pasapor las siguientes fases: amasado, sobado, división de la masa, pesada,boleado, moldeado, fermentación y horneado, todas las etapas en conjuntoconducen a la transformación de materias primas en productos terminados(panes).