PROYECTO DE GESTIÓN
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PROYECTO DE GESTIÓN
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INDICE:
1.Introducción..........................................................................................................................3
2. Criterios para la elaboración del presupuesto anual del instituto y para la distribución
de los ingresos entre las distintas partidas de
gasto…………………………………………………………………………………………….……...6
• El presupuesto del Instituto………………………………………………………….…….7
• El estado de ingresos………………………………………………………………………7
• El estado de gastos para
funcionamiento…………………………………………………………………………….8
• Reparto económico. ………………………………………….....................................11
A. Reparto económico entre los departamentos
didácticos...............................................................................................12
B. Reparto económico entre los ciclos
formativos............................................................................................... 12
C. Gestión de
gastos.......................................................................................................13
• Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios
distintos de los grabados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes
públicos, privados o particulares……………………………………………………….15
• Órganos competentes en la gestión económica…………………………………..16
• Cuenta de gestión
………………………………………………………………………………………………....17
• Indemnizaciones por razón de servicios.
......................................................................................................................................18
• Distribución de las partidas para los/las tutores/as para el seguimiento de la
formación en centros de trabajo.
......................................................................................................................................20
3. Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del centro.
...................................................................................................................................................20
4. Criterios para la gestión de sustituciones de las ausencias del profesorado.
...................................................................................................................................................21
5. Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento
escolar. . ………………………………………………………………………………………………23
6. Criterios para una gestión sostenible de los recursos del instituto y de los residuos que
genere………………………………………………………………………………………………….30
7. Acuerdo de licitación anual de las empresas de servicios ………………………………32
8. Financiación de los intercambios con centros educativos europeos y de las salidas
con alumnos…………………………………………………………………………………………..32
9. Plan de Autoprotección………………………………………………………………………….34
10.Procedimiento de revisión de este Plan de Gestión……………………………………….35
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1. INTRODUCCIÓN
Este nuevo documento planificador del Plan de Centro, pretende servir de
instrumento para establecer los criterios y directrices a seguir en la toma de
decisiones relativas a la gestión de los recursos materiales y económicos del
Centro, favoreciendo una actuación, en este ámbito, coherente, rigurosa,
transparentes y participativa por parte de toda la Comunidad Educativa, en
definitiva, intenta el uso responsable de los recursos puesto que ello es, cada vez
más, un deber de todos los ciudadanos y de las diferentes organizaciones,
especialmente las de carácter público. Esto adquiere especial importancia en
el caso de los centros educativos, que deben contribuir a que los alumnos
reciban una formación que incluya el respeto al medio ambiente y el consumo
reflexivo y prudente.
Desde un punto de vista exclusivamente económico, no podemos olvidar que
estamos en una institución que utiliza dinero público y, por tanto, de todos los
ciudadanos, para sufragar los gastos que se generan. Es muy importante que
dichos gastos repercutan en la mejora de la educación, reduciéndolos en todo
lo que pueda ser prescindible.
Por todo ello, el ahorro de recursos básicos, sin perjuicio de la práctica docente
y del bienestar de los miembros de la Comunidad educativa, permite liberar
fondos que pueden dedicarse a otros fines que mejoren las instalaciones, los
equipamientos y los materiales, con el fin de mejorar la calidad de la enseñanza.
Además, una parte fundamental de la educación de nuestro alumnado se
transmite a través de la organización y funcionamiento del propio centro
docente y, por ello, forma parte de nuestro Plan de Centro como un plan no
coyuntural, ya que tiene carácter permanente y formativo.
Este plan se fundamenta en una buena gestión de los recursos de los que
dispone y pueda disponer el Centro, en evitar los gastos innecesarios y en
promover, en todos los miembros de la Comunidad Educativa, la toma de
conciencia de los consumos de recursos que habitualmente realizamos, y en los
medios que tenemos a nuestra disposición para que se ajusten a lo realmente
necesario.
Deben tenerse en cuenta los siguientes principios generales, puesto que
debemos consumir con moderación y responsabilidad recursos muy diversos:
1. Las medidas de ahorro no deben provocar dificultades para la
realización de las tareas que el instituto tiene encomendadas
como centro educativo.
2. Debe preservarse e incluso mejorarse la comodidad y el bienestar
de los miembros de la Comunidad Educativa.
3. Las reducciones en los consumos no deben forzar modificaciones
en la metodología que se aplique en la enseñanza, pero en el
momento de diseñar dichas metodologías puede y debe tenerse
en cuenta el gasto de recursos que provocan las distintas opciones
disponibles.
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4. Las medidas a tomar deben tener carácter formativo y
ejemplificador.
5. Un buen uso de las nuevas tecnologías puede ser útil para
conseguir rebajar la utilización de recursos básicos.
6. Para conseguir resultados, es fundamental la participación y
concienciación de todos los miembros de la Comunidad
Educativa.
El Proyecto de gestión del IES LA MARISMA se define como el documento marco
que desarrolla las líneas de actuación en materia económica, de
mantenimiento y explotación de instalaciones, equipamiento y recursos. De
forma que, desde la autonomía que nuestro centro tiene para definir nuestro
Proyecto Educativo, consigamos optimizar la gestión del patrimonio del Centro
y obtener el mayor rendimiento de los recursos económicos con los que
contamos. Todo ello en base a la siguiente normativa:
• ORDEN de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía
y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la
gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la
Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y
Directoras de los mismos (BOJA 25-5-2006).
Art. 1 Estructura del presupuesto.
Art. 2 Estado de ingresos.
Art. 3 Estado de gastos.
Art. 4 Elaboración y aprobación del presupuesto.
Art. 5 Vinculación.
• ORDEN de 11 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía
y Hacienda y de Educación, por la que se regula la gestión económica
de los fondos con destino a inversiones que perciban con cargo al
presupuesto de la Consejería de Educación los centros docentes públicos
de educación secundaria, de enseñanzas de régimen especial a
excepción de los Conservatorio Elementales de Música, y las Residencias
Escolares, dependientes de la Consejería de Educación (BOJA 25-52006).
Art. 2 de la Aplicación de los fondos.
• DECRETO 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el Registro Contable
de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece
su régimen jurídico (BOJA 22-03-2016).
• INSTRUCCIÓN de 21 de julio de 2016, de la Dirección General de
Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, sobre la
aplicación y justificación de gastos de funcionamiento de ciclos
formativos.
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• DECRETO 5/2017, de 16 de enero, por el que se establece la garantía de
los tiempos de pago de determinadas obligaciones de la Administración
de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales (BOJA 20-01-
2017)
• RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2017, de la Secretaría General de Finanzas
y Sostenibilidad, por la que se aprueban modelos normalizados de
solicitudes revistas en el Decreto 5/2017, de 16 de enero, por el que se
establece la garantía de los tiempos de pago de determinadas
obligaciones de la acción de la Junta de Andalucía y sus Entidades
Instrumentales (BOJA 16-03-2017)
• RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de
Regulación y Supervisión de la Contratación, por la que se publica la
Instrucción 1/2019, de 28 de febrero, sobre contratos menores, regulados
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre (BOE 07-03-2019)
• ORDEN de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios
complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y
actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la
ampliación de horario (BOJA 12-082010).
• DECRETO 155/1997, de 10 de junio, por el que se regula la cooperación
de las entidades locales con la administración de la Junta de Andalucía
en materia educativa (BOJA 15-07-1997).
• INSTRUCCIÓN de 11 de febrero de 2016, de la Secretaría General Técnica
de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento
para la gestión de las retenciones e ingresos del impuesto sobre la renta
de las personas físicas, efectuadas por los centros docentes públicos no
universitarios, centros de profesorado y residencias escolares de
titularidad de la Junta de Andalucía.
El presente Proyecto de Gestión se basa en la normativa citada y toma como
base algunos preceptos contenidos en ella:
• Los presupuestos anuales y las cuentas de gestión formarán parte del
proyecto de gestión.
• El presupuesto anual contemplará las diferentes partidas de ingresos y
gastos conforme a la Orden de 10 de mayo de 2006 (ANEXO III de dicha
Orden):
a. Se establecerá la distribución de los ingresos entre las
distintas partidas de gasto a partir del análisis de ingresos y
gastos de los últimos cursos.
b. Las Administraciones educativas favorecerán la
autonomía de los centros de forma que sus recursos
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económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a
los planes de trabajo y organización que elaboren, una vez
que sean convenientemente evaluados y valorados.
c. La Orden de 10-5-2006 por la que se dictan instrucciones
para la gestión económica de los centros docentes
públicos dispone que “los citados centros públicos gozarán
de autonomía en su gestión económica en los términos
establecidos en la misma”.
Esta autonomía de gestión económica se configura como un medio para la
mejora de la calidad de la educación y se define como la utilización
responsable de todos los recursos necesarios para el funcionamiento de este
centro, de forma que podamos alcanzar nuestros objetivos. El ejercicio de esta
autonomía se realizará sobre los recursos e instrumentos recibidos de la
Consejería de Educación.
El presupuesto de este centro es la expresión cifrada, conjunta y sistemática de
las obligaciones que como máximo puede reconocer el centro en orden a su
normal funcionamiento, así como la estimación de los ingresos que prevé
obtener durante el correspondiente ejercicio.
El presupuesto es un instrumento de planificación económica del centro, en
orden a la prestación del servicio público en el que se prevé, junto con sus
ingresos, los gastos necesarios para alcanzar los objetivos recogidos en el
Proyecto Educativo, bajo el principio de equilibrio entre ambos, así como los
principios de eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos.
2. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL INSTITUTO Y
PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE
GASTO.
Las operaciones realizadas por el centro en ejecución de su presupuesto, tanto
de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno soporte
documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación de los
gastos. La contabilización de los ingresos se efectuará con aplicación del criterio
de prudencia:
1. Las cuentas y los documentos justificativos deben recoger la totalidad de
los gastos e ingresos habidos, con los asientos contables correspondientes
y deben reunir los requisitos legales
2. El presupuesto de gastos se realizará en función de las necesidades que
hubiere teniendo en cuenta para ello los ingresos estimados.
3. Las operaciones y anotaciones contables realizadas en medios
informáticos serán encuadernadas correlativamente para formar los
libros contables. Serán firmados y sellados cuando termine cada
ejercicio. El centro mantendrá en custodia esta documentación durante
un período mínimo de cinco años, desde la aprobación de la cuenta de
gestión.
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2.1. El presupuesto del Instituto
1. Será anual y estará integrado por el estado de ingresos y gastos.
Según se recoge en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de
Educación de Andalucía, así como en la Orden de 10 de mayo de
2006, conjunta de la Consejería de Economía y Hacienda y de
Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión
económica de los Centros docentes públicos dependientes de la
Consejería de Educación y se delegan competencias en los
Directores y Directoras de los mismos.
2. La aprobación del proyecto de presupuesto, así como la justificación
de la cuenta de gestión son competencia del Consejo Escolar del
centro. En el caso de la justificación de la cuenta, se realizará por
medio de una certificación del Consejo Escolar sobre la aplicación
dada a los recursos totales, que sustituirá a los justificantes originales,
los cuales, junto con toda la documentación, estarán a disposición
tanto de la Consejería competente en materia de educación, como
de los órganos de la Comunidad Autónoma con competencia en
materia de fiscalización económica y presupuestaria, de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, del Parlamento de Andalucía, del Tribunal
de Cuentas y de los órganos de la Unión Europea con competencia
en la materia.
3. El presupuesto se compondrá de un estado de ingresos y gastos. Se
elaborará en primer lugar, teniendo en cuenta los remanentes del
año anterior y tomando como referencia los gastos de los dos cursos
anteriores. Estos serán analizados, realizados y presentados por el
secretario/a y de forma que el presupuesto sea lo más ajustado
posible a las necesidades del centro. Las partidas específicas
recibidas desde la Consejería de Educación serán utilizadas para el
fin al que se destinan. Sin embargo, y siguiendo las indicaciones de la
Delegación Territorial de Educación, una vez que concluya el año
económico, los remanentes de las diferentes partidas pasarán a
formar parte del remanente de gastos de funcionamiento ordinario
del centro. No se les aplicará esto último a aquellas partidas cuyo
dinero sólo pueda gastarse en aquello a lo que van dirigidas, como
la partida del Programa de Gratuidad de Libros o programas
vigentes, como los Proyecto Erasmus, Ciclos y otros programas cuya
partida deba gastarse en ellos. El resto de remanentes empezarán a
0 el siguiente año económico.
2.2. El estado de ingresos
1. Estará conformado por los créditos asignados por la Consejería de
Educación o por otros fondos procedentes del Estado, Comunidad
Autónoma de Andalucía, o por cualquier otro ente público o privado;
por los ingresos derivados de la prestación de servicios, distintos de los
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grabados por tasas, que se obtengan de la venta de material y de
mobiliario obsoleto y por otros que correspondan, siempre que hayan
sido aprobados por el Consejo Escolar.
2. El presupuesto de ingresos se confeccionará, de acuerdo con el
anexo I de la Orden de 10 de mayo de 2006, diferenciando:
o La previsión de ingresos propios.
o La previsión de ingresos como recursos procedentes de la
Consejería de Educación anotando los ingresos para gastos de
funcionamiento, y, por otra parte, los ingresos para inversiones.
o Otras asignaciones procedentes de la Consejería de Educación,
como las asignaciones del programa de gratuidad de libros de texto
y material didáctico complementario, inversiones, equipamientos y
aquellos otros que la Consejería determine tales como Planes y
Proyectos
o Los fondos procedentes de otras personas o entidades.
o La suma de los importes de las tres columnas se corresponderá
con el global total de los ingresos.
2.3. El estado de gastos para funcionamiento
a) Se confeccionará con cargo a recursos propios, procedentes de otras
entidades o de la Consejería de Educación se harán conforme al anexo II de
la Orden de 10 de mayo de 2006, ajustándose a los créditos disponibles, a su
distribución entre las cuentas de gasto y a la consecución de los objetivos
para los que se liberan tales fondos.
b) El Instituto hará las oportunas adquisiciones de equipos y material
inventariable con cargo a los fondos de la Consejería de Educación
procurando: que queden cubiertas todas las necesidades para el normal
funcionamiento del Centro; que las adquisiciones no superen el 10% del
crédito anual librado al Instituto; que los apruebe el Consejo Escolar del
Centro.
Para el cálculo de la previsión de gastos y distribución de los ingresos entre
las diferentes partidas de gasto, se seguirán los siguientes criterios y
consideraciones:
a) Satisfacer los pagos de las empresas suministradoras (luz, agua, teléfono,
gasóleo, etc)
b) Mantener contratos de mantenimiento de las principales instalaciones del
Centro con empresas que garanticen el buen funcionamiento de las mismas.
c) Asegurar el mantenimiento del edificio y las instalaciones del Centro.
Dada la dificultad de prever las averías, desperfectos, etc, se intentará,
además de disponer de una amplia partida, no gastar los fondos de otras
partidas hasta que el curso esté lo suficientemente avanzado como para
garantizar mínimamente que no será necesario disponer de ellas.
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d) Proveer a todo el personal del Centro de los materiales necesarios para el
desarrollo correcto de su actividad.
e) Equipar al Centro mediante el capítulo de inversiones de las necesidades
más urgentes dictaminadas por el Consejo Escolar.
f) Incrementar la dotación de la biblioteca del Centro.
g) Ayudar a la realización de Actividades Extraescolares en la medida de lo
posible.
h) Gestionar los pagos e ingresos del Seguro Escolar, las ayudas de
seguimiento de la FCT para el alumnado y el profesorado, la compra del
vestuario del PAS y en general de todas las partidas específicas concedidas
por la Delegación.
i) Llevar a cabo la compra de los libros necesarios para el desarrollo del PGLT.
j) Fijar las cantidades de las que pueden disponer los Centros de Gasto según
la actividad a desarrollar y su viabilidad económica.
El ajuste del presupuesto se hará a partir de la asignación de gastos de
funcionamiento y de inversiones por parte de la Consejería de Educación,
según se establece en la Orden de 10 de mayo de 2006.
c) La elaboración y aprobación del presupuesto del Instituto se
realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
a) El proyecto del presupuesto del Instituto será elaborado por la Secretaría
del Centro de acuerdo con lo establecido en la Orden. El presupuesto anual
contemplará las diferentes partidas de ingresos y gastos conforme a la
Orden de 10 de mayo de 2006 (ANEXO III de dicha Orden)
INGRESOS:
- Propios.
- Procedentes de la Consejería de Educación:
* Gastos de funcionamiento
* Inversiones
- Fondos procedentes de otras personas y entidades.
GASTOS:
- Bienes corrientes y servicios:
* Arrendamientos
* Reparación y conservación
* Material no inventariable
* Suministros
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* Comunicaciones
* Transportes
* Gastos diversos
* Trabajos realizados por otras empresas
- Adquisiciones de material inventariable:
* Uso general del centro
* Departamentos u otras unidades
- Inversiones:
* Obras de reparación, mejora o adecuación de espacios e instalaciones
* Equipamiento
Se establecerá la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de
gasto a partir del análisis de ingresos y gastos de los últimos cursos.
Hay que señalar que, en virtud a la orden de 11 de mayo de 2006, las
compras inventariables inferiores a 300€ no serán consideradas como tales,
y se incluirán en la partida no inventariable más adecuada.
b) El proyecto del presupuesto será elaborado sobre la base de los
recursos económicos consolidados recibidos en los cursos anteriores. El ajuste
del presupuesto se hará a partir de la asignación de gastos de
funcionamiento y de inversiones por parte de la Consejería de Educación.
d) El registro de la actividad económica se realizará cumplimentando
la siguiente documentación:
a) Registro de ingresos que se confeccionará conforme al anexo IV de la
Orden de 10 de mayo de 2006, haciendo constar: número de asiento, fecha,
concepto, ingresos, importe acumulado y la caja de ahorros donde el
Centro tiene su cuenta.
b) Registro de movimientos en cuenta corriente autorizada por la
Consejería de Hacienda a solicitud de la de la Consejería de Educación, en
los que se incluirán: número de asientos, fecha en que se registra el
movimiento, concepto en el que se especifica el tipo de gasto o ingreso que
se ha realizado, cantidad exacta anotada en la columna de haber (ingreso
realizado por el Centro) o debe (gasto realizado por el Centro y saldo
restante). La disposición de fondos de la cuenta se hará bajo la firma
conjunta del Director y del Secretario del Centro. Los pagos ordenados con
cargo a la cuenta corriente se realizarán, mediante transferencias bancarias.
El registro de movimientos en la cuenta corriente se confeccionará según el
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anexo V de la Orden de 10 de mayo de 2006, teniendo en cuenta: número
de asiento, fecha, concepto, número de extracto, debe, haber y saldo.
c) Registro de movimientos de caja teniendo en cuenta que se podrá
mantener efectivos hasta 600 euros para el abono directo de pequeñas
cuantías. El registro de movimiento de entrada y salida de fondos en efectivo
se realizará conforme al modelo del anexo VI de la Orden de 10 de mayo de
2006, teniendo en cuenta: número de asiento, fecha, concepto, debe,
haber y saldo.
d) Registro de gastos para cada una de las subcuentas previstas en el
anexo III de la Orden de 10 de mayo de 2006, teniendo en cuenta: número
de asiento, fecha, concepto, base imponible, IVA, total, total acumulado.
e) El control de la cuenta corriente y de los gastos se hará a través de
conciliaciones semestrales entre los saldos reflejados en el registro de
movimientos en cuenta corriente, siguiendo el Anexo XII y XII bis de la
mencionada Orden de 10 de mayo de 2006, y arqueos mensuales de la caja,
siguiendo el Anexo XIII. Las actas, firmadas por el Director y la Secretaria,
quedarán al servicio de la Consejería de Educación y de las instituciones de
la Comunidad Autónoma con competencias en la fiscalización de estos
fondos.
La justificación de gastos se realiza por medio de certificación del
acuerdo del Consejo Escolar que aprueba las cuentas. El Director elabora la
aprobación según el Anexo X de la mencionada Orden 10 de mayo de 2006.
El desglose se hace por gastos de bienes corrientes y de servicios, gastos de
adquisiciones de material inventariable e ingresos para inversiones. Una vez
aprobado por mayoría de los miembros del Consejo Escolar con derecho a
voto, el Director remite a la Delegación Provincial de Educación, antes del
30 de octubre, la certificación del acuerdo aprobatorio, según el Anexo XI
de la Orden de 10 de mayo de 2006. Las justificaciones originales se
custodian en el Centro y están a disposición de la Consejería de Educación
y de instituciones de la Comunidad Autónoma competentes en la
fiscalización de los fondos.
Las cantidades no dispuestas en el momento de la finalización del curso
escolar podrán reintegrarse o, preferentemente, incorporarse al siguiente
curso escolar.
f) El proyecto de presupuesto, independientemente de la presentación
“oficial”, buscará un formato que facilite a toda la Comunidad Educativa la
comprensión de la política de gasto.
g) De forma general, se añadirá el IPC a lo presupuestado o gastado
realmente el año anterior, dependiendo de la partida.
h) El proyecto de presupuesto, independientemente del formato de
presentación a la Consejería, será elaborado atendiendo a los conceptos
establecidos en el módulo económico de “Séneca”. Todas las partidas en
que sea previsible gasto deberán contar con la correspondiente dotación.
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2.4. Reparto económico.
a) Reparto económico entre los departamentos didácticos
El dinero destinado a Gastos de Funcionamiento Ordinario se dedicará al
mantenimiento y adquisiciones de todo el centro. Por lo tanto, no existe una
distribución presupuestaria para los diferentes departamentos, y las compras se
harán en función de las necesidades de forma responsable y justificada,
cuando así se estime (exceptuando, por supuesto, los ciclos formativos o
cualquier partida específica). Sin embargo, una constante del IES La Marisma es
la de no negar ninguna adquisición que vaya en beneficio de los alumnos/as,
mientras sea razonable y coherente dentro del presupuesto con el que
contemos en ese momento, independientemente del departamento que lo
solicite
b) Reparto económico entre los ciclos formativos
De acuerdo con la instrucción de 21 de julio de 2016 de la Dirección General
de Formación Profesional Inicial y Educación sobre la aplicación y justificación
de gastos de funcionamiento de Ciclos Formativos, se percibirá una partida
específica para el gasto derivado de las actividades realizadas en los talleres,
aulas de gestión, laboratorios y demás espacios específicos por el alumnado de
formación profesional. Dicha Instrucción establece que se podrán contabilizar,
como casos más habituales, los siguientes gastos:
a) Reparación, mantenimiento y conservación de los bienes del
inmovilizado implicados directamente en el desarrollo de las prácticas
formativas. No tendrán esta consideración los gastos de las reparaciones
que aumenten el valor del inmovilizado.
b) Material utilizado para realizar prácticas formativas necesarias para la
adquisición de los resultados de aprendizaje de cada módulo profesional.
c) Suministros que se vinculan indubitadamente a las prácticas formativas
que realizan los alumnos de los ciclos formativos. En este tipo de gastos
existen partidas que se calculan en base a un porcentaje del total que
soporta el centro, por tanto y en cumplimiento de la Instrucción
mencionada, se establecen los criterios de imputación a las enseñanzas de
formación profesional. Dichos criterios de imputación son los siguientes:
- Un 10 % del consumo de energía eléctrica del centro a las tres familias
profesionales, Informática, Administrativo y Jardinería, aplicable en
proporción a la dotación percibida por cada ciclo formativo. Esta
imputación obedece al uso de autoclaves, estufas de cultivo, frigoríficos,
etc. aparatos informáticos y sistemas de climatización.
- Un 10% del consumo de agua del centro a la familia profesional de
Jardinería por el gasto derivado de las actividades formativas del alumnado
desarrolladas en sus invernaderos. Es conveniente aclarar que estos criterios
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de imputación se establecen porque estos suministros son indubitadamente
consumidos en las actividades formativas del alumnado de ciclos formativos
y, aun teniendo en cuenta que los gastos de funcionamiento ordinarios
tienen en consideración el mayor gasto que supone un alumnado de
formación profesional, el coeficiente aplicado no contempla estos gastos al
no diferenciar por tipo de ciclo formativo.
d) Dietas, alojamiento y manutención para el profesorado, designado
mediante, comisión de servicio de empleado público, a una actividad
directamente relacionada con los ciclos formativos, conforme a la
normativa vigente.
e) Arrendamiento y cánones por el alquiler de bienes muebles y de
arrendamiento financiero, con o sin opción a compra, siempre que sean
necesarios para realizar las prácticas formativas del alumnado.
f) Trabajos realizados por otras empresas y profesionales a través de un
contrato menor de servicios para la ejecución total o parcial de actuaciones
vinculadas a las actividades formativas del alumnado de los ciclos
formativos, siempre y cuando no puedan ser realizadas con los medios
disponibles en el centro.
Adquisición de material inventariable con el límite del 10% de las
cantidades recibidas para los ciclos formativos, conforme al artículo 3 de la
Orden de 10 de mayo de 2006.
c) Gestión de gastos.
No obstante, cuando un departamento esté autorizado a hacer alguna
compra, se atendrá a las normas siguientes:
1.- Los jefes de departamento o, en su caso, el profesor implicado, serán
los responsables de las compras
2.- Si se tratase de material inventariable, cualquier adquisición que desee
realizar debe ser solicitada a la Dirección del centro y deberá ser autorizada por
ésta. Para ello, los jefes de departamento, en el caso de que la compra
superase los 3000€, solicitarán tres presupuestos diferentes donde se
especifiquen los artículos y sus características técnicas, el importe de cada uno,
cantidad total e I.V.A. Una vez revisado y comprobado la existencia de saldo
en el presupuesto de ingresos para material inventariable o inversiones en el
caso de producirse cualquier instalación, la propuesta se llevará a Consejo
Escolar, al que se le informará de las opciones y, posteriormente, se elegirá el
presupuesto más adecuado. A continuación, se autorizará la adquisición al
jefe/a de departamento, quién podrá realizar la adquisición o encargar al
secretario/a su adquisición. Este procedimiento de solicitud de tres presupuestos
y de aceptación del Consejo Escolar cuando la compra supere los 3000€ se
hace extensible a todas las adquisiciones del centro.
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3.- En caso de reparaciones del material inventariable del departamento,
se comunicará al secretario/a y se presentarán los presupuestos de las
reparaciones para su autorización.
4.- El original del albarán o factura se entregará al secretario/a quedando
una copia si se necesita en poder del jefe/a de departamento. Para ser más
fácil la localización se pedirá que aparezca, además, el nombre del
departamento.
5.- Es necesario que cuando se esté esperando un reembolso, una
factura, un pedido, etc, se comunique al secretario/a con antelación para
poder saber a quién corresponde y efectuar el oportuno pago.
Todos los gastos realizados deben justificarse siempre y debe cumplir los
siguientes requisitos:
a.- Si la compra se hace al contado, se solicitará en el momento una
factura con los requisitos legales oportunos:
Factura a nuestro nombre: I.E.S: La Marisma
Avd. Santa Marta s/n
21005 Huelva
NIF: S-4111001-F
Datos del proveedor: NIF del Proveedor
Nombre del proveedor
Datos imprescindibles: Fecha y número de factura
Firma y sello de la Empresa proveedora
El IVA deber venir desglosado
b.- Si la compra se hace a crédito, se solicitará al proveedor, en el
momento de la adquisición, un albarán valorado, con detalle de lo adquirido y
con el IVA incluido. Cuando se trate de gastos de departamento los plazos a
crédito no sobrepasarán el curso escolar.
c.- En cuanto a las fotocopias, en un principio no habrá restricciones y
cada departamento realizará las fotocopias que necesite, siempre de manera
responsable y velando por el buen uso y ahorro.
Con carácter general, las compras siempre las realizará el centro. Sólo en
el caso en que no haya otra opción, las realizará el profesor@ que vaya a utilizar
el producto o disfrutar del servicio contratado. En ese caso, el secretario
abonará el importe al profesorado usando el dinero de caja, como si la compra
la hubiera realizado el centro directamente. O realizando una transferencia a la
cuenta de ese profesor/a, (Erasmus…)
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2.5. Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de
servicios distintos de los grabados por tasas, así como otros fondos procedentes
de entes públicos, privados o particulares
El Centro, cumpliendo escrupulosamente con la normativa vigente,
podrá obtener fondos económicos o del Equipamiento Escolar, al ceder parte
de sus instalaciones a entidades públicas, privadas o particulares, siempre que
así lo soliciten y que sean aprobadas por el Consejo Escolar del Centro. Dichas
entidades, previo contrato firmado por la Entidad y la Dirección del Centro,
serán responsables de los daños que se pudiesen ocasionar en las instalaciones,
como resultado de su uso. Los fondos económicos obtenidos se ingresarán en
las partidas de entrada del Centro.
El Centro podrá obtener otros ingresos provenientes de:
1. Aportaciones procedentes del Estado, Comunidad Autónoma, Diputación,
Ayuntamiento o cualquier otro Ente público o privado, por los ingresos derivados
de la prestación de servicios, venta de material y de mobiliario obsoleto o
deteriorado que deberá ser aprobada por el Consejo Escolar y por cualesquiera
otros que le pudiera corresponder.
2. Otros recursos obtenidos en virtud de la autonomía de gestión de que gozan
los Centros Docentes Públicos como:
Ingresos procedentes de acuerdos formalizados con Asociaciones Culturales
o Entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de Actividades Extraescolares
y Complementarias.
Ingresos procedentes de acuerdos de colaboración con organismos y
entidades en materia de formación de alumnos/as en Centros de Trabajo.
Aportaciones correspondientes al premio de cobranza del seguro escolar.
El importe de las ayudas o premios otorgados por instituciones, organismos y
empresas privadas, como consecuencia del desarrollo de proyectos y
experiencias de innovación e investigación educativas, o como resultado de la
participación de profesores/as y alumnos/as en actividades didácticas,
culturales o deportivas realizadas en el marco de la programación anual del
centro. Este tipo de ingreso se presupuestará por el importe que se prevea
efectivamente percibir en el ejercicio presupuestario.
Ingresos derivados de la utilización ocasional de las instalaciones del Centro
para fines educativos.
Los fondos procedentes de fundaciones.
Cualquier otro ingreso, para el que deberá contar con la autorización de la
Dirección General competente.
La fijación de precios podrá establecerse en los siguientes supuestos:
Venta de bienes muebles; tanto inventariables como inadecuados o
innecesarios, y la fijación de sus precios será solicitada por el Director del Centro
tras acuerdo del Consejo Escolar, y será comunicada a la Delegación Territorial
16
de la Consejería de Educación, a los efectos de iniciar en su caso, el oportuno
expediente.
Prestación de Servicios; la fijación de precios por la prestación de servicios
ofrecidos por el Centro y la venta de bienes muebles derivados de sus
actividades educativas, no recogidos en la normativa específica sobre tasas y
utilización ocasional, de las instalaciones del Centro, para fines educativos, de
extensión cultural y otros relacionados directamente con el servicio público de
la educación, el Centro podrá establecer unos precios que serán aprobados
por el Consejo Escolar.
2.6. Órganos competentes en la gestión económica
La autonomía de gestión económica nos permite desarrollar los objetivos
establecidos en el Plan de Centro., en orden a la mejor prestación del servicio
educativo, mediante la administración de los recursos disponibles. Esta
autonomía comporta una atribución de responsabilidad y su ejercicio está
sometido a las disposiciones y normativas vigentes.
Son órganos competentes en materia de gestión económica el Consejo Escolar,
el Equipo Directivo y el Director/a del centro docente. Las funciones de cada
órgano son las siguientes:
1- El Consejo Escolar:
a) Aprobar el proyecto de gestión y sus modificaciones.
b) Establecer las directrices de funcionamiento del centro.
c) Efectuar el seguimiento del funcionamiento del centro.
d) Aprobar la cuenta de gestión y el presupuesto.
La Comisión Económica: La Comisión Económica se crea en el seno del Consejo
Escolar, dentro de la Comisión Permanente.
Funciones:
.-Estudiar el proyecto de presupuesto y elevarlo al Consejo Escolar para su
aprobación.
.-Estudiar las propuestas que le plantee el equipo Directivo que conlleven una
modificación presupuestaria, y decidir sobre su aprobación o desestimación. En
caso de aprobarse, decidirá su inclusión en los presupuestos del siguiente curso,
siempre y cuando sea posible, o la modificación del presente, en virtud de lo
recogido en el punto 2.1.5 del presente documento, que en todo caso, lo
deberá aprobar el Consejo Escolar.
Sesiones.
1ª sesión será en octubre
17
2ª sesión será entre 2º y/o 3º trimestre
Composición.
Directos, secretario, un representante de padres, otro de profesorado y otro de
alumnado
2. El Equipo Directivo
a) Elabora el Proyecto de Gestión y el presupuesto a propuesta del SECRETARIO.
b) Realiza las modificaciones señaladas por la Delegación Provincial.
3. El DIRECTOR: es el máximo responsable de la gestión.
a) Dirige al equipo directivo en la elaboración del proyecto de presupuesto y
en todos los demás procesos de gestión económica.
b) Presentará el proyecto de presupuesto al Consejo Escolar y, en su caso,
autorizará los gastos siempre que no excedan de los ingresos previamente
obtenidos, ni por un importe superior al crédito consignado
2.7. Cuenta de gestión
El Director/a del I.E.S. remitirá al Consejo Escolar para su aprobación antes del
31 de octubre del ejercicio siguiente, una única cuenta de gestión a 30 de
septiembre, acompañándola de una memoria justificativa de los objetivos
conseguidos en relación con los programados.
Si el Consejo Escolar no aprobase la cuenta de gestión, se remitirá a la
Delegación Territorial correspondiente, junto con el acta de sesión, donde
consten los motivos que sustentan la decisión. La Delegación Territorial, tras las
gestiones pertinentes, adoptará la resolución que, en su caso, proceda.
Una vez aprobada por el Consejo Escolar, se remitirá el anexo correspondiente
por vía web al Servicio Económico de la Delegación Territorial.
La cuenta de gestión, no podrá rendirse con saldos negativos salvo demora en
los ingresos procedentes de la Consejería de Educación y Deporte.
Los justificantes de gasto se efectuarán por medio de la certificación del
Consejo Escolar, permaneciendo los originales de las facturas y demás
comprobantes de gastos en el centro bajo la custodia de su secretario y a
disposición de los órganos de control.
En el supuesto de que se produzca el cese del director/a antes de la fecha de
cierre, este deberá elaborar en el plazo de veinte días una justificación de los
gastos e ingresos habidos hasta la fecha de cierre, y presentarlo al Consejo
Escolar para su aprobación. Constará de los mismos anexos que los que se
incluyen en el cierre económico.
18
En el caso de que el Consejo Escolar no aprobase dicha cuenta de gestión, el
Director/a saliente la enviará a la Delegación Territorial junto con el acta de la
sesión, donde constarán los motivos que han dado lugar a dicha decisión. La
Delegación Territorial, tras las gestiones pertinentes, adoptará la resolución que,
en su caso, proceda
2.8. Indemnizaciones por razón de servicios.
Las dietas de los funcionarios públicos quedan reguladas por el Decreto
54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la
Junta de Andalucía, y modificaciones sucesivas. El artículo 9 define «dieta»
como la cantidad que se devenga diariamente para satisfacer los gastos de
manutención y alojamiento que origina la estancia del personal que se
encuentra en comisión de servicio. La dieta se halla compuesta de dos factores:
gastos de alojamiento y de manutención.
Las dietas se aplicarán siempre y cuando los gastos de manutención y/o
alojamiento no sean asumidos por el órgano convocante, y las disponibilidades
presupuestarias del centro lo permitan.
Asimismo, consideraremos dietas del profesorado, las ayudas percibidas
por acompañamiento de alumnos para la realización de actividades
extraescolares fuera del centro, siendo estas financiadas por la propia
actividad. En especial, las excursiones fin de estudios e intercambios escolares.
En el caso de que esto no fuera posible, la dirección del centro habrá de
comisionar al profesor/a para la actividad, siempre y cuando sea posible según
disponibilidades presupuestarias. No obstante, el número de profesores que
podrán percibir dieta por actividad será de un profesor/a por cada grupo de 20
alumnos, hasta un máximo de dos profesores por cada autobús.
El devengo se realizará de acuerdo a las reglas que se establecen en el
artículo 10 del Decreto 54/1989 de 21 de marzo (BOJA 21/04/1989) y que a
continuación se señalan:
• Cuando el servicio no obligue a realizar ninguna de las dos comidas principales
fuera de la residencia habitual no se devengará indemnización alguna.
• Se devengará media manutención cuando el servicio obligue a realizar
alguna de las comidas principales fuera de la residencia habitual.
• Se devengará la manutención completa cuando el servicio exija realizar las
dos comidas principales fuera de la residencia habitual.
Para ello se tendrá en cuenta lo siguiente:
1.- Se entenderá que la actividad obliga a realizar una de las comidas
principales cuando termine después de las 15 horas.
2.- Se entenderá que la actividad obliga a realizar las dos comidas cuando
comience antes de las 14 horas y termine después de las 22 horas.
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La Orden de 11 de julio de 2006 de la Consejería de Economía y Hacienda
actualizó las cuantías de las indemnizaciones por razones de servicio, pudiendo
distinguir de manera descriptiva dos conceptos:
Estancia: La mencionada orden fija la cuantía de la dieta de alojamiento en
territorio nacional, excepto Madrid, en un importe de 64,27 €, por lo que se
determina, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 439/2007 de 30
de marzo por el que se aprueba el Reglamento de IRPF, que:
o En el caso que no se presente factura legal alguna, el importe de la
dieta estaría sujeto a IRPF, y como base imponible se considerarían los 64,27 €. o
Si se presenta factura estarían sujetas a retención las cantidades que excedan
de las fijadas por el Reglamento de IRPF.
Manutención: La citada orden establece las cuantías distinguiendo también
según se trate de territorio nacional, Madrid o el extranjero. En el caso de tratarse
de territorio nacional se estipula:
o Manutención pernoctando: 40,82 €
o Manutención sin pernoctar: 26,67 e
o 1/2 Manutención: 20,41 €
Estando igualmente sujetas a retención las cantidades que excedan de
las fijadas por el Reglamento de IRPF.
En cualquier caso, deberá entregar facturas legales y originales de los
gastos realizados.
En todas las salidas que realice el personal docente junto con el
alumnado se utilizarán medios de transporte colectivos, por lo que los gastos de
desplazamiento del profesorado irán incluidos en los gastos del viaje. En el caso
en que las necesidades los exigieran, la dirección del centro podría autorizar la
utilización de vehículo particular y en estos casos, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 20.3 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio de la Junta de Andalucía, el importe de la indemnización
a percibir como gasto de desplazamiento por la utilización de vehículo
particular queda fijado en 0,19 € por kilómetro recorrido por el uso de automóvil
y en 0,078 € por el de motocicletas.
Las anteriores cuantías se modificarán cuando sea aprobada alguna
normativa que derogue o actualice el Decreto 54/1989 de 21 de marzo, Decreto
157/2007 de 29 de mayo por el que se modifica el Decreto 54/1989 y/o la Orden
de 11 de julio de 2006 de la Consejería de Economía y Hacienda
Los directores@ de los centros docentes podrán autorizar gastos de
desplazamiento de los profesores@ tutores@ de alumnos@ que desarrollen
prácticas formativas en empresas cuando éstas se encuentren en una localidad
distinta a la del centro docente. Para fijar estas indemnizaciones se estará a lo
dispuesto en el Decreto correspondiente. Las dietas de los/las funcionarios/as
públicos quedan reguladas por el Decreto 54/1989, de 21 de marzo sobre
indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía y Orden de 11
20
de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas
indemnizaciones por razones de servicio.
2.9. Distribución de las partidas para los/las tutores/as para el seguimiento de la
formación en centros de trabajo.
La distribución se hará de la siguiente manera:
Se abonarán los gastos justificativos de los desplazamientos efectivamente
realizados: parking, billetes de autobús o kms realizados por la tutor/a docente.
Los kilómetros realizados se calcularán en base a la distancia existente desde el
centro educativo al centro de trabajo y viceversa según refleje la aplicación
“Google map”. En caso de que tal buscador refleje varias rutas alternativas, se
escogerá aquélla que sea la más rápida o más beneficiosa para los intereses
del profesor/a. El cálculo del dinero que se le rentará al profesorado se guiará
por la orden de indemnización por razón del servicio de la Junta de Andalucía,
y la Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de
determinadas indemnizaciones por razones de servicio.
En el caso de que hubiera varias empresas ubicadas en la misma zona cuya
supervisión se hiciera el mismo día y que exigieran un único desplazamiento por
parte del/a tutor/a de seguimiento, se abonara la distancia de ida y vuelta sólo
una vez.
A tales efectos, el profesorado entregará a la vicedirector/a los partes de
seguimiento y el resto de la documentación justificativa al final de cada mes.
Cuando el profesorado no hubiera entregado los partes de seguimiento en la
primera semana del mes siguiente, se considerará que da por desestimada su
solicitud de compensación de gastos por seguimiento de la FCT.
Tras la correspondiente supervisión y control de los partes de seguimiento, se
calculará la distribución de las partidas y una vez aprobadas por el
departamento, se entregará al secretario/a la propuesta acordada, quién
abonará los correspondientes pagos, una vez verificados. El dinero sobrante de
la partida correspondiente al seguimiento de la FCT que no después de haber
calculado el kilometraje realizado por los tutores/as de prácticas será dedicado
al gasto ocasionado por estas prácticas en otros conceptos como teléfono,
fotocopias o material de oficina.
3.Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del
centro.
El Secretario/a será el encargado de realizar el Inventario General del Centro y
mantenerlo actualizado. No obstante, y tal y como establece la orden del 10 de
mayo de 2006, independientemente del registro de inventario, podrán existir
inventarios auxiliares por Servicios, Departamentos y Talleres, cuando el volumen
y diversidad de materiales existentes en dichas unidades lo aconsejen.
21
a) Programa de Inventario. Cada Jefe de Departamento deberá ir actualizando
el material con el que cuenta (libros, o cualquier otro material didáctico). Si
algún Departamento prestara a otro cualquier material, deberá señalarse dicho
préstamo en el inventario de forma que sea posible localizar fácilmente dónde
está cada material.
b) Mobiliario. Es inventariado desde la Secretaría del Centro, pero cada Jefe de
Departamento comprobará que el mobiliario asignado es el que tiene y
comunicará cualquier avería o rotura de forma que pueda repararse o darse
de baja cuando proceda. En el caso de que un Departamento decida localizar
en otro espacio o aula cualquier tipo de mobiliario, deberá comunicarlo al
Secretario/a del Centro.
c) Existirá un libro de registro de inventario de biblioteca, conforme al modelo
que figura en el anexo IX de la Orden del 10 de mayo de 2006. El registro de
inventario de la biblioteca se realizará con el programa ABIES.
d) Adquisición de Material Inventariable. Para la adquisición de material
inventariable por parte de los Departamentos los pasos a seguir serán los
siguientes:
1. Los Jefes/as de Departamento solicitarán tres presupuestos diferentes donde
se especifiquen los artículos a adquirir y sus características técnicas, el importe
de cada uno, cantidad total e I.V.A. Estos presupuestos llevarán también el
nombre de la empresa suministradora y su N.I.F., fecha, firma y sello de la misma,
figurando en ellos el nombre del Instituto.
2. Toda esta documentación será presentada al Secretario/a.
3. Una vez revisada y comprobada la existencia de saldo en el presupuesto de
ingresos para material inventariable o inversiones, se autorizará la adquisición,
comunicando al Jefe de Departamento, quién podrá realizar la compra o
encargar al Secretario su adquisición.
4. En el caso de reparaciones del material inventariable del Departamento, se
comunicará al Secretario/a y se presentarán los presupuestos de las
reparaciones para su autorización.
4. Criterios para la gestión de sustituciones de las ausencias del
profesorado.
Nuestro centro al principio del año académico tendrá un presupuesto asignado
para sustituciones por parte de la Consejería que vendrá reflejado en el
programa Seneca como jornadas de las que dispone el centro para
sustituciones.
Los criterios que establecemos para decidir la sustitución serán los siguientes:
22
Las bajas de corta duración (menos de 5 días) no serán sustituidas y el
alumnado será atendido en el aula por el profesorado de guardia
La ausencia del profesorado se cubrirá cuando se prevea que la baja va a
continuar. Estas bajas mayores de 5 días se solicitarán siempre que se cuente
con jornadas suficiente para ello, si no es así, con antelación la dirección del
centro solicitará una ampliación del número de jornadas disponibles al
departamento de Provisión de Servicio de Personal, justificando las causas por
las que se ha producido el agotamiento de jornadas.
El profesorado deberá presentar el parte de baja el mismo día que se
produzca para que la jefatura de estudios a través del sistema Séneca pueda
proceder a la solicitud de la sustitución.
Para agilizar los trámites que conlleva la petición de un/a sustituto/a habrá
que comunicar el permiso y/o la ausencia con la mayor brevedad posible a la
dirección del centro. En el parte médico de baja del profesorado tendrá que
aparecer el tiempo estimado de duración, sin menoscabo de lo regulado en la
normativa e instrucciones sobre los plazos establecidos para la presentación de
los sucesivos partes de confirmación
En caso de que el cupo no sea suficiente, se dará preferencia a las
sustituciones de asignaturas troncales y del profesorado que imparta clase en la
ESO, Aula de Educación Especial y los FPB tanto de 1º, como 2.ª, y a los que
impartan más horas en los cursos terminales de enseñanzas Postobligatorias. Esto
último sin obviar la obligación de la Dirección a reclamar con la mayor prontitud
las sustituciones.
Una vez que el/la profesor/a tenga conocimiento de la fecha de finalización
de la baja deberá comunicarlo a la dirección del centro para que sea grabada
en Séneca y no utilizar más jornadas completas de sustitución de las
necesitadas.
Una vez al trimestre, la dirección del centro informará al Claustro de Profesores
y al Consejo Escolar de las ausencias que se han producido en el centro y del
procedimiento de sustitución
Criterios para las sustituciones del profesorado de corta duración
a) El Jefe de Estudios anotará en el parte de guardia cuales son los profesores
ausentes y los grupos que les corresponden. Esos grupos serán cubiertos por el
profesorado de guardia en esa hora siguiendo el orden expuesto en el listado
de profesorado de guardia que variará de forma mensual. Siempre que sea
posible uno de los profesores@ de guardia realizará su tarea en el aula de
convivencia/guardia y otro en la biblioteca. Además, se procederá a revisar
todas las instalaciones por si algún profesor /a se ha ausentado sin el
conocimiento de Jefatura de Estudios. Siempre que sea posible al menos un
miembro de la guardia permanecerá en la Sala de Guardia.
23
b) En el caso de que la ausencia sea prevista se prepararán tareas para que
sean realizadas por el alumnado durante la clase y bajo la vigilancia del
profesorado. Los departamentos podrán preparar actividades de refuerzo o
ampliación para que puedan ser trabajadas en estas horas, primándose las de
lectura.
c) El profesorado de guardia realizará el control de las ausencias del alumnado
en esa hora, y velará por el cumplimiento de las normas de convivencia
establecidas por el equipo docente para un grupo.
d) En el caso de que el número de grupos sin profesor/a sea superior al de
profesorado de guardia en esa hora, Jefatura de Estudios determinará la
posibilidad de unir a varios.
e) En todo momento deberá permanecer localizado al menos un miembro del
Equipo directivo.
5. Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del
equipamiento escolar.
5.1. Medidas de conservación del edificio y los medios materiales.
La naturaleza de un centro de educación secundario hace necesario que se le
dé una especial relevancia a este punto. Esto es debido a dos aspectos
fundamentalmente: por una parte, por ser un edifico en el que se desarrollan
una gran cantidad de actividades educativas, en muy diversos espacios, con
un continuo flujo humano en su interior y en los exteriores, del orden de 600
personas.
Y por otra parte el aspecto educativo que debe imperar en todas las acciones
que se lleven a cabo en el Centro, encaminado a educar al alumnado en el
buen uso y respeto de todos los bienes y especialmente los de carácter público.
Por todo ello, se detallan a continuación, un conjunto de medidas orientadas a
la conservación del edificio y sus exteriores y de todos los medios materiales del
Centro; y que nacen con la intención de involucrar en dicho objetivo a todos
los usuarios del mismo.
Con carácter general se establecen las siguientes medidas:
Vigilancia permanente de todos los medios materiales y espacios del Centro
con la doble intención de reparar y de educar, tomando medidas con las
personas responsables, si es el caso. En este sentido juega un importante papel
la instalación de cámaras de vigilancia.
Organizar actividades tendentes a hacer partícipes al alumnado en la
decoración del Centro y en la elaboración de las normas de uso de todos los
medios y espacios, y a potenciar premiando y favoreciendo los buenos hábitos
de uso y de higiene.
Mantener el Centro en las mejores condiciones de habitabilidad, seguridad y
confort.
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El profesorado que reserve un aula será responsable de velar por el buen
mantenimiento de la misma durante el tramo horario en el que la utilice.
5.1.1. Espacios y recursos didácticos.
- Normas de uso.
En el ROF se detallan las normas de uso general de todas las aulas y las de las
aulas específicas, talleres, laboratorios y salas comunes.
- Mantenimiento de las Instalaciones.
Es competencia del secretario/a adquirir el material y el equipamiento del
instituto, custodiar y gestionar la utilización del mismo y velar por su
mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y
con las indicaciones de la Dirección.
El/la Secretario/a deberá custodiar e inventariar los manuales, certificados de
garantía y demás documentación de los equipos informáticos de la red de
administración.
El/la Secretario/a deberá controlar las máquinas averiadas y avisar al servicio
técnico, o proveedor, para su reparación o renovación, cuando proceda.
Por ello, y con el objetivo de poder llevar un control exhaustivo de los
desperfectos ocasionados en las instalaciones, así como de las averías propias
del uso, cada profesor@ tendrá acceso a un parte de incidencias que rellenará
y entregará en la Conserjería del Centro para su reparación. El/la Secretario/a
será el encargado/a de recoger toda la información y comunicarla al personal
de mantenimiento o a la empresa en cuestión para su reparación en el menor
tiempo posible.
Si los desperfectos ocasionados fueran realizados malintencionadamente, se
comunicará a la Jefatura de Estudios.
El mantenimiento del ascensor, calderas y extintores se realizará adecuándose
a la normativa vigente por una empresa acreditada.
El centro contratará una empresa que realizará los siguientes servicios:
a.- Trabajos de electricidad: reparar e instalar enchufes, sustitución de
luminarias, instalación de videoproyectores y/ teléfonos.
b.- Trabajos de fontanería: sustitución de grifos y llaves de paso, reparación de
cisternas y lavabos, purgamiento de calderas, arreglo de tuberías.
c.- Trabajos de limpieza de exteriores: patios porches, campos de deporte…
d.- Trabajos de mantenimiento: reparar e instalar cerraduras, reparación e
instalación de persianas, pintura, albañilería menor (fijar azulejos, enlucir
paredes…)
e.- Otras actividades: cualesquiera otras que pudieran derivarse del adecuado
mantenimiento de las instalaciones.
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La empresa contratada realiza los trabajos de 8:15 a 12:00. y las incidencias se
anotarán en un libro destinado a tal que se encuentra en conserjería
- Medidas educativas. Para potenciar el buen uso:
- Elaboración y aplicación de las normas de aula.
- Informe trimestral sobre el estado del aula.
-Campañas educativas para el uso de los puntos limpios.
- Plan de medida preventivas: arreglo y/o limpieza de lo realizado por algún/a
alumno/a
- Aplicación del ROF, implicando al/la alumno/a en la realización de tareas de
mantenimiento y limpieza.
5.1.2. Instalaciones
- Calefacción centralizada: Revisiones reglamentarias y puesta en marcha.
- Aire Acondicionado: Limpieza de filtros 1 vez al año.
- Iluminación:
. Revisiones periódicas.
. Reposición de luminarias defectuosas.
- Instalación eléctrica:
. Revisiones periódicas
. Reposición de componentes defectuosos.
5.1.3. Mantenimiento de Redes Informáticas.
El centro contratará una empresa que realizará los servicios de mantenimiento
y reparación de equipos informáticos. Realiza una prestación los lunes o
cualquier otro día que se le llame. Las incidencias quedarán recogidas en un
parte destinado para tal que se encuentra en consejería o bien por correo
electrónico. Siempre estarán coordinadas por el profesor/a responsable de las
aulas TIC.
Otras funciones serán para el responsable del programa TIC:
a) Mantener y gestionar la página Web del Centro
b) Hacer un control y seguimiento de los posibles desperfectos causados en los
equipos y en la red de administración del Centro.
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c) Mantener los ordenadores libres de virus informáticos, gestionando el
programa antivirus y controlando el acceso a Internet.
d) Asegurar la correcta configuración software de todos los equipos informáticos
ubicados en las distintas Aulas, Talleres, Biblioteca y Departamentos:
ordenadores, impresoras, etc.
e) Llevar el control de los usuarios que acceden a los equipos, dando los
correspondientes permisos y contraseñas.
5.1.4. Mantenimiento y uso del servicio copistería:
El centro contratará una empresa que gestionará el mantenimiento de las
máquinas repartidas en varias dependencias del centro: conserjería, secretaría.
El horario para encargar fotocopias por parte de los/las profesores/as es de 8:30
a 14:30 horas.
Los/las alumnos/as no podrán hacer fotocopias.
No se hacen fotocopias de libros, excepto de alguna página suelta o capítulo
(dentro de lo permitido).
Las encuadernaciones se podrán encargar siempre que su cantidad sea menor
de 5.
Cada profesor/a comunicará en conserjería el número de fotocopias que
realice.
Existirá en esta dependencia una hoja de registro para anotar los encargos.
5.1.5.- Exposición de publicidad:
Sólo se podrá exponer la siguiente publicidad en el centro y siempre con la
autorización de la dirección.
a.- De clases particulares, académicas y demás servicios relacionados con la
educación en el vestíbulo.
b.- De eventos culturales o lúdicos en el vestíbulo.
c.- De pisos en alquiler en la sala de profesores. Y tablón de anuncios del
alumnado del vestíbulo.
d.- De los sindicatos se exponen en la sala de profesores y en el tablón del pasillo
1.
5.1.4. Mantenimiento y Gestión de la Biblioteca.
Será responsabilidad del Coordinador/a de la Biblioteca:
Confeccionar el horario de atención al alumnado de la Biblioteca, lo presentara
a la Jefatura de Estudios y lo expondrá en el tablón de anuncios
correspondiente.
Registrar, catalogar y clasificar los ejemplares que lleguen al Centro, tanto por
adquisición con los presupuestos propios, como los procedentes de donaciones
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o envíos de la Consejería., los libros adquiridos por otros departamentos, también
estarán en el registro de la Biblioteca, aunque físicamente estén ubicados en
otro local.
Llevar el inventario actualizado indicando procedencia.
Gestionar el control de los préstamos de libros, tanto para uso interior como
exterior, a profesores@ y alumnos@.
Mantener, por si mismo o con la ayuda de los/las profesores/as de Guardia en
Biblioteca o del Equipo de Biblioteca, el orden de los libros en las estanterías
Canalizar las necesidades de los Departamentos y Alumnado.
Hacer las gestiones pertinentes para que el alumnado devuelva los libros
transcurridos el plazo de préstamo. Antes del final de curso procurar que tanto
profesores/as como alumnos/as entreguen los libros que obren en su poder.
Organizar la utilización de la Biblioteca en coordinación con el/la jefe/a del
Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares, y con la
Jefatura de Estudios.
Redactar la memoria de fin de curso (actividades realizadas, material renovado,
situación general de la Biblioteca, etc.).
Podrá proponer al jefe/a de Estudios las normas que considere más adecuadas
para el mejor uso de la misma.
5.1.5. Uso del Teléfono.
El teléfono del Centro sólo se podrá usar para llamadas oficiales. Se entiende
por llamadas oficiales las relacionadas con:
1. Los/las Alumnos/as y sus Familias.
2. Los Programas de Formación del Profesorado.
3. La Administración Educativa.
4. El Desarrollo de las Materias.
5. La Adquisición de Material Didáctico.
Las llamadas se podrán realizar desde el teléfono asignado a los/las
profesores/as ubicado actualmente en Conserjería, en el caso de estar
ocupado, se puede utilizar el de Secretaría o de los despachos de jefatura.
5.1.6. Uso de los Espacios y de los Servicios.
El intervalo de tiempo propio para que los/las alumnos/as que lo necesiten
vayan al servicio es en el recreo. Para ir al servicio durante la clase deberá
solicitarlo al profesor/a, y este la dará una tarjeta de autorización. Siempre que
se conceda el permiso se hará individualmente. Deberán pedir la llave en
28
Conserjería y apuntarse en el registro de baños a través del pase que el
profesor/a deberá proporcionarles
Durante los cambios de clase, los/las alumnos/as permanecerán en el aula.
correspondiente.
Los/las alumnos/as se abstendrán de entrar en otras dependencias sin permiso
expreso de un profesor/a y en todo caso, deberán hacerlo en compañía del
mismo/a.
El/la profesor/a debe cerrar el aula cuando termine la clase o el grupo la
abandone.
Durante el recreo ningún alumno/a podrá permanecer en su aula.
5.2. Renovación de las instalaciones y del equipo escolar.
5.2.1. Principios generales.
Ante cualquier propuesta de renovación, mejora o de implantación de los
medios materiales, instalaciones, y del edificio del Centro, cuyo procedimiento
se detalla en el siguiente punto; los principios generales recogidos más abajo
deben orientar la decisión final sobre su aprobación o priorización, si es el caso:
1. Poner en uso, mediante el arreglo o la actualización, aquellos medios y/o
recursos necesarios para el normal funcionamiento de las actividades del
Centro.
2. Mejorar las condiciones de seguridad y confort de todos los usuarios del
Centro.
3. Preservar todos los medios materiales del Centro.
4. Propiciar y favorecer la innovación educativa, mediante el uso de nuevas
tecnologías.
5.2.2. Procedimiento de renovación
Cualquier miembro de la comunidad educativa podrá realizar una propuesta
de renovación y mejora de las instalaciones y del equipo escolar según el
siguiente procedimiento:
Profesorado: - A título personal o para aquellas cuestiones derivadas del
funcionamiento normal del Centro, y por lo tanto, contempladas en el
Presupuesto del Centro:
1º) Se trasladará al Secretario del Centro.
2º) El Secretario: Resolverá en aquellas propuestas derivados del
funcionamiento normal del Centro, y por lo tanto, contemplado en el
29
presupuesto del Centro. Para ello se deberá usar el parte de mantenimiento,
cuando corresponda, según el procedimiento establecido en el ROF.
Para las propuestas de otro tipo o no contempladas en el presupuesto del
Centro, las trasladará al Equipo Directivo, previa petición por escrito del
interesado, en el Registro del Centro y dirigidas al Secretario del Centro.
3º) El Equipo Directivo: Decidirá sobre su elevación, o no, a la Comisión
Permanente del Consejo Escolar.
4º) La Comisión Permanente del Consejo Escolar.: Decide sobre su inclusión, o
no, en el presupuesto: del curso próximo o del vigente.
Para las peticiones presupuestarias del Departamento: Se realizarán a través del
Jefe de Departamento y se dirigirán a:
- A la Comisión de Presupuestos .
- Al ETCP, para las revisiones de la dotación económica mínima establecida
para su funcionamiento.
Para las peticiones a Comisión de Inventariable del Departamento: Se realizarán
a través del Jefe de Departamento
Para otras peticiones: Se indicarán en la Memoria Final para su estudio
1º) El Equipo Directivo: Decidirá sobre su elevación, o no, a la Comisión
Económica del Consejo Escolar. 2º) La Comisión Permanente: Decide sobre su
inclusión, o no, en el presupuesto.
Alumnado:
1º) Se trasladará al Sr. Secretario del Centro.
A nivel de tutoría: A través de tutor, actuando el delegado de grupo como
portavoz.
A nivel de Centro: A través de sus representantes en el Consejo Escolar.
2º) El Secretario: Resolverá en aquellos derivados del funcionamiento normal del
Centro, y por lo tanto, contemplado en el presupuesto del Centro. Para ello se
deberá usar el parte de mantenimiento, cuando corresponda, según el
procedimiento establecido en el ROF.
Para las propuestas de otro tipo o no contempladas en el presupuesto del
Centro, las trasladará al Equipo Directivo, previa petición por escrito del
interesado, en el Registro del Centro y dirigidas al Secretario del Centro.
3º) El Equipo Directivo: Decidirá sobre su elevación, o no, a la Comisión
Permanente del Consejo Escolar.
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4º) La Comisión Permanente: Decide sobre su inclusión, o no, en el presupuesto:
- Del curso próximo. - O en el vigente.
Familias:
1º) Se canalizará a través del AMPA, la cual lo trasladará al Secretario.
2º) El Secretario: Resolverá en aquellos derivados del funcionamiento normal del
Centro, y por lo tanto, contemplado en el presupuesto del Centro. Para las
propuestas de otro tipo o no contempladas en el presupuesto del Centro, las
trasladará al Equipo Directivo, previa petición por escrito del interesado, en el
Registro del Centro y dirigidas al Secretario del Centro.
3º)El Equipo Directivo: Decidirá sobre su elevación, o no, a la Comisión
Permanente del Consejo Escolar.
4º) La Comisión Permanente: Decide sobre su inclusión, o no, en el presupuesto:
- Del curso próximo. - O en el vigente.
Personal de Administración y Servicios:
1º) Se trasladará al Secretario del Centro
2º) El Secretario: Resolverá en aquellos derivados del funcionamiento normal del
Centro, y por lo tanto, contemplado en el presupuesto del Centro. Para las
propuestas de otro tipo o no contempladas en el presupuesto del Centro, las
trasladará al Equipo Directivo, previa petición por escrito del interesado, en el
Registro del Centro y dirigidas al Secretario del Centro.
3º)El Equipo Directivo: Decidirá sobre su elevación, o no, a la Comisión
Permanente del Consejo Escolar.
4º) La Comisión Permanente: Decide sobre su inclusión, o no, en el presupuesto:
- Del curso próximo. - O en el vigente.
6. Criterios para una gestión sostenible de los recursos del instituto y de los
residuos que genere.
OBJETIVOS:
1. Realizar una gestión sostenible y eficiente de todos los recursos del Centro y
de sus residuos, compatible con el medio ambiente.
2. Hacer partícipe a toda la comunidad en la reflexión, diseño y aplicación de
medidas concretas para conseguir el objetivo fundamental anterior.
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3. Evitar y reducir los residuos y aumentar el reciclaje y la reutilización
4. Gestionar y tratar los residuos de acuerdo a los estándares de buenas
prácticas.
5. Eliminar el consumo innecesario de energía y mejorar la eficiencia en el
destino final de la misma
6. Promover activamente el consumo y la producción sostenible, especialmente
los productos con etiqueta ecológica, orgánicos y de comercio ético y justo.
Los residuos y su gestión es una de las grandes preocupaciones de la sociedad
en la que vivimos, y su importancia hace necesario aplicar con el máximo rigor
el principio de prevención en las políticas de gestión de residuos.
Nuestro centro seguirá los criterios de trabajo establecidos por la Comisión sobre
la revisión de la estrategia comunitaria para la gestión de residuos (Bruselas
30/7/96 COM) concretado en los siguientes:
*- Disminución de la magnitud del problema en origen.
*.- Recuperación de los materiales que los mismos contienen.
*.- Valoración de los residuos como materias primas.
*.- Regulación de la manipulación y el tratamiento.
*.- Dar a cada tipo de residuo su destino óptimo a fin de preservar el medio
ambiente.
Teniendo en cuenta lo establecido por la citada Comisión, en nuestro centro se
establecen los siguientes criterios:
*.- Eliminar el consumo innecesario de energía y mejorar la eficiencia en el
destino final de la misma.
*.- Evitar y reducir los residuos y aumentar el reciclaje y la reutilización.
*.- Gestionar y tratar los residuos de acuerdo a los estándares de buenas
prácticas.
*.- Asumir la compra sostenible.
*.- Promover activamente el consumo y la producción sostenible, especialmente
productos con etiqueta ecológica, orgánica y de comercio ético y justo
*.- La promoción de programas de sensibilización en las aulas para fomentar la
cultura del ahorro energético (por ejemplo, apagar luces al abandonar las aulas
o no dejar las ventanas abiertas mientras funciona el aire
acondicionado/calefacción), del reciclaje de la basura y de la protección del
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medio ambiente, así como para garantizar un mejor uso de las instalaciones,
equipamientos e infraestructuras del Centro.
La mayoría de residuos que se generan en el centro son restos de papel y cartón,
para lo que hay que instalar papeleras de reciclaje en diversas aulas y
dependencias del centro. Cuando es necesario, se transporta este residuo a la
dependencia de reciclaje que existe en la planta baja, pasillo uno.
También, en el centro destaca una ideología basada en la eliminación del
consumo innecesario de energía por lo que el personal de administración y
servicios del centro revisa y apaga las luces de las dependencias comunes en
función del tramo horario de la jornada escolar y aquellos aparatos eléctricos
de uso cotidiano.
Además, el uso de la calefacción del centro está restringido a los días en los que
la temperatura es excesivamente baja y siempre limitándola a temperaturas
recomendadas por la Administración. Y se suele poner desde las 8:00 hasta las
10:30, apagándose antes, si suben las temperaturas y por la tarde, se encenderá
después del recreo, en los días de más frio.
Finalmente destacar que en el caso del tóner de impresora y fotocopiadora se
dispondrá de una empresa la que se encarga de la recogida del material
inservible y de su óptimo reciclaje.
Se procederá a realizar diversas campañas durante el año de recogida de
materiales inservibles para proceder a su reciclado o reutilización (ropa, pilas,
baterías, aparatos eléctricos y electrónicos, etc.
Finalmente destacar que cuando existe otro tipo de materiales: ordenadores,
mobiliario, la empresa de mantenimiento lo traslada a un punto limpio, una vez
dado de baja en el inventario del centro.
7. Acuerdo de licitación anual de las empresas de servicios
Todos los años se abrirá un periodo de licitación para contratar a las empresas
que realizan servicios para el centro con una facturación de 15000€. Se
redactará un pliego de licitación que se publicará en el tablón de anuncios del
centro y se contactará con, al menos 3 empresas del correspondiente sector.
Posteriormente, la comisión decidirá la concesión del contrato a la empresa que
mejor cumpla los requisitos establecidos en el citado pliego. En algún caso el
consejo escolar podrá decidir sobre la continuidad de la misma sin necesidad
de pasar por el proceso de licitación todos los años. Esta decisión deberá estar
convenientemente justificada y siempre encaminada al beneficio de nuestros
alumnos.
8. Financiación de los intercambios con centros educativos europeos y
de las salidas con alumnos
Uno de los elementos relevantes, actualmente, de nuestro IES, es la
participación de nuestro alumnado en diferentes proyectos de inmersión
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lingüística y cultural en distintos centros europeos, a través de los programas
Erasmus, que consideramos parte fundamental de su formación global como
ciudadanos competentes.
Así, nuestro alumnado, a lo largo de sus años de formación en nuestro centro,
puede participar en todas estas actividades, con los evidentes beneficios que
acarrea para su formación.
Para que la realización de estas actividades pueda ser económicamente viable
para nuestro alumnado, la modalidad de viaje es la de intercambio con
alojamiento en familia. De este modo, todas estas asociaciones constan de dos
etapas, la visita por parte de nuestro alumnado (grupos de aproximadamente
15 o 9) y de dos profesores al centro europeo, como mínimo (en nuestro ROF se
estipula que la proporción de profesores acompañantes en este tipo de
actividades es de 1 por 10) y la consiguiente recepción del alumnado y
profesorado extranjero.
En lo referente a la visita al centro europeo, los gastos que afectan a nuestro
centro son únicamente los derivados del viaje de los profesores y se limitarían
casi exclusivamente a los billetes de avión, salvo en casos excepcionales, en el
que, haciendo un esfuerzo para que la actividad se pueda realizar, los
profesores abonarán su propio billete. La manutención y el alojamiento de los
profesores estarán cubiertos en su totalidad por el centro anfitrión. De cualquier
modo, si surgiese algún gasto, éste se abonaría con la presentación de la
factura correspondiente y no deberá superar la cantidad que el programa
Séneca estipula como dieta de manutención diaria. En cuanto a los alumnos@,
el coste para las familias se limita también a los gastos de desplazamiento, si no
está dentro del proyecto. Todo lo demás, comidas, excursiones, entradas a
museos, etcétera, se cubre por el centro o las familias anfitrionas.
Del mismo modo, y en justa correspondencia con la hospitalidad recibida,
cuando la comunidad educativa del IES recibe la visita del centro europeo,
asume unos gastos similares (recogidos en los proyectos Erasmus). De manera
general, estos suelen ser: - Alojamiento y manutención de los profesores
visitantes. - Entradas a museos o enclaves turísticos para todo el grupo visitante
- Desplazamiento motivado por excursiones dentro del programa diseñado por
el centro - Determinadas comidas para todo el grupo. Éstas se determinan
previamente en función de las recibidas en el viaje previo; el resto de comidas
son cubiertas por las familias anfitrionas.
Por supuesto, es muy difícil aplicar una norma general en todos los casos y no
todos los centros con los que realizamos intercambios funcionan de la misma
manera. En cualquier caso, los gastos se compensan entre las dos fases del
intercambio (recepción y visita).
Para contemplar las particularidades de cada actividad, a principio de curso el
Consejo Escolar, si lo considera oportuno, aprobará los intercambios previstos
para el año académico, así como su partida presupuestaria correspondiente.
Además, antes de la realización de cada uno de ellos, el profesor encargado
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presentará una lista detallada de los gastos previstos que, si procede, será
refrendada de nuevo por el Consejo Escolar.
En lo relativo a las dietas de manutención para los profesores en cualquier otra
salida extraescolar con alumnos@ se aplicará lo mismo que se ha estipulado en
los intercambios. El profesorado justificará el gasto de comida con la factura
pertinente. No se abonará nada sin la factura puesto que la dieta es única y
exclusivamente para comer y no debe ser interpretada como un “sobresueldo”
por participar en una actividad extraescolar. En ningún caso se abonará más
de las cantidades establecidas por la Consejería de Educación. La media
manutención se dará en casos en los que la actividad se posponga después de
las 15:00 y la manutención completa cuando la actividad implique pernocta.
En cuanto al pago de las actividades por parte de los alumnos@, se hará
directamente a la agencia o empresa de servicios contratada, ya sea
individualmente o en un solo pago recogido por el profesor o departamento
organizador de la actividad. No se usará la cuenta corriente del instituto como
intermediario para estos fines.
9. Plan de Autoprotección
El Plan de Autoprotección es elaborado por el equipo directivo y contendrá al
menos, los mecanismos y medios disponibles para hacer frente a cualquier
incidencia que afecte a la seguridad de las instalaciones del centro, (extintores,
BIES, bocinas de gas, linterna), así como el Plan de Emergencia.
Se realizarán distintos simulacros con los que se pretende comprobar el
funcionamiento del Plan y crear unos hábitos de comportamiento con el fin de
afrontar una situación de emergencia sin improvisaciones, ni pánico. Hay que
tener en cuenta que, en estas situaciones, las personas están dominadas por el
nerviosismo y el miedo, y es muy difícil que puedan pensar qué han de hacer si
no lo han practicado antes.
La realización periódica de simulacros nos ayudará a conocer bien el Plan y su
eficacia; determinar las insuficiencias de los edificios; determinar las medidas
correctoras y las mejoras necesarias; y a adquirir hábitos de prevención y de
autoprotección. Cada año deberán realizarse ejercicios de simulación de
emergencias. Concretamente, deberá hacerse, como mínimo, uno en cada
turno y teniendo en cuenta que las situaciones de emergencia puedan dar
lugar a evacuación o confinamiento de las personas.
Las simulaciones afectarán a todos los alumnos@ que reciban enseñanza en
dicho centro, cualquiera que sea el nivel educativo que cursen, y a todo el
personal que preste servicio en el mismo.
Es necesario fomentar la cultura de la autoprotección entre los profesores/as, el
personal docente, y no docente, y los alumnos/as, de manera que sepan cómo
protegerse ante cualquier incidente que pueda ocurrir en el instituto. Tales
prácticas deben constituir un componente más de la educación de los
alumnos@ tanto desde el punto de vista individual como social. Por eso, es
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imprescindible desarrollar programas de información para que todo el mundo
sepa qué hay que hacer y cuáles son sus funciones.
Cada simulacro nos suministrará, a través de un modelo de informe
preestablecido, información de tiempos de evacuación, problemas,
dificultades, imprevistos no contemplados y del funcionamiento de los equipos
y los medios existentes.
Por otra parte, la base de la eficacia del Plan está en la organización y en la
preparación de las personas que tienen que intervenir en la emergencia. Por
ello, es conveniente que todas las personas que formen parte de los equipos,
tengan la formación necesaria para llevar a cabo los procesos descritos en el
Plan. Dicha formación se dará a comienzo de cada curso lectivo. Se
organizarán reuniones informativas con el personal docente, con el personal no
docente, con el alumnado y, particularmente, con aquellas personas con
funciones específicas en una situación de emergencia.
El plan de Autoprotección está grabado Séneca, las instrucciones de los
simulacros o videos en la página web del centro. Junto con el protocolo de
accidente laboral, el protocolo de olas de calor y el manual de protección de
datos.
10. Procedimiento de revisión de este Plan de Gestión
El presente Plan de gestión será sometido a revisión y actualización, si procede,
durante las reuniones ordinarias o extraordinarias del Consejo Escolar del centro.
El Claustro, el equipo directivo, así como las Asociaciones de Padres y Madres
de Alumnos y las Asociaciones de Alumnos, pueden elaborar propuestas de
modificación del mismo.
También la Junta de Delegados de Alumnos o el personal de administración y
servicios pueden elaborar propuestas de modificación dentro de su ámbito de
competencias.
Las propuestas de modificación elaboradas por los distintos estamentos serán
presentadas en la Secretaría del centro.
El Consejo Escolar será siempre el que apruebe o no las modificaciones que sean
propuestas.
En todo caso, deberá modificarse cada vez que, como consecuencia de los
cambios normativos, deba adecuarse su texto a la legislación en vigor.