Proyecto de Modelo de Bases Licitación...

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09 BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. Interno R9TI577005 PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y DE CONSERVACION TIPO UNITARIO DE VENTANA Y DIVIDIDOS, DESPACHADORES DE AGUA, REFRIGERADORES, CONGELADORES Y EQUIPOS DE LABORATORIO QUÍMICO DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO SUJETO A AJUSTE DE PRECIOS VISITA A LAS INSTALACIONES DIA 13 de abril de 2009 HORA 11:00 LUGAR REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES DIA 14 de abril de 2009 HORA 11:00 LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DIA 20 de abril de 2009 HORA 09:00 LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO FECHA ESTIMADA DE FALLO DIA 29 de abril de 2009 HORA 14:00 LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO FORMALIZACIÓN DE CONTRATO DIA 11 de mayo de 2009 LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO _____________________________________________________ MBLPI-SA-PF/AP ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009. Página 1 de 328

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. Interno R9TI577005PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN:

SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y DE CONSERVACION TIPO UNITARIO DE VENTANA Y DIVIDIDOS, DESPACHADORES DE AGUA, REFRIGERADORES, CONGELADORES Y EQUIPOS DE LABORATORIO QUÍMICO DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO SUJETO A AJUSTE DE PRECIOS

VISITA A LAS INSTALACIONESDIA 13 de abril de 2009 HORA 11:00

LUGAR REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASESDIA 14 de abril de 2009 HORA 11:00

LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

DIA 20 de abril de 2009 HORA 09:00LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

FECHA ESTIMADA DE FALLO DIA 29 de abril de 2009 HORA 14:00

LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

FORMALIZACIÓN DE CONTRATODIA 11 de mayo de 2009

LUGAR DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL TRABAJODIA 11 de mayo de 2009

LUGAR REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

________________________________________________ING. J. JESUS GUERRERO RODRÍGUEZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTRATOSNDS

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTASBASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL NO. 18576014-043-09

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO1 Aspectos Administrativos.2 Especificaciones Técnicas.

3 Formato de Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.

4 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por persona facultada para ello.

5Formato para la Constancia de Recepción de Documentos para participar en la licitación e integrar las proposiciones que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

6 Propuesta Técnica y Económica

7

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la contratación de servicios, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 5°, regla tercera del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2003.

8Formato para la Manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

8-A Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por el Artículo 31 fracción XXIV de la Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

8-BFormato para la Declaración del Compromiso de Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones.

9 Formato para la Declaración de Integridad.

10

Modelo de Fianza que presentará(n) el(los) Proveedor(es) para :

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, así como para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los Servicios, y cualquier otra responsabilidad.

10-AModelo de Carta de Crédito Standby que deberán presentar los proveedores, Modelo de Declaración de Beneficiario y modelo de Modificación.

11

Formato de la manifestación escrita de los residentes en el extranjero, que el licitante adjudicado deberá entregar previo a la formalización del contrato.

12 Formatos de Compromisos con la Transparencia.

13 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.

14 Modelo de Contrato

15Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. ÚNICAMENTE APLICA A LICITANTES NACIONALES.

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

16

Modelo para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con copia fotostática del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social NO APLICA

17 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. 18 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.

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DOCUMENTO 1ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Í N D I C E

1. Consulta, costo y forma de pago de las Bases.

2. Información general sobre el procedimiento.

2.1. Plazo, lugar de ejecución y recepción de los servicios, moneda, precio, idioma, y forma

de pago.

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.

3.1. Junta de aclaraciones.

3.1.1. * Visita a las instalaciones.

3.2. Condiciones generales de la licitación.

3.2.1 * Participación de testigos sociales. NO APLICA

4. Instrucciones para elaborar las proposiciones, desarrollo del procedimiento y criterios de evaluación.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica.

4.2.Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.2.1. Dentro o fuera del sobre cerrado que contenga la proposición a elección del

licitante.

4.2.2. Documentación que deberá presentarse dentro del sobre cerrado que contenga

la proposición.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.4.1 Criterios para la aceptación de proposiciones

4.5. Criterios de evaluación

4.5.1. Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

4.5.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

4.5.3 Procedimiento de desempate de proposiciones iguales en precio.

5 Criterios de adjudicación.

5.1. * Abastecimiento simultáneo. NO APLICA6. Casos en que se declarará desierta la licitación o una o varias partidas o posiciones.

7. Cancelación de la licitación, partidas o posiciones o conceptos incluidos en éstas.

8. Desechamiento de proposiciones.

8.1 Causas de desechamiento.8.2 Devolución de propuestas desechadas.

9. Fallo.

10. Inconformidades.

11. Compromisos con la Transparencia.

12. Formalización del contrato.

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13. Aspectos contractuales básicos.

13.1. Contrato abierto.

13.1.1 Vigencia del contrato.

13.1.2. Presupuesto del contrato.

13.1.3. Ordenes de surtimiento y/o servicio.

13.2. Plazo y lugar de ejecución de los servicios.

13.2.1. Recepción de los servicios.

13.2.2. Suspensión de los servicios.

13.3. Supervisión e inspección de los servicios.

13.3.1. Reposición de los servicios

13.4 Garantías

13.4.1 * Fianza relacionada al cumplimiento del Contrato, así como para responder de

los defectos y vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra

responsabilidad.

13.4.2. Carta de Crédito Standby relacionada al cumplimiento del Contrato, así como para

responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y

cualquier otra responsabilidad. 13.5** Anticipo. Para la contratación de los servicios que ampara esta licitación no se otorgará anticipo”.

13.6. Condiciones y forma de pago.

13.6.1. Condiciones de pronto pago

13.6.2. Ajuste de precios

13.7. Facturación.

13.8. Penas convencionales.

13.9 Prórrogas.

13.10 Rescisión administrativa del contrato.

13.11. Confidencialidad.

13.12. Obligaciones fiscales.

13.13. Seguros. 13.14. Fuentes de financiamiento.

13.15 Responsabilidad de las partes.

13.16. Soporte del servicio.

13.17. Deducciones.

13.18. Propiedad industrial y derechos de autor.

13.19. Subcontratación. NO APLICA

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En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1° fracción IV, 3°, 25, 26 fracción I, 27, 28 fracción II; 31 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “Ley”) y aplicables de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) así como en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2000 (en adelante “ACUERDO”) y las disposiciones administrativas vigentes en la materia, PEMEX-Refinación por conducto del Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas, con los teléfonos (01) 833-229-11-10, No. de Fax (01) 833-229-11-10 y correo electrónico [email protected] (en adelante “Convocante” o PEMEX-Refinación) emite las siguientes Bases de Licitación Pública Internacional número interno R9TI577005 compranet 18576014-043-09 (en adelante “Bases”), y que tienen por objeto la prestación de servicios consistentes en: SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y DE CONSERVACION TIPO UNITARIO DE VENTANA Y DIVIDIDOS, DESPACHADORES DE AGUA, REFRIGERADORES, CONGELADORES Y EQUIPOS DE LABORATORIO QUÍMICO DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO (en adelante “Servicios”), incluidos en la (s) Solicitud(es) de Pedido(es) Núm. (s).10233884, que se describen en el Documento 2. Estas Bases constan de 18 Documentos.

Este procedimiento de contratación se convoca: De conformidad con algunos Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos Reservada respecto de los demás Tratados.

1. Consulta, costo y forma de pago de las Bases.

Estas Bases tienen un costo de $ 1,647.00 (Un mil seiscientos cuarenta y siete pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A y estarán a disposición de los interesados para consulta y venta a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones en:

A. Las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 09:00 a las 15:00 horas en días hábiles, en la ventanilla de venta de bases, ubicada en: Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas, El pago deberá hacerse en efectivo, o bien, mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de la Convocante, expedido por institución bancaria autorizada para operar en los Estados Unidos Mexicanos.

B. El sistema electrónico de contrataciones gubernamentales compranet en la dirección electrónica: http://www.compranet.gob.mx. El pago deberá realizarse a través del sistema de pago en banco, utilizando los recibos generados para el efecto por compranet.

2. Información general sobre el procedimiento.

El servidor público designado por la Convocante, será el único facultado para tomar todas las decisiones durante la realización de los actos, en términos de la Ley y su Reglamento.

2.1. Plazo, lugar de ejecución y recepción de los servicios, moneda, precio, idioma y forma de pago.

A) El plazo y lugar de ejecución de los Servicios será el que se menciona en el punto 13.2.

B) La recepción de los servicios será por: Ordenes de Servicio.

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C) Elaborar su propuesta en Pesos mexicanos ó dólares de los Estados Unidos de América ó moneda del país de origen del prestador de los Servicios. El precio de los Servicios será: sujeto a ajuste conforme a lo indicado en el punto 13.6.2

D) El idioma para la presentación de las proposiciones será el español.-

E) El pago que derive por la contratación de los Servicios objeto de esta licitación, se realizará a 30 (treinta) días naturales a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a lo términos establecidos en estas Bases y en el contrato.

F) Será obligatorio adquirir las Bases para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación.

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.

3.1 Junta de aclaraciones.

La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 14 de abril de 2009 a las 11:00 horas., en el Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas, siendo optativa la asistencia de los interesados a las reuniones que, en su caso, se realicen. Solamente podrán solicitar aclaraciones las personas que hayan adquirido las Bases, lo cual deberá acreditarse con copia fotostática del comprobante de pago de las mismas, en caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas. Una vez concluida la junta, no se aceptarán más solicitudes de aclaración. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de las dudas o cuestionamientos sobre la Convocatoria, las presentes Bases o la junta de aclaraciones, las cuales podrán plantearse personalmente, por escrito o preferentemente en archivos de texto magnéticos en formato Word, al inicio de la junta.

Las preguntas recibidas con posterioridad al último día de venta de bases de licitación, por resultar extemporáneas, no serán contestadas y se integrarán al expediente respectivo, excepto que la Convocante estime conveniente programar una nueva reunión para ello, respetando los plazos previstos en la Ley.

Las aclaraciones que deriven de esta junta, constarán en el acta que se levante con motivo de la misma, en el entendido de que dicha acta formará parte de estas Bases.

Los licitantes podrán enviar sus preguntas sobre la convocatoria y las Bases por medio del programa informático de compranet, hasta la fecha y hora determinada, siempre y cuando antes del inicio de la junta de aclaraciones haya acreditado la compra de Bases, para lo cual deberán enviar el comprobante de pago respectivo, al fax (01) 833-229-11-10 o bien, incluir el comprobante de compra de Bases con el sello del banco receptor, dentro del archivo electrónico de solicitud de aclaraciones a las Bases, lo cual se constatará en el transcurso de la junta y se asentará en el acta lo que en su caso resulte.

Los licitantes que participen en forma electrónica se darán por notificados del acta que se levante de la junta de aclaraciones, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet de compranet, sin perjuicio de que puedan obtener una copia directamente en las oficinas de la Convocante.

Los licitantes podrán entregar o presentar por escrito las dudas o aclaraciones a tratar en la junta dentro de los 2 (dos) días hábiles anteriores a la celebración de la misma, en el domicilio de la Convocante ubicado en: Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas dentro del horario comprendido de las 09:00 a 15:00 hrs. en días hábiles, a la atención del Ing. J. Jesús

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Guerrero Rodríguez, jefe del Departamento de Contratos, o enviarlas a través del correo electrónico [email protected]

En este supuesto, se deberá adjuntar copia del comprobante de pago de estas Bases con el sello del banco receptor, tratándose de envío electrónico deberán utilizar archivos de imagen tipo JPG, GIF o PDF o enviar el comprobante respectivo al fax 01) 833-229-11-10. En caso de omitir el envío de dicho comprobante será motivo de no dar respuesta a las dudas o aclaraciones enviadas por dicho medio, sin perjuicio de que en dicha junta, acrediten el pago de las Bases y formulen las solicitudes de aclaración a las mismas.

3.1.1 Visita a las instalaciones

La visita a las instalaciones se llevará a cabo el día 13 de abril de 2009 a las 11:00 horas., en el Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, la cual únicamente tendrá por objeto que los licitantes conozcan el lugar donde se ejecutara el Servicio, misma que será coordinada por personal designado por el Área Usuaria.

Los representantes de los licitantes que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas, cuyo requisito indispensable, es que utilicen calzado de seguridad industrial, ropa de algodón 100% (camisa de manga larga, pantalón u overol), gafas de seguridad y casco protector no metálico. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

La asistencia a esta visita no es obligatoria para los licitantes, sin embargo, se recomienda su participación.

3.2. Condiciones generales de la licitación.A) Adquirir las Bases demostrándolo en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante copia

fotostática del comprobante de pago que deberá entregarse junto con el sobre cerrado que contenga la proposición, ya que en caso contrario no se admitirá su participación.

.Para los interesados en participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, será requisito indispensable adquirir las Bases a través del sistema de pago en bancos por medio de los formatos que para este efecto expide compranet

En caso de utilizar los recibos generados por compranet, dicho recibo deberá contener el sello del banco con fecha máxima del día límite para venta de Bases.

B) El objeto social o actividad comercial o profesional del licitante deberá estar relacionado con la prestación del (los) Servicio (s) requeridos en esta licitación.

C) Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros y, en su caso, los servicios contratados sean de origen nacional o de países con los que, los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un tratado de libre comercio, con los siguientes tratados:

Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN); Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica; Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Bolivia; Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de

Nicaragua; Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, y el Estado de Israel. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos

Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros,(TLCUE);

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Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, (AELC).

D) No podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

E) Los licitantes solo podrán presentar una proposición para esta licitación No se aceptarán propuestas alternativas.

F) Las proposiciones recibidas en el Acto de Presentación y Apertura de proposiciones no podrán ser

retiradas o dejarse sin efecto por parte de los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión.

4. Instrucciones para elaborar las proposiciones, y desarrollo del procedimiento y criterios de evaluación.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Acreditar su existencia y personalidad jurídica, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, dicho escrito deberá contener los datos que se citan en el Documento 3.

El licitante o su apoderado o representante legal que firme el Documento 3, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición

En el caso de licitantes extranjeros, podrán presentar este escrito de acuerdo a la documentación equivalente en su país de origen, siempre y cuando contenga la información requerida, la que deberá contar con la legalización o apostillado correspondiente de la autoridad competente en el país de que se trate, misma que tendrá que presentarse redactada en el idioma del país de origen del licitante y acompañada de la traducción correspondiente al español.

B) Elaborar y entregar la proposición en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Dicha proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga y los documentos que se relacionan en el Documento 4.

Las proposiciones se presentarán dentro de un sobre cerrado e identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las proposiciones foliadas en papel membretado de la empresa con una copia fotostática de las mismas, establecer un índice del contenido de cada propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar las proposiciones.

No se aceptan proposiciones enviadas por servicio postal o mensajería.

C) Entregar dentro o fuera del sobre cerrado que contenga la proposición, copia fotostática del recibo de pago de las bases respectivas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley.

D) Entregar dentro o fuera del sobre cerrado que contenga la proposición, las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50, 60

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penúltimo párrafo y 31 fracción XXIV de la Ley, conforme al Documento 8 y 8-A respectivamente, así como la declaración de integridad conforme al Documento 9, y la declaración del compromiso de apegarse a la Ley Federal de Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones, de acuerdo al Documento 8-B.

E) Elaborar su propuesta, utilizando para ello el Documento 6, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Servicios que propone conforme a lo solicitado en el Documento 2, indicando el número de posición o partida de que se trate, unidad de medida, cantidad, marca y modelo, así mismo deberá manifestar el plazo y lugar de ejecución de servicios.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma del país de origen del proveedor de los servicios, acompañados de una traducción simple al español.

Se deberán describir los Servicios propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 2 ya que será motivo para desechar la proposición.

F) Para el caso de licitantes extranjeros, deberán manifestar Bajo Protesta de decir verdad, de acuerdo al formato contenido en el Documento 7 que son nacionales de algún país con el que los Estados Unidos Mexicanos tiene suscrito un Tratado de Libre Comercio que contiene un título o capítulo de compras del sector público y deberán acreditarse mediante documentación oficial: pasaporte, acta constitutiva o documentación equivalente.

G) Elaborar su propuesta en Pesos mexicanos ó dólares de los Estados Unidos de América ó moneda del país

de origen del prestador de los Servicios conforme al Documento 6. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales serán ajustados conforme a lo indicado en el punto 13.6.2. En caso de que se presenten propuestas con más de dos decimales, para efectos de evaluación únicamente se tomarán en cuenta los dos primeros. Se desechará la proposición que establezca precios condicionados o variables.

H) Se podrán presentar proposiciones conjuntas de conformidad con el segundo párrafo del artículo 34 de la Ley, observando los términos establecidos en estas Bases y considerando lo siguiente:

H.1) Tendrán derecho a participar adquiriendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de las Bases.

H.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales;, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.

En el caso de licitantes extranjeros la documentación equivalente en su país de origen.

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.

c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición.

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d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.

En caso de resultar ganadora la propuesta, para efectos de la formalización del Contrato, éste podrá ser suscrito por el representante común quién deberá acreditar su personalidad y facultades otorgadas en el convenio mediante instrumento público, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.

PEMEX-Refinación no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de la Ley.

H.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la proposición conjunta, conforme al documento 3.

H.4) Firmar la proposición por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

H.5) Presentar los escritos a que se hace referencia en los incisos D) y F) de este numeral 4, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

H.6) De resultar ganadora la proposición conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4.

H.7) Acuse de recepción con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, o aquella que en el futuro la sustituya, deberá ser presentado por cada una de las obligadas en la propuesta conjunta, previo a la formalización del contrato.

H.8) La experiencia en la ejecución de los Servicios deberá acreditarse por una de las personas que integran la propuesta conjunta, o si lo prefieren los integrantes podrán hacerlo en forma individual y se acreditará conforme a lo señalado en el inciso L) de este punto.

H.9) El capital contable se acreditará con la suma de los capitales contables del grupo de personas que integran la propuesta conjunta.

H.10) El certificado de los sistemas de gestión de calidad a que se refiere el inciso N) de este punto, deberá acreditarse por una de las personas que integran la propuesta conjunta. NO APLICA

NOTA: Cualquier licitante o la convocante podrá consultar a la Comisión Federal de Competencia sobre la consistencia de una proposición conjunta con la legislación en materia de competencia.

En este supuesto la Comisión Federal de Competencia, sin juzgar sobre las proposiciones técnicas o económicas, dará respuesta exclusivamente por lo que se refiere a lo dispuesto en la Ley Federal de Competencia Económica, previa opinión de las dependencias y entidades que correspondan, las cuales determinarán lo conducente conforme a sus atribuciones.

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I) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de proposiciones, preferentemente entregar el Documento 5, en el cual se indicará la documentación que se presenta. Dicho formato servirá a cada participante como constancia de la documentación que entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones, asentándose dicha recepción en el acta respectiva. La omisión de entregar este formato no será motivo de descalificación y la Convocante extenderá un acuse de recibo de la documentación entregada por el licitante en dicho acto.

J) Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.

K) Los licitantes que presenten sus propuestas a través de medios remotos de comunicación electrónica deberán confirmar al telefacsímil No. (01) 833-229-11-10 de la Convocante o al correo electrónico [email protected], que la propuesta enviada a través de medios electrónicos corresponde al propio licitante, dentro de los tres días hábiles siguientes al del acto de presentación y apertura de proposiciones, en el entendido de que si no se cumple este requisito la propuesta será desechada.

Los licitantes deberán incluir en las propuestas que presenten por medios electrónicos, una declaración en la que manifiesten que aceptan todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria y bases de licitación.

L) Contar con experiencia de al menos 11 meses, comprobable en el mantenimiento de los equipos incluidos en la presente licitación, para lo cual debe anexar en su propuesta técnica, copias de carátulas de los contratos o facturas o finiquitos u órdenes de servicio con que compruebe lo solicitado en este punto.

M Contar con un capital contable de $ 190,000.00 (Ciento noventa mil pesos 00/100 M.N.) que deberá acreditar con:

-Declaración ante la S.H. y C.P., del ejercicio fiscal inmediato anterior, acompañando copia del acuse de recibo, ó

-Estados financieros auditados, solo para este efecto, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior o a un período subsecuente a este, debiendo anexar:

a) Copia simple de la cédula profesional del contador.b) Copia simple del registro del contador otorgado por la S.H. y C.P

N) Entregar junto con su proposición, copia simple del certificado expedido por Organismo acreditado conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en el que se establezca que cuenta con los sistemas de gestión de la calidad sobre la prestación del (los) Servicio (s) que propone. En cualquier caso y de resultar adjudicado previo a la firma del Contrato, deberá presentarse original o copia certificada para su cotejo. NO APLICA

O) Los licitantes que se encuentren en el supuesto del artículo 14 de la Ley, y deseen recibir la preferencia establecida en el mismo artículo, deberán entregar junto con su proposición: NO APLICA

Entregar la manifestación bajo protesta de decir verdad, de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, de conformidad con el Documento 16. Esta manifestación se tomará en cuenta en caso de que exista un empate entre dos o más proposiciones, conforme a lo señalado en el punto 4.5.3 NO APLICA.

P) El licitante deberá contar con las siguientes licencias, autorizaciones y /o permisos: NO APLICA

Q) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de ejecución. NO APLICA

R) MANIFESTACIÓN QUE SE SOLICITA A LOS LICITANTES NACIONALES:

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Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, así como, actualizar los datos contenidos en estos sistemas, se solicita manifestar junto con su proposición, la ubicación que corresponda al licitante en la estratificación establecida en el artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de acuerdo a lo solicitado en el documento 15.

La omisión de esta manifestación, no es motivo para descalificar la proposición.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica.

Los licitantes que a su elección presenten su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica conforme a lo establecido en el ACUERDO, deberán sujetarse a lo siguiente:

A) Deberán elaborarse en formatos WORD, EXCEL, PDF, HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera.

B) Preferentemente, deberán identificarse, cada una de las páginas que integran la proposición, con los datos siguientes: clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de las proposiciones.

C) Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica proporcionado previamente por la Secretaría de la Función Pública.

D) El sobre será generado mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el proceso de certificación correspondiente.

E) Los licitantes que opten por el envío de su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán concluir el envío de ésta y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de compranet, a más tardar, una hora antes del acto de presentación y apertura de proposiciones.

Asimismo, con el propósito de facilitar la presentación de las proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción de los actos del procedimiento de licitación, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el punto 4.2 y en el Documento 5, sin que la omisión de lo establecido en este párrafo sea motivo de desechamiento.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.2.1. Dentro o Fuera del sobre cerrado que contenga la proposición a elección del licitante.

Inciso DocumentoNombre del Archivo

TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

La omisión de cualquiera de los siguientes documentos será motivo de descalificación de la proposición.

A) Copia del comprobante de pago de Bases. (RECIBO)B) Formato de Información para acreditar la existencia y

personalidad del licitante (Documento 3).(DOC_3)

C) Formatos para las manifestaciones de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50, 60 penúltimo párrafo y 31 fracción XXIV de

(DOC_8)(DOC_8A)

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Inciso DocumentoNombre del Archivo

TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

la Ley. (Documentos 8 y 8A).D) Formato para la Declaración del Compromiso de

Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones. (Documento 8B).

(DOC_8-B)

E) Formato para la Declaración de Integridad (Documento 9).

(DOC_9)

F) De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se pacta presentar propuesta conjunta.

(CONVEN)

G) Formato para las manifestaciones que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la contratación de servicios, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 5°, regla tercera del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio” (Documento 7)

(DOC_7)

H) Copia simple del certificado del sistema de gestión de la calidad de los Servicios que propone. NO APLICA (SIST._CAL))

I) Manifestación escrita por medio de la cual el licitante declara bajo protesta de decir verdad de que el proveedor original de la madera cuenta con el certificado de manejo sustentable de los bosques y en el cual indique, además el número de registro de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de su certificador, el número de metros cúbicos que le fueron entregados por su proveedor, la descripción y la fecha de la venta, así como el destino final para el cual fue adquirida la madera o el producto forestal maderable NO APLICA

(CERT_SUSTEN)

La omisión de cualquiera de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta.

J) Carta poder simple e Identificación oficial de quien asista a entregar la proposición.

K) Formato para la Constancia de recepción de documentos para participar en la licitación e integrar las proposiciones que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 5).

(DOC_5)

L) El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 12).

(DOC_12)

M) Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 15). APLICA SOLO A LICITANTES NACIONALES

(DOC_ 15 )

N) Modelo para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la

(DOC_16)

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Inciso DocumentoNombre del Archivo

TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Documento 16). NO APLICA

4.2.2. Documentación que deberá presentarse dentro del sobre cerrado que contenga la proposición.

Inciso Documento Nombre del ArchivoTRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

A) Propuesta Técnica y Económica (Documento 6) (DOC_6)Desglose de Insumos por servicios. Técnica y Económica

B) Documentación para la acreditación de la experiencia. (EXPER)

C) Acreditación del capital contable. (CAP_CON)

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

El licitante deberá presentar copia del recibo de pago de las Bases de licitación, en caso de que presente el original de dicho recibo y no incluya copia del mismo, el original se le devolverá una vez concluido el acto correspondiente, previa obtención de la copia respectiva.

El acto de presentación y apertura de proposiciones iniciará puntualmente a la hora establecida en estas Bases. Por lo que a partir de la hora señalada se procederá a registrar a los asistentes y no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, razón por la que se recomienda su presencia con 30 (treinta) minutos de anticipación a la hora establecida.

Con el objeto de mantener orden y respeto durante el desarrollo de los actos que deriven de esta licitación, no se permitirá el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde éstos se desarrollen.

Los actos que deriven de esta licitación serán presididos por el servidor público designado por la Convocante, quien será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley y su Reglamento.

En el acto de presentación y apertura de proposiciones, primeramente se registrarán las proposiciones de los licitantes presentes en el acto y posteriormente las que en su caso, se hayan recibido vía electrónica. Concluido lo anterior la apertura de las proposiciones iniciará con las que en su caso, fueron enviadas por medios electrónicos y posteriormente con las presentadas en papel. La revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las propuestas, así como al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva; la Convocante podrá omitir dar lectura al precio de cada una de las partidas siempre y cuando se incluyan en el acta del evento o se anexen a la misma. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a

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partir de que se restablezcan las condiciones previas a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta del ACUERDO.

Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar para participar en dicho acto carta poder simple firmada por dos testigos, así como presentar original y copia por ambos lados de una identificación oficial vigente con fotografía tales como: credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, o bien, credencial de proveedor expedida por el Directorio Institucional de Proveedores y Contratistas de Petróleos Mexicanos. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con carácter de oyente.

Si algún licitante no ha identificado su sobre conforme a lo antes señalado, se le permitirá que lo haga al inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones.

Por lo menos un licitante, si asistiere, y un servidor público de PEMEX REFINACIÓN, rubricarán el documento correspondiente al catalogo de partidas (Propuesta Económica) de las propuestas.

Las actas que se generen con motivo de los actos derivados de esta licitación, serán firmadas por los asistentes y se pondrán a su disposición o se les entregará copia de las mismas, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a disposición de los que no hayan asistido para efectos de su notificación en el Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas, por un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de celebración de dichos actos; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

Los licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten con motivo de esta licitación, cuando éstas se encuentren a su disposición a través de compranet.

En términos del último párrafo del artículo 39 del Reglamento, podrá asistir cualquier persona que sin haber adquirido las Bases manifieste su interés de estar presente en los actos de carácter público, bajo la condición de que deberá registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones.

El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad a lo previsto por los artículos 34 primer y tercer párrafo, 35 de la Ley y 39 del Reglamento, así como por lo dispuesto en el ACUERDO, el día 20 de abril del 2009 a las 09:00 horas, en el Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas..

4.4.1 Criterios para la aceptación de proposiciones.

La proposición deberá cumplir con la entrega de los documentos que se solicitan en el punto 4 incisos A), C), y D) y F)

Para el caso de propuestas que se presenten por medios electrónicos, además de los incisos anteriores deberán cumplir con el requisito señalado en el segundo párrafo del inciso K) del punto 4 de estas Bases.

Para el caso de propuestas conjuntas además deberá cumplir con los requisitos indicados en el inciso H) del punto 4.

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El incumplimiento de dichos aspectos será motivo de la no aceptación de la proposición.

4.5 Criterios de evaluación.

De las proposiciones aceptadas se evaluarán al menos dos, si las hubiere, que contengan los importes más bajos.

Si al evaluar las proposiciones seleccionadas, éstas no resultan técnica o económicamente solventes, la evaluación continuará con la siguiente proposición y así sucesivamente, hasta determinar la(s) proposición(es) solvente (s).

Se podrá determinar el número de proposiciones que serán evaluadas, bajo el procedimiento señalado en el párrafo anterior.

Se considerará la sumatoria de las partidas, debiendo verificar la solvencia de los precios ofrecidos en cada partida o posición.

4.5.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

A. Se verificará que los Servicios propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 2, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de junta de aclaraciones.

B. La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos B) y E), L) y M), así como con el Documento 6.

C. La evaluación se hará por la totalidad de las partidas.

D. Los aspectos que serán evaluados para acreditar el capital contable serán:

Declaración ante la S.H. y C.P., del ejercicio fiscal inmediato anterior, acompañando copia del acuse de recibo, ó

-Estados financieros auditados, solo para este efecto, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior o a un período subsecuente a este, debiendo anexar:

a) Copia simple de la cédula profesional del contador.b) Copia simple del registro del contador otorgado por la S.H. y C.P.

E. La forma para evaluar la experiencia será con copias de Carátulas de Contratos y/o facturas de servicios similares al objeto de esta Licitación

4.5.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

A. La base para evaluar la oferta será el precio unitario. Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.

B. La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos B) y G) así como con el Documento 6.

C. Para homologar las propuestas a pesos mexicanos se utilizarán los siguientes criterios:

Propuestas presentadas en dólares de los Estados Unidos de América

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Se deberá utilizar el tipo de cambio peso mexicano / dólar de los Estados Unidos de América que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.

Propuestas presentadas en moneda del país de origen del Prestador de los ServiciosLa equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los Estados Unidos de América, en los mercados internacionales el día en el que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. Estas cotizaciones se deberán solicitar a las Instituciones de Crédito establecidas en México.

D. La evaluación se hará por la sumatoria de la totalidad de las partidas.

E. De conformidad con el artículo 36 fracción IV de la Ley, artículo 42 del Reglamento, la propuesta será evaluada considerando (el) (los) siguiente(s) concepto(s): NO APLICA

F) Se evaluarán al menos las dos proposiciones de importe más bajo que hayan cumplido técnica y legalmente, que se presenten en el procedimiento.

G Los precios que propongan los licitantes, se compararán y se considerarán aceptables si los mismos se encuentran dentro de un porcentaje del 10 (diez) por ciento a la alza, respecto al precio estimado. En los casos en que la diferencia entre el precio de la propuesta solvente mas baja rebase el porcentaje del diez por ciento a la alza, respecto al precio estimado, el área usuaria actualizará la investigación de precios realizada previamente al inicio del procedimiento de contratación. Si el precio propuesto se encuentra dentro de un porcentaje del 5 (cinco) por ciento a la alza respecto del más bajo prevaleciente en el mercado nacional y/o internacional, los precios propuestos se considerarán aceptables.

Las dos propuestas solventes de importe mas bajo, si las hubiere, deberán evaluarse de la misma forma.

4.5.3. Procedimiento de desempate de proposiciones iguales en precio.

Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, de ser el caso, de conformidad con el artículo 44 del Reglamento, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador, y posteriormente los demás boletos empatados con los que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.

5. Criterios de adjudicación.A. Se considerarán solventes las proposiciones de los licitantes que cumplieron todos los requisitos

de las Bases y reúnen las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por PEMEX-REFINACIÓN, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

B. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los

requerimientos de la Convocante, el Contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo importe sea el más bajo.

C. La adjudicación del Contrato será por la totalidad de las partidas a un solo Licitante

5.1 Abastecimiento simultáneo. NO APLICA

6. Casos en que se declarará desierta la licitación o una o varias partidas o posiciones.

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La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos por el artículo 38 primer párrafo de la Ley y artículo 47 del Reglamento.

7. Cancelación de la licitación, partidas o posiciones o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o posiciones o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el artículo 38 último párrafo de la Ley.

8. Desechamiento de proposiciones.

8.1 Causas de desechamiento.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las siguientes situaciones:

A) Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en las Bases de ésta licitación, que afecte la solvencia de la proposición

B) La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios del (los) Servicio (s), o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

C) En el caso de las enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrá por no presentada la proposición y la demás documentación requerida en estas Bases, cuando el sobre en el que se incluya dicha información contenga virus informático o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.

D) Si los precios no resultan aceptables, de acuerdo a lo establecido en el inciso G) del punto 4.5.2

E) En caso de que el licitante nacional o extranjero que presente su propuesta por medios remotos de comunicación electrónica, no confirme dentro de los tres días hábiles siguientes al del acto de presentación y apertura de proposiciones, que la propuesta enviada a través de medios remotos de comunicación electrónica, corresponde al propio licitante, según se establece e indica en el primer párrafo del punto 4 inciso K), de estas bases.

F) Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta por parte de la convocante, cuando dicha propuesta contenga un error de cálculo, o sólo las partidas que sean afectadas por el error de acuerdo a los términos del punto 4.5.2 inciso A) de estas Bases.

G) Si el licitante incumple en presentar su propuesta por el total de las partidas o posiciones contenidas en la licitación. Y si el licitante no cotiza todas las subpartidas (servicios y refacciones) que integran cada partida.

8.2 Devolución de propuestas desechadas.

Las propuestas que se hayan recibido y sean desechadas durante el proceso de licitación, podrán ser devueltas a los licitantes que así lo soliciten, una vez transcurridos 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción.

Las proposiciones presentadas que correspondan a las dos proposiciones solventes cuyo precio resultó ser más bajo, (o el mayor porcentaje o puntaje de calificación) serán las únicas que no podrán devolverse.

9. Fallo.

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El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 36 bis y 37 de la Ley, así como 46 del Reglamento, estimándose que será el día 29 de abril del 2009 a las 14:00 hrs., el Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Una vez emitido el fallo, el licitante adjudicado deberá considerar lo siguiente:

a) Para el caso de licitantes mexicanos y extranjeros obligados a inscribirse ante el Registro Federal de Contribuyentes:

Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que se tenga conocimiento del fallo.

Incluir en la solicitud de opinión ante el SAT, el correo electrónico del área de contratación que es [email protected], para que el SAT envíe acuse de respuesta que emitirá en atención a su solicitud de opinión.

b) Para el caso de las personas físicas o morales residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no están obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no están obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR:

Al día siguiente hábil de aquel en que se hubiere notificado el fallo correspondiente, deberán realizar su solicitud de opinión al Servicio de Administración Tributaria ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la Convocante, a través del área convocante de Pemex Refinación, mediante escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad de acuerdo con la regla de la Miscelánea Fiscal para 2008, o aquella que en el futuro la sustituya, en términos del documento 11. A fin de cumplir con el plazo que se menciona en el primer párrafo de este numeral, el documento podrá enviarse provisionalmente de manera electrónica y el licitante deberá entregar el documento con firma autógrafa, a la brevedad posible”.

10. Inconformidades.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en la Convocante ubicado en: BAHÍA DE BALLENAS No.5 EDIFICIO “D” PISO 11 COLONIA VERÓNICA ANZURES, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO C.P. 11300, o en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Séptimo, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con:

I. La convocatoria, las bases de licitación o la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya adquirido las bases y manifestado su objeción, así como los argumentos y razones jurídicas que la funden, en la propia junta de aclaraciones.

En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones;

II. Los actos cometidos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo.

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En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación del acto respectivo, o

III. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en las bases o en la Ley.

En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se hubiere vencido el plazo para la formalización del contrato.

La Secretaría de la Función Pública desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este punto, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley.

Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.

Transcurrido el plazo establecido en el artículo 65 de la ley, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de ley.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 12.

El servidor público de PEMEX-Refinación responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, previo al inicio de dicho acto, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 13 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica: http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Formalización del contrato.

La fecha de formalización del Contrato será dentro de los veinte (20) días naturales siguientes a la notificación del fallo en el Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas en el horario comprendido de las 08:00 a 15:30 horas.

El licitante adjudicado, previo a la formalización del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, cuyos datos se citan en el Documento 3, así como el acuse de recepción con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión

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prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, o aquella que en el futuro la sustituya, como se indica en el numeral 9 de estas bases que lleva como título “Fallo”.

Dicha documentación deberá presentarse ante la Convocante en días hábiles y en el horario comprendido de las 09:00 a las 15:30 horas en las oficinas ubicadas en: el Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas, preferentemente dentro de los dos días hábiles posteriores a la notificación del fallo.

Para el caso de licitantes extranjeros no obligados a solicitar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes, deberán presentar debidamente requisitado el documento 11.

Si la Convocante, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral que resultó adjudicada, ésta se abstendrá de formalizarlo y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constituidos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, y una vez agotado dicho plazo perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley.

PEMEX-Refinación podrá no llevar a cabo la formalización del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los Servicios y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 65 del Reglamento.

13. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 14 se Incluye el Modelo de Contrato que aplicará en este procedimiento, el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas y cuando exista discrepancia entre el contenido de estas bases y el modelo de contrato, prevalecerá lo estipulado en estas bases.

13.1. Contrato abierto.13.1.1 Vigencia del contrato.La vigencia del Contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el 31 de diciembre de 2010, o antes de esta fecha si se agota el presupuesto máximo susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido de que PEMEX-Refinación no se obliga a agotar el presupuesto máximo.

13.1.2. Presupuesto del contrato.

Para el año 2009: El presupuesto máximo que PEMEX REFINACION podrá ejercer es de $ 4’750,000.00 (Cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y el presupuesto mínimo que ejercerá es de: $ 1’900,000.00 (Un millón novecientos mil pesos 00/100 M.N.)

Para el año 2010: El presupuesto máximo que PEMEX REFINACION podrá ejercer es de El presupuesto máximo que PEMEX REFINACION podrá ejercer es de $ 4’750,000.00 (Cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y el presupuesto mínimo que ejercerá es de: $ 1’900,000.00 (Un millón novecientos mil pesos 00/100 M.N.)

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(PARTIDA / POSICIÓN) MÍNIMO MÁXIMO01 $ 1’900,000.00 $ 4’750,000.0002 $ 1’900,000.00 $ 4’750,000.00

13.1.3. Órdenes de surtimiento y/o servicio.

PEMEX-Refinación ejercerá el Contrato a través de “órdenes de surtimiento y/o servicio” (de aquí en adelante “ORDEN u ÓRDENES”).

La ORDEN que emita PEMEX-Refinación será entregada al Proveedor en el Departamento de Supervisión y Residencia de Obra de la Refinería Francisco I. Madero en las oficinas ubicadas en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta baja, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas o transmitida vía facsímil o medios electrónicos.

PEMEX-Refinación y el Proveedor se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el presupuesto máximo establecido en el Contrato, ya que, si en algún momento las ÓRDENES rebasan el presupuesto máximo establecido en el Contrato, el Proveedor no deberá realizar ejecución alguna del (los) Servicio(s), a menos que se celebre convenio modificatorio.

El Proveedor sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser ejecutadas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada mediante el convenio respectivo.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el área usuaria, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales del contrato.

13.2. Plazo y lugar de ejecución de los servicios.

Los plazos de ejecución de los Servicios se establecen en el Documento 2, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del Proveedor.

Cuando la ORDEN haya sido transmitida vía facsímil o medios electrónicos, el Proveedor se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de ejecución de los servicios. Si el Proveedor no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de ejecución de los servicios empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX-Refinación según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX-Refinación.

La ejecución de los servicios amparados en cada ORDEN, se realizará en: las instalaciones del proveedor y en el interior de la Refinería. El Proveedor deberá tener disponibilidad a cualquier hora del día para estar a disposición de Pemex Refinación, requiriéndose su presencia en cualquier día y hora del plazo de ejecución del contrato, conforme a las condiciones descritas en el Documento 2.

La recepción de los Servicios será por Órdenes de servicio.

No se contabilizará como día de ejecución de los Servicios, todo aquel que no se haya laborado por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, o por motivos imputables a PEMEX-Refinación.

PEMEX-Refinación se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los Servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) ejecutarse los mismos.

13.2.1. Recepción de los servicios.

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PEMEX-Refinación recibirá los Servicios, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas en el contrato.

La recepción de los Servicios se hará en el Departamento de Supervisión y Residencia de Obra de la Refinería Francisco I. Madero, ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta baja, Colonia El Bosque, C.P. 89530 de Ciudad Madero, Tamaulipas, en días hábiles y en el horario siguiente: 09:00 a las 15:00.

En caso de que la fecha de conclusión de los Servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales.

13.2.2. Suspensión de los servicios.

Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, PEMEX-Refinación, bajo su responsabilidad podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados.

Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a PEMEX-Refinación, los gastos no recuperables durante el tiempo que dure la suspensión, serán pagados siempre y cuando sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente.

En cualquiera de estos casos, se pactará por las partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

13.3 Supervisión e inspección de los servicios.

El Proveedor se obligará a garantizar la calidad de los Servicios ejecutados y se comprometerá a su reposición sin costo para PEMEX-Refinación, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto a las penas convencionales correspondientes.

La inspección que realice PEMEX-Refinación a los Servicios, no relevará al Proveedor del compromiso que lo obliga a garantizar los Servicios entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía respectiva por los conceptos indicados.

El nivel de inspección que aplicará será Nivel V. El área que realizará la Inspección será el Departamento de Supervisión y Residencia de Obra. El lugar donde se llevará a cabo será en las instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero.

Nivel V

Aplica a los arrendamientos o servicios terminados que se verifican con personal designado por PEMEX-Refinación, en las instalaciones del proveedor o en destino final.El cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en los contratos, se determina a través de la verificación  documental y física de las actividades que apliquen de este nivel de supervisión o de las actividades específicas que determine el área usuaria

El área o personal designado para realizar la inspección, deberá verificar documental y físicamente, lo siguiente, así como emitir el reporte de conformidad o en su caso, el de no conformidad.

• Los requerimientos técnicos y contractuales.• La ingeniería aprobada.

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• La competencia (formación académica y profesional, habilidades y experiencia) del personal técnico que intervenga en la prestación de los servicios.

• Los dispositivos de medición y prueba con registro de calibración vigente.• La aplicación de las Normas, Códigos, Procedimientos o Especificaciones de los bienes.• Los equipos, programas de cómputo y materiales considerados en el alcance del contrato.• Reporte final del servicio.• Las pruebas finales de aceptación del servicio, • Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del servicio.

En caso de reclamación por parte del área usuaria, debido a la calidad del servicio, el área contratante o quien administre el contrato, deberá comunicar la inconformidad a la persona o área que expidió el reporte de conformidad para que ésta tramite ante el proveedor la desviación de calidad, notificando el proveedor las acciones efectuadas a PEMEX-Refinación hasta la solución de dicha reclamación.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en esta licitación, pudiendo solicitar a PEMEX-Refinación y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

13.3.1 Reposición de servicios.

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto del contrato, no se hayan ejecutado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de PEMEX-Refinación, por lo que en estos casos, PEMEX-Refinación ordenará la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su ejecución.

Si el PROVEEDOR ejecuta servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del objeto del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX-Refinación para la ejecución de los servicios.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX-Refinación otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX-Refinación podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

13.4 Garantías.

EL PROVEEDOR A SU ELECCIÓN DEBERÁ ENTREGAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES INSTRUMENTOS DE GARANTÍA: FIANZA Ó CARTA DE CRÉDITO.

13.4.1 FIANZA RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

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El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios prestados y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, deberá presentar a PEMEX-Refinación, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del monto MÁXIMO del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más doce meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o dieciocho meses después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX-Refinación; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

La fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y/o defectos, vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento No. 10 de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Col. El Bosque, C.P. 89530, Ciudad Madero, Tamaulipas, con los teléfonos (01) 833-229-11-10 y No. de Fax (01) 833-229-11-10.

En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el proveedor se obliga a entregar a PEMEX-Refinación a la firma del convenio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la fianza de cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el proveedor, en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Que quedará obligado ante PEMEX-Refinación para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato que se formalice y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX-Refinación podrá exigir al proveedor que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el proveedor deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el proveedor no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX-Refinación otorgue al proveedor o en su caso, el acordado entre el proveedor y PEMEX-Refinación, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX-Refinación con cargo al proveedor. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el proveedor y PEMEX-Refinación exceda el periodo de 30 días, el proveedor quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora y hacer entrega de la misma a PEMEX-Refinación.

(B) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX-Refinación, se desistirá del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX-Refinación.

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(C) Su conformidad de que la fianza se pagará independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(D) Su conformidad para que la fianza que garantice el cumplimiento del contrato adjudicado, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación a dicho contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora a abstenerse de oponer en caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la excepción de subjudicidad si ésta no satisface rigurosamente los requisitos que deberán ser aceptados como obligatorios de acreditar por parte de la afianzadora para que esta excepción pueda ser considerada como debidamente justificada ante PEMEX-Refinación, así como a que en éste último supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX-Refinación, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX-Refinación.

(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

Por Incumplimiento.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5.- Cuantificación del incumplimiento.

Por defectos, vicios ocultos de los bienes, así como la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos

necesarios de identificación y descripción de los defectos, de los vicios ocultos de los bienes y/o mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad relativa a los vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y su cuantificación.

5.- Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados y/o mala calidad de los servicios.

(H) Su aceptación para que la afianzadora entere el 100% del importe garantizado en caso de incumplimiento a cualquiera de sus obligaciones estipuladas en el contrato y anexos en la inteligencia de que en éste, ha aceptado expresamente que cualquier excepción derivada del cumplimiento parcial de sus responsabilidades será ineficaz para efectos del pago de la fianza, atendiendo a la naturaleza indivisible que se atribuye a aquéllas por acuerdo expreso concertado con PEMEX-Refinación, en el contrato garantizado.

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(I) Su conformidad para que la institución de fianzas pague a PEMEX-Refinación, el 100% del importe garantizado en reclamaciones originadas por incumplimiento a obligaciones establecidas a su cargo, si el contrato fue adjudicado a más de un proveedor y para formular propuesta conjunta no fue preciso constituir sociedad o sociedad distinta, ya que cualquiera que sea el número de integrantes, reconoce que frente a PEMEX-Refinación, asume una responsabilidad única, independientemente de los términos en que aquéllos se hubieran obligado, entre sí y/o con la institución, atendiendo a lo previsto por el artículo 20 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

En este caso, la fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato se deberá otorgar en estricto apego al Documento No. 10 de estas bases en el domicilio referido.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX-Refinación una responsabilidad única por todos los integrantes.

CASOS EN QUE SE APLICARÁ LA FIANZA QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, ASI COMO LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:

La fianza de cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX-Refinación, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a).- Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato.b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor. c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato.d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar, reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

13.4.2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASI COMO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX-Refinación, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito Standby por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del monto MÁXIMO del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más quince meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o veintiún meses después de la entrega de los bienes en su destino final a total satisfacción y a favor de PEMEX-Refinación; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

La Carta de Crédito Standby que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento No. 10-A .de estas bases y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: _ Departamento de Contratos de la Refinería Francisco I. Madero ubicado en Av. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Col. El Bosque, C.P. 89530, Ciudad Madero, Tamaulipas, con los teléfonos (01) 833-229-11-10 y No. de Fax (01) 833-229-11-10.

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En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el proveedor se obliga a entregar a PEMEX-Refinación a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito Standby otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX-Refinación, se desistirá del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX-Refinación.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato adjudicado, se hará efectiva la Carta de Crédito Standby otorgada, parcial o totalmente.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada una vez que se actualicen las condiciones contractuales que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.5. Anticipo. “Para la contratación de los servicios que amparan esta licitación no se otorgará anticipo”13.6. Condiciones y forma de pago.

PEMEX-Refinación pagará al Proveedor el monto de los Servicios concluidos y aceptados a los 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el sello del área receptora de los Servicios, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en los Estados Unidos Mexicanos, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se haga el pago.

El pago se efectuará a más tardar al trigésimo día natural o el día hábil inmediato anterior si aquel no lo fuera, contados a partir de la aceptación de la factura respectiva, previa recepción de los bienes o prestación de los servicios en los términos del contrato, así como de la autorización de pago por la unidad administrativa requirente.

El pago a proveedores extranjeros, se realizará en la moneda que se establezca en el contrato respectivo, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS)

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá 10 (diez) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

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13.6.1. Condiciones de pronto pago.

El Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto de pago, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los Servicios hayan sido entregados a satisfacción de PEMEX REFINACIÓN, conforme a lo siguiente:

Moneda Nacional.- Tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE) de 28 días o la que determine el Banco de México en sustitución de ésta, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de pronto pago, respecto del precio de los Servicios.

Dólares de los Estados Unidos de América.- Tasa Prime Rate, publicada en medios electrónicos financieros que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de pronto pago, respecto del precio de los Servicios.

Euros.- Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de pronto pago, respecto del precio de los Servicios.

Para tal efecto deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna Institución Financiera, que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”

Dicha solicitud deberá presentarse con una Nota de Crédito a favor de PEMEX REFINACION, bajo el concepto de “Descuento por pronto pago”, en Superintendencia de Recursos Financieros de la Refinería Francisco I. Madero, en el horario de 8:00 a 14:00 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX REFINACIÓN, lo que será notificado al Proveedor dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.

13.6.2. Ajuste de precios.

De conformidad con el artículo 44 y 45 fracción VIII de la Ley y 57 de su Reglamento, la fórmula o el mecanismo, así como el valor o factor de cada uno de ellos para determinar el ajuste a los precios de los servicios objeto de la contratación será el siguiente

Año 2009. - Se obtiene el Índice Nacional de Precios al Productor (INPP) del mes de la formalización del contrato y se divide por el INPP del mes en que se realizó la apertura técnica. Este resultado será el factor por el cual se multiplique el precio de la posición establecida en el contrato y tendrá vigencia durante todo el año 2009.

Año 2010. - Se obtiene el Índice Nacional de Precios al Productor (INPP) del mes de diciembre de 2009 y se divide por el INPP del mes en que se realizó la apertura técnica. Este resultado será el factor por el cual se multiplique el precio de la posición establecida en el contrato y tendrá vigencia durante todo el año 2010.

El índice Nacional de Precios al Productor (INPP), se podrá consultar en la página Electrónica del banco de México. (El índice a utilizar es el R54 “Equipos y aparatos electrónicos”).

Durante la vigencia del contrato el proveedor queda obligado a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social.

El ajuste de precios aplicará solamente para los saldos del contrato, previa solicitud por escrito del proveedor, en caso de ser procedente dicho ajuste se aplicará a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, en los términos señalados en este punto y deberá notificarse al proveedor dentro de un plazo de 30 (treinta) días.

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En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a Pemex-Refinación el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el proveedor se obliga a notificarlo a Pemex-Refinación y deberá bonificar en la presentación de sus facturas, las cantidades que resulten aplicando el mecanismo pactado, y aún cuando el proveedor no lo hubiere notificado, si Pemex-Refinación lo detecta, le solicitará que lo bonifique en su facturación más próxima.

En la contratación de servicios en los que se hubiere solicitado desglose de los conceptos que integran el precio unitario (materiales, mano de obra y equipo a utilizar), el ajuste de precios se aplicará en cada uno de ellos, de acuerdo a los indicadores que se hubiesen establecido en el Documento 2.

13.7. Facturación.

Para proveedores nacionales:

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de tramite de pago en el Departamento de Supervisión y Residencia de Obra de la Refinería Francisco I. Madero en un horario de 8:00 a 15:00, debidamente requisitadas, en original y 4 (cuatro) copia(s), para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los Servicios en los términos del Contrato.

Para proveedores extranjeros:

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), ubicadas en el 2500 City West Blvd., Suite 1750, Houston, Texas, 77042-3020, debidamente requisitadas, en original y 4 (cuatro) copias, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los Servicios.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN, partida o posición que ejecute, unidad de medida y precio unitario de los Servicios. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX-Refinación dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en el primer párrafo del punto 13.6 Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan Servicios faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX-Refinación tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

En el caso de contratos derivados de propuestas conjuntas, cada proveedor podrá presentar su factura en forma independiente, o bien una sola, la del representante común, en términos del numeral 4 inciso H) de estas bases.

13.8. Penas convencionales.Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en la fecha de ejecución de los Servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del plazo pactado para la entrega de los mismos, o en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los servicios pendientes de entregar a razón de cinco al millar por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10%

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de la ORDEN, la cual se deberá integrar en la siguiente factura que se presente, y se podrá generar una nueva ORDEN.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

PEMEX-Refinación podrá exigir la ejecución de los Servicios con la aplicación de las penas convencionales que procedan.

Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables al mismo en alguna ORDEN, manifiesta su conformidad para que de la factura que presente para su cobro sean descontadas las penas convencionales a que se haya hecho acreedor, correspondiente a los días de atraso entre la fecha pactada en el contrato o convenio modificatorio y la fecha real de conclusión de los servicios.

Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX-Refinación podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del contrato.

En términos del artículo 53 de la Ley, las penas convencionales serán calculadas sobre el precio ajustado.

13.9 Prórrogas.

Únicamente se otorgarán prórrogas a los proveedores para la fecha o plazo de ejecución de los servicios, en los supuestos de caso fortuito o causas de fuerza mayor, o por razones imputables a Pemex-Refinación; de conformidad con las estipulaciones del Modelo de Contrato (Documento 14), para lo cual deberá acreditarse documentalmente el supuesto en que se sustente, y presentar la solicitud con los avisos correspondientes ante Pemex-Refinación, en los términos del Modelo de Contrato, debiendo formalizar el Convenio Modificatorio respectivo. Tratándose de causas imputables a PEMEX-Refinación, no se requerirá de la solicitud del proveedor.

13.10 Rescisión administrativa del contrato.

PEMEX-Refinación podrá en cualquier momento, por causas imputables al Proveedor, rescindir administrativamente el Contrato, cuando éste último incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato.

Las causas que pueden dar lugar a la rescisión administrativa del Contrato por parte de PEMEX-Refinación, son las siguientes:

1. Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitadas (s) en el contrato.2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales. 3. Una vez agotado el monto límite de aplicación de deducciones4. Si el Proveedor no presta los servicios en el plazo establecido.5. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la conclusión de los servicios, manifiesta

por escrito su imposibilidad para continuar prestando los mismos.6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los servicios que Pemex-Refinación hubiere considerado

como rechazados o discrepantes.7. Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato.8. Si el PROVEEDOR suspende injustificadamente los servicios o bien si incumple con los

programas de ejecución que se hubieren pactado en el contrato.9. Si el PROVEEDOR no inicia la ejecución de los servicios en la fecha pactada en el contrato.10. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier situación

análoga que afecte su patrimonio.

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11. Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a la autorización previa y por escrito de Pemex-Refinación

12. Si el PROVEEDOR no da a Pemex-Refinación o a quien éste designe por escrito, las facilidades o información necesarias para la supervisión de los servicios.

13. En general, por el incumplimiento por parte del proveedor a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.

En caso de incumplimiento del Proveedor a cualquiera de las obligaciones del Contrato, PEMEX-Refinación podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer efectiva la garantía otorgada, en forma proporcional al incumplimiento, sin menoscabo de que PEMEX-Refinación pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.

Si el Proveedor es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración o resolución correspondiente.

En caso de rescisión la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.

Pemex-Refinación podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando se hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del contrato materia de la rescisión.

13.11. Confidencialidad.Toda la información que resulte de la ejecución de este contrato así como la que PEMEX-Refinación, le proporcione al Proveedor, incluyendo información técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información reservada en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y por tanto, no deberá usar dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX-Refinación.

El Proveedor deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX-Refinación que contengan información confidencial, reservada, o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX-Refinación, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar.

13.12 Obligaciones fiscales

El licitante que resulte adjudicado se obliga a pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEMEX-Refinación realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

13.13 Seguros.

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

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El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que las leyes les impongan.

13.14. Fuentes de financiamiento.

Toda vez que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial, que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que se deriven del (de los) contrato(s) relacionado(s) con esta(s) licitación(es). El(los) licitante(s) que sea(n) adjudicado(s) con dicho(s) contrato(s), quedará(n) obligado(s) a lo siguiente:

1. Entregar al área contratante de PEMEX-Refinación, antes de la firma del (de los) contrato(s) adjudicado(s), la información sobre el país de procedencia de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del (de los) contrato(s) adjudicado(s), así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios. Esta información se deberá presentar en el formato establecido como Documento 18 denominado “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” y se adjuntará al (a los) contrato(s) que corresponda(n) para formar parte integrante del (de los) mismo(s).

2. Entregar a satisfacción de PEMEX-Refinación o a quién éste le indique, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, atendiendo a los requerimientos establecidos en el Documento 17 denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

3. Presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo del contrato adjudicado.

4. Informar oportunamente a sus proveedores sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.

5. Presentar la “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” siguiendo las instrucciones y formatos establecidos en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“el Instructivo”), que le será proporcionado oportunamente por el área contratante de PEMEX-Refinación .

El Instructivo vigente se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

13.15 Responsabilidad de las partes.

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX-Refinación. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el mismo.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia,

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dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

13.16. Soporte del servicio.

El Proveedor, en relación con los servicios objeto del contrato se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención telefónica así como, contar en su caso, con soporte a nivel nacional o internacional e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la debida prestación de los servicios en la forma y tiempo requerido por PEMEX-Refinación, de acuerdo con sus necesidades de operación.

13.17. Deducciones.

Una vez trascurrido el plazo máximo de espera de aplicación de penas convencionales de una ORDEN sin que el PROVEEDOR haya ejecutado los servicios, PEMEX-Refinación procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva ORDEN.

Para determinar el número máximo de ÓRDENES que podrán ser objeto de deducciones se considerará como límite el importe de la garantía de cumplimiento del contrato.

Si el proveedor incurre en incumplimiento parcial o cumplimiento deficiente de sus obligaciones respecto de alguna ORDEN, manifiesta su conformidad para que de la factura que presenta para su cobro sean descontadas las deducciones a que se haya hecho acreedor.

El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente que el proveedor debe efectuar por concepto de deducciones.

13.18. Propiedad industrial y derechos de autor.- De conformidad con el Documento 14.

13.19. Subcontratación. NO APLICA

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DOCUMENTO 2LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18576014-043-09

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ANEXO “A”RELACIÓN DE PLANOS

PLANOS O CROQUIS No.

Plot Plan R-13582-B

LOS PLANOS O CROQUIS SE ENTREGARAN EN LA OFICINA DEL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS PRESENTANDO COPIA DEL RECIBO DE COMPRA DE BASES

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ANEXO “B”

ALCANCES GENERALES DEL SERVICIO.

El proveedor del servicio debe atender el mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de aire acondicionado tipo unitario de ventana y divididos, despachadores de agua, refrigeradores, congeladores, equipos de laboratorio químico, instalados en las diferentes áreas de la Refinería Francisco I. Madero ,edificios administrativos y zonas residenciales de la misma, a petición del supervisor del servicio de PEMEX-REFINACION.

1) El proveedor del servicio en su propuesta técnica debe incluir los procedimientos que habrá de seguir para la ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de los diferentes equipos listados en el presente anexo.

2) El proveedor del servicio debe dar el mantenimiento preventivo y correctivo de acuerdo con el supervisor de Pemex-Refinacion y el usuario del área requirente mediante una solicitud de orden o permiso de trabajo generada por parte del supervisor propuesto por PEMEX-REFINACION a los equipos de aire acondicionado tipo ventana, mini-split, divididos, despachadores de agua, refrigeradores, congeladores, equipos de laboratorio químico, instalados en las diferentes áreas de la Refinería, edificios administrativos y zonas residenciales de la misma, cuando presenten la falla en su operación, localizados de acuerdo a la lista del presente anexo, con las capacidades, condiciones y características indicadas.

3) La prioridad del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de aire acondicionado tipo ventana, mini-split, divididos, despachadores de agua, refrigeradores, congeladores, equipos de laboratorio químico, instalados en las diferentes áreas de la Refinería, edificios administrativos y zonas residenciales, será de acuerdo con el supervisor de Pemex-Refinación.

4) El proveedor del servicio debe mantener los equipos funcionando a una temperatura de 22 a 24 °C en las unidades de aire acondicionado tipo ventana y mini split, en las áreas donde se encuentran las unidades reparadas, durante la vigencia del contrato.

5) El mantenimiento preventivo y correctivo prioritario señalado por el supervisor de pemex-refinación, así como el correctivo (eventual) debe comprender las actividades contempladas en las especificaciones siguientes:

ALCANCES PARTICULARES DEL SERVICIO.

1.- El mantenimiento preventivo se debe proporcionar a cada equipo de ventana, mini-split, enfriadores de agua de botellón, congeladores, refrigeradores, equipos de laboratorio químico, instalados en las diferentes áreas de la Refinería, edificios administrativos y zonas residenciales de la misma, de acuerdo con el supervisor de Pémex-Refinación y el usuario del área requirente y comprenderá las siguientes actividades:

- Revisión del funcionamiento de selector y termostato- Verificación de temperaturas- Verificación de amperaje- Revisión de holguras (radial y axial) de flecha de motor- Limpieza exterior del gabinete, de filtro de aire y del frente

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- Eliminación de vibraciones- Revisión y/o cambio de terminales- Revisión eléctrica general, reemplazo de cables.- Revisión y/o cambio de tornillería, pijas y remaches.- Lubricación de motor eléctrico- Limpieza de condensador y evaporador (lavados a presión con coil-trate)- Pintura general, con primario anticorrosivo RP-6 y acabado RA-28 - Protección anticorrosiva a equipos nuevos, previa a su instalación.- Eliminación de fugas y cargas refrigerantes.

2.- El mantenimiento correctivo a los equipos equipo de ventana, mini-split, enfriadores de agua, congeladores, refrigeradores, equipos de laboratorio químico instalados en las diferentes áreas de la Refinería, edificios administrativos y zonas residenciales, que lo requieran comprende las siguientes actividades con cargo a la partida de materiales:

- Cambio de motor y/o chumaceras o baleros de los mismos- Cambio de ventilador y/o turbina- Cambio de termostato, switch de teclas, controles, capacitores, contactor- Cambio de compresor- Cambio de condensador o evaporador

- Filtro deshidratador, cable de alimentación eléctrica y/o contacto- Cambio de gabinete, frente decorativo.

3.- En todos los trabajos que se realicen, el proveedor del servicio absorberá los costos por mano de obra, transporte, herramienta, equipo, maniobras. Además el proveedor del servicio absorberá los costos del material siguiente como mínimo y que estarán integrados en su precio unitario.

- Nitrógeno- Acetileno- Soldadura de plata- Pintura acabado RA-28 esp. Pemex- Primario anticorrosivo RP-6- Alquitrán de hulla RP-5- Lija- Thinner- Estopa- Grasa SKF (lubricante)- Líquido desincrustante (coil trate)- Jabón- Cinta aislante- Pijas 10 * 3/4”- Tornillos 1/4” * 1 ½- Terminales eléctricas- Gas refrigerante

4.- Solamente en caso de fallas en el suministro de la corriente eléctrica u otras fallas ajenas al proveedor del servicio, Pemex-Refinación pagará los gastos requeridos para la reparación del equipo, si la falla es imputable al proveedor del servicio en algún equipo ya intervenido, lo reparará por garantía la cual será de mínimo un año (365 días calendario) y sin cargo a Pemex-Refinación

5.- La periocidad y prioridad del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos la determinará el ingeniero supervisor de Pémex-Refinación de común acuerdo con el proveedor del servicio y de acuerdo a los requerimientos del área usuaria enlistada en el censo de estos anexos y mínimo deberá ser una vez al año por cada equipo.

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6.- Todo servicio podrá ser supervisado por el Supervisor por Pemex-Refinación y tendrá derecho a realizarlo en todo momento de la ejecución, a fin de verificar si se ajusta a las especificaciones requeridas, calidad de trabajo y refacciones reemplazadas

7.- Control de mantenimiento terminado cada servicio, el proveedor del llenará y firmará “el formato de recepción del equipo” correspondiente con los servicios realizados, recabará la firma del usuario y le entregará a este la copia no 2.

7a.- El supervisor por Pemex-Refinación debe revisar los reportes y firmar el original y las copias como certificado y aceptación, si no se firmara el reporte, se hará saber al proveedor del servicio la causa.

7b.- El proveedor del servicio se quedara con la copia No. 1 del formato, una vez aceptado y recibido el trabajo por el supervisor.

7c.- El supervisor por Pemex-Refinación recibirá del proveedor del servicio el original que tendrá la firma del usuario, del proveedor del servicio y del propio supervisor.

8.- El proveedor del servicio se obliga a cumplir los requisitos anteriores para garantizar el buen funcionamiento de todas las unidades y para ello pondrá por su cuenta el material contenido en el inciso 3, proporcionará transporte, herramienta, equipo y mano de obra para cualquier revisión y/o reparación de las unidades, cuantas veces sea necesario.

9.- Se debe llevar bitácora oficial de los servicios realizados, por parte del proveedor y Pemex-Refinación, la cual se firmara diariamente en la oficina del supervisor de Pemex-Refinación.

10.- La subpartida de materiales incluirá el costo de la refacción y su instalación.

11.- El proveedor del servicio debe proporcionar una lista de su personal incluyendo su categoría y los turnos en los cuales irá a laborar. Dicha lista se turnara al departamento de vigilancia y a la superintendencia general de mantenimiento y se entregara a la compañía las credenciales o gafetes de acceso necesarias.

12.- Se anexará una lista de refacciones de uso de estos equipos y precios para su aplicación y pago de la partida de materiales, según sea su caso.

13.- Pemex-Refinación se reserva el derecho de modificar estos listados de equipo, reemplazar, cancelar ó aumentar en los términos legales correspondientes.

14.- El proveedor del servicio debe de contar con un taller debidamente acondicionado y establecido, materiales y refaccionamiento necesarios, para realizar los trabajos objeto de este contrato, “radiotelefono”, así como capacidad y disponibilidad para atender las urgencias y/ó emergencias las 24 horas del día.

(Radioteléfono, celular o localizador - operando las 24 horas.).

15.- El proveedor del servicio debe tener vehiculos en buenas condiciones modelos recientes del 2002 en adelante para el transporte del personal y equipos, para usarse durante el contrato del servicio, en la reparación y entrega de los equipos.

16.-El prestador de servicio deberá de entregar las refacciones o partes dañadas cambiadas de los equipos intervenidos, junto con listas anexas de las mismas al residente del servicio para el trámite de baja correspondiente en el sistema de Pemex Refinación.

17.- El tiempo máximo de ejecución de un mantenimiento correctivo de los equipos de aire acondicionado objeto de este contrato de servicio por cada unidad que lo requiera es de 04 días naturales.

18.- El tiempo máximo de ejecución de un mantenimiento preventivo de los equipos de aire acondicionado objeto de este contrato de servicio por cada unidad que lo requiera es de 01 día natural.

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19.- RESPONSABILIDAD CIVILPara este contrato de servicio se considera riesgoso para consideración de la responsabilidad civil por parte del proveedor del servicio.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES APLICABLES

Normas Oficiales Mexicanas.NOM-008-SCFI-2002.- Sistema general de Unidades de Medida.NOM-017-STPS-2001.- Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

Normas de referencia de Petróleos Mexicanos (PEMEX)ISO-9001; Planificar y controlar el diseño y desarrollo del producto,ASHRAE 52-76; Manera de probar la eficiencia de los filtros para detener el polvo.ARI-430; Metodologia para hacer pruebas de laboratorio de los ventiladores para garantizar la velocidad angular y potencia al frenoARI-410; Metodologia para hacer pruebas a los serpentines para garantizar el grado de transferencia de calor.ARI-260; Establece la metodologia para hacer las pruebas de laboratorio de los equipos de aire acondicionados para permitir el nivel de ruido que producen en su operación.

Reglamentos, Procedimientos y Disposiciones de la SASIPA (PEMEX).DG-GPASI-SI-08401 Reglamento de seguridad para visitantes a las instalaciones industriales de Pemex Refinación.DG-ASIPA-SI-08402 Disposición administrativa para el uso de ropa y equipo de protección por personal ajeno a Petróleos Mexicanos.

CENSO DE LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADOS TIPO VENTANA, MINI-SPLIT Y REFRIGERADORES

REF. UBICACIÓNUBICACIÓN MARCAMARCA MODELO CAPACIDAD N° DE SERIE INVENTARIO BIENES CAP.

2OFNA. CABOS

VIG. TRANE TAW018A10

3OFNA.

VIGILANCIA CARRIER 51DTC-12 1.5 T/R 2898NO87981R9802102

3 7000123439

4U. EVA. Y

PROG. CARRIER 51FT-18 1.5 T/R 1495N35134311-1-

9503363  

5U. EVA. Y

PROG. FREYVEN 536C-500 3 T/R F1-0037814 311-1-02230  

6AREA DE CALIDAD FREYVEN S181-500 1.5 T/R L9023351 311-1-01824  

7OFNA.RECON

FIG. FREYVEN S360-500 3 T/R 12-0038796311-

1R9302672  

8OFNA.RECON

FIG.   3 T/R      

9DEPTO. REL.

LAB. FREYVEN S360-500 3 T/R A2-00382221R8401057

8 7000123503

10DEPTO.

INGRIA. IND. FREYVEN S181-500 1.5 T/R HI-00296211R8401065

8 7000123325

11 C. E. N. D. I. FREYVEN S145-800 1 T/R FO-193921R8401201

18 700123688

12 C. E. N. D. I. TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT002481R0102342

3 7000209457

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13DEPTO. ADQS. TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKCR24687

1R01023407 7000209441

14DEPTO. ADQS. FREYVEN S181-500 1.5 T/R  

1R84012209  

15DEPTO. ADQS. CARRIER RS-25 2.5 T/R 1397N04297

1R97015662 7000123257

16DEPTO. ADQS. CARRIER RS18 1.5 T/R 2498N08880

1R98020860 7000123327

17DEPTO. ADQS. CARRIER RS18 1.5 T/R 2498N08818

1R98020864 7000123328

18DEPTO. ADQS. CARRIER 51HDK-36 3 T/R 2798N96219

1R98021084 7000123491

19

BODEGA TALLER

MECANICOCARRIER

CF-325500 3 T/R 1298N006401R9802091

4 7000123637

20OFICINA

TALLERES   2.5 T/R 1895N363441R8401210

3 7000123484

21AUDITORIA REGIONAL CARRIER CF-325500 3 T/R 1498N00688

1R98020915 7000123641

22DEPTO. TEC.

REABAST CARRIER CF-325500 3 T/R 1498N006661R9802091

6 7000123638

23DEPTO. TEC.

REABAST CARRIER 51HKD336 3 T/R 2798N962191R9802108

8  

24CONTENEDOR No.3 SECA. CARRIER 51DTA115 1.5 T/R H9-244355

1R84010759 700123714

25SERV.GRLS.A.

PAT. CARRIER 51DTA115 1.5 T/R JO2-791411R8401076

7  

26OFNA.ING.TO

RAL CONFORT MCF-33 1.5 T/R 2498N008691R9801713

1  

27SERV.

GRLS.A.PAT. CARRIER CF-325500 3 T/R 1298N006301R9802091

2 7000123684

28SERV.

GRLS.A.PAT. CARRIER CF-118-511 2.5 T/R 1498N007771R9802091

3 7000123633

29SERV. GRLS.

A. PAT. TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKCR254911R0102340

8 7000209442

30SERV. GRLS.

A. PAT. TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT005171R0102344

7 7000209481

31OFNA. U.

CONTRATOS TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT004411R0102344

8 7000209482

32OFNA. U.

CONTRATOS TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT002311R0102344

9 7000209483

33OFNA. U.

CONTRATOS FREYVEN S225-500 2 T/R 1694NOO5731R8401079

2 7000123578

34OFNA. U.

CONTRATOS FREYVEN S181-500 1.5 T/R 1594NOO2881R8401079

3 7000123579

35OFNA. U.

CONTRATOS FREYVEN S181-500 1.5 T/R J300399741R8401079

6 7000123581

36OFNA. U.

CONTRATOS YORK YE-186A 1.5 T/R REFM74458A1R8401231

6 7000123582

37OFNA. U.

CONTRATOS FREYVEN S181-500 1.5 T/R J200342251R8401238

4 7000123528

38OFNA. U.

CONTRATOS YORK YE-186A 1.5 T/R REFM7458A1R8401549

6 7000123583

39OFNA. U.

CONTRATOS YORK YE-186A 1.5 T/R REFM7458A1R8401549

7 7000123584

40OFNA. U.

CONTRATOS YORK YE-186A 1.5 T/R REFM7458A1R8401549

8 7000123585

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41OFNA. U.

CONTRATOS YORK   3 T/R  1R8401549

9 7000123586

42OFNA. U.

CONTRATOS YORK   1.5 T/R  1R8401550

0 7000123587

43SITSI LAB.

PBS. N. DES. TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT006681R0102345

0 7000209484

44SITSI

COM.SEG.IND. CARRIER RS-18 1.5 T/R 2498NO88821R9802087

3 7000123654

45C. INC. JEFE

TURNO CARRIER RS-18 1.5 T/R 2498NO88991R9802090

8 7000123326

46C. INC.

(KARDEX) CARRIER 51HKD336 3 T/R 2798N962191R9802108

6 7000123485

47

SALA CAPACITACIO

NFREYVEN

5360-500 3 T/R HO-037341 311-1-0290  

48OFNA. C.

INCENDIO   2 T/R E30040433 1R8401224  

49OFNA. G. OP.

BUNKER CARRIER 51FT-18 1.5 T/R  1R8401062

9  

50OFNA. G.

EMPLEADOS CARRIER 51FT-18 1.5 T/R  1R8401063

0 7000123574

51OFNA.PLTA.M

FA TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000261R0102341

0 7000209444

52 API TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT000881R0102345

3 7000209487

53C. BOMBAS 8

MJW TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT002621R0102345

1 7000209485

54CASA

BOMBAS 21 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT00091R0102341

2 7000209446

55CASA

BOMBAS 21 FREYVEN S181-500 1.5 T/R JO-0273581R8401213

7  

56C. BOMBAS 8

MJW CARRIER 51FTB118 1.5 T/R 3594N280721R8401245

0 700123529

57PATIO PTE.

API CARRIER RS-18 1.5 T/R 2498N088631R9802088

9 700123648

58C. BOMBAS 23

PA CARRIER RS-125 1 T/R 3098N127201R9802111

5 7000123367

59C. BOMBAS 21

"Y" CARRIER RS-125 1 T/R 3098N129201R9802357

6 7000123657

60CASA

BOMBAS 21   1.5 T/R  3197N63265 MINISPLIT  

61 TG-1 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT001841R0102342

5 70002009459

62CASETA A.

CB-3 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKCR255851R0102341

8 7000209452

63CASETA A.

CB-3 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT001981R0102341

7 7000209451

64LAB. DE AGUAS   1.5 T/R 3894N30844 1R9503286  

65AREA ANAL.

DE AGUA CARRIER   1.5 T/R  1R9401203

9  

66LAB. ABS. ATOMICA CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N96219

1R98021123 7000123486

67 LAB.DE SALES CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802112

9 7000123487

68LAB.

INFRAROJO CARRIER RS-125 1 T/R 2998N121701R9802113

9 7000123385

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

69LAB. DE

CONTROL   1 T/R 3098N129241R9802109

0 7000123361

70LAB. ANALISIS

AGUA TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000571R0102341

3 7000209447

71 UDA-300 MD TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKCR246581R0102341

4 7000209448

72 SPTCIA.FZA. CARRIER 51HDK-36 3 T/R 2095N37684 1R9503415  

73 CB-1 CARRIER 51FTB118 1.5 T/R 3594N28115 1R9503302  

74 CP-6 CARRIER 51FTB118 1.5 T/R 3594N28117 1R9503306  

75

SPTCIA. FUERZA

TRATAMIENTO AGUA

CARRIER

51FTB118 1.5 T/R 3594N28068 1R9503312  

76SPTCIA. FZA.

CB-3 CARRIER 51FTB118 1.5 T/R 3594N28073 1R9503300  

77CASETA

ANAL. FZA. TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT002171R0102342

2 7000209456

78TERMO S. JUNTAS

YORK  2 T/R  

1R97015671 /

1R8401283  

79CASETA OP.

CP-P-6 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT002461R0102341

9 7000209453

80CASETA

ANAL. MP-4 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000841R0102342

0 7000209454

81C.OPN.MP-ED-

601 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000781R0102342

1 7000209455

82C. ANALISIS

CB-1 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT001411R0102341

6 7000209450

83CASETA TURBO 3 CARRIER 51DTC12 1 T/R 4194N32709 1R9503313  

84SUPTICIA. DE

FZA. CARRIER 51HKD36 2.5 T/R 2095N37559 1R9503383  

85SUPTICIA. DE

FZA. CARRIER 51TCT33 3 T/R 2997N375591R9701565

6 7000123260

86 TURBO TG-4 CARRIER RS-25 2 T/R 2898N088071R9802101

0 7000123396

87SUPTICIA. DE

FZA. TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT001501R0102345

2 7000209486

88 CP-ED-600 CARRIER RS25 2 T/R 2898N088291R9802101

2 7000123449

89CASET.ANAL.

CL CARRIER RS25 2 T/R 2898N088351R9802101

4  

90CASET.ANAL.

CB-3 CARRIER RS25 2 T/R 2898N087911R9802101

5  

91CASET.ANAL.

MLA CARRIER RS25 2 T/R 2898N088051R9802101

6  

92MP-P6 AGUA

ALIM. CARRIER RS25 2 T/R 2898N088371R9802101

7  

93CASET. ANAL.

PRETRAT. CARRIER RS25 2 T/R 2898N088251R9802101

8 7000123452

94CASET.ANAL.

MP-B4 CARRIER RS25 2 T/R 2898N088361R9802101

9  

95 MD-UDA-200 CARRIER RS25 2 T/R 2898N088001R9802102

0 7000123453

96 MD-UDA-300 CARRIER RS25 2 T/R 2898N08806 1R9802102 7000123453

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

1

97CASET. ANAL.

DE-103 CARRIER RS25 2 T/R 2898N088041R9802103

0 7000123455

98CASET. ANAL.

DE-101 CARRIER RS25 2 T/R 2898N087921R9802103

1 7000123456

99 TURBO TG 1 CARRIER RS-125 1 T/R 3098N129251R9802108

9 7000123360

100 TURBO TG 3 CARRIER RS-125 1 T/R 3098N129351R9802109

1  

101 PETRAT. CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802113

3 7000123507

102MP-P6 AGUA

ALIM. CARRIER RS25 2 T/R 2898N088411R9802102

2 7000123438

103SUPTICIA. DE

FZA. CARRIER RS25 2 T/R 2898N088031R9802103

6 7000123457

104 TURBO 1 CARRIER RS-125 1 T/R 3098N129321R9802356

6 7000123665

105 TURBO 1 Y 2 CARRIER RS-125 1 T/R 2898N120471R9802357

4 7000123692

106 CASETA M. P. CARRIER CF-325500 2.5 T/R 1798N007091R9802312

9 7000123683

107 MD-UDA-100 CARRIER CF-118511 1.5 T/R 1698N007991R9802312

7  

108SUPTCIA. FZA.

OFNA.   2 T/R 1899N019401R9802317

5  

109CASETA

ANAL. ED 600 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKCR255191R0102341

5 7000209449

110CASETA

ANAL. CB-3 TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKCR255851R0102341

8 7000209452

111TORRE ENF.

DE 101 2 T/R 2898N087921R9802103

1 7000123456

112TORRE ENF.

DE 101 CARRIER RS-18 1.5 T/R 2498N088951R9802090

0 7000123342

113TORRE ENF.

CL CARRIER RS-18 1.5 T/R 2498N089001R9802090

2 7000123340

114TORRE ENF.

CL TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT003751R0102345

5 7000209489

115TORRE ENF.

D-100 CARRIER RS18 1.5 T/R 2498N088931R9802090

3 7000123341

116TORRE ENF.

D-103 CARRIER   1.5 T/R 2397N119501R8401556

7  

117TORRE ENF.

D-103 RS18 1.5 T/R 2498N119501R9802090

2  

118SEG.

INDUSTRIAL CARRIER MCA33D 3 T/R 2893XO78241R9430292

3  

119SUPTCIA. MANTTO. FREYVEN   2 T/R  MINISPLIT 1R0003119  

120CASETA DE

REP. YORK   2.5 T/R  1R9701567

0  

121SUPTCIA. MANTTO. CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N96219

1R98021131 7000123508

122OFNA. DE TALLERES CARRIER S325500 2.5 T/R 1498N00676

1R98017159  

123 SECTOR 1 CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802109

4 7000123504

124 SECTOR 1A CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802108

7  

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

125 SECTOR 4 CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802108

2 7000123492

126 SECTOR 4 CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802108

5 7000123493

127 SECTOR 6A   2 T/R  1R8401215

9 7000123467

128 SECTOR 3   3 T/R 2495N00138    

129MANTTO.

MECANICO TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKCR252311R0102341

1 7000209445

130OF. MTO.AIRE

ACOND. CARRIER CF25 2 T/R 1598N010621R9802091

7 7000123447

131OF. MTO.AIRE

ACOND.    2 T/R MINISPLIT 1R84012

107  7000123695

132OFNA.

TALLER MEC. CARRIER RS-25 2 T/R 2898N088311R9802103

7 7000123442

133

CUARTO BALANCEO T.

MEC.CARRIER

CF25 2 T/R 1598N010391R9801713

8  

134

CUARTO BALANCEO T.

MEC.   2 T/R  1R-

98020992  

135TALLER MEC.

OFNA CARRIER CF118 1.5 T/R 1998N005661R9801716

0 7000123677

136

TALLER MEC. OFNA.

JEFATURACARRIER

 

1.5 T/R 2498N08883 1R9802088

5 7000123650

137JEF.TEC.MTO.

MEC. TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000941R0102343

9 7000209473

138 BODEGA   3 T/R  1598N01062    

139COBRERIA JEFATURA   2.5 T/R 2095N37587 1R9503367  

140

OF. COMBUSTION

INT.CARRIER

51HKD36 3 T/R 2095N375571R8401221

3 7000123510

141BODEGA

COMB. INT. CARRIER RS-125 1 T/R  1R9802357

0 700123666

142OFNA. DE TUBERIAS CARRIER 51FT25 3 T/R 1R84010972 1R9503360  

143OFNA. DE TUBERIAS TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT00060

1R01023436 7000209470

144OFNA. DE TUBERIAS TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT00070

1R01023437 7000209471

145BODEGA

TUBERIAS TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000821R0102344

3 7000209477

146BODEGA

TUBERIAS CARRIER RS-125 1 T/R 3098N129381R9802356

4 7000123656

147BODEGA PAILERIA CARRIER RS-125 1 T/R 2998N12173 IR98023565 700123662

148OF. TALLER SOLDADURA CARRIER CF225511 3 T/R 1298N00628

1R98020918 7000123639

149BODEGA

SOLDADURA CARRIER RS-125 1 T/R 3098N127271R9802356

3 7000123660

150OF. TALLER SOLDADURA YORK RD30V-GA 2 T/R RHHM492066

1R00023386  

151OFICINA

CAMB. CALOR TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000441R0102342

6 7000209460

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

152OFICINA

CAMB. CALOR CARRIER CF325511 2 T/R 1198N009861R9802310

2 7000123634

153BODEGA

CAMB. CALOR   3 T/RRMFM21400E

S1R9802312

8 7000123509

154CAMB. DE

CALOR   3 T/R  314954R8404337

8  

155

BOD. DE PATIOS Y

MANIOBRASCARRIER

RS-125 1 T/R 3098N129271R9802356

8 7000123658

156PATIOS Y

MANIOBRAS YORK 120-6 3 T/R HE-422-126    

157OF. PATIOS Y

MAN. CARRIER 51FTB118 1.5 T/R 3594N28076 1R9503304  

158CASETA

TRANSPORT. TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT004401R0102345

9 7000209493

159TRANSPORTA

CION CARRIER 51FT250 2 T/R 1995N37015 1R9503378  

160TRANSPORTA

CION CARRIER 51HKD336 3 T/R 2798N962191R9802110

6 7000123517

161LABORATORI

O ELEC. CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802112

5 7000123488

162LABORATORI

O ELEC. CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N962191R9802113

0 7000123489

163OF. TALLER ELECTRICO CARRIER 51HKD36 3 T/R 2095N37631 1R9503346  

164TALLER ELEC.

AULA CARRIER 51FT225 2 T/R 1995N37018 1R9503382  

165OF. TALLER ELECTRICO CARRIER 51HKD36 3 T/R 2798N96219

1R98023567 7000123670

166 BODEGA CARRIER RS-125 1 T/R 3098N127261R9802356

7  

167 COMEDOR   1.5 T/R  1495N34929    

168MANDOS MEDIOS FREYVEN S125500 1 T/R 1294N01192   1I9202601

169OF. INST. DE

CONTROL FREYVEN S360-500 3 T/R 120038863   119202558

170OF. INST. DE

CONTROL TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT000551R0102345

7 7000209491

171OF. DE

SECRETARIAS CARRIER RS25 2 T/R 2898N086951R9802100

6 7000123458

172SALA DE

JUNTAS(DICA)    2 T/R 2095N375591R8401058

6  

173OF. DE ING.

CIVIL TRANE TAW024A10 2 T/R LAFT001531R0102345

8 7000209492

174ING. CIVIL

CAMPO   2 T/R 2898N087931R9802101

1 7000123397

175ING. CIVIL

CAMPO   2 T/R 2898N088271R9802099

8 7000123411

176ING. CIVIL

CAMPO CARRIER RS-125 1 T/R 3098N129221R9802104

0 7000123384

177ING. CIVIL

CAMPO FREYVEN   1 T/R 1R84012082   7000123306

178ING. CIVIL

CAMPO CARRIER   2.5 T/R 1R84019475    

179TALLER

CARPINTERIA CARRIER   2.5 T/R 5197N018011R8401947

5  

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

180OFICINA

CARPINTERIA CARRIER CF225511 2 T/R 1198N009041R8401078

1 7000123610

181BODEGA

CARPINTERIA CARRIER RS125 1 T/R 3098N127241R9602356

2 7000123669

182BODEGA PINTURA CARRIER RS-125 1 T/R 3098N12926

1R98023560 7000123663

183OFICINA DE

PINTURA FREYVEN S360-500 3 T/R 1R84012115   7000123562

184OFICINA DE ALBAÑILES CARRIER   3.5 T/R 1R9503388

1R84010704  

185BODEGA

ALBAÑILES CARRIER RS-125 1 T/R 3098N129301R9802356

1 7000123664

186OFICINA DE ALBAÑILES TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT00190

1R01023438 7000209472

187

SERVICIOS GRALS Y ADMON

PATRIMONIAL

CARRIER

  2 T/R 2898N08795 1R9802103

3 7000123426

188OF. JARDINES

Y COL. TRANE TAW018A10 1.5 T/R LKMT000651R0102344

4 7000209478

189

OF. JEFATURA INSP.YSEG

TRANETAW024A10 2 T/R LAFT00341

1R01023456 7000209490

190OFICINA DE VIGILANCIA CARRIER   1 T/R 41941122482

1R84012460 7000123525

191CONTROL DE

GESTION TRANE TAW018A10 2 T/R LKCR254961R0102340

9 7000209443

192

MODULO DE REANUDACIO

N (PTA #1)REALVEN

  1 T/R 3098N127221R9802109

93111R9802109

9

193 PTA #1 CARRIER    1.5 T/R 3098N129211R9802356

9 7000123661

194

SERV. MED. (EXAMEN DE ADMICION)

CARRIER (CONFORT)   2 T/R 1198N00896

1R98023111 7000123680

195SERVICIO MEDICO CARRIER   1.5 T/R 1495N34923

1R84012200 3111R9503414

196SERVICIO MEDICO CARRIER   3 T/R 2798N96219

1R98021093 7000123577

197

SERVICIO MEDICO (CONS.

DOCTOR)

CARRIER

  2 T/R NO LEGIBLE1R8401241

1 NO LEGIBLE

198

SERVICIO MEDICO

(COMEDOR)PAYNE

  1 T/R NO LEGIBLE1R8401051

5 S/N

199

SERVICIO MEDICO

(CAMILLAS)CARRIER

RS-125 1 T/R 3098N129281R9802110

8 7000123576

200

SECTOR #6 (AREA

OPERACIÓN)REALVEN

  1.5 T/R 2498N088631R9802088

03111R9802088

0

201 ECOLOGIA FREYVEN   2 T/R  1R8401236

1 7000123522

202

OFICINA MANTTO.

PRIVADO "MZ"CARRIER

  1 T/R 0697N586991R8401244

0 7000123527

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203

OPERADOR DE

VARADERO CR3 P-14´

CARRIER

RS-18 1.5 T/R 2498NO88921R9802089

53111R9802089

5

204CASA DE

BOMBAS #2 NO LEGIBLE     NO LEGIBLE S/N S/N

205

LAB. DE PRUEBAS NO DESTRUCTIVA

S

FREYVEN

  2 T/R F10033815 S/N S/N

206COMICION

MIXTA ERVEN   1 T/R 129721R8401204

6 7000123736

207SITSI

(COMEDOR) FREYVEN   2 T/R NO LEGIBLE1R8401235

4 311102249

208

G.C.M (MANTTO

PTAS, MEC)CARRIER

  3 T/R 2798N962191R9802108

13111R9802108

1

209CLASIFIC GROUP CARRIER   1.5 T/R 2498N08825

1R98020867 7000123329

210

G.C.M (MANTTO.

INSTRUMENTOS)

REALVEN

  1.5 T/R 2498N088251R9802088

7 311R98020867

211

LABORATORIO ANAL. TURNO

FREYVEN  1.5 T/R 2498N08896

1R98020898 7000123302

212

LABORATORIO MAQ. DE OCTANO

CARRIER  2.5 T/R 2497M01147

1R97015663 7000123259

213 ANALITIC. CARRIER    1.5 T/R  1R8401203

9 7000123588

214

LABORATORIO ANAL. DIURNO

FREYVEN  2 T/R 8225500

1R84012379 311102415

215

LABORATORIO DE

CONTROLCARRIER

51FTB118-351 1.5 T/R GO-271033311-1R-

84023282  

216

SECTOR #1 (JEFE DE SECTOR)

CARRIER  1 T/R 2097N01187 S/N S/N

217 PTA "MB"ERVEN

  1 T/R 129714R8401205

6 7000123738

218

CASETA DE ANALIZ 110-

AH-02

CUSTOM CONTROLS COMPANY CAS60CD2-4-10   COO1502BS    

219

ANAL. DE GASES DE CHIMENEA

"BA"

YORK

  1/2 T/R920Rd206003

6 S/N S/N

220

ANAL. DE GASES DE CHIMENEA

"BA"

YORK

  1/2 T/R920Rd206003

5 S/N S/N

221

ANAL. DE GASES DE CHIMENEA

"MF"

CARRIER

  2 T/R  NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE222 CASETA CUSTOM CAS36CD2-4 3 T/R F004222BS    

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ANALIZ 130-AH-02

CONTROLS COMPANY

223ANAL. DE

GASES U-120 FRIEDRICH 92000403 (8/97)  1.5 T/R      

224CUARTO DE

CAMBIO "CA" CARRIER   1.5 T/R 130985022 S/N S/N

225

U-900 CUARTO DE

ANALIZADORES

SCIENTIFIC SYSTEM

AC1/AC/2401  1.5 T/R JDES13742 S/N S/N

226

HDI GABINETE ANALIZADOR

150-AT-8612/9002

CARRIER

435PSI299001 1.5 T/R 73GC501182 S/N S/N

227

U-600 GABINETE

ANALIZADOR 021-AT-9003

CARRIER

3512PL49501 1 T/R NO LEGIBLE S/N S/N

228

U-500 GABINETE

ANALIZADOR 140-AH-8800

MARC. K2A3C20NP59R-BCD2 1.5 T/R 

PCABJB07694805 S/N S/N

229

U-500 GABINETE

ANALIZADOR 140-AH-8603

FRIEDRICH

  1 T/R NO LEGIBLE S/N S/N

230

U-600 GABINETE

ANALIZADORYORK

  1/2 T/R 9.20E+13 S/N S/N

231

OFIC. SECTOR #3

(OPERACIÓN)FREYVEN

  3 T/R S/N S/N S/N

232

OFIC. SECTOR #4

(INGENIEROS)CARRIER

  1.5 T/R NO LEGIBLE1R0125897

6 31112034976

233ANAL. DE

GASES U-040 CARRIER   1/2 T/R T3GS011234 S/N S/N

234

GABINETE ANAL. 050-AH-

01FRIEDRICH

  1 T/R      

235

GABINETE ANAL. 060-AH-

01FRIEDRICH

  1 T/R      

236

GABINETE ANAL. 060-AT-

12FFRIEDRICH

  2 T/R      

237

GABINETE ANAL. 060-AH-

02FRIEDRICH

  1 T/R      

238

GABINETE ANAL. 060-AT-

13FFRIEDRICH

  2 T/R      

239 PTA "MTBE" CARRIER 3612PSL5970 1.5 T/R  NO LEGIBLE1R7205781

2 S/N

240 PTA "TAME" CARRIER 462105B923  1.5 T/R NO LEGIBLE1R8316892

3 S/N241 ANALIZADOR

"CP" (AGUA CARRIER   2 T/R NO LEGIBLE NO

LEGIBLENO LEGIBLE

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DE ALIMENT.)

242

CASETA ANALIZADORA

"CP" ED-600TRANE

TAW018A10 1.5 T/R LKMT002461R0102341

9 7000209453

243ANALIZADOR MD UDA-100 REALVEN   1.5 T/R 2498N08898

1R98020896

3111R98020896

244

CONTROL LOCAL TURBO

1   1 T/R   311-102211 1R84010994

245

CONTROL LOCAL TURBO

2   1 T/R  311-1R-

98021100  

246

EXCONSOLA DE

OPERADORES TERMO 1

CARRIER

  1.5 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

247

EXCONSOLA DE OP. TERM.

1 (AFUERA TIRADO)

CARRIER

  3 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE 311101981

248CONTROL

LOCAL TG-4 TRANE TAW024A10 3 T/R LAFTOO642 1R023454 7000209488

249 TERMO 1 CARRIER   1 T/R 3098N129371R9802110

0 7000123380

250 TERMO 1 TRANE   2 T/R LAFT006421R0102345

4 7000123488

251 TERMO 1 YORK   2.5 T/R  1R9701567

1 7000123750

252 T. ENF. CLFREYVEN

   1.5 T/R  1R0102345

5 7000237724

253

CONTROL LOCAL

TURBO 5 (TERMO 2) 16075-PAC-

03A

YORK

  1 T/R JK03197082 S/N S/N

254

CONTROL LOCAL

TURBO 5 (TERMO 2) 16075-PAC-

03B

YORK

  1 T/R JK03197107 S/N S/N

255

CONTROL LOCAL

TURBO 6 (TERMO 2) 16075-PAC-

04A

YORK

  1 T/R JK03197270 S/N S/N

256

CONTROL LOCAL

TURBO 6 (TERMO 2) 16075-PAC-

04B

YORK

  1 T/R JK03197030 S/N S/N

257 MP TG-1 CARRIER   1 T/R C100293681R8401099

4 7000123568

258 PTA "CP" CARRIER   1.5 T/R 3594N281171R8401238

0 7000123339

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259TERMOELECT

RICA CARRIER   2.5 T/R 1798N007091R9802312

9 7000123683

260

TRATADORA DE AGUA PTA

"MD"CARRIER

  1.5 T/R NO LEGIBLE1R8743028

03111R8743028

0

261

GABINETE ANALIZADOR CEMS U-10

MAYA

YORK

  1/2 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

262

GABINETE ANALIZADOR CEMS U-10

MAYA

CARRIER

  1 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

263

GABINETE ANALIZADOR CEMS U-10

MAYA

FRIEDRICH

  1 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

264

UNIDAD ACONDICIONA

DORA DE MUESTRAS U-10 MAYA

TAG: 01-AH-01

FILTRINE MANUFACTIRING

COMPANY

PCP-200-30A-XP 1/4 T/R 8572-1/00 S/N S/N

265

CUARTO ANALIZADOR

DE MUESTRAS 010 MAYA

TAG: 010-AH-01

CUSTOM CONTROLS COMPANY

CAS-36-CD 3 T/R C001499B51R0302833

3 S/N

266

UNIDAD ACONDICIONA

DORA DE MUESTRAS U-10 MAYA

TAG: 01-AH-02

FILTRINE MANUFACTIRING

COMPANY

PCP-200-30A-XP 1/4 T/R 8572-2/00 S/N S/N

267

CUARTO ANALIZADOR

DE MUESTRAS 010 MAYA

TAG: 010-AH-02

CUSTOM CONTROLS COMPANY

CAS72-CD2-4-7 6 T/R G004684B51R0302833

4  

268

GABINETE ANAL. CEM U-100 PTA

"FCC2"

FRIEDRICH

  1 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

269

OFICINA SECTOR 9 MANTTO

CARRIER  3 T/R NO LEGIBLE

NO LEGIBLE NO LEGIBLE

270

GABINETE ANALIZADOR

CEM U-30YORK

  1/2 T/R92ORd206004

3 S/N S/N

271

GABINETE ANALIZADOR

CEM U-90FRIEDRICH

  1 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

272

GABINETE ANALIZADOR

CEM U-90FRIEDRICH

  2 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

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273

GABINETE ANALIZADOR

CEM U-23FRIEDRICH

  1.5 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

274

GABINETE ANALIZADOR TAG: 080 AT-

682

MARC CLIMATIC CONTROLS WAC47-0626-G002-

MD2  2 T/RPWACHB1823

4027 S/N S/N

275

GABINETE ANALIZADOR

CEM U-80CARRIER

  1 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

276

GABINETE ANALIZADOR

CEM U-80CARRIER

  1 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

277

GRUA #1 ALMEJA

LADO PLAYALINTERN CORP

21334SC  1.5 T/R 212490132 S/N S/N

278

GRUA #2 ALMEJA

LADO MADERO

LINTERN CORP

21334SC   212490232 S/N S/N

279

GABINETE ANALIZADOR

CEM U-20YORK

  1 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

280

CUARTO DE BALANCEO

TALLER MEC.REALVEN

  1.5 T/R 2498N088841R9802086

3 7000123606

281OF. CENTRO

DE COMPUTO CARRIER   1 T/R NO LEGIBLE1R8401246

1 7000123526

282OF. MANTTO MECANICO CARRIER   1.5 T/R 1298N00566 S/N 311R98017160

283BODEGA DE

TUBERIA CARRIER   1.5 T/R  1R0102344

3  

284

BODEGA TALLER

MECANICOCARRIER

  3 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE 311102361

285

MAQUINAS HERRAMIENT

ASFREYVEN

  1.5 T/R NO LEGIBLE1R8401204

0 NO LEGIBLE

286OFICINA DE TALLERES CARRIER   2.5 T/R 1496NOO746 1R9017169 311R9901769

287

OFICINA TALLERES (SALA DE JUNTAS)

CARRIER

  1.5 T/R NO LEGIBLE1R8401557

1 NO LEGIBLE

288OFICINA

TALLERES ERVEN   1 T/R 129481R8401204

7 7000123737

289

OFICINA TALLERES (SALA DE JUNTAS)   2.5 T/R  

1R98020985  

290

OFICINA TALLERES (SALA DE JUNTAS)

CARRIER

  1.5 T/R NO LEGIBLENO

LEGIBLE NO LEGIBLE

291 TALLERES CARRIER   2.5 T/R 1498N006761R9801715

9 7000123395

292OFICINA ING.

CIVIL CARRIER   1 T/R S/N1R8401208

23 3111R003574

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

293OFICINA ING.

CIVIL CARRIER   2 T/R NO LEGIBLE 1R840194 S/N

294 ING. CIVIL ERVEN   1 T/R 129691R8401206

2 7000123740

295 ING. CIVIL FREYVEN   1.5 T/R F00252921R8401206

6 7000123724

296 ING. CIVIL FREYVEN   1.5 T/R F00255861R8401206

7 7000123725

297

SALA DE JUNTAS

(PRIVADO) ING. CIVIL

FREYVEN

  1.5 T/R S/N1R8401234

7 3111R12074

298

SALA DE JUNTAS

(PRIVADO) ING. CIVIL

CARRIER

  1.5 T/R LAFT001531R0102346

8 7000209492

299

PTA #2 REANUDACIO

NESCARRIER

  1.5 T/R 1495N551361R8481076

3 3111R0503373

300 GASOLINERA CARRIER     NO LEGIBLE1R9802099

43111R9802099

4

301 CUADRILLAS CARRIER     1495N351341R8401077

9 7000123716

302

ALMACEN CARGO

DIRECTOFREYVEN

     1R8401056

2 7000123709

303CAMBIADORES DE CALOR CARRIER   1.5 T/R 1498N00697

1R98023103 7000123674

304 COBRERIA CARRIER   1.5 T/R 2498N088711R9802089

0 7000123318

305SALA DE JUNTAS CARRIER   3 T/R 2798N96219

1R98021137 7000123518

306 ALMACEN FREYVEN   1 T/R 1200389261R8401207

6 7000123741

307 ALMACEN "B" YORK      1R8401056

3 7000123710

308ALMACEN

VIEJO FREYVEN   1 T/R S/N1R0209830

1 3111R3098301

309

CONTRAINCENDIO JEFE TECNICO

MIRAGE    NO LEGIBLE

NO LEGIBLE NO LEGIBLE

310

OF. MANDOS MEDIOS CON.

INCENDIOCARRIER

  1.5 T/R 2798N962191R9802113

43111R9802113

4

311

BODEGA CONTRA

INCENDIOCARRIER

  2.5 T/R 2893X078241R8401222

3 3.11E+11

312

AULA CONTRA

INCENDIOFREYVEN

  2 T/R 13045304331R8401222

4 3.11E+14

313

AREA DE LOKERS CON.

INCENDIOTRANE

  3 T/R LAFT003411R0102345

6 7000209490

314ALMACEN

PROYECTOS CARRIER   2 T/R S/N185761R84

010559 S/N

315ALMACEN

PROYECTOS ERVEN   2 T/R S/P S/N S/N

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

316

OFICINA. SUPT. DE

OPERACIÓNREALVEN

RS-118-511 1.5 T/R 2498NO88891R9802087

6 S/N

317 TALLERES CARRIER      1R8401055

6 7000123705

318 ECOLOGIA FREYVEN   3 T/R G00371351R8401206

8 7000123755

319 RECEPTORIA CARRIER     5298N009131R8402185

8 7000123589

320GABINETE

ANALIZADOR CARRIER     5298N009121R8402186

2 7000123590

321 M.R.P.2 CARRIER      1R9801076

3 7000123611

322INSTRUMENT

OS CARRIER   1.5 T/R 2498N088171R9802085

1 7000123685

323 BODEGA 6 CARRIER     3098N129401R9802357

1 7000123655

324 UPH FREYVEN   3 T/R I200387961R8401233

4 7000123502

325 SUB - JEFE CARRIER   3 T/R 2798N962191R8402109

2 7000123513

326 OFICINA CARRIER   3 T/R 2095N376311R8401224

1 7000123512

327 BODEGA FREYVEN   3 T/R H00344241R8401219

1 7000123511

328 EX - MH CARRIER   3 T/R 2798N962191R9802112

1 7000123501

329

BODEGA DE TRASPORTAC

IONCARRIER

51FT-25 2 T/R 1995N370151R8401215

6 S/N

330

CONTENEDOR #2 "PEMEX

SECA"CARRIER

  2 T/R28NOON4160

51R9802091

3 S/N

331 COMEDOR CARRIER   1.5 T/R 195N349291R8401219

7 7000123333

332 CALIDAD FREYVEN   1.5 T/R L90233511R8401944

2 7000123266

333 CUARTO 7 CARRIER   1 T/R 309N129291R9802109

8 7000123378

334 CUARTO 8 CARRIER   1 T/R 3098N127221R9802109

9 7000123379

335

TALLER MECANICO

BODEGACARRIER

  3 T/R 2798N962191R9802104

9 7000123466

336 JEFATURA CARRIER RS-25 2 T/R 2898N088231R9802102

6 7000123460

337INSTRUMENT

OS FREYVEN   3 T/R I200388631R8401221

9 7000123514

338INSTRUMENT

OS FREYVEN   1 T/R 1294N011921R8401221

8 7000123388

339 CUARTO 17 CARRIER   1 T/R 2998N121681R9802109

5 7000123376

340 PTA "MP" CARRIER   2 T/R 2898N088361R9802101

9 7000123401

341REANUDACIO

NES CARRIER   1 T/R 2998N12165 1200_77297 7000123575

342 RECEPTORIA CARRIER   3 T/R 2498N00869 1R8401713 7000123573

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1

343 PTA "MZ" CARRIER   2 T/R 2898N088051R9802101

6 7000123399

344

CONTENEDOR #3 "PEMEX

SECA"CARRIER

  1.5 T/R 3400NO51041R8401075

9 S/N

345 CONTRATOS FREYVEN   1.5 T/R H00266991R8401211

1 7000123698

346 CLUB CARRIER   3 T/R F1756771R8401239

0 7000123559

347

CASA DE BOMBAS #1

(CUARTO DE CTL)

CARRIER

  1 T/R 1297NO20511R8401232

8 7000123237

348

CASA DE BOMBAS #1

(CUARTO DE CTL)

CARRIER

  1.5 T/R C5D030002661R9601243

8 7000123236

349SALA DE JUNTAS FREYVEN      

1R84012329 7000123238

350

ANEXO BUNKER I

(A UN LADO DE OF.

BUNKER INTEG.)

CARRIER

  1 T/R   S/N S/N

351

CASA DE BOMBAS #8

(OPERACIÓN)CARRIER

         

352

SALA DE VIDEOCONFERENCIAS DE SUPTCIA DE

MANTTO.

FREYVEN

  2 T/R   1R0003120  

353OFICINA JEFE

DE LA UEP CLASSIC          

OFNAS. EX SUPTCIA. GRAL. DE OBRAS Y PROYECTOS

354PRIVADO ING.

ÁVILA CARRIER   2 T/R   1R023318  

355PRIVADO ING.

AVILA          

356

SALA DE ESPERA S.G.O.P

CARRIER  2 T/R   1R0123320  

357AREA DE INGRIA. FREYVEN   1.5 T/R  

1R84012021  

358SALA DE JUNTAS CARRIER   3 T/R  

1R01023321  

359PRIVADO ING.

OLVERA YORK   1.5 T/R  1R9701566

6  

360

AREA DE SUPERVISOR

ESCARRIER

  1.5 T/R   1R010559  

361

AREA DE SUPERVISOR

ESCONFORT

  1.5 T/R  1R0102731

4  

362 AREA DE CARRIER   1.5 T/R   1R0102731  

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SUPERVISORES 3

363

APOYO ADMINISTRATI

VOTRANE

  2 T/R  1R0102730

7  

364RESIDENCIA

DE OBRA TRANE   2 T/R  1R8401057

1  

365

AREA DE CONTROL

FINANCIEROCLASSIC

  2 T/R   1R015677  

366

AREA DE CONTROL

FINANCIEROCARRIER

  1.5 T/R  1R0102731

7  

367

AREA DE ANALISIS DE

P.U. Y P.ICARRIER

  2 T/R  1R0102731

6  

368

AREA DE ANALISIS DE

P.U. Y P.ICONFORT

  2 T/R  1R0102730

6  

369 COCINAGENERAL ELECTRIC   1.5 T/R   

4R84059833  

370

CASA N° 11 COL. ARBOL

GRANDE.CARRIER

  1.5 T/R  1R9802310

4  

371

CASA N° 11 COL. ARBOL

GRANDE.CARRIER

  1.5 T/R  1R9802310

6  

372

CASA N° 11 COL. ARBOL

GRANDE.CARRIER

  1.5 T/R  1R9802310

5  

373

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

FREYVEN  2 T/R  

1R84010545  

374

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

FREYVEN  2 T/R  

1R84010549  

375

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

FREYVEN  2 T/R  

1R84010550  

376

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

FREYVEN  2 T/R  

1R84010551  

377

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

CARRIER  2 T/R   1R8401553  

378

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

CARRIER  2 T/R  

1R84010923  

379

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

CARRIER  2 T/R  

1R84010924  

380

CASA N° 429 COL. EL BOSQUE

WIRPOLL   2 T/R   1R8400008  

381 CASA 431 CARRIER   2 T/R  1R9802357

2  

382 CASA 431 CARRIER   2 T/R  1R9802357

4  

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383 CASA 431      4R8417001

2  

384 INGENIERIA CARRIER   2 T/R   1R0123322  

385 INGENIERIA FREYVEN   2 T/R  1R8401052

2  

386ORDENES DE

TRABAJO TRANE   2 T/R  1R0102332

4  

387 INGENIERIA TRANE   2 T/R  1R0102332

6  

388 INGENIERIA YORK   2 T/R  1R0102730

9  

389

GERENCIA PROYECTO

MADEROCARRIER

  2 T/R  1R0102332

5  

390 INGENIERIA CARRIER   2 T/R  1R8401053

1  

391 PROCURA CARRIER   2 T/R   1R023319  

392

CONTROL DE DOCUMENTO

STRANE

  2 T/R  1R8401056

5  

393

CONTROL DE DOCUMENTO

SCARRIER

  2 T/R  1R8401057

0  

394

CONTROL DE DOCUMENTO

STRANE

  2 T/R  1R8401056

7  

395 INFORMATICA CARRIER   2 T/R   1R023323  

396 INGENIERIA CARRIER   2 T/R  1R8401055

7  

397 INGENIERIA CARRIER   5 T/R  1R0102332

7  

CASETAS ANALIZADORAS

398

CASETA ANALIZADORA

N°1 16081 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      

399

CASETA ANALIZADORA

N°2 16082 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      

400

CASETA ANALIZADORA

N°3 16083 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      

401

CASETA ANALIZADORA

N°4 16084 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      

402

CASETA ANALIZADORA

N°5 16085 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      403 CASETA

ANALIZADORA N°6 16086

YORK Y3US18-6A 1.5      

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

PAC-01A

404

CASETA ANALIZADORA

N°7 16087 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      

405

CASETA ANALIZADORA

N°8 16088 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      

406

CASETA ANALIZADORA

N°9 16089 PAC-01A

YORK

Y3US18-6A 1.5      

407

CASETA ANALIZADORA

N°1 16081 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

408

CASETA ANALIZADORA

N°2 16082 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

409

CASETA ANALIZADORA

N°3 16083 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

410

CASETA ANALIZADORA

N°4 16084 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

411

CASETA ANALIZADORA

N°5 16085 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

412

CASETA ANALIZADORA

N°6 16086 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

413

CASETA ANALIZADORA

N°7 16087 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

414

CASETA ANALIZADORA

N°8 16088 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

415

CASETA ANALIZADORA

N°9 16089 PAC-01B

YORK

Y3US18-6A 1.5      

COL. EL BOSQUE (REFRIGERADORES)

416 CASA # 443 

   4R8419857

5 7000226924 

417 CASA # 332 PUSE S.A. 5-I973II0    161522/120

0_79875 7000212075

418 CASA # 332 G.E. COMPANY 9808A064697    4R8405108

0 7000220406

LABORATORIO DE CONTROL

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

419

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HAD-628 1/8 HP   2R9908338 CDA-4

420

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HDA-626 1/8 HP  2R9797500

32 CDA-1

421

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HAD-628 1/8 HP  2R9707503

1 TODA-2

422

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

MP-628 1/8 HP  2R9908833

9 CDA-3

423

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HAD-628 1/8 HP  2R9707514

6 CDA-2

424

DESTILADOR ATMOSFERIC

OHERZOG

  1/8 HP   S/NO. 180-A1-002

425

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HAD-628 1/8 HP   S/No. 180-A1-002

426

CONGELADOR

HORIZONTAL

RHEEM MAN. COMP. ULT12 1/3 HP S077437 311-1-43386  

427

MAQUINA DE BAJA

TEMPERATURA

LAWLER MAN. COMP.

644 1 HP 9001/9972R 311-088443 CEN-3

428

MAQUINA DE HIELO EN

CUBOSSCOTSMAN

CME 656 AS-32D 1 HP 342785-83C 2R 088912 CMH-2

429DESTILADOR

MANUAL   ½ HP   41 201 483 CCD-8

430DESTILADOR

MANUAL   ½ HP     CCD-7

431DESTILADOR

MANUAL   ½ HP     CCD-7

432

BAÑO DE ENFRIAMIENT

OLAUDA

RK8CS 1/8 HP      

433

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAAKE-V

002-9819    2R

98081645 CBR-1

LABORATORIO TANQUES OFICIALES

434

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HDA-628   976283652R

97075147 TODA-1

435

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HDA-628   26281519    

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

436

APARATO DE CONGELACIÓ

N Y ESC.

KOEHLER INST. COMP. K46300   8144/976

CBM1-2R9707149

3 TOEN-2

437

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HDA-628   26281521    

438

DESTILADOR ATMOSFERIC

O AUTOMATICO

HERZOG

HDA-628   26281522    

439

APARATO DE TEMPERATURA DE CONG.

HERZOGHPC-852   RL10CH A03004  

440

BAÑO DE RECIRCULACI

ONNESLAB

RTE-111   1002310441.34103E+1

1 TOBR-3

441

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAAKE-V

002-9819   2R

98081644 TOBR-2

LABORATORIO EXPERIMENTAL

442

APARATO DE CONGELACIO

NHERZOG

RL6 CH    2R

00088922 EAAPE-1

443

BAÑO DE RECIRCULACI

ONPRECISION

     2R

84013815 EBR-2

444

BAÑO DE RECIRCULACI

ON

POLYSCIENCE

     

311-7000216270

-2R9604652

9 BATH-140

445

DESTILADOR AUTOMATICO ATMOSFERIC

O

HERZOG

HDA-628    2R0008889

9 EDAH-1

446

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAAKE-V

002-9819    2R

90046522 EBR-7

447

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAAKE-K

002-7101    2R9604652

9 EBR-6

LABORATORIO ANALITICO DIURNO

448

DESHUMIDIFICADOR

AUTOMATICO

EMERSON QUIET KOOL         DH-1

449

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAKKE-V

002-9819     2R9-046524 Abr-07

450

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAKKE-V

002-9819     2R9-046525 Abr-06

451

BAÑO DE RECIRCULACI

ON

TERMO HAAKE-K-20      

12 0020084005 Abr-11

452 DESHUMIDIFICADOR

EMERSON QUIET KOOL

        DH-2

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

AUTOMATICO

LABORATORIO ANALITICO DE TURNO

453

BAÑO DE RECIRCULACI

ON

PRECISION CIRC. SIST.      

2R84013949 BR-1

454

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAAKE-V

002-9819    2R9004652

1 Abr-08

455MAQUINA DE HIELO FRAPE CORNELIVE AF-725PSCR    

2R00088837  

LABORATORIO DE ABSORCION ATOMICA

456

BAÑO DE RECIRCULACI

ONAFFINITY

RAA-007C-CE01CB   8393   E-1-ICP

457

BAÑO DE RECIRCULACI

ON

PRECISION SCIENTIFIC LO-TEMPTROL 154    

2R 84013913 BR-3

458REFRIGERAD

OR PRECISION       2R4013774 AR-2

LABORATORIO DE ANALISIS DE AGUA

459

BAÑO DE RECIRCULACI

ON

TERMO HAAKE-K-20     1.2002E+11    

460

BAÑO DE RECIRCULACI

ÓN

TERMO HAAKE-K-20     1.2002E+11   Abr-12

461

BAÑO DE RECIRCULACI

ONHAAKE-V

002/9819     2R08’47523 Abr-05

462

BAÑO DE RECIRCULACI

ONNESLAB

RTE-221    2R0008908

5 Abr-09

463REFRIGERAD

ORFISHER CIENTIFIC

ISOTEMP      2R0108832

7 AR-1

464 INCUBADORA BLUE-M      2R8401378

2 AIN-1

465 INCUBADORA SHEL LAB 2005 1/8 HP  2R-

96046539 AIN-2

ENFRIADORES DE AGUA :

466OFICINA DE VIGILANCIA PURESA   1/8 HP 3341195

4R01223498 7000209623

467OFNA CABOS VIGILANCIA PURESA   1/8 HP S/N

4R01223499 7000209624

468

SERV. MED. (EXAMEN DE ADMICION)

PALOMATIC  1/8 HP S/P

4R84047541 3.11419E+11

469AREA DE CALIDAD PURESA   1/8 HP S/P

4R84024660 7000213658

470RECURSOS

FINANCIEROS PURESA   1/8 HP  4R9716151

8 7000211716

471RECURSOS

FINANCIEROS PURESA   1/8 HP 33411924R0122346

6 7000209590

472RECURSOS

FINANCIEROS PURESA   1/8 HP 334119244R0122347

5 7000209600

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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473RECURSOS

FINANCIEROSGENERAL ELECTRIC ENA504 1/8 HP NO LEGIBLE

4R84045962 311407055

474RECURSOS

FINANCIEROSGENERAL ELECTRIC   1/8 HP  

4R84045760 311410126

475

RECURSOS FINANCIEROS

(COCINA)

GENERAL ELECTRIC EGE604 1/8 HP 9407EE01416

4R84024470 7000212199

476

RECURSOS FINANCIEROS (TESORERIA)

PURESA  1/8 HP S/P

4R84046028 7000125735

477

RECURSOS FINANCIEROS (TESORERIA)

PURESA  1/8 HP 33411568

4R01223497 7000209622

478

RECURSOS FINANCIEROS (TESORERIA)

PURESA  1/8 HP 33411919

4R01223468 7000209592

479

REC. FINANCIEROS (PRESUPUES

TOS)

PURESA

  1/8 HP 334110454R0122346

7 7000200591

480

REC. FINANCIEROS (AUDITORIA)

MABE  1/8 HP 120259986

4R01212917 70002106100

481

REC. HUMANOS (JEFATURA

UNIDAD)

PURESA

  1/8 HP 51973174R9716151

2 7000211940

482RECURSOS HUMANOS PURESA   1/8 HP 33411938

4R01223444 7000209569

483

RECURSOS HUMANOS

(AGENCIA #3)PURESA

  1/8 HP 334119484R0122344

5 7000209570

484

RECURSOS HUMANOS (ARCHIVO)

GENERAL ELECTRIC ENA003 1/8 HP E4652

4R84046873 311400810

485

REC. HUMANOS

(CAP. Y DESARROLLO

)

PURESA

  1/8 HP 334119294R0122349

0 7000209615

486SERVICIO MEDICO

GENERAL ELECTRIC ENO000 1/8 HP F0137

NO LEGIBLE NO LEGIBLE

487 BIBLIOTECA PURESA   1/8 HP 334119614R0122366

2 7000209586

488 COPIAS NO LEGIBLE   1/8 HP NO LEGIBLE4R8405222

0 7000213710

489DEPTO. DIBUJO PURESA   1/8 HP 33411972

4R01223460 7000200585

490

SECTOR #6 (AREA

OPERACIÓN)PURESA

  1/8 HP 334119311R0122345

6 7000209581

491

OFICINA MANTTO.

(INGENIEROS) "MZ"

PURESA

  1/8 HP 3409757 S/N 311408915

492

OFICINA OPERADORES

"MZ"PURESA

  1/8 HP 334119254R0122345

2 7000200577

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493

CASA DE BOMBAS #1

(CUARTO DE CTL)

PURESA

  1/8 HP 334119494R0122347

7 7000200002

494CASA DE

BOMBAS #2 PURESA   1/8 HP 37922114R8402451

2 7000212088

495COMICION

MIXTA PURESA   1/8 HP 33411524R0122351

1 7000209636

496OFICINA DE ECOLOGIA PURESA   1/8 HP 3341197

4R01223465 7000299589

497SUPTCIA DE

QUIMICA PURESA HCR-320 1/8 HP 519731184R9716150

6 7000211885

498SECTOR #1

OFICINA PURESA   1/8 HP 46554104R8405157

6 7000212486

499TORRE DE ENF. D-103 PURESA   1/8 HP 334212976

4R01223427 7000209565

500 ALMACEN #4 PURESA   1/8 HP S/N4R8404371

5 311409972

501

LABORATORIO GRAL. SUPTCIA QUIMICA

PURESA

AC-300 1/8 HP 51953116 4NR161506 S/N

502

GRUPO DE INGENIERIA

DE REPARACION

ES

PURESA

  1/8 HP NO LEGIBLE4R8404426

2 7000213230

503

SUPTCIA DE MANTTO

RECEPCIONPURESA

  1/8 HP NO LEGIBLE4R0122346

4 7000209588

504SUPTCIA DE

MANTTO PURESA   1/8 HP 5745574R9716150

9 7000212144

505

OFIC. SECTOR #3

(OPERACIÓN)PURESA

  1/8 HP 334119774R0122342

9 7000209566

506

OFIC. SECTOR #4

(INGENIEROS)PURESA

  1/8 HP NO LEGIBLE4R0122345

5 7000209580

507"CP" P-6

OPERADORES PURESA   1/8 HP 334119134R0122344

2 7000209567

508TORRE DE

ENF. DE-100 PURESA   1/8 HP 334119554R0122345

7 7000200582

509

OPERADOR DE TURBO

1,2,3PURESA

  1/8 HP 334119464R0122345

3 7000209578

510

"MP" (OFIC. OPERACIÓN

MLA)PURESA

  1/8 HP 37922104R8404428

4 7000213304

511

OFICINAS BUNKER

INTEGRACIONPALOMATIC

  1/8 HP E55424R8404704

9 7000212005

512

OFICINAS BUNKER

INTEGRACION

GENERAL ELECTRIC   1/8 HP S/N

0R00032438 S/N

513

CASETA OP. (PROVOX PTA "CP")

PURESA  1/8 HP 3488520

4R84051122 7000237554

514 EXCONSOLA PURESA   1/8 HP 33411915 4R0122347 7000209594

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

DE OPERADORES

TERMO 1 0

515

CASA DE BOMBAS

"MDJ"PURESA

  1/8 HP 334119624R0122349

6 7000209621

516

CASA DE BOMBAS

"MDJ"PURESA

  1/8 HP 8325831R9347832

0 3111R2436910

517

OF. ING. SECTOR 7

MAYAPURESA

  1/8 HP 334119144R0122345

4 7000200579

518

OFICINA SECTOR 8 MANTTO

PURESA  1/8 HP NO LEGIBLE

4R97161515 NO LEGIBLE

519

OFICINA SECTOR 10

(INGENIEROS)PURESA

  1/8 HP 334119734R0122344

9 7000209574

520

CASA DE CAMBIO U-20 AREA COKE

PURESA  1/8 HP 33411973

4R01223449 7000209574

521

CASA DE CAMBIO U-20 AREA COKE

GENERAL ELECTRIC   1/8 HP S/N

0R00032379

3114R97161503

522

OFICINA TRASPORTAC

IONPURESA

  1/8 HP NO LEGIBLE4R0122347

8 7000200608

523

OFICINA COMBUSTION

INT.PURESA

  1/8 HP 334119324R0122346

3 7000200587

524

OF. JEFE TECNICO

MECANICOPURESA

  1/8 HP S/N4R8404432

6 7000212344

525OF. MANTTO MECANICO PURESA   1/8 HP 5197319 S/N S/N

526OF. MANTTO MECANICO PURESA   1/8 HP 3341194

4R01223495 7000209620

527OFICINA DE TALLERES PURESA   1/8 HP NO LEGIBLE

4R01223424 7000209562

528OFICINA DE SOLDADURA PURESA   1/8 HP 54119

4R01223504 7000200629

529OFICINA DE

TUBERIA PURESA   1/8 HP NO LEGIBLE4R0122349

3 7000209618

530OFICINA DE

PAILERIA PURESA   1/8 HP NO LEGIBLE4R0122348

1 7000200606

531OFICINA

CARPINTERIA PURESA   1/8 HP S/N4R0122348

4 7000200609

532OFICINA PINTURA PURESA   1/8 HP 33411920

4R01223492 7000200017

533

SALA DE JUNTAS ING.

CIVILNO LEGIBLE

  1/8 HP NO LEGIBLE4R8401075

8 NO LEGIBLE

534CAMBIADORES DE CALOR NO LEGIBLE   1/8 HP NO LEGIBLE

4R01223503 7000200620

535 GASOLINERA PURESA   1/8 HP S/N4R0122348

7 7000269612536 ALMACEN OF.

DESPACHO PURESA   1/8 HP 33411330 4R0122350

87000200633

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

(VIEJO)

537

OFICINA CONTRA

INCENDIOPURESA

  1/8 HP 334119704R0122350

6 7000200631

538

PATIO PONIENTE API OPERADORES

PALOMATIC  1/8 HP S/P

4R84032403 7000130247

539

LAGUNA DE PATOS

CASETA OPERADOR

PURESA

  1/8 HP 334119214R0122350

2 7000209627

540CASA DE

BOMBAS #23 PURESA   1/8 HP S/N4R0122350

0 7000209625

541

CASA DE BOMBAS #8

(OPERACIÓN)PURESA

  1/8 HP S/P4R0122347

6 7000200601

542 BODEGA 5 PALOMATIC   1/8 HP 4356874R8404614

6 7000125726

543 A. DIURNO PURESA   1/8 HP S/N4R8404615

2 7000125727

544

L. EXPERIMENT

ALPURESA

  1/8 HP 34668584R8404609

9 7000125729

545

LABORATORIO ANALISIS

DE AGUAPURESA

  1/8 HP  4R0122346

1 700020596

546

LABORATORIO DE

CONTROLPURESA

  1/8 HP 33431193 4R0223471  

547LABORATORI

O U-40 PURESA   1/8 HP S/N4R8405152

4 7000125736

548LABORATORI

O U-40 PURESA   1/8 HP S/N 311-407834  

549 INDUSTRIAL PURESA   1/8 HP E412784R8404698

3 7000125738

550 CENDIGENERAL ELECTRIC   1/8 HP 7374

4R84046460 7000125741

551PTA.

PROCESO PURESA   1/8 HP 3404774R8404570

9 7000125746

552 MR/TORRE PURESA   1/8 HP S/N0R0008307

3 7000130245

553 SE. 1,2,3 PURESA   1/8 HP S/N 4R0032430 7000130248

554 SEC. #6 PURESA   1/8 HP 334119354R0122342

3 7000209561

555

MAQUINAS HERRAMIENT

ASPURESA

  1/8 HP 334119744R0122342

5 7000209563

556 SECTOR #2 PURESA   1/8 HP 334119374R0122344

3 7000209568

557 MB PURESA   1/8 HP 334119604R0122344

6 7000209571

558 MFA PURESA   1/8 HP 334119344R0122344

8 7000209573

559 HDI PURESA   1/8 HP 334119504R0122345

1 7000209576

560 T.D-100 PURESA   1/8 HP 334119554R0122345

7 7000209582

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

561 CONTROL PURESA   1/8 HP 33411934R0122347

1 7000209595

562AGUAS

RESIDUALES PURESA   1/8 HP 334119514R0122346

1 7000209596

563ANALITICO

TURNO PURESA   1/8 HP 334119264R0122347

2 7000209597

564 OFICINA PURESA   1/8 HP 334119424R0122347

3 7000209598

565

LABORATORIO ANALITICO

DIURNOPURESA

  1/8 HP  4R8404461

52  

566

LABORATORIO ANALITICO

DE TURNOPURESA

  1/8 HP 334119264R

00223472  

567

LABORATORIO

EXPERIMENTAL

PURESA

  1/8 HP  4R

84046099  

568 NOMINAS PURESA   1/8 HP 334119244R0122347

5 7000209600

569 C. BOMBAS #8 PURESA   1/8 HP 334119574R0122347

6 7000209601

570 C. BOMBAS #1 PURESA   1/8 HP 334119494R0122347

7 7000209602

571 T. COBRERIA PURESA   1/8 HP 334119524R0122348

0 7000209605

572 BALANCES PURESA   1/8 HP 334119634R0122348

6 7000209611

573 MF PURESA   1/8 HP 334119674R0122348

8 7000209613

574 OFICINA PURESA   1/8 HP 33411994R0122349

1 7000209616

575 SIST. IND. PURESA   1/8 HP 334119644R0122349

4 7000209619

576C. BOMBAS

#21 PURESA   1/8 HP 334119114R0122350

1 7000209626

577MAQINAS DE

OCTANO PURESA   1/8 HP 334119154R0122350

5 7000209630

578 CENDI PURESA   1/8 HP 334119124R0122350

7 7000209632

579 RECEPTORIA PURESA   1/8 HP 334119274R0122351

0 7000209635

580 P. ECOLOGIA PURESA   1/8 HP 51973184R9716150

4 7000211759

581 O. TALLERES PURESA   1/8 HP 51973144R9701615

15 7000211773

582 T.D-1002 AMERICAN   1/8 HP S/N4R8404459

2 7000211787

583 BUNKER PURESA   1/8 HP 51973164R9716151

7 7000211830

584 P. ECOLOGIA PURESA   1/8 HP 519731114R9701615

13 7000211859

585A/

RECEPTORIA PURESA   1/8 HP 51973114R9701615

14 7000211900

586 BODEGA PURESA   1/8 HP S/N4R8404421

5 7000211913

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

587PAR.

ECOLOGICOPURESA

  1/8 HP 332011024R8404669

1 7000211974

588

LAB. DE PRUEBAS NO DESTRUCTIVA

S

GENERAL ELECTRIC

  1/8 HP 43803394R8404441

4 7000212024

589 L. CONTROL STEELE   1/8 HP S/N4R8404607

8 7000212062

590 CASA #332 PURESA 1/8 HP 519731104R9716152

2 7000212075

591 CALIDAD PURESA   1/8 HP K1179A4R8404489

1 7000212120

592 PTA. #3GENERAL ELECTRIC   1/8 HP S/N

4R84046199 7000212172

593 CASA #416GENERAL ELECTRIC   1/8 HP S/N

4R84044188 7000212237

594MAQUINAS DE

OCTANO PURESA   1/8 HP 1202874R8404612

9 7000212291

595 CENDI PURESA   1/8 HP 346858154R8404338

8 7000212306

596SECTOR #6

"MZ" PURESA   1/8 HP S/N4R8404334

8 7000212318

597 UMSO PURESA   1/8 HP S/N4R8404439

1 7000212377

598 INVENTARIO PURESA   1/8 HP S/N4R8404633

9 7000212390

599 CAJA PURESA   1/8 HP 6954R8404599

1 7000212404

600 T.D-101 PURESA   1/8 HP S/N4R8404613

3 7000212418

601

GRUPO CLASIFICADO

RPURESA

  1/8 HP S/N4R8404677

2 7000212433

602 SECTOR #6A PURESA   1/8 HP 346858154R8404509

6 7000212458

603 ALBAÑILERIA PURESA   1/8 HP S/N4R8404522

2 7000212474

604 CL PURESA   1/8 HP 34785824R8405153

3 7000212554

605 PTA. #2 PURESA   1/8 HP S/N4R8404569

1 7000213133

606SECTOR #6

"MZ" PURESA   1/8 HP 3404774R8404791

5 7000213157

607 CENDI PURESA   1/8 HP 42454R8404636

2 7000213210

608PTA.

VEHICULAR PURESA   1/8 HP 34685884R8404426

1 7000213222

609 CASA #443 PURESA   1/8 HP 55929134R8419857

5 7000226924

610 C. CONTROL PURESA   1/8 HP S/N4R8405156

3 7000212252

611ALAMCEN

BODEGA N°1 PURESA   1/8 HP S/N1R8404795

5 7000212498

612 CADERA CB-3 PURESA   1/8 HP S/N4R8405112

9 7000237728

613 BODEGA 1 PURESA   1/8 HP  4R8404368

9 7000213346

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

614

AULAS DE CAPACITACIO

N

GENERAL ELECTRIC   1/8 HP S/N 4R9410864  

615 MA   1/6 HP XXXXXXXX   311-4-9968

616 MAA   1/6 HP     311-4-8930

617 BA   1/6 HP     311-4-9923

618 BX / MX   1/6 HP    311-4-R94-

10909

619 CH   1/6 HP     311-4-06923

620 DEMEX   1/6 HP     311-4-099901

621 HDI   1/6 HP     311-4-08920

622 MB   1/6 HP     311-4-09989

623 MC   1/6 HP    311-4-R94-

10648

624 ME   1/6 HP     311-4-07891

625 MF   1/6 HP     311-4-09971

626 MFA   1/6 HP     311-4-10415

627 MH   1/6 HP     311-4-09964

628 MI   1/6 HP    311-4-R94-

10869

629MD PRET.

AGUA   1/6 HP     311-4-07863

630 UPH   1/6 HP     311-4-09966

631 UPH   1/6 HP     311-4-09965

632

UPH COMPRESOR

AS   1/6 HP     311-4-10471

633 MP-TG 1/2/3   1/6 HP     311-4-09979

634CALDERA CB-

3   1/6 HP    311-4-R94-

10863

COLONIA DEL BOSQUE REFINERIA I. MADERO

635 CASA # 419   1/8 HP     311-4-06535

636 CASA # 432   1/6 HP     311-4-220042

637 CASA # 443   1/8 HP    311-4-R94-

10710

OFICINA DE SECTORES DE MANTEN IMIENTO

638 SECTOR No. 1        311-4-

R9410857

639 SECTOR No. 2         311-4-09963

640SECTOR No.

2ª         311-4-08935

641 SECTOR No. 3        311-4-R94-

10792

642SECTOR No.

4/4ª         311-4-09967

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

643SECTOR No.

5/5ª        311-4-R94-

10841

644SECTOR No.

6/6ª         311-4-09975

645

SECTOR No. 6 (COMPUTADO

RAS         311-4-07381

646 SECTOR No. 8         311-4-00948-91

TORRE DE ENFRIAMIENTO

647 DE-101         311-4-09970

648 51 DE-103         311-4-07514

EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS

649GERENCIA GENERAL   1/8 HP    

311-4-R94-10794

650SUPTCIA. DE INSP. Y SEG.   1/8 HP    

311-4-R94-10797

651SUPTCIA. DE INSP. Y SEG.   1/8 HP     311-4-00711

652

JEFATURA SERVS.

GRALS. PAT   1/8 HP    311-4-R94-

10856

653

SERVS. GRALS. Y

ADMON. PAT.   1/8 HP    311-4-R94-

10855

654

SERVS. GRALS. Y

ADMON. PAT.   1/8 HP     311-4-04673

655

PLANEACION Y

EVALUACION   1/8 HP    311-4-R94-

10862

656

SUPERINTENDENCIA DE PRODUCC.   1/8 HP     311-4-00972

657

SUPERINTENDENCIA DE MANTTO.   1/8 HP     311-4-223252

658RECEPCION DE OBRAS   1/8 HP     311-4-210721

659

CONTROL TEC.

REABASTECIMIENTO   1/8 HP    

311-4-R94-10791

660

CONTROL TEC.

REABASTECIMIENTO   1/8 HP    

311-4-09976

661 EX PROCESO   1/8 HP     311-4-220094

662 EX PROCESO   1/8 HP     311-4-229218

663ADQUISICION

ES   1/8 HP     311-4-08405

664 DIBUJO   1/8 HP     311-4-00089

665 COPIAS   1/8 HP     311-4-05765

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

666 BIBLIOTECA   1/8 HP     311-4-05728

667COMISION

MIXTA   1/8 HP     311-4-06362

668 ECOLOGIA   1/8 HP     311-4-09985

669UNIDAD DE

PRODUCCION   1/8 HP    311-4-R94-

10812

670

OFNA. AIRE ACONDICIONA

DO   1/8 HP    311-4-

R9419793

671CONTROL

AVANZADO   1/8 HP    311-4-R94-

10795

672CONTROL

AVANZADO   1/8 HP     311-4-213391

673

JEFATURA DE ALMACENES

MATLS.   1/8 HP    311-4-R94-

10799

674

JEFATURA MANTTO.

MEC. SECTOR   1/8 HP    311-4-R94-

10780

FRIG. ENF. Y CAL.

675CONT.

GESTION MABE   1/8 HP 9208242854R8404361

3 7000126845

676 SECTOR #10GENERAL ELECTRIC   1/8 HP  

4R84032379 7000130311

677 GERENCIA PURESA   1/8 HP FG002904R8402403

8 7000211335

678

OF. AIRE ACONDICIONA

DOPURESA

  1/8 HP 57455IG4R8405163

3 7000211689

679 BODEGA 1 PURESA   1/8 HP  4R8404368

9 7000213346

680

AULAS DE CAPACITACIO

N

GENERAL ELECTRIC   1/8 HP S/N 4R9410864  

681SEC.

GERENCIA SANYO     9208242854R8404362

3 7000211231

CONGELADORES

682CASA DE VISITAS

WHITE WHESTINHUSE FU169MEW4 1/4 HP WB20510605

4R84043573 7000211027

683 CASA #443      4R8419857

1 7000226978

REFRIGERADORES

684 P. ECOLOGIA IEM     C456254R8404327

7 7000213279

685 GERENCIA IEM     10142164R8402404

6 7000213289

686 SGAPGENERAL ELECTRIC      

4R84031594 7000213307

687 CASA #332GENERAL ELECTRIC     9808A064697

4R84051080 7000220406

688 CASA #443 KELVINATOR      4R8419857

0 7000226925

CASAS COLONIA ARBOL GRANDE Y DEL BOSQUE

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

  CASA 2 

       

689REUBICADOS SERV GRALES

        

690REUBICADOS SERV GRALES

        

691REUBICADOS SERV GRALES

        

692

REUBICADOS SERV GRALES

FREYVEN

 

1.5 T/R 423801R8401214

9 7000123348

  CASA 3         

693 CARRIER  1 T/R 3098N12719

1R98021110 7000123369

694 FREYVEN   2 T/R FI00342541R9101235

4 7000123757

695 FREYVEN   2 T/R 1694N010271R8401237

2 7000123758

696 CARRIER  1 T/R 2998N12169

1R98021111 7000123370

697 FREYVEN   1.5 T/R F100378141R8401238

5 7000123717

698 FREYVEN    14693

3111R8801496 7000225487

699 CARRIER    1394N04937

3111R9403235 7000225488

700 FREYVEN    ES-187096

3111R8402657 7000225489

  CASA 4         

701 CARRIER  2 T/R 2898N08839

1R98021039 7000123444

702 FREYVEN  1.5 T/R  1594N00391

1R84012014 7000123600

703 FREYVEN   1.5 T/R J3-0039920

1R84012015 7000123601

704 CARRIER  2 T/R 1995N37020

1R84012432 7000123551

  CASA 6         

705 FREYVEN   1.5 T/R D3-0039142

1R84012022 7000123602

706    1.5 T/R  1R8401949

9 7000240827

707 FREYVEN   1.5 T/R I2-0038920

1R84012023 7000123603

708 CARRIER  1.5 T/R H5-179377

1R84012024 7000123604

709 CARRIER  1.5 T/R  1995N36994

1R84012025 7000123605

  CASA 7         

710 CARRIER  1.5 T/R 2498N08886

1R98020865 7000123607

711 GOLDSTAR  1.5 T/R 702KA01230

1R98020932 7000123608

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

712 GOLDSTAR  1.5 T/R 702KA01889

1R98020933 7000123609

713 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021120 7000123482

714 CARRIER  1.5 T/R

100882012 / 447

1R98017153 7000210957

715 CARRIER  1.5 T/R 2898N08779

1R98020990 7000123433

  CASA 10         

716 CARRIER  2 T/R 2898N08844

1R98021032 7000123405

717 FREYVEN  2 T/R I2-0038944

1R84019488 7000227654

718 FREYVEN  1.5 T/R HD-026696

1R84019487 7000227655

719 CARRIER  1.5 T/R 1398N02132

1R98020934 7000123616

  CASA 11         

720 CARRIER   2.5 T/R 1498N006771R9802310

6 7000123391

721 CARRIER   2 T/R 1198N009501R9802310

5 7000123406

722 CARRIER    1.5 T/R 1298N005821R9802310

4 7000123270

723 CARRIER    1.5 T/R 2701N29041R8401948

2 7000240801

  CASA 106          

724 FREYVEN   0 I00323081R8401201

6 7000123591

725 FREYVEN    0 2404301R8401202

0 7000123593

726 FREYVEN    0 F00194811R8401201

7 7000123592

727 CARRIER   0 2998N121711R9802112

6 7000123364

728 CARRIER   0 3098N127181R9802112

8 7000123365

  CASA 314         

729 FREYVEN  3 T/R K9-037124

1R84012177 7000123220

730 FREYVEN    2 T/R  1R8401949

3 7000240806

731 CARRIER  1.5 T/R 2498N08888

1R98020858 7000123271

732 CARRIER  1.5 T/R 1698N00782

1R98020942 7000123617

733 TRANE  2 T/R LAFT00620

1R01023461 7000209495

  CASA 315         

734 FREYVEN  1.5 T/R H3-0036204

1R84010517 7000123222

735 CARRIER  1.5 T/R 2498N08897

1R98020893 7000123272

736 CARRIER   1.5 T/R 2498N08912 1R9802089 7000123273

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

9

737 REALVEN  2 T/R 2898N08797

1R98021027 7000123407

  CASA 332         

738 CARRIER  2 T/R 1995N37017

12357/1200_77119 7000123408

739 FREYVEN  2 T/R ER-0040-587

12358/1200_77174 7000123409

740 FREYVEN  1 T/R G3-0041523

12356/1200_77109 7000123371

741 MCGAY  3 T/R 985474247

17151/1200_83292 7000210965

  CASA 336         

742 TRANE  2 T/R LAFT00546

1R01023467 7000209501

743 CARRIER  1.5 T/R 1895036340

1R84012099 7000123274

744 CARRIER  1.5 T/R 2498N08859

1R98020880 7000123649

745 CARRIER  1.5 T/R 1298N00574

1R98023108 7000123675

  CASA 337         

746 REALVEN RS118511 1.5 T/R 2498N088911R9802090

7 7000123316

747 CARRIER   1.5 T/R   IR01023467 7000209501

748   1.5 T/R   IR84010986 7000123687

749 TRANE TAQ024A1D 2 T/R LACTOO2351R-

01023435 S/N

750 CARRIER  2 T/R 2898N08795

1R98021033 7000123426

751 CARRIER  1 T/R 2998N12574

1R98023573 7000123667

  CASA 338         

752 FREYVEN  1.5 T/R HO-026745

1R84012183 7000123275

753 CARRIER  1.5 T/R 2498N08903

1R98020870 7000123276

754 CARRIER  1.5 T/R 1495N35136

1R84012181 7000123346

755 CARRIER  2 T/R 1598N1126

1R98023109 7000123681

  CASA 339         

756 TRANE   1.5 T/R LKMT000981R0102344

5 7000123479

757 CARRIER  2.5 T/R 1397N04289

1R97015661 7000123752

758 CARRIER  1.5 T/R 1495N34928

1R84012195 7000123309

759 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021083 7000123468

760 TRANE  1.5 T/R LKM500278

1R01023442 7000209476

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

761 TRANE  2 T/R LAFT00208

1R01023462 7000209496

  CASA 401         

762 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021118 7000123469

763 CARRIER  1.5 T/R 2498N08819

1R98020861 7000123280

764 CARRIER  1.5 T/R 2498N08816

1R98020868 7000123281

  CASA 402         

765 CARRIER   1 T/R 2998N121671R9802109

6 7000123387

766 CARRIER CF-33 2.5 T/R 1298N00630 S/N S/N

767 CARRIER  3 T/R J3-0392171

1R84012171 7000123470

768 CARRIER  1.5 T/R 2498N08823

1R98020862 7000123282

769 CARRIER  1.5 T/R 1495N34933

1R84012172 7000123283

770 CARRIER  2.5 T/R 2694N21005

1R84012176 7000123392

771 CARRIER  2 T/R 2898N08827

1R98020998 7000123411

772 CARRIER  2 T/R 2898N08796

1R98021038 7000123443

  CASA 404         

773 CARRIER  2 T/R 2898N08809

1R98020999 7000123412

774 CARRIER  1.5 T/R 2498N08824

1R98020866 7000123285

775 CARRIER  1 T/R 4194N32719

1R84012459 7000123372

776 CARRIER  2.5 T/R 0898N02038

1R98020939 7000123630

777 CARRIER  1.5 T/R 1298N00563

1R98023107 7000123676

  CASA 405         

778 CARRIER  1 T/R 3098N12939

1R98021114 7000123373

779 CARRIER  2 T/R 2898N08801

1R98021029 7000123413

780 CARRIER  1.5 T/R 1398N02117

1R98020940 7000123618

781 CARRIER  2.5 T/R 1397N04292

1R97015660 7000123751

782 TRANE  1.5 T/R LKMT00083

1R01023441 7000209475

  CASA 406         

783 FREYVEN  1.5 T/R L9-023349

1R84012346 7000123286

784 CARRIER  1.5 T/R 2498N08854

1R98020874 7000123287

785 CARRIER   1.5 T/R 2498N08856 1R9802087 7000123288

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

8

786 FREYVEN  3 T/R D3-0039152

1R93012343 7000123471

  CASA 407         

787 CARRIER   3 T/R 1598N010361R9802092

5 7000123636

788   3 T/R 2597N002471R9701565

5 7000123258

789 CARRIER  1.5 T/R 1997N00894

1R97015657 7000123251

790 CARRIER  1.5 T/R 1697N00873

1R97015658 7000123252

791 CARRIER  2 T/R 2297N01180

1R97015659 7000123255

792 TRANE  1.5 T/R LKMT00055

1R01023440 7000209474

793 TRANE  2 T/R LACT00650

1R01023466 7000209500

  CASA 408         

794 REALVEN     1397N042981R8401949

4 7000240807

795 CARRIER  1 T/R 3098N12934

1R98021104 7000123374

796 CARRIER  2 T/R 2898N08824

1R98020993 7000123414

797 

1.5 T/R  1R8401098

8 7000123565

798 CARRIER   2 T/R 1595N00497

1R98010989 7000123566

799 CARRIER  3 T/R 2095N37562

1R84010987 7000123571

800 CARRIER  2.5 T/R 1598N01067

1R98020941 7000123631

801 

2 T/R LAFT006501R0102347

0 7000209504

  CASA 409         

802   2 T/R LAFT00167 1R0102347

5 7000209509

803 FREYVEN  1.5 T/R I2-0033775

1R84012095 7000123720

804 CARRIER  1.5 T/R I1-0313405

1R84012096 7000123721

805 CARRIER  1.5 T/R D3-373973

1R84012098 7000123722

806 TRANE  1.5 T/R LKMT00288

1R01023430 7000209464

807 

2.5 T/R  1R9802091

6  

  CASA 410         

808   2 T/R   1R8401949

0 7000240802

809 CARRIER   1.5 T/R 3594N280751R8401237

7 7000123338

810 CARRIER  1.5 T/R 1495N35132 1R9501233 7000123289

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

Página 75 de 241

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

9

811 FREYVEN  1.5 T/R D3-0035138

1R93012340 7000123290

812 CARRIER  1.5 T/R 1495N34927

1R95012341 7000123291

813 CARRIER  1 T/R 3098N12925

1R98021089 7000123360

814 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021124 7000123473

815 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021122 7000123479

816 CARRIER  1.5 T/R 1698N00800

1R98020947 7000123619

817 YORK  1.5 T/R RHEM3123BJ

1R97015669 7000123745

  CASA 411         

818 CARRIER   1.5 T/R   1R9802098

0 7000240796

819 CARRIER      1R8401949

0 7000240802

820 CARRIER  2.5 T/R 1498N00689

1R98023124 7000123682

821 CARRIER  2 T/R 2898N08833

1R98020997 7000123418

822 TRANE  2 T/R LAFT00198

1R01023463 7000209497

823 TRANE  1.5 T/R LKCR25484

1R01023424 7000209458

  CASA 413         

824 FREYVEN  1.5 T/R 1594N00458

1R84012446 7000123531

825 FREYVEN  3 T/R 39814

1R84012444 7000123558

  CASA 414         

826 CARRIER  2 T/R 2898N08840

1R98020996 7000123419

827 FREYVEN  3 T/R D30039291

1R84010624 7000123519

828 CARRIER  3 T/R 1598N01035

1R98020937 7000123646

829 FREYVEN  2 T/R I2-0038916

1R84012086 7000123747

830 TRANE  2 T/R LAFT00562

1R01023464 7000209498

  CASA 415         

831 CARRIER  2 T/R 2898N08790

1R98020995 7000123420

832 CARRIER  1 T/R 3098N12885

1R98021140 7000123375

833 CARRIER  1.5 T/R 2498N08860

1R98020877 7000123292

834 FREYVEN  2 T/R

1R84012359 7000123547

835 CARRIER  2 T/R 1598N01071 1R9802312 7000123671

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

6

  CASA 416         

836 YORK   1 T/R   1R8401949

1 7000240803

837 YORK    1.5T/R  1R8401949

2 7000240804

838 REALVEN   2 T/R 3098N12941

1R98023577 7000123702

839 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021136 7000123474

840 TRANE  2 T/R LAFT00458

1R01023468 7000209502

  CASA 417         

841 CARRIER  1 T/R 1595N00524

1R84010986 7000123524

842 FREYVEN  1.5 T/R FO-019347

1R84012019 7000123687

843 TRANE  2 T/R LAFT00053

1R01023474 7000209508

  CASA 418         

844 CARRIER  1.5 T/R 2498N08887

1R98020850 7000123686

845 CARRIER  1.5 T/R 2498N08878

1R98020853 7000123690

846 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021127 7000123475

847 CARRIER  1.5 T/R 2498N08820

1R98020855 7000123294

848 CARRIER  1.5 T/R 2498N08853

1R98020871 7000123311

849 CARRIER  2 T/R 2898N08828

1R98021034 7000123427

  CASA 419         

850 CARRIER  1.5 T/R 2498N08826

1R98020859 7000123297

851 CARRIER  3 T/R  2498N08907

1R98020875 7000123298

852 CARRIER  1.5 T/R 2498N08902

1R98020882 7000123299

853 CARRIER  1.5 T/R 2498N08857

1R98020887 7000123300

854 CARRIER  2 T/R 2898N08832

1R98021028 7000123440

855 CARRIER  2 T/R 2898N08830

1R98021035 7000123441

856 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021105 7000123476

  CASA 420         

857 CARRIER   3 T/R 2798N962191R9802113

2 7000123496

858 FREYVEN   1.5 T/R D300393221R8401214

4 7000123703

859 CARRIER 51FT-18 1.5 T/R 1495N349301R8401214

7 7000123704

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

860 REALVEN S225-500 2 T/R FI00341158 311102360  

861 TRANE TAW024A10 2 T/R LACT085951R0102346

5  

862 CARRIER 51HKD36 3 T/R 2748N622191R9802110

2  

863 REALVEN RS-25 2 T/R 2898N087881R9802100

2 7000123423

864 REALVEN   2 T/R 2898N088081R9802100

7 7000123424

865 REALVEN RS-18 1.5 T/R 2498N088581R9802087

9 7000123301

  CASA 423         

866 CARRIER  1.5 T/R 1495N35137

1R84010768 7000123303

867 CARRIER  2 T/R 2898N08845

1R98021001 7000123425

868 FREYVEN  2 T/R I1-0034774

1R84012362 7000123549

869 CARRIER  1.5 T/R 1698N00809

1R98020936 7000123620

870 CARRIER  1.5 T/R 2498N08909

1R98020872 7000123651

  CASA 424         

871 

1 T/R 1R0002335

4 7000228460

872 

1 T/R 1R0002335

5 7000228461

873 

1 T/R 1R0002335

6 7000228462

874 

1 T/R 1R0002335

7 7000228463

875 

2 T/R 1R0002335

8 7000228464

876 

1 T/R 1R0002335

9 7000228465

  CASA 425         

877 FREYVEN  1.5 T/R J2-0034265

1R84012080 7000123304

878 TOTALINE   2 T/R  1997N009011R8401948

0 7000240798

879 CARRIER  1.5 T/R 1495N35125

1R84012081 7000123305

880 CARRIER  1.5 T/R 1698N00806

1R98020945 7000123621

881 CARRIER  3 T/R 1298N00641

1R98020946 7000123635

  CASA 426         

882 

2 T/R 1R0002336

7 7000228473

883 

1 T/R 1R0002336

8 7000228474

884 

1 T/R 1R0002336

9 7000228475885   2 T/R 1R0002337 7000228476

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

Página 78 de 241

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

0

886 

1 T/R 1R0002337

1 7000228477

  CASA 427         

887 FREYVEN  1.5 T/R J2-0034270

1R84010991 7000123569

888 CARRIER  1.5 T/R 2498N08827

1R98020854 7000123689

889 CARRIER  2 T/R 1899N01940

1R98023135 7000123696

890 TRANE  1.5 T/R LKMT00294

1R01023431 7000209465

  CASA 428         

891 FREYVEN   1.5 T/R  1R8401054

1 7000240795

892 TRANE  1.5 T/R LKMT00080

1R01023432 7000209466

893 CARRIER   2 T/R  1R8401083

7  

894 CARRIER   1 T/R  311-1-

30003112 711-11-00075

895 CARRIER   2 T/R  1R8401948

9 7000240794

896 CARRIER  1.5 T/R 2498N08822

1R98020869 7000123307

897 CARRIER  1.5 T/R 

1R98010637 7000123244

898 CARRIER  2 T/R 

1R84010641 7000123247

899 FREYVEN  1.5 T/R  I2-0033712

1R84010642 7000123248

900 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021135 7000123498

901 CARRIER  1 T/R 3098N12923

1R98021109 7000123381

  CASA 429         

902 CARRIER   1.5 T/R 1498N007761R9802092

3 7000123623

903 CARRIER   2.5 T/R 1598N010611R9802092

4 7000123632

904 CARRIER   1.5 T/R F203364701R8401054

5 7000123726

905 FREYVEN   1.5 T/R B00238701R8401054

9 7000123727

906 FREYVEN   1 T/R  1R8401055

1 7000123742

907 REALVEN   1 T/R  1R8401055

2 7000123743

908 CARRIER   1.5 T/R K0283538 1R8401055

3 7000123728

  CASA 431          

909 CARRIER   1 T/R 3098N129311R9802357

2 7000123659

  CASA 432         

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

910 

1 T/R 1R0002336

0 7000228466

911 

2 T/R 1R0002336

1 7000228467

912 

1 T/R 1R0002336

2 7000228468

913 

1 T/R 1R0002336

3 7000228469

914 

2 T/R 1R0002336

4 7000228470

915 

1 T/R 1R0002336

5 7000228471

916 

1 T/R 1R0002336

6 7000228472

  CASA 433         

917 FREYVEN   1.5 T/R A200382041R8401050

6 7000123711

918 FREYVEN   1.5 T/R H00265041R8401050

5 7000123239

919 CONFORT   1.5 T/R 1398N021121R9802092

6 7000123624

920 FREYVEN   1.5 T/R J02799111R8401050

7 7000123712

  CASA 434         

921 CARRIER  1.5 T/R 2498N08906

1R98020892 7000123312

922 CARRIER  1.5 T/R 92-0329301

1R84012127 7000123352

923 CARRIER  1 T/R 2998N12172

1R98023575 7000123668

924 CARRIER  2 T/R 1198N00913

1R98023125 7000123679

925 TRANE  1.5 T/R LKMT00129

1R01023433 7000209467

  CASA 435         

926 

2 T/R 1R0002337

2 7000228478

927 

1 T/R 1R0002337

3 7000228479

928 

1 T/R 1R0002337

4 7000228480

929 

1 T/R 1R0002337

5 7000228481

930 

1 T/R 1R0002337

6 7000228482

931 

1 T/R 1R0002337

7 7000228483

932 CARRIER  1.5 T/R 2498N08885

1R98020856 7000123314

933 CARRIER  2 T/R 2898N08746

1R98021005 7000123428

  CASA 436         

934 CARRIER  2 T/R 2593X03634

1R84012122 7000123463

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

935 CARRIER  2 T/R 2898N08826

1R98021004 7000123429

936 CARRIER  1.5 T/R 2498N08861

1R98020884 7000123652

937 YORK  1.5 T/R ROFN2040FA

1R98023131 7000123672

938 TRANE  2 T/R LACT00642

1R01023469 7000209503

  CASA 437         

939 FREYVEN  3 T/R D3-0039148

1R84012118 7000123520

940 CARRIER  2 T/R 2898N08789

1R98021003 7000123430

941 CARRIER  1 T/R 2998N12166

1R98021107 7000123382

942 FREYVEN  1 T/R D3-0035175

1R84012121 7000123390

943 CARRIER  1.5 T/R 898N02041

1R98020922 7000123615

944 FREYVEN  1.5 T/R E1-028377

1R84012071 7000123730

  CASA 439         

945 REALVEN    2 T/R 3697N014761R9802098

1 7000240799

946 CARRIER  1.5 T/R 2498N08864

1R98020881 7000123653

947 CARRIER  3 T/R 2798N96219

1R98021119 7000123478

948 FREYVEN  1.5 T/R HO-026804

1R84012116 7000123535

949 TRANE  1.5 T/R LKMT00014 IR01023434 7000209468

  CASA 440         

950 CARRIER  1.5 T/R 2498N08891

1R98020907 7000123316

951 CARRIER  1.5 T/R 1495N35128

1R84010564 7000123345

952 YORK  1.5 T/R HE-432-132

1R84012073 7000123732

953 TRANE  1.5 T/R LKCR25543

1R01023429 7000209463

954 TRANE  2 T/R LAFT00572

1R01023471 7000209505

955 TRANE  2 T/R LAFT00028

1R01023472  

  CASA 441         

956 FREYVEN  2.5 T/R I1-0034805

1R84012114 7000123394

957 FREYVEN  1.5 T/R HO-026571

1R84012113 7000123357

958 FREYVEN  3 T/R D3-0039143

1R84012112 7000123521

959 CARRIER  1.5 T/R 2498N08901

1R98020894 7000123317

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576014-043-09

  CASA 442         

960   1.5 T/R  1R9802092

8 7000202579

961 CARRIER   1.5 T/R  3201N312331R8401949

5 7000240808

962 CARRIER   2 T/R  301N304771R8401949

6 7000240809

963 CARRIER    2.5 T/R 301N304751R8401949

7 7000240810

964 CARRIER    2 T/R 301N30931R8401949

8 7000240811

  CASA 443         

965 FREYVEN  1.5 T/R I1-0034811

1R84012378 7000123226

  CASA 501         

966 CARRIER  1.5 T/R 2498N08894

1R98020904 7000123319

967 CARRIER  1.5 T/R 2498N08905

1R98020905 7000123320

968 CARRIER  2 T/R 2898N08802

1R98021008 7000123431

969 CARRIER  3 T/R 2095N37582

1R84012185 7000123480

970 

2 T/R LAFT001021R0102346

0 7000209494

  CASA 502         

971 CARRIER  2 T/R 2898N08834

1R98021024 7000123432

972 CARRIER  1.5 T/R 2498N08862

1R98020886 7000123321

973 CARRIER  1 T/R 3098N12717

1R98021102 7000123383

974 YORK  1.5 T/R

1R97015668 7000123746

975 CARRIER  3 T/R 2497N01109

1R97015664 7000123756

  CASA 503         

976 CARRIER  1.5 T/R 2498N08904

1R98020901 7000123268

977 CARRIER  1.5 T/R 2498N08911

1R98020906 7000123269

978 CARRIER  1 T/R 3098N12936

1R98021103 7000123368

979 CARRIER  2 T/R 1995N36989

1R84010968 7000123546

  CASA 504         

980 FREYVEN  1.5 T/R E1-028378

1R84012194 7000123322

981 CARRIER  1.5 T/R 2498N08890

1R98020891 7000123323

982 CARRIER  1.5 T/R 2498N08910

1R98020897 7000123324

983 CARRIER   3 T/R 2798N96219 1R9802111 7000123481

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6

984 TRANE  2 T/R LAFT00086

1R01023473 7000209507

  CASA 603         

985 ERVEN  1.5 T/R  3621

1R84012007 7000123594

986 ERVEN   1 T/R 3622

1R84012008 7000123595

987 ERVEN   2 T/R

1R84012011 7000123597

988 TRANE  1.5 T/R  

1R01023427 7000209461

989 TRANE  1.5 T/R  

1R01023428 7000209462

990 ERVEN   1.5 T/R

1R84012012 7000123598

991 ERVEN   1.5 T/R

1R84012009 7000123760

CLIMAS TIPO VENTANA LOCALIZADOS EN EL CUARTO DE CAMBIO MTBE-TAME

CANTIDAD MARCA MODELO N° DE SERIE TONELADA ENERGIA

1 TRANE WAEC 2401NAR F03D 90165B 2 24000 BTU

1 TRANE WAEC 2401NAR F03D 90378B 2 24000 BTU

1 TRANE WAEC 2401NAR F03D 90341B 2 24000 BTU

1WHITE

WESTINGHOUSE NO TIENE NO TIENE 2 24000 BTU

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ANEXO “E”EQUIPO QUE PROPORCIONARA PEMEX-REFINACION

PEMEX-REFINACION NO PROPORCIONARA NINGUN EQUIPO.

ANEXO “F”MATERIALES QUE PROPORCIONARA PEMEX-REFINACION

PEMEX-REFINACION NO PROPORCIONARA NINGUN MATERIAL.

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ANEXO “SSPA”RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL

SE ANEXAN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

1. POLÍTICA Y PRINCIPIOS DEL SISTEMA PEMEX –SSPA.2. REGLAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.3. CAPITULO XXIV DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y

ORGANISMOS SUBSIDIARIOS,.4. DG-SASIPA-SI-08200.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION

AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES.5. DG-GPASI-SI-8400.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD FISICA PARA LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES

DE PEMEX REFINACION.6. DG-GPASI-SI-8401.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA VISITANTES A LAS INSTALACIONES

INDUSTRIALES DE PEMEX REFINACION7. FORMATOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (3 FORMATOS).

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ANEXO “SSPA”1. POLÍTICA Y PRINCIPIOS DEL SISTEMA PEMEX -SSPA

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ANEXO “SSPA”2. REGLAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL

Con la finalidad de evitar accidentes e incidentes, así como incrementar el índice de actos seguros de la Refinería Francisco I. Madero, se anexan las siguientes reglas y medidas de CERO TOLERANCIA que deberán darse a conocer a todo el personal del PROVEEDOR. Estas reglas y medidas deberán aplicarse de manera permanente y sin excepciones durante toda la vigencia del Contrato, por lo que debe tener una adecuada divulgación de parte de la Residencia de Obra del contrato.

Todas las violaciones a lo descrito en este documento, serán reportadas por escrito a la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental así como a la Superintendencia de Rehabilitaciones y Modificaciones de la Refinería Francisco I. Madero, para formar parte del expediente de comportamiento del PROVEEDOR dentro de la Refinería Madero, en materia de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental.

Cualquier medida y regla de seguridad especifica no señalada para el desarrollo de esta Obra, se podrá agregar de inmediato.

REGLAS DE SEGURIDAD QUE DEBERÁ CUMPLIR Y RESPETAR TODO EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DURANTE EL DESARROLLO DEL CONTRATO CS-RMAD-___/__.

1. Todo el personal del PROVEEDOR que realice alguna actividad dentro de las instalaciones de PEMEX REFINACIÓN con motivo de la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, estará obligado a cumplir las disposiciones en materia de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Protección Ambiental señaladas en este anexo SSPA, sin perjuicio de las demás disposiciones legales que el PROVEEDOR esté obligado a cumplir, así como de aquellas que emita PEMEX REFINACIÓN con posterioridad a la firma del presente Contrato.

2. El personal que labore en la ejecución del contrato No. CS-RMAD-___/__ esta obligado a evitar por cualquier medio posible la ocurrencia de accidentes personales e industriales y debe ejecutar sus labores de acuerdo con los reglamentos y procedimientos de Petróleos Mexicanos y del centro de trabajo. Los accidentes son evitables y para ello el trabajador debe conocer el medio en que se desarrolle la actividad y poner toda su atención en lo que esta haciendo, tanto física como mentalmente.

3. Todo el personal del PROVEEDOR que vaya a ingresar a las Instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero debe asistir a las pláticas de capacitación en materia de seguridad, salud y protección ambiental antes del inicio de los trabajos. Al término de esta capacitación se expedirá el Carnet de Seguridad que servirá como gafete de identificación. El carnet oficial deberá ser firmado y sellado por personal de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental.

4. Si el personal del PROVEEDOR no presenta este carnet no tendrá acceso a la Refinería.

5. Con fundamento en el “Convenio de Cooperación para la implementación del programa de Capacitación en materia de seguridad, salud y protección ambiental” celebrado el 25 de mayo de 2005, entre Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, con la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), la capacitación en materia de seguridad, salud y protección ambiental será impartida por el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción (ICIC) y deberá tomarse en las oficinas de la Delegación Tampico de la Cámara Mexicana de la Industrial Construcción, ubicadas en Prolongación de la Avenida Hidalgo, Colonia Nuevo Aeropuerto, Tampico, Tamaulipas, Teléfonos (01-833)-2-28-11-04 y 2-28-10-96, Fax (01-833) 2-28-11-05, Correo Electrónico [email protected].

6. La Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental será la única entidad encargada de certificar las platicas de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Protección Ambiental y en caso de ser necesario colaborara con el ICIC para impartir esta capacitación.

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7. El PROVEEDOR que pretenda acreditar la capacitación de su personal en materia de seguridad, salud y protección ambiental, con un carnet de capacitación diferente al emitido por el ICIC de la Delegación Tampico de la CMIC, deberán presentar por escrito la solicitud de validación a la Unidad de Seguridad Industrial y protección Ambiental la cual determinará si es aceptada o no esta capacitación.

8. Los CONTRATISTAS deben considerar todos los costos relacionados con la capacitación en materia de seguridad, salud y protección ambiental de su personal al momento de elaborar sus propuestas técnico-económicas.

9. En el supuesto de que el PROVEEDOR no acredite fehacientemente y a satisfacción de PEMEX REFINACIÓN, que su personal ha recibido capacitación en materia de los trabajos que va a realizar y en Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Protección Ambiental, éste no podrá ingresar a las instalaciones de PEMEX REFINACIÓN, por lo que cualquier atraso en el programa de ejecución de los trabajos derivado de este incumplimiento, no será motivo para diferir la fecha de inicio de los mismos o ampliar el plazo de ejecución del contrato.

10. El PROVEEDOR queda obligado a designar, antes del inicio de los trabajos y a mantener durante la vigencia del contrato, un responsable de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental, mismo que deberá conocer el proyecto, las normas y procedimientos de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental establecidos por PEMEX REFINACIÓN así como las disposiciones en esas materias contenidas en este Anexo SSPA.

11. El responsable de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental deberá presentar, previo al inicio de los trabajos toda la documentación que acredite que ha recibido capacitación en las materias de seguridad relacionadas con los trabajos a ejecutar por parte de una empresa debidamente autorizada para ello. El Residente del Contrato en colaboración con la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental revisara esta documentación y no serán aceptados responsables de seguridad que no cumplan con lo establecido en este punto.

12. Todos los trabajadores que laboren en esta Obra, deberán traer consigo una identificación que demuestre su relación con el PROVEEDOR y no deberán entrar a lugares ajenos a la Obra en ejecución.

13. El PROVEEDOR debe entregar relación de personal empleado tanto al Residente del Contrato como al Departamento de Vigilancia de la Refinería Francisco I. Madero, previo al inicio de cada Jornada de trabajo. Deberá especificar el personal que ingresará a la Refinería, cumpliendo con su afiliación vigente al seguro social, además, portando su equipo de seguridad completo así como su carnet de seguridad e identificación personal.

14. Es obligatorio para todo el personal del PROVEEDOR que ingrese a las instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero usar el equipo de protección personal que comprende zapatos de piel para uso industrial antiderrapantes, ropa de algodón 100 % (camisa manga larga y pantalón color naranja con el emblema y/o distintivo del PROVEEDOR), casco con barboquejo, guantes, lentes de seguridad, protectores auditivos, y los que sean requeridos con motivo de las actividades a desarrollar.

15. Queda prohibido el uso de zapatos tenis, huaraches, gorras y prendas de vestir de nylon o fibras sintéticas, lentes oscuros, cascos de metal no endurecido, camisetas de manga corta, guantes de fibra sintética, pantalones cortos.

16. La negativa franca de un trabajador a usar el equipo de seguridad personal, o a cumplir las medidas de seguridad establecidas, será motivo suficiente para que le sea negada la autorización para realizar el trabajo y se solicite que se le apliquen las sanciones conducentes.

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17. Todo trabajo a realizarse en las instalaciones de la Refinería tendrá que estar amparado mediante un "PERMISO DE TRABAJO" que cumpla con lo establecido en el procedimiento SP-SASIPA-SI-02310.

18. El "PERMISO DE TRABAJO" le será proporcionado al PROVEEDOR por el Residente de Pemex-Refinación, debidamente analizado y autorizado por personal de Operación, Mantenimiento y Seguridad.

19. Es necesario mantener limpia el área de trabajo; por lo que cualquier derrame producido por el

PROVEEDOR debe ser corregido inmediatamente por su personal; así como, colocar señalamiento de seguridad (cinta con descripción de “PRECAUCIÓN”), en las áreas donde se encuentre trabajando.

20. Es obligación del Residente del contrato en cuestión, que al ordenar o dirigir un trabajo, tenga conocimiento del empleo apropiado y de las limitaciones del equipo de protección personal, así como el verificar que los trabajadores que lo lleguen a necesitar, conozcan el uso, limitaciones y aplicación de dicho equipo, mismo que deberán utilizar obligatoriamente cuando se requiera.

21. Al ordenar o dirigir un trabajo, el SUPERVISOR del PROVEEDOR deberá comprobar que todos los trabajadores tengan claro entendimiento del mismo, las practicas de seguridad que deben respetar y de los riesgos a que estarán expuestos.

22. El personal del PROVEEDOR deberá respetar los avisos e instalaciones de seguridad de este centro de trabajo.

23. El personal del PROVEEDOR deberá acatar las instrucciones que se dicten, para evitar accidentes y solicitar a su SUPERVISOR el equipo de seguridad recomendado.

24. El personal del PROVEEDOR que tenga conocimiento de que están efectuando labores riesgosas sin acatar las instrucciones de seguridad, está obligado a dar aviso al Ingeniero de Seguridad Industrial de la Refinería Francisco I, Madero, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo hasta que se cumplan dichas instrucciones.

25. Los trabajadores deben cerciorarse de que la herramienta o maquina que van a operar, este en buenas condiciones para evitar accidentes por esta causa.

26. Debido a que líquidos, gases y materiales flamables son comunes en las instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero, queda estrictamente prohibido fumar y/o encender fósforos o encendedores dentro de las instalaciones de la Refinería, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición. Así mismo deberán abstenerse de ingresar estos artículos al interior de la Refinería. Para cumplir con esta disposición el personal de vigilancia revisara diariamente las mochilas de los trabajadores y vehículos. En caso de incumplimientos se solicitara al PROVEEDOR aplique las correspondientes sanciones a su personal .

27. El personal del PROVEEDOR deberá abstenerse de introducir a las instalaciones de la Refinería (incluyendo los estacionamientos) bebidas alcohólicas o cualquier tipo de drogas legales e ilegales. En caso de incumplimientos se solicitara al PROVEEDOR aplique las correspondientes sanciones a su personal .

28. Sin excepción alguna, queda estrictamente prohibido a todo el personal del PROVEEDOR el uso de teléfonos celulares en áreas de proceso y fuerza de la Refinería Francisco I. Madero. En caso de incumplimiento a esta disposición se procederá al decomiso del teléfono celular y se solicitará al PROVEEDOR aplique las respectivas medidas disciplinarias para evitar se repita el incumplimiento.

29. Sin excepción alguna, queda estrictamente prohibido a todo el personal del PROVEEDOR el uso de audífonos y equipos de audio (walkman, etc.) en áreas de proceso y fuerza de la Refinería Francisco I. Madero. En caso de incumplimiento a esta disposición se procederá al decomiso del equipo y se

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solicitará al PROVEEDOR aplique las respectivas medidas disciplinarias para evitar se repita el incumplimiento.

30. El personal del PROVEEDOR no debe hacer fogatas para calentar alimentos.

31. Sé prohíbe el ingreso y porte de armas de fuego y/o punzo cortantes en el interior de la Refinería y áreas de trabajo.

32. Queda estrictamente prohibido la introducción a las Instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero de cámaras fotográficas o de video. Solo se podrán introducir con la autorización por escrito de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de esta Refinería.

33. Queda estrictamente prohibido que el trabajador al servicio del PROVEEDOR se presente a laborar en estado de embriaguez o bajo los efectos de algún narcótico o droga enervante.

34. El personal del PROVEEDOR, deberá observar y conservar una buena conducta en el desempeño de sus labores. Quedan absolutamente prohibidos el juego, las bromas y el retozo durante sus horas de servicio, así como portar armas de cualquier clase.

35. El personal del PROVEEDOR deberá utilizar las puertas correspondientes y autorizadas para la entrada y salida a esta Refinería.

36. El personal del PROVEEDOR no debe entrar a otros lugares que no sean donde se lleven a cabo los trabajos amparados por este contrato, transitando únicamente por los accesos designados de las áreas de proceso y no deberá cruzar por el interior de las plantas de proceso o patios de tanques.

37. El personal del PROVEEDOR no deberá tocar botones de arranque/paro, de equipo eléctrico, válvulas, conexiones, líneas o equipo de proceso en el interior de las plantas, si estos no están considerados dentro de los alcances del Contrato.

38. El personal del PROVEEDOR no deberá pisar, pararse o apoyarse sobre equipos estáticos o dinámicos, tuberías con aislamiento, cables y equipo eléctrico, instrumentos de control, arreglos de nipleria tales como manómetros, termómetros, piernas y cristales de nivel, termopozos, corrosómetros, sistemas de muestreo cerrado, purgas, venteos y niples en general. No utilizar como palanca o desvío los equipos.

39. Todo el personal que ejecute labores de altura fuera de pasillo o plataformas y en estructuras rack de tuberías, deberá utilizar cinturón de seguridad tipo arnés aviador con cables guardavidas, con una longitud máxima de 1.5 m.

40. Al desmantelar estructura, tuberías, etc., el soldador debe cerciorarse de que se encuentren sujetas las piezas que se van a desprender.

41. Durante la realización de maniobras que impliquen suspender piezas o equipos, los trabajadores no deben colocarse debajo de las cargas.

42. El personal que opere grúas, winches y equipo motriz deberá ser personal calificado y que conozca perfectamente el trabajo.

43. Las grúas, winches y equipo que se use, deberán ser de la capacidad suficiente para mover y/o levantar las piezas de tubería o equipos en que se va a trabajar, así como estar en buen estado sus cables, amarres, poleas y equipo de mando.

44. Para cada trabajo de corte y soldadura se debe de cumplir con las recomendaciones de seguridad indicadas en la solicitud de trabajo respectiva.

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45. Solo con la autorización de la Unidad de Seguridad y Protección Ambiental de la Refinería se podrá hacer uso de equipos de flama abierta o chispa.

46. En los trabajos de corte y soldadura, se debe tener personal de contraincendio con aptitud aprobada por la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental, así como con el equipo contraincendio necesario.

47. Los cables que se utilicen para efectuar trabajos de soldadura, deberán ser de una sola pieza no permitiéndose uniones intermedias que puedan producir chispas.

48. En caso de que sea necesario utilizar agua de la red de contraincendio para trabajos relacionados con esta Obra, se deberá de tramitar el permiso correspondiente en la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental.

49. El agua de enfriamiento, de servicio y de contraincendio es dañina, por lo que queda estrictamente prohibido su uso para aseo o consumo por parte del personal del PROVEEDOR.

50. El PROVEEDOR se compromete a mantener limpia y libre de obstáculos el área asignada a sus trabajos en forma permanente.

51. Queda prohibido instalar en el área de proceso, alumbrado y contactos provisionales que no sean a prueba de explosión, así como quitar tapas condulets, para las alimentaciones provisionales de alumbrado.

52. Los reflectores que utilice el PROVEEDOR deberán tener pantalla cerrada y su cable de conexión uso rudo.

53. Los centros de control de motores, subestaciones eléctricas y áreas de transformadores eléctricas, quedan estrictamente prohibida como área para descanso y de ejecución de labores ajenas, por lo que el ingreso a las mismas queda restringida solo al personal autorizado.

54. Para su observancia se anexa una copia del capitulo XXIV, del Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos, referente a obras y/o servicio.

REGLAS Y REQUISITOS PARA LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES DE CONTRATISTAS QUE INGRESEN A LAS DIVERSAS ÁREAS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

1. Los vehículos y/o maquinaria de combustión interna propiedad del PROVEEDOR, que ingresen al interior de la Refinería “Francisco I. Madero”, deben encontrarse en buenas condiciones mecánicas (mofles en buen estado y con matachispas, frenos, sistema eléctrico bien aislado y en buenas condiciones, etc.), tener el pase correspondiente.

2. Deberá ser vehículo de trabajo (camioneta, grúa, camión, etc.).

3. Copia de la póliza vigente de seguro del vehículo.

4. En el caso de grúas y camiones de carga solo para modelos anteriores al año 2000, tendrán que tener un comprobante avalado por un tercero (un taller especializado) donde conste de que el equipo se encuentre en buenas condiciones mecánicas.

5. En el caso de chofer de grúa este deberá de comprobar su capacidad y adiestramiento mediante un certificado acreditado por un tercero (centro de capacitación)

6. Ultimo comprobante de pago de seguro (firmado y sellado por la aseguradora).

7. Tarjeta de circulación vigente.

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8. Licencia de manejo vigente del conductor.9. Solicitud del pase elaborado en máquina.

10. El nombre y firma del área responsable (Residente o el que haga esta función por parte de PEMEX).

11. Las solicitudes no llevarán enmendaduras.

12. Solo se autoriza máximo 2 conductores por cada unidad.

13. Uso obligatorio del cinturón de seguridad.

14. Tener cuidado en los cruces de vías

15. No descender del vehiculo dejando el motor encendido.

16. No transitar en áreas de proceso, mantenimiento, construcción, almacenes y redondeles de tanques, a menos que lo autorice personal de la Refinería. Así mismo no debe circular fuera de las rutas principales.

17. Los vehículos del PROVEEDOR deberán estacionarse en lugares establecidos por la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. Estos lugares serán difundidos por el personal de vigilancia. No se deben colocar vehículos, casetas o materiales de forma que impidan el libre acceso a los extinguidores, hidrantes, equipo de contraincendio, subestaciones eléctricas, registros de drenaje, la vía del tren y debajo de los racks de líneas. En caso de incumplimientos se procederá a retener el vehiculo y solicitar al PROVEEDOR aplique las medidas disciplinarias correspondientes al personal involucrado en el incumplimiento.

18. Queda prohibido transportar al personal en forma insegura (parados y/o sobre la orilla de las cajas de las camionetas, arriba de grúas, en winches, etc.). En caso de incumplimientos a esta disposición se procederá a retener el vehiculo y solicitar al PROVEEDOR aplique a su personal las sanciones conducentes.

19. Al estacionarse en los lugares autorizados, hacerlo de reversa, para salir libremente.

REGLAS Y MEDIDAS QUE DEBERÁ CUMPLIR Y RESPETAR TODO EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DURANTE EL DESARROLLO EMERGENCIAS EN LAS INSTALACIONES DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

En caso de presentarse alguna emergencia en las instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero, el personal del PROVEEDOR deberá suspender sus actividades y seguir fielmente las instrucciones del personal de la Refinería encargado de las instalaciones, debiendo conocer previamente las rutas de evacuación y refugios para casos de emergencias. Así mismo será responsabilidad del PROVEEDOR conocer y difundir a todo el personal a su cargo los Procedimientos e Instrucciones que a continuación se enlistan:

311-40900-PSIA-005 PLAN DE RESPUESTA A EMERGENCIAS.

311-45100-IT-005-001 ACTIVACIÓN DE ALARMAS EN CASO DE EMERGENCIAS.

311-45100-IT-005-03 ACTIVACIONES DEL PLAN DE RESPUESTA A EMERGENCIAS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

311-45100-IT-005-04 DECLARACIÓN DE CESE DE LA EMERGENCIA.

311-45100-IT-005-05 ACTIVIDADES DE EVACUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA.

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Dependiendo de la naturaleza y alcances de la Obra, también deberán ser considerados dentro de la difusión al personal a cargo del PROVEEDOR, los siguientes Procedimientos para Emergencias:

311-45100-PSIA-007 PROCEDIMIENTO PARA LLUVIA INTENSA.

311-45100-PSIA-009 PROCEDIMIENTO PARA ENFRENTAR FENÓMENOS SOCIO-ORGANIZATIVOS.

311-45100-PSIA-010 PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA POR FUGA, INCENDIO O EXPLOSIÓN DE HIDROCARBUROS EN PLANTAS DE PROCESO O ÁREAS DE ALMACENAMIENTO.

311-45100-PSIA-011 PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA ANTE EL IMPACTO DE UN HURACÁN EN LAS INSTALACIONES DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

La Residencia de Obra de PEMEX REFINACIÓN con apoyo de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental colaboraran con el PROVEEDOR para que esta difusión se lleve a cabo, así mismo, estas dos áreas serán responsables de proporcionar al PROVEEDOR toda la documentación arriba señalada.

PLAN DE SEGURIDAD PARA CONTRATISTAS DURANTE LAS REPARACIONES DE PLANTAS

I.- PROTOCOLO DE INICIO DE LA OBRA

Se debe tener debidamente documentado en protocolo de inicio de la Obra con cada uno de los CONTRATISTAS que participan en las reparaciones, donde conste que se llevo una verificación en sitio de aspectos de seguridad.

Aspectos a evaluar durante le protocolo de inicio de la Obra:

1.- SUPERVISOR de Seguridad (Ingeniero)2.- Equipo de seguridad del personal.3.- Procedimientos de Trabajo.4.- Equipo de contraincendio.5.- Capacitación en seguridad.6.- Protección contraincendio.7.- Instalaciones eléctricas.8.- Castilla de seguridad.9.- Vehículos y maquinas de combustión interna.10.- Grúas, winches, diferenciales, estrobo, etc.11.- Equipo de monitoreo.12.- Instalaciones del PROVEEDOR.13.- Transporte de personal.14.- Sanitarios y depósitos de basura.15.- Orden y limpieza.16.- Agua para su personal.

Responsables de cumplimiento:

1.- Grupo técnico del sector2.- Residente de Pemex.3.- Representante del PROVEEDOR.

II.- REUNIÓN INICIO DE JORNADA (RIJ)

Diariamente se lleve a cabo la Reunión Inicio de Jornada (RIJ) en la que participa todo el personal del PROVEEDOR.Responsables de cumplimiento:

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1.- Residente de Pemex.2.- Representante del PROVEEDOR.

Nota: Se dará seguimiento al cumplimiento de esta actividad por parte de personal del SSPA y de la USIPA.

III. AUDITORIAS EFECTIVAS

Diariamente se deben llevar a cabo auditorias efectivas durante los tres turnos de trabajo con la finalidad de corregir actos inseguros a fin de evitar accidentes durante el desarrollo de las actividades.

Nota: Los tres primeros días de actividades de reparación, el personal de USIPA establecerá el estándar de seguridad deseado.

Responsables de cumplimiento:

1.- Residente de Pemex2.- SUPERVISOR de Seguridad del PROVEEDOR.3.- Ingenieros de las diferentes especialidades y mandos medios de Pemex.4.- Personal del SSPA y de la USIPA.

Nota: Se dará seguimiento al cumplimiento de esta actividad por parte de personal del SSPA y de la USIPA.* Si requieren re-entrenamiento, lo proporcionara USIPA. IV.- PLÁTICAS DE SEGURIDAD.

Se debe tener por parte de cada PROVEEDOR, un Programa de pláticas diarias de seguridad para ser impartido al personal durante el periodo que dure la reparación de la planta, esto con la finalidad de concienciar al personal en los aspectos relevantes de seguridad (5 minutos). Ejemplos: Plan de respuesta a emergencia, hojas de seguridad, riesgos de trabajo, procedimientos críticos, etc.

Responsables de cumplimiento:

1.- SUPERVISOR de seguridad del PROVEEDOR.2.- Residente de Pemex.

* Nota: Se dará seguimiento al cumplimiento de esta actividad por parte de personal del SSPA y de la USIPA.

V.- ANALISIS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO (AST)

Se debe llevar a cabo en los trabajos de alto riesgo un analisis de seguridad en el trabajo (AST), con la finalidad de minimizar los riesgos inherentes al mismo y evitar accidentes e incidentes. Por ejemplo:

Juntas ciegas en líneas de desfogue. Trabajos en altura. Trabajos en interiores de torres, reactores, recipientes. Libranzas eléctricas.Responsables de cumplimiento:

1.- SUPERVISOR del PROVEEDOR.2.- Residente de Pemex.3.- Ingeniero de Inspección Técnica y Seguridad de Pemex, responsable de la reparación.

VI. PROCEDIMIENTOS CRÍTICOS

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Durante la vigencia del Contrato CS-RMAD-___/__, todo el personal a cargo del PROVEEDOR deberá dar un riguroso cumplimiento a la difusión, aplicación y verificación de los “Procedimientos Críticos” que a continuación se enlistan:

SP-SASIPA-SI-02310 PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJOS EN INSTALACIONES INDUSTRIALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN DE PEMEX REFINACIÓN.

311- 42000-PSIA-012 PROCEDIMIENTO PARA LIBRANZAS DE CIRCUITOS Y EQUIPOS ELÉCTRICOS

300-40800-PSIA-045 REALIZACIÓN DE TRABAJOS EN ALTURA

300-40800-PSIA-046 INSTALACIÓN Y USO DE BARRERAS DE SEGURIDAD

300-40800-PSIA-047 TRABAJOS DE EXCAVACIÓN

300-40800-PSIA-048 TRABAJOS DE CORTE Y SOLDADURA

300-40800-PSIA-049 AUTORIZAR, SUPERVISAR Y EJECUTAR TRABAJOS EN FORMA SEGURA, EN ESPACIOS CONFINADOS

300-40800-PSIA-050 ETIQUETA, CANDADO, DESPEJE Y PRUEBA

300-40800-PSIA-051 APERTURA Y CIERRE DE BRIDAS Y CONEXIONES EN LÍNEAS Y EQUIPOS

300-40800-PSIA-052 ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS

El PROVEEDOR deberá solicitar a la Superintendencia de Rehabilitaciones y Modificaciones así como a la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de la Refinería Francisco I. Madero, copias de “Procedimientos Críticos” que sean aplicables de acuerdo a la naturaleza de los trabajos amparados en el Contrato CS-RMAD-___/__.

Cuando personal del PROVEEDOR sea encontrado incumpliendo alguna de las disposiciones contenidas en los Procedimientos arriba señalados, se procederá a suspender los trabajos por lo que cualquier atraso en el programa de ejecución de los trabajos derivado de este incumplimiento, no será motivo para diferir la fecha de inicio de los mismos o ampliar el plazo de ejecución del contrato. Así mismo se solicitará al PROVEEDOR sancione a su personal involucrado en el incumplimiento.

REGLAS ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

NORMAS ECOLÓGICAS:

NOM-001-SEMARNAT-1996 : Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.

NOM-052-SEMARNAT-1993 : Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado

de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NOM-085-SEMARNAT-1994 : Contaminación atmosférica-Fuentes fijas- Para fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, , que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxido de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión.

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Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas son responsabilidad del PROVEEDOR, que deberá remediarlos a su costo.

A continuación se presenta un conjunto de reglas y guías de acción que deben ser ampliamente conocidas, estudiadas, divulgadas y aplicadas por el PROVEEDOR y sus empleados, cuando así lo requiera la naturaleza de la Obra a ejecutar:

El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá operarse de tal manera que cause el mínimo deterioro a los suelos, vegetación y cursos de agua en el sitio de la Obra. No se permite el uso, tránsito estacionamiento ni lavado de equipo móvil en lechos de quebradas u otros sitios distintos al área de trabajo, a menos que sea estrictamente necesario y con previa autorización de Petróleos Mexicanos o su delegado.

El aprovisionamiento de combustible y mantenimiento del equipo móvil y otra maquinaria incluyendo lavado, deberá realizarse en forma tal que estas actividades no contaminen los suelos o las aguas y los desechos deberán ser retirados y tratados. La ubicación de los patios para estas operaciones deberá ser aislada de cursos de agua.

El PROVEEDOR debe mantener el buen estado de funcionamiento toda su maquinaria con el fin de evitar escapes de lubricantes o combustibles que puedan afectar los suelos, cursos de agua, aire y organismos, las motobombas y en general los equipos para extracción de agua que deban ser instalados en la orilla de una corriente, estarán provistas de bandejas que permitan retener las fugas de combustible y lubricante; por ningún motivo se descargaran aceites o combustibles a un cuerpo de agua.

Los aceites y lubricantes usados y los residuos de limpieza y mantenimiento deberán ser retenidos en recipientes herméticos y deberán recibir tratamiento y disposición final adecuada.

Si por alguna circunstancia han de efectuarse quemas solo deberán ser autorizadas por el jefe del área de ECOLOGÍA.

Todos los campamentos deberán estar provistos de las facilidades para la recolección, tratamiento y disposición de aguas residuales, sistema que deberá contar con la autorización previa de Petróleos Mexicanos. Los deshechos sólidos deberán ser dispuestos adecuadamente mediante incineración o relleno sanitario y cumpliendo con las normas establecidas por la Secretaría de Salud.

El PROVEEDOR debe asegurarse que la destrucción o tala de vegetación sea la mínima necesaria para realizar el trabajo.

Los residuos de tala y rosería no deben llegar a los cursos de agua. Estos deben ser apilados de tal forma que no causen desequilibrios a las condiciones del área.

En las operaciones de movimiento de tierras el PROVEEDOR deberá tomar medidas de control sobre los desechos de materiales con el fin de no causar derrumbes en áreas circundantes y contaminación de cursos de agua. Debe tenerse un plan previo para disposición de desechos inertes y de almacenamiento en la capa vegetal con fines de posterior restauración del paisaje.

Cuando las cuentas y cárcamos de un trabajo concluyan directamente a un río, deberán estar provistas de obras civiles que permitan la decantación de sedimentos.

Los drenajes deben construirse siguiendo curvas de nivel hacia canales naturales protegidos en caso de no ser posible, se deben de construir estructuras de disipación de energía.

Cuando exista la necesidad de desviar un curso natural de agua o se haya construido un paso temporal de un cuerpo de agua y estos no se requieran en el futuro, el curso abandonado o el paso deberán ser restaurados por el PROVEEDOR a sus condiciones originales.

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El PROVEEDOR deberá instalar tuberías y/o mangueras de manera provisional dependiendo del caudal a manejar, en los drenajes y en corrientes superficiales interrumpidos por la construcción de vías.

Las gravas o material de arrastre no deben ser removidas del lecho de los ríos, arroyos, playas, lagos o lagunas, excepto en las zonas específicamente aprobadas como fuente de materiales por la entidad gubernamental competente y en tal caso se debe evitar el deterioro del área al final de la utilización y ejecutar las obras necesarias para la recuperación del área afectada.

El PROVEEDOR deberá tomas las medidas necesarias par asegurar que cemento, limos, o concreto fresco, y en general residuos sólidos, no tengan como receptor final el lecho de cursos de agua.

El material de excavaciones o apertura de accesos debe ser ampliado para utilizarse en restauración del paisaje cuando las obras no sean permanentes.

El PROVEEDOR deberá presentar especial cuidado al mantenimiento de cercas y accesos, los cuales deberán de permanecer cerrados en todo momento y exigir a su personal la observación de esta obligación.

Se deberá verificar permanentemente la disposición adecuada de aguas residuales.

En áreas de campamentos se deben de mantener limpias las cunetas y drenajes naturales y artificiales de aguas lluvias.

El agua utilizada en los campamentos para consumo humano y preparación de alimentos debe ser agua potable.

El PROVEEDOR se obliga a contribuir a que el comportamiento de sus trabajadores sea ejemplar con la comunidad.

Al finalizar las actividades, las áreas de trabajo deben quedar en condiciones similares a las encontradas inicialmente.

Toda actividad de manejo de hidrocarburos deberá tener medidas preventivas y de control de derrames.

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ANEXO “SSPA”3. CAPITULO XXIV DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

CAPITULO XXIVOBRAS

XXIV. ARTICULO 1. Todos los prestadores de servicios que sean contratados por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que, en materia de seguridad, salud y protección al medio ambiente, el contratante tenga establecidos en sus instalaciones o Centros de Trabajo.

XXIV. ARTICULO 2. Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen. la obligación de informar y verificar que los prestadores de servicios que ha contratado, han entendido las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que, en materia de seguridad, salud y protección al medio ambiente, tenga establecidos en las instalaciones o Centros de Trabajo en las cuales se va a desarrollar lo contratado.

XXIV. ARTICULO 3. Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen la obligación de comunicar a los prestadores de servicios que contrate, las rutas y señalamientos para el tránsito seguro dentro de sus instalaciones o centros de trabajo, así como los puntos de reunión y salidas de emergencia. Al efecto, los prestadores de servicios tienen la obligación de cumplir con lo que el contratante les indique en este rubro.

XXIV. ARTICULO 4. El SUPERVISOR de las obras por la parte contratante, vigilará que la prestación del servicio contratado se realice conforme a las condiciones y especificaciones estipuladas en el contrato. En su caso, informará al responsable de la administración del contrato, los incumplimientos o desviaciones.

XXIV. ARTICULO 5. Para la realización de maniobras con maquinaria pesada o cuando se manejen materiales pesados o voluminosos, la persona encargada del trabajo debe efectuar una planeación de las mismas conforme los procedimientos o instructivos establecidos para tal fin e instruir en forma clara y precisa a los trabajadores que participen en las maniobras sobre las medidas de seguridad que deberán cumplirse durante su ejecución.

XXIV. ARTICULO 6. Queda prohibido al operador de montacargas o grúas móviles sobre orugas o neumáticos ejecutar maniobras sin el auxilio de un trabajador en tierra, que le ayude a dirigir sus operaciones conforme a las medidas de seguridad aplicables en este tipo de labores, tales como comunicación por radio o señales manuales, entre otras.

XXIV. ARTICULO 7. El ayudante operador debe verificar que la carga o lingada quedó firmemente amarrada y se aseguró correctamente antes de darle al operador la señal de izaje de la carga.

XXIV. ARTICULO 8. Queda prohibido a los trabajadores o Contratistas, viajar sobre, al lado o debajo de la carga que se va a mover por cualquier medio mecánico de transporte.

XXIV. ARTICULO 9. Cuando se lleven a cabo trabajos con grúas móviles, entre la parte más próxima del equipo y líneas conductoras de electricidad, deben existir como mínimo, las distancias que a continuación se indican:

TENSIÓN EN VOLTS DISTANCIA EN CM.750 a 2,500 30

2,501 a 10,000 6010,001 a 27,000 9027,001 a 47,000 12047,001 a 70,000 18070,001 a 110,000 220

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TENSIÓN EN VOLTS DISTANCIA EN CM.110,001 a 250,000 300250,001 en adelante

300+1.25 cm por cada

XXIV. ARTICULO 10. Si la grúa hace contacto accidentalmente con un cable eléctrico, todo el personal de apoyo en tierra debe mantenerse apartado del equipo. El operador permanecerá en la cabina hasta que reciba instrucciones para abandonarla, siempre y cuando haya sido previamente cortada la energía eléctrica y liberada la parte que hizo contacto con el cable eléctrico.

Si por alguna circunstancia el operador tiene que abandonar el equipo, lo hará con los dispositivos de descenso dieléctricos (escalera, canastilla, etc.) que se tengan 'disponibles y nunca descenderá en forma que pueda cerrar el circuito eléctrico al hacer contacto con el equipo y la tierra.

XXIV. ARTICULO 11. El trabajador que haga uso de cabos de manila, de fibras sintéticas o cables de acero, debe verificar que sean del calibre y material para su utilización segura de acuerdo al propósito para el cual se van a usar.

Al hacer los amarres debe asegurarse que estén bien hechos para evitar que éstos se corran o se desbaraten. .

XXIV. ARTICULO 12. Todo trabajo de altura debe considerarse como trabajo potencialmente peligroso y como tal, debiendo autorizarse su ejecución requisitando el Permiso de Trabajo correspondiente, solicitud de trabajo o documento equivalente que obligue al análisis del riesgo.

XXIV. ARTICULO 13. La selección y aplicación de los procedimientos críticos para trabajos en altura debe hacerse de acuerdo a las condiciones particulares de cada caso, tomando como base un análisis del riesgo que efectuará el personal técnico del área donde se realizará el trabajo.

XXIV. ARTICULO 14. Se utilizará arnés y cable de vida para trabajos con pisos resbalosos, en escaleras fijas, plataformas sin barandal o en lugares similares donde se requiera reducir el riesgo de caída libre.

XIV. ARTICULO 15. Cuando se utilice el arnés, debe cuidarse que el anillo "D" del cable de vida, independientemente de la longitud del cable, se fije a un anclaje seguro, de tal manera que en caso de caída del trabajador, el arnés sólo tenga una trayectoria máxima de 50 cm.

XXIV. ARTICULO 16. Los trabajadores deben utilizar el arnés para trabajos en altura, cuando se estime una posible caída libre mayor de 0.5 m y menor de 1.8 m.

Cuando la caída libre pueda ser mayor de 1.8 m, pero sin exceder 4.0 m, los cinturones de seguridad deben usarse con un amortiguador de choque conectado a la línea de sujeción.

XXIV. ARTICULO 17. Debe utilizarse arnés con suspensión en trabajos de altura cuando sea necesario sostener o soportar al operario colgando, mientras efectúa dicha labor (guindolas). También se utilizarán para rescate, especialmente de personas inconscientes. No son para caída libre.

XXIV. ARTICULO 18. Deben utilizarse cinturones de seguridad y bandolas para trabajos en líneas eléctricas de transmisión (linieros y montadores), y otros trabajos eléctricos, para prevenir caídas libres.

XXIV. ARTICULO 19. Cuando se utilicen guindolas suspendidas deben probarse, bajándolas hasta aproximadamente 50 cm., sobre el piso y cargándolas con 4 veces el peso que va a soportar.

XXIV. ARTICULO 20. La plataforma de los andamios debe de tener una cenefa o rodapié alrededor para evitar que las herramientas o los materiales caigan en caso de desnivelarse.

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XXIV. ARTICULO 21. Si por la naturaleza de la actividad se necesita realizar trabajos a diferentes niveles simultáneamente, es necesario instalar un techo de protección para evitar el riesgo de que los trabajadores que laboren en las partes bajas puedan ser alcanzados por objetos que caigan.

XXIV. ARTICULO 22. Cuando sea necesario instalar escaleras, pasillos o barandales provisionales, el SUPERVISOR y el encargado de la obra deben cumplir con las medidas de seguridad correspondientes.

XXIV. ARTICULO 23. Los responsables de supervisar la obra por parte del contratante y del PROVEEDOR, deben revisar periódicamente las instalaciones eléctricas provisionales, con objeto de mantenerlas en condiciones seguras.

XXIV. ARTICULO 24. Los responsables de supervisar la obra por parte del contratante y del PROVEEDOR deben instruir, en forma clara y precisa, al personal que tenga que ejecutar trabajos de construcción dentro de las áreas de proceso o en áreas contiguas, sobre los riesgos existentes, la forma en que debe ejecutarse el trabajo y las medidas de seguridad que deben adoptarse.

XXIV. ARTICULO 25. Cuando se ejecuten trabajos de soldadura o se utilice fuego durante la construcción de obras nuevas en áreas anexas a instalaciones en operación, cercanas a drenajes purgas o recipientes que conduzcan o contengan productos inflamables o explosivos, el personal técnico del área deberá realizar un

análisis de seguridad de los trabajos, así como tomar las medidas de seguridad establecidas en los Permisos de Trabajo peligroso y conforme a los procedimientos o instructivos correspondientes.

XXIV. ARTICULO 26. En las excavaciones ya sea para cimentaciones, tuberías, equipos, instalaciones, entre otros, se debe hacer el estudio de mecánica de suelos conforme a los procedimientos o instructivos correspondientes y cumplir con las medidas de seguridad aplicables a estos tipos de trabajos (instalación de ademes, tabla-estacas, etc.).

Toda reforma, alteración, modificación o innovación a las instalaciones de cualquier tipo en el Centro de Trabajo, debe hacerse conforme a la administración del cambio.

XXIV. ARTICULO 27. Cuando no se tenga el estudio de mecánica de suelos, las excavaciones de más de un metro de profundidad, deben de hacerse conforme a las medidas de seguridad que se establezcan en los procedimientos o instructivos que aplican para este tipo de actividad, a fin de evitar derrumbes.

XXIV. ARTICULO 28. Las labores de excavación deben efectuarse sin riesgo, por lo que, en caso de existir construcciones colindantes, se deben revisar la cimentación y su estructura con los proyectos existentes, con el fin de protegerlas debidamente.

XXIV. ARTICULO 29. Si durante la excavación, cualquier trabajador observa que el terreno se encuentra contaminado con hidrocarburos o productos químicos, éste debe suspender la actividad referida y avisar inmediatamente a su SUPERVISOR o residente de obra.

XXIV. ARTICULO 30. Antes de colar columnas, trabes y losas de concreto, el SUPERVISOR o residente de obra, debe verificar qué la cimbra cumpla con las medidas de seguridad establecidas en los procedimientos o instructivos correspondientes.

XXIV. ARTICULO 31. El trabajador responsable de una excavación en sitios adyacentes a instalaciones en servicio, no debe iniciar su encomienda si tiene duda o no ha sido debidamente informado de los riesgos de la actividad a realizar. Al efecto, una vez informado, deberá cumplir las medidas de seguridad que se le indiquen.

XXIV. ARTICULO 32. Toda conexión de un nuevo drenaje industrial a la red existente, debe efectuarse conforme a los procedimientos que se establezcan en el Centro de Trabajo y cumplir las medidas de seguridad correspondientes.

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XXIV. ARTICULO 33. Todo trabajador que participe en la conexión de nuevos drenajes industriales con los existentes debe usar el quipo de protección personal adecuado y cumplir las medidas .de seguridad que se le indiquen, evitando provocar fuentes de ignición tales como chispas producidas con las herramientas de trabajo, instalaciones de iluminación inapropiadas, bombas de achique accionadas por motor de combustión interna, entre otras.

XXIV. ARTICULO 34. Al desconectar o conectar tuberías a circuitos, cuando exista protección catódica, se debe evitar la formación de arcos eléctricos y tomar las precauciones necesarias para restituir dicha protección. En esta actividad, los trabajadores deben cumplir estrictamente las medidas de seguridad que se les indiquen.

XXIV. ARTICULO 35. En obras cercanas a vías de ferrocarril, deben observarse las disposiciones de la Ley General de Vías de Comunicación. Tratándose de una vía ancha, no debe realizarse obra alguna a una distancia menor de 2.60 metros del eje de la vía, a 1.80 metros si se trata de una vía angosta o a 1.5 metros si es una vía de cambio (Decauville).

XXIV. ARTICULO 36. Las modificaciones a los drenajes que manejen productos inflamables o combustibles, deben acompañarse de un estudio de riesgos previo y hacerse siempre con las características adecuadas para el servicio respectivo.

XXIV. ARTICULO 37. En todos los casos, los trabajadores deberán tener siempre .puesto su casco para protegerse de golpes de piedras, maderos o cualquier otro material de construcción, sobre todo cuando hay trabajadores en las partes superiores, ya que puede caer cualquier material de construcción o bien cualquier herramienta.

XXIV. ARTICULO 38. Cuando por necesidades de servicio sea necesario tender tuberías provisionales sobre áreas transitadas, deben tomarse las siguientes precauciones:

a) Proteger los tubos a ambos lados con placas de acero o con maderos.b) Poner señalamiento a ambos lados mediante banderas en el día y luces o pintura reflectante durante

la noche.c) Cuando se trate de excavaciones, se señalará con mojoneras blancas en el día y con luces o pintura

reflectante durante la noche.

XXIV. ARTICULO 39. Toda obra nueva o que implique modificación, adecuación, remodelación o alteración, de cualquier tipo de instalación en el Centro de Trabajo, debe hacerse conforme a la administración del cambio adoptada por Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios.

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4. - REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES

1. Objetivo.

Establecer los requisitos y reglas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, que deben cumplir los proveedores y contratistas que proporcionan obras, bienes o servicios en las instalaciones de Pemex Refinación, con el propósito de prevenir la ocurrencia de incidentes que afecten la integridad de trabajadores, instalaciones, medio ambiente o terceros.

2. Alcance. 2.1. El presente reglamento define:

2.1.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas y proveedores que proporcionan servicios de construcción, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento; así como, de suministro de bienes y servicios en las instalaciones del Organismo Pemex Refinación, contratados al amparo de la "Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas", y de la "Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público" y sus Reglamentos, incluyendo los contratos que se instrumenten con dependencias o entidades.

2.2.2. Los requerimientos mínimos que se deben establecer como parte de las bases de licitación en materia de seguridad industrial, salud en el trabajo y protección ambiental, mismos que debe cumplir el personal de compañías contratistas y proveedores en el desarrollo de sus actividades objeto del contrato; así como, los mecanismos de supervisión y control correspondientes.

2.2. El presente reglamento no incluye el traslado o transporte realizado . por contratistas y proveedores cuando los materiales, equipos, maquinaria o herramientas son de su propiedad; es decir que, aunque vayan a ser transferidos a Pemex Refinación esta acción no haya sido concretada.

3. Ámbito de aplicación.

Las disposiciones contenidas en el presente reglamento, son de aplicación general y observancia obligatoria en todos los centros de trabajo de Pemex Refinación, en donde se realicen actividades por parte de contratistas o de proveedores.

4. Actualizaciones.

4.1. El presente reglamento, se debe revisar cada cuatro años o antes si las propuestas de modificación lo ameritan.

4.2. Las sugerencias, observaciones o comentarios al presente documento normativo, se deben enviar oficialmente por escrito a la Gerencia de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, dependiente de la SASIPA, en la dirección siguiente:

Av. Marina Nacional No. 329, colonia Huasteca, C.P. 11311, México, D. F. Edificio "B-2", segundo piso.

5. Vigencia.

5.1. El presente Reglamento entrará en vigor a los sesenta días naturales contados a partir de su fecha de autorización por parte del Director General de Pemex Refinación y estará disponible para su consulta en la normateca electrónica de la SASIPA.1

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6. Definiciones.

6.1. Accidente: Suceso repentino, no deseado ni planeado. cuyas consecuencias son daños, lesiones, o enfermedades. 2

6.2. Actos inseguros. Son /as acciones realizadas por el trabajador, que omite o viola el método o medidas aceptadas como seguras.

6.3 Análisis de seguridad del trabajo (AST). Es una metodología que nos permite realizar la planeación de cualquier actividad o tarea para que esta se realice con un enfoque de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. Consiste en analizar la actividad a realizar, paso a paso para identificar los riesgos y generar las acciones que nos permitan controlar, mitigar y/o eliminar el riesgo, definiendo los responsables de implementar las medidas de control señaladas.

6.4. Área contratante. Área designada por Pemex Refinación con capacidad técnica-administrativa y jurídica para llevar a cabo los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades para la adjudicación de contratos de obra, servicios o adquisiciones requeridos por las áreas usuarias.

1 http://sasipa.ref.pemex.com 2 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 4, subíndice a. 3 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Capítulo 4, subíndice b.

6.5. Área de riesgo. Área clasificada dentro de las instalaciones, que presenta o puede presentar condiciones peligrosas y que requiere la aplicación de medidas de prevención y control de los riesgos asociados al trabajar en dichas áreas. Entre otras, se incluyen de manera ilustrativa las siguientes:

6.5.1. Concentraciones de gases o vapores inflamables con posibilidad de incendio y/o explosión.

6.5.2. Excavaciones a más de 1.00 metro de profundidad, túneles o pozos.

6.5.3. Instalaciones y/o equipos que operan a altas presiones y/o temperaturas.

6.5.4. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación y que hayan contenido productos combustibles o inflamables.

6.5.5. Instalaciones y/o equipos en los que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.5.6. Instalaciones y/o equipos que se consideren trabajos en altura a más de 1.80 metros de altura a partir del nivel del piso terminado; cuando el piso lo constituya una plataforma, dicha altura se contará a partir de la misma, siempre y cuando esta tenga barandales u otro medio de protección que evite que el trabajador pueda caer fuera de la plataforma.

6.5.7. Instalación y/o equipos que operen con alta tensión eléctrica.

6.5.8. Operaciones a bordo de embarcaciones de Flota Mayor o Menor.

6.5.9. Procesamiento, almacén, manejo o uso de gases y líquidos combustibles o inflamables.

6.6. Área usuaria. Es el área de Pemex Refinación con capacidad técnica que hará uso final de los servicios o bienes proporcionados por contratistas o proveedores, conforme a lo pactado en el contrato específico.

6.7. Bases de licitación. Documento que contiene los requerimientos técnicos, administrativos, SSPA y legales, expedidos por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios de conformidad con la convocatoria

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para su aplicación en el desarrollo y ejecución de las obras, servicios o adquisiciones, incluyendo todas sus modificaciones y aclaraciones emitidas por escrito por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

6.8. Bases de usuario. Documento que contiene las especificaciones técnicas y legales definidas

por el área usuaria para el proyecto y que servirán de base para la elaboración de los diversos

anexos técnicos y administrativos que integran las bases de licitación.

6.9. Centro de trabajo.- Todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo.4

Este concepto es equivalente a: Centro Administrativo, Refinerías, Terminales de Almacenamiento y Reparto, Terminales Marítimas, Residencias de Operaciones Portuarias, Sectores de Ductos, Embarcaciones, Almacenes y Talleres Centrales de Pemex Refinación.

6.10. Condición insegura. Circunstancia física peligrosa en el medio en que los trabajadores realizan sus labores (ambiente de trabajo), y se refiere al grado de inseguridad que pueden tener los locales, la maquinaria, los equipos y los puntos de operación. 5

6.11. Contratista. Persona ajena al centro de trabajo que labora temporalmente en éste, involucrado directa o indirectamente con el proceso, y que por el motivo de su trabajo agrega un riesgo. 6

6.12. Contrato. Instrumento mediante el cual se formaliza desde el punto de vista legal el acuerdo técnico-comercial entre Pemex Refinación y los contratistas o proveedores, para la realización de los trabajos establecidos como alcance, en el citado documento.

6.13. Enfermedad de trabajo. Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo.7

4 Secretaria del Trabajo y Previsión Social. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Artículo 2°, subíndice II.5 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999. Capítulo 4, subíndice b. 6 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 4, subíndice j. 7 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Capítulo 3, subíndice h.

6.14. Espacio confinado. Es un lugar lo suficientemente amplio, configurado de tal manera que una persona puede desempeñar una determinada tarea en su interior, que tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no esté diseñado para ser ocupado por una persona en forma continua y en el cual se realizan trabajos específicos ocasionalmente. 8

6.15. Incidente. Acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar daños al proceso, maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, pero que en circunstancias diferentes, podría haber derivado en lesiones para las personas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción de medidas preventivas. 9

6.16. Instalación.- Es el conjunto de estructuras, equipos de proceso, y otros, dispuestos para un proceso productivo específico, como tuberías, circuitos eléctricos, accesorios, instrumentos, autos tanque, carros tanque, hardware y software, entre otros, dispuestos en los centros de trabajo para el procesamiento, almacenamiento, servicio principal (fuerza), carga/descarga, tratamiento, servicio transporte o distribución de

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productos; así como, las bodegás, almacenes, talleres, laboratorios, clínicás y edificios administrativos, entre otros, en los que se desarrollan actividades administrativas, de servicios y de apoyo.

6.17. Licitante. La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o de invitación a cuando menos tres personas.

6.18. Máxima Autoridad del Centro de Trabajo. Gerente, Subgerente, Superintendente, Jefe, Residente o Encargado de un centro de trabajo.

6.19. Minuta de trabajo. Formato que debe tramitarse y llenarse obligatoriamente para autorizar la realización de un trabajo de riesgo o potencialmente peligroso, ya sea que cuando el Grupo de Trabajo del centro de trabajo considere que durante el desarrollo del trabajo pueden presentarse condiciones desfavorables que afecten instalaciones vecinas, cuando la duración del trabajo requiera la autorización de más de un permiso de trabajo, que por la naturaleza del trabajo se requieran mayores niveles de supervisión o por que intervienen varias dependencias o especialidades.

6.20. Permiso de trabajo. Formato que debe tramitarse y llenarse obligatoriamente para autorizar la realización de una actividad peligrosa o potencialmente peligrosa.

8 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998. Capítulo 4, subíndice f. 9 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Capítulo 3, subíndice i.

6.21. Protocolo de entrega y recepción. Procedimiento para auditar del inicio al término los trabajos o servicios motivo del contrato.

6.22. Proveedor. Cualquier persona que celebre contratos de adquisiciones arrendamientos o servicios. Siendo cualquier persona ajena al centro de trabajo que labora temporalmente en éste, involucrado directa o indirectamente con el proceso, y que por el motivo de su trabajo agrega un riesgo.

6.23. Reglamento. Reglamento de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Contratistas y Proveedores.

6.24. Residente de obra. Servidor público contratado por Pemex Refinación con el conocimiento, experiencia, y habilidades necesarias para la supervisión, vigilancia, control y aceptación de los trabajos realizados por el contratista o proveedor, designado como responsable y representante directo de Pemex Refinación ante el contratista o proveedor.

6.25. Salud en el trabajo. Actividad multidisciplinaria dirigida a proteger y promover la salud de los trabajadores mediante la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, así como los factores o condiciones de riesgo que ponen en peligro su salud y seguridad.

6.26. Subdirección operativa. Equivale a la Subdirección de Producción, Subdirección de Distribución, Subdirección de Almacenamiento y Reparto.

6.27. Superintendente de construcción (del contratista) y el equivalente (del proveedor). Es la persona facultada por el contratista o proveedor para oír y recibir toda clase de notificaciones, relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal y también cuenta con facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de un contrato.

6.28. Supervisor de Obra. Servidor público contratado por Pemex . Refinación con el conocimiento, experiencia, y habilidades necesarias para la supervisión, vigilancia, control y aceptación de los trabajos realizados por el contratista, quien es el auxilio técnico de la residencia

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de obra, o bien tercera persona que Pemex Refinación contrate para ésta función y con las demás responsabilidades que en su caso, se pacten en el contrato de supervisión.

6.29. Supervisor. Servidor público contratado por Pemex Refinación con el conocimiento, experiencia, y habilidades necesarias para la supervisión, vigilancia, control y aceptación de los bienes o trabajos realizados por el proveedor.

6.30. Supervisor de Seguridad (del contratista o proveedor) Es el representante técnico designado por el contratista o proveedor para la realización y supervisión de las actividades relacionadas con la Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, estipuladas en los contratos celebrados con Pemex Refinación.

6.31. Tratados. Los convenios regidos por el derecho internacional público, celebrados por escrito entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante los cuales los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos.

6.32. Trabajo con riesgo (trabajo peligroso). Es aquel que se realiza en un área clasificada como peligrosa o cerca de ella; o que durante su ejecución pueden presentar condiciones peligrosas que provoquen un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo.

7. Símbolos, abreviaturas y acrónimos.7.1.AE: Auditoria Efectiva.

7.2.ACR: Análisis Causa Raíz.

7.3.AST: Análisis de Seguridad del Trabajo.

7.4.DCO: Dirección Corporativa de Operaciones.

7.5.SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

7.6.HDSS: Hoja de Datos de Seguridad de Sustancias.

7.7.PRE: Plan de Respuesta a Emergencias.

7.8.SASIPA: Subdirección de Auditoria en Seguridad Industrial Y Protección Ambiental.8. Disposiciones generales.

8.1. El fundamento legal que sustenta la obligación de regular lo correspondiente a los aspectos de Seguridad, Salud y Protección Ambiental que deben observar los contratistas y proveedores que realizan actividades en instalaciones de Pemex Refinación, está contenido en la Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004, en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en la Guía Técnica 800/16000/DCO/GT/010/07, principalmente en los artículos siguientes:

8.1.1. En cada centro de trabajo se debe "Comunicar al contratista los riesgos a los que estará expuesto y los accidentes previos que hayan ocurrido en la actividad asignada, así como las reglas de seguridad generales y especificas del área donde va a realizar el trabajo". '°

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8.1.2. En los centros de trabajo se debe "Contar con criterios para la contratación de servicios relacionados con el proceso y equipos críticos, en los cuales se debe revisar que el contratista cuenta con personal capacitado y adiestrado para desarrollar el trabajo". 11

8.1.3. "Se debe llevar un protocolo de seguridad para la recepción y entrega de trabajos de los contratistas en el que se especifiquen las desviaciones y los cumplimientos relacionados con el trabajo y se debe conservar por un periodo de cinco años". 12

8.1.4. "El contratista informará al patrón el accidente mayor que se presente en e/ lugar de trabajo". '13

8.1.5. "Las disposiciones del Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, también son obligatorias para el personal de las compañías contratistas, así como para los proveedores y visitantes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios". 14

10 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.1. 11 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.2. 12 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.3. 13 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.3. 14 Petróleos Mexicanos. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Capítulo I, artículo 4.

8.1.6. "Todos los prestadores de servicios que sean contratados por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que, en materia de seguridad, salud y protección al medio ambiente, el contratante tenga establecidos en sus instalaciones o Centros de Trabajo".15

8.1.7. "Se debe dar capacitación y adiestramiento inicial y periódico a los trabajadores y contratistas relacionados con la operación y mantenimiento de los equipos críticos, procesos y procedimientos, trabajos peligrosos e investigación de accidentes mayores y a quienes realicen auditorias internas."16

8.18 "El contratista debe documentar que cada unos de los trabajadores ha recibido y entendido el entrenamiento requerido. Debe contar con registros para cada uno de los trabajadores, la fecha de entrenamiento y los medios utilizados para verificar que el trabajador entendió el entrenamiento.""17

8.19 "La capacitación y el adiestramiento se debe proporcionar en función de un programa específico en el que, por lo menos, se indique: nombres de los trabajadores participantes, fechas de impartición y evaluación, en las cuales, a través de un reporte reflejarán los resultados del programa”18

8.2. Siempre que en un centro de trabajo labore o ingrese personal contratista, se debe observar lo dispuesto en el presente reglamento.

8.3. La Subdirección, Gerencia, Subgerencia o Centro de Trabajo, conforme a los requerimientos de sus instalaciones y a su disponibilidad presupuestal, debe definir los trabajos o bienes que deben ser contratados para su ejecución por contratistas o proveedores; para la cual, se hace necesario establecer los requerimientos técnicos, normas, especificaciones de ingeniería, de materiales, equipos, procedimientos, protocolos de pruebas, certificaciones o calificaciones de especialidad y competencia técnica del personal y los criterios técnicos para evaluar y calificar la experiencia y capacidad técnica del contratista o proveedor, a efecto de que satisfaga los requerimientos del área usuaria.

15 Petróleos Mexicanos. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Capítulo XXIV, artículo 1.16 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 15, subíndice 15.1.17 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 15, subíndice 15.2.18 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 15, subíndice 15.3.

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8.4. El área usuaria (técnica) debe proporcionar al área contratante todos los documentos técnicos y legales que cubran sus requerimientos, mismos que deben conformar las bases de usuario y de licitación como parte integral de las obras, servicios o bienes a contratar y que en forma obligatoria deben cumplir los licitantes, con el propósito de seleccionar la propuesta mas conveniente a los intereses de Pemex Refinación.

Los requisitos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental deben describirse con toda claridad en estas bases.

En el aspecto ambiental, cuando se incluya el desarrollo de la ingeniería para obras nuevas, se debe considerar el estudio de riesgos y de impacto ambiental, a efecto de obtener previo a la ejecución de la obra la autorización de la SEMARNAT.

8.5. El área contratante de manera conjunta con el área usuaria, deben evaluar y calificar las propuestas técnico-económicas de los licitantes con la finalidad de seleccionar la mejor propuesta que satisfaga los requerimientos técnicos y mejores condiciones económicas favorables a Pemex Refinación, considerando los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental establecidos en las bases de licitación.

8.6. Este reglamento debe formar parte integral del contrato, como anexo técnico. Debe indicar la obligatoriedad del contratista o proveedor para que cumplan y hagan cumplir las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que Pemex Refinación tenga establecido en sus instalaciones o centros de trabajo.

8.7. La máxima autoridad del centro de trabajo y en forma directa el residente de obra o supervisor designado por Pemex Refinación, debe vigilar el estricto cumplimiento de todo lo pactado en el contrato y en sus anexos como parte integrante del mismo.

8.8. Todas las actividades de los trabajos contratados deben realizarse de acuerdo a los procedimientos específicos establecidos y/o a las prácticas seguras de trabajo que estén aprobadas.

8.9. Evaluar el desempeño del contratista o proveedor, en el cumplimiento de lo pactado en el contrato, tanto técnicamente como en los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental.

8.10. El centro de trabajo debe evaluar previo al inicio de los trabajos, a los supervisores de seguridad del contratista o proveedor en los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. La evaluación debe ser realizada en forma conjunta por el residente de obra o supervisor del proveedor, área usuaria y representante de seguridad industrial.

8.11. Se debe establecer un programa conjunto entre el residente de obra o supervisor y el contratista o proveedor, para llevar a cabo reuniones técnicas y de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para evaluar el desarrollo de los trabajos, acordando las medidas para corregir las desviaciones observadas.

9. De las medidas preventivas generales.

9.1. El contratista o proveedor debe observar las siguientes disposiciones generales.

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9.1.1. Instruir a su personal acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental dispuestos en este Reglamento.

9.1.2. Contar en el sitio como mínimo con un supervisor de seguridad, salud y protección ambiental hasta por cada 50 trabajadores, durante el tiempo que duren los trabajos contratados y permanentemente; este supervisor, debe vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento, así como las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos. Este supervisor no podrá ser designado también como supervisor técnico, ni atender actividades similares en representación de otros contratistas o proveedores.

9.1.3. Prohibir a todo su personal usar parrillas eléctricas, extensiones, radios, televisores y cualquier otro dispositivo eléctrico o electrónico, salvo autorización expresa y por escrito de la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra.

9.1.4. Prohibir a todo su personal hacer fogatas o cualquier tipo de fuego, salvo autorización expresa y por escrito de la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra.

9.1.5. Prohibir a todo su personal introducir y portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones del centro de trabajo, salvo autorización expresa de la máxima autoridad del centro de trabajo.

9.1.6. Prohibir a todo su personal fumar e introducir bebidas embriagantes o drogas en los centros de trabajo de Pemex Refinación, así como entrar bajo el efecto de dichas sustancias.

9.1.7. Observar las disposiciones de orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones el lugar de trabajo. Por consiguiente, se considerará como no terminados los trabajos hasta en tanto el contratista o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, u otros, efectuando la disposición final de los residuos según ordenamientos federales, estatales o municipales. El tiempo y recursos que utilice en su cumplimiento no deben significar un cargo adicional a lo contratado.

9.1.8. Informar a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, cuando observe condiciones inseguras dentro de las instalaciones o área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías u otros).

9.1.9. Cumplir con todas las disposiciones legales vigentes (Federales, Estatales, Municipales y los Tratados) que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental apliquen.

9.1.10. Cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo especifique para la prevención y control de riesgos.

9.1.11. Prohibir a todo su personal introducir al centro de trabajo envases desechables, como bolsas de plástico, unicel, entre otros, que causen el taponamiento de los sistemas de drenaje.

9.1.12. Observar lo establecido en la edición vigente de la "Disposición administrativa para el uso de equipos de comunicación en centros de trabajo" (DG-SASIPA-SI-08405), respecto del uso de teléfonos celulares, radiolocalizadotes, radios portátiles, computadoras portátiles, asistentes digitales. (palm's), cámaras de video, cámaras de cine y cámaras fotográficas, entre otros aparatos eléctricos o electrónicos personales.

9.1.13. Instruir a todo su personal para que en caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, suspendan los trabajos y sigan estrictamente las instrucciones del

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personal de Pemex Refinación, debiendo conocer previamente las rutas de evacuación para cuando la emergencia lo indique.

9.1.14. Elaborar un plan de respuesta a emergencias específico y de acuerdo a los riesgos propios de los trabajos contratados, mismo que debe ser entregado a la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra de Pemex Refinación para su consideración en su PRE por el tiempo que dure la obra.

9.1.15. Queda prohibido tramitar la contratación de personal y efectuar pagos de salarios a su personal dentro del centro de trabajo.

9.1.16. Queda prohibido que el personal del contratista se traslade a pie desde el acceso hasta el área de trabajo, en los casos que ésto aplique.

10. De las reglas de seguridad.

10.1. De la capacitación y entrenamiento.

10.1.1. Comprobar a satisfacción de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, que su personal cuenta con los conocimientos y experiencia suficientes sobre la especialidad técnica; así como, sobre Seguridad Industrial, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, para la ejecución de los trabajos contratados.

10.1.2. La capacitación en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del personal contratista, debe comprender entre otros sin ser limitativo los siguientes temas:

a) Trabajos con riesgo:

1. Entrada segura a espacios confinados.2. Protección contraincendio.3. Equipo de protección personal.4. Prevención de-caídas.5. Seguridad eléctrica.6. Bloqueo de energía y materiales peligrosos.7. Delimitación de áreas de riesgo (barricadas).8. Apertura de líneas y equipos de proceso.9. Corte y soldadura en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o

contengan productos inflamables.10. Radiografiado.11. Transporte de sustancias químicas o materiales peligrosos.12. Maniobras e izaje de equipos.13. Manejo y almacenamiento de materiales y residuos peligrosos.14. Trabajos en excavaciones.15. Etiqueta, candado despeje y prueba.16. Selección uso y armado de andamios.17. Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

b) Respuesta a emergencias y simulacros.

1. Plan de respuesta a emergencias del centro de trabajo (PRE).2. Protección contra incendio en áreas industriales (teoría y práctica).3. Primeros auxilios, búsqueda y rescate.

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4. Participar en pláticas y prácticas de contraincendio que el centro de trabajo realice.5. Participar en simulacros que el centro de trabajo establezca.

c) Seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental (SSPA).

1. Pláticas de inducción a la política de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de Petróleos Mexicanos.

2. Pláticas de inducción al centro de trabajo.3. Auditorias efectivas.4. Administración de cambios (definitivos y temporales)-5. Análisis de seguridad en el trabajo.6. Procedimiento para el uso del permiso o minuta de trabajo

7. Medidas preventivas de salud en el trabajo.8. Identificación de sustancias peligrosas en el centro de trabajo y su

exposición durante el desarrollo de los trabajos contratados.9. Participar en las reuniones de inicio de jornada establecidas por el centro de trabajo.10. Prácticas de trabajo seguras aplicables a las actividades a ejecutar.11. Sistema de protección ambiental.12. Sistemas de aseguramiento de calidad.13. Administración de seguridad de los procesos.

10.1.3. Para los efectos de lo dispuesto en el numeral 10.1, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el que se anoten los cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador; así como, el nombre de la institución reconocida por la Autoridad' Federal en el Trabajo o por Pemex Refinación que impartió el curso y las fechas en las que se dieron dichos eventos. En ningún caso estos cursos deben exceder de 2 años.

10.1.4. El contratista o proveedor debe proporcionar a cada uno de sus trabajadores, una cartilla que contenga los datos generales del trabajador, el registro de los cursos recibidos, el nombre de la institución y/o del instructor que los impartió y la fecha de impartición.

10.2. De los vehículos.

10.2.1. El contratista debe proporcionar los documentos reglamentarios para obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor un pase debidamente autorizado para el ingreso de sus vehículos a las instalaciones de Pemex Refinación y comprobar que cuentan con un seguro de cobertura amplia. Los vehículos deben estar en condiciones normarles de integridad mecánica (frenos llantas, sistema eléctrico, escape, u otros). El pase debe ser expedido específicamente para cada vehículo y tendrá carácter de intransferible.

10.2.2. Adicionalmente a lo establecido en el presente documento normativo, el contratista debe observar lo dispuesto en la edición vigente del "Reglamento de Seguridad Física para las Instalaciones Industriales de Pemex Refinación (DG-SASIPA-SI08400).

10.2.3. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna del contratista o proveedor, al momento de ingresar al centro de trabajo, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

10.2.4. Queda prohibido estacionar vehículos fuera de las áreas permitidas; así corno, obstaculizar hidrantes, casetas contra incendio, cisternas o contenedores de agua contra

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incendio, tomas de' conexión de cámaras de espuma y subestaciones eléctricas, entre otros.

10.2.5. Las grúas que utilice el contratista, deben cumplir con las condiciones requeridas de seguridad, como son entre otras:

a) No transportar personal en el exterior de la cabina.b) Manejar cargas no mayor a su capacidad de diseño.c) Que estén debidamente revisadas y mantenidas para su servicio, avalados por la

documentación que lo compruebe.d) Que cuenten con los certificados de pruebas de carga y funcionamiento.e) Que el operador cuente con la licencia de operador de estos equipos, expedida por la

autoridad competente.

10.2.6. En el caso de que el contratista o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo, debe solicitarlo con toda oportunidad a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, para que tome las medidas pertinentes.

10.2.7. Cumplir con los señalamientos de sentido y velocidad máxima de circulación, establecidos por el centro de trabajo.

10.2.8. Portar en el vehículo los documentos reglamentarios de tránsito vigentes (tarjeta de circulación, permiso de carga, licencia del chofer, copia legible de la póliza de seguro del vehículo).

10.2.9. Los vehículos del contratista o proveedor que ingresen al centro de trabajo, deben estar plenamente identificados, considerando al menos la impresión de su razón social y logotipo en las puertas.

10.2.10. Queda prohibido el acceso de vehículos con cristales o parabrisas oscuros y reflejantes, en especial autotanques que transportan productos inflamables y combustibles.

10.3. Del acceso a las instalaciones.10.3.1. El personal y vehículos de contratistas y proveedores deben ingresar al centro de trabajo de Pemex Refinación a través de las entradas oficiales; o bien, por los sitios que indique la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, con el propósito de que el departamento de vigilancia tenga control sobre el ingreso y salida de éstos.

10.3.2. Al solicitar la autorización de acceso al centro de trabajo el contratista o proveedor debe acreditar ante la máxima autoridad, residente de obra o supervisor, que su personal, supervisores y obreros cuentan con los conocimientos y experiencia suficiente sobre la especialidad técnica, y en Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

10.3.3. Los contratistas y proveedores, deben proporcionar a su personal el "pase de acceso" autorizado para que pueda ingresar al centro de trabajo; dicho pase, debe ser personal e intransferible y debe mostrarlo cuando se le solicite.

10.3.4. Los contratistas y proveedores, deben proporcionar a su personal un gafete o credencial con fotografía, que contenga al menos la información siguiente; dicho gafete, debe portarlo el trabajador en forma obligatoria y visible durante el tiempo que permanezca en el centro de trabajo.

a) Nombre del trabajador.b) Número de registro ante el IMSS.c) Tipo de sangre.

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d) Información sobre alergias o enfermedades.e) Razón social del contratista o proveedor.

10.3.5. El personal contratista o proveedor debe respetar invariablemente el horario de labores establecido previamente con el personal del centro de trabajo.

10.3.6. El contratista o proveedor debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, para que su personal pueda acceder a las áreas industriales y de almacenamiento en operación o restringidas; esta autorización, será por escrito y mediante la supervisión estricta del personal responsable de la instalación.

10.4. Del equipo de protección personal.

10.4.1. El contratista o proveedor debe proporcionar el equipo de protección personal básico a su personal y vigilar su uso correcto. El equipo de protección personal básico es el descrito en la edición vigente de la "Disposición administrativa para el uso de ropa y equipo de protección por personal ajeno a Pemex Refinación" (DG-SASIPA-SI-08402):

a) Overol 100% de algodón en color naranja con el logotipo o razón social de la compañía.b) Casco contra impactos en color naranja.c) Calzado industrial.d) Lentes de seguridad.e) Guantes de carnaza.f) Tapones auditivos.

10.4.2. El personal contratista y proveedores, por ningún motivo deben portar ropa sintética, incluyendo ropa interior.

10.4.3. El contratista o proveedor debe proporcionar el equipo de protección personal especializado, para prevenir los riesgos inherentes a las actividades a desarrollar y debe vigilar su uso correcto.

10.4.4. El equipo de seguridad debe seleccionarse observando lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2001, y se debe determinar mediante un análisis de riesgos efectuado por el propio contratista o proveedor.

10.4.5. El equipo de protección personal básico y especializado, debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales, Normas de Referencia u otras que establezca Pemex Refinación en el contrato correspondiente, tales como las que se muestran en la tabla número 1.

TABLA 1. Especificaciones del equipo de protección personal.EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL NORMA APLICABLE

Casco de seguridad Norma de Referencia NRF-058-PEMEX-2004

Lentes y goggles de seguridad Norma de Referencia NRF-007-PEMEX-2000Ropa de trabajo Norma de Referencia NRF-006-PEMEX-2004Guantes de carnaza Norma NMX-S-040-1987Calzado de seguridad Norma de Referencia NRF-008-PEMEX-2001Ropa de agua Norma de Referencia NRF-057-PEMEX-2006Cinturones, bandolas y arneses Norma de Referencia NRF-024-PEMEX-2001

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Respiradores Norma NOM-116-STPS-2001

10.4.6. El contratista o proveedor, se debe asegurar que su personal utilice obligatoria y correctamente el equipo de protección respiratorio necesario para el acceso a recipientes, registros de drenaje y tanques de almacenamiento, entre otros espacios confinados.

10.4.7. El contratista o proveedor debe cumplir las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus apropiadas condiciones de armado o construcción; así como, supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad, arnés, cables de vida y dispositivos de desaceleración requeridos para asegurar su integridad física.

10.5. De las instalaciones del contratista o proveedor.10.5.1. Acorde a las características, complejidad y magnitud de los trabajos, servicios o suministro de bienes, la máxima autoridad, residente de obra o supervisor asignará un área al contratista o proveedor que realizará actividades dentro de los límites de propiedad del centro de trabajo, para que este último construya sus oficinas, almacenes y servicios, entre otros. No debiendo ser utilizada como área de talleres.

10.5.2. Los criterios a considerar para la ubicación del área a que se refiere el apartado anterior, deben ser, al menos: la naturaleza de las actividades a realizar, la dirección y velocidad del viento, la distancia respecto de las instalaciones que se encuentran en operación, las características de las sustancias químicas que se manejan en las instalaciones cercanas y las características topográficas del sitio, entre otras.

10.5.3. El área asignada a contratistas y proveedores, debe cumplir las disposiciones generales siguientes:a) Debe estar debidamente cercada con los materiales definidos por el personal de seguridad del centro de trabajo.

b) Contar con el logotipo y razón social correspondiente.c) Contar con servicios sanitarios tipo letrinas móviles, para el personal masculino y femenino en forma independiente, considerando un sanitario por cada diez trabajadores; éstos, deben mantenerse limpios y ordenados y contar con receptáculos para el manejo de desechos. Los desechos se deben retirar diariamente y su disposición final se realizará observando la legislación municipal.d) Contar con los extintores suficientes y del tipo adecuado para cubrir las unidades de riesgo, de acuerdo a las características del sitio.e) Disponer de un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, observando lo dispuesto en la "Guía de referencia botiquín de primeros auxilios" de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998.f) Proporcionar agua purificada a sus trabajadores, suministrada por un proveedor autorizado por la Secretaría de Salud.g) Proporcionar un lugar específico para que su personal tome sus alimentos.,h) Instalar contenedores para basura debidamente identificados para desechos orgánicos e inorgánicos. La basura deberá ser retirada diariamente, con disposición final en los sitios indicados por la autoridad municipal.

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10.6. Del permiso y minuta de trabajo.

10.6.1. Todos los trabajos con riesgo se deben planear y programar oportunamente.

10.6.2. Previo a la ejecución de un trabajo con riesgo, se debe realizar un análisis de seguridad en el trabajo para identificar los riesgos asociados a éste y tomar las medidas preventivas pertinentes, mismas que se deben plasmar en el permiso de trabajo y minuta de trabajo peligros, cuando aplique.

10.6.3. El contratista o proveedor debe observar las recomendaciones técnicas, de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que se establezcan en el análisis de seguridad del trabajo y en el permiso o minuta de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con él o los procedimientos y reglamentos respectivos.

10.6.4. El contratista debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, para realizar los trabajos de riesgo o potencialmente peligrosos.

10.6.5. Siempre que se realice un trabajo peligroso, se deben observar las disposiciones contenidas en la edición vigente del documento normativo que resulte aplicable, en función del tipo de instalación.a) DG-SASIPA-SI-02310 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones industriales de la Subdirección de Producción de Pemex Refinación."b) DG-SASIPA-SI-02311 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones de la Subdirección Comercial."c) DG-SASIPA-SI-02312 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones de los sistemas de transportación por ducto."d) DG-SASIPA-SI-02313 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones portuarias de Pemex Refinación."e) DG-SASIPA-SI-02314 "Procedimiento para el permiso de trabajo a bordo de embarcaciones en travesía."

10.6.6. Siempre que el personal de contratista o proveedor realicen alguna tarea crítica, además de lo dispuesto en el permiso de trabajo respectivo, debe observar lo dispuesto en los procedimientos críticos aplicables.

10.7. De la intervención en los equipos o instalaciones.

10.7.1. Queda estrictamente prohibido a todo su personal de contratistas o proveedores, accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de las instalaciones industriales, sin autorización previa del personal responsable del área correspondiente en el centro de trabajo.

10.7.2. Queda estrictamente prohibido a todo su personal de contratistas y proveedores, efectuar maniobras sujetándose o apoyándose de tuberías, soportes, válvulas o equipos.

10.7.3. El contratista o proveedor, debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, para realizar cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, acatando todas las recomendaciones y medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, establecidas.

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10.7.4. El contratista o proveedor debe contar con la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, cuando los trabajos involucren la utilización del sistema de drenajes del centro de trabajo, previas pruebas que sean requeridas.

10.7.5. El contratista o proveedor debe obtener la autorización por escrito de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, para efectuar las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, entre otras, de la propia instalación.

10.7.6. El contratista o proveedor debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad en el trabajo, permiso o minuta de trabajo para realizar cualquier excavación con profundidad mayor a 1.00 m, la cual debe contar con los taludes o ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas; así como, el uso de líneas de vida y con señalizaciones apropiadas para evitar accidentes al personal, como lo dispone la edición vigente de la "Guía de seguridad para realizar trabajos en excavaciones" (DG-SASIPA-SI-02511).

10.8. De la protección contra incendio.

10.8.1. El contratista debe capacitar y dar a conocer a todo su personal, las características del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos de protección, seguridad y sistemas de detección, alarmas y protección contraincendio existentes en la instalación.

10.8.2. El contratista debe contar con equipo contra incendio portátil propio para proporcionar protección en los trabajos que así lo requieran, previo acuerdo y autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación.10.8.3. Queda estrictamente prohibido:a) Hacer uso de la red de agua de contra incendio para servicios diferentes a los autorizados por la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación.b) Fumar, encender fósforos o fuego abierto dentro de las instalaciones del centro de trabajo, independientemente de que existan o no señalamientos de seguridad o letreros que indiquen tal prohibición.c) El uso de motores eléctricos, motores de combustión interna y cualquier otro aparato o equipo eléctrico que no cumplan con las especificaciones para uso en áreas clasificadas cuando estén en operación.

10.8.4. El equipo para la protección contra incendio que utilice el contratista o proveedor, debe cumplir como mínimo con los mismos requerimientos y especificaciones que el equipo contra incendio del centro de trabajo (mangueras, boquillas, lonas, extintores, equipos autónomos, espumas, bentonita, entre otros). Lo cual debe demostrar mediante certificados reconocidos o pruebas físicas en presencia de personal de Pemex-Refinación.

10.8.5. El contratista o proveedor debe contar con personal capacitado en protección contraincendio, el cual debe ser evaluado y aceptado por el centro de trabajo, en cantidad suficiente para cubrir cuando menos con un contraincendio por cada frente de trabajo donde se requiera, conforme al análisis de seguridad en el trabajo y del permiso de trabajo de cada actividad.

10.9. De las instalaciones eléctricas.10.9.1. El contratista o proveedor debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, para intervenir equipos eléctricos (subestaciones,

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interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), acatando todas las recomendaciones y medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental establecidas.

10.9.2.El contratista o proveedor debe acatar las disposiciones siguientes, en materia de instalaciones eléctricas:a) Asegurar que los cables de energía eléctrica que se utilicen estén en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas clasificadas se utilizarán cables de uso rudo y conexiones a prueba de explosión.b) Asegurar que la conexión a tierra de equipos de soldar se realice a un pozo de tierras y ésta, por ningún motivo debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.c) Emplear equipo eléctrico a prueba de explosión o a prueba de vapores de acuerdo a la clasificación del área.d) Emplear unidades de alumbrado para reparaciones en plantas de proceso o áreas de riesgo; estas unidades de alumbrado, deben ser a prueba de explosión o a prueba de vapores dependiendo del tipo de atmósfera en que se encuentre en el área donde se efectúe las reparaciones, estará sujeta su definición por el residente de obra de Pemex Refinación.e) Todas las extensiones que se utilicen en plantas de proceso o áreas de riesgo, que se requieran empalmar, deben ser con conectores a tope y con aislamiento del tipo termo contráctil.f) Todas las extensiones que se utilicen para corriente de 127 volts deberán ser de 3 conductores, y para 220 volts y 440/480 volts deberán ser de 4 conductores y calibre no. 12 y 10 awg como mínimo.g) Instalar un módulo de contactos en 127, 220 y 480 volts para sus reparaciones en plantas de proceso, estos módulos deben estar provistos de una barra de tierra para aterrizar sus equipos.h) Todos los módulos de contactos deben ser conforme a la clasificación del área en donde se efectúen los trabajos y polarizados.i) Todas las máquinas de soldar deben ser conectadas a un solo módulo de contactos, debidamente aterrizados y utilizando clavijas tipo conexión rápida de media vuelta o conectadas directamente a la salida de cada interruptor disponible en el módulo. Únicamente se debe conectar una sola máquina en cada interruptor. Se prohíbe empalmar cualquier otro dispositivo o equipo eléctrico en el punto de conexión de la maquina de soldar.j) En caso que el Contratista instale transformadores para reducir la tensión de 480 a 220/127 volts en plantas de proceso, éstos deben ser del tipo seco en gabinetes, estar debidamente aterrizados y satisfacer los requerimientos de acuerdo a la clasificación de áreas peligrosas.

k) Utilizar el cable del calibre apropiado y de características para uso rudo industrial, para trabajos en interior de recipientes y no deberá efectuarse ningún empate; en caso de requerirse, debe ser solo en el exterior de los mismos y éstos serán con conectores a tope con aislamiento del tipo termo contráctil, y autorizados por Pemex Refinación.l) Usar lámparas tipo industrial, a prueba de explosión o de vapores, con guarda metálica, según la clasificación del área; en espacios abiertos se podrán usar reflectores no mayor de 500 watts a prueba de polvos y vapores.m) Los interruptores para fuerza y alumbrado temporales, se colocarán en un tablero metálico, techado y firmemente conectado a tierra mínimo con cable calibre 20, pintado y rotulado con el nombre del contratista, además debe tener anuncios que indiquen peligro, equipo eléctrico energizado y cinta amarilla delimitándolo, cumpliendo con la clasificación de área.n) Todo el equipo y material eléctrico debe ser probado y aprobado de acuerdo a normas NOM-001-SEDE-2005 y NRF048-PEMEX-2007, y todas las aplicables en la materia por el personal del contratista y comprobado por personal de Pemex Refinación.

10.10. De la suspensión de trabajos._____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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10.10.1. El contratista o proveedor debe suspender los trabajos en los casos siguientes:a) En caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, acatando las instrucciones del responsable del área involucrada, debiendo conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de desalojo, conforme al plan de respuesta a emergencias del centro de trabajo.b) Cuando por razones de seguridad el personal responsable del área o del centro de trabajo así lo instruya, asentando en la bitácora de obra lo conducente:c) Cuando identifique alguna situación de riesgo que lo amerite, tales como la fuga, derrame o incendio de sustancias químicas peligrosas; en estos casos, debe notificarlo de inmediato al responsable de la instalación.

10.11. Del transporte y manejo de materiales peligrosos.10.11.1. El contratista o proveedor debe acatar las disposiciones siguientes en materia de transporte y manejo de materiales peligrosos.

a) Asegurar que los cilindros de oxigeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo permanezcan en el interior de tanques y/o recipientes, debiendo mantenerse en posición vertical, con su capucha colocada y sujetos con cadena para evitar su caída; así como, que sean manejados según lo indican la propias recomendaciones del proveedor.b) Efectuar las operaciones de carga y descarga de materiales peligrosos preferentemente durante el día con luz natural; de no ser así, se debe contar con una instalación fija de alumbrado a prueba de explosión, la cual debe proporcionar la visibilidad suficiente para realizar estas maniobras y contar con el permiso de trabajo correspondiente.c) Asegurar que durante las maniobras de carga y descarga de materiales peligrosos el vehículo empleado permanezca con el motor apagado y asegurar sus llantas con cuñas de madera o plástico rígido que impidan su movimiento; así mismo, el chofer debe permanecer en el sitio.d) Asegurar que los empaques, recipientes o contenedores de los materiales peligrosos estén etiquetados, asegurados y estibados para evitar caídas, golpes, roturas o desplazamientos durante su transportación.e) Asegurar que el chofer cuente con la licencia para transportar materiales peligrosos y estar capacitado para atender una emergencia por fuga, derrame o incendio del material peligroso que transporta.f) Los recipientes, contenedores y vehículos que transporten materiales peligrosos, deben cumplir lo dispuesto en las Normas Oficial Mexicana NOM-003-SCT-2000 y NOM-018STPS-2000.

10.12. De los servicios de rayos X y radiografiado con materiales radiactivos.10.12.1. Siempre que se realicen trabajos que impliquen el manejo de fuentes radiactivas, el contratista o proveedor debe acatar las disposiciones siguientes:

a) Asegurar que cuando se realicen servicios de radiografiado con rayos X o fuentes ionizantes, el área sea previamente delimitada, acordonada, señalizada y marcada con letreros, observando lo dispuesto en la normatividad expedida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardas.b) Asegurar que los materiales radiactivos estén debidamente clasificados y almacenados dentro de sus contenedores, garantizando un blindaje apropiado y que éstos sean manejados exclusivamente por personal experto, calificado y autorizado.c) Asegurar que los trabajadores que manejan materiales radiactivos no estén expuestos a

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radiaciones en dosis mayores a las máximas permitidas.d) Contar con la autorización correspondiente expedida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardas, cuando se transporten, almacenen o usen fuentes de radiación ionizante.e) Queda estrictamente prohibido eliminar o cubrir las indicaciones que identifican a los materiales radiactivos o que informan acerca de la naturaleza, actividad y fecha de fabricación de dichos materiales.f) Los lugares donde se almacenen ó manejen materiales emisores de radiaciones deben contar con manuales de seguridad radiológica.

10.13. De los Incidentes en las instalaciones10.13.1. En materia de incidentes, el contratista o proveedor debe observar las disposiciones siguientes:

a) Proporcionar los primeros auxilios y en su caso, trasladar a su(s) trabajador(es) lesionado(s) para su atención al centro medico designado por ésta.b) Comunicar inmediatamente por escrito a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, respecto de los accidentes de trabajo ocurridos a su personal dentro de la instalación; así como, de los incidentes provocados por sus equipos o personal.c) Participar en el análisis para determinar las causas raíz de los accidentes de trabajo e incidentes, dando seguimiento a la atención de las recomendaciones resultantes hasta su cumplimiento.d) Asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al de Pemex Refinación, cuando éstos se motiven o deriven como o a consecuencia de los trabajos contratados.e) El contratista o proveedor es el único responsable de sus trabajadores y por lo tanto, de las lesiones o enfermedades que por motivo de su trabajo llegaran a ocurrir.f) Cumplir con los requerimientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-021-STPS-1993 "Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas".g) Cumplir los requerimientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004 "Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo".

10.14. De la salud en el trabajo.10.14.1. El contratista o proveedor debe observar las disposiciones siguientes en materia de salud en el trabajo.a) Informar a todos sus trabajadores sobre los riesgos a los que estarán expuestos durante el desarrollo de los trabajos contratados.b) Capacitar a todos sus trabajadores respecto de las medidas y programas preventivos de salud en el trabajo.c) Establecer un programa de vigilancia para la salud de sus trabajadores con relación a la exposición de riesgos ambientales y de proceso en el área donde se ejecutan los trabajos contratados, dependiendo del tiempo (mayor a 3 meses continuos de trabajo) y naturaleza de los trabajos a desarrollar en las instalaciones.d) Asegurar el cumplimiento de sus trabajadores a las acciones planeadas para la prevención de enfermedades y accidentes de trabajo, estableciendo medidas de control antes de alcanzar los valores máximos permisibles de exposición descritos en las normas oficiales mexicanas aplicables.

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e) Proporcionar y vigilar el uso del equipo de protección personal específico para las características del agente y la exposición. Las características del equipo de protección personal deben cumplir con lo descrito en las normas oficiales mexicanas aplicables.f) Asegurar que su personal este físicamente apto para desarrollar las actividades de los trabajos contratados, evidenciando lo anterior mediante la presentación de los certificados de exámenes médicos practicados por un médico titulado y certificado para expedir este tipo de certificados; los cuales, deberán tener una antigüedad no mayor a 30 días previos al inicio de los trabajos y estableciendo un mecanismo de controlo evaluación física diaria (como la reunión inicio de jornada).g) Así mismo, poner especial cuidado en la aplicación de las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados de trabajo cuando se trate del trabajo de las mujeres de acuerdo a las disposiciones legales aplicables vigentes.h) Presentar previo al inicio de los trabajos, en forma anual y obligatoria los resultados originales de los certificados de análisis de todos y cada uno de sus trabajadores relativo al consumo de drogas, mediante un análisis emitido y avalado por una compañía que cuente con respaldo de laboratorios certificados ante entidades oficiales reconocidas, el cual se hará a través del análisis sanguíneo para la detección del consumo de drogas, de los cinco grupos más comunes y sus derivados, como son: marihuana, ciclidinas, opiáceas, cocaína y anfetaminas o con algún método similar. Las muestras que arrojen resultados positivos serán verificadas mediante técnicas cuantitativas; los resultados deben entregarse a la máxima autoridad del centro de trabajo o al residente de obra para su aprobación.i) El personal que refleje o de resultados positivos al consumo de drogas deberá ser rechazado por el propio contratista.j) Cuando por las condiciones físicas del lugar o derivadas del trabajo se tengan condiciones térmicas elevadas o abatidas se debe cumplir con lo indicado en la NOM-015-STPS-1994 "Relativa a la exposición laboral de las condiciones térmicas elevadas o abatidas en los centros de trabajo".k) Cuando por las condiciones físicas del lugar o derivadas del trabajo se tengan condiciones donde se genere ruido que por sus características, niveles y tiempo de exposición sean capaces de alterar la salud de los trabajadores, se debe cumplir con lo indicado en la NOM-011-STPS-2001 "Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido".l) Cuando por las condiciones derivadas del trabajo se tengan condiciones donde los trabajadores se expongan a presiones anormales, se debe cumplir con lo indicado en la NOM-014 STPS-1993 "Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para los trabajos que se desarrollen a presiones ambientales anormales".m) También deberán cumplirse las normas oficiales mexicanas que apliquen según la naturaleza del trabajo y lo estipulado en el reglamento de seguridad e higiene de Petróleos Mexicanos y organismos subsidiarios ultima versión.

10.15. De la protección ambiental.10.15.1. El contratista o proveedor, debe observar las siguientes disposiciones en materia de protección ambiental.a) Queda estrictamente prohibido que su personal vierta o purgue al drenaje pluvial cualquier tipo de sustancias químicas, hidrocarburos o contaminantes. Cuando por las características de la actividad se haga necesario verter este tipo de contaminantes, éstos deberán disponerse en contenedores apropiados y herméticamente cerrados para su almacenamiento temporal y posteriormente su retiro y disposición final.b) En caso de presentarse fugas o derrames* de productos o sustancias peligrosas, se deberá confinar el área involucrada para evitar cualquier probable contaminación al

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suelo, cuerpos de agua o drenajes pluviales, dando la disposición adecuada de los residuos generados en su control y limpieza.c) Cuando por medidas de seguridad o situaciones de operación se haga necesario emitir desfogues o descargas de gases, humos, polvos o contaminantes a la atmósfera, éstos deberán apegarse a los niveles máximos permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.d) Queda estrictamente prohibida la quema de cualquier residuo o sustancia derivada de los trabajos contratados.e) Queda estrictamente prohibido descargar o verter directamente al suelo cualquier tipo de sustancia química, como solventes, aceites quemados o gastados, gasolinas, reactivos y en general cualquier sustancia que pueda generar contaminación al suelo y subsuelo.f) Se deben mantener todas las áreas de trabajo limpias, depositando los residuos en contenedores específicos para tal fin.g) El manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de los materiales o residuos peligrosos considerados en la NOM052-ECOL-1993 que se generen o deriven como consecuencia de los trabajos contratados, e s responsabilidad total del contratista o proveedor; para lo anterior, es necesario contar con los permisos, licencias y autorizaciones requeridas y emitidas por la autoridad competente.h) Cuando por las condiciones propias de los trabajos contratados se origine la descarga de aguas residuales en: aguas y bienes nacionales o sistemas de alcantarillado urbano municipal, se deberá cumplir con lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento; en la NOM-001SEMARNAT-1996 "Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales" y en la NOM-002SEMARNAT-1996 "Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal".i) Cuando por las condiciones propias de los trabajos contratados las aguas residuales sean tratadas para su reuso en servicios al público, se deberá cumplir con lo establecido en la NOM-003-SEMARNAT-1997 "Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reusen en servicios al público".j) Cuando en la ejecución de los trabajos contratados se realicen movimientos de tierra, se debe prevenir la emisión de polvos, mediante el riego de la superficie.k) Los residuos peligrosos como botes y/o cubetas, brochas, estopas, trapos impregnados con pintura, deben ser colocados en tambores metálicos, plásticos y/o metálicos plásticos de 200 litros, ser tapados con cincho y tornillo y rotulados antes de ser ingresados al almacén temporal de residuos peligrosos del centro de trabajo, previo a su disposición finall) Los contenedores con residuos peligrosos recuperados en los trabajos, deben permanecer tapados, rotulados y pesados, para evitar que sean mezclados con otros residuos o que se introduzca basura en su interior; éstos deben ser ingresados al almacén temporal de residuos peligrosos designado por el residente o supervisor de obra, previo a la disposición final. El transporte y manejo de los residuos peligrosos en el interior del centro de trabajo, es responsabilidad del contratista o proveedor.m) En caso de existir afectación á suelo, equipos o edificaciones del centro de trabajo por mal control, manejo y/o transporte de los residuos peligrosos por parte del contratista o proveedor, éste debe efectuar la correspondiente limpieza y/o remediación de acuerdo a los lineamientos de la SEMARNAT.

n) Establecer y cumplir con un programa de orden y limpieza para que todos los residuos no peligrosos generados por las actividades de los trabajos contratados, se retiren del centro de trabajo durante y al término de los trabajos o servicios efectuados.

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o) El retiro de residuos no peligrosos; así como, la disposición autorizada de los mismos en sitios autorizados por la autoridad municipal correspondiente, es responsabilidad del contratista o proveedor; En estos casos, debe entregar a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, las constancias de la aceptación de los residuos no peligrosos por parte de la autoridad municipal correspondiente. Los costos que esto genere no deberán representar cargos adicionales al monto contratado.p) Entre los residuos peligrosos, industriales y varios, se listan de manera ilustrativa, no limitativa en la tabla número 2, a los más comunes:

TABLA 2. Residuos peligrosos, industriales y varios, mas comunes.

RESIDUOS PELIGROSOS RESIDUOS INDUSTRIALES RESIDUOS VARIOS

Lodos aceitosos del fondode tanques, de separadoresagua aceite, mantenimiento

de equipo, etc.

Aluminio. Escombro y/o residuos dedemolición.

Aceites gastados. Tubería admiralty. Ladrillo refractario decalentadores.

Parafinas. Tubería cupro-níquel. Tierra y despalme.Solventes de limpieza. Tubería acero al carbón. Basura doméstica.Baterías Ni-Cd. Tubería HK-40. Restos orgánicos vegetales.Baterías plomo-ácido. Ferroso de 1'. Y 2a. Papel y cartón.Residuos de laboratorio. Madera. Bolsas de plástico.Catalizadores gastados. Plásticos. Vidrio y cristal limpio.Escoria de calderas y/o calentadores

Llantas. Colcha o lana mineral libre dehidrocarburos.

Lana mineral y fibra de vidrioImpregnada conhidrocarburos.

Material recuperado Rejilla de torres deenfriamiento.

Asbesto no aglutinado. Material siniestrado. Lámina de asbesto(aglutinado).

Antracita o carbón activado agotado

Ferroso vehicular. Madera.

Bifenilos policlorados. Alúmina limpia.

Lámparas fluorescentes y devapor de mercurio.

Resinas de intercambio.

Carlita.

Empaque de torres deenfriamiento.

10.16. Del supervisor de seguridad del contratista o proveedor.10.16.1. El supervisor de seguridad del contratista o proveedor debe realizar las actividades siguientes:

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a) Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que todo su personal cumpla con las disposiciones contenidas en este Reglamento, así como las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos.b) Participar en la investigación y análisis de las causas raíz de los incidentes o accidentes de trabajo en los que esté involucrado su personal.c) Realizar los trabajos de acuerdo a los procedimientos específicos establecidos para cada actividad y las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.d) Implementar un programa permanente de auditorias efectivas en todas las áreas donde se ejecutan los trabajos contratados y durante el plazo del contrato, entregando a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor el plan de acción para corregir las anomalías detectadas.e) Permanecer durante toda la jornada de trabajo en el área donde se ejecutan los trabajos.f) Actualizar la bitácora o registros en los aspectos de SSPA, en la que registren todos los eventos relevantes, incluyendo el manejo de sustancias y residuos peligrosos desde el inicio hasta el término de la obra o servicios.g) Conocer el plan de respuesta a emergencias del centro de trabajo, así como el propio de la obra o servicios. En caso de ocurrir cualquier emergencia en el centro de trabajo, deben mantenerse informados de la evolución de la misma, a través del responsable del área para en caso necesario, proceder de acuerdo a lo establecido en el plan de respuesta a emergencias específico de la obra.h) Instruir a su personal acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental dispuestos en este reglamento y del centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos.i) Informar a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación cuando observe condiciones inseguras dentro de las instalaciones o área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, entre otros).j) Asegurar el cumplimiento del plan de respuesta a emergencias específico y de acuerdo a los riesgos propios de los trabajos contratados, por el tiempo que dure la obra.

10.17. Del soporte documental.10.17.1. El contratista o proveedor debe contar con un expediente específico para hacer acopio de todo lo relativo a los trabajos contratados en aspectos de SSPA, integrándolo como mínimo con la información documental siguiente:

a) Bitácora o registro de SSPA.

b) Objetivos y metas generales y específicos de SSPA.c) Organigrama con funciones y responsabilidades del personal que ejecuta los trabajos contratados.d) Constancias del registro de alta y baja del personal ante el IMSS.e) Programa de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental.f) Programa de capacitación y los registros de su impartición y de control personal (cartillas).g) Solicitudes y permisos o minutas de trabajo, incluyendo el análisis de seguridad en el trabajo (AST).h) Registros de dotación del equipo de protección personal a cada uno de sus trabajadores.i) Relación de equipo contraincendio disponible en la instalación para protección

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contraincendio de los trabajos contratados.j) Control de cilindros de gases comprimidos disponibles en la instalación para la ejecución de los trabajos contratados.k) Pases de acceso a las instalaciones industriales, emitidos y autorizados por la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de . obra o supervisor, para: trabajadores, equipos, vehículos, maquinaria y herramientas, incluyendo la póliza de seguro de cobertura amplia de los vehículos, pruebas y/o certificados aplicables.l) Control de ingreso, almacenamiento temporal y salidas de materiales o residuos peligrosos; el registro específico debe ser en una bitácora.m) Reportes de incidentes y accidentes que ocurran durante el desarrollo de los trabajos contratados, incluyendo la investigación y análisis de los mismos, recomendaciones resultantes y seguimiento hasta su cumplimiento.n) Estadísticas e indicadores de accidentabilidad.o) Programa y ejecución de auditorias efectivas y acciones realizadas para atender las desviaciones observadas.

p) Manual de procedimientos.q) Auditorias internas/externas (evaluación) respecto del cumplimiento de SSPA contenidas en este Reglamento, incluyendo la atención a las desviaciones observadas.

r) Cartas compromiso suscritas con sus subcontratistas.

11. Sanciones.

11.1. El incumplimiento o violación por parte del contratista o proveedor a las disposiciones contenidas en el presente reglamento; así como, en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos o servicios, podrán ser motivo para aplicarsé las sanciones y/o causales de rescisión conforme al clausulado del contrato origen de los trabajos o servicios.

12. Obligaciones y responsabilidades.

12.1. Del Organismo Pemex Refinación.12.1.1. De la Subdirección de Auditoría en Seguridad Industrial y Protección Ambiental.

a) Mantener la vigencia y actualización del presente reglamento.b) Difundir y comunicar el presente reglamento a todos los centros de

trabajo de Pemex Refinación.c) Evaluar en cualquier momento y a cualquier centro de trabajo, la

correcta aplicación y vigilancia al cumplimiento de las disposiciones contenidas en este reglamento.

12.1.2. De las Subdirecciones Operativas de Pemex Refinación.a) Promover y asegurar que este Reglamento se difunda, se comunique y se incorpore en todos los procedimientos para la contratación de obras, servicios o adquisiciones.b) Establecer los mecanismos de control para su aplicación y

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cumplimiento en todos los centros de trabajo dé Pemex Refinación de su jurisdicción.

12.1.3. De la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo.a) Asegurar que este Reglamento se difunda, se comunique, se aplique e incorpore los procedimientos específicos para la contratación de obras, servicios o adquisiciones.b) Establecer los mecanismos de control para su cumplimiento en forma consistente en su centro de trabajo.c) Asegurar que el contratista o proveedor que han contratado, aplique las disposiciones establecidas en este Reglamento, así como las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental se tengan establecidos en el centro de trabajo en el cual se va a desarrollar lo contratado.d) Designar mediante un documento oficial, al servidor público con base a su experiencia, conocimiento y habilidades, como residente o supervisor de obra o servicios.e) Informar en forma inmediata su subgerencia, gerencia, subdirección operativa, a la SASIPA y a la DCO, sobre la ocurrencia de algún incidente o accidente derivado de los trabajos contratados; así como, coordinar o participar en su análisis para determinar las causas raíz que lo originaron, dando seguimiento a la atención de las recomendaciones resultantes hasta su finiquito.f) Evaluar periódicamente a contratistas y proveedores en el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.

12.1.4. Del Residente de Obra.a) Convocar a los responsables de las áreas involucradas del centro de trabajo, previo al inicio de la obra o servicio contratado, con la finalidad de notificarles los trabajos a ejecutar y establecer las medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.b) Establecer un programa de reuniones conjuntas con las áreas involucradas del centro de trabajo, con el superintendente de construcción y con el supervisor de seguridad del contratista o proveedor, para establecer la coordinación necesaria en la ejecución de los trabajos, cumpliendo con los protocolos de inicio de obra o servicio y de entrega-recepción.c) Verificar y obtener del contratista o proveedor, un registro del personal que intervendrá en el desarrollo del contrato, a efecto de que se gestione ante la máxima autoridad del centro de trabajo el pase para acceso de dicho personal.d) Solicitar al contratista o proveedor previo al inicio y durante el desarrollo de los trabajos, presente los documentos que acrediten que sus trabajadores son aptos física y técnicamente para ejecutar los trabajos contratados, tales como: certificados médicos, capacitación de especialidad técnica, certificaciones cuando se requiera por la naturaleza de los trabajos a desarrollar y en aspectos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental recibida.e) En caso de que el personal propuesto por el contratista no cumpla con el perfil señalado en el párrafo anterior, no se le debe autorizar el pase de acceso a las instalaciones.f) Asegurar el cumplimiento que todos los trabajadores del contratista o proveedor porten el equipo de protección personal básico, en buen estado y con la razón social de la compañía a la que pertenece, de acuerdo al documento DGSASIPA-SI-08402, y porten la credencial de identificación que los acredite como personal de la compañía contratada.

g) Supervisar que durante el desarrollo de los trabajos contratados se apliquen las disposiciones establecidas en este reglamento, así como las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental se tengan establecidos.h) Asegurar que las herramientas y equipos utilizados por el contratista o proveedor, sean los apropiados para el tipo de trabajo a ejecutar y que éstos se encuentren en buen estado.

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i) Coordinar con la máxima autoridad del centro de trabajo, previo al inicio de los trabajos, pláticas de inducción a la seguridad, salud en el trabajo, protección ambiental, áreas clasificadas como de riesgo, sistemas de detección, alarma y contra incendio, existentes en el centro de trabajo, a todo el personal del contratista o proveedor que participen en la ejecución de los trabajos.j) Asegurar el apropiado manejo y disposición final de residuos peligrosos derivados de la ejecución de los trabajos contratados, aplicando la normatividad correspondiente vigente.k) Gestionar y elaborar en forma conjunta con el supervisor, las áreas involucradas del centro de trabajo, superintendente de construcción y supervisor de seguridad del contratista o proveedor, el análisis de seguridad del trabajo AST, orden de mantenimiento, permiso o minuta de trabajo, previo a la ejecución de un trabajo.l) Informar en forma inmediata a la máxima autoridad del centro de trabajo la ocurrencia de algún incidente o accidente; así como, realizar o participar en su análisis para determinar las causas raíz que lo originaron, dando seguimiento a la atención de las recomendaciones resultantes hasta su cumplimiento.m) Entregar al área usuaria o a la máxima autoridad del centro de trabajo mediante el establecimiento de un protocolo de entrega-recepción, la obra, servicio o bien contratado, incluyendo todos los documentos probatorios que avalen su cumplimiento de acuerdo a lo establecido en el contrato; así como, las pruebas especificas y de pre-arranque, para asegurar que éstos han sido concluidos satisfactoriamente..n) Cumplir con el programa permanente de auditorias efectivas "AE" en todas las áreas donde el contratista o proveedor ejecute los trabajos contratados.o) Definir con la máxima autoridad del centro de trabajo, responsables de áreas involucradas, supervisor, superintendente de construcción y supervisor de seguridad, los mecanismos de comunicación y su retroalimentación que se deben implementar tanto en los aspectos técnicos como de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental durante el desarrollo de los trabajos contratados.p) Solicitar al contratista o proveedor el registro de los trabajadores que causen baja durante la ejecución de los trabajos contratados, con la finalidad de cancelar los pases de acceso emitidos.q) Para evidenciar el cumplimiento de los puntos anteriores, deberá asentarlo en bitácora o registro que demuestre su cumplimiento o rechazo.r) Evaluar el desempeño del contratista o proveedor en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, empleando el formato DG-SASIPA-SI-08200.F-01 (anexo 1), y hacerla del conocimiento del área contratos del centro de trabajo.

12.2. Del Contratista o Proveedor.12.2.1. Designar mediante un documento oficial, al superintendente de construcción y/o supervisor, responsable de desarrollo de los trabajos objeto y alcance del contrato incluyendo los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental.

12.2.2. Proponer mediante un documento oficial, al supervisor de seguridad, responsable de la aplicación de los aspectos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

12.2.3. En los casos de los contratos de bienes y servicios, propondrá un supervisor de seguridad obligadamente en aquellas actividades que involucren al proceso, equipo, la aplicación de procedimientos críticos y aquellas que pongan en riesgo a la instalación.

12.2.4. Demostrar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, la experiencia, conocimiento y habilidades, de su personal supervisor de seguridad y de especialidad técnica, obreros, para la ejecución de los trabajos objeto del contrato.

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12.2.5 Informar en forma inmediata a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, la ocurrencia de algún incidente o accidente a sus trabajadores o las instalaciones, así como realizar y participar en su análisis para determinar las causas raíz que lo originaron, dando seguimiento a la atención de las =recomendaciones resultantes hasta su cumplimiento.

12.2.6. Solicitar y participar con la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, en la elaboración conjunta del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, previo a la ejecución de un trabajo con riesgo o potencialmente peligroso.

12.2.7. Entregar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, el documento que avale su registro y alta de todos y cada uno de sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

12.2.8. Entregar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, un certificado médico de todos y cada uno de sus trabajadores, emitido por las áreas de salud reconocidas por la autoridad competente en el trabajo, en el que se demuestre que son aptos físicamente para el desarrollo de los trabajos contratados.

12.2.9. Contar en el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos y conforme al número de sus trabajadores, con botiquines dotados de materiales de curación y medicamentos para proporcionar los primeros auxilios, en apego a la guía de referencia de la NOM 005-STPS-1998.

12.2.10. Proporcionar a .todos sus trabajadores el equipo de protección personal básico (overol 100% de algodón en color naranja con el logotipo o razón social de la compañía, casco contra impactos en color naranja, zapato industrial, goggles, guantes de carnaza, tapones auditivos) y equipo de protección personal, acorde a las características y condiciones de cada actividad, necesario para la ejecución segura de los trabajos contratados; éstos, deben cumplir con las especificaciones señaladas en la normatividad correspondiente, por ningún motivo se debe utilizar ropa sintética, incluyendo la ropa interior.

12.2.11. Usar obligadamente maquinaria, equipo y herramientas que reúnan las condiciones de seguridad necesarias para el trabajo a ejecutar, por ningún motivo se debe utilizar maquinaria, equipos y herramientas provisionales, adaptadas o defectuosas para un trabajo específico.

12.2.12. Proporcionar a su personal, servicios de agua potable y sanitarios móviles, los cuales se instalarán en sitios determinados y de común acuerdo con la máxima autoridad del centro de trabajo ó residente de obra.

12.2.13. Presentar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de Pemex Refinación, el organigrama del personal que ejecutará los trabajos contratados, con sus funciones y responsabilidades; indicando claramente quien es el personal involucrado en los aspectos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental (supervisor de seguridad, personal de contra incendio, entre otros).

12.2.14. Proporcionar al residente de obra o supervisor al inicio y durante el desarrollo de los trabajos las hojas de seguridad de los insumos, materias primas o sustancias peligrosas que utilice para el cumplimiento de las actividades contratadas (HDSS).

12.2.15. Obligar a que todo su personal que participe en el desarrollo de los trabajos contratados, asista a los cursos de inducción o capacitación que en materia de SSPA, imparta el centro de trabajo.

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12.2.16. Establecer una política, objetivos, metas, programa de capacitación, actividades y auditorias de SSPA.

12.2.17. Llevar estadísticas de seguridad e accidentabilidad que llegasen a ocurrir por motivo de los trabajos contratados, debiendo entregar mensualmente los dos primeros índices y el de IAS semanalmente a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, el informe resultante, entre otros:

a) Índice de frecuencia (IF).b) Índice de gravedad (IG).c) Índice de actos seguros (IAS), el cual no debe ser menor al estándar establecido en el

centro de trabajo.

12.2.18. Entregar previo al inicio y durante el desarrollo de los trabajos, los procedimientos específicos para el desarrollo de las actividades que requieran de una especialidad técnica o complejidad y en áreas o trabajos de riesgo, que incluyan los aspectos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

12.2.19. Cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo de los trabajos contratados, que todo su personal obligadamente aplique las disposiciones establecidas en este reglamento; así como, las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos y los que en casos específicos y particulares resulten del análisis de seguridad del trabajo y sean necesarios para preservar la integridad física del personal, medio ambiente e instalaciones.

12.2.20. Para los casos en que proceda que el contratista o proveedor subcontrate alguno de los trabajos o servicios objeto del contrato, deberá presentar Cartas Compromiso suscritas con sus Subcontratistas, sobre el desempeño en aspectos de SSPA avaladas por la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor.

13. Referencias bibliográficas.13.1. Ley Federal del Trabajo. Honorable Congreso de la Unión, 17 de enero de 2006.13.2. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y suReglamento. Honorable Congreso de la Unión, 04 de enero de 1999.

13.3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Honorable Congreso de la Unión, 02 de julio de 2008

13.4. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento. Honorable Congreso de la Unión, 16 de mayo de 2008.

13.5. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. 13.6. Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

13.7. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 1997.

13.8. Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, diciembre de 1999.

13.9. Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, diciembre de 1999.

13.10. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, enero de 2005.

13.11. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, enero de 2005.

13.12. Normas Oficiales Mexicanas emitidas por las Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

13.13. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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Petróleos Mexicanos, 2006.

Anexos.

1.Formato DG-SASIPA-SI-08200.F-01 "Evaluación de la aplicación del "Reglamento de seguridad, salud y protección ambiental para contratistas".

ANEXO 1FORMATO: DGSASIPA-SI-08200.F-01

SUBDIRECCIÓN:GERENCIA:

SUBGERENCIA:CENTRO DE TRABAJO:

EVALUACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS

FECHA DE EVALUACIÓN:

EVALUADOR (nombre y firma)

No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN OBSERVACIONESPONDERADO REAL

1 ¿Se encuentra vigente?

2 ¿Esta disponible para consulta en la Normateca de la SASIPA?

De las Subdirecciones Operativas

3 ¿Ha emitido instrucciones para su aplicación e incorporación en los procedimientos de contratación de obras, servicios o adquisiciones?

4 ¿Ha emitido instrucciones para su aplicación y cumplimiento obligatorio en los centros de trabajo?

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN OBSERVACIONESPONDERADO REAL

De la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo, Residente de Obra o Supervisor

5¿Ha establecido mecanismos de control para su aplicación y cumplimiento obligatorio en el centro de trabajo?

6 ¿Designa oficialmente al residente o supervisor de laobra, servicio o recepción de bienes?

7 ¿Ha establecido mecanismos de control para la notificación, análisis e investigación de incidentes de contratistas y proveedores?

8 ¿Participa en el AST y Permiso/Minuta de Trabajo?

9 ¿Cuenta con un programa de reuniones conjuntas Áreas involucradas-Contratista/Proveedor, para la coordinación de los trabajos y aspectos de SSPA?

10 ¿Cuenta con el registro de todos los trabajadores del contratista o proveedor que intervienen en los trabajos contratados?

11 ¿Cuenta con los documentos probatorios de aptitud de los trabajadores que intervienen en los trabajos contratados (capacitación, calificación, certificación técnica, médica y de Seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental?

12 ¿Cuenta y aplica un protocolo de inicio de obra o de servicio, y de entrega-recepción de las instalaciones clasificadas como de riesgo a intervenir?

13 ¿Verifica que todos los trabajadores del contratista o proveedor, utilicen su equipo de protección personal básico y específico acorde al trabajo a desarrollar?

14 ¿Verifica que el equipo, maquinaria y herramienta utilizados por el contratista o proveedor, están en buenas condiciones y son acordes a trabajo a desarrollar?

15 ¿Verifica que el equipo, maquinaria y herramienta utilizados por el contratista o proveedor, están en buenas condiciones y son acordes al trabajo a desarrollar?

16 ¿Cuenta y aplica un programa de auditorias efectivas en todas las áreas donde se ejecutan los trabajos contratados?

17 ¿Cuenta y aplica un programa de auditorias para evaluar el cumplimiento a las disposiciones de este Reglamento por parte de los trabajadores del contratista o proveedor?

18 ¿Coordina con la máxima autoridad del centro de trabajo el programa de pláticas de inducción a la seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental para los trabajadores del contratista o proveedor?

19 ¿Solicita y participa en el AST y Permiso/Minuta de Trabajo?

20 ¿Notifica y participa en el análisis e investigación de incidentes del contratista o proveedor?

21 ¿Designa al Superintendente de Construcción o Supervisor y propone al supervisor de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental para los trabajos contratados con Pemex Refinación?

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN OBSERVACIONESPONDERADO REAL

22 ¿Ha entregado los documentos probatorios de aptitud (capacitación, calificación, certificación técnica, médica y de Seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental) de sus supervisores y trabajadores que participan en los trabajos contratados?

23 ¿Ha establecido un mecanismo para notificar al Residente de obra, o máxima autoridad del centro de trabajo, la ocurrencia de incidentes derivados de los trabajos contratados?

24 ¿Solicita y obtiene previo a la ejecución de un trabajo con riesgo o potencialmente peligroso, el permiso o minuta de trabajo?

25 ¿Proporciona y asegura que todos sus trabajadores usen el equipo de protección personal básico, en color distintivo naranja, casco y overol 100% Algodón, incluyendo la ropa interior?

26 ¿Vigila que todos sus trabajadores porten su gafete de identificación?

27 ¿Proporciona y vigila que todos sus trabajadores usen su equipo de protección personal de acuerdo al trabajo que desarrollan?

28 ¿Proporciona y vigila que sus trabajadores usen el equipo, maquinaria y herramienta adecuada acorde al trabajo que desarrollan?

29 ¿Vigila que sus vehículos porten su pase de acceso, tarjeta de circulación, permiso de carga, licencia de chofer, póliza de seguro?

30 ¿Vigila que sus trabajadores no usen dentro de las instalaciones del centro de trabajo: teléfono celular, o equipos de radio comunicación que no sean intrínsicamente seguros?

31 ¿Vigila que sus trabajadores no usen sin la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra dentro de las instalaciones del centro de trabajo: cámaras fotográficas, de cine o video?

32 ¿Vigila que sus trabajadores no fumen o consuman bebidas embriagantes o drogas dentro de las instalaciones del centro de trabajo?

33 ¿Se tiene un supervisor de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental por cada 50 trabajadores?

34 ¿Tiene establecido un mecanismo o programa para mantener el orden y limpieza en todas las áreas donde se ejecutan los trabajos contratados?

¿Cuenta con botiquín(es) de primeros auxilios?

36 ¿Vigila el cumplimiento de las instrucciones o recomendaciones plasmadas en el análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, durante todo el tiempo en que se ejecutan los trabajos con riesgo?

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN OBSERVACIONESPONDERADO REAL

37 ¿Obtiene la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, para interconectarse a servicios de agua, aire, electricidad, entre otros?

38 ¿Cuenta con registros de todo su personal respecto a la capacitación, inducción y pláticas, relativas a la seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental?

39 ¿Cuenta con personal y equipo portátil contra incendio para protección en trabajos que así lo requieran?

40 ¿Suspende sus trabajos al presentarse situaciones de emergencia?

41 ¿Delimita sus áreas al realizar trabajos de riesgo como: entrada a espacios confinados, trabajos en altura, radiografiado, excavaciones, etc.?

42 ¿Cuenta y aplica un programa de vigilancia para la salud de sus trabajadores con relación a la exposición de riesgos ambientales?

43 ¿Cuenta con registros de todo su personal respecto a la información y conocimiento de los riesgos existentes en el centro de trabajo y los que están expuestos en el desarrollo de los trabajos contratados, como de las "HDSS"?

44 ¿Vigila que sus trabajadores no viertan al drenaje pluvial cualquier tipo se sustancias químicas, hidrocarburos o contaminantes?

45 ¿Cuenta con un plan de respuesta a emergencias específico y de acuerdo a los riesgos propios de los trabajos contratados?

46 ¿Cuenta con un mecanismo de control o evaluación física diaria (listas de asistencia de reunión inicio de jornada)?

47 ¿Tiene establecido un procedimiento específico para el manejo de residuos peligrosos y no peligrosos?

48 ¿Cuenta con contenedores apropiados, herméticamente cerrados y rotulados para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos y posteriormente su retiro y disposición final?

49 ¿Se mantienen todas las áreas de trabajo limpias, depositando los residuos en contenedores específicos para tal fin?

50 ¿Cuentan con los permisos, licencias y autorizaciones requeridas y emitidas por la autoridad competente para el manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos peligrosos y no peligrosos?

51 ¿Se mantiene actualizada la Bitácora en los aspectos de SSPA, en la que registren todos los eventos relevantes, incluyendo el manejo de sustancias y residuos desde el inicio hasta el término de la obra o servicios?

52 ¿Cuentan con un archivo específico para hacer acopio de todo lo relativo a SSPA?

53 ¿Cuenta con objetivos y metas de SSPA?

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN OBSERVACIONESPONDERADO REAL

54 ¿Cuenta con un programa de actividades de SSPA?

55 ¿Cuenta con un manual de procedimientos para el desarrollo delos trabajos contratados, incluyendo aspectos de Seguridad, Salud y Protección Ambiental?CALIFICACIÓN:

OBSERVACIONES:

5.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD FISICA PARA LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE PEMEX REFINACION

1. Objetivos.

1.1. Establecer los lineamientos generales, requisitos mínimos y actividades básicas en materia de seguridad física, con el propósito de salvaguardar al personal y a las instalaciones de los centros de trabajo industriales de Pemex Refinación, de afectaciones derivadas de agentes perturbadores de origen socio-organizativo.

1.2. Contribuir al desarrollo de una cultura de seguridad física, entre el personal que labora en los centros de trabajo industriales de Pemex Refinación.

2. Alcance.

2.1. El presente Reglamento Cubre fundamentalmente los aspectos relativos a los accesos y vigilancia de los centros de trabajo industriales de Pemex Refinación, así como los planes y procedimientos que deben existir para los casos en que se presenten situaciones anormales que afecten o puedan afectar la seguridad física del personal y las instalaciones.

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Este Reglamento no aplica para edificios de oficinas administrativas que se encuentren localizados fuera de los límites de los centros de trabajo industriales de Pemex Refinación, así como tampoco para la flota petrolera.

2.2. Este Reglamento cancela y substituye a los siguientes documentos normativos:

2.2.1. Norma E 1 -1 (NO.03.0.03): "Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos."

2.2.2. Norma E II -1 (NO.03.0.04): "Tránsito interior de vehículos en instalaciones industriales, administrativas y de servicio en Petróleos Mexicanos".

3. Ámbito de aplicación.

Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, son de aplicación general y obligatoria para todos los centros de trabajo industriales de Pemex Refinación.

4. Clasificación de los centros de trabajo.

Para establecer los requerimientos mínimos en materia de seguridad física de las instalaciones, debe llevarse a cabo una evaluación de cada centro de trabajo con el propósito de que, en base a su importancia estratégica en el ámbito de la economía nacional, sean clasificados dentro de los siguientes tres niveles de prioridad :

"AAA" Aquellos centros de trabajo en donde la afectación o interrupción de su proceso normal de operación, implica riesgos de desestabilización directa y/o inmediata para la seguridad de la Nación (Nivel Nacional).

"AA" Aquellos centros de trabajo en donde la interrupción de su proceso normal de operación, no obstante que afecte a extensas e importantes zonas geográficas del País, no representa un riesgo directo y/o inmediato de desestabilización para la Nación (Nivel Regional).

"A" Aquellos centros de trabajo en donde la afectación o interrupción de su proceso normal de operación, repercute únicamente en perímetros geográficos y núcleos poblacionales reducidos, sin que con ello se atente de manera directa y/o inmediata contra la estabilidad de la Nación (Nivel Local):

En base a estos niveles de prioridad, a cada centro de trabajo deben asignarse los requerimientos mínimos a que se hace alusión en las diferentes disposiciones de este Reglamento, los cuales serán aplicados de la siguiente manera:

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5.- Accesos.

5.1. Cada uno de los centros de trabajo de Pemex Refinación debe contar como mínimo con dos salidas, tanto de personal como de vehículos: una para servicio normal y otra para servicio de emergencia.

5.2. En general, los accesos de los centros de trabajo deben contar con las instalaciones y facilidades que permitan al personal de vigilancia, cumplir de manera adecuada con sus funciones.

5.3. De manera permanente, los accesos deberán contar con buena iluminación natural y/o artificial, así como con sistemas confiables de comunicación y alarma para solicitar apoyo en caso necesario.

5.4. Debe contarse con una entrada/salida exclusiva para el personal de la propia empresa, así como con otra específica para personal ajeno a la Institución.

5.5. Los accesos de personas y vehículos, deben contar con barreras físicas que disuadan u obstruyan el ingreso no autorizado al centro de trabajo.

6. Control de accesos.

Debe contarse en los centros de trabajo, con los procedimientos e instructivos relativos al control de accesos para personas y vehículos que se señalan a continuación:

6.1. Procedimiento que incluya el control de accesos de entrada y salida para:

6.1.1. Empleados.

6.1.2. Proveedores.

6.1.3. Contratistas.

6.1.4. Visitas.

6.1.5. Prensa.

6.1.6. Autotanques y carrotanques.

6.1.7. Casos de emergencia mayor.

6.2. Procedimiento que incluya el control de accesos de entrada y salida en áreas restringidas, para el personal y vehículos enlistados en el inciso 6.1. anterior.

6.3. Instructivos para:

6.3.1. Permitir el acceso y de cómo proceder en casos de emergencia.

6.3.2. El registro del personal ajeno a la empresa que entra y sale del centro de trabajo.

6.3.3. El control electrónico y registro para entrada y salida de personal por medio de la credencial de "SIIU".

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6.3.4. La revisión física con arco detector de metales.

6.3.5. Revisión de equipo y materiales.

6.3.6. Revisión de vehículos al entrar y salir del centro de trabajo.

6.3.7. Revisión del personal al entrar y salir del centro de trabajo.

6.3.8. Control y registro de vehículos que entran y salen del centro de trabajo.

6.3.9. Control del listado de vehículos y personas cuyo acceso está restringido al centro de trabajo.

6.3.10. Permitir la entrada y salida del personal del centro de trabajo con la credencial del "SIIU" o con la credencial que le proporcione el centro de trabajo.

6.4. El control de accesos debe apoyarse en los medios y equipamientos adecuados para asegurar el propósito de los mismos, de acuerdo con los requerimientos particulares del centro de trabajo.

6.5. Independientemente de los lineamientos establecidos en los procedimientos e instructivos internos que al respecto se elaboren en los centros de trabajo, deben incorporarse a estos últimos las medidas adicionales de carácter obligatorio enlistadas a continuación:

6.5.1. Para el personal de Pemex Refinación que labora en el centro de trabajo.

6.5.1.a. El acceso de personal de Pemex Refinación que labora en el propio centro de trabajo, debe llevarse a cabo por las puertas específicamente destinadas a ellos, quedando prohibido el ingreso por los accesos destinados a vehículos automotores o a carrotanques.

6.5.1.b. Para tener acceso al centro de trabajo y durante todo el tiempo de permanencia en su interior, los trabajadores de la empresa deben portar en todo momento y en un lugar visible, su credencial de identificación del Servicio Médico (SIIU) o la que le proporcione el centro de trabajo. Queda prohibido estrictamente el acceso de trabajadores en vehículos particulares o de la empresa, que no cuenten con un "pase" debidamente autorizado por la máxima autoridad del centro de trabajo.

6.5.1.c. Es obligación de todos los trabajadores, acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que se dicten en materia de seguridad para evitar accidentes, así como conocer y aplicar las disposiciones contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

6.5.1.d. Es requisito indispensable para ingresar a los centros de trabajo, el que los trabajadores porten la ropa y zapatos de trabajo que contractualmente les proporciona la empresa.

6.5.1.e. El trabajador que por cualquier motivo tenga que salir del centro de trabajo durante su jornada laboral, debe contar con un "pase " de salida debidamente autorizado por su jefe inmediato y/o la persona responsable que se indique en el procedimiento establecido localmente.

6.5.1.f. Queda estrictamente prohibido portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones de la empresa. En el caso de personal de Protección y Seguridad que portan armas para el cumplimiento de sus funciones, éstos deben llevarlas enfundadas y con el seguro puesto; no se permite llevarlas en las manos o fuera de su funda.

6.5.1.g. Los trabajadores deben acatar los lineamientos contenidos en el inciso 6.5.2.d. y únicamente podrán ser contravenidos cuando la naturaleza y particularidades de sus actividades asignadas lo requieran.

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6.5.2. Para el personal de Petróleos Mexicanos ajeno al centro de trabajo.

Para el ingreso de trabajadores de Petróleos Mexicanos que no pertenezcan al centro de trabajo, además de los lineamientos mencionados en los incisos del 6.5.1.a al 6.5.1.d anteriores, deben ser aplicables los siguientes:

6.5.2.a. Para accesar a las instalaciones deben sujetarse al procedimiento establecido localmente por el propio centro de trabajo.

6.5.2.b. Está estrictamente prohibido el acceso a las instalaciones industriales, a trabajadores que vistan cualquier prenda hecha de nylon, polyester o de otra fibra sintética que genere electricidad estática.

6.5.2.c. Para ingresar a los centros de trabajo, es indispensable que los trabajadores porten ropa 100 % de algodón y zapatos de trabajo de seguridad.

6.5.2.d. Los trabajadores que transiten a pie en el interior del centro de trabajo, tienen la obligación de acatar las disposiciones y señalamientos peatonales, así como caminar exclusivamente por las banquetas, andadores o caminos de acceso construidos para tal efecto. No debe transitarse por áreas restringidas, entre los equipos, bajo la soportería y líneas aéreas, por calles cerradas debido a trabajos de mantenimiento o por simulacros, junto a fosas o trampas abiertas, por áreas delimitadas temporalmente por fugas de producto o trabajos especiales, o por pisos resbalosos debido a encharcamientos de agua o aceite. De igual manera, está prohibido brincar o caminar sobre las tuberías o diques de contención, escalar terraplenes o saltar sobre fosas, trincheras o zanjas.

6.5.2.e. Está prohibido el acceso a las áreas consideradas como riesgosas, a menos que el motivo de su visita lo amerite, en cuyo caso, el responsable de esa área les debe impartir las recomendaciones de seguridad pertinentes y verificar que se les proporcione e instruya sobre el uso del equipo de protección personal apropiado.

6.5.2.f Está estrictamente prohibido intervenir en maniobras, abrir o cerrar válvulas, operar instrumentos, accionar interruptores, operar máquinas y en general, efectuar cualquier operación de equipos o instalaciones.

6.5.2.g. Está estrictamente prohibido el uso de cámaras fotográficas, de cine o de vídeo, excepto cuando se cuente con la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo. En este caso, el uso de flashes y reflectores debe limitarse a lugares específicamente autorizados para ello.

6.5.2.h. Durante la realización de simulacros dentro del centro de trabajo, los trabajadores que no pertenezcan al centro de trabajo deben mantenerse alejados del lugar para evitar la ocurrencia de accidentes.

6.5.2.i. En caso de que llegara a presentarse una emergencia real en las instalaciones, se deberán atender las indicaciones de las personas a las que visitan, o a los encargados del control de la emergencia.

6.5.2.j. Está estrictamente prohibido el acceso a las áreas de operación durante la ocurrencia de emergencias.

6.5.2.k. Está estrictamente prohibido portar armas de cualquiertipo dentro de las instalaciones de la empresa.

6.5.3. Para el personal visitante ajeno a Petróleos Mexicanos.

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En el caso de visitantes al centro de trabajo que no pertenezcan al Organismo Pemex Refinación, deberán aplicarse los lineamientos establecidos en el documento normativo DG-GPASI-SI-8401: "Reglamento de Seguridad para Visitantes a las Instalaciones Industriales de Pemex Refinación".

6.5.4. Para el personal de compañías contratistas.

Además de los conceptos señalados en el inciso 6.5.2 de este Reglamento, para tener acceso a los centros de trabajo de Pemex Refinación, el personal de compañías contratistas debe cumplir con los lineamientos establecidos en el documento normativo DGGPASI-SI-8200 Rev.3: "Reglamento de Seguridad para Contratistas", (el cual previamente debe proporcionarse antes de darles la orden de inicio de sus actividades), así como con los lineamientos adicionales siguientes:

6.5.4.a. Al momento del acceso y durante todo el tiempo que permanezcan en el interior de las instalaciones, el personal de las compañías contratistas debe portar en un lugar visible el gafete o credencial de identificación que les sea proporcionado localmente por el centro de trabajo.

6.5.4.b. Las compañías contratistas están obligadas a dar aviso. por escrito a las autoridades locales del centro de trabajo, cuando efectúen la baja o alta de sus trabajadores, con el propósito de tramitar o cancelar el "pase" correspondiente del trabajador.

6.5.4.c. Por ningún motivo, debe permitirse la entrada a personal contratista que porten tenis, huaraches, ropa de polyester, botas vaqueras y ropa deportiva.

6.5.5. Para el acceso de personas a las áreas restringidas.

6.5.5.a. En todos los casos, el acceso de personas a las áreas clasificadas como "restringidas", tales como cuartos de control, laboratorios, subestaciones eléctricas, áreas de proceso y en general aquellas que representen un riesgo para el personal, debe ser autorizado por el responsable de dicha instalación.

6.5.5.b. Está estrictamente prohibida la entrada a menores de edad a las áreas restringidas; su acceso a otras áreas debe ser justificado y debidamente autorizado por la máxima autoridad del centro de trabajo.

6.5.5.c. Para poder tener acceso a las áreas restringidas, debe contarse con el equipo de protección personal apropiado y con el conocimiento pleno para su uso.

6.5.6. Para el acceso de vehículos a los centros de trabajo.

6.5.6.a. Para el acceso de vehículos conducidos por personal de la empresa, es indispensable que se cuente con un "pase" de entrada autorizado por la Autoridad Máxima del centro de trabajo. Este "pase" deberá ser expedido específicamente para un vehículo en particular y tendrá carácter de intransferible.

6.5.6.b. Adicionalmente al "pase" del vehículo, el empleado deberá mostrar y portar la credencial del servicio médico (SIIU) que lo acredita como empleado, o la que le proporcione el centro de trabajo.

6.5.6.c. Los conductores de vehículos particulares o subcontratados por la empresa que demanden acceso y salida constantes del centro de trabajo, deben identificarse para tramitar el permiso correspondiente, tanto para la persona como para el vehículo.

6.5.6.d. Tanto los conductores de vehículos particulares como de la empresa que cuenten con

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autorización para el acceso con vehículo al interior de las instalaciones, deben contar con ropa de algodón del tipo industrial, así como con calzado de trabajo sin clavos.

6.5.6.e. No se permitirá acceso a vehículos que no cumplan con las condiciones de seguridad reglamentarias o que se observen en malas condiciones mecánicas, las cuales representen riesgos para las instalaciones del centro de trabajo.

6.5.6.f. No se permitirá el acceso a vehículos que no cuenten con póliza de seguro contra daños a terceros o de cobertura amplia.

6.5.6.g. Para accesar al interior de los centros de trabajo, todos los vehículos deberán contar con un extintor en condiciones de uso inmediato.

6.5.6.h: Para el acceso de vehículos pesados, con exceso de dimensiones o cuya carga represente un riesgo para las instalaciones de los centros de trabajo, invariablemente debe contarse con la autorización correspondiente.

6.5.6.i. Por las características de su escape, queda estrictamente prohibida la entrada de motocicletas al interior de las instalaciones.

6.5.6.j. Queda prohibido el acceso de vehículos con cristales o parabrisas obscuros y reflejantes, en especial autotanques que transportan productos inflamables y combustibles.

6.5.6.k. Está prohibido el acceso de vehículos con personal que excedan el cupo de pasajeros máximo permitido para los mismos.

6.5.6.l. Los conductores de vehículos están obligados a respetar el sentido de flujo de circulación y a no sobrepasar la velocidad máxima permitida de 20 km/hr. en el interior de las instalaciones, así como tomar precauciones en los cruces de calles.

6.5.6.m. Está prohibido el uso de la bocina o claxon cuando se transite en el interior de las instalaciones.

6.5.6.n. Los conductores tienen la obligación de detener la marcha de su vehículo en el interior de las instalaciones, para ceder el paso a peatones o a vehículos de emergencia.

6.5.6.o. Está prohibido que los vehículos transiten sobre áreas restringidas y/o delimitadas con marcas sobre el pavimento.

6.5.6.p. Está prohibido efectuar operaciones de carga y descarga en lugares diferentes a los especificados para estos propósitos.

6.5.6.q. En áreas de circulación, no deben efectuarse reparaciones a vehículos, sino desplazarlos a las áreas de mantenimiento correspondientes.

6.5.6.r. S e debe evitar en lo posible, utilizar un vehículo para empujar a otro, así como pasar corriente de un vehículo a otro que tenga problemas de arranque.

6.5.6.s. Por ningún motivo debe permitirse el estacionamiento de vehículos en áreas restringidas (frente a hidrantes, monitores, cajas portamangueras, válvulas, áreas médicas, etc.).

6.5.6.t. Los choferes de vehículos están obligados a respetar los señalamientos de seguridad preventivos y restrictivos de las instalaciones.

6.5.6.u. Durante la ocurrencia de emergencias, los operadores de los vehículos deben dirigirse hacia el

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exterior del centro de trabajo, circulando con extrema precaución. En paso de no poder hacerlo, deben abandonar el vehículo dejándolo apagado, con las llaves puestas y con el freno de estacionamiento accionado.

6.5.6.v. Está estrictamente prohibido a los conductores de vehículos, efectuar competencias de cualquier índole en las áreas de circulación de los centros de trabajo.

6.5.6.w. Dentro de las instalaciones, está prohibido que un vehículo rebase a otro cuando éste se encuentre en movimiento.

6.5.6.x. No se debe permitir el acceso a vehículos cuyo conductor se encuentre en estado de embriaguez, o bajo el influjo de alguna droga o enervante.

6.5.6.y. La negativa franca o acción de intransigencia por parte del conductor de algún vehículo, para obedecer las disposiciones mandatorias de este Reglamento, será motivo de sanción por parte de la Autoridad Máxima del centro de trabajo.

7. Vigilancia perimetral.

7.1. Los centros de trabajo deben contar con un procedimiento escrito para realizar la vigilancia perimetral interior y/o exterior de sus instalaciones, el cual incluya la secuencia de acciones que 'deben tomarse en casos de observar anomalías o problemas.

7.2. Debe existir un procedimiento para el control de rondines del personal de vigilancia, a través de relojes checadores instalados en sitios estratégicos del centro de trabajo.

7.3. Diariamente, el encargado de vigilancia de cada turno de trabajo debe registrar en una bitácora, una relación pormenorizada de las actividades realizadas por el personal de vigilancia, así como de los acontecimientos que se susciten y que sean materia de sus funciones. De ello, debe rendirse un informe diario a la Autoridad Máxima del centro de trabajo.

7.4. Cada centro de trabajo, de acuerdo a sus necesidades, debe elaborar un estudio para localizar de manera estratégica sus casetas de vigilancia.

7.5. Los Departamentos dé Vigilancia de cada centro de trabajo, deben contar con un programa de rotación de trabajadores, que garantice la permanencia de personal en cada una de las casetas destinadas a este servicio.

7.6. La vigilancia perimetral debe organizarse y coordinarse con personal y recursos físicos y técnicos para cumplir con la responsabilidad asignada, de acuerdo con las características específicas de las instalaciones.

8. Límite perimetral.

8.1. Debe existir una valla perimetral con una altura mínima de 3.0 m., construida de mampostería o de tela ciclón reforzada con alambre de púas.

8.2. Deben existir los señalamientos preventivos y restrictivos que se consideren necesarios para el control de accesos.

8.3. Deben existir en la totalidad del límite perimetral, barreras físicas que disuadan u obstaculicen el ingreso a las instalaciones. La selección de los diversos tipos de barreras, así como sus posibilidades de combinación, es una función de los requerimientos del centro de trabajo.

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9. Alumbrado.

9.1. Debe efectuarse un estudio para instalar, en caso de requerirse, un sistema de alumbrado para cada una de las siguientes áreas :

9.1.1. En todo el perímetro del centro de-trabajo.9.1.2. Hacia el exterior del centro de trabajo.9.1.3. Hacia el interior del centro de trabajo.9.1.4. En los accesos y salidas del centro de trabajo.9.1.5. En las áreas clasificadas como "restringidas".9.1.6. En las áreas clasificadas como “comunes”

10. Áreas restringidas

10.1. Debe efectuarse un análisis de las instalaciones con el propósito de identificar cuáles de sus áreas de trabajo, deben considerarse como "restringidas" tanto para personal de la empresa, como para contratistas y visitantes.

10.2. Debe contarse con un procedimiento escrito, en donde se establezcan las condiciones para que tanto personal de la empresa, como contratistas y visitantes, puedan tener acceso de manera segura a las áreas consideradas - como "restringidas".

10.3. Todas las áreas restringidas deben contar con letreros, en donde seespecifiquen claramente las condiciones establecidas para su acceso.

10.4. El Departamento de Vigilancia debe montar los operativos necesarios que garanticen la cobertura de las áreas restringidas, sobre todo en los casos en que en las instalaciones del centro de trabajo, se encuentre laborando personal contratista o existan visitantes.

10.5. Debe efectuarse un análisis para determinar en cuáles de las áreas de trabajo consideradas como "restringidas", es necesaria la instalación de dispositivos electrónicos de vigilancia y de control de accesos.

11. Planes de emergencia internos.

11.1. Independientemente del Plan Interno para el Combate de Emergencias Mayores por incendio o explosión, todos los centros de trabajo industriales de Pemex Refinación deben contar con un Plan Interno de Seguridad Física que considere las acciones que deben tomarse para cada uno de los siguientes rubros:

11.1.1. Por asalto.

11.1.2. Por sabotaje.

11.1.3. Por manifestaciones.

11.1.4. Por bloqueo de instalaciones.

11.1.5. Por bloqueo de accesos.

11.1.6. Por amenaza de la existencia de artefactos explosivos.

11.1.7. Por fenómenos naturales.

11.2. Para una mejor aplicación de los planes internos de emergencia, todos los centros de trabajo deben contar con :

11.2.1. Una clara identificación y señalización de las rutas establecidas para la evacuación del centro de trabajo.

11.2.2. La identificación de áreas para concentrar al personal evacuado.

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11.2.3. Carteles que contengan las instrucciones básicas para ser aplicadas en casos de emergencia.

12. Planes de emergencia externos.

12.1. Los centros de trabajo industriales de Pemex Refinación deben contar con un análisis de riesgos para cada una de sus instalaciones, que incluyan resultados de estudios en donde se hayan aplicado modelos de dispersión de nubes tóxicas o de productos inflamables.

12.2. Deben elaborarse procedimientos de alarma general a la población, para casos de emergencias mayores que se susciten en el interior de las instalaciones y cuyas consecuencias puedan rebasar los límites del centro de trabajo.

12.3. Deben existir procedimientos por escrito que contengan las acciones para el combate de emergencias, los cuales involucren a las Autoridades Federales, Estatales y/o Municipales, así como a las Fuerzas Armadas, empresas cercanas y demás organizaciones previstas por el Sistema Nacional de Protección Civil.

12.4. En todos los casos, los centros de trabajo deben contar con programas de prevención de accidentes, que cumplan con lo descrito en la "Guía para la Elaboración de los Programas de Prevención de Accidentes", que para el caso desarrolló el Comité de Análisis y Aprobación de los Programas para la Prevención de Accidentes. (COAAPPA).

13. Comunicaciones.

13.1. Los centros de trabajo deben contar con un procedimiento escrito para activar el sistema local de comunicación, en caso de presentarse condiciones anormales que lo ameriten.En este procedimiento deben incorporarse :

13.1.1. Un directorio telefónico actualizado para casos de emergencia, que debe incluir a las Fuerzas Armadas.

13.1.2. Un directorio actualizado de la red telefónica en casetas de vigilancia.

13.1.3. El sistema de comunicación al personal de vigilancia. 13.1.4. El sistema de comunicación en vehículos de vigilancia.

13.2. Las comunicaciones internas y hacia el exterior, deben asegurarse mediante la diversificación o redundancia de equipos de intercomunicación, de acuerdo con las condiciones específicas del centro de trabajo.

14. Simulacros.

14.1. Anualmente, cada uno de los centros de trabajo deben realizar cuando menos un simulacro de emergencia para cada uno de los siguientes casos, los cuales involucren tanto a personal del Departamento Local de Vigilancia, como a los elementos del Resguardo Militar:

14.1.1. Por asalto.

14.1.2. Por sabotaje.

14.1.3. Por manifestaciones.

14.1.4. Por bloqueo de las instalaciones.

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14.1.5. Por bloqueo de accesos.

14.1.6. Por amenaza de la existencia de artefactos explosivos.

14.2. Debe tenerse un control del cumplimiento para cada uno de los programas de simulacros establecidos.

14.3. De igual manera, debe establecerse un control y registro de los análisis de cada uno de los simulacros efectuados.

15. Información Vital.

15.1. Debe elaborarse un análisis, para identificar la información del centro de trabajo que deba ser clasificada como vital.

15.2. Los centros de trabajo tienen la obligación de elaborar un procedimiento por escrito, para el manejo y control de la información clasificada como vital.

15.3. Las áreas destinadas a concentrar la información vital del centro de trabajo, deben reunir las características adecuadas y estar debidamente identificadas.

15.4. Debe existir una designación por escrito, de las personas seleccionadas que puedan tener acceso a la información vital del centro de trabajo.

16. Entorno de las instalaciones.

16.1. Los centros de trabajo deben efectuar un estudio de las áreas externas ubicadas en el perímetro de las instalaciones, con el propósito de localizar puntos vulnerables que puedan poner en riesgo la seguridad física de las instalaciones.

16.2. Derivado del estudio a que se refiere el inciso anterior, debe contarse con un procedimiento por escrito que contenga las acciones que deban llevarse a cabo, para mantener vigiladas las áreas externas. En este procedimiento debe estar prevista la participación activa de las Fuerzas Armadas.

16.3. En coordinación con las Fuerzas Armadas, debe establecerse un control sobre las actividades de vigilancia en el entorno de las instalaciones, así como registrar en una bitácora los acontecimientos que se presenten en las áreas de referencia.

17. Espacio aéreo.

17.1. Cada centro de trabajo debe contar con un procedimiento escrito, para establecer las comunicaciones de alerta que se requieran en caso de invasión de su espacio aéreo.

18. Derechos de vía.

18.1. Las instalaciones deben contar con un procedimiento escrito, en el que se establezcan las acciones que deberán llevarse a cabo en coordinación con las Fuerzas Armadas, para la vigilancia aérea y terrestre de los derechos de vía de los ductos de transporte de su jurisdicción.

18.2. Deben establecerse controles de los recorridos aéreos y terrestres de vigilancia de los derechos de vía.

18.3. Los encargados de la vigilancia aérea y terrestre de los ductos de transporte, deben

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registrar en bitácoras la relación pormenorizada de las actividades realizadas por su personal, así como de los hallazgos detectados durante los recorridos. De todo ello, debe rendirse un informe a la Autoridad Máxima del centro de trabajo.

19. Capacitación y entrenamiento.

19.1. Cada centro de trabajo, debe llevar a cabo un diagnóstico de las necesidades de seguridad física de sus instalaciones, que incluya desde requerimientos de capacitación y entrenamiento, hasta la dotación de equipo y armamento para que el personal de vigilancia cumpla adecuadamente con sus funciones.

19.2. Debe elaborarse un programa para cubrir las necesidades de acuerdo a los resultados del diagnóstico a que se hace referencia en el inciso anterior.

19.3. En cada centro de trabajo deben existir programas que comprendan los siguientes conceptos:

19.3.1. La capacitación en temas específicos, relativos a las funciones del personal del Departamento de Vigilancia.

19.3.2. El entrenamiento del personal de Vigilancia en el uso y manejo de armas, así como en defensa personal.

19.3.3. La capacitación y entrenamiento del personal de Vigilancia en el uso adecuado de equipos y sistemas de seguridad física, tales como arcos y bastones detectores, radios, sistemas electrónicos de detección de intrusos, etc.

19.3.4. La evaluación y calificación periódica del personal que porta armas.

19.3.5. La inspección de armamento y de equipos físicos y mecánicos de seguridad física, tales como sistemas de comunicación, iluminación, bardas, torres, etc.

19.3.6. La reparación de anomalías detectadas durante las inspecciones.

19.3.7. El mantenimiento preventivo del equipo y sistemas para la seguridad física.

19.4. Los centros de trabajo deben contar con un documento en el que se definan los requerimientos de los "perfiles de puestos" para el personal de Vigilancia, de acuerdo a sus necesidades particulares.

20. Responsabilidades.

20.1. Todos los centros de trabajo de Pemex Refinación deben contar con un Plan Interno de Seguridad Física, que considere en forma integral las acciones y actividades que deben llevarse a cabo en base a sus necesidades particulares. La autoridad máxima de cada centro de trabajo, es la responsable de la elaboración de este documento.

20.2. El incumplimiento de las disposiciones establecidas en este Reglamento, será sancionado en los términos que marcan los procedimientos administrativos existentes. En caso de reincidencia, las sanciones se aplicarán en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en el Contrato Colectivo de Trabajo en Vigor y en las Normas de Trato del Personal de Confianza, así como en la jurisprudencia aplicable.

21. Referencias.

21.1. Requerimientos Mínimos de Seguridad Física en Instalaciones de Petróleos Mexicanos,

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emitido por el Comité Institucional de Seguridad Física de Instalaciones de Petróleos Mexicanos.- Enero 24 de 1996.

21.2. Norma PXR-SC-NSI-13 de Seguridad Industrial: "Acceso de Personas y Vehículos a Instalaciones de la Subdirección Comercial de Pemex Refinación".- Mayo de 1997.

21.3. Documento Normativo DG-GPASI-SI-8200: "Reglamento de Seguridad para Contratistas".- Rev. 3 de abril de 1997.

21.4. Documento Normativo DG-GPASI-SI-8401: "Reglamento de Seguridad para Visitantes a las Instalaciones Industriales de Pemex Refinación".- Rev. 1; diciembre de 1997.

21.5. Norma E 1-1 (NO.03.0.03): "Acceso de personas a las instalaciones de Petróleos Mexicanos".

21.6. Norma E 11-1 (NO.03.0.04): "Tránsito interior de vehículos en instalaciones industriales, administrativas y de servicio en Petróleos Mexicanos".

21.7. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.- 1984. £

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6.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA VISITANTES A LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE PEMEX REFINACION

1. Objetivo.

Regular el acceso y estancia de visitantes a los centros de trabajo, con el fin de preservar su integridad física y la de las instalaciones industriales de Pemex Refinación

2. Alcance.

2.1. Este documento establece los lineamientos mínimos de seguridad que deben cumplir los visitantes, al ingresar y durante su estancia en las instalaciones industriales de Pemex-Refinación.

2.2. Este Reglamento no aplica en el caso de contratistas que realizan trabajos dentro de las instalaciones industriales, los cuales se rigen por el Reglamento de Seguridad DG-GPASI-SI-8200.

3. Ámbito de aplicación.

Los requerimientos mínimos establecidos en este Reglamento son de aplicación general y obligatoria en las instalaciones industriales de Pemex-Refinación.

4. Ingreso al Centro de Trabajo.

Los visitantes deben cumplir con las disposiciones y controles de acceso siguientes:

4.1. Está restringido el uso de vehículos dentro de las instalaciones.

4.2. Se debe hacer uso de los estacionamientos que el centro de trabajo asigne a los visitantes.

4.3. El acceso y salida de los visitantes del Centro de Trabajo se debe efectuar a través de las puertas y durante los horarios establecidos para ello. Su permanencia dentro del mismo debe quedar registrada.

4.4. El visitante debe cumplir con el sistema de control de acceso y salida que se tenga establecido en el Centro de Trabajo, incluyendo la recepción y devolución del gafete de control correspondiente.

4.5. Todos los visitantes deben estar sujetos a revisión por parte del personal de control de acceso y vigilancia.

4.6. Sólo se permitirán cámaras fotográficas o de video con la autorización correspondiente. El uso de "flashes" y/o reflectores debe limitarse a los lugares específicamente permitidos.

4.7. Queda prohibido introducir armas de fuego, con excepción del personal militar o de vigilancia autorizado.

4.8. Queda prohibido introducir bebidas alcohólicas y/o drogas al Centro de Trabajo así como a sus estacionamientos. Así mismo no se permitirá la entrada a las personas que se encuentren bajo los efectos de alcohol o drogas.

4.9. Está prohibido el ingreso de menores de edad sin previa autorización.

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4.10. Está prohibida la entrada a vendedores o promotores de productos o servicios ajenos a las actividades propias de la industria.

5. Permanencia dentro del Centro de Trabajo.

Una vez autorizado el acceso al centro de trabajo, el visitante debe acatar las medidas de seguridad siguientes:

5.1.El visitante asumirá la responsabilidad derivada de su estancia, liberando al centro de trabajo de cualquier responsabilidad.

5.2. Queda estrictamente prohibido el acceso a las instalaciones industriales a visitantes que vistan cualquier prenda fabricada con nylon, polyester u otra fibra sintética que genere electricidad estática.

5.3. Queda prohibido el uso de zapatos tenis, calzado casual y calzado con clavos o con elementos Metálicos externos, en el interior de las instalaciones industriales.

5.4.Es obligatorio el uso del casco de seguridad en las instalaciones industriales.

5.5. En caso de no contar con lo indicado en los puntos 5.2, 5.3 y 5.4, los visitantes deben solicitarlo a la oficina de recepción ó al personal responsable de seguridad.

5.6. Los visitantes deben portar en forma visible el gafete que les fué proporcionado, mientras permanezcan en el interior del centro de trabajo.

5.7. En todo momento los visitantes deberán estar acompañados por personal del centro de trabajo, desde su ingreso y durante el tiempo que permanezcan en el interior de las instalaciones industriales. Cuando la visita se lleve a cabo en grupo, el responsable del mismo debe instruir a los integrantes sobre la prohibición de que cualquiera de ellos se aparte del mismo.

5.8. Los visitantes que transiten a pie por el centro de trabajo tienen la obligación de acatar las disposiciones y señalamientos peatonales, así como caminar exclusivamente por las banquetas, andadores o caminos de acceso construidos para tal efecto. No debe transitarse por áreas restringidas ni trasladarse en el área de carga de vehículos.

5.9. Es obligación de los visitantes acatar las órdenes, indicaciones e instrucciones que les dicte el personal del centro de trabajo, sobre todo en lo relativo a medidas de seguridad.

5.10. Queda estrictamente prohibido a los visitantes intervenir en maniobras, abrir o cerrar válvulas, operar instrumentos, accionar interruptores, operar máquinas y en general, efectuar cualquier operación de equipos, accesorios o instalaciones.

5.11. Queda prohibido a los visitantes deambular por calles, andadores, pasillos, oficinas, instalaciones y áreas en general, que no sean motivo específico de su visita.

5.12. El visitante debe tirar la basura en los depósitos destinados para ello.

5.13. El comportamiento en general del visitante en el interior de la instalación debe ser de respeto y disciplina, evitando bromas y actitudes que pongan en peligro la integridad de personas o instalaciones.

5.14. Queda prohibido el acceso de visitantes a las áreas consideradas como riesgosas, a menos que el motivo de su visita lo amerite, en cuyo caso, el responsable de ésa área debe indicarle las recomendaciones de seguridad pertinentes y verificar que se les proporcione e instruya sobre el uso del equipo de protección personal apropiado.

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5.15. Durante la realización de simulacros dentro del centro de trabajo, los visitantes deben mantenerse alejados del lugar para evitar la ocurrencia de accidentes.

5.16. En caso de que durante la visita se llevara a cabo una práctica o simulacro de evacuación, o si se presentara una emergencia real en las instalaciones, los visitantes deberán atender las indicaciones de las personas a las que visitan, o las de los encargados del control de la emergencia.

5.17. Queda estrictamente prohibido el acceso de visitantes, a las áreas de operación durante la ocurrencia de emergencias.

5.18. Queda terminantemente prohibido fumar o encender fósforos en el interior de las instalaciones industriales, independientemente de que existan o no letreros indicando su prohibición.

6. Tránsito de vehículos dentro del Centro de Trabajo.

Si es indispensable el uso de vehículos dentro de las instalaciones, se debe cumplir con lo siguiente:

6.1. El vehículo deberá contar con un "pase" de entrada debidamente autorizado por la autoridad máxima del centro de trabajo. Este "pase" deberá ser expedido para un vehículo en particular y tendrá carácter de intransferible.

6.2. En ningún caso deberá permitirse el acceso a vehículos que no cuenten con póliza de seguro contra daños a terceros o con cobertura amplia.

6.3. No debe permitirse el acceso a vehículos que no cumplan con las condiciones de seguridad reglamentarias o que se observen en malas condiciones mecánicas, que representen riesgos para las instalaciones del centro de trabajo.

6.4. Como parte de las rutinas del control de accesos, deberán revisarse todos y cada uno de los vehículos que entren y salgan del centro de trabajo. Para accesar al interior de los centros de trabajo, todos los vehículos deberán contar cuando menos con un extintor en condiciones de uso inmediato.

6.5. Queda prohibido el uso de la bocina o claxon de los vehículos que transitan en el interior de las instalaciones.

6.6. Los conductores de vehículos están obligados a respetar el sentido del flujo de circulación y a no sobrepasar la velocidad máxima permitida de 20 km/hr. en el interior de las instalaciones, así como tomar precauciones en los cruces de calles.

6.7. El uso del cinturón de seguridad en el vehículo es obligatorio.

6.8. Los choferes de vehículos están obligados a respetar los señalamientos preventivos y restrictivos de las instalaciones.

6.9. No está permitido el estacionamiento de vehículos frente a instalaciones contraincendio, subestaciones eléctricas, debajo de tendidos de tuberías aéreas, ní frente a vehículos de emergencia.

6.10. Queda prohibido que los vehículos transiten sobre áreas restringidas y/o delimitadas con marcas sobre el pavimento.

6.11. Queda prohibido el acceso de vehículos con cristales o parabrisas obscuros y reflejantes, así como de vehículos que excedan la capacidad máxima de pasajeros permitida para los mismos.

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6.12. Para el acceso de vehículos pesados con exceso de dimensiones, o cuya carga represente un riesgo para las instalaciones de los centros de trabajo, invariablemente debe contarse con un "permiso de trabajo".

6.13. Todos los conductores tienen la obligación de detener la marcha de su vehículo en el interior de las instalaciones, para ceder el paso a peatones o a vehículos de emergencia.

6.14. Durante emergencias, los operadores de los vehículos deben tratar de dirigirse hacia el exterior del centro de trabajo, extremando precauciones según las circunstancias. En caso de no poder hacerlo, deben abandonar el vehículo dejándolo apagado, con el freno de mano accionado y con las llaves puestas.

6.15. Está prohibido rebasar vehículos cuando éstos se encuentren en movimiento.

6.16. Queda prohibido efectuar operaciones de carga y descarga en lugares diferentes a los especificados para estos propósitos.

6.17. En áreas de circulación no deben efectuarse reparaciones a vehículos, sino desplazarlos a las áreas de mantenimiento correspondientes, jalados por una grúa o empujados por personas.

6.18. Se debe evitar en lo posible la utilización de un vehículo para empujar otro, así como pasar corriente de un vehículo a otro.

6.19. Por las características de su escape, queda prohibida la entrada de motocicletas al interior de las instalaciones.

6.20. Queda estrictamente prohibido a los conductores de vehículos, efectuar competencias de cualquier índole en las áreas de circulación del centro de trabajo.

6.21. Deben cumplirse además las disposiciones particulares establecidas por el centro de trabajo relativas al tránsito vehicular.

7. Responsabilidades.

7.1. Todos los visitantes a las instalaciones industriales de Pemex-Refinación están obligados a cumplir con lo establecido en éste Reglamento, así como con los requisitos específicos que dicten las áreas operativas.

7.2. Corresponde a la máxima autoridad del Centro de Trabajo, disponer los mecanismos necesarios para que las medidas preventivas aquí señaladas, sean debidamente observadas.

7.3. Los trabajadores del Centro de Trabajo deben reportar a los departamentos de Seguridad o Vigilancia, las desviaciones cometidas por personas ajenas, en las instalaciones del organismo.

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ANEXO “SSPA”7. FORMATOS DEL SISTEMA DE SALUD, SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

FORMATO DE INDICADORES DE CONTRATISTAS

311-48400-RSIA-003

INDICADORES DE CONTRATISTASMes:Año:

Gerenciao

Centro de Trabajo

PROVEEDOR Total de Trabajadores en la

instalación

Horas Hombres Laboradas

Total de Accs. Incapacitantes con

mas de24 Hrs.

Total de Accs. de Cualquier tipo (Global)

Total de Accidentes Mortales

Índice de frecuencia

TOTAL:

FECHA DE ELABORACIÓN: ____________________________

POR EL PROVEEDOR:

____________________________________

_____________________________________ RESIDENTE

Nota: Este formato es parte del anexo SSPA y se debe integrar a la facturación mensual.

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ANEXO “SSPA”7. FORMATOS DEL SISTEMA DE SALUD, SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

FORMATO DE PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DE COMPAÑÍAS

311-48400-RSIA-004

CONTRATO No. CS-RMAD-___/__

SERVICIO: “DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO”.

PLAZO: PROGRAMA DE REUNIONES MENSUALES CON PERSONAL DEL PROVEEDOR AÑO 2008

No. NOMBRE DEL TRABAJADOR

FIRMA DEL TRABAJADOR ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC.

PLATICA DESARROLLADA _________________________________________ FECHA: ____________________________

POR EL PROVEEDOR:

____________________________________ _____________________________________ RESIDENTE

Nota: Este formato es parte del anexo SSPA y se debe integrar a la facturación mensual.

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ANEXO “SSPA”7. FORMATOS DEL SISTEMA DE SALUD, SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

FORMATO DE PROGRAMA DE REUNIONES PARA EL SISTEMA DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

311-48400-RSIA-005

CONTRATO: CS-RMAD-___/__OBRA: “DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO”.

DESCRIPCIÓN DEL TEMA PROGRAMA DE REUNIONES MENSUALES CON CONTRATISTAS AÑO 2008ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

POR EL PROVEEDOR:

____________________________________ _____________________________________ RESIDENTE

FECHA DE ENTREGA.______________________

Nota: Este formato es parte del anexo SSPA y se debe integrar a la facturación mensual.

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DOCUMENTO 3LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la proposición en la presente licitación pública, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: Datos de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional):

Datos de las Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno Nombre( s )Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Nombre y domicilio del apoderado o representante:Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

_(Firma autógrafa original)_Notas:1. El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,

preferentemente, en el orden indicado.2. El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin

utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.3. Los poderes otorgados fuera de los Estados Unidos Mexicanos, una vez legalizados o apostillados, y traducidos, en su caso por

perito, deberán protocolizarse ante Notario Público mexicano, esto no es aplicable a los poderes otorgados ante Cónsules Mexicanos

4- En el caso de licitantes extranjeros se deberá adecuar la redacción de este documento conforme al país de origen del licitante.

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DOCUMENTO 4LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO.

1. Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 3).2. Carta poder simple de quien asista a entregar la proposición.3. Propuesta Técnica y Económica (Documento 6)4.- Declaraciones escritas de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50, 60

penúltimo párrafo y 31 fracción XXIV de la Ley (Documento 8 Y 8A).5. Declaración de Integridad (Documento 9).6. Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas

internacionales para la contratación de servicios, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo quinto, regla tercera del Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio (Documento 7.)

7.- Declaración escrita del Compromiso de Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones. (Documento 8-B).

8. Formato Compromisos con la Transparencia (Documento 12). 9. De ser el caso, convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta. 10. De ser el caso, Formato para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o

persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Documento 16) NO APLICA

11. Manifestación escrita por medio de la cual el licitante declara bajo protesta de decir verdad de que el proveedor original de la madera cuenta con el certificado de manejo sustentable de los bosques y en el cual indique, además el número de registro de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de su certificador, el número de metros cúbicos que le fueron entregados por su proveedor, la descripción y la fecha de la venta, así como el destino final para el cual fue adquirida la madera o el producto forestal maderable NO APLICA

En el caso de proposiciones enviadas por medios de comunicación electrónica, se imprimirán para su rúbrica durante el acto de presentación y apertura de proposiciones los documentos relacionados anteriormente, excepto el indicado en el punto 2.

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DOCUMENTO 5LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION E INTEGRAR LAS PROPOSICIONES QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE

EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

DOCUMENTONo. DOCUMENTO

PUNTOS DEL DOCUMENTO 1 DE

LAS BASESDONDE SE EXIGE

NOMBRE DEL ARCHIVO

TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS

ENVIADAS POR MEDIOS DE

COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

ENTREGO

SI NO

Copia fotostática del recibo de pago de bases. 4. INCISO C) RECIBO

3 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante. 4 INCISO A) DOC_3

8

Manifestación de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

4 INCISO D) DOC_8

8A

Manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por el Artículo 31 fracción XXIV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

4 INCISO D) DOC 8-A

8B

Formato para la Declaración del Compromiso de Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones.

4, INCISO D) DOC_8-B

9 Declaración de Integridad. 4 INCISO D) DOC_9

Convenio privado tratándose de proposiciones conjuntas. 4 INCISO H.2) CONVEN

6 Propuesta Técnica y Económica 4 INCISO E) DOC_6

7

Manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la contratación de servicios, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 5°, regla tercera del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio”

4 INCISO F) DOC 7

12 Compromisos con la Transparencia 11 DOC-1215 Modelo de manifestación para integrar el 4 INCISO R)

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DOCUMENTONo. DOCUMENTO

PUNTOS DEL DOCUMENTO 1 DE

LAS BASESDONDE SE EXIGE

NOMBRE DEL ARCHIVO

TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS

ENTREGO

SI NOcatálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

DOC_15

16

Modelo para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; Acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social NO APLICA

4 INCISO O)

DOC 16

Documentación para la acreditación de la experiencia. 4 INCISO L (EXPER)

Acreditación del capital contable. 4 INCISO M (CAP_CON)Copia simple del certificado del sistema de gestión de la calidad de los Servicios que propone. NO APLICA

4 INCISO N(SIST_CAL)

Manifestación escrita por medio de la cual el licitante declara bajo protesta de decir verdad de que el proveedor original de la madera cuenta con el certificado de manejo sustentable de los bosques y en el cual indique, además el número de registro de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de su certificador, el número de metros cúbicos que le fueron entregados por su proveedor, la descripción y la fecha de la venta, así como el destino final para el cual fue adquirida la madera o el producto forestal maderable NO APLICA

4 INCISO S) (CERT_SUSTEN)

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición técnica y económica, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las Bases será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de descalificación de su proposición.

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009..

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DOCUMENTO 6LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

PROPUESTA TÉCNICA

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS

No.PARTIDA CANTIDAD

UNIDADDE

MEDIDAESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS

PROPUESTOS PLAZO DE EJECUCIÓN

LUGAR DE EJECUCIÓN:VIGENCIA DE LAPROPUESTA: La presente propuesta permanecerá vigente hasta la conclusión del procedimiento de licitación

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: ______________________FIRMA: ______________________CARGO: _______________________FECHA: _______________________

ESTE FORMATO DEBERÁ PRESENTARSE DENTRO DE SU PROPUESTA TECNICA, Y DEBE INTEGRARSE TAL Y COMO SE INDICA EN EL PUNTO 4 (INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES Y DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO), INCISO E) DE ESTAS BASES DE LICITACIÓN

ESTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARLO DENTRO DE LA PROPUESTA TÉCNICA_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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(A CADA SERVICIO DEL CATALOGO DE PARTIDAS LE CORRESPONDERÁ UN DESGLOSE DE INSUMOS POR SERVICIO)

DESGLOSE DE INSUMOS POR SERVICIO

No. DE SERVICIO_____________ UNIDAD: ______DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

MATERIALESDESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD

MANO DE OBRADESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD

RENDIMIENTO:

MAQUINARIA Y/O EQUIPODESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD

RENDIMIENTO:

CONDICIONES DE EJECUCIÓN:LUGAR DE EJECUCIÓN

NOMBRE DEL LICITANTE: __ (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL) __NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: ______________________FIRMA: ______________________CARGO: _______________________FECHA: _______________________

PROPUESTA ECONÓMICA_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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ANEXO “C”CATALOGO DE PARTIDAS

AÑO 2009

No. DE PDA. DESCRIPCIÓN DE LA PARTIDA UNIDAD

PRESUPUESTOMÍNIMO

M.N.MÁXIMO

M.N.

1

SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y DE CONSERVACION TIPO UNITARIO DE VENTANA Y DIVIDIDOS, DESPACHADORES DE AGUA, REFRIGERADORES, CONGELADORES Y EQUIPOS DE LABORATORIO QUÍMICO DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

SERVICIO $1’900,000.00 $4,750,000.00

No. DEL SERVICIO DESCRIPCION DEL SERVICIO UNIDAD

CANTIDAD A

EVALUARPRECIO

UNITARIO  IMPORTE

1.001

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO VENTANA CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1

 

1.002

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1

 

1.003MANTENIMIENTO PREVENTIVO A

ENFRIADORES /CALENTADORES DE AGUA BOTELLON.

T/R 1 

1.004MANTENIMIENTO PREVENTIVO A

REFRIGERADORES Y CONGELADORES CON CAPACIDAD

T/R 1 

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DE 5 PIES A 13.5 PIES.

1.005MANTENIMIENTO PREVENTIVO A

DIVERSOS EQUIPOS DE LABORATORIO QUIMICO.

T/R 1 

1.006

MANTENIMIENTO CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO VENTANA CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1

 

1.007

MANTENIMIENTO CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1

 

1.008MANTENIMIENTO CORRECTIVO A

ENFRIADORES /CALENTADORES DE AGUA BOTELLON.

T/R 1 

1.009

MANTENIMIENTO CORRECTIVO A REFRIGERADORES Y

CONGELADORES CON CAPACIDAD DE 5 PIES A 13.5 PIES.

T/R 1

 

1.010MANTENIMIENTO CORRECTIVO A

DIVERSOS EQUIPOS DE LABORATORIO QUIMICO.

T/R 1 

LISTA DE REFACCIONAMIENTO ANEXA PARA LOS AIRES ACONDICIONADO

1.011 CAPACITOR DE 5 MFD. PZA 1  1.012 CAPACITOR DE 7.5 MFD. PZA 1  1.013 CAPACITOR DE 10 MFD. PZA 1  1.014 CAPACITOR DE 15 MFD. PZA 1  1.015 CAPACITOR DE 25 MFD. PZA 1  

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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1.016 CAPACITOR DE 30 MFD. PZA 1  1.017 CAPACITOR DE 35 MFD. PZA 1  1.018 CAPACITOR DE 40 MFD. PZA 1  

1.019CAPACITOR MCA. QUALITY O SIMILAR MODELO

QSP-5 PZA 1  

1.020CONTROL DE TEMPERATURA DE UNA ETAPA MCA.

RIMSA MODELO YTB-2U144 O SIMILAR PZA1  

1.021CONTROL DE TEMPERATURA DE DOS ETAPAS MCA. JOHNSON O SIMILAR MODELO T-25A-1 PZA

1  

1.022FILTRO DESHIDRATADOR MCA. VALYCONTROL

MODELO T25-4 O SIMILAR PZA1  

1.023SWITCH DE TECLAS MODELO HR-54AL-310 PARA

EQUIPO CARRIER O SIMILAR PZA1  

1.024SWITCH DE VELOCIDADES MODELO 2975-X468

PARA EQUIPO CARRIER O SIMILAR. PZA1  

1.025 SWITCH ROTATIVO PZA 1  

1.026ABANICO ASPAS PARA CLIMA DE VENTANA O

MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

1.027TURBINA PARA CLIMA DE VENTANA O MINI-SPLIT

DE 1 A 3 TR PZA1  

1.028MOTOR ELECTRICO DE 1/8 HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

1.029MOTOR ELECTRICO DE 1/3 HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

1.030MOTO ELECTRICO DE ¼ HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

1.031MOTOR ELECTRICO DE 1/2 HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

1.032MOTOR ELECTRICO DE ¼ HP VERTICAL PARA CONDENSADOR TIPO MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA

1  

1.033MOTOR ELECTRICO DE 1/3HP VERTICAL PARA

CONDENSADOR TIPO MINI-SPLIT PZA1  

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1.034MOTOR ELECTRICO DE ½ HP VERTICAL PARA

CONDENSADOR TIPO MINI-SPLIT. PZA1  

1.035FILTRO AMBIENTAL POROFLEX O SIMILAR PARA

CLIMA DE VENTANA O MINI-SPLIT PZA1  

1.036CORDON ALIMENTACIÓN ELECTRICA CON

CLAVIJA USO RUDO. PZA1  

1.037CONTACTOR TRIFÁSICO MARCA SIEMENS O

SIMILAR CATALOGO 3TB4417-OAN1 PZA1  

1.038

REPARACION MOTOR ELECTRICO MONOFASICO, INCLUYE LA REPOSICIÓN DE LA BOBINA, LA

RECTIFICACIÓN DE LAS TAPAS, SUSTITUCIÓN DE BUJES POR BALEROS Y/O CAMBIO DE BALEROS.

PZA

1  

1.039 COMPRESOR DE 1 TR PZA 1  1.040 COMPRESOR DE 1.5 TR PZA 1  1.041 COMPRESOR DE 2 TR PZA 1  1.042 COMPRESOR DE 2.5 TR PZA 1  1.043 COMPRESOR DE 3 TR MONOFASICO PZA 1  1.044 COMPRESOR DE 3 TR TRIFASICO PZA 1  

1.045

LAMINACION DE PARTES CORROIDAS UTILIZANDO LAMINA GALVANIZADA CAL. 18 EN CLIMAS DE VENTANA DE 1-3 TR Y MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR.

KG.1  

1.046TARJETA ELECTRONICA PARA MINI-SPLIT DE 1 A 3

TR. PZA 1  

1.047

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1 TR. PZA1  

1.048

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1.5 TR. PZA1  

1.049

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2 TR. PZA1  

1.050

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2.5TR. PZA1  

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1.051

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 3 TR. PZA1  

1.052

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1 TR. PZA1  

1.053

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1.5 TR. PZA1  

1.054

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2 TR. PZA1  

1.055

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2.5 TR. PZA1  

1.056

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 3 TR. PZA1  

1.057CONTROL REMOTO PARA EQUIPO MINI-SPLT DE 1

A 3 TRPZA 1  

1.058 PERILLA DE CONTROLES PZA 1  

1.059FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

1 TR. PZA 1  

1.060FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

1.5 TRPZA 1  

1.061FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

2 TRPZA 1  

1.062FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

3 TRPZA 1  

1.063FILTRO DESHIDRATADOR PARA CLIMA DE

VENTANA 1 T/R. PZA 1  

1.064FILTRO DESHIDRATADOR PARA CLIMA DE

VENTANA 2 T/R. PZA 1  

1.065FILTRO DESHIDRATADOR PARA CLIMA DE

VENTANA 3 T/R. PZA 1  

1.066

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1 T/RPZA

1  

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

1.067

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1.5 T/R

PZA1  

1.068

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 2 T/RPZA

1  

1.069

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 3 T/RPZA

1  

1.070

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1 T/RPZA

1  

1.071

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1.5 T/RPZA

1  

1.072

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 2 T/RPZA

1  

1.073

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 3 T/RPZA

1  

1.074VÁLVULA DE SERVICIO PARA CARGA DE GAS

REFRIGERANTE TIPO “PINCH OFF” PZA1  

1.075FILTRO DESHIDRATADOR MOD: DCL-052-S 1/4”

DIAM. PZA 1  

1.076FILTRO DESHIDRATADOR MOD: DCL-053-S 3/8”

DIAM. PZA 1  1.077 TRANSFORMADOR DE CONTROL 50VA 220/24 VOLT. PZA 1  1.078 CONTACTOR 1 POLO BOBINA 24 VOLT. PZA 1  

DESPACHADORES DE AGUA, REFRIGERADORES, CONGELADORES Y DESHUMIDIFICADORES1.079 DEPOSITO DE AGUA FRIA PZA 1  1.080 DEPOSITO AGUA CALIENTE PZA 1  1.081 VALVULA DE AGUA FRIA O CALIENTE PZA 1  

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

1.082 CONTROL DE TEMPERATURA PARA AGUA FRIA. PZA 1  

1.083CONTROL DE TEMPERATURA PARA AGUA

CALIENTE PZA 1  1.084 COMPRESOR DE 1/10 HP 110 V PZA 1  1.085 COMPRESOR DE 1/8 HP 110 V PZA 1  1.086 COMPRESOR DE 1/6 HP 110 V PZA 1  1.087 COMPRESOR DE 1/5 HP 110 V PZA 1  1.088 COMPRESOR DE ¼ HP 110 V PZA 1  1.089 COMPRESOR DE 1/3 HP 110 V PZA 1  1.090 RELAY PZA 1  1.091 KLIXON PZA 1  1.092 CAPACITOR DE ARRANQUE PZA 1  1.093 FILTRO DESHIDRATADOR PZA 1  

1.094CORDON ALIMENTADOR DE CORRIENTE

ELECTRICA CON CLAVIJA USO RUDO PZA 1  EQUIPO DE LABORATORIO QUIMICO  

1.095 FILTRO DESHIDRATADOR PZA 1  1.096 COMPRESOR DE 1/8 HP PZA 1  1.097 COMPRESOR DE 1/3 HP PZA 1  1.098 COMPRESOR DE ½ HP PZA 1  1.099 COMPRESOR DE 3/4 HP 110 V. PZA 1  1.100 CONTROL DE TEMPERATURA PZA 1  1.101 VALVULA SOLENOIDE PZA 1  1.102 CONTROL DE PRESION PZA 1  1.103 RELEVADOR 8 PATAS PZA 1  1.104 CONTACTOR 30 AMP. 127 V. PZA 1  1.105 CONTACTOR 30 AMP. 127 V. PZA 1  

UNIDAD DE DESTILACION  1.106 CONTROL DE TEMPERATURA PZA 1  1.107 COMPRESOR DE 1/4 H.P. 110 V. PZA 1  1.108 MOTOR 1/4 H.P. 110 V. PZA 1  

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

MAQUINA DE HIELO EN ESCAMAS  1.109 CONTROL DE TEMPERATURA PZA 1  1.110 REDUCTOR PZA 1  1.111 EVAPORADOR CILINDRICO COMPL. PZA 1  1.112 COMPRESOR DE 1 HP PZA 1  1.113 MOTOR DE 1/3 H.P. 110 PZA 1  

LISTA DE CONSUMIBLE ANEXA PARA LOS AIRES ACONDICIONADO.1.114 REFRIGERANTE 22 KG 1  1.115 ACEITE ACEMIRE 200 LTS 1  1.116 ACEITE ACEMIRE 300 LTS 1  1.117 ACEITE ACEMIRE 500 LTS 1  

1.118

PRODUCTO QUIMICO PARA LIMPIEZA DE SISTEMAS CONTAMINADOS POR COMPRESOR

DAÑADO LTO1  

1.119 REFRIGERANTE 12 KG. 1  1.120 REFRIGERANTE 502 KG 1  1.121 REFRIGERANTE 507 KG 1  1.122 REFRIGERANTE 508 KG 1  1.123 REFRIGERANTE 404-A KG 1  1.124 REFRIGERANTE 134-A KG 1  1.125 EMPAQUE IMANTADO M.L. 1  

IMPORTE PARTIDA 1

$

AÑO 2010

DESCRIPCIÓN DE LA PARTIDA UNIDAD PRESUPUESTO

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

No. DE PDA.

MÍNIMOM.N.

MÁXIMOM.N.

2

SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y DE CONSERVACION TIPO UNITARIO DE VENTANA Y DIVIDIDOS, DESPACHADORES DE AGUA, REFRIGERADORES, CONGELADORES Y EQUIPOS DE LABORATORIO QUÍMICO DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

SERVICIO $1’900,000.00 $4,750,000.00

No. DEL SERVICIO DESCRIPCION DEL SERVICIO UNIDAD

CANTIDAD A

EVALUARPRECIO

UNITARIO  IMPORTE

2.001 MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO VENTANA CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1  

2.002

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1

 

2.003

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A ENFRIADORES /CALENTADORES DE

AGUA BOTELLON.T/R 1

 

2.004

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A REFRIGERADORES Y

CONGELADORES CON CAPACIDAD DE 5 PIES A 13.5 PIES.

T/R 1

 

2.005

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A DIVERSOS EQUIPOS DE LABORATORIO QUIMICO.

T/R 1 

2.006

MANTENIMIENTO CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO VENTANA CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1

 

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

2.007

MANTENIMIENTO CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT CON CAPACIDAD DE

1- 3 TR

T/R 1

 

2.008

MANTENIMIENTO CORRECTIVO A ENFRIADORES /CALENTADORES DE

AGUA BOTELLON.T/R 1

 

2.009

MANTENIMIENTO CORRECTIVO A REFRIGERADORES Y

CONGELADORES CON CAPACIDAD DE 5 PIES A 13.5 PIES.

T/R 1

 

2.010 MANTENIMIENTO CORRECTIVO A DIVERSOS EQUIPOS DE LABORATORIO QUIMICO.

T/R 1  

LISTA DE REFACCIONAMIENTO ANEXA PARA LOS AIRES ACONDICIONADO

2.011 CAPACITOR DE 5 MFD. PZA 1  2.012 CAPACITOR DE 7.5 MFD. PZA 1  2.013 CAPACITOR DE 10 MFD. PZA 1  2.014 CAPACITOR DE 15 MFD. PZA 1  2.015 CAPACITOR DE 25 MFD. PZA 1  2.016 CAPACITOR DE 30 MFD. PZA 1  2.017 CAPACITOR DE 35 MFD. PZA 1  2.018 CAPACITOR DE 40 MFD. PZA 1  

2.019CAPACITOR MCA. QUALITY O SIMILAR MODELO

QSP-5 PZA 1  

2.020CONTROL DE TEMPERATURA DE UNA ETAPA MCA.

RIMSA MODELO YTB-2U144 O SIMILAR PZA1  

2.021CONTROL DE TEMPERATURA DE DOS ETAPAS MCA. JOHNSON O SIMILAR MODELO T-25A-1 PZA

1  

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

2.022FILTRO DESHIDRATADOR MCA. VALYCONTROL

MODELO T25-4 O SIMILAR PZA1  

2.023SWITCH DE TECLAS MODELO HR-54AL-310 PARA

EQUIPO CARRIER O SIMILAR PZA1  

2.024SWITCH DE VELOCIDADES MODELO 2975-X468

PARA EQUIPO CARRIER O SIMILAR. PZA1  

2.025 SWITCH ROTATIVO PZA 1  

2.026ABANICO ASPAS PARA CLIMA DE VENTANA O

MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

2.027TURBINA PARA CLIMA DE VENTANA O MINI-SPLIT

DE 1 A 3 TR PZA1  

2.028MOTOR ELECTRICO DE 1/8 HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

2.029MOTOR ELECTRICO DE 1/3 HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

2.030MOTO ELECTRICO DE ¼ HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

2.031MOTOR ELECTRICO DE 1/2 HP PARA CLIMA DE

VENTANA O MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA1  

2.032MOTOR ELECTRICO DE ¼ HP VERTICAL PARA CONDENSADOR TIPO MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR PZA

1  

2.033MOTOR ELECTRICO DE 1/3HP VERTICAL PARA

CONDENSADOR TIPO MINI-SPLIT PZA1  

2.034MOTOR ELECTRICO DE ½ HP VERTICAL PARA

CONDENSADOR TIPO MINI-SPLIT. PZA1  

2.035FILTRO AMBIENTAL POROFLEX O SIMILAR PARA

CLIMA DE VENTANA O MINI-SPLIT PZA1  

2.036CORDON ALIMENTACIÓN ELECTRICA CON

CLAVIJA USO RUDO. PZA1  

2.037CONTACTOR TRIFÁSICO MARCA SIEMENS O

SIMILAR CATALOGO 3TB4417-OAN1 PZA1  

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2.038

REPARACION MOTOR ELECTRICO MONOFASICO, INCLUYE LA REPOSICIÓN DE LA BOBINA, LA

RECTIFICACIÓN DE LAS TAPAS, SUSTITUCIÓN DE BUJES POR BALEROS Y/O CAMBIO DE BALEROS.

PZA

1  

2.039 COMPRESOR DE 1 TR PZA 1  2.040 COMPRESOR DE 1.5 TR PZA 1  2.041 COMPRESOR DE 2 TR PZA 1  2.042 COMPRESOR DE 2.5 TR PZA 1  2.043 COMPRESOR DE 3 TR MONOFASICO PZA 1  2.044 COMPRESOR DE 3 TR TRIFASICO PZA 1  

2.045

LAMINACION DE PARTES CORROIDAS UTILIZANDO LAMINA GALVANIZADA CAL. 18 EN CLIMAS DE VENTANA DE 1-3 TR Y MINI-SPLIT DE 1 A 3 TR.

KG.1  

2.046TARJETA ELECTRONICA PARA MINI-SPLIT DE 1 A 3

TR. PZA 1  

2.047

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1 TR. PZA1  

2.048

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1.5 TR. PZA1  

2.049

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2 TR. PZA1  

2.050

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2.5TR. PZA1  

2.051

SERPENTIN CONDENSADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 3 TR. PZA1  

2.052

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1 TR. PZA1  

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2.053

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 1.5 TR. PZA1  

2.054

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2 TR. PZA1  

2.055

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 2.5 TR. PZA1  

2.056

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA CLIMA DE

VENTANA DE 3 TR. PZA1  

2.057CONTROL REMOTO PARA EQUIPO MINI-SPLT DE 1

A 3 TRPZA 1  

2.058 PERILLA DE CONTROLES PZA 1  

2.059FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

1 TR. PZA 1  

2.060FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

1.5 TRPZA 1  

2.061FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

2 TRPZA 1  

2.062FRENTE DECORATIVO DE CLIMA DE VENTANA DE

3 TRPZA 1  

2.063FILTRO DESHIDRATADOR PARA CLIMA DE

VENTANA 1 T/R. PZA 1  

2.064FILTRO DESHIDRATADOR PARA CLIMA DE

VENTANA 2 T/R. PZA 1  

2.065FILTRO DESHIDRATADOR PARA CLIMA DE

VENTANA 3 T/R. PZA 1  

2.066

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1 T/RPZA

1  

2.067

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1.5 T/R

PZA1  

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2.068

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 2 T/RPZA

1  

2.069

SERPENTINES CONDENSADORES CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 3 T/RPZA

1  

2.070

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1 T/RPZA

1  

2.071

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 1.5 T/RPZA

1  

2.072

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 2 T/RPZA

1  

2.073

SERPENTIN EVAPORADOR CON TUBOS DE COBRE Y ALETADO DE ALUMINIO PARA AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT DE 3 T/RPZA

1  

2.074VÁLVULA DE SERVICIO PARA CARGA DE GAS

REFRIGERANTE TIPO “PINCH OFF” PZA1  

2.075FILTRO DESHIDRATADOR MOD: DCL-052-S 1/4”

DIAM. PZA 1  

2.076FILTRO DESHIDRATADOR MOD: DCL-053-S 3/8”

DIAM. PZA 1  2.077 TRANSFORMADOR DE CONTROL 50VA 220/24 VOLT. PZA 1  2.078 CONTACTOR 1 POLO BOBINA 24 VOLT. PZA 1  

DESPACHADORES DE AGUA, REFRIGERADORES, CONGELADORES Y DESHUMIDIFICADORES2.079 DEPOSITO DE AGUA FRIA PZA 1  2.080 DEPOSITO AGUA CALIENTE PZA 1  2.081 VALVULA DE AGUA FRIA O CALIENTE PZA 1  2.082 CONTROL DE TEMPERATURA PARA AGUA FRIA. PZA 1  

2.083CONTROL DE TEMPERATURA PARA AGUA

CALIENTE PZA 1  2.084 COMPRESOR DE 1/10 HP 110 V PZA 1  

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2.085 COMPRESOR DE 1/8 HP 110 V PZA 1  2.086 COMPRESOR DE 1/6 HP 110 V PZA 1  2.087 COMPRESOR DE 1/5 HP 110 V PZA 1  2.088 COMPRESOR DE ¼ HP 110 V PZA 1  2.089 COMPRESOR DE 1/3 HP 110 V PZA 1  2.090 RELAY PZA 1  2.091 KLIXON PZA 1  2.092 CAPACITOR DE ARRANQUE PZA 1  2.093 FILTRO DESHIDRATADOR PZA 1  

2.094CORDON ALIMENTADOR DE CORRIENTE

ELECTRICA CON CLAVIJA USO RUDO PZA 1  EQUIPO DE LABORATORIO QUIMICO  

2.095 FILTRO DESHIDRATADOR PZA 1  2.096 COMPRESOR DE 1/8 HP PZA 1  2.097 COMPRESOR DE 1/3 HP PZA 1  2.098 COMPRESOR DE ½ HP PZA 1  2.099 COMPRESOR DE 3/4 HP 110 V. PZA 1  2.100 CONTROL DE TEMPERATURA PZA 1  2.101 VALVULA SOLENOIDE PZA 1  2.102 CONTROL DE PRESION PZA 1  2.103 RELEVADOR 8 PATAS PZA 1  2.104 CONTACTOR 30 AMP. 127 V. PZA 1  2.105 CONTACTOR 30 AMP. 127 V. PZA 1  

UNIDAD DE DESTILACION  2.106 CONTROL DE TEMPERATURA PZA 1  2.107 COMPRESOR DE 1/4 H.P. 110 V. PZA 1  2.108 MOTOR 1/4 H.P. 110 V. PZA 1  

MAQUINA DE HIELO EN ESCAMAS  2.109 CONTROL DE TEMPERATURA PZA 1  2.110 REDUCTOR PZA 1  

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2.111 EVAPORADOR CILINDRICO COMPL. PZA 1  2.112 COMPRESOR DE 1 HP PZA 1  2.113 MOTOR DE 1/3 H.P. 110 PZA 1  

LISTA DE CONSUMIBLE ANEXA PARA LOS AIRES ACONDICIONADO.2.114 REFRIGERANTE 22 KG 1  2.115 ACEITE ACEMIRE 200 LTS 1  2.116 ACEITE ACEMIRE 300 LTS 1  2.117 ACEITE ACEMIRE 500 LTS 1  

2.118

PRODUCTO QUIMICO PARA LIMPIEZA DE SISTEMAS CONTAMINADOS POR COMPRESOR

DAÑADO LTO1  

2.119 REFRIGERANTE 12 KG. 1  2.120 REFRIGERANTE 502 KG 1  2.121 REFRIGERANTE 507 KG 1  2.122 REFRIGERANTE 508 KG 1  2.123 REFRIGERANTE 404-A KG 1  2.124 REFRIGERANTE 134-A KG 1  2.125 EMPAQUE IMANTADO M.L. 1  

IMPORTE PARTIDA 2

$

LOS PRECIOS DEL AÑO 2009 Y 2010 DEBEN SER IGUALES PORQUE HABRÁ AJUSTE DE PRECIOS.

Lugar de ejecución de los Servicios:Monto total de la propuesta, sin I.V.A. $ Vigencia de la propuesta La presente propuesta permanecerá vigente hasta la conclusión del procedimiento de licitación

NOMBRE DEL LICITANTE: ____________(DENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL)___________________

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NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: __________________________________________________FIRMA: ______________________CARGO: __________________________________________________FECHA: _____________________

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ESTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARLO DENTRO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA(A CADA SERVICIO DEL CATALOGO DE PARTIDAS LE CORRESPONDERÁ UN DESGLOSE DE INSUMOS POR SERVICIO)

DESGLOSE DE INSUMOS POR SERVICIO

No. DE SERVICIO_____________ UNIDAD: ______DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

MATERIALESDESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD COSTO

UNITARIOIMPORTE

MANO DE OBRADESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD SALARIO IMPORTE

RENDIMIENTO

MAQUINARIA Y/O EQUIPODESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD COSTO

HORARIOIMPORTE

RENDIMIENTO

COSTO DIRECTO DEL SERVICIO: $

CONDICIONES DE EJECUCIÓN:LUGAR DE EJECUCIÓN

NOMBRE DEL LICITANTE: __ (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL) __NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: ______________________FIRMA: ________________________CARGO: _______________________

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DOCUMENTO 7LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 5°, REGLA TERCERA DEL “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES DE CONFORMIDAD CON LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2003.

____ de _______________ de ______ (1)

________(2)____________

Presente.

Me refiero a la licitación pública internacional No. __(3)____ en el que mi representada, la empresa _______________(4)___________________ participa a través de la propuesta de la empresa ______________(5)_______________ que se contiene en el presente sobre.Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales conforme a los tratados de libre comercio”, para la contratación de servicios, de conformidad con las disposiciones establecidas en los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio, manifestamos que los que suscriben, declaramos bajo protesta de decir verdad, que los proveedores del (los) Servicio (s) que oferta el licitante en esta propuesta, bajo la partida ____(6)______ son originarios de ______(7)______, país que es parte del tratado de libre comercio _______(8)________ que contiene un capítulo de compras del sector público, en el supuesto de que le sea adjudicado el contrato respectivo al licitante.

A T E N T A M E N T E

______________(9)______________

A T E N T A M E N T E

________________(10)_____________

INSTRUCTIVONUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.3 Indicar el número respectivo.4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa prestadora del servicio.5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.6 Señalar el número de partida que corresponda.7 Anotar el nombre del país de origen del proveedor del (los) Servicio (s).8 Indicar la denominación del tratado de libre comercio bajo cuya cobertura se realiza el

procedimiento. 9 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa prestadora del servicio.

10 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTAS: a) Si el licitante y la empresa prestadora del servicio son la misma empresa, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

b) En el supuesto de que el licitante o la empresa prestadora del servicio se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 8LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES,

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

(Lugar y Fecha)

PEMEX-RefinaciónING. JOSÉ D. NUÑEZ MARTÍNEZENCARGADO DESPACHO GERENCIADE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADEROP R E S E N T E

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato),

manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se

encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

DOCUMENTO 8ALICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 31 FRACCIÓN XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física) representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral) lo que acreditó con (datos del documento que acredite su personalidad), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que por conducto de nuestra representada, no participan en este procedimiento de contratación:

a) Personas físicas o morales que se encuentran inhabilitadas por resolución de la SFP en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.b) Personas morales en cuyo capital social participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del inciso a); c) Personas morales que en su capital social participen personas morales en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del inciso a), y d) Personas físicas que participen en el capital social de personas morales que se encuentren inhabilitadas.

Nota: La participación social de conformidad con el artículo 31 fracción XXIV de la Ley, deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación.

Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.Protesto lo Necesario.

__________________________________________________________(Nombre y firma de la persona física o del representante legal).

NOTA: Si de la información con que cuente la SFP se desprende que personas físicas o morales pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, PEMEX Refinación se abstendrá de formalizar el contrato correspondiente, en términos del artículo 31, fracción XXIV, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

DOCUMENTO 8-BLICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO PARA LA DECLARACIÓN DEL COMPROMISO DE APEGARSE A LO DISPUESTO POR LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA EN MATERIA DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS Y

CONCENTRACIONES.

(Lugar y Fecha)

PEMEX-RefinaciónING. JOSÉ D. NUÑEZ MARTÍNEZENCARGADO DESPACHO GERENCIADE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADEROP R E S E N T E

Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal),

declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se

compromete a que los actos, contratos, convenios o combinaciones que se lleven a cabo en cualquier etapa del

procedimiento de esta licitación, se apeguen a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en

materia de prácticas monopólicas y concentraciones.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

DOCUMENTO 9LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO PARA LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.

(Lugar y Fecha)

PEMEX-RefinaciónING. JOSÉ D. NUÑEZ MARTÍNEZENCARGADO DESPACHO GERENCIADE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADEROP R E S E N T E

Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal),

declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se

abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de PEMEX-Refinación, induzcan o alteren las

evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más

ventajosas con relación a los demás participantes.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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Licitación Pública Internacional No. compranet 18576014-043-09

DOCUMENTO 10LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

MODELO DE FIANZA QUE SE UTILIZA SI SE REQUIERE GARANTIZAR EL 100% DEL IMPORTE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO PARCIAL O TOTAL

FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, ASÍ COMO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO; RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO.

EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ __________________________.

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, DERIVADOS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE LA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS OTORGADAS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, ASIMISMO GARANTIZA LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA

_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009..

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PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.

ESTA FIANZA RESPONDE IGUALMENTE, DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 12 MESES A PARTIR DE QUE QUEDEN EN OPERACIÓN LOS BIENES SUMINISTRADOS O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO, O 18 MESES DESPUÉS DE LA ENTREGA DE LOS BIENES EN SU DESTINO FINAL A TOTAL SATISFACCIÓN DEL BENEFICIARIO.

LA FIANZA GARANTIZA ASIMISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

LA INSTITUCION DE FIANZAS GARANTIZA LA RESPONSABILIDAD ADQUIRIDA POR EL FIADO CON MOTIVO DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS CON POSTERIORIDAD A LA REALIZACIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL Y/O EL DESEMPEÑO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACIÓN APLICABLE Y EL CONTRATO GARANTIZADO.

EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO CON CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO, PLAZOS QUE SE COMPUTARÁN EN EL CASO DE: (A) LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, A PARTIR DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA O DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA EJECUCIÓN Y PRESTACIÓN TOTAL DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS Y DE SUS PRÓRROGAS O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO; LO QUE OCURRA PRIMERO. (B) PARA LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASI COMO CUALESQUIER OTRA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA OBLIGACION PRINCIPAL: A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO.

LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA, SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

1.- PARA CUMPLIMIENTO:

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A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS.B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO.D) COPIA DEL DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.E) CUANTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO.

2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:

A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS.B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO.D) COPIA DEL DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE

TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.

E) COPIA DEL ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE SU FIADO, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, EN LA INTELIGENCIA DE QUE EN ÉSTE, EL FIADO HA ACEPTADO EXPRESAMENTE QUE CUALQUIER EXCEPCIÓN DERIVADA DEL CUMPLIMIENTO PARCIAL DE SUS RESPONSABILIDADES SERÁ INEFICAZ PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA FIANZA, ATENDIENDO A LA NATURALEZA INDIVISIBLE QUE SE ATRIBUYE A AQUÉLLAS POR ACUERDO EXPRESO CONCERTADO CON (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, SI EL CONTRATO FUE ADJUDICADO A MÁS DE UN PROVEEDOR Y PARA FORMULAR PROPUESTA CONJUNTA NO FUE PRECISO CONSTITUIR SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCION DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL _____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009..

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EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL, EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI; (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO Y SEIS MESES DESPUÉS DE TRANSCURRIDOS LOS 12 MESES O 18 MESES DE VIGENCIA RESPECTIVOS, PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN INHERENTE A LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, O EN SU CASO, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA;

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FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DEL CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 10-ALICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

VERSIÓN EN ESPAÑOL

(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)

Fecha de emisión

Banco EmisorNombre y domicilio completo

Beneficiario Fecha de vencimiento(PEMEX Refinación, (Día, Mes y Año)Domicilio)

Carta de Crédito Standby No. XXXXXX

Estimados señores:

Comunicamos a ustedes que hemos establecido nuestra carta de crédito stanby No. a favor de

(PEMEX Refinación) (el “Beneficiario”) por la cantidad máxima de $ (importe con número, letra y moneda). Esta

carta de crédito stanby es emitida para garantizar las obligaciones asumidas por (nombre, denominación o razón

social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) con relación al contrato [o convenio si ese

es el caso] (número y fecha del contrato o convenio) celebrado entre (nombre, denominación o razón social de la

persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) y el Beneficiario así como sus futuras modificaciones,

para (descripción de la obligación que garantiza).

La presente carta de crédito standby será pagadera a la vista en nuestras oficinas ubicadas en (domicilio del

banco emisor y horario de presentación) mediante la presentación de los siguientes documentos:

1. Requerimiento de pago en hoja membretada del beneficiario según formato anexo, manifestando el

incumplimiento por parte de (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió

obligaciones con PEMEX Refinación).

2. Original o copia de carta de crédito stanby.

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Condiciones especiales:

1. Conforme a esta carta de crédito stanby se permiten disposiciones parciales y disposiciones múltiples.

En ningún caso el importe acumulado de los requerimientos de pago podrán exceder del importe total de

esta carta de crédito standby.

Nos comprometemos irrevocablemente con el Beneficiario a honrar sus requerimientos de pago siempre y

cuando sean presentados en cumplimiento con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby en o

antes de la fecha de vencimiento, mediante transferencia electrónica de fondos inmediatamente disponibles de

acuerdo a las instrucciones que el Beneficiario señale en el propio requerimiento de pago.

En caso de que el requerimiento de pago no cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito

standby, el banco emisor deberá dar aviso por escrito al Beneficiario del rechazo de la presentación

especificando todas las discrepancias en las cuales ha basado su rechazo. Dicho aviso podrá ser entregado al

Beneficiario al correo electrónico o facsímil (fax) que el Beneficiario informe por escrito para tal fin al banco

emisor, a más tardar el tercer día hábil inmediato siguiente a aquel en que se haya hecho la presentación del

requerimiento de pago.

El Beneficiario podrá volver a presentar un nuevo requerimiento de pago que cumpla con los términos y

condiciones de esta carta de crédito standby, siempre y cuando dicho requerimiento de pago se presente dentro

de la vigencia de esta carta de crédito.

En el supuesto que el último día hábil para presentación de documentos el lugar de presentación por alguna

razón esté cerrado, el último día para presentar documentos será extendido al quinto día hábil inmediato

siguiente a aquél en que el banco emisor reanude sus operaciones.

La emisión de esta carta de crédito standby se sujeta a las Reglas “ISP 98” Prácticas Internacionales para

Standby emitidas por la Cámara Internacional de Comercio, publicación ICC 590.

Cualquier controversia que surja con motivo de la misma deberá resolverse exclusivamente ante los tribunales

federales competentes de los Estados Unidos Mexicanos con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.

Atentamente.

BANCO EMISORNOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

Requerimiento de pago

Fecha: (fecha de presentación)

Banco Emisor(Denominación y domicilio)

Ref. Carta de Crédito Standby No. --------------

(PEMEX Refinación) en su carácter de beneficiario de la Carta de crédito standby de referencia, por medio de la

presente manifiesta que:

(Nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) ha

incumplido con los términos y condiciones suscritas en el contrato [convenio] No. (Número y fecha del contrato,

específicamente en lo estipulado en la (s) cláusula (s) (No. Cláusula del contrato) por lo que el beneficiario

(PEMEX Refinación) está en su derecho de girar a cargo de esta Carta de crédito stanby.

Por lo anterior, sírvanse transferir el pago por la cantidad de (moneda, importe con número y letra) a la cuenta

bancaria No. (Cuenta del banco) de (Nombre del banco) a nombre de (PEMEX Refinación).

Agradeceremos citar la referencia de la presente carta de crédito standby en cada pago realizado.

NOMBRE COMPLETO, CARGO Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADOCorreo ElectrónicoTeléfonoFax

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(Modelo para ser utilizado sólo en caso de modificación a Carta de Crédito Standby)(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)

Fecha de emisión

Banco Emisor (Nombre, Denominación o Razón Social Nombre y domicilio completo de la persona que asumió obligaciones con

PEMEX Refinación)Número del Contrato:

Beneficiario Referencia Banco Emisor(PEMEX Refinación, (Número de carta de crédito standby)Domicilio Fiscal)

Modificación No. .

Estamos modificando la Carta de crédito standby de referencia como sigue de acuerdo con los términos del propio crédito:

Dice:

( Inclui r texto actual)

Debe decir:

( Inclui r nuevo texto)

Los demás términos y condiciones de la carta de crédito standby permanecen sin cambio.

Esta modificación forma parte integral de la Carta de crédito standby de referencia.

Atentamente.

BANCO EMISORNOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

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DOCUMENTO 11LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

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FORMATO DE LA MANIFESTACIÓN ESCRITA DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, QUE EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

___________a ___ , de ___________ de ____.

PEMEX-RefinaciónRefinería Francisco I. MaderoDepartamento de ContratosAv. Álvaro Obregón No. 3019 Norte, Planta alta, Colonia El Bosque, C.P. 89530 Ciudad Madero, [email protected] R E S E N T E

(Nombre de Representante o Apoderado Legal) en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) de la Empresa denominada (Denominación o Razón Social), cuya actividad preponderante es ______________; y con domicilio fiscal en:_________________________), adjudicada en la licitación pública internacional No. ________, respecto del contrato número ___________________(REQUISITO INDISPENSABLE PARA PROCEDER A LA EMISION DE OPINIÓN)_____________, por el concepto de ___________________(adquisición de Bienes, arrendamiento o prestación de servicios), con un monto a contratar de ($____________M.N. o USD, etc.) sin incluir I.V.A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente:

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla I.2.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada el 27 de mayo de 2008, vigente a partir del 16 de junio de 2008, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia del Ejecutivo Federal, en los Estados Unidos Mexicanos, mi representada no se encuentra obligada a presentar:

Solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro; Total, ni parcialmente, la declaración anual del ISR por el último ejercicio fiscal a que se

encuentre obligado. Declaraciones periódicas en México. Ni cuenta con créditos fiscales firmes o no, en México.

A T E N T A M E N T E,

(Nombre y firma autógrafa original del apoderado o representante)

NOTA:

1. En el supuesto de que el proveedor se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en la parte conducente.

2. Tratándose de servicios relativos al mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, se considerará que existe establecimiento permanente solamente cuando dichos servicios tengan una duración de 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de 12 meses.

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DOCUMENTO 12LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

FORMATO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ______________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-REFINACIÓN , REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ________, EN SU CARÁCTER DE _____________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-REFINACIÓN Y ___________________, REPRESENTADA POR _______________ EN SU CARÁCTER DE ___________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DEL REGLAMENTO A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS

RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

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II.- DE PEMEX-REFINACIÓN

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN___________________, A DE 200_ .

POR PEMEX-REFINACIÓN POR EL LICITANTE(Nombre de la Empresa)

_________________________________ _______________________________Nombre y Cargo del Servidor Público Nombre y Cargo

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DOCUMENTO 13LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores

comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de

dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

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Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales

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internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 14

LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18576014-043-09

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUJETO A AJUSTE DE PRECIOS (EN ADELANTE “CONTRATO”), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS U ORGANISMO SUBSIDIARIO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C._____________________, EN SU CARÁCTER DE _______________________, DE (PETRÓLEOS MEXICANOS U ORGANISMO SUBSIDIARIO) Y POR LA OTRA, _____________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR EL ____________________________________________ EN SU CÁRACTER DE __________________________ [SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS] AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S

1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) declara a través de su representante que:

1.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto ____________________________, y dentro de sus atribuciones está la de celebrar contratos, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación.

1.2. A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS, DIRECTOR CORPORATIVO, DIRECTOR GENERAL O SUBDIRECTORES DE ORGANISMO SUBSIDIARIO. EN EL CASO DE PETRÓLEOS MEXICANOS NO APLICA PARA SUBDIRECTORES CORPORATIVOS.Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General, Director Corporativo de o Subdirector) de (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO) en términos del Artículo 12 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y con la protocolización de su nombramiento según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. _____ de fecha ___ de ______ de ___, otorgada ante la fe del Lic. __________ Titular de la Notaría Publica No. ____ de la Ciudad de _____.

B) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN EL INCISO A).Acredita su personalidad y facultades en su carácter de _____________ de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el testimonio de la Escritura Pública No. _____ de fecha ___ de ______ de ___, otorgada ante la fe del Lic. _______________, Titular de la Notaría Pública No. ____ de la Ciudad de__________, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3. Cuenta con suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, mediante ________ (-cuando aplique- de conformidad con la autorización de afectación plurianual según oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público No. ____. y/o autorización del titular de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO))

1.4. A).- EN CASO DE QUE LA ADJUDICACIÓN SEA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA.Este contrato se celebra como resultado del procedimiento de Licitación Pública Número ___________-____-__ de carácter (Nacional o Internacional -bajo la cobertura de los Capítulos de

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Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio suscritos por México o Internacional Abierta –cuando aplique-), mismo que se instrumentó de conformidad con los artículos 26 fracción I, 27, 28 fracción ______ y 47 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo fallo fue dado a conocer el ___ de ___________ de ____.

B).- EN CASO DE QUE LA ADJUDICACIÓN SEA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.Este contrato se celebra como resultado del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas de carácter (nacional o internacional, según aplique), mismo que se instrumentó de conformidad con los artículos 26 fracción II, 40, 41 fracción ___ y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo fallo fue dado a conocer el ___ de _______ de ____.

TRATÁNDOSE DE INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS FUNDAMENTADAS EN EL ARTÍCULO 41 FRACCIÓN I, II, Y XII ASÍ COMO 42 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SE DEBERÁ ELIMINAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO.El procedimiento de contratación fue dictaminado procedente por el (Comité o Subcomité) de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en su sesión ______, caso No ________ celebrada el _____ de ____ de _____.

TRATÁNDOSE DE INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS FUNDAMENTADAS EN EL ARTÍCULO 41 FRACCIÓN I, II, Y XII DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EN QUE SE HAYA DICTAMINADO LA PROCEDENCIA DE NO CELEBRAR LICITACIÓN PÚBLICA POR EL TITULAR DE LA ENTIDAD O POR EL SERVIDOR PÚBLICO EN QUIEN ESTE HAYA DELEGADO DICHA FACULTAD, SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE PÁRRAFO.El procedimiento de contratación fue dictaminado procedente por el (Señalar nombre y cargo del servidor público que autorizó) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) mediante oficio No ________ de fecha _____.

C).- TRATÁNDOSE DE INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS FUNDAMENTADAS EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.Este contrato se celebra mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas con fundamento en los artículos 26 fracción II, 42 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

D).- EN CASO DE QUE LA ADJUDICACIÓN SEA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA FUNDAMENTADO EN EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.Este contrato se celebra mediante el procedimiento de adjudicación directa con fundamento en los artículos 26 fracción III, 40, 41 fracción ___ y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

TRATÁNDOSE DE ADJUDICACIONES DIRECTAS FUNDAMENTADAS EN EL ARTÍCULO 41 FRACCIÓN I, II, Y XII DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SE DEBERÁ ELIMINAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO.El procedimiento de contratación fue dictaminado procedente por el (Comité o Subcomité) de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en su sesión ______, caso No. ________, celebrada el ___________________.

TRATÁNDOSE DE ADJUDICACIONES DIRECTAS FUNDAMENTADAS EN EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EN QUE SE HAYA DICTAMINADO LA PROCEDENCIA DE NO CELEBRAR LICITACIÓN PÚBLICA POR EL TITULAR DE LA ENTIDAD O POR EL SERVIDOR

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PÚBLICO EN QUIEN ESTE HAYA DELEGADO DICHA FACULTAD, SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE PÁRRAFO.El procedimiento de contratación fue dictaminado procedente por el (Señalar nombre y cargo del servidor público que autorizó) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) mediante oficio No ________ de fecha _____.

E).- TRATÁNDOSE DE ADJUDICACIONES DIRECTAS FUNDAMENTADAS EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.Este contrato se celebra mediante el procedimiento de adjudicación directa con fundamento en los artículos 26 fracción III, 42 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

1.5. EN EL CASO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍAS, ASESORÍAS, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES.En apego al artículo 19 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la (Área Solicitante) señaló que no existen trabajos sobre la materia que satisfagan los requerimientos de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y no cuenta con personal capacitado o disponible para su realización. Mediante Acuerdo de fecha __ de _______ de ___ el Director General de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) autorizó la erogación para la contratación de los servicios objeto de este contrato.

2. A) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA MORAL O FÍSICA QUE ACTÚE CON REPRESENTANTEEl PROVEEDOR declara a través de su representante que:

B) En caso de que se trate de una persona física que actúe por su propio derechoEl PROVEEDOR declara que:

2.1. A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA CUYA EXISTENCIA LEGAL SE ACREDITE CON INSTRUMENTO PÚBLICO MEXICANO.Acredita la legal existencia de su representada con la (Póliza, Escritura Pública o Acta) Número _____ de fecha __ de _____ de ______, otorgada ante la fe del Lic. ____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de _________, la cual quedó debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente

B) TRATÁNDOSE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD EXTRANJERA CUYA EXISTENCIA LEGAL SE ACREDITE CON UN DOCUMENTO EXTRANJERO.Acredita la legal existencia de su representada con el documento denominado (nombre y datos).

ESTA DECLARACIÓN DEBERÁ AJUSTARSE CONFORME A LA DOCUMENTACIÓN CON LA CUAL SE ACREDITE SU LEGAL EXISTENCIA, LA CUAL DEBERÁ ESTAR APOSTILLADA, O EN SU CASO, LEGALIZADA Y ACOMPAÑARSE CON TRADUCCIÓN AL ESPAÑOL POR PERITO AUTORIZADO, EN CASO DE IDIOMA DISTINTO AL INGLÉS.

C) En caso de que se trate de una persona física que actúe por su propio derecho.Es una persona física actuando por su propio derecho y se identifica con (precisar los datos de identificación del proveedor).

2.2. A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Acredita su personalidad y facultades en su carácter de ____________ de (nombre de la compañía o empresa), mediante la (Póliza –cuando se acrediten las facultades en la constitución de la persona moral o en sus modificaciones estatutarias-, Escritura Pública o Acta) Número ____ de fecha __ de ____ de _____, otorgada ante la fe del Lic. ____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de ________, la que quedo debidamente inscrita en el Registro

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Público correspondiente, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.NOTA: TRATÁNDOSE DE PODERES ESPECIALES NO SE DEBERÁ REQUERIR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO.

B) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder simple, según proceda.)

2.3. A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS MEXICANAS O EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAIS.Cuenta con (señalar documento equivalente al R. F. C. del país del proveedor).

2.4 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene que, aún y cuando llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.Es una persona de nacionalidad _____________ y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.

2.5. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse a la ejecución de los servicios objeto de este contrato.

2.6. Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato.

2.7. Ha entregado las manifestaciones a que se refieren los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

2.8. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

2.9. Reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución del objeto de este contrato.

2.10 CUANDO APLIQUE DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS.Cuenta con los permisos necesarios otorgados por las dependencias gubernamentales, para la adecuada ejecución de los servicios objeto del presente contrato.

2.11. CUANDO APLIQUE DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS.Ha inspeccionado debidamente el lugar en donde se prestarán los servicios objeto de este contrato y considerado todos los factores que intervienen en su ejecución. Asimismo, manifiesta haber revisado

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los documentos e información proporcionada por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para el debido cumplimiento del objeto del contrato.

2.12. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CUYO MONTO EXCEDA EL IMPORTE DE $110,000 SIN INCLUIR EL I.V.A.Ha entregado la manifestación a que se refiere la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el presente ejercicio en cumplimiento a lo establecido con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

2.13. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. No tiene establecimiento permanente en el país y que, durante la ejecución de este contrato no tiene la intención de crearlo, sin embargo, de llegarse a constituir conforme a las leyes aplicables, se compromete a dar aviso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y a cumplir con sus obligaciones fiscales en la República Mexicana.

2.14. TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES O FÍSICAS Y QUE LA CONTRATACIÓN RESULTE DE UNO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL FUNDADOS EN EL ARTÍCULO 26 FRACCIÓN I Y II Y 28 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Ha presentado ante la (nombre del área de contratación), la documentación correspondiente con la cual acredita su nacionalidad mexicana así como la que demuestra tener su domicilio en territorio nacional, en términos de la Regla Octava del “Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la Determinación y Acreditamiento del Grado de Contenido Nacional tratándose de Procedimientos de Contratación de Carácter Nacional” publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de marzo del 2000.

2.15. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ADJUDICADOS CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. El PROVEEDOR declara que su empresa se encuentra ubicada en la siguiente estratificación (Tamaño, Sector y Clasificación) de acuerdo con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) encomienda al PROVEEDOR y éste se obliga a realizar hasta su total terminación, de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos, el servicio consistente en: (Indicar de manera precisa el servicio que se prestará), (en adelante “servicios”).

SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.

La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el ____ o antes de esta fecha si se agota el presupuesto máximo susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

TERCERA.- IMPORTE DEL CONTRATO. _____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009..

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NOTA: SE DEBERÁ HACER REFERENCIA ÚNICAMENTE AL PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO TOTAL. El presupuesto mínimo es de $(número) (letra) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y el presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

El precio unitario de los servicios [es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por [posición/partida] en el anexo __ de este contrato], mismo que será ajustado conforme a lo indicado en la cláusula denominada Ajuste de Precios.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA, ASESORÍAS, ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O CAPACITACIÓN, DEBERÁN SEÑALARSE EL PRECIO DE CADA UNO DE LOS ENTREGABLES.

La(s) referencia(s) (MXP, USD ó Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.)

La cantidad o presupuesto mínimo de los servicios que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará es de: (numero) (letra) y el máximo podrá ser de: (numero) (letra) en cada orden.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE DOS O MÁS PARTIDASDe conformidad con la fracción I del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presupuesto mínimo y máximo por (partida/posición) será de acuerdo a lo siguiente:

(PARTIDA / POSICIÓN) MÍNIMO MÁXIMO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con la aceptación del PROVEEDOR podrán modificar hasta en un veinte por ciento la cantidad de alguna (partida/posición) originalmente pactada, utilizando para su pago el presupuesto de otra u otras (partidas/posiciones) previstas en este contrato, siempre que no resulte un incremento en el presupuesto máximo del contrato. La modificación que se prevé en este párrafo, es independiente de la prevista en la cláusula denominada Modificaciones.

CUARTA.- ÓRDENES DE SERVICIO.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ejercerá este contrato a través de “órdenes de servicio” (de aquí en adelante “ORDEN u ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) será entregada al PROVEEDOR _____ (indicar área, lugar y horario) o transmitida vía fax o cualquier otro medio que en el futuro las partes convengan.

Las partes se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el presupuesto máximo establecido en este contrato, ya que, si en algún momento las ÓRDENES rebasan el presupuesto máximo establecido en este contrato, el PROVEEDOR no deberá realizar ejecución alguna de los servicios, a menos que se celebre convenio modificatorio en los términos de la cláusula denominada Modificaciones.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada mediante el convenio respectivo.

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Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por (nombre del área) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

QUINTA.- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS.

TRATÁNDOSE DE UN SÓLO PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución de los servicios es de (número) (letra) días naturales, contados a partir de la fecha de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE EJECUCIÓN.Los plazos de ejecución de los servicios por (partida/posición) se establecen en el Anexo ___ de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

CONDICIONES APLICABLES A CUALQUIER SUPUESTO.Cuando la ORDEN sea transmitida vía fax o cualquier otro medio convenido por las partes, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de ejecución. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de ejecución empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

La ejecución de los servicios amparados en cada ORDEN, se realizará en: (indicar las instalaciones del PROVEEDOR o centros de trabajo de PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO, la ubicación del área en donde se prestarán los servicios, en su caso, sí los servicios se ejecutarán sólo durante días hábiles o bien durante días naturales aún cuando éstos sean inhábiles y dentro de que horario se prestaran los mismos.) , conforme a las condiciones descritas en el anexo ___, mismo que forma parte integrante de este contrato.

No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquel que no se haya laborado por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor o por motivos imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

ESTE SUPUESTO SERÁ OPCIONAL DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS.(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) ejecutarse los servicios objeto de este contrato.

SEXTA.- AJUSTE DE PRECIOS.

De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 57 de su Reglamento, la fórmula o el mecanismo o las condiciones para determinar el ajuste a los precios de los servicios y/o bienes objeto del contrato es el siguiente:

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

NOTA: INDICAR LA FÓRMULA, EL MECANISMO O LAS CONDICIONES APLICABLES AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO.

La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente: _______________________________.

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El ajuste de precios aplicará solamente para los bienes pendientes de entregar o servicios faltantes de prestar, previa solicitud por escrito del PROVEEDOR, en caso de ser procedente dicho ajuste se aplicará a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, en los términos pactados en esta cláusula y deberá notificarse al PROVEEDOR dentro de un plazo de ____ días.

Solo procederá el ajuste de precios cuando no existan atrasos imputables al PROVEEDOR en el suministro de los bienes o en la ejecución de los servicios.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y deberá bonificar en la presentación de sus facturas, las cantidades que resulten aplicando el mecanismo pactado, y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, le solicitará que lo bonifique en su facturación más próxima.

SÉPTIMA.- CONDICIONES Y FORMA DE PAGO

NOTA: EL PLAZO QUE SE ESTABLEZCA PARA EL PAGO, DEBERÁ EFECTUARSE A MÁS TARDAR EL TRIGÉSIMO DÍA NATURAL O EL DÍA HÁBIL INMEDIATO ANTERIOR SI AQUEL NO LO FUERA, CONTADOS A PARTIR DE LA ACEPTACIÓN DE LA FACTURA RESPECTIVA.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el importe de los servicios concluidos y aceptados que ampare cada ORDEN de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato a los (número) (letra) días naturales (7, 15 o 30 días según las condiciones de pago que apliquen) contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda en los términos de este contrato y del acuse de recibo correspondiente conteniendo: el sello del área receptora de los servicios, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

El pago al PROVEEDOR se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá diez (10) días hábiles para inconformarse sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido prestados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba

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efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con dos días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”..

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con dos días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

TRATÁNDOSE DE OBLIGACIONES DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN TERRITORIO NACIONAL.Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en la fecha en que se haga dicho pago.

OCTAVA.- ANTICIPONOTA: EN CONTRATOS ABIERTOS NO PROCEDE EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPO.

En el presente contrato (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no otorgará anticipo al PROVEEDOR.

NOVENA.- FACTURACIÓN

El PROVEEDOR deberá presentar sus facturas, acompañadas de la documentación soporte a que se refiere este contrato, para inicio del tramite de pago en (señalar la ubicación de la ventanilla única, oficina correspondiente), debidamente requisitadas, en original y _______ copias, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un plazo máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos de este contrato.

El PROVEEDOR, al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la ORDEN, a los servicios proporcionados de acuerdo a la (partida/posición) correspondiente y al precio unitario de los mismos. En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en el primer párrafo de la cláusula denominada Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.

Cuando el proveedor emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

DÉCIMA.- PAGOS EN EXCESO

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En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

DÉCIMA PRIMERA.- CESIÓN DE DERECHOS.

En ningún caso los derechos derivados de este contrato, podrán ser cedidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas o morales distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

DÉCIMA SEGUNDA.- OBLIGACIONES FISCALES.

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON DE PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR LA SIGUIENTE REDACCIÓN E INVARIABLEMENTE DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIARCada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del otro contratante), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

DÉCIMA TERCERA.- INDICAR EL ENCABEZADO DE LA CLÁUSULA QUE APLIQUE AL CASO CONCRETO, SELECCIONANDO LA OPCIÓN QUE CORRESPONDA.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que, de conformidad con la fracción III del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(F) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1.- Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5.- Cuantificación del incumplimiento.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que, de conformidad con la fracción III del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, deberá estar vigente hasta la total aceptación de la prestación de los servicios o la entrega de los bienes, más noventa días naturales adicionales a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

CUANDO SE TRATE DE CHEQUE CERTIFICADO Y APLICA EN CONTRATOS CON UN PLAZO DE ENTREGA NO MAYOR A NOVENTA DÍAS Y CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Cheque certificado otorgado por una institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana librado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por un monto del 10% del importe máximo del contrato. En caso de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectivo el cheque otorgado.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que, de conformidad con la fracción III del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, la que deberá estar vigente hasta la total aceptación de la prestación de los servicios o la entrega de los bienes, más doce meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o dieciocho meses después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder de la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

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En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(C) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(D) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, calidad de los servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

Por Incumplimiento.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5.- Cuantificación del incumplimiento.

Por la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.

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4.- Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad relativa a la calidad de los servicios y su cuantificación.

5.- Copia del escrito donde se reclama al fiado la mala calidad de los servicios.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que, de conformidad con la fracción III del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, la que deberá estar vigente hasta la total aceptación de la prestación de los servicios o la entrega de los bienes, más quince meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o veintiún meses después de la entrega de los bienes en su destino final y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

CUANDO SE TRATE DE CHEQUE CERTIFICADO Y APLICA EN CONTRATOS CON UN PLAZO DE ENTREGA NO MAYOR A NOVENTA DÍAS. Para garantizar la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, el PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a la recepción de los mismos, cheque certificado por un importe del 10% del monto máximo del contrato. En caso de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectivo el cheque otorgado.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO.La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

De no cumplir con dicha entrega en el (los) plazo (s) establecido (s) así como en los términos y condiciones que se señalan en esta cláusula, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato, tomándose en cuenta dicho procedimiento para efectos del artículo 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

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PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:

En términos del penúltimo párrafo del artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

CUANDO EN ESTE SUPUESTO SE REQUIERA GARANTIZAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE PÁRRAFO. El PROVEEDOR para garantizar la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad derivada del contrato, deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a la firma del contrato:

Cheque certificado por un importe del 10% del monto máximo del contrato librado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

DÉCIMA CUARTA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

EL PÁRRAFO SIGUIENTE ESTARÁ SUJETO A ADECUACIÓN, EN CASO DE QUE EL ÁREA REQUIRENTE DE LOS SERVICIOS PUEDA RECEPCIONAR LOS SERVICIOS EN EL DÍA INHÁBIL QUE CORRESPONDA.La recepción de los servicios se hará a través de: (indicar área y lugar), en días hábiles y en el horario siguiente: ______________.El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los Servicios en los términos previstos en este Contrato y sus Anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales.

DÉCIMA QUINTA.- SUPERVISIÓN E INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS

El área responsable que realizará la supervisión de los servicios será ____ (indicar), a través de su titular. Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.

El PROVEEDOR acepta que el Supervisor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los servicios, pudiendo solicitar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y al PROVEEDOR todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

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LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: ________ el área que realizará la inspección será: ________________, el lugar donde se llevará a cabo será: ____________.

Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de que, en su caso, los servicios puedan ser realizados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA SEXTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.)

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

CUANDO APLIQUE. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE REQUIERAN USO INTENSIVO DE MANO DE OBRA (MÁS DEL 30% DEL MONTO TOTAL). El PROVEEDOR estará obligado a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, para lo cual deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) las constancias de cumplimiento, de manera bimestral.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO); por lo que en estos casos (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la

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atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y realizar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la ejecución de los servicios.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este Contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que practique la Secretaría de la Función Pública y/o el Órgano Interno de Control en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

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En caso de que derivado de los servicios prestados por el PROVEEDOR se invadan derechos de propiedad intelectual de un tercero, El PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de __ (letra) ____ (número) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA.- PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES.

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de ejecución de los servicios, se calcularán, a partir (del día o de la hora) siguiente del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los servicios ejecutados con atraso a razón de ___ % por cada (día calendario u hora) de atraso y hasta el importe del 10% del valor de los servicios ejecutados con atraso de la ORDEN de que se trate. (Si se hubiere exceptuado al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento, la pena convencional se aplicará hasta por el 20% del valor de los servicios ejecutados con atraso de la ORDEN de que se trate- cuando aplique).

Si el PROVEEDOR ejecuta los servicios durante el plazo máximo de espera (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO aplicará la pena convencional que corresponda en el momento que se concluya su ejecución, y en el caso de que no los ejecute se aplicará una deducción equivalente al 10% del importe de la orden y se podrá proceder a emitir una nueva orden.

Para determinar el número máximo de ÓRDENES que podrán ser objeto de deducciones se considerará como límite el importe de la garantía de cumplimiento del contrato (Si se hubiere exceptuado al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento, las deducciones se aplicarán hasta por el 20% del monto del contrato).

Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables a él mismo o en incumplimiento de alguna ORDEN, deberá acompañar a sus facturas, los recibos de fondos por concepto de las penas convencionales y/o deducciones a que se haya hecho acreedor.

DE NO SER APLICABLE EL PROCEDIMIENTO DEL PÁRRAFO ANTERIOR, SE DEBERÁ SUSTITUIR POR EL SIGUIENTE PÁRRAFO.

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Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables a él mismo o en incumplimiento de alguna ORDEN, manifiesta su conformidad para que de la factura que presente para su cobro sean descontadas las penas convencionales y/o deducciones a que se haya hecho acreedor.

El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones

Cuando la suma de las penas convencionales y/o de las deducciones alcance el importe de la garantía de cumplimiento de este contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa de este contrato. (Si se hubiere exceptuado al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento, las penas convencionales y/o deducciones se aplicarán hasta por el 20% del monto del contrato).

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

VIGÉSIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá acordar con el PROVEEDOR por razones fundadas y explicitas respecto del contrato vigente, el incremento en los servicios o vigencia del contrato, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes máximos establecidos, el precio de los servicios sea igual al originalmente pactado, el contrato este vigente y el PROVEEDOR no se encuentre en incumplimiento.

En el caso de que el presente contrato incluya servicios de diferentes características, el porcentaje será aplicado a cada partida o concepto de los servicios de que se trate.

Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del PROVEEDOR a las condiciones originalmente pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la (nombre del área contratante) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerara inexistente para todos los efectos administrativos y legales del presente contrato.

La solicitud de modificación por parte del PROVEEDOR, no interrumpirá el plazo para la conclusión de los servicios originalmente pactado, salvo que la comunicación, en la que de ser el caso se autorice, exprese lo contrario.

En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.

En las modificaciones al Contrato en términos de esta cláusula, se deberá considerar el precio original para efectuar dicha modificación aplicándose posteriormente el ajuste que proceda de acuerdo al mecanismo pactado en la cláusula correspondiente.

En el caso de cualquier modificación a lo pactado en el contrato y/o sus anexos, el PROVEEDOR se obliga a entregar a [PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO] a la fecha de la formalización del convenio modificatorio respectivo; el endoso o documento modificatorio de la fianza otorgada originalmente el cual deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el PROVEEDOR.

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Tratándose de obligaciones garantizadas mediante carta de crédito o cheque certificado, dicho instrumento tendrá que sustituirse, por otro similar conforme a los términos establecidos en este contrato, en el cual se garanticen las obligaciones de este contrato y del convenio correspondiente.

En el caso de que el PROVEEDOR no cumpla con dicha entrega, [PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO] podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR.

El PROVEEDOR podrá solicitar la modificación al plazo y/o fecha establecida para la conclusión de los servicios, por caso fortuito o fuerza mayor que ocurran de manera previa o hasta la fecha pactada.

Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación del PROVEEDOR, tales como los que a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la administración de la empresa del PROVEEDOR, actos terroristas, estado de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan directamente con la prestación de los servicios y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no obstante ser del dominio público deberá justificarse documentalmente ante (indicar el nombre del área de contratación) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de caso fortuito o fuerza mayor, debiéndose dar aviso a la otra parte en un plazo de (a determinar por las áreas usuarias) (__) días naturales después de que la misma sobrevenga, para estos efectos cuando el PROVEEDOR por causa de fuerza mayor o caso fortuito no pueda cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito a (área de contratación), un diferimiento al plazo pactado, sin que dicho diferimiento implique una ampliación al plazo original, acompañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si el diferimiento solicitado se concede y no se cumple, se aplicará la pena convencional correspondiente en términos de la cláusula denominada Penas Convencionales y Deducciones. En caso de que el PROVEEDOR no dé aviso en el término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá reclamar caso fortuito o fuerza mayor.

Cuando se determine justificado el caso fortuito o fuerza mayor, se celebrará entre las partes, un convenio modificatorio de prórroga al plazo respectivo sin la aplicación de penas convencionales, en términos del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, debiendo el PROVEEDOR actualizar las garantías correspondientes.

No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR, o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula denominada Penas Convencionales y Deducciones.

VIGÉSIMA TERCERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento, por causas imputables al PROVEEDOR, rescindir administrativamente el presente contrato, cuando éste último incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato.

Las causas que pueden dar lugar a la rescisión administrativa del contrato por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) son las siguientes:

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1. Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se haya exceptuado al PROVEEDOR de su presentación.

2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales.3. Una vez agotado el monto limite de aplicación de deducciones, cuando aplique.4. Si el PROVEEDOR no presta los servicios en el plazo establecido.5. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la conclusión de los servicios, manifiesta por escrito

su imposibilidad para continuar prestando los mismos.6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los servicios que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hubiere considerado como rechazados o discrepantes.7.Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato.8. Si el PROVEEDOR suspende injustificadamente los servicios o bien si incumple con los programas de

ejecución que se hubieren pactado en este contrato. 9. Si el PROVEEDOR no inicia la ejecución de los servicios en la fecha pactada en este contrato.10. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores o en cualquier situación análoga

que afecte su patrimonio.11. Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a la autorización previa

y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.)12. Si el PROVEEDOR no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las

facilidades o información necesarias para la supervisión de los servicios.13. En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones derivadas del

contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.

En caso de incumplimiento del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones del contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer efectiva la garantía otorgada, en forma proporcional al incumplimiento, sin menoscabo de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.

En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento si la hubiere.

Si el PROVEEDOR es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración o resolución correspondiente.

VIGÉSIMA CUARTA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.

El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciará a partir de que al PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resolverá considerando los argumentos y pruebas que, en su caso, hubiere hecho valer el PROVEEDOR.

La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al PROVEEDOR dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación del PROVEEDOR dentro de dicho plazo.

Cuando se rescinda el contrato (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) formulará el finiquito correspondiente, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión.

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Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el presente contrato, el PROVEEDOR concluyere con la ejecución de los servicios, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pueda aplicar las penas establecidas en la cláusula denominada Penas Convencionales y Deducciones.

Se podrá negar la recepción de los servicios una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, cuando el incumplimiento del PROVEEDOR implique que se extinga para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) la necesidad de la contratación de los servicios, por lo que en este supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determinará la rescisión administrativa del contrato y hará efectiva la garantía de cumplimiento.

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) decida no dar por rescindido el contrato, se deberá establecer con el PROVEEDOR otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

De actualizarse el penúltimo párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia del presente contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario se considerará nulo.

VIGÉSIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaria de la Función Publica, lo anterior, de conformidad con el articulo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En este supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a reembolsar, previa solicitud del PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales deberán señalarse en el finiquito correspondiente.

VIGÉSIMA SEXTA.- DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES.

Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como su domicilio convencional los siguientes:

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) Por el PROVEEDOR(dirección completa)

Número de Fax:

ATENCIÓN: _______________

(dirección completa)

Número de Fax:

ATENCIÓN: _______________

El PROVEEDOR se obliga a comunicar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos:

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a) Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula.b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio.c) Por correo certificado con acuse de recibo.

Asimismo el PROVEEDOR acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario público en el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio convencional, reconoce como válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a proveedores de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), aceptando expresamente que la notificación realizada por dicho medio será legal y surtirá sus efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar.

Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en los siguientes términos:

a) Por escrito con acuse de recibo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula.b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio.c) Por correo certificado con acuse de recibo.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- SUSPENSIÓN.

Cuando en la ejecución del contrato, se presenten causas de caso fortuito o fuerza mayor, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), podrá suspender el contrato en cuyo caso únicamente se pagaran aquellos servicios que hubieren sido efectivamente prestados y, en su caso, el PROVEEDOR deberá reintegrar los anticipos no amortizados.

Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), adicionalmente se pagaran al PROVEEDOR los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y que se relacionen directamente con el contrato

Al actualizarse cualquiera de los supuestos anteriores, las partes deberán pactar el plazo de suspensión a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- SEGUROS.

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGÉSIMA NOVENA.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO

El área de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que administrará el contrato será (precisar el nombre del área), a través de su titular.

LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUÉLLAS OTRAS QUE SE REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y QUE RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.

TRIGÉSIMA.- CONFIDENCIALIDAD. (CUANDO APLIQUE)

Toda la información que resulte de la ejecución de este contrato así como la que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), le proporcione al PROVEEDOR, incluyendo información técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información reservada en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de

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Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y por tanto, no deberá usar dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR deberá señalar los documentos que entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que contengan información confidencial, reservada, o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- SUBCONTRATACIÓN (CUANDO APLIQUE)

[La forma) (El porcentaje)] que podrá subcontratar el PROVEEDOR es el (la) siguiente:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

LA FORMA Y EL PORCENTAJE QUE SE PODRÁ SUBCONTRATAR ESTARÁ DETERMINADO EN FUNCIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN, DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS Y ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO.

Dicha subcontratación no implicará una cesión de derechos u obligaciones en términos del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que el PROVEEDOR será el único responsable frente a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de las obligaciones contraídas en el presente Contrato.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- SOPORTE DEL SERVICIO (CUANDO APLIQUE)ESTA CLÁUSULA PODRÁ ELIMINARSE O AJUSTARSE ATENTO AL TIPO Y NATURALEZA DE LOS SERVICIOS.

El PROVEEDOR, en relación con los servicios objeto del presente contrato, se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención telefónica así como, contar en su caso, con soporte a nivel (nacional o internacional) e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la debida prestación de los servicios en la forma y tiempo requerido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de acuerdo con sus necesidades de operación.

TRIGÉSIMA TERCERA.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS (CUANDO APLIQUE)CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPUESTA O COTIZACIÓN.

El PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del proveedor).

TRIGÉSIMA CUARTA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO. (CUANDO APLIQUE)LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.

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Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

TRIGÉSIMA QUINTA.- CONDICIÓN SUSPENSIVA. (CUANDO APLIQUE) ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN, DE ACUERDO CON EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO:

De conformidad con lo estipulado en el segundo párrafo del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Cualquier pacto en contrario a esta cláusula se considerará nulo.

TRIGÉSIMA SEXTA.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO.

ESTA CLÁUSULA APLICA EN FORMA OBLIGATORIA Y SIN EXCEPCIÓN A TODOS LOS CONTRATOS QUE CELEBRE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN.

TAMBIÉN APLICARÁ A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA EN CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: (1) QUE SU PAGO INVOLUCRE LA UTILIZACIÓN DE RECURSOS PIDIREGAS, INDEPENDIENTEMENTE DE LA(S) MONEDA(S) Y DE SU MONTO; (2) QUE SU PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE INTEGRATED TRADE SYSTEMS, INC. (ITS) INDEPENDIENTEMENTE DE SU MONTO O DEL ESQUEMA PRESUPUESTAL; (3) QUE SU PAGO INVOLUCRE EXCLUSIVAMENTE LA UTILIZACIÓN DE RECURSOS AUTORIZADOS BAJO EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION (PEF) Y EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS *.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EL MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PUNTO NO. 3 DEL PÁRRAFO ANTERIOR.

PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.

EN CASO DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS ANTES SEÑALADOS, INDICAR “NO APLICA” Y ELIMINAR EL TEXTO SIGUIENTE.

El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo ___, en la inteligencia de que [PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO] podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la

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información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de [PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO], inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.  El PROVEEDOR se obliga a entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo ___ denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

El PROVEEDOR deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de [PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO], con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el PROVEEDOR debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

[PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO] podrá solicitar a el PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que [PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO] le indique oportunamente.

LAS CLÁUSULAS QUE A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN, TENDRÁN QUE INCLUIRSE INVARIABLEMENTE, DEBIENDO AJUSTARSE CONFORME A LA NUMERACIÓN CONSECUTIVA.

TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- ANEXOS

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes.

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de la Prestación de los Servicios”Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”Anexo “____”.- ____Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

TRIGÉSIMA OCTAVA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

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El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de suspensión serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA NOVENA.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN

Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, por las demás disposiciones legales aplicables, y supletoriamente por el Código Civil Federal, por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos, y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en la Ciudad de ___________, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO.

POR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)_______________________________

POR EL PROVEEDOR

_________________________________

REVISION JURÍDICA

_______________________________

ANEXO “A”RELACIÓN DE PLANOS

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El presente anexo forma parte del Contrato CS-RMAD-___/__, celebrado entre PEMEX-REFINACIÓN y EL CONTRATISTA: LICITANTE GANADOR, para realizar el servicio denominado: “OBJETO DEL SERVICIO”. Y se formula de común acuerdo entre las partes, para hacer constar que el servicio antes mencionado se llevará a cabo de conformidad con los siguientes Planos que PEMEX-REFINACIÓN ha entregado al CONTRATISTA, y de cuya correcta elaboración PEMEX-REFINACIÓN se hace responsable. Ambas partes aceptan que los Planos que se mencionan, pueden no ser la totalidad de los requeridos para la ejecución de los trabajos, por lo que en el caso de necesitarse, esta relación será complementada en su oportunidad con una nueva relación de planos que constituirá el ANEXO “A-1”.

RELACIÓN DE PLANOS

PLANOS O CROQUIS No.

Se firma éste anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato).

ANEXO “B”NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

El presente anexo forma parte del Contrato CS-RMAD-___/__, celebrado entre PEMEX-REFINACIÓN y EL CONTRATISTA: LICITANTE GANADOR, para realizar el servicio denominado: “OBJETO DEL SERVICIO”.

Y se formula de común acuerdo entre las partes, para establecer que el servicio antes mencionado se llevará a cabo de conformidad con las siguientes: ESPECIFICACIONES, ALCANCES Y NORMAS que PEMEX-REFINACIÓN ha entregado al CONTRATISTA.

ESPECIFICACIONES GENERALES:

DEBERÁN AJUSTARSE A LAS ESPECIFICACIONES PEMEX, ASTM, ASME Y LAS API APLICABLES, ASÍ COMO LAS QUE SE SEÑALAN EN LOS PLANOS QUE SE PROPORCIONAN.

ESPECIFICACIONES PARTICULARES

SE ANEXAN (_) HOJAS CON ESPECIFICACIONES Y ALCANCES, TAMBIÉN SE INCLUYEN ESPECIFICACIONES ELÉCTRICAS.

Se firma éste anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato).

ANEXO “C”RELACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y CANTIDADES DE TRABAJOS ESTIMADAS

El presente anexo es parte del Contrato celebrado entre PEMEX REFINACIÓN y EL PROVEEDOR: “NOMBRE DEL PROVEEDOR”; para realizar los siguientes servicios:

"NOMBRE DEL SERVICIO".

Y se formula de común acuerdo entre las partes para establecer el catalogo de partidas para la ejecución de los servicios que se contratan:

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No. DE PARTIDA DESCRIPCION DE LA PARTIDA

NO. DE SUBPARTIDA

DESCRIPCION DE LA SUBPARTIDA UNIDAD

CANTIDAD

PRECIO UNITARI

O

IMPORTE

El monto del contrato para la ejecución de los Servicios es de $ XXX (XXX PESOS XX/100 M.N).

Se firma este anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato).

ANEXO “D”PROGRAMA DE SERVICIO

El presente anexo es parte del Contrato celebrado entre PEMEX REFINACIÓN y EL PROVEEDOR: “NOMBRE DEL PROVEEDOR”; para realizar los siguientes servicios: " NOMBRE DEL SERVICIO”. Y se formula de común acuerdo entre las partes, en los términos de la Cláusula ______ del Contrato, para hacer constar que el servicio antes citado se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente:

ANEXO PROGRAMA DE SERVICIO

SE ANEXAN (XX) HOJAS DE PROGRAMA.

El Plazo de ejecución del Contrato es de XX (XXX) días calendario, contados a partir del XX de XXX de 20XX hasta el XX de XXX de 20XX.

Se firma este anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato).

ANEXO “E”MATERIALES QUE PROPORCIONARA PEMEX- REFINACIÓN

El presente anexo es parte del Contrato celebrado entre PEMEX REFINACIÓN y EL PROVEEDOR: “NOMBRE DEL PROVEEDOR”; para realizar los siguientes servicios:

“NOMBRE DEL SERVICIO ".

Y se formula de común acuerdo entre las partes para establecer los materiales que PEMEX REFINACIÓN proporcionará al PROVEEDOR para la ejecución de los servicios que se contratan:

Se firma este anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato).

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ANEXO “F”EQUIPO QUE PROPORCIONARA PEMEX- REFINACIÓN

El presente anexo es parte del Contrato celebrado entre PEMEX REFINACIÓN y EL PROVEEDOR: “NOMBRE DEL PROVEEDOR”; para realizar los siguientes servicios:

“NOMBRE DEL SERVICIO ".

Y se formula de común acuerdo entre las partes para establecer los equipos que PEMEX REFINACIÓN proporcionará al PROVEEDOR para la ejecución de los servicios que se contratan:

Se firma este anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato).

ANEXO “SSPA”REGLAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, SALUD Y DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

El presente anexo es parte del Contrato celebrado entre PEMEX REFINACIÓN y EL PROVEEDOR: “NOMBRE DEL PROVEEDOR”; para realizar los siguientes servicios:

“NOMBRE DEL SERVICIO ".

Y se formula de común acuerdo entre las partes, para establecer las recomendaciones mencionadas y medidas de seguridad que deberán cumplir y respetar el personal del PROVEEDOR como sigue:

SE ANEXAN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

1. POLÍTICA Y PRINCIPIOS DEL SISTEMA PEMEX –SSPA.2. REGLAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.3. CAPITULO XXIV DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y

ORGANISMOS SUBSIDIARIOS,.4. DG-SASIPA-SI-08200.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION

AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES.5. DG-GPASI-SI-8400.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD FISICA PARA LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE

PEMEX REFINACION.6. DG-GPASI-SI-8401.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA VISITANTES A LAS INSTALACIONES

INDUSTRIALES DE PEMEX REFINACION7. FORMATOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (3 FORMATOS).

Se firma este anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato).

ANEXO “J”MODELO DE TEXTO DE GARANTÍA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

El presente anexo forma parte del Contrato CS-RMAD-___/__, celebrado entre PEMEX-REFINACIÓN y EL PROVEEDOR: LICITANTE GANADOR, para realizar el servicio denominado: “OBJETO DEL SERVICIO”. Y se formula de común acuerdo entre las partes, de acuerdo a lo establecido en la cláusula _______ de este

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Contrato para establecer el modelo de texto de Garantía para responder de los defectos, vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad derivada de la ejecución de los trabajos amparados por este Contrato.

SE ANEXAN (_) HOJAS DE MODELO DE TEXTO

Se firma éste anexo en Cd. Madero, Tamaulipas, a los (fecha de firma del contrato)

ANEXO “PCE”PROGRAMA DE CORTE DE ESTIMACIONES Y EROGACIONES

El presente anexo forma parte del Contrato CS-RMAD-___/__, celebrado entre PEMEX-REFINACIÓN y EL PROVEEDOR: LICITANTE GANADOR, para realizar el servicio denominado: “OBJETO DEL SERVICIO”. Se formula de común acuerdo entre las partes, para establecer el programa de corte de erogaciones y presentación de facturas por parte del proveedor al supervisor del servicio en los términos de las Cláusulas ______ y _____ del Contrato, conformidad con lo siguiente:

PROGRAMA DE CIERRE DE FACTURACIÓN AÑO _____ DE CONTRATOS ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

MES PERIODO FACTURAS PERIODO DE ENTREGAINICIO TERMINO FECHA DE CORTE A SUPERVISION

ENERO 01-Ene 31-Ene 31-Ene 01 al 05 FebFEBRERO 01-Feb 28-Feb 28-Feb 01 al 05-Mzo

MARZO 01-Mzo 31-Mzo 31-Mzo 01 al 05-AbrABRIL 01-Abr 30-Abr 30-Abr 01 al 05-MayMAYO 01-May 31-May 31-May 01 al 05-JunJUNIO 01-Jun 30-Jun 30-Jun 01 al 05-JulJULIO 01-Jul 31-Jul 31-Jul 01 al 05-Ago

AGOSTO 01-Ago 31-Ago 31-Ago 01 al 05-SepSEPTIEMBRE 01-Sep 30-Sep 30-Sep 01 al 05-Oct

OCTUBRE 01-Oct 31-Oct 31-Oct 01 al 05-NovNOVIEMBRE 01-Nov 30-Nov 30-Nov 01 al 05-DicDICIEMBRE 01-Dic 31-Dic 31-Dic 01 al 05-Ene-20XX

Nota 1: Cuando la ejecución del Servicio termine antes de la primera mitad del periodo de corte señalado en el PCE, se deberá solicitar al inicio de dicho periodo por parte del Supervisor del Servicio, los recursos económicos correspondientes al Área Contratante para efectuar el pago correspondiente.

Nota 2: Los Supervisores contaran con 2 días posteriores a la presentación de la factura, para su revisión, autorización y entrega al Área Responsable de la Contratación.

Se firma éste anexo en Cd. Madero, Tamaulipas a los (fecha de firma del contrato).

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DOCUMENTO 15LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

(ÚNICAMENTE APLICA A LICITANTES NACIONALES)

Información con carácter voluntario

Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y de conformidad con la estratificación establecida en el artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a continuación manifiesto los siguientes datos;

Razón social: ______________________________________________________

Favor de marcar sólo una opción:

¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( )

En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara:

___________________________________________________________________________

Favor de marcar sólo una opción de casilla para definir el “Tamaño de Sector”:

Estratificación por Número de TrabajadoresSector/Tamaño Industria Comercio Servicios

Micro MI 0-10 MC 0-10 MS 0-10Pequeña PI 11-50 PC 11-30 PS 11-50Mediana EI 51-250 EC 31-100 ES 51-100

Página en Internet__________________________________________________________

____________________________________________(Lugar y fecha)

____________________________________________(Firma)

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DOCUMENTO 16 NO APLICALICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

MODELO PARA LA MANIFESTACIÓN DE SER PERSONA CON DISCAPACIDAD (PERSONA FÍSICA) O PERSONA MORAL QUE CUENTE CON PERSONAL CON DISCAPACIDAD EN UNA PROPORCIÓN DEL CINCO POR CIENTO CUANDO MENOS DE LA TOTALIDAD DE SU PLANTA DE EMPLEADOS, CUYA ANTIGÜEDAD NO SEA INFERIOR A SEIS MESES; ACOMPAÑADA CON COPIA FOTOSTATICA DEL AVISO DE ALTA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

(UNICAMENTE APLICA A PROCEDIMIENTOS NO SUJETOS A LOS TRATADOS)

(Lugar y Fecha)

Pemex-Refinación____________________________________________P R E S E N T EEN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física que suscribe el documento) representante legal de (escribir el nombre de la persona física que participa en la licitación), mismo que lo acredito con: (indicar datos de la personalidad ) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representado actúa como licitante en el procedimiento de contratación arriba citado, el cual para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley, se hace de su conocimiento que es una persona con discapacidad decretada desde hace más de seis meses, mismo que lo sustento con: _______________.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA y sea quien suscriba este documento

Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física con discapacidad) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que soy un licitante con discapacidad decretada desde hace más de seis meses, mismo que lo hago de su conocimiento para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley y lo que sustento con: _______________________

EN CASO DE SER PERSONA MORAL

Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física que suscribe el documento) representante legal de (escribir el nombre de la empresa que participa en la licitación), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada cuenta con personal con discapacidad en una proporción del (número y letra) por ciento de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no es inferior a seis meses a partir de ____________, lo que se comprueba con el aviso de alta al régimen obligatorio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Para efectos de soportar lo dicho en el párrafo que antecede, manifiesto que mi representada cuenta con un total de _____ empleados, aceptando la responsabilidad que pudiera originarse por la falsedad de esta manifestación.

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PROTESTO LO NECESARIO

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 17 LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL

No. 18576014-043-09

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

1. Introducción

Para llevar a cabo el desarrollo de los programas de operación e inversión de Petróleos Mexicanos, ya sea bajo la modalidad presupuestal de Proyectos de Infraestructura Financiada de Largo Plazo (PIDIREGAS) o bajo el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Petróleos Mexicanos o cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto, recurre a los mercados financieros para obtener parcial o totalmente los fondos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de la ejecución de dichos proyectos y programas.

En este sentido, y dado que para la utilización de ciertos instrumentos financieros se requiere de documentación e información detallada y específica sobre los bienes y/o servicios que se están suministrando y financiando, los Proveedores deben entregar a PEMEX-Refinación, o a quién éste le indique, la documentación e información correspondiente. A esta documentación e información se le denomina “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“la Documentación”).

La participación de los Proveedores en la obtención y presentación de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento es fundamental para la utilización eficiente de estos créditos, lo cual le permite a Petróleos Mexicanos continuar con el desarrollo de sus proyectos, generando más oportunidades de negocio para los Proveedores.

El objetivo de este Documento es el de informar a los Proveedores, de manera general, sobre la Documentación que debe presentar a PEMEX-Refinación, o a quién éste le indique. Adicionalmente, el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”) mismo que les fue proporcionado oportunamente, detalla de manera específica los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo vigente también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Es importante señalar que el Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación , con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

PEMEX-Refinación no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

El Proveedor debe considerar las acciones necesarias para la obtención y presentación correcta y oportuna a PEMEX-Refinación de la documentación. Asimismo, el Proveedor debe informar, con la debida anticipación, a sus proveedores, y a cualquier otra empresa que le suministre, directa o indirectamente, bienes y/o servicios para el cumplimiento del presente contrato, las obligaciones y sus necesidades de información, a que se refiere el presente Documento, así como a lo indicado en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

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La Documentación que debe proporcionar el Proveedor depende del país de origen de los bienes y/o servicios que se suministren y/o utilicen para el cumplimiento del objeto del presente contrato.

2. Fuentes de Financiamiento

Petróleos Mexicanos puede acceder a diversas fuentes de financiamiento, ya sea directamente, o a través de cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto. Estas líneas de crédito constituyen fuentes de financiamiento alternativas a las utilizadas por el gobierno federal, las cuales por ley, deben utilizarse preferentemente. Sobresalen, entre otras en lo que se refiere a la Documentación, las líneas de crédito garantizadas y/o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA´s).

2.1 Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s)

Dado que un porcentaje significativo de los suministros y servicios utilizados en la industria petrolera son de importación, la utilización de este tipo de líneas es fundamental para el desarrollo y continuidad de los proyectos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Es importante señalar que el uso de este tipo de líneas no condiciona a los Proveedores a utilizar bienes y/o servicios de importación; sin embargo, si el Proveedor utiliza bienes y/o servicios importados directa o indirectamente, Petróleos Mexicanos está obligado a financiar el pago de los mismos preferentemente a través de líneas de crédito garantizadas o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s). Estas líneas son de uso exclusivo para Petróleos Mexicanos.

A continuación se incluye, para fines informativos, una relación de las Agencias de Crédito a la Exportación, con las cuales se tiene relación, o con las que potencialmente Petróleos Mexicanos podrá suscribir líneas de crédito.

Nombre Siglas País

Export-Import Bank of the United States Ex-Im Bank Estados Unidos de América

Export Development Canada EDC CanadáExport Credits Guarantee Department ECGD Reino Unido

Japan Bank for International Cooperation JBIC Japón

Nippon Export and Investment Insurance NEXI Japón

Hermes Kreditversicherungs-AG HERMES AlemaniaGuarantee Institute for Export Credits GIEK Noruega

Atradius ATRADIUS HolandaIstituto per i Servizi Assicurativi e il

Credito all'Esportazione SACE Italia

Compagnie Fran ç aise d’ Assurance pour le Commerce Extérieur COFACE Francia

Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A. CESCE España

Export-Import Bank of Korea K-Exim República de CoreaExport Risk Guarantee Agency ERG Suiza

Finnvera plc Finnvera FinlandiaExport Kredit Fonden EFS Dinamarca

Oesterreichische Kontrollbank OeKB Austria_____________________________________________________MBLPI-SA-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 ACTUALIZACION FORMATO PYMES NI 456.01 25-febrero-2009..

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AktiengesellschaftExportkreditnamnden EKN Suecia

Companhia de Seguro de Créditos S.A COSEC Portugal

3. Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios

Mediante esta Cédula, el Proveedor debe proporcionar a PEMEX-Refinación, la información detallada sobre el país de origen de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del contrato, así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Documento 18, en la inteligencia de que PEMEX-Refinación podrá solicitar a el Proveedor cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato.

Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el Proveedor se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX-Refinación, inmediatamente después de que el Proveedor tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios deberá ser requisitada atendiendo las indicaciones contenidas en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

La información presentada por el Proveedor en dicha Cédula, deberá ser congruente con aquella información técnica y económica incluida en su oferta y en el presente contrato.

4. Documentación para la Utilización de Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación.

La Documentación depende del país de origen de los bienes y/o servicios y generalmente consiste en copias o documentos originales de: Facturas, Certificados de Origen, Documentos de Embarque, Evidencias de Pago, Cartas Aclaratorias, Contratos Comerciales, entre otros.

En las secciones 4.1 a 4.4 del presente documento, se indica, de manera general, la Documentación según el país de donde procedan los bienes y/o servicios. En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”), mismo que les fue proporcionado oportunamente, se detallan, de manera específica, los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

PEMEX-Refinación informará oportunamente a el Proveedor, mediante comunicación oficial, cuál será el (los) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) en donde el Proveedor deberá entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento correspondiente a este contrato.

El Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual

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formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

PEMEX-REFINACIÓN no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

La Documentación entregada por el Proveedor estará sujeta a la revisión detallada del(de los) Módulo(s) de Financiamiento, de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, de las ECA´s y/o del Banco Agente correspondiente, por lo que, PEMEX-REFINACIÓN podrá solicitar a el Proveedor cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el Proveedor acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX-REFINACIÓN le indique oportunamente.

4.1.Documentación para bienes y/o servicios procedentes de los Estados Unidos de América

El Ex-Im Bank de Estados Unidos de América solicita actualmente la siguiente información:

Factura Comercial Individual o Factura Maestra (Master Invoice). Certificado del Exportador (Exporter’s Certificate). Certificado de Afiliación (“Affiliation Certificate”). Evidencia de Pago. Evidencia de Transporte. Certificado de Ejecución de Servicios. Certificado de Abanderamiento (en caso de utilizarse transporte vía marítima o renta de

embarcaciones). Cartas Aclaratorias, en algunos casos específicos. Otra información necesaria para identificar la procedencia, uso y forma de pago de los bienes y/o

servicios.

En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, se incluyen los formatos específicos, instrucciones y ejemplos de los documentos antes mencionados.

4.2. Documentación para bienes y/o servicios procedentes del Canadá

Export Development Canada (“EDC”) solicita la información y documentación siguiente para que Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios pueda hacer uso de los recursos de las líneas de crédito garantizadas por esa Institución:

Nombre completo y dirección de los Exportadores canadienses y/o Comercializadores y/o Importadores Mexicanos que utilicen y/o suministren bienes y/o servicios con contenido canadiense.

Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones canadienses. Nombre y datos de los contactos. Evidencia de pago al Exportador canadiense. Información adicional y/o evidencia documental razonable que pueda solicitar el EDC.

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Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX-Refinación o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación del (los) Servicio (s), según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

4.3. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de Europa y Asia

Las ECA’s de los países europeos y asiáticos, regularmente solicitan la información y documentación siguiente:

Copia de los Contratos firmados entre el Exportador y la contraparte. Datos generales del Exportador. Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones. Nombre y datos de los contactos. Certificación de los pagos hechos al Exportador. Información sobre aspectos ambientales. Información adicional y/o evidencia documental razonable, que pueda solicitar la ECA o el Banco

Agente.

Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX-Refinación o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación del (los) Servicio (s), según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

4.4. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de otros países, incluyendo México.

Documentación requerida por otros Agentes Financieros y/o Petróleos Mexicanos:

En caso de bienes y/o servicios procedentes de México o regiones diferentes a Estados Unidos, Canadá, Europa y Asia, se requiere básicamente la misma información que para ECA´s de Europa y Asia. Sin embargo, sólo se solicitará caso por caso, después de analizar la información del Anexo denominado Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.

En caso necesario, se podrá solicitar lo siguiente: Mayor información para verificar el origen de los bienes y/o servicios. Copia de las Facturas Comerciales Individuales.

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DOCUMENTO 18 LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18576014-043-09

FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOSANEXO [número de anexo correspondiente] (1)

No. de Contrato : (2)

Objeto del Contrato : (3)Monto Total del Contrato :

M.N. : (4)USD : (5)

Parte A.- Bienes y Servicios cotizados en M.N. y de origen nacional (Mexicano)

Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio

(7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Fabricante Nacional

(10)

País Origen(11)

Monto(12)

MéxicoMéxico

Total Parte A:

Parte B.- Bienes y Servicios cotizados en MN y de origen extranjeroTipo del Bien y/o

Servicio (6)Descripción del

Bien y/o Servicio (7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Exportador(13)

País Origen(11)

Monto(12)

Total Parte B:

Total en M.N. (A+B) :

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FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOSANEXO [número de anexo correspondiente] (1)

No. de Contrato : (2)

Objeto del Contrato : (3)Monto Total del Contrato :

M.N. : (4)USD : (5)

Parte C.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen nacional (Mexicano)Tipo del Bien y/o

Servicio (6)Descripción del

Bien y/o Servicio (7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Fabricante Nacional

(10)

País Origen(11)

Monto(12)

MéxicoMéxico

Total Parte C:

Parte D.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen extranjero.Tipo del Bien y/o

Servicio (6)Descripción del

Bien y/o Servicio (7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Exportador(13)

País Origen(11)

Monto(12)

Total Parte D:[Nombre y Dirección de la Compañía, Teléfono] (15)

Total en USD (C+D) :

Firma: (16) Nombre: (17)Cargo: (18)

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DIRECCION CORPORATIVA DE FINANZASCédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios:

ANEXO [número de anexo correspondiente]INSTRUCTIVO DE LLENADO (Hoja 1 / 2)

DATOS INSTRUCCIÓN(1) Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o

Servicios ANEXO [número de anexo correspondiente]

Esta Cédula deberá ser llenada en idioma español y deberá ser entregada tanto en forma impresa como en archivo magnético (hoja de cálculo). Se deberá indicar el identificador del Anexo tal como se denominó la “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” en el contrato. Comúnmente se utiliza la denominación de “Anexo G-1”. La leyenda “número de anexo correspondiente” no deberá incluirse.

(2) No. de Contrato Se deberá indicar el número de Contrato (legal, SAP o ambos). Utilizar letras mayúsculas en caso de caracteres alfabéticos. Indicar si se trata de un contrato y/o pedido abierto.

(3) Objeto del Contrato Se deberá indicar el objeto del contrato en cuestión.(4) Monto Total del Contrato M.N. Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de

México. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.

(5) Monto Total del Contrato USD Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (dólares) o en cualquier otra moneda extranjera. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.

(6) Tipo de bien y/o servicio Indicar el tipo de bien y/o servicio de cada uno de los conceptos que se detallen en la Cédula, de acuerdo a las siguientes categorías: materiales, equipo de instalación permanente, equipo no permanente, mano de obra, servicios, gastos administrativos, regalías, transferencias, patentes, licencias, utilidad, financiamiento, etc.

(7) Descripción del bien y/o servicio Dar una breve descripción del bien y/o servicio que se utiliza para dar cumplimiento al objeto del contrato. En cada renglón o registro se deberá incluir la descripción de un bien o servicio específico. Sólo se podrán agrupar conceptos que tengan el mismo Fabricante o Exportador, el mismo País de Origen, el mismo Tipo de bien y/o servicio y la misma moneda de cotización. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberán indicar todas las partidas.

(8) Marca En el caso que aplique, indicar la (s) marca (s) comercial (es) de los bienes que se detallen en cada renglón (registro) de esta Cédula.

(9) Proveedor Directo

Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que suministra directamente al Proveedor, los bienes y/o servicios necesarios para dar cumplimiento al contrato y que se detallan en cada renglón (registro) de esta Cédula. En caso de que el propio Proveedor sea quien suministre los bienes y/o servicios, se deberá indicar el nombre de éste. Cuando se declaren equipos no permanentes se deberá indicar en este rubro el nombre del propietario actual de los mismos.

(10) Fabricante Nacional Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula, y los suministra de forma directa o indirecta al Proveedor. En caso de que el propio Proveedor sea quien produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional), se deberá indicar el nombre de éste.

(11) País de origen Indicar el País de donde proceden los bienes y/o servicios de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. En las secciones A y C se deberá indicar “México”, en la columna correspondiente que se ha incluido únicamente por cuestión de formato.En caso de renta de embarcaciones, se deberá indicar adicionalmente el país de la bandera de la embarcación utilizada.

(12) Monto Indicar el importe, en M.N., USD u otra moneda extranjera según corresponda, de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. Sólo en el caso de contratos y/o pedidos abiertos este valor se podría omitir.

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(13) Exportador Indicar el nombre de la empresa extranjera que exporta de forma directa o indirecta, los bienes y/o servicios (de origen extranjero) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula.

(14) Página _____ de ____ Páginas Indicar en el primer espacio el número de página correspondiente, y en el segundo espacio el número total de páginas del anexo.

(15) [Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía] Se deberá indicar nuevamente el nombre completo de la compañía, su dirección y su número telefónico. La leyenda “Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía” no deberá incluirse.

(16) Firma: Firma del funcionario autorizado por la compañía para presentar esta Cédula, de preferencia en tinta azul.

(17) Nombre: Indicar el nombre completo del funcionario firmante.

(18) Cargo: Indicar el cargo dentro de la compañía del funcionario firmante.

(19) La suma de las partes A y B deberá ser igual al monto del contrato en pesos.La suma de las partes C y D deberá ser igual al monto del contrato en dólares de los Estado Unidos de América u otra moneda Extranjera.

NB. La leyenda “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” así como los números de páginas que se encuentran en el pie de página no deberán incluirse.

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