PROYECTO DE LEY DE TURISMO ACCESIBLE PARA EL GOBIERNO ...

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i UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACION CARRERA DE TURISMO PROYECTO DE LEY DE TURISMO ACCESIBLE PARA EL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA PAZ Proyecto de Grado presentado para la obtención del Grado de Licenciatura. POR: JORGE EDILBERTO FERNANDEZ BAUTISTA TUTOR: ARQ. JORGE ANTONIO GUTIÉRREZ ADAUTO. LA PAZ BOLIVIA Septiembre, 2019

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES FACULTAD DE HUMANIDADES

Y CIENCIAS DE LA EDUCACION

CARRERA DE TURISMO

PROYECTO DE LEY DE TURISMO ACCESIBLE PARA

EL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA PAZ

Proyecto de Grado presentado para la obtención del Grado de Licenciatura.

POR: JORGE EDILBERTO FERNANDEZ BAUTISTA

TUTOR: ARQ. JORGE ANTONIO GUTIÉRREZ ADAUTO.

LA PAZ – BOLIVIA

Septiembre, 2019

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACION

CARRERA DE TURISMO

“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DENTRO

DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA PAZ”

Presentado por: Jorge Edilberto Fernández Bautista

Para optar al grado académico de Licenciado/a en Turismo

Nota Numeral: ……………………………………………………………………………

Nota Literal: ………………………………………………………………………………

Ha sido: …..……………………………………………………………………………….

Directora de la Carrera de Turismo: Lic. Dorys Arias Pérez.

Tutor: Jorge Antonio Gutiérrez Adauto

Tribunal:

Tribunal:

Fecha:

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A mi familia Elsa, Abby, Alim y

Zamer a mis amigos y a mi alma

mater UMSA, Carrera de Turismo

que me apoyaron mucho.

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iv

AGRADECIMIENTO

A mi familia Elsa, Abby, Alim

y Zamer

A mis padres. A la Carrera de Turismo-

UMSA por haberme albergado

durante estos casi cinco años. A mi Tutor por su comprensión

y colaboración. A mis amigos que dieron sus

opiniones y aportes. A las instituciones públicas y

privadas por brindar

información. Y a todos aquellos que hicieron

posible la culminación del

presente proyecto.

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INDICE

Pág.

Introducción . . . . . . . . . . . . . . 1

CAPITULO I ASPECTOS GENERALES . . . . . . 3

1. Justificación del Proyecto de Grado. . . . . . . . . 13

2. Identificación del Problema. . . . . . . . . . . 17

2.1 Formulación del Problema. . . . . . . . . . . 17

a) Barreras físicas. . . . . . . . . . . . 18

b) Barreras comunicacionales. . . . . . . . . . 18

c) Barreras sociales. . . . . . . . . . . . 18

d) Barreras legales o normativas. . . . . . . . . . 18

3. Objetivos y Metas del proyecto. . . . . . . . . , 20

3.1 Objetivo General. . . . . . . . . . . . . 20

3.2 Objetivo Específico. . . . . . . . . . . . 20

3.3 Metas del Proyecto de Ley Municipal para el turismo accesible. . . 20

CAPITULO II METODOLOGÍA. . . . . . . . . 22

1. Técnicas e instrumentos de recolección de información. . . . . 22

a) Entrevista. . . . . . . . . . . . . 22

b) Entrevista a expertos. . . . . . . . . . . 24

c) Observación. . . . . . . . . . . . . 24

d) Revisión documental y bibliográfica. . . . . . . . 25

e) Limitaciones. . . . . . . . . . . . . 25

2. Organización para el levantamiento de información. . . . . 25

3. Análisis de datos. . . . . . . . . . . . 26

CAPITULO III MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL Y LEGAL . . 27

1. Son definiciones aplicables a las personas con discapacidad. . . . 27

2 Son definiciones aplicables a la actividad turística. . . . . . 31

3. Marco Institucional. . . . . . . . . . . . 38

4. Marco Legal. . . . . . . . . . . . . . 38

4.1 Lista de instrumentos internacionales y regionales. . . . . . 40

4.2 Marco normativo general del Estado Plurinacional Boliviano. . . . 43

4.2.1 Constitución Política del Estado. . . . . . . . . 43

4.2.2 Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Ley

031 del 19 de Julio del 2010. . . . . . . . . 45

4.2.3 Ley 292, 25-sep-2012, Ley General del Turismo “Bolivia Te Espera”. . 46

4.2.4 Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, N° 482, 9-enero-2014. . 47

4.2.5 Ley del Patrimonio Cultural Boliviano, Nº 530, 23-mayo-2014. . . 48

4.2.6 Ley contra el racismo y toda forma de discriminación. . . . . . 48

4.2.7 Ley General para personas con discapacidad. . . . . . . . 49

4.3 Legislación comparada con otros países sobre el tema. . . . . . 53

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4.3.1 Legislación jurídica aplicable al turismo accesible en Europa. . . 53

4.3.1.1 España. . . . . . . . . . . . . . 54

4.3.1.2 Portugal. . . . . . . . . . . . . . 56

4.3.1.3 Comunidad Europea en general. . . . . . . . . 57

4.3.2 Normas jurídicas aplicables al turismo accesible en EE.UU. . . 58

4.3.3 Canadá. . . . . . . . . . . . . . 58

4.3.4 El Resto del Mundo. . . . . . . . . . . 59

4.3.5 Normas jurídicas aplicables al turismo accesible en América Latina. . 59

4.3.5.1 México. . . . . . . . . . . . . 60

4.3.5.2 Costa Rica. . . . . . . . . . . . 60

4.3.5.3 Argentina. . . . . . . . . . . . . 61

4.3.5.4 Colombia. . . . . . . . . . . . . 62

4.3.5.5 Perú. . . . . . . . . . . . . . 62

4.3.5.6 Chile. . . . . . . . . . . . . . 63

4.3.5.7 Brasil. . . . . . . . . . . . . . 63

4.3.5.8 Venezuela. . . . . . . . . . . . . 64

4.3.5.9 Colombia. . . . . . . . . . . . . 67

4.3.5.10 República Dominicana. . . . . . . . . . 68

CAPITULO IV DIAGNOSTICO

1. Diagnostico Documental. . . . . . . . . . . 71

2. Diagnostico Cuantitativo. . . . . . . . . . . 71

3. Diagnostico Cualitativo. . . . . . . . . . . 73

4. Análisis externo (INTERNACIONAL). . . . . . . . 77

5. Análisis interno (NACIONAL). . . . . . . . . . 78

6. Análisis del área de influencia del Proyecto. . . . . . . 79

6.1 Ubicación geográfica y política de carácter General. . . . . 79

6.2 Ubicación geográfica y política específico del objeto de estudio. . . 80 7. Oferta turística General del departamento de La Paz. . . . . . 82

8. Oferta turística Especifica del Municipio de La Paz. . . . . . 82

8.1 Macro-distritos urbanos del Municipio de La Paz. . . . . 82

8.2 Componente Geográfico Natural. . . . . . . . . 83

8.3 Clima. . . . . . . . . . . . . . 83

8.4 Agua como recurso turístico. . . . . . . . . 84

8.5 Paisaje. . . . . . . . . . . . . . 84

8.6 Flora y fauna. . . . . . . . . . . . . 84

8.7 Componente cultural. . . . . . . . . . . 84

8.8 Construcciones de interés histórico cultural. . . . . . 84

8.9 Componente gastronómico. . . . . . . . . 85

8.10 Componente de festividades y eventos. . . . . . . 85

8.11 Componente de actividades recreacionales. . . . . . 86

8.12 Componente de Medios y vías de comunicación. . . . . 86

8.13 Componente seguridad y salud. . . . . . . . 86

8.14 Componente servicios básicos. . . . . . . . 86

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8.15 Información y educación. . . . . . . . . 87

9. Servicios turísticos primarios. . . . . . . . . . 87

9.1 Barreras físicas. . . . . . . . . . . 88

9.2 Barreras comunicacionales. . . . . . . . . 90

9.3 Barreras sociales. . . . . . . . . . . 90

9.4 Servicios turísticos secundarios. . . . . . . . . 91

9.5 La Demanda Turística de personas con capacidades restringidas. . . 91

10 Comercialización y promoción Turística. . . . . . . . 95

11 Instituciones y Políticas administrativas. . . . . . . . 97

12 Perfil del visitante Discapacitados. . . . . . . . . 98

13 Capacidad de Gasto. . . . . . . . . . . . 99

CAPITULO V ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS

1 Análisis de los datos e información obtenidos. . . . . . 101

1.1 Análisis e interpretación de las consultas bibliográficas. . . . 101

1.2 Análisis e interpretación de las entrevistas. . . . . . 102

a. A empresas, agencias y/operadoras turísticas, hospedajes y hoteles. 102

b. A museos e instituciones. . . . . . . . . . 117

c. A entrevistas a discapacitados. . . . . . . . 123

1.3 Análisis del Árbol. . . . . . . . . . . . 130

CAPITULO VI. PROPUESTA DEL PROYECTO DE GRADO.

Capitulo I. Del Objeto y Definiciones. . . . . . . . . 146

Capitulo II. De los sujetos de la Ley. . . . . . . . . 147

Capitulo III. De los Objetivos y principios. . . . . . . . 147

Capitulo IV. De las competencias y Jurisdicción sobre Turismo Accesible. . 149

Capitulo V. Disposiciones de la Accesibilidad en Instalaciones y Servicios. . 150

Capítulo VI. Del deporte, recreación, cultura y turismo. . . . . . 151

Capitulo VII. De las Obligaciones. . . . . . . . . . 153

Capitulo VIII. Fomento a la Industria Turística de los Beneficios e Incentivos. . 153

Capitulo IX. De las Infracciones y Sanciones. . . . . . . 155

Capitulo X. Lineamientos de desarrollo e inclusión . . . . . . 156

Capitulo XI. Sistema Municipal de Inclusión . . . . . . . 156

Disposiciones transitorias. . . . . . . . . . . 157

Pirámide de Kelsen. . . . . . . . . . . . 157

CAPITULO VII EVALUACIONES

1 Evaluación del Proyecto. . . . . . . . . . . 158

1.1. Evaluación ambiental. . . . . . . . . . . 158

1.2. Evaluación social. . . . . . . . . . . . 158

1.3. Evaluación técnica. . . . . . . . . . . . 158

1.4. Evaluación económica y financiera. . . . . . . . . 159

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CAPITULO VIII CONCLUSIONES . . . . . . . . 160

RECOMENDACIONES. . . . . . . . . . . . 162

BIBLIOGRAFIA. . . . . . . . . . . . . 164

Páginas Web de consulta. . . . . . . . . . . . 169

ANEXOS

Avances sobre Turismo Accesible.

Reportes sobre Turismo Accesible.

Encuestas a Operadoras y agencias turísticas.

Encuestas a Centros de Hospedaje.

Encuestas a Instituciones Gubernamentales.

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INDICE DE CUADROS Y FIGURAS

CAPITULO III MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL Y LEGAL

Cuadro Nº 1 de legislación Comparada. . . . . . . 69

CAPITULO IV DIAGNOSTICO

Cuadro Nº 2 Listado de sitios turísticos . . . . . . . 84

CAPITULO V ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS

1.2 Análisis e interpretación de las entrevistas. . . . . . 102

a. A empresas, agencias y/operadoras turísticas, hospedajes y hoteles. 102

Figura Nº 1 en lo Institucional . . . . . . . . 104

Figura Nº 2 en la Demanda. . . . . . . . . 106

Figura Nº 3 en la Oferta. . . . . . . . . . 107

Figura Nº 4 sobre las Instalaciones . . . . . . . 109

A Centros de Hospedaje (Hoteles y Hostales). . . . . . . 109

Figura Nº 5 en lo Institucional . . . . . . . . 111

Figura Nº 6 en la Demanda. . . . . . . . . 113

Figura Nº 7 en la Oferta. . . . . . . . . . 115

Figura Nº 8 sobre las Instalaciones . . . . . . . 116

b. A museos e instituciones. . . . . . . . . . 117

Figura Nº 9 en lo Institucional . . . . . . . . 118

Figura Nº 10 en la Demanda. . . . . . . . . 120

Figura Nº 11 la Oferta. . . . . . . . . . 122

Figura Nº 12 sobre las Instalaciones . . . . . . . 123

c. A entrevistas a discapacitados. . . . . . . . 123

Figura Nº 13 en lo Institucional . . . . . . . . 125

Figura Nº 14 en la Demanda. . . . . . . . . 126

Figura Nº 15 en la Oferta. . . . . . . . . . 128

Figura Nº 16 sobre las Instalaciones . . . . . . . 130

1.3 Análisis del Árbol. . . . . . . . . . . . 130

Figura 17 Árbol de Problemas. . . . . . . . 133

Figura 18 Árbol de soluciones . . . . . . . . 134

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RESUMEN

El objetivo del presente trabajo de investigación, de acuerdo a los datos que se obtuvo,

es la importancia de normar jurídicamente el fenómeno del turismo accesible para las

personas con capacidades diferentes, proponiendo un Proyecto de Ley Municipal para el

Turismo Accesible dentro del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz – Provincia

Murillo, para tal efecto, se ha explorado, reconocido y examinado todas las practicas o

usanzas o estilo de vida de las personas con capacidades diferentes, sus relaciones con la

sociedad y el sistema turístico del municipio de La Paz. En tal sentido se tomó en cuenta

las opiniones de las diferentes instituciones entrevistadas, que desarrollan la actividad

turística, así como también las opiniones de las propias personas con capacidades

diferentes (las cuales se encuentran agrupadas en diferentes entidades), todos ellos con

relación a cerca de la actividad del Turismo Accesible.

En base a lo argumentado, se justifica el presente proyecto en la propia Constitución

Política del Estado Plurinacional, sobre la recreación que debe estar al alcance de todos

los ciudadanos, cuya recreación se traduce en el turismo y que ningún grupo de

población puede ser excluido, independientemente de las circunstancias personales,

sociales y económicas, empero, los distintos lugares conocidos como destinos turísticos

no ofrecen las condiciones de accesibilidad para estas personas con capacidades

diferentes, por lo que salir de vacaciones para muchas personas en esas condiciones es

un problema, toda vez que existen barreras físicas (entradas de acceso interno y externo

a edificios e instalaciones públicas, falta de espacio y baños no adaptados), barreras

comunicacionales como la falta de carteles o señalización, u otras formas de

comunicación, barreras sociales como el rechazo o falta de tolerancia hacia las personas

con capacidades diferentes, evidenciándose además de barreras legales, ya que en

materia turística aún falta mucho por regular sea de forma general y mucho más para

este sector específicamente, así como del transporte público y/o privado.

Los alcances con la propuesta del Proyecto de Ley Municipal para el Turismo Accesible

dentro del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, una vez implementada y sea

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xi

vigente se podrá concretar una integración física de las personas con capacidades

diferentes , que les permita acercarse a otras personas o transitar por cualquier espacio

geográfico cultural o natural, lograr una integración funcional, que les permita

coordinar los distintos servicios y una integración social entre las distintas personas

intervinientes en el desarrollo de la actividad turística.

El procedimiento utilizado en la presente investigación son técnicas e instrumentos de

recolección de información, sobre la accesibilidad en el municipio de La Paz y sus

destinos turísticos para las personas con discapacidad, utilizando el Muestreo no

Probabilístico a través de entrevistas tanto a instituciones gubernamentales, los que

brindan el servicios turístico y las propias personas con capacidades diferentes,

abordándose desde un esquema exploratorio, observatorio del fenómeno in situ, además

de la revisión documental y bibliográfica referida al tema.

Con todo lo investigado y analizado se tiene como resultado la propuesta de un Proyecto

de Ley Municipal para el Turismo Accesible dentro del Gobierno Autónomo Municipal

de La Paz – Provincia Murillo, el cual se pone a consideración del tribunal y el lector,

quienes deben considerar que con la propuesta planteada y sugerida se pretende

implementar las competencias sobre esta actividad, las disposiciones sobre la

accesibilidad en instalaciones y servicios de turismo, la formulación de programas y

acciones sobre actividades de recreación, cultura y turismo, del fomento e incentivos a

esta actividad, de las sanciones ante su incumplimiento, además de la inclusión social de

las personas con capacidades diferentes y concientización de los involucrados en esta

actividad y de la sociedad.

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Resumen Documental

Título: “PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO

ACCESIBLE DENTRO DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL

DE LA PAZ”

Descripción del estudio: Se definió el problema de investigación en la observación directa de

la presencia de barreras (arquitecto urbanístico, sociales, comunicacionales y legales) que

dificulta la accesibilidad, desplazamiento y permanencia del visitante con capacidades

diferentes, más aun en los sitios turísticos, existiendo la necesidad de proporcionar al visitante

con discapacidad la infraestructura y servicios adecuados en estas áreas y lograr calidad en los

servicios.

Métodos empleados: Se precisó el enfoque cualitativo, que permitió identificar la percepción

de los protagonistas (propietarios o administradores de agencias, hoteles y las propias

personas con discapacidad) y características del municipio de La Paz, también se ejecutó el

enfoque Cuantitativo con muestreo no probabilístico, cuya estratificación de datos se

distribuyó a: población discapacitada (no videntes y físicos) nacionales, hotelería y agencias u

operadoras turísticas. Se empleó la observación, las entrevistas dirigidas a actores

involucrados y autoridades del área (gobernación y municipio).

Resultados: Se constató la necesidad de modificar la infraestructura y abrir a la potencialidad

de un mercado apto para el Turismo Accesible.

Conclusión: El Municipio de La Paz (lugar de estudio) considerada la ciudad maravilla, la

más alta del mundo, es apto para desarrollar la actividad del turismo accesible, con un

enfoque de integración y valorización de la persona con capacidad diferente, mediante una

normativa legal que regule esta actividad, con la posibilidad de crear varios productos en esta

área.

Palabras Clave: Leyes, Ley municipal, discapacidad, Turismo accesible.

Correo: [email protected]

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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INTRODUCCION

La presente investigación tiene por título: “PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL

TURISMO ACCESIBLE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA PAZ”,

buscando la inclusión de las personas con discapacidad al sector turístico, tanto de nacionales

como extranjeros.

El fenómeno Turístico es un movimiento global que es parte de la economía del mundo, y

dentro de esta actividad turística existen segmentos sociales con menor grado de accesibilidad

para hacer turismo como es el caso de las personas con capacidades diferentes, es en ello que

nace la inquietud de realizar el presente trabajo denominado: “Proyecto de Ley Municipal

para el Turismo Accesible del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz”, a fin de

implementar y ser uno de los pioneros de esta actividad.

Esta inquietud nace durante la culminación de la carrera de Turismo, de la Universidad Mayor

de San Andrés, quien nuevamente se constituye mi alma mater de conocimientos y en honor a

la misma, se realiza este trabajo como un aporte a la sociedad, a la cual nos debemos.

El presente proyecto se localiza en el Municipio de La Paz – Provincia Murillo del

departamento de La Paz (es decir una de las veinte provincias del que está compuesta

geopolíticamente el departamento de La Paz). La Provincia Murillo está compuesta por ocho

macro distritos Municipales, conforme a la jurisdicción territorial que ejerce el Gobierno

Autónomo Municipal de La Paz. En cuya delimitación espacial tendría alcance de

aplicabilidad el presente proyecto.

Asimismo, con el presente “Proyecto de Ley Municipal para el Turismo Accesible del

Gobierno Autónomo Municipal de La Paz” es parte de la regulación de la actividad turística,

para que los propietarios y administradores de las instalaciones e infraestructura de los

servicios turísticos realicen las modificaciones y acondicionamientos para que las personas

con discapacidad (sordomudos, no videntes, físicos entre otros) para que puedan ejercer

libremente su derecho al esparcimiento y distracción como toda persona normal, y que no

existan barreras físicas, sociales, de comunicación y transporte se refiere, tomando en cuenta

que la totalidad de personas con capacidades diferentes en la ciudad de La Paz es de 8.713 por

causas de visión, 11.911 por sordera y 5.899 mudos y 14.419 físicos que no pueden

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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desplazarse1, de entre los cuales un porcentaje menor pueden requerir este servicio

inicialmente.

Actualmente, se observa a nivel ciudad los cambios en cuanto a la infraestructura o barrera

arquitectónica se refiere, ya que desde un tiempo atrás se ha ido modificando las esquinas de

las aceras (por instrucciones de la Secretaria de Infraestructuras del municipio de La Paz,

como respuesta a la circular de ASFI de facilitar el acceso a las entidades bancarias),

posteriormente se fue colocando ramplas a desnivel, ramplas de ingreso hacia las entidades

gubernamentales, lo cual es el 0,1% de todo lo que en realidad se necesita para que un sitio o

edificio tenga al 100% la facilidad de los accesos para las personas con discapacidad, de

acuerdo a los resultados que se obtuvo en la presente investigación, similar caso ocurre con

parques, plazas, museos y centros o sitios turísticos, por lo tanto existe un problema central

que es físico como son las barreras arquitectónicas, ya que no se ha tomado en cuenta con

anterioridad que la infraestructura debía ser apta tanto para las personas naturales como para

las personas con capacidades diferentes, empero, conforme el desarrollo del presente

proyecto, se ha visto un problema secundario que es la barrera mental, toda vez que no todos

comparten esta idea de hacer un lugar accesible para todos, sin discriminación.

Conforme al desarrollo del presente proyecto, se obtuvo resultados acorde a las encuestas y

entrevistas realizadas a las personas representativas con discapacidad y personas jurídicas

relacionadas con esta actividad, se establece que en un porcentaje llegando a la mitad está

interesada en esta posibilidad de realizar turismo, pero en su gran mayoría no lo hace por dos

factores, la accesibilidad al lugar refiriéndose a las señalizaciones e infraestructura, y el otro

factor el aspecto económico, ya que en su mayoría no tienen ingresos prometedores.

En base a todo lo señalado y a través del presente trabajo, viendo esta problemática a nivel

turístico en el municipio de La Paz, es que se ha visto la necesidad de contar con un Proyecto

de Ley Municipal para el Turismo Accesible del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,

que regule y/o norme la accesibilidad a todos aquellos sitios o lugares turísticos.

1 INE. ( 2012). Personas con alguna dificultad permanente por tipo de dificultad, segun departamento. La Paz, (pagina 135 cuadros).

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CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

El turismo se ha convertido a lo largo del siglo en un fenómeno social de extraordinaria

importancia, que moviliza a millones de personas en todo el mundo, especialmente en Europa

en una primera instancia, constituyéndose no sólo un factor de riqueza y progreso económico

sin precedentes, sino también un elemento decisivo para la mejora del conocimiento, la

comunicación, el grado de relación y el respeto entre los ciudadanos de distintos países.

Es así que los países mediterráneos, por su acervo histórico, por su riqueza cultural y artística,

por sus bellezas naturales y paisajísticas, por su clima benigno y, sobre todo, por la pluralidad,

interés y atractivo de los estilos de vida y de comportamiento de sus ciudadanos, son con

diferencia el primer destino turístico de Europa, elegido año tras año por millones de turistas

procedentes de todas las partes del mundo. Asimismo, y en segunda instancia está el nuevo

mundo, con EE.UU. a la cabeza y Latinoamérica posteriormente.

Las personas con discapacidad, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los

estudios realizados en el año 2011, estimaron que en el mundo habitan cerca de 785 millones

de personas (15,6%) de 15 y más años que viven con una discapacidad.2

España según estudio arroja que un total de 1.171.900 personas de edades comprendidas entre

los 16 y los 64 años residentes en hogares tenía certificado de discapacidad en 2010, lo que

supone un aumento del 8,3 por ciento respecto de 2009. En total, representan el 3,8 por ciento

de la población total en edad laboral, un 0,3 por ciento más que un año antes. También hay

diferencias entre sexos, ya que las mujeres con discapacidad alcanzaron el 24,9 por ciento,

frente al 22,3 registrado entre los varones3.

Por otro lado, alrededor de 50 millones de habitantes de América Latina sufren de

discapacidad, con porcentajes que oscilan del 1,1% de la población en Paraguay al 14,5% en

Brasil, según un reporte de la Organización de Naciones Unidas (ONU)4.

2 Organización Mundial de la Salud / Banco Mundial (2002–2004) “Informe mundial sobre la discapacidad” World Health Survey. Geneva, World Health Organization (Accessed 9 December 2009, Pagina 4). 3 Congreso Europeo sobre las personas con discapacidad (2002) celebrado en marzo-Madrid “Declaración de Madrid” manifestando la formula no discriminación + acción positiva = Integración (pagina 13). 4 ONU (2003) Conferencia e informe sobre los avances “Normas uniformes sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad” (Página 7-aprobadas en 1993).

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Asimismo, el informe de la ONU y CEPAL precisó que la situación de las personas con

discapacidad está contemplada en las Constituciones de Cuba y Paraguay desde 1992, en

Guatemala y Perú desde el año siguiente y en Argentina desde 1994. Posteriormente lo hizo

El Salvador desde 1996, mientras que Nicaragua lo incluyó en su Carta Magna en 1995,

Uruguay en 1997, Venezuela en 1999 y luego Panamá (2004) y Colombia y Honduras (2005).

Ecuador se sumó en 2008, Bolivia, México y Brasil en 2009, mientras que República

Dominicana lo hizo en el presente año 20115.

Y Bolivia se calcula que el 10% de la población, puede estar viviendo con algún tipo de

discapacidad, esto equivale a un aproximado de 900.000 personas. Y en el departamento de

La Paz según la boleta del Censo califica como discapacidad a la dificultad permanente que

tienen las personas de ver, oír, hablar, caminar y recordar, y por ser el centro político, La Paz

tiene el mayor índice de pobladores que viven con algún tipo de discapacidad, más de 104 mil

personas, según la base de datos del Censo de Población y Vivienda de 2012, dado a conocer

por el Instituto Nacional de Estadística (INE)6. De acuerdo con las respuestas proporcionadas

en el último censo, concentradas en su base de datos del INE, el 29% de las personas que

tienen alguna dificultad en Bolivia, están en el departamento de La Paz, siendo un total de

104.705 ciudadanos.

La supresión o atenuación de estas barreras que limitan la práctica del turismo por parte de las

personas con discapacidad viene exigida no sólo por los principios de igualdad de derechos y

oportunidades y no discriminación que rigen en el País, sino que representa también una

medida eficaz para incorporar a nuevos grupos de ciudadanos a las actividades relacionadas o

derivadas del turismo, contribuyendo así al crecimiento de un sector económico, y que a

manera de ejemplo y conforme a la evidencia recolectada con anterioridad, podemos decir

que en los países del Sur de Europa, tiene una directa incidencia en la generación de riqueza y

empleo para toda la sociedad.

Los antecedentes de accesibilidad al turismo por las personas con discapacidad se enmarcan

en la celebración en Suiza (1963), del Congreso Internacional para la supresión de barreras

arquitectónicas, que marca el primer hito sobre la conciencia colectiva en materia de

accesibilidad. Este Congreso sirvió como premisa para tomar conciencia sobre la existencia

5 Internet; http://infoweb79.blogspot.com/ (2011) octubre. 6 INE Instituto Nacional de Estadística (2012) base de datos del Censo de Población y Vivienda, (pág. 27).

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6

del concepto “ACCESIBILIDAD”, el cual iba a adquirir peso específico como objetivo

prioritario hacia la plena integración de este sector de población.

Posteriormente en 1975 el tema sale a la luz con la Declaración Universal de los Derechos

Humanos en la ONU. Durante los años ´80 en la Declaración de Manila la Organización

Mundial del Turismo (OMT) asocia por primera vez los conceptos de turismo y accesibilidad.

En la Asamblea General de la OMT (1990) celebrada en Buenos Aires se produce un

documento sobre turismo accesible. Las Normas Uniformes sobre igualdad de oportunidades

para las personas con discapacidad son aprobadas por ONU en 1993.7

El siglo XXI celebra el Año Europeo de la Discapacidad (2003) y cada 3 de diciembre

también se celebra el día mundial de las personas con discapacidad. Y todos los países

sudamericanos se producen una acción permanente en relación a la facilitación del turismo

para todos. Por otro lado, el proyecto europeo “INCLUDE” constituye también una referencia

básica en la aplicación de un diseño universal, inspirando sus objetivos en el diseño de

productos y servicios con el fin de ser usados por el mayor número de personas posible. El

Congreso Europeo sobre las personas con discapacidad celebrado durante el mes de marzo del

2002 en Madrid, dio lugar a la Declaración de Madrid, manifestando la formula “no

discriminación + acción positiva = Integración”, fundamental para alcanzar la igualdad de

trato, la participación en la vida profesional y social por parte de los discapacitados y la

consecución de un entorno accesible a todos. De modo que Argentina, México, Chile, Brasil,

Colombia, Costa Rica, etc., pasan a disponer de instrumentos jurídicos y normativa técnica

orientados hacia la eliminación de barreras y la facilitación del turismo. 8

Entonces el reto de la accesibilidad es uno de los primeros en ser afrontado por técnicos y

diseñadores de edificios y los poderes públicos. A partir de ese momento, han sido muchas las

organizaciones nacionales e internacionales que han manifestado, a través de sus

declaraciones, informes, comunicaciones, congresos etc., una clara vocación encaminada a

mejorar las condiciones de vida de un nutrido grupo de población, como es el de las personas

con discapacidad. Entre ellos podemos destacar los siguientes9:

Declaración Universal de los DD. HH, promulgada por las Naciones Unidas en 1975.

El Año Internacional de los Minusválidos declarado en 1981 por las Naciones Unidas.

7 ONU (2003) “Normas uniformes sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad” aprobadas en 1993, Conferencia e informe sobre los avances. (Página 9). 8 Ekberg Jan, (2000) Un paso adelante “Diseño para todos”. Proyecto “Include”. Madrid: CEAPAT-IMSERSO, (Paginas. 6-15). 9 Centro de Noticias de la ONU , (2013) Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. 22/feb/2013.

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7

Este acontecimiento estuvo marcado por un cambio significativo de actitud hacia este

grupo de población.

El Programa de Acción Mundial hacia los Impedidos, aprobado en 1982 por la Asamblea

General de las Naciones Unidas. Programa que nació como consecuencia del Año

Internacional de los Minusválidos y tenía como propósito promover medidas eficaces para

prevenir la accesibilidad y rehabilitar y cumplir la meta de participación plena de las

personas con discapacidad.

La Conferencia Europea de Accesibilidad de los Edificios Públicos en 1987.

La aprobación en 1993 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, de las normas

estándar sobre igualdad de oportunidades para las personas con minusvalías, gracias a los

nuevos planteamientos motivados por el Año Internacional de los Minusválidos y el Plan

de Acción Mundial de los Impedidos.

La declaración de Barcelona: La ciudad y los discapacitados, ratificada y firmada en la

actualidad por más de 200 ciudades.

Estos son algunos de los compromisos que han marcado un hito importante en la historia de la

accesibilidad y que han supuesto una plataforma de toma de conciencia.

En el ámbito Boliviano, tomamos como referencia los artículos 70 y 71 de la Constitución

Política del Estado que encomienda a los poderes públicos de manera general la realización de

una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los discapacitados

físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y

los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este título de la Constitución

otorga a todos los ciudadanos.

Cabe resaltar que esta lucha sectorial ha sido dividida, por un lado los no videntes agrupados

en FENACIEBO (Federación Nacional de Ciegos de Bolivia) hacían sus pedidos y protestas

sobre sus derechos, lo mismo ocurrió con las personas en silla de ruedas Federaciones

Departamentales de Personas con Discapacidad (FEDEPDIS) y los Comités Departamentales

de las Personas con Discapacidad (CODEPEDIS) y los sordomudos, aunque este sector por lo

general se mantiene al margen, todos ellos a pesar de que están agrupados en CONALPEDIS

(Comité Nacional de la Persona con Discapacidad antes COBOPDI), de acuerdo a los datos

obtenidos durante la investigación.

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8

Pero, esta conjunción en instituciones representativas para cada tipo de discapacidad, ha sido

como consecuencia de una lucha constante de las personas con discapacidad por sus derechos,

es así que en esta última década hubo la siguiente lucha social para este sector: 10

El 15/noviembre/2011 e Trinidad se inicia la marcha para exigir la aprobación del

proyecto de ley de Trato Preferente para las personas con discapacidad, pidiendo

jubilación a los 45 años, inclusión laboral a entidades públicas y privadas, descuento del

50% en los servicios e impuestos, un bono de antigüedad de 3.000 bolivianos para 25.000

personas con discapacidad severa.

El 22/nov/2011, Paceños con discapacidad instalan una vigilia en las puertas de la Iglesia

de San Francisco.

El 25/nov/2011 la marcha llega a Guarayo Santa Cruz.

El 30/nov/2011, se crea una comisión de legisladores de la Cámara de diputados, para la

revisión y tratamiento del proyecto de Ley del “Trato Preferente para las Personas con

Discapacidad”.

El 6/dic/2011, las personas con discapacidad añaden otro pedido, que la entrega de títulos

sean gratuitos para quienes estudian en las Universidades.

El 13/dic/2011, se rompe el dialogo con los representantes del Órgano Legislativo, y al día

siguiente las personas con discapacidad protagonizaron una marcha de protesta

semidesnudos y arrastrándose por la plaza principal de la ciudad de Santa Cruz.

El 2/enero/2012, mientras la madre con discapacidad lavaba ropa en el sector Puente Roto

del Trópico de Cochabamba, su hijo muere de 7 años muere ahogado, pidiendo el

gobierno que todos los hijos de la marcha sean retirados de la caravana.

El 18/enero/2012, El presidente del Comité Cívico de Cochabamba declara “Huéspedes

Ilustres” a la caravana de 70 discapacitados que llegaron a la ciudad.

El 20/enero/2012, el dirigente de los discapacitados Carlos Mariaca, es diagnosticado con

anemia grave y es internado en el Hospital Viedma en Cochabamba.

El 21/enero/2012, El Ministro de la Presidencia señala que se firmó un convenio con las

personas con discapacidad en la población de Quillacollo de Cochabamba, y coordinar

acciones.

10 EL DIA, (2012) Marcha de discapacitados en penoso descenso de El Alto a La Paz, 12/feb/2012, (Paginas 1-Portada).

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El 1/feb/2012, el gobierno aprueba el D.S. por el pago de 1.000 bolivianos a favor de las

personas con discapacidad muy grave.

El 5/feb/2012, la marcha es suspendida y aceptan los 1.000 bolivianos, sin embargo los

Discapacitados de La Paz, rechazan el acuerdo y anuncian que la caravana reanudara la

marcha rumbo a La Paz.

El 15/feb/2012, la comisión de la Cámara de Diputados aprueba la Ley de Trato

Preferente.

El 20/feb/2012, fallece una persona con discapacidad en la vigilia de la Plaza de San

Francisco, quien padecía de una enfermedad crónica.

El 22/feb/2012, las personas con discapacidad grave y muy grave cobran el bono de 1.000

bolivianos en todas las agencias del Banco Unión.

Este ámbito normativo junto a otros secundarios, se constituye en el mecanismo adecuado

para garantizar una mejora en las condiciones de vida a las personas con discapacidad en sus

diferentes ámbitos de aplicación. Por lo que la accesibilidad como objetivo prioritario

universal, es garantizar a todos por igual el uso y disfrute de todos los bienes y servicios.

El del GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA PAZ junto a la AGENCIA de LA

PAZ MARAVILLOSA, en septiembre del 2016 diseño una estrategia o un plan de desarrollo

turístico con siete lineamientos; 1ro. Seguridad para visitantes extranjeros y nacionales y

lograr que los turistas se queden más tiempo en la ciudad por el consumo, 2do. Mejora

continua de la calidad, y dejar de ser un “distribuidor” de turistas como sucede en la

actualidad, 3ro. Fomento e incentivos, con una rebaja a los hoteleros del 50% en el pago de

impuestos a la propiedad de bienes inmuebles, 4to.Alianzas público privadas, y convertir al

turismo en un eje dinamizador de la economía local, 5to. Educación ciudadana, con

anfitriones amables e informados con el desarrollo de programas de educación y cultura

turística en escuelas y colegios de la ciudad. 6to. Diversificación de la oferta, con rutas y

atractivos macro distritales y 7mo. Promoción, para que el mundo conozca la ciudad

maravillosa, a fin de que el municipio se convierta en un “destino turístico extremo, natural,

cultural, de aventura y gastronómico del mundo”. 11 Por otro lado, es importante señalar que

la Directora Patricia Grossman de la Agencia de La Paz Maravillosa del Gobierno Municipal

de La Paz, lanzó la ruta turística para las personas con discapacidad, con tres recorridos:

11 AMN – AGENCIA MUNICIPAL DE NOTICIAS, (2016) La Paz ya tiene una estrategia de desarrollo turístico, 26/septiembre/2016.

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1. Dirigido a las personas con discapacidad auditiva “sordos” y se denomina “la Belleza del

Silencio”, el cual se lanzó en fecha 17 de noviembre del 2018.

2. Dirigida a las personas con discapacidad física, llamada “La Paz desde lo Alto”, en fecha

15 de diciembre del 2018.

3. Y la última dirigida para las personas no videntes, denominada “La Paz se siente”, el cual

se lanzó el 19 de enero del 2019. Cuyo recorrido para todos era del atrio de la iglesia de

San Francisco, al Mirador de Killi Killi, luego por la calle Jaén, por el MUSEF, la muela

del diablo y por último el Valle de la Luna. Este Paquete con estas características es una

sugerencia e iniciativa de la Alcaldía de La Paz a nivel nacional e internacional para que

esté incluida en la oferta comercial, toda vez que este paquete no existe en las empresas de

turismo en el país. 12

Previo al lanzamiento de las tres rutas turísticas para personas con discapacidad, el municipio

de La Paz, a través del asesor de la Agencia Municipal de La Paz Maravillosa Sr. Raúl Pérez,

indica que se puso tres tareas para promover el Turismo inclusivo, el PRIMERO es identificar

servicios como hoteles o restaurantes que trabajen bajo el concepto de inclusión, a fin de

realizar un mapeo de quienes se incorporan a estas facilidades, el SEGUNDO es identificar

espacios donde se puedan realizar actividades turísticas pensadas especialmente para personas

con discapacidad, y el TERCERO es la creación del concepto de ciudad inclusiva con la

incorporación de nuevos atractivos turísticos, lugares de esparcimiento y descanso. 13

Así también, el director Marco Antonio Abastoflor Portugal de la Carrera de Administración

Turística, de la Unidad Académica Regional La Paz de la Universidad Católica Boliviana

“San Pablo” y el Municipio de La Paz promocionan “turismo inclusivo” y buenas practicas

turísticas en un conversatorio, del cual participo la concejala Andrea Cornejo junto con el

asesor estratégico de la Agencia Municipal de La Paz Maravillosa Raúl Pérez. 14

A su vez, la Asamblea General de la ONU el 25 de septiembre del 2015 adopta la agenda

2030 para el desarrollo sostenible, que es un plan de acción a favor de las personas, el planeta

y la prosperidad, la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia, esta

agenda contempla 17 objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan

las esferas económica, social y ambiental. En cuya resolución señala textualmente: “Estamos

12 PAGINA SIETE, (2017) Alcaldía lanza una ruta turística para personas con discapacidad en La Paz, 07/oct/2017, (Paginas 1-Publicacion). 13 AMN – AGENCIA MUNICIPAL DE NOTICIAS, (2017) La comuna impulsa tres tareas para promover el turismo inclusivo, 18/julio/2017. 14 UCB-NOTICIAS, (2017) La Universidad Católica Boliviana y la alcaldía de La Paz promocionan turismo inclusivo y buenas practicas turísticas. 02/07/2017.

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resueltos a poner fin a la pobreza y al hambre en todo el mundo de aquí a 2030, a

combatirlas desigualdades dentro de los países y entre ellos, a construir sociedades pacíficas,

justas e inclusivas, a proteger los derechos humanos y promover la igualdad entre los

géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, y a garantizar una protección

duradera del planeta y sus recursos naturales” 15. Señala también esta Resolución que los

Estados tienen soberanía plena sobre su riqueza, recursos y actividad económica donde cada

uno fijaran sus propias metas nacionales, estas deben estar apegadas a los Objetivos de

Desarrollo Sostenible (ODS) 16, y estos 17 objetivos son: 1. Poner fin a la pobreza en el

mundo, 2. erradicar el hambre, lograr seguridad alimentaria, 3. garantizar una vida sana (salud

y bienestar), 4. Una educación de calidad, 5. Lograr una igualdad de Género, 6. Asegurar el

acceso al agua, 7. Acceso a la energía no contaminante, 8. Promover el crecimiento

económico sostenido, 9. Industria, Innovación e infraestructura, 10. Reducción de las

desigualdades, 11. Ciudades y comunidades sostenibles, 12. Producción y consumo

responsables, 13. Adoptar medidas urgentes contra el cambio climático, 14. Preservar la vida

submarina, 15. Preservación de la vida de ecosistemas terrestres, 16. Promover la paz y

facilitar el acceso a la justicia y 17. Alianzas para lograr los objetivos. 17

Es así que en el cumplimiento a estos objetivos de desarrollo sostenible, la Organización

Mundial de Salud (OMS) y el Programa de las naciones Unidas para el medio Ambiente

(PNUMA), establecen impulsar una serie de medidas conjuntas, destinadas a luchar contra el

cambio climático, la contaminación atmosférica, la resistencia a los antimicrobianos y mejorar

la coordinación para la gestión de residuos y productos químicos y la calidad de agua18.

En los últimos años, el efecto de la actividad humana, el crecimiento demográfico y el cambio

climático mundial ha reducido considerablemente la biodiversidad en los ecosistemas del

mundo, colocando en riesgo a muchas especies y habitad indispensables para el equilibrio

ambiental y el desarrollo sostenible parta todos, es en ello que la ONU a momento de

celebrar el día internacional de la Diversidad Biológica cada 22 de mayo, el año 2017 lo

dedica al Turismo sostenible, como herramienta para sensibilizar y hallar nuevas formas de

resguardar y promover la biodiversidad como parte de un patrimonio común y requisito la

para la consecución de un futuro sostenible (así lo señaló la Directora de la UNESCO Lic.

15 Centro de Noticias de la ONU , (2015) La Asamblea General adopta agenda 2030 para un desarrollo sostenible. 25/sep/2015. 16 Centro de Noticias de la ONU , (2015) La Asamblea General adopta agenda 2030 para un desarrollo sostenible. 25/sep/2015. 17 Centro de Noticias de la ONU , (2015) La Asamblea General adopta agenda 2030 para un desarrollo sostenible. 25/sep/2015. 18 Noticias ONU , (2018) La OMS y PNUMA realizan Pacto para combatir la contaminación medio ambiental. Publicación 10/enero/2018.

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12

Bokova), recordando que los Estados parte de la Convención sobre Diversidad Biológica se

han comprometido a garantizar la viabilidad a largo plazo del turismo y al mismo tiempo, a

hacer que esta actividad económica contribuya a la biodiversidad 19.

El año 2017 ha sido declarado por las Naciones unidas como el año Internacional del Turismo

Sostenible para el desarrollo, ya que “el potencial del turismo para el desarrollo sustentable es

muy considerado, como uno de los sectores de empleo más destacados a nivel mundial, el

turismo aporta un sustento importante de oportunidades, ayudando de esta forma a calmar la

pobreza y manejar el mundo hacia un desarrollo sustentable” así lo manifestó Ban Ki-moon

en el día del turismo, 2015. En el año internacional de Turismo se hará énfasis en cinco áreas

fundamentales: 1. Crecimiento económico inclusivo y sustentable, 2. Inclusión social, empleo

y reducción de la pobreza, 3. Eficiencia de recursos, protección ambiental y cambio climático,

4. Valores Culturales, diversidad y herencia, 5. Entendimiento mutuos, paz y seguridad. 20

De todo lo mencionado por las Naciones Unidas sobre los 17 objetivos, las acciones de pactos

o acuerdos la OMS, UNESCO entre otros, es importante para el presente trabajo, si bien no se

habla de forma directa sobre un turismo accesible para las personas con discapacidad, cada

uno de los puntos como el biodiversidad de la naturaleza, el ser sostenible en su desarrollo, el

cambio climático afecta a lo que es el Turismo en general, y por ende al Turismo Accesible,

así que es importante y obligados todos estamos a cumplir con los 17 objetivos del desarrollo

sostenible.

Así también LA NORMA UNE 170001, publicada en octubre del 2001 (Norma Europea),

determina las condiciones objetivas de cumplimiento de la accesibilidad a los requerimientos

de diferentes usuarios con diversas capacidades, y que establece los requisitos básicos que se

encuentran presentes en el concepto de accesibilidad, todo ello en base a los requisitos

DALCO (Deambulación, Aprehensión, Localización y Comunicación) que son los nuevos

conceptos que engloban en el nuevo termino de “Accesibilidad Universal” y “Diseño para

Todos”, esta Norma UNE 170001 está dirigida a administración, colegios, instalaciones

deportivas, establecimientos hoteleros, edificios de oficinas y en general cualquier

organización. La Norma 170001-1 establece los requisitos que debe reunir un entorno

(lugares, edificios, establecimientos e instalaciones) en el que se puede disfrutar de bienes y

servicios, para que sus usuarios puedan superar las limitaciones de accesibilidad en las que se

19 Noticias ONU , (2017) El Turismo sostenible puede ayudar a proteger la biodiversidad-UNESCO. 23/mayo/2018. 20 Comisión Económica para América Latina y el caribe, (2017) Año Internacional del Turismo Sostenible para el desarrollo. 10/enero/2017.

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puedan encontrar, con independencia del origen de tales limitaciones. Es así que los requisitos

para la deambulación en el acceso están en los pavimentos, el espacio de maniobras, la zona

de circulación y los cambios de plano para las nuevas construcciones, los requisitos para la

aprehensión están en los sitios generales, el alcance de los mismos, el accionamiento, el

agarre y transporte, los requisitos de la Localización están en los lugares generales, con

señalización, y otros medios de localización, y por último, los requisitos para la comunicación

son en los lugares generales, la comunicación no interactiva y comunicación interactiva21.

La implementación de un sistema de gestión de accesibilidad bajo la norma UNE 170001

ofrece los siguientes beneficios: 1. Refuerza la imagen y el compromiso social de la

organización, aumentando la satisfacción tanto de usuarios como empleados, 2. Esta norma le

interesa a cualquier organización, tanto en aquellas cuyas actividades se realizan en entornos

con afluencia de público como a las que quieren hacer de sus entornos de trabajo lugares

accesibles para todos, 3. Esta norma garantiza a todas las personas, con independencia de su

edad o discapacidad, las mismas posibilidades de acceso a cualquier parte del entorno

construido y al uso y disfrute de los servicios en ellos prestados, con la mejor autonomía

posible en su utilización, evidenciando la responsabilidad social de la organización, 4. Esta

norma permite la toma de conciencia para el cumplimiento de la legislación en espacios

constructivos, diferente y cada vez más severa en las comunidades autónomas, ayudando a su

vez a optimizar los recursos de la organización en este sentido y favoreciendo un clima

laboral positivo. 5. Así también esta norma mejora la eficiencia de la empresa, aumentando a

su vez la motivación y estimulación del personal entorno a un proyecto común, y es

totalmente compatible e integrable con otros sistemas de gestión22.

Así también, el 25 de enero del 2016 se publica la Ley Nº777 es decir la Ley del Sistema de

Planificación Integral del Estado – SPIE en el marco del Vivir Bien, cuyos fines es lograr la

planificación con trabajo articulado de los niveles de gobierno, la asignación de recursos

financieros y no financieros, con una evaluación integral basado en resultados (así lo señala

en su art.3, cuyo ámbito de aplicación según el inc. g) del artículo 4 son las Entidades

Territoriales Autónomas, conveniente para el presente proyecto23. De la lectura y análisis de

esta Ley 777, se observa que es un Sistema de Planificación de Desarrollo Económico de

carácter general, es decir para todos los sectores públicos, y la coordinación de estos procesos

21 https.//www.grupoacms.com/norma-une-170001.php. 22 Comisión Económica para América Latina y el caribe, (2017) Año Internacional del Turismo Sostenible para el desarrollo. 10/enero/2017. 23 https://www.leixvox.org/norms/BO-LN///, html.

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de planificación de los Departamentos, municipios, regiones y autonomías indígena originaria

campesinas, y en el presente caso implica un proyecto de ley municipal, que concuerda con

los lineamientos y metodologías para el ordenamiento de zonas y sistemas de vida, gestión de

riesgos y cambio climático en los procesos de planificación, es decir, si bien esta ley no habla

específicamente sobre el turismo, y menos sobre un turismo accesible, empero, engloba todo

aquel conjunto sistemático que coadyuva, que se conecta, que se conjunciona con la actividad

turística, ya que si no se logra mantener los ecosistemas y frenar el cambio climático no hay

turismo ni lugares que visitar, si no se mejora los ingresos de los ciudadanos no hay turismo

por falta de recursos, si no se mejora los todos servicios no habrá turismo, ya que los usuarios

no podrán consumir, y así sucesivamente, por lo que esta ley planifica en coordinación entre

el nivel central del Estado, el nivel departamental, el nivel municipal y regional, todo ello para

El Vivir Bien como menciona dicha ley.

1. Justificación del proyecto de grado.

El turismo, en las dimensiones ya vistas, se constituye en un derecho fundamental y social

reconocido por la propia Constitución Política del Estado Plurinacional, sobre la recreación

que debe estar al alcance de todos los ciudadanos, que ningún grupo de población pueda

quedar excluido, con independencia de las circunstancias personales, sociales, económicas o

de cualquier otra índole que concurran en sus componentes. Asimismo, de acuerdo a la

información obtenida durante la investigación, de manera general y de forma certera podemos

indicar que distintos lugares del mundo ofrecen condiciones de accesibilidad para

discapacitados. Y salir de vacaciones para muchas personas es un tiempo placentero, pero

para otros puede volverse una experiencia problemática.

En estos tiempos de modernización, todas las ciudades se han convertido en verdaderas

carreras y sitios llenos de obstáculos en lo que se refiere a la circulación, sobre todo, para

aquellas personas que tienen disminuidas algunas de sus capacidades: motoras, lingüísticas,

sensoriales y mentales. Son diferentes barreras que a diario deben ser superadas por aquellas

personas con discapacidad, que van desde las arquitectónicas hasta las actitudinales de las

personas normales, impidiéndoles desenvolverse plenamente en el medio y disfrutar de su

tiempo libre. Por lo tanto el problema central son las barreras físicas (entradas de acceso

interno y externo a edificios e instalaciones públicas, falta de espacio y baños no adaptados),

barreras comunicacionales como la falta de carteles o señalización, guías que entiendan otras

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formas de comunicación, barreras sociales como la falta de tolerancia y el rechazo a este tipo

de personas y por último las barreras legales, ya que en materia turística aún falta mucho por

regular de manera general y mucho más para este sector específicamente.

Conforme a los datos obtenidos en el proceso de la investigación, afirmamos que ciertamente

un 99% de las instalaciones turísticas, no proporcionan suficiente accesibilidad para satisfacer

las necesidades de las personas con discapacidad, pues las mismas no están adaptadas para tal

fin; provocando la insatisfacción de los usuarios con discapacidad, quienes tienen los mismos

derechos que el resto de los clientes respecto al uso de servicios turísticos en aquellos destinos

que visitan.

Si bien en estos últimos años, estamos teniendo un cierto desarrollo, que mejoran la calidad de

vida, no es menos cierto que también pretendemos mejorar mediante el presente trabajo de

Proyecto de Ley Municipal la calidad de vida en cuanto al turismo se refiere para aquellas

personas con discapacidad, sea de movilidad o comunicación, tienen derecho al acceso

regular y normal sobre los bienes y servicios turísticos de toda índole.

Y son precisamente estos problemas de movilidad o de comunicación que puedan presentar

las personas con discapacidad las que pretendemos eliminar normándolos, cuya inexistencia

normativa no sea base y/o pretexto para prohibir, negar, limitar o condicionar el acceso a los

bienes y servicios turísticos, en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos.

En el departamento de La Paz según Censo, califica como discapacidad a la dificultad

permanente que tienen las personas de ver, oír, hablar, caminar y recordar, teniendo un mayor

índice de pobladores que viven con algún tipo de discapacidad, según la base de datos del

Censo de Población y Vivienda de 2012, dado a conocer por el Instituto Nacional de

Estadística (INE)24. En base a ello, y con el presente “PROYECTO DE LEY MUNICIPAL

PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA

PAZ” se efectivizará la readecuación, el reacondicionamiento y nuevas construcciones con la

supresión o atenuación de barreras arquitectónicas en primera instancia y barreras sociales

con la tolerancia entre las personas “normales” para con las personas con discapacidad

(aspectos que limitan la práctica del turismo), y por el contrario lograr la inclusión a la

actividad turística de este sector nacionales y extranjeros, en cumplimiento a los principios de

igualdad de derechos y oportunidades y la no discriminación, leyes que rigen en el País.

24 INE-Instituto Nacional de Estadística (2012) - base de datos del Censo de Población y Vivienda, pág. 27.

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Contribuyendo así al crecimiento de un sector económico con la venta de servicios en los

sitios turísticos para las personas con discapacidad e indirectamente generar empleo para toda

la sociedad relacionada con este sector.

Y conforme a nuestras leyes, los poderes públicos, en sus distintos niveles (nacional,

departamental, municipal y TIOC´s), son los llamados a establecer y velar el cumplimiento de

normas jurídicas que aseguren el libre acceso de las personas discapacitadas a los bienes y

servicios turísticos. Puesto que los poderes públicos son los que promoverán, en la esfera de

sus respectivas responsabilidades, programas y acciones dirigidos a fomentar la accesibilidad

y la eliminación progresiva de las barreras y obstáculos de todo tipo que impiden o dificultan

a las personas con discapacidad el acceso con seguridad y comodidad a servicios turísticos

satisfactorios.

Empero, no toda la responsabilidad es una cuestión que corresponda en exclusiva a las

autoridades públicas, sino que su promoción y fomento es responsabilidad también de todas

las instancias privadas (operadores turísticos, agencias de viaje, proveedores de transporte o

alojamiento o responsables de atracciones turísticas) que operan en este ámbito

socioeconómico, las cuales también deben ser reguladas y adecuadas normativamente en el

presente proyecto. De acuerdo con lo anterior, se puede señalar que esta accesibilidad de los

bienes y servicios turísticos de las personas con discapacidad no debe provenir sólo de la

imposición de las autoridades públicas y a una ley u ordenanza municipal, pero que en todo

caso deberán asegurar el uso y disfrute pleno y efectivo por parte de estas personas, sino

llegar a la conciencia de los agentes turísticos, que deben llegar al convencimiento de que el

turismo accesible, además de una responsabilidad social, es una oportunidad de negocio y una

ventaja competitiva para los productos y servicios de turismo y ocio que se ofrecen y se

prestan.

Así mismo, el turismo debe estar a la vanguardia o a la par con los avances tecnológicos,

garantizando la sostenibilidad, de innovación y accesibilidad, tal es el caso del DESTINO

TURISTICO INTELIGENTE una iniciativa de la estrategia de la Secretaria de Estado de

Turismo en España, donde señala textualmente que: “el SEGITTUR (Sociedad Estatal

Española de Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas) preside el 5º subcomité,

donde se trabaja para desarrollar una norma de destinos turísticos inteligentes, en base a los

informes de consultoría destinados a impulsar la conversión de estos sitios en destinos

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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turísticos inteligentes en base a cuatro ejes; innovación, tecnología, sostenibilidad y

accesibilidad, organizándose eventos de encuentro para todas las instituciones, organismos y

empresas vinculados con el Proyecto de destinos turísticos inteligentes. Es así que, el propio

SEGITTUR de España viajo a México, (México ha sido el primer destino internacional

interesado en el desarrollo de los destinos inteligentes), donde se implanto este modelo en

Tequila y la isla de Cozumel de México. En ello hubo reuniones entre el presidente de

SEGITTUR C. Forbes con la Secretaria de Estado de Turismo de México, la Secretaria de

Turismo de Jalisco, así como con la Cámara Nacional de la Industria Electrónica de

Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de México, para intercambiar

información relativa a la colaboración con los clúster y su posible vinculación con los

destinos inteligentes”. 25

De acuerdo a la cita anterior, se entiende que el concepto de destinos turísticos inteligentes es

una nueva forma de definir a los sitios que además de su riqueza cultural y belleza natural,

también ofrecen experiencias digitales avanzadas, es un destino innovador y accesible para

todos, consolidado sobre una infraestructura tecnológica de vanguardia, que facilita la

integración y la interacción del visitante con el entorno e incrementa la calidad de su

experiencia en el destino. En ello; “La Sociedad Estatal para la Gestión de la Innovación y las

Tecnologías Turísticas (SEGITTUR) de España, trabajaron de manera conjunta para llevar a

cabo este modelo en Cozumel, con gran éxito turístico, económico y de desarrollo regional,

con la implementación de una infraestructura digital que facilita la interacción e integración

del visitante con el entorno a través de las aplicaciones móviles, este modelo trabajo en áreas

de estrategia, administración, seguridad, salud, educación, cultura, sustentabilidad ambiental,

servicios sociales y de transporte”. 26 “En base a esta experiencia en el año 2017, la playa de

Palma en Mallorca, España, ha sido catalogado como uno de los destinos inteligentes,

pretendiéndose implementar una red de sensores inteligentes”. 27

Entonces, justificando decimos que;

a) Existe por lo tanto la necesidad de normar la accesibilidad de personas con discapacidad a

los espacios turísticos de forma obligatoria, si no es conciencialmente.

25 SEGITTUR (2017) - -Notas de Prensa, Documento/SEGITTUR analiza con México el impulso de destinos turísticos inteligentes, pág. 1.

26 EL SEMANARIO (2016) – prensa – Conoce algunos destinos turísticos inteligentes en México, pág. 1. 27FORBES LIFE – Semanario (2016 nov.6). Internet; http://www.forbes.com.mx/forbes-Life/destino-turistico-inteligente/

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b) Los beneficiarios son todos los actores involucrados con la regularización y adecuación de

todo el sistema turístico y por ende la afluencia y participación de personas

discapacitadas, satisfaciendo sus necesidades en su actividad turística, conforme a los

recursos turísticos existentes en el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

c) La presente propuesta de Proyecto de Ley Municipal para el Turismo accesible, es por una

necesidad social urbana y arquitectónica en la inclusión de las personas con discapacidad

que deriva de un análisis local y de contexto no excluyente o discriminatorio.

d) Los destinatarios y beneficiarios serán en primer lugar los turistas y/o personas nacionales

y extranjeros con discapacidad, pero sobre todo los residentes de la ciudad, como también

las empresas y/o agencias turísticas adecuando sus ofertas, y los responsables de promover

su ejecución será desde el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a través de sus

mecanismos, al igual que las agencias y los sitios turísticos.

2. Identificación del Problema.

En base a todo lo expuesto e investigado, y de acuerdo a los datos obtenidos tenemos la:

2.1 Formulación del Problema.

En las ciudades y destinos turísticos de Bolivia con actividades y perfil del turista, la

presencia de barreras arquitectónico urbanísticas, sociales y comunicacionales dificulta la

accesibilidad, el desplazamiento y la permanencia, por lo que es imprescindible

proporcionar al visitante con discapacidad la infraestructura e instalaciones necesarias de

accesibilidad, lograr la calidad de los servicios turísticos a través de una normativa que

regule las actividades turísticas en el municipio de La Paz.

El turista con discapacidad suele encontrarse lamentablemente con barreras que limitan u

obstaculizan el libre ejercicio de su derecho a disfrutar de las actividades turísticas.

Las cuales podemos clasificarlas en las siguientes:

e) Barreras físicas. las cuales podemos apreciarlas a simple vista y se destacan entre

otras los siguientes;

Entradas con gradas y/o escaleras, sin ramplas o algo parecido.

Accesos internos a la plantas altas por gradas y/o escaleras (no hay ascensores).

Falta de espacio para desplazamiento y/o ubicación en habitaciones

(restaurantes, comercios, medios de transporte, cabinas telefónicas), con excepción

de entidades financieras, los buses puma Katari y el teleférico.

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Baños no adaptados o poco espaciosos (altura de lavamanos, urinarios y otros).

Falta de lugares de estacionamiento exclusivamente para discapacitados.

Falta de ramplas en veredas y/o aceras, no se dan en todo el municipio de La Paz.

f) Barreras comunicacionales. algunas de ellas son:

Falta de guías y profesionales que puedan expresarse en lenguaje de señas.

Falta de material e indicaciones en Braille para su lectura por los no videntes.

Falta de carteles informativos adecuadas para las personas con discapacidad.

Falta de servicios de telefonía adaptados para este tipo de segmento.

Falta de medios y/o formas de comunicación, (ej. lenguaje a señas en canales de

televisión en el área de turismo).

Falta de capacitación a los profesionales turísticos en esta área de discapacidad.

g) Barreras sociales. Que según los resultados obtenidos en la presente investigación es

el mayor dilema y la principal, toda que existe rechazo hacia las personas

discapacitadas, son mal tratados o ignorados. Cuando el hecho de tener restringida

alguna de sus capacidades no les impide el ejercicio de sus derechos, entre ellos, el

libre goce de su tiempo libre en actividades turísticas y recreacionales.

h) Barreras legales o normativas. De acuerdo a la realidad nacional, departamental y

local en este caso, no existe una norma específica de regulación en cuanto a la

accesibilidad a los lugares o sitios turísticos.

No obstante, además de trabajar sobre el desarrollo del concepto de turismo accesible (diseño

arquitectónico y urbanístico sin barreras físicas para las personas discapacitadas) hay que

desarrollar políticas en cuanto al transporte e infraestructura adaptándolo a nuestra realidad,

ya que no existen destinos turísticos accesibles sin ciudades accesibles. Respecto de las

barreras sociales y comunicacionales, una adecuada preparación y capacitación de los

prestadores de servicios turísticos, puede significar un factor más que positivo para el

estímulo al turismo accesible en el municipio de La Paz.

El turismo accesible tampoco ha sido impulsado en general desde la órbita empresarial al

menos en el país, tampoco se ha atendiendo a las nuevas tendencias de mercado, que en gran

medida se le ha dado importancia en los países Europeos, México, EE.UU. y algunos países

de Latinoamérica, por lo tanto deberíamos comenzar a visualizar en dicho segmento, en una

oportunidad de diversificación de sus negocios auspiciados entre otros motivos por la escasez

de competencia a nivel de destinos turísticos, tipo de grupo de viaje ampliado y poca

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sensibilidad al precio de los servicios en relación a los beneficios. Sin embargo, se considera

que la planificación y gestión de un destino turístico accesible debe iniciarse y guiarse desde

el Estado, las Gobernaciones y/o los Municipios, articulando continuamente su accionar con

los principales actores sociales involucrados en el desarrollo turístico de la localidad.

En este sentido es necesario formular las siguientes preguntas de investigación:

¿Qué percepciones tienen los actores sociales involucrados sobre la discapacidad?

¿Qué percepciones tienen los actores sociales involucrados sobre el turismo accesible?

¿Existe conciencia de que en mayor o menor medida todos los seres humanos

vivenciamos de forma directa o indirecta la discapacidad?

¿Cuál es el papel del Estado, gobernación, municipios y TIOC´s para el desarrollo del

Turismo accesible?

¿Qué rol podría cumplir el turismo en favor de las personas con discapacidad?

El trabajo sobre estos ejes permitirá al finalizar, identificar los aspectos que resultan

significativos para considerar en el desarrollo de futuros destinos turísticos emergentes, los

existentes o para aquellos que se consideran consolidados, a que puedan y deseen incorporar

esta temática en sus acciones de diversificación de la oferta e inclusión social de las personas

con discapacidad residentes o no del lugar, y de forma obligatoria a través de una norma

jurídica municipal, propuesta del presente trabajo.

La transformación de un Centro Turístico Accesible, requiere por un lado de la eliminación de

sus barreras físicas (sean estas arquitectónicas y/o urbanísticas), comunicacionales y sociales

lo cual involucra tomar conciencia de que debemos garantizar la igualdad de oportunidades y

derechos durante el tiempo libre destinado al turismo y la recreación, y por nuestra

idiosincrasia boliviana necesitamos en cierta forma ser obligados a adecuar o readecuar dichas

infraestructuras turísticas, (caso ASFI que norma a los Bancos a que adecuen sus espacios

para los discapacitados, lo cual es un parche ante la problemática social de las personas con

capacidades diferentes).

3. Objetivos y Metas del proyecto.

3.1 Objetivo General.

Establecer la necesidad de una norma jurídica, mediante la exploración en las percepciones de

la comunidad local respecto al fenómeno del turismo accesible para las personas con

discapacidad y conforme a ello realizar y proponer el “Proyecto de Ley Municipal para el

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Turismo Accesible del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz” para la elaboración y

regulación normativa sobre el Turismo Accesible en el Gobierno Autónomo Municipal de La

Paz – Provincia Murillo.

3.2 Objetivo Específico.

1) Examinar sobre las experiencias vinculadas o asociadas a la inclusión social de personas

con discapacidad al sistema turístico del municipio de La Paz.

2) Analizar en las opiniones e intervenciones de diferentes instituciones respecto a la

accesibilidad y el turismo accesible.

3) Identificar sectores potencialmente aptos para el turismo accesible.

3.3 Metas del Proyecto de Ley Municipal para el turismo accesible-municipio La Paz.

1. Consideración y aprobación; de la propuesta del Proyecto de Ley Municipal de

Turismo Accesible, por el Consejo Municipal de la Ciudad de La Paz.

2. Vigencia y publicación; es decir que una vez aprobado por el Concejo Municipal,

este debe entrar en vigencia dentro de la jurisdicción del Municipio de La Paz y su

publicación y/o conocimiento de todos los habitantes del Municipio, otros municipios

del departamento de La Paz, además de otros departamentos y municipios de Bolivia.

3. El cumplimiento con la Ley Municipal; por parte de las empresas y/o agencias

turísticas, así como la adecuación y/o modificación en cuanto a la infraestructura

arquitectónica del Municipio de La Paz, a fin de lograr un turismo accesible.

4. Promover a través de la ley, acciones de concientización; a los estantes y habitantes

del Municipio de La Paz, con relación a las personas con discapacidad y su inclusión

al turismo accesible.

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CAPITULO II

METODOLOGIA

La presente investigación busca desde la óptica científica jurídica profundizar en el

conocimiento de un fenómeno social como es la actividad del turismo accesible, que se

presenta como incipiente en el municipio de La Paz – Provincia Murillo (e inclusive a nivel

nacional), sobre el cual no se conocen muchas características con relación al turismo accesible

para las personas con discapacidad.

Es así que en el presente proyecto, se utilizaron técnicas e instrumentos de recolección de

información, a fin de obtener datos de manera ordenada y sistemática, que nos permitieron

desarrollar y proponer el presente proyecto de Ordenanza Municipal para el Turismo

accesible. En síntesis podemos indicar que:

El problema crítico es que no existe accesibilidad en ciudades y destinos turísticos para las

personas con discapacidad. Por lo tanto, existe la necesidad de normar jurídicamente la

adecuación de los centros turísticos ya existentes y el cumplimiento normativo de los que

vayan a crearse conforme a las necesidades de los discapacitados y de igual modo

readecuarse los ya existentes.

Este problema de accesibilidad a los lugares y/o sitios turísticos, será puesto en

conocimiento a la Dirección de Promoción Turística del Gobierno Autónomo Municipal

de La Paz, las Agencias de Turismo, las personas con discapacidad y otros involucrados

en el sistema turístico.

Asimismo, acudió a expertos para hacer conocer esta problemática a fin de conocer sus

puntos de vista y como mejorar y coadyuvar al turismo accesible.

El o los problemas relevantes identificados son: la falta de percepciones tienen los actores

sociales involucrados sobre la discapacidad y sobre el turismo accesible, la falta de

conciencia de que en mayor o menor medida tenemos de forma directa o indirecta sobre la

discapacidad, y cuál es el papel del Estado, gobernación, pues como municipio no

tenemos una forma y/o manera legal de poner a disposición los centros turísticos a las

personas con discapacidad.

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También conforme a los datos del INE, se analizó en porcentajes el número de

discapacitados existentes en Bolivia, así como de la ciudad de La Paz, la demanda y oferta

probable para este sector.

1. Técnicas e instrumentos de recolección de información; Cabe mencionar que en la

presente investigación se utilizó el Muestreo no Probabilístico, tipo muestreo consecutivo,

a fin de hacer las entrevistas a un grupo de muestra relacionado con el tema.

f) Entrevista.- Se recurrió a diversas estrategias que permiten el abordaje de aspectos

sumamente subjetivos y basados en opiniones y percepciones de los sujetos involucrados.

Las unidades de estudio han sido definidas como aquellas personas que revisten el

carácter de representantes institucionales, es decir dirigentes de las Federaciones y

Asociaciones que agrupan a las personas con capacidades diferentes, (no videntes, silla de

ruedas, sordo mudos) quienes conocen de cerca su propia realidad. Así como a familiares

de éstas que dan cuenta de sus experiencias de vida donde se abordan aspectos diversos

que responden a los objetivos propuestos por esta investigación. Estos grupos de

entrevistados comprenden también a: empresas, agencias y/o operadoras turísticas,

Hospedajes y Hoteles, Museos e Instituciones gubernamentales y a las personas con

capacidades diferentes. Datos que resultaron del diseño de las boletas (ver anexo Nro. 1)

de entrevistas, es así que el sector de hospedaje por ejemplo, señalan que sus ambientes de

infraestructura no son los adecuados para las personas con discapacidad, que en algunos

casos, en el que se presentó una persona con discapacidad, tuvieron que improvisar en el

servicio, por ejemplo una silla de plástico dentro la ducha para tomar su baño, y la altura

de del lavamanos entre otros. Por su parte las agencias y/u operadoras turísticas de

acuerdo al caso y la gravidez de la discapacidad prefieren derivarlos a otras empresas

como BOA en el caso de transporte por aire, o rechazarlos en el servicio a fin de evitarse

complicaciones y riesgos, por otro lado, los museos existentes en el Municipio de La Paz,

ven con buenos ojos la existencia de una ley sobre turismo accesible, señalan que se

solicitaría más recursos para implementar esta adecuación y/o modificación en la

infraestructura, e implementar nuevos métodos tecnológicos sobre la descripción del

museo, así también, los propios involucrados como son las personas con discapacidad,

señalan que durante sus experiencias de visita a diferentes lugares han tropezado con una

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serie de dificultades en cuanto a la infraestructura por su accesibilidad, el trato de las

personas hacia ellos, y la dificultad de transportarse por la ciudad.

g) Entrevista a expertos.- Se considera que el abordaje cualitativo es el adecuado para este

tipo de investigación. El mismo resulta un proceso de indagación y comprensivo de

problemas sociales, basado en una mirada holística, donde se reportan los puntos de vista

de los informantes con cierta experiencia para el caso temático y no se pretenden obtener

conclusiones firmes, ni ser generalizado a toda la población; es más bien un proceso de

descubrimiento que permite adquirir una mejor comprensión acerca del objeto de estudio.

En este caso se acudió de forma directa a los propietarios y administradores de las

agencias turísticas como Summa Ltda, Magic Bolivia, Ideal Tours SRL, Turismo

KOLLA, ABOTOUR Ltda., Turismo CATACORA SRL, Chalalan Tours, Huayna Potosí

Tours entre otros, tal cual se puede evidenciar en anexos de la presente investigación, se

entrevistó también a los propietarios administradores y/o gerentes de los hoteles como

Hotel Gloria, Hotel Torino, Hotel Majestic, Hostal Copacabana, Hotel Sagarnaga,

hospedaje Sol Andino, Hotel la Joya, Hotel Pando, Hotel Latino, entre otros conforme a

anexos. También se entrevistó a los administradores de los Museos existentes en el

Municipio de La Paz, a la Agencia de Turismo BOLTUR a cargo de la ejecutiva Lic.

Lourdes Omoya, el Viceministerio de Turismo a cargo de la Lic. Ruth Suxo Martínez, y

Secretaria de Turismo por parte de la Gobernación de La Paz Lic. Gregorio Quetty

Medina.

Asimismo, a las instituciones representativas de las personas con discapacidad, como la

Directora del Centros Luis Braille Lic. Nancy Valencia, el Director del Instituto de la

Ceguera Sr. Edwin Ilaya Pérez, Director del CONALPEDIS Dr. Behimar Chan Munzon

del Ministerio de Justicia, la Secretaria Ejecutiva de FENACIEBO Sra. María del Carmen

Vera Velásquez entre otros conforme a anexos.

h) Observación.- Para ello, se considera adecuado abordar la temática desde un esquema

exploratorio, se parte desde la observación del fenómeno in situ, es decir de aquellos

centros turísticos existentes en el municipio de La Paz, como los museos, parques

temáticos como el cactareo, el valle de las animas y otros, con el objeto de observar si los

mismos son o no son accesibles para las personas con discapacidad.

Por lo tanto, hemos identificado como unidad de análisis al Municipio de La Paz, La

misma es de tipo colectivo y está compuesta por miembros que tienen vinculación directa

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con la inclusión de personas con discapacidad al desarrollo de la actividad turística local.

Así como al sector empresario de agencias turísticas, hoteleras y otros, como parte del

sistema turístico.

i) Revisión documental y bibliográfica.

En Primera instancia, se realizó una revisión documental y bibliográfica sobre los

antecedentes existentes o no a cerca del turismo accesible en el País.

Como segundo paso, se revisó documental y bibliográficamente sobre esta actividad

turística en los Países vecinos como Argentina, Brasil, Perú y Colombia,

Seguidamente y de igual modo se revisó esta actividad del turismo accesible en

algunos países Europeos, que es donde más se practica esta actividad.

Luego se vio la normativa legal existente en el Estado Boliviano sobre los

discapacitados y la actividad turística.

Algunas legislaciones extranjeras al respecto.

e) Limitaciones.

A momento de empezar la presente investigación, se tropezó con la búsqueda de

información local sobre el tema, puesto que las escasas publicaciones en libros existentes

en relación al Turismo accesible se ha convertido en una limitación, de modo que hace

necesario la búsqueda de información por medio de internet, diarios, revistas, folleros,

boletines, informes y otros, o bien a través de fuentes primarias. Por otra parte existe

abundante información sobre la discapacidad pero enfocada desde otras disciplinas como

por ejemplo desde el deporte exclusivamente, pero no desde la actividad turística, lo cual

también es una limitación para la presente investigación.

2. Organización para el levantamiento de información.- A fin de obtener los datos

necesarios y fidedignos correspondientes a la realidad social municipal, conforme a las

técnicas e instrumentos de recolección de la información descritas con anterioridad, nos

llevó más de dos años de recolectar estos datos, otra factor que influyó de forma negativa

en el presente trabajo, fue el aspecto político, ya que por el periodo de casi un año se

dedicó a las elecciones municipales y gubernamentales y otro año a las elecciones

nacionales, razón por la cual existía cambio de autoridades y otros un tanto reacios a la

entrevista sobre el Turismo Accesible, aspectos que dificultaron y prolongaron los

resultados de la presente investigación.

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Asimismo, al interior del Gobierno Municipal de La Paz, hubo un cambio de

denominaciones de las diferentes unidades a secretarias, lo cual también llevo a modificar

los conceptos del presente trabajo, y sobre todo el cambio de Ordenanza Municipal a Ley

Municipal, que es el que está vigente, razón por la que a pesar de estos inconvenientes en

el tiempo, el presente trabajo se ha enriquecido en cuanto a su contenido sobre la actividad

del Turismo Accesible.

3. Análisis de datos.- En referencia a la estrategia de análisis de datos, se puede afirmar que

la misma no se dio en un momento definido como único, de hecho y conforme a las

características del abordaje cualitativo, el análisis es transversal en su dimensión temporal

a todo el proceso de investigación. De modo esquemático se presenta la estrategia de

análisis de los datos relevados que luego se plasmaron como resultados en cuadros de

análisis y estadística de cuanto es o será el porcentaje de personas con discapacidad a

nivel nacional y solo como municipio de La Paz. Así también, otros cuadros indicaran el

porcentaje de centros turísticos que son aptos y potenciales para esta actividad, más las

entrevistas efectuadas.

En síntesis se puede decir que en función a los objetivos y al abordaje metodológico de la

presente investigación, se han recurrido a dos tipos de fuentes a las cuales corresponden

diferentes técnicas de recolección de la información:

Fuentes Primarias:

Entrevistas en profundidad semi estructurada.

Observación no participante.

Fuentes Secundarias:

Análisis de documentación de fuentes referidas al tema, libros y otro tipo de muestras

iconográficas no proyectables y proyectables (fotografías, videos y archivos de sonidos).

Análisis de contenidos: revisión de diarios, revistas y publicaciones con noticias que

hagan referencia a experiencias vinculadas a la temática.

Revisión bibliográfica de material normativo jurídico con referencia a la temática.

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CAPITULO III

MARCO TEORICO CONCEPTUAL Y LEGAL

Considerando que en el presente proyecto de Ley Municipal, comprende el aspecto turístico y

las personas con capacidades diferentes, todo ello de acuerdo a la metodóloga explicada en el

capítulo anterior, se estableció que el marco conceptual en primera instancia se refiere a

términos conceptuales sobre la discapacidad y en segunda instancia a definiciones en materia

turística;

1. Son definiciones aplicables a las personas con discapacidad, las siguientes:

Discapacidad. Es el resultado de la interacción de la persona, con deficiencias de función

físicas, psíquicas, intelectuales y/o sensoriales a largo plazo o permanentes, con diversas

barreras físicas, psicológicas, sociales, culturales y comunicacionales28.

Trato Preferente. Son las acciones integradoras que procuran eliminar las desventajas de

las personas con discapacidad, garantizando su equiparación e igualdad con el resto de las

personas con carácter de primacía29.

Personas con Discapacidad. Son aquellas personas con deficiencias físicas, mentales,

intelectuales y/o sensoriales a largo plazo o permanentes, que al interactuar con diversas

barreras puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de

condiciones con las demás30.

Deficiencia. Son problemas en las funciones fisiológicas o en las estructuras corporales de

una persona. Pueden: consistir en una perdida, defecto, anomalía o cualquier otra

desviación significativa respecto a la norma estadísticamente establecida31.

Personas con Discapacidad Física - Motora. Son las personas con deficiencias

anatómicas y neuro musculo funcionales causantes de limitaciones en el movimiento32.

Personas con Discapacidad Visual. Son las personas con deficiencias anatómicas y/o

funcionales; causantes de ceguera y baja visión33.

28 Plaza & Janes (2008) Diccionario Académico de la Medicina, Colombia (página 45). 29 Plaza & Janes (2008) Diccionario Académico de la Medicina, Colombia (página 373). 30 Collocott T. (1979) “Diccionario científico y tecnológico”. Barcelona: Ediciones Omega S.A. (página 55) 31 Plaza & Janes (2008) Diccionario Académico de la Medicina, Colombia (página 41). 32 Collocott T. (1979) “Diccionario científico y tecnológico”. Barcelona: Ediciones Omega S.A. (página 55) 33 Collocott T. (1979) “Diccionario científico y tecnológico”. Barcelona: Ediciones Omega S.A. (página 58)

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Personas con Discapacidad Auditiva. Son las Personas con perdida y/o limitación

auditiva en menor o mayor grado. A través del sentido de la visión, estructura su

experiencia e integración con el medio. Se enfrenta cotidianamente con barreras de

comunicación que impiden en cierta medida su acceso y participación en la sociedad en

igualdad de condiciones que sus pares oyentes34.

Personas con Discapacidad Intelectual. Son las personas caracterizadas por deficiencias

anatómicas y/o funcionales del sistema nervioso central, que ocasionan limitaciones

significativas tanto en el funcionamiento de la inteligencia y el desarrollo psicológico35.

Personas con Discapacidad Mental o Psíquica. Son personas que debido a causas

biológicas, psico-dinámicas o ambientales son afectadas por alteraciones de los procesos

cognitivos, lógicos, volitivos, afectivos o psicosociales que se traducen en trastornos del

razonamiento, de la personalidad, del comportamiento, del juicio y comprensión de la

realidad, que les dificultan adaptarse a ella y a sus particulares condiciones de vida, además

de impedirles el desarrollo armónico de relaciones familiares, laborales y sociales, sin tener

conciencia de la enfermedad psíquica36.

Discapacidad Múltiple. Son aquellas generadas por múltiples deficiencias sean estas de

carácter físico, visual, auditivo, intelectual o psíquica37.

Grado de Discapacidad Leve. Calificación que se refiere a personas con síntomas, signos

o secuelas existentes que justifican alguna dificultad para llevar a cabo las actividades de la

vida diaria, pero son compatibles con la práctica de las mismas38.

Grado de Discapacidad Moderada. Calificación que se refiere a personas con síntomas,

signos o secuelas que causan una disminución importante o imposibilidad de la capacidad

de la persona para realizar algunas de las actividades de la vida diaria, siendo

independiente en las actividades de auto cuidado39.

Grado de Discapacidad Grave. Calificación que se refiere a personas con síntomas,

signos o secuelas que causan una disminución importante o imposibilidad de la capacidad

de la persona para realizar la mayoría de las actividades de la vida diaria, pudiendo estar

34 Collocott T. (1979) “Diccionario científico y tecnológico”. Barcelona: Ediciones Omega S.A. (página 59) 35 Collocott T. (1979) “Diccionario científico y tecnológico”. Barcelona: Ediciones Omega S.A. (página 60) 36 Collocott T. (1979) “Diccionario científico y tecnológico”. Barcelona: Ediciones Omega S.A. (página 61) 37 Masson S.A (1998) “Diccionario terminológico de ciencias médicas”. Barcelona, (página 65). 38 Masson S.A (1998) “Diccionario terminológico de ciencias médicas”. Barcelona, (página 68). 39 Masson S.A (1998) “Diccionario terminológico de ciencias médicas”. Barcelona, (página 70).

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afectada alguna de las actividades de autocuidado, requiriendo asistencia de otra persona

para algunas actividades40.

Grado de Discapacidad muy Grave. Calificación que se refiere a personas con síntomas,

signos o secuelas que imposibilitan la realización de las actividades de la vida diaria y

requiere asistencia permanente de otra persona41.

Inclusión Social. Es el proceso socioeconómico complejo, multifactorial y

transdisciplinario que vincula el desarrollo de capacidades de todos los miembros de la

sociedad con el acceso igualitario a oportunidades a lo largo del ciclo vital, y con ello, el

acceso al bienestar, a redes de relaciones y al ejercicio de la ciudadanía42.

Educación Inclusiva. La educación debe dar respuesta a la diversidad de adaptaciones

físicas, curriculares y personas de apoyo buscando mayor participación en el aprendizaje,

las culturas y las comunidades para reducir la exclusión de la educación43.

Inclusión Laboral. Derecho al empleo integrado en empresas normalizadas y adaptados,

es decir, empleo exactamente igual y en las mismas condiciones y equiparación de

oportunidades, de remuneraciones, horarios y beneficios sociales que el de cualquier otro

trabajador o trabajadora sin discapacidad, en instituciones públicas o privadas donde la

proporción mayoritaria de empleados no tenga discapacidad alguna44.

Rehabilitación Basada en la Comunidad. Estrategia de igualdad de oportunidades,

reducción de pobreza e integración social de los discapacitados en su propia comunidad45.

Desarrollo Inclusivo Basado en la Comunidad. Diseño e implementación de acciones y

políticas en su propia comunidad para el desarrollo socioeconómico y humano, procurando

igualdad de oportunidades y derechos para todos, independientemente de su condición

social, género, edad, condición física, intelectual, sensorial o mental, culturas, religión,

opción sexual, en equilibrio con su medio ambiente.46

Lengua de signos: Son las lenguas o sistemas lingüísticos de carácter visual, espacial,

gestual y manual, utilizadas tradicionalmente como lenguas por las personas sordas, con

discapacidad auditiva y sordo ciegas. 47

40 Masson S.A (1998) “Diccionario terminológico de ciencias médicas”. Barcelona, (página 72). 41 Masson S.A (1998) “Diccionario terminológico de ciencias médicas”. Barcelona, (página 73). 42 Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, (1999) “Diccionario Esencial de las Ciencias”. Madrid: Espasa Calpe S.A. (pág. 92). 25 Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, (1999) “Diccionario Esencial de las Ciencias”. Madrid: Espasa Calpe S.A. (pág. 89). 26 Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, (1999) “Diccionario Esencial de las Ciencias”. Madrid: Espasa Calpe S.A. (pág. 91)

27 Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, (1999) “Diccionario Esencial de las Ciencias”. Madrid: Espasa Calpe S.A. (pág. 52). 28 Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, (1999) “Diccionario Esencial de las Ciencias”. Madrid: Espasa Calpe S.A. (pág. 58).

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

30

Personas sordas: Son aquellas que padecen una pérdida auditiva, en mayor o menor

grado, y que encuentran en su vida cotidiana barreras de comunicación. El término

sordomudo es incorrecto y ha caído en desuso. Las personas sordas pueden comunicarse

perfectamente a través de la lengua de signos y acceder a la lengua oral y al habla (cada

cual en función de sus habilidades)48.

Personas con sordo ceguera: Son aquellas personas con un deterioro combinado de la

vista y el oído que dificulta su acceso a la información, a la comunicación y habilidades

necesarias para una vida mínimamente autónoma, requiriéndose servicios especializados,

personal específicamente formados para su atención y métodos de comunicación49.

Usuario o usuaria de la lengua de signos: Persona que utiliza la lengua de signos para

comunicarse50.

Intérprete de lengua de signos: Es aquel profesional que interpreta y traduce la

información de la lengua de signos a la lengua oral y escrita y viceversa con el fin de

asegurar la comunicación entre las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordo

ciegas, que sean usuarias de esta lengua, así como en su entorno social51.

Guía-intérprete: Profesional que desempeña la función de intérprete y guía de la persona

sordo ciega, realizando las adaptaciones necesarias, sirviéndole de nexo con el entorno y

facilitando su participación en igualdad de condiciones52.

Vida independiente: la situación en la que la persona con discapacidad ejerce el poder de

decisión sobre su propia existencia y participa activamente en la vida de su comunidad,

conforme al derecho al libre desarrollo de la personalidad53.

Normalización: el principio en virtud del cual las personas con discapacidad deben poder

llevar una vida normal, accediendo a los mismos lugares, ámbitos, bienes y servicios que

están a disposición de cualquier otra persona54.

Accesibilidad universal: la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes,

productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos,

para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de

29 Cervera C. (2005) “Diccionario médico y abreviaturas de uso frecuente en neurología”. Barcelona: Nexus Médica. (página 39).

30 Cervera C. (2005) “Diccionario médico y abreviaturas de uso frecuente en neurología”. Barcelona: Nexus Médica. (página 76) 31 Cervera C. (2005) “Diccionario médico y abreviaturas de uso frecuente en neurología”. Barcelona: Nexus Médica. (página 52). 32 Cervera C. (2005) “Diccionario médico y abreviaturas de uso frecuente en neurología”. Barcelona: Nexus Médica. (página 41). 33 Cervera C. (2005) “Diccionario médico y abreviaturas de uso frecuente en neurología”. Barcelona: Nexus Médica. (página 25). 50 Cervera C. (2005) “Diccionario médico y abreviaturas de uso frecuente en neurología”. Barcelona: Nexus Médica. (página 20).

53 Raimundo M. (2001) Nuevo diccionario latino-español etimológico. Madrid, (página 33). 54 Raimundo M. (2001) Nuevo diccionario latino-español etimológico. Madrid, (página 102)

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seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Presupone la

estrategia de diseño para todos y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que

deban adoptarse para la accesibilidad, tanto en espacios culturales y naturales55.

Diseño para todos: la actividad por la que se concibe o proyecta, desde el origen, y

siempre que ello sea posible, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos,

instrumentos, dispositivos o herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas

las personas, en la mayor extensión posible, y de manera especial para las personas con

capacidades diferentes o de movilidad reducida56.

2. Son definiciones aplicables a la actividad turística, las siguientes:

Turista.- Toda persona que se desplaza a un lugar distinto al de su entorno habitual, que

permanece una noche por lo menos y no más de un año, en un medio de alojamiento

colectivo o privado en el lugar visitado y cuya finalidad principal del viaje no sea la de

ejercer una actividad que se remunere en dicho lugar. Turismo o actividad turística.-

Son actividades que realizan las personas durante viajes en lugares distintos al de su

habitual residencia, por un periodo inferior a un año, con fines de recreación o descanso

(ocio cultura, salud, eventos, convenciones o negocios) 57.

Por otro lado la Organización Mundial de Turismo, define que: “El Turismo es el

desplazamiento afuera del lugar de residencia habitual, por un periodo mínimo de 24 hrs.

(es decir una noche como mínimo) y como máximo 90 días, y que en dicho desplazamiento

debe ser de carácter no lucrativo” 58.

Turismo Accesible.- El 27 de septiembre de 1980, en Manila (Filipinas), a través de la

Declaración de Manila, realizada por la Organización Mundial del Turismo (OMT), se

asocia por primera vez el término turismo al de accesibilidad. Esta declaración reconocía el

turismo como un derecho fundamental y vehículo clave para el desarrollo humano, así

como recomendaba a los estados miembros la reglamentación de los servicios turísticos

apuntando los detalles más importantes sobre accesibilidad turística.

55 Raimundo M. (2001) Nuevo diccionario latino-español etimológico. Madrid, (página 12) 56 Dorland B. (1992) “Diccionario enciclopédico de arquitectura (2 vols.). Madrid: McGraw-Hill, (página 76). 57 Monasterio M. (2006), “El turismo como fenómeno social” (página 73). 58 OMT Organización Mundial del Turismo, (1980 septiembre 27) “Declaración de Manila”, Manila-Filipinas (Página 18).

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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Estas recomendaciones quedaron reflejadas en su documento “Para un turismo accesible a

los minusválidos en los años 90”59.

Turismo accesible.- Este concepto adquiere una importancia relevante en 1989, cuando un

grupo de expertos británicos en turismo y discapacidad publican el informe “Tourism for

all”. Este informe estudiaba los progresos que se habían alcanzado desde el Año

Internacional de los Minusválidos, teniendo como objetivo fomentar en el seno de la

industria turística el diseño de servicios destinados a todo el mundo, independientemente

de su edad o discapacidad.

Turismo accesible: Aquel que garantiza el acceso de las persones con discapacidad a las

infraestructuras y los servicios de la industria turística. El turismo accesible está creciendo

y la oferta para personas con algún tipo de discapacidad es cada vez mayor.

En lo referente a turismo se entiende a la accesibilidad turística.- Como la cualidad

que tienen el conjunto de espacios relacionados con el turismo para que cualquier persona,

incluso las afectadas de discapacidad o de movilidad o comunicación reducida, pueda

llegar a todos los lugares y edificios que desee sin sobreesfuerzos, acceder a los

establecimientos en los que se ofrecen establecimientos turísticos y poder, en caso de

emergencia, evacuarlos en condiciones de seguridad, y hacer uso de las instalaciones y

servicios que prestan en dichos establecimientos turísticos con comodidad.

Sin embargo, durante la investigación, se advirtió que existen numerosas definiciones

sobre turismo accesible y con ello también existen diferentes posturas de implicancia en

tales definiciones. Otras dos definiciones que no es menos importante y que tiene ciertos

aportes académicos, por los proponentes: Menor Monasterio y Antón, donde se acentúa

que la práctica turística debe ser pensada en un sentido amplio y sin restricciones, y que a

la letra dice: “Aquella forma de turismo que planea, diseña y desarrolla actividades de ocio

y tiempo libre de manera que puedan ser disfrutadas por todas las personas, con

independencia de sus condiciones físicas, sociales o culturales”60

“El turismo como fenómeno social concierne a prácticamente a toda nuestra sociedad

donde las personas con discapacidad comparten los mismos anhelos que los demás en

cuanto al disfrute de su tiempo libre. Las demandas de ocio de las personas con

59 OMT Organización Mundial del Turismo, (1980 septiembre 27) “Declaración de Manila”, Manila-Filipinas (Página 18). 60 Monasterio M. (2006), “El turismo como fenómeno social” (página 31).

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discapacidad son las correspondientes a su edad y condición social, pero se ven

frecuentemente truncadas por las dificultades impuestas por el entorno”61

Turismo para todos.- Se define como aquella forma de turismo que planea, diseña y

desarrolla actividades turísticas de ocio y tiempo libre de manera que puedan ser

disfrutadas por toda clase de personas con independencia de sus condiciones físicas,

sociales o culturales.

El espacio turístico.- Se puede considerar al espacio turístico como el sustento territorial

donde tienen lugar las prácticas turísticas recreativas. El mismo puede clasificarse en

función a su jurisdicción puede ser nacional, provincial o municipal. Otro criterio para

dimensionar el espacio puede ser diferenciándolo en base a sus características de desarrollo

en espacio urbano, peri-urbano o rural 62.

El espacio público.- Es un concepto jurídico: que indica que es un espacio sometido a una

regulación específica por parte de la administración pública (propietaria) o que posee la

facultad de dominio del suelo, y que garantiza su accesibilidad a todos y fija las

condiciones de su utilización y de actividades. Agrega también que “el espacio público

también tiene una dimensión sociocultural. Es un lugar de relación y de identificación, de

contacto entre gentes, de animación urbana, a veces de expresión comunitaria” 63.

Accesibilidad.- el concepto encuentra su razón de ser al reflexionarse sobre la

configuración objetiva del espacio urbano o sistema urbano y del sistema físico ambiental.

Se puede afirmar que la accesibilidad surge como un criterio a tener en cuenta en la

planificación de los espacios y de las actividades sociales, considerando a priori que

muchos de los espacios, sean públicos o privados, no permiten el acceso y tránsito a la

totalidad de la población. La accesibilidad es un conjunto de actitudes, situaciones y

procedimientos en donde se incluye al medio físico. Es decir, que la sociedad a la que

pertenecen los individuos con alguna funcionalidad reducida debe ser la que

responsablemente ofrezca las soluciones en esta materia 64.

Barreras.- El concepto de barreras está muy ligado al de accesibilidad, las cuales podemos

clasificarlas en: 65

61 Monasterio M. (2006), “El turismo como fenómeno social” (página 32). 62 Monasterio M. (2006), “El turismo como fenómeno social” (página 34). 63 Monasterio M. (2006), “El turismo como fenómeno social” (página 36). 64 Monasterio M. (2006), “El turismo como fenómeno social” (página 37). 65 Monasterio M. (2006), “El turismo como fenómeno social” (página 40).

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a) Barreras Físicas. Cuando se observa la necesidad de mejorar la accesibilidad urbana,

la misma se entiende bajo la condición sine qua non de que existen en el espacio

urbano barreras a eliminar. De no existir barreras la accesibilidad sólo tendría sentido

como un atributo más del espacio.

b) Barrera Comunicacionales. Muchas de las personas “normales” en algunas

ocasiones no saben cómo comunicarse con las personas sordomudos por ejemplo, con

los de discapacidad mental, e inclusive con los físicos, ya que todos ellos tienen una

forma diferente de ver la realidad de su entorno, por lo que al interactuar con los

demás, a veces existe malos tratos, es por ello que se vio la necesidad de utilizar

necesariamente el lenguaje de señas, el sistema Braille en distintas formas,

brindándose una comunicación total.

c) Barreras sociales. Es el rechazo de la sociedad, así como de los familiares allegados

haca la persona con discapacidad. Teniéndolos en muchas de las ocasiones encerrados

en sus habitaciones, aislándolos de todo contacto. Lo cual es la falta de conciencia y

concientización social para con estas personas con discapacidad.

d) Barreras legales o normativas. En base a todo lo señalado y la realidad nacional,

departamental y local en este caso, tampoco existe una normativa específica de

regulación en cuanto a la accesibilidad a los lugares o sitios turísticos, tomando en

cuenta que en materia turística aún nos falta mucho por normar, lo que simplemente se

hizo a nivel citadino por parte del municipio es crear un paso a desnivel en las

esquinas de las aceras para las personas con silla de ruedas y aceras con canales para

los no videntes y el pitido de los postes para cruzar las calles, que por cierto a la fecha

ya están en mal funcionamiento, por otro lado ASFI la máxima entidad de la Banca

Financiera mediante norma instruyo a todos los Bancos financieros a colocar ramplas

de accesibilidad para ingresar a las cajas y realizar sus transacciones. Empero

recientemente mediante la LUSU (Ley de Uso de Suelos) del Municipio de La Paz

(anteriormente USU - Uso de Suelos), se encargó de establecer parámetros

internacionales para las futuras construcciones y/o edificaciones que se realizaran en la

ciudad, justamente previendo estas ramplas, pero aun así, aun quedamos cortos, toda

vez que la LUSU solo reglamenta la accesibilidad a dichas edificaciones, mas no así a

nivel turístico y menos para otras personas con capacidades diferentes, como los no

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videntes con la utilización del sistema braille, los sordo mudos con la buena

señalización entre otros.

La infraestructura y las instalaciones turísticas deben ser accesibles: los turistas con

discapacidad por lo general saben - y aceptan, resignadamente - que los niveles de

accesibilidad no son los óptimos, y que los costos asociados obstaculizan muchas

veces el avance hacia una accesibilidad universal, ya que en el mejor de los casos

están acompañados por algún familiar quien los ayuda, pero al narrar su experiencia

hacia sus pares, una gran mayoría deciden no hacer turismo o salir de la ciudad,

conforme lo expresaron los entrevistados en la presente investigación.

Turismo Armónico y Sustentable.- Es un modelo de desarrollo turístico, cuya base

descansa en la generación de recursos económicos, que sostengan la actividad turística y

cuyo objetivo es rescatar y proteger los recursos naturales y culturales de una región,

precautelando la estabilidad de los ecosistemas, generando beneficios sociales y

económicos, en los niveles de vida para todos los actores involucrados, a partir del racional

aprovechamiento y conservación de estos recursos 66.

Patrimonio.- Etimológicamente hace referencia al conjunto de bienes que se heredan del

padre o la madre, en materia Jurídica, sin embargo la real academia dice que el patrimonio

representa una universalidad constituida por el conjunto de derechos y obligaciones que

corresponden a una persona (individual) o ente jurídico (persona abstracta) y que pueden

ser apreciables en dinero 67.

Patrimonio Natural.- Es aquella reserva natural, con opción turística en un espacio

natural protegido, situado en algún lugar geográfico de un Estado, y cuente con un área

natural protegida y como reserva natural turística, cuyo objetivo sea la explotación. En

síntesis; es el conjunto de parajes naturales y culturales a los cuales la humanidad da un

valor especial y por lo tanto los hace objeto de una protección específica.

Por otro lado, se entiende por patrimonio natural el concepto emitido por la convención

sobre la protección del patrimonio mundial cultural y natural que señala a68:

66 Wallingre N. y Toyos Mónica. (2010), “Diccionario de turismo. Hotelería y transportes” (página 27). 67 Larousse. (2016), “Diccionario de la gran Lengua Española” (página 73). 68 Larousse. (2016), “Diccionario de la gran Lengua Española” (página 75).

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Los monumentos naturales constituidos por formaciones físicas y biológicas o por

grupos de esas formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el punto

de vista estético o científico.

Las formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas que

constituyan el habitad de especies, animal y vegetal, amenazadas, que tengan un valor

universal excepcional desde el punto de vista estético o científico.

Los lugares naturales o las zonas naturales estrictamente delimitadas, que tengan un

valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia, de la conservación o

de la belleza natural.

Patrimonio de la Humanidad.- Se extiende al conjunto del planeta, una noción del

derecho romano que define el patrimonium como “bien heredado, que se transmite de

padres y madres a hijos”. Esta mundialización de la noción es una aplicación a escala

planetaria y de la humanidad de los principios de la Declaración Universal de los DD.HH.

El concepto de Patrimonio de la Humanidad fue reconocido oficialmente por la

Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura de la Naciones Unidas (UNESCO)

de Paris en 1972 y entro en vigencia en 1975. Una convención internacional fija el marco

administrativo y financiero para la protección del “Patrimonio de la Humanidad Cultural y

Natural” que está formado por “los monumentos, conjuntos y parajes que poseen un valor

universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia, y por

monumentos naturales, formaciones geológicas, parajes naturales que poseen un valor

excepcional desde un punto de vista estético o científico”69.

Patrimonio cultural.- Al igual que el concepto anterior, entendemos como patrimonio

cultural a toda aquella expresión cultural de la humanidad, en todas sus facetas, con sus

costumbres, creencias etc. Sin embargo la Convención sobre la protección del patrimonio

mundial cultural y natural que señala la siguiente definición:

Los monumentos: Obras arquitectónicas, de escultura o de pinturas monumentales,

elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de

elementos que tengan un valor universal excepcional, desde un punto de vista de la

historia, del arte o de la ciencia.

69 UNESCO (1975) “Convención Internacional sobre Patrimonio de la Humanidad”, reconocido oficialmente por la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura de la Naciones Unidas en Paris en 1972, (Página 45).

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Los conjuntos: grupos de construcciones, aisladas o reunidas, cuya arquitectura,

unidad de integración en el paisaje les dé un valor universal excepcional desde el

punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia.

Los lugares: obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza así como

las zonas, incluidos los lugares arqueológicos que tengan valor universal excepcional

desde el punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico.

Protección del Patrimonio Cultural.- Conjunto de acciones que garantizaran la

conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico, cuyo fin es evitar la destrucción

de algún yacimiento arqueológico, paleontológico o cultural, que se suelen realizar en las

prospecciones previas al movimiento de tierras. Si se detectan restos de interés o bien se

sabe de su existencia con anterioridad, en todo caso se promoverá el enriquecimiento del

patrimonio 70.

Preservación.- Viene del latín preservare, es proteger, resguardar anticipadamente a una

persona, animal o cosa, de algún daño o peligro71.

Preservación histórica y educación.- La preservación histórica es un proceso por el cual

se busca identificar y conservar, estructuras, sitios con valor histórico, cultural,

arquitectónico, arqueológico o educacional, uso, educación, observación y placer. Por ende

en caso de ser demolidos o alterados, representarían una pérdida irremplazable a la calidad

de vida y carácter de opción turística72.

Conservación y/o mantenimiento.- Proviene del latín conservare, es mantener algo o

cuidar de su permanencia, es el conjunto de operaciones para el mantenimiento, cuidado

necesario para que instalaciones, edificios, industrias etc. puedan seguir funcionando

adecuadamente73.

Aéreas Protegidas – Biodiversidad.- Los parques, cuya creación está fundamentada en el

concepto de biodiversidad intentan proteger la totalidad de los recursos naturales que están

en el interior de sus límites, Esto implica gestionar las especies animales y vegetales para

asegurar su biodiversidad. Sin embargo esta protección de la biodiversidad suele provocar

conflictos con el acceso público a los parque nacionales, cuyos gestores están interesados

70 Wallingre N. y Toyos Mónica. (2010), “Diccionario de turismo. Hotelería y transportes” (página 42). 71 Larousse. (2016), “Diccionario de la Gran Lengua Española” (página 60). 72 Larousse. (2016), “Diccionario de la Gran Lengua Española” (página 63). 73 Larousse. (2016), “Diccionario de la Gran Lengua Española” (página 51).

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también en el acceso a los mismos de los visitantes, además de en la conservación de la

naturaleza 74.

Recursos Turísticos accesibles.- son aquellos bienes que por sus características naturales,

culturales o recreativas constituyen un atractivo capaz de motivar desplazamientos

turísticos 75.

Atractivos Turísticos accesibles.- Es aquel conjunto de elementos materiales e

inmateriales, susceptibles de ser transformados en un producto turístico y con carácter de

incidencia en la decisión del turista, provocando el movimiento de flujos turísticos desde el

interior y fuera del territorio nacional, transformándose en un destino turístico 76.

Circuitos Turísticos accesibles.- Es aquel conjunto de rutas, recorridos y senderos

turísticos que cuentan con atractivos y servicios turísticos, con retorno al mismo lugar de

partida, sin pasar dos veces por un mismo sitio77.

3. Marco Institucional.

Es un referente de las características de la o las instituciones o actores que tienen estrecha

relación con el proyecto, este aspecto es determinante ya que permite identificar varios

elementos como: el tipo de organización, nivel de involucramiento, posibles alianzas y otras

fuentes de información que ayudará al desarrollo del proyecto de grado. Es por ello y en orden

de importancia, las instituciones involucradas en este proyecto de Ley Municipal Para el

Turismo accesible son;

a. El Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de La Paz:

1) La respectiva Secretaria de Promoción Turística – la Unidad de Gestión Turística y la

Unidad de Infraestructura y equipamiento Turístico (Promoción Económica).

2) La Dirección de Espacios Culturales Municipales – unidad de museos municipales. La

Dirección de Patrimonio cultural y natural – Unidad de Patrimonio Material y Natural

y la Unidad de Patrimonio Inmaterial e investigación cultural (Culturas).

3) La Dirección de Genero y Generacionales – Unidad del Adulto Mayor y Personas con

discapacidad (Desarrollo Humano).

b. El Viceministerio de Turismo y las unidades y direcciones correspondientes.

74 Wallingre N. y Toyos Mónica. (2010), “Diccionario de turismo. Hotelería y transportes” (página 32). 75 Wallingre N. y Toyos Mónica. (2010), “Diccionario de turismo. Hotelería y transportes” (página 26). 76 Wallingre N. y Toyos Mónica. (2010), “Diccionario de turismo. Hotelería y transportes” (página 25). 77 Wallingre N. y Toyos Mónica. (2010), “Diccionario de turismo. Hotelería y transportes” (página 28).

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c. Empresas, Agencias y Operadoras turísticas.

d. Por último la persona con discapacidad respectivamente, mismas que están asociadas en

instituciones diferentes conforme a su discapacidad o las Federaciones respectivas.

e. Y finalmente conforme al proyecto de ley municipal, podrían darse alianzas estratégicas

con otros municipios que ayudara al desarrollo de esta actividad.

4. Marco Legal.

Antes de ingresar a la normativa legal como tal sobre las personas con discapacidad, se debe

observar lo siguiente:

La Organización Mundial del Turismo.- a través de su publicación UNWTO, realiza

recomendaciones para un turismo accesible para todos en;

a) La gestión del destino turístico, es que se puedan evaluar los servicios e identificar los

cambios que pueda ser necesario realizar, ligado a la disponibilidad de instalaciones,

infraestructuras y transportes accesibles que den lugar a un entorno de fácil acceso.

b) La Información y publicidad turística, es decir que la preparación, información y reservas

en material impreso debe incluir indicaciones precisas de los servicios e instalaciones

accesibles, incorporando símbolos internacionales de fácil comprensión.

c) Unos entornos urbanísticos y arquitectónicos, con señalización en zonas de

estacionamiento, la utilización de la lengua con signos el braille, medidas efectivas de

desplazamiento horizontal con mayor dependencia y vertical con ascensores amplios con

escritura en braille así como sonora, al igual que los servicios higiénicos públicos.

d) Los medios de transporte y las estaciones, estén adecuados y diseñados para un transporte

seguro, cómodo y equitativo para las personas con discapacidad, con formatos de lengua

de signos, sonoros y escritura, al igual que las estaciones y/o terminales de pasajeros e

instalaciones afines, inclusive las carreteras principales.

e) El alojamiento, los servicios de comidas y los congresos, es decir que se debe tener un

numero razonable de habitaciones de hospedaje plenamente accesibles sin necesidad de

ayuda, acoger a perros guía, acceso fácil a establecimientos donde sirven comida, con

caracteres de fácil lectura, formato braille y otros alternativos, así como los lugares de

reunión, con entradas, aseos, teléfonos y otros con señalización.

f) Las actividades Culturales, en museos, teatros, cines y otros con señalización en los

formatos establecidos.

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g) Otras actividades y eventos turísticos, como excursiones a los alrededores, deportes, zonas

verdes y/o naturales y playas, deben contar con personal interprete de lengua de signos

para sordos, material descriptivo impreso, facilitar información sonora y visual, puntos de

información y señalización universal. 78

La Organización de Mundial de Salud.- define a la discapacidad como un término genérico

que abarca deficiencias, limitaciones de la actividad y restricciones a la participación, y

enfoca esta discapacidad con el acceso a la salud, ya que el 15% de la población mundial

tienen algún grado de discapacidad, quienes tienen necesidades insatisfechas en la asistencia

sanitaria, en cáncer mamario y cervicouterino, que por lo general también se debe a que las

mujeres con discapacidad acuden en menor cantidad o simplemente son excluidos, existiendo

barreras que impiden el acceso a la asistencia sanitaria con costos prohibitivos, oferta

limitada, obstáculos físicos y aptitudes y conocimientos inadecuados del personal en salud, no

señala nada en materia de turismo accesible79.

4.1 Lista de instrumentos internacionales y regionales (convenios y tratados) firmados

y ratificados por Bolivia relacionado con el tema.

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos. es un documento que marca un

hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las

regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración

fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de

diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común para todos los

pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos

fundamentales que deben protegerse en el mundo entero. Entre sus artículos

importantes están; Art.1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad

y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse

fraternalmente los unos con los otros. Art.2.- Toda persona tiene todos los derechos y

libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo,

idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social,

posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará

distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o

78 UNWTO-Documento 2015, OMT (Organización Mundial del Turismo) “Recomendaciones de la OMT para Turismo Ancesible”-Pág.6-13. 79 OMS (Organización Mundial de Salud) 2018. “Discapacidad y Salud”, publicación-documento, 16/enero/2018-Pág.1-6.

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territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país

independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o

sometido a cualquier otra limitación de soberanía. Art.7 Todos son iguales ante la ley

y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a

igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda

provocación a tal discriminación. Importante art.27.- (1) Toda persona tiene derecho a

tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a

participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. Y el Art.29.-

(2) En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona

estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de

asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de

satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general

en una sociedad democrática.

2. Convención sobre Prevención del Crimen y la Sanción del Delito de Genocidio,

Nueva York, 9 diciembre de 1948. Ratificada por Bolivia mediante Ley Nº 3061

promulgada el 30 de mayo de 2005. Depósito y ratificación el 14 de junio de 2005.

3. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación Racial, Nueva York 7 marzo de 1966. Ratificada por Bolivia

mediante D.S. Nº 09345 de 13 de agosto de 1970, elevado a rango de Ley Nº 1978

promulgada el 14 de mayo de 1999. Depósito del instrumento de ratificación el 22 de

septiembre de 1970. 2a. Enmienda al artículo 8 de la Convención Internacional sobre

la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, N.Y. 15 enero de 1992.

4. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Nueva York

16 diciembre de 1966. Bolivia se adhiere mediante D.S. Nº 18950 de 17 de mayo de

1982, elevado a rango de Ley Nº 2119 promulgada el 11 de septiembre de 2000.

Depósito del instrumento de ratificación el 12 de agosto de 1982.

5. Convención Internacional sobre la Supresión y Castigo del Crimen del

Apartheid, Nueva York, 30 noviembre de 1973. Bolivia se adhiere mediante D.S. Nº

19777 de 13 de septiembre de 1983, elevado a rango de Ley Nº 2116 promulgada el

11 de septiembre de 2000. Instrumento de adhesión el 6 de octubre de 1983.

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6. Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra

la Mujer, Nueva York 18 diciembre de 1979. Ratificada por Bolivia mediante Ley Nº

1100 promulgada el 15 de septiembre de 1989. Depósito del instrumento de

ratificación el 8 de junio de 1990. 8a). Enmienda al artículo 20 parágrafo 1 de la

Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la

Mujer, Nueva York 22 diciembre de 1995.

7. Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas

de Discriminación contra la Mujer, Nueva York 10 diciembre de 1999. Ratificado

por Bolivia mediante Ley Nº 2103 promulgada el 20 de junio de 2000. Depósito del

instrumento de ratificación el 27 de septiembre de 2000.

8. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, suscrita en

Nueva York, el 13 de diciembre de 2006. De cuyos incisos se puede destacar los

siguientes; inc. a) Recordando los principios de la Carta de las Naciones Unidas que

proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el

reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e

inalienables de todos los miembros de la familia humana; inc. c) Reafirmando la

universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos

humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar que las

personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación; el más

destacable el inc. e) Reconociendo que la discapacidad es un concepto que

evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las

barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y

efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás; inc. f)

Reconociendo la importancia que revisten los principios y las directrices de política

que figuran en el Programa de Acción Mundial para los Impedidos y en las Normas

Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad

como factor en la promoción, la formulación y la evaluación de normas, planes,

programas y medidas a nivel nacional, regional e -2- internacional destinados a dar

una mayor igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad. Y el artículo 30

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que precisamente nos habla de la Participación en la vida cultural, las actividades

recreativas, el esparcimiento y el deporte80.

9. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con

Discapacidad, suscrita en Nueva York, el 13 de diciembre de 2006.

10. Convención de los Derechos de la Persona con Discapacidad de las Naciones

Unidas y su Protocolo Facultativo a la Ley 4024 de 15 de abril de 2009, el cual en el

Artículo 1.- numeral 1. Señala; “Todo Estado Parte en el presente Protocolo

(“Estado Parte”) reconoce la competencia del Comité sobre los Derechos de las

Personas con Discapacidad (“el Comité”) para recibir y considerar las

comunicaciones presentadas por personas o grupos de personas sujetos a su

jurisdicción que aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado Parte de

cualquiera de las disposiciones de la Convención, o en nombre de esas personas o

grupos de personas” 81, lo cual quiere decir que este ente recibe denuncias contra las

personas con capacidades diferentes.

11. Acuerdo entre el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos

Humanos y el Gobierno de la República de Bolivia relativo al establecimiento de

una Oficina en Bolivia. Ley 3713 13 de julio de 2007.

12. Convención sobre Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones

Culturales de la UNESCO. Ley 3424 de 12 de junio de 2006.

13. Convención Americana sobre Derechos Humanos, “Pacto de San José de Costa

Rica”, suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos

Humanos, en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969. Bolivia se adhiere

mediante D.S. Nº 16575 el 13 de junio de 1979, elevado a rango de Ley Nº 1430

promulgada el 11 de febrero de 1993. Depósito y adhesión el 19 de julio de 1979.

14. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en

materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San

Salvador”, suscrito en San Salvador, Brasil el 17 de noviembre de 1988. Ratificado

por Bolivia mediante Ley Nº 3293 promulgada el 12 de diciembre de 2005. Depósito

del instrumento de ratificación el 5 de octubre de 2006.

80 Naciones Unidas (2007-marzo 30) “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad” (páginas 1 – 25). 81 Naciones Unidas (2007-marzo 30) “Protocolo Facultativo Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad” (pág. 1).

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15. Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación contra las Personas con Discapacidad, suscrita en Guatemala el 7

de junio de 1999. Ratificada por Bolivia mediante Ley Nº 2344 promulgada el 26 de

abril de 2002. Depósito del instrumento de ratificación el 30 de mayo de 2003.

4.2 Marco normativo general del Estado Plurinacional Boliviano.

El presente proyecto de grado, ha tomado en cuenta las normas vigentes actuales del País,

leyes que nos permite y son la base, que nos da el pie y/o los cimientos para poder crear este

proyecto, la cual está enmarcada bajo la siguiente normativa legal:

4.2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, Los siguientes artículos citados,

otorgan a los gobiernos departamentales y municipales autonomía de gestión, por lo

tanto pueden son dichas entidades que están facultados de poder emitir y promulgar

leyes en beneficio de su jurisdicción:

Artículo 272, que reconoce la autonomía de Entidades Territoriales, median te la

elección directa de sus autoridades, así como la administración de sus recursos

económicos y el ejercicio pleno de sus facultades legislativas, reglamentarias,

fiscalizadoras y ejecutivas, por los órganos del Gobierno Autónomo, en su respectiva

jurisdicción, competencia y atribuciones.

Artículo 283 prevé que los Gobiernos Autónomos Municipales, están constituidos por

un concejo municipal, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal

en el ámbito de sus competencias y un Órgano Ejecutivo presidido por el Alcalde

Municipal.

Artículo 302, Determina las competencias exclusivas a los Gobiernos Autónomos

Municipales, en su parágrafo I, numeral 16; que reconoce a los Gobiernos Autónomos

Municipales, la facultad exclusiva de la promoción y conservación de la cultura,

patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico,

paleontológico, científico, tangible e intangible municipal en su jurisdicción, por otro

lado el numeral 17 del mismos artículo, señala como competencia exclusiva de los

gobiernos municipales autónomos la elaboración de políticas de turismo local.

Artículo 99, parágrafos I, II y III; atribuye que el patrimonio cultural del pueblo

boliviano es inalienable, inembargable e imprescriptible y que el Estado garantizara el

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registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento,

promoción y difusión de su patrimonio cultural, de acuerdo con la ley. Asimismo la

riqueza natural, arqueológica, paleontológica, histórica, documental y la procedente

del culto religioso y del folklore, es patrimonio cultural del pueblo boliviano de

acuerdo con la ley.

Por otro lado, el Articulo 337, sección IV, con el nomen Iuris de Políticas Sectoriales

indica que; El turismo es una actividad económica estratégica que debe

desarrollarse de manera sustentable, tomándose en cuenta la riqueza de las culturas y

respeto al medio ambiente. En su parágrafo II, menciona que el Estado promoverá y

protegerá el turismo comunitario con el objetivo de beneficiar a las comunidades

urbanas y rurales, las naciones y pueblos indígenas originario campesinos en el que se

desarrolle esta actividad.

Artículo 300, parágrafo I, que delega las competencias exclusivas a los Gobiernos

Departamentales Autónomos y en su inciso 19 puntualiza la promoción y

conservación de cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental,

arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible.

Asimismo, el artículo 302 inciso 17) claramente señala que los municipios están

facultados para elaborar Políticas públicas en materia turística, aspecto que reafirma el

presente proyecto de ley.

Los siguientes artículos citados, se constituyen a la normativa vigente con

relación a los derechos de las personas con capacidades diferentes, señaladas

también en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia;

Artículo 70, sección VIII, nos habla de los Derechos de las personas con

discapacidad, especialmente los numerales 3 en cuanto a su lenguaje, numeral 5 en

cuanto al desarrollo de sus potencialidades individuales.

Artículo 71, donde se prohíbe y sanciona cualquier tipo de discriminación, por lo que

cualquier centro turístico está obligado a recibirlo y gozar de sus ambientes.

Parágrafo II del mismo artículo, indica que se debe dar una efectiva integración a las

personas con discapacidad en los ámbitos productivo, económico, político, SOCIAL y

CULTURAL.

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Lo cual quiere decir que tienen el mismo derecho de integrarse a todas aquellas

actividades sociales y culturales, en este caso la actividad turística.

Artículo 104, que nos indica a cerca del deporte y RECREACION, donde cualquier

persona tiene derecho al deporte, a la cultura física Y A LA RECREACION, sin

distinción de género, idioma, religión, orientación política, ubicación territorial,

PERTENENCIA SOCIAL, cultural o de cualquier otra índole.

Artículo 105, indica la promoción y desarrollo de políticas de EDUCACION,

RECREACION y salud pública, CON ESPECIAL ATENCION A LAS PERSONAS

CON DISCAPACIDAD.

4.2.2 Así también, nos enmarcamos en la LEY MARCO DE AUTONOMÍAS Y

DESCENTRALIZACIÓN “ANDRÉS IBÁÑEZ” Ley 031 del 19 de Julio del 2010.

En su artículo 86, parágrafo III, numerales 1 y 2, confirma como facultad

exclusiva municipal la formulación y ejecución de políticas de protección,

conservación, recuperación, custodia y promoción del patrimonio cultural existente en

su jurisdicción; así como la elaboración y desarrollo de normativas municipales

para la declaración, protección, conservación y promoción de dicho patrimonio.

Artículo 304, parágrafo I, inciso 10, establece las competencias de las autonomías

indígena originaria o campesina, y que les compete el resguardo, fomento y promoción

de sus culturas, arte, identidad, centros arqueológicos, lugares religiosos culturales y

museo (patrimonio cultural tangible e intangible)

4.2.3 Ley Nro. 292 del 25 de septiembre del 2012, Ley General del Turismo “BOLIVIA

TE ESPERA”, es creada en base al artículo 298, parágrafo II, numeral 37 de la

Constitución Política del Estado.

Empero esta Ley Nro. 292, en su artículo 3 inciso f), establece políticas públicas de

turismo, como el de implementar mecanismos de regulación a la actividad

turística, por cada ente autónomo.

Artículo 11, parágrafo II, delega a las entidades territoriales autónomas la

definición de sus propias políticas de acuerdo con sus facultades y competencias,

en el marco de las políticas generales establecidas en la presente Ley.

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Artículo 18, parágrafo III, establece que el sistema de registro, categorización y

certificación de prestadores de servicios turísticos, contara con información

actualizada proporcionada por las Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de

sus responsabilidades definidas en la presente ley.

Artículo 21, parágrafo I, establece como responsable a: los Gobiernos Autónomos

Departamentales, en el marco del sistema de Registro, categorización y Certificación a

autorizar, registrar, controlar y remitir toda información referida de los prestadores de

servicios turísticos.

También en su parágrafo II, indica que los Gobiernos Autónomos Municipales, en el

marco del sistema de registro, categorización y certificación, tienen la responsabilidad

de supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos que mediante

normativa municipal expresa hubieran sido definidos de atribución municipal.

En el parágrafo III, señala que los Gobiernos Municipales, a fines de registro y a

solicitud de la autoridad competente en Turismo o del Gobierno Autónomo

Departamental, remitirán información actualizada referida a los prestadores de

servicios turísticos establecidos en su Municipio, conforme al reglamento.

4.2.4 A su vez, LA LEY DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES, N° 482,

del 9 de enero del 2014, en su artículo 35 sobre BIENES DEL PATRIMONIO

HISTÓRICO-CULTURAL Y ARQUITECTÓNICO DEL ESTADO, parágrafo I

menciona que; I. Los bienes patrimoniales arqueológicos, precolombinos, coloniales,

republicanos históricos, ecológicos y arquitectónicos del Estado, localizados en el

territorio de la jurisdicción Municipal, se encuentran bajo la protección del Estado y

destinados inexcusablemente al uso y disfrute de la colectividad, de acuerdo a Ley

nacional. Asimismo, en el parágrafo II dice; El Gobierno Autónomo Municipal, en

coordinación con organismos nacionales e internacionales competentes, precautelará y

promoverá la conservación, preservación y mantenimiento de los Bienes del

Patrimonio Histórico-Cultural y Arquitectónico del Estado, en su jurisdicción, similar

a lo que señalaba en la LEY DE MUNICIPALIDADES Ley No. 2028 de 28 de

Octubre de 1999, en su Art. 95 de BIENES DEL PATRIMONIO HISTÓRICO -

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CULTURAL Y ARQUITECTÓNICO DE LA NACIÓN, en el Parágrafo I,

actualmente abrogada por la ley en cuestión.

Por otro lado en el Artículo 16, sobre las ATRIBUCIONES DEL CONCEJO

MUNICIPAL, indica en el numeral 4 en el ámbito de sus facultades y competencias,

dictar Leyes Municipales y Resoluciones, interpretarlas, derogarlas, abrogarlas y

modificarlas.

Por otro lado el Artículo 22, sobre INICIATIVA LEGISLATIVA, parágrafo I.

Dice: Tienen la facultad de iniciativa legislativa, en el ámbito de las competencias

exclusivas de los Gobiernos Autónomos Municipales, para su tratamiento obligatorio

en el Concejo Municipal: a) Las ciudadanas y los ciudadanos. b) Las Organizaciones

Sociales. c) Las Concejalas y los Concejales y d) El Órgano Ejecutivo Municipal.

Aspecto que faculta proponer la presente ley autónoma municipal de turismo.

4.2.5 La última creada LEY DEL PATRIMONIO CULTURAL BOLIVIANO, Nº 530

del 23 de mayo del 2014, establece;

En su artículo 24 establece de forma clara y precisa en su parágrafo I, lo siguiente: Se

establece la gestión descentralizada del Patrimonio Cultural Boliviano, conforme

al régimen autonómico y de descentralización, establecido por la Constitución

Política del Estado y la Ley Nº 031, Marco de Autonomías y todos los niveles de

gobierno, con la participación y control social correspondiente.

En tal sentido el ARTÍCULO 25 establece el OBJETO DE LA GESTIÓN

DESCENTRALIZADA en: I. su salvaguardia y atención, mediante la implementación

de sus componentes. II. La gestión del Patrimonio Cultural Boliviano, comprende la

investigación, planificación, registro, declaratoria, promoción, difusión, exhibición y

traslado, recuperación, repatriación, medidas administrativas y otros establecidos en la

presente Ley y su reglamentación. III. Los componentes del régimen de gestión, deben

ser aplicados de acuerdo con la naturaleza y características del Patrimonio Cultural

Boliviano.

Precisamente estos están detallados en el ARTÍCULO 26, COMPONENTES DE LA

GESTIÓN DESCENTRALIZADA, que son Planificación, Reglamentación y

elaboración de instrumentos técnicos, Coordinación y Financiamiento.

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Artículos de esta Ley del Patrimonio Cultural Boliviano, que se refieren de manera

general sobre el patrimonio turístico, que ayuda la prosecución del presente proyecto

de Ordenanza y/o ley autonómica municipal de turismo accesible.

4.2.6 CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN, Ley Nº 045 del 11

de octubre de 2010.

Artículo 1. Parágrafo I, indica que esta ley tiene por objeto establecer formas de

prevención y sanción contra los actos y formas de racismo y discriminación, todo en

base a la Constitución Política del Estado y los tratados Internacionales de Derechos

Humanos, aspecto que deben tomar en cuenta todas las partes intervinientes en el

sistema turístico, en especial de las empresas turísticas.

Artículo 2. Establece como principios la Interculturalidad (interacción entre culturas),

igualdad (equidad entre todas las personas), por consiguiente no existe ningún

argumento para excluir a las personas con capacidades diferentes.

Artículo 3. Referido a los alcances y ámbito de aplicación, indica que todas las

instituciones están obligadas a cumplir con la presente ley, y precisamente en su inciso

d) indica a las personas jurídicas privadas, al que pertenecemos por constituirnos en

una empresa que ofrece servicios turísticos.

Artículo 6. Indica la forma de cómo se va a luchar con la discriminación y racismo,

que es precisamente la educación en todos los establecimientos de enseñanza y

formación académica, sean públicos y privados, estrechamente relacionado con el

parágrafo IV inciso a) del mismo artículo, donde el Estado se obliga a la inclusión

social de las personas, con discapacidad o no.

Artículo 13. Señala taxativamente que puede interponerse el respectivo proceso judicial

y/o administrativo, según el caso, y lo que nos interesa en el presente proyecto es el inc.

b) que es la Denegación de acceso al servicio de cualquier tipo, concordante con el

artículo 14, referida a las instituciones privadas inc. b).

Artículo 15. Señala la prohibición terminante de no restringir el acceso a los locales

públicos, sean este de origen público o privado.

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50

En síntesis con esta ley no pueden ser rechazados, excluidos y menos ser

discriminados cualquier estante y habitante de Bolivia, y entre ellos esta

lógicamente las personas con discapacidad.

4.2.7 LEY GENERAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, esta ley apenas tiene

seis años y un poco más de vigencia en el País, ya que fue promulgada el 2 de marzo del año

2012 (suscrito por Bolivia el 13/agosto2007 conforme al Art.158 art.14 de la CPE), pero que

también se constituye en otra de las bases para realizar el presente proyecto de ordenanza

municipal, y entre sus principales artículos en los que nos apoyamos son:

Artículo 1. Del capítulo Primero, indica que: El objeto de la presente Ley es garantizar a

las personas con discapacidad, EL EJERCICIO PLENO DE SUS DERECHOS Y

DEBERES EN IGUALDAD DE CONDICIONES Y EQUIPARACIÓN DE

OPORTUNIDADES…, lo cual significa que todas las personas con discapacidad tienen

derecho a realizar cualquier actividad al igual que nosotros, en este caso la recreación y/o

actividad turística.

Artículo 2. Asimismo, esta ley tiene como fin lo siguiente:

a) Promover, proteger y asegurar el goce pleno, EN CONDICIONES DE IGUALDAD,

de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con

discapacidad.

b) Lograr la efectiva inclusión social.

e) Promover políticas públicas en los ámbitos de salud, educación, deporte,

RECREACIÓN, empleo, desarrollo económico, cultural, político y social a favor de

las personas con discapacidad.

f) MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA de las personas con discapacidad, reduciendo

los índices de pobreza y exclusión social.

g) Promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de las niñas, niños,

jóvenes y mujeres con discapacidad en IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN

TODAS LAS ESFERAS DE LA VIDA.

Artículo 4. Se tiene como principios generales en sus incisos lo siguiente;

c) Inclusión. Todas las personas con discapacidad, participan plena y afectivamente en

la sociedad en igualdad de oportunidades, en los ámbitos: económico, político,

cultural, social, educativo, deportivo Y RECREACIONAL.

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d) Accesibilidad. Por el que los servicios que goza la sociedad puedan también

acomodarse para ser accedidos por las personas con discapacidad, sin restricción

alguna, sean arquitectónicas, físicas, SOCIALES, económicas, CULTURALES,

comunicacionales.

f) Igualdad de Oportunidades. Las personas con discapacidad tienen las mismas

posibilidades de acceso al ejercicio de los derechos económicos, sociales, políticos,

religiosos, CULTURALES, deportivos, RECREACIONALES y al medio ambiente,

sin discriminación alguna.

Artículo 10. Indica que la educación de toda persona con discapacidad es una educación

inclusiva e integral, lo cual indica que la actividad turística también es una de sus formas

de educación, ya que la misma implica cultura.

Artículo 11. Indica que la comunicación es primordial, por ello el Estado Plurinacional de

Bolivia promueve la comunicación en sistemas y lenguas alternativas para la inclusión y

el acceso a la información y al ejercicio pleno de las personas con discapacidad.

Artículo 17. Es claro y preciso, pues mediante le presente proyecto se pretende el derecho

a la accesibilidad con el apoyo de las instituciones públicas a que las personas con

discapacidad puedan gozar de condiciones de accesibilidad, que les permitan utilizar la

infraestructura y los servicios de las instituciones públicas, privadas, espacios públicos,

medios y sistemas de comunicación, tecnología y transporte, para su utilización y disfrute

de manera autónoma con independencia de su condición de discapacidad.

Artículo 23. Fuera del Órgano Ejecutivo, los Gobiernos Autónomos Departamentales, y

otros, establece que los Gobiernos Autónomos Municipales deberán priorizar el acceso de

personas con discapacidad, a planes y programas de promoción e INCLUSIÓN SOCIAL y

a estrategias destinadas a eliminar la exclusión, discriminación y superar la marginalidad

social de personas con discapacidad, padres, madres y/o tutores de personas con

discapacidad, en el marco de sus competencias.

Considerando que es una ley nacional y que faculta a los municipios a crear normativas

para el sector.

Artículo 36. Referida a la comunicación, en sus parágrafos siguientes indica;

I. Las instituciones públicas, servicios privados y Unidades Educativas están obligadas a

incorporar la comunicación alternativa y un intérprete en Lengua de Señas Boliviana, para

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la respectiva traducción a las personas con discapacidad auditiva, en actos de relevancia,

nacional, departamental, regional, municipal e indígena originario campesino.

II. Las empresas de televisión pública y privada, deben Incluir la interpretación a la

Lengua de Señas Boliviana, en programas de interés general, CULTURAL,

RECREATIVO, político, educativo y social, así como la utilización tecnológica apropiada

que permita sustituir la información sonora de los programas.

III. Las instituciones públicas, servicios privados y Unidades Educativas deberán contar

con recursos humanos capacitados en lengua de señas y tener la señalización apropiada

interna y externa en dichas instituciones, para la atención de personas con discapacidad

auditiva y visual.

Artículo 37. Se refiere al ámbito de la accesibilidad a infraestructuras y otros derechos,

plasmados en los siguientes parágrafos, que a la letra dice;

II. Todos los Órganos del Estado Plurinacional, en sus distintos niveles, instituciones

públicas y privadas, deberán adecuar su estructura arquitectónica, sistemas, medios de

comunicación y medios de transporte, de manera gradual, a partir de la promulgación de

la presente Ley, para garantizar la accesibilidad a las Personas con Discapacidad. III. Las

nuevas construcciones, sistemas, medios de comunicación y medios de transporte deberán

contar con las condiciones de accesibilidad establecidas por la presente Ley a partir de su

promulgación.

Artículo 39. Es importante, porque se pretende llegar a través del presente proyecto a la

concientización social a cerca de las personas con discapacidad, y dar cumplimiento al

presente artículo, por ello es necesario adoptar medidas para que la sociedad tome mayor

conciencia sobre la situación y condición de las niñas y niños, adolescentes, mujeres y

hombres con discapacidad, sus derechos, necesidades, posibilidades y contribución a la

sociedad.

Artículo 42. Indica que fuera del Órgano Ejecutivo, los Gobiernos Autónomos

Departamentales, Regionales Y MUNICIPALES, en el marco de la Constitución Política

del Estado y la Ley Nº 31 de 19 de julio de 2010 Marco de Autonomías y

Descentralización "Andrés Ibáñez", CONTARÁN CON UNIDADES

ESPECIALIZADAS PARA LA EJECUCIÓN DE PLANES, PROGRAMAS Y

PROYECTOS INTEGRALES A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

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Artículo 48. Manifiesta en sus parágrafos que;

I. Los Gobiernos Autónomos Departamentales y GOBIERNOS AUTÓNOMOS

MUNICIPALES, dictarán normas sobre condiciones y especificaciones técnicas de diseño

y elaboración de proyectos y obras de edificación, en construcciones públicas, así como

para la adecuación de las ya existentes.

II. En concordancia con las normas regulatorias aprobadas por la Autoridad de

Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes, las Asambleas

Legislativas Departamentales y CONCEJOS MUNICIPALES DICTARÁN NORMAS

que garanticen accesibilidad para personas con discapacidad en los siguientes ámbitos.

a) Rutas y vías peatonales accesibles, libres de barreras arquitectónicas de acuerdo a

reglamentación.

b) Señalización de sistemas de avisos en espacios públicos para orientar a personas con

discapacidad, en formatos accesibles a personas con deficiencias físicas, auditivas,

visuales e intelectuales

c) Señales de acceso a través de símbolos convencionales de personas con discapacidad

utilizados para señalar la accesibilidad a edificios, condominios, multifamiliares y

cualquier espacio público en general, en formatos accesibles a personas con

deficiencias físicas, auditivas, visuales e intelectuales.

d) Beneficios extraordinarios y descuentos cuando se utilicen medios de transporte aéreo,

fluvial, ferroviario, lacustre y terrestre, interdepartamental, provincial o interurbano

para las personas con discapacidad y su acompañante, de acuerdo a reglamentación.

e) Privilegio en los espacios de parques públicos y libre estacionamiento.

f) Señalización de audición para personas ciegas en todos los espacios públicos y

privados.

g) Otras normas que faciliten accesibilidad a las personas con discapacidad.

4.3 Legislación comparada con otros países sobre el tema.

En este punto, se ha tomado en cuenta las legislaciones de varios Países del mundo,

especialmente de aquellos que actualmente se encuentran a la vanguardia del desarrollo

sobre turismo accesible, entre estos están los países de la Unión Europea y América del

Norte (Canadá y Estados Unidos), la cantidad de discapacitados en estos países, su

elevado estándar de vida y los avanzados criterios de justicia e igualdad social,

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54

confluyen a que este segmento del mercado turístico adquiera un volumen e importancia

destacados en el contexto internacional, también se tomó referencias de México, y

algunos países de Latinoamérica entre ellos tenemos los siguientes:

4.3.1 Legislación jurídica aplicable al turismo accesible en Europa.

Es indudable que las regiones del mundo más sólidas desde el punto de vista

económico, y socialmente evolucionadas, han descubierto hace tiempo la necesidad y

conveniencia de desarrollar políticas de turismo accesible.

La mayor parte de los países que a continuación citamos, cuentan con agencias

privadas especializadas en turismo accesible, y con organismos gubernamentales a

cargo de proyectos de promoción de la actividad. De hecho, el Parlamento de la Unión

Europea ha establecido importantes políticas de incentivo y estímulo a la inversión

privada para este sector.

Otro importante avance ligado a la evolución de los medios electrónicos de

comunicación, es el diseño y publicación en Internet de guías turísticas on-line

específicas sobre Turismo Accesible, en algunos casos por regiones geográficas, en

otros por países y en numerosas ocasiones hasta por ciudades. El turista con

capacidades restringidas puede acceder a ellas desde cualquier computadora, consultar

instalaciones accesibles, servicios, excursiones y actividades, tarifas, efectuar reservas.

La diferencia entre los discapacitados del viejo continente y nuestra realidad Boliviana

es que muchos de las personas con discapacidad no tienen acceso a la computadora y

no saben manejarlos, el estándar de vida no es de las buenas y no existe conciencia

social al respecto, empero lo que se quiere es inicialmente captar a turistas con

discapacidad, entonces citaremos a continuación algunos ejemplos de lo señalado:

4.3.1.1 ESPAÑA. La mayor parte de los Parques Nacionales españoles y sus

Comunidades Autónomas y/o ciudades, cuentan con programas, infraestructura y

servicios para turismo accesible, como asimismo guías en Internet para la

promoción de los mismos. Un ejemplo es el “Portal Internacional de Turismo

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Accesible”82 para personas con movilidad reducida del SINPROMI (Sociedad

Insular para la Promoción del Minusválido) de Tenerife (Islas Canarias) en el

marco de su Programa "Turismo y cultura para Todos". Se trata de una guía de

accesibilidad de establecimientos públicos y privados que, de manera objetiva,

permite valorar las condiciones de acceso, circulación, permanencia y uso

adecuado de instalaciones de interés turístico y social; facilitando asimismo la

información no sólo a las personas con capacidades restringidas, sino a la totalidad

de la población que demande mayor calidad y confort en las instalaciones que

visita. Otro significativo caso al respecto está constituido por la “Federación

ECOM”83, entidad que desde hace más de 30 años agrupa a más de 100

organismos, empresas y asociaciones con el objetivo de conseguir que las personas

afectadas por cualquier tipo de discapacidad puedan participar, libremente, en

todas las actividades sociales. Algunas de las regiones, comunidades o ciudades

con una firme presencia y difusión del turismo accesible son: Cataluña, Barcelona,

Valencia, Asturias, Extremadura, Galicia y Andalucía.

Entre las normas de carácter jurídico, se estableció la ley 1/1998, referida a la

accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la

comunicación84, así como de la infraestructura, transporte y vivienda85.

La Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Accesibilidad y Supresión de

Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación, prevé en su

articulado el correspondiente desarrollo reglamentario. La disposición final primera de

la citada Ley faculta al Consell de la Generalitat para dictar las disposiciones

necesarias para el desarrollo, la aplicación y el cumplimiento de la misma.

Por otra parte, la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación,

prevé un desarrollo reglamentario en su disposición final segunda, en forma de Código

Técnico de la Edificación, del que excluye, entre otros, el requisito básico de

accesibilidad, toda vez que es competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas.

82 Internet; http://www.portalturismoaccesible.org , (2019) EqualitasVitae, Trabajando por un Turismo 100% accesible. 83 Internet; http://www.ecom.es/turismo. htm, (2018) Travindy-Turismo Responsable al día. Boletín por Izaskun Benito. 84 Presidencia de la Generalitat, (1998) “boletín informativo” Consellerias-Valencia. Ley 1/1998 del 5 de mayo – 3622 (pag.4). 85 Consell de la Generalitat-Decreto 39/2004, (2004 marzo 5), por el que se desarrolla la Ley 1/1998, “materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia y en el medio urbano”.

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La presente disposición desarrolla, disposiciones referidas a accesibilidad en la

edificación y en concreto el artículo 7 de la Ley 1/1998, que se refiere a todo tipo

de edificios de uso público no destinados a vivienda. Los edificios de pública

concurrencia deberán satisfacer el requisito básico de accesibilidad, de modo que

se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la

circulación por los edificios, según el uso al que estén destinados y los requisitos

de los usuarios que los utilicen.

La Ley 1/1998, en el capítulo II del título II, contiene las normas sobre la accesibilidad

en el medio urbano, estableciendo en su artículo 9 el mandato genérico de

garantizar la accesibilidad y la utilización con carácter general de los espacios públicos

en la elaboración de planes generales, así como los instrumentos de planeamiento y

ejecución que los desarrollen o complementen, los proyectos de urbanización y las

obras ordinarias.

Igualmente, dicho artículo dispone que la planificación y la urbanización de las vías

públicas, parques y demás espacios de uso público se efectúen de forma que

resulte accesible y transitable para las personas con discapacidad.

En la misma línea del artículo 10, el artículo 11 de la Ley citada, hace referencia a las

normas mínimas que deberá cumplir el mobiliario urbano de las ciudades,

dejando al desarrollo reglamentario las especificaciones técnicas que deberá

cumplir el mismo.

4.3.1.2 PORTUGAL. La Asociación “Paz y Bien” ha fomentado la creación de la Red

Ibérica de Turismo Accesible, compuesta por agentes sociales, turísticos e

institucionales de la Comunidad Autónoma de Portugal. Entre sus objetivos

estarán la creación de riqueza y empleo. La iniciativa se enmarca en el proyecto

Euro-empleo que “Paz y Bien” está desarrollando con la cofinanciación del

Servicio Andaluz de Empleo y el Fondo Social Europeo y que lleva por

denominación 'Turismo accesible: un nuevo yacimiento de empleo. Así, se

constituirá un grupo de trabajo internacional que analice y proponga proyectos de

turismo accesible que puedan ponerse en marcha. Sería una de las pocas a nivel

internacional, donde destacan la European Network of Accesible Tourism (ENAT)

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y la Organización Internacional de Turismo Social (OITS). Esta nueva red

establecerá contactos con estas y otras entidades para conocer experiencias en esta

materia y mejorar sus aportaciones a las sociedades portuguesa y andaluza. A esta

red se adherirán agencias de viajes, colectivos de personas con discapacidad,

instituciones públicas municipales y provinciales, empresas de asesoramiento,

grupos de investigación universitarios y otros agentes con trayectoria turística. El

primer encuentro se celebrará este jueves en el Hotel Rural Accesible Sierra Luz

(Huelva), y consistirá en una firma oficial del protocolo fundacional de la red y

una primera reunión para sentar las bases. Desde esta red se profundizará en

innovaciones como la consideración de la gestión cultural para la accesibilidad o la

sostenibilidad del turismo accesible y en la sensibilización sobre las ventajas de

este segmento. Igualmente se pretende introducir factores de interés en esta

materia, como por ejemplo la creación de riqueza, desarrollo y empleo como

factores fundamentales para apoyar proyectos turísticamente accesibles.

4.3.1.3 COMUNIDAD EUROPEA EN GENERAL. Es indispensable destacar el

fundamental rol desempeñado por la Unión Europea – a través de la Comisión en

Políticas del sector de Servicios Turísticos - en la promoción, afianzamiento y

evolución del turismo accesible. Al respecto, ha desarrollado y publicado – entre

otros - los siguientes documentos:

Haciendo accesible a Europa para los turistas con discapacidades86.

Guía on-line de viaje para turistas discapacitados87.

Criterios uniformes para la accesibilidad de lugares turísticos e infraestructura para

personas discapacitadas88.

Además, la Comisión Europea ha desarrollado proyectos específicos tales como

“Tourism for all” (Turismo para Todos) con la intervención de numerosos países

de la Comunidad (como: Austria, Alemania, Italia, Luxemburgo, Noruega, Suecia,

86 Internet; (2015) https://ec.europa.eu/transparency/regdoc/rep/2/2004/EN/2-2004-24-EN-1-0.Pdf - Commission Of The European Communities, Commission Staff Working Paper Report On Community Measures Affecting Tourism, pág. 17. 87 Internet; (2015) https://ec.europa.eu/transparency/regdoc/rep/2/2004/EN/2-2004-24-EN-1-0.Pdf - Commission Of The European Communities, Commission Staff Working Paper Report On Community Measures Affecting Tourism, pág. 22 88 Internet; (2015) https://ec.europa.eu/transparency/regdoc/rep/2/2004/EN/2-2004-24-EN-1-0.Pdf - Commission Of The European Communities, Commission Staff Working Paper Report On Community Measures Affecting Tourism, pág. 33.

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Suiza, Holanda y España). Existen publicadas en Internet guías de accesibilidad para

la casi totalidad de los países europeos, sus regiones y ciudades. Se destacan los casos

de: Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Islandia,

Irlanda, Italia, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal, Suecia y Reino

Unido.

Por lo completo de su información, la calidad de su diseño y la diversidad de la oferta

turística accesible, destacamos –entre otras- algunas guías francesas consultadas,

y el sitio del proyecto “Italia per tutti”89–Italia para todos, una iniciativa de la

Dirección General de Turismo del Ministerio de Actividades Productivas italiano

para promover y difundir el turismo accesible. Asimismo, toda esta comunidad

Europea, centran sus actividades turísticas con la Accesibilidad y Supresión de

Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación, determinadas y

establecidas en una ley.

4.3.2 Normas jurídicas aplicables al turismo accesible en EE.UU. (USA). Estados

Unidos, tiene personas con capacidades restringidas más vastas del planeta-,

cuenta con una importante experiencia en materia de turismo accesible. La

mayoría de sus estados y muchas ciudades, cuentan con guías de accesibilidad. Por

su carácter de pionera en los esfuerzos por brindar información sobre accesibilidad

desde 1988, destacamos particularmente la “Guía de Viajes para Personas con

Discapacidades del estado de Virginia”90 aunque también encontramos guías

interesantes para los estados de Florida, California y para la ciudad de New York.

En esta última ciudad se encuentra la sede de la organización “SATH”91 (Society

for Accesible Travel & Hospitality – Sociedad para la hospitalidad y el turismo

accesible), una ONG sin fines de lucro que representa a viajeros con discapacidad

desde 1976. Su misión es la de promover la toma de conciencia sobre esta

temática, el respeto y consideración a la accesibilidad para turistas con

discapacidades, brindando capacitación al respecto a los prestadores de servicios

turísticos y de transporte. Proponen la creación de un ambiente libre de barreras

(de todo tipo) en la industria turística, no sólo en Estados Unidos sino en el

89 Internet; (2016) http://www.italiapertutti.org – turismopertutti-ASSOCIAZIONE DE PROMOZONE SOCIALE-Boletin Informativo. 90 Internet; (2016) http://www.travelguides.org/vaguide.html- Get connected to accurate travel information for persons with disabilities. 91 Internet; (2016) http://www.sath.org-Sath (Society for Accesible Travel And Hospitality).

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mundo, haciendo hincapié en la infraestructura de servicios en los centros

turísticos. Todo adecuado en una norma de Accesibilidad y Supresión de Barreras

Arquitectónicas, Urbanísticas y Comunicación.

4.3.3 CANADA. Yendo a otro país de la región, se halló guías canadienses muy

completas para las ciudades de Québec y Montreal, con similares características a

las descritas en el punto anterior.

4.3.4 El RESTO DEL MUNDO. No se encontró información significativa sobre países

asiáticos o africanos, excepción hecha de Japón, Israel y Sudáfrica; y hallamos

datos sobre el turismo accesible en Australia y Nueva Zelanda. Mayormente, la

información obtenida refiere a grandes empresas internacionales de turismo

accesible (con sede en EE.UU. o Europa) que programan paquetes turísticos en

países asiáticos.

4.3.5 Normas jurídicas aplicables al turismo accesible en América Latina. El

desarrollo del turismo accesible en los países latinoamericanos es incipiente y

relativamente reciente, en relación con el nivel referenciado en el punto anterior.

Haremos una breve síntesis de los casos más destacados, entre ellos tenemos:

4.3.5.1 MEXICO. México cuenta con más de 4 millones de personas discapacitadas

(según el último censo poblacional), es uno de los países latinoamericanos que

viene trabajando fuertemente para el desarrollo del turismo accesible en su

territorio. Es así que el 30 de mayo del año 2011, se publicó la Ley 25643 - Ley

General para la Inclusión de las Personas con discapacidad, durante la presidencia

de Felipe De Jesús Calderón Hinojosa92, un ejemplo claro es la ley para la

inclusión de las personas con discapacidad en el estado y municipios de San

Luis Potosí (última reforma publicada en el periódico oficial: el martes 15 de

abril de 2014)93. En 2005, el Estado y los municipios de San Luis Potosí tenía un

total de 2 millones 410 mil 414 residentes habituales, que representaban el 2.3% de

los 103.3 millones que conformaban la población de la República Mexicana, de lo

que se refiere que aproximadamente 241 mil personas tenían alguna discapacidad.

Por ello, esta Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, crea, el

92 Internet; (2007) www.congresoslp.gob.- Ley 25643 de México, Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad. 93 Internet; (2008) www.congresoslp.gob.mx 1 de México, Ley General de Turismo – Estados Unidos Mexicanos Reforma DOF 17-12-2015.

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Registro Estatal de las Personas con Discapacidad; y el Sistema Estatal de

Información de las Personas con Discapacidad, éste considera todos los servicios a

los que pueden acceder en el Estado y en el orden nacional. Esta norma busca

disminuir la difícil situación de discriminación y exclusión de la vida social y

pública en que se encuentran muchas de las personas con discapacidad, ya que son

víctimas de múltiples o agravadas formas de segregación debido a su discapacidad

y por las condiciones que la misma les genera. Este nuevo Ordenamiento

modifica en su totalidad la Ley vigente en la materia; cuenta con disposiciones y

mecanismos más eficientes que permitirán impulsar mejores acciones para el

respeto y ejercicio de los derechos humanos de las personas con discapacidad, y

contribuir así a la generación de una cultura de respeto y aceptación de éstas como

iguales, sin ninguna distinción. Esta Ley para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad, crea, el Registro Estatal de las Personas con Discapacidad; y el

Sistema Estatal de Información de las Personas con Discapacidad, éste considera

todos los servicios a los que pueden acceder en el Estado y en el orden nacional e

incorpora el derecho a la capacitación que tienen las personas con discapacidad,

acerca de las ayudas técnicas a la movilidad, así como sobre dispositivos técnicos

y tecnologías de apoyo.

Por ello, esta norma pretende no mejorar, sino cambiar el ordenamiento jurídico y

enriquecerlo con la creación de un organismo público que dé certidumbre y rumbo

a la aplicación de la ley, ya que la misma establece no sólo derechos, sino políticas

públicas, y que para su operatividad requieren de una política integral transversal

entre las autoridades de la administración pública estatal.

4.3.5.2 COSTA RICA. En este País, se creó la Ley Nro.7600, de Igualdad de

Oportunidades para Personas con Discapacidad, que tiene por objetivo garantizar

la igualdad de oportunidades para la población costarricense en ámbitos como

salud, educación, trabajo, vida familiar, recreación, deportes y cultura, así de esta

manera eliminar cualquier tipo de discriminación contra personas con

discapacidad. Esta normativa incluye a las empresas y facilidades del sector

turismo. La legislación referida no solo constituye un recurso para que las personas

con discapacidad ejerzan sus derechos de acceso, uso y disfrute de las

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instalaciones y servicios de recreo y turismo, sino que constituye una oportunidad

para diversificar y enriquecer la oferta de consumidores por parte del sector

empresarial, de establecimientos de hospedaje, restaurantes y bares, transporte,

agencias de viajes, etc. La normativa nacional e internacional ha hecho referencia

a las condiciones de accesibilidad en instalaciones y servicios para el turismo,

como: Turismo Accesible para personas con discapacidad, Acceso al Trabajo,

Acceso al Espacio Físico, Acceso a los Medios de Transporte y Acceso a la

Cultura, el Deporte y Actividades Recreativas94.

4.3.5.3 ARGENTINA. Se promulgo la Ley Nacional de Turismo Accesible, promulgada

el 11 de septiembre del 2002, que determina que las prestaciones de servicios

turísticos deberán adecuarse a los criterios universales establecidos en la Ley N°

24.314. Agencias de Viajes. Obligatoriedad de información. Y que también delega

a cada municipio su mejoramiento normativo y reglamentación de acuerdo a sus

necesidades. Empero esta Ley Nacional, menciona en su artículo uno, que:

“Turismo accesible es el complejo de actividades originadas durante el tiempo

libre, orientado al turismo y la recreación, que posibilitan la plena integración —

desde la óptica funcional y psicológica— de las personas con movilidad y/o

comunicación reducidas, obteniendo durante las mismas la satisfacción individual

y social del visitante y una mejor calidad de vida”95. En su artículo 2, del mismo

cuerpo legal citado indica que; “se entiende por persona con movilidad y/o

comunicación reducidas a las comprendidas en el artículo 2° de la Ley 22.431,

como también aquellas que padezcan alteraciones funcionales por circunstancias

transitorias, cronológicas y/o antropométricas”96. Y artículo tercero, y lo que nos

interesa en la presente investigación, dice; “Será obligación de las Agencias de

Viajes informar a las personas con movilidad y/o comunicación reducidas y/o

grupo familiar y/o acompañante sobre los inconvenientes e impedimentos que

pudiere encontrar en la planificación de un viaje que obstaculizaran su

integración física, funcional o social y, a su vez, comunicar a los prestadores de

servicios turísticos sobre las circunstancias referidas en el artículo 2° a los fines

94 Costa Rica, (2006) Ley Nro. 7600 “De Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad” Pag.33. 95 Argentina, (2002) “Ley Nacional de Turismo Accesible” N° 24.314-promulgada el 11 de septiembre, Pág. 7. 96 Argentina, (2002) “Ley Nacional de Turismo Accesible” N° 24.314-promulgada el 11 de septiembre, Pág. 9.

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de que adopten las medidas que las mismas requieran”97. En base a esta Ley

Nacional, cada Municipio Federal de Argentina, ha desarrollado con tendencia a

futuro, varios emprendimientos actuales, citaremos los más significativos:

a. Capital Federal y Gran Buenos Aires. En los últimos años han comenzado a

desarrollarse actividades y circuitos turísticos accesibles, los cuales han tenido una

positiva aceptación por el volumen de la demanda, tomando en cuenta que la mitad

de la población del país se concentra en estos distritos. Algunos de los ejemplos

específicos que podemos dar de lugares o circuitos accesibles, son: el Planetario

de la ciudad de Buenos Aires, el Mercado del Abasto, el Zoológico de Buenos

Aires y el Tren de la costa (zona Norte del Gran Buenos Aires)

b. Luján. En 1997 se elaboró un “Plan de desarrollo integral de la actividad turística

y recreativa del Municipio de Luján“, que involucró un “Programa de

accesibilidad urbanística” sobre la base de un principio de “diseño urbano

universal”, propiciando la plena integración de personas con capacidades

restringidas, sobre todo en el sector histórico de la Basílica y los museos, como

asimismo en la terminal de transportes. Como parte de este programa se

incorporaron prótesis (arquitectónicas y urbanísticas), tales como rampas de

acceso, bancos, bebederos, planos, etc. utilizables por parte de personas

discapacitadas. En todo momento, la accesibilidad al medio físico proyectada

plantea al visitante con capacidades restringidas no sólo autonomía, sino también

seguridad de desplazamiento y comodidad.

c. Parque Nacional Iguazú. En el año 1995, la Administración de Parques

Nacionales98 dio en concesión a inversores privados, el Área Cataratas del

Parque Nacional Iguazú (declarada, en 1984, Patrimonio Natural de la Humanidad

por la UNESCO99) a fin de dotarlas de una nueva infraestructura que sirviera para

atender a la gran cantidad diaria de visitantes.

4.3.5.4 COLOMBIA. Uno de los países de Sudamérica con empuje en el tema. Destacan sus

proyectos de accesibilidad para las ciudades de Medellín y Cali.

97 Argentina, (2002) “Ley Nacional de Turismo Accesible” N° 24.314-promulgada el 11 de septiembre, pág. 10. 98 Internet; (2016) http://www.parquesnacionales.gov.ar. SIB-Sistema de Información de Biodiversidad-Argentina – Publicación APN. 99 Internet; (2016) http://www.unesco.org. Parque Nacional Iguazú-Turismo Argentina Brasil. Comité de Patrimonio Cultural-Publicación.

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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4.3.5.5 PERU. Inició en 1998 el programa “Perú: hacia un turismo accesible”, promoviendo

actividades turísticas en sus principales centros tales como Cusco, Lima, Machu Pichu

y Trujillo. Perú ha desarrollo un programa presupuestal en discapacidad, con la

asistencia técnica del Ministerio de Economía y Finanzas, que significa para el

CONADIS100 la consolidación de su propuesta para desarrollar un tratamiento integral

frente a los altos niveles de exclusión que viven las personas con discapacidad en su

país. La actual administración del CONADIS encontró una falta de datos sobre el

estado situacional de las entregas de ayudas biomecánicas y compensatorias a nivel

nacional y por sectores, de la aplicación de la Ley N° 29392, del número de personas

con discapacidad beneficiarias de los programas sociales e información sobre

condiciones de salud, trabajo, educación y accesibilidad.

Frente a tan grave diagnóstico, tras gestiones y suma de voluntades políticas, en la Ley

de Presupuesto del Sector Público 2012 se aprobó un conjunto de disposiciones

favorables a las políticas públicas en discapacidad; una de ellas, el diseño del

programa presupuestal, para solucionar dicha problemática y la inclusión total de los

discapacitados, entre una de ellas la accesibilidad al turismo.

4.3.5.6 CHILE. El Servicio Nacional de Turismo chileno (SENATUR) editó recientemente

un manual para orientar a municipios y empresas turísticas a fin de habilitar espacios

y accesos que disminuyan las barreras para las personas con capacidades restringidas,

denominado “Manual de Turismo Accesible para Personas con Movilidad Reducida y

Discapacitados” en un esfuerzo por abrir los beneficios del turismo cada día a más

chilenos y extranjeros. Ha habido significativos avances en zonas turísticas chilenas

(como la Xª región), tal como sanitarios accesibles en centros comerciales de Osorno

y Puerto Montt, y en instalaciones del Parque Nacional Pérez Rosales.

4.3.5.7 BRASIL. A través de su Ente Nacional de Turismo (Embratur) está trabajando

arduamente en la adaptación de sus ciudades turísticas para la recepción de PPD

(Pessoas portadoras de deficiências) o Personas Portadoras de Deficiencias, más que

una discapacidad, pareciera una enfermad por la traducción. Se están desarrollando

políticas de exigencia de inversiones en infraestructura y equipamiento a los

100 Consejo Nacional de Discapacitados, (2006) “Programa Anual Presupuestario-Min. De Economía y Fin.” Para discapacitados, (pag.27-38).

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prestadores de servicios de los centros turísticos. Pueden mencionarse experiencias en

marcha en Río de Janeiro, Florianópolis y Curitiba.

4.3.5.8 VENEZUELA. Tal como viene sucediendo en varios países del mundo, el turismo

accesible se viene convirtiendo en una alternativa dentro de la modalidad de servicios

turísticos para ser desarrollado por distintas organizaciones públicas y privadas con la

finalidad de brindar esparcimiento y recreación a las personas con discapacidad y a su

entorno familiar. En Venezuela se está empezando a gestar esta conciencia de servicio

turístico, con la adecuación de espacios y organización de eventos enfocados a la

atención de la población con discapacidad. La base legal para el fomento del turismo

accesible está contenida en el artículo 68 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de

Ley Orgánica del Turismo, del 31 de julio de 2008, y publicado en la Gaceta Oficial

Extraordinaria 5.889. La referida norma jurídica contempla que: “En los espacios y

actividades turísticas destinadas a niñas y niños en edad escolar, adolescentes, adulta

o adulto mayor y a las personas con discapacidad o necesidades especiales, los

prestadores de servicios turísticos deberán contar con personal capacitado e

instalaciones idóneas, para garantizar la seguridad de esos turistas o usuarios

turísticos que hagan uso de las instalaciones y actividades para ellos reservadas”. 101

Este mandato de ley está empezando a ser ejecutado por diversos organismos estatales

a los que compete el área turística; vale decir, el Ministerio del Poder Popular para el

Turismo (Mintur); el Instituto Nacional de Turismo (Inatur); el Consejo Nacional para

las Personas con Discapacidad (Conapdis), y las distintas gobernaciones y alcaldías

del país. Empero falta mucho por definir y avanzar, sobre todo en materia de

coordinación interinstitucional con los diversos organismos oficiales. En el sector

privado no se tiene información sobre planes para el fomento del turismo accesible.

En el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, la capacitación en turismo

accesible es un proyecto que busca la integración desde la óptica funcional y

psicológica de aquellas personas con discapacidad o movilidad reducida durante el

desarrollo de actividades originadas en el tiempo libre y que les permita obtener una

plena integración y satisfacción individual y social del destino turístico seleccionado.

101 Venezuela, (2008, julio 31) “Base legal para el fomento del turismo accesible” Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Turismo, Gaceta Oficial, paginas. 12 y 28.

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Como objetivo primordial, Mintur se planteó la posibilidad de integrar plenamente a

este segmento poblacional durante el desarrollo de actividades turísticas y recreativas,

al tiempo que pretende capacitar a más de tres mil prestadores de servicios turísticos a

nivel nacional para que se conviertan en promotores del turismo accesible102.

Los prestadores de servicios a los que se busca integrar a este programa provienen de

distintas actividades económicas, incluyen desde hoteles y restaurantes hasta cines y

otros espacios públicos y privados relacionados con la actividad turística. Hasta ahora,

son proyectos los que está considerando ejecutar el Ministerio del Poder Popular para

el Turismo. De acuerdo con sus proyecciones, estima elaborar un Manual de

Accesibilidad para Prestadores de Servicios Turísticos en Venezuela, con acciones

formativas del Programa de Turismo Accesible; consolidar una red de facilitadores y

guías en turismo accesible e involucrar a las diferentes organizaciones públicas y

privadas. Las otras instituciones, señaladas como el Instituto Nacional de Turismo

(Inatur) y el Consejo Nacional para la Personas con Discapacidad (Conapdis), así

como las distintas gobernaciones y alcaldías del país, se van articulando con Mintur en

la medida que éste ente vaya avanzando en el programa de turismo accesible. Como se

puede apreciar, se trata, de una actividad turística novedosa, que todavía no ha sido

explorada a plenitud.

Todo este plan, está apoyado por el Instituto Nacional para la Capacitación y

Recreación de los Trabajadores (INCRET- Turismo para los trabajadores y el Pueblo),

con sede en la Ciudad Vacacional Los Caracas, Estado de Vargas, y fue creado por el

Estado venezolano, según consta en la Gaceta Oficial Nº 24.487 del 9 de julio de

1954. Es un organismo que actualmente está adscrito al Ministerio del Poder Popular

para el Trabajo y Seguridad Social que tiene como objetivo desarrollar y ejecutar

estrategias, políticas y acciones con miras al desarrollo del plan estratégico nacional de

recreación socio-laboral, mediante el turismo, la cultura y el deporte.

INCRET es una institución pública autónoma, con personalidad jurídica, patrimonio

propio e independiente del fisco nacional que en la actualidad se rige,

fundamentalmente, por la Constitución Nacional de la República Bolivariana de

Venezuela de 1999, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente

102 Ministerio Del Poder Popular Para El Turismo (2013) “Entes Descentralizados Funcionalmente Sin Fines Empresariales” Y “Entes Descentralizados Funcionalmente Con Fines Empresariales” – Venezuela. Página 7.

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de Trabajo (Lopcymat), publicada en Gaceta Oficial Nº 38.236 del 26 de julio de

2005; por el Decreto Nº 8.938 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del

Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt), promulgada el 30 de abril de

2012 y publicada en Gaceta Oficial Nº 6.076 del 8 de mayo de 2012; la Ley Orgánica

del Turismo, publicada en Gaceta Oficial Nº 38.215 de fecha 23 de junio de 2005.

Sobre esta base legal, las autoridades del INCRET-Ciudad Vacacional Los Caracas,

ampliarán la misión de brindar esparcimiento y recreación a los trabajadores en su

tiempo libre; pero ahora buscarán adecuar sus espacios para hacerlos accesibles para el

uso y disfrute de las personas con discapacidad. Esta adecuación de su infraestructura

lo harán conforme a lo dispuesto en la Norma Covenin 2733-2004, emanada por

Fondonorma, que tiene como objeto establecer los principios generales para el diseño,

proyecto, construcción, remodelación y adecuación de edificaciones y el medio

urbanístico en el ámbito nacional, para evitar las barreras físicas y arquitectónicas y

hacerlas accesibles y utilizables por todas las personas, sin ningún tipo de

discriminación o restricciones.

La intención es que dichos espacios sean completamente utilizados con comodidad,

seguridad y funcionalidad por todos los ciudadanos. Entre estas modificaciones

tenemos por ejemplo; por cada veinticinco vehículos de parqueo, uno debe estar

destinado al vehículo conducido o que transporten personas con discapacidad, deben

tener un ancho mínimo de 3,65 metros y estar ubicados lo más próximo al medio

transitable peatonal. Deben estar claramente identificados mediante el símbolo

internacional de accesibilidad en el pavimento con pintura anti-resbalante, así como un

cartel colocado frente a cada uno de los puestos, cuyas medidas no deben ser menores

a 30 x 45 centímetros y ubicado a una altura no mayor de 1,80 metros ni menor de un

metro. Las aceras deben tener un pavimento uniforme, anti resbalante con un ancho

mínimo libre, sin obstáculos, de 1,60 metros y no debe existir en ellas descarga de

aguas de lluvia, ni drenajes. En caso que la acera no sea continua, debe tener una

pendiente suave respecto a su altura para que puedan bajar con comodidad las

personas con discapacidad, sobre todo las que andan en sillas de ruedas.

En los cruces de una acera a otra en las esquinas deben colocarse rampas de pendientes

suaves. La señalización de los cruces peatonales y en los bordes debe incluirse un

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código de alerta en el pavimento de la acera, de modo que éstos sean percibidos por

las personas con deficiencias visuales mediante el uso del bastón Respecto a las

rampas, deben tener la señalización internacional de accesibilidad 103.

En un sitio visible y próximo a su comienzo. En los accesos a las edificaciones se debe

disponer de rampas junto con escaleras en los desniveles entre la acera y la edificación

a nivel de planta baja, los pasillos de las edificaciones deben tener un ancho libre de

1,50 metros, estar bien iluminados natural y artificialmente y deben prever, en sus

esquinas, el giro de una persona que se desplace en silla de ruedas.

También tendrán luces de emergencia con energía propia para casos de apagones o

siniestros. Respecto a los pisos, su superficie debe ser lisa y anti resbalante, se deben

colocar cambios de textura y/o color como código de alerta en los ingresos a espacios,

evitar el uso de alfombras sueltas y de pelo largo, y otros fijados en la Norma Covenin

2733-2004.

4.3.5.9 COLOMBIA. Precisamente en Bogotá hubo un seminario-taller organizado por el

Instituto Distrital de Turismo, orientado a sensibilizar al sector hotelero y comercial

sobre las oportunidades que para sus negocios se podían derivar al implementar la

prestación de servicios bajo parámetros de turismo accesible.

Este taller es el fruto de un proyecto nacido hace tres años, que busca convertir a

Bogotá en destino preferencial para turismo accesible.

En la búsqueda de soluciones para que las personas de todas las condiciones y edad

para que sin discriminación alguna, puedan disfrutar los atractivos turísticos de la

ciudad, han trabajado la Universidad Externado de Colombia y el Instituto Distrital de

Turismo en alianza con organizaciones y personas del sector de la discapacidad.

En el 2011, se presentó un protocolo de servicio para el turismo accesible fruto de

investigaciones hechas por las citadas entidades. Y se difundió entre los operadores

turísticos que funcionan en el Distrito. Con el taller se buscó lograr la

103 INCRET (2004) “Ciudad Vacacional” Se refiere a una figura rectangular, con fondo color azul pantone 294 y la figura en color blanco conforme a lo dispuesto en la Norma Covenin 2733-2004, Caracas-Venezuela. Página 2.

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implementación de una oferta de servicios de turismo para personas con discapacidad

atractiva y que pueda ser prestada de manera eficiente104.

4.3.5.10 REPUBLICA DOMINICANA. En este País existe la Asociación de Personas con

Discapacidad Físico-motora (ASODIFIMO) encargada de ejecutar el proyecto

denominado “La convención por los derechos de las personas con discapacidad: Un

camino hacia la inclusión social en la República Dominicana”105, orientado a

promover el ejercicio pleno de los derechos de las Personas con Discapacidad. Con

éste se persigue impulsar la aplicación de la Convención por los Derechos de las

Personas con Discapacidad y la modificación de la Ley 42-00 con su Reglamento.

Se busca, además, contar con una Ley Orgánica Nacional que sirva de herramienta

para el desarrollo de acciones concretas tendentes a mejorar la calidad de vida de más

de un millón de personas que viven con discapacidad en el país. La iniciativa tiene

como socio principal al Centro de Estudios Sociales Padre Juan Montalvo, y se

ejecutará con la participación activa de las redes y organizaciones de Personas con

Discapacidad y de la sociedad civil.

El proyecto también busca Impulsar el funcionamiento de los mecanismos de diálogo

Estado – Sociedad Civil y los mecanismos de monitoreo de la aplicación de la

Convención, mediante la creación de la Red Nacional por los Derechos de las personas

con Discapacidad RD (RENADERD)106. En base a todo lo analizado y descrito, se

realiza el siguiente:

104 Instituto Distrital de Turismo (2012)“Informe tercer Boletín”-Seminario Taller, Bogotá-Colombia, pagina 3. 105 ASODIFIMO Asociación de Personas con Discapacidad Físico-motora, (2005) “La convención por los derechos de las personas con Discapacidad” Informe-Rep.Dom. 106 Centro de Estudios Sociales Padre Juan Montalvo, (2008) “Mecanismos de monitoreo de la aplicación, participación activa de organizaciones de personas con Discapacidad y de la sociedad civil” Boletín-Rep. Dom.

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69

CUADRO Nº 1 COMPARATIVO

DE LEGISLACION COMPARADA

Eu

rop

a

Esp

aña

La mayor parte de Parques, las comunidades y ciudades cuentan con programas de accesibilidad en edificios públicos, infraestructura y servicios para turismo accesible.

Cuenta con guías de internet para su promoción como por ejemplo es el “Portal Internacional de Turismo Accesible” para personas con movilidad reducida del SINPROMI (Sociedad Insular para la Promoción del Minusválido) de Tenerife (Islas Canarias), otra es la “Federación ECOM.

Inclusión

Señalización

Concienciación

Por norma en cada ciudad.

Po

rtu

gal

A través de la Asociación “Paz y Bien” ha fomentado la creación de la Red Ibérica de Turismo Accesible.

A esta Red se adhieren agencias de viajes, colectivos de personas con discapacidad, instituciones públicas, municipales y provinciales, empresas, universitarios y otros agentes con trayectoria turística.

Creación de la Comisión Europea con el proyecto específico para este sector de “Turism for all” – Turismo para todos con Guía On Line, Criterios uniformes en la implementación de accesibilidad en los lugares turísticos e infraestructura entre otros.

Objetivo es la creación de riqueza y empleo.

Señalización.

Inclusión.

Por norma en cada municipio.

N

ort

e

Am

éri

ca

U

SA

Muchas ciudades cuentan con guías de accesibilidad. Fue uno de los pioneros en esta actividad desde 1988 y por ser un sector donde tiene más personas con capacidades diferentes. Creándose la Organización “SATH”107 (Society for Accesible Travel & Hospitality – Sociedad para la hospitalidad y el turismo accesible).

Creación ONG sin fines de lucro que representa a los viajeros con discapacidad desde 1976.

Por misión promover la toma de conciencia sobre esta temática.

El respeto y consideración a la accesibilidad para turistas con discapacidades.

Se brinda capacitación a los prestadores de servicios turísticos y de transporte.

Proponen la creación de un ambiente libre de barreras.

Normas sectoriales.

Can

adá

Réplica de la ONG sin fines de lucro que representa a los viajeros con discapacidad. Lo mismo que USA.

Am

éri

ca L

atin

a

Méx

ico

Busca disminuir la difícil situación de discriminación y exclusión de la vida social y pública en que se encuentran muchas de las personas con discapacidad.

Busca la accesibilidad a todos los sectores públicos estatales.

Busca tener una ciudad accesible al sector de los discapacitados.

Ley para la Inclusión de personas con discapacidad incorpora el derecho a la capacitación a las personas con discapacidad.

Normas acerca de las ayudas técnicas a la movilidad, así como sobre dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo.

Co

sta

Ric

a Busca en ámbitos como salud, educación, trabajo, vida familiar, recreación, deportes y cultura, así de esta manera eliminar cualquier tipo de discriminación contra personas con discapacidad.

Busca que las personas con discapacidad ejerzan sus derechos de acceso, uso y disfrute de las instalaciones y servicios de recreo y turismo

Se creó la Ley Nro.7600, de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad.

Dicha ley tiene por objetivo garantizar la igualdad de oportunidades, en los ámbitos s señalados.

Arg

enti

na

Se determina que las prestaciones de servicios turísticos DEBEN ADECUARSE a la Ley Nº24.314 de Agencias de Viajes con la obligatoriedad de información a la persona con capacidades diferentes sobre los inconvenientes e impedimentos que puedan encontrar en su planificación de viaje.

Crea la Ley Nacional de Turismo Accesible 11/sep./2002.

Delega a cada municipio su mejoramiento normativo y reglamentación de acuerdo a sus necesidades arts.1, 2 y 3.

Per

ú

Cuenta con un programa desde 1998 denominado “Perú; hacia un Turismo Accesible”.

Promoviendo actividades turísticas en sus principales centros turísticos como Cusco, Lima Machu Picho y Trujillo.

Participan el Ministerio de Economía y Finanzas con presupuesto a CONADIS (Consejo Nacional de Discapacitados).

Normas estatales y sectoriales.

107 INTERNET; (2016) http://www.sath.org-Sath (Society for Accessible Travel And Hospitality).

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70

Ch

ile

Orienta a los municipios y empresas turísticas la habilitación de espacios y accesos para estas personas y se disminuyan las barreras como sanitarios accesibles, los Centros Comerciales de puerto Montt y Osorno y las instalaciones en el parque nacional Pérez Rosales.

A través del El Servicio Nacional de Turismo (SENATUR) promulgo el “Manual de Turismo Accesible para Personas con movilidad reducida y discapacitados”.

B

rasi

l Existe políticas de exigencia de inversiones en infraestructura y equipamiento a los prestadores de servicios, empezándose en Rio de Janeiro, Florianópolis y Curitiba.

A través del ente EMBRATUR obliga la adaptación de sus ciudades turísticas para la recepción de Personas Portadoras de Deficiencias (Pessoas con Deficiencias).

V

enez

uel

a

Está empezando con adecuación de espacios y organización de eventos enfocados a la atención de la población con discapacidad.

Participan el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, el Consejo nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS) e INATUR (Instituto Nacional de Turismo) y el Instituto Nacional para la Capacitación y Recreación de los Trabajadores (INCRET) quienes se encargan del Turismo para los Trabajadores y el Pueblo, Adecuar los espacios para hacerlos accesibles.

Mediante la Ley Orgánica del Turismo 31/julio/2008 art.68 señala que todos los prestadores de servicios turísticos deben contar con personal capacitado e instalaciones idóneas, para garantizar la seguridad de estos turistas y usuarios.

Co

lom

bia

En Bogotá desde el año 2011, mediante seminario taller organizado por el Instituto Distrital de Turismo estaba orientado a sensibilizar al sector hotelero y comercial para que en sus negocios puedan implementar el turismo accesible en sus ofertas de servicios en turismo para personas con discapacidad.

Políticas y normas sectoriales

Rep

. Do

min

ican

a

Existe en dicho país la Asociación de Personas con Discapacidad Físico Motora (ASODIFIMO) quien es la encargada de ejecutar la convención de los derechos de las personas con discapacidad, lográndose la inclusión social, y orientado a promover el ejercicio pleno de los derechos de las personas con Discapacidad.

Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos en la legislación comparada 2018

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71

CAPITULO IV

DIAGNOSTICO.

A fin de realizar el diagnostico correspondiente, se debe hacer una observación y análisis de

la realidad dentro del universo en el que se hará la investigación, y su delimitación

correspondiente, reconociendo el o los problemas y la solución al o los problemas, por lo que

se tiene lo siguiente:

1. Análisis Documental.

Se indicó al inicio del presente documento, que una de las limitantes con las que se

tropezó es la falta de información local sobre el tema de Accesibilidad Turística y/o

Turismo accesible, en nuestro medio existe nada o escasa publicación de libros en relación

al Turismo y las personas con discapacidad.

Frente a este inconveniente ha sido necesaria la búsqueda de información por medio de

diarios, revistas, folleros, boletines, informes y otros, o bien a través de fuentes primarias,

pero el recurso informativo que nos proporcionó mayores datos fue el internet. Empero,

pese a lo señalado, externamente hemos obtenido variada información sobre Turismo

accesible, sea en folletos, revistas, periódicos, informes, convenios, acuerdos y sobre todo

leyes referidos al Turismo accesible, que nos ayuda a mejorar el presente proyecto.

2. Análisis Cuantitativo.

Por la documentación estudiada y la información obtenida de la OMS, UNICEF, OIT e

INE de Bolivia, se establece lo siguiente:

Las personas con discapacidad, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los

estudios realizados por esta organización en el año 2011, estimaron que en el mundo

habitan cerca de 785 millones de personas (15,6%) entre las edades de quince y más años

que viven con una discapacidad.108

Otro dato interesante en la etapa investigativa, nos la brinda un Organismo Internacional

que se refiere a la tasa de desempleo de la población con discapacidad en los países en

vías de desarrollo, el cual alcanza un 80%, según lo señala la Organización Internacional

del Trabajo (OIT) su último informe "La hora de la igualdad en el trabajo". La OIT

108 Organización Mundial de la Salud / Banco Mundial. (2009) “Informe mundial sobre la discapacidad” World Health Survey. Geneva, World Health Organization, aprobado 2002–2004. (Pagina 11).

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subraya que la forma más habitual de discriminación a las personas con discapacidad es

negar oportunidades, tanto en el mercado de trabajo como en la educación y la formación

profesional. Estas personas se encuentran en empleos precarios y con bajos ingresos, no

cualificados y de escasa importancia, o sin protección social de ningún tipo.109

España arroja que un total de 1.171.900 personas de edades comprendidas entre los 16 y

los 64 años residentes en hogares, tienen y poseen el respectivo certificado de

discapacidad en el año 2010, lo que supone un aumento del 8,3 por ciento respecto de

2009. En total, representan el 3,8 por ciento de la población total en edad laboral. También

hay diferencias entre sexos, ya que las mujeres con discapacidad alcanzaron el 24,9 por

ciento, frente al 22,3 registrado entre los varones110.

Asimismo, según este informe y estudio estadístico, indica que alrededor de 50 millones

de habitantes de América Latina sufren de discapacidad, con porcentajes que oscilan del

1,1% de la población en Paraguay (considerado el más bajo porcentaje de discapacidad en

la región) frente al 14,5% en Brasil (considerado el más alto), según un reporte de la

Organización de Naciones Unidas (ONU)111.

En Bolivia se calcula que el 10% de la población, puede estar viviendo con algún tipo de

discapacidad, esto equivale a un aproximado de 900.000 personas.

Por otro lado, otro dato interesante, es que según Unicef, en Bolivia hay 441.000 niños,

niñas y adolescentes, menores de 14 años, con algún grado de discapacidad y en el mundo

uno de cada 20 niños tiene discapacidad grave o moderada. Empero el registro del

Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia llega a 4.486 casos.

La estimación del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) fue elaborada con

base en parámetros y estimaciones elaboradas por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) el porcentaje proyectado a la población infantil del país implica que en 2010 había

441.000 niños, niñas y adolescentes con algún tipo de discapacidad física, mental o

sensorial, según lo señala el reporte de Unicef, al que tuvo acceso La Razón112, y del cual

extrajimos la información. Y seguidamente el mencionado informa indica que Evelin

109 Internet: (2016) informe "La hora de la igualdad en el trabajo", http//www.LaRazon.com/index.php?-diversa discapacidad. 110 Congreso Europeo sobre las personas con discapacidad (2002) “Declaración de Madrid” manifestando la formula no discriminación + acción positiva = Integración, Madrid, (página 17). 111 ONU (2003) “Normas uniformes sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad” aprobadas en 1993, Conferencia e informe sobre los avances. (páginas 9-10). 112 Internet: LA RAZON (2013)/ Wilma Pérez/La Paz/ 02 de julio - http//www.LaRazon.com/index.php?-diversa discapacidad.

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Díaz, responsable del programa Moto Méndez del Ministerio de Salud, informó que en

2010 se realizó un registro de las personas que tienen algún grado de discapacidad en el

país y se inscribió a 82.087 personas, del total de registrado, 4.486 son menores de 14

años que tienen algún tipo de discapacidad.

Pero, como el objeto de estudio no es toda Bolivia, nos avocamos a la ciudad de La Paz,

según la boleta del Censo, capitulo E, que califica como discapacidad a la dificultad

permanente de ver, oír, hablar, caminar y recordar, además por ser el centro político, tiene

el mayor índice de pobladores que viven con algún tipo de discapacidad, siendo un total

de 104.705 ciudadanos, según la base de datos del Censo de Población y Vivienda de

2012, dado a conocer por el Instituto Nacional de Estadística (INE)113. Asimismo, INE

sostiene que un mayor porcentaje de las personas que sufren de discapacidad en el

departamento de La Paz son de sexo femenino.

Según el INE, en La Paz de los 104.705 ciudadanos con discapacidad, 53.047 personas

adolecen de discapacidad visual, con problemas de locomoción permanente que afecta a

los paceños, según los datos hacen un total de 21.784 personas, que sufren para

movilizarse de un lugar a otro por sus propios medios. Y la tercera afección más

importante de los paceños es la dificultad de oír, a pesar de la utilización de audífonos,

que hacen 17.619 personas. Los datos del censo 2012, revelan también que hay 7.172

personas que tienen dificultades para comunicarse, y por último, existen 5.083 personas

que tienen problemas con la memoria, es decir que les cuesta recordar o concentrarse114.

3. Diagnostico Cualitativo. Caracteres que distinguen a las personas.-

En Europa, como ser España y otros citados líneas arriba y capitulo anterior, son países

desarrollados con una gran conciencia social acerca de las discapacidades de sus

habitantes, asimismo estas personas con capacidades diferentes poseen recursos

económicos favorables, lo cual hacen que los mismos puedan acceder a la educación

diversa y conforme a sus necesidades discapacitadas, es por ello que vuelcan su mirada

hacia el turismo en su tiempo libre, y frente a esta demanda pues van adecuándose todos

los países en cuanto a sus servicios e infraestructura. Esta actividad de turismo accesible

está en pleno desarrollo y en algunos ya consolidados con ofertas atrayentes, accesibles y 113 Internet: LA RAZON (2013)/ Wilma Pérez/La Paz/ 02 de julio - http//www.LaRazon.com/index.php?-diversa discapacidad.. 114 INE Instituto Nacional de Estadística (2012) base de datos del Censo de Población y Vivienda, (página. 33).

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satisfactorios hacia las personas con discapacidad, y cada vez las demandadas de estos son

diversas y más lejanas, es decir salir fuera de su lugar de nacimiento, y es precisamente a

este sector que se pretende atraer al municipio de La Paz.

En Latinoamérica algunos países están encaminados al desarrollo e implementación de la

Actividad del turismo accesible, aún se está en carrera de iniciación de proyectos,

adecuación de sus infraestructuras y servicios, aun se van desarrollando aspectos de

mejora y satisfacción hacia la persona con discapacidad, los mejores ejemplos son

México, Venezuela, Colombia, Argentina sobre todo, ya que legal, educacional y

arquitectónicamente están adelantados, por lo que la accesibilidad es notoria y

mayoritaria.

Con referencia a Bolivia, según lo investigado, los datos estimativos obtenidos en

números, difieren según la fuente, por lo que el Diagnostico de discapacidad en Bolivia,

según la Organización Panamericana de la Salud (OPS) seguida de la Organización

Mundial de la Salud (OMS) y conforme a sus estudios realizados, estima que el 10% de la

población boliviana tiene algún tipo de discapacidad, pero en contrapartida la Agencia de

Cooperación Internacional del Japón JICA estima que un 6% de la población tiene algún

tipo de discapacidad en Bolivia, es por ello y por esta razón que el Ministerio de salud y

deportes implementa el programa de Registro y Calificación de personas con discapacidad

a nivel nacional a partir de la gestión 2008 a la fecha115.

Por otro lado, existe también una marcada y profunda desigualdad económica y social,

aspectos que brindan escasas oportunidades de acceso a la educación, a los servicios de

salud, a la vivienda, la Justicia, al servicio financiero, donde los más afectados de este

orden estructural son los indígenas, las mujeres, los campesinos, niños y jóvenes, adultos

mayores, personas con capacidades diferentes o discapacitados116.

Esta desigualdad económica y social, para este último sector de las personas con

capacidades diferentes es más abismal, ya que la mayoría tiene bajos ingresos, no acceso a

una computadora, no lo saben manejar, desconocen lo que es el turismo accesible, y

difícilmente vuelcan su interés hacia esta actividad. Dentro de la revisión documental y

analizadas las mismas, llamó la atención de una declaración realizada a un medio escrito

115 Internet: (2015) http://www.laprensa.com.bo/diario/actualidad//la-paz-tiene-104000-personas-con-discapacidad_html 116 Internet: (2015) http://www.laprensa.com.bo/diario/actualidad//la-paz-tiene-104000-personas-con-discapacidad_html

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en el departamento de Cochabamba, que textualmente manifiesta lo siguiente;

“…Representantes de personas con discapacidad dicen que estas normas se quedan en el

papel, 23 normativas que los protegen no son cumplidas… Leyes, decretos supremos,

resoluciones ministeriales y ordenanzas municipales existentes en el país y en

Cochabamba para las personas con discapacidad parecen ser insuficientes cuando se

habla de su aplicación. En el departamento (Cbba) 23 normativas protegen a este sector

de la población. “En la práctica, en lo cotidiano no pasa nada”, asegura la coordinadora

del Centro de Investigación para Personas con Discapacidad de la Universidad Mayor de

San Simón (UMSS), Alejandra Rivera, al referirse al cumplimiento de normativas que

amparan a las personas con discapacidad y asegura que la discriminación es recurrente

en Bolivia.

La Constitución Política del Estado (CPE) ampara los derechos de las personas con

discapacidad, el artículo 70 establece el derecho a ser protegido por su familia y por el

Estado, a una educación y salud integral gratuita, a la comunicación en lenguaje

alternativo, a trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y

capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna y al desarrollo

de sus potencialidades individuales.

Otros aspectos como sancionar acciones de discriminación, violencia, aspectos de

comunicación y otros se detallan en los artículos 71, 105, 107, 300 y 302 de la CPE.

En Bolivia existen seis LEYES en general relacionadas a las personas con discapacidad;

1. La Ley de 1957 está relacionada a la ceguera.

2. También existe la Ley 1678 del año 1995 para las Personas con Discapacidad,

3. La Ley 2344 del 2002 ratifica la Convención Interamericana para la Eliminación de

Todas las formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad,

4. La Ley 3022 del 2005 instruye “con carácter obligatorio la inclusión de Ácido Fólico

en todas las harinas fabricadas y comercializadas en el país, con el propósito de

prevenir el nacimiento de niños con malformaciones congénitas tales como defectos

del tubo neural, abortos, partos prematuros y peso bajo al nacer”, que pueden

ocasionar discapacidad.

5. La Ley 3925 de 2008 se refiere a la creación del Fondo Nacional de Solidaridad y

Equidad (FNSE) para favorecer a las personas con discapacidad. Esta ley tiene como

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objetivo financiar recursos económicos en proyectos de salud, educación y trabajo

para mejorar la calidad de vida de ese sector. Para viabilizar esta normativa el

Gobierno le quitó a los partidos políticos el financiamiento para las campañas

proselitistas y destinó esos recursos a un fondo en beneficio de los discapacitados.

6. La Ley 4024 de 2009 ratifica la convención sobre los derechos de las personas con

discapacidad. 117

En cuanto a los DECRETOS, existe un total de 14 decretos supremos que protegen a estas

personas, las cuales son:

1) El Decreto Supremo (DS) del Instituto Boliviano de la Ceguera (IBC) de 1967,

2) el DS de la Declaración del Día del Impedido de 1981,

3) el decreto reglamentario de la Ley 1678 de 1997,

4) el DS relacionado al tema de la inamovilidad laboral de 2004,

5) el DS del mismo año decreta el 15 de octubre como Día Nacional de la Persona con

Discapacidad,

6) otro DS del 2005 dispuso el Registro Nacional de Personas con Discapacidad,

7) el 2006 se establece el Plan Nacional de Igualdad y Equiparación de Oportunidades

(PNIEO) como política de Estado,

8) por otro lado el DS 27477 de inamovilidad laboral hace referencia a la re

categorización de maestros interinos invidentes en 2008.

9) El 2009 se define la nueva estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado

Plurinacional “para que cumpla un rol a favor de la inclusión de las personas con

discapacidad.

10) El DS de 2009 reconoce la Lengua de Señas Bolivianas (LSB).

11) El resto de DS. Hace referencia a reglamentos internos, enmiendas y abrogaciones o

derogaciones. 118

Por otro lado, en el departamento existen un total de cinco normativas entre las que se

incluyen ordenanzas municipales. En comparación a Santa Cruz que tiene 43 y Tarija que

cuenta con 25 el número de este tipo de normativas es reducido en Cochabamba. Oruro

tiene 7 y La Paz 4 al igual que Potosí.

117 GACETA JURIDICA (2015), LEY GENERAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Bolivia – Gaceta 118 GACETA JURIDICA (2015), LEY GENERAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Bolivia – Gaceta

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Las ordenanzas se dictaron en Sacaba y en Cercado y de estas destacan la Ordenanza

Municipal (OM) 3481 de 2005 que se refiere a la creación de la Unidad de Apoyo a las

personas con discapacidad, la OM 3905 de 2009 está relacionada a obras del complejo

deportivo y la Asociación de Deporte Integrado en Silla de Ruedas, por último la

Resolución Municipal 4313 de 2006 dispone la construcción de rampas en áreas

públicas…”119. Un claro ejemplo y según el mismo medio informativo indica que el

representante de la Asociación Cochabambina de Personas con Discapacidad, Efraín

Rodríguez, asegura que la Ley 1678 que estipula que el 4 por ciento de trabajadores en

instituciones deben ser personas con discapacidad no se cumple.

4. Análisis externo (INTERNACIONAL).

En todos los países estudiados y consultados existe la tendencia del Turismo accesible, en

ellos existe amplia información y avances significativos sobre esta actividad turística.

De acuerdo a la documentación estudiada y analizada, es en Europa donde existe mayor

desarrollo sobre el turismo accesible, todo ello en base a las convenciones, acuerdos y

foros llevados a cabo por la OMT y la Comisión Europea, y son países como Austria,

Alemania, Italia, Luxemburgo, Noruega, Suecia, Suiza, Holanda y España, que han

desarrollado proyectos específicos tales como “Tourism for all” o Turismo para Todos, en

dichos países, cuentan con normativa legisladora, que regulan precisamente la actividad y

la accesibilidad de las personas discapacitadas al derecho recreacional en su tiempo libre,

es decir viajar, hacer turismo. Y justamente esta ley emanada del poder legislativo, de un

Ministerio de Turismo, de las gobernaciones y/o prefecturas, o simplemente de un

municipio, como es el caso del presente proyecto, han obligado – si vale el termino – a

todos aquellos sujetos a adecuar sus servicios e infraestructura para las personas con

discapacidad, obteniendo buenos resultados, toda vez que las condiciones económicas y la

conciencia social tienen un nivel alto, por ello que su implementación ha sido con más

rapidez.

No muy lejos de los Europeos, está en este lado del nuevo continente, Estados Unidos,

Canadá y México, que tienen avances significativos en materia d turismo accesible, al

igual que los países Europeos, también cuentan con legislación sobre turismo para los

119 Internet; (especial 2011) http://www.opinion.com.bo/opinion/informe_especial/1226/suplementos.php?

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discapacitados, y de la misma manera que los anteriores, han tenido que adecuar su

infraestructura para tal fin, algunos tomando la delantera en cuanto a su aplicabilidad y

desarrollo satisfactorio, obteniendo buenos resultados en la satisfacción de las necesidades

de la persona con discapacidad, los cual es un ejemplo y reto a seguir por todos nosotros,

ya que en todo lugar existe una persona con discapacidad, cualquiera fuese su origen.

En Latinoamérica, como en toda carrera de implementación, evolución y desarrollo social,

existen países adelantados en cuanto al turismo accesible se refiere, y otros como Bolivia

tratando de introducir este tema favorable a las personas con discapacidad. En varios sitios

como; Costa Rica, Colombia, Perú Chile, Brasil, Argentina y Venezuela, cuentan con

leyes referidas al turismo accesible, e igual están adecuando sus servicios e infraestructura

hacia las personas con discapacidad. Los más avanzados en esta materia son Venezuela y

Argentina, este último en cada municipio de cada Estado, cuenta con normativa

regulatoria estricta para la accesibilidad, brindando los servicios aceptables y

satisfactorios para la persona con discapacidad.

5. Análisis interno (NACIONAL).

Luego de una exhaustiva búsqueda de antecedentes en la presente investigación, a nivel

nacional, no se han encontrado otras investigaciones, publicaciones, informes u otro con

relación al Turismo accesible. Empero, es evidente que la persona debe ser el centro y eje

de toda actividad económica o social. Y justamente eso es el turismo, como una actividad

económica y de relación personal, individual y colectiva entre los pueblos, la necesidad de

atender a las personas como ciudadanos de una nación, sean europeos, de norte y sur

América, o en definitiva, como ciudadanos del mundo.

El turista, como consumidor, debe ser objeto de un conjunto de prestaciones y a la vez,

sujeto de una demanda activa y con condicionantes que colaborarán en la sostenibilidad

del turismo y su accesibilidad a todas las personas. Varias iniciativas pueden adoptarse

para colaborar en el objetivo de configurar para el futuro un turismo que sea capaz de

integrar esos aspectos. Se debe lograr y practicar por parte de los turistas un turismo

responsable, se debe implementar un turismo accesible, desde los puntos de vista

medioambiental y social, con los diversos elementos que configuran la cadena del servicio

turístico: transporte, acogida en destino, diversión, alojamiento, contacto con la

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naturaleza, con la cultura local, con el patrimonio y especialmente, con los profesionales y

ciudadanía en general de los destinos turísticos. Todos accesibles para todos, accesibles

especialmente para las personas con discapacidad.

Con la presente investigación y planteamiento del proyecto, se pretende normar la

accesibilidad a los centros de atractivos turísticos, donde en la mayoría de estos servicios

se han identificado diferentes barreras arquitectónicas y urbanísticas, tomando como

criterio la división de los espacios y servicios de los atractivos turísticos identificados.

En Bolivia esta actividad del Turismo accesible es incipiente, no está desarrollado, no se

le da la importancia necesaria, sea por desconocimiento sobre la actividad, falta de

información sobre su desarrollo e implementación, falta de sensibilidad para con las

personas con capacidades diferentes, o simplemente el no importismo. Por otro lado,

tampoco en el País existe como en otros, alguna institución pública o privada (ONG´s)

que se dediquen a esta actividad del turismo accesible, a orientar de la forma y como

puede aplicarse y desarrollarse esta actividad, o empezar con informaciones o seminarios,

así que sobre este aspecto no existe nada.

Si bien, dentro del marco legal (descrito en el capítulo I, punto 10) Bolivia cuenta con

leyes referidos a las personas con discapacidad, en todos hablan sobre la salud, bonos,

educación especial, trabajo y reivindicaciones para su sector, pero en ninguno de ellos

habla o menciona sobre la actividad del turismo accesible, y menos en la adecuación de

los servicios e infraestructura del sistema turístico, mediante una ley, norma u ordenanza

que regule esta situación y sea beneficioso para todo el sector.

Es por ello, la necesidad de empezar a divulgar, incentivar, coadyuvar y desarrollar esta

nueva actividad (en el Municipio de La Paz) del Turismo Accesible.

6. Análisis del área de influencia del Proyecto.

6.1 Ubicación geográfica y política de carácter General. tenemos:

El departamento de La Paz, creado el 23 de enero de 1826 durante el gobierno del

Mariscal Antonio José de Sucre, está situado al Oeste de la República de Bolivia.

Aniversario cívico: Su aniversario cívico es el 16 de julio (1809).

Límites: Al norte con el departamento Pando, Al sur con el departamento de Oruro,

Al Este con los departamento de, Cochabamba y Beni, Al Oeste con Perú y Chile.

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Ubicación: Se ubica en el noroeste del territorio nacional.

Capital: La Paz, fue fundada por Alonso de Mendoza como Nuestra Señora de La Paz

y cuenta con 815.452 habitantes (solo Provincia Murillo). Ello en memoria a la

conclusión de las guerras civiles del Virreinato, cerca del valle de Chuquiago.

Población general: 2.350.466 habitantes

Superficie: Tiene 133.985 km2.

Longitud: Esta entre los 16º30'00''de latitud sur y los 68º08'00' de longitud oeste del

meridiano de Greenwich.

Porcentaje territorial: Ocupa el 12% del territorio nacional.

Altitud: 3.627 metros sobre el nivel del mar. 120

Numero de Provincias con los que cuenta el departamento de La Paz: 121

1. Pedro Domingo Murillo. 8. Eliodoro Camacho 15. Abel Iturralde 2. Omasuyos. 9. José Ramón de Loayza 16. Juan Bautista Saavedra 3. Pacajes. 10. Inquisivi. 17. Manco Kapac. 4. Idelfonso E. de las Muñecas 11. Sud Yungas. 18. Gualberto Villarroel López. 5. Larecaja. 12. Los Andes. 19. José Manuel Pando Solares 6. Franz Tamayo Solares. 13. Aroma. 20. Caranavi. 7. Ingavi . 14. Nor Yungas.

6.2 Ubicación geográfica y política de carácter Específico, sobre el Objeto de estudio.

Justamente este objeto de estudio está situado en el centro intermedio del

departamento de La Paz, donde se pretende aplicar el presente Proyecto de Ley

Municipal Para el Turismo Accesible del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,

está localizada en la provincia Pedro Domingo Murillo, donde está situada la ciudad

de La Paz, bajo la jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, (mas no

así del Municipio de la ciudad de El Alto puesto que es otra jurisdicción).

Es así que la ciudad de La Paz, está construida en base a un trazado de manzanas

cuadradas y calles rectas en torno a la plaza mayor, como todas las ciudades españolas

en América, mantiene aún estas características en parte de la zona central. Debido al

desarrollo no planificado de la ciudad, ésta se extendió en forma lineal, condicionada

por la existencia de múltiples ríos y quebradas. Las zonas comerciales están

dominadas por altos edificios y las áreas residenciales se encuentran diferenciadas por

la topografía y las características climáticas únicas en La Paz.

120 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Lbre_especial/1226/suplementos.php? 121 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Lbre_especial/1226/suplementos.php?

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Aniversario de la Provincia: 20 de octubre de 1548 (Alonso de Mendoza). Como

Nuestra Señor de La Paz.

Ubicación: Dentro del Departamento de La Paz, una de las provincias situadas en la

parte baja sur del departamento.

Límites Provinciales: Al norte con las Provincias Larecaja y Caranavi, Al sur con las

provincias Loayza, Aroma e Ingavi, Al Este con las provincias de Nor Yungas y Sud

Yungas, al Oeste con la provincia Los Andes.

Capital Provincial: La localidad de Palca.

Población: 815.452 habitantes

Superficie: Tiene 4.705 km2.

Coordenadas: 16º29'39''de latitud sur y los 68º08'51' de longitud oeste.

Altitud: 3.650 metros sobre el nivel del mar.

Número de Provincias: con los que cuenta el departamento de La Paz es de veinte,

distribuidas a lo largo del departamento, de norte a sur.

División Municipal: La Provincia Pedro Domingo Murillo es una provincia de

Bolivia ubicada en el centro del departamento de La paz, en ella se encuentra el área

metropolitana de La Paz-El Alto, sin embargo está constituida por cinco municipios:

La Paz, El Alto, Mecapaca, Achocalla y Palca 122.

En base a lo señalado, podemos diagnosticar lo siguiente:

La existencia de un problema en la ciudad de La Paz, traducida en la no actividad

del Turismo Accesible, a raíz de las barreras arquitectónicas y/o físicas, barreras

comunicacionales, barreras sociales e inclusive barreras legales y/o normativas.

Y esta inactividad del turismo accesible, se ha abordado durante la investigación

con entrevistas a los actores directos e involucrados con la relación

documentológica sobre esta actividad y la comparación legislativa de esta

actividad con relación a otros países.

En base a todo lo colectado e investigado y conforme a los resultados obtenidos, se

plantea como una posible solución al problema, la elaboración de un Proyecto de

Ley para el Municipio de La Paz, sobre lo que es el Turismo Accesible,

122 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Lbre_especial/1226/suplementos.php?

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proyectando cambios en las barreras mencionadas a fin de resolver el o los

problemas existentes.

7. Caracterización General del departamento de La Paz. Es una zona altiplánica, donde

se desarrollaron culturas que datan de hasta 60.000 años A.C. como la Vizcachani,

Chiripa, la Wancarani y particularmente la Tiwanacota, caracterizada como el primer

imperio andino, en cuyos dominios se construyó la primera ciudad planificada de la

región: Tiwanacu, que cuentan con importantes expresiones líticas; como el templo de

Kalasasaya con una superficie aproximada de 2 hectáreas, el templo de Pumapunku, la

pirámide de Akapana, el templete semi-subterráneo y la renombrada Puerta del Sol.

Posteriormente, durante el desarrollo del Imperio Inca, pasó a denominarse Collasuyo,

estando predominantemente ocupada por asentamientos Aymaras.

La llegada de los españoles en 1532, desarticula la organización que durante siglos

funcionó en la región, implantándose una nueva estructura política institucional, apoyada

en la explotación de los recursos naturales no renovables. Para cumplir con el objetivo de

disponer de un centro intermedio entre las minas y la costa, se funda el 20 de Octubre de

1548 la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, Sede del Gobierno Nacional desde 1899. No

menos importante, están los atractivos en los alrededores, como el lago Titicaca,

Copacabana, Parque Nacional Madidi, Sorata, Coroico, Montañas Condori, Huayna

Potosí, Illimani, Chacaltaya, Palca a las faldas del Illimani, Parque Nacional Cotapata,

Caminos Precolombinos; Takesi, El Choro, Yunga Cruz y el camino del oro, Aguas

Termales de Urmiri, reserva de Pilon Lajas, y el Valle de Zongo, entre otros123.

8. Caracterización Especifica del Municipio de La Paz.

Antes de mencionar las ofertas turísticas, cabe mencionar que el municipio de La Paz, se

subdivide en 8 macro distritos, 7 de carácter urbano y 1 rural, que son:

8.1 Macro-distritos urbanos del Municipio de La Paz;

1) Macro-distrito Cotahuma (distritos 3, 4, 5, y 6) comprende Sopocachi, Alto

Sopocachi, Pasankeri, Tembladerani, Alpacoma, Belén, Tacagua, San Pedro y

Bajo Llojeta.

123 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php?

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2) Macro-distrito Max Paredes, (7,8,9 y 10) comprende Munaypata, La Portada, El

Tejar, Gran Poder, Obispo Indaburo, Chamoco Chico, Pura Pura, Ciudadela

Ferroviaria.

3) Macro-distrito Periférica (11,12 y 13) comprende Achachicala, Chuquiaguillo,

Villa Fátima, Vino Tinto, 5 dedos, Santiago de Lacaya, Rosasani.

4) Macro-distrito San Antonio (14, 5,16 y17) están San Antonio, Villa Copacabana,

Pampahasi, Valle Hermoso, Kupini, Villa Armonía, Callapa, San Isidro.

5) Macro-distrito Sur, (18, 19 y 21) comprende Obrajes, Vella Vista, Bolonia, Irpavi,

Calacoto, Cota Cota, Achumani, Ovejuyo, Koani, La Florida, Seguencoma, San

Miguel.

6) Macro-distrito Mallasa (20) comprende Amor de Dios, Mallasa, Muela del

Diablo, Mallasilla, Jupapina.

7) Macro-distrito Centro (1 y 2) comprende Casco urbano Central, San Jorge,

Miraflores, San Sebastián, Santa Barbará, Parque Urbano Central.

8) Macro-distrito Hampaturi/Zongo (rural 22 y 23) comprende Pongo, Hampaturi, 7

lagunas, Chinchaya, Zongo Choro, Cahua Grande, Zongo Valle. 124

8.2 Componente Geográfico Natural. La ciudad de La Paz está situada a las riberas del

rio Choqueyapu, que la cruza de norte a sur, así como de pequeños ríos que nacen en

las laderas altas y depositan sus aguas a lo largo del trayecto de este rio que

desemboca hacia el norte Boliviano. En la Cordillera Real (al este de la ciudad) se

encuentra el Illimani a 6.465, cuya silueta es el emblema de la ciudad desde su

fundación. Así también se encuentra rodeada por valles meso térmicos como la de

Zongo y Mallaza, en el que se puede apreciar deformaciones naturales de los cerros,

haciendo un lugar atractivo así como la vegetación existente en el valle de Zongo125.

8.3 Clima. El clima de la ciudad es templado de alta montaña, el promedio anual de

temperatura es de 11º C, con una precipitación promedio de 575mm, siendo enero el

mes más lluvioso del año, las lluvias se concentran de manera estacional desde

diciembre hasta abril. En promedio el mes más cálido es noviembre, mientras que el

mes más frio es julio. La temporada de primavera en La Paz va del 21 de septiembre al

21 de diciembre con una temperatura máxima promedio de 19ºC y una temperatura

124 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php? 125 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Encoclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php?

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mínima promedio de 4ºC (47.7ºF). En verano el clima es templado y bastante lluvioso,

se registran en las noches neblinas y con frio, el clima de otoño es poco frio y seco,

por último el invierno es seco y frio, considerado como la estación seca. 126

8.4 Agua como recurso turístico. Al norte de la ciudad de La Paz, existe una represa que

provee de este elemento básico, sin embargo existe ríos subterráneos que corren por

debajo de la ciudad, así como lagos, lagunas, pantanos y pozas, en el área Zongo. 127

8.5 Paisaje. Tenemos o contamos con Bosques o bosquecillo (Pura Pura), cavernas,

cuevas, montañas, planicies y santuarios, entre otros, situados en los macro-distritos de

Max Paredes, Zongo, Mallasa y Sur. 128

8.6 Flora y fauna. Por fortuna contamos con fauna, flora e insectos de interés (turístico si

damos la importancia necesaria), situados en el macro-distritos de Zongo y Mallasa.129

8.7 Componente cultural. Existe una convivencia entre aymaras y descendientes, cada

una de ellas con sus propias características, en aéreas rurales y las laderas están los

aymaras-castellanos, afro-yungueños, entre otros, situados en cada macro-distritos. 130

8.8 Construcciones de interés histórico cultural. El centro de nuestra ciudad de La Paz,

existen sitios históricos, Museos, sitios arqueológicos, jardines, casas, iglesias, sitios

de interés, lugares o monumentos históricos, obras o lugares con valor científico

cultural, arquitectura Colonial, mismas que se hallan ubicadas en los Macro-distritos

Centro, Sur, Periférica y Cotahuma, entre estos tenemos:

CUADRO Nº2 SITIOS TURISTICOS

En la ciudad: Lugares de interés, Museos, Centros Culturales y de entretenimiento público.

1 Museo casa de Pedro Domingo

murillo

Templo y convento de San Francisco Paseo del Prado

2 Museo Costumbrista Juan de

Vargas

Catedral Metropolitana Palacio de

Gobierno

3 Museo del Litoral Boliviano Parque Urbano Central (que tiene los

parques Roosevelt y Laikakota,

variedad de canchas polifuncionales,

un museo interactivo, un campo ferial

entre otros atractivos)

Plaza Murillo

4 Museo Nacional de Arqueología Mercado de las Brujas Casco Viejo de la

Ciudad

5 Museo de Metales Preciosos Teatro Municipal de La Paz Iglesia San

126 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php? 127 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php? 128 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php? 129 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php? 130 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php?

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Precolombinos o Museo del Oro Sebastián

6 Museo Nacional de Historia

Natural

Teatro al Aire Libre Iglesia La Recoleta

7 Museo Casa María Núñez del

Prado

Iglesia Santo Domingo Templo Compañía

de Jesús

8 Museo Nacional de Arte La Calle Jaén (alberga 10 Museos,

casas Coloniales, Bares y

Restaurantes)

Iglesia Santo

domingo

9 Museo de Etnografía y Folclore Parque Metropolitano Laikacota Templo San Pedro

10 Museo de Instrumentos

Musicales

Zoológico de Mallasa "Vesty Pakos

Chuquiago Marka

Calle Sagarnaga

11 Quirquincho Valle de la Luna El Valle de Zongo

12 Museo de la Revolución

Nacional

Valle de las Animas Mirador Killi Killi

13 Museo Histórico Militar Mirador Jach'a Kollo Miradores de El

Alto

14 Museo de Arte Contemporáneo

Plaza

Estadio Hernando Siles Trekking Condoriri

15 Museo Nacional de Arqueología

Tiwanaku

Laguna Cota Cota Valle de la Luna

16 Museo Nacional de Arte Sacro

de la Catedral

Cañón de Palca Valle de las Animas

17 Museo San Francisco Multicine, Centro comercial con 11

salas de cine.

La Muela del

Diablo

18 Museo del Deporte Nacional Megacenter centro comercial y de

cines más grande de Bolivia

Jardín Japonés

19 Museo de Textiles Andinos

Bolivianos

Cine Teatro Monje Campero Los Buses Puma

Katari

20 Museo de la Coca Edificio Multicine Teleférico

21 Museo Kusíllo Zona Sur Los Puentes

Trillizos Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos.

8.9 Componente gastronómico. Al respecto tenemos una variedad en gastronomía, apto

para todos los gustos de los comensales, que viene desde lo más ancestro típico y

original, hasta las combinaciones más innovadoras según el proveedor o Chef. Así

como comida internacional. 131

8.10 Componente de festividades y eventos. Tenemos en nuestra ciudad eventos

programados, religiosos, culturales, académicos, políticos o de negocios en todos los

macro-distritos, y celebrados en el municipio de La Paz, como por ejemplo;

24 de enero la feria de Alasitas.

2 de febrero Virgen de Copacabana (Villa Copacabana y otras regiones)

19 de Marzo día del Padre. San José de Nazaret.

1 de mayo, día del trabajador, San José Obrero (Villa Nuevo Potosí)

3 de mayo, Señor de la Santa Cruz (Calvario, Tacagua, Calacoto)

131 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php?

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13 de mayo Virgen de Fátima (Villa Fátima).

14 de mayo, San Isidro, labrador (San Isidro).

17 de mayo: Señor de la Sentencia (Villa Armonía).

Mayo, Fiesta del Gran Poder (movible).

13 de junio, San Antonio de Padua (San Antonio).

24 de junio, San Juan Bautista (Valle Hermoso, San Juan).

29 de junio, San Pedro, Apóstol (San Pedro).

16 de julio, Efemérides del departamento de La Paz.

25 de julio, Apóstol Santiago (Munaypata, Pampahasi, Pasankeri, Periférica, Alto

Delicias).

3 de agosto, Virgen de la Merced (Alto Obrajes).

6 de agosto, Aniversario de la Independencia Nacional(1825)

15 de agosto, Virgen de la Asunción (Villa Victoria).

8 de septiembre, Virgen de las Nieves (V. Copacabana, M. Paredes, La Portada,

Achachicala, Alto Irpavi, Cotahuma, Las Nieves).

8 de septiembre, Virgen de los Remedios (Miraflores).

14 de septiembre, Señor de la Exaltación (Obrajes, G. de Lima, Bajo Tejar, Vino

Tinto, Ovejuyo).

24 de septiembre, Virgen de la Merced (Zona central, Cota Cota).

7 de octubre, Virgen del Rosario (El Rosario).

Noviembre, Cristo Rey (Pura Pura).

4 de diciembre, Santa Barbará (Santa Bárbara, Llojeta).

8 de diciembre, Virgen de la Concepción (Kupini, Sopocachi, Achumani). 132

8.11 Componente de actividades recreacionales. Actividades como el Trekking,

Senderismo, ciclismo, paseo en caballos, etc. están desarrollados en los macro-

distritos de Mallasa, Zongo y Sur, el Valle de la Luna, la muela del diablo y otros.

8.12 Componente de Medios y vías de comunicación. Al referirnos al Municipio

de la ciudad de La Paz, tenemos facilidad de acceso, tipos de transporte, vías de

acceso a estos lugares, mas no así para aquellas personas con discapacidad.

8.13 Componente seguridad y salud. Existen servicios de atención en salud de

emergencia, medica, policía y/o policía turística, centros de auxilio. Si bien no será en

cada sector turístico, pero por lo menos están en el macro distrito más cercano.

8.14 Componente servicios básicos; Se cuenta con agua potable, Alcantarillado,

Energía eléctrica y combustible, conforme a los servicios existentes en una ciudad,

con excepción de algunos barrios y/o zonas situados en las laderas y áreas rurales.

132 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php?

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8.15 Información y educación. Existe educación Primaria y Secundaria, los

colegios así como académicas como universidades tanto públicas como privadas133.

9. Servicios turísticos primarios.

Se referiere a la planta turística instalada como tal, el Hospedaje, la alimentación y los

operadores de turismo, así como aquellos intervinientes de manera indirecta. Pero, en la

mayoría de los servicios, sin darnos cuenta pusimos y existe un medio físico inaccesible,

constituyéndose en una Barrera Arquitectónica, del mismo modo existe una barrera del

medio físico Cultural, es decir la sociedad, una barrera Social conforme a la educación de

inaceptabilidad al ciudadano con capacidades diferentes. Precisamente a cerca de la

accesibilidad y las barreras, se refiere la “Carta de Barcelona”, España, que en el año 1996

se pronunció en una conferencia a favor de las personas con discapacidad, el cual citamos

textualmente, que manifiesta lo siguiente; “...La dignidad y la valía de la persona son

condiciones inherentes a todos los seres humanos independientemente de su sexo, raza,

edad y discapacidad. La deficiencia y la discapacidad afectan a la sociedad en su

conjunto y no solo a las personas individualmente y a sus familiares. En consecuencia, la

ciudad como una forma de organización social ampliamente extendida en todas las

culturas del planeta, debe dotarse de los recursos necesarios para facilitar la

participación de todos sus habitantes... La accesibilidad, extensiva a todos sus

ciudadanos, debe incorporarse definitivamente al diseño de las ciudades como una

estrategia más de las políticas asumidas de promoción de la calidad de vida. Una ciudad

accesible en la que todos los técnicos y sus representantes políticos han incorporado este

concepto como una parte más de su cultura de trabajo, convirtiéndolo en un automatismo

más a la hora de concebir cualquier proyecto..."134.

Hoy se observa en la gran mayoría de los centros urbanos a nivel nacional, y de manera

más marcada en nuestra ciudad de La Paz, la presencia de impedimentos en estructuras

arquitectónicas y espacios urbanísticos que marginan a un grupo importante de personas

por la existencia de barreras arquitectónicas, urbanísticas y del transporte. (A excepción

de los ahora llamados Puma Kataris, el Teleférico, señalización de barras en aceras y

Bancos Financieros).

133 Internet; (2016) http://www.wikipedia La Enciclopedia Libre_especial/1226/suplementos.php? 134 Alonso F. (2002), Libro Verde de la accesibilidad en España, Comisión de la Discapacidad, “Carta de Barcelona” Conferencia sobre discapacidad y Barreras turísticas - España, año 1996. Publicado y comentado en la obra de Imserso-Acceplan.

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Conceptualmente, se entiende que "...Las barreras arquitectónicas y urbanísticas son

los impedimentos que encontramos en el entorno físico (creado por el propio

hombre), que dificultan o imposibilitan la transitabilidad urbana, convierten en

infranqueables a edificios públicos o privados, hacen inaccesibles o inutilizables

parte de los edificios o su equipamiento..."135.

Y justamente se identificó como un problema a estas barreras descrito en el Capítulo I

punto 5 de la presente investigación, ya que nuestra ciudad de La Paz, con actividades

y perfil turístico existe la presencia de impedimentos arquitectónicos y de espacios

públicos, que dificulta a una gran mayoría de la población con discapacidad a la

accesibilidad, el desplazamiento y la permanencia a muchos espacios públicos y otros

privados de acceso. Ante la existencia de las barreras, se plantea la imperiosa necesidad

de una estrategia que permita la plena accesibilidad al medio físico como respuesta a

esta situación. Las personas afectadas por alguna limitación física o comunicacional en

el uso de su tiempo libre destinado a actividades turísticas y/o recreativas,

generalmente encuentran distintas situaciones de conflicto en el espacio físico

(barreras) así como en lo cultural (rechazo social) que limitan u obstaculizan el libre

ejercicio de su derecho a disfrutar de las actividades turísticas, las cuales podemos

agrupar o clasificarlas en:

9.1 Barreras físicas. Se plantea con el presente Proyecto de Ley Municipal para el

Turismo Accesible del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, la imperiosa

necesidad de una estrategia que permita la plena accesibilidad turísticas y/o recreativas,

generalmente encuentran distintas situaciones de conflicto en el espacio físico, que

podemos agrupar en al medio físico como respuesta a esta situación. Las personas

afectadas por alguna limitación física o comunicacional en el uso de su tiempo libre

destinado a actividades resulta ser a veces una travesía riesgosa para la vida, estas

barreras son apreciables a simple vista, entre ellas destacamos;

a. Espacios Verdes;

como Plazas, Parques y Jardines.

Pasajes y espacios peatonales.

135 Alonso F. (2002), Libro Verde de la accesibilidad en España, Comisión de la Discapacidad, “Carta de Barcelona” Conferencia sobre discapacidad y Barreras turísticas - España, año 1996. Publicado y comentado en la obra de Imserso-Acceplan.

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Entradas sin accesos, sin rampas o algo parecido.

b. Estructura Urbana;

Recuperación y/o revitalización, los cruces peatonales y vehiculares, campaña

municipal en la gestión anterior.

Falta de rampas en veredas y disminución de cordones de acera, pues no se dan en

todo el municipio de La Paz.

Falta de lugares de estacionamiento reservados exclusivamente para personas

discapacitadas.

c. El Mobiliario Urbano;

Como en las luminarias, falta de señalización en los bancos de las plazas, parques

y jardines, así como los lugares más visitados.

Falta de rampas en veredas y disminución de cordones de acera, pues no se dan en

todo el municipio de La Paz

d. Los Edificios; destinados al hospedaje y/o Alojamiento hotelero y extra-hotelero,

instalaciones para Gastronomía (Bares, confiterías y restaurantes), e instalaciones

para el desarrollo de Actividades Culturales como museos y salas de espectáculos;

Falta de accesos internos en edificios a instalaciones en plantas altas, mediante

escaleras amplias o inexistentes en algunos.

Falta de espacio para desplazamiento o ubicación en habitaciones,

restaurantes, comercios, medios de transporte, cabinas telefónicas, ahora a

excepción de entidades financieras, los buses puma Katari y el teleférico.

Baños no adaptados o poco espaciosos, en cuanto a la altura de los lavamanos,

urinarios y otros de acuerdo a la discapacidad.

Falta de instalaciones para actividades científicas como congresos y convenciones.

Instalaciones para el desarrollo de actividades recreativas – deportivas, como

estadios, polideportivos u otros, mas sus espacios complementarios (Vestuarios,

gimnasios, etc.). Estos son los ejemplos más significativos de inaccesibilidad para

este segmento.

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Así también para el desarrollo de actividades lúdicas en áreas urbanas (zoológicos,

casinos y discotecas), que impiden por su conformación el acceso a estos

atractivos.

e. El Transporte;

También presenta situaciones de conflicto en el caso de terminales, accesos y áreas

de estacionamiento, junto a los específicos en transporte aéreo, terrestre y fluvial.

Con excepción de los buses Pumakatari, el teleférico y entidades financieras, 136 de

acuerdo al trabajo de entrevistas.

9.2 Barreras comunicacionales. Algunas de ellas son:

Falta de guías y profesionales que puedan expresarse en lenguaje de señas u otros

conforme al requerimiento.

Falta de material e indicaciones en Braille para lectura por personas no videntes.

Falta de Señalización, es decir carteles informativos adecuados para las personas

con discapacidad.

Falta de servicios de telefonía adaptados para este tipo de segmento.

Falta de medios recreativos de comunicación, que sean accesibles (por ej. el

sistema lenguaje a señas en canales de televisión, que no se dan en todos los

canales y menos en el área de turismo.

Falta de capacitación de profesionales turísticos, para una adecuada atención de

personas con dificultades en la expresión, o en su percepción visual o auditiva. 137

9.3 Barreras sociales, esta es el mayor dilema y la principal, y la gran mayoría de los

seres humanos lo hacen sin darse cuenta, sin embargo es percibido y dicho por todos, es el

rechazo instantáneo al encontrarse con este tipo de personas.

Los visualizamos y los tratamos como sujetos de compasión.

En otros casos son mal tratados.

En el peor de los casos ignorados, cuando ellos necesitan ser tratados como personas

comunes a quienes el sólo hecho de tener restringida alguna de sus capacidades no les

impide el ejercicio de sus derechos, entre ellos, el libre goce de su tiempo libre en

136 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación. 137 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación.

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actividades turísticas y recreacionales. Por lo tanto se debe generar conciencia social

en todos aquellos involucrados en el sistema turístico, a fin de implementar el turismo

accesible en el País. 138

9.4 Servicios turísticos secundarios.

En el presente objeto de estudio y diagnóstico, contamos con servicios turísticos

secundarios como casas de cambio, mecánicos, renta de equipos, lavanderías, centros

de información, discotecas, estaciones de servicio, y otros, pero al igual que lo

señalado anteriormente, son inaccesibles, pues no cuentan con las adecuaciones

necesarias para las personas con discapacidad.

9.5 La Demanda Turística de personas con capacidades restringidas.

Una de las metas es la integración social y productiva de personas con capacidades

restringidas y/o diferentes, concepto que reemplaza y amplia al tradicional término

popular "discapacitado o minusválido".

Tradicionalmente los conceptos: discapacidad y minusvalía, fueron utilizados como

sinónimos, que marginan consciente o inconscientemente a un grupo numeroso de

personas, como lo he manifestado líneas arriba.

Empero, las capacidades son cuestiones propias del individuo, por lo que la capacidad

es un problema propio del sujeto medido, la teoría social define quien es capaz y quien

es menos capaz. Así podemos continuar sumando personas que según las estadísticas

afectan en total al 40% de la población mundial. Y son para estas personas el turismo

accesible, que puede realizar cualquier persona con independencia de su edad o que

padezca alguna discapacidad o haya sufrido algún accidente o enfermedad. La

población de cualquier grupo social encuentra diversos factores que obstaculizan o

impiden la movilidad y la comunicación en su entorno y/o medio. 139

Y el origen de estas exclusiones, se debe a distintos tipos de discapacidad como:

Menoscabos mentales, físicos, sensoriales (visuales y auditivos), motorices y

casos asociados.

factores cronológicos (ancianos y niños menores de seis años).

factores antropométricos (gigantismo, enanismo y obesidad).

138 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación. 139 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación.

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circunstancias transitorias (el embarazo, llevar niños pequeños en los brazos, en

cochecito o bultos pesados, accidentes sin secuela posterior de invalides, la

convalecencia (enyesados), viscerales y/o patológicos.

A este colectivo de personas con movilidad y comunicación reducidas, y según los

impedimentos físicos se presentan en el entorno barreras físicas y que originan

procesos de desventaja. Los colectivos anteriormente mencionados suponen un enorme

potencial turístico que se debe tener en cuenta, ya que de no ser así se dejaría de lado a

un importante número de la población, que la industria turística desconoce o no lo tiene

en consideración en numerosas ocasiones.

La discapacidad se transforma en minusvalía cuando los componentes sociales actúan

negativamente sobre la persona y en comunidades que han mantenido durante centurias

conductas de discriminación, marginación, compasión, ocultamiento, prejuicio y

mitificación que aún siguen influyendo fuertemente en las relaciones entre las personas

con y sin discapacidad. 140 En síntesis, se puede decir que por un lado las capacidades

o discapacidades son temas médicos, y por el otro las valías o minusvalías son temas de

todos porque todos somos minusválidos en algún momento de nuestra vida.

Se debe tomar en cuenta, que la discapacidad no es una enfermedad sino una situación

de desventaja, que puede ser permanente o temporal, los que son de algún tipo de

discapacidad permanente, a manera de ejemplo, tomamos en cuenta los 11 millones de

personas en México con 53% de personas con discapacidad de la movilidad, 18%

personas con discapacidad de comunicación humana, 9% ciegos y débiles visuales y

20% de discapacitados intelectuales, otro ejemplo es la de; España con 1.171.900

personas de edades entre los 16 y los 64, así como los países de alrededor como Brasil,

Argentina y otros 141, que no están aislados y viajan con acompañantes familiares por

lo general y amigos íntimos en algunos casos, pero sin discapacidad, Y ES

JUSTAMENTE A ESTE SECTOR DE PERSONAS CON CAPACIDADES

DIFERENTES NACIONAL E INTERNACIONAL A LA QUE SE PRETENDE

LLEGAR con el presente proyecto de Ley Municipal sobre el turismo accesible.

140 INEGI. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. 2012, “En México 5.7 millones de personas padecen alguna discapacidad”. pag.55. 141 INEGI. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. 2012, “En México 5.7 millones de personas padecen alguna discapacidad”. pag.57.

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PERO, TAMBIEN SE DEBE ENTENDER COMO DEMANDA EN SI, DESDE

UN PUNTO DE VISTA EMPRESARIAL por ejemplo, que tienen un concepto muy

claro con relación al cliente, y son:

1. Hoy cada cliente es más exigente.

2. El cliente es difícil de captar.

3. El cliente es fácil de perder.

4. El cliente es mucho más difícil de mantener.

Esto nos permite establecer una primera afirmación: Existe una gran valoración de la

demanda de la relación calidad – precio. 142

Es muy importante establecer la relación entre estas dos variables de la actividad

turística ya que su asociación permite establecer que básicamente:

Las EXPECTATIVAS GENERADAS deben ser iguales a las REALIDADES

PERCIBIDAS, lo que permitirá obtener la SATISFACCION DEL VISITANTE. Evitar

la insatisfacción (entendiendo por esto a la diferencia entre lo que la demanda espera y

lo que la demanda encuentra ) nos debe orientar a lograr un crecimiento continuo hasta

el objetivo ideal en que el 100% de la demanda este satisfecha y que esta satisfacción

este dicha por ellos y no por los prestadores del servicio, porque históricamente y

erróneamente la calidad se consideraba en base a la conformidad de las

especificaciones dadas por el prestador de servicios cuando desde siempre, la calidad la

establece la demanda. 143

Uno de los grandes miedos de los prestadores de servicio es la INFORMACION DEL

CLIENTE EN LA POST-VENTA O LUEGO DEL CONSUMO DEL SERVICIO:

¿El servicio que recibió es el que esperaba?,

¿la comida solicitada fue de su agrado?,

¿la habitación fue de su agrado?,

¿sugiere algún cambio en los servicios que tuvo durante su estadía?,

¿tiene alguna sugerencia sobre el personal que lo atendió?

Son preguntas que generalmente no se realizan porque pueden llevar a la luz

respuestas que se sabe no son las deseadas por el prestador. Se plantea hoy la

142 COCA Carasila Andrés Milton. (2011). “La demanda, una perspectiva de marketing, reflexiones conceptuales y aplicaciones”. Revista Perspectivas – Perspectivas N°28 Cochabamba 2011. Imp. Márquez. pag.57. 143 AYALA Castro Héctor y Col. (2002). “Operaciones y Procesos de Producción y Servicios en el Turismo”. CETUR-UH. La Habana. pag.17.

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necesidad de crear una filosofía empresarial que comprometa a todos los participantes

de la oferta turística desde los puestos gerenciales hasta la mano de obra menos

calificada. Esto nos permite establecer una segunda afirmación: la calidad establece

una marca o reputación en el mercado. El complejo de actividades que se desarrollan

cuando se hace turismo, nos plantean que la calidad requerida se basa

fundamentalmente en cinco variables:

1. Confiabilidad en el prestador del servicio,

2. el grado de interés que presta a sus clientes,

3. el equipamiento que cuenta durante el desarrollo de la actividad turística en

cualquiera de sus instancias (alojamiento, gastronomía, etc.),

4. la capacidad de respuesta ante situaciones imprevistas y por último,

5. el conocimiento que demuestra de las necesidades de sus clientes. 144

La base de toda estrategia de desarrollo empresarial es el estudio del mercado, esto

parte del CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA y de la necesaria segmentación de la

misma. A partir de encuestas se pueden realizar estudios motivacionales de la

demanda potencial y de grado de satisfacción de la demanda real que apuntan a

explorar y analizar estos temas en profundidad. Así surge la necesidad de satisfacer las

necesidades de una demanda, no considerando al mismo como "un cliente" sino que se

subdivide en tantos clientes como motivaciones encontremos; cada una de ellos con

necesidades comunes (precio justo, calidad del producto, servicio en el menor tiempo,

seguridad, respeto, confiabilidad) y distintas (las características del comportamiento y

conductas de cada segmento). 145

En base a lo citado, se tiene que la sociedad está en constante proceso de cambio, en el

cual se están modificando patrones de comportamiento, hábitos de consumo y de

conducta, la cultura y los valores de la última década; se suma a esto, una disociación

en la comunicación turística ya que antiguamente se consideraba la promoción

teniendo en cuenta el destino turístico y no la real necesidad de conocer los

requerimientos del consumidor para cada tipo de producto. Lo único permanente es EL

CAMBIO, por lo cual será conveniente partir de la necesidad de aprender a convivir

144 AYALA Castro Héctor y Col. (2002). “Operaciones y Procesos de Producción y Servicios en el Turismo”. CETUR-UH. La Habana. pag.17. 145 AYALA Castro Héctor y Col. (2002). “Operaciones y Procesos de Producción y Servicios en el Turismo”. CETUR-UH. La Habana. pag.24.

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con este nuevo modelo de competitividad. La competitividad plantea la necesidad

progresiva de establecer objetivos hacia la demanda a partir de las siguientes

necesidades básicas:

1) Partir del concepto de excelencia en la calidad del servicio.

2) Adaptar el servicio a los gustos y preferencia de la demanda.

3) Conocer mejor la demanda real y potencial.

4) Comprobar que la demanda potencial conoce la existencia del destino, las

actividades y servicios que encontrara en el mismo.

5) Tener un precio accesible y competitivo. 146

10. Comercialización y promoción Turística. Si se pretende implementar esta ordenanza

y/o ley municipal, se debe estar consciente de que es y podrá ser un buen negocio la

adaptabilidad de todos los servicios turísticos, pues la mejora de la competitividad de un

destino turístico depende de un conjunto de indicadores básicos como la calidad, la

seguridad, la estrategia de comercialización y comunicación y la asociatividad, pero

también, contar con un turismo para todos.147

Empero, el grado de desarrollo del turismo accesible en el país, es bajo, por no decir nulo,

parcializado en algunos casos sin continuidad. No se tiene difusión sobre el tema, no

existe respuestas integrales de servicios como alojamiento, gastronomía, recreación,

transporte y operadores turísticos. Pero se debe tener en claro, y este punto va

estrechamente relacionado con el punto anterior (11 sobre la demanda) sobre EL

CONCEPTO DE VALOR AGREGADO. Sabemos que la demanda actual y potencial está

saturada de ofertas de productos y servicios similares a aquel que nosotros producimos,

por lo que intentamos permanentemente agregar más calidad, más ventajas y mejores

servicios; y todo al mismo precio de antes, ya que el cliente quiere más aunque no siempre

está dispuesto a pagar más.

Está claro que la demanda compra por el deseo y paga por los beneficios que le ofrece la

empresa, ya que está condicionado por el encuadre económico de su situación personal.

Cuando un producto o servicio se diferencia de otros, la demanda no solo lo elige sino que

está dispuesto a pagarlo; esa diferencia es el VALOR PERCIBIDO O AGREGADO; o sea

146 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación y en el punto 11 sobre la demanda. 147 Grunewald Luis, (2000) “Turismo Para Todos” presidente de la Fundación Turismo para Todos, Bs. As. – Argentina Ed. NC.

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es el precio que estaría dispuesto a pagar y que generalmente no guarda ninguna relación

con el costo del producto o servicio. La demanda establece lo que podemos denominar

conceptualmente "value for money" o “valor agregado”.

Justamente la experiencia vivida y tomando estos parámetros es que según Grunewald,

indica que si tomamos y tenemos en cuenta las familias con hijos pequeños, las mujeres

embarazadas, las personas accidentadas o con dolencias, y a quienes tienen restricciones

motoras, visuales y auditivas de distinto grado, se estima que conforman el 40% de la

población mundial, un 40% que se convierte en una potencialidad atrayente. En esta

conferencia informativa que brindo Grunewald (en uno de los centros turísticos para

discapacitados en Argentina), nos relata algunas experiencias positivas con discapacitados

y la forma como se empezó a trabajar, incentivando a los propios discapacitados, a fin de

que puedan emprender por cuenta propia su actividad turística, y empezaron algunas

agencias de turismo a ofrecer servicios para este segmento. Una de ellas con un

denominativo “Decthird - December 3rd”148, emprendimiento con el que pretende facilitar

el acceso de las personas con discapacidad a las infraestructuras y servicios turísticos.

December Third, que en español quiere decir 3 de diciembre, Día Internacional del

Discapacitado, propuesto por Naciones Unidas.

El primer contacto de esta agencia con una persona con discapacidad fue con un joven de

18 años en silla de ruedas que quería subir un cerro, “…Decidimos ayudarlo entre cuatro

hombres. Él estaba sentado en su silla de ruedas. El sendero era de 1.000 metros…” indica

Grunewald, y como resultado el grupo inicial creció, esta experiencia, sumada a la

posibilidad de trabajar en algo donde los resultados se vieran directamente en el cliente, lo

llevó a decidirse por el turismo sin barreras.

Este acto repercutió de forma tal, que se empezó a trabajar en el relevamiento de

accesibilidad de aeropuertos, alojamientos, transporte, excursiones, restaurantes,

shoppings, cines y teatros en los principales centros turísticos.

Otra experiencia favorable es la manifestada por César Alberto de Lellis, de la

Organización de Asistentes Funcionales para Turistas Discapacitados (Orafturd), que

148 Grunewald Luis, (2000) “Turismo Para Todos” presidente de la Fundación Turismo para Todos, Bs. As. – Argentina Ed. NC. Relato del caso de Marcelo de Arrechea. Permitida su reproducción citando la fuente que se transcribe a continuación: FUENTE: TURISMO ACCESIBLE: Sistema integral de información para implementar un turismo para todos. http://www.turismoaccesible.com.ar - Email: [email protected]

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también se volcó a esta actividad. Junto con su esposa Lola, un proyecto inspirado en su

hija Ruth y su cuñada, ambas con discapacidad.

Otro discapacitado, también relata su experiencia negativa, su nombre Héctor Pantusa, a

quien le gusta viajar mucho. El Sr. Pantusa es hipoacúsico y a la hora de trasladarse,

indica que uno de los inconvenientes más graves son las excursiones, quien manifiesta;

“…Me cuesta seguir a los guías, más cuando son grupos de 40 personas; y si me quedo un

poco lejos, pierdo todo. Entonces, para no fastidiar al guía ni a los otros turistas, nos

quedamos sin información…”, es decir que no alcanza a escuchar lo explicado y narrado

por el guía, manifestando su descontento e indicando que se debería ser paciente y más

accesible con los discapacitados.

Otros se queja de la falta de información gráfica en los lugares turísticos, cosa que

ayudaría mucho a las personas con problemas auditivos a disfrutar de los paseos, por

ejemplo indican el Zoológico de Buenos Aires, donde tienen un lugar con charlas y

audiovisuales pero para personas con problemas auditivos no es entendible. En general,

tanto en el caso anterior como este, es la falta información gráfica, porque muchas veces

en lugar de un guía sería suficiente con información gráfica buena o un dispositivo

auditivo personal que lo acompaña a uno durante el recorrido, lo cual para Luis

Grunewald es muy común en Europa, pero no conoce nada por el estilo en la Argentina.

Sin embargo, desde el año 2006 van asistiendo a varios turistas de esta naturaleza, la

mayoría españoles, chilenos, de México y Paraguay.

Lo que trata de explicarnos el autor de este relato vivencial, es que la mejor manera de

promocionar esta actividad y comercializarla es justamente estar viviendo con el

discapacitado durante su estadía en el centro turístico, hacer que su estancia sea agradable

y de experiencias satisfactorias, para que de esta manera la actividad de Turismo

Accesible pueda crecer paulatinamente.

11. Instituciones y Políticas administrativas. La institución que en primera instancia está

sujeta y llamada por ley es el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, conforme al

presente proyecto de Ley Autonómica Municipal sobre Turismo Accesible que comprende

a las direcciones y unidades respectivas al ramo, cabe indicar que será bueno mediante

una ley la implementación de políticas turísticas para las personas con capacidades

diferentes. Toda vez que de acuerdo a la Constitución Política del Estado y otras

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mencionadas en el capítulo anterior punto 10, el gobierno municipal está facultado para

hacerlo, mediante sus direcciones, las Sub-Alcaldías respectivamente sobre los cuales se

tiene jurisdicción, para lo cual se tiene que adoptar políticas administrativas beneficiosas a

este sector turístico, como información en lenguajes para discapacitados, señalizaciones

acorde a los estándares internacionales, adecuación de las infraestructuras e

implementación de accesos arquitectónicos en lugares de interés turístico y otros aspectos

importantes para el desarrollo y crecimiento de esta actividad.

Otras instituciones, llamadas también a cumplir con estas políticas administrativas

emanadas por el Gobierno Municipal, son todas las empresas y/o agencias turísticas,

hoteles y restaurantes que intervienen dentro de este circuito y estén dentro la

jurisdicción del municipio.

Todo coordinado con aquellas instituciones representativas de las personas con

capacidades diferentes, sean nacionales y extranjeros, especialmente los extranjeros, a

quienes se les pretende captar (y son los llamados a exigir el cumplimiento de estas

políticas y sus derechos) y otras instituciones de expresiones culturales y folklóricas de

interés turístico.

12. Perfil del visitante Discapacitado. Como se señaló en el punto 11 de este capítulo y de

forma general no de carácter exclusivo, al sector a la que se pretende llegar, absolver,

llamar, atraer, encantar, cautivar, agradar y conquistar son a las personas con capacidades

diferentes, sean extranjeras (principalmente Europeas, de México y de países cercanos) y

nacionales a fin de implementar esta actividad en el municipio de La Paz. 149 Tomándose

también en cuenta al público motriz que interpreta los problemas de acceso y circulación,

la lectura de la realidad de como las personas mayores y/o con debilidad visual, personas

con bebés, los convalecientes de traumatismos, obesos, aquellos con debilidad auditiva,

con aparatos para caminar y moverse, los que no saben nadar, mujeres embarazadas e

inclusive los hablantes de otras lenguas, los niños pequeños sean nacionales y/o

extranjeros, tienen ciertas dificultades o limitantes a la hora de acceder a algún servicio.

Todo turista experimenta una situación de discapacidad en algún momento, en el acceso,

circulación y permanencia debe diseñarse y planearse en espacios públicos y privados. Lo

149 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación.

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único que buscan todas las personas con capacidad diferente, es que quieren dignidad,

seguridad y comodidad en acceso a espacios públicos y privados, acceso a los mismos

servicios turísticos, transporte adaptado, socializar y descubrir trato no discriminatorio

asociados a sus familias. Por ejemplo, las familias de adultos requieren y disfrutan

diferentes actividades del ocio en diferentes formas, y tienden a viajar por su cuenta, este

es un segmento interesante y atrayente, al cual se puede trabajar. 150

Las Familias con niños y adolescentes con discapacidad, y colaterales requieren servicios

adaptados al tamaño del grupo, lugares seguros, cómodos y tranquilos para instalarse, con

independencia de movimiento, actividades de animación infantil, actividades sedentarias y

servicios para menores, con precios diseñados para el grupo familiar. Otro segmento de

adultos mayores, tienden a viajar en grupos organizados, sea: por asociaciones, por su

cuenta, en familia y prefieren viajar fuera de temporada.

Empero los adultos mayores no todos son iguales; existen; los activos, los liberados de

compromiso, con bastante energía y retos, los que disfrutan total, los que buscan

diversión, aprendizaje y socialización, los sedentarios, los que tienen facultades físicas

menores y buscan diversión, descanso y socialización. 151

La mayoría de los adultos mayores quieren servicios cómodos y espaciosos, de ritmo

tranquilo en recorridos y actividades de animación socio-cultural, buscan el desafío físico

ligero, el trato preferencial en líneas de espera y precios especiales. 152

Otro segmento y nada despreciable y con trato de igual forma son las mujeres

embarazadas y aquellos medicamente convalecientes, que son discapacitados temporales,

a los que se les debe brindar una experiencia agradable. 153

13. Capacidad de Gasto. Se debe aclarar que en Bolivia no existe datos certeros sobre los

gastos que efectúan específicamente las personas nacionales con capacidades diferentes, y

peor aún de aquellos visitantes ocasionales foráneos, que de acuerdo a las entrevistas a las

agencias turísticas, al año vienen entre uno a tres, aspecto que no incide como para llevar

un cuadro estadístico al respecto. Empero según ERBOL digital indica que nuestra ciudad

La Paz, es la ciudad más barata en cuanto a gastos en comparación con otras ciudades de

los países vecinos, indica que la ciudad de La Paz es el destino turístico más barato de

150 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación. 151 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación. 152 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación. 153 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación.

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américa latina y que va incrementándose de manera constante, mientras que Estados

Unidos, seguida de El Caribe resultan ser los más caros de la región, seguida de Bogotá y

Rio de Janeiro, donde se indica que el viajero que llega a la ciudad de La Paz, hace un

gasto promedio de 110 dólares,154 esta investigación arroja una realidad nuestra, que por

lógica es nomas acorde toda vez que no estamos preparados al máximo para brindar este

servicio, hasta antes de la ley de Turismo “Bolivia de Espera” no había políticas públicas

que direccionen esta actividad, pese a ello aún nos falta por aprender e implementar

muchos aspectos que deben ser tomados en cuenta a momento de brindar el servicio.

154 Internet: OMT Organización Mundial del Turismo – Estadísticas (2018). “América del Sur empuja el turismo en las Américas a comienzo del 2018” Publicación Edición Latam. Diario 2103, publicación 03.09.2019.

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CAPITULO V

ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS

INFORMACION PRIMARIA.

1 Análisis de los datos e información obtenidos. El turismo es una actividad económica

sumamente dinámica, capaz de mantener un ritmo de crecimiento favorable a pesar de que

se puedan presentar condiciones adversas en el entorno nacional o internacional. La

actividad turística tiene una ventaja propia del sector, ya que genera un impacto

económico más acelerado en comparación con otras ramas productivas.

La naturaleza transversal del turismo lo coloca como un importante motor de progreso,

genera oportunidades principalmente para las micro, pequeñas y medianas empresas, y es

capaz de crear encadenamientos productivos de mayor valor agregado para el país. Por

otro lado, es un catalizador del desarrollo, representa un poderoso instrumento para elevar

el bienestar de todos aquellos que intervienen en este sistema, genera un sentido de

pertenencia y contribuye a la preservación de la riqueza natural y cultural. El país cuenta

con ventajas comparativas, somos ricos en diversidad cultural, que se asocian con su

ubicación geográfica, y el potencial de su amplio inventario turístico y capacidad para

generar productos turísticos de calidad. Sin embargo, no estamos del todo conectados con

el mercado mundial.

El reto del sector turístico es elevar la competitividad en cuanto a la accesibilidad de los

sitios turísticos, y para implementar esta situación, se requiere de acciones públicas como

las descritas en él, punto anterior, que partan de un diagnóstico compartido del estado

actual del sector turismo y que sustente el diseño e implementación de una política pública

articulada para con las personas de capacidades diferentes, con objetivos claros, pero

sobre todo, efectiva para resolver, adecuar e implementar los retos de esta industria.

1.1 Análisis e interpretación de las consultas bibliográficas.

Libros, revistas y publicaciones. En la mayoría de estos textos consultados y

tomados como referencias, se puede establecer lo siguiente:

A NIVEL NACIONAL no tenemos textos que se refieren al tema, a excepción de

algunos, pero no específicamente sobre el turismo accesible, pero si sobre el deporte

como principal actividad.

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102

En cambio A NIVEL INTERNACIONAL, si se obtuvo referencias bastas

sobre esta actividad turística, muchos países le dan una importancia enorme sobre

el derecho que tienen las personas con discapacidad a hacer turismo, existe mucha

publicación sobre el ofrecimiento de servicios para las personas con capacidades

diferentes, con buena señalización, accesibilidad, y menos barreras

arquitectónicas, todo ello regulados mediante disposiciones legales.

Normatividad. En todos los países mencionados en el presente proyecto, se realizó

una legislación comparada, en ello se pudo apreciar lo siguiente:

A NIVEL NACIONAL nos falta mucho por cubrir esta área, no se cuenta con normas

específicas sobre el turismo accesible, es cierto y evidente de que existe normas

protectivas hacia las personas con discapacidad, así como de discriminación, pero de

todos ellos, tanto en la Constitución Política del Estado Plurinacional, como en las

otras leyes descritas y señaladas en el capítulo I, son unos cuantos artículos que se

refieren de manera general sobre la actividad turística y en otros sobre las personas

con capacidades diferentes, mas no así sobre “Turismo Accesible” como tal.

En cambio, A NIVEL INTERNACIONAL, se vio que existe una vasta legislación o

normativa jurídica referida al “Turismo Accesible”, inclusive a nivel municipal y/o

provincial como en el caso de Argentina sin ir más lejos, aun mas organizados en

España y países europeos. Absolutamente todo esta normado, desde la señalización

hasta el uso de servicios, dando así un servicio de calidad, apoyado desde sus

gobiernos, por lo que se llega nomas a la conclusión de que es necesario tener normas

que legislen esta actividad del “Turismo Accesible”.

1.2 Análisis e interpretación de las entrevistas. El objetivo con las entrevistas es corroborar

y verificar si existe capacitación en recursos humanos para la atención a las personas con

capacidades diferentes, si nuestra infraestructura turística existe es apta y/o modificable

para el turismo accesible, si existe oferta y demanda para este segmento, los

requerimientos en materia turística de las propias personas con capacidades diferentes y

sus experiencias de los dirigentes de este sector.

a. Análisis e interpretación de los resultados de las entrevistas a empresas,

agencias y/operadoras turísticas, hospedajes y hoteles; En el formulario

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103

correspondiente (ver anexo de formularios de entrevistas correspondientes.), existen

once preguntas, los cuales fueron respondidas por los 49 entrevistados en cuestión,

con el sello respectivo de la empresa, agencia u operadora en cada hoja de entrevista.

Para ello se ha establecido cuatro grupos importantes para los fines del presente

proyecto, de los cuales se puede extraer lo siguiente:

EN LO INSTITUCIONAL:

A la pregunta 1 ¿Cuantos años trabaja en el sector turístico? Un 65% de los

entrevistados trabajan en el ámbito turístico entre 1 a 10 años, y son aquellas personas

que tienen su primera experiencia laboral, un 23% son las que tienen una estabilidad

laboral de 11 a 20 años de experiencia, y un 9% que tienen entre 21 a 30 años en

turismo, que por lo general son los propietarios. El aspecto de los años de experiencia

nos es importante precisamente para establecer las oportunidades que se tuvo en tener

un cliente con capacidades diferentes en su fuente laboral.

A la Pregunta 2 ¿Ha realizado alguna carrera universitaria u otra en relación al turismo o la

hotelería? Cuál? y dónde? Un 54% conforme a las entrevistas realizadas, curso una

carrera universitaria, carrera de Turismo en la UMSA, otros la cerrera de lingüística e

idiomas, otras administración de empresas, pero también existen otros entrevistados

que hicieron cursos en Sucre-U.S.F.X.CH., en la U. Católica, en la U. Real, en la

UNIFRANZ, en la U. Los Andes, otros en EE.UU. y HOLANDA, Un 28% estudiaron

en institutos como I.B.T. entre otros, y finalmente un 11% no tienen estudios

realizados, pero son empíricos en la actividad turística. En cuanto a la segunda parte

de la pregunta ¿dicha carrera incluyo formación sobre Turismo Accesible? El 99%

respondió que no llevaron materia o curso alguno sobre turismo accesible, a

excepción de unos dos o tres entrevistados que dijeron que si, pero, como una parte

introductoria nada más. El factor de los estudios de los entrevistados es importante a

fin de establecer si durante su formación académica habría recibido materia, lección o

tema sobre turismo accesible.

A la pregunta 3 ¿Ha recibido durante su desarrollo laboral capacitación para la atención de

las personas con capacidades restringidas para brindarles un buen servicio? En caso

afirmativo: donde recibió la capacitación? Cuando? Y cuanto duro la misma? Un 82% de los

entrevistados respondieron que no han recibido capacitación (taller, curso o seminario)

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

104

de lo que es Turismo Accesible, un 11% señala que recibió poca capacitación que no

especifico si fue exactamente en turismo accesible, y un 5% señala que si recibió

capacitación “sobre la atención y el trato al cliente” de forma general, pero no

exactamente en turismo accesible, este referente es muy importante toda vez que es un

indicador con relación a la anterior pregunta y verificar su en su etapa laboral recibió

alguna capacitación con relación al presente tema.

Fuente: Elaboracion Propia en base a los datos obtenidos en la investigacion

En cuanto a la DEMANDA se tiene lo siguiente:

A la pregunta 4 ¿En la empresa que usted trabaja, están preparados para el turismo

accesible? En caso afirmativo: en qué forma? ¿Y qué tipo de servicios ofrecen? Un 27% de

los entrevistados respondió que sí brinda una buena atención (el trato, la amabilidad) a

los clientes en general aunque con deficiencias, a pesar que en un 31% señalan que no

tienen la infraestructura adecuada y apta para atender a las personas con capacidades

diferentes, pero que si pueden afrontar y atenderlos en la medida de sus posibilidades

cumplirían los deseos de los turistas discapacitados. Un 5% de los entrevistados indico

y fue sincero al decir que no podrían atenderlos, ya que no es su campo, su área, su

mercado, que cuando alguna vez se presentó alguna persona con capacidades

diferentes les indicaron discretamente que no tienen paquetes u ofertas, llegándose a la

INSTITUCIONAL de las Empresas, operadoras y/o agencias Turisticas

Años de experiencia Estudios Realizados Capacitacion en Tur.Acc. Carga Laboral

Figura 1

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

105

conclusión de que discriminaron a estas personas, y un 22% indican que no

discriminaron o no discriminarían a las personas con capacidades diferentes que

solicitaren sus servicios. En tal sentido se le pregunto que en caso Negativo: ¿No cree

Ud. que está incumpliendo lo señalado en las leyes: de discriminación y de las personas con

discapacidad? Unos indicaron que si están incumpliendo con lo que señala sobre la no

discriminación y el derecho de las personas con capacidades diferentes, otros y en un

porcentaje alto indicaron que no, porque su empresa, su agencia u operadora no

atienden a ese tipo de personas, es más ni vienen para requerir sus servicios.

A la Pregunta 5. A la hora de llegada de un turista con capacidades restringidas, Que tienen

en cuenta para brindarle un buen servicio?, en un 38% señalaron que si es que vendrían

este tipo de personas con capacidades diferentes, tomarían en cuenta el trato en cuanto

a la amabilidad que se le tienen que brindar a estas personas, el darles también la

mejor información y servicio, es decir estar disponible a sus requerimientos, darles

facilidades en cuanto a su desplazamiento, un 14% de los entrevistados indicaron que

tomarían en cuenta el tipo de discapacidad que tiene esa persona y ver cómo ayudarle,

tratar en la medida de sus posibilidades lograr la satisfacción plena, con la aclaración

de que cada uno de los entrevistados manifestó de que al año solo atienden de entre 1 a

4 personas con discapacidad, y que no son frecuentes este tipo de clientes, un 10%

indicaron que no es el tipo de clientes que tienen o llegan a su empresa, por lo que no

saben. Por último, un 30% de los entrevistados indican que si bien se apersonaron

estas personas con capacidades diferentes, solicitando algún tipo de servicio, estos

propietarios, gerentes, counters, lo han derivado a otras empresas que si los podían

atender, como el caso por ejemplo en el transporte aéreo, donde BOA tiene personal

para atender a tales personas.

A la pregunta 6. ¿Cuál es la expectativa que tiene este tipo de cliente ante el servicio que

brinda la empresa? Un 5% de los entrevistados manifestó que no sabía y que no veía

ninguna expectativa con este tipo de segmento de discapacitados, un 3% señalan que

lo ven muy complicado atender a este sector, un grupo del 30% indicaron que con

capacitación del personal brindarían mejor atención, otorgarían facilidades y

satisfacción, así por lo menos estas personas se irían satisfechos por el servicio y

estadía brindados, todo dependiendo del tipo de discapacidad que tiene la persona y el

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

106

tipo de servicio que requiere esa persona discapacitada, y un 16% señalan que derivan

a este tipo de clientes al lugar correspondiente (caso de transporte aéreo de BOA).

Fuente: Elaboracion Propia en base a los datos obtenidos en la investigacion

En cuanto a la OFERTA, se tiene lo siguiente;

A la pregunta 7. Conoce algún caso de queja y/o reclamo por parte de personas

discapacitadas en relación a la atención brindada por el sector? Un 60% de los entrevistados

manifestaron que no conocen o desconocen quejas al respecto, ni hubo reclamos por el

servicio brindado en aquellos que si atendieron a alguna persona con discapacidad, a

excepción de en caso afirmativo… me puede relatar? El 8% manifestaron que a veces se

quejaron por el hospedaje, que no son amplios las puertas de ingresos para los que

están en silla de ruedas (habitación y baños), que los baños son inadecuados (tasa,

lavamanos y barras) y a veces estrechos (espacio), falta de señalización y formas de

poder comunicarse (sistema Braille), Un 10% no sabe ya que no recibió a estas

personas y 21% no toma interés a este segmento en sus servicios.

A la pregunta 8. Que reflexión le merece la realización de un curso de capacitación sobre

turismo accesible para el sector turístico? El 99% de los entrevistados, estuvo muy de

acuerdo con esta pregunta, les pareció interesante, excelente y oportuno sobre el

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

DEMANDA de las Empresas, operadoras y/o agencias Turisticas

Estan Preparados Que toman en cuenta Expectativa que generanAtencionSi Infraes.No SiDiscri NoDiscri Trato TipoDisc. NoSabe MejorInf. Complicad MejorServ Ninguna Derivan

Figura 2

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

107

desarrollo de un curso taller o seminario de capacitación sobre turismo accesible,

indicaron que sería una buena iniciativa hacer estos cursos por que ayudaría mucho al

desarrollo y atención hacia este sector discapacitado. Asimismo, el 1% de los

entrevistados señalo que no necesita porque ese no es su área, su campo, su tipo de

clientela, o simplemente que no lo harían porque no tienen tiempo. Por lo que al

preguntar a los interesados de; ¿Que temas le interesaría que se desarrolle? Muchos

indicaron las áreas o temas importantes, entre ellos se tiene que; el 20% sugiere la

señalización que debería existir en todos los lugares que frecuentan los turistas, vale

decir museos, parques, calles o avenidas principales, hoteles, restaurantes y espacios

culturales, tanto para los sordomudos, no videntes y personas en silla de ruedas, así

como para niños y mujeres embarazadas. El equipamiento del cómo y qué cosas son

necesarias y útiles para este sector. El 23% indicaron que también es importante el

lenguaje de señas para la comunicación con personas sordomudas. El 18% señalaron

que el sistema Braille plasmado en un manual ofreciendo los tipos de servicios de la

empresa sería importante. Y por último un 28% considera que el buen trato a los

clientes es importante.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

0

10

20

30

40

50

60

QUEJAS Y/O DENUNCIAS CURSOS DE CAPACITACION

OFERTA de las Empresas, operadoras y/o agencias Turisticas

SI NO NO SABE NO INTERES SEÑALIZA. LEN.SEÑAS BRAILLE TRATO

Figura 3

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108

De las CONDICIONES EN LAS INSTALACIONES, se tiene;

A la pregunta 9. Considera Ud. que su empresa turística está apto para un Turismo

Accesible? Un 27% de las empresas entrevistadas manifiestan que sí, que pueden

afrontar cierta cantidad de turistas y brindarles el servicio, considerando siempre el

tipo de discapacidad y el servicio que solicitan, y hacer lo posible para que el cliente

quede satisfecho, es decir se arriesgan en la atención hacia estas personas con

capacidades diferentes, en cambio el 55% de los entrevistados y viendo la realidad,

manifiestan que no están aptos como empresa y que les sería imposible el poder

atenderlos, y que prefieren enviarlos o reconducirlos a otra agencia o empresa, otros

indican haciendo una conexión con la anterior pregunta y dicen que si los atenderían

siempre y cuando hubiese esos cursos de capacitación, especialmente como debe ser el

trato hacia este tipo de personas, pues inclusive tiene que ver con el aspecto

psicológico hacia estas personas, pues siempre sufren de algún tipo de susceptibilidad

en cuanto a sus apreciaciones y la forma de tratar con las personas normales, por

ultimo un 7% indican que tal vez si estarían aptos para la atención a este segmento.

A la pregunta 10. Tiene las adecuaciones necesarias como para brindar este servicio? El

55% de los entrevistados dijeron que si podrían adecuar sus instalaciones, poniendo

rampas para los de silla en ruedas, señalizaciones e inclusive aprender los lenguajes,

todo para adecuar en todos los ámbitos la empresa hacia esta actividad, en cambio el

31% manifestaron que no lo harían, que no adecuarían nada, porque no es el sector al

que ofrecen estos servicios, así que no les preocupa demasiado, además que ello

implicaría mucho gasto de dinero, que es imposible hacerlas, en algunos casos que no

son ni siquiera los propietarios del inmueble y/o infraestructura donde están, que

debería hablarse con el o los propietarios, quienes se opondrán a estos cambios, así

que lo ven muy difícil. Por ultimo un 9% manifestó que tal vez podrían hacer

adecuaciones, dependiendo de la demanda.

A la pregunta 11. ¿Cuál es la proyección de su empresa con relación al mercado para el

Turismo accesible? A esta pregunta, el 10% de los entrevistados indicaron crecer como

empresa, otros tener sucursales, otros mantener la fidelidad de los clientes actuales,

asimismo el 21% indico que no sabían la proyección de su empresa, por lo que tuvo

que añadir la pregunta conforme a las grabaciones efectuadas a momento de las

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entrevistas, mismas que están adjuntadas en un CD de audio como prueba de descargo,

con la siguiente pregunta: ¿si existiese una norma o ley que regule y obligue a todas las

empresas, agencias y operadoras turísticas a adecuar sus instalaciones e infraestructura lo

harían? Al respecto el 69% de los entrevistados manifestaron que sí, que lo harían, que

es una ley y que por lo tanto debe de cumplirse, y es justamente el objetivo con el

presente proyecto de grado.

Fuente: Elaboracion Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

Análisis e interpretación de los resultados de las entrevistas a Centros de

Hospedaje (Hoteles y Hostales); Han sido 25 entrevistados entre propietarios y

administradores, en lo INSTITUCIONAL refiere;

A la pregunta 1 ¿Cuantos años trabaja en el sector Hotelero? (a momento de la entrevista

se cambió la palabra turístico por hotelero, tal cual evidencian las grabaciones) En el 55% de

los entrevistados indicaron que vienen trabajando entre uno a diez años, que en su

mayoría son personas jóvenes. Un 27% tiene entre once a veinte años de experiencia y

que gozan de estabilidad laboral, y el 10% entre veintiuno a treinta y un años que

vienen a ser los propietarios, administradores y/o gerentes, todos ellos, conocen el

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

INSTALACIONES de las Empresas, operadoras y/o agencias Turisticas

Empresa Apta Adecuaciones Proyeccion de la Empresa

No Apta Si Apta Talvez Nada + o - Mucho No Sabe Crec.Fid.Cum.Ley

Figura 4

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110

movimiento hotelero, tienen bastante experiencia y conocen las necesidades de los

huéspedes, no precisamente sobre la atención a las personas con discapacidad ni sobre

el turismo accesible, pero si en su actividad laboral. Y se considera importante para

ver los casos en que se atendió a una persona con capacidades diferentes.

A la Pregunta 2 ¿Ha realizado alguna carrera universitaria u otra en relación al turismo o la

hotelería? Cual y dónde? El 46% de los entrevistados, manifestaron que realizaron

estudios de administración de empresas, turismo entre otros en la UMSA o en alguna

otra Universidad, el 19% señalaron que hicieron cursos de contadores, Hotelería o

alguna rama similar en institutos, y el 29% señalan que son empíricos en lo que es la

administración hotelera. En cuanto a la segunda parte de la pregunta ¿dicha carrera

incluyo formación sobre Turismo Accesible? El 96% de los entrevistados respondió que no

llevaron materia o curso alguno sobre turismo accesible.

A la pregunta 3 ¿Ha recibido durante su desarrollo laboral capacitación para la atención de

las personas con capacidades restringidas para brindarles un buen servicio? En caso

afirmativo: donde recibió la capacitación? Cuando? Y cuanto duro la misma? El 69% de los

entrevistados indicaron que jamás recibieron algún tipo de capacitación, curso, taller o

seminarios referido a la atención a las personas con capacidades diferentes durante el

tiempo que trabajaron, otro 16% manifestaron de que sí tuvieron capacitación, pero no

precisaron el lugar de la supuesta capacitación. Y el 8% señalan que recibieron poca

capacitación sobre lo que es la atención a las personas con capacidades diferentes, este

aspecto es importante a fin de comprobar que si bien durante sus estudios realizados

no recibieron esta capacitación en su formación académica, a lo mejor durante su

desempeño laboral haya existido quizá la remota posibilidad de que haya sido

instruido y formado sobre la atención de las personas con capacidades diferentes. Así

mismo, existen tres tipos de turnos sobre la carga laboral, un 22% señala que trabaja

solo 8 hrs. el 37 % en turno de 12 hrs. y el 31% señala el turno de 24 hrs.

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Fuente: Elaboracion Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

En cuanto a la DEMANDA

A la pregunta 4 ¿En la empresa que usted trabaja, están preparados para el turismo

accesible? En caso afirmativo: en qué forma? ¿Y qué tipo de servicios ofrecen? Al

respecto, el 25% indicaron que no están preparados en cuanto a infraestructura

para recibir a las personas con capacidades diferentes y realizar esta actividad del

turismo accesible, los que respondieron afirmativamente son el 30%, que indicaron

que atenderían a este tipo de personas, y que prevalece el buen trato al cliente y

que no es bueno “no ofrecerle todo al principio”, si no que escucharlo y ver qué es

lo que quiere, que necesita o cuál es su posible turismo. Una vez determinado ello

recién adecuan y/o adaptan sus paquetes al requerimiento del turista, puesto que no

tienen paquetes específicos para este tipo de clientes, en otros casos quizá como

dicen simplemente quieren información y bueno pues lo derivamos al lugar

correspondiente, como BOA por ejemplo cuando se trata de transportes.

Asimismo, a los que respondieron negativamente se les dijo: ¿No cree Ud. que está

incumpliendo lo señalado en las leyes: de discriminación y la Ley de las personas con

discapacidad? A lo que el 18% indicaron que este segmento de clientes con

discapacidad no es el mercado que ellos abarcan o llegan, además que tampoco

tienen paquetes turísticos que se adapten a los requerimientos de las personas con

0

10

20

30

40

50

60

70

80

1 2 3 4

INSTITUCIONAL de los Centros de Hospedaje

A B C

Años de Experiencia Estudios Realizados Capacita en Tur.Accesib. Carga Laboral

1a10 11a20 21a31 Univ. Instit. Empiric. Si Poca No 8hrs. 12hrs 24hrs

Figura 5

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discapacidad, y siendo así, no creen que están incumpliendo con las mencionadas

leyes. En tanto que el 11% asintieron que si hay discriminación, pero que por

suerte este tipo de clientes no son frecuentes en algunos casos, en otros que ni

siquiera vienen a hospedarse y en que al año atienden entre 1 o 2 personas como

mínimo y otros 3 como máximo.

A excepción de 2 o 3 hoteles que si recibieron a delegaciones de discapacitados,

conforme a las entrevistas, son el Torino, Majestic y Gloria entre otros, donde

tuvieron una bonita experiencia a pesar de la falta de accesibilidad en los

ambientes, pero que se dieron modos de poder atenderlos y satisfacer sus

necesidades y expectativas.

A la Pregunta 5. A la hora de llegada de un turista con capacidades restringidas, Que

tienen en cuenta para brindarle un buen servicio?, el 38% de los entrevistados de los

centros de hospedaje, indicaron que no es muy frecuente la llegada de este tipo de

clientes, empero, dijeron que a la hora de llegada de una persona con discapacidad,

lo primero es el trato, la amabilidad hacia estas personas, independientemente del

tipo de discapacidad, una vez hospedado en el hotel deben estar disponible a sus

requerimientos, para lograr su satisfacción, muy pocos indicaron que cuando

alguien con discapacidad se hospedo en sus instalaciones, también lo coadyuvaron

a tomar transporte aéreo, derivándolo a BOA. El 16% manifestó, que lo mejor que

podrían brindar a este tipo de clientes a la hora de llegada a su centro de hospedaje

es el mejor servicio de información, para que el cliente pueda tener una amplia

gama de lo que hay en el hotel (las desventajas y ventajas) y pueda tomar una

decisión.

Obviamente que todos hablaron en el hipotético caso de que si vendrían ese tipo de

clientes, pero, en la mayoría de los centros de hospedaje entrevistados indican que

no van este tipo de personas con discapacidad, a lo mucho y en algunos de ellos

(unos 3 a 5 hoteles) recibieron a 2 o 3 clientes de esta naturaleza al año, la mayoría

extranjeros, a excepción de los nacionales que si vienen en gran número pero para

asistir a una convención, reunión, por deporte o movilización, pero ello se da cada

vez que hay una convocatoria o conflicto.

Así también el 8% de los entrevistados no sabe qué hacer a la llegada de este tipo

de personas, en cambio el 10% de los entrevistados, antes de brindar sus servicios,

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113

observan el tipo de discapacidad a fin de poder coadyuvarles en el servicio

requerido.

A la pregunta 6. ¿Cuál es la expectativa que tiene este tipo de cliente ante el servicio

que brinda la empresa? Aquellos que sí tuvieron la “suerte” (si vale el termino), de

recibir a un discapacitado, indican que les falta capacitación al respecto y sobre el

tema de cómo afrontar y tratar a este tipo de personas, a lo mucho que hacen es

ayudarlo en el traslado, pero no saben cómo es el trato que se les debe brindar,

pues señalan que cada persona tiene un carácter muy diferente, y dan lo mejor que

pueden con el personal que tienen para satisfacer sus requerimientos, y es esta

expectativa que tratan de llenar o colmar al cliente discapacitado, a fin de que se

vayan satisfechos, quizá no sea al 100% cono indican, pero que si se vayan sin

ninguna queja, y como quiera, indican que la mayoría se fue felicitándoles por la

atención, la amabilidad, la cordialidad y la calidez brindada, siendo ello su

recompensa, manifiestan el 30% de los entrevistados que el buen trato es

importante. El 18% de los entrevistados simplemente lo derivan a la entidad o

institución según su requerimiento, el 2% indican que es complicado el atender a

este tipo de personas y que no saben qué hacer y el 6% arguyen que no tienen

ninguna expectativa como empresas.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

DEMANDA de los Centros de Hospedaje.

Estan Preparados Que toman en cuenta Expectativa que generanAtencionSi Infraes.No SiDiscri NoDiscri Trato TipoDisc. NoSabe MejorInf. Complicad MejorServ Ninguna Derivan

Figura 6

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En cuanto a la OFERTA

A la pregunta 7. Conoce algún caso de queja y/o reclamo por parte de personas

discapacitadas en relación a la atención brindada por el sector? Todos los propietarios,

gerentes y/o administrativos encargados en un 50% manifestaron que no conocen o

desconocen quejas al respecto, menos en su centro de hospedaje ni en cualquier otro

de su alrededor, ni reclamos por el servicio brindado, en cambio los de caso afirmativo…

me puede relatar? El 1% dijeron que si conocen de quejas, pues se quejaron del tipo de

hospedaje, que no son amplios, los baños inadecuados y/o estrechos, la falta de

señalización o las formas de poder comunicarse, otros indicaron de que no saben nada

de quejas sobre la atención en los otros hospedajes, el 19% señalan que no les interesa

si hay o no quejas sobre su sector, les es indiferente, porque no atienden a ese tipo de

personas, y el 7% indican que no saben sobre estas quejas.

A la pregunta 8. Que reflexión le merece la realización de un curso de capacitación sobre

turismo accesible para el sector turístico? Al 84% de los entrevistados les pareció

fantástico la realización de estos cursos, ya que absolutamente una gran mayoría de

todos los entrevistados de los centros de hospedaje se mostraron muy interesados

sobre los cursos de capacitación, creen que son muy necesarios y que debería darse por

lo menos tres a cuatro veces al año, para poder brindar un mejor servicio, entre los

temas que sugirieron con mayor énfasis es en el trato (el cómo tratar a este tipo de

personas con capacidades diferentes) en un 29%, como segundo tema está la

señalización con un 23% que debería existir en todos estos centros, como los

ascensores, habitaciones, pasillos y baños, el 18% solicita el lenguaje de señas, puesto

que estas personas son físicamente son normales, siendo su desventaja la sordera y ser

mudo, pero que si pueden hacer actividades. Y muy pegado a la anterior con un 17%

indican que es necesario el sistema braille (que sería bueno contar con un manual

donde ofrecer todo lo que tienen).

A otro número de entrevistados, en un 0,3% no les interesa estos cursos de

capacitación, ni siquiera atender a este tipo de clientes, les es indiferente, o como

dijeron algunos, no les interesa por falta de tiempo para poder tomar estos cursos.

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115

Fuente: Elaboracion Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

De las CONDICIONES EN LAS INSTALACIONES.

A la pregunta 9. Considera Ud. que su empresa turística está apto para un Turismo

Accesible? En el 44% de los Centros de Hospedaje entrevistados indican que no

están aptos para recibir y atender a estas personas con capacidades diferentes, el

19% indican que pueden hospedar a cierta cantidad de turistas y brindarles el

servicio, sin considerar el tipo de discapacidad, pero que su fin es hacer lo posible

para que el cliente quede satisfecho, pero, como se dijo en las anteriores preguntas,

la intencionalidad de los dueños, administradores, gerentes y encargados de estos

centros de hospedaje es buena, pero que no hay mucha demanda al respecto, por lo

que no han sido puestos a prueba para ver si verdaderamente pueden atender en un

número considerable este servicio.

A su vez, el 7% manifiesta y con sinceridad de que tal vez podrían ofrecer este

servicio, sea cual sea el tipo de discapacidad, y que prefieren enviarlos donde

corresponden o recomendarlos a otro centro de hospedaje, por ello prefieren no

arriesgarse y que depende también del movimiento del mercado y la demanda.

A la pregunta 10. Tiene las adecuaciones necesarias como para brindar este servicio?

El 34% de los entrevistados dijeron que si podrían realizar las adecuaciones

necesarias para brindar el servicio, con ascensores y rampas para silla en ruedas,

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

OFERTA de los Centros de Hospedaje

Quejas y/o Denuncias Cursos de Capacitacion

Si No No Sabe No Interesa Señalizaci Len.Señas Sist.Braille Trato

Figura 7

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señalizaciones e inclusive aprender los lenguajes, siempre y cuando haya una

demanda, de lo contrario de nada les serviría adecuarlas. El 10% manifestaron que

no harían nada de adecuaciones, porque no es el sector al que ofrecen estos

servicios, por lo que no les preocupa, pero el 3% manifestaron que tal vez podrían

hacer adecuaciones, puesto que es mucho gasto económico, y que debería ser el

Estado quien los ayude para adecuar mediante préstamo bancario.

A la pregunta 11. ¿Cuál es la proyección de su empresa con relación al mercado para el

Turismo accesible? Con relación a esta última pregunta, el 26% manifestó que lo

que logran es la fidelización de los clientes y el crecimiento de su Hotel con otras

sucursales, otro tanto del 12% de los entrevistados no sabían nada con respecto a

proyección de su centro de hospedaje, por lo que no tenían nada que argüir al

respecto. A esta pregunta, al igual que en otras se le aumento lo siguiente: ¿si

existiese una norma o ley que regule y obligue a todas las empresas, agencias y

operadoras turísticas a adecuar sus instalaciones e infraestructura lo harían? El 44% de

todos los entrevistados indicaron que si adecuarían sus instalaciones e

infraestructura mediante una ley, ya que la ley debe cumplirse.

Fuente: Elaboracion Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

INSTALACIONES de los Centros de Hospedaje

Empresa Apta Adecuaciones Proyeccion de la Empresa

No Apta Si Apta Talvez Nada + o - Mucho No Sabe Creci.Fid. Cumple Ley

Figura 8

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117

b. Análisis e interpretación de los resultados de las entrevistas a museos e

instituciones. Ver anexo formularios de entrevistas, de los cuales fueron 9 instituciones

las entrevistadas, las cuales refieren;

De la DEMANDA.

A la pregunta 1. Conoce Ud., las leyes sobre la discriminación y de discapacitados

en cuanto a la accesibilidad turística se refiere?. Los Museos con un 28% y la

Gobernación con el 22%, tienen conocimiento de estas dos leyes en un término medio,

toda vez que estas dos leyes no hablan precisamente sobre la accesibilidad turística,

pero que si conocen en cuanto a sus derechos se refiere, en cambio la Alcaldía con el

30%, el Vice Ministerio de turismo y BOLTUR con el 27% conocen muy poco sobre

estas dos leyes, manifestando que las mismas no regulan sobre turismo y menos

de la accesibilidad turística.

A la pregunta 2. Que se entiende por destino turístico accesible?. Los Museos de la

ciudad de La Paz en el 18%, indican que es un derecho de todas las personas con

discapacidad acceder al turismo, para la Gobernación con el 32%, el municipio de La

Paz con el 32%, y el Vice Ministerio y BOLTUR con el 14% indican o señalan que los

sitios turísticos deben ser accesibles para estas personas con capacidades diferentes y

que para ello hay que adecuar, re adecuar y/o modificar la infraestructura.

A la pregunta 3. Cuáles cree Ud. que son las acciones para cumplir estas normativas

sobre accesibilidad turística? De manera contundente los museos con el 48%, la

Gobernación con el 43%, el Municipio de La Paz con el 35% y el viceministerio de

Turismo y BOLTUR también con el 48%, indicaron que la Infraestructura

arquitectónica se constituye en la parte importante para hacer un turismo accesible.

Así también la Gobernación con 43%, el municipio con el 35%, así como el Vice

Ministerio de Turismo y BOLTUR con el 48% indican que se necesita normas sobre la

adecuación, readecuación o implementación sobre la infraestructura arquitectónica,

estas tres instituciones en el mismo porcentaje indican que también es importante

actuar sobre la población, con el tema de la sensibilización, la concientización sobre

las personas con capacidades diferentes y la actividad del Turismo Accesible, lo cual

considero que es un aporte importante para desarrollar esta actividad, en cambio, los

Museos identifican e indican que se necesita Políticas en Museos, la planificación

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

118

sobre esta actividad y la logística es importante para adecuar la infraestructura y

ejecutar este turismo accesible.

Fuente: Elaboracion Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

Sobre la OFERTA

A la pregunta 4. El Municipio de La Paz, es un lugar de turismo accesible? Todas las

Instituciones entrevistadas, como Museos con el 10%, la Gobernación con un 4%, el

Municipio con el 1% y Vice Ministerio de Turismo y BOLTUR con el 11%, señalan

que la ciudad de La Paz si es un lugar de turismo accesible, de acuerdo a su forma de

pensar y ver la actividad turística. En contraposición Museos con el 20%, la

Gobernación con un 22%, el Municipio con el 44% y Vice Ministerio de Turismo y

BOLTUR con el 18%, señalan que la ciudad de La Paz NO es un lugar apto para el

turismo accesible debido a la topografía (accesibilidad caminera y de infraestructura

de los sitios y/o lugares turísticos) y las barreras arquitectónicas así como

socioculturales. Por lo que el Municipio de La Paz actualmente no es apta para

desarrollar el turismo accesible, por la inaccesibilidad topográfica en algunos sectores,

pero, modificando la infraestructura se podría ser un municipio accesible.

A la pregunta 5. Cree Ud. que tenemos señalización para las personas con

capacidades diferentes en los espacios turísticos? Tal cual indica el grafico de

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DEMANDA entrevistas

A B C

MUSEOS GOBERNACION MUNICIPIO LP VICEMIN.TUR-BOLTUR

Medio Derec I.P.P.L. Medio Acces I.N.S.C. Poco Acces I.N.S.C. Poco Acces N.I.I.S

Infraestructura. -Políticas en Museos Planificación. - Logística.

Infraestructura. -Normas.

Sensibilización. - Concientización. Normas de Incentivo. Infraestructura-Sensibilización.

Figura 9

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

119

referencia, gobernación con un 65%, el Viceministerio de Turismo y BOLTUR con un

40%, se puede afirmar categóricamente de que NO existe señalización para las

personas con capacidades diferentes en los sitios turísticos, menos en las calles,

parques, museos y otros lugares, por lo que hace dificultoso la transitabilidad de ellos

por estos lugares, y es por ello que no desarrollan esta actividad y no está contemplada

dentro sus actividades de esparcimiento.

A la pregunta 6. De qué modo piensa Ud. que puede implementarse el turismo

accesible en La Paz? Esta pregunta viene muy de la mano con la anterior pregunta, las

Instituciones entrevistadas como Museos con el 21%, el GAMLP con el 47% indican

que deben identificarse Zonas Turísticas dentro el Municipio de La Paz para

desarrollar el turismo accesible y trabajar en ello, brindando el apoyo necesario al

lugar tanto en recursos como en la readecuación de la infraestructura como en la

capacitación al personal sobre el trato como debe hacerse con estas personas con

capacidades diferentes. En cambio, la Gobernación con un 65%, el Vice Ministerio de

Turismo y BOLTUR con un 40%, indican que se debe educar a la población sobre esta

actividad con sensibilización, concientización, involucramiento, fomento e integración

al revés, empezando desde los colegios y escuelas, y lógicamente establecer políticas

en turismo accesible y una buena señalización en sitios públicos.

A la pregunta 7. Que Ud. cree que debe hacerse para lograr la integración de las

personas con discapacidad al turismo? Los museos con el 9% indican que la

integración se lograra con educación, la Gobernación con el 65% señala que

integración se lograra con sensibilización, Infraestructura adecuada y concientización

de la población en general. A su vez la Gobernación en 10% indica también

coordinación interinstitucional y señalización, el Municipio con un 10% indica que se

debe adecuar la infraestructura existente en la ciudad de La Paz, el Viceministerio de

Turismo y BOLTUR indican con un 40% indica coordinación, señalización y adecuar

la infraestructura, y en un 29% con concientización, normas al respecto (tanto para

esta actividad como para aquellas que brindaran este servicio) y fomento (para

aquellos que apuestan por el inicio de esta actividad). La sensibilización e

involucramiento de las personas en general para con las personas con capacidades

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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diferentes, y viceversa, es decir que la persona con capacidad diferente también se

integre en el entorno social.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

De las INATALACIONES

A la pregunta 8. Como eliminamos las barreras arquitectónicas para un turismo

accesible? Al respecto los Museos en un 9% indican que se puede eliminar estas

barreras arquitectónicas con educación desde las Universidades, carrera de

arquitectura, Ingeniería Civil y otras carreras que tienen que ver con la construcción,

lamentablemente los arquitectos y otros profesionales dentro del ramo de la

construcción de habitad, se olvidan al momento de diseñar y/o dibujar los planos

respectivos, se deja de lado las características que debe reunir una construcción sea

privada y/o publica para la accesibilidad, no solo de las personas comunes, si no para

las personas con capacidades diferentes de manera especial, se observa que estos

diseños no contemplan nada beneficioso para este sector. La Gobernación en cambio

con un 4% de los entrevistados indica que es necesario establecer leyes o normas al

respecto, para que toda la población en general tenga la obligación de cumplir con la

Ley, El GAMLP en un 2% de los entrevistados indica que se debe adecuar la

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OFERTA entrevistas

A B C D

MUSEOS GOBERNACION MUNICIPIO LP VICEMIN.TUR-BOLTUR

SI NO Educa ZonaTur SI NO SIRP CSII SI NO ZonaTur Adec SI NO CSA CNF

Señalización. Infra. Adecuar. Recursos. Políticas.

Concientización. Sensibilización. Involucramiento.

Integración al revés.

Coordinación. Señalización. Adecuar Infra.

Concientización. Normas

Fomento.

Figura 10

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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infraestructura ya existente, y para ellos se debe establecer políticas públicas para este

sector, en cambio para el Vice Ministerio-BOLTUR en un 10% de los entrevistados

señalan que para un Turismo Accesible es necesario adecuar la infraestructura.

A la pregunta 9. Como eliminamos las barreras sociales para un turismo accesible?

Los Museos con un 18% y el Municipio con el 2%, manifiestan que con Políticas de

Educación concientización y sensibilización social podrá lograrse la aceptación de las

personas con capacidades diferentes y poder desarrollar e implementar el turismo

accesible, es decir la realización de campañas sociales, talleres, cursos y todo lo

necesario para llegar a las conciencias de las personas. En cambio la Gobernación con

el 4% y el Municipio con el 42% indican que se puede lograr la eliminación de esta

barrera social con leyes y normas acorde al caso a fin de desarrollar e implementar la

actividad del turismo accesible. Por otro lado el Viceministerio de Turismo-BOLTUR

con el 16% de los entrevistados indican que con inversión (cursos, talleres, seminarios

y/o desde las universidades) se podrán eliminar las barreras sociales.

A la pregunta 10. Considera Ud. que alguna empresa turística de La Paz, está apta

para un Turismo Accesible? A esta pregunta, el 99% de todas las Instituciones

entrevistadas, no supieron cómo responder, otras se quedaron calladas, otras con signo

de interrogación y otras expresaron su admiración, pues según los entrevistados no

existe o desconocen si hay alguna empresa que se dedique o sea apta para esta

actividad turística, solo el 00,1% de una de las entrevistadas indico de que si existe y

escucho de que es una persona individual que se dedica especialmente al turismo para

las personas de la 3ra edad, pero no es una empresa, lamentablemente no tenía los

datos y dirección de donde ubicarlo para hacerle la entrevista respectiva. Asimismo,

para el suscrito es grato placer indicar que: después de la entrevista realizada a la

directora de BOLTUR Lic. Lourdes OMOYA sobre lo que es turismo accesible, indico

que trabajaría al respecto, en un paquete especial, tiempo después saco el turismo

accesible para las personas de la 3ra edad.

A la pregunta 11. Existe según Ud. las adecuaciones necesarias de infraestructura

como para brindar este servicio? Esta pregunta está estrechamente relacionada con la

anterior, y como existe desconocimiento sobre la empresa, lo mismo sucedió con esta

pregunta, ya que el 99% de los entrevistados desconocen si alguna empresa, lugar o

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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sitio esta adecuada o se adecuo para brindar este servicio del turismo accesible para las

personas con capacidades diferentes. Por lo que igual que al anterior estos datos no

fueron computarizados, contabilizados y no tomados en cuenta en el cuadro.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

En lo INSTITUCIONAL

A la pregunta 12. Que mejoras plantearía como básicas en las políticas que

favorezcan al turismo accesible? Los Museos con el 33% y el GAMLP con el 18%

indican que es necesario desarrollar políticas en educación en las Universidades e

instituciones, Políticas en los Museos en cuanto a su accesibilidad y exhibición,

adecuación e infraestructura (cuadros de descripción vía audio) que son alternativas

que viabilizan el Turismo Accesible, asimismo, Museos con el 18%, la Gobernación

con el 49%, el Municipio de La Paz con el 12% y el Vice Ministerio-BOLTUR con el

38% indicaron que con Inversión y coordinación interinstitucional, buenas políticas de

desarrollo entre todos los co participantes, harían posible empezar con esta actividad

del turismo accesible, además de la repetición sobre concientización, sensibilización e

involucramiento de la sociedad para con las personas discapacitadas.

A la pregunta 13. Que considera Ud. Que hace falta en las empresas o instituciones

para brindar este servicio? Museos con el 52%, la Gobernación con el 28%, el

GAMLP con el 48% y el Viceministerio y BOLTUR con el 25%, sorpresivamente

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INSTALACIONES entrevistas

A B C

MUSEOS GOBERNACION MUNICIPIO LP VICEMIN.TUR-BOLTUR

Educac Politic Normas Ley-Nor Adecuac Polit-Adec Normas Adecuac Inversion

Figura 11

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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coincidieron e indicaron que: hace falta normas o leyes que regulen esta actividad y

que por lo tanto obligue a las Empresas e instituciones a adecuar sus instalaciones e

infraestructura, el Vice Ministerio y BOLTUR además indicaron que se necesita hacer

inversión en estos sectores, y que ahí está el típico problema, es decir que si esta

inversión debe hacerlo el propietario, el inquilino, el Municipio, la Gobernación o el

Estado, y mientras no se defina esta inversión, pues esta actividad se verá retardada.

Fuente: Elaboración Propia

en base a los datos obtenidos en la investigación.

c. Análisis e interpretación de los resultados de las entrevistas a discapacitados;

Todas las personas con capacidades diferentes, que han sido entrevistadas de las

diferentes Instituciones como: Federación Nacional de Ciegos Bolivia (FENACIEBO),

Instituto Boliviano de la Ceguera (IBC-Luis Braille-Santa Cecilia), el IBC

departamental, CONALPEDIS, CODEPEDIS-SDDSC entre otros, corresponde 8

entrevistados conforme a los formularios de entrevistas (anexos), los cuales refieren;

En cuanto a la DEMANDA.

A la pregunta 1. Ha viajado Ud. (con algún asociado) alguna vez? Un 28% de los

entrevistados indicaron que si viajaron, entre ellos al interior del País (otros

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INSTITUCIONAL entrevistas

A B C

MUSEOS GOBERNACION MUNICIPIO LP VICEMIN.TUR-BOLTUR

E.P.I.A. Normas I.C.I. Adecuar Normas I.C.I. E.P.I.A. Normas I.C.I. Politicas Normas I..C.I.

Inversión. Coordinación

Interinstitucional.

Educación en U. Políticas en Museos Infraestructura

Adecuación.

Figura 12

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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departamentos), otros a las provincias del departamento de La Paz para realizar como

dirigentes la carnetizacion, y otras pocas al exterior del País haciendo un total 41% por

motivos de trabajo, mas no así por recreación. Empero, el grueso de la población con

capacidades diferentes que no ocupan algún cargo dirigencial o de funcionario público

no viajaron o no viajan, (según los mismos entrevistados) debido a razones

económicas, puesto que la mayoría son de escasos recursos y que por lo tanto no está

dentro su presupuesto, además de desconocer que es un derecho, pero tampoco hay

ofertas turísticas al respecto, No todos los dirigentes les gusta viajar por miedo.

A la pregunta 2. Si alguna vez pensó en viajar y no lo hizo por: la mala atención - la

Infraestructura – falta de conocimiento – falta de economía? La mayoría de los

entrevistados indicaron que fue por mala atención, según sus experiencias indican que

fue en hoteles en un 20% de distintas categorías en La Paz y el interior del Estado, en

Aeropuertos con un 38% que es la gran mayoría que señala mala atención, otros como

la infraestructura y falta de conocimiento en un 10%. Empero, tres personas que

viajaron al exterior indicaron que la atención hacia las personas con capacidades

diferentes es muy diferente, es más cordial y atentos a las necesidades y

requerimientos que uno tiene, prima la amabilidad, el deseo de hacerle sentir bien a

uno, lo cual no sucede en algunas regiones del País. Otro aspecto que indicaron es la

falta de señalización en todos los sectores, hoteles, lugares y/o sitios turísticos, a

excepción de los aeropuertos, pero que también tiene su desventaja, pues para los no

videntes por ejemplo una señalización visible no tiene trascendencia, y que debería ser

también mediante AUDIO-VISUAL y DACTIL como en el Exterior.

A la pregunta 3. Cuando viaja; lo hace solo o acompañado? El 13% de los

entrevistados indicaron que si viajan acompañados, que estos acompañantes en

algunos casos son sus propios compañeros de la misma discapacidad, y en otros casos

no son discapacitados, el 30% de los entrevistados indicaron que no viajan

acompañados ni con personas con capacidades diferentes ni con personas normales y

el 4% indicaron que viajan solos, que primero se informan con detalles del lugar

donde irán y que hacen un cronograma, y que pueden valerse por sí mismos.

A la pregunta 4. Es su acompañante no discapacitado?. El 13% indicaron que al

viajar lo hacen con sus mismos compañeros, cuando hay congresos, delegaciones, o

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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juegos en deportes, y entre esos algunos se hacen acompañar por familiares, amigos

cercanos que son físicamente normales.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

Sobre la OFERTA

A la pregunta 5. Como fue o es la atención recibida por el personal que la atendió en

la agencia de viajes? El 38% de los entrevistados viajantes indico que no recibió

ninguna atención, ya que sus viajes lo hicieron por cuenta propia o en grupo pero sin

la participación de alguna Agencia de Viajes o algún guía, el 29% indican que fue

regular, otro 19% señala que fue buena atención y un 24% señalan que la atención fue

excelente la que la recibieron en el exterior del país.

A la pregunta 6. Como fue o es la atención recibida por el personal que trabaja en

hoteles? En los hoteles, el 18% de los entrevistados indicaron que la atención fue

buena o excelente (fuera del país) por el personal del hotel ya que están más

preparados en cuanto a la atención se refiere, un claro ejemplo es el Perú, en otros

casos no requirieron de atención por el personal del hotel en un 44%, valiéndose por sí

mismos, y un 9% indican que no necesitaron porque prefieren llegar donde sus

familiares parientes o amistades.

A la pregunta 7. Como es la asistencia brindada por los guías de turismo? Como

se indicó con anterioridad, los entrevistados viajan por razones de trabajo o

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DEMANDA de las Federaciones y Asociaciones

A B C

VIAJES ACOMPAÑANTE DISCAP. MALA ATENCION SEÑALIZACION

SI No NacExt SI NO SOLOS Hotel Aeropu Otros. Si No SI EXT

Figura 13

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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representación organizacional o dirigencial de algún sector, en su mayoría no lo hacen

por recreación, es por ello que la mayoría indico que no necesitan de guías de turismo,

y que si alguna vez solicitaron algún “guía” fue para ir a algún lado y que acudieron a

personas estantes del lugar, pero que fue solo para actos específicos y no todo el día o

varias horas específicamente para alguna actividad de recreación.

A la pregunta 8. En atención a su discapacidad podría indicar inconvenientes tuvo en

el acceso en: Infraestructura – Comunicación – Señalización? El 34% de los

entrevistados señalaron que el inconveniente frecuente es la infraestructura, ya que al

tratarse de un lugar desconocido se tropiezan o chocan (como las gradas, falta de

ascensor, falta de habitaciones en planta baja, restaurantes adecuados para las personas

con discapacidad, los cuartos de baños no muy amplios, y menos los lavamanos y

otros artefactos que estén a la altura adecuada, entre otros). Así también otro

inconveniente detectado es la señalización con un 32% en ascensores, pasillos,

habitaciones, baños, restaurantes y parqueos, sea un letrero visible o la voz de máquina

que indique los pisos por ejemplo, la falta del sistema braille, así como los cuatros y

otros aspectos. Y por último fue la falta de comunicación con un 27%, ya que el

personal o el público en general no entienden el sistema braille o el lenguaje a señas,

especialmente a los lugares al que uno quiere acceder.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

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OFERTA de las Federaciones y Asociaciones

A B C D

VIAJES ACOMPAÑANTE DISCAP. MALA ATENCION INCONVENIENTES

Reg Buena Exce Ningu Reg Buena Exce Ningu NoReq Ex.B Otros. Infrae Com Señali

Figura 14

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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En lo INSTITUCIONAL

A la pregunta 9. Tiene Ud. conocimiento de la ley de discapacitados y la ley de

discriminación? Todas las Instituciones entrevistadas, precisamente por ser de

personas con capacidades diferentes en un 59% conocen y mucho sobre estas dos leyes

de discapacidad y de discriminación, pero, no lo aplican a la actividad turística debido

a su falta de conocimiento y orientación por aquellas personas que ocupan cargos

importantes dentro de la institución, un 18% de las personas discapacitadas con cargos

inferiores o intermedios conocen muy poco sobre las leyes señaladas, y el 9% de los

entrevistados, pertenecientes a las bases conocen casi nada al respecto, ya que no

existe mucho interés de parte de ellos, puesto que según los entrevistados no les

beneficia, ya que igual sufren discriminación sea de alguna u otra manera.

A la pregunta 10. Hace conocer estas leyes a sus asociados? Ahora, los entrevistados

en un 51% manifiestan de que periódicamente hacen conocer los derechos que le

asisten a cada persona con discapacidad, mediante cursos y talleres sobre estas dos

leyes, empero, otras instituciones como de los no videntes en un 27% dicen que poco

hacen conocer debido a que no existe material en sistema braille, por lo que no es de

gran interés para sus asociados, al igual que el lenguaje a señas. Y un 4% indican nada,

especialmente de sordomudos, no hacen nada para dar a conocer estas leyes en cuanto

a sus derechos se refiere.

A la pregunta 11. Sabe Ud. que es el turismo Accesible? Después de la entrevista

realizada a cada entrevistado, se dieron cuenta vagamente o muy poco, lo que se

refiere el Turismo Accesible, un 25% de los entrevistados se dieron cuenta y mucho de

que están perdiendo una buena parte de su vida en disfrutar de todo tipo de arte,

paisaje y expresión humana de cultura, y que solo viven encerrados sin disfrutar de sus

días de recreación que deberían tener y exigir. Así también el 30% señalan que saben

muy poco lo que es Turismo Accesible y desconocen dicha actividad. Y el 1% de los

entrevistados, no les causo alguna “picazón” de saber más sobre lo que es el turismo

accesible.

A la pregunta 12. Considera que el sector turístico debe recibir capacitación

obligatoria para la atención de personas con discapacidades restringidas? Con

relación a esta pregunta, el 51% de los entrevistados, absolutamente manifestaron que

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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SI es necesario la realización de cursos de capacitación, enfatizando que sería mejor si

es de forma obligatoria, para que sepan y asimilen de que un discapacitado no es una

persona normal que puede desenvolverse y desarrollarse por sí solo, y que esta

capacitación debe ser en todas las áreas comprendidas entre los impedidos por

ceguera, sordera o de alguna extremidad importante. Entretanto, el 2% de los

entrevistados manifestaron que NO es necesario la capacitación, porque es vano, ya

que la población en general no quiere estar con nosotros, siente rechazo, asco, nos

aíslan, nos abandonan y descuidan, indicaron.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

De las INSTALACIONES

A la pregunta 13. Considera Ud. Que todas las instituciones públicas y/o privadas

son de fácil acceso para ustedes? Existe al respecto casi un empate en cuanto a la

respuesta afirmativa y negativa, ya que el 31% de los entrevistados indican que la

Instituciones Publicas si son de fácil acceso, por ejemplo los Banco y otros en cuanto a

la Planta Baja se refiere, pero, un 27% de las personas discapacitadas entrevistadas,

señalan que NO son de fáciles accesos, ya que cuando deben trasladarse a un primer o

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INSTITUCIONAL de las Federaciones y Asociaciones

A B C

CONOCEN HACER CONOCER SABE DE TUR.ACC. CAPACITACION

Nada Poco Much Nada Poco Much Nada Poco Much SI NO

RR.HH. - Señas. - Trato. - Señalización.

Figura 15

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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segundo o más pisos, ahí ya no es de acceso fácil, si no que necesitan la ayuda de otra

persona, de igual modo manifiestan que si conocen su institución donde trabajan, pues

están ahí todos los días. Otro ejemplo es del mismo Banco a pesar de estar en planta

baja, ya que uno al entrar no sabe dónde está el cajero y menos la maquinita esa que te

da la ficha con tu número de espera, y no esta en sistema Braille por ejemplo y peor

que uno no ve la pantalla disque existe y peor si tiene audio bajo. De igual modo

indican que sus instituciones a las que pertenecen y están afiliadas no son de fácil

acceso, pues las mayorías son ubicadas en casas antiguas, que impide su accesibilidad.

A la pregunta 14. Qué tipo de barreras se encuentra Ud. en ese momento? La

mayoría de los entrevistados encuentra dos barreras por lo general, la primera con un

15% señala la arquitectónica, traducida en muchas gradas, falta de ascensores,

adecuación de los baños y los baños Públicos, que no hay para los discapacitados en

las calles, entre otros, un 30% señala la falta de señalización de los mismos, ya que no

son de fácil acceso, más aun cuando no se quiere adecuar la infraestructura ya

existente. La segunda barrera es de carácter social con un 21% y que es enormemente

imposible de atravesar, pues esta barrera social se traduce en la falta de

concientización de la población, la falta de sensibilización, la falta de educación, la

falta de involucramiento, la falta de políticas gubernamentales al respecto.

A la pregunta 15. Como sugiere Ud. Que podría eliminarse estas barreras?

Primordialmente indican todos los entrevistados que se debe llegar primero a la gente,

con la concientización con un 29%, señalización con un 25% y sensibilización con un

14%, para posteriormente lograr la adecuación de Infraestructura y coordinación con

los mismos, luego pasar a la adecuación y coordinación en un 7%, para cada lugar

conforme al caso.

Como Ud. logra ubicarse y comunicarse en el lugar que visita? Todos los

entrevistados señalan que hasta ahora es imposible poder comunicarse, pues existe

cero señalización con el 50%, cero información con un 20% y cero de planificación

con el 1%, por lo que las personas con capacidades diferentes tienen que arreglarse

como puedan y según las circunstancias. Sería bueno empezar con unos cursos de

capacitación de sensibilización y concientización de la población, o por lo menos del

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personal que trabaja en el lugar, para luego dar una buena señalización en todos esos

lugares públicos y turísticos.

Fuente: Elaboración Propia en base a los datos obtenidos en la investigación.

1 Análisis del Árbol de Problemas.

Según el análisis realizado de las fuentes primarias, se obtuvo lo siguiente: a momento

de realizar las entrevistas no probabilísticas a los distintos sectores se observó lo siguiente:

Con relación a las personas entrevistadas de los hospedajes y empresas, operadoras y/o

agencias turísticas, se evidencio que no tienen capacitación sobre lo que es el Turismo

Accesible, a pesar de que cursan formación universitaria, empero, los entrevistados

muestran una predisposición favorable en el trato y atención, cuando se les presenta

esporádicamente un cliente discapacitado, en algunos casos con improvisaciones en los

servicios a fin de cumplir las necesidades del cliente.

A simple vista a momento de la entrevista se evidencio también que no se está preparado

para realizar este servicio, pues no existe adecuada infraestructura de accesibilidad, pero

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INSTALACIONES de las Federaciones y Asociaciones

A B C D

FACIL ACCESO QUE BARRERAS ELIMINAR BARR LOGRA COMU-UBICA

SI NO Gradas Señal SociaI AyC Conc Señali Sensi CeroS Info Plani

Cero Señalización. Información. Planificación.

Adecuación y Coordin. Concientización Señalización Sensibilización.

Figura 16

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manifiestan que pueden adecuar y modificar, alguno señalo que debe generarse por parte

del gobierno un préstamo a fin de modificar y adecuar los ambientes para este tipo de

servicio, en síntesis sus instalaciones no son aptas para este servicio, enfatizan en realizar

un mejor trato y servicio sin discriminación, pero no saben cómo tratar a cada tipo de

discapacidad. Con relación a la oferta señalan que no tienen paquetes y/o circuitos para

este sector de las personas con discapacidad, por lo que no existe quejas al respecto, así

mismo, la demanda es poca, ya que al año se presenta entre una a dos personas con

discapacidad, en un caso específico uno de los entrevistados señalo que en un grupo de

amigos vino un discapacitado, y tuvieron que adaptar la bicicleta para que el mismo junto

a sus amigos pueda bajar el camino hacia los Yungas, por el contrario, son los propios

entrevistados quienes demandan cursos o talleres de capacitación en formas de

comunicación como el lenguaje de señas, braille, señalización entre otros. De acuerdo a

los gráficos diseñados en base a los datos obtenidos, se puede evidenciar también y no se

puede dejar de lado a un porcentaje menor que no estaba de acuerdo a las adecuaciones de

infraestructura, no están de acuerdo a realizar este servicio, es más lo derivan a las

empresas estatales como BOA en cuanto al transporte aéreo se refiere, el Pumakatari en lo

terrestre, que solo es citadino. De todos los entrevistados estén de acuerdo o no con este

tipo de servicio en Turismo Accesible, han manifestado su predisposición a cumplir

con la Ley de Turismo Accesible si es que lo hubiere, aspecto favorable para el presente

trabajo.

Así también, en las entrevistas a entidades estatales y descentralizadas y expertos

relacionados con esta actividad, se evidencio que el municipio, la gobernación, el

viceministerio de turismo, Agencia BOLTUR y los museos están conscientes de que se

debe adecuar y modificar sus instalaciones, capacitar a su personal para este servicio,

establecer políticas para este sector, tener buena señalización, y sobre todo

concientización a la sociedad, y están de acuerdo en la existencia de una Norma y/o Ley

que regule esta actividad del Turismo Accesible, evidenciándose la inaccesibilidad en

estas áreas estatales.

Así también, sobre el análisis de las fuentes secundarias se obtuvo lo siguiente: Se

consultó libros referidos a salud para un mejor entendimiento sobre los tipos de

discapacidad, la forma de evaluar o medir el grado de discapacidad, y los conceptos

epistemológicos sobre discapacidad en primera instancia, luego se consultó material

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bibliográfico de España en su mayoría referido a la actividad de Turismo Accesible, los

cuales dan parámetros sobre el desarrollo e implementación de esta actividad en su

territorio, los cuales están señalados en la bibliografía de la presente investigación.

Empero, existe abundante material sobre lo que es el turismo Accesible en revistas,

folletos, publicaciones en noticias, periódicos y otros entre nacionales e internacionales,

como la posible implementación de una ruta turística para discapacitados en la ciudad de

La Paz señalados con anterioridad 155, entre muchos otros, pero también publicaciones a

nivel internacional, como las de México, quien fue el primer país en instalar destinos

turísticos inteligentes 156, de todas estas publicaciones con relación al tema, hemos

encontrado un común denominativo, es decir que todas están reguladas, normadas y

apoyadas por una ley, sea local, regional o nacional. Así también, se consultó material

bibliográfico de normas y/o leyes que regulan esta actividad del Turismo Accesible en

otros países, como de Europa, norte américa y latinoamericana, haciendo una

comparación de los aspectos positivos en cuanto a la implementación de esta actividad.

De todos ellos se estableció y evidencio que hacen una inclusión, señalización,

concienciación de la sociedad, creación, modificación y/o adecuación de infraestructura

libre de barreras, todas apoyadas en la norma o una ley sobre el turismo accesible157.

155 AMN – AGENCIA MUNICIPAL DE NOTICIAS, (2017) La comuna impulsa tres tareas para promover el turismo inclusivo, 18/julio/2017.

156 EL SEMANARIO (2016) – prensa – Conoce algunos destinos turísticos inteligentes en México, pág. 1.

157 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos en la legislación comparada, pag.69 del presente trabajo investigativo.

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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En base a lo señalado y al análisis del Problema, se tiene los siguientes gráficos:

Figura Nº 17 - ARBOL DE PROBLEMAS:

Inexperiencia y falta de regulación normativa sobre Turismo Accesible en el Municipio de La Paz.

Recursos económicos no destinados a esta actividad. ,

Falta de interés de las autoridades del Municipio, Gobernación y Vice Ministerio de Turismo.

Deficiencia en la señalización de espacios turísticos e instalaciones.

No importismo y desinterés en el desarrollo del turismo inclusivo.

Desaprovechamiento de un turismo potencial de personas extranjeras con discapacidad

Falla en la educación de concientización y sensibilización de la sociedad sobre la discapacidad.

Transporte público y privado inadecuado para este sector, salvo el Pumakatari del municipio de La Paz.

Desinterés por parte de los prestadores de Servicios Turísticos en cuanto a la implementación del Turismo Accesible.

Evasiva para ignorar este potencial mercado por los gastos que implica.

Las barreras físicas, dificultan el acceso a las personas con capacidades diferentes.

Desinterés de inversión del sector privado sobre este servicio del turismo inclusivo.

Adecuación de una materia en Turismo de las universidades, cursos y/o talleres de capacitación sobre lo que es el Turismo Accesible o inclusivo y el trato a las personas con discapacidad.

Mantener la estructura arquitectónica tal cual, sin adecuaciones.

Ignorar, maltrato y compasión de la sociedad hacia los discapacitados.

Inadecuadas formas de traslado de un punto a otro de las personas con discapacidad, lo cual es dificultoso brindar este servicio por parte de los operadores de la ciudad de La Paz, además de la topografía.

Falla en el desarrollo de políticas públicas en turismo hacia esta actividad turística inclusiva.

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Exigibilidad en la adecuación, remodelación y creación de nueva infraestructura sin barreras.

Hacer cursos, talleres y/o materias de capacitación sobre la actividad del turismo Accesible de forma trimestral.

Implementar de forma gradual un turismo inteligente con la implementación de tecnología.

Creación de un centro de capacitación, orientación e información.

Lograr la concientización y sensibilización de los actores involucrados en esta actividad y de la sociedad.

Buena señalización en los destinos turístico y todas las entidades relacionadas con este sector.

Apoyo a los nuevos emprendimientos de empresas que se dediquen a la actividad del turismo accesible.

Fomento o incentivo a las empresas que emprenden este turismo inclusivo

Facilitar a los centros de hospedaje la adecuación de su infraestructura.

Elaboración, conocimiento, implementación y vigencia de una regulación normativa sobre Turismo Accesible en el Gobierno Municipal de La Paz.

Recursos económicos y humanos destinados a este servicio.

Revitalización y adecuación de los destinos turísticos en el municipio La Paz.

Transporte publico apto para el traslado delas personas con discapacidad

Políticas públicas para desarrollar esta actividad del turismo inclusivo,

Uso de la Tecnología para mejorar el acceso y comprensión de destinos turísticos

Diversificar el servicio para cada sector según la discapacidad.

Coercibilidad de la Ley de Turismo accesible en el Municipio de La Paz.

Existe una norma o ley que regule el turismo accesible.

Figura Nº 18 - ARBOL DE SOLUCIONES

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135

CAPITULO VI.

PROPUESTA DEL PROYECTO DE GRADO.

La Idea de la propuesta es la de realizar un Proyecto de Ley para el turismo accesible, tiene

por objetivo el promover y mejorar el turismo para las personas con discapacidad y/o

capacidades diferentes dentro el Municipio de La Paz, incluyendo en esta colectividad a las

personas mayores de edad y a aquellas personas con necesidades especiales, como las mujeres

embarazadas o las que viajan con niños y otros.

Es por ello que, realizar el presente proyecto de Ley de Turismo Accesible, es justamente

para normar esta actividad, como una solución jurídica y obligatoria, donde todos los

involucrados en el sistema turístico adecuen su infraestructura y sean a la vez beneficiados.

A su vez y citando lo manifestado por la OMT, (quien asoció por primera vez el término

turismo al de accesibilidad, en la Asamblea General celebrada en Manila el 27 de septiembre

de 1980), asocio el derecho al turismo con las mejores condiciones de acceso y sin

discriminación, afirmando que: "El derecho a la utilización del tiempo libre y en particular el

derecho de acceso a las vacaciones y a la libertad de viajar y de turismo, consecuencia

natural del derecho al trabajo, son reconocidos como elementos de expansión de la persona

humana por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como también por la

legislación de una gran cantidad de países. Esto significa para la sociedad, el deber de crear

para el conjunto de ciudadanos las mejores condiciones prácticas de acceso efectivo y sin

discriminación a este tipo de actividades. Un esfuerzo de este tipo, debe ser concebido en

armonía con las prioridades, instituciones y tradiciones de cada país en particular".

Tomando en cuenta lo señalado por la OMT, también se pretende concientizar a la población,

sobre la problemática de la aplicación de la accesibilidad en el ámbito turístico, cambiando el

punto de vista con relación a los discapacitados o personas con capacidades diferentes, verlos

de otra manera y forma, si bien este campo de actividad no es aun desarrollado en el país, a

través del presente estudio y proyecto se pretende revertir esa mirada de lado y discriminante,

darle esa importancia al turismo accesible, y como dice según la Plataforma Estatal de

Discapacitados Físicos de España, está basada en cuatro grandes razones la importancia del

turismo accesible;

1. El turismo es un elemento básico de la vida cotidiana, un derecho de nuestra sociedad.

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2. Es un factor de integración social.

3. Es una oportunidad de negocio.

4. Es un elemento básico de calidad de la oferta turística. 158

Desarrollo de la propuesta del proyecto de Grado: denominado “PROYECTO DE LEY

MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL GOBIERNO AUTONOMO

MUNICIPAL DE LA PAZ”. Ley que una vez aprobado por el Concejo en pleno del GAMLP

seria de la siguiente manera:

LEY MUNICIPAL Nro. ____/____ (Se asigna el número correlativo de ley y el año)

PARA EL TURISMO ACCESIBLE EN LA PAZ

II. FUNDAMENTOS LEGALES PARA LA PRESENTE LEY.

En esta ley autonómica municipal de turismo, luego del proceso de investigación, reviste los

siguientes principios jurídicos fundamentales, enmarcadas en:

1. La Constitución Política del Estado, en su artículo 272, reconoce la Autonomía de las

Entidades Territoriales, mediante la elección directa de sus autoridades, así como la

administración de sus recursos económicos y el ejercicio pleno de sus facultades

legislativas, reglamentarias, fiscalizadoras y ejecutivas, por los órganos del Gobierno

Autónomo, en su respectiva jurisdicción, competencia y atribuciones. El artículo 283 (en

la misma competencia legal), prevé que los Gobiernos Autónomos Municipales, están

constituidos por un Concejo Municipal, con facultad deliberativa, fiscalizadora y

legislativa municipal en el ámbito de sus competencias, y un Órgano Ejecutivo, presidido

por el Alcalde Municipal.

El artículo 302, determina las competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos

Municipales; en el parágrafo I, numeral 16, que reconoce a los Gobiernos Autónomos

Municipales, la facultad exclusiva de la promoción y conservación de la cultura,

patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico,

paleontológico, científico, tangible e intangible municipal en su jurisdicción, por otro lado

el numeral 17 del mismo artículo, señala como competencia exclusiva de los gobiernos

municipales autónomos la elaboración de Políticas de turismo local.

158 Fernández Alles, “Que debemos ver al Turismo Accesible”, 2012, Barcelona-España, Ed. Plataforma Estatal de Discapacitados Físicos de España. Página 4 -7.

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137

Asimismo, en el Articulo 337, sección IV parágrafo I, señalan Políticas Sectoriales

indicando que; El turismo es una actividad económica estratégica que debe

desarrollarse de manera sustentable, tomándose en cuenta la riqueza de las culturas y

respeto al medio ambiente, en su parágrafo II, mencionaqie el Estado promocera y

protegerá el turismo comunitario con el objetivo de beneficiar a las comunidades urbanas

y rurales, las naciones y pueblos indígenas originario campesino en el que se desarrolle

esta actividad.

El artículo 99, parágrafos I, II y III, atribuye que el patrimonio cultural del pueblo

boliviano es inalienable, inembargable e imprescriptible y que el Estado, garantizará el

registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento,

promoción y difusión de su patrimonio cultural, de acuerdo con la ley. Asimismo la

riqueza natural, arqueológica, paleontológica, histórica, documental, y la procedente del

culto religioso y del folklore, es patrimonio cultural del pueblo boliviano.

En la sección IV con el nomen iuris de Políticas Sectoriales, del Artículo 337, parágrafo I,

indica que; El turismo es una actividad económica estratégica que debe desarrollarse

de manera sustentable, tomándose en cuenta la riqueza de las culturas y respeto al medio

ambiente. En su Parágrafo II, menciona que el Estado promoverá y protegerá el turismo

comunitario con el objetivo de beneficiar a las comunidades urbanas y rurales, las

naciones y pueblos indígena originario campesinos en el que se desarrolle esta actividad.

En el artículo 302 parágrafo I, delega las competencias exclusivas a los Gobiernos

Municipales Autónomos, y en el inciso 2 indica que se debe planificar y promover el

desarrollo humano en su jurisdicción, inciso 15 Promoción y conservación del patrimonio

natural municipal, inciso 16 puntualiza la promoción y conservación de cultura,

patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico,

paleontológico, científico, tangible e intangible municipal, inciso 17 Políticas de Turismo

local, inciso 21 Proyectos de Infraestructura, entre otros incisos.

2. Por otro lado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, “ANDRÉS IBÁÑEZ,

N° 031 de 19 de Julio de 2010, en su en su artículo 86, parágrafo III, numerales 1 y 2,

confirma como facultad exclusiva municipal la formulación y ejecución de políticas de

protección, conservación, recuperación, custodia y promoción del patrimonio cultural

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existente en su jurisdicción; así como, la elaboración y desarrollo de normativas

municipales para la declaración, protección, conservación y promocione dicho patrimonio.

Esta misma ley, en su Artículo 95 precisamente habla sobre el TURISMO, e indica en su

contenido del parágrafo III lo siguiente: III. De acuerdo a la competencia del Numeral

17, Parágrafo I, del Artículo 302, de la Constitución Política del Estado los gobiernos

municipales autónomos tendrán las siguientes competencias exclusivas:

1. Elaborar e implementar el Plan Municipal de Turismo.

2. Formular políticas de turismo local.

3. Realizar inversiones en infraestructura pública de apoyo al turismo.

4. Supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos que mediante

normativa municipal expresa hubieran sido definidos de atribución municipal,

preservando la integridad de la política y estrategias nacionales de turismo.

5. Establecer y ejecutar programas y proyectos de promoción en emprendimientos

turísticos comunitarios.

Asimismo, las competencias de las Autonomías indígena originaria o campesinas, en el

Artículo 304 del parágrafo I, inciso 10, les compete el Resguardo fomento y promoción

de sus culturas, arte, identidad, centros arqueológicos, lugares religiosos culturales y

museo (Patrimonio Cultural Tangible e Intangible).

3. Por otro lado, la Ley 292, Ley General del Turismo “BOLIVIA TE ESPERA”, Ley

Nro. 292 de 25 de Septiembre de 2012, es creada en base al Artículo 298, parágrafo II,

numeral 37 de la Constitución Política del Estado, y uno de sus objetivos, fijado en su

Art.3 inc. f) el de Implementar mecanismos de regulación a la actividad turística, por cada

ente autónomo.

En su Artículo 11, parágrafo II. Delega a las entidades territoriales autónomas la

definición de sus propias políticas de acuerdo con sus facultades y competencias, en el

marco de las políticas generales establecidas en la presente Ley.

Artículo 18, parágrafo III. Establece que el Sistema de Registro, Categorización y

Certificación de prestadores de servicios turísticos, contará con información actualizada

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proporcionada por las Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de sus

responsabilidades definidas en la presente Ley.

En su Artículo 21. Parágrafo II. Indica que los Gobiernos Autónomos Municipales,

en el marco del Sistema de Registro, Categorización y Certificación, tienen la

responsabilidad de supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos que

mediante normativa municipal expresa hubieran sido definidos de atribución municipal.

Y en el parágrafo III. Señala que los Gobiernos Autónomos Municipales, a fines de

registro y a solicitud de la Autoridad Competente en Turismo o del Gobierno Autónomo

Departamental, remitirán información actualizada referida a los prestadores de servicios

turísticos establecidos en su Municipio, conforme al Reglamento.

4. A su vez, LA LEY N° 482, DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES, del 9

de enero del 2014, en su artículo 35 sobre BIENES DEL PATRIMONIO

HISTÓRICO-CULTURAL Y ARQUITECTÓNICO DEL ESTADO, parágrafo I

menciona que; Los bienes patrimoniales arqueológicos, precolombinos, coloniales,

republicanos históricos, ecológicos y arquitectónicos del Estado, localizados en el

territorio de la jurisdicción Municipal, se encuentran bajo la protección del Estado y

destinados inexcusablemente al uso y disfrute de la colectividad, de acuerdo a Ley

nacional. Asimismo, en el parágrafo II dice; El Gobierno Autónomo Municipal, en

coordinación con organismos nacionales e internacionales competentes, precautelará y

promoverá la conservación, preservación y mantenimiento de los Bienes del Patrimonio

Histórico-Cultural y Arquitectónico del Estado, en su jurisdicción, similar a lo que

señalaba en la LEY DE MUNICIPALIDADES Ley No. 2028 de 28 de Octubre de 1999,

en su Art. 95 de BIENES DEL PATRIMONIO HISTÓRICO - CULTURAL Y

ARQUITECTÓNICO DE LA NACIÓN, en el Parágrafo I, actualmente abrogada por la

ley en cuestión.

Por otro lado en el Artículo 16, sobre las ATRIBUCIONES DEL CONCEJO

MUNICIPAL, indica en el numeral 4 en el ámbito de sus facultades y competencias,

dictar Leyes Municipales y Resoluciones, interpretarlas, derogarlas, abrogarlas y

modificarlas.

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Por otro lado el Artículo 22, sobre INICIATIVA LEGISLATIVA, parágrafo I. Dice:

Tienen la facultad de iniciativa legislativa, en el ámbito de las competencias exclusivas de

los Gobiernos Autónomos Municipales, para su tratamiento obligatorio en el Concejo

Municipal: a) Las ciudadanas y los ciudadanos. b) Las Organizaciones Sociales. c) Las

Concejalas y los Concejales y d) El Órgano Ejecutivo Municipal. Aspecto que faculta

proponer la presente ley autónoma municipal de turismo.

5. La última creada LEY DEL PATRIMONIO CULTURAL BOLIVIANO, Nº 530 del 23

de mayo del 2014, en su artículo 24 establece de forma clara y precisa en su parágrafo II

lo siguiente: Se establece la gestión descentralizada del Patrimonio Cultural

Boliviano, conforme al régimen autonómico y de descentralización, establecido por la

Constitución Política del Estado y la Ley Nº 031, Marco de Autonomías y todos los

niveles de gobierno, con la participación y control social correspondiente.

En tal sentido el ARTÍCULO 25 establece el OBJETO DE LA GESTIÓN

DESCENTRALIZADA en: I. su salvaguardia y atención, mediante la implementación de

sus componentes. II. La gestión del Patrimonio Cultural Boliviano, comprende la

investigación, planificación, registro, declaratoria, promoción, difusión, exhibición y

traslado, recuperación, repatriación, medidas administrativas y otros establecidos en la

presente Ley y su reglamentación. III. Los componentes del régimen de gestión, deben ser

aplicados de acuerdo con la naturaleza y características del Patrimonio Cultural Boliviano.

Precisamente estos están detallados en el ARTÍCULO 26, COMPONENTES DE LA

GESTIÓN DESCENTRALIZADA, que son Planificación, Reglamentación y elaboración

de instrumentos técnicos, Coordinación y Financiamiento.

Artículos de esta Ley del Patrimonio Cultural Boliviano, que nos dan la razón y nos

facultan con la conclusión de la presente ley autonómica municipal de turismo.

6. Por último y en observancia a la Ley Municipal Autonómica GAMLP Nro. 007, que

también nos corrobora, aprueba, esciente y confirma en sus artículos 4 numeral 3 y 13

numeral 2, con sus modificaciones correspondientes Nro. 013 y 014, sobre el

ordenamiento Jurídico Administrativo Municipal.

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Y que la presente ley procede, toda vez que estamos enmarcados dentro de todas las leyes

nacionales.

Así también se tomó en cuenta la Normativa vigente en relación a los derechos de las

personas con discapacidad, las cuales están presente en:

A. CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO, Sección VIII, articulo 70; nos habla de

los derechos de las personas con discapacidad, especialmente los numerales 3 en cuanto a

su lenguaje, numeral 5 en cuanto al desarrollo de sus potencialidades individuales.

Articulo 71; donde se prohíbe y sanciona cualquier tipo de discriminación, por lo que

cualquier centro turístico está obligado a recibirlo y gozar de sus ambientes. Parágrafo II

del mismo artículo, indica que se debe dar efectiva integración a las personas con

discapacidad en los ámbitos productivo, económico, político social y cultural.

Lo cual quiere decir que tienen el mismo derecho de integrarse a todas aquellas

actividades sociales y culturales, en este caso la actividad turística.

Articulo 104; nos indica a cerca del deporte y RECREACION, donde cualquier persona

tiene derecho sin distinción de género, idioma, religión, orientación política, ubicación

territorial, pertenencia social, cultural o de cualquier otra índole.

Articulo 105; indica la promoción y desarrollo de políticas de EDUCACION,

RECREACION y salud pública, con especial atención a las personas con discapacidad.

B. LEY GENERAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, esta ley apenas

tiene seis años de vigencia en el país, ya que fue promulgada el 2 de marzo del año 2012,

pero que también se constituye en otra de las bases para realizar el presente proyecto de

ley, y entre sus principales artículos en los que nos apoyamos son las siguientes:

Articulo 1; Del capítulo primero, indica que: El objeto de la presente ley es garantizar a

las personas con discapacidad, el ejercicio pleno de sus derechos y deberes en igualdad de

condiciones y equiparación de oportunidades…, lo cual significa que todas las personas

con discapacidad tienen derecho a realizar cualquier actividad al igual que nosotros, en

este caso la recreación y/o actividad turística.

Articulo 2; Asimismo, esta ley tiene como fin lo señalado en los siguientes incisos:

a) Promover, proteger y asegurar el goce pleno, en condiciones de igualdad de todos los

derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad.

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b) Lograr la efectiva inclusión social.

e) Promover políticas públicas en los ámbitos de salud, educación, deporte, recreación,

empleo, desarrollo económico, cultural, político y social a favor de las personas con

discapacidad.

f) Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, reduciendo los índices de

pobreza y exclusión social.

g) Promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de las niñas, niños,

jóvenes y mujeres con discapacidad en igualdad de oportunidades en todas las esferas

de la vida.

Articulo 4; Tiene como principios generales lo siguiente en sus incisos:

c) Inclusión. Todas las personas con discapacidad, participan plena y efectivamente en la

sociedad en igualdad de oportunidades, en los ámbitos: económico, político, cultural,

social, educativo, deportivo y recreacional.

d) Accesibilidad. Por el que los servicios que goza la sociedad puedan también

acomodarse para ser accedidos por las personas con discapacidad, sin restricción

alguna, sean arquitectónicas, físicas, sociales, económicas, culturales y

comunicacionales.

f) Igualdad de oportunidades. Las personas con discapacidad tienen las mismas

posibilidades de acceso al ejercicio de los derechos económicos, sociales, políticos,

religiosos, culturales, deportivos, recreacionales y al medio ambiente, sin

discriminación alguna.

Articulo 10; Indica la educación de toda persona con discapacidad, es una educación

inclusiva e integral, lo cual indica que la actividad turística también es una de sus formas

de educación, ya que la misma implica cultura.

Articulo 11; Indica que la comunicación es primordial, por ello el Estado Plurinacional

de Bolivia promueve la comunicación en sistemas y lenguas alternativas para la inclusión

y el acceso a la información y al ejercicio pleno de las personas con discapacidad.

Articulo 17; Es claro y preciso este artículo, ya que con el presente proyecto de ley, se

pretende el derecho a la accesibilidad con el apoyo de las instituciones públicas, y que las

personas con discapacidad pueden gozar de condiciones de accesibilidad, que les

permitan utilizar la infraestructura y los servicios de las instituciones públicas y privadas,

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espacios públicos, medios y sistemas de comunicación, tecnología y transporte, para su

utilización y disfrute de manera autónoma con independencia de su condición de

discapacidad.

Articulo 23; Fuera del Órgano Ejecutivo, los Gobiernos Autónomos Municipales deberán

priorizar el acceso de personas con discapacidad a planes y programas de promoción e

inclusión social y a estrategias destinadas a eliminar la exclusión, discriminación y

superar la marginalidad social de personas con discapacidad, padres, madres y/o tutores

de personas con discapacidad, en el marco de sus competencias. Considerando que es una

ley nacional y que faculta a los municipios a crear normativas para el sector.

Articulo 36; Referida a la comunicación, sus parágrafos siguientes indican:

I. Las Instituciones públicas, servicios privados y Unidades Educativas están obligadas

a incorporar la comunicación alternativa y un intérprete en Lengua de señas

boliviana, para la respectiva traducción a las personas con discapacidad auditiva, en

actos de relevancia, nacional, departamental, regional, municipal e indígena

originario campesino.

II. Las empresas de televisión pública y privada, deben incluir la interpretación a la

lengua de señas boliviana, en programas de interés general, cultural, recreativo,

político, educativo y social, así como la utilización tecnológica apropiada, que

permita sustituir la información sonora de los programas.

III. Las instituciones públicas, servicios privados y Unidades Educativas, deberán contar

con recursos humanos capacitados en lengua de señas y tener la señalización

apropiada interna y externa en dichas instituciones, para la atención de personas con

discapacidad auditiva y visual.

Articulo 37; Se refiere al ámbito de accesibilidad a infraestructuras y otros derechos,

plasmados en los siguientes parágrafos, que a la letra dice:

II. Todos los Órganos del Estado Plurinacional, en sus distintos niveles, instituciones

públicas y privadas, deberán adecuar su estructura arquitectónica, sistemas, medios de

comunicación y medios de transporte, de manera gradual, a partir de la promulgación

de la presente ley, para garantizar la accesibilidad a las personas con discapacidad.

III. Las nuevas construcciones, sistemas, medios de comunicación y medios de

transporte deberán contar con las condiciones de accesibilidad establecidas por la

presente ley a partir de su promulgación.

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Articulo 39; Es importante dar cumplimiento a este artículo, mediante el presente

proyecto de ley con la concientización social sobre las personas con discapacidad, es por

ello necesario adoptar medidas para que la sociedad tome mayor conciencia cobre la

situación y condición de las niñas y niños, adolescentes, mujeres y hombres con

discapacidad, sus derechos, sus necesidades, sus posibilidades y su contribución a la

sociedad.

Articulo 42; Indica que fuera del Órgano Ejecutivo, los gobiernos municipales en el

marco de la Constitución Política del Estado y la Ley No. 31 del Marco de Autonomías y

Descentralización, contaran con unidades especializadas para la ejecución de planes,

programas y proyectos integrales a favor de las personas con discapacidad.

III. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Turismo se constituye en una de las principales actividades económicas del Estado

Plurinacional, contribuyendo a la reducción de la pobreza, con la creación de más y mejores

fuentes de trabajo.

Por esta razón la presente Ley Municipal se fundamenta en los antecedentes señalados por la

Organización Mundial de Turismo, la Convención de los derechos de la Persona con

Discapacidad de las Naciones Unidas y su Protocolo facultativo, los avances legales de los

otros países del mundo, que justifica en el interés colectivo, asimismo en el marco de lo

dispuesto por la Ley General del Turismo “Bolivia te Espera” por el cual el Estado

Plurinacional de Bolivia tiene como meta la articulación e incorporación del patrimonio

cultural y natural de Bolivia a la oferta turística a fin de dinamizar la economía y el empleo,

por medio de una oferta turística integral, diversificada y sustentable que ofrezca un turismo

seguro y de calidad para el mercado, contando con un marco legal e institucional adecuado,

con principios de conservación, uso racional de los recursos naturales, el respeto a la

diversidad y valores culturales, adoptando un modelo de gestión turístico en marcado en los

principios del Vivir Bien, tomado como principio transversal que orientan el desarrollo de la

actividad turística, como el acceso y disfrute de los bienes materiales y de la realización

efectiva, subjetiva, intelectual y espiritual, en armonía con la naturaleza y en comunidad en el

marco del respeto a la naturaleza y a la Madre Tierra.

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Siendo que el turismo en Bolivia aporta con un 3.08% a la generación de valor agregado, lo

que representa 5.364 millones de Bs. de producción turística, representando 11% de aporte del

sector a la producción bruta del país, contribuyendo en la generación de 266.054 empleos

directos e indirectos en el sector para mujeres y hombres, que va creciendo año tras año.

Por ende se constata la importancia del desarrollo turístico a nivel municipal, al tener un

carácter estratégico para la economía y sociedad, a razón que el municipio de La Paz, cuenta

con muchos prestadores de servicios turísticos, como: agencias de viaje de turismo, empresas

de hospedaje, guías de turismo, arrendadores de vehículos, restaurantes y peñas folklóricas,

al verificar estos datos se ve la importancia de contar con una Ley Autonómica Municipal que

regule la actividad turística, que proporcione la información suficiente sobre los destinos

turísticos urbanos y rurales con los que cuenta el municipio de La Paz.

CONSIDERANDO:

I. Que los arts. 272, 283, 300, 302, 99 y 337 de la Constitución Política del Estado

Plurinacional, otorga y establece la facultad a órganos autónomos, en este caso los

Municipios, para crear leyes, reglamentos y otros, así como los preceptos referidos al

discapacidad art. 70, 71, 104 y 105, han sido tomados en cuenta en la presente ordenanza

o ley municipal, a fin de promover el desarrollo económico y social del país. Así como la

Ley Marco de Autonomías y descentralización y la Ley de Municipalidades

respectivamente.

II. Que el Estado boliviano reconoce la igualdad de oportunidades para cualquier persona

natural sin discriminación por sexo, discapacidad, raza, nacionalidad o condición social,

conforme a la Ley Nro. 045, contra el Racismo y toda forma de discriminación, la Ley

general para personas con discapacidad.

III. Que es de interés municipal y nacional estimular el desarrollo de la actividad turística,

como medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país,

generando las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa privada,

basada en la sostenibilidad como fórmula inseparable de la competitividad, en el respeto

al medio ambiente y a los recursos naturales y culturales y en la diversificación del

producto y a la mejora de la calidad en accesibilidad, señalización y atención para recibir

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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cualquier tipo de turistas en los servicios, como condiciones indispensables para asegurar

la rentabilidad de la industria turística.

IV. Es necesario regular la accesibilidad, señalización y atención para recibir a personas

discapaces o de la tercera edad en el sector turístico e instituciones públicas del municipio

de La Paz por medio de una Ley, y obtener máximos beneficios para el municipio La Paz,

contribuyendo a la imagen e identidad del país como destino turístico accesible.

POR TANTO;

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presente proyectista Jorge

Edilberto Fernández Bautista, y bajo la Tutoría del Arquitecto Jorge Antonio Gutiérrez

Adauto, se emite la LEY DE TURISMO ACCESIBLE DEL GOBIERNO AUTONOMO

MUNICIPAL DE LA PAZ.

CAPÍTULO I

DEL OBJETO Y DEFINICIONES

Artículo 1. La presente ley tiene como objeto incentivar a los establecimientos turísticos

(hoteles, residenciales, hostales y otros particulares), empresas, agencias y operadora

turísticas, así como aquellos lugares de destino turístico, para asegurar el libre desplazamiento

y la igualdad de los derechos de las personas con capacidades diferentes en dichos

establecimientos turísticos del municipio de La Paz.

Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:

a) Turismo o actividad turística: Las actividades que realizan las personas durante sus viajes

en lugares distintos a los de su habitual residencia, por un período consecutivo inferior a

un año, con fines de recreación o descanso.

b) Industria y Servicios Turísticos: Las actividades que realizan los productores de bienes de

consumo para turistas y los prestadores de servicio para la actividad turística, así como las

instituciones públicas y privadas relacionadas con la promoción y desarrollo del turismo.

c) Turista: Toda persona que permanece al menos una noche fuera de su lugar habitual de

residencia y que realiza actividad turística.

d) Discapacidad: Es cualquier restricción o impedimento de la capacidad para realizar una

actividad en manera normal para el ser humano como consecuencia de un deterioro que

puede ser temporal o permanente.

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e) Discapacidad física-motriz: Limitación o ausencia de las funciones de las extremidades

superiores, inferiores o de la columna vertebral.

f) Discapacidad sensorial: Comprende desde ceguera hasta síntomas de visión borrosa,

desenfocada, problemas para ver de lejos o de cerca, daltonismo, así como sordera y la

ausencia y dificultad del habla.

g) Discapacidad intelectual: personas con dificultad para recordar, resolver problemas y

percibir información, problemas para comprender y utilizar el lenguaje.

h) Accesibilidad: es el grado en el que todas las personas pueden utilizar un objeto, visitar un

lugar o acceder a un servicio, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas

o físicas.

i) Señalización: es el conjunto de estímulos que condiciona la actuación de las personas que

los captan frente a determinadas situaciones que se pretender resaltar.

j) Atención: Capacidad para centrarse de manera persistente en un estímulo o actividad

concretos. Un trastorno de la atención puede manifestarse por distraibilidad fácil o por

dificultad para realizar tareas o concentrarse en el trabajo.

CAPÍTULO II

DE LOS SUJETOS DE LA LEY

Artículo 3. La presente ley municipal tiene como sujetos a todos los establecimientos

públicos y privados (descritos en el artículo 1) que prestan servicios turísticos y a todos los

centros educativos de nivel básico o superior que imparten estudios relacionados con turismo.

CAPITULO III

DE LOS OBJETIVOS Y PRINCIPIOS

Artículo 4. La presente ley municipal, tiene los siguientes objetivos:

a. Difundir los derechos de las personas con discapacidad.

b. Promover convenios de colaboración y coordinación entre las instancias públicas y

privadas nacionales e internacionales para el cumplimiento, implementación y

desarrollo de la presente Ley.

c. Impulsar programas y acciones para generar condiciones de igualdad y de

equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad.

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d. Promover entre los Poderes del Estado y la sociedad civil acciones dirigidas a mejorar

la condición social de la población con discapacidad.

e. Promover que en las políticas, programas o acciones, se impulse la toma de conciencia

respecto de las capacidades, habilidades, aptitudes, méritos y aportaciones de las

personas con discapacidad en todos los ámbitos.

f. Promover la concienciación social sobre la discapacidad y el turismo accesible.

g. Prestar servicios de atención a las personas con discapacidad con fundamento en los

principios establecidos en la presente Ley.

Artículo 5. PRINCIPIOS. Los principios doctrinales que regulan la presente disposición son;

a) Igualdad.- Es el que establece que todos los hombres y mujeres son iguales ante la ley,

sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios. Sin que medie

ningún tipo de reparo por la raza, sexo, clase social u otra circunstancia de diferencia, es la

ausencia de cualquier tipo de discriminación.

b) No discriminación.- Tiene por objeto garantizar la igualdad de trato entre los individuos.

Todas las personas tienen iguales derechos e igual dignidad y ninguna de ellas debe ser

discriminada en relación con otra.

c) Seguridad y Trabajo Libre.- La Actividad administrativa municipal sobre la regulación

de la actividad Turística, deberá garantizar la seguridad y el trabajo libre de todos los

actores involucrados en el desenvolvimiento del turismo y con el cumplimiento de las

normas vigentes, tanto municipales como nacionales.

d) Transparencia.- Todos los actos administrativos que se generen en el Gobierno

Autónomo Municipal de La Paz, en materia Turística, serán actos públicos y de

conocimiento para toda la comunidad y en forma transparente, con todos aquellos

involucrados.

e) Equidad.- Las operaciones administrativas y todos los servicios, se desarrollan bajo el

principio de equidad, para los registrados, usuarios y beneficiarios, teniendo todos, los

mismos derechos de acceder al servicio.

f) Cumplimiento.- Todas las actividades relacionadas con la prestación del servicio

turístico, en sus diferentes componentes, administrativo, económico-financiero y

ambiental, son efectuadas dentro de los plazos fijados por el municipio para su

cumplimiento, sujeto a reglamentación.

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g) Concordancia.- Establecer en concordancia con otras leyes los principios rectores que

contribuyan a la protección del medio ambiente en el municipio y a la salud de la

población.

h) Desarrollo.- Estimular el desarrollo de la actividad de turismo accesible, como un medio

para contribuir al crecimiento económico y el desarrollo social del municipio, generando

las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa pública, privada o mixta.

i) Identidad e Integridad.- Contribuir al proceso de identidad e integración del municipio,

con otros municipios, los departamentos y todos del Estado Plurinacional, con la

participación y beneficio de la comunidad.

j) El buen trato.- Realizar el buen trato al visitante, sea nacional o extranjero, con la

hospitalidad, amabilidad, respeto y trato igualitario sin discriminación alguna.

k) Sustentable y Sostenible.- La palabra sustentable se refiere a algo que puede sostenerse o

sustentarse por sí mismo y con razones propias, Por su parte al hablar de sostenible nos

referimos a algo que puede mantenerse por sí mismo gracias a que las condiciones

económicas, sociales o ambientales lo permiten, se puede sostener sin afectar los recursos.

CAPITULO IV

DE LAS COMPETENCIAS Y

JURISDICCIÓN SOBRE TURISMO ACCESIBLE

Artículo 6. Tienen competencia en materia de turismo accesible, todas las autoridades

gubernamentales que tengan atribuidas facultades para la conservación y la accesibilidad del

patrimonio natural, cultural e histórico del municipio y del país, que velarán por el

aprovechamiento integral, preservación y restauración de dichos recursos turísticos del

municipio así como nacionales, en estrecha colaboración con la dirección de Promoción

Turística del Municipio de La Paz, más el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley y

su Reglamento.

Artículo 7. La Secretaria de Turismo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, elaborará

y ejecutará estudios y proyectos, a fin de permitir y obligar la accesibilidad de la

identificación de áreas territoriales para desarrollo turístico, dentro su jurisdicción.

Artículo 8. Asimismo, la Secretaria de Turismo del GAMLP vigilará el estricto cumplimiento

de las obligaciones que establece la presente Ley y su Reglamento por parte de las empresas

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turísticas, (especialmente de aquéllas que obtengan del Registro de Turismo Municipal, la

certificación y clasificación respectiva).

Artículo 9. La Secretaria de Turismo del podrá ordenar inspecciones a los establecimientos

que presten servicios turísticos, los empresarios y sus dependientes o agentes facilitarán a los

delegados acreditados el acceso a sus instalaciones y a los documentos relacionados con la

prestación de servicios turísticos, en los casos siguientes:

a) Cuando los interesados soliciten su inscripción en el Registro de Turismo Municipal,

como empresa apta para la actividad de turismo accesible.

b) Cuando los interesados soliciten el otorgamiento de incentivos.

c) Cuando por cualquier medio se tenga conocimiento del incumplimiento de la presente

ordenanza o ley, en cuanto a sus obligaciones legales o barreras de accesibilidad, de

señalización y de atención para personas con capacidades especiales o de la tercera edad

que correspondan a las empresas turísticas.

d) Y/o en cualquier otro caso que tenga por objeto el cumplimiento de esta ley.

Artículo 10. La Secretaria de Culturas del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, es la

encargada de elaborar proyectos de accesibilidad turística, de acuerdo a los requerimientos y

estudio previo de los atractivos naturales o culturales potenciales de cada macro distrito (en

este último museos, salas, auditorios, iglesias entre otros). Todo ello en estricta coordinación

con las distintas entidades públicas y privadas, así como las unidades e instituciones

correspondientes.

CAPITULO V

DE LAS DISPOSICIONES DE LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL EN

INSTALACIONES Y SERVICIOS PARA EL TURISMO,

Y SUPERVISION

Artículo 11. Las instalaciones públicas o privadas, de uso o servicio público, deberán cumplir

su adecuación y construcción conforme a parámetros y estándares universales internacionales

y disposiciones para garantizar la accesibilidad y desplazamiento autónomo y seguro de las

personas con discapacidad, especialmente en aquellos destinados al sistema turístico. Mismas

que comprenderán:

1) Comunicación y acceso entre las distintas áreas dedicadas a uso público.

2) Rutas accesibles entre las distintas edificaciones e instalaciones del conjunto turístico.

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3) Garantizar servicios sanitarios adecuados para personas con discapacidad, de acuerdo a

estándares internacionales.

4) En el caso de instalaciones de hospedaje contar con habitaciones adecuadas para el

alojamiento confortable y seguro de personas con necesidades especiales.

5) Señalizar estacionamientos para facilitar el acceso de personas con discapacidad.

6) Señalización e información obligatoria en todos los sectores destinados al turismo,

conforme al lenguaje requerido para las personas con discapacidad, con estándares

internacionales.

7) Crear espacios adecuados y de preferencia para espectadores en auditorios, teatros, salas

de cine, etc.

8) Garantizar la comunicación y acceso a la información en los servicios públicos (escritura

braille, lenguaje de señas y señalización.)

Artículo 12. Para facilitar la accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento urbano y

espacios públicos, las autoridades competentes de los estamentos del gobierno municipal,

contemplarán entre otros, los siguientes lineamientos:

I. Que sean de carácter universal y adaptado para todas las personas con o sin

discapacidad.

II. Que incluyan el uso de señalización, facilidades arquitectónicas, tecnologías,

información, sistema Braille, Lengua de Señas, ayudas técnicas, perros guía, u otros

apoyos.

III. Que la adecuación de las instalaciones públicas sea progresiva.

Artículo 13. La Agencia de ciudad Maravilla, más una comisión del concejo municipal, serán

quienes hagan cumplir la presente ley en cuanto a la adecuación, remodelación y construcción

de infraestructura, así como de supervisar las mismas y cumplan los estándares

internacionales de fácil acceso para las personas con discapacidad.

CAPÍTULO VI

DEL DEPORTE, RECREACIÓN, CULTURA Y TURISMO

Artículo 14. La Dirección de Promoción Turística promoverá el derecho de las personas con

capacidades diferentes al deporte. Para tales efectos, realizará las siguientes acciones:

a) Formular y aplicar programas y acciones que garanticen el otorgamiento de apoyos

administrativos, técnicos, humanos y financieros, requeridos para la práctica de

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actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus niveles de

desarrollo.

b) Procurar el acceso y libre desplazamiento de las personas con discapacidad en las

instalaciones públicas destinadas a la práctica de actividades físicas, deportivas o

recreativas.

Artículo 15. La Dirección de Promoción Turística promoverá el derecho de las personas con

capacidades diferentes, a la cultura, la recreación, el desarrollo de sus capacidades artísticas y

la protección de sus derechos de propiedad intelectual. Para tales efectos, realizará las

siguientes acciones:

I. Establecer programas para apoyar el desarrollo artístico y cultural de las personas con

discapacidad.

II. Impulsar que las personas con capacidades diferentes cuenten con las facilidades

necesarias para acceder y disfrutar de los servicios culturales.

Artículo 16. La Dirección de Promoción Turística, diseñará y ejecutará políticas y programas

orientados a:

1) Generar y difundir entre la sociedad el respeto a la diversidad y participación de las

personas con discapacidad en el arte y la cultura.

2) Establecer condiciones de inclusión de personas con discapacidad para lograr equidad en

la promoción, el disfrute y la producción de servicios artísticos y culturales.

3) Promover las adecuaciones físicas y de señalización necesarias para que tengan el acceso

a todo recinto donde se desarrolle cualquier actividad cultural.

4) Difundir las actividades culturales.

5) Impulsar el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica,

incluidas la Lengua de Señas y la cultura de los sordos.

6) Establecer la capacitación de recursos humanos, el uso de materiales y tecnología con la

finalidad de lograr su integración en las actividades culturales.

7) Fomentar la elaboración de materiales de lectura, inclusive en sistema Braille u otros

formatos accesibles.

Artículo 17. La Dirección de Promoción Turística promoverá el derecho de las personas con

capacidades diferentes para acceder a los servicios turísticos, recreativos o de esparcimiento.

Para tales efectos, realizará las siguientes acciones:

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I. Establecer programas y normas a fin de que la infraestructura destinada a brindar

servicios turísticos en el municipio cuente con facilidades de accesibilidad universal.

II. Establecer programas para la promoción turística de las personas con discapacidad.

CAPÍTULO VII

DE LAS OBLIGACIONES

Artículo 18. Los titulares de las Empresas Turísticas registradas, tendrán las siguientes

obligaciones:

a) Dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley y su reglamento.

b) Facilitar el ingreso a sus instalaciones a los funcionarios y empleados debidamente

acreditados, cuando en cumplimiento de sus responsabilidades así lo soliciten

c) Cumplir con las disposiciones legales vigentes en materia de infraestructura turística,

normas de calidad y dotación de servicios.

d) Contar con un 95% de accesibilidad en sus instalaciones para asegurar el libre

desplazamiento a las personas con capacidades especiales o de la tercera edad que utilicen

sus servicios.

Artículo 19. Las empresas turísticas tienen la obligación de facilitar a los turistas un excelente

servicio y una información objetiva y veraz sobre los lugares de destino y sobre las

condiciones de viaje, recepción y estadía sobre todo hacia los discapacitados, en cuanto al

precio, reservaciones y a la calidad de las facilidades que se comprometen a prestar.

Artículo 20. Las empresas turísticas, en cooperación con las autoridades públicas, velarán por

la seguridad, la prevención de accidentes, la accesibilidad, señalización, atención

personalizada, la protección sanitaria y la higiene alimenticia de quienes recurran a sus

servicios.

CAPITULO VIII

FOMENTO A LA INDUSTRIA TURISTICA

DE LOS BENEFICIOS E INCENTIVOS

Artículo 21. Los beneficios e incentivos que se establecen en la presente Ley están dirigidos a

promover el desarrollo turístico accesible del municipio, el incremento de inversiones

nacionales y extranjeras para ese fin, y la descentralización y aumento de oportunidades de

empleo para personas con capacidades especiales en zonas turísticas del municipio.

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Artículo 22. Toda persona natural o jurídica y sus empresas turísticas registradas podrán

gozar de los beneficios generales que a continuación se señalan:

a) Inclusión en el catálogo de la oferta turística del Municipio de La Paz.

b) Información y respaldo de la Dirección de Promoción Turística ante las diversas oficinas

gubernamentales, cuando el interés turístico municipal lo amerite.

c) Financiamiento del 100% de las obras complementarias externas sobre la construcción

(señalización, adecuación de aceras, rampas de acceso necesarias a las instalaciones) con

el fin de garantizar el 100% de accesibilidad en los establecimientos turísticos para el libre

desplazamiento de las personas con discapacidad y que utilicen los servicios.

d) Cuatro años de gracia para no pagar impuestos municipales para mejorar en un 95% o

100% la accesibilidad en las instalaciones del establecimiento turístico, en aquellos que

procederán a su adecuación. Y el 80% de exención de impuestos también por cuatro años

para aquellas instalaciones que ya son accesibles como hoteles, vehículos, tiendas y otros,

previa verificación.

e) Publicidad para ser reconocido a nivel nacional e internacional como un establecimiento

turístico accesible para personas con capacidades especiales o de la tercera edad.

f) Asesoramiento en materia de accesibilidad por parte de la Dirección de Promoción

Turística (mensual, vi o trimestralmente).

g) Participación en candidaturas para el otorgamiento de premios y reconocimientos de la

industria turística accesible que sean realizados por la Dirección de Promoción Turística u

organismo internacional, como por ejemplo la “Q” de calidad.

CONDICIONES Y REGULACIONES

PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS INCENTIVOS

Artículo 23. Para los efectos señalados en la presente Ley, el otorgamiento de incentivos,

aplicará, cuando los proyectos sean realizados para la mejora de accesibilidad en el sector

turístico del municipio de La Paz, con vocación turística.

La vigilancia y control de las inversiones realizadas con los beneficios establecidos en el

presente Capítulo, será responsabilidad de la Dirección de Promoción Turística a través de

delegados debidamente identificados y autorizados por la misma.

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Artículo 24. Será competencia de la Dirección de Promoción Turística, según el caso, ejercer

la vigilancia y control del régimen fiscal de las actividades incentivadas. No obstante, las

personas naturales o jurídicas pueden también ejercer funciones de vigilancia y control.

CAPÍTULO IX

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 25. Las infracciones cometidas por los empresarios del turismo, para los efectos de

esta Ley, son las siguientes:

1) Dar uso diferente a lo autorizado en los incentivos y a los bienes que hayan sido objeto de

esta adecuación de infraestructura. Ya que es de uso exclusivo para la actividad

incentivada.

2) Suministrar datos falsos o no enviar la información que les sea requerida por autoridad

competente.

3) Negar u obstaculizar la función supervisora de las autoridades competentes

4) No comparecer sin causa justificada a las citaciones que en legal forma les hicieren las

instituciones mencionadas en la presente, según sus respectivas competencias legales.

5) Realizar, en ocasión de la prestación de sus servicios, actos discriminatorios por razones

de género, nacionalidad, etnia, preferencia sexual, discapacidad, religión o cualquier otra

particularidad.

6) Incumplir con cualquier otra obligación no especificada en el presente artículo o en

cualquier otra ley que regule la materia.

Artículo 26. Se sancionarán las infracciones a la presente Ley, de la siguiente manera:

a) Sanción LEVE: Multa de suspensión de actividades por el lapso de 10 días.

b) Sanción GRAVE: Multa de suspensión de actividades por el lapso de veinte días.

c) Sanción MUY GRAVE: Multa de suspensión de actividades por el lapso de 30 días. Las

sanciones señaladas se aplicarán sin perjuicio de otras que las leyes respectivas señalen para

tales actos u omisiones. El cumplimiento de la sanción no eximirá al infractor de la obligación

de cumplir con las obligaciones reguladas en esta Ley.

Cuando se incurra en una infracción sancionada con multa muy grave se revocará

definitivamente el Acuerdo que concede los incentivos y se ordenará la cancelación del

asiento de la empresa en el Registro. Igual sanción procederá en caso de incurrir

reiteradamente en infracciones graves.

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CAPÍTULO X

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO

Y LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 27. El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en el ámbito de sus respectivas

competencias y en coordinación con entidades del poder central referentes a las personas con

discapacidad, participaran en la elaboración y ejecución de programas de desarrollo e

inclusión de las personas con discapacidad, y la concientización de los servidores, debiendo

observar las responsabilidades y obligaciones de las mismas.

Artículo 28. El Programa deberá cumplir con los siguientes lineamientos generales:

I. Elaborar el Programa con base en los lineamientos establecidos por la Convención

sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y esta Ley.

II. Cumplir con la normatividad vigente para la elaboración de programas y supervisión.

III. Incluir lineamientos e indicadores de las políticas públicas, estadística, presupuestos

en el POA, el impacto social y todos aquellos que se estimen necesarios para una

correcta y eficiente aplicación, y la respectiva concientización a los involucrados y/o

servidores de esta actividad.

IV. Se deberá elaborar, revisar, modificar o ratificar y publicar el o los programas

elaborados.

CAPÍTULO XI

SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO

Y LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 29. Las dependencias y entidades del Gobierno Municipal, en el ámbito de sus

respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y

privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con el

Ministerio de Salud, constituyen el Sistema Municipal para el desarrollo y la Inclusión de las

Personas con Discapacidad.

Artículo 30. El Sistema tiene como objeto la coordinación y seguimiento continuo de los

programas, acciones y mecanismos interinstitucionales públicos y privados, que permitan la

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ejecución de las políticas públicas para el desarrollo y la inclusión de las personas con

discapacidad.

Disposiciones transitorias.

La Presente ley, entrara en vigencia plena seis meses después de su promulgación, a fin de

que las empresas, instituciones y lugares turísticos sean objeto de adecuación en su

infraestructura, y será aplicable en todo el municipio de La Paz.

Sigfrido Gorrón Reyes PRESIDENTE CONCEJO MUNICIPAL Armando Romero Rodríguez VICEPRESIDENTE CONCEJO MUNICIPAL José María Méndez López SECRETARIO CONCEJO MUNICIPAL Lorena Peña Mendoza ALCALDE MUNICIPAL DE LA PAZ

PIRAMIDE JURIDICO DE NORMATIVIDAD

Constitución Política del Estado Facultad de crear leyes.

Articulo. 272. Articulo. 283. Articulo. 300. Articulo. 302 Articulo. 99 Articulo. 337.

Preceptos referidos al discapacitado. Articulo. 70 Articulo. 71 Articulo. 104 Articulo. 105

Resoluciones Legislativas -

Congreso

Resoluciones

Ministeriales

Sentencias Judiciales

Tratados y Convenios Internacionales – siempre y cuando hayan sido ratificadas y aprobadas por el congreso.

Decretos Supremos

Ejecutivo.

Leyes: LEY MARCO DE AUTONOMÍAS Y

DESCENTRALIZACIÓN “ANDRÉS IBÁÑEZ” ley 031 del 19 de Julio del

2010. Ley Nro. 292 del 25 de septiembre del

2012, Ley General del Turismo “BOLIVIA TE ESPERA”

LEY DE MUNICIPALIDADES, ley Nro. 2028 del 28 de octubre de 1999

LEY GENERAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Ley Nº 045 de 11 de octubre de 2010, CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN.

LEY Nº 777 SPIE, QUE DE MANERA GENERAL ES EL SISTEMA DE PLANIFICACION INTEGRAL DEL ESTADO.

Reglamentos

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CAPITULO VII

EVALUACIONES.

1. Evaluación del Proyecto.

1.1 Evaluación ambiental.

El impacto ambiental será mínimo, toda vez que simplemente se realizara una

adecuación de la infraestructura ya existente, sea en entidades públicas, empresas

privadas dedicadas al Turismo y sitios turísticos, salvo en aquellos lugares de reciente

creación, en el que previamente se hará un estudio y evaluación ambiental, para crear

un nuevo sitio turístico, y que reúna las condiciones de accesibilidad para las personas

con capacidades diferentes.

1.2 Evaluación social.

Esta actividad del turismo accesible, a nivel local solo el Municipio de La Paz se

alcanza entre un 2 a 5%,159 a nivel nacional entre el 10 a 15%,160 y a nivel

internacional en un 25%,161 (entre no videntes, sordomudos, físicos y otros) de

potenciales usuarios, conforme a calculo particular en base a los datos obtenidos en la

investigación, y con tendencia a incrementarse. Lo cual causara un gran impacto y una

revolución en cuanto al turismo se refiere, pues será un nuevo segmento al que se le

está dando la oportunidad de usar bien su tiempo de ocio y el beneficio moral,

conciencia de los servidores públicos, como de las empresas turísticas, con proyección

internacional, puesto que una vez avanzado en este proceso de adecuación, estamos

seguros que turistas visitantes de otros países estarán interesados en nuestra actividad

turística.

1.3 Evaluación técnica. Lo entendemos desde dos puntos de vista:

a) Adecuación o nueva creación de la infraestructura, que no será un gasto insulso,

más bien será una inversión, técnicamente se puede adecuar los lugares y/o sitios

turísticos, con facilidad caminera accesible y buena señalización turística para las

personas con discapacidad, cuya afluencia y participación de este segmento se

incrementara, tanto de nacionales como de extranjeros.

159 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación, reflejados en los gráficos Nº 13, 14, 15 y 16. 160 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación, reflejados en los gráficos Nº 13, 14, 15 y 16. 161 Fuente: Elaboración propia en base a los datos obtenidos durante la investigación, reflejados en los gráficos Nº 13, 14, 15 y 16.

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b) Creación de Nuevos paquetes turísticos, esta nueva actividad dará lugar a la

reinvención de nuevos paquetes turísticos conforme a los requerimientos y gustos

de este tipo de personas, por lo que está en juego la creatividad de los que ofrecen

el servicio y la satisfacción del sujeto.

1.4 Evaluación económica y financiera.

Los gastos en cuanto a la inversión para la adecuación y creación de puntos de

accesibilidad al sitio y/o lugar turístico, así como de las empresas y entidades públicas,

no demanda mucho gasto económico, por lo que bien podrá hacerse este trabajo entre

corto a mediano plazo, pues a la larga será rentable esta actividad, de acuerdo a las

actividades que se desarrollen para este sector de las personas con capacidades

diferentes, inclusive financieramente podrían ser objeto de un crédito para realizar las

adecuaciones correspondientes en su infraestructura ya existente.

A su vez, entre mediano a largo plazo, el empresario turístico se veneciana

económicamente con los ingresos por esta actividad, no solo este sector, si no todos

aquellos que comprenden el circulo de la actividad turística, con los empleos

indirectos.

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CAPITULO VIII

CONCLUSIONES.

Para el pleno desarrollo de un individuo se necesita potencializar principalmente tres

variables: la confianza en sí mismo, la independencia y sentimientos de solidaridad en las

distintas fases de su desarrollo (individual, grupal o social). Lo expuesto plantea considerar

tres etapas de integración durante el desarrollo de sus actividades:

UNA INTEGRACION FISICA, que le permita acercarse a otras personas o transitar por

cualquier espacio geográfico cultural o natural.

UNA INTEGRACION FUNCIONAL, que le permita coordinar los distintos servicios y

que no permita una discriminación con las personas sin movilidad restringida.

UNA INTEGRACION SOCIAL, utilizando juntos los diferentes servicios y atractivos a

través de la cooperación entre las distintas personas intervinientes en el desarrollo de la

actividad turística, basándose en sus intereses mutuos. Por lo que se llega a las siguientes

conclusiones:

A. De acuerdo al análisis de todo lo procesado durante la investigación, se tiene;

1. De acuerdo al marco normativo general que rige en nuestro país, y de aquella

normativa específica aplicable a las personas con capacidades diferentes, se establece

que no está regulado o normado el turismo accesible como tal.

2. Que este vacío normativo de turismo accesible, se hace evidente a nivel del gobierno

central, departamental y municipal como en el presente caso objeto de estudio.

B. De acuerdo al diagnóstico, se tiene;

3. Que el turismo debe ser para todos, constituyéndose en un turismo social, solidario y

sustentable, donde la accesibilidad sea parte integral del turismo, a través de una Ley

Municipal como el que se propone en el presente trabajo.

4. Que el propósito del turismo para “todos” incluidos los de capacidades diferentes, es

recuperar el valor del turismo como vehículo de práctica de un ocio creativo,

enriquecedor e integrador, hacer del turismo un instrumento al servicio de la persona y

no de la persona un instrumento del negocio, recuperar al ser humano a través de un

ejercicio edificante de las vacaciones liberándolo de su condición de simple

consumidor. Poner en valor y cultivar al ser humano al igual que al patrimonio cultural

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y natural que le rodean. Establecidos en una Ley Municipal como en la presente

propuesta de proyecto para este servicio.

5. Si bien, normativamente se señala que “todos somos iguales ante la ley”, se concluye

que en la realidad no sucede así, y en especial con las personas con capacidades

diferentes, y a fin de acortar, cubrir y/o estrechar esa brecha de desigualdad, es

necesario generar acciones legales en beneficio de este sector, tal cual lo señala el

Art.302 de la Constitución Política del Estado en su numeral 17, señala de que es de

competencia exclusiva de los gobiernos municipales el de generar políticas públicas en

este caso sobre turismo, en estrecha relación con el art.105 de la Constitución, sobre el

derecho fundamental a la recreación de toda persona.

C. De acuerdo a la propuesta del proyecto, se tiene;

6. Que si es posible realizar un turismo accesible de calidad en el municipio de La Paz.

Pero con una coordinación a nivel global en todos los sectores analizados, y mediante

una Ley Municipal se puede y podrá realizar ampliaciones y modificaciones. Toda vez

que una empresa u organismo que comparte la filosofía de un turismo responsable,

sustentable y solidario, y que actúa en consecuencia, es parte del turismo accesible

para todos.

7. Las actividades que se proponen al turista con capacidades diferentes, los ofertadores

de servicios y aquellos involucrados en esta actividad turística, deben conjugar

objetivos sociales, educativos y culturales que favorezcan el respeto y el desarrollo de

las personas con capacidades diferentes y en general. Donde el público objetivo debe

estar claramente identificado, sin discriminación de raza, cultura, religión, política,

filosofía o ingreso.

8. Conforme al punto anterior, se debe establecer la socialización del Proyecto de Ley

que se propone, a fin de establecer una concientización a la población una

reglamentación os precios deben ser compatibles con los objetivos sociales

enunciados, debe existir un respeto al ambiente local con prácticas efectivas en este

terreno. La gestión del personal debe ser acorde a la legislación social, y debe

comprometerse a promover la satisfacción en el trabajo y entrenamientos apropiados y

continuos para el desarrollo del personal.

9. Por último indicar que ofrecer un turismo accesible, no es más que evitar la

discriminación en nuestra sociedad para realizar simplemente un turismo sin etiquetas,

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y si existiera una coordinación entre todos los involucrados y en todos los aspectos, no

cabría lugar a distinciones, porque la finalidad de cualquier turista es siempre la

misma “disfrutar de sus vacaciones”.

10. Con la vigencia de una Ley en Turismo Accesible y su cumplimiento obligatorio,

tendremos: políticas públicas para el sector, recursos económicos y humanos, uso de la

tecnología, transporte publico apto, diversificación del servicio turístico y por ende la

revitalización del sistema turístico, la adecuación arquitectónica, incentivo a las

empresas, buena señalización y lenguaje, pero sobretodo la concientización y

sensibilización de la sociedad y los involucrados en esta actividad.

Se recomienda:

11. Adaptar los espacios y las prácticas de atención. Del Gobierno: áreas de circulación y

espacios públicos, mas aquellas entidades públicas correlacionadas con el turismo. Las

empresas turísticas: acceso y estancia, y por último que la sociedad: disfrute.

12. Aplicar, en la gestión de empresas y destinos, protocolos con principios básicos de

atención a personas con discapacidad: Libertad Comodidad Seguridad Dignidad etc.

13. Considerar las necesidades de movilidad de las familias, las personas mayores y las

personas con discapacidad desde el diseño y planeación de los productos y no después.

Planear para no improvisar Planear para no adaptar.

14. La demanda de turismo cambia, la población es mayoritariamente urbana y el ocio

está sujeto al calendario civil. La democratización de las sociedades ha avanzado. las

vacaciones son un producto aspiracional para un nuevo estilo de vida, por lo que el

mercado local puede ser rebasado, cuando la mayoría de los países sepan que existe y

se hace turismo accesible en la ciudad de La Paz, el mercado receptivo, por lo que es

necesario estar a la par y avance de la modernización y calidad de vida, pues la

población exige mayor participación en los beneficios del turismo.

15. El punto clave de este tema es la concienciación, sensibilización y/o formación, si

todos los ciudadanos y autoridades estuvieran concienciados con la discapacidad, todo

sería mucho más sencillo, por lo que se debe trabajar en ello. De lo que se trata con el

presente proyecto de Ley es de generalizar, irradiar y trascender a la sociedad en

general y en el ámbito turístico en particular sobre el contenido y significado de

turismo accesible para todas las personas. A la fecha no existe esta sensibilización con

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este sector de personas con capacidades diferentes con referencia, a más de lo

realizado por la Concejal Andrea Cornejo del Municipio de La Paz, con referencia a

la creación de un parque para personas con discapacidad, conforme salió en los

medios locales de prensa. Y ello puede darse mediante:

a) Capacitación; a los diferentes agentes que intervienen en el desarrollo del sector

turístico para desarrollar y gestionar la oferta turística accesible para todos, con

talleres y cursos de capacitación sobre el manejo y tratamiento de las personas con

discapacidad con respecto al turismo accesible, muy diferente a los centros de

capacitación en salud.

b) Legislación; Contribuir al conocimiento de la normativa y los requisitos en materia de

accesibilidad que afectan a la actividad turística, para su cumplimiento y/o mejora.

c) Investigación; Profundizar en el conocimiento de las necesidades y comportamiento

de los turistas con mayores niveles de exigencia en accesibilidad.

d) Promoción y Comercialización; Conseguir una oferta turística adaptada a los

criterios de accesibilidad para todos los tipos de discapacidad.

e) Garantizar; que la oferta llegara a los turistas con discapacidad, permitiendo que se

integren como usuarios con plenas garantías.

f) Contribuir y fijar; a que la accesibilidad sea considerada como un elemento propio

de la calidad de la oferta turística.

g) Integración social y productiva; de las personas con capacidades restringidas y/o

diferentes. Se necesita avanzar para poder realizar satisfactoriamente este turismo,

disponer de transporte adaptado a fin de que exista conexión entre los sectores,

servicios y sitios turísticos.

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28) INTERNET: (2014) Publicación Erbol Digital.-

http:/www.erbol.com.bo/noticia/social/30092014/señalan_la_paz_cp,p_ciudad_mas.

29) INTERNET: 2012, INEGI. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. “En México 5.7

millones de personas padecen alguna discapacidad ”. pag.55, 57.

30) INTERNET: OMT Organización Mundial del Turismo – Estadísticas (2018). “América

del Sur empuja el turismo en las Américas a comienzo del 2018” Publicación Edición

Latam. Diario 2103, publicación 03.09.2019.

31) ONU (2003) Conferencia e informe sobre los avances “Normas uniformes sobre igualdad

de oportunidades para las personas con discapacidad”.

32) ONU (2003) “Normas uniformes sobre igualdad de oportunidades para las personas con

discapacidad” aprobadas en 1993, Conferencia e informe sobre los avances. Pág. 9-10.

33) ONU- Centro de Noticias, (2013) Convención Internacional sobre los derechos de las

personas con discapacidad. 22/feb/2013.

34) ONU (2015) Centro de Noticias, La Asamblea General adopta agenda 2030 para un

desarrollo sostenible. 25/sep./2015.

35) ONU-Noticias, (2017) El Turismo sostenible puede ayudar a proteger la biodiversidad-

UNESCO. 23/mayo/2018.

36) ONU , (2018) La OMS y PNUMA realizan Pacto para combatir la contaminación medio

ambiental. Publicación 10/enero/2018.

37) PAGINA SIETE, (2017) Alcaldía lanza una ruta turística para personas con discapacidad

en La Paz, 07/oct/2017, Pág. 1.

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“PROYECTO DE LEY MUNICIPAL PARA EL TURISMO ACCESIBLE DEL G. A. M. L. P.” UMSA - TURISMO / JAGA/JEFB-2018

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38) Presidencia de la Generalitat, (1998) “boletín informativo” Consellerias-Valencia. Ley

1/1998 del 5 de mayo – 3622 (pag.4).

39) REGIONAL REPORT OF EUROPE (2007). Chicago, IL, International Disability Rights

Monitor, 2007 (http:// www.idrmnet.org/content.cfm?id=5E5A75andm=3, accessed 9

February 2010).

40) SEGITTUR (2017) - -Notas de Prensa, Documento/SEGITTUR analiza con México el

impulso de destinos turísticos inteligentes, pág. 1.

41) UCB-NOTICIAS, (2017) La Universidad Católica Boliviana y la alcaldía de La Paz

promocionan turismo inclusivo y buenas practicas turísticas. 02/07/2017.

42) WORLD HEALTH SURVEY. GENEVA, WORLD HEALTH ORGANIZATION, 2002–

2004 (http://www.who.int/health-info/survey/en/, accessed 9 December 2009).

43) WALLINGRE N. y Toyos Mónica. (2010), “Diccionario de turismo. Hotelería y

transportes” (páginas 25, 26, 27, 28, 32 y 42).

ANEXOS.

1. Anexos Avances sobre Turismo Accesible.

3. Anexos Reportes sobre Turismo Accesible.

4. Anexos Encuestas a Operadoras y agencias turísticas.

5. Anexos encuestas a Centros de Hospedaje.

6. Anexos Encuestas a Instituciones Gubernamentales.