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PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO C.R.A. de Bustillo del Páramo Curso 2015-2016

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PROYECTO EDUCATIVO DE

CENTRO

C.R.A. de Bustillo del Páramo

Curso 2015-2016

1

1- Introducción.

2- Valores, objetivos y prioridades de actuación.

3- Organización general del centro.

3.1- Contexto.

3.2- Organización general del centro.

3.3- Horario general del C.R.A.

3.4- Coordinación docente.

4- Reglamento de Régimen Interior. (Anexo I)

5- Normas de convivencia y conducta.

6- Plan de Atención a la Diversidad. (Anexo II)

7- Plan de Acción Tutorial. (Anexo III)

8- Plan de actuación del EOEP. (Anexo IV). Ver P.G.A.

9- Medidas de coordinación entre las etapas educativas que se imparten en el CRA y las

inmediatamente posteriores que se imparten en otros centros.

9.1- Medidas de coordinación entre las distintas etapas educativas: Infantil y Primaria.

9.2- Medidas de coordinación entre las distintas etapas educativas: Primaria y

Secundaria.

10- Decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y

las reuniones previstas con otras instituciones, para la mejor consecución de los fines

establecidos.

11- Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

12- Medidas organizativas para que los alumnos cuyos padres o tutores no hayan optado

por que cursen enseñanzas de religión reciban la debida atención educativa.

13- Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

14- Los programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión, entre las personas de

la comunidad educativa, de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las

personas con discapacidad.

15- Criterios de participación del alumnado de educación primaria en el Consejo Escolar.

16- Compromisos y los criterios para la formalización de acuerdos entre el centro y las

familias. (Anexo V)

17- Elementos más significativos del proyecto lingüístico autorizado.

18- Atención educativa domiciliaria.

19- Celebración de fechas significativas.

20- Proceso de adaptación del alumnado de Ed. Infantil que se incorpora por primera vez

al C.R.A.

21- Plan de apoyos del profesorado y criterios para las sustituciones.

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1- Introducción.

La LOMCE Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa 8/2013 de 9 de diciembre (BOE

del 10 de diciembre):

CAPÍTULO II -Autonomía de los centros.

ORDEN EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la

implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y

León Bocyl de 20/6/2014)

Artículo 15.– Proyecto educativo.

1. El proyecto educativo recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación.

Asimismo, incorporará la concreción del currículo establecido en la presenta orden que

corresponde fijar y aprobar al claustro, oído el consejo escolar del centro.

2. El equipo directivo elaborará el proyecto educativo teniendo en cuenta los objetivos y

estrategias de intervención incluidas en el proyecto de dirección, así como el conjunto de

medidas y actuaciones que lo desarrollan y evalúan, asimismo, tomaran en consideración las

propuestas realizadas por el claustro de profesores y el consejo escolar. Para el establecimiento

de dichas propuestas se tendrán en cuenta, las características del entorno escolar y las

necesidades educativas del alumnado.

3. El proyecto educativo se mantendrá actualizado con las modificaciones que en cada curso se

introduzcan siguiendo el mismo procedimiento señalado en el apartado anterior.

4. El proyecto educativo del centro será aprobado por el director y evaluado por el consejo

escolar.

5. Los centros que impartan enseñanzas correspondientes a más de una etapa educativa

elaboraran un único proyecto educativo, con la singularidad específica que para cada etapa

corresponda.

3. El proyecto educativo incluirá, al menos:

a) La organización general del centro, que incorporará las normas de organización y

funcionamiento, con especial atención a la coordinación docente.

b) El reglamento de régimen interior, que incluirá las normas de convivencia y conducta.

c) El plan de convivencia.

d) La propuesta curricular.

g) El plan de atención a la diversidad.

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h) Los programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión, entre las personas de la

comunidad educativa, de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las personas

con discapacidad.

i) El plan de acción tutorial.

j) Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

k) Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

m) Los compromisos y los criterios para la formalización de acuerdos entre el centro y las

familias, según lo establecido en el art. 50 de esta orden.

n) Las medidas de coordinación con la etapa educativa anterior y posterior.

ñ) Las decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las

reuniones previstas con otras instituciones, para la mejor consecución de los fines establecidos.

o) En su caso, el proyecto de autonomía y otros planes educativos.

7. Todos los centros docentes harán público su proyecto educativo y facilitarán a las familias la

información necesaria para fomentar una mayor participación de la comunidad educativa.

8. El proyecto educativo de los centros públicos deberá estar vinculado con el proyecto de

dirección en las metas, objetivos generales y temporalidad.

2- Valores, objetivos y prioridades de actuación.

Principios generales:

Exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos

sexos en las Etapas de Educación Infantil y Primaria

Necesidad de que todos los componentes de la comunidad educativa colaboren para

conseguir ese objetivo

Compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea.

Principios específicos:

Calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones

y circunstancias.

Equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no

discriminación, como elemento compensador de las desigualdades personales,

culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de

discapacidad.

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Transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la

responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el

respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

Concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo

largo de toda la vida.

Flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses,

expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el

alumnado y la sociedad.

Orientación educativa de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una

formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos,

destrezas y valores.

Esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

Esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones,

instituciones y el conjunto de la sociedad.

Participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento

de los centros docentes.

Educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos,

así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

Desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad

efectiva entre hombres y mujeres.

Consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación,

el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.

El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación

educativa.

Objetivos

a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades del alumnado.

b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad

de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no

discriminación de las personas con discapacidad.

c) La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios

democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución

pacífica de los mismos.

d) La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal.

e) La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la

cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición

de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en

particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.

f) El desarrollo de la capacidad del alumnado para regular su propio aprendizaje, confiar

en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa

personal y el espíritu emprendedor.

g) La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de

España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.

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h) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos

científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de

hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.

3- Organización General del Centro.

3.1- Contexto

El ámbito educativo del C.R.A. se extiende por diversas localidades situadas en la Comarca del

Páramo Alto de la provincia de León.

La estructura familiar, el nivel adquisitivo y el nivel cultural se encuadran en la normalidad, sin

rasgos especialmente destacables.

La principal actividad económica es la agricultura, basada en cultivos de remolacha y maíz

regados por canales del río Luna.

La comunicación con los núcleos poblacionales de referencia (León, Astorga, Santa María del

Páramo y Veguellina) es buena.

La comunicación entre las distintas localidades de la zona es también buena, a través de

carreteras comárcales con una distancia media de 6 Kilómetros.

Todas las localidades son núcleos pequeños las distancias desde las viviendas del alumnado al

grupo escolar son mínimas.

Los alumnos están plenamente integrados en la localidad donde todos los vecinos se conocen

entre sí.

3.2- Organización general del centro. En el curso 2015/16, la composición del centro es

UNIDADES

E.I. PRI E.ESPEC.

2 2 0

RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT)

E.I. PRI FI EF MU PT AL Religión

Ordin. 2 1

Itin. 1 1 1 1 c

La maestra de Religión esta compartida con el C.E.I.P. “Bernardino Pérez” de Valencia de Don

Juan.

6

Las cuatro unidades se distribuyen de la siguiente manera

Infantil Primaria

LOCALIDAD I3 I4 I5 1º 2º 3º 4º 5º 6º Total

Acebes 0 1 0 1 1 2 0 1 0 6

La Milla 0 1 1 0 1 2 2 1 0 8

Urdiales Inf. 2 1 1 1 0 0 0 0 0 5

Urdiales Pri. 0 0 0 0 1 0 1 2 2 6

Total 2 3 2 2 3 4 3 4 2 25

ORGANIGRAMA GENERAL DEL CENTRO

3.3- Horario general del C.R.A.

Lectivo

- Junio: 9:30 a 13:30 - Resto del curso: 9:00 a 14:00

Director (maestro EF)

E.O.E.P. Astorga

Personal de limpieza

Ayto. Bustillo del Páramo

Ayto. Urdiales del Páramo

Maestros tutores (4*)

* Tutora de Urdiales Música itinerante

* Tutora de Urdiales EI+FI

* Tutora de La Milla del Páramo

* Tutora de Acebes del Páramo

Maestros especialistas (1) Inglés

Maestra de Religión Católica compartida (CEIP "Bernardino Pérez")

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No lectivo

Junio:

- Lunes y viernes de 13:30 a 14:00 para programación de actividades de aula. - Martes y jueves de 13:30 a 14:00 para atención de familias.

- Martes y jueves de 14:00 a 14:30 para programación de actividades de aula.

- Miércoles: 13:30 a 15:30 para reuniones de coordinación.

Resto del curso: - Martes y jueves de 14:00 a 14:30 de atención a las familias.

- Lunes y viernes de 14:00 a 14:30 para programación de actividades de aula.

- De lunes a viernes de 16:00 a 18:00. Actividades extraescolares.

- Miércoles (cada 15 días) de 14:00 a 16:00 para reuniones de coordinación.

Criterios para la organización del tiempo no lectivo de obligada

permanencia en el centro correspondiente a la jornada del profesorado.

- Tiempo de concurrencia múltiple:

Es el tiempo que, por la naturaleza de la actividad, exige la presencia simultánea de equipos

y órganos en los que la colegialidad es obligada.

Son actividades de este tipo:

El funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno: Claustro y Consejo Escolar.

El funcionamiento de los grupos de formación en centros.

- Tiempo de trabajo personal relacionado con la función docente:

Este tipo de actividades no requiere de modo obligado la concurrencia múltiple. Son las

siguientes:

Atención a padres.

Programación de actividades educativas.

Cumplimentación de documentos académicos.

Actividades complementarias programadas.

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Organización y mantenimiento del material educativo.

3.4- Coordinación docente.

El profesorado se reúne los miércoles quincenalmente, para llevar a cabo la coordinación necesaria, con las siguientes actuaciones:

- Realizar tareas de coordinación pedagógica y elaboración de materiales didácticos para su utilización en el aula.

- Planificar actividades a realizar. - Además resolverá todas aquellas cuestiones que vayan surgiendo a lo largo del curso.

El claustro de profesores, asume las funciones de la C.C.P, convocando reuniones de

coordinación al final de cada trimestre y recogiendo en un acta los acuerdos que se tomen.

En estas sesiones, además, se pondrán en común los diferentes aspectos del rendimiento

escolar de cada localidad.

Según el Plan de Acción Tutorial, las funciones más importantes del profesorado a efectos de

tutoría son:

- Integración y orientación de los alumnos. - Organización y funcionamiento del grupo de la clase. - Interiorización de las normas de convivencia. - Adquisición y mejora de los hábitos de trabajo. - Atención e información a las familias de los alumnos/as. - Coordinación de las actividades extraescolares.

4- Reglamento de régimen Interior. Anexo I

5- Normas de convivencia y conducta.

Para la elaboración de este apartado nos vamos a basar en el DECRETO 51/2007, de 17 de mayo,

por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos

de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en

los centros educativos de Castilla y León. Actualizado según decreto 23/2014, de 12 de junio,

por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos

con fondos públicos que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y

León –BOCyL del 13 de junio de 2014, y la corrección de errores del Decreto 51/2007, de 17 de

mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los

compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia

y disciplina en los centros educativos de Castilla y León –BOCyL del 21 de septiembre de 2007-.

5.1- Los deberes del alumnado y las actuaciones correctoras aplicables en caso de

incumplimiento.

Ver punto 7.2 “Deberes de los alumnos” del Plan de convivencia (incluido en la P.G.A.).

5.2- Las medidas de promoción de la convivencia establecidas en el centro.

9

Ver punto 6 “Actividades programadas para fomentar un buen clima dentro del centro escolar”

del Plan de convivencia (incluido en la P.G.A.).

5.3- Las actuaciones correctoras referidas a las faltas injustificadas de asistencia a clase y de

puntualidad.

Ver punto 9 “Normas de convivencia en el centro” del Plan de convivencia y punto 5 del R.R.I.

“Normas de convivencia que favorecen las relaciones”.

6- Plan de Atención a la diversidad. Anexo II

7- Plan de Acción tutorial. Anexo III

8- Plan de actuación del EOEP. Anexo IV

9- Medidas de coordinación entre las etapas educativas que se imparten

en el CRA y las inmediatamente posteriores que se imparten en otros

centros.

9.1- Medidas de coordinación entre las distintas etapas educativas: Infantil y Primaria.

En el C.R.A. se imparten dos Etapas: Educación Infantil (2º ciclo) y Educación Primaria.

La coordinación entre ellas es muy importante, de forma especial, la que debe existir entre

Educación infantil y el inicio del primer curso de Primaria.

Es raro que los que han sido tutores de los niños de 5 años no vuelvan a ser sus tutores en

1º de Primaria, sino fuera así, al comienzo de cada curso escolar, se programará una reunión

entre los que han sido tutores de los niños de 5 años (si permanecen en el C.R.A.) y los

nuevos tutores de 1º de Primaria con el fin de tratar temas relacionados con las

características generales del alumnado, los ACNNES, ANCES, NEL, y otros alumnos

susceptibles de recibir refuerzo educativo, etc.

9.2- Medidas de coordinación entre las distintas etapas educativas: Primaria y Secundaria.

El C.R.A. tiene dos I.E.S. de referencia: El I.E.S. “Valles del Luna” de Santa María del Páramo

donde se trasladan los alumnos/as que finalizan la etapa de primaria de la localidad de Urdiales

del Páramo y el I.E.S. “Río Órbigo” de Veguellina donde se trasladan los alumnos/as que finalizan

la etapa de primaria de las localidades de La Milla del Páramo y de Acebes del Páramo. Con los

dos I.E.S. mantenemos reuniones que suelen realizarse a petición de ellos a la finalización y

comienzo del curso escolar. Los alumnos de 6º durante los meses de mayo o junio realizan una

visita informativa a su I.E.S. de referencia. La comunicación entre los I.E.S. y el C.R.A. se suele

realizar de manera telefónica o digital (email). Actualmente la relación entre el C.R.A. y los

institutos es muy cordial.

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10- Decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos

del municipio y las reuniones previstas con otras instituciones, para la

mejor consecución de los fines establecidos.

Según la ORDEN EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula

la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y

León (Bocyl de 20/6/2014)

Artículo 51. Participación de la comunidad educativa y de otras instituciones.

1. Además de la participación de la comunidad educativa a través de los órganos de gobierno y

funcionamiento de los centros docentes, los directores de los mismos promoverán, dentro de su

ámbito de autonomía y quedando reflejado en el proyecto educativo, la participación de toda la

comunidad educativa a través de actividades que fomenten la colaboración entre todos los

sectores de la misma.

2. Asimismo, dentro de las actuaciones vinculadas a la acción tutorial, los centros, establecerán

medidas de participación y coordinación con las familias, con el fin de impulsar el cumplimiento

de los compromisos establecidos en el proyecto educativo.

3. Con la finalidad de alcanzar los objetivos de la etapa establecidos en el artículo 4 de la presente

orden, los directores establecerán relaciones con instituciones próximas que puedan facilitar el

logro de los mismos; impulsando, para ello, la coordinación y colaboración entre ellas y el centro

escolar.

RELACIONES DEL CENTRO CON OTRAS INSTITUCIONES

1. Ayuntamiento de Bustillo del Páramo: Le corresponden los servicios de mantenimiento y

limpieza de los centros de Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo y Acebes del Páramo. Y la

asistencia de su representante en el Consejo Escolar a las reuniones que sea convocado.

2. Ayuntamiento de Urdiales del Páramo: Le corresponden los servicios de mantenimiento y

limpieza del centro de Urdiales del Páramo.

3. Universidad de León: Alumnado de Prácticas. El colegio participa en la formación de los

alumnos de prácticas de la Universidad respetando las decisiones personales del profesorado.

4. EOEP de la dirección Provincial: En la P.G.A. de cada curso escolar se incluyen los planes de

actuación del Equipo de Orientación (Psicopedagogo/a), que concreta los objetivos y las

funciones que se van a llevar a cabo.

5. Servicio de Inspección: Demanda de asesoramiento específico en la organización y desarrollo

de los servicios educativos.

6. CFIE de León: Participación en el Plan Anual de formación del Profesorado y su respectiva

coordinación a través del representante de formación del profesorado.

6. I.E.S. “Río Órbigo” e I.E.S. “Valles del Luna”: son los centros de Educación Secundaria que

corresponden a nuestro alumnado. Información, coordinación y seguimiento del alumnado.

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11- Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

Según el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de

la Educación Primaria, en su artículo 12.

1. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro

de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las asignaturas de los bloques

de asignaturas troncales y específicas, serán los criterios de evaluación y estándares de

aprendizaje evaluables que figuran en los anexos I y II a este real decreto.

La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en

cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las

evaluaciones, incluida la evaluación de tercer curso y la evaluación final de etapa, se adapten a

las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

En el contexto del proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna

no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán

en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas

a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles para continuar el proceso

educativo.

Los maestros evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y

su propia práctica docente, para lo que establecerán indicadores de logro en las programaciones

docentes.

Las Administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos a una evaluación

objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con

objetividad, para lo que establecerán los oportunos procedimientos.

3. Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos y alumnas

al finalizar el tercer curso de Educación Primaria, según dispongan las Administraciones

educativas, en la que se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y

habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en

relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la

competencia matemática.

De resultar desfavorable esta evaluación, el equipo docente deberá adoptar las medidas

ordinarias o extraordinarias más adecuadas. Estas medidas se fijarán en planes de mejora de

resultados colectivos o individuales que permitan solventar las dificultades, en colaboración con

las familias y mediante recursos de apoyo educativo.

4. Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria se realizará una evaluación final

individualizada a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición

de la competencia en Comunicación lingüística, de la Competencia matemática y de las

Competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa.

Dicha evaluación se realizará de acuerdo con las características generales de las pruebas que

establezca el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas.

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Para la evaluación se utilizarán como referentes los criterios de evaluación y estándares de

aprendizaje evaluables que figuran en los anexos I y II a este real decreto.

El resultado de la evaluación se expresará en los siguientes niveles: Insuficiente (IN) para las

calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB) para las

calificaciones positivas.

El nivel obtenido por cada alumno o alumna se hará constar en un informe, que será entregado

a los padres, madres o tutores legales y que tendrá carácter informativo y orientador para los

centros en los que los alumnos y alumnas hayan cursado sexto curso de Educación Primaria y

para aquellos en los que cursen el siguiente curso escolar, así como para los equipos docentes,

los padres, madres o tutores legales y los alumnos y alumnas. El nivel obtenido será indicativo

de una progresión y aprendizaje adecuados, o de la conveniencia de la aplicación de programas

dirigidos al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo o de otras medidas.

Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en aquellos

centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, hayan

establecido. En relación con los centros concertados se estará a la normativa reguladora del

concierto correspondiente.

El proceso de evaluación será global y continuo, y se deberán tomar como referencia los criterios

de evaluación y estándares de cada una de las áreas. En el contexto del proceso de evaluación

continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán

medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso,

tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de las

competencias imprescindibles para continuar el proceso educativo.

Para todo ello esta valoración deberá realizarse en determinadas condiciones:

Realizar una evaluación Inicial durante el primer mes del curso escolar, para conocer el punto de partida de nuestra tarea docente y las dificultades de nuestros alumnos, y así establecer las medidas de refuerzo y apoyo necesarios.

Hacer un seguimiento de las actividades y trabajos diarios del alumnado, tanto en clase como en las tareas de casa.

Valorar el esfuerzo personal y el rendimiento del alumno.

Tener en cuenta la participación en clase y en las tareas grupales, así como el comportamiento y actitud del alumno.

Se evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y la propia práctica docente, para lo que se establecerán indicadores de logro.

Y, por último, los resultados de las diversas pruebas, controles y evaluaciones de las unidades didácticas.

Partimos de los criterios de evaluación y estándares que se establecen en cada área y se realiza

un registro de cada alumno, para concluir con las calificaciones trimestrales con las que se

informa a las familias sobre el grado de consecución de los objetivos en cada una de las áreas

curriculares. Se garantizará el derecho de los alumnos a una evaluación objetiva y a que su

dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, para lo que

establecerán los oportunos procedimientos.

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Además la evaluación debe ir enfocada a mejorar el aprendizaje de los alumnos; para ello, es

necesario diversificar las herramientas y programar tiempos y espacios en el aula a fin efectuar

la evaluación de los procesos de aprendizaje.

Proponemos aquí algunas herramientas para la evaluación de desempeños competenciales,

criterios de evaluación y estándares de aprendizaje. Unas serán para el desarrollo común de

competencias en todas las áreas; otras, para la evaluación de los aprendizajes concretos puestos

en práctica en las distintas asignaturas.

Herramientas comunes de evaluación competencial:

Registro de evaluación de cargos asignados y objetivos de grupo cooperativo.

Gráfica de autoevaluación en el seguimiento de destrezas grupales.

Rúbrica para la evaluación de la exposición de trabajos.

Diario reflexivo en el desarrollo del metaaprendizaje.

Rúbrica de la expresión escrita.

Registro de evaluaciones de resúmenes.

Rúbrica de espíritu emprendedor y liderazgo.

Autoevaluación del uso del programa de presentaciones de un ordenador.

Evaluación de exposición con apoyo en material audiovisual.

Procedimientos para la evaluación:

Observación directa del trabajo diario.

Análisis y valoración de tareas especialmente creadas para la evaluación.

Valoración cualitativa del avance individual (anotaciones y puntualizaciones).

Valoración del avance colectivo.

Instrumentos de evaluación:

Observación directa.

Elemento de diagnóstico: resultados del trimestre.

Documentos gráficos o textuales.

Debates e intervenciones.

Proyectos personales o grupales.

Interpretaciones y dramatizaciones.

Elaboraciones multimedia.

12- Medidas organizativas para que los alumnos cuyos padres o tutores

no hayan optado por que cursen enseñanzas de religión reciban la

debida atención educativa.

La ORDEN EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la

implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la comunidad de Castilla y

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León, dispone en su Art. 9.4 que: El alumnado debe cursar en cada uno de los cursos las

siguientes áreas del bloque de asignaturas específicas:

a) Educación Artística, que comprenderá las materias de plástica y música.

b) Educación Física.

c) Religión o Valores Sociales y Cívicos, a elección de los padres, madres o tutores legales. Dicha

elección se realizará al comienzo de la etapa y se mantendrá a lo largo de la misma. En el

supuesto de cambio, deberá solicitarse al inicio del nuevo curso escolar.

Para la etapa de Educación Infantil según la Orden EDU/721/2008 de 5 de mayo, por la que se

regula la implantación, el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil en

la Comunidad de Castilla y León. En su Disposición Adicional 2.3.– Los centros docentes

desarrollarán las medidas organizativas para que los alumnos cuyos padres o tutores legales no

hayan optado por las enseñanzas de religión reciban la debida atención educativa, de modo que

la elección de una u otra opción no suponga discriminación alguna. Dicha atención, en ningún

caso, comportará el aprendizaje de contenidos curriculares asociados al conocimiento del hecho

religioso ni a cualquier área del ciclo. Las medidas organizativas que dispongan los centros

deberán ser incluidas en su proyecto educativo para que padres y tutores legales las conozcan

con anterioridad.

Las actividades para la atención educativa de este C.R.A. para la etapa de Educación Infantil

serán:

Lectura de cuentos, etc… por parte del tutor.

Actividades relacionadas con la lecto-escritura por parte del alumno

También en este tiempo los alumnos, bajo la vigilancia y cuidado del profesor, podrán

realizar actividades de juegos por rincones.

Los alumnos de Educación Infantil, en este tiempo, podrán usar juegos didácticos tanto

individuales como colectivos (puzzles, dominós, etc… también podrán leer cuentos, ver

dvd formativos libros de imágenes y hacer dibujos).

13- Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre

hombres y mujeres.

Si bien es cierto el avance educativo de las mujeres en España -por ejemplo, éstas representan

hoy más de la mitad de los estudiantes universitarios-, la segregación por razón de género aún

perdura.

Desde la Administración, numerosas son las medidas que se han tomado con el fin de alcanzar

la, tan anhelada, igualdad entre hombres y mujeres. Estas medidas se ven reflejadas en el

contenido de normas como la LOMCE.

La Ley comienza proclamando, entre los principios y fines de la educación (art.1.letra l), el

desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre

hombre y mujeres; así como la prevención de la violencia de género.

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Además, en su artículo 2.1 letra b, sostiene como uno de los objetivos a alcanzar la educación

en el respecto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y

oportunidades entre hombres y mujeres.

Su art. 126.2, referido a la composición del Consejo Escolar, establece que éste designará una

persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad de género.

Por otro lado, la LOMCE, recoge, en su Disposición adicional vigesimoquinta. Fomento de la

igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Con el fin de favorecer la igualdad de derechos y

oportunidades y fomentar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, los centros que

desarrollen el principio de coeducación en todas las etapas educativas, serán objeto de atención

preferente y prioritaria en la aplicación de las previsiones recogidas en la presente Ley, sin

perjuicio de lo dispuesto en los convenios internacionales suscritos por España.

Actuaciones orientadas a fomentar el principio de igualdad.

Hacer propuestas viables para las aulas, especialmente en fechas especiales, tales como el 8 de marzo (Día Internacional de las mujeres) y el 25 de noviembre (Día Internacional para la eliminación de la violencia contra las mujeres).

Cuidar el uso del lenguaje para evitar el sexismo.

Localizar, adquirir y presentar al claustro materiales relacionados con el tema de la mujer.

Mantener relación con organizaciones de mujeres de la zona, para hacernos llegar al centro sus iniciativas y documentación útil para la escuela.

Presentar y facilitar al profesorado las Unidades Didácticas que algunos sindicatos de la enseñanza elaboran anualmente con este contenido, así como los materiales de algunas ONG, o los calendarios con mensajes contra la violencia, que editan la Asociación ADAVAS y STELE.

Responder a las demandas y dudas que el profesorado solicite en relación a la educación en igualdad: cuentos, dinámicas de grupo, actividades, etc.

El principio de igualdad debe estar presente en todas las etapas educativas de la enseñanza, constando en los currículos que determinan los contenidos que deben ser impartidos en cada nivel.

Se deben eliminar los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que comporten discriminación entre hombres y mujeres, prestando especial consideración a ello en los libros de texto y materiales educativos.

Se debe integrar el principio de igualdad en la formación, inicial y continua, del profesorado.

Se debe promocionar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de control y gobierno de los centros docentes.

Promover la formación del personal docente mediante cursos específicos de coeducación, prevenir la violencia de género;

Realizar campañas de sensibilización dirigidas a las familias para así fomentar la participación equitativa de padres y madres en el cuidado y en el seguimiento educativo de los hijos; Rechazar el uso sexista del lenguaje empleado en los libros de texto

Incentivar el desarrollo de campañas informativas que orienten a editoriales, padres y madres, acerca de la elección de los libros escolares, teniendo en cuenta criterios de calidad de género

Prevenir y actuar contra la violencia de género en todos los tramos de la educación.

16

14- Los programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión,

entre las personas de la comunidad educativa, de la igualdad de

oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con discapacidad.

La integración de las personas con discapacidad en el sistema educativo continúa siendo difícil.

Los discapacitados sufren discriminación desde el mismo momento en el que se ven obligados,

en muchos casos, a seguir un sistema educativo especial, sin posibilidad de acudir a la enseñanza

ordinaria; la falta de herramientas pedagógicas, infraestructura física, equipos, materiales

educativos para trabajar con estos alumnos, hacen que su presencia en las aulas, resulte, en

muchos casos, difícil.

Siendo consciente de tales dificultades, tomamos medidas que incidan tanto en los centros

escolares, haciéndoles plenamente accesibles, como en el profesorado o en las familias de los

niños con discapacidad.

La LOMCE, incluye en los principios y fines de la misma, la igualdad de trato y no discriminación

de las personas con discapacidad en el ámbito de la educación. De igual manera, establece como

objetivo de primaria (art. 17.d).

La norma dedica la Sección I, de su Título II “Equidad en la educación”, al alumnado que presenta

necesidades educativas especiales; destaca la necesidad de dotar a los centros escolares de los

recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado, así como de conferir al

profesorado una formación relacionada con el tratamiento de los alumnos con necesidades

específicas. De igual manera, en dicha sección queda patente el interés por parte de la

Administración de que los alumnos con discapacidad se integren en la enseñanza ordinaria,

quedando como opción excepcional su remisión a centros especiales.

Debemos destacar la importancia que la norma adjudica a la integración del alumno

discapacitado en el sistema ordinario de la educación general.

Medidas recogidas con el fin de promover la integración e inclusión de las personas con

discapacidad en el centro:

- La realización de una evaluación precoz de las necesidades educativas de los niños/as

con discapacidad, así como la promoción de la participación en las actividades

extraescolares de ocio y práctica deportiva, garantizando su accesibilidad.

- La inclusión de los alumnos con discapacidad en todos los programas y materiales

pedagógicos existentes.

- La orientación a las familias en la elección de estudios (ESO) para sus hijos

discapacitados.

- La necesidad de conceder a este alumnado una formación que posibilite su posterior

acceso al empleo en igualdad de condiciones, prestando especial atención al

aprendizaje relativo a las nuevas tecnologías.

17

15- Criterios de participación del alumnado de educación primaria en el

Consejo Escolar.

Art. 8.7. del Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento

Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria:

“Los alumnos podrán estar representados en el consejo escolar del colegio de educación

primaria, con voz, pero sin voto, en las condiciones que establezca el proyecto educativo del

centro.”

En el Art. 15.6 de la ORDEN EDU/519/2014 se dice que los Criterios de participación del

alumnado de educación primaria en el consejo escolar estarán en el PEC.

Actualmente el C.R.A. de Bustillo del Páramo no cuenta con la participación del alumnado de

educación primaria en el Consejo Escolar. Si en el futuro se decidiera contar con la participación

del alumnado seguiríamos los siguientes criterios.

El número del alumnado no excederá de 1.

El alumnado deberá estar matriculado en 6º de educación primaria.

Tendrá voz pero no voto.

No podrá ser miembro de ninguna de las comisiones del Consejo Escolar (convivencia,

economía).

No podrá ser elegido miembro del Consejo Escolar para impulsar medidas educativas

que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

16- Compromisos y los criterios para la formalización de acuerdos entre

el centro y las familias.

Según la ORDEN EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula

la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y

León (Bocyl de 20/6/2014)

Artículo 50. Colaboración e implicación de las familias.

1. Los centros, a partir del proyecto educativo elaborarán un documento de compromisos en el

que la familia y el centro hacen expreso su acuerdo de mutua colaboración en un entorno de

convivencia, respeto y responsabilidad en el desarrollo de las actividades educativas.

2. Los compromisos establecidos en el documento anterior se deben referir, al menos, a la

aceptación de los principios educativos del centro, al respeto a las convicciones ideológicas y

morales de la familia en el marco de los principios y valores educativos establecidos en las leyes,

al seguimiento de la evolución del alumnado, a la adopción de medidas correctoras en materia

de convivencia y a la comunicación entre el centro y la familia. Los compromisos educativos son

elaborados por el equipo directivo del centro, aprobados por el claustro de profesores y

evaluados por el consejo escolar.

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3. El documento podrá incluir compromisos específicos adicionales dentro del marco del proyecto

educativo del centro y será revisado periódicamente en los términos y plazos que acuerde el

centro.

4. Todas las familias están en su derecho y obligación de conocer dichos compromisos

educativos, debiendo informarse oportunamente al menos al principio de cada etapa educativa

firmando el documento de compromisos realizado, del que tendrá constancia documental el

centro y la familia.

5. Asimismo, los centros y las familias, de manera individual, podrán revisar y llegar a acuerdos

sobre la modificación de los compromisos establecidos inicialmente y encaminados a la mejora

del proceso educativo o de convivencia del alumno o a solucionar problemas detectados de

forma individual. Los acuerdos deberán contar con la participación del alumno y firmarse por la

familia y el tutor del alumno, quedando constancia documental en el centro y en la familia.

Documento de compromisos entre las familias y el C.R.A. de Bustillo del Páramo (Anexo V)

17- Elementos más significativos del proyecto lingüístico de los centros

autorizados para impartir parte de las áreas en lenguas extranjeras.

Actualmente el C.R.A. de Bustillo del Páramo no participa en ningún proyecto en el que se

impartan parte de las áreas en lenguas extranjeras.

18- Atención educativa domiciliaria.

Para la atención educativa domiciliaria seguimos los preceptos legales marcados por la ORDEN

EDU/1169/2009, de 22 de mayo, por la que se regula la atención educativa domiciliaria en el

segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y

educación básica obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la

Comunidad de Castilla y León.

La atención educativa domiciliaria la enmarcamos dentro de la atención educativa a la

diversidad. El objetivo es garantizar la adecuada atención del alumnado que presenta

necesidades específicas por enfermedad crónica o prolongada o por lesiones traumáticas.

Las enfermedades que afectan a los escolares constituyen una problemática importante dentro

del ámbito escolar. Esto preocupa al profesorado que siempre pretende dar una respuesta

educativa adecuada.

Es muy importante la coordinación familia-centro de salud-escuela para poder ofrecer una

educación de calidad.

Objetivos:

1- Identificar al alumnado con necesidades educativas derivadas de la enfermedad.

2- Prevenir posibles dificultades de aprendizaje.

3- Desarrollar medidas para garantizar la intervención ordinaria, así como la extraordinaria

en el ámbito escolar.

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4- Favorecer el desarrollo evolutivo del alumno enfermo para asegurar la continuidad del

proceso educativo.

5- Propiciar coordinación entre todos los implicados en la educación del alumno.

6- Facilitar la formación específica de los profesionales vinculados a la atención educativa

de niños enfermos.

Estos objetivos conllevan la formulación de medidas específicas que a continuación

proponemos:

- Conocer los informes médicos, intentando favorecer el diagnóstico médico a partir

de la observación de posibles síntomas.

- Evaluación psicopedagógica respecto a posibles necesidades educativas o

asistenciales derivadas de su enfermedad.

- Desarrollar actividades conjuntas para aunar las perspectivas educativa-sanitaria y

social.

- Promover un ambiente escolar saludable “escuelas saludables” donde facilitemos la

adopción de modos de vida sanos.

- Las intervenciones tendrán carácter individual.

- Adaptación del ambiente escolar en relación a las enfermedades del alumnado. Pr

ejemplo: eliminación de alérgenos, rampas…

- Informar a las familias de la existencia del aula hospitalaria y su función así como la

atención educativa domiciliaria.

- Priorizar la motivación de los alumnos para mantener su inquietud por aprender.

- Debemos valorar también la posibilidad de flexibilizar el periodo de escolarización.

- Ofrecer una adecuada integración escolar del alumno una vez superada la

enfermedad. Esto se consigue manteniendo en todo momento contacto con el

alumnado (videoconferencia, actividades de ida y vuelta con el centro…)

- Estrecha colaboración del centro escolar y la familia.

- Coordinación específica entre el profesorado de referencia donde está escolarizado

el alumnado y el profesorado de las aulas hospitalarias o atención educativa

domiciliaria.

- Crear un ambiente de apoyo a las familias.

- Disponer de programas de formación permanente por parte de la administración

dirigidos al profesorado en ejercicio mediante foros, seminarios, congresos…

19- Celebración de fechas significativas.

De acuerdo con la RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2006, de la Dirección General de Planificación

y Ordenación Educativa, por la que se establece la celebración de fechas significativas en los

centros docentes de Castilla y León, se organizarán actividades para conmemorar:

- 20 de noviembre: Día de los derechos del niño y de la niña.

- 6 de Diciembre: Día de la Constitución Española.

- 30 de enero: Día Escolar de la no violencia y la Paz.

- 25 de febrero: Aniversario del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

- 23 de abril: Día del libro.

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20- Proceso de adaptación del alumnado de Ed. Infantil que se incorpora

por primera vez al C.R.A.

Durante el curso 2015/2016 el C.R.A. no va a realizar proceso de adaptación para el alumnado

de Ed. Infantil que se incorpora por primera vez.

21- Plan de apoyos del profesorado y criterios para las sustituciones.

Plan de apoyos 2015-2016

Mª Nilia Álvarez Álvarez

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

11:00-12:00 I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

11:30-12:00 I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

José María Álvarez García

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

9:00-10:00 I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

11:00-12:00 I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

12:30-13:30 I4B, I5B, P2B, P3B, P4B, P5B

I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

I4B, I5B, P2B, P3B, P4B, P5B

I4B, I5B, P2B, P3B, P4B, P5B

13:30-14:00 I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

I4B, I5B, P2B, P3B, P4B, P5B

Ana Mínguez González

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

13:30-14:00 I4E, P1E, P2E, P3E, P5E

Alicia Rivera Gil

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

10:00-11:00 I4B, I5B, P2B, P3B, P4B, P5B

10:00-10:30 I4B, I5B, P2B, P3B, P4B, P5B

11:00-11:30 I4B, I5B, P2B, P3B, P4B, P5B

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Los criterios establecidos para llevar a cabo las sustituciones que se produzcan a lo largo del

curso son los siguientes:

Si hay más de un profesor y uno de los dos falta, se agrupará al alumnado. (Por ejemplo: EF

+ Infantil. Si falta el maestro/a de Infantil, el profesor de EF agrupará a todos los alumnos).

Cuando sea necesario desplazar un profesor/a itinerante para realizar una sustitución, en la

medida de lo posible, impartirá su especialidad y se compensará el horario lectivo perdido en la

unidad afectada por el desplazamiento del profesor/a especialista.

Atendiendo a la priorización de la atención del alumnado a lo largo del período lectivo, podrá

convenirse con el profesorado las sustituciones necesarias cuando su horario personal no

coincida con el lectivo.

REVISIÓN Y APROBACIÓN

El presente Proyecto Educativo ha sido elaborado el curso 2015/2016.

La P.G.A. ha sido aprobada por el director el 7 de octubre de 2015. (El PEC es parte de La PGA).